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Sobre el nepotismo y su sanción en México. El siguiente post fue escrito gracias a la iniciativa de Jordy, de ponerme a investigar las sanciones y el fundamento de esta práctica. Un sincero agradecimiento para él. Mucho se habla de ésta práctica tan famosa y a la vez utilizada por diversos funcionarios tales como presidentes (en su momento) de la república, secretarios de estado, directores, jefes de departemento, entre muchos otros cargos importantes, tanto de la administración pública federal, así como en el ámbito local y por que no, en el ámbito municipal. Para entender mejor de lo que se está tratando, hay que entender primero el término “nepotismo”, tema de las “sanciones” (y sí, entrecomillado porque a la fecha nose ha sabido de algún expresidente o funcionario de alto rango que haya sido procesado administrativamente). Es así que podemos decir que es una práctica que consiste en dar preferencia a parientes o amigos cercanos a algún funcionario público. Ahora bien, el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define al nepotismo de la siguiente manera: nepotismo. (De nepote). 1. m. Desmedida preferencia que algunos dan a sus parientes para las concesiones o empleos públicos. Real Academia Española © Todos los derechos reservados De hecho, la etimología NEPOTE en italiano, significa sobrino, y con ello se hacía referencia a la influencia de los sobrinos de los papas, término que ha evolucionado hasta designarle a la conducta que llevan a cabo los funvionarios para con sus más allegados. Ésta práctica es vista de manera aceptable por diversas personas, ya que según su opinión personal “es una práctica común en nuestro país y que no ha generado algún daño o perjuicio para el mismo” ; es hiriente debido a que se niega la oportunidad de acceder a algún cargo público al común de la

nepotismo

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Sobre el nepotismo y su sanción en México.

El siguiente post fue escrito gracias a la iniciativa de Jordy, de ponerme a investigar las sanciones y el fundamento de esta práctica. Un sincero agradecimiento para él.

Mucho se habla de ésta práctica tan famosa y a la vez utilizada por diversos funcionarios tales como presidentes (en su momento) de la república, secretarios de estado, directores, jefes de departemento, entre muchos otros cargos importantes, tanto de la administración pública federal, así como en el ámbito local y por que no, en el ámbito municipal.

Para entender mejor de lo que se está tratando, hay que entender primero el término “nepotismo”, tema de las “sanciones” (y sí, entrecomillado porque a la fecha nose ha sabido de algún expresidente o funcionario de alto rango que haya sido procesado administrativamente). Es así que podemos decir que es una práctica que consiste en dar preferencia a parientes o amigos cercanos a algún funcionario público.

Ahora bien, el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define al nepotismo de la siguiente manera:

nepotismo.

(De nepote).

1. m. Desmedida preferencia que algunos dan a sus parientes para las concesiones o empleos públicos.

Real Academia Española © Todos los derechos reservados

De hecho, la etimología NEPOTE en italiano, significa sobrino, y con ello se hacía referencia a la influencia de los sobrinos de los papas, término que ha evolucionado hasta designarle a la conducta que llevan a cabo los funvionarios para con sus más allegados.

Ésta práctica es vista de manera aceptable por diversas personas, ya que según su opinión personal “es una práctica común en nuestro país y que no ha generado algún daño o perjuicio para el mismo” ; es hiriente debido a que se niega la oportunidad de acceder a algún cargo público al común de la gente, beneficiando a los allegados. Aunque por otro lado, si un funcionario designa a un familiar en un puesto y resulta ser lo bastante profesional para ejercerlo, pues que mejor; que siga así y cumpla cabalmente sus funciones, contrario sensu, si sólo se designa a un familiar para aprovecharse del cargo y no ejercer debidamente las funciones que le fueron conferidas, estamos hablando de influyentismo. Entonces el simple hecho de designar a un familiar en un puesto no debería ser sancionado, lo que debería castigarse es el acto o actos de corru`ción que pudieran generarse al aprovecharse del cargo.

además de que si bien es cierto, en México no está catalogado como tal, ni es un delito previsto en el código penal local o código penal federal, sí es una práctica prohibida y sancionada por la ley federal de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, en su artículo 8 fracciones XI y XIV, que a la letra versan:

ARTICULO 8.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones:

(...)

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XI.- Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte. El servidor público deberá informar por escrito al jefe inmediato sobre la atención, trámite o resolución de los asuntos a que hace referencia el párrafo anterior y que sean de su conocimiento, y observar sus instrucciones por escrito sobre su atención, tramitación y resolución, cuando el servidor público no pueda abstenerse de intervenir en ellos;

(...)

XIV.- Abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese, rescisión del contrato o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para las personas a las que se refiere la fracción XI;

Y la sanción correspondiente está prevista en diversos artículos, previstos en la misma ley en su capítulo segundo donde se habla de las Quejas o Denuncias, Sanciones Administrativas y Procedimientos para aplicarlas, ya que es un procedimiento, obviamente de índole administrativo, que se desahoga ante distintas autoridades, que la misma ley se encarga de facultar para la substanciación del procedimiento. Es así como tenemos entre esas autoridades a la Secretaría de la Función Pública (la cual, recordemos que estuvo en un punto en el cual el actual presidente estuvo a punto de desaparecer, junto con otras Secretarías de Estado).

Es así como en dicha ley se menciona que en todas las dependencias se establecerán unidades de fácil acceso para los usuarios para presentar quejas o denuncias por nicumplimiento de la sobligaciones de los funcionarios. Esto principalmente me suena a las famosas cajitas de “Quejas y sugerencias”, que a mi gusto, dudo mucho que revisen.

Las sanciones previstas en la ley son por faltas administrativas, y consisten en:

I.- Amonestación privada o pública;II.- Suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor a unaño;III.- Destitución del puesto;IV.- Sanción económica, eV.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.Cuando no se cause daños o perjuicios, ni exista beneficio o lucro alguno, se impondrán de seismeses a un año de inhabilitación.

Para faltas graves se impondrá la sanción de destitución,que para el caso concreto, la conducta en la que encuadra se trata de una falta grave. Aunque Para que una persona que hubiere sido inhabilitada en los términos de la Ley por un plazo mayor de diez años, pueda volver a desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público una vez transcurrido el plazo de la inhabilitación impuesta, se requerirá que el titular de la dependencia o entidad a la que pretenda ingresar, dé aviso a la Secretaría, en forma razonada y justificada, de tal circunstancia. Además se tomarán en cuenta otros aspectos para la imposición de la sanción.

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Pero, por otro lado, como todos sabemos México es un país en donde sólo basta darle la vuelta a la ley para obtener lo que uno quiere. Es por eso que se estila que, para que un funcionariotemga a su familia o amigos trabajando con él, otro funcionario de igual o mayor rango haga los nombramientos que considere. Ese es un ejempo de tantas prácticas que se acostumbran hacer para no encuadrar en el supuesto arriba referido y hacerse acreedor a las sanciones correspondientes. Ahora bien, es también cierto que para reducir dichas prácticas, se aplican exámenes a los aspìrantes a determinado cargo, precisamente para ponderar quien es digno de ocupar el puesto.

El nepotismo es una práctica que seguirá existiendo por mucho tiempo, y que por lo mismo, será difícil erradicarla del sistema de administración pública, ya que a los ojos de varias personas no representa un problema o peligro del cual haya que prestar vital atención. Pero lo que sí podemos hacer es estar atentos a los nombramientos de los altos cargos que llevan el rumbo del país, sean secretarías de estado, direcciones de paraestatales o empresas d participación estatal en las que se encuentra el interés jurídico de la sociedad.