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2009 Tablas de Equivalencias y Correspondencia

libro de Tablas de Equivalencias y Correspondencia

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  • 2009

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    Tablas de Equivalencias y Correspondencia

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  • Tablas de Equivalencias y Correspondencia

    2009

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  • PRESIDENTA DE LA NACINDra. Cristina Fernndez

    MINISTRO DE EDUCACINProf. Alberto E. Sileoni

    SECRETARIA DE EDUCACINProf. Mara Ins Abrile de Vollmer

    SECRETARIO DEPOLTICAS UNIVERSITARIASDr. Alberto Dibbern

    SUBSECRETARIO DEPLANEAMIENTO EDUCATIVOLic. Eduardo Aragundi

    SUBSECRETARIO DECOORDINACIN ADMINISTRATIVAArq. Daniel Iglesias

    SUBSECRETARIA DEEQUIDAD Y CALIDADLic. Mara Brawer

    INSTITUTO NACIONAL DEEDUCACIN TECNOLGICADireccin Ejecutiva: Prof.Mara Rosa Almandoz

    SECRETARIO GENERAL DELCONSEJO FEDERAL DE EDUCACINProf. Domingo De Cara

    DIRECTOR NACIONAL DECOOPERACIN INTERNACIONALLic. Miguel G. Vallone

    COORDINADORA DEL DEPARTAMENTO DEVALIDEZ NACIONAL DE TTULOS Y ESTUDIOSLic. Mara Carmen Belber

    Argentina. Ministerio de Educacin de la Nacin. Departamento de Validez Nacional de Ttulos yEstudios

    Tablas de equivalencias y correspondencia / coordinado por Mara Carmen Belber. - 1a ed. -Buenos Aires : Ministerio de Educacin, 2009.

    240 p. ; 28x20 cm.

    ISBN 978-950-00-0702-3

    1. Sistema Educativo Argentino. 2. Sistemas Educativos Extranjeros. I. Belber, Mara Carmen,coord. II. Ttulo.

    CDD 370.7

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  • ndice

    Presentacin Ministro Prof. Alberto E. Sileoni ............................................................. 5Presentacin Lic. Mara Carmen Belber ......................................................................... 6Introduccin .......................................................................................................................... 7Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios ...................................... 11

    Responsabilidad primaria .................................................................................. 11Acciones ................................................................................................................. 12Con relacin a la Validez Nacional de los Ttulos y Estudios. ................. 13Con relacin al MERCOSUR ........................................................................ 14Con relacin a la movilidad estudiantil hacia el exterior .......................... 16Con relacin a la movilidad de estudiantes extranjeroshacia nuestro pas con estudios de Nivel Medio completo ...................... 18

    Recomendaciones importantes ....................................................................................... 26Para las familias que deban emigrar .............................................................. 26Para las familias que regresan a la Repblica Argentina .......................... 26

    Lectura e interpretacin de las Tablas .......................................................................... 28ndice de Tablas por pases .............................................................................................. 30

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    Presentacin

    La Repblica Argentina ha sido, desde hace ya ms de un siglo, un destino educativo buscadopor estudiantes de todo el mundo. En los albores del siglo XX, especialmente provenientes delos hermanos pases de Amrica Latina, generaciones de profesionales, pensadores y poetas,poblaron las aulas de nuestros Institutos y Universidades. Aquellos jvenes le dieron, por enton-ces, buena parte del tono vital a nuestro pujante Sistema Educativo. Con el paso del tiempo yespecialmente en la ltima dcada, esa atraccin que, por sus notas de calidad e innovacin,siempre ejerci nuestra oferta educativa, se ha visto incrementada con alumnos llegados detodos los horizontes del planeta.

    La necesidad de incorporarlos, con rapidez y eficacia, dentro de nuestro Sistema ha hechoindispensable llevar a cabo una investigacin profunda sobre las estructuras educativas del restode los pases, a cargo del Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios dependien-te de la Secretara de Educacin del Ministerio de Educacin de la Nacin. A partir de estavaliosa tarea, en el ao 2003, surgi la necesidad de publicar y distribuir el llamado Libro deTablas de Equivalencias y Correspondencia, incluyendo un anlisis comparativo entre los diferen-tes Sistemas Educativos del mundo y el de nuestro pas, as como una breve resea de las nor-mativas a aplicar en el caso de convalidacin de estudios extranjeros.

    Esta nueva edicin, al cuidado de profesionales de consolidada trayectoria en la temtica, refle-ja las modificaciones en la estructura educativa argentina resultantes de la aprobacin de la Leyde Educacin Nacional N 26.206, y el cambio en las normativas nacionales vinculadas a lostrmites de convalidacin y reconocimiento de estudios extranjeros.

    Por ltimo, confiamos en que las pginas que siguen constituyan una valiosa herramienta parala vinculacin educativa entre nuestro pas y los jvenes del mundo entero. A ellos los seguirconvocando nuestro histrico espritu de solidaridad, con renovados aires de actualizacin tc-nica y pedaggica, de construccin sistemtica de la calidad y de justicia social.

    Prof. Alberto E. SileoniMinistro de Educacin

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    Quiero dedicar esta edicin del libro de Tablas de Equivalencias y Correspondencia, realiza-da con compromiso y dedicacin en este Departamento, a los colegas docentes de todo elpas que, con tanto esmero y empeo, posibilitan la insercin en nuestro Sistema Educativode los alumnos que provienen de otros pases; esperando sea sta una herramienta til a talesfines.

    Agradezco a todo el personal del Departamento por su disposicin responsable ante la tareaasumida, donde todos se involucraron, unos con su directa intervencin en la elaboracin yotros que, con su colaboracin y sostn, lo hicieron posible.

    En esta mencin incluyo a los entraables compaeros que han formado parte de estadependencia y que por distintas razones y desde diferentes lugares siguen acompaandonuestro quehacer.

    Lic. Mara Carmen BelberCoordinadora Departamento de

    Validez Nacional de Ttulos y Estudios

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    Introduccin

    El Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios, dependiente de la Secretara deEducacin del Ministerio de Educacin de la Nacin, tiene, entre otras tareas, la de reconocery convalidar estudios de Nivel Secundario realizados en el extranjero.

    Frente al conocido incremento de la movilidad estudiantil y de la enorme afluencia de estudian-tes que recibe nuestro pas, la funcin del Departamento es proporcionar herramientas tilespara facilitar la insercin de los mismos dentro de nuestro Sistema Educativo. Para ello, una delas responsabilidades es poseer informacin actualizada de los distintos Sistemas Educativos delos pases del mundo para la posterior elaboracin de las llamadas Tablas de Equivalencias yCorrespondencia, en donde se plasman las estructuras educativas extranjeras, comparndolascon la nuestra.

    Con el propsito de hacer partcipes de esta actualizacin a las distintas autoridades educacio-nales que trabajan en la temtica (directivos, tcnicos y docentes), el Departamento distribuyen el ao 2003 la primera publicacin del libro de Tablas de Equivalencias y Correspondencia,trabajo que signific un anlisis comparativo de los diferentes Sistemas Educativos del mundo,como as tambin una breve resea y explicacin del Sistema Educativo Argentino de aquelentonces. Dada la demanda de ejemplares por parte de las diversas jurisdicciones de nuestropas y la utilidad que implic la primera publicacin, en noviembre de ese ao tuvo lugar lasegunda distribucin del libro.

    Surge entonces la pregunta de por qu la necesidad de una nueva publicacin y la verdad es quehay muchas razones que llevaron al Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudiosa realizarla.

    En primer lugar, muchos pases, en especial los de la regin latinoamericana, han modificadola estructura de su Sistema Educativo; por esto, frente a un mundo globalizado y en continuainteraccin, se exige una especial atencin a la educacin en vistas a la construccin de unfuturo mejor.

    En segundo lugar, tanto las provincias como la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, han reque-rido en reiteradas oportunidades informacin referida a las estructuras educativas y a las corres-

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    pondientes equivalencias con otros pases del mundo. Esto ltimo y el flujo cada vez ms inten-so de estudiantes extranjeros que desean estudiar en nuestro pas, tienen estrecha relacin conel tercer motivo para producir esta nueva edicin, tornndose indispensable conocer las dife-rentes estructuras educativas para agilizar su insercin.

    En relacin a lo mencionado en los prrafos anteriores, se incorporaron los siguientes pases:Angola, Arabia Saudita, Argelia, Bangladesh, Camboya, Fiji, Guinea Ecuatorial, Hait, Irlanda,Islandia, Jordania, Kenia, Kirguistn, Libia, Liechtenstein, Macedonia, Nigeria, RepblicaDemocrtica del Congo, Repblica Dominicana, Serbia, Sudfrica, Tayikistn, Timor Orientaly Uzbekistn.

    Cabe destacar tambin que la promulgacin de la Ley de Educacin Nacional N 26.206 hagenerado modificaciones en la estructura educativa de nuestro pas, provocndose la necesidadde reelaborar las Tablas. La mencionada Ley en su Artculo 15 expresa:

    El Sistema Educativo Nacional tendr una estructura unificada en todo el pas que ase-gure su ordenamiento y cohesin, la organizacin y articulacin de los niveles y modali-dades de la educacin y la validez nacional de los ttulos y certificados que se expiden

    En el Artculo 17, la nueva estructura propuesta para el Sistema Educativo Nacional compren-de cuatro niveles: la Educacin Inicial, la Educacin Primaria, la Educacin Secundaria y laEducacin Superior. A la par de los mismos, se da cuenta de ocho modalidades que tambinforman parte del Sistema Educativo: la Educacin Tcnica Profesional, la Educacin Artstica,la Educacin Especial, la Educacin Permanente de Jvenes y Adultos, la Educacin Rural, laEducacin Intercultural Bilinge, la Educacin en Contextos de Privacin de la Libertad y laEducacin Domiciliaria y Hospitalaria.

    El Artculo 134 especifica la nueva estructura propuesta para los niveles de Educacin Primariay Secundaria:

    ARTCULO 134. A partir de la vigencia de la presente ley cada jurisdiccin podr deci-dir slo entre dos opciones de estructura para los niveles de Educacin Primaria ySecundaria de la educacin comn:

    a) una estructura de seis (6) aos para el nivel de Educacin Primaria y de seis (6) aospara el nivel de Educacin Secundaria o,

    b) una estructura de siete (7) aos para el nivel de Educacin Primaria y cinco (5) aospara el nivel de Educacin Secundaria.

    Con el objeto de resguardar la unidad del Sistema Educativo Nacional se acordaron aspectosgenerales y surge as la Resolucin del Consejo Federal N 18/07 que en su Anexo I dice:

    B. Equivalencias de EstudiosEn razn de la nueva estructura prevista por la Ley de Educacin Nacional, y en vistade la coexistencia de estructuras, se reconocen las siguientes equivalencias:

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    C. Movilidad de Alumnos y Acreditacin de EstudiosLas equivalencias y certif icacin de los estudios debern garantizar la movilidad delos/las alumnos/as teniendo en cuenta el sistema de evaluacin y promocin de la juris-diccin de origen y respetar el grado/ao de escolaridad cumplido de acuerdo a la pre-sente tabla.En los casos en que por traslado interjurisdiccional los alumnos/as no hayan concluidoel nivel primario conforme a la estructura vigente en la jurisdiccin de origen en los tr-minos del Artculo 134 inciso b) de la Ley 26.206, y acrediten la totalidad de los gra-dos/aos correspondientes a dicho nivel segn la estructura de la jurisdiccin receptora,sta certif icar el nivel primario en base a la tabla de equivalencias precedente.En todos los casos, lo que se debe garantizar son 13 aos de educacin obligatoria mni-ma, conforme lo previsto en la Ley de Educacin Nacional para educacin inicial, edu-cacin primaria y educacin secundaria. Para el caso de la Educacin SecundariaTcnico Profesional la sumatoria deber ser de 14 aos de escolaridad.

    Estructura LEFESTRUCTURA DE LA LEY 26.206

    ARTCULO N 134

    6 y 6 aos (inc. a) 7 y 5 aos (inc. b)

    Nivel Inicial Educacin Inicial Educacin Inicial

    1 ao EGB 1 1 grado Educacin Primaria 1 grado Educacin Primaria

    2 ao EGB 1 2 grado Educacin Primaria 2 grado Educacin Primaria

    3 ao EGB 1 3 grado Educacin Primaria 3 grado Educacin Primaria

    4 ao EGB 2 4 grado Educacin Primaria 4 grado Educacin Primaria

    5 ao EGB 2 5 grado Educacin Primaria 5 grado Educacin Primaria

    6 ao EGB 2 6 grado Educacin Primaria 6 grado Educacin Primaria

    7 ao EGB 3 1 ao Educacin Secundaria 7 grado Educacin Primaria

    8 ao EGB 3 2 ao Educacin Secundaria 1 ao Educacin Secundaria

    9 ao EGB 3 3 ao Educacin Secundaria 2 ao Educacin Secundaria

    1 ao Polimodal 4 ao Educacin Secundaria 3 ao Educacin Secundaria

    2 ao Polimodal 5 ao Educacin Secundaria 4 ao Educacin Secundaria

    3 ao Polimodal 6 ao Educacin Secundaria 5 ao Educacin Secundaria

    4 ao Polimodal -TTP 7 ao Educacin Secundaria Tcnica

    6 ao Educacin Secundaria Tcnica

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    El reconocimiento de los aos de escolaridad de la Educacin Secundaria TcnicoProfesional por parte de las diferentes jurisdicciones, se efectuar ao a ao, segn latabla de equivalencias del punto B. Las jurisdicciones prevern los mecanismos de com-pensacin para el trnsito de los estudiantes entre la modalidad de Educacin TcnicoProfesional y el resto del Sistema Educativo Nacional, conforme lo que establezca elConsejo Federal de Educacin.

    Otro tema central que la Ley N 26.206 contempla es lo relativo a la situacin migratoria delos estudiantes extranjeros:

    ARTCULO 143: El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autnoma de BuenosAires debern garantizar a las personas migrantes sin Documento Nacional deIdentidad (DNI), el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de todos losniveles del Sistema Educativo, mediante la presentacin de documentos emanados de supas de origen, conforme a lo establecido por el Artculo 7 de la Ley N 25.871.

    Como conclusin, la finalidad de este nuevo libro de Tablas es la de compartir con las distin-tas jurisdicciones aquellos temas que se tratan diariamente, con las problemticas que los mis-mos generan. Se espera que sea de utilidad para trabajar en forma conjunta en pos de una edu-cacin de calidad y equidad para todos.

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    Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios

    Responsabilidad primaria

    Elaborar normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseos curriculares delas jurisdicciones y ejecutar las actividades tendientes al otorgamiento de validez nacional paraestudios de Educacin Inicial, Primaria, Secundaria y Superior.

    Ejecutar las actividades tendientes al dictado y a la aplicacin de normas de gestin con rela-cin al reconocimiento de estudios extranjeros.

    Participar e intervenir como miembro en la comisin tcnica del MERCOSUR, MERCO-SUR/CAB (Convenio Andrs Bello) y ante otros mbitos internacionales anlogos, a fin depromover la integracin.

    Responsabilidades asignadas al Ministerio de Educacin por la nueva Ley de Educacin NacionalN 26.206 en el Captulo II, Artculo 115, inc. g:

    Dictar normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseos curricula-res de las jurisdicciones, de acuerdo a lo establecido en el Artculo 85 de la presente ley yotorgar validez nacional a los ttulos y certif icaciones de estudios.

    Y en el inc. h:

    Dictar normas generales sobre revalidacin, equivalencia y reconocimiento de ttulosexpedidos y de estudios realizados en el extranjero.

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    Acciones

    Asistir tcnicamente en lo relativo a la validez nacional de ttulos y certificados.

    Gestionar las tramitaciones conducentes al otorgamiento de validez nacional para las ofertaseducativas existentes en el pas.

    Acreditar el nivel de los estudios cursados en Argentina para la insercin de los egresadosen los sistemas educativos extranjeros y la insercin laboral o prosecucin de estudios ennuestro pas.

    Registrar los estudios de todo el pas que otorgan certificados con validez nacional.

    Registrar y archivar la documentacin de resguardo correspondiente a todos los certificadosde conclusin de nivel educativo emitidos por las distintas jurisdicciones.

    Procesar, digitalizar y sistematizar la informacin escolar de todos los alumnos de nivel deEducacin Secundaria y Superior del pas. Relevar anualmente el caudal de egresados delSistema Educativo Nacional.

    Supervisar las instituciones de jurisdiccin nacional. Legalizar los certificados de estudiospor ellas emitidos. Tramitar la validez nacional de los certificados correspondientes a susestudios ofrecidos.

    Legalizar las firmas de los funcionarios del Ministerio de Educacin en las certificaciones queotorguen.

    Relevar y normatizar el funcionamiento de las escuelas argentinas en el exterior.

    Gestionar la terminalidad de los cursos de estudios de Educacin Secundaria a travs de larealizacin de exmenes en las representaciones argentinas en el extranjero.

    Convalidar los estudios extranjeros terminales de Educacin Secundaria, o sus respectivosequivalentes (pases con convenio o normativa de excepcin).

    Reconocer los estudios extranjeros terminales de Educacin Secundaria, o sus respectivosequivalentes (pases sin convenio).

    Analizar y actualizar peridicamente las estructuras de los sistemas educativos extranjeros.

    Asistir tcnicamente en lo relativo al reconocimiento de estudios extranjeros.

    Intervenir en la revlida de ttulos extranjeros de Educacin Superior o sus equivalentes(Formacin docente y tcnica).

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    Asesorar tcnicamente a la Direccin Nacional de Cooperacin Internacional del Ministeriode Educacin y a la Direccin General de Asuntos Culturales del Ministerio de RelacionesExteriores para la suscripcin y/o revisin de convenios de reconocimiento de estudios.

    Asistencia tcnica y gestin del proceso de escolarizacin de estudiantes refugiados en elSistema Educativo Nacional.

    Acordar mecanismos para el reconocimiento de estudios de educacin inicial, primaria,secundaria y superior en el mbito del MERCOSUR y CAB.

    Asistir tcnicamente para la correcta insercin de los alumnos argentinos y extranjeros en lossistemas educativos que requieran.

    A continuacin se detallan algunas de las funciones del Departamento que tienen implicanciadirecta con las necesidades de todas las instituciones educativas de las diferentes jurisdicciones.

    Con relacin a la Validez Nacional de los Ttulos y Estudios

    As como se exige que los ttulos sean otorgados por establecimientos reconocidos oficialmen-te, otro requisito de gran envergadura es la validez nacional que deben poseer dichos ttulos.

    La validez nacional garantiza que el ttulo que recibe el alumno cuenta con un plan de estudiosdiseado de acuerdo a los marcos federales establecidos y a la normativa vigente que posibilitaal egresado movilizarse por todo el territorio nacional sin inconvenientes en el reconocimientodel mismo. Es por ello que el rea de validez nacional de este Departamento tiene como metaprincipal otorgar validez nacional a la Educacin Inicial, a la Educacin Primaria, a la EducacinSecundaria, a los Trayectos Tcnico Profesionales, a la Educacin Tcnica, a la EducacinTcnico Agropecuaria, a los Trayectos Artstico Profesionales, a la Educacin Artstica, a laEducacin de Adultos, a la Educacin Especial, a toda otra modalidad de formacin tcnica pro-fesional aprobada federalmente para estos niveles, y a las ofertas educativas de FormacinDocente y de Educacin Superior Tcnica, tanto en la opcin pedaggica presencial como a dis-tancia, en todas las reas y niveles mencionados a travs de Resoluciones Ministeriales.

    En el otorgamiento de la validez nacional tambin estn incluidos los ttulos y certificados delos establecimientos dependientes de la jurisdiccin nacional, como ser las escuelas de lasFuerzas Armadas y de Seguridad y las de otros Ministerios Nacionales. Las normativas de vali-dez nacional y sus circuitos operativos son actualizados por este Departamento conjuntamentecon las reas sustantivas, segn nivel o modalidad.

    Por ltimo, debemos decir que una importante tarea de este sector es la comunicacin perma-nente con todas las jurisdicciones, a fin de trabajar articuladamente en pos de una educacin decalidad para todos.

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  • 1 XXX Reunin de Ministros de Educacin del MERCOSUR realizada el 02 de junio de 2006.

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    Con relacin al MERCOSUR

    Nuestra misin es conformar un espacio educativo comn, a travs de la concertacinde polticas que articulen la educacin con el proceso de integracin del MERCOSUR,estimulando la movilidad, el intercambio y la formacin de una identidad y ciudada-na regional, con el objeto de lograr una educacin de calidad para todos, con atencinespecial a los sectores ms vulnerables en un proceso de desarrollo con justicia social y res-peto a la diversidad cultural de los pueblos de la regin. 1

    MERCOSUR Educativo El Sector Educativo del MERCOSUR (SEM) se origin con la firma, por parte de losMinistros de Educacin de la Regin, del Protocolo de Intenciones, el da 13 de diciembrede 1991 con el objetivo de generar un espacio diferenciado para el tratamiento especfico de lacuestin educativa en el marco de la integracin regional.

    Este Sector constituye una instancia de concertacin de polticas que integran la educacin alos procesos sociales, econmicos y polticos necesarios para el desarrollo de las personas y lassociedades. Disea y ejecuta programas que promueven una educacin de calidad y equidadpara todos, contribuyendo as a los objetivos del MERCOSUR. En tal sentido, pretende ser unespacio regional, caracterizado por el conocimiento recproco, la interculturalidad, el respeto ala diversidad y la cooperacin solidaria con valores compartidos que contribuyan al mejora-miento y democratizacin de los sistemas educativos de la regin y a generar condiciones favo-rables para la paz, mediante el desarrollo social, econmico y humano sustentable.

    Con tal fin el 4 de agosto de 1994 se firm el Protocolo de Integracin Educativa para elReconocimiento de Certificados, Diplomas, Ttulos y Estudios de Nivel Primario y Medio noTcnico. La finalidad de dicho acuerdo es el reconocimiento de los estudios de Nivel Primarioy Medio no Tcnico realizados en cualquiera de los pases miembros y asociados del MERCO-SUR para la integracin educativa y la continuidad de los estudios facilitando la movilidad ver-tical y horizontal de los alumnos.

    En el marco de dicho Protocolo se conform en el mismo ao la Comisin Tcnica Regionaldel Sector Educativo del MERCOSUR (CTR) de la cual es miembro la Coordinacin delDepartamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios. La CTR tiene como misin velarpor el cumplimiento de los objetivos propuestos tanto en el Protocolo como en todas aquellasnormas que se implementen al mismo, elaborar y actualizar la Tabla de Equivalencias y garan-tizar la movilidad e integracin plena de los estudiantes entre los pases de la Regin. Seencuentra constituida por delegados profesionales especializados en la materia, designados porla autoridad educacional competente de cada uno de los Estados miembros y asociados, reu-nindose ordinariamente una vez por semestre en el pas que posee la Presidencia ProTmpore del MERCOSUR.

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    Si bien en estos momentos el Protocolo de Integracin Educativa para el Reconocimiento deCertificados, Diplomas, Ttulos y Estudios de Nivel Primario y Medio no Tcnico se encuen-tra en vigencia, durante el ao 2008 se inici, en el seno de la Comisin Tcnica Regional, unproceso de debate y discusin respecto de su posible actualizacin y ampliacin.

    Por otra parte, en el transcurso de aquel ao fue aprobada por el Consejo del Mercado Comn(CMC) la Decisin N 15/08. sta permite implementar el mencionado protocolo y comple-menta la Decisin CMC N 06/06. Por lo tanto ambas deben ser tenidas en cuenta a la horade recepcionar la documentacin escolar presentada por los alumnos extranjeros de NivelPrimario y Medio no Tcnico que desean continuar estudiando en la Argentina.

    La Decisin CMC N 06/06 establece el mecanismo necesario, a travs de 15 literales, paraimplementar el Protocolo ya mencionado; por su parte la Decisin CMC N 15/08 faculta alRME (Reunin de Ministros de Educacin) a la actualizacin/modificacin de los mecanis-mos para la implementacin del Protocolo y aprueba con carcter provisorio la Tabla deEquivalencias. Los acuerdos y mecanismos son dinmicos dado que se actualizan permanente-mente en las acciones de la CTR, con la finalidad de beneficiar la movilidad estudiantil.

    Argentina en el MERCOSUR Educativo

    Desde la firma del Protocolo de Integracin Educativa para el Reconocimiento de Certificados,Diplomas, Ttulos y Estudios de Nivel Primario y Medio no Tcnico, la Repblica Argentinaha tenido una participacin activa y responsable en el seno de la Comisin Tcnica Regional,desarrollando diversas actividades que permitieron mejorar la movilidad estudiantil a nivelregional, como por ejemplo: Publicacin Cuadernillo informativo para el reconocimiento de certificados, ttulos y estu-

    dios de Nivel Primario y Medio no tcnico de los Pases Parte y Adherentes, edicin 2002. Publicacin del cuadernillo Aprendiendo en el MERCOSUR, edicin 2006. Implementacin de la Encuesta Nacional Diagnstico de los alumnos provenientes de los

    pases del MERCOSUR. Actualizacin de la normativa. Propuesta de actualizar el Protocolo de Reconocimiento de Certificados, Ttulos y Estudios

    de Nivel Primario y Medio No Tcnico.

    Pases Integrantes del MERCOSUR

    Miembros PlenosRepblica Oriental del UruguayRepblica Bolivariana de Venezuela (en procesode adhesin al Tratado de Asuncin)

    Repblica ArgentinaRepblica Federativa del BrasilRepblica del Paraguay

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    Miembros Asociados

    Repblica de BoliviaRepblica de ChileRepblica de Colombia

    Es importante la comunicacin con el Departamento a fin de recibir la orientacin necesaria,dado que se est en un proceso de discusin acerca de la posible actualizacin del Protocolo.

    Pueden hacerlo telefnicamente al 4129-1317/8, por correo electrnico escribiendoa [email protected] o a travs del correo postal enviando la correspondenciaa Montevideo 950 PB, Ciudad Autnoma de Buenos Aires.

    Asimismo podrn encontrar en nuestra pgina web www.me.gov.ar/validez las DecisionesCMC N 06/06 y 15/08 junto con toda la actualidad del Sector Educativo del MERCOSUR.

    Con relacin a la movilidad estudiantil hacia el exterior

    Acreditacin de Nivel para presentar en el extranjeroSe trata de la constancia que, en caso de que el pas receptor la requiera, emite el Ministerio deEducacin de la Nacin, a travs de este Departamento, y que tiene por objeto informar que elttulo obtenido por el interesado corresponde a un Nivel completo -pudiendo ser de EducacinSecundaria como de Educacin Superior-, que el mismo es de carcter oficial y que, de tratar-se de un Nivel Secundario, le permite el acceso a Estudios Superiores en todo el territorioargentino. Para que tenga validez en el exterior se deber apostillar la constancia en el Ministeriode Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 819 C.A.B.A.), donde secertificar la firma del responsable del rea que interviene en la acreditacin.

    Alumnos que se trasladan al exterior adeudando materias

    La Resolucin Ministerial N 1145/02 establece que los alumnos que deban trasladarse al exte-rior y tengan asignaturas o espacios curriculares pendientes de aprobacin en los estudios deNivel Medio o su equivalente cursados en el pas, podrn rendir los mismos en la Embajada oConsulado argentino ms cercano a su lugar de residencia, a los efectos de favorecer la prose-cucin de dichos estudios en el pas que viven.

    Para ello, los padres o tutores del interesado debern solicitar autorizacin a la DireccinNacional de Cooperacin Internacional del Ministerio de Educacin de la Nacin, para que su

    Repblica del EcuadorRepblica del Per

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    hijo/a rinda en la Embajada o Consulado argentino en el pas de destino. La DireccinNacional de Cooperacin Internacional proceder al inicio del trmite cuyo expediente serenviado al Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios, en donde proseguir conel circuito correspondiente hasta la finalizacin de dicho trmite.

    Asimismo, la Resolucin Ministerial N 858/03 ampliatoria de la mencionada anteriormen-te- establece que se podrn rendir en la situacin precedente un mximo de tres (3) materias,con la finalidad de favorecer la prosecucin de los estudios, previa acreditacin de su residenciafuera de la Repblica Argentina.

    En el siguiente link de la pgina web del Ministerio de Educacin podrn verificar los requi-sitos: www.me.gov.ar/dnci/examenes.html

    Escuelas Argentinas en el exterior

    Son aquellas cuya finalidad consiste en proporcionar enseanza complementaria limitada alidioma castellano, literatura argentina, ciencias sociales (sus contenidos focalizan la historia, lageografa y la formacin tica ciudadana), con vistas a brindar un conocimiento de nuestralengua y de nuestra realidad histrica, geogrfica y social. Su perodo escolar es el que rija enel lugar de funcionamiento para las escuelas del respectivo pas y nivel de enseanza. En suplanta funcional, la designacin del personal deber recaer en un agente argentino o hijo deargentino residente. Una vez efectuada la designacin por la entidad responsable oComisin Administradora, deber contar con la aprobacin expresa de la respectivaRepresentacin Diplomtica.

    Cada Escuela Argentina en el exterior elabora su propio Reglamento interno, con la finalidadde contar con un cuerpo claro y preciso de normas, orientado a favorecer la implementacin delProyecto Educativo que le corresponde desarrollar en su pas residente. La accin educativa espor su misma naturaleza una labor de conjunto, donde todos los que intervienen juegan unpapel preponderante y tienen un rol especfico que desempear constituyendo as laComunidad Educativa.

    Las cuatro Escuelas Argentinas en el exterior reconocidas por este Ministerio de Educacin ypor la Representacin Diplomtica del pas en el que residen, tienen su correspondiente nme-ro de CUE (clave nica del establecimiento): Escuela Argentina en Los ngeles, EE.UU.(R.M. N 681/87), en Washington, EE.UU. (R.M. N 683/87), en Nueva York, EE.UU. (R.M.N 684/87) y en Zrich, Suiza (R.M. N 216/97).

    Por Resolucin Ministerial N 184/06, el Ministerio de Educacin de la Nacin reconoce la ValidezNacional de los estudios cursados en establecimientos creados en el extranjero de los Niveles deEnseanza Primaria y Secundaria, con el fin de proporcionar enseanza complementaria.

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    Con relacin a la movilidad de estudiantes extranjeros hacia nuestro pas con estudios de Nivel Medio completo

    Convalidacin de Estudios de Nivel Medio con pases con Convenio

    Todas las personas, tanto argentinos como extranjeros, que hayan terminadosus estudios de Nivel Secundario en el exterior, debern convalidar los mismossin excepcin, para poder continuar estudios de Nivel Superior.

    Una de las funciones que mantiene al Departamento en contacto permanente con las jurisdic-ciones es la Convalidacin de estudios realizados en el exterior. Se trata de un trmite destina-do a alumnos que realizaron sus estudios en el extranjero en un pas con el que existe unConvenio de Reconocimiento de Estudios firmado con la Repblica Argentina y desean con-tinuar los mismos en nuestro pas (es decir acceder a un estudio de Nivel Superior). Se realizaa travs de un cotejo de estructuras y de la verificacin de la oficialidad de la documentacinescolar presentada. Si corresponden a una Educacin Secundaria completa y si en el pas emi-sor del ttulo le permite el acceso a Estudios Superiores, se realiza un expediente para dar cursoa la Convalidacin antes mencionada. Vale aclarar que la finalidad de esta ltima es nicamen-te la prosecucin de Estudios Superiores.

    Se mencionan aqu aquellos pases con los que Argentina tiene Convenio de ReconocimientoRecproco de Estudios:

    Estados Unidos MexicanosRepblica Bolivariana de Venezuela Repblica de BoliviaRepblica de ChileRepblica de Colombia Repblica del Ecuador

    Reino de Espaa Repblica de Italia Repblica del Paraguay Repblica del Per Repblica Federativa del Brasil Repblica Oriental del Uruguay

    Convalidacin de Estudios de NivelMedio completo con Normativas de Excepcin

    Como su nombre lo indica, estas normativas tienen como finalidad encuadrar los casos excepcio-nales. Atento a la poltica programada por el Estado de favorecer el retorno de ciudadanos argen-tinos y sus hijos, se da origen a la Resolucin Ministerial N 497/06 para convalidar los estudiosrealizados por ellos.

    Repblica de Francia: reconocimiento de estudios completos a travs del Decreto P.E.N.N 18.946.

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    Para articular el regreso de los alumnos que hayan concluido sus estudios en el exterior por Becade Intercambio Estudiantil habiendo viajado hasta el ao lectivo 2007, se aplica la ResolucinMinisterial N 41/00.

    Aquellos que viajaron a partir del ao 2008 se debern ajustar a la Resolucin MinisterialN 1569/07.

    Para reconocer los estudios realizados en el exterior por hijo o familiares de diplomticos argen-tinos se aplica la Ley de Servicio Exterior N 20.957 del 22 de mayo de 1975.

    A los estudiantes que poseen el estatus de Refugiado, se le reconocern los estudios segn lostrminos de la Resolucin Ministerial N 1551/08.

    A continuacin se detallan algunas especificaciones de las normativas mencionadas para mayorclaridad en cuanto a las necesidades particulares de los alumnos:

    Resolucin Ministerial N 497/06La movilidad estudiantil es un trmino repetido en este libro de Tablas, ya que es la base denuestro trabajo cotidiano. En este caso es de suma importancia tener en cuenta a los argenti-nos que han tenido que emigrar por diferentes razones: econmicas, familiares, sociales,comerciales, etc.

    Muchos de los ciudadanos argentinos que han emigrado lo han hecho con su grupo familiar olo han conformado en el extranjero, por lo que ellos y/o sus hijos, siendo estos ltimos de nacio-nalidad argentina o no, han completado estudios de Nivel Secundario fuera del pas.

    Es poltica de este Gobierno Nacional favorecer el retorno de los ciudadanos argentinos que,por una u otra causa, se establecieron temporariamente en otros pases y, al regreso, desean ini-ciar estudios de Nivel Superior, universitario o no, para completar su formacin acadmica y/ocapacitacin profesional.

    ARTCULO 1 Convalidar a los ciudadanos argentinos y a sus hijos, los estudios denivel medio completo aprobados en el exterior, acreditados fehacientemente por institu-ciones reconocidas por la autoridad educativa del pas emisor del ttulo, al solo efecto deproseguir estudios de Nivel Superior, universitario o no, sin obligacin de rendir lasasignaturas de Formacin Nacional.

    ARTCULO 2 Dejar establecido que para tal convalidacin, por tratarse de estudioscompletos de Nivel Medio, deben iniciarse los trmites pertinentes ante elDepartamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios del Ministerio de Educacin,Ciencia y Tecnologa de la Nacin y de acuerdo a la normativa vigente.

    ARTCULO 3 Dejar aclarado que en el caso de los hijos extranjeros, de madre o padreargentino, a los f ines de la convalidacin, debern adems acreditar su f iliacin.

    ARTCULO 4 Dejar sin efecto la Resolucin N 120 del 28 de febrero de 2001.

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    Resolucin Ministerial N 41/00Esta normativa se aplica en los casos de intercambio estudiantil; no profundizaremos en lamisma ya que fue derogada por la Resolucin Ministerial N 1569/07 y slo se aplicar paraaquellos alumnos que hayan usufructuado de la beca estudiantil hasta el ao 2007 inclusive.

    Resolucin Ministerial N 1569/07Debido al incremento de la cantidad de alumnos que optan por realizar intercambio estudian-til, y a las distintas clases de experiencias educativas internacionales existentes, es necesarioactualizar la normativa vigente a fin de dar marco legal al reconocimiento y al procedimientode convalidacin de los estudios cursados de esta forma.

    Como es necesario facilitar, a su regreso, la insercin del alumno en el Sistema EducativoNacional y tambin considerar la inscripcin de aquellos que proceden de pases cuyo calenda-rio escolar no coincide con el nuestro, a fin de continuar sus estudios, se establece:

    ARTCULO 1 Convalidar al Nivel Medio Argentino los estudios realizados poralumnos de nuestro pas en el exterior, becados por Instituciones tales como AsociacinCivil AFS Programas Interculturales, Rotary Club, Youth For Understanding, Lionsy similares, correspondientes al ltimo ao del Sistema Educativo del pas receptor, afin de habilitarlos para proseguir estudios de Nivel Superior.

    ARTCULO 2 Establecer que el alumno auspiciado deber haber aprobado el antelti-mo ao de sus estudios de Nivel Medio antes de acceder al programa de experiencia edu-cativa internacional, y deber adems presentar, para su posterior convalidacin, elttulo y el analtico de notas, debidamente legalizados, expedidos ambos por la institu-cin educativa extranjera en donde curs. Asimismo, y para el caso en que esta ltimano le otorgue el diploma o ttulo de nivel medio completo, el alumno deber obtener sugraduacin en la institucin educativa de nuestro pas en donde curs el ao inmedia-to anterior, debiendo para ello aprobar solamente las asignaturas que respondan a laorientacin o especialidad en el caso que correspondiese.

    ARTCULO 3 Establecer que, para el caso en que el intercambio consista en el cursadode un ciclo lectivo completo, de acuerdo al sistema educativo del pas receptor, el alum-no auspiciado deber aprobar, para su ingreso en el ao inmediato superior del sistemaeducativo nacional, solamente las asignaturas que respondan a la orientacin o especia-lidad del plan de estudios que cursara en el establecimiento educativo argentino. Paraello, deber presentar, debidamente legalizados, el analtico en donde consten las notasde las materias cursadas y aprobadas en el exterior, como as tambin un informe deasistencias e inasistencias.

    ARTCULO 4 Establecer que, para el caso en que el intercambio consista en el cursadode la ltima mitad del ciclo lectivo, de acuerdo al sistema educativo del pas receptor, elalumno auspiciado deber aprobar, para su ingreso en el ao inmediato superior, sola-

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    mente los mdulos o espacios curriculares dictados durante su ausencia, que respondan ala orientacin o especialidad del plan de estudios que cursara en el establecimiento edu-cativo argentino. Para ello, deber presentar, debidamente legalizados, el analtico endonde consten las notas de las materias cursadas y aprobadas en el exterior, como astambin un informe de asistencias e inasistencias.

    ARTCULO 5 Establecer que, para el caso en que el intercambio consista en el cursadode la primera mitad del ciclo lectivo, de acuerdo al sistema educativo de nuestro pas, elalumno auspiciado deber aprobar, para reintegrarse en el ao en curso, solamente losmdulos o espacios curriculares, dictados durante su ausencia, que respondan a la orien-tacin o especialidad de su plan de estudios. Para ello, deber presentar, debidamentelegalizados, el analtico en donde consten las notas de las materias cursadas en el exte-rior, como as tambin un informe de asistencias e inasistencias.

    ARTCULO 6 Establecer que, para el caso en que el intercambio consista en el cursado de unperodo menor a la mitad de un ciclo lectivo de acuerdo al sistema educativo nacional, la rein-corporacin escolar del alumno auspiciado proceder de acuerdo a lo dispuesto por la autoridadeducativa de la jurisdiccin correspondiente. Para ello, deber presentar, debidamente legali-zado, un informe de asistencias e inasistencias de los estudios cursados en el exterior.

    ARTCULO 7 Establecer que la institucin educativa en la que el alumno se reinsertadeber considerar la asistencia computada en la institucin en donde realiz el progra-ma de intercambio como habida en su propio establecimiento.

    ARTCULO 8 Establecer que el reconocimiento de los estudios aludidos en los Artculos3, 4, 5, 6 y 7, proceder siempre y cuando la experiencia educativa en el extranjeroconsista en el cursado del ao equivalente de acuerdo a la correspondencia entre laestructura educativa nacional y la del pas receptor.

    ARTCULO 9 Establecer que la presente Resolucin Ministerial entrar en vigencia paraaquellos alumnos que usufructen su beca en el exterior a partir del ciclo lectivo 2008.

    Ley de Servicio Exterior N 20.957Para los casos de diplomticos o familiares que hayan estudiado en el exterior.

    ARTCULO 90 Los ttulos otorgados por universidades extranjeras o establecimientos deenseanza de nivel primario, secundario o terciario a los funcionarios del ServicioExterior destinados en el extranjero, as como a los miembros de su familia, sern reco-nocidos en la Repblica de acuerdo con las reglamentaciones de las universidades nacio-nales o de los organismos de conduccin de la enseanza de los respectivos niveles. Si losinteresados no hubieran terminado sus estudios en el exterior, las universidades nacio-nales o los respectivos organismos reconocern la validez de los estudios hasta el ltimocurso completo aprobado en el extranjero. Si los estudios seguidos no lo fueran por el sis-

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    tema de cursos completos, se reconocern las materias aprobadas en el extranjero quetengan su equivalente en el respectivo plan de estudios argentino. Igual criterio se segui-r si hubiera completado cursos en el extranjero, en el caso de que la correspondientecarrera est organizada por materias en la repblica.

    Nota de Redaccin. Ver: Ley 21.462 Artculo 1(B.O. 26-11-76). Se incorpora al rgi-men de este Artculo en las condiciones del Artculo 92 de esta Ley, el personal de lasFuerzas Armadas y funcionarios nacionales, provinciales, municipales o dependientesde organismos internacionales que cumplieren misiones of iciales en el extranjero.

    ARTCULO 92 Se entiende por familia a los f ines de esta Ley: el cnyuge, los hijos ehijastros menores de edad y los mayores incapacitados para el trabajo, las hijas e hijas-tras solteras y los ascendientes de primer grado tanto del funcionario como del cnyuge,cuando aqul compruebe que subviene a sus necesidades.

    Resolucin Ministerial N 1551/08Esta normativa establece para los estudiantes extranjeros que han obtenido o solicitado elEstatuto de Refugiado por parte de las autoridades nacionales, un tratamiento preferencial enlos trmites administrativos de ingreso y egreso de los establecimientos educativos del pas. Enel Artculo 2 se aprueban los requisitos a cumplimentar para su aplicacin:

    ... a) documentacin que acredite identidad; b) certificado de estudios que avale su nivelde instruccin legalizado por la autoridad educativa del pas o estado emisor y, por laautoridad consular argentina (en caso de estar la documentacin apostillada, sta suplela legalizacin consular); de no cumplirse con tal requisito se debern efectuar pruebasevaluativas para determinar el grado de aprendizaje alcanzado por el candidato.

    Reconocimiento de Estudios de Nivel Medio realizados en pases sin Convenio

    Resolucin Ministerial N 1208/05La norma recin mencionada tiene como objetivo facilitar la situacin en la que se encuentranaquellos alumnos que provienen de pases con los cuales no existe Convenio deReconocimiento de Estudios. Antes de esta norma los interesados deban rendir, como conse-cuencia de las distintas modalidades de los diseos curriculares, adems de las asignaturas deFormacin Nacional, aquellas que correspondan a la orientacin del ttulo que otorgara la ins-titucin educativa a la que se solicitaba la revlida, lo que constitua mayor esfuerzo y demoraen el ingreso a Estudios Superiores. Por lo expresado, se hizo necesario flexibilizar los requisi-tos exigidos a los alumnos para obtener el Reconocimiento de sus estudios secundarios com-pletos. De esta manera, en la actualidad slo deben rendir en su jurisdiccin las materias deFormacin Nacional y luego, en este Departamento, continuar el trmite de Reconocimiento.

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    El Artculo 1 aprueba el Reglamento Operativo para el Reconocimiento de los Estudios deNivel Secundario (Anexo I); el Artculo 2 aprueba el Modelo de Formulario de Requisitospara la iniciacin del trmite de Reconocimiento (Anexo II); el Artculo 3, el Modelo deFormulario de Solicitud de Trmite (Anexo III); y, en el Artculo 4, se aprueba el Modelo deConstancia de Reconocimiento de los Estudios de Nivel Secundario.

    ANEXO I1 Previo al inicio del trmite, el interesado deber rendir y aprobar ante la corres-pondiente autoridad educativa de su jurisdiccin, las asignaturas de FormacinNacional. Luego de ello, iniciar en el Departamento de Validez Nacional de Ttulosy Estudios de este Ministerio el trmite de Reconocimiento de los Estudios de NivelMedio cursados en el exterior para los alumnos que deben rendir las asignaturas deFormacin Nacional, donde se exigir la documentacin que se detalla en el Formulariode Requisitos que se aprueba por ANEXO II.

    2 El interesado deber presentar el Formulario de Solicitud de Trmite Formulariode Reconocimiento de los Estudios de Nivel Medio cursados en el exterior para losalumnos que deben rendir las asignaturas de Formacin Nacional, que f igura comoANEXO III de la presente, al que deber acompaar la documentacin requerida en elFormulario de Requisitos.

    3 El Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios abrir un expediente,evaluar la documentacin presentada y realizar un informe tcnico por el que se reco-noce al causante el nivel de estudios completos en la Repblica Argentina. En caso defaltar documentacin o presentar sta irregularidades que impidan el reconocimientoaludido, se comunicar al interesado los pasos a seguir para subsanarlas. En todos loscasos las notif icaciones se realizarn conforme Ley N 19.549.

    4 El dictamen tcnico ser suscripto por el jefe del Departamento citado up supra.

    5 La Constancia de Reconocimiento de los Estudios de Nivel Medio cursados en elexterior para los alumnos que deben rendir las asignaturas de Formacin Nacional, quese aprueba por ANEXO IV, ser slo a efectos de proseguir estudios superiores universita-rios o no universitarios. Se la numerar correlativamente conforme el Libro de Actas y sela adosar al certificado y/o ttulo de estudios en original obtenido por el interesado.

    6 La entrega de la constancia se asentar en el Libro de Actas, el que deber llevarseen forma legal, es decir sin enmiendas ni alteraciones. El interesado, o la persona habi-litada por ste para retirar la documentacin, previa exhibicin de su documento deidentidad, rubrica con su f irma la f inalizacin de este acto. Posteriormente se gira elexpediente a la Direccin de Despacho para su archivo.

    7 Si transcurren noventa das desde que un trmite se paralice por supuestos de aban-dono e inactividad del procedimiento imputable al interesado, las actuaciones se remi-

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    tirn a la Direccin de Despacho para su reserva por sesenta das. Cumplido dichoplazo, se archivarn sin que sea necesaria nueva intervencin del Departamento deValidez Nacional de Ttulos y Estudios, tal como se establece en el Formulario deSolicitud de Trmite que se aprueba por ANEXO III.

    8 Si transcurren sesenta das desde que un trmite se encuentra resuelto, sin que el inte-resado retire la documentacin pertinente, las actuaciones sern giradas a la Direccin deDespacho para su reserva por sesenta das; cumplido dicho plazo, se archivarn sin la pre-via intervencin del Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios, tal comose establece en el Formulario de Solicitud de Trmite que se aprueba por ANEXO III.

    9 Slo se emitir duplicado de la constancia ante la peticin del interesado, presentan-do la pertinente denuncia policial por robo o extravo de la documentacin. En la nuevaconstancia se consignar el carcter de Duplicado en la parte superior y en el ltimoprrafo la causa de la emisin del mismo.

    10 Las asignaturas de Formacin Nacional, a las que hace referencia el presenteReglamento Operativo, establecidas por Decreto N 16737/57, y sus equivalentes en laLey Federal de Educacin, son las siguientes:

    Formacin tica y Ciudadana Ciencias Sociales Lengua y Literatura Argentina

    Las asignaturas sealadas corresponden a 8vo. y 9no. grados de EGB3, y 1ro., 2do. y 3ro. delNivel Polimodal, u otras denominaciones equivalentes, de acuerdo a la correspondencia de lasestructuras educativas (Decreto 1276/96, Artculo 3).

    11 El Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios se compromete a que-dar en absoluta disposicin ante cualquier duda que surja en la tramitacin reglamen-tada en la presente Resolucin, generando un espacio de intercambio con los equipos tc-nicos de las distintas jurisdicciones.

    Resolucin Ministerial N 1333/07ARTCULO 1 Establecer que los alumnos que deban rendir asignaturas de FormacinNacional a f in de obtener la equivalencia de sus estudios extranjeros con los correspon-dientes estudios argentinos, lo hagan en las pocas reglamentarias de exmenes y en basea los programas que como Anexo forman parte de la presente resolucin.

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    Trmite de Revlida de Estudios de Nivel Superior (Tcnico)

    La revlida de certificados y ttulos que corresponden a estudios realizados en el exterior y fue-ran otorgados por Institutos Superiores de Formacin Tcnica no Universitarios, se rige por loestablecido en la Resolucin Ministerial N 811/98. La persona interesada deber presentardocumentacin probatoria de los estudios a revalidar, cuyos requisitos estn estipulados en lanormativa mencionada. Se tramita por expediente administrativo y el otorgamiento de dicharevlida se expide mediante Resolucin Ministerial. En la actualidad la mayora de los trmi-tes de revlida se corresponden con estudios de Enfermera Profesional.

    Trmite de Revlida de Estudios de Nivel Superior (Formacin Docente)

    Debido a la gran afluencia hacia nuestro pas de profesionales extranjeros de la educacin y afin de dar mxima certeza respecto de la formacin acadmica recibida por el interesado, se hacenecesario establecer un procedimiento para la revlida de estudios realizados en el exteriorcorrespondientes a estudios de Formacin Docente.

    Para iniciar el trmite de revlida el interesado deber presentar ante el Departamento deValidez Nacional de Ttulos y Estudios toda la documentacin que figura en el ReglamentoOperativo aprobado por la Resolucin Ministerial N 1299/08. El Departamento inicia enton-ces un expediente que luego remitir al Instituto Nacional de Formacin Docente (INFOD),el cual tendr a su cargo el anlisis de la documentacin y la elaboracin de un informe tcni-co que determine el grado de relacin curricular entre los estudios cursados en el extranjero ylos dictados en el pas.

    La revlida que se otorgue tendr el carcter de reconocimiento oficial a la formacino instruccin acadmica recibida por el interesado, de acuerdo con el contenido y la cargahoraria de los estudios realizados en el exterior. 2

    Para conocer en detalle cules son los requisitos para cada trmite en particular, remitirse ahttp://www.me.gov.ar/validez

    2 Resolucin Ministerial N 1299/08

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    Recomendaciones importantes

    Para las familias que deban emigrar

    1] Los alumnos y/o sus familiares deben recibir el asesoramiento correspondiente al solicitar lospases para continuar estudios en el exterior, recalcndoles especialmente que las institucioneseducativas elegidas y los planes de estudios de las mismas deben ser reconocidos oficialmen-te. De esta manera, al regresar, sus estudios podrn ser reconocidos o convalidados sin incon-venientes.

    2] La documentacin escolar deber estar legalizada por el Ministerio de Educacin de la juris-diccin, Ministerio del Interior (25 de Mayo 179 C.A.B.A. - Telfono: (011) 4339-0800), ypor ltimo, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales819 C.A.B.A. - Telfono: (011) 4819-7000/02/03). La intervencin deber realizarse (sinexcepcin) tanto en los analticos parciales como totales y en sus respectivos ttulos, paraaquellos que viajen habiendo concluido sus estudios, sea de Primaria, Secundaria y/oSuperior. Se sugiere consultar, antes de viajar, al Consulado del pas receptor.

    Para las familias que regresan a la Repblica Argentina

    1] Poseer documentacin escolar clara y probatoria de los aos concluidos y en el caso de quese culminen los estudios, el interesado deber obtener el certificado o ttulo que expide el pasdonde prosiguieron sus estudios.

    2] Seguir el circuito de legalizaciones para la certificacin de las firmas de todas las autoridadesintervinientes en la documentacin escolar. Es necesaria la firma de una autoridad educativasuperior a las del establecimiento escolar (Secretara de Educacin, Ministerio de Educacin,Regional Educativa, u otras dependencias competentes), luego la legalizacin en Relaciones

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    Exteriores del pas en cuestin y por ltimo el Consulado argentino donde fue extendida ladocumentacin. Si se coloca la Apostilla de La Haya en la misma, se excepta la interven-cin del Consulado argentino.

    3] Toda documentacin escolar escrita en lengua extranjera deber ser traducida en nuestropas por Traductor Pblico Nacional y legalizada por el Colegio de Traductores que corres-ponda. Queda exceptuado Brasil por ser parte integrante del MERCOSUR (ver Tablacorrespondiente).

    Tomar estos recaudos redundar en beneficio de la simplificacin de los trmites de reconoci-miento, tanto para el interesado como para quienes recepcionen la documentacin escolar.

    Se sugiere tener en cuenta que este Departamento est disponible para cualquier consulta quela jurisdiccin necesite y para los alumnos que tengan que emigrar e insertarse en otro SistemaEducativo, como as tambin para su regreso.

    Direccin: Montevideo N 950 Planta Baja - C. P. 1019 C.A.B.A.

    Telfonos: (011) 4129 - 1317 / 1318 Fax: (011) 4129 1319

    E-Mail: [email protected]

    Sitio Web: www.me.gov.ar/validez

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    Lectura e interpretacin de las Tablas

    Dado todo lo referenciado previamente, y en busca de una nueva herramienta para facilitar y agili-zar el trabajo de todos, se dedica este apartado especial para explicar la forma de diagramacin yelaboracin de las Tablas de Equivalencias y Correspondencia. En primera instancia, es importan-te una correcta visualizacin de las mismas:

    La intencin, tal como su nombre lo indica, es la comparacin entre dos Sistemas Educativosdiferentes, por lo que se colocan las dos Tablas en forma paralela a fin de poder cotejarlas en formasimultnea.

    En el margen izquierdo de la pgina se explicita el Sistema Educativo del pas extranjero, con lacorrespondiente divisin en niveles. El diseo est realizado en color rojo, por lo que las separa-ciones de los mismos son indicadas con el mismo tono. Cuando se obtuvo la informacin en elidioma de origen, se seala la denominacin, entre parntesis, en la lengua madre.

    En el margen derecho de la pgina se explicita el Sistema Educativo Nacional, dando cuenta delas distintas estructuras posibles, tanto las dos que contempla la Ley de Educacin Nacional comola de la antigua Ley Federal. La Tabla ha sido delineada en color amarillo.

    En ambas Tablas, para diferenciar bien cada ao y hacer ms sencilla la comparacin, se hizo unaintercalacin de tonalidades. Esto facilita la interpretacin en los casos de estudios parciales, endonde debe hacerse una lectura horizontal de la Tabla, ya que la correspondencia se realiza poraos cursados.

    Sobre el final de ambas Tablas, siempre se encontrarn dos tems explicativos; el primero se refie-re a estudios concluidos, mientras que el segundo, a estudios parciales. All se especificar si hayConvenio de Reconocimiento de Estudios o no con el pas en cuestin y cules son las normati-vas que deben aplicarse en cada caso.

    En la pgina que figura a la izquierda de las Tablas, es decir la nmero par, se encontrar informa-cin adicional con relacin al Sistema Educativo del pas extranjero correspondiente. Se plasmaronall todos los datos proporcionados sobre estas estructuras en vistas de aportar mayor claridad parael anlisis de la documentacin escolar presentada por el interesado. A raz de que la informacinfue suministrada por las Embajadas o Consulados de Argentina en el exterior, o por las Embajadaso Consulados extranjeros en nuestro pas, ms all de que el formulario de consulta ha sido el mismopara todos, las respuestas fueron dispares, por lo que ello se ve expresado en la cantidad de datosadicionales que figuran. Se intent seguir una lnea de coherencia, comenzando por la edad deingreso al Nivel Primario o sus denominaciones equivalentes, siguiendo con el calendario escolar yluego las especificidades propias de cada nivel, hasta llegar al acceso a Estudios Superiores.Tambines importante marcar que, para evitar confusiones en el caso de la lectura de Tablas de pases extran-jeros, se decidi explicitar una sola orientacin, aunque puede ser que el Sistema Educativo en cues-tin tuviera ms de una en el Nivel Secundario. El criterio de eleccin fue desarrollar aquella estruc-tura que permita el acceso a Estudios Superiores, y en todo caso, explicar en la informacin adicio-nal la otra posibilidad (estudios tcnicos, formaciones profesionales, etc.).

    Por ltimo, no se hace referencia en la informacin adicional a las legalizaciones que debe poseer ladocumentacin escolar extranjera presentada por el alumno, sean estudios concluidos o parciales, yaque el requisito es el mismo para todos los pases, salvo el caso de Brasil (ver la Tabla correspon-diente y el apartado Recomendaciones Importantes).

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  • Tablas de Equivalenciasy Correspondencia

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  • A.Alemania ............................ pg. 33Andorra............................... pg. 35Angola................................. pg. 37Arabia Saudita.................... pg. 39Argelia................................. pg. 41Armenia.............................. pg. 43Australia ............................. pg. 45(Australian Capital Territory,New South Wales, Tasmania, Victoria)Australia.............................. pg. 47(South Australia, Western Australia,Queensland and Northern Territory)Austria................................. pg. 49

    B.Bahrein............................... pg. 38Bangladesh.......................... pg. 51Belars................................. pg. 53Blgica................................. pg. 55Bolivia..................................pg. 57Bosnia-Herzegovina.......... pg. 59Brasil.................................... pg. 61Bulgaria............................... pg. 63

    C.Camboya.......................... pg. 240Canad.................................pg. 65Canad (Qubec)................. pg. 67Chile.................................... pg. 69Chipre..................................pg. 71Colombia.............................pg. 73Costa Rica...........................pg. 75Croacia.................................pg. 77Cuba.....................................pg. 79

    D.Dinamarca...........................pg. 81

    E.Ecuador............................... pg. 83Egipto............................... pg. 85El Salvador..........................pg. 87

    Pases

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  • ndice de Tablas

    Emiratos rabes Unidos... pg. 89Escocia.................................pg. 91Eslovaquia........................... pg. 93Eslovenia............................. pg. 95Espaa................................. pg. 97 Estados Unidos.................. pg. 99Estonia............................... pg.101

    F.Federacin de Rusia......... pg.103Fiji...................................... pg.105Filipinas............................. pg.241Finlandia............................ pg.107Francia............................... pg.109

    G.Gales.................................. pg.111Georgia.............................. pg.113Grecia................................ pg.115Guatemala......................... pg.117Guinea Ecuatorial.............pg.119

    H.Hait................................... pg.121Honduras...........................pg.123Hungra..............................pg.125

    I.Indonesia............................pg.127Inglaterra........................... pg.129Irn..................................... pg.242Irlanda................................pg.131Irlanda del Norte.............. pg.133Islandia...............................pg.135Israel...................................pg.137Italia................................... pg.139

    J.Jamaica...............................pg.141Japn...................................pg.143Jordania..............................pg.145

    K.Kazajstn ............................pg.147Kenia.................................. pg.149Kirguistn.......................... pg.243Kuwait................................pg.151

    L.Laos....................................pg.244Letonia...............................pg.153Lbano................................pg.155Libia................................... pg.157Liechtenstein.....................pg.159Lituania..............................pg.161Luxemburgo...................... pg.163

    M.Macedonia......................... pg.165Malasia...............................pg.167Marruecos..........................pg.169Mauritania.........................pg.245Mxico............................... pg.171

    N.Nicaragua...........................pg.173Nigeria............................... pg.175Noruega............................. pg.177Nueva Zelanda..................pg.179

    P.Pases Bajos....................... pg.181Pakistn..............................pg.183Panam...............................pg.185Paraguay.............................pg.187Per.................................... pg.189Polonia............................... pg.191Portugal............................. pg.193

    Q.Qatar.................................... pg.38

    R.Repblica Checa...............pg.195Repblica de Corea.......... pg.197

    Rep. Democrtica del Congo.......................... pg.199Repblica Dominicana.... pg.201Repblica Popular China ...pg.203Rumania............................ pg.205

    S.Serbia..................................pg.207Singapur.............................pg.246Siria.................................... pg.209Sudfrica............................pg.211Suecia................................. pg.213Suiza...................................pg.215

    T.Tailandia............................ pg.217Tayikistn...........................pg.219Timor Oriental................ pg.221Trinidad y Tobago............ pg.223Tnez..................................pg.225Turqua.............................. pg.227

    U.Ucrania................................ pg.229Uruguay...............................pg.231Uzbekistn.......................... pg.233

    V.Venezuela............................ pg.235Vietman.............................. pg.237

    Y.Yemen....................................pag.38

    Z.Zimbabwe........................... pag.247

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  • 32 | Pgina

    Informacin sobre el Sistema Educativo de Alemania

    Edad de ingreso a la Escuela Primaria: 6 aos.

    El ciclo lectivo vara de ao a ao y es diferente en cada Estado Federado.

    La promocin entre 1 y 2 grado de la Primaria es automtica. Del 2 grado en adelante cada alum-no es asignado al grado adecuado dependiendo de su nivel de logros, tanto para ser promovido comopara repetir. La decisin se basa en las notas logradas en el boletn (Zeugnis) que se entrega tanto amitad como a fin del ao escolar.

    Al concluir la Primaria no hay un examen final y a lo alumnos no se les otorga ningn certificado nittulo. Existe una recomendacin (Empfehlung) por parte de la escuela, basada en el rendimiento delos nios, que determina, junto con el deseo de los padres, a qu tipo de centro secundario asistir elalumno en el Nivel Secundario I.

    La escala de calificacin en el Nivel Secundario I es la siguiente: Muy Pobre = 6 Pobre = 5 Suficiente = 4 (nota mnima de aprobacin)

    En algunos Estados Federados el Gymnasium tiene una duracin de 8 aos, de 5 a 12.

    Es importante aclarar que existen, ms all del Gymnasium, otras modalidades para completar laSecundaria:

    Nivel Secundario I Hauptschule (Escuela Bsica) Realschule (Escuela Secundaria Profesional) Gesamtschule (Escuela Integrada)

    Nivel Secundario II Berufsausbildung in Berufsschule und Betrieb Duales System

    (Formacin Profesional en la empresa y en la Escuela Profesional sistema dual) Berufsfachschule (Escuela Profesional Tcnica) Fachoberschule (Escuela Tcnica Secundaria) Berufsoberschule (Escuela Profesional Secundaria)

    En el caso de finalizar la Escuela Profesional Tcnica o la Escuela Tcnica Secundaria, el alumno obtie-ne el Fachohochschulreife (Certificado de Aptitud para el acceso a las Universidades de CienciasAplicadas, denominadas Fachhochschulen). En caso de finalizar la Escuela Profesional Secundaria, elalumno obtiene el Fachgebundene Hochschulreife.

    La escala de calificacin del Nivel Secundario II es de 15 a 0, con los siguientes correlatos: Nota 6 = 0 Nota 5 = 3/2/1 Nota 4 = 6/5/4

    El Nivel Secundario II del Gymnasium concluye con el examen de Abitur, cuya aprobacin permite laobtencin de un certificado de Allgemeine Hochschulreife (ttulo de acceso a la Educacin GeneralSuperior), incluyendo tambin el rendimiento acadmico de los 2 ltimos aos. El AllgemeineHochschulreife es reconocido si los resultados obtenidos son por lo menos suficiente (promedio de nota4 equivalente a un mnimo de 280 puntos).

    La admisin a la universidad requiere el Allgemeine Hochschulreife o el Fachgebundene Hochschulreife. Elprimer ttulo educativo permite estudiar en cualquier universidad, mientras que el ltimo permiteentrar slo en ramas especficas.

    Satisfactorio = 3 Bien = 2 Muy Bien = 1

    Nota 3 = 9/8/7 Nota 2 = 12/11/10 Nota 1 = 15/14/13

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    AlemaniaArgentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    ESCUELAPRIMARIA

    (Grundschule)

    NIVEL I

    NIVEL II(Gymnasiale Oberstufe)

    ESCUELASECUNDARIA(Gymnasium)

    1 grado

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    PO

    LIM

    OD

    AL

    EGB

    2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado7 grado1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao

    1 2 3 4 5 6 789

    10 111213

    1 grado2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao7 ao8 ao9 ao1 ao2 ao3 ao

    Inicial (5 aos) Inicial (5 aos)

    ALEMANIA

    Para estudios concluidos, habiendo aprobado el examen de Abitur y obtenido el res-pectivo Certificado de Allgemeine Hochschulreife, se debern revalidar los mismosrindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M.N 1208/05 y R.M. N 1333/07.

    Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla pre-cedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aosno cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del SistemaEducativo Argentino.

    Aclaracin importante: es el caso de Berln y Brandenburg, la Escuela Primaria tiene una duracin de 6 aos, por lo queel Nivel I de la Secundaria se extiende desde el ao 7 hasta el 10.

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  • 34 | Pgina

    Informacin sobre el Sistema Educativo de Andorra

    El Sistema Educativo utilizado en Andorra es el mismo que el del Reino de Espaa.

    Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos.

    El ciclo lectivo se desarrolla desde la primera quincena de septiembre hasta fines de junio.

    La escala de calificacin de la Primaria es la siguiente: Insuficiente (In) Suficiente (Su) Bien (B) Notable (Nt) Sobresaliente (Sb)

    Al finalizar la Educacin Primaria el alumno recibe la Libreta de Escolaridad.

    En la ESO, a la escala de calificacin conceptual de la Primaria, se suma una numrica: Insuficiente (In) = 1; 2; 3; 4 Suficiente (Su) = 5 Bien (B) = 6 Notable (Nt) = 7; 8 Sobresaliente (Sb) = 9; 10

    Al finalizar la Educacin Secundaria Obligatoria el alumno obtiene el Ttulo de Graduado/aen Educacin Secundaria, habilitando este ltimo a continuar en el Bachillerato o en unaFormacin Profesional de Grado Medio.

    La Formacin Profesional tiene como finalidad la preparacin de los alumnos para la activi-dad en un campo profesional. Una vez concluida la Formacin Profesional de Grado Medioel estudiante obtiene el Ttulo de Tcnico en la especialidad elegida, el cual permite el acce-so a todas las modalidades del Bachillerato, como el ingreso, mediante prueba, a la FormacinProfesional de Grado Superior. Una vez finalizada esta ltima el alumno obtiene el Ttulo deTcnico Superior en la especialidad elegida; con este ttulo se puede acceder a EstudiosUniversitarios restringidos por la orientacin cursada previamente.

    La escala de calificacin del Bachillerato es de 0 a 10 (sin decimales), siendo 5 la nota mni-ma de aprobacin.

    El Bachillerato tiene 4 modalidades posibles: Artes; Ciencias de la Naturaleza y de la Salud;Humanidades y Ciencias Sociales; Tecnologa. Al concluir el nivel el alumno solicita que letramiten el Ttulo de Bachiller, el cual habilita para el ingreso a Estudios Superiores.

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    AndorraArgentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    Inicial (5 aos)

    PRIMERCICLO

    SEGUNDOCICLO

    PRIMERCICLO

    SEGUNDOCICLO

    TERCERCICLO

    EDUCACINPRIMARIA

    EDUCACINSECUNDARIAOBLIGATORIA

    (ESO)

    PO

    LIM

    OD

    AL

    1 2 3 4 5 6 1234 12

    Inicial (5 aos)

    BACHILLERATO

    1 grado

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    EGB

    2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado7 grado1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao

    1 grado2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao7 ao8 ao9 ao1 ao2 ao3 ao

    ANDORRA

    Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivoTtulo de Bachiller, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas deFormacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07.

    Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla pre-cedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aosno cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del SistemaEducativo Argentino.

    TITULOS-archivo final p32-248 10/26/09 12:54 PM Page 35

  • 36 | Pgina

    Informacin sobre el Sistema Educativo de Angola

    Edad de ingreso a la Enseanza Primaria: 6 aos.

    El ciclo lectivo comienza la primera semana de febrero y finaliza la primera quincena dediciembre.

    En los distintos niveles, la escala de calificacin es de 0 a 20, siendo la nota mnima de apro-bacin un 10.

    Al finalizar, tanto la Enseanza Primaria como ambos ciclos de la Secundaria, el alumno reci-be un Certificado de Habilitaciones (Certif icado de Habilitaoes) con las notas discriminadas,junto con el correspondiente Diploma (tambin denominado Diploma en portugus).

    En caso de solicitarlo, el colegio puede emitir un certificado analtico denominadoDeclaraciones de Habilitaciones (Declaraao de Habilitaoes) de los aos cursados previamente.

    El Sistema Educativo de Angola ha sufrido una Reforma Educativa en el ao 2001, por loque si el alumno estudi bajo la estructura del sistema anterior, para proseguir EstudiosSuperiores puede presentar:

    Aquel que curs el Pre-universitario, pudiendo ser de Ciencias Sociales o Ciencias Exactas,debe presentar una Declaracin con notas discriminadas del 1, 2 y 3 ao.

    Aquel que concluy en un Instituto Medio, pudiendo ser uno Normal (que forma profeso-res) o uno Tcnico, debe presentar una Declaracin/Certificado nico con las notas de lasclases 9, 10, 11 y 12.

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  • Pgina | 37

    AngolaArgentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    Inicial (5 aos)

    PRIMERCICLO

    SEGUNDOCICLO

    ENSEANZAPRIMARIA

    (Ensino Primrio)

    ENSEANZASECUNDARIA

    (Ensino Secundrio)

    PO

    LIM

    OD

    AL

    1 2 3 4 5 6 789

    10 1112

    Inicial (5 aos)

    1 grado

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    EGB

    2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado7 grado1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao

    1 grado2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao7 ao8 ao9 ao1 ao2 ao3 ao

    ANGOLA

    Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivoDiploma, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de FormacinNacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07.

    Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla pre-cedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aosno cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del SistemaEducativo Argentino.

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    Informacin sobre el Sistema Educativo de Arabia Saudita

    Edad de ingreso a la Enseanza Fundamental o Primaria: 6 aos.

    En la Enseanza Fundamental la evaluacin es por asignaturas (ocho), al igual que en laSecundaria.

    En el 6 ao de la Fundamental, no slo hay exmenes por asignaturas, sino tambin una eva-luacin general que determina la promocin a la Enseanza Secundaria.

    Al finalizar la Enseanza Secundaria, habiendo aprobado todas las asignaturas del 6 ao, elegresado obtiene su Diploma de Bachiller, el cual otorga acceso a Estudios Superiores.

    Aclaracin importante: segn informa la Embajada de Argentina en Arabia Saudita, elSistema Educativo de Bahrein, Qatar y Yemen es idntico al descrito previamente.

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  • Pgina | 39

    Arabia SauditaArgentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    EDUCACIN GENERAL

    BSICA

    EDUCACIN AVANZADA

    ENSEANZAFUNDAMENTAL

    O PRIMARIA

    ENSEANZASECUNDARIA

    PO

    LIM

    OD

    AL

    1 2 3 4 5 6 1234 56

    Inicial (5 aos) Inicial (5 aos)

    1 grado

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    EGB

    2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado7 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao

    1 grado2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao7 ao8 ao9 ao

    1 ao2 ao3 ao

    ARABIA SAUDITA

    Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respec-tivo Diploma de Bachiller, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignatu-ras de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M.N 1333/07.

    Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla pre-cedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aosno cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del SistemaEducativo Argentino.

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  • 40 | Pgina

    Informacin sobre el Sistema Educativo de Argelia

    Edad de ingreso a la Enseanza Bsica: 6 aos.

    Al finalizar la Enseanza Primaria los alumnos deben rendir un examen nacional, cuya apro-bacin permite el acceso a la Enseanza Media.

    Al finalizar la Enseanza Media los alumnos deben rendir un examen nacional, cuya apro-bacin permite la obtencin del Certificado de Enseanza Media, otorgando el acceso a laEnseanza Secundaria General y Tecnolgica.

    La Enseanza Secundaria General y Tecnolgica es evaluada a travs del examen de bachi-llerato, el cual se rinde en una sola sesin y se aprueba obteniendo un promedio igual o supe-rior a 10/20. Este examen puede rendirse en las siguientes orientaciones:

    Letras y Filosofa Lenguas Extranjeras Matemticas Gestin/Economa Ciencias Experimentales Tcnica Matemtica, que a la vez comprende cuatro opciones: Ingeniera Civil,

    Ingeniera Elctrica, Ingeniera Mecnica e Ingeniera de Procesos.

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    Argentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    Inicial (5 aos)Preescolar (4 y 5 aos - no obligatoria)

    ENSEANZAPRIMARIA

    ENSEANZAMEDIA

    ENSEANZABSICA

    ENSEANZA SECUNDARIAGENERAL Y TECNOLGICA

    PO

    LIM

    OD

    AL

    1 2 3 4 5 6 7891 23

    Inicial (5 aos)

    Argelia

    1 grado

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    EGB

    2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado7 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao

    1 grado2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao7 ao8 ao9 ao

    1 ao2 ao3 ao

    Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respecti-vo Ttulo, Diploma o Certificado, se debern revalidar los mismos rindiendo lasasignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05y R.M. N 1333/07.

    Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla pre-cedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aosno cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del SistemaEducativo Argentino.

    ARGELIA

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  • 42 | Pgina

    Informacin sobre el Sistema Educativo de Armenia

    Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos cumplidos antes del 31 de diciembre delao de inicio de los estudios.

    Al finalizar la Primaria se efecta un examen para chequear los conocimientos adquiridos,pero no representa un impedimento para pasar al siguiente nivel.

    La forma de evaluacin de la Educacin Bsica es a travs de 6 exmenes de las siguientesmaterias: Idioma Armenio y Literatura, Matemticas, Historia del Pueblo Armenio, IdiomaExtranjero, una materia del rubro de Ciencias Naturales y otra de Cultura Fsica. En base aestos exmenes estatales, el alumno tiene derecho a pasar al siguiente nivel de enseanza oingresar en entes de educacin tcnico-profesional.

    La forma de evaluacin de la Educacin Media Completa es a travs de 3 exmenes segn elllamado Examen Estatal nico (Idioma Armenio y Literatura, Matemticas e IdiomaExtranjero), as como otras 3 materias: Historia del Pueblo Armenio, una materia del rubrode Ciencias Naturales y otra de Cultura Fsica.

    Aclaracin importante: la estructura educativa reflejada en la Tabla rige a partir del ao2006; en caso contrario, remitirse a la Tabla que figura en la publicacin anterior del libro.

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  • Pgina | 43

    Argentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    Inicial (5 aos)

    EDUCACINPRIMARIA

    EDUCACINBSICA

    ENSEANZAMEDIA

    EDUCACIN MEDIA COMPLETA

    PO

    LIM

    OD

    AL

    1 2 3 4

    5 6 7

    89

    10 11

    12

    Inicial (5 aos)

    Armenia

    ( )

    ( )

    ( )

    ( )

    1 grado

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    EGB

    2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado7 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao

    1 grado2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao7 ao8 ao9 ao

    1 ao2 ao3 ao

    Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao, el Examen Estatal nico,y obtenido el respectivo Diploma, Ttulo o Certificado, se debern revalidar los mis-mos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn laR.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07.

    Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla pre-cedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aosno cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del SistemaEducativo Argentino.

    ARMENIA

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  • 44 | Pgina

    Informacin sobre el Sistema Educativo de Australia

    Es importante aclarar que la educacin en Australia depende de cada estado o territorio, porlo que, ms all de que aqu se dejarn asentadas las bases generales, pueden existir variantesdentro de cada estado o territorio.

    Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos.

    El ciclo lectivo comienza entre fines de enero y principios de febrero y concluye a principiosde diciembre.

    En ambos niveles el progreso de los alumnos es expresado a travs de un Boletn de Notas(Report Card).

    En todos los estados, al finalizar la Educacin Secundaria, el egresado obtiene un Certificado(su denominacin es particular de cada lugar), el cual lo habilita para el ingreso a las univer-sidades. En algunos estados, tambin reciben un Certificado al concluir el ao 10.

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    Argentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    Inicial (5 aos)

    EDUCACIN PRIMARIA(Primary Education)

    EDUCACIN SECUNDARIA(Secondary Education)

    PO

    LIM

    OD

    AL

    1 2 3 4 5 6 789

    10 1112

    Inicial (5 aos)

    Australia(Australian Capital Territory,

    New South Wales, Tasmania, Victoria)

    1 grado

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    EGB

    2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado7 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao

    1 grado2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao7 ao8 ao9 ao

    1 ao2 ao3 ao

    Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivoCertificado (en cada estado la denominacin del mismo cambia), se debern revali-dar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondie-ren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07.

    Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla pre-cedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aosno cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del SistemaEducativo Argentino.

    AUSTRALIA

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    Informacin sobre el Sistema Educativo de Australia

    Es importante aclarar que la educacin en Australia depende de cada estado o territorio, porlo que, ms all de que aqu se dejarn asentadas las bases generales, pueden existir variantesdentro de cada estado o territorio.

    Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos.

    El ciclo lectivo comienza entre fines de enero y principios de febrero y concluye a principiosde diciembre.

    En ambos niveles el progreso de los alumnos es expresado a travs de un Boletn de Notas(Report Card).

    En todos los estados, al finalizar la Educacin Secundaria, el egresado obtiene un Certificado(su denominacin es particular de cada lugar), el cual lo habilita para el ingreso a las univer-sidades. En algunos estados, tambin reciben un Certificado al concluir el ao 10.

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    Argentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    Inicial (5 aos)

    EDUCACIN PRIMARIA(Primary Education)

    EDUCACIN SECUNDARIA(Secondary Education)

    PO

    LIM

    OD

    AL

    1 2 3 4 5 6 789

    10 1112

    Inicial (5 aos)

    Australia(South Australia, Western Australia,Queensland and Northern Territory)

    1 grado

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    SEC

    UN

    DA

    RIA

    PR

    IMA

    RIA

    EGB

    2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado7 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao

    1 grado2 grado3 grado4 grado5 grado6 grado

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao

    1 ao2 ao3 ao4 ao5 ao6 ao7 ao8 ao9 ao

    1 ao2 ao3 ao

    Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivoCertificado (en cada estado la denominacin del mismo cambia), se debern revali-dar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondie-ren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07.

    Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla pre-cedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aosno cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del SistemaEducativo Argentino.

    AUSTRALIA

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    Informacin sobre el Sistema Educativo de Austria

    Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos.

    Al finalizar cada ao de la Primaria y de la Secundaria el alumno recibe un Boletn de Notas(Zeugnis).

    Cuando termina el Ciclo Superior de Educacin Secundaria, el alumno debe rendir un exa-men final que se denomina Matura, cuya aprobacin permite la obtencin del Certificado deMatura. Este ltimo es el nico que habilita para el ingreso a la universidad.

    Es importante aclarar que existen diversas posibilidades para continuar estudiando luego dehaber completado la Educacin Primaria, pero la nica que otorga acceso a la universidad esla del Gymnasium junto con la aprobacin del examen de Matura.

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    EDUCACIN PRIMARIA(Volks-oder Grundschule)

    HauptschuleEDUCACIN

    SECUNDARIA(Bachillerato)

    Gymnasium

    1 2 3 4

    1 2 345

    6 7

    8

    AustriaArgentina

    Ley N 24.195Ley N 26.206

    Inicial (5 aos)

    PO

    LIM