Norma Educacion Continua

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    COMISIÓN DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL

    CONTINUA Vigente a partir de 2006

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    Norma de EducaciónProfesional Continua

    4a. edición junio 2006

    © Derechos reservados por el autor Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. Bosque de Tabachines No. 44,

    Fracc. Bosques de las Lomas México 11700, D.F.

    ISBN 970-665-252-3

    Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra sin elpermiso por escrito de sus editores

    Impreso en México

    Gerencia Editorial: Jaime A. Cortés RamírezCoordinación Editorial: Juana Trejo CaballeroDiseño y formación: Leticia Gitel Zepeda ReyesPortada: Hugo Cruz ZamoraCorrección ortográfica: Nicolás M. Centeno BañuelosProducción: Martín Castillo González

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    CONTENIDO

    NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    CAPÍTULO I DEL OBJETIVO .................................................... 5

    CAPÍTULO II DE LOS SOCIOS .................................................. 7

    CAPÍTULO III DE LAS FEDERADAS .............................................. 13

    CAPÍTULO IV DEL INSTITUTO ................................................... 17

    CAPÍTULO V DE LAS SANCIONES............................................... 19CAPÍTULO VI DE LAS CAPACITADORAS ......................................... 21

    CAPÍTULO VII VIGENCIA .......................................................... 23

    ARTÍCULOS TRANSITORIOS ................................... 23

    CRITERIOS .................................................... 24

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    4NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    CRITERIO 1 ................................................... 24

    CRITERIO 2 ................................................... 25

    CRITERIO 3 ................................................... 25

    CRITERIO 4 ................................................... 25

    LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO DE CAPACITADORAS DEL IMCP .................................................... 27

    DE LOS REQUISITOS Y REGISTRO DE LAS CAPACITADORAS EXTERNAS................................... 27

    DESPACHOS DE CONTADORES PÚBLICOS, EMPRESAS PRIVADAS Y ORGANISMOS PÚBLICOS EN DONDE LABORA EL CONTADOR PÚBLICO ............................ 31

    UNIVERSIDADES .............................................. 31

    DE LOS CONTROLES .......................................... 32

    DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y DE LAS VISITAS DE EVALUACIÓN ............................................... 33

    DE LAS SANCIONES .......................................... 33

    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS .................... 35

    TABLA DE PUNTUACIÓN ........................................... 36

    MANIFESTACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA (FORMAS EPC1, EPC2) ........................................ 41

    INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LAS FORMAS EPC ....... 43

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    CAPíTULO 1

    1.01 Deberá entenderse por Educación Profesional Continua la activi-dad educativa programada, formal y reconocida que el ContadorPúblico llevará a cabo con el objeto de actualizar y mantener susconocimientos profesionales en el nivel que le exige su respon-sabilidad social.

    1.02 Estas Normas tienen por objeto reglamentar las actividadesque los Socios, miembros de los Colegios Federados al InstitutoMexicano de Contadores Públicos, A.C., deberán llevar a cabo

    para cumplir con la Educación Profesional Continua y aquellasque las Asociaciones Federadas y el propio Instituto habrán derealizar para promover, facilitar, vigilar y controlar su cumpli-miento.

    1.03 El cumplimiento de esta Norma por parte de todos los Socios delInstituto es de carácter obligatorio.

    DEL OBJETIVO

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    CAPíTULO 2

    2.01 Para cumplir con la Norma de Educación Profesional Continua,cada Socio deberá reunir un mínimo de puntos cada año calenda-rio, según el sector profesional en que se desempeñe, de acuerdocon lo siguiente:

    I.- Cumplimiento Obligatorio:

    a) Los Contadores Públicos dedicados al ejercicio profesional

    independiente deberán cumplir un mínimo de 55 puntos, conla siguiente integración:

    1. 30 puntos como mínimo de capacitación recibida o impar-tida en el área de su especialización.

    2. Los puntos restantes en cualesquiera de las opciones queestablece la Tabla de Puntuación, incluyendo el área de suespecialización.

    DE LOS SOCIOS

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    b) Los Contadores Públicos académicos de tiempo completo einvestigadores de medio tiempo o más deberán cumplir unmínimo de 40 puntos, con la siguiente integración:

    1. 10 puntos como mínimo de capacitación recibida en elárea de su especialización.

    2. Los puntos restantes en cualesquiera de las opciones queestablece la Tabla de Puntuación, incluyendo el área de suespecialización.

    c) Los Contadores Públicos, cuya labor profesional la efectúanen el sector empresarial, gubernamental, y otros, deberáncumplir con un mínimo de 40 puntos, con la siguiente integra-ción:

    1. 10 puntos como mínimo de capacitación recibida o impar-tida en el área de su especialización.

    2. Los puntos restantes en cualesquiera de las opciones queestablece la Tabla de Puntuación, incluyendo el área de suespecialización.

    II. Cumplimiento para refrendar Certificación.

    Los Contadores Públicos Certificados, que deseen refrendar su

    Certificación sin la necesidad de presentar el Examen Uniforme deCertificación, durante el período de la vigencia de su Certificado, enlugar de aplicar lo dispuesto en la fracción I de este artículo, deberáncumplir, con la siguiente puntuación mínima:

    a) Los Contadores Públicos dedicados al ejercicio profesionalindependiente deberán cumplir un mínimo de 65 puntos, conla siguiente integración:

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    CAPÍTULO 2 DE LOS SOCIOS9

    1. 40 puntos como mínimo de capacitación recibida oimpartida en el área de su especialización.

    2. Los puntos restantes en cualesquiera de las opcionesque establece la Tabla de Puntuación, incluyendo elárea de su especialización.

    b) Los Contadores Públicos académicos de tiempo completo einvestigadores de medio tiempo o más deberán cumplir unmínimo de 50 puntos, con la siguiente integración

    1. 20 puntos como mínimo de capacitación recibida en elárea de su especialización.

    2. Los puntos restantes en cualesquiera de las opcionesque establece la Tabla de Puntuación, incluyendo elárea de su especialización.

    c) Los Contadores Públicos, cuya labor profesional la efectúanen el sector empresarial, gubernamental, y otros, deberáncumplir con un mínimo de 50 puntos, con la siguiente inte-gración:

    1. 20 puntos como mínimo de capacitación recibida oimpartida en el área de su especialización.

    2. Los puntos restantes en cualesquiera de las opcionesque establece la Tabla de Puntuación, incluyendo elárea de su especialización.

    Para efectos de este artículo, el área de especialización consiste enla materia, rama o actividad profesional de la Contaduría Pública, ala que el socio se dedica principalmente. Si el socio dictamina fiscal-mente o no tiene una especialidad definida, deberá indicar las mate-rias de contabilidad, fiscal y auditoría, como área de especialidad.

    El socio deberá anotar su especialidad en la manifestación anualpara el cumplimiento de la Norma, la cual servirá de base para elacreditamiento de su puntuación.

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    2.02 Para reunir los puntos establecidos en el artículo anterior, sedeben ejercer las opciones referidas a actividades propias, rela-cionadas, afines y aplicables a la Contaduría Pública que apare-

    cen en la Tabla de Puntuación vigente, la cual será publicada porla Comisión de Educación Profesional Continua del Instituto, amás tardar en el mes de diciembre anterior al año de su aplica-ción, previa autorización del Comité Ejecutivo Nacional.

    2.03 Los socios, directamente o a través de las Federadas, podránproponer, para ser estudiadas por la Comisión de EducaciónProfesional Continua del Instituto, actividades adicionales ovalores distintos para el acreditamiento de puntos de los queaparecen en la Tabla de Puntuación. Asimismo, podrán propo-ner cualquier posible modificación a la redacción de la normacon el objeto de facilitar su aplicación. La Comisión evaluará laspropuestas y, en su caso, propondrá cambios a la Norma querequerirán seguir su curso normal de auscultación y votación. Laspropuestas recibidas y rechazadas serán notificadas a su propo-nente con la respuesta razonada de la Comisión.

    2.04 La puntuación a la que se refiere el artículo 2.01 deberá ser acre-ditada por cada socio ante su Federada, durante el mes de enerode cada año, mediante la presentación de una manifestaciónanual sobre sus actividades realizadas, debiendo proporcionar losdatos e informes que se requieran.

    Los formatos e instructivos serán publicados por la Comisión deEducación Profesional Continua del Instituto, a más tardar en elmes de diciembre del año anterior al de su presentación, previaautorización del Comité Ejecutivo Nacional.

    En el caso de que los puntos mínimos establecidos en el artículo2.01 no hayan sido obtenidos en la Federada a que pertenece elContador Público, éste deberá adjuntar copia de la documenta-ción comprobatoria a su manifestación anual hasta completar elmínimo de puntos.

    Cuando la Federada o el Instituto lo consideren necesario, solici-tarán la documentación original comprobatoria de la informacióndeclarada por el socio para verificarla, por lo que todos los socios

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    11CAPÍTULO 2 DE LOS SOCIOS

    deberán conservar dicha documentación cuando menosdurante cinco años.

    2.05 En los casos de Socios que no hayan ejercido las opciones quese refieren en la Tabla de Puntuación, pero que considerenencontrarse actualizados en su área de desarrollo profesional,podrán solicitar, a más tardar en el mes de diciembre del añocorrespondiente, al Comité Directivo de la Federada de la queformen parte les avale dicha actualización, mediante el análi-sis de los elementos de juicio que la Federada o una Comisiónespecial considere pertinentes, emitiendo la resolución corres-pondiente en un término no mayor a quince días hábiles.Dichos Socios deberán conservar constancia por escrito de laresolución de su petición. Tratándose de Contadores PúblicosCertificados que deseen refrendar su certificación, deberánejercer necesariamente las opciones que indique la Tabla dePuntuación vigente.

    2.06 Cuando un Socio considere tener un serio impedimento paracumplir con la Norma, podrá solicitar al Comité Directivo de suFederada, que se le exceptúe de dicho cumplimiento, a mástardar en el mes de diciembre del año correspondiente. DichoComité juzgará y resolverá cada solicitud en un término no mayora quince días hábiles, a través de la Comisión que se mencionaen el artículo anterior. El socio deberá conservar la constanciapor escrito de la resolución a su petición. Sólo se considera serioimpedimento la inactividad profesional prolongada, por enferme-dad grave y comprobada del socio, así como por el fallecimientodel cónyuge o descendientes directos en primer grado.

    Tratándose de Contadores Públicos Certificados que deseen

    refrendar su certificación, y que se encuentren en los supues-tos del párrafo anterior, deberán en todo caso, acreditar lospuntos correspondientes al año de la excepción, en el añosiguiente, siempre y cuando sea dentro del período de lavigencia de su certificado.

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    12CAPÍTULO 2 DE LOS SOCIOS

    2.07 Los socios vitalicios que no ejerzan la profesión, están exen-tos del cumplimiento de la Norma de Educación ProfesionalContinua.

    2.08 El cumplimiento de la Norma en el primer año, por parte deaquellos Socios cuya afiliación se efectúe después de haberseiniciado el periodo anual, será en proporción al tiempo trans-currido entre la fecha de ingreso y el 31 de diciembre delmismo año.

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    CAPíTULO 3

    3.01 Las federadas deberán incluir en sus estatutos y reglamentos laobligación de los socios de cumplir con la Norma de EducaciónProfesional Continua.

    3.02 Es responsabilidad de las federadas el establecimiento del regis-tro y control de las actividades realizadas por sus socios para elreconocimiento de los puntos correspondientes, así como de laimplementación y ejecución de actividades que permitan a lossocios el cumplimiento de la Norma. Dichas actividades deberánser de interés general y de una amplia variedad temática, de tal

    forma que permitan la actualización del Socio, cualquiera que seasu campo de actuación.

    3.03 Las federadas crearán una comisión que coadyuve a promover,facilitar, vigilar y controlar el cumplimiento de la Norma, cuyosobjetivos fundamentales sean:

    DE LAS FEDERADAS

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    I. Juzgar sobre la idoneidad de las instituciones impartidorasde educación para que puedan ser aceptadas como institu-ciones capacitadoras reconocidas por la Federada.

    II. Mantener un programa constante de difusión de la Norma,que incluya el entregar un ejemplar de su contenido a lossocios de nuevo ingreso y el informar a todos los sociossobre cualquier modificación que tuviesen la Norma o susanexos.

    III. Auxiliar a los socios, resolviendo cualquier consulta respec-to a la aplicación de la Norma.

    IV. Llevar un control de la puntuación acumulada de cada unode los socios por su participación en las actividades desa-rrolladas por la federada y darla a conocer por escrito alsocio que lo solicite.

    V. Recopilar de cada socio el informe anual sobre las activi-dades realizadas y, en su caso, la documentación compro-batoria. Derivado de lo cual la comisión podrá rechazarparcial o totalmente la manifestación de cumplimiento ypodrá turnar a la Junta de Honor de la federada las irregu-laridades detectadas.

    VI. Elaborar durante el mes de febrero de cada año un informeque contenga el nombre y sector de los socios que cum-plieron.

    VII. Proporcionar una constancia foliada, a más tardar el últimodía de febrero de cada año, que acredite que el Contador

    Público es socio activo de la federada y que cumplió con laNorma de Educación Profesional Continua.

    VIII. Efectuar una revisión selectiva de la documentación sopor-te de las manifestaciones de cumplimiento de la Norma.

    IX. A más tardar en el mes de enero, la comisión, a través delos canales pertinentes de su federada, podrá practicar unexamen de actualización a los socios que se encuentren enlos supuestos de los artículos 2.05 y 2.06, con objeto de

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    15CAPÍTULO 3 DE LAS FEDERADAS

    poder emitirles la constancia antes mencionada por elaño natural anterior.

    3.04 Las federadas integrarán las comisiones especiales a que serefieren los artículos 2.05 y 2.06 para el análisis o resoluciónde las solicitudes que sean sometidas a su consideración, emi-tiendo y conservando constancia por escrito de los resultadosen ambos casos.

    3.05 Como un reconocimiento a la actualización de los socios quecumplieron con la Norma, cada federada emitirá y entregará acada uno de ellos la constancia que acredita que el ContadorPúblico es socio activo de la federada y que cumplió con laNorma de Educación Profesional Continua, y publicará duranteel mes de marzo de cada año, sus nombres por orden alfa-bético en un periódico local de amplia circulación, o bien, ensu órgano de difusión impreso o electrónico, haciendo men-ción a su cumplimiento y agregando una breve explicaciónsobre el objetivo y trascendencia de la Educación ProfesionalContinua.

    En caso de que la publicación se efectúe a través de su órganode difusión, la federada deberá publicar en un periódico deamplia circulación, una breve explicación sobre el objetivo ytrascendencia de la Educación Profesional Continua, haciendoreferencia a la vez, que los nombres de los socios que cum-plieron con la Norma se listan en su órgano de difusión impre-so o electrónico, según sea el caso.

    3.06 El informe del cumplimiento de los socios a que se refiereel artículo 3.03, fracción VI, deberá ser enviado al Comité

    Directivo de cada federada en el mes de marzo, quien a su vezdeberá aplicar durante el mes de abril de cada año, las accio-nes especificadas en el capítulo V de esta Norma a aquellossocios que no hubiesen cumplido con las mismas.

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    3.07 El informe mencionado en el artículo anterior, deberá ser envia-do por el Comité Directivo de cada federada, a la Comisión deEducación Profesional Continua del Instituto, durante el mes de

    marzo de cada año.

    3.08 El auditor propietario o, en su caso, el auditor de gestión dela federada, emitirá un dictamen sobre el cumplimiento de lasobligaciones de la misma, en materia de educación profesionalcontinua del año anterior, el cual deberá ser enviado por cadafederada, a más tardar en el mes de mayo, a la Comisión deEducación Profesional Continua del Instituto.

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    CAPíTULO 4

    4.01 El Instituto, directamente o a través de las vicepresidenciasregionales, apoyará a las federadas para que puedan cumplircon la realización de actividades que permitan a los socios elcumplimiento de la Norma a que se refiere el artículo 3.02.

    4.02 En apego a lo dispuesto por el artículo 3.08 de los estatutosque se refieren al reglamento del Comité Ejecutivo del IMCP,el vicepresidente regional es responsable de la promoción dela Norma.

    4.03 El Instituto, a través de su Comisión de Educación ProfesionalContinua, coadyuvará a su vez para promover, facilitar, vigi-lar y controlar el cumplimiento de la Norma mediante losiguiente:

    I. Estudiará en forma permanente sobre posibles nue-vas disposiciones que permitan facilitar o mejorar elcumplimiento de la Norma, incluyendo, en su caso, laspropuestas hechas por los socios o las federadas.

    DEL INSTITUTO

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    II. Publicará a la brevedad posible cualquier modificacióna la Norma que hubiese sido aprobada por el ComitéEjecutivo Nacional del Instituto.

    III. Resolverá cualquier consulta hecha por los socios o porlas federadas respecto a la aplicación o interpretaciónde la Norma.

    IV. Recopilará los informes de cada federada a que serefiere el artículo 3.07, publicando en forma conden-sada, en los órganos de comunicación del Instituto,los datos asentados en cada uno de ellos, así como losdictámenes de las federadas a que se refiere el artículo3.08 y conservará un archivo formal de los mismos.

    V. Vigilará que las federadas hayan cumplido con lasresponsabilidades especificadas en los capítulos IIIy VI de esta Norma, turnando a la Junta de Honordel Instituto los casos de aquellas que no lo hubieranhecho, para que les sean aplicadas las sanciones esta-blecidas en los estatutos del propio Instituto.

    4.04 El Instituto tendrá la facultad de solicitar a las federadas laevidencia que considere necesaria, para verificar los proce-sos para el otorgamiento de constancias de cumplimiento dela Norma de Educación Profesional Continua.

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    CAPíTULO 5

    5.01 Los socios deberán cumplir con las disposiciones conteni-das en los capítulos I y II de esta Norma, por las siguientesrazones:

    I. La Norma de Educación Profesional Continua permitela actualización y el mantenimiento de los conoci-mientos profesionales.

    II. La Norma de Educación Profesional Continua y laCertificación aseguran la calidad en el servicio que

    demanda la sociedad.III. La Norma de Educación Profesional Continua es el

    soporte del proceso de refrendo de la Certificación.

    5.02 En los casos de socios que no cumplan con las disposicionescontenidas en los capítulos I y II de esta Norma, el ComitéDirectivo del colegio federado al IMCP al que pertenezcandeberá tomar cualquiera de las siguientes acciones:

    DE LAS SANCIONES

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    a) Comunicación escrita de motivación al cumplimiento,señalando las ventajas profesionales que trae consigola EPC.

    b) Comunicación por escrito exhortando a cumplir con laEPC.

    c) Comunicación por escrito y telefónica, señalando laimportancia de cumplir con la EPC.

    Cuando se trate de más de tres años consecutivos deincumplimiento: Se resolverá conforme a las característicasdel caso y al sector al que pertenezca, de acuerdo al proce-dimiento que establezca previamente cada federada.

    5.03 En caso de falsedad en la documentación comprobatoria,el socio se hará acreedor a una sanción, la cual podrá serdesde la cancelación de la constancia de cumplimiento deEPC hasta su expulsión de la federada, según la gravedaddel caso.

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    CAPíTULO 6

    6.01 Capacitadoras son aquellas entidades que cuentan conel reconocimiento de las federadas del IMCP (sociedadesmercantiles, asociaciones y sociedades civiles, universida-des, personas físicas, etc.) que imparten cursos técnicosa agremiados, socios, profesionistas o público en generalen las disciplinas académicas relativas a la profesión delContador Público.

    6.02 El IMCP ha clasificado a las capacitadoras en tres tipos:

    a) Externas (instituciones de especialización o desa-rrollo), cuya característica principal es ofrecer cur-sos al público en general.

    b) Despachos de Contadores Públicos y empresasprivadas y organismos públicos en donde laborael Contador Público, que le otorguen capacitaciónprofesional, y cuya actividad principal no es la capa-citación.

    DE LAS CAPACITADORAS

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    c) Universidades e instituciones de enseñanza supe-rior con reconocimiento oficial o incorporadas aalguna universidad.

    6.03 Para el registro y control de las capacitadoras deberánobservarse, como mínimo, las disposiciones establecidasen los Lineamientos para el Registro de Capacitadoras delIMCP.

    6.04 Las federadas podrán emitir su propio reglamento con-forme a sus necesidades específicas, sin embargo, si nooptan por adoptar el del IMCP, el que emitan no podrá sermenos estricto que los Lineamientos para el Registro deCapacitadoras del IMCP.

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    CAPíTULO 7

    7.01 Las presentes modificaciones entrarán en vigor para elcumplimiento de la Norma a partir del año 2006.

    Artículos Transitorios

    1. El dictamen sobre el cumplimiento de las obligaciones enmateria de educación profesional continua de las federa-das, correspondiente al año 2005, se deberá enviar a la

    Comisión de Educación Profesional Continua del Instituto,en el plazo establecido en el artículo 3.8.

    2. Los socios que durante los años 2001, 2002 o 2003, previoa la publicación de estas modificaciones a la Norma, hayanejercido la opción prevista en el inciso d) de la fracción IVdel artículo 2.01 anterior, se sujetarán a lo siguiente:

    I. Cuando no hayan acreditado los 20 puntos anua-les mínimos para refrendar su certificación y sólo

    VIGENCIA

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    24NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    acreditaron el cumplimiento obligatorio, deberánreunir los puntos faltantes durante el año 2003,con cualesquiera de las opciones establecidas en la

    Tabla de Puntuación.

    II. Cuando hayan acreditado una cantidad mayor a los20 puntos anuales en la opción para refrendar cer-tificación, los puntos excedentes a dicha cantidad,sin rebasar de 80, los podrán acreditar en partesiguales, durante los años siguientes dentro delperíodo de la vigencia de su certificado, incluso enel área de su especialidad.

    III. Para efectos de las fracciones anteriores, deberánproporcionar con la manifestación correspondientea cada año, un escrito dirigido a su federada en laque mencionen que se han acogido a lo dispuestoen este artículo, anexando en su caso, las fotoco-pias de sus manifestaciones de los años 2001 y/o2002.

    3. Para refrendar su certificación, los socios que no se encuentrenen los supuestos del artículo anterior, a partir del año 2003,deberán aplicar lo dispuesto en el artículo 2.01 fracción II.

    CRITERIOS

    Con el fin de precisar y uniformar definiciones y el criterio de estaComisión, se publican los siguientes criterios, dejando sin efecto los

    emitidos con anterioridad.

    Criterio 1

    Dentro de los temas relacionados y afines a la profesión a quese refiere la Tabla de Puntuación, se consideran a las siguientematerias: Contabilidad, Auditoría, Fiscal, Finanzas, Costos, Derecho,Responsabilidades profesionales y éticas, Administración y Economía,

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    25CAPÍTULO 7 VIGENCIA

    así como las materias obligatorias que formen parte del programa deestudios para la licenciatura de contador público, de las institucionesde enseñanza superior con reconocimiento oficial de estudios, en

    términos de la Ley General de Educación.

    Criterio 2

    Para el registro y control de las capacitadoras autorizadas por lasfederadas debe atenderse a lo señalado en la Guía para el ControlAdministrativo de Capacitadores del IMCP.

    La capacitación recibida por el socio fuera de la jurisdicción de sufederada, será reconocida si la capacitadora se encuentra incluida enel Registro Nacional de Capacitadoras del IMCP.

    Criterio 3

    Las lenguas extranjeras para principiantes, intermedios y avanzadosno cuentan para Educación Profesional Continua. La lengua extranje-ra de carácter técnico relacionada con la profesión es válida, debien-do presentar la constancia respectiva.

    Criterio 4

    Los cursos de informática deben referirse al uso de software espe-cializado aplicable al área profesional de actuación y se podránacreditar una vez cumplidos con los puntos mínimos del área de laespecialidad.

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    Lineamientos

    para el registro decapacitadoras del IMCP

    1.01 Las capacitadoras externas deberán solicitar y obtener antela federada de su domicilio legal, un número de registro.

    1.02 Los requisitos para que las capacitadoras sean reconocidaspor la federada son:

    a) Llenar un cuestionario con sus datos generales.

    b) Presentar solicitud escrita para obtener registrocomo capacitadora, firmada por su representante

    legal, manifestando su interés en ser capacitado-ra autorizada de la federada del IMCP, y de queconocen los objetivos del programa de EPC delIMCP, particularmente los presentes lineamientos.Así mismo, que aceptan las visitas de evaluacióny las sanciones que se indican en los presenteslineamientos, reconociendo que pueden llevar a lacapacitadora a la cancelación del registro.

    DE LOS REQUISITOS Y REGISTRO DE LAS CAPACITADORAS EXTERNAS

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    28NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    c) En su caso, presentar copia certificada de actaconstitutiva, poder notarial del representante legaly de los reconocimientos oficiales con que cuenta

    para impartir instrucción y capacitación.

    d) Presentar el currículum de la capacitadora, espe-cificando la experiencia profesional en el ámbitode capacitación, resumen de los objetivos de lacapacitación impartida, sus programas de trabajo,características del nivel académico de sus instruc-tores, tipo y nivel de audiencia al que van orienta-dos sus cursos, controles de calidad, antecedentese información general sobre su organización.

    e) Programa semestral de cursos a impartir por elperiodo comprendido de la fecha de su solicitud almes de junio o diciembre, según se trate del primero segundo semestre de cada año.

    1.03 Con base en esta información, la federada procederá aefectuar una evaluación de la calidad profesional de lascapacitadoras y, en su caso, le emitirá un Certificado deRegistro como Capacitadora Autorizada, con su nombreo denominación, el número asignado y la vigencia de laautorización, que le permitirá otorgar puntos válidos parael programa de EPC.

    1.04 Las constancias que expidan las capacitadoras deberánreunir los siguientes requisitos:

    a) Nombre de la capacitadora y número de registro

    ante la federada.b) Nombre del participante.

    c) Nombre y firma del expositor y, en su caso, deldirector o representante legal de la capacitadora.

    d) Nombre del curso y fechas en las cuales fue impar-tido.

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    29DE LOS REQUISITOS Y REGISTRO DE LAS CAPACITADORAS EXTERNAS

    e) Duración en horas.

    f) Especificación de los puntos que se otorgan para

    el programa de EPC en la federada, observandolo indicado en la Tabla de Puntuación vigenteaprobada por el IMCP.

    1.05 Las capacitadoras deberán otorgar a los expositores yparticipantes en el curso una constancia, mediante undiploma o carta que indique la denominación del evento,así como su duración y los puntos para efectos de EPCpor cursos impartidos o recibidos, observando lo indica-do en la Tabla de Puntuación arriba mencionada.

    1.06 Las capacitadoras podrán modificar su programa semes-tral de cursos para incluir eventos no considerados,debiendo presentar a la federada, por escrito y conocho días hábiles de anticipación, un programa por cadacurso a impartir, que deberá incluir:

    a) Contenido del curso (por temas).

    b) Lugar de exposición.

    c) Currícula de los expositores.

    d) Fechas y duración (en horas).

    e) Puntos a otorgar.

    Esta obligación también será indispensable para las

    capacitadoras que actúen en la jurisdicción de una fede-rada del IMCP que no sea la que les haya otorgado suCertificado de Registro como Capacitadora Autorizada,debiendo comunicar por escrito a la federada de lalocalidad los eventos a impartir y su aceptación parala verificación de los mismos; así mismo, dentro de losocho días posteriores a la realización del evento, deberáproporcionar la relación de los socios de la federada queparticiparon para que, en su caso, tengan validez parael programa de EPC. La capacitadora foránea deberá

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    30NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    acreditar documentalmente su autorización en otra fede-rada del IMCP. Si una capacitadora foránea realiza más detres eventos de capacitación en un año en esa localidad,

    deberá obtener el reconocimiento de la federada que tienesu jurisdicción en dicha localidad.

    1.07 Las capacitadoras deberán solicitar a los ContadoresPúblicos registrados ante la Administración General deAuditoría Fiscal Federal, que les proporcionen el número desu registro y, en su caso, el número de socio ante la fede-rada, debiendo identificar al asistente, al momento de suregistro, con identificación oficial y comprobar su asistenciacompleta a los cursos.

    1.08 Las capacitadoras entregarán informes semestrales a lafederada, en los que reportarán todos los eventos quehayan realizado, la relación de expositores y relación de lossocios de la federada que hayan participado en los cursosimpartidos y que les hayan entregado constancias que lesacrediten puntos para EPC, indicando fecha, nombre delcurso y puntos otorgados, así como el número de registrode los Contadores Públicos que están registrados ante laAdministración General de Auditoría Fiscal Federal. Estainformación deberá entregarse durante los meses de junioy diciembre de cada año.

    1.09 La federada mantendrá a disposición de la membresía unalista de las capacitadoras autorizadas para impartir cursoscon validez para EPC, y le informará sobre las bajas y altasque se presenten.

    1.10 La Comisión de EPC de la federada llevará a cabo una pro-moción periódica, para que los socios estén plenamenteconscientes de que sólo serán válidos los cursos impartidospor capacitadoras autorizadas.

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    31DE LOS REQUISITOS Y REGISTRO DE LAS CAPACITADORAS EXTERNAS

    DESPACHOS DE CONTADORES PÚBLICOS,EMPRESASPRIVADAS Y ORGANISMOS PÚBLICOS EN DONDELABORA EL CONTADOR PÚBLICO

    2.01 Los despachos de Contadores Públicos, con la solicitudde su registro como tales, recibirán el correspondientede capacitadora.

    2.02 Los despachos de Contadores Públicos estarán obligadosa cumplir con lo indicado en los artículos 1.02, 1.03,1.04, 1.05, 1.06, 1.07 y 1.08 de los presentes linea-mientos.

    2.03 Cuando se entreguen constancias de asistencia a diplo-mados, se observará lo indicado en los artículos 1.03,1.04, 1.06, 1.07 y 1.08 de los presentes lineamientos.

    2.04 Las empresas donde labora el Contador Público así comolos organismos públicos que impartan cursos de capaci-tación a su personal, recibirán su número de capacita-doras después de llenar el cuestionario señalado en elinciso a) del artículo 1.02.

    2.05 Las capacitadoras señaladas en el artículo anterior esta-rán obligadas a cumplir con lo indicado en los artículos1.02 inciso a), 1.04, 1.06 y 1.07 de los presentes linea-mientos, cuando otorguen constancias de participacióna sus empleados.

    UNIVERSIDADES

    3.01 Las universidades debidamente registradas ante lasautoridades educativas sólo requieren llenar el cuestio-nario con los datos generales para obtener su registro.

    3.02 Cuando se entreguen constancias de asistencia a diplo-mados se observará lo indicado en los artículos 1.03,1.04 y 1.07 de los presentes lineamientos.

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    32NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    DE LOS CONTROLES

    4.01 La federada mantendrá un estricto registro de las capacita-

    doras y emitirá los formatos de control de éstas con el sufi-ciente detalle de su actuación, temas impartidos, calidadde los instructores, resultado de las visitas de evaluación,etcétera.

    4.02 La federada llevará un expediente por cada capacitadoraautorizada, que deberá contener:

    a) La documentación prevista para el otorgamiento dela autorización señalada en el artículo 1.02.

    b) Copia del Certificado de Registro como CapacitadoraAutorizada.

    c) Informe sobre la evaluación inicial de la capacitado-ra para el otorgamiento del registro.

    d) Programas semestrales de cursos a impartir.

    e) Modificación a los programas de cursos a impartir.

    f) Informes semestrales de cursos impartidos.

    g) Informes sobre la evaluación continua de la actua-ción de la capacitadora.

    h) Reportes emitidos por la Comisión de EPC y elComité de Evaluación de Capacitadoras.

    i) Quejas e investigaciones especiales.

    j) Cartas de observaciones que la federada haya diri-gido a la capacitadora.

    k) Correspondencia de la capacitadora.

    l) Cualquier otro documento relacionado con la capa-citadora.

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    33DE LOS REQUISITOS Y REGISTRO DE LAS CAPACITADORAS EXTERNAS

    DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y DE LAS VISITAS DEEVALUACIÓN

    5.01 El presidente de la Comisión de EPC de la federada pre-sidirá un Comité de Evaluación para las capacitadoras,para definir su correcto funcionamiento de acuerdo conlos lineamientos de este reglamento y, en su caso, paraaplicar las sanciones que en el apartado siguiente seindican. Este Comité estará formado por el encargadodel Sector Capacitadoras de la Comisión de EPC y porlos miembros designados por el Comité Directivo de lafederada.

    5.02 La Comisión de EPC de la federada presentará losformatos de evaluación que deberán aplicarse al fun-cionamiento de las capacitadoras y a todos los cursosde eventos de capacitación que realicen las mismas.El Comité de Evaluación deberá proporcionar a suComisión de EPC los informes sobre cada una de susactuaciones de evaluación. Con base en dichos informesde evaluación, la Comisión de EPC, en su caso, enviará ala capacitadora autorizada una Carta de Observacionessobre su actuación.

    5.03 Dentro de los diez días hábiles siguientes a la fechade recepción de la Carta de Observaciones, que sobresu actuación le haya formulado la Comisión de EPC dela federada, las capacitadoras deberán contestar porescrito sus planes de acción concretos y fechas parasubsanar las observaciones efectuadas en las visitas de

    evaluación.

    DE LAS SANCIONES

    6.01 La federada, a través de la información que proporcioneel Comité de Evaluación que se menciona en el artículo5.01 cancelará, previa audiencia, el registro de lascapacitadoras (incluyendo, en ciertas circunstancias, a

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    34NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    los despachos de Contadores Públicos y a las universidadese instituciones de enseñanza superior) cuando se den lossiguientes supuestos:

    a) Otorgar puntuación por cursos impartidos, quedifieran de la tabla de puntuación vigente para elcumplimiento de la Norma de EPC o llevar a cabocursos distintos a los programados sin comunicara la federada la modificación correspondiente a suprograma semestral.

    b) Que no cumplan con los conceptos establecidos porla federada en cuanto a entrega de información rela-tiva a sus eventos y de sus participantes.

    c) No cumplir el programa de cursos por ellos estable-cidos, sin dar aviso a la federada dentro de los 8 díashábiles anteriores a su cancelación.

    d) Que de acuerdo a las evaluaciones que se realiceny que se indican en los presentes lineamientos, nocontesten la carta de observaciones o no corrijan lasdeficiencias que se les hayan notificado.

    e) Por el uso indebido de su registro, la falsedad en lainformación proporcionada, o cualquier otra causagrave que determine la federada.

    6.02 La federada deberá notificar por escrito a las capacitadorassobre la cancelación de su registro y eliminarla de las listasde capacitadoras autorizadas; así mismo, deberá notificar

    por escrito esta situación a su membresía, a través de surevista o por otro medio escrito.

    6.03 En caso de cancelación de registro de una capacitadora, lafederada deberá comunicarlo a la Comisión de EPC del IMCP,quien a su vez lo dará a conocer a las demás federadas.

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    Tablas de puntuación,formatos e instructivosEPC 1, EPC 2.

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    36NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    TABLA DE PUNTUACIÓNI.- RECIBIR INSTRUCCIÓN

    OPCIÓN DESCRIPCIÓN UNIDAD DEVALUACIÓN VALUACIÓNCARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS PARA EL

    ACREDITAMIENTO

    ConferenciaCursoPonenciaSeminarioPanelSimposioMesa redondaConvenciónDiplomado

    Evento Técnico Duración delevento Un punto por hora

    Asistencia al evento completo.Deben ser temas relacionados con la profesión e impartidospor:

    A. IMCP y sus federadas.B. Instituciones nacionales de enseñanza superior, con

    reconocimiento de validez oficial de estudios entérminos de la Ley General de Educación.

    C. Instituciones de enseñanza superior del extranjerode reconocido prestigio.

    D. Capacitadoras externas reconocidas por lasfederadas del IMCP.

    E. Despachos de contadores públicos, empresas y

    organismos públicos en donde labora el socio, quehayan registrado previamente en su federada suprograma anual de capacitación.

    F. Organismos empresariales y profesionales, afines ala contaduría pública, de reconocido prestigio.

    G. Organismos gubernamentales.

    En todos los casos se deberá recabar la constanciacorrespondiente.

    EspecialidadMaestríaDoctorado

    Postgrado Duración delmódulo Un punto por hora

    Los estudios de postgrado deben ser con temática afín yrelacionada con la profesión, en:

    A. Instituciones nacionales de enseñanza superior, conreconocimiento de validez oficial de estudios en lostérminos de la Ley General de Educación.

    B. Instituciones de enseñanza superior del extranjerode reconocido prestigio.

    La puntuación sólo se acreditará con la constancia determinación y aprobación del módulo o asignaturacorrespondiente.

    Programas deauto-estudio

    Educación adistancia oeducación abierta

    Duración delprograma

    Un punto por cadados horas

    El auto-estudio debe ser con temática afín y relacionada con laprofesión patrocinada por:

    A. Instituciones nacionales de enseñanza superior, conreconocimiento de validez oficial de estudios en lostérminos de la Ley General de Educación.

    B. Instituciones de enseñanza superior del extranjerode reconocido prestigio.

    Sólo serán válidos los programas que incluyan un proceso deevaluación presencial por parte de la institución de enseñanzasuperior y se obtenga la constancia de t erminación yaprobación del módulo o asignatura.

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    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS37

    EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    TABLA DE PUNTUACIÓNII.- IMPARTIR INSTRUCCIÓN

    OPCIÓN DESCRIPCIÓN UNIDAD DEVALUACIÓN VALUACIÓNCARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS PARA EL

    ACREDITAMIENTO

    ConferenciaCursoPonenciaSeminarioPanelSimposioMesa redondaConvenciónDiplomado

    Exposición del eventotécnico

    Duración delevento Dos puntos por hora

    El acreditamiento de la puntuación se hará únicamente por lasdos primeras veces que se imparta el mismo evento. Debenser temas impartidos en:

    A. IMCP y sus federadas.B. Instituciones nacionales de enseñanza superior,

    con reconocimiento de validez oficial de estudiosen términos de la Ley General de Educación.

    C. Instituciones de enseñanza superior del extranjerode reconocido prestigio.

    D. Capacitadoras externas reconocidas por lasfederadas del IMCP.

    E. Despachos de contadores públicos, empresas y

    organismos públicos en donde labora el socio, quehayan registrado previamente en su federada suprograma anual de capacitación.

    F. Organismos empresariales y profesionales, afinesa la contaduría pública, de reconocido prestigio.

    G. Organismos gubernamentales.

    En todos los casos se deberá recabar la constanciacorrespondiente.

    Carrera técnica

    Licenciatura

    Cátedra eninstituciones técnicasespecializadas

    Cátedra eninstituciones deenseñanza superior

    Duración del curso

    Duración del curso

    Un punto por hora

    Un punto por hora

    Cátedras relativas a la profesión, en instituciones conreconocimiento de validez oficial de estudios en términos dela Ley General de Educación.

    La totalidad de puntos a acreditarse en esta opción será hastaun máximo de veinticinco puntos anuales,independientemente del número de materias impartidas.

    EspecialidadMaestríaDoctorado

    Cátedra de postgrado Duración del curso Un punto por hora

    Cátedras relativas a la profesión, en instituciones conreconocimiento de validez oficial de estudios en términos dela Ley General de Educación e instituciones de enseñanzasuperior del extranjero de reconocido prestigio.

    La totalidad de puntos a acreditarse en esta opción será hastaun máximo de treinta puntos anuales, independientemente delnúmero de materias impartidas.

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    38NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    TABLA DE PUNTUACIÓNIII.- PARTICIPAR

    OPCIÓN DESCRIPCIÓN UNIDAD DEVALUACIÓN VALUACIÓNCARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS

    PARA EL ACREDITAMIENTO

    Participar encomisionesrelativas a laprofesión.

    A. Comisiones normativas,técnicas y de investigación delIMCP y sus federadas

    B. Comité Ejecutivo y auditoresdel IMCP y de sus federadas

    C. Comisiones técnicas y deinvestigación relativas a laprofesión, de instituciones deenseñanza superior; deorganismos empresariales yprofesionales, afines a lacontaduría pública, dereconocido prestigio y deorganizacionesgubernamentales cuyaparticipación no searemunerada.

    D. Síndicos del contribuyente delIMCP, sus federadas y deorganismos empresariales yprofesionales, afines a lacontaduría pública, dereconocido prestigio.

    Desempeño en elcargo durante docemeses o proporciónanual

    Veinte puntosanuales

    En las organizaciones profesionales, afines ala contaduría pública, no se incluyen a lascomisiones técnicas y de investigación dedespachos de contadores públicos. Lasinstituciones nacionales de enseñanzasuperior deben contar con el reconocimientode validez oficial de estudios en términos dela Ley General de Educación.

    Las instituciones de enseñanza superior del

    extranjero deben ser de reconocidoprestigio.

    El integrante deberá obtener una constanciaen la que se confirme que cumplió con losobjetivos y el tiempo asignado a la misma,suscrita por el titular de la comisión o delorganismo correspondiente.

    Dirección detesis.

    Dirección a postulantes en laelaboración de tesis, tesina o susequivalentes.

    Nivel de tesisdirigida y terminada.

    Licenciatura.Especialidad.Maestría.Doctorado.

    Cinco puntos.Siete puntos.Diez puntos.Veinte puntos.

    La participación debe acreditarse medianteel nombramiento y la constanciacorrespondiente, emitida por la instituciónde enseñanza superior que tengareconocimiento de validez oficial deestudios en términos de la Ley General deEducación.

    Sinodal deexamen. Sinodal en exámenesprofesionales en los niveles delicenciatura y postgrado.

    Aplicado en:Licenciatura.Especialidad.Maestría.Doctorado.

    Dos puntos.Tres puntos.Cuatro puntos.Cinco puntos.

    La participación debe acreditarse medianteel nombramiento y copia del actacorrespondiente, emitida por la instituciónde enseñanza superior que tengareconocimiento de validez oficial deestudios en términos de la Ley General deEducación.

    Investigador entemas relativosa la profesión.

    En el IMCP, sus federadas,organismos empresariales yprofesionales, afines a lacontaduría pública, de reconocidoprestigio; organismosgubernamentales e instituciones deenseñanza superior conreconocimiento de validez oficialde estudios en términos de la LeyGeneral de Educación.

    De medio tiempo.De tiempo completo.

    Diez puntos.Veinte puntos.

    El investigador debe obtener una constanciaque acredite que cumplió con los objetivos yel tiempo asignados, debiendo estar suscritapor el titular de la institución o delorganismo correspondiente.

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    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS39

    EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    TABLA DE PUNTUACIÓNIV.- PRODUCIR

    OPCIÓN DESCRIPCIÓN UNIDAD DEVALUACIÓN VALUACIÓNCARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS

    PARA EL ACREDITAMIENTO

    Artículo. Artículo técnico.

    De circulación nacionalo internacional.

    De circulación regionalo local.

    Doce puntos.

    Seis puntos.

    El artículo técnico deberá estar relacionado conla profesión, constando su publicación enrevista o periódico. Así mismo, deberá teneruna extensión mínima de una cuartilla.

    En coautoría el acreditamiento seráproporcional al número de participantes.

    Estudio oinvestigación

    Estudio o investigacióntécnica presentado en:

    A. Congreso o simposiorelacionado con laprofesión.

    B. Seleccionado para elpremio nacional de lacontaduría pública delIMCP o para premios desus Federadas.

    C. Publicado en revistatécnica de la profesión.

    Documento aceptado.

    Documento premiado.

    Documento presentadocon constancia departicipación.

    De circulación nacionalo internacional.

    De circulación regionalo local.

    Treinta puntos.

    Cuarenta puntos.

    Veinte puntos.

    Quince puntos.

    Diez puntos.

    El estudio o investigación podrá realizarseindividualmente o en forma conjunta, en estecaso, el acreditamiento de la puntuación sehará proporcional al número de personas queparticipen y suscriban el estudio oinvestigación.

    Libros. A. Autoría de librosrelacionados con laprofesión.

    B. Traducción y adaptaciónde libros publicados enel extranjero,relacionados con laprofesión.

    Libro publicado.

    Libro publicado.

    Sesenta puntos.

    Treinta puntos.

    En coautoría el acreditamiento seráproporcional al número de participantes.

    Bole tines . Elaborac ión de proyec tos deboletines en comisiones

    normativas del IMCP.

    Proyecto producido. Cinco puntos El proyecto deberá llevar el visto bueno delpresidente de la comisión respectiva.

    El acreditamiento de la puntuación se hará porcada participante hasta un máximo de diezpuntos anuales.

    Material paracursos,seminarios,simposio oconvención.

    Preparación de materialnuevo.

    Material entregado aparticipantes.

    Un punto Se acreditará la puntuación por cada hora deexposición, únicamente por la primera vez quese lleve a cabo el evento, con un máximo decinco puntos al año.

    Tesis dePostgrado.

    Relacionada con laprofesión.

    Tesis aceptada. Treinta puntos. Acreditar con constancia de aceptación de lainstitución de enseñanza superior, que cuentecon el reconocimiento de validez oficial deestudios en términos de la Ley General deEducación.

    Opinión escritapersonalizada,sobre lasauscultacionesen boletinesnormativostécnicos delIMCP.

    Entregada oportunamente. Cada escrito. Cinco puntos. Para acreditar la puntuación debe obtener elvisto bueno del Presidente de la comisiónnormativa correspondiente.

    Elaboración deuna sinopsiscrítica otraducción deun artículo.

    Relacionada con laprofesión.

    Documento publ icado. Cinco puntos. La sinopsi s cr íti ca y la tr aducción deben es ta rpublicados en periódico o revista.

    Revisióntécnica dematerialemitido por ladivisióneditorial delIMCP.

    Relacionada con laprofesión.

    Documento examinado. Cinco puntos hasta150 páginas.

    Diez puntos de 151páginas en adelante.

    Debe obtener la constancia correspondienteemitida por la división editorial del IMCP:

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    40NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    TABLA DE PUNTUACIÓNV.- PRESENTAR EXAMEN

    OPCIÓN DESCRIPCIÓN UNIDAD DEVALUACIÓN VALUACIÓNCARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS PARA EL

    ACREDITAMIENTO

    Examen de EPCobligatorio.

    Formulado por laFederada a peticióndel interesadodurante el año delcumplimiento.

    Examen aprobado. Cincuenta y cincopuntos.Dicho examen deberá ser validado y coordinado por laVicepresidencia de Docencia del IMCP.

    Examen Uniformede Certificación.

    Formulado por elIMCP. Examen aprobado.

    Sesenta y cincopuntos.

    El examen será validado y coordinado por el Consejode Certificación del IMCP. Se acreditará para el año enque se informe el resultado del examen.

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    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS41

    M A N I F E S T A C I O N S O B R E E L C U M P L I M I E N T O

    D E L A N O R M A D E E D U C A C I O N P R O F E S I O N A L C O N T I N U A

    F O R M A E P C - 1

    1 .

    S E C T O R P R O F E S I O N A L :

    E J E R C I C I O P R O F E S I O N A L I N D E P E N D I E N T E

    .

    P e r i o

    d o c o m p r e n

    d i d o

    d e

    l 1 o . d

    e E n e r o a

    l 3 1 d e

    D i c i e m

    b r e

    d e

    ________

    D e a c u e r d o c o n

    l o s

    E s

    t a t u t o s d e

    l I n s t

    i t u

    t o M e x i c a n o

    d e

    C o n

    t a d o r e s

    P ú b l i c o s ,

    A . C .

    y d e

    l

    , A

    . C .

    p r o p o r c

    i o n o

    l a s

    i g u

    i e n

    t e i n f o r m a c

    i ó n :

    2 .

    S O C I O

    N U M E R O

    :

    4

    ____

    O N

    ____

    I S

    E T N E M L A C S I F A N I M A T C I D

    3

    . A

    R E A D E E S P E C I A L I Z A C I O N

    _______________________________________________

    5

    C O N T A D O R P

    Ú B L I C O C E R T I F I C A D O

    S I

    ____

    N O

    ____

    6

    N U M E R O D E L C E R T I F I C A D O

    1 3

    .

    S U B T O T A L

    1 5

    .

    S U B T O T A L

    E P C O B L I G A T O R I A 5 5 P U N T O S

    . E P C P A R A R E F R E N D A R C E R T I F I C A C I O N 6 5 P U N T O S

    1 6

    .

    T O T A L

    D E C L A R O

    B A J O

    P R O T E S T A D E D E C I R V E R D A D

    , Q U E L A I N F O R M A C I O N C

    O N T E N I D A E N E S T A M A N I F E S T A C I O N E S V E R A Z

    .

    1 7

    .

    R E G I S T R O A G A F F

    ______

    _________

    1 8

    . R

    E G I S T R O

    I M S S

    __________

    ____________________

    1 9

    .

    R E G I S T R O I N F O

    N A V I T

    2 0

    . C

    I U D A D

    _______________

    _________

    E S T A D O

    ____________________________

    A_________

    D E

    ____________________________

    D E

    2 1

    .

    N O M B R E C

    . P

    .__________

    _______________________________________________

    2 2

    . D

    O M I C I L I O

    2 3

    .

    T E L E F O N O :

    _____________________

    2 4

    .

    C O R R E O E L E C T R O N I C O

    _____________________________

    2 5

    .

    F I R M A

    E N C A S O D E Q U E L O S E S P A C I O S D E L F O R M A T O S E A N I N S U F I C I E N T E S

    , A G R E G A R A N E X O C O N L A I N F O R M A C I Ó N Q U E S E D E S E E P R E S E N T A R

    .

    P A R A E L L L E N A D O D E L F O R M A T O C O N S U L T A R E L I N S T R U C T I V O C O R R E S P O N D I E N T E

    .

    ( M I N I M O 5 5 ó 6 5 P U N T O S )

    A L A P R E S E N T E M A N I F E S T A C I O N S E D E B E R A A D J U N T A R C O P I A D E L A D O C U M E N T A C I O N Q U E A M P A R E L O S

    P U N T O S M I N I M O S C U A N D O N O H A Y A N S I D O O T O R G A D O S P O R L A F E D E R A D A A Q U E P E R T E N E C E E L C O N T A D O R P U B L I C O

    .

    A D I C I O N A L M E N T E

    , L A F E D E R A D A P O D R A

    S O L I C I T A R L A D O C U M E N T A C I O N O R I G I N A L

    , C U A N D O

    A S

    Í L O C

    O N S I D E R E D E C O N F O R M I D A D C O N E L A R T

    . 2

    . 0 4 D E L A N O R M A

    D E E D U C A C I Ó N P R O F E S I O N A L C O N T I N U A

    .

    1 4

    .

    P U N T O S R E S T A N T E S

    ( M I N I M O 2 5 P U N T O S )

    ( M I N I M O 3 0 O

    4 0 P U N T O S )

    N o m

    b r e

    d e

    l C o

    l e g

    i o

    I N S T I T U C I O N C A P A C I T A D O R A

    I N S T I T U T O

    M E X I C A N

    O D

    E C O N T A D O R E S P U B L I C O S

    , A

    . C .

    7

    .

    A R E A D E E S P E C I A L I Z A C I O N

    ( C A P A C I T A C I O N R E C I B I D A O I M P A R T I D A )

    8 . N

    O M B R E

    9 . N

    o .

    R E G I S T R O

    1 0

    . F

    E C H A O

    P E R I O D O

    1 1

    . H

    O R A S

    1 2

    . V A L U A C I O N

    A C T I V I D A D D E S A R R O L L A D A

  • 8/18/2019 Norma Educacion Continua

    42/53

    42NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    F O R M A

    E P C - 2

    1 .

    S E C T O R P R O F E S I O N A L :

    A C A D

    É M I C O

    E M P R E S A R I A L

    G U B E R N A M E N T A L

    O T R O S ( E s p e c

    i f i c a

    r ) :

    P e r í o

    d o c o m p r e n

    d i d o

    d e

    l 1 o .

    d e

    E n e r o a

    l 3 1 d e

    D i c i e m

    b r e

    d e

    _________

    D e a c u e r d o c o n

    l o s

    E s t a

    t u t o s

    d e

    l I n s t

    i t u t o M e x i c a n o

    d e

    C o n

    t a d o r e s

    P ú b l i c o s ,

    A . C .

    y d e

    l

    , A

    . C .

    p r o p o r c

    i o n o

    l a s i g u

    i e n

    t e i n f o r m a c i

    ó n :

    2 .

    S O C I O N U M E R O :

    4 .

    C O N T A D O R P U B L I C O C E R T I F I C A D O

    S I_

    _______

    N O

    ________

    3 .

    A R E A D E E S P E C I A L I Z A C I O N :

    5 .

    N U M E R O D E L C E R

    T I F I C A D O :

    1 2

    . S U B T O T A L

    1 4

    . S U B T O T A L

    E P C O B L I G A T O R I A 4 0 P U N T O S

    . E P C P A R A R E F R E N D A R C E R T I F I C A C I O N 5 0 P U N T O S

    1 5

    .

    T O T A L

    D E C L A R O

    B A J O

    P R O T E S T A D E D

    E C I R V E R D A D

    , Q U E L A I N F O R M A C I O N C O N T E N I D A E N E S T A M A N I F E S T A C I O N E S V E

    R A Z

    .

    1 6

    . C I U D A D

    ________________________________

    E S T A D O

    ________________

    ________________

    A__________

    D E

    ___

    ________________

    D E

    1 7

    .

    N O M B R E C

    . P .______________

    ________________________________________

    1 8

    . D

    O M I C I L I O

    1 9

    .

    T E L E F O N O

    ________________________

    2 0

    . C

    O R R E O

    E L E C T R O N I C O

    _______________________________

    2 1

    .

    F I R M A

    E N C A S O D E Q U E L O S E S P A C I O S D E L F O R M A T

    O S E A N I N S U F I C I E N T E S

    , A G R E G A R A N E X O C O N L A I N F O R M A C I Ó N Q U E S E D E S E E P R E S E N T A R

    .

    P A R A E L L L E N A D O D E L F O R M A T O C O N S U L T A R

    E L I N S T R U C T I V O C O R R E S P O N D I E N T E

    .

    ( M I N I M O 3 0 P U N T O S )

    ( M I N I M O 4 0 ó 5 0 P U N T O S )

    N o m

    b r e

    d e

    l C o

    l e g

    i o

    A L A P R E S E N T E M A N I F E S T A C I O N S E D E B E R A

    A D J U N T A R C O P I A D E L A D O C U M E N T A C I O N Q U E A M P A R E

    L O S P U N T O S M I N I M O S C U A N D O N O H A Y A N S I D O O T O R G A D O S P O R L A F E D E R A D A A Q U E P E R T E N E C E E L C O N T A D O R P

    Ú B L I C O

    .

    A D I C I O N A L M E N T E

    , L A F E D E R A D A P O D R

    Á S O L I C I T A R L A D O C U M E N T A C I Ó N O R I G I N A L

    , C U A N D O

    A S I L O

    C O N S I D E R E D E C O N F O R M I D A D C O N E L A R T

    . 2

    . 0 4 D E L A N O R M A D E E D U C A C I O N P R O F E S I O N A L C O N T I N U A

    .

    6 .

    Á R E A D E E S P E C I A L

    I Z A C I Ó N

    ( C A P A C I T A C I O N R E C I B I D A O E N S U C A S O I M P A R T I D A )

    7 . N

    O M B R E

    8 .

    N o .

    R E G I S T R O

    9 .

    F E C H A O

    P E R I O D O

    1 0

    . H O R A S

    1 1

    . V A L U A C I O N

    1 3

    .

    P U N T O S R E S T A N T E S

    I N S T I T U T O

    M E X I C A N O

    D E C O N T A D O R E S P U B L I C O S

    , A . C

    .

    A C T I V I D A D D E S A R R O L L A D A

    I N S T I T U C I O N C A P A C I T A D O R A

    ( M I N I M O

    1 0 O

    2 0 P U N T O S )

    M A N I F E S T A C I O N S O B R E E L C U M P L I M I E N T O

    D E L A N O R M A D E E D U C A C I O N P R O F E S I O N A L C O N T I N U A

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    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS43

    Instructivo para el llenado del Formato de la ManifestaciónSobre el Cumplimiento de la Norma de Educación Profesional

    Continua del IMCP (FORMA EPC-1)

    El formato EPC-1 y el presente instructivo son exclusivamente para losContadores Públicos que se dedican al ejercicio profesional del SECTORINDEPENDIENTE.

    PUNTOS A CUBRIR EN EL PERIODO

    CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO: 55 PUNTOS.

    30 puntos deberán cubrirse con capacitación recibida o impartidaen el área de su especialización o en las materias de contabilidad,fiscal y auditoría, si es dictaminador fiscal o generalista.

    25 puntos puede reunirlos en el área de su especialización o enotras actividades relacionadas con la profesión de acuerdo a latabla de puntuación.

    CUMPLIMIENTO PARA REFRENDAR CERTIFICACIÓN: 65 PUNTOS

    40 puntos deberán cubrirse con capacitación recibida o impartidaen el área de su especialización o en las materias de contabilidad,fiscal y de auditoría si es dictaminador fiscal o generalista.

    25 puntos puede reunirlos en el área de su especialización o enotras actividades relacionadas con la profesión de acuerdo a latabla de puntuación.

    EL FORMATO DE LA MANIFESTACIÓN, DEBE LLENARSE AMÁQUINA Y DEBERÁ SER EL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIOQUE SE INFORMA.

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    44NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    Instrucciones de llenado:

    1. Formato exclusivo para el ejercicio profesional del SECTORINDEPENDIENTE.

    2. Escribir el número de Socio que le fue asignado por la fede-rada.

    3. Anotar el área de su especialización. (Ver punto 7)

    4. Indicar si dictamina fiscalmente o no.

    5. Indicar si es Certificado o no.

    6. Anotar el número del certificado otorgado por el IMCP.

    ACTIVIDAD DESARROLLADA

    7. ÁREA DE ESPECIALIZACIÓN: Consiste en la materia,rama o actividad profesional de la Contaduría Pública, a laque el socio se dedica principalmente. Si el socio dictaminafiscalmente o no tiene una especialidad definida, deberá indi-car las materias de contabilidad, fiscal y auditoria, como áreade especialidad.

    Así mismo, el socio deberá anotar esta misma especialidad ensu manifestación anual para el cumplimiento de la Norma, enel punto 3.

    (Anotar el nombre del curso recibido o impartido o la actividad desarrollada).

    INSTITUCIÓN CAPACITADORA

    8. NOMBRE: Deberá anotar el nombre de la institución dondese recibió o se impartió o se desarrolló la actividad correspon-diente.

  • 8/18/2019 Norma Educacion Continua

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    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS45

    9. NÚMERO REGISTRO: en caso de que el curso se haya toma-do o impartido en alguna de las Capacitadoras autorizadas yregistradas ante la federada, indicar su número de registro.

    10. FECHA O PERIODO: corresponde a la fecha cuando se recibióo impartió el curso o la capacitación o la actividad desarrollada.

    11. HORAS: Indicar el total de horas de duración del curso o lacapacitación o actividad desarrollada.

    12. VALUACIÓN: corresponde al valor en puntos que de acuer-do con la tabla de puntuación se asigna a las horas obtenidas porcapacitación recibida o impartida, o por la actividad desarrollada(para poder determinar la valuación correcta debe consultar latabla de puntuación mencionada.)

    13. SUBTOTAL: corresponde a la suma de los puntos obtenidospor capacitación recibida o impartida en los diferentes cursos oactividades manifestados en el área de su especialización, corres-pondiente al punto 7.

    14. PUNTOS RESTANTES: Mínimo 25 puntos corresponde a lospuntos complementarios obtenidos para llegar al total mínimo de55 o 65 puntos, puede reunirlos en el área de su especialización oen otras actividades relacionadas con la profesión de acuerdo a latabla de puntuación.

    15. SUBTOTAL: corresponde a la suma de los puntos comple-mentarios obtenidos, correspondiente al punto 14.

    16. TOTAL: corresponde a la suma de los subtotales (13 y 15 )

    de los puntos obtenidos en los apartados de la manifestación.17. En caso de que dictamine para fines fiscales indicar el núme-ro de registro ante la Administración General de Auditoría FiscalFederal (AGAFF) otorgado por la SHCP.

    18 . En caso de que dictamine para fines del IMSS indicar elnúmero de registro que le fue asignado.

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    46NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    19. En caso de que dictamine para fines de INFONAVIT indicarel número de registro asignado.

    20. Anotar el lugar y la fecha de entrega de la manifestaciónen las instalaciones de la federada.

    21. Anotar el nombre completo del contador que manifiesta:apellido paterno, materno y nombre.

    22. Se debe indicar el domicilio profesional del contador quemanifiesta.

    23. Anotar el número de teléfono al que se le puede locali-

    zar.

    24. Anotar su dirección de correo electrónico.

    25. Firmar.

    NOTA I MPORTANTE

    Las lenguas extranjeras para principiantes, intermedios y avanzadosno cuentan para Educación Profesional Continua. La lengua extran-

    jera de carácter técnico relacionado con la profesión es válida, pre-sentando únicamente constancia respectiva.

    Los cursos de informática deben referirse al uso de software especia-lizado aplicable al área profesional de actuación y se podrán acreditar

    una vez cumplidos con los puntos mínimos del área de la especiali-dad.

    En la puntuación deben aparecer actividades en las que efectiva-mente se participe. Si se inscribe el socio a eventos pero no se pre-senta, no cuenta como actividad desarrollada.

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    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS47

    Para llevar a cabo la valuación de las actividades realizadas deberá,necesariamente basarse en la tabla de puntuación aprobada por elComité Ejecutivo Nacional del IMCP.

    Cuando las actividades profesionales se desempeñen en organismosdistintos a la federada, se debe comprobar documentalmente el puntaje,adjuntando copia de las constancias respectivas en su manifestación.

    Deberá entregar la manifestación en el mes de enero del año siguienteal del cumplimiento, directamente en el área de EPC de la federadadebidamente firmada, con las copias señaladas en el punto anterior, ensu caso.

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    48NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    Instructivo para el llenado del Formato de la Manifestación Sobre el Cumplimiento de la Norma de Educación

    Profesional Continua (EPC-2) IMCP

    El formato EPC-2 y el presente instructivo son para los ContadoresPúblicos que se dedican al ejercicio profesional en los SectoresACADÉMICO, EMPRESARIAL, GUBERNAMENTAL y OTROS.

    PUNTOS A CUBRIR EN EL PERIODO

    CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO 40 PUNTOS:

    SECTOR ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO O I NVESTIGADORES:

    10 puntos deberán cubrirse con capacitación recibida en elárea de su especialización.

    30 puntos puede reunirlos en el área de su especialización oen otras actividades relacionadas con la profesión de acuerdo ala tabla de puntuación.

    SECTOR EMPRESARIAL, GUBERNAMENTAL Y OTROS:

    10 puntos deberán cubrirse con capacitación recibida o impar-tida en el área de su especialización.

    30 puntos puede reunirlos en el área de su especialización oen otras actividades relacionadas con la profesión de acuerdo ala tabla de puntuación.

  • 8/18/2019 Norma Educacion Continua

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    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS49

    CUMPLIMIENTO PARA REFRENDAR CERTIFICACIÓN 50 PUNTOS:

    Sector Académico de Tiempo Completo o Investigadores:

    20 puntos deberán cubrirse con capacitación recibida en el áreade su especialización.

    30 puntos puede reunirlos en el área de su especialización o enotras actividades relacionadas con la profesión de acuerdo a latabla de puntuación.

    Sector Empresarial, Gubernamental y Otros:

    20 puntos deberán cubrirse con capacitación recibida o impartidaen el área de su especialización.

    30 puntos puede reunirlos en el área de su especialización o enotras actividades relacionadas con la profesión de acuerdo a latabla de puntuación.

    EL FORMATO DE LA MANIFESTACIÓN, DEBE LLENARSE AMÁQUINA Y DEBERÁ SER EL CORRESPONDIENTE AL AÑO QUESE INFORMA.

    Instrucciones de llenado:

    1. Seleccionar el Sector profesional en el que desempeña susactividades: Académico, Empresarial, Gubernamental y Otros(especificar).

    2. Escribir el número de Socio que le fue asignado por la federa-da.

    3. Anotar área de especialización (ver punto 6).

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    50NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    4. Indicar si es Certificado o no.

    5. Anotar el número del Certificado otorgado por el IMCP

    ACTIVIDAD DESARROLLADA

    6. ÁREA DE ESPECIALIZACIÓN: Consiste en las materia,rama o actividad profesional de la Contaduría Pública, a laque el socio se dedica principalmente. Si el socio no tieneuna especialidad definida, deberá indicar las materias decontabilidad, fiscal y auditoria, como área de especiali-dad.

    Así mismo, el socio deberá anotar esta misma especiali-dad en su manifestación anual para el cumplimiento de laNorma, en el punto 3.

    (Anotar el nombre del curso recibido o impartido o la acti-vidad desarrollada).

    INSTITUCIÓN CAPACITADORA

    7. Nombre: Deberá anotar el nombre de la institución dondese recibió o se impartió o se desarrolló la actividad corres-pondiente.

    8. Número Registro: en caso de que el curso se haya toma-

    do o impartido en alguna de las Capacitadoras autorizadasregistradas ante la federada, indicar su número de regis-tro.

    9. Fecha o período: corresponde a la fecha cuando se recibióo impartió el curso o la capacitación o la actividad desa-rrollada.

    10. Horas: Indicar el total de horas de duración del curso o lacapacitación o actividad desarrollada.

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    TABLAS DE PUNTUACIÓN, FORMATOS E INSTRUCTIVOS51

    11. Valuación: corresponde al valor en puntos que de acuerdocon la tabla de puntuación se asigna a las horas obtenidas porcapacitación tomada o impartida, o por la actividad desarro-

    llada (para poder determinar la valuación correcta consultarla mencionada tabla de puntuación.)

    12. Subtotal: corresponde a la suma de los puntos obtenidospor capacitación recibida o en su caso impartida, en losdiferentes cursos o actividades manifestadas en el área deEspecialización, correspondiente al punto 6.

    13. PUNTOS RESTANTES: Mínimo 30 puntos corresponde a lospuntos complementarios obtenidos para llegar al total mínimode 40 o 50 puntos, puede reunirlos en el área de su especia-lización o en otras actividades relacionadas con la profesiónde acuerdo a la tabla de puntuación.

    14. Subtotal: corresponde a la suma de los puntos restantesobtenidos por las actividades manifestadas en la opción pararevalidar certificación correspondiente al punto 13.

    15. Total: corresponde a la suma de los subtotales (12 y 14) delos puntos obtenidos en las diversas áreas manifestadas.

    16. Anotar el lugar y la fecha de entrega de la manifestación enlas instalaciones de la federada.

    17. Anotar el nombre completo del contador que manifiesta: ape-llido paterno, materno y nombre.

    18. Se debe indicar el domicilio profesional del contador que

    manifiesta.19. Anotar el número de teléfono al que se le puede localizar.

    20. Anotar su dirección de correo electrónico.

    21. Firmar.

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    52NORMA DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA

    NOTA I MPORTANTE

    Las lenguas extranjeras para principiantes, intermedios yavanzados no cuentan para Educación Profesional Continua.La lengua extranjera de carácter técnico relacionado con laprofesión es válida, presentando únicamente constancia res-pectiva.

    Los cursos de informática deben referirse al uso de softwareespecializado aplicable al área profesional de actuación y sepodrán acreditar una vez cumplidos con los puntos mínimosdel área de la especialidad.

    En la puntuación deben aparecer actividades en las que efec-tivamente se participe. Si se inscribe el socio a eventos perono se presenta, no cuenta como actividad desarrollada.

    Para llevar a cabo la valuación de las actividades realizadasdeberá, necesariamente basarse en la tabla de puntuaciónaprobada por el Comité Ejecutivo Nacional del IMCP.

    Cuando las actividades profesionales se desempeñen enorganismos distintos a la federada, se debe comprobardocumentalmente el puntaje, adjuntando copia de las cons-tancias respectivas en su manifestación.

    Deberá entregar la manifestación en el mes de enero del añosiguiente al del cumplimiento, directamente en el área de EPCde la federada debidamente firmada, con las copias señaladasen el punto anterior, en su caso.

  • 8/18/2019 Norma Educacion Continua

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    COMISIÓN DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA53

    COMISIÓN DE EDUCACIÓN PROFESIONAL CONTINUA2005–2007

    C.P.C. FRANCISCO ÁLVAREZ ROMEROPresidente

    C.P.C. MAXIMINO CASTILLO LÓPEZSecretario

    IntegrantesC.P.C. OCTAVIO ACOSTA SALOMÓNC.P.C. JULIO CÉSAR CANTÚ RUIZC.P.C. VÍCTOR KELLER KAPLANSKAC.P.C. ALEJANDRO GONZÁLEZ VILLARREAL

    C.P.C. JOSÉ MIGUEL ARRIETA MÉNDEZC.P.C. ALFONSO ÁNGELES MENESESC.P.C. VÍCTOR MANUEL ORTIZ GARCÍAC.P.C. JOSÉ BESIL BARDAWIEL