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LAS ANTIGUAS CASAS CAPITULARES DE LA PLAZA DE SANTA MARÍA Por Rafael Ortega y Sagrista Instituto de Estudios Giennenses* D EL Ayuntamiento viejo de Jaén tenemos, hasta la presente, escasas noticias. Unas interesantes referencias en el «Retrato al natural de la Ciudad» por el Deán Mazas, y cierta descripción en la Guía de 1866 por don Manuel María Bachiller, cuando el edificio estaba ya más que refor- mado y próximo a su desaparición. En total, bien poco, pues Cazabán no añade gran cosa, aunque dice que las primitivas casas consistoriales estu- vieron enfrente de la iglesia de San Juan, conservándose todavía en 1913 una ventana del salón capitular, o en todo caso, muy cercanas al templo, pues aún queda el nombre de la «calle del Ayuntamiento», que va de la pla- za de San Juan hacia las Ferrerías del Rey, o plaza de las Elerrerías. Pero debían ser tan reducidas que, según el Deán Mazas en «varias escrituras de finales del siglo xv y principios del siguiente, consta que por aquél tiempo se celebraban los cabildos en la parroquia de San Juan», bien en el templo, suponemos, o en alguna de sus dependencias, que nunca han sido amplias. Incluso la torre de San Juan la construyó el Ayuntamiento, dice Cazabán, con entrada independiente de la iglesia, destinada al reloj y campana del Concejo. Antiquísimo reloj sin esfera, que marca las horas con graves y lentas campanadas, que se difunden solemnes en el silencio de la ciudad an- tigua. Fue en el reinado de Carlos I cuando se edificó en la plaza de Santa María el Ayuntamiento a que nos referimos ahora, llamado el Ayuntamiento Dedicado al Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de Jaén.

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LAS ANTIGUAS CASAS CAPITULARES DE LA PLAZA DE SANTA MARÍA

Por Rafael Ortega y Sagrista Instituto de Estudios Giennenses*

DEL Ayuntamiento viejo de Jaén tenemos, hasta la presente, escasas noticias. Unas interesantes referencias en el «Retrato al natural de la

Ciudad» por el Deán Mazas, y cierta descripción en la Guía de 1866 por don Manuel María Bachiller, cuando el edificio estaba ya más que refor­mado y próximo a su desaparición. En total, bien poco, pues Cazabán no añade gran cosa, aunque dice que las primitivas casas consistoriales estu­vieron enfrente de la iglesia de San Juan, conservándose todavía en 1913 una ventana del salón capitular, o en todo caso, muy cercanas al templo, pues aún queda el nombre de la «calle del Ayuntamiento», que va de la pla­za de San Juan hacia las Ferrerías del Rey, o plaza de las Elerrerías. Pero debían ser tan reducidas que, según el Deán Mazas en «varias escrituras de finales del siglo xv y principios del siguiente, consta que por aquél tiempo se celebraban los cabildos en la parroquia de San Juan», bien en el templo, suponemos, o en alguna de sus dependencias, que nunca han sido amplias. Incluso la torre de San Juan la construyó el Ayuntamiento, dice Cazabán, con entrada independiente de la iglesia, destinada al reloj y campana del Concejo. Antiquísimo reloj sin esfera, que marca las horas con graves y lentas campanadas, que se difunden solemnes en el silencio de la ciudad an­tigua.

Fue en el reinado de Carlos I cuando se edificó en la plaza de Santa María el Ayuntamiento a que nos referimos ahora, llamado el Ayuntamiento

Dedicado al Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de Jaén.

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nuevo, asentado sobre la muralla de la ciudad que discurría por la actual carrera de Jesús, hasta la obra nueva de la catedral. Muralla que ya había perdido su finalidad defensiva al desaparecer el peligro de los moros de Gra­nada.

Era un edificio largo, de extensa fachada en línea recta y escaso fondo, que cerraba la plaza en su parte sur, y corría desde el magnífico palacio del conde de Gardéz, fechado en 1548, con el cual hacía ángulo y se prolon­gaba por encima del adarve hasta la llamada torre del Alcotón que ocupaba parte de la entrada, puerta del mediodía y ante-sacristía actuales de la cate­dral. La torre del Alcotón solía servir de cárcel para los caballeros veinti­cuatros.

Con el tiempo, este largo y estrecho edificio del Ayuntamiento fue mer­mando longitudinalmente, como explica el Deán Mazas en el capítulo VIII de su obra.

Primero, y para ensanchar la obra nueva de la Iglesia Mayor, Carlos I hizo gracia al cabildo eclesiástico de la torre del Alcotón en 1555, a cuyos efectos se otorgó una escritura de transacción entre dicho Cabildo y la ciu­dad, siendo corregidor don Alonso Quirós y Sotomayor y luego el licencia­do don Juan Ruiz (1560).

Después, en el año de 1590, la ciudad transigió en cortar otra parte de las Casas Capitulares para poder edificar la torre —sin campanas— que hace esquina a la lonja sur.

Pero pese a estos recortes, la casa del Ayuntamiento, todavía arrimaba en el siglo XVIII a la citada torre. Así, «para dar más hermosura a la facha­da de la Catedral —escribía el Deán Mazas— faltaba que se cortasen las casas del Ayuntamiento que llegaban a tocar con la torre del mediodía, y se quitase aquél paso tan peligroso del Postigo de las Cadenas que estaba por bajo —de la muralla— y era la única salida —de la plaza de Santa María— al Juego de Pelota junto a la fuente de los Pilarillos».

La calle del Juego de Pelota era la que todavía se conoce por el calle­jón o prolongación de la carrera de Jesús. Y la calle Pilarillos la que ahora se llama Julio Ángel.

«En otros tiempos hubiera sido muy difícil de conseguir esta gracia —añade el Retrato al Natural de Jaén— porque eran cortas las ideas que había del decoro público; pero entonces vino bien en ello la Ciudad en el año de 1758, por una Escritura de Concordia sobre éste y otros puntos que

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había pendientes, quedando aquél claro de la lonja y calle nueva como hoy se ve con tanto desahogo para la plaza de Santa María y para la Iglesia».

Y esa escritura de concordia «sobre éste y otros puntos que había pen­dientes», es la que encontramos hace muchos años, incluidos en ella los di­seños de la fachada y plantas de aquel Ayuntamiento, documentos que nos han permitido trazar este trabajo sobre el edificio de las antiguas Casas Ca­pitulares.

La escritura de trato, convenio y obligación entre los señores Deán y Cabildo de la Santa Iglesia Catedral, con la muy noble y leal Ciudad de Jaén, se firmó ante el escribano mayor del Ayuntamiento, Millones y Nú­mero de la misma, Blas Joseph de Burgos, el sábado 26 de agosto de 1758 años.

Intervinieron: de una parte don Gabriel Belarde, presbítero, chantre y dignidad de la Catedral y el licenciado don Antonio de Miranda, abogado de los Reales Consejos, gobernador y vicario general del Obispado, y doc­toral de la misma iglesia. Y de la otra don Jerónimo Ruiz Caballero Valen- zuela, señor de la villa de Torrechantre; don Luis Cobo Castrillo y Vargas; don Agustín Marín de Viedma, y don Bernardo Palomino de Alvarez, tam­bién abogado de los Reales Consejos, veinticuatros todos de la ciudad y di­putados por la misma al efecto.

Fueron testigos don Francisco Cobo Mogollón, secretario del deán y cabildo; don Blas Galindo y Juan Francisco Martínez, vecinos de Jaén.

El primero sobre el corte de las Casas Capitulares para ampliar las lon­jas de la Catedral y abrir calle entre la plaza de Santa María y la calle Juego de Pelota.

Y el segundo sobre el restablecimiento de ciertas regalías a favor de la ciudad y sus representantes, sobre el lugar y asientos que les correspon­dían en las iglesias durante las procesiones, y en determinadas solemnida­des litúrgicas.

Además, y en la documentación que se une a la escritura se toca inci­dentalmente otro punto también de interés: la construcción del nuevo Sa­grario y expropiaciones necesarias a tal efecto.

En este trabajo, para mayor claridad, vamos a tratar de los tres puntos pero por orden inverso, que es el que consideramos más sistemático. Es de­cir, primero sobre las obras del Sagrario; segundo de las regalías espiritua­les y protocolarias; y tercero, el corte de las Casas Capitulares.

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I. SOBRE LAS OBRAS DEL NUEVO SAGRARIO DE LA SANTA IGLESIA CATEDRAL.

El 28 de julio de 1731, el Deán y Cabildo de la Catedral, siendo obispo don Rodrigo Marín Rubio, acordó dirigirse a la ciudad —o Ayuntamiento— para tratar de la ampliación de las obras de la Catedral, bien respecto a las lonjas que asomaban a la plaza de Santa María, bien sobre la construcción del nuevo Sagrario.

No tuvieron de momento realidad los fines perseguidos, pese a la aquies­cencia del Ayuntamiento, por carecer de fondos suficientes el Cabildo ecle­siástico para acometer las reformas pretendidas.

Fue en enero de 1756, pasado ya un cuarto de siglo, y durante el ponti­ficado del obispo constructor don fray Benito Marín, cuando el Cabildo recordó el proyecto de 1731 y decidió realizarlo sin más demora.

Entonces, en la reunión celebrada por el Ayuntamiento el día 23 de enero de aquel año, el portero del Ayuntamiento anunció que pedían per­miso para entrar en la Sala Capitular a hacer legacía por su Cabildo, los canónigos don Esteban Lorenzo de Mendoza y Gatica, lectoral —que con el tiempo sería elegido abad mitrado de Alcalá la Real— y don Gabriel Ve- larde, chantre.

Entrados ambos canónigos, el primero de ellos hizo presente a la ciu­dad los continuos deseos que desde hacía muchos años había tenido su Ca­bildo para adelantar la suntuosa y buena obra de la Santa Iglesia Catedral con la reedificación de un nuevo Sagrario, donde estuviese decorosamente depositado Jesús Sacramentado. Y que hasta entonces, por muchas ocu­rrencias que se había ofrecido, no pudo dicho Ilustre Cabildo ponerlo en ejecución.

Y estando ya resuelto a que se hiciese sin la menor retardación, se ne­cesitaba el terreno que ocupaban cuatro casas o tiendas de escasa entidad que hacían rinconada frente a las carnicerías y un torreón de la muralla en la calle de las Campanas, calle que entonces no era recta, sino que hacía un recodo en su parte baja. Las cuales casas pertenecían al Caudal de Pro­pios de la ciudad y estaban arrimadas a la Catedral. Por detrás, y por enci­ma de dichas casas, se prolongaba la lonja de la Catedral hasta la muralla donde había un antepecho, y por bajo de él, un nicho o capilla con la ima­gen de un Señor Crucificado, por lo que a aquella lonja le decían «del Cris­to».

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Por tales motivos se solicitaba del Ayuntamiento para que dispusiera que los moradores de las citadas casas las dejasen libres desde el día de San Juan de aquel año de 1756.

Concluida que fue la oración del canónigo lectoral, tomó la palabra don Rodrigo de Salazar, del Orden de Calatrava y caballero veinticuatro, que ocupaba el lugar del decano de la ciudad, manifestando el gusto con que la misma había oído a don Esteban Lorenzo de Mendoza y que se pro­curaría quedase complacido en su solicitud, llevando adelante la ciudad la propensión que tenía en satisfacer al Ilustre Cabildo eclesiástico.

Con lo que, escuchado por los señores canónigos, se salieron de la Sala Capitular.

Y habiendo conferido o discutido largamente entre sí los caballeros vein­ticuatros en razón a la fábrica del nuevo Sagrario, obra tan importante que sería en adelante para el culto de Dios Nuestro Señor y hermosura de la Iglesia Catedral, acordaron de una conformidad dar su permiso y licencia como solicitaba el Ilustre Cabildo. Y por lo que se refería a las cuatro casas de la hacienda de Propios, debería acudir la autoridad eclesiástica a don Pedro Díaz de Mendoza, del Consejo de Su Majestad, de lo cual ya tenía conocimiento dicho señor por comunicación de la ciudad.

El Concejo Municipal, por acuerdo de 30 de setiembre de 1757, cedió las tiendas o casas de su Caudal de Propios que hacían estorbo para edifi­car el Sagrario en tal rinconada de la calle de las Campanas, permutándolas por otras tres propiedad del Cabildo, como apuntan el Deán Mazas en su Retrato de la Ciudad, y don Juan Higueras Maldonado en su libro sobre el Sagrario*.

También se derribó una casa contigua a las Carnicerías y el torreón adyacente, que originaban una revuelta al final de la expresada calle y una angosta y difícil salida a la plaza de San Francisco.

Con lo cual se logró dar una alineación derecha a la calle de las Cam­panas, y que en aquel recodo sobrante y solares del derribo de las cuatro casas, se pudiese construir el nuevo templo del Sagrario.

II. SOBRE LAS REGALIAS PRETENDIDAS POR ELAYUNTAMIENTO DE JAÉN.

En el convenio y obligación entre el Cabildo de la Catedral y el Ayun­tamiento firmado el 26 de agosto de 1758, aparte de los acuerdos sobre obras

(*) El Sagrario de la Catedral de Jaén (Notas Históricas), Jaén, I.E.G., 1985, pág.19.

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del Nuevo Sagrario y ampliación de las lonjas catedralicias, se aprovechó la ocasión para reestablecer las relaciones entre dicho Cabildo y la ciudad, que pasaban por una falta total de entendimiento y se hallaban interrumpi­das por diversas causas.

El origen de la ruptura estuvo en que en 1735, delante del coro de la Catedral, y fuera del mismo, se hizo un balcón al que salían el Deán y Ca­bildo durante las fiestas en que había sermón para oírlo mejor. Entonces resultaba que los caballeros veinticuatros de la ciudad permanecían en sus escaños dentro del citado coro, por lo que el Cabildo eclesiástico le daba las espaldas, con lo que ofendidos los señores del Ayuntamiento dejaron de asistir a tales funciones religiosas por estimar que se les faltaba al respe­to y se vulneraba el protocolo.

Siete años después, en 1742, el Cabildo suprimió la costumbre, y des­pojó del derecho que gozaban los caballeros comisionados por el Concejo, de llevar las varas del palio el Jueves y Viernes Santo y el día del Corpus, así como otros privilegios en la adoración del Santo Rostro.

Además surgían conflictos sobre ocupación de asientos en aquellos ac­tos de culto que se celebraban en otras iglesias distintas de la Catedral, y en el sitio que les correspondían durante las procesiones.

Por lo expuesto, ambas partes deseaban volver a unas relaciones nor­males, y como surgió esta oportunidad en que se necesitaban mutuamente con motivo de las obras de ampliación de las lonjas de la Catedral, restau­ración de las Casas Capitulares y construcción del nuevo Sagrario, aprove­charon estas circunstancias para solucionar sus diferencias, acordándose en el convenio devolver al Ayuntamiento las regalías espirituales que antes ha­bía disfrutado, según el siguiente detalle:

Primero: Quitar el balcón del coro al que se salía el Cabildo para oír mejor los sermones de las festividades, quedándose los capitulares dentro del coro en sus escaños habituales, pues así se evitaba echar las espaldas a los señores de la ciudad.

Segundo: Restituir a los caballeros veinticuatros en su derecho de lle­var las varas del palio el Jueves y Viernes Santo y el día del Corpus, y con­servarles sus prerrogativas en la adoración del Santo Rostro.

Tercero: Que el Ayuntamiento concurriría a las funciones religiosas de la Purificación, o Candelaria, y a la del Domingo de Ramos, dándoles a los caballeros vela y palma respectivamente.

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Cuarto: Que la ciudad acudiría a las solemnes funciones del día de To­dos los Santos y del Patrocinio de Nuestra Señora que se celebrarían en la Catedral todos los años, en acción de gracias por haber salido indemnes del gran terremoto del día l.° de noviembre de 1755, conocido por «el te­rremoto de Lisboa». Y

Quinto: Poner de nuevo en vigor el acuerdo de 12 de junio de 1630 entre el Cabildo y la ciudad sobre el modo y forma que se había de observar en la ocupación de asientos por ambas partes, bien dentro de la Catedral, bien en otras iglesias y lugares, convenio en el que incluso señalábase la dis­tancia en varas que había de guardarse entre los escaños del Cabildo y los de la ciudad, cuando era fuera de la Catedral y cómo había de pasarse por los dichos huecos sin faltar al respecto ni al protocolo, ni ofenderse mutua­mente.

III. EL CORTE DE LAS CASAS CAPITULARES.

Reunidos en la capilla de San Pedro de Osma que era, y es, Sala Capi­tular de la Santa Iglesia Catedral, el Deán y Cabildo de la misma, el 28 de julio de 1731, dispusieron despachar legacía a la Muy Noble Ciudad, o Ayun­tamiento, para que se permitiese el derribo de los tres arcos y balcones de las Casas Capitulares, por la parte que arrimaban a la fachada y torre de dicha Catedral, es decir, la torre del mediodía; con lo cual podría correrse y unir la lonja de la Santa Iglesia, evitando al mismo tiempo la deformidad que causaba su desunión en fuerza del referido arrimo.

La ciudad, en 30 del mismo mes, dio respuesta a la legacía del Cabildo y condescendió a lo pedido, dando su visto bueno para que la lonja de la plaza de Santa María se continuase en la forma que mejor pareciese al Ca­bildo, pero dejando entrada a las casas del Ayuntamiento en la proporción que necesitase, mediante la separación y derribo de los tres arcos y balcones que arrimaban a la Catedral.

A la vez manifestaba la ciudad el sentimiento con que quedaba por no poder contribuir, según quisiera, a la referida obra, causa por la que toda había de ser a costa y expensas del Muy Ilustre Cabildo.

Pero no habiéndole sido a este dable en aquél entonces, por algunos empeños de su fábrica dar comienzo de dicha obra, quedó aplazada «sine die» la expresada reforma.

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Pasados veinticinco años y reunidos de nuevo el Deán y Cabildo en 21 de enero de 1756, recordóse la enunciada cuestión, y hallándose a la sa­zón con algún mayor desahogo económico, resolvió por acto capitular que se despachase nueva legacía para que la Muy Noble Ciudad ratificase su acuerdo de concesión del mencionado corte de las Casas Capitulares, en la inteligencia de tratar a la vez otras pretensiones que tenía el Ayuntamiento pendientes de resolver con dicho Cabildo eclesiástico.

Para esta legacía el referido Cabildo designó a los muy ilustres señores don Gabriel Belarde, Chantre dignidad de la Catedral y al licenciado don Antonio de Miranda, Doctoral, Vicario General y Abogado de los Reales Consejos.

A su vez la ciudad nombró caballeros diputados para entenderse con el Cabildo a los antes expresados veinticuatros don Agustín Marín de Bied- ma, don Bernardo Palomino, don Jerónimo Ruiz Caballero y Valenzuela y don Luis Cano Castrillo y Vargas, los cuales celebraron varias sesiones, juntas y conferencias con los antes dichos comisarios eclesiásticos.

A todo esto, reunido el Ayuntamiento en 2 de marzo de 1758, acordó que, aparte del derribo de los tres arcos y balcones concedidos al Cabildo para correr la lonja de la Catedral, era preciso que se dejase ámbito o paso suficiente para que corriese una calle capaz de transitar por ella un coche entre la plaza de Santa María y la calle del Juego de Pelota.

Y así mismo que se hiciese un plano por Alonso de Lamas y Palma, maestro de albañilería, de conformidad con las orientaciones que le pare­ciesen convenientes al señor Intendente y Corregidor, don Vicente Caballe­ro y Llanes, el cual se había personado en el Ayuntamiento para imponerse en la citada obra y formación del plan sobre las prestaciones del Cabildo de la Santa Iglesia Catedral.

El Ayuntamiento, visto el gran conocimiento e inteligencia de su Seño­ría, le suplicó que se sirviese contribuir a la formación de planos y hechos para determinar en el asunto. Y habiendo condescendido en ello gustosa­mente el señor Intendente, se ejecutó la inspección por el Juzgado de Alari­fes o peritos, los cuales se declararon conformes con la conveniencia, latitud y longitud suficiente que tenían las Casas Consistoriales, para que a pesar del proyectado corte, se hiciesen en igual proporción las mismas oficinas que entonces había, a las que se agregaba la fortificación o muralla, que debido a su antigüedad y deterioro amenazaba hundimiento. Lo que cede-

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ría en utilidad de la misma ciudad, y que dichas casas quedarían con mayor decencia y no menor hermosura la plaza de Santa María y la Iglesia Cate­dral, «que tantos años y caudales ha costado su construcción».

También, el 10 de abril del mismo año de 1758, volvió a la reunión del Ayuntamiento el señor Corregidor que hizo presente los planos practi­cados por los maestros de edificios de la ciudad, en los que se delineaba cómo habían de quedar las Casas Capitulares de la Catedral. A cuyo corre­gidor dio repetidas gracias la Muy Noble Ciudad, a la vez que le manifestó que teniendo presente que la fábrica de las Casas Capitulares se hallaba con insoportables quebrantos, su reedificación y nueva estructura habían de ser interesantes a expensas del Cabildo eclesiástico, quedando el ornato públi­co más lucido y el común beneficio más franco por el tránsito de la nueva calle, sintiendo que la ciudad se hallase con crecidos empeños y no pudiera ayudar por su parte al costo de la mencionada obra. En consecuencia, la Muy Noble Ciudad concedía, y concedió, la apetecida gracia al Muy Ilustre Cabildo de la Catedral, según lo tenía interesado.

A la vez, la ciudad tomó un acuerdo que contenía varias cláusulas, de las cuales varias se referían a la obra y corte de las Casas Capitulares, y otras tres a diversas pretensiones del Ayuntamiento.

Dichas cláusulas eran las siguientes:

Que la obra y derribo había de hacerse a expensas y costas del Cabildo de la Catedral, no pudiendo la ciudad coadyuvar con cosa alguna.

Que principiado el derribo no se había de detener ni alzar mano de la obra hasta que esta quedase en perfección y acabada.

Que la obra había de hacerse con arreglo al plan enunciado que se tuvo presente.

Que con motivo del dicho corte, se privaba a la ciudad de algunas vis­tas de sus galerías altas y bajas, que serían indemnizadas mediante un bal­cón que se hallaría figurado en el plano y calculado su costo.

Que la fachada de la puerta de entrada de las Casas Capitulares había de quedar decente, como correspondía a ellas.

Que había de quitarse la tajea, o atarjea, que corría por delante de las mismas Casas Capitulares, como ya se había pretendido en 1731, siempre que se alzasen por el Ayuntamiento las dificultades y embarazos que pudie­ran ofrecerse con los interesados en el agua que por ella se conducía.

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Que había de quedar profano, como lo estaba entonces, y no sagrado, el área o suelo que se cedía para correr la lonja y abrir la calle entre la plaza y la del Juego de Pelota.

Que al verificar el derribo y obra en las Casas Capitulares, sería indis­pensable sacar los papeles del Archivo de la Contaduría y de las Escriba­nías del Ayuntamiento, por lo que el Cabildo de la Catedral había de proporcionar sitio y portales donde se colocasen los citados oficios durante la interinidad de las reformas.

Enterados de estas cláusulas los comisarios eclesiásticos, dieron cuenta al Muy Ilustre Cabildo, el cual respondió manifestando su gratitud por la obtención de la merced y gracia del corte de las Casas Capitulares, y dando su consentimiento en términos generales a las condiciones expuestas, que requería el Ayuntamiento.

Y decimos en términos generales, porque en lo relativo a hacer un bal­cón para compensar las vistas de que se privaba la Muy Noble Ciudad, los comisionados del Cabildo indicaron que era el Ayuntamiento el que había de hacerse cargo del referido balcón y su hechura, aportándole dicho Ca­bildo eclesiástico la cantidad en que se había calculado su coste. A lo que respondió el Ayuntamiento «que para que comprendan dichos señores Deán y Cabildo, cuanto desea la Ciudad complacerles, granjeándose la buena ar­monía y correspondencia, desde luego se separaban de la pretensión y pro­yectado balcón, condonando la cantidad ofrecida para costearlo, a fin de que con este menor desembolso pudiese el Muy Ilustre Cabildo facilitar la obra».

Puestas de acuerdo así ambas partes sobre el corte y obra de las Casas Consistoriales, la Muy Noble Ciudad decidió que, para que no se ofreciese embarazo alguno y tener las seguridades correspondientes, se hiciera pre­sente a Su Majestad y Señores de su Real y Supremo Consejo de Castilla y demás Tribunales que conviniese, a fin de que se sirvieran de conceder a la ciudad la licencia y facultad necesaria, a cuyo efecto se deberían intere­sar del señor Obispo de Jaén, cartas de recomendación para los señores Mi­nistros superiores, probablemente por pertenecer el Prelado al Consejo de Su Majestad.

Y en efecto, así se hizo en el mes de junio de 1758, remitiéndoles cartas y las declaraciones de los peritos al señor Marqués del Campo de Villar, del Consejo de S.M., Secretario en el Despacho Universal de Gracia y Jus­ticia y Superintendente de los pósitos de España, y también al señor don

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Plano de las Casas Capitulares.—Planta alta números 5, 6 y 7.—Planta noble o principal, números 7 al 13. Planta baja, números 14 a 22.—Nevería, números 23 a 25.

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Pedro Díaz de Mendoza, del Consejo de S.M. en el Real de Hacienda y Juez de Propios, para que se sirviesen dar su permiso para el corte y obra que había de hacerse en las Casas Capitulares y en las partes de la nevería o Alhondiga, que por estar incorporadas a las del Ayuntamiento les afectaba del desarrimo a la torre de la Catedral, pero que pertenecían al pósito de pan y maravedís de Jaén.

Contestó el 4 de julio de 1758, desde el Buen Retiro, el marqués del Campo de Villar, concediendo licencia para el citado corte «en las casas que llaman de la Alhondiga, que hoy sirven para el despacho de nieve, per­tenecientes al Pósito, respecto de la mejor disposición y firmeza en que han de quedar al mismo Pósito a costa del referido Cabildo» eclesiástico.

Igualmente envió su «responsiva» desde Aranjuez, con fecha 10 de ju­lio de 1758 don Pedro Díaz de Mendoza, estando conforme con el conve­nio, «en lo que se sigue conocidas ventajas a estas oficinas por la deteriorización en que se hallan, comodidad con que se han de construir».

No faltaba ya otra cosa que proceder a escriturar lo convenido. Pero antes el Ayuntamiento resolvió repetir las gracias a sus caballeros diputa­dos por el esmero en que se habían versado durante su cometido, y les reno­vó la más amplia facultad en forma para que, sin limitación, procediesen a cerrar dichos tratados, escriturándolos en la conformidad que iban rela­cionados mediante los pactos y obligaciones convenientes, pues a ellos asentía la ciudad.

En tales circunstancias se otorgó la escritura de Trato, Convenio y obli­gación a que ya nos hemos referido, hallándose en la capilla de San Pedro de Osma que está dentro de la Santa Iglesia Catedral, el sábado 26 de agos­to de 1758.

* * *

Veamos ahora cómo eran las Casas Capitulares antes y después del corte y obras de 1758, según los planos y diseños encontrados en el protocolo del escribano don Joseph de Burgos, advirtiendo que respecto de la distribu­ción interior del edificio sólo hay croquis de la reforma, no de la disposi­ción anterior.

Antes de la reducción, el inmueble tenía 52 varas de frente, desde el palacio de los condes de Garcíez hasta su arrimo a la torre sin campanas de la Catedral, y 16 varas de fondo, lo que equivalía a 43,62 metros por 13,42 de latitud y una superficie de 584 metros cuadrados, teniendo en cuenta que la vara de Jaén tenía 839 centímetros.

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En el trozo que se hubo de demoler estaba la Alhóndiga dedicada a nevería o despacho de nieve, en cuya fachada a la plaza se abría, en peque­ño arco, el peligroso postigo llamado «de las Cadenas» y encima tres balco­nes separados por columnas y antepechos de barrotes de hierro.

La fachada principal de las Casas Capitulares, propiamente dicha, te­nía 34 varas de longitud y estaba dividida en tres plantas.

El bajo, era de piedra de sillería vista con una puerta principal de esca­sa entidad y otras dos a su izquierda para los oficios o escribanías del Con­cejo. A la derecha, y junto a las carreras del techo, había dos ventanas enrejadas que daban luz a la escalera.

La planta noble o primera, estaba compuesta por una galería de cator­ce columnas apoyadas en basamentos rectangulares, y entre las cuales co­rría una baranda de hierro decorada. Las columnas sostenían capiteles, ménsulas o canecillos sobre los que descansaba un friso con veintisiete me­dias esferas o bolas quizá de cerámica vidriada.

La planta alta o segunda, consistía en otra galería igual que la inferior, incluso con la decoración de medias esferas, salvo las barandas que eran de barrotes lisos.

El tejado vertía sobre un alero o cornisa de dos planos, sencillo pero elegante. En el ángulo del caballete de la techumbre, y sobre un pedestal, alzábase airosa veleta coronada por una cruz del tipo de Calatrava.

En su conjunto resultaba una bella y armónica fachada muy en el esti­lo español de la Casa de Austria, que en parte recuerda el diseño para el cuartel de San Rafael de Jaén que inserta don Pedro Galera Andreu en su libro sobre arquitectura giennense de los siglos xvn y xvm*.

* * *

Después del corte de 1758, y al segregar de las Casas Capitulares 16 varas de longitud para la lonja de la Catedral y nueva calle, quedó un edifi­cio rectangular de 36 varas de largo, dos de ellas del grueso de la pared que daba al corte, y las otras 34 para la distribución de piezas, o parte de útil, y una superficie total de 405 metros cuadrados.

La fachada de la plaza de Santa María resultó algo diferente de como estaba antes.

(*) Arquitectura de los Siglos x v u y xvm en Jaén, Granada, Caja General de Ahorros, 1977, págs. 314-316.

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LAS ANTIGUAS CASAS CAPITULARES DE LA PLAZA DE SANTA MARÍA 21

En los bajos se amplió el portal de entrada al zaguán y se mantuvieron las dos puertecitas de la izquierda de acceso a los oficios o escribanías. So­bre ellas se simularon dos ventanas para rimar con las otras dos que daban luz a la escalera. Y bajo estas dos últimas se figuraron dos puertas ciegas para hacer el aspecto de la obra menos informe y desagradable.

La galería de la planta principal perdió una columna, quedando sólo trece. Pero delante de la misma se hizo un gran balcón de 32 varas de largo y dos de profundidad en su pavimento, con rica baranda de hierro y trece bolas o remates que coincidían delante de las columnas. Dicho balcón esta­ba sostenido por doce columnas, lo que formaba en la planta baja una ga­lería en forma de atrio que precedía a la fachada y a las puertas de acceso y ventanas.

Al balcón saliente referido de la primera planta daban entrada dos puer­tas de doble hoja sitas en los extremos de la galería, ya que las barandas que antes había en los intercolumnios habían sido sustituidas por antepe­chos de mampostería que impedían el paso.

En cuanto a la galería de la planta alta, también perdió la baranda y en su lugar se pusieron, así mismo, antepechos de obra. El tejado parece que se hizo de nuevo en detrimento del alero o cornisa que se redujo y per­dió su gracia y proporciones.

En resumen, la fachada principal que daba a la plaza de Santa María era la propia de una «casa mirador», semejante al de otras localidades co­mo por ejemplo Andújar, con numerosos huecos o balcones al exterior, hue­cos que se sorteaban entre los caballeros veinticuatros y los jurados del Ayuntamiento, para presenciar desde los mismos las procesiones del Cor­pus Christi, las corridas de toros u otras manifestaciones sociales de supre­mo interés.

* * *

Respecto al interior del edificio, señalamos en primer lugar la planta sótano que lindaba a las espaldas con la calle del Juego de Pelota, en la cual había una estancia grande de doce varas por cinco y media, destinada a guarda ropa y tres cuartos que se comunicaban entre sí dedicados a la nevería, el último de los cuales tenía acceso a la nevera donde estaban los pozos para la nieve y una fuente o pila, estancias que sumaban en total 22 varas y media por cinco y media de ancho.

La planta baja con acceso al pavimento de la plaza de Santa María,

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22 BOLETÍN DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS GIENNENSES

componíase de un zaguán de 6,5 por 6,5 varas del que arrancaban las esca­leras de dos tramos con dos mesetas cada uno, que desembarcaban en la planta inmediata superior. Con puertas que se abrían también a la plaza se hallaban los oficios de don Manuel Jerónimo Delgado y el de don Blas Joseph de Burgos, de 6,5 por 4,5 varas cada uno. También había un cuarto para los oficios vacos al que se entraba por la sala capitular de verano. En la parte posterior de esta planta, con luces a la calle del Juego de Pelota, estaban la referida sala capitular de verano y la Contaduría, teniendo cada una de ambas estancias 12,5 varas por 5,5, o sea, diez metros 44 centíme­tros por cuatro sesenta. A continuación había un dormitorio muy pequeño para el portero menor y una cocinita para su uso que lindaba con la media­nería de las casas del conde de Garcíez.

La planta principal o noble estaba constituida por una galería de 34 varas por 7 de fondo, que antecedía al gran balcón corrido que daba a la plaza a lo largo de toda fachada. Detrás de la expresada galería había un pasillo o atajadizo sin luces que conducía desde la escalera a la Sala Capitu­lar, de veinte varas por tres de ancho.

En la parte trasera con luces a la actual Carrera de Jesús, se encontra­ba la Sala Capitular y su oratorio o altar con una grada pavimentada con losas blancas y negras haciendo ajedrezado. La sala tenía 15 varas por sie­te, o sea, una superficie de 73 metros cuadrados y 55 centímetros. El techo era un cielo raso con molduras.

Junto al pasillo o atajadizo había una escalera de acceso a la planta alta, y tras ella la cocina del portero mayor y un espacioso dormitorio de seis por seis varas para el mismo. Y al lado, las «precisas», o servicios.

En la planta segunda estaba la galería alta que asomaba a la fachada, de iguales medidas que la del principal, y dos cuartos destinados a la arme­ría, de once varas por tres cada uno de ellos. Parece que esta planta carecía de estancias en la parte trasera. Al menos se omite en los planos.

De todo lo expuesto sacamos la consecuencia de que tratábase de un edificio de escasas dimensiones para desempeñar con suficiencia su destino de Casas Capitulares, en el que lo más aparente era la fechada y sus galerías que hacían de miradores hacia la plaza de Santa María. Diríamos que aque­lla fachada tenía mucho de manchega y toledana, de la arquitectura caste­llana que tanto proliferó en Castilla durante el período de los Habsburgos y se prolongó con los Borbones.

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Posteriormente el inmueble se modificó varias veces, tanto en su inte­rior como al exterior, pasados ochenta años de la reforma de 1758. Sobre todo a partir de 1837, y muy especialmente en 1862 con motivo de la venida a Jaén de Isabel II.

Como ya hemos indicado, don Manuel María Bachiller, miembro de la Real Sociedad Económica del País y autor de la «Guía de Jaén para 1866» hizo una descripción de cómo se hallaba el edificio a la sazón, edificio que estaba un poco elevado sobre el nivel de la plaza de Santa María, por lo que había seis gradas de piedra delante de la puerta principal.

Indicaba que la fachada era sencilla y de poco gusto y constaba de dos cuerpos principales y un ático de poca elevación. «La portada, añadía, está en un grupo o cuerpo saliente. Cuatro columnas jónicas de piedra se apo­yan en un gran pedestal que corre a la altura de la puerta y de la primera planta, y sostienen un entablamento sencillo. Sobre la cornisa que corre so­bre el cuerpo saliente y por el resto de la fachada, se levanta un ático en cuyo centro está colocada una lápida de jaspe encarnada que dice: «Plaza de la Constitución, año de 1839». Se corona el ático por un remate de pie­dra en el que se ve el escudo de armas de la ciudad. Una balaustrada de hierro corre por todo el cuerpo saliente, comprendiendo las columnas. Dos ventanas rectangulares se hallan al lado de la puerta principal dentro del cuerpo saliente y otras dos en el resto de la fachada. En el segundo cuerpo hay dos balcones a cada lado y en la planta alta o ático, hay seis ventanas apaisadas. A ambos lados de la escalinata están dos pilones rectangulares con un caño cada uno que reciben abundante agua del raudal de Santa Ma­na y sirven de abrevadero».

Es decir, que la fachada había perdido su estilo clásico desapareciendo las galerías de las dos plantas superiores, sin parecerse en nada a la antigua, careciendo de toda belleza e interés artístico.

Pocos años después de la descripción de 1866, el Ayuntamiento se tras­ladó al palacio contiguo que fue de los condes de Garcíez, conocido por «el palacio de Montemar», y las antiguas Casas Capitulares se derribaron, con lo cual la plaza de Santa María se completó en beneficio del grandioso conjunto de la Catedral, cuya fachada quedó precedida y realzada en su totalidad por el perímetro rectangular de la entonces plaza de la Constitu­ción.