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contra la seguridad vial basándose en un test preliminar de drogas y en el informe de los agentes. Según el abogado, “resulta chocante que ab- suelva –ninguna pena, ninguna mul- ta– al estimar ‘insuficiente’ el test de drogas y considerar ‘genérica y de apreciación subjetiva la descripción de los síntomas de los agentes”. 60 euros por alcohol. Perdió el control, invadió el sentido contrario, provocó lesiones a otros usuarios, y fue absuelto del delito de conducir bajo los efectos del alcohol (0,60 gr/l en segunda prueba). Fue condenado por una falta con 60 euros de multa. “Por suerte –señala el abogado– otro juez añadió 1 año sin carné, más acorde con las políticas de seguridad vial”. Neumáticos de- fectuosos. La Au- Los pronuciamientos de los tribunales en delitos contra la seguridad vial, sin llegr a ser dispares, no siempre se entienden bien. Sentencias curiosas Que un juez condene a un conductor por dar positivo en un test de drogas y otro lo absuelva, sorprende; lo mismo que se sancione con 60 euros por una alcoholemia de 0,60 gr/l, a pesar de haber provocado una muerte… Otros fallos suponen un verdadero ejercicio de imaginación para educar y redimir al reo. Incluso, algunos condenados se defienden con los argumentos más pintorescos. Le ofrecemos una muestra. José Iganacio RODRÍGUEZ LOS FALLOS Y APELACIONES DE LOS TRIBUNALES MÁS SORPRENDENTES EN MATERIA DE TRÁFICO H ay jueces que apli- can sentencias ejemplares e ima- ginativas, como condenar a sacar- se el carné a quien conduce sin tenerlo o asistir a disca- pacitados. Pero no es raro que se dicten sentencias diferentes ante un mismo hecho y, hay casos, señala el abogado José Pérez Tirado, en los que “las víctimas de los accidentes quedan perplejas por esos vaivenes que a cualquier observador objetivo le resultan extraños”. Test de drogas. Así, una audiencia provin- cial rectificó la con- dena de un juzgado de lo Penal que ha- bía considerado res- ponsable a un con- ductor de un delito TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL Nº 215 / 2012 44 Sentencias.qxp:Maquetación 1 06/07/12 12:14 Página 2

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contra la seguridad vial basándoseen un test preliminar de drogas y enel informe de los agentes. Según elabogado, “resulta chocante que ab-suelva –ninguna pena, ninguna mul-ta– al estimar ‘insuficiente’ el test dedrogas y considerar ‘genérica y deapreciación subjetiva la descripciónde los síntomas de los agentes”.

� 60 euros por alcohol. Perdió elcontrol, invadió el sentido contrario,provocó lesiones a otros usuarios, yfue absuelto del delito de conducirbajo los efectos del alcohol (0,60 gr/len segunda prueba). Fue condenado

por una falta con 60 euros demulta. “Por suerte –señalael abogado– otro juezañadió 1 año sin carné,más acorde con laspolíticas de seguridadvial”.

� Neumáticos de-fectuosos. La Au-

Los pronuciamientos de los tribunales en delitos contra la seguridad vial, sin llegr a ser dispares, no siempre se entienden bien.

Sentencias curiosasQue un juez condene a unconductor por dar positivoen un test de drogas y otrolo absuelva, sorprende; lo

mismo que se sancionecon 60 euros por una

alcoholemia de 0,60 gr/l, apesar de haber provocadouna muerte… Otros fallos

suponen un verdaderoejercicio de imaginaciónpara educar y redimir al

reo. Incluso, algunoscondenados se defiendencon los argumentos más

pintorescos. Le ofrecemosuna muestra.

José Iganacio RODRÍGUEZ

LOS FALLOS Y APELACIONES DE LOS TRIBUNALES MÁS SORPRENDENTES EN MATERIA DE TRÁFICO

Hay jueces que apli-can sentenciasejemplares e ima-ginativas, comocondenar a sacar-se el carné a quien

conduce sin tenerlo o asistir a disca-pacitados. Pero no es raro que sedicten sentencias diferentes ante unmismo hecho y, hay casos, señalael abogado José Pérez Tirado, en losque “las víctimas de los accidentesquedan perplejas por esos vaivenesque a cualquier observador objetivole resultan extraños”.

� Test de drogas. Así,una audiencia provin-cial rectificó la con-dena de un juzgadode lo Penal que ha-bía considerado res-ponsable a un con-ductor de un delito

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responsabilidad por el solo hecho de laproducción de un resultado dañoso”.

� Ciclistas sin luces. Dos ciclis-tas, que circulaban de noche sin ele-mentos reflectantes o lumínicos,fueron arrollados, sucesivamente,por un ciclomotorista a pesar de en-contrarse en un tramo recto. Aun-que la ciclista demandante alegóque la velocidad del ciclomotor re-

sultaba inadecuada, el tribunal esti-mó concurrencia de culpa en un75% a los ciclistas y en un 25% alconductor del ciclomotor.

� El árbol caído. Se responsabili-zaba a un motorista, al que le cayóun árbol encima, por circular con“gran temporal y vientos muy fuer-tes y huracanados en la zona”. Eltribunal no lo admitió, ya que, se-gún el informe meteorológico, enel momento del accidente se regis-tró una racha de 48 km/h, cuandola normativa considera “vientosextraordinarios” cuando superanlos 135 km/h durante tres segun-dos.

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diencia Provincial confirmó otrasentencia que absolvía al conductorde un camión y a su empresa de undelito contra la seguridad vial porcircular con neumáticos en estadodeficiente y ocasionar un accidente,en el que falleció una mujer, por elreventón de uno de ellos. Se consi-deró “imprudencia leve”: 360 eurosde multa y privación de 1 año delcarné para el conductor; y 600 eurosde multa para la empresa. Y PérezTirado plantea “si a la empresa no leresultará más económico seguir circu-lando con neumáticos en mal estado”.

� Barreras asesinas. Hemos re-currido a otro bufete de abogados,representado por José Mª Hernán-dez-Carrillo, para quien “nunca sedan dos casos iguales y los pronun-ciamientos de los tribunales, sin lle-gar a ser dispares, llaman la atencióna veces”. Plantea casos, como el deun motoristaque a conse-cuencia de unreventón chocócon una barreraque le amputóun brazo. Lasentencia poneel acento en la‘pasividad o au-sencia de es-fuerzo inversor’de la Adminis-tración por elempleo de unosartilugios que,“en lugar deproteger, se convierten en ‘barrerasasesinas’ para el tráfico.”

� Uso lúdico de la vía. En cam-bio, en la reclamación por no existirprotección de la barrera contra laque chocó un motorista, según eltribunal, “el uso lúdico o deportivode la vía, con una especial, conscientey hasta reiterada (según un testigo)búsqueda de puntos de mayor riesgo(curvas), coloca al usuario en unaposición en la que deberá hacer fren-te a las consecuencias”. En este sen-tido, Hernández-Carrillo destaca lareferencia a una sentencia del Tribu-nal Supremo: “…la Administraciónno es en este ámbito una aseguradorauniversal a la que quepa demandar

EMILIO CALATAYUDJuez de Menores de Granada

“Les condeno a sacarseel carné”Emilio Calatayud trabaja como Juezde Menores de Granada desde 1988y sabe cómo redimir a los jóvenesdelincuentes y sacar lo mejor deellos, con condenas ejemplares. -¿Qué persigue con sus sentencia-sejemplares?-Que el menor pague el daño, perode forma que se reeduque y conside-rando sus derechos y sus deberes.-¿Le consta que son efectivas?-Sí, porque en la mayoría de los ca-sos son jóvenes que se equivocan ycometen delitos, pero no son delin-cuentes y es fácil reeducarlos yreinsertarlos.-¿Recuerda cuál fue su primerasentencia ejemplar?-La de un chaval que iba en ciclo-motor y dio positi-vo en un controlde alcoholemia. Lecondené a prestarayuda a tetrapléji-cos por acciden-tes de tráfico.Aquello me abriómuchas puertas ydesde entonceshemos suscritoconvenios conmuchas instituciones para que loschicos ayuden a personas discapa-citadas.-¿Qué otras condenas aplica?-Si manejan ciclomotores sin licen-cia, les obligo a que se la saquen,para evitar que reincidan. Y si con-ducían un coche, la condena es quese saquen el teórico, o que asistan aun curso de seguridad vial; para elpráctico aún no tienen edad y no lonecesitan, porque la mayoría de mis“choricillos” saben conducir. Tam-bién les obligo a que participen enlas campañas que hacen las vícti-mas de accidentes, acompañándo-las para repartir folletos en las ga-solineras. -Tras la condena, ¿tiene relacióntiene con los jóvenes?-Relación y trato. Por ejemplo, a unchico le condené por conducir un ci-clomotor sin seguro (entonces eradelito) a dibujar un cómic en el quereflejara lo que le había pasado. Di-bujaba muy bien y su trabajo se mos-tró en los colegios. Años después seencargó de ilustrar un libro en el quese comentan algunos de mis fallos(“Mis sentencias ejemplares”).

EL JUEZ ACORDÓDEVOLVER EL COCHEINCAUTADO A UNAMUJER, CONDENADAPOR CONSENTIR QUESU MARIDOCONDUJERA SINCARNÉ

Reventó un neumático defectuoso y causó un muerto, pero no fue delito.

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su marido conducirlo sin carné. Seismeses después, la Audiencia ordenósu devolución por entender que “nose le podía exigir a la esposa que es-condiera las llaves de repuesto ni quevelase para impedir que su marido co-metiera delitos de tráfico, ya que esteera mayor de edad”.

� La falsa doctora. Te-nía 19 años y había finali-zado COU, pero la direc-tora de un centro psico-técnico para renovar elcarné de conducir la con-trató para que la sustitu-yera en las revisiones de lavista y oído durante elmes de agosto. La fiscalíapide 4,5 años de prisiónpara la directora y la em-pleada por presunto deli-to continuado de falsedaden documento público.

� Quería ser “pulisía”.La sentencia recogió lite-ralmente palabras delconductor, que cuadripli-caba la tasa de alcohole-mia, y que el agente refle-

jó en su informe: “Yo me declaro in-solvente”, “Yo me porto bien”, in-cluso su intención de pedirle al juezuna gorra y un uniforme “porquequería ser ‘pulisía’ (policía).

� Ruido. Cabe destacar, por últi-mo, la sensibilidad del órgano judi-cial al ordenar la retirada de lasbandas sonoras de la carretera, porel ruido que se transmitía al inte-rior de la vivienda del solicitante. �

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� ¿Condujo o no?Según la sentencia, laborrachera del acusa-do al salir del bar,montarse en la moto,y disponerse a iniciarla marcha constituyeun delito de conduc-ción bajo la influenciade bebidas alcohóli-cas en grado de tenta-tiva… Había niños enla zona y un policíaconsiguió que pararael motor, pero no quele diera las llaves. “Selas guardó con la inten-ción de arrancar cuan-do él se fuera de allí”.

� Circuló 2 metrosy se caló. Similar esel caso de un conduc-tor que quería arran-car pese a su “intensí-simo estado de em-briaguez” y a que supropio amigo avisó ala policía para que loimpidiera. Llegó a cir-cular un par de metros y se caló elvehículo; según otro tribunal, “elmovimiento del automóvil 15 m haciadelante y de 2 hacia atrás, supone yauna verdadera conducción susceptiblede causar un riesgo”.

� Esposa consentidora. Le habíanconfiscado el coche por ‘consentir’ a

¡Vaya demandas!En el blog de Derecho Público de Sevach he-mos encontrado la referencia a algunas de-mandas curiosas:� EL TAXISTA SIN PIERNA. Un juzgado desesti-mó la demanda de un taxista que cuestionabala revisión de oficio de su plaza de taxista en unpueblo castellano. Aunque le faltaba una piernay se valía de un bastón para ayudarse con lospedales, había aportado un certificado médicode aptitud física; incluso aportaba el testimoniode vecinos del pueblo que conocían su pericia. � BEBÍA, NO CONDUCÍA. También se desesti-mó la impugnación de una sentencia condena-toria por conducir bajo la influencia de bebidasalcohólicas, alegando que fue denunciadocuando estaba aparcado en el arcén de la au-tovía. Aseguraba que se había detenido allí pa-ra beber y no pensaba marcharse hasta que sele hubieren pasado los efectos… pues nuncaconducía bajo la influencia del alcohol.

Los tribunales se enfrentan a casos y circunstancias dispares.

En algunos accidentes, la responsabilidad es compartida

JOSÉ PÉREZ TIRADOAbogado. Portavoz de las Asociaciones de Víctimas de

Tráfico para la reforma del Sistema de Indemnizaciones.

La seguridad vialnecesita el apoyo de lajusticia

Cuando se ejerce la abogacía enla defensa y reclamación de losderechos de las víctimas de los

accidentes de tráfico y de sus fami-lias, en muchas ocasiones se sienteuna gran incomprensión ante el resul-tado de sentencias que parecen de-clinarse hacia la protección del delin-cuente y parecen olvidar los dere-chos y reivindicaciones que tambiéndeberían tener los afectados en nues-tro proceso judicial.No se trata de buscar castigos ejem-plares, sino un adecua-do cumplimiento de laLey y, muy especial-mente, una aplicaciónequitativa de la misma,pues en muchas oca-siones, las condenasson en realidad una‘burla’ para las vícti-mas, que observan có-mo personas desalma-das, que conducen bo-rrachas, que abando-nan a las víctimas y que no respetanlas normas de circulación, se van ‘derositas’, sin que los Tribunales apli-quen una adecuada penalidad.Ni castigo ejemplar, ni desprecio abso-luto a las víctimas, pues una adecuadasentencia es no solo una reparaciónde lo que fue ocasionado por el acusa-do, sino, también, una adecuada políti-ca de seguridad vial, e, incluso, unaimportante ayuda para seguir redu-ciendo la siniestralidad. Por lo tanto, lalucha contra la siniestralidad vial nodebe ser solo un trabajo de la DGT, si-no que debemos de contar tambiéncon la colaboración y la comprensiónde los Tribunales de Justicia.

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