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Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialDirección de Agua Potable y Saneamiento Básico y AmbientalRepública de Colombia
GESTIÓN DEL AGUA EN EL ÁMBITO DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA-La experiencia de Colombia-
Cartagena, Colombia14 de junio de 2005
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialDirección de Agua Potable y Saneamiento Básico y AmbientalRepública de Colombia
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
POLITICA DE DESARROLLO TERRITORIAL
PLANES DE ORDENACIÓN Y MANEJO DE LAS CUENCAS HIDROGRAFICAS
POLITICA AMBIENTAL
POLITICAS SECTORIALES
PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL
Ley 812 de 2003
Ley 99 de 1993 Ley 388 de 1997 Ley 142 de 1994 y otras
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La cuenca hidrográfica es la unidad de análisis adecuada para la planificación y administración del recurso hídrico
45 cuencas hidrográficas principales
Fuente IDEAM
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FORTALEZA DEL MODELO
Las Corporaciones Autónomas Regionales, son responsables de la administración y protección de los recursos naturales renovables. Ejercen la función de autoridad ambiental.
Modelo descentralizado: gozan de autonomía administrativa, presupuestal y financiera.
33 corporaciones y UAESPNN
Fuente: IDEAM
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DEBILIDAD DEL MODELO
En muchas ocasiones, la jurisdicción de las autoridades ambientales no corresponde a la cuenca hidrográfica.
La gestión del agua se dificulta:•No existen criterios unificados para la planificación y administración de la cuenca;•Hay impedimento legal para la realización de inversiónes por fuera de cada jurisdicción.
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ACCIONES PARA SUPERAR LA DEBILIDAD Y FORTALECER EL MODELO DE GESTIÓN DEL AGUA
Fortalecer la capacidad de gestión de las autoridades ambientales, de manera que la unidad territorial de planificación y administración sea la cuenca hidrográfica tomando el recurso hídrico como eje estructurante …
… mediante un PROYECTO DE LEY que establece:
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Plan Hídrico Nacional con horizonte de planificación a 20 años.Plan de Ordenación y Manejo de Cuenca Hidrográfica formulado e implementado gradualmente según priorización de orden nacional y regional.Definición de objetivos y metas de calidad del recurso hídrico con visión de largo plazo.
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Cuencas compartidas deben ser planificadas y administradas por COMISIÓN CONJUNTA(Comisiones conjuntas = Organismos de Cuenca).Decisiones de Comisión Conjunta son de obligatorio cumplimiento por Corporaciones Autónomas.Consejo de Cuenca como instancia de consulta y partipación ciudadana de conformación mixta, cuyas observaciones deben ser consideradas por la Comisión Conjunta o la Corporación Autónoma respectiva.
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Recursos financieros (tasas ambientales) bajo el criterio de recuperación de costos para la gestión del agua.Inversiones de los miembros de la Comisión Conjunta bajo el principio de solidaridad de cuenca, es decir, focalizando los recursos en las áreas y acciones priorizadas en el Plan de Ordenación de la cuenca, de forma que su asignación se puede realizar por fuera de la jurisdicción de la Corporación respectiva.
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Registro público de usuarios del agua por cuenca, con información de balance hídrico, calidad, concesiones y permisos.Cuentas del Agua de acceso público, para seguimiento al recaudo e inversión de los recursos financieros.Obligatoriedad de monitoreo y seguimiento del estado del recurso hídrico, y de reporte al Sistema de Información Ambiental (módulo agua).
GRACIAS
[email protected]@minambiente.gov.co
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