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  • 7/22/2019 LE SUNAT

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    Como implementar loLibros ElectrnicoResolucin de Superintendencia N 248-2012/SU

    Llevado de Libros y Registros vinculados a asuntos tributarios de manera electr

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    ndicI.ANTECEDENTES NORMATIVOSII.FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA

    DE LIBROS ELECTRNICOS2.1Modelo de los Libros Electrnicos2.2Nombre de los Libros Electrnicos2.3 El Programa de Libros Electrnicos - PLE

    III.LLEVADO ELECTRNICO DEL REGISTRO DE VENTASE INGRESOS Y DEL REGISTRO DE COMPRAS

    3.1Ejemplo del llevado de un Registro de Ventas e Ingresos Electrnico3.2Ejemplo del llevado de un Registro de Compras ElectrnicoIV.RECOMENDACIONES

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    I. ANTECEDENTES NORMATIVOS

    A partir del 01 de julio de 2010, los contribuyentes que obtienen rentas de tercera categora deben

    llevar obligatoriamente s Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios de manera fsica

    considerando los formatos establecidos por la SUNAT y podan optar por llevarlos de manera

    electrnica, segn lo establecido por la Resolucin de Superintendencia N 286-2009/SUNAT y

    normas modificatorias.

    Los que optasen por llevar los libros electrnicos deben afiliarse con carcter definitivo al

    Sistema de Libros Electrnicos siempre que:

    1. Est obligado a llevar algn Libro y/o Registro, sealado en el Anexo 1 de la RS. 286-2009/SUNAT.

    2.Tenga en el RUC la condicin de domicilio fiscal habido.

    3. No se encuentre en estado de suspensin temporal de actividades o de baja de inscripcin en el

    RUC.

    Por otra parte, a partir del 01 de enero de 2013, la Resolucin de Superintendencia N 248-2012/SUNAT

    ha establecido la incorporacin obligatoria al Sistema de Libros Electrnicos a los Principales Contribuyentes

    (PRICOS), de acuerdo a lo siguiente:

    Deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras de manera electrnica, a partir

    del 01 de enero de 2013.

    Deben presentar ante la SUNAT la informacin en detalle de los comprobantes de pago y documentos

    autorizados que se anotaron en el Registro de Ventas e Ingresos y en el Registro de Compras.

    Deben llevar el Libro Diario y el Libro Mayor (o el Libro Diario de Formato Simplificado, de corresponder)

    de manera electrnica, a partir del 01 de junio de 2013.

    Pueden llevar de manera voluntaria los libros y/o registros sealados a continuacin:

    Libro Caja y Bancos

    Libro de inventarios y Balances

    Libro de retenciones inciso e) y f) del art. 34 de la Ley del Impuesto a la Renta

    Registro de Activos Fijos

    Registro de Consignaciones

    Registro de Costos

    Registro de Inventario Permanente en Unidades Fsicas

    Registro de Inventario Permanente Valorizado

    II. FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE LIBROS ELECTRNICOS

    2.1. Modelo de los Libros Electrnicos

    El Modelo de solucin, implementado por la SUNAT, para el llevado de libros electrn

    apreciar en el siguiente grfico:

    2

    3

    6

    7

    8

    Domicilio Fiscal

    Otro domicilio

    PRICO

    ventas CdRventas+

    ventas CdRventas+

    Ventas

    PLE INTERNET

    CdRventas

    Constancia d

    Recepcin

    +

    Firma SUNA

    CONTRIBUYENTE SU

    SW

    Contablepropio

    TXT

    1

    ventas

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    Los pasos establecidos en dicho Modelo son los siguientes:

    El Contribuyente debe tener un software contable que permita generar archivos de formato

    texto (.txt), de acuerdo a las estructuras establecidas en el Anexo 2 de la R.S. N

    248-2012/SUNAT. Cabe sealar que los sistemas informticos deben ser ajustados para tal

    efecto, sea que se trate de un ERP (por ejemplo el SAP) o de una simple hoja de clculo (por

    ejemplo el Excel).

    Asimismo, el Contribuyente deber instalar en su PC el software denominado PLE (siglas del

    Programa de Libros Electrnicos), el cual permitir validar que la informacin de cada libro o

    registro no contenga errores lgicos o de estructura, establecidos en el mencionado Anexo 2.

    La validacin rpida de los archivos de formato texto permite generar un Reporte de Informacin

    Inconsistente cuando hay errores en la informacin, sealndose la fila, la columna y la

    descripcin por cada tipo de error, o un Reporte de Informacin consistente cuando no hay

    errores en la informacin. Este proceso permite corregir la informacin oportunamente antesde generar el libro oficial.

    Slo cuando la informacin est totalmente validada por el PLE recin se puede generar el

    libro electrnico que es el equivalente al cierre de un libro llevado de manera fsica. La generacin

    implica la emisin de un archivo muy pequeo denominado Resumen el cual contiene

    algunos totales, segn el tipo de libro que se trate, y adems contiene el Hash (algoritmo

    matemtico que permite detectar si la informacin de un archivo no ha sido alterado). Una vez

    generado el Resumen este puede ser enviado automticamente a la SUNAT. Cabe sealar

    que el contribuyente, para poder interactuar con la SUNAT mediante el PLE, inicialmente debi

    incluir en el mismo su RUC, usuario y clave SOL, de esta manera hay una conexin on line

    con SUNAT de manera permanente. El envo del Resumen de cada Libro deber efectuarse

    una sola vez luego de haber finalizado el mes o ejercicio al cual corresponde el registro de las

    actividades u operaciones, segn sea el caso, manteniendo la correlatividad de perodos.

    Luego que el Resumen es enviado mediante la conexin por internet, la SUNAT realizar

    validaciones referidas a confirmar si el contribuyente se encuentra afiliado, si es la primera vez

    que se enva el Resumen del libro y si hay una correcta correlatividad del periodo del mismo.

    De estar todo conforme, el Sistema enviar dicho Resumen con la fecha y hora de respuesta

    y la firma digital de SUNAT, pero el documento electrnico ahora se denominar Constancia

    de Recepcin, el cual se enviar automticamente por internet a la PC del contribuyente.

    4

    3

    2

    1

    LE 20131312955 20130100 140100 00 1 1 1

    Libro

    Electrnico (fijo)

    RUC del

    Generador

    Periodo

    Ao Mes Da

    Identificador del

    Libro: 14.1

    Oportunidad

    (slo LIB)

    Operacin

    (cierre)

    Con informacin

    Mone

    6El PLE recibir automticamente la mencionada Constancia de Recepcin

    automticamente en un subdirectorio de la PC del contribuyente.

    Por ltimo, el contribuyente deber almacenar en su domicilio fiscal dos (2)

    Constancia de Recepcin y el archivo de formato texto validado. Cabe resal

    archivos sern considerados legalmente el libro electrnico.

    En caso se trate de un Principal Contribuyente, ste deber almacenar un ejem

    del libro electrnico en un local diferente al domicilio fiscal. Dicho local se debe

    el momento de la generacin del primer libro electrnico.

    2. 2. Nombre de los Libros Electrnicos

    Ahora bien el PLE slo reconoce aquellos archivos de formato texto cuyos nombres mismos informacin relevante, como se puede observar en el ejemplo siguiente:

    En este caso, el nombre del archivo tiene las siguientes caractersticas:

    LE (siempre es fijo y son las siglas de Libro Electrnico).

    RUC del Generador (11 dgitos).

    Perodo del Libro Electrnico (ao, mes y da en formato AAAMMDD)

    7

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    Identificador del Libro Electrnico (Libro 14: Registro de Ventas e Ingresos, Sub-Libro: 01,

    Sub-Sub-Libro: 00). En este caso este Libro slo tiene un Sub-Libro, pero hay otros que pueden

    contener muchos Sub-Libros y los Resmenes de todos ellos deben ser enviados de manera

    simultnea.

    Cdigo de oportunidad: 00 (slo corresponde cuando se trata del Libro Inventarios y Balances).

    Operaciones:1 (con operacin) o 0 (sin operacin que significa que es el cierre del Libro Electrnico).

    Contiene informacin: 1 (con informacin) o 0 (sin informacin que significa que el archivo est

    vaco).

    Moneda: 1 (moneda nacional) o 2 (moneda extranjera en dlares).

    PLE: 1 (siempre es fijo y significa que el Libro Electrnico ha sido generado por el PLE)

    2. 3. El Programa de Libros Electrnicos - PLE

    El contribuyente deber tener presente que el PLE no es un software contable sino que es un aplicativo

    desarrollado por la SUNAT que permite efectuar las validaciones necesarias a la informacin de los

    Libros y/o Registros elaborados por el contribuyente afiliado o incorporado al Sistema de Libros

    Electrnicos, a fin de generar el Resumen respectivo; y finalmente obtener la Constancia de Recepcin

    de un libro electrnico por parte de la SUNAT.

    Adicionalmente, el PLE tambin tiene otras funcionalidades, como:

    La generacin y envo del Resumen del Libro Electrnico validado

    La verificacin, que permite contrastar si la informacin de los Libros y/o Registros es aquella por la

    que se gener la Constancia de Recepcin respectiva.

    La consulta del historial, y

    Los reportes de los libros y registros electrnicos.

    Cabe sealar que el PLE considera un modo interactivo donde el contribuyente afiliado o incorporado al

    Sistema de Libros Electrnicos podr validar los archivos textos y generar los libros electrnicos. Asimismo,

    el PLE considera adicionalmente el Modo de Prueba que simula la validacin de la informacin contenida

    en archivos de textos, que seran los potenciales libros electrnicos, de acuerdo a la estructura sealada.

    Para ingresar al PLE en el Modo de Prueba, no es necesario que el usuario tenga

    utilizar el programa, basta con ingresar el nmero de RUC del contribuyente cuyos archiv

    contienen informacin contable sern validados.

    El PLE detecta los errores y seala el nmero de la fila y la columna as como el tipo de

    pueden ser, entre otros, los siguientes:

    El nmero de columnas del registro no coincide con la definicin del Libro

    Campo es obligatorio

    Formato incorrecto

    Longitud incorrecta

    El valor es incorrecto

    El valor no se encontr en la tabla de parmetros

    Campo debe ser correlativo

    ndice duplicado

    El registro presenta inconsistencias

    Se ha excedido el lmite de errores encontrados

    La fecha es mayor al periodo del Libro

    La fecha es incorrecta

    Indicador del estado es incorrecto.

    Los montos deben ser excluyentes

    El periodo del registro debe ser igual al periodo del libro para el indicador 1

    El periodo del registro debe ser menor al periodo del libro para el indicador 8

    El periodo del registro debe ser menor al periodo del libro para el indicador 9

    La fecha debe ser menor o igual al periodo del registro

    El periodo del registro para este libro no debe contener da

    El periodo del registro para este libro debe contener da

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    El nmero correlativo es incorrecto para el indicador del estado 1.

    El periodo del registro debe ser igual al periodo del libro para el indicador 2

    El cdigo de plan de cuentas es incorrecto

    Campo es obligatorio

    La longitud del nmero de serie debe ser de 4

    El periodo del registro contiene una fecha incorrecta

    Solo se acepta positivos o 0.00

    El valor es incorrecto

    Solo se acepta negativos o 0.00

    El periodo del registro no debe contener mes y da

    El ndice es incorrecto

    El porcentaje debe estar entre 0 y 100%

    Numero de documento es incorrecto

    Solo se acepta positivo o un nmero mayor a cero

    No se acepta negativo

    El tipo de cambio es mayor o igual a cero

    El periodo no puede ser menor al 1902

    El periodo no puede ser menor al 2010

    Actualmente est vigente la versin 2.0 del Programa de Libros Electrnicos PLE la cual puede ser

    descargada desde la pgina web de la SUNAT.

    La nueva versin 3.0 del PLE ser puesta a disposicin el 31 de diciembre del 2012 y las novedades sern

    las siguientes:

    Esta nueva versin del PLE incluir totales de control (sumatorias acumuladas por estado) a efectos

    de que los contribuyentes puedan cotejar con su informacin interna.

    Se incluirn campos libres en las estructuras del Registro de Ventas e Ingresos y

    Compras. Dichos campos libres pueden o no ser utilizados a opcin del contribuyen

    El Resumen del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras incluir e

    Facturas, de las Notas de Crdito y de las Notas de Dbito.

    Se llevar un control automtico del plazo de atraso del llevado de libros electrnicos

    III. LLEVADO ELECTRNICO DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS Y DEL RE

    COMPRAS

    3. 1. Ejemplo del llevado de un Registro de Ventas e Ingresos Electrnico

    A continuacin se presenta un ejemplo de un Registro de Ventas e Ingresos correspond

    enero del 2013 donde podremos apreciar las diferencias de la informacin contenida

    Electrnicos respecto de los Libros llevados de manera fsica.

    Periodo: Enero 2013

    As tenemos que los libros llevados de manera fsica tienen que considerar los formatos, lo

    como informacin mnima obligatoria desde la columna 1 (CUO/# Correlativo) hasta (Libre).

    Perodo CUO/#

    CorrelativoTipoCdP

    Serie Nmero BI IGV Lib

    20130100 1 01 001 55 10,000.00 1,800

    20130100 2 01 001 56 3,846.00 692

    20130100 3 01 001 57 10,000.00 1,800

    20130100 4 01 001 59 10,000.00 1,800

    20130100 5 03 001 1234 0.00 0.00

    LIBROS ELECTRNICOS

    LIBROS FISICOS

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    Dependiendo de la cantidad de informacin o filas que tenga el libro (denominada tuplas), puede tener

    desde la fila 1 hasta la fila m y en el caso del ejemplo ser 5.

    Los Libros Electrnicos tienen dos (2) columnas adicionales al de los libros llevados de manera fsica: la

    primera columna (donde se consigna el periodo del Libro) y la ltima (donde se consigna el Estado).

    Los Estados significan lo siguiente:

    Estado 1: la anotacin corresponde al mes de emisin del Comprobante de Pago (Enero 2013). Ello

    significa que toda la fila de informacin (tupla) pertenece al periodo cuyo Resumen ser enviado (por

    tanto debe coincidir con el periodo consignado en el nombre del archivo texto).

    Estado 2: corresponde a la anotacin del Comprobante de Pago anulado (Boleta de Venta N

    001-1234). Cabe sealar que corresponde al mes de Enero 2013 por la correlatividad que corresponda.

    Sin embargo, en el siguiente mes se advierten que se han incurrido en los siguientes errores u omisiones:

    Hay un error en la anotacin de la Factura N 001-56 dado que fue emitida por $ 3,846 + IGV (Tipo

    de cambio: 2. 60) debindose haber considerado el monto de S/ 10,000.00.

    Se omiti registrar la Factura N 001-58 por el monto de S/ 10,000.00.

    En tal sentido, al no poder modificarse el Registro de Ventas e Ingresos de Enero 2013, se deber hacer

    la rectificacin correspondiente en el mes en que se detecte (Febrero 2013), tal como se aprecia a

    continuacin:

    Periodo: Febrero 2013

    Perodo EstadoCUO/#

    Correlativo

    Tipo

    CdPSerie Nmero BI IGV Libre

    20130200 1 101 001 60 10,000.00 1,800.00

    20130200 2

    2

    01 001 61 10,000.00 1,800.00 1

    20130200 3 08 001 24 100.00 1800 1

    20130200 4 07 001 13 (200.00) (36.00) 1

    20130100 6 01 001 58 10,000.00 1,800.00 820130100 01 001 56 10,000.00 1,800.00 9

    Perodo CUO/#

    Correlativo

    Tipo

    CdPSerie

    Fecha de

    emisinNmero BI IGV Lib

    20130100 1 01 001 0015 1 ,000.00 180 .00

    20130100 2

    6

    3

    01 001 3356 20,000.00 3,600.00

    20130100 3 08 001 0867 500.00 90.00

    20130100 4 07 001 3994 (300.00) (54.00)

    20130100 5 01 001 8439 10,000.00 1,800.00

    20130100 01 001 06542 100.00 18.00

    05/01/2013

    15/01/2013

    20/01/2013

    25/01/2013

    05/01/2012

    31/12/2011

    20130100 01 001 3221 3,000.00 540.0005/12/2012

    En este caso, los Estados significan lo siguiente:

    Estado 1: la anotacin corresponde al mes de emisin del Comprobante de Pago (Febre

    Estado 8: la anotacin corresponde a un Comprobante de Pago omitido (Factura N 001

    anterior (Enero 2013). En este caso se est considerando el nmero correlativo correspo

    Estado 9: la anotacin corresponde a la correccin de la informacin de un mes anterio

    por la anotacin incorrecta (se debi aplicar el tipo de cambio correspondiente a la Factu

    3. 2. Ejemplo del llevado de un Registro de Compras Electrnico

    A continuacin se presenta un ejemplo de un Registro de Compras correspondiente al m

    2013.

    Periodo: Enero 2013

    En este caso, los Estados significan lo siguiente:

    Estado 1: La anotacin del Comprobante de Pago de compra corresponde al mes de

    2013).

    Estado 6: El Comprobante de Pago de compra es anterior al mes declarado, pero de

    meses siguientes a su emisin.

    Estado 7: El Comprobante de Pago de compra es anterior al mes declarado, pero fuera dsiguientes a su emisin.

    Estado 9: Corrige la informacin de un Comprobante de Pago de compra de meses ant

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    Cabe precisar que en el caso del Registro de Compras los Estados 6 y 7 son de uso exclusivo y no se ha

    previsto el uso del Estado 8 (Comprobantes de Pago omitidos).

    IV. RECOMENDACIONES

    Para una ptima implementacin de libros electrnicos se recomienda lo siguiente:

    Revisar las estructuras de libros electrnicos publicadas por la SUNAT, en especial la ltima columna

    (observaciones) que son las validaciones que efectuar el PLE.

    Verificar que la cantidad de columnas coincida con el sealado por las estructuras.

    Verificar que el nombre del archivo texto cumpla las reglas sealadas.

    Verificar que los datos estn separados por |, denominado palotes (pipes).

    Verificar que cada tupla de informacin (fila) empiece con el dato y termine con |.

    Probar los archivos texto que genere los sistemas informticos del contribuyente mediante el modo

    prueba del PLE e ir ajustando el programa informtico correspondiente para levantar las inconsistenciassealadas de acuerdo con el tipo de error detectado.

    3

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    Ms informacin en:

    - SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe)

    - Central de Consultas:

    Centros de Servicios al Contribuyente, en todo el pas.

    - 0-801-12-100(desde telfonos fijos, al costo de una llamada local)

    - (01) 315-0730(desde celulares)