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Beniparrell, 750 aniversario

La senyoria de Beniparrell: Dels Romaní als Escrivà de Romaní (1258-1426)_02

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Segona part (en castellà) del llibre sobre la història medieval de Beniparrell

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Beniparrell, 750 aniversario

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Edita: Ayuntamiento de Beniparrell, Concejalía de Cultura

Asesoramiento Lingüístico: Concejalía de Cultura y Educación, Maria Josep Fortea Casañ

Documentación gráfica: Archivo de la Corona de Aragón (ACA)

Diseño, Maquetación e Impresión: Gráficas Sedaví, S.L. · Tel.: 96 376 53 80

© Vicent Baydal Sala

ISBN: 00-000000-0-0

Depósito Legal: V-0000-2008

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LA SEÑORÍA DE BENIPARRELL:

DE LOS ROMANÍ A LOS ESCRIVÁ

DE ROMANÍ (1258-1426)

VICENT BAYDAL SALA2008

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ÍNDICE

SALUDA DEL ALCALDE ................................................................................................ 81 DEDICATORIA .................................................................................................................. 83PRÓLOGO .......................................................................................................................... 85TABLA DE SIGLAS Y ABREVIATURAS ....................................................................... 89PREÁMBULO .................................................................................................................... 91INTRODUCCIÓN .............................................................................................................. 93

I. LA CONQUISTA CRISTIANA Y LA DONACIÓN REAL AL PRIMER ROMANÍ: JAIME I (1238-1258) Y ARNAU DE ROMANÍ (1258-1272) .......................................... 95Las primeras décadas del Beniparrell conquistado ............................................................. 95La trayectoria de Arnau de Romaní ..................................................................................... 98

II. LA SEÑORÍA ECLESIÁSTICA: EL MONASTERIO CARTUJO DE SANTA MARÍA DE PORTACELI (1272-1311) .................................... 103La compra del lugar .......................................................................................................... 103El diezmo de Beniparrell .................................................................................................. 104Las contribuciones a la ciudad y al rey. Una primera estimación de la población ........... 105Los conflictos con la señoría. La venta del lugar ............................................................. 108

III. LA INFLUENCIA DE LA CIUDAD DE VALENCIA: PERE DE RIPOLL (1311-1316) .......................................................................................111

IV. LOS PRIMEROS ESCRIVÁ: ANDREU GUILLEM ESCRIVÁ (1316-C. 1327) Y SU HIJO HOMÓNIMO (C. 1327-C. 1339) ...................................................................113

V. LOS ÇA-MORERA: EL VICECANCILLER ARNAU ÇA-MORERA (C. 1339-C. 1348) Y SU HIJA EIROVÍS (C. 1348-C. 1355) ..........................................................................117Arnau Ça-Morera, un jurisperito llegado del Bages ..........................................................117Los descendientes de Arnau de Romaní. La participación de Jaume de Romaní y de Arnau Ça-Morera en la revuelta de la Unión ............................................................... 120La fugaz señoría de Eirovís .............................................................................................. 122

VI. DE NUEVO LOS ROMANÍ: ELICSÉN DE ROMANÍ (C. 1355-1404) .................. 123«Elicseneta», señora de Beniparrell. La efímera venta del lugar en 1358 ....................... 123La puesta en cultivo de las tierras «ermes e malmenades» en 1387 ................................. 125La fundación del vínculo de Elicsén de Romaní ............................................................... 128

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VII. LOS PRIMEROS ESCRIVÁ DE ROMANÍ: MANFRÉ ESCRIVÁ DE ROMANÍ(1404/1419-1426) Y EXIMÉN PÉREZ ESCRIVÁ DE ROMANÍ (1426-) ..................... 133El conflicto por la herencia de Elicsén de Romaní y la toma de posesión de Beniparrell en 1419 .................................................................. 133El conflicto por la herencia de Eximén Pérez de Arenós y la toma de posesión de Beniparrell en 1426. .................................................................. 137

RECAPITULACIÓN: LA SEÑORÍA FEUDAL Y BENIPARRELL DURANTE LOS PRIMEROS SIGLOS FEUDALES (1238-1426) ..................................................... 141

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................... 145Fuentes impresas y catálogos documentales ..................................................................... 145Bibliografía citada ............................................................................................................. 146

COLECCIÓN DOCUMENTAL ........................................................................................ 149Normas de transcripción ................................................................................................... 151Documentos ....................................................................................................................... 153Índice onomástico ............................................................................................................. 261Índice toponímico .............................................................................................................. 265

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SALUDA DEL ALCALDE

Una de las cosas que más identifica a las personas es el lugar donde ha nacido o el lugar donde vive la mayor parte de su vida. Para nosotros, vecinos y vecinas de Beniparrell, nacidos aquí o no, Beniparrell forma parte de nuestra trayectoria vital. Por lo tanto, cuanto más conozcamos de él, de su historia y del pasado que tenemos en común, mejor podremos enfrentarnos a los retos que nos tiene preparados el presente y el futuro.

El hecho de que este año celebremos el 750 aniversario de la incorporación de Beniparrell a la Corona de Aragón en el marco de un joven reino de Valencia nos lleva a hacer una serie de reflexiones: de dónde venimos?, por qué Beniparrell se llama así?, por qué tenemos éstos y no otros apellidos?, por qué tenemos estas tradiciones y costumbres y no otras? En definitiva, cómo se ha producido el proceso histórico que nos ha llevado hasta el presente? Por supuesto, contestar a estas cuestiones no es una tarea nada fácil. Por ello, el Ayuntamiento de Beniparrell, con la publicación de este libro y la celebración de nuestros 750 años de historia ha querido ayudar a dar luz a nuestros orígenes. Así pensamos que estamos contribuyendo a aumentar la conciencia a colectiva de lo que hemos sido y de lo que somos, reforzando a la vez nuestra propia identidad.

Es una gran satisfacción y honor para mí ser el Alcalde de este municipio en un año tan significativo y no puedo dejar pasar la oportunidad que me ofrecen estas líneas para destacar el trabajo realizado por el autor e historiador Vicent Baydal. También quiero agradecer profundamente el enorme trabajo y esfuerzo realizado por Maria Josep Fortea, Concejala de Cultura del Ayuntamiento de Beniparrell, en la coordinación y preparación de todos los actos conmemorativos que se llevarán a cabo en la celebración del 750 aniversario. Y tampoco puedo olvidarme de las asociaciones vecinales que participarán en ella, como, por ejemplo, el grupo de Teatro de la Escuela de Adultos y el Centro Instructivo Musical.

Por último, deseo felicitar a todo el pueblo y alentarlo a un esfuerzo constante: utilicemos la memoria del pasado como cemento sólido y estímulo para seguir diseñando un futuro común y esperanzador.

Vicente José Hernandis Costa

Alcalde de Beniparrell

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A la memoria de todos nuestros antepasados beniparrellinos, desde tiem-pos remotos. Para que ellos ayer, nosotros hoy y las generaciones por venir desde el futuro, contribuyamos para siempre, con el imaginario colectivo y la memoria histórica, a mantener vivas nuestras raíces y nuestro pueblo: Beniparrell.

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Poder presentarles el libro La señoría de Beniparrell: de los Romaní a los Escrivá de Romaní (1258-1426), además de un honor y un placer inmenso, representa para mí la materialización de un sueño que me acompaña desde hace más de quince años.

Soy muy consciente de la importancia para el municipio de la publicación de este libro sobre nuestras raíces y quiero transmitirla a todos los vecinos de Beniparrell desde estas líneas. La importancia cultural y histórica es muy relevante, sobre todo si tenemos en cuenta que es el primer libro publicado sobre la historia del pueblo. Por eso tiene una doble significación: la manifestación por escrito de los resultados de una investigación seria y esmerada, y la iniciación de una serie de trabajos historiográficos locales que quiero y tengo la intención que perduren en el tiempo. Este libro, por lo tanto, debe significar el inicio de un movimiento local de recuperación cultural e histórica de nuestro pasado, abriendo así una puerta para la investigación y la publicación de futuros trabajos que, desde cualquier ámbito, nos ayuden a conocer más y mejor nuestro pasado, prácticamente desconocido hasta ahora pero al mismo tiempo tan necesario para fundamentar nuestro futuro.

Personalmente, por mi profesión e inquietud, hace muchos años que estoy recopilando toda tipo de documentación histórica que haga referencia a Beniparrell. Así he podido conformar un pequeño archivo que contiene información desde el siglo XIII al XX. Información rica y variada que está a la espera de un tratamiento pormenorizado y minucioso, cuyos resultados irán viendo la luz en futuras publicaciones monográficas. Por otro lado, las circunstancias se han congeniado para que este año coincidan una serie de hechos que no podía dejar pasar por alto como historiadora y concejala de cultura: por un lado, el 2008 es el año del 800

aniversario del nacimiento del rey Jaime I; por el otro lado, este año hace 750 años que se redactó una donación real que hace referencia a Beniparrell y que hasta ahora es el documento escrito más antiguo que se conserva como testigo de los orígenes de nuestro pueblo.

Además de estos dos hitos históricos, en el último Congreso de Historia de L’Horta Sur celebrado en Torrent me encontré con la agradable sorpresa de ver una comunicación centrada en Beniparrell durante los años 1272 al 1313, período en el que pertenecíamos al monasterio de Portaceli. Por lo tanto, pensé «ahora o nunca». Por qué no celebrar el 750 aniversario de la historia de nuestro pueblo? Por qué no darlo a conocer a todo el mundo? Este año se ha presentado el momento idóneo. Y con ilusión me he puesto a trabajar en este apasionante proyecto.

El autor del libro, Vicent Baydal Sala, nacido en Valencia en 1979, es un joven historiador que se ha formado en la Universidad de Valencia y tiene una amplia experiencia en la investigación histórica. Es becario predoctoral en el Departamento de Estudios Medievales de la Institución Milá y Fontanals del Consejo Superior de Investigaciones Científicas de Barcelona. Como fruto del conjunto de su investigación doctoral ha publicado diversas comunicaciones centradas en el análisis de la identidad colectiva valenciana en la larga duración. Asimismo, ha redactado la tesina Guerra, fiscalitat i assemblees estamentals a la Corona d’Aragó (c. 1250-c. 1300), de la que ha extraído varios artículos y ponencias sobre la evolución del pactismo y la fiscalidad real durante el siglo XIII. A punto de leer su tesis doctoral ha sabido encontrar tiempo para realizar un trabajo impecable. Desde Barcelona, ha realizado una exhaustiva búsqueda en el Archivo de la Corona de Aragón de mucha de la documentación

PRÓLOGO

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relativa a Beniparrell. Ha seleccionado textos, los ha transcrito y los ha traducido. El resultado es La señoría de Beniparrell: de los Romaní a los Escrivá de Romaní (1258-1426), un libro que recoge prácticamente todo lo que sabemos en estos momentos de Beniparrell durante los siglos medievales. Vicent Baydal ha sabido plasmar a partir de su formación general como historiador y medievalista la corriente historiográfica encuadrada en la historia local, a partir del documento particular y el lugar concreto. Ello nos permite un seguimiento muy puntual de los procesos históricos desarrollados pero al mismo tiempo con una dificultad añadida: la poca documentación conservada. Él ha sabido superar esta escasez documental y ha encuadrado la historia medieval del pueblo dentro la historia general del País Valenciano, Reino de Valencia en aquellos momentos.

Como los lectores podrán comprobar a lo largo de las páginas que conforman la obra, la historia de Beniparrell está relacionada desde los primeros momentos hasta la actualidad a la de unos apellidos que todos en más de una ocasión seguro que hemos escuchado: los Romaní o Escrivá de Romaní. Estos linajes de señores feudales, relacionados con la realeza y que han ostentado importantes cargos públicos y títulos nobiliarios, siempre han mantenido entre sus múltiples propiedades las tierras que conforman actualmente Beniparrell. Aunque está por realizar el seguimiento completo de los vínculos de esta familia con nuestro pueblo, Vicent Baydal nos muestra el origen de esta relación y nos da a conocer la trayectoria del pueblo a lo largo de sus primeros doscientos años de vida como señoría cristiana.

De la época anterior a 1258, no sabemos prácticamente nada. Los indicios nos hablan de Beniparrell como una pequeña alquería musulmana,

donde viven unos pocos sarracenos que pertenecen a un mismo clan y que trabajan las tierras según los cultivos y las técnicas agrícolas propias de su cultura. La traducción del nombre del pueblo por el de Bani Barriyāl parece ser la más acertada por el momento, aunque por desgracia se sabe poca cosa más. No se conoce ningún elemento arquitectónico de la época, que podría aportar alguna luz al conocimiento de nuestro pasado, como sí que hay en otros pueblos vecinos, por ejemplo la torre árabe de Albal o la de Espioca en Picassent. Como en ningún momento ha sido nuestra intención hacer una crónica global de la historia del pueblo de Beniparrell desde los orígenes hasta la actualidad, hemos decidido comenzar por los orígenes cristianos y centrarnos únicamente en los siglos que conforman el período medieval, es decir, los siglos XIII, XIV y XV, dejando conscientemente una gran cantidad de documentos que ya tenemos localizados de la época moderna y contemporánea para futuras publicaciones.

Así, el libro La señoría de Beniparrell: de los Romaní a los Escrivá de Romaní (1258-1426) está organizado en seis capítulos que por orden cronológico van realizando un seguimiento de los diferentes señores que han sido propietarios del pueblo y de los hechos históricos más significativos que han tenido lugar en él. Por lo tanto, desde Arnau de Romaní, que recibió la señoría de manos del mismo Jaime I en 1258, hasta Manfré Escrivá de Romaní, Beniparrell pasó, en apenas doscientos años, por manos de señores, nobles, ciudadanos, monjes cartujos, mercaderes y mujeres tan importantes para el futuro del pueblo como Elicsén de Romaní. Todos estos cambios responden evidentemente a unos intereses personales y en el fondo siempre económico que no han dejado sin embargo de influenciar en la conformación del pueblo y sus habitantes. Vicent Baydal nos muestra los detalles

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de la vida cotidiana de nuestros antepasados: cómo vivían, de qué vivían, qué los angustiaba y cómo respondían a las exigencias de sus diferentes señores. Curiosamente, la lucha inicial entre los Romaní de una parte y los Escrivá de otra acabaría con la unión de las dos familias en el siglo XV y con la formación de los Escrivá de Romaní como familia señorial vinculada definitivamente y hasta hoy, gracias a Elicsén, al pueblo de Beniparrell.

Del anexo documental incluido en el libro, aun destacando la importancia de cada uno de los documentos, quiero hacer una especial mención al primero de ellos. La donación real de Jaime I a Arnau de Romaní registrada el 13 de agosto de 1258 tiene una especial relevancia para nuestra identidad local porque significa, al no tener carta puebla conocida hasta el momento, el documento más antiguo conservado que hace referencia directa a Beniparrell. A pesar de la pequeñez de su término y de las rentas que generaban estas tierras, evidenciada en el mismo documento, lo podemos entender como nuestra partida de nacimiento dentro de la sociedad valenciana conformada a partir de la conquista cristiana del siglo XIII.

Por otro lado, los textos nos proporcionan indirectamente una información muy valiosa sobre la conformación del paisaje que desde nuestra perspectiva actual, correspondiente a una visión industrializada, se hace difícil de imaginar: Beniparrell con bosques de carrascas y encinas, campos de viñas, cereales y olivos, norias, marjal, huerta y ganados paciendo. También nos hablan de las formas de relaciones personales y de los conflictos que ya desde los primeros momentos tuvieron que afrontar y superar los habitantes de Beniparrell, como con los vecinos de Albal en 1263 por el uso de la agua de riego. O de cómo los monjes de la cartuja de Portaceli justificaron la

venta de Beniparrell en 1311 haciendo alusión a los problemas que tenían con los habitantes del lugar que no querían someterse a la jurisdicción del prior del monasterio, Pedro de Bielsa, y que se negaron a jurarle fidelidad de vasallaje –quizá cansados de los elevados tributos que les exigían– aunque finalmente fueron obligados a hacerlo.

Otra de las informaciones indirectas que podemos extraer del documentos hace referencia a la onomástica. Aunque de una forma muy parca los textos nos dan nombres de los primeros pobladores de Beniparrell: Jaume Milà, Pere Noguera, Maimó de Josa, Guillem de Josa o Jaume Galter, por ejemplo. Igualmente, en la reducción de rentas aplicada en 1387 por Elicsén de Romaní aparecen los siguientes nombres: el baile Bartomeu Cervés, el justícia Pere Cremades, los jurados de aquel año Martí Canals y Pere Ivorra, los hombres Guillem Teulada, Guillem Mas, Bernat Muntaner, Antoni Tortosa, Bartomeu Canals, Jaume Tortosa y Bartomeu Martí, y las mujeres Marieta, viuda de Bartomeu de la Mata, Pelegrina, viuda de Guillem Aguiló, y Francesca, viuda de Llorenç Mas y madre de Benvinguda, Isabel y Jaume, quien también aparecía tutelado por el mencionado Guillem Mas. Un conjunto inicial de nombres que nos remite a nuestros antepasados más lejanos, e, incluso, a algunos apellidos que aún hoy mantenemos.

Esto es únicamente una breve síntesis de todo aquello que aporta un libro que seguro que leerán con interés y pasión. Con mucha satisfacción, por lo tanto, debo decirles que el autor ha logrado rescatar, aclarar y sintetizar, de manera minuciosa, los puntos fundamentales de la historia medieval de Beniparrell, demostrando que la buena metodología histórica y la presentación de los resultados no tienen nada que ver con el tamaño del objeto estudiado, en este caso un pequeño pueblecito como es Beniparrell.

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Además, también podemos aprovechar la ocasión de la celebración del 750 aniversario para hacer unas pocas pero creo que importantes reflexiones que no quiero dejar de mencionar:

- En primer lugar, que en materia de cultura no estamos sino comenzando. Nos queda un largo camino por recorrer y debemos hacer esfuerzos más grandes, a todos los niveles, para ir superando la infertilidad de años atrás. Quizá, hasta este año, éramos de los pocos pueblos de la comarca que no tenía absolutamente nada publicado sobre su historia y eso nunca es bueno para la salud de un pueblo.

- En segundo lugar, la breve ojeada a los archivos históricos que hemos realizado para realizar este libro nos ha demostrado que hay muchos documentos que hablan de nuestro pueblo a lo largo de las diferentes épocas históricas. Sólo están esperando que vayamos a por ellos y los rescatemos del polvo y del olvido. Por lo tanto, es muy necesario comenzar a hacer un vaciado documental sistemático con el fin de ir conformando un centro de consulta archivística en nuestro propio municipio. Eso mismo nos debe animar a seguir el camino de la investigación.

- Supongo que el desconocimiento también nos ha hecho caer en la desconsideración hacia algunos personajes, costumbres y tradiciones, que han significado mucho para la conformación de la identidad del pueblo y que el paso del tiempo ha relegado en un completo e injusto olvido dentro nuestra memoria colectiva. Quizá ya es hora de ir recuperándolos.

Por fin, dejando ya paso a que todos leamos el libro con pasión y orgullo sólo deseo recordar que el volumen que tienen entre las manos aumenta nuestro menguado patrimonio y nuestra cultura. Espero que su lectura nos sirva a todos para reflexionar sobre el futuro que queremos para nosotros y para nuestros hijos. Que nos animemos todos juntos a trabajar por el bien común del pueblo, que somos todos. Que todos aprendamos de nuestros antepasados la siguiente lección: hoy Beniparrell es un pueblo con identidad propia porque en los momentos más difíciles del pasado sus habitantes supieron defender todos juntos sus intereses comunes.

No puedo tampoco finalizar sin mostrar los más sinceros agradecimientos a los responsables del Archivo de la Corona de Aragón, que muy amablemente nos han guiado por el fondo documental de los marqueses de Sástago y han facilidad la investigación a Vicent Baydal. Igualmente y para acabar también al Ministerio de Cultura por autorizar el uso y reproducción de todos los documentos históricos que hemos empleado.

Maria Josep Fortea Casañ Licenciada en Geografía e Historia

Doctoranda en Historia Medieval Concejala de Cultura y Educación

del Ayuntamiento de Beniparrell

Septiembre de 2008

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TABLA DE SIGLAS Y ABREVIATURAS

Siglas

ACA Archivo de la Corona de AragónACV Archivo de la Catedral de ValenciaAMV Archivo Municipal de ValenciaARV Archivo del Reino de ValenciaC Cancillería DCVB Diccionari Català-Valencià-BalearMR Maestro RacionalRP Real Patrimonio

Abreviaturas

cap./caps. capítulo/scf. confróntesedir. directordoc./docs. documento/sed./eds. edición, editor/esf. folio/snúm. número/sob. cit. obra citadap./pp. página/sr. rectoreg./regs. registro/sv. versovol. volumen

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1V. Baydal, «Beniparrell sota el senyoriu de Portaceli: recull documental (1272-1313)», IV Congrés d’Història de l’Horta Sud, Institut d’Estudis Comarcals de l’Horta Sud, Torrent, 15-17 de noviembre de 2007, en prensa. Debo agradecer la invitación y los ánimos a participar del investigador y amigo Ferran Esquilache. 2En la actualidad Alfonso Escrivá de Romaní y Mora –sobrino de Fabiola de Mora y Aragón, reina consorte de Bélgica entre 1960 y 1993– conserva el título honorífico de barón de Beniparrell, y es igualmente conde de Sástago y marqués de Monistrol. Sobre la

PREÁMBULO

Que haya llegado a escribir este libro sobre Beniparrell es una verdadera casualidad. Casualidad fue que en el transcurso de la investigación realizada para mi tesis doctoral encontrara un par de documentos que podían dar una cifra aproximada del volumen demográfico de su población en una fecha tan temprana como la de comienzos del siglo XIV. Casual fue también que inmediatamente después, a finales de 2007, se celebrara el IV Congreso de Historia de L’Horta Sur, en el que pude presentar una comunicación con once documentos relativos al dominio señorial de Portaceli sobre el lugar.1 Y, en último término, al congreso asistió casualmente Maria Josep Forte, que pudo informarme como concejala de cultura de la intención de celebrar el 750 aniversario de la donación real de Beniparrell a Arnau de Romaní, con un conjunto de actos festivos y culturales durante el mes de septiembre de 2008, entre los cuales se podía incluir mi investigación. Lo que ya no es una casualidad ha sido el trabajo que ha venido posteriormente, durante la primera mitad del presente año, con el fin de ampliar aquel breve estudio. Siguiendo las indicaciones de la misma Maria Josep Fortea, y con la amable guía de los archiveros Ramon Pujades y Beatriz Canellas, he procedido a consultar el Fondo Sástago custodiado en el Archivo de la Corona de Aragón de Barcelona, en el que se incluye la documentación histórica conservada por la familia Escrivá de Romaní, titular de la baronía de Beniparrell ininterrumpidamente desde el siglo XV.2 Hay abundante documentación de los siglos XVI al XIX relativa a Beniparrell, un verdadero tesoro que debería posibilitar la reconstrucción de una parte de su historia y que puede convertir el pueblo en un referente para ejemplificar determinados procesos sociales de la historia valenciana.

Me refiero, por ejemplo, a los valiosos padrones de tierra del término de Beniparrell confeccionados en 1737, 1746, 1749, 1752, 1760 y 1765 para repartir la contribución fiscal del Equivalente, el principal impuesto directo pagado en el reino de Valencia tras la Guerra de Sucesión. Una rápida ojeada a éstos, junto con otros memoriales coetáneos conservados en el Fondo Sástago, constatan el exponencial crecimiento demográfico de Beniparrell durante aquel siglo en consonancia con el del resto del reino. De esta forma, un estudio conjunto o en profundidad de alguno de aquellos padrones podrá aportar luz sobre esta evolución y sobre la distribución concreta del impuesto, así como también sobre los nuevos pobladores que se agruparon en la población a lo largo del siglo XVIII y que en buena medida son antepasados directos de los actuales beniparrellinos.

En este sentido, todo parece indicar que al menos a lo largo de más de doscientos años, durante los siglos XVI y XVII, Beniparrell existió como baronía y como término, pero no como agrupación residencial con casas y vecinos propios, ya que únicamente contaba con la presencia del palacio señorial. En primer lugar, un cabreve de tierras realizado en 1518 sólo registra poseedores de tierras procedentes de otras poblaciones próximas, como por ejemplo Albal, Catarroja y Silla. En segundo lugar, sabemos que a comienzos del siglo XVII el cronista valenciano Gaspar Escolano afirmaba de Beniparrell que está despoblado, pero... aún le queda en pie la casa del señor. Y, finalmente, uno de los memoriales citados confirma que en 1708 únicamente existía la casa señorial y otra, situando a mediados de la década de 1720 el establecimiento de nuevos habitantes dentro del término.3

Podemos imaginar que las razones del probable despoblamiento secular tenían que ver con la insalubridad

formación del Fondo Sástago como archivo común de todos estos títulos y de otras ramas familiares como los Fernández de Córdoba, véase: B. Canellas, «El archivo de los Condes de Sástago (Archivo de la Corona de Aragón)», Hidalguía, 214-215 (1989), pp. 423-438. 3ACA, Diversos, Sástago, 242, Legajo AK; G. esColano, Década primera de la historia de Valencia, Valencia, 1610 (ed. facsímil: 1972), libro VII, cap. III, p. 316; ACA, Diversos, Sástago, 235, Legajo AD, núm XIV.

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de la zona marjalenca próxima a la Albufera, pero ningún documento hace mención explícita de esto. En todo caso, la confirmación de esas hipótesis de partida y la profundización en el conocimiento de la evolución histórica de Beniparrell como pueblo entre los siglos XV y XIX dependerán en gran parte del estudio de la documentación de los Escrivá de Romaní recogida en el mencionado Fondo Sástago. Su consulta ha permitido identificar una gran cantidad de informaciones que deberán ser analizadas con detenimiento: abundantes datos sobre los titulares de la señoría, varios cabreves y padrones de tierras, procesos de amojonamiento del término, arrendamientos de las rentas señoriales, numerosos conflictos con la localidad de Albal y también alguno con la ciudad de Valencia, noticias sobre el establecimiento de la ermita de Santa Bárbara y muchos más documentos relativos a Beniparrell y a los Escrivá de Romaní, o a otras poblaciones valencianas y personajes históricos.4

Consecuentemente, si se quiere posibilitar la realización de nuevos estudios a partir de la documentación mencionada, la próxima tarea a realizar debería ser su inventariado detallado o, cuando menos, la publicación del «Índice o Espéculo de Escrivá de Romaní», redactado en 1798 y conservado en el mismo Archivo de la Corona de Aragón. Esto pondría sobre la mesa toda la documentación que por unas razones u otras ha acabado en aquel archivo familiar, y permitiría que los investigadores calibraran el interés de hacer de Beniparrell el objeto de sus estudios historiográficos. De hecho, aquí sólo han sido empleados tres documentos –aunque muy ricos en datos– de aquel extenso fondo, ya que el presente libro ha sido concebido como una primera etapa en la aportación de datos sobre la evolución histórica de la población.

Con todo, al menos dos de esos tres documentos son realmente importantes para la historia del pueblo, puesto que uno de ellos es la estipulación de la renta pagada por la mayor parte de la tierra del término, pactada por los beniparrellinos con la señora Elicsén de Romaní en 1387, y otro es el acta de la toma de posesión de la señoría en 1419

por parte de su primo hermano Manfré, el primer miembro del linaje Escrivá de Romaní. Por ello, una vez identificados los documentos relativos a Beniparrell, la decisión tomada fue la de centrar la investigación exclusivamente en la Edad Media, entre los siglos XIII y XV, en consonancia con el tiempo de investigación disponible y con la celebración de este año, conmemorativa del 750 aniversario de la donación real de la población y, por lo tanto, coincidente con aquella época histórica.

Así, se han incluido en el libro las aportaciones realizadas en el marco del IV Congreso de Historia de L’Horta Sur, añadiendo muchas otras que son fruto de la búsqueda realizada durante estos meses hasta conformar una colección de casi una treintena de documentos relativos a la historia de Beniparrell. Se ha realizado, además, la presente traducción al castellano, aunque los índices onomástico y toponímico sólo se pueden consultar en la versión valenciana, con la esperanza, por otra parte, de que el uso de una lengua cercana a la oralidad impulse a emplear con decisión el valenciano en futuras publicaciones locales, ya que ha sido la lengua histórica de los beniparrellinos desde hace al menos setecientos cincuenta años.

El resultado final de todo ello lo tenéis entre las manos: una aproximación a la historia del Beniparrell que nació tras la conquista cristiana encabezada por Jaime I ahora hace casi ocho siglos. Como se explica en la inmediata introducción es todavía una aportación fragmentaria, muy marcada por la escasez documental, pero que representa, cuando menos, una primera luz a su conocimiento histórico. Por lo tanto, sólo puedo que felicitar al pueblo por la iniciativa y desear que pueda tener continuidad en los próximos años. Conocer la historia de Beniparrell es también una manera de amarlo.

Vicent Baydal SalaDoctorando en Historia Medieval

Institución Milá y FontanalsCentro Superior de Investigaciones Científicas

4Cabe destacar por su importancia la documentación relativa a la baronía de Argelita, lugar poblado por musulmanes hasta su expulsión en 1609; además de numerosas informaciones sobre la distribución de la tierra, se puede encontrar el libro de la Corte del Justicia de 1600-1606. Por otra parte, algunos volúmenes destacados del fondo son: el libro de cuentas de la curadoría de 1569 de Vicent Diça, hijo de un mercader setabense; el libro de censales

cobrados y pagados por Pere Escrivá Zapata entre 1609 y 1620; el libro de entradas y salidas de 1612 del Maestro Racional del reino de Valencia; el libro de entradas y salidas de 1659 del baile general del reino de Valencia, cargo que ocupaba Lluís Escrivà; así como también un índice de notarios del reino de Valencia realizado en 1831.

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Hasta el momento, el estudio más exhaustivo realizado sobre Beniparrell correspondía al texto escrito por Josep Sanchis Sivera en 1922 en su Nomenclátor geográfico-eclesiástico de la diócesis de Valencia. Ocupaba una escasa hoja. De hecho, como advertían Agustí Colomines y Vicent S. Olmos en 1990 al efectuar un repaso bibliográfico de las investigaciones realizadas sobre L’Horta Sur, el estudio de la comarca resulta força descompensat, puesto que mientras algunos pueblos, como Alaquàs, Catarroja, Manises, Picassent, Silla o Torrent, han generado numerosos trabajos, otros, como por ejemplo Benetússer, Beniparrell, Massanassa, Paiporta, Picanya o Xirivella, apenas han originado unos pocos. Un buen exponente de esta carencia notable de conocimientos sobre Beniparrell son las correspondientes e insuficientes entradas de la Geografia de les comarques valencianes y de la Gran Enciclopedia de la Comunidad Valenciana.5

En consecuencia, el presente libro, a pesar de sus carencias, trata de ocupar ese vacío para constituir un primer paso en el conocimiento de la evolución histórica del Beniparrell formado tras la conquista feudal de las tierras andalusíes en el siglo XIII. En cualquier caso, no es una monografía al uso sobre la historia de una localidad, sino que, aprovechando la ocasión de la conmemoración de la donación real a Arnau de Romaní, se aporta el comentario y la transcripción de una serie de veintinueve documentos relativos a Beniparrell o su señoría, comprendidos entre 1258 y 1427. Por lo tanto, lo que se pueda explicar está claramente marcado por la documentación disponible; no ha

sido nuestra aspiración hacer una historia medieval del lugar ni tampoco una investigación de caso, sino simplemente ofrecer determinados conocimientos relacionados con la población a partir de las informaciones encontradas. El vacío historiográfico era tan grande, el tiempo tan reducido y las fuentes consultadas tan escasas, que no hemos podido proceder de otra manera. Al mismo tiempo, sin embargo, hemos tratado de dar al relato cierto tono divulgativo con el fin de implicar a todos los beniparrellinos y alentar futuras iniciativas similares. Por lo que respecta a la colección documental preparada, todos sus documentos –a excepción de tres del Archivo de la Catedral de Valencia y dos del Archivo del Reino de Valencia–6 proceden del Archivo de la Corona de Aragón, ámbito prioritario de esta investigación. Por una parte, han sido localizados en la Cancillería real a través del Diplomatarium de Jaime I realizado por Robert I. Burns, del catálogo de la época de Alfonso el Franco confeccionado por Rafael Gallofré y de las regestas de la colección documental sobre el monasterio de Portaceli iniciada por Regina Sáinz de la Maza.7 Por otra parte, la consulta a los índices de la misma Cancillería elaborados por Josep Llaris, así como también la investigación personal realizada en otras series y en el Fondo Sástago del mencionado archivo han proporcionado el resto de la documentación.8

Construir una evolución histórica coherente de la localidad durante la Edad Media a partir de las informaciones encontradas es realmente difícil, pero, antes que tratar de reconstruirla hipotéticamente a partir de los conocimientos que se tienen sobre otras villas próximas de la misma comarca,

5J. sanChis sivera, Nomenclator geográfico-eclesiástico de la diócesis de Valencia, Valencia, 1972, pp. 135-136; A. Colomines y V. S. olmos, L’espai local. Bibliografia de l’Horta Sud. Indagacions i propostes, Catarroja, 1990, pp. 48 y 83. De Beniparrell aquellos autores únicamente registraban una publicación referente a la Guerra del Francés: J. E. hernández sanChis, «Manifiesto extraordinario de guerra de la baronía de Beniparrell, año 1811», Annals de l’Institut d’Estudis Comarcals de l’Horta Sud, 1 (1982), pp. 283-293. Por otra parte, dentro del interés de Maria Josep Fortea por la investigación del pasado histórico de Beniparrell cabe destacar un artículo que está en la base de la elaboración del presente libro: Mª. J. Fortea, «Beniparrell: passat i present», Papers de l’Horta, 19 (2003), pp. 10-15. 6Véanse los del Archivo del Reino en la «Colección documental», docs. 4 (6.XI.1272) y 27 (16.XII.1398), y también los del Archivo de la Catedral: docs. 7 (20.IV.1305), 16 (14.V.1311) y 20 (10.X.1316). Estos últimos han sido localizados a través del índice de pergaminos del archivo catedralicio: E. olmos, Inventario de los pergaminos del Archivo de la Catedral de Valencia, Valencia, 1961, docs. 1013b, 1188 y 1336. 7R. I. Burns, Diplomatarium of the crusader kingdom of Valencia: The registered charters

of its conqueror, Jaume I, 1256-1276, Princeton, 1985-[2007], docs. 198, 489 y 829; véase la «Colección documental», docs. 1 (13.VIII.1258), 2 (25.VIII.1263) y 3 (1.V.1268). R. GalloFré, Documentos del reinado de Alfonso III de Aragón relativos al antiguo reino de Valencia y contenidos en los registros de la Corona de Aragón, Valencia, 1968, doc. 347; véase la «Colección documental», doc. 5 (18.IX.1286). R. sáinz de la maza, «Fuentes documentales sobre la Cartuja de Portaceli (1293-1407)», Estudis Castellonencs, 6 (1994-1995), pp. 1255-1276, docs. 8, 10, 12 y 14-16; véase la «Colección documental», docs. 8 (20.IV.1306), 10 (13.VI.1307), 13 (30.IX.1308), 14-15 (5.II.1311) y 17 (30.VIII.1311). 8Por lo que respecta a libros de albaranes del Maestro Racional hemos examinado los trece primeros consultables, desde 1293 hasta 1339, encontrando un único documento relativo a Beniparrell, incluido en la «Colección documental», doc. 11 (15.XII.1307). Sobre la documentación relativa a los Escrivá de Romaní del Fondo Sástago, examinada a través de las indicaciones de la archivera Beatriz Canellas, hemos localizado los docs. 27 (13.II.1387), 28 (20.I.1420) y 29 (8.II.1427). El resto de documentos han sido encontrados a través de los índices de Llaris –examinados para el período aquí tratado– o en el transcurso de la investigació de nuestra tesis doctoral.

INTRODUCCIÓN

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hemos preferido esperar a un posible estudio conjunto de la historia de Beniparrell, que incluya también las centurias modernas hasta el siglo XIX a partir de los numerosos datos contenidos en el Fondo Sástago y en otras fuentes, como por ejemplo el Archivo del Reino de Valencia, el Archivo de Protocolos del Patriarca de Valencia y el Archivo Municipal de Valencia, o a partir del estudio del paisaje histórico del propio lugar. Pensamos que sólo entonces la investigación será de mucho más calado y valdrá la pena el esfuerzo de proceder a realizar una reconstrucción histórica de mayor detalle.9

Así pues, nos centraremos únicamente en el comentario de los documentos localizados, que tratan especialmente de los sucesivos cambios de señores feudales a lo largo del periodo analizado, razón por la cual también hemos realizado abundantes aportaciones inéditas sobre las trayectorias históricas de aquellos personajes. De aquí el título del libro, La señoría de Beniparrell: De los Romaní a los Escrivá de Romaní (1258-1426), puesto que una de las principales aportaciones de la investigación es el conocimiento de la evolución de la titularidad de la señoría desde la conquista hasta comienzos del siglo XV, momento en que quedó vinculada definitivamente a la familia Escrivá de Romaní. De hecho, la pertenencia constantemente movediza de Beniparrell a diversas y pequeñas señorías hasta aquella fecha es uno de los problemas primordiales que dificultan la localización de datos sobre la población en la Edad Media. También por este motivo –por la escasez histórica de documentos tratados– hemos considerado conveniente su transcripción completa. Por una parte, eso nos permitirá aportar otras informaciones puntuales sobre Beniparrell que serán comentadas en su contexto concreto, mientras que, por otra parte, podremos ofrecer una serie de documentos, con sus índices onomásticos y toponímicos correspondientes, que tal vez puedan ser de utilidad a investigadores interesados en otras cuestiones, personajes o lugares que también aparecen en ellos.

En relación con ello, la organización del texto escogida ha sido la de los mismos cambios de titular del señorío de Beniparrell, aprovechando el marco cronológico marcado por cada señor para explicar la diversidad documental localizada. En este sentido, el periodo correspondiente al dominio del monasterio de Portaceli (1272-1311) es el más rico en información, probablemente por el hecho de que fue la única señoría eclesiástica de Beniparrell, lo que se tradujo en un volumen de documentación más importante en los archivos reales. Representa más de la mitad de los documentos transcritos, mientras que el resto corresponden al señor anterior, Arnau de Romaní (1258-1272), y a los posteriores: Pere de Ripoll (1311-1316), Andreu Guillem Escrivá (1316-c.1339), Arnau Ça-Morera (c.1339-c.1348), Eirovís Ça-Morera (c. 1349-c. 1355), Elicsén de Romaní (c. 1355-1404), Manfré Escrivá de Romaní (1404-1426) y Eximén Pérez Escrivá de Romaní (a partir de 1426).

Como veremos a lo largo del libro, desde la donación de Beniparrell realizada por Jaime I en 1258 a Arnau de Romaní hasta la toma de posesión del primer Escrivá de Romaní en 1419 hubo un recorrido histórico de luchas y enfrentamientos entre los Romaní y los Escrivá, que precisamente finalizó con la unión de los dos linajes a través de la herencia de Elicsén de Romaní. A sus señorías corresponden los documentos históricos más notables de la presente colección: la misma donación de 1258 y su confirmación en 1268, la bajada de la renta señorial de 1387, y la toma de posesión del señorío en 1419. En cualquier caso, como haremos con el resto, comentaremos estos documentos en su lugar cronológico correspondiente, lo que, en su conjunto, nos servirá además para constatar el establecimiento y la evolución del pueblo cristiano a lo largo de aquel periodo, de forma que, finalmente, realizaremos una breve recapitulación de las informaciones aquí expuestas, relativas tanto a los señores feudals como a los pobladores de Beniparrell.

9Sólo como ejemplo podemos decir que en el Archivo Municipal de Valencia hay diversos libros de protocolos de Francesc Escolá, notario habitual de Eximén Pérez d’Arenós, usufructuario de la señoría de Beniparrell entre 1404 y 1419, o que también en el Archivo

de Protocolos del Patriarca de Valencia están los del notario Francesc Furió, que contienen documentos relativos a Beniparrell durante la primera mitad del siglo XVIII.

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Las primeras décadas del Beniparrell conquistado

Su mismo nombre indica a las claras lo que era Beniparrell antes de la conquista cristiana del siglo XIII: una alquería andalusí, es decir, un poblado formado por un conjunto de casas habitadas por un clan familiar que explotaba colectivamente las tierras cercanas.10 Como en el caso de otros muchos topónimos arabo-bereberes presentes en tierras islámicas, la ocupación del espacio por un mismo clan dio como resultado la utilización de un nombre familiar para designar el lugar, anteponiendo el prefijo Beni- o Bani-, que significa «hijo de» o «hijos de».11 De esta forma, según la propuesta de Carme Barceló, el topónimo «Beniparrell» podría provenir del árabe Bani Barrāl o Bani Barriyāl, por lo que el clan árabe o bereber que se asentó en época andalusí se llamaría Barrāl o Barriyāl, aunque la arabista no da ningún posible significado de esta denominación.12

Por otra parte, aunque no hemos encontrado correspondencia de estos nombres con otros topónimos que puedan señalar una fecha aproximada del establecimiento del clan en tierras valencianas, recientes estudios sobre la construcción del espacio hidráulico de la huerta de Balansiya –el nombre de la Valencia musulmana– indican que algunos de los clanes presentes cuando los cristianos la conquistaron, como los Banū Ağğer, habían llegado ya antes del siglo X.13 En cualquier caso, la alquería andalusí de Beniparrell sucumbiría en 1238, con el resto de territorios circundantes a la ciudad, ante la conquista encabezada por Jaime I. En concreto, es posible que cayera a lo largo del verano de aquel año, junto con Silla, que fue atacada durante una semana mientras se hacía efectivo el asedio de Balansiya y

finalmente fue tomada por dos caballeros aragoneses enviados por el rey:

E, estant aquí, enviam a Cilla, ab un fenèvol nostre, dos rics hòmens nostres: Don Pero Ferràndez d’Açagra e Don Eixemèn d’Urrea, e combateren-la bé per set dies. E a cap dels vuit dies reteren-se, e així haguem Cilla.14

El reparto de los distritos y alquerías próximos a Beniparrell entre caballeros aragoneses y órdenes religiosas militares fue inmediato a la ocupación de Valencia. Entre 1238 y 1239 Albal y Catarroja fueran dados a los hermanos Gil de Atrosillo y Peregrín de Atrosillo respectivamente, Massanassa a la orden de Calatrava, Alcàsser a Artal de Foces y Espioca a su hermano, Palacín de Foces, Picassent a Rodrigo Zapata y Silla a la orden de San Juan del Hospital.15

Sin embargo, en el Llibre del Repartiment no hay ninguna mención relativa a Beniparrell. En este sentido, según parece, fue una de las pocas alquerías del hinterland de la ciudad de Valencia al sur del río Turia que no fue concedida como señoría en el proceso de distribución de tierras posterior a la conquista (véase «Figura 1», p. 96).

Así, si bien en el acta de venta de Albal, realizada por Gil de Atrosillo al obispado de Valencia en 1244, Beniparrell aparece mencionada para marcar los límites territoriales –lo que hace pensar que era una alquería con términos propios16-, no se ha encontrado por ahora ningún otro documento que haga referencia al lugar hasta su donación a Arnau de Romaní durante el verano de 1258. En consecuencia, lo más probable es que a lo largo de los primeros veinte años de

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I. LA CONQUISTA CRISTIANA Y LA DONACIÓN REAL DE BENIPARRELL AL PRIMER ROMANÍ: JAIME I (1238-1258) Y ARNAU DE ROMANÍ (1258-1272)

10Contrariamente, a partir del siglo XIV la palabra «alquería» empezó a denominar una sola casa unifamiliar con amplias tierras de cultivo alrededor, tal y como la empleamos en la actualidad. 11Véanse: P. GuiChard, Al-Andalus: Estructura antropológica de una sociedad islámica en occidente, Barcelona, 1976; Ídem, «La société rurale valencienne à l’époque musulmane», Estudis d’Historia Agrària, 3 (1979), pp. 41-52. 12Mª. C. BarCeló, Toponímia aràbica del País Valencià. Alqueries i castells, Alzira, 1983, p. 122. 13La fecha de establecimiento de un grupo tribal en un lugar determinado se puede rastrear a través de su segmentación y migración desde el lugar original de asentamiento. Por ejemplo, André Bazzana y Pierre Guichard apuntaron el caso de la dispersión por tierras

islámicas de los Hawwāra o Ferran Esquilache –siguiendo los estudios de Miquel Barceló– el de los Banū Ağğer, que, respectivamente, dieron nombre a las acequias de Favara y de Benàger. Véanse: A. Bazzana y P. GuiChard «Irrigation et société dans l’Espagne orientale au Moyen Âge», L’homme et l’eau en Méditerranée et au Proche-Orient, Lyon, 1981, pp. 115-140; M. BarCeló, Los Banu Rucayn en al-Andalus. Una memoria singular y persistente, Granada, 2004; F. esquilaChe, Història de l’horta d’Aldaia, Aldaia, 2007. 14F. soldevila (ed.), Les quatre grans Cròniques, Barcelona, 2007, cap. 263. 15M. V. FeBrer, «Incidència econòmica dels repoblaments cristians i de la continuïtat mudèixar a la conca de l’Albufera (segle Xiii)», Annals de l’Institut d’Estudis Comarcals de l’Horta Sud, 4 (1985), pp. 17-36. 16P. L. llorens, La villa de Catarroja, Valencia, 1967, pp. 359-360.

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colonización feudal el lugar se mantuviera en manos de la monarquía como una posesión de realengo rodeada de otras señorías feudales, tal vez debido a su reducido tamaño y a su escaso rendimiento económico, insuficiente para heredar a ningún caballero en los momentos inmediatos a la conquista de Valencia.

De hecho, como pone de manifiesto la misma donación real realizada el 13 de agosto de 1258, lo que es seguro es que entonces el lugar de Beniparrell representaba un pequeño término, tal vez despoblado, que no generaba apenas rentas, puesto que Jaime I se reservó el derecho a recuperarlo si sus rendimientos superaban los 100 sueldos anuales, una exigua cantidad, equiparable a la que el monarca había previsto recibir anualmente de cada tres o cuatro explotaciones familiares de las principales huertas valencianas, según la mayoría de donaciones realizadas entre 1248 y 1249.18

Por otra parte, el documento de 1258 se limitaba a registrar la concesión del dominio, los derechos, las rentas y salidas de Beniparrell, alcheria Valencie, y sus términos a Arnau de Romaní, sin especificar nada sobre sus pobladores. Aun así, cuando diez años después, en 1268, el lugar fue plenamente otorgado al mismo señor, con todas las exacciones reales existentes hasta entonces –pechas o questias, cenas y redenciones de ejército y cabalgada–, eliminando aquella cláusula de reversión, la nueva carta sí que explicitó que la donación incluía a «todos los hombres y mujeres, cristianos y sarracenos, que allí habitan o habitarán».19 Por lo tanto, aun cuando la referencia podría ser una simple mención genérica que no se correspondía con la realidad de la alquería, también es posible que respondiera a la presencia efectiva de campesinos cristianos y musulmanes que trabajaban las tierras beniparrellinas bajo el dominio de Arnau de Romaní.

Figura 1. Donaciones reales de distritos castrales y alquerías (sombreadas sobre los actuales términos municipales)

en torno a la ciudad de Valencia.17

17Mapa elaborado por: E. Guinot, «El repartiment feudal de l’horta de València al segle XIII: Jerarquització social i reordenació del paisatge rural», Repartiments feudals a la Corona d’Aragó, Valencia, 2007, p. 198. En el caso de las otras actuales poblaciones de L’Horta Sur que no aparecen repartidas en este mapa, cabe destacar que Benetússer fue concedida inicialmente a los hombres de Montpellier y que Paiporta se debe hacer coincidir con la alquería de Cotelles, concedida al preboste de Huesca; por otra parte, parece que Mislata y Sedaví fueron repartidas parcialmente como tierras de realengo y no fue hasta más tarde que se conformaron como señoríos de alquería con términos. Cf.: Mª. D. CaBanes y R. Ferrer, Libre del Repartiment del Regne de València, Valencia-Zaragoza, 1979-1980;

V. ruiz monraBal, Censos del señorío de Sedaví... y otras curiosidades históricas, Sedaví, 1996; S. ramÍrez, Del manzil a la moreria: història de la Mislata musulmana (711-1525), Mislata, 1993.18Aunque parece que no llegaron a entrar en funcionamiento, las donaciones tipo realizadas a cada una de las familias de colonos instalada en las huertas reales fue de 3 yugadas, a censo anual de 10 sueldos por yugada; por lo tanto, tres familias habrían rendido 90 sueldos anuales. Véase: J. torró, «Guerra, repartiment i colonització al regne de València (1248-1249)», Repartiments feudals a la Corona d’Aragó, Valencia, 2007, pp. 231-234. 19«Colección documental», doc. 3 (1.V.1268).

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Al fin y al cabo, como ha precisado Manuel Vicent Febrer la presencia de comunidades cristianas y aljamas musulmanas a finales del reinado de Jaime I en las tierras de la cuenca de la Albufera era diversa: mientras que al norte y al este de Beniparrell predominaban los colonos cristianos, como por ejemplo en Albal, Catarroja, Massanassa o Silla, al sur y al oeste lo hacían todavía los musulmanes, en Alcàsser, Picassent, Benifaió o Almussafes, por lo que el lugar quedaba en medio de dos coronas de población relativamente homogéneas y no es descartable la presencia de musulmanes.20 Además, sabemos que justo en los mismos años en que recibió Beniparrell, Arnau de Romaní realizó diversos establecimientos enfitéuticos a musulmanes convertidos y a cristianos para explotar las tierras que había comprado al norte del río Turia, en la partida de L’Olleria. Así, por ejemplo, estableció a Pere Ballester, bautizado, a cambio de un censo de 12 sueldos anuales por un trocium terre y de 79 sueldos por quendam ortum y una peciam terre sive realle, o a Miquel, bautizado, a cambio de 100 sueldos anuales por las casas, una heredad y un real, al tiempo que aquéllos compartían vecindad con cristianos igualmente instalados en tierras de Romaní, como por ejemplo Berenguer Tender o Jaime de Monzón.21

Por lo tanto, es posible que de forma similar el mismo señor estableciera individualmente algunas familias en Beniparrell, ya fueran cristianas o musulmanas, a cambio del pago de un censo monetario anual, lo que, además, concuerda con lo que se puede deducir sobre el régimen de tenencia de las tierras del término de Beniparrell a partir de un documento muy posterior, de 1387, que más adelante examinaremos en profundidad. Según éste, aparte de las tierras que pagaban

la renta feudal en particiones, había también lo carrascal, les terres franques, alcunes fanecades prop los cenials que pagaban censo monetario, y altres terres que fan cens segons forma antiga.22 Por ello, pensamos que aquellas tierras que abonaban una renta monetaria podían corresponder a los establecimientos primigenios realizados por Arnau de Romaní en las zonas más productivas del término –como por ejemplo las regadas con cenias–, quizá las mismas que serían cultivadas anteriormente por los habitantes de la alquería andalusí. En consecuencia, es posible que aquélla constituyera un reducido núcleo de unas pocas familias que combinaban el cultivo de una pequeña huerta irrigada por cenias con el aprovechamiento forestal, ganadero y pesquero del carrascal y del marjal de la Albufera, lo que explicaría, por ejemplo, la escasa valía económica del término a ojos de los feudales, más interesados en la explotación agrícola extensiva.

En este sentido, como hemos dicho, es verosímil que Arnau de Romaní –si no estipuló una carta puebla conjunta que no ha llegado hasta la actualidad– realizara varios establecimientos individuales a unos cuantos herederos, que dieron base a la colonización feudal del término. Así, muy poco después se producían los primeros conflictos por el uso agrícola de las aguas con las poblaciones vecinas de Albal y de Catarroja, según sabemos a través de una confirmación real dada en 1263. En aquel litigio los pobladores de Albal, representados por su baile Guillem de Subirats y por Romeu Amat, Berenguer Amat y Bernat Badell, así como también los pobladores de Catarroja, Pero Peregrín de Atrosillo, Pere de Ripoll, Martí Guasch y Adam de Castellnos,23 demandaron a Domingo de Estada, que tenía una heredad

20M. V. FeBrer, «Incidència econòmica dels repoblaments cristians...», ob. cit., p. 30. 21V. Cuñat, Arnau de Romaní y Domènec de Cavall, dos repobladores del siglo XIII valenciano. Documentos privados, Tesina de Licenciatura, Universidad de Valencia, 1982, docs. 17 (10.I.1259), 27 (10.VIII.1263) y 21 (5.IV.1260), pp. 106, 107 y 109. 22«Colección documental», doc. 26 (12.II.1387). 23En la carta puebla de Albal aparecen los tres primeros y unos tales Arnau y Guillem

Vedell, con toda probabilidad familiares del que aquí aparece como Bernat Badell. Por otra parte, en Catarroja, es posible que Pero Peregrín de Atrosillo fuera el mismo señor del lugar, mientras que Pere de Ripoll está documentado en 1255. Cf.: M. V. FeBrer y J. E. hernández sanChis, «La Carta Puebla de Albal», Annals de l’Institut d’Estudis Comarcals de l’Horta Sud, 3 (1984), pp. 129-132; M. V. FeBrer, «Incidència econòmica dels repoblaments cristians...», ob. cit., pp. 28-29.

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in alqueriam que vocatur Vinaparrel, «sobre el hecho del agua», haciendo referencia a lo que consideraban una captación indebida tal vez de la acequia de Favara, si es que entonces llegaba, como actualmente, a Albal y Catarroja.24

Fuese como fuese, el justicia Lope de Aitzorroz falló en favor de quien tenía la heredad en Beniparrell, una sentencia que fue confirmada posteriormente por Jaime I a través del documento mencionado.25

Por otra parte, el único poseedor de tierras que hemos podido identificar durante el siglo XIII en Beniparrell ha sido este mismo Domingo de Estada, de origen aragonés como indica su apellido procedente de una población cercana a Barbastro.26 El otro protagonista histórico documentado en esta época y relacionado con la población es su mismo señor feudal, Arnau de Romaní, que poseyó el lugar durante catorce años, entre 1258 y 1272, hasta que lo vendió a la recientemente creada cartuja de Portaceli, como veremos en el siguiente capítulo. Antes, sin embargo, observaremos rápidamente la figura de Arnau de Romaní como paradigma de la trayectoria de otros muchos hombres de fortuna catalanes y aragoneses que consiguieron formar nuevas –pero pequeñas– señorías en las tierras conquistadas del reino de Valencia mediante el servicio militar y administrativo a la monarquía.

La trayectoria de Arnau de Romaní

La primera vez que localizamos a Arnau de Romaní en los dominios valencianos es en el año 1255, cuando comienza a adquirir tierras próximas a la ciudad de Valencia, en los lugares de L’Alcúdia y L’Olleria. En aquellos primeros

documentos de compra aparece como ciudadano de Valencia, aunque desconocemos sus orígenes, tal vez catalanes por su apellido.27 Por otra parte, lo que es seguro es que este Arnau de Romaní no es el mismo que Robert I. Burns identificó como estudiante de Derecho en Bolonia durante la década de 1220, puesto que el documento en que aparece aquel nombre es realmente de 1298 según constató Joaquim Miret.28 En cualquier caso, Romaní sí que ocupó importantes cargos de administración y gobierno, como por ejemplo el de justicia de Valencia que tenía a principios de 1258,29 una fecha que, además, coincide con la obtención de los primeros favores reales conocidos tras su participación en la finalización de la guerra contra los andalusíes en tierras valencianas.

En este sentido, sabemos que financió parte de la última campaña bélica llevada a término en 1258 para acabar con la resistencia liderada por al-Azraq y someter las aljamas musulmanas de la zona meridional del reino, que todavía no habían capitulado desde el levantamiento general en armas producido a finales de 1247. Así, inmediatamente después de que el qā’id del castillo de Pego se rindiera a Jaime I en mayo de 1258, el rey comandó la alcaidía a Arnau de Romaní y le consignó una deuda de 10.000 sueldos sobre sus rentas.30

Por lo tanto, es muy posible que la donación de la alquería de Beniparrell apenas tres meses después –en agosto– fuera también una recompensa por el dinero y los auxilios prestados en el contexto de aquella campaña militar.31 Además, a partir de entonces Romaní aparecerá siempre en los documentos como caballero –miles–, aunque desconocemos a ciencia cierta si aquella condición era de familia o fue obtenida como resultado de sus servicios.32

En cualquier caso, el siguiente gran ascenso de

24El mismo documento ha sido empleado por Enric Guinot para apuntar que es un «razonable indicio» de la probabilidad de que la acequia de Favara llegara allí ya en época andalusí: E. Guinot, «L’Horta de València a la baixa Edat Mitjana. De sistema hidràulic andalusí a feudal», Afers, 51 (2005), p. 276. 25«Colección documental», doc. 2 (25.VIII.1263). 26Tenemos constancia de un caballero aragonés llamado Domingo de Estada que aparece firmando en Monzón la regulación de la lezda de Tortosa acordada entre Jaime I, los prohombres de Valencia, la orden del Temple y Guillem de Cardona, pero no podemos saber con seguridad si era el mismo que poseía una heredad en Beniparrell. Véase: J. Cortés (ed.), Liber privilegiorum civitatis et regni Valencie, Valencia, 2001, doc. 47 (3.III.1252). 27V. Cuñat, Arnau de Romaní y Domènec de Cavall..., ob. cit., docs. 6 (14.XII.1255), 8 (13.VIII.1256), 9 (10.X.1256), pp. 99-103. A través de estos documentos sabemos respectivamente de la compra de Arnau de Romaní de unas tierras en L’Alcúdia, de un real en el mismo lugar, y de un alodio en L’Olleria; en los dos primeros documentos Romaní aparece como civi valentino.

28Cf.: R. I. Burns, Jaume I i els valencians del segle XIII, Valencia, 1981, p. 65; J. miret, «Escolars catalans al estudi de Bolonia en la XIIIª centuria», Boletín de la Real Academia de Buenas Letras de Barcelona, XV (1915), pp. 137-155. 29J. E. martÍnez Ferrando, Catálogo de la documentación relativa al antiguo Reino de Valencia, contenida en los registros de la Cancillería Real, Madrid, 1934, vol. 1, doc. 88. (28.III.1258). 30Jaime I ocupó los castillos rebeldes entre el 4 de mayo y el 8 de junio de 1258 y, durante ese periodo, el 14 de mayo concedió la alcaidía de Pego a Arnau de Romaní, que se comprometió a tener allí 10 hombres hasta el final de la guerra con al-Azraq. Cf.: P. GuiChard, Al-Andalus frente a la conquista cristiana, Madrid-Valencia, 2001, p. 585; J. E. martÍnez Ferrando, Catálogo de la documentación..., ob. cit., vol. 1, docs. 120-121 (14.V.1258). 31«Colección documental», doc. 1 (13.VIII.1258). 32El primer documento en que lo vemos como miles data de enero de 1259: V. Cuñat, Arnau de Romaní y Domènec de Cavall..., ob. cit., doc. 17 (10.I.1259), p. 106.

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Arnau de Romaní estuvo igualmente vinculado a la siguiente guerra contra los musulmanes encabezada por la monarquía aragonesa, la de 1265-1266, frente a los andalusíes de las tierras murcianas que se habían sublevado contra el dominio castellano de Alfonso X el Sabio. De esta manera, después de haber incrementado su patrimonio a través de varias compras rústicas y urbanas, de otras donaciones, de la realización de préstamos y de la compra de rentas reales, Romaní financió nuevamente parte de la campaña desplegada para conquistar Murcia.33 En esta ocasión, la cantidad adelantada al rey fue mucho más importante: 100.000 sueldos pagados por el arrendamiento durante dos años de las rentas de la bailía de Valencia, oficialía real que el propio Arnau de Romaní recibió y pudo detentar al volver las huestes del asedio de Murcia, donde también estuvo junto a Jaime I.34

Específicamente, el cargo de baile de Valencia le fue concedido por los «muchos servicios prestados» y su posesión durante cuatro años le posibilitó incrementar notablemente su poder político y económico a través de nuevas prebendas y compras. Durante este periodo sabemos que recibió de Jaime I: unos solares para edificar y huertos en la ciudad de Valencia, la alcaidía del castillo de Xàtiva y su bailía, una alquería en el término de Alzira, el castillo y la villa de Palma, y también la donación plena de Beniparrell.35 Por añadidura, Romaní pudo arrendar nuevamente las rentas reales de la bailía de Valencia y de otros lugares, ejerció como prestamista del rey y del infante Pedro –muy activo

en el reino de Valencia durante esta última etapa del reinado de Jaime I–, instituyó la capilla del cementerio de la iglesia de San Juan del Hospital de Valencia, y compró el castillo de Villalonga, que heredaría su hijo Berenguer de Romaní, dando lugar a la familia caballeresca Llançol de Romaní.36

Como hemos visto, pues, muchas de estas concesiones fueron realizadas expresamente por los servicios realizados a la monarquía –propter multa grata et idonea servicia–,37 pero aquella estrecha colaboración acabó bruscamente en 1270, cuando, a causa de unos graves enfrentamientos con una facción encabezada por Guillem Escrivá, Arnau de Romaní fue removido del cargo de baile de Valencia y obligado a pagar al rey una importante suma monetaria. La misma crónica real, aunque parca en explicaciones, se hace eco de este conflicto:

Venguem-nos-en en el regne de València e trobam que hi havia haüda baralla entre aquell que tenia lloc nostre e un altre, per nom Guillem Escrivà; e nós donam-li nostra sentència. E puis En Guillem Escrivà e altres de la vila acusaren aquell nostre batlle; e nós oïm lo feit atretal e donam-hi nostra sentència e castigam-los, enaixí que la ciutat romàs en pau e en bon estament.38

Sobre esto, pese a que Ferran Soldevila en sus notas al Llibre dels fets advirtió que no había podido averiguar quién era el baile real ni encontrar ningún documento «que es refereixi a aquestes sentències dictades», ahora estamos en condiciones de ofrecer unos cuantos datos, que parecen

33Ibidem, pp. 65-67 (listado de posesiones de Arnau de Romaní); J. E. martÍnez Ferrando, Catálogo de la documentación..., ob. cit., vol. 1, docs. 256-257 (2.X.1259) (confirmación real de todas las compras de casas, heredades y tierras que Romaní haga en el reino de Valencia, y franqueza de tributar por ellas), 452 (24.IV.1263) (arrendamiento durante dos años de las rentas de Riba-roja), 579 (28.XI.1264) (permiso real para comprar casas en Gandia de Carròs de Rebollet), y 623 (1.XI.1265) (deuda consignada sobre las rentas de Vilallonga por los 13.000 sueldos que pagó Romaní para redimir el castillo en favor del rey). 34J. E. martÍnez Ferrando, Catálogo de la documentación..., ob. cit., vol. 1, docs. 618 (28.X.1265) (adelanto de Romaní de 100.000 sueldos por el arrendamiento de la bailía de Valencia), 756 (III.1268) (otros adelantos de dinero a caballeros), 638 (14.II.1266) (reconocimiento de deuda del infante Pedro a Arnau de Romaní por unas telas para Constanza de Sicilia, realizado en el asedio de Murcia), 662 (12.V.1266) (nombramiento oficial de Romaní como baile de Valencia, aunque en el documento anterior aparece ya como tal, puesto que seguramente lo era desde que compró las rentas de la bailía a finales de octubre de 1265, antes de partir hacia la conquista de Murcia), 695 (25.IV.1267) (facultad real dada a Romaní como baile de Valencia para resolver las apelaciones judiciales realizadas en la ciudad por encima de las competencias del procurador general del reino). 35Ibidem, vol. 1, docs. 664 (20.VII.1266) (donación real de un solar en el mercadal de Valencia para edificar casas), 675 (6.XI.1266) (donación real de un huerto cercano al

palacio real de Valencia), 687 (5.III.1267) (concesión de la alcaidía de Xàtiva en pago de una deuda real), 800 (1.V.1268) (Romaní aparece por primera vez como baile de Xàtiva), 833 (23.I.1269) (donación real de la alquería de Segena, en el término de Alzira, y de una heredad en L’Alfàs del Pi), 902 (29.VI.1269) (donación del castillo de Palma, con las alquerías de Palma, Ador, Castellonet, Almiserà y Cotalba, por los «muchos servicios prestados», en el contexto de la Cruzada a Tierra Santa, a cambio del pago de 1.000 sueldos anuales), 798 (1.V.1268) (donación plena de Beniparrell, cf. «Colección documental», doc. 3). 36Ibidem, vol. 1, docs. 688 (10.III.1267) (arrendamiento de las rentas de la bailía de Valencia por un año), 861 y 941 (III.1269) (arrendamiento de las rentas de la bailía de Valencia y de otros castillos por tres años), 698 (20.V.1267) (adelanto de dinero de los ingresos de la bailía de Valencia al infante Pedro), 705 (IX.1267) y 942 (28.VIII.1269) (préstamos al infante Pedro), 829 (27.XI.1268) (pagos en nombre del rey), 872 (12.IV.1269) y 892 (16.VI.1269) (compra de Vilallonga); M. Bravo, Iglesia de San Juan del Hospital, Valencia, 2000 (institución de la capilla del cementerio de la iglesia de San Juan del Hospital de Valencia bajo la advocación de Santa María Magdalena; actualmente aún se puede ver el escudo de los Romaní en el ábside de la capilla). 37J. E. martÍnez Ferrando, Catálogo de la documentación..., ob. cit., vol. 1, doc. 902 (29.VI.1269). 38F. soldevila (ed.), Les quatre grans Cròniques, ob. cit., cap. 500.

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apuntar a una lucha de bandos entre Arnau de Romaní y la familia Escrivá. En primer lugar, aun cuando no aportó fuentes nuevas, el cronista valenciano Pere Antoni Beuter desarrolló en el siglo XVI las informaciones de la crónica, señalando que Guillem Escrivá era jurado de la ciudad de Valencia, que se formaron dos parcialidades y que Jaime I castigó a miembros de las dos, limitando el poder del baile:

Le vinieron cartas en hebrero (sic) que el bayle de Valencia se desaviniera con En Guillem de Escriván, jurado de Valencia, y vinieran a las manos, de que huvo gran gran ruydo en la ciudad, y muchos descalabrados y heridos de una parte y otra, de que viniera la ciudad en punto de se perder, y quedara en gran división hecha dos parcelidades (...) Venido que fue en Valencia supo cumplidamente cómo passava el negocio, y castigó algunos de cada una de las partes, y puso en sossiego la ciudad, limitando al bayle el poder, y declarando lo que podía hazer.39

Es posible que Beuter pudiera consultar algún otro documento relativo a aquel hecho, ya que ni la fecha de la llegada del monarca a Valencia, ni el cargo concreto de Guillem Escrivà, ni la restricción de las competencias del baile figuran en la crónica real, y, al menos en la cuestión de la fecha sabemos –a través del itinerario confeccionado por Joaquim Miret– que el cronista valenciano estaba en lo correcto. Así, tenemos noticias de que Jaime I, tras haber vuelto a Barcelona en octubre de 1269 de su fracasado intento de cruzada a Tierra Santa, pasó por Castilla y Aragón hasta llegar a la ciudad de Valencia hacia el 10 de febrero de 1270, permaneciendo en el reino de forma ininterrumpida durante un año y medio, hasta agosto de 1271.40

Por otra parte, sabemos a ciencia cierta que el baile de Valencia era entonces Arnau de Romaní, quien, como hemos visto, ocupaba el cargo al menos desde 1266 y todavía lo hacía durante los primeros meses de 1270, al menos hasta abril.41 De hecho, en agosto de 1269 había arrendado las rentas de la bailía por tres años, pero, sin embargo, advertimos que en octubre de 1270 quien ocupaba aquella oficialía real era otra persona: Arnau Escrivá.42 Y éste –siguiendo las razonables observaciones realizadas por Miquel Batllori– era seguramente el tío del Guillem Escrivá que aparece citado en la crónica real como líder del bando rival a Romaní.43 Por lo tanto, aunque no hay ningún documento que lo explicite, se puede intuir una maniobra contra el baile Arnau de Romaní encabezada por los Escrivá, los cuales obtendrían finalmente el nombramiento como nuevo representante máximo del rey en la ciudad y todo el realengo de uno de sus miembros, Arnau Escrivá, que ocupó el cargo hasta su muerte, a mediados de 1275.44

Apuntando en esta misma dirección, sabemos que uno de los castigados por estas luchas, pro facto invasionis Arnaldi de Romanino, fue Guillem d’Espígol, desterrado del reino durante 1270 y que era scuder de Arnau Scrivà.45 Así pues, como parece apuntar Beuter, es posible que hubiera un enfrentamiento entre el baile real y algunos miembros de los cargos de gobierno de la ciudad, como Guillem Escrivá si era efectivamente jurado en 1270 o el mismo Arnau Escrivá, quien sabemos que lo había sido en 1268.46 Además, este último, aparte de tío, había sido tutor y administrador legal de Guillem Escrivá durante su minoría de edad, por lo que

39P. A. Beuter, Primera part de la Història de València (València 1538); Segunda parte de la Crónica general (València 1604), Valencia, 1995 (ed. facsímil). 40J. miret, Itinerari de Jaume I el Conqueridor, Barcelona, 1918, pp. 436-450. 41R. I. Burns, Diplomatarium of the crusader kingdom of Valencia, Princeton, 2007, vol. IV, docs. 1001 (6.III.1270) y 1011 (9.IV.1270). En julio de 1270 aparece citado como baile real según un documento recogido por V. BranChat, Tratado de los derechos y regalías que corresponden al Real Patrimonio en el reyno de Valencia, Valencia, 1784-1786 (ed. facsímil: 1990), tom II, p. 107 (31.VII.1270); con todo, el documento hace referencia a un establecimiento pasado, por lo que no podemos saber con seguridad si todavía era baile en aquellos momentos: [El rei] atorgà a·n Berenguer de Almenara que puixa edificar un forn a coure pa en aquell loch, en lo qual N’Arnau de Romaní, batle de València, donà a cens de un morabatí a·n Andreu Sarte en lo mercat de València. 42R. I. Burns, Ibidem, vol. IV, doc. 1068 (5.X.1270). 43M. Batllori, «El cronista Bernat Desclot i la família Escrivà», a Storiografia e storia. Studi in onore di Eugenio Duprè Theseider, Roma, 1974, p. 136. 44Lo vemos ocupar aquella posición ininterrumpidamente: R. I. Burns, Ibidem, docs. 1256, 1293, 1307, 1321 1327, 1329, 1332, 1344, 1346, 1365, 1411 (18.VIII.1271 a

15.XI.1272); ACA, C, reg. 20, f. 227 (20.III.1275), citado por J. miret, Itinerari de Jaume I el Conqueridor, ob. cit., p. 512. Además, también fue procurador general del reino de Valencia desde abril de 1272, un cargo que se le concedió durante la celebración de las Cortes generales de Lleida; cf.: J. V. CaBezuelo, Poder público y administración territorial en el reino de Valencia, 1239-1348: el oficio de la procuración, Valencia, 1998, pp. 57-59. 45R. I. Burns, Diplomatarium of the crusader kingdom of Valencia..., ob. cit., vol. IV, doc. 1094 (10.I.1271); V. BranChat, Tratado de los derechos y regalías..., ob. cit., tom II, p. 113 (5.IX.1272). El 10 de enero de 1271, diez días después de haber sido redimidas las acusaciones a Arnau de Romaní, dos miembros del bando contrario, Guillem d’Espígol y también Jaume Franc, fueron absueltos, permitiendo su retorno a tierras valencianas; así pues, los documentos confirman los relatos de las crónicas de Jaime I y de Pere Antoni Beuter, según los cuales el rey castigó a ambas partes. 46En 1266 aparecía en los documentos como ciudadano de Valencia, en 1268 como jurado y en 1271 como nuncio de la ciudad en un asunto municipal: J. Cortés (ed.), Liber privilegiorum civitatis et regni Valencie, ob. cit., docs. 74 (14.IV.1266), 84 (27.IV.1268), 93 (22.VII.1271).

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podemos suponer una estrecha relación entre ambos.47 De hecho, hay otros indicios que apuntan hacia esa entente familiar, como, por ejemplo, que los dos aparezcan entre los representantes de la ciudad de Valencia en el Parlamento celebrado con el rey en 1266 o que Arnau Escrivá transfiriera a su sobrino dos deudas reales de 8.200 sueldos y 5.000 sueldos en 1268.48 En definitiva, unos cuantos meses después de aquellos enfrentamientos, entre abril y octubre de 1270, Arnau de Romaní fue apartado del cargo en beneficio de Arnau Escrivá y el último día del año tuvo que firmar una carta mediante la cual se redimía de las acusaciones de injurias y delitos –iniuriarum et delictorum– realizadas por Jaime I, a cambio del pago de la notable cuantía de 100.000 sueldos.49

De esta manera el caballero fue apartado del favor de Jaime I, y, hasta la muerte de éste, desaparece casi completamente de la nómina de personajes que desfilan por los documentos de la administración real.50 Aun así, todavía en la primera mitad de 1271 intervendría en un último gran negocio relacionado con la monarquía –el de la compra del lucro de la moneda que se acuñó en Valencia– aunque hasta febrero de 1276 no volvería a recibir ninguna merced real, en este caso el enfranquecimiento de los derechos comerciales, como las lezdas o los peajes, concedido a todos sus vasallos.51

En aquellas horas, sin embargo, Arnau de Romaní ya había vendido el lugar de Beniparrell, en 1272, un par de años después de sus rivalidades con los Escrivá, aun cuando había acumulado otras posesiones, como la morería de Llíria o el señorío de Benillup.52 Finalmente, quien había sido señor de

Beniparrell aún volvería a ocupar cargos de gobierno, a pesar de que tendría que esperar a la muerte de Jaime I, a finales de julio de 1276, para hacerlo.

De la mano del nuevo rey, Pedro el Grande, con quien, como hemos visto, había compartido esferas de poder en tierras valencianas, fue nombrado nuevamente baile de Valencia en un contexto muy especial y verdaderamente crítico para la monarquía, ya que las aljamas andalusíes, de nuevo con la ayuda de al-Azraq, se habían levantado en armas y amenazaban seriamente el poder cristiano. Tal vez por ello el monarca buscó la experiencia de Arnau de Romaní, que ya había combatido a los musulmanes en varias ocasiones. Fuese como fuese, apenas si pudo ocupar el cargo durante unos meses, pues si en septiembre de 1276 lo vemos otra vez como baile, en noviembre de aquel mismo año una orden real informa de su muerte al justicia de Valencia.53 Así fenecía el primer señor feudal de Beniparrell, aunque la relación del lugar con los Romaní no acabaría con esta muerte, puesto que su bisnieta, Elicsén de Romaní, volvería a ocupar su titularidad unos ochenta años después. Antes, sin embargo, otros señores poseyeron Beniparrell, como veremos en los siguientes capítulos.

47El 23 de julio de 1259 Arnau Escrivá fue nombrado tutor de sus sobrinos Guillem y Arnau, el padre de los cuales, Guillemó Escrivà, había muerto entre 1252 y 1254, así como también había muerto su abuelo, Guillem Escrivà, que había ejercido como su tutor hasta entonces; M. Batllori, «El cronista Bernat Desclot...», ob. cit., p. 135. 48 J. Cortés (ed.), Ibidem, doc. 74 (14.IV.1266); R. I. Burns, Ibidem, doc. 801 (13.IV.1268). Además, Arnau Escrivá y Guillem Escrivá también aparecen juntos en una sentencia dictada por el rey sobre diezmos y primicias el 4 de abril de 1268: J. riBelles, Bibliografía de la lengua valenciana. Siglo XV, Madrid, 1915, pp. 352-356. Miquel Batllori opina que el Guillem Escrivá que aparece en aquella sentencia es el hijo de Arnau, que se llamaba igual que el sobrino, pero por la proximidad de días con el otro documento que acabamos de citar en que Arnau transfiere una deuda real a su sobrino Guillem, pensamos que éste es igualmente el testigo que aparece en la sentencia: M. Batllori, Ibidem, p. 138 49R. I. Burns, Ibidem, doc. 1092 (31.XII.1270). 50Contrariamente, apuntalando la hipótesis de la alianza de los Escrivá contra los Romaní, los primeros sí que aparecen constantemente en la documentación real, como, por ejemplo,

en otra sentencia del 10 de septiembre de 1270 de un pleito entre la villa de Llíria y Blasco Ximénez d’Arenós, en que vemos nuevamente juntos a Arnau Escrivá y Guillem Escrivá como ciudadanos de Valencia: J. miret, Itinerari de Jaume I el Conqueridor..., ob. cit., p. 442 (10.IX1270). De hecho, su presencia en este documento impulsó a Soldevila a aventurar acertadamente que «Guillem Escrivà sembla haver romàs en la gràcia del rei»: F. soldevila (ed.), Les quatre grans Cròniques, ob. cit., p. 485, nota 2351. 51J. E. martÍnez Ferrando, Catálogo de la documentación..., ob. cit., vol. 1, docs. 1051 (29.I.1271), 1158 (I.1271), 1166 (13.VII.1271) y 1903 (5.II.1276). 52ACA, C, reg. 20, f. 323v (II.1276), citat per J. torró, El naixement d‘una colònia. Dominació i resistència a la frontera valenciana (1238-1276), Valencia, 2001, p. 97; AHN, Orde de Montesa, Pergaminos particulares, Carpeta 520, 408-p (27.XII.1281), citado por M. V. FeBrer, Dominio y explotación territorial en la Valencia foral, Valencia, 2000, p. 81. 53J. E. martÍnez Ferrando, Catálogo de la documentación..., ob. cit., vol. 2, doc. 49 (15.IX.1276) y 143 (22.XI.1276).

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La compra del lugar

Durante los meses centrales de 1272 Arnau de Romaní vendió Beniparrell al monasterio de Santa María de Portaceli –de la orden de la Cartuja–, que fue erigido oficialmente en noviembre de aquel año. Hasta entonces, en los dominios eclesiásticos de la Corona de Aragón solamente se había fundado un monasterio de monjes cartujos, caracterizados por seguir el ejemplo de su fundador, Bruno de Colonia, basado en la contemplación y la austeridad. Si aquél, establecido en la diócesis tarraconense, en la falda del Montsant, se llamaba Scala Dei por el pasaje del libro del Génesis en que Jacob soñaba con una escalera que llevaba al cielo, la nueva implantación en tierras valencianas tomaría el nombre de las palabras del mismo personaje al despertar: Non est hic nisi domus Dei et porta coeli.54

El nuevo establecimiento monástico, como el resto de señorías eclesiásticas, necesitaba rentas con las que mantener su funcionamiento y, por ello, Jaime I lo autorizó en agosto de 1271 –cuando se proyectaba su instauración– a comprar tierras de eclesiásticos o caballeros en el reino de Valencia, salvando la prohibición contenida en los Fueros.55 Unos meses más tarde, en abril del siguiente año, durante el transcurso de unas Cortes Generales en Lleida, el mismo rey aprobó la compra que el futuro monasterio había hecho de Lullén, donde se instalaría, sin hacer, sin embargo, ninguna mención de Beniparrell.56 En cambio, sabemos que el 6 de noviembre de 1272 el monasterio de Portaceli ya había adquirido el lugar, puesto que en aquella fecha recibió del obispo de Valencia tanto su carta de fundación como la concesión perpetua del tercio diezmo de sus futuras posesiones, especificando que

también se le cedía el de la alquería de Beniparrell, comprada de Arnau de Romaní.57

Por lo tanto, la venta se debió de efectuar poco antes, entre abril y noviembre de 1272, aunque a bien seguro que no por el excesivo precio de 44.000 libras –880.000 sueldos– según el que Joan Baptista Civera, cronista de la cartuja de Portaceli en el siglo XVII, afirmó que Beniparrell había sido obtenido,58 sin aportar fuentes y de forma totalmente discordante con los valores de venta del señorío que veremos posteriormente, a lo largo del Trescientos. En cualquier caso, aparte de la propia explotación de las tierras de Lullén, circundantes al monasterio, Beniparrell constituiría hasta comienzos del siglo XIV la principal posesión feudal de Portaceli, que, como en el caso de Arnau de Romaní, partía pues de una reducida base señorial.

De esta forma la señoría de Beniparrell empezaba una nueva etapa caracterizada por su pertenencia durante cerca de cuarenta años al estamento eclesiástico, hecho que posibilitó una protección monárquica más decidida, en consonancia con la estrecha relación que mantuvieron en el reino de Valencia la Iglesia y la Corona.59 De hecho, parece que también por eso éste es el periodo que cuenta con una documentación relativa a Beniparrell más abundante en los archivos reales. Así, además de tres documentos eclesiásticos particulares sobre la gestión del diezmo, contamos con otros doce que podemos agrupar básicamente en torno a otras tres cuestiones principales: las controversias por el cobro de exacciones municipales y reales –que proporcionan interesantes estimaciones demográficas a comienzos del

II. LA SEÑORÍA ECLESIÁSTICA: EL MONASTERIO CARTUJO DE SANTA MARÍA DE PORTACELI (1272-1311)

54«No es esto sino la casa de Dios y la puerta del cielo»: F. tarÍn, La Cartuja de Porta-Coeli (Valencia): apuntes históricos, Valencia, 1897, p. 51. 55F. Fuster, Cartuja de Portaceli. Historia, vida, arquitectura y arte, Valencia, 2003, doc. 1 (4.VIII.1271). 56R. I. Burns, Diplomatarium of the crusader kingdom of Valencia..., ob. cit., doc. 1326 (18.IV.1272). Por lo que respecta a la celebración de Cortes con la presencia de nobles y prohombres de toda la Corona a lo largo del mes de abril de 1272, cf.: J. miret, Itinerari de Jaume I el Conqueridor..., ob. cit., pp. 459-464.

57F. Fuster, Cartuja de Portaceli..., ob. cit., doc. 2 (6.XI.1272). Véase la «Colección documental», doc. 4 (6.XI.1272). Francisco Tarín erró en la fecha de dicha cesión, al considerar que fue firmada en 1278: F. tarÍn, La Cartuja de Porta-Coeli..., ob. cit., Valencia, pp. 147-148. 58Mª. E. riBes (ed.), Los anales de la Cartuja de Porta-Coeli, Valencia, 1998, p. 71. 59Sobre estas relaciones, véase, por ejemplo: R. I. Burns, The Crusader Kingdom of Valencia. Reconstruction on a Thirteenth-Century Frontier, Cambridge, 1967.

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siglo XIV–, los conflictos de la señoría eclesiástica con los vecinos del lugar y la venta de la población en el año 1311.

El diezmo de Beniparrell

El diezmo, teóricamente la décima parte de los productos cultivados, constituía la principal renta feudal de la Iglesia. Con todo, en el reino de Valencia, como en el de Mallorca y en las anteriores tierras conquistadas, era reclamado por el rey y la nobleza fundamentándose en una bula pontificia de 1095 que otorgaba la exacción a aquéllos que ocuparan territorios de los musulmanes. En cualquier caso, la verdadera pugna de fondo se correspondía a la lógica feudal de incrementar las rentas, una rivalidad que impulsaba la competencia constante entre la diversidad de señorías reales, nobiliarias y eclesiásticas. En este sentido, si bien en tierras mallorquinas la monarquía y la nobleza consiguieron apropiarse de entre la mitad y dos terceras partes del diezmo, en el caso valenciano las autoridades episcopales pudieron defender mejor la renta, consiguiendo que el rey y los nobles sólo accedieran de forma general a una tercera parte.60

Así, como vemos en el caso de Beniparrell durante el siglo XIII, los señores de los lugares recibieron el denominado «tercio diezmo» mientras que la diócesis se quedó con las otras dos terceras partes. Sabemos que durante el verano de 1272 Arnau de Romaní prestó homenaje al obispo de Valencia en el contexto de una serie de acuerdos entre diversos caballeros y la Iglesia para reconocer esa distribución del diezmo, a la vez que, como ya hemos visto, el mismo obispado cedió el «tercio diezmo» al monasterio de Portaceli en el momento del traspaso de la señoría.61 Con todo, es posible que la Iglesia recuperara completamente la renta en ocasión del siguiente cambio de poseedor del lugar a finales de 1311, ya que, como veremos, el nuevo señor fue Pere de Ripoll, quien en su condición de ciudadano de Valencia no tenía derechos reconocidos –como los caballeros– sobre el diezmo. Por ejemplo, en la cercana Catarroja apenas cinco años antes

–en 1306– el intento de apropiación del tercio diezmo por parte del caballero de origen ciudadano Berenguer Dalmau había provocado un duro enfrentamiento con el obispado que culminó tras su muerte con la devolución del tercio diezmo en 1310 por parte de su hijo, al ser negada la sepultura cristiana al mencionado Dalmau hasta que retornara la exacción.62

Por lo tanto, si ni siquiera un ciudadano ennoblecido pudo acceder al tercio diezmo, es muy probable que la Iglesia también lo recobrara en Beniparrell, aunque desconocemos si tuvo que cederlo otra vez a los siguientes titulares de la señoría, cuando estos pasaron nuevamente a ser nobles. De hecho, como también detallaremos más adelante, la compra del lugar realizada en 1316 por Andreu Guillem Escrivá –que era caballero– fue objeto de una protesta por parte del obispado y del cabildo de la catedral de Valencia alegando que perjudicaba los intereses de la Iglesia, unos perjuicios que no se explicitaban pero que de forma verosímil podían estar relacionados con la posibilidad de que el nuevo señor reclamara la percepción del tercio diezmo en su condición nobiliaria. Sin embargo, no volvemos a tener noticias sobre la cuestión, por lo que sólo un estudio de más profundidad podrá esclarecer si la diócesis consiguió recibir la totalidad del diezmo o si tuvo que compartirlo a lo largo de los siglos feudales. En todo caso, es posible que, como documentó Pau Viciano en Catarroja, también en Beniparrell a comienzos del siglo XIV se produjera una pugna por la renta decimal entre la Iglesia y los ciudadanos y caballeros poseedores de las pequeñas señorías de L’Horta de Valencia.

Por otra parte, el hecho de que la tercera parte del diezmo fuera objeto de disputa entre la señoría laica y la eclesiástica también indica que las rentas de Beniparrell habían aumentado, lejos de los exiguos rendimientos de mediados del siglo XIII, cuando la donación a Arnau de Romaní establecía en 100 sueldos un máximo a superar. Respecto a ello, dos escrituras de arrendamiento de 1305 y 1311 conservadas en el archivo catedralicio constatan que sólo las dos terceras partes del diezmo cobradas entonces por el obispado y el capítulo de la Seo de Valencia sobrepasaban

60R. I. Burns, «A mediaeval income tax: The tithe in the thirteenth-century kingdom of Valencia», Speculum, 41 (1966), pp. 438-452. 61Ibidem, p. 477; «Colección documental», doc. 4 (6.XI.1272).

62P. viCiano, Catarroja: Una senyoria de l’Horta de València en l’època tardomedieval, Catarroja, 1989, p. 47.

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ya aquella cantidad. Si bien el arrendamiento de 1305 hacía referencia conjunta a la renta en especie de la novena parte de los frutos impuesta en Albal por el cabildo de la catedral como señor del lugar, y a la renta decimal de Albal, Catarroja y Beniparrell, y, por lo tanto, no podemos discernir qué parte del precio global de 1.350 sueldos correspondía a cada uno, en cambio, el arrendamiento de 1311 tenía únicamente como objeto el diezmo eclesiástico de Beniparrell, valorado en 400 sueldos.63 Así pues, como especificaba la escritura, la recaudación anual de las dos terceras partes del diezmo del cereal, el vino, el aceite y todos los productos tradicionalmente tasados, a excepción de las carnes, se vendieron aquel año por 400 sueldos, lo que implicaba probablemente que el resto de aquella renta, el tercio diezmo, rondaría otros 200 sueldos anuales.

En suma, parece que desde la donación real de 1258, a lo largo de la segunda mitad del siglo XIII y los inicios del XIV, la producción agrícola sometida al pago de exacciones feudales en el término de Beniparrell se había incrementado y había hecho que parte de ellas entraran en el mercado de rentas de la capital mediante el arrendamiento anual de su recaudación. Con todo, la posible baja extracción del arrendatario del diezmo de Beniparrell de 1311, en contraste con la más alta de los socios que arrendaron pocos años antes la renta señorial de Albal y la decimal de este lugar, Catarroja y Beniparrell, esté indicando quizás, a pesar de su crecimiento, la escasez de los rendimientos beniparrellinos.

En concreto, en el caso de 1305 sabemos que el procurador del cabildo de la catedral de Valencia, el ciudadano Pere de Milà, vendió la recaudación de las rentas citadas durante un año a Esteve Frener, vecino de Valencia –probablemente artesano por su apellido–, y a Pere Quintana, cambista –y, en buena lógica, importante ciudadano de Valencia–, con los cuales, además, se obligó a satisfacer el precio de la compra Bernat de Ginebret, oficial

de la monarquía que había ascendido desde el servicio del infante Alfonso al cargo de carcelero real de Valencia durante el reinado de Pedro el Grande y al de portero real durante el del mismo Alfonso el Franco, encargándose de colectar algunas de las principales exacciones reales del reino de Valencia hasta las primeras décadas del siglo XIV.64 Contrariamente, en 1311 la recaudación anual del diezmo de Beniparrell fue vendida por los procuradores del obispo y el cabildo de la catedral de Valencia, Bernat Ça-Nou –que poco después sería baile general del reino–65 y Pere Dez-Pont respectivamente, a Ponç Llançol, del que no se apunta oficio, condición ni procedencia, por lo que es posible que no ocupara una posición tan alta como la de los protagonistas de la otra transacción.

Fuese como fuese, sin embargo, a pesar de ser una señoría pequeña parece que en Beniparrell, como el resto del reino, el crecimiento de la producción agrícola y de la población fue un hecho durante el periodo citado, de forma que a comienzos del Trescientos se llegaron a niveles demográficos similares a los de finales de la misma centuria, tras las crisis de las décadas centrales de aquel siglo. Al menos así lo señalan ciertos documentos fiscales que trataremos a continuación.

Las contribuciones a la ciudad y al rey. Una primera estimación de la población

Como hemos visto, el mundo señorial de la época en que nos movemos era, entre otras cosas, un mundo de concurrencia por las rentas y las contribuciones monetarias. Y en dicha competencia participaban todas las señorías, ya fueran eclesiásticas –como por ejemplo los obispados, los cabildos catedralicios, los monasterios, los conventos y las órdenes militares– ya fueran laicas –como los nobles, los

63 «Colección documental», docs. 7 (20.IV.1305) y 16 (14.V.1311). 64Por lo que respecta al litigado proceso de acceso a la carcelería real de Ginebret véanse: J. E. martÍnez Ferrando, Catálogo de la documentación..., ob. cit., vol. 2, docs. 1648 (19.I.1283) y 2159 (22.II.1285); R. GalloFré, Documentos del reinado de Alfonso III de Aragón..., ob. cit., docs. 357 (19.IX.1286), 591 (17.II.1287), 614 (1.III.1287) y 805 (3.VI.1287). Sobre su cargo como portero real, se puede encontrar recurrentmente a Bernat de Ginebret como colector de la questia, la cena y el monedaje en los registros Subsidiorum

de la Cancillería real y en los libros de albaranes del Maestro Racional: ACA, C, reg. 324-333 y 341; RP, MR, Libros de albaranes, 620-632. 65Este nombre fue transcrito por Elías Olmos como «Bernat Noguera», pero la traducción literal de «Bernardus de Nuce» corresponde a «Bernat de Nou», llamado «Bernat Ça-Nou» en los documentos en romance: E. olmos, Inventario de los pergaminos..., ob. cit., doc. 1188 (14.V.1311). Como hemos dicho, unos años más tarde fue nombrado baile general del reino de Valencia: ACA, C, reg. 232, f. 361v (25.III.1320).

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caballeros y los ciudadanos, la misma monarquía o las villas reales–. En el caso concreto de Beniparrell, su localización dentro de los términos municipales de la ciudad de Valencia lo hacía vulnerable a la exigencia de las contribuciones que el Consejo municipal imponía para satisfacer sus deudas, especialmente motivadas por las demandas monetarias de los reyes a causa de sus empresas bélicas. Así, por ejemplo, sabemos que durante el transcurso de las Cortes valencianas de 1286, que tuvieron lugar entre el 15 y el 22 de septiembre de aquel año,66 el prior de Portaceli elevó una queja al rey Alfonso el Franco porque los jurados de Valencia, pese a que el monasterio poseía el lugar libremente como alodio, exigían y recibían la parte correspondiente a Beniparrell en las pechas de la ciudad, es decir, en los impuestos directos que se imponían periódicamente sobre los hombres y las tierras del término municipal para recaudar determinadas cantidades monetarias.67

De hecho, en las villas reales estas contribuciones prácticamente anuales venían a ser el equivalente de la renta feudal en el resto de señorías, puesto que el rey, desde mediados de siglo XIII, renunció a hacer de los censos su principal vía de obtención de renta y, contrariamente, optó por demandar de forma periódica pechas o tallas –tributos directos– que los consejos municipales se encargaban de distribuir y recaudar en función del patrimonio de los poseedores del término de cada villa. Así, aunque con el tiempo la ciudad de Valencia centraría su sistema fiscal en las imposiciones indirectas cargadas sobre los productos de consumo, en aquellos momentos de finales de siglo XIII las contribuciones directas pagadas en función de la riqueza de cada familia eran todavía el principal mecanismo para recaudar el dinero exigido por la monarquía.68 Sin embargo, la imposición de estos tributos chocaba con las diversas señorías que había dentro del término, que consideraban que sus hombres no debían pagar al municipio aquellas exacciones.

Por lo que respecta a la queja del prior de Portaceli en 1286, es posible que la actuación de los jurados de Valencia

para tratar de hacer contribuir a los hombres de Beniparrell fuera habitual, y que, además, se hubiera dado nuevamente en la última exacción impuesta para satisfacer las necesidades militares de la monarquía: los 80.000 sueldos pedidos a la capital en mayo de 1285 para hacer frente a los ejércitos del rey de Francia que trataban de entrar por la frontera catalana, después de que el pontífice hubiera declarado la cruzada contra el rey de Aragón por su conquista de Sicilia apenas tres años antes.69 Así, es factible que la ciudad repartiera el pago de aquella cantidad entre todos los habitantes y poseedores del término municipal, incluyendo Beniparrell, hecho ante el que el monasterio de Portaceli mostró su oposición alegando que poseía el lugar en alodio –sin otras dependencias señoriales– y, por lo tanto, no debía estar sometido a las contribuciones de una señoría ajena, en este caso la municipal.

Por ello Alfonso el Franco ordenó al procurador del reino que paralizara momentáneamente aquellos pagos y que investigara la cuestión para dictar sentencia, aunque desconocemos el veredicto final. Con todo, como veremos, hay que tener en cuenta que en aquella competencia de los poderes feudales por las rentas, Portaceli defendía la inmunidad de Beniparrell no para evitar la contribución de sus pobladores sino generalmente para tratar de recibirla en propiedad. Es decir, para desviar la recaudación de aquellos tributos directos en beneficio propio y en detrimento de la ciudad de Valencia o de la monarquía, obteniendo el visto bueno de la misma, que como ya hemos dicho mantuvo una estrecha relación de colaboración con la Iglesia valenciana.

Así, un par de años después, en enero de 1288 el mismo monarca Alfonso el Franco concedió al monasterio de Portaceli la exención del pago del monedaje en Beniparrell,70 un tributo que consistía en el pago de un maravedí –equivalente a 7 sueldos– por cada familia con un patrimonio valorado en 105 sueldos o más, y que se pagaba en el reino de Valencia cada siete años desde 1266 como compensación al rey para que mantuviera la estabilidad de la moneda. De esa forma, a partir de la concesión de aquella franqueza real los hombres

66V. Baydal, Guerra, fiscalitat i assemblees estamentals a la Corona d’Aragó (c. 1250 - c. 1300), Tesina para la obtención de la Suficiencia Investigadora, Universidad Pompeu Fabra, Barcelona, 2007, pp. 292-297. 67«Colección documental», doc. 5 (18.IX.1286). 68J. V. GarCÍa marsilla, «La génesis de la fiscalidad municipal en la ciudad de Valencia

(1238-1366)», Revista d’Història Medieval, 7 (1996), pp. 149-170. 69V. Baydal, Guerra, fiscalitat i assemblees estamentals..., ob. cit., , pp. 282-284. 70Archivo de la Cartuja de Portaceli, Pergaminos, 2 (28.I.1288), citado por F. Fuster, Cartuja de Portaceli..., ob. cit., «Fuentes documentales A.C.P.».

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de Beniparrell serian franchos et inmunes de su pago, como el mismo monasterio alegó en 1296, durante la siguiente colecta del monedaje.71

Sin embargo, la documentación pronto revela que los vecinos del lugar no eran libres de pagar, sino de pagar al rey, puesto que lo tenían que hacer igualmente al señor eclesiástico. En este sentido sabemos que en febrero de 1298 el nuevo rey Jaime II, recién llegado del reino de Murcia que había tomado de los castellanos, eximió perpetuamente al monasterio de Portaceli y su dominio de Beniparrell de todos los tributos reales hasta entonces conocidos –la pecha o questia, los subsidios, pedidos, monedajes, cenas, servicios, usos, y redenciones de ejército y cabalgada–, y de cualquier otra exacción real, recibiera el nombre que recibiera. Pero el mismo privilegio explicitaba que a partir de entonces las familias de Beniparrell deberían pagar al propio monasterio, como señor del lugar, aquellas contribuciones o la parte correspondiente a ellas –si eran tributos a repartir con otros lugares–. Además, las cantidades serían puestas a cuenta del rey, es decir, contarían para el cómputo global de la exacción aunque el dinero fuera ingresado por el señor del lugar, que recibía así el favor real.72

De hecho, el prior de Portaceli tuvo que alegar aquel privilegio muy poco después, con ocasión del siguiente gran tributo pactado por el rey con sus villas en el marco de las Cortes valencianas de 1301-1302. El servicio que fue aprobado por el realengo tomó una forma fiscal nueva, desconocida hasta aquel momento, que recibió el nombre de «cabezaje», puesto que consistía en el pago anual durante cinco años de un sueldo por cabeza, es decir, de un sueldo por parte de todos y cada uno de los habitantes de las villas reales. Con todo, el primer año el tributo no rindió lo que se esperaba y únicamente generó 100.000 de los 140.000 sueldos que se habían previsto aproximadamente –cifra que, por otra parte, representa el número total de habitantes de realengo calculados a comienzos del siglo XIV–. Por ello, el subsidio fue cancelado durante el año 1303 y no fue retomado –para

finalizar las cuatro anualidades que restaban– hasta 1304, cuando la forma de contribución fue modificada con unas nuevas condiciones que no conocemos en detalle, pero que pueden indicarnos una primera estimación de la población de Beniparrell según explicaremos a continuación. En esta segunda etapa de la recaudación del tributo observamos de nuevo una lucha entre la ciudad de Valencia y el monasterio de Portaceli por la apropiación de la contribución del lugar de Beniparrell. Así, el prior Pedro de Bielsa buscó nuevamente el favor real y se presentó en Huesca ante Jaime II para denunciar que los jurados de la capital, en colaboración con el portero real Arnau Cortit, habían obligado a los hombres de Beniparrell a pagar por el cabezaje de los años 1305 y 1306 unos 300 sueldos, una cantidad que el prior reclamaba para sí en función de la concesión de todas las exacciones reales que se había otorgado en 1298.73 Efectivamente, el rey dispuso que la suma de aquellos dos años fuera dada al monasterio, aunque todavía al año siguiente tendría que volver a ordenar a las autoridades de la ciudad que no exigieran el cabezaje de Beniparrell, ya que persistían en pedirlo argumentando que en la exención realizada unos años antes el cabezaje no era mencionado como uno de los tributos enfranquecidos: asserentes dictam franchitatem non debere extendi ad dictum cabeçagium, quia de cabeçagio in ipso privilegio specialis mencio non habetur. En consecuencia, Jaime II tuvo que insistir nuevamente en la orden transmitida para que la señoría eclesiástica recibiera el cabezaje pagado en Beniparrell, especificando que el privilegio de 1298 ya preveía que se deberían dar siempre a la señoría las cantidades tocantes al lugar de cualquier tributo real, recibiera el nombre que recibiera.74

En otro orden de cosas, el hecho de que la suma total del cabezaje de Beniparrell en dos anualidades fuera de poco más de 300 sueldos –CCC solidos regalium vel parum plus– proporciona un dato a partir del cual se pueden realizar ciertas estimaciones demográficas. Según un rendimiento de cuentas presentado por el mencionado portero Arnau Cortit

71Así lo constata la orden de Jaime II al baile general del reino de Valencia para comprobar la validez de aquella exención. ACA, C, reg. 324, f. 127v (28.I.1296): Iacobus et cetera, fideli suo Petro de Libiano et cetera. Cum ex parte prioris et conventui monasterii de Portaceli, ordinis cartusiensis, asseratur homines locorum que dictum monasterium habet in regno Valencia esse immunes et franchos a prestacione monetatici, et nos de predictis per vos certitudinem plenariam haberi velimus, mandamus et dicimus vobis quatenus inquiratis diligenter et vos plenarie certifficetis vestrum dicti homines sint immunes et franchi a prestacione ipsius monetatici, nec ne et quicquid super predictis inveneritis nobis per vestras litteris intimetis. Interim vere mandetis pro parte nostra collectori monetatici

locorum predictorum quod supersedeant in exigendo monetaticum antedictum. Datum Cesarauguste, Vº kalendas febrerii, anno Domini Mº CCº XCº quinto. 72«Colección documental», doc. 6 (27.II.1298). De hecho, el documento fue redactado dos veces para añadir expresamente dicha licencia al monasterio de Portaceli para recibir las exacciones reales de Beniparrell, como pone de manifiesto el privilegio tachado y registrado una hoja antes del definitivo: ACA, C, reg. 196, f. 138r-v (27.II.1298). 73«Colección documental», doc. 9 (11.VI.1307). 74«Colección documental», doc. 12 (11.III.1308).

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ante el Maestro Racional, sabemos que la recaudación del cabezaje realizada en 1305 ascendió a 186 sueldos 4 dineros, por lo que el del año siguiente debió valer un mínimo de 114 sueldos para completar aquellos 300 sueldos aproximados.75

Por ello, a pesar de que como hemos dicho no conocemos a ciencia cierta la forma de contribución de la segunda etapa del tributo, según algunos indicios es factible pensar que fue pagado igualmente con un sueldo por cabeza que representaría alrededor de dos terceras partes del pago, más otra cantidad repartida en cada lugar en base al patrimonio de cada familia, destinada a completar la tercera parte aproximada del dinero que había faltado del cálculo inicial de 1302.76

Por lo tanto, en suma, podemos conjeturar que dos terceras partes del cabezaje de Beniparrell correspondían al pago de un sueldo por cada uno de sus habitantes, es decir, que en 1305 podía haber unos 124 pobladores –en proporción a las dos terceras partes de los 186 sueldos 4 dineros pagados– y en 1306 unos 76 –en relación al mínimo citado de 114 sueldos–. Evidentemente, la diferencia de un año a otro es muy grande y constata el alto nivel de conjeturación y fragilidad de las informaciones en que nos movemos con la documentación disponible; tal vez, por ejemplo, la cantidad más alta de 1305 incluía sumas debidas de la anterior anualidad, por lo que pensamos que sus datos se deberían contar a la baja. En cualquier caso, cuando menos, aquellos datos marcan unos límites estimativos que vienen a indicar un mínimo de 15 casas y un máximo de 25 si aplicamos una ratio de 5 personas por fuego. En definitiva, como también señalan los datos del diezmo, parece que a comienzos del siglo XIV se había constituido una pequeña comunidad campesina cristiana en la señoría de Beniparrell, lo que incluso pudo ser una de las razones por las que el monasterio de Santa María de Portaceli se decidió a vender el lugar, a causa de la capacidad de organización y resistencia al poder feudal presentada por la comunidad.77

Los conflictos con la señoría. La venta del lugar

Aunque no fue hasta 1311 cuando se produjo el traspaso del lugar, unos años antes el monasterio ya estaba decidido a venderlo como pone de manifiesto la autorización real a alienarlo a caballeros, concedida en abril de 1306.78 Desconocemos las causas exactas que motivaron la venta, pero en el siglo XVII el cronista Civera –sin aportar sus fuentes– apuntó una que concuerda con los documentos que expondremos a continuación:

Experimentados los religiosos de que el governar vasallos para nosotros, los cartuxos, es ocasión de mil inquietudes, y avida licencia del Capítulo General, resolvieron vender el lugar de Beniparrell.79

Y precisamente entre 1307 y 1311 encontramos varios conflictos entre los vecinos de Beniparrell y el monasterio de Portaceli, especialmente graves por lo que respecta a la negativa de aquéllos a reconocer la señoría feudal del prior Pedro de Bielsa. Éste, en junio de 1307, en la misma ocasión en que reclamó la percepción del cabezaje del lugar ante Jaime II, también solicitó que fuera resuelta según el fuero de Valencia la causa que mantenía ante el justicia de la capital valenciana con los hombres de Beniparrell, racione sacramenti fidelitatis. Es decir, según la rúbrica CXXVI de los Fueros aprobados en el siglo XIII por Jaime I, todos los poseedores de bienes de un lugar debían jurar fidelidad al señor feudal correspondiente:

Aquell qui tendrà alcuna cosa per senyor o haurà alcuna cosa per alou franch en terme de castell, o de vila, o de torre, o d’alqueria, o d’altre loch, tots temps és tengut de fer al senyor del castell, o de la vila, o de la torre, o de la alqueria, o d’altre loch, sagrament de feeltat e servar a son senyor totes aquelles coses que e·l sagrament de feeltat calladament e expressa són enteses.80

75«Colección documental», doc. 11 (15.XII.1307). 76Para una explicación más detallada de este cabezaje y su distribución, véase: V. Baydal, «El cabeçatge, un desconegut servei aprovat en les Corts valencianes de 1301-1302», Revista d’història medieval, 14, en premsa. 77Véase el proceso de formación y desarrollo de las comunidades campesinas en la zona sintetizado por A. Furió, «Les comunitats rurals de l’Horta-Sud de l’Edat Mitjana als temps

moderns», Afers, 11/12 (1991), pp. 31-55. 78«Colección documental», doc. 8 (20.iv.1306). 79Mª. E. riBes (ed.), Los anales de la Cartuja..., ob. cit., p. 78. 80«Els Furs», rúbrica CXXVI, cap. 1, a P. lópez elum, Los orígenes de los Furs en Valencia y las Cortes en el siglo XIII, Valencia, 2001.

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Consecuentemente, aquel juramento de ser fiel al señor representaba la expresión máxima de vasallaje feudal, como constataban los mismos Fueros a la hora de explicitar algunas de aquellas cosas que eran enteses en el sagrament de feeltat:

Aquel qui jura feeltat a son senyor, aquestes VI coses per tots temps deu haver en sa memòria e en son cor, ço és a saber: que no faça dan al senyor en son cors; e que no·l descobre de son secret a son dan, ne sia a son dan de les fortalees per les quals lo senyor pot ésser segur; ne sia a ell en dan de ço que serà sa dretura; e que no jagua carnalment ab sa muller, ne ab sa mare, ne ab sa filla d’aquell senyor, e que no faça semblant cosa que no sia honesta en la casa del senyor; e que no sia a son dan de les sues possessions; e que no faça aquella cosa que sia bona e leugera de fer e d’acabar al senyor greu o embargosa d’acabar ne de fer, e que no faça ço que·s pot fer que no·s puscha fer ne acabar; e que no cel al senyor ço que sia dan del senyor, ans lo li diga e·l li descobre si ho sab.81

Por lo tanto, aunque muchas de estas prescripciones estaban destinadas al vasallaje entre los mismos nobles, evidencian, en definitiva, que el sacramento de fidelidad expresaba la sumisión al señor, que en este caso fue negada al prior de Portaceli por los pobladores de Beniparrell, aunque desconocemos las motivaciones de fondo. En cualquier caso, el justicia de Valencia debió de acabar fallando en favor de la señoría eclesiástica y los mismos vecinos prestaron fidelidad según expresa otra orden real de septiembre de 1308, que, además, informa de que cuatro hombres del lugar continuaban negándose a hacerlo, sine causa racionabili. De esta manera, el documento proporciona el nombre de algunos de los primeros habitantes y campesinos del Beniparrell cristiano: Jaume Milà, Pere Noguera, Maimó de Josa y Guillem de Josa, que probablemente, como otros muchos colonizadores

del reino de Valencia, procedían del oeste y el sur de tierras catalanas.82

Podemos imaginar que aquellos vecinos acabaron también jurando vasallaje al prior Pedro de Bielsa, ya que, según parece, la señoría eclesiástica no volvió a realizar reclamaciones sobre la cuestión. Con todo, unos pocos años después, en febrero de 1311, el nuevo prior Jaume d’Alió pidió nuevamente la ayuda del rey para resolver un conflicto con otro beniparrellino, Jaume Galter,83 con el que se disputaba un campo en el término del lugar –quodam campo situato in termino dicti loci de Beniparrel–. Así, el monarca ordenó al justicia de Valencia y al de Beniparrell que hicieran cumplir la sentencia ya dada por éste último, que otorgaba la posesión de la tierra al prior, puesto que, según se decía, había sido expoliada indebidamente.84

En suma, se detecta un incremento de conflictos precisamente durante los años en que el monasterio de Portaceli buscaba comprador para el lugar. Además, en aquellos momentos podemos observar cargos judiciales y administrativos estables, como por ejemplo el justicia que había dictado sentencia en la causa sobre el campo en disputa o el batle del dit loch que aparece mencionado en el rendimiento de cuentas del cabezaje de 1305. Por lo tanto, es factible que, como apuntó el cartujo Cervera, la señoría eclesiástica tuviera problemas a la hora de imponer su poder sobre una comunidad campesina organizada. Así, aun cuando habían obtenido el permiso real para vender el lugar a miembros del estamento militar, finalmente los monjes traspasaron el lugar al ciudadano Pere de Ripoll en 1311. Y, de hecho, con el dinero obtenido, 32.000 sueldos según el mismo Civera, no adquirieron otra señoría sino que compraron propiedades rústicas para realizar establecimientos individuales de familias labradoras.

81Ibidem, rúbrica CXXVI, cap. 2. 82En caso de que Milà fuera un nombre toponímico, El Milà es una población próxima a Valls, Noguera es un topónimo común en la comarca del mismo nombre, en la Ribagorça y en el Urgell, mientras que Josa es igualmente un lugar del Urgell –también es una población turolense, pero el nombre Maimó es más común en Cataluña que en Aragón–. Cf.: DCVB

83Galter, Gualter o Valter es un nombre de origen germánico, presente como apellido en diversas poblaciones de la costa empurdanesa: DCVB. 44 años después encontramos un Bernat Galter en la nueva carta puebla de Catarroja: E. Guinot, Cartes de poblament medievals valencianes, Valencia, 1991, doc. 270 (28.V.1355). 84«Colección documental», docs. 14-15 (5.II.1311).

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En este sentido, por un lado, sabemos que en abril de 1313 el monasterio estaba tratando de comprar rentas o bienes inmuebles en el término de Borriana con la cantidad recibida de la venta de Beniparrell. Sin embargo, los notarios del reino se negaban a realizar los contratos correspondientes, con toda probabilidad por la prohibición foral de vender tierras de realengo a la Iglesia, lo que comportó que Jaime II autorizara expresamente estas compraventas, tanto en abril de 1313 como todavía en marzo de 1314, cuando se informaba de que aquéllas también estaban tratando de realizarse en los términos de Vila-real y Almassora.85 Así mismo, sabemos igualmente que en agosto de aquel año 1314 el monasterio estableció a varios campesinos en las tierras de una alquería de la partida de Petra, en la vega de Valencia, que habían comprado en parte con el dinero de la venta de 1311.86

De esta manera finalizó la señoría eclesiástica de Beniparrell en manos del monasterio de Santa María de Portaceli, un periodo que, como hemos visto, estuvo caracterizado por la constitución de una comunidad campesina y por el incremento de la producción agrícola y de las rentas apropiadas por los señores, unos rasgos en clara consonancia con la etapa de aumento poblacional y desarrollo de la agricultura de tipo feudal –basada en el cereal, el olivo y la viña– que experimentó el reino de Valencia durante la colonización cristiana de la segunda mitad del siglo XIII.

85«Colección documental», docs. 18 (6.IV.1313) y 19 (18.III.1314). Aún en el siglo XVII Portaceli tenía en propiedad dos casas y diversas tierras en Borriana y Onda: Mª. E. riBes traver (ed.), Los anales de la Cartuja..., ob. cit., p. 79.

86Ibidem, p. 78. Según Civera la alquería en Petra costó 44.078 sous y los monjes se reservaron la torre como residencia porque no tenían aún casa en la ciudad de Valencia.

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Debido a su proximidad y por el mismo crecimiento del número de rentistas de la ciudad de Valencia, la señoría de Beniparrell pasó a ser objeto de interés de los mercaderes, juristas y caballeros de la capital valenciana que tenían en los negocios de todo tipo una de sus principales fuentes de ingresos. Así, con la compra de Beniparrell por parte de Pere de Ripoll en 1311 comienza una fase en que la señoría del lugar cambió varias veces de titular ya siempre bajo la influencia directa de señores laicos –ciudadanos, caballeros o nobles– con casa en Valencia. Pero este mismo traspaso a manos laicas también motiva que el volumen de documentación sobre Beniparrell conservado en los archivos del rey de la Corona –en los que aquí nos hemos centrado– disminuya considerablemente, puesto que la relación de la monarquía con cada una de las señorías nobles o ciudadanas no generó a priori tanta documentación como la referente a los lugares de la Iglesia. Por ello, las informaciones que podemos aportar sobre este nuevo periodo, al menos hasta la titularidad de Elicsén de Romaní ya durante la segunda mitad del siglo XIV, son realmente escasas en comparación con las del dominio de Portaceli, centrándose básicamente en el cambio de titulares del señorío. Con todo, cabe destacar que este era un proceso totalmente desconocido hasta la actualidad, por lo que trataremos de explicarlo con detalle.

En este mismo sentido, de la señoría de Ripoll únicamente conocemos dos documentos, uno que hace referencia a la compra del lugar en 1311 y otro a su venta en 1316. El primero de ellos, además, nos informa de que los vecinos de Beniparrell se negaron otra vez a realizar el juramento de fidelidad al nuevo señor –contradicunt prestare dicto Petro sacramentum fidelitatis–, pese a que los monjes de Portaceli, como antiguos propietarios del lugar, se lo habían ordenado. Consecuentemente, el rey mandó al justicia de Valencia que obligara a los vecinos a jurar a

Pere de Ripoll, que había comprado el lugar.87 En otro orden de cosas, probablemente el precio de la compra fueron los 32.000 sueldos que apuntó el monje Joan Baptista Civera –nuevamente sin citar las fuentes de su información– ya que dicho importe concuerda con el de la venta del lugar que veremos posteriormente, en 1358.

Por otra parte, como explicita el mismo documento que informa de la compra de Beniparrell en 1311, sabemos que Pere de Ripoll era ciudadano –civis Valencie– y que era, además, un ciudadano importante, puesto que frecuentemente fue consejero del Consell de Valencia, fue nombrado uno de los cuatro diputados encargados de la recaudación en todo el reino del mencionado cabezaje de 1305, y ocupó al menos un cargo destacado en la administración de la monarquía en el reino de Valencia, el de lugarteniente de la procuración enllà Xúquer.88 Para alcanzar estas posiciones de gobierno era necesaria al mismo tiempouna base económica sólida, como pone de manifiesto la posición de hombre de negocios de Ripoll evidenciada en diversas compras de casas en la capital –pagadas con censos en un caso– o la construcción de un par de molinos sobre las acequias de Petra y de Rascanya.89 Así mismo, lograr el estatus de señor y llegar a ennoblecer era la aspiración de la mayoría de estos ciudadanos y, en esa dirección, la compra de Beniparrell podía ser un buen mecanismo para cumplir dicho objetivo, como, por ejemplo, hemos visto que había hecho en la misma época el ciudadano Berenguer Dalmau, señor de Catarroja, que finalmente ennobleció.

Con todo, la señoría de Ripoll sobre Beniparrell duró muy poco y apenas cinco años después, por razones que desconocemos, Pere y su hijo, Nicolau de Ripoll, negociaron su venta al caballero Andreu Guillem Escrivá, quien, como veremos, fue señor del lugar durante unos diez años antes de legarlo a su hijo.90

III. LA INFLUENCIA DE LA CIUDAD DE VALENCIA: PERE DE RIPOLL (1311-1316)

87«Colección documental», doc. 17 (30.VIII.1311). 88V. anyó, El primer manual de consells de la ciutat de València, 1306-1326, Valencia, 2001; y J. V. CaBezuelo, Poder público y administración territorial..., ob. cit., doc. 59 (20.IV.1309). 89E. olmos, Inventario de los pergaminos..., ob. cit., doc. 1193 (15.VII.1311) (compra judicial de unas casas de Francesc Salvoreda); ACA, C, reg. 207, f. 225 (1310) (licencia

para construir un molino sobre la acequia de Rascanya); reg. 215, f. 277 (1317) (licencia para construir un molino sobre la acequia de Petra); reg. 219, f. 345 (1321) (cambio de censos por unas casas que el monasterio de San Vicente tenía en la ciudad de Valencia). 90Desconocemos si eran descendientes directos, pero sabemos que a la altura de 1349 Berenguer y Pericó de Ripoll eran caballeros, lo que indicaría esa proyección social ascendente de la familia: ACA, C, reg. 889, f. 103.

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El 10 de octubre de 1316 se reunieron en Beniparrell Vidal Sarthou, procurador sustituto del obispado y el cabildo de Valencia, el notario Llorenç d’Angelats y el caballero Andreu Guillem Escrivá. El primero, como procurador del obispo y del cabildo de la catedral de Valencia, protestó con acta notarial por la forma con la que Escrivá ha comprat o entén a comprar Beniparrell d’En Pere de Ripoll, ciutadà de València, o d’En Nicholau, son fill, ya que aquella compra iba en perjudici de la Esgleya de València. Por lo tanto, parece que en aquellos momentos el caballero acababa de adquirir o estaba tratando la compra del lugar con los Ripoll, negociación que llegó a oídos del procurador eclesiástico –an·audiència d’ell–, que decidió formalizar su protestació, no consintiendo la dita venda o compra del dit loch de Beniparrell.

El cura de Puçol alegaba que lo dit Pere de Ripol o Nicholau no puxen lo dit loch de Beniparrell vendre axí com lo vénen, aunque no conocemos las razones específicas de la reclamación. Tal vez, como hemos dicho anteriormente, el conflicto se dirimía nuevamente por las rentas del lugar, en concreto por el tercio diezmo, puesto que la condición

de ciudadano de Pere de Ripoll había podido permitir que la diócesis de Valencia recuperara aquella parte de la renta decimal que había cedido en su día tanto a Arnau de Romaní como al monasterio de Portaceli. Por ello, si ahora los Ripoll trataban de vender el lugar a un caballero, la Iglesia podía temer que aquél se apropiara del tercio diezmo si no se especificaba en la venta que no tenía derecho a percibirlo. Con todo, como también hemos apuntado antes, no podemos conocer la resolución de la controversia con la documentación con la que disponemos. En cualquier caso, el hecho de que Andreu Guillem Escrivá solicitara copia de la protesta per haver acort sobre açò y que pidiera que aquélla no fuera puesta en forma pública tro ell haja respost a açò, así como también que no encontremos conflictos posteriores sobre la cuestión entre los pergaminos de la catedral, puede indicar, en suma, que el nuevo señor del lugar accedió a las reclamaciones eclesiásticas, fuesen las que fuesen.91

Por otra parte, el mismo documento indica que los Ripoll apenas si poseyeron la señoría de Beniparrell unos pocos años y la vendieron rápidamente a Andreu Guillem Escrivá. El comprador, casualmente, era hijo de Arnau Escrivá,

IV. LOS PRIMEROS ESCRIVÁ: ANDREU GUILLEM ESCRIVÁ (1316-C. 1327) Y SU HIJO HOMÓNIMO (C. 1327-C. 1339)

91«Colección documental», doc. 20 (10.X.1316).

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el hombre que en 1270 sustituyó al antiguo señor del lugar, Arnau de Romaní, en el cargo de baile de Valencia, así como también primo hermano de Guillem Escrivá, quien encabezó en aquella ocasión el enfrentamiento contra el caballero. En aquellos tiempos los Escrivá eran exclusivamente juristas, pero precisamente las generaciones de Andreu Guillem comenzaron a conseguir el ennoblecimiento a través de los privilegios de caballería concedidos por la monarquía. Así, por un lado sabemos que el mismo Andreu Guillem Escrivá era tratado de honrat y de cavaller en el documento de 1316 sobre la compra de Beniparrell, mientras que, por el otro, en 1330 su hijo homónimo ocupaba el cargo de jurado de la ciudad de Valencia por el estamento de los caballeros.92

Por lo tanto, en consonancia con esa proyección, es consecuente que buscaran una señoría en las cercanías de la capital que impulsara su posición. De esta manera, como hemos visto en el caso de los Ripoll, la estrategia de ascensión social de muchas de estas familias ciudadanas de Valencia se fundamentaba en el acceso a la administración real y municipal, en los negocios urbanos y rústicos, y en las compras de tierras o señoríos. Los Escrivá en concreto eran una familia de tradición jurista, descendiente del notario real Guillem Escrivá –padre de Arnau Escrivá–, fundador de la línea principal de la familia en el reino de Valencia con las numerosas donaciones que recibió de Jaime I a mediados del siglo XIII, entre las cuales había un buen número de tierras en Patraix sobre las que se acabaría fundando la señoría de aquel lugar en manos de la familia.93 De hecho, como apuntó el padre Batllori, aunque en el siglo XV todas las ramas de los Escrivá ya pertenecían al estamento caballeresco, sus

rivales continuaban reprochándoles que su apellido fuera de pluma y no de espada.94

En este sentido, los datos que conocemos sobre los nuevos señores de Beniparrell son una buena muestra de estas trayectorias de ennoblecimiento urdidas a partir de la carrera de leyes, de la ocupación de cargos políticos y del aprovechamiento de los negocios que ofrecía la capital valenciana. Como hemos dicho, Andreu Guillem Escrivá era hijo de Arnau Escrivá, quien según Miquel Batllori ya era señor de Patraix, pero, como Andreu Guillem era el hijo pequeño –todavía menor de edad en 1283–,95 la señoría pasó su hermano mayor, Guillem Escrivá (véase «Figura 2», p. 131). Así pues, esta condición de hijo menor ayuda a entender todavía más la adquisición del lugar de Beniparrell, a la que, por otra parte, pudo acceder desde las esferas de poder que compartía con Pere de Ripoll, ya que si éste formó parte del Consell de la ciudad de Valencia en diversas ocasiones a principios del siglo XIV, Andreu Guillem, padre, también fue jurado municipal, por ejemplo en 1313.

Con todo, será a su hijo, llamado también Andreu Guillem Escrivá, a quien veremos ocupando altos cargos de la administración municipal y real con má frecuencia. Desconocemos la fecha de la muerte del padre, aunque debió rondar el año 1327, ya que en aquel momento, en marzo, el hijo obtuvo una licencia real para construir unos baños públicos y un horno de pan en el hospicio que había pertenecido a su padre, difunto, situado en la parroquia de San Esteban de Valencia.96 Así pues, la señoría de Beniparrell también debió de ser traspasada en herencia en torno a aquella fecha al hijo homónimo, quien, además, según se decía en el mismo

92A. Furió y F. GarCia-oliver, Llibre d’establiments i ordenacions de la ciutat de València (1296-1345), Valencia, 2007, doc. 232 (21.VII.1313); R. narBona, «Los Escrivà. Rasgos genealógicos de un linaje patricio. Proyección política y matrimonial», Anales de la Academia de Cultura Valenciana, 69 (1991), p. 85. 93M. Batllori, «El cronista Bernat Desclot...», ob. cit., pp. 130-134. 94M. de Riquer (ed.), Lletres de batalla, Barcelona, vol. III, 1969, pp. 117, 123 y 127, citado por M. Batllori, Ibidem, p. 127. 95Lo sabemos gracias a un documento aportado por el mismo Batllori en que Jaume

Castellà, vecino de Valencia, aparece como tutor de Andreu Guillem Escrivà, puesto que su padre Arnau había muerto, como hemos visto en el epígrafe sobre Arnau de Romaní, a mediados de 1275: M. Batllori, Ibidem, p. 138. 96La entrada «Escrivà» de la Gran Enciclopèdia Catalana, realizada por Lluís Cerveró y Miquel Batllori, sin citar fuentes, establece la fecha de la muerte entre 1329 y 1331, pero el documento que aportamos parece irrefutable para adelantarla unos cuantos años: in hospicio vestro quod fuit Andree Guillelmi Scribe, quondam patris vestri. ACA, C, reg. 229 f. 268r (15.III.1327).

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documento era juez de la corte real, un cargo que al menos durante 1328 tendría que compaginar con el de mostassaf de la ciudad de Valencia.97

De hecho, en aquellos momentos en que acababa de acceder a la señoría de Beniparrell, parece que Andreu Guillem Escrivá, hijo, estaba alcanzando grandes cotas de poder y de influencia. Así, en la sesión de la primera clausura de las Cortes valencianas celebrada el 24 de octubre de 1329 lo vemos entre los cavallers e generosos, al tiempo que asiste como síndico de la ciudad de Valencia.98 Y, todavía más, a resultas de la reforma del gobierno municipal que se aprobó entonces, la cual establecía por primera vez la inclusión de dos caballeros entre los seis jurados de la capital, fue escogido como tal en el primer año en que se tuvo la posibilidad, en 1330.99 Además, en aquel contexto de reunión solemne de los estamentos del reino con el monarca, Escrivá consiguió la protección real de sus pobladores de Beniparrell frente al pago de impuestos mercantiles.

Así, el 27 de enero de 1330, solamente un par de semanas después de la clausura definitiva de las Cortes, Alfonso el Benigno, a petición de Andreu Guillem Escrivá, ordenó a los recaudadores de los impuestos que gravaban el tránsito de las mercancías que no cobraran peso, mesuraje, lezda, portaje, peaje, ribaje ni cualquier otro derecho similar a los hombres de Beniparrell, puesto que eran francos de toda exacción real según el privilegio que Jaime II les había concedido en tiempos de la señoría del monasterio de Portaceli, como hemos visto anteriormente:

Cum homines sui loci vocati Beniparre (sic), siti in termino civitatis Valencie, sit et esse debeant franchi et liberi ex concessione serenissimi principis dominis Jacobi, felicis memorie regis Aragone.100

El problema era el mismo que con el pago del cabezaje de principios de siglo, ya que los colectores reales –pesadores, mesuradores, lezderos, peajeros, guardianes o arrendadores de impuestos– alegaban que en aquella franqueza primigenia no se hacía specialis mencio de las exacciones que ellos cobraban. Por eso, nuevamente como entonces, el rey tuvo que dictar una orden en beneficio del señor feudal en que explicitaba que, a pesar de no realizarse la mención, no debían ser recaudadas de los beniparrellinos. Así pues, la proximidad al rey, el servicio a la monarquía en la administración real, la ocupación de cargos municipales, el establecimiento de nuevas fuentes de renta con negocios urbanos y la posesión de una señoría sirvieron a Andreu Guillem Escrivá para mantener e impulsar su posición social.101

Por otra parte, aquélla de 1330 es la última noticia que tenemos relativa a Beniparrell durante el dominio de los primeros Escrivá, puesto que no será hasta comienzos de 1339 cuando encontremos nuevos datos, que nos informan de que la titularidad del señorío había cambiado a manos del ciudadano Arnau Ça-Morera, quien, por lo tanto, lo debió adquirir en algún momento entre 1330 y 1339 –posiblemente entre 1336 y 1339 como explicaremos a continuación–. Con todo, no sería la última vez en que Beniparrell estaría bajo el dominio feudal de los Escrivá, puesto que precisamente el primer miembro del linaje Escrivá de Romaní era tataranieto del hermano mayor de Andreu Guillem Escrivá, padre (véase «Figura 2», p. 131).

97A. Furió y F. GarCia-oliver, Llibre d’establiments..., ob. cit., doc. 377 (13.XI.1328). Por otra parte, en la Gran Enciclopèdia Catalana Cerveró y Batllori presentan a Andreu Guillem Escrivà, padre, como lugarteniente del procurador general del reino de Valencia en estas fechas, pero –teniendo en cuenta los problemas de datación de su muerte citados– quien ocupaba aquel cargo podría ser el hijo del que estamos tratando. 98L. palmar (ed.), Furs e ordinacions del Regne de Valencia, Valencia, 1482 (ed. facsímil: 1992), pp. 199-200, «Alfons el Benigne», Fuero de 23.X.1329.

99R. narBona, «Los Escrivà...», ob. cit., p. 85. 100«Colección documental», doc. 21 (27.I.1330). 101Posteriormente, a través de los datos ofrecidos por la Gran Enciclopèdia Catalana, sabemos que fue lugarteniente del procurador general del reino en 1341 y que acabó muriendo en la batalla de La Pobla Llarga de 1347, defendiendo la causa monárquica que hacía frente a la revuelta de la Unión.

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Arnau Ça-Morera, un jurisperito llegado del Bages

La primera y casi única noticia que tenemos de la propiedad señorial de Beniparrell por parte de Arnau Ça-Morera corresponde a un documento del 23 de marzo de 1339. Como había pasado en 1330 con la franqueza de impuestos comerciales obtenida por el caballero Andreu Guillem Escrivá para los hombres de Beniparrell, también Ça-Morera, que aparece en el mismo documento como ciudadano de Valencia y señor del lugar, aprovechó el marco de unas Cortes valencianas para asegurar la exención de los beniparrellinos a la hora de pagar impuestos al rey por las mercancías que transportaban.102 De esta manera el nuevo rey, Pedro el Ceremonioso, ordenó a sus oficiales que no les cobraran ningún peaje, lezda, portaje, mesuraje, peso, pasaje o ribaje, y autorizó a Ça-Morera a repartir entre sus vasallos cartas testimoniales que certificaran que residían en Beniparrell y que, por lo tanto, eran libres de aquellas exacciones.103

Ahora, sin embargo, la argumentación jurídica era diferente, puesto que no se basaba en la exención general concedida al lugar por Jaime II en 1298, sino en una franqueza concreta de aquellos derechos mercantiles concedida a los

vicinos civitate et termini Valencie; por esta razón, como Beniparrell estaba dentro de los términos de la ciudad –sit in eiusdem civitatis termino constitutus– sus habitantes también debían estar exentos. Respecto a ello, cabe tener en cuenta que la diferencia entre la exención de finales de siglo XIII y las dos ordenadas en 1330 y 1339 residía en el hecho de que la primera se refería expresamente a los impuestos directos, pagados en función del patrimonio familiar, mientras que las segundas hacían referencia al movimiento de mercancías, lo que, en conjunto, parece apuntar que durante el primer tercio del siglo XIV los vecinos de Beniparrell habían incrementado la comercialización de su producción agrícola, dirigiéndola al gran mercado que representaba Valencia.

Por otra parte, los dos últimos documentos citados establecen las fechas ante quam y post quam para el acceso del ciudadano Arnau Ça-Morera a la tittularidad de la señoría de Beniparrell: en algún momento dado entre enero de 1330 y marzo de 1339. Con todo, como hemos adelantado anteriormente, nos inclinamos por pensar que tal vez la compra fue realizada a partir de 1336, en consonancia con la trayectoria social del nuevo señor. Ça-Morera había

V LOS ÇA-MORERA: EL VICECANCILLER ARNAU ÇA-MORERA (C. 1339-C. 1348) Y SU HIJA EIROVÍS (C. 1348-C. 1355)

102Aunque se desconocen las fechas exactas, se sabe que entre febrero y marzo de 1339 tuvieron lugar las segundas Cortes valencianas que celebró Pedro el Ceremonioso, rey de la Corona de Aragón desde 1336. Véase: Mª. R. muñoz pomer, «Las Cortes de 1339 paso

previo en la alianza peninsular contra los Benimerines», Estudios dedicados a Juan Peset Aleixandre, Valencia, 1982, vol. III, pp. 67-80. 103«Colección documental», doc. 22 (23.III.1339).

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nacido con toda probabilidad en Prats del Rei, cerca de Manresa, en el seno de una familia de juristas al servicio de los señores de la zona y de la monarquía, como apuntan dos datos documentados: un beneficio instaurado en la iglesia parroquial de Prats del Rei en honor de los apóstoles San Pedro y San Pablo por un tal Arnaldi de Moraria, ciudadano de Valencia –lo que indica que no perdió las raíces–,104 y el hecho de que su hija llevara el poco frecuente nombre de Eirovís –citado en algunas ocasiones con la forma Airovís-.105

En este sentido, en aquella población catalana se documenta de forma abundante el apellido medieval Ça-Morera106 y, en concreto, a comienzos del siglo XIV se puede detectar la familia formada por Guillem Ça-Morera, su mujer Eirovís y sus hijos Ramon Ça-Morera y Pere Ça-Morera107, por lo que es muy probable que Arnau Ça-Morera fuera también hermano de estos últimos, lo que explicaría que diera a su hija el nombre de su propia madre, un nombre, como hemos dicho, nada común. Además, sabemos que en 1288 el padre Guillem Ça-Morera era baile de la señoría del monasterio de Valldaura en Puigdemàger y Solanelles, mientras que en 1318 y 1320 un jurisperito homónimo –posiblemente él mismo– fue nombrado asesor del veguer real de Manresa y del Bages;108 así mismo, su hijo Ramon

Ça-Morera pasó en 1310 de subveguer de Manresa al cargo de baile real de la villa,109 unos datos que concuerdan con la carrera de magistrado de Arnau Ça-Morera en tierras valencianas. Aquí lo documentamos por primera vez en 1320, cuando es nombrado asesor jurídico del procurador general, la máxima institución del gobierno real en el reino de Valencia.110 Cinco años después continuaba ocupando aquel cargo y a la altura de las Cortes valencianas de 1329-1330 –a las que hemos visto asistir también al caballero Andreu Guillem Escrivá, entonces señor de Beniparrell–, se había hecho un lugar entre los gobernantes de la ciudad de Valencia y debía de ser considerado como un importante jurista, ya que acudió como síndico de la ciudad y fue elegido para ser uno de los trece consejeros que debían dictaminar sobre la importante cuestión de la unificación foral valenciana.111

Además, aparece como procurador en las Cortes de Vidal de Vilanova, comendador mayor de Montalbán, lo que muestra su relación con los poderes feudales del reino, posibilitada por su actividad en la procuradoría general. En consonancia con todo ello, seis años después –en 1336– a la subida al trono de Pedro el Ceremonioso, Ça-Morera fue nombrado baile de la ciudad de Valencia y

104R. Costa y J. Segur, Història de les comarques de Catalunya. Anoia, Manresa, 1991, vol. II, p. 355, citado por Mª. CrispÍ, «Una obra documentada d’Aloi de Montbrai: la marededéu dels Prats de Rei. Noves vies per a l’estudi de l’escultor francès», Locvs amoenvs, 7 (2004), p. 112, nota 3. 105Por ejemplo es así en el acta de compra de Alberic de 1349 que veremos poco después. Sin embargo, la forma predominante en los documentos es la de «Eyrovís». Por otra parte, por lo que respecta al nombre de Arnau Ça-Morera, en los documentos en latín los nombres con artículo salado no son distinguibles –«Arnaldus de Moraria»–, pero cuando son escritos en romance toman su forma original, por ejemplo «Arnau Samorera» en la crónica de Pedro el Ceremonioso. 106Véanse, por ejemplo, los nombres recogidos por: M. oBiols, El monacat femení en la Catalunya medieval: Santa Maria de Valldaura (1241-1399), Tesis Doctoral, Universidad de Barcelona, 2005. De hecho, en el muro de poniente del claustro de la Seo de Manresa aún se puede encontrar el vaso sepulcral medieval de un Bernat Ça-Morera. 107Los documentamos en 1304 en una venta de un trozo de tierra y un herreñal que tenían en el término de Puigdemàger, actualmente en Prats del Rei: Ibidem, doc. 111bis. 108Ibidem, docs. 97-99bis (28.XI.1288); ACA, C, reg. 232, f. 279r-v (1.IX.1318) (nombramiento como asesor de la veguería de Manresa y el Bages); reg. 233, f. 144 (24.XI.1320) (nombramiento como asesor de la veguería del Bages).

109ACA, C, reg. 232, ff. 114r (1.IV.1310) (nombramiento como subveguer de Manresa) y 121r (XI.1310) (nombramiento como baile de Manresa). Por otra parte, sabemos que el otro hermano, Pere Ça-Morera, había muerto antes de 1325, ya que entonces documentamos a su heredero, Guillemó, posiblemente llamado así para diferenciarlo de su abuelo Guillem, que todavía estaría vivo: M. oBiols, Ibidem, doc. 148 (19.XII.1325). 110ACA, C, reg. 233, f. 82r (17.XII.1320) (nombramiento como asesor del procurador general del reino de Valencia). 111ACA, C, reg. 233, f. 99r (8.IV.1325) (autorización para dictar justicia en ausencia del procurador general del reino); L. palmar (ed.), Furs e ordinacions del Regne de Valencia..., ob. cit., pp. 199-200, «Alfons el Benigne», Fuero de 23.X.1329; J. zurita, Anales de la Corona de Aragón, Zaragoza, 1562-1577 (ed. facsímil: 1970), libro VII, cap. IX. Su actividad como legista se tradujo en la redacción de unas Notae super Foris regni Valentiae: J. pastor, Biblioteca valenciana, Valencia, 1827, pp. 6-7. Entre los trece consejeros escogidos también estaba Berenguer de Ripoll, probablemente perteneciente a los Ripoll que fueron señores de Beniparrell, lo que al fin y al cabo indica el proceso de oligarquización del poder en la ciudad de Valencia a comienzos del siglo XIV en manos de unas cuantas familias de juristas, mercaderes y servidores de la monarquía, progresivamente ennoblecidos.

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general del reino, con todas sus atribuciones de gestión de las rentas reales y de justicia de numerosas causas.112 Así, bajo el auspicio del servicio a la monarquía continuó incrementando su poder, como pone de manifiesto, por ejemplo, que en 1337 formara parte del Consejo real –conseller del senyor rey e batle general del regne de València–113 o que fuera uno de los dos embajadores enviados por el rey a Roma a prestar juramento feudal al pontífice por los reinos de Cerdeña y Córcega:

Envió el rey de la ciudad de Valencia a 7 del mes de enero deste año por sus embajadores, para que en su nombre prestasen al papa el juramento, a don Bernaldo de Vilaragut, Arnaldo de Morera baile general del reino de Valencia y Azberto de Caliaza.114

Por lo tanto, pensamos que es factible que a partir de su acceso a la bailía en 1336 accediera a la compra de Beniparrell como resultado de su propio ascenso social. Lo que es seguro, en cualquier caso, es que a principios de 1339 era el señor del lugar y también que aquel mismo año recibió una notable donación real de 50 yugadas –150 hectáreas– en el marjal de la Albufera que se extendía hacia la ciudad de Valencia y hacia las alquerías que habían sido de Pere Maçó –versus civitate Valencie et alquareas que fuerunt Petri Maçonis–.115 Con todo, no hemos podido localizar el lugar concreto de aquellas alquerías para saber si estaban cerca del término beniparrellino, aunque, teniendo en cuenta el contenido del documento y el hecho de que entonces la Albufera llegaba prácticamente hasta los arrabales del sudeste de Valencia, cabe pensar que la donación se situaba más bien cerca de la ciudad.

Fuese como fuese, Arnau Ça-Morera debió mantener el señorío de Beniparrell desde su compra, entre 1330 y 1339, hasta su muerte, hacia 1348, ya que la siguiente noticia que hemos encontrado corresponde a la propiedad del lugar en 1355 por parte de su nieta, Elicsén de Romaní. Y conocemos de este vínculo familiar a través de un documento posterior en que Elicsén se hacía cargo del pago de un beneficio en honor a San Miguel que su abuela Caterina, viuda de Arnau Ça-Morera, había instituido en la iglesia de San Juan del Hospital de Valencia.116 Y, a la vez, sabemos que Elicsén era hija de una mujer llamada Eirovís, quien, consecuentemente, debía ser hija de Arnau Ça-Morera, y habría recibido dicho nombre siguiendo la tradición familiar (véase «Figura 2», p. 131).117 Así pues, es igualmente probable que entre 1348, fecha aproximada de la muerte de aquél, y 1355, cuando Elicsén –entonces menor de edad– era ya señora del lugar, lo fuera también Eirovís, quien, por lo tanto, debió morir poco antes de aquel año. Por otra parte, sabemos que Eirovís Ça-Morera casó en primeras nupcias con Jaume de Romaní, lo que hacía retornar a Beniparrell al ámbito de influencia de los Romaní, los primeros señores del lugar. Con todo, cuando aquélla probablemente heredó el lugar de su padre Arnau Ça-Morera, su esposo ya había muerto o murió muy poco después, a finales de 1348, y no sería hasta la siguiente cesión en herencia, a la hija de los dos, Elicsén de Romaní, cuando el señorío volvería a depender de la familia Romaní. Por eso, antes de pasar a tratar la señoría de Elicsén haremos un breve repaso de la trayectoria de los descendientes de Arnau de Romaní, marcada por el trágico final de Jaume, señor de

112No hemos encontrado el nombramiento concreto, pero Justo Pastor indica la fecha de 1336 para su accesión al cargo, lo que concuerda con el hecho de que al menos en 1333 el baile general del reino fuera Guillem Serrano, mientras que en agosto de 1336 –al poco de la coronación del Ceremonioso– encontremos la primera referencia –en la crónica de Zurita– a Ça-Morera como detentor de la bailía. Cf.: L. alanyà (ed.), Aureum Opus regalium privilegiorum civitatis et regni Valentie, Valencia, 1515 (ed. facsímil: 1999), «Alfonsi secundi», L (6.II.1333); J. pastor, Biblioteca valenciana, ob. cit., pp. 6-7; J. zurita, Anales de la Corona de Aragón, ob. cit., libro VII, cap. XXXIII. 113ACA, C, reg. 862, f. 10v (18.VIII.1337). 114J. zurita, Anales de la Corona de Aragón, ob. cit., libro VII, cap. XXXVI. Como

veremos posteriormente, los Ça-Morera y algunos de los Vilaragut, así como también los Romaní, participaron activamente en la revuelta de la Unión; cf. infra, nota 132. 115ACA, C, reg. 1112, f. 70r-v (21.IX.1339). Con todo, algunos alegaron que aquellas tierras eran suyas por donaciones antiquas y el rey tuvo que ordenar que se comprobara y, si faltaba terreno por esa causa, se repartieran las 50 yugadas cogiéndolas de algún otro lugar cercano. 116Mª. M. CárCel, Un formulari i un registre del bisbe de València En Jaume d’Aragó (segle XIV), Valencia, 2005, doc. 208 (19.XII.1372). 117ACA, C, reg. 1910, f. 132r (1.VII.1391) (licencia real a Elicsén de Romaní para comprar bienes y censales, así como tener los censales que eran de su madre, Eirovís); E. olmos,

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Alberic, debido a su activa participación en la revuelta de la Unión, desplegada en el reino de Valencia entre 1347 y 1348 contra el poder autoritario de Pedro el Ceremonioso, en la cual, como también veremos, contó con el apoyo de su suegro, Arnau Ça-Morera, señor de Beniparrell.

Los descendientes de Arnau de Romaní. La participación de Jaume de Romaní y de Arnau Ça-Morera en la revuelta de la Unión

Al morir el caballero Arnau de Romaní a finales de 1276 dejó como heredero a su hijo Jaume, posiblemente el primogénito, puesto que en 1281 y 1286 aparece realizando establecimientos enfitéuticos en las tierras que había heredado en L’Olleria, cerca de Valencia, mientras que los bienes como señores de Benillup de los que probablemente eran sus hermanos, Berenguer, Arnau y Jaumeta, eran administrados por tutores a la altura de 1285.118 Si de Berenguer sabemos que entroncó con los Llançol para formar el linaje Llançol de Romaní, asentado sobre el lugar de Vilallonga que había poseído su padre, de Arnau tenemos noticia de que era señor del valle de Perputxent, aunque, según parece, acabó ingresando en la vida eclesiástica.119 Del primogénito, por su parte, no volvemos a tener noticias hasta 1300, cuando compró por 80.000 sueldos la torre y alquería de Alberic al rey Jaime II, quien a su vez la había adquirido de Eximén Zapata y de los albaceas de su padre, Pedro Zapata de Tous.120

Gracias a esta compra la línea principal de los Romaní se pudo asentar durante todo el siglo XIV en Alberic, una señoría mediana situada dentro del término municipal de

la villa real de Alzira. El heredero del comprador sería su hijo Arnau de Romaní, a quien vemos en 1317 junto a su padre pagando 5.000 sueldos por una demanda interpuesta precisamente por el acequiero de Alzira.121 En concreto, debió de heredar el señorío poco antes de 1322, puesto que en esa fecha, al proceder a otra compra, la del castillo de Relleu por 30.000 sueldos, es mencionado como hijo del difunto Jaume de Romaní.122 Así mismo, él probablemente murió sin descendencia entre 1330, cuando vendió Relleu a Bernat de Sarrià,123 y 1336, momento en que vemos a su hermano Jaume de Romaní como nuevo señor de Alberic. En efecto, a la llegada al trono de Pedro el Ceremonioso, el nuevo monarca declaró públicamente que acogía bajo su protección a Elicsén Ximénez de Montornés, viuda de Jaume de Romaní, al hijo y heredero de aquél, también llamado Jaume, y a sus vasallos, tanto cristianos como musulmanes, del lugar de Alberic.124 Este nuevo señor, nieto del primer Romaní poseedor de Beniparrell, sería el que tomaría en matrimonio a con Eirovís Ça-Morera y tendría como hija a Elicsén de Romaní, aunque muy poco después sería ejecutado por orden del propio rey como uno de los caudillos militares del alzamiento unionista. Así, a pesar de que durante los primeros años de la década de 1340 había estado al servicio de la monarquía, por ejemplo en la campaña militar contra el rey de Mallorca en tierras del Rosselló en 1343 o como justicia criminal de Valencia en 1344,125 posteriormente dio pleno apoyo a la Unión valenciana, instituida durante la primavera de 1347 para frenar los abusos autoritaristas de la monarquía.

De hecho, su trayectoria fue similar a la de su suegro, Arnau Ça-Morera, que durante el tiempo en que fue señor

120

118Inventario de los pergaminos..., ob. cit., doc. 4.098 (12.XII.1397) (consignación a la catedral de Valencia por parte de Elicsén de Romaní de una renta procedente de su madre Eirovís, destinada a la construcción de un hospital en un arrabal de Valencia). 119V. Cuñat, Arnau de Romaní y Domènec de Cavall..., ob. cit., docs. 81 (14.XII.1281), 83 (7.VI.1286) y 84 (8.VI.1286). Por lo que respecta a la tutoría de los hermanos Romaní, véase: AHN, Orden de Montesa, Pergaminos particulares, Carpeta 520, 408-p (27.XII.1281), citado por M. V. FeBrer, Dominio y explotación territorial en la Valencia foral, ob. cit., p. 81. 120J. esCriG, Cronologies històriques valencianes: de Jaume I als nostres dies, Valencia, 2001, p. 206 (Arnau de Romaní, señor del valle de Perputxent en 1285); V. Cuñat, Ibidem, p. 63 (Arnau de Romaní, religioso en 1306).

121C. lópez rodrÍGuez (ed.), Liber patrimonii Regii Valentiae, Valencia, 2006, doc. 309 (22.IX.1300) (instrumento de venta de la alquería y torre de Alberic de Jaime II a Jaume de Romaní, incluyendo la traslación pública autenticada por la Cancillería real de la carta de donación de la alquería de Alberic realizada el 12 de diciembre de 1238 a Lope Ferrench de Lucenich). 122Ibidem, doc. 311 (21.XII.1317). 123Ibidem, docs. 2341 (12.V.1322) y 2343 (13.V.1322) (12.V.1322). Por lo tanto, la muerte de Jaume de Romaní fue bastante anterior a la fecha de 1336 indicada por J. hinojosa, Diccionario de historia medieval del reino de Valencia, Valencia, 2002. 124C. lópez rodrÍGuez (ed.), Liber patrimonii Regii Valentiae, ob. cit., doc. 2344 (25.I.1330). 125Ibidem, doc. 312 (11.XII.1336).

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Beniparrell, 750 aniversario

de Beniparrell también pasó de ser fiel servidor de Pedro el Ceremonioso a ser apartado de la más alta administración real y constituirse en uno de los líderes unionistas. De esta forma, si bien en 1340 Ça-Morera ascendió todavía más en su carrera como magistrado, dejando el cargo de baile general del reino de Valencia para ocupar el de vicecanciller real,126

seis años más tarde caería en desgracia, precisamente a raíz del conflicto que dio pie a la formación de la Unión.

Ça-Morera era el jurista de confianza del rey, el que dirigió durante 1343 el pleito que justificó jurídicamente la ocupación de las tierras del rey Jaime III de Mallorca por parte del Ceremonioso, y el mismo que pronunció un parlamento general ante el pueblo mallorquín en la Seo cuando la capital del reino fue ocupada.127 Sin embargo, muy poco después, la intención del monarca –ante la falta de hijos varones– de nombrar a su hija Constanza heredera de la Corona para evitar el traspaso de la sucesión al infante Jaime –hermano del rey– fue el inicio del fin de la carrera del vicecanciller. Así, a principios de 1346 el Ceremonioso reunió en Valencia a una junta de veintidós letrados y religiosos para que le informaran sobre la legitimidad de su intención: diecinueve se declararon a favor de los derechos de la infanta Constanza, pero tres, siguiendo la costumbre sucesoria de la Corona, dieron apoyo a los de su tío Jaime, conde de Urgell. Entre ellos estaba Arnau Ça-Morera, cuya postura, según afirma el cronista aragonés Zurita, le costó el cargo:

Arnaldo Zamorera, que fue vicecanceller, y le removió el rey de aquel cargo porque aconsejó que debía ser preferido en la sucesión el infante don Jaime a las infantas sus hijas.128

Además, la decisión final del monarca de declarar heredera a su hija estuvo en el origen de la formación durante

el año siguiente, 1347, de las Uniones de los reinos de Aragón y de Valencia, unas alianzas impulsadas por el mismo Jaime de Urgell y el hermanastro del rey, el infante Ferrando, agrupando el malestar de muchos sectores sociales contra las actuaciones autoritarias de la monarquía que lesionaban el poder y los intereses divergentes de los sublevados.129 Y en tierras valencianas el señor de Beniparrell, Arnau Ça-Morera, fue uno de los principales dirigentes de la rebelión según explica el mismo Pedro el Ceremonioso en su crónica:

E en tots aquells consells de la Unió cabien e sabien la reina nostra madastra, e l’infant don Ferrando, e frare Dalmau de Cruïlles, e N’Humbert de Cruïlles, a N’Arnau Samorera, qui fo nostre vicicanciller, e molts cavallers, e juristes, e mercaders, e menestrals.130

De hecho, los testimonios tomados y los procesos reales realizados al acabar la guerra indican que Ça-Morera avocava de secret en los affers de la Unió comunament per la ciutat a uns e a altres, y, aun más, ‘principium et finis erat’ de tots los dits affers. Al mismo tiempo, en uno de aquellos informes, en que se detallaban sus principales posesiones –un alberch e passats VII o VIII míl·lia sòlidos censals, e lo loch de Beniparrell, vexella d’argent e diners ‘ultra modum’, e loch e béns en Puigçerdà–, aparece justo antes que otro de los inculpados, su yerno Jaume de Romaní, que havia lo loch de Alberich e I alberch e forn en Algezira, e I alberch en València.131

Romaní había sido uno de los líderes de las fuerzas militares unionistas que durante los primeros meses de 1348 derrotaron en varias batallas a las tropas realistas, tanto en Xàtiva y en Bétera como en La Pobla Llarga, donde dieron muerte al entonces lugarteniente del procurador general,

126F. soldevila (ed.), Les quatre grans cròniques: Jaume I, Bernat Desclot, Ramon Muntaner, Pere III, Barcelona, 1971, p. 1069; ACA, C, reg. 1307, f. 113r-v (13.X.1344) (concesión de 2.000 sueldos debidos a Jaume de Romaní, cavaller de la casa reial y justicia criminal de Valencia). 127Sabemos que Pere Despens era el vicecanciller de Pedro el Ceremonioso hasta 1340 y al año siguiente vemos a Arnau Ça-Morera en el cargo, por lo que debió ser directamente su sustituto. Cf: J. trenChs, «Pere Despens, vicecanciller de Pedro el Ceremonioso (1339-1340)», Annals d’estudis gironins, 1 (1979-1980), pp. 249-258; J. zurita, Anales de la Corona de Aragón, ob. cit., libro VII, cap. LV. 128F. soldevila (ed.), Les quatre grans cròniques: Jaume I, Bernat Desclot, Ramon Muntaner, Pere III, ob. cit., pp. 1051 y 1055.

129J. zurita, Anales de la Corona de Aragón, ob. cit., libro VIII, caps. V y XXVII (la cita en el último). 130Para una explicación detallada de las reclamaciones de la Unión valenciana –centradas en la rebaja de la presión fiscal, la reintegración del realengo alienado, los agravios de justicia y el cumplimiento de los Fueros– véase M. rodriGo, «La Unión valenciana y sus protagonistas», Ligarzas, 7 (1975), pp. 133-166. Tal vez las Notae super Foris regni Valentiae preparadas por Arnau Ça-Morera fueron redactadas en ese contexto de defensa foral. 131F. soldevila (ed.), Les quatre grans cròniques: Jaume I, Bernat Desclot, Ramon Muntaner, Pere III, ob. cit., p. 1104.

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Andreu Guillem Escrivá, seguramente el antiguo señor de Beniparrell.132 De hecho, el linaje Escrivá mostró un apoyo incondicional a la causa del rey y algunos de sus miembros se negaron reiteradamente a unirse a los sublevados, por lo que muchas de sus posesiones fueron confiscadas o saqueadas, como relata el cronista Martí de Viciana al hablar de Joan Escrivá, tío del futuro señor de Beniparrell, Manfré Escrivá de Romaní (véase «Figura 2», p. 131):

Fue cavallero de gran valor, y de la casa del rey, quando la Unión de Valencia fue muy contrario a ella, y tuvo siempre la voz del rey, por donde los conservadores de la Unión, dieron assaco las cassas que tenía en Valencia y en Patraiz.133

Por lo tanto, los Escrivá y los Romaní se alinearon nuevamente en bandos totalmente contrarios, situación de la que, otra vez, salieron perdiendo los segundos puesto que su líder Jaume de Romaní, que había sido uno de los conservadores de la Unión durante los días en que el rey estuvo deshonrosamente cautivo en Valencia,134 fue finalmente degollado en función de la sentencia real dictada a finales de 1348, una vez que el Ceremonioso pudo sofocar la rebelión:

E, ans de la festa de Nadal cinc dies, donam-los sentència en lo nostre real, en la casa baixa (...) E donam la sentència en aital manera que quatre d’aquells, qui eren generoses, foren escapçats, ço és, En Joan Roiç de Corella e En Ponç Des-Soler e En Ramon Escorna e En Jacme de Romaní.135

La represión fue expeditiva y muchos otros de los insurrectos fueron procesados y ejecutados. Así, también se abrió una causa contra Arnau Ça-Morera, el antiguo vicecanciller y señor de Beniparrell, aunque en opinión de Mateu Rodrigo aquél había fallecido probablemente durante 1348, antes de finalizar la guerra.136 Sería, pues, su hija Eirovís –aunque no tengamos constancia directa– quien seguramente heredaría el lugar.

La fugaz señoría de Eirovís

A parte de heredar probablemente la señoría de Beniparrell, Eirovís procedió a adquirir los bienes que había poseído su marido, Jaume de Romaní, los cuales habían sido confiscados por la monarquía como los de la mayoría de inculpados. Por ello, a mediados de febrero de 1349 la vemos comprando al rey por 200.000 sueldos el lugar de Alberic, dos hospicios, unos censales y todos los bienes muebles del difunto.137 Además, en el acta de compra aparecía como nueva mujer del noble, mayordomo y consejero real Ramon de Riusech, por lo que es posible que en el breve intervalo de tiempo que había transcurrido desde el fin de la Unión fuera tomada en matrimonio por aquél, uno de los principales aliados del rey en el reino de Valencia. Con todo, es posible que Eirovís muriera pronto, antes de 1355, dado que Elicsén ya era señora –tutelada– de Beniparrell en aquella fecha y, asimismo, también acabaría recibiendo Alberic. Sin descendencia, Elicsén seria la última Romaní de esta rama familiar, por lo que obligaría a sus herederos a adoptar su apellido, un hecho que, como veremos en los capítulos siguientes, daría pie al nuevo linaje Escrivá de Romaní.

122

132M. rodriGo, La Unión de Valencia: Una revuelta ciudadana contra el autoritarismo real, Tesis doctoral, Universidad de Valencia, 1987, vol. 1, p. 395; vol. 2, doc. 152, p. 385.J. zurita, Anales de la Corona de Aragón, ob. cit., libro VIII, cap. XIX. Por otra parte, se intuyen las estrechas relaciones previas entre los sublevados, puesto que, por ejemplo, cuando a comienzos de 1348 Pedro el Ceremonioso tuvo que ordenar a ciertos alcaides del reino que devolvieran las potestades de sus castillos, vemos que lo hace insistentemente al de Albaida, cuyo castillo estaba en manos de Jaume de Romaní como tutor de Joan de Vilaragut, su sobrino e hijo del difunto Bernat de Vilaragut –con quien Arnau Ça-Morera fue a prestar juramento al pontífice como hemos visto antes–, y al de Montornés, de Joan Ximénez de Montornés, seguramente hermano de Elicsén Ximénez de Montornés, madre de Jaume de Romaní (véase «Figura 2», p. 131); ACA, C, reg. 1477, ff. 31r-36r (II.1348-IV.1348). 133R. narBona, «Los Escrivà...», ob. cit., p. 85 y nota 84; J. zurita, Anales de la Corona

de Aragón, ob. cit., libro VIII, cap. XXIX; M. de viCiana, Crónica de la ínclita y coronada ciudad de Valencia, Valencia, 1564-1566 (ed. facsímil: 1972), tomo II, p. 63. 134Además de jurar todas las demandas de la Unión, Pedro el Ceremonioso vio como un día una multitud irrumpió un día en el palacio real de Valencia, obligándolo a bailar con la reina al ritmo de una canción cantada por un barbero. 135F. soldevila (ed.), Les quatre grans cròniques: Jaume I, Bernat Desclot, Ramon Muntaner, Pere III, ob. cit., p. 1109. 136M. rodriGo, La Unión de Valencia..., ob. cit., vol. 1, p. 395. 137C. lópez rodrÍGuez (ed.), Liber patrimonii Regii Valentiae, ob. cit., docs. 313-314 (17.II1348) (venta del rey a Eirovís, mujer de Ramon Riusech, de los bienes que fueron de su marido, Jaume de Romaní. Se incluyen los bienes muebles, el lugar de Alberic, un hospicio en Alzira y otro en Valencia, un censo de 20 sueldos anuales recibido del horno con el que afrontaba el hospicio de Alzira, y otro de 9 sueldos anuales de dichos hospicio y horno).

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Beniparrell, 750 aniversario

123

«Elicseneta», señora de Beniparrell. La efímera venta del lugar en 1358

La primera noticia documentada sobre Elicsén de Romaní como señora de Beniparrell data de mayo de 1355, cuando el infante Pedro pidió a los justicias reales y procuradores señoriales de los lugares costeros valencianos que le enviaran uno o dos hombres para tratar un asunto no especificado, probablemente relacionado con el retorno del rey Pedro el Ceremonioso de la isla de Cerdeña, donde se había trasladado el año anterior para encabezar su principal campaña de lucha contra los sardos:

Per alcuns affers tocants molt la honor del senyor rey vullam parlar e tractar ab alcuns homes dels lochs de la marítima qui sien experts e sabents en fet de mar, o usats e acostumats de pescar en l’Albufera, per tal com los dits affers tocants lo dit senyor rey se han a desembargar en mar. E siam certs que en lo damuntdit loch ha homes de la dita condició, per ço tenim per bé que nos trametats mantinent I o II homes del dit loch de la condició damuntdita ab los quals nós puxam parlar e tractar dels dits affers.138

En el caso de Beniparrell la misiva se enviaba al amat nostre En Johan Exeménez de Montornés, tudor de la hereua d’En Jacme de Romaní o son lochtinent o procurador de Beniparrel, por lo que aquella heredera tutelada tenía que ser Elicsén, que posiblemente había quedado ya huérfana de

padre y madre, habiendo recibido a la postre tanto Alberic –señorío que había sido de su padre Jaume y que su madre Eirovís había recuperado en 1349– como Beniparrell –procedente de Eirovís, que la habría heredado a su vez de Arnau Ça-Morera–. Por lo tanto, en algún momento anterior a 1355 Eirovís debió morir, dejando como tutor de su hija a Joan Ximénez de Montornés, posiblemente hermano de su propia suegra –Elicsén Ximénez de Montornés– y, consecuentemente, tío abuelo de Elicsén de Romaní (véase «Figura 2», p. 131).

Por otro lado, sabemos que poco antes de 1358, siendo menor de edad, Elicsén fue casada con el también menor Esteban de Aragón, quien pese a su juventud –entonces tenía diecisiete años– había recibido el nombramiento de copero real, quizás en su probable condición de pariente del monarca.139 Así, seguramente a través de aquel matrimonio Elicsén accedió a la misma posición que tenía su marido, la de noble, superior a la de caballero ostentada por su padre Jaume de Romaní.140 En otro orden de cosas, también sabemos que poco después de aquel matrimonio Esteban de Aragón procedió a realizar la compra del castillo y la villa de Cullera en 1358 a Pedro el Ceremonioso,141 una operación que sirvió parcialmente para financiar la intensa guerra que se mantenía con el rey castellano Pedro el Cruel y que, además, implicó

VI. DE NUEVO LOS ROMANÍ: ELICSÉN DE ROMANÍ (C. 1355-1404)

138«Colección documental», doc. 23 (29.V.1355). Por ejemplo, la financiación del regreso del rey Pedro estaba siendo tratada por los estamentos catalanes durante aquellos meses, entre marzo y julio de 1355: M. sánChez martÍnez y P. ortÍ (eds.), Corts, Parlaments i fiscalitat a Catalunya. Els capítols del donatiu (1288-1384), Barcelona, 1997, docs. 15 (17.III.1355) y 16 (13-14.VII.1355). Por otra parte, la misiva fue enviada a las autoridades de los lugares de Vinaròs, Benicarló, Peníscola, Benicàssim, Orpesa, Borriana, Castelló de la Plana, Almassora, Vila-real, Alcossebre, Moncofa, Nules, Almenara, Morvedre, Canet d’En Berenguer, Puçol, El Puig, Meliana, Albalat dels Sorells, Alboraia, Alfafar, Sedaví, Massamagrell, Massanassa, Catarroja, Silla, el Romaní, Almussafes, Benifaió, Sollana, Trullars, Alcaissia, Sueca, Aielo, Cullera, Beniuaquil, Corbera, Matada, Fortaleny, Riola, Polinyà, Albalat de la Ribera, Pardines, Cotes, Gandia, Palma, Ròtova, Bellreguard, Oliva, La Font d’En Carròs, Pego, Dénia, Xàbia, Teulada, Benissa, Ifac, Altea, la Vall d’Alfàndec, Polop, Callosa, Benidorm, Finestrat y la Vila Joiosa.

139Jerónimo Zurita habla de un «Esteban de Aragón», que era nieto del rey de Sicilia e hijo del duque de Atenas, al servicio de Pedro el Ceremonioso. Con todo, trata de él en ocasión de su envío con una compañía de caballeros y ballesteros a Cerdeña en 1352, cuando el Esteban de Aragón que aquí tratamos tendría unos 11 años, por lo que no estamos seguros de identificarlo como la misma persona, aunque podría serlo o también un hijo homónimo. Por otra parte, sabemos que era copero real gracias al documento de venta de la villa de Cullera del que hablamos aquí mismo. J. zurita, Anales de la Corona de Aragón, ob. cit., libro VIII, cap. L. 140También su madre Eirovís aparece mencionada como noble, tal vez por su matrimonio con Ramon de Riusech: ACA, C, reg. 1910, f. 132r (1.VII.1391). 141En un documento de 1371 se explica que «en tiempo de las nupcias de Esteban de Aragón» se hizo la venta de Cullera, realizada a 9 de enero de 1358: ACA, C, reg. 998, f. 60r-v (3.VII.1371).

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la alienación temporal de Beniparrell. La guerra con Castilla, iniciada a mediados de 1356, había comportado que por primera vez en mucho tiempo las acciones bélicas se trasladaron directa y sistemáticamente al interior de la Corona, especialmente en los reinos de Aragón y Valencia. Por ello, a finales de 1357 el rey celebró unas Cortes en Cariñena para financiar las tropas que debían defender las tierras aragonesas, mientras que a comienzos de 1358 se trasladó a la capital valenciana para obtener lo correspondiente en el territorio valenciano. Además, en dicho contexto de urgente necesidad de ingresos monetarios, el Ceremonioso consiguió una destacada suma de la venta de Cullera, hecha a Esteban de Aragón con la ayuda de Joan Ximénez de Montornés, tutor de la mujer de aquél, Elicsén, y del patrimonio de ésta.

Así, la villa, que pertenecía desde 1344 al conde de Terranova –casado con Jaumeta de Romaní, tía de Elicsén–, fue recuperada para el patrimonio real el 8 de enero de 1358 por 100.000 sueldos, y al día siguiente fue vendida por 172.000 sueldos –obteniendo la ganancia de la diferencia– a Esteban de Aragón.142 Éste, para conseguir la cuantía del precio fijado tuvo que recurrir al patrimonio de su mujer y, en consecuencia, sólo una semana después Joan Ximénez de Montornés, como «tutor de Elicseneta», recibió la autorización real para alienar bienes de aquélla por un valor de hasta 30.000 sueldos.143 De esta manera, en efecto, se procedió inmediatamente a la venta de Beniparrell con todos sus términos y derechos, parece que incluyendo la plena jurisdicción civil y criminal del lugar –que, según se decía, pertenecía a los señores precedentes–,144 por el precio de 28.000 sueldos, una suma que contribuyó a completar la compra de Cullera.145

Sabemos que el comprador del lugar era el mercader, ciudadano y cambista de Valencia, Pere Arrufat, lo que concuerda con el conjunto de una operación destinada a financiar el mantenimiento de la guerra contra Castilla. De hecho, aquellos mismos días Arrufat compró al rey un censal por 18.000 sueldos cargado sobre las rentas de la bailía de Xàtiva –con una pensión de 1.500 sueldos anuales– para subvenir la agotada tesorería real, ya que, como se decía, ad presens peccunia est exausta.146 Por otra parte, es posible que aquel efímero señor de Beniparrell fuera originario de Figueres y se instalara en la ciudad de Valencia a mediados de la década de 1340, dado que si bien en 1344 vemos un «Pere Arrufat de Figueres» recibiendo una asignación vitalicia de 500 sueldos sobre la bailía de aquella villa catalana por haber ayudado a capturar a los cómplices de la rebelión del rey Jaime de Mallorca, a partir de 1346 documentamos un Pere Arrufat en la capital valenciana comprando y vendiendo censos y casas.147

Fuese como fuese, quien adquirió Beniparrell en 1358 era un colaborador frecuente en los negocios de la monarquía y, por lo tanto, la compra se debe entender en ese contexto, como una pieza de otro negocio superior –la alienación de Cullera– para el que el comprador –Esteban de Aragón– necesitaba que alguien le adelantara dinero con el fin de traspasarlo al rey. Por ello, tan sólo once días después de la confirmación de la venta de Beniparrell, el monarca procedió a conceder a Vivet de Jusseu, notario de Alzira, la potestad para recuperar dicha población en representación de Esteban de Aragón. Así pues, la posesión del señorío beniparrellino en manos de Pere Arrufat debió de constituir un intervalo muy breve, y quizás por eso mismo sólo un año y medio después el rey decidió concederle, «en contemplación de los

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142AMV, Privilegios reales, Pedro el Ceremonioso, núms. 138 (8.I.1358) y 139-140 (9.I.1358). El documento de venta fue publicado por: A. piles, Historia de Cullera, Sueca, 1893. Como aquella venta incumplía el precepto foral según el cual las villas reales no debían ser alienadas –ya incumplido en el caso de Cullera en 1344– el rey tuvo que conceder una carta de indemnidad por la venta, declarando que aquélla no perjudicaba los fueros ni los privilegios del reino: AMV, Privilegios reales, Pedro el Ceremonioso, núm. 73 (14.II.1358). 143ACA, C, reg. 901, f. 233v (15.I.1358). Tenían que ser destinados por Ximénez de Montornés in luicione quam nunc facitis nomine dicte pupille et suis sponso de loco de Cullera. 144Véase la nota sobre la jurisdicción de Beniparrell, incluida en la «Colección documental», doc. 24 (20.II.1358). 145El 17 de febrero de 1358 Francesc d’Esplugues, como tutor de Jofre de Jamvilla –hijo

del difunto Nicolau de Jamvilla, conde de Terranova–, certificaba que su madre, la viuda Jaumeta de Romaní, había recibido los 100.000 sueldos de la compra real de Cullera, una suma que expresamente tenía que ser traspasada de los 172.000 sueldos pagados por Esteban de Aragón: AMV, Privilegios reales, Pedro el Ceremonioso, núm. 82 (17.II1358). En consonancia con aquello, el 20 de febrero de 1358 el rey y la reina confirmaron la venta de Beniparrell realizada poco antes por Esteban de Aragón y el tutor de Elicsén de Romaní: «Colección documental», doc. 24 (20.II.1358). 146ACA, C, reg. 994, ff. 13r-15v (24.II.1358). 147ACA, C, reg. 876, f. 30v (13.III.1344); E. olmos, Inventario de los pergaminos..., ob. cit.: ACV, Pergaminos, 4009 (5.III.1346) (venta de censos), 6774 (16.XII.1346) (compra de censos) y 5229 (25.II.1352) (venta de un casa en la parroquia de Santa Caterina de Valencia).

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servicios prestados», 70 yugadas en el marjal de la Albufera, a cambio de un ínfimo censo anual de 12 dineros por todas ellas.148

Por lo tanto, lo más seguro es que Beniparrell fuera recuperado muy pronto y volviera al patrimonio de Elicsén de Romaní y su esposo, Esteban de Aragón, quien, por otro lado, aparecía en 1361 como señor de Alberic, por lo que no sabemos si Elicsén recibió dicho lugar directamente de su madre Eirovís o a través de su propio marido.149 En cualquier caso, Esteban moriría joven y Elicsén, ya como señora de Alberic y de Beniparrell, se casaría en segundas nupcias con Eximén Pérez d’Arenós, con el que estaba esposada a la altura de 1371.150 Así pues, a pesar de la ejecución de su padre una veintena de años antes y de la muerte de su madre cuando todavía era una niña, Elicsén de Romaní había podido concentrar ambos lugares, Alberic y Beniparrell, y todavía había añadido Cullera, heredada de Esteban de Aragón. Sin embargo, en los años sucesivos aquel considerable patrimonio se desmembraría a través de diversas vías.

Por una parte, en 1381 Pedro el Ceremonioso, acuciado nuevamente por las urgencias financieras derivadas de las guerras mediterráneas –per la gran necessitat que axí com sabets havem de moneda per lo fet de Cerdenya e de Sicília, e per altres fets e necessitats–, vendió a la ciudad de Valencia el derecho a recuperar Cullera por 275.000 sueldos,151 prefiriendo que la villa volviera al patrimonio real en vez de continuar en manos nobiliarias, como reconocía el mismo rey a su primogénito al pedirle que confirmara el contrato de venta:

On mills fer e dictar se pusca a profit e seguretat de la ciutat, car molt pus expedient és a nós e a vós aquest contracte que no que los dits castell e vila romanguessen a la dona muller de mosén Eximén Pérez d’Arenós en la forma que vuy los té e aximeteix nos és pus profitós que la ciutat ho haja comprat que altri per diverses raons assats evidents que no·ns cal explicar.152

Por otra parte, el heredero de Elicsén de Romaní, Manfré Escrivá, tuvo que vender Alberic y sólo pudo conservar Beniparrell, aunque a partir de entonces el lugar se mantendría definitivamente en poder de la misma familia a lo largo de toda la época señorial, hasta comienzos del siglo XIX. Pero antes de que todo esto pasara, a finales del siglo XIV se acordó la puesta en cultivo de las tierras malogradas del término de Beniparrell a cambio de una bajada de la renta pagada mediante unos capítulos firmados todavía durante la señoría de Elicsén, como expondremos a continuación.

La puesta en cultivo de las tierras «ermes e malmenades» en 1387

Como hemos visto anteriormente el precio de venta de Beniparrell en 1358, 28.000 sueldos, estaba por debajo del precio de 1311, 32.000 sueldos; concretamente valía una octava parte menos. ¿Quería esto decir que la riqueza y las rentas obtenidas en el lugar habían bajado durante este periodo? Cuando menos, ése resulta un buen indicador para afirmarlo, lo que, además, concuerda con las dificultades generales documentadas a partir de mediados del siglo XIV,153 traducidas precisamente en la zona de la Albufera en una reducción de la mano de obra disponible y de los campos cultivados. La primera gran sacudida demográfica llegó en 1348 con la peste negra que asoló media Europa. Sólo siete años después, en 1355, el señor de Catarroja, Berenguer Dalmau, se veía obligado a rebajar la renta de las tierras cultivadas al sur de la acequia de Favara hasta la Albufera ya que habían quedado in maiori parte inculta et herma. Según se decía en los capítulos firmados con los catarrojenses, la principal razón de aquel abandono era la escasez de jornaleros que solían trabajarlas y el encarecimiento de sus salarios a causa de la generalem mortalitatem que acababa de afectar al reino

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148ACA, C, reg. 903, ff. 153v-154v (17.XI.1359). 149ACA, C, reg. 905, f. 209r (12.VI.1361): Esteban de Aragón aparece como señor de Alberic, con licencia para construir en el término un molino harinero sobre la acequia real del Xúquer. 150C. lópez rodrÍGuez (ed.), Liber patrimonii Regii Valentiae, ob. cit., doc. 980 (3.VII.1371): En aquella fecha Pedro el Ceremonioso concedió a Eximén Pérez d’Arenós y su mujer Elicsén de Romaní, viuda de Esteban de Aragón, 5.000 sueldos que éste debía al

monarca. Así pues, teniendo en cuenta el documento de la nota anterior, Esteban de Aragón tuvo que morir entre 1361 y 1371. 151Ibidem, doc. 981 (II.1381). 152ACA, C, reg. 1000, f. 122v (III.1381). 153A. Furió y F. GarCia-oliver, «Temps de dificultats (1348-1400)», a E. Belenguer (dir.), Història de la Corona d’Aragó, Barcelona, 2007, vol. I, pp. 245-255.

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de Valencia.154 Así, mediante el pago de 30.000 sueldos por la resolución, los campesinos de Catarroja pasaron de pagar una tercera y una cuarta parte de los frutos como renta señorial a satisfacer una quinta parte en las tierras irrigadas y una novena en las de secano, unas particiones que deberían permitir la retención de una mayor cantidad del producto en manos de los agricultores y el impulso del cultivo de las heredades perdidas. Pero los trastornos demográficos no acabaron aquí, sino que las epidemias de peste volvieron periódicamente –en 1362, en 1374 o en 1383, por ejemplo– y se sumaron a la guerra de Castilla, durante la que Valencia sufrió dos importantes asedios en 1363 y 1364 con las correspondientes depredaciones de los pueblos circundantes, o a la gran hambre de 1374-1375, producida por la insuficiencia general de trigo en toda la Corona de Aragón. Por ello, las tierras marginales, como las de marjal que rodeaban la Albufera, fueron desatendidas ante la carencia de brazos para cultivarlas. Sin embargo, una vez que aquella coyuntura especialmente dura empezó a ser superada, se pusieron en marcha proyectos de recolonización agrícola, como por ejemplo el de las tierras situadas entre Russafa, Alfafar, Massanassa y la Albufera, dirigido en 1386 por el Consell de la ciudad de Valencia. De esta forma, el consejo municipal consiguió que la diócesis valentina renunciara a cualquier censal cargado hasta el momento sobre aquellas posesiones y a los diezmos de los diez años siguientes, así como también que el rey hiciera lo mismo por lo que respectaba al tercio diezmo, de manera que hubiera incentivos para que la partida de tierras mencionada fuera reduhida a agricultura, puesto que se había dejado de cultivar convirtiéndose en marjalenca y baldía debido a las recientes calamidades:

Una gran partida dejús los lochs de Ruçaffa e d’Alfafar, e de altres, fos e sia tornada marjalenqua e erma, specialment per enruïnament de les céquies e braçals e scorredors de les aygües,

qui per fretura de les gents, aminvades en nombre e en poder per ocasió de guerres e de mortaldats e de altres adversitats passades, no són stats mundats ne tenguts en condret segons degueren e solien antigament. E açò fos e sia gran dan de la cosa pública, no tansolament per los splets qui s·i són perduts e perden, ans encara per la infecció que se’n segueix.155

Por lo tanto, parece que estas tierras próximas a la marjal de la Albufera, como las de Catarroja o las de Valencia, fueron las primeras afectadas por la reducción de campesinos y jornaleros; por un lado, porque eran de las que menos producían a causa de su condición pantanosa y, por otro lado, por su costoso mantenimiento, necesitado de limpiezas y atenciones continuas de los canales –acequias, brazales y sumideros– que desaguaban constantemente el terreno con el fin de permitir su cultivo. En este sentido, precisamente también en Beniparrell detectamos el mismo proceso caracterizado por la reducción demográfica, el abandono de tierras y, finalmente, la nueva puesta en cultivo mediante la bajada de la renta pagada, en este caso acordada en 1387 con la señora Elicsén de Romaní.156

En primer lugar, como hemos dicho, el descenso de la valoración del señorío entre 1311 y 1358 parece indicar una ligera mengua de la riqueza producida por el lugar, que, además, coincide con los momentos de las primeras dificultades. De hecho, si a comienzos del siglo XIV, a partir de datos fiscales, hemos podido calcular de forma hipotética una población que superaría las 15 casas hasta llegar como máximo a las 25, en los capítulos de la reducción de la renta de 1387 aparecen sólo 14 cabezas de família: el baile Bartomeu Cervés, el justicia Pere Cremades, los jurados de aquel año Martí Canals y Pere Ivorra, los hombres Guillem Teulada, Guillem Mas, Bernat Muntaner, Antoni Tortosa, Bartomeu Canals, Jaume Tortosa y Bartomeu Martí, y las mujeres Marieta, viuda de Bartomeu de la Mata –nombre que aparece en la carta puebla de Catarroja de 1355–, Peregrina,

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154E. Guinot, Cartes de poblament medievals valencianes, ob. cit., doc. 270 (28.V.1355): propter penuriam seu carestiam que in regno Valencie invalescit de hominibus, braceriis, seu de illis qui solebant dicta predia pro eorum logeris laborare propter generalem mortalitatem qui viguit in dicto regno temporibus retroactis, cum logerium eisdem mercenariis in duplo habent solvi eadem predia erant et remanebant in maiori parti inculta

et herma. 155M. V. FeBrer, «Documentos históricos para el estudio del repartimiento y repoblación de l’Horta», Annals de l’Institut d’Estudis Comarcals de l’Horta Sud, 5 (1987-1988), doc. 47 (16.VIII.1386). 156«Colección documental», doc. 26 (12.II.1387).

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viuda de Guillem Aguiló, y Francesca, viuda de Llorenç Mas y madre de Benvenguda, Isabel y Jaume, quien también aparecía tutelado por el mencionado Guillem Mas.

Con todo, parece probable que la población de Beniparrell incluyera alguna familia más, puesto que en ningún momento se afirma que toda la universidad participe del acuerdo y, además, entre los testigos de la firma de la viuda Francesca y Bartomeu Martí aparecen N’Andreu Móra e En Jacme López, del dit loch, cuyos apellidos no coinciden con los de ningún otro vecino citado y, por lo tanto, seguramente estaban al frente de otras casas, como confirma el hecho de que Jaume López –o Lòpiç– aparezca como cabeza de casa en 1419.157 En este sentido, como hemos visto a través del llamamiento realizado por la monarquía en 1355, es muy probable que en Beniparrell hubiera también hombres experts e sabents en fet de mar o usats e acostumats de pescar en l’Albufera, los cuales podríamos suponer que eran los que no aparecían en el documento. Sin embargo, los hombres de mar raramente vivían en exclusiva de las actividades pesqueras y solían tener igualmente posesiones de tierra, por lo que, aceptando que en 1387 habría más familias que las mencionadas en el acuerdo, cabría suponer que aquéllas o bien no tenían tierras malogradas puesto que habían podido superar mejor las dificultades o bien sólo poseían tierras en la zona que quedó excluida del descenso general de la renta, que, como veremos, debía de ser reducida –aunque la más productiva–. En cualquier caso, dado que la bajada se aplicaba a tot lo terme, parece probable que la población de Beniparrell no fuera muy superior a las 14 casas citadas, habiéndose mantenido o posiblemente reducido un poco respecto a la población de comienzos del siglo XIV. Y, lo que es más significativo, de aquellos 14 fuegos mencionados había tres que estaban encabezados por viudas, un 21,42% del total, un dato que muestra los estragos de las circunstancias adversas comentadas.

Por lo tanto, en el mismo contexto que hemos visto en

los marjales de Catarroja y Valencia, las zonas más difíciles de cultivar de Beniparrell debían de haberse postergado, puesto que los firmantes del acuerdo de 1387 declararon que en lo terme del dit loch hajen moltes possessions e les demés hermes e malmenades, es decir, que la mayoría de ellas restaban en aquel momento abandonadas e incultas. Por ello, para facilitar su recuperación, los poseedores de las tierras pidieron a Elicsén de Romaní que menguara la renda acostumada reebre en lo dit loch –cuyo volumen desconocemos– y la fijara en una octava parte de los frutos obtenidos en todas las tierras del término a excepción de:

Lo carrascal, les terres franques e alcunes fanecades prop los cenials, ço és, una fanecada per cénia perçò que·ls sensa e altres terres que fan cens segons forma antiga.158

Así pues, por otra parte, podemos saber a través de este documento que en Beniparrell se debía de conservar un bosque de carrascas o encinas, con toda probabilidad en la partida y actual polígono del Carrascar, limitando con la partida del Pollancar, dominada, pues, por los chopos que crecerían en la riba de la Albufera. Por lo tanto, el aprovechamiento de estos espacios forestales y de marjal podía ser importante para el sostén de la comunidad beniparrellina, la cual podía obtener de ellos: la fornilla o leña fina requerida por los hornos domésticos, de pan o de los baños de la ciudad; el pasto y el mantenimiento de rebaños con las bellotas de las encinas y las hojas de los chopos; las cañas de ribera empleadas en multitud de usos; o la caza y la pesca de la fauna ornitológica e ictiológica presente tanto en el carrascal como en el marjal.159

Igualmente, como hemos visto, también había tierras francas que se podían explotar sin pagar renta al señor, mientras que otras, en cambio, abonaban un censo monetario: las mejores, irrigadas con cenias seguramente desde época de los andalusíes, y aun otras –quizás cercanas conformando una pequeña huerta– que pagaban «según

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157Véase: infra, nota 184. 158Véanse ésta y el resto de citas del documento en la «Colección documental», doc. 26 (12.II.1387).

159Se puede consultar un panorama general de todos estos usos en la zona a través de: F. esquilaChe, «Paisatge agrari i alimentació a l’Horta de València dels segles XIII-XIV: agricultura, ramaderia i explotació del medi natural», Torrens, 16 (2006), pp. 41-78.

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forma antigua», haciendo referencia posiblemente a los establecimientos enfitéuticos realizados en el siglo XIII, tal vez con la instalación de los primeros colonos feudales durante la señoría de Arnau de Romaní.

En cualquier caso, a excepción de aquellas tierras, Elicsén de Romaní accedió a otorgar la merced solicitada, rebajar la renta satisfecha a una octava parte de los frutos, per profit e utilitat dels dits hòmens e perçò que tot lo terme sie laurat e panifficat, con el correspondiente incremento del volumen de producto total obtenido por la señora, que habría bajado con el abandono de buena parte de las tierras cultivadas. De esta forma, los cabezas de familia se comprometían a poner en cultivo las tierras que habían dejado de atender –cascun tot ço del seu– en el plazo de un año, desde finales de junio de 1387 a finales de junio de 1388. Para ello tenían que «escurar» y «persolar» totes les céquies e braçals del dit terme, es decir, limpiarlos de maleza y suciedad y –probablemente– preparar un suelo uniforme para que el agua pudiera correr fluidamente, desaguando el terreno pantanoso y permitiendo su cultivo.160

Por otra parte, la reducción de la renta era concedida a condición de que las tierras no se volvieron a abandonar, por lo que las acequias y brazales debían de conservarse permanentemente en lur condret, bajo la vigilancia y coerción del baile del lugar. Además, se establecía una penalización mediante la cual si algún año alguien dejaba de cultivar más de la mitad de las tierras perdidas –baves: «balbes», improductivas– tendría que continuar satisfaciendo la misma cantidad de cereal que si las hubiera cultivado, dándolo en este caso –la mitad en trigo y la otra mitad en avena– de ço que haurà sembrat e cullit en la millor orta, es decir, de las

tierras irrigadas que ya pagaban censo monetario. Así pues, la titular del señorío obtenía una garantía jurídica que evitaba la bajada global de la renta, obligando a los campesinos a mantener las tierras cultivadas o, en su defecto, a pagar por ellas como si estuvieran en pleno rendimiento. Respecto al resto de obligaciones señoriales, el acuerdo afirmaba genéricamente que continuarían prestándose a Elicsén de Romaní como se había hecho hasta entonces –tots los drets a ella pertanyents en lo dit loch e terme de aquell, e encara en los dits prohòmens e vassalls, segons axí com ans de la present–, por lo que no las podemos conocer de forma específica ante la carencia de una carta de población en que se particularicen el resto de posibles rentas, censos, deberes, tributos y monopolios. En cualquier caso, la octava parte de los frutos se mantuvo a lo largo de los siglos feudales como la principal forma de renta en especie, puesto que la encontramos en exclusiva en las tierras del término de Beniparrell hasta el siglo XVIII, cuando, al parecer, se aplicó también una nueva partición, la onceava, aplicada seguramente a tierras colonizadas con la instalación de una nueva población durante la señoría de Pasqual Escrivá de Romaní.161 Esto, sin embargo, es ya otra historia que está relacionada precisamente con el hecho que expondremos a continuación: la vinculación de los Escrivá de Romaní al lugar de Beniparrell, instituida por la misma Elicsén de Romaní.

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160Sobre la palabra «escurar» véase: M. zaraGozà, El cultiu tradicional de l’arròs a Silla, Silla, 1982. La palabra «persolar», por su parte, ha sido olvidada por la mayoría de diccionarios hasta la actualidad y sólo hemos podido encontrarla en el glosario del volumen quinto de las Rondalles valencianes de Enric Valor con el significado de «cavar o labrar profundamente un trozo de tierra inculta, descuajando a la vez árboles y sotobosque, para hacerlo cultivable, artigar». Probablemente es la misma palabra que aparece en el DCVB bajo la forma «peçolar», con el sentido de «hacer una cavada menos profunda que cuando se descuaja, de dos palmos como promedio». En suma, pensamos que el significado

primigenio responde a la idea de «cavar un suelo nuevo», con independencia de la intensidad de la cavada y de su objetivo final. Agradecemos las referencias cedidas y las reflexiones realizadas por Eugeni S. Reig, Emili Sáez, Miquel Boronat, Jordi Minguell y Joan-Carles Martí en la búsqueda del significado de esta palabra. 161Así se comprueba a primera vista en los documentos contenidos en el Fondo Sástago, entre los que sólo aparecen tierras sometidas al pago de la onceava parte de frutos a partir del Setecientos, por ejemplo, en: ACA, C, Diversos, Sástago, 241, Legajo AJ, núm. 18 (28.VII.1725), 19 (16.II.1725) y 69 (20.VII.1737).

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La fundación del vínculo de Elicsén de Romaní

Como hemos constatado, Elicsén de Romaní había heredado un patrimonio conformado principalmente por los lugares de Alberic y Beniparrell. Además, su segundo matrimonio con Eximén Pérez d’Arenós la había vinculado a un caballero de destacada importancia entre la nobleza residente en la ciudad de Valencia, quien, por otra parte, participó intensamente en las bandosidades que tuvieron lugar en el último cuarto del siglo XIV y las primeras décadas del XV, dando siempre apoyo a los Centelles contra los Vilaragut o los Soler.

De hecho, en aquellas luchas de bandos las lealtades y estrategias familiares vehiculaban muchos de los intereses en conflicto, aunque en este caso sabemos que Arnau de Romaní –seguramente el primo hermano de Elicsén (véase «Figura 2», p. 131)– estaba enfrentado a los Arenós y a los Centelles.162 Así mismo, parece que la herencia de otro primo hermano de Elicsén, Joan de Vilaragut, que había sido señor de Albaida, fue el detonante de uno de los principales episodios de estos conflictos, protagonizado por Eximén Pérez d’Arenós y juzgado en 1379 por el propio Pedro el Ceremonioso, que exigió el traslado de la causa judicial a su corte de Barcelona en un intento frustrado de finalizar estas rivalidades nobiliarias constantes.163 Aun así, con la subida al trono de Juan I, Eximén Pérez d’Arenós, que fue su consejero y chambelán, disfrutó del favor real y pudo comprar la jurisdicción criminal del lugar de Alberic, que pertenecía a su mujer Elicsén, así como también ejercer destacados cargos de poder, como por ejemplo el de gobernador del reino de Cerdeña entre 1388 y 1391. Sin embargo, el cambio de monarca le ocasionó graves problemas y fue detenido en 1396 a la muerte de Juan I por orden de la reina entrante María de Luna, aunque, a pesar de ello, continuó ocupando una posición destacada en el reino de Valencia hasta su muerte en 1419.164

Así pues, su matrimonio con Elicsén de Romaní

constituyó un núcleo importante entre los grupos poderosos valencianos, aunque su continuidad familiar se vio amenazada por la carencia de hijos, según parece, por la imposibilidad de tenerlos por parte de ella, como veremos a continuación. Por ello, en el momento de dictar testamento en Alberic a finales de 1398, Elicsén determinó lo que había tratado anteriormente con Eximén, per ço que lo seu e nostre nom e cognom no romangués en oblit: que el heredero nombrado por ella fuera ahijado por su propio marido, debiendo tomar el apellido de los dos, «Romaní de Arenós», y adoptando un nuevo signo heráldico y un nuevo sello, cuartelados con las armas de ambos.165 Así, debido a que finalmente Eximén no cumplió su promesa, ya que tuvo hijos con otra mujer como veremos más adelante, aquella disposición se cumplió parcialmente y fue el origen del nuevo linaje Escrivá de Romaní, al cual quedó vinculado el lugar de Beniparrell durante los siglos feudales.

En este sentido, a pesar de que no hemos podido localizar todavía el testamento completo de Elicsén de Romaní, sí que hemos podido acceder a la cláusula testamentaria que precisamente fundó el vínculo de su legado, es decir, la forma jurídica mediante la que el patrimonio que conformaba su herencia no podía ser alienado y tenía que ser transmitido en herencia siempre globalmente al primogénito masculino –no religioso– de cada generación, bajo la amenaza de traspasar todos los bienes a otra rama familiar si se incumplían estos dos requisitos. De esta manera, probablemente enfrentada por las bandosidades nobiliarias a su primo hermano Arnau de Romaní, que entonces constituía la única rama masculina del apellido Romaní, la señora de Alberic y Beniparrell declaró heredero a otro cosingermà, Manfré Escrivá, que era hijo de Gueraldona de Romaní, tía de Elicsén casada con Jaume Escrivá, coseñor de Patraix y bisnieto del Arnau Escrivá que luchó contra Arnau de Romaní en el siglo XIII (véase «Figura 2», p. 131). Además, el testamento establecía que

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162Aunque Rafael Narbona afirmó que Jaume de Romaní, hijo de Arnau de Romaní, apoyaba a los Centelles, posteriormente él mismo y también otras fuentes indican que tanto en el último cuarto del siglo XIV como en el primero del XV los Romaní –Arnau y Jaume– formaban parte del bando de los Vilaragut-Soler. Cf.: R. narBona, «Violencias feudales en la ciudad de Valencia», Revista d’història medieval, 1 (1990), pp. 59-86; Ídem, Valencia, municipio medieval. Poder político y luchas ciudadanas. 1239-1418, Valencia, 1995, pp. 133-134; Mª. M. Costa, «Una batalla entre nobles a Barcelona (1379)», Anuario de estudios medievales, 7 (1970-1971) pp. 533-554; A. ruBio, Epistolari de la València medieval (I), Valencia, 1985, doc. 134 (18.VII.1399); C. lópez rodrÍGuez, Nobleza y poder político en el reino de Valencia, Valencia, 2005, p. 244. 163En 1376 Eximén Pérez d’Arenós había obtenido la autorización real para que su mujer, Elicsén de Romaní, pudiera comprar el señorío de Albaida, de Saurina, viuda de Joan,

primo de Elicsén, pero finalmente Berenguer de Vilaragut, que también tenía derechos sucesorios, consiguió acordar su venta a Ramon de Vilanova, aprobada en noviembre de 1377. Sólo unos meses después se producía un grave altercado en las calles de Valencia entre Eximén Pérez d’Arenós y Ramon de Riusech, de una parte, y Berenguer de Vilaragut, de la otra, que originó dicha causa judicial: Mª. M. Costa, «Una batalla entre nobles...», ob. cit., pp. 533-554. 164ARV, Marqués de Malferit, Pergaminos, núm. 1 (17.IV.1387) (venta real de la jurisdicción criminal de Alberic), citado por J. villalmanzo, «Catálogo de los pergaminos reales existentes en el Archivo del Reino de Valencia», Estudis Castellonencs, 5 (1992-1993), pp. 105-200; ACA, C, reg. 1910, f. 132r (1.VII.1391); J. zurita, Anales de la Corona de Aragón, ob. cit., libro X, caps. XIX, XXIV, XLI, XLIII, XLVII y LVII.165 «Colección documental», doc. 27 (16.XII.1398).

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Gueraldona tendría la herencia en usufructo mientras viviera con las únicas obligaciones de dar 6.000 sueldos anuales a su hijo Manfré y dejarle los regiments dels llochs, vasalls e béns de la dita nostra heretat, entre los que se encontraba Beniparrell.

Sin embargo, antes de que Gueraldona o Manfré pudieran acceder al uso y posesión de la herencia, en primer lugar Elicsén nombraba a su marido Eximén Pérez d’Arenós como usufructuario vitalicio, aparte de concederle 20.000 sueldos en propiedad:

En aprés, sots vincles, condicions, retencions desús escrites, e no sens aquelles ne en altra manera, leixam al noble Ximén Péres de Arenós, marit nostre, a totes ses voluntats vint mília sous reals de València; e encara sots aquelles mateix (sic) vincles, e condicions e retencions, lexam a ell en tota sa vida tansolament lo usufruit e violari de tots los béns e drets los quals desús leixam a nostre hereu universal.166

Por otra parte, previendo que Manfré o los otros posibles herederos murieran antes que Elicsén, que no tuvieran hijos masculinos o que incumplieran las condiciones de la cláusula, el testamento establecía un exhaustivo orden de sucesión: Manfré Escrivá; el primogénito de éste; Arnau Escrivá –hermano de Manfré–; el primogénito de éste; Joan Llançol –de la rama de los Llançol de Romaní, de Vilallonga–; Joan Castellà –hijo de Andreu Castellà y Saura Ximénez de Lomberri, sobrina de Elicsén–; Jaume Llançol –primo de Elicsén–; y Berenguer Vives de Canyamàs –también primo de Elicsén–. Y en caso de que ninguno de aquéllos pudiera heredar aun se disponía el traspaso del vínculo al obispo de Valencia y los dos parientes más próximos, uno por parte de padre –Romaní– o en su defecto por parte de madre –Ça-Morera– y otro por parte de Eximén Pérez d’Arenós, que tendrían que administrar conjuntamente una causa pía con los bienes legados, convirtiéndolos en censales con el

fin de destinar las pensiones obtenidas a redimir cautivos cristianos del reino de Valencia, a maridar huérfanas o doncellas empobrecidas, y a sostener pobres, principalmente de estament venguts a pobre.167

Así mismo, como hemos dicho, se determinaba que fuera quien fuera finalmente el receptor de la herencia debería transmitirla a su primogénito masculino:

Aprés obte de aquell o en la vida haja e sia tengut donar e lexar la dita heretat al mellor fill mascle que haurà aprés obte, de millor enteniment e a dret de sos membres e enteniment, y que no sia prevere ni en orde de religió, no contrastant que sia menor.168

Y, con la pena de traspasar la herencia als altres sustituts per orde, se insistía en la prohibición de trencar o desfer vincle en tot o en part, por lo que se desautorizaba cualquier:

Venda, divisió, empeñorament, donació, diminució, obligació e qualsevol alienació de la propietat en tot o en qualsevol part o partícula dels béns de la dita nostra heretat.169

Sin embargo, como expondremos a continuación, la principal posesión del patrimonio legado, Alberic, tuvo que ser alienada por el heredero, que finalmente fue el primero ordenado en la línea sucesoria, Manfré Escrivá. Éste, además, tuvo que esperar quince años, desde la defunción de Elicsén en 1404 hasta la de Eximén Pérez en 1419, para poder disponer de su herencia y, entre otras cosas, tomar posesión de la señoría de Beniparrell. En cualquier caso, por lo que respecta a Elicsén de Romaní, con su citada muerte seis años después de haber testado se cerraba una larga señoría de casi medio siglo, que fundó el apellido de los Escrivá de Romaní y que vinculó definitivamente a este linaje con la historia de Beniparrell.

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166«Colección documental», doc. 27 (16.XII.1398). 167Ibidem. Por otra parte, sabemos que ya en vida Elicsén de Romaní dejó diversos censos a la Iglesia para la instauración de beneficios y la construcción de un hospital: ACA, C, reg. 1910, f. 132r (1.VII.1391) (licencia real a Elicsén para comprar bienes y censos, tener los censos que eran de su madre, Eirovís, hasta la cantidad anual de 93 libras, asignar tres beneficios a la iglesia de Valencia, cada uno de los cuales podía ascender a 25 libras,

e instituir tres aniversarios a razón de 6 libras anuales); E. OLMOS, Inventario de los pergaminos..., ob. cit., doc. 4.098 (12.XII.1397) (consignación a la catedral de Valencia por parte de Elicsén de Romaní de una renta procedente de su madre Eirovís, destinada a la construcción de un hospital en un arrabal de Valencia). 168«Colección documental», doc. 27 (16.XII.1398). 169Ibidem.

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Arnau Escrivá (+ 1275) Arnau de Romaní (+ 1276)

señor de Patraix? = Ramoneta señor de Beniparrell (1258-1272), de Vilallonga y Palma (1269)

Guillem Escrivá Andreu Guillem Escrivá (+ c. 1326) Jaume de Romaní (+c.1322) Berenguer de Romaní Arnau de Romaní Jaumeta

señor de Patraix? señor de Beniparrell (1316-c. 1327) señor de Alberic (1300) señor de Vilallonga? señor de Perputxent

= Elicsén Ximénez de Montornés (linaje Llançol de Romaní) (religioso en 1306)

Arnau Escrivá (+ 1322) Andreu Guillem Escrivá (+1347)

señor de Patraix señor de Beniparrell (c.1327-c.1339)

= Joana Garcia señor de Agres (1347) = Marieta d’Artés Arnau Ça-Morera (+ c.1349)

señor de Beniparrell (c.1338-c.1349)

= Caterina

Joan Escrivá (+1355)

señor de Patraix

= Maria Ximénez Romeu (+1380)

Guillem Escrivá (+1384) Joan Escrivá Jaume Escrivá = Gueraldona (+1401) Arnau de Romaní (+c.1335) Jaumeta (+ c.1361) Jaume de Romaní (+1348)

señor de Patraix coseñor de Patraix coseñor de Patraix señor de Alberic = Bernat de Vilaragut señor de Alberic

señor de Catarroja = Elicsén Escrivà = Nicolau de Jamvilla = Eirovís

= Joana Pujades sra. de Beniparrell? (c.1348-c.1355)

= Ramon de Riusech

Brunicsén Escrivá (+1463) Guillem Escrivá (+ 1439) Manfré Escrivà (+ 1426) Arnau de Romaní? Joan de Vilaragut Elicsén de Romaní (+1404)

coseñora de Patraix (1439) coseñor de Patraix coseñor de Patraix Jofre de Jamvilla sra. de Beniparrell (c.1355-1404)

señora de Catarroja (c.1452) señor de Catarroja (1426) señor de Beniparrell (1419-1426) = Esteban de Aragón

= Gilabert Dalmau alias Sanoguera = Elionor de Saranyó = Eximén Pérez d’Arenós (+1419)

= Iolant de Vilaragut usufr. de Beniparrell (1404-1419)

FIGURA 2. LINAJES ESCRIVÁ Y ROMANÍ

Fuentes complementarias: M. BATLLORI, «El cronista Bernat

Desclot...», ob. cit; R. NARBONA, «Los Escrivà...», ob. cit.;

P. VICIANO, Catarroja..., ob. cit.

LINAJES ESCRIVÁ I ROMANÍ

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El conflicto por la herencia de Elicsén de Romaní y la toma de posesión de Beniparrell en 1419

La publicación del testamento de Elicsén de Romaní el 9 de julio de 1404 abrió un intenso conflicto entre su primo, Manfré Escrivá, y su marido, Eximén Pérez d’Arenós, que conocemos relativamente bien a través de dos extensos documentos incluidos en la presente colección. Uno daba fe pública de la muerte de Eximén en 1419 y de la consiguiente toma de posesión del lugar de Beniparrell por parte de Manfré, mientras que el otro ponía fin a los conflictos pendientes entre los herederos respectivos mediante una sentencia arbitral publicada en 1427. Cómo hemos visto, ante la imposibilidad de tener hijos, Elicsén y Eximén Pérez habían acordado legar sus bienes a un mismo heredero que debía tomar el apellido y el símbolo heráldico de ambos: Romaní d’Arenós. De hecho, es muy probable que la elección como heredero en vida impulsara a Manfré Escrivá a dar a su hijo el nombre de Eximén Pérez, sin tradición en la familia Escrivá pero que serviría para hacer cumplir la voluntad de su primo político, Eximén Pérez d’Arenós, según la cual su nombre y apellido no debían permanecer en oblit. Sin embargo, a la muerte de Elicsén en 1404 su viudo debió de casarse rápidamente con una mujer llamada Boila, con la que tuvo un hijo antes de 1407, Ferrando Ximénez d’Arenós –también llamado Ferrando d’Arenós–, y todavía tendría otro hijo homónimo, Eximén Pérez d’Arenós, por lo que aquello que seguramente había prometido a Manfré Escrivá quedó cancelado.170

Así, fallecida Elicsén, Eximén Pérez pasó a ser usufructuario vitalicio de toda su herencia, que incluía los lugares de Alberic y Beniparrell, con la única obligación de dar 2.000 sueldos anuales –100 libras– al heredero instituido, Manfré Escrivá, que ahora había tomado el nombre de Manfré de Romaní –aunque con el tiempo la forma del apellido que tomó fuerza fue la de «Romaní, olim Escrivá», «Romaní, alias Escrivá» o directamente Escrivá de Romaní, ya que, de hecho, al menos en el siglo XVIII, el linaje se consideraba descendiente de la rama principal de los Escrivá–.171 Con todo, Eximén Pérez se negó incluso a traspasar esa pensión anual y litigó con Manfré para evitar su pago, a la vez que movió una cuestión judicial contra su difunta esposa, per rahó de certs comptes demanats (...) de la que·s dehia administració feta per la dita quòndam madona Elichsén, así como también otro proceso contra el mismo Manfré per rahó dels milloraments e altres coses, a través del que reclamaba seguramente el derecho a recibir parte de la herencia de la que había sido su mujer.172 La primera de las causas citadas fue ganada por Manfré con tres sentencias que obligaban a Eximén a pagar los gastos de los procesos y a restituirle las pensiones no satisfechas, aunque finalmente durante su vida sólo llegó a abonar la mitad de los 14.619 sueldos 6 dineros que le debía. La segunda causa contra la difunta Elicsén se alargó en el tiempo –fon ordit un gran procés– hasta que Eximén

VII. LOS PRIMEROS ESCRIVÁ DE ROMANÍ: MANFRÉ ESCRIVÁ DE ROMANÍ (1404/1419-1426) Y EXIMÉN PÉREZ ESCRIVÁ DE ROMANÍ (1426-)

170Sabemos de estos hijos, por un lado, a través del documento de febrero de 1427 aquí transcrito, en que Ferrando d’Arenós aparece como hijo de Eximén, mayor de veinte años –por lo que su nacimiento tuvo que producirse entre 1405, al año de morir Elicsén, y principios de 1407–, y, por otro lado, mediante un documento en que la viuda de Eximén, «Boila» d’Arenós, y su hijo Eximén Pérez d’Arenós aparecen como señores de Alberic en 1439 –por lo que, a la vez, sabemos que el hijo mayor Ferrando debió morir antes–. Cf.: «Colección documental», doc. 29 (8.II.1427); C. lópez rodrÍGuez (ed.), Liber patrimonii Regii Valentiae, ob. cit., doc. 318 (12.I.1439). Apenas un par de años después, en 1441,

la jurisdicción de Alberic fue comprada por Lluís Cornell, poniendo fin al dominio de los Arenós: Ibidem, doc. 319 (14.IX.1441). 171Por ejemplo, Pasqual Escrivá de Romaní realizó varios memoriales genealógicos para pedir cargos reales en que se retrotraía al primer Escrivà que fundó el linaje en tierras valencianas, obviando por completo la rama de los Romaní a través de la que poseía el vínculo fundado por Elicsén de Romaní: ACA, Diversos, Sástago, 236, núm. 6, 114 y 115. 172El «millorament» es la acción de favorecer a un heredero, dejándole más bienes que a los otros.

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renunció a ella en agosto de 1419, poco antes de morir. Finalmente, la tercera causa, mediante una sentencia arbitral publicada el 10 de julio de 1406, condenó a Manfré Escrivá y a los albaceas de la herencia de Elicsén de Romaní a pagar a Eximén Pérez d’Arenós 275.000 sueldos –25.000 florines–, por lo que la baronía de Alberic tuvo que ser embargada, subastada y finalmente comprada en junio de 1407 por el precio de 289.000 sueldos por el propio Eximén Pérez, que, además, se hizo cargo de los 14.000 sueldos sobrantes, como usufructuario que era de la herencia de Elicsén:

Per execució de la dita sentència e per oblació feta del dit loch de Alberich per lo dit quòndam En Manfré per paga fahedora al dit noble mossén Eximén Pérez dels dits vint-cinch mília florins en la dita sentència arbitral contenguts, fon, aprés subastació e diverses altres solempnitats, lo dit loch e baronia venut per la cort civil de la dita ciutat per comissió del molt alt senyor rey don Martí, de gloriosa memòria, la qual fon donada en València a nou de febrer del any de la Nativitat de Nostre Senyor mil CCCC set, e la qual baronia fon venuda per lo dit ladonchs justícia civil com a comissari qui dessús e comprada per lo dit quòndam Eximén Pérez segons que consta de la dita venda ab acte públich reebut per lo scrivà de la dita cort sots kalendari de quatre dies del mes de juny del any mil CCCC set per preu de dohentes huitanta nou mília sòlidos.173

De esta forma, la principal posesión del vínculo fue alienada, permaneciendo Beniparrell como el único lugar con vasallos de la herencia, mientras que Alberic pasó a manos de los Arenós, según se constata también en el testamento de Eximén, realizado el 1 de julio de 1418, que instituía a su hijo Ferrando Ximénez d’Arenós como hereu universal de tots sos béns e drets.174 Además, durante el extenso periodo de quince años que transcurrió entre la muerte de Elicsén en 1404 y la de Eximén Pérez en 1419, Manfré de Romaní no pudo acceder al uso de las posesiones de las que era

legalmente heredero, viéndose igualmente privado, como hemos dicho, de la pensión anual que el usufructuario se negaba a abonarle. Aun así, en su lecho de muerte Eximén Pérez trató de resarcir parcialmente los daños ocasionados en vida, renunciando al proceso pendiente contra Elicsén e instituyendo un legado de 100.000 sueldos en favor de la herencia de ésta y, en consecuencia, de Manfré, per descàrrech de consciència d’aquell.175

En suma, esto explica la frenética actividad desarrollada por Manfré Escrivá de Romaní en los meses siguientes a la defunción de Eximén Pérez d’Arenós, detallada en los documentos mencionados. Así, el lunes 21 de agosto de 1419, sólo dos días después de aquella muerte –que había tenido lugar en la madrugada del viernes al sábado 19 de agosto–, Manfré se presentó ante el justicia civil de Valencia para recibir la possessió dels dits béns e drets hereditaris del vínculo de Elicsén de Romaní en vista de la muerte de su usufructuario. Por ello, pese a que consideraba que la dita possessió pogués pendre per la propria auctoritat, deseaba tener la seguridad –per major cautela– de que el justicia certificaría aquella muerte y le daría la posesión de los bienes heredados, por lo que le solicitaba que recibiera sumària informació de la mort del dit noble Eximén Pérez d’Arenós.

En consecuencia, el oficial real tomó testimonio de seis personas que podían dar fe de aquella defunción. Bartomeu Pasqual, presbítero de la iglesia de la Santa Cruz de Valencia, declaró que Eximén finà sos dies divendres propassat en la nit aprés mija nit dues hores y que él mismo fon present e vehent com aquell morí e passà de aquesta vida en l’altra e li legí la indulgència. Igualmente, Enric Díez, scuder de casa de mossén Eximén Pérez d’Arenós, coincidió en la hora de la muerte, las dos de la madrugada, ya que fon present quan aquell morí e passà de aquesta present vida en l’altra, y, así mismo, asistió a la sepultura de aquell, la qual fon feta

134

173«Colección documental», doc. 29 (8.II.1427). Antes hubo una primera comisión encargada de la cuestión, ordenada el 15 de marzo de 1405; finalmente, la segunda comisión de árbitros, ordenada el 27 de junio de 1405, fue la que dictó sentencia en 1406. 174Ibidem.

175Ibidem. Dos días antes de morir, Eximén Pérez d’Arenós renunció al proceso contra Manfré por la administración de bienes realizada por Elicsén de Romaní, y el día de antes instituyó el legado de 100.000 sueldos.

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lo dissabte avespre en la seu de València en la capella de Sant Berthomeu, a la qual foren moltes gents. También Joan de Vilanova estuvo en casa de Eximén Pérez la noche de su fallecimiento, aunque llegó cuando ya había muerto:

Fon appel·lat per companya que·s deya de casa de mossén Eximén Pérez d’Arenós demanant-lo que anàs a la dita casa cor lo dit mossén Eximén Pérez stava a la fi (...) E fon allí a les tres ores passada mija nit. Et com fou allí dixeren-li que poch havia era mort (...) havent allí grans plors per la noble muller d’aquell dit noble mossén Eximén Pérez e plors (...) de casa de aquell per la lur mort.176

De la misma manera, también el maestro en teología del orde de madona Sancta Maria del Carme, fray Vicent Tamarit, vio lo cors d’aquell mort en la casa e habitació del dit noble mossén Eximén Pérez d’Arenós, e metre lo cos del dit noble en una caxa empeguntada. Finalmente, tanto el caballero Galceran Bou como el notario Francesc Escolà asistieron el sábado al anochecer a la sepultura del cuerpo del difunto en la catedral de Valencia. Por todo ello, dos días después de recibir aquellos testimonios, el 23 de agosto Manfré compareció de nuevo ante el justicia de Valencia para que se declarara oficialmente su toma de posesión de los bienes de la herencia:

Vist lo testament de la noble dona Elichsén de Romaní; e vist com lo dit noble N’Eximén Pérez d’Arenós era usufructuari e lo dit honorable En Mamfré de Romaní hereu de la dita honorable Na Elichsén de Romaní; et com conste de la mort del dit noble N’Eximén Pérez, e consegüentment lo dit usufruyt ésser finit, proveheix e mana que lo dit honorable En Mamfré de Romaní sia mès en possessió dels béns e drets de la herència dessús dita de la dita noble dona Na Elichsén de Romaní, axí com a hereu de aquella.177

Y apenas al día siguiente, el jueves 24 de agosto de 1419, Manfré volvió a presentarse en la corte, requirent ésser mès en possessió del loch de Beniparrel, qui és dels béns de la dita herència. Así, el justicia encargó la cuestión a su escribano Antoni Joan y a Joan Sobirats, alias d’Albal, que se trasladaron al lugar para otorgar solemnemente la posesión de la población al nuevo señor mediante una serie de actos simbólicos. En primer lugar, abrieron les portes majors del alberch o casa de senyor del dit loch e hicieron entrar a Manfré dins la casa Romaní, en la que lo dit honorable En Mamfré de Romaní en senyal de possessió tanquà e obrí les portes. En segundo término, reunieron en la casa señorial a todos los cabezas de familia del lugar para que juraran fidelidad vasallática al nuevo señor:

Ajustats los dessús dits lo dit comissari absolgué aquells de sagrament de feeltat que eren tenguts al noble mossén Eximén Pérez d’Arenós, usufructuari del dit loch, manan a aquells e cascun d’aquells que prestassen sagrament de feeltat al dit honorable En Mamfré de Romaní, senyor proprietari del dit loch, e d’ací avant haguessen-lo per senyor. E adonchs los dessús nomenats, toquats per ells e cascuns d’ells los sants evangelis de Déu, prestaren sagrament de feeltat al dit honorable En Mamfré de Romaní segons fur de València.178

Así mismo, también en señal de dominio, Manfré cortó ramas de los campos del señor, tanto de los árboles del huerto como de las cepas de la viña y de las higueras del higueral, mientras que, finalmente, tomó posesión de la almácera y del horno del lugar mediante el simbolismo de cerrar y abrir sus puertas:

Encara lo dit comissari, continuant la dita possessió, féu entrar lo dit En Mamfré de Romaní en l’ort de senyor e en senyal de possessió lo dit En Mamfré tallà de les rames dels arbres del dit ort. Et aprés lo dit honorable En Mamfré de Romaní anà

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176 «Colección documental», doc. 29 (8.II.1427). 177Ibidem.

178Ibidem.

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a la vinya e figueral de senyor, e entrà en aquella, e en senyal de possessió tallà de les sarments dels ceps de aquella e de les rames de les figueres. E, tornant al dit loch, lo dit honorable En Mamfré de Romaní entrà en la almàcera del oli del dit loch, la qual stava mig descuberta, e la caldera de aquella que era foradada, e en senyal de possessió tanquà e obrí les portes de la dita almàcera. E en aprés fon lo dit honorable En Mamfré de Romaní al forn del dit loch, lo qual fon atrobat mig descubert, e en senyal de possessió tanquà e obrí les portes de aquell dit forn.179

De esta manera finalizó el acto ceremonial de la toma de posesión de Beniparrell, del que Manfré requirió una carta pública testimonial, la qual li fou feyta per lo scrivà de la cort a conservació de son dret. Con todo, no acabaron aquí las acciones emprendidas a la muerte de Eximén Pérez d’Arenós, puesto que unas semanas después, el 14 de septiembre de 1419, otra vez ante el justicia civil de Valencia el nuevo poseedor del vínculo de Elicsén de Romaní aceptó públicamente el legado de 100.000 sueldos que Eximén Pérez había dejado en el lecho de muerte a beneficio de aquella herencia, y, además, acabó abriendo un proceso para saber si en aquél legado quedaba incluido el dinero que Eximén le debía en vida –de las pensiones anuales y los procesos no pagados que anteriormente hemos citado–.180 Igualmente, el martes 3 de octubre de 1419, Manfré tuvo que volver a pedir la posesión de la casa señorial de Beniparrell, hon lo dit noble N’Eximén Pérez stava, y continuaba su hijo Ferrando, que debía ser un adolescente de no más de catorce años.181

Así, el justicia ordenó una nueva comisión que se trasladó al lugar:

Anaren al dit alberch, hon fou atrobat mossén Ferrando d’Arenós, hereu del dit noble, e lo dit comissari féu exir del dit alberch lo dit mossén Ferrando e près per la ma lo dit honorable En Mamfré de Romaní e mès-lo dins lo dit alberch Romaní lo dit comissari de fora. E lavós lo dit honorable En Mamfré de Romaní, en senyal de possessió, tanquà e obrí les portes del dit alberch.182

Finalmente, aún en noviembre de aquel mismo año el nuevo señor de Beniparrell hizo trasladar notarialmente el documento de la reducción a la octava de las particiones de la mayoría de tierras del término –documento a través del cual ha llegado a nosotros–, y a comienzos de 1420 cerró el ciclo de actos destinados a asegurarse la herencia de Elicsén de Romaní y el legado de Eximén Pérez d’Arenós, con una carta pública realizada el 12 de enero que contenía la relación detallada de todos aquellos hechos y acciones.183 Así, después de haber tenido que vender la señoría de Alberic y haber esperado quince años, Manfré Escrivá de Romaní accedió finalmente al pleno dominio de los bienes que habían sido de su prima Elicsén de Romaní, entre los que se encontraba Beniparrell. En este sentido, la toma de posesión del lugar también ofrece algunos datos interesantes, como por ejemplo el hecho de que el señor tuviera en el término una reserva de huerto, viña e higueral, que en la casa señorial –llamada casa Romaní o alberch Romaní– hubiera dues cases descubertes, o que los lugares de los monopolios feudales tampoco estuvieran en condiciones óptimas, con la almácera mig descuberta, su caldera foradada, y el horno también mig descubert. Con todo, desconocemos la gravedad de estos desperfectos y, cuando menos, parece que la comunidad campesina del lugar continuaba desarrollando su vida a pleno rendimiento, puesto que nuevamente aparecen 14 cabezas de familia acudiendo al llamamiento señorial:

[...] Tortosa, justícia del dit loch, En Berthomeu Mas, e En Pere Tortosa, jurats, En Jacme Lòpiç, mustaçaf, En Johan Cervés, batlle, En Jacme Cremades, En Pere Cremades, En Guillem Algali, En Bernat Mas, En P[... ...,] En Berthomeu Abella, En Macià Galter, En Berthomeu Canals, En Pere Ivorra.184

Por lo tanto, parece que el volumen demográfico se mantuvo más o menos estable desde finales del siglo XIV y, de hecho, la mitad de los doce apellidos diversos existentes

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179«Colección documental», doc. 29 (8.II.1427). 180Ibidem. 181Cf.: supra, nota 170.

182«Colección documental», doc. 29 (8.II.1427). 183Ibidem. 184Ibidem.

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en 1419 provenían de las familias documentadas en 1387: los Cervés, que continuaban ocupando la bailía del lugar, los Cremades, los Canals, los Mas, los Tortosa y los Ivorra, además de los Galter, que, como hemos visto anteriormente, estaban presentes tanto en Beniparrell a comienzos del siglo XIV como en Catarroja a mediados de centuria.185 El resto de apellidos habían sido sustituidos y destacaba la reducción del número de viudas, que en este caso desaparecían como cabezas de casa. Por otra parte, es también remarcable el hecho de que los jurados continuaban siendo dos y de que, a la vez, apareciera el nuevo cargo de mostassaf, encargado de vigilar las transacciones comerciales, lo que resulta un indicador del mantenimiento de un mercado local activo. Con todo, tras el acceso a la titularidad del señorío de Manfré Escrivá de Romaní volvemos a perder de vista las informaciones relativas a los pobladores de Beniparrell y únicamente contamos con una breve referencia en la siguiente acta de la toma de posesión del lugar, protagonizada por el hijo de aquél, Eximén Pérez Escrivá de Romaní, en el transcurso de los últimos momentos de las disputas originadas por las herencias de Elicsén de Romaní y Eximén Pérez d’Arenós.

El conflicto por la herencia de Eximén Pérez d’Arenós y la toma de posesión de Beniparrell en 1426

Si la muerte de Elicsén de Romaní en 1404 fue el inicio de un largo conflicto entre su primo y heredero, Manfré Escrivá, y su viudo y usufructuario, Eximén Pérez d’Arenós, la muerte de éste último en 1419 representó el comienzo de otra querella, en esta ocasión con el hijo de Eximén, Ferrando Ximénez d’Arenós, complicada en 1426 por el propio fallecimiento de Manfré y la disputa de su herencia entre sus hijos, Eximén Pérez Escrivá de Romaní y Jaumet

Escrivá, según hemos podido saber a través de la sentencia arbitral que puso fin a todos estos enfrentamientos el 8 de febrero de 1427.

El origen del conflicto entre Manfré y Ferrando residía en las cantidades que Eximén Pérez d’Arenós había dejado a deber al primero, así como en el codicilo que había hecho redactar en el lecho de muerte, el 18 de agosto de 1419, según el cual legaba 100.000 sueldos a la herencia de Elicsén de Romaní, que debía ser percibida por el propio Manfré. Así, por un lado, Manfré reclamaba los 7.309 sueldos 9 dineros que todavía se le debían del legado testamentario de 2.000 sueldos anuales que le había dejado Elicsén mientras durara el usufructo de Eximén Pérez d’Arenós y que éste se había negado a satisfacer, además de los gastos de los procesos iniciados en razón de esa demanda. Por otro lado, Ferrando d’Arenós negaba la legitimidad del último codicilo de su padre y objetaba el pago a Manfré de los 100.000 sueldos, para cuya obtención, como ordenaba el mismo codicilo, los albaceas de la herencia de Arenós habían cargado un censal sobre Alberic y Benifaraig que rendía anualmente 6.666 sueldos 8 dineros, abonados por cuatrimestres:

En paga e solució dels dits cent mília sòlidos al dit quòndam honorable En Manfré de Romaní en nom de hereu dessús dit lexats per lo dit quòndam noble mossén Eximén Pérez d’Arenós en lo dessús dit codicil, veneren e carregaren al dit quòndam honorable En Manfré de Romaní, axí com a hereu de la dita quòndam noble dona Na Elichsén de Romaní e en nom de la dita heretat e sots los vincles contenguts en lo dit testament de la dita quòndam noble dona, sis mília sis-cents sexanta-sis sòlidos huyt diners de recens pagadors en tres terces cascún any, ço és, a cinch de jener e a cinch de maig e a cinch de setembre sots pena de trehents sòlidos per cascuna solució, los quals dits sis mília sis-cents sexanta-sis sòlidos huyt diners de recens foren specialment carregats en e sobre los lochs de Alberich e Benifaraig, los quals dits lochs en lo temps del dit carregament eren en senyoria e proprietat dels dits honorables marmessors e generalment sobre tots los altres béns de la dita marmessoria.186

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185Cf.: supra, nota 83. 186«Colección documental», doc. 29 (8.II.1427).

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Manfré, sin embargo, no renunciaba al legado, sino que, además, solicitaba las pensiones debidas de los 8 meses y 15 días por la demora de establecimiento del censal –un total de 4.673 sueldos 8 dineros–, ya que el codicilo de Eximén Pérez d’Arenós instituía que los 100.000 sueldos tendrían que empezar a pagarse a través del censal un año después de la publicación de su testamento, a partir del 21 de agosto de 1420, pero aquél no había sido cargado hasta el 5 de mayo de 1421.187 La cuestión se agravó a mediados de 1424, cuando Ferrando d’Arenós –que se acercaba a la mayoría de edad– se negó a continuar satisfaciendo las pensiones del censal, llegando a impugnarlo en la corte del gobernador del reino de Valencia para hacer frente a la reclamación de las dos pagas anteriores a la de mayo de 1425 por parte de Manfré. Finalmente, la cuestión del censal cargado para pagar los 100.000 sueldos legados por Eximén Pérez d’Arenós fue presentada ante Alfonso el Magnánimo, que durante su estancia en Valencia a finales de 1425 ordenó traspasar la causa a la Audiencia real. Sin embargo, antes de poder finalizarla, en los primeros meses de 1426, Manfré Escrivá enfermó y falleció:

Pendent la dita causa e qüestió entre les dites parts lo dit honorable quòndam En Manfré de Romaní enmalaltí de la qual malaltia morí e passà d’aquesta present vida en l’altra. Vist lo testament del dit En Manfré de Romaní poch temps ans que morís fet en València a XXX dies del mes de deembre del any mil CCCC vint-sis, reebut per lo dit discret En Johan Ça-Posa, notari, e publicat per lo dit notari a vint de març del prop any.188

La muerte del primer Escrivá de Romaní y la publicación de su testamento el 20 de marzo de 1426 dieron paso a la entrada en el litigio de sus hijos, Eximén Pérez, fruto de su primera esposa Elionor de Saranyó, y Jaume, todavía un menor de edad tutelado por Iolant de Vilaragut, la segunda

mujer de Manfré.189 En primer término, los hermanastros tuvieron que resolver la cuestión de su herencia, puesto que, aunque el vínculo fundado por Elicsén de Romaní era muy claro y establecía que aquélla debería traspasarse por primogenitura, Manfré trató de dejarla a su hijo menor, Jaumet Escrivá. Por ello, un día antes de la publicación del testamento de su padre, seguramente al conocer su contenido, Eximén Pérez Escrivá realizó un requerimiento en la corte del justicia civil de Valencia reclamando su derecho a heredar el vínculo de Elicsén y su aceptación, de hecho, con la adopción del apellido y el signo heráldico de los Romaní:

[Elicsén de Romaní] instituhí así hereu universal in primo gradu lo dit En Manfré de Romaní, ladonchs nomenat Manfré Scrivà, cosingermà d’aquella, substituhint-li lo fill major d’aquell abte e covinent e de bon enteniment (...) Com concorreguessen en aquell [Ximén Pérez Escrivá] totes les qualitats contengudes en les substitucions del dit testament, perçò acceptava e prenia davant lo dit honorable justícia lo sobrenom e lo cognom de Romaní e les armes, segell e senyal de Romaní, e prenia les dites substitució, disposició e successió a ell diferides.190

Así mismo, el día posterior a la lectura del testamento hizo redactar una carta pública ante notario en la que mostraba que su padre, Manfré, había haüt propòsit, intenció e voler que·l dit N’Eximén Pérez sia stat e és de obtenir, haver e tenir la universal successió dels béns de la dita quòndam noble dona Na Elichsén de Romaní, por lo que le correspondía a él y no a Jaumet acceder a la mencionada sucesión. Como colofón a su reclamación, al día siguiente inició un proceso para ser declarado oficialmente el heredero de los bienes de Elicsén de Romaní, entre los que se encontraba la posesión señorial de Beniparrell:

N’Eximén Pérez de Romaní sots diverses capítols e articles requerie ésser declarat per lo dit honorable justícia e cort sua la

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187«Colección documental», doc. 29 (8.II.1427). La fecha del instrumento notarial es del 8 de mayo de 1421, pero había comenzado a pagarse desde el día 5 de aquel mes. 188Ibidem. Cabe destacar que el «30 de diciembre de 1426» corresponde en realidad, por su datación según el año de la Natividad, al año 1425.

189Sabemos de su apellido por los memoriales genealógicos contenidos en el Fondo Sástago del ACA. 190«Colección documental», doc. 29 (8.II.1427).

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universal successió dels béns de la dita quòndam noble madona Elichsén de Romaní pertànyer a ell, axí com a fill major del dit En Manfré de Romaní a dret de sos membres de bo e sans enteniment e primer substituhit, axí com aquell en lo qual són e concorren e són concorregudes totes les qualitats e condicions per la dita quòndam noble dona en lo dit seu testament apposades per haver e obtenir aquella dita successió.191

El proceso se resolvió rápidamente y apenas tres semanas después, el 12 de abril, Eximén Pérez de Romaní, qui molt enans era stat cognominat Scrivà, fue declarado universal sucesor de Elicsén de Romaní según el testamento e última voluntat d’aquella.192 Y, así, como había hecho su padre en 1419, exigió inmediatamente la real e corporal possessió del loch de Beniparrell –y también de otros bienes de la herencia, como por ejemplo un albergue en la parroquia de San Nicolás de Valencia. Por ello, el justicia civil envió a su escribano Antoni Dez-Prats a requerir a Iolant, tutora de Jaumet Escrivá, si volia o entenia dir res o al·legar per què la dita possessió no fos liurada al dit N’Eximén Pérez de Romaní, pero aquella respondió que no·y entenia res dir e al·legar, ans li plahia que li fos del·liurada. De esta manera, el sábado 13 de abril de 1426 Eximén Pérez Escrivá de Romaní, el portero de la corte del justicia Goçalbo de Xàtiva y, nuevamente como en 1419, el escribano Antoni Joan se dirigieron a Beniparrell y otorgaron la posesión del lugar al nuevo señor, que recibió el juramento de fidelidad de los habitantes, aunque en esta ocasión el documento es más escueto y no nos revela ni sus nombres ni las posibles solemnidades que rodearon el acto:

En lo dia de dissapte que·s constava tretze dies del mes d’abril del dit any mil CCCC vint-sis lo dit En Goçalbo de Xàtiva, porter e comissari dessús dit, en virtut de la dita sua comissió verbal, instant lo dit N’Eximén Pérez de Romaní sens revocació de son procurador, fon ensemps ab lo dit N’Anthoni Johan,

notari e escrivà de la sua cort, al dit loch de Beniparrell e liurà al dit N’Eximén Péreç de Romaní, en lo dit nom de hereu, la real e corporal possessió del dit loch, manant als habitadors del dit loch que féssen e prestàssen al dit N’Eximén Pérez de Romaní lo sagrament de feeltat en fur establit, e lo haguessen per ver senyor del dit loch, e li responguessen de tots drets al senyor del dit loch pertanyents, los quals dixeren que·ls plahia, e, de fet, li prestaren sagrament e homenatge de feeltat.193

Finalmente, el 15 de abril el nuevo señor feudal de Beniparrell aceptaba también de forma pública el legado de 100.000 sueldos dejado en forma de censal por Eximén Pérez d’Arenós al vínculo de Elicsén de Romaní, por lo que reabría el conflicto con el hijo de aquél, Ferrando Ximénez d’Arenós, interrumpido momentáneamente por la muerte de Manfré Escrivá de Romaní, añadiendo ahora la cuestión de la dotación de Jaumet Escrivá, falto de recursos.194

Así, en diciembre de 1426, un año después de que la causa hubiera sido trasladada a la Audiencia real, las tres partes en conflicto pidieron que fuera nombrada una comisión particular que solucionara la cuestión per viam arbitrale seu amicabilem composicionem, puesto que sería pus útil e profitós comprometre que judicialment ésser tractats los dits affers.195 El rey concedió la autorización a solucionar plenamente el litigio a través de una resolución arbitral del 17 de diciembre de 1426 y el día siguiente fueron escogidos àrbitres, arbitradors e amicables composadors, los doctores en leyes Climent de Vilanova y Ramon de Riusech. De esta manera, al fin, tras varias reuniones entre ambos, el 23 de enero llegaron a un acuerdo que fue publicado y aceptado el 8 de febrero de 1427, aunque no entraría en vigor hasta San Juan, una vez que se resolvieran todas las cuestiones pactadas. En suma, la sentencia arbitral cerró todos los frentes abiertos. Por una parte, Ferrando d’Arenós –para quien se tuvo

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191Ibidem. 192Ibidem. 193Ibidem.

194Ibidem. 195Ibidem.

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que solicitar una suspensión cautelar de la excomulgación que le había sido impuesta por razones que desconocemos– fue obligado a pagar a Eximén Pérez de Romaní –como heredero de Manfré– el dinero que su padre le debía del tiempo del usufructo de la herencia de Elicsén de Romaní, un total de 10.787 sueldos 9 dineros, sin contar los desembolsos judiciales; así mismo, otorgaba validez al legado de 100.000 sueldos que su padre había dejado a la misma herencia y se comprometía a satisfacer el interés de los 8 meses y 15 días durante los que el censal correspondiente no había sido cargado como correspondía, un total de 4.673 sueldos 8 dineros que, sumados a los 15.556 sueldos 7 dineros de las siete tercias cuatrimestrales que no se habían pagado desde el 5 de enero de 1425, hacían un cómputo global de 31.017 sueldos, aparte de los gastos procesales. Por otra parte, se establecía que Eximén Pérez de Romaní tendría que traspasar algunas rentas a su hermanastro menor, Jaumet Escrivá, para compensar su insuficiencia patrimonial:

Atteses los béns que huy posseex lo dit pubil, e la dita tudriu e curadriu en nom de aquell, no bastaria a sostenir lo stament del dit pubil ans quodammodo romandria depauperat e lo dit N’Eximén Pérez opulent. E, attenent que puix lo dit pubil e honorable tudriu e curadriu de aquell sens malícia alguna han regoneguda bona fe, puix han vist que per justícia la heretat de la dita noble madona Elichsén de Romaní per mort del dit En Manfré de Romaní ha pertangut e pertany al dit N’Eximén Pérez de Romaní, segons la voluntat de la dita noble dona, és rahonable

que lo dit N’Eximén Pérez de Romaní se haja favorablament vés lo dit Jacmet, germà consanguíneu seu.196

Así, Jaume recibiría tres censales de Eximén Pérez de Romaní: uno de 13.200 sueldos cargado sobre la bailía de Xàtiva que rendía 1.100 sueldos anuales, otro de 6.000 sueldos sobre la villa de Cervera del Maestrat con una pensión de 400 sueldos anuales, y, finalmente, otro de 14.000 sueldos comprado a la ciudad de Valencia que dejaba anualmente 866 sueldos 8 dineros.197 Por último, se establecía el salario de los escribanos y de los procuradores de las partes, así como el pago de los traslados notariales y del decreto final, mientras que, a la vez, se ordenaba que aquél fuera dado a Eximén Pérez Escrivá de Romaní, quien lo conservaría y lo tendría que exhibir siempre que Ferrando Ximénez d’Arenós lo requiriera.

De esta forma, el largo conflicto entre los Arenós y los Escrivá de Romaní, que ocupó todo el primer cuarto del siglo XV, llegó a su fin con la concentración en manos de Eximén Pérez Escrivá de Romaní del vínculo fundado por Elicsén de Romaní. Se trataba de una herencia disminuida con la sustracción de la baronía de Alberic, pero ligeramente compensada con un censal sobre el mismo lugar que rendía anualmente 6.666 sueldos 8 dineros. En cualquier caso, Beniparrell continuaba formando parte del vínculo y así continuaría a lo largo de las centurias posteriores.

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196«Colección documental», doc. 29 (8.II.1427). 197Ibidem. Los censales tenían que ser devueltos a Eximén Pérez de Romaní en caso de

que Jaume Escrivá muriera en edad pupilar o después sin descendencia, o impugnara los acuerdos tomados.

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Si bien la mayoría de poblaciones de su alrededor, como por ejemplo Catarroja, Silla, Alcàsser, o Picassent, contaban ya con una sólida base historiográfica relativa a la época medieval, las informaciones sobre Beniparrell eran hasta la actualidad prácticamente nulas. No podía ser, sin embargo, que Beniparrell no tuviera historia, o que su historia no tuviera ninguna importancia. Así, pese a las insuficiencias del presente libro, marcadas por la inexistencia de estudios anteriores, la fragmentariedad de la colección documental y la escasez de tiempo –determinada por la coincidencia con la celebración del 750 aniversario de la donación real–, hemos podido reunir una serie de informaciones sobre la señoría y sobre la población, que nos indican que, evidentemente, Beniparrell sí que tiene un pasado digno de ser investigado, que ayuda a comprender la evolución histórica del pueblo y de la sociedad valenciana en su conjunto. Por una parte, con respecto a los señores feudales de Beniparrell, hemos observado que hasta la vinculación del lugar al linaje Escrivá de Romaní, estipulado en las cláusulas testamentarias de Elicsén de Romaní en el tránsito del siglo XIV al XV, los cambios frecuentes en la titularidad de la señoría ejemplifican algunas de las propias características de la sociedad feudal desarrollada en el territorio valenciano. En primer lugar, tras una veintena de años en posesión del rey –probablemente debido a su situación marginal y a la lentitud inicial de la colonización de las tierras conquistadas–, la antigua alquería andalusí de Beniparrell fue concedida

en 1258 al caballero Arnau de Romaní, quien consiguió ir conformando un patrimonio señorial con el que heredar a su linaje al cobijo del servicio a la monarquía, tanto en cargos de gobierno y administración como a través de la gestión de las rentas reales y la financiación de las guerras contra los musulmanes. Sin embargo, como en el caso de la mayoría de familias nobles valencianas, el suyo se trataba de un conjunto patrimonial reducido y frágil, formado por señorías pequeñas, y, por lo tanto, muy subordinado a las propias trayectorias personales, marcadas por las estrategias políticas y matrimoniales, las concesiones monárquicas o la propia coyuntura familiar.

Por otro lado, en consonancia con esa misma volubilidad de los patrimonios señoriales valencianos, Arnau de Romaní –una vez que había perdido el favor real por su lucha contra los Escrivá– vendió Beniparrell en 1272 al monasterio cartujo de Portaceli, que acababa de establecerse en el reino de Valencia. De esta forma, como había pasado con el monasterio de Scala Dei instalado en la Cataluña Nueva en 1194, unas décadas después de la conquista de las tierras musulmanas –que había contado con la activa participación de las órdenes militares y mendicantes–, la orden contemplativa de los cartujos llegaba para implantarse. Por ello, buscó en la señoría de Beniparrell una fuente de renta estable, aun cuando con el tiempo tendría que deshacerse de ella, según parece, por las resistencias que empezaba a ofrecer la comunidad campesina que había ido creciendo a lo largo de las últimas

RECAPITULACIÓN: LA SEÑORÍA FEUDAL Y BENIPARRELL DURANTE LOS PRIMEROS SIGLOS FEUDALES (1238-1426)

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décadas del siglo XIII.Así, con la venta del lugar realizada por el monasterio

en 1311 se iniciaba una nueva fase en la señoría de Beniparrell marcada por el papel preponderante de las familias ciudadanas de Valencia, que en sus estrategias de ascensión social estaban interesadas en adquirir señoríos con vasallos que realzaran su estatus o pudieran abrirles la puerta al ennoblecimiento. Así, sucesivamente, un ciudadano y hombre de negocios –Pere de Ripoll–, unos caballeros de familia jurista –Andreu Guillem Escrivá, padre y hijo–, y un importante jurisperito llegado de la comarca del Bages –Arnau Ça-Morera– poseyeron la señoría de Beniparrell, al tiempo que ocupaban destacados cargos de poder en la capital del reino y en la administración real.

Además, como se ha advertido en otros lugares –por ejemplo, en Catarroja–,198 parece que se repitió la tendencia de las familias nobiliarias a tratar de recuperar los lugares donde habían ejercido el señorío, y así Jaume de Romaní, nieto del primer señor de Beniparrell, casó con Eirovís, hija de Arnau Ça-Morera, entonces señor del mismo lugar. De esta manera, pese a la represión real llevada a cabo contra aquellos dos, activos participantes en la revuelta de la Unión de 1348 junto con otros caballeros entroncados familiarmente con ellos –como los Ximénez de Montornés o parte de los Vilaragut–, la señoría de Beniparrell volvió finalmente a manos de los Romaní en la figura de Elicsén, hija de Jaume de Romaní y Eirovís Ça-Morera. La posesión de Elicsén de Romaní coincidió con otra fase en que, dejados atrás los caballeros de conquista del siglo XIII y las familias ciudadanas en proceso de

ennoblecimiento de la primera mitad del siglo XIV, los linajes nobiliarios pasaron a ocupar las señorías que rodeaban la ciudad de Valencia. De origen caballeresco antiguo, como los Romaní o los Arenós, o más reciente, como los Escrivá, todos ellos tenderían a conformar una nobleza valenciana más homogénea pero igualmente heredera de una situación de partida caracterizada por el escaso reparto de tierras conquistadas, una circunstancia que, pese al progresivo proceso de compra nobiliaria de muchos de los lugares reales durante el Trescientos, los abocaría a una situación inconsistente y en muchos aspectos dependiente de la monarquía.

La misma Elicsén tuvo que vender temporalmente Beniparrell en 1358 para ayudar a financiar los ejércitos reales y perdió la villa de Cullera en 1381, al hacerse efectiva en favor de Valencia la carta de gracia con la que el monarca la había vendido al primer marido de aquélla. En otro orden de cosas, si bien los matrimonios de Elicsén de Romaní significaron una oportunidad de ascensión social, primero a través del enlace con el copero real Esteban de Aragón y después con el noble Eximén Pérez d’Arenós, finalmente también acabaron representando el encarnizamiento de las luchas nobiliarias detectado a partir de la segunda mitad del siglo XIV, una vez que la sociedad feudal había dejado de expandirse a costa de otros territorios peninsulares y los señores entraban en competencia directa por las fuentes de renta disponibles en el propio reino de Valencia. Así, su segundo marido, Eximén Pérez d’Arenós, impugnaría el testamento de Elicsén realizado en 1398 y, en duro conflicto con el heredero nombrado, conseguiría hacerse con su

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198P. viCiano, Catarroja: Una senyoria de l’Horta de València en l’època tardomedieval, ob. cit.

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principal posesión, Alberic, que dejaría a los hijos tenidos con una nueva mujer.

Por otra parte, en consonancia con un proceso general de estabilización y oligarquización de la nobleza, aquel testamento de Elicsén trataba de poner fin a la inseguridad de los bienes del linaje, estableciendo mediante cláusula testamentaria la vinculación de los primogénitos masculinos a aquel conjunto patrimonial, con la prohibición expresa de realizar cualquier alienación. Así, aun cuando quizás la razón principal era la carencia de descendencia directa de Elicsén, la elección de aquella forma jurídica de transmisión hereditaria constata una tendencia a la vinculación que fue en aumento entre la nobleza valenciana con el fin de concentrar los patrimonios familiares.199 Fuese como fuese, con la condición de que adoptara el apellido «Romaní», nombró heredero a su primo hermano Manfré Escrivá, quien, a pesar de la muerte de aquélla en 1404, no pudo acceder a los bienes de la herencia hasta 1419, cuando murió Eximén Pérez d’Arenós, que había sido designado usufructuario vitalicio.

La postrera pugna entre aquellos dos, alargada hasta 1427 a través de sus hijos, Eximén Pérez Escrivá y Ferrando Ximénez d’Arenós, muestra una sociedad en que un nuevo instrumento financiero, el censal, dominaba las transacciones entre los nobles y se había superpuesto a la renta feudal como principal forma de captación de la riqueza social. Se trataba, pues, de un mundo muy diferente al del antiguo baile de Jaime I, Arnau de Romaní, primer señor feudal de Beniparrell. Sin embargo, muchos de los grupos poderosos continuaban perteneciendo a familias que habían hecho fortuna en los tiempos de conquista: tanto los Romaní como los Escrivá

procedían de ellas y precisamente a partir del siglo XV, donde acaba la presente investigación, conformarían el nuevo linaje Escrivá de Romaní, que quedó vinculado el resto de siglos feudales a la población de Beniparrell.

Con respecto a ésta, por su parte, aunque con una provisionalidad determinada por la escasez de datos, hemos podido acceder al conocimiento de ciertos aspectos del paisaje histórico construido por los pobladores que habitaron y trabajaran las tierras de Beniparrell, así como también apuntar algunos rasgos de la evolución de la comunidad formada desde la conquista feudal hasta comienzos del Cuatrocientos. En primer lugar, antes de la expugnación cristiana, a partir de las reducidas informaciones sobre el régimen de la tierra en época feudal y en consonancia con el panorama dibujado por la reciente historiografía sobre la hidráulica islámica de la zona próxima a la Albufera de Valencia,200 hemos podido figurar una pequeña alquería andalusí que explotaría una huerta de reducidas dimensiones mediante el uso de cenias, al tiempo que aprovecharía los recursos naturales ofrecidos por el paisaje forestal y de marjal que dominaba la zona.

Quizás por eso mismo la alquería no resultaba atractiva para los primeros colonizadores y señores feudales, por lo que permanecería en posesión de Jaime I hasta 1258 y, cuando fue concedida al caballero Arnau de Romaní, se estipuló que si rendía más de unos escasos 100 sueldos anuales sería devuelta a la monarquía. En cualquier caso, es posible que el nuevo señor estableciera algunos colonos y ya en 1263 se documenta el primer conflicto de un heredero de Beniparrell con los vecinos de Albal y Catarroja por las aguas de riego. De hecho, a partir de aquel momento, todas

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199P. marzal, «Una visión jurídica de los mayorazgos valencianos entre la época foral y la Nueva Planta», Anuario de Historia del Derecho Español, LXVI (1996), pp. 229-364.

200C. sanChis iBor, Regadiu i canvi ambiental a l’Albufera de València, Valencia, 2001.

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las informaciones relativas a la población durante la segunda mitad del Doscientos y la primera del Trescientos apuntan a un crecimiento de la superficie cultivada, la población y la producción comercializada.

Por un lado, en 1268 fue confirmada la señoría de Arnau de Romaní eliminando la cláusula de reversión de los 100 sueldos anuales y, por otro lado, sabemos que antes de mediados del siglo XIV la mayor parte del término –aunque se conservaban un carrascal y los usos pesqueros– había sido puesta en cultivo, tanto la huerta primigenia regada con senials como las tierras de marjal desaguadas por la acción de los campesinos. En consecuencia, la producción agrícola generada creció y también con ella la riqueza capturada por los señores a través de las rentas feudales y los tributos reales. De esta manera, en 1311 las dos terceras partes del diezmo eclesiástico eran arrendadas anualmente por 400 sueldos y, progresivamente, la monarquía transfirió a los señores correspondientes la parte de los tributos reales correspondiente a los beniparrellinos.

Así mismo, a principios del siglo XIV la población del lugar posiblemente había superado las 15 familias, organizándose una comunidad campesina que ocasionó ciertos conflictos con la señoría feudal –entonces en manos del monasterio de Portaceli–, como por ejemplo la negación de los vecinos a prestar el juramento vasallático de fidelidad. A cambio de 32.000 sueldos, el lugar pasó a manos de señores residentes en Valencia y, según parece, precisamente la gran demanda de esta ciudad dirigió parte del aumento de la producción de los campesinos de Beniparrell hacia el mercado urbano, como constatan las franquezas de derechos mercantiles concedidas en 1330 y 1339.

Con todo, las limitaciones del crecimiento extensivo, así como las dificultades provocadas por las epidemias de peste y las guerras que golpearon Valencia a partir de

1348 –y afectaron especialmente a las zonas próximas a la Albufera–, detuvieron el incremento poblacional y redujeron la extensión cultivada, dejando un alto porcentaje de viudas al frente de las explotaciones familiares y malogrando las tierras de marjal puestas en cultivo. Así, en 1358 el precio de venta del señorío había bajado hasta los 28.000 sueldos y en 1387 se documentan poco más de 14 familias, que acordaron una bajada a la octava parte de frutos de la renta pagada en el secano de marjal, a través de la que la señora del lugar aceptaba su disminución pero, a la vez, obligaba a los campesinos a tener aquellas tierras constantemente en cultivo.

De hecho, parece que el volumen demográfico del lugar se mantuvo estable hasta el final del periodo aquí tratado y en 1419 se documentan otros 14 cabezas de familia, que aparecen en la toma de posesión de la señoría por parte de Manfré Escrivá de Romaní. Muchos de ellos, como los Cervés, los Cremades, los Canals, los Mas, los Tortosa o los Ivorra, habían arraigado en el lugar, dominado por la presencia de la casa señorial, l’alberch Romaní. Sin embargo, como hemos expuesto en el prólogo, ciertos datos indican que un siglo después, antes de 1518, la comunidad de pobladores había desaparecido de Beniparrell. Cuando menos, un cabreve de tierras del término realizado entonces registra exclusivamente poseedores residentes en poblaciones cercanas, como Albal, Catarroja y Silla, mientras que a comienzos del siglo XVII Gaspar Escolano afirmaba que era un lugar despoblado, con la única presencia de la casa del señor.201 En cualquier caso, las razones de este despoblamiento y el proceso de asentamiento de una nueva comunidad durante el siglo XVIII deberán ser objeto de otro estudio, para el cual pensamos que hemos podido establecer cierta base documental a través de la presente monografía.

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201ACA, Diversos, Sástago, 242, Legajo AK; G. esColano, Década primera de la historia de Valencia, ob. cit., libro VII, cap. III, p. 316.

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