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8/8/2019 Los Agravios de Colombia a Venezuela Marco Antonio Angeli
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M A R C O A N T O N I O A N G E L
A G R A V I O S D E C O L O M B I A
A V E N E Z U E L A
C AR AC A S / | 9H
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A los patriotas venezolanos
que defienden el pas, con la
espada o con la pluma.
"Si un pas se presenta en todo momento dispuesto a ceder, listo a entregarse; si no tiene ms tesis que la conciliacin a todo trance; si no tiene ms palabras que la fra ternidad, aun cuando haya recibido los ma yores agravios, ese pas est destinado a desaparecer a espaldas del derecho internacional".
L A U R E A N O GMEZ
Venezuela es un pas rodeado de problemas fronterizos por todos lados. Nos empujan del Oeste, nos empujan desde el Este, nosempujan hacia el mar. De seguir as y no
tomar conciencia de esta grave situacin,los venezolanos terminaremos asilndonosen los ridos cayos del Caribe.
El autor en el Curso N? 2 del IAEDEN
M A R C O A N T O N I O A N G E L
.11 . i ras , 1993
impreso en Venezuela por Italgrfica,
1SHN 980 07-1 791- 9
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I N T R O D U C C I N
Desnudo, como nacen los hijos en la naturaleza, va este
libro a la luz pblica, sin las bondadosas palabras de un prlo
go que lo presente a otros. No quise molestar la atencin de
alguno de los amigos que me animaron a publicar estas crni
cas, cuyo solo mrito es ser sinceras y patriticas.
Ahora quiero recordar la labor nacionalista de aquellos
que han escrito para defender los derechos venezolanos, como
lo hice en un artculo publicado en un diario de la capital, el
da 1 de septiembre de 1992, con el ttulo: "Honor al mri
to", y con el pensamiento del Quijote de Amrica, cuando
dijo: "Un pueblo ignorante es un instrumento ciego de su
propia destruccin". All mencion a varios escritores y sus
obras, que ahora cito en la bibliografa, para no hacer ms
larga esta introduccin.
Pareciera que los venezolanos somos poco dados a reco
nocer los mritos ajenos, en especial, los valores nacionales.
Parcos en la alabanza, y no por timidez precisamente, en cam
bio, se derrocha talento en la censura, el humorismo o la
irona.
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I
Es til y honroso estimular los esfuerzos de nuestros
escritores, particularmente, de aquellos que nos dan a conocer nuestros derechos, histricos y jurdicos y defienden la
integridad territorial del pas. Por eso me complace recordar
y agradecer a los que han escrito sobre nuestros problemas
fronterizos.
Algunos trabajos sobre fronteras podran parecer apasio
nados, la mayora son objetivos y de gran calidad cientfica.
Investigaciones y anlisis de tesis con lgicos fundamentos.
Maurice Duverger haca la observacin de que los fenmenos
sociales difieren de los fenmenos fsicos porque el observa
dor es, en estos casos, un elemento tambin de los fenmenos
observados. El socilogo corre as el riesgo de tomar posicin
sobre los hechos que observa.
Los venezolanos adems de estudiar con seriedad la Historia Patria, para lograr una mejor identidad nacional, saber
de dnde venimos y para dnde vamos, debemos tambin
estudiar nuestros problemas fronterizos, para no seguir pecan
do de ingenuos, creyendo en la buena fe de las naciones que
han lesionado nuestro patrimonio territorial y el de nuestros
descendientes.
Debemos apoyar y estimular a los que escriben sobre
esta materia fronteriza. Son los verdaderos defensores del cuer
po fsico de la patria. Centinelas de la dignidad nacional.
Como bien recuerda Azorn, no hay nada peor que el
silencio para un literato, actor, orador, o en general, para un
hombre que viva de la op inin. La indiferencia es el peor de
los desprecios. Evitemos este defecto, y reconozcamos el mrito de estos patriotas, que tan bien merecido lo tienen, por
ensearnos a defender nuestro territorio y el de nuestros des
cendientes. Gracias, que la satisfaccin de encontrar unos pocos
agradecidos, les compense la amargura de muchas ingratitudes'.
Por ltimo, puede haber personas que crean que sealar
los agravios que Colombia ha hecho a Venezuela , sea incitara una guerra entre los dos pases. Nada ms lejos de nuestra
intencin. La guerra es el ltimo recurso, como la ciruga en
la medicina. La guerra es justa cuando es necesaria. Aunque se
requiere de un gran esfuerzo de voluntad para conservar la
serenidad despus de tanto dao como nos han causado los
polticos de Bogot; quienes despus del agravio ocasionado,
con su lenguaje meloso, dicen ser nuestros hermanos. La inten
cin de estas modestas crnicas es simplemente dar a conocer
algunos de los muchos perjuicios sufridos injustamente, por
la poltica expansion ista colombiana y la incapacidad y desidia
de nuestros gobernantes. Despertar conciencia para defender
lo nuestro. No es patritico silenciar las actitudes inamistosas
de Colombia. Dnde est la dignidad nacional?
Caracas, 27 de mayo de 1993
10 i i
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"La infamia es mil veces ms grande por laingratitud que por la traicin".
SIMN BOLVAR
Con el escaso mater ial disponible, he recopi lado una ser ie
de datos que demuestran la enemis tad que s iempre han tenido
los d i r igen tes co lom biano s con t r a Vene zue la .
1792-1840: Francisco de Paula Santander , su solo nom
bre es ya un agravi o para los venez olan os . El ma yor San tand er ,
como lo l l amaron s us con te mpor neo s , nunca gan una ba ta
l la. Es un leguleyo dis f razado de mil i tar . El grado de general ,
as como el cargo de vicepres idente de la Gran Colombia, se
lo r ega l inmer ec ida mente e l L iber t ado r . B ous s ing au l t , qu ien
lo conoc i per s ona lmente , d i ce de l que e r a poco agradab le ,
con ojos obl icuos y que le negaban su valent a; pues se mur
muraba que durante la batal la de Boy ac, por un supues toataque de cl ico nefr t ico, es tuvo metido en una casa, de donde
no sal i s ino despus del combate.
Par a con oce r es te prf ido per sonaj e, ases ino f rus trado de
Bolvaf, hay que l eer l a obra de l acadmico co lombiano Gui -
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l lermo Camacho Montoya: Santander, el hombre y el mito, co n
un es tupen do p r logo de Laureano Gm ez. He aqu a lgunos
pens amien tos de l au to r an tes c i t ado :
1. El seor Caro, en su es tudio sobre Santander , obser
va que la ruptura de ste con el Lib er t ado r no se produjo por
mot ivos ideo lg icos s n o P o r emulac in per s ona l . 2 . Encon
t r amos ya a l s ub ten ien te San tander ins ubord inndos e a Nar i -
o y en r ival idad despus por la vicepres idencia. El ant iguo
colegial de jur isprudencia fue el pr imero en arrojar la tea de
la discor dia. 3. Do n Fran cis co Ser rano fue des i gnad o jefe civi l
y San tande r j e f e mi l i t a r . Es te nombr ami en t o caus es tupor .
Por sus mri tos y condiciones para el mando la jefatura debi
corresponder a Urdaneta, el of icial de mayor pres t igio de los
as is tent es a la jun ta. 4. En G me za se t ra b el pr i mer co mba
te, al l Santa nde r fue bat i do por Bar rei ro. 5. Se dice que enla batal la de Boy ac se ocult detrs de una casa. 6. En el
s i ci de La Gr i t a se insubord ina con tra el Libe r ta dor . 7. Ac t a
a las rdenes de MacGregor en las provincias del nor te. Es
derrotado en las l lanuras del Carr i l lo. 8. Derrotado en Cachi
r i por las t ropas del coro nel Calzada. 9. En 18 19 es depu es to
de jefe de los l lan os p r I a oficial idad y soldados , quienes reco
nocen como s uper io r a Pez . 10 . Fue cen t r a l i s t a has t a poco
antes de la Convencin de Ocaa y entonces cambi de opi
n in para des pres t ig i a r a l L iber t ador . Abraz nuevamente l a
tesis federal is ta que antes hab a l lam ado infern al . 11 . Deduc
cin lg ica : San tander no tuvo ideas pol t icas . Las suyas fueron
escasas y es tuvieron regidas a la neces idad turnante de las
conv enie ncia s o de sus dese os . 12. Or de n el fus i lam iento
del general Barreiro de su of icial idad y soldados , s in dar t iempo
a un canje de pr is i oner os , propue s to por el vir rey Sm ano .
13. A mucho s dt el los l s despedazaban a sablazos en medio
de l o s gemidos y de los ayes de los moribundos; de modo
qu e mi pareca nuuj inza de perros que ejecucin de hombres .
14. Sant ande r , aco mpa ad o del of icial Zab ala y de otro s , reco
rri las calles de la ciudad hasta las doce del da. Por la nocheel vic epre s ide nte , para cel ebr ar aquel hecho sang r ien to, ofre
ci un bai l e en su casa de hab i ta ci n. 15. An te sus vct imas
sent a y se apas ionaba; gus t recrearse en la tor tura de sus
adver s ar ios . R as gos p rop ios de un t emperamento p ropens o a
la crueld ad. 16. Pre s io n con su autor idad y acel er la termi
nac in de l p roces o con t r a e l venezo lano Leonardo In f an te , a
quien fus i l inju s tam ente . 17. Fra gua los plane s contra el Li
ber t ador . Aten t ado de l 25 de s ep t i em bre de 1 82 8 . Sen tenc ia
do a muer te, Bolvar le conmuta la pena por la del des t ier ro.
18 . E l s eor J uan F r anc i s co Mar n , d ipu tado p or C ar t agena ,
nar r aba a s us amigos e l s igu ien te ep i s od io : " T r abu co (San t an
der) di jo una vez que su sable no se haba manchado con san
gre col omb ian a. A lo que repl icaro n var ias voce s : "Ni con
espaola" . Trabuco era el apodo que se daba al general Santander , " ho mbr e de es t a tu r a pequea y g rues o de cuerpo " .
19 . Expre s in de San tander : " Es p r ec i s o que nos r eunamo s
en Casanare todos los granadinos para l iberar nues tra patr ia,
y abat i r el orgul lo de esos malandr ines y fol lones venezola
nos " . 20 . Ya s e s us ur r aba l a poca s impat a de San tander por
los venezo lanos . 2 1 . F r o e ind i f e r en te en e l amor como lo
lucra en la amis ta d. 2 2. Lau rea no Ga rc a Ort iz , uno de sus
ms apas ionados admi radores , es c r ibe que e r a duro , des p t i co
y que sufra y se i r r i taba cuando le contra r ia ban . 2 3 . La ava
ricia de Santa nder l legaba has ta el esc ndal o. 2 4 . Co mo escr i
tor al te rnab a las funciones de vice pres iden te con las de per io-
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conducta dob le e incomprens ib le . Es taba r es ue l to a hacer opo
sicin deci dida al Liber tad or ; quer a dividir a Col omb ia y almis mo t i empo aparen taba mantener l a C ons t i tuc in e in t egr i
dad nac iona l . 2 7. El arrebato de Santander y su grupo contra
el Lib er t ado r ren ov las aspere zas . Lle g a decir que "s i par a
der rocar a B ol var l e f uer a neces ar io hacer s e mus u lmn , s e
ceir a el turbante s in vaci lar" . Haba dicho antes que pr ime
ro acep ta r a a Mor i l lo que a B ol var .
Fue ms ambi cio so del dine ro que de la glor i a. Co mo
di jo s u comp at r io t a Laureano G me z, San tan der fue un hom
bre inicuo y doloso, impo y sanguinar io. Jams puede acep-
i ir ele com o s mbo lo de la patr ia.
All es t todo Santander , retratado por los mismos colom
bianos . Nunca l e perdon a l L iber t ador l a g lo r i a que s t e
haba alcanzado por sus ol mpicos y mlt iples t rabajos , su genioy vi r tude s , su gran deza de alma, su despre ndi mie nto y su he
roicidad, que lo colocan entre los grandes del mundo. En cam
bio, a Santa nde r le cabr a la den omi nac in de El Jud as de
Amr ica .
2
"Un gran espacio no siempre ha proporcio nado al pueblo que lo posee un poder supe rior, pero dondequiera que ha existido una gran nacin ha sido duea de un gran espacio".
ROBERT STRAUSZ
1810. - Tod as las cons t i tuci one s de Ven ezu ela han es ta-
l. l. , do que el lmite ilc su territorio es el que corresponda I
l a C ap i t an a Genera l an tes de l a t r ans fo rmac in po l t i ca de
1810 a l s eparar s e de Es paa . Es ta de l imi t ac in es t bas adaen l a t es i s de l " u t i s pos s ide t i s j u r i s " , c omo pos e i s , as pos e i s ,
p ropues ta por B ol var , com o t tu lo ju r d i co , en e l C ongre s o
de Panam de 1 8 26 , y acep tada por todas l as r epb l i cas
s uramer icanas .
Tres aos despus de la disolucin de la Gran Colombia,
en 18 3 3 , s i endo San tander p r es iden te de l a Nue va Granada ,
p r e t end i des cono cer los l mi t es de l a Guaj i r a venezo lana . E l
fue el inspirador e iniciador de la diplomacia colombiana, tan
ruin y engaosa, y opues ta a la unidad de los pases de Amri
ca . Es as ombros o cmo s e par ece B ogot a San tander .
1830. - Como respues ta a la conducta ejemplar del Con
gres o venezo lano , r eun ido en 1830 , a l r echazar l a p ropos ic in
de la Provincia de Casanare de separarse del gobierno de Bogot para unirse a Ven ezu ela , el gene ral Tom s Cip r ian o Mos
quera , p romovi en 1855 l a s eparac in de Maraca ibo y Mr i -
da para incorporar l as a C olombia .
1833. -E l p r es iden te de C olomb ia F ran c i s co de Pau la
Santander , en car ta fechada V de abr i l de 1 8 3 3 , se dir igi al
p r es iden te de l a C mar a de l Senad o , donde a l eg des con ocer
los l mites f i jados por el Gobierno espaol en la Provincia de
Venezuela, en el Cabo de La Vela, violando as el utis possi-
detis de 1 8 1 0 sobre la Gua j ira y t ratan do de avan zar en el
Gol fo de Ven ez uel a haci a Punt a Esp ada . Se sal taba as t res
s iglos de his tor ia.
1836. - El 25 de febre ro de 18 36 el Congr eso de Vene
zuela dict un decr eto que regu l la nav egac in en el Go lf o.C olombia aca t es t as d i s pos ic iones , por cuan to no pod a menos
de reconocer que todas las aguas que bordean la Guaj ira eran
de I fl excl us iva sober ana de Ven ezu ela . Ahor a le interesa n
esas I J M I . I S por el petrle o que pue da con ten er .
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1842. -E l d ip lomt i co co lombiano J oaqu n Acos ta p r e
tendi ensanchar el ter r i tor io colombiano en la pennsula, part iendo de la desembocadura del cao Pai jana en el inter ior
del Golf o, y en la par te baja, l legar has ta el Orin oc o. Las nego
ciac iones s e s us pend ieron , luego que Fermn Toro r echazara
las pres iones para i r a un arbi t raje.
1844. - Du ran te la pre s ide ncia del genera l Car lo s So u-
b le t t e , Fermn Toro s e en t r ev i s t en B ogot con e l co rone l
Joa qu n Aco sta . No se l leg a ning n acuerdo , porque Colom
bia ins is te en someter el diferendo al arbi t raje extranjero. Ade
ms p r e t end i conces iones en e l Ter r i to r io Amazonas .
1844. -C on e l p rops i to de acer car s e a Maraca ibo , C o
lombia fals i f ic el expediente colonial de la incorporacin de la
Vil la de Sina mai ca a Ma rac aib o, al supr imir el Acta del 1? de
agos to de 1792 . Es ta ac ta no con templaba l a de l imi t ac inde las provi ncia s vecinas , s ino la l imit acin de la jur i sdic cin
de la villa.
1855. - Com ien za la pres i n mil i tar . Se es ta blec e un de
par t ame nto mil i t ar en Ccut a y se pone al f rente del mi sm o,
a la persona que el Gobierno venezolano le haba pedido que
se ret i rase, por sus incurs iones a Mrida y Maracaibo. En Bogo
t se hablaba pr ivada y pbl icamente de anexar la provincia
de Maraca ibo y par t e de Mr ida .
1856. - C olombia t r a t de ex tender s u hegemona s obre
los Monjes en var i as opor tun idades . En 1856 e l Gobierno
de Venezue la fo rmul an te l a Nueva Granada una r ec lamacin
por la va dipl om tica , sobre el archip ilago de Los Monje s .
Es ta p ro tes t a s e o r ig in porque e l Gob ier no neograna d inohaba cele brad o un cont rato con el seor Jo hn E. O we n, el 20
de febrero de 185 6, "sob re expl orac in, coloniz acin y apro
vechamiento de ciertas islas que posee la Repblica de Nueva
(ra/hidti". 11 s ecr e t a r io de R elac io nes Ex ter i o r es co lombi ano
contest el 3 de marzo de ese mismo ao, que en la publica
cin del contrato haba un "error tipogrfico", al haberse mencionado el nombre "Los Monjes" en vez de "Los Mangles".
Siem pre la picard a.
1856. -E l p r es iden te de C olombia , genera l Toms C i
pr ia no Mos que ra inve nt en 1856 una Rea l Cdu la que fech
en 1 740 , para dar le unos su pues tos l mites al vir re inat o de la
Nue va Granad a , en des medro de t e r r i to r ios de Venez ue la y
Per. Es ta patraa fue descubier ta a comienzos del s iglo xx.
El his to r iado r Fra nci sco And rad e Suscn, en su discurso de
incorporac in a l a Academia C olombiana de l a Hi s to r i a , i n fo r
m de es to en 1948.
1874. - El plen ipot enc iar i o Man uel Mu ri l lo, en not a diri
gida al Gobierno venezolano, cal i f icaba a s te de usurpador .
Qu i rona! La nota fue ret i rada por el Gob ie rn o de Bog ot ;pero como volva de nuevo la usurpacin colombiana, Vene
zuela rompi r e l ac iones d ip lomt i cas .
1881. - El pres idente Rafael Nez en es te ao manifes
t es tar pres to para una guerra contra Venezuela y que dispo
na de ms de cien mil efect ivos en su ejrci to. Despach a
Caracas a Jus to Arosemena, entre otras razones , porque el cam
pechano es t i lo de s te lo aproximaba al temperamento vene
zolano, segn af i rmaron los cronis tas colombianos . Es cier to,
el lenguaje diplomtico de los colombianos es cul to, pero em
palagos o y t r aca le ro . Aros emana t r a a ins t rucc iones expres as
de cor tar las negociaciones directas y buscar el arbi t raje.
1891. -R afae l Nez des de e l per id ico " E l Porven i r " ,
de Car tagena, rei tera amenazas de invadir a Venezuela, convencido de tener el apoyo de Espaa y Gran Bretaa.
IH 19
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3 co lo mbia no R afae l Nez env a a C aracas en 18 8 1 a l doc to r
J us to Aros emena como agen te conf idenc ia l , con e l encargo deprocurar e l r es t ab le c imien t o de r e l ac iones d ip lomt i cas en t r e
los dos pases , rotas desde el ao 1874.
R es tab lec idas l as r e l ac iones , l os s eores Aros emena y
Anto n io Leoca d io Guz mn s us cr ib ie ron un t r a t ado de a rb i tr a
mien to , e l 14 de s ep t i embre de 18 8 1 , por e l cua l s e conv ino
en someter la cues t in de l mites a la decis in del Rey de
Es paa , com o arb i t r o ju r i s .
Fa l l ec id o e l r ey Al fons o XI I , e l genera l Anto n io Guzm n
Blanco y el doctor Car los Holgun suscr ibieron en Par s , el
15 de febrero de 1886, un acta declaracin por la cual convi
nieron en que el Gobierno de la regencia espaola s iguiera de
sempeando las funciones de arbi t ro y autor izaron "para f i jar
la l nea del modo que crea ms ap roxi mado a los doc ume ntos
exis tentes , cuando respecto de algn punto de el la no arroje
toda la clar idad pos ible apetecida" . De es te modo el arbi t ro
jur is fue conver t ido en arbi t rador . El 16 de marzo el e 1 8 9 1
la reina rege nte de Esp aa , Ma r a Cr is t ina , dict el laudo , el
cua l inmedia tamente fue pub l i cado en l a Gace ta de Madr id .
No fal taban razones para que Venezuela desacatara es te
laudo injusto, que le dio a Colombia ms de lo que ella peda.
Pero nues tro pas es taba empeado en lograr de la Gran Bre
taa un arbi t ramiento, en la cues t in de l mites en la Guayana.
Segn sos t iene el profesor Pablo Ojer , el arbi t ro espaol
00 tom en cuenta la del imitacin es tablecida por las capi tu-
l .i . iones pr imit ivas com o la de Ven ezu ela de 15 28 , y los actos
dd lberaao es pao l en C du la s de 1 54 7 , 15 63 y 1 56 8 , s egn
la s c u a l e s la divisor ia e n t r e R iohacha y Venezue la iba a ocho
l e jM ia s de d i s t a n c i a d e a q u e l l a c iudad .
21
"Espaa, ms que una madre, result eneste caso del laudo de 1891, una madrastra
para Venezuela. Todava guardaba el resen timiento contra el venezolano que le des membr su imperio donde no se pona elsol".
M. A. A.
No se tra ta de ha ce r un anli sis del funesto e injusto
laudo espaol de 1891, s ino cont inuar , cronolgicamente, la
ser ie de agravios contra Venezuela, de la mal l lamada repbli
c a " h e r m a n a " .
1891. - Es t e laudo per ju dic a nue s tro pas en todas susaspiraciones t radicionales , as en la Guaj ira como en San Faus
tino, la l nea de Sarare-Arauca-Meta, y sobre todo en la regin
dd O r ino co , R o Negr o y C as iqu ia r e .
Los documentos que e l Gobierno g r anad ino hab a p r e
sentado a Venezuela en sus pretens iones has ta Punta Espada,
en la Guaj ira, eran relaciones de mando de los vir reyes Guir ior
y Gngora, que no suminis traron pruebas de la ocupacin
poster ior al ao de 1777, poca cuando la provincia de Mara
ca bo fue segregada del vir reinato y agregada a Venezuela.
Los his tor iadores y viajeros que han hablado de es tas
comarcas , han sealado el cabo de La Vela y aun el r o Calan-
cala, como el l mite ms occidental de la Capitana General
de Venezue la . Ta l es e l t es t im onio de Ovi edo , Depon s , Hum-bold t y C aldas .
Despus de rei teradas pres iones y amenaza mil i tar , enva
lente >n.ido con su ej rc ito de cien mil hom br es , el pres ide nte
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Otro error fundamental del laudo espaol fue que tom
d l in dero munic ipal de Sin ama ica de 17 92 co mo s i fuera unl indero en t r e p rov inc ias .
Acerca del Acta Aclarator ia de Par s y su convers in en
t r a t ado , d i ce Kaldone Newhed , que e l h i s to r i ador Pab lo Ojer
l i a real izado una inves t igacin a fondo mediante la cual revel
>s hechos des conocidos que , en cua lqu ie r momento , po
dran poner en tela de juicio la legal idad de es te presunto t ra
tado y, por cons iguiente, del propio laudo espaol .
El laudo de la Corona de Espaa es una sentencia confu
sa e injus ta. No hizo otra cosa que acoger descaradamente,
en su mayor parte, los puntos de vista infundados de la opi
nin colombiana, con per juicio de los derechos venezolanos .
En lugar de comen zar el l m ite en el cabo de La Vela , com o
haba s ido reconocido por Colombia, f i j su comienzo en losimprecisos "mogotes de Los Frai les" , confus in con Los Mon
jes que no ha s ido correctamente corregida.
En t r e l as compone ndas con t r a l a conf iada Venezue la ,
que crea en lo jur di co y la hone s t ida d de los arbi t ros , hay
que sealar otro elemento importante. El mapa or iginal del
laudo de 189 1 con sel lo de la Canci l ler a espa ola, que pre
sent el doctor Zea Hernndez, es una vulgar fals i f icacin, y
el propio minis tro de Es tado espaol dice que no puede res
ponder de su exact i tud ni s iquiera de su conformidad absoluta
con el t razado del laudo.
Como bien dice el doctor Pedro Jos Lara Pea, uno de
los aspectos ms abominables de todo el l i t igio que dio lugar
al laudo, fue el juego ar tero de Colombia para provocar quese dictara el fal lo en el momento preciso en que Venezuela
no poda reaccionar contra l . Cuando se dict el laudo Vene
z u e l a s e encontraba invadida por Inglaterra, que desde el 2 de
j u l i o de 18 88 , hab a ocupado Pun t a B ar inas y amenazaba con
s egu i r has t a e l Or inoco . Nue A ro pa s luchaba en tonces an te
las canci l ler as extranjeras , para convencer y forzar a Inglate
rra a someter la controvers ia de Guayana a un t r ibunal de
Arbi tramiento. No poda dar el paso de desconocer la senten
cia espaola. Eso lo saba Colombia, y por eso procur que la
s en tenc ia s e d i c t a r a en es e momento .
El jur is ta Agust n Ascanio J imnez di jo que para cual
quier entendido en la mater ia sal ta a la vis ta que el arbi t ro
real no supo lo que decidi . Si el jue z mism o conf iesa que no
sabe dnde quedan los puntos sobre el ter reno, la sentencia
no t iene el valor de cosa juz gad a.
Sobre e l des as t ros o l audo es pao l de 1 8 9 1 , op in F ran
ci s co Ur ru t i a Holg u n , embajador de C olo mbia en C aracas :
"En el caso de Los Monjes habamos recibido demasiadas ven
tajas en el llamado laudo espaol, el fallo suizo y el tratado de
1941, para ins is t i r adems en unos is lotes que nos dar an un
control es tratgico sobre la navegacin en el golfo de Mara-
caibo, control a que nunca aspir ni so el doctor Galindo y
para comprometer esas ventajas con una reaper tura del pro
ceso de l mites que slo poda convenir a los revis ionis tas
v e n e z o l a n o s " .
"La modestia no aplaca jams a un enemi go, lo hace por el contrario ms insolente".
JUAN VICENTE GONZLEZ
El Lau do Arbi tral dictado el 16 de marz o de 1 8 9 1 , en
Madrid, por la Reina Regente de Espaa, dice en su prem
bulo " los ter r i t or ios en l i t igio forman una ancha zona, que
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partiendo ms al Norte de los 12 de latituden la Pennsula
de l a Goag i r a" , en cambio , s e f i j , ms t a rde a rb i t r a r i amente ,el l m ite en Cas t i l le tes , que es t a los 11 ; por lo que Vene
zuela pierd e cerca de 5 .0 00 km 2 en l a Guaj i r a y 13 5 . 00 0 km 2
en la marg en izquierda del Or ino co . E s te laudo per judic a
Venezuela en todas sus aspiraciones , as en la Guaj ira, como
en San Faus t ino, en la l nea Sarare-Arauca-Meta y sobre todo
en la regin del Orinoco, Ro Negro y Cas iquiare.
El his tor iador Pablo Ojer , verdadero cent inela de la dig
nidad nacional , al refer i rse, en su obra "El Golfo de Venezue
la" , a los er rore s del Lau do Espao l de 1 8 9 1 , dice lo s iguien
te: "Si , pues , la t ier ra del Cabo de la Vela, al igual que la del
( ol io de Venezuela y la del Cabo de San Romn y otras has ta
Mar aca pan a, se hal lan ju nt o a Santa Ma rta , y se le con ced e
a los alemane s \ ara dar or igen a lo que se deno min ar Gobe rnacin de Venezuela, para descubr ir las , conquis tar las y poblar
las , frmula de es t i lo de las capi tulaciones , es porque queda-
han fuera de la Gobernacin de Santa Marta, y en ese sent ido
claro y preciso se ha de entender la frmula: "desde el Cabo
de la Vela e del fin e lmites e trminos de la dicha Goberna
cin de Santa Ma rt a" . Con clu s i n: don Jus to Zarag oza atri
buye ndo infundad amente a la Cor te confus io nes inexis ten
tes , no dedujo del acto regio de la capi tul acin de 15 28 los
l mites verdaderos de Venezuela, s ino unos l mites f ict icios" .
Y conc luye : " E n def in i t iva : E l Se or Zaragoza n i s e
atuvo al ordenamiento expl ci to en mater ia ter r i tor ial , ni al
ordenamiento implci to der ivado de la mis in conf iada a la
Capita na General por el So bera no en relacin con la Guaj i raOr ien ta l , demos t r ando en s u es tud io inexp l i cab les incongruen-
da i v una parcial idad a favor de Colombia que no correspon
de a la alta misin que las partes confiaron al arbitro, y ste
a l a C omis in t cn ica de examen" .
Como di jera el doctor Agust n Ascanio J imnez, repre
senta para Venezuela un despojo ter r i tor ial , que es el msgrande que haya sufr ido pueblo alguno en la his tor ia, aun
como cons ecuenc ia de con t i endas b l i cas . Adems , d i cho Lau
do, por sealar puntos inexis tentes , como comienzo y par te
del al indamiento, representa una sentencia inejecutable, f ren
te a la cual , dentro de una s incera act i tud procesal , Venezuela
no ha debido acatar la o, cuando menos , ha debido sol ici tar
an te e l mis mo J uez l a ac l a r a to r i a per t inen te .
Los suces ivos gobiernos venezolanos de Andueza Pala
cio, Crespo e Ignacio Andrade, dice el doctor Eduardo Her
nndez Cars tens , en vez de repudiar el fal lo despojator io de
1891 , emanado de un gob ierno s obornado , un a rb i t r o a rb i t r a
r io y corrupto, en uso leg t imo de la autor idad soberana, han
debido desconocer lo. Lejos de es to, nues tra Canci l ler a co
menz a poner en prct ica una pol t ica de componendas , de
nefas tas consecuencias ul ter iores , al ofrecer a Colombia nave
gacin f luvial y otras conces iones de t rns i to por el ter r i tor io
venezo lano , s i ced an par t e de l mis mo t e r r i to r io des po jado .
C olombia , con t ina Hernndez C ar s t ens , no es t aba d i s
puesta a ceder nada a un pas pobre y arruinado por sus gue
rras civi les , de gobiernos ines tables e incapaces . Bogot era
un cen t ro de poder econmico y d ip lomt i co , c imentado en
ps imas condiciones de orden social , pero como s iempre, con
dirigentes de claros objetivos expansion istas hacia Venezuela y
s in escrpulos de ninguna naturaleza para cont inuar obtenien
do, de conces in en conces in, porciones de nues tro suelo.
Sobre las inescrupulosas maniobras real izadas en Madridpor e l con tubern io co lombo-es pao l , nar r a e l C orone l Aqui l es
Lpez Snchez, lo s iguiente: "Qu sucedi en es te fal lo?
Venezu ela mand una repre senta cin ante la Cor on a con do-
< l i m e m o s de propiedad de las t ier ras que le correspondan.
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C olom bia man d t ambin una comis in . Per o l a de legac in
nues tra en Espaa l leg un momento en que no tena ni conqu pagar el hotel donde viva. En cambio, la comis in de
Nueva Granad a es t aba p rov i s t a , no s lo de docum entos s ino
de d inero . Para es a poca muer to e l R ey , l a R eina Mar a C r i s -
una, qu e todo s sabem os no era muy cuerda , tena como con -
lesor al f rai le Sol I ldefo nso que era muy amigo y adora ba al
pueb lo de C olombia" .
C olo mbia hab a ga lan tea do a l a R ei na Mar a C r i s t ina ,
por in t e rm edio de l d ip lomt i co J u l io B etan cour t , con va l ios os
regalos del ar te precolombino, joyas y esmeraldas . El des
membramien to de Venezue la tuvo o t ro g r an p r emio . E l p l en i
potenciar io Car los Holgun, luego que fue Pres idente, en agra
dec im ien to por lo f avorab le de l Laudo de 1 8 9 1 , l e obs equ i
el invalor able tesoro de 123 p iezas de oro de la cole cci n de
los Qui mba vas , exh ib ida en l a Expo s ic i n de Sev i l l a de 19 92 .
Exi s t e un fo l l e to pub l i cado por e l Genera l co lombiano
R afae l Ur ibe Ur ibe , donde hay r eve lac iones comprometedoras
de los medios de soborno que Colombia puso en prct ica en
el asunto del Laudo Espaol , y de las fuer tes sumas erogadas
con tal f in. En el pas vecino no dejaron publicar es te fol leto.
Si el Lau do Espa ol de 1 8 9 1 , fue el ms grande e injus to
despojo ter r i tor ial hecho a Venezuela, fue tambin un acto
i le la mayor desvergenza espaola.
5
"Yo no confo en los traidores de Bogot".
SIMN BOLVAR
1891.-En es te ao , e l bar co a rmado co lombiano " La
P o p a " agredi a naves mercantes nacionales en el puer to ve
nezola no de Tue aea s , en la C uaj i ra.
1893. - El Min is t ro de Esp aa en Caracas in forma ba, en
Nota N?
166 del 24 de nov iem bre a su gob ier no, lo s iguient e:"Me parece que en Colombia no hay gran inters en conser
var la Guaj ira; y as sospecho que pudieran dejrsela a Vene
zuela con tal de que s ta les asegure la l ibre nav egaci n del
Orinoco" . Es to demuestra la preferencia y el inters de Espa
a por C olombia .
1894. - C olombia r econoce que e l Laudo es pao l l e ha
s ido muy favora ble. Se inician negoci acio nes de compensa cio
nes en 18 9 4 , que fijan la lnea de la Gua jir a en Pun ta Espa
da . Es to no l l eg a cu lminar porque C olombia ex ig i nuevas
modi f i cac iones .
1896. - Con tin a la pol t ica de nego ciac ione s . El Trata
do S i lva-Holgu n r econoce a Venezue la e l l mi t e des de Pun ta
Espada, pero fue rechazado por el Congreso neogranadino.
1898. - El Acuer do suscr i to el 30 de nov iem bre de 18 9 8,
en t r e San t i ago B r ice o , por Vene zue la y Lu i s C ar los R ico ,
por C olombia , des ign una C omis in Mix ta , par a e l des l inde
de la l nea f ronter iza es tablecida en el Laudo. En el ar t culo
11 se dice este dis par ate : "Si algu no de los gobi ern os no hi
c ie r e los nombramien tos que l e co r r es ponden para cons t i tu i r
la Comis in Mixta en los trminos es tablecidos , o s i los comi
sionados dejaren de concurr i r dentro de los lapsos sealados ,
puede el otro disponer que sus comisionados procedan por s
solos al amojonamiento y trazo de la lnea con la escrupulosa
probidad y rectitud que cumple a la lealtad y buen nombre de
las Naciones". Est demostrada, a t ravs de la his tor ia, la
" es crup u los id ad" y " p ro b ida d" de es tos vec i nos . May or be
llaquer a no es pos ible. La l nea f ronter iza colombo-venezo-
l . in. i es t sembrada de hi tos arbi t rar iamente colocados por el
vedno, DOI s solo, desde la Guaj ira has ta la piedra del Cocuy.
I J o h a y q u e r ev i s a r lo .
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1899. - Se f i rma un Convenio, donde una vez ms , se
mani f i es t a l a mala f e co lombiana . Engaan a l Genera l S i lva ,al prometer le el paso por t ier ras del raudal de Atures , pero
con la condicin de que s i no aprobado es te Convenio por
alguno de los dos Congresos , se proceder a a la ejecucin del
v ic i ado Laudo de 1 89 1 .
1899. - El ms vil de los agravios. Con ocasin de la con
t rover s i a por nues t r a Guayana Es e qu iba , a r r e ba tada por l a
pirater a inglesa, el gob ier no de Bog ot , ins truy en 1 89 9 a
su plenipotenciar io en Londres para que apoyara a esa poten
cia, sumin is trn dole do cum ent os espa oles de la colo nia con
t r a Venezue la .
1900.-Como consecuencia de los graves er rores , de
hec ho y de der ech o, en que incurr i la Comi s in Demarc ado
ra de l mi t es co lombo-vene zo lana , en e l Acta de C a s t i l l e t es ,del 29 de abr i l de 19 00 , Col omb ia adquir i inju s tame nte, por
la mal a inte rpret acin del Laudo , 34 ki l me tros de cos ta (que
no de aguas , segn la teor a de la "co s ta se ca ") , en la penn
sula de la Guaj ira.
De acuerdo con el Pacto que reglament la ejecucin del
Laudo, la Comis in deba proceder a " la demarcacin de los
l mites que t raz aquel la sentencia; nunca es taba autor izada
para modif icar esos l mites , y menos para f i jar el punto en
Cast i l lete s , que es t ms abajo del Para lel o: 12; Al presen
tarse la duda sobre la exis tencia del Mogote de Los Frai les , la
Comis in ha debido abs tenerse de f i jar el punto en Cas t i l le
te; ya que la sentencia dispona que, de surgir alguna duda,
la solucin corresponda a los gobiernos .
El doctor Ti to Gutirrez Alfaro sos t iene que las seis
Actas de la Comisin Mixta de 1900, no se consideran de fi
nitivas e irrevocables por el Tratado de 1941. Ya que el artcu-
lo 1? de ese Tra ta do omi t i decla rar def ini t ivas e i r revoc ables
esas Actas , entre las cuales f igura la de Cas t i l letes .
1900. - Dur ant e el gob ier no de Cipr ia no Cas tr o, los t ra
bajos de demarcacin sufren retardos no imputables a Vene
zuela.
1901. - Col omb ia f i ja arbi t ra r iam ente h i tos qu e Vene
zuela hace des truir . Hubo conato de guerra entre los dos
pa s es .
1901. - Est e ao se cal de la situac in entr e los dos Es
tados . El pres i dent e Jos Marro qu n volv i a rom per las rela
ciones diplom ticas con Ven ezu ela . S e produjo un choq ue de
tropas en la f rontera con saldo de var ios muer tos .
En el mes de jul io de 1 9 0 1 , t ropa s col omb iana s invadie
ron a Venezuela por la f rontera del Tchira. Aunque las comandaba el doctor y general venezolano Car los Rangel Garbiras , el
ejrci t o era col om bia no, qu e us a s te de pantal la. Es t o lo
com pru eba el tele gram a que el 31 del mi smo mes , le envi
( leles t ino Cas tro a su hermano Cipr iano, en par te dice: "El
en em ig o comple tam ente der ro tado y s e va en l a per s ecuc in .
1.1 ejrci to revolucionar io cas i en su total idad se compone de
ha t a l lones co lo mbian os o rgan iza dos ; l os muer to s , her idos y
pr is ioneros que se cogieron, venan ves t idos con el uniforme
del s o ldado co lombiano . Frmes e p roces o . R ubio a lgunos he
chos es canda los os ( s e v io la ron a nues t r as mujer es ) , Tr i ba y
< apacho saqueados . Pr is ioneros dicen deba efectuarse invas in
lobre M a r a c a i b o " .
Es tos son los procedimientos que emplean los que alar
dean de respe tar los derech os ajeno s , por su pre sunt o apego a
los p r inc ip ios ju r d i cos .
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6 lao prescinde de el lo, por es tar convencido que los mogotes
de Los Frai les son los is lotes de Los Monjes .
1910. - Negociac iones Sanabr i a -Tor r es . E l r epres en tan te
co lomb iano , doc to r C ar los Ar tu ro Tor r es , r econoci y acep t
que la Com is i n Mi xta de 19 00 haba com etid o errores de
hech o en la dema rcac in de la Secci n 1- del Laud o espaol ,
los cuales eran en per juicio de Venezuela; y deban ser corre
gidos , medi ant e una apl icacin jus ta en esa sente ncia .
1911. -En e l C ongres o B ol ivar i ano , r eun ido en C aracas
en 19 11 , t an to C ar los Ar tu ro Tor r es como o t ro eminen te co
lombiano, Jos C. Borda, declararon la neces idad de anular la
di marcac in hech a por la Comis in M ix ta en la Secc in V
del Laudo.
/ V 1 1 . - Neg oci aci one s S anab r ia-B orda . En el Pala cio de
Mn al lores , e n presenc ia del general Juan Vic ent e Gm ez , se
acuerda anu la r l a demarcac i n de 19 00 .
1913. - En el mes de ju li o de este ao , trop as colom bia
nas ocuparon el pue blo venezo lano de San Jo s de Maipu res ,
I ululado en la Gua yan a en i 7 " ; 9 .
/ 915. - Pen dien tes las nego ciac ione s iniciadas en Cara-
i entre los doctores Sanabr ia y Borda, autor idades colom-
l > i . m i s ocuparon t i e r r as venezo lanas en el s ec to r del M e t a .
El Apostadero del Meta haba s ido f i jado de comn
ICuerdo entre venezolanos y colombianos ; la l nea fue marca
da en febrero de 1 9 0 1 . En ju ni o del mis mo ao la Comis i n
Colombiana desconoci la demarcacin y pretendi que deba
n i n e d< nuevo la l nea, tomando un punto s i tuado entre
Mala i l e Guanbana y C alaboc i to . Es to c r e una s i tuac in de
j M i e i T . i entre los dos pa s es .
Murante la dictadura de Juan Vicente Gmez, las auto-
n. l . i . les c o l o m b i a n a s del Vichada, tomaron poses in de los te
ro 31
"Colombia lejos de ser nuestra hermana, por esa lgica infalible del destino de las naciones, es nuestra rival natural e irrevocable".
SANTIAGO BRICEO
1901.-SQ romp en las relacio nes diplo mtic as entre Ve
nezue la y C olombia .
1905. - Negoci ac iones Lpez B ara l t -Da z Grana dos . R e
conocen el hecho de la poses in venezolana en toda la cos ta
orie ntal de la Guaj ira y se acuer da fijar la frontera des de Pun
ta Es pada .
1905. - Venezuela se niega a reconocer el Acta de Cas t il letes , y procede a convocar una ser ie de nuevas negociacio
nes con miras a rectificar el dao causado. En Acta del 8 de
uni de 1 90 5, se f i jaron las com pen sac ion es que Col omb ia
es taba dispues ta a pagar por la l ibre navegacin del Orinoco.
En el protocolo se reconoci a Punta Espada como lindero en
la Guajira. Esto constituye una prueba ms de que Colombia
sabia que no tena derecho alguno sobre las aguas del Golfo.
1907. - Negociac iones Urbane ja -R es t r epo . En Memorn
dum del 17 de sept iemb re de 1 90 7, el nego ciad or colom
biano Anton io J os R es t r epo , p ropone l a par t i c ipac in de l a
Cuaji ra entre los dos pases "d and o a Ven ezu ela el com ple to
control del saco o Golfo de Maracaibo" . Es to no culmin con
la muer te de Urbaneja, y discrepancias en torno a los l mites del
Orinoco. Antes Colombia no le daba importancia a las cos tas y
aguas del Golfo de Venezuela.
1909. Negociaciones R ivas -Vs quez C obos . E l p l en ipo-
lenciar io colom bia no propo ne Pun a l' . spada, pero el vene /o
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r r i tor ios entre la marg en derech a del Me ta y el Ori noc o. E l
Gobernador de Apure lo comunic a l gob ie rno nac iona l y s t eno desalo j a los inva sores , se l imi t a protes t ar t mi da y di
p lomt i camente an te e l r ep res en tan te co lombiano en C aracas .
Es to fue un ges to ms del "afecto" que nos profesa Ja " rep
b l i c a h e r m a n a " .
1915. - E l p r es iden te de C olomb ia , J os Vice n te C onch a ,
dispuso en 1 91 5, la fundacin de la Comisar a de Vichad a,
en un ter r i tor io cuya del imitacin no se haba convenido an
con Venezue la .
1916. - El 3 de noviembre de es te ao, el Minis tro co
lombiano , J os C aicedo C as t i l l o , r econoci lo s igu ien te : " En
la cues t in colombo-venezolana an no se ha dicho la l t ima
palabra, pues to que exis te el compromiso de celebrar un Tra
tado en que se nos darn faci l idades comerciales por var iaciones en la l nea del Laudo. Pueden ser , y para nosotros lo son,
esas promesas censurables e indignas , pero el las exis ten y en
s u cumpl imien to es t empeada l a pa labra de l a R epbl i ca .
Luego no es posible evadirla". Este compromiso de rectifica
cin de frontera no lo ha cumplido Colombia. En cambio,
hoy da, el Pres idente Cal los Andrs Prez le es t dando las
mayores faci l idades comerciales y sociales a los colombianos .
1918.-De l as negoc ia c iones Lo s s ada-Holg u n r es a l t a e l
hecho de que Colombia es tuvo dispues ta a ceder la Guaj ira a
Venez ue la ; pero p r e t end a co locar una r ed de tuber as par a
transpor tar petrleo en ter r i tor io venezolano y conectar el fe
rrocarr i l de Ccuta con el de Encontrados . A diferencia de
Venezu e la , que ha ced ido demas iado , C o lom bia p ide s i emprey no da nada en compensacin.
1919. - Has t a en pequenece s s e demues t r a l a enemis tad
de los co lomb ianos con t r a Venezue la . E l s eor Ma x Gr i l lo
propu so en el Par lam ent o de Colo mb ia en 19 19 , que fuese
sus t i tuida la efigie de Bol va r por la de San tand er en la moneda col omb ian a. Lo que fal ta es que camb ien tambi n los colo
r e s de la bandera, para as diferenciarnos mejor .
7
'La nacin, como el individuo, es el resul tado de un largo pasado de esfuerzos, sacri
ficios y devocin".ERNESTO RENN
1920. - El r o Tchir a, l nea que separa la f rontera entr e
< bl om bi a y Ven ezu ela , fue desvia do en su curso. Ta l desviacin fue consumada en la Hacienda "Jorge" propiedad de la
.(iiora Solvenia de Prato como a media cuadra del paso del
rfo Los que perpetraron este deli to fueron ciudadanos colom
bianos, apoyados por un destacamento de la polica fronteriza
de Colombia.
La al tera cin de l mites entre dos Es ta dos es un del i t o
i n ic i nacional , y en es te caso, es tambin una violacin de los
Convenios vigentes , en cuyo cumplimiento es t empeada la
buena fe de los pases . Pero por lo vis to Colombia, que tanto
llardea de r es pe ta r e l Derecho In te rnac iona l , en l a p r c t i ca , en
esio tic invadir tierras ajenas, se parece a los piratas de Ingla
terra.
1922. - Dic tad o el fal lo arbi t ral por el Conse jo Fed era lN i i i /o , el doct or Dig ene s Esc ala nte , en car ta fechada 10 de
i l ' ii l de 19 22 , se dir ige al gene ral Jua n Vice nte G me z, para
Comunicarle q u e en la Conferencia sobre l iber tad del t rf ico
e l r epres en tan te co lombiano , en una improv i s ac in aca lo r ada
33\2
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invit pblicamente a "Inglaterra para abrir el Orinoco a
caonazos".
1922. -E l C ons e jo Federa l Su izo p ronuncia s u s en tenc ia
en el sent ido de que puede hacerse la ocupacin del ter r i tor io
en disputa, como lo haba sol ici tado Colombia. La ciudad de
San Faus t ino , se perdi por obra y gracia de los demarcado
res y de los arbitr os suizos del 24 de ma rz o de 1 92 2. E st a ciu
dad per teneca a Venezuela desde su fundacin por los veci
nos de San Cris tbal y no l levaba relacin ninguna con el Vi
rreinato de Santa Fe.
1924. - Dur ant e la demarc aci n de l mite s real izad a por
los exper tos suizos , surgieron problemas por la desapar icin
de var ios hi tos .
1931. - Albe r to L le r as C amarg o , P res ide n te de C olombia ,en los per odos 19 45 y 19 58 , se manife s t muy ant ibo l ivar ia -
no y ant ivenezolano, a pesar de su or igen venezolano por los
C amargo . En 1 9 31 , en e l d i a r io bogo ta no " E l T i em po " dec a
es ta barb ar id ad: "D e todo lo que escr i bi el l iber al ism o en la
his tor ia de Col omb ia hay un suceso que algunos de mi s com
patr iotas rechazan y que yo me complazco en reconocer como
la gnes i s de nues t ra co lect i vida d. La noch e del 25 de sep
tiembre, manos que yo veo blancas en la sombra conspirado
ra, t rataron de derr ibar la pr imera amenaza de la l iber tad
c o l o m b i a n a " .
"Qu importa que la noche de sept iembre se calumnie y
se denigre en los manu ales de his to r ia naciona l para los nios
de las escuelas . De al l ar ranc toda la vida cons t i tucional de
Colombia; de all, con los sables y puales de la conjura, seestaba dictando el cdigo democrtico de la Repblica". Segn
es te ingrato colom bia no, por decir lo men os , a quien Bol var
hizo hombre l ibre, el ases inato del Liber tador , era en aras de
la l iber tad. Naci entonces la vida ins t i tucional de Colombia
a la sombre del ases inato f rus trado del Padre de la Patr ia?
Este es el sent imiento de los l iberales del vecino pas?
1934. - Cada vez que se estaba por suscribir algn trata
do l imtrofe entre Colombia y Venezuela, el gobierno colom
biano s iempre amenazaba con movimiento de t ropas hacia la
ron te r a venezo lana . As f ue en 1 85 5 , 18 75 , 1 90 1 , cuando s e
aprox imaba l a s en tenc ia s u iza , en 1922 , y pos te r io rmente en
1928, amedrentaron para conseguir ms y ms ventajas ter r i -
lona les . E s te ao de 19 34 , pres ionar on con t ropas en la f ron
tera, el general Juan Vicente Gmez, respondi con un desf i
le mil i tar en Maracay, para t ratar de disuadir a Colombia de
IIS agresiones.
1935. - En este ao es alterado el curso del ro Catatum-
D O , en el s i t io donde cons t i tua la f rontera entre los dos pases .
I n esta desviacin de las aguas haban influido los trabajosejecutados por la compaa petrolera de la Concesin Barco,
otorgada a la Colombo Petroleum Company. Las aguas del Ca-
i .i nimbo se haban precipi tado por un cao s i tuado en ter r i
t o r i o venezo lano , abandonando as e l l echo r econocido como
I ro ntera.
1938. - Com o otra de las tantas impre cis io nes del Laud o
Ls pao l de 18 91 , cuando s e d i scu t a l a l nea Tam-O i r -Sar a-
i e , se susci t el problema de no encontrarse que el r o Oir
des embocara en e l Araure .
Es t ms que comprobado, a lo largo de la his tor ia, des
de Santander , con su perverso proyecto de "Hay que absorber
i Venezuela"', has ta hoy da, con los engaosos y zalameros
l- i"ps i tos de integracin bol ivar iana, que los gobernantes deBogot, han seguido una pol t i ca de ensan cha mie nto , en todo s
lo- , sent idos , ter r i tor ial y comercial , a cos ta de Venezuela. Tes is
l ' , eo |K)l i ica, planif icada y cons ta nte , has ta con amenaz a mil i -
I . I I . donde nues tro pas ha cedido s iempre s in compensaciones .
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8 C uando e l C ongres o venezo lano d i s cu t a es t e t r a t ado , un
grupo de val iosos diputados , verdaderos patr iotas , se opus ieron a su apro baci n con fundados e i r rebat ib les arg ume nto s .
Salvaron los votos : Rafael Caldera, Pedro Jos Lara Pea, Car
los Navas Sp no la , Andrs E loy B la nco , Germ n Surez F la -
m e r i c h , R i c a r d o H e r n n d e z R o v a t t i , N a v a r r o M n d e z y V i v a s ;
e h i c i e ron cons ta r s us vo tos nega t ivos los d ipu tados : Mar t n
Vegas , J uan Gugie lmi , J u l io De Armas y Pas to r Oropeza . Pero
la imprevis in e i r responsabi l idad de 52 dci l es par l amentar ios
gobierneros , lograron la aprobacin, a pesar de lo incons t i tu
c iona l y vergonzos o .
Es te t ratado ha s ido objeto de enconados debates y de
var ias demandas judiciales de nul idad, por ante nues tra Cor te
Suprema de J us t i c i a . Una in t roduc ida e l 7 de mayo de 197 1
por e l doc to r Agus t n As can io J imnez y o t r a por e l doc to r
Aquiles Monagas el 24 de octubre de 1974, a la cual se adhi
r i el 7 de noviembre de ese ao el Coronel Hugo E. Trejo.
A jui cio de los i lus tres rep rese nta ntes que se opus iero n a la
aprobac i n de l ignomin ios o T ra tad o de l 41 , no s e a r r eg l n in
gn p rob l ema, an tes por e l con t r a r io , s e ha vue l to in s o lub le ,
el que las futuras generaciones tendrn que afrontar una de
marcacin ter r i tor ial que, segn opinin del pres idente colom
biano Miguel Anton io C aro , a l r e f e r i r s e a l Laudo Es pao l de
1 8 9 1 , es igual a una herida abierta y dolor osa en el corazn
de Venezuela.
En e l C ongre s o co lo mbia no de 194 1 e l doc t o r Gui l l e rmo
Len Valenc ia , en una g r an demos t r ac in de a l egr a exc lam:
"No olvidemos que an restan por exprimir las consecuencias
provechosas de este convenio previsor y nob ils imo ". Esa es
i in.i de most raci n de la vi l f raternidad colom bia na!
Adems de l a b r i l l an te def ens a de l t e r r i to r io nac iona l ,
real i /ada por el do cto r Rafael Calde ra y dems diput ados en
37
"Mientras no se reivindique ese fruto de doloroso despojo, existir el irremediable re
sentimiento de las generaciones venideras,que no podrn perdonar ese falso concepto
de subordinacin de nuestra Soberana Nacional".
ARMANDO HERNNDEZ BRETN
1941. - El 5 de abr i l de 1 9 4 1 , se f i rm en Ccuta , con
todas las falsas y zalameras invocaciones a la " f raternidad bo-
l ivar i ana" , e l vergonzo " Tra tado de Demarcac in de F ron te
ras y Nav ega ci n de los Ro s Comu nes en tre Ven ezu ela y Co
lom bia " , en t r e los P res iden tes Eduar do San tos y E leaza r
Lpez C ont r e r as . Es te t r a t ado fue impues to a Ven ezue la enc i r cuns tanc ias de deb i l idad po l t i ca , econmica y mi l i t a r ; aca
baba nues tro pas de sal i r de la dictadura gomecis ta. La pr
f ida y eng ao sa dipl oma cia col omb ian a, ad ems de sed ucir a
Lpez Contreras con los encantos de s i rena de su hipcr i to
s en t im ien to bo l iv ar i an o , lo p r es ionar on con e l p r e t ex to de l a
neces idad de la unin por los presuntos r iesgos de la I I Gue
r r a Mundia l .
C o lo mbi a que s e aprec ia de una ju r i c i dad mal en tend ida ,
no obs tan t e habe r r econ ocido e l p r inc ip io de " u t i s pos s ide t i s
jur is" , procede con algo as como un "ut is poss idet is de facto" ,
par a aprop ia r s e in jus t amente de t e r r i to r ios de s us vec inos .
Cada vez que Colom bia discute sobre l mite s con sus "herma
nos venez o la nos " s i ta fuerzas mi l i t a r es en l a f ron te r a com n,para pre s ion ar un arreglo ven tajo so. A tal pun to, qu e el gene
ral Lp ez Cont rer as , rec ono ci que cedi en la f i rma de es te
Tratado de 1941, porque Venezuela no estaba preparada mili
tarmente para evitar una invasin colombiana.
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d Cong reso de 1 9 4 1 , s te en rpl ica dir igida al canci l ler vene
zolano de entonc es di jo lo s iguiente : "L as razones que da eldoc tor Gil Borge s para jus t i f ica r es te aspe cto de la cues t in ,
son razones de apresuramiento, y el apresuramiento no es nada
conven ien te cuando s e ob t i ene con mengua de los r es u l t ados .
Tanto ms cuanto que la urgencia del Tratado de Ccuta por
ms que la buscamos no aparece en par te alguna; con el es ta
do de las relaciones colombo-venezolanas antes de dicho Tra
tado no se es taban per judicando intereses ni conveniencias na
cionales que no pudieran esperar algunos aos ms . Y no se
diga que la sol idar ida d ameri cana y ms an la bol i var i ana ,
impona que a toda pr isa se zanjara la cues t in de l mites con
C olombia , porque l a verdad es que como ya lo expres amos
ms arr iba, antes de que el lo aconteciera, las relaciones colom-
bo-ve nezo lana s se man ten an en un pie de especi al cordiali
dad; y no queremos creer que la amis tad colombiana se res in
tiera por un examen a fondo de nues tros derechos y menos
que corriera por ello peligro la tranquilidad de los dos pases,
pues to que admit i r act i tud tal por par te de Colombia, equival
dra a convenir en que las estipulaciones del convenio de Ccu-
ta nos fueron impuestas bajo amenaza y como ya lo dijo uno
de nosotros en Cmara, nos encontraramos entonces discu
tiendo no un convenio, sino un ultimtum colombiano", Este
hermos o pr r a fo s in des perd ic io a lguno , demues t r a , una vez
ms, la coaccin ejercida por el gobierno colombiano contra
Venezuela, para la f i rma de es te r r i to t ratado.
9
38 39
"El territorio es como el cuerpo mismo dela patria".
PEDRO GUAL
El apres uramien to , l a coacc in y v io lenc ia , con que e l
gob ierno co lomb iano logr l a f i rma de l T ra t ado de 1 9 4 1 ,
tena por obj et i vo, ade ms de conso l ida r los despojos perpe -
ii u los, co nv ali da r los err ore s de las Ac ta s que fijaron el co -
izo de la f rontera en Cas t i l le tes . Sob re es tas pre tens ione s
co lombian as dice Agus t n As can io J im ne z : " Tod as l as cons -
i luiciones venezolanas , s in solucin de cont inuidad, desde la
pr imera has ta la vigente, disponen que el ter r i tor io de Vene
zuela es el mismo que per teneci a la Capitana General de
Venezuela antes de la t ran sform aci n pol t ica iniciada en 1 81 0.
Ahora bien, que el Golfo de Venezuela es par te integrante de
esa individual idad ter r i t or ial here dada de la Capi tan a Gene
ral, es un hecho que est fuera de discusin, pues, los ttulos
cor r es pond ien tes a l a ex i s t enc ia de l a mencionada y ex t in t a
Capitana General de Venezuela as lo comprueban. En con
formid ad con tales docum ent os la pen nsu la de la Gua j ira co-
i i . i ponde a Venez ue la has t a e l C abo de La Vela ; pos te rio r
mente, Colom bia y Ven ezu ela , l levaron la l ne a al Ca bo
< h ich ivacoa , como pun to f ron te r i zo r econocid o en e l T ra t ado
Mii helena Pombo; es ta s i tua cin fue modif ic ada por el Laud o
dictado por la Reina Regente de Espaa Mara Cr is t ina que
f i j el comienzo de la f rontera en el s i t io denominado Los
Mogotes de los Frailes, lugar que fue sustituido a su vez, arbi-
II.II lame nte, por la Com is i n Dem arc ado ra, p or el s i t io de
( ' . as t l leles , er ror s te que luego fue conf irmado, violndose
abrup tamente l a C ons t i tuc in de l a R epbl i ca , por e l T ra tado
de Lmi tes de 19 41 . Pero a lo largo de ese ext en so per od o,
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lias ta nuestros das, lo que nunca se ha puesto en duda ni fue
"i jeto de dispu ta ent re los dos pa ses , es la sober an a sobreel Golfo de Venezuela, la que se ha reconocido y reconoce
como de ju r i s d icc in exc lus iva de nues t ro pa s " .
"Es pues en vir tud del mencionado error cometido por
] a C omis i n Dema rcad ora en 190 0 y de l a incons t i tu c iona l
conval idac in que p r e t en de s umin i s t r r s e l e median te l a ce l e
brac in de l T ra ta do de 19 41 , que C olo mbia v ino a s e r pa s
l imtrofe f rente al Golf o de Ven ezu ela en una exten s in que
es t calculada en un 6% de toda la cos ta . Y apoyndo se en
esa circuns tancia, es por lo que ahora pretende compart i r con
nosotros la soberana de dich:> Golfo" .
"Si n embar go, un sano anl is is jur di co aut or iza a sos te
ner , s in t i tubeos , que la expresada s i tuacin f ronter iza sobre
el Golfo no t rans form la cond ici n jur di ca de s te, que
sigui siendo en su totalidad y en todas sus reas, parte inte
grante del ter r i tor io venezolano con el carcter de " ter r i tor io
acu t i co " , o de aguas in t e rnas h i s t r i camen te venezo l anas ,
como has ta entonces lo vena s iendo, sometida a la exclus iva
s oberan a de nues t ro pa s " .
Has ta l i t e r a r i amente es t apres uradamente r edac tado es t e
Tra ta do de l 4 1 . En e l p r embulo d ice : " Lo s gob ierno s de los
Estados Unidos de Venezuela y de Colombia han acorda
do. . . " ; en es ta redaccin se engloba a los dos Es tados en
una mis ma orac in c om o s i se t ratase de un solo Es ta do de
natur aleza federal , cuand o son dos Es ta dos difer entes . E s t e
ins ignif icante er ror , que es corregido ms adelante, demuestra
el apuro en t ratar de cancelar las reclamac ione s de Ven ezu ela ,
sobre los er rores y vicios del Laudo Espaol y de las Comis io
n e s D e m a r c a d o r a s .
La declaracin de que " la f rontera entre las dos nacio
nes es t en todas sus par tes def inida " , no redim e a Colom bi a
de l a ob l igac in de compens ar t e r r i to r i a lmente a Venezue la ,
segn lo prev is to en la Conv enc in del 3 de novi emb re de1916, en vir tud de lo injus to y arbi t rar io del Laudo Espaol .
E l incons t i tuc iona l y vergozos o T ra tado de 1941 , s e s us
cr ibi de una manera tan precipi tada, y con el temor de una
agres in arma da col omb ian a, que su ar t cu lo: 1 ' , reco noce
como "def ini t ivos e i r revocables" , los t rabajos hechos por las
C omis iones Demarca doras en 1 9 01 , por l a C omis in de Ex
per tos Suizos , y los que se hagan de comn acuerdo por los
comis ionados des ignados conforme al pargrafo cuar to de es te
ar t culo" . Es decir , se da por terminado def ini t ivamente lo que
an es t por convenirse. Es un absurdo que slo es expl icable
por la premura y el temor con que fue f i rmado es te Tratado.
Fue una ex t r aa negoc iac in impues ta y r edac tada en B ogot .
Sos t ie ne el doc tor Ti t o Gu tir rez Alfaro, que las seis
Actas de l a C omis in Demarcadora cor r es pond ien te a l ao
1900, no se cons ideraron def ini t ivas e i r revocables ; por cuan
to el artculo 1 omiti incluir las , entre las cuales f iguran las
t r i s t emente c lebres Actas de C as t i l l e t es .
El doctor Osear Vila Masot introdujo, por ante la Cor te
Suprema de Jus t icia, un recurso de nul idad del Acta de Cas t i
l l e t es de 19 00 , bas ndos e en que e l Laud o Arb i t r a l de 1 89 1 ,
es expl ci to al f i jar el l mite entre Venezuela y Colombia en
el Paral elo 12. La lat i tud 12- se encu entra por enc ima de
C as t i l l e t es en aprox imadamente unos 27 k i lmet ros ; l o cua l
demues t r a que l a C omis in Demarcadora comet i e r ro r es , t an
to de hec ho, co mo de dere cho , por no es ta r autor izad a para
el lo.
Ni el Laudo Espa ol de 1 8 9 1 , ni la invl ida Ac ta de Cas-
nl lete s del 29 de abr i l de 19 00 , y muc ho menos el Tra tad o
ile 19 4 1 afectan el s tatus del Golfo de Venezuela, como terr i -
l o r i u e\( lus ivame nte ven ezol ano.
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pecto, responde la opinin autor izada del his tor iador Pablo
Ojer , defensor de la dignidad nacional , lo s iguiente:
1. - Ven ezu ela ce di el t r ing ulo com pre ndi do entre el
af luente s in nombre al que, para efectos de la negociacin,
e l p r es iden te Eduardo San tos denomin " in te rmedio" o " Du
da" y el verdadero r o de Oro, sealado por el proyecto
de l T ra ta do Mich e le na- Pomb o de 18 33 , y por e l Laud o Es pa
ol de 1891 como l mite, el cual se or igina en el ramal del
sudoes t e, co mo lo dem ostra ron los expe r tos venezo lano s . Se
gn el internacional is ta Francisco Jos Urrut ia en la " revis ta
c o l o m b i a n a " ( 1 9 4 2 ) , C o l o m b i a o b t u v o e l o b j e t i v o b u s c a d o ;
el dominio del nico can exis tente en la Sierra de Per i j-Mo-
t i lones que permit a el paso de la aviacin mil i tar y el control
de l Magdalena . En v i r tud de l T ra tado , C o lombia s e ex t i ende
sobre la ladera or iental ( la ven ezo lan a) y se acerca al es tra
tg ico " Lago de Maraca ibo" mien t r as a l e j a a Venezue la de l a
ar ter ia f luvial , fer rocarr i ler a y carreter a que corre de sur a
nor te por el val le del Magdalena.
2 . - En e l Arauca , en p lena negoc iac in ( f ebrero de 19 40 )
Colombia desaloj manu militar i a los trabajadores de la con
ces in venezo lana " Venezue lan Oi l Development" en e l s ec to r
de " C haro" . S in embargo , e l gob ie rno lopec i s t a admi t i l a d i s
cus in sobre ese ter r i tor io que has ta la modif icacin del cauce
del Ara uca en violac in del Acu erd o de 19 28 , era y debe ser
v e n e z o l a n o .
Por las actas de San Cris tb al ( 1 9 4 2 ) Cha ro fue traspa
s ada a C olombia .
3. - A pesar de que por la Conv enc in de 19 16 (Art . 6)Colombia estaba obligada a conceder a Venezuela rectificacio
nes fronterizas a cambio de la libertad de navegacin, segn
las p rop ias ins t rucc iones a s u p len ipo t enc ia r io J os San t i ago
Rodr gue z, el gobi ern o lopec is ta, ar ro jando por la bord a la
" po l t i ca de compe ns a c io nes " de Venezue la des de 18 94 , admi
ti en el Tratado la propues ta colombiana de la l ibre navegacin de nues tros r os s in la compensacin ter r i tor ial" .
4. - En vez de est udi ar en sus fuentes doc um ent ale s los
laudo s , es tudi o que le hab r a revelad o, a menos en el caso del
Laudo Es pa o l , l a ex i s t enc ia de v ic ios s us t anc ia l es , conf i rm
temerar iamente el gobierno lopecis ta todos los laudos , t rata
dos y l as demarcac iones de 1901 , p r e t end iendo imponer s an
cin def ini t iva a la gigantesca amputacin sufr ida por Vene
z u e la d e s de 1 8 9 1 , ca l c u l ad a e n 4 0 0 . 0 0 0 k m 2 " .
Menos mal que todava exis ten patr iotas que def ienden la
integr idad ter r i tor ial del pas ; aun en contra del entreguismo
g u b e r n a m e n t a l .
i
"Es indudable que las disposiciones de laConstitucin ocupan un rango superior al
de los tratados. Estos no pueden contener clusulas contrarias a los principios constitucionales".
ELOY LARES MARTNEZ
Ninguna de las dispos iciones contenidas en el Tratado de
1941 l ibera a Col omb ia de la obl ig aci n de hac er a Ven ezu ela
compensaciones ter r i tor iales , convenida por ese pas en el Tra
tado de 19 16 . Colo mbi a logr una muy cara aspira cin, cualet l la l ibre navegacin de nues tros r os f ronter izos , especial
mente el Orinoco. Pero no ha dado cumplimiento a sus obl i
gadas compensaciones ter r i tor iales a favor de Venezuela, en
paj 'o de la generosa conces in venezolana. Es una obl igacin
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vigente, que no ha s ido cumplida ni derogada. Y el gobierno
de Venezue la es t en l a ob l igac in de ex ig i r s u cumpl imien to .
T res demandas de nu l idad de l T ra tado de 1941 , f ueron
introd ucida s por ante la Cor te Supr ema de Jus t ici a: la pr ime
ra, el 15 de abr i l de 1 9 7 1 , por el doctor Agust n Asc ani o J i
m ne z; la segund a, el 29 de oct ubr e de 19 74 po r el docto r
Aqu iles Mo na gas , a la cual se adhir i el 7 de novie mb re del
mismo ao el Coronel Hugo Trejo; y la tercera, el 29 de ene
ro de 1 9 8 1 , por C ar los Navas Sp no la , I vn Parada Dacov ic h
y e l C orone l Aqui l es Lpez Snchez .
Al refer i rse a es tas demandas , el doctor Eduardo Her
nndez C ar s t ens , en un a r t cu lo pub l i cado en e l ves per t ino " E l
Mu nd o" e l 7 de oc tubre de 19 87 , d i ce t ex tu a lmen te lo s igu ien
te: "Fu nd am en ta n sus dem and as de nul id ad, en que dicha ley
aproba to r i a de l T ra tado , us urp a t r ibuc iones de l Poder C ons
ti tuyente. El Congreso no poda en sus ses iones ordinar ias o
ex t r aor d inar i a s , modi f i car l a C ons t i tuc in de 19 36 , v igen te
para ent onc es , en su ar t c ulo 2" . Al indica r dic ho Tra tad o en
su ar t culo l v , que " Venezue la y C olombia dec la r an que l a
frontera entre las dos naciones est en todas sus partes defi
nidas por los pactos y actos de al indamiento y el presente Tra
tado" , que " todas las diferencias en mater ia de l mites quedan
terminadas " y que " r econocen como def in i t ivos e i r r evocab les
los t rabajos de demarcacin hechos por las comis iones demar
cador as de 1 9 0 1 , por la Comi s in de exp er t os suizos y los que
se hagan de comn acuerdo por los comis ionados des ignados
conforme a l par grafo C uar to" de d icho a r t cu lo , s e p r e t ende
atar el consent imiento de las par tes en el pasado, en el presen
te y en el futuro. Se pretende conf irmar los t rabajos hechos ,
lo que el Tratado mismo hace y los que se hagan" .
" Qu f acu l t ad t i ene e l gob ie rno de Venezue la , par a de
legar en unos eventuales designados, los que ira a ser la con
c l u s i n d e l T r a t a d o ' " .
" Venezue la r enunc ia en d icho T ra tado , a l a s oberan a de
la is la de Charo en el r o Arau ca, al condi cion ar la a la determinacin futura de la vaguada de dicho r o, modif icando en
es ta fo rma e l a r t cu lo 2 ' de l a C ons t i tuc in Nacio na l de 19 36 " .
"Al establecer en su artculo 2 el Tratado de 1941, que
ambos pases "se reconocen a perpetuidad, de la manera ms
amplia", "el derecho a la navegacin de los ros que atraviesan
0 separan los dos pases", Venezuela est cediendo parcial
mente la soberana de sus aguas interiores, que son parte del
concepto territorial ordenado en el mismo referido artculo 2"
de la Constitucin".
La Corte Suprema de Justicia es competente para cono
cer la nulidad de la ley aprobatoria".
Tra tad o de 1 9 4 1 . En vir tud del ar t cu lo 7" de la Const i tuc in v igen te , cuyo con ten ido en cuan to a norma a t r ibu t iva
de competenc ia es de ap l i cac in inmedia ta , de conformidad
con lo ordenado en el ar t culo 44 ejusdem, como en lo precep
tuado autnomamente en el ordinal 3" del ar t culo 215 de la
mis ma C ons t i tuc in . Todos en conex in con lo p r ev i s to en
la Di s pos ic in T rans i to r i a Dec imoquin ta de l a mencionada
C c n s t i t u c i n " .
"Di ch as dem anda s fueron admi t ida s , la pr im era hace 16
aos . Esperan el curso legal correspondiente. La nul idad de
d icha l ey aproba t o r i a de l T ra tado de 1 9 4 1 , invo lucrar a l a
revis in total de los l mites es tablecidos despus del Laudo
E paol de 1 8 9 1 , al ser impu gnad as las actas que co mo la de
1 in l l e t e s , en t r eg l a pen ns u la de l a Goaj i r a . R es t i tu i r a a
nue s tro pas la plen a sobe ran a sobre los r os que separan o
< tuzan a Ven ezu ela y Col omb ia, c on la s ignif icacin que es to
l iene. Al l levar el comienzo de la f rontera ter res tre a " los mo-
j 'oles de los Frailes", insistiramos en que stOS sean Los Mon-
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jes y excluir a a Colombia de cos ta alguna sobre el Golfo de
V e n e z u e l a " .
"Si bien es cier to que no res t i tuir a la total idad de los
t e r r i to r ios des po jados por e l Laudo , l a nu l idad de l T ra tado
de 19 41 s i tuar a en un pla no dis t into al actu al , las rela cion es
venezo lano-co lombianas . Hay vo lun tad po l t i ca , co ra j e y d i s
posicin para dar curso a las t res demandas de nul idad incoa
d a s h a s t a a h o r a ' " .
He ah la opin in de un patr iota ; otro de los cent ine las
de la dignidad nacional .
Ex i s t e un d ic t amen de l doc to r Pedro J . Mante l l in i , en s u
carc te r de F i s ca l Gene ra l de l a R ep bl i c a , en e l ao 19 80 , que
no convenc e a nad ie . E l n ico a rgu mento que expo ne para
op inar que l a C or t e Suprema de J us t i c i a es incompeten te par a
conocer y dec id i r acer ca de l a incons t i tuc iona l idad de l T ra tado
de 1941, es que: "en virtud de que la Constitucin no le im
pone un procedimiento determinadopara la solucin de los
conflictos o diferendos con motivo de la nulidad de un Tra
tado, debe in t e rp r e t a r s e que e l cons t i tuyen te cons ider que
tal determinacin debe hacerse conforme a las reglas genera
les del Derecho Internacional o las que las mismas partes esta
b lezcan median te conven ios o t r a t ados " .
Un Tra ta do in t e rnac iona l , par a s u apro bac in , r ev i s t e l as
mismas formalidades de toda ley. Un tratado internacional es
una ley. A la Cor te le corresponde velar porque no se viole
!a Const i tucin ni las leyes , luego puede declarar incons t i tu
cional un t ratado. As como la Const i tucin no puede modif i
carse por un t ratado, un t ratado no puede tenerse por vl idos i infr inge la Const i tucin.
12
48 49
"La voz del Canciller es la voz del Gobierno".
MARCOS PREZ JIMNEZ
1951. - En la revis ta of icial colo mbi ana " Ter r i t or i os Na
cion a les " , co r r es po nd ien te a l mes de jun i o de 1 95 2 , aparec i
un a r t cu lo t i t u l ado " E l a r ch ip i l ago Los Mo nj es " , en e l cua l
s e a f i rma que s t e f o rma par t e de l t e r r i to r io co lombiano .
E l au to r es e l a rqu i t ec to Hernando Holgu n Pe lez , qu ien
se hab a dedica do a acusar por " ind ignid ad y t raicin a la
pa t r i a" a R ober to Urdane ta Arbe lez , J uan Ur ibe Holgu n y
d i p rop io Al f r edo Vs quez C ar r i zos a , por e l r econocimien to
que haban hecho de la soberana de Venezuela sobre Los
Monj es , en Not a GN -5 42 de l 22 de nov iembr e de 19 52 ,
donde e l canc i l l e r J uan Ur ibe Holgu n s e d i r ig i a l Embajador
venezo lano en B ogot doc to r Lu i s Gern imo P ie t r i , donde
d ice : " C on bas e a los an teced en tes menc iona dos , e l Gobie rno
de Colombia declara que no objeta la soberana de Es tados
Unidos de Venezuela sobre el archipilago de Los Monjes y
que en consecuencia, no se opone ni t iene reclamacin algu
na que formular respecto al ejercicio de la misma o a cualquier
acto de domini o por par te de ese pas sobre e l archi pil ago
en r e f e r enc ia" .
1952. -La anter ior infundada af i rmacin de la revis ta
col omb ian a fue des tacad a por un diar io car aqu eo el 18 de
enero de 19 52 , lo cual dio or igen a que la Canc i l le r a venezolana emit iera el s iguiente com un ica do: "E n relacin a la infor
macin publi cada que hace referenc ia al s tatus ter r i tor i al del
grupo de is lotes denominados Los Monjes , el Minis ter io de Re-
l . i . iones Inter iores declara formalmente, que es indiscut ible la
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es t i rpe de los que t rataron de evi tar en Bogot el pual de
l o s s e p t e m b r i n o s " .
El talento s in probidad es un azote, di jo el Quijote de
Amrica, a quien tan injus tamente ofende el pretens ioso escr i
t o r s e o r G e r m n A r c i n i e g a s .
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"Ciertamente, el oro y la plata son objetos preciosos; pero la existencia de la repblica y la vida de los ciudadanos son ms precio sos an".
SIMN BOLVAR
Segn no t i c i as p roven ien tes de B ogot fue des cub ier to
en los l lanos or ientales de Colombia, un yacimiento carbon
fero que segn clculos , t iene reservas de ms de 1.400 mil lo
nes de ton ela das . Es tos recu rsos carbon feros se suman a otros
exp lo tados en l a cos ta a t l n t i ca co lombiana , denominados E l
C er r e jn , con un vo lumen in ic i a l de 400 . 000 tone ladas anua
les , de las cuales se esperan ingresos de 400 mil lones de
d lar es .
En El Cerrejn se h ace n invers ion es super io res a los
3 . 5 00 mi l lones de d la r es , par a cons t r u i r p r c t i cam ente u na
ciudad , una l nea de ferrocarr i l de 1 70 ki l m etr os , dos mue
lles areos y un pue r to espe cial izado para buq ues has t a de
1 0 . 0 0 0 t o n e l a d a s .
E l nuevo yac imien to carbon f e ro , s egn in fo rmacin o f i
cial , es super ior al de El Cerrejn, y coloca a Colombia en
pr i mer pla no de la prod ucc in de ese mineral en el mund o. En
la actual idad Colombia posee la cuar ta par te de las reservas
carbon f e r as mundia les .
Al r eg i s t r a r en es t as c rn icas de " Agrav ios de C olombia
a Venezue la" l a no t i c i a an te r io r , es p rop ic i a l a ocas in para
tratar con detenimiento el asunto de los Montes de Oca.
De los des po jos que C olombia ha hecho impunemente
en el ter r i tor io nacional , es es te de los Montes de Oca
quizs el menos conocido. Son pocos los especial is tas que han
es tud iado la mat er ia . Recu erd o que un i lus tre inve s t iga dor , en
un foro real izado en nues tra Univers idad Central , manifes t que
de los Montes de Oca, slo conocan los venezolanos a Pepi
Montes de Oca, a lo que agregamos, quizs por su actuacin po
l t ica ; o por el episodio aque l , cuando s iendo Minis tro de Rela
ciones In te r io r es , av i s a l s eor Lu i s Tef i lo Nez Ar i s men-
di , director del diar io "El Universal" que la pol ica lo iba a
detener . El Minis tro de Pol ica ocul tando a un individuo bus
cado por su pol ica. Es te es un pas de paradojas . Por cier to,
la direccin de ese diar io se neg a seguir publ icando la cola
boracin gratui ta de es ta ser ie de "Agravios de Colombia a
Ven ezue la" , a l habe r r ec ib ido dos car t as , donde s e p ro tes t aba
por mi cr t ica a la ol igarqua colombiana. Ese per idico com
plac i a los co lombianos porque es exces ivamente p ruden te .
Si Sant iago Ramn y Cajal di jo una vez, que entre los
s en t imien tos que deben an ima r a l hombre de c i enc ia mere ce
par t i cu la r menci n e l pa t r io t i s mo; cun to ms deber a ped i r s e
es te sent imiento a los per iodis tas , quienes contr ibuyen a for
mar la opinin pblica. Edi tores y directores de prensa que
anteponen sus intereses de mercaderes a la defensa de Vene
zuela. Aunque los es tados no t ienen sent imientos s ino intere
ses , los hombres que han hecho o heredado su for tuna en un
P n deberan teher, a l menos , c i e r t a d ign idad pa t r i t i ca .
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El his tor ia dor y profeso r Pabl o Oje r , a quien s igo en el
anl is is de es te asunto, comienza por sealar que en la controvers ia de l mites entre Vene zue la y Col omb ia, desde 183 3
has ta nues tros das , se ha atr ibuido escasa importancia a los
Montes de Oca, en lo que quizs han inf luido los s iguientes
factore s : 1) su escaso rel ieve como formaci n orogrf ica , en
com para cin de las impo nen tes forma cione s de la Sier ra Neva
da, la de Per i j y Moti lones ; 2) las escasas referencias a
ellos en las descr ipc ion es y en la cartog raf a; y 3) su equivo
cada ident i f icacin con la Guaj ira, en unos casos , o con el s is
tem a de Per i j, en otros .
La l nea de los trm inos oc ciden tale s de Mo nt es de Oc a
es l a que s ea l e l Laudo Es pa o l de 1 89 1 , conf i rmada por
el Arb i t r o Suiz o en 192 2 y el Tra tad o de 1 9 4 1 , el cual es ti
pula que la f rontera es t def inida "por los pactos" , entre los
cua les s e des t aca e l Laudo Es pao l de 18 91 .
A par t i r del hi to del Alto del Cedro, la frontera de los
Montes de Oca no ha sido demarcada todava. El Laudo Espa
ol de 189 1 e s tabl eci en su seccin 1-, tex tua lme nte lo si
gu ien te : " des de los Mogo tes l l amados Los F ra i l es , t omand o
por pun to de par t i da el ms i nmed iato a Juyac hi en derechu
ra a la l nea que divide el val le de Upar de la Provincia de
Maracaibo y Ro de La Hacha, por el lado de arriba de los
Montes de Oca, debiendo servir de precisos l inderos los tr
minos de los referidos montes, por el lado del valle de Upar
y el Mogote de Juyachi por el lado de la Serrana y or i l las
de la mar" .
Es ta par te del Laudo se basa en el Acta de Sinamaica de1792, segn conf iesa el propio Laudo en uno de sus cons ide
randos; y es ta Acta de Sinamaica aclara lo s iguiente: "costean
do por el lado de arriba los Montes de Oca". Nunca se costea
un monte por la cima, por la par te de arr iba, s ino por el borde.
En es te mi smo sent ido t ien e que inter preta rse la seccin 1*
del Lau do, que es t basad o en el Ac ta de Si nama ica de 17 92 ,porque el propio arbi t ro espaol declar que en esa decis in
ac tuaba como arb i t r o ju r i s , com o juez de es t r i c to de r echo , por
cons iguiente de conformidad con el t tulo que seala y en cual
se bas.
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"Si un pas se presenta en todo momento dispuesto a ceder, l isto a entregarse; si no tiene ms tesis que la conciliacin a todo trance; si no tiene ms palabras que la fra
ternidad, aun cuando haya recibido los ma yores agravios, ese pas est destinado a desaparecer a espaldas del derecho internacional".
LAUREANO GMEZ
El Lau do Esp ao l de 1 8 9 1 , al refer i rse a los l mites entre
Venezue l a y C olombia , empl ea dos expres iones c l ave : "por el
lado de arriba de los Montes de Oca" y "por el lado del valle
de Upar". Y como es te Laudo se bas, segn propia confes in
en sus cons ide rand os , en el Act a de Sina mai ca de 17 92 , s ta
especif ica mejo r dichas expres i ones as : "par t ie ndo en dere-
Imras hacia la mar, costeando por el lado de arriba los Mon
tes de Oca" y "por el lado del valle de Upar".
A es te respecto, el profesor Pablo Ojer , es tudioso como
nadie de nues tras f ronteras , que le ha cos tado contrar iedades
por el entreguismo de nues tros gobernantes , dice en un ensa
yo publicado en el Bolet n de la Academia Nacional de la His-
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tor ia, N 9 28 5 de enero-marzo de 19 89 , lo s igu ien te : " De es t a
des cr ipc in , y as umiendo que en derechura es interpretado co
m n m e n t e p o r en lnea recta, s i se t rata de ter renos , o por va
ms corta y rpida, como se usaba en el envo de la corres
pondencia of icial o pr ivada, los vocablos que merecen comen
tar ios son los que enseguida anal izo" .
"Costeando: segn el s ignif icado directo, equivale a las
expresiones: siguiendo la costa, orillndola, bordendola. Obvia
mente, s i se cos tea un edif icio no ser subiendo o cami
nando por e l t e j ado , s ino bo idendo lo . De l a mis ma manera ,
no se concibe cos tear una montaa recorr indola por las cum
bre s , s ino por el pie de el la. Una con dici n, pue s , de la l nea
de Sinamaica era que iba bordeando por el pie de los Montes
d e O c a " .
"M as , po r cul de los lados? To me mo s en cuen ta queel acta fue firmada en Sinamaica, o sea por el lado oriental de
los Montes de Oca, y que, su contra por el lado de arr iba,
s ignif ica el lado occidental .
" P O R