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MUJERES Y EL DERECHO A INCOMUNICACIÓN

APORTES PARA EL DEBATE

Proyecto: "Exibilídad del derechos ciudadanos de las Mujeres ante los medios de comunicación"

Primera edición 2003 Corporación Promoción de la Mujer J\JHM. Go*whU*¿l¿* M<*fa Reservados todos los derechos de autor de acuerdo a las normas vigentes

Autor@s: Uca Silva, Gilma Andrade y Gloria Maira, Sally Burch, Laura Asturias, Daphne Plou, Marco Navas.

Edición: Corporación Promoción de la Mujer /Lttóea (W***v**¿¿¿* Muju Diseño: FRAKTAL / AB Auspicio: Fondo de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia

y la Cultura, UNESCO Distribución: Corporación Promoción de la Mujer /T*#n ( W « ^ « f > Mufa

Vizcaya E13-18 y Valladolid, La Floresta Teléfonos 2568-571 2508-256 [email protected]

L A U N E S C O , en su Estrategia a Plazo Medio (31 C/ 4) para el periodo 2002-2007, adoptó una nueva visión mediante la cuál fortalece una ac­ción transectorial que prioriza el apoyo a los países menos adelantados, a la mujer, a los jóvenes y a la región de África.

En este sentido, la Estrategia a Plazo Medio (31 C/4) en su párrafo 32 afirma que: "En cuanto a las mujeres, en las actividades de planificación de políticas, programación, ejecución y evaluación en todos los ámbitos de competencia de la U N E S C O se incorporarán consideraciones relativas a la condición de la mujer, con el objetivo final de promover el pleno ejercicio de sus derechos y conseguir la igualdad entre hombres y muje­res. Para que las prioridades e ideas de la mujer sobre las metas y los planteamientos del desarrollo sean tomados en consideración y promo­vidos se velará por una mayor participación femenina a todos los nive­les y en todos los ámbitos de acción de la UNESCO. En los programas y las actividades en beneficio de las niñas y mujeres de cualquier edad, de las m á s jóvenes a las m á s ancianas, que tomen en consideración las es­pecificidades regionales, se hará hincapié en la creación de redes, el in­tercambio de informaciones y conocimientos y la creación de alianzas transfronterizas y transculturales en el marco de la Declaración y Progra­m a de Acción de las Naciones Unidas sobre la Cultura de Paz. Se segui­rá considerando altamente prioritaria la intensificación de la promoción y aplicación de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y demás instrumentos normativos in­ternacionales en defensa de los derechos humanos de la mujer".

Por ello, durante el desarrollo de nuestras acciones, buscamos atender las necesidades e intereses estratégicos de la mujer para cooperar en la eliminación de las barreras jurídicas, sociales, políticas y económicas que impiden su participación cabal e igualitaria en las sociedades. Cree­m o s , además, que los esfuerzos encaminados a integrar las cuestiones de interés para la mujer en las actividades de las grandes instituciones tienen poco valor por sí mismas, si no se logra la igualdad entre los se­xos y mejora la pertinencia y la eficacia globales de los programas de de­sarrollo, en beneficio de todas las mujeres y todos los hombres.

Siguiendo este enfoque, la U N E S C O y la Corporación Promoción de la M u ­jer / Taller de Comunicación Mujer vienen implementando el proyecto "Exígibílídad de los Derechos Ciudadanos ante los Medios de Comunica­ción" iniciativa con la cuál queremos cooperar en la promoción de un mayor acceso y participación de las mujeres en los medios de comunica­ción pero principalmente en campos relacionados con el desarrollo de contenidos audiovisuales.

El señor Ko'íchiro Matsuura, Director General de la U N E S C O , resume el pensamiento de la U N E S C O en una frase:

"La igualdad de género no debe considerarse sólo como un tema de las mujeres..., es un asunto que requiere el trabajo conjunto de hombres y mujeres en la búsqueda de soluciones que sean prácticas a la vez que basadas en principios. Cada vez m á s , estas soluciones no serán ni acep­tables ni sostenibles si la igualdad de derechos, la dignidad y el valor de hombres y mujeres no son respetados".

Gustavo López Ospina Director

Oficina Regional de Comunicación e Información de la U N E S C O para América Latina y el Caribe

Representante de la U N E S C O para Ecuador, Colombia y Venezuela

P R E S E N T A C I Ó N

La búsqueda de imágenes y palabras para nombrarnos como mujeres, es una de las ta­reas que cruzan la historia de este "Taller Comunicación Mujer". Así se nombró para que no se nos olvide que la Comunicación era parte de nuestro "ser" colectivo. Ahora, después de 20 años de compromiso feminista, la comunicación sigue siendo un reto que, esta vez lo hemos abordado desde la perspectiva de exígíbílídad del derecho a la comunicación. En esta propuesta de trabajar la comunicación como derecho, hemos coincido con U N E S C O , que durante el año 2003 ha apoyado la ejecución del proyecto llamado "Exígíbílídad de los derechos ciudadanos de las mujeres ante los medios de Co­municación".

"Las propuestas de exígíbílídad de derechos son profundamente políticas porque no se trata solamente de inventariar las responsabilidades estatales para demandar por el cumplimiento de derechos al Estado, sino de intervenir y cuestionar los imaginarios, las prácticas que sostienen la discriminación contra las mujeres en los medios de comuni­cación. A la formulación tradicional del derecho a la comunicación como acceso en li­bertad a la información, a producirla y recibirla, hay que sumar nuevos actores, nue­vas tensiones y seguramente nuevos mecanismos de exígíbílídad.. Nuestra mayor con­quista en términos de acceso al derecho a la comunicación, en esta nueva dimensión, será nuestra vísibilízacíón y existencia como sujetos de derechos". Con estas palabras, Gílma Andrade, autora de la investigación sobre exígíbílídad, que hace parte de esta publicación, expresa con toda claridad la razón de ser y, hasta cierto punto, la urgen-cía que tiene para las mujeres activistas, el debate y formulación de propuestas sobre la comunicación como un derecho desde nuestra perspectiva.

Esta publicación entrega aportes para el debate sobre la comunicación y, a m o d o de calidoscopio, deja traslucir diversas miradas o entradas de análisis. Esperamos que es­te material, una vez en sus manos, cumpla con el objetivo de incentivar debates e ini­ciativas.

Quito, noviembre 2003.

NUEVOS ESCENARIOS nuevas

PROPUESTAS Reflexiones de intervención desde el género

Uca Silva

L O S cambios de los escenarios comunicacionales han tenido impacto en el trabajo comunicacíonal de los grupos organizados de mujeres. Estas no se han mantenido impermeables a las nuevas transformaciones tecnológicas y han modificado las políticas de intervención hacia los medios de comunicación. Sin embargo, en estas nuevas formas de intervención corren el riesgo de mantener algunas de las características más tradicionales de sus apuestas comuni­

cacionales, esto es, en forma lenta, con resistencias y desconfianzas, y alto riesgo de reproducir un trabajo aislado con leve impac­

to en lo público.

Este artículo es una reflexión sobre las distintas for­mas que ha tenido la relación de los grupos de

mujeres con los medios de comunicación, la m a ­nera en que ésta se ha modificado frente a los

nuevos escenarios comunicacionales, las ca­racterísticas de las nuevas estrategias, es­pecíficamente los monitoreos, y los ele­mentos a los cuales debemos estar aten­tas para no reproducir errores pasados.

Comunicación y género Comunicación y género han sido pode­rosos significantes de los profundos cambios y actual modernidad en la cual estamos inmersas. La dimensión de género -en tanto temática social- y los medios de comunicación se han de­

sarrollado y transformado con gran rapi­dez en las últimas décadas.

Sin embargo, estas transformaciones han tenido como resultado desarrollos divergen­

tes, manteniendo el sino de la complicada rela­ción entre los medios de comunicación y los m o ­

vimientos sociales. Aunque reconocemos que la re­lación entre los medios y las mujeres se establece en el

marco de las desigualdades preexistentes a la expansión comunícacional, y que ellos no son los causantes de la margí-

nacíón y desigualdad de las mujeres frente a los hombres; la manera de presentarlas, proyectarlas, representarlas o usarlas, puede potenciar o disminuir no sólo su marginación, sino también las inequidades de género.

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La realidad nos muestra que la relación entre ambas dimensiones ha sido compleja. Esto no ha sido fortuito, más bien es el claro resultado del funcionamiento de dos lógicas distintas: una, definida principalmente por el mercado y otra, por la visión académica, social y política inherente a los estudios de género.

U n a re lac ión histórica

La relación de los grupos de mujeres y los medios ha sido históricamente conflictiva. Las primeras acciones comu-nicacionales de las mujeres organizadas se focalizaron en la denuncia y crítica de los contenidos de los medios de comunicación masivos. De esta forma, se estableció entre ambos sectores una conexión marcada por la desconfian­za y el desinterés. Esto ha fomentado el desencuentro, impidiendo el diálogo, el mutuo conocimiento y, fundamen­talmente, ha relegado el enfoque de género y la participación de las mujeres de importantes escenarios comuníca-cionales.

De la crítica de los contenidos, los grupos de mujeres modificaron su estrategia y pasaron a crear y mantener un cir­cuito paralelo a los medios de comunicación masiva; teniendo un importante papel en la generación de la comuni­cación alternativa. En ese momento, era la forma más enérgica y radical de enfrentarse a los poderosos sistemas de comunicación dominantes: crear potentes espacios discursivos donde las mujeres organizadas inventaban y hacían circular contradiscursos. Estos grupos, a través de diversos medios y acciones, dieron inicio a un pionero y signifi­cativo movimiento comunicacional, produciendo información voluminosa, original y diversa que permitió generar una producción de mensajes en el campo simbólico-político, desde sus intereses y necesidades.

Esta gestión comunicacional fue tan dinámica que logró alcanzar las propiedades de una industria de mensajes, evolucionando desde los productos alternativos más genuínos de la educación popular -cartillas, volantes, entre m u ­chos otros- hacia la creación de medios de comunicación masivos como emisoras radiales, producción cinematográ­fica, editoriales internacionales, periódicos y revistas.

Cada una de las estrategias mencionadas mantuvo una relación distinta con los medios de comunicación. Desde el enfoque confrontacional sostenido por la crítica de los contenidos, los grupos de mujeres pasaron a sostener, por una parte, una total indiferencia hacia la producción de éstos y, por otra, una enorme complacencia con el trabajo co­municacional que se estaba produciendo desde sus instituciones.

Sin duda, el trabajo comunicacional ha sido un fiel acompañante de los grupos organizados de mujeres. Les ha per­mitido, por ejemplo, distribuir y difundir provocadoras observaciones y propuestas que han surgido desde el centro de la reflexión teórica del quehacer feminista. Pero también hay que decir que esta intensa labor de difusión se m a n ­tuvo, generalmente, en un ámbito cerrado, ajeno a los grandes circuitos de distribución de mensajes y, lo más im­portante, lejos de la escena pública y con escaso impacto sobre ella.

Por otra parte, este sistema de seguir en un circuito paralelo por tanto tiempo, benefició a los medios de comunica­ción masiva, quienes abusaron de esta separación y se descomprometieron absolutamente de las demandas y refle­xiones de los grupos sociales en este terreno. Como nunca fueron exigidos, tampoco consideraron necesario respon­der a ninguna demanda de las mujeres o de otros grupos sociales. Esto creó un imaginario colectivo sobre los m e ­dios, que rige hasta ahora, que los identifica como empresas económicas como cualquier otra, olvidándose el im­pacto cultural que tiene el producto simbólico que transmite.

Además, esta posición no relacíonal de los medios con los movimientos o grupos interesados, ha intensificado la ac­titud de los medios de responder sólo a los intereses del mercado; ha mantenido complicidades con los intereses desde el poder y, lo más importante, ha hecho desaparecer las posibilidades de construir el derecho de las personas a participar, opinar, evaluar el sistema de productos simbólicos más poderoso de estos momentos.

L a s t r a n s f o r m a c i o n e s del e scenar io m e d i a l

En estas últimas décadas ha tenido lugar una explosión de la comunicación lo cual ha generado nuevas formas de operar e ínterrelacionarse en la sociedad. El desarrollo tecnológico de las industrias de mensajes y de los medios de comunicación se ha transformado en uno de los fenómenos más significativos en el ámbito de las relaciones socia­les, acelerando y cambiando rápidamente las formas colectivas de informarse, comunicarse y vivir.

Desde nuestra perspectiva, uno de los impactos más importantes es la primacía que adquieren los medios de comu­nicación frente al repliegue de otros referentes públicos, instalándose como "los espacios de conversación colectiva", transformándose en los principales emisores y canales de información pública que dan cuenta sobre lo que sucede en la sociedad. Además, producto de este proceso, se ha ido conformando un relato social definido, sobre todo, por los objetivos económicos y orientaciones ideológicas que movilizan a los medios.

Así, los medios (en especial la televisión) han logrado transformarse en el principal referente de productos simbóli­cos de la cotidianidad de las personas. En el libro Los ejercicios del ver, sus autores grafican esta situación y m e n ­cionan "la desproporción del espacio social que el medio ocupa", indicando que la importancia de los medios es pro­porcional a la ausencia de otros espacios políticos. En el mismo texto se señala que son "las debilidades de las so­ciedades civiles, los largos empantanamientos políticos y profunda esquizofrenia cultural de las elites los que recar­gan cotidianamente la desmesurada capacidad de representación que ha adquirido la televisión" (Martín- Barbero y Rey; L999).

Mujeres y el derecho a la comunicación

Los nuevos aires del trabajo comunicacíonal

En la presentación de su primer libro publicado en Chile después de casi treinta años de ausencia, Armand Matte-lart reconoce que el potente eslogan "El Mercurio miente" que levantaron los estudiantes de la Universidad Católi­ca en 1967, generó un cambio en su rumbo profesional, porque reaccionó a esa frase como una demanda para es­tudiar los contenidos de medios de comunicación en Chile '.

Homologando esta situación a los intereses de este trabajo, podemos decir que la transformación del escenario co­municacíonal requirió de nuevas reflexiones y exigió nuevos enfoques para hablar de los medios de comunicación desde el género. Las mujeres participantes en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) fueron sen­sibles a las nuevas condiciones y respondieron a los nuevos roles de las comunicaciones, específicamente de los m e ­dios de comunicación, con la sección J de la Plataforma de Acción (La mujer y los medios de difusión), recomendan­do una serie de acciones respecto a los medios. Si bien esta sección tiene limitaciones, también debemos ver en ella la trascendencia de reificar la dimensión comunicacíonal y traer nuevos aires a la reflexión de las mujeres. El pode­roso contexto del desarrollo comunicacíonal de las nuevas tecnologías se impuso sobre las reflexiones de comunica­ción y género. Esto fue aceptado como una invitación a complejizar el análisis, a revisar las categorías utilizadas hasta ese momento, a construir nuevas propuestas. Esta permeabilidad de los grupos de mujeres fue decisiva para asumir enfoques distintos que nos permitieran no sólo reconocer los nuevos actores en esta dimensión sino también repensar con otra mirada los medios.

Los nuevos escenarios han revivido los estudios comunicacionales con una intensidad similar a la de la época de los años setenta. Cada día aumenta el volumen de las investigaciones sobre los medios de comunicación, sus transfor­maciones y sus impactos. Sin embargo, desde la perspectiva de género y los estudios de las mujeres, la mayoría de estos avances y reflexiones son parcialmente útiles, ya que se persiste en cometer el mismo error histórico de la m a ­yoría de los estudios: omitir en su reflexión la perspectiva de género.

Las transformaciones mediales también han dado pie para que muchos de los análisis comunicacionales den cuen­ta de las características de la modernidad en América Latina y de la exposición -a través de los medios- de audien­cias específicas a la "cultura moderna", suponiendo que un público con fuentes culturales diferentes consume esti­los de vida distintos y nuevos referentes culturales. Si bien no se puede negar que los medios permiten el acceso a nuevos discursos culturales y sentidos simbólicos, también es cierto que en el caso de los contenidos transmitidos, concretamente en la representación de las mujeres, no se visualizan grandes transformaciones. Por tanto, hay un te­m a pendiente que no nos deja arribar completamente a la tan mencionada y esperada modernidad. Resulta incon­gruente que los medios no asuman el tema de la desigualdad y discriminación entre hombres y mujeres y que ésta se presente como un mero dato de nuestras contradicciones locales. Si no existe la urgencia política cultural y eco­nómica de superar esta discriminación no existe un terreno propicio para la modernidad.

No obstante, es necesario reconocer que existen actualmente algunos discursos que permiten un cierto reconoci­miento de las mujeres en lo público, específicamente en los medios de comunicación. Uno es el de la diversidad, puesto que la modernidad ha levantado la cuestión del otro, el reconocimiento de lo diverso. En ese discurso las m u ­jeres hemos sido mencionadas, o, para ser más precisas, se mencionan los logros del movimiento feminista.

El otro discurso es el de la propuesta del mercado, en el cual hemos sido integradas como consumidoras y/o recur­so activo para promover el consumo, como en el caso de la publicidad. Si bien estos factores pueden facilitar el ca­mino hacia una mejor relación con los medios de comunicación, definitivamente no la pueden resolver. Estas for­mas dan cuenta de nuevos aspectos, pero dejan pendiente el tema de las desigualdades.

Es en este contexto que surge la necesidad de generación de un nuevo conocimiento, la necesidad de ampliación del limitado cuerpo teórico comunicacíonal construido hasta el momento. Es decir,, continuar atentas y observar es­ta situación, ver qué nuevos discursos y relatos nos ofrecen los medios y evaluar cuánto las mujeres podemos cele­brar los mentados beneficios de las transformaciones comunicacionales.

Modificando las propuestas: los monitoreos

El seguimiento de los medios de comunicación, o monitoreo, tiene que ver con la posibilidad de comenzar a reco­nocer, desde la necesidad de superar la discriminación de las mujeres, el escenario medial. C o m o hemos señalado, el campo cognitívo en esta área ha sido insuficiente para la reflexión desde el género. A continuación identificare­m o s algunos de los elementos por los cuales consideramos el monitoreo de los medios de comunicación como una de las propuestas válidas para aportar a los estudios comunicacionales en estos momentos y para modificar las si­tuaciones anteriormente descritas.

1 Presentación del libro Pensar sobre los medios. Comunicación y crítica social, en la Biblioteca Nacional, Chile, noviembre de 20002 Análisis de informativo radial en Informe de Chile, publicado en estas Ediciones. 2 Análisis de informativo radial en Informe de Chile, publicado en estas Ediciones

Refrescar y actual izar la reflexión s o b r e la t e m á t i c a

U n monitoreo permite generar información independiente no sumisa a los líneamientos del mercado. En nuestro país, desde este espacio (el mercado), existe casi un monopolio de producción cognitiva sobre los medios. La mayo­ría del corpus de conocimiento en torno a los medios de comunicación surge desde los intereses del mercado, des­de el rating, y este no es compartido con los grupos que mantienen un contradíscurso, tales como el de los grupos sociales y/o académicos. En este marco, generar conocimiento con objetivos que respondan a intereses sociales no sólo es válido sino también m u y necesario.

Por esto se privilegia en esta propuesta identificar lo que está sucediendo en los medios de comunicación con las mujeres. Un monitoreo de este tipo permite ampliar y renovar información sistematizada, consistente, verídica, so­bre la representación de hombres y mujeres en los medios. Nos permite conocer un nuevo corpus con el cual parti­cipar en la conversación colectiva. Cuando descubrimos que en el análisis de entrevistas de 158 minutos, una m u ­jer fue entrevistada sólo 13 segundos2, podemos señalar con propiedad no solamente que estamos siendo omitidas, sino que además los medios no han modificado el enfoque y contenidos de sus mensajes.

La creación de información sistematizada genera nuevos datos para establecer nuevas relaciones entre los grupos organizados de mujeres con los medios de comunicación. Sin este fundamento empírico y analítico, se tiende a sos­tener posturas ideológicas polarizadas que, por una parte, consideran que los medios se integraron a la moderni­dad y representan igualitariamente a mujeres y hombres; y por otra, que los medios no han asumido ningún cam­bio y, por tanto, mantienen los aspectos más tradicionales en la representación de las mujeres.

Nuevos enfoques, nuevos aportes

Uno de los aportes de la propuesta de monitoreo es recrear la lectura critica y superar la denuncia tosca que gene­ró resistencias por parte de los medios. Por lo demás, ese tipo de enfoque tampoco hizo eco en el m u n d o femenino puesto que conflictuaba la relación placentera de las mujeres con muchos productos comunicacíonales y porque m u ­chos de los análisis se concentraban en los escasos referentes lúdicos y relatos públicos donde muchas de las muje­res podían depositar un sentido de pertenencia. En este sentido, la principal tendencia del enfoque crítico de los grupos de mujeres no logró diferenciarse de "la profunda esquizofrenia cultural de la elite", y asumió la división en­tre cultura popular y cultura de elite. Es más, en muchos de los casos no sólo no supo tomar distancia y superar es­ta dicotomía, sino que además adhirió a la propuesta cultural elitista.

Esto es m u y evidente en la sostenida crítica a las telenovelas y también a otros productos comunicacíonales de con­tenidos populares. Esta postura se refuerza en la focalizacíón de muchos estudios comunicacíonales en la informa­ción "dura", en los mensajes de los noticieros y los programas políticos por sobre otros tipos de contenidos. De esta forma, desde las criticas de los contenidos se ha privilegiado una propuesta profundamente tradicional y patriarcal, cómplice de lo excluyente y desvalorizada de los contenidos cercanos al mundo tradicional femenino. Este enfoque comunícacional también ha mantenido la dicotomía público-privado colocando los énfasis en lo que podríamos de­nominar comunicación pública, cercana a la comunicación política tradicional, no prestando atención a los mensa­jes que reflejan el m u n d o privado, el espacio cotidiano de las mujeres. Por ejemplo, de alguna forma nos hemos re­ñido con la relación simbólica establecida entre el espacio familiar y lo femenino. Este espacio, aunque lo recono­cemos como fundamental, como discurso de pertenencia, ha sido cedido "por omisión" a los grupos de nueva mas-culinidad y a los grupos de derecha. Las mujeres organizadas se han jugado principalmente por incidir en el m u n ­do público, por transformar las imágenes de las mujeres en términos de igualdad con la representación valorada del m u n d o masculino. Sí bien se pensó que esta postura era una apuesta políticamente correcta, estamos en un m o ­mento en el que podemos matizarla o modificarla con el objetivo de superar la tradicional dicotomía entre lo mas­culino y lo femenino que ésta conlleva, intentando ingresar en esta lógica de lo público nos hemos quedado a m e ­dio camino, en un lugar inestable y debilitado.

Haber mantenido esta estrategia por demasiado tiempo sin haberle introducido cambios, ha sido pagado m u y caro por los grupos feministas al no haber logrado atraer a las otras mujeres ni acercarse a ellas. Por el contrario, ha ge­nerado gran resistencia en los mismos grupos a los cuales se quiere representar. Esta crítica no tiene intención de negar que existen otros poderosos factores que también inciden en la desconfianza hacia los grupos organizados de mujeres, pero desde nuestros compromisos políticos el tema "comunicación, medios, relación con las mujeres", m e ­rece una reflexión autocrítica que nos permita identificar los factores que podamos aportar y que son fundamenta­les cambiar.

R e c u p e r a r t e r r e n o

Siguiendo este mismo argumento, es importante tener en cuenta los criterios que usamos al momento de privilegiar cierto tipo de información por sobre otro al seleccionar los contenidos que monitoreamos. Los medios de comunica­ción construyen sus sistemas mediales mediante una diversidad de formas de expresión y contenidos. El capital sim­bólico se manifiesta en todos sus mensajes y a través de los distintos tipos de información, no sólo en la de carác­ter político o el establecimiento de agendas, sino en un sinnúmero de expresiones tales como música, telenovela, shows, entre otros, que acompañan a las personas en su cotidianidad y que en estos momentos se han transforma­do en fuentes cognítivas esenciales de representaciones y sensibilidades.

Mujeres y el derecho a la comunicación

Desde esta perspectiva, la sencilla pero fundamental división entre los distintos tipos de información que presenta Regina Festa en su artículo "La violencia dulce, invisible para las propias víctimas" (Festa, 2000), es esencial como referente a la hora de elegir los corpus de análisis de los monitoreos. No es conveniente continuar centrándonos en la "información seria", entendida generalmente como la información de la agenda política, es necesario ampliar nuestro análisis considerando los distintos tipos de información, respetando las características propias de cada una de ellos. En este sentido, falta una discusión que aporte a la díversificacíón de nuestros enfoques críticos de los m e n ­sajes, tomando estos géneros en consideración, las singularidades a las cuales responden, por pertenencia, los gé­neros mediáticos. Continuar midiendo los distintos tipos de información con la misma vara no nos permite afinar y modificar la perspectiva de los análisis.

Este comportamiento ha sido similar al privilegiar el enfoque cuantitativo por sobre el cualitativo. Si bien es m u y importante que los monitoreos tengan un marco referente desde lo cuantitativo, ya que esto nos ubica en el "cuán­tas aparecemos", también es fundamental conocer en qué condiciones, es decir, con qué cualidades se nos represen­ta. Esto es esencial desde una estrategia global del movimiento de mujeres con relación a la escena pública.

La mayoría de los trabajos tienen como objetivo lograr que las mujeres estemos en los medios. Aunque esto es im­portante, debiera ser complementario a la posibilidad de construir modelos de cómo estar. La televisión es un caso: por sus propias necesidades expresivas, estéticas, por los géneros que transmite, ella requiere de la presencia feme­nina. Así, sí un monitoreo da cuenta de una alta presencia femenina en los noticieros televisivos, y omite que esta presencia mantiene, por lo general, la expresión tradicional de víctima o de recurso mediático emotivo, nos permi­te agregar a nuestras propuestas la modificación de representación. Estar en la escena mediática no es suficiente, ésta nos debe interesar en la medida que tengamos la posibilidad de hacer una propuesta de expresión distinta, que modifique la lógica tradicional imperante.

R e c o m e n d a c i o n e s prácticas

En este trabajo m e parece fundamental incluir dos dimensiones esencialmente pragmáticas, aunque no por eso m e ­nos importantes, que hay que tener en cuenta en el trabajo de monitoreo.

La primera es el reconocimiento de la continuidad como característica esencial que debe tener un seguimiento m e ­dial. Los monitoreos a los medios no pueden ser acciones aisladas. La noción de la propuesta de un monitoreo lle­va consigo la idea de continuidad, lo que significa tener sincronía con la producción de los medios que se renueva constantemente, que es múltiple y variable. Por tanto, los monitoreos deben poder responder a estas características y asumir una recurrencia acorde con esta producción. Lamentablemente, el bajo impacto que puede producir un es­tudio aislado genera desconfianza en la mayoría de los sectores, especialmente en las instituciones donantes las cuales generalmente sostienen indicadores de éxito relacionados a logros inmediatos y cuantitativos. Las caracterís­ticas de intervención en los mundos simbólicos es uno de los trabajos más lentos, pero a la vez más importantes que debe proponerse como acción permanente desde el trabajo de las mujeres.

La otra dimensión práctica es el trabajo de difusión. Un monitoreo debe considerar fundamental la difusión de sus resultados; éstos se deben percibir como parte constitutiva e integral de la propuesta. Es necesario ampliar la lógi­ca tradicional con que hemos relacionado la difusión de nuestros estudios, en donde se visualiza un documento co­m o algo de valor en sí mismo, el cual en otra etapa se distribuye. El monitoreo y su obligatoria difusión se debe comprender como una sola propuesta, sin disociación entre estas acciones. "El monitoreo es distribución", por tan­to, éste no termina en la sistematización de la información o la producción de un documento. Difundir los resulta­dos de los monitoreos es indispensable, es la esencia de esta propuesta que busca elementos para aportar a la m o ­dificación de la representación de las mujeres y dar cuenta de una forma más amplia y más completa sobre lo que sucede en los escenarios mediales. Los monitoreos adquieren sentido en la medida que la información que produce es distribuida y se convierte en una herramienta de debate y discusión.

L a part ic ipación

La propuesta de monitoreo, en una de sus dimensiones más políticas, es un nuevo e importante instrumento de par­ticipación ciudadana.

Si bien es cierto que el papel de los medios de comunicación no es el mismo que hace años atrás, también pode­mos estar de acuerdo en que ellos se parecen cada vez más a sí mismos. Muchas de sus primarias características se han intensificado, como su concentración económica y la definición de sus objetivos por los intereses del mercado. Esta estructura ha mantenido un sistema mecánico de producción de contenidos, que desde sus intereses son eva­luados complacientemente. Esto ha dado píe para un tipo de producción donde se privilegia el "más de lo mismo" para mantener un "éxito asegurado".

Este modelo ha mantenido a los medios de comunicación como un sistema no sólo altamente excluyente, sino ade­más m u y hermético, sin canales de intervención social. En este contexto, los monitoreos intentan ser una contribu­ción, no sólo al analizar los contenidos de los medios -de alguna manera esto se ha hecho anteriormente-sino al ins­talar en la ciudadanía la conciencia de poder interactuar con los medios, la conciencia de poder opinar sobre los medios, situación que hasta ahora no ha estado presente en la escena pública. No hay conciencia ciudadana sobre

el derecho a decir lo que se quiere sobre la información o los mensajes públicos que nos presentan los medios. Los monitoreos intentan crear la responsabilidad y el derecho que tenemos las personas sobre los mensajes públicos. Los medios de comunicación, por su parte, no debieran percibir esta tarea desde el conflicto o la desconfianza, si­no considerarlo como un aporte ciudadano.

Parte esencial de esta propuesta de participación es la modificación de un enfoque que antes nos dejaba fuera y ahora nos incluye. Así, nos trasladamos desde una estrategia comunicacíonal en que las mujeres pasamos de un cir­cuito paralelo donde las diferencias entre ellos y nosotras eran parte constitutiva de la relación, a un enfoque inte­gral que nos permite asumir un derecho sobre los medios y, al mismo tiempo, nos abre la posibilidad de un diálo­go. Para hacer factible este diálogo los responsables de los medios de comunicación tienen que hacer un esfuerzo y superar los prejuicios respecto de las mujeres y de cualquier otro movimiento social.

Porque la información que difunden los medios es un bien público, es posible opinar sobre ella, no tanto sobre los hechos si no como éstos se presentan. El monitoreo nos permite construir esta capacidad en las personas. En este sentido, el seguimiento conlleva una dimensión educativa amplia e informal entre la relación de los medios y la ciu­dadanía, dimensión sobre la cual existe un vacío necesario de llenar.

Esta propuesta de intervención hacia los medios, no pueden ser esfuerzos aislados e individuales puesto que pier­den la potencia del impacto que pueden producir. Por el contrario, esta propuesta debe tener un carácter colectivo, lo que significa apoyarse en diversos sectores y transformarse en un compromiso de distintas instancias. Estos tra­bajos pueden ser nacionales, como los realizados por Sur Profesionales en Chile, Cotidiano Mujer en Uruguay, Red-Ada en Bolivia. Pueden tener carácter regional, tal como el monitoreo que se presenta en estas Ediciones. O m u n ­diales, como los seguimientos de medios que efectúa la World Association for Christian Communication.

O b s e r v a c i o n e s finales

En la vida de hombres y mujeres han ocurrido grandes transformaciones en sus vidas social y cotidiana. Estas han dado paso a una reordenacíón de los indicadores objetivos de la organización social, y de los factores subjetivos de las construcciones simbólicas de los nuevos sentidos de hombres y mujeres. Los medios de comunicación, a pesar de la modernidad, no han logrado incorporar plenamente estas transformaciones significativas en la representación del orden socíalmente establecido en las relaciones de género.

Los medios de comunicación han adquirido un protagonismo en la escena pública de forma vertiginosa. Si bien es­to responde al desarrollo tecnológico, también han alcanzado una nueva identidad como importante actor social que al mismo tiempo que concentra los flujos de información, monopoliza el escenario de las conversaciones socia­les colectivas. Igualmente, para los medios todo ha sido demasiado rápido y el desconcierto se refleja especialmen­te en su producción. A las nuevas condiciones han respondido sin generar una reflexión acorde con el vértigo de los cambios.

Por ejemplo, los monitoreos nos han permitido darnos cuenta de que, en general, los medios continúan construyen­do sus contenidos sin modificar la añeja noción de lo que es noticia. En una de las observaciones que hicimos a par­tir de un estudio sobre tres periódicos en el Proyecto de Comunicación y Género (Silva, Torres y Cáceres, 1998) se re­laciona la subrepresentación de las mujeres con la lógica que tradicionalmente los medios sostienen sobre lo que es noticia. Esta se define por lo que sucede principalmente en el m u n d o público, en el m u n d o político y en los sucesos que tienen características de tragedia y/o hechos que transgreden claramente el orden establecido. Esta noción de conflicto y tragedia en el m u n d o público son las dimensiones subyacentes en la construcción de la actualidad.

Desde una perspectiva de género, este concepto de noticia restringe el registro y la emergencia de la mujer como protagonista de la actualidad medial. En ese estudio concluíamos que desde el proceso de los cambios de las rela­ciones de género podíamos apostar que, gradualmente, un mayor número de mujeres participará en el ámbito pu­blico y adquirirá mayor protagonismo en eventos considerados noticiosos. Esta lógica logrará, probablemente de­masiado lentamente, una representación m á s equitativa en la representación de mujeres. Pero agregábamos que, desde una perspectiva de cambio desde los medios, sería importante que éstos asumieran una transformación de lo que es noticia. En tal sentido, los medios tienen otra tarea pendiente (con las mujeres).

En realidad, las transformaciones de los escenarios medíales evidencia un desnivel entre su desarrollo tecnológico y los sentidos de sus contenidos. La reflexión sobre cada uno de los medios y sus consiguientes producciones, per­mite replantearse los roles y funciones sociales de los medios en estas nuevas condiciones.

Podemos observar que la modernidad ha desarrollado un acercamiento "casi espontáneo" entre los medios de co­municación y ciertas temáticas largamente promovidas por los grupos de mujeres y que tienen presencia en la es­fera pública. Estos temas, principalmente relacionados con el ámbito privado, están siendo difundidos extensamen­te. En este contexto también podemos reconocer algunos cambios en la representación de la imagen de la mujer. Estos cambios positivos pueden interpretarse como una apertura a posibles encuentros entre ambos sectores.

También las mujeres debemos modificar nuestra relación con los medios y alejarnos de la tentación de utilizar el es­pacio medial con la misma lógica tradicional, es decir, una aproximación instrumental y formal, compitiendo con los miles de actores que desean estar en la escena medial. Así, la propuesta de incidir en los medios desde los en­foques cualitativos, desde los sentidos de los contenidos, nos permite superar la competencia por el "sólo estar" en el escenario público.

Mujeres y el derecho a la comunicación

Si bien las mujeres no podemos cuantificar nuestro aporte a los cambios, tampoco podemos ser cómplices de la omi­sión e invisíbilízación de él. M a s de alguna vez se ha dicho que las libertades y derechos que actualmente tienen las jóvenes descansan en el trabajo político de las mujeres feministas. El reconocimiento de esto es importante en la medida que hace evidente las contribuciones de los grupos sociales y la integración de éstas en los discursos ins­tituidos. Las mujeres que han propuesto estos cambios han sido burladas, desvalorizadas, maltratadas en el discur­so público y, por sobre todo, se ha tratado de ocultar su aporte. La invisibilídad de estos aportes impide el recono­cimiento y su valoración de parte, por ejemplo, de las mujeres jóvenes. Políticamente esto es fundamental, desde el momento que se pierde la autoría se pierde el reconocimiento y la valorización de la propuesta de cambio. El mer­cado, que en este momento es el que con mayor voluntad asume los cambios, neutraliza los discursos y los vacía de sentidos. Este reconocimiento nos da un lugar en el habla colectivo y modifica la imagen que se ha construido con relación al feminismo y a los grupos de mujeres. Esta es una tarea pendiente especialmente con los medios de co­municación.

Bibliografía

Martín-Barbero,.J. y G. Rey. 1999. Los ejercicios del ver. Barcelona: Editorial Gedisa.

Festa, Regina. 2000 La violencia dulce, invisible para las propias víctimas. Perspectivas N° 18, Isis Internacional. Santiago, Chile.

Grupo de Comunicadoras del Sur. 2000. Monitoreo Regional.

Silva, Uca. 1996. Hacia una estrategia comunicacional. Documento interno. Fundación Ford, Santiago, Chile.

Silva, Uca. 1996. Un año después de Beijing. Estrategia comunicacional. Consultoría Grupo Iniciativa, Santiago, Chi­le.

Silva, Uca, Torres, Carmen, Cáceres, Teresa. 1998 Observatorio de medios de Comunicación. Análisis de periódicos La Tercera, El Mercurio, La Época. Proyecto Comunicación y género. Sur Profesionales. Santiago, Chile.

Uca Silva Investigadora, especialista en comunicación y género. Coordinadora de monitoreo regional del Cono Sur sobre medios de comunicación Este texto fue publicado en: El lado oscuro de los medios. 1999 Edición N° 30. Isis internacional. Santiago.

EXIGIBILIDAD DE LOS

Derecho de las Mujeres ANTE LOS

Medios de Comunicación Gilma Andrade Moncayo

Gloria Maira Vargas

Este documento ha sido elaborado en el marco del proyecto "Exigibilidad de derechos ciudadanos de las mujeres ante los medios de comunicación",ejecutado en el año 2003 por la Corporación Promoción de la Mujes/Taller Comunicación Mujer, con el auspiciado de U N E S C O . Ha sido utilizado como base para el debate entre mujeres feministas y activistas del movimiento de mujeres del Ecuador. Constituye una primera entrada al análisis del marco legal sobre el derecho a la comunicación y se ha constituido en un importante insumo para el planteamiento de posibles estrategias de exigibilidad jurídica y política desde la pespectiva de las mujeres, en relación al derecho a la

comunicación en el pais.

E L derecho a la comunicación está consagrado en los m á s poderosos instrumentos internacionales de protección de derechos humanos . La Declaración Universal de los Derechos H u m a n o s de 1948, en su artículo 19 dice: 'Todo ín-vídíviduo tiene derecho a la libertad de opinión o de expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a cau­sa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fron­teras, por cualquier medio de expresión".

El Pacto de Derechos Civiles y Políticos establece en su artículo 19, numeral dos, que "to­da persona tiene derecho a la libertad de expresión, este derecho comprende la

libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma

impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección".

Por su parte el Sistema Interamericano de Derechos H u m a n o s consa­gra el derecho a la comunicación en términos amplios. La Conven­ción Americana sobre Derechos H u m a n o s , en su artículo 13, señala que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Esta debe ser ejercida por todos los medios y de ningu­na manera puede ser objeto de censura de ningún tipo. La Con­vención textualmente dice:

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expre­sión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir

informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cual­

quier otro procedimiento de su elección.

El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser nece­sarias para asegurar: a. el respeto a los derechos o la reputación de los demás, b. la protección de la seguridad na­cional, el orden público o la salud o la moral públicas.

N o se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales c o m o el abuso de controles ofi­ciales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctrícas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el ac­ceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.

Mujeres y el derecho a la comunicación

Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o re­ligioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.

De igual manera, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en su artículo 4 señala que 'To­da persona tiene derecho a la libertad de investigación, de opinión y de expresión y difusión del pensamiento por cualquier medio."

El Estado como garante de derechos

En materia de derechos humanos, todo este complejo tramado jurídico tiene por único y exclusivo objetivo que las personas tengan las condiciones adecuadas para hacer efectivo el ejercicio de esos derechos. Los instrumentos in­ternacionales de derechos humanos son acuerdos de voluntad entre los gobiernos, por lo tanto los sujetos obligados por estos instrumentos son los Estados.

En este sentido, el artículo 1(1) de la Convención Americana de Derechos Humanos , señala que los Estados se com­prometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ésta y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción. Sobre el particular, el Estado tiene dos obligaciones: una, de respetar, y otra de garantizar los derechos y libertades consagrados en !a Convención.

Sobre la obligación de respetar los derechos y libertades reconocidos en la Convención, la Corte lnteramericana de Derechos H u m a n o s ha señalado que:

"El artículo 2 de la Convención Americana se refiere a que los Estados tienen la obligación de adoptar las "disposi­ciones legislativas o de otro carácter" necesarias, si no existieran ya, para hacer efectivos los derechos y libertades reconocidos en la Convención Americana.' Asimismo, la Corte ha señalado que "la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos no se agota con la existencia de un orden normativo dirigido a hacer po­sible el cumplimiento de esta obligación, sino que comporta la necesidad de una conducta gubernamental que ase­gure la existencia, en la realidad, de una eficaz garantía del libre y pleno ejercicio de los derechos humanos." "

El derecho internacional de los derechos humanos es, en esta dimensión, un derecho entre los Estados medíante el cual se obliga a respetar y garantizar los instrumentos internacionales. Los actos de firma y ratificación de estos ins­trumentos, son actos que los Estados ejercen en pleno uso de su soberanía y que están estipulados en los ordena­mientos constitucionales. De esta manera, el Estado se obliga a través de la Constitución, a respetar los derechos y garantizarlos observando el principio de no discriminación, eficacia en el ejercicio y goce de los derechos humanos.

En el caso ecuatoriano, el artículo 17 de la Constitución, otorga a las personas el derecho a usar los instrumentos internacionales que protejan y garanticen los derechos humanos. Esto significa que cuando se trata de la garantía de los derechos humanos, las normas nacionales e internacionales forman un solo sistema jurídico, siempre y cuan­do se cumpla con lo estipulado en la Constitución1"

Art. 161 . - Instrumentos internacionales. El Congreso aprobará o improbará los siguientes tratados y conve­nios internacionales: los que se refieren a materia territorial o de límites, los que establezcan alianzas políticas o militares; los que comprometan al país en acuerdos de integración; los que atribuyan a un organismo internacional o supranacíonal el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución o la ley; los que se refieran a los derechos y deberes fundamentales de las personas y a los derechos colectivos; y, los que contengan el compromiso de expe­dir, modificar o derogar alguna ley.

El trámite de aprobación de los instrumentos internacionales se establece en el artículo 1621V y la competencia del Tribunal Constitucional para dar su dictamen sobre los Tratados y Convenios internacionales se establece en el artí­culo 276 numeral 5 de la Constitución.

Los instrumentos internacionales firmados y ratificados por el Ecuador de acuerdo a este procedimiento, se denomi­nan "instrumentos vinculantes". En cuanto a la jerarquía jurídica de los Tratados y Convenios Internacionales" la Constitución establece expresamente en el artículo 163, que estos últimos prevalecerán sobre leyes y otras normas de menor jerarquía"

i El articulo 2 de la Convención Americana textualmente señala que "Si en el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuviere garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimien­tos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que necesarios para hacer efectivos tales derechos y libertades." i¡ Véase, Corte lnteramericana de Derechos H u m a n o s , Caso Velasquez Rodriguez, Sentencia de 29 de julio de 1988, Serie C N° 4, párr. 167 y 168. iii Artículos 161, 162 y 163.

iv "La aprobación de los tratados y convenios, se hará en un solo debate y con el voto conforme de la mayoría de los miembros del Congreso. Pre­viamente, se solicitará el dictamen del Tribunal Constitucional respecto a la conformidad del tratado o convenio con la Constitución". v Los tratados de derechos humanos "no son tratados multilaterales de tipo tradicional, concluidos en función de un intercambio recíproco de dere­chos, para el beneficio de los Estados contratantes. Su objeto y fin son la protección délos derechos fundamentales de los seres humanos, indepen­dientemente de su nacionalidad, tanto frente al propio Estado c o m o frente a los otros Estados contratantes. Al aprobar estos tratados sobre los dere­chos humanos, los Estados se someten a un orden legal dentro del cual ellos, por bien común, asumen varias obligaciones, no en relación con otros Estados, sino hacia los individuos bajo su jurisdicción". Corte lnteramericana de Derechos H u m a n o s . Opinión Consultiva OC- /2 /82 .24. Diciembre, 1982. vi Según el Dr. Carlos Ayala Corao, las Constituciones nacionales otorgan cuatro tipos de rango o valor a los instrumentos internacionales: supracons-titucionalidad, constitucional, supralegal o legal. E n el Ecuador, la Constitución ha adoptado la modalidad supralegal al establecer que las normas de derecho internacional contenidas en los instrumentos internacionales firmados y ratificados por Ecuador tienen un valor superior a las normas de de­recho interno. Los tratados prevalecen sobre las leyes nacionales pero no modifican la Constitución.

Este juego normativo y de procedimientos, permite que el Estado Ecuatoriano en pleno uso de su soberanía, acep­te como parte de su ordenamiento interno a los instrumentos internacionales de carácter vinculante, por lo que los abogados y abogadas pueden litigar usando estos tratados y los jueces administrar justicia con los mismos. Así lo establece el artículo 18 de la Constitución en inciso primero: "Aplicación e interpretación de los derechos humanos: los derechos y garantías determinados en esta Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, serán di­recta e inmediatamente aplicables por y ante cualquier juez, tribunal o autoridad".

O b l i g a c i o n e s d e R e s p e t o y G a r a n t í a

El término respeto, como obligación estatal exige a sus funcionarios a abstenerse de violar los derechos humanos de ciudadanos y ciudadanas. La obligación de garantía, por su parte, obliga a los Estados a tomar medidas activas, prácticas, que permitan que los y las menores de edad, en este caso, accedan a sus derechos, disfruten de ellos y puedan exigirlos a través de procedimientos claros y acordes a su franja de edad.

En la Constitución Ecuatoriana las obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos están contenidas en los artículos 16 y 17:

Art. 1 6 . - Respeto a los derechos h u m a n o s . - el más alto nivel del Estado consiste en respetar y hacer respe­tar los derechos humanos que garantiza esta Constitución.

Art. 1 7 . - Libertad de ejercicio de los derechos h u m a n o s . - E l Estado garantizará a todos sus habitantes, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio y el goce de los derechos humanos establecidos en la Constitución y en las Declaraciones, Pactos, Convenios y demás instrumentos internacionales vigentes. Adoptará, mediante pla­nes y programas permanentes y periódicos, medidas para el efectivo goce de estos derechos"1"1.

La jurisprudencia internacional de la Comisión lnteramerícana de Derechos Humanos es m u y clara: "La obligación de respetar implica la existencia de límites en el ejercicio del poder estatal. Estos límites son los derechos humanos, esferas individuales donde la función pública no puede violar estos atributos inherentes a las personas. La obliga­ción de garantizar se refiere al deber de adoptar las medidas necesarias que permitan a todas las personas el goce pleno y efectivo de los derechos humanos " .

E f e c t o s jur ídicos:

El conjunto de leyes, las reglas de derecho internacional de derechos humanos y las obligaciones establecidas para los Estados buscar crear efectos jurídicos al menos en tres dimensiones:

En primer lugar, los Estados deberán adecuar sus legislaciones nacionales a los principios establecidos en los ins­trumentos internacionales. Los principios de derechos humanos deben ser recogidos, consagrados y elevados a la categoría de ley de una manera armónica. En nuestro caso, la Constitución Política en el artículo 81 consagra el derecho a la comunicación en los siguientes términos:

Art. 81.- Garantías.- El Estado garantizará el derecho a acceder a fuentes de información; a buscar, recibir, conocer y difundir información objetiva, veraz, plural, oportuna y sin censura previa, de los acontecimientos de interés ge­neral, que preserve los valores déla comunidad, especialmente por parte de periodistas y comunicadores sociales. Asimismo, garantizará la cláusula de conciencia y el derecho al secreto profesional de los periodistas y comunica­dores sociales o de quienes emiten opiniones formales como colaboradores de los medios de comunicación.

No existirá reserva respecto de informaciones que reposen en los archivos públicos, excepto de los documentos pa­ra los que tal reserva sea exigida por razones de defensa nacional y por otras causas expresamente establecidas en la ley. Los medios de comunicación social deberán participar en los procesos educativos, de promoción cultural y preservación de valores éticos. La ley establecerá los alcances y limitaciones de su participación. Se prohibe la pu­blicidad que por cualquier medio o m o d o promueva la violencia, el racismo, el sexismo, la intolerancia religiosa o política y cuanto afecte a la dignidad del ser humano"

En segundo lugar, es necesario dar efectividad a los derechos establecidos en la Convención. El deber de los Esta­dos de organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se maní-fiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el pleno y libre ejer­cicio de los derechos humanos. Esta obligación supone que los Estados adopten medidas administrativas, legislati­vas y de otra índole para dar efectividad a los derechos consagrados en los instrumentos internacionales.

En tercer lugar, se trata de establecer los mecanismos que permitan que las personas accedan a las garantías que les ofrecen los derechos humanos. La modalidad de los mecanismos adoptados por los Estados debe considerar bá­sicamente los principios de igualdad y entre las personas y evitar la discriminación por motivo de raza, sexo, nacio­nalidad, origen étnico, religión entre otras.

Mujeres y el derecho a la comunicación

EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS EN EL MARCO DE LA DEMOCRACIA Este amplio conjunto de derechos y de mecanismos que garantizan el ejercicio pleno de los mismos es un avance importante que ha permitido fortalecer la democracia en términos de consagración de principios. Sin embargo, los movimientos sociales y los grupos organizados hemos aprendido que no es suficiente la letra escrita o la mera enun­ciación de los mecanismos de exigibilídad de los derechos.

De hecho, el movimiento de mujeres ecuatoriano ha pasado de la euforia por las conquistas alcanzadas a nivel le­gal en la última década, al cuestíonamiento sobre su efectividad. En palabras de Tatíana Cordero: "El peligro está en que la norma sea está jurídica o producida desde las instituciones se constituya en fin o en objetivo permanen­te. Entonces, ya no nos cabrán en el cuerpo convenios e instrumentos. Adicionalmente, la compartímentalización a la que nos lleva la formulación de derechos puede ser también la instrumentalización e instítucionalización de la margínalídad de los cuerpos y las prácticas que no se adscriben al orden social o cultural, o a las lógicas del mer­cado y del capital" *".

N o se trata de desconocer los avances conseguidos con tanto esfuerzo, de hecho hemos dado un primer paso impor­tante en nuestra existencia como sujetos de derechos. Sin embargo, la letra de la ley por si sola no basta y dividir la realidad para reflejarla en normas genera un fraccionamiento que ha llevado a la compartimentalizacíón sobre las "causas de las mujeres" como lejanas a las "demás". En estos últimos años las feministas y el movimiento de m u ­jeres hemos aprendido que es necesario poder político tanto para "existir" como sujetos de derechos como para de­mandar que estos sean efectivos.

Este poder político se traduce en la presencia de mujeres en espacios de poder y de decisión pero también en el re­conocimiento de las mujeres como actores plenos de la democracia, como sujetos de derechos. Los avances en es­te sentido, tienen sus matices. Por ejemplo, en un mismo período electoral se produjo casi de manera simultánea la violación al derecho de participación política de las mujeres y, la designación de un buen numero de ministras en el gabinete del partido triunfante ". El saldo para la democracia y para las mujeres como sujetos de derechos es pobre porque la ínstítucíonalidad no pudo llevar a la práctica la conquista de igualdad política reflejada en la ley de cuotas. En este contexto la designación de las ministras solo obedece a la voluntad política del presidente ga­nador x. La conquista de derechos políticos no dejó huellas en la institucionalidad democrática.

La exigibilídad de los derechos no puede ser vista de manara aislada al reconocimiento del movimiento de mujeres y feminista como actor de la democracia. También se trata de conocer los derechos para poder exigirlos desde la legitimidad que ofrece la democracia y, proponer las vías y los mecanismos para lograr que los derechos se hagan efectivos. La exigíbilidad de derechos descansa sobre la capacidad para formular demandas y la posibilidad de ha­cer uso del ejercicio de participación política frente al Estado.

Las propuestas de exigibilídad de derechos, en este contexto, son profundamente políticas porque no se trata sola­mente de inventariar las responsabilidades estatales para demandar por el cumplimiento de derechos al Estado, si­no de intervenir y cuestionar los imaginarios, las prácticas que sostienen la discriminación contra las mujeres en los medios de comunicación. Se trata de develar el o los sistemas de poder que sostienen el juego de actores involu­crados en el mundo de la comunicación.

Este es un m u n d o amplio, complejo, diverso, de múltiples arenas y por lo tanto rico en conflictos de intereses. A la formulación tradicional del derecho a la comunicación como el acceso en libertad a la información, a producirla y recibirla hay que sumar nuevos actores, nuevas tensiones y seguramente nuevos mecanismos de exigibilídad. Nues­tra mayor conquista política en términos de acceso al derecho a la comunicación en esta nueva dimensión, será nuestra visibílizacion y existencia como sujetos de derechos. Se trata de tener un lugar en ese tramado y tomar po­sición en las confrontaciones sobre la interpretación de los principios que rigen el derecho a la comunicación.

U n falso debate es presentar los derechos de las mujeres respecto de la comunicación en conflicto con el derecho a la comunicación. N o existe ninguna formulación en el derecho a la comunicación que se oponga al derecho de las mujeres a acceder a la información, a recibir información adecuada, a difundir opiniones, etc. Pero como vimos an­teriormente el problema no radica en la consagración de los derechos sino en las confrontaciones que existen en la interpretación y ejercicio de los mismos ". Por lo tanto es perfectamente posible que algunos mensajes emitidos por los medios, lesione los intereses y los derechos de las mujeres y que por esa razón el movimiento de mujeres como actor social, intencione la confrontación y la demanda a quienes emiten esos mensajes.

vi¡ Caso Velásquez Rodríguez. 166. La segunda obligación de los Estados Partes es la de "garantizar" el libre y pleno ejercicio de los derechos recono­cidos en la Convención a toda persona sujeta a su jurisdicción. Esta obligación implica el deber de los Estados Partes de organizar todo el aparato gubernamental y en general todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos. C o m o consecuencia de esta obligación los Estados deben prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos reconocidos por la Convención Americana de Derechos H u m a n o s y procurar, además, el restablecimiento si es posible, del derecho conculcado, y en su caso, la reparación de daños producidos por la violación de los derechos humanos". Corte Interamericana de Derechos H u m a n o s , Caso Velásquez Rodríguez. Sentencia del 29/7/1988. viii Ponencia presentada por Tatiana Cordero en el IX Encuentro Feminista, "Más allá de la palabra, lo que el cuerpo interroga". Costa Rica, diciembre del 2002. ix Son mujeres las que presiden los Ministerios de Educación, Relaciones Exteriores, Turismo e Industrias y Comercio Exterior. x"Evidentemente el hecho de que haya mujeres en el gabinete habla de un nivel de conquista en el sentido de que las mujeres somos vistas c o m o sujetas políticas plenas. Sin embargo, las designaciones no institucionalizadas siempre dejan la puerta abierta a la posibilidad de no hacerlas. Está m a s que demostrado que el hecho de que hayan mujeres en poder no produce per se cambios en la realidad de las mujeres, precisamente porque la institucionalidad no les exige esos cambios". Reflexiones Taller con Mujeres del Movimiento de Mujeres-Quito. Febrero 2003. xi La idea de la tensión entre el consenso sobre los principios y el disenso sobre su interpretación la trabaja ampliamente Chantai

Evidentemente este nivel de confrontación debe ser resuelta en el marco que ofrece la institucionalídad democráti­ca. En la historia de los movimientos feministas de todo el m u n d o , ha quedado claro que en muchas ocasiones de­mandar por los derechos de las mujeres ha provocado poderosos cambios en las estructuras democráticas. Por ejem­plo, hasta hace unos años era imposible pensar que un asunto de la "vida privada" sea ventilado en el espacio de lo público. Las demandas de las mujeres por vivir una vida libre de violencia doméstica lo lograron.

C o m o movimiento hemos aprendido que la confrontación con las estructuras de poder y con los mecanismos de ex­clusión fortalecen a la democracia, la vuelven participativa e incluyente. La falta de cuestionamiento a los meca­nismos que las sostienen la debilita. En palabras de la teórica feminista Chantal Mouffe "la democracia no sólo es­tá en peligro cuando hay un déficit de consenso sobre sus instituciones y de adhesión a los valores que representa, sino también cuando su dinámica agonística se ve obstaculizada por un consenso aparentemente sin resquicio, que m u y fácilmente puede formarse en su contrarío""1

En este punto es perfectamente legítimo colocar un par de razo­nes por las cuales algunas feministas consideramos que es r ;? necesario fortalecer la democracia. C o m o latinoamerica­nas hemos aprendido que los regímenes dictatoriales dejan huellas profundas y dolorosas en los pueblos y que la vida pasa a no tener ningún valor. Para con­servarla hay que dejar de pensar, de existir, de producir conocimiento que se oponga al supre­m o . La primera razón por la cual apostar a la democracia descansa en la simple oposición. N o queremos dictaduras, nunca m á s .

Una segunda razón poderosa tiene que ver con que hemos aprendido que las democra­cias son perfectibles, las instituciones y los mecanismos y requisitos que las sostienen pueden cambiar, deben cambiar para abrir paso a nuevos escenarios que permitan aceptar al otro/otra como valido / valida en ese juego democrático. Para nosotras la de­mocracia es una conquista que debemos de­fender y construir constantemente. La teoría fe­minista ha sustentado que la democracia debe dejar de basarse en universalismos totalizantes *lii

, para dar paso al reconocimiento y respeto de los principios de diversidad, pluralismo y diferencia. El disenso en este escenario se vuelve no solo necesario si­no útil para provocar cambios.

La institucionalídad democrática en materia del derecho de las mujeres a la comunicación es frágil y por lo tanto los mecanismos de exigibílidad del derecho débiles y en algunos casos inexistente. Sin embar­go, haciendo uso de lo que existe sí podemos impugnar y demandar para abrir el camino a nuevas formas de ejer­cicio de estos derechos.

HACIA NUEVAS MIRADAS DEL DERECHO A LA COMUNICACIÓN Desde el movimiento de mujeres, solo hace poco tiempo se empieza a ver claramente la necesidad de demandar y exigir a los medios de comunicación. Durante mucho tiempo, hemos tenido una relación puntual con los medios. Al igual que otros movimientos sociales necesitamos de su cobertura para difundir nuestras reivindicaciones. Sin e m ­bargo demandar y exigir requiere otro ejercicio, un ejercicio de poder que nos obliga a reconocer que la mayoría de la información que se difunde en los medios está plagada de estereotipos sexistas y díscríminadores.

Si se trata de demandar por nuestros derechos, ¿con qué herramientas contamos? ¿Cuál es el marco de derechos que tenemos? ¿Será que debemos elaborar nuestras demandas a la luz del derecho a buscar y recibir información?.

Es posible que este derecho tal y como está concebido sea insuficiente para entender mapas m á s complejos que nos lleven a identificar nuevas relaciones, por ejemplo la relación entre los medios de comunicación y las agencias de publicidad, o entre la existencia de las tecnologías de información y comunicación y el acceso real a las mismas.

x¡¡ Mouffe, especialmente en su texto "El retorno de lo político". Mouffe Chantai. "El retorno de lo político. Comunidad, ciudadanía, pluralismo, democracia radical". Paidos. Estado y Sociedad. 1993.

Mujeres y el derecho a la comunicación

El derecho a la comunicación como está consagrado en los instrumentos internacionales de derechos humanos, re­fleja la época en que fue concebido, incluidos los actores sociales y los grupos de poder de ese tiempo y ese espa­cio concretos. C o m o hemos visto en el marco normativo a nivel universal y regional, el derecho a la comunicación se dibujó en los instrumentos internacionales de la siguiente manera: el derecho a la comunicación sostiene la li­bertad de expresión, es un puntal de la democracia. Sin ella, las democracias son frágiles y la ciudadanía está en peligro. Los medios de comunicación son los portavoces de esta libertad y a través de ellos se expresan las ideas que deben ser respetadas por los Estados y por los grupos de poder.

Concebido así, los temas alrededor de este derecho giran en torno a) a los casos de censura estatal en forma de a m e ­nazas y restricciones y b) crímenes de los y las periodistas durante los regímenes dictatoriales o los escenarios de guerra continua por ejemplo en Colombia, El Salvador, Guatemala entre otros. Vigilar el cumplimiento del derecho concebido en estos términos ha sido motivo de preocupación en el sistema de protección de derechos humanos. De hecho, el Sistema Universal de derechos humanos creó una Relatoría sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión de conformidad a la resolución 1999/36 del 26 de abril de 1999. El sistema Re­gional la creo en 1998.

Estas Relatorías demuestran que los casos de censura estatal no han desaparecido y, tampoco los asesinatos a pe­riodistas hombres y mujeres por razones de su oficio ™. De hecho, el marco jurídico ecuatoriano todavía estípula que entre las atribuciones del Presidente de la República está la de disponer de censura previa en los medios de co­municación social (la atribución del Presidente de censurar a los medios, se da solamente cuando hay declaración de estado de emergencia interna). Así lo establece el artículo 181, numeral cinco de la Constitución Política del Es­tado. El derecho como está concebido en los instrumentos internacionales todavía no ha logrado estándares satis­factorios de cumplimiento por parte de los Estados

Sin embargo, esta formulación del derecho a la comunicación no ha "tenido tiempo" para incorporar y deja ver la existencia de otros actores, por ejemplo el aparato de la publicidad que indudablemente forma parte del m u n d o de la comunicación, la existencia misma de una sociedad de la información en donde los contenidos son gratuitos, abundantes y que sobrepasan la capacidad de los Estados nacionales de ejercer algún tipo de control o mínima re­glamentación ™. Otro gran ausente es la ciudadanía y su imposibilidad de opinar, demandar o exigir, calidad en el contenido de los mensajes, las noticias y el hecho comercial.

TECNOLOGÍA, PUBLICIDAD Y DERECHOS CIUDADANOS: DISPERSIÓN Y DESENCUENTRO Respecto a la tecnología como hecho social, esta no ha dejado de impresionar por su velocidad y por los grandes cambios que ha producido en la vida cotidiana en la humanidad. El m u n d o es diferente desde que existe internet, es decir desde que la información viaja a la velocidad de la luz. A pesar de que el m u n d o de lo tecnológico no pue­de ser entendido sin su relación con los medios de comunicación y las agencias de publicidad, el ordenamiento ju­rídico ecuatoriano los concibe de manera parcelada. La posibilidad de demandar derechos es prácticamente ine­xistente debido justamente a este tramado fraccionado y disperso.

El Informe de Desarrollo H u m a n o Ecuador 2001 define a las Tecnologías de Información y Comunicación como un "conjunto heterogéneo de herramientas, recursos tecnológicos diseñados para crear, almacenar, diseminar y gestio­nar información y comunicarla trasmitiéndola de un punto geográfico a otro, de una persona a otra, a un grupo o a toda la comunidad y que comprenden hardware, software de computadoras, receptores de radio y televisión, equi­pos de trasmisión y telecomunicaciones, redes y sistemas multimedia".

Este campo, está regulado de manera abundante en el Ecuador. En realidad el marco normativo es abrumador:

Ley Especial de Telecomunicaciones, publicada en el Registro Oficial No. 996 del 10 de agosto de 1992 y sus refor­mas .

Ley de Radiodifusión y Televisión, publicada en el Registro Oficial No. 785 del 18 de abril de 1975 y sus reformas, publicadas en los Registros Oficiales: N o . 691 del 9 de m a y o de 1995 y N o . 699 del 7 de noviembre del 2002.

xiii Carole Pateman afirma "La ¡dea de ciudadanía universal es específicamente moderna y depende por fuerzas del surgimiento de la idea de que todos los individuos son libres e iguales de nacimiento, o de que son naturalmente libres e ¡guales entre sí. Ningún individuo está naturalmente sub­ordinado a otro y todos deben ser públicamente reconocidos en tanto ciudadanos, lo que implica su condición de autodeterminación. También es inherente a la libertad individual y la igualdad de hecho de que el gobierno solo pueda pensarse para le consenso. Atados nos han enseñado que "individuo" es una categoría universal que se aplica a cualquiera o a todas las personas, pero en realidad no es así. El "individuo" es un varón". xiv D e hecho según el Relator de la libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos H u m a n o s sostiene en su informe del 2.000: en muchos Estados del hemisferio siguen existiendo leyes que consagran la figura del desacato; se sigue utilizando el tipo penal de injurias y calumnias para perseguir judicialmente a periodistas; se permite la censura previa; se exige el título de periodista para ejercer la profesión y en muchas legislaciones el acceso a la información pública o personal en poder de particulares está restringido. A esto se suma la aceptación por algunos Estados del concepto de información veraz, que en el año 1999 fue incorporado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y representó el mayor retroceso para la libertad de expresión e información en el hemisferio. xvEn el Taller con el Movimiento de Mujeres se genero un interesante proceso de discusión frente a la pregunta de "Dónde se querellaría usted con­tra yahoo.com?

Reglamentos y Normas:

Reglamento General a la Ley Especial de Telecomunicaciones Reformada, publicado en el Registro Oficial No. 404 del 4 de septiembre del 2001.

Reglamento Técnico para los Abonados al Servicio Telefónico de EMETEL, publicado en el Registro Oficial No. 502 del 11 de agosto de 1994 y su reforma, publicada en el Registro Oficial No. 234 del 15 de julio de 1999.

Reglamento de Tarifas por el Uso de Frecuencias, publicado en el Registro Oficial No . 896 del 4 de marzo de 1996, y sus reformas publicadas en los Registros Oficíales No . 980 del 3 de julio de 1996, No. 346 del 24 de junio de 1998 y No. S-351 del 31 de diciembre de 1999.

Reglamento para la Prestación de los Servicios de Valor Agregado, publicado en el Registro Oficial No. 545 del 1 de abril del 2002.

Reglamento de interconexión y Conexión entre Redes y Sistemas de Telecomunicaciones, publicado en el Registro Oficial No. 481 del 26 de diciembre del 2001.

Reglamento para la Prestación de los Servicios Portadores, publicado en el Registro Oficial No. 426 del 4 de octubre del 2001.

Reglamento Especial para Determinar la Calidad de Empresas Relacionadas, publicado en el Registro Oficial No. S-1008 del 10 de agosto de 1996.

Reglamento para la Provisión de Segmento Espacial de Sistemas de Satélites Geoestacionarios, publicado en el Re­gistro Oficial No. 413 del 17 de septiembre de 1998.

Reglamento del Servicio de Telefonía Pública, publicada en el Registro Oficial No. 599 del 18 de junio del 2002.

Reglamento de Telefonía Pública de Prepago, publicado en el Registro Oficial No . 353 del 3 de julio de 1998.

Reglamento para el Servicio de Telefonía Móvil Celular, publicado en el Registro Oficial No.10 del 24 de agosto de 1998.

Reglamento para la Homologación de Equipos Termínales de Telecomunicaciones, publicado en el Registro Oficial No. 10 del 24 de agosto de 1998, y su reforma, publicada en el Registro oficial No . 623 del 22 de julio del 2002.

Reglamento de Control de los Servicios de Telecomunicaciones, publicado en el Registro oficial 274 del 10 de sep­tiembre de 1999.

Reglamento y Norma Técnica para los Sistemas Troncalizados, publicado en el Registro Oficial No. 139 del 11 de agosto del 2000.

Reglamento para Otorgar Concesiones de los Servicios de Telecomunicaciones que se brindan en Régimen de Libre Competencia, publicado en el Registro Oficial No . 168 del 21 de septiembre del 2000.

Reglamento para otorgar concesiones de los Servicios de Telecomunicaciones, publicado en el Registro Oficial No . 480 del 24 de diciembre del 2001.

Reglamento de Fondo para el Desarrollo de las Telecomunicaciones en Áreas Rurales y Urbano Marginales, publica­do en el Registro Oficial No. 193 del 27 de octubre del 2000.

Reglamento de Ejecución de Proyectos y Contratación de Servicios de FODETEL, publicado en el Registro Oficial No. 235 del 2 de enero del 2001.

Reglamento de Tasas por los Servicios de Control e Inspecciones, publicado en el Registro Oficial No. 465 del 30 de noviembre del 2001.

Reglamento para la Instalación, Operación y Presentación del Servicio de Sistemas Buscapersonas, publicado en el Registro Oficial No. 528 del 6 de marzo del 2002.

Reglamento para el Otorgamiento de Títulos Habilitantes para la Operación de Redes Privadas, publicado en el Re­gistro Oficial No. 528 del 6 de marzo del 2002.

Reglamento del Servicio de Telefonía Fija Local, publicado en el Registro Oficial No. 556 del 16 de abril del 2002.

Reglamento General a la Ley de Radiodifusión y Televisión y su Reforma, publicado en el Registro Oficial No. 864 de 17 de enero de 1996.

Reglamento de Radiocomunicaciones, publicado en el Registro Oficial No. 215 de 30 de noviembre del 2000.

Reglamento Relativo a la Propiedad de los Equipos y Control de la Inversión Extranjera en las Concesiones para los Servicios de Radiodifusión y Televisión, publicado en el Registro Oficial No.71 del 20 de noviembre de 1998.

Reglamento para el Servicio de Banda Ciudadana, publicado en el Registro Oficial No. 268 del 2 de septiembre de 1999.

Reglamento para Sistemas de Audio y Video por Suscripción, publicado en el Registro Oficial No . 325 del 24 de no­viembre de 1999.

Mujeres y el derecho a la comunicación

Reglamento para el Servicio de Radioaficionados, publicado en el Registro Oficial No. 95 del 9 de junio del 2000.

Reglamento y Norma Técnica para los Sistemas Comunales de Explotación, publicado en el Registro Oficial No . 139 del 11 de agosto del 2000.

Reglamento para la Expedición de los Servicios de Telecomunicaciones Fijo Móvil por Satélites no Geoestacíonarios que se prestan directamente a usuarios finales a través de Sistemas Globales, publicado en el Registro Oficial N o . 638 del 12 de agosto del 2002.

Reglamento para la Prestación del Servicio Móvil Avanzado, publicado en el Registro Oficial 687 del 21 de octubre del 2002.

Plan Nacional de Frecuencias, publicado en el Registro Oficial No. 192 del 26 de octubre del 2000.

Norma para la implementation y Operación de Sistemas de Espectro Ensanchado, publicada en el Registro Oficial No. 215 del 30 de noviembre del 2000.

Norma Técnica para el Servicio de Televisión Analógica y Plan de Distribución de Canales, publicada en el Registro Oficial N o 335 del 29 de m a y o del 2001.

Norma que regula el Registro Público de Telecomunicaciones, publicada en el Registro Oficial No . 481 del 26 de di­ciembre del 2001.

Norma Técnica Reglamentaria para Radiodifusión en Frecuencia Modulada Analógica, publicada en el Registro Ofi­cial No. 74 del 10 de m a y o de 1996.

Norma Técnica de Medición y Registro para Operadores que cuenten con centrales telefónicas y teléfonos públicos cuya tecnología no permita la aplicación inmediata de la facturación por tiempo efectivo de uso; publicada en el Registro Oficial 154 del 1 de septiembre del 2000.

R e g l a m e n t o s I n t e r n o s :

Sistema Integrado de Administración Financiera y Control de la Superintendencia de Telecomunicaciones, publica­do en el Registro Oficial N o . 95 del 26 de junio de 1997.

Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Superintendencia de Telecomunicaciones, publicado en el Regís-tro Oficial No. 223, el 26 de diciembre del997.

Reglamento para el Trámite de Denuncias Previo al Juzgamiento Administrativo de los Actos Contrarios a la Libre Competencia en Servicios de Telecomunicaciones, publicado en el Registro Oficial No. No. 468 del 5 de diciembre del 2001.

No es difícil darse cuenta de que las y los ciudadanos están ausentes en esta extensa codificación. Parecería que no son personas las que acceden a los servicios y que a través de las herramientas tecnológicas no se transmitieran mensajes cargados de contenidos y valores simbólicos. Esta parcela de la realidad no tiene ningún mecanismo que nos permita exigir nuestros derechos frente al acceso a la tecnología y los mensajes que por los medios tecnológi­cos se difunden. En palabras de Sally Burch "la tecnología no es un factor neutro, ni su rumbo es inexorable, sino que el propio desarrollo tecnológico es orientado por los juegos de intereses" (página w e b de ALAI).

Por su parte el m u n d o de la publicidad es eso, un m u n d o aparte regido por las reglas del mercado y del libre co­mercio, por lo tanto su marco de derechos estará regido por las modalidades que escojan para sus empresas. Se los denomina como un sector de la economía porque evidentemente generan empleos y están presentes en el mercado. C o m o "gremio" han creado un "Código Ecuatoriano de Ética y Autorregulación Publicitaria" que "esta en vigencia" desde 1982. A pesar de que como agrupación usan la figura de código, este ordenamiento es simplemente un acuer­do de voluntades entre asociaciones que les permiten enmarcar sus actividades. No está estructurado como cuerpo legal ni como orgánico funcional ni como conjunto de normas positivas. Tampoco ha sido expedido por autoridad competente (Congreso Nacional o Decreto Ejecutivo), por lo tanto no es exigible para la ciudadanía.

En otras palabras este "código" tiene valor para quienes lo suscribieron: Asociación Ecuatoriana de Canales de Tele­visión, Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión, Medios Impresos, Asociación Ecuatoriana de Agencias de Publici­dad y Asociación Ecuatoriana de Anunciantes.

¿Dónde aparecen los derechos ciudadanos en estas parcelas? Por la forma en que están normadas y organizadas pa­recería que las tecnologías de información y comunicación no están relacionadas con las personas y sus derechos. Parecería que la tecnología fuera neutra y que su existencia se reduce a las máquinas y su mecánica.

También parecería que la relación del m u n d o de la publicidad se agota con los contratos con los medios de comu­nicación. Una empresa que quiera anunciar un producto contrata una publicitaria y si esta produce a satisfacción se acaba la relación contractual. Con el producto en las manos, solo resta pagar al periódico, la televisión o la ra­dio para que este producto aparentemente "neutro" llegue al nicho del mercado. En adelante es necesario que las personas compren para que el círculo se cierre.

La mejor manera de desdibujar un derecho es dispersarlo y fragmentarlo de esta manera. Los tiempos ameritan que el derecho a la comunicación cumpla con su característica de progresividad e indivisibilidad. Tal vez este es uno de los retos m á s fuertes del sistema internacional de protección de derechos humanos.

¿SER CLIENTE...SER CIUDADANA? El ordenamiento jurídico ecuatoriano tiene algunos avances interesantes en materia de consagración de derechos. Por ejemplo, la Constitución Política en el artículo 81 prohibe la publicidad que por cualquier medio o m o d o pro­m u e v a la violencia, el racismo, el sexísmo, la intolerancia religiosa o política y cuanto afecte a la dignidad del ser h u m a n o . También protege el derecho a la libertad de opinión y expresión en el artículo 23 numeral nueve en los siguientes términos:

"El derecho a la libertad de opinión y expresión del pensamiento en todas sus formas, a través de cualquier medio d comunicación, sin perjuicio de las responsabilidades previstas e la ley. La persona afectada por afirmaciones sin pruebas o inexactas, o agraviada en su honra por informaciones o publicaciones no pagadas hechas por la prensa u otros medios de comunicación social, tendrá derecho a que estos hagan la rectificación correspondiente en forma obligatoria, inmediata y gratuita y en el mismo espacio o tiempo de la información o publicación que se rectifica".

Sin duda es interesante el hecho de que el artículo 244 de la Constitución se haya estipulado que al Estado le co­rresponderá dentro del sistema de economía social de mercado "proteger los derechos de los consumidores, sancio­nar la información fraudulenta, la publicidad engañosa, la adulteración de los productos, la alteración de pesos y medidas y el incumplimiento de las normas de calidad".

La Ley de Defensa del Consumidor adecuó este mandato constitucional a través de dos figuras:

PUBLICIDAD ABUSIVA.- Toda modalidad de información o comunicación comercial, capaz de incitar a la violencia, explotar el miedo, aprovechar la falta de madurez de los niños y adolescentes, infringir valores sociales y cultura­les o inducir al consumidor a comportarse en forma perjudicial o peligrosa para la salud y seguridad personal y co­lectiva.

Se considerará también publicidad abusiva toda modalidad de información o comunicación comercial que incluya mensajes subliminales.

PUBLICIDAD E N G A Ñ O S A . - Toda modalidad de información o comunicación de carácter comercial, cuyo contenido sea total o parcialmente contrarío a las condiciones reales o de adquisición de los bienes y servicios ofrecidos o que uti­lice textos, diálogos, sonidos, imágenes o descripciones que directa o indirectamente, e incluso por omisión de da­tos esenciales del producto, induzca a engaño, error o confusión al consumidor.

Este es un marco de derechos importante y evidentemente permite demandar por los derechos de las mujeres a una publicidad no sexista y libre de discriminación. Sin embargo, el marco constitucional al consolidar el derecho, des­plaza nuestra condición de sujeto de derechos hacia la figura del consumidor, de la consumidora. Tal como el de­recho está estipulado, solo es posible demandar cuando la publicidad reúne las características de abusiva o enga­ñosa, quedando por fuera las informaciones inexactas o discriminadoras.

En efecto, en la norma Constitucional y en la Ley de Defensa del Consumidor, la noción de resarcimiento, fue pen­sada para proteger a los consumidores de adquirir productos que no conserven estándares de calidad. No es un m e ­canismo pensado para defender derechos conculcados. Frente a una propaganda o imágenes que incitan a la vio­lencia ¿qué sentido tiene el resarcimiento como está entendido en la Constitución?.

Por otra parte, el éxito de las acciones de demanda de derechos depende directamente de buena gestión de la De-fensoria del Pueblo. Sin embargo, al no existir un mecanismo claro, una vía institucional para demandar derechos, es perfectamente posible que los casos se resuelvan mediante la conciliación y no el resarcimiento de daños causa­dos por afirmaciones inexactas, sexistas o discriminadoras.

U n caso concreto ilustra esta falta de marco de derechos y de mecanismos para exigirlos. Se trata de una propa­ganda que apareció en el diario El Comercio, en la sección B el primero de enero de este año. En una página ente­ra aparece solamente la imagen de un niño pequeño gateando. El niño está desnudo y de espaldas. A la izquier­da de su nalga desnuda aparece la palabra Feliz, y a su derecha Nuevo. Sobre el ano del niño está la señal del sím­bolo de la ñ, completando así la frase: Feliz Año Nuevo. El espacio en el diario fue comprado por la empresa Zhu-mir que a su vez contrató a una agencia de publicidad para dar a sus clientes el mensaje de año nuevo.

La Defensoría del Pueblo recibió la carta de una ciudadana que vio lesionados sus derechos en este anuncio publi­citario. Aunque la Defensoría puede actuar de Oficio, esta carta fue importante para citar a las partes a una au­diencia de conciliación. A la fecha de nuestra entrevista solo había conseguido que la agencia de publicidad pa­gue en el mismo diario un cuarto de página que la Defensoría usaría para difundir la Convención de los Derechos del Niño "". Hasta el momento en que este texto es editado, tal publicación no se ha realizado.

Mujeres y el derecho a la comunicación

Este caso nos demuestra que el marco de derechos es inadecuado e insuficiente y que los mecanismos de exigibilí-dad simplemente no existen. Los derechos no se ven resarcidos y la Defensoría del Pueblo apenas cuenta con la fuerza suficiente para sentar a las partes en audiencias de conciliación. La responsabilidad del diario respecto de la difusión del mensaje se limita a los términos de la contratación con la publicitaria, por lo tanto las reglas del co­mercio sustituyen a las responsabilidades del medio de comunicación respecto del derecho a la comunicación. N o existe un mecanismo claro ni institucionalizado que permita exigir derechos.

PALABRAS FINALES Esta investigación ha permitido identificar los avances en materia de consagración del derecho a la comunicación a nivel constitucional. Sin embargo, hemos constatado que existen problemas que se necesitan resolver y debatir, para hacer efectivo el derecho de demandar a los medios en el marco de la libertad de expresión.

Sostenemos que la exigibilidad no se agota con inventariar el marco de derechos existente ni con crear mecanismos en instituciones débiles como la Defensoría del Pueblo. Hay un punto medular que resolver y tiene que ver con la tensión entre ciudadanía y cliente. Los casos que hemos investigado, muestran que el o la demandante se convier­te en cliente, lo que no se compadece con la consagración del derecho al acceso a la información como un derecho.

Merece un punto de atención especial el hecho de que los medios de comunicación al ser titulares del derecho a pro­ducir y difundir información, tienen un mayor nivel de responsabilidad sobre las informaciones y mensajes que di­funden. En esa medida son los sujetos a demandar. Sin embargo, tenemos que conocer m á s sobre el funcionamien­to y la forma de organización de las empresas publicitarias y el complejo m u n d o de las Tecnologías de Información y Comunicación. Al estar regidos por las reglas del mercado nos resultan lejanos e inaccesibles pero no por ello de­jan de tener responsabilidades respecto del derecho a la comunicación.

C o m o movimiento de mujeres, es necesario apropiarnos del marco jurídico, conocer lo que existe para poder d e m a n ­dar pero no centrar en estas acciones todo el esfuerzo. También tenemos que abrir el debate, convertirnos en inter­locutores en los espacios de poder, para incorporar un discurso de derechos donde solo ahora hay reglas de mercado.

xvi E n virtud del mandato Constitucional establecido en el articulo 23 numeral nueve "El derecho a la libertad de opinión y expresión del pensamiento en todas sus formas, a través de cualquier medio d comunicación, sin perjuicio de las responsabilidades previstas e la ley. La persona afectada por afirmaciones sin pruebas o inexactas, o agraviada en su honra por informaciones o publicaciones no pagadas hechas por la prensa u otros medios de comunicación social, tendrá derecho a que estos hagan la rectificación corre­spondiente en forma obligatoria, inmediata y gratuita y en el m i s m o espacio o tiempo de la información o publicación que se rectifica".

El DERECHO a la COMUNICACIÓN: Nuevos Retos para el IVIovimiento de ]VIiijeres

Sally Burch

L A capacidad para la comunicación inteligente y para el dialogo crea la posibilidad de generar ideas, de compar­tir el conocimiento, crea la posibilidad de desarrollo de las culturas y de construcción de las sociedades. Por en­de la comunicación es una necesidad fundamental para los seres humanos, y como tal debe garantizarse como un derecho.

C o m o acontece con las relaciones humanas, la comunicación ha sufrido cambios sustanciales, y está intermediada cada vez m á s por la tecnología. La comunicación cara a cara, cuyas modalidades no han sufrido m á s que peque­ños cambios a través de miles de años, está siendo ahora complementada, y a menudo remplazada, por una multi­plicidad de medios de transmisión de información y de ideas, desde la palabra impresa hasta la TV y el internet. Al delegar a las instituciones la facultad de comunicar, se crean las condiciones para una concentración del control tanto del proceso como del contenido. En consecuencia, la facultad que tiene la gente de moldear sus sociedades a través de la comunicación se ve progresivamente enajenada. N o hace falta decir que las mujeres y los otros sec­tores de la sociedad que no ejercen poder, han llevado todo el peso de esta enajenación, al ser sistemáticamente excluidas de las esferas de poder, incluido el sector de las comunicaciones.

Vinculados a las estructuras del poder de una determinada sociedad, tanto los medios como los sistemas a través de los cuales opera la comunicación, han llegado a constituirse en nuevas formas de control sobre lo que la gen­te puede saber y en nuevas maneras de influencia sobre cómo la gente piensa (un rol previamente reservado a la escuela, a las instituciones religiosas, a los partidos políticos, etc.) En sociedades autoritarias, esto a menudo toma la forma de control directo, incluida la censura por parte del estado. En muchas de las así llamadas democracias, la industria de las comunicaciones comerciales se ha constituido en un poder en sí mismo. Los medios están prote­gidos constitucíonalmente de cualquier tipo de regulación por parte del estado, en nombre de la libertad de expre­sión. Pero cuando se trata de lo que los medios entregan a la audiencia y a la publicidad, serios conflictos de inte­rés pueden surgir entre su vocación social y las metas propuestas por el mercado.

Una sociedad que no garantiza a sus ciudadanos la posibilidad de estar adecuadamente informados a través de una pluralidad de fuentes, y la posibilidad de hacer escuchar sus puntos de vista, apenas puede llamarse democrática. En efecto, los derechos a la comunicación están a la base de los demás derechos humanos. La protección legal a la necesidad humana de comunicarse ha evolucionado junto con el desarrollo de las sociedades que se vanaglo­rian de ser democráticas, desde la época de la Revolución Francesa cuando la libertad de expresión fuera recono­cida. La Declaración Universal de los Derechos H u m a n o s consagró esta libertad civil en el derecho a la libertad de opinión y de expresión, que incluye "la libertad de mantener opiniones sin interferencia y de buscar, recibir y di­fundir información e ideas" (Artículo 19).

El presente marco legal en el campo de las comunicaciones está sin embargo inspirado principalmente en una vi­sión de la comunicación como una actividad económica que requiere libertad de mercado, antes que en una pers­pectiva de derechos. Cada vez se vuelve m á s evidente que los derechos convencionales de un individuo, aun si fue­ran totalmente respetados, no son suficientes como para satisfacer los requerimientos de una conciencia ciudada­na informada y activa. Hace m a s de 30 años, Jean D'Arcy vislumbró esta situación y propuso "el derecho a la co­municación" como una extensión a estos derechos. El dijo: "Llegará el momento en el que la Declaración Univer­sal de Derechos Humanos" tendrá que abarcar un derecho mas amplio que el derecho humano a la información".

Mujeres y el derecho a la comunicación

Antonio Pasquali, estudioso venezolano de la comunicación, ha contribuido al desarrollo del concepto de "comuni­cación" con uno m á s amplio que el de la mera información. "Informar se refiere esencialmente a los mensajes unidireccionales de naturaleza causa-efecto y de naturaleza imperativa, que tienden a modificar el comportamien­to de un perceptor pasivo; comunicar es la interrelacíón de los mensajes relaciónales, dialógicos y socializantes en­tre interlocutores que tienen igual capacidad de recepción/emisión simultaneas. Si la información tiende a disociar y a establecer jerarquía entre los polos de la relación, la comunicación tiende a asociarlos; solo la comunicación puede generar estructuras sociales" (Pasquali, 2002).

El derecho a la comunicación, en este sentido, se refiere a un concepto de comunicación interactiva y participativa. Implica además la necesidad no solo de garantizar la libertad a través de la no intervención del estado (derechos negativos), sino también de incorporar los derechos positivos de los ciudadanos a comunicar como sujetos libres e iguales, contribuyendo de este m o d o a la diversidad en todas sus formas. Tales derechos podrían incluir, por ejem­plo, la garantía de condiciones legales igualitarias y de ausencia de restricciones para el ejercicio de la libertad de difundir, incluyendo la creación de medios y de sistemas de comunicación en el campo no comercial, o la posibili­dad de libre acceso y uso de tecnologías de medios y de comunicación en la producción y circulación de contenidos propios y la recepción de mensajes de otros (ver Pasquali y Jurado, 2002), o el derecho a la adquisición de las ha­bilidades necesarias para participar plenamente en la comunicación publica.

Estos derechos incluirían además nuevos derechos civiles y protecciones, tanto a nivel individual como colectivo, ahora necesarios en la edad de la globalización y del Internet, derechos culturales, el derecho a la privacidad, y la protección de cualquier interferencia e intromisión.

Se esta llevando a cabo un debate para la formulación del Derecho a la Comunica­ción. A pesar de la escasa posibilidad a corto plazo de que sea adop­tada c o m o ley internacional, puede proporcionar guías inva­lorables de intervención por parte de la sociedad civil de cara a los rápidos cambios en el marco legal y normativo tanto a nivel nacional como in­ternacional. Por ejemplo, ¿qué nuevos derechos necesitamos formular en la "sociedad de la informa­ción"? ¿Que derechos bási­cos requieren protección y garantías mas,explici-tas en la era digital? ¿Como pueden grupos específicos afianzar sus derechos? ¿Qué marco legal se necesi­ta para alcanzar igualdad de genero en las comunicaciones?

El académico holan­dés Cees Hamelink, co­nocido por su trabajo en la Carta sobre la Co­municación de los Pue­blos, propone un marco amplio para definir el dere­cho a la comunicación , que incluya los derechos cultura­les, los derechos a la información, a la protección , los derechos colectivos y los derechos a la participación.

El abogado ecuatoriano Romel Jurado propone una formulación que defina cinco áreas de los derechos a la c o m u ­nicación: (1) libertad de opinión, (2) libertad de expresión, (3) libertad de difusión, (4) libertad de información, y (5) acceso y uso de las tecnologías de medios, de información y de comunicación.

La Asociación para el Progreso de las Comunicaciones, APC ha desarrollado un capitulo sobre los Derechos al Inter­net (2001) que toma en cuenta asuntos como la libertad de expresión e intercambio de información, diversidad de contenido, posesión y control, derechos del usuario, propiedad intelectual, privacidad y seguridad, normatividad del Internet, y conciencia de los derechos.

Durante la década pasada, grupos de género y de comunicación han adelantado un número de propuestas para una perspectiva de género m a s equilibrada en las estructuras, en las prácticas y en el contenido de la comunicación. Su involucramíento activo en el debate sobre la formulación del Derecho a la Comunicación es un desafió urgente.

Lo que tienen en común todos estos varios puntos de vista es su concepción de que los intereses y necesidades de su gente, por encima de las tecnologías y las fuerzas del mercado, son las que deben obrar los cambios sociales pro­puestos en la tal llamada "sociedad de la información". Pero su experiencia compartida y todas las otras evidencias muestran que aquello ser'a un camino cuesta arriba, que se necesita un movimiento mucho m a s amplio de fuerzas sociales para abrir el derrotero en la realización de un cambio significativo en el m o d o de pensar actual.

Iniciativas p a r a la D e m o c r a t i z a c i ó n d e la C o m u n i c a c i ó n

Algunas iniciativas globales están ahora en camino para la construcción de tal movimiento. U n a de estas es la C a m ­paña por los Derechos a la Comunicación en la Sociedad de la Información (CRIS, siglas en ingles). La iniciativa fue lanzada a comienzos del 2002, principalmente por las organizaciones internacionales de comunicaciones en respuesta al llamado de la O N U para el Encuentro Mundial sobre la Sociedad de la Información (WSIS, siglas en in­gles) a ser llevado a cabo en Ginebra en diciembre del 2003 y en Túnez en el 2005.

El panfleto informativo de la CRIS presenta una visión de la "Sociedad de la Información" basada en el Derecho a la Comunicación "fundada en principios de transparencia, diversidad, participación y justicia social y económica, e ins­pirada en equidad de género y en perspectivas culturales y regionales". Se concibe el Encuentro Mundial como un medio, no como un fin en si mismo. "Los temas que encaramos son mucho mas grandes de lo que podamos tratar­los (allí), sin embargo el Encuentro ofrece un punto de partida."

Entre los temas y acciones tomadas en cuenta hasta el momento por la campaña, se consideran prioritarios el for­talecimiento del sector publico en el campo de las comunicaciones de tal manera que la información y el conoci­miento estén disponibles para el desarrollo humano, aseguren un acceso al alcance y un uso efectivo de las redes electrónicas en un contexto de desarrollo, aseguren y extiendan las posibilidades globales para la emisión y para la telecomunicación; y apoyen a los medios comunitarios y manejados por la gente.

La campaña busca fortalecer su presencia a través de involucrar a organizaciones de todas las regiones, particular­mente del Sur Global. Ha identificado como sus pilares de acción: el elevar la conciencia sobre estos temas y el es­timular su debate, el facilitar y apoyar la movilización de la sociedad civil, el proponer y afinar las posiciones de la sociedad civil con respecto a WSIS y abogar por su ímplementación.

Otra iniciativa emergente sobre temas de comunicación se está desarrollando en el marco del proceso del Foro So­cial Mundial (WSF, siglas en ingles), bajo la bandera de la comunicación y de la conciencia ciudadana. Su meta es promover el desarrollo de una agenda social alrededor de la democratización de la comunicación, ya que "esta as­piración democrática ha sido seriamente lesionada por la hegemonía neo-liberal, que ha puesto al mercado al cen­tro de la organización social, intentando así confiscar las democracias, y anulando el significado de ciudadanía en si misma" (Leon, 2001). En otras palabras, la comunicación ha llegado a ser un tema social demasiado importan­te como para que sea una preocupación solamente de aquellos directamente involucrados en este secto

Las recomendaciones del Seminario sobre Comunicación y Ciudadanía del Foro Social Mundial (WSF) llevado a ca­bo en Porto Alegre, Brasil, en 2002, propusieron la opción de:

• O entregarse pasivamente a la sociedad de la información en la que los medios y el conocimiento son po­seídos privadamente por m e g a corporaciones y vendidos a los consumidores, en donde el contenido esta homoge-neizadoy el acceso a los medios de expresión esta restringido a una elite pequeña (predominantemente blanca, del norte y masculina). Las tendencias actuales están rápidamente consolidando este modelo.

•O construir una sociedad de la información bajo los principios de transparencia, diversidad, participación y solidaridad e inspirada por igualdad de género, por perspectivas culturales y regionales, por una sociedad d e m o ­crática de la información, en la que toda la gente pueda ejercer el derecho a comunicar, a ser actores en el pleno sentido de la palabra en la arena publica.

El derecho a la comunicación no es solamente un tema jurídico-legal. En todo el mundo, los derechos que ya están reconocidos legalmente son diariamente atropellados y violados, ya sea en nombre del desarrollo económico, la lu­cha contra el terrorismo o en nombre de la estabilidad política. Las amenazas actuales a este derecho van desde la censura descarada a la concentración monopólica en el campo de la comunicación; desde la imposición de un m o ­delo cultural único a las presiones internacionales para desregularizar la industria y prívatízar el espectro electro­magnético.

Las organizaciones de mujeres alrededor del m u n d o comprometidas con una mayor igualdad en la participación de­mocrática y con reducir las distancias por razones de genero en el acceso, producción y control de la información, conocimiento y tecnología, enfrentan el desafió de desarrollar una posición fuerte con respecto a estos temas. Al hacer el camino a través de este proceso, necesitamos considerar si el tema es principalízar la igualdad de genero en un sistema profundamente injusto e inequitativo, o dar prioridad y tomar la delantera en la formulación y cons­trucción de una "sociedad de la información" diferente, que esté fundada en valores humanos, en comunicación participativa y en equidad que atraviesen las barreras de genero, de cultura y de geografía.

Mujeres y el derecho a la comunicación

Bibliografía:

Association for Progressive Communications. 2001. Internet Rights Charter, http://www.apc.org/english/rights/char-ter.shtml.

León, Osvaldo: 2001. Democratization of Communications, presentation for the Conference on Democratization of Communication and the Media at the World Social Forum 2002, http://movimientos.org/foro_comunicacion/show-_text.php3?key=898.

Pasquali, Antonio. 2002. Cumbre Mundial de la Sociedad de información: Dos precauciones a tomar. Caracas. See http://movimientos.org/foro_comunícacion/show_text.php3?key=1012.

Pasquali, Antonio and Jurado, Romel. 2002. Proposal for a Formulation of the Right to Communicate, text produced as a result of the "Latin American Regional Meeting "And W h y Not a Communication Society?" organized by Agen­cia Latinoamericana de Información, June 2002. See http://movimientos.org/foro_comunicacion/ponencia.phtml.

Sally Burch, periodista Británica, Directora Ejecutiva de la Agencia Latinoamericana de información - A L A I - .

Un periodismo

que REFLEJE AL MUNDO

Laura E Asturias

H A C E algún tiempo, el nicaragüense Iván Vargas, un estudioso de la construcción de la masculinidad, buscaba información sobre los pobladores de principios del Siglo Veinte. Relata que encontró referencias dedicadas única­mente a los hombres: las proezas y los reconocimientos de los "iluminados". Posteriormente comentó que "las muje­res como que no existían" y que sí bien los hombres eran y son "omnipresentes en el funcionamiento del mundo", al parecer "no se casaron, ni tuvieron hijos e hijas". A eso yo agregaría que, aparentemente, tampoco tuvieron madres ni abuelas o, en general, alguna ancestra.

En la actualidad, una mirada crítica a la mayoría de los medios de comunicación tradicionales, cualquiera sea su naturaleza, es fiel reflejo de esas palabras. Dichos medios, enmarcados como están en un sistema patriarcal y diri­gidos prímordialmente por hombres, continúan exponiendo el quehacer del género masculino, los logros y la actua­ción de los hombres en las arenas política y económica. Y aunque sólo a grandes rasgos, nunca explicando las cau­sas, también dejan ver el descontrol y la violencia a gran escala que caracteriza las vidas de muchos, hechos que se reflejan en su indiscutible protagonismo en la delincuencia común, en la impunidad sobre sus actos, así como en los elevados índices de corrupción a todos los niveles de la vida nacional.

Si hablo de "violencia a gran escala", lo hago para destacar que las violencias que muchos hombres ejercen en la vida cotidiana sobre personas consideradas más débiles (mujeres, niñas, niños y adolescentes) no es visibilizada en los medios en toda su magnitud y gravedad. Y no lo es precisamente porque al sistema patriarcal no le conviene que el público tome conciencia de lo mal que en realidad está el género masculino y que ese sistema, creado por hombres para favorecer a su género, es su más grande falla al ser la fuente de las mayores violaciones a los dere­chos humanos.

No m e refiero sólo a violaciones a los derechos de las mujeres, la niñez y la juventud, sino además a los de los mis­mos hombres. Porque el sistema patriarcal también es m u y selectivo: los mayores privilegios serán siempre para quienes entran en la categoría de "hombre, blanco, cristiano, rico, poderoso y heterosexual". Hablamos entonces de un sistema cuyos ejes son el desprecio -velado o abierto- hacia las mujeres; el racismo, la homofobía -que no es si­no el miedo irracional a la homosexualidad-, así como las múltiples formas de exclusión de grupos y personas que no entran en la categoría descrita.

Y valga recordar que muchos hombres, cuando menos en nuestro medio, no son "blancos", ricos ni poderosos. Otros tampoco son heterosexuales. Es decir que todos ellos en realidad están excluidos y no cuentan, excepto cuando le son funcionales a ese sistema, tan funcionales como le hemos sido las mujeres en la perpetuación del machismo lue­go de que se nos asignara con exclusividad la crianza infantil.

Aunque existen tantos más ejemplos de la discriminación de ese sistema también contra hombres, a mi mente vie­ne siempre una imagen que quedó ahí, grabada indeleblemente. En los años setenta, en una aldea del altiplano, al igual que mucha gente presencié horrorizada cómo un jovencito indígena (no habrá tenido más de 15 años) era la­zado por varios soldados para conducirlo, como ganado, en un camión del ejército, supongo, para enrolarlo en sus filas. Mientras lo halaban con el lazo, una mujer que deduje era su madre, se aferraba a sus piernas. También ella era arrastrada por el suelo, al tiempo que en su idioma les imploraba a los soldados algo que imagino era que no se llevaran al joven.

Esas violaciones a los derechos de los hombres, esos dolores que marcan sus vidas, las múltiples formas de violen­cia que sufren a manos de sus propios congéneres y también de algunas mujeres, nunca obtienen la atención que merecen. No la obtienen de la sociedad y, como reflejo de ello, tampoco en los medios de comunicación.

Mujeres y el derecho a la comunicación

D e igual manera, otros asuntos que provocan sufrimiento a los hombres no son visibilízados. A nivel mundial, uno de esos temas es la elevada tasa de suicidio masculino, en general tres veces mayor que para las mujeres, no por­que ellos tengan m á s razones para querer quitarse la vida, sino porque, a diferencia de las mujeres, utilizan armas certeras que les permiten consumar el suicidio.

Podríamos hablar también de las numerosas condiciones de salud que afectan a los hombres pero que casi no se las visibílíza en los medios. El impacto que el sida ha tenido en las vidas de los hombres, por ejemplo. En esto, una vez m á s , suele ocultarse las causas de ese impacto pues revelarlas implicaría poner sobre el tapete, entre otras cosas, tanto la moral c o m o las prácticas sexuales masculinas. Y podríamos hablar, además, de otros riesgos que muchos hombres asumen c o m o parte "natural" del ser hombres, tales como conducir temerariamente y poner en peligro tam­bién las vidas de otras personas, o su nivel de consumo de alcohol, tabaco y otras drogas.

Todo ello es alimentado por las normas culturales de la masculinidad. Pero, de nuevo, abordar francamente esos asuntos es algo que no le conviene al sistema patriarcal, pese a que están involucradas las vidas mismas de los h o m ­bres. Es decir, lo que se ínvisibíliza son las cuestiones relacionadas con la construcción del género y cómo éstas afec­tan la vida al nivel m á s personal e íntimo.

En esa línea, la de los asuntos del género, otro hecho insoslayable es que, indiferentemente del estrato social al que pertenezcan, los hombres siempre han tenido mayores privilegios que las mujeres. Aquí cabría aclarar que mí pos­tura no es que nosotras merezcamos m á s privilegios que ellos, pero sí m e interesa subrayar que muchos los deten­tan aún sin merecerlos. Posiblemente el mejor ejemplo de ello es la conformación de las planillas electorales para la postulación a cargos públicos, en las que las mujeres son sistemáticamente exclui­das de la posibilidad real de acceder a esos puestos.

Quizás lo más preocupante es que, en un obvio afán de acaparar todo el poder, al­gunos parecen haber cerrado filas para impedir el avance de las mujeres y el ple­no disfrute de sus derechos. El mejor ejemplo de esto es la férrea negativa, sobre todo en la actual legislatura, de aprobar el establecimiento de unas cuotas para los cargos públicos, si bien la propuesta presentada por la instancia para la Equidad Política era lo más equitativa posible: contemplaba un 44 por ciento de participación alternada para ambos sexos.

Los medios de comunicación también juegan un papel importante con­tra las mujeres, al excluirlas de esos espacios. Sí bien es cierto hoy día son numerosas las que trabajan en los medios, también lo es que suelen estar marginadas de los niveles de toma de decisiones, lo cual contribuye a que persista la práctica de destacar sola­mente el quehacer de los hombres, en detrimento de las vi­das y realidades de las mujeres.

De ninguna manera, en una sociedad aun incipiente­mente democrática como la nuestra, puede aceptarse que todo un género humano esté excluido o sea utiliza­do de manera antojadiza, como ocurre en la actualidad en los medios de comunicación. Con contadas excep­ciones, las mujeres no están en las juntas directivas de los medios y, por lo mismo, no son ellas quienes deci­den sobre la cobertura y los contenidos de la informa­ción. Aunque conforme aumenta la cantidad de muje­res políticas también se tiende a buscar sus opiniones para incluirlas junto a las de los políticos, ésa vendría a ser la excepción en los medios tradicionales. Las ciudada­nas comunes y corrientes sencillamente no están refleja­das en ellos.

Por otro lado, en la publicidad no se vislumbran cambios sustanciales en la utilización de imágenes estereotípicas que nada tienen que ver con las realidades de las muje­res. Los cuerpos femeninos continúan siendo moneda de cambio, terreno colonizado por meros intereses económicos orientados al consumo.

Hace un par de años, en un encuentro de mujeres periodistas en Madrid, la psicóloga española Vic­toria Sau nos instó a imaginar un m u n d o en el cual sólo a los hombres les fuera permitido hablar, un m u n d o en el que ellos nunca pudieran soste­ner una conversación con mujeres. La verdad es que nos pintó un panorama bastante deprimente.

Creo que ninguna de las presentes podíamos concebir la vida sin la interacción con los hombres - y m e atrevería a decir que también para ellos, si lo admitieran, sería inconcebible la vida sin nosotras. Y, sin embargo, no pasó m u ­cho tiempo antes que cayéramos en cuenta que ésa, justamente, era la experiencia de las mujeres en cuanto a los medios de comunicación. Nosotras nos hemos pasado prácticamente la vida entera escuchando a los hombres: oyen­do y leyendo cómo es el m u n d o de ellos, cómo lo manejan política y económicamente, cómo se lo reparten de acuer­do a sus intereses geopolítícos, dónde emprenderán sus guerras para resguardar esos intereses, y cuáles planes tie­nen para este m u n d o en el que, pese a ser habitado también por mujeres, por niñas, niños y adolescentes, a estos grupos todavía nos está vedada la participación en la toma de decisiones que afectan a un m u n d o compartido. Per­sonalmente, no quiero ese m u n d o como hoy lo manejan los hombres.

Yo planteo, y parto de mi personal vivencia, que es posible cambiar el enfoque del periodismo de manera que éste pinte no sólo el m u n d o visto desde la óptica y los intereses masculinos, sino también ese otro m u n d o que es posi­ble si tan sólo nos atreviéramos a asumir una ética de inclusión y de un mayor respeto hacia la realidad de la gen­te, sin distingos de sexo, etnía, edad o credos de cualquier índole.

No sugiero que el periodismo deje de abordar los temas que hoy cubre, pero sí planteo que es posible inyectarle una pluralidad que refleje la abundante diversidad h u m a n a en tantas dimensiones como sea posible. El periodismo pa­triarcal -ejercido por hombres Y por mujeres- resulta tremendamente aburrido no sólo para quienes conformamos la otra mitad de la sociedad, sino también para aquellos hombres que ya no quieren ver el m u n d o de manera exclu­siva desde el lente de su propio género, quizás porque han aprendido que un planeta compartido merece aportes amplios también de los grupos marginados.

Esa exclusión es además evidente en que los medios convencionales dan escasa cabida a las expresiones más jóve­nes, lo cual resulta paradójico dado que la niñez y juventud conforman un importante porcentaje de nuestra pobla­ción. Merecerían también una cobertura periodística más atenta y comprometida ciertas condiciones que marcan inexorablemente las vidas de, entre otras, las personas desposeídas obligadas a sobrevivir en las calles, particular­mente niñas, niños y jóvenes a quienes se somete a todo tipo de explotación, así como personas que se dedican al trabajo sexual, cuyos derechos son sistemáticamente violados, sobre todo por las fuerzas de seguridad.

Dicen que hay una noticia en cada esquina, y yo digo que no estamos abriendo los ojos para mirarlas.

Desde mí propia visión, ejercer un periodismo incluyente implica hacer parte de nuestra tarea las sutiles aristas de la vida y la convivencia humanas; reconocer las diferencias inherentes a las personas y sus realidades, y represen­tarlas en una justa dimensión; tomar en cuenta las voces tradicionalmente excluidas para que nos enriquezcan pe­ro, sobre todo, para que no sigan marginadas.

Mi experiencia personal en el periodismo m e ha demostrado que sí es viable ese otro m u n d o posible, en el que na­die queda fuera. M e inicié en este campo, hace casi diez años, desde una perspectiva que ya entonces consideraba feminista porque era la única forma en que podía nombrarla. Ahora sé que empecé dando mis primeros pasos con un incipiente enfoque de género, pero que no se planteaba conscientemente la ética de la inclusión. Y por ello, de­bido a mera ignorancia, dejé de lado aspectos cruciales de la vida humana.

Pero en ese camino también fui aprendiendo sobre el enriquecimiento personal y profesional que representa, en pri­mer lugar, el haberme educado acerca de la construcción de género para cada sexo. Ello m e permitió visualizar des­de una dimensión mucho m á s amplia asuntos tan importantes como la violencia y la cadena de violencia que tie­nen lugar en tantos hogares; la variedad de factores socioculturales que nos exponen a toda una g a m a de enferme­dades, y en particular a la infección por el virus causante del sida.

Entendí, además, que el machismo no es un problema sólo de hombres, sino que también las mujeres somos m a -chistas, y podemos serlo tanto como ellos, toda vez que hemos sido formadas dentro del mismo sistema patriarcal.

Comprendí que la violencia contra las mujeres no es un problema de mujeres sino para las mujeres, y que si bien se debe penalizar a hombres y mujeres que la perpetran, se requiere urgentemente campañas de sensibilización sobre esta problemática, así como un cambio profundo en la educación, de manera que ésta promueva una cultura de no violencia orientada a respetar la vida humana: no sólo la de las mujeres, la niñez y la juventud, sino también la de los hombres.

Es un hecho que sí un hombre teme caminar solo por las calles, no es porque se perciba amenazado por alguna m u ­jer. Ese hombre le teme a la violencia de su propio género, como también le tememos las mujeres. N o existe una so­la mujer en nuestro medio que, al caminar por la calle, se sienta libre de la amenaza de la violencia de algún h o m ­bre, cualquier hombre.

Tener en cuenta estos elementos y adquirir la habilidad para exponerlos en forma sencilla y comprensible, contri­buyen a que el público se sensibilice. En lo personal, no m e interesa "culpar" a los hombres por la violencia contra las mujeres, la niñez y la juventud. Lo que m e importa es que quienes m e leen o escuchan puedan visualizar las causas de esas agresiones y comprender que todas las personas ejercemos algún tipo de violencia: sea verbal, físi­ca o psicológica.

M e importa que se comprenda que esta problemática tiene sus raíces en un sistema intrínsecamente violento, con largos tentáculos que alcanzan a todos los rincones, públicos y privados, de la sociedad. M e interesa que, así como muchas mujeres hemos comprendido que ya no tenemos por qué cumplir las normas culturales que nos fueron ím-

Mujeres y el derecho a la comunicación

puestas por el hecho de ser mujeres, también los hombres visualicen para sí mismos una vida en la que el control sobre otras personas no sea más la medida de su virilidad y puedan apreciar y hacer suyos los beneficios de una convivencia armoniosa junto a quienes les rodean.

Sobre todo en los últimos cuatro años, he centrado mis esfuerzos en tres medios que se han convertido en partes in­tegrales para mí: como coeditora de la publicación feminista la Cuerda; como editora de la revista electrónica Ter­tulia y como columnista en el diario Siglo Veintiuno. Creo que en cada uno de estos espacios ha quedado plasmado el enriquecimiento personal que m e ha dado el haber asumido de manera consciente una ética que persigue refle­jar "realidades reales".

Mi propuesta, entonces, sería que desde el periodismo al menos intentemos no continuar con la política de la exclu­sión. Es decir, que nuestro quehacer refleje al m u n d o tal como es y, más importante aún, a las personas tal como son. U n periodismo que cuestione la uniformidad que encasilla a la gente en rígidos modelos imposibles de c u m ­plir. Básicamente, un periodismo que nos oxigene la vida inyectando nueva sangre a todos los ideales de nuestra digna profesión.

Laura E. Asturias, Feminista guatemalteca (10 de diciembre de 1956). Editora de la

revista electrónica Tertulia (www.la-tertulia.net) y co-editora de la publicación feminista La Cuerda (www.geoci-ties.com/lacuerda_gt). Premio UNICEF 1999 a la Excelencia Periodística. Magístrada del Primer Tribunal de Con­

ciencia sobre la Violencia contra las Mujeres (1998).

Traductora. Correo-e: [email protected]

El Derecho de Comunicar:

MUJERES SOCIEDAD déla INFORMACIÓN

Dafne Plou

L A ausencia de las perspectivas y voces de las mujeres en la sociedad de la información índica que las nuevas' tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs) reflejan los mismo patrones de género (referentes a po­der, valores y exclusión) que han sido evidentes por décadas en el viejo' medio. Es más , dichos patrones no pue­den separase de las relaciones de género existentes en la sociedad como un todo. Ni el nuevo ni el viejo medio pueden ofrecer por si mismos soluciones al problema de la inequidad de los sexos. Sus estructuras reflejan relacio­nes mucho m á s amplías en el plano social, económico y político, en las cuales las mujeres generalmente están mar­ginadas. Los nuevos' medios, así como los viejos', son vehículos primarios para la transmisión de ideas, imáge­nes e información. El tema fundamental para las mujeres es entonces quién toma las decisiones respecto de temas como el acceso, los contenidos y el control. En esencia, gran parte de los temas alrededor del nuevo medio son los mismos que han existido siempre, dado que todo sigue relacionado con la temática del poder.

La historia de un telecentro en una zona pobre muestra exactamente estos problemas. Los padres de esta comuni­dad no querían que sus hijos, especialmente las niñas, asistieran a este centro, ya que lo consideraban una "guari­da de rufianes" debido a su programa para jóvenes que habían dejado la escuela. Menos del 2% de los usuarios eran niñas. En lugar de hacer uso de los computadores, las niñas se sentaban al lado de los varones y los miraban nave­gar por Internet, jugar juegos y trabajar en el computador. El personal de entrenamiento, supervisores y soporte téc­nico eran de sexo masculino, las únicas dos mujeres proveían soporte administrativo y logístíco. La incitativa del te­

lecentro claramente fallaba en atender las necesidades de la comunidad, especialmente la de los jóve­

nes. Como resultado de esto, actualmente se están desarrollando nuevos programas y

servicios para niñas y mujeres jóvenes, de m o d o de mejorar su participación y uso del telecentro. Si miramos este ejemplo desde una perspectiva a m ­plia, surge la pregunta ¿qué pueden hacer quienes desarrollan políticas para garantizar que se cierre la bre­cha de los sexos en las TICs?

Uno de las áreas principales de preocupación es la imagen de las mujeres en Internet, que en general refuerza los estereotipos existentes y el prejuicio que limita los roles de las mujeres como actores sociales, así como su capacidad de inter­venir e influir en la vida pública. A pesar de que existen miles de

páginas w e b dedicadas a orga­nizaciones de mujeres, y medios

alternativos que brindan espacio a los temas de género, las agencias de

noticias que hacen uso de Internet

Mujeres y el derecho a la comunicación

mantienen las mismas políticas diferencíales en línea como lo hacían el papel. La tecnología se ha modificado, pe­ro las bases fundamentales no. Cuando se debe priorizar algunos temas e ignorar otros, cuando se le brinda voz o imagen a un grupo de actores sociales y no a otros, los medios nos están diciendo quién y qué es lo importante: los medios diseminan una imagen del m u n d o en la que las mujeres apenas existen.

La participación de las mujeres en todas las áreas de la vida social ha sido siempre subvaluada. Aún cuando las m u ­jeres han hechos aportes decisivos para el desarrollo económico, social, político y cultural, su compromiso no se re­fleja en el aumento de la participación y presencia de las mujeres en los puestos de toma de decisiones. Esto se de­be en parte a que los derechos de las mujeres a comunicarse están siendo limitados.

Los movimientos de mujeres alrededor del m u n d o han declarado en muchas oportunidades que favorecen un siste­m a de comunicación, tanto en el ámbito nacional como internacional, basado en principios democráticos que limi­ten los monopolios de corporaciones en la globalizacíón de las telecomunicaciones. Las mujeres han trabajado en buscar sociedades de información y comunicaciones donde el desarrollo se halle focalizado en las necesidades hu­manas fundamentales, y objetivos claros en temas sociales, culturales, económicos y de medio ambiente, y donde la prioridad esté puesta en la reducción de la pobreza y otras desigualdades, de forma que sea sosteníble. Estas m u ­jeres se han comprometido a tomar un acercamiento de género para todos los temas, incluyendo la información y la comunicación.

A pesar de esto, las mujeres continúan poco representadas en todas las decisiones referentes a las TICs, logrando que las estructuras y políticas de las TICs continúen con la presunción de que las tecnologías de la información y comunicación son neutrales al género: son las mujeres quienes deben adaptarse a las tecnologías, en lugar de con­tar con políticas de TIC desarrolladas especialmente para atender sus necesidades e intereses. Luego de tres déca­das de investigación feminista, teorización y análisis, las mujeres se hallan en una mejor situación para confrontar los problemas que las TICs significan. AI mismo tiempo, el gobierno y las sociedades civiles están comenzando a re­conocer algunas de las demandas de las organizaciones de mujeres, en lugar de ignorarlas como sucedía hace vein­te años.

Para las mujeres, lograr algún control en la comunicación y en los campos de las TICs es vital para garantizar que los recursos y beneficios de la sociedad de la información y las comunicaciones se distribuyan con igualdad entre hombres y mujeres. Con este objetivo, el movimiento de mujeres ha desarrollado un gran número de iniciativas TIC para unirse en red en la defensa y avance de los derechos de las mujeres, a niveles locales, regionales e internacio­nales: una forma de participación colectiva que también sirve para brindar mayor acceso al poder a las mujeres, para que puedan controlar sus propias vidas y las de sus comunidades.

Dafne Plou, Periodista y Consultora, Argentina.

Ese texto fue publicado por primera vez en su versión original en el Media and Gender Monitor(http://www.wac-corg.uk/pubIications/mgm/L2/contents.htmI). Traducido del Inglés por Roxana Bassi.

Aproximación

loci EDAD DE LA Información:

aportes al debate desde la perspectiva del derecho a la comunicación*

Marco Navas

C O Nsideramos importante aportar desde el campo de la comunicación a un debate que se ha venido alimentan­do los últimos años con importantes aportes académicos, pero que también ha estado impregnado con discursos li­geros y lugares comunes que es necesario revisar.

Nos referimos a un extendido fenómeno tecnológico que causa fuertes impactos en el sistema social, económico y político de todas las naciones del m u n d o . U n m u n d o globalízado, más integrado por obra y gracia de ese mismo fe­nómeno. Hablamos de una nueva forma social denominada sociedad de la información (SI).

Y es que, como se expresa en un reciente estudio al respecto: "las nuevas tecnologías que permiten crear y difundir información en todo el mundo mediante sistemas digitales están conduciendo a nuevas formas de organización so­cial y producción, y dando origen gradualmente a un metaparadigma conocido como sociedad de la información".

Para discutir entonces acerca de este metaparadigma que nos permite apreciar el rol de los avances tecnológicos en el campo de la información y la comunicación respecto de cambios sociales recientes, y perfectamente conscientes que el tema no se agota en lo que vamos a exponer, por el contrario, quizá comience nada más, nos proponemos trabajar a partir de dos interrogantes: Cómo llegamos hasta aquí; hasta este presente en el que la denominación so­ciedad de la información ha alcanzado una fuerte posición en el discurso académico de la comunicación y las cien­cias sociales; y, hacia dónde vamos en relación a esta SI.

P r i m e r a in t errogante :

¿Cómo llegamos hasta aquí? La respuesta a esta pregunta pasa por revisar de dónde surge la noción de SI, el papel de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (NTIC) frente a ella, y las visiones que existen.

C o m o lo indicamos en un trabajo anterior introductorio al tema, el surgimiento del concepto de Sociedad de la In­formación se remonta a los trabajos de Alain Touraíne (1969) y Daniel Bell (1973) respecto del cambio en las rela­ciones sociales a partir de los avances técnicos, especialmente respecto de las relaciones de poder y de las de pro­ducción. Lo importante de estos trabajos es que identificaron a la información y al conocimiento como ingredientes centrales en la sociedad contemporánea.

El tema fue recuperado en los años 90 a partir de la postura de la Unión Europea en el contexto del proceso de pri­vatización y modernización de los marcos regulatorios sobre telecomunicaciones con miras a competir en el plano tecnológico con Japón y EEUU. Sin embargo: "El término fue escogido específicamente para subrayar que la nueva sociedad por la cual ellos estaban luchando tendría un importante eje social; no se trataba simplemente de infraes­tructura (finalmente a ser apropiada y controlada por el sector privado), sino también sobre el desarrollo social e inversión, asegurando que los beneficios lleguen a la gente".

Mujeres y el derecho a la comunicación

Al paso de la década de los 90, sin embargo, el enfoque social dio paso al uso de esta terminología para justificar la necesidad de abrir los mercados al desarrollo de la economía global, y así, recogido por los Estados Unidos fue replanteado en el marco del G7 en los términos de una Sociedad Global de la Información que planteaba el reto de liberalizar y desnacionalizar los mercados de las telecomunicaciones, los medios masivos y potenciar toda industria, especialmente el tercer sector (servicios) a través de nuevas formas productivas globales.

Todo este contexto precisamente, de poder y cambio en las relaciones económicas en las sociedades y cambios fuer­tes en la dinámica de la producción y el comercio mundiales nos refiere a que la terminología respecto de la Si no es neutral, al contrarío está enmarcada en todo un contexto, cargada por lo tanto de intereses de los actores que buscan protagonismo dentro de esta nueva forma social.

Las NTIC y la Sociedad de la Información.

C o m o fenómeno social, las NTIC (o simplemente TIC) no pueden entenderse sino a partir de la creciente y relativa­mente reciente convergencia de tres ámbitos: las telecomunicaciones, la informática o computación y los medios de comunicación de masas.

La convergencia es un fenómeno técnico que se expresa en la unión o conjunción de varios sistemas e infraestruc­turas de comunicación que circulan por una misma vía. Esto implica un encuentro de tecnologías en donde la dis­tinción de la ruta o medio de acceso y de transmisión de la información queda en segundo plano y lo relevante re­sulta la forma y el espacio en que se produce el encuentro. Este espacio está construido a base de las redes, estruc­turas de conexión que soportan la comunicación.

La presencia de este, por decirlo así, nuevo espacio o territorio, es uno de los factores que caracterizan a la Socie­dad de la Información y desde un punto de vista organizativo ha rebasado la mera apreciación como un fenómeno técnico para convertirse en base un verdadero modelo de organización de la producción (organizaciones horizonta­les) y de la sociedad misma (sociedad de redes).

Otro factor fundamental para comprender la forma concreta en que las NT1C se expresan, desde un punto de vista técnico, es la dígitalización, proceso que ha intensificado la convergencia entre los campos de las telecomunicacio­nes y la informática.

La dígitalización es un proceso tecnológico, producto de la aplicación de una serie de conocimientos y saberes que orientan la realización más eficiente de la comunicación y de la información; es decir, en términos diferentes en ca­lidad y cantidad, a los que podrían ofrecer otros procesos aplicados en el pasado.

Basados en el concepto de Digital network, que expone la Unión Internacional de Telecomunicaciones, también po­dríamos decir que la dígitalización se refiere a un proceso técnico en el cual la información es convertida en seríes de distintos pulsos electrónicos y luego transmitidos como una corriente de bits (bitstream).

Lo digital describe así, a todo sistema basado en datos o eventos discontinuos, que simplifica la información de cual­quier tipo codificándola en series de unos y ceros, facilitando enormemente su transmisión.

Este proceso, que ha sido impulsado gracias al desarrollo de nuevos materiales como las fibras de silicio (fibra óp­tica) y otros, e incluso toda una novedosa g a m a de vías alternas como las nuevas formas inalámbricas de comuni­cación (wireless), comprendería una mayor posibilidad de transmisión facilitada por nuevas técnicas de compresión de datos.

Los efectos fundamentales de estos "progresos" estriban en un notable incremento de las posibilidades de difundir señales de imágenes, sonidos y datos , de manera m u c h o más veloz y, muchas veces, simultánea entre varios pun­tos distantes; haciendo posible, además de la integración de estas señales, la oferta de nuevos servicios híbridos y el surgimiento de nuevos medios comunicativos como el internet.

Sin embargo, como muchas veces se tiende a hacer, asimilar las NTC al internet no resulta exacto. Confundir el m e ­dio con la tecnologías utilizadas es inadecuado, pues como ya hemos podido apreciar, las NTC comportan m á s bien una serie de procesos que permiten el surgimiento del internet como un nuevo medio de comunicación.

Es importante enfatizar en ello, pues la visión de la red como medio nos permitiría apreciar, por un lado, el espacio donde las personas interactúan diariamente enriqueciéndolo; y por otro, el ámbito empresarial, que permite su puesta en marcha y desarrollo, con base en reglas explícitas o no, que organizan las participaciones de los nave­gantes, sean individuos o grupos. Por esta razón, creemos importante enfocar al internet como un medio cuyo fun­cionamiento es posible gracias a las NTC.

Desde un punto de vista técnico, el internet comporta "un conjunto de normas y protocolos, que permiten ínterope-rar a aquellos ordenadores que las respetan, independientemente del fabricante del ordenador, del sistema opera­tivo que use y del medio físico que utilice para conectarse (red local, línea telefónica, red digital de servicios inte­grados, rayos infrarrojos). Estas normas definen tanto la forma en que cada uno de esos ordenadores se conecta en red, como la interconexión de cada una de las redes (heterogéneas) que existen en el m u n d o . A esa interconexión de redes es a lo que se conoce como inter-red o Internet".

Es importante destacar también que con la introducción hace no muchos años de la nueva aplicación llamada world-wide-web basada en el concepto de hipertexto, cambió radicalmente el m o d o de uso de la red y ha estimu­lado su vertiginoso crecimiento. La información se organiza en páginas en las que se combinan texto, imágenes es­táticas o dinámicas, sonidos y sobre todo enlaces. Un enlace es una puerta a otra página w e b . Las páginas enlaza­das dentro de esta telaraña (web) pueden residir físicamente en ordenadores situados en ambos extremos del pla­neta y se conectan con un simple clic.

En suma, si hablamos de nuevas tecnologías de la información y comunicación (NTIC) nos estamos refiriendo a los recientes desarrollos técnicos (digitalízación) en el campo social de la comunicación. Desarrollos visibles en la emer­gencia de nuevos medios y la convergencia de nuevas aplicaciones mediáticas, que favorecen significativamente ese intercambio entre los sujetos sociales, que es en si la comunicación.

Sin embargo, la vinculación entre NTIC y sociedad de la información no puede dejar de verse desde los fuertes in­tereses y las distintas visiones en juego.

V i s iones a c e r c a d e la s o c i e d a d d e la i n f o r m a c i ó n .

Establecer una noción única de SI es imposible al momento. Sí algo busca la Cumbre Mundial de la Si planteada por Naciones Unidas para discutir el tema al m á s alto nivel entre los años 2003 y 2005, es justamente ofrecer el es­pacio para ensayar una visión compartida entre los actores involucrados, a base de algunos elementos comunes, co­m o lo veremos luego.

Articular una visión acerca de la SI es entonces una tarea bastante compleja debido a las múltiples implicaciones que encierra el término. De ahí que lo abordemos desde las perspectivas más importantes que actualmente se han formulado.

U n primer aspecto sobre el tema parte de una visión de los procesos tecnológicos que cambian la sociedad, sobre los que ya hemos adelantado algo. En este contexto, se destaca desde procesos como la digitalízación y la conver­gencia, cierto modo técnico-operativo en el que las tecnologías de acopio y procesamiento de información tratan y difunden datos, lenguaje y conocimiento. Este m o d o está sustentado en el llamado modelo matemático de la infor­mación propuesto hace décadas por Shanon y en otras formulaciones que vienen de la cibernética y la teoría de sis­temas.

De allí que cuando se discute acerca de la sociedad de información se exponen una serie de indicadores sobre la "penetración" de las NTIC y la "conectívidad" y se enfatiza en asuntos como el procesamiento, almacenamiento y ve­locidad de transmisión de información con miras a potenciar la producción de bienes y servicios. Al respecto se se­ñala que "vivimos en una sociedad informacional".

Adicionalmente a lo anterior, la Si se distinguiría por una mayor capacidad de producción de conocimientos. De m a ­nera que junto a los procesos técnicos ya señalados, como bien resalta Abril, "los procesos científicos, la ciencia co­m o sistema de producción de conocimientos -y también como sistema de control social- desempeñan un papel cen­tral en la sociedad contemporánea", que es, en este segundo sentido, una "sociedad informada".

En esta sociedad informada, el conocimiento no se aplicaría solamente al mundo de la producción en función de ali­viar lo que Norbert Bolz ha llamado "las cargas corporales del hombre", sino también "a ensanchar su patrimonio intelectual". Es decir, dentro de un uso superintensívo del conocimiento, nunca antes visto, se estaría ejerciendo la autología (la aplicación del conocimiento al conocimiento). De ahí, concluye el citado autor, "que el conocimiento será el recurso esencial de la cultura en el próximo milenio y que tendrá sus fundamentos en la teoría de los m e ­dios...".

Un segundo aspecto que determina el carácter de la SI tiene que ver, como ya adelantamos, con las fuertes relacio­nes entre los avances tecnológicos de las comunicaciones y la globalización económica. En este sentido, la tecnolo­gía que impulsa las llamadas las autopistas de la información, permite una mayor conexión entre los agentes eco­nómicos, disponibilidad m á s rápida de capitales e información estratégica, y en consecuencia, posibilita la expan­sión de la economía en términos planetarios y de la m a n o de grandes grupos empresariales que son los "los arqui­tectos de esta sociedad global", como los ha bautizado N o h a m Chomsky.

Sobre estas relaciones entre mercado global y sociedad de la información existen, como hemos podido advertir, po­siciones optimistas y críticas. Uno de los puntos comunes de las posturas optimistas es que las relaciones antes alu­didas tienden a leerse como equiparamiento, es decir: libre mercado = libre flujo informativo. Ello significa que la acepción e ímplementación de la globalización (entendida como un orden económico único y basado en un princi­pio de libertad comercial) es asimilada al concepto de libre flujo informativo, con lo cual se ha ignorado sistemáti­camente el problema de las profundas desigualdades en materia de comunicaciones entre los países ricos y pobres, y también al interior de estos países.

La Si tiene una articulación fuerte, sin duda, con el fenómeno de la globalización y es justamente en el contexto in­ternacional. Un contexto en donde se observa una cada vez m á s fuerte tendencia a la desnacionalización de la to­m a de desiciones, en donde es preciso discutir los retos que la SI plantea. Un medioambiente informativo ubicuo, como lo designa en un interesante estudio reciente Deborah Hurley, torna más complejo el reto de analizar todas

Mujeres y el derecho a la comunicación

las interacciones, o interfaces, si se quiere entre los ciclos de desarrollo de las tecnologías y las relaciones de poder y propiedad, los flujos de comercio, las inequidades y las grandes necesidades de la mayoría de la humanidad.

U n tercer aspecto se relaciona con los cambios dentro de los dos entornos de espacio que conocíamos hasta hace pocos años: la naturaleza y entorno urbano, a raíz de la aparición de un "tercer entorno": el virtual. Esto está pro­vocando importantes transformaciones en el entendimiento y vivencia social del espacio y también del tiempo; al romper las estructuras topológicas y métricas propias de los entornos tradicionales e instituir, c o m o dice Javier Eche­verría, "ámbitos trans - territoriales e incluso trans - temporales de interacción a distancia".

Es decir, en la sociedad de la información existe un m á s allá del territorio local o nacional y una cercanía casi ínti­m a con contextos y personas antes ínnombradas y desconocidas. En esta nueva forma de relación el tiempo y el es­pacio se habrían virtualizado al disolverse fronteras y distancias..

Ahora bien, respecto a las formas y contenidos que circulan en la Si, existen muchas expectativas, así como otras m á s en torno a la posibilidad de construir modelos m á s equitativos de una sociedad de la información.

En torno a lo primero, aplicando las palabras de Lyotard, el desarrollo de las NT1C podría representar la disolución de los grandes relatos. De tal manera que, con cierta orientación se podría promover desde el espacio público el re­conocimiento y la dignificación de las diversidades, dejando emerger la palabra de las minorías de todo tipo en el m u n d o . En ese contexto, la sociedad de la información se definiría potencialmente como el lugar de expresión, en­cuentro e intercambio de los distintos decires.

En relación a la construcción de otros modelos de SI, m á s allá de las perspectivas meramente técnicas y de los in­tereses económicos de los grandes arquitectos del orden global, "un problema con el actual uso de la Sociedad de la Información, es que, a menudo presenta las tecnologías de información y comunicación, y el acceso a ellas, co­m o fines en sí mimas en vez de herramientas que son medios". Re-enfocar el tema en los medios para estructurar unos fines sociales pasaría por recuperar el debate inicial sobre la SI sobre que la información juega un papel ca­da vez m á s relevante en todos los aspectos de la vida social, no solo los productivos, sino también los de participa­ción política, desarrollo h u m a n o , simbólicos y culturales, entre tantos. Este enfoque m á s amplío nos indica Ó Sioch-rú ha dado surgimiento a la idea de la sociedad del conocimiento.

Sí bien, falta mucho por debatir acerca de la SI, fundamentalmente sobre si alude a un nuevo tipo de sociedad, a nuevas posibilidades para la democracia y el bienestar, o si se refiere a unas formas tecnológicas que refuerzan con renovado poder las estructuras sociales injustas, sin que pueda hablarse de una sociedad cualitativamente distinta a la tiempo atrás, los elementos tratados ofrecen el panorama de las posibilidades que giran alrededor de la Socie­dad de la Información.

Segundo interrogante:

¿Hacia dónde vamos y qué hacer desde una visión de los derechos a la comunica­ción?

Una vez puestos sobre el tapete algunos elementos para comprender la Si, y pasada revista a la relación entre la SI y las NT1C, restaría precisar que ventajas tendría una visión de la sociedad de la información desde los derechos hu­manos , y m á s concretamente, desde el derecho a la comunicación.

Surgido a finales de los años 60, el derecho a la comunicación es aún un concepto innovador a nivel internacional, frente a las formas tradicionales de ver desde los derechos al campo de la comunicación: libertad de expresión y de­recho a la información.

Este nuevo concepto, por cierto, no buscaría sustituir las anteriores nociones pero si expresa un intento de integrar­las dentro de una visión integral e interactiva de la comunicación como proceso de intercambio de significaciones.

El derecho a la comunicación es hoy por hoy m á s que un derecho definido por el derecho internacional de los dere­chos humanos -es decir incluido en tratados e instrumentos específicos y concretos- un campo disciplinar desde el cual poder comprender todos los impactos que las TIC han producido en la vida social y en las personas como indi­viduos. Es a la vez, un plano a partir del cual proteger y promover las potencialidades de las personas con respec­to del acceso, uso y apropiación de estas tecnologías comunicativas, para mejorar su vida y poder vivirla con dig­nidad.

C o m o campo disciplinar el derecho a la comunicación debe ser el espacio que permita la formulación de propues­tas concretas para que se conviertan en derechos, en enunciados con fuerza legal y exigibles. Esa labor está hacién­dose por parte de muchos interesados en el tema, organizaciones y academia desde varias perspectivas y con inten­sidades distintas.

Existen trabajos que enfatizan en lo complejo del tema y desde una retórica filosófica buscan destacar la importan­cia de un nuevo derecho a la comunicación como condición de un estado democrático de derecho, ensayando defi­niciones de tipo formal.

Esto no dejando de ser importante debe derivar en una labor de definición m á s técnica sobre cuales son los dere­chos a la comunicación necesarios para construir la Si.

Otros trabajos recientes han puesto su interés en esta labor de precisión, intentando integrar elementos de los de­rechos anteriores -ya consagrados- con nuevos derechos en materia de comunicación. Así por ejemplo el proyecto de Declaración sobre el Derecho a la Comunicación del profesor Cees Hamelink que propone como elementos claves en este campo: los derechos de información; culturales; de protección; colectivos y participación.

Sin embargo de estas reflexiones importantes el tema de los derechos a la comunicación está aun por definirse.

Trabajar sin aportar a una definición sólida de derecho a la comunicación o definiendo contenidos concretos pero que constituyan una mera repetición de textos sobre derechos ya consagrados, o aún peor con novedosas formula­ciones pero que afecten derechos antiguos como la libertad de expresión y el derecho a la información, son todas alternativas que pueden llevar m á s que a un resultado efectivo a graves retrocesos en el posicionamiento del tema. En ello coincidimos con las críticas formuladas al documento de Hamelink.

Consideramos que resulta m á s efectivo identificar cuales son las potencialidades y necesidades humanas relativas al acceso, uso y apropiación de las TIC y de la comunicación en el contexto de la SI.

Hay que trabajar entonces en la mejor forma de enunciarlas como derechos pero también en armonizar estos noví­simos enunciados con la lógica propia y fines de los derechos ya existentes. Además no es posible descuidar el tra­bajo sobre otros derechos humanos impactados en cuento a su ejercicio por este fenómeno de la SI: privacidad, in­timidad y buena reputación, seguridad, libertad de movimiento, libertad de asociación, educación, cultura, traba­jo, etc.

Además , desde una óptica estratégica la labor de re-significación que amplíe la protección que otorgan los derechos tradicionales, sobretodo a través de la interposición de demandas y la consiguiente labor ante los tribunales y jue­ces, no es un aspecto desdeñable.

M á s allá de superar estas dificultades, lo importante del trabajo a partir de un enfoque de derechos radica en en­frentar una política equivocada que privilegia de las metas económicas sobre las necesidades humanas, y empezar a promover una noción de dignidad h u m a n a en una sociedad de la información con libertad, pero a la vez con jus­ticia y solidaridad.

© Dr. Marco Navas Alvear, Doctor en Jurisprudencia. Profesor de Derecho a la Información de la PUCE

Miembro de la Asociación iberoamericana de Derecho a la Información, Consultor de la representación en Ecuador de la Fundación Friedrich Ebert 1LDIS, y del Proyecto Latinoamericano de Medios de Comunicación de esta enti­

dad. E MaiI:mnavas@ildís.org.ec (se puede citar citando la fuente)

C O N T E N I D O

Presentación 5

Nuevos escenarios. Nuevas propuestas

Reflexiones de intervención desde el género 7

Uca Silva

Exígíbilídad de los derechos de las mujeres

ante los medios de comunicación 14 Gilma Andrade Moncayo / Gloría Maíra Vargas

El derecho a la comunicación

Nuevos retos para el movimiento de mujeres 2 4

Sally Burch

Un periodismo que refleje al m u n d o 2 8 Laura E. Asturias

El derecho de comunicar.

Mujeres en la sociedad de la información 3 2

Dafne Plou

Aproximación a la sociedad de la información. Aportes al debate desde la perspectiva

del derecho a la comunicación 3 4

Marco Navas.

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