Marco Legal Nacional e Internacional

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MARCO LEGAL NACIONAL E INTERNACIONAL

MARCO LEGAL NACIONAL E INTERNACIONALVictor MoralesMarco LegalEl marco legal es la concentracin de normas para una materia en especial, en este caso la propiedad intelectual.Los primeros antecedentes para normar los derechos en el campo de las invenciones otorgados por un gobierno a un inventor en exclusiva, datan del ao 1421 y fueron concedidos a Filipo Brunelleschi en Florencia, Italia. La patente ms antigua que se tiene registro es de 1449 otorgada a John of Utynam por su invento de un vidrio entintado.En cuanto a los derechos de autor, Inglaterra fue el primer pas que legisl al respecto en 1710; le sigui Francia en 1716 y Estados Unidos en 1790.

La poca participacin de inventores extranjeros por temor a que les plagiaran sus proyectos en la Exposicin Internacional de Invenciones de Viena, Austria, realizada en 1873, oblig al comit organizador a plantearse la necesidad de elaborar un documento que ayudara a proteger el producto de la creatividad en el orden internacional. As surgi la propuesta del Convenio de Pars, en el que se establecen los principios y acuerdos para proteger la naciente propiedad industrial. Dicho convenio, finalmente, se firm en 1883 y fue administrado por una oficina internacionalAl coincidir que inventores, artistas y escritores tenan como comn denominador su intelecto, generador de creatividad para cumplir diferentes objetivos, en 1893 las dos oficinas que administraban los convenios se unieron con el nombre de Oficinas Internacionales para la Proteccin de la Propiedad Intelectual (BIRP por sus siglas en francs), entidad precursora de la OMPI, que nace en 1967 como una oficina especializada de la Organizacin de las Naciones Unidas (ONU).Los antecedentes del marco legal de la propiedad intelectual en Mxico son:

El Decreto sobre Propiedad Artstica y Literaria, de 1846.El Cdigo de Comercio, Marcas de Fbrica, de 1884.La Ley de Patentes, Invenciones o Perfeccionamiento, de 1890.

Marco NacionalEl marco regulatorio nacional de la propiedad intelectual lo constituyen los siguientes ordenamientos:Constitucin Poltica de los Estados Unidos MexicanosEn la fraccin X del artculo 28 se reconocen los derechos Intelectuales de los autores e inventores.El artculo 27 reconoce la propiedad privada, derecho fundamental de cualquier gobernado que le permite apropiarse de las obras por l creadas.Ley de la Propiedad Industrialsta crea al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y regula lo relativo a patentes, modelos de utilidad, diseos industriales, circuitos integrados, secretos industriales, marcas, nombres comerciales, avisos comerciales, denominaciones de origen, actividades que constituyen infracciones y delitos, as como las reglas especiales de procedimiento para hacer efectivos los derechos establecidos en esta ley.Ley Federal del Derecho de AutorRegula los derechos personales y patrimoniales de los autores de obras literarias o artsticas, y establece excepciones a estos derechos de uso exclusivo. Regula derechos y obligaciones de los titulares de los derechos conexos y crea las Reservas de Derechos,institucin jurdica nica en el mundo que sirve para proteger los nombres artsticos, la denominacin de las publicaciones peridicas, entre otros rubros. Establece sanciones para las actividades que constituyan infracciones.Ley Federal de Variedades VegetalesRegula todo lo relacionado con el sistema de obtencin de mejoras de vegetales.Ley Federal de Procedimiento AdministrativoEsta ley tiene relacin con el sistema de propiedad intelectual. En cualquier procedimiento constitutivo o declarativo de derechos, o en los de carcter contencioso, establece medios de defensa en contra de las resoluciones de las autoridades que administran el sistema de propiedad intelectual.Cdigo Penal FederalRegula lo referente a delitos en materia de derechos de autor y derechos conexos.

Marco InternacionalEl marco regulatorio internacional en materia de propiedad industrial es:Convenio de ParsEstablece los principios y acuerdos de proteccin de la propiedad industrial.Arreglo de EstrasburgoRelativo a la clasificacin internacional de patentes.Arreglo de LocarnoRegula lo referente en materia de dibujos industriales y modelos industriales.Tratado sobre la Propiedad Intelectual sobre los Circuitos IntegradosTratado sobre el Derecho de Marcasy su reglamentoArreglo de Madridy su protocoloRelativo al registro internacional de marcas.Arreglo de NizaRelativo a la clasificacin internacional de productos y servicios para el registro de marcas.El marco regulatorio internacional en materia de derechos de autor es:Convenio de BernaEstablece los principios y acuerdos de proteccin de los derechos de autor.Tratado de la OMPI sobre Derechos de AutorContiene las declaraciones concertadas relativas al Tratado adoptadas por la Conferencia Diplomtica Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual.Convenio de RomaRelativo a la proteccin de los artistas intrpretes o ejecutantes,los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusin.Convencin Interamericana sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Cientficas y ArtsticasConvenio para la Proteccin de los Productores de Fonogramas contra la Reproduccin no Autorizada de sus FonogramasConvenio sobre la Distribucin de Seales Portadoras de Programas Transmitidos por SatliteTratado de la OMPI sobre Interpretacin o Ejecucin y FonogramasTratado sobre el Registro de Obras AudiovisualesTratado de Nairobi sobre la Proteccin del Smbolo OlmpicoPATENTES ES MEXICOEl derecho exclusivo de explotacin sobre una solucin a un problema de la tcnica se obtiene con su registro ante el INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (IMPI), autoridad administrativa competente en Mxico. Si se pretende tener derechos exclusivos de explotacin sobre una invencin que le confiera ventajas competitivas sobre la competencia colocando productos novedosos en el mercado se debe proceder con su registro. El IMPI una vez examinada la solicitud de registro le conferir una patente sobre el invento en cuestin por un plazo de veinte aos.PROCEDIMIENTO1. PRESENTACIN DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DE PATENTE ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (IMPI) Y PAGO DE LA TASA DE MANTENIMIENTO DE LA PRIMERA ANUALIDAD: Mediante este paso se inicia el proceso del registro, la documentacin que se debe presentar consiste en el petitorio donde debe aparecer reflejado el titulo de la invencin, la identificacin del solicitante y el inventor y la identificacin del representante o apoderado. Se debe presentar una descripcin, el resumen, las reivindicaciones, los planos dibujos, copia de la solicitud de la patente si esta fue presentada en el exterior, y el comprobante de pago de la tasa de presentacin as como de la primera anualidad.2. PUBLICACION DE LA SOLCITUD DE REGISTRO DE PATENTE EN MXICO: Una vez que el INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (IMPI) realiza el examen de forma a la solicitud de registro y comprueba que la misma cumple con los requisitos exigidos por la ley ordena su publicacin.3. EXAMEN DE FONDO A LA PATENTE EN MXICO: Una vez vencido el plazo para la presentacin de oposiciones el INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (IMPI) realiza el examen de los requisitos positivos de patentabilidad: novedad mundial, actividad inventiva y aplicabilidad industrial.4. OBTENCIN DEL TITULO DE PATENTE EN MXICO: Una vez efectuado el examen de fondo a la solicitud el INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (IMPI), emite el respectivo ttulo de propiedad sobre la invencin, por 20 aos contado a partir de la fecha de solicitud.5. PAGOS DE LA TASAS DE MANTENIMIENTOS DE DERECHO: Durante los 20 aos de vigencia de la patente el titular deber efectuar pagos peridicos para el mantenimiento de la vigencia de sus derechos, en caso contrario se declara la caducidad de la patente y se pierden los derechos sobre la misma.

REQUISITOS PARA PATENTE EN MEXICO1. Descripcin, reivindicaciones, resumen, dibujos y descripcin de los dibujos.2. Poder firmado ante dos testigos.3. Copia certificada de la solicitud presentada en el pas de origen de la patente cuya prioridad se reivindica.4. Carta de cesin de los derechos de los inventores a favor del solicitante legalizada ante el Consulado de MXICO.

TRATADO DE COOPERACION EN MATERIA DE PATENTES (PCT) MEXICO1. Copia de la solicitud internacional (que contenga: descripcin, reivindicaciones, resumen, dibujos y descripcin de los dibujos).2. Copia de la publicacin internacional.3. Copia del reporte de bsqueda.4. Copia del Reporte de Examen Preliminar.5. Poder firmado ante dos testigos.

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