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1 INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL RURAL “SAGRADO CORAZON DE JESUS” Cundinamarca (Municipio de Santa Bárbara de Pinto) MANUAL DE CONVIVENCIA

Manuel de convivencia sagrado corazon

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Manual de Convivencia

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL RURAL “SAGRADO CORAZON DE JESUS”

Cundinamarca (Municipio de Santa Bárbara de Pinto)

MANUAL DE CONVIVENCIA

Año 2012

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Institución Educativa Departamental Rural “Sagrado

Corazón de Jesús”

DATOS PERSONALESNombre:Fecha de Nacimiento Día Mes: Año:Dirección de ResidenciaCiudad: Teléfono:Documento de Identidad No. De:Nombre del Padre o Acudiente:Lugar donde Labora: Tel:

DATOS CLÍNICOSGrupo Sanguíneo: RH: EPS:AlergiasVacunas Recientes:Seguro de Accidentes:

DATOS VARIOSMateria que se me facilita:Materia que se me dificulta:Mí Deporte preferido es:Actividad que desarrollo en mi tiempo libre:

FIRMA DEL ESTUDIANTE FIRMA DEL PADRE, MADRE, O ACUDIENTE

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MANUAL DE CONVIVENCIA

ACUERDO No. 001De cinco (05) de diciembre de 2011

Por medio del cual se adopta la reestructuración del Manual de Convivencia de la Institución Educativa Departamental Rural

Sagrado Corazón de Jesús

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Departamental Rural Sagrado Corazón de Jesús, de conformidad con lo aprobado en Acta No. 001 de 03 de Diciembre de 2008, con fundamento en la Constitución Política de Colombia, el Código de la Infancia y la Adolescencia, la Ley General de Educación No. 115 de 1994 y sus Decretos Reglamentarios, especialmente el 1860 de 1994, Decreto 1290 de 16 de Abril de 2009 y las directrices dadas por la Corte Constitucional Colombiana.

RESUELVE

Reestructurar el manual de Convivencia por medio del cual se rigen los estamentos de nuestra comunidad educativa; este Manual de Convivencia hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI), de acuerdo con los principios fundamentales y los artículos que a continuación se señalan:

PRINCIPIOS GENERALES

El Manual de Convivencia es el acuerdo ético y moral de nuestros estudiantes, padres de familia o acudientes, docentes y comunidad educativa general, que contiene las normas que regula la convivencia y es deber respetarlo, acatarlo y hacer aportes para mejorarlo.

Este documento establece parámetros u orientaciones para:

Facilitar el desarrollo de la convivencia armónica de las personas que interactúan en la vida escolar.

Explicar el orden jerárquico, las líneas de autoridad, los canales de comunicación, los derechos, deberes, funciones y compromisos de los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

Presentar estrategias para conciliar intereses que aseguren el logro de los objetos preestablecidos, dentro de un ambiente pacífico y democrático.

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INTRODUCCIÓN

El presente Manual es un instrumento en el cual se establece los parámetros de convivencia que facilitan la regulación del comportamiento, las relaciones interpersonales y los procesos de comunicación que se dan al interior de la Comunidad Educativa, para garantizar la vida fraterna y armónica de sus integrantes bajo los principios de la filosofía de la institución y los valores humanos-Cristianos.

Ha sido elaborado con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.

Cabe anotar que algunos capítulos de este Manual como son los criterios de Evaluación y Promoción están sujetos a cambios periódicos. Cualquier modificación será notificada y entregada a los beneficiarios oportunamente.

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FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES

Los Fundamentos Institucionales que a continuación se enuncian son los mismos que están relacionados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), y en consecuencia las modificaciones que se le introduzcan serán comunes para uno y otro documento.

MISIÓN

Somos una Institución Educativa Oficial, seguidores de Cristo y su Palabra dirigida por docentes idóneos, formamos niñ@s y jóvenes íntegros, con mentalidad analítica, pensamiento crítico, visionarios, creativos y autónomos, capaces de tomar decisiones competentes a las necesidades y dinámica de su contexto.

Son sus propósitos fundamentales la formación de los estudiantes con criterios políticos, creativos y solidarios que contribuyan al desarrollo armónico de la sociedad; la investigación, vinculada a la docencia, como aporte a la solución de problemas sociales; y la extensión orientada al servicio público y al vínculo efectivo con el sector productivo.

Ofrecemos los niveles de preescolar, básica y media técnica vocacional.

Desarrollando procesos educativos perfilados hacia la construcción de proyectos productivos, capaces de generar espacios para el desarrollo del ejercicio económico, político y sociocultural.

VISIÓN

En el 2015 seremos ejemplo de excelencia académica reconocida por la calidad de sus servicios educativos, investigativos y de extensión a la comunidad. Modelo en la gestión y el avance de la economía solidaria que irradiará su presencia a nivel regional.

Sus programas educativos abarcarán diferentes áreas del conocimiento, ofrecerá un ambiente de aprendizaje activo con escenarios variados y utilizará tecnologías de comunicación apropiadas para la transmisión y construcción del conocimiento.Estará conformada por un grupo humano capacitado, creativo, solidario y participativo, integrado en una estructura organizacional, flexible, dinámica y adaptativa al cambio.

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FILOSOFÍA

Nuestra filosofía identifica a la persona como:

Un ser ético: dado desde un proceso de formación continua y gradual en la dimensión axiológica, expresada en actitudes externas como revelación de la interioridad, que luego se colocan de manifiesto, en las interrelaciones con lo otros, con la naturaleza, consigo mism@ y con Dios.

Un ser Social: con capacidad para ir conformando el tipo de hombre y mujer, dignos y rebosantes de valores, que la sociedad requiere, reflejando a Dios en la fraternidad y responsabilidad en la construcción del tejido social en un mundo que cambia aceleradamente.

Un ser capaz de manejar su libertad: Se va formando como una persona que va aprendiendo a estar en el mundo, cuidando del lugar donde vive, construyendo la paz, como el resultado de aceptar las reglas para dirimir el conflicto, sin eliminar al otro.

Una persona con capacidad para amar: que va construyendo relaciones sanas, profundas, solidas y duraderas con los demás. Creciendo en sensibilidad ante las urgencias de los demás, especialmente ante los que sufren, los más débiles. Con capacidad para dialogar, colocándose en el lugar del otro y cultivando buenas relaciones, aun en la discrepancia.

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OBJETIVOS INSTITUCIONALES

General

Promover en la comunidad educativa las capacidades, habilidades y destrezas, suficientes y necesarias que le permitan desarrollar las dimensiones humanas del pensar, sentir y actuar que contribuyan a su formación integral, a la transformación del entorno ambiental, social y cultural.

Específicos

Promover una sólida formación ética y moral, fomentando la práctica del respeto a los derechos de la niñez y la adolescencia.

Fomentar en la Institución Educativa prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana, estimulando la autonomía y la responsabilidad.

Promover en el estudiante valores que estimulen el esfuerzo y el trabajo, para el desarrollo de la ciencia y la tecnología.

Desarrollar habilidades comunicativas, como la escucha, la comprensión y la expresión, que permitan la convivencia social, armónica y pacífica.

Desarrollar en el estudiante la capacidad analítica, crítica y creativa que permita la interpretación y solución de problemas en todos los ámbitos sociales.

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VALORES INSTITUCIONALES

La Institución Educativa Departamental Rural Sagrado Corazón de Jesús, formadora de valores, estructura dentro de su currículo unos principios axiológicos para una mejor convivencia, estas son:

AMOR: Actuando bajo el precepto de ser bondadoso con el prójimo como una extensión histórica de nuestro acervo cristiano.

RESPONSABILIDAD: Llevando al estudiante a reconocer y aceptar las consecuencias de sus actores realizados libremente.

SOLIDARIDAD: Sensibilizando a la comunidad para que se interese por el bienestar de los demás.

RESPETO: Reconociendo en el otro y en si mismo los deberes y los derechos inherentes al ser.

JUSTICIA: Integrando y promoviendo, en nuestra comunidad, actitudes que permitan darle a cada uno lo que le corresponde o merece.

HONESTIDAD: Manifestando acciones de transparencia, las cuales debe poseer todo individuo con su semejante, con el fin de vivenciar en conjunto el proyecto educativo institucional.

RESEÑA HISTÓRICA INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS

La Institución Educativa Rural Departamental Sagrado Corazón de Jesús fue creada en el año 1980 ante la necesidad existente en la vereda Cundinamarca como lo era el analfabetismo.

Frente a esta problemática la comunidad opto por reunirse y buscar soluciones que favorecieran a la comunidad frente a este flagelo ya que eran los niños los más afectados ante esta problemática.

Surgen ideas muy importantes como las del señor Manuel Ignacio Díaz, que en un gesto muy noble propone donar el lugar en el cual se construiría la anhelada escuela.

Motivados por este acto la comunidad decide realizar una serie de actividades como rifas, comidas y concursos. Etc., que generan los primeros fondos que se utilizaron para dar inicio a la construcción. Cabe resaltar que fueron los padres de familia los que se unieron en esfuerzo y trabajo para colocar los primeros cimientos y que tomaron la vocería en tan noble acto.

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Ignacio Díaz Berrio, Néstor Rafael Reyes Santos, Manuel Montes Beltrán, Luis de Ángel, Evangelista Ariza, Dionisio Díaz Medina, Osiris de Ángel, Alfonso Acuña, Álvaro Demesio Sanes, Alfredo Ortega, Cesar Campo Díaz, Armando Medina, Roberto Núñez Torres, entre otros.

Una vez terminada la obra la comunidad escoge el nombre de Sagrado Corazón de Jesús.

Para el mes de febrero de 1981 el sueño de los niños y padres comenzó a hacerse realidad. Se consigue el nombramiento de la primera profesora Osiris María de Ángel Campo, la cual inicia labores con 60 alumnos de todos los grados y en noviembre de 1985 se realizan la primera promoción graduada en primaria con un número de 17 alumnos.

La institución pasó momentos muy difíciles que de igual manera fueron superados.En el año 2002 se fusionan las escuelas Sagrado Corazón de Jesús, Johan Cristian de la vereda Alto Plano, Nuestra Señora del Carmen vereda no hay como Dios, Escuela San Roque de la vereda el Reparo, Escuela la Querencia de la Señora María Eugenia Botero y la Escuela la Luna de la vereda la Luna.

Mediante Resolución 2223 de marzo 2002 conforme a la Ley 715 de diciembre 21 de 2001 por todas estas razones la Institución Educativa Rural Departamental Sagrado Corazón de Jesús Sede principal se amplía la cobertura y se inicia la educación básica secundaria de 6°a 9°.

En el 2006 se construye el comedor escolar auspiciado por el Instituto colombiano de Bienestar familiar.

En el año 2007 se construyeron dos aulas y se presenta ante la Secretaria de Educación la aprobación de los grados 10° y 11°.

En la actualidad la Institución cuenta con la aprobación de los grados 10° y 11° y una excelente planta docente.

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CAPÍTULO PRIMERO

DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ESTUDIANTES

SECCIÓN PRIMERA: DE LA INSTITUCIÓN

Artículo 1. CARACTERIZACIÓN.

Nombre Sagrado Corazón de JesúsJornada Mañana, TardeCorregimiento CundinamarcaSedes Sagrado Corazón de Jesús.

Nuestra Señora Del CarmenJohan CristianSan RoqueLa LunaLa Querencia

Celular 310 738 79 30Blog iedsagradocorazondejesus.blogspot.comE-mail [email protected]ódigo ICFES 158295Departamento MagdalenaMunicipio Santa Barbará de PintoCódigo DANE 247720000011Registro NIT 900361388-5Fundación Enero de 1980Naturaleza PublicaRepresentante Legal Manuel Guillermo Montes CampoResolución de Aprobación Res. No. 259 del 01 de julio de 2008Niveles Ciclo Básica Primaria, Secundaria y Media

AcadémicaModalidad Bachiller AcadémicoCarácter MixtoCalendario AHorario y Jornada Laboral Primaria: de 7:00 a.m. hasta las 12:00 m.

Bachillerato y Media: de 12:30 a.m. hasta las 5:30 p.m.Transición: de 7:00 a.m. hasta las 11:30 a.m.

Inscripción del PEI. ante laSecretaría de Educación

Artículo 2. ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO ESCOLAR.

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El organigrama que a continuación se presenta, define el ordenamiento administrativo de la Institución Educativa Sagrado Corazón de Jesús, con sus directivos, líneas jerárquicas de asesoría y coordinación.

CONSEJO DIRECTIVOADMINISTRATIVOS CONSEJO DE ESTUDIANTES

RECTORASOCIACIÓN DE EXALUMNOS

CONSEJO ACADÉMICO JEFE DE ÁREAS

DIRECTORES DE GRADO

PERSONERO ESTUDIANTIL

ESTUDIANTES

COORDINACIÓN ACADÉMICA Y DISCIPLINA

CONSEJO DE PADRES ASOCIACIÓN DE PADRES

COMITÉ DE CONVIVENCIA Y

COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

DOCENTES

Artículo 3. DEL CONSEJO DIRECTIVO. (Ley 115/94, art. 143).

Es la instancia administrativa y académica de la Institución. El Consejo Directivo estará conformado por:

a. El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere necesario. En ausencia de la directora estas funciones serán asumidas por el coordinador académico.

b. Dos representantes del personal docente, los cuales serán elegidos por mayoría de votantes en una asamblea de docentes.

c. Dos representantes de los padres de familia quienes serán elegidos por la junta directiva del Consejo de Padres de Familia. El Consejo Directivo citará a Asamblea general de padres de familia para la constitución de la junta directiva en los primeros meses del calendario académico; en caso de no ser citado por la junta directiva vigente. (de acuerdo al Decreto 1286 artículo 9 parágrafo 2 de abril de 2005 la Asociación de Padres de Familia elegirá uno de los dos

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representantes de los padres ante el Consejo directivo, siempre y cuando el número de afiliados a la Asociación alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes matriculados).

d. Un representante de los estudiantes elegidos por el consejo de Estudiantes entre los estudiantes del grado 11º.

e. Un representante de los egresados, elegido por el Consejo Directivo, de terna presentada por la organización que reúne a estos, o en su defecto por quien haya ejercido el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.

f. Un representante del sector productivo, organizados en el ámbito local, o de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del centro educativo.

Este representante será escogido por el consejo directivo, de candidatos propuestos por dichas organizaciones. La elección de este representante se llevará a cabo dentro de los primeros 30 días del calendario académico.

Artículo 4. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.(Ley 115/94, art. 142, inciso 3 y 144; Decreto 1860, art. 23)

a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.

b. Servir de instancias para resolver los conflictos que se presenten entre los miembros de la comunidad después de haber agotado los procedimientos previstos.

c. Adoptar el manual de convivencia o reglamento de la institución.

d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

e. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.

f. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los decretos reglamentarios.

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g. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

h. Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del estudiante que han incorporarse al reglamento o manual de convivencia.

i. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.

j. Recordar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

k. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas y deportivas.

l. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

m. Fomentar y reglamentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.

n. Reglamentar los procesos electorales previstos por los decretos reglamentarios.

o. Crear los diferentes comités necesarios para realizar las actividades culturales, sociales, recreativas, académicas, de convivencia, disciplinarias y otros que sean necesarios de acuerdo a las normas que rigen la educación en Colombia y/o que contribuyan al proceso integral de la comunidad educativa de la institución.

p. Establecer estímulos para estudiantes, egresados, docentes, administrativos y padres de familia que se distinguen por su colaboración en beneficio de la institución y de las relaciones armónicas entre los miembros de la comunidad educativa.

q. Servir como última instancia para la cancelación del contrato se servicio educativo, después de agotado los recursos necesarios en el debido proceso.

r. Darse su propio reglamento.

De cada reunión del Consejo se levantará un acta. Sus decisiones se formalizarán mediante acuerdos. Tantas las actas como los acuerdos deben ser firmados y comunicados por el Rector y el Docente designado

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como Secretario(a) de la Institución siendo este último quien cumpla las funciones de secretario y archivo del Consejo Directivo.

Artículo 5. DEL RECTOR Y SUS FUNCIONES.

Es el orientador del proceso educativo, en tal calidad, además de las actividades que le corresponde realizar de acuerdo con lo previsto en el Reglamento Interno de Trabajo o Manual de Funciones de la Institución y en el Manual de Convivencia con relación al Gobierno Escolar y otras normas vigentes, debe:

a. Decidir o dar trámite correspondiente a las situaciones académicas, de convivencia y extra-académicas que sea de su conocimiento de acuerdo con sus competencias y siguiendo el conducto regular establecido en la Institución.

b. Producir las resoluciones internas y demás actos de administración propios de sus funciones, así como los actos necesarios para hacer cumplir las decisiones de los Consejos y demás organismos del establecimiento.

c. Coordinar el trabajo de los Consejos, comités y organismos de la Escuela en procura de la armonía en los fines, filosofía y objetivos institucionales.

d. Presentar ante el representante legal las solicitudes que comprometan el recurso económico fuera de sus funciones y alcances.

e. Determinar la planta de docentes de la institución de acuerdo con las directrices de la dirección administrativa.

Artículo 6. DEL CONSEJO ACADÉMICO.(Ley 115/94, art. 145 y decreto 1860, art. 24).

Es la instancia superior en la orientación académica y pedagógica de la Escuela.

El Consejo Académico estará integrado por:

a. El Rector quien lo presidirá.

b. El coordinador académico quien lo convocará y en ausencia del rector, lo presidirá.

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c. El jefe del departamento de orientación.

d. Los directivos docentes de la institución.

e. Un docente por cada área definida en el plan de estudios.

Artículo 7. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO.(Decreto 1860/94, art. 24).

El Consejo Académico tendrá las siguientes funciones:

a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico de la institución, resolver los conflictos académicos que se presenten entre docentes y de éstos con los estudiantes, de acuerdo con su competencia y el conducto regular establecido.

b. Servir de órgano consultor del consejo directivo en la propuesta del proyecto educativo institucional (PEI) y sugerir los ajustes académicos necesarios.

c. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en los decretos reglamentarios.

d. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.

e. Diseñar la política, filosofía, estrategia e instrumentos de todas las etapas del proceso de aprendizaje, de acuerdo con las normas generales dadas por las autoridades educativas y las previstas en el proyecto educativo institucional (PEI) y velar por su ejecución.

f. Integrar los comités de docentes que sean necesarios para la evaluación periódica de rendimiento y a promoción de los educandos, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.

g. Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en el proyecto educativo institucional, o las que le sean delegadas por otras instancias competentes.

Artículo 8. DEL DIRECTOR DE GRUPO Y SUS FUNCIONES.

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En la Institución Educativa Departamental Rural Sagrado Corazón de Jesús, se establecen las direcciones de grupos, quienes administraran el grupo que les sea asignado por el Rector, tendrán las siguientes funciones:

a. Participar en la programación de la administración y en todas las actividades que éstos realicen.

b. Ejecutar el programa de inducción de estudiantes de grado confiado a su dirección.

c. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.

d. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico y remitir los estudiantes que presenten algún problema de tipo psicológico o de aprendizaje al departamento de orientación con el conocimiento del padre de familia.

e. Presentar un informe valorativo al comité de convivencia y disciplinario de los estudiantes que demuestren un desempeño integral insuficiente.

f. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos las soluciones más adecuadas.

g. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.

h. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes de grupo a su cargo.

i. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados al rector y coordinadores.

j. Controlar y supervisar los recreos especialmente del área donde están ubicado el grupo a su cargo, acto cívico y otras actividades que se celebren en la institución.

k. Realizar charlas con los padres de familia y entregarles los informes académicos.

l. Supervisar la permanencia del estudiante en el puesto asignado.

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m. Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en el PEI, o las que le sean delegadas por las instancias competentes.

Artículo 9. DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINARIO.

En la Institución Educativa Departamental Rural Sagrado Corazón de Jesús con el propósito de avanzar en la gestión de mejorar los canales de concertación para el manejo de los conflictos el Consejo Directivo ha institucionalizado este comité, órgano asesor de las coordinaciones de grado.Por su naturaleza, el Comité de Convivencia y Disciplinario está integrado:

a. El Rector, quien lo convocará y lo presidirá, el coordinador (según el ciclo primara o bachillerato).

b. El director de grupo.

Artículo 10. FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINARIO.

El comité de convivencia y disciplinario tendrá las siguientes funciones:

a. Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Convivencia de la Institución.

b. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa.

c. Tomar las decisiones y resolver, en primera instancia, los conflictos de convivencia que se presenten en la comunidad educativa que fuesen remitidos a este comité.

d. Diseñar, aplicar y hacer cumplir los instrumentos necesarios para ejecutar los procesos de su competencia.

Artículo 11. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

En la Institución Educativa Departamental Rural Sagrado Corazón de Jesús existirán básicamente tres instituciones de representación de los estudiantes:

- El Consejo de los Estudiantes.

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- El Personero de los Estudiantes.- El Representante de los Estudiantes.

1. El consejo de los estudiantes estará integrado por un representante de cada uno de los grados, los estudiantes de preescolar y básica primaria serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursen el quinto grado.

2. El personero de los estudiantes será un estudiante que curse el último grado en la institución y estará encargado de propiciar el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política colombiana, las leyes, los reglamentos y en el presente manual. De acuerdo con ellos, entre otras tendrá las siguientes funciones:

a. Promover el cumplimiento de los derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación del establecimiento.

b. Pedir la colaboración, para organizar formas u otras formas de deliberación.

c. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre las lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

d. Crear diferentes comités (cultural, recreación, deportes, etc.), con la colaboración de los estudiantes que le ayuden a realizar las propuestas de su programa.

e. El personero será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la Institución, elegido dentro de los primero treinta (30) días del calendario académico. Para tal efecto, el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante el voto secreto.

f. Relevo Del Cargo. El personero, debe mantener un buen rendimiento académico y disciplinario en el ejercicio de sus funciones. En caso de no cumplir con lo anterior o comete una falta grave, será relevado del cargo.

3. El Representante de los Estudiantes es un alumno perteneciente al consejo de estudiantes y delegado por éste ante el Consejo Directivo. La designación se hará mediante el voto secreto, previa postulación voluntaria o del mismo consejo. Será elegido quien obtendrá el mayor número de votos y se hará en el periodo de elección del personero o un plazo máximo de ocho (8) días calendario luego de elegido el consejo de estudiantes.

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Artículo 12. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.

Los padres de familia de la Institución estarán representados por la asociación y el consejo de padres de familia, los cuales se organizaran como a continuación se establece:

- El consejo directivo de la Institución promoverá la formación de una asociación de padres de familia, para lo cual citará a una asamblea constitutiva y facilitará el funcionamiento de ésta.

La asociación de padres además de las funciones que su reglamento determine podrá desarrollar actividades como las siguientes:

a. Velar el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación.

b. Promover y desarrollar programas de formación de padres y de cualquier otro estamento de la institución para facilitar el cumplimiento de la tarea educativa que les corresponde.

c. Contribuir al proceso de constitución y permanencia del consejo de padres de familia, como apoyo a la función pedagógica que les compete.

Artículo 13. DE LOS EDUCADORES.

Los educadores de la Institución, para efectos de jerarquía y subordinación administrativa, pedagógica y de convivencia están organizados así:

a. Dependen del rector: los coordinadores académicos y de convivencia, quienes a su vez y de acuerdo con la competencia de cada uno, son superiores jerárquicos de los jefes de áreas. El coordinador de convivencia además es el encargado del control del cumplimiento de las obligaciones de los educadores en general.

b. Los docentes de cada área dependen para efectos académicos de los jefes de áreas. Finalmente en lo que se refiere a la dirección de los cursos, están los maestros tutores.

En todo caso, además de lo dicho en el presente manual respecto de los educadores, éstos contarán con un reglamento interno de trabajo o manual de funciones que detallará: funciones, deberes, derechos y demás aspectos relacionados con su vinculación y permanencia en la institución.

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SECCIÓN SEGUNDA: DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 14. ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE

Para adquirir la calidad de estudiante del la Institución Educativa Departamental Rural “Sagrado Corazón de Jesús”, es necesario, por sí mismo o través de sus padres, representantes legales o acudientes: aceptar su filosofía y reglamento; haber sido oficialmente admitido en la institución, previo el lleno de los requisitos previstos en el artículo 15 de este manual o previa aprobación de la solicitud de transferencia; y legalizar la matricula.

CAPÍTULO SEGUNDO: ADMISIONES Y MATRÍCULAS

Artículo 15. DE LAS ADMISIONES Y MATRÍCULAS

Para adquirir la calidad del estudiante de la Institución Educativa Departamental Sagrado Corazón de Jesús es necesario, a través de sus Padres de Familia o Acudiente, aceptar la Filosofía institucional, sus fines y metas, su direccionalidad e intencionalidad descritas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL, su MANUAL DE CONVIVENCIA y el Reglamento que orienta la vida escolar, haber sido ADMITIDO, previo el lleno de los requisitos previstos:

1. Registro Civil de Nacimiento.2. 2 Fotos 3 X 4.3. Para Primaria certificado del curso anterior aprobado.4. Seguimiento disciplinario.5. Paz y Salvo de donde proviene el alumno.6. Fotocopia del carné E.P.S.7. Certificados de vacunas para Grado cero.8. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad, a partir de 4º primaria en

adelante.9. Para Bachillerato, certificados aprobados de cada uno de los cursos

anteriores desde el Grado Quinto de Básica Primaria.10. Para Grado Undécimo, dos fotos tamaño 2.5 x 4 fondo azul (para la

Libreta Militar).

Articulo 16. CONDICIONES DE INGRESO, PERMANENCIA Y RETIRO DE ESTUDIANTES

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Son estudiantes quienes estén matriculados con el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y las normas propias de la Institución.

Los criterios para la matrícula del estudiante son:

a. Cumplir con los requisitos que señale el M.E.N. y la Institución.

b. Se garantiza la disponibilidad de cupo a los alumnos antiguos, siempre y cuando entregue la reserva de cupo y se haga la matrícula en la fecha indicada y conserve sus condiciones académicas y de convivencia.

c. La Institución se reserva el derecho de Admisión en el caso de alumnos, que aunque hayan aprobado el curso, su actitud y comportamiento no armonicen con la filosofía y/o con las normas del MANUAL DE CONVIVENCIA.

Articulo 17. PERMANENCIA.

Para la permanencia de los estudiantes se exige a ellos y a sus padres acudientes, actitud positiva y colaboradora tanto para el rendimiento académico como cualquier actividad que la institución programe.

a. El alumno que repruebe por primera vez un grado, de los señalados por la Ley, y el P.E.I. tendrá derecho a continuar sus estudios siempre y cuando haya tenido buen comportamiento y no exista otra causal de exclusión contemplada en este manual.

b. El carácter de estudiante se pierde:

1. Por la inasistencia frecuente sin motivo ni justificación por escrito será causal de pérdida del grado de acuerdo al artículo 53 del Decreto 1860 y el Decreto 1290/2009.

2. Por no cumplir las normas del manual.

3. La inasistencia de los padres de familia a reuniones y eventos ó el no comprometerse con el proceso de formación integral del estudiante.

4. La Institución se reserva el derecho a suspender el carácter de estudiante a un alumno por bajo rendimiento académico determinado por la Comisión de Evaluación y Promoción y aprobado por el Consejo Directivo.

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CAPÍTULO TERCERO: DE LOS ESTUDIANTES

Articulo 18. PERFIL DEL ESTUDIANTE

El estudiante del Sagrado Corazón comprende, vive y proyecta los valores institucionales desde una práctica cristiana. Asume su excelencia académica con la capacidad que le permitirá liderar procesos de transformación positiva de su entorno familiar, social, económico y político. La institución busca el desarrollo integral de sus estudiantes una persona coherente con los compromisos adquiridos en su formación. Por lo tanto nuestro educando es:

a. Protagonista de su propio crecimiento; dueño de sí mismo, capaz de elegir de manera libre y responsable las mejores opciones para su propio beneficio y el de los demás.

b. Capaz de desarrollar sus capacidades intelectuales, mostrándose comprometido con su proceso de aprendizaje.

c. Investigador, innovador y productivo.

d. Capaz de establecer relaciones afectivas para encontrarse con otros si perder su propia identidad.

e. Respetuoso en el trato con los demás y promotor de la conservación del medio ambiente.

f. Efectivo en la comunicación oral y escrita de manera clara y respetuosa.

g. Reconoce a Dios como Padre Creador y entregarse a Él en actitudes de fe, esperanza y amor.

h. Caracterizarse por la honestidad, la honradez, la solidaridad y la vivencia de paz y justicia.

i. Ser capaz de progresar en su conocimiento personal, trabajando el proceso de madurez y convertirse en sujeto de su propio desarrollo y autorrealización.

j. Hacer de la preparación académica su formación, comprometiéndose en la construcción de la sociedad, desde unos valores religiosos, éticos, humanos, cívicos y políticos.

k. Ser capaz de tomar decisiones acertadas cuando las circunstancias lo exigen.

l. Ser curios@ en el proceso de observación y exploración del medio natural, familiar y social demostrando interés por la investigación.

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UNIFORME

UNIFORME DE DIARIO HOMBRES- Camisa sport azul claro.- Pantalón clásico azul turquí con correa negra tamaño normal.- Medias blancas y zapatos colegial negros.

UNIFORME DIARIO MUJERES- Blusa azul claro manga corta, jardinera a cuadros azules.- Medias blancas y zapatos colegiales negro.

UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA- Camiseta azul claro.- Sudadera azul oscuro.- Medias blancas.- Zapatos tenis blancos.

Articulo 19. LOS DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE.

El ejercicio de los derechos reconocidos en este Manual de Convivencia implica el cumplimiento de los deberes que favorecen la convivencia y el desarrollo de la personalidad y a la vez constituye normas de comportamiento evaluables a través del proceso educativo.

Derechos

Los estudiantes matriculados en la Institución tendrán los siguientes derechos:a. Ser tratados por todos los miembros de la comunidad educativa con

dignidad, atendiendo los derechos consagrados como fundamentales para toda persona, en la Constitución Política Nacional, la Ley de Infancia y la adolescencia, Le general de Educación y otras normas vigentes.

b. Recibir educación, formación e instrucción adecuada que le garantice una formación integral de acuerdo con los programas académicos y objetivos institucionales.

c. Recibir oportunamente los programas académicos de cada área y los planes de cada asignatura.

d. Conocer la valoración obtenida, en cada una de las asignaturas antes de ser registradas en las planillas.

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e. Conocer las anotaciones que, sobre su comportamiento y/o desempeño académico, se hagan en el observador del estudiante.

f. Ser atendidos en sus reclamos y solicitudes particulares que se hagan a través de los conductos regulares, enmarcados en la veracidad, el respeto por la institución y las personas vinculadas.

g. Solicitar oportunamente con el debido respeto la corrección de los resultados académicos, siempre y cuando hubiere lugar a ello, dentro de las 24 horas siguientes de la entrega de resultados.

h. Ser atendidos en sus reclamos si hay alguna irregularidad en los informes académicos, tres días hábiles después de haberse realizado la reunión de entrega de boletines.

i. Ser atendidos y debidamente por el personal administrativo, en lo que se refiere a solicitud de certificados, constancias y otros, en los horarios establecidos por la institución.

j. Participar activamente en el proceso de aprendizaje y en las demás programaciones culturales, sociales, religiosas y deportivas del plantel.

k. Participar y promover campañas que busquen el bienestar estudiantil e institucional.

l. Conformar y pertenecer en forma autónoma a organizaciones internas de carácter estudiantil cuyo objetivo sea el bien personal y de la institución.

m. Sugerir en forma oportuna, ante quien corresponda, propuestas de actividades que puedan realizarse en la institución para mejorar el logro de los objetivos de la comunidad educativa.

n. Ser escuchados antes de ser sancionado. Conocer y solicitar la aplicación del debido proceso y de los conductos regulares e instancias de sanción establecidas en el presente manual.

Articulo 20. LOS DEBERES DEL ESTUDIANTE.

El ejercicio de tu libertad y la convivencia con los otros, te exige ciertos “deberes” que debes cumplir para no traspasar el derecho ajeno, garantizar tu socialización y permanencia en la institución.

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a. Identificarse como estudiante de la institución, respetarlo y dar un trato cortés a todas las personas que integran la comunidad educativa, observando las normas de urbanidad y de civismo establecida.

b. Cuidar sus pertenencias, absteniéndose de llevar consigo artículos de valor protegiendo los bienes ajenos. Es responsabilidad de los estudiantes la pérdida de los mismos.

c. Portar con decoro y dignidad el uniforme de la escuela dentro y fuera del plantel y sólo en los actos programados por la misma y sin portar prendas ni objetos diferentes.

d. Asistir puntualmente a clases, actos, reuniones y actividades, y participar en ellas activa y responsablemente.

e. Respetar y acatar las órdenes de los directivos y profesores de la institución y cuando haya algún reclamo, seguir el conducto regular empleando el diálogo como elemento de conciliación.

f. Solucionar cualquier tipo de conflicto por la vía del diálogo, procurando hacer las paces dentro de un clima de cordialidad, sinceridad y demás valores que exija la convivencia social.

g. Preservar, cuidar y mantener en buen estado la institución, así como el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general e instar a los demás miembros de la comunidad educativa a que actúen en tal sentido.

h. Alcanzar cada vez mayor rendimiento en cada una de las asignaturas que cursa y mantener un buen nivel académico.

i. El comportamiento dentro y fuera de la institución debe corresponder a los principios de la educación y buenas maneras propias de la comunidad educativa y a la filosofía que los identifica.

j. Cumplir con los deberes escolares que la institución le exige, actividades individuales o colectivos programadas por la misma.

k. Proveerse oportunamente del material de trabajo: útiles, libros, cuadernos, implementos necesarios para el normal y eficaz desarrollo de su actividad académica.

l. Ser responsable de su proceso de aprendizaje para que los logros sean óptimos de acuerdo con las exigencias de la institución y de sus aspiraciones como persona.

m. Responder a las exigencias contraídas en el contrato, firmado en el momento de la matrícula.

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n. Realizar las entradas, salidas y desplazamientos con prontitud, orden, prudencia y educación.

o. Permanecer en completo orden dentro del salón de clases en ausencia de los profesores, aprovechando en forma correcta el tiempo libre.

p. Entregar a tus padres la información que por escrito envíe la institución.

q. Obrar con solidaridad y justicia de manera especial ante calamidades, dificultades o accidentes que puedan presentarse.

r. Proteger tu salud cuidando tu aseo, personal, observando las reglas de higiene.

s. Asumir el costo de reparación de cualquier daño que ocasiones ya sea individual o colectivo.

Articulo 21. ESTÍMULOS.

El mejor estímulo es la satisfacción del deber cumplido, tu crecimiento personal y el respeto a los derechos de los demás.

La institución, la Asociación de Padres de familia, la Asociación de Exalumnos, o cualquier otro organismo, de acuerdo con su competencia y previa aprobación del Consejo Directivo, otorgarán incentivos a los estudiantes que se distingan por su rendimiento académico, espíritu investigativo, de cooperación; o que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales o científicos; y por antigüedad o comportamiento, tales como:

a. IZAR EL PABELLÓN NACIONAL: Cuando te hayas destacado en los aspectos propuestos por los organizadores de los actos cívicos.

Para las Izadas de Bandera que se realizarán en los siguientes periodos académicos solamente se pueden resaltar a aquellos estudiantes que estén en el nivel superior.

b. DIPLOMAS, MEDALLAS Y/O PREMIOS: Para los estudiantes que durante el año hayan sobresalido por su rendimiento académico, responsabilidad, compañerismo y demás valores o actividades culturales o deportivas. Exención de la presentación de evaluaciones académicas.

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c. INCLUSIÓN EN EL CUADRO DE HONOR: Para los estudiantes que se hayan distinguido por su excelencia en todos los campos y valores, ocupando el primer puesto durante el año escolar.

d. PUBLICACIÓN DE TRABAJOS: Para los estudiantes que realicen excelentes trabajos deben ser difundidos en el periódico mural, en las carteleras o cualquier otro medio que exista en la institución.

CAPÍTULO CUARTO: ORDEN ACADÉMICO

Articulo 22. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES: DECRETO 1290/2009

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

a. Puntualidad, cumplimiento, Responsabilidad, Participación, Interés, Uso y Aplicación de Material y Equipo.

b. Dimensiones: Cognitiva, actitudinal, volitiva, y psicomotora.

c. Orientación y concertación de Estándares, competencias y desempeños desde el inicio del año lectivo.

d. Evaluación acumulativa acorde con modelos Icfes y Saber. Mínimo cuatro acciones evaluativas, mas la evaluación acumulativa y Autovaloración estudiantil por periodo.

e. Valoración numérica en la escala institucional, con un solo decimal mediante aproximación matemática.

Articulo 23. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN ESCOLAR

a. La inasistencia al 25% o más del total de clases laboradas en cada una o todas las áreas o asignaturas, sin o con excusas debidamente justificadas o la sumatoria constituye causal de reprobación del año lectivo, su promoción o no al grado siguiente se decide en la respectiva comisión de garantía en evaluación y promoción.

b. En Educación Básica Primaria los estudiantes que en las competencias y desempeños básicos en español (Lectoescritura comprensiva) y matemáticas obtengan una valoración final de desempeño bajo o que obtengan una valoración final de desempeño en tres (3) áreas no serán promovidos y deben reiniciar el mismo grado al siguiente año lectivo.

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c. Los directores de grupo remitirán a la comisión de garantía en evaluación y promoción los estudiantes de Educación básica primaria en condición de repetición de año cuando junto con el padre de familia consideren que el alumno lo amerita y la comisión aplicara pruebas de suficiencia, para verificar la superación de las dificultades y alcance los desempeños que le impidieron su promoción en el año lectivo anterior.

d. En Educación Básica Secundaria y Media el educando que al finalizar el año escolar obtenga en la totalidad de las áreas del plan de estudios, promedio mínimo de evaluación tres punto cero (3.0) o más en cada área o reprueben una (1) o dos (2) áreas con valoración inferior a (3.0) Tres punto Cero (Desempeño bajo), se considera su año lectivo como APROBADO y será matriculado en el grado inmediatamente superior al siguiente año lectivo cuando el estudiante realice actividades complementarias de recuperación en las áreas o asignaturas que tienen pendiente con una valoración igual o superior a tres punto cero (3.0) en las fechas estipuladas por la Institución.

e. En Educación Básica Secundaria y Media, no serán promovidos y deben matricularse en el mismo grado por REPROBACIÓN los estudiantes, que al finalizar el año lectivo obtengan en tres (3) o más áreas con valoración inferior a (3.0) Tres punto Cero (Desempeño bajo).

i. En la sumatoria de estudiantes reprobados en la Institución no media porcentaje alguno con relación al número total de alumnos matriculados en la Institución.

Articulo 24. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA NACIONAL

ESCALA NACIONAL DE VALORACIÓN

Desempeño Superior: Cumplimiento en un nivel excepcional de las metas básicas y adicionales de formación expresadas en el plan de estudios en términos de logros.

Desempeño Alto: Cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios (en términos de logros) en un nivel superior al nivel medio de logro.

Desempeño Básico: Cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios (en términos de logros) en un nivel medio o aceptable.

Desempeño Bajo. Incumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios en términos de logros

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ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL

ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL

4.7 a 5.0 DESEMPEÑO SUPERIOR4.0 a 4.69 DESEMPEÑO ALTO3.0 a3.99 DESEMPEÑO BÁSICO0 a 2.99 DESEMPEÑO BAJO

Articulo 25. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES

1. Diagnóstico de competencias y desempeños según los estándares del grado a cursar.

2. Planilla unificada de registro diario de seguimiento y calificación, para valorar, desde la actitud del estudiante en clase y resultados de evaluaciones, consignando fecha, actividad (consulta, revisión, tipo de evaluación, exposición, etc.) desarrollada.

3. Evaluación acumulativa por periodo (ICFES) según estándares, competencias y desempeños de avanzados que permite medir superación de dificultades anteriores y diseño de estrategias para superación y retroalimentación que den cohesión y continuidad de procesos de aprendizaje.

4. Valoración integral considerando esfuerzo personal, disciplina, aseo, deseo al aprendizaje, colaboración, participación, asistencia, elaboración y presentación de trabajos, consultas, exposiciones, talleres, puntualidad y autovaloración estudiantil.

5. Elección, conformación y funciones de La Comisión de Garantía de Evaluación y Promoción.

6. Reunión frecuente de docentes, padres y estudiantes, para mejorar los procesos de aprendizaje y evaluación, ya que padres y familia son los primeros formadores de sus hijos y garantes del desarrollo y cumplimiento de labores complementarias extra clase.

Articulo 26. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

Comparar resultados por periodo y analizar el avance de cada estudiante e implementar estrategias de mejoramiento y motivación.

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Programar Reuniones de docentes, padres y estudiantes según necesidad de mejoramiento de desempeños.

Propender mayor compromiso familiar en la acción educativa.

Identificar limitaciones, fortalezas, debilidades y destrezas de los alumnos, para proponer acciones de mejoramiento, acorde con la realidad de la Institución y la comunidad educativa.

Articulo 27. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.AUTOEVALUACIÓN ESTUDIANTIL (Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación).

Es obligatorio obtener en cada periodo además de las cuatro notas mínimas y la evaluación acumulativa, La Valoración Estudiantil con los siguientes criterios:

Asistencia, Puntualidad, presentación, Participación, colaboración, cumplimento, rendimiento académico, Orden y aseo, Trabajo en y extra clases, Capacidad de trabajo en equipo y comportamiento social.

Cada estudiante diligenciara un formato de autocontrol y seguimiento.

La Autovaloración Estudiantil Se obtiene una vez por periodo en cada asignatura y se promedia con las demás valoraciones.

Articulo 28. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.

Trabajos de campo.

Presentación y sustentación de trabajos.

Talleres.

Exposiciones.

Test tipo ICFES.

Ensayos.

Articulo 29. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA.

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ESCALAS, PERIODOS Y GRADOS

Cuatro (4) Periodos y cinco (5) boletines académicos informativos. Cada periodo se entregara informe escolar a los Padres de Familia con la escala de valoración Institucional (escala numérica). El informe Final tendrá dos escalas la acumulativa por periodos y su respectiva equivalencia nacional.

Grados únicamente al finalizarla educación media.

INSTRUMENTOS DEL SISTEMA

Registro continuo: observador académico. Informes periódicos: cuatro (4) uno (1) por periodos. Informe Final: evaluación integral, definición de la promoción. Registro escolar: sumatoria informes finales.

Grados únicamente al finalizar la educación media.

Proclamación o graduación con título académico. Al finalizar la educación media, En otros grados o niveles solo clausura del año lectivo.

El título de Bachiller Académico se otorga a quienes hayan aprobado todos los grados y niveles, Aprobadas todas las áreas de educación media.

La promoción en preescolar se efectúa de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997, no hay reprobación ni ceremonia de grado solo clausura.

Articulo 30. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

Obligatorio cumplimiento del debido proceso en investigación y solución de conflictos en procesos de evaluación y promoción estudiantil. (Mas transparencia, menos dificultades).

Cualquier persona de la comunidad, respetuosa y oportunamente, en forma oral o escrita puede señalar irregularidades, siguiendo el conducto regular, hasta hallar solución.

Alumnos y padres de familia que consideren injusticia o violación del debido proceso, presentarán de manera oral o escrita, solicitud respetuosa, hasta hallar solución, así:

1. Docente titular del área o asignatura 2. Director de grupo

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3. Comisión de Garantía de Evaluación y Promoción

4. Personero Estudiantil y/o Comisario.5. Rector6. Consejo Académico 7. Consejo Directivo

  Las instancias anteriores tienen máximo tres (3) días hábiles para resolver y

responder reclamaciones. Si no lo hacen pasa inmediatamente a la siguiente instancia.

Articulo 31. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. DURANTE EL PRIMER PERIODO DEL AÑO ESCOLAR EL CONSEJO ACADÉMICO, PREVIO CONSENTIMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA, RECOMENDARÁ ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO LA PROMOCIÓN ANTICIPADA AL GRADO SIGUIENTE DEL ESTUDIANTE QUE DEMUESTRE UN RENDIMIENTO SUPERIOR EN EL DESARROLLO COGNITIVO, PERSONAL Y SOCIAL EN EL MARCO DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS DEL GRADO QUE CURSA. LA DECISIÓN SERÁ CONSIGNADA EN EL ACTA DEL CONSEJO DIRECTIVO Y SI ES POSITIVA EN EL REGISTRO ESCOLAR.

En el segundo periodo El Consejo Académico, por solicitud docente, alumno y padres de familia, recomendará al consejo directivo promoción anticipada de estudiantes con rendimiento integral superior, así:

1. Seguimiento del año anterior y primer periodo del grado en curso, donde su desempeño integral debe ser superior en todas las áreas.

2. En Básica Primaria, El alumno(a) por su cuenta, mediante informes, evaluaciones y sustentación oral o escrita en Español, Inglés, matemáticas, sociales y ciencias naturales demostrara dominio en competencias y desempeños básicos del grado en curso, antes de finalizar el primer semestre lectivo.

3. En Básica Secundaria, El alumno(a) por su cuenta, mediante informes, evaluaciones y sustentación oral o escrita en todas las áreas, demostrara dominio en competencias y desempeños básicos del grado en curso, antes de finalizar el primer semestre lectivo.

4. Los resultados, se analizan en coordinación y Consejo Académico para recomendar aprobación del Consejo Directivo antes del fin del primer semestre.

5. Cumplido satisfactoriamente el proceso y aprobado por Consejo Directivo, la decisión será consignada en acta y registro escolar Institucional.

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6. Rectoría publicara Resolución de exaltación y promoción ante la comunidad educativa.

7. Alumno(a) que mantenga desempeño superior puede cursar dos grados en el año lectivo.

Articulo 32. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS.

Alumnos repitentes en Educación Básica, Pueden solicitar al Consejo Académico promoción anticipada, así:

1. Durante el primer periodo El Consejo Académico, con concepto de docentes, solicitud del alumno y padres fila, recomendará al consejo directivo promoción anticipada del estudiante repitente que muestre rendimiento superior o alto en competencias y desempeños básicos de las áreas del grado que está repitiendo.

2. El alumno(a) por su iniciativa, presentara informes, trabajos, evaluaciones y sustentación oral o escrita demostrando dominio de competencias y desempeños en las áreas que no alcanzo promoción, antes de finalizar el primer Semestre lectivo.

3. Cumplido satisfactoriamente el proceso y aprobado en el Consejo Directivo, la decisión será consignada en acta respectiva y en el registro escolar Institucional.

4. La Rectoría emitirá Resolución de exaltación y promoción del educando ante toda la comunidad educativa.

5. Educación Media académica no aplica.

CAPÍTULO QUINTO: DE LA CONVIVENCIA Y DISCIPLINA

Articulo 33. FALTAS.

Se consideran faltas el no cumplimiento de las normas de convivencia establecidas en este manual, siendo las acciones que afectan el principio del libre desarrollo de la personalidad y comunitario en cuanto lesionan los derechos fundamentales de las personas.

Las faltas de convivencia para efectos de las medidas se clasifican como faltas leves o faltas graves, atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes personales del educando.

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Articulo 34. FALTAS LEVES.

a. Vestir el uniforme indebidamente.

b. Masticar chicle y comer en los salones, laboratorios, biblioteca y oficinas.

c. Sentarse incorrectamente durante el desarrollo de los procesos en cualquier lugar de la comunidad.

d. Llegar a la institución fuera de las horas establecidas sin causa justificada.

e. Salir del aula de clases sin permiso previo del docente en turno y durante los cambios de clases.

f. Tirar las sillas o mantenerlas en desorden durante las actividades diarias o al terminar la jornada.

g. Incumplir con los deberes académicos.

h. Descuidar el aseo, el orden en tu presentación personal o tus útiles de estudio.

i. Hacer desorden, comer y/o hablar continuamente y sin necesidad en el salón de clases o realizar actividades diferentes al tema de estudio.

j. Agredir de palabras o de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa, usar apodos.

k. Perturbar a la comunidad con gritos, silbatinas, ruidos y atropellos o encender grabadoras, radios en el aula con fines destinados a los del ruido.

l. Cualquier acción que perturbe el normal desarrollo de los procesos pedagógicos.

m. Portar piercings.

En los comportamientos anticonvivenciales leves se aplicará las siguientes medidas de formación:

a. Diálogo y concertación cuando sea por primera vez.

b. Amonestación verbal y/o escrita según el caso, a la segunda vez.

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c. Citación al padres de familia para establecer compromisos de acuerdo al caso, a la tercera vez.

Articulo 35. FALTAS GRAVES.

a. La reincidencia por tres (3) oportunidades en una falta leve la convierte en grave.

b. Ensuciar, marcar, dibujar, causar daños a las instalaciones, muebles y enseres de la institución.

c. Jugar bruscamente hasta lesionar a otros compañeros.

d. Riñas o peleas dentro o fuera de la institución.

e. Inasistencia a clases habiendo salido de su casa para la institución con el uniforme.

f. Salir de la institución en horario de clases sin permiso del docente o rector.

g. Realizar en el aula, el plantel o fuera de éste, actividades sin la previa autorización del director de grupo según sea el caso.

h. Fomentar desorden o escándalos que atenten contra la tranquilidad de las personas dentro o fuera de la institución.

i. Falta sin causa justa tres (3) o más veces en la semana a las actividades diarias.

j. Realizar como actividades de la institución, paseos, excursiones, festividades sin la previa autorización del Consejo Directivo.

k. Registrar los maletines o bolsos de otros compañeros sin permiso de sus dueños.

l. Asistir con el uniforme de la institución a billares, cantinas, casas de juegos electrónicos, discotecas y sitios de dudosa reputación.

m. Traer a la institución cualquier tipo de revistas o material pornográfico.

n. Hacer justicia por sí mismo ignorando la autoridad de los superiores.

o. Hurto y retención de objetos pertenecientes a la Escuela o a cualquier integrante de la comunidad educativa.

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p. Hostilidad, injuria permanente y/o calumnia contra alguna persona de la comunidad educativa.

q. Escribir panfletos con mensajes vulgares que lesionen la dignidad de las personas.

r. Intentar o hacer fraude en evaluaciones, trabajos y tareas.

s. Realizar prestamos, cobro de intereses, créditos o similares.

En los comportamientos anticonvivenciales graves se aplicarán las siguientes medidas de formación:

a. Acta de suspensión, la cual puede ser de uno (1) a cinco (5) días según la intensidad de la falta y al perjuicio que cause a la comunidad educativa y al buen nombre de la institución.

b. Pérdida del derecho a cupo.

c. Si el estudiante reincide tres (3) suspensiones, perderá el derecho a cupo para el próximo año escolar.

d. En caso de 11o. grado, perderá el derecho a la proclamación solemne como bachiller y su certificación se entregará por ventanilla, en la rectoría de la institución.

Articulo 36. COMPORTAMIENTOS ANTICONVIVENCIALES MUY GRAVES

a. Reincidir en dos (2) o más oportunidades en cualquier comportamiento irregular grave.

b. Cometer actos delictivos dentro y fuera del plantel.

c. Portar armas o cualquier elemento que sirva para amenazar o agredir a compañeros o funcionarios de la institución, así como el uso de cualquier clase de explosivo.

d. Inducir a compañeros a pertenecer a bandas o pandillas juveniles, sectas satánicas, etc., o pertenecer a ellas.

e. Traer a la institución drogas alucinógenas o estupefacientes, o presentarse bajo sus efectos.

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f. Falsificar, alterar, enmendar o tachar documentos, informes, descriptivos, certificados, registros de seguimiento.

g. Consumir bebidas alcohólicas, fumar dentro o fuera del plantel.h. Pertenecer u organizar bandas juveniles, padillas para delinquir o

agredir a cualquier persona.

i. Causar daños intencionales a cualquier miembro de la comunidad educativa que atente contra su integridad física.

j. Tener relaciones amorosas con los profesores.

k. La gravidez o aborto comprobado en una joven.

l. Practicar actos ofensivos a la moral y a las buenas costumbres desacreditando la filosofía de la institución.

m. Practicar dentro o fuera del plantel el homosexualismo o acoso sexual realizado con actos que sean comprobados y causen escándalo desmeritando la buena imagen de la institución.

n. Incurrir en actos de sabotaje y descortesía durante los eventos comunitarios, consumiendo licor, fumando o profiriendo consignas vulgares, gritos, salidas de tono que interfieran en el desarrollo de los mismos y lastimen el nombre de la institución.

o. Planear, iniciar o participar en escándalos, desordenes, juegos y celebración en la cuales se utilice agua, maicena, huevos y otros; portando el uniforme, en sitios públicos donde el nombre de la institución quede en entredicho.

p. Traer a la institución bromas como pica-pica, golosinas, animales y otros que creen indisciplina en el grupo y/o perjuicio físico.

En los comportamientos anticonvivenciales muy graves se aplicarán las siguientes sanciones:

Retiro del plantel en cualquier época del año.

Los estudiantes de undécimo grado que incurran en comportamientos anticonvivenciales muy graves no serán proclamados bachilleres y su diploma será entregado en la rectoría de la institución 72 horas después.

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CAPÍTULO SEXTO: DE LOS EDUCADORES

Articulo 37. PERFIL DEL EDUCADOR

Los educadores de la institución educativa Sagrado Corazón de Jesús, debe poseer el siguiente perfil de acuerdo a las exigencias sociales y responsabilidades del plantel:

Cada uno fiel a su misión, viven su profesión como una vocación entregando a la labor educativa sus valores, tiempo y capacidad.

Con sus actitudes testimonia el encuentro renovador con Cristo y su Palabra.

Anuncia la Buena Nueva, el respeto a la vida como don de Dios y denuncia lo que se opone a la construcción del Reino.

Tiene capacidad creativa e innovadora, es paciente, promueve la investigación y la participación de sus estudiantes en el proceso educativo.

Adapta los conocimientos de acuerdo a los diferentes ritmos de aprendizaje de sus estudiantes.

Se valora como persona aceptando sus limitaciones y cualidades.

Manifiesta capacidad de tomar decisiones responsables y solucionar problemas con dominio personal.

Muestra interés por cada uno de los estudiantes, los aman con amor exigente que les ayuda a valorarse y a crecer.

Articulo 38. CUALIDADES DEL EDUCADOR

Para la institución los educadores juegan un papel vital y trascendental tanto en la formación de los estudiantes como en la de los demás estamentos de la comunidad educativa. Para ello la institución exige y se preocupa porque el maestro que le preste sus servicios sea:

a. Promotor del desarrollo de competencias, de capacidad reflexiva y de la adquisición de conocimientos para sí mismo y para sus estudiantes.

b. Colaborador en el crecimiento y desarrollo integral de los educandos.

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c. Preocupado permanentemente por la creación, fomento y practica de los valores sociales, espirituales, éticos y morales que lo lleven a ser modelo y ejemplo para la comunidad educativa.

d. Auténtico e interesado por los estudiantes como personas, para conducirlos a crear y asumir posiciones positivas frente a la vida.

e. Dinámico, alentador, creativo, recursivo y amable para fomentar relaciones de cordialidad en el aula y fuera de ella.

f. Con espíritu para solidarizarse y/o conmoverse frente a éxitos, fracasos y situaciones de calamidad de sus estudiantes, de sus compañeros y de los demás miembros de la comunidad educativa.

g. Atento a difundir su conocimiento con la más alta pedagogía y sentido altruista.

h. Amante de su profesión e inquieto por engrandecer su nivel de conocimiento.

i. Que inspire confianza por su sentido de responsabilidad, manejo de grupo y buen trato para sus estudiantes, compañeros y demás personas de la comunidad educativa.

j. Comprometido con el sentido de justicia y la honestidad profesional y personal.

k. Dispuesto siempre a participar en las actividades de beneficio común propuestas por los distintos organismos de la institución.

l. Creador y fomentador de sentimientos de amor hacia sus semejantes en aras de una pacífica y armónica convivencia.

m. Preservador del entorno y promotor del cuidado que debe darse a los recursos naturales y a la tierra como morada del hombre.

n. Orgullo de ser ciudadano colombiano y forjador en sus estudiantes del respeto para los valores patrios.

Articulo 39. DERECHOS

a. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

b. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en cartelera o por escrito.

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c. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI.

d. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo y/o del Consejo Académico.

e. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos especiales de acuerdo a su área.

f. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta las normas vigentes.

g. Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico.

h. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas y descargos cuando sea conveniente y redunde el beneficio de la comunidad.

i. Recibir asignación de carga académica según el área de su especialidad, teniendo en cuenta en lo posible que haya continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes en cada año.

j. Recibir horarios de clases con una adecuada distribución para mejor aprovechamiento de las horas libres en el diseño, elaboración y preparación de materiales didácticos y ayudas educativas.

k. Tener autonomía y ser respetados sus criterios de evaluación, siempre y cuando se ajusten a las normas vigentes y estén de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional.

l. Ser evaluado con justicia y objetividad teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes.

m. Ser elegido para representar a la institución en seminarios, talleres y simposios, etc.

Articulo 40. DEBERES

a. Dar trato amable y cordial a todos los miembros de la comunidad y compartir con espíritu de solidaridad y unidad de propósito.

b. Observar una conducta acorde con la dignidad del cargo.

c. Tratar con respecto e imparcialidad, rectitud y justicia a las personas con que se tenga relación en el ejercicio de su cargo.

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d. Abstenerse de solicitar préstamo en dinero a sus estudiantes, la venta de productos dentro de la institución o la obtención de cualquier otro beneficio económico personal.

e. Escuchar y permitir a los estudiantes expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea necesario teniendo en cuenta las normas de respeto.

f. Participar en la elaboración del planteamiento y programación de actividades del área respectiva.

g. Programar y orientar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel de áreas.

h. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad y darle tratamiento y ejemplo formativo; respetar al educando, teniendo en cuenta sus derechos y deberes.

i. Participar en la realización de las actividades de superación.

j. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza-aprendizaje.

k. Cumplir la jornada laborar y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes, asistir puntualmente a las actividades asignadas.

l. Participar en los actos culturales y asistir a las reuniones convocadas por las directivas del plantel.

m. Atender a los padres de familia de acuerdo con el horario establecido en el plantel.

n. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.

o. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

CAPÍTULO SÉPTIMO: OTROS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

SECCIÓN PRIMERA: DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

Articulo 41. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA

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Los padres de familia de la institución educativa “Sagrado Corazón de Jesús”, se identifican con un perfil acorde a las características actuales de la familia y vivencia de los valores, por lo tanto se proyectan como padres que:

a. Tienen sentido de identidad y pertenencia y por eso valoran, defienden y apoyan la labor de la institución.

b. Practican y fomentan la vivencia de los valores de la paz, solidaridad, respeto, responsabilidad, justicia, espiritualidad, tolerancia y humildad.

c. Practican el dialogo formativo en el hogar, cultivando las sanas relaciones interpersonales.

d. Se preocupan por su capacitación y actualización, para así cumplir su misión como primeros educadores de sus hijos.

e. Cultivan y propician las buenas relaciones con los Educadores de sus hij@s, con otros Padres de Familia, compartiendo inquietudes y experiencias.

f. Viven sus compromisos cristianos y los proyectan a la comunidad para mejorarla.

g. Tienen conciencia de ser los primeros educadores de sus hijos en todas las dimensiones humanas.

Articulo 42. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

Los padres o acudientes de los estudiantes de la institución gozan de todos los derechos y garantías civiles reconocidas en la Legislación Colombiana y frente a éste tiene especialmente los siguientes:

a. Ser atendidos por el personal directivo, docente y administrativo en los horarios establecidos por la institución.

b. Recibir un trato cortés y respetuoso por todos los demás miembros de la comunidad educativa.

c. Recibir información académica o de convivencia, aclarar dudas, resolver inquietudes, presentar reclamos y hacer las sugerencias que consideren pertinentes.

d. Recibir periódicamente el informe detallado del rendimiento y comportamiento de su(s) hijo(s).

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e. Hacer parte de la Asociación de padres de familia de la institución, del consejo de padres y demás comités existentes en el plantel, en los que esté autorizado su concurso.

f. Participar en las actividades programadas para padres de familia.

g. Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto educativo institucional y del Manual de Convivencia.

h. Representar a su hijo o acudido en todas las actuaciones en las que sea necesario o conveniente y especialmente, en las audiencias en las que se le juzgue por faltas graves.

i. Imponer los recursos establecidos en este manual, contra las decisiones con las que no estén de acuerdo.

j. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento de la institución.

Articulo 43. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

De acuerdo con la filosofía de la institución y las normas legales, los padres de familia son los primeros y principales educadores de sus hijos lo cual los hace responsables de la formación de sus valores humanos. En consecuencia al legalizar la matricula, el padre de familia o acudiente adquiere con la institución y con sus hijos los siguientes deberes:

a. Responsabilizarse de la educación y formación de su hijo y/o acudido en concordancia con los lineamientos establecidos por la constitución política, Articulo 67; la Ley General de Educación Art. 7 literales a, c, d, f y g. Ley de la infancia y adolescencia, P.E.I., manual de convivencia.

b. Conocer, compartir e interiorizar la filosofía de la institución, su misión, visión y el manual de convivencia.

c. Acatar las disposiciones legales que rigen las relaciones de la comunidad educativa.

d. Participar, atender y cumplir las programaciones curriculares, resoluciones. Circulares, directivas, memorandos y oficio que emanen de la institución como resultado de su organización interna.

e. Orientar a sus hijos en sus aspectos moral y social, proporcionándoles un ambiente de comprensión, cariño, respeto y buen ejemplo, corrigiéndolos en forma oportuna y adecuada.

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f. Vigilar la presentación personal, limpieza adecuada del educando especialmente el buen uso del uniforme correspondiente fomentando el aprecio por si mismo.

g. Controlar el cumplimiento de los deberes escolares de los hijos, dando oportunidad para que asuman sus propias responsabilidades.

h. Suministrar oportunamente a sus acudidos los uniformes, y útiles exigidos por la institución.

i. Asistir a la fecha y hora fijadas a las reuniones y actividades programadas, tales como. Entrega de informes, talleres, conferencias, etc., así mismo a las citaciones enviadas por la institución disponiendo en todos los casos del tiempo necesario.

j. Solicitar antes el rector, Coordinador, y en ausencia de estos al director de grupo, en forma escrita y con su firma, con un día de anterioridad los permisos de sus hijos o acudido para no asistir a la institución, o retirarse de la jornada.

k. Acercarse personalmente al rector, Coordinador y en ausencia de estos al director de grupo, para dar la excusa correspondiente a la inasistencia de su(s) hijo(s) o acudido, esto debe hacerlo al momento del regreso del estudiante a clase.

l. Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres, propendiendo por un excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel del hogar, de la institución y en general de la comunidad.

m. Analizar y controlar en forma continua los resultados académicos de sus hijos, estimular sus logros, establecer correctivos a situaciones que así lo requieran y solicitar los informes pertinentes en el horario establecido para la atención a padre de familia.

n. Conocer el desempeño de su acudido en las pruebas externas controladas por la institución y las que les corresponda de manera obligatoria.

o. Evitar las agresiones físicas o verbales entre los miembros del grupo familiar, dentro de la institución, puesto que van en contra de la integridad física, moral y psicológica de sus hijos.

p. Inculcar y lograr en su(s) hijo(s) hábitos de aseo, pulcritud y diligencia en el cuidado del los elementos que utilicen, sean o no de su propiedad.

q. No permitir a su(s) hijo(s) traer a la institución elementos diferentes a los útiles escolares y vestuario reglamentario. La institución no responderá por la pérdida de joyas, grabadoras, juguetes, celulares, ipod, memorias USB, Mp3, PC portátiles, etc.

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r. Devolver a la institución cualquier objeto que lleven sus hijos a la casa y no sea de su propiedad.

s. Dar a conocer en forma oportuna a quien corresponda, problemas conductuales o actitudinales observados en sus hijos para brindarles ayuda adecuada en la institución.

t. Fomentar y apoyar en sus hijos la participación en actividades culturales, artísticas y deportivas que ayuden a su formación integral.

u. Fortalecer los valores de la institución, evitando críticas o comentarios destructivos que desfavorecen el buen nombre de la misma.

v. Respetar y seguir el conducto regular al presentar algún reclamo o sugerencia dependiendo de la situación a tratar y hacerlo de manera oportuna.

w. Participar en las actividades de la Asociación de padres de familia y Consejo de padres.

x. Solicitar y recibir información sobre las normas generales y el funcionamiento interno de la institución.

SECCIÓN SEGUNDA: DE LOS EGRESADOS

Articulo 44. DE LA ASOCIACIÓN DE EGRESADOS. (Decreto 1860/94, art. 21, numeral 5)

Es el organismo que agrupa a los egresados del la Institución Educativa Departamental Rural Sagrado Corazón de Jesús y que fundamentalmente servirá de apoyo, guía y colaboración con el quehacer institucional en beneficio de los estudiantes a través de su representante en el Consejo Directivo.

Articulo 45. INTERPRETACIÓN DEL MANUAL

La interpretación de las disposiciones contenidas en este manual deberá hacerse teniendo en cuenta que su finalidad es la formación y educación de los estudiantes para la convivencia pacífica, democrática y pluralista de acuerdo con la filosofía de la institución prevista en los principios fundamentales de este manual de convivencia. En concordancia con las normas legales pertinentes, de preferencia las de la Constitución Política, las del Derecho Administrativo, Civil y de Familia y el Código de la Infancia y la Adolescencia.

Articulo 46. VIGENCIA

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El presente manual rige a partir del nueve (09) de Enero de dos mil doce (2012) y deroga todas las disposiciones contrarias a ella.

Dado en el corregimiento de Cundinamarca (Santa Barbará de Pinto Magdalena), a los cinco (05) días del mes de diciembre de dos mil once (2011).CONSEJO DIRECTIVO

En su representación

__________________________ ______________________________ MANUEL MONTES CAMPO HELENA PEÑARANDA HERNÁNDEZPresidente del Consejo Directivo Secretario del Consejo Directivo Rector (e)