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NORMA METROLOGICA NMP 011 PERUANA 2007 Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle de La Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú ELECTROACÚSTICA. Sonómetros. Parte 3: Ensayos periódicos ELECTROACOUSTICS. Sound level meters. Part 3: Periodic tests (EQV. IEC 61672 -3:2006 Electroacoustics – Sound level meters – Part 3: Periodic tests) 2007-11-28 1ª Edición R. Nº 0123-2007-INDECOPI/CRT. Publicada el 2007-12-09 Precio basado en 21 páginas I.C.S.: 13.140 Descriptores: Electroacústica, sonómetros, acústica, ensayos, metrología

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NORMA METROLOGICA NMP 011 PERUANA 2007 Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle de La Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú

ELECTROACÚSTICA. Sonómetros. Parte 3: Ensayos periódicos ELECTROACOUSTICS. Sound level meters. Part 3: Periodic tests (EQV. IEC 61672 -3:2006 Electroacoustics – Sound level meters – Part 3: Periodic tests) 2007-11-28 1ª Edición R. Nº 0123-2007-INDECOPI/CRT. Publicada el 2007-12-09 Precio basado en 21 páginas I.C.S.: 13.140 Descriptores: Electroacústica, sonómetros, acústica, ensayos, metrología

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ÍNDICE

página ÍNDICE i PREFACIO ii PRÓLOGO iii 1. Objeto y campo de aplicación 1 2. Referencias normativas 1 3. Presentación para los ensayos 2 4. Conformidad 4 5. Inspección preliminar 5 6. Alimentación eléctrica 5 7. Condiciones ambientales 5 8. Requisitos generales de ensayo 5 9. Indicación a la frecuencia de comprobación de la calibración 6 10. Ruido intrínseco 7 11. Ensayos de las ponderaciones frecuenciales con señal acústica 8 12. Ensayos de las ponderaciones frecuenciales con señales eléctricas 11 13. Ponderaciones de frecuencia y tiempo a 1 kHz 12 14. Linealidad de nivel en el rango de nivel de referencia 13 15. Linealidad de nivel incluyendo el control de rango de nivel 14 16. Respuesta a un tren de ondas 15 17. Nivel de presión acústica de pico con ponderación C 16 18. Indicación de sobrecarga 17 19. Informe 18

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PREFACIO

A. RESEÑA HISTÓRICA A.1 La Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales del INDECOPI ha adoptado la norma IEC 61672-3:2006 Electroacoustics – Sound level meters – Part 3: Periodic tests, obteniendo la Norma Metrológica Peruana NMP 011:2007 ELECTROACÚSTICA. Sonómetros. Parte 3: Ensayos periódicos. A.2 La presente Norma Metrológica Peruana presenta cambios editoriales referidos a terminología empleada propia del idioma español, de acuerdo a la GP-ISO/IEC 021-1, y ha sido estructurada de acuerdo a las Guías Peruanas GP 001:1995 y GP 002:1995.

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PROLOGO

1) La IEC (Comisión Electrotécnica Internacional) es una organización mundial de normalización compuesta de todos los comités electrotécnicos nacionales (Comités Nacionales de IEC). La IEC tiene por objeto promover la cooperación internacional para todos los asuntos de normalización en los campos de la electricidad y la electrónica. Para este fin, IEC, entre otras actividades, publica Normas Internacionales, Especificaciones Técnicas, Informes Técnicos, Especificaciones Accesibles al Público (PAS) y Guías (en adelante denominadas “Publicación(es) de IEC”). Su elaboración es confiada a comités técnicos; cualquier Comité Nacional de IEC interesado en el tema tratado puede participar en este trabajo. Las organizaciones internacionales, gubernamentales o no gubernamentales, vinculadas con la IEC, también pueden participar en esta elaboración. IEC colabora estrechamente con la Organización Internacional de Normalización (ISO) de acuerdo con las condiciones determinadas por acuerdo entre las dos organizaciones. 2) Las decisiones o acuerdos formales de IEC sobre asuntos técnicos representan, en la medida de lo posible, un consenso internacional sobre los temas estudiados puesto que los comités nacionales interesados están representados en cada comité técnico. 3) Las Publicaciones de IEC se presentan en forma de recomendaciones internacionales y son aceptadas como tales por los Comités Nacionales de IEC. Aunque se hacen todos los esfuerzos razonables para asegurar la exactitud del contenido técnico de sus Publicaciones, IEC no puede responsabilizarse de la eventual mala utilización o interpretación que pueda hacer cualquier usuario final. 4) Para promover la uniformidad internacional, los Comités Nacionales de IEC se comprometen a aplicar las Normas Internacionales de IEC de la manera más transparente posible en sus normas nacionales o regionales. Cualquier divergencia entre cualquier Publicación de IEC y la publicación nacional o regional correspondiente debe indicarse claramente en esta última. 5) IEC no ha previsto ningún procedimiento de marcado para indicar su aprobación y no se responsabiliza por ningún equipo declarado conforme con una de sus Publicaciones. 6) Todos los usuarios deberían asegurarse de tener la última edición de esta Publicación. 7) No se debe atribuir ninguna responsabilidad a IEC, sus directores, empleados o agentes, incluyendo sus expertos particulares y los miembros de sus comités técnicos y los Comités Nacionales de IEC, por cualquier lesión personal, daño material u otro daño de la naturaleza que sea, directo o indirecto, o por costos (incluyendo honorarios de abogados) y gastos derivados de la publicación, la utilización o la dependencia de esta Publicación de IEC o cualquier otra Publicación de IEC. iii

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8) Se hace notar las referencias normativas citadas en esta publicación. El uso de las publicaciones a las que se hace referencia, es indispensable para una aplicación correcta de esta publicación. 9) Se hace notar la posibilidad de que algunos de los elementos de esta Publicación de IEC pueden ser objeto de derechos de propiedad intelectual. IEC no se hará responsable de identificar cualesquiera o todos estos derechos de propiedad. La Norma Internacional IEC 61672-3 ha sido elaborada por el comité técnico 29 de IEC: Electroacústica, en cooperación con la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML). El texto de esta parte de IEC 61672 se basa en los siguientes documentos:

FDIS Informe de votación 29/607/FDIS 29/614/RVD

El informe de votación indicado en la tabla anterior proporciona toda la información sobre la votación para la aprobación de esta parte de IEC 61672.

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ELECTROACUSTICA. Sonómetros. Parte 3: Ensayos periódicos 1. Objeto y campo de aplicación 1.1 Esta norma NMP 011 describe los procedimientos para los ensayos periódicos de sonómetros convencionales, sonómetros integradores-promediadores y sonómetros integradores que cumplen con los requisitos de la clase 1 y la clase 2 de IEC 61672-1:2002. El objetivo de esta norma es asegurar que los ensayos periódicos sean realizados de manera coherente por todos los laboratorios de ensayos. 1.2 El propósito de los ensayos periódicos es asegurar al usuario que el desempeño de un sonómetro está conforme con los requisitos de IEC 61672-1:2002 para un número limitado de ensayos clave y paras las condiciones ambientales en las cuales se realizaron estos ensayos. 1.3 En esta norma NMP 011, la extensión de los ensayos se restringe deliberadamente al mínimo considerado necesario para los ensayos periódicos. 1.4 Los ensayos periódicos descritos en esta norma NMP 011 se aplican a sonómetros, cuyo modelo ha sido, o no ha sido, aprobado por un organismo de ensayos independiente, responsable de aprobaciones de modelos, y de acuerdo con los procedimientos de ensayo de IEC 61672-2:2003. Los ensayos periódicos descritos en esta norma NMP 011 también se aplican a sonómetros para los cuales el fabricante ha declarado la conformidad con los requisitos de IEC 61672-1. Debido a la extensión limitada de los ensayos periódicos, si la confirmación de la aprobación del modelo no está a disposición del público, no se puede llegar a una conclusión general con respecto a la conformidad con los requisitos de IEC 61672-1:2002, aunque los resultados de los ensayos periódicos cumplan con todos los requisitos aplicables de esta norma NMP 011. 2. Referencias normativas Los siguientes documentos de referencia son indispensables para la aplicación de este documento. Para las referencias fechadas, sólo se aplica la edición citada. Para las referencias sin fecha, se aplica la última edición del documento de referencia (incluyendo cualquier modificación). IEC 60942, Electroacústica – Calibradores acústicos

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IEC 61094-6, Micrófonos de medición – Parte 6: Excitadores electrostáticos para la determinación de la respuesta de frecuencia IEC 61672-1:2002, Electroacústica – Sonómetros – Parte 1: Especificaciones IEC 61672-2:2003, Electroacústica – Sonómetros – Parte 2: Ensayos de evaluación de un modelo BIPM, IEC, IFCC, ISO, IUPAC, IUPAP y OIML:1995, Guía para la expresión de la incertidumbre de medición (GUM) BIPM, IEC, IFCC, ISO, IUPAC, IUPAP y OIML:1993, Vocabulario internacional de términos básicos y generales de metrología. ISBN 92-67-01075-1 3. Presentación para los ensayos 3.1 Un manual de instrucciones referente al modelo y la versión del sonómetro debe estar disponible para realizar los ensayos periódicos en un sonómetro. Si no se presenta un manual de instrucciones junto con el sonómetro, ni está disponible en el laboratorio de ensayos ni está a disposición del público en el sitio de Internet del fabricante o proveedor, entonces no debe realizarse ningún ensayo periódico. 3.2 Se debe describir la fuente del manual de instrucciones en el informe de los ensayos periódicos 3.3 Todos los objetos o accesorios requeridos para el ensayo del sonómetro deben acompañar al sonómetro presentado para los ensayos. También se debe presentar un dispositivo especificado en el manual de instrucciones para insertar señales eléctricas equivalentes a las señales emitidas por el micrófono si el laboratorio de ensayos lo solicita. 3.4 Los ensayos periódicos definidos en esta norma NMP 011 deben realizarse solamente si las marcas que aparecen en el sonómetro, son las exigidas por IEC 61672-1:2002 o existe evidencia de que el sonómetro ha sido marcado así originalmente. Por lo menos la designación del modelo y el número de serie deben ser visibles en el sonómetro. 3.5 Los datos requeridos para realizar los ensayos periódicos deben estar disponibles y el laboratorio debe registrar la fuente de estos datos. Los datos deben incluir toda la información pertinente exigida por el Capítulo 9 de IEC 61672-1:2002.

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3.6 Debe estar disponible un calibrador acústico. El calibrador acústico debe ser suministrado con el sonómetro si el usuario o el laboratorio de ensayos lo exige, o debe ser suministrado por el mismo laboratorio de ensayos. Si el usuario suministra un calibrador acústico, el laboratorio de ensayos debe utilizarlo para establecer la sensibilidad acústica del sonómetro. 3.7 El calibrador acústico debe ser un modelo especificado en el manual de instrucciones para ser utilizado con el sonómetro, o un calibrador acústico que produzca el mismo nivel nominal de presión acústica1 a la misma frecuencia que el modelo especificado en el manual de instrucciones. En este último caso, cualquier ajuste a realizar, cuando ese modelo de calibrador está acoplado al modelo de micrófono suministrado con el sonómetro, debe ser conocido y aceptado por el fabricante del sonómetro. 3.8 También debe estar disponible un manual de instrucciones para el calibrador acústico. Si no se dispone de un calibrador acústico apropiado y de su manual de instrucciones, no debe realizarse ningún ensayo periódico. 3.9 Para ensayos periódicos de un sonómetro de la clase 1, se debe demostrar mediante calibración que el calibrador acústico cumple con los requisitos de IEC 60942 dentro de los límites de tolerancia de la clase 1. Para ensayos periódicos de un sonómetro de la clase 2, se debe demostrar mediante calibración que el calibrador acústico cumple con los requisitos de IEC 60942 dentro de los límites de tolerancia de la clase 1 o la clase 2. Se debe demostrar la conformidad en lo que respecta al nivel de presión acústica, la frecuencia y la distorsión armónica total utilizando los métodos para ensayos periódicos dados en IEC 60942. NOTA: El informe de un ensayo periódico realizado de acuerdo con los procedimientos dados en IEC 60942 puede proporcionar evidencia de que el calibrador acústico cumple con los requisitos aplicables de IEC 60942. Si no existe dicha evidencia, el laboratorio de ensayos puede proponer realizar una calibración del calibrador acústico. La incertidumbre de medición relacionada con el uso del calibrador acústico puede incrementarse con el tiempo que ha transcurrido desde la última calibración del calibrador acústico. 3.10 La calibración del calibrador acústico debe realizarse utilizando un equipo calibrado para las magnitudes apropiadas trazables a patrones nacionales. Para la calibración del calibrador acústico, debe utilizarse el modelo de micrófono suministrado con el sonómetro o un modelo de micrófono equivalente, o un micrófono adecuado con los datos de corrección referentes al modelo de micrófono suministrado con el sonómetro. Cuando se utilizan los datos de corrección, estos datos deben provenir del fabricante del calibrador acústico, del micrófono o del sonómetro y deben indicarse. Se debe proporcionar un certificado de calibración que muestre los resultados de la calibración del calibrador acústico.

1 Entiéndase también presión acústica como presión sonora

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4. Conformidad 4.1 Se demuestra la conformidad con los requisitos de esta norma NMP 011 cuando las desviaciones medidas con respecto a los correspondientes valores nominales dados en IEC 61672-1:2002 ampliadas por las incertidumbres expandidas de medida reales del laboratorio de ensayos, no sobrepasan los límites de tolerancia aplicables dados en IEC 61672-1:2002. 4.2 El laboratorio de ensayos debe utilizar instrumentos calibrados para las magnitudes apropiadas con los intervalos adecuados. Según se requiera, las calibraciones deben ser trazables a patrones nacionales. 4.3 Los laboratorios que realizan ensayos periódicos, deben calcular las incertidumbres asociadas con todas las mediciones de acuerdo con la Guía para la expresión de la incertidumbre de medición. Los términos utilizados en metrología deben ser los definidos en el Vocabulario internacional de términos básicos y generales de metrología. Las incertidumbres expandidas reales deben calcularse para un nivel de confianza de 95 %, utilizando el factor de cobertura necesario. NOTA 1: Cuando se pide a un laboratorio de ensayos realizar una sola medición, es necesario que el laboratorio estime la contribución de los efectos aleatorios a la incertidumbre de medición total. Se debería determinar el estimado utilizando una evaluación basada en varias mediciones realizadas previamente en un sonómetro similar. NOTA 2: Generalmente, un factor de cobertura de 2 corresponde a aproximadamente un nivel de confianza de 95 %, a menos que las contribuciones sean tales que sea necesario utilizar un factor de cobertura diferente para obtener un nivel de confianza de 95 % . NOTA 3: Para el cálculo de la incertidumbre expandida de medición para un determinado ensayo, se debería considerar al menos cinco componentes, según sea aplicable. El primer componente es la incertidumbre atribuida a la calibración de los instrumentos de medición individuales y del equipo utilizado para realizar los ensayos, incluyendo el calibrador acústico indicado en 3.6 y cualquier instalación en campo libre utilizada. El segundo componente es cualquier contribución que resulte de los efectos ambientales o de ajustes. El tercer componente es cualquier contribución correspondiente a los pequeños errores que pueden estar presentes en las señales aplicadas. El cuarto componente es cualquier contribución a la incertidumbre atribuida a los efectos asociados con la repetibilidad de los resultados de medición. El quinto componente es una contribución de la incertidumbre proveniente de la lectura de la indicación del dispositivo de visualización del sonómetro ensayado. Para los dispositivos de visualización digital que indiquen niveles de señales con una resolución de 0,1 dB, se debería considerar, para el componente de incertidumbre, una distribución rectangular con un semirango de 0,05 dB . 4.4 Para todos los ensayos, las incertidumbres expandidas de medida reales del laboratorio no deben sobrepasar los valores máximos correspondientes de las incertidumbres expandidas dados en el Anexo A de IEC 61672-1:2002. Si la incertidumbre expandida de medición real para un ensayo realizado por el laboratorio de ensayo excede el correspondiente valor máximo de la incertidumbre expandida, el resultado del ensayo no debe utilizarse para determinar la conformidad con esta norma NMP 011 para los ensayos periódicos.

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5. Inspección preliminar Antes de cualquier medición, el sonómetro y todos sus accesorios deben ser objeto de una inspección visual, asegurándose de que la rejilla de protección o el diafragma del micrófono no haya sufrido daños o acumulación de material extraño. Deben realizarse todos los controles pertinentes para asegurarse de que están funcionando correctamente. Si los controles, la pantalla y otros elementos esenciales no funcionan correctamente, no debe realizarse ningún ensayo periódico. 6. Alimentación eléctrica Para todos los ensayos, se debe seleccionar el modo de alimentación preferencial del sonómetro u otro modo de alimentación adecuado, si el usuario lo solicita. Antes y después de realizar la serie de ensayos con las señales acústicas y antes y después de realizar la serie de ensayos con las señales eléctricas, se debe verificar la tensión proporcionada por la alimentación eléctrica del sonómetro siguiendo el método indicado en el manual de instrucciones para asegurar que se encuentre dentro de los límites de funcionamiento especificados. Si la tensión no se encuentra dentro de los límites de funcionamiento y la causa no puede atribuirse a una descarga parcial de baterías o a la selección incorrecta de la tensión de la red de alimentación eléctrica, entonces no debe realizarse ningún ensayo periódico puesto que se ha detectado un mal funcionamiento. 7. Condiciones ambientales 7.1 Los ensayos periódicos deben realizarse para las siguientes condiciones ambientales: presión estática del aire entre 80 kPa y 105 kPa, temperatura del aire entre 20 °C y 26 °C y humedad relativa entre 25 % y 70 % . 7.2 Como mínimo, se deben medir y registrar la presión atmosférica, la temperatura del aire y la humedad relativa al inicio y al término del ensayo. 8. Requisitos generales de ensayo 8.1 Los ensayos periódicos descritos en los capítulos siguientes se aplican solamente para las características exigidas por IEC 61672-1:2002 y que existen en el sonómetro presentado para el ensayo. Se deben ensayar todas estas características. 8.2 Las señales eléctricas deben aplicarse al sonómetro con la ayuda de un adaptador de entrada o los medios especificados en el manual de instrucciones. La frecuencia de las señales de entrada no debe ser superior a ±0,25 % de la frecuencia especificada.

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8.3 Para un sonómetro equipado con una salida eléctrica utilizada para los ensayos periódicos, se debe confirmar que las indicaciones obtenidas por la salida eléctrica y las indicaciones correspondientes que aparecen en el dispositivo de visualización del sonómetro son idénticas y se encuentran dentro de los límites de tolerancia dados en 5.16.3 de IEC 61672-1:2002. En el caso de salidas múltiples, si se especifica una salida para los ensayos en el manual de instrucciones, debe utilizarse esta salida para los ensayos periódicos. 9. Indicación a la frecuencia de comprobación de la calibración 9.1 Se debe verificar la indicación del sonómetro a la frecuencia de comprobación de la calibración y ajustarla, si es necesario, aplicando el calibrador acústico calibrado indicado en 3.6, a fin de que la indicación corresponda al nivel de presión acústica requerido en las condiciones ambientales al momento de los ensayos. Para sistemas de sonómetros de varios canales, se debe verificar la indicación para tantos canales como se requiera para los ensayos. Se deben registrar las indicaciones del sonómetro antes y después del ajuste. Para tener en cuenta el efecto de la pantalla antiviento u otro accesorio presentado para los ensayos con el sonómetro, el ajuste debe realizarse siguiendo el procedimiento indicado en el manual de instrucciones. NOTA: Cuando el calibrador acústico es suministrado con el sonómetro pero no se ha previsto que sea calibrado por el laboratorio que realiza el ensayo del sonómetro, se recomienda realizar una medición independiente adicional utilizando un calibrador acústico adecuado proporcionado por el laboratorio de ensayos. Se debería acoplar este calibrador acústico al sonómetro siguiendo todos los ajustes indicados en 9.1 y registrar la indicación, sin efectuar otros ajustes. Esta indicación constituye una verificación coherente con la obtenida en 9.1 y es importante asegurarse de que el nivel de presión acústica generado por el calibrador acústico no haya variado de manera significativa desde su última calibración. Cuando las indicaciones parecen incoherentes, el laboratorio de ensayo debería realizar investigaciones adicionales para determinar las causas de esta incoherencia. A menos que se pueda determinar satisfactoriamente las causas de esta incoherencia, no debería realizarse ninguna otra medición. 9.2 Se debe tener en cuenta los efectos de las condiciones ambientales predominantes sobre el nivel de presión acústica producido en el acoplador del calibrador acústico, en relación con el nivel de presión acústica producido en las condiciones ambientales de referencia de IEC 61672-1:2002, de acuerdo con el procedimiento indicado en el manual de instrucciones del calibrador acústico y con los datos referentes a su calibración.

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10. Ruido intrínseco 10.1 Micrófono instalado 10.1.1 Se debe medir el ruido intrínseco cuando el micrófono está conectado al sonómetro. El sonómetro debe estar en la configuración presentada para el ensayo periódico, pero con cualquier pantalla antiviento suministrada instalada de manera conveniente, y en el rango de nivel más sensible, seleccionando la ponderación de frecuencia A. Se deben registrar los resultados de las mediciones del ruido intrínseco. 10.1.2 El nivel ponderado A del ruido ambiental en el micrófono del sonómetro no debe sobrepasar el nivel más alto previsto del ruido intrínseco ponderado A especificado en el manual de instrucciones para la configuración del sonómetro presentado para los ensayos periódicos. NOTA: Si el nivel de sonido ambiental en el laboratorio no es lo suficientemente bajo, se puede construir un recinto cerrado herméticamente y revestido con material amortiguador de ruido en el cual se coloque el sonómetro con los cables de alimentación de CA adecuados, si es necesario. El recinto debería estar equipado con un dispositivo apropiado mediante el cual se pueda observar el dispositivo de visualización. Para los sonómetros equipados con micrófono y preamplificador removibles, solamente se tiene que colocar el micrófono y el preamplificador en el recinto o conectarlos al sonómetro mediante una extensión. 10.1.3 Se debe registrar la indicación del nivel promedio en tiempo de presión acústica ponderado A promediado en un período de 30 s, o más, si el manual de instrucciones lo exige para las mediciones del ruido propio. Se puede medir directamente el nivel promedio en tiempo de presión acústica o calcularlo a partir de una indicación del nivel de exposición al ruido y del tiempo de integración. Si no se puede determinar el nivel de presión acústica continuo equivalente, se debe registrar el nivel de presión acústica ponderado en tiempo, que resulta de la media de 10 observaciones tomadas al azar en un intervalo de 60 s. Si se registra el nivel de presión acústica ponderado en tiempo, debe utilizarse la ponderación de tiempo S si está disponible; de lo contrario, debe utilizarse la ponderación de tiempo F. 10.1.4 Si el nivel de presión acústica ponderado A del ruido intrínseco medido no sobrepasa el nivel más alto de presión acústica ponderado A previsto del ruido intrínseco, esto confirma que el nivel de ruido ambiente era lo suficientemente bajo. Si el nivel de presión acústica ponderado A del ruido intrínseco medido sobrepasa el nivel más alto de presión acústica ponderado A previsto especificado en el manual de instrucciones para la configuración del sonómetro ensayado, el laboratorio de ensayos debe determinar y registrar la evidencia de que el ruido ambiente no influyó en las mediciones del ruido intrínseco en más de 3 dB . NOTA 1: No se debería subestimar la influencia de los sonidos de baja frecuencia en las indicaciones del nivel de presión acústica ponderado A del ruido intrínseco.

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NOTA 2: Las mediciones del nivel de presión acústica ponderado A del ruido ambiental pueden requerir el uso de un micrófono separado y del equipo asociado diseñado para medir bajos niveles de presión acústica. 10.2 Micrófono reemplazado por el dispositivo de señal de entrada eléctrica Con el micrófono remplazado por el dispositivo de señal de entrada eléctrica (o los medios especificados para insertar señales eléctricas), y conectado de la manera especificada en el manual de instrucciones para las mediciones del nivel de presión acústica del ruido intrínseco correspondiente, se debe registrar la indicación del nivel de presión acústica promediado en el tiempo o del nivel de presión acústica ponderado en tiempo del ruido intrínseco, medido mediante el procedimiento dado en 10.1.3, para el rango de nivel más sensible y para todas las ponderaciones de frecuencia disponibles en el sonómetro. NOTA: La intención de 10.2, compatible con los requisitos de IEC 61672-1:2002, es simplemente medir y registrar los niveles de presión acústica ponderados en frecuencia del ruido intrínseco cuando el micrófono es reemplazado por el dispositivo de señal de entrada eléctrica cerrado de manera adecuada. El sobrepasar un nivel medido de presión acústica ponderado en frecuencia del ruido intrínseco en relación con el nivel correspondiente dado en el manual de instrucciones no significa, por sí mismo, que el desempeño de un sonómetro ya no es aceptable para muchas aplicaciones prácticas. 11. Ensayos de las ponderaciones frecuenciales con señal acústica 11.1 Se debe ajustar el sonómetro para la ponderación de frecuencia C, si está disponible, de lo contrario, para la ponderación de frecuencia A. Se debe ensayar la ponderación de frecuencia con un calibrador acústico de múltiples frecuencias, un excitador electrostático o un dispositivo en campo libre. En este último caso, se debe seguir el procedimiento de ensayo apropiado especificado en 9.4.1 a 9.4.5 de IEC 61672-2:2003, pero solamente para las tres frecuencias de ensayo especificadas en 11.8 de este capítulo. Se debe proporcionar evidencia de que el calibrador acústico de múltiples frecuencias cumple con los requisitos de IEC 60942 para la clase 1. El excitador electrostático debe cumplir con los requisitos aplicables de IEC 61094-6. NOTA: Para minimizar el tiempo de ensayo, es preferible realizar este ensayo utilizando un calibrador acústico de múltiples frecuencias o un excitador electrostático si los datos de ajuste apropiados están disponibles. 11.2 Si el ensayo de ponderación de frecuencia se realiza con un calibrador acústico de múltiples frecuencias o un excitador electrostático, deben estar disponibles datos para ajustar las indicaciones del sonómetro a los niveles equivalente en campo libre. Los datos de ajuste deben incluir la influencia de una pantalla antiviento especificada o de un accesorio en la respuesta de frecuencia de un micrófono típico, si se presentan para los ensayos periódicos con el sonómetro.

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11.3 Los datos de ajuste aplicables al modelo de micrófono cuando está acoplado al calibrador acústico de múltiples frecuencias o al excitador electroacústico deben, de preferencia, obtenerse del manual de instrucciones del sonómetro o bien del sitio de Internet del fabricante o del proveedor del sonómetro. 11.4 Si los datos de ajuste necesarios no pueden obtenerse del fabricante del sonómetro, entonces pueden utilizarse los datos de ajuste del fabricante del micrófono, del fabricante del calibrador acústico de múltiples frecuencias o del fabricante del excitador electrostático. En este caso, los efectos de la reflexión de la cubierta del sonómetro deben ser los indicados en el manual de instrucciones del sonómetro y deben incluirse en los datos de ajuste. 11.5 La fuente de los datos de ajuste debe figurar en el informe de los ensayos. 11.6 Si un accesorio forma parte de la configuración de sonómetro presentado para los ensayos pero los datos referentes a la influencia del accesorio en la respuesta del micrófono no están disponibles en el manual de instrucciones ni en el sitio de Internet del fabricante o del proveedor del sonómetro, entonces el ensayo periódico del sonómetro no puede realizarse de acuerdo con esta norma NMP 011, salvo en una instalación en campo libre. 11.7 Los datos de ajuste, y sus incertidumbres de medición asociadas, pueden ser las indicadas en el manual de instrucciones del sonómetro o las obtenidas del fabricante o proveedor del sonómetro, o pueden ser proporcionados por el fabricante del micrófono, el fabricante del calibrador acústico de múltiples frecuencias o el fabricante del excitador electrostático. Las incertidumbres de medición asociadas deben provenir de la misma fuente que la de los datos de ajuste. Cuando las incertidumbres de medición asociadas no son publicadas o no se ponen a disposición, entonces se debe asumir que son igual a cero y se debe incluir una declaración para ese fin en el informe de los ensayos periódicos. NOTA: El supuesto de la incertidumbre cero es una medida provisional para permitir los ensayos periódicos cuando las incertidumbres de medición no están disponibles para los datos de ajuste. Se espera que este supuesto sea eliminado en una futura revisión de esta norma NMP 011. 11.8 Se debe determinar la ponderación de frecuencia a 125 Hz, 1 kHz y 4 kHz u 8 kHz de acuerdo con los requisitos de 5.2.8 de IEC 61672-1:2002. La selección de 4 kHz u 8 kHz dependerá de los datos de ajuste en campo libre proporcionados o debe quedar a criterio del laboratorio de ensayos para los ensayos realizados de acuerdo con el procedimiento 9.4 de IEC 61672-2:2003.

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11.9 Según las funciones disponibles, se debe ajustar el sonómetro para medir el nivel de presión acústica con la ponderación de tiempo F o S o el nivel de presión acústica continuo equivalente o el nivel de exposición al ruido. Si se mide el nivel de exposición al ruido, se debe calcular el correspondiente nivel de presión acústica continuo equivalente para el tiempo de integración aplicando la ecuación (5b) de IEC 61672-1:2002. El tiempo de integración o de promediación debe ser al menos 10 s y debe ser registrado. Se debe poner el sonómetro en el rango de nivel de referencia o en el rango de nivel más próximo al rango de nivel de referencia que permitirá la visualización de las señales del calibrador acústico de múltiples frecuencias o el excitador electrostático, o ensayarlo de acuerdo con el procedimiento de 9.4 de IEC 61672-2:2003 en un dispositivo de campo libre. 11.10 Para los ensayos de ponderación de frecuencia utilizando un calibrador acústico de múltiples frecuencias, en cada frecuencia de ensayo el nivel de presión acústica en el acoplador del calibrador acústico debe encontrase en el rango de 70 dB a 125 dB y, de preferencia, el nivel de presión acústica de referencia debe encontrarse a 1 kHz. El nivel de presión acústica producido en el acoplador del calibrador acústico, cuando es acoplado al micrófono del sonómetro, deberá ser conocido mediante calibración para cada frecuencia de ensayo. 11.11 Para los ensayos de ponderación de frecuencia utilizando un excitador electrostático, el excitador electrostático debe ser acoplado al micrófono de acuerdo con las instrucciones del fabricante del dispositivo y de acuerdo con las instrucciones del fabricante del micrófono instalado en el sonómetro. Se debe ajustar la tensión de la señal aplicada al excitador electrostático para visualizar un nivel de presión acústica entre 70 dB y 125 dB a 1 kHz . 11.12 Se debe acoplar el micrófono con el calibrador acústico o con el excitador electrostático y dar un tiempo apropiado para que se estabilice. Se debe registrar el nivel de presión acústica visualizado en respuesta a las señales de entrada para cada frecuencia de ensayo. Se debe repetir al menos una vez el acoplamiento y la medición para tener un total de dos ensayos como mínimo. Se debe restar las diferencia entre el nivel de la señal de entrada a una frecuencia de ensayo y el nivel de la señal de entrada a 1 kHz como correcciones a los niveles de presión acústica indicados. 11.13 En cada frecuencia de ensayo, se debe calcular el nivel de presión acústica medio como la media aritmética de las indicaciones del nivel de presión acústica ponderado en frecuencia y corregidas de acuerdo con 11.12.

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11.14 En cada frecuencia de ensayo, para los ensayos utilizando un calibrador acústico de múltiples frecuencias o un excitador electrostático, se debe ajustar el nivel de presión acústica medio de acuerdo con 11.13 a los niveles de presión acústica equivalentes en campo libre ponderados en frecuencia, aplicando los datos de ajuste en campo libre. 11.15 Se debe determinar la ponderación de frecuencia relativa, normalizada a la respuesta a 1 kHz, como la diferencia entre el nivel medio de presión acústica equivalente en campo libre a la frecuencia de ensayo y el nivel medio de presión acústica equivalente en campo libre a 1 kHz. 11.16 Las desviaciones de las mediciones de ponderación de frecuencia relativa con las características nominales correspondientes dadas en la Tabla 2 de IEC 61672-1:2002, ampliadas por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia aplicables de la Tabla 2 de IEC 61672-1:2002. 12. Ensayos de las ponderaciones frecuenciales con señales eléctricas 12.1 Se deben determinar las ponderaciones de frecuencia en relación con la respuesta a 1 kHz utilizando señales de entrada eléctricas sinusoidales permanentes, esto para las ponderaciones disponibles en el sonómetro entre las tres ponderaciones cuyas especificaciones y límites de tolerancia son proporcionados en IEC 61672-1:2002. Se debe ajustar el sonómetro para visualizar el nivel de presión acústica con la ponderación de tiempo F, el nivel de presión acústica continuo equivalente o el nivel de exposición al ruido. Si se mide el nivel de exposición al ruido, se debe calcular el nivel de presión acústica continuo equivalente correspondiente aplicando la ecuación (5b) de IEC 61672-1:2002 para el tiempo de integración. El tiempo de promediación o de integración debe ser como mínimo 10 s y se debe registrar. 12.2 En el rango de nivel de referencia y para cada ponderación de frecuencia a ensayar, se debe ajustar el nivel de la señal de entrada a 1 kHz para producir una indicación inferior en 45 dB al límite superior del rango de funcionamiento lineal a 1 kHz indicado en el manual de instrucciones en el rango de nivel de referencia. Se debe registrar el nivel de la señal de entrada. NOTA: Puede utilizarse el conocimiento del nivel de la señal de entrada a 1 kHz que permite obtener una determinada indicación del nivel en el dispositivo de visualización a fin de ajustar el nivel de todas las demás señales de entrada para ensayar las ponderaciones de frecuencia del Capítulo 12.

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12.3 A las frecuencias de ensayo distintas a 1 kHz, se debe ajustar el nivel de la señal de entrada en relación con el nivel de la señal de entrada que se registró para 1 kHz a fin de compensar la atenuación nominal correspondiente dada en IEC 61672-1:2002 para la ponderación de frecuencia ensayada. Luego, el ajuste debería producir una indicación en el dispositivo de visualización idéntica a la registrada para la señal de entrada a 1 kHz . 12.4 Se deben registrar los niveles de las señales de entrada y las indicaciones correspondientes en el dispositivo de visualización para las siguientes frecuencias de ensayo:

- para los ensayos de sonómetros de la clase 1: las nueve frecuencias en intervalos de octava nominales de 63 Hz a 16 kHz; - paras los ensayos de sonómetros de la clase 2: las ocho frecuencias en intervalos de octava nominales de 63 Hz a 8 kHz .

12.5 Para cada ponderación en frecuencia, se debe calcular la diferencia entre la indicación del sonómetro a la frecuencia de ensayo y la indicación del sonómetro a 1 kHz . 12.6 Para cada ponderación de frecuencia y a cada frecuencia de ensayo, deben aplicarse las correcciones indicadas en el manual de instrucciones a las diferencias de nivel determinadas en 12.5 para tener en cuenta la desviación de la respuesta de frecuencia del micrófono típico en relación con una respuesta de frecuencia uniforme y para los efectos de reflexión típicos de la cubierta del sonómetro y de la difracción del sonido alrededor del micrófono y, si es aplicable, de la influencia de la pantalla antiviento. 12.7 En cada frecuencia de ensayo, las desviaciones corregidas de las ponderaciones de frecuencia de 12.6, ampliadas por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia aplicables definidos en la Tabla 2 de IEC 61672-1:2002. 13. Ponderaciones de frecuencia y tiempo a 1 kHz 13.1 Para una señal de entrada eléctrica sinusoidal permanente a 1 kHz en el rango de nivel de referencia y con una señal de entrada que produce la indicación del nivel de presión acústica de referencia con la ponderación de frecuencia A, se deben registrar las indicaciones paras las ponderaciones de frecuencia C y Z y la respuesta PLANA, si está disponible, con el sonómetro ajustado para visualizar el nivel de presión acústica con la ponderación de tiempo F o el nivel de presión acústica continuo equivalente si está disponible. Además, se deben registrar las indicaciones obtenidas con la ponderación de frecuencia A, con el sonómetro ajustado para visualizar el nivel de

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presión acústica con la ponderación de tiempo F, la ponderación de tiempo S y el nivel de presión acústica continuo equivalente, si está disponible. 13.2 Las desviaciones entre el nivel indicado con las ponderaciones de frecuencia C, Z y respuesta PLANA y el nivel indicado para la misma magnitud medida con la ponderación de frecuencia A, , ampliadas por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia definidos en 5.4.14 de IEC 61672-1:2002. 13.3 Las desviaciones entre la indicación del nivel de presión acústica ponderado A con la ponderación de tiempo S y el nivel de presión acústica continuo equivalente ponderado A y la indicación del nivel de presión acústica ponderado A con la ponderación de tiempo F, ampliadas por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia definidos en 5.7.3 de IEC 61672-1:2002. 14. Linealidad de nivel en el rango de nivel de referencia 14.1 Los ensayos de linealidad de nivel deben realizarse con señales eléctricas sinusoidales permanentes a una frecuencia 8 kHz con el sonómetro ajustado para la ponderación de frecuencia A. Para cada ensayo de linealidad de nivel, se deben registrar las indicaciones con la ponderación de tiempo F o el nivel de presión acústica continuo equivalente así como el nivel de presión acústica previsto correspondiente. 14.2 Los ensayos de linealidad de nivel deben comenzar con el ajuste de la señal de entrada para visualizar el nivel de partida dado en el manual de instrucciones para los ensayos de linealidad de nivel a 8 kHz en el rango de nivel de referencia. El procedimiento de cálculo descrito en 9.8.1.3 de IEC 61672-2:2003 debe utilizarse para determinar los errores de linealidad de nivel. 14.3 Se debe medir la linealidad de nivel aumentando el nivel de la señal de entrada en etapas de 5 dB desde el nivel de partida hasta el nivel correspondiente, con una precisión de 5 dB, al límite superior del rango de funcionamiento lineal especificado en el manual de instrucciones para los ensayos de linealidad de nivel a 8 kHz, luego aumentando el nivel de la señal de entrada en etapas de 1 dB hasta la primera indicación de sobrecarga, pero sin incluirla. A continuación, se debe proseguir con el ensayo de linealidad de nivel disminuyendo el nivel de la señal de entrada en etapas de 5 dB desde el nivel de partida hasta el nivel correspondiente, con una precisión de 5 dB, al límite inferior especificado, luego disminuyendo el nivel de la señal de entrada en etapas de 1 dB hasta la primera indicación de insuficiencia de nivel, pero sin incluirla, o para los instrumentos de un rango único sin indicador de insuficiencia de nivel, hasta el límite inferior del rango de funcionamiento lineal indicado en el manual de instrucciones.

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14.4 En al menos toda la extensión del rango de funcionamiento lineal especificado en el manual de instrucciones para los ensayos de linealidad de nivel a 8 kHz, los errores de linealidad de nivel, ampliados por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia aplicables dados en 5.5.5 de IEC 61672-1:2002. 14.5 De acuerdo con 5.10.2 de IEC 61672-1:2002, los errores de linealidad de nivel, ampliados por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia aplicables dados en 5.5.5 de IEC 61672-1:2002, entre el nivel superior del rango de funcionamiento lineal y la primera indicación de sobrecarga, pero sin incluirla. 14.6 De acuerdo con 5.11.1 de IEC 61672-1:2002, para los sonómetros que tienen indicadores de insuficiencia de nivel, los errores de linealidad de nivel, ampliados por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia aplicables dados en 5.5.5 de IEC 61672-1:2002, entre el nivel inferior del rango de funcionamiento lineal y la primera indicación de insuficiencia de nivel, pero sin incluirla. 15. Linealidad de nivel incluyendo el control de rango de nivel 15.1 Para los sonómetros que tienen más de un rango de nivel, los ensayos de errores de linealidad de nivel, incluyendo los errores introducidos por el selector de rango de nivel, deben realizarse con señales de entrada eléctricas sinusoidales permanentes a una frecuencia de 1 kHz y con el sonómetro ajustado para la ponderación de frecuencia A. Para cada ensayo, se debe registrar los niveles de la señal así como las indicaciones del nivel de presión acústica con la ponderación de tiempo F o el nivel de presión acústica continuo equivalente. 15.2 Se debe ajustar el nivel de la señal de entrada para obtener la indicación del nivel de presión acústica de referencia en el rango de nivel de referencia. Se deben registrar el nivel de la señal de entrada y el nivel de la señal indicado. 15.3 Manteniendo constante el nivel de la señal de entrada, se debe registrar el nivel indicado para todos los rangos de nivel para los cuales se visualice el nivel de la señal, ajustado como se indica 15.2. Se deben registrar los niveles de señal indicados y los niveles previstos correspondientes.

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15.4 Para todos los rangos de nivel, se debe ajustar el nivel de la señal de entrada para obtener un nivel sonoro previsto de 5 dB por debajo del límite superior especificado en el manual de instrucciones para ese rango de nivel a 1 kHz. Se deben registrar los niveles de señal indicados y los niveles previstos correspondientes. 15.5 Los errores de linealidad de nivel determinados a partir de los ensayos de 15.3 y 15.4, definidos como la diferencia entre el nivel de señal indicado y el nivel previsto correspondiente, ampliados por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia aplicables dados en 5.5.5 de IEC 61672-1:2002. 16. Respuesta a un tren de ondas 16.1 Se debe ensayar la respuesta del sonómetro a señales de corta duración en el rango de nivel de referencia con ráfagas de tono a 4 kHz que comienzan y terminan en los cruces del eje de cero de la señal y se extraen de una señal de entrada eléctrica sinusoidal permanente a 4 kHz. Se debe ajustar el sonómetro para la ponderación de frecuencia A. 16.2 Para las señales de ráfaga de tono, las indicaciones del sonómetro que se deben registrar, son: el nivel máximo con la ponderación de tiempo F, el nivel máximo con la ponderación de tiempo S y el nivel de exposición al ruido, si está disponible. Si no es posible medir el nivel de exposición al ruido, entonces se debe medir el nivel de presión acústica continuo equivalente, si está disponible, con un tiempo de promediación que incluya la ráfaga de tono, y el nivel de exposición al ruido calculado de acuerdo con la ecuación (4) de IEC 61672-1:2002. 16.3 Cuando se miden los niveles máximos de presión acústica de las ráfagas de tono con la ponderación de tiempo F, se debe medir los niveles de las señales permanentes a 4 kHz de las cuales se extraen las ráfagas de tono, con la ponderación de tiempo F. Asimismo, se deben medir los niveles de presión acústica con la ponderación de tiempo S de la señal permanente cuando se miden los niveles máximos de presión acústica de las ráfagas de tono con la ponderación de tiempo S. Cuando se miden los niveles de exposición al ruido de las ráfagas de tono, se debe medir el nivel de presión acústica continuo equivalente de la señal permanente. Si no se da la posibilidad de medir el nivel de presión acústica continuo equivalente, entonces se debe medir el nivel de exposición al ruido de la señal permanente para cualquier tiempo de integración adecuado, si está disponible, y calcular el nivel de presión acústica continuo equivalente correspondiente, de acuerdo con la ecuación (5b) de IEC 61672-1:2002.

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16.4 Se debe ajustar el nivel de la señal de entrada permanente para visualizar un nivel de presión acústica con la ponderación F o S, o el nivel de presión acústica continuo equivalente, según sea el caso, de manera que sea inferior en 3 dB al límite superior del rango de funcionamiento lineal especificado en el manual de instrucciones para la frecuencia de 4 kHz en el rango de nivel de referencia. 16.5 Para los ensayos con la ponderación temporal F, se debe registrar la indicación del nivel máximo de presión acústica ponderado F en respuesta a las ráfagas de tono de 200 ms, 2 ms y 0,25 ms de duración. 16.6 Para los ensayos con la ponderación de tiempo S, se debe registrar la indicación del nivel máximo de presión acústica ponderado S en respuesta a las ráfagas de tono de 200 ms y 2 ms de duración. 16.7 Para las mediciones del nivel de exposición al ruido (o el nivel de presión acústica continuo equivalente para un tiempo de integración que incluya la ráfaga de tono), se deben registrar las indicaciones en respuesta a las ráfagas de tono de 200 ms, 2 ms y 0,25 ms de duración. 16.8 Las desviaciones de las respuestas medidas a una ráfaga de tono en relación con las respuestas de referencia correspondientes dadas en la Tabla 3 de IEC 61672-1:2002, ampliadas por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia aplicables dados en la Tabla 3 de IEC 61672-1:2002. 17. Nivel de presión acústica de pico con ponderación C 17.1 El ensayo de indicación del nivel de sonido con ponderación C de pico sólo debe realizarse para sonómetros capaces de visualizar niveles de presión acústica ponderados C. 17.2 Se deben ensayar las indicaciones del nivel de cresta de presión acústica ponderado C en el rango de nivel menos sensible. Las señales de ensayo están compuestas de un ciclo completo de un sinusoide a 8 kHz que comienza y termina en los cruces del eje de cero y de semiciclos positivos y negativos de una sinusoide a 500 Hz que también empiezan y terminan en los cruces del eje de cero. 17.3 Se debe ajustar el nivel de la señal de entrada eléctrica sinusoidal permanente a 8 kHz, de la cual se extrae el ciclo completo, para obtener una indicación del nivel de presión acústica ponderado C con la ponderación de tiempo F o del nivel de presión acústica continuo equivalente ponderado C, que sea inferior en 8 dB al límite superior especificado en el manual de instrucciones para el rango de niveles de cresta a 8 kHz en el rango de nivel menos sensible. Se debe registrar la indicación del nivel de la señal permanente.

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17.4 Se debe registrar la indicación del nivel de cresta de presión acústica ponderado C en respuesta a una señal correspondiente a un ciclo completo a 8 kHz. La aplicación de la señal correspondiente al ciclo completo a 8 kHz no debe producir indicación de sobrecarga. 17.5 Se debe ajustar el nivel de la señal de entrada eléctrica sinusoidal permanente a 500 Hz, de la cual se extrae los semiciclos positivos y negativos, para obtener una indicación del nivel de presión acústica ponderado C con la ponderación de tiempo F o del nivel de presión acústica continuo equivalente ponderado C, que sea inferior en 8 dB al límite superior especificado en el manual de instrucciones para el rango de niveles de cresta en el rango de nivel menos sensible. Se deben registrar las indicaciones del nivel de la señal permanente. 17.6 Se deben registrar las indicaciones del nivel de cresta de presión acústica ponderado C en respuesta a una señal compuesta de semiciclos positivos y negativos a 500 Hz. Las aplicaciones de señales correspondientes a semiciclos a 500 Hz no deben producir indicaciones de sobrecarga. 17.7 Las desviaciones entre las diferencias medidas entre las indicaciones del nivel de cresta de presión acústica ponderado C y las correspondientes indicaciones del nivel de presión acústica ponderado C de la señal permanente y las diferencias nominales dadas en la Tabla 4 de IEC 61672-1:2002, ampliadas por las incertidumbres expandidas de medida reales, no deben sobrepasar los límites de tolerancia aplicables dados en la Tabla 4 de IEC 61672-1:2002. 18. Indicación de sobrecarga 18.1 El ensayo de indicación de sobrecarga debe realizarse solamente para sonómetros capaces de visualizar un nivel de presión acústica continuo equivalente. 18.2 Se debe ensayar la indicación de sobrecarga en el rango de nivel menos sensible con el sonómetro ajustado para visualizar un nivel de presión acústica continuo equivalente ponderado A. Deben utilizarse señales eléctricas sinusoidales compuestas de un semiciclo positivo y negativo a la frecuencia de 4 kHz. Las señales compuestas de un semiciclo se deben extraer de señales permanentes del mismo nivel y deben comenzar y terminar en los cruces del eje de cero.

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18.3 El ensayo debe comenzar en un nivel de presión acústica continuo equivalente indicado para una señal de entrada permanente que corresponda a 1 dB por debajo del límite superior especificado para el rango de funcionamiento lineal a 4 kHz. Se debe incrementar el nivel de la señal de entrada compuesto de un semiciclo positivo, extraído de la señal permanente, en etapas de 0,5 dB hasta la primera indicación de sobrecarga, pero sin incluirla. Se debe incrementar el nivel de la señal de entrada en etapas de 0,1 dB hasta la primera indicación de sobrecarga. Se debe repetir el proceso para una señal compuesta de un semiciclo negativo. Se debe registrar, con una precisión de un décimo de decibel, los niveles de las señales de entrada compuestas de semiciclos que producen las primeras indicaciones de sobrecarga. NOTA: Los niveles relativos de las señales de entrada compuestas de un semiciclo pueden determinarse a partir del ajuste de un atenuador de entrada. 18.4 La diferencia entre los niveles de las señales de entrada compuestas de un semiciclo positivo y negativo que produjeron primero la visualización de una indicación de sobrecarga, incrementada por el valor real de las incertidumbres de medición ampliadas, no debe sobrepasar los límites de tolerancia dados en 5.10.3 de IEC 61672-1:2002. 18.5 Se debe verificar que la indicación de sobrecarga se bloquee como se especifica en 5.10.5 de IEC 61672-1:2002 cuando se produce una condición de sobrecarga. 19. Informe La extensión y el contenido del informe proporcionado por el laboratorio de ensayos pueden variar de los puntos mencionados a continuación, dependiendo de las regulaciones nacionales. Sin embargo, una vez que se ha concluido el ensayo periódico, el informe debe contener como mínimo la siguiente información, según sea aplicable.

a) la fecha o fechas en que se realizaron los ensayos periódicos; b) la siguiente indicación: “Se han utilizado los procedimientos de la norma NMP 011 para realizar los ensayos periódicos”; c) una declaración y la referencia proporcionadas por una organización de ensayos independiente, responsable de evaluaciones de modelo, que demuestren que el modelo de sonómetro presentado para los ensayos periódicos ha pasado con éxito los ensayos de evaluación de modelo aplicables de IEC 61672-2:2003;

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d) el nombre y dirección del laboratorio donde se han realizado los ensayos periódicos; e) el nombre del fabricante del sonómetro o de su proveedor, la designación del modelo, el número de serie y la clase del sonómetro y, si es aplicable, la versión del software de programación interno cargado en el sonómetro; f) el nombre del fabricante o del proveedor, la designación del modelo y el número de serie del micrófono, si es removible; g) el nombre del fabricante o del proveedor, la designación del modelo y cualquier identificación única del preamplificador, si está disponible por separado; h) si el sonómetro es un dispositivo de varios canales, la designación de los canales que se han utilizado para los ensayos; i) una descripción específica del manual de instrucciones referente al sonómetro incluyendo, si es aplicable, la fecha de publicación y el número de versión; para los manuales de instrucciones descargados de un sitio de Internet, la fecha de la descarga así como cualquier información descriptiva específica; j) el nombre del fabricante o del proveedor, la designación del modelo y el número de serie del calibrador acústico, junto con los detalles de todos los adaptadores utilizados; k) una descripción de la fuente de los datos utilizados para ajustar los niveles de presión acústica obtenidos con la ayuda de un calibrador acústico de múltiples frecuencias o un excitador electrostático a los niveles de presión acústica equivalentes a los que serían indicados en respuesta a ondas sonoras planas progresivas; l) cuando no están disponibles las incertidumbres de medición exigidas en 11.7, la siguiente declaración: ‘No se ha publicado ninguna información sobre la incertidumbre de medición, exigida por el apartado 11.7 de la norma NMP 011, relacionada con los datos de ajuste proporcionados por el manual de instrucciones u obtenidos del fabricante o del proveedor del sonómetro, o del fabricante del micrófono, o del fabricante del calibrador acústico de múltiples frecuencias, o del fabricante del excitador electrostático (suprimir lo que no corresponda) en el manual de instrucciones ni el fabricante o el proveedor la ha puesto a disposición. Por lo tanto, se ha considerado que la incertidumbre de medición de los datos de ajuste es numéricamente igual a cero para los fines de estos ensayos periódicos. Sin embargo, si estas incertidumbres no son realmente igual a cero, existe la posibilidad de que la respuesta de frecuencia

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del sonómetro no cumpla con los requisitos de IEC 61672-1:2002’. m) una declaración con respecto a la frecuencia de verificación de calibración, el nivel de presión acústica de referencia y el rango de nivel de referencia para el sonómetro; n) una descripción de la configuración del sonómetro durante los ensayos, incluyendo los cables de conexión que fueron proporcionados para operar el sonómetro; o) la presión estática, la temperatura del aire y la humedad relativa medidos al inicio y al término del ensayo;

NOTA: Cuando se han realizado mediciones adicionales de presión estática, temperatura del aire y humedad relativa, también se debería informar el rango de los valores medidos.

p) a partir de la aplicación del calibrador acústico calibrado, las indicaciones iniciales y las indicaciones después del ajuste del sonómetro a la frecuencia de verificación de calibración, y referencia al certificado del calibrador acústico, si está disponible; q) para el rango de nivel más sensible, el nivel de presión acústica ponderado A del ruido intrínseco con el micrófono instalado y los niveles de presión acústica ponderados en frecuencia del ruido intrínseco medido con el micrófono reemplazado por el dispositivo de entrada eléctrico. Cuando sea aplicable, el informe debe incluir cualquier nivel de ruido intrínseco medido que sobrepase el nivel más alto de ruido intrínseco correspondiente especificado en el manual de instrucciones; r) cuando están a disposición del público evidencias que prueban que los ensayos de evaluación de modelo se realizaron de acuerdo con IEC 61672-2:2003, con el fin de demostrar que el modelo de sonómetro cumplió con todos los requisitos aplicables de IEC 61672-1:2002 y que los resultados de todos los ensayos periódicos de acuerdo con esta norma NMP 011 fueron satisfactorios, la siguiente declaración: 'El sonómetro presentado para los ensayos ha pasado con éxito los ensayos periódicos para la clase Y de la norma NMP 011, en las condiciones ambientales para las cuales se realizaron los ensayos. Puesto que una organización de ensayos independiente, responsable de la aprobación de resultados de ensayos de evaluación de modelo realizados de acuerdo con IEC 61672-2:2003 dispone de evidencias que demuestran que el modelo de sonómetro cumple plenamente con los requisitos de IEC 61672-1:2002, entonces, el sonómetro presentado para los ensayos cumple con los requisitos para la clase Y de IEC 61672-1:2002';

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s) cuando no están a disposición del público evidencias que prueban que los ensayos de evaluación de modelo se realizaron de acuerdo IEC 61672-2:2003, con el fin de demostrar que el modelo de sonómetro cumplió con todos los requisitos aplicables de IEC 61672-1:2002 y que los resultados de todos los ensayos periódicos de acuerdo con esta norma NMP 011 fueron satisfactorios, la siguiente declaración: 'El sonómetro presentado para los ensayos ha pasado con éxito los ensayos periódicos para la clase Y de la norma NMP 011, en las condiciones ambientales para las cuales se realizaron los ensayos. Sin embargo, no se puede hacer ninguna declaración general o conclusión con respecto a la conformidad del sonómetro con la totalidad de los requisitos de IEC 61672-1:2002 porque que no se pudo obtener de una organización de ensayos independiente, responsable de aprobaciones de modelo, ninguna evidencia que demuestre que el modelo de sonómetro cumple plenamente con los requisitos de IEC 61672-1:2002 y porque los ensayos periódicos según la norma NMP 011 cubren solamente una parte limitada de los requisitos de IEC 61672-1:2002'. t) cuando los resultados de los ensayos periódicos del sonómetro no son satisfactorios para la clase de desempeño designada, la siguiente declaración: 'El sonómetro presentado paras los ensayos periódicos no ha pasado con éxito los ensayos periódicos para la clase Y de la norma NMP 011. El sonómetro no cumple con los requisitos de IEC 61672-1:2002'.

Además, el informe debe indicar qué ensayos no se han pasado con éxito así como las razones. NOTA: Las razones por las que no se han pasado con éxito ensayos, podrían ser, por ejemplo: "Los errores de linealidad de nivel sobrepasaron los límites de tolerancia aplicables" o "Las desviaciones con respecto a los valores nominales de las indicaciones de los niveles de cresta de presión acústica ponderado C sobrepasaron los límites de tolerancia aplicables". En el texto arriba indicado, cambiar la clase Y por la clase 1 o la clase 2, según corresponda.