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La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de setiembre del 2015 AÑO CXXXVII Nº 172 36 páginas P U B L I C A C I O N E S C O L E C C I O N A B L E S SERIE SÍMBOLOS NACIONALES DE COSTA RICA Fue promulgado el 29 de setiembre de 1848, durante la primera administración de José María Castro Madriz (1847- 1849). Y no es una casualidad que sea promulgado en este momento histórico, ya que el Estado costarricense fortaleció la organización de los poderes públicos que venía desarrollándose desde 1821 de una manera republicana, (poderes legislativo, ejecutivo y judicial) y requería de simbología patria para formalizar sus relaciones diplomáticas con otros países y pueblos del mundo. Este escudo ha sufrido modificaciones. La primera fue el 27 de noviembre de 1906 en la cual se eliminaron los elementos bélicos tales como los trofeos de guerra (cañones y el cuerno de la abundancia). Esto se hace en virtud del carácter civilista del país. Otra modificación se realizó el 21 de octubre de 1964. Se le agregaron al escudo dos estrellas a las cinco ya existentes, en representación de las siete provincias, dado que Puntarenas y Limón también ya se habían declarado como provincias. Mediante el decreto #26853-SP, (mayo de 1998) suscrito en la administración Figueres Olsen, se le agrega humo a las tres montañas para que representen tres volcanes, además hace la diferenciación de los colores al aclarar que “El valle es verde claro,… el color de los volcanes es verde azul como las montañas, el sol naciente es color oro viejo, las palmas de mirto son verde oscuro, las siete estrellas serán plateadas, el listón es azul claro, el mar es azul”. El Escudo Nacional Actual versión del Escudo Nacional.

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de setiembre del ... · Carmen Muñoz Quesada. Ministerio de gobernación y policía. Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez. ... (Manual

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La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de setiembre del 2015

AÑO CXXXVII Nº 172 36 páginas

PUBLICACIONES

COLECCIONABLES

PUBLICACIONES

COLECCIONABLESSerie SímboloS NacioNaleS

de coSta rica

Fue promulgado el 29 de setiembre de 1848, durante la primera administración de José María Castro Madriz (1847-1849). Y no es una casualidad que sea promulgado en este momento histórico, ya que el Estado costarricense fortaleció la organización de los poderes públicos que venía desarrollándose desde 1821 de una manera republicana, (poderes legislativo, ejecutivo y judicial) y requería de simbología patria para formalizar sus relaciones diplomáticas con otros países y pueblos del mundo.

Este escudo ha sufrido modificaciones. La primera fue el 27 de noviembre de 1906 en la cual se eliminaron los elementos bélicos tales como los trofeos de guerra (cañones y el cuerno de la abundancia). Esto se hace en virtud del carácter civilista del país.

Otra modificación se realizó el 21 de octubre de 1964. Se le agregaron al escudo dos estrellas a las cinco ya existentes, en representación de las siete provincias, dado que Puntarenas y Limón también ya se habían declarado como provincias.

Mediante el decreto #26853-SP, (mayo de 1998) suscrito en la administración Figueres Olsen, se le agrega humo a las tres montañas para que representen tres volcanes, además hace la diferenciación de los colores al aclarar que “El valle es verde claro,… el color de los volcanes es verde azul como las montañas, el sol naciente es color oro viejo, las palmas de mirto son verde oscuro, las siete estrellas serán plateadas, el listón es azul claro, el mar es azul”.

El Escudo Nacional

Actual versión del Escudo Nacional.

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Pág 2 La Gaceta Nº 172 — Jueves 3 de setiembre del 2015

PODER EJECUTIVO

DECRETOSNº 39150-MINAE-MAG-MIVAH-PLAN-TUR

Con fundamento en las atribuciones concedidas por los artículos 50, 130, 140 incisos 3), 8) y 18) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 27, 99, 100 y 102 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 de 2 de mayo de 1978, los artículos 2 inciso c), 28 de la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554 de 13 de noviembre de 1995, los artículos 9, 10 incisos 1) y 3) de la Ley de Planificación Urbana Nº4240 de 15 de noviembre de 1968, los artículos 4 y 5 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos Nº 8220 de 4 de marzo de 2002, los artículos 5, 6 incisos g) y k) del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo Decreto Ejecutivo Nº 38536-MP-PLAN de 25 de julio de 2014, el artículo 6 inciso f) del Reglamento para agilizar las acciones de revisión y aprobación de planes reguladores locales y costeros Decreto Ejecutivo Nº 38782-MINAE-MAG-MIVAH-MIDEPLAN de 13 de noviembre de 2014, y;

Considerando:I.—Que el ordenamiento territorial local es una función

inherente a los gobiernos locales en virtud del artículo 169 de la Constitución Política y de los artículos 15 y 19 de la Ley de Planificación Urbana N° 4240, lo anterior de manera tal que les corresponde asumir esta obligación a través de la promulgación de los respectivos reglamentos -planes reguladores-, y haciendo efectiva la normativa que al efecto dicte el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, como institución encargada de la planificación urbana a nivel nacional.

II.—Que de acuerdo con la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554, es función del Estado, las municipalidades y los demás entes públicos, definir y ejecutar políticas nacionales de ordenamiento territorial, tendientes a regular y promover los asentamientos

humanos y las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico-espacial, con el fin de lograr la armonía entre el mayor bienestar de la población, el aprovechamiento de los recursos naturales y la conservación del ambiente.

III.—Que en razón de la función supra indicada, el Poder Ejecutivo considera de vital importancia coadyuvar con los Gobiernos Locales en el cumplimiento de sus competencias y obligaciones en materia de ordenamiento territorial a través de la agilización de los procesos de revisión y aprobación de planes reguladores.

IV.—Que con la finalidad de materializar esta coadyuvancia y al tenor de la discrecionalidad reglada establecida en los artículos 15 y 16 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227, el Poder Ejecutivo utilizará la facultad que le asiste de generar herramientas que permitan un ejercicio eficiente y razonable del ordenamiento jurídico, siempre que se cumpla con las reglas unívocas de la ciencia o de la técnica, de los principios elementales de justicia, lógica y conveniencia.

V.—Que de acuerdo con lo indicado en el Decreto Ejecutivo N° 38782-MINAE-MAG-MIVAH-MIDEPLAN, es impostergable la determinación de acciones concretas dirigidas a crear soluciones que permitan al país avanzar en los procesos de revisión y aprobación de planes reguladores, propiciando un desarrollo sostenible.

VI.—Que desde hace varios años se percibe una carencia crónica de planes reguladores vigentes en los distintos cantones de Costa Rica, la cual se traduce en una amplia desprotección tanto del medio ambiente como de los asentamientos humanos. En algunos casos, dicha situación se traduce en discrecionalidad e inseguridad jurídica en las distintas actividades que se desarrollan en un territorio.

VII.—Que a lo largo de los últimos nueve años y a través de diferentes mecanismos, se han creado distintas exigencias en materia de información para la creación de ordenamiento territorial, lo cual se ha traducido en un complejo trámite de revisión de la variable ambiental que se incorpora a los planes reguladores ante las distintas instancias competentes. Todo ello, genera atrasos en los procesos de aprobación y puesta en vigencia de estos instrumentos de ordenamiento territorial.

VIII.—Que tanto la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (a través de las resoluciones 1923-2004, 12109-2008 y 18896-2014), como la Contraloría General de la República (a través de los informes N° DFOE-AE-IF-12-2014 y DFOE-SM-IF-13-2009) han determinado la obligación que tienen las distintas instituciones de generar mayor y mejor información que permita a los Gobiernos Locales insumos adecuados para generar ordenamiento territorial local.

IX.—Que esta obligación recae sobre las diversas instituciones competentes en materia de estudios hidrogeológicos, capacidad de uso de suelo, determinación del patrimonio natural del estado y amenazas naturales; insumos de información que para ser generados, requieren de tiempo e importantes inversiones del Estado Costarricense.

X.—Que esta complejidad en materia de falta de información, agrava en los Gobiernos Locales que tienen que planificar la costa, pues se les presentan dificultades que obedecen a fallas en los procesos que ciertas instancias deben desarrollar como lo son: determinación e inscripción del Patrimonio Natural del Estado, amojonamiento de la zona pública y aplicación del Manual para Elaboración de Planes Reguladores Costeros, emitido por el Instituto Costarricense de Turismo.

XI.—Que en materia de información hidrogeológica, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha establecido la necesidad de realizar mapas de vulnerabilidad intrínseca a la

CONTENIDOPág

NºPODER EJECUTIVO Decretos .................................................................. 2 Acuerdos ................................................................. 6

DOCUMENTOS VARIOS...................................... 10TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos .................................................................. 14 Avisos ................................................................... 15CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 15REGLAMENTOS ................................................... 20INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ....... 20RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 21AVISOS .................................................................... 22NOTIFICACIONES ............................................... 35

Carmen Muñoz QuesadaMinisterio de gobernación y policía

Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérezdirector general iMprenta nacional

director eJecUtiVo JUnta adMinistratiVa

Dorelia Barahona Rierarepresentante editorial costa rica

Said Orlando de la Cruz Boschinirepresentante Ministerio de cUltUra y JUVentUd

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contaminación de acuíferos a escalas locales cumpliendo con los requisitos que señala el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) y debidamente avalados por dicha institución, lo cual no es posible realizar en el corto plazo para todos los cantones del país.

XII.—Que como parte del procedimiento indicado en el Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Manual de EIA-Parte III-) decreto ejecutivo 32967-MINAE, se establece el análisis de vulnerabilidad intrínseca a la contaminación de acuíferos a través de la obtención del Índice de Fragilidad Ambiental de Geoaptitud, con lo cual se garantiza el análisis del aspecto hidrogeológico dentro de la variable ambiental de un plan regulador, cumpliendo con el objetivo de salvaguardar del recurso hídrico hasta tanto el SENARA desarrolle los mapas anteriormente mencionados.

XIII.—Que existe consenso entre las diversas instituciones, sobre la necesidad de generar la información que permita a los Gobiernos Locales tomar decisiones más adecuadas en cuanto a ordenamiento territorial; no obstante y mientras que todos estos insumos se desarrollan, es fundamental que se garantice una transición que permita la agilización de los procesos para contar con la aprobación y puesta en vigencia de planes reguladores, tomando en consideración la imposibilidad temporal para contar de manera inmediata con la información en los niveles de precisión exigidos y/o deseables en materia de hidrogeología, amenazas naturales, capacidad del suelo y uso de la tierra actual.

XIV.—Que el objetivo fundamental de la transición, es crear un periodo de tiempo durante el cual los Gobiernos Locales puedan poner en vigencia los planes reguladores con la información básica con la que han sido elaborados o bien con la que se elaboren durante ese periodo; quedando sujetos a posteriores mejoras a través de modificaciones que incorporen los insumos que las instituciones generarán a nivel nacional en materia de vulnerabilidad hidrogeológica, capacidad del suelo y amenazas naturales.

XV.—Que en razón de toda la problemática anteriormente descrita y con fundamento en las potestades otorgadas por el Reglamento para agilizar las acciones de revisión y aprobación de planes reguladores locales y costeros, la Comisión Interinstitucional allí creada ha desarrollado un inventario de la situación actual en que se encuentran los planes reguladores cantonales y costeros, determinando la existencia de una gran cantidad Gobiernos Locales con alguna clase de problemática procedimental en la materia.

XVI.—Que en razón de dicho inventario, la Comisión Interinstitucional determina que la transición debe desarrollarse de manera tal que las distintas situaciones procedimentales de los Gobierno Locales, puedan ser atendidas a través de una serie de herramientas que les permitan agilizar la revisión y aprobación de sus planes reguladores.

XVII.—Que se realizaron sesiones informativas, en las cuales participaron Gobiernos Locales conscientes de la importancia de vincularse con las instituciones del Estado a través del IFAM, con la finalidad de conocer las iniciativas y propuestas de la Comisión Interinstitucional para facilitar la puesta en vigencia planes reguladores.

XVIII.—Que con la finalidad de crear una transición que se rija por el principio de coordinación la Comisión Interinstitucional ha gestado el respaldo de las diferentes instituciones involucradas tanto en el proceso de revisión de la variable ambiental como en la aprobación de planes reguladores durante la transición, a través de los siguientes acuerdos: Acuerdo N° 4967 tomado por la Junta Directiva del Sistema Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA) en Sesión Ordinaria N° 668-15, Acuerdo N° 8 tomado por el Consejo Nacional de Áreas de Conservación (CONAC) en Sesión Ordinaria N° 03-2015, Acuerdo establecido en el Inciso 1) del Artículo IV tomado por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) en Sesión Ordinaria N° 6113, Acuerdo Ministerial 001-2015 emitido por el Ministro de Agricultura y Ganadería emitido el 18 de marzo del 2015, y Acuerdo SJD-153-2015 tomado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), el cual consta en el Acta Ordinaria N° 5884-2015.

XIX.—Que adicionalmente a lo anterior, la Comisión Interinstitucional ha coordinado con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) en relación con las obligaciones respecto de la información sobre amenazas naturales y su incorporación en el ordenamiento territorial local.

XX.—Que todos los acuerdos mencionados así como las gestiones realizadas con las diferentes instancias, se traducen en herramientas que podrán ser utilizadas por parte de los Gobiernos Locales durante la transición para la agilización de los procesos de revisión y aprobación de planes reguladores.

XXI.—Que una vez cumplido el plazo de los 45 días hábiles establecidos en el Reglamento para agilizar las acciones de revisión y aprobación de planes reguladores locales y costeros Decreto Ejecutivo Nº 38782-MINAE-MAG-MIVAH-MIDEPLAN de 13 de noviembre de 2014, se analizó la propuesta de la Comisión Interinstitucional y se define la realización de formal Consulta Pública.

XXII.—Que como resultado de dicha Consulta Pública realizada por diez días hábiles, se recibieron observaciones por parte de 29 diferentes instancias, mismas que se analizaron detalladamente por parte de la Comisión Interinstitucional, incorporando aquellas que se consideraron pertinentes para la mejora de la norma consultada.

XXIII.—Que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites, Decreto Ejecutivo número 37045-MEIC-MP, se ha completado la Sección de Control Previo de Mejora Regulatoria del Formulario de Evaluación Costo-Beneficio, con lo cual se ha determinado que el presente Decreto no crea trámites o requisitos para los ciudadanos; y Por tanto,

Decretan:Reglamento de la Transición para la Revisión

y Aprobación de Planes ReguladoresCAPÍTULO I

GENERALIDADES DE LA TRANSICIÓNArtículo 1º—Creación y vigencia. Créase una transición

para la revisión de la variable ambiental y la aprobación de planes reguladores, la cual se mantendrá vigente hasta por cinco años a partir de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial La Gaceta, momento en el cual se le facilitarán a los Gobiernos Locales insumos de información para la confección de ordenamiento territorial en alguno de los siguientes temas: vulnerabilidad hidrogeológica, amenazas naturales o capacidad de uso del suelo. Dicha transición, se hará efectiva por parte de los Gobiernos Locales a través del uso de las herramientas de agilización que se definen en el artículo siguiente y se regulan en el Capítulo II del presente Decreto.

Artículo 2º—Herramientas de agilización. Las herramientas de agilización consisten en una serie de autorizaciones y excepciones que podrán ser utilizadas por los Gobiernos Locales durante la vigencia de la transición, ante las distintas instancias nacionales competentes en materia de revisión de la variable ambiental y la aprobación de planes reguladores.

Artículo 3º—Condiciones para la utilización de las herramientas de agilización. Todo aquel Gobierno Local que durante la vigencia de la transición utilice alguna de las herramientas de agilización, estará condicionado a realizar una mejora posterior a su plan regulador en la cual integrará toda aquella información que se genere para su cantón sea por parte del Municipio mismo y de las instituciones respectivas en materia de vulnerabilidad hidrogeológica, amenazas naturales y capacidad de uso del suelo.

Artículo 4º—De la mejora de la información en los planes reguladores. La mejora indicada en el artículo anterior, será tramitada por parte del Gobierno Local respectivo como una modificación o actualización al plan regulador. El trámite de dicha modificación o actualización será iniciado por el Gobierno Local en un plazo máximo de dos años, el cual se contará a partir de que se pongan a disposición, los insumos de información antes mencionados y requeridos para dichos efectos.

Artículo 5º—Legitimación. Podrán utilizar las herramientas de agilización establecidas en el presente Decreto, tanto los Gobiernos Locales que cuenten con planes reguladores vigentes en proceso de actualización o modificación, como aquellos Gobiernos Locales que se encuentren en el proceso de elaboración de dichos instrumentos de ordenamiento territorial durante la vigencia de la transición. Adicionalmente, deberán responder a alguno de los siguientes escenarios procesales:

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a. Gobiernos Locales cuyo plan regulador cuenta con viabilidad ambiental debidamente otorgada por la SETENA sin aprobación del estudio hidrogeológico respectivo por parte de SENARA.

b. Gobiernos Locales que cuentan con un estudio hidrogeológico aprobado por parte de SENARA, pero con un plan regulador sin la viabilidad ambiental debidamente otorgada por la SETENA.

c. Gobiernos Locales que vayan a elaborar o se encuentren en proceso de elaboración de su plan regulador o de la variable ambiental y que por ello, no cuentan con ninguna clase de aprobación por parte de SENARA o de SETENA, ya sea en materia hidrogeológica o de incorporación de variable ambiental.Artículo 6º—Del registro de herramientas de agilización.

Todo aquel Gobierno Local que durante la vigencia de la transición utilice alguna de las herramientas de agilización establecidas en el presente Decreto, deberá comunicarlo formalmente a la Dirección de Urbanismo y Vivienda del INVU al momento de presentación del plan regulador para su revisión y aprobación por parte de dicha institución. Para ello, indicará además el supuesto en el cual se encuentra, de conformidad con los escenarios procesales establecidos en el artículo anterior.

Artículo 7º—De la constancia del periodo transitorio. Una vez verificado el uso de las herramientas de agilización establecidas en el presente Decreto, la Dirección de Urbanismo y Vivienda del INVU dejará constancia en el documento de aprobación del respectivo plan regulador, sobre las herramientas utilizadas y la información que estará pendiente de incorporar por parte del Gobierno Local respectivo, en las modificaciones a realizar posteriormente.

Artículo 8º—Seguimiento. El INVU a través de la Dirección de Urbanismo y Vivienda, deberá dar seguimiento al cumplimiento de las condiciones asumidas por parte de los Gobiernos Locales que hayan utilizado las herramientas de agilización establecidas en este Decreto. Para ello procederá a informar a los Gobiernos Locales respectivos sobre el necesario cumplimiento de la condición y les prevendrá sobre la necesidad de realizar las modificaciones o actualizaciones a sus planes reguladores, una vez que se agote la vigencia de la transición o bien que se cuente con los insumos de información necesarios, los cuales se brindarán a los Gobiernos Locales en la medida en que las distintas instituciones los vayan generando.

CAPÍTULO IIDE LAS HERRAMIENTAS DE AGILIZACIÓN

Artículo 9º—Posibilidades de uso. Las herramientas establecidas en el presente capítulo podrán ser aplicadas durante la transición en los procesos tanto de revisión de la variable ambiental como en la eventual aprobación de planes reguladores nuevos. También, se podrán aplicar durante los procesos de modificaciones o actualizaciones a los vigentes, siempre que los Gobiernos Locales solicitantes se encuentren en alguno de los escenarios procesales establecidos en el artículo 5.

Artículo 10.—Autorización para proceder. Durante la transición, el Concejo Municipal conocerá los resultados del plan regulador de previo a valorar la posibilidad de comisionar a la Alcaldía para que lleve a cabo toda la tramitación sobre la revisión de la variable ambiental y del plan regulador ante las entidades correspondientes, pudiendo para ello utilizar alguna de las herramientas establecidas en este Decreto. Una vez que se haya cumplido con todo lo anterior, el Gobierno Local procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana N° 4240 de 15 de noviembre de 1968, reservándose el Concejo Municipal la adopción final del plan regulador mediante acuerdo municipal, una vez que la Alcaldía haya obtenido todas las revisiones y aprobaciones institucionales pertinentes.

Artículo 11.—Herramienta de agilización para información hidrogeológica. De conformidad con el Acuerdo N° 4967 tomado en la Sesión Ordinaria N° 668-15 por la Junta Directiva del SENARA, los Gobiernos Locales podrán iniciar su gestión ante la SETENA para la respectiva revisión de la incorporación de la variable ambiental en la propuesta de plan regulador, aun cuando no hayan

obtenido el aval del Estudio Hidrogeológico por parte de SENARA. Esta herramienta puede ser utilizada tanto por aquellos Gobiernos Locales que han presentado una solicitud para la valoración de Estudio Hidrogeológico y que aún no cuentan con un aval, como aquellos que no han iniciado trámite alguno ante dicha institución.

Artículo 12.—Autorización en materia de información hidrogeológica. Para materializar la herramienta establecida en el artículo anterior, se autoriza a que durante la transición establecida en el presente Decreto, se realice la valoración de la vulnerabilidad hidrogeológica del territorio con base en la metodología ya establecida para ello en el Manual de EIA Parte III, Decreto Ejecutivo N° 32967-MINAE.

Artículo 13.—Requisitos para el uso de la herramienta de agilización para información hidrogeológica. Para aplicar la herramienta establecida en el artículo anterior, los Gobiernos Locales solicitarán a la SETENA que analice la vulnerabilidad hidrogeológica con la metodología que para ello establece el Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Manual de EIA-Parte III-) Decreto Ejecutivo N° 32967-MINAE.

Artículo 14.—De los Estudios Hidrogeológicos que cuentan con el aval de SENARA. Todos aquellos Gobiernos Locales que cuentan con un estudio hidrogeológico debidamente avalado por SENARA, continuarán el trámite formal ante la SETENA para la revisión de la incorporación de la variable ambiental a la propuesta de plan regulador.

Artículo 15.—De los casos especiales. En los cantones de Poás, Heredia, Santa Bárbara, Barva, San Isidro, San Pablo, San Rafael, Santo Domingo, Moravia, Vásquez de Coronado y el sector de Playa Sámara en Nicoya, la variable hidrogeológica será evaluada por el SENARA con la metodología que se establecerá en los términos indicados en el presente Decreto. Dicha evaluación se realizará de previo a la incorporación de la variable ambiental en la propuesta de plan regulador que revisará la SETENA.

Artículo 16.—Metodología para la evaluación hidrogeológica por parte de SENARA. La metodología para la elaboración de los estudios hidrogeológicos para los planes reguladores, se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Acuerdo número 4975 de la Junta Directiva de SENARA, publicado en La Gaceta número 137 del jueves 16 de julio del 2015. Constará de tres etapas: (i) diagnóstico, (ii) estudio hidrogeológico y (iii) políticas de manejo del riesgo del recurso hídrico subterráneo. Los estudios hidrogeológicos, se desarrollarán únicamente para aquellas zonas que sean catalogadas por los Gobiernos Locales como urbanas o bien como de crecimiento futuro, aportando la información que para ello sea necesaria. Los plazos de evaluación de dicha metodología serán definidos por la Junta Directiva de SENARA, mediante acuerdo debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

Artículo 17.—Herramienta de excepción para la evaluación hidrogeológica por parte de SENARA. Aquellos Gobiernos Locales establecidos en el artículo 15 que tienen expediente abierto en SENARA, podrán utilizar esta herramienta para que el estudio hidrogeológico se evalúe de acuerdo con los Términos de Referencia previamente indicados por la institución, en un plazo de dos meses a partir de la entrega de la totalidad de la información al SENARA.

Artículo 18.—Prioridad en la atención por parte de SENARA. Durante la vigencia de la transición, el SENARA dará prioridad para revisar y emitir el aval respectivo a los Gobiernos Locales indicados en el artículo 15.

Artículo 19.—Prioridad en la revisión de solicitudes de financiamiento ante MIDEPLAN. Durante la transición establecida en el presente decreto, el MIDEPLAN dará prioridad a la revisión de solicitudes de financiamiento a través del Fondo de Preinversión para el desarrollo de la evaluación hidrogeológica para los cantones y sectores establecidos en el artículo 15. En aquellos casos en que se cuente con un financiamiento aprobado para elaboración de planes reguladores y que requieran recursos adicionales para la incorporación de la evaluación hidrogeológica, el MIDEPLAN priorizará el financiamiento, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 7376.

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Artículo 20.—Herramienta de agilización sobre Patrimonio Natural del Estado. De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo N° 8 tomado por el Consejo Nacional de Áreas de Conservación en Sesión Ordinaria N° 03-2015, la inscripción del Patrimonio Natural del Estado no será requisito indispensable para que los Gobiernos Locales continúen con el desarrollo de planes reguladores, siendo suficiente la clasificación y delimitación debidamente certificada y realizada por las Áreas de Conservación. Para estos efectos, cada Área de Conservación facilitará la información de las clasificaciones vigentes de Patrimonio Natural del Estado, a las entidades competentes.

Artículo 21.—Herramienta de agilización sobre suelos y capacidad de uso de las tierras. De conformidad con el acuerdo ministerial 001-2015 emitido por el Ministro de Agricultura y Ganadería (MAG) con fundamento en el criterio técnico del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agraria (INTA), se posibilita a los Gobiernos Locales para que utilicen el mapa confeccionado en el año 1992 para todo el territorio nacional, en lo referente a suelos y capacidad de uso de las tierras en escala 1:200 000, para la construcción del IFA-Edafoaptitud. En el supuesto de que el Gobierno Local cuente con información más detallada en esta materia, será posible utilizarla siempre que sea debidamente oficializada por la entidad competente.

Para aquellos proyectos de desarrollo urbanísticos, industrial, turístico, comercial, mineros, extracción de áridos y reforestación, en inmuebles inferiores a las cuatrocientos hectáreas (400 hectáreas) y en el caso que la resolución espacial no sea suficientemente precisa se deberán presentar estudios detallados de suelos y capacidad de uso de las tierras. Lo anterior a efecto de que este Ministerio pueda establecer el valor agronómico de los mismos, y defina la ejecución de los planes nacionales de manejo, conservación y recuperación de suelos, en colaboración con las instituciones competentes en materia de producción agrícola.

Artículo 22.—Herramienta de agilización sobre amenazas naturales en el territorio. De acuerdo con lo indicado por la Comisión Nacional de Emergencias, los Gobiernos Locales podrán utilizar la información generada por la CNE sobre amenazas naturales en mapas con escala 1:50000 como una orientación general en la materia, con las limitaciones implícitas sobre las áreas que aparecen en blanco y los necesarios ajustes de ubicación. Dichos insumos no sustituyen a los mapas técnicos especializados que se realicen a menor escala y en lugares particulares. En materia de planes reguladores, la CNE únicamente desarrolla competencias de asesoría a los Gobiernos Locales sin que sea necesario desarrollar trámite alguno ante esa instancia en materia de revisión y aprobación de planes reguladores.

Artículo 23.—Herramientas de agilización para el análisis de la incorporación de la variable ambiental al plan regulador por parte de SETENA. Se autoriza para que en el trámite de revisión de la incorporación de la variable ambiental en planes reguladores realizado por parte de la SETENA, los Gobiernos Locales tengan la posibilidad de utilizar alguna de las siguientes herramientas:

a. Herramienta para aplicación de la Directriz 35-MIVAH-PLAN: en el caso de que el territorio de un cantón se encuentre dentro del área de estudio evaluada en el contexto de la viabilidad ambiental otorgada mediante Resolución N° 1308-2009 de las ocho horas cero cero minutos del nueve de junio del 2009 tomada por la Comisión Plenaria en Sesión 063-2009, el Gobierno Local competente podrá solicitar a la SETENA que realice un análisis para determinar la funcionalidad de los insumos contenidos en el Expediente EA-14-2008 en el territorio de su jurisdicción.

b. Herramienta para utilización de insumos disponibles en expedientes archivados: en el caso de que un Gobierno Local cuente con un expediente de evaluación ambiental estratégica archivado, podrá utilizar esta herramienta para solicitar a la SETENA que determine a la luz del proceso de transición establecido en el presente Decreto, la posibilidad de iniciar un nuevo trámite con los insumos del expediente administrativo archivado y darle continuidad.

c. Herramienta de flexibilidad metodológica: los Gobiernos Locales podrán utilizar esta herramienta para exponer ante la SETENA el necesario uso de metodologías sustitutivas a las establecidas en el Manual de EIA (Parte III) Decreto Ejecutivo N° 32967-MINAE. Para ello, deberán indicar los motivos por los cuales la metodología establecida no es aplicable en el territorio que se está evaluando, asimismo deberán argumentar técnicamente el hecho de que las metodologías utilizadas, garantizan la efectiva materialización de la evaluación ambiental estratégica de la propuesta de plan regulador.

d. Herramienta sobre listado profesionales responsables: los Gobiernos Locales podrán introducir los documentos avalados por los profesionales responsables debidamente inscritos en SETENA que conforman el grupo multidisciplinario que elaboró la variable ambiental para la propuesta de plan regulador, indistintamente del listado que se ha entendido como taxativo y que se encuentra establecido en el artículo 5.14.1.2 del Manual de EIA (Parte III) Decreto Ejecutivo N° 32967-MINAE. Adicionalmente se exime el requerimiento del punto 5.14.1.1.b de dicho Decreto.

e. Herramienta sobre el uso actual de la tierra: los Gobiernos Locales podrán solicitar a la SETENA, que se analice la incorporación de la variable ambiental a la propuesta de plan regulador, con la última versión del Mapa de Uso Actual de la Tierra con la que cuenten, sin que la misma requiera de actualización.Artículo 24.—Requisitos para la aplicación de las

herramientas de agilización para el análisis de la incorporación de la variable ambiental al plan regulador por parte de SETENA. Para aplicar la herramienta establecida en el artículo anterior, los Gobiernos Locales deberán cumplir con lo siguiente:

a. Solicitud expresa por parte del Gobierno Local dirigida a la SETENA indicando puntualmente cuales de las herramientas establecidas en el artículo 20 de este Decreto va a utilizar. La solicitud puede ser emanada directamente del Concejo Municipal o bien, que este órgano comisione a la Alcaldía para estos efectos, en los términos establecidos en el artículo 9.

b. Deberá adjuntarse a la solicitud, la variable ambiental de la propuesta de plan regulador en el formato establecido en el Manual de Instrumentos Técnicos para el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (Manual de EIA -Parte III-) Decreto Ejecutivo N° 32967-MINAE.

c. Para los casos de la aplicación de la herramienta contenida en el inciso b) del artículo anterior, se deberá adjuntar a la solicitud únicamente la última versión de la variable ambiental en formato digital, incluyendo los archivos shape de insumos, productos, intermedios y finales, con sus respectivas bases de datos.Artículo 25.—Herramientas de agilización para

adecuación de propuestas al Manual para Elaboración de Planes Reguladores Costeros. En el supuesto de que una propuesta de plan regulador costero haya sido diseñada de previo a la publicación de la última versión del Manual para Elaboración de Planes Reguladores Costeros, el ICT podrá analizar dicha propuesta, previa solicitud formal del Gobierno Local interesado, con base en cualquiera de las siguientes versiones de dicho Manual:

a. “Manual para Elaboración de Planes Reguladores Costeros” publicado por el Instituto Costarricense de Turismo en el Diario Oficial La Gaceta N° 28 del 10 de febrero del 2009.

b. “Manual para Elaboración de Planes Reguladores Costeros” publicado por el Instituto Costarricense de Turismo en el Diario Oficial La Gaceta N° 52 del 16 de marzo del 2010.

c. “Manual para Elaboración de Planes Reguladores Costeros” publicado por el Instituto Costarricense de Turismo en el Diario Oficial La Gaceta, Alcance Digital N° 65 del 18 de mayo del 2012.

d. “Manual para Elaboración de Planes Reguladores Costeros” publicado por el Instituto Costarricense de Turismo en el Diario Oficial La Gaceta, Alcance Digital N° 37 del viernes 22 de febrero del 2013 y publicado con fe de erratas, en el Alcance Digital N° 58 del martes 2 de abril del 2013.

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Artículo 26.—Orden de atención por parte de las instituciones competentes. En un plazo no mayor a quince días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto, la SETENA, el INVU y el ICT determinarán el orden de atención para la revisión y aprobación tanto de la incorporación de la variable ambiental como de la propuesta de plan regulador, que se utilizará durante al menos los primeros seis meses de la transición. Para lo anterior deberán garantizar la atención de la diversidad de escenarios establecidos en este Decreto, de manera tal que se permita generar un aprendizaje sobre el análisis de las distintas herramientas establecidas y dirigir adecuadamente la capacidad de respuesta de cada una de dichas instituciones. El orden, será comunicado a los Gobiernos Locales a través del IFAM.

CAPÍTULO IIIGENERACIÓN DE INSUMOS DE INFORMACIÓN

Y POSIBILIDADES DE FINANCIAMIENTOArtículo 27.—Plazos para confección de información. Las

instituciones competentes desarrollarán la información requerida como insumos para la elaboración de ordenamiento territorial local en los plazos indicados a continuación, siempre que se cuente con los recursos humanos, tecnológicos y financieros necesarios:

a. Mapas de vulnerabilidad hidrogeológica a nivel local para todo el país: serán desarrollador por el SENARA en un plazo de 5 años de conformidad con el Acuerdo N° 4967 tomado por la Junta Directiva en Sesión Ordinaria N° 668-15.

b. Levantamiento de la información LIDAR en el Litoral Pacífico: será realizado por la Comisión Nacional de Emergencias para finales del mes de febrero del año 2016, de acuerdo con lo indicado por parte de la Contraloría General de la República en el informe DFOE-AE-IF-12-2014.

c. Elaboración de mapas de amenazas naturales para los cantones costeros: serán desarrollados por la Comisión Nacional de Emergencias para el mes de setiembre del año 2018, de acuerdo con lo indicado por parte de la Contraloría General de la República en el informe DFOE-AE-IF-12-2014.

d. El SINAC gestionará un acuerdo con el Catastro Nacional para definir los linderos del Patrimonio Natural del Estado de acuerdo con los lineamientos técnicos existentes.

e. El Ministerio de Agricultura y Ganadería desarrollará durante el periodo 2015-2018 un proyecto conjuntamente con el INTA para elaborar los estudios de suelos y capacidad de uso de las tierras a escala 1:50000 a nivel nacional. En este proceso, atenderá prioritariamente a los cantones costeros que corresponde de acuerdo con la aptitud de los mismos.Artículo 28.—Posibilidades de financiamiento y asistencia

técnica. Dentro del marco de sus competencias y capacidades, MIDEPLAN procurará brindar apoyo a los órganos y entes de la Administración Pública y a los Gobiernos Locales que realicen procesos de revisión y aprobación de planes reguladores en el periodo de transición, para la gestión de recursos de preinversión de naturaleza reembolsable, acorde a sus normativas, programación y disponibilidad financiera, así como de otras fuentes de financiamiento y asistencia técnica nacionales o internacionales.

Artículo 29.—Acciones por parte del Instituto Geográfico Nacional. Como soporte para el desarrollo de la información geoespacial temática requerida como insumo para el desarrollo de planes reguladores, el Instituto Geográfico Nacional deberá definir, implementar y oficializar una infraestructura nacional de datos geográficos que establezca la normatividad técnica de información geográfica que permita fomentar, propiciar, promover, desarrollar, apoyar y fortalecer la producción, uso y gestión de información geográfica básica y temática sobre el territorio, con estándares que aseguren su georreferenciación al sistema nacional de coordenadas, interoperabilidad, homologación y publicación de la información a través del geoportal del Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT).

CAPÍTULO IVSOBRE LA INTEGRACIÓN DE SOLUCIONES DEFINITIVAS

PARA AGILIZACIÓN EN MATERIA DE ELABORACIÓN,REVISIÓN Y APROBACIÓN DE PLANES REGULADORES

Artículo 30.—Articulación SENARA–SETENA. Una vez que se cuente con la información necesaria para los distintos cantones a nivel nacional, el análisis de la vulnerabilidad hidrogeológica será realizado por el SENARA como un insumo para la SETENA en el proceso de evaluación ambiental estratégica de los planes reguladores.

Artículo 31.—Metodología para la Evaluación Ambiental Estratégica. En un plazo no mayor a dos años a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, el MINAE con los insumos técnicos que para estos efectos brinde la SETENA, deberá emitir un nuevo reglamento que establezca la metodología y el orden de la evaluación de la variable ambiental en los planes reguladores. Lo anterior, incluyendo la metodología que determine el SENARA para la valoración de la vulnerabilidad hidrogeológica en el territorio.

Artículo 32.—Uniformidad en manuales para elaboración de planes reguladores. El INVU en conjunto con el ICT desarrollará un único manual para la elaboración de planes reguladores, el cual contemplará especificaciones para los instrumentos urbanos, rurales y costeros. El manual incluirá lineamientos de carácter técnico que garanticen un adecuado ordenamiento territorial en los distintos cantones del país y que sean concordantes con las políticas de desarrollo del país. Para el caso de los instrumentos costeros, los lineamientos serán concordantes con el modelo de desarrollo y las políticas de turismo. Esta labor, será desarrollada por ambas instituciones y contarán con un plazo de dos años y medio a partir de la publicación del presente Decreto.

Artículo 33.—Agilización en procesos municipales para elaboración y revisión de planes reguladores. De conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 17 del Código Municipal N° 7794, se posibilita a que la relación entre el Concejo Municipal y la Alcaldía en los procesos de elaboración y revisión de planes reguladores, se desarrolle de la siguiente manera:

a. El Concejo Municipal toma el acuerdo para la elaboración de planes reguladores, comisionando a la Alcaldía para su tramitación respectiva, para lo cual puede recurrir al procedimiento de contratación administrativa.

b. El Concejo Municipal conoce los resultados del plan regulador de previo a comisionar a la Alcaldía para que lleve a cabo toda la tramitación referida a la revisión del plan regulador ante las instituciones correspondientes. El Concejo Municipal se reserva la potestad de la aprobación final del plan regulador, una vez que cuenten con todas las aprobaciones institucionales que correspondan.

c. Una vez cumplido con todo lo anterior, la Gobierno local procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana N° 4240, a través de la realización de la audiencia pública, la aprobación final y publicación tanto literal como gráfica del plan regulador.Artículo 34.—Rige a partir de su publicación.Dado a las ocho horas del once de agosto del año 2015.LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de

Ambiente y Energía, Edgar Gutiérrez Espeleta.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Felipe Arauz Cavallini.—El Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos, Rosendo Pujol Mesalles.—La Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, Olga Marta Sánchez Oviedo.—El Ministro de Turismo, Mauricio Ventura Aragón.—1 vez.—O. C. Nº 25993.—Solicitud Nº 8630.—(D39150 - IN2015055920).

ACUERDOSPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 297-PEL PRIMER VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADe conformidad con lo establecido en el artículo 139, inciso

1) de la Constitución Política de la República de Costa Rica y los artículos 7, 31, 34 y 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

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Considerando:I.—Que se ha recibido invitación por parte de la Organización

Internacional del Trabajo para participar en la 104ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que tendrá lugar en Ginebra, Suiza, del 31 de mayo al 13 de junio de 2015.

II.—Que se ha organizado una reunión bilateral entre el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica y la señora Gina Magnolia Riaño Barón, Secretaria General de la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social (OISS) el día 5 de junio de 2015, en Madrid, España.

III.—Que ambas actividades son de gran interés para el Gobierno de Costa Rica y en especial para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, debido a que la 104ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, tiene como objetivo principal congregar a los Estados Miembros de la OIT, para abordar cuestiones sociales y laborales previstas en la agenda correspondiente y la reunión con la Secretaria General de la OISS pretende abordar temas de la seguridad social propias de la cartera.

IV.—Que la participación del señor Víctor Morales Mora, cédula de identidad 9-044-044, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, responde a las funciones propias de titular de la Cartera de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1°—Autorizar al señor Víctor Morales Mora, cédula de

identidad 9-044-044, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en reunión con la Secretaria General de la OISS, en Madrid, España, el día 5 de junio de 2015 y en la 104ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, en Ginebra, Suiza, del 8 al 12 de junio de 2015.

Artículo 2°—Los gastos de viaje del señor Ministro, serán cubiertos con recursos de las subpartidas 105.03 y 105.04 del Programa 729, a saber, de la siguiente forma: - Por concepto de viáticos al exterior a través de la subpartida 105.04 del Programa 729 se autoriza la suma de $351 diarios (trescientos cincuenta y un dólares) para España y de $466 diarios (cuatrocientos sesenta y seis dólares) para Suiza. El transporte aéreo de ida y regreso será cubierto por la subpartida 105.03 del Programa 729; asimismo por la subpartida 105.04 del Programa 729 se cubrirán los gastos por concepto de inscripción e impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transportes o cualquier erogación que por concepto de penalización deba. Los gastos por concepto de póliza de seguro de viajero, serán cubiertos con recursos de la partida 106.01 del Programa 729.

Artículo 3°—De acuerdo con la Circular DGABCA-NP-1035-201 y de conformidad con los artículos 2 y 5 de la Resolución N°78-2011 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 4°—Que durante los días en que se autoriza al señor Víctor Morales Mora, cédula de identidad 9-044-044, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en reunión con la Secretaria General de la OISS, en Madrid, España, el día 5 de junio de 2015 y en la 104ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, en Ginebra, Suiza, del 8 al 12 de junio de 2015, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5°—Que durante los días en que se autoriza al señor Víctor Morales Mora, cédula de identidad 9-044-044, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en reunión con la Secretaria General de la OISS, en Madrid, España, el día 5 de junio de 2015 y en la 104ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que tendrá lugar en Ginebra, Suiza, del 8 al 12 de junio de 2015, se nombra como Ministro a. i. al señor Alfredo Hasbum Camacho, cédula de identidad 7-0071-0486, Viceministro del Área Social.

Artículo 6°—Rige de las 12:00 horas del 3 de junio de 2015 hasta las 24:00 horas del día 13 de junio de 2015.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil quince.

Publíquese.HELIO FALLAS VENEGAS.—1 vez.—O. C. N° 23786.—

Solicitud N° 2199.—(IN2015053862).

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍAN° 005-2015-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍAEn uso de las facultades que le confieren los artículos 140 y

146 de la Constitución Política, artículos 21, 28 inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, artículo 40 de la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664, del 08 de abril de 1997, artículos 111, 112, 113 y concordantes del Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria, Decreto Ejecutivo Nº 26921 de 20 de marzo de 1998.

Considerando:1º—Que el artículo 40 de la Ley de Protección Fitosanitaria,

Ley Nº 7664, crea la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad como órgano asesor del Servicio Fitosanitario del Estado, en biotecnología, indicando que su integración, atribuciones y funciones serán establecidas vía reglamento.

2º—Que el Título VIII, Capítulo Único “De La Regulación Fitosanitaria De Organismos o Productos de La Biotecnología Vegetal” del Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria, establece las funciones, integración, operación de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad.

3º—Que el artículo 114 del Reglamento a la Ley de Protección Fitosanitaria dispone: “…Los miembros de la Comisión ejercerán sus funciones, en forma ad honorem, por un período de dos años pudiendo ser reelectos por periodos sucesivos. De igual manera podrán ser removidos en forma libre por la Institución que los haya designado”

4º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 008-2013-MAG de 26 de agosto del 2013 publicado en La Gaceta Nº 236 de 06 de diciembre del 2013 se conformó la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad con vigencia hasta el 06 de diciembre del 2015, no obstante el señor Raúl Trejos Espinosa, cédula de identidad número 1-1015-0742, en representación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, Marta Lilliana Jiménez Fernández, cédula de identidad N° 1-492-057, Jorge Hernández Benavides, cédula de identidad N° 4-0111-0187, en representación del Ministerio de Ambiente y Energía y Walter Quirós Ortega en representación de la Oficina Nacional de Semillas renunciaron al puesto por lo que se hace necesario sustituirlos.

5º—Que se ha considerado conveniente que la representación del Servicio Fitosanitario del Estado y del Servicio Nacional de Salud Animal no se delegue y que cada uno de sus Directores constituya la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad, por lo que se hace necesario sustituir a los señores Alex May Montero, cédula N° 1-522-995 representante del Servicio Fitosanitario del Estado y Ronald Mora Castillo, cédula N° 1-1002-116 representante del Servicio Nacional de Salud Animal. Por tanto,

ACUERDAN:Artículo 1º—Modificar parcialmente el artículo 1º del

Acuerdo Ejecutivo Nº 008-2013-MAG, en cuanto a la integración de la Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad, para que se integre de la siguiente forma:

“Artículo 1º—Conformar la Comisión Técnica de Bioseguridad, de la siguiente manera:a- Santiago Núñez Corrales, cédula de identidad N° 1-1203-

0410 en representación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.

b- Francisco Dall’Anese Álvarez cédula de identidad número 1-1300-0945 en representación del Servicio Fitosanitario del Estado-MAG.

c- Bernardo Jaen Hernández, cédula de identidad 5-158-141 en representación del Servicio Nacional de Salud Animal- MAG.

d- Melania Muñoz García, cédula de identidad N° 1-1060-0858 y Patricia Madrigal Cordero, cédula de identidad N° 1-577-719 en representación del Ministerio de Ambiente y Energía.

e- Alonso Chacón Araya, cédula de identidad 1-514-063, en representación de la Oficina Nacional de Semillas.

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f- Giovanny Garro Monge, cédula de identidad Nº 1-0712-0867 y Andrés Mauricio Gatica Arias, cédula 1-1095-253, en representación de la Academia Nacional de Ciencias.

g- Esteban Cerdas Quirós, cédula de identidad Nº 3-361-886 y Alejandra Chaverri Esquivel, cédula 1-862-654, en representación del Ministerio de Salud.

h- Fabián Pacheco Rodríguez, cédula de identidad 1-1017-0021, en representación de la Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente.

i- Jaime García González, cédula de identidad Nº 1-533-503, en representación de la Red de Coordinación en Biodiversidad.

Artículo 2º—Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo Nº 003-2015-MAG de 29 de junio del 2015.

Artículo 3º—Rige a partir de esta fecha y hasta el 06 de diciembre del 2015.

Dado en la Presidencia de la República, a los treinta días del mes de julio del año dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Felipe Arauz Cavallini.—1 vez.—O. C. N° 098.—Solicitud N° 12554.—(IN2015055941).

N° 175-PEEL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍADe conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso

20) y 146 de la Constitución Política, La Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, La Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:1°—Autorizar a la Ingra. Guadalupe Gutiérrez Mejía.

MBA, cédula 2-338-842, funcionaria de la Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria-DNEA-, en calidad de representante del Sr. Ministro de Agricultura y Ganadería ante el Sistema Nacional de Investigación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria-SNITTA-, para que participe en las actividades organizadas por la “Red de Gestión de Innovación en el Sector Agroalimentario-INNOVAGRO-”, que se realizará en Santiago de Chile del 1° al 4 de setiembre de 2015.

2°—Todos los gastos serán cubiertos por la Fundación para el Fomento y Promoción de la Investigación y Transferencia de Tecnología Agropecuaria de Costa Rica-FITTACORI-, según acuerdo 2 de Sesión Ordinaria 03-2015 de la Junta Administrativa FITTACORI.

3°—Rige a partir del 30 de agosto al 5 de setiembre de 2015.Dado en el Despacho Ministerial el diecinueve de agosto de

dos mil quince.Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y

Ganadería.—1 vez.—(IN2015053907).

Nº 175-PEEL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍADe conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso

20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:1º—Autorizar al Sr. Franklin Charpantier Arias, cédula Nº

1-431-005, funcionario de la Secretaria Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria, para que participe en el “Taller sobre las Lecciones Aprendidas con el Uso de la Matriz de Análisis de Políticas (MAP) como Metodología de Simulación de Instrumentos de Política que inciden en la Seguridad Alimentaria a través de los Agronegocios”, y al “Taller de Revisión y Retroalimentación sobre los Avances en el Diseño del Sistema de Monitoreo y Evaluación de Instrumentos de Políticas Sectoriales que inciden en la Seguridad Alimentaria (SA) a través de los Agronegocios”, que se realizarán del 14 al 17 de octubre del 2014, en San Salvador, El Salvador.

2º—Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Proyecto RUTA-CAC.

3º—Rige a partir del 14 al 17 de octubre del 2014.Dado en el Despacho Ministerial, el veinticuatro de setiembre

del dos mil catorce.José Joaquín Salazar Rojas, Ministro de Agricultura y

Ganadería a. í.—1 vez.—O. C. Nº 25323.—Solicitud Nº 10453.—(IN2015054123).

Nº 176-PEEL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍADe conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso

20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:1º—Autorizar a la Sra. Ana Isabel Gómez de Miguel, cédula

Nº 1-470-642, funcionaria de la Secretaria Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria, para que participe en el “Taller sobre las Lecciones Aprendidas con el Uso de la Matriz de Análisis de Políticas (MAP) como Metodología de Simulación de Instrumentos de Política que inciden en la Seguridad Alimentaria a través de los Agronegocios”, y al “Taller de Revisión y Retroalimentación sobre los Avances en el Diseño del Sistema de Monitoreo y Evaluación de Instrumentos de Políticas Sectoriales que inciden en la Seguridad Alimentaria (SA) a través de los Agronegocios”, que se realizarán del 14 al 17 de octubre del 2014, en San Salvador, El Salvador.

2º—Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Proyecto RUTA-CAC.

3º—Rige a partir del 14 al 17 de octubre del 2014.Dado en el Despacho Ministerial, el veinticuatro de setiembre

del dos mil catorce.José Joaquín Salazar Rojas, Ministro de Agricultura y

Ganadería a. í.—1 vez.—O. C. Nº 25323.—Solicitud Nº 10453.—(IN2015054129).

Nº 178-PEEL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍADe conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso

20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:1º—Autorizar a la Sra. Karolina Martínez Umaña, cédula Nº

1-1029-0397, funcionaria de la Secretaria Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria, para que participe en el curso “Eventos Extremos y adaptación al Cambio Climático”, que se realizará del 29 de setiembre al 03 de octubre del 2014, en Cartagena de Indias, Colombia.

2º—Los costos de alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Centro de Formación de la Cooperación Española y el transporte por la funcionaria.

3º—Rige a partir del 28 de setiembre al 04 de octubre del 2014.

Dado en el Despacho Ministerial, el veinticuatro de setiembre del dos mil catorce.

José Joaquín Salazar Rojas, Ministro de Agricultura y Ganadería a. í.—1 vez.—O. C. Nº 25323.—Solicitud Nº 10453.—(IN2015054137).

Nº 183-PEEL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍADe conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso

20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Page 9: La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de setiembre del ... · Carmen Muñoz Quesada. Ministerio de gobernación y policía. Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez. ... (Manual

La Gaceta Nº 172 — Jueves 3 de setiembre del 2015 Pág 9

ACUERDA:1º—Autorizar a la Sra. Alicia Sánchez Solís, cédula Nº 1-695-

384, funcionaria de la Secretaría Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria-SEPSA, para que participe en el curso semipresencial “Comunicación y conocimiento para la toma de decisiones en seguridad alimentaria y nutricional en América Latina (SAN)”, que se realizará del 13 al 17 de octubre del 2014, en la Ciudad de Antigua, Guatemala.

2º—Los gastos de desplazamiento, hospedaje, manutención y logística serán cubiertos por la Comisión Europea.

3º—Rige a partir del 12 al 18 de octubre del 2014.Dado en el Despacho Ministerial, el veintiséis de setiembre

del dos mil catorce.Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y

Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 25323.—Solicitud Nº 10453.—(IN2015054141).

Nº 193-PEEL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍADe conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso

20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:1º—Autorizar al Sr. Édgar Mata Ramírez, cédula Nº 1-763-

880, y al Sr. Ricardo Quesada Salas, cédula Nº 1-1166-0425, funcionarios de la Secretaria Ejecutiva de Planificación Sectorial Agropecuaria-SEPSA, para participar en el curso “Planificaciones de Desarrollo de Mediano y Largo Plazo y Administración de Tierra para Costa Rica”, que se realizará del 17 de octubre al 06 de noviembre del 2014, en la Ciudad de Beijing, China.

2º—Los gastos de transporte, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Ministerio de Comercio de la República Popular de China.

3º—Rige a partir del 15 de octubre al 07 de noviembre del 2014.

Dado en el Despacho Ministerial, el tres de octubre del dos mil catorce.

Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—O. C. Nº 25323.—Solicitud Nº 10453.—(IN2015054152).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTESN° 087-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política; 27.1 de la Ley General de la Administración Pública, el artículo 8 de la Ley Nº 7454 del 22 de noviembre de 1994, el artículo 7 del Decreto Ejecutivo Nº 29674-MOPT del 22 de junio de 2001 “Reglamento de Organización y Funcionamiento del Fondo de Desarrollo de la Provincia de Limón.”

Considerando:1º—Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 140

inciso 3) de la Constitución Política de Costa Rica, son deberes y atribuciones que corresponden conjuntamente al Presidente y el respectivo Ministro de Gobierno sancionar y promulgar las leyes, reglamentos, ejecutarlas y velar por su exacto cumplimiento.

2º—Que mediante Ley Nº 7454 del 22 de noviembre de 1994, se creó el Fondo de Desarrollo de la provincia de Limón, cuyo objetivo es facilitar las líneas de crédito oportuna a los inversionistas y productores de esa provincia, que dispongan de proyectos productivos rentables (bienes y servicios), así como obras de bien comunal.

3º—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° de la citada Ley Nº 7454, dicho Fondo está adscrito a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) y será administrado por una Junta Directiva

de cinco miembros: el Presidente Ejecutivo de JAPDEVA o su representante, quien la presidirá y ostentará la representación legal; un representante del Ministro del sector y tres miembros de los sectores más representativos de la provincia de Limón.

4º—Que mediante el artículo 7° del Decreto Ejecutivo Nº 29674-MOPT “Reglamento de Organización y Funcionamiento del Fondo de Desarrollo de la Provincia de Limón”, se establece que la Junta Directiva estará conformada de la siguiente manera:

a. El Presidente Ejecutivo de JAPDEVA o su representante quien lo presidirá y será su representante legal.

b. Un representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.c. Un representante de los Concejos Municipales de la provincia

de Limón, nombrado por la Liga de Municipalidades de Cantones Productores de Banano.

d. Un representante de la Federación Provincial de Uniones Cantonales y Asociaciones de Desarrollo de la Provincia de Limón.

e. Un representante del Movimiento Limón en Lucha.Dicha norma dispone además que en lo que respecta al

representante del Ministerio de Obras Públicas, el nombramiento respectivo será realizado por el Poder Ejecutivo, y en lo que atañe a los representantes que se indican en los incisos c), d) y e), el nombramiento será realizado por los sectores correspondientes, los cuales serán ratificados por el Poder Ejecutivo mediante la publicación en La Gaceta Oficial a más tardar dentro de los veintidós días hábiles después de haberse recibido la comunicación.

5º—Que mediante Oficios Nº FDL-092-2015 de fecha 27 de julio de 2015 y FDL-094-2015 de fecha 30 de julio de 2015, el Director Ejecutivo del Fondo de Desarrollo de la provincia de Limón, solicitó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, realizar el trámite de nombramiento del o la representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, asimismo proceder con la emisión de un Acuerdo con la integración total de la nueva Junta Directiva del Fondo de Desarrollo de la provincia de Limón, ratificándose mediante este acto los nombramientos de los representantes que no fueron designados por el Poder Ejecutivo, a saber los señores: Blanca Rosa Mejía Medina, Carlos Umaña Ellis y Winston Norman Scott.

6º—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 172 del 23 de agosto del 2012, publicado en La Gaceta Nº 230 del 28 de noviembre del 2012, se modificó la Junta Directiva del Fondo de Desarrollo de la provincia de Limón; siendo necesaria una nueva modificación, a fin de efectuar el nombramiento del representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y ratificar el nombramiento de los miembros de la Junta Directiva que no fueron designados por el Poder Ejecutivo. Por tanto,

ACUERDAN:Artículo 1º—Se modifica el Acuerdo Ejecutivo Nº 172 del 23 de

agosto de 2012, publicado en La Gaceta Nº 230 del 28 de noviembre de 2012, a fin de realizar el nombramiento del representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, nombramiento que recae en la persona de la Licenciada Katia Lucía Arley León, portadora de la cédula de identidad N° 7-071-767. Asimismo, ratificar el nombramiento de los señores Delroy Barton Brown, Blanca Rosa Mejía Medina, Carlos Umaña Ellis y Winston Norman Scott. Conforme lo anterior, la Junta Directiva del Fondo de Desarrollo de la Provincia de Limón, creado mediante Ley Nº 7454 del 22 de noviembre de 1994 y modificado mediante la Ley Nº 7901 del 27 de julio de 1999, queda integrada de la siguiente manera:

a) Delroy Barton Brown, cédula de identidad número 7-036-206, como representante de la Presidenta Ejecutiva de JAPDEVA, quien la presidirá y será su representante legal.

b) Katia Lucía Arley León, cédula de identidad número 7-071-767, como representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

c) Carlos Umaña Ellis, cédula de identidad 6-092-432 como representante de los Consejos Municipales de la Provincia de Limón.

d) Blanca Rosa Mejía Medina, cédula de identidad número 8-0092-0079 como representante de la Federación Provincial de Uniones Cantonales de Asociaciones de Desarrollo de la Provincia de Limón.

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e) Winston Norman Scott, cédula de identidad 7-066-374, como representante del Movimiento Limón en Lucha.Artículo 2º—Rige a partir de su publicaciónDado en la Presidencia de la República.—San José, a las

quince horas y cuarenta minutos del día tres del mes de agosto de 2015.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Segnini Villalobos.—1 vez.—O. C. N° 24446.—Solicitud N° 17505.—(IN2015055891).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIORN° 0232-2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 346-2007 de fecha 30 de

agosto de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 193 del 08 de octubre de 2007, a la empresa C-Mini Luces Innova- Technologies LTDA., cédula jurídica número 3-102-377563, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, como empresa de servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 inciso c) de la citada Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 17 de diciembre de 2014, 30 de enero, 18, 25 y 26 de mayo del 2015, ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa C-Mini Luces Innova- Technologies LTDA., cédula jurídica número 3-102-377563, solicitó la renuncia al Régimen de Zonas Francas.

III.—Que de conformidad con los artículos 53 ter y 53 quáter del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe verificar que la empresa que pretende renunciar haya cumplido con los requisitos correspondientes, así como también con las demás obligaciones previstas en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa C-Mini Luces Innova- Technologies LTDA., cédula jurídica número 3-102-377563, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 69-2015, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva aceptación de la renuncia, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

V.—Que la empresa C-Mini Luces Innova- Technologies LTDA., cédula jurídica número 3-102-377563, rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.

VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:1º—Aceptar la renuncia al Régimen de Zonas Francas presentada

por la empresa C-Mini Luces Innova- Technologies LTDA., cédula jurídica número 3-102-377563.

2º—Rige a partir de su notificación.Comuníquese y publíquese.Dado en la Presidencia de la República. San José, a los diecinueve

días del mes de junio del dos mil quince.LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio

Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—(IN2015052108).

DOCUMENTOS VARIOS

HACIENDADIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, N° 9069 de 10 de setiembre de 2012, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de resolución denominado “Resolución de requisitos de Pagos Parciales de Renta” Las observaciones sobre el proyecto en referencia, deberán expresarse ya sea por escrito y dirigirlas a la Dirección de Recaudación de la Dirección General de Tributación, sita en San José, Edificio La Llacuna, calle 5, avenidas central y primera; o en formato digital en la siguiente dirección electrónica: [email protected].

Para los efectos indicados, el citado Proyecto de Reglamento se encuentra disponible en el sitio Web: www.hacienda.go.cr, sección “Propuesta en Consulta Pública”, opción “Proyectos Reglamentarios Tributarios” (http://www.hacienda.go.cr/contenido/13130-proyectos-reglamentarios).—San José, a las catorce horas del diecisiete de julio del 2015.—Carlos Vargas Durán, Director General.—O. C. Nº 3400023907.—Solicitud Nº 38420.—(IN2015052852).

2 v. 2.Que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo

del artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, Nº 9069 de 10 de setiembre de 2012, se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de decreto ejecutivo denominado “Modificación del artículo 12 de la resolución Nº DGT-R-037-2011”. Las observaciones sobre el proyecto en referencia, deberán expresarse ya sea por escrito y dirigirlas a la Dirección de Recaudación de la Dirección General de Tributación, sita en edificio La Llacuna, calle 5, avenida central y primera; o en formato digital en la siguiente dirección electrónica: [email protected]. Para los efectos indicados, el citado Proyecto de Reglamento se encuentra disponible en el sitio web: www.hacienda.go.cr, sección “Propuesta en Consulta Pública”, opción “Proyectos Reglamentarios Tributarios” (http://www.hacienda.go.cr/contenido/13130-proyectos-reglamentarios).—San José, a las nueve horas y treinta minutos del catorce de agosto de 2015.—Carlos Vargas Durán, Director General.—O. C. N° 3400023907.—Solicitud N° 38417.—(IN2015052861). 2 v. 1.

EDUCACIÓN PÚBLICADIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZAnte esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo II, Folio 66, Título N° 1856, emitido por el Colegio El Carmen, en el año dos mil once, a nombre de Rodríguez Vindas Mónica, cédula: 2-0700-0138. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los tres días del mes de agosto del dos mil quince.—Departamento de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015052098).

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La Gaceta Nº 172 — Jueves 3 de setiembre del 2015 Pág 11

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título N° 092, emitido por el Liceo Académico con Innovación Tecnológica Valle Azul, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Jeannette Vásquez Chacón, cédula 205310165. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de julio del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N° 36887.—(IN2015052382).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 117, título N° 629, extendido en el año dos mil uno y del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el tomo II, folio 46, título N° 608, extendido en el año dos mil dos, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Puntarenas, a nombre de Solano Coronado Jonathan, cédula número 6-0331-0649. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N° 37445.—(IN2015052398).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 248, Título N° 2873, emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año dos mil seis, a nombre de Fernández Mora Denisse María, cédula: 1-1380-0751. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los doce días del mes de agosto del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015052627).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 69, título N° 1870, emitido por el Colegio Nocturno Presbitero Enrique Menzel, en el año dos mil seis, a nombre de César Alberto Torres Sánchez, cédula 304100576. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiún días del mes de julio del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N° 37174.—(IN2015052715).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, asiento 26, título N° 15, emitido por el Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar Sede CTPL, en el año dos mil trece, a nombre de Yasime Altnor Mccook. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Fuller Banns Yasime Nicole, cédula N° 9-0133-0167. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de julio del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015052812).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZAnte esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición

del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 157, título N° 654, emitido por el Colegio de Cedros, en el año dos mil tres, a nombre de Prado Granados María Vanessa, cédula: 1-1186-0498. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en

San José, a los seis días del mes de junio del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N° 35808.—(IN2015052851).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 107, título N° 1443, emitido por el Colegio México, en el año dos mil nueve, a nombre de Madrigal Castro Marjorie, cédula 1-1508-0698. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días del mes de junio del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN205052944).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, título N° 198, emitido por el Liceo San Miguel, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Marín Zeledón Johans, cédula: 1-0985-0544. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de agosto del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015052953).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, asiento 21, título N° 173, emitido por el Liceo de Ticaban, en el año dos mil ocho, a nombre de Dixon Araya Espinoza, cédula 113880504. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de julio del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015053440).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAnte este Dirección se ha presentado la solicitud de reposición

del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 30, título N° 84, emitido por el Liceo Los Ángeles Pital, en el año dos mil ocho, a nombre de Vargas Parra Glenda María, cédula N° 2-0687-0692. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve días del mes de junio del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—Solicitud N° 35847.—(IN2015052866).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 44, Título N° 300, emitido por el Colegio Científico Costarricense, Sede Cartago en el año dos mil cinco, a nombre de Davis de Jesús Garbanzo Núñez. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: David de Jesús Garbanzo Núñez, cédula: 3-0424-0901. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de agosto del dos mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2015052939).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples del Mercado de la Coca Cola R.L., siglas

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COOPEMERCOCACOLA R.L, acordada en asamblea celebrada el 27 de agosto del 2013. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el diario oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos: 7, 10, 11, 13, 17, 20, 28, 38, 41, 43, 46, 49, 50, 56, 69, 70, 71 y 75 del Estatuto.—Asuntos Laborales.—Licda. Eugenia Segura Fallas, Subdirectora.—1 vez.—(IN2015053887).

JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Cambio de Nombre N° 97650-A

Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de New Saks & Company, solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre por fusión de Saks & Company por el de New Saks & Company, presentada el 30 de junio de 2015, bajo expediente 97650. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0004369 Registro N° 89582 SAKS FIFTH AVENUE en clase 25 Marca Mixto y 2004-0006499 Registro N° 151716 SAKS FIFTH AVENUE en clase 25 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de agosto de 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—(IN2015053931).

Cambio de Nombre N° 97650-BQue Marco Antonio Jiménez Carmiol, cédula de identidad

102990846, en calidad de apoderado especial de Saks & Company Llc, solicita a este registro se anote la inscripción de cambio de nombre de New Saks & Company por el de Saks & Company Llc, domicilio en 2711 Centerville Road, Suite 400, Wilmington, New Castle, Delaware 19808, United States of America, presentada el día 30 de Junio de 2015, bajo expediente 97651. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0004369 Registro N° 89582 SAKS FIFTH AVENUE en clase 25 Marca Mixto y 2004-0006499 Registro N° 151716 SAKS FIFTH AVENUE en clase 25 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de agosto de 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—(IN2015053933).

Cambio de nombre Nº 97605Que Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de identidad

Nº 105850980, en calidad de apoderado especial de Soil Tech C.R Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Tecnología Biológica Ambiental S. A., domiciliada en San José, Barrio Luján, avenida 12 bis, entre calles 27 y 29, contiguo al Colegio de Ingenieros Químicos, cédula jurídica Nº 3-101-216905, por el de Soil Tech C.R Sociedad Anónima, Barrio Luján, del parque Los Mangos 75 metros al oeste, contiguo al Colegio de Ingenieros Químicos, San José, presentada el día 26 de junio del 2015, bajo expediente Nº 97605. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0004792 Registro Nº 152207 T.B.A LAGOON KLEEN en clase 1 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de julio del 2015.—Walter Campos Fernández, Registrador.—1 vez.—(IN2015054165).

Patentes de invenciónPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula Nº 1-669-228, mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Array Biopharma Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: COMPUESTOS DE N-PIRROLIDINIL, N´-PIRAZOLIL-UREA, TIOUREA, GUANIDINA Y

CIANOGUANIDINA COMO INHIBIDORES DE TRKA CINASA. Compuestos de fórmula (I) o estereoisómeros, tautómeros, o sales, solvatos o profármacos farmacéuticamente aceptables de estos, donde R1, R2, Ra, Rb, Rc, Rd, X, el anillo B y el anillo C son como se definen en la presente y donde el anillo B y el resto NH-C(=X)-NH se encuentran en la configuración trans, son inhibidores de TrkA cinasa y son útiles en el tratamiento de enfermedades que se pueden tratar con un inhibidor de TrkA cinasa como dolor, cáncer, inflamación/enfermedades inflamatorias, enfermedades neurodegenerativas, algunas enfermedades infecciosas, síndrome de Sjogren, endometriosis, neuropatía periférica diabética, prostatitis o síndrome de dolor pélvico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61P 29/00; A61K 31/415; A61P 31/00; C07D 403/12; A61P 27/02; C07D 401/14; A61P 35/00; C07D 403/14; cuyo(s) inventor(es) es(son) Allen, Shelley, Brandhuber, Bárbara, J., Kercher, Timothy, Kolakowski, Gabrielle, R., Winski, Shannon, L. Prioridad: 13/11/2013 US 61/725, 913; 12/11/2013 WO 2013US069729. Publicación internacional: 22/05/2014 WO2014/078323. La solicitud correspondiente lleva el número 20150300, y fue presentada a las 14:55:00 del 05 de junio del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 09 de junio del 2015.—Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador.—Solicitud Nº 35383.—(IN2015052665).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Grupo Rotoplas S. A. de C.V., de México, solicita el Diseño Industrial denominada MODELO INDUSTRIAL DE CASETA PARA BAÑO.

El modelo industrial de Caseta para Baño, tal como se ha referido e ilustrado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 25/03; cuyo(s) inventor(es) es (son) Santos-Burgoa Márquez Eduardo. Prioridad: 03/11/2014 MX F/2014/003359. La solicitud correspondiente lleva el número 20150229, y fue presentada a las 13:59:00 del 30 de abril del 2015.

Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de junio del 2015.—Lic. Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—Solicitud N° 35526.—(IN2015052743).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada LACTAMAS FUSIONADAS DE ARILO Y HETEROARILO.

Esta invención se refiere a compuestos de la fórmula general en la cual R1, R2, U, V, L, M, R5, m, X, Y y Z son como aquí se definieron, y las sales farmacéuticamente aceptables del mismo, a composiciones farmacéuticas que comprenden dichos compuestos y sales, y a métodos para utilizar esos compuestos, sales y composiciones para el tratamiento de crecimiento celular anormal, que incluye

cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 401/06; C07D 401/14; C07D 403/14; C07D 407/14; C07D 413/06; C07D 413/14; C07D 471/04; cuyos inventores son: Edwards, Martin Paul, Kumpf, Robert Arnold, Kung, Pei-Pei, Mcalpine, Indrawan James, Ninkovic, Sacha, Rui, Eugene Yuanjin, Sutton, Scott Channing, Tatlock, John Howard, Wythes, Martin James, Zehnder, Luke Raymond.

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La Gaceta Nº 172 — Jueves 3 de setiembre del 2015 Pág 13

Prioridad: 21/12/2012 US 61/740, 596; 05/12/2013 WO 2013IB060682. Publicación Internacional: 26/06/2014 WO 2014/097041. La solicitud correspondiente lleva el número 20150279, y fue presentada a las 13:50:21 del 26 de Mayo del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de junio del 2015.—Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Solicitud N° 35527.—(IN2015052747).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICASAsociaciones civiles

AVISOSRegistro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción

el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Ministerio Misionero Conquistadores del Reino, ACMMCR, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Palmares, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: presencia de sus asociados como cristianos, en la vida espiritual, social, cultural y política de Palmares, Alajuela. Cuyo representante, será el presidente: Jorge Arturo González Arce, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 144090 con adicional(es): 2015-333472. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 24 minutos y 43 segundos, del 18 de agosto del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015053740).

El Registro de Personas Jurídicas ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Instituto Regulador de la Denominación de Origen del Café Tarrazú, con domicilio en la provincia de San José, Tarrazú, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: proteger, controlar, regular, normar, vigilar, delimitar, autorizar, fomentar, supervisar y promocionar las denominaciones de origen o indicaciones geográficas conforme con la Ley de Marcas y otros signos distintivos. Cuyo representante será el presidente: Roque Humberto Mata Naranjo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 10 minutos y 23 segundos del 15 de junio del 2015. Documento tomo: 2015, asiento: 78638.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015053929).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad: Asociación de Boliche Dent, con domicilio en la provincia de: San José-San José. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover en la niñez, la juventud, adultos y adultos mayores el interés en la práctica del deporte del boliche como actividad recreativa y competitiva, especialmente en las instalaciones del Boliche Dent. Cuyo representante, será el presidente: Arnoldo José Pinto Rawson, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 276017.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 19 minutos y 51 segundos del 25 de agosto del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015054182).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad: Asociación Cristiana El Renuevo de las Asambleas de Dios, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Ramón. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: propagación del evangelio de Jesucristo, formar discípulos según lo que establece la palabra de Dios y de acuerdo

al ejemplo de nuestro Señor Jesucristo. Cuyo representante, será el presidente: Jorge Araya Monge, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento: 311198 con adicional(es): 2015-151894.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 45 minutos y 28 segundos del 27 de julio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015054197).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-669346, denominación: Asociación de Educación y Compromiso con el Desarrollo Social Integral de la Niñez y la Adolescencia. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 139633.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 39 minutos y 42 segundos del 17 de junio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015054227).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad: Asociación Comunitaria Indígena de Productores Agropecuarios de Boruca (ACIPRABO), con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Buenos Aires. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover y ejecutar actividades productivas, agrícolas y pecuarias y de soberanía alimentaria con sus afiliados. Cuyo representante, será el presidente: Anastasio Leiva Morales, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 167277.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 32 minutos y 2 segundos del 10 de agosto del 2015.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—(IN2015054253).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad: Asociación Monso Dimigagro Ja To Digagra, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Corredores. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: impulsar diferentes proyectos que beneficien a los jóvenes estudiantes Ngabes de primaria, segundaria y educación superior. Cuyo representante, será el presidente: Ernesto Jiménez Caballero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 43199.—Dado en el Registro Nacional, a las 16 horas 48 minutos y 48 segundos del 9 de marzo del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015054255).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-173902, denominación: Asociación Pro Construcción del Hospital de Siquirres. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 99458.―Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 13 minutos y 35 segundos, del 1° de junio del 2015.—1 vez.―(IN2015054327).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADOHABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER:

Page 14: La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de setiembre del ... · Carmen Muñoz Quesada. Ministerio de gobernación y policía. Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez. ... (Manual

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Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ANTONIO JOSÉ VILLALOBOS ARIAS, con cédula de identidad número 1-1404-0532, carné número 23003. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE N° 15-001343-0624-NO.—San José, 18 de agosto del 2015.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2015053860).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CATALINA CHAVES SALOMÓN, con cédula de identidad número 1-1340-0508, carné número 22530. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXP. N° 15-001377-0624-NO.—San José, 21 de agosto del 2015.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2015053899).

HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MAX ALBERTO MONESTEL PERALTA, con cédula de identidad número 1-1115-0129, carné número 17511. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE N° 15-001367-0624-NO.—San José, 19 de agosto del 2015.—Licda. Amalia Zeledón Lostalo, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2015053921).

AMBIENTE, ENERGÍADIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 16619A.—José Rodrigo Solano Hidalgo, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas: 197.993 / 522.801, hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de julio del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—Solicitud Nº 38496.—(IN2015052366).

Exp. Nº 16620A.—José Rodrigo Solano Hidalgo, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Aserrí, San José, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas: 203.830 / 527.892, hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de julio del 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—Solicitud Nº 38499.—(IN2015052368).

Exp. N° 16596A.—Carnes Virrey Colonial S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento 1, efectuando la captación en finca de Ferox S. A. en Aserrí, Aserrí, San José, para uso consumo humano doméstico, agropecuario-abrevadero-riego-granja y turístico. Coordenadas 202.572 / 523.409 hoja Abra. 1,5 litros por segundo del nacimiento 2, efectuando la captación en

finca de su propiedad en Aserrí, Aserrí, San José, para uso consumo humano doméstico, agropecuario-abrevadero-riego-granja y turístico. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de junio de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015052466).

Expediente N° 11348A.—Water Monterreal S. A., solicita concesión de: 4,7 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso comercial - envasado de agua. Coordenadas 248.450 / 495.500 hoja Quesada. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 18 de agosto de 2015.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(IN2015052522).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOSRegistro Civil-Departamento CivilSECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por José Daniel Avilés Colindres, se ha dictado la resolución N° 3495-2015 que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y dos minutos del veinticuatro de julio de dos mil quince. Exp. N° 22326-2015. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Daniel Colindres, no indica y Karol Lorena Vallecillo Villareyna, en el sentido que los apellidos del cónyuge son Avilés Colindres, hijo de Rubén Alberto Avilés Cerna y Rosa Colindres, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015053783).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lucy Maricin Guerra Espinoza, se ha dictado una resolución N° 991-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del cuatro de marzo de dos mil quince. Exp. N° 477-2015. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el Fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Lucy Maricin Guerra Espinoza, en el sentido que el segundo apellido y la nacionalidad de la madre de la persona inscrita son Espinosa y panameña, respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015053796).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Santa Isabel Jarqufn Canales, se ha dictado la resolución N° 906-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas diecinueve minutos del veintisiete de febrero de dos mil quince. Exp. N° 46264-2013 Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.-Sobre el Fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos nacimiento de María Auxiliadora Gutiérrez Canales; de Inés del Socorro Gutiérrez Canales y de Adriana Ester Gutiérrez Canales, en el sentido que los apellidos de la madre son Jarquín Canales.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015053864).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Mayra del Carmen Díaz no indica, se ha dictado la resolución N° 1242-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas del diecisiete de marzo de dos mil quince. Exp. N° 46692-2012. Resultando 1.-... 2.-... Considerando: I.- Hechos Probados:... II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Maikel Daniel Granados Díaz, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona inscrita son Mayra del Carmen Díaz no indica segundo apellido.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015053894).

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Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Manuel Trejos Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3799-2013.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del doce de noviembre de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 33119-2013. Resultando 1.-..., 2.-..., 3.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Alisson Stacy Trejos Fallas...; en el sentido que los apellidos de la madre... son “Araya Fallas”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015053908).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Blanca Nieves Chávez Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3168-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta y tres minutos del diecinueve de setiembre de dos mil catorce. Exp. 48506-2013. Resultando 1.-... 2.-... 3.-... Considerando: I.- Hechos Probados:.. II.- Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Alondra Deyanira Chaves Sabala, en el sentido que los apellidos de la madre y consecuentemente, los apellidos de la menor son “Chávez Vargas”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015053925).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Bernardo José Romero no indica, se ha dictado la resolución Nº 3395-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del veinte de julio del dos mil quince. Expediente Nº 52017-2012. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Génesis Dariana Romero Granados, en el sentido que el apellido del padre es “Romero, no indica segundo apellido”.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015054257).

Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por Michell Steven Carvajal Chaves, se ha dictado la resolución N° 3839-2015 que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas treinta y ocho minutos del seis de agosto de dos mil quince. Exp. N° 26602-2015. Resultando 1º—... 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Michell Steven Carvajal Chaves, en el sentido que el nombre de la persona inscrita es Mitchell Steven.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015054258).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Socorro del Carmen Gaitán, se ha dictado la resolución N° 3482-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cincuenta y dos minutos del veintitrés de julio de dos mil quince. Exp. N° 22271-2015. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Josué Joel García Gaitán, en el sentido que el apellido del padre es García, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015054308).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalizaciónCarlos Alberto Meza Berrios, mayor, soltero, estudiante,

nicaragüense, cédula de residencia número 155801329330, vecino/a de Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 133075-2014.—San José, quince horas del dos de julio de dos mil quince.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015053813).

Silvana Patricia Marenco Castillo, mayor, soltera, cajera, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155810319222, vecina de San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 134907-2015.—San José, cuatro de agosto del dos mil quince.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015054196).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN“DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS”

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000013-2203Suministro de gas licuado de petróleoModalidad entrega según demanda

(Art. 154 R.L.C.A.)La Subárea de Contratación Administrativa del Centro

Nacional de Rehabilitación, les comunica la fecha de apertura de la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000013-2203, por “Suministro de gas licuado de petróleo”.

La fecha y hora máxima para recibir ofertas será el 25 de setiembre del 2015, al ser las 10:00 horas, en la Subárea de Contratación Administrativa de este Centro Médico.

El cartel con las especificaciones técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en la Recepción de la Subárea de Contratación Administrativa. Los cupones para la adquisición del cartel, están a la venta en la Caja Chica de este Centro. Valor del cartel: ¢250,00 (doscientos cincuenta colones exactos). Asimismo se puede consultar mayor información en la página web: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2203.

San José, 31 de agosto del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Marilyn Barrantes Vargas, Jefa.—1 vez.—(IN2015055813).

GERENCIA LOGÍSTICAÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000029-05101Tornillos canulados autoperforante y autorroscante

de titanio, para hueso cortical y esponjoso,que incluyan rosca corta y larga

El Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social invita a los interesados en participar en la Licitación Pública N° 2015LN-000029-05101 para la contratación de:

Ítem N° Código CCSS Objeto Contractual

Único 2-72-02-4860

Tornillos canulados autoperforante y autorroscante de titanio, para hueso cortical y esponjoso, que incluyan rosca corta y larga

El cartel se encuentra disponible a través de la Plataforma de Compras Electrónicas Compr@Red, en la siguiente dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared.

El cierre del plazo para la recepción de ofertas es el 19 de octubre del 2015 a las 10:00 horas.

San José, 31 de agosto del 2015.—Línea de producción de Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(IN2015055834).

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GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍASDIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y

COMUNICACIONESSUBÁREA GESTIÓN DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000011-1150Accesorios para servidores HP RX, sistema de almacenamiento

3PAR y Switch CISCOSe informa a los interesados que está disponible el cartel de la

Licitación mencionada anteriormente, con apertura de ofertas para el 24 de setiembre del 2015, a las 9:00 a.m. Valor aproximado del cartel ¢700,00. Ver mayores detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Subárea Gestión de Compras.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2015055837).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000010-1150Servicios de Telecomunicaciones para la Administración

de Ancho de BandaSe informa a los interesados que está disponible el cartel de la

Licitación mencionada anteriormente, con apertura de ofertas para el 2 de octubre del 2015, a las 9:00 a.m. Valor aproximado del cartel ¢800,00. Ver mayores detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Subárea Gestión de Compras.—Mba. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(IN2015055838).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000038-2101

Utensilios de cocinaSe informa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada

Nº 2015LA-000038-2101, por concepto de utensilios de cocina, que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 18 de setiembre del 2015, a las 10:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 1º de setiembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015055929).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000050-2101Omalizumab 150 mg. Frasco

Se informa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada 2015LA-000050-2101, por concepto de Omalizumab 150 mg. Frasco, que la fecha máxima de recepción de ofertas es el 25 de setiembre de 2015 a las 10:00 a. m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 1° de setiembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. i.—1 vez.—(IN2015055930).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2015LN-000007-2101Nilotinib 200 mg cápsulas

Se informa a los interesados en la Licitación Pública Nacional 2015LN-000007-2101, por concepto de Nilotinib 200 mg cápsulas, que la fecha máxima de ofertas es el 9 de octubre de 2015 a las 9:00 a. m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 1° de setiembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. i.—1 vez.—(IN2015055931).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000047-2101Inmunoglobulina Antitimocítica

Se informa a los interesados en la Licitación Abreviada 2015LA-000047-2101, por concepto de Inmunoglobulina Antitimocítica, que la fecha máxima de ofertas es el 23 de setiembre de 2015 a las 9:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 1° de setiembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. i.—1 vez.—(IN2015055934).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000045-2101Camas de hospitalización y su mantenimiento preventivoSe informa a los interesados en la Licitación Abreviada 2015LA-

000045-2101, por concepto de camas de hospitalización y su mantenimiento preventivo, que la fecha máxima de ofertas es el 25 de setiembre de 2015 a las 9:00 a. m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 1° de setiembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. i.—1 vez.—(IN2015055936).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000049-2101Fluticasona 250 UG

Se informa a los interesados en la Licitación Abreviada 2015LA-000049-2101, por concepto de Fluticasona 250 UG que la fecha máxima de ofertas es el 23 de setiembre de 2015 a las 10:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 1° de setiembre del 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. i.—1 vez.—(IN2015055937).

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍASPROYECTO EXPEDIENTE DIGITAL ÚNICO

DE SALUD (EDUS)LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Nº 2015LA-000002-1107Adquisición del servicio: Soluciones móvilpara el sistema integrado de ficha familiar

del proyecto expediente digitalúnico en salud

A los oferentes interesados en participar en el concurso antes mencionado, se les comunica que la fecha de apertura de las ofertas está programada para el día jueves 18 de setiembre del 2015 a las 10:00 horas. En Oficinas Centrales de la caja piso 10, edificio Laureano Echandi, oficinas Proyecto Expediente Digital Único en Salud. Para consultas comunicarse con la Licda. Estelia Cruz Chinchilla, al número de teléfono: 2539-0192 o la dirección de correo electrónico [email protected]. Horario de lunes a jueves de 07:00 a. m. a 04:00 p. m., viernes de 07:00 a. m. a 03:00 p. m.

Ing. Manuel Rodríguez Arce, MAP.—1 vez.—(IN2015056001).

AVISOSREFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000042-02Contratación de los servicios del mantenimiento

y soporte del licenciamiento SAPLa Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en la

Licitación Abreviada Nº 2015LA-000042-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 24 de setiembre del 2015.

Se les informa a los proveedores y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de la página web de Recope: www.recope.go.cr.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014003942.—Solicitud Nº 39216.—(IN2015055823).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000041-02Contratación de los servicios de administración,

operación y procesos de certificación delcentro de datos del Plantel El Alto

La Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000041-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de Recope, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización

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La Gaceta Nº 172 — Jueves 3 de setiembre del 2015 Pág 17

Tournón Norte, San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 14 de setiembre del 2015.

Se les informa a los proveedores y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de la página web de Recope: www.recope.go.cr.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web: www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014003942.—Solicitud Nº 39214.—(IN2015055868).

COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE POCOCÍLICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 04-2015

Compra de equipo de cómputo para actualizaciónde la especialidad de informática del C.T.P. de PococíLa Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional de

Pococí, recibirá ofertas por escrito, hasta las dieciséis horas (16:00 p. m.) del 23 de setiembre del 2015, para la “Compra de equipo de cómputo para las especialidades técnicas de la institución”.

El cartel puede ser retirado, en la Oficina de Tesorería de la Institución, situada en las instalaciones del Colegio Técnico Profesional de Pococí únicamente, frente al Hotel Suerre, Guápiles, Pococí, Limón.

Guápiles, Pococí, Limón, 25 de agosto del 2015.—Junta Administrativa.—Sra. Karla Cruz Jiménez, Presidenta.—1 vez.—(IN2015056054).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000001-MAConstrucción y equipamiento del edificio del Centrode Desarrollo y Cuido Infantil en Alajuelita centro,

Urbanización “Juan Pablo II”, CECUDI,distrito Central cantón de Alajuelita

La Municipalidad de Alajuelita, por medio del Departamento de Proveeduría, tiene el agrado de invitarle a participar en el siguiente proceso licitatorio:

Licitación Pública 2015LN-000001-MA. Construcción y equipamiento del edificio del Centro de Desarrollo y Cuido Infantil en Alajuelita centro, Urbanización “Juan Pablo II”, CECUDI, distrito Central cantón de Alajuelita.

El cartel se podrá cancelar (diez mil colones) y retirar, en la municipalidad, costado norte del Parque Central de Alajuelita, y las ofertas se recibirán 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta invitación a las nueve horas, en el salón de sesiones de la misma. La visita de pre oferta se determinará en el pliego de condiciones del cartel Licda. Karen Redondo Bermúdez. Encargada de Proveeduría.

26 de agosto del 2015.—Área de Proveeduría.—Lic. Karen Redondo Bermúdez, Encargada.—1 vez.—(IN2015055899).

ADJUDICACIONESSALUD

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000021-63102

PROGRAMA CONTROL DE TABACOOrganización de la II Carrera Atlética Recreativa

Regional Occidente Ley Nº 9028 “Apoyo a laVida sin Tabaco y sin Drogas”

El Programa Control de Tabaco a través de la Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, comunica que por medio de la resolución Nº 0207-2015 del 27 de agosto del 2015, se resolvió adjudicar esta contratación de la siguiente manera:

Línea 1 (Contratación de servicios profesionales en la organización, coordinación, apoyo y logística para la Segunda Carrera Atlética Recreativa Regional de Occidente Ley Nº 9028 “Apoyo a la Vida sin Tabaco y sin Drogas”), a la oferta Nº 2 presentada

por la empresa: Corporación Vado Quesada S. A., cédula jurídica Nº 3-101-261506, por un monto total de veintidós millones doscientos mil colones exactos (¢22.200.000,00).

San José, 28 de agosto del 2015.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 3400024176.—Solicitud Nº 39303.—(IN2015056007).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALDIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000020-DCADMContratación de servicios de una empresa que brinde el servicio para

el cálculo de riesgos financieros(consumo por demanda)

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular hace del conocimiento de los interesados en la licitación abreviada N° 2015LA-000020-DCADM, que la Comisión de Licitaciones Abreviadas mediante Acta N° 368-2015 del 28 de agosto del 2015, acuerda por unanimidad adjudicar la presente licitación en los siguientes términos a:

Proveedor Integral de Precios Centroamérica S. A. C. J. 3-101-475759.Oferta económica: Ver folio 383 de la oferta y 552-553 del informe de adjudicación, lo anterior por tratarse de un consumo según demanda.Plazo del servicioEl plazo del servicio será de un año con posibilidad de prórrogas

por tres períodos iguales adicionales hasta un máximo de cuatro años de prestación total. El plazo empezará a contabilizarse a partir del día que el Banco, a través del fiscalizador del contrato emita gire la orden de inicio, una vez firmado y refrendado el contrato.

Garantía de cumplimiento: Deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto de ¢8.500.000,00 (ocho millones quinientos mil colones exactos) y con una vigencia de catorce meses.

Demás condiciones con el cartel, informe de adjudicación N° 123-2015.

Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2015055828).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAOFICINA DE SUMINISTROS

REMATE Nº 3-2015Remate de máquinas de impresión offset y digital

La Oficina de Suministros mediante Resolución de Adjudicación Nº UADQ 373-2015, acuerda lo siguiente:

1. Adjudicar el Remate Nº 3-2015 titulado “Remate de máquinas de impresión offset y digital”, de la siguiente forma:

A: Róger Castro Jiménez, cédula de identidad Nº 1-0685-0637. Partida Nº 1 (Máquina Solna 132). Monto total rematado: ¢500.000,00.2. Declarar infructuosas las partidas Nº 2 (máquina de impresión digital

marca HP, modelo Indigo) y la Nº 3 (suministros para máquina de impresión digital marca HP, modelo Indigo) debido a que no se presentaron ofertas, coordinando con el usuario la revisión de los precios y nuevos posibles proveedores.

Monto total adjudicado: ¢500.000,00.Sabanilla de Montes de Oca, 01 de setiembre del 2015.—

Departamento de Adquisiciones.—MBA. Vanessa Jaubert Pazzani, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 39290.—(IN2015056008).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000034-2104Por la adquisición de sonda con balón

para extracción de cálculo biliarEmpresa adjudicada: Ítem Nos. 02 y 03 “Promoción Médica S. A.”Ítem Nos. 01 y 04 “Multiservicios Electromédicos S. A.”San José, 01 de setiembre del 2015.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—(IN2015056017).

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Pág 18 La Gaceta Nº 172 — Jueves 3 de setiembre del 2015

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000001-01Contratación de Comisionistas Encargados de la Venta de los Planes del Sistema

de Ahorro y Préstamo del INVULa Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, según consta en el acta de sesión ordinaria Nº 6146 en el

artículo II), inciso 6), celebrada el 27 de agosto del 2015, acuerda: Adjudicar la Licitación Pública Nº 2015LN-000001-01 “Contratación de Comisionistas Encargados de la Venta de los Planes del Sistema de Ahorro y Préstamo del INVU”, a los siguientes veinticuatro oferentes con fundamento en los oficios GG-1215-2015 de la Gerencia General y UAC-297-2015 de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones en el cual se adjunta Análisis Administrativo, Legal y Técnico de dicha Licitación:

Oferta Nombre Representante LegalExperiencia

30 %

Recursos Materiales

10 %

Examen 60 %

Total

1 32 Errol Herrera Alvarado Errol Herrera Alvarado 30% 10% 60,00% 100,00%

2 9 Herbert Enrique Bolaños Valerio Herbert Enrique Bolaños Valerio 30% 10% 57,00% 97,00%

3 10 Casa Nueve Punto Cero S.A. Rolando Zúñiga Alvarado 30% 10% 57,00% 97,00%

4 31 Credicasa Nueve por Ciento GCG S.A. Gustavo Carballo Guevara 30% 10% 57,00% 97,00%

5 30Ricardo Audino Díaz - Ricardo Díaz Fonseca

Ricardo Audino Díaz - Ricardo Díaz Fonseca

30% 10% 53,00% 93,00%

6 5 Ana Isabel Navarro Pereira Ana Isabel Navarro Pereira 30% 10% 52,50% 92,50%

7 7 J.J.Joseph S.A. Jilma Joseph Hines 30% 10% 52,50% 92,50%

8 8 María Ermida Monge Rojas María Ermida Monge Rojas 30% 10% 52,50% 92,50%

9 24 Loma Inversiones MGM S.A. Lorena Matamoros 30% 10% 52,50% 92,50%

10 21 Vivienda Nueve por Ciento NQO S.A. Noé Quesada Oquendo 30% 10% 52,20% 92,20%

11 1 Corporación AIMG S.A. Alfonso Brenes Rivera 30% 10% 49,50% 89,50%

12 25 Sergio Chacón Mata Sergio Chacón Mata 30% 10% 49,50% 89,50%

13 27 Arte y Belleza S.A. Olman Umaña 30% 10% 49,50% 89,50%

14 26 Arturo Laitano Torres Arturo Laitano Torres 25% 10% 54,00% 89,00%

15 11 Inversiones Quevedo S.A. Mariano Alvarado Quevedo 30% 10% 48,00% 88,00%

16 33 Erick Ricardo Sáenz Calvo Erick Ricardo Sáenz Calvo 30% 10% 48,00% 88,00%

17 39 Gerhard Stefan Schlager Love Gerhard Stefan Schlager Love 30% 10% 48,00% 88,00%

18 20 Comercializadora Bonacasa S.A. Diego Cascante Cruz 25% 10% 52,50% 87,50%

19 23 Inversiones Najovis S.A. Israel Castro Torres 25% 10% 52,20% 87,20%

20 3 Lidianette García Valerio Lidianette García Valerio 30% 10% 45,00% 85,00%

21 36 Comercializadora de Vivienda JRAC S.A. José Ramón Alvarado 30% 10% 45,00% 85,00%

22 40 César Cerda Canifrú César Cerda Canifrú 25% 10% 46,50% 81,50%

23 2 Inmobiliaria Nilleth Mendoza S.A. Nilleth Mendoza 20% 10% 51,00% 81,00%

24 34 Alejandra Montoya Solís Alejandra Montoya Solís 25% 10% 45,00% 80,00%

Acuerdo firme.San José, 1º de setiembre del 2015.—Unidad de Adquisiciones y Contrataciones.—Lic. Alejandro Sequeira Umaña.—1 vez.—

(IN2015055867).

NOTIFICACIONESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICODIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA

Número de expediente: 2013CD-000424-2104.Objeto: Mantenimiento preventivo y correctivo de autoclaves.Código: 0-03-20-0080.Nombre de la empresa: Grupo Medics Centroamericana LLC S. A.Número de la cédula jurídica: 3-101-197420.Número de proveedor de la CCSS: 21529.Tipo de sanción: apercibimiento según el artículo 99 inciso a)

de la Ley de Contratación Administrativa.Motivo por el cual se sancionó: por haber incumplido el

artículo 20 de la Ley de Contratación Administrativa, al no cumplir con lo pactado.

Tiempo de sanción: dos años a partir de su publicación.Ejecución de garantía de cumplimiento.Lic. Vilma Campos Gómez, Directora Administrativa

Financiera.—1 vez.—(IN2015056016).

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICALICITACIÓN PÚBLICA

Concesión de la soda institucionalLa Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de

Seguridad Pública, comunica a todos los interesados que por un error material se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 167 del jueves 27 de agosto del 2015 y la Nº 170 del 01 de setiembre del 2015, la invitación a la Licitación Pública “Concesión de la soda institucional”, indicándose en dicha publicación el número de licitación: 2014LN-000001-08900, siendo el correcto: 2015LN-000004-08900, así mismo se informa que para dicha Licitación Pública se prorroga la fecha de la apertura de ofertas para el próximo martes 29 de setiembre del 2015, a las 10:00 horas. Es todo.

San José, 04 de setiembre del 2015.—Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Alberto Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. Nº 3400024678.—Solicitud Nº 39251.—(IN2015055865).

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La Gaceta Nº 172 — Jueves 3 de setiembre del 2015 Pág 19

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONALLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000011-SCA

Construcción edificio emprendedurismo, educaciónpermanente, cadena de abastecimiento y apoyo

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional, comunica a los interesados en esta licitación que se han realizado modificaciones y aclaraciones al pliego de condiciones, las cuales se pueden accesar en la página web de la Proveeduría, dirección: www.una.ac.cr/proveeduria en la parte de documentos para proveedores.

Asimismo se informa que la nueva fecha para la recepción de ofertas será el 25 de setiembre del 2015, a las 09:00 horas.

Todo lo demás permanece invariable.Heredia, 01 de setiembre del 2015.—Mag. Kattia Castro

Arias, Dirección.—1 vez.—O. C. Nº P0023276.—Solicitud Nº 39307.—(IN2015056006).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000015SCAConstrucción obras institucionales

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional, comunica a los interesados en esta licitación que se han realizado modificaciones y aclaraciones al pliego de condiciones las cuales se pueden accesar en la página web de la proveeduría, dirección: www.una.ac.cr/proveeduria en la parte de documentos para proveedores.

Asimismo se informa que la nueva fecha para la recepción de ofertas será el 21 de setiembre del 2015, a las 14:00 horas.

Heredia, 01 de setiembre del 2015.—Mag. Kattia Castro Arias, Directora a. í.—1 vez.—O. C. Nº P0023276.—Solicitud Nº 39306.—(IN2015056010).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL-HEREDIALICITACIÓN ABREVIADA MODALIDAD POR

CONSIGNACIÓN Nº 2015LA-000017-2208Por Troponina, NT PRO BNPy Procacitonina o Presepsina

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los oferentes interesados en participar en la presente licitación, que por motivo de Recursos de objeción al cartel de especificaciones técnicas y administrativas presentados por diferentes oferentes, se prorroga apertura de ofertas para el día 22 de setiembre del 2015 a las 10:00 horas.

Oportunamente se estará comunicando la resolución de la misma o en su defecto el cartel de especificaciones técnicas y administrativas modificado.

Heredia, 31 de agosto del 2015.—Dirección Administrativa.—Msc. Óscar Montero Sánchez.—1 vez.—(IN2015055913).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000018-2208Por mantenimiento predictivo, preventivo, correctivo

y verificación para equipo de Rayos X TransporteLa Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San

Vicente de Paúl, comunica a los oferentes interesados en participar en la presente licitación, que por motivo de Recurso de objeción al cartel de especificaciones técnicas y administrativas, se prorroga apertura de ofertas para el día 22 de setiembre del 2015 a las 11:00 horas.

Oportunamente se estará comunicando la resolución de la misma o en su defecto el cartel de especificaciones técnicas y administrativas modificado.

Heredia, 31 de agosto del 2015.—Dirección Administrativa.—Msc. Óscar Montero Sánchez.—1 vez.—(IN2015055914).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍALICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2015LN-000009-PRI

(Circular Nº 1)Compra de productos químicos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación podrán retirar, sin costo alguno, la Circular Nº 1, en la Dirección Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas o accesarla en la web: www.aya.go.cr, Link Proveeduría.Expediente.

Demás condiciones del cartel permanecen invariables.Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº

6000000728.—Solicitud Nº 39221.—(IN2015055822).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURALEl Instituto de Desarrollo Rural comunica una aclaración al

cartel del siguiente proceso de contratación.LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2015LN-000003-02Construcción de acueducto en el Asentamiento La Virgen,

Dirección Huetar Norte, Subregión La Santa RosaA los interesados en participar en el presente concurso se

les comunica que en la página Web de la institución se colocó la aclaración Nº l al cartel, la cual podrá ser descargadas en la siguiente dirección www.inder.go.cr apartado Contratación Administrativa, submenú Unidad de Compra 2, el cartel mantiene todas las demás condiciones invariables incluyendo fecha y hora de apertura. Consultas 2247-7514.

Área de Contratación y Suministros.—Lic. Karen Valverde Soto.—1 vez.—(IN2015055902).

AVISOSCOMISIÓN COSTARRICENSE

DE COOPERACIÓN CON LA UNESCOLICITACIÓN ABREVIADA N° 2015CCCU-01-15

Adquisición de un vehículo todo terreno 4x4La Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO

informa a todos los oferentes que retiraron la Licitación Abreviada N° 2015CCCU-01-15, para la adquisición de un vehículo todo terreno 4x4, que se le efectuaron a dicho concurso los siguientes cambios en cuanto a la forma de pago y fecha de recepción y apertura de ofertas, las cuales fueron aprobadas en sesión ordinaria de Comité Ejecutivo N° 643-2015 celebrada el día 1° de setiembre del año en curso, según acuerdo N° 6-643-2015; los cambios realizados son los siguientes:

a) Como parte de pago, ya no se entregará el vehículo Honda Civic Sedán cuatro puertas modelo 2004, placa 570707, valorado por el Área de Valoraciones Administrativas de la Administración Tributaria San José Oeste, según avalúo No. ATSJO-AVA-133-2015, Expediente N° 6170 Del Ingeniero Rodolfo Alfaro Rivera, en un monto de ¢4.200.000,00 (cuatro millones doscientos mil colones netos), sino que se cancelará el vehículo adquirido de contado a la casa proveedora ganadora de esta licitación de acuerdo a las fechas de pago establecidas por la Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO.

b) Dentro de las características del vehículo a comprar en cuanto a la transmisión y tracción se acepta con Caja de Cambios Automática o Caja de Transmisión manual de cinco velocidades hacia delante sincronizadas y una hacia atrás.

c) La fecha para la recepción y apertura de ofertas será el día 16 de setiembre del 2015 hasta las 11:00 horas, en la siguiente dirección: San José, Barrio Escalante, del Instituto Intensa 50 metros al este.Msc. José Rafael Alvarado Cortés, Secretario General.—1

vez.—(IN2015055825).

Page 20: La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de setiembre del ... · Carmen Muñoz Quesada. Ministerio de gobernación y policía. Lic. Carlos Alberto Rodríguez Pérez. ... (Manual

Pág 20 La Gaceta Nº 172 — Jueves 3 de setiembre del 2015

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE MORAVIA

El Concejo Municipal de Moravia, según acuerdo N° 2561-2015, tomado en la sesión ordinaria N° 273 del 20 de julio del 2015, aprobó en forma definitiva modificación al artículo 56 del Reglamento de administración, funcionamiento y organización del Cementerio Municipal de Moravia, según se transcribe:

“Artículo 56.- Costo de alquiler de nichos. El arrendamiento de nichos será quinquenal y la tarifa de alquiler se fijará de la siguiente forma:

a. Para el primero año o tracción será el equivalente al monto que se cobra de forma anual a los titulares de derechos por concepto de mantenimiento de bóvedas vigentes al momento de otorgarse el arrendamiento.

b. Para los años sucesivos, el alquiler será el mismo monto aplicable al mantenimiento de bóvedas que se encuentre vigente.

Conforme al artículo 31 de este reglamento, existe la posibilidad de prorrogar el arriendo por un único quinquenio, no obstante, la falta de pago del alquiler de uno o más periodos durante el primer quinquenio será causal para no renovar el alquiler. De no darse la prórroga del arriendo, se procedería a trasladar los restos contenidos en los nichos al osario general, según lo establecido por este reglamento”.

De conformidad con el artículo 43 del Código Municipal la presente publicación otorga eficacia jurídica a la modificación reglamentaria dicha.

Lic. Juan Pablo Hernández Cortés, Alcalde.—1 vez.—(IN2015053879).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAVICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-3665-2015.—Aguilera Apestegui Cristin Daniela, R-199-2015, cédula Nº 1-1349-0571, solicitó reconocimiento y equiparación del título Bachiller en Ciencias de la Salud, Florida International University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de julio del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 37859.—(IN2015052202).

ORI-3639-2015.—Dawson Alisia Michelle, R-193-2015, residente temporal Nº 184001585026, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciatura en Enfermería, University of Alabama in Huntsville, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 24 de julio del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 37858.—(IN2015052203).

ORI-3607-2015.—Tinoco González Daniella, R-183-2015-B, cédula Nº 1-1131-0340, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster Universitario en Investigación en Psicología Clínica, Especialidad en Psicología Clínica de la Infancia y la Adolescencia, Universitat Autónoma de Barcelona, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la

publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 23 de julio del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 37857.—(IN2015052206).

ORI-3693-2015.—Boncompagni Gordienko Gianluca, R-206-2015, cédula Nº 1-1507-0954, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciatura en Ciencias de la Comunicación, Alma Mater Studiorum Universidad de Bolonia, Italia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de julio del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 37863.—(IN2015052208).

ORI-3670-2015.—Beirute Brealey Tatiana, R-202-2015, cédula Nº 1-1194-0944, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Desarrollo Humano, Facultad Latinoamericana en Ciencias Sociales (FLACSO), Costa Rica. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de julio del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 37862.—(IN2015052211).

ORI-3675-2015.—Aguilera Apestegui Cristin Daniela, R-199-2015-B, cédula Nº 1-1349-0571, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Ciencias en Patología del Habla y Lenguaje, Florida International University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de julio del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 37861.—(IN2015052212).

ORI-3792-2015.—Sánchez Aguilar Andrés, R-211-2015, cédula N° 1-1128-0016, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría de Ciencias en Gestión de Tecnología a Nivel Internacional, Universidad de Warwick, Inglaterra. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 08 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38427.—(IN2015052501).

ORI-3790-2015.—Waisleder Goldberg Andrés Mehir, R-420-2014-B, cédula N° 1-0891-0265, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Derecho (LL.M.), Georgetown University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38446.—(IN2015052505).

ORI-3835-2015.—Colocho Morales Ana María, R-245-2015, residente permanente N° 122200234303, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciatura en Contaduría Pública, Universidad de El Salvador, El Salvador. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38448.—(IN2015052506).

ORI-3813-2015.—Acuña Amador Federico, R-217-2015, cédula N° 1-0934-0122, solicitó reconocimiento y equiparación del título Profesional especialista en Implantología Buco Maxilo

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ORI-3904-2015.—Breneman Noemi B, R-230-2015, residente temporal: 184001515219, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Psicología, Universidad Argentina John F. Kennedy, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 38439.—(IN2015052822).

ORI-3843-2015.—Cibeyra Vanina Amparo, R-228-2015, pasaporte: AAA411447, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Psicología, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 5 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 38438.—(IN2015052824).

ORI-3894-2015.—Ogaza Álvarez Sandra María, R-227-2015, cédula 8-0090-0471, solicitó reconocimiento y equiparación del título Administrador de Hotelería y Turismo, Universidad Externado de Colombia, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 38437.—(IN2015052831).

ORI-3815-2015.—Jen Yow Liu Lin, R-225-2015, cédula: 8 0064 0369, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en Medicina (Urología Ginecológica), Universidad Nacional Autónoma de México, México. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 4 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 38435.—(IN2015052838).

ORI-3887-2015.—Mastroianni María Antonieta, R-219-2015, residencia permanente: 138000137936, solicitó reconocimiento y equiparación del título Médica Cirujana, Universidad del Zulia, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 6 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 38434.—(IN2015052842).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE CARTAGO

El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón central de Cartago comunica que, mediante el artículo N° XV de la sesión ordinaria Nº 398-2015, del día 18 de agosto del 2015, se aprobó con dispensa de trámite de comisión y como acuerdo definitivamente aprobado, el traslado de la sesión ordinaria correspondiente al martes 15 de setiembre del 2015, para el día miércoles 16 de setiembre del 2015, a las 6:00 p. m. en el salón de sesiones de la Municipalidad de Cartago.

Guisella Zúñiga Hernández, Coordinadora del Concejo Municipal y Secretaria.—1 vez.—(IN2015054298).

Facial, Universidad de Chile, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38433.—(IN2015052805).

ORI-3826-2015.—Rubiano Chaparro Giovanna, R-216-2015, pasaporte: AQ339032, solicitó reconocimiento y equiparación del título Administradora Deportiva, Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Colombia. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38430.—(IN2015052809).

ORI-3820-2015.—Gómez de La Hoz Penélope, R-212-2015, cédula N° 3-0439-0356, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora en Medicina, Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra, República Dominicana. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38429.—(IN2015052811).

ORI-3880-2015.—García Pariente Héctor, R-243-2015, pasaporte: BD336605, solicitó reconocimiento y equiparación del título graduado en Ingeniería Civil con mención en Construcciones Civiles, Universidad de Salamanca, España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 06 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38445.—(IN2015052814).

ORI-3881-2015.—Arias Ramírez Rafael Ángel, R-239-2015, cédula N° 2-0380-0658, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctorado en Geografía, University of Minnesota, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 06 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38444.—(IN2015052817).

ORI-3842-2015.—Funes Ramírez Víctor Manuel, R-235-2015, pasaporte: A00606118, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina, Universidad de El Salvador, El Salvador. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 130999.—Solicitud N° 38442.—(IN2015052818).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZORI-3844-2015.—Reuben Matamoros Sergio Danilo, R-231-

2015, cédula: 1 1093 0745, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Artes (MA) en el Área de Antropología Cultural y Sociología del Desarrollo, con una especialización en Cultura de Medios, Visual y Material, Universidad de Leiden, Holanda. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de agosto del 2015.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 130999.—Solicitud Nº 38441.—(IN2015052821).

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e. Revisión y aprobación de remuneraciones para el encargado de la administración de la sociedad.

f. Otros asuntos que sean incluidos para discusión por acuerdo de los socios durante la asamblea.Rodrigo Soto Feoli, Presidente.—1 vez.—(IN2015055912).

IMPORTADORA TRES HIJ S. A.Asamblea general

extraordinaria de accionistasImportadora Tres HIJ S. A., representada en este acto

por los señores: León Bibas Merenfeld y Stanley Jay Rattner, respectivamente, en su condición de vicepresidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, convocan a los accionistas de la sociedad a asamblea general extraordinaria de accionistas de conformidad con lo que establece el artículo 156 del Código de Comercio y los estatutos sociales, que se celebrará a las diez horas del día dieciséis (16) de setiembre del dos mil quince (2015), en San José, Escazú, San Rafael Centro Comercial Atlantis Plaza, oficinas tres-cuatro. Si no hubiere quórum legal, se convoca a una segunda asamblea que se llevará a cabo el mismo día y lugar a las diez horas treinta minutos, en cuyo caso, habrá quórum con cualquier número de accionistas que se encuentren presentes o representados.

Orden del día1. Comprobación del quórum.2. Lectura y aprobación del orden del día.3. Conocer y someter a aprobación la autorización para suscribir

contrato de fideicomiso y otorgar en garantía bienes inmuebles de la compañía, garantizando crédito específico para capital de trabajo, hasta por la suma de tres millones de dólares exactos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.

4. Conocer y someter a aprobación el otorgar constituir a la sociedad como fiadora solidaria de crédito para capital de trabajo.

5. Autorizar expresamente a los representantes legales a suscribir todo tipo de documentos que se requieran para el cumplimiento de los actos señalados en los puntos 3 y 4.Para su participación en la asamblea los señores accionistas o

sus representantes deberán presentar documentos probatorios de su identidad: Cédula de identidad o pasaporte vigente. En el caso de representantes de accionistas, sean éstos personas jurídicas o físicas, deberán aportar además carta poder, debídamente autenticada, o bien certificación notarial o del Registro Público que lo acredite como apoderado o representante legal.

La fecha de cierre del Libro de Registro de Accionistas será el próximo catorce (14) de setiembre del dos mil quince (2015), por consiguiente, los accionistas que tendrán derecho a participar en la asamblea de Importadora Tres HIJ S. A., serán los que acrediten su titularidad en dicho libro hasta la fecha indicada.

León Bibas Merenfeld, Vicepresidente.—Stanley Jay Rattner, Secretario.—1 vez.—(IN2015055942).

COSTA RICA FISHING CLUBSe convoca a los socios de la empresa: Costa Rica Fishing

Club, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria a realizarse el día lunes 05 de octubre del 2015, a las dieciocho horas, en las oficinas del Club Amateur de Pesca ubicadas en Sabana Oeste. Asuntos a tratar: 1. Aprobación de estados financieros y gestión de los administradores. 2. Revisar el valor de las acciones. 3. Analizar el estado actual del inmueble de esta propiedad; y 4. Temas varios que los socios deseen consultar y proponer. De no existir quórum a la hora señalada, y con base en lo establecido en los estatutos sociales, la asamblea se iniciará en segunda convocatoria, a las veinte horas con los socios presentes.

Alberto Laurencich Castro, Presidente.—1 vez.—(IN2015055989).

AVISOSCONVOCATORIAS

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICAASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA N° 213

23 de setiembre de 2015De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley Orgánica

del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, N° 1038 y conforme con lo aprobado por la junta directiva en su sesión ordinaria número 24-2015, celebrada el día 03 de agosto de 2015, se convoca a las y los contadores públicos autorizados a la asamblea de junta general extraordinaria, a realizarse el día miércoles 23 de setiembre de 2015, en la sede del Colegio, sita en Moravia, San Vicente en primera convocatoria 17:30 horas. De no contar con el quórum de Ley para la primera convocatoria, de conformidad con el artículo 18 citado, se sesionará en segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha señalada al ser las 18:00 horas para lo cual hará quórum cualquier número de miembros presentes:

Orden del díaI- Comprobación del quórum y apertura de la asamblea.II- Aprobación del orden del día.

III- Entonación del Himno Nacional y del himno del colegio.IV- Recursos de apelación en materia de admisión por parte de la

comisión ad hoc de asamblea.V- Procedimiento administrativo y nombramiento de órgano

director de acuerdo al informe N° EAP-INF-06-2011, de la Procuraduría de la Ética Pública.

VI- Aprobación de inversión de activos fijos del colegio.VII- Clausura de la asamblea general por parte del presidente.

Se les recuerda que para participar en las asambleas es requisito obligatorio estar al día en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias al 31 de agosto del 2015.

San José, 31 de agosto del año 2015.—Lic. Mauricio Artavia Mora, Director Ejecutivo.—(IN2015055618). 2 v. 2.

KAWA MOVEMENT CENTER S. A.CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL

ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE SOCIOSEl suscrito, Rodrigo Soto Feoli, en mi condición de presidente

de esta sociedad, en virtud de un error de publicación en La Gaceta, dejó sin efecto la convocatoria realizada para el día nueve de setiembre del dos mil quince, y realizo nueva convocatoria de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, a celebrarse en las oficinas de Sfera Legal, ubicadas en Plaza Roble, en el Edificio El Pórtico, tercer piso, San Rafael de Escazú, San José, a las quince horas del veinticinco de setiembre del dos mil quince, en primera convocatoria; y a las dieciséis horas del veinticinco de setiembre del dos mil quince, en segunda convocatoria. Durante la asamblea se discutirán los siguientes asuntos:

a. Aprobación o improbación de remoción y/o nuevos nombramientos de miembros de la junta directiva.

b. Presentación de informes de resultados para los períodos que finalizaron el 30 de setiembre del 2013 y el 30 de setiembre del 2014. En la presentación de informes se revisarán los estados financieros, declaraciones de renta, comprobantes de ingresos y egresos y en general toda la información contable y financiera de la empresa para los períodos 2013 y 2014.

c. Presentación de informe de funciones para el período del 01 de octubre del 2014 al 30 de junio del 2015. En la presentación del informe se revisará en general el estado financiero de la sociedad, comprobantes de ingresos y egresos y en general toda la información contable y financiera de la empresa para dicho período.

d. Aprobación o improbación de los informes y resultados presentados. Revisión y discusión de medidas que se consideren oportunas.

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AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

BRISAS DEL PACÍFICO JP SOCIEDAD ANÓNIMASe informa que el día de hoy la sociedad Brisas del Pacífico

JP Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-uno cuatro cuatro tres ocho cinco, vendió establecimiento mercantil denominado Panadería de París” administrada por El Calamar de Tamarindo Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-seis ocho seis tres nueve seis sociedad representada por la señora Claudine Triquet portadora del pasaporte número uno tres C V siete tres tres cero cuatro, el cual se localiza frente al hotel Tamarindo Vista Villas, en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, venta realizada a la sociedad Sebada del Sol Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-seis nueve dos dos dos seis. Se cita a los acreedores e interesados para que dentro del término de quince días a partir de la primera publicación se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con el Artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio. Publíquese el presente aviso por tres veces consecutivas.—La Garita, Santa Cruz, Guanacaste, a las diecisiete horas del catorce de agosto del dos mil quince.—Licenciada Ismene Arroyo Marín, Notario.—(IN2015053183).

TRES-CIENTO DOS- SEIS NUEVE CINCO SEIS SIETENUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Se informa que el día de hoy la sociedad Tres-Ciento Dos- Seis Nueve Cinco Seis Siete Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número: tres-ciento dos- seis nueve cinco seis siete nueve, vendió establecimiento mercantil denominado “Hotel Mahayana”, el cual se localiza, en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, ciento cincuenta metros noreste del Hotel Pasatiempo. Se cita a los acreedores e interesados para que dentro del término de quince días a partir de la primera publicación se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio. Publíquese el presente aviso por tres veces consecutivas.—La Garita, Santa Cruz, Guanacaste, a las diecisiete horas del treinta de julio del dos mil quince.—Licenciada Ismene Arroyo Marín, Notaria.—(IN2015053184).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZLIFEMILES CORP.

Mediante documento N° 2-97702 presentado a las 13:41:30 horas del 3 de julio del 2015, ante el Registro de la Propiedad Industrial, se solicita la transferencia del establecimiento comercial de Grace Patricia Zúñiga Campos a favor de Lifemiles Corp., y en la cual se incluye la marca Lifemiles (mixta), registro 208431. Lo anterior, de conformidad con las disposiciones del artículo 479 del Código de Comercio, para la citación de acreedores e interesados.—San José, 10 de agosto del 2015.—Dra. Alejandra Castro Bonilla, Notaria.—(IN2015053619).

PANAMERICAN WOODS PLANTATIONSSOCIEDAD ANÓNIMA

Panamerican Woods Plantations Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-243251, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Richard Antal ha solicitado la reposición de las acciones número 1045-1 a 10, 1046-1 a 10, 1183-1 a 10, 1184-1 a 10, 1185-1 a 10, 1673-1 a 10, 1674-1 a 10, 1675-1 a 10, 3517-1 a 10, 6314-1 a 5, 6315-1 a 5, 7079-1 a 5, 7080-1 a 5 y los señores William Riggs y Ann Marie Riggs la reposición de las acciones número 3608-1 a 10, 3767-1 a 10, 3768-1 a 10. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifieste su oposición dirigida a: Panamerican Woods Plantations S. A., domicilio en San José, Mata Redonda, Sabana Norte, esquina sureste de la intersección entre calle 68 y avenida 9A.—Dr. Néstor Baltodano Vargas, Presidente.—(IN2015053622).

BANIRHO SOCIEDAD ANÓNIMALa suscrita Nicole Hélène Dusewoir, número de cédula de

residencia costarricense uno cero cinco seis cero cero cero dos cuatro dos cero cuatro, presidenta con facultades de apoderada generalísima de Banirho Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y cinco mil novecientos noventa y ocho, sociedad propietaria de las fincas filiales cinco y ocho del Condominio la Nunciatura, con cédula de persona jurídica número tres-ciento nueve-doscientos sesenta y dos mil seiscientos setenta y tres, hago saber que se extravió el libro de “Actas de Asamblea de Propietarios”, número uno, lo anterior para efectos de reponer el libro mencionado ante el Departamento respectivo del Registro Nacional.—San José, 19 de agosto de 2015.—Nicole Hélène Dusewoir, Presidenta.—(IN2015054523).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZRECONSTRUCTORA DE CLUTH ROJAS

SOCIEDAD ANÓNIMAEl suscrito Carlos Santiago Rojas Torres, mayor, empresario,

con cédula de identidad número uno-quinientos noventa y dos-cero quince, en mi condición de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Reconstructora de Cluth Rojas Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos diez mil doscientos ochenta, sociedad con domicilio en Ciudad Quesada, ochocientos metros al norte del Hospital, San Carlos, Alajuela; ante la Dirección General de Tributación Directa y la Sección Personas Jurídicas del Registro Nacional, por extravío de los libros número uno: de Actas de Asambleas de Socios, Registro de Socios y Actas de Consejo de Administración, por lo que solicita la reposición de los siguientes libros sociales: Actas de Asambleas Generales de Socios, Registro de Socios y Actas de Consejo de Administración, todos número uno. Quien se considere afectado o hubiere alguna persona interesada en que no se haga tal reposición, dirigir las oposiciones a la oficina de la Licenciada Ivannia Barboza Carvajal, en Ciudad Quesada, cincuenta metros al sur de la Ermita de Barrio San Antonio, San Carlos, Alajuela; en el término de ocho días hábiles contados a partir de su publicación.—Ciudad Quesada, quince de julio del dos mil quince.—Carlos Santiago Rojas Torres, Presidente.—1 vez.—(IN2015053826).

CORPORACIÓN MOKING INC SOCIEDAD ANÓNIMASe comunica a los interesados que se ha presentado ante el

Registro Público la Reposición de Libro de Actas de Asambleas Generales de la entidad Corporación Moking Inc Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-491679. Notaría Bufete Rodríguez, trescientos metros oeste y cincuenta sur del Correo de Heredia.—Heredia, doce de agosto del dos mil quince.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2015053843).

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICAQue la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica,

constituida en Consejo de Disciplina, sesión 17-2015, mediante acuerdo número 2015-17-0327 dispuso dictar como medida cautelar la suspensión en el ejercicio de la profesión del licenciado Edgar Jiménez Coto, colegiado 3814, quedando sujeta esta medida cautelar a la sustanciación modificación de la pena en sede penal, debiendo tal medida cautelar disponerse al amparo de los artículos 10.1, 11, 14 de la Ley Orgánica del Colegio, 76 del citado Código y 332 de la Ley General de la Administración Pública. Lo anterior conforme a la sumaria penal 05-0022756-0042-PE. Rige a partir de esta publicación. (Expediente administrativo 055-15).—Licda. Vilma B. Mesén Madrigal, Fiscal.—1 vez.—(IN2015053882).

CORPORACIÓN LATINOAMERICANA DE TECNOLOGÍADE INFORMACIÓN T.I. SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Latinoamericana de Tecnología de Información T.I. Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-210179, solicita ante el Registro Nacional, Sección Mercantil, la reposición de los siguientes libros: Junta de Accionistas, Junta Directiva, y Registro de Socios.—Primero de julio de dos mil quince.—Luis Matamoros González, Presidente.—1 vez.—(IN2015054013).

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INVERSIONES FERYMAR SOCIEDAD ANÓNIMAPor este medio se hace saber del extravío de los siguientes

libros legales: a) Registro de Accionistas número uno; b) Actas Asamblea de Socios; y c) Actas Asambleas Junta Directiva, todos de la compañía Inversiones Ferymar Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-diecisiete mil cuatrocientos cuarenta. Publíquese una vez para efectos de reposición de libros ante el Registro Mercantil del Registro Nacional.—San José, dieciocho de agosto de dos mil quince.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Presidente.—1 vez.—(IN2015054431).

SAULT & SAULT CORPORATIONSOCIEDAD ANÓNIMA

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y dos-siete, otorgada a las doce horas del veinte de agosto del dos mil quince, se solicita reposición del libro de actas de asamblea de socios de la sociedad Sault & Sault Corporation Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y ocho mil ciento cincuenta y ocho.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054871)

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZPor escritura otorgada ante mi notaría a las 17 horas del 29 de

julio del 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Constructora Sánchez Vargas S. A., en la que se disminuye capital a 400.000.000 de colones.—San José, 29 de julio del 2015.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—(IN2015050059).

Se informa que el día siete de agosto del año dos mil quince la sociedad Ocelia One Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula jurídica número: tres - ciento dos - seiscientos ochenta y ocho mil novecientos ocho, vendió establecimiento mercantil denominado Lazy Wave Coctails, el cual se localiza, en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, frente Apparhotel Portofino, venta realizada a la sociedad Candela del Sol Limitada, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento dos-seiscientos noventa y nueve mil novecientos ochenta y siete. Se cita a los acreedores e interesados para que dentro del término de quince días a partir de la primera publicación se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio. Publíquese el presente aviso por tres veces consecutivas.—La Garita, Santa Cruz, Guanacaste, a las diecisiete horas del catorce de agosto del año dos mil quince.—Licenciada Ismene Arroyo Marín, Notaria.—(IN2015053181).

En escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veinte de agosto de dos mil quince Erial BQ Sociedad Anónima reduce capital social. Presidente: Ángel Alverde Losada.—Lic. Marco Vinicio Solano Gómez, Notario.—(IN2015053208).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZEn escritura otorgada a las 8:00 horas del 13 de julio del 2015,

de Remur Corp Remodelación Urbana S. A., cédula jurídica 3-101-493569, se modificó cláusula primera del nombre para que se llame Blue Fire and Security Systems S. A., se modifica cláusula de la representación presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 17 de julio del 2015.—Licda. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 36591.—(IN2015047185).

En esta Notaría, a las 08:00 horas del 6 de julio del 2015, mediante escritura número 130 del tomo 6, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Vistas del Mar y Lapas Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-673079, en la cual se acuerda nombrar nuevo secretario y fiscal.—San Lorenzo de Flores, 06 de julio del 2015.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 35812.—(IN2015052854).

HARDWARE & NETWORK SOCIEDAD ANÓNIMAHardware & Network Sociedad Anónima, cédula jurídica

N° 3-101-190488, solicita ante el Registro Nacional, Sección Mercantil, la reposición de los siguientes libros: Junta de Accionistas, Junta Directiva, y Registro de Socios.—Primero de julio de dos mil quince.—Luis Matamoros González, Presidente.—1 vez.—(IN2015054016).

PROYECTOS SOLARES DE GUANACASTE P.V.SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Arturo Gerardo Céspedes Ruiz, mayor, casado, ingeniero mecánico, vecino de San José, con cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos noventa y cuatro-cero cero veintitrés, en mi carácter de presidente y representante legal de la sociedad Proyectos Solares de Guanacaste P.V., Sociedad Anónima, de este domicilio, con cédula jurídica número Tres-ciento uno-seiscientos setenta y tres mil doscientos cuarenta y uno, informo que por haberse extraviado los Libros Número Uno de Actas de Asambleas de Socios y Libro Número Uno de Actas de Junta Directiva de la sociedad, estoy procediendo a su reposición. Se hace esta publicación para los efectos del artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para la legalización de Libros de Sociedades Mercantiles.—San José, veinte de agosto del dos mil quince.—Arturo Gerardo Céspedes Ruiz, Presidente.—1 vez.—(IN2015054336).

PROYECTOS SOLARES DE CAÑAS P.V.SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Arturo Gerardo Céspedes Ruiz, mayor, casado, Ingeniero Mecánico, vecino de San José, con cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos noventa y cuatro-cero cero veintitrés, en mi carácter de Presidente y representante legal de la Sociedad Proyectos Solares de Cañas P.V., Sociedad Anónima, de este domicilio, con cédula jurídica número Tres-ciento uno-seiscientos setenta y tres mil doscientos cuarenta y cuatro, informo que por haberse extraviado los Libros Número Uno de Actas de Asambleas de Socios y Libro Número Uno de Actas de Junta Directiva de la Sociedad, estoy procediendo a su reposición. Se hace esta publicación para los efectos del artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para la legalización de Libros de Sociedades Mercantiles.—San José, veinte de agosto del año dos mil quince.—Arturo Gerardo Céspedes Ruiz, Representante Legal.—1 vez.—(IN2015054338).

GANADERA LA FLOR Y LA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMAPor escritura pública número sesenta y ocho de las quince

horas del doce de agosto del año dos mil quince la sociedad Ganadera La Flor y La Cruz Sociedad Anónima, ha procedido solicitar al Registro Público la reposición de sus Libros Legales por extravío.—San José, doce de agosto de dos mil quince.—Lic. Patricia Vanolli Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2015054345).

DESPACHO MURILLO MARCHINI & COMPAÑÍASOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Por este medio se hace saber del extravío del libro legal de Registro de Cuotistas número uno de la compañía Despacho Murillo Marchini & Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula jurídica tres-ciento dos-quince mil seiscientos trece. Publíquese una vez para efectos de reposición de libros ante el Registro Mercantil del Registro Nacional.—San José, dieciocho de agosto de dos mil quince.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Gerente.—1 vez.—(IN2015054427).

COMERCIO INTERNACIONALDOS MIL SOCIEDAD ANÓNIMA

Por este medio se hace saber del extravío del libro legal de Registro de Accionistas número uno de la compañía Comercio Internacional Dos Mil Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil seiscientos cuarenta y siete. Publíquese una vez para efectos de reposición de libros ante el Registro Mercantil del Registro Nacional.—San José, dieciocho de agosto de dos mil quince.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Presidente.—1 vez.—(IN2015054429).

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en la sociedad Old Plantation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—21 de julio de 2015.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 36782.—(IN2015053437).

En mi notaría a las ocho horas del treinta y uno de julio de dos mil quince, se protocolizó acta de la sociedad 3-101-477654, S.A., donde se reformó la cláusula de la administración y del domicilio.—San José, treinta y uno de julio de dos mil quince.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 37438.—(IN2015053438).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 18 de agosto del año 2015, se protocolizó acta de reunión general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Charlie y Petty S.R.L., con cédula jurídica tres-ciento dos-seis seis nueve tres ocho siete, se nombra nuevo subgerente, se cambia cláusula sexta de representación del pacto social constitutivo.—Guanacaste, 18 de agosto del 2015.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—(IN2015053439).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:20 horas del 30 de julio del año 2015, se protocoliza acta de asamblea número tres de la sociedad Tres-Ciento Dos-Seis Nueve Cinco Seis Siete Nueve S.R.L, cédula de persona jurídica número 3-102-695679, se nombra nuevo gerente y se modifica domicilio social.—Guanacaste, 20 de agosto del 2015.—Lic. Deiver Alonso Ramírez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2015053441).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 del 24 de agosto del 2015, protocolicé asamblea de la sociedad Schultz y González S. A., cédula 3-101-173144, nombra presidente.—San José, 24 de agosto del 2015.—Lic. Alfredo Antonio López Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015053443).

Mediante escritura número 148, otorgada ante esta notaria a las 14:00 del 31 de julio 2015, se protocoliza acta número 17 de la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Rural de la Comunidad de Bajo San José y San Francisco de San Carlos de Tarrazú, mediante la cual se nombra nueva junta directiva. Presidente: José Luis Monge Navarro.—San Marcos de Tarrazú, 31 de julio del 2015.—Licda. Sandra Navarro Marín, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 37422.—(IN2015053444).

La suscrita notaria hace constar que ante su notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria donde se modifica la razón social de Corporación Vans de Costa Rica S. A. a Sugar Town Sociedad Anónima.—San José, 31 de julio del 2015.—Licda. Hannia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 37402.—(IN2015053446).

Ante esta notaría al ser las ocho horas del veintisiete de julio del dos mil quince, se disolvió por acuerdo unánime de socios la sociedad Inversiones Inmobiliarias Deproha Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil quinientos noventa y nueve.—San José, a las ocho horas del treinta de julio del dos mil quince.—Licda. Ana Cecilia Rivas Tinoco, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 37392.—(IN2015053448).

Por escritura 128-05 del tomo 05 del protocolo de la notaria pública Maribel Barrantes Rojas, otorgada en esta ciudad a las 18:45 horas del 30 de julio del 2015, la sociedad costarricense 3-102-699823 S.R.L., cedula jurídica tres-ciento dos-seiscientos noventa y nueve mil ochocientos veintitrés, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, treinta de julio del dos mil quince.—Lic. Maribel Barrantes Rojas, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 37388.—(IN2015053451).

Por escritura 3-11 de las 12:30 del 2 de julio de 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Aromas para el Alma S. A., cédula jurídica 31014153585, se acuerda reformar domicilio, capital social.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 37382.—(IN2015053452).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del seis de julio del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Arquitectura JOF Sociedad Anónima, en la cual se modifica se aumenta el capital social y se modifica el pacto constitutivo.—San José, 6 de julio del 2015.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 35820.—(IN2015052857).

Mediante escritura Nº 2 visible a partir del folio 2 frente del tomo 16 de mi protocolo, otorgada a las 15:00 horas del 06 de julio de 2015, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tres Ciento Uno Seiscientos Noventa y Ocho Mil Doscientos Treinta y Nueve Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula tercera de su pacto constitutivo, referente a su objeto. Notario: Jorge Valverde Retana.—Lic. Jorge Valverde Retana, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 35829.—(IN2015052859).

Yo protocolicé acuerdos de la sociedad Izidream, S.R.L., se acuerda modificar la cláusula de administración. Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández. Es todo.—San José, veintitrés de junio de dos mil quince.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 35830.—(IN2015052862).

Por escritura de las ocho horas del seis julio de dos mil quince otorgada ante esta notaría pública se nombran nuevos gerentes de la sociedad Babylon Oriental Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cinco cinco seis cinco cuatro ocho.—San José, siete de julio de dos mil quince.—Licda. Fabiana Gutiérrez León Páez, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 35833.—(IN2015052863).

Por escritura número setenta y uno - ocho otorgada ante los notarios públicos Carlos Corrales Azuola y Alberto Saenz Roech, actuando en el protocolo del primero a las ocho horas del siete de julio del año dos mil quince, se acuerda reformar el artículo quinto, el artículo sétimo correspondiente a las asambleas de socios y administración, se acuerda otorgar poder generalísimo, revocar y realizar nombramientos de presidente, secretario y tesorero, vocal uno, vocal dos, vocal tres y vocal cuatro correspondientes a la sociedad Tres - Ciento Uno - Seiscientos Noventa y Cinco Mil Quinientos Catorce S. A.—San José, 07 de julio del año 2015.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Conotario.—1 vez.—Solicitud N° 35894.—(IN2015052868).

Mediante escritura pública número doscientos catorce-tres, otorgada ante mí a las diez horas con treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil quince, se reformo la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Treinta y Nueve Mil Trescientos Ochenta y Cinco.—San José, dieciocho de agosto del dos mil quince.—Lic. Bismarck Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 38462.—(IN2015052926).

Ante esta notaría, en San José, al ser las 17 horas del 9 de julio del 2015, se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Siete Mil Novecientos Catorce S. A.—San José, 9 de julio del 2015.—Msc. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 36069.—(IN2015052937).

Por escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las 16:00 horas del 22 de junio de 2015, se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, así como nombrar nuevo agente residente al señor Rodolfo Herrera García en la sociedad Oasis Verde de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—21 de julio de 2015.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 36781.—(IN2015053435).

Por escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las 15:00 horas del 22 de junio de 2015, se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, así como nombrar nuevo agente residente al señor Rodolfo Herrera García,

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López, cédula uno-uno cuatro cinco cinco-cero tres seis cinco, nombran como fiscal a, Marco Camacho Obando, cédula tres-cero dos ocho ocho-cero dos cero dos, correspondiéndole al presidente la representación judicial y extrajudicial sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, al ser las nueve horas del veinte de agosto del dos mil quince.—Licda. Kerly Masís Beita, Notaria.—1 vez.—(IN2015053511).

Por escritura número cero ochenta y seis, de las doce horas treinta minutos del día veintiuno de agosto del año dos mil quince, otorgada ante el notario Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio cero sesenta y uno vuelto del tomo trece del protocolo del suscrito notario, se acuerda disolución de la sociedad, Génesis de Fafede Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno –quinientos treinta y ocho mil ochocientos veintitrés.—Puriscal, 21 de agosto del dos mil quince.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2015053512).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día catorce de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-101-700793 S. A. Donde se acuerda reformar íntegramente la totalidad del pacto constitutivo.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil quince.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015053527).

Mediante escritura número: Doscientos ochenta y seis-diez, de las dieciséis horas del día cuatro de junio del año dos mil quince, se realizó la protocolización de acta número dos de cambio de junta directiva de la sociedad denominada South Pacific Mil Ochocientos Quince Sociedad Anónima, cédula jurídica número: Tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil quinientos sesenta y siete.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas del día cinco de junio del año dos mil quince.—Lic. Jorge William Ávila Obando, Notario.—1 vez.—(IN2015054006).

Mediante escritura ante mi otorgada en San José a las ocho horas del seis de agosto del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Mora Mora y Bermúdez S. A., donde se aumentó capital social y se modificó la representación.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2015054061).

Mediante escritura N° 256, otorgada ante esta Notaría, se acordó nombrar a la señora Erika Anne Hope en el cargo de tesorera y con carácter de apoderada generalísima sin límite de suma, con actuación individual.—Turrialba, 3 de agosto del 2015.—Licda. Natalia Gómez Aguirre, Notaria.—1 vez.—(IN2015054072).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí se disolvió la compañía Caggiano y Asociados Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil trece.—Alajuela, diecinueve de agosto de dos mil quince.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015054075).

Por escritura número 109 otorgada ante esta Notaría a las 08:00 horas del 21 de agosto del 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Familiar La Viña Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno -quince mil setecientos veintiuno, modificándose la cláusula de la administración y junta directiva. Presidenta: Flora Loria Sánchez. Notaria: María Isabel García Campos.—San José, 21 de agosto del 2015.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2015054078).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del veinticuatro de agosto de dos mil quince, se constituye una sociedad Corporación Alltegra Latín América Sociedad Anónima, ante el notario Jaime Alvarado Victoria, mediante escritura número

Por escritura ciento cincuenta y tres, otorgada ante esta notaría a las catorce horas del veinte de julio del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general de Ecotica S. A., con cédula tres-ciento uno-seiscientos noventa y tres mil seiscientos sesenta y ocho, se modifican las cláusulas del domicilio, el capital y la administración, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, treinta de julio del dos mil quince.—Lic. Luis Ignacio Campos Cantero, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 37373.—(IN2015053453).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario Público, con oficina en San José, se reformó el pacto constitutivo de Hit Exp S. A., en escritura: 141 visible a folio: 72, frente tomo: IX de mi protocolo, a las 17:00 horas del 14 de agosto del 2015.—San José, 08:00 horas del 18 de agosto del 2015.—Lic. Gustavo A. Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015053454).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario Público, con oficina en San José, se reformó el pacto constitutivo de I.N.A.M.E.C.A. S. A., en escritura: 153, visible a folio: 73, frente tomo: IX de mi protocolo, a las 18:30 horas del 19 de agosto del 2015.—San José, 08:00 horas del 20 de agosto del 2015.—Lic. Gustavo A. Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015053455).

Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario Público, con oficina en San José, se protocolizó el acta de la constitución de la fundación: Love At Work Costa Rica, en escritura: ciento veintidós tomo: IX de mi protocolo, visible al folio: 56 vuelto, a las 19:00 horas del 22 de julio del 2015.—San José, 08 horas del 06 de agosto del 2015.—Lic. Gustavo A. Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2015053457).

Banana Tica Sociedad Anónima, Informa que acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de las diez horas del diecinueve de agosto del año dos mil. Se modifican cláusula segunda del pacto constitutivo. Es todo interesado al fax 22712061.—San José, 19 de agosto del 2015.—Lic. Askenaz Javier Calvo Marcos, Notario.—1 vez.—(IN2015053458).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Malajugijumada Sociedad Anónima, en donde se reformó la cláusula del domicilio, se reformó la cláusula de la administración y se nombró una nueva junta directiva. Es todo.—San José, 20 de agosto del 2015.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015053474).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día seis de agosto del dos mil quince, Larp Associates S. A y Yellow Innovative Lands S. A., constituyen una sociedad anónima, que se denominará KN Shared Service Center Sociedad Anónima.—San José, veinte de agosto del dos mil quince.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015053479).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19 horas del 22 de agosto del 2015, se constituye sociedad anónima denominada Linprec Sociedad Anónima, con domicilio en San Rafael de Poás, costado suroeste de la escuela. Plazo social: 99 años. Capital social: $20. Presidente Alexis Herrera Vargas.—Poás, 22 de agosto del 2015.—Lic. Edwin Antonio Bolaños Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015053485).

Ante ésta notaría se hicieron los siguientes nombramientos por todo el plazo social de Los Jaime Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos ocho nueve cero uno cero, Presidente Joel Olivas Hernández, cédula uno-cero ocho cinco cero-cero cero seis cero, Secretario William Solano Olivas, cédula siete-cero cero nueve siete-cero siete cinco uno, Tesorera Jéssica Artavia

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horas y treinta minutos y a las once horas con quince minutos del cinco de agosto de dos mil quince, en las cuales se fusionan ambas sociedades y que prevalece Zarghami S. A. Escritura otorgada a las catorce horas del cinco de agosto del dos mil quince. Notarios Luis Lacayo Madrigal y Tomás Arturo Batalla Esquivel.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015054170).

Por escritura número ciento dieciocho, otorgada ante la suscrita notaria, a las dieciséis horas del veinticinco de agosto del dos mil quince, se modifica la cláusula novena de los estatutos de la compañía denominada: Asismedic & Compañía Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2015054174).

Por escritura número doscientos treinta y uno-uno, otorgada a las 14:00 horas del 31 de julio del año 2015, ante mí, se modificó el nombre de la sociedad Mundo Construcciones y Desarrollos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-sesenta y nueve veintidós setenta y tres, que pasará a denominarse Mundo Raíces Constructora S. A., William Saborío Rojas, tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, veintiuno de agosto del 2015.—Licda. Mónica Montero Alfaro, Notaria.—1 vez.—(IN2015054177).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito Notario a las quince horas de hoy, se constituye Idekasa Avante Inmobiliaria Sociedad Anónima. Domicilio: Liberia de Guanacaste. Objeto: Comercio en general. Capital social: Suscrito y cancelado.—Liberia, cinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Carlos Chaves Araya, Notario.—1 vez.—(IN2015054178).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las doce horas del día once de julio del año dos mil quince, se constituyó la sociedad denominada Faquemo Quesada Mora Sociedad Anónima. Presidente: Luis de Jesús Quesada Mora.—Lic. Didier Mena Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2015054179).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Mangle Dulu S. A., domiciliada en San José. Donde se modificó la cláusula primera, segunda, sétima de la administración y se nombró junta directiva.—San José, 25 de agosto del 2015.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—(IN2015054181).

Ante esta Notaría, se otorgó la escritura número setenta y nueve-veintitrés, de las diecisiete horas del veintiuno de agosto del dos mil quince, del protocolo tomo veintitrés del suscrito, escritura mediante la cual se lleva cabo la protocolización del acta mediante la cual por acuerdo de socios se declara la disolución de la sociedad denominada Karyme Herediana Sociedad Anónima y por consiguiente la solicitud de su desinscripción de la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público.—Alajuela, San Carlos, Venecia, dieciséis horas del veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2015054195).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, se procedió a la disolución notarial de la sociedad Hom Servicios Múltiples Semusa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-282023, expediente notarial 001-2012. Notario: Francisco Muñoz Rojas, carné 11641.—San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Francisco Muñoz Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2015054204).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 17 de agosto de 2015, ante esta Notaría, se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de cuotistas de Interoc Custer S. A., en virtud de la cual se acordó reformar la cláusula sexta del pacto social, nombrar

ciento ochenta y cuatro del tomo cuatro de su protocolo.—San José, 25 de agosto de 2015.—Lic. Jaime Alvarado Victoria, Notario.—1 vez.—(IN2015054079).

Por escritura N° 110 otorgada ante este Notaría a las 08:00 horas del 24 de agosto del 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Rocabal Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos treinta y siete mil noventa y cuatro, modificándose la cláusula de la razón social, nombre. Para que se lea así, Artisanal Brewing Compañy Sociedad de Responsalidad Limitada. Gerente. Jonathan Alembert Rojas Corrales. Notaria: María Isabel García Campos.—San José, 24 de agosto del 2015.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2015054081).

Ante esta Notaría bajo la escritura ciento veintiocho- uno a las trece horas, del veintiuno de agosto de dos mil quince, se protocolizó el acta número cuatro de la compañía Tres-Ciento Uno-Seiscientos Setenta y Ocho Mil Trescientos Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima. Donde se realiza cambio de junta directiva.—San José, veintiuno de agosto del año 2015.—Licda. Darlyn María Caballero García, Notaria.—1 vez.—(IN2015054090).

Por escritura otorgada ante esta Notaría el 25 de agosto de 2015 a las 10:00 horas, la sociedad Noche del Mono S. A., protocolizó acuerdos reformando la cláusula sexta del pacto social.—San José, 25 de agosto de 2015.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015054117).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 16:30 horas del día 24 de agosto del 2015, la empresa Santiponce del Este Limitada, protocolizó acuerdos en donde se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 24 de agosto del 2015.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—(IN2015054119).

Por escritura de las 10:00 horas del 23 de mayo del 2015, protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones y Desarrollo El Rodeo S. A. Se reforma la cláusula del domicilio y se nombran vicepresidente y secretario.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(IN2015054120).

Ante mi, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario, Flamingo Cargo Sociedad Anónima. Modifica estatutos.—San José, 25 de agosto de 2015.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—(IN2015054121).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario, Inversiones Guiseca O. S. S. A., modifica estatutos.—San José, 31 de julio del 2015.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—(IN2015054127).

Luis Francisco Céspedes Carranza, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número dos-trescientos noventa y cuatro-ciento sesenta, vecino de San Rafael de Esparza, Puntarenas, casa color rojo y gris, de las Quintas Don Fernando, cincuenta metros carretera a San Mateo, y otros constituyen sociedad anónima denominada: Raivalu del Pacífico Sociedad Anónima, y corresponde la representación legal, judicial y extrajudicial, a: Luis Francisco Céspedes Carranza. Capital social: es la suma de diez mil colones. Escritura Nº 70 visible al folio 53 frente del tomo 2 del protocolo de la notaria María Teresa Núñez Torres, escritura efectuada en conotariado con el notario Álvaro Córdoba Díaz. Teléfono: 89119441.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2015054143).

Protocolización de actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de Zarghami S. A., y Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Cuatro Mil Novecientos Dos S. A., celebrada a las diez

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Responsabilidad Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054241).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del día veinticinco de Agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Tres - Ciento Dos -Cuatrocientos Setenta y Ocho Mil Ciento Treinta y Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054247).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Transportes de Artola Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054254).

A las 12:00 horas de día 16 de marzo del 2015, ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Agroservicios Guzerat Sociedad Anónima. Capital social veinte dólares, presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diez de agosto del año 2015.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015054261).

En mi notaría a las diecinueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil quince, se protocolizó el acta número ocho, en la que se reforma la cláusula segunda del pacto social, de la sociedad denominada Tres - Ciento Uno - Cinco Seis Seis Dos Uno Uno S.A., cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - cinco seis seis dos uno uno.—San José, 24 de julio del 2015.—Licda. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2015054262).

A las 11:30 horas del día 12 de agosto del 2015, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Propiedades Chomiak Inc Sociedad Anónima, se modifica la cláusula tercera del pacto social en cuanto a su domicilio.—San José, trece de agosto del año 2015.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015054263).

A las 12:00 horas del día 06 de agosto del 2015, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Constructora Meltzer Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula segunda del pacto social en cuanto a su domicilio y la cláusula sexta de la administración.—San José, veintiuno de agosto del año 2015.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2015054265).

La notaria Rosaura Carmiol Yalico, hace constar que en asamblea general de la sociedad Inversiones Ugalde & Valverde Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta y siete, realizada el diecisiete de agosto del dos mil quince, se modificó el pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—San José dieciocho de agosto del dos mil quince.—Lic. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—(IN2015054273).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se reformó el pacto social de la sociedad denominada Tres - ciento uno - quinientos sesenta y tres mil setecientos noventa y cuatro, Sociedad Anónima, mediante el cual se reformó la cláusula novena, modificándose la integración de la junta directiva y se amplía los funcionarios con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—(IN2015054277).

nueva junta directiva y fiscal, adicionar la cláusula décima, nombrar agente residente y otorgar poder.—San José, 17 de agosto del 2015.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2015054206).

Por escritura número ciento noventa y ocho, otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de: Casa de Sol Escazú Limitada, en la cual se nombra nueva junta directiva.—Alajuela, veinticuatro de agosto del dos mil quince.—Lic. Armando Céspedes Abarca, Notario.—1 vez.—(IN2015054213).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 24 de agosto del 2014, se constituyó la sociedad denominada: Instituto Ssuper Arte Sociedad Anónima.—San José, 25 de agosto del 2015.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(IN2015054214).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público Isidor Asch Steele, a las ocho horas del diez de agosto del dos mil quince, escritura número: Ciento cincuenta y ocho-uno, se disuelve la sociedad Proeventos Entertaiment Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: 3-101-691946.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1 vez.—(IN2015054222).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Negocios Internacionales Sureños Sociedad Anónima, en la que se modificó las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo, se nombró nueva junta directiva y fiscal, y se otorgó poder general sin límite de suma.—San José, 25 de agosto del 2015.—Lic. Édgar Cervantes Gamboa, Notario.—1 vez.—(IN2015054223).

Al ser las 11:00 del 20 de agosto del 2015 se constituye Jekimby Sociedad Civil. Administrador Jesús Castro Elizondo.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—(IN2015054224).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil quince se protocolizó acta de Gambe S. A., donde se modifica la junta directiva y cláusula tercera de pacto constitutivo.—Alajuela veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Otto Paniagua Obando, Notario.—1 vez.—(IN2015054229).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Punta Cacique Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054230).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del día veinticinco de Agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Servicios de Artola Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054235).

Constitución de sociedad Euroinversiones de Costa Rica Sociedad Anónima. Representada por su presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Esteban León Carmona, se emplaza a todos los interesados por el término de quince días, para presentar los reclamos correspondientes.—Esteban León Carmona, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2015054240).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Finca San Agapito Sociedad de

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Ante esta notaría por escritura otorgada a las once horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Finca San Quinto Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054341).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del día veinticuatro de agosto de dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres ciento uno setecientos mil quinientos treinta y nueve sociedad anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil quince.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015054342).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Centro Hogar Alajuela Sociedad Anónima. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la compañía.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015054343).

Por escritura Nº 245 otorgada a las 9:00 horas del día 24 de agosto del 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Smilo Costa Rica Sociedad Anónima, donde se disuelve la sociedad.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015054352).

Mediante escritura número 2-61, otorgada ante esta notaría al ser las 8:00 horas del 18 de agosto del 2015, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de Automotive MB G Four Hundred S. A., en la cual se acuerda reformar cláusulas del domicilio y del nombre, ahora denominada Ima Capital Management S. A., Se acuerda eliminar el cargo y nombramiento de agente residente por todo el plazo social.—San José, 26 de agosto del 2015.—Lic. María Laura Rosales Cavallini, Notaria.—1 vez.—(IN2015054353).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintiséis de agosto de dos mil quince, ante la notario Kenlly Alfaro Ugalde, se modificó la cláusula décima -sobre la junta directiva- de los estatutos de la Asociación Costarricense de Los Caballeros de la Orden Soberana y Militar de San Juan de Jerusalén de Rodas y Malta.—San José, diecisiete de junio de dos mil quince.—Lic. Kenlly Alfaro Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2015054369).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Alfonso Araya y Compañía Ltda. Se reforma cláusula segunda de los estatutos.—Turrialba, veinte agosto del dos mil quince.—Lic. Roberto Casasola Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2015054377).

En mi notaría a las 11:00 horas del 25 de agosto del 2015, se transforma Transportes Universidad de Costa Rica Moravia S. A. en Transportes Universidad de Costa Rica Moravia S.R.L., se modifica pacto constitutivo, se nombra gerente y subgerente.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2015054380).

Por escritura otorgada a las catorce horas de hoy ante el suscrito notario, se protocolizó acta de Ganadera Los Gauchos de Caño Negro Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de agosto del dos mil quince.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(IN2015054383).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cacique Costa Rica Agua Fuerza Transporte y Utilidad Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054284).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Finca San Onofre Sociedad Anónima. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054287).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Sistemas de Agua San Pedro Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054289).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Finca San Severino Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054292).

Mediante escritura número 181-2 otorgada ante esta notaría, a las 14:15 horas del 25 de agosto de 2015, se modifica la cláusula novena y se nombra presidente y secretario de la sociedad 3-101-594262 S. A.—San José, 25 de agosto del 2015.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—(IN2015054295).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Finca San Estanislao de Kostka Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se acuerda reformar la cláusula del domicilio de los estatutos.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2015054296).

A las 16:40 horas del 25 de agosto de 2015, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Corporación Legoland Cuarto Four S. A. en la cual se reformó la cláusula primera.—San José, 25 de agosto del 2015.—Lic. Giulio Sansonetti Hautala, Notario.—1 vez.—(IN2015054304).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Amazing Grace LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—(IN2015054319).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Urraca de Plata Gris Sociedad Anónima. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la compañía.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(IN2015054340).

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Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día veinte de agosto de dos mil quince, por acuerdo de socios se acordó reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Turismo Profesional Internacional Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil cuatrocientos veintinueve. Es todo.—San José, dieciséis horas del día veinte de agosto de dos mil quince.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Notario.—1 vez.—(IN2015054436).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las 10:00 horas del 26 de agosto del 2015, se modifican las cláusulas primera, del domicilio social y de la administración de la sociedad Terra Forte Servicios Constructivos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-692157.—San José, 26 de agosto del 2015.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(IN2015054441).

Por escritura otorgada ante mí Diego Pacheco Guerrero a las once horas y treinta minutos del 25 de agosto de dos mil quince, Adriana Quesada Carranza y Gloriana Obando Angulo, constituyen Trelleborg Pipe Seals Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: doce dólares, representado por doce acciones comunes y nominativas de un dólar cada una. Domicilio: San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, contiguo a Apartotel Los Yoses, edificio Centro Hispánico, segundo piso. Es todo.—San José, veintiséis de agosto de dos mil quince.—Lic. Diego Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—(IN2015054444).

Por escritura número ciento noventa y cuatro de esta notaría, se reformó pacto constitutivo de la sociedad denominada Construcciones Guacamaya S. A.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—(IN2015054448).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula cuarta del capital social del pacto social de la sociedad Cimabanque S. A.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2015054449).

Se constituye la Fundación Rescate Dos, plazo perpetuo, domiciliada en la ciudad de Alajuela, de la esquina suroeste, de la Catedral; cuatrocientos metros al sur y cincuenta metros al oeste; patrimonio veinte mil colones netos.—Veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Javier Alberto Turcios Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015054451).

Por escritura otorgada ante esta notaría a la 11:00 horas del día 26 de agosto del 2015, se constituyó la empresa denominada, Inversiones Sagesse S. A., domiciliada en La Asunción de Belén, Heredia; costado norte de la plaza de fútbol. Capital social: Treinta mil colones, mediante aporte a la sociedad de bienes inmuebles y muebles. Presidenta, Edith González Campos, cédula 4-155-441.—26 de agosto del 2015.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015054453).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos ochenta y cinco, de las ocho horas del veinte de agosto de dos mil quince, del tomo tres de mi protocolo, se protocolizó asamblea de socios de Cambio Primero de Latitud Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-437706, que modifica las cláusulas segunda y séptima del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a los veintiséis días de agosto de dos mil quince.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—(IN2015054629).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 26 de agosto del 2015, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa Lidernet de Costa Rica Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos doce mil cuatrocientos noventa y cinco, donde se acuerda la liquidación de la sociedad.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—(IN2015054633).

Por escritura otorgada a las nueve horas de hoy ante el suscrito notario, se protocolizó acta de 3-101-538696 sociedad anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de agosto del dos mil quince.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(IN2015054391).

El suscrito notario, hace constar que ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Solac Desarrollos Constructivos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Solac Desarrollos Constructivos S. A. otorgada mediante escritura pública número doscientos treinta y seis, visible a folio ciento uno vuelto, del tomo cuarenta, de fecha 24 de agosto 2015. Presidente Oldemar Solano Valverde, capital social: Cien mil colones, domiciliada en San José. Desamparados, San Miguel, Calle Valverde, plazo social: Noventa y nueve años.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015054392).

Por escritura otorgada a las diez horas de hoy ante el suscrito notario se protocolizó acta de 3-101-538699 sociedad anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José veintiuno de agosto del dos mil quince.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(IN2015054395).

Por escritura otorgada a las trece horas de hoy ante el suscrito notario se protocolizó acta de H.L. Inmobiliaria Iguanita del Pacífico Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de agosto del dos mil quince.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—(IN2015054396).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó hoy la compañía de este domicilio Consultores Marín Calderón Limitada. Capital suscrito y pagado.—Cartago, 25 de agosto del año dos mil quince.—Lic. Ivette González Chan, Notaria.—1 vez.—(IN2015054399).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general de socios de El Abrazo del Pacífico S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y sexta de los estatutos, se integra junta directiva y se cambia domicilio.—San José, 24 de agosto del 2015.—Lic. Alfonso Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—(IN2015054415).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día nueve de julio del año dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Metro Conectando Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil seiscientos noventa y cuatro, en la que se modificó la cláusula segunda del domicilio social.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2015054417).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día veintiuno de agosto del año dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad CR Living Investments Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y dos mil setecientos cuarenta y ocho, en la que se modificó la cláusula segunda del domicilio social.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(IN201554420).

La suscrita notaría doy fe que en mi notaría, procedía realizar la protocolización cambio junta directiva de Tiquisia Businnes Sociedad Anónima sociedad anónima. Es todo.—Guácimo al ser las ocho horas y dos minutos del cinco de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—(IN2015054425).

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Ante el suscrito notario se llevó a cabo la protocolización de cambio de junta directiva y domicilio legal de la sociedad Sky and Sea of Osa Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social, otorgada a las quince horas del veintiuno de agosto del dos mil quince.—Lic. Jhonny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—(IN2015054670).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, en la ciudad de San José, a las quince horas del once de agosto del dos mil quince protocolicé el acta de la sociedad Estudios Turísticos Sociedad Anónima, por medio del cual se reforma parcialmente la cláusula quinta del pacto social.—San José, 24 de agosto del 2015.—Lic. Manuel Mairena Díaz, Notario.—1 vez.—(IN2015054682).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho-siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Sylver Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil novecientos ochenta y tres, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054688).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho-siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Yellow Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos catorce, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054689).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho-siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One White Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta mil ciento siete, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054691).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho-siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Scarlet Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y tres mil quinientos veinticinco, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054692).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho-siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Red Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ocho mil quinientos sesenta y nueve, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054693).

La suscrita notaría Carolina Segnini Rodríguez, comunica que mediante escritura cuatro-catorce, visible al folio once vuelto del tomo catorce de mi protocolo, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Condominio Cerro Alto Lote cincuenta y nueve XYZ S. A., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del objeto del pacto constitutivo.—San José, 30 de junio del 2015.—Licda. Carolina Segnini Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015054696).

Mediante escritura número 140 otorgada a las 8 horas del 26 de agosto del 2015, en el tomo 13 del protocolo del notario público Walter Gerardo Gómez Rodríguez, se acuerda cambiar la razón social de la sociedad Mayoreo Global SRL a MGL Dos Mil Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo ser abreviado a MGL Dos Mil Siete SRL.—San José, 26 de agosto de 2015.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015054641).

Mediante escritura número 103 otorgada a las 14 horas del 26 de agosto del 2015, en el tomo 19 del protocolo de la notaria María del Pilar Mora Navarro, se reforma la cláusula quinta del pacto social de la sociedad denominada Recuperadora de Crédito Invercom S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-371805.—San José, 26 de agosto del 2015.—Lic. María del Pilar Mora Navarro, Notaria.—1 vez.—(IN2015054643).

Yo la suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo hago constar y doy fe que ante esta notaría, se constituyeron las siguientes sociedades anónimas: Ojochaleñas Flowers Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, y que traducido al español significa Flores Ojochaleñas Sociedad Anónima; Wild Flowers of the South Coast Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, y que traducido al español significa Silvestres Flores de la Costa Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A., ambas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaia, edificio de dos pisos color beige.—Ciudad Cortes, Osa, Puntarenas, veinticuatro de agosto de dos mil quince.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—(IN2015054646).

Ante esta notaría se constituyó Inmobiliaria Tulin S. A., con domicilio en Curridabat, capital de un millón quinientos mil colones, administrada por una junta directiva de cuatro miembros que serán: presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, regida por el Código de Comercio, el aporte consiste en productos farmacéuticos, regida por el Código de Comercio y plazo de noventa y nueve años.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015054650).

Por escritura número cuarenta y dos-uno, otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día catorce de agosto de dos mil quince, se constituye la sociedad de esta plaza denominada JCP Créditos Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil quince.—Lic. Christian Gerardo Torres Vega, Notario.—1 vez.—(IN2015054653).

José Francisco Chaves Campos, abogado y notario público, hace constar que mediante escritura número veintiuno-ochenta y cuatro, del tomo veintiuno, se cambia el nombre a la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Siete Mil Setecientos Veintiuno, por el nombre de Galería y Boutique de Autos de Lujo de Costa Rica S. A. y se revoca el nombramiento del presidente, secretario y tesorero, se nombra nuevo agente residente y fiscal.—26 de agosto del 2015.—Lic. José F. Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2015054659).

Yo Yesenia Arce Gómez, notaria pública de Escazú, mediante escritura pública disuelve la sociedad 3-102-634264 Limitada.—Escazú, 25 de agosto del 2015.—Licda. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—(IN2015054662).

Ante la suscrita notaria se llevó a cabo protocolización de cambio de junta directiva, aumento de capital y cambio de hombre de la sociedad Corporación Luismen L G B Sociedad Anónima, otorgada a las once y cincuenta horas del veinticinco de mayo del dos mil quince.—Licda. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015054669).

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S.R.L, donde se modifica la cláusula de la administración y el domicilio. Es todo.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054752).

A las quince horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Residencias Carpitero de Playa Blanca S.R.L, donde se modifica la cláusula de la administración y el domicilio. Es todo.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054752).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho-siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Orange Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y un mil ciento sesenta y ocho, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054756).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho-siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Flexible Rent a Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos once mil ciento ochenta y cuatro, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054761).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas veinte minutos del día dieciocho de agosto del dos mil quince, donde se protocolizan acuerdos de cuotistas de la sociedad denominada Hotel Fiesta de Playa SRL. Donde se acuerda modificar la cláusula de la administración.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2015054766).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho - siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Brown Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos sesenta mil setecientos cincuenta y dos, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054767).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho - siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Blue Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos sesenta y ocho mil cuatrocientos once, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054769).

En esta notaría se constituyó JMJ Cardiofit Sociedad Anónima, a las quince horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince.—San José, 27/08/2015.—Lic. Róger E. Quitos V., Notario.—1 vez.—(IN2015054775).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 26 de agosto del 2015, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Tres -Ciento Uno-Quinientos Veinte Mil Novecientos Sesenta y Uno S. A.,

Por escritura número doscientos cuatro-catorce, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Alemo A Y M Investment S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y nueve, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil catorce.—Lic. Manuel Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—(IN2015054705).

La suscrita notaria Carolina Segnini Rodríguez, comunica que mediante escritura treinta y tres-catorce, visible al folio ciento cuarenta y cuatro vuelto del tomo catorce de mi protocolo, se constituyó la sociedad JYJ World Inversion CR Limitada, cuya traducción al español es JYJ Inversión Mundial CR Limitada.—San José, 29 de julio del 2015.—Licda. Carolina Segnini Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015054707).

Weichuan Qiu, de un solo apellido en razón de su nacionalidad china, y Alice Lidieth Miranda Segura constituyen sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula jurídica que se le asigne. Escritura otorgada ante el notario Julio López Esquivel, a las diecisiete horas y treinta minutos del 26 de agosto del 2015.—Lic. Julio Lopez Esquivel, Notario.―1 vez.—(IN2015054710).

El señor Danny Fernando Méndez Abarca, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Coronado Dulce nombre Urbanización Valle Feliz, cédula de identidad uno novecientos cuatro novecientos sesenta y cinco como presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma comunica la constitución de la sociedad anónima Méndez y Asociados Sociedad Anónima la cual se constituyó el día catorce de agosto del dos mil quince. Es todo.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Licda. Karina Maroto Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015054713).

En escritura autorizada por la suscrita notaria a las ocho horas con treinta minutos del día trece de mayo de dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad Los Nietos de Papí S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, veintiséis de agosto de dos mil quince.—Licda. Lucrecia Agüero Guier, Notaria.—1 vez.—(IN2015054736).

Por escritura número treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las quince horas del veintiséis de agosto del 2015, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Revista Siete Mares Ltda., titular de la cédula de persona jurídica 3-102-602755, mediante la cual se reformó la cláusula sexta de los estatutos y se nombró nuevo gerente.—San José, 26 de agosto del 2015.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2015054747).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó la fundación denominada Fundación Startup Costa Rica. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, 21 de agosto del dos mil quince.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054748).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho-siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Purple Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta mil ochocientos sesenta, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054751).

A las quince horas del día veinticinco de agosto del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Residencias Carpitero de Playa Blanca

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la cual se acordó modificar el domicilio social y hacer nuevos nombramientos en los puestos de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto de dos mil quince.—Lic. Claudia Eugenia Reyes Silva, Notaria.—1 vez.—(IN2015054844).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho - siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Magenta Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos noventa y tres mil quinientos sesenta y seis, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054846).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho - siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Gold Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos noventa mil novecientos ochenta y dos, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054847).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho - siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Green Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos diecisiete mil seiscientos noventa, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054848).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil quince se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Babel English Academy Sociedad Anónima en la cual se acuerda su disolución.—San Joaquín de Flores, 25 de agosto del 2015.—Lic. Alfieri Cavallini Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015054850).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho - siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Bronze Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos noventa y un mil ochocientos cuarenta, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054852).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y ocho - siete, otorgada a las ocho horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Black Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos cincuenta y nueve mil doscientos uno, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054853).

La suscrita notaría da fe que mediante la escritura pública número ciento tres, de mi protocolo número dos, se cambia el domicilio social y razón social de la sociedad en plaza denominada Tres-Ciento Uno- Setenta Trece Setenta y Ocho, ahora se domiciliara en Heredia, Santo Domingo, bodegas Santa Rosa, número diecisiete, y se denominará Bodega de Remates Costa Rica S.A. Es todo. Presidente: Cesar Augusto Arango Salazar.—Lic. Raquel Reyes Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015054858).

mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, cuarta, sexta y se adiciona la décima quinta del pacto social, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Sonia Carvajal González, Notaria.—1 vez.—(IN2015054794).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiuno de mayo del dos mil quince, se modificó la cláusula sexta y decima primera de la sociedad Jorleydi Sociedad Anónima, en cuanto a las facultades de los personeros pudiendo actuar separadamente. Y nuevo nombramiento de personeros.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Wilbert Barrantes Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2015054797).

Por escritura número 127, otorgada ante el notario Marco Vinicio Arias Alfaro, a las 11 horas del 27 de agosto del 2015, se procede a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Ferrum S. A., cédula jurídica 3-101-630417, en donde se conoce la renuncia del tesorero Juan Carlos Quesada Ortega, cédula 4-207-668, nombrándose en ese cargo a Carolina Venegas Díaz, cédula de identidad 1-1000-434. Es todo.—San José, 27 de agosto del 2015.—Lic. Marco Vinicio Arias Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2015054812).

Por escritura 60-2 otorgada ante la suscrita notaría a las 10 horas del 26 de agosto de 2015, Cocotales de Cocles S.A., protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, reformando estatutos del pacto social modificando domicilio, administración y capital social de la compañía.—San José, 26 de agosto del 2015.—Lic. Andrea Gallegos Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2015054818).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaría, a las 11 horas del 26 de agosto de 2015, Omira Corporation S. A. protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas en donde se acuerda disolver y liquidar la compañía.—San José, 26 de agosto del 2015.—Lic. Andrea Gallegos Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2015054820).

Ante la notaría del Licenciado Mauricio Calderón Solís, con oficina abierta en San José, Edifico Rodó, calle dos entre avenidas tres y cinco, oficina número dos, carnet de colegiado 6842, se constituye la sociedad denominada Transacciones Mavicar Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de agosto del dos mil quince.—Lic. Mauricio Calderón Solís, Notario.—1 vez.—(IN2015054823).

Por escritura número doscientos veintiuno, otorgada ante esta Notaría, a las dieciocho horas del día veintiséis de agosto del año dos mil quince, se sustituyó el fiscal del consejo de administración de la sociedad Tico Limpieza Sociedad Anónima.—San José, a las diez del día veintisiete de agosto del año dos mil quince.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2015054824).

Se procede a la disolución de la sociedad denominada Incoesa Inversiones y Comunicaciones de Escazú S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-136753, mediante escritura número cuarenta, visible al folio número veintiocho frente del tomo tercero del protocolo de la notaría pública Fressie Inés Picado Le Frank.—San José, veinticinco de agosto del año dos mil quince.—Licda. Fressie Inés Picado Le Frank, Notaria.—1 vez.—(IN2015054840).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las nueve horas del día veintisiete de agosto del año dos mil quince, se revocó el nombramiento de presidente y tesorero de la junta directiva de la sociedad Distribuidora e Importadora Vista del Mar Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número 3-101-185031, y se procedió a nuevos nombramientos.—San Pedro de Montes de Oca, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de agosto del año dos mil quince.—Licdo. Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1 vez.—(IN2015054843).

En mi notaría, el día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios ere Ionix Profesional Services & Consulting Group Sociedad Anónima, mediante

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ochenta y tres-doscientos sesenta y ocho.—San José, primero de agosto del dos mil quince.—Lic. José Raúl Ugalde Xatruch, Notario.—1 vez.—(IN2015054882).

El suscrito notario, he protocolizado acta de la sociedad Grupo BSA Abogados S. A., cédula 3-101-531511, en la cual se nombra nueva junta directiva.—Lic. Alejandro Solano Flores, Notario.—1 vez.—(IN2015054886).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Unidad Pedagógica Nueva Era S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra secretaria de la junta directiva.—San José, 10 de agosto del 2015.—Lic. Mario Baltodano Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015054889).

Por escritura doscientos veintiocho-cinco otorgada ante el suscrito notario, a las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del diecinueve de agosto de dos mil quince, la sociedad Cerros de Tarbaca Sociedad Anónima, cambia la cláusula segunda, de la representación de la empresa.—San José, diecinueve de agosto del dos mil quince.—Lic. Juan José Wassar Güell, Notario.—1 vez.—(IN2015054895).

Por escritura número ciento cuarenta y ocho, otorgada a las trece horas del once de mayo del dos mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Quinta La Pondero Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno-cero cinco nueve cero cuatro uno. Dicho acuerdo modifica integración de Junta directiva y domicilio.—San José, dieciocho de mayo del dos mil quince.—Licda. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2015054901).

Por escritura número 65-1, en asamblea extraordinaria de la sociedad El Almendro S. A., cédula jurídica 3-101-14454, celebrada a las 12:00 horas del 18 de agosto del 2015. Se acuerda el cambio del domicilio social. Es copia fiel del original.—San José, 19 de agosto del 2015.—Lic. Harold Rafael Ureña Agüero, Notario.—1 vez.—(IN2015054904).

Por escritura número ciento cuarenta y seis, otorgada a las diez horas del once de mayo del año dos mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Sierra del Conde Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno-trescientos treinta y siete mil cero setenta y uno. Dicho acuerdo modifica integración de Junta directiva y domicilio.—San José, dieciocho de junio del dos mil quince.—Licda. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2015054906).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura pública número ciento cincuenta y dos, otorgada a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil quince, se protocolizó acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Condominio Vistas de Nunciatura Bubaste Número Cuarenta y Uno Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y seis mil novecientos veintidós, mediante la cual se reformaron las cláusulas quinta y sétima de los estatutos sociales, referentes al capital social y a la integración de la junta directiva, respectivamente. Es todo.—San José, veinticuatro de agosto del dos mil quince.—Lic. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2015054908).

Por escritura número ciento cuarenta y ocho, otorgada a las doce horas del once de mayo del año dos mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Los Pericos de Escazú RSCS Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno-cero cinco nueve cero cuatro uno. Dicho acuerdo modifica integración de Junta directiva y domicilio.—San José, dieciocho de mayo del dos mil quince.—Licda. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(IN2015054909).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 25 de agosto del 2015, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Disfrases Fantasía S. A., en la que se reforman cláusulas quinta y sétima y se nombra nuevo presidente. Presidenta: Kattia Quirós Soto.—San José, 27 de agosto del 2015.—Lic. Rolando Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015054859).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veinticinco de agosto de dos mil quince, los señores Josseling Tatiana Reyes Silva, y María Luisa Silva Trana, constituyen Bochiboo Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Presidenta la primera.—San José, 27 de agosto del 2015.—Licda. Mayela Bonilla García, Notaria.—1 vez.—(IN2015054860).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta - siete, otorgada a las diez horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Central América Travel Concepts Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos sesenta y un mil cuatrocientos treinta y dos, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054864).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y uno - siete, otorgada a las once horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad One Violet Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- seiscientos treinta y dos mil trescientos setenta y cinco, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054866).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y dos-siete, otorgada a las once horas del veinte de agosto del dos mil quince, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades One Turquoise Car Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- seiscientos treinta y dos mil trescientos treinta y tres, en la cual se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015054868).

Por escritura otorgada ante mi notaría las ocho horas del día veintisiete de agosto del dos mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa La Perla de Búfalo S. A., mediante la cual se acuerda su disolución.—San José, 27 de agosto del 2015.—Licda. María Auxiliadora Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2015054874).

Por escritura otorgada ante mi notaría las ocho horas del día veintisiete de agosto del dos mil quince, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa La Perla de Búfalo S. A., mediante la cual se acuerda su disolución.—San José, 27 de agosto del 2015.—Licda. María Auxiliadora Rodríguez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(IN2015054874).

Por escritura Nº sesenta y ocho, otorgada a las nueve horas del 24 de agosto de dos mil quince, se protocoliza asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Transocean Agency Group Tag S. A., se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, 24 de agosto del 2015.—Lic. Marvin Roldan Granados, Notario.—1 vez.—(IN2015054876).

En esta notaría pública, bajo la escritura ciento trece-uno, del tomo uno, del protocolo del Licenciado, José Raúl Ugalde Xatruch, se constituyó Distribuidora J Shammah Sociedad Anónima, cuyo presidenta es, Raquel Quirós Villalobos, cédula seis-trescientos

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mil seiscientos treinta; mediante la cual se transformó a Belgrano Cero Cero Seis LLC, Limitada y en virtud de ello se modifica la totalidad del pacto constitutivo.—San José, veintiséis de agosto del dos mil quince.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—(IN2015054944).

Por escritura número noventa y tres-dieciséis del tomo dieciséis otorgada ante la Notaría Pública, Vera Denise Mora Salazar, a las once horas con quince minutos del día de hoy, se rectificó el nombre de la sociedad Variance South América Investment Partnershjp LLC, Limitada.—San José, 27 de agosto del 2015.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—(IN2015054969).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad SOATI Soluciones en Automatización Industrial S. A., aumentó su capital a la suma de quince millones de colones, y la sociedad Consultores Kenso S. A., modificó su nombre a TTO Innova S. A.—San José, 27 de agosto del 2015.—Lic. Germán Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—(IN2015054972).

Ante esta notaría, por escritura pública número 102 visible a folio 67 frente del tomo 7, a las 21:00 horas del 26 de agosto del 2015, se protocolizó acta de asamblea general de socios donde se modificó la junta directiva, domicilio y representación de Corporación Cárnica del Sur S. A.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—(IN2015054915).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Angel Eyes LLC. Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, veinticinco de agosto del dos mil quince.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—(IN2015054941).

Mediante escritura autorizada por mí, a las once horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Belgrano Cero Cero Seis Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y un

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DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓNADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE ZONA NORTE

SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓNÁREA DE COBRO ADMINISTRATIVO

Por desconocerse el domicilio actual y habiéndose agotado las formas de localización posible, para dar cumplimiento de lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores del contribuyente que a continuación se indica:Requerimiento N° Contribuyente Cédula Impuesto Documento Período Monto**1911002001824 CORELLA CHAVES EDUARDO 204410403 RENTA 1012606448865 12/2013 ₡2.009.973.001911002001824 CORELLA CHAVES EDUARDO 204410403 RENTA 1012611062583 12/2014 ₡2.388.736.00

(*) Timbre de Educación y Cultura(**) Devenga intereses y recargos de leySe concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados

cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la oficina de Cobro Judicial para el trámite correspondiente.—Carlos Vargas Durán, Director General de Tributación.—Sonia Peraza Peraza, Gerente Tributación Zona Norte.—1 vez.—O. C. N° 3400023907.—Solicitud N° 38418.—(IN2015052855).

JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a: César Miranda Quesada, cédula de identidad N° 4-0188-0546, en su condición de presidente con la representación judicial y extrajudicial de la Asociación Efata, Luz, Vida y Esperanza, cédula de persona jurídica N° 3-002-573344, que a través del expediente RPJ-014-2015 del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, se ha iniciado diligencia administrativa de fiscalización, según el artículo 4°, siguientes y concordantes de la Ley de Asociaciones, Ley N° 218 del 08 de agosto de 1939, así como del artículo 43, siguientes y concordantes del Reglamento a la Ley de Asociaciones, Decreto Ejecutivo N° 29496 del 21 de mayo de 2001, lo anterior mediante escrito inicial de solicitud de fiscalización presentado a la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, a las doce horas y cuarenta y seis minutos del veintisiete de marzo de dos mil quince, por el señor Marvin Bernardo Alfaro Obregón, mayor, casado dos veces pero separado de hecho, empresario, cédula de identidad N° 6-136-376, vecino de Heredia, en su condición de asociado activo de la Asociación Efata, Luz, Vida y Esperanza, cédula jurídica N° 3-002-573344. Que

según resolución dictada por la Asesoría Jurídica de la Dirección de Personas Jurídicas a las nueve horas (09:00) del trece (13) de agosto de dos mil quince (2015), se le confiere audiencia al señor César Miranda Quesada, en la condición referida y por un plazo de quince días hábiles, siendo que el plazo relacionado en dicha resolución comenzará a partir del día siguiente a la tercera y última publicación del presente edicto en el Diario Oficial La Gaceta, a efecto de que dentro del plazo antes indicado, presente el señor César Miranda Quesada los alegatos que a sus intereses convenga. Se le previene que en el acto de quedar notificada la presente resolución o dentro del tercer día, debe señalar lugar o medio para atender notificaciones de este Despacho dentro del perímetro de la ciudad de San José, bajo el apercibimiento de que si no lo hace las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas a este Despacho, o bien, si el lugar señalado no existe, permanece cerrado, si la dirección es imprecisa, incierta o inexistente. Asimismo se le indica al señor Miranda Quesada que el correo electrónico no es un medio que se encuentre habilitado en este Despacho para realizar notificaciones. Todo lo anterior de conformidad con los artículos noventa y dos (92) y siguientes del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de

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por su actuación en el siguiente asunto: En su condición de empresa miembro del CFIA y con relación a los contratos de consultoría N° 473649 inscrito el 1 de abril 2009, y OC-498318, inscrito el 19 de febrero 2010, según datos del Proyecto (folio 665 y 666), proyecto de urbanización propiedad de Comisión Nacional de Emergencias de Riesgos y atención de Emergencias, ubicada en carretera Costanera, del puente sobre la quebrada Cantina 300 metros este Portalón, distrito Savegre, cantón Aguirre de la provincia de Puntarenas, plano catastrado N° P-1143099-2007. Se le atribuyen la presunta comisión de los siguientes hechos: 1. No haber inscrito su responsabilidad profesional en los contratos supra citados, ante el CFIA. 2. Haber realizado el 90% de la construcción de las obras de los contratos supra citados, sin contar con el visto de los diseños por parte del MIVAH, C.N.E y sin los permisos correspondientes del INVU, MOPT, AyA y Municipalidad de Aguirre. Con lo actuado podría haber inobservado: Ley Orgánica del CFIA. Capítulo IV. Artículo 8, Inciso a) y Artículo y 53. Reglamento Interior General del CFIA. Capítulo VI. Artículo 53. Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura. Artículos 11.B, incisos a), b) y j), 17 incisos f y g. Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: Artículo 10 incisos a, d, e. Código de Ética Profesional del CFIA: capítulo I artículos 2, 3, Capitulo IV, artículos 18 y 19. Sobre los cargos que se le hacen, a la empresa Kipa Construcciones de Orosí S. A., se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que si a bien lo tiene se refiera sobre los hechos que se le atribuyen, pudiendo ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA). Se garantiza al investigado el acceso en todo momento al expediente N° 176-11, sus piezas y antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio (artículos 106, 107 y 108 del Reglamento del Proceso disciplinario del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General. Asimismo, se cita a la empresa Kipa Construcciones de Orosí S. A., para que comparezca por medio de apoderado, a la sede de este órgano en el Departamento de Tribunales de Honor del CFIA, ubicado en la Casa Anexa Número Uno del edificio del CFIA, en Granadilla de Curridabat, con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 83 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del CFIA, que se llevará a cabo el día jueves 8 de octubre de 2015 a las 08:30 horas. En dicha audiencia podrá ejercer su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba que no haya sido aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no asistencia a la comparecencia no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá con los elementos de juicio existentes. Se apercibe al investigado, que dentro del tercer día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los artículos 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario y 9 del Reglamento Especial para las Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA. Presidente: Ingeniero Luis González Espinoza. Notifíquese.—Tribunal de Honor de Empresas, 18 de agosto de 2015.—Gerardo Enrique Campos Chacón.—O. C. N° 497-2015.—Solicitud N° 38431.—(IN2015052846).

mil novecientos noventa y ocho y sus reformas. (Expediente RPJ-014-2015), publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 13 de agosto de 2015.—Asesoría Jurídica.—Dirección Personas Jurídicas.—Lic. Yolanda Víquez Alvarado, Coordinadora.—(IN2015052603).

Documento admitido traslado al titularRef.: 30/2015/29658. Yoguis S. A. Documento: cancelación

por falta de uso (interpuesta por Danan R.D.S.). Nro. y fecha: Anotación/2-98011 de 27/07/2015. Expediente: 1900-5157200 Registro Nº 51572 Yoguis, en clase 49 marca denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 10:03:26 del 07 de agosto del 2015. Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por Danny Gerardo Seas Hidalgo, casado una vez, cédula de identidad Nº 114710917, en calidad de apoderado generalísimo de Danan R.D.S., contra el registro del signo distintivo Yoguis, Registro Nº 51572, el cual protege y distingue: establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos alimenticios en clase internacional, propiedad de Yoguis S. A. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—(IN2015053207).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE TIBÁS

Notificación a Oswaldo Patrick Jervis Quirós, cédula número 108330142, propietario de la finca número 1-162922-000, localización 12-55-002-031, ubicada 125 metros noreste del PriceSmart en Llorente, lote enmontado y sin cerca. Provincia de San José, cantón de Tibás. Si vencido el tiempo de Ley el propietario no limpia el lote, la Municipalidad procederá a realizar los trabajos. Con esta notificación ya publicada le damos el tiempo de Ley que consta de 15 días naturales, pasado el cual la Municipalidad procederá aplicando así el Código Municipal”. Cédula 1-10260514.—Ing. Ronald Camacho Esquivel, Coordinador de Catastro.—1 vez.—(IN2015054357).

AVISOSCOLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICAPUBLICACION DE SEGUNDA VEZ

Para información refiérase al Nº INT-146-2015/176-11, auto de Intimación. En San José, Granadilla de Curridabat, casa anexa número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 02:31 horas del 22 de mayo del 2015, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta Directiva General, en acuerdo N° 27 de la sesión N° 42-11/12-G.E. de fecha 11 de setiembre 2012, resuelve emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario seguido en el expediente administrativo número 176-11 a la empresa Kipa Construcciones de Orosí S. A., registro número CC-04522, cédula jurídica número 3-101-203701