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Ministerio de Justicia Jde la
Provincia de Salta
“Principios, Derechos y Deberes de los actores que participan del Programa”
Disertantes:Dra. Claudia AlemandiDra J lieta JamesDra. Julieta James Dra. María Falconier
Parte I: Dra. Claudia Alemandi
Derechos y Deberes de los padres: normas del Código Civildel Código CivilDesacuerdo entre los padres.Mediación.
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DERECHOS y DEBERES de los yPADRES
emergentes de la PATRIA POTESTADPOTESTAD
Artículo 264 del Código Civil (Texto según ley 23 264 art ° 3)(Texto según ley 23.264, art.° 3)
3
La patria potestad es el conjunto p p jde deberes y derechos que
d l d b lcorresponden a los padres sobre las personas y bienes de los hijos, parapersonas y bienes de los hijos, para su protección y formación integral,
desde la concepción de éstos y mientras sean menores de edad.
4
Los fines de la autoridad de los padres son en la ley la protección y formación integral de los hijos.
El padre y la madre son, entonces, los titulares de la patria potestad sobretitulares de la patria potestad sobre sus hijos menores, matrimoniales o
extramatrimoniales convivan o no conextramatrimoniales, convivan o no con ellos, ejerzan o no la autoridad
paternalpaternal.
5
Art 264 Quater: QActos cotidianos: la ley presume que decido por uno de los padres cuentan con la conformidad delcuentan con la conformidad del
otro, ,
salvo que medie oposición expresa.
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Actos trascendentales
d b i ldebe concurrir la expresa conformidad de ambosconformidad de ambos
padres.padres.
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Art 264 ter del Código Civil:Art 264 ter del Código Civil: En caso de desacuerdo entre los padres
l i d ll d á di l jcualquiera de ellos podrá acudir al juez competente, quien resolverá lo más p , qconveniente para el interés del hijo.
El juez podrá oír al menorEl juez podrá oír al menor. Si los desacuerdos fueren reiterados podrá atribuirlo total o parcialmente a uno de los padres o distribuir entre ellos sus funciones,padres o distribuir entre ellos sus funciones, por el plazo que fije, el que no podrá exceder de dos añosde dos años.
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MEDIACIÓNMEDIACIÓN
Es un proceso en el que un t t l f ilit l diáltercero neutral facilita el diálogo para lograr la satisfacción de lospara lograr la satisfacción de los
intereses de las partes y en su p ycaso construir acuerdos de
consenso.
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MEDIACIÓNCuerpo de conocimientos
teoricos practicos
MEDIACIÓN
teoricos practicos
Proceso alternativo para la resolucion de conflictos
DIALOGO PARA ACUERDOS SATISFACTORIOSSATISFACTORIOS
TERCERO NEUTRAL: PROTAGONISTAS EN EFICAZ PARATERCERO NEUTRAL: FACILITA EL DIALOGO
PROTAGONISTAS EN LA BUSQUEDA DEL
ACUERDO
EFICAZ PARA MANTENER BUENAS
RELACIONES
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ACTORES QUE CONVIVEN EN LA ESCUELA
ESCUELAESCUELA
FAMILIACOMUNIDAD
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CARACTERÍSTICAS DE LA MEDIACIÓN ESCOLAR
V l t d d ti iVoluntad de participar.Cooperación para resolver el problema.p p pAutocomposición: los participantes
deciden y resuelvendeciden y resuelven.Confidencialidad. Esfuerzo de proyección al futuroEstructura flexible.Estructura flexible.
*Fuente: “Resolviendo conflictos en la escuela” Ana Prauda – Universidad de Sonora – 1° Edi.2002.
FIN presentación D��� C������ A�������p
12
Parte II:
ÍDra. MARÍA JULIETA JAMES
DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTESADOLESCENTES.SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE
Ñ ÑLOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS YADOLESCENTES. LEY 26.061.INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.
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PERSONA:PERSONA:“
)
NIÑO:NIÑO:“SON LAS PERSONAS DESDE EL “SON LAS PERSONAS DESDE EL
MOMENTO DE SU CONCEPCIÓN HASTA MOMENTO DE SU CONCEPCIÓN HASTA ALCANZAR LA MAYORÍA DE EDAD A LOS ALCANZAR LA MAYORÍA DE EDAD A LOS 18 AÑOS DE EDAD” (Art. 70 y 126 del C. 18 AÑOS DE EDAD” (Art. 70 y 126 del C. Civil)Civil)Civil)Civil)
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SITUACION IRREGULAR SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL
NIÑO OBJETO - COSA NIÑO SUJETO - PERSONA
• Considera la niñez solo ante • Atiende la niñez en su totalidad sin• Considera la niñez solo ante vulneración o riesgo social
• Atiende la niñez en su totalidad, sin distinción de circunstancia de riesgo o vulnerabilidad
R t t i t t P líti úbli i l• Respuestas estrictamente judiciales, toma decisiones disponiendo discrecionalmentede los niños
• Políticas públicas, universales, sociales, planificadas con participación de la comunidad. Ej. Programa de Educación Sexualde los niños Educación Sexual
• Estado interviene con Patronato, disponiendo de su id
• Estado promotor del bienestar de los niños y garante de sus derechos
vida
• Niño objeto de protección • Niño sujeto de derecho, persona independiente, con sus propios derechos
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CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA LEY 26 061PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA LEY 26.061
G O íGarantiza el ejercicio y disfrute
pleno, efectivo, permanente de los
Dispone la obligatoriedad de la
Convención Internacional de
Orienta políticas públicas, sobre
niños y asignación privilegiada depermanente de los
derechos del niñoInternacional de
Derechos del Niñoprivilegiada de
recursos
Consagra Interés Superior
del niñoComunidad parte activa
Responsabilidad prioritaria de la
familia
Obligación del Estado
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Interés Superior del NiñoInterés Superior del NiñoArtículo 3º Ley 26.061Artículo 3 Ley 26.061
Se entiende por interés superior deSe entiende por interés superior de la niña, niño y adolescente, la
máxima satisfacción, integral y i l á d l d hsimultánea de los derechos y
garantías reconocidos en esta leygarantías reconocidos en esta ley.
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PAUTAS O CRITERIOS PARA
LA DETERMINACIÓN DEL
INTERÉS SUPERIOR DELINTERÉS SUPERIOR DEL
NIÑONIÑO
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CONSIDERACIÓN DEL NIÑO COMO PERSONA
Con derechosMadurez
emocional
Para su formación
f tCon derechos y necesidades
propias
emocional, mental,
discernimiento
como futuro adulto y el
disfrute de su niñez
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PRINCIPIO DE NO INGERENCIA ESTATAL EN LASRELACIONES FAMILIARES
Intervención Respeto a la privacidad
familiar
estatal cuando se vulnera al
niñoniño
Ante el orden Armonía entreAnte el orden público,
interés social, estado
interviene Ej
Armonía entre familia y estado,
cooperación y asistencia Ejinterviene. Ej.
ESIasistencia. Ej.
ESI
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CIRCUNSTANCIAS FÁCTICAS MODO TIEMPO LUGAR
En el momento Valida todas puntual a resolver
las pautas anteriores
Situaciones específicas
“Vestido a la medida”específicas medida
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COLABORACIÓN DE LAS DISCIPLINAS CIENTÍFICAS
Análisis de la Psicología, psiquiatría, sociología medicinarealidad
circundante
sociología, medicina, acompañante
terapéutico, medicina
Informes M t lid dInformes, seguimientos,
recomendaciones
Muestran realidad concretarecomendaciones
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OPINIÓN DEL NIÑO
Para acceder al conocimiento
Si está en condiciones de
formar suLa opinión del
niño esal conocimiento de
circunstancias fácticas
formar su propio juicio, en función de
su edad y
niño es Importante
pero no obligatoriafácticas su edad y
madurezobligatoria
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INTERÉS FAMILIARINTERÉS FAMILIAR
Niño como miembroIntegración
armoniosa de susNiño como miembro de una familia.
armoniosa de sus intereses con los de su entorno familiarsu entorno familiar.
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DERECHOS RELACIONADOS CON LA ÓEDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL
ARTÍCULO 8º DERECHO A LA VIDA
ARTÍCULO 9º DERECHO A LAARTÍCULO 9º DERECHO A LA DIGNIDAD Y A LA INTEGRIDAD
PERSONALPERSONAL
ARTÍCULO 13º DERECHO A LA SALUD
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ARTÍCULO 15º: DERECHO A LA EDUCACIÓNARTÍCULO 15º: DERECHO A LA EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 17º: PROHIBICIÓN DEARTÍCULO 17º: PROHIBICIÓN DE DISCRIMINAR POR ESTADO DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y PATERNIDADMATERNIDAD Y PATERNIDAD.
ARTÍCULO 24º : DERECHO A OPINAR Y A SERARTÍCULO 24 : DERECHO A OPINAR Y A SER OIDO.
FIN presentación Dra. Julieta Jamesp
26
PARTE III:
Dra. María Falconier
Derechos y Obligaciones establecidos en la C tit ió N i l P i i l b lConstitución Nacional y Provincial sobre la educación, la infancia y la salud.Jurisprudencia y doctrina.
27
¿Qué legitimación tiene el Estado Nacional¿Qué legitimación tiene el Estado Nacional para dictar la ley 26.150?
Artículo 75: (Constitución Nacional) Corresponde al Congreso:p g
Inc.18: Proveer lo conducente a la prosperidad del país al progreso de la ilustracióndel país… al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general.Inc. 19: Sancionar leyes .. de educación … que aseguren … la participación de la familia y la g p p ysociedad, y la igualdad de oportunidades.
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Obligación del Estado Nacional respecto de la Educaciónespecto de a Educac ó
Artículo 14 (C N ):Artículo 14 (C.N.): todos los habitantes
de la Nación gozan de los siguientes derechosderechos…
de enseñar y aprenderde enseñar y aprender.29
Constitución ProvincialArtículo 47° : “La
ÓEDUCACIÓN”La educación es un derecho de la persona Un deber de la familia y de la ysociedadEl Estado asiste como función social prioritaria,
i di l i l bl30
Corte Suprema de Justicia de la Nación Fallo n° 466. XXXVII - "Ferrer de Leonard, Josefina y otros c/ Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán s/ amparo" - CSJN - 12/08/2003
"La educación es la base del desarrollo personal del ser
h ll l E d i lhumano, por ello el Estado tiene el deber indelegable de garantizarla”deber indelegable de garantizarla
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El fi d l d ióEl fin de la educación Artículo 48° Constitución ProvincialArtículo 48 Constitución Provincial
Es el desarrollo integral armonioso yEs el desarrollo integral, armonioso y permanente de la persona La formación de un hombre capacitado
i i i d dpara convivir en una sociedad democrática participativa basada en la p plibertad y la justicia social.
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¿ Que obligación tiene el ¿ Q gEstado Provincial con la
I f i ?Infancia?
A í l 33Artículo 33 (Constitución Provincial):
“El E t d l t ió“El Estado asegura la protección de la infancia, cubriendo susde la infancia, cubriendo sus
necesidades afectivas, ambientales, de educación, salud, alimentación y
recreación”recreación33
Amparo planteado contra de la Ordenanza Municipal "Programa de Salud Sexual y Reproductiva" dictada por la Municipalidad de Vicente Lópezy Reproductiva dictada por la Municipalidad de Vicente López
(SALA I - 07/05/2002 CAUSA n° 89452 )Fallo dictado por la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL y
COMERCIAL DE SAN ISIDRO (Buenos Aires)COMERCIAL DE SAN ISIDRO (Buenos Aires)
“Aparece como mejor para el interés del p j pmenor que se le brinde educación sexual pr nti p r it r l p rj i ipreventiva, para evitar los perjuicios a su salud, sin que esto libere a los padres q p
de sus deberes educativos y preventivos en orden a la salud de su prole”orden a la salud de su prole .
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La SALUDArtículo 41° (Constitución Provincial)
Es un derecho inherente a la vida y su preservación es un deber de cada personapreservación es un deber de cada persona. Es un bien social. Compete al Estado el cuidado de la salud fí i t l i l d lfísica, mental y social de las personas, y asegurar a todos la igualdad de g gprestaciones ante idénticas necesidades.
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El derecho a la salud constituye:
U i di bl lUn presupuesto indispensable para el ejercicio de otros derechos.ejercicio de otros derechos.
Una precondición para la realización p pdel proyecto personal de todo ser
humano.(Cayuso, Susana Graciela, "El derecho a la salud: un derecho de protección y de prestación", en Salud, Derecho
y Equidad. Principios constitucionales. Ed. Ad Hoc, Buenos Aires, 2001, pág. 37)
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Amparo contra el reparto de la píldora “del día después” “Mujeres por la Vida Asociación Civil vs. Gobierno de la Provincia de Córdoba” j p(fallo dictado por la CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y
COMERCIAL DE CÓRDOBA el 07/08/2008)
Los seres humanos son seres sexuados.E i t d h l di f t d l lid dExiste un derecho al disfrute de la sexualidad que constituye un derecho fundamental de la
especie humana.Para la mujer en particular a veces la cuestiónPara la mujer en particular, a veces la cuestión atinente al conocimiento de la cuestión sexual
t l dif i t l id lrepresenta la diferencia entre la vida y la muerte. (voto del Dr. Sánchez Torres)
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FIN PRESENTACIÓN muchas gracias
MINISTERIO DE JUSTICIAMINISTERIO DE JUSTICIA de la Provincia de Salta
Santiago del Estero n° 2291 Teléfono: 0387-4329206 y 4329208
[email protected] Salta - Argentinag
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