Upload
fernando-lozano-pardo
View
219
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado
1/7
NORMATIVA INTERNA DE PERMANENCIA EN
ESTUDIOS DE GRADO
NI-004REVISIN 3
Realizado por: Revisado por: Aprobado por:
Carmen CallaoAsistente Jurdico
Amaya Gil-AlbarovaVicerrectora de Ordenacin
Acadmica
Carlos Prez CaseirasRector
Fecha: 06/03/2013 Fecha: 06/03/2013 Fecha: 06/03/2013
7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado
2/7
Permanencia en Estudios de Grado
NI-004 - 2 - Rev.3
NDICE
1. OBJETO ............................................................................................................... 3
2. RGIMEN DE PERMANENCIA .............................................................................. 3
2.1. Numero mximo de crditos a los efectos de matrcula ............................................ 3
2.1.1. Primer curso ..................................................................................................... 3
2.1.2. Sucesivos cursos............................................................................................... 3
2.2. Numero mnimo de crditos a los efectos de matrcula ............................................. 4
2.3. Requisitos para progresin a cursos posteriores....................................................... 4
2.4.
Resumen rgimen de permanencia ......................................................................... 5
3.
CONVOCATORIAS ............................................................................................... 6
4. HISTORIAL DE REVISIONES .............................................................................. 7
7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado
3/7
Permanencia en Estudios de Grado
NI-004 - 3 - Rev.3
1.
OBJETO
El objeto de la normativa de permanencia es establecer un sistema de progresin acadmica
en los estudios de nivel de grado en la Universidad San Jorge, tendente a motivar al alumnado
para que, en beneficio propio, no emplee en los estudios ms tiempo del necesario, para
alcanzar los niveles acadmicos adecuados a un aprovechamiento normal del tiempo y los
medios.
2. RGIMEN DE PERMANENCIA
2.1. Numero mximo de crditos a los efectos de matrcula
2.1.1. Primer curso
Los alumnos que inicien su vida acadmica en estudios de grado de la Universidad San Jorge
matriculndose en el primer curso, lo debern hacer en la totalidad de crditos que
correspondan a ese curso, a excepcin de alumnos con circunstancias especiales de matrcula
acreditadas;
Estudiantes a tiempo parcial por trabajo,
estudiantes con necesidades educativas especiales,
circunstancias puntuales graves,
acceso por reconocimiento de crditos de otras titulaciones,
simultaneidad de estudios,
estudiantes con coincidencia de horarios entre varios cursos.
Asimismo, no podrn matricularse de ms del 120% de los crditos del curso.
2.1.2. Sucesivos cursos
El resto de los aos que se estudie en la Universidad San Jorge, su matrcula deber respetar
los siguientes lmites y reglas:
Nmero mximo de crditos: los alumnos no podrn matricularse de ms de 72 ECTSpor curso acadmico.
El alumno deber matricularse en cada curso acadmico obligatoriamente de los ECTS
pendientes de aprobar en los aos anteriores. Es decir, no se podr abandonar el
estudio de una asignatura para afrontar el estudio de otras correspondientes a cursos
posteriores. En cualquier caso, el alumno tendr derecho a acogerse al derecho a
matricularse de un mnimo de crditos, establecidos en el siguiente apartado.
7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado
4/7
Permanencia en Estudios de Grado
NI-004 - 4 - Rev.3
2.2.
Numero mnimo de crditos a los efectos de matrcula
Como norma general, el nmero mnimo de crditos de los que se podr matricular un
estudiante por curso acadmico, excepto en primer curso, ser de 48 crditos ECTS.
Cuando se trate de los estudiantes en circunstancias especiales, como las que se relacionan a
continuacin, los lmites de matricula podrn rebajarse a 30 crditos ECTS:
Estudiantes a tiempo parcial que compatibilicen su actividad acadmica con la laboral.
Para tener derecho a esta rebaja ser necesario acreditar una jornada laboral por
cuenta ajena del al menos el 50% de la jornada ordinaria segn el convenio colectivo
que sea de aplicacin, o estar dado de alta en el rgimen de autnomos de la
seguridad social, mutua general de la abogaca, o sistema de previsin similar, cuando
se trate de trabajadores por cuenta propia.
Estudiantes con necesidades educativas especiales, por causa de naturaleza fsica o
mental.
Estudiantes en los que se d alguna circunstancia excepcional, tal como una
enfermedad o un accidente grave, propio o de los familiares con quien conviva, que
imposibilite su normal desenvolvimiento en la vida acadmica.
Estudiantes con materias de cursos anteriores que no pueden progresar al curso
inmediatamente superior, y en consecuencia slo podrn matricularse de los ECTS
pendientes de superacin, en virtud de las previsiones que para el progreso de curso
esta normativa establece ms adelante.
Alumnos que simultanean estudios
Estudiantes con crditos reconocidos
En todos estos casos se realizar una orientacin acadmica personalizada a cada alumno,
indicndole el itinerario ms adecuado a su caso con base en criterios pedaggicos y de
progresin de aprendizajes.
Tras peticin individualizada, y cuando la naturaleza del caso as lo aconseje, se podra llegar a
reducir todava ms el lmite mnimo de los crditos en los que se deba matricular un alumno,
siempre con base en criterios pedaggicos y de progresin de aprendizajes.
2.3. Requisitos para progresin a cursos posteriores
Para poder continuar los estudios en la universidad despus de haber estudiado un
primer ao, ser necesario tener superados al menos un mnimo de 12 ECTS. La no
superacin de esos crditos llevar consigo la prdida de la condicin de alumno.
7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado
5/7
Permanencia en Estudios de Grado
NI-004 - 5 - Rev.3
Para poder matricularse en crditos correspondientes a materias de segundo curso, el
alumno deber haber aprobado al menos 18 ECTS de primer curso.
Para poder matricularse en crditos correspondientes a materias de tercer curso, el
alumno deber haber aprobado al menos 18 ECTS de segundo curso.
Para poder matricularse en crditos correspondientes a materias de cuarto curso, el
alumno deber haber aprobado al menos 18 ECTS de tercer curso.
En caso de tratarse de titulaciones de cinco cursos, para poder matricularse en crditos
correspondientes a materias de dicho curso, el alumno deber haber aprobado al menos 18
ECTS de cuarto curso.
2.4. Resumen rgimen de permanencia
LMITES DE MATRCULAPROGRESIN A SIGUIENTES
CURSOS
Matrcula ordinariaMatrcula para circunstanciasespeciales:
Mnimo asuperar para noabandonar launiversidad
Mnimo asuperar para
pasar alsiguiente curso
CURSO MXIMO MNIMO MXIMO MNIMO CRDITOS CRDITOS
1 60 ECTS 60 ECTS 72 ECTS 30 ECTS 12 ECTS 18 ECTS
2 72 ECTS 48 ECTS 72 ECTS 30 ECTS - 18 ECTS
3 72 ECTS 48 ECTS 72 ECTS 30 ECTS - 18 ECTS
4 72 ECTS 48 ECTS 72 ECTS 30 ECTS - 18 ECTS
5 72 ECTS 48 ECTS 72 ECTS 30 ECTS - 18 ECTS
7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado
6/7
Permanencia en Estudios de Grado
NI-004 - 6 - Rev.3
3.
CONVOCATORIAS
Los alumnos matriculados en estudios universitarios oficiales de Grado dispondrn de seis
convocatorias para superar cada una de las asignaturas de su plan de estudios.
Aquellos estudiantes que agoten las convocatorias indicadas en el prrafo anterior podrn
solicitar al Rector la concesin de dos convocatorias extraordinarias por asignatura, a cursar en
las dos convocatorias siguientes a la de su concesin. Debern solicitarse por escrito en la
Secretara Acadmica de su Facultad o Escuela alegando las circunstancias que han impedido
superar la asignatura.
Slo se pueden consumir convocatorias respecto a materias y crditos en los que el alumno se
haya matriculado.
Cada convocatoria se entender por agotada cuando el alumno no se presente a las pruebas de
evaluacin establecidas, siempre que se hubiera matriculado, o cuando el alumno no supere los
niveles establecidos por el profesor responsable en el proceso de evaluacin.
Slo de modo excepcional, y previa peticin del interesado, el Decano o Director del Centro o
titulacin, podr dictar una resolucin para que no sea consumida una determinada
convocatoria de un alumno.
La no superacin por un alumno de una materia en las convocatorias ordinarias o
suplementarias que se hubieran podido conceder, llevar consigo la prdida de su condicin de
alumno de la Universidad San Jorge, y por consiguiente la baja de la titulacin que estuviera
cursando, salvo que pueda verse beneficiado por la normativa de evaluacin por compensacin.
Las convocatorias oficiales se desarrollarn y se computarn sucesivamente:1 convocatoria: Febrero/Junio
2 convocatoria: Julio
3 convocatoria: Febrero/Junio del curso siguiente
4 convocatoria: Julio del curso siguiente
5 convocatoria: Febrero/Junio del curso posterior a la 3 y 4 convocatoria
6 convocatoria: Julio del curso posterior a la 3 y 4 convocatoria
Las 7 y la 8 convocatoria se realizarn en las convocatorias siguientes a su concesin.
7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado
7/7
Permanencia en Estudios de Grado
NI-004 - 7 - Rev.3
4.
HISTORIAL DE REVISIONES
Rev. Modificacin Realizado por Fecha
3
Modificacin del punto 3. Convocatorias. Se aade laposibilidad de no abandonar los estudios aun habiendoagotado las convocatorias posibles en caso de poderacogerse a la normativa de evaluacin por compensacin.Se modifica el nmero de convocatorias de gracia pasandode 1 a 2 por lo que el alumno finalmente dispondr de 8convocatorias.
Susana Albesa 06/03/13
2
Modificacin del punto 2.1.1., que al hablar de los crditosmnimos en 1 matrcula contempla el caso desimultaneidad de estudios.Modificacin del punto 2.2. que incluye tambin comoexcepcin el caso de simultaneidad de estudios al hablardel nmero mnimo de crditos a los efectos de matrcula
Carmen Callao 24/06/11
1
Modificacin de los requisitos para progresin a cursosposteriores, eliminando el requisitos de tener aprobados latotalidad de crditos de los cursos anteriores.Eliminacin del apartado 2.4. Sistema de excepciones.Modificacin de la tabla resumen de rgimen depermanencia.Modificacin del apartado 2.1.2.Modificacin del nmero de convocatorias que el alumnodispone para superar una asignatura, pasando de 4 ms 2extraordinarias a 6 ms 1 extraordinaria.
Carmen Callao 29/07/10
0 Documento original