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www.imprentanacional.go.cr La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 24 de febrero del 2011 ¢ 500,00 AÑO CXXXIII Nº 39 - 72 Páginas CONTRATARÁN ESTUDIO DE SUELOS EN ESTACIÓN PUENTE MULAS El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), comunica que recibirá ofertas hasta el día 10 de marzo del 2011 para contratar un estudio de suelos en la Estación Puente Mulas. Pág. 18 Fotografía con fines ilustrativos. .

LA GACETA Nº 39 de la fecha 24 02 2011 · día 10 de marzo del 2011 para contratar un estudio de suelos en la Estación Puente Mulas. Pág. 18 ... en los precios de los medicamentos

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La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 24 de febrero del 2011

¢ 500,00 AÑO CXXXIII Nº 39 - 72 Páginas

CONTRATARÁN ESTUDIO DE SUELOS EN ESTACIÓN PUENTE MULAS

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), comunica que recibirá ofertas hasta el día 10 de marzo del 2011 para contratar un estudio de suelos en la Estación Puente Mulas.

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Pág 2 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

PODER LEGISLATIVO

LEYES8917

LA ASAMBLEA LEGISLATIVADE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:REFORMA Y ADICIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL

SISTEMA BANCARIO NACIONAL, N.º 1644, DE26 DE SETIEMBRE DE 1953, Y SUS REFORMAS,

Y REFORMA Y ADICIÓN DE UN ARTÍCULO DE LA LEY ORGÁNICA DEL BANCO

CENTRAL DE COSTA RICA, N.º 7558, Y SUS REFORMAS, DE 3 DE

NOVIEMBRE DE 1995ARTÍCULO 1.- Definiciones

Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:a) Bancos multilaterales de desarrollo: instituciones que proporcionan apoyo financiero y asesoramiento profesional para actividades orientadas al progreso económico y social en los países.b) Organismos bilaterales de desarrollo: agencias de cooperación internacional que los gobiernos mantienen en cada país.

ARTÍCULO 2.-Refórmase el artículo 4 de la Ley orgánica del Sistema

Bancario Nacional, N.º 1644. El texto dirá:“Artículo 4.-Los bancos comerciales del Estado contarán con la garantía y la más completa cooperación del Estado y de todas sus dependencias e instituciones. La garantía estatal establecida en este artículo no será aplicable a los instrumentos financieros subordinados o préstamos subordinados que emitan o contraten los bancos comerciales del Estado, tampoco a las obligaciones

o los derechos que de ellos emanen. Los instrumentos financieros subordinados o los préstamos subordinados, así como las obligaciones y los derechos que de ellos emanen solo podrán ser adquiridos o contratados por bancos multilaterales de desarrollo o por organismos bilaterales de desarrollo.Ningún tenedor de deuda subordinada emitida o contratada por los bancos comerciales del Estado podrá poseer, individualmente, un monto que supere el veinticinco por ciento (25%) del capital primario de cada banco emisor.”

ARTÍCULO 3.-Adiciónase un inciso 13) al artículo 34 de la Ley orgánica del

Sistema Bancario Nacional, N.° 1644. El texto dirá:“Artículo 34.-En la dirección inmediata del banco sometido a su gobierno, cada junta directiva tendrá las siguientes atribuciones esenciales:[...]

13) Publicar, con propósitos informativos, en el diario oficial La Gaceta y en sistemas electrónicos, los acuerdos de la junta directiva que aprueben la emisión o contratación de los préstamos subordinados o instrumentos financieros subordinados que adquiera la entidad.”

ARTÍCULO 4.-Refórmase el artículo 179 de la Ley orgánica del Banco

Central de Costa Rica, N.º 7558, y sus reformas, de 3 de noviembre de 1995. El texto dirá:

“Artículo 179.- Deuda subordinadaLos recursos generados producto de los préstamos subordinados o instrumentos financieros subordinados que contraten o emitan los bancos comerciales del Estado, así como de las obligaciones o derechos emanados de estos, no se podrán utilizar para comprar deuda del Estado costarricense.”

ARTÍCULO 5.-Adiciónase un artículo 180 a la Ley orgánica del Banco

Central de Costa Rica, N.º 7558, y sus reformas, de 3 de noviembre de 1995. El texto dirá:

“Artículo 180.-Los instrumentos financieros o los préstamos subordinados emitidos o contratados por los bancos comerciales del Estado, así como las obligaciones o derechos que de ellos emanen, no podrán pagarse con acciones o participaciones sociales o patrimoniales de los bancos comerciales del Estado.”Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA. Aprobado a los trece días del mes de diciembre de dos mil diez.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVOLuis Gerardo Villanueva Monge

PRESIDENTE

Mireya Zamora Alvarado Ileana Brenes Jiménez PRIMERA SECRETARIA SEGUNDA SECRETARIA

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil diez.

Ejecútese y publíquese.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de

Hacienda, Fernando Herrero Acosta.—1 vez.—O. C. Nº 11332.—Solicitud Nº 10625.—C-43880.—(L8917-IN2011009431).

Teléfono: 2296 9570

Licda. Alexandra Meléndez Calderón Lic. Isaías Castro Vargas

Lic. Mario Zamora CorderoMinisterio de Gobernación y Policía, Presidente

Representante Editorial Costa Rica

Jorge Luis Vargas Espinoza Director General Imprenta NacionalDirector Ejecutivo Junta Administrativa

Representante Ministerio de Cultura y Juventud

Teléfono: 2296 9570 Fax: 2220 0385 Apartado Postal: 5024-1000 www .imprentanacional.go.cr

CONTENIDOPág

NºPODER LEGISLATIVOLeyes ...................................................................... 2

PODER EJECUTIVODecretos .................................................................. 2Acuerdos ................................................................ 4

DOCUMENTOS VARIOS ........................................ 8TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Edictos .................................................................. 14Avisos ................................................................... 15

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA .............. 15REGLAMENTOS ................................................... 24INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........ 34RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 39AVISOS..................................................................... 43NOTIFICACIONES ................................................ 70CITACIONES .......................................................... 71FE DE ERRATAS .................................................... 71

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 3

PODER EJECUTIVO

DECRETOSNº 36288-S

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE SALUD

En ejercicio de las facultades y atribuciones contenidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; los artículos 1, 2, 4, 113 y 120 de la Ley General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973.

Considerando:1º—Que es función del Estado velar por la protección de la

salud de la población y garantizar el bienestar de los ciudadanos, no obstante ello no debe ser obstáculo para el establecimiento de condiciones de competitividad que contribuyan en el desarrollo de la actividad del país.

2º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 35595-S del 16 de setiembre del 2009, publicado en La Gaceta Nº 229 de fecha 25 de noviembre del 2009 el Poder Ejecutivo publicó la “Declaratoria de Medicamentos de Venta Libre al Consumidor”.

3º—Que el Estado está comprometido a lograr una disminución en los precios de los medicamentos y a facilitarle a toda la población el acceso a éstos.

4º—Que en virtud de lo anteriormente expuesto es necesario actualizar periódicamente el listado oficial de medicamentos de libre venta. Por tanto,

Decretan

REFORMA AL DECRETO DEDECLARATORIA DE MEDICAMENTOS

DE VENTA LIBRE AL CONSUMIDORArtículo 1º—Refórmese el artículo 3 del Decreto Ejecutivo

Nº 35595-S del 16 de setiembre del 2009, publicado en La Gaceta Nº 229 de fecha 25 de noviembre del 2009, “Declaratoria de Medicamentos de Venta Libre al Consumidor” para que en lo sucesivo se lea así:

“Artículo 3º—En el momento en que el margen de seguridad de un producto llegue a ser inaceptable, o si el uso del producto representa más riesgos que beneficios, el Ministerio de Salud podrá reformar el presente decreto ejecutivo condicionando, eliminando de la lista o restringiendo el uso del producto. El Ministerio de Salud podrá incluir de oficio nuevos medicamentos de venta libre o a solicitud del interesado. Las inclusiones aprobadas por el Ministerio al Listado de la Declaratoria de Medicamentos de Venta libre al Consumidor, se publicarán en la página Web del Ministerio de Salud, www.ministeriodesalud.go.cr para su aplicación y conocimiento.Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario

Oficial La Gaceta.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los

nueve días del mes de agosto del dos mil diez.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Salud,

María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—O. C. Nº 10600.—Solicitud Nº 23614.—C-25510.—(D36288-IN2011009407).

Nº 36376-SLA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUDEn uso de las facultades que les confieren los artículos 140

incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; artículo 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de Administración Pública”, 1, 2, 4, 104 Y 112 de la Ley Nº 5395 del 30 de Octubre de 1973, “Ley General de Salud”, 1º, 2º y 6º de la Ley Nº 5412, “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; del 08 de noviembre de 1973.

Considerando:1º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 26478-S del 16 de

octubre de 1997 publicado en La Gaceta Nº 244 del 18 de diciembre de 1997, el Poder Ejecutivo creó el Laboratorio Nacional de Control de Calidad de Medicamentos (LANACCAME) como laboratorio oficial y el Ente Nacional de Certificación de Medicamentos (ENACEM) como órgano adscrito al Ministerio de Salud, con el fin de realizar análisis, estudios técnicos y certificaciones de medicamentos requeridos por el Ministerio de Salud o terceros que así lo soliciten.

2º—Que el Decreto de marras establece que el Laboratorio Nacional de Control de Calidad/de Medicamentos (LANACCAME) estará integrado por el Laboratorio de Control de Calidad Químico Farmacéutico del Ministerio de Salud y el Laboratorio de Análisis y Asesorías Farmacéuticas (LAYAFA) de la Facultad de Farmacia de la Universidad de Costa Rica y fungirá como laboratorio nacional de referencia para las determinaciones físico químicas en medicamentos, cosméticos, materias primas utilizadas en la industria farmacéutica y drogas estupefacientes, así como cualquier otro que el Ministerio de Salud así lo considere.

3º—Que igualmente el Decreto citado indica que el Ente Nacional de Certificación de Medicamentos (ENACEM), que dependerá técnica y administrativamente de la División de Servicios Médicos y Farmacia del Ministerio de Salud, estará localizado físicamente en el Instituto de Investigaciones Farmacéuticas (INIFAR) de la Facultad de Farmacia de la Universidad de Costa Rica, el que le brindará el apoyo logístico.

4º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 26727 del 18 de febrero de 1998 publicado en La Gaceta Nº 53 del 17 de marzo de 1998, el Poder Ejecutivo “Acredita al Laboratorio de Análisis y Asesorías Farmacéuticas (LAYAFA) de la Universidad de Costa Rica para la realización de los Análisis requeridos por el Ministerio de Salud en materia de medicamentos”:

5º—Que mediante Decreto Nº 34510-S del 04 de abril del 2008 publicado en La Gaceta Nº 105 del 02 de junio del 2008, se publica el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud, siendo que las competencias descritas en el Decreto Nº 26478-S para el Ministerio de Salud, tanto para el Laboratorio Nacional de Control de Calidad de Medicamentos y el Ente Nacional de Certificación de Medicamentos, actualmente corresponden a la Dirección de Atención al Cliente.

6º—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se ha considerando conveniente derogar el Decreto Ejecutivo Nº 26478-S, por cuanto a las competencias establecidas en dicho Decreto fueron asumidas tanto por la Dirección de Atención al Cliente del Ministerio de Salud como por el Laboratorio de Análisis y Asesorías Farmacéuticas (LAYAFA) de la Universidad de Costa Rica. Por tanto,

Decretan:Lo siguiente:

DEROGAR EL DECRETOEJECUTIVO Nº 26478-S

Artículo 1º—Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 26478-S del 16 de octubre de 1997, publicado en La Gaceta N° 244 del 18 de diciembre de 1997.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los

cuatro días del mes de octubre del dos mil diez.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de Salud,

María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—O. C. Nº 10600.—Solicitud Nº 23618.—C-33115.—(D36376-IN2011009408).

Nº 36410-PLANLA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓNNACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

En ejercicio de las facultades y regulaciones establecidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración Pública (Nº 6227 de 2 mayo de 1978); 1 inciso c) y 2 incisos a) y c) de la Ley de

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Planificación Nacional (Nº 5525 de 2 de mayo de 1974); la Ley Sistema de Estadística Nacional (Nº 7839 de 15 de octubre de 1998) y artículos 3° y 4° de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres (Nº 7801 de 30 de abril de 1998).

Considerando:I.—El Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014, “María Teresa

Obregón Zamora”, reafirma el compromiso de una nación más equitativa y solidaria y establece que es necesario visibilizar los grupos sociales que requieren de una atención diferenciada por parte del Estado costarricense, los cuales por su condición de sexo, edad, etnia, nacionalidad y limitaciones físicas o mentales no tienen pleno acceso a los beneficios sociales y económicos.

II.—Como parte de la política social y de la atención de los sectores más vulnerables en pobreza y exclusión, es necesario contar con datos sobre brechas y desigualdades de género enfrentadas por las mujeres al intentar combinar sus labores de cuido de hijos e hijas y otros familiares, con las posibilidades de formación y acceso a empleos de calidad.

III.—Del 1º de marzo al 30 de abril de 2011, se estará realizando la “Primera Encuesta sobre el Uso del Tiempo en la Gran Área Metropolitana (EUT-GAM)” coordinada por el, Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), el Instituto de Estudios en Población de la Universidad Nacional (IDESPO-UNA), la Universidad de Costa Rica (UCR), la Universidad Estatal a Distancia (UNED), el Ministerio de Planificación y Política Económica (MIDEPLAN) y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), para brindar a las autoridades del Estado Costarricense, a los sectores académico y empresarial, a las organizaciones no gubernamentales, organizaciones, sociales y organismos de cooperación internacional, y a la sociedad en general, la información necesaria, detallada y suficiente que permita conocer la contribución económica de mujeres y hombres por la vía del trabajo no remunerado, para formular políticas públicas particularmente para la igualdad de género y contribuir a la valoración social y económica del trabajo doméstico no remunerado. Por tanto,

Decretan:Artículo 1º—Se declara de interés público y nacional la

“Primera Encuesta sobre el Uso del Tiempo en la Gran Área Metropolitana de Costa Rica (EUT-GAM)”, que se realizará del 1º de marzo al 30 de abril de 2011.

Artículo 2º—Se insta a las instituciones de la administración pública central y descentralizada así como a la sociedad en general, para que dentro de sus posibilidades y del marco de legalidad, apoyen el suministro y la captura de información y utilicen posteriormente sus resultados en el diseño e implementación de políticas públicas novedosas y que puedan traducirse en programas y acciones que mejoren la calidad y condiciones de vida de la población ubicada en el territorio nacional.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los

veinticinco días del mes de enero del año dos mil once.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—La Ministra de

Planificación Nacional y Política Económica, Laura Alfaro Maykall.—1 vez.—O. C. Nº 11088.—Solicitud Nº 10155.—C-28200.—(D36410-IN2011009416).

Nº 36411-CLA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUDCon fundamento en el artículo 140, incisos 3) y 18) de la

Constitución Política, 25.1 de la Ley General de la Administración Pública, 13 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, y

Considerando:1º—Que la Ley de la Administración Financiera de la República

y Presupuestos Públicos, Nº 8131 del 18 de setiembre de 2001, en su artículo 13 indica que “Sin perjuicio de las previsiones que deba tomar la Administración, todo encargado de recaudar, custodiar o

administrar fondos y valores públicos, deberá rendir garantía con cargo a su propio peculio, a favor de la Hacienda Pública o entidad respectiva, para asegurar el correcto cumplimiento de los deberes y las obligaciones de los funcionarios”.

2º—Que por Decreto Ejecutivo Nº 34110-C del 14 de agosto del 2007, publicado en La Gaceta Nº 226 del 23 de noviembre del 2007, se estableció el “Reglamento de garantías que deben rendir los funcionarios del Ministerio de Cultura y Juventud que recauden, custodien o administren fondos y valores públicos”.

3º—Que debe modificarse el “Reglamento de garantías que deben rendir los funcionarios del Ministerio de Cultura y Juventud que recauden, custodien o administren fondos y valores públicos”, con el fin de aclarar conceptos que pueden dificultar la adecuada aplicación de este instrumento. Por tanto,

Decretan:Reforma al Reglamento de Garantías que deben

rendir los funcionarios del Ministerio deCultura y Juventud que recauden,

custodien o administren fondosy valores públicos

Artículo 1º—Refórmese el artículo 8 del Decreto Ejecutivo Nº 34110-C del 14 de agosto del 2007, publicado en La Gaceta Nº 226 del 23 de noviembre del 2007, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 8º—Obligación de presentar caución en más de un puesto. El caucionante que por disposición de ley, decreto ejecutivo u otra disposición desempeñe dos o más puestos en la Institución, cuyas funciones sean calificadas como de recaudación, administración o custodia de fondos públicos, podrán presentar una única caución para todos esos puestos, siempre y cuando se haga por el monto más alto según lo establecido en el presente Reglamento y se exprese que cubre todos las representaciones o cargos que desempeña; sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.”Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los

veintitrés días del mes de agosto del dos mil diez.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Cultura

y Juventud, Manuel Obregón López.—1 vez.—O. C. Nº 11175.—Solicitud Nº 40485.—C-24170.—(D36411-IN201009414).

ACUERDOSPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 168-PLA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139, inciso 1) de la Constitución Política y artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de mayo de 1978).

ACUERDA:Artículo 1º—Conceder licencia sin goce de salario a la señora

Sandra Piszk Feinzilber, cédula de identidad 1-0357-0156, Ministra de Trabajo y Seguridad Social, para atender asuntos personales del 23 de diciembre del 2010 al 6 de enero del 2011.

Artículo 2º—Durante la ausencia de la señora Piszk Feinzilber, se nombra como Ministro a. í. de Trabajo y Seguridad Social al señor Juan Manuel Cordero González, cédula de identidad 1-0682-0894, actual Viceministro de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 3º—Rige a partir de las 18:05 horas del 23 de diciembre del 2010 hasta las 16:20 horas del 6 enero del 2011 inclusive.

Dado en la Presidencia de la República, a los 16 días del mes de diciembre del año 2010.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 10889.—Solicitud Nº 38736.—C-8520.—(IN2011009429).

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 5

Nº 170-P.—San José, 20 de diciembre del 2010LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las facultades que le confiere la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDAArtículo 1º—De conformidad con los principios que se

desprenden del artículo 22 bis del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, recargar en el señor Juan Carlos Pacheco Romero, cédula de identidad 1-927-671, Director de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, el cargo de Viceministro de Inversión Pública, del Ministerio de Hacienda.

Artículo 2º—Rige a partir del 21 de diciembre del 2010.LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº

11332.—Solicitud Nº 10628.—C-8060.—(IN2011009426).

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIANº 142-PE

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIACon fundamento en el artículo 28 párrafos 1 y 2 inciso

a) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2011, Ley N° 8908 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Mauricio Boraschi Hernández,

cédula de identidad número 1-789-060, Viceministro de la Presidencia en Asuntos de Seguridad, para que viaje a Panamá del 28 al 29 de enero del presente año, y asista a la “Reunión Binacional Costa Rica-Panamá”.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos, impuestos servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en la ciudad visitada, llamadas oficiales internacionales, se cancelarán del Título 202-Ministerio de la Presidencia, Programa 034-Administración Superior, subpartida 10504-Viáticos al Exterior.

Artículo 3º—En el caso del transporte al exterior no se cancelará gasto alguno por cuanto viajará en una aeronave del Ministerio de Seguridad Pública.

Artículo 4º—Se otorga la suma adelantada de ¢148.511,54 por concepto de viáticos sujetos a liquidación.

Artículo 5º—Rige a partir del 28 y hasta el 29 de enero del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil once.

Marco A. Vargas Díaz, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—O. C. Nº 10971.—Solicitud Nº 11-2011.—C-14320.—(IN2011009428).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICANº 58-2011 MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICACon fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo

28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un

funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Conferencia de Planificación de Eventos Futuros del Programa de Asociación Estatal con Nuevo México” en la cuidad de Alburquerque y Santa Fe de Nuevo México, Estados Unidos de América, los días del 14 al 19 de febrero del 2011 (incluye salida y regreso del participante).

2º—Que el objetivo de la conferencia es garantizar la efectiva planificación de los eventos organizados en el marco del Programa de Asociación Estatal con Nuevo México.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Autorizar al Comisario Andrade Morales Juan

José, cédula 1-773-309, Director General de la Fuerza Pública, para asistir a la actividad denominada “Conferencia de Planificación de Eventos Futuros del Programa de Asociación Estatal con Nuevo México” en la cuidad de Alburquerque y Santa Fe de Nuevo México, Estados Unidos de América, los días del 14 al 19 de febrero del 2011 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—El Comando Sur de los Estados Unidos de América costeará todos los gastos relativos a la alimentación, transporte y alojamiento.

Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 19 de febrero del 2011, en que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 19 de febrero del 2011.Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los

dos días del mes de febrero del dos mil once.José María Tijerino Pacheco, Ministro de Seguridad

Pública.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 44454.—C-15800.—(IN2011009530).

Nº 72-2011 MSPEL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos.

Considerando:1º—Que se ha recibido cordial invitación para que un

funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “La Seguridad Turística en las Américas: Calidad de Competitividad, Leyes, Tendencia y Estrategias” por realizarse en Santo Domingo, República Dominicana, del 2 al 6 de febrero del 2011 (incluye salida y regreso del participante).

2º—Que el objetivo del viaje es realizar una mesa de trabajo y participar de la conferencia para lograr el intercambio de experiencias con homólogos de ese país.

3º—Que dado el objetivo del curso, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Autorizar a la Sub Intendente Xinia Vásquez

Mora, cédula 6-232-596, Directora de la Policía Turística, para asistir a la actividad denominada “La Seguridad Turística en las Américas: Calidad de Competitividad, Leyes, Tendencia y Estrategias” por realizarse en Santo Domingo, República Dominicana, del 2 al 6 de febrero del 2011 (incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º—Todos los gastos de su pasaje y estadía serán por cuenta de la Dirección General de la Policía de Turismo de República Dominicana.

Artículo 3º—Que durante los días del 2 al 6 de febrero del 2011, en que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 2 al 6 de febrero del 2011.Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los

veintiocho días del mes de enero del dos mil once.Walter Navarro Romero, Ministro de Seguridad Pública a.

í..—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 44454.—C-15800.—(IN2011009532).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIORN° 026-2011

LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIORCon fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20

y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº

Pág 6 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

17841 del 12 de noviembre de 2010, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:1º—Que del 26 al 27 de enero de 2011, se realizará

en Washington, Estados Unidos de América, la reunión de Coordinadores y de los grupos de Reglas de Origen y Solución de Controversias del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio.

2º—Que la participación del señor Carlos Marín Castro, en la Ronda, resulta necesaria, por cuanto en ella se coordinarán aspectos relacionados a dicho Tratado, de forma tal que el país este en capacidad de implementarlo efectivamente. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro, portador

de la cédula de identidad número 1-1138-0362, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en el grupo de Reglas de Origen, en lo indicado en el considerando 1° del precitado acuerdo, del 26 al 27 de enero de 2011. La señora Chavarría Pozuelo viaja a partir del 25 de enero y retorna a Costa Rica hasta el 28 de enero de 2011, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Marín Castro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $889,92 (ochocientos ochenta y nueve con 92/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. Se les autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Miami, Estados Unidos de América, por conexión.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de enero de 2011, el señor Carlos Marín Castro, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por el Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de enero de 2011.San José, a los diecinueve días del mes de enero del 2011.Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio

Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-23400.—(IN2011009087).

N° 027-2011LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 17841 del 12 de noviembre de 2010, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:1º—Que del 26 al 27 de enero de 2011, se realizará

en Washington, Estados Unidos de América, la reunión de Coordinadores y de los grupos de Reglas de Origen y Solución de Controversias del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio.

2º—Que la participación de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, en la reunión resulta necesaria, por cuanto en ella se coordinarán aspectos relacionados a dicho Tratado, de forma tal que el país este en capacidad de implementarlo efectivamente. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo,

cédula de identidad número 1-847-321, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en el grupo de Solución de Controversias, en lo indicado en el considerando 1 ° del precitado acuerdo, del 26 al 27 de enero de 2011. La señora Chavarría Pozuelo viaja a partir del 25 de enero y retorna a Costa Rica hasta el 28 de enero de 2011, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $889,92 (ochocientos ochenta y nueve con 92/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Miami, Estados Unidos de América, por conexión.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 28 de enero de 2011, la señora Marcela Chavarría Pozuelo, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 28 de enero de 2011.San José, a los diecinueve días del mes de enero del 2011.Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio

Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-23400.—(IN2011009086).

N° 028-2011LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 17841 del 12 de noviembre de 2010, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:1º—Que el 27 de enero de 2011, se realizará en El Salvador,

la Conferencia organizada por la Cámara Americana del Comercio de El Salvador, en la que el señor Fernando Ocampo Sánchez, Viceministro de Comercio Exterior, en representación del Ministerio, tendrá a cargo el tema de la importancia de la política comercial para la atracción de inversiones.

2º—Que la participación del señor Fernando Ocampo Sánchez en la conferencia, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Fernando Ocampo Sánchez,

portador de la cédula N° 1-791-100, Viceministro de Comercio Exterior, para que participe en lo indicado en el considerando 1° del precitado acuerdo, en El Salvador el 27 de enero de 201 1. El señor Ocampo Sánchez viaja a partir del 26 de enero de 2011, por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Fernando Ocampo Sánchez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, así como el transporte aéreo, serán financiados por la Cámara Americana del Comercio de El Salvador. Los gastos por concepto de impuestos, transporte terrestre de ambos países, llamadas telefónicas, internet y fotocopiado, serán cancelados con recursos de COMEX, de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 792.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 27 de enero de 2011, el señor Fernando Ocampo Sánchez, devengará el 100% de su salario.

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 7

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 27 de enero de 2011.San José, a los diecinueve días del mes de enero del 2011.Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio

Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-23400.—(IN2011009085).

Nº 029-2011LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 17841 del 12 de noviembre de 2010, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:1º—Que el 27 de enero de 2011, se realizará en El Salvador,

la Conferencia organizada por la Cámara Americana del Comercio de El Salvador, en la que el Viceministro de Comercio Exterior, en representación del Ministerio, tendrá a cargo el tema de la importancia de la política comercial para la atracción de inversiones, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

2º—Que la participación de la señora Laura Escalante Monge en la reunión resulta necesaria para el desarrollo de la conferencia y el seguimiento de las relaciones con la Cámara y los asistentes de la actividad posteriormente. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la señora Laura Escalante Monge,

cédula de identidad número 1-1077-626, funcionaria del Despacho del Viceministro, para que participe en calidad de Asesora del Viceministro, en lo indicado en el considerando 1° del precitado acuerdo, el 27 de enero de 2011. La funcionaria viaja a partir del 26 de enero de 2011, por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Laura Escalante Monge, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $440,96 (cuatrocientos cuarenta con 96/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 26 al 27 de enero de 2011, la señora Laura Escalante Monge, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por el Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 4º—Rige a partir del 26 al 27 de enero de 2011.San José, a los diecinueve días del mes de enero del año dos

mil once.Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio

Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-23400.—(IN2011009138).

N° 034-2011LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 17841 del 12 de noviembre de 2010, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:1º—Que del 26 al 27 de enero de 2011, se realizarán en

Bruselas, Bélgica reuniones con Autoridades Europeas, con el fin de discutir el estado actual de la Integración Centroamericana y la designación del Secretario General del Sistema de Integración Económica Centroamericana (SIECA).

2º—Que del 27 al 29 de enero de 2011, se realizará en Davos, Suiza, una reunión de Ministros de Comercio de aproximadamente 25 países, para discutir el estado de las negociaciones de la Ronda de Doha y los próximos pasos necesarios para avanzar hacia la conclusión de las negociaciones multilaterales. Esta reunión se organiza en el marco de la reunión del Foro Económico Mundial.

3º—Que aprovechando la presencia de los Ministros de varios países con los que Costa Rica tiene intereses comerciales y/o de inversión particulares se han programado algunos encuentros con varios de ellos para impulsar la agenda bilateral de Costa Rica con cada uno de esos países.

4º—Que la participación del señor Federico Valerio De Ford, en dichas actividades, resulta necesaria, por cuanto en ellas se tratarán temas de gran relevancia sobre el Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea y la Ronda de Doha. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Federico Valerio De Ford,

portador de la cédula de identidad número 1-745-747, Director General de Comercio Exterior, para que participe, en lo indicado en el considerando 1° y 2° del precitado acuerdo, el 26 y 27 de enero en Bruselas, Bélgica y el 29 de enero de 2011, en calidad de Asesor de la Ministra, en Davos, Suiza. El señor Valerio De Ford viaja a partir del 25 de enero y retorna a Costa Rica hasta el 30 de enero de 2011, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Federico Valerio De Ford, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $1.065,28 (un mil sesenta y cinco con 28/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 792. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en New York, Estados Unidos de América y en Londres, Reino Unido.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 30 de enero de 2011, el señor Federico Valerio De Ford, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 30 de enero de 2011.San José, a los veinticuatro días del mes de enero del 2011.Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio

Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-27900.—(IN2011009084).

N° 035-2011LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 17841 del 12 de noviembre de 2010, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:1º—Que del 27 al 29 de enero de 2011, se realizará en Davos,

Suiza, una reunión de Ministros de Comercio de aproximadamente 25 países, para discutir el estado de las negociaciones de la Ronda de Doha y los próximos pasos necesarios para avanzar hacia la conclusión de las negociaciones multilaterales. Esta reunión se organiza en el marco de la reunión del Foro Económico Mundial.

Pág 8 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

2º—Que aprovechando la presencia de los Ministros de varios países con los que Costa Rica tiene intereses comerciales y/o de inversión particulares se han programado algunos encuentros con varios de ellos para impulsar la agenda bilateral de Costa Rica con cada uno de esos países.

3º—Por la importancia de estas reuniones resulta vital la participación del señor Manuel Tovar Rivera, Enviado Especial del Ministerio de Comercio Exterior en la Embajada de Costa Rica en Bélgica. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar al señor Manuel Tovar Rivera, cédula

de identidad número 1-906-909, para que viaje de Bruselas, Bélgica a Davos, Suiza, para participar en calidad de Asesor de la Ministra en el evento citado en el Considerado 1° del precitado Acuerdo, del 28 al 29 de enero de 2011. El señor Tovar Rivera viaja a partir del 27 de enero y retorna a Bruselas, Bélgica hasta el 30 de enero de 2011, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Manuel Tovar Rivera, concepto de impuestos, tributos o cánones que se deben pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $972,88 (novecientos setenta y dos con 88/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 792. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 27 al 30 de enero de 2011, el señor Manuel Tovar Rivera, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 30 de enero de 2011.San José, a los veinticuatro días del mes de enero del 2011.Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio

Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-23400.—(IN2011009083).

N° 036-2011LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 17841 del 12 de noviembre de 2010, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:1º—Que del 27 al 28 de enero de 2011, se realizará en

Washington, Estados Unidos de América la reunión del Consejo de Asuntos Ambientales en el marco del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio.

2º—Que la participación de la señora Alejandra Aguilar Schramm, resulta necesaria, dada la estrecha relación que existe entre las funciones del cargo que ocupa y los temas que se discutirán en la reunión. Por tanto,

ACUERDA:Artículo 1º—Designar a la señora Alejandra Aguilar

Schramm, portadora de la cédula de identidad número 1-844-618, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en lo indicado en el considerando 1° del precitado acuerdo, en Washington, Estados Unidos de América, del 27 al 28 de enero de 2011. La señora Aguilar Schramm viaja a partir del 25 de enero y retorna a Costa Rica hasta el 29 de enero de 2011, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Alejandra Aguilar Schramm, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y

hospedaje; así como el transporte aéreo, serán cubiertos con recursos del Gobierno de los Estados Unidos de América. Los gastos por concepto de impuestos de salida y transporte terrestre de ambos países, serán cancelados con recursos de COMEX, de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 25 al 29 de enero de 2011, la señora Alejandra Aguilar Schramm, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 25 al 29 de enero del 2011.San José, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos

mil once.Anabel González Campabadal, Ministra de Comercio

Exterior.—1 vez.—O. C. Nº 117148.—Solicitud Nº 44904.—C-23400.—(IN2011009082).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍASERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADODEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

REGISTRO DE AGROQUÍMICOSDIA-R-E-019-2011.—El señor Roberto Suárez Castro, cédula

1-708-337 en calidad de gerente general de la compañía Distribuidora Agro Comercial S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Grecia, solicita cambio de nombre del fertilizante de nombre comercial Complex Sulfato de Amonio Liquido a la nueva denominación Complex Plus compuesto a base de nitrógeno-azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 14 de enero de 2011.—Ing. Marco Vinicio Jiménez Salas, Encargado Unidad de Registro de Agroinsumos.—1 vez.—(IN2011009463).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMALDIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTOSLa doctora Dannia María Campos Hernández, número de

cédula 401670240, vecina de San José, en calidad de representante legal de la compañía Depal Costa Rica S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Nemipal 22,3%, fabricado por Laboratorios Depal, C. A., Venezuela, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Levamisol clorhidrato 22.3 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Antiparasitario interno indicado en bovinos, ovinos, caprinos y porcinos. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 08:00 horas del día 24 de noviembre del 2010.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011009456).

La doctora Dannia María Campos Hernández número de cédula 401670240, vecina de San José, en calidad de representante legal de la compañía Depal Costa Rica S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Sultrim inyectable, fabricado por Laboratorios Depal, C. A., Venezuela, con los siguientes principios activos: Cada 100 ml contiene: Sulfadimetoxina sódica 20 g y trimetopim base 4 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Quimioterapéutico para el tratamiento de infecciones sensibles a los componentes de la formulación. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”.

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 9

Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 08:00 horas del día 24 de noviembre del 2010.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011009457).

La doctora Dannia María Campos Hernández número de cédula 401670240, vecina de San José, en calidad de representante legal de la compañía Depal Costa Rica S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Mastiretard, fabricado por Laboratorios Depal, C. A., Venezuela, con los siguientes principios activos: Cada 8 g contienen: Cloxacilina benzatínica 640 mg, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Antibiótico indicado para el tratamiento y prevención de mastitis en vacas secas. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 08:00 horas del día 24 de noviembre del 2010.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011009458).

La doctora Dannia María Campos Hernández, número de cédula 401670240, vecina de San José, en calidad de representante legal de la compañía Depal Costa Rica S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Masticorten F, fabricado por Laboratorios Depal C. A., Venezuela, con los siguientes principios activos: Cada 12 g contienen: Neomicina sulfato 300 mg, penicilina G sódica 500,000 Ul, prednisolona 5 mg, tripsina 15 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento y prevención de mastitis en vacas causadas por gérmenes sensibles a los antibióticos de la formulación. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 08:00 horas del día 24 de noviembre del 2010.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2011009459).

EDUCACIÓN PÚBLICADIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDADREPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOSPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 354, título Nº 2663, emitido en el año 2008 y del título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado Ejecutivo, inscrito en el tomo 2, folio 4, título Nº 87, emitido en el año 2006, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional Ingeniero Mario Quirós Sasso, en el año dos mil seis, a nombre de Solís Vega Adriana. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de febrero del dos mil once.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—RP2011220855.—(IN2011009224).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Técnica”, inscrito en el tomo 1, folio 11, título Nº 183, y del título de Perito en la Especialidad Mecánica de Máquinas y Herramientas, inscrito en el tomo 1, folio 46, título Nº 473, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Meza Soto Jorge Luis. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales y por

cambio de nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Meza Soto Sergio Luis. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de febrero del dos mil once.—Departamento de Evaluación de la Calidad.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe.—(IN2011009415).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 93, título Nº 987, emitido por el Liceo Salvador Umaña Castro, en el año dos mil siete, a nombre de Gutiérrez Gutiérrez Marianela del Carmen. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de enero del dos mil once.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011009567 ).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 90, título Nº 538, emitido por el Colegio de Bagaces, en el año dos mil cinco, a nombre de Lara Gutiérrez Luis Diego. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil diez.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—(IN2011009573 ).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 9, título Nº 052, emitido por el Colegio San Benedicto, en el año dos mil, a nombre de Gamboa Badilla Mariel Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los dos días del mes de febrero del dos mil once.—Departamento de Académica y Certificación.—MED. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—RP2011220970 .—(IN2011009643).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALESPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores del Registro Nacional, Pensionados y Afines, siglas SITRARENA, acordada en asamblea celebrada el día 22 de octubre del 2010. Expediente S-P149. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 87, asiento: 4597, del día 21 de enero de 2011.

La reforma afecta los artículos 3, 6, 12, 13, 15, 16, 20, 23, 26, 27, 29 y 30 del Estatuto.

San José, 21 de enero del 2011.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe de Registro.—RP2011220175.—(IN2011008651).

De conformidad con la autorización extendida por la señora Ministra de Trabajo y Seguridad Social, este Departamento ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados del Ministerio de Educación Pública R.L., siglas Coopemep R.L., acordada en asamblea celebrada el 5 de

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junio del 2010. Resolución 267. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 11, 16, 17, 62 y 72 del Estatuto.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(IN2011009481).

JUSTICIA Y GRACIAJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALCambio de nombre Nº 70447

Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo expediente 70447. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0003553 Registro Nº 136812 NOVADOR en clase 19 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2011.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—RP2011221078.—(IN2011009644).

Cambio de nombre Nº 70451Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de apoderado especial de

Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica, Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo expediente 70451. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0007721 Registro Nº 128492 DURAFORT en clase 19 marca denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2011.—Lic. Thomas Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—RP2011221079.—(IN2011009645).

Cambio de nombre Nº 70448Que Alberto Pauly Sáenz, cédula de identidad 1-413-799, en

calidad de apoderado especial de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica, Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo expediente 70448. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0007722 Registro Nº 128493 DURHOL en clase 11 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2011.—Adriana Broutin Espinoza, Registradora.—1 vez.—RP2011221080.—(IN2011009646).

Cambio de nombre Nº 70445Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de apoderado especial de

Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo expediente 70445. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0009678 Registro Nº 138433 DURHOL en clase 20 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero del 2011.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2011221081.—(IN2011009647).

Cambio de nombre Nº 70441Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de apoderado especial de

Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero de 2011 bajo expediente 70441. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0000868 Registro Nº 141538 DUCTOFLEX en clase 17 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero del 2011.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—1 vez.—RP2011221082.—(IN2011009648).

Cambio de nombre Nº 70443Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de apoderado especial de

Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de enero del 2011 bajo expediente 70443. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0007720 Registro Nº 138438 DURAFORT en clase 20 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2011.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—RP2011221084.—(IN2011009649).

Cambio de nombre Nº 70440Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de apoderado especial de

Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de Enero de 2011 bajo expediente 70440. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2005-0004299 Registro Nº 156929 NIVEL UNO en clase 19 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2011.—Lic. Thomas Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—RP2011221085.—(IN2011009650).

Cambio de nombre Nº 70442Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de apoderado especial de

Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de Enero de 2011 bajo expediente 70442. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2002-0003144 Registro Nº 139674 NOVARIEGO en clase 17 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2011.—Lic. Thomas Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—RP2011221086.—(IN2011009651).

Cambio de nombre Nº 70446Que Alberto Pauly Sáenz, en calidad de apoderado especial de

Mexichem Costa Rica, Sociedad Anónima, solicita a esté Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Amanco Tubosistemas de Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-338564 por el de Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima, presentada el día 26 de Enero de 2011 bajo expediente 70446. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2000-0009932 Registro Nº 138431 DURAFORT en clase 11 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2011.—Lic. Thomas Montenegro Montenegro, Registrador.—1 vez.—RP2011221087.—(IN2011009652).

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REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUALPatentes de invención

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEl señor Jorge Tristan Trelles, céd. 1-392-470, mayor,

abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pincéis Atlas, S. A., de Brasil, solicita el Modelo de Utilidad denominada DISPOSICIÓN APLICADA EN BANDEJA PARA PINTURA.

El presente modelo de utilidad se refiere más específicamente, a una bandeja de pintura, del tipo que se destina al uso conjunto con un rollo de pintura, que sirve para el transporte de alimentación de tinta

al mismo tiempo, y está dotada de varias características inéditas que facilitan sobremanera su uso y optimizan su desempeño. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es B05C 17/00, cuyo inventor es César Luiz Bettanin. La solicitud correspondiente lleva el número 7120, y fue presentada a las 09:10:46 del 23 de octubre de 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de enero del 2011.—Lic. Hellen Marín Cabrera, Registradora.—RP2011220692.—(IN2011009211).

La señora (ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, abogada, céd 1-812-604, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS PLAGUICIDAS DE ARILO DE ANILLO CONDENSADO.

Compuestos de arilo de anillo condensado de fórmula (I) y uso de los mismos como p r o d u c t o agroquímico para c o m b a t i r o r g a n i s m o s nocivos, en la que (X)mQ, A, Rl,(Y)n

y el agrupamiento-W1-W2-W3-W4- son tal como se definen en el presente documento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C07D 207/20, cuyos inventores son Yoneta, Yasushi, Mihara, Jun, Hatazawa, Mamoru, Araki, Koichi, Shimojo, Eiichi, Shibuya, Katsuhiro, Ichihara, Teruyuki, Gorgens, Ulrich, Voerste, Arnd, Becker, Angela, Franken, Eva- Maria, Muller, Klaus-Helmut, Murata Tetsuya, Domon Kei. La solicitud correspondiente lleva el número 11672, y fue presentada a las 12:50:00 del 9 de setiembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de octubre del 2010.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—RP2011220713.—(IN2011009212).

El señor Luis Esteban Hernández Brenes, cédula 4-155-803, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Román Alemañ, Bárbara, de España, Torres Zacarías, Pilar, de España, solicita la Patente de Invención denominada MORTERO DE YESO CON VERMICULITA EXPANDIDA Y ADITIVADO, Y PROCEDIMIENTO PARA SU OBTENCIÓN. La invención se refiere, tal como expresa el enunciado de la presente memoria descriptiva, a un mortero cálcico con vermiculita expandida y aditivada con ácido tartárico, ácido

cítrico, sulfato de cobre y citrato potásico o sódico, destinado a la construcción y al procedimiento para su obtención. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es C04B 28/14, cuyos inventores son Román Alemañ, Bárbara, Torres Zacarías, Pilar. La solicitud correspondiente lleva el número 11699, y fue presentada a las 12:58:00 del 28 de setiembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de enero de 2011.—Lic. Randall Abarca, Registrador.—(IN2011009412).

El señor José Paulo Brenes Lleras, cédula 1-694-636, mayor, casado, abogado, apoderado especial de General Electric Company, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada CIRCUITO INTEGRADO DE APLICACIÓN ESPECÍFICA COMPLEMENTARIA PARA LÁMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS.

En un balastro de i l u m i n a c i ó n típicamente se encuentran varios c o m p o n e n t e s discontinuos que se combinan para tomar una señal AC externa y convertirla en una señal DC y de regreso a una señal AC para

energizar la lámpara. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Novena Edición es H05B 41/282, cuyos inventores son Nerone, Louis, R. La solicitud correspondiente lleva el número 11706, y fue presentada a las 13:12:00 del 30 de setiembre de 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de diciembre de 2010.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2011009430).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICASAsociaciones Civiles

AVISOSEl Registro de Personas Jurídicas, Departamento de

Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-078621, denominación: Asociación Fundes. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2010, asiento: 279277. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 0 minutos y 49 segundos, del 4 de febrero del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011220685.—(IN2011009213).

El Registro de Personas Jurídicas, departamento de asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Mujeres Trabajando Sin Límites, barrio San Pablo, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar el espíritu de cooperación entre sus asociadas, cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima con límite a cien mil colones costarricenses y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta, María Isabel Benavides Molina. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por

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quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomo: 2010. Asiento: 103184.—Curridabat, a los ocho días del mes de setiembre del dos mil diez.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—RP2011220727.—(IN2011009214).

El Registro de Personas Jurídicas, departamento de asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Ganaderos del Valle Central Occidental, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: trabajar por la organización y efectivo desarrollo de la ganadería, cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo limitado a la suma de cien mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Enrique Eduardo Batalla Navarro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones, y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2010, Asiento: 350016.—Curridabat, a los tres días del mes de febrero del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011220745.—(IN2011009215).

El Registro de Personas Jurídicas, departamento de asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Natación Marlins, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: la natación como deporte y su enseñanza. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente, Alexis Fernández Acuña. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2010, Asiento 295529.— Curridabat, veinticuatro días del mes de enero del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011220829.—(IN2011009216).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Iglesia Monte Gerezin de Santa Fe de Aguas Zarcas de San Carlos, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: realizar actividades socio-organizativas para promover proyectos de interés para sus afiliados y sus comunidades. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Walter Salas Gamboa. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2010, asientos: 192582, 284068.—Curridabat, 29 de noviembre del dos mil diez.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011220850.—(IN2011009217).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-547713, denominación: Asociación Creando Sonrisas. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2011, asiento: 6631.—Dado en el Registro Nacional, San José, a las 11:00 horas 27 minutos y 5 segundos, del 14 de enero del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011220863.—(IN2011009218).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Red de Sellos Musicales Centroamericana, con domicilio en la provincia de San José, cantón de Montes de Oca, Sabanilla, de Farmacia La Paulina, cien metros al este y cincuenta al norte, residencial Guaraní, casa número tres. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la difusión de la música centroamericana en la región y en el extranjero. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo es el presidente: Luciano Capelli, un solo apellido en razón de su nacionalidad, corresponde al vicepresidente sustituir al presidente en sus ausencias temporales, con todas las facultades que le corresponden de acuerdo a la ley y estatutos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2010, asiento: 315579, sin adicionales.—Curridabat, a los trece días del mes de diciembre del dos mil diez.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011220877.—(IN2011009219).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-56477, denominación: Asociación Costarricense de Productores de Energía. Por cuanto dicha reforma, se encuentra dentro de las prescripciones que establece la Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2010, asiento 359460.—Dado en el Registro Nacional, a las ocho horas quince minutos del 2 de febrero del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011220923.—(IN2011009220).

El Registro de Personas Jurídicas, departamento de asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Nacional de Orfebres de Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar, respaldar y exaltar el trabajo del orfebre a nivel nacional e internacional y difundir programas educativos para el desarrollo y conocimiento de la orfebrería. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las demás limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Romeo Loría Salazar. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en La Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2010. Asiento: 320766.—Curridabat, 24 de noviembre del dos mil diez.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(IN2011009574).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-497683, denominación: Asociación Vivienda el Progreso del Este. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece La Ley N° 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las ocho horas trece minutos, del 2 de febrero del 2011. Documento tomo 2011, asiento: 18456.—Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011221044.—(IN2011009638).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Tasbayam Para El Desarrollo Sostenible, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines

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principales entre otros son los siguientes: velar por la protección, uso racional, manejo y conservación tanto de la flora como de la fauna y de sus hábitats en Costa Rica, en pro del Desarrollo Sostenible. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente, Rafael Robles González. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en La Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 2010, asiento 348642.—Curridabat, a los veintisiete días del mes de enero del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011221061.—(IN2011009639).

Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Para El Mejoramiento de La Educación de La Región de Alajuela Amera, con domicilio en la provincia de Alajuela, cuyos fines principales entre otros los siguientes: promover el mejoramiento educativo, cultural de los vecinos de su jurisdicción y principalmente de sus asociados. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Luis Morales Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en La Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomo 2010, asiento 350089.—Curridabat, a los dos días del mes de febrero del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011221070.—(IN2011009640).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-051316, denominación Asociación Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece La Ley Nº 218, del 8 de agosto de 1939, ley de asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2010, asiento:352543.—San José, las 15 horas 34 minutos y 33 segundos, del 27 de enero del 2011.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011221119.—(IN2011009641).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada asociación Centro Cristiano Faro a Las Naciones Costa Rica, con domicilio en la provincia de Puntarenas, cantón de Garabito, del Entronque del camino de la autopista al Invu, cinco metros al oeste, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: propiciar el desarrollo de iglesias y misiones, para difundir y enseñar los principios bíblicos a toda la nación, promover medidas de facilitación del servicio y la competitividad del sector en el ámbito regional. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Eduardo Mussio Vargas. Corresponde al vicepresidente, sustituir al presidente en sus ausencias temporales, con todas las facultades que le corresponden de acuerdo a la ley y estatutos. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en La Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939, Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2010, asiento: 354340 sin adicionales.—Curridabat, a los cuatro días del mes de febrero del dos mil once.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—RP2011221172.—(IN2011009642).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula 3-002-045268, denominación Asociación Misionera de la Iglesia Episcopal Costarricense. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones que establece la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 13:00 horas 3 minutos y 52 segundos, del 10 de febrero del 2011. Documento tomo: 2011, asiento: 25953.—Curridabat.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez—RP2011221454.—(IN2011010453).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADOAVISO

La Dirección Nacional de Notariado hace saber: que ante este despacho se ha recibido solicitud de inscripción y habilitación para el ejercicio de la función notarial de la licenciada Roxana Chavarría Azofeifa, cédula de identidad 1-1221-0274, carné profesional 18635, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la gestionante, a efecto de que los comuniquen a esta Dirección, dentro de los quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 11-000001-0624-NO.—San José, 26 de enero de 2011.—Dr. Carlos Manuel Rodríguez Jiménez, Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011220935.—(IN2011009654).

AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES

DIRECCIÓN DE AGUAEDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZExp. 14435A.—Naranja Rica S. A., solicita concesión de: 2

litros por segundo del río Abangares, efectuando la captación en finca de Naranja Rica S. A. en Las Juntas, Abangares, Guanacaste, para uso industria para uso en quebrador de piedra. Coordenadas 248.354 / 425.174 hoja Abangares. Predios inferiores: Manuel Alejandro Mora Arias. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de febrero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011220198.—(IN2011008635).

Exp. 14430P.—Farenheit Sun S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo HE-80, efectuando la captación en finca de BPC Fiduciaria S. A. en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 401.117 / 391.955 hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de febrero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011220540.—(IN2011008636).

Exp. 13959P.—María Judiht Vargas Vargas solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo NA 931, efectuando la captación en finca de su propiedad en Granja, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 226.446/486.975 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de febrero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011220541.—(IN2011008637).

Exp. 7604P.—Boga Ltda., solicita concesión de: 1 litros por segundo del pozo RG-208, efectuando la captación en finca de su propiedad en Turrúcares, Alajuela, Alajuela, para uso industria maquila. Coordenadas 216.375 / 500.425 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de febrero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011220591.—(IN2011008638).

Pág 14 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

Exp. 14439A.—Sucesión José Ángel Rodríguez Calderón, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin número, efectuando la captación en finca de Ángela Azofeifa Chinchilla en San Ignacio, Acosta, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 199.951 / 519.680 hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de febrero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—RP2011220628.—(IN2011008639).

Exp. 5369P.—Inversiones Zeta S. A., solicita concesión de: 11,5 litros por segundo del Pozo IS-271, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guadalupe, Cartago, Cartago, para uso consumo humano comercial y industria alimentaria. Coordenadas 204.600/542.300 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de enero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011008949).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExp. 7150P.—Helechos del Caribe S. A., solicita concesión

de: 0,30 litros por segundo del pozo NA-312, efectuando la captación en finca de el mismo en Grecia centro, Alajuela, para uso agropecuario riego ornamentales. Coordenadas 229.820 / 502.700 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de enero de 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011008935).

Exp. 13648P.—Costa Rica Land Partners Limitada, solicita concesión de: 1,75 litros por segundo del pozo NA-26, efectuando la captación en finca de Guanacaste Land Developments Limitada en Cuajiniquil, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 234.800/341.260 hoja Marbella. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de octubre de 2009.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—(IN2011009133).

Exp. 14373P.—Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., solicita concesión de: 25 litros por segundo del pozo BA-567, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en San Josecito, San Rafael, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 221.250/524.340 hoja Barva. 40 litros por segundo del pozo BA-734, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en Santa Lucía, Barva, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 222.350/523.150 hoja Barva. 90 litros por segundo del pozo AB-1875, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 219.560 / 523.000 hoja Abra. 60 litros por segundo del pozo BA-587, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en Mercedes, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 221.200 / 522.265 hoja Barva. 70 litros por segundo del pozo BA-670, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en Santa Lucía, Barva, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 222.050/523.610 hoja Barva.—10 de enero del 2011.—Andrea Fonseca Argüello, Comunicación Externa.—O. C. Nº 37116.—Solicitud Nº 43358.—C-69810.—(IN2011009443).

Exp. 14372A.—Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., solicita concesión de: 15 litros por segundo del Río Mata de Caña, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en San José (San Isidro), San Isidro, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 225.571/537.882 hoja Barva. 15 litros por segundo del Río Mata de Maíz, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en San José (San Isidro), San Isidro, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 225.701/534.688 hoja Barva. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—O. C. Nº 37116.—Solicitud Nº 43358.—C-48330.—(IN2011009444).

Exp. 14373P.—Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., solicita concesión de: 15 litros por segundo del pozo BA-729, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en Ángeles (San Rafael), San Rafael, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 222.826/525.610 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de diciembre de 2010.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—O. C. Nº 37116.—Solicitud Nº 43358.—C-40275.—(IN2011009445).

Exp. 14373P.—Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A., solicita concesión de: 40 litros por segundo del pozo BA-897, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en Concepción (San Rafael), San Rafael, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 221.803/526.396 hoja Barva. 50 litros por segundo del pozo AB-1670, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en Ulloa (Barreal), Heredia, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 217.100/522.900 hoja Abra. 50 litros por segundo del pozo BA-473, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en San Rafael (San Rafael), San Rafael, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 221.500/525.020 hoja Barva. 25 litros por segundo del pozo BA-474, efectuando la captación en finca de Empresa de Servicios Públicos de Heredia en San Josecito, San Rafael, Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 221.300/524.300 hoja Barva.—10 de enero del 2011.—José Miguel Zeledón Calderón, Director.—O. C. Nº 37116.—Solicitud Nº 43358.—C-75180.—(IN2011009446).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOSRegistro Civil - Departamento CivilOFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZExp. Nº 37382-05.—Registro Civil, Departamento Civil,

Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del veintiuno de julio del dos mil seis. María de los Ángeles Argüello Morales, casada, ama de casa, cédula de identidad número dos-doscientos ochenta y ocho-novecientos doce, vecina de Sabana Larga Atenas, Alajuela; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento, que lleva el número... en el sentido que la fecha de nacimiento de la misma es “dieciséis de octubre de mil novecientos cincuenta”. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefe.—RP2011220446.—(IN2011008648).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZSe hace saber que este Registro en diligencias de ocurso

incoadas por Verónica del Carmen Izaguirre Moreno, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1591-2009.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta minutos del treinta de setiembre del dos mil nueve. Expediente Nº 27379-2009. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yerlin Raquel Gómez Izaguirre...; en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre de la misma son “Verónica del Carmen” y “Moreno” respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—RP2011220841.—(IN2011009221).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Helyin Sadrach Cordonero Medina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 916-

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 15

2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dos de junio del dos mil diez. Ocurso. Expediente Nº 9190-2010. Resultando 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese razón marginal consignada en el asiento de nacimiento de Warner Stick Cordero Martínez...; en el sentido que el primer nombre y el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Helyin” y “Cordonero”....—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2011009439).

Se hace saber que este registro en diligencias de ocurso incoadas por Lupita del Carmen Rivas Altamirano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2555-2010.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas ocho minutos del once de noviembre del dos mil diez. Ocurso. Exp. Nº 35340-2010. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Evelyn Sofía González Rivas...; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Lupita del Carmen” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2011009572).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marialy Isabel Rivas Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 002-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del tres de enero del dos mil once. Exp. Nº 16010-10. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Michelle de los Ángeles Ojeda Rivas ...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Marialy Isabel” y no como se consignó.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—RP2011221006.—(IN2011009653).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalizaciónJosé Nehemias Martínez Chavarría, mayor, soltero, enderezado

y pintura, nicaragüense, cédula de residencia 155805977101, vecino de San José, expediente 011-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, nueve de noviembre de dos mil diez.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011009023).

Vivian Govin Alfonso, mayor, casada, profesora, cubana, cédula de residencia Nº 119200311235, vecina de Cartago, expediente 253-2010. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, nueve de noviembre del dos mil diez.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011220874.—(IN2011009222).

Julián Andrés Marín Silva, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia Nº 117000782730, vecino de San José, expediente 4392-2008. Se ha presentado a este Registro a

levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintidós de octubre del dos mil diez.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—RP2011220861.—(IN2011009223).

Ali Safa Zamyad, mayor, divorciado, supervisor de ventas, iraní, cédula de residencia 136400002904, vecino de San José, expediente 982-2009. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, primero de febrero de dos mil once.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(IN2011009491).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL SEGURO SOCIAL PARRITAEn cumplimiento con el artículo 6º de la Ley de Contratación

Administrativa, solicito realizar publicación de edicto en el Diario Oficial La Gaceta, del presupuesto de adquisiciones para el 2011 de la Sucursal Seguro Social de Parrita con el siguiente detalle:

PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2011Servicios No Personales:

Monto2112 Información y Publicidad 252.350,002114 Impresión Ecuad. Y Otros 36.260,002122 Telecomunicaciones 735.490,002124 Servicios de Correo 206.780,002126 Energía Eléctrica 3.462.830,0021 28 Servicios de Agua 791.840,002130 Otros Servicios Públicos 170.030,002134 Gastos Viajes dentro del País 3.920.000,002140 Transportes Fletes en el País 226.380,002141 Transporte de Bienes 77.910,002142 Seguro de Daños 101.500,002144 Seguro de Riesgos Profesionales 254.000,002152 Mantenimiento Rep.Maq. y Eq.de Oficina 339.570,002153 Mantenimiento Rep. Eq. Transp por Terceros 1.018.220,002154 Mant. Repar. de Otros Equipos 395.920,002156 Mant. Repar. Ed. Terceros 2.979.690,002157 Mant. Rep. Equipo 215.110,002159 Mant. Rep. Eq. De Cómputo. 339.570,002160 Gastos Judiciales 4.710.860,002199 Otros Serv. No Personales 978.530,00 Materiales y Suministros: Monto2205 Otros Prod. Quím. y Conexos 170.030,002206 Tintas, Pinturas y Diluyentes 1.131.410,002207 Textiles y Vestuarios 135.730,002209 Llantas y Neumáticos 469.910,00221 0 Productos Papel y Cartón 926.590,002211 Impresos y Otros 35.280,002212 Materiales y Productos Metálicos 113.190,002215 Otros Mat. Y Prod, de Uso en Construcción 226.380,002216 Materiales y Productos Eléctricos, Telef y Cómputo 169.540,002217 Instrumentos y Herramientas 70.560,002218 Materiales y Prod. De Vidrio 50.470,002220 Materiales Prod. De Plástico 56.840,002221 Rep. Equipo de Transporte 1.074.570,002223 Otros Repuestos 693.840,002225 Útiles y Mat. De Oficina 416.500,00

Pág 16 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

Servicios No Personales:

Monto2227 Útiles y Mat. De Limpieza 339.570,002233 Otros Útiles y materiales 205.800,002241 Combustible Eq. Transporte 2.287.320,002243 Lubric. Grasas y Eq. De Transporte 395.920,00

Parrita, 10 de febrero del 2011.—Lic. Roxidalia Mora Aguilar, Administradora.—1 vez.—(IN2011009582).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS-PROVEEDURÍAPROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2011

PRESUPUESTO ORDINARIO: BIENES Y SERVICIOS

Servicios En colonesAlquiler de edificios, locales y terrenos 12.600.000,00Alquiler Maq. equipo y mobiliario 3.400.000,00Otros alquileres 0,00Información 54.140.000,00Publicidad y propaganda 83.000.000,00Impresión, encuadernación y otros 31.310.000,00Transporte de bienes 3.000.000,00Servicios médicos y de laboratorio 9.350.000,00Servicios jurídicos 78.630.000,00Servicios de ingeniería 66.977.476,00Servicios ciencias sociales y económicas 324.900.000,00Servicios generales 222.345.000,00Servicio desarrollo de sistemas informáticos 92.400.000,00Otros servicios de gestión y apoyo 15.530.000,00Actividades de capacitación 593.125.000,00Actividades protocolarias y sociales 39.250.000,00Mantenimiento de edificios y locales 143.000.000,00Mantenimiento y reparación de equipo de cómputoy Sistemas

23.700.000,00

Mantenimiento y reparación de equipode comunicación

4.000.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de transportes 35.760.000,00Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliariode oficina

12.800.000,00

Mantenimiento y reparación de otros equipos 1.500.000,00

Materiales y suministros

Combustibles y lubricantes 30.400.000,00Productos farmacéuticos y medicinales 310.000,00Productos agroforestales 1.055.000,00Tintas, pinturas y diluyentes 27.500.000,00Otros productos químicos 980.000,00Alimentos y bebidas 14.660.000,00Materiales y productos minerales y asfálticos 500.000,00Materiales y productos eléctricos, telefónicosy de cómputo

15.000.000,00

Materiales y productos metálicos 6.500.000,00Madera y sus derivados 1.000.000,00Otros materiales y productos de usoen la construcción

300.000,00

Materiales y productos de vidrio 1.000.000,00Materiales y productos de plástico 250.000,00Otros materiales y productos de uso en laconstruc.

2.000.000,00

Herramientas e instrumentos 1.070.000,00Repuestos y accesorios 8.180.000,00Útiles y materiales médico, hospitalarioy de investigación

300.000,00

Servicios En colones

Productos de papel, cartón e impresos 36.100.000,00Textiles y vestuario 1.950.000,00Útiles y materiales de cocina y comedor 380.000,00Útiles y materiales de limpieza 17.850.000,00Útiles y materiales de oficina y cómputo 5.190.000,00Útiles y materiales de resguardo y seguridad 500.000,00Otros útiles, materiales y suministros 840.000,00

Maquinaria y equipo

Equipo y mobiliario de oficina 22.400.000,00Equipo y mobiliario de cómputo 130.400.000,00Equipo de comunicación 13.000.000,00Maquinaria y equipo diverso 2.000.000,00Construcciones, adicionesy mejorasOtras obras, adiciones y mejoras 300.150.000,00Instalaciones 40.000.000,00

San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Eliécer Ureña Quirós, Coordinador, Gerente Administrativo Financiero.—1 vez.—(IN2011009420).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMASGOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍAI modificación al plan de compras periodo 2011 (febrero)

La Gestión de Proveeduría informa a todos los interesados que la primera modificación al plan de compras correspondiente al periodo 2011 (febrero), se encuentra disponible en el Sistema Comprared, en la dirección www.comprared.cr de Internet.

San José, 10 de febrero del 2011.—Proveeduría Institucional.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº 33885.—C-5370.—(IN2011012809).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROSDEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA ANUALDE ADQUISICIONES 2011

De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo Nº 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2010, se contratará lo siguiente:

Descripción

Monto equivalente

según vigencia del contrato

CuatrimestreVigencia

del contrato

Servicios de fumigación ¢52.280.000,00 I y III 48 meses

Servicios de lavado y encerado de vehículos

¢77.400.000,00 I y III 48 meses

Servicio de Aseo en Centros Médicos Regionales

¢788.000.000,00 I y III 48 meses

Remodelación de las estructuras y cubiertas en los pasillos, suministro e instalación de cubierta de la capilla y suministro e instalación de la cubierta del parqueo de las ambulancias y caseta central de vigilancia del Complejo INS Salud

¢70.000.000,00 I y III Única vez

Mantenimiento preventivo y correctivo de equipo médico especializado

¢52.965.000,00 I y III 48 meses

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 17

Descripción

Monto equivalente

según vigencia del contrato

CuatrimestreVigencia

del contrato

Mantenimiento preventivo y correctivo de equipo médico hospitalario en varias partes del país

¢80.000.000,00 I y III 48 meses

Suministro e instalación de acometida eléctrica principal, sistema eléctrico interno y construcción de nuevas áreas y remodelación de áreas existentes del Centro Médico Regional en Guápiles

¢69.270.000,00 I y III Única vez

Se comunica al público en general, que en relación a la publicación de la modificación al programa anual de compras publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 17 de fecha 25 de enero del 2011, en las páginas 55 y 56, que se deberá leer correctamente de la siguiente manera:

DescripciónMonto equivalente según vigencia del

contratoCuatrimestre

Vigencia del

contrato

Equipo de transporte ¢139.568.000,00 I y III Única vez

Departamento de Proveeduría.—Lic. Yesenia Quirós Angulo, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº 0304.—C-26160.—(IN2011012744).

LICITACIONESOBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDADLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-0PP00 (Audiencia)

Contratación de servicios de una empresa que mediante unsistema automatizado permita realizar el cobro de la tasa

de peaje en las estaciones ubicadas en las carreterasFlorencio del Castillo (Tres Ríos) ruta 2

y Braulio Carrillo (Zurquí) ruta 32El Consejo Nacional de Vialidad a través de la Proveeduría

Institucional y del Departamento de Peajes, invita a las empresas interesadas y pone a disposición de manera gratuita en la Proveeduría Institucional el borrador de la licitación arriba indicada.

Para lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el CONAVI celebrará una sola audiencia pública con potenciales oferentes que deseen participar, dicha audiencia se celebrará a las 9:00 horas del 7 de marzo de 2011 en la sala de aperturas de la Proveeduría Institucional.

18 de febrero del 2011.—Proveeduría.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 001-2011.—Solicitud Nº 30373.—C-9845.—(IN2011012786).

BANCO DE COSTA RICALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000010-01

Mantenimiento y recarga de 1.290 equipos de extintoresportátiles contra incendio del BCR

Se les informa a los interesados que el Banco de Costa Rica recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con treinta minutos (11:30) del día 10 de marzo del 2011, para la licitación en referencia.

El cartel de la licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar de 9:00 a. m. a 3:30 p. m. en la oficina de Compras y Pagos del Banco de Costa Rica, situado en el tercer piso de oficinas centrales, entre avenidas central y segunda, calles 4 y 6.

San José, 21 de febrero del 2011.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Oficina de Compras y Pagos.—1 vez.—O. C. Nº 60598.—Solicitud Nº 43593.—C-7050.—(IN2011012795).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

COMPRA EXCEPCIONAL: COMBUSTIBLE Nº 2011CD-000017-2308

Suministro de combustible diesel para equipo de transporteLa Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del

Hospital Dr. Max Terán Valls, recibirá ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del 3 de marzo del 2011. El cartel puede ser retirado en la Subárea de Planificación y Contratación Administrativa, situada de la esquina noreste del parqueo para vehículos de funcionarios 50 metros al norte, parte posterior de las instalaciones del Hospital Dr. Max Terán Valls, previo pago de la suma de ¢135,00 (ciento treinta y cinco colones con 00/100).

Quepos, 15 de febrero del 2011.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Ana Lissette Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(IN2011012431).

HOSPITAL MÉXICOLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-00008-2104

Bisturí variosComunica: fecha de recepción de ofertas el jueves 31 de

marzo del 2011, a las 9:00 horas.Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.crSan José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1 vez.—(IN2011012775).

LICITACIÓN PÚBLICA 2011LN-00009-2104Set con catéter tipo prótesis para drenaje biliar

Comunica: fecha de recepción de ofertas el jueves 31 de marzo del 2011, a las 13:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.crSan José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1 vez.—(IN2011012776).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-00007-2104Sistemas de Stent

Comunica: fecha de recepción de ofertas el miércoles 30 de marzo del 2011, a las 9:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.crSan José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1 vez.—(IN2011012778).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000006-2104Oxígeno domiciliar y de unidades de presión positiva continua

Comunica: fecha de recepción de ofertas el martes 29 de marzo del 2011, a las 9:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.crSan José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1 vez.—(IN2011012780).

LICITACIÓN ABREVIADA 2011LA-000010-2104Parches biológicos y agentes hemostático

Comunica: fecha de recepción de ofertas el lunes 28 de marzo del 2011, a las 9:00 horas.

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.crSan José, 18 de febrero de 2011.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Benigno Sánchez Arce, Jefe.—1 vez.—(IN2011012781).

Pág 18 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOSLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000002-PRI

Contratación estudio de suelos en la Estación Puente MulasEl Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A

y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 10 de marzo del 2011, para la contratación estudio de suelos en la Estación Puente Mulas.

El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr., o bien adquirirse previo pago de ¢500,00, en la Dirección Proveeduría de A y A, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del A y A en Pavas

San José, 21 de febrero del 2011.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén, Dirección de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 2011-003.—Solicitud Nº 1804.—C-7200.—(IN2011012438).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIALLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-PROVContrato de suministro de tintas Offset de cuatricomia

para la impresión de loteríasLa Junta de Protección Social les invita a participar en la

Licitación Abreviada Nº 2011LA-000001-PROV por contrato de suministro de tintas Offset de cuatricomia para la impresión de loterías. Las ofertas se recibirán hasta las 10:00 horas del día 22 de marzo del 2011, en el Departamento de Proveeduría de la Junta de Protección Social.

El cartel que contiene las especificaciones se encuentra a disposición de los interesados en nuestra página electrónica www.jps.go.cr, contrataciones administrativas, pueden retirarlo en el Departamento de Proveeduría, cuarto piso, edificio central sin ningún costo o solicitarlo al Sr. Jorge Baltodano Méndez en la dirección electrónica: [email protected] a partir de esta notificación.

San José, 21 de febrero del 2011.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jorge A. Villalobos Fonseca, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 14565.—Solicitud Nº 37225.—C-10280.—(IN2011012727).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TURRUBARESPROVEEDURÍA MUNICIPAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000001-PMTAdquisición de un vehículo 4x4 doble cabina

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Turrubares, invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en la contratación de referencia.

El cartel está disponible a partir de esta publicación, sin costo alguno, en la Proveeduría de la Municipalidad costado norte de la plaza de deportes de San Pablo de Turrubares. La fecha y hora de vencimiento para la recepción de ofertas está prevista para el 11 de marzo de 2011 a las 10:00 horas.

San Pablo, 21 de febrero del 2011.—Virginia Salazar Agüero, Proveedora.—1 vez.—(IN2011012430).

ADJUDICACIONESBANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2010LN-000001-01Selección de profesionales que brinden sus servicios como notarios externos

Se comunica a los interesados de esta licitación pública nacional, que el Comité de Licitaciones en el artículo 7 de la sesión ordinaria Nº 1030-2011, celebrada el 8 de febrero del 2011, y ratificada por la Gerencia General el 18 de febrero del 2011, acordó:

Adjudicar la Licitación Pública Nacional 2010LN-000001-01, promovida para la “Selección de profesionales que brinden sus servicios como notarios externos”, de conformidad con el siguiente detalle:

Ítem OficinaCantidad

de NotariosNotarios Suplentes

1 Banca Desarrollo 3Luis Alfonso Romero Coto 3-0235-0558Mario Alberto Vargas Arias 1-0630-0138Rodrigo Vargas Ulate 1-0701-0315

Jenny Hernández Solís 1-616-590Laura Avilés Ramírez 1-0987-0458Rafaela Solano Granados 1-0679-0904

2 Moravia 1Pedro Bernal Chaves Corrales4-0130-0258

Cristina Montero González 1-0745-0141

3 Coronado 2Jorge Alfonso Castro García 1-0205-0183Raúl Chacón Bonilla 3-0211-0373

Cristina Montero González 1-0745-0141Carlos Madrigal Mora 1-0876-0963

4 Guadalupe 1 Juan José Lara Calvo 1-0500-0155 Rafaela Solano Granados 1-0679-0904

5 Zapote 1 Sergio Leiva Urcuyo 3-0192-0306 Ana Catalina Pereira Mata 3-0263-0340

6 San Sebastián 2Lyannette Petgrave Brown 1-0637-0455 José Antonio Saborío de Rocafort 1-0700-0632

Ana Catalina Pereira Mata 3-0263-0340Sonia Montero Briceño 1-0908-0021

7 La Casona Tibás 2José Antonio Saborío de Rocafort 1-0700-0632Xinia Patricia Mora Segura 1-0594-0452

Edgardo Mena Paramo 8-0075-0736Alban Sing Villalobos 6-0054-0165

8 Sabanilla 1 Gloriana Vicarioli Guier 1-0848-0058 Humberto Ignacio Piedra Hernández 1-603-757

9 Santa Ana 2María del Rosario Morera Alfaro 4-0109-0224Pedro Bernal Chaves Corrales 4-0130-0258

Livia Meza Murillo 1-0479-0325Ana Lucía Herrera Bogarín 1-541-863

10 Orotina 2Rafael Alberto López Campos 2-0395-0609Fernando Zamora Castellanos 8-0384-0176

Jaime Gerardo Marín Barquero 2-0459-0788Ana Lucía Paniagua 2-0412-0312

11Palmares (Alajuela)

10

Humberto Gómez Alfaro 1-0481-033Sergio Fernando Jiménez Guevara 1-0531-0512 Guillermo Guerrero Corrales 1-0909-0297Fernando Zamora Castellanos 8-0384-0176José Francisco Chacon Acuña 2-0468-0330Guillermo Salas Brenes 3-0144-0391Tatiana Mayela Corella Jiménez 2-432-144Edgardo Mena Paramo 8-0075-0736Jaime Gerardo Marín Barquero 2-0459-0788Ivannia Vargas Solís 1-1013-0896

Rosa Isabel Prieto Pochet 1-0413-1287Diana Soto Meza 1-0726-0740Oki Emilio Rojas Chacón 1-0509-0853Ana Lucía Paniagua Campos 2-0412-0312Laura Fernández Castro 1-0941-7091Lilliam María Mora Delgado 1-0447-0805Carlos Luis Rodríguez Herrera 4-0102-0591Silenia Villalobos Rodríguez 2-0472-0479Adolfo Baez Barahona 1-0778-0514Jorge Alfonso Castro Corrales 1-0615-0004

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 19

Ítem OficinaCantidad

de NotariosNotarios Suplentes

12 Naranjo 1 José Francisco Chacon Acuña 2-0468-0330 Jorge Mario Marín Barquero 1-0598-040013 Auxiliar Alajuela 1 Luis Diego Hernández Núñez 2-0415-0400 Rosa Isabel Prieto Pochet 1-0413-1287

14San Miguel de

Sarapiquí1 Antonio Marin Rojas 2-0344-0743 Rosette María Morgan Asch 1-0723-0089

15 Turrúcares 1 Gabriela Rodríguez Sánchez 1-0752-0520 Miguel Armando Villegas Arce 2-0384-036816 La Fortuna 1 Heylen Zamora Jiménez 2-0296-0474 Fernando Ávila González 2-0368-0925

17 Los Chiles 2Carolina Barrantes Jiménez 4-0130-0263Wilberth Hidalgo Ledezma 2-0400-0028

Francisco José Quirós Corrales 2-0439-0748Juan Luis Vargas Alfaro 2-0465-0614

18Centro de

Negocios de Ciudad Quesada

2Azarías Barrantes Delgado 2-0429-008Raúl Hidalgo Rodríguez 2-0406-0999

Freddy Antonio Rojas López 2-0333-0178Olger Solís Hernández 2-0292-01274

19Muelle de San

Carlos1 Alejandra Arguedas Cháves 1-0898-0561 Rita Waldina Arce Rojas 2-0384-0775

20San Rafael de

Heredia1 Francisco Alberto González Bolaños 4-0152-0454 Manuel Antonio Vílchez Campos 1-0651-0729

21San Joaquín de

Flores1 Francisco Alberto González Bolaños 4-0152-0454 Manuel Antonio Vílchez Campos 1-0651-0729

22Santa Bárbara de

Heredia2

Sara Miranda Osorio 1-0377-0153Ananias Fernando Matamoros Carvajal 1-0534-0561

Manuel Francisco Camacho Ramírez 4-0127-0581Diana Soto Meza 1-0726-0740

23San Isidro de

Heredia1 Álvaro Gallardo Jiménez 1-0486-0903 Karina Rojas Solís 1-0948-0944

24 Guápiles 2Dunia Navarro Blanco 1-0854-0231María de los Ángeles Barrantes Rivas 7-0051-0002

Guillermo Brenes Cambronero 3-0212-0041Laura Ramírez Ulate 1-0795-0877

25 Batán 2Randy Gordon Cruickshank 1-0862-0651Xochitl Camacho Medina 1-1023-0679

Belzert Espinoza Cruz 1-0965-0769Krysbell Ríos Myrie 1-0924-0387

26Caja Auxiliar Nº 1

Heredia1 Gavridge Pérez Porras 4-0133-0976 Leonardo Alonso Ugalde Cajiao 1-0784-0395

27 Río Frío 2Wilberth Hidalgo Ledezma 2-0400-0028Xochitl Camacho Medina 1-1023-0679

Carlos Manuel Fernández Alvarado 9-061-0362Jonathan Ruiz Campos 1-0838-0605

28 Cariari 2Ivannia Vargas Solís 1-1013-0896Karina Rojas Solís 1-0948-0944

Rolando Arnoldo Morris Burton 7-0058-0924Jenny Vargas Quesada 7-0127-0805

29 Puerto Viejo 3Mayra Rojas Guzmán 2-0346-0820María de los Ángeles Barrantes Rivas 7-0051-0002Fanny Peña Sandí 1-0546-0221

Ana Isabel Sibaja Rojas 5-0263-0159Francisco José Quirós Corrales 2-0439-0748Liliana Torres Murillo 1-0520-0335

30 Golfito 3Luis Alberto Canales Cortés 6-0124-0575Maximiliano de la Trinidad Víquez Rojas 2-0449-0236Carlos Azofeifa Arias 1-0488-0238

Rodney Montalbán Rivera 1-0809-0943Ana Patricia Azofeifa Rojas 1-0999-0911Ginette Miranda Porras 2-0440-0851

31 Tarrazú 3Silvia María Villalobos Morera 4-0135-0909Billy Quirós Muñoz 1-0769-0935Víctor Ebelino Castro Retana 1-0463-0557

Ángel Edmundo Solano Calderón 3-0158-0313Oscar Rodrigo Vargas Jiménez 1-0637-0521Sergio José Solano Montenegro 1-0578-0279

32 Paraíso 3Viriam Fumero Paniagua 9-0047-0236Ana Lorena Coto Esquivel 1-0566-0378Kenneth Mora Díaz 1-0858-0421

Marco Vinicio Retana Mora 1-0638-0397Roberto Calderón Solano 3-0219-0437Fernando Salazar Portilla 1-0716-0255

33 Buenos Aires 2Ayalile Jiménez Céspedes 6-0194-0614Lizeth Mata Sánchez 1-0721-0726

Alexis Salazar Torres 2-0274-0463Olmán Vargas Cubero 5-0141-0393

34 Oreamuno 3Olga Isabel Romero Quirós 1-0599-0731Carlos Luis Jiménez Masis 1-0583-0839Floria María Arias Cháves 1-0708-0981

Noemy Zulay Linkemer Fonseca 1-0716-0146Diego Alonso Aguilar Fernández 3-0289-0219Guiselle Herz Leal 1-0573-0861

35 Tejar 3Jorge Ramón Arias Mora 1-0882-0319Katia Bermúdez Montenegro 1-0756-0930Luis Humberto Barahona de León 9-0046-0966

Margarita Salas Araya 3-0320-0073Jimmy Enrique Ramos Corea 5-0195-0216Juan Carlos Matamoros Carvajal 1-0577-0730

36 Frailes 1 Rodrigo Aguilar Sandoval 4-0100-0264 Federico José Jiménez Solano 1-0939-0968

37 Pacayas 3Margarita Salas Araya 3-0320-0073Esteban Francisco Troyo Dittel 3-0327-0104 Esteban José Martínez Fuentes 1-0927-0483

Diego Alonso Aguilar Fernández 3-0289-0219Mario Redondo Poveda 1-0589-0526Xinia María Ulloa Solano 3-0253-0347

38 Tobosi 2Esteban José Martínez Fuentes 1-0927-0483Sonia Madrigal Fernández 1-0604-0322

Erick Jiménez Masis 3-0348-0735Sandra María Arce Carmona 1-0640-0478

39Santa María de

Dota3

Billy Quirós Muñoz 1-0769-0935Gastón Ulett Martínez 1-0751-0807Víctor Ebelino Castro Retana 1-0463-0557

Álvaro Moya Ramírez 1-0589-0230María Adilia Salas Bolaños 2-0362-0398Federico José Jiménez Solano 1-0939-0968

40 Puerto Jiménez 2Luis Alberto Canales Cortés 6-0124-0575Sandra Alvarado Mondol 7-0093-0637

Hazel Salas Desanti 6-0185-0689Julián José Solano Porras 1-0523-0919

41 Río Claro 2Hilario Agüero Chaves 1-0570-0320Maximiliano de la Trinidad Víquez Rojas 2-0449-0236

Julián José Solano Porras 1-0523-0919Ana Belicia Miranda Rivera 1-1017-0725

42 Laurel 2Hilario Agüero Cháves 1-0570-0320Juan José Delgado Zúñiga 8-022-0257

Ana Patricia Azofeifa Rojas 1-0999-0911Dora Silvia Henríquez Domínguez 8-058-0555

Pág 20 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

Ítem OficinaCantidad

de NotariosNotarios Suplentes

43San Vito de Coto

Brus1 Ayalile Jiménez Céspedes 6-0194-0614 Alexis Salazar Torres 2-0274-0463

44 Tres Ríos 2Lyannette Petgrave Brown 1-0637-0455Alan Thompson Chacón 2-0383-0865

Luis Humberto Barahona de León 9-0046-0966Kattia Vanessa Alvarado Esquivel 1-0754-0597

45 Occidente Cartago 2Ana Lorena Coto Esquivel 1-0566-0378Roxana María Rodríguez Cascante 1-0588-0807

Leonardo Alonso Ugalde Cajiao 1-0784-0395Lizeth Álvarez Salas 1-0888-0635

46Centro Basílica

Los Ángeles3

Jorge Ramón Arias Mora 1-0882-0319Ingrid Grace Lambert Miller 7-042-0365Carrie Tung Young 8-048-047

Walter Coto Ramírez 3-0187-0261Amado Hidalgo Quirós 2-0454-0235Fernando Salazar Portilla 1-0716-0255

47 Quepos 3Byron Vargas Vásquez 1-1050-0139Jimmy Vargas Venegas 1-0789-0467Ana Patricia Vargas Jara 1-0853-0529

Carlos Eduardo Castro Mora 1-577-367Ronald Antonio Sánchez Trejos 1-0697-0059Johan Castillo Umaña 1-0697-0482

48 Abangares 2Sandra Echeverría Mesén 1-0415-01079Fanny Peña Sandí 1-0546-0221

Sara María Barrantes Hernández 1-0625-0194María Luz Calderón Retana 1-0705-0549

49 Bagaces 1 Aída María Montiel Héctor 1-0324-0190 Sara María Barrantes Hernández 1-0625-019450 Arenal 1 Álvaro del Socorro Elizondo Murillo 5-0123-0206 Roberto Suárez Castro 1-0838-0978

51 Colonia Carmona 4

Ricardo Cañas Escoto 1-0801-0010Evans Mauricio Ramos Sibaja 5-0308-0548Romell Alberto Chevez Ordóñez 5-0306-0030Denia María Quirós Bustamante 1-504-789

Gerardo Atán Chacón 9-076-044Jorge Granados Moreno 1-0434-0682Edgar Pizarro Matarrita 5-0212-0003Ana Patricia Matarrita Rodríguez 1-0692-0402

52 La Cruz 2Ana Cecilia Rivas Tinoco 5-0233-0409María José Núñez Palma 8-0094-0079

Hugo Zúñiga Clachar 5-0138-01378Carlos Johalmo Alvarado Villalobos 1-0672-0238

53 Upala 4

Silenia Villalobos Rodríguez 2-0472-0479Víctor Emilio Rojas Hidalgo 2-0320-0617Romell Alberto Chevez Ordóñez 5-0306-0030María Luz Calderón Retana 1-0705-0549

Carlos Enrique Azofeifa López 5-0235-0842Willy Fernando Elizondo Murillo 5-0269-0692Carlos Manuel Venegas Gómez 2-0232-0527Roberto Suárez Castro 1-0838-0978

54 Jicaral 1 Sandra Echeverría Mesén 1-0415-01079 Elizabeth María Mora Arguedas 1-0576-0711

55 Parrita 4

Xinia Patricia Mora Segura 1-0594-0452Manuel Antonio Solano Ureña 1-0403-0910Juan Carlos Chávez Alvarado 8-0089-0131Ademar Antonio Zúñiga Quirós 1-0754-0005

Alcides Ovidio Araya Campos 1-0691-0764Rodney Montalbán Rivera 1-0809-0943Johan Castillo Umaña 1-0697-0482Jorge Luis Pinel Villalobos 6-0242-0988

56 Hojancha 2Evans Mauricio Ramos Sibaja 5-0308-0548Eduardo Hernández Matarrita 5-0142-1227

Gerardo Atán Chacón 9-076-044Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar 1-0971-0905

57Santa Elena de

Monteverde1 Marco Vinicio Retana Mora 1-0638-0397 Alexis Ballestero Alfaro 1-0967-0807

58 Jacó 2Luis Diego Hernández Núñez 2-0415-0400Guillermo Guerrero Corrales 1-0909-0297

Laura Avilés Ramírez 1-0987-0458Juan Carlos Chávez Alvarado 8-0089-0131

59 Tamarindo 2Ricardo Cañas Escoto 1-0801-0010Annette Tapia Zumbado 1-0543-0505

Alexis Ballestero Alfaro 1-0967-0807Franklin José Garita Cousin 6-0229-0041

60 Flamingo 2Annette Tapia Zumbado 1-0543-0505Juan Luis Vargas Vargas 2-0309-0638

Carlos Eduardo Brilla Ferrer 1-0712-0016Oscar Eduardo Gómez Ulloa 7-058-0538

2) Declarar inelegibles a los profesionales que a continuación se detallan:

Nº de Oferta Primer apellido Segundo apellido Nombre Observaciones

49 Uhrig Martínez Zentis AlbertoNo cumple con tener 5 años como mínimo de estar inscrito como notario

51 Méndez Zúñiga Víctor EstebanNo cumple con tener 5 años como mínimo de estar inscrito como notario

130 Echeverría Escalante AdriánNo cumple con tener 5 años como mínimo de estar inscrito como notario

538 Freer Rohrmoser MarcelaOferta Extemporánea. No presenta Certificación que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional

539 Barboza Quesada Ana Guiselle

Oferta Extemporánea. No presenta Certificación sobre las razones de apertura y de cierre de su protocolo

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 21

Nº de Oferta Primer apellido Segundo apellido Nombre Observaciones

541 Artavia Vásquez Beatriz

Oferta Extemporánea. No presenta Certificación indicando que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional

542 López Baudrit Jaime Gerardo

Oferta Extemporánea. No presenta Declaración Jurada indicando que las escrituras fueron inscritas ante el Registro Público

543 López Moya JaimeNo presenta Declaración Jurada indicando que las escrituras fueron inscritas ante el Registro Público

544 Gutiérrez Gutiérrez José Manuel

No presenta Certificación de Archivo Nacional sobre la cantidad de protocolos. Además no presenta Certificación de la razones de apertura y cierre -No presenta Certificación que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional así como no presenta Declaración Jurada indicando que las escrituras fueron inscritos en el Registro Público - No presenta declaración jurada sobre si le cubre alguna prohibición de acuerdo a la Ley de Contratación Administrativa

545 Gómez Pacheco SilviaNo presenta Certificación de Archivo Nacional sobre la cantidad de protocolos

546 Gómez Pacheco MarioOferta Extemporánea. No presenta Certificación que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional

548 López García David

Oferta Extemporánea. No presenta Certificación del a DNN - No adjunta copias de las razones de apertura y de cierre del protocolo ni la Certificación de dichas razones -No presenta Certificación que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional ni presenta Declaración Jurada que las escrituras fueron inscritas en el Registro Público

549 Alfaro Umaña Emanuell

No adjunta copias de las razones de apertura y de cierre del protocolo ni la Certificación de dichas razones -No presenta Certificación que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional ni presenta Declaración Jurada que las escrituras fueron inscritas en el Registro Público

550 Rojas Sánchez Alonso

Oferta Extemporánea. No presenta Certificación de la DNN No adjunta copias de las razones de apertura y de cierre del protocolo ni la Certificación de dichas razones -No presenta Certificación que los índices fueron presentados ante Archivo Nacional ni presenta Declaración Jurada que las escrituras fueron inscritas en el Registro Público

La Uruca, 24de febrero del 2011.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Proveedor General a. í.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº 0096.—C-600200.—(IN2011012820).

Pág 22 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

FE DE ERRATASGOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍAGESTIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000002-05401(Suspensión de la fecha de apertura)

Compra por demanda de libretas de pasaportesSe avisa a todos los interesados en esta licitación para la

Dirección General de Migración y Extranjería, que debido a que se presentaron dos recursos de objeción al pliego de condiciones, se suspende la fecha de apertura de ofertas hasta nuevo aviso, hasta tanto la Contraloría General de la República resuelva los mismos.

San José, 18 de febrero del 2011.—Proveeduría Institucional.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº 33887.—C-7150.—(IN2011012808).

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍAGESTIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LN-000001-05401(Modificaciones al pliego de condiciones)

Mantenimiento preventivo y correctivo de vehículosautomotores, autobuses y motocicletas

Se avisa a todos los interesados en esta Licitación para la Dirección General de Migración y Extranjería, que se realizan las siguientes modificaciones al pliego de condiciones:

a) Se aclara que en todo lugar del pliego de condiciones donde se indique “insumos” y “repuestos”, debe leerse y entenderse correctamente de la siguiente manera: “componentes o partes originales de la marca específica del vehículo, motocicleta o autobús”.

b) El punto e) del formulario Nº 1 de 5 debe leerse correctamente de la siguiente manera: “e. Presentación de la garantía de participación de un 1 % del monto total anual presupuestado por la Administración en la posición cotizada.”

c) El apartado 2.2., del formulario Nº 3 de 5, debe leerse correctamente: “A continuación se describen los trabajos probables requeridos para el mantenimiento correctivo de los vehículos (el oferente debe aceptar su cumplimiento, pero no debe cotizar ninguno de estos rubros):”

d) La viñeta 16 del apartado 2.2.11., del formulario Nº 3 de 5, debe leerse correctamente: “Para lo no contemplado en estos apartados, el adjudicatario debe presentar una cotización antes de facturar.”

e) En el formulario Nº 5 de 5, en la columna de Descripción en la posición Nº 1, se debe leer correctamente: “Sumatoria del monto total del costo de mano de obra, componentes o partes originales de la marca específica del vehículo o motocicleta por solo el mantenimiento preventivo cada 10.000 Km. para vehículos (7.000 Km. en vehículos diesel) y 3.000 Km. para motocicletas (Costo total del Anexo Nº 4)”

f) En el formulario Nº 5 de 5, en la columna de Descripción en la posición Nº 2, se debe leer correctamente: “Sumatoria del monto total del costo de mano de obra, componentes o partes originales de la marca específica del camión o autobús por solo el mantenimiento preventivo cada 7.000 Km. para autobuses y 10.000 Km. en el camión liviano (costo total del anexo Nº 5)”

g) Se elimina la columna del precio trimestral del formulario Nº 5 de 5. Asimismo la columna de precio total anual, se debe leer correctamente: “Precio total”

h) La última línea de los cuadros de los anexos Nº 4 y 5, se deben leer correctamente: “TOTAL A: MANTENIMIENTO PREVENTIVO (total para un vehículo), debe incluir el costo de la mano de obra y el de los componentes o partes originales de la marca específica del vehículo, motocicleta o autobús requeridos.”Todo lo demás permanece invariable.San José, 18 de febrero del 2011.—MBA. Erika García Díaz,

Gestora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 001-11.—Solicitud Nº 33888.—C-24590.—(IN2011012814).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE SALUDREGIÓN HUETAR NORTE

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2011CD-000001-2499

Alquiler de edificio para sede administrativadel Área de Salud de Aguas Zarcas

El Área de Contratación Administrativa, les comunica a los interesados en este concurso que se resuelve de la siguiente manera:

Número de concurso: 2011CD-000001-2499Objeto de contratación: alquiler de edificio para sede

administrativa del Área de Salud de Aguas Zarcas.Con fundamento en lo previsto en la Ley de Contratación

Administrativa y su Reglamento, autorización por parte de la Contraloría General de la República y una vez realizado los estudios y valoraciones respectivas, se procede a comunicar la adjudicación de la siguiente contratación efectuada por la Dirección Regional según el Modelo de Distribución de Competencias por Instancia Administrativa y Facultades de Adjudicación de la CCSS:

Contratación Directa: 2011CD-000001-2499, alquiler de edificio para sede administrativa del Área de Salud de Aguas Zarcas, se adjudica esta contratación a la señora Luz Marina Arroyo Jiménez, por la suma anual de ¢15.600.000,00.

Para todos los efectos dicho expediente se encontrará en esta Sede Regional.

Ciudad Quesada, 18 de enero del 2011.—Lic. Geiner Brenes García, Área de Contratación Administrativa.—1 vez.—(IN2011012715).

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

Con base en lo que establece el artículo 116 y 122 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento Interno de Contratación Administrativa, con el propósito de actualizar el Registro de Proveedores potenciales de bienes y servicios que se mantiene en esta oficina, invitamos a los interesados (personas físicas y jurídicas) en participar en futuras contrataciones, a aportar la información y documentación necesaria para ser incluidos en nuestro Registro de Proveedores.

Los interesados en el Registro de Proveedores pueden solicitar el formulario con los requisitos para tal propósito, a las direcciones electrónicas: [email protected]; [email protected] o [email protected], o bien directamente en nuestras oficinas, sita 400 metros norte del Hospital Nacional de Niños. Asimismo podrán obtenerlo de la página web:www.infocoop.go.cr.

Asimismo, aquellas personas físicas y jurídicas que ya forman parte del Registro de Proveedores y que no ha transcurrido el período de vigencia de dos años y no han actualizado la información, y están interesados en continuar deberán actualizar la misma.

La información presentada para el Registro de Proveedores, tiene como vigencia dos (2) años; la Administración prevendrá al proveedor del vencimiento de su inscripción, un mes antes de que ello ocurra. Si durante este plazo el proveedor manifiesta su interés de mantenerse en el Registro e indica que la información registrada se encuentra actualizada, automáticamente se le tendrá como proveedor activo por un período igual, caso contrario se excluirá automáticamente del registro, (artículo 124 del mismo Reglamento).

San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Eliécer Ureña Quirós, Coordinador Gerente Administrativo Financiero.—1 vez.—(IN2011009421).

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 23

2. En el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de la impresión, 1.3 Función de copiado:1.3.1 El equipo deberá poseer una velocidad de copiado

mínima de cuarenta (40) páginas papel carta por minuto.

3. En el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de la impresión, 1.4 Función de digitalización (escáner):1.4.1. El equipo deberá poseer una velocidad de escaneo

mínimo de veinticinco (25) imágenes por minuto, imágenes de color.

4. En el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de la impresión, 1.5 Configuración física del multifuncional, 1.5.1 Bandejas:1.5.1.3 El equipo deberá tener mínimo una (1) bandeja de

salida, con una capacidad mínima de doscientas cincuenta (250) hojas.

5. En el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de la impresión, 1.8 Características generales, 1.8.5 cartucho de impresión:1.8.5.1 El cartucho de impresión o tóner deberá tener la

capacidad de imprimir como mínimo quince mil (15.000) páginas a un 5% de cobertura.

6. En el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas alto volumen de impresión, 2.1 Función de impresión, 2.1.1. Características de la impresión, 2.8 Características Generales:2.8.1 El equipo deberá contar con un (1) procesador de al

menos 360 Mhz.Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.La Uruca, 24 de febrero del 2011.—Proveeduría General.—

Lic. Eric Leitón Mora, Proveedor General a. í.—1 vez.—O. C. 001-2011.—Solicitud Nº 94.—C-55510.—(IN2011012823).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CARTELESLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000050-1142

(Aviso Nº 1)Pancreatina o pancrealipasa

A los oferentes interesados en participar en esta compra, se les comunica que debe leerse correctamente: ítem único: 8250 CN Pancreatina o Pancrealipasa de 10.000 unidades de actividad lipasa o 20.625 cientos de 4.000 unidades o 18.333 cientos de 4.500 unidades o 10.313 cientos de 8.000 unidades.

El resto del cartel permanece invariable.San José, 21 de febrero 2011.—Argentina Araya Jara, Jefe

Subárea de Carteles.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 44535.—C-6725.—(IN2011012792).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE ESCAZÚPROCESO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2011LA-000001-01Conformación y lastreado en calles del cantón

Con respecto a la licitación de marras se comunica que se prorroga el tiempo de adjudicación hasta el día martes cinco de abril del presente año. Según el artículo Nº 45 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo Nº 87 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

Asimismo, se solicita a todos los oferentes participantes en dicha licitación, ampliar la vigencia de la oferta hasta igual fecha.

Cira Castro Myrie, Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 32294.—Solicitud Nº 35018.—C-5370.—(IN2011012435).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICADIRECCIÓN CORPORATIVA GESTIÓN DE MEDIOS

DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALESLICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2010LN-000020-01

(Modificación N° 2 y aclaración Nº 1)Compra de estaciones de trabajo (Desktop), con entregas

por demanda, para un periodo de cuatro añosSe comunica a los interesados en la Licitación Pública

Nacional N° 2010LN-000020-01, que el Comité de Licitaciones en el artículo 10 de la sesión ordinaria Nº 1031-2011 celebrada el 15 de febrero del 2011, acordó la siguiente modificación y aclaración:

Por ser tan extensas las modificaciones, las mismas pueden ser retiradas en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca.

De conformidad con lo indicado por Contraloría, se procede a aclarar lo referente a la imagen de Software, lo anterior para que se incorpore en el expediente y sea del conocimiento de todo potencial oferente.

Apartado C. punto 2.1. “…A solicitud del Banco y solamente en los casos que así se requiera, el adjudicatario deberá instalar en los equipos adjudicados una imagen de software…”Apartado F, Criterios de evaluación, precio.“…Para la evaluación de la oferta, se tomará el costo unitario ofertado, esto es (Estación de trabajo para cajas, estación de trabajo para usuarios avanzados, estación de trabajo para personal administrativo y plataformas, monitores, lector de tarjetas inteligentes, imagen de Software), se realizará una sumatoria y se le asignará a la oferta un puntaje proporcional, de acuerdo a la siguiente fórmula:…”, el resaltado es nuestro.Apartado G, Condiciones Generales, Precio. “Se deberá presentar desglosado en:Precio de una estación de trabajo Desktop para cajas.Precio de una estación de trabajo Desktop para usuarios avanzados.Precio de una estación de trabajo Desktop para personal administrativo y plataformas.Precio del monitor de 17 pulgadas de área visible.Precio del lector de tarjetas (SmartCard).Precio de una imagen de software.”El oferente debe desglosar los precios ofertados, incluyendo

la imagen de software y en los criterios de evaluación se incluye y evalúan el precio de la imagen quedando a discreción del Banco si se solicita o no en cada pedido.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.La Uruca, 24 de febrero del 2011.—Proveeduría General.—

Lic. Erick Leitón Mora, Proveedor General, a. í.—1 vez.—O. C. Nº 001-011.—Solicitud Nº 0095.—C-16990.—(IN2011012818).

DIRECCIÓN CORPORATIVA GESTIÓN DE RECURSOSDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2011LN-000002-01(Modificación N° 1)

Compra de multifuncionales, con entregaspor demanda para un período de cuatro años

Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional N° 2011LN-000002-01, que el Comité de Licitaciones, mediante sesión ordinaria N° 1030-2011, en su artículo 5, celebrada el 08 de febrero del 2011 acordó las siguientes modificaciones:

1. En el apartado Requerimientos Técnicos Mínimos, 1 Multifuncionales para oficinas alto volumen de impresión, 1.1 Función de impresión, 1.1.1. Características de la impresión:1.1.1.5. Deberá tener una velocidad de impresión mínima de

cuarenta (40) páginas papel carta por minuto con la resolución de 1200 X 1200.

Pág 24 La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011

REGLAMENTOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

REGLAMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE DENUNCIASPRESENTADAS ANTE LA AUDITORÍA GENERAL

DEL MINISTERIO DE RELACIONESEXTERIORES Y CULTO

La Auditora General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 62 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y 23 de la Ley General de Control Interno, y en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 4º de la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos:

Considerando:1º—Que el artículo 6 de la Ley General de Control Interno, Nº

8292 del 31 de julio del 2002, establece la confidencialidad de los denunciantes y estudios que originan la apertura de procedimientos administrativos.

2º—Que el artículo 8 de la Ley Nº 8422 Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, del 29 de octubre del 2004, señala la protección de los derechos del denunciante de buena fe y confidencialidad de la información que origine la apertura del procedimiento administrativo. Este artículo fue reformado por el artículo 2° inciso a de la Ley Nº 8630 Modificación del Código Penal, Ley Nº 4573 y la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito del 17 de enero del 2008.

3º—Que en el Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública en su Capítulo III, Sección Primera, artículos del 8° al 15°, se establece el poder ciudadano de denuncia, en la Sección Segunda, artículos 16° y 17°, se establece la admisibilidad y en la Sección Tercera, artículos del 18° al 25° Bis, se instituye lo relacionado con el trámite de las denuncias

4º—Que el artículo 15 de la Ley General de Administración Pública prevé la facultad del ejercicio de potestades discrecionales en la actividad administrativa, siempre que esté sometida en todo caso a los límites que le impone el ordenamiento expresa o implícitamente, para lograr que su ejercicio sea eficiente y razonable. Además, en el Título Tercero de la misma Ley, se hace referencia a las formalidades de un procedimiento administrativo. Formando parte de este título se encuentra el artículo 269 que indica que la actuación administrativa se debe realizar conforme a normas de economía, simplicidad, celeridad y eficiencia, correspondiéndole a las autoridades superiores de cada centro o dependencia velar, respecto de sus subordinados, por el cabal cumplimiento de este precepto que servirá de criterio interpretativo en la aplicación de las normas de procedimientos.

5º—Que en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en su artículo 30 Servicios de Fiscalización, inciso b) punto 1 se hace referencia a la admisibilidad y tratamiento dado a las denuncias recibidas.

6º—Que los artículos 4 y 5 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos establecen los requisitos de publicidad y obligación de informar sobre los trámites al Administrado.

7º—Que dentro del marco de la legislación vigente es necesario comunicar los requisitos que debe cumplir una persona para interponer una denuncia ante la Auditoría General sobre actos que puedan revelar un uso indebido de fondos públicos por parte de sujetos sobre quienes ejerza su competencia ante este Ministerio para valorar los hechos presuntamente irregulares y determinar si procede o no su verificación, de una forma razonable y estratégica de manera que constituyan un insumo importante para el combate de la corrupción y favorezca la rendición de cuentas dentro del Sistema de Fiscalización y Control Superior. Por tanto,

RESUELVE:Artículo 1º—Emitir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE DENUNCIASPRESENTADAS ANTE LA AUDITORÍA GENERAL

DEL MINISTERIO DE RELACIONESEXTERIORES Y CULTO

CAPÍTULO IAspectos Generales

Artículo 1º—Objetivo: El presente Reglamento tiene como objetivo informar y regular la forma y los requisitos que las personas deben considerar al presentar una denuncia ante la Auditoría General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, y además la valoración que llevará a cabo la Auditoría General, con el fin de determinar si se procede a verificar los hechos que se denuncian.

Artículo 2º—Ámbito de Competencia: La Auditoría General dará trámite únicamente a aquellas denuncias que versen sobre posibles hechos irregulares o ilegales en relación con el uso y manejo de fondos públicos, control interno y asuntos en contra de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, o sujetos pasivos que se les hayan transferido recursos para su administración e hicieran un aparente mal uso de éstos y lo regulado por la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422.

Artículo 3º—Principios Generales: La admisión de denuncias se atenderán en concordancia con los principios de simplicidad, economía, eficacia y eficiencia.

Artículo 4º—Recibo de denuncias: La Auditoría General recibirá las denuncias que se presenten únicamente por escrito, las cuales deberán venir dirigidas directamente a la Auditoría General. El Auditor General valorará la admisibilidad de las denuncias presentadas.

Artículo 5º—Confidencialidad: La identidad del denunciante, la información, la documentación y otras evidencias de las investigaciones que se efectúen serán confidenciales de conformidad con lo establecido en el artículo 6° de la Ley General de Control Interno y el artículo 8° de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

Las infracciones a la obligación de mantener dicha confidencialidad por parte de los funcionarios de la Auditoría General podrán ser sancionadas según lo previsto en esas leyes.

Artículo 6º—Requisitos esenciales que deben contener las denuncias que se presenten a la Auditoría General del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

a. Los hechos denunciados deberán ser expuestos por escrito, en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación, como son fechas, nombres de funcionarios y cualquier otro detalle conocido por el denunciante.

b. Se deberá señalar la posible situación irregular que afecta al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

c. El denunciante deberá indicar cuál es su pretensión en relación con el hecho denunciado.

d. Preferiblemente, deberá indicar el nombre y lugar de notificación, si así lo requiera.

Artículo 7º—Información que debe acompañar adicionalmente el denunciante: El denunciante deberá aportar las pruebas o evidencias y brindar información complementaria respecto al perjuicio económico producido a los fondos públicos manejados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en caso de conocerlo, la indicación de probables testigos y el lugar o medio para localizarlos, para de ser necesario efectuarles una citación, así como la aportación o sugerencia de otras pruebas que considere conveniente para la investigación.

CAPÍTULO IITramitación de la denuncia

Artículo 8º—La Auditoría General podrá solicitar aclaración sobre lo denunciado: La Auditoría General de acuerdo con sus facultades y una vez analizada la denuncia, si determinara que existen imprecisiones de los hechos denunciados, se otorgará al denunciante un plazo máximo de 10 días hábiles para que éste aclare y complete la información que suministró, caso contrario la Auditoría General procederá a archivar o desestimar la denuncia, sin embargo, podrá ser presentada con mayores elementos, posteriormente, como una nueva gestión.

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 25

Artículo 9º—De las denuncias anónimas: No se dará trámite a las denuncias anónimas que sean presentadas en forma escrita. En caso de efectuarse la recepción de este tipo de denuncia por excepción y para su consideración deberá aportar todos los elementos de convicción suficientes y que se encuentren soportados en medios probatorios idóneos, que permitan iniciar una investigación preliminar, además del impacto que ésta tendría, caso contrario, la Auditoría General dispondrá su archivo sin más trámite, de conformidad con el artículo 13 del Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

Artículo 10.—De las denuncias verbales: Por las facultades que se le confiere a la Auditoría General, ésta no dará trámite a ninguna denuncia que sea efectuada en forma verbal.

Artículo 11.—De los resultados de la investigación producto de las denuncias: La Auditoría General, de acuerdo con las facultades establecidas, a su criterio profesional, y demás asuntos incluidos en su plan de trabajo, determinará la prioridad que se le dará a la denuncia, procurando atenderla con celeridad y responsabilidad, deberá establecer en caso de existir eventuales responsabilidades, si la misma es de atención administrativa, civil o penal, procediendo a comunicar el resultado de la investigación a la Autoridad Superior que corresponda, quien deberá resolver con fundamento en la legislación que le compete. El informe confeccionado puede estar enfocado en materias relativas al control interno, a incumplimientos de leyes, reglamentos o disposiciones administrativas por parte de funcionarios de la institución. Una vez conocido el informe respectivo por el órgano competente, la Auditoría General podrá informar al denunciante, como se hace referencia en el artículo 18° de este Reglamento.

En caso que se considere, a juicio de la Auditoría General, que los hechos denunciados no ameritan un estudio de auditoría, o cuando por efectos de oportunidad se quiere implementar una solución provisional antes que se llegue a atender la denuncia, se enviará una comunicación al ente o persona competente, advirtiendo que se tiene conocimiento de posibles situaciones irregulares y que se recomienda su atención, según lo establecido en el artículo 22 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 12.—De la atención de denuncias trasladadas por la Contraloría General de la República: La Auditoría General atenderá, de acuerdo con sus posibilidades y con su plan de trabajo, las denuncias que le sean remitidas por el Ente Contralor, no obstante, de conformidad con el contenido de éstas, podrá dar prioridad a su atención.

Artículo 13.—Del traslado de la denuncia a la Administración Activa: La Auditoría General, luego de analizar el contenido de las denuncias presentadas, podrá trasladar a la Administración Activa u órgano competente para su atención, aquellas denuncias que por su contenido, sean, a su criterio, soporte de atención por parte de la Administración Activa, la que deberá atender e informar de su resultado a la Auditoría General y a los denunciantes o interesados.

Artículo 14.—Del seguimiento de los resultados y atención de las denuncias: La Auditoría General, como ente fiscalizador y de acuerdo con los procedimientos establecidos, determinará en que casos dará seguimiento a los resultados de las denuncias presentadas.

CAPÍTULO IIIDesestimación de la denuncia

Artículo 15.—Del archivo y desestimación de las denuncias: La Auditoría General desestimará o archivará las denuncias que sean recibidas, cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:

a. Si la denuncia no corresponde al ámbito de competencia descrito en el artículo 3° de este Reglamento.

b. Si la denuncia se refiere a intereses particulares exclusivos de los denunciantes en relación con conductas ejercidas u omitidas por la Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, salvo que de la información aportada en su denuncia se logre determinar que existen aspectos de relevancia que ameritan ser investigados por la Auditoría General.

c. Si los hechos denunciados corresponde investigarlos o ser discutidos exclusivamente en otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.

d. Si los hechos denunciados se refieren a problemas de índole laboral que se presentaron entre el denunciante y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

e. Si se estima, producto del análisis costo-beneficio, que la erogación de la investigación pudiera ser superior al beneficio que se obtendría al atender la denuncia. Para dicho efecto, se deberá dejar constancia del análisis realizado por parte del funcionario asignado.

f. Si el asunto planteado ante la Auditoría General, se encuentra en conocimiento de otras instancias con competencia para realizar la investigación, ejercer el control y las potestades disciplinarias En estos casos la Auditoría General coordinará con esas unidades a efecto de no duplicar el uso de los recursos públicos y establecer la instancia que deberá atender la denuncia.

g. Si la denuncia presentada fuera una reiteración o reproducción de otras denuncias similares sin aportar elementos nuevos y que ya hubieran sido resueltas con anterioridad por la Auditoría General o por otras unidades de la Administración Activa.

h. Si la denuncia omite alguno de los requisitos esenciales mencionados en los artículos 7° y 8° de este Reglamento.

i. Si la denuncia es manifiestamente improcedente o infundada.j. Si la Auditoría General no cuenta con recursos competentes y

conocimientos técnicos apropiados para atender la denuncia. En este evento, debe coordinar el traslado de la denuncia a otra instancia (ejemplo: Administración Activa).

k. Si se refiere a asuntos disciplinarios o con motivo de la prestación de servicios de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, las cuales serán trasladadas para el trámite que corresponda al órgano competente, o al superior inmediato del funcionario denunciado, con indicación expresa de los artículos 6° de la Ley General de Control Interno y el 8° de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, el cual comunicará al denunciante lo que corresponda.Artículo 16.—Justificación para la desestimación o archivo

de la denuncia: Cuando la Auditoría General desestime o archive una denuncia, deberá justificar y dejar evidencia en el expediente y en los papeles de trabajo respectivos, los motivos por los cuales se desestimó la misma, ello en razón de una fiscalización posterior y en aras de la transparencia que debe imperar en la labor de fiscalización.

CAPÍTULO IVComunicación de resultados

Artículo 17.—De la comunicación al denunciante: Cuando la denuncia sea presentada con el nombre, calidades y dirección para notificaciones del denunciante, queda a criterio de la Auditoría General si le comunica el resultado de la investigación, lo que sí le tendría que informar es que se llevó a cabo la indagación donde se emitió un documento con los resultados, los cuales fueron informados al órgano competente, además de cualquier gestión que se haya tomado en torno a la misma, sea ésta la desestimación, archivo o traslado de la misma a la Administración Activa u otras instancias.

Artículo 18.—Fundamentación del acto, y archivo de denuncias: El archivo de las denuncias se realizará mediante un acto debidamente motivado donde se acrediten los argumentos valorados para tomar esa decisión. En cuanto a la nota que se remite al denunciante, ésta debe ser archivada utilizando los procedimientos de control que garanticen la protección de la persona, por lo que debe ser de acceso restringido.

Artículo 19.—Resguardo de la identidad del denunciante: Todo papel de trabajo razón de archivo o comunicación a terceros generados por la Auditoría General, resultado de la denuncia que recibiera, no deben consignar la identidad del denunciante, tal como lo establece el artículo 6 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, Costa Rica, a los doce días del mes de enero del año dos mil once.—Lic. María Milagro Chaves Barrantes, Auditora General.—1 vez.—O. C. Nº 11398.—Solicitud Nº 8325.—C-132920.—(IN2011008964).

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HACIENDADIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución DGA-407-2010.—San José, a las nueve horas del veintidós de diciembre de dos mil diez.

Considerando:I.—Que el artículo 6 de la Ley General de Aduanas, Nº 7557

del 20 de octubre de 1995 publicada en La Gaceta Nº 212 del 08 de noviembre de 1995 y sus reformas, establece que uno de los fines del régimen jurídico es facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior.

II.—Que el artículo 9 de la Ley General de Aduanas, establece como funciones del Servicio Nacional de Aduanas, actualizar los procedimientos aduaneros y proponer las modificaciones de las normas, para adaptarlas a los cambios técnicos, tecnológicos y a los requerimientos del Comercio Internacional.

III.—Que el artículo 11 de la Ley General de Aduanas, señala que la Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera, que en el uso de su competencia le corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas, la emisión de políticas y directrices para las actividades de las aduanas y dependencias a su cargo.

IV.—Que el artículo 21 bis del Reglamento a la Ley General de Aduanas, entre las funciones del Departamento de Técnica Aduanera establece:“b. Emitir criterios técnicos e materia de clasificaciónarancelaria, origen de las mercancías e informaciónarancelaria, en atención a consultas que efectúen lasdependenciasdelServicionacionaldeAduanas,auxiliaresoterceros.”V.—Que el artículo 23 bis del Reglamento a la Ley General

de Aduanas, entre las funciones del Departamento Laboratorio Aduanero establece: “c. Determinarlaclasificaciónarancelariadeacuerdoconlos

resultadosobtenidosenlosanálisisrealizados,enapoyoalosprocesosdefiscalización.”

“f. Interpretar los análisis químicos emitidos e indicar lacorrectaclasificaciónarancelaria.”

VI.—Que el Oficio DN-1409-2010 de fecha 16 de setiembre de 2010, aclara que el Laboratorio Aduanero está facultado para emitir criterios sobre la clasificación arancelaria de mercancías.

VII.—Que mediante la resolución RES-DGA-484-2008 del 10 de noviembre de 2008, denominada “Procedimiento en Materia de Criterios Técnicos sobre Clasificación de Mercancías” y su adición realizada mediante la Resolución DGA-015-2009 del 21 de enero de 2009, esta Dirección General emitió un conjunto de normas para regular dicho tema, no obstante, se ha considerado pertinente introducir mejoras para agilizar el proceso y uniformar entre otros elementos, las actuaciones que sobre el particular desarrolla el Laboratorio Aduanero. Por tanto:

Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho de cita, potestades y demás atribuciones aduaneras que otorgan los artículos 6 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, 6, 9, 11 y 22 de la Ley General de Aduanas y sus reformas, esta Dirección General de Aduanas emite los siguientes lineamientos:

1º—Aprobar el siguiente “Procedimiento para la Emisión de Criterios Técnicos en Materia de Clasificación Arancelaria de Mercancías”.

PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE CRITERIOSTÉCNICOS EN MATERIA DE CLASIFICACIÓN

ARANCELARIA DE MERCANCÍASAbreviaturas:Director: Director General de Aduanas.DGA: Dirección General de Aduanas.DGT: Dirección de Gestión Técnica.DTA: Departamento de Técnica Aduanera.DLA: Departamento de Laboratorio Aduanero.

Grupo: Grupo Técnico de Apoyo.OMA: Organización Mundial de Aduanas.SAC: Sistema Arancelario Centroamericano.SNA: Servicio Nacional de Aduanas.Solicitud: Solicitud de Criterio Técnico sobre Clasificación

Arancelaria.Definiciones:Las siguientes definiciones son aplicables a los términos

empleados en el presente Procedimiento para la Emisión de Criterios Técnicos.

Aduanálisis: Informe emitido por el DLA sobre la composición físico química de una mercancía realizado mediante pruebas y análisis de laboratorio.Analista: Profesional encargado de analizar muestra e información de una mercancía (sea análisis por función o composición).Arancel: Instrumento mediante el cual sobre la base de la nomenclatura, se establecen los impuestos que deben pagar las mercancías por su importación o exportación.Archivo virtual: Archivo digital de los Formularios de Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías.Clasificación: Posición exacta de una mercancía, en un determinado esquema de clasificación (nomenclatura).Clasificación Arancelaria de Mercancías por Composición: Análisis que se lleva a cabo para la definición de la naturaleza merceológica de una mercancía, tomando en consideración las características de composición fisicoquímicas del producto.Clasificación Arancelaria de Mercancías por Función: Análisis que se lleva a cabo para la definición de la naturaleza merceológica de una mercancía, tomando en consideración las características funcionales del producto.Criterio Técnico: Dictamen sobre la clasificación arancelaria de una mercancía, realizado con base en documentos y/ó muestra presentados por el interesado, emitido por el DTA o el DLA.Consulta a la OMA: Solicitud de consulta a la OMA sobre clasificación de mercancías o de temas relativos al Sistema Armonizado.Coordinador: Funcionario del DTA ó del DLA, experto en materia de clasificación arancelaria, el cual organiza y da apoyo en el trabajo correspondiente a la emisión de criterios, así asignado formalmente.Formulario de Emisión de Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías: Documento digital en el cual se consigna toda la información resultado del criterio técnico.Formulario de Solicitud de Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de mercancías: Documento digital por el cual un usuario puede solicitar un criterio técnico sobre clasificación arancelaria a la DGA.Grupo Técnico de Apoyo: Grupo de expertos del SNA conformado para resolver los casos de clasificación arancelaria.Mercancía: Producto, manufactura o bien corporal mueble, sujeto a comercio internacional.Merceología: Ciencia que estudia la naturaleza u origen, composición, función, modo de obtención, transformación, elaboración, uso y presentación de todas las mercancías, y conforme a ello la determinación de su clasificación en el arancel.Muestra: Porción extraída de una mercancía.Muestreo: Técnica empleada para la extracción de una muestra.Requerimiento para la emisión de Criterio Técnico “Request for Classification Advice”: Formulario establecido por la OMA para la solicitud de criterio sobre clasificación de mercancías.Sistema Informático Laboratorio: Sistema informático utilizado en el Departamento Laboratorio Aduanero, en el cual se registra y se lleva el control de los aduanálisis.Solicitante o interesado: Persona física o jurídica, o institución que requiere un criterio técnico sobre la clasificación arancelaria de una mercancía.

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Capítulo I

Base Legal

1º) Ley Nº 8360 de fecha de fecha 24 de junio de 2003, “ Segundo Protocolo de Modificación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano”.

2º) Decreto No. 31536-COMEX-H de fecha 24 de noviembre de 2003, “Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano”.

3º) Artículos 6, 9, 11, 85 y 272 de la Ley No. 7557 de fecha 20 de octubre de 1995, “Ley General de Aduanas” y sus reformas.

4º) Artículos 6, 7, 18, 18 bis, 21, 21 bis, 30, 30 bis y 255 del Decreto Ejecutivo No. 25270-H de fecha 14 de junio de 1996, “Reglamento a la Ley General de Aduanas” y sus reformas.

5º) Artículos 4, 256 numeral 1) 258, 269, 302 numeral 1), 303 de la Ley Nº 6227 de fecha 02 de mayo de 1978, “Ley General de la Administración Pública” y sus reformas.

6º) Oficio DN-1409-2010 de fecha 16 de setiembre de 2010, el cual aclara que el Laboratorio Aduanero está facultado para emitir criterios sobre la clasificación arancelaria de las mercancías.

Capítulo II

Procedimiento ComúnPara la solicitud presentada por interesados para la emisión de

criterios técnicos arancelarios con o sin aduanálisis por parte de la Autoridad Aduanera, se seguirá el siguiente procedimiento común, sin perjuicio de los procedimientos especiales que posteriormente se prevean para determinadas situaciones operativas o técnicas.

I. Políticas Generales1º) Las solicitudes de criterios técnicos sobre clasificación

arancelaria, se pueden realizar vía electrónica, mediante el formulario “Solicitud de Criterio Técnico”, el cual se debe completar siguiendo sus instrucciones de llenado.

2º) El solicitante debe enviar vía correo electrónico, al DTA o al DLA, según corresponda, el formulario de “Solicitud de Criterio Técnico”, así como los documentos e información técnica que identifique y describa la mercancía. La documentación debe ser remitida en formato PDF. En caso que la documentación no se pueda enviar de forma electrónica, se puede entregar físicamente en el departamento que corresponda.

3º) El DTA es el encargado de resolver las solicitudes de criterio técnico sobre la clasificación arancelaria de mercancías cuyas características propias no requieran de un análisis fisicoquímico (análisis por función) y el DLA resuelve las que requieran de un análisis fisicoquímico (análisis por composición). La dirección de correo electrónico disponible para la recepción de solicitudes por parte del DTA es [email protected] y la del DLA es [email protected].

4º) Una vez que el DTA recibe las solicitudes de criterio técnico, envía al interesado un correo de respuesta confirmando el recibido del formulario y se le da a conocer el número de criterio asignado a la solicitud siempre y cuando no requiera muestra o documentos extra, según el tipo de mercancía a analizar. En el caso que se requiera mas información o muestra de la mercancía, se le solicita por ese medio, y una vez recibido se le asigna número de criterio a la solicitud.

5º) Cuando se requiere criterio del DLA, en todos los casos deberá presentarse la muestra, adjuntando copia de la solicitud electrónica y documentación relacionada con la mercancía.

6º) La presentación de las muestras ante el departamento que corresponda, se debe entregar en la forma y cantidad mínima según lo establece el Manual de Toma de Muestras.

7º) Cuando el interesado se apersone en el DLA para la entrega de la muestra, debe presentar el comprobante del pago previo establecido para la emisión del aduanálisis, a través de un entero a favor de Gobierno, pagadero en cualquier banco autorizado.

8º) Si posterior al recibo de la solicitud de criterio y/o del estudio del caso, se requiere alguna información adicional para emitir el criterio técnico, se solicita vía correo electrónico la información, otorgándole al interesado un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, para el cumplimiento del requerimiento. De no cumplirse con lo requerido se procede al archivo de la solicitud del Criterio Técnico y se le envía al interesado un oficio manifestando las razones que motivaron tal acto.

9º) El analista se debe basar en los manuales de procedimientos internos del departamento para la emisión de criterios técnicos, y puede recabar información proveniente de cualquier medio fehaciente, con el objetivo de resolver el criterio.

10º) El plazo para la entrega del Criterio Técnico es de 10 días hábiles, y éste corre a partir del día hábil siguiente de la asignación de número de solicitud. No obstante, según el tipo de análisis, pruebas o volumen de trabajo, el plazo puede ampliarse hasta 20 días hábiles.

11º) Tratándose de casos complejos, el plazo de entrega del criterio se define según el proceso requerido a seguir, lo cual debe justificar el Jefe de Departamento de forma técnica y razonable al usuario con copia al Director del Área.

12º) Tanto el DTA como el DLA llevarán un registro electrónico para asignar un consecutivo de numeración único para las Solicitudes de Criterio Técnico que recibe cada departamento. Tal registro debe contener al menos número de consecutivo (DTA-año-consecutivo / DLA-año-consecutivo), nombre del Solicitante, tipo de mercancía, fecha de recepción de la solicitud, analista asignado, plazo para resolución, número de criterio definitivo asignado. El consecutivo corresponde al número de Criterio entregado al interesado.

13º) Las muestras proporcionadas por el interesado se deben custodiar en una bodega destinada exclusivamente para tal fin, la cual debe contar con estantes y espacios adecuados para el acomodo de las muestras y con un refrigerador para guardar las que así lo requieren. Las muestras se deben identificar con el número de solicitud asignado y fecha de recepción.

14º) Una vez que el criterio técnico se concluye, el departamento correspondiente lo remite al interesado en formato PDF vía correo electrónico, otorgando un plazo de 10 días naturales para el retiro de la muestra que hubiera aportado. En los casos en que no se retire la muestra se procede a su destrucción, lo cual se consigna en un acta.

15º) Cuando la muestra no se devuelve al interesado, ya sea porque fuese perecedera o haya sido consumida en el proceso de análisis, tal hecho se consigna en el criterio técnico.

16º) Los criterios técnicos firmados en original son archivados por el departamento responsable de su emisión. Si el usuario solicita el original, en archivo se dejará una copia.

17º) Cada departamento mantiene una base de datos de los criterios técnicos sobre clasificación arancelaria emitidos. Un extracto de las bases de datos de cada departamento se unifica en un solo documento y se publica en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/Msib21/Espanol/Direccion +General+de+Aduanas/CRITERIOS+ARANCELARIOS+2007.htm. La misma será actualizada al menos mensualmente. Cualquier información referente al importador de la mercancía objeto de análisis o la agencia de aduanas que realizó el trámite de importación, se debe excluir de la base de datos a publicar.

18º) Los criterios técnicos emitidos por el DTA o el DLA únicamente podrán ser objeto de revisión ante el DTA.

19º) La emisión de criterios de clasificación arancelaria de mercancías, en última instancia en caso interposiciones de solicitudes de revisión, le corresponde al DTA, quien podrá recabar información de cualquier fuente fidedigna o expertos disponibles, ello sin detrimento de las facultades del Laboratorio Aduanero para emitir criterios sobre la clasificación arancelaria de mercancías.

20º) Las jefaturas del DTA y el DLA, tomarán las acciones necesarias y permanentes para la retroalimentación e intercambio de información, sobre estudios realizados y criterios emitidos. Al menos mensualmente deberán realizarse reuniones de coordinación.

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21º) Cuando en las reuniones internas para la homologación de criterios, ya sea en el DTA o en el DLA, no se alcance un consenso sobre los criterios de clasificación arancelaria de mercancías, la Jefatura del departamento, envía al Director de Gestión Técnica, en un plazo no mayor de 5 días hábiles después de concluida la reunión donde no hubo consenso, un proyecto de oficio convocando al Grupo Técnico de Apoyo, para resolver en definitiva.

22º) Cuando persista duda al respecto o no se haya alcanzado consenso dentro del Grupo Técnico de Apoyo, se canaliza la consulta a la OMA. Le corresponde en todos los casos al DTA tramitar la consulta, en un plazo no mayor de 10 días hábiles a partir de la fecha de la última minuta a la que corresponde el caso de estudio. Una vez recibida la decisión de la OMA, comunica el resultado final al usuario en un plazo no mayor a 5 días hábiles.

23º) Las consultas a la OMA sobre criterios de clasificación de mercancías, se tramitan mediante el uso del formulario establecido por esa entidad para tal requerimiento y para aquellas consultas relacionadas con asuntos del Sistema Armonizado, a través de oficio preparado por el Departamento de Técnica Aduanera firmado por el Director General de Aduanas.

II. De la Emisión de Criterios Técnicos sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías

Cuando se requiera solicitar un criterio técnico sobre la clasificación arancelaria de mercancías cuyas características propias no requieran de un análisis fisicoquímico (análisis por función de la mercancía) se envía la solicitud al DTA. En el caso que se requiera solicitar un criterio técnico sobre la clasificación arancelaria de mercancías que requiere análisis fisicoquímico (análisis por composición de la mercancía), la solicitud se entrega en el DLA.

1. Solicitud del Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías.A. Actuaciones del Solicitante

1º) Completar el formulario de “Solicitud de Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria” y enviarlo al correo [email protected] o [email protected] según corresponda. Tal documento se encuentra a disposición del usuario de forma digital en el portal del Ministerio de Hacienda en la siguiente dirección: https://www.hacienda.go.cr/Msib21/Espanol /Direccion+General+de+Aduanas/OTROS.htm

2º) El solicitante recibe un correo de confirmación. En el caso que no se requiera muestra o información adicional de la mercancía se da a conocer el número de solicitud asignado. Si requiere más información o muestra se envía correo de confirmación con las instrucciones a seguir.

3º) Cuando el tipo de mercancía no es apta para aportar muestra, el solicitante debe aportar información como catálogos, ficha técnica u otro en la que se especifique completa y claramente la mercancía objeto de consulta.

4º) La documentación solicitada puede ser remitida de forma escaneada, en formato PDF o se entrega de forma física.

5º) En todo caso y sin excepción, para las solicitudes dirigidas al DLA el solicitante debe entregar muestra de la mercancía para la emisión de un criterio técnico con aduanálisis.

6º) Cuando se requiera muestra, la misma se debe aportar en la forma y cantidad mínima que corresponda, conforme el Manual de Toma de Muestras.

7º) En el momento de la entrega de la muestra en el DLA, se debe presentar el comprobante del pago correspondiente al entero de gobierno, pagadero en cualquier banco autorizado.

2. Recepción de Solicitudes de Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de MercancíasA. Actuaciones del funcionario encargado de la

Recepción de Solicitudes1º) Si es recibido por la secretaria se traslada al

coordinador o Jefe.2º) Una vez recibido el correo con la solicitud adjunta

o el impreso, a más tardar el día hábil siguiente, el coordinador o Jefatura, lo asigna al analista. El analista debe analizar el tipo de mercancía del cual se está solicitando un criterio técnico, y en dado caso se le solicita al interesado aportar muestra o cualquier tipo de información que se estime necesario para el estudio.

3º) En casos del DTA, si por el tipo de mercancía no se requiere analizar muestra, puede asignar número de criterio una vez recibida la información como catálogos, ficha técnica u otro en la que se especifique completa y claramente la mercancía. La documentación solicitada puede ser recibida de forma escaneada o física.

4º) Si se requiere muestra, una vez recibida ésta, se asigna número de criterio. Las muestras se deben identificar con la fecha y el número asignado al criterio, y trasladadas al lugar de custodia de muestras, donde permanecen para el momento del estudio.

5º) En el DTA una vez recibidas las solicitudes de criterio, numeradas, fechadas y registradas, se trasladan al coordinador para que mas tardar el día hábil siguiente las asigne entre los colaboradores. En el DLA, la jefatura la traslada directamente al analista correspondiente según organización interna del departamento.

3. Análisis y Emisión de Criterio Técnico sobre Clasificación Arancelaria de Mercancías.3.1 Análisis y Emisión del Criterio por parte del DTA

A. Actuaciones del Coordinador1º) El coordinador revisa las solicitudes y distribuye el

trabajo entre los funcionarios. 2º) Da soporte al funcionario asignado en caso de

requerir asesoría para determinar una clasificación arancelaria.

3º) Supervisa el criterio técnico que determina el funcionario asignado. Cuando no se esté de acuerdo con el criterio propuesto por el funcionario asignado, debe externar las razones justificadas por las cuales se debe modificar el criterio llegando a consenso. En dado caso coordina con la jefatura inmediata para resolver la diferencia de criterios.

4º) Firma en conjunto con el funcionario asignado el criterio técnico que se entrega al interesado.

B. Actuaciones del Analista1º) Para la emisión de la propuesta del criterio técnico

el analista se basa en los manuales internos del DTA.

2º) El proceso de análisis debe comprender una investigación exhaustiva de la mercancía, por ello el analista puede recopilar información fidedigna proveniente de diferentes medios tal como catálogos informativos, fichas técnicas, diccionarios, internet, bases de datos del DTA o el DLA, etc.

3º) En el caso que hubiera análisis de muestra, el analista la toma de la bodega de custodia de muestras y debe regresar la misma a su ubicación, manteniendo la identificación de la misma, para su posterior devolución al interesado.

4º) Una vez realizado el estudio correspondiente, lo firma y transmite al coordinador para ser revisado.

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C. Actuaciones de la Secretaría1º) Mantiene un archivo físico y digital de los

criterios técnicos emitidos firmados, ordenado por numeración consecutiva, fecha y año, con sus respectivos antecedentes y constancia de entrega al interesado.

2º) De forma mensual, los archivos digitales se guardan en discos compactos como respaldo de información.

3.2 Análisis y Emisión del Criterio por parte del DLAA. Actuaciones del Analista

1º) Una vez que el analista recibe la documentación, dispone de un plazo de 10 días hábiles para emitir el aduanálisis. No obstante, de conformidad con la complejidad y el estudio que el caso amerite, puede ampliarse, hasta por el plazo otorgado por el coordinador del área de merceología.

2º) Para la elaboración del aduanálisis el analista se basa en los manuales internos del DLA.

3º) El analista debe realizar las pruebas fisicoquímicas necesarias para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía.

4º) Debe ingresar en el Sistema Informático Laboratorio toda la información derivada de las pruebas fisicoquímicas para obtener como resultado el aduanálisis.

5º) El analista modifica el aduanálisis enviándolo al buzón denominado “merceología” para que la revise el encargado respectivo.

B. Actuaciones del Coordinador del Área de Merceología

1º) El proceso de análisis para la clasificación arancelaria de mercancías debe comprender una investigación exhaustiva de la mercancía, por ello el coordinador, además de basarse en el resultado del Aduanálisis proporcionado por el analista, puede recopilar información fidedigna proveniente de diferentes medios tal como catálogos informativos, fichas técnicas, diccionarios, internet, bases de datos del DTA o el DLA, etc.

2º) Revisa los aduanálisis realizados por el analista, con el fin de que las pruebas fisicoquímicas realizadas estén acorde a la clasificación arancelaria asignada.

3º) En caso de tener observaciones o dudas al respecto, le indicará al analista, para que tome en cuenta dichas sugerencias, pruebas o cambios en el aduanálisis y remitirlo de nuevo para revisión.

4º) Los aduanálisis revisados y aceptados son enviados al buzón del sistema informático denominado “Jefatura”, para que los mismos sean aprobados por la jefatura del DLA.

C. Actuaciones de la Jefatura1º) El jefe del DLA debe revisar los aduanálisis

emitidos que se encuentran notificados en el buzón del sistema informático “jefatura”.

2º) Si tiene observaciones o dudas al respecto, debe remitir el aduanálisis al coordinador del área de merceología para que se tomen en cuenta dichas sugerencias o cambios.

3º) El aduanálisis debe indicar la partida arancelaria, la cual se toma como base para la emisión del criterio técnico.

4º) Los aduanálisis aprobados son enviados al buzón del sistema informático denominado “impresión”.

D. Actuaciones del Funcionario encargado de la Elaboración de Criterio Técnico

1º) Recopila los datos del aduanálisis, emite e imprime el criterio técnico que se enviará al interesado.

2º) Remite el criterio técnico a la jefatura del DLA, con su visto bueno y el del Coordinador.

E. Actuaciones de la Jefatura1º) Firma el criterio técnico y lo remite al funcionario

encargado de enviarlo al interesado4. Entrega del Criterio Técnico sobre Clasificación

Arancelaria de Mercancías al Solicitante.A. Actuaciones del Analista

1º) En el DTA una vez concluido el proceso de análisis y revisión el analista es quien procede a enviar al interesado el criterio técnico, previamente escaneado en formato PDF, vía correo electrónico. En el correo se debe indicar el plazo para apersonarse a retirar la muestra y las consecuencias del no retiro.

B. Actuaciones del Funcionario encargado de la Elaboración de Criterio Técnico

1º) En el DLA el funcionario que elabora el criterio es quien lo envía desde el correo electrónico [email protected] al interesado. En el correo se debe indicar el plazo para apersonarse a retirar la muestra y las consecuencias del no retiro de los mismos.

C. Actuaciones de la Secretaría1º) Cuando el interesado se apersone a retirar la

muestra, se debe guardar respaldo sobre la entrega, por medio de una firma de recibido en el documento que se archivará en el expediente, con el nombre completo de la persona, el numero de cédula y fecha en que está haciendo efectivo el retiro de la muestra. De previo solicita copia de su cédula o documento de identidad, y/o del documento que lo autoriza para el retiro, cuando él no es el interesado directo, mismo que también archivará en el expediente respectivo.

D.- Actuaciones del Solicitante1º) Cuando reciba el criterio técnico vía correo

electrónico, debe apersonarse en el departamento correspondiente con el documento que identifique al solicitante, para el retiro de la muestra.

5. Interposición de una Solicitud de Revisión de un Criterio Técnico Emitido

A. Actuaciones del Interesado1º) Cuando el interesado manifieste disconformidad

con un criterio técnico emitido por el DTA o el DLA, podrá por una única vez, interponer una solicitud de revisión ante el DTA, el cual debe estar fundamentado técnica y legalmente.

2º) La solicitud se debe realizar mediante nota escrita, adjuntado toda la información que la ampare y justifique.

B. Actuaciones del DTA1º) La jefatura del DTA en conjunto con un analista

asignado, procede a contestar al interesado en un plazo no mayor de 10 días hábiles después de recibida la solicitud.

Capítulo IIISolución de Diferencias y Homologación de Criterios Técnicos

en Materia de Clasificación Arancelaria de MercancíasCuando se presenten diferencias de criterios técnicos o dudas

sobre clasificación arancelaria de mercancías, y éstas se encuentren debidamente sustentadas o se trate de casos complejos, se solucionarán conforme los lineamientos expuestos a continuación.

I. De las Reuniones a lo interno del DTA y del DLA1. Reuniones Ordinarias

1º) El DTA y el DLA realizarán al menos una reunión ordinaria de forma mensual a lo interno de cada departamento, la misma estará conformada por el jefe del departamento, el coordinador del área y los funcionarios que colaboran con los estudios y emisión de criterios.

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2º) El jefe del departamento es el responsable de convocar y presidir la reunión. El objetivo es la actualización y conocimiento de nuevos estudios emitidos para la homologación de criterios entre los funcionarios del departamento.

3º) El coordinador debe seleccionar los casos relevantes y le comunicará a los funcionarios encargados de cada caso para que preparen la exposición.

4º) Se levantará una minuta de la reunión ordinaria, incluyendo lista de asistentes, los casos discutidos, los criterios considerados, decisiones finales y se tomará la firma de los presentes. La minuta quedará aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.

2. Reuniones Extraordinarias1º) Cuando haya un caso específico y de carácter urgente

en el que haya diferencia de criterios, el coordinador de área podrá convocar a una reunión extraordinaria a lo interno del departamento.

2º) Las reuniones extraordinarias internas se realizan en los casos que hayan diferencias de criterios, dudas o se tengan estudios complejos sobre la clasificación arancelaria de mercancías. El objetivo de las mismas es contar con espacios de discusión para exponer sugerencias y sustentos técnicos al funcionario que debe emitir un criterio técnico.

3º) El grupo estará conformado por el jefe del departamento, el coordinador, el funcionario interesado del caso específico a discutir y al menos otros dos funcionarios expertos del departamento.

4º) El jefe debe convocar a reunión. El funcionario interesado envía por vía correo electrónico la información respectiva sobre el caso en cuestión a los funcionarios citados, lo cual deberán analizar para el día de la reunión.

5º) La reunión será presidida por el jefe del departamento, en la que el funcionario responsable hará una exposición del caso a discutir, detallando la mercancía en cuestión, la motivación de la diferencia de criterios y base legal, Notas Legales, Notas Explicativas, criterios emitidos si los hay u otros elementos considerados. Posteriormente, cada funcionario de manera ordenada expone su opinión.

6º) Luego de expuesto y discutido el criterio de todos los funcionarios, se tomará una decisión por consenso sobre la clasificación de la mercancía, la que deberá estar debidamente fundamentada y motivada.

7º) El funcionario responsable levantará minuta de los resultados, incluyendo lista de asistentes, el asunto discutido, los criterios considerados, la decisión final y recogerá la firma de los presentes. La minuta queda aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.

8º) Si al finalizar la reunión interna del DTA, persisten dudas o no se alcanza consenso entre los asistentes, la jefatura del departamento puede convocar al DLA para realizar la consulta del caso o prepara para firma del Director de Gestión Técnica oficio con la convocatoria al Grupo Técnico de Apoyo, para resolver las diferencias existentes.

9º) En el caso de las reuniones interna del DLA, si persisten dudas o no se alcanza consenso entre los asistentes, la jefatura del departamento convocará al DTA para consultar sobre el caso.

II. De las Reuniones entre el DTA y el DLA1. Reuniones ordinarias entre el DTA y el DLA para la

Actualización y Conocimiento de Criterios emitidos por ambos departamentos1º) Se realiza al menos una reunión ordinaria de forma

bimensual entre los departamentos de Técnica Aduanera y Laboratorio Aduanero.

2º) El grupo asistente por parte del DTA estará conformado por el jefe del departamento, el coordinador del área y al menos dos funcionarios del departamento. El coordinador se encargará de rotar la asistencia de los funcionarios a tales reuniones.

3º) El grupo asistente por parte del DLA está conformado por el jefe del departamento, el coordinador del área de merceología y los analistas de los casos que se exponen.

4º) El objetivo de la reunión es la actualización y conocimiento de nuevos estudios emitidos. El coordinador de área de cada departamento tiene la responsabilidad de dar a conocer la información recabada en la reunión a los funcionarios que no asistieron a la misma.

5º) Los coordinadores de cada departamento, deben seleccionar y preparar los casos que consideren de importancia, los cuales se exponen en dicha reunión.

6º) Se levanta minuta la reunión efectuada, incluyendo lista de asistentes, casos discutidos, criterios considerados, decisiones finales y se toma la firma de los presentes una vez finalizada la reunión. La minuta queda aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.

2. Reuniones extraordinarias entre el DTA y el DLA para la realización de consultas1º) En los casos que el DTA o el DLA tengan dudas

sobre la correcta clasificación de una mercancía, pueden recurrir a convocar una reunión entre ambos departamentos.

2º) El objetivo de las reuniones entre el DTA y el DLA, es la consulta para la emisión del criterio técnico que se entregará al solicitante.

3º) A la reunión asiste por parte del DTA el coordinador del área y un funcionario experto del departamento; por parte del DLA un funcionario experto según el caso a analizar, la jefatura del departamento o el coordinador del área de merceología.

4º) El funcionario interesado en la convocación de la reunión, debe preparar el memorando para que el jefe del departamento convoque a reunión a los funcionarios de ambos departamentos. El funcionario interesado debe enviar por vía correo electrónico la información respectiva sobre el caso en cuestión a los funcionarios citados, lo cual deberán analizar para el día de la reunión.

5º) La reunión es presidida por el funcionario interesado, hace una exposición del caso a discutir, detallando la mercancía en cuestión, la motivación de la diferencia de criterios y base legal, notas legales, notas explicativas, criterios emitidos si los hay u otros elementos considerados. Posteriormente, cada funcionario de manera ordenada expone su opinión.

6º) El funcionario que preside levanta minuta de los resultados, incluyendo lista de asistentes, el asunto discutido, los criterios considerados, la decisión final y recoge la firma de los presentes. La minuta queda aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.

7º) Si al finalizar la reunión persisten dudas o no se alcanza consenso entre los asistentes, la jefatura del DTA prepara para la firma del Director de Gestión Técnica un oficio convocando al Grupo Técnico de Apoyo, para resolver en definitiva.

III. De las reuniones del Grupo Técnico de Apoyo 1. Reuniones del Grupo Técnico de Apoyo para la

Solución de Diferencias1º) El envío de convocatoria a reunión del Grupo podrán

ser realizadas por cualquier medio que garantice su recibo con prontitud, ya sea correo electrónico, fax o entrega física del oficio de convocatoria. Asimismo, en ella se indicará la fecha, hora y lugar, así como la solicitud de confirmación de asistencia.

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2º) El grupo estará integrado por al menos cinco miembros especialistas permanentes del SNA, y sus correspondientes suplentes.

3º) De ser necesario se puede convocar a la reunión del Grupo Técnico de Apoyo, cualquier otro funcionario del Servicio Nacional de Aduanas o no, para que funja como asesor experto según el tema a analizar.

4º) Los miembros una vez notificados de la reunión, deberán confirmar su asistencia a más tardar al día hábil siguiente después de recibida la convocatoria, excepto que ésta tenga carácter de urgente, cuya confirmación deberá realizarla de forma inmediata.

5º) Si por razones justificadas algún miembro no puede asistir, se lo comunicará de inmediato al Director de Gestión Técnica, para que se convoque un suplente. La comunicación se podrá realizar por correo electrónico o fax o cualquier otro medio que asegure la pronta notificación.

6º) El jefe de cada departamento debe enviar por vía correo electrónico la información respectiva sobre el caso en cuestión a los funcionarios citados, el cual deben analizar para el día de la reunión.

7º) Los miembros convocados, tienen igualdad de participación con voz y voto; designan un coordinador del Grupo, el cual distribuye las funciones entre los demás miembros.

8º) De las reuniones se levanta lista de asistencia y minuta firmada por todos los participantes, en la que se recoge la decisión determinada del grupo por consenso y la recomendación si se considera necesario que se emita directriz o resolución para firma del Director General. La minuta queda aprobada inmediatamente al finalizar la sesión de trabajo.

9º) Determinado por el Grupo que se requiere de mayor información para la toma de una decisión, el coordinador del Grupo debe de inmediato efectuar las acciones necesarias para su obtención, designando entre los miembros del grupo los responsables de recopilar dicha información.

10º) El Grupo cuenta con un plazo de 3 días hábiles para la consecución de información adicional, dejando de inmediato programada fecha de reunión al vencimiento de dicho plazo. Transcurrido el plazo, el Grupo toma en la reunión fijada la decisión que estime mejor acertada.

11º) La toma de decisiones se hace por consenso y debidamente razonada, justificada y fundada técnicamente. De no lograrse consenso, el expediente del caso se traslada a la jefatura del DTA en un plazo no mayor de 2 días hábiles para que prepare consulta a la OMA; dicho expediente contiene la siguiente información:a) la solicitud o (s) de criterio técnico si los hubiere

u oficios de consulta.b) información técnica de la mercancía, catálogo,

análisis de Laboratorio si corresponde, fichas, acta de inspección física, consultas en la Internet, fotografías, panfletos u otro.

c) texto de las partidas estudiadas, Notas Legales y Notas Explicativas consideradas como pertinentes.

d) criterios emitidos por aduanas de otros países, si los hay.

e) cualquier otra documentación que se estime pertinente.

f) Criterio técnico preliminar, con la especificación de la clasificación arancelaria en la posición o posiciones propuestas y su fundamento legal y técnico, así como la evaluación y determinación de si será una solicitud sobre clasificación de mercancías o una consulta aclaración o información sobre clasificación, Notas Legales, texto de partidas u otro.

IV. De las Consultas presentadas ante la OMA1. Consultas presentadas ante la OMA para la Solución

de Diferencias1º) La jefatura del DTA con base en el expediente

recibido por parte del Grupo, prepara para firma del Director General, la consulta que se envía a la OMA en un plazo no mayor de 20 días hábiles.

2º) Si antes del vencimiento de los 20 días hábiles, la jefatura del DTA, no ha podido preparar la consulta ante dicha organización, solicitará al Director de Gestión Técnica una prórroga de 10 días hábiles, con la respectiva justificación. El Director de la DGT deberá responder la solicitud en un plazo de 2 días.

3º) Si la consulta es sobre un criterio de clasificación de mercancías se elabora siguiendo el modelo de formulario establecido por la OMA para tal fin y titulado “REQUEST FOR CLASSIFICATION ADVICE” (Requerimiento para la emisión de clasificación, anexo), en idioma inglés y español y anexando la información técnica o específica de la mercancía en cuestión y si procede muestra. Por el contrario si es una aclaración o petición de información, se prepara el oficio de consulta en idioma inglés y español.

4º) Una vez preparada la consulta respectiva se traslada el expediente al Director General.

5º) Firmada la consulta por el Director, la jefatura del DTA con el apoyo de la Dirección Administrativa de Recursos Humanos, Unidad de Presupuesto, gestionará las acciones administrativas necesarias para que en un plazo de 10 días hábiles, se envié la solicitud a la OMA, ello sin perjuicio de los requisitos presupuestarios y disponibilidad de recursos financieros que puedan ocasionar que el plazo sea mayor.

6º) Recibida la respuesta de la OMA, el DTA en un plazo de 5 días hábiles la analiza, dictamina si recomienda acoger el criterio y prepara directriz o resolución para firma del Director General y su divulgación al Sistema Aduanero Nacional. En caso de no acoger el criterio emitido por la OMA emite criterio fundamentando las razones para apartarse.

7º) Cuando para emitir un criterio, la OMA solicita que se aporte mayor información. Una vez recibida la solicitud, el Director General la traslada en un plazo máximo de 2 días hábiles a la jefatura del DTA, para que prepare lo requerido en un plazo de 10 días hábiles.

8º) Obtenida la información adicional, la jefatura del DTA envía la consulta a la OMA de de acuerdo a lo establecido en el numeral 5 del presente capítulo.

9º) Si por el contrario no fue posible obtener la información requerida por la OMA o no es suficiente, la jefatura gira las instrucciones para resolver el caso a lo interno del DTA ó del DLA, y se emite el criterio técnico dentro del plazo de 5 días hábiles. El expediente del caso debe contener toda la documentación pertinente a la consulta ante la OMA y ser archivado.

2º—Déjese sin efecto la Resolución DGA-484-2008 del 10 de noviembre de 2008, así como su adición realizada mediante la Resolución DGA-015-2009 del 21 de enero de 2009.

3º—Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.4º—Rige 10 días hábiles después de su publicación en el

Diario Oficial La Gaceta.Desiderio Soto Sequeira, Director General.—1 vez.—O. C.

Nº 11502.—Solicitud Nº 09546.—C-377100.—(IN2011007519).

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADRÉGIMEN DE PENSIÓN COMPLEMENTARIA

MODIFICACIÓN CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVOEn acuerdo emitido por la Junta Administrativa del Régimen de

Pensión Complementaria del Instituto Costarricense de Electricidad en sesión 225, celebrada el 09 de diciembre del 2010, se aprobó la modificación al artículo décimo segundo del Código de Gobierno Corporativo, el cual está disponible en la página Web del Fondo de Garantías y Ahorro http://fga.infocom.ice/Décimo segundo: Comités de Apoyo.

La Junta Administrativa debe establecer los Comités de Apoyo que se requieran para la ejecución de las operaciones del Régimen de Pensiones, la observancia de las normativas aplicables y el ejercicio de las normas de Gobierno Corporativo.

1. Al menos dos miembros de la Junta Administrativa serán miembros de cada uno de los comités que se conformen; entre ellos se repartirá la presidencia y la secretaría del comité.

2. Los directores miembros de cada comité en las sesiones de Junta Administrativa, no podrán votar aquellos temas que se trasladen de s respectivos comités a las sesiones de la Junta Administrativa para conocimiento y/o aprobación.

3. El Director Ejecutivo del Régimen, podrá participar en las sesiones de los distintos comités, con voz pero sin voto.

Idoneidad de miembros de Comités y Unidades de Apoyo.Los miembros de Comités o Unidades de Apoyo deben contar

con los requisitos indicados en el Código de Gobierno Corporativo y las obligaciones establecidas en el artículo Tercero: Ámbito de Aplicación y los artículos Nº 3, 4 y 6, así como con las disposiciones del Reglamento de Gobierno Corporativo y cualquier otro requisito de acuerdo con la normativa regulatoria aplicable y con los requisitos aprobados por la Junta Administrativa, y deberán rendir la declaración establecida.

Si un miembro no cumple con los requisitos de idoneidad exigidos en la normativa vigente o en las políticas internas del Régimen de Pensiones, se debe proceder con su sustitución, según los lineamientos establecidos.Auditoría Interna

Corresponderá a la Auditoría Interna del ICE la supervisión del Régimen. La Auditoría Interna desempeñará sus funciones tomando en cuenta lo siguiente:

Desarrollar y ejecutar un plan anual de trabajo con base en los objetivos y riesgos de la entidad y de acuerdo con las políticas implementadas por la Junta Directiva u órgano equivalente.Establecer políticas y procedimientos para guiar la actividad de la auditoría interna.Informar periódicamente a la Junta Directiva u órgano equivalente sobre el cumplimiento del plan anual de auditoría.Informar a la Junta Directiva u órgano equivalente sobre el estado de los hallazgos comunicados a la administración.Refrendar la información financiera trimestral que la entidad supervisada remita al órgano supervisor correspondiente.Evaluar la suficiencia y validez de los sistemas de control interno implementados que involucran las transacciones relevantes de la entidad, acatando las normas y procedimientos de aceptación general y regulaciones específicas que rigen a esta área.Evaluar el cumplimiento del marco legal y normativo vigente aplicable a la entidad. En el caso de las entidades supervisadas por SUPEN estas funciones deben ser realizadas por el contralor normativo.Mantener a disposición del órgano supervisor correspondiente, los informes y papeles de trabajo preparados sobre todos los estudios realizados.Evaluar el cumplimiento de los procedimientos y políticas para la identificación de al menos, los riesgos de crédito, legal, liquidez, mercado, operativo y reputación.

Evaluar la idoneidad, suficiencia y cumplimiento de los procedimientos y políticas de las principales operaciones en función de los riesgos indicados en el literal anterior, incluyendo las transacciones que por su naturaleza se presentan fuera de balance, así como presentar las recomendaciones de mejora, cuando corresponda.Junta Administrativa.—Juanita Castillo Venegas, Secretaria.—1

vez.—O. C. Nº 15137.—C-28165.—(IN2011009529).

RÉGIMEN DE GARANTÍAS Y AHORROREGLAMENTO DEL FONDO MUTUALISTA

En acuerdo emitido por el Consejo Directivo del Instituto Costarricense de Electricidad, en sesión 5934, celebrada el 11 de enero del 2011, se aprobó el Reglamento del Fondo Mutualista, el cual dice:

CAPITULO IAlcances y Definiciones

Artículo 1º—Alcances.El presente reglamento norma la Administración del Fondo

de Mutualidad del Fondo de Garantías y Ahorro, que establece un sistema de cancelación de saldos deudores de las operaciones de crédito personal e hipotecario de trabajadores que fallecen con deudas activas.

Artículo 2º—DefinicionesPara los efectos de aplicación e interpretación de este

Reglamento, se definen los siguientes términos: Consejo o Junta Directiva: Consejo Directivo del Instituto

Costarricense de Electricidad.Dirección Ejecutiva: Es el jefe del personal del Fondo

de Garantías y Ahorro, y tendrá las siguientes funciones: Será el administrador general y le corresponderá ejecutar los acuerdos de la Junta Administrativa. Como director ejecutivo, formulará los planes de organización interna y funcional y los programas de trabajo. Será responsable ante la Junta Administrativa de la correcta administración del Fondo de Mutualidad y de la óptima prestación de los servicios del Fondo de Garantías y Ahorro.

FGA: Fondo de Garantías y Ahorro de los Empleados Permanentes del Instituto Costarricense de Electricidad.

Fondo: Fondo de Mutualidad para Cancelación de Saldos de Préstamos de los miembros que fallecen.

ICE: Instituto Costarricense de Electricidad.Junta: Junta Administrativa del Fondo de Garantías y Ahorro.

Es un órgano colegiado de conformación bipartita y paritaria con representantes del ICE nombrados por el Consejo Directivo y de los Trabajadores y es la máxima autoridad dentro del Fondo de Mutualidad y sus acuerdos, decisiones y resoluciones deben ser ejecutados por la Dirección Ejecutiva y por la Administración del Fondo.

Causahabientes: Son los beneficiarios que un prestatario del Fondo de Garantías y Ahorro, haya designado en caso de su muerte.

CAPITULO IICreación y Objetivo

Artículo 3º—CreaciónSe crea el Fondo de Mutualidad de los trabajadores del

Instituto Costarricense de Electricidad para establecer un sistema de cancelación de saldos deudores de las operaciones de crédito personal e hipotecario de trabajadores que fallecen con deudas activas por los que ya habían pagado la prima de cobertura correspondiente.

Artículo 4º—ObjetivoEl Fondo de Mutualidad tiene la finalidad de establecer

primas de cobertura de saldos deudores, para favorecer una sana administración del servicio crediticio del FGA y una pronta recuperación de los saldos de las operaciones activas, cuando un trabajador fallece.

Artículo 5º—CoberturaTodo prestatario y ex empleado cuyas operaciones crediticias

hayan cotizado para el Fondo de Mutualidad, recibirá la cobertura de este Fondo en caso de fallecimiento. Solo se le dará cobertura o se cancelará el saldo que al momento de fallecer se encuentre al día tanto del pago de las cuotas correspondientes por concepto de amortización e intereses de los créditos. En caso de que el prestatario

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escoja pagar la prima diferida, el monto de cancelación debe cobrarse conjuntamente con la cuota de amortización e intereses. Para que se conceda el beneficio prometido de Fondo de Mutualidad es requisito que el afiliado o beneficiario o causahabiente haya cancelado la totalidad de lo adeudado por la prima diferida y por cuotas de amortización e intereses en caso de que deba algunas cuotas.

Artículo 6º—Recursos del FondoEl Fondo de Mutualidad estará constituido por las reservas

existentes para la cobertura de créditos, los intereses de las inversiones de dichas reservas, las primas pagadas de los créditos aprobados y cualquier otro aporte adicional que la Junta Administrativa desee incorporar para su sostenibilidad financiera y actuarial.

Artículo 7º—BeneficiosAl ocurrir el fallecimiento de un prestatario y ex empleado

del Fondo de Mutualidad, le serán cancelados en su totalidad los saldos de los préstamos para los cuales haya cancelado las primas para cobertura, sin perjuicio de los derechos que le quedan a sus causahabientes por concepto de sus aportes personales y los aportes correspondientes del I.C.E. y previa deducción de alguna obligación por el pago de prima que tuviera pendiente con el sistema mutualidad cuando la prima se pague en cuotas mensuales, por un plazo determinado por la Junta Administrativa.

CAPITULO IIIFinanciamiento

Artículo 8º—Financiamiento de los beneficios del FondoPara el financiamiento de los beneficios prometidos y

estipulados en este Reglamento, se utilizarán los siguientes ingresos:A. El monto de la prima será fijado por la Junta Administrativa

con fundamento en los estudios actuariales que deben realizarse periódicamente. Se establecerá de acuerdo con las posibilidades financieras y actuariales del régimen y según las recomendaciones técnico-actuariales, estudios que deben tomar en cuenta el nivel de las reservas actuariales, la política de inversiones y cualquier otro elemento que ayude a realizar las cuantificaciones de primas que deben cobrarse a los beneficiarios, según las generaciones de trabajadores a que corresponda.

B. En caso de que la Junta Administrativa lo considere necesario, previo a la distribución de intereses del Régimen de Garantías y Ahorros, deberá deducir el monto correspondiente para trasladarlo al Fondo de Mutualidad, con el exclusivo propósito de fortalecer las reservas, buscando bajar razonablemente la prima a cobrar a los trabajadores, para los efectos de la cobertura del sistema del Fondo de Mutualidad.

Artículo 9º—Pago de la primaLa Junta Administrativa, con fundamento en las evaluaciones

actuariales, establecerá las diferentes opciones de pago, tales como una prima única para cada tipo de crédito personal e hipotecario o cancelación de la prima diferida en forma mensual que deberá estar incluida junto a la cuota de amortización e intereses del principal, por el plazo que la Junta Administrativa establezca, el cual no puede ser superior a 5 años.

Para que se conceda el beneficio prometido de Fondo de Mutualidad es requisito que el afiliado o beneficiario o causahabiente haya cancelado la totalidad de lo adeudado por la prima diferida. En caso de que el prestatario escoja cancelar la prima en forma diferida, este monto debe quedar incluido como parte de la deuda en los documentos de garantía sea fiduciaria o hipotecaria o de otra naturaleza.

Artículo 10.—Método de Costo ActuarialSe definen las siguientes reglas técnicas para la realización de

los estudios actuariales para el Fondo de Mutualidad, con el objetivo de mantener coherencia y consistencia técnica a futuro.

10.1. Decrementos de las Poblaciones de Préstamos (Bases Biométricas)

Se debe asumir que los decrementos del grupo de “Préstamos Personales” se deben a la contingencia de muerte; y que los decrementos del grupo de “Préstamos para Vivienda” se deben a las contingencias de muerte.

Deben tomarse en cuenta las fuentes y las tablas utilizadas, para representar la probabilidad del decremento mencionado.

Decremento por mortalidad. Se debe asumir que la probabilidad de muerte depende básicamente de dos factores: sexo y edad. Las tablas de mortalidad a utilizar, serán las “Tablas de Mortalidad” tomadas del Reglamento de Tablas de Mortalidad de la Superintendencia de Pensiones.

10.2. La Tasa de Interés ActuarialLa tasa de interés que se asuma en los cálculos actuariales

de valor presente en términos generales, debe consistir básicamente de tres componentes: la tasa real de retorno, la tasa de inflación esperada y el valor del riesgo tomado en las inversiones.

10.3. Egresos versus Gastos del RégimenEn general los planes de cancelaciones por Mutualidad,

además de egresos, tienen gastos que pueden ser clasificados como: De desarrollo, Legales, Actuariales, Financiero y Administrativos. En el Fondo Mutualista, se asumirá que estos gastos serán asumidos por el ICE, Institución independiente al Fondo.

Los resultados de las valuaciones actuariales que se presentan, se incluyen tan sólo los egresos por beneficios; por lo tanto, no se deben incluir los gastos antes citados.

10.4. Cálculos que deben realizarse: Tipos de cálculo, Balance Actuarial, Forma de Cálculo

a) Tipos de cálculo actuarial: Los cálculos actuariales a realizar en un estudio actuarial, son de dos tipos:

1. Valoración del pasivo actuarial, creado por una promesa de beneficios en una unidad monetaria. Se refiere al cálculo de la reserva actuarial o valor presente (expresado en colones) de los futuros beneficios prometidos.

2. Estimación de la prima única, expresada como un porcentaje de una unidad de exposición al riesgo, necesaria para financiar una promesa de beneficios. Se refiere al cálculo de la tasa técnico-actuarial o valor presente, expresado como porcentaje de los montos de saldos de los préstamos, a la fecha escogida de los futuros beneficios prometidos.

b) Balance ActuarialDicho balance es un documento que muestra a una cierta

fecha, la desviación probable respecto al punto de equilibrio financiero del Plan. Como forma de comprobación de equilibrio o desequilibrio financiero-actuarial, que sirva para mostrar la suficiencia o insuficiencia de los recursos establecidos para satisfacer los beneficios prometidos, bajo distintas premisas de captación de recursos.

c) Forma de cálculo y variables que afectan el resultadoEn términos generales, el valor presente de un beneficio

prometido tendrá la siguiente forma: Probabilidad de la contingencia multiplicada por el Pago del Beneficio Prometido, multiplicada por el Descuento a Valor presente.

1. La probabilidad de ocurrencia de la contingencia cubierta en un determinado año depende de:

a. Las contingencias que cubre sólo mortalidad b. El sexo de la persona protegida, pues generalmente el hombre

tiene mayor probabilidad de morir que la mujer del ICE.c. La edad de la persona (en general, entre mayor la edad de la

persona, mayor la probabilidad de muerte)2. El monto del Pago del Beneficio Prometido en el año

determinado, depende de:a. Monto del saldo en ese año determinado, a su vez del monto

inicial del préstamo, el interés pactado y el plazo pactado.b. Número de años y del tipo de préstamo cubierto: personal o

hipotecario de vivienda.3. El descuento del pago a finales del año determinado a valor

presente, depende de:a. Interés actuarial del cálculo: a mayor interés actuarial, mayor

el descuento financiero y menor el valor presente actuarial.b. El tiempo de descuento en un determinado año, pues a mayor

o más lejano ese año, mayor el descuento financiero y menor el valor presente actuarial.

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Artículo 11.—Aspectos ContablesLos registros contables deben al menos regirse por los

siguientes puntos:A. Deben establecerse y cuantificarse las reservas actuariales,

como cálculo matemático del valor presente de los beneficios prometidos por el Fondo de Mutualidad, a los préstamos otorgados en curso de pago.

B. Deben establecerse, al menos, dos reservas actuariales:a. Reserva actuarial de crédito hipotecario yb. Reserva Actuarial de Crédito PersonalDeben realizarse, después de cada estudio actuarial, los ajustes correspondientes a cada una de las reservas actuariales que se llegaren a establecer e introducirlas en el Balance de Situación.

C. El Fondo de Mutualidad deberá llevar los registros contables correspondientes y al momento de fallecer un prestatario del Fondo, se trasladará la suma correspondiente por principal e intereses al Fondo de Garantías y Ahorro, con lo que se saldarán las operaciones crediticias.

D. La Contabilidad se regirá por las técnicas más actualizadas en estos campos y su manejo será independiente de las otras actividades del Fondo de Garantías y Ahorro y del I.C.E. El sistema contable deberá incluir cuentas separadas, para las reservas indicadas.

Artículo 12.—Política de Inversión de Fondos y ControlLa política de inversión de las reservas, sus rendimientos e

ingresos corrientes será dirigida por la Junta Administrativa para garantizar el rendimiento deseado, tomando en cuenta los estudios actuariales realizados.

Todas las inversiones que se realicen de las reservas, deben realizarse con garantías satisfactorias y con las tasas de interés suficientes, para garantizar las rentabilidades que señalen los estudios actuariales. Los productos obtenidos, pasarán a engrosar las mismas reservas del Fondo de Mutualidad.

Las inversiones serán controladas mediante los sistemas y procedimientos operativos que tiene el Régimen de Garantías y Ahorro, para la administración de préstamos.

Los recursos de este Fondo podrán ser invertidos por resolución de la Junta Administrativa, en cualquiera de las siguientes actividades financieras:

a. Depósitos a la vista o a plazo o cualquier título valor, en cualquiera de los Bancos del Sistema Bancario Costarricense.

b. En instrumentos negociables en el mercado de valoresc. Préstamos a los trabajadores miembros del FGA a través

de las colocaciones que hace el Fondo del Garantías y Ahorro, rindiendo la tasa de interés establecida por la Junta Administrativa, habiendo tomado en cuenta el estudio actuarial vigente.

d. Acuerdo de inversión con el ICE cuando sea de conveniencia y beneficio, para los intereses del Fondo de Mutualidad tomando en cuenta los procedimientos para inversiones en el ICE, de acuerdo con las políticas para la aplicación de los artículos 31 y 32 de la Ley 8660.Artículo 13.—Balance ActuarialEl Fondo de Mutualidad deberá ser evaluado actuarialmente

cada dos años, a fin de garantizar la sostenibilidad del beneficio en el largo plazo. Lo anterior, sin perjuicio de que otros estudios puedan efectuarse, cuando la Junta Administrativa lo considere conveniente.

La realización de los estudios actuariales del Fondo de Mutualidad será necesario a efectos de establecer un juicio técnico, objetivo e independiente, sobre la situación financiera, para dar un adecuado ordenamiento financiero-actuarial y una definición matemático-actuarial apropiada y conveniente al Fondo.

Artículo 14.—Aspectos no regulados en este ReglamentoLa Junta Administrativa, resolverá cualquier asunto relativo

al Fondo de Mutualidad no prevista en las disposiciones anteriores, atendiendo los propósitos y filosofía de este beneficio y deberá fundamentar cualquier medida en aspectos de equilibrio financiero y actuarial, beneficio a los trabajadores y de sana política de administración de los recursos.

San José, 28 de enero del 2011.—Gestión Empresarial.—Sr. Osvaldo Castro Láscares, Coordinador.—1 vez.—O. C. Nº 15137.—C-86600.—(IN2011009531).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICAEn relación con la Orden de Compra N° 2011011666 del 13

de enero del 2011, correspondiente a la publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la variación de la tasa básica, me permito solicitarle publicar la siguiente información:Se comunica que la tasa básica que rige a partir del 27 de

enero del 2011 y hasta nuevo aviso es: 7,75%.1º de febrero del 2011.—División Económica.—Roger

Madrigal López, Director.—1 vez.—O. C. Nº 11666.—Solicitud Nº 12-2011.—C-3150.—(IN2011009441).

SUPERINTENDENCIA DE PENSIONESSP-A-147-2011

Superintendencia de Pensiones, Despacho del Superintendente, al ser las dieciséis horas del día siete de febrero del dos mil once.

Considerando que,1º—El artículo 3 de la LeyN° 7983, Ley deProtección al

Trabajador, establece que todo patrono, público o privado, aportará a un fondo de capitalización laboral (FCL) un tres por ciento (3%) calculado sobre el salario mensual del trabajador, durante el tiempo que se mantenga la relación de trabajo y sin límite de años.

2º—El inciso c) del artículo 6 de la ley antes citada, dispone que el trabajador tendrá derecho a retirar los ahorros laborales acumulados a su favor cuando haya mantenido una relación de trabajo con el mismo patrono durante, al menos, cinco años.

3º—El artículo 33 de la LeyN°7523,RégimenPrivadodePensionesComplementarias, establece que la Superintendencia de Pensiones autorizará, regulará, supervisará y fiscalizará los planes, fondos y regímenes contemplados en esta ley, así como aquellos que le sean encomendados en virtud de otras leyes, y la actividad de las operadoras de pensiones, de los entes autorizados para administrar los fondos de capitalización laboral y de las personas físicas o jurídicas que intervengan, directa o indirectamente, en los actos o contratos relacionados con las disposiciones de esta ley.

4º—La Superintendencia de Pensiones, mediante oficioSP-407del28defebrerode2006, determinó las condiciones que deben seguirse para proceder con los retiros producto del cumplimiento del quinquenio, caso de fusiones, cambios de razón social o traslados de los trabajadores entre empresas de un mismo grupo económico o financiero.

5º—Por medio del oficio SP-586del23demarzo2006, con el propósito de confirmar la continuidad de la relación laboral, la Superintendencia de Pensiones instruyó a las entidades autorizadas para que, en caso de que el afiliado hubiere realizado el retiro de recursos en su cuenta por extinción de la relación de trabajo, este último no pudiera retirar los recursos por cumplimiento del quinquenio.

6º—En protección de los afiliados, debe actualizarse y ajustarse la regulación relativa a la forma en que las entidades autorizadas deben tramitar y realizar la entrega de los recursos acumulados en las cuentas del Fondo de Capitalización Laboral. Por tanto,

1º—Monto disponible para el retiro. El monto disponible para retiro por concepto de cumplimiento de quinquenio estará conformado por:

a) El saldo acumulado por los afiliados en las cuentas del Fondo de Capitalización Laboral (FCL), al último día del mes en que se cumplan cinco años continuos de relación laboral con el mismo patrono, una vez deducido lo correspondiente al Régimen Obligatorio de Pensiones, según estipula el artículo 3 de la LeydeProtecciónalTrabajador.

b) Los montos correspondientes a aportes que hayan ingresado al sistema dentro del período indicado en el inciso a) anterior, pero que no hayan sido imputados en las cuentas individuales de los afiliados.

c) Los rendimientos, menos las comisiones, que generen los recursos indicados en el inciso a), con posterioridad a la fecha de cumplimiento de los requisitos.

La Gaceta Nº 39 — Jueves 24 de febrero del 2011 Pág 35

2º—Forma de cálculo del monto a entregar. El monto a entregar a los afiliados corresponderá al saldo en cuotas de las sumas indicadas en el inciso a) del artículo anterior, menos la cantidad proporcional de cuotas por comisión sobre saldo a la fecha de liquidación, multiplicado por el valor cuota del día inmediato anterior a esa fecha.

Para la determinación del monto indicado en el inciso b), se aplicará el mismo mecanismo.

3º—Acceso a los recursos del FCL por cumplimiento de quinquenio. Todo afiliado al Fondo de Capitalización Laboral, para poder acceder a sus recursos acumulados, deberá presentar una solicitud formal de retiro ante la entidad que administra sus recursos.

4º—Información mínima de la solicitud de retiro de recursos. Toda solicitud de retiro deberá contener la siguiente información mínima:

a. Nombre de la entidad autorizada (Razón social). b. Número y consecutivo único de solicitud.c. Fecha recibo de la solicitud.d. Nombre completo del afiliado solicitante.e. Tipo y número de identificación del solicitante (cédula de

identidad o número de asegurado).f. Números telefónicos del afiliado.g. Correo electrónico del afiliado, si dispusiere de uno.h. Dirección del afiliado (provincia, cantón distrito y otras

señas).i. Nombre del patrono del afiliado.j. Número de patrono actual, según orden patronal.k. Desglose del monto a retirar, conforme a lo indicado en

artículo octavo de este acuerdo.l. Medio de pago por el cual desea recibir los recursos, así como

los datos requeridos de acuerdo con el medio elegido, según artículo décimo.

m. Dirección o medio para que el afiliado reciba comunicaciones.n. Nombre del funcionario que recibió la solicitud.

En caso de que la solicitud sea presentada por un apoderado especial deberá adjuntarse a la misma el documento en donde conste el mandato. Tratándose de poderes generales o generalísimos deberá aportarse certificación original del Registro Público Nacional o Notario Público en donde conste el mismo, así como las limitaciones de su ejercicio, si las tuviere. Dichos documentos deberán quedar bajo custodia durante el plazo establecido en el artículo sexto.

5º—Controles operativos. Es responsabilidad de las entidades autorizadas tramitar aquellas solicitudes que hayan cumplido con los requisitos mínimos indicados en el artículo anterior.

Adicionalmente, deberán contar con las herramientas y procedimientos necesarios para garantizar, en forma razonable, la seguridad del proceso de retiro, incluyendo los protocolos de seguridad necesarios para el correcto giro de los recursos a sus legítimos titulares.

Las entidades autorizadas deberán establecer, como mínimo, los siguientes controles operativos:

a. Los necesarios para garantizar la trazabilidad de las solicitudes a lo largo de todo el proceso, desde su recepción hasta la entrega de los recursos.

b. La solicitud, así como toda información adicional que acompañe a la misma, deberá mantenerse en el expediente del afiliado, a disposición de este último y de la Superintendencia de Pensiones, por un período mínimo de cinco años.

c. Las solicitudes no podrán ser modificadas una vez que hayan sido recibidas por la entidad autorizada, salvo lo indicado en el artículo décimo cuarto de este acuerdo.6º—Solicitudes de retiro. Las entidades autorizadas podrán

tramitar las solicitudes en base papel o electrónica. Las solicitudes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo cuarto.

No podrán tramitarse solicitudes suscritas por apoderados del trabajador a través de medios electrónicos.

Cualquier otro medio para la recepción de solicitudes, diferente de los indicados en el párrafo primero de este artículo, deberá ser aprobado por la Superintendencia de Pensiones en función de su susceptibilidad para ser objeto de supervisión.

A cada uno de los afiliados que soliciten el retiro de recursos, cualquiera sea el medio utilizado, se les deberá suministrar, en el mismo acto, una copia o comprobante de la solicitud, con indicación del número y consecutivo único, la fecha de recepción y el nombre del funcionario que la recibe cuando, en este último caso, haya sido realizada en base papel.

Cada solicitud deberá contar con un número consecutivo único por medio del cual pueda dársele seguimiento.

7º—Solicitudes anticipadas al cumplimiento del requisito. Las entidades autorizadas podrán recibir solicitudes de retiro hasta seis meses antes de la fecha en que el afiliado cumpla con el requisito de permanencia de cinco años de relación laboral continua con el mismo patrono. Serán de aplicación a este tipo de solicitudes todos los plazos establecidos en el presente Acuerdo.

El afiliado deberá ser informado de que el pago quedará sujeto al cumplimiento de los cinco años de relación laboral ininterrumpida.

8º—Desglose del monto a retirar. El afiliado deberá retirar la totalidad del monto acumulado, según lo dispuesto en artículo primero y segundo de este acuerdo, salvo que destine los recursos, en forma total o parcial, como un aporte extraordinario en las cuentas que posea en el régimen obligatorio o voluntario de pensiones complementarias.

En caso de cumplimiento de dos o más quinquenios, el afiliado solo podrá disponer, ya sea mediante retiro, aportes extraordinarios al régimen obligatorio o voluntario de pensiones complementarias, o una combinación de ambos, según lo establecido en este acuerdo, el monto correspondiente al total de quinquenios acumulados.

Si el afiliado opta por el traslado de los recursos a otro fondo como aporte extraordinario, deberá indicar en la solicitud, en forma expresa, el porcentaje o monto, la entidad que lo administra, así como el número de contrato correspondiente. Este traslado no generará el pago de comisión alguna a cargo de los afiliados.

9º—Trámite de la Solicitud. La entidad autorizada dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles para verificar que la solicitud del afiliado cumple con los requisitos establecidos para hacerle entrega de los recursos. El plazo se contará a partir de la fecha de recibo de la solicitud.

La aceptación o el rechazo de la solicitud, así como los requerimientos de información adicional para resolverla, deberán ser comunicados al afiliado a través de los medios que éste haya designado en la solicitud o en la dirección que haya indicado en la misma. Los requerimientos de información adicional suspenderán el plazo para resolver, situación que, de la misma forma, deberá ser puesta en conocimiento del afiliado. Una vez que el afiliado complete la información, reiniciará el cómputo de plazo.

Si la solicitud de retiro se presenta con posterioridad al cumplimiento del quinquenio, el plazo de diez días hábiles, indicado en este artículo, se contabilizará dentro del plazo de quince días hábiles con que cuenta la entidad autorizada para resolver y entregar los recursos al afiliado, según lo establece el inciso c) del artículo 98 del “Reglamento sobre la apertura y funcionamientodelasentidadesautorizadasyelfuncionamientodelosfondosdepensiones,capitalizaciónlaboralyahorrovoluntarioprevistosenlaLeydeProtecciónalTrabajador”.

10.—Pago de recursos. Para realizar la entrega de los recursos a los afiliados que opten por el retiro de los recursos, las entidades autorizadas deberán poner a disposición de aquellos, al menos, los siguientes medios de pago:

a. Transferencia electrónica a una cuenta del afiliado (cuenta cliente o cuenta bancaria).

b. Pago mediante cheque.Si alguna entidad autorizada opta por medios de pago

distintos a los antes indicados, deberá informarlo anticipadamente a la Superintendencia de Pensiones en un plazo no mayor a un mes natural, contado a partir de la fecha de su implementación, con el propósito de que esta última determine si se trata de un medio que pueda ser objeto de supervisión.

Los recursos deberán entregarse o transferirse al afiliado en la misma moneda del fondo administrado.

No podrá realizarse discriminación alguna entre los afiliados en función del medio de pago que éstos elijan.

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11.—Plazos y condiciones para la entrega o traslado de recursos. Las entidades autorizadas deberán cumplir con las siguientes condiciones y plazos para la entrega o traslado de los recursos:

a. La entrega de los recursos deberá realizarse en un solo tracto o acreditar el aporte extraordinario, dentro del plazo de quince días establecido en el inciso c) del artículo 98 del “Reglamentosobre la apertura y funcionamiento de las entidadesautorizadasyelfuncionamientodelosfondosdepensiones,capitalizaciónlaboralyahorrovoluntarioprevistosenlaLeyde Protección al Trabajador”. El plazo empezará a correr a partir de la fecha de presentación de la solicitud, una vez cumplidos todos los requisitos exigidos, salvo que la solicitud haya sido anticipada, en cuyo caso el plazo correrá a partir de la fecha de cumplimiento del quinquenio.

b. En el evento de que el afiliado opte por realizar un aporte extraordinario en las cuentas del régimen obligatorio o voluntario de pensiones administradas por otra entidad autorizada, la entidad autorizada deberá utilizar el mecanismo de remisión de información y protocolos aplicables a la libre transferencia para el traslado de los recursos. En caso de que la cuenta o cuentas de destino sean administradas por la misma entidad autorizada que administra el Fondo de Capitalización Laboral, el traslado seguirá el trámite establecido para la recepción y acreditación de aportes extraordinarios.12.—Subcontratación de servicios para la entrega del

FCL. Las entidades autorizadas podrán contratar con terceros los servicios que sean necesarios para el proceso de entrega de los recursos.

Todos aquellos contratos que no requieran de la aprobación prevista en el inciso x) del artículo 38 de la ley Nº 7523, RégimenPrivado de Pensiones Complementarias, deberán ser puestos en conocimiento de la Superintendencia de Pensiones en un plazo previo no menor a un mes natural, contado a partir de la implementación de los servicios.

La entidad autorizada será responsable ante el afiliado por todos los daños y perjuicios que se le lleguen a ocasionar a este último con motivo de la ejecución de los contratos de servicio. De igual forma, será responsable ante la Superintendencia de Pensiones de los actos u omisiones llevados a cabo a través de un tercero, según lo establecido en el artículo 57 de la ley N° 7523, Régimen Privado de Pensiones Complementarias.

13.—Deber de información de la entidad. Las entidades autorizadas deberán informar a sus afiliados, oportunamente y como mínimo, de lo que sigue:

a. Los medios dispuestos para la recepción de las solicitudes y la entrega de los recursos.

b. La fecha y lugar en que hará entrega de los recursos al afiliado, cuando corresponda.

c. La etapa del trámite en que se encuentra la solitud de retiro, cuando el afiliado así lo solicite.

d. Cualquier hecho o situación relativa a la solicitud que impida el giro de recursos.Las entidades autorizadas deberán establecer programas de

capacitación para su fuerza de ventas y atención al público referentes a la regulación relacionada con el proceso de retiro de recursos del Fondo de Capitalización Laboral.

14.—Cambios en la solicitud requeridos por el afiliado. Salvo que el afiliado realice una nueva solicitud, en cuyo caso la primera quedará sin efecto y los plazos establecidos empezarán a contar nuevamente, aquel podrá modificar la solicitud cuando los cambios se refieran, exclusivamente, a la distribución de su saldo, según lo estipulado en el artículo octavo, o al medio de pago de los recursos. Lo anterior deberá quedar debidamente documentado en el expediente del afiliado.

La modificación de la solicitud podrá realizarse dentro de un plazo máximo de cinco días, contados a partir del recibo de la solicitud.

15.—Aportes ingresados al sistema con posterioridad al cumplimiento de los requisitos. Los aportes provenientes del mismo patrono, producto de una misma e ininterrumpida relación laboral, que sean distribuidos por el SICERE con posterioridad a la

fecha de cumplimiento de los requisitos establecidos, únicamente podrán ser retirados en el siguiente quinquenio o con motivo de cese de la relación laboral.

No obstante lo anterior, en caso de que, mediante resolución judicial firme, se ordene la reinstalación del afiliado en su puesto de trabajo, éste podrá solicitar el retiro de los recursos acumulados en el Fondo de Capitalización Laboral correspondientes al período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de la reinstalación si, contabilizando este último periodo con el ya cumplido a la fecha de despido, el afiliado cuenta con cinco años de relación continua de trabajo. Ello independientemente de que, con ocasión del despido, haya procedido al retiro de los recursos acumulados en el fondo.

Los rendimientos dejados de percibir por el afiliado bajo ningún concepto podrán asumirse o cargarse al fondo.

16.—Montos no retirados al momento de cumplimiento de los requisitos. Los recursos correspondientes al Fondo de Capitalización Laboral que no hayan sido retirados con motivo del cumplimiento del quinquenio, quedarán disponibles para el afiliado de manera indefinida. Su determinación y entrega se regirá por lo dispuesto en este acuerdo.

17.—Afiliados que retiraron los recursos por cese de la relación laboral. La fecha inicial para la contabilización del quinquenio de los trabajadores que hayan realizado el retiro del Fondo de Capitalización Laboral por rompimiento de la relación laboral, pero que reingresaron a laborar con el mismo patrono, corresponderá al mes del primer aporte recibido con posterioridad a la entrega de recursos.

18.—Traslados entre empresas de un mismo conglomerado empresarial, fusiones y cambios de razón social. Los trabajadores que se encuentren en alguna de las situaciones descritas en este artículo, deberán gestionar con su patrono el suministro de la documentación donde, además de la existencia de una relación ininterrumpida de trabajo por, al menos, cinco años, se acrediten fehacientemente las mismas.

a. Cuando el trabajador se haya trasladado entre empresas de un mismo conglomerado empresarial, sin que haya sido liquidado.

b. Cambios en la razón social del patrono.c. Fusiones.

Será responsabilidad de la entidad autorizada analizar los documentos presentados por el afiliado y verificar que éste cumpla con las causales señaladas por la ley para acceder a los recursos.

19.—Trabajadores del Estado. Para efectos de la entrega de los recursos del Fondo de Capitalización Laboral, con fundamento en el artículo 6, inciso c), de la LeydeProtecciónalTrabajador, los trabajadores del sector público que no hayan retirado los recursos de su cuenta por extinción de la relación laboral y que, además, cuenten con cinco años de servicio ininterrumpido con el Estado, independientemente de la Institución pública estatal en que hayan laborado, podrán retirar los recursos acumulados.

20.—Libre transferencia posterior a la presentación de solicitud. En caso de afiliados que hayan efectuado solicitudes de retiro del Fondo de Capitalización Laboral por cumplimiento de quinquenio y, dentro del plazo establecido para la entrega de los recursos, se hace efectivo el traslado de los mismos a otra entidad autorizada como resultado del ejercicio del derecho a la libre transferencia, este hecho anulará, de forma automática y de pleno derecho, la solicitud de retiro realizada en la entidad de origen. El afiliado deberá, ante esta eventualidad, realizar una nueva solicitud en la entidad de destino de los recursos.

21.—Prohibiciones para las Operadoras. Las entidades autorizadas no podrán:

a. Exigir a los afiliados la apertura de cuentas corrientes o de ahorros en alguna entidad bancaria en particular o, de cualquier forma, condicionar la entrega de los recursos a la adquisición de algún producto de las empresas del grupo o conglomerado financiero al que pertenezca la entidad o de terceros.

b. Cobrar, directa o indirectamente, recargos o comisiones por la entrega de los recursos, aun cuando dicho cobro sea efectuado por las entidades financieras donde los pagos o depósitos se realizan.

c. Transferir los recursos a cuentas cuyo titular no sea el propio afiliado.

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22.—Suministro de información a terceros. De acuerdo a lo establecido en el artículo 42, literal k), de la Ley de Protección al Trabajador, es prohibido que las entidades autorizadas suministren o divulguen información relativa a los afiliados, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa o penal que pueda caberles.

23.—Modificaciones y derogatorias.a. Se modifica el Manual de Información del Régimende Capitalización Individual, en la Tabla 11. Tabla demovimientos de las cuentas de afiliados en el RégimenObligatorio de Pensiones Complementarias y Fondo deCapitalizaciónLaboral,paraqueenadelante,loscódigosdemovimiento A32 y A33, se lean como sigue:

Código movimiento

Descripción Código cuenta relacionada

MOVIMIENTOS DE ENTRADA (código C)

A32Reingreso de recursos al FCL según artículo 6 de la Ley 7983, y que no fueron retirados por el afiliado

04 220 00 00

05 225 00 00

A33Reingreso de recursos al ROP según artículo 22 y Transitorio XVIII de la Ley 7983, y que no fueron retirados por el afiliado.

04 225 00 00

05 230 00 00

b. Se derogan el SP-A-070del19dediciembre2005,elSP-A-072delasoncehorasdeldía23deenerodel2006,yelSP-A-076delasquincehorasdel31demayodel2006.

c. Se dejan sin efecto los oficios SP-270 del 10 de febrero, SP-407 del 28 de febrero, SP-586 del 23 de marzo, y SP-988 del 15 de mayo, todos del año 2006.24.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el diario

oficial La Gaceta.Dr. Édgar Robles Cordero, Superintendente de Pensiones.—1

vez.—O. C. Nº 9261.—C-174870.—(IN2011008988).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICADIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

Capítulo II Del Manual de ComisionesII Servicios de Crédito2.31 Convenios2.31.1 Comisión de formalización para Convenio BNCR-ICEComisión de BNCR-ICE 8.00% por una única vez.

La Uruca, 9 de febrero del 2011.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—O. C. Nº 001-011.—Solicitud Nº 0088.—C-5811.—(IN2011009517).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADCONSEJO DIRECTIVO

Considerando:La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación

forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de servidumbre para el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Frontera Nicaragua-Canas) sobre la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, matrícula 162.579-000, que se describe como terreno de potrero, sita en el distrito 3°, Mogote, del Cantón 4°, Bagaces, de la provincia de Guanacaste; tiene una medida de 38.764 metros con 42 decímetros cuadrados y linda, según el Registro Público, así: norte y este, Constructora Vinqui, sur, Gerardo Bernal Maroto Jiménez, y oeste, Isidro Quirós Delgado. Se identifica en la materialidad por medio del plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número G- 602.855/ 1999

La propietaria de la finca es la señora Lisbeth Raimunda Moreno Peralta, cédula de identidad 5-198-997.

Que a solicitud de la Empresa Propietaria de la Red S. A, se valoró la constitución del derecho de servidumbre en la suma de ¢5.050.060,00 (Cinco millones cincuenta mil sesenta colones sin céntimos) según avalúo Nº 1267 del año 2010.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

Primero: Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢5.050.060,00 (Cinco millones cincuenta mil sesenta colones sin céntimos)

Segundo: De no ser aceptado por el propietario el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre de líneas eléctricas y de paso, sobre una franja de terreno propiedad de Lizbeth Raimunda Moreno Peralta, cédula de identidad 5-0918-0997, con una longitud total de 147,92 metros, medidos por línea de centro y un ancho de 30 metros (15 metros a ambos lados de la línea de centro), para un área total de 4.437,84 metros cuadrados, lo cual corresponde a un 11,44% del área total de la finca.

La servidumbre tiene una figura geométrica irregular y se ubica en la parte central de la finca, con dirección norte-sur.-

La franja de servidumbre ingresa a la finca por el sector norte, colindante con Lizbeth Raimunda Moreno Peralta, con un azimut de 193° 05’ 3”, para salir de la finca con el mismo azimut, por la colindancia sur con Lutdones Sebastián Tardencia.

Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

Tercero: Continúese con los trámites de rigor.Cuarto: Se declara firme el presente acuerdo, tomado en

sesión número 5936, celebrada el 27 de enero del 2011.Quinto: Publíquese en el diario oficial.San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Víctor Julio Cerdas

Fallas, Apoderado Especial Judicial.—1 vez.—(IN2011008934).

RÉGIMEN DE PENSIÓN COMPLEMENTARIAII VERSIÓN DE LA POLÍTICA DE CALIDAD

DEL RÉGIMEN DE PENSIÓN COMPLEMENTARIA DEL ICEEl Régimen de Pensión Complementaria del Instituto

Costarricense de Electricidad ICE, comunica a todos los pensionados/as, beneficiarios/as y trabajadores/as del Instituto, que el día 15 de diciembre del 2010 el Régimen de Pensión Complementaria del ICE fue certificado con la norma INTE 30-01-01-08, la cual busca definir buenas prácticas de inversión y administración de riesgos operativos y financieros de los fondos administrados por las entidades reguladas por la SUPEN e incluir principios de mejoramiento continuo en la gestión de los recursos administrados, según el Art. 52 Reglamento de Inversiones de Entidades Reguladas emitido por CONASIF.

En cumplimiento de lo que exige dicha norma se procede a comunicar a todos los trabajadores/as del ICE la segunda versión de la política de calidad establecida. Información adicional sobre la pensión complementaria en intranet del ICE: http://fga.infocom.ice/ o al teléfono 2220-6347.

San José, 28 de enero del 2011.—Ginnette Soto Castro.—1 vez.—O. C. Nº 15138.—C-8990.—(IN2011009533).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIAPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

EDICTOSSe notifica a cualquier interesado, resolución administrativa

de las diez horas del veintitrés de agosto del dos mil diez, en la cual se dicta Declaratoria Administrativa de Adoptabilidad de la persona menor de edad César Segura Brenes, nacido el siete de julio del año dos mil cinco, inscrito en el registro de nacimiento de la provincia

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de Limón, al tomo trescientos cincuenta y dos, página treinta y siete, asiento setenta y tres. Se advierte que deberán señalar lugar o medio para atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto, o llegare a desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Pueden contar con la asesoría y hacerse representar por un abogado de su elección, así como tener acceso y revisar el expediente administrativo. Procede recurso de apelación el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a partir de la tercera publicación de ésta comunicación, ante la Representación Legal de la Oficina Local de Pococí del Patronato Nacional de la Infancia. Nº 742-00009-2008.—Oficina Local de Talamanca por comisión.—Lic. Socorro Jiménez Palma, Representante Legal.—RP2011220490.—(IN2011008654).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se le comunica al señor Pedro Juan Martínez García que en la oficina local del P.A.N.I. en Los Chiles se dictó resolución de las quince horas cincuenta minutos del seis de enero de dos mil once, mediante la cual se dispuso Medidas de Protección en Sede Administrativa de Cuido Provisional a favor de la niña Y.C.M.C, se le concede al interesado un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación. Debe señalar medio o lugar donde recibir notificaciones. Exp. 242-0038-2009.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—(IN2011009003).

Se le comunica a la señora Luisa Suárez Robletos que en la oficina local del P.A.N.I. en Los Chiles se dictó resolución de las once horas cincuenta y dos minutos del seis de enero de dos mil once, mediante la cual se dispuso Medidas de Protección en Sede Administrativa de Cuido Provisional en el Hogar de la señora Ramona Cabrera Rodríguez a favor de la persona menor de edad J.D.S.R., se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar medio donde recibir notificaciones. Exp. 242-0008-2010.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—(IN2011009005).

A Juan Ramón Gaitán Cantillano y Alicia Adelaida García se les comunica la resolución administrativa de las ocho horas del veintidós de diciembre del dos mil diez que ordenó medida de protección de formación a su hija Meybin Gaitán García, quien permanece en Posada de Belén. Plazo para interponer el recurso de apelación tres días hábiles a partir de la tercera publicación de este aviso.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Gabriela Salazar Calderón, Representante Legal.—(IN2011009009).

A la señora Zaida Barrientos Elizondo, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas del veintinueve de noviembre del dos mil diez, que dicta medida de protección de cuido provisional, en beneficio de la persona menor de edad Leslie y Mirian Ruiz Barrientos, bajo responsabilidad de la señora Miriam Pérez Segura, además se ordenó tramitar proceso judicial correspondiente a fin de ordenar el depósito en vía judicial de la niña con la señora Pérez Segura. Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI 116-00352-00.—Oficina Local de Alajuelita, febrero del 2011.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—(IN2011009010).

Al señor Rogelio Castillo Cancio, se le notifica que mediante resolución de las once horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se resolvió: Se ordeno el cuido provisional de la persona menor de edad: Génesis Daniela Zeledón Mondragón y Jocsan Adolfo Castilo

Zeledón, bajo cuidados y responsabilidad de la señora María de los Ángeles Mondragón Vargas, cédula 6-119-256, por un plazo máximo de seis meses. Mientras no se revoque en vía administrativa o judicial. Lo anterior mientras se profundiza en la investigación psico-social y legal. Se ordenó proceder a presentar el proceso judicial correspondiente ante el Juzgado de Niñez y Adolescencia a la mayor brevedad posible. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Exp. 115-0044-09.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—(IN2011009012).

Se le comunica al señor Roy Lester Koyama, la resolución del Departamento de Atención Integral de las diecinueve horas del treinta y uno de enero del dos mil once, mediante la cual se dictó Medida de Protección de Abrigo Temporal contemplada en el inciso g) del artículo 135 del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona menor de edad, Emily Alina Koyama. El plazo de la medida será hasta por seis meses. Se le hace saber que debe señalar un medio para recibir notificaciones. Además, que contra la presente resolución, procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, ante la Oficina de Asesoría Jurídica o bien ante la Presidencia Ejecutiva. Corresponde a esa instancia jerárquica resolver el recurso interpuesto. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.—Departamento de Atención Integral.—Lic. Anargerie Alvarado Ulloa, Representante Legal.—(IN2011009126).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

Avisa que el índice de Precios al Consumidor (IPC), Base julio 2006 correspondiente a enero 2011 es de 144,054, el cual muestra una variación porcentual mensual de 0,68 y una variación porcentual acumulada del primero de febrero del 2010 al treinta y uno de enero del 2011 (12 meses) de 4,84.

Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

San José, a los tres días de febrero de dos mil once.—María Elena González Quesada, Gerente a. í.—1 vez.—O. C. Nº 3241.—Solicitud Nº 20741.—C-5370.—(IN2011009442).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICAAVISO

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:PN INTE 02-03-12:2011 “Norma para las cremas lácteas”.PN INTE 31-06-07:2011 “Guía para el diagnóstico de

condiciones de trabajo o panorama de factores de riesgos, su identificación y valoración”.

PN INTE 24-02-02:2011. “Café tostado y molido. Determinación del grado de molienda”.

PN INTE/ISO 11294:2011 “Café tostado y molido. Determinación del contenido de humedad”.

PN INTE 24-02-01:2011 “Café tostado y molido. Requisitos”.Se recibirán observaciones al anterior proyecto de norma

hasta el 24 de abril del 2011.Para mayor información, comuníquese con la Dirección

de Normalización al teléfono 2283-4522 o a los correos [email protected] ó [email protected]

Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—RP2011222859.—(IN2011012541).

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RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

TRASLADO DE LA FECHA DE CELEBRACIÓNDE LA AUDIENCIA PÚBLICA DEL PLAN

DIRECTOR URBANOEl Concejo Municipal acordó trasladar la audiencia pública

del Plan Director Urbano, para el 16 de abril de 2011, y no para el 26 de febrero de 2011 como inicialmente se había fijado.

Además se habilita la sesión del 28 de febrero y la primera sesión extraordinaria de marzo, para la discusión y exposición de las reformas propuestas.

Acuerdo definitivamente aprobado. 6, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria 39, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, el 25 de enero de 2011.

San José, 7 de febrero del 2011, Teo Dinarte Guzmán, Jefa Departamento de Comunicación.—1 vez.—O. C. Nº 127208.—Solicitud Nº 4791.—C-8950.—(IN2011008963).

MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOSLa Presidente del Concejo Municipal de San Carlos en sesión

extraordinaria celebrada en el gimnasio de la ciudad deportiva (antiguo balneario San Carlos) el lunes 7 de febrero del 2011, mediante artículo Nº 03, acta Nº 09, procedió a juramentar como

legalmente corresponde al señor Alcalde Propietario y Alcaldesas Suplentes según la resolución emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones Nº 0020-E11-2011 para el período legal que inicia el lunes 7 de febrero del 2011 y finaliza el 30 de abril del 2016, señores: Alfredo Córdoba Soro, Alcalde Propietario; Jenny María Chacón Agüero, Primera Alcaldesa Suplente; y Margarita González Cruz, Segunda Alcaldesa Suplente.

Concejo Municipal.—Alejandra Bustamante Segura, Secretaria.—1 vez.—(IN2011009145).

MUNICIPALIDAD DE LOS CHILESDepartamento de Patentes de la Municipalidad de Los Chiles

ha recibido solicitud de traspaso de la patente de Licores Nacionales número 14 a nombre de Villegas Camacho Denis Eduardo, cédula número 2-491-237, para que se inscriba a nombre del señor Villegas Camacho Ólger, cédula numero 2-380-509. La referida patente se explota en el caserío Cristo Rey, distrito tercero El Amparo, cantón Los Chiles número catorce de la provincia de Alajuela. Se otorga plazo de ocho días hábiles de esta publicación para que cualquier interesado formule las oposiciones del caso ante el Departamento de Patentes de esta Municipalidad.

Los Chiles, 1º de febrero del 2011.—Arnulfo Miranda Romero, Jefe de Patentes.—1 vez.—RP2011221118.—(IN2011009658).

MUNICIPALIDAD DE GUATUSOSe transcribe artículo Nº 3, incisos h.l.-h.2), de sesión ordinaria Nº 16-10, de fecha 20/04/10 y que textualmente dice:

h.l. El Concejo Municipal de Guatuso acuerda dirigirse a la Unidad Ejecutora del Programa de Regularización de Catastro y Registro, con el fin de comunicarle que se ratifica el contenido en las cláusulas de la una a la cinco existentes en la carta de compromiso entre la Unidad Ejecutora del Programa de Regularización de Catastro y Registro, Préstamo BID 1284/OC-CR y la Municipalidad de Guatuso para la entrega de fotografía aérea. Definitivamente aprobado.

h.2. El Concejo Municipal acuerda autorizar al señor Fidel Condega Montiel, cédula de identidad número 2-399-278, Alcalde Municipal, con el objetivo de que proceda a formalizar firma del Addendum 1 al Convenio Marco de Compromiso en conjunto con la Unidad Ejecutora del Programa de Regularización de Catastro y Registro, lo anterior con la finalidad de recibir beneficios del Componente III del Programa para el Fortalecimiento Municipal en el uso de la información Catastral. Préstamo BID 1284/OC-CR. Definitivamente aprobado.

h.3. Se solicita al señor Alcalde Municipal la publicación correspondiente de la Plataforma de valores de terreno por Zona Homogéneas del canon de Guatuso.

De conformidad con lo establecido por el Concejo Municipal de Guatuso, según consta en el acta de la sesión ordinaria Nº 16-10 celebrada el día 20 de abril del 2010, en su artículo Nº 3, incisos h1, h2). Que literalmente: “Aprobar la plataforma de valores de terreno por Zonas Homogéneas para el cantón de Guatuso y que sea publicadas en el Diario Oficial La Gaceta. Para lo cual se le solicita a la alcaldía gestionar los recursos necesarios”.

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MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIALa Secretaria Municipal, conforme lo establecido en el

artículo 74 del Código Municipal vigente, procede con el trámite de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, de las nuevas tasas para el Cementerio Municipal de Santo Domingo de Heredia del cantón de Santo Domingo de Heredia, aprobadas mediante acuerdo del Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria número 56-2010 celebrada el día 20 de diciembre del 2010, visible en el artículo IV, inciso 1) b.- en concordancia con el aumento tarifario, presentado por la Administración de esta Corporación Municipal. El Concejo conoce y aprueba el estudio tarifario del cementerio presentado por la Dirección Financiera, el cual fue expuesto ante el Concejo Municipal.

Tasa propuesta para las tarifas o precios de mantenimiento de cementerio:Conforme a los distintos elementos del costo para la realización de actividades:

a. Mantenimiento por metro cuadrado:Anual ¢2.709,00Trimestral ¢677,25

b. Inhumación ¢8.744,00c. Exhumación ¢8.744,00d. Alquiler por seis años ¢81.576,00e. Inhumación y exhumación tiempo extraordinario ¢11.169,00

Se dispensa de trámite de comisión. Acuerdo definitivamente aprobado. Votos de los señores regidores Moreira Ramírez, Villalobos Palma, Zamora González y González Rodríguez.

Sesión número 56-2010 de fecha 20 de diciembre de 2010, artículo IV inciso 1.-b).

5 de enero del 2011.—Gabriela Vargas Aguilar, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011008933).

MUNICIPALIDAD DE LIMÓNSe hace saber que ante el Departamento de Rentas de la

Municipalidad de Limón, el señor José Anselmo Rodríguez Rodríguez, cédula Nº 7-026-737, presentó formal solicitud de traspaso de la Patente de Licores Nacionales y Extranjeros Nº 108, según cesión autenticada por el licenciado Diego Oporto Mejía, notario, en la cual le fue cedida al señor Feng Wenjie, siendo Feng su único apellido en razón de su nacionalidad china, cédula Nº 115600320401 dicha patente de licores. Publíquese en La Gaceta y se concede un plazo de ocho días hábiles para escuchar oposiciones que deben dirigirse por escrito ante esta Oficina.

Limón, 22 de diciembre del 2010.—Departamento de Rentas.—Lic. Kemerly Taylor Barnes, Jefa.—1 vez.—RP2011220834.—(IN2011009226).

San Rafael de Guatuso, 27 de agosto del 2010.—Ana Lía Espinoza Sequeira, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(IN2011009473).

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3-101-088438, a celebrarse en primera convocatoria a las 17:00 horas del día 29 de marzo del año 2011. De no existir quórum suficiente en la primera convocatoria, la junta se llevará a cabo en segunda convocatoria una hora después. Lugar: San José, Barrio González Lahmann, calle 23 bis, edificio Tenerife, 3er. piso, oficina Nº 4. Orden del día: Punto único: disolución y liquidación de la compañía.—Victoria E. Azofeifa Camacho, Fiscal.—1 vez.—RP2011222657.—(IN2011012132).

COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE INVERSIONESPESQUERAS SOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con los artículos 159 y 164 del Código de Comercio, se convoca a asamblea general extraordinaria de socios accionistas de la compañía denominada Compañía Internacional de Inversiones Pesqueras Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-089839, a celebrarse en primera convocatoria a las 15:00 horas del día 29 de marzo del año 2011. De no existir quórum suficiente en la primera convocatoria, la junta se llevará a cabo en segunda convocatoria una hora después. Lugar: San José, Barrio González Lahmann, calle 23 bis, edificio Tenerife, 3er. piso, ofícina Nº 4. Orden del día: Punto único: disolución y liquidación de la compañía.—Carla Victoria Jara Murillo, Secretaria.—1 vez.—RP2011222659.—(IN2011012133).

FUNDACIÓN ESCUELA PARA TODOSLa Fundación Escuela para Todos, cédula jurídica 3-006-

084268, de conformidad con la disposición novena de su escritura constitutiva, convoca a una Asamblea Extraordinaria de su Corporación de Patrocinadores, a celebrarse en sus oficinas ubicadas en San Pedro de Montes de Oca. Primera convocatoria: a las diecisiete horas del dieciséis de marzo de dos mil once. De no haber quórum, la segunda convocatoria será a las dieciocho horas del mismo día y se celebrará con los patrocinadores presentes.

Asunto a tratar: Elección de nuevos miembros de la Junta Administradora.—San José, dieciséis de febrero de 2011.—Mariamalia Escalante Vargas, Presidenta de la Junta Administradora.—1 vez.—(IN2011012337).

FONDO DE INVERSIÓN DE DESARROLLOINMOBILIARIO IMPROSA

Convocatoria de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Improsa. En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Reguladora del Mercado de Valores (Ley 7732, artículo Nº 76), el Código de Comercio, así como también por las normas reglamentarias que dicta la Superintendencia General de Valores, Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A. se complace en invitar a los distinguidos inversionistas del Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Improsa, para que asistan a la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria, la cual se llevará a cabo en primera convocatoria a las 16:00 horas del día martes 15 de marzo del 2011, en el Club Unión en San José centro frente al edificio de Correos de Costa Rica.

La asamblea se considerará legalmente reunida en primera convocatoria si al menos están representadas las tres cuartas partes de los títulos de participación en circulación del Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Improsa, de no existir quórum, la asamblea reunirá en segunda convocatoria una hora después, a las 17:00 horas y se constituirá válidamente con cualquiera que sea el número de participantes representados, de conformidad con lo indicado en e1 artículo 171 del Código de Comercio.

Agenda:1. Comprobación del quórum.2. Nombramiento del Sr. Jaime Molina Ulloa como Presidente

ad hoc de la asamblea extraordinaria de inversionistas.3. Nombramiento del Sr. Jaime Ubilla Carro como Secretario

ad hoc de la asamblea extraordinaria de inversionistas.4. Presentación y sometimiento a votación del informe de

gestión del periodo 2010.5. Presentación y sometimiento a votación de los estados

financieros auditados del periodo 2010.6. Autorización para obtener la licencia de administrador de

Zona Franca conforme la legislación vigente en la materia.

AVISOSCONVOCATORIAS

FUNERALES COSTARRICENSES LA AUXILIADORA S. A.

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Funerales Costarricenses La Auxiliadora S. A., convoca a sus socios a la asamblea General anual ordinaria, que se celebrara en las oficinas de Funerales Costarricenses La Auxiliadora S. A., en San José, Costa Rica (100 metros este del Gimnasio Nacional) a las diez horas del día treinta de marzo del dos mil once. En dicha asamblea se conocerán los asuntos siguientes:

1- Apertura de sesión.2- Lectura de acta sesión anterior.3- Informe del consejo de administración.4- Informe fiscal5- Aprobación o no de los estados financieros del período 2010.6- Distribución o no de utilidades.7- Nombramiento de directores y fiscal.8- Cierre de sesión.

Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio de poder a una tercera persona. Si no hubiera quórum a la hora indicada, la asamblea se celebra una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuntren presentes.

San José 17 de febrero del 2011.—Manuel Frutos Jiménez, Asistente.—(IN2011011965).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ULATE MONTERO SOCIEDAD ANÓNIMAUlate Montero Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101-

017193, convoca a sus socios a la asamblea general extraordinaria, que se celebrará en su domicilio social, a las nueve horas del 22 de marzo del dos mil once.

En dicha asamblea se conocerán los siguientes asuntos:1. Apertura de la asamblea.2. Aprobación de las actuaciones de la actual Junta Directiva.3. Discusión y aprobación de los resultados económicos de los

períodos fiscales del 2009 y 2010.4. Acuerdo para repartir utilidades de la empresa.

Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio de poder debidamente autenticado a una tercera persona. Si no hubiere quórum a la hora indicada, la asamblea se celebrará una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuentran presentes.—Naranjo, 2 de febrero del 2011.—Ramón Ulate González, Presidente.—1 vez.—RP2011222624.—(IN2011012130).

AGROINDUSTRIAL LA ZAMBA SOCIEDAD ANÓNIMAAgroindustrial La Zamba Sociedad Anónima, cédula

jurídica 3101-033342, convoca a sus socios a la asamblea general extraordinaria, que se celebrará en su domicilio social, a las nueve horas del 21 de marzo del dos mil once. En dicha asamblea se conocerán los siguientes asuntos:

1. Apertura de la asamblea.2. Aprobación de las actuaciones de la actual Junta Directiva.3. Discusión y aprobación de los resultados económicos de los

períodos fiscales del 2009 y 2010.4. Acuerdo para repartir utilidades de la empresa.

Los socios deberán acreditarse personalmente o por medio de poder debidamente autenticado a una tercera persona. Si no hubiere quórum a la hora indicada, la asamblea se celebrará una hora después en el citado lugar, con los accionistas que se encuentran presentes.—Naranjo, 2 de febrero del 2011.—Ramón Ulate González, Presidente.—1 vez.—RP2011222625.—(IN2011012131).

CENTRO DE ACOPIO PESQUERO EL COCOSOCIEDAD ANÓNIMA

De conformidad con los artículos 159 y 164 del Código de Comercio, se convoca a Asamblea General Extraordinaria de socios accionistas de la compañía denominada Centro de Acopio Pesquero El Coco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica

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ACHIOTÓN GARCÍA S. A.Achiotón García S. A., con cédula de persona jurídica 3-101-

294998, solicita ante la dirección general de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario, Inventarios y Balances y Mayor, todos N° 1. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Vera Violeta Molina Córdoba.—RP2011220664.—(IN2011009229).

JOHNNY CHAN CÍA. LIMITADAJohnny Chan Cía. Ltd., cédula jurídica 3-102-044393, solicita

ante la dirección general de la Tributación, la reposición de los libros Asamblea General de Socios y Registro de Accionistas todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la administración tributaria de San José, en el término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Eduardo Con Sanchún, Notario.—RP2011220840.—(IN2011009230).

CSS AGENCIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMACSS Agencia de Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica

número 3-101-202324, anteriormente denominada Correduría y Servicios de Seguros Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-202324, solicita ante la dirección general de tributación la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balance número uno, Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su posición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la administración tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Anabelle López Delgado, Notaria.—RP2011220849.—(IN2011009231).

SAN ISIDRO DE LLANO BONITO SOCIEDAD ANÓNIMASan Isidro de Llano Bonito Sociedad Anónima, cédula jurídica

3-101-080322, solicita ante la dirección general de Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, todos número uno. Quine se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Servicio al Contribuyente de la administración tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Lucila Barrantes Rodríguez, Notaria.—RP2011220889.—(IN2011009232).

CORPORACIÓN SAINT KITTS SOCIEDAD ANÓNIMACorporación Saint Kitts Sociedad Anónima, cédula jurídica

N° 3-101-073122, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea número uno y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Guillermo Sánchez Sava.—(IN2011009433).

CORPORACIÓN PALLAS SOCIEDAD ANÓNIMACorporación Pallas Sociedad Anónima, cédula jurídica N°

3-101-135184, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Actas de Asamblea número uno y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Guillermo Sánchez Sava,—(IN2011009434).

Es requisito indispensable acreditarse debidamente ante la Sociedad Administradora, como propietarios de los títulos de participación del referido Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Improsa. En aquellos casos en que los inversionistas se hagan representar por personeros o mandatarios, éstos deben demostrar mediante personería jurídica o poder autenticado, la representación. La acreditación la pueden realizar en las oficinas de Improsa Sociedad Administradora de Fondos de Inversión entre el 10 y el 14 de marzo 2011, o bien entre las 15:00 y las 16:00 horas en el lugar de la asamblea.

Jaime Ubilla Carro, Gerente General Improsa SAFI.—1 vez.—(IN2011012339).

ASOCIACIÓN DE CONDÓMINOSDEL CONDOMINIO HORIZONTAL-VERTICAL MANA

Se convoca a los propietarios de la Asociación de Condóminos, del Condominio Horizontal-Vertical Mana, a Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día 2 de marzo del 2011, a las 7:00 p. m. en el Condominio 3D, para tratar asuntos varios. De no existir el quórum requerido en la hora señalada, se dará inicio a la asamblea una hora después en segunda convocatoria con los propietarios presentes.—Alajuela, 18 de febrero de 2011.—Mario Rojas Rojas, Administrador.—1 vez.—(IN2011012340).

MANGA RICA SOCIEDAD ANÓNIMAConvoca a Asamblea General Ordinaria de socios a celebrarse

en el Radisson Zurquí, San José, a las nueve (9:00) horas del miércoles veintitrés (23) de marzo del dos mil once (2011).

Si a la hora indicada no hubiere el quórum de ley, la asamblea se celebrará una hora después con el número de socios presentes.

Los asuntos a tratar son los siguientes:1) Informe de la Administración.2) Informe de la Fiscalía.3) Aprobación de los estados financieros del período fiscal

2010.4) Otros asuntos de los socios.San José, 11 de febrero del 2011.—Francis Durman Esquivel,

Presidente.—1 vez.—(IN2011012403).

FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO LOCAL Y ELFORTALECIMIENTO MUNICIPAL E INSTITUCIONAL

DE CENTROAMÉRICA Y EL CARIBEFundación para el Desarrollo Local y el Fortalecimiento

Municipal e Institucional de Centroamérica y el Caribe DEMUCA, convoca a los directores de su Junta Administrativa a la reunión de junta que se celebrará el día quince de marzo de dos mil once, en el domicilio de la Fundación Barrio Escalante veinticinco metros sur del Parque Francia, a las catorce horas en primera convocatoria y a las catorce horas treinta minutos en segunda convocatoria, con el quórum que estuviere presente a fin de conocer lo siguiente: nombramiento de Presidente por un nuevo período.—San José, 21 de febrero de 2011.—Mercedes Peñas Domingo, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2011012799).

AVISOSPUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ASOCIACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL SANTA ANAYo, Manuel Solís Vargas, mayor, casado una vez, comerciante,

portador de la cédula de identidad uno-setecientos cincuenta y seis-ochocientos veintiuno, vecino de Santa Ana, en mi condición de representante legal de la Asociación Deportiva Municipal Santa Ana, cédula jurídica tres-cero cero dos-uno cuatro uno cinco tres ocho, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Actas de Consejo de Administración 1, Actas de Asamblea de Socios 1, Registro de Socios 1, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Santa Ana, 01 de febrero del 2011.—Manuel Solís Vargas, Representante Legal.—1 vez.—(IN2011006808).

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al Contribuyente en la Administración Tributaria de Liberia, dentro del término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Javier Campos Chávez, Notario.—RP2011221114.—(IN2011009665).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

JUNTA ADMINISTRADORA DEL CEMENTERIO GENERALY LAS ROSAS DE ALAJUELA

De conformidad con lo dispuesto por la Junta Administradora del Cementerio General y Las Rosas de Alajuela, en su sesión ordinaria número cero once-dos mil diez de fecha diecinueve de noviembre del dos mil diez, artículo ocho, acuerdo A D -ciento veinte-dos mil diez, se emplaza al señor Jerome Piza Gretzer, arrendatario de la bóveda ciento nueve del cuadro C, registrada en el tomo dos, folio doscientos cincuenta del Cementerio General de Alajuela, o a los que crean tener la calidad de herederos o interesados para que dentro de ocho días, contados a partir de la publicación de este aviso comparezcan ante la Administración del Cementerio General y Las Rosas de Alajuela, ubicadas al ingreso, principal del Cementerio General, a reclamar y acreditar debidamente sus derechos, apercibiendo que si no se presentan dentro de ese término se procederá de conformidad con los que acrediten tener mejor derecho o bien a rescindir el contrato de arriendo de dicho derecho. Lo anterior por encontrarse la bóveda en estado de total abandono.—Alajuela, 8 de febrero del 2011.—Juan Manuel Castro Alfaro, Presidente.—1 vez.—(IN2011009147).

ASOCIACIÓN VIVIENDA PROGRESO DEL ESTEYo, Lucía Blanco Córdoba, cédula nueve-cero treinta y

tres- cero cuarenta y nueve, en mi condición de presidenta de la Asociación Vivienda Progreso del Este, cédula jurídica tres cero cero dos cuatro nueve siete seis ocho tres, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del Libro de Actas de Junta Directiva, el cual fue extraviado en el Registro Público. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 1 de febrero del 2011.—Lic. Gabriel Zamora Márquez, Notario.—1 vez.—RP2011221023.—(IN2011009660).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas del cuatro de febrero del dos mil once, se constituyen ocho sociedades anónimas denominadas por cédula jurídica.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Maykol Vinicio Lara Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011220232.—(IN2011008714).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciocho horas del tres de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Sancarlo Advisor Sociedad Anónima, por un plazo de noventa y nueve años, con domicilio en San José, Sabana Sur.—Cartago, cuatro de enero del dos mil once.—Lic. Paola Di Pippa Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220233.—(IN2011008715).

State & Realtors S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil seiscientos ochenta y cinco, mediante acuerdo de asamblea general extraordinaria cambia de domicilio social siendo el nuevo la oficina de Administración y Ventas del Centro Comercial Plaza del Este, mil doscientos metros al este de la Iglesia de La Agonía, Alajuela, cantón central, distrito décimo Desamparados. Es todo.—Alajuela, cuatro de setiembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—RP2011220241.—(IN2011008716).

Que por escritura pública número setenta y uno-cinco otorgada ante esta notaría en San José, a las ocho horas del dieciocho de noviembre del dos mil diez, se constituye una sociedad anónima que se denominará Grupo Pangeas S. A., domicilio: Heredia, Santo Domingo, calle tres, entre avenidas siete y nueve, número setecientos cuarenta, objeto: en general la industria, la agricultura, el comercio y los servicios en todas sus formas etc., representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta y uno de enero del dos mil once.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—RP2011220242.—(IN2011008717).

TEC LUZ SOCIEDAD ANÓNIMATec Luz Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-199596,

solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Inventario y Balances, Actas Registro de Socios, todos numero 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Servicio al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Ortega Sánchez.—(IN2011009455).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICAPor medio de la presente la Universidad Latina de Costa

Rica, certifica que ante este registro, se ha presentado solicitud de reposición del título bachillerato en enfermería, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica, a nombre de Dinnia Jiménez Arce, cédula Nº 7-163-884, inscrito en el libro de la Universidad en el tomo VI, folio 91, asiento 42903. Se solicita la reposición, por motivo que a la estudiante por error involuntario le sellaron y le firmaron el título. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. José Prado Arroyo, Director.—RP2011220982.—(IN2011009659).

STIND SERVICE TECHNOLOGY FOR INDUSTRIES SOCIEDAD ANONIMA

Stind Service Technology For Industries Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-325590, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1 y Mayor Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lilliana Aguilar Córdoba.—RP2011220943.—(IN2011009662).

MARINA CLUB DE PESCA BAHÍA GARZA SOCIEDAD ANÓNIMA

Marina Club de Pesca Bahía Garza Sociedad Anónima, cédula jurídica tres uno cero uno dos dos dos dos nueve nueve uno cero cero, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, Libro de Actas de Junta Directiva número uno, Libro de Actas de Asamblea General número uno, y Libro de Actas de Registro de Accionistas número uno, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—RP2011220999.—(IN2011009663).

KASCAL OVERSEAS DEVELOPMENTS SOCIEDAD ANONIMA

Kascal Overseas Developments Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro mil treinta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Legalización de Libros, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, cuatro de febrero de dos mil once.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—RP2011221015.—(IN2011009664).

EL HORMIGUERO SOCIEDAD ANÓNIMAEl Hormiguero Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento

uno-ciento cincuenta y ocho mil seiscientos cincuenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Acta de Asamblea General, Acta de Registro de Socios, Acta de Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventario y Balances, todos número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia

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acta de la empresa tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos diez s. a.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011220252.—(IN2011008726).

En asamblea general extraordinaria celebrada 28 de enero del 2011, se modifica cláusula sétima del estatuto de I Mobile Cellular S. A., con cédula jurídica número 3-101-622094, en cuanto a que la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma le corresponde al presidente y al vicepresidente—Lic. Glenda Rosa Bell Alvarado, Notaria.—1 vez.—RP2011220253.—(IN2011008727).

Por escritura otorgada al ser las 16:00 horas del 3 de febrero del 2011, se constituye la sociedad Ovante B.Q. S. A. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2011220273.—(IN2011008728).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del primero de febrero de dos mil once, se protocolizó el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Hotelera Veintinueve Diez S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas quinta y novena de los estatutos referentes al capital social y administración respectivamente. Es todo. San José, cuatro de febrero de dos mil once.—Lic. Ivannia Méndez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011220284.—(IN2011008729).

Por escritura número doscientos cuarenta y dos, otorgada ante esta notoria el tres de febrero de dos mil once, se reforma cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Bagatzi Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y cinco.—Bagaces, tres de febrero de dos mil once.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—RP2011220285.—(IN2011008730).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 26 de enero del 2011, se constituyó la sociedad Chaves y Villarreal Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social. cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo: Carlos Chaves Ortega, cédula 6-0065-0165. Domicilio: Puntarenas, Golfito, Kilómetro Uno, en Hotel y Cabinas El Tucán.—Golfito, veintiséis de enero de dos mil once.—Lic. Enrique A. Rizo Brown, Notario.—1 vez.—RP2011220286.—(IN2011008731).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 16 de noviembre del 2010, se constituyó la sociedad La Purruja Lodge Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo: Walter Rosenberg Kalin, cédula 8-0078-0673. Domicilio: Puntarenas, Golfito, La Purruja, en Cabinas La Purruja, Lodge.—Golfito, veintiséis de enero de dos mil once.—Lic. Enrique A. Rizo Brown, Notario.—1 vez.—RP2011220287.—(IN2011008732).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada P. J. Multiservicios de Tibás S. A., capital social es la suma de diez mil colones, correspondiéndole a Josué Andrés Picado León y Pablo Chacón Ramírez, el carácter de apoderados generalísima sin límite de suma, cuando actúen conjuntamente, y apoderados generalísimos limitados a quinientos mil colones, cuando actúen individualmente. Escritura número doscientos ocho de las diez horas del tres de febrero del dos mil once.—San José, 25 de agosto del 2010.—Lic. Henry Alpízar Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011220288.—(IN2011008733).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada: Soluciones y Más Un Dos Tres Sociedad Anónima; donde se modifican las cláusulas segunda y sétima y se cambia presidente y secretario.—San José, 3 de febrero de 2011.—Lic. Freddy Abarca Alpízar, Notario.—1 vez.—RP2011220289.—(IN2011008734).

Por escritura número doscientos ochenta y dos, otorgada el veintisiete de enero de dos mil once, ante esta notaría se constituye una sociedad anónima que se denominará de acuerdo al número de cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional. Capital social de

En esta notaría pública a las 9:00 horas del 3 de febrero del 2011, se constituye Bienes Feyvel S. A., domiciliada en Palmar Norte de Osa. Capital suscrito y pagado.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Rafael Campos Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011220243.—(IN2011008718).

La suscrita notaria hago constar y doy fe que ante esta notaría, se constituye la sociedad RYU Eventos Sociedad Anónima, por escritura otorgada a las once horas del trece de octubre del dos mil diez. Representantes legales: Óscar Morales Quirós y Adriana Montero Vega.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—RP2011220244.—(IN2011008719).

El 31 de enero del dos 2011, se constituyó Empresa Constructora Hermanos Castro (ESHCA) Limitada. Gerente: Rebeca Oviedo González, subgerente: Walter Castro Solano.— Sarapiquí, 4 de febrero del 2011.—Lic. Freddy Urbina Méndez, Notario.—1 vez.—RP2011220245.—(IN2011008720).

Por escritura otorgada el 11 de enero del 2011, se constituyó la sociedad G M G Turismo AS S. A.—San José, 3 de febrero de 2011.—Lic. Cristian Cordero Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2011220247.—(IN2011008721).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 3 de febrero del 2011, se protocoliza el acta de reunión extraordinaria de socios de la sociedad 3-102-483580 sociedad de responsabilidad limitada, con cédula jurídica 3-102-483580, en la cual se reforma la razón social, domicilio administración y se nombran apoderados.—San Rafael de Heredia, 3 de febrero del 2011.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—RP2011220248.—(IN2011008722).

Mediante escritura pública número ochenta y ocho, otorgada a las diez horas del dos de febrero del dos mil once, se constituyó la entidad con domicilio en Turrialba, cantón Turrialba, costado oeste de la escuela Jenaro Bonilla, segundo piso sucursal de Creedecoop, provincia de Cartago, denominada: Sistemas Constructivos Fayfer Pons Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, se nombró presidente de la misma al señor: Jesús Fernández Valverde, mayor, casado tres veces, comerciante, con cédula de identidad número: ciento setenta y seis-setecientos setenta y ocho, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Turrialba, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Mauro Gerardo Sojo Romero, Notario.—1 vez.—RP2011220249.—(IN2011008723).

Mediante escritura pública número ochenta y siete, otorgada a las ocho horas del dos de febrero del dos mil once, se constituyó la entidad con domicilio en Turrialba, cantón Turrialba, costado oeste de la escuela Jenaro Bonilla, segundo piso sucursal de Creedecoop, provincia de Cartago, denominada: Bambú Sol Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, se nombró presidenta de la misma a la señora Siana Carolina Ponce Faerron, mayor, soltera comerciante, con cédula de identidad número: cinco-trescientos ochenta y cuatro-setecientos uno, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Turrialba, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Mauro Gerardo Sojo Romero, Notario.—1 vez.—RP2011220250.—(IN2011008724).

La suscrita Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el treinta y uno de enero del dos mil once, los señores Irena Lucía Barrantes Mora y Randall Alberto Morales Díaz, constituyeron una sociedad anónima, a la cual se le asignará como denominación social el número de cédula jurídica que le asigne el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Así mismo, el dos de febrero del dos mil once se protocolizó ante mí acta de la empresa tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos once s. a.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—RP2011220251.—(IN2011008725).

El suscrito Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el treinta y uno de enero del dos mil once, se protocolizaron ante mí actas de las empresas tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos diecinueve s. a. y tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos veinte s. a., así mismo el dos de febrero del dos mil once, se protocolizó ante mí,

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Ante esta notaría comparecen Lucía Solórzano Salazar y Mariselle Verdesia Meneses, quienes constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada DT Dynamic Da Vinci Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital ha sido totalmente suscrito y pagado.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011220321.—(IN2011008475).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas, veinticinco minutos del veintisiete de enero del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Telecomunicaciones y Redes T E de Centroamérica S. A.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2011220322.—(IN2011008746).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría el 28 de enero del 2011, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Designs South Sociedad Anónima, entidad con cédula de persona jurídica número: 3-101-403180, donde se reforman cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y donde se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—Tilarán, 31 de enero del 2011.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011220323.—(IN2011008747).

Ante esta notaría pública, se constituye sociedad Gibbor Telecomunicaciones Soluciones Integrales Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Sergio Eduardo Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011220325.—(IN2011008748).

Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 3 de febrero del 2011, se protocolizó el acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Jurex División Inmobiliaria del Este Sociedad Anónima, cédula 3-101-355622, se reforma la cláusula quinta referida al capital social.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Yuliana Gaitán Ayales, Notaria.—1 vez.—RP2011220326.—(IN2011008749).

Por escritura otorgada ante mí, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, a las once horas del dos de febrero de dos mil once, se acuerda reformar la cláusula sexta de la administración y la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres-ciento uno-seiscientos nueve mil setecientos cincuenta y nueve sociedad anónima, para que en adelante se denomine Cervecería Artesanal Malacrianza Sociedad Anónima.—San José, dos de febrero de dos mil once.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—RP2011220328.—(IN2011008750).

El día 3 de febrero del 2011, se constituyó ante la Lic. María Eugenia Castro Villalobos, la entidad denominada Inversiones Rancho Nicoa J Y T Sociedad Anónima, con domicilio en el distrito primero del cantón dos Nicoya, dos kilómetros este del Quebrador Pedregal. Es todo.—Hojancha, 3 de febrero del 2011.—Lic. María Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011220331.—(IN2011008751).

Por escritura número sesenta y cuatro, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Corporación Suárez Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—RP2011220341.—(IN2011008753).

Se constituye sociedad anónima denominada S.I.R.E.N.A. Inversiones Dos Mil Once Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años a partir del dos de febrero del dos mil once. Capital social: la suma de cien mil colones netos, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. La representación de la compañía esta a cargo del presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Escritura otorgada ante la notaria pública María del Pilar Araya Céspedes.—Lic. María del Pilar Araya Céspedes, Notaria.—1 vez.—RP2011220343.—(IN2011008754).

Ante el notario público Fernando Mena Alvarado, con oficina en Grecia, Alajuela, ciento veinticinco metros norte de los Periféricos, se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad denominada: Clínica Dental Manos de Bendición Sociedad Anónima,

cien mil colones en cada una.—San José, 3 de febrero de 2011.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220292.—(IN2011008735).

Por escritura número doscientos ochenta, otorgada el veintisiete de enero de dos mil once, ante esta notaría se constituye una sociedad anónima que se denominará de acuerdo al número de cédula jurídica que les asigne el Registro Nacional. Capital social de cien mil colones en cada una.—San José, 3 de febrero de 2011.—Lic. Ernesto Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220294.—(IN2011008736).

Por escritura otorgada ante mí a las trece horas del 2 de febrero del 2011, se protocolizó acta número tres de asamblea ordinaria y extraordinaria de Cuarzo Amatista S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil ciento veinte, en la que se modifica parcialmente junta directiva y se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo.—Lic. Alice Michelle McCoy Garnier, Notaria.—1 vez.—RP2011220295.—(IN2011008737).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario público Arthur Edward Beers González, a las nueve horas del dos de febrero del dos mil once, y debidamente autorizado para el efecto, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos Inmobiliarios WH Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y siete mil doscientos diecisiete, por lo que se reforma las cláusulas primera y segunda del pacto social.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Arthur Edward Beers González, Notario.—1 vez.—RP2011220296.—(IN2011008738).

Por escritura número nueve de las ocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil diez, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Jardines de la Reina S. A., en la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Elluany Coto Barquero, Notaria.—1 vez.—RP2011220302.—(IN2011008739).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del tres de febrero del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la firma denominada Dos DNJ Investment for the Future Limitada, y se acuerda modificar su junta directiva ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las doce horas del tres de febrero del dos mil once.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—RP2011220305.—(IN2011008740).

Por escritura número 81-5, otorgada ante la notaria Ana Patricia Alfaro Acuña, a las 8:00 horas del 4 de octubre del 2010, se reforman estatutos en la sociedad Zamora y Vargas S. A.—MSc. Ana Patricia Alfaro Acuña, Notaria.—1vez.—RP2011220309.—(IN2011008741).

Se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionista de Bruno Stagno, Arquitecto y Asociados Sociedad Anónima, se reforma el pacto constitutivo, cláusulas segunda y novena, se nombra nueva junta directiva. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del tres de febrero del dos mil once. Lic. Zaida María Rojas Cortés y Loana Leitón Porras.—Lic. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—RP2011220315.—(IN2011008742).

Ante esta notaría bajo la escritura doscientos noventa y seis-siete, de las doce horas del treinta y uno de enero del dos mil once, del tomo siete, se constituyó la sociedad, nombre que de oficio asignará el Registro Nacional, Personas Jurídicas, Decreto ejecutivo: tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Con un capital suscrito y pagado de cien mil colones. Cuyo presidente es: Cristopher Chaves Vargas.—San José, treinta y uno de enero del dos mil once.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—RP2011220316.—(IN2011008743).

En esta notaría, a las nueve horas del tres de febrero de dos mil once; protocolicé acta de asamblea de tres-ciento dos-seiscientos veintiún mil doscientos ochenta y cuatro s.r.l., en la que modifiqué las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo y se nombró un gerente.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—RP2011220320.—(IN2011008744).

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Indígenas, CATTPI de Centroamérica S.C. Capital: debidamente constituido. Dos socios administradores son apoderados generalísimos sin limitación.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Rubén Chacón Castro, Notario.—1 vez.—RP2011220362.—(IN2011008764).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 25 de enero del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil novecientos seis s. a. Se modifican las cláusulas segunda, quinta y novena de los estatutos. Se nombra presidente, secretario y tesorero. Presidenta: Flor de María Arias Jiménez.—Cartago, 25 de enero del 2011.—Lic. Lilliana Fallas Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011220363.—(IN2011008765).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima Las Cebras Azules Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Domicilio: San José. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Andre Vargas Siverio, Notario.—1 vez.—RP2011220364.—(IN2011008766).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la compañía domiciliada en Santo Domingo de Heredia, denominada Grupo Corporativo Ramírez Limitada. Plazo: noventa años. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería en general. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Escazú, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Harold Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011220365.—(IN2011008767).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cuarenta minutos del 21 de enero del 2011, se constituyó la sociedad Malexa Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Gerardo Alberto González Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011220366.—(IN2011008768).

Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea ordinaria y extraordinaria de Transportes Los Tomates JR Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula tercera, nombran a presidente y se toman otros acuerdos.—Grecia, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—RP2011220367.—(IN2011008769).

En esta notaría, en la empresa Saju de Occidente S. A., se modifica la representación legal, y Junta directiva. Chavannes S. A., modifica la representación legal y la junta directiva. Quillet S. A., modifica la representación legal y la junta directiva. Desarrollo Comercial Esperanza del Este, cambia su domicilio social y su junta Directiva. Administradora de Negocios Orantes S. A., cambia su domicilio social y su junta directiva. Educación Diversificada de Llorente de R.L., modifica la representación social y cambia su gerente. Servicios Soditues R.L., cambia su gerente. Corporación de Inversiones Sardis S. A., cambia su junta directiva y su domicilio social.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011220373.—(IN2011008770).

Por escritura número doscientos cuarenta y cinco, otorgada a las quince horas del tres de febrero del dos mil once, se constituyó la compañía Coral Setenta y Siete S. A., con capital social de diez mil colones. Notarios: Saúl González Vargas y Verny Valerio Hernández.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011220374.—(IN2011008771).

Eric Mora Sequeira y Juan Carlos Chaves Quirós, constituyen sociedad que se denomina Eventos Especiales La Estrella Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 14:30 horas del 3 de febrero del 2011. Domicilio: Desamparados, San José. Representación: presidente y secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011220375.—(IN2011008772).

Michelle Mora Jiménez y Fiorella Mora Jiménez, constituyen sociedad que se denomina Catering Service El Cucharón Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 13:00

cédula jurídica número tres-ciento uno-seis uno cuatro uno dos seis.—Grecia, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011220345.—(IN2011008755).

Se hace constar que mediante la escritura número doscientos veintiocho, visible al folio ciento ochenta y cinco del tomo doce de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del diecinueve de enero del dos mil once, fueron reformadas las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la entidad denominada Importadora Detalles S. A., domiciliada en Heredia, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintiocho mil quinientos cuarenta y seis. Notaría ubicada en Heredia, avenida cuatro, calles uno y tres, altos de la Boutique Motor Oil.—Heredia, diecinueve de enero del dos mil once.—Lic. Manuel de Jesús Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—RP2011220346.—(IN2011008756).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del dos de febrero del dos mil once, se nombró nuevo administrados del Condominio Horizontal Residencial Hacienda San Antonio Uno con Fincas Filiales Primarias Individualizadas.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—RP2011220354.—(IN2011008757).

En asamblea general extraordinaria de la Asociación Centro de los Amigos Cuáqueros para la Paz, con cédula jurídica número tres-cero cero dos-cero seis uno ocho dos nueve, domiciliada en la ciudad de San José, celebrada a las trece horas del dos de febrero del dos mil once, se acordó reformar el artículo segundo del acta constitutiva para que el domicilio de la Asociación sea en la ciudad de San José, calles trece y quince, avenida seis bis, casa mil trescientos sesenta y seis. Es todo.—Lic. María Gabriela Chavarría Mena, Notaria.—1 vez.—RP2011220355.—(IN2011008758).

Ante Juan Carlos Chávez Alvarado y Juan Federico Arias Chacón, se constituyó la sociedad que se denominará “según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno cinco, publicado en La Gaceta número ciento catorce, de junio del dos mil seis”. Presidente: Scott Keenan Ryan, como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011220356.—(IN2011008759).

En esta notaría, a las 14:00 horas del día 2 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad denominada J.Q.L. de Desamparados Sociedad Anónima, con un patrimonio inicial de cuatro mil colones, y un plazo de noventa y nueve años. Domicilio: Gravillas de Desamparados, cien metros este de la plaza.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—RP2011220357.—(IN2011008760).

Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil once, se constituye Deportes sin Límites Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—RP2011220358.—(IN2011008761).

Por escritura otorgada a las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil once, se constituye Extreme Technologies Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Ivette Marie Hoffman De Pass, Notaria.—1 vez.—RP2011220359.—(IN2011008762).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintisiete de enero del dos mil once, la sociedad Surcos Dorados del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y seis mil novecientos noventa y dos. Domicilio social: sito Heredia, Santo Domingo, San Luis, ochocientos metros al oeste y veinticinco metros al norte de la plaza de deportes de esa localidad, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Gerardo Villalobos Montero, Notario.—1 vez.—RP2011220360.—(IN2011008763).

Hago constar que por escritura de las 11:00 horas del 27 de diciembre del 2010, otorgada ante mi notaría, se constituyó sociedad civil Centro de Apoyo Técnico para Territorios y Pueblos

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400, constituyen Inmobiliaria Alcorra de Pococí S. A. Escritura otorgada al ser las 11:00 horas del 26 de enero del 2011. Notarios: José Ramón Chaves Castillo y Teresita Chaves Castillo.—Lic. José Ramón Chaves Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011220387.—(IN2011008783).

Por asamblea de accionistas la sociedad The Jason Corporation S. A., modifican cláusula primera, segunda, onceava, y nombran nueva junta directiva y agente residente.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220389.—(IN2011008784).

El suscrito notario, hace constar que el día de hoy, se constituyó ante mi notaría y en conotariado con el Lic. Paúl Portuguez Aguilar, la sociedad Playa Grande Recreational Beach House S. A.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2011220391.—(IN2011008785).

La suscrita Deyanira Romero Leiva, mayor, casada una vez, oficios del hogar, cédula de identidad número uno-seiscientos ochenta y dos-cuatrocientos, sesenta y nueve, vecina de San Cristóbal Sur de Desamparados, en calidad de presidenta y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Agrocomercial China M A Sociedad Anónima, misma que tiene las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas que se publique el edicto correspondiente, ha dicha sociedad. El nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Christian Álvarez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011220392.—(IN2011008786).

Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social será Finca Triana Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—RP2011220393.—(IN2011008787).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 19 de abril del 2010, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Nuestra Segunda Ronda Limitada, en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas segunda y sétima.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson, Notario.—1 vez.—RP2011220394.—(IN2011008788).

Ante la notaria Ana Gabriela Arroyo Fonseca, el día 11 de mayo del 2009, en Santa Cruz, Guanacaste, Franklin Duarte Rosales, cédula Nº 5-205-276, y María de los Ángeles Navarro Cascante, cédula Nº 1-775-168, constituyen sociedad anónima, conforme Código de Comercio y Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, su denominación social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro más el aditamento de “S. A.”, con domicilio en Villarreal, Santa Cruz, Guanacaste, Salón Multiusos, 800 metros este. Objeto: el comercio. Plazo: 99 años. Capital: ¢12.000,00, representados por 12 acciones comunes y nominativas de ¢1.000,00 cada una, suscritas y pagadas. Administrada por junta directiva: compuesta por presidente, secretaria y tesorero. Vigilada por un fiscal. Al presidente y secretaria, corresponden la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes deben actuar conjuntamente. Se emplaza a cualquier interesado para que formule reparos a esta inscripción.—Lic. Ana Gabriela Arroyo Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2011220395.—(IN2011008789).

Por medio de escritura doscientos veintinueve-cuatro, otorgada ante este notario, a las 10:00 horas del 3 de febrero, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Brisas Doradas S. A., se modifica cláusula de administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 10 de febrero del 2011.—Lic. Francisco Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—RP2011220396.—(IN2011008790).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Corporación Megasúper Sociedad Anónima,

horas del 3 de febrero del 2011. Domicilio: Desamparados, San José. Representación: presidente y secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011220376.—(IN2011008773).

Josué Solís Sequeira y Erick Marín Mora, constituyen sociedad que se denomina Proveedora de Alimentos Las Orquídeas Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del 3 de febrero del 2011. Domicilio: Desamparados, San José. Representación: presidente y secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011220377.—(IN2011008774).

Karolin Marín Lizano y Andrea Marín Mora, constituyen sociedad que se denomina Operadora de Turismo La Montaña Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 13:30 horas del 3 de febrero del 2011. Domicilio: Desamparados, San José. Representación: presidente y secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—RP2011220379.—(IN2011008775).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintiocho de enero del dos mil once, se protocolizan acuerdos tomados por Gasolinera Santa Cruz Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-163766, en donde se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo referente al objeto.—Nicoya, 4 de febrero del 2011.—Lic. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—RP2011220380.—(IN2011008776).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Euro Loft Dos del Valle Sociedad Anónima. Se acordó reformar las cláusulas del domicilio, la administración, y nombrar nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—RP2011220381.—(IN2011008777).

El suscrito notario, Roberto Vargas Mora, hace constar y da fe de que constituí la sociedad denominada Yamada Masa S. A., con un capital social de cien mil colones. Es todo.—Palmares, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220382.—(IN2011008778).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Centro Integral Educativo y de Desarrollo Sociedad Anónima. Plazo: cien años a partir de la constitución. Capital social: doce mil colones. Administración: presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Fabiola Soler Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2011220383.—(IN2011008779).

Ante mi notaría, al ser las quince horas del diecinueve de diciembre del dos mil diez, se protocolizó acta de la asamblea general ordinaria del Consorcio Horebsamar S. A., en la cual renuncian y nombran nuevos miembros de su junta directiva y fiscal, y domicilio social. Mismo lugar y fecha.—Lic. Viamney Guzmán Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2011220384.—(IN2011008780).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de Puentes de Cobre S. A., cédula jurídica Nº 3-101-391804. Se reforma la cláusula cuarta de pacto constitutivo.—Palmares, 2 de febrero del 2011.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2011220385.—(IN2011008781).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Abba Sistemas S. A. Plazo: de 99 años. Capital: de doscientos mil colones. Objeto: comercialización en tecnologías de información y servicios conexos. Domicilio: en Zaragoza, Palmares de Alajuela, cien metros oeste del parque. Apoderados: presidente y secretario, actuando por separado.—Palmares, 2 de febrero del 2011.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2011220386.—(IN2011008782).

Constitución de sociedad denominada. Xinia María Corrales Cambronero, cédula Nº 1-577-082; Mónica Raquel Alpízar Corrales, cédula Nº 1-2056-756; Isaías Alpízar Hernández, cédula Nº 1-303-990, y Manuel Enrique Corrales Cambronero, cédula Nº 1-627-

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del 2006 constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de capital social un millón de colones exactos.—Cartago, tres de febrero del dos mil once.—Lic. María de Los Angeles Ángulo Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011220412.—(IN2011008801).

Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del 31 de enero de 2011, se constituyó Grupo Agar CR S. A.— Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011220413.—(IN2011008802).

En escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 18:00 horas del día 2 de febrero del 2011, se modifica el domicilio social, la representación y se nombra fiscal de Investements The Dolphin To The Shore Of The Ocean S. A.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2011220417.—(IN2011008803).

En escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 18:15 horas del día 2 de febrero del 2011, se modifica el domicilio social, la representación y se nombra subgerente de Inversiones Rocam Limitada.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—RP2011220418.—(IN2011008804).

Mediante escritura otorgada a las once horas del tres de febrero de dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Corporación J Meza Villalobos y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—RP2011220421.—(IN2011008805).

En mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad de esta plaza denominada Refugio de La Luna Inc Sociedad Anónima, en donde se modificó pacto social y se nombraron personeros. Escritura pública otorgada en San José, a las catorce horas del día cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Jimmy Monge Sandí, Notario.—1 vez.—RP2011220425.—(IN2011008806).

El suscrito notario público, hace constar que ante mí, se constituyó Inmobiliaria Comercial Los Sueños de CAA S. A., al ser las veinte horas del día tres de febrero de dos mil once. Capital social: doce mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, siete de febrero de dos mil once.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220426.—(IN2011008807).

El suscrito notario, hace constar que en escritura número doscientos uno, visible a folio ciento diecisiete vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada al ser las diez horas del cuatro de febrero del dos mil once, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Wahoos Seafood Saloon Limitada.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Wilber Jiménez Jimémez, Notario.—1 vez.—RP2011220427.—(IN2011008808).

Jorge Washington Benítez Silva y Jorge Maikol Benítez Esquivel, constituyen una sociedad innominada. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—RP2011220428.—(IN2011008809).

Por escritura otorgada ante Martha Araya Chaverri y Laura Zumbado Loría, a las catorce horas del tres de febrero, se protocoliza acta de asamblea de socios de Paseo del Prado Teca S. A., se modifica la cláusula del domicilio, ubicándose en Sabana Sur, de la Librería Universal; cien sur, cincuenta oeste y ochenta sur; así como la cláusula de la administración, correspondiendo al presidente y secretario, conjunta o separadamente la representación de esta empresa. Es todo.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notario.—1 vez.—RP2011220429.—(IN2011008810).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas, se constituye la sociedad Clubes Creativos de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 25 de enero del 2011.—Lic. Carlos Jiménez Volio, Notario.—1 vez.—RP2011220430.—(IN2011008811).

mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 28 de enero del 2011.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—RP2011220397.—(IN2011008791).

Por escritura 69, del tomo 11 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 4 de febrero del 2011, se constituyó la compañía Q & S Dental Services Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: cien años.—San, José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Lilliam María Mora Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2011220398.—(IN2011008792).

Ante esta notaría, en escritura otorgada el 3 de febrero del 2011, Cashoes Sociedad Anónima, cuyo presidente es: Edwin Ramírez Torres.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011220402.—(IN2011008793).

Mediante escritura seis, se modifica la cláusula octava, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero, de la sociedad J Prime Internacional Sociedad Anónima.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Ericka Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—RP2011220403.—(IN2011008794).

Que mediante escritura Nº 177, de las 07:00 horas del 19 de octubre del 2010, ante el notario Lic. José Francisco Pereira Torres, se cambió nombre de la sociedad Vidrios Enmanuel S. A., por Andiesa Siete S. A., se modificó cláusula de junta directiva y se nombró secretario.—Cartago, 19 de octubre del 2010.—Lic. José Francisco Pereira Torres, Notario.—1 vez.—RP2011220404.—(IN2011008795).

Por escritura otorgada ante el notario Luis Alberto Apú Oviedo, a las nueve horas del veintisiete de enero del dos mil once, Jorge Flores Duarte y Yadira García-Díaz Prada, constituyen la sociedad Multiservicios e Inversiones Joyca S. A., con un capital social de diez mil colones. Domiciliada: en Pavas y representada por el secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—RP2011220405.—(IN2011008796).

Por escritura número treinta-uno, otorgada en mi notaría, en la ciudad de Heredia, a las once horas veinte minutos del tres de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Asa Cien Fotografía Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, cada una suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: el presidente y el secretario. Es todo.—Heredia, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jorge Arturo Benavides Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011220407.—(IN2011008797).

Ante esta notaría, a las diecisiete horas del día dos de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Víctor Loáciga Doce Veintitrés Sociedad Anónima, cuyo presidente es: Dietrik Loáciga Medina. Domicilio: La Cruz, Guanacaste.—La Cruz, Guanacaste, 3 de febrero del 2011.—Lic. Carmen Chavarría Marenco, Notaria.—1 vez.—RP2011220408.—(IN2011008798).

Por escritura número doscientos cuarenta, otorgada el día de hoy, a las siete horas treinta minutos ante esta notaría, se constituyó la sociedad Pialba del Norte Limitada. Representada: por dos gerentes. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Heredia, veintisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Mario Enrique Conejo Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220409.—(IN2011008799).

Por escritura número doscientos cuarenta, otorgada el día de hoy, a las siete horas ante esta notaría, se constituyó la sociedad Jorem Producciones de Centroamérica S. A. Junta directiva constituida por presidente, secretario y tesorero. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Heredia, veintisiete de setiembre del dos mil diez.—Lic. Mario Enrique Conejo Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220410.—(IN2011008800).

La suscrita notaria pública, María de Los Angeles Ángulo Gómez, informa que ante mi notaría, los señores Tarcicio Arturo Guillén Aguilar, cédula 3-137-859 y Ana Lucía Quirós Castro, cédula 3-173-970, de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo número 33171-J publicado en La Gaceta 114 del 14 junio

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Por escritura otorgada ante este notario, a las dieciséis horas del tres de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Geria Office S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011220436.—(IN2011008812).

Por escritura otorgada ante este notario, a las once horas del tres de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Alfa Macra S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—RP2011220437.—(IN2011008813).

Los señores Dalman y Jocsan, ambos López Espinoza y Carmen Espinoza Espinoza, a las 20:30 horas del 1º de febrero del 2011, constituyerón Transportes D.L.E. Multiservicios Sociedad Anónima, con un plazo de 99 años y un capital social de 10 mil colones, domicilio social: Naranjo, Alajuela, doscientos metros norte y cien metros este del parque infantil, casa esquinera de portón negro.—Naranjo, Alajuela, 3 de febrero del 2011.—Lic. William Alberto Rodríguez Matamoros, Notario.—1 vez.—RP2011220438.—(IN2011008814).

A las dieciséis horas del dieciocho de junio del dos mil diez, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Inversiones Daga Sociedad Anónima, se nombra junta directiva y fiscal.—Tilarán, primero de setiembre del dos mil diez.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2011220440.—(IN2011008815).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 2 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad denominada Squeezeme Juice Factory Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Goicoechea, Guadalupe, Mall El Dorado, local número ocho. Capital social: veinte mil colones exactos. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—RP2011220442.—(IN2011008816).

Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del primero de febrero del dos mil once, ante mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de condóminos de Condominio Horizontal Residencial Bosques del Tecal, se reforman los artículos uno, tres, nueve, dieciocho, cuarenta y uno, cuarenta y cinco, y se adicionan los artículos diecinueve bis, cuarenta bis y cuarenta y cinco bis, del reglamento interno de dicho condominio.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2011220443.—(IN2011008817).

Por escritura pública número trescientos veintisiete, otorgada ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima denominada A A AB Asistencia de Grúa y Plataforma S. A. plazo noventa y nueve años, capital social: diez mil colones exactos. Presidente: Marco Antonio Cordero Espinoza.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2011220444.—(IN2011008818).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las once horas del cuatro de enero dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Jungle Surf Playa Hermosa Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—RP2011220447.—(IN2011008819).

Escritura otorgada ante los notarios Gerardo Calderón León y Alexandra Morales Quesada, en Jaco, a las 14:00 horas del 11 de enero del 2011, se constituye Baffo Sociedad Anónima, presidente: Fabrizio Parenti, secretaria: Manuela Altomani, capital social. ¢6.000.00, agente residente: Gerardo Calderón León.—Lic. Gerardo Calderón León y Alexandra Morales Quesada, Notarios.—1 vez.—RP2011220448.—(IN2011008820).

Hoy protocolicé, en lo conducente acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Fosforera Costa Rica S. A., en virtud de la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio social de la compañía. Escritura otorgada en la ciudad de San José, las 8:00 horas del 4 de febrero del 2011.—Lic. Mario Quirós Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011220449.—(IN2011008821).

Por escritura pública otorgada en La Fila de Desamparados, a las dieciocho horas del veintiocho de enero del dos mil once, fue constituida la sociedad anónima, denominada Distribuidora Alpa & Abanik Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Distribuidora Alpa & Abanik S. A.—La fila de Desamparados, veintiocho de enero del dos mil once.—Lic. Gerardo Valverde Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011220450.—(IN2011008822).

Hoy protocolice acuerdos de la sociedad Mobiliaria Colibrí G A N S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sétima de la administración.—San José, 4 de febrero de dos mil once.—Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2011220451.—(IN2011008823).

La suscrita notaria, Lizeth Genoveva León Gómez, hace constar que bajo esta notaría, se efectuó acta adicional a la empresa Seguridad y Vigilancia R M del Pacífico Sociedad Anónima, que reforma los estatutos en sus cláusulas segunda del domicilio, tercera ampliación de su objeto y sexta de la representación judicial y extrajudicial, bajo escritura número doscientos treinta de mi protocoló tomo dos. Es todo.—Puntarenas, Esparza, primero de febrero de dos mil once.—Lic. Lizeth Genoveva León Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2011220452.—(IN2011008824).

En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 11:30 horas del 3 de febrero del 2011, se constituyó Inversiones La Guaria E & X Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Santa Ana, 3 de febrero del 2011.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—RP2011220453.—(IN2011008825).

En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 11:00 horas del 3 de febrero del 2011, se constituyó Ford Edge Dos Mil Once Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Santa Ana, 3 de febrero del 2011.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—RP2011220454.—(IN2011008826).

Por medio de la escritura número doscientos sesenta y uno, otorgada a las ocho horas del día tres de febrero del dos mil once, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos cuarenta y ocho mil cuarenta y dos s. a., por medio de la cual se modifica la cláusula primera de la razón social, para que en adelante se lea European Gourmet Food Sociedad Anónima, la cláusula segunda del domicilio, la sexta de la administración, se revoca el nombramiento de los miembros de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos miembros para estos puestos.—Lic. Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—RP2011220455.—(IN2011008827).

Por escritura número cuarenta-once, otorgada ante el suscrito notario, en conotariado con el notario Mario Quesada Bianchini, el día dos de febrero del dos mil once, he protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Burbujas del Mar Sociedad Anónima, en que se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Manuel Salas Raven, Notario.—1 vez.—RP2011220457.—(IN2011008828).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Ogdereck Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de cien mil colones netos.—3 de febrero del 2011.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—RP2011220458.—(IN2011008829).

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Ante el suscrito notario, se constituye la sociedad Arrendadora Agrícola Río Celeste Sociedad Anónima. Capital social: cuarenta mil colones representados por cuarenta acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Domicilio social: ochocientos metros norte de Arrocera Inversiones Sábalo, Camote de la Virgen, Pavón, Golfito, Puntarenas. Plazo social: noventa my nueve años. Presidente, Raúl Gómez González; con cédula: tres-trescientos veintidós-seiscientos setenta y tres.—Ciudad Nely, a las diez horas del tres de febrero del dos mil once.—Lic. Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—RP2011220459.—(IN2011008830).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día cuatro de febrero del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Servicios Auto Mercado Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011220463.—(IN2011008831).

Ante esta notaría, a las once horas del veinte de agosto del dos mil diez, Fredin Leitón Carranza, Mary Flor Rojas Murillo, Milton Leitón Rojas y Jacksin de Los Ángeles Leitón Rojas, constituyeron la sociedad denominada Inversiones L & R Sociedad Anónima. Capital: dieciséis mil colones. Domicilio: Guanacaste, Rincón de La Cruz, de Guayabo de Bagaces, cincuenta metros al norte, de la escuela casa a mano derecha color beige.— Guayabo de Bagaces, Guanacaste, veinte de enero del dos mil once.—Lic. Elizabeth Ugalde Leitón, Notaria.—1 vez.—RP2011220464.—(IN2011008832).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día cuatro de febrero del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Alonso y Compañía Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011220465.—(IN2011008833).

Ante esta notaría, a las veinte horas del veinte de diciembre del dos mil diez, Carlos Maynor Hernández Barrantes y Sofía Cruz Jiménez, constituyeron la sociedad denominada Constructora M.W.E. Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Domicilio: Guanacaste, Guayabo de Bagaces, de la Panadería San Gerardo, cien metros al norte y veinticinco metros al este.—Guayabo de Bagaces, Guanacaste, trece de enero del dos mil diez.—Lic. Alejandra Brown Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2011220466.—(IN2011008834).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del día cuatro de febrero del dos mil once, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Automercado Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—RP2011220466.—(IN2011008835).

Por asamblea extraordinaria de Inversiones de Mezerville S. A., protocolizada en San José, a las 20:00 horas del 30 de enero de 2011, se traslada el domicilio a la provincia de San José, cantón de Montes de Oca, distrito de Sabanilla, urbanización El Cedral, casa Nº 38.—San José, 7 de febrero de 2011.—Lic. Fernando Lara Gamboa.—Lic. Monique Azuola Castro, Notarios.—1 vez.—RP2011220468.—(IN2011008836).

En mi notaría, mediante escritura Nº 134-24, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las 08:00 horas del 4 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad Guariana Construcciones S. A. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: desarrollo de actividades de construcción, específicamente metálicas e industriales en general. Presidente: Óscar Araya Arias.—San Ramón, Alajuela, 4 de febrero del 2011.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—RP2011220483.—(IN2011008837).

Por escritura número trescientos cincuenta y nueve, otorgada ante esta notaría, se constituye la sociedad GPM Multiservicios Caribbean Sociedad Anónima, el presidente es el apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando en forma separada para comprar, el presidente, el secretario y el tesorero lo son apoderados generalísimos sin límite de suma en forma conjunta para vender, el presidente y el secretario, el presidente y el tesorero, o el secretario y el tesorero, lo son apoderados generalísimos con límite de suma hasta cinco millones de colones, el presidente, el secretario y el tesorero lo son apoderados generalísimos con limite de suma hasta un millón quinientos mil colones, actuando en forma separada. Presidente: Geordy Hernández Quirós, secretario: Marvin Soto Fernández, tesorero: Otto Pedro Barquín Morales.—Heredia, 2 de febrero de 2011.—Lic. Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011220486.—(IN2011008838).

Por escritura otorgada ante el notario, Licenciado Francisco José Rivera Gómez, de las nueve horas del cinco de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad Importaciones Santur Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: José Rafael Sibaja Salazar.—San José, a las nueve horas del cinco de febrero del dos mil once.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011220489.—(IN2011008839).

A las 09:00 horas del día 2 de febrero del 2011, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad anónima denominada Saturnia Sociedad Anónima, se aumenta capital social, se amplia el plazo social, capital social doscientos cincuenta millones de colones.—San José, siete de febrero del 201l.—Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011220492.—(IN2011008840).

Ante esta notaría mediante la escritura número 298 otorgada a las 17:00 horas del 1º de febrero de 2011, se constituyó la empresa Castilla de los Villalobos S. A., presidente: Héctor Villalobos Chacón. Plazo 99 años. Capital social: 100.000 colones. Domicilio: San Miguel de Santo Domingo de Heredia.—Lic. Luis Edgardo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—RP2011220495.—(IN2011008841).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se constituyó en mi notaría, la sociedad denominada Gato Construcción & Diseño Limitada.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—RP2011220502.—(IN2011008842).

Ante mí, Bernal Mauricio Orozco Salas, notario público, con oficina en San José, Barrio México; costado norte, del parque, comparecieron: Luis Alejandro Vargas Hidalgo y Clara Vargas Hidalgo, constituir la sociedad denominada según el número de cédula jurídica, asignada por el Registro Público.—San José, 5 de febrero del 2011.—Lic. Bernal Mauricio Orozco Salas, Notario.—1 vez.—RP2011220507.—(IN2011008843).

Por escritura veintitrés otorgada ante la notaria, Patricia Campos Villagra, a las trece horas del tres de febrero del dos mil once. La sociedad Inversiones el Marque de la Comarca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cinco mil noventa y nueve, nombra nueva junta directiva, fiscal y que el nuevo domicilio social es San José, San Antonio de Desamparados, diagonal a esquina noroeste del parque.—San José, a las trece horas del tres de febrero del dos mil once.—Lic. Patricia Campos Villagra, Notaria.—1 vez.—RP2011220511.—(IN2011008844).

Se hace del conocimiento público que ante mí, por escritura número seis-ochenta y seis otorgada en La Unión, a las 10:00 horas del 2 de febrero del 2011, se constituye sociedad denominada Seguridad J. R. Alcor Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, se realiza nombramiento de junta directiva y fiscal, capital social sesenta mil colones, presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Kattia Lorena Molina Masís, Notaria.—1 vez.—RP2011220512.—(IN2011008845).

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Protocolización acta Inversiones Pérez Alvarado INPEAL S. A., nombra presidente a Luis Alonso Pérez Alvarado, cédula Nº 1-1483-984 y secretario José David Pérez Alvarado, cédula Nº 1-1483-984, ante la suscrita notaria, María Teresa Mora Ramírez.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. María Teresa Mora Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011220516.—(IN2011008846).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Secure Metropolitana Sociedad Anónima, domiciliada en San José. Capital social: ¢5.000.000. Presidente: Geoffrey Lincoln Davis. Escritura de las 10:30 horas del 1º de febrero de 2011.—Lic. Bárbara Nechbi Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—RP2011220517.—(IN2011008847).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las once con cuarenta y cinco horas del día veintiséis de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad Transportes Turísticos Pejiballe Sociedad Anómma, capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años, contados a partir del momento de su constitución.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011220518.—(IN2011008848).

Por escritura otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José, a las dieciséis horas del día cuatro de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad Fisioterapia y Salud SBS Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años, contados a partir del momento de su constitución.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220519.—(IN2011008849).

El suscrito notario, hace constar que en mi notaría, se constituyó la entidad Escuela de Español y de Salud Integral E.E.S.I. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: ochenta mil colones. Domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, trescientos metros al este, cien metros al norte y cien metros al este, del Colegio Bilingüe Nueva Esperanza. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—RP2011220521.—(IN2011008850).

En mi notaría, mediante escritura número cincuenta y ocho-catorce, Daniel Blanco Arauz y Rigoberto Acuña Leal, constituyen la sociedad Proyecto Antiokia Sociedad de Responsabilidad Limitada, el gerente Daniel Blanco Arauz, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—3 de febrero del 2011.—Lic. Patricia Enríquez Escobar, Notaria.—1 vez.—RP2011220523.—(IN2011008851).

Por escritura otorgada ante este notario, a la nueve horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil once, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Trabajos de Madera Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno siete tres nueve ocho, en donde se modifica la cláusula primera del pacto social y la cláusula sexta de la sociedad y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—RP2011220525.—(IN2011008852).

Escritura uno cero siete-cinco, tomo cinco mi protocoló, mi notaría centro San Ramón, Alajuela, se instituye 3KROJOROJOANT S. A., capital social un millón de colones, diez acciones, comunes y nominativas por cien mil colones cada una, suscritas y pagadas; presidente: José Rojas Rojas, cédula dos-cero tres nueve tres-cero dos cinco cinco. Domicilio social: Rincón, Zaragoza, Palmares, Alajuela.—7 de febrero de 2011.—Lic. Miguel Ángel Campos Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011220529.—(IN2011008853).

Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Importadora de Autos Bonilla Granda Sociedad Anónima, otorgada mediante escritura pública número ciento sesenta, visible a folio ochenta y siete vuelto, de fecha dieciséis horas del cinco de febrero del dos mil once, presidente: José Alberto Bonilla

Rodríguez. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en San José, Desamparados, Monte Claro, contiguo al puente. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220531.—(IN2011008854).

La suscrita notaria, Gina Zúñiga Castro, hace constar que el del tres de febrero en mi notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Distribuidora y Acabados M G Sociedad Anónima, con el domicilio social en Limón, Guápiles, del Bar Carrillos, un kilómetro al oeste sobre la línea férrea, entrada a mano derecha con palmeras, casa color papaya, cuyos representantes son: presidente Jorge Enrique Muñoz Villalobos y tesorero Karol Jessenia González Mena.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Gina Zúñiga Castro, Notaria.—1 vez.—RP2011220532.—(IN2011008855).

Mediante escritura número trescientos veintinueve, del tomo octavo, hoy se constituyó la sociedad Hernández & Sancho S. A.— San José, cinco de febrero del dos mil once.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220534.—(IN2011008856).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Controles Video Técnicos de Costa Rica S. A., y de tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil quinientos cincuenta s. a., y se constituyeron las sociedades Agua Fresca C.R. S.R.L. y Baya Negra del Este C. R. S.R.L.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011220535.—(IN2011008857).

Por escritura número treinta y dos tomo tres, otorgada el día veinticuatro de enero de dos mil once, ante la Seanny Jiménez Alfaro, se constituyó la sociedad Grupo B C & M Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Capital social debidamente suscrito y pagado, administrada por una junta directiva, donde el presidente, secretario y tesorero, ejercen la función de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 7-1-2011.—Lic. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2011220538.—(IN2011008858).

Por escritura número 283 de las 17:00 horas del 22 de enero del 2011, escritura número 284 de las 18:00 horas del día 22 de enero del 2011, y escritura número 285 de las 19:00 horas del 22 de enero del 2011, se modifica el pacto constitutivo de International Christian School Sociedad Anónima, siendo que se cambia integración del órgano gestor, se incluye vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, quien actúa en ausencia del presidente y se concede poder generalísimo sin límite de suma al secretario y tesorero quienes deben actuar en conjunto en ausencia del presidente y del vicepresidente, se adiciona una cláusula décimo tercera para limitar la circulación de acciones, se incrementa el capital social cien mil colones, y se modifica cláusula sétima de la convocatoria de asambleas. Protocoló, tomo: 19.—Lic. Célimo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220539.—(IN2011008859).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veintinueve de enero del dos mil once, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad Ocean Ranch Park S. A., por medio de la cual de modificó la cláusula de administración.— San José, veintiséis de enero de dos mil once.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—RP2011220543.—(IN2011008860).

Jonathan Quirós Soto y Adriana Pacheco Madrigal, constituyen la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo del decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno. Capital social diez mil colones.—San José, a las once horas del doce de enero de dos mil once.—Lic. Sonia Rebeca Montealegre Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2011220545.—(IN2011008861).

Por escritura número ciento ochenta y cuatro, se constituyó la sociedad denominada Human Capital Engine Group S. A. Capital social diez mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—

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Jaco, Garabito, Puntarenas, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—RP2011220546.—(IN2011008862).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del primero de febrero de dos mil once, se constituyó la sociedad EB Transport Sociedad de Responsabilidad Limitada que en español se leerá EB Transporte Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones. Plazo cien años.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220549.—(IN2011008863).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del primero de febrero de dos mil once, se constituyó la sociedad Luis Portugal Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones. Plazo cien años.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220550.—(IN201108864).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos de primero de febrero de dos mil once, se constituyó la sociedad PTCR de Responsabilidad Limitada. Capital Social diez mil colones. Plazo cien años.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notario.—1 vez.—RP2011220551.—(IN2011008865).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del primero de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad Lawcr de Responsabilidad Limitada. Capital social: deiz mil colones. Plazo: cien años.—Lic. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220552.—(IN2011008866).

Mediante escritura otorgada a las 10:00 pm del 12-11-2010, ante la notaria, Alejandra Montiel Quirós, se constituye la sociedad Servicios Profesionales Dilepv S.R.L.—San José, 02-02-2011.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011220553.—(IN2011008867).

El suscrito notario, hace constar que el día de hoy protocolicé, acta de asamblea general extraordinaria de Colibrí Alegre S. A., en la que se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2011220554.—(IN2011008868).

El suscrito notario, hace constar que el día de hoy protocolicé, actas de asamblea general extraordinaria en conotariado con el Licenciado, José Ramón Chavarría Gómez, de Invertronic Property Brokers S. A., en la que se reforma la cláusula quinta y se adiciona nueva cláusula en los estatutos sociales, Nova Capital Services S. A., en la que se reforma la cláusula quinta de los estatutos constitutivos y Ripjack Inn S. A., en la que se reforma la cláusula quinta de los estatutos constitutivos.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—RP2011220555.—(IN2011008869).

Por escrituras otorgadas ante mí a las 17:20 y 18.00 horas del día de hoy, se constituyeron las compañías denominadas Inversora Riamar Azul R. A. Sociedad Anónima, e Inversora Osaka Dorada Sociedad de Responsabilidad Limitada respectivamente, por 100 años, capitales sociales suscritos y pagados.—Escazú, 24 de enero del 2011.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—RP2011220557.—(IN2011008870).

Minor Sinfonte Elizondo y Laura Montero Angulo, constituyen empresa denominada Islajo Exportaciones e Importaciones Sociedad Anónima, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo. Capital social: quince mil colones. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 3 de febrero del 2011.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2011220558.—(IN2011008871).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 21:00 horas del 31 de enero del 2011, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos treinta y ocho sociedad anónima,

se nombra miembros de la junta directiva. Es todo.—San José, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—RP2011220562.—(IN2011008872).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del veinte de enero del dos mil once, se fundo FUNDAJUN Fundación para el Desarrollo del Ambiente, la Juventud y la Niñez, plazo social: perpetuo. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, dieciséis horas del cinco de febrero del dos mil once.—Lic. Warren Aguilar Villarreal y Octavio Mora Hernández, Notarios.—1 vez.—RP2011220564.—(IN2011008873).

Por escritura otorgada, a las 11:00 horas del día 1º de febrero del dos mil once, ante el notario público, Andrés Morales Castrillo, comparecen, Gabriel Castro Benavides y Cristiana Carazo Vargas, quienes constituyen, cinco sociedades que llevarán por nombre la cédula jurídica de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 2 del decreto ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006. Para cada una, el plazo social será de cien años, el capital social de la compañía es la suma de mil doscientos colones y el presidente será Gabriel Castro Benavides, con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma, portador de la cédula 1-1055-0532.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—RP2011220565.—(IN2011008874).

Por las escrituras números setenta y cuatro y ochenta y seis, otorgadas ante mí, el doce de febrero de mil novecientos noventa y nueve, a las once horas y cinco de febrero del dos mil once, a las diez horas, protocolicé el acta número uno y dos, respectivamente de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Chimusa Sociedad Anónima, en la cual, se nombra nueva directiva, se modifica la cláusula quinta, sexta, novena y se adicionan las cláusulas décima, onceava y doceava del pacto constitutivo.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Javier Quirós Valerín, Notario.—1 vez.—RP2011220567.—(IN2011008875).

La sociedad Productos Deportivos y Publicitarios Prodepor S. A., céd. 3-101-314625, nombra nuevo presidente.—7 de febrero del 2011.—Lic. Amado Hidalgo Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011220570.—(IN2011008876).

Por escritura número 1.687, otorgada ante mi notaría, en Tres Ríos, a las 17:00 horas del 4 de febrero de 2011, se constituyeron 5 sociedades anónimas, que se denominarán con el número de cédula jurídica que el Registro les asigne, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 2, del Decreto Ejecutivo Nº 33171, publicado en La Gaceta 114, del 14 de junio del 2006, plazo: 100 años. Capital social: ¢10.000,00. Giro: el comercio en general, etc. Domicilio: Cartago, La Unión, Tres Ríos. Presidente: Marco Antonio Vásquez Chavarría.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011220571.—(IN2011008877).

Ante mí, Ángel Edmundo Solano Calderón, notario público, escritura número siete, folio dieciséis vuelto, tomo sesenta y seis, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos quince mil novecientos treinta y uno S. A., se modifica la cláusula primera. Se modifica la razón social Bodega Plaza S. A.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—RP2011220572.—(IN2011008878).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del diez de enero del dos mil once, se constituye la sociedad El Tamarindo Brisas y Palmeras del Coco Sociedad Anónima, presidenta Rosa María Brenes Mata.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011220573.—(IN2011008879).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento noventa de las ocho horas del uno de febrero del dos mil once, se protocoliza asamblea de accionistas de la sociedad Gordonia Gigante S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, cuatro de febrero de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011220575.—(IN2011008880).

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Por escritura de las 15:45 horas del cuatro de febrero del 2011, se constituye la sociedad denominada PY Haynes CR Fun de Responsabilidad Limitada. En la cual se nombra gerente y subgerente como apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—RP2011220599.—(IN2011008892).

Por escritura número doscientos treinta y nueve-cuatro del tomo cuatro, otorgada ante la suscrita notaria pública, se protocoliza la creación de la sociedad Eléctrica Interdisa Dos Mil Diez Sociedad Anónima.—San José, 18 de enero del dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011220601.—(IN2011008893).

Por escritura pública número doscientos setenta y nueve-cuatro del tomo cuatro, otorgada ante la suscrita notaria pública, se protocoliza la creación de la sociedad Tanqueton Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero de dos mil once.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011220602.—(IN2011008894).

En mi notaría por escritura de las 10:00 horas del 5 de febrero de los corrientes, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios que reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiséis mil setecientos setenta s. a., cédula de persona jurídica número 3-101-526770.—Lic. Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011220603.—(IN2011008895).

Por escritura pública número diecisiete-seis, otorgada en La Fortuna, San Carlos, a las dieciséis horas de veintiséis de marzo del dos mil diez, ante el suscrito notario José Manuel Villegas Rojas, se constituyó la sociedad anónima denominada Gelovi Sociedad Anónima.—La Fortuna de San Carlos, cinco de abril del dos mil diez.—Lic. José Manuel Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011220604.—(IN2011008896).

Por escritura número 25 del tomo 7 de la notaría, Alejandro Wyllins Soto, se nombra modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y se modifica el domicilio social de Knoxvil Norte S. A.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—RP2011220605.—(IN2011008897).

Por escritura número 26 del tomo 7 de la notaría, Alejandro Wyllins Soto, se nombra modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal y se modifica el domicilio social de Flor Purpura S. A.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—RP2011220606.—(IN2011008898).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del dieciséis de diciembre del dos mil diez, se constituyó la empresa La Máquina de Sueños Sociedad Anónima, con domicilio social Buenos Aires, de Palmares, contiguo a Hogarcitos, capital social cien mil colones exactos con plazo social de noventa y nueve años, presidente Marco Vinicio Segura Quesada.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—RP2011220607.—(IN2011008899).

Por escritura número 16 del tomo 7 de la notaria Vivian Wyllins Soto, se nombra modifica el domicilio social y se nombra nueva junta directiva y fiscal de 3-101-535349 S. A.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—RP2011220608.—(IN2011008900).

Ante mí Geovanny Montero Chacón, notario público, con oficina en Golfito, se constituyó la sociedad de Paz en Pavones Sociedad Anónima, con domicilio social en Puntarenas, Golfito, La Purruja, diagonal al Bar El Escondite. El plazo social es de cien años. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde a la presidenta señora Adam Mellstrom Matz, pasaporte cuatro siete siete uno cuatro nueve seis cero cinco. El capital social es la suma de diez mil colones, representada por diez acciones, comunes y nominativas de mil colones cada una. Es todo.—Golfito, 2 de febrero del 2011.—Lic. Geovanny Montero Chacón, Notario.—1 vez.—RP2011220609.—(IN2011008901).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa de las siete horas del uno de febrero de dos mil once, se protocoliza asamblea de accionistas de la sociedad Los Aguacates Miniaturas Bicolores S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, cuatro de febrero de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011220576.—(IN2011008881).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y dos de las nueve horas del primero de febrero de dos mil once, se protocoliza asamblea de accionistas de la sociedad Única Veranera Lila-Perlada S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas primera y segunda de los estatutos sociales.—San José, siete de febrero de dos mil once.—Lic. Marco Aurelio Odio Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011220577.—(IN2011008882).

Por escritura otorgada en Cartago, de las diecisiete horas del veintiocho de enero del dos mil once, Carolina Pérez Cerda y José Rafael Huertas Guillén, constituyen la sociedad con cédula jurídica que le asigne registro de personas jurídicas sociedad anónima.—Lic. Luis Fernando Saénz González, Notario.—1 vez.—RP2011220579.—(IN2011008883).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas de hoy, se constituyó la sociedad anónima que utilizará como nombre el número de cédula jurídica que le otorgue el registro de personas jurídicas del Registro Nacional, más el aditamento sociedad anónima, pudiendo abreviarse este aditamento como S. A. Plazo social: un año. Objeto: el objeto es el comercio en general. Capital social: ciento veinte mil colones representado por ciento veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Fernando Alvarado Soto.—San José, veintidós de noviembre de dos mil diez.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—RP2011220583.—(IN2011008884).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 9:00 horas del 12 de enero del 2011, se constituye Cerros Nevados Andinos S.A.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—RP2011220587.—(IN2011008885).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Auditorías y Sistemas en NIIF S. A., capital social 150 mil colones. Escrituras otorgadas ante la notaría, Teresita Marín Rodríguez, a las 9:00 horas del 12 de octubre de 2010 y 15:00 horas del 11 de enero de 2011.—San José, 31 de enero de 2011.—Lic. Teresita Marín Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011220588.—(IN2011008886).

Por escritura otorgada en esta notaría, las 17:00 horas del 5 de febrero 2011, se reforma constitución de Galydet Ltda., cambiando de dos a tres gerentes.—Lic. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—RP2011220589.—(IN2011008887).

A las quince horas del diecisiete de julio de dos mil diez, Carlysle Roger Branker, Patricia Castillo Gutiérrez y Victoria Delores Branker, constituyen una fundación denominada True Bread Foundation.—Lic. Teresita Marín Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011220592.—(IN2011008888).

Según consta de escritura número 226 en mi notaría, se modifican cláusulas 2, 6 y 7, de Inversiones Cedro Real N C Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-516199, se nombra fiscal, tesorero y agente residente.—A las 8:00 horas del 2 de febrero del 2011.—Lic. Rafael Ángel Paniagua Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220596.—(IN2011008889).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Edelba y Compañía S. A.—Escazú, 4 de febrero del 2011.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2011220597.—(IN2011008890).

Que en escritura otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza Aire Acondicionado C y C S. A., capital social: diez mil colones netos, capital pagado y suscrito debidamente. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Henry Sandoval Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2011220598.—(IN2011008891).

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doce mil colones. Presidente Emmanuel Pierre (nombres) Javogue (apellido).—San José, veintisiete de enero del dos mil once.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2011220620.—(IN2011008910).

Por escritura otorgada ante mi notaría en Liberia, a las quince horas del primero de febrero del dos mil once, se constituyó Inversiones Pineda y Ruiz Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones suscritos y pagados. Apoderada generalísima presidenta: Carmen María Ruiz Vílchez.—Liberia, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—RP2011220621.—(IN2011008911).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas de 3 de febrero del 2011, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de las sociedades Luna y Costa Azul S. A., e Industrias Azul Plate S. A., donde se acuerda la fusión entre ambas, prevaleciendo la primera.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—RP2011220622.—(IN2011008912).

Por escritura otorgada, a las diez horas del veinticinco de enero del dos mil once, se presentan ante la notaria Ana Sánchez Castillo, los señores Jerry Román Villalobos, Roberto Correa González, Dennis Fernández Alvarado y Lucrecia Miranda Solís, a constituir sociedad anónima denominada Higt Tech Innovation Mega System Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Ana Sánchez Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2011220623.—(IN2011008913).

Por escritura otorgada ante mí, de las dieciséis horas del día cuatro de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Alouatta Sociedad Anónima. Domicilio social: Heredia, San Lorenzo de Flores de Heredia, residencial San Lorenzo, cien metros al oeste de la capilla de velación. Objeto: el ejercicio del comercio en todas sus formas. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: un millón de colones, acciones comunes y nominativas. Presidenta: Andrea Chaves Ramírez.—Lic. María Auxiliadora Montoya Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011220624.—(IN2011008914).

Mediante escritura número 168 otorgada ante este notario, a las 11:00 horas del día 31 de enero del 2011, se constituyen una sociedad anónima que se denominará Creando Lo Nuevo Sociedad Anónima.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—RP2011220625.—(IN2011008915).

Ante esta notaría se ha inscrito la sociedad anónima denominada Comunicación Constante Sociedad Anónima. Presidente: Abimael Mesén Corea, vicepresidente: Mario Abisai Mesén Corea, secretaria: Cindy Romero Murillo y tesorera: Hazel Picado Carpio. Publíquese.—San José cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Joaquín Bernardo Fernández Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011220626.—(IN2011008916).

Mediante escritura número 211 otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 21 de enero del 2011, se constituye una sociedad anónima que se denominará PG Maquinaria y Obra Pública Sociedad Anónima, capital social doce mil colones representación presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011220627.—(IN2011008917).

Mediante la escritura número 162-5, autorizada en mi notaría, al ser las 14:10 horas del día 4 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Moravia, San Vicente, Urbanización Arrayanes, casa número dieciocho, denominada Inversiones Inmobiliarias García & Soto de Santa Elena Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ¢60.000,00, y una duración de 99 años.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2011220633.—(IN2011008918).

Ante esta notaría, comparecieron: Enrique Meléndez Madrigal, cédula número nueve-cero sesenta y seis-doscientos sesenta y siete, Virginia Campos Kidd, cédula número cuatro-cien-setecientos sesenta y nueve, Virginia Meléndez Campos, cédula número uno-seiscientos cuarenta y ocho-doscientos ochenta y dos; y constituyeron la sociedad Envir Sociedad Anónima. Presidente: Enrique Meléndez Madrigal. Domicilio: el domicilio social será Tibás, de la esquina suroeste del parque de Tibás, seiscientos metros oeste y ciento setenta y cinco metros sur. Es todo.—Heredia, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Lucía Azofeifa Azofeifa, Notaria.—1 vez.—RP2011220611.—(IN2011008902).

Por escritura de las 18:00 horas del 1 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad: Barpica S. A. Domicilio: San José, Presidente: Eladio Picado Céspedes.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220612.—(IN2011008903).

Por escritura de las 15:00 horas del 28 de enero del 2011, se constituyó la sociedad: A A A Equimaxx S. A. Domicilio: San José, presidente: Manrique Eduardo Solano Corrales.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220613.—(IN2011008904).

Los señores Francisco José Bustillos Ortega y Miguel Ángel Bustillos Ortega. Constituyen la sociedad Kanazin S. A. Domicilio en provincia de Cartago, plazo 99 años, a partir del 3 de febrero del 2011, capital social ¢10.000.00, junta directiva: presidente, secretario y tesorero.—Cartago, 3 de febrero del 2011.—Lic. Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2011220614.—(IN2011008905).

Se protocoliza asamblea general de socios de Joyas de Oro Monteazul S. A., en la cual se cambia junta directiva y fiscal, nombre social, domicilio social, representación.—San José, 11 de enero del 2011.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2011220616.—(IN2011008906).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las ocho horas cuarenta minutos del dieciocho de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Corporación Comercial El Maravilloso S. R. L., capital suscrito y pagado, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2011220617.—(IN2011008907).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veinte de enero del dos mil once, se constituye la sociedad Hemp de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio social: su domicilio será en la provincia de San José, cantón Escazú, distrito San Rafael, del restaurante La Cascada doscientos metros al norte, cincuenta metros oeste y cincuenta metros al norte. Capital social: doce mil colones. Presidente Emmanuel Pierre (nombres) Javogue (apellido).—San José, veintisiete de enero del dos mil once.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2011220618.—(IN2011008908).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas cuarenta minutos del veinte de enero del dos mil once, se constituye la sociedad Producciones de Canamo, Sociedad Anónima. Domicilio social: su domicilio será en la provincia de San José, cantón Escazú, distrito San Rafael, del restaurante La Cascada doscientos metros al norte, cincuenta metros oeste y cincuenta metros al norte. Capital social: doce mil colones. Presidente Emmanuel Pierre (nombres) Javogue (apellido).—San José, veintisiete de enero del dos mil once.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—RP2011220619.—(IN2011008909).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas veinte minutos del veinte de enero del dos mil once, se constituye la sociedad Yaku Water Sociedad Anónima. Domicilio social: su domicilio será en la provincia de San José, cantón Escazú, distrito San Rafael, del restaurante La Cascada doscientos metros al norte, cincuenta metros oeste y cincuenta metros al norte. Capital social:

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Por la escritura número doscientos noventa y cuatro, otorgada ante el notario José Pablo González Madrigal, a las diecinueve horas con treinta minutos del tres de febrero del dos mil once, se constituyó la siguiente sociedad: Desicar Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades, domicilio en San José, Escazú. Capital íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. José Pablo González Madrigal, Notario.—1 vez.—RP2011220647.—(IN2011008928).

Por escritura número cuarenta y dos-seis, al ser las catorce horas del día once de noviembre del dos mil diez, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Labkher S. A. Capital social diez mil colones. Presidenta Krisia Herrera Cordero Secretaria Nohemy Cordero Guadamuz, y tesorero Randall Fonseca Sánchez. Es todo.—Lic. Silvia María Zeledón Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011008937).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, la empresa Óptica Blanco Sociedad Anónima, modifica las cláusulas segunda y cuarta del pacto social.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—(IN2011008941).

Se hace constar que ante esta notaría, se ha constituido una sociedad anónima denominada ECC Ainupe Sociedad Anónima. Presidente: Otilio Alexis Navas Méndez.—Heredia, 8 de febrero del 2011.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—(IN2011008944).

Se hace constar que ante esta notaría, se ha constituido una sociedad anónima denominada ECC Sérömi Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado doscientos veinticinco mil colones. Presidente: Bahil Segura Segura.—Heredia, 7 de febrero del 2011.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—(IN2011008945).

Se hace constar que ante esta notaría, se ha constituido una sociedad anónima denominada ECC Emanuel de Shiroles Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado cuatrocientos ochenta mil colones. Presidente: Julio Rivas Selles.—Heredia, 7 de febrero del 2011.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—(IN2011008946).

La suscrita notaria hago constar que hoy ante mí se constituyó la empresa Malek Worldwide Company S. A., en español Compañía Mundial Malek S. A. Presidente Ben Malek.—San José, cuatro de febrero del 2011.—Lic Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(IN2011008947).

Por escritura número trescientos veintiuno-cuatro en Palmares de Alajuela, al ser las diecisiete horas del siete de febrero del dos mil once, se constituyó ante esta notaría una sociedad anónima, denominada: Caballeriza Rincón de San José CH & C Sociedad Anónima. Adolfo Chaves Campos, presidente.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(IN2011008948).

Ante esta notaría, a las diez horas del siete de febrero del dos mil once, la sociedad Amapola de Espamar Sociedad Anónima, reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011008950).

Por escritura otorgada ante mi, Marco Vinicio Rojas Cantero y Gilberto Armando Rojas Sancho constituyen Investment Marroca International Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Investment Marroca International S. A. Domicilio social Belén, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Marco Vinicio Rojas Cantero.—Heredia, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(IN2011008951).

Ante esta notaría, a las once horas del siete de febrero del dos mil once, la sociedad Heliconia de Terramar Sociedad Anónima, reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011008952).

Mediante la escritura número 163-5, autorizada en mi notaría, al ser las 14:30 horas del día 4 de febrero del 2011, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Limpiezas Excelentes Sociedad Anónima, mediante la cual se aumentó el capital social de la sociedad, hasta la suma de ¢25.010.000,00, debidamente suscrito y pagado.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—RP2011220634.—(IN2011008919).

El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador hago constar que constituida la sociedad Diseños Mora & Rojas Limitada, el día cinco de febrero del dos mil once, capital diez mil colones, dos gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2011220635.—(IN2011008920).

El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador hago constar que constituida la sociedad Estructuras Astúa Limitada, el día cuatro de febrero del dos mil once, capital diez mil colones, dos gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2011220636.—(IN2011008921).

En mi notaría, a las 18:00 horas, del 19 de enero del 2011, se constituyó la empresa ROCA Soluciones Ingenieríles Sociedad Anónima, domiciliada en San José, capital social 100.000 colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Ronny Rodríguez Díaz, cédula de identidad Nº 6-0281-0743, plazo social 99 años.—San José, a las ocho horas del siete de febrero del 2011.—Lic. Elizabeth Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—RP2011220637.—(IN2011008922).

En mi notaría, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, capital social 10.000 colones. Domicilio Cóbano de Puntarenas. Gerentes: Duane Louis Winn y Stacey Lynn Fincher.—Mal País, 2 de febrero del 2011.—Lic. Aland Masís Angulo, Notario.—1 vez.—RP2011220638.—(IN2011008923).

Mediante escritura 168 otorgada ante este notario a las 08:00 horas con 30 minutos del 3 de febrero del 2011, se modifica la cláusula segunda, de la sociedad Blue Lake Falls Corporation Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-433880; y a partir de ahora el domicilio de la sociedad será en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, centro comercial Plaza Colonial, oficina número cuatro. Además, se nombra como agente residente al licenciado Ricardo Alfonso Estrada Murillo. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 3 de febrero del 2011.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2011220639.—(IN2011008924).

La suscrita notaria Jenny Patricia Reyes Durán, protocoliza asamblea general extraordinaria, donde se realiza el cambio de la junta directiva de la sociedad Selima Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-tres nueve uno cuatro seis dos.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Jenny Patricia Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—RP2011220640.—(IN2011008925).

Ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad Varball Inversiones Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2011220644.—(IN2011008926).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 5 de febrero del 2011, se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad Lerc Microbuses de Transportes Especiales y Turismo S. A. Notario Pablo Fernando Ramos Vargas. Teléfonos: 2280-6900 ó 2280-5139.—San José, 5 de febrero del 2011.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220645.—(IN2011008927).

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Ante esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del siete de febrero del dos mil once, la sociedad Campos de Montes de Oro Sociedad Anónima, reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2011008953).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Ramary CR Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(IN2011008962).

La suscrita Ana Marcela Picado Vásquez, notaría pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Kapar Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-243612, para nombramiento de presidente y vicepresidente en junta directiva y reformar la cláusula undécima del pacto constitutivo. Es todo.—San Ramón, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Ana Marcela Picado Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2011008980).

Ante el infrascrito notario por escritura número 81 otorgada a las 15:00 horas del 16 de diciembre del 2010, los señores Michel Pierre Marandat y Monique Helene Marcelle Rossin de Marandar constituyeron la sociedad que llevará por nombre Aquarella de Langostino S. A., que es nombre de fantasía.—Alajuela, 16 de diciembre del 2010.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011008981).

Ante el infrascrito notario por escritura número 85 otorgada a las 16:00 horas del 28 de enero del 2010, se protocolizaron los acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-490604 S. A., celebrada a las 14:00 horas del 18 de enero del 2011, por la que se reforma la cláusula primera (nombre).—8 de febrero del 2010.—Lic. Marco Lino López Castro, Notario.—1 vez.—(IN2011008983).

Por medio de escritura número setenta y tres, del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se modificaron las cláusulas sexta y segunda de la sociedad Cerco Profundo Sociedad Anónima.—Alajuela, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2011008990).

Por medio de escritura número setenta y cinco, del tomo quinto del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se constituyó la sociedad Desarrollos Marbella Highlands, M.H Limitada, cuyo representante es José Alejandro Escobar Granier. Dicha sociedad tiene un capital social de diez mil colones y un plazo social de cien años.—Alajuela, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2011008991).

Por escritura número sesenta-siete, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del cuatro de febrero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad CR Moon Property Rentals S. A., mediante la cual se reformó la cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(IN2011009001).

Por escritura otorgada, al ser las diez horas del día siete de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada SS Telemarketing and Group Sociedad Anónima.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011009016).

Por escritura otorgada, al ser las doce horas del día veintisiete de enero del dos mil once, se protocolizó acta de la sociedad denominada Nueve Mil Empleo Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra presidente y secretario de la junta directiva.—Lic. José Eduardo Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2011009017).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones

Nauta S. A., cédula jurídica 3-101-231955.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011009020).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Fragancia de Paz RGZ S. A., cédula jurídica 3-101-550812.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011009021).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del cuatro de febrero del dos mil diez, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Inversiones Chavin S. A., cédula jurídica 3-101-117410.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(IN2011009022).

Por escritura número doscientos sesenta y cuatro, otorgada a las 17:00 horas del día 03 de febrero del 2011, actuando en conotariado Carlos Alberto Riba Gutiérrez y José Gabriel Riba Gutiérrez, en el protocolo del primero, se constituyó la sociedad Vip Parking Sociedad Anónima, con domicilio en San José, representación presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo 100 años.—San José, 08 de enero del 2011.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN201109024).

Por escritura otorgada ante mí, el día veintiuno de enero del dos mil once, a las once horas, se constituyeron dos sociedades anónimas cuyas denominaciones sociales son asignadas de oficio por el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social: cien mil colones; representada por un presidente, un secretario, un tesorero y un vocal con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Pamela Navarro Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2011009028).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 02 de febrero del 2011, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad: tres-ciento uno-quinientos noventa y cinco mil novecientos cincuenta y seis sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2011009029).

A los efectos del artículo doscientos siete del Código de Comercio, se avisa que por acuerdo firme de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Artesanías del Mundo Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil quinientos ochenta y tres, celebrada el día cuatro de enero de dos mil diez, a las diez horas se acordó la disolución de dicha sociedad, de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d).—San José, 7 febrero del 2011.—Jorge López Alfaro, cédula de residencia número 103200041321.—1 vez.—(IN2011009079).

Por escritura número doscientos diecisiete, de las 13:00 horas del 01 de setiembre del 2010, la sociedad Costa Rica Decouverte Sociedad Anónima, protocolizo acta de asamblea general por medio de la cual se aumentó su capital a cinco millones de colones, el cual está representado por diez acciones comunes y nominativas de quinientos mil colones cada una, totalmente suscritas y pagadas; queda modificada la cláusula quinta de los Estatutos. Escritura otorgada ante Notario: Gonzalo Velásquez Martínez.—Lic. Gonzalo Velásquez Martínez, Notario.—1 vez.—(IN2011009080).

A los efectos del artículo doscientos siete del Código de Comercio, se avisa que por acuerdo firme de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Transjoveca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil ciento treinta y nueve, con domicilio en San José, Sabana Oeste cuatrocientos metros al oeste de la Pops en altos del Edificio Aqualux, celebrada el día cuatro de enero de dos mil diez, celebrada en su indicado domicilio social a las nueve horas, se acordó la disolución de dicha sociedad, de conformidad con el artículo doscientos uno inciso d).—San José, 7 febrero del 2011.—Jorge López Alfaro, cédula de residencia número 103200041321.—1 vez.—(IN2011009081).

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Mediante escritura número 93 otorgada a las 14:00 horas del 08 de febrero del 2011, en el tomo cuatro del notario Raúl Camacho Alfaro, se constituyó la sociedad Aegean Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones.—San José, 08 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011009091).

En esta notaría, a las 16:00 horas del 8 de febrero del 2011, Álvaro Jiménez Ulate y Susan Jenny Wilson Pacheco constituyen Corporación Jiménez y Wilson Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el socio Jiménez Ulate. Plazo social: 99 años a partir de la fecha indicada. Objeto: comercio en general.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(IN2011009131).

Mediante escritura número cuarenta y nueve del día cuatro de febrero del año dos mil once, se constituyó la sociedad AGECOSEM Agencia Corporativa Seguridad Empresarial Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Blanca Rodríguez Ruiz, Notaria.—1 vez.—(IN2011009134).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del siete de febrero del dos mil once, se constituyó de conformidad con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo 33171-J del 29 de mayo del 2006 una sociedad anónima. Estableciéndose Fondo de Reserva Legal, Junta Directiva y capital social. Domiciliada en Grecia.—Grecia 08 de febrero del 2011.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2011009139).

En mi notaría, se constituyó Seguridad Continental Seco Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—(IN2011009143).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Acabados Profesionales D y G Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cinco tres cinco uno cinco siete, por la que se nombra nueva secretaria de la junta directiva.—San José, cinco de febrero del dos mil once.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2011009146).

Yo, Ericsson Montiel Arias, cédula número uno-mil dieciséis-novecientos sesenta y tres, en mi calidad de representante legal y presidente, de la Asociación de Asistencia en Servicios de Salud, cédula jurídica número tres-cero cero dos-trescientos cincuenta mil seiscientos noventa y siete; solicito al Departamento de Asociaciones del Registro Público de Personas Jurídicas, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Asociados número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado, a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, dos de febrero del dos mil once.—Ericsson Montiel Arias, Representante Legal y Presidente.—1 vez.—RP2011220796.—(IN2011009228).

Que por escritura número 18, visible a folio 26 frente, se constituyó la empresa denominada Ant Hill Corporation SRL representada por la gerente Zeger Willem (nombres) Hendrikse (apellido), el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada. Visibles en el tomo 17 del Protocolo del Notario Público Lic. Eduardo Abarca Vargas. Teléfono 2771-5855.—Uvita de Osa, a las 09:00 horas del 21 de diciembre del 2010.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220651.—(IN2011009233).

Ante mí, a las 14:10 horas del 01 de febrero del 2010, escritura número 200-6 del tomo 6 del protocolo de la suscrita se constituyó la sociedad que se denominará según Decreto 33171-J. Plazo social: noventa y nueve años. Teléfono notaría 2770-3341.—Pérez Zeledón, 04 de febrero del 2011.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2011220652.—(IN2011009234).

Allan Martín Corrales Rodríguez y otros, constituyen sociedad anónima cuyo nombre es Grupo Rodcor de Costa Rica Sociedad Anónima, escritura otorgada ante la licenciada Cintya Barrantes Vargas, número ciento ochenta y dos, visible al folio noventa frente del tomo

dos de la misma notaria, otorgada a las diecisiete horas del dieciocho de enero del año dos mil diez, cuyo capital social esta íntegramente, suscrito y pagado, el presidente será Allan Martín Corrales Rodríguez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el objeto de dicha sociedad será la venta, reparación, instalación, asesorías, en fin todo el comercio de sistemas computacionales.—Lic.: Cintya Barrantes Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220654.—(IN2011009235).

Geovanny Cambronero Garita y Yorleni Fernández Ortega, constituyen sociedad anónima cuyo nombre es Semec Sociedad Anónima. Escritura otorga ante la licenciada Cintya Barrantes Vargas, número ciento setenta, visible al folio ochenta y cuatro vuelto del tomo dos de la misma notaria, otorgada a las doce horas del diez de enero del año dos mil diez, cuyo capital social esta íntegramente, suscrito y pagado, el presidente será Geovanny Cambronero Garita, quien actuará con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el objeto de dicha sociedad será la vigilancia privada y el comercio en general.—Lic. Cintya Barrantes Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220655.—(IN2011009236).

Escritura número 57, tomo 12, esta Notaría, se constituyó Hermanos Acuña Monge NDMJFY Sociedad Anónima. Domicilio social: El Águila, Pejibaye, provincia de San José, exactamente trescientos metros noroeste de la iglesia católica. Capital social: treinta y dos mil colones, representado por 32 acciones comunes y nominativas de 1.000 colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, primer y segundo vocal, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Pérez Zeledón, San José, al ser las dieciséis horas del día siete de enero del dos mil once.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—RP2011220656.—(IN2011009237).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Marketing & More Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula primera de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del día dos de febrero del dos mil once.—Fabián Fernández Faith y William Fernández Sagot, Notarios.—1 vez.—RP2011220661.—(IN2011009238).

Edwin Quirós Quirós, cédula 1-408-781, Sory Gamboa Berrocal, cédula 1-541-897; Lineth Quirós Gamboa, cédula 1-1160-275, Edwin Quirós Gamboa, cédula 1-1002-227, constituyen ante la notaria pública Teresa Solís Bermúdez, a las quince horas del cuatro de febrero del dos mil once Michelin e Hijos Sociedad Anónima. Presidente Edwin Quirós Delgado.—4 de febrero del 2011.—Lic. Teresa Solís Bermúdez, Notaria.—1 vez.—RP2011220662.—(IN2011009239).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 31 de enero del 2011, se constituyó la sociedad anónima denominada Más Allá de Jabes Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia, Mercedes Sur, residencial Milenio, casa 1-54, del plazo social: cien años. Capital de diez mil colones, suscrito y pagado. La señora María de los Ángeles Valerio Segura, presidenta quien tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 31 de enero del 2011.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2011220666.—(IN2011009240).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 31 de enero del 2011, se constituyó la empresa Pro Solutions International E.I.R.L. Domiciliada en Heredia, Mercedes Norte frente a la plaza de fútbol del lugar, del plazo social: cien años. Capital de diez mil colones suscrito y pagado. La señora Ericka Matlack Sevilla, gerente quien tiene la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 01 de febrero del 2011.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2011220668.—(IN2011009241).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:00 horas del 31 de enero del 2011, se constituyó la sociedad anónima Centro Infantil Bless S. A., domiciliada en Heredia, San Francisco, 200 metros al oeste de la Bomba Casaque, del plazo social: cien años. Capital de diez mil colones, suscrito y pagado. La señora Cecilia Contreras Rivera, presidenta quien tiene la representación judicial y extrajudicial, con

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facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 01 de febrero del 2011.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2011220669.—(IN2011009242).

En esta notaría, al ser las nueve horas del veinticinco de enero del año dos mil once, se constituye la sociedad anónima Sam Mil Novecientos Treinta y Siete Sociedad Anónima. Presidente como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—San José, 25 de enero del 2011.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—RP2011220670.—(IN2011009243).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las 11:30 horas del 27 de enero del 2011, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza La Tortuga Arena Uno Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, 07 de enero del 2011.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—RP2011220671.—(IN20119244).

Por escritura 231 otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 02 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad, Lucía en el Cielo con Diamantes S. A. Capital social de ¢10.000,00, representada por el presidente y secretario en forma conjunta.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011220672.—(IN2011009245).

Por escritura otorgada ante mí, Mónica Garrido Quesada a las diecinueve horas del día veinte de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Inmobiliarias Quesada y Navarro Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Inversiones Inmobiliarias Quesada y Navarro S. A. Capital social: cien mil colones.—Lic. Mónica Garrido Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2011220673.—(IN2011009246).

A las 16:00 horas del 25 de noviembre del 2010, se constituyó la sociedad denominada Múltiples Climas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Múltiples Climas S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparece como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Jak Chrysler Camacho Lara, cédula de identidad número seis-doscientos treinta-trescientos cuarenta y ocho. Agente residente.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—RP2011220674.—(IN2011009247).

Por escritura número treinta y seis-trece, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Agroturísticas Casa Vieja Sociedad Anónima. Domiciliada en Villa Nueva de Pérez Zeledón, cuatrocientos metros oeste del puente. El plazo es de noventa y nueve años a partir de esta fecha. Capital social: diez mil colones.—San Isidro del General, Pérez Zeledón, siete horas del ocho de febrero del dos mil once.—Lic. José Aure Navarro Garro, Notario.—1 vez.—RP2011220675.—(IN2011009248).

Yo, Licenciada Sonia María Saborío Flores, notaria pública, hago constar que por escritura otorgada a las 15:00 horas del 3 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad con la denominación social de número de cédula jurídica que le asigne el Registro de Personas Jurídicas, según Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: cien mil colones. Objeto: comercio en general, agricultura, industria.—Limón, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Sonia Ma. Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—RP2011220677.—(IN2011009249).

Ante mi notaría, a las 8:00 horas del 5 de febrero del 2011, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Mercantiles Los Delfines S. A., con domicilio en San Isidro de Heredia. Capital social: cien mil colones, dedicada al comercio en general venta de bienes y servicios.—San José, 05 de febrero del 2011.—Lic. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1 vez.—RP2011220678.—(IN2011009250).

Ante esta notaría han comparecido Wilberth Barrientos González y Félix Moreno Granados, a constituir la sociedad denominada Orlando Parts S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años; representación del presidente y secretario. Presidente: Wilberth Barrientos González.—San José, 26 de enero del 2011.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—RP2011220680.—(IN2011009251).

Ante mi Notaría se constituyó la sociedad sin nombre de asignación social, con domicilio social en la Ciudad de Puntarenas, Garabito, Tárcoles, Rancho Madrigal un kilómetro al oeste de la entrada principal, con capital suscrito y pago, representación legal presidente, vicepresidente y tesorero, corresponderá al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente. Es todo.—Orotina, al ser las trece horas del día siete de febrero del dos mil once.—Lic. Virialy Rojas Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2011220681.—(IN2011009252).

Ante mi Notaría se constituyó la sociedad sin nombre de asignación social, con domicilio social en la Ciudad de Puntarenas, Garabito, Tárcoles, Rancho Madrigal, un kilómetro al oeste de la entrada principal, con capital suscrito y pago, representación legal presidente, vicepresidente y tesorero, corresponderá al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente. Es todo.—Orotina, al ser las trece horas del día siete de febrero del año dos mil once.—Lic. Virialy Rojas Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2011220682.—(IN2011009253).

Ante esta notaría, en escritura número setenta y siete de las nueve horas del tres de febrero del dos mil once, se modifica la cláusula sexta de la representación de la sociedad Agrícola Tres Quebradas Sociedad Anónima; la representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al presidente, vicepresidente y apoderado.—San José, 04 de febrero del dos mil once.—Lic. Manuel Enrique Leiva Chamarro, Notario.—1 vez.—RP2011220683.—(IN2011009254).

Ante esta notaría, en escritura número ochenta de las doce horas del cuatro de febrero del dos mil once, se modifica la cláusula tercera del domicilio y sétima de la administración de la sociedad Invermenta Sociedad de Responsabilidad Limitada; la representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al gerente.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Manuel Enrique Leiva Chamorro, Notario.—1 vez.—RP2011220684.—(IN2011009255).

Por la escritura número cien otorgada ante esta Notaría, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de los Austríacos Número Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la Junta Directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: La Garita de Alajuela, Quinta Hennerbichler, frente al restaurante Ticoland.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220687.—(IN2011009256).

Por la escritura número noventa y ocho, otorgada ante esta Notaría a las diez horas y quince minutos del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de los Austríacos Teca Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la Junta Directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garrita, Quinta Hennerbichler, frente restaurante Ticoland.—San José 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220688.—(IN2011009257).

Por la escritura número noventa y nueve otorgada ante esta notaría, a las diez horas y treinta minutos del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de La Teca Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: San José, San Pedro, Montes de Oca, Lourdes, de Palí cien al norte, cincuenta al este, cien al norte y cincuenta al este.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220689.—(IN2011009258).

Por la escritura número ciento dos otorgada ante esta notaría, a las once horas y quince minutos del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Plantación Austriaca Teca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cuatro dos dos-dos cuatro seis, mediante la cual se modifica la junta directiva

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Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima denominada Funeraria Metropolitana Una Mano Amiga Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Objeto social: el comercio en general. Presidente: representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social: Heredia, San Isidro.—San José, 08 de febrero del 2010.—Lic. María Gabriela Sandoval Chinchilla, Notaria.—1 vez.—RP2011220701.—(IN2011009268).

Por la escritura número, noventa y seis, otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del día tres de febrero del dos mil once, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Nemagus Universal Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva nombrando nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal y se otorga poder general. Domicilio social: provincia de San José, calle veintitrés bis, avenida diez, casa número mil cincuenta y ocho.—San José, 03 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220705.—(IN2011009269).

Por la escritura número noventa y cinco, otorgada ante esta Notaría a las ocho horas y treinta minutos del día tres del mes de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad: Corporación Santa Ana Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: cien años. Domicilio social: San José, Santa Ana centro de la Panadería Musmani, doscientos cincuenta metros oeste ciento veinticinco metros norte. Gerente: María Etelvina Murillo Soto.—San José, 3 de febrero de 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220706.—(IN2011009270).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del siete de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Salas MSM del Sur Sociedad Anónima. Nombrándose como presidente: Jorge Luis Mora Brenes. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—RP2011220707.—(IN2011009271).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las quince horas del día treinta y uno de enero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea de Tres-ciento dos-seis uno siete ocho uno tres sociedad de responsabilidad limitada, reforma las cláusulas primera, tercera, quinta, sexta, sétima, décima y se nombran gerentes.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. José Antonio Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—RP2011220708.—(IN2011009272).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 12:00 horas del 7 de febrero del 2011, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Representaciones Cosalco S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos sociales de la administración.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—RP2011220709.—(IN2011009273).

Al ser las 17:00 horas del día de hoy, los señores Yamileth y Yita Patricia, ambas Valverde Alvarado constituyeron una empresa cuya denominación social es el número de cédula jurídica. Capital social: diez mil colones cancelado en dinero efectivo. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Horquetas de Sarapiquí de Heredia. Río Frío.—4 de febrero del 2011.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2011220710.—(IN2011009274).

Mediante escritura pública número cincuenta y cinco, otorgada a las trece horas del veintiséis de enero del dos mil once, ante la suscrita notaria Andrea Hutt Fernández, se reformaron las cláusulas segunda (del domicilio) y sexta (de la administración) del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria GCH S. A.—San José, veintisiete de enero del dos mil once.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2011220715.—(IN2011009275).

Por escritura número cuarenta, otorgada ante mí, a las 13:00 horas del día 7 de febrero del 2011, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Compañía Cafetalera Sarchí Sociedad Anónima en la que se reforman la cláusulas XI y XII del Pacto Constitutivo, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Álvaro Enrique Dengo Solera, Notario.—1 vez.—RP2011220716.—(IN2011009276).

y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: en Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente a Restaurante Ticoland.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220690.—(IN2011009259).

Por la escritura número ciento uno otorgada ante esta notaría, a las once horas del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de los Austriacos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: provincia de San José, Mercedes Sur de Puriscal, Finca de los Austriacos.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220691.—(IN2011009260).

Por la escritura número ciento seis otorgada ante esta notaría a las doce horas y quince minutos del día cuatro de febrero del dos mil once, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Servicios Austriacos Uno Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente restaurante Ticoland.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220694.—(IN2011009261).

Por la escritura número ciento cinco otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día cuatro de febrero del dos mil once, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Servicios Austriacos Teca Número Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente restaurante Ticoland.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220695.—(IN2011009262).

Por la escritura número ciento tres otorgada ante esta notaría a las once horas y treinta minutos del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Quinta Hennerbichler Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: San José, Avenida Central, calle veintisiete, bufete Arias Duarte & Martínez, contiguo a la casa veintisiete cero siete.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220696.—(IN2011009263).

Por la escritura número ciento cuatro otorgada ante esta notaría, a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Segunda Plantación Austriaca Teca Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente restaurante Ticoland.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220697.—(IN2011009264).

Por la escritura número noventa y siete otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día cuatro del mes de febrero del dos mil once, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Desarrollo Forestal Teca A.U.T. Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo tesorero. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente restaurante Ticoland.—San José, 04 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220698.—(IN2011009265).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 2 de febrero del 2011, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inmobiliaria El Tobogán S. A., en la que se transforma y aumenta el capital social en dólares y se deja un capital social autorizado.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011220699.—(IN2011009266).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tejados de La Hacienda Sociedad Anónima. Se reforma la cláusulas segunda: del domicilio social; sexta: De la Administración, y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 08 de febrero del 2011.—Lic. María Gabriela Sandoval Chinchilla, Notaria.—1 vez.—RP2011220700.—(IN2011009267).

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Mediante escritura pública número cincuenta y siete, otorgada a las quince horas del tres de febrero del dos mil once, ante la suscrita notaria Andrea Hutt Fernández, se reformó la cláusula primera (del nombre) del pacto constitutivo de la sociedad Tierras y Colores Eco Shack S. A., anteriormente denominada 3-101-568693 S. A.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Andrea Hutt Fernández, Notaria.—1 vez.—RP2011220717.—(IN2011009277).

A las catorce horas quince minutos del primero de febrero del dos mil once, Gustavo Soborío Ramírez y Elizabeth Hernández Segura, constituyen la sociedad H.S. Construcciones Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa años.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—RP2011220718.—(IN2011009278).

Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas del cinco de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta número dos, del libro de actas de asambleas generales de accionistas de Ojochal Internet Café S. A., en virtud de la cual, se reformó la cláusula tercera del pacto social.—San Juan de Tibás, siete de febrero del dos mil once.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—RP2011220719.—(IN2011009279).

Por la escritura ciento siete, otorgada ante esta notaría a las catorce horas de día siete del mes de febrero del dos mil once, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, que rige a partir del catorce de junio del dos mil seis. Plazo social: cien años. Domicilio social: provincia de Alajuela, Tuetar Norte, Hotel Vista Linda, kilómetro y medio al oeste de la iglesia católica. Gerente: Ingo Vinnemeier.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—RP2011220720.—(IN2011009280).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se protocolizó acta número dos de la sociedad Rodar Free S. A. donde se cambia plazo social. Otorgada en la cuidad de San José, escritura número 186-8 de las 9:00 horas del 4 febrero del 2011.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—RP2011220721.—(IN2011009281).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del siete de febrero del dos mil once, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Importaciones Latinoamericanas La Florita Sociedad Anónima; se modifica la cláusula tercera del plazo social.—San José, 8 de febrero de 2011.—Lic. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—RP2011220722.—(IN2011009282).

Por escritura número 57 de las 19:00 horas del 2 de febrero de 2011, Jorge Ayala Melgar, Guadalupe del Carmen Melgar de Ayala y Delmy Aracelly Cortés Alvarado, constituyeron: Ayala y Cortés Sociedad Anónima. Capital social: 10.000,00 exactos suscritos y pagados. Representación social y extrajudicial del presidente y secretario. Domiciliada en: Liberia, Guanacaste. Plazo de noventa y nueve años.—Lic. Estrella Quesada Guerrero, Notaria.—1 vez.—RP2011220723.—(IN2011009283).

Por escritura otorgada ante esta notaría, Saúl Dagoberto de los Ángeles Vargas Chávez y Rachel Vargas Meneses constituyen la sociedad Grupo Familiar V & M S. A. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del cinco de febrero del 2011.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220726.—(IN2011009284).

Por escritura número ciento setenta y siete, de las trece horas del cuatro de febrero del dos mil once, otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Sociedad sin Nombre S. A. Capital: cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto: principalmente será la venta de repuestos así como el comercio en general.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2011220729.—(IN2011009285).

Luis Felipe Gutiérrez Araya y Rita Argentina Venegas Campos constituyen la sociedad Consorcio Costarricense de Operaciones Profesionales en Seguridad Nacional e Internacional C.O.P. S. S. A., con domicilio social en San José, San Juan de Tibás, de la Burger King, cien metros al este y cincuenta metros al norte, con la siguiente

junta directiva presidente: Luis Felipe Gutiérrez Araya, secretaria Rita Argentina Venegas Campos y tesorero: Randall Tarsicio Ramírez Garza. Como órgano fiscal se nombra como fiscal a Jennifer Rojas Fuentes. Quien ostenta la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma es el presidente.—San Isidro de Heredia, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220730.—(IN2011009286).

Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, hace constar que el día de hoy 7 de febrero del 2011, se modificaron las cláusulas cuarta y sétima de la sociedad Stealh Wireless _S. A., presidente como único apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—RP2011220731.—(IN2011009287).

Lasociedad: Contratistas Técnicos en Electricidad COTELSA S. A., con cédula jurídica: 3-101-159267, modifica el artículo quinto de constitución, para aumentar el capital a treinta millones de colones.—Goicoechea, 26 de octubre del 2010.—Lic. Miguel A. Meza Mora, Notario.—1 vez.—RP2011220732.—(IN2011009288).

Mediante escritura otorgada ente mí, a las diecinueve horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Usa Mart Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado mediante valores. Domicilio en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela. Objeto el comercio, la industria, la ganadería, y todo fin lícito.—Lic. María Eugenia Porras Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220733.—(IN2011009289).

Mediante escritura otorgada ente mí, a las diecinueve horas treinta minutos del dos de febrero del dos once, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Tiyo Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado mediante valores. Domicilio en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela. Objeto el comercio, la industria, la ganadería, y todo fin licito.—Lic. María Eugenia Porras Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220734.—(IN2011009290).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil once, se constituye la sociedad anónima denominada Walpa Setenta y Ocho de Turrialba Sociedad Anónima. Domicilio social: República de Costa Rica, provincia de Cartago, cantón de Turrialba, Santa Rosa setenta y cinco metros norte del Ebais, pudiendo establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país. Presidente y secretaria con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, según indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Turrialba, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—RP2011220737.—(IN2011009291).

En escritura N° 6-315, otorgada a las 12:00 horas del 7 de febrero de 2011, tomo sexto del protocolo de esta notaria, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la empresa denominada Nueva Roxy PHMCY SRL, cédula tres-uno cero dos-cinco cuatro cuatro cuatro ocho ocho.—San José, 7 de febrero de 2011.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011220739.—(IN2011009292).

Ante este Notario, en San José, al ser las ocho horas del siete de febrero del dos mil once, se reforma la cláusula décima tercera de la sociedad Grupo CN de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil ochocientos setenta y nueve y se nombra nueva junta directiva.—San José, 7 de febrero de 2011.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—RP2011220741.—(IN2011009293).

Escritura otorgada a las dieciséis horas del veintisiete de enero del dos mil once, se constituye la empresa de esta plaza S & S Sánchez y Sánchez Grupo Constructor Inc. Sociedad Anónima. Capital social: ciento veinte mil colones exactos. Representación: presidente, secretario y tesorero. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011220742.—(IN2011009294).

Por escritura otorgada hoy ante esta Notaría, se reformó la cláusula quinta sobre el capital social de Club La Guaria S. A.—San José, 15 de noviembre del 2010.—Lic. Yuliana Gaitán Ayales, Notaria.—1 vez.—RP2011220743.—(IN2011009295).

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pagado. Plazo social: noventa y nueve años. La representación social la ostenta el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 7 de febrero del 2011.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220760.—(IN2011009307).

Mediante escritura 94-9, de las 9:00 horas del 20 enero, protocolicé reforma de estatutos de Calle Simms Sociedad Responsabilidad Limitada.—Tamarindo, 3 de febrero del dos mil once.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—RP2011220761.—(IN2011009308).

Mediante escritura 100-9, de las 16:00 horas del 28 de enero, protocolicé reforma de estatutos de Trader Jacks Sociedad Anónima.—Tamarindo, 3 de febrero del dos mil once.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—RP2011220762.—(IN2011009309).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, al ser las diez horas cuarenta minutos del cuatro febrero del dos mil once, se constituyó sociedad anónima cuya denominación es Multioficios Industriales M y M, S. A. Plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución. Domiciliada en San Rafael de Coronado. Capital social de diez mil colones. Es todo.—Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—RP2011220763.—(IN2011009310).

El suscrito Notario hace constar, que mediante escritura número 136 del protocolo décimo, otorgada a las 15:00 horas del 17 de enero del 2011, ante notario se modificó la cláusula segunda, y se nombra nueva junta directiva, de la sociedad denominada C & CH Marketing Integrated S. A., cédula jurídica número: 3-101-599723.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, 5 de febrero del 2011.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011220764.—(IN2011009311).

Ante esta notaría se reforma pacto constitutivo cláusula sétima de la sociedad Alberjim Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos nueve, en cuanto a la administración, Alejandro Bermúdez Jiménez, presidente.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Lissette Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011220765.—(IN2011009312).

Por escritura otorgada ante esta Notaría se constituyó la sociedad Costa Rica International Entrepreneurs Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo: 99 años.—Lic. Sylvia Delgado Montero, Notaria.—1 vez.—RP2011220767.—(IN2011009313).

Ante mi notaría, a las 8:00 horas del 3 de noviembre del 2010, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada It Regional Soft Sociedad de Responsabilidad Limitada. Duración: 99 años. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Gerentes: Eduardo Carvajal Taboada e lleana Barboza Aguilar con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Ana Yhansey Fernández Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2011220769.—(IN2011009314).

Mediante la escritura número ciento ochenta y dos, otorgada ante el Notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula jurídica.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011220772.—(IN2011009315).

Mediante la escritura número ciento noventa y dos, otorgada ante el Notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula jurídica.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011220773.—(IN2011009316).

Mediante la escritura número ciento noventa y cuatro, otorgada ante el Notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula jurídica.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011220774.—(IN2011009317).

Mediante la escritura número ciento noventa y seis, otorgada ante el notario Roy Alberto Ramírez Quesada, se constituyó la compañía denominada igual que su número de cédula jurídica.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011220775.—(IN2011009318).

Tres-ciento uno-setecientos nueve mil ciento ochenta y dos sociedad anónima, cédula jurídica número 3-101-609182 S. A. Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número dos. Cambio de junta directiva.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. William Charpentier Morales, Notario.—1 vez.—RP2011220746.—(IN2011009296).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, Notario Público, constituyo la empresa B.H.J.R e Hijos S. A. Capital social la suma de cien mil colones, a la escritura 61 del tomo 21 de mi Notaría.—Palmares, 10 de diciembre del dos mil diez.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2011220747.—(IN2011009297).

Por escritura pública otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, en San José, a las doce horas del siete de febrero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Pochet y Asociados Sociedad Anónima, donde se acordó reformar la cláusula sétima de la administración y se nombra junta directiva.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—RP2011220749.—(IN2011009298).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la entidad Finca Los Sueños Gablor S. A. Presidente: Narly Walters Thyme.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 9 de noviembre del 2010.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011220751.—(IN2011009299).

Por escritura otorgada ante mi notaría en febrero último se constituyó la compañía Bebidas Naturales S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 8 de febrero de 2011.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2011220753.—(IN2011009300).

A las 15:30 horas del 4 de febrero del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios Corindo S. A., de esta plaza, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del plazo social de la escritura constitutiva.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2011220754.—(IN2011009301).

A las 15:00 horas del 4 de febrero del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios Kadix C.R.S. S. A., de esta plaza, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del plazo social de la escritura constitutiva.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2011220755.—(IN2011009302).

A las 14:00 horas del 4 de enero del 2011, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios Troma S. A., de esta plaza, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del plazo social escritura constitutiva.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—RP2011220756.—(IN2011009303).

Ante esta notaría, por escritura otorgada en San José a las catorce horas del catorce de febrero 2011, se constituyó Makarius Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma actuando conjuntamente.—Lic. Dannia Mayela Rodríguez Astorga, Notaria.—1 vez.—RP2011220757.—(IN2011009304).

Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas, se reforma la cláusula quinta del pacto de constitución de la sociedad B y Jiménez Dos Mil Tres Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011220758.—(IN2011009305).

Mediante escritura 102-9, de las 16:00 horas del 31 enero, protocolicé reforma de estatutos de Playa Prieta Town House S. A.—Tamarindo, 3 de febrero del dos mil once.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—RP2011220759.—(IN2011009306).

Por escritura número cincuenta y ocho otorgada ante esta notaría a las catorce horas del diecisiete de noviembre de dos mil diez, se constituye la compañía de esta plaza denominada Inversiones Molina Villalobos Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y

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Ante esta notaría, los señores Manuel Gerardo Zamora Cruz, cédula de identidad número uno-setecientos veintitrés-seiscientos veintinueve, Jorge Luis Álvarez Zamora, cédula de identidad número uno-setecientos nueve-ochocientos setenta y siete, han constituido una sociedad denominada Propiedades del Esfuerzo Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones. Funge como presidente: Alfredo Gerardo Zamora Badilla.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011220790.—(IN2011009329).

En mi notaría, en la escritura número treinta y nueve, del tomo cincuenta y ocho de mi protocolo otorgada a las quince horas del siete de febrero de dos mil once, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Constructora Madrigal Ebhuaa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y tres, realicé cambio de junta directiva y cláusula octava del pacto constitutivo.—Liberia, siete de febrero de dos mil once.—Lic. Carlos Johalmo Alvarado Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011220791.—(IN2011009330).

Por escritura número veinticinco-tres, otorgada en Liberia, ante esta notaría, a las catorce horas del día veintiocho de enero del dos mil once, constituyen Guanaport Sociedad Anónima, con domicilio en Liberia, Guanacaste, presidente: Kenneth Eduardo García Guevara, accionistas: Kenneth Eduardo García Guevara y Jeimmy María Rodríguez Paniagua. Pudiendo abreviarse sus dos últimas siglas en S. A., capital social: diez mil colones.—Lic. Melania Jirón Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220792.—(IN2011009331).

En escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del veintitrés de diciembre del año en curso, la señora Ivonne Zapata Borda, constituye una fundación denominada Fundación Centro de Gestión Empresarial.—San José, veintitrés de diciembre del dos mil diez.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—RP2011220793.—(IN2011009332).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 1 de enero del 2011, se constituyó una sociedad anónima denominada Recuerdos Caycosta S. A., presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: un millón de colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Manuel Antonio de Quepos, Aguirre, Puntarenas, contiguo al bar y restaurante Mar y Sombra,.—1 de febrero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—RP2011220995.—(IN2011009333).

Juan Carlos Fernández Redondo y María de Los Ángeles Jiménez Alpízar, han convenido en constituir una sociedad anónima, los otorgantes solicitan y autorizaron que la razón social sea asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, con domicilio en San José, para dedicarse al comercio, capital diez mil colones, el apoderado generalísimo es el presidente.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2011220799.—(IN2011009334).

Mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 04 febrero del 2011, ante la notaria Alejandra Montiel Quirós, se constituyen 10 sociedades de responsabilidad limitada.—San José, 07 de febrero del 2011.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011220800.—(IN2011009335).

Mediante escritura número ciento noventa y seis, otorgada ante la notaria Carla Baltodano Estrada, a las nueve horas, treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Productos de Naranja Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento once mil novecientos tres, en la cual se modificó el pacto constitutivo, las cláusulas relativas al domicilio social.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220801.—(IN2011009336).

Mediante escritura número ciento noventa y ocho, otorgada ante la notaria Carla Baltodano Estrada, a las diez horas, treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad Citronorte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- noventa y siete mil

Que mediante escritura pública número ciento setenta y uno, otorgada ante esta notaría a las once horas con treinta minutos del día veintiocho de enero del dos mil once, los señores Freddy Alberto Torres Herrera, cédula número uno-novecientos noventa y siete-quinientos cuarenta y dos, y Karen Adriana Ortiz Rojas, cédula número uno-mil ciento cincuenta y cuatro-quinientos once, constituyeron la sociedad denominada Soluciones Constructivas Jardín de Heliconias Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo abreviarse Soluciones Constructivas Jardín de Heliconias S.R.L., que es nombre de fantasía. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones.—Siquirres, veintinueve de enero del dos mil once.—Lic. Verny Argentina Delgado Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2011220776.—(IN2011009319).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del 11 de enero del 2011, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Internet Marketing Sociedad Anónima.—San Isidro de Heredia.—Lic. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2011220777.—(IN2011009320).

La suscrita notaria Catalina Blanco Sánchez, da fe de que en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Muchogusto Management Sociedad Anónima, escritura número cuarenta y nueve visible a folio cuarenta y dos frente del tomo primero de mi protocolo. Es todo.—San José, a las doce horas del ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Catalina Blanco Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011220778.—(IN2011009321).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se cambio junta directiva de sociedad Bejuco Ecoverde Sociedad Anónima. Presidente: Arnoldo Anglada Rodríguez.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—RP2011220780.—(IN2011009322).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó Transportes M & M de Quebrada Honda Sociedad Anónima Ma. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. Domicilio: Millal de Quebrada Honda, Nicoya. Presidente: Manuel Antonio Carrillo Durán.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—RP2011220781.—(IN2011009323).

Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa R Q El Caballo de Oro S. A., mediante la cual se reforma el pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Nicoya, 6 de setiembre de 2010.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011220782.—(IN2011009324).

Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones y Recreaciones Chati S. A., mediante la cual se reforma el pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Nicoya, 6 de setiembre de 2010.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011220783.—(IN2011009325).

Por escritura 88 de las diez horas y treinta minutos del día seis de febrero de dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada Family Properties López Hernández S. A. Representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, presidente y vicepresidente, secretario y tesorero. Capital social doce mil colones exactos, plazo social cien años, domicilio social San José.—San José, 06-02-2011.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—RP2011220784.—(IN2011009326).

Ante esta notaría, mediante escritura 262 a las 11:00 horas del 4 de febrero del 2010, se modifica la cláusula quinta de la constitución de la sociedad denominada Barnamerica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-254284. Secretaria:.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—RP2011220787.—(IN2011009327).

Ante esta notaría, otorgada a las once horas quince minutos del día dos de febrero del dos mil once, se modificó la cláusula del domicilio y de la administración del pacto constitutivo de la sociedad Apunte Alto LCH Sociedad Anónima.—San José, siete de febrero de dos mil once.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—RP2011220789.—(IN2011009328).

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de personería jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil doscientos veintisiete. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—RP2011220816.—(IN2011009346).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once, se constituyó la empresa Apertura Larsen S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220817.—(IN2011009347).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once, se constituyó la empresa Virunga S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220818.—(IN2011009348).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once, se constituyó la empresa Asesorías Educativas San Peterburgo S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220819.—(IN2011009349).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once, se constituyó la empresa Montañas de Engadina S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220820.—(IN2011009350).

El día de hoy en mi notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Unión Fermari Z & D Sociedad Anónima. Representante legal: El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 19:00 horas del 7 de febrero del 2011.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—RP2011220821.—(IN2011009351).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once, se constituyó la empresa Inversiones Ushuaia S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220822.—(IN2011009352).

Mediante escritura autorizada por mí, a las quince horas del tres de enero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Green Village Properties, Sociedad Anónima (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos tres mil cuatrocientos treinta y cuatro; mediante la cual se modifica la cláusula de representación del pacto constitutivo de la compañía; y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Carlos Manuel Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011220826.—(IN2011009353).

Ante esta notaría, en escritura número once se constituye sociedad anónima denominada Insurance Investiment Companie S. A., domiciliada en San José, Sabanilla de Montes Oca, con plazo social de noventa y nueve años, su representante Damien Plantade Coromi, con facultad de apoderado generalísimo.—San José, 31 de enero del 2011.—Lic. José Eladio Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2011220823.—(IN2011009354).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 7 de febrero del 2011, protocolizo acta de asamblea general de socios de Residencia Cannes Cinco S. A., que reformó cláusulas 3º y 6º del pacto social y se nombró junta directiva y fiscal.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Yorleny Campos Oporta, Notaria.—1 vez.—RP2011220827.—(IN2011009355).

ochocientos veintiséis, en la cual se modificó el pacto constitutivo, la cláusula relativa al domicilio de la sociedad.—San José, cuatro de febrero del dos mil once.—Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—RP2011220802.—(IN2011009337).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil once, se constituyó la empresa El Azul de Aldabra S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero del dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220805.—(IN2011009338).

Asamblea general extraordinaria de Máxima Celulares Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco mil doscientos cuarenta y uno, celebrada el día quince de enero del dos mil once, a las quince horas, en el domicilio de la sociedad, por acuerdos firmes se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Santo Domingo, de Heredia, 2 de febrero del dos mil once.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—RP2011220806.—(IN2011009339).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil once, se constituyó la empresa Complejos Educacionales El Danubio S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero de dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220807.—(IN2011009340).

Asamblea general extraordinaria de Costas del Océano Cósmico Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y dos mil doscientos, celebrada el día dieciséis de enero del dos mil once, a las quince horas, en el domicilio de la sociedad, por acuerdos firmes se modifica la cláusula tercerea del domicilio, cláusula sexta, de la representación y cláusula undécima del agente residente.—Santo Domingo de Heredia, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—RP2011220808.—(IN2011009341).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil once, se constituyó la empresa Defensa Grufeld S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero de dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220809.—(IN2011009342).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil once, se constituyó la empresa Grupo Desarrolladores La Esperanza S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero de dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220810.—(IN2011009343).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil once, se constituyó la empresa Desarrollos Sagamatha S. A., cuyo capital es la suma de diez mil colones y corresponde a su presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, 26 de enero de dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011220811.—(IN2011009344).

La sociedad denominada Almacén General de Depósito J L Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y ocho mil cuatrocientos dieciséis, aumentó su capital social en la suma de trescientos noventa y nueve millones de colones, quedando en cuatrocientos millones de colones exactos.— San José, a las catorce horas treinta minutos del siete de febrero de dos mil once.—Lic. Ana Isabel Salas Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220812.—(IN2011009345).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario Marlon Campbell Griffiths, al ser las diecinueve horas con treinta minutos del día veinticinco de diciembre del dos mil diez, se reformó la cláusula octava de la sociedad anónima denominada Innovamarketplaza, con cédula

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Por escritura número ochenta y uno-tres, otorgada ante mí, a las diez horas del primero de febrero del dos mil once, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Gasolinera Esquipulitas Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones exactos. Plazo: noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente, secretario y tesorero.—San José, 01 de febrero del 2011.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—RP2011220852.—(IN2011009365).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciocho horas del tres de febrero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Flores Secas S. A., en la que se nombra junta directiva y fiscal y se reforman las cláusulas segunda en cuanto al domicilio y sexta en cuanto a representación.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Mario Alberto Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—RP2011220853.—(IN2011009366).

Ante esta notaría, se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Refricargo Sociedad Anónima.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Ana Isabel Redondo Escalante, Notaria.—1 vez.—RP2011220854.—(IN2011009367).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las veinte horas del dos de febrero del dos mil once, se modificó la cláusula cuarta relativa al capital social de la empresa Inmobiliaria Adrogue Sociedad Anónima.—Heredia, dos de febrero del dos mil once.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—RP2011220856.—(IN2011009368).

Mediante escritura doscientos cincuenta y seis-dos del protocolo dos del licenciado Andrés González Anglada, se constituyó la sociedad Worldwide To Nosara Limitada, capital social de diez mil colones representado por diez cuotas nominativas de mil colones cada una, administración judicial y extrajudicial a cargo de un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo. Nosara, Guanacaste, al ser las diecisiete horas del cuatro de febrero del dos mil once.—Lic. Andrés González Anglada, Notario.—1 vez.—RP2011220858.—(IN2011009369).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en la ciudad de San José, a las ocho horas del día cinco de febrero del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Alfaro, Prada y Consultores Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco cinco nueve uno seis seis, mediante la cual se reformó la cláusula octava y el nombramiento de la junta directiva de la sociedad.—Cinco de febrero del dos mil once.—Lic. Mónica Patricia Umaña Barrantes, Notaria.—1 vez.—RP2011220864.—(IN2011009370).

Por escritura otorgada en San José ante esta notaría, a las ocho horas del siete de febrero del dos mil once, Adriana Leticia Beirute Gamboa y Lena Isabel Beirute Gamboa, constituyeron dos sociedades de responsabilidad limitada de esta plaza con denominación social según el artículo dos del reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social, nombrándose junta directiva para el resto del plazo social.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—RP2011220866.—(IN2011009371).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las 09:00 horas, Gerhard Otto Ritter y Brian Joseph Corrigan constituyeron la sociedad Geo Earth Energy Enterprises Manufacturing of Costa Rica Limitada. Gerentes ellos mismos. Capital totalmente suscrito y pago. Plazo cien años.—San Ramón, 4 de febrero del 2011.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—RP2011220865.—(IN2011009372).

Por escritura cincuenta y dos, de las quince horas del seis de febrero del dos mil once, ante esta notaría se constituyó la sociedad Servicios de Mecánica Castro y Morales Sociedad Anónima. Presidente Denis Castro Suárez, tesorera Margarita Morales Escobar ambos con la representación judicial y extrajudicial y facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital cien mil colones. Plazo noventa y nueve años.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. María Margarita Benel Alama, Notaria.—1 vez.—RP2011220867.—(IN2011009373).

Por protocolización de acta ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Soluciones Avanzadas en Telecomunicaciones SOLATEL Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dieciséis mil trescientos cincuenta y cuatro, se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce horas del siete de febrero del dos mil once.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—RP2011220828.—(IN2011009356).

Mediante escritura pública número 37 de las 08:00 horas del 7 de febrero del 2011, se protocoliza acta general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-608982 S. A., en la que se modifica la cláusula primera del pacto social.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—RP2011220833.—(IN2011009357).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve otorgada ante este notario el día siete de febrero a las trece horas del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima Magdelet Inc Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario de la junta directiva.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—RP2011220837.—(IN2011009358).

Por escritura número ciento cincuenta y ocho otorgada ante este notario el día siete de febrero a las ocho horas del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima KMRC Property Inc Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial; presidente de la junta directiva.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—RP2011220838.—(IN2011009359).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del ocho de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Mega Health Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Ángel Rubén Cifuentes Maldano, pasaporte guatemalteco Nº 197216117.—San José, 8 de febrero del 2011.— Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2011220839.—(IN2011009360).

Por escritura número sesenta y cinco se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Logística Transaccional del Istmo Sociedad Anónima.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—RP2011220842.—(IN2011009361).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las diez horas del siete de enero del dos mil once, se constituyó la sociedad Villa Isa Lei Sociedad Anónima, con domicilio en San José, teniendo el presidente, el secretario y el tesorero facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma en forma separada.—San José, 7 de febrero del dos mil once.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—RP2011220845.—(IN2011009362).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número doscientos veinte de las ocho horas del día primero de febrero del dos mil once, se acuerda reformar la cláusula cuarta del pacto social de la sociedad denominada Corporación Doumar C & D Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos treinta y un mil novecientos cuarenta y cinco, con domicilio social en la provincia de San José, Residencial Metrópolis, casa número noventa y seis, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente forma Cuarta: El plazo social será de nueve años contados a partir de la fecha de constitución de esta sociedad es decir del seis de julio del dos mil dos con vencimiento al seis de julio del dos mil once. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Sandra Moya Serrano, Notaria.—1 vez.—RP2011220846.—(IN2011009363).

.Por escritura número ochenta-tres, otorgada a las ocho horas del primero de febrero del dos mil once, ante el suscrito notario, se reforma la cláusula primera de la razón social, se revoca el nombramiento de secretario de la junta directiva y se hace nuevo nombramiento de la sociedad de este domicilio, denominada: Seashell Hideaway Sociedad Anónima.—San José, primero de febrero del dos mil once.—Lic. Federico Peralta Calzada, Notario.—1 vez.—RP2011220851.—(IN2011009364).

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En esta notaría, de la licenciada María de los Ángeles Solano López, según escritura número cuarenta y dos, visible al folio diecinueve vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, el día veintiséis de enero del dos mil once, se constituye la sociedad Los Papiros Verdes Saciedad Anónima, siendo su presidente Federico Castro Chacón, cédula uno-novecientos cuarenta y ocho-quinientos sesenta y dos, con domicilio en el cantón de Tibás.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. María de los Ángeles Solano López, Notaria.—1 vez.—RP2011220868.—(IN2011009374).

Mediante escritura pública número doscientos uno, iniciada al folio ciento cuarenta y siete vuelto del tomo primero de la licenciada Evelyn Gómez Quirós, se constituye la sociedad Inversiones Villa Emilia S. A., domiciliada en Escazú y con un capital de cien mil colones.—San José, dos de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Evelyn Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—RP2011220870.—(IN2011009375).

Ante mí, Néstor Rodríguez Jiménez, notario público con oficina en Orotina, se ha constituido la sociedad Cerro El Olympo S. A. Capital social: treinta mil colones. Acciones: treinta acciones comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta: Flory Mena Aguilar.—Orotina, 20 de enero del dos mil once.—Lic. Néstor Rodríguez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2011220871.—(IN2011009376).

Por escritura número trescientos doce-cinco otorgada ante mi notaría, a las catorce horas y cuarenta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil diez, se constituyó la sociedad Destellalia Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Heredia, 8 de febrero del 2011.—Lic. Jorge Eduardo Morales Fernández, Notario.—1 vez.—RP2011220872.—(IN2011009377).

Hago constar que por escritura 53-2 otorgada a las 09:00 horas del día 26 de enero del 2011, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Montemiro Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Ignacio Monge Dobles, Notario.—1 vez.—RP2011220873.—(IN2011009378).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día veintiuno de enero del dos mil once, a las dieciocho horas, se constituyó una sociedad anónima denominada Ditaka e Hijas Sociedad Anónima. Presidenta: Diana Alvarado Fernández.—Palmares de Alajuela, 7 de febrero del 2011.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—RP2011220875.—(IN2011009379).

Francisco Arce Vanegas y Carlos Luis Varela Umaña, constituyen la sociedad denominada mismo número de cédula jurídica que se le asigne, sociedad anónima, con domicilio en San José, Condominio Las Américas, primer piso, según escritura otorgada en San José, escritura trescientos, según folio ciento noventa vuelto del tomo cuarto del protocolo del notario público Lic. Francisco Javier Vega Guzmán.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2011220876.—(IN20119380).

Mediante escritura número 216 otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día 26 de enero del 2011, Constructora Luis Navarro y Asociados S. A. Protocoliza acta en la cual se reforma la cláusula octava, asimismo se nombra nueva presidente y tesorero por el resto del plazo social.—Lic. Daniella Segnini Díaz, Notaria.—1 vez.—RP2011220878.—(IN20119381).

Por escritura otorgada ante la notaria Johanna Moreno Bustos, a las catorce horas del cuatro de febrero en curso, se constituyó la sociedad con denominación social igual que su cédula jurídica. Capital debidamente suscrito.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Rebeca González Porras, Notaria.—1 vez.—RP2011220879.—(IN20119382).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del 10 de noviembre del 2010, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Promotora Habitacional del Caribe S. A., donde se modificó las cláusulas segunda y octava del pacto social.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Douglas Soto Campos, Notario.—1 vez.—RP2011220882.—(IN2011009383).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del ocho de febrero del dos mil once, se constituyó Grupo El Barreal S. A. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Presidente y vicepresidente: apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—RP2011220883.—(IN2011009384).

Sociedad 3-101-531903, que mediante escritura número ciento veintinueve; otorgada a las 08:07 horas del 24 de enero del 2011, visible a folio ciento cincuenta y uno vuelto, del tomo número cuatro de mi protocolo. Se protocoliza acuerdo de nombramiento de nueva junta directiva. Asimismo, la reforma de la cláusula sétima de la representación.—Alajuela, 16:00 horas del 3 de febrero del 2011.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León, Notario.—1 vez.—RP2011220884.—(IN20119385).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del día 6 de enero del 2011; se constituyó la sociedad de esta plaza: BCFF Fast Foods S. A. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: La ciudad de San José.—San José, 7 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2011220885.—(IN2011009386).

Ante esta notaría fue constituida la sociedad Consorcio Diproservic S. A. Domiciliada en Paseo Colón, calles 36 y 34, ave. 5, Nº 3650. Comercio: en general. Capital: cien mil colones. Presidente: Eduardo José Freites Mendoza, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ana Elieth Moraga Moraga, Notaria.—1 vez.—RP2011220886.—(IN2011009387).

Por escritura otorgada a las once horas del catorce de enero del dos mil once, se constituyó Constructora Masis Villalobos S. A.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—RP2011220887.—(IN2011009388).

Por escritura otorgada ante mi notaría, el día tres de febrero del dos mil once, se reformó el inciso b) de la cláusula décima tercera del pacto constitutivo de la Elete Trades S. A., cédula jurídica Nº 3-101-451932. Presidente: William Jaubert Solano cédula Nº 1-656-544.—Tres de febrero del dos mil once.—Lic. Óscar Ramos Brenes, Notario.—1 vez.—RP2011220888.—(IN2011009389).

Por escritura de las 15:00 horas del 31 de enero del 2011, se constituye la sociedad denominada Terrón Partners Sociedad Anónima. Por escritura de las 09:00 horas del 8 de febrero del 2011, se constituye la sociedad denominada Delta BPO CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220891.—(IN2011009390).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, mediante escritura Nº 13-21, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006. Presidente: Alcides Chacón Vásquez.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—RP2011220893.—(IN2011009391).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Terror de los Zanates S. A. Se modifican las cláusulas primera, tercera y sétima del pacto social. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 1º de febrero del 2011.—Lic. Eugenia Carazo Golcher, Notaria.—1 vez.—RP2011220894.—(IN2011009392).

Ante esta notaría, el día cuatro de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad anónima denominada MDARP S. A. representada por la señora Amabeliz Pivado Araya, con un capital social de veinticinco mil colones, domiciliada en Monteverde de Puntarenas.—San José, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Javier González Loria, Notario.—1 vez.—RP2011220895.—(IN2011009393).

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Por escritura otorgada, a las diez horas de hoy, se constituyó la sociedad Brasimport Company Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la señora Ivania Margareth Cecato.—San José, diecinueve de enero del dos mil once.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—RP2011220896.—(IN2011009394).

Por escritura otorgada, a las diez horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Building Construction & Project Management Construcciones Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, y se revoca el nombramiento del secretario de la junta directiva, y se llena su vacante con nuevo nombramiento.—San José, veintiuno de enero del dos mil once.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011220898.—(IN2011009395).

Roger G. Calderón Mora y Brenda M. Castro González, constituyen la sociedad denominada Inmobiliaria Cascal Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada a las catorce horas del cinco de enero del dos mil once.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—RP2011220899.—(IN2011009396).

Por escritura de protocolización de acta número tres de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Hefra Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintiocho mil seiscientos ochenta y seis, otorgada a las ocho horas del nueve de febrero de dos mil once, se modificó la cláusula II de los estatutos de constitución, en cuanto al domicilio exacto de la sociedad, para que en lo sucesivo diga: II. Domicilio: Moravia, San Vicente, de la entrada principal del residencial Los Colegios Norte, veinticinco metros norte, tercera casa, mano derecha, pudiendo establecer agencias o sucursales en todo el país o fuera de él; se modificó la cláusula VII de los estatutos de la sociedad, en cuanto a la representación y los plazos de vigencia de los nombramientos, para que en lo sucesivo se lea así: VII, de la administración: la administración de la sociedad estará a cargo de una junta directiva compuesta por cuatro miembros denominados presidente, vicepresidente, secretario, y tesorero. El presidente y el secretario tendrán, separadamente, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Podrán sustituir su mandato en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, en otro u otros miembros de la misma, revocar las sustituciones y hacer otras de nuevo. El vicepresidente sólo actuará en ausencia o impedimento del presidente y bastará su dicho para tener por válidas sus actuaciones. La vigilancia estará a cargo de un fiscal nombrado por la asamblea general. Los directores y el fiscal durarán en sus cargos por todo el plazo social; se conocieron y aceptaron las renuncias de los directores y en su lugar se hicieron los siguientes nombramientos por el resto del plazo social: presidenta: Flora Fernández Rojas, cédula de identidad número uno-trescientos catorce-quinientos cuarenta y uno; vicepresidenta: Andrea Muñoz Fernández, cédula de identidad número uno-novecientos-cuatrocientos setenta y nueve; secretaria: Katia Susana Muñoz Fernández, cédula de identidad número uno-setecientos veinticuatro-setecientos sesenta y tres; tesorero: Javier Alfonso Muñoz Fernández, cédula de identidad número uno-setecientos sesenta y ocho-cero cero ocho; y fiscal: José Joaquín Alvarado Acuña, cédula número uno-ochocientos noventa y tres-cuatrocientos sesenta; y se reformó la cláusula de capital, únicamente en relación con el número de cédula jurídica de la sociedad, ya que la misma tiene como capital la propiedad folio real número uno-ciento noventa y seis mil quinientos ochenta y, tres-cero cero cero, y en razón de que en sistema automatizado del Registro de la Propiedad no consta el número de cédula jurídica de esta sociedad, por lo que se acordó solicitar al Registro de la Propiedad Inmueble, que se publicite y se rectifique el número de cédula jurídica, para que en lugar del que ahora consta, sea cero cero cero cero cero cero cero cero cero cero, se incluya el tres-ciento uno-cero veintiocho mil seiscientos ochenta y seis, sobre la finca antes descrita, cuya propiedad e historial se puede constatar en el tomo dos mil cinco, folio trescientos noventa y siete, asiento cinco.—Lic. Marjorie Poveda Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011220900.—(IN2011009397).

Por escritura pública de las once horas del siete de febrero del dos mil once, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Zubre S. A., se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo. Referente al domicilio. Es todo.—San José, siete de febrero del dos mil once.—Lic. Yanina Jiménez Ugalde, Notaria.—1 vez.—RP2011220903.—(IN2011009398).

El día de hoy, he protocolizado acta de reforma de la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada Inra Soluciones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-357991, que en adelante dirá: Quinta, el capital es la suma de ciento dieciocho millones de colones, representado por veinte acciones comunes y nominativas de cinco millones novecientos mil colones cada una, enteramente suscritas y pagadas.—Heredia, 24 de enero de 2011.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—RP2011220905.—(IN2011009399).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 21 de enero del 2011, se constituyó la sociedad Vindas & Calderón Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 8 de febrero del 2011.—Lic. Gerardo Alberto González Esquivel, Notario.—1 vez.—RP2011220907.—(IN2011009400).

Que en mi notaría, procedí a protocolizar el cambio de toda la junta directiva de la sociedad denominada Camisetas de Costa Rica O Q N G Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos mil doscientos treinta y cinco. Es todo.—Guácimo, al ser las veinte horas del veinticuatro de enero del dos mil once.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011220913.—(IN2011009401).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 10 de diciembre de 2010, se constituyó una sociedad limitada cuyo nombre es su cédula jurídica, con gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y domiciliada en Alajuelita.—San José, 10 de diciembre de 2010.—Lic. Carolina Inés Barboza Bonilla, Notaria.—1 vez.—RP2011220914.—(IN2011009402).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del dos de febrero del dos mil once, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de Propiedes en Condominio S. A., donde se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—RP2011220916.—(IN2011009403).

Por escritura otorgada en mi notaría, en esta ciudad a las once horas del tres de setiembre del dos mil diez, se protocolizó acta de la sociedad Corporación El Alto Ltda, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social y se nombra gerente y dos subgerentes y agente residente. Lic. Enrique Araya Vargas y María Monserrat Miranda Araya, Notarios.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011220919.—(IN2011009404).

Por escritura de las diecisiete horas del día de hoy, se constituyó la empresa One of a Kind Accomodations Tours and Rentals Limitada, se nombraron dos gerentes y agente residente.—San José, tres de febrero del dos mil once.—Lic. Karen Zamora Román, Notaria.—1 vez.—RP2011220920.—(IN2011009405).

Constituyen una sociedad según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno, de fecha catorce de junio del dos mil seis, Rosibeth Villagra Suárez, cédula seis-cero uno tres uno-cero tres cinco seis, Héctor Rolando Villagra Suárez, cédula seis-cero uno ocho cinco-cero cero cinco dos, Sally Ethel Gerardina Navarro Suárez, cédula seis-cero uno uno tres-cero cuatro ocho tres. Manuel de Jesús Villagra Suárez, cédula seis-cero uno cinco cuatro-cero cero siete cero, Reina Isabel Villagra Suárez, cédula seis-cero uno seis ocho-cero seis cinco nueve, Guiselle Suárez Cascante, cédula seis-cero dos cero siete-cero tres tres dos.—San José, 8 de febrero del dos mil diez.—Lic. Wilberth Barrantes Salazar, Notario.—1 vez.—RP2011220921.—(IN2011009406).

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sistema de absorción subsistiendo la sociedad Corporación Comercial e Industrial El Lagar CR Sociedad Anónima.—San José, ocho de febrero de dos mil once.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2011009438).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del día cinco de febrero del dos mil once, se constituyó la sociedad denominada Familia Solano Acosta A. G. G. M. Sociedad Anónima, por un plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de diez mil colones, su domicilio será cien metros norte, de la escuela, La Fortuna, San Carlos, Alajuela.—La Fortuna, San Carlos, Alajuela, 5 de febrero del 2011.—Lic. Manuel Tuckler O`Conor, Notario.—1 vez.—(IN2011009440).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del cuatro de febrero del 2011, se constituye la sociedad denominada Consulting Group B.C.I. Alfa Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un plazo social de cien años, capital suscrito y pagado y representada por su gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Renzo Alexander Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2011009447).

El suscrito notario hace constar que ante su notaría, se constituyeron las sociedades denominadas Henry Corporation S. A., y Construcciones Glenda S. A., y se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad 3-101-580698 S. A.—San José, 2 de febrero del 2011.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(IN2011009449).

La suscrita notaria, hace constar que ante su notaría, se constituyeron las sociedades denominadas Corporación Dos CFHCULC S. A. y Univertica S. A.—San José, 9 de febrero del 2011.—Lic. Hannia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—(IN2011009450).

Por escritura número sesenta y ocho del tres de febrero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad A M J Precisión del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil doscientos doce. Se modifica la junta directiva.—Guápiles, 3 febrero del dos mil once.—Lic. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—(IN2011009461).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:15 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la entidad denominada Editorial Niños Hoy Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, siendo obligatoria la participación conjunta para compra, venta o liquidación de activos con valor mayor a US$1.000,00. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia, Santo Isidro, urbanización Lomas Verdes, casa Nº 67-C.—San José, 27 de enero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—(IN2011009465).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la entidad denominada Topografía Vargas Vázquez Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia, Santo Domingo, 200 metros sur, y 25 metros oeste de la plaza.—San José, 27 de enero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—(IN2011009466).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:30 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la entidad denominada Topografía Profesional Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia, La Palma, 150 metros sur de antiguos muebles Armón.—San José, 27 de enero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—(IN2011009467).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:15 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la entidad denominada Desarrollos Prado Salazar Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: San José, San Sebastián, Jardines de Cascajal, 50 metros este del Colegio Reina de Los Ángeles.—San José, 27 de enero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—(IN2011009469).

Por escritura número setenta y ocho otorgada a las 15:00 horas del día 8 de febrero del 2011, ante el suscrito notario, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Alech Consultores S. A., donde se conocen renuncia y nombramiento del puesto de presidente de su junta directiva.—San José, 8 de febrero del 2011.—Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2011009410).

Por escritura número setenta y ocho-seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del ocho de febrero del dos mil once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Zamalek RBA S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil cuatrocientos treinta y uno, en la cual se nombra nuevo secretario de la junta directiva por haber fallecido el anterior.—Heredia, ocho de febrero del dos mil once.—Lic. Fernando Sánchez Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2011009413).

Por escritura número uno, otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Agni Dios de Fuego S. A., con domicilio en esta ciudad y plazo de cien años. Capital social suscrito y pagado, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones de valor nominal cada una. Representante legal: el presidente de la junta directiva, pudiendo otorgar poderes.—San José, 9 de febrero del 2011.—Lic. Yanit Arias Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2011009417).

Por escritura número tres, otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad cuyo nombre será el número de cédula jurídica que el Registro Público le asigne, con el aditamento S. A., con domicilio en esta ciudad y plazo de cien años. Capital social suscrito y pagado, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones de valor nominal cada una. Representante legal: el presidente de la junta directiva, pudiendo otorgar poderes.—San José, 9 de febrero del 2011.—Lic. Yanit Arias Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2011009418).

Por escritura número dos, otorgada hoy ante mi, se constituyó la sociedad Inversiones Timbuctu de Mali S. A., con domicilio en esta ciudad y plazo de cien años. Capital social suscrito y pagado, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones de valor nominal cada una. Representante legal: el presidente de la junta directiva, pudiendo otorgar poderes.—San José, 9 de febrero del 2011.—Lic. Yanit Arias Herrera, Notaria.—1 vez.—(IN2011009419).

Se constituye sociedad Aliados Centroamericanos Sociedad Anónima. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las doce horas del día ocho de febrero del 2011.—Alajuela, 9 de febrero del 2011.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2011009432).

Mediante escritura número doscientos cuatro-doce, visible al folio ciento veintidós vuelto, del tomo doce de mi protocolo, firmada ante esta notaría, se constituyó la compañía WLC. Trust Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—(IN2011009436).

++Por escritura número sesenta y siete-diez, otorgada ante esta notaría, notario público Juan Manuel Godoy Pérez, a las nueve horas del día ocho de febrero del dos mil once, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías (I) Construcciones Agregados y Maderas El Lagar del Cruce S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos trece mil trescientos veintiocho; (II) Materiales ISA S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiséis mil seiscientos treinta y ocho; (III) San Blas Materiales de Construcción y Ferretería Sacofe S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veinte mil seiscientos cincuenta y nueve; (IV) Ferretería y Depósito El Labrador S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veinte cuatro mil cuatrocientos setenta y dos; (V) Do It Best S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y seis; (VI) Do It Best Barranca BA S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta y uno; (VII) Maderas Calidad San Carlos Número Nueve S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y tres mil trescientos veintiocho; (VIII) Sweet Success Holding S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil ciento cincuenta y uno y (IX) Corporación Comercial e Industrial El Lagar CR, S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos tres mil doscientos cuarenta y ocho; mediante la cual todas las sociedades se fusionaron por el

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Considerando:Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas

y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública.

Por tantoCon base en las razones expuestas y citas de ley respectivas

se resuelve: trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular del signo distintivo mencionado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estima convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—RP2011220352.—(IN2011008653).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

REGISTRO INMOBILIARIODivisión Catastral

Se hae saber a Carlos Enríquez Alvarado, portador de la cédula de identidad número 7-0110-0009, en su condición de titular registral del inmueble del Partido de Cartago número 198758, Juan Antonio Alfaro Bonilla, portador de la cédula de identidad número 1-0913-0134, en su condición de titular registral del inmueble del partido de Cartago número 186658, derecho 001 y a Cristina Eugenia Navarro Rodríguez, portadora de la cédula de identidad número 1-0943-0007, en su condición de titular registral del inmueble del partido de Cartago número 186658, derecho 002 que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, por traslape de los planos catastrados relacionados con las fincas 3-198758 y 3-186658. En virtud de lo informado esta Asesoría mediante resolución de las 11:00 horas del 06/10/2010, ordenó consignar advertencia administrativa sobre las fincas 3-198758 y 3-186658 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 15:00 horas del 21/12/2010, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme los artículos 93, 94 y 98 del Decreto Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 20 y de la Ley 3883 Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la entidad denominada Topografía Quirós Ávila Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Cartago, San Rafael de Oreamuno, 200 metros noroeste, Colegio Braulio Carrillo, casa Nº 12.—San José, 27 de enero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acon, Notario.—1 vez.—(IN2011009470).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del día 17 de enero del 2011, se constituyó la entidad denominada Consultoría en Ingeniería Topográfica Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio social: Heredia, Mercedes Norte, del bar España 150 metros oeste y 175 metros sur.—San José, 27 de enero del 2011.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—(IN2011009471).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima al ser las quince horas del día cuatro de febrero dos mil once, cuya denominación social es Aatedeco S. A., capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente. Domicilio social en la ciudad de Heredia.—Heredia, 7 de febrero del 2011.—Lic. Raúl Escalante Soto, Notario.—1 vez.—(IN2011009484).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, los señores Randall Villalobos Soto y la señora Silvia Vargas Cairol, constituyen una sociedad anónima que se denominará Programa de Asesoría para Organizaciones Sociales Pasos S. A.—San José, 9 de enero del 2011.—Lic. Guiselle Zúñiga Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011009485).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, el señor Carlos Alberto Meléndez Ortiz y el señor José Pablo Romero Villalobos comparecen a constituir una sociedad anónima que se denominará Grupo de Comunicación Katana S. A.—San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Mónica Romero Piedra, Notaria.—1 vez.—(IN2011009486).

Ante mí, se constituyeron las empresas: Chaves Villalta, Quintana de Santa Ana y Stronghair Keratin todas Sociedades Anónimas, plazo social cien años. Domicilio Escazú, capital cien mil colones.—San José, nueve de febrero del dos mil once.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2011009496).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Antigua Veramonte S. A., mediante la cual se reforma las cláusulas segunda, tercera, quinta y octava y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 9 de febrero del 2011.—Lic. Juan Luis Jiménez Surcar, Notario.—1 vez.—(IN2011009501).

NOTIFICACIONESJUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONALREGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:39:35 del 27 de agosto de 2010.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el Lic. Víctor Vargas Valenzuela, en calidad de Apoderado Especial de Invicta Watch Company of America, contra el registro del signo distintivo,

Registro Nº 126104, el cual protege y distingue “relojería, instrumentos cronométricos y accesorios de estos no comprendidos en otra clase; joyería, bisutería” en clase 14 internacional, propiedad de Importaciones Aristgom y Cía. Limitada.

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y el artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp. 2010-1080-RIM).—Curridabat, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Gabriela Montoya Dobles, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 11-024.—Solicitud Nº 44619.—C-17100.—(IN2011009025).

Se hace saber a: I.—María del Carmen Damaris Ureña Chavarría cédula 1-400-610, propietaria del derecho 002 de la finca de Cartago 108807, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas que afectan dicha finca. Por lo anterior se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación, a efecto de que presente los alegatos que a sus derechos convengan. Y se le previene que dentro de ese término debe señalar fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho. Asimismo, se les aclara que los detalles de esta gestión pueden consultarse en el Expediente 2010-1672-RIM que se tramita en la Dirección del Registro Inmobiliario.—Curridabat, 2 de febrero del 2011.—Departamento de Asesoría Jurídica.—Lic. Kattia Meza Brenes.—1 vez.—O. C. Nº 11-024.—Solicitud Nº 44624.—C-9020.—(IN2011009026).

Se hace saber a. I.—Lic. Mario Alberto Acosta Gutiérrez cédula 2-393-082, notario autorizante del documento bajo investigación, cualquier tercero con interés legítimo, albaceas o representantes legales, que la Dirección de este Registro ha iniciado diligencias administrativas que afectan la finca de Guanacaste 21641. Por lo anterior se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación, a efecto de que presente los alegatos que a sus derechos convengan. Y se le previene que dentro de ese término debe señalar fax o correo electrónico donde oír futuras notificaciones de este Despacho. Asimismo, se les aclara que los detalles de esta gestión pueden consultarse en el Expediente 2010-981-RIM que se tramita en la Dirección del Registro Inmobiliario.—Curridabat, 2 de febrero del 2011.—Derpartamento de Asesoría Jurídica.—Lic. Kattia Meza Brenes.—1 vez.—O. C. Nº 11-024.—Solicitud Nº 44623.—C-10800.—(IN2011009027).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DE GUÁPILESPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se cita y emplaza al señor Vianney Robles Sibaja, representante legal de la casa comercial Corporación Movilux V.E.P. S. A., para que se presente el día 25 de febrero a las 11:00 a .m., para que rinda declaración por el presunto incumplimiento en la entrega de “estantes dobles y sencillos”, según orden de compra Nº 497, Licitación Restringida en plaza Nº 013-2004HG, en la Dirección Administrativa del Hospital de Guápiles, sita 50 metros norte de la Estación de Bomberos.

Guápiles, 15 de febrero del 2011.—M.Sc. Lorna Campbell Bryan.—(IN2011011109).

CITACIONESINSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio para los Vehículos Automotores por muerte de:

Alfredo Castillo Ruiz 900180801 LiberiaBartels Ureña Doris 102730513 DesamparadosVictor Enrique Vindas Robles 112270738 San IsidroGabriel Chacón Barboza 102970626 San IsidroValverde Sánchez Alonso 110320896 San IsidroYahaira Stephanie Sánchez Martínez 116020064 GuadalupeCarlos Jiménez Aburto 701820922 Limón

Guzman Muñoz Silvio 102700335 GuápilesGaitan Matarrita Luis Diego 701930950 GuápilesEstribi Nuñez Einar 604150234 Ciudad NeillyGerardo Guevara Alfaro 103770712 San PedroRojas Rodríguez Luis 202180205 La MercedMontero Godínez Gloria Antonia 600630343 AlajuelaLeón Sánchez Alberto 105140935 HerediaLeón Peralta Deninson Guillermo 117120123 HerediaChacón Herrera Juan José 601330607 San IsidroMiguel Gerardo Vega Ramírez 501880630 HerediaVianca Alejandra Alfaro Alvarado 401800168 HerediaCharlote Rojas Alvarado 401790430 HerediaHidalgo Zamora Diego Andrés 109220449 CartagoJuan Eli Molina Pizarro 501460068 LiberiaMata Rivera Salvador 301140289 CartagoArias Sandoval Jean Paul 115300011 DesamparadosZúñiga Fajardo Leda Maria 105870851 Oficinas centralesYeirel Andres Keith Chavarría 116360903 Cuidad QuesadaSalas Arce Dulcelina 300830989 CartagoCalvo Prendas Roberto Gerardo 205450668 AlajuelaCerda Bojorge Dennis 201850626 GuápilesMéndez Méndez Walter 108850764 CartagoCorrales Murillo Hugo 201770913 LiberiaVillalobos Venegas Gilberth 204070200 Cuidad QuesadaRetana Arroyo Allan Esteban 114540385 PavasRivera Flores David Antonio 12220275530 La MercedSalas Méndez Edwin Steven 206860710 AlajuelaVarela Montero Haydee 600530832 AlajuelaRodríguez Astorga Alexander 204770639 Alajuela

Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a la Sede señalada anteriormente, en el reclamo de sus derechos apercibidos, que si no lo hiciere la indemnización pasará a quien en derecho corresponda.—San José, 1º de febrero del 2011.—Departamento de Comunicaciones.—Lic. Ileana Castro Fatjó, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 19180.—Solicitud Nº 34984.—C-32940.—(IN2011009545).

FE DE ERRATASMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MATINAAcuerdo tomado por el Concejo Municipal de Matina, según

el artículo tercero, de la sesión extraordinaria celebrada el 2 de febrero del 2011 acta Nº 62/11, que dice:

Considerando:Que en sesión extraordinaria Nº 56, celebrada el día 5 de

enero del 2011, el Concejo Municipal de Matina acordó reformar del artículo 5° del Reglamento sobre Gastos Fijos y Adquisición de Bienes y Servicios Competencia del Alcalde Municipal.

Que por error en la redacción de la moción se indicó que se reformaba el artículo 5º y 6º, cuando únicamente se reforma el artículo 5º.

Que también se indicó que se reformaba el artículo 4º, siendo lo correcto que el artículo que se reforma es el artículo 5º. Por tanto:

Acuerdo N° 3Se acuerda publicar la fe de erratas para subsanar el error,

indicando que la reforma del Reglamento Sobre Gastos Fijos y Adquisición de Bienes y Servicios Competencia del Alcalde Municipal lo que verdaderamente se está reformando es el artículo 5°. Moción aprobada por unanimidad.

Matina, 3 de febrero del 2011.—Rode Raquel Ramírez Dawvison, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2011009482).