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MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MADRID DE 1997, EN EL ÁMBITO DE LOS API. 02.17, API 02.09. Y APR 02.15. NUEVO ÁREA DE PLANEAMIENTO ESPECÍFICO APE 02.27 “NUEVO MAHOU CALDERÓN” Distrito de Arganzuela III. DOCUMENTO DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA (DOP) TOMO 7. ANEXOS ANEXO V Plan de Alarma, Evacuación y Seguridad Civil en Supuestos Catastróficos Junio 2017 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobarse en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901e24081879781

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MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MADRID DE 1997, EN EL ÁMBITO DE LOS API. 02.17, API 02.09. Y

APR 02.15. NUEVO ÁREA DE PLANEAMIENTO ESPECÍFICO APE 02.27 “NUEVO MAHOU CALDERÓN”

Distrito de Arganzuela

III. DOCUMENTO DE ORDENACIÓN PORMENORIZADA (DOP)

TOMO 7. ANEXOS

ANEXO V

Plan de Alarma, Evacuación y Seguridad Civil

en Supuestos Catastróficos

Junio 2017

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ÍNDICE

I PLAN DE ALARMA, EVACUACIÓN Y SEGURIDAD CIVIL EN SUPUESTOS CATASTRÓFICOS ................ 3

1 JUSTIFICACIÓN Y ALCANCE DEL PLAN DE ALARMA, EVACUACIÓN Y SEGURIDAD CIVIL

(PAESC) ............................................................................................................................................................ 3

2 OBJETIVOS DEL PLAN DE ALARMA ............................................................................................................... 3

3 LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN .................................................................................................................... 3

3.1 Descripción de las actuaciones proyectadas .......................................................................................... 4

4 MARCO NORMATIVO ....................................................................................................................................... 5

5 ANÁLISIS DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS .................................... 5

5.1 Fenómenos naturales ............................................................................................................................. 5

5.2 Acciones sociales colectivas pacíficas .................................................................................................... 6

5.3 Acciones sociales violentas .................................................................................................................... 6

5.4 Impacto del desarrollo productivo y tecnológico ..................................................................................... 6

5.5 Emergencias por fallos o accidentes de servicios .................................................................................. 6

5.6 Emergencias medioambientales ............................................................................................................. 7

6 DEFINICIÓN DE LAS ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA .............................................................. 7

6.1 Medidas y actuaciones a partir de la activación del plan de emergencia ............................................... 8

7 MEDIOS DE PROTECCIÓN MATERIALES Y HUMANOS .............................................................................. 10

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I PLAN DE ALARMA, EVACUACIÓN Y SEGURIDAD CIVIL EN

SUPUESTOS CATASTRÓFICOS

1 JUSTIFICACIÓN Y ALCANCE DEL PLAN DE ALARMA, EVACUACIÓN Y

SEGURIDAD CIVIL (PAESC)

El presente Plan de Emergencias se desarrolla para su actuación en el ámbito Mahou-Calderón

y regula la actuación ante emergencias de Protección Civil, los recursos públicos que deban

intervenir en dicho ámbito en tales situaciones (optimizando además los tiempos de

evacuación) y es complementario de lo regulado en los Planes de Autoprotección del ámbito

Mahou-Calderón.

La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid en su Art. 48.2.e, señala

que entre los documentos de un Plan Parcial, debe estar el “Plan de alarma, evacuación y

seguridad civil en supuestos catastróficos” en el que se señalen los compromisos y garantías

técnicas de sostenibilidad de las soluciones propuestas. Esta exigencia referida a los Planes

Parciales, también resulta aplicable a una Modificación del Plan General con Ordenación

Pormenorizada y debe entenderse referida al nivel territorial correspondiente dependiendo del

planeamiento de que se trate. La garantía de una planificación correcta es que las decisiones

sobre una variable se tomen en el nivel correspondiente a su ámbito de variabilidad.

2 OBJETIVOS DEL PLAN DE ALARMA

El presente documento tiene por objeto describir los posibles riesgos potenciales, así como,

optimizar la organización y utilización de los medios humanos y materiales disponibles para dar

respuesta a situaciones de emergencia en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

3 LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN

El ámbito objeto de la actuación, APE.02.27 “Nuevo Mahou Calderón”, tiene una superficie de

194.358,84 m2. Presenta una topografía accidentada entre las cotas 576 y 602 m.

El ámbito de la actuación Mahou Calderón se encuentra ubicado en el suroeste del área interna

a la Calle 30 del término municipal de Madrid en el Distrito de Arganzuela. Sus límites parten de

la plaza Francisco Morano, bajan por el Paseo Imperial hasta la glorieta de la Pirámides,

recorren los márgenes del rio Manzanares hasta la altura de la calle San Alejandro, rodea la

edificación existente en la calle San isidro, continua por el Paseo de los Melancólicos hasta el

paseo de los Pontones y sube por este Paseo hasta enlazar de nuevo con la Plaza de Francisco

Morano.

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En resumen, está delimitado principalmente por el río Manzanares, Paseo Imperial y Paseo de

los Pontones, excluyendo del ámbito las manzanas con edificación actual existente, a excepción

del estadio Vicente Calderón.

El ámbito así descrito incorpora como suelo de titularidad privada exclusivamente el

correspondiente a las antiguas instalaciones de la fábrica de cerveza "Mahou" y el estadio de

fútbol "Vicente Calderón", así como los espacios públicos con los cuales se conforma el APE

02.27 “Nuevo Mahou Calderón”.

El río Manzanares, situado a lo largo del límite suroeste del ámbito supone una barrera física

infranqueable, por lo que la evacuación y la asistencia deberán realizarse fundamentalmente a

través del Paseo de los Pontones y Paseo Imperial, los cuales conectan con la circunvalación M-

30 a través del Puente de San Isidro y la glorieta de Pirámides respectivamente y con el centro

urbano.

3.1 DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES PROYECTADAS

La ordenación propuesta consiste básicamente en las siguientes actuaciones:

- Contribuir a la regeneración y renovación urbana de un ámbito de centralidad con gran

potencial y en gran parte obsoleto, y que forma parte, además, de planes tan relevantes

como son el Proyecto Madrid Río y el Plan de Renovación del entorno del río

Manzanares, generando un enclave urbano singular pero al mismo tiempo integrado en

su entorno, que contribuya a impulsar la transformación social y económica del ámbito y

su entorno inmediato.

- Integrar la solución morfológica en el contexto urbano inmediato, mediante el

reconocimiento de la topografía escarpada del ámbito, la continuidad de calles

existentes en el ámbito, la prevalencia de los espacios libres públicos sobre los espacios

libres privados y el establecimiento de la nueva edificación en continuidad y consonancia

con el entorno con la introducción de unos moderados hitos arquitectónicos en torno a

los parques y calles de mayor anchura.

- Permitir la continuidad del Parque Madrid Río aprovechando la desaparición del Estadio

Vicente Calderón, contribuyendo así a la mejora de conectividad y de accesibilidad del

distrito de Arganzuela y el área de influencia analizada.

- Continuar con el Parque Madrid Río hacia el centro de la ciudad, como vía de conexión

con el resto de la ciudad y espacio de convivencia entre los diferentes usos que se

estructuran en torno a este eje (residencial, comercial, docente, ocio, cultura).

- Solucionar las demandas de superficie de ampliación de los centros educativos del

ámbito y dotas al ámbito de nuevos espacios dotacionales.

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- Dirigir las bases del futuro diseño de la edificación hacia la utilización de criterios que

permitan un aprovechamiento racional de los factores ambientales, debido a la

orientación de las edificaciones, la sección del nuevo viario y la organización de los

espacios públicos.

- Establecer un régimen diverso de usos que se resumen en la prevalencia del uso

residencial y la implantación de usos terciarios en plantas inferiores, permitiendo una

fragmentación de la promoción inmobiliaria que permita un desarrollo paulatino en el

tiempo, la diversificación de inversiones y la presencia de múltiples soluciones

arquitectónicas.

4 MARCO NORMATIVO

Para la realización del presente “Plan de alarma, evacuación y seguridad civil en supuestos

catastróficos”, se ha tenido en cuenta la siguiente normativa:

- Ley 2/1985 de 21 de enero sobre protección civil. (BOE nº 22, de 25 de enero de 1985)

- Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto sobre medidas provisionales para la actuación

en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad

pública. (BOE 191, de 10 de agosto de 1985)

- Real Decreto 407/1992 de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de

Protección Civil (BOE nº 105 sw 1 de mayo de 1992)

- Decreto 85/1992 de 17 de diciembre, por el que se aprueba, con el carácter de Plan

Director, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM).

- Plan Territorial de Emergencia Munipal de Ayuntamiento de Madrid (PEMAM)

5 ANÁLISIS DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS

Los riesgos susceptibles de causar una emergencia de protección civil en el ámbito Nuevo

Mahou Calderón, que hagan necesaria la activación del presente Plan de Alarma, Evacuación y

Seguridad Civil podrían ser, entre otros, los que se citan a continuación.

5.1 FENÓMENOS NATURALES

Consisten principalmente en movimientos sísmicos, huracanes, inundaciones y sequías.

De los análisis ambientales y geológicos del ámbito, se desprende la poca probabilidad de

movimientos sísmicos o huracanes, que en todo caso, serán tenidas en cuenta en la aplicación

de las normas constructivas vigentes.

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Frente a las sequías e inundaciones se plantea la plantación de zonas verdes con especies

autóctonas de escaso consumo de agua, altamente tolerantes a la contaminación atmosférica, a

fin de evitar enfermedades y desecación, y riego por goteo abastecido con agua regenerada. La

existencia de vegetación evitará la erosión del terreno debido a las escorrentías, cuyas aguas

serán recogidas por la red de saneamiento, la cual cuenta con aliviaderos previos a cauces y

con puntos de vertido en los grandes colectores.

5.2 ACCIONES SOCIALES COLECTIVAS PACÍFICAS

Consisten principalmente en huelgas en servicios básicos, aglomeraciones y manifestaciones.

La aglomeración de personas no es muy probable al tratarse de una zona mayoritariamente

residencial, tras la eliminación del estadio de fútbol. Las posibles aglomeraciones procedentes

de equipamientos y zonas terciarias, así como de las zonas residenciales, tienen como

respuesta en la ordenación urbana una gran zona verde en el Parque del Río y en su

continuación hacia el interior de la ciudad. Estas zonas verdes conectan con las vías de acceso,

lo que permitirá canalizar adecuadamente los flujos de personas desde todas las zonas del

interior del ámbito hasta el Paseo de Pontones o Paseo Imperial.

5.3 ACCIONES SOCIALES VIOLENTAS

Consisten principalmente en sabotaje, vandalismo y terrorismo.

El control de las acciones sociales o colectivas violentas corresponde a las instituciones

encargadas. En cualquier caso, el mobiliario urbano y las instalaciones previstas, deberán

cumplir la normativa vigente para dificultar las acciones del vandalismo urbano.

5.4 IMPACTO DEL DESARROLLO PRODUCTIVO Y TECNOLÓGICO

Consisten principalmente en contaminación atmosférica, emisiones tóxicas, almacenamiento de

residuos, vertido de residuos.

Dado que se trata de un espacio principalmente residencial, con presencia de uso terciario y

dotacional es poco probable que se produzca un accidente debido a fugas contaminantes,

almacenamiento de vertidos o residuos contaminantes.

5.5 EMERGENCIAS POR FALLOS O ACCIDENTES DE SERVICIOS

Incendios, apagones eléctricos, colapsos de tráfico.

Las redes de abastecimiento, electricidad, telefonía y comunicaciones, gas y agua, serán

diseñadas de forma que cualquier avería pueda ser reparada con afectación a un reducido

número de usuarios.

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En caso de incendios, debemos asegurarnos de que los viales de aproximación a los edificios

cumplen lo señalado en el DB-SI5 del CTE que señala como obligatorias las condiciones

siguientes:

- Anchura mínima libre 3,5 m.

- Capacidad portante del vial 20 kN/m2.

- En los tramos curvos, el carril de rodadura debe quedar delimitado por la traza de una

corona circular cuyos radios mínimos deben ser 5,3 m y 12,5 m, con una anchura libre

para circulación de 7,20 m.

- Deben mantenerse libres de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros

obstáculos que dificulten las posibilidades de accesibilidad.

Los hidrantes deberán instalarse de acuerdo con la normativa que le es de aplicación, en

lugares fácilmente accesibles a los vehículos de cuerpo de bomberos, estar debidamente

señalizados, preparados para resistir las heladas y acciones mecánicas, así como conectados a

la red pública de abastecimiento de agua.

5.6 EMERGENCIAS MEDIOAMBIENTALES

Desertización y deforestación, sobreocupación del suelo, alteración del nivel freático,

agotamiento de acuíferos.

Las emergencias medioambientales son poco probables en el ámbito, en el que se van a

desarrollar amplias zonas verdes conectadas entre sí contribuyendo a la forestación, así como a

una ocupación adecuada del suelo.

En ningún caso se utilizarán aguas procedentes de acuíferos para el riego ni abastecimiento.

6 DEFINICIÓN DE LAS ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA

El Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha un modelo integral de gestión de la seguridad

y la emergencia basado en la sinergia de la actuación de los cuerpos de Policía Municipal,

Movilidad, Bomberos y SAMUR – Protección Civil con el fin de hacer frente a las situaciones de

emergencia en caso de catástrofe o calamidad pública “El Plan Territorial de Emergencia

Municipal de Ayuntamiento de Madrid” (PEMAM).

Por otra parte, con el fin de hacer frente a los riesgos más frecuentes y sensibles dentro del

entorno urbano municipal, el Ayuntamiento de Madrid ha diseñado una acción coordinada en

materia de prevención, que tienen en el ciudadano su objetivo a la vez que su protagonista

principal.

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1. Estrategia de Seguridad Vial con el objetivo de disminuir la morbilidad y la mortalidad

por accidentes de tráfico en la ciudad.

2. Estrategia de Prevención frente al fuego y resto de riesgos identificados.

3. Estrategia de Fortalecimiento de la respuesta frente a la aparición de emergencias

sanitarias.

4. Estrategia de Prevención frente a los riesgos meteorológicos comunes.

Es desde el Centro Integrado de Seguridad y Emergencias Municipales (CISEM) donde se

encuentra la central de comunicaciones de todos los servicios, de los cuerpos de Policía

Municipal, Movilidad, Bomberos y SAMUR – Protección Civil, desde donde se establecerá el

marco organizativo que sea capaz de:

- Dar respuesta de manera rápida y efectiva a todas las emergencias.

- Coordinar todos los servicios, medios y recursos existentes en el municipio, según lo

dispuesto en los protocolos conjuntos de actuación establecidos o que se establezcan.

- Comprobar y evaluar la información.

En caso de que la emergencia sobrepase la capacidad de respuesta por la administración local,

el Director del PEMAM se lo comunicará al Director del PLATERCAM (Plan Territorial de

Protección Civil de la Comunidad de Madrid) a los efectos oportunos.

6.1 MEDIDAS Y ACTUACIONES A PARTIR DE LA ACTIVACIÓN DEL PLAN DE EMERGENCIA

Al objeto de mantener un adecuado orden y control en el área afectada por la situación de

emergencia, la Jefatura de Policía Municipal o, en su caso, de Policía Nacional, Guardia Civil o

de las Fuerzas Armadas, se determinarán y destinarán los medios necesarios para:

- Control de Accesos a las zonas de Operaciones definidas.

- Ordenación del tráfico para facilitar las operaciones de emergencia y evacuación.

- Rescate.

- Definición del área de agrupamiento de heridos.

- Definición del operativo de Comunicaciones.

- Instalación del puesto médico avanzado.

- Información a la población.

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Es importante definir desde el inicio de las actuaciones de las vías de entrada y salida de los

vehículos de emergencia con el fin de garantizar el movimiento de los mismos a la zona de

intervención. En nuestro caso, se utilizarán las vías que rodean el ámbito, M-40 y M-201.

Las operaciones de rescate, se ejecutarán de acuerdo a los protocolos conjuntos establecidos

con SAMUR – Protección Civil y con Policía Municipal.

Los servicios Médicos definirán el Área de agrupamiento de heridos, así como las medidas

necesarias para evacuación de los mismos.

El Director del PEMAM determinará en cada momento y para cada nivel de emergencia, el tipo,

contenido y alcance de la información a transmitir. El gabinete de prensa de Emergencias

Madrid, a través del gabinete de comunicación del CECOP será el responsable de mantener la

coordinación de éste con los medios de comunicación.

La Finalización de la Fase asistencial será declarada por el Director de Operaciones, y supondrá

la retirada de los efectivos de los servicios intervinientes.

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7 MEDIOS DE PROTECCIÓN MATERIALES Y HUMANOS

Próximos al sector encontramos los siguientes medios:

- Parque de Bomberos 3 Centro, situado en la Ronda de Segovia, 95.

- Base 13 del SAMUR-Protección Civil, situada en Carrera de San Francisco, 10.

- Comisaría de Policía Nacional distrito Madrid-Arganzuela, situada en Ronda de Toledo,

26

- Jefatura de la Primera Zona de la Guardia Civil, situada en Calle de la Batalla del salado,

32.

- Centro de Salud Paseo Imperial, situado en Calle de Toledo, 180.

- Centro de Especialidades Pontones, situado en Ronda de Segovia, 52.

- Hospital de la Venerable Orden Tercera de San Francisco de Asís, situado en Calle San

Bernabé, 13.

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