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METODOLOGÍA DE SEGUIMIENTO A LAS ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS AÑO 2017

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METODOLOGÍA DE SEGUIMIENTO A LAS ACCIONES DEL PLAN DE

INTERVENCIONES COLECTIVAS

AÑO 2017

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TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETIVO ............................................................................................................ 2

2. ALCANCE ............................................................................................................... 2

3. MARCO LEGAL ...................................................................................................... 3

4. GLOSARIO .............................................................................................................. 5

5. GENERALIDADES .................................................................................................. 4

6 CRONOGRAMA ................................................................................................... 7

7 ANEXOS ............................................................................................................... 8

8. BIBLIOGRAFIA ....................................................................................................... 9

9. CONTROL DE CAMBIOS ....................................................................................... 9

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CONTROL DE DOCUMENTOS METODOLOGÍA DE SEGUIMIENTO A

LAS ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS

Código: SDS-GSP-LN -01 V.2

Elaborado por: Eduardo Andrés Barbosa-Griselly Franco Revisado por: Libia Esperanza Forero García -Ricardo Rojas Higuera Aprobado por: Patricia Arce Guzman

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1. OBJETIVO

1.1 Objetivos Generales del Proceso de Seguimiento a las acciones de PSPIC:

Fortalecer la capacidad técnica de los operadores para la ejecución de las acciones del PSPIC, en la perspectiva de mejorar continuamente el proceso de prestación de servicios de salud pública a la población.

Verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales de los operadores del PSPIC.

1.2 Objetivos específicos del Proceso de Seguimiento a las acciones de PSPIC:

Realizar acompañamiento y asistencia técnica a los operadores locales con el propósito de fortalecer sus capacidades de gestión en la implementación del PSPIC.

Identificar las fortalezas, debilidades y oportunidades de los procesos orientados a la atención de la población, en el marco del mejoramiento continuo.

Realizar el seguimiento y monitoreo de la implementación del PSPIC, sus resultados y el cumplimiento de las metas en las localidades en las cuales se opera el PSPIC.

2. ALCANCE

Desde la definición del seguimiento a las acciones y productos, pasando por la implementación de las estrategias, planes y programas de acciones de Interés en Salud

Pública, hasta la realimentación de los avances que se han hecho para alcanzar las

metas y objetivos, contribuyendo a la toma de decisiones del equipo directivo de la

Subsecretaría de Salud Pública.

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3. MARCO LEGAL

La Secretaría Distrital de Salud de Bogotá en cumplimiento de sus funciones de dirección, planificación, orientación, coordinación y control de la gestión del sistema y en el marco de políticas, planes, programas y proyectos del nivel nacional y distrital, crea las condiciones de acceso universal de la población al Sistema General de Seguridad Social en Salud dentro de los cuales garantiza el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas.

La Ley 715 de diciembre de 2001, dicta normas orgánicas en materia de recursos y competencias. En su artículo 46 define que los Distritos y Municipios asumirán las acciones de promoción y prevención que incluye aquellas que hacían parte del Plan Obligatorio de Salud Subsidiado, las cuales deben ser incluidas en el Plan de Atención Básica o Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas, el cual debe ser elaborado con participación de la comunidad y bajo la dirección del Consejo Territorial de Salud.

El Artículo 33 de la Ley 1122 de 2007, hace algunas modificaciones en el Sistema de Seguridad Social en Salud y dicta otras disposiciones entre ellas las que tienen que ver con Intervenciones Colectivas a cargo de la nación y las entidades territoriales, el reemplazo del Plan de Atención Básica (PAB) por el Plan de Intervenciones Colectivas (PSPIC), modelos de atención como salud familiar y comunitaria, atención primaria y domiciliaria, entre otros.

La Ley 1450 de 2011 adopta las políticas, prioridades, objetivos, metas y estrategias del Plan Nacional de Salud Pública para el cuatrienio 2010-2014. Las Direcciones Territoriales de Salud deben formular y aprobar el Plan de Salud Territorial que comprende acciones del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas, en coherencia con los perfiles de salud territorial y además, adoptar el sistema de evaluación por resultados.

Posterior a la adopción del Plan Decenal de Salud Pública a través de la resolución 1841 de 2013, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 518 de 2015, “Por la cual se dictan disposiciones en relación con la Gestión de la Salud Pública y se establecen directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas (PSPIC)”. En dicha resolución se establecen las disposiciones en relación con la Gestión de la Salud Pública y directrices para la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas, en adelante PSPIC y las Intervenciones, Procedimientos, Actividades e Insumos a ser financiados con recursos del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas.

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El artículo 8 de la Resolución 518 de 2015 define al PSPIC como un plan complementario al Plan Obligatorio de Salud (POS) y a otros beneficios, dirigido a impactar positivamente los determinantes sociales de la salud e incidir en los resultados en salud, a través de la ejecución de intervenciones colectivas o individuales de alta externalidad en salud definidas en la presente resolución, desarrolladas a lo largo del curso de vida, en el marco del derecho a la salud y de lo definido en el Plan Decenal de Salud Pública (PDSP).

El artículo 14 de la citada Resolución establece que las intervenciones colectivas se contratarán con las instituciones que tengan capacidad técnica y operativa, cumpliendo con la normatividad vigente en materia de contratación estatal, para lo cual tendrá en cuenta lo siguiente: “14.1. La entidad territorial contratará prioritariamente con las Empresas Sociales del Estado ubicadas en el territorio (incluye las IPS indígenas), las acciones del PSPIC para las cuales tenga capacidad técnica y operativa (…)”

El numeral 18.6 del artículo 18 de la mencionada Resolución determina que la entidad territorial y la institución con la cual se contrate el PSPIC, deberá observar los siguientes criterios durante la ejecución del mismo: “(...) 18.6. La implementación de procesos administrativos para la planeación, organización, control y evaluación del PSPIC”

La Ley 1474 de 2011 obliga a las entidades estatales a realizar la vigilancia permanente para la correcta ejecución de los contratos, para tal efecto en sus artículos 83 y 84 disponen: “(…)

Artículo 83. Supervisión e interventoría contractual. Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda.

La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados. Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos.

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La interventoría consistirá en el seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato realice una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la Entidad Estatal, cuando el seguimiento del contrato suponga conocimiento especializado en la materia, o cuando la complejidad o la extensión del mismo lo justifiquen. No obstante, lo anterior cuando la entidad lo encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar el seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico del objeto o contrato dentro de la interventoría.

Artículo 84. Facultades y deberes de los supervisores y los interventores. La supervisión e interventoría contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista.

Los interventores y supervisores están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, y serán responsables por mantener informada a la entidad contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente (…)”. 4. GLOSARIO

Para el seguimiento a las Acciones de Salud Pública del Plan de Intervenciones Colectivas (PSPIC), se deben tener en cuenta los siguientes conceptos:

4.1 Seguimiento del PSPIC:

Se define como la observación de la evolución y el desarrollo del proceso relacionado con la ejecución de las acciones del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas (PSPIC), en la que las partes interesadas obtienen regularmente una realimentación sobre los avances que se han hecho para alcanzar las metas y objetivos, contribuyendo a la toma de decisiones1, con base en los cuatro espacios: (vivienda, trabajo, educativo y público) y tres procesos transversales (Gobernanza para la Salud y Calidad de Vida, Gestión de Programas y Acciones de Interés en Salud Pública y Vigilancia en Salud Pública) a los cuales se realiza el Seguimiento.

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Adaptado de “Manual de Seguimiento y Evaluación de Resultados”, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, Oficina de Evaluación, Nueva York, NY, 2009.

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4.2 Gestión2 del ciclo de seguimiento del PSPIC:

Son las estrategias, métodos y herramientas implementadas por parte de la Subsecretaría de Salud Pública, en el marco de la supervisión de las acciones que se desarrollan para el Plan Salud Pública de Intervenciones Colectivas por parte de los operadores contratados, de acuerdo a lo establecido por la normatividad legal vigente, que permiten monitorear la implementación, los resultados y los impactos de las acciones en salud pública de la ciudad con el propósito de generar mejoramiento continuo en los procesos en aras de satisfacer las necesidades en salud de la población. El proceso contempla la participación de profesionales que integran los grupos técnicos de las diferentes dependencias de la Subsecretaría de Salud Pública, así como aquellos que según la necesidad, se encuentren vinculados como apoyo para realizar el seguimiento a través de un contrato de prestación de servicios o a través del equipo de trabajo de la firma que ejecute el contrato de interventoría.

Los profesionales que integran los grupos técnicos de las diferentes dependencias de la Subsecretaría de Salud Pública, desarrollan la línea denominada Asistencia técnica y Acompañamiento del PSPIC y los profesionales vinculados como apoyo para realizar el seguimiento a través de un contrato de prestación de servicios o el equipo de la firma de interventoría, desarrollan la línea denominada Seguimiento y Control al Cumplimiento de las obligaciones y Productos del PSPIC

La línea de Asistencia técnica y Acompañamiento del PSPIC, (ver figura1) coadyuva en el cumplimiento del objeto de la implementación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas por parte de los operadores de las acciones del PSPIC, a través de actividades de fortalecimiento de las capacidades técnicas para garantizar la calidad de los productos contratados, aclaración de inquietudes, certificación del cumplimiento de productos y emisión de conceptos técnicos de la calidad de los productos.

2 Gestión: Actividades coordinadas para dirigir y controlar una organización- fuente: NTC-ISO 9000-2015.

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El producto del desarrollo de esta línea se materializa en información consolidada que se realimenta a dos niveles:

1. Directamente a los operadores de las acciones del PSPIC, con el propósito de mantener o mejorar las acciones.

2. Al grupo que desarrolla el Seguimiento y Control al cumplimiento de las obligaciones y Productos del PSPIC, como insumo para el proceso de verificación.

A partir de la línea de Seguimiento y Control al Cumplimiento de las obligaciones y Productos del PSPIC, (Ver figura 1) se adelantan acciones de verificación sobre la ejecución de los productos y obligaciones del PSPIC, desde la perspectiva administrativa, financiera y técnica en coherencia con lo establecido en el contrato interadministrativo y sus anexos, bajo el enfoque de mejoramiento continuo de los procesos del PSPIC.

El producto del desarrollo de esta línea se materializa en información consolidada que se realimenta a dos niveles:

1. Directamente a los operadores de las acciones del PSPIC, con el propósito de mantener o mejorar las acciones.

2. Al grupo directivo de la SSSP y a los profesionales de los Grupos Técnicos que desarrollan la Asistencia técnica y Acompañamiento del PSPIC, como insumos para orientar la toma de decisiones en relación a la ejecución y/o la planeación de las acciones.

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Figura 1. Ciclo de Gestión del Seguimiento a las acciones del Plan de Intervenciones Colectivas - PSPIC

GRUPOS TÉCNICOS

SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA

SEGUIMIENTO Y CONTROL

ASISTENCIA TÉCNICA

PIC

PLANEAR HACER

ACTUAR VERIFICAR

GRUPO DE SEGUIMIENTO Y CONTROL AL CUMPLIMIENTO DE LAS

OBLIGACIONES Y PRODUCTOS DEL PIC

GRUPOS TÉCNICOS DE LA SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA

Fuente: Adaptado de Metodología general de identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública, Ortegón, E., Pacheco, J. F., & Roura, H. (2005). Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES) Área de proyectos y programación de inversiones. Santiago de Chile. Disponible para consulta en: http://www.industriaynegocios.cl/Academicos/HectorFuentes/Cursos/Proyecto%20social/material_class/docs_pdf/manual39%20ARBOL%20DE%20PROBLEMA.pdf

Fuente: Adaptado de “Manual de Seguimiento y Evaluación de Resultados”, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, Oficina de Evaluación, Nueva York, NY, 2009. Disponible para consulta en: http://web.undp.org/evaluation/handbook/spanish/documents/manual_completo.pdf

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1

4.3 Asistencia Técnica:

Son actividades desarrolladas por los grupos profesionales de la Subsecretaría de Salud Pública, que en el marco del seguimiento a las Acciones en Salud Pública del Plan de Intervenciones Colectivas coadyuvan en el cumplimiento del objeto contractual por parte de las ESE, en términos generar y/o fortalecer la capacidad del operador para cumplir con los criterios de calidad de los productos contratados.

El desarrollo de la asistencia técnica puede y debe generar alertas que deben ser informadas al equipo de seguimiento y control. De igual manera, la asistencia técnica puede ser de diversos tipos en función del objetivo central de la misma:

4.3.1 Asistencia técnica - Fortalecimiento de capacidades y habilidades técnicas:

Se entiende como el proceso de tipo grupal o individual, que se desarrolla a través de diversos mecanismos para construir y fortalecer valores, actitudes y conocimientos que permitan al talento humano de los operadores de las acciones del PSPIC, identificar oportunidades de mejora, tomar decisiones acertadas, solucionar dificultades, aclarar dudas y optimizar el trabajo en equipo. Este tipo de asistencia técnica permite a la Subsecretaría de Salud Pública estandarizar, complementar y fortalecer conceptos, métodos e interpretaciones entre los operadores del PSPIC.

4.3.2 Asistencia técnica - Asesoría y/o acompañamiento:

Se entiende como el apoyo realizado en el desarrollo de las acciones del PSPIC a los operadores por parte de los equipos técnicos de la SSSP. En este tipo de asistencia técnica la SSSP apoya a los operadores a través de la orientación para la identificación de problemas, la solución de dificultades, la toma de decisiones, la identificación de oportunidades de mejora y la selección de cursos de acción, así como la aclaración de dudas frente a la operación regular del PSPIC.

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Esta asistencia puede ser grupal o individual, y se desarrolla por varios mecanismos entre ellos la comunicación oficial entre la SSSP (correo electrónico, oficios) y las visitas en campo.

4.3.3 Asistencia técnica - Emisión de conceptos técnicos de productos:

Se entiende como el proceso que permite a los operadores de las Acciones del PSPIC y a la SSSP reconocer la calidad y pertinencia de algunos productos contractuales del PSPIC que por sus características específicas deben ser directamente verificados por los equipos técnicos de la SSSP. Por ejemplo: la validación de bases de datos o los informes sobre brotes de eventos en salud pública.

4.4 Seguimiento y Control:

Son actividades desarrolladas por la Supervisión de la entidad, con el apoyo de los profesionales vinculados como apoyo a la supervisión de la entidad, a través de un contrato de prestación de servicios o a través del equipo de la firma que ejecuta un contrato de interventoría, para realizar la verificación sobre la ejecución del objeto, los productos y las obligaciones del PSPIC, desde la perspectiva administrativa, financiera, técnica y jurídica en coherencia con los términos contractuales para cada uno de los componentes programáticos.

4.5 Calidad del Producto:

Se entiende como el cumplimiento de los criterios o atributos esperados o establecidos para cada uno de los productos definidos en los lineamientos técnicos y operativos de las Acciones en Salud pública del PSPIC por parte de la SSSP.

4.6 Integralidad:

Se entiende como la ejecución articulada y continua del conjunto de características de calidad de los productos desarrollados por los operadores del PSPIC en función de las acciones individuales y colectivas para los componentes del PSPIC en las diferentes escalas de la operación de la salud urbana

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4.7 Oportunidad:

Característica que se refiere a la acción desarrollada en el tiempo esperado frente a la implementación de una actividad y/o la presentación de un producto.

4.8 Continuidad: Es el grado en el cual los usuarios reciben las intervenciones requeridas, mediante una secuencia lógica y racional de actividades, definidas en los lineamientos técnicos y operativos.

4.9 Coherencia:

Característica referida a la relación de las acciones desarrolladas con el problema identificado.

4.10 Pertinencia: Es la característica que refiere la obtención de servicios que se requieren, con los mayores beneficios y el menor riesgo a nivel individual y colectivo frente a los eventos de interés en salud pública

4.11 Seguimiento Concurrente:

Modalidad desarrollada través de las líneas de Asistencia Técnica y Seguimiento y Control a las Obligaciones y Productos del PSPIC que tiene como característica la implementación del seguimiento en tiempo real a la ejecución de las acciones contratadas por parte de los operadores del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas, con el fin de orientar la toma de decisiones en el marco del mejoramiento continuo.

4.12 Seguimiento Retrospectivo:

Modalidad desarrollada través de las líneas de Asistencia Técnica y Seguimiento y Control a las Obligaciones y Productos del PSPIC que tiene como característica la implementación del seguimiento en tiempo posterior a la ejecución de las acciones contratadas por parte de los operadores del Plan de Salud Pública Intervenciones Colectiva, con el fin de orientar la toma de decisiones en el marco del mejoramiento continuo.

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5. GENERALIDADES

5.1 Cobertura del Proceso de Seguimiento a las acciones de PSPIC:

El Proceso de seguimiento se realiza para las 4 Subredes que operan en las 20 localidades del Distrito.

Subred UPSS que operan el

Localidad

NORTE

Usaquén Usaquén

Barrios Unidos

Chapinero

Chapinero

Teusaquillo

Mártires

Engativá Engativá

Suba Suba

CENTRO ORIENTE

Centro Oriente Santafé

Candelaria

San Cristóbal San Cristóbal

Rafael Uribe Uribe Rafael Uribe Uribe

Antonio Nariño

SUR

Vista Hermosa Ciudad Bolívar

Usme Usme

Tunjuelito Tunjuelito

Nazaret Sumapaz

SUR OCCIDENTE

Fontibón Fontibón

Sur Kennedy

Puente Aranda

Pablo VI Bosa Bosa

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5.2 Componentes del PSPIC sobre los que se desarrolla el Proceso de Seguimiento:

El Plan de Intervenciones Colectivas (PSPIC), se encuentra conformado por cuatro componentes básicos que corresponden a la organización programática de las acciones de intervención colectiva en el distrito capital, sobre los cuales se realiza el Seguimiento:

Espacios: Vivienda Trabajo Educativo Público

Proceso transversal Gobernanza para la Salud y Calidad de Vida

Proceso transversal Gestión de Programas y Acciones de Interés en Salud Pública

Proceso transversal Vigilancia en Salud Pública

5.3 Metodología Operativa del Seguimiento a las acciones de PSPIC

Se realiza a través de dos fases para cada una de las líneas de acción, es decir, Asistencia Técnica y Acompañamiento del PSPIC y el Seguimiento y Control al Cumplimiento de las obligaciones y Productos del PSPIC:

5.3.1 Asistencia técnica y Acompañamiento del PSPIC

Fase 1: Implementación del Seguimiento

Talento Humano: perfil y experiencia acorde al lineamiento.

Concepto técnico de los productos, de acuerdo a los lineamientos, guías operativas y anexos definidos

Fase 2: Sistematización, análisis de resultados y realimentación

Consolidación de Tableros de Control, metas e indicadores, por componentes técnicos del PSPIC, de acuerdo con la competencia técnica de cada una de las dependencias que integran la SSSP.

Socialización de tableros de seguimiento a productos, metas e indicadores (programático y por resultados), según componente técnico del PSPIC

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5.3.2 Seguimiento y Control al Cumplimiento de las obligaciones y Productos del

PSPIC

Fase 1: Implementación del Seguimiento

Definición de aspectos a auditar y diseño de tableros de seguimiento técnico a productos a partir de los lineamientos técnicos y operativos del PSPIC.

Cronograma inicial de trabajo por componente

Socialización de cronograma de trabajo por componente

Fase 2: Sistematización, análisis de resultados y realimentación

Informes de resultados por cada uno de los componentes técnicos del PSPIC o Espacios: Vivienda, Trabajo, Educativo, Público. o Proceso transversal Gobernanza para la Salud y Calidad de Vida o Proceso transversal Gestión de Programas y Acciones de

Interés en Salud Pública o Proceso transversal Vigilancia en Salud Pública

Presentación de los resultados de seguimiento con base en los tiempos establecidos por el cronograma

5.4 Resultados del Proceso de Seguimiento a las acciones de PSPIC

Los resultados se materializan de acuerdo a los niveles en los cuales se efectúa realimentación:

5.4.1 Asistencia técnica y Acompañamiento del PSPIC

Directamente a las Subredes integradas de servicios de salud ESE con el propósito de mantener o mejorar las acciones. (Actas que dan cuenta de

los temas específicos abordados en el espacio; Tableros de control)

Al grupo que desarrolla el Seguimiento y Control al cumplimiento de Obligaciones y Productos del PSPIC, como insumos para el proceso de verificación. (Actas de realimentación que contienen conceptos técnicos

realizados)

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5.4.2 Seguimiento y Control al Cumplimiento de las obligaciones y Productos del

PSPIC

Directamente a las Subredes integradas de servicios de salud ESE con el propósito de mantener o mejorar las acciones. (Actas de que dan cuenta

de los temas específicos abordados en el seguimiento)

Al grupo directivo de la SSSP y/o a los supervisores. (Informes de

resultados entregados)

A los grupos técnicos de las dependencias de la SSSP

6 CRONOGRAMA Se programan actividades para las dos líneas de acción propuestas para el desarrollo del seguimiento:

6.1 Asistencia técnica y Acompañamiento

I TRIMESTRE II TRIMESTRE III TRIMESTRE III TRIMESTRE

COMPONENTE RESPONSABLE ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC

Espacio vivienda

Subdirección de Acciones Colectivas

X X X X

Espacio trabajo X X X X

Espacio educativo X X X X

Espacio público X X X X

Proceso transversal Gobernanza para la Salud y Calidad de Vida

Subdirección de Gestión y Evaluación de Políticas

X X X X

Proceso transversal Gestión de Programas y Acciones de Interés en Salud Pública

Subdirección de Determinantes

X X X X

Proceso transversal Vigilancia en Salud Pública

Subdirección de Vigilancia en Salud Pública

X X X X

X= Al menos una vez en el trimestre

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SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

CONTROL DE DOCUMENTOS METODOLOGÍA DE SEGUIMIENTO A LAS

ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS

Código: SDS-GSP-LN -01 V.2

Elaborado por: Eduardo Andrés Barbosa-Griselly Franco Revisado por -Ricardo Rojas Higuera Aprobado por: Patricia Arce Guzman

La impresión de este documento se considera COPIA NO CONTROLADA y no se garantiza que esta corresponda a la versión vigente, salvo en los procesos que usan sello. Esta información es de carácter confidencial y propiedad de la Secretaría Distrital de Salud (SDS); está prohibida su reproducción y distribución sin previa autorización del proceso que lo genera, excepto en los requisitos de ley.

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6.2 Seguimiento y Control al Cumplimiento de Productos

I TRIMESTRE II TRIMESTRE III TRIMESTRE III TRIMESTRE

COMPONENTE RESPONSABLE ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC

Espacio vivienda

Equipo de Seguimiento y Control o Interventoría

X X X X

Espacio trabajo X X X X

Espacio educativo X X X X

Espacio público

Proceso transversal Gobernanza para la Salud y Calidad de Vida

X X X X

Proceso transversal Gestión de Programas y Acciones de Interés en Salud Pública

X X X X

Proceso transversal Vigilancia en Salud Pública

X X X X

X= Al menos una vez en el trimestre 7 ANEXOS

7.1 Procedimientos:

Para el seguimiento a las Acciones de Salud Pública del Plan de Intervenciones Colectivas (PSPIC), se cuenta con los procedimientos e instructivos documentados en la herramienta institucional de Calidad ISOlucion para cada uno de los procesos a cargo de la Subsecretaría de Salud Pública:

7.1.1 Seguimiento a las Acciones en Salud Pública – GSP

Corresponde al proceso Gestión en Salud Pública (GSP), liderado por la Dirección de Salud Colectiva, la Subdirección de Acciones Colectivas y la Subdirección de Determinantes en Salud.

7.1.2 Seguimiento a las Acciones en Salud Pública – VSP

Corresponde al proceso de Vigilancia en Salud Pública (VSP), liderado por la Dirección de Epidemiología, Análisis y Gestión de Políticas en Salud Colectiva y la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública.

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CONTROL DE DOCUMENTOS METODOLOGÍA DE SEGUIMIENTO A LAS

ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS

Código: SDS-GSP-LN -01 V.2

Elaborado por: Eduardo Andrés Barbosa-Griselly Franco Revisado por -Ricardo Rojas Higuera Aprobado por: Patricia Arce Guzman

La impresión de este documento se considera COPIA NO CONTROLADA y no se garantiza que esta corresponda a la versión vigente, salvo en los procesos que usan sello. Esta información es de carácter confidencial y propiedad de la Secretaría Distrital de Salud (SDS); está prohibida su reproducción y distribución sin previa autorización del proceso que lo genera, excepto en los requisitos de ley.

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8. BIBLIOGRAFIA Hubert Mazuret. Gobernabilidad y Gobernanza. Lima, Perú; 2011. Hartman S. Indicadores positivos de salud y su relación con las ciudades saludables. Presentado I Reunión Latinoamericana de Registros de Salud y Estadística Médica. México: 1993. Hernández-Girón, Carlos, Orozco-Núñez, Emanuel y Arredondo-López, Armando. Modelos conceptuales y paradigmas en Salud pública. En:http://www.scielosp.org/pdf/rsap/v14n2/v14n2a12. Consulta: 09/06/2014. Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 518, Gestión de la Salud Pública. 2.015 Martínez-Navarro JM. Salud Pública. Madrid: McGraw Hill-Interamericana; 1997. Mayorga Fernando. Córdova Eduardo. Gobernanza y Gobernabilidad en América Latina. Buenos Aires, Argentina; 2007 OPS. Sobre la Salud Urbana en las Américas. Estrategia y Plan de Acción sobre la Salud Urbana en las Américas. Organización Panamericana de Salud. http://www.bvsde.paho.org/texcom/sde/saludurbana_res.pdf 9. CONTROL DE CAMBIOS

VERSIÓN FECHA DE

APROBACIÓN RAZÓN DE ACTUALIZACIÓN

2 Se ajusta este documento por cambios en la normatividad.