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. LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018 1 LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EL ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN EN LA DISTRIBUCIÓN CINEMATOGRÁFICA NACIONAL De acuerdo con el segundo párrafo de la Regla 13 de las Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional (Reglas Generales), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2016 y modificadas mediante acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2017 y el 26 de enero de 2018, se emiten los presentes Lineamientos de Operación en la Distribución con el propósito de definir los aspectos que el Instituto Mexicano de Cinematografía (IMCINE) considerará para el análisis y la evaluación de la viabilidad cinematográfica de los proyectos de inversión en la distribución susceptibles de recibir el Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Distribución Cinematográfica Nacional (EFICINE-Distribución) al cual se refiere el artículo 189 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). La presentación de dichos aspectos en el proyecto de inversión en la distribución será competencia de la Empresa Responsable del Proyecto de Inversión en la Distribución Cinematográfica Nacional (ERPID), para lo cual deberá cumplir cabalmente con lo establecido en los Requisitos Generales para solicitar el Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Distribución Cinematográfica Nacional (Requisitos Generales para EFICINE-Distribución) y con las demás disposiciones aplicables. La información de dicha presentación deberá estar correlacionada con la presentada en la solicitud del Sistema en línea. Además, los presentes Lineamientos coadyuvan en la atención del Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y la Distribución Cinematográfica Nacional (Comité), al seguimiento de los proyectos beneficiados con el EFICINE- Distribución. I. EVALUACIÓN DEL IMCINE El IMCINE evaluará la viabilidad en la distribución cinematográfica de los proyectos de inversión en

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

1

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN

PARA EL ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN

EN LA DISTRIBUCIÓN CINEMATOGRÁFICA NACIONAL

De acuerdo con el segundo párrafo de la Regla 13 de las Reglas Generales para la Aplicación del

Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y Distribución Cinematográfica Nacional

(Reglas Generales), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2016 y

modificadas mediante acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de

2017 y el 26 de enero de 2018, se emiten los presentes Lineamientos de Operación en la

Distribución con el propósito de definir los aspectos que el Instituto Mexicano de Cinematografía

(IMCINE) considerará para el análisis y la evaluación de la viabilidad cinematográfica de los

proyectos de inversión en la distribución susceptibles de recibir el Estímulo Fiscal a Proyectos de

Inversión en la Distribución Cinematográfica Nacional (EFICINE-Distribución) al cual se refiere el

artículo 189 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

La presentación de dichos aspectos en el proyecto de inversión en la distribución será competencia

de la Empresa Responsable del Proyecto de Inversión en la Distribución Cinematográfica Nacional

(ERPID), para lo cual deberá cumplir cabalmente con lo establecido en los Requisitos Generales para

solicitar el Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Distribución Cinematográfica Nacional

(Requisitos Generales para EFICINE-Distribución) y con las demás disposiciones aplicables. La

información de dicha presentación deberá estar correlacionada con la presentada en la solicitud del

Sistema en línea.

Además, los presentes Lineamientos coadyuvan en la atención del Comité Interinstitucional para

la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción y la Distribución

Cinematográfica Nacional (Comité), al seguimiento de los proyectos beneficiados con el EFICINE-

Distribución.

I. EVALUACIÓN DEL IMCINE

El IMCINE evaluará la viabilidad en la distribución cinematográfica de los proyectos de inversión en

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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la distribución cinematográfica nacional que solicitan EFICINE-Distribución. A su vez, contará con

el apoyo de un grupo de trabajo del Consejo de Evaluación denominado CE Distribución que se

integrará y funcionará de conformidad con lo establecido en el numeral II de los presentes

Lineamientos.

La evaluación tomará en cuenta:

A. Características y cualidades.

B. Estrategia de trabajo.

C. Presupuesto.

D. Plan de exhibición.

E. Esquema financiero.

Para determinar si el proyecto de inversión presentado cumple con los méritos artísticos, culturales

y cinematográficos necesarios, los aspectos mencionados deberán cumplir con las siguientes

características:

A. CARACTERÍSTICAS Y CUALIDADES.

Para los PROYECTOS COMERCIALES.

1. Características.

Se entiende por proyecto comercial al conjunto de acciones y estrategias para el estreno, en

territorio de la República Mexicana, de una película nacional terminada en cualquier formato o

medio aplicable en las siguientes ventanas:

Exhibición en salas cinematográficas comerciales.

Exhibición en circuitos culturales.

El proyecto no debe tener ninguna exhibición anterior en la República Mexicana en la que hayan

existido fines de lucro. Se exceptúa la exhibición en festivales nacionales e internacionales.

Se considerarán como películas nacionales aquellas establecidas en el artículo 7 y coproducciones

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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en el artículo 15 de la Ley Federal de Cinematografía.

a. Resumen ejecutivo.

Para presentar un proyecto comercial, debe incluirse un resumen ejecutivo que contenga la

información solicitada en los Requisitos Generales para EFICINE-Distribución.

b. Currículum de la ERPID.

Se debe incluir un documento en el que se describa la experiencia de la ERPID en la

distribución de proyectos comerciales con el fin de evaluar su trayectoria y los resultados

obtenidos en el lanzamiento de sus películas. Este documento debe contener la información

solicitada en los Requisitos Generales para EFICINE-Distribución.

c. Estatus de proyectos beneficiados con EFICINE-Distribución.

Incluir un cuadro informativo de los resultados o avances de los proyectos de la ERPID

concluidos o en proceso, que hayan recibido EFICINE-Distribución en periodos pasados con

el fin de evaluar el alcance de las metas, cumplimiento de obligaciones y de ruta crítica de los

proyectos anteriores.

Se debe integrar el título del proyecto, número de copias en el estreno, ingresos y asistentes

a la fecha de ingreso de la solicitud, y presentarse conforme a lo solicitado en los Requisitos

Generales para EFICINE-Distribución.

La ERPID que cuente con proyectos que hayan recibido EFICINE Distribución, deberá estar al

corriente con sus obligaciones (comprobante de transferencia, informes semestrales, última

ruta crítica actualizada y autorizada, informe de contador e informe final).

d. Cumplimiento EFICINE- Producción.

En caso de que el proyecto de inversión en la distribución haya sido beneficiado mediante

EFICINE – Producción deberá incluir el acuse generado a través del Sistema en línea del

Informe de terminación, de conformidad con lo establecido en el apartado C. Terminación de

la película de la Sección III. PROYECTOS DE INVERSIÓN BENEFICIADOS CON EL EFICINE-

PRODUCCIÓN, de los Lineamientos de Operación para EFICINE – Producción. Este

documento se debe ingresar en el Sistema en línea en la casilla del Curriculum de la ERPID y

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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resultados de EFICINE Distribución y Producción (De ser el caso).

El título y la ruta crítica del proyecto de inversión por el cual se solicite EFICINE - Distribución

y que haya sido beneficiado con EFICINE – Producción, deberán coincidir con los últimos

autorizados por el Comité Interinstitucional.

El proyecto de inversión que haya sido beneficiado con EFICINE – Producción, y que se

encuentre en el último año para su exhibición en salas cinematográficas, podrá solicitar la

aplicación del estímulo fiscal para la distribución cinematográfica nacional únicamente

cuando su fecha de exhibición coincida con la autorizada por el Comité para el proyecto de

inversión en la producción cinematográfica nacional, conforme a lo estipulado en la regla 9

de Reglas Generales.

e. Deberá entregar un escrito mediante el cual adjunta 7 DVD’s de la película terminada

con sello de agua solicitados en los Requisitos Generales para EFICINE-Distribución y

rotulados con el nombre del proyecto de inversión. El sello de agua no deberá exceder ⅓

del espacio de la visualización de la película para una apreciación cinematográfica

eficiente, con el fin de evaluar los valores de producción que describen en el apartado de

las cualidades y características del proyecto de inversión en la distribución.

2. Cualidades cinematográficas.

Cualidades que tiene el proyecto de inversión indicando sus méritos artísticos, culturales y

cinematográficos.

Los elementos de este apartado deberán ser congruentes con la película y justificar que el proyecto

de inversión tiene potencial para hacer el lanzamiento en cines. Asimismo, deberán correlacionarse

con la organización establecida en la estrategia de trabajo, el plan de exhibición y el presupuesto

de copias e inversión para su lanzamiento.

Para los PROYECTOS CULTURALES:

1. Características.

Se entiende por proyecto cultural al conjunto de acciones y estrategias en espacios independientes

con el objetivo de difundir y circular películas cinematográficas nacionales sin fines de lucro, cuyo

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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único interés sea la formación de públicos.

El proyecto de carácter cultural deberá apegarse a los siguientes aspectos:

Podrán aplicar empresas o asociaciones que organicen ciclos, muestras, o retrospectivas que

incluyan en su programa, como mínimo, la proyección en territorio nacional de 25 largometrajes

nacionales de ficción o documental.

La proyección de las películas en el proyecto presentado no deberá formar parte de las

proyecciones del estreno comercial de dichos títulos.

El estímulo fiscal no podrá ser utilizado para obras públicas, adquisición de activos fijos y pago de

premios.

a. Resumen ejecutivo.

Para presentar un proyecto cultural, debe incluirse un resumen ejecutivo que contenga la

información solicitada en los Requisitos Generales para EFICINE-Distribución.

b. Currículum de la ERPID.

Se debe incluir un documento en el que se describa la experiencia de la ERPID en proyectos

culturales con el fin de evaluar su trayectoria y los resultados obtenidos anteriormente. Este

documento debe contener la información solicitada en los Requisitos Generales para EFICINE-

Distribución.

c. Estatus de proyectos beneficiados con EFICINE- Distribución.

Incluir un cuadro informativo de los resultados o avances de los proyectos de la ERPID

concluidos o en proceso, que hayan recibido EFICINE-Distribución en periodos pasados con

el fin de evaluar el alcance de las metas, cumplimiento de obligaciones y de ruta crítica de los

proyectos anteriores.

Este documento debe contener título del proyecto, número de funciones y asistentes a la

fecha de ingreso de la solicitud, y presentarse conforme a lo solicitado en los Requisitos

Generales para EFICINE-Distribución.

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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La ERPID que cuente con proyectos que hayan recibido EFICINE-Distribución, deberá estar al

corriente con sus obligaciones (comprobante de transferencia, informes semestrales, última

ruta crítica actualizada y autorizada, informe de contador e informe final).

2. Cualidades del proyecto.

Cualidades que tiene el proyecto de inversión indicando el propósito artístico, cultural y

cinematográfico para que sea realizado. Deberá tener un objetivo claro que justifique las acciones

e inversión planteada, así como con la logística, el tiempo y los recursos para llevarse a cabo.

Los elementos de este apartado deberán demostrar los valores del proyecto cultural y ser

congruentes con el objetivo de difundir, promover y crear públicos para el cine mexicano.

Asimismo, deberán correlacionarse con la organización establecida en la estrategia de trabajo, el

plan de exhibición y el presupuesto.

Lo anterior se presentará conforme a lo establecido en los Requisitos Generales para EFICINE-

Distribución.

Cumplimiento de obligaciones para proyectos comerciales y culturales:

La ERPID y sus socios podrán participar en otro proyecto de inversión en la distribución que solicite

estímulo fiscal siempre y cuando:

a) Estén al corriente con sus obligaciones en EFICINE – Distribución (comprobante de

transferencia, informes semestrales, última ruta crítica actualizada y autorizada, informe de

contador e informe final) y que no se ubiquen en alguno de los supuestos a que se refiere el

apartado D. Incumplimiento en proyectos, de la Sección II. Proyectos de inversión

beneficiados con el Eficine-Distribución de los presentes Lineamientos.

b) Estén al corriente con sus obligaciones en EFICINE- Producción (comprobante de

transferencia, informes semestrales, última ruta crítica actualizada y autorizada, aviso de

terminación, informe de contador e informe de exhibición) y que no se ubiquen en alguno de

los supuestos a que se refiere el apartado G. Incumplimiento en proyectos, de la Sección III.

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Seguimiento de proyectos de inversión beneficiados con el EFICINE-Producción de los

Lineamientos de Eficine.

c) No se encuentren en retrasos de entregas, incumplimiento contractual, legal o

administrativo ante el IMCINE, sus fideicomisos y programas de apoyo diversos.

d) No se encuentren en atraso de alguno de los compromisos establecidos en cualquiera

de las etapas de los proyectos beneficiados con dichos programas de apoyo.

B. ESTRATEGIA DE TRABAJO.

Los elementos de la estrategia de trabajo deberán ser coherentes entre sí y con el proyecto de

inversión. Asimismo, deberán presentarse conforme a lo solicitado en los Requisitos Generales para

EFICINE-Distribución.

Para la valoración de la estrategia de trabajo, se tomarán en consideración los siguientes

elementos:

Para los PROYECTOS COMERCIALES:

1. Fecha de estreno indicando las razones por las que se decidió esa fecha.

2. Número de copias o DCP (Digital Cinema Package):

a. Indicar el número de copias o DCPs a producir para el estreno en salas cinematográficas

que coincida con lo establecido en el presupuesto. b. Indicar las razones de por qué se requiere el lanzamiento con ese número de copias.

c. Indicar el número de pantallas que se pretenden lograr.

d. En el caso de incluir un rubro en el presupuesto para el pago de VPF (Virtual Print Fee), el

monto debe presupuestarse con base al número de pantallas estipulado en el inciso

anterior.

3. Población objetivo con las siguientes características:

a. Establecer el público primario y secundario al que va dirigido el proyecto de inversión,

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indicando para ambos casos, la descripción del perfil de la audiencia desglosando: sexo,

rango de edad y nivel socioeconómico.

4. Ruta crítica que contemple todas las etapas del lanzamiento, desde el inicio de la producción

de materiales, fecha de estreno, hasta la permanencia de exhibición en salas cinematográficas,

cumpliendo con las siguientes características:

a. La ruta crítica deberá contemplar la producción de materiales, trámites de RTC, fletes,

procesos de diseño gráfico, pautas pagadas en medios, redes sociales, acciones de

relaciones públicas, promoción y publicidad y etapa de exhibición.

b. Debe incluir las semanas de exhibición planteadas en el Plan de exhibición.

c. Detallar la duración de las actividades por semanas.

d. Las actividades y el tiempo asignado a cada proceso deben corresponder a las necesidades

de lanzamiento y exhibición, así como con los valores de distribución planteados y el

presupuesto.

e. Las actividades descritas en la ruta crítica deberán ser congruentes con el desglose del

presupuesto presentado y el flujo de efectivo.

f. Tener una organización coherente para llevar el proyecto de inversión a buen término.

g. En caso de que le proyecto de inversión haya sido beneficiado con EFICINE-Producción,

la ruta crítica presentada deberá coincidir con la última autorizada por el Comité

Interinstitucional.

5. Metas a alcanzar con las siguientes características:

a. Número de asistentes con boleto pagado y plazas a exhibir.

b. Las expectativas de recuperación deberán ser congruentes con el costo total del proyecto

de inversión y la naturaleza del proyecto.

6. Estrategia de promoción y difusión (campaña publicitaria).

La estrategia presentada deberá contener la siguiente información:

a. Elementos de venta de la película: Definir al menos dos características de la película que

se pretenden resaltar en la campaña de promoción y difusión como pueden ser: elenco,

director, la producción, el guion, reconocimientos o participación en festivales, etc.

b. Actividades de mercadotecnia en medios digitales:

Describir las acciones para promover el proyecto cinematográfico en medios digitales que

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funjan como herramienta de promoción y publicidad, previo y posterior al estreno del mismo.

Estas actividades deben ser acorde al público objetivo del proyecto de inversión en la

distribución.

i. Redes sociales: La información debe señalar las redes sociales a usar y duración de

la campaña en cada una.

ii. Pauta pagada en medios digitales: Describir las plataformas a utilizar e indicar las

herramientas o acciones a contratar en estas (displays, videos, etc), señalar la

duración de la campaña en cada medio, y los impactos y alcance.

Se deben incluir todas las acciones que se integren en el presupuesto y la ruta crítica

del proyecto presentado.

NOTA: Si se requiere además contratar una pauta pagada para redes sociales, se deben especificar

en los elementos del sub índice ii del presente inciso

Actividades previas al estreno:

i. Materiales publicitarios: Enlistar los materiales que se elaborarán para la promoción

y difusión del proyecto, incluyendo cantidades a producir (tráilers, pósters, materiales

punto de venta en cines, promocionales, spots, etc.).

ii. Medios de comunicación: Enlistar los medios de comunicación pagados o de

intercambio que se van a utilizar en la campaña publicitaria.

Se deben incluir todos los medios que se integren en el presupuesto y la ruta crítica del

proyecto presentado.

La información debe presentar nombre del medio, duración de la campaña y unidades

(en su caso).

iii. Promoción: Describir las actividades promocionales que se llevarán a cabo, incluyendo

todas las acciones que se integren en el presupuesto y la ruta crítica del proyecto

presentad

iv. Relaciones públicas: Describir brevemente las actividades que se realizarán para la

difusión y promoción de la película (tour de medios, entrevistas, conferencia de prensa,

etc.).

Los elementos que conforman las actividades previas al estreno, deberán ser congruentes con las

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características de la película, el público objetivo y las metas a alcanzar. Deberán estar identificadas

en la ruta crítica y correlacionada con el presupuesto.

7. Plan de negocio:

Aunque el presupuesto es aplicable únicamente para el lanzamiento comercial en salas

cinematográficas, con la finalidad de conocer la trayectoria que tendrá la película, se debe

presentar un plan de negocio que incluirá la recuperación en las ventanas distintas al theatrical

(plataformas digitales, TV, DVD, VOD y otros) y por territorios. Dicho plan deberá ser

congruente con el público objetivo, con los alcances temáticos y con los valores de producción

de la película. Las expectativas de recuperación de la inversión deberán ser congruentes con la

naturaleza del proyecto.

La estrategia de trabajo deberá ser congruente con el plan de exhibición en salas cinematográficas,

con los alcances temáticos y con los valores de producción de la película.

Asimismo, deberán correlacionarse con la organización establecida en el plan de exhibición y en el

presupuesto.

Para los PROYECTOS CULTURALES:

1. Fecha de inicio y duración del proyecto.

2. Películas cinematográficas nacionales a exhibir donde se incluyan los títulos propuestos y al

menos el 50% de las cartas de intención de participación en el proyecto por parte del productor

y/o distribuidor que tenga los derechos de exhibición de dichas películas.

3. Población objetivo con las siguientes características:

a. Establecer el público primario y secundario al que va dirigido el proyecto de inversión,

indicando para ambos casos la descripción del perfil de la audiencia desglosando: sexo,

rango de edad y nivel socioeconómico.

b. Beneficio al público que tendrá el proyecto de inversión,

4. Espacios donde se planean realizar las exhibiciones y cartas compromiso del lugar o espacio,

donde se indique el interés por participar en el proyecto y/o la pre-aprobación de uso del

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espacio.

5. Ruta crítica a partir de la fecha de inicio de planeación, hasta la fecha de la última función del

proyecto, cumpliendo con las siguientes características:

a. La ruta crítica deberá contemplar la producción de materiales, permisos, fletes, procesos

de diseño gráfico, pautas pagadas en medios, redes sociales, acciones de relaciones

públicas, promoción, publicidad y las etapas de exhibición.

b. Debe incluir las semanas de exhibición planteadas en el Plan de exhibición

c. Detallar la duración de las actividades por semanas.

d. Las actividades y el tiempo asignado a cada proceso deberán corresponder con las

necesidades del proyecto, así como con los valores de distribución planteados y con el

presupuesto.

e. Las actividades descritas en la ruta crítica deberán ser congruentes con el desglose del

presupuesto presentado y el flujo de efectivo.

f. Tener una organización coherente para llevar el proyecto de inversión a buen término.

g. Adicionalmente, se debe incluir un apartado en donde se indique la cantidad y tipo de

personal que es indispensable para la operación del proyecto.

6. Metas a alcanzar. Especificar el número de asistentes, número de funciones y plazas (en caso

de ser itinerante).

Las metas deberán ser congruentes con el costo total del proyecto de inversión y la naturaleza

del proyecto.

7. Estrategia de promoción y difusión (campaña publicitaria) conteniendo la siguiente

información:

a. Estrategia general.

i. Establecer los objetivos que se pretenden alcanzar con la campaña publicitaria, acorde

a las características del proyecto y la población objetivo que se estableció.

ii. Describir brevemente las acciones que se llevarán a cabo en términos de promoción y

publicidad para llegar al público objetivo planteado.

b. Actividades de mercadotecnia en medios digitales:

Describir las acciones para promover el proyecto cinematográfico en medios digitales que

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funjan como herramienta de promoción y publicidad, previo y posterior al estreno del

mismo. Estas actividades deben ser acorde al público objetivo del proyecto de inversión en

la distribución.

i. Redes sociales: La información debe señalar las redes sociales a usar y duración de la

campaña en cada una.

ii. Pauta pagada en medios digitales: Describir las plataformas a utilizar e indicar las

herramientas o acciones a contratar en estas (displays, videos, etc), señalar la duración

de la campaña en cada medio, y los impactos y alcance.

iii. Se deben incluir todas las acciones que se integren en el presupuesto y la ruta crítica

del proyecto presentado.

NOTA: Si se requiere además contratar una pauta pagada para redes sociales, se deben especificar

los elementos del sub índice ii del presente inciso

c. Actividades previas y las inherentes a la operación del proyecto:

i. Materiales publicitarios: enlistar los materiales que se elaborarán para la promoción y

difusión del proyecto, incluyendo cantidades a producir (pósters, materiales punto de

venta, promocionales, spots, etc.).

ii. Medios de comunicación: enlistar los medios pagados o de intercambio que se van a

utilizar en la campaña publicitaria.

Se deben incluir todos los medios que se integren en el presupuesto y la ruta crítica del

proyecto presentado.

La información debe presentar nombre del medio, duración de la campaña y unidades

(en su caso).

iii. Promoción: describir las actividades promocionales que se llevarán a cabo, incluyendo

todas las acciones que se integren en el presupuesto y la ruta crítica del proyecto

presentado.

iv. Relaciones públicas: describir brevemente las actividades que se realizarán para la

difusión y promoción de la película (entrevistas, conferencia de prensa, etc.).

Los elementos que conforman las actividades previas y las inherentes a la operación del

proyecto, deberán ser congruentes con las características y objetivo del proyecto, el público

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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objetivo y las metas a alcanzar. Deberán estar identificadas en la ruta crítica y correlacionada con

el presupuesto.

C. PRESUPUESTO

Todos los rubros del presupuesto deberán ser congruentes con el costo total del proyecto de

inversión, así como con los costos promedio de la industria cinematográfica nacional.

Este apartado deberá incluir los siguientes documentos de acuerdo a lo solicitado en los Requisitos

Generales para EFICINE-Distribución:

1. Presupuesto desglosado y flujo de efectivo.

2. Cotizaciones.

1. Presupuesto desglosado y flujo de efectivo.

a. La organización y asignación de los recursos establecidos en el presupuesto para el

proyecto de inversión deberá ser coherente, tanto con la ruta crítica como con las

necesidades del lanzamiento y exhibición; así como con el alcance del proyecto de

acuerdo con la población objetivo que se señala en la estrategia de trabajo. Esto se

valorará en el flujo de efectivo por semanas, el cual deberá ser congruente con lo

establecido en la ruta crítica presentada en la estrategia de trabajo.

b. El presupuesto deberá estar detallado con rubros que definan de manera precisa el

producto o servicio al que se le asignan recursos, los cuales deberán justificarse de

acuerdo a la estrategia de trabajo, el plan de exhibición y el esquema financiero

presentado.

c. Tanto el desglose de presupuesto, como el flujo de efectivo, deben asignar una columna

a cada aportación incluyendo el estímulo fiscal.

d. El presupuesto deberá contemplar el costo del informe del ejercicio de los recursos de la

distribución, realizado por un contador público registrado ante el Servicio de

Administración Tributaria en los términos de la regla 24 de las Reglas Generales. El costo

de este servicio estará acreditado por la cotización solicitada en los Requisitos Generales

para EFICINE-Distribución.

e. El flujo de efectivo deberá estar detallado por semanas e incluir los rubros presentados

en el presupuesto y deberá asignar una columna a cada aportación incluyendo el

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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estímulo fiscal.

f. Sólo se podrán adquirir bienes y servicios que sean indispensables para la realización del

proyecto de inversión. Esto deberá asentarse y acreditarse en el presupuesto y en el flujo

de efectivo señalados en los Requisitos Generales para EFICINE-Distribución.

g. El monto solicitado a EFICINE-Distribución no podrá ser utilizado para cubrir

erogaciones efectuadas con anterioridad a la fecha de autorización del estímulo, aun

cuando correspondan al proyecto autorizado.

h. Dado que el estímulo es para distribuir y/o promover el cine nacional, éste no podrá ser

utilizado para adquirir bienes que representen un activo fijo, ni para el pago de premios.

i. Los gastos del proyecto de inversión que sean cubiertos con recursos provenientes de

otra(s) instancia(s) federales, estatales o municipales, no podrán cubrirse con recursos

aportados a la ERPID por las empresas aportantes que recibieron el EFICINE-

Distribución.

j. El monto solicitado a EFICINE-Distribución no podrá ser utilizado para cubrir gastos

administrativos.

k. Del costo total del rubro destinado al pago de honorarios del personal de la empresa

distribuidora o de la ERPID que se relacionen con la operación del proyecto, se podrá

asignar hasta el 50% para ser cubierto con el Estímulo fiscal.

l. En ningún caso los recursos obtenidos mediante estímulo fiscal podrán aplicarse para

cubrir honorarios por la gestión de recursos de los contribuyentes aportantes, de

conformidad con la regla 24 de las Reglas Generales.

m. El presupuesto deberá ser congruente con el costo del proyecto de inversión y con los

precios promedio del mercado nacional.

n. Para el caso de los proyectos comerciales, adicionalmente, se deberá tomar en cuenta la

siguiente información:

i. No se podrán integrar en el presupuesto costos relacionados a la exhibición de la

película en ventanas distintas al theatrical.

ii. El estímulo fiscal no podrá ser utilizado para el pago mínimo de garantía de la película

a distribuir.

iii. Del costo total del rubro destinado al pago de VPF (Virtual Print Fee), se podrá asignar

hasta el 50% para ser cubierto con el Estímulo fiscal.

iv. En caso de que la ERPID presente dos o más proyectos de inversión en la distribución,

no se podrá incluir el rubro destinado al pago de honorarios del personal de la empresa

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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distribuidora o de la ERPID en más de un proyecto, y deberá cumplir con lo establecido

en inciso k. del presente apartado.

o. Para el caso de los proyectos culturales, adicionalmente, se debe incluir un rubro en

donde se indique la cantidad y tipo de personal que es indispensable para la operación

del proyecto.

2. Cotizaciones:

a. Los costos planteados en el presupuesto deberán estar respaldados con las cotizaciones

vigentes de todos y cada uno de los rubros a pagar con el Estímulo fiscal, de los

proveedores de productos, prestadores de bienes y servicios necesarios para llevar a cabo

el proyecto de inversión.

b. Las cotizaciones deberán incluir el nombre de contacto del proveedor, teléfono y correo

electrónico.

c. Para ser consideradas vigentes, las fechas de las cotizaciones no deberán rebasar los tres

meses anteriores a la fecha de registro del proyecto de inversión en el Sistema en línea.

Si derivado de la evaluación del presupuesto se solicitan ajustes al mismo a fin de ser autorizado el

estímulo fiscal, se deberá ajustar el presupuesto para atender las notificaciones realizadas, y deberá

presentarlo junto con el primer reporte semestral que presente la ERPID.

El proyecto podrá ser autorizado siempre que el ajuste no corresponda a una disminución del

monto total solicitado igual o mayor al 50%. Lo anterior, siempre que el monto solicitado con el

estímulo fiscal represente menos del 50% del costo total del proyecto de inversión, de acuerdo a la

regla 14 inciso b) de las Reglas Generales.

D. PLAN DE EXHIBICIÓN.

Los elementos del plan de exhibición deberán ser coherentes entre sí y con el proyecto de inversión.

Asimismo, deberán presentarse conforme a lo solicitado en los Requisitos Generales para EFICINE-

Distribución.

El plan de exhibición deberá considerar para su valoración los siguientes elementos:

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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Para los PROYECTOS COMERCIALES:

1. Circuitos de exhibición por entidad federativa.

2. El circuito deberá indicar el número de complejos cinematográficos por ciudad.

3. La información del circuito deberá estar correlacionada con la presentada en la ruta crítica, y

congruente con el número de copias, metas a alcanzar y población objetivo.

Para los PROYECTOS CULTURALES:

1. Enlistar los espacios físicos donde se planea exhibir el proyecto, incluyendo dirección o

ubicación exacta.

Indicar las entidades federativas donde se llevarán a cabo las exhibiciones.

Detallar las fechas de exhibición del proyecto por espacio y entidad federativa.

Esta información deberá estar correlacionada con la información presentada en la ruta

crítica y ser congruente con el objetivo del proyecto, la población objetivo y las metas a

alcanzar.

Todos los elementos del plan de exhibición para proyectos comerciales y culturales deberán ser

coherentes, y estar correlacionados con lo establecido en la estrategia de trabajo; así como con los

rubros planteados en el presupuesto y flujo de efectivo.

E. ESQUEMA FINANCIERO.

El esquema financiero se compone de todas las aportaciones que recibirá un proyecto de inversión

para llevarse a buen término. Lo conforman los aportantes, montos, sus equivalentes en porcentaje

y el tipo de aportación. La suma de las aportaciones deberá coincidir con el costo total presentado

en el presupuesto del proyecto de inversión y en la solicitud registrada en el Sistema en línea.

Tipos de aportaciones.

La aportación en efectivo se realiza a través de moneda nacional mediante transferencia

electrónica desde las cuentas a nombre del aportante en una institución financiera, con el

objetivo de apoyar el proyecto de inversión.

La aportación en especie se realiza por medio de la prestación de servicios (en los que se

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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incluyen los honorarios) y bienes o derechos patrimoniales, siempre que sea susceptibles

de valoración económica y que sean transmisibles con el objetivo de apoyar al proyecto de

inversión.

No se consideran como aportaciones los descuentos al costo de los bienes, servicios y

derechos patrimoniales.

Este apartado deberá incluir la siguiente información de acuerdo a lo solicitado en los Requisitos

Generales para EFICINE-Distribución:

Esquema financiero.

Carta de aportación de la ERPID.

Contratos de distribución, exhibición y/o explotación comercial.

Certificado de origen.

Solicitud del trámite para la Autorización de exhibición pública emitida por la Dirección

General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC), conforme a lo establecido en los

Requisitos Generales. Este documento se debe ingresar en el Sistema en línea en la casilla

del Certificado de origen y autorización de exhibición pública por RTC.

NOTA: Si el proyecto es autorizado, deberá cumplir con lo estipulado en el numeral 2, inciso

A, apartado II de los Lineamientos de Operación para EFICINE-Distribución y en el inciso E5 de

los Requisitos Generales.

Documentos que acrediten las aportaciones.

El esquema financiero tendrá que estar consolidado, para ello tendrá que asentar, documentar y

acreditar todas las aportaciones. Asimismo, deberá cumplir con lo siguiente:

1. La suma de las aportaciones de los contribuyentes aportantes no podrá rebasar el 80% del

costo total del proyecto de inversión, ni ser mayor a cuatro millones de pesos.

2. Sólo se podrán considerar hasta dos contribuyentes aportantes por cada proyecto de inversión,

y cada uno de ellos no podrá aportar más de dos millones de pesos como estímulo fiscal.

3. Aportación exclusiva de la ERPID.

a. La aportación exclusiva de la ERPID deberá ser por lo menos del 20% del costo total del

proyecto de inversión; sea esta persona física o moral, podrá incluir capital de riesgo en

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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efectivo o en especie. Deberá integrarla por sí misma en efectivo o en especie, y podrá

complementarla con aportaciones de terceros.

b. En ningún caso, la aportación de la ERPID podrá estar integrada únicamente por terceros,

es decir, siempre deberá incluir recursos y bienes que estén registrados a nombre de la

ERPID.

c. La aportación exclusiva de la ERPID en efectivo o en especie deberá demostrar que los

recursos están registrados a su nombre.

d. No se considera como aportación exclusiva de la ERPID lo aportado por los socios que

integran la ERPID, sus partes relacionadas o terceros aportantes.

e. La ERPID deberá demostrar que su aportación individual está consolidada. Para ello,

tendrá que asentarla, documentarla y acreditarla en la presentación del proyecto de

inversión de conformidad con lo siguiente:

i. La aportación exclusiva de la ERPID deberá asentarse en el esquema financiero, en el

presupuesto y en el flujo de efectivo. Los montos en efectivo y en especie deberán

coincidir en todos los documentos donde se asiente.

ii. La aportación exclusiva de la ERPID deberá ser documentada mediante la carta de

aportación de la ERPID que deberá ser firmada por el representante legal, de acuerdo a

lo establecido en los Requisitos Generales para EFICINE-Distribución.

1. Deberá distinguir claramente, tanto el monto aportado en efectivo, como el monto

y rubros que comprenden la aportación en especie.

2. Los montos deberán coincidir con lo asentado en el esquema financiero firmado, en

el presupuesto, en el flujo de efectivo, así como en el Sistema en línea, y en cualquier

otro documento donde se mencione la aportación exclusiva de la ERPID; incluidos,

aunque no limitados a los contratos de distribución, cartas, convenios y acuerdos

con instituciones públicas.

f. La aportación exclusiva de la ERPID deberá acreditarse a través de documentos que

demuestren fehacientemente la existencia, valor y disponibilidad de las aportaciones para

el proyecto de inversión.

g. En ningún caso se podrá sustituir la aportación exclusiva de la ERPID por aportaciones de

terceros, ni se podrá disminuir su aportación autorizada por el Comité.

i. Aportación en efectivo: Se deberán presentar documentos tales como: estados de

cuenta, cartas de instituciones bancarias, análisis financieros elaborados por un

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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contador público registrado ante el Servicio de Administración Tributaria, en los

términos de la regla 24 de las Reglas Generales y otros que prueben la solvencia

económica de la ERPID, y demuestren que cuenta con dichos recursos en efectivo para

utilizarlos en el proyecto.

La vigencia de los documentos deberá ser máxima de tres meses anteriores a la fecha

de registro del proyecto de inversión en el Sistema en línea.

Los estados de cuenta o las cartas de las instituciones bancarias, el análisis financiero

del contador registrado ante el Servicio de Administración Tributaria y demás

documentos de acreditación, deberán referirse únicamente al capital en efectivo que

está a nombre de la razón social de la ERPID, no a sus socios, propietarios, personal que

labora en la estructura de la ERPID ni partes relacionadas.

ii. Aportación en especie: Si es aportación en especie por medio de la prestación de

servicios, bienes o derechos patrimoniales a nombre exclusivo de la ERPID, deberá ser

acreditada con las cotizaciones vigentes, propias y referenciales de los productos y

servicios que demuestren el valor en el mercado nacional. El monto de toda aportación

en especie se considerará sin impuestos incluidos.

La vigencia de las cotizaciones deberá ser máxima de tres meses anteriores a la fecha

de registro del proyecto de inversión en el Sistema en línea.

Asimismo, se podrán acreditar con documentos como facturas, comprobantes fiscales

digitales, certificados de propiedad, la titularidad del bien, servicio o derecho

patrimonial que aportarán al proyecto.

Las aportaciones en especie realizadas por socios, empleados, accionistas, sociedades

controladoras, profesionales independientes y demás partes relacionadas de la ERPID,

deberán atender lo establecido en el numeral 4 del presente apartado que comprende

a las aportaciones realizadas a través de terceros, y no serán consideradas como

aportación exclusiva de la ERPID.

4. Aportaciones de terceros.

a. Complemento a la aportación exclusiva de la ERPID. La ERPID podrá complementar el

porcentaje de dicha aportación con la participación de capital de riesgo y apoyos

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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aportados en efectivo o en especie mediante terceros que pueden ser personas físicas o

morales.

b. Deberá acreditar el valor de cada aportación hecha por terceros mediante documentos

que demuestren fehacientemente la existencia, valor y disponibilidad de las

participaciones para el proyecto de inversión.

c. La ERPID deberá demostrar que los compromisos con terceros están consolidados, para

lo cual tendrá que acreditar cada una de las aportaciones en efectivo o en especie de

conformidad con lo siguiente:

i. Aportación en efectivo: Las aportaciones privadas y públicas en efectivo de terceros

podrán ser acreditadas con estados de cuenta, cartas de instituciones bancarias, análisis

financieros de un contador público registrado ante el Servicio de Administración

Tributaria, en los términos de la regla 24 de las Reglas Generales y otros documentos

vigentes que demuestren tanto la solvencia económica del tercero aportante, a fin de

corroborar que el monto aportado esté disponible para el proyecto.

La vigencia de los documentos deberá ser máxima de tres meses anteriores a la fecha

de registro del proyecto de inversión en el Sistema en línea.

ii. Aportación en especie: La existencia y el valor de todas las aportaciones en especie de

terceros se acreditarán mediante cotizaciones vigentes propias o referenciales de los

productos o servicios pactados, las cuales demuestren su valor en el mercado nacional.

El monto de toda aportación en especie se considerará sin impuestos incluidos.

Asimismo, se podrán acreditar con documentos como facturas, comprobantes fiscales

digitales, certificados de propiedad, la titularidad del bien, servicio o derecho

patrimonial que aportarán al proyecto.

La vigencia de las cotizaciones deberá ser máxima de tres meses anteriores a la fecha

de registro del proyecto de inversión en el Sistema en línea.

La suma total de las aportaciones de recursos federales, incluido el estímulo fiscal, no podrá

exceder el 80% del costo total del proyecto de inversión.

II. PROYECTOS DE INVERSIÓN BENEFICIADOS CON EL EFICINE-

DISTRIBUCIÓN.

Aquellos proyectos de inversión autorizados por el Comité para recibir el estímulo fiscal deberán

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atender lo siguiente según el caso:

A. SEGUIMIENTO:

La ERPID deberá incluir el logotipo de EFICINE-Distribución en todos los materiales utilizados para

el estreno, y para la promoción de la película o del proyecto cultural (póster y materiales impresos

publicitarios).

Los proyectos de inversión que resulten beneficiados deberán cumplir con la entrega oportuna de

los informes solicitados.

La ERPID deberá presentar dichos informes a la Secretaría Técnica del Comité, a través del Sistema

en línea y firmar con su e.firma:

INFORMES.

1. COMPROBANTE DE TRANSFERENCIA con las características solicitadas en la regla 23

inciso a).

NOTA: La ERPID deberá iniciar la aplicación de los recursos del estímulo fiscal a más tardar

dentro del mes siguiente a la transferencia de recursos y cumplir con lo establecido en la regla

9, noveno párrafo.

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2. INFORME SEMESTRAL al que se refiere la regla 23 inciso b), deberá incluir la siguiente

información:

3. Para PROYECTOS COMERCIALES:

i. El primer informe semestral debe contener:

i. Los ajustes en el presupuesto y ruta crítica de acuerdo a la evaluación de Comité.

(de ser el caso).

ii. Confirmación de la fecha de estreno, número de copias y metas a alcanzar

(asistentes).

iii. De acuerdo al monto autorizado, presentar nuevamente el esquema financiero con

los montos y sus equivalentes en porcentajes de cada aportante y el tipo de

aportación (especie o efectivo). La suma de las aportaciones deberá coincidir con el

costo total del proyecto de inversión (de ser el caso).

iv. Presentar documento(s) que acredite(n) el inicio de la aplicación de los recursos del

estímulo fiscal, al que se refiere la regla 9, noveno párrafo.

v. En caso de que a la fecha de entrega del informe no se hayan realizado actividades,

se deberá informar el estatus del proyecto en términos generales.

ii.En los subsecuentes informes semestrales, se deberá presentar la siguiente información:

i. Actualización del número de copias y fecha de estreno, en su caso.

ii. Estatus de las actividades correspondientes a ruta crítica autorizada.

iii. Estatus del plan de exhibición (circuito de exhibición), detallando las salas donde se ha

proyectado la película especificando entidades federativas.

iv. Total de asistentes a la fecha.

v. Detalle del ejercicio de los recursos aportados por la ERPID y los recibidos mediante el

estímulo fiscal a la fecha y deberán demostrar coherencia con el flujo de efectivo y con

la ruta crítica autorizada.

Para PROYECTOS CULTURALES:

a. El primer informe semestral debe contener:

i. Los ajustes en el presupuesto y ruta crítica de acuerdo a la evaluación de Comité. (de

ser el caso)

ii. Confirmación de fecha de inicio y término del proyecto.

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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iii. Confirmación de títulos de las películas mexicanas a exhibir.

iv. Confirmación de espacios en donde se llevará a cabo el proyecto.

v. De acuerdo al monto autorizado, presentar nuevamente los montos y sus equivalentes

en porcentajes de cada aportante y el tipo de aportación (especie o efectivo). La suma

de las aportaciones deberá coincidir con el costo total del proyecto de inversión (de ser

el caso).

vi. Presentar documento(s) que acredite(n) el inicio de la aplicación de los recursos del

estímulo fiscal, al que se refiere la regla 9, noveno párrafo

vii. En caso de que a la fecha de entrega del informe no se hayan realizado actividades, se

deberá informar el estatus del proyecto en términos generales.

b. En los subsecuentes informes semestrales, se deberá presentar la siguiente información:

i. Estatus de las actividades correspondientes a ruta crítica autorizada.

ii. Estatus del plan de exhibición, detallando los espacios y películas que se han proyectado

a la fecha, especificando entidades federativas.

iii. Total de asistentes a la fecha.

iv. Detalle del ejercicio de los recursos aportados por la ERPID y los recibidos mediante el

estímulo fiscal a la fecha y deberán demostrar coherencia con el flujo de efectivo y con

la ruta crítica autorizada.

4. CONCLUSIÓN DEL PROYECTO E INFORME FINAL.

Se entenderá por conclusión del proyecto de distribución a la última fecha de exhibición del

proyecto. A partir de esta fecha, se deberán contar 60 días hábiles para que dentro de esos

días se haga entrega del informe final y el de contador.

a. Informe final, a que se refiere la regla 23 inciso c) de las Reglas Generales, deberá

presentarse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha de conclusión del

proyecto, a la Secretaría Técnica del Comité, a través del Sistema en línea y firmar con

su e.firma, y deberá contener la siguiente información:

Para los PROYECTOS COMERCIALES:

i. Presupuesto final y flujo de efectivo: detalle final del ejercicio de los recursos

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aportados por la ERPID y los recibidos mediante el estímulo fiscal a la fecha, los cuales

deberán demostrar coherencia con el presupuesto presentado y con la ruta crítica

autorizada.

ii. Integrar una relación de gastos indicando:

Factura-Concepto-Unidad-Total-Subtotal.

Cada rubro deberá indicar con que aportación fue cubierta.

iii. Esquema financiero con el costo final del proyecto, fechado y firmado por el

representante legal de la ERPID.

iv. Presentar el plan de exhibición (circuito de exhibición), indicando dónde se proyectó

la película especificando entidades federativas, así como asistentes e ingresos totales,

incluyendo la comprobación de la información antes mencionada con un soporte de

ComScore (antes Rentrak).

v. Tres CD´s que deberán ser entregados a la Secretaría Técnica junto con un acuse de

recibo en donde se incluyan digitalizados en cada CD:

Cartel en alta resolución, además de tres carteles impresos que deberán incluir

el logotipo de Eficine-Distribución.

Testigos fotográficos de los elementos de la estrategia de promoción y difusión

que fueron utilizados durante el lanzamiento de la película (incluyendo campaña

de medios exteriores y activaciones promocionales).

Archivos digitales o links de críticas, notas, reseñas, premios y reconocimientos,

en su caso obtenidos.

vi. Autorización de exhibición pública emitida por RTC

Se deberá incluir la Autorización de exhibición pública por la Dirección General

de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC), de acuerdo al inciso E5 de los

Requisitos.

Para los PROYECTOS CULTURALES:

i. Presupuesto final y flujo de efectivo: detalle final del ejercicio de los recursos

aportados por la ERPID y los recibidos mediante el estímulo fiscal a la fecha, los cuales

deberán demostrar coherencia con el presupuesto presentado y con la ruta crítica

autorizada.

ii. Integrar una relación de gastos indicando:

Factura-Concepto-Unidad-Total-Subtotal

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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Cada rubro deberá indicar con que aportación fue cubierta.

iii. Esquema financiero con el costo final del proyecto, fechado y firmado por el

representante legal de la ERPID.

iv. Presentar el plan de exhibición, indicando espacios de exhibición, especificando

entidades federativas, así como asistentes totales de cada función.

v. Tres CD´s que deberán ser entregados a la Secretaría Técnica junto con un acuse de

recibo en donde se incluyan digitalizados en cada CD:

Cartel o materiales de promoción en alta resolución, además de tres carteles

impresos que deberán incluir el logotipo de Eficine-Distribución.

Testigos fotográficos de las exhibiciones y funciones en cada entidad federativa.

Testigos fotográficos de los elementos de la estrategia de promoción y difusión

que fueron utilizados durante el proyecto. (incluyendo campaña de medios

exteriores y activaciones promocionales).

Archivos digitales o links de notas de prensa, en su caso obtenidos.

b. Informe de contador público:

i. Informe de contador público, al que se refiere la regla 24 de las Reglas Generales.

ii. Formato de “Desglose de ingresos y gastos del proyecto de inversión”, al que se

refiere la regla 24 de las Reglas Generales. Este documento debe adjuntarse junto con

el informe de contador y el formato se podrá descargar en las páginas de Internet del

IMCINE y de la SHCP.

B. MODIFICACIONES A PROYECTOS APROBADOS (SOLICITUD AL

COMITÉ):

Los elementos del título del proyecto de inversión, ruta crítica, presupuesto, esquema financiero, y

en su caso, distribuidor, deberán estar correlacionados con la solicitud hecha en el Sistema en línea

y el contenido del proyecto, por lo que cualquier modificación posterior a su autorización deberá

informarse y solicitar previa autorización al Comité, de acuerdo a los términos establecidos en la

regla 25 de las Reglas Generales.

La ERPID deberá enviar una solicitud al Comité a través del Sistema en línea en la sección 5. Enviar

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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solicitud, en caso de requerir una modificación en los siguientes elementos:

Título del proyecto.

Ruta crítica.

Presupuesto y esquema financiero.

Distribuidor (En caso de que sea una persona distinta a la empresa responsable del

proyecto de inversión en la distribución cinematográfica nacional).

El Comité analizará y evaluará la modificación solicitada y notificará a la ERPID si su solicitud es

autorizada, de acuerdo a lo establecido en las Reglas 15 y 25 de las Reglas Generales.

Estas modificaciones NO deberán solicitarse a través de los informes semestrales. Es necesario que

se envíe una solicitud por separado como se menciona en este apartado.

1. Modificaciones a la ruta crítica:

En caso de modificar elementos de la estrategia de trabajo y/o del plan de exhibición que afecten

a la ruta crítica autorizada previamente, la ERPID deberá explicar y justificar los motivos de los

cambios. Dichas modificaciones deberán demostrar los avances logrados, mostrar

comparativamente la ruta crítica original con la nueva ruta crítica propuesta y contemplar los

plazos establecidos en las Reglas Generales.

2. Modificación al presupuesto y esquema financiero:

a. La ERPID deberá explicar los motivos del cambio y las modificaciones del presupuesto

autorizado previamente. Dichas modificaciones deberán preservar la estrategia de trabajo

y plan de exhibición autorizados. Deberá mostrar comparativamente los rubros

modificados y justificar claramente los ajustes propuestos.

b. La ERPID deberá presentar el nuevo esquema financiero actualizado y firmado por el

representante legal de la ERPID.

c. La ERPID a la que le sea autorizado un monto menor al solicitado derivado de un

incumplimiento fiscal de alguno de sus contribuyentes aportantes, podrá solicitar un

monto equivalente al que le fue ajustado para lo cual deberá estar al corriente con su ruta

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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crítica, informes semestrales y todos los procesos involucrados. Además, la autorización de

ese complemento estará sujeta al cumplimento de las disposiciones fiscales y

cinematográficas aplicables.

3. Modificación de distribuidor:

En el caso en que la empresa responsable del proyecto de inversión en la distribución

cinematográfica nacional, sea una persona distinta al distribuidor y requiera un cambio de

empresa distribuidora, el Comité deberá analizar y evaluar la propuesta.

La ERPID deberá explicar los motivos de dicha modificación y tendrá que demostrarse por

medio del contrato de distribución.

4. Declaración anual:

El contribuyente aportante, a través de la empresa responsable del proyecto de inversión en la

distribución cinematográfica, deberá informar al Comité de cualquier modificación a su

declaración anual que realice con posterioridad a la autorización del estímulo correspondiente

conforme a lo establecido en la regla 25-bis de las Reglas Generales.

C. DE LO RELACIONADO CON EL ESQUEMA FINANCIERO.

1. Aportación de los contribuyentes aportantes a proyectos autorizados.

Los contribuyentes aportantes deberán realizar la aportación a la ERPID por el total del monto

autorizado del estímulo fiscal durante el ejercicio fiscal por el que se autorice el estímulo.

La empresa responsable del proyecto de inversión en la producción y distribución

cinematográfica nacional deberá iniciar la aplicación de los recursos del estímulo fiscal a más

tardar dentro del mes siguiente a la transferencia de recursos por parte de su (s) contribuyente

(s) aportante (s). Lo anterior, deberá ser informado en el siguiente informe semestral.

2. Declinación del contribuyente aportante.

El contribuyente aportante que decline la autorización del EFICINE-Distribución deberá

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informarlo mediante el Sistema en línea a la Secretaría Técnica del Comité en un documento

firmado por el representante legal.

3. Sustitución del contribuyente aportante.

a. La ERPID podrá sustituir a un contribuyente aportante que haya declinado, siempre que el

proyecto de inversión autorizado haya recibido aportación a través del estímulo fiscal. El

monto a sustituir deberá ser igual al monto declinado.

b. Para la sustitución del contribuyente aportante, la ERPID deberá estar en tiempo con la

ruta crítica autorizada, con los informes solicitados y tendrá que cumplir con el

procedimiento para el otorgamiento del estímulo fiscal, de acuerdo con lo dispuesto en la

regla 9 de las Reglas Generales; además, deberá atender lo siguiente:

i. Presentar mediante el Sistema en línea a la Secretaría Técnica el documento firmado

por el representante legal del contribuyente aportante autorizado donde se informe

la declinación.

ii. Presentar la documentación de los nuevos contribuyentes aportantes, conforme a lo

establecido en la Sección II DOCUMENTOS DEL CA Y, SEGÚN EL CASO, DE SU

REPRESENTANTE LEGAL, de los Requisitos Generales para EFICINE-Distribución.

iii. Presentar mediante el Sistema en línea a la Secretaría Técnica un escrito libre del

representante legal de la ERPID donde se expliquen los motivos de la sustitución del

contribuyente aportante.

iv. Actualizar el esquema financiero consolidado que incluya al nuevo contribuyente

aportante.

El Comité evaluará, determinará y, en su caso, autorizará la aplicación del estímulo fiscal a

los nuevos contribuyentes aportantes hasta por el monto del estímulo fiscal declinado.

c. La aportación de la ERPID no podrá ser sustituida por contribuyentes aportantes.

D. INCUMPLIMIENTOS EN PROYECTOS.

Un proyecto de inversión autorizado debe estar al corriente con las obligaciones adquiridas por la

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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ERPID, sus socios y partes relacionadas para atender cualquier situación acerca del seguimiento y

cumplimiento de dicho proyecto.

Cualquier incumplimiento a las Reglas Generales es una causal de revocación.

Para atender ajustes o asuntos particulares de los proyectos de inversión, se recomienda a la

ERPID verificar continuamente que dicho proyecto se encuentra al día con su ruta crítica,

procesos, informes y demás disposiciones vigentes.

Los casos no contemplados en estos Lineamientos serán resueltos por el Comité en los

términos de la Regla 6 de las Reglas Generales.

III. CONSEJO DE EVALUACIÓN: GRUPO DE TRABAJO CE

DISTRIBUCIÓN

A. DEFINICIÓN.

El Consejo de Evaluación (CE) es el órgano colegiado de asesoramiento y consulta del IMCINE para

emitir una recomendación sobre los méritos artísticos, culturales y cinematográficos de los

proyectos de inversión que solicitan el estímulo fiscal.

De acuerdo con lo establecido en la regla 1, inciso a) sub inciso ii de las Reglas Generales, a partir de

dicho Consejo, se establece el grupo de trabajo CE Distribución para analizar proyectos que solicitan

el EFICINE-Distribución.

B. FUNCIONES.

El CE Distribución tendrá las siguientes funciones:

1. Analizar y evaluar proyectos presentados.

2. Emitir recomendaciones al IMCINE sobre los proyectos de inversión.

3. Aquellas otras de naturaleza análoga que le encomiende el IMCINE.

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LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN PARA EFICINE DISTRIBUCIÓN 2018

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Las resoluciones del CE Distribución tendrán el carácter de recomendaciones no vinculantes.

C. INTEGRACIÓN.

El CE Distribución estará integrado por:

1. Un Secretario designado por la Dirección General del IMCINE, el cual coordinará la operación

del CE Distribución.

2. Grupos evaluadores conformados por un mínimo de tres y un máximo de cinco profesionales

con experiencia en la industria cinematográfica nacional, quienes serán seleccionados para

participar en cualquiera de los dos periodos del ejercicio fiscal en el que acepten ser

evaluadores.

El IMCINE insaculará a los profesionales que conformen el CE Distribución a partir de las propuestas

que presenten los distintos sectores y organizaciones de la comunidad cinematográfica nacional,

atendiendo al número de proyectos de inversión que se reciban para su evaluación.

D. OPERACIÓN.

El IMCINE enviará a los integrantes del CE Distribución la información de los proyectos de inversión

para su análisis y evaluación. El CE Distribución elaborará sus recomendaciones con base en los

aspectos que contempla la evaluación del IMCINE de los presentes Lineamientos.

Concluido este proceso, el CE Distribución entregará al IMCINE sus recomendaciones.

El IMCINE publicará en su página de internet el nombre de los consejeros que participaron en los

dos periodos de evaluación a más tardar 15 días naturales posteriores a la publicación de los

resultados del segundo periodo de cada ejercicio fiscal.