Monografia Marsilio de Padua

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Matas Ezequiel Pettinaroli L.U: 32209764 E Mail: [email protected]

La concepcin del reino y de la Iglesia de Marsilio de Padua: el rechazo de la doble soberana, conduce a la perdida de la universalidad de la Iglesia?

Objetivos del trabajo En el Defensor de la Paz, Marsilio de Padua pretende resolver lo que para algunos es el principal problema de la filosofa poltica medieval: el problema de la doble soberana, es decir, el conflicto entre el gobierno espiritual de la Iglesia, cuya cabeza es el Papa, y el gobierno temporal. Este conflicto, que histricamente tuvo su mayor ejemplo en lo que se conoce como la querella de las investiduras, represent durante la edad media un problema que convoc el inters de diversos pensadores que, ya sea defendiendo las pretensiones papales o las seculares, indagaron sobre los fundamentos de la soberana y nutrieron el campo de la discusin terica en torno a la teora del gobierno, sentando las bases de lo posteriormente llegar a ser la filosofa poltica. El objetivo de Marsilio es sentar los fundamentos tericos del gobierno civil a la vez que demuestra la supremaca de este sobre cualquier otra instancia en la tierra. De ms esta decir que el enemigo de Marsilio en esa obra es la Iglesia de Roma. Por lo tanto, en el Defensor de la Paz Marsilio se ocupa del conflicto entre el poder espiritual y el temporal, tomando partido por el ltimo y atacando la pretensin del papado romano a la plenitudo potestatis. Pero el objetivo de Marsilio no se limitar a refutar los principios tericos de la monarqua papal a partir de demostrar la ilegitimidad de sus pretensiones. Tambin ser necesario que encuentre otra instancia donde colocar el poder gubernativo de la Iglesia y el fundamento de su soberana. Por lo tanto, a la vez que niega todo componente de auctoritas al clero sobre el poder civil, debe fundamentar este ltimo de modo tal que no quede supeditado a los fines espirituales del clero. Esto es lo que realiza en las dos primeras dictios que conforman la obra. En otras palabras, Marsilio se propone desarmar la estructura jerrquica de la Iglesia tal como se daba en su tiempo, reformular el campo de accin de la institucin religiosa y someterla a la autoridad civil. De este modo segn Marsilio se dar solucin a la principal causa de discordia en los reinos cristianos.

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Ahora bien, tiene consecuencias sobre la universalidad de la Iglesia las tesis de Marsilio del reino y de la Iglesia a partir de las cuales ataca la plenitudo potestatis del Papa? Este es el problema que motiva el presente trabajo. Nuestro objetivo ser exponer crticamente este intento del Defensor de la paz de replantear las bases de la institucin eclesistica en defensa de la autonoma del poder terrenal. El nivel critico del presente trabajo residir en elaborar posibles consecuencias que se desprenden de las tesis de Marsilio de Padua, ms precisamente en relacin a la universalidad de la Iglesia. En otras palabras, queremos indagar si en la concepcin de Marsilio del Padua del reino y de la Iglesia que desarrolla a lo largo de El defensor de la paz se compromete el carcter universal y unitario de la Iglesia Catlica. Como veremos, en el intento de reorganizar la jerarqua de la Iglesia colocando su autoridad mxima en la misma instancia que gobierna al reino, Marsilio reduce los lmites de la comunidad de fieles a los lmites de la comunidad poltica. Por eso, indagar qu entiende Marsilio por reino y en que referente histrico est pensando con ese concepto, nos pondr inmediatamente en el camino de preguntarnos sobre los lmites de la Iglesia. Por lo tanto lo que queremos analizar aqu es si en el intento de atacar las tesis papistas a partir de una nueva concepcin del reino y de la Iglesia, Marsilio no compromete una de las notas fundamentales atribuidas por Cristo a su Iglesia. Pero al considerar esta cuestin nos introduciremos en otra que le es inseparable: la extensin de la comunidad poltica. Como explicaremos ms adelante, para poder indagar en torno al tema de extensin de la Iglesia, tenemos que determinar, al menos solo en carcter de conjetura, cual es la postura de Marsilio en relacin a los lmites del reino, es decir, si es un autor imperialista que aboga por la constitucin de un reino universal o, por el contrario, defiende la multiplicidad de estados soberanos. Una pregunta valida es por qu interesarnos por la universalidad o no universalidad de la Iglesia marsiliana? Lo haremos porque, en mi opinin, si el plan presentado en El defensor de la paz de reorganizacin de la institucin eclesistica, tiene como corolario la perdida de la universalidad de la Iglesia de Cristo, la posicin del planteo marsiliano queda disminuida en relacin al planteo papista, el cual s puede sostener la exigencia de universalidad instaurada por Cristo1. La estrategia de nuestro trabajo ser, en primer lugar, desarrollar la teora hierocrtica del papado, ya que es contra ella que Marsilio argumenta en el Defensor de la Paz. A continuacin reproduciremos los puntos principales de la estrategia de Marsilio para refutar las pretensiones papales a la plenitudo potestatis. Una vez hecho esto habremos asentado las bases para discutir las posibles consecuencias en relacin a la extensin de la comunidad de fieles. Por ltimo analizaremos si es posible encontrar una interpretacin de la teora de Marsilio que, sin comprometer sus logros en relacin a la deslegitimacin de las tesis del papado, permita sostener a su vez la universalidad de la nueva Iglesia que el promueve.

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Esto no implica ningn tipo de posicionamiento en relacin a la disputa que Marsilio, como defensor del gobierno secular, emprende contra el papado. Es decir, no se est presuponiendo el carcter universal de la Iglesia de Roma. Lo que queremos decir es que el papado romano tena los argumentos (legtimos o no) para afirmar la universalidad de su gobierno espiritual. Contra esos argumentos es contra los que dirige sus ataques Marsilio con el fin de deslegitimar las pretensiones papistas.

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Introduccin: las bases tericas de la plenitudo potestatis del Papa La clave para entender la concepcin papista acerca de las relaciones entre el poder espiritual y el temporal hay que buscarlo en el siguiente pasaje ubicado en Mateo xvi, 18-19, en el cual se encuentra, segn el papado, el registro de la fundacin de la comunidad espiritual en la tierra y el nombramiento de Pedro como autoridad mxima de esta Iglesia:T eres Pedro, y sobre esta piedra edificar mi Iglesia [...]. Yo te dar las llaves del Reino de los Cielos. Todo lo que ates en la tierra, quedar atado en los cielos, y todo lo que desates en la tierra, quedar desatado en los cielos2

Como adelantamos, en este pasaje Jesucristo funda su Iglesia y expresa su voluntad de dejarle a Pedro la responsabilidad de gobernar sobre los que la integren y aspiren al Reino de Dios. En este pasaje tambin se encuentra, segn la interpretacin papista, la atribucin del poder de las llaves a Pedro (potestas clavium) por el cual su voluntad y todas las acciones que este realice en la tierra todo lo que ates y todo lo que desates- tendrn su consecuencia en el cielo. En tanto los Papas se consideran sucesores de Pedro, todo el poder que Cristo atribuyo a Pedro con la potestas clavium tambin les pertenece3. El papado interpretaba este pasaje como una atribucin de Cristo a Pedro y a sus sucesores de soberana total sobre los actos de los fieles, considerando que con todo lo que ates o todo lo que desates hay que entender todo, es decir, poder sobre todas las dimensiones de la vida de los hombres con el fin de guiarlos a la salvacin4 Para comprender esto y siguiendo el planteo de Ullman, hay que tener en cuenta como un elemento importante de las tesis papistas, el carcter jurdico que le atribuan a las palabras de Cristo, el cual al fundar la Iglesia instituy una comunidad regida por la ley del evangelio. Adems hay que considerar el carcter jurdico del bautismo, por el cual los hombres pasan a formar parte de la comunidad espiritual y salen de la mera animalidad en la cual nacieron5. A diferencia de lo que puede pensarse, el ser cristiano no era en la Edad Media una dimensin ms de la vida entre otras tantas. Actualmente se suele fragmentar la vida del ser humano en esferas distintas: la religiosa, la cultural, la moral, la poltica, la econmica, etc. En la concepcin medieval la salvacin del alma era el fin principal del hombre en la tierra y todos sus actos deban estar encaminados a conseguirlo, por lo cual, cada uno de estos actos, era evaluado en relacin a ese fin principal. Este hecho era considerado por el papado como razn suficiente para justificar su autoridad sobre todos los cristianos, desde los siervos hasta los reyes. Si el Papa es la autoridad mxima de la Iglesia y por ende, el2 3

Mt. 16, 18-19 El papado justifica este derecho de sucesin aludiendo a una supuesta carta que el Papa Clemente I le escribi a San Jaime. En esta carta supuestamente San Pedro, antes de morir, nombr a Clemente su sucesor y le entreg el poder de las llaves al igual que Cristo lo hizo con l. Es importante declarar que el acto de sucesin, de acuerdo al derecho Romano, implicaba una continuacin de la persona del difunto en el sucesor. De acuerdo a Ullman, desde el punto de vista jurdico, no existe diferencia entre el heredero y el extinto Ullman, W. (1985) p. 42. En el caso del Papa lo que hered de Pedro es su oficio, su poder de atar y desatar pero no su carisma y sus virtudes, razn por la cual los Papas se llamaban a si mismos indignus heres. 4 Cf. Ullman (1985) p. 40 5 Cf. Ullman (1985) p. 38

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principal responsable de conducir a los hombres a la salvacin, entonces tiene derecho a pedir cuenta a todos los cristianos de sus actos. 6 As lo entenda el Papa Bonifacio VIII, el cual en la Bula Unam Sanctam afirma:Por apremio de la fe, estamos obligados a creer y mantener que hay una sola y Santa Iglesia Catlica y la misma Apostlica, y nosotros firmemente lo creemos y simplemente lo confesamos, y fuera de ella no hay salvacin ni perdn de los pecados

Y concluye diciendo: Ahora bien, declaramos, decimos, definimos y pronunciamos que someterse al Romano Pontfice es de todanecesidad para la salvacin de toda humana criatura

En estas palabras tenemos tal vez la mayor reivindicacin de la plenitud de poderes del Papa. No solo Bonifacio esta afirmando la autoridad incuestionable del papado sobre la Iglesia Catlica, sino que esta diciendo que por fuera de ella no hay posibilidad de entrar al Reino de los Cielos; o en otras palabras, cuestionar la autoridad del Papa equivale a la condenacin eterna. Asumiendo una responsabilidad exclusiva sobre la dimensin espiritual del hombre -la cual es considerada de una importancia superior a la dimensin material, ya que compromete al hombre con la felicidad eterna-, el Papa se coloca por encima de cualquier poder terrenal. En tanto es cabeza de la comunidad espiritual, la cual trasciende las fronteras polticas de los reinos terrenales, se constituye como un gobierno universal al cual deben responder todos los fieles cristianos. El carcter universal del gobierno papal se debe a que, el Papa, se considera el legtimo sucesor de San Pedro y la nica puerta de entrada al Reino de Dios, al cual todos los hombres estn llamados, sin importar su nacin. En consecuencia, el gobierno del Papa no est circunscripto a los lmites de ningn reino en la tierra. Adems, siguiendo con la postura papal, es el Papa el que tiene la ltima palabra en relacin a la interpretacin de la escritura. De acuerdo a esta afirmacin, las bases del dogma catlico estaran en la persona del representante de Cristo en la tierra, de modo que este es el garante de la unidad de la Iglesia. A esto hay que sumarle el hecho de que el papado no solo se consideraba monarca espiritual de los cristianos, sino que aludiendo a una supuesta donacin de Constantino al Papa Silvestre I, el papado alegaba tener soberana temporal adems de la espiritual temporal. Para terminar este breve repaso de los fundamentos tericos del poder papal, mencionemos la influencia que en esta concepcin ejerci el neoplatonismo de Pseudo- Dionisio. 7 Las tesis de este tienen como punto de partida una concepcin de la realidad basada en la diferenciacin de distintos planos ontolgicos jerarquizados. Partiendo de un principio supremo, que por su excelencia y plenitud es6

Esta responsabilidad segn el papado fue encomendada a Pedro cuando Jess, en tres ocasiones, luego de que aquel le haya respondido tres veces afirmativamente a la pregunta de si lo amaba, le respondi: apacienta a mis ovejas (Jn. 21, 15-19) 7 Cf. Ullman (1985) p. 49 y siguientes.

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fundamento de todo lo que es, estando l a su vez ms all del ser, la realidad se constituye en varios niveles ontolgicos de grado decreciente, todos dependientes del primero y supremo. El Papado se inspir en esta concepcin de Pseudo Dionisio para constituir su propia imagen de la Iglesia. El Papa seria la cima de la Iglesia, el fundamento de su unidad que se coloca por fuera de ella sosteniendo todo el edificio espiritual. Habiendo recibido su poder de Cristo para conducir a los hombres a la salvacin, son la fuente de la cual proviene toda otra potestas sobre la tierra. Por esta razn los gobiernos civiles deberan responder de todos sus actos a la cabeza de la Iglesia y someterse completamente a su poder. De acuerdo a las afirmaciones de la Bula Unam Samctam, el Papa es la espada espiritual y los gobiernos civiles son la espada temporal que debe colaborar con la primera en el mantenimiento de la unidad de la Iglesia. Trasladando el lenguaje neoplatnico de Pseudo Dionisio a las relaciones del Papa con los gobiernos temporales, estos ltimos dependen ontolgicamente del primero, es decir, reciben su ser de l, lo cual puede expresarse diciendo que el poder temporal existe en funcin de los fines del gobierno espiritual. Con la frase la sagrada autoridad de los pontfices y la potestad de los reyes8, el Papa Gelasio estaba destacando la superioridad de la posicin del Papa con respecto a los reyes. Dice Castello Dubra sobre esta cuestin:la sutil terminologa de Gelasio, bien interpretada a luz del derecho pblico romano, muestra todas sus implicancias ocultas: el papado ocupa el lugar de la auctoritas, esto es, la sede ltima con capacidad y calificacin para crear normas vinculantes, mientras que el poder real queda relegado a la potestas, el mero poder de ejecucin de lo establecido por la autoridad.9

Ante esta teora que pretenda justificar el la supremaca del papado sobre cualquier otro poder en la tierra, es que reacciona Marsilio de Padua y contra la cual dirige sus ataques en El Defensor de las paz A continuacin pasaremos a desarrollar el planteo marsiliano por el cual pretende refutar estos argumentos de la plenitudo potestatis papal. Primera dictio: definicin del regnum y la fundamentacin del poder poltico En la introduccin dijimos que el intento de Marsilio de refutar los fundamentos del poder papal, lo obliga a indagar sobre fundamentos del poder poltico distintos a los considerados en la teora hierocratica, para poder colocar en el gobierno civil la comunidad de fieles en reemplazo de la Iglesia romana. A continuacin desarrollaremos los puntos principales de la teora de gobierno de Marsilio que tiene lugar en la primera dictio del Defensor de la Paz. instancia de poder que gobierne sobre la

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Cf. Gelasio, Epist. VIII (PL LIX, 42a). Castello Dubra, J. (2002) p. 16

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Antes de tratar el problema que le interesa, es decir la causa de la perdida de la paz en los reinos cristianos, Marsilio cree conveniente dejar en claro qu se entiende por reino (regnum), como se originaron los distintos reinos, cuales son sus partes y la deduccin de cada una de ellas. 10 Lo primero que tenemos que destacar es la teora organicista del reino que, siguiendo a Aristteles, construy Marsilio. De acuerdo con esta concepcin, la ciudad o reino es como un animal, con distintas partes que trabajan en armona en bsqueda de un fin comn. Al igual que la salud en los animales es la buena disposicin de las partes y el cumplimiento de sus funciones naturales, la salud del reino, que es la paz, se da cuando cada parte cumple con su funcin. Lo contrario seria que una parte quiera cumplir con las funciones de otra, lo cual solo puede tener como resultado la discordia dentro del reino.Citando a Aristteles, Marsilio define el reino y sus fines como: una comunidad perfecta, que llena por s todos los requisitos de suficiencia, como es consecuente decir, creada ciertamente para vivir y persistiendo para bien vivir11. A continuacin se insiste en el carcter natural de la sociabilidad humana. Solamente alguien que no tiene uso de su razn no comprendera las ventajas de la vida en sociedad, ya que este es el nico medio en que se pueden desarrollar las artes que permiten satisfacer todas las necesidades de la vida. Por consiguiente, el vivir bien en esta vida es el fin de la comunidad poltica. Sin esta ltima aquel fin seria imposible, razn por la cual los hombres tienden a vivir en sociedad. A continuacin se ocupa de las partes u oficios del reino y de las finalidades especficas de cada una. Estos oficios son los de los agricultores, los artesanos, los tesoreros, los soldados, los sacerdotes y los jueces o gobernantes. De estos seis oficios, todos a excepcin del sacerdocio existen en funcin de alcanzar la buena vida en la tierra, cada uno satisfaciendo una necesidad natural o resolviendo ciertos conflictos que pueden generarse en la convivencia, como el militar o tambin, como desarrollaremos ms adelante, es el caso de la parte gobernante. En el caso del sacerdocio, su fin no est en esta vida sino en la otra, luego de la muerte. Su fin es conducir a los hombres al Reino de Dios, ya que estos necesitan ser redimidos y liberados de sus pecados a causa de su naturaleza corrupta. Esta misin fue encomendada por el mismo Cristo a sus apstoles antes de irse. Los sacerdotes serian los sucesores de aquellos en esta tarea. Adems otra cosa que diferencia a la parte sacerdotal es el hecho de que, a diferencia de las otras partes del reino, su necesidad no puede ser demostrada racionalmente sino que debe aceptarse como un artculo de fe. Ahora pasemos a considerar la parte gobernante cuya finalidad radica en contener los disturbios y castigar a aquel que atente contra la paz del reino. Tiene el fin fundamental de conservar la paz en el reino, lo cual, si recordamos la analoga organicista, equivale a la salud en los seres vivos. Sin paz es imposible que subsistan las otras funciones u oficios de la ciudad, por eso el gobierno equivale al corazn en los seres vivos. Si bien la vida en sociedad es una tendencia natural de los hombres, eso no10

De ms est decir que la base terica sobre la que construye su concepcin del reino y del poder poltico es el pensamiento poltico de Aristteles. No obstante, segn la interpretacin de Castello Dubra, la adopcin de las puntos de los puntos de vista aristotlicos van acompaados en igual mediada de un alejamiento de ellos, por lo cual el desarrollo de Marsilio toma un carcter propio. Volveremos sobre esto ms adelante (cf. pp. 17 y 18) 11 Marsilio de Padua, El Defensor de la paz [de ahora en ms DP] I, iv, 1[de la Traduccin de Luis Martinez Gomez.,1989 p. 14, 1989] y Aristteles, Poltica 1. 1,c. 2; 1252 b 27-29

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impide que intenten sacar ventajas de las fuerzas de los otros, razn por la cual no pueden dejarse librados a su voluntad sin un poder coactivo que los controle. Entonces, el gobierno con poder coactivo y el control de la fuerza para imponer sus decisiones es necesario, porque sin l la paz seria imposible. De aqu en ms habr que tener presente que, para Marsilio, autoridad poltica es sinnimo de autoridad coactiva. Pero no es solo eso, o al menos, no es tan simple. El poder coactivo no equivale a que el gobierno imponga su voluntad caprichosamente, lo que ms bien seria despotismo. Es fundamental en el planteo marsiliano su insistencia en el orden legal que debe guiar al gobernante. La ley es aquello que debe estar por detrs de todas las decisiones del gobernante, el cual solo es un ejecutor de aquella. En el capitulo X de la primera dicto, segn Marsilio la ley puede considerarse de dos maneras. La primera seria la correspondiente a lo que podramos denominar su aspecto material, aquello de lo que trata, esto es, de la determinacin de lo justo e injusto. La otra manera seria su aspecto formal y esto se corresponde a la coactividad de la ley. En este ltimo sentido, la ley es un precepto coactivo, de carcter vinculante para aquellos que se someten a ella y por ende, implica castigo a aquellos que la transgredan. Parecera que de los dos aspectos mencionados de la ley, para Marsilio el fundamental es su coactividad, ya que dice que no todos los conocimientos verdaderos de lo justo y conveniente civil son leyes, si ni hay en ellos un precepto coactivo. Por ende, la coactividad es la esencia de la ley y no su justicia. No obstante, en ese mismo prrafo agrega: si bien ese conocimiento verdadero [es decir, de lo justo] necesariamente se requiere para la ley perfecta.12 Ahora bien, Por qu la ley debe estar a la base de todas las decisiones del gobernante? Nuevamente basndose en la doctrina de la Poltica, Marsilio afirma que la ley es la garanta de la neutralidad y justicia de los actos de los gobernantes. Si este actuara sin los lmites de la ley y basara todas sus decisiones en su voluntad, se correra el peligro de los abusos o deficiencias resultantes de las pasiones de la/s persona/s al frente del gobierno. Un gobierno no basado en la ley hara que la variabilidad de los estados de animo se traslade a la toma de decisiones en casos especficos, de modo tal que frente a un mismo delito, el gobernante, en una ocasin tome medidas de exagerado rigor y en otra, por el contrario, no tenga el rigor correspondiente con la gravedad del delito. En cambio, en un gobierno basado en la ley, estos problemas se evitaran en tanto que las disposiciones para la convivencia y la pena por transgredirlas, estn fijadas y son independientes del estado de nimo del que las ejecuta. Con respecto a la ley la pregunta fundamental gira en torno a su origen. Ese es el problema del cual se ocupa el capitulo XII. Este problema es fundamental en el planteo de El Defensor de la paz porque nos coloca frente a la cuestin de cual es el fundamento de la autoridad poltica. En otras palabras, como se justifica que en el seno de una comunidad de hombres exista una instancia de autoridad a la cual todos deben someterse? Esto es lo que Marsilio pretende responder, lo cual es fundamental para sus intereses de negar el gobierno papal, porque como ya dijimos, para eso necesita encontrar un origen o fundamento del poder coactivo que no sea la mera defensa de la fe, tal como lo conceba el papado. Yendo al punto que nos interesa, en donde coloca Marsilio el origen de la ley? en la voluntad de la totalidad de los ciudadanos (universitas civium) o en todo caso en su parte ms importante (valentiors pars), entendiendo por ms importante una superioridad tanto numrica como cualitativa. Es decir, en12

DP, I, x, 5 (p. 43 ed. 1989)

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a la soberana popular Marsilio encuentra el fundamento del poder poltico, de modo que construye una teora de gobierno de carcter ascendente que le permite independizar al poder temporal del poder espiritual. Para demostrar que la coactividad de la ley tiene su origen en la voluntad popular, Marsilio expone tres argumentos de tipo silogsticos. Resulta importante que los repasemos porque estos argumentos son los que utilizar en lo que resta del libro para demostrar solo modificando la premisa menor- que en la voluntad popular reside el origen del gobierno y mediante este, la voluntad ejecutora que organiza las diversas partes del reino, y lo que ms nos interesa a nosotros, la organizacin de la Iglesia. El primer argumento es el siguiente: 1- La autoridad legislativa le corresponde a aquel que puede dar leyes ptimas. 2- Las leyes optimas solo pueden venir de la totalidad de los ciudadanos o de su parte prevalente 3- Por lo tanto, la totalidad de los ciudadanos o su parte prevalente es la que tiene la autoridad legislativa. Mientras que la primera de las premisas Marsilio la considera evidente y sin necesidad de ser demostrada, a la segunda premisa le dedica una subargumentacin para justificarla. Tomando de Aristteles el supuesto de que la mejor ley es aquella que promueve el bien comn, Marsilio demuestra que el mejor legislador es la totalidad de los ciudadanos o su parte prevalente alegando que solo ella es la que puede cuidar que las leyes promuevan el bien comn, porque es la que mejor sabe donde buscarlo y la nica que puede quererlo, a diferencia de lo que sucedera si la autoridad legislativa estuviera solo en una parte de los ciudadanos. En este ultimo caso las leyes serian parciales, solo atenderan a los intereses de la parte legislativa. En cambio si el legislador es la totalidad, los intereses defendidos serian los de la totalidad13. El segundo argumento podemos expresarlo de la siguiente manera: 1- El mejor legislador es aquel que mejor puede garantizar su cumplimiento 2- El que mejor puede garantizar el cumplimiento de las leyes es la totalidad de lo ciudadanos o al menos su parte ms importante. 3- Por lo tanto, la totalidad de lo ciudadanos o su parte ms importante es la autoridad legislativa. Nuevamente, como en el primer argumento, da por evidente la primer premisa y le dedica una subargumentacin a la segunda. Recurriendo otra vez a Aristteles, observa que en tanto la obligatoriedad es parte esencial de la ley, la ley existe para ser cumplida y si el que la impone no puede hacer que se acate no es buen legislador. Despus demuestra que este es la universitas civium diciendo13

Cf. DP I. xii, 6

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que es ms fcil y mejor obedecer las leyes que uno mismo se impone que las que imponen los dems. Si el legislador es la universitas civium cada ciudadano no estara mas que obedecindose a si mismo, ya que l es parte de aquella. En el caso de que esta no sea la que legisle, una gran parte del reino estara bajo el despotismo de otra, obedeciendo a intereses ajenos y no a los propios. En este caso es seguro que ante la primera oportunidad, los sometidos a leyes ajenas no las cumplan. Por esa razn es mejor que legisle la universitas civium. El tercer argumento podra expresarse del siguiente modo: 1- La regulacin del mbito prctico es competencia de la totalidad de los ciudadanos. 2 - El establecimiento de leyes tienen como fin esa regulacin del mbito prctico. 3- Por lo tanto, la regulacin del mbito prctico es competencia de la totalidad de los ciudadanos. Si la comunidad civil se fund con el fin de alcanzar el bien comn, el cual, al ser comn, es un fin que compete a todos los que la fundaron, entonces el ordenamiento de las acciones mediante el cual se lograr ese bien comn es competencia de todos aquellos que fundaron la comunidad civil. Dicho de otra manera, si la ley es aquello que se creo para organizar la esfera de las acciones y as alcanzar el fin de la comunidad civil, entonces la ley es responsabilidad de aquellos que fundaron la comunidad civil, es decir, la universitas civium. En el capitulo XV remitiendo a estos mismos argumentos pero modificando en la premisa menor la palabra ley por la de gobierno demuestra que es competencia de la universitas civium el establecer a la parte gobernante. Aqu agrega algunas cuestiones sobre el gobierno que para nuestros intereses son fundamentales. A este le corresponde la ejecucin de la ley, ya que si bien es conveniente que su creacin este en manos de la totalidad de los ciudadanos, su aplicacin no es necesario que lo este ni conveniente, porque le quitara tiempo a las personas para ocuparse de su subsistencia. Estando en la universitas civium la fuente de la autoridad, esta la hace efectiva mediante su representante, el gobernante, el cual en su unidad como persona moral le confiere unidad a la comunidad que gobierna14. Aqu vemos como Marsilio encuentra en la soberana popular el fundamento del poder poltico del gobierno. Volviendo sobre los intereses de El Defensor de la Paz en relacin a los conflictos del poder temporal con el poder espiritual, digamos que este paso de su argumentacin le permite asentar la autoridad del primero con total independencia del segundo, estableciendo las bases para la segunda dictio, en la cual establecer su concepcin de la Iglesia y denunciar la ilegitimidad de las pretensiones papales sobre el gobierno de la misma. En ese mismo capitulo XV Marsilio agrega que es el gobierno, a partir de la autoridad que le confiri la universitas civium, el que establece los oficios de la ciudad y nombra los encargados de ocuparlos.

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Cf. DP I, xvii

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Esto es de mucha importancia en relacin a los interese del libro, porque quiere decir que es el poder civil el que establece los encargados de ocupar los oficios eclesisticos y el que distribuye los bienes. A continuacin nos ocuparemos brevemente de repasar los contenidos principales de la segunda dictio en donde Marsilio expone su concepcin de la Iglesia La eclesiologa de Marsilio de Padua Una vez tratados los fundamentos del poder civil, Marsilio desarrolla su concepcin de la Iglesia y el lugar que el clero debe ocupar dentro del reino. En el ltimo capitulo de la primera dictio denunci como la principal causa de intranquilidad en los reinos el hecho de que cierta parte de la Iglesia, la Iglesia romana, pretenda tener poder coactivo sobre los gobiernos civiles de todos los reinos cristianos. Por eso una vez establecida la autonoma del poder poltico, pasa a deslegitimar las pretensiones papales al poder coactivo. Esto es lo que har Marsilio en el capitulo IV luego de presentar los fines de la segunda dictio (cap. I), de definir y explicitar los distintos usos de cierto trminos importantes que se utilizaran a lo largo de ella (cap. II) y de exponer los argumentos filosficos y escriturarios del papado para justificar sus pretensiones de soberana sobre el poder civil (cap. III). Para esto recurrir a los pasajes de las Sagradas Escrituras y a la palabra de los Padres de la Iglesia que la interpretaron para demostrar a partir de ellas que Jess, no solo no pretendi para l ni confiri a sus apstoles poder coactivo (aunque haya podido hacerlo), sino que explcitamente los inst a someterse a las autoridades de esta tierra. En primer lugar muestra que Jess nunca ejerci poder coactivo sobre los hombres, sino que su misin en la tierra tocaba exclusivamente a lo espiritual, razn por la cual dijo mi reino no es de este mundo15. Uno de las citas de que se vale para esto es el pasaje en que dos hermanos acuden a Jess para que dirima en una controversia sobre la herencia, a lo cual este se niega diciendo quien me ha constituido en juez y arbitro de partijas entre vosotros?16 Con estas palabras Cristo deja en claro que el no vino a este mundo para dar ordenes a los hombres, sino para ensearles el camino a la salvacin. Luego demuestra que Cristo se someti l mismo al poder poltico establecido. Para esto alude a la celebres palabras que dijo cuando le preguntaron si era correcto pagar tributo a los romanos: devolved al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios 17. Con este fin recuerda tambin la escena en que Jess le hace pagar a Pedro el didracma que le reclamaban como impuesto las autoridades. Por ltimo demuestra que Jess inst a sus apstoles -y por consiguiente a sus sucesores- a que se sometan a las autoridades civiles con las palabras: los reyes de las naciones los dominan y los que tienen potestad sobre ellos se denominan bienhechores18. Adems, en el Evangelio de Mateo,

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Jn 18, 36 Lc 12, 13-14 17 Mt 22, 20 18 Lc 22, 24-27

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describiendo esta misma escena, Jess dice y el que quiera de vosotros ser el primero, sea vuestro ciervo, como el hijo del hombre, que no vino para ser servido sino para servir 19 De este modo Marsilio pretende demostrar que los sacerdotes, que son los sucesores de los apstoles, no tienen por comisin de Jesucristo poder coactivo sobre los hombres y que sus actuales pretensiones de poseer este poder, van en contra de los deseos expresos de aquel. Vayamos a un punto muy importante de la segunda dictio que es aquel en el que Marsilio distingue entre el aspecto esencial del sacerdocio o carismtico del aspecto no esencial o institucional. El primero se corresponde con las facultadas dadas por Cristo a los apstoles y que los sacerdotes heredaron. Aqu volvemos a encontrarnos con la potestas clavium, la cual como vimos anteriormente, era considerada por el papado como un poder atribuido por Cristo a Pedro solamente y sus sucesores los Papas- y que brindaba a los Papas auctoritas sobre todos los cristianos. Para Marsilio en cambio, la potestas clavium era la facultad que tenan todos los sacerdotes de ser un medio para la reconciliacin de Dios con los hombres a partir de la confesin y de administrar la eucarista. 20 Es decir, se reduce segn Marsilio a un aspecto puramente sacramental y no jurisdiccional. El sacerdocio tiene como nica meta en este mundo conducir a los hombres al Reino de Dios mediante el suministro de los Sacramentos y la enseanza de la palabra de Dios. Si nos remitimos a los sentidos de juez del capitulo II, los sacerdotes serian jueces en el sentido de expertos y no en el sentido de autoridad.21 El aspecto no esencial del sacerdocio es aquel que se relaciona con la institucionalidad del oficio sacerdotal, es decir, de la necesaria organizacin del sacerdocio en tanto parte del reino. Es lo relacionado a la distribucin de los bienes eclesisticos y la organizacin del culto. En efecto, estas tareas si bien no son parte de la misin encomendada por Cristo, son necesarias para llevarla a cabo ya que la comunidad de fieles con el paso del tiempo fue creciendo y requiri ser administrada. Para esto se eligieron ciertos miembros del clero que ms tarde serian llamados Obispos- a los que se les encomend la responsabilidad de organizar a los fieles de una cierta regin. Esta eleccin, que en un principio cuando los reinos no tenan un legislador fiel, era hecha por la totalidad de los fieles, ms tarde qued en manos del gobernante fiel (por la autoridad conferida por la universitas fidelium). Una de las cuestiones en las que ms insiste Marsilio a lo largo de la segunda dictio es en la igualdad que hay entre los miembros del clero en cuanto al aspecto esencial de su oficio. Es decir, Jess no distingui a ningn apstol como superior con la capacidad de dar ordenes al resto. La administracin de los sacramentos fue encomendada a todos los apstoles por igual y por ende, entre sus sucesores, no debera haber ningn tipo de desigualdad en ese orden. Por otro lado, con relacin al aspecto institucional del sacerdocio, las desigualdades que surgieron fueron resultado de la determinacin humana de organizarse, pero nada tiene que ver con un deseo de Cristo de dejar al mando a un apstol en19 20

Mt 20, 28. Marsilio insiste en que el perdn de los pecados no le corresponde a los sacerdotes, porque esto solo lo puede conferir solo el legislador de la ley divida, es decir, Cristo. El papel del sacerdocio en el perdn de los pecados es solo el de garantes o testigos frente a la comunidad de cristianos de que un hombre recibi el perdn de Dios. Es decir que ningn sacerdote puede perdonar a quien Jess no perdona. Destacar esto es importante porque de este modo Marsilio elimina un argumento que tena el papado para afirmar su autoridad sobre los gobernantes, segn el cual el Papa se considera el nico medio para la salvacin y sin l se esta condenado. Cf. DP II, vi, 9 21 Cf. DP II, viii

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especial. Lo que quiere marcar con esto Marsilio es que la superioridad que la Iglesia romana posee no es resultado de un favor especial de Cristo a Pedro sino ms bien resultado del devenir histrico de la Iglesia como institucin, con lo cual la pretensin del obispo de Roma de tener un lugar especial en la Iglesia es ilegitima22. Una vez diferenciados los aspectos esenciales del sacerdocio de los no esenciales, Marsilio pasar revisin de las tareas que componen este ltimo y demostrar, sobre bases argumentales y escriturarias, que el derecho del sacerdocio de realizar ciertas tareas organizativas es otorgado por la autoridad civil, es decir, el legislador humano fiel. Por otro lado, en relacin a otras tareas, el desplazamiento de la instancia ejecutiva ser total, como por ejemplo, la decisin de convocar al concilio. Como puede verse, si bien Marsilio no priva a la Iglesia totalmente de un nivel institucional, si lo reduce al mnimo y lo supedita completamente al control del pode civil. Aqu nos metemos en un punto importante de la segunda dictio porque es donde Marsilio desarrolla su concepcin de la autoridad de la Iglesia como institucin. La organizacin del culto, la administracin de los bienes eclesisticos, el nombramiento de los obispos, la excomunin de los herejes y la convocatoria a los concilios; son todas actividades cuyo fundamento en ltima instancia siempre es la comunitas fidelium, es decir, el legislador humano fiel ya que se corresponde con la universitas civium. En efecto, aquella comunidad de ciudadanos que legisla y establece al gobernante, en tanto es a la vez cristiana, es la misma comunidad que dirime los asuntos institucionales de la Iglesia y de su dogma. Aqu es donde los planteos de la primera dictio sobre el poder poltico son utilizados para dar lugar a una concepcin de la Iglesia distinta a la sostenida por el papado romano. Estamos en el terreno de lo que suele denominarse conciliarismo, por el cual la fuente mxima de autoridad de la Iglesia corresponde a la comunidad de fieles en su conjunto y no a un miembro en particular. De este modo se da un paralelismo en los planteos de la primera y segunda dictio. Pero en definitiva, si bien la autoridad que gobierna la Iglesia es la comunidad de fieles, al igual que lo que sucede en el plano civil, debe constituirse una instancia con poder ejecutivo que organice y unifique a la comunidad. En tanto que no puede haber dos instancias con poder coactivo sobre la misma persona (Cf. DP I, xvii) el gobernante de la comunidad poltica es tambin la mxima autoridad de la Iglesia, aquel con poder coactivo necesario para organizar la institucin eclesistica. Por lo tanto, una misma instancia ejecutiva adquiere el derecho de organizar una comunidad de hombres que, en tanto ciudadanos que buscan la vida buena en la tierra, conforman una comunidad poltica, pero en tanto creyentes del mensaje de Cristo, conforman la Iglesia23. Ya desde un punto de vista ms interpretativo del texto podramos decir que no es correcto separar tajantemente el nivel poltico y el nivel religioso en el desarrollo Marsiliano, como si el gobernante lo fuera de la comunidad poltica, por un lado, y de la comunidad de fieles, por otro. La concepcin global del hombre que mencionamos anteriormente (cf. p. 3) nos lleva a pensar que ambos niveles no son22

Por otro lado aclaremos que para Marsilio el obispo de Roma no es sucesor de san Pedro. Para l los obispos son sucesores de cualquiera de los apstoles. Cf. DP II, xvi, 13 23 Marsilio, en el captulo 2, entre los sentidos posibles de Iglesia distingue a uno como el principal: la comunidad de fieles que creen e invocan el nombre de Cristo DP II, ii, 3

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separables totalmente. Los hombres que buscaron vivir en comunidad para satisfacer las necesidades naturales y alcanzar la vida suficiente son a la vez hombres marcados por el pecado original, que necesitan la salvacin y que asumen el mensaje de Cristo como un medio hacia ella. Por esta razn, en el mismo acto por el cual instauran un gobernante que garantice la paz y los medios para la vida en esta tierra, estn instaurando a aquel que esta a la cabeza de la Iglesia, es decir, que organiza los oficios eclesisticos, determina la necesidad de aclarar el sentido de la sagrada Escritura, etc. Si bien Marsilio reconoce que debera haber un obispado por sobre los dems y que este, por tradicin y meritos debera ser el obispado romano, no le concede a este ningn tipo de poder coactivo sobre la Iglesia. Su papel se reducira a ser el que encabeza y organiza los concilios y le comunica los resultados al soberano. En otras palabras, cumplira una funcin coordinadora pero no directiva en sentido propio. Por esta razn esa supremaca que Marsilio le concede a la Iglesia romana no contradice lo dicho anteriormente, porque a pesar de las jerarquas que se puedan establecer dentro de institucin eclesistica, todas las Iglesias deben responden ante el legislador humano fiel sin superior en la tierra. Como podemos apreciar, la concepcin Marsiliana del gobierno civil y de la Iglesia difiere considerablemente de la del papado. Con respecto a la comunidad natural, desde una concepcin ascendente del origen del poder poltico, Marsilio le confiere plena autonoma al gobierno civil. Con respecto a su concepcin de la Iglesia, a diferencia de la concepcin del papado, Marsilio rechaza todo elemento de politicidad a la investidura sacerdotal, reducindola a su plano carismtico o esencial. Llegados a este punto en el cual hemos expuesto las tesis principales de la primera y segunda dictio, relacionadas con la concepcin del reino y de la Iglesia respectivamente, a continuacin, ubicndonos en un plano ms analtico del texto, desarrollaremos posibles consecuencias de las tesis antes expuestas. La extensin del reino y la extensin de la Iglesia. Problema de la indeterminacin de la extensin del regnum en la primera dictio y sus consecuencias sobre la concepcin de la Iglesia El anterior repaso general de la teora del reino y de la Iglesia desarrollada en El Defensor de la Paz, en el cual vimos que Marsilio en su intento de deslegitimar las pretensiones papales a la plenitudo potestatis, termina postulando la supremaca del poder civil sobre la totalidad de la Iglesia, nos servir como punto de partida para extraer algunas conclusiones o consecuencias de esa teora. Como ya lo mencionamos en la introduccin, nuestra atencin se enfocar en y si es as, cuales son, en relacin a esta nota de la Iglesia de Cristo. Para esto, antes tenemos que aceptar como un hecho cierto el que la Iglesia que Cristo fund es universal, es decir, dirigida a todos los hombres sin excepcin y por ende, una nota que en la concepcin de Marsilio no puede faltar. Podemos justificarlo acudiendo a varios pasajes de la Biblia. Entre ellos, el de Mateo 28, 19 que dice: por tanto, id y haced discpulos a todas las naciones, bautizndolos en el un problema especfico, el de la universalidad de la Iglesia. Veremos si la concepcin de Marsilio tiene consecuencias,

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nombre del Padre, y del Hijo, y del Espritu Santo24, o la carta a Timoteo donde dice: pues l [es decir, Dios], quiere que todos los hombres se salven y lleguen al conocimiento de la verdad25 . Y esta apertura a la totalidad de los hombres sin importar la patria a la que pertenecen, fue puesta en practica por el mismo Cristo y sus apstoles; por el primero, por ejemplo, en su encuentro con la samaritana (Jn. 4, 7); por los segundos, por ejemplo, cuando Felipe ense el Evangelio y bautiz al eunuco que se lo pidi en el camino hacia Gaza (Hc. 8, 37-39). Ahora bien, Por qu preguntarnos sobre la universalidad de la Iglesia cuando en ningn lugar del texto Marsilio pone en discusin esta nota y, ms aun, pereciera afirmarla? Verbigracia, en su definicin de Iglesia como la comunidad de fieles que creen e invocan el nombre de Cristo, se afirma tcitamente que la Iglesia abarca a todos aquellos que quieran creer e invocar el nombre de Cristo, es decir, que en principio no excluye a ningn hombre sobre la tierra, sin importar su patria o cualquier otra condicin de nacimiento. Segn esta definicin, para ser cristiano tan solo se necesita escuchar el mensaje de Cristo y creer en l. Por otro lado, cita el ya mencionado Mateo 28, 19 con lo cual es conciente de los alcances que Cristo pretenda para su Iglesia. En otras palabras, la universalidad de la Iglesia pareciera ser algo de lo cual Marsilio no dudaba y por ende, algo de lo cual no tendra sentido que indaguemos aqu. Ahora bien, la razn por la que lo hacemos es porque es posible pensar que, en el movimiento de hacer coincidir en una misma instancia a la autoridad de la comunidad poltica con la autoridad (en la tierra) de la comunidad de fieles cristianos, compromete la universalidad que estara incluida en la definicin de Iglesia. Dijimos que para Marsilio el nico con poder coactivo para dirigir los asuntos de la Iglesia es el legislador humano fiel sin superior sobre la tierra, es decir, la voluntad comn de los ciudadanos fieles del reino que deciden vivir en comunidad, o en todo caso, el representante que estos elijan para que los gobierne. La comunitas fidelium es, en el plano espiritual, el equivalente a la universitas civium en el plano natural. Por consiguiente segn la tesis del paduano la misma instancia tiene tanto el poder de organizar los asuntos concernientes a la suficiencia de la vida en la tierra como para organizar las prcticas u oficios que tienen como fin la vida en el Cielo. El problema con esto es que los lmites de la comunidad espiritual quedan reducidos a los de la comunidad poltica. Lo que queremos decir con esto es que, en esta concepcin donde la cabeza de la Iglesia es el legislador humano, la condicin para ser cristiano seria ser ciudadano del reino en el que aquel tiene soberana, porque si la universitas fidelium se corresponde, en el plano espiritual, con la universitas civium en el plano natural, como pensar un fiel que no sea a la vez ciudadano del reino? Y si esto es as, evangelizar no seria lo mismo que conquistar? Porque si suponemos que algn fiel no est a su vez sometido polticamente a ese legislador, se aplicaran a ese fiel las disposiciones del legislador en lo concerniente al culto o las determinaciones dogmticas que se realizan en el concilio que fue reunido por ese legislador y que este presida? Es decir, segn Marsilio, la autoridad del legislador fiel en los asuntos de la Iglesia podra extenderse ms all de los lmites de la comunidad poltica que24 25

Mt. 28, 19 Tim. 2, 4

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gobierna? No parecera eso posible. Por lo tanto, habra una especie de reduccin de los lmites de la comunidad espiritual a los lmites del reino26. Ahora bien, lo dicho anteriormente en que sentido afecta a la universalidad de la Iglesia? Ya sea que pensemos que con reino Marsilio se est refiriendo a las ciudades-estado, al estilo de las existentes en la pennsula itlica en su poca, o en los modernos estados soberanos que estaban tomando forma; en ambos casos la comunidad cristiana estara circunscripta a los lmites de un territorio polticamente delimitado y gobernado. Por lo cual no seria posible pensar que dos verdaderos cristianos pertenezcan a dos reinos soberanos distintos, gobernados por autoridades polticas distintas e independientes, porque segn Marsilio, en esa autoridad poltica reside el gobierno de la Iglesia. Si la Iglesia es una e indivisible, solo uno de estos soberanos es la verdadera autoridad de la Iglesia y solo uno de estos reinos es la cede de la Iglesia de Cristo. Por esta razn habra que descartar la posibilidad de la coexistencia de diversos reinos independientes cristianos. Nuevamente: dentro de la concepcin de Marsilio del gobierno de la Iglesia, suponiendo la coexistencia de reinos que se consideran cristianos, donde cada uno tiene un legislador fiel sin superior en la tierra, es decir, son comunidades soberanas Qu los hara a todos cristianos? Qu instancia aunara a esos reinos independientes como parte de una misma Iglesia? Podramos afirmar, el dogma. Pero recordemos que las cuestiones relacionadas con la interpretacin de las Escrituras y la fijacin del dogma se realizaban en el concilio convocado por el legislador fiel. Si hay ms de un reino cristiano con gobierno autnomo, cual de todos los soberanos es el que convoca y preside el concilio, es decir, el legislador sin superior en la tierra? Vemos que en la concepcin de Marsilio no habra lugar para esa diversidad de reinos soberanos y cristianos a la vez. Por lo tanto, nuestra conclusin seria que en el planteo de Marsilio, la Iglesia perdi su carcter universal y debe reducirse a los estrechos limites del reino? No necesariamente. Una alternativa para evitar estas consecuencias seria colocar a Marsilio como un autor imperialista, que aboga por la constitucin de un soberano supremo que gobierna sobre una multitud de comunidades y estados. Si pensamos esta posibilidad, se podra afirmar la multiplicidad de reinos cristianos y la unidad de la fe, solo que en vez de ser estados plenamente soberanos estaran bajo la autoridad de un emperador. Esta posibilidad parece plausible si consideramos que el cristianismo, desde su fundacin, aspira a expandirse por todo el mundo mediante la evangelizacin de los pueblos; de ah su carcter universal. El imperio por definicin es universal porque busca extender el dominio poltico de un soberano a la mayor cantidad de pueblos posibles. Por tanto, podramos decir que aquellos fines que el cristianismo busca en el plano espiritual son los que el imperio tiene en el plano terrenal, razn por la cual el cristianismo parece complementarse perfectamente con la nocin de imperio, mucho ms que con la nocin de estado soberano. Lo que estamos diciendo, en definitiva, es que la Iglesia que concibe Marsilio puede ser tan universal como la Iglesia que concibe el papado, pero para esto hay que colocar a Marsilio como un autor imperialista, cuya concepcin del reino cristiano es la de una comunidad universal de estados imperiales26

El esquema argumentativo de Marsilio para eliminar la dualidad de poder no es precisamente la separacin entre Christianitas y Universitas, sino, al contrario, la total identificacin entre la universitas civium y la universitas fidelium y el consenso de los ciudadanos constituidos en legislador, como conditio sine qua non de la ley, que ya no es ley en virtud de su contenido bueno con vistas al fin ltimo religioso e inscrito en la ley natural Bayona, B (2005) p. 76 15

sometidos a un poder poltico supremo. Esta posibilidad, adems, puede ser apoyada si consideramos que El defensor de la paz escrito por Marsilio bajo la proteccin del emperador del Sacro Imperio romano germnico con la intencin de construir las bases tericas que sostengan su posicin frente a las pretensiones del Papa. No obstante, aceptar que Marsilio esta pensando en trminos imperialistas al desarrollar su nocin del reino no es tan sencillo. Bsicamente porque en el capitulo XVII de la primera parte, l plantea explcitamente el problema de si es conveniente o no la existencia de un imperio universal, lo cual deja sin resolver:Pero si convenga a la universalidad de los que viven una vida civil en todo el orbe tener un principado supremo nico en numero, o si convenga por un determinado tiempo que haya diversos principados en las diversas regiones del mundo [] es asunto de una disquisicin racional, aunque ajena a nuestro intento presente.27

Como vemos, aqu se plantea explcitamente el problema de la conveniencia o no de un reino universal, por lo cual debemos ser cautelosos antes de sacar nuestras propias conclusiones sobre este tema. Estas palabras nos enfrentan al problema que Castello Dubra llam el del particularismo versus el universalismo de Marsilio de Padua. Segn l, existen argumentos para optar por una decisin interpretativa u la otra, partiendo en primer lugar de las referencias histricas que componan el contexto poltico de Marsilio, es decir, el Sacro imperio romano por el cual abogaba y las comunas de la pennsula itlica en la cual naci.En cuanto atiende a la legitimacin de un Imperio cristiano que ha heredado del romano su carcter universal, el Defensor pacis se mueve en una direccin que culmina en el universalismo; en cuanto est abierto a extirpar el mal de raz de todo otro reino cristiano, se mueve en un mbito abierto al particularismo. Marsilio de Padua est, en cierto sentido, a mitad de camino entre Dante y Juan de Pars; a mitad de camino, es decir, a igual distancia, sin estar excluyentemente en camino a alguno de los dos en especial. 28

Segn Castello Dubra El defensor de la paz, en cuanto al problema de la extensin del reino, queda abierto tanto a una interpretacin particularista como a una interpretacin universalista. Mientras que la primera implicara una concepcin particularista de la Iglesia, la segunda tendra como corolario el universalismo. En este punto es pertinente mencionar una posible objecin: en realidad lo que estamos indagando aqu no es acerca de los lmites de la Iglesia, sobre si es o no es universal lo cual, como ya dijimos, no es puesto en discusin explcitamente en el libro- sino sobre los lmites del reino. Efectivamente, lo que queremos saber es que tipo de referente histrico estaba considerando Marsilio con su concepto de reino, si las comunidades soberanas o mas bien un conglomerados de estados imperiales cristianos sometidos a un gobierno supremo. De todas maneras el problema de fondo sigue siendo la universalidad de la Iglesia, porque la extensin de esta ltima coincide con los lmites del reino, por lo cual, si es27 28

DP I, xvii, 10 [p.102 (1989)] Cf. Castello Dubra, op. cit. p. 248

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posible apelar al texto mismo para poner en duda que Marsilio promueva la constitucin de un reino universal, entonces hay elementos para dudar de la universalidad de la institucin eclesistica que este mismo promueve. A continuacin analizaremos el concepto de regnum tal como Marsilio lo desarrolla en los primeros a captulos del libro, con el fin de encontrar alguna clave que nos ayude a tomar una decisin interpretativa en relacin a este problema. La idea es no dejar este problema en su mera formulacin, sino que nos decidiremos por alguna de las opciones posibles, si no es sobre la base de argumentos concluyentes, al menos evitando decisiones interpretativas arbitrarias.29

Para eso volveremos al

comienzo de la primera dictio donde Marsilio expone las cuatro definiciones de reino y, ms adelante, donde desarrolla los orgenes y fines de la comunidad poltica. Trataremos de encontrar en esta conceptualizacin alguna referencia implcita a algn tipo de comunidad poltica -pequeo reino o imperio- que manifieste en que direccin hay que buscar el problema de la extensin del reino. En el capitulo II Marsilio da cuatro definiciones posibles del regnum. Segn la primera, el reino implica una pluralidad de ciudades o provincias comprendidas bajo un rgimen30, es decir, un gobierno con poder coactivo sobre diversas ciudades o provincias. La segunda definicin identifica al reino con lo que Aristteles llama monarqua templada. La tercera definicin combina las dos definiciones anteriores, es decir, un gobierno unipersonal con autoridad sobre mltiples comunidades menores. Si Marsilio hubiese optado por esta ltima definicin tendramos un motivo para acercarlo a una posicin universalista, sin embargo, l enuncia una cuarta definicin que es a la que har referencia con el trmino reino cada vez que lo utilice. Segn esta definicin el reino es algo comn a toda especie de rgimen templado, sea en una o en muchas ciudades31, es decir, un sinnimo de rgimen poltico o comunidad poltica en sentido amplio, que como dijimos anteriormente, implica la asociacin de los hombres con el fin de alcanzar la vida suficiente en esta vida. De modo que con relacin al problema del universalismo o particularismo esta definicin no nos permite sacar ninguna conclusin, ya que tanto un estado soberano como un imperio pueden ser subsumidos bajo esta definicin. Por otro lado podra pensarse que la base aristotlica de su pensamiento lo colocara en una posicin particularista, en tanto acercara su concepcin del regnum ms a la de idea de ciudad-estado autnoma que a la del imperio, ya que es con ese referente que Aristteles construye su modelo de la polis en la Poltica. No obstante, esto no es as ya que si bien Marsilio parte de la teora aristotlica y es a partir de sus categoras que construye su propia nocin de reino, las utiliza para construir una teora que da cuenta de otro contexto histrico, una realidad muy alejada de la polis griega. Recordemos qu es la polis segn Aristteles: una comunidad perfecta, que llena por s todos los requisitos de suficiencia, como es consecuente decir, creada ciertamente para vivir y persistiendo para29

Es momento de aclarar que al indagar sobre la extensin del reino estamos movindonos en lo que Castelo Dubra denomina como el nivel normativo o preceptivo del texto marsiliano. De los tres niveles de anlisis que este distingui, argumentativo, histrico y normativo, para evaluar este problema nos colocaremos en el ltimo. Es decir, nos estamos preguntando por como debera ser el reino en cuanto su extensin segn Marsilio de Padua, si debera o no haber un imperio cristiano universal. 30 DP I, ii, 2 31 Ibdem

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bien vivir. Si bien Marsilio concuerda con Aristteles en que el vivir bien es lo que nos diferencia de los animales, para l, este vivir bien que es el fin del reino, hay que entenderlo no tanto como la consecucin de un ideal de virtud a la manera de Aristteles, sino ms bien que el buen vivir hara referencia a la suficiencia de la vida por medio de las artes que la razn crea. El reino permitira, al establecer un marco de paz garantizado por el poder coactivo conferido al gobernante, la satisfaccin de las mltiples necesidades naturales32 Como vemos, si bien el lenguaje es aristotlico, el sentido no lo es tanto. Por esta razn las categoras aristotlicas utilizadas nada nos pueden decir sobre el debate entre el particularismo y el universalismo. La diferencia del contexto histrico en el que escribe Marsilio con el de Aristteles, implica que el referente en el cual pudieran estar pensando con el concepto de reino es muy distinto. Por esta razn, es un error considerar que las categoras aristotlicas utilizadas por Marsilio podran fundamentar una interpretacin particularista del concepto de reino en El defensor de la paz. No obstante, tal vez si pueda apoyar esta interpretacin el anlisis histrico que hace de los orgenes del reino en el capitulo III. En efecto, el esquema de evolucin histrica de Aristteles retomado por Marsilio (familia- aldea- reino), dara lugar a pensar que con reino se estara haciendo alusin a comunidades polticas pequeas ms que a imperios, ya que es ms fcil pensar el salto de la aldea a una pequea comunidad legalmente organizada que a un imperio. Sin embargo, tenemos que rechazar esta conclusin remitindonos a la distincin de niveles de anlisis de El defensor de la paz realizada por Castello Dubra. Segn la distincin analtica de este ltimo, en ese capitulo III, Marsilio estara dentro del plano histrico de su planteo, presentando como debi haber sido el pasaje de los primeros vnculos humanos hasta la conformacin del reino. Esto es diferente al anlisis normativo que buscamos hacer de las tesis de Marsilio. No nos interesa que extensin tienen o tuvieron de hecho los reinos, sino que extensin deberan tener desde el punto de vista de los intereses de Marsilio en la polmica con el papado. Esta distincin entre el plano fctico y el normativo, nos conduce de nuevo al pasaje antes citado del capitulo XVII de la primera parte. En este se resume el argumento principal de la posicin particularista:Pareciera, en efecto, a alguno quiz que la naturaleza, por medio de guerras y epidemias ha moderado la propagacin de los hombres y los otros animales a fin de que la tierra sea suficiente para su sustentacin []33

Lo que tenemos aqu es la justificacin dada por alguno -consideremos como coloca en una tercera persona a los defensores de este argumento- de un estado de hecho: la multiplicidad de reinos. De hecho, existen mltiples reinos, muchos de ellos cristianos. De hecho, muchos soberanos cristianos se someten a la voluntad del Papa cuando segn Marsilio no deberan hacerlo. En mi opinin, esta distincin entre lo que es y lo que debera ser, nos permitir aventurar una conclusin sobre el problema abierto por Marsilio en el pargrafo 10 del capitulo xviii, aunque sabiendo que tal conclusin, en tanto es un problema al cual Marsilio no dio solucin y sobre el cual no volvi a pronunciarse, no podemos considerarla definitiva. Pero ya que nuestro anlisis de las definiciones no nos32

Cf. Castello Dubra op. cit p. 112. De aqu que Castello Dubra destaque la cercana del pensamiento de Marsilio con teorizaciones modernas de la finalidad de institucin del Estado como la de Hobbes. 33 DP I, xvii, 10

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acerc a la solucin del problema, considero que lo mas fructfero ser buscar una solucin no en el anlisis textual sino adoptando una interpretacin que no perjudique los objetivos polmicos del libro, aun cuando no sea la nica interpretacin posible. Por esta razn, considero que cualquier conclusin al respecto debe enfrentarse con la indeterminacin que Marsilio concientemente dejo sobre el asunto. Entonces, para resolver el problema de la disyuntiva entre una interpretacin particularista o una universalista, abordaremos la teora del reino de Marsilio desde un anlisis normativo, que parta de las exigencias que deben imponrsele al texto para evitar las tensiones entre sus fines explcitos y las consecuencias que puedan extraerse de l. En efecto, las consecuencias de la falta de universalidad y unidad de la Iglesia que analizamos aqu, solo son vlidas desde una perspectiva particularista del reino, en la cual no habra ningn tipo de dimensin poltica intermedia entre el soberano supremo y los sbditos. En cambio, si se piensan las tesis de Marsilio desde un punto de vista universalista es decir, en el cual entre el soberano supremo o emperador y los sbditos existe la mediacin de comunidades menores o estados imperiales- puede salvarse la universalidad de la Iglesia y la multiplicidad de comunidades cristianas. En consecuencia, solo colocando a Marsilio como un autor imperialista, puede atribursele una concepcin de la Iglesia que preserve el carcter universal que Cristo le confiri. Tal vez sea ms claro si lo expresamos en los trminos del ser y el deber ser que componen lo distintos planos del planteo marsiliano. En contra de una realidad institucional en la cual la soberana esta dividida en el plano espiritual del Papa y el temporal del gobierno civil, Marsilio desarrolla una teora que sostiene que el poder coactivo, tanto sobre los asuntos del reino como de la Iglesia, deberan estar reunidos en una sola instancia de gobierno. Ahora bien, este monismo de la soberana, si consideramos que la universalidad es una nota de la Iglesia establecida por Cristo a la cual no se debe renunciar, entra en conflicto con una cuestin de hecho: la multiplicidad de reinos cristianos. La nica manera de postular una asimilacin del gobierno eclesistico con el gobierno de la comunidad poltica que no entre en conflicto con la nota de la universalidad de la Iglesia, es postulando un soberano supremo con soberana universal. Por consiguiente, en contra del imperio cristiano que el papado promulgaba, Marsilio de Padua propondra otro tipo de imperio cristiano. Pero si se toma esta opcin interpretativa de las tesis del paduano, no solo que no quedaran en desventaja con las tesis del gobierno papal, sino que tendrn ventaja sobre ellas al no reproducir los problemas de estas ltimas, ms precisamente los relacionados con la doble soberana. En la concepcin papista de la iglesia lo que se postulaba era la existencia de un imperio cristiano, donde el papa en tanto vicario de Cristo en la tierra, tiene poder coactivo sobre todos los estados cristianos. Los soberanos de estos ltimos tendran jurisdiccin sobre los asuntos civiles, es decir, sobre lo relacionado con la suficiencia de la vida en la tierra, pero como el papa tiene jurisdiccin sobre los asuntos espirituales, se encuentra por encima del gobierno civil. En este caso debe diferenciarse una doble soberana, la espiritual ejercida por el papa y la poltica, ejercida por el gobierno civil. En el caso de un imperio cristiano cuyo soberano supremo rena tanto el poder espiritual como el temporal, tambin existira una instancia de gobierno universal, pero aqu no habra una doble soberana,

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porque la misma instancia que ejerce el gobierno sobre la comunidad poltica, ejerce el gobierno sobre la comunidad de fieles que la integra. Por esta razn, un imperio cristiano en el cual la autoridad mxima de la Iglesia sea el mismo que dirige el reino, tiene la ventaja no solo de ser universal, sino que no posee el problema de la doble soberana que resulta de la plenitudo potestatis papal, cuyas consecuencias nefastas para la vida social pretenden ser puestas al descubierto en El defensor de la paz. Recapitulacin y conclusiones generales El objetivo de nuestro trabajo fue plantear ciertas problemticas que surgan de las tesis desarrolladas en El defensor de la paz en vistas del tratamiento del conflicto entre el poder espiritual y el temporal. Como defensor del emperador en su disputa con el papado, Marsilio de Padua construy una concepcin de la comunidad poltica y de la Iglesia en la cual el sacerdocio es privado de todo poder poltico y todas las facultades gubernativas de la Iglesia pasan a manos del poder civil. En esta empresa vimos que se presenta un problema -del cual Marsilio era conciente, pero al cual no dio solucin- concerniente a la extensin del reino. Este es sumamente importante debido a que esta inevitablemente ligado al problema de la extensin de la Iglesia. Una de nuestras conclusiones fue que en tanto la comunidad espiritual este bajo el poder coactivo del mismo gobierno que dirige la comunidad temporal, el problema de la extensin de esta ltima no nos puede ser indiferente si consideramos que la universalidad es una nota esencial de la Iglesia cristiana. Por ltimo, a pesar de que una eleccin interpretativa sobre este problema no es posible a partir de las definiciones explicitas del concepto de regnum, como opinin personal creo que la adopcin de una interpretacin universalista del pensamiento poltico de Marsilio es la nica manera de salvar la universalidad de la Iglesia. Si la cabeza de la Iglesia debe ser el legislador humano fiel y la universalidad debe ser una nota propia de la concepcin de la Iglesia de Marsilio, se hace necesario adoptar una interpretacin universalista del reino. En otras palabras, si se hace coincidir la universitas civium y la universitas fidelium, tal como lo hace Marsilio de Padua, la extensin del reino en cuestin debe ser tan amplia como lo es la de la Iglesia. Si acordamos darle carcter universal a la Iglesia concebida por Marsilio lo cual podra fundamentarse sobre ciertos elementos del texto que ya mencionamos anteriormente- entonces debemos acordar ese mismo carcter universal para la comunidad poltica sobre la que se extiende. Vale aclarar que con una interpretacin universalista tampoco se evitara una consecuencia que anteriormente calificamos como negativa, la de la reduccin de la comunidad espiritual a los lmites de la comunidad poltica. Ya sea que se piense en un reino soberano o un imperio, en ambos casos la Iglesia no superara las fronteras polticas porque es hasta all que llega la soberana del legislador. Esta es una consecuencia inevitable de hacer coincidir el gobierno de la Iglesia con el del reino. No obstante, una interpretacin universalista, a diferencia de una particularista, permitira sostener el carcter universal de la comunidad espiritual, el cual se fundamenta en la universalidad de la comunidad poltica. En definitiva, a nosotros lo que nos importaba era indagar si poda atribursele, o no, universalidad a la Iglesia de Marsilio, porque esto afecta estrechamente a la discusin que este mantiene con las tesis del

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papado y el peso que sus argumentos tienen en esa discusin depende, en gran medida, de la referencialidad que se le atribuya a la nocin de regnum en la teora de Marsilio de Padua.

BibliografaBibliografa Principal -Marsilio de Padua, El Defensor de la paz. Traduccin de Luis Martinez Gomez, Editorial Tecnos, Madrid, 1989 Bibliografa secundaria -Ullman, W. Principios de gobierno y poltica en la Edad Media, Barcelona, 1985 -Castello Dubra, J. Teora, experiencia y preceptiva polticas en la filosofa poltica de Marsilio de Padua (tesis de doctorado) Director: Francisco Bertelloni, Universidad de Buenos Aires, 2002

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-Bayona, B Marsilio de Padua frente a los planteamientos dualistas de Juan de Paris y Dante, favorables a la autonoma del poder temporal. UFRN, CCHLA. Principios: revista de filosofa. 2005 vol 12, num. 17-18, p. 76 Otras fuentes -Bonifacio VIII, Bula Unam Sanctam

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