NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado

    1/7

    NORMATIVA INTERNA DE PERMANENCIA EN

    ESTUDIOS DE GRADO

    NI-004REVISIN 3

    Realizado por: Revisado por: Aprobado por:

    Carmen CallaoAsistente Jurdico

    Amaya Gil-AlbarovaVicerrectora de Ordenacin

    Acadmica

    Carlos Prez CaseirasRector

    Fecha: 06/03/2013 Fecha: 06/03/2013 Fecha: 06/03/2013

  • 7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado

    2/7

    Permanencia en Estudios de Grado

    NI-004 - 2 - Rev.3

    NDICE

    1. OBJETO ............................................................................................................... 3

    2. RGIMEN DE PERMANENCIA .............................................................................. 3

    2.1. Numero mximo de crditos a los efectos de matrcula ............................................ 3

    2.1.1. Primer curso ..................................................................................................... 3

    2.1.2. Sucesivos cursos............................................................................................... 3

    2.2. Numero mnimo de crditos a los efectos de matrcula ............................................. 4

    2.3. Requisitos para progresin a cursos posteriores....................................................... 4

    2.4.

    Resumen rgimen de permanencia ......................................................................... 5

    3.

    CONVOCATORIAS ............................................................................................... 6

    4. HISTORIAL DE REVISIONES .............................................................................. 7

  • 7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado

    3/7

    Permanencia en Estudios de Grado

    NI-004 - 3 - Rev.3

    1.

    OBJETO

    El objeto de la normativa de permanencia es establecer un sistema de progresin acadmica

    en los estudios de nivel de grado en la Universidad San Jorge, tendente a motivar al alumnado

    para que, en beneficio propio, no emplee en los estudios ms tiempo del necesario, para

    alcanzar los niveles acadmicos adecuados a un aprovechamiento normal del tiempo y los

    medios.

    2. RGIMEN DE PERMANENCIA

    2.1. Numero mximo de crditos a los efectos de matrcula

    2.1.1. Primer curso

    Los alumnos que inicien su vida acadmica en estudios de grado de la Universidad San Jorge

    matriculndose en el primer curso, lo debern hacer en la totalidad de crditos que

    correspondan a ese curso, a excepcin de alumnos con circunstancias especiales de matrcula

    acreditadas;

    Estudiantes a tiempo parcial por trabajo,

    estudiantes con necesidades educativas especiales,

    circunstancias puntuales graves,

    acceso por reconocimiento de crditos de otras titulaciones,

    simultaneidad de estudios,

    estudiantes con coincidencia de horarios entre varios cursos.

    Asimismo, no podrn matricularse de ms del 120% de los crditos del curso.

    2.1.2. Sucesivos cursos

    El resto de los aos que se estudie en la Universidad San Jorge, su matrcula deber respetar

    los siguientes lmites y reglas:

    Nmero mximo de crditos: los alumnos no podrn matricularse de ms de 72 ECTSpor curso acadmico.

    El alumno deber matricularse en cada curso acadmico obligatoriamente de los ECTS

    pendientes de aprobar en los aos anteriores. Es decir, no se podr abandonar el

    estudio de una asignatura para afrontar el estudio de otras correspondientes a cursos

    posteriores. En cualquier caso, el alumno tendr derecho a acogerse al derecho a

    matricularse de un mnimo de crditos, establecidos en el siguiente apartado.

  • 7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado

    4/7

    Permanencia en Estudios de Grado

    NI-004 - 4 - Rev.3

    2.2.

    Numero mnimo de crditos a los efectos de matrcula

    Como norma general, el nmero mnimo de crditos de los que se podr matricular un

    estudiante por curso acadmico, excepto en primer curso, ser de 48 crditos ECTS.

    Cuando se trate de los estudiantes en circunstancias especiales, como las que se relacionan a

    continuacin, los lmites de matricula podrn rebajarse a 30 crditos ECTS:

    Estudiantes a tiempo parcial que compatibilicen su actividad acadmica con la laboral.

    Para tener derecho a esta rebaja ser necesario acreditar una jornada laboral por

    cuenta ajena del al menos el 50% de la jornada ordinaria segn el convenio colectivo

    que sea de aplicacin, o estar dado de alta en el rgimen de autnomos de la

    seguridad social, mutua general de la abogaca, o sistema de previsin similar, cuando

    se trate de trabajadores por cuenta propia.

    Estudiantes con necesidades educativas especiales, por causa de naturaleza fsica o

    mental.

    Estudiantes en los que se d alguna circunstancia excepcional, tal como una

    enfermedad o un accidente grave, propio o de los familiares con quien conviva, que

    imposibilite su normal desenvolvimiento en la vida acadmica.

    Estudiantes con materias de cursos anteriores que no pueden progresar al curso

    inmediatamente superior, y en consecuencia slo podrn matricularse de los ECTS

    pendientes de superacin, en virtud de las previsiones que para el progreso de curso

    esta normativa establece ms adelante.

    Alumnos que simultanean estudios

    Estudiantes con crditos reconocidos

    En todos estos casos se realizar una orientacin acadmica personalizada a cada alumno,

    indicndole el itinerario ms adecuado a su caso con base en criterios pedaggicos y de

    progresin de aprendizajes.

    Tras peticin individualizada, y cuando la naturaleza del caso as lo aconseje, se podra llegar a

    reducir todava ms el lmite mnimo de los crditos en los que se deba matricular un alumno,

    siempre con base en criterios pedaggicos y de progresin de aprendizajes.

    2.3. Requisitos para progresin a cursos posteriores

    Para poder continuar los estudios en la universidad despus de haber estudiado un

    primer ao, ser necesario tener superados al menos un mnimo de 12 ECTS. La no

    superacin de esos crditos llevar consigo la prdida de la condicin de alumno.

  • 7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado

    5/7

    Permanencia en Estudios de Grado

    NI-004 - 5 - Rev.3

    Para poder matricularse en crditos correspondientes a materias de segundo curso, el

    alumno deber haber aprobado al menos 18 ECTS de primer curso.

    Para poder matricularse en crditos correspondientes a materias de tercer curso, el

    alumno deber haber aprobado al menos 18 ECTS de segundo curso.

    Para poder matricularse en crditos correspondientes a materias de cuarto curso, el

    alumno deber haber aprobado al menos 18 ECTS de tercer curso.

    En caso de tratarse de titulaciones de cinco cursos, para poder matricularse en crditos

    correspondientes a materias de dicho curso, el alumno deber haber aprobado al menos 18

    ECTS de cuarto curso.

    2.4. Resumen rgimen de permanencia

    LMITES DE MATRCULAPROGRESIN A SIGUIENTES

    CURSOS

    Matrcula ordinariaMatrcula para circunstanciasespeciales:

    Mnimo asuperar para noabandonar launiversidad

    Mnimo asuperar para

    pasar alsiguiente curso

    CURSO MXIMO MNIMO MXIMO MNIMO CRDITOS CRDITOS

    1 60 ECTS 60 ECTS 72 ECTS 30 ECTS 12 ECTS 18 ECTS

    2 72 ECTS 48 ECTS 72 ECTS 30 ECTS - 18 ECTS

    3 72 ECTS 48 ECTS 72 ECTS 30 ECTS - 18 ECTS

    4 72 ECTS 48 ECTS 72 ECTS 30 ECTS - 18 ECTS

    5 72 ECTS 48 ECTS 72 ECTS 30 ECTS - 18 ECTS

  • 7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado

    6/7

    Permanencia en Estudios de Grado

    NI-004 - 6 - Rev.3

    3.

    CONVOCATORIAS

    Los alumnos matriculados en estudios universitarios oficiales de Grado dispondrn de seis

    convocatorias para superar cada una de las asignaturas de su plan de estudios.

    Aquellos estudiantes que agoten las convocatorias indicadas en el prrafo anterior podrn

    solicitar al Rector la concesin de dos convocatorias extraordinarias por asignatura, a cursar en

    las dos convocatorias siguientes a la de su concesin. Debern solicitarse por escrito en la

    Secretara Acadmica de su Facultad o Escuela alegando las circunstancias que han impedido

    superar la asignatura.

    Slo se pueden consumir convocatorias respecto a materias y crditos en los que el alumno se

    haya matriculado.

    Cada convocatoria se entender por agotada cuando el alumno no se presente a las pruebas de

    evaluacin establecidas, siempre que se hubiera matriculado, o cuando el alumno no supere los

    niveles establecidos por el profesor responsable en el proceso de evaluacin.

    Slo de modo excepcional, y previa peticin del interesado, el Decano o Director del Centro o

    titulacin, podr dictar una resolucin para que no sea consumida una determinada

    convocatoria de un alumno.

    La no superacin por un alumno de una materia en las convocatorias ordinarias o

    suplementarias que se hubieran podido conceder, llevar consigo la prdida de su condicin de

    alumno de la Universidad San Jorge, y por consiguiente la baja de la titulacin que estuviera

    cursando, salvo que pueda verse beneficiado por la normativa de evaluacin por compensacin.

    Las convocatorias oficiales se desarrollarn y se computarn sucesivamente:1 convocatoria: Febrero/Junio

    2 convocatoria: Julio

    3 convocatoria: Febrero/Junio del curso siguiente

    4 convocatoria: Julio del curso siguiente

    5 convocatoria: Febrero/Junio del curso posterior a la 3 y 4 convocatoria

    6 convocatoria: Julio del curso posterior a la 3 y 4 convocatoria

    Las 7 y la 8 convocatoria se realizarn en las convocatorias siguientes a su concesin.

  • 7/25/2019 NI-004 Rev.3 Normativa Interna de Permanencia en Estudios de Grado

    7/7

    Permanencia en Estudios de Grado

    NI-004 - 7 - Rev.3

    4.

    HISTORIAL DE REVISIONES

    Rev. Modificacin Realizado por Fecha

    3

    Modificacin del punto 3. Convocatorias. Se aade laposibilidad de no abandonar los estudios aun habiendoagotado las convocatorias posibles en caso de poderacogerse a la normativa de evaluacin por compensacin.Se modifica el nmero de convocatorias de gracia pasandode 1 a 2 por lo que el alumno finalmente dispondr de 8convocatorias.

    Susana Albesa 06/03/13

    2

    Modificacin del punto 2.1.1., que al hablar de los crditosmnimos en 1 matrcula contempla el caso desimultaneidad de estudios.Modificacin del punto 2.2. que incluye tambin comoexcepcin el caso de simultaneidad de estudios al hablardel nmero mnimo de crditos a los efectos de matrcula

    Carmen Callao 24/06/11

    1

    Modificacin de los requisitos para progresin a cursosposteriores, eliminando el requisitos de tener aprobados latotalidad de crditos de los cursos anteriores.Eliminacin del apartado 2.4. Sistema de excepciones.Modificacin de la tabla resumen de rgimen depermanencia.Modificacin del apartado 2.1.2.Modificacin del nmero de convocatorias que el alumnodispone para superar una asignatura, pasando de 4 ms 2extraordinarias a 6 ms 1 extraordinaria.

    Carmen Callao 29/07/10

    0 Documento original