La Familia

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    La familia Aspectos sociales , culturales , econmicos , histricos , polticos y

    legales

    1. Introduccin 2. Aspectos legales de la familia 3. Conclusin 4. Bibliografa

    INTRODUCCION

    Un anlisis sistemico de la familia nos lleva casi obligatoriamente a hacer un recorrido histrico . Para poder comprender su conformacin actual , en un pas poblado principalmente por descendiente e inmigrantes , se hace necesario conocer su evolucin histrica , sus orgenes y fuentes , el origen de sus componentes y como ellos y sus costumbres fueron fundindose y transformndose a lo largo del tiempo hasta llegar a ser lo que es hoy . As mismo , se hace imprescindible pintar un somero panorama de la realidad actual econmica , cultural , legal , poltica y social , el marco en el cual se desarrolla la vida diaria de la familia . La Conformacin Histrica de la Familia Argentina Los primeros antecedentes de la actual familia argentina , podemos encontrarlos a principios del siglo XVI , con la conquista espaola . Las corrientes colonizadoras , formadas casi exclusivamente por hombres procedentes de clases desposedas de Espaa , que , al establecerse , se vieron obligados a unirse con las mujeres aborgenes . Este fue el nacimiento de lo criollos , hijos de espaoles y aborgenes . El sistema cerrado impuesto por la corona espaola determino que al menos hasta el siglo XIX , esta fuera la composicin tnica predominante . Aun con la independencia Argentina de Espaa (1816) la composicin social no cambio mucho . Con el advenimiento de la 2 revolucin industrial europea y las convulsiones sociales que la sucedieron a mediados del siglo pasado , se desencadeno una ola inmigratoria muy numerosa. As fue que Argentina , pas extraordinariamente extenso ( 3 millones de km.2 ) y desolado , recibi inmigrantes que , ya sea buscando trabajo y oportunidades , o escapando de la represin de la comuna de Pars y otros movimientos revolucionarios transformaron el panorama social . Nuevas oleadas de espaoles ( entre los que predominaban vascos y gallegos ) , italianos , franceses , alemanes , judos de Europa central y oriental que huan de los progroms , rusos , ucranianos , siriolibaneses , la mayora de los cuales fueron a vivir a las ciudades conformaron una gran caldera donde se mezclaron diferentes culturas y costumbres . As pues , el peso de la inmigracin europea , y el exterminio emprendido en la guerra por ganar tierras a los indios ( la llamada Conquista del Desierto , 1877 ) , dejo en un segundo plano a la poblacin aborigen , en numero y en importancia cultural . Ya durante este siglo , la poblacin argentina se nutri de armenios escapados del genocidio , japoneses , italianos , espaoles exiliados por causa de la Guerra Civil , judos escapados de la Segunda Guerra Mundial , etc. Tambin hay un aporte permanente de los piases vecinos ( Chile , Paraguay , Bolivia , Uruguay , Per ) que tambin vienen en busca de oportunidades de trabajo . Pese a toda esta inmensa masa humana , el campo y el interior del pas continuaron prcticamente despoblados , pues la inmensa mayora fue a recalar en las ciudades , particularmente Buenos Aires ( que actualmente concentra 13 millones de habitantes , equivalente a mas de la 3ra parte de la poblacin del pas ) . Por lo tanto , la familia argentina , tiene una relativamente corta historia . Pocos son los que pueden contar mas de 3 o 4 generaciones en el pas . Casi todos los argentinos tenemos una mezcla de abuelos o bisabuelos de las mas diversas nacionalidades , con historias familiares que se han ido perdiendo . Algunas de estas comunidades se han integrado y dispersado en esta caldera social , otras han tratado de conservar su identidad , ( como los judos , los gitanos , etc. ) mantenindose relativamente cerradas , propiciando los casamientos dentro de la propia comunidad , y hasta instalndose masivamente en determinados barrios o pueblos .

  • En los ltimos aos , se ha agregado la inmigracin de los piases de Asia ( principalmente coreanos y chinos ) comunidades especialmente cerradas como consecuencia de su distancia cultural y las dificultades idiomticas , pero este no es un fenmeno relativamente nuevo en trminos histricos como para analizar el impacto social . En suma , un viejo dicho popular sintetiza claramente esta realidad : los mexicanos descienden de los aztecas , los peruanos descienden de los incas , los argentinos descienden de los barcos . La Historia Social Reciente

    Como veniamos viendo , la Argentina fue tradicionalmente un pas receptor de migracin . Pero en las ultimas dcadas , como resultado de regmenes militares extraordinariamente represivos , y de polticas econmicas que destruyen fuentes de trabajo , la Argentina se convirti en un pas emisor de emigrantes . Es as que hoy se pueden encontrar colonias de argentinos en muchos piases del mundo , principalmente en Espaa , Mxico y Estados Unidos . Luego del retorno de la democracia en 1983 , muchos volvieron al pas , con hijos extranjeros (en Argentina rige el ius solis , es decir que la condicin de argentino se adquiere por el hecho de haber nacido en territorio argentino ) , habiendo incorporado costumbres , pensamientos y perspectivas nuevas , y fundamentalmente revalorizando las races histricas y sociales de sus antepasados . La ultima dictadura militar ( 1976-1983 )fue particularmente sangrienta , y dejo un saldo de entre 10000 y 30000 desaparecidos . Esa herida en la sociedad argentina que aun sigue abierta por la falta de castigo a los responsables , tiene un fuerte impacto emocional , adems de haber diezmado a toda una generacin ( los que hoy cuentan entre 40 y 55 aos de edad) . La Situacin Actual : el escenario donde vive la familia argentina

    En las ultimas dcadas , por imperio de las polticas neoliberales predominantes , el panorama econmico , poltico y social tradicional ha cambiado drsticamente en la sociedad argentina . Los recortes de gastos del estado han llevado a un deterioro notable en muchos aspectos de la vida cotidiana . El estado , que anteriormente regulaba , y regia muchos de los aspectos de la vida social , se ha ido retirando progresivamente , dejando desprotejida en mas de un sentido a la familia argentina . En cuanto al trabajo , la pauperizacin de los sectores cada vez mas grandes de la poblacin ( un tercio de la poblacin vive bajo los ndices de pobreza ) , el desempleo ( que actualmente se ubica en un 14 % ) , el sobreempleo ( gente que debe trabajar de 10 a 12 horas al da , los 7 das de la semana ) , los salarios bajisimos , impactan fuertemente en las familias y en su dinmica . Los miembros de algunas familias rara vez pueden compartir una comida , o una salida de fin de semana , porque alguno de los integrantes esta siempre trabajando . Las clases medias , que predominaban ampliamente en el espectro social , han ido reducindose . Con respecto a la educacin , la Argentina siempre fue un pas que se precio por sus altsimos ndices de alfabetizacin , gracias a una poltica de gratuidad y universalidad de la enseanza . Sin embargo , la calidad de la educacin ha ido deteriorndose , junto con el aumento de la desercin escolar . Perpetuando el circulo , esto da como resultado mano de obra menos calificada , con salarios mas bajos , y que no puede darle la educacin adecuada a sus hijos . Como contracara de esta moneda , muchos universitarios se ven imposibilitados de ejercer su profesin , debiendo aceptar puestos de trabajo muy por debajo de su capacidad . Es obvio decir que esta situacin de frustracin se transmite a la familia , de manera tal que , muchos argentinos , tradicionalmente orgullosos hasta la soberbia de su propia condicin , hoy piensan como emigrar , soando con un paraso perdido difcilmente recuperable . Los hospitales pblicos y gratuitos , que tradicionalmente fueron escuela de buena medicina , hoy se encuentran con bajos presupuestos , sin poder atender la demanda de los sectores mas necesitados , que sin poder pagar la medicina privada , quedan prcticamente librados a su suerte . As , un tema que histricamente se hallaba bien resuelto , hoy pasa a ser prioritario en cualquier familia de recursos medianos a escasos . La situacin de la ancianidad no es la excepcin , y los ancianos viven un estado de desproteccion y abandono . Habiendo perdido su ubicacin en el mapa familiar , se han transformado en una carga social , y su destino final es el de terminar internados en un geritrico .

  • La inseguridad y los ndices delictivos crecen , y a la par crecen los servicios privados de seguridad . Los menores de edad participan crecientemente de este fenmeno a la vez como vctimas y victimarios . Muy sintticamente , este es el ambiente difcil y hostil en el que la familia argentina debe desenvolver su vida cotidiana . La Familia Argentina de Hoy

    Luego de estas consideraciones , llegamos entonces a la siguiente pregunta : De que familia hablamos? Es difcil hablar de una sola familia ; pensar que una familia rica , que vive en un barrio cerrado con custodia , que enva a sus hijos a un colegio ingles , pueda tener mucho en comn con otra familia que , a pocos metros , a otro lado de la autopista vive en una villa de emergencia , en una casa precaria de madera , en la que se hacinan en una sola habitacin 10 personas con hijos que deben ir a trabajar desde pequeos . O con aquella otra que vive en una pequea ciudad de provincia , con escasos recursos culturales , y una estructura casi feudal . La polarizacin cultural que podemos encontrar casi en todos los piases entre las grandes ciudades y el interior , en Argentina se ve remarcada por el peso econmico , cultural , y demogrfico de Buenos Aires . Todos los antecedentes y hechos descriptos precedentemente condicionan fuertemente a la familia argentina . Otros aspectos sociales y culturales

    En la poca primitiva , el hombre debi obligatoriamente agruparse a fin de poder distribuir los alimentos , ya que algunos conseguan un determinado alimento y otros tenan un alimento diferente ; de esta forma , el hecho de agruparse les permiti gozar a todos los hombre de los mismos alimentos . Esta forma de vivir agrupados paso entonces a ser necesaria tanto por la distribucin de los alimentos , como as tambin para enfrentar los peligros externos de esa pequea sociedad ( ej. Animales , clima , etc. ) . Este agrupamiento fue lo mas lejano . Como consecuencia de la reproduccin , esa sociedad que fue en principio homognea , comenz a ser heterognea , ya que cada uno de los componentes al tener descendencia pretenda tambin su independencia con respecto a los dems , sin perjuicio de mantener la sociedad original ; esto dio origen a la aparicin del gens ( este es el comienzo de la organizacin familiar la cual tenia un jefe pater el cual tenia el poder de decisin dentro de la familia ) . A medida que transcurri el tiempo , el gens fue aumentando , y es entonces cuando se dio origen a los clanes . Un gens poda tener varios clanes , ya que los descendientes de pater buscaron su independencia dentro del gens . La figura del pater ( que era el que diriga a todos ) , dio origen en algunos pases al Rey . Los clanes , con el transcurso del tiempo , dieron origen a los que hoy se llama familia . Y en trminos jurdicos , se entiende por familia al conjunto de personas que tienen un parentesco prximo o por disposicin de la ley , y que se ha originado en el matrimonio .- La familia tiene un alta finalidad social , que justifica su proteccion por el Estado . No se pierda de vista que la familia es el ncleo social , cuya preservacin interesa sobremanera a los poderes pblicos en funcin de la estabilidad institucional y de la educacin de los hijos que en la primera poca de su vida , internalizan all pautas de conducta que condicionaran su futuro como hombre adultos . En la actualidad , la familia es importante en cuanto a que existe una relacin de parentesco , todos sus componentes son familiares , hay dentro de ella una nocion de comunidad , y tambin de solidaridad entre sus componentes . Esta solidaridad familiar se puede aplicar a todos los terrenos : afectivo , moral , econmico , etc. Es frecuente hablar de la crisis de familia . Si llamamos crisis , con sentido peyorativo , a todo lo que signifique romper esquemas tradicionales que consideramos inmutables y permanentes, o si denominamos crisis a un estado nuevo , quizs circunstancial , producto de determinadas coyunturas . Ciertamente la familia moderna ha puesto en crisis los conceptos tradicionales , no ya los vetustos de la vieja Roma ; sino los que eran admitidos , una o dos generaciones atrs . La autoridad del padre se ha debilitado ; la mujer ha alcanzado independencia ; las familias se disgregan con frecuencia y en proporcin alarmante . En este proceso de acelerado ritmo han sido factores preponderantes coyunturas externas de alta significacin . La estrechez del hbitat urbano por una parte ; la necesidad de largas jornadas de trabajo que inhiben la permanencia mayor de sus miembros en el hogar ; el mimetismo de las costumbres que quieren asemejar a las forneas , determinadas estas por

  • razones que no han influido directamente en la vida argentina , son probablemente algunas de las causas del estado actual . Mucho puede hacer el derecho . Pero mucho mas debe hacer el hombre , el ser humano , destinatario final de la norma jurdica . Difcil es vivir en pocas como esta , que parecen conmover los cimientos de todo lo que era universalmente aceptado como valioso ; difcil es , tambin , hallar el camino de salida entre lo que siempre fue as , y lo nuevo que quiere ser , todo lo contrario de lo que fue . Pero ese difcil camino debe recorrerlo el hombre , y tambin su familia . Como son las nuevas familias En la actualidad , la mayor cantidad de familias son todava las originadas en el matrimonio , con las figuras del padre y la madre , y sus respectivos hijos . Pero tambin existen hoy , y cada vez mas , una serie de familias que ya sea por su cultura , posicin social , costumbre , sexualidad o simple eleccin ; revisten grandes diferencias con las sealadas anteriormente , las cuales son detalladas a continuacin : Parejas sin hijos : Son familias de ncleo estricto ; la mayora de este tipo estn casadas . Son generalmente parejas jvenes donde el hecho de vivir juntos sin hijos les permite buscar la felicidad en la propia unin de la pareja . Y donde todava no han decidido tener hijos o no . Una persona con hijos : Se conocen como monoparentales . Son separados/as , divorciados/as , con hijos , viudas/os , madres solteras , o personas con hijo adoptado . Estn formadas mayoritariamente por personas de sexo femenino , aunque tambin hay varones que viven con sus hijos , sobre todo cuando este ha alcanzado la adolescencia y no necesita tantos cuidados .Una persona sola : Se llaman unipersonales , formadas por un miembro que vive solo . En la practica agrupa a viudas/os o divorciados/as , y solteros/as . En este sector proliferan los profesionales que deciden dedicar su vida al trabajo y curiosamente cada vez se adhieren mayor numero de mujeres . Divorciado con pareja e hijos : Se denominan familia de tejido secundario . En este tipo de familia hay un miembro divorciado y con hijos . Tambin se incluyen a las parejas homosexuales en las que uno o ambos miembros tienes hijos de anteriores relaciones heterosexuales . Amistad o inters : Son relaciones estables que se forman a partir de vecinos o amigos . Existen miles de personas que no desean vivir en soledad y que comparten la vivienda con amigos . En otros casos la proximidad de los vecinos puede generar una relacin equiparable a la que existe entre los miembros de una familia. Mas all del tipo de familia que se trate , esta tiene efectos legales , sociales y econmicos . En cuanto a aquellas familias en las cuales se tienen hijos ; es tarea fundamental de los padres brindarles educacin , alimentos , vestimenta , y adems afecto ; ya que los hijos ( y mas aun cuando estos son menores de edad ) necesitan de el amor tanto maternal como paternal , para su buen desarrollo dentro de la sociedad . La llegada de un bebe al hogar llena a los padres de incertidumbres sobre que cuidados necesita el recin nacido . Tener un hijo es una experiencia maravillosa , pero trae aparejado muchos cambios , tanto en la vida personal como de la pareja . La madre siempre tiene dudas sobre si podr alimentar correctamente a su bebe o si tendr suficiente leche . Durante los primeros dos o tres das , no se tiene leche sino calostro , que es una sustancia con alto contenido de protenas y minerales . La succin del bebe estimula la produccin de leche entre el tercer y cuarto da del nacimiento y , alrededor del octavo , baja el alimento definitivo . En la actualidad , la familia , adems de tener una funcin social y econmica , debe tener armona y dialogo , debido a los grandes problemas que enfrentan a causa de las drogas y el alcohol ; estos se dan generalmente en hijos adolescentes , y debido a un mal manejo de los padres en la niez del hijo . Educar un hijo nunca es fcil . Hay que aprender a protejerlo sin convertirlo en una persona miedosa y al mismo tiempo , explicarle por que no puede hacer exactamente todo lo que quiere . Muchas madres hubieran deseado en mas de una ocasin que sus hijos hayan nacido con un manual incorporado . En la vida diaria muchas veces existe el interrogante sobre si la educacin que se le esta brindando es la correcta . Este cuestionamiento crece aun mas cuando de poner limites se trata .

  • Es bien sabido que para que un nio crezca sano , espontaneo , seguro y con una relacin positiva con el mundo son necesarias en su vida la orientacin y la proteccin . Lo que los padres hacen es ensearles a sus hijos determinadas pautas para que puedan vivir en sociedad . Y aqu entra en juego el tema de los limites . En el libro Hay limites que matan de C. Jonas se habla de los limites como una forma de ensearle a respetar a los dems , pero nunca como privacin de la satisfaccin personal . Muchos padres con tal de evitar una pelea o discusin con sus hijos o por querer compensar una falta , optan por darles todos los gustos ; algo que tiempo despus causa un efecto contrario , ya que los nios interpretan la permisividad como indiferencia . Sin duda ponerles limites es bueno , as crecen mejor adaptados , con mayor autoestima y confianza , que aquellos a los que nunca se les dice que no . El tema de cmo los padres ponen limites tiene mucho que ver con la relacin que ellos mismos tiene con el mundo . Si los padres ponen demasiados limites a sus hijos es por que ven un mundo temeroso , lleno de riesgos , entonces controlan a su hijo por el miedo que ellos tiene con relacin al mundo . Por el contrario si los padres se sienten seguros en el mundo , tendrn menos temores con sus hijos . As ponerle limites limites a un hijo implica decirles que en este mundo todo no es posible . En sntesis , es darle una visin real del mundo . Paradojicamente , este limite no tiene limites , ya que siempre vamos a encontrar motivos para temer por algo , y esto llevara a estarle encima a nuestro hijo todo el tiempo . Y el hecho de que los nios puedan disfrutar de cierta autonoma , es lo que les permite aprender , explorar distintas cosas del mundo que lo beneficiaran durante su crecimiento . El problema de los chicos de ahora que crecen con mayor libertad , es que estn mas expuestos a que se le pongan limites porque no los han tenido desde el primer momento ( por querer darles mayor libertad para no repetir el autoritarismo de generaciones anteriores ) ; lo cual implica trabajar mucho mas con esos limites a medida que van creciendo . Esto no significa que hay que ponrselos de golpe , o desde mas chicos , por que sino esos nios se vuelven inseguros , dependientes , temerosos . Lo ideal es que los padres puedan educar a su hijo con amor y con limites , para que de grande ese nio pueda autorregularse . Es all cuando el chico puede frente al propio limite de los padres elegir que hacer . Para llegar a esto es bueno que un nio dependa de sus padres por un largo tiempo , por que sino en el otro extremo aparecen los chicos demasiado autnomos , que se criaron como abandonados . Tambin es muy importante no confundirnos , ponerse de acuerdo con la pareja sobre cuales son las pautas de convivencia . Los limites de uno deben ser respetados por el otro . No sirve que uno adopte el rol de bueno y el otro sea el malo . Los chicos necesitan claridad . Cuando los padres dicen no , el tiene que entenderlo como una decisin tomada . En el jardn de infantes se manejan con limites claros y sencillos , siempre en un ambiente clido para que los chicos no se sientan atemorizados . La diferencia es que all se trabaja en grupo , por lo tanto hay pautas que se respetan y se repiten bastante , como : no tirar papeles al suelo o compartir con los compaeros . En los casos en que los chicos llevan algo y no lo quieren compartir , lo deben guardar para usar fuera del jardn ; se trata de darles una respuesta alternativa . Siempre se busca que la consigna sea positiva , porque de nada sirve quedarse horas marcando lo negativo . As no hay aprendizaje . En los casos en los que un nio no respeta determinadas pautas , se lo sienta un rato en un lado de la sala , para que piense en lo que hizo . Con respecto a la relacin de los padres con el jardn , resulta mas beneficioso para el nio que los padres acompaen la puesta de limites , sino se lo puede confundir . Embarazo y maternidad en la adolescencia : El embarazo precoz es una practica social que se incrementa de manera preocupante . La adolescencia es cada vez mas breve y la madurez sexual llega antes que la emocional . El llamado embarazo precoz o embarazo adolescente , es una practica social cada vez mas frecuente en el mundo de hoy . En los Estados Unidos mas del 18 % de las adolescentes tienen sexo antes de los 15 aos y se estima que a la edad de 20 aos , el 40 % de las mujeres blancas y el 64 % de las mujeres negras habr experimentado por lo menos un embarazo . Intentar definir el termino adolescente nos coloca en un terreno delicado debido a que los limites entre la niez y la llamada adultez estn tamizados por una permanente tensin con los ideales y deberes que la cultura impone y se modifican a una velocidad asombrosa . La O.P.S. , P.N.U.D , U.N.I.C.E.F. y C.E.P.A.L. ( que llevan adelante exhaustivos estudios en la materia ) aplican un enfoque que plantea que el hecho de convertirse en madres a temprana edad implica una mayor vulnerabilidad de las mujeres y sus hijos . Muchas veces , los proyectos educativos personales tienen que interrumpirse , pero adems , estas adolescentes tienen mas probabilidades de tener una fecundidad mas alta , de ser mujeres jefas a cargo de

  • sus hijos y de encontrarse en situaciones de precariedad e incertidumbre . Hay indicaciones que dicen que la mujeres que inician su maternidad a edades tempranas , a menudo provienen de familias donde esta ha sido una practica preexistente. El embarazo precoz aparece mencionado entre los primeros comportamientos considerados de riesgo en la adolescencia . Una de las causas se debe a que las adolescentes llegan a ser fertiles aproximadamente 4 o 5 aos antes de ser emocionalmente maduras . Las posibles consecuencias adversas que se mencionan , segn las cuales las adolescentes embarazadas constituyen un grupo de alta vulnerabilidad social son :

    separacin de la familia .

    interrupcin de la escolaridad .

    presencia de problemas de salud y emocionales .

    necesidad de asistencia publica .

    fallas en el manejo del bebe .

    aparicin de necesidades especiales para los padres y los hijos . En nuestra sociedad no se reconocen ritos iniciaticos de la adultez en los cuales los adolescentes puedan identificar el momento en que debern correr el riesgo y asumir con responsabilidad su propia vida . En las sociedades tradicionales los ritos iniciaticos marcaban con claridad un antes y un despues : el pasaje de nio a adulto . Tanto si estaban preparados interiormente para ello o no , operaba desde los adultos el reconocimiento del derecho de acceder a esta etapa . Este reconocimiento simblico , en nuestra sociedad , se hace difuso . Las jvenes se ven obligadas a conseguir este derecho de paso por si mismos . En los ltimos aos los ndices de descenso en el promedio de edad del embarazo se incrementaron de manera preocupante y si bien esta tendencia se acenta mayormente en los sectores populares , no hay esfera social que este ajena a esta problemtica . El trabajo educativo es reconocido como el primer paso a dar para revertir este patrn de comportamiento , as como el dialogo entre madres e hijas que deber centrarse en atender ciertos puntos reconocidos como las puertas del problema . Principalmente a las adolescentes les cuesta :

    anticipar las consecuencias de su acto .

    no vincular relacin sexual sin cuidado con posibilidad de hijo .

    reconocer haber pensado ser madres algn da , pero no fantasear en el momento con tener un hijo .

    poner en acto la fantasa de la maternidad . En una encuesta realizada en un total de 100 adolescentes se destaco una respuesta comn : en la mayora de los casos el embarazo era visto como una salida ; salida de una situacin traumtica , salida del mbito de la familia , como posibilidad de diferenciacin o como una forma de tener un proyecto propio cuando ningn otro proyecto les era posible . Lo comn a todas estas situaciones seria la demanda dirigida a los padres de ser reconocido como diferente respecto a ellos . Con el numero de jvenes embarazadas en alza , es evidente que tanto las campaas de prevencin centradas en los mtodos anticonceptivos y la asistencia brindada posteriormente debera mejorar como servicio a la comunidad . Generar una mayor conciencia desde la escuelas de lo que significa el acto de la maternidad acaso sea uno de los caminos para encontrar una puerta a este laberinto . Importancia economica y social de la familia

    Como hemos visto anteriormente , desde sus orgenes , las familias debieron agruparse formando comunidades con el fin de autoabastecerse . La primer caracterstica econmica de esa poca era el trueque ; que consista en cambiar bienes por otros diferentes . Mas adelante , aparece la figura del orfebre ( trabajador del oro ) , y con este las primeras monedas . Pero en la actualidad, afirmamos que la familia tiene una importancia econmica fundamental. La familia es sumamente importante , ya que permite la agrupacin de pequeas unidades econmicas . Si en una familia hay 2 o 3 integrantes que producen bienes y servicios , observamos que este ncleo podr lograr un mayor estndar de vida , sobre aquellas en las cuales donde existe algn factor desempleado . Tiene importancia ya que sus integrantes cooperan con su fuerza de trabajo , consigan o no una remuneracin . Es por eso que existe una intima relacin entre lo social y lo econmico . Cada familia es importante por la produccin de bienes y servicios que sus integrantes realicen , y en la mayora de ellas , al producir estn percibiendo una remuneracin la cual les permite

  • vivir o por lo menos minimizar sus gastos . Estas pequeas unidades econmicas en conjunto , forman un total de trabajadores que son los que necesita la economa de un pas para abastecerlo . Dentro de la psicologa social , frecuentemente se analizan los problemas de las familias de hoy en da ; lo aconsejado por lo psiclogos es que las unidades econmicas de la familia realicen sus tareas independientemente de los dems , debido a que si alguno de estos atravesara por el estado de desempleo , la familia podr seguir solventando sus gastos . Por el contrario , si dentro de una familia , todos sus integrantes se desempearan en una misma actividad econmica ( ej. Negocios familiares ) y llegara el momento en que la actividad laboral decaiga a causa de los problemas econmicos actuales ; la familia se encontrara entonces ante un problema que peligrara contra su integridad ; es aqu donde notamos que la relacin entre lo social y econmico esta sin duda estrechamente ligada . Problemas de fin de milenio En la actualidad , muchas familias padecen problemas econmicos es muy frecuente que exista dentro de una familia algn factor desempleado , esto trae aparejado muchas consecuencias que sufre toda la familia en su conjunto y mas aun la persona que ha sido desempleada . El desempleo ha determinado un cambio en la estructura de muchas familias . En muchos casos , el hombre , desempleado , ve desdibujado su papel en la familia , y cae en el alcoholismo y la violencia . Por otro lado , la mujer , que mas frecuentemente encuentra trabajo en el area de los servicios ( domestica , vendedora , etc. ) es quien aporta el dinero ahora al hogar , producindose una redistribucin de las relaciones internas , y generando conflictos , especialmente en las clases mas bajas , tradicionalmente mas machistas . Como fenmeno relativamente nuevo en Argentina , el consumo de alcohol y drogas en cada vez mas amplios sectores de la juventud se va generalizando , siendo causa y consecuencia a la vez del deterioro social . Tambin debido a la liberacin de las costumbres , a la movilidad social y a la incorporacin de la mujer al mercado laboral , lo que redunda en un aumento de su autonoma y capacidad de decisin , se puede verificar un aumento muy importante de las familias uniparentales , en las que la crianza de los nios pasa a estar a cargo de una empleada , del jardn maternal o de la abuela , mientras la madre trabaja . Como consecuencia tambin del aumento de la autonoma , y de la capacidad econmica femenina , as como la aceptacin social de nuevas relaciones , formalizada en la ley de divorcio , continua en aumento el numero de las familias ensambladas , en las que es increblemente difcil trazar un genograma del grupo familiar . Consecuentemente , el concepto de la familia extensa se va haciendo poco operativo y difuso . Las fronteras de las familias y subsistemas son difciles de dilucidar . ASPECTOS LEGALES DE LA FAMILIA

    Jurdicamente se entiende por familia al conjunto de personas que tiene un parentesco prximo o por disposicin de la ley , y que se han originado en el matrimonio . El estado es la situacin jurdica de una persona , su status ; y adems , que segn algunas opiniones solo se conceba el estado de una persona en funcin de su familia , el estado de familia . En Roma se distinguan la agnacin y la cognacin ; la agnacin era el parentesco trasmitido por va paterna , constitutivo de la familia civil que , en consecuencia , integraban los descendientes de un pater familias y las esposas de los varones . La cognacin era el parentesco por va femenina , carente de mayor significacin , pues debe tenerse en cuenta que la mujer sala de su propia familia cuando pasaba a depender de la autoridad de su marido en el matrimonio cum manus . En la actualidad la implantacin del sujeto dentro de la familia esto es su estado de familia presupone un doble genero de relaciones familiares . Daz de Guijarro seala las siguientes caractersticas del estado de familia que se detallan a continuacin : 1) Universalidad : El estado de familia es concebido como un atributo a la persona humana ,

    cualquiera sea su emplazamiento familiar . Correlativamente quien no esta emplazado en el estado de familia tiene acciones para lograrlo (acciones de estado) , y quien lo esta no necesita acudir a estas acciones pudiendo ejercer sin mas lo derechos emergentes de tal situacin .

  • 2) Unidad : Para el mencionado autor la unidad del estado de familia implica que cada individuo es eje de una serie de vnculos , tanto de origen matrimonial como de fuente extramatrimonial .

    3) Indivisibilidad : Como correlato de la unidad que se atribuye al estado de familia , se sigue su indivisibilidad ; cada persona tiene solo un emplazamiento en el estado de familia , de manera que el hijo legitimo no puede dejar de serlo para determinados parientes .

    4) Correlatividad : El estado de familia enlaza relaciones entre uno y otro miembro de aquella . El derecho subjetivo de familia , se ejerce en funcin de una persona o personas determinadas que , correlativamente , tienen derechos (y deberes) respecto de otro sujeto emplazado en el estado de familia .

    5) Oponibilidad : El estado de familia da lugar a que sea oponible tanto mediante ejercicio de las acciones que le son inherentes para obtener su reconocimiento si es desconocido , cuando a travs de acciones ejercitables contra quienes pretendan vulnerarlo .

    6) Estabilidad : Es otra de las caractersticas citadas por Daz de Guijarro . El emplazamiento puede modificarse , por ej. cuando hay un parto fingido (art. 261 C.C.) , o si a travs de un acto voluntario se legitima al hijo natural (art. 311 C.C.) . No obstante , en ciertas circunstancias , la estabilidad caracterstica del estado de familia puede llegar a la inmutabilidad .

    7) Inalienabilidad (relativa) : En cuanto hace al estado en si , no es jurdicamente admisible su enajenacin por acto contractual ; por otra parte no se puede enajenar contractualmente las facultades y deberes inherentes al estado de familia , ni cabe la renuncia al estado de familia . Los derechos patrimoniales que fluyen del estado de familia, desde que solo se trata de intereses privados independientes del estado mismo , son por su parte , enajenables .

    8) Inherencia Personal : Se trata de un estado que atribuye derechos inseparables de la persona misma . Por ello , no se transmiten por sucesin , ni cabe que los terceros ejerzan acciones de estado por va de la accin subrogatoria (art. 1196 C.C.) , no obstante , esos terceros podrn deducirlas cuando esta en cuestin un aspecto patrimonial emergente del estado .

    Matrimonio

    Se define al matrimonio como al acto jurdico familiar mediante el cual dos personas fsicas de distinto sexo establecen una relacin jurdica que contiene reglas sociales , econmicas y familiares , que son respaldadas y establecidas por la ley. Segn Daz de Guijarro podemos definirlo como la unin de un hombre y una mujer dirigida al establecimiento de una plena comunidad de vida. Esta unin es solemne , tiene vocacin de permanencia , y esta regida por el derecho . El matrimonio no es un contrato por que la ley lo establece , se trata de una institucin jurdica ( para contraer o disolver matrimonio se requiere el consentimiento de sus integrantes, es la ley la que establece las condiciones y motivos que se pueden aducir ). En el cdigo de Velez Sarfield , el matrimonio estaba ligado a la Iglesia Catlica ( su celebracin era exclusivamente realizada por la Iglesia ; las parroquias llevaban los libros de los registros de matrimonios y nacimientos ) . Si quisiramos probar la existencia de un matrimonio , nacimiento o defuncin anterior al ao 1889 deberamos recurrir a las parroquias ( estos libros se encuentran en poder de los arzobispados ). El estado no tenia control alguno , por lo que no podan disolverse los matrimonios ; aunque la ley permita una separacin judicial . La legislacin sobre el matrimonio desde la era cristiana hasta el presente , ha partido del punto de vista especial que cada legislador tomo sobre tan importante acto . En un tiempo la Iglesia Catlica lo considero solo como un sacramento , y la idea religiosa domino todo el derecho . La regulacin duro desde 1871 hasta 1889 , fecha en que se dicto la ley 2393 , llamada ley de matrimonio civil . A partir de este momento se crea el Registro Civil y de la Capacidad de las Personas ; y el matrimonio se comenz a regir exclusivamente por la ley en todos sus aspectos . Actualmente el matrimonio se rige por la ley 23515 dictada en el ao 1987 . Por principio general para poder contraer matrimonio es necesario que los contrayentes manifiesten su consentimiento y el mismo debe expresarse ante la autoridad competente que es el oficial publico que esta a cargo del Registro Civil . Esto surge del art.172 del Cdigo Civil ; por lo tanto la inexistencia del consentimiento , implica la inexistencia del matrimonio. El art. 173 C.C. permite que el consentimiento se preste tambin en otra jurisdiccin diferente a donde se realizara el matrimonio ; en este caso el oficial publico deber requerir toda la documentacin debidamente legalizada de las actuaciones donde conste el consentimiento oral

  • . Este consentimiento es considerado viciado cuando se hubiese dado con violencia , dolo o error . El contrayente debe tener discernimiento ; por eso no pueden contraer matrimonio los incapaces . Por ello ambos contrayentes deben ser plenamente capaces . Impedimentos para contraer matrimonio Se consideran impedimentos las circunstancias que obstan a la celebracin del matrimonio . El impedimento para celebrar el matrimonio es el reverso de los requisitos necesarios para ello; la existencia de un impedimento importa la carencia de un requisito . De all que requisitos de orden moral generan impedimentos como los de parentesco , ligamen o crimen ; requisitos naturales , dan lugar a los impedimentos de falta de edad por ejemplo ; y requisitos que ataen a sanidad , a los impedimentos derivados de ciertas enfermedades . Efectos de los impedimentos : Esas causas obstativas a la celebracin del matrimonio producen efectos de distinto orden . Son causa de oposicin a que el matrimonio se celebre ; pueden aun , sin haber oposicin alguna , justificar la negativa del oficial publico a celebrar el matrimonio ; y finalmente pueden determinar la nulidad del acto . Si bien la ley no hace una clasificacin de los impedimentos por una razn didctica para entenderla ; distinguimos dos clases : 1) Impedimentos Impedientes : Son aquellos en que el matrimonio no puede tener efectos si

    se hubiese realizado ya que existe una nulidad absoluta del mismo . 2) Impedimentos Dirimentes : Son aquellos que pueden ser subsanados y el matrimonio

    podr entonces tener efectos ya que solo producen una nulidad relativa . Tipos de Impedimentos

    La consanguinidad entre ascendentes y descendientes sin limitacin .

    La consanguinidad entre hermanos y medio hermanos .

    En el caso de adopcin ( 2 clases simple y plena ) . En la plena desaparecen los lazos de sangre de origen por lo que se aplican los mismos impedimentos de consanguinidad y afinidad que hemos visto . En cuanto a la adopcion simple , existe el impedimento entre el adoptado y el adoptante , y tambin entre el adoptante y el hijo del adoptado . La nica diferencia es que tiene una limitacin en cuanto a las personas que se le impide contraer matrimonio , sino tambin en que el impedimento subsiste mientras que la adopcin haya sido anulada o revocada .

    El parentesco por afinidad como consecuencia de un matrimonio en lnea recta y en todos lo grados .

    Tener la mujer 16 aos y el varn 18 aos ( impedimento dirimente , por que el juez puede conceder autorizacin aun cuando los contrayentes no tuviesen la edad mnima que establece la ley , siempre con fundadas razones .

    Cuando exista un matrimonio anterior , mientras subsista . ( Ligamen )

    Haber sido autor , cmplice , o instigador de homicidio doloso de uno de los cnyuges . (Crimen)

    La privacin permanente o transitoria de la razn , cualquiera fuese su causa .

    Cuando el contrayente afectado no sabe manifestar su voluntad por escrito o por cualquier otra va .

    Cuando uno o ambos contrayentes sean dementes . La demencia es la expresion generica que designa todas las variedades de locura ; es la privacin de la razn con sus accidentes y sus fenmenos diversos .

    Efectos Jurdicos del Matrimonio

    El matrimonio produce efectos a partir del ida de la celebracin del mismo , hacia el futuro y hasta su disolucin . Los distinguimos de dos maneras : Efectos Personales y Efectos Patrimoniales . 1) Efectos Personales : En primer lugar , ambos contrayentes tienen un cambio en su estado civil , el cual se conoce como casados ; en segundo lugar la le ha dispuesto que a partir de la celebracin existe un deber mutuo de fidelidad . En tercer lugar , los cnyuges se deben asistencia tanto personal como econmica . La prestacin alimentaria es uno de los pocos efectos que se mantienen en algunos supuestos en que el matrimonio ha finalizado. En cuarto lugar , todos lo hijos que nazcan durante el matrimonio se consideran hijos matrimoniales ( el carcter de matrimonial determina que ninguna otra persona pueda reconocer a dichos hijos como propios ) . En quinto lugar debe existir un domicilio conyugal que es aquel que ambos esposos deben fijar de comn acuerdo . En sexto lugar el matrimonio determina que en el

  • supuesto de adopcin , sea el nico caso en que dos personas puedan adoptar a una misma persona . Por ultimo , el matrimonio trae como consecuencia , la existencia del parentesco por afinidad que siempre se da entre el cnyuge y sus parientes de sangre . 2) Efectos Patrimoniales : Desde el mismo da de la celebracin del matrimonio se produce el nacimiento de la sociedad conyugal , se trata de una sociedad impuesta por la ley ; accesoria al matrimonio y tiene la caracterstica de que no puede tener mas de dos socios y adems es una sociedad cerrada , nadie puede entrar ni salir de ella , su vigencia depende de la existencia del matrimonio . En cuanto a los bienes que integran dicha sociedad , son todos aquellos que adquieran lo cnyuges durante el matrimonio , desde su celebracin hasta su disolucin . Los cnyuges , adems de tener bienes gananciales , tiene otros bienes que no forman parte de la sociedad conyugal , que son llamados bienes propios y son todos aquellos que fueron adquiridos por los cnyuges , antes de la celebracin del matrimonio . La ley tambin indica que todos los gastos que deban realizarse para la conservacin de todos los bienes gananciales , son comunes y deben ser soportados por ambas partes . Segn el art. 1276 C.C. la administracin de la sociedad conyugal es conjunta , a diferencia del Cdigo de Velez Sarfield en el que la administracin se le otorgaba al marido . El Cdigo Civil tambin indica que para la venta de los bienes gananciales es necesaria la conformidad de ambos cnyuges ; no obstante la ley permite que uno de los cnyuges le entregue un poder especial al otro a fin de representar la persona del cnyuge . En cuanto a la compra de bienes la ley no hace referencias , si uno de los cnyuges compra un bien estado casado , este bien formara parte de la sociedad conyugal . Deberes de los Cnyuges

    Deber de Fidelidad : Los esposos estn obligados a guardarse fidelidad , sin que la infidelidad de uno autorice al otro a proceder del mismo modo . El que faltare a esta obligacin puede ser demandado por el otro por accin de divorcio . Este deber , profundamente moral , es reciproco . Adems , es absoluto , habida cuenta que la inconducta de uno de los cnyuges no habilita al otro a proceder de igual manera .

    Deber de Cohabitacin : El marido esta obligado a vivir en una misma casa con su mujer . La mujer esta obligada a habitar con su marido dondequiera que este fije su residencia . Tngase presente que el deber de cohabitacin es reciproco y se justifica que sea as por cuanto el matrimonio presupone la vida en comn . Deber de Asistencia . Alimentos : En su aspecto , diramos , espiritual , el deber de asistencia es insito al matrimonio , a la comunidad de vida que este presupone ; bien se dice en el Tratado de Enneccerus , para caracterizarlo , que lo que la moral hace esperar de los amigos ntimos , el derecho lo impone como deber de asistencia entre los cnyuges . El deber de alimentos es reciproco ; el marido debe alimentar a su mujer , pero de serle imposible y tener necesidad de ellos el marido y la posibilidad de procurrselos la mujer ,esta debe prestarle alimentos . En cuanto al contenido de los alimentos , comprenden lo necesario para la subsistencia , habitacin y vestuario correspondiente a la condicin del que la recibe , y tambin lo necesario para la asistencia en las enfermedades . El cnyuge que deliberadamente incumple su deber alimentario incurre en la causal de divorcio por injurias graves . Disolucin del Matrimonio

    La disolucin del matrimonio se puede dar de tres maneras:

    Por la muerte real o presunta de uno de los cnyuges : El da que se produce el fallecimiento de un de los cnyuges se disuelve el matrimonio ; pero en el caso de muerte presunta (ley 14394) cuando se declara a una persona ausente con presuncin de fallecimiento el matrimonio no se disuelve de inmediato , sino que es preciso que transcurra un plazo , llamado de prenotacion ( 5 aos ) , y no obstante para que se disuelva el matrimonio , el cnyuge deber contraer matrimonio nuevamente .

    Por el divorcio vincular : La ley ha estructurado al divorcio vincular por un lado y la separacin personal por otro . El divorcio produce la disolucin del matrimonio , mientras que la separacin personal no ; al extinguirse el vinculo , los cnyuges pueden volver a contraer matrimonio . Desde que el matrimonio importa su unin legal , el divorcio , correlativamente , significa su

  • separacin con arreglo a la ley . Por ello debe evitarse toda confusin entre divorcio y separacin personal . En el cdigo de Velez Sarfield se hablaba de divorcio (ley 2393) pero este no extingua el ncleo familiar ; era lo que en la actualidad llamamos separacin personal . Adems era necesario que hubiese una causal para peticionar ese llamado divorcio . En la actualidad , puede o no haber motivo ya que la ley permite la posibilidad de que ambos cnyuges , de comn acuerdo soliciten el divorcio o la separacin personal. Igualmente la ley hace una enumeracion de las causales , y son las mismas tanto para el divorcio como para la separacion personal : 1) Como consecuencia del deber de fidelidad ; si se comete adulterio . 2) El atentado como autor o cmplice de lesiones contra el otro cnyuge o contra los hijos ,

    sean o no comunes . 3) Injurias graves . Es la causal mas utilizada por que engloba varios conceptos (esta debe

    ser grave o de gran envergadura) . El juez debe tener en cuenta la posibilidad econmica , grado cultural , y posicin social que ocupen dichos cnyuges .

    4) Instigar un cnyuge al otro a cometer delitos . 5) El abandono voluntario (por propia decisin) y malicioso (con intencin de perjudicar)del

    hogar . Existen otras causales en forma apartada de la ley como por ejemplo segn el art. 203 C.C. se podr tambin peticionar el divorcio o separacin personal , cuando uno de los cnyuges tuviese una enfermedad mental , o enfermedades que provengan del alcoholismo o drogadiccin , e hiciera difcil la convivencia con el resto de la familia . Este caso es muy discutido por que es una forma de abandono de la persona . Sep. 2 aos , divorcio 3 aos.

    Por la nulidad del matrimonio : El matrimonio puede ser declarado nulo o anulable cuando se hubiese realizado con alguno de los impedimentos . Ser nulo cuando el impedimento sea impediente o de nulidad absoluta por que afecta al orden publico ( ej. Cuando uno de los cnyuges tenga un matrimonio anterior subsistente ) ; y ser anulable cuando tenga un impedimento dirimente ( ej. que los contrayentes no tuviesen la edad mnima que establece la ley ) . En cuanto a los efectos de la nulidad ; varan segn :

    Que ambos cnyuges sean inocentes o de buena fe . Desconocan el impedimento , es este caso la sociedad conyugal se disuelve y se reparten los bienes teniendo en cuenta las convenciones prematrimoniales que se hubiesen realizado , como as tambin se respetaran las donaciones efectuadas por causa del matrimonio . Los hijos nacidos en el matrimonio se consideran matrimoniales y si hubiese adopcin , se mantendr .

    Que un solo cnyuge fuera de buena fe . En este caso se disuelve la sociedad conyugal y se mantendrn las convenciones matrimoniales y las donaciones efectuadas en virtud del matrimonio , siempre que estas favorezcan al cnyuge de buena fe ; caso contrario se revocan . Los hijos se consideran matrimoniales ; en caso de adopcin solo se revoca cuando la halla realizado el cnyuge de mala fe , siempre que esta sea simple . El cnyuge de buena fe mantiene la obligacin alimentaria .

    Que ambos sean de mala fe . La sociedad conyugal se liquida como si fuera una sociedad de hecho . Se revocan las convenciones matrimoniales , las donaciones y si hubiesen , tambien las adopciones simples . Y no existe entre ambos obligacin alimentaria .

    Parentesco Es la relacin jurdica familiar que proviene de los lazos de sangre de una persona o de la relacin familiar en razn del matrimonio o tambin en los casos que la ley lo determina . O tambin segn Daz de Guijarro el parentesco es el vinculo subsistente entre todos los individuos de los dos sexos , que descienden de un mismo tronco ; este parentesco es el que se da por consanguinidad , pero deben agregarse el parentesco por afinidad y por adopcin . Grado , Lnea , Rama y Estirpe 1) Grado : Se llama grado al vinculo entre dos individuos , formados por la generacin . Seria la cercana o lejana que tiene una persona con respecto a un pariente . (ej. un hijo con respecto a su padre es de 1er. Grado ) . 2) Lnea : Se llama lnea la serie no interrumpida de grados . Hay tres lneas : la lnea descendente , la lnea ascendente y la lnea colateral . La lnea descendente es la serie de grados o generaciones que unen el tronco comn con sus hijos , nietos y dems descendientes; y la ascendente la serie de grados o generaciones que ligan al tronco con su

  • padre , abuelo y otros ascendientes . Cada generacin produce una lnea colateral distinta , ya que se da en parientes de una misma lnea con respecto a una persona considerada . 3) Rama : Se llama tronco al grado de donde parten dos o mas lneas , las cuales por relacin a su origen se llaman ramas . As el abuelo es tronco del que parten ramas con cada uno de sus hijos ; la sucesin de grados de sus descendientes formara lneas con cada uno de sus hijos ( rectas descendentes o ascendentes ) . 4) Estirpe : El conjunto de descendientes que forman una rama , y la pertenencia a ella , se denomina estirpe . Tiene importancia en materia de representacin hereditaria . Tipos de Parentesco Parentesco Por Consanguinidad Es un parentesco de origen natural , pues surge del vinculo de sangre de quienes estn en generaciones sucesivas o tienen un ascendiente comn ; en al primer caso los parientes estn en lnea recta , y en el segundo en lnea colateral . Proviene en razn de la sangre entre dos o mas personas . (ej. padre con respecto a su hijo , y viceversa , etc.). En cuanto a los grados , estos se cuentan en lnea recta , por tantos grados como generaciones existan ; el nieto por ejemplo , se encuentra en segundo grado con respecto a su abuelo . Pero en la lnea colateral , los grados se cuentan igualmente por generaciones , remontando desde la persona cuyo parentesco se quiera comprobar hasta el autor comn ; y desde este hasta el otro pariente (ej. dos hermanos estn en el segundo grado , el to y el sobrino en tercer grado , etc.) . Parentesco Por Afinidad Es un parentesco de origen legal ; proviene de la celebracin del matrimonio . Cada cnyuge es pariente de los consanguneos del otro (ej. la suegra/o con la nuera o con el yerno). Pero tngase presente que los cnyuges , entre si , no son parientes ; son precisamente cnyuges . La proximidad del parentesco por afinidad se cuenta por el numero de grados en que cada uno de los cnyuges tuviese con sus parientes por consanguinidad . En lnea recta , sea descendiente o ascendente , el yerno o nuera estn recprocamente con el suegro/a , en el mismo grado que los hijos , respecto de los padres , y as en adelante . En lnea colateral , los cuados/as entre si estn en el mismo grado que entre si estn los hermanos . Es decir : en el parentesco por afinidad no hay grados por que no hay generaciones . La computacin se hace por analoga , suponindose que los dos cnyuges forman una sola persona . Parentesco Por Adopcin La adopcin esta permitida en nuestra ley , y observamos que se trata de un parentesco autnomo , por que no tiene caractersticas que lo asemejan a los anteriores; de ah que este tipo de parentesco surge por disposicin de la ley . Esta regido por la ley 19134 , en la que se diferencian dos tipos de adopcin ( la plena y la simple ) . Adopcin Plena : Tiene lugar cuando el adoptado deja de tener el parentesco por consanguinidad con sus padres de origen . Esto trae como consecuencia que el adoptado tenga el apellido del adoptante , de ah que a los efectos legales , el adoptado es un hijo mas del adoptante y por lo tanto puede heredarlo como as tambin , el adoptado puede heredar al adoptante . Este tipo de adopcin es irrevocable , es decir , que una vez concedida no existe norma jurdica para dejarla sin efecto. Adopcin Simple : Se caracterizan que el adoptado conserva los vnculos de sangre que lo unen a sus padres de origen , esto significa que el adoptado conserva el mismo apellido de sus padres biolgicos , y eventualmente podr heredar a estos pero no al adoptante , como as tambin el adoptante no podr heredar al adoptado . Este tipo de adopcin puede ser revocada a pedido del adoptante , del adoptado o del ministerio publico , cuando existan causas graves que as lo determinen . De acuerdo a lo que la ley indica ; ninguna persona puede ser adoptada por mas de una persona , salvo en el caso que los adoptantes hayan contrado matrimonio . El adoptante debe tener como mnimo 18 aos mas que el adoptado ; esta norma es para evitar un mal manejo de la adopcin ; y rige tanto para la adopcin simple como para la plena . Patria Potestad Histricamente la patria potestad , en Roma , comprenda amplsimas facultades que se otorgaban al pater familias , que inclusive , pudo en algn momento de la evolucin del

  • instituto disponer de la vida del hijo , venderlo , etc. Concebida como un derecho ( de all que fuera una potestad ) , corresponda solo a los varones pues las mujeres quedaban excluidas de su ejercicio ; y nicamente reacia sobre los hijos de matrimonio ( o justae nutiae ) de manera que los hijos de concubinato , a pesar de los amplios efectos jurdicos de esta figura en Roma , no estaban sometidos a la patria potestad . Esta definida en el art. 264 C.C. como el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres con respecto a sus hijos menores de edad y hasta tanto alcancen su mayora . La patria potestad no es solo un derecho sino que tambin implica un conjunto de obligaciones y por lo tanto quienes la ejerzan deben cumplir con ellas para mantener vigente el ejercicio de la misma . Desde su sancin en el Cdigo Civil se le concedi a ambos padres , y no a uno solo como errneamente se tenia en cuenta . Lo que sucedi fue que en Cdigo ( originario ) de Velez Sarfield , se hacia una distincin entre el derecho y la obligacin reconociendo un titular ( padre y madre ) del ejercicio de la patria potestad , la cual se le otorgaba exclusivamente al padre , pero que por fundadas razones ( ej. muerte o incapacidad del padre ) , se le conceda ese ejercicio a la madre . En la ley actual 23264 , la patria potestad mantiene el mismo concepto que el que le haba otorgado el Cdigo Civil , pero la diferencia la encontramos en el ejercicio de la misma , la cual ahora se ha concedido indistintamente tanto al padre como a la madre . En la ley actual hay determinado actos del menor que necesitan imperiosamente el consentimiento de ambos padres , la omisin de cualquiera de ellos impide la realizacin del mismo , salvo que el juez por fundadas razones y teniendo en cuenta el inters del menor , pudiera conceder la autorizacin correspondiente . Esos actos son los siguientes : 1) Cuando el menor quisiera contraer matrimonio . 2) Cuando el menor quisiera ingresar en una comunidad religiosa . 3) Cuando el menor quisiera formar parte de organismos de seguridad o de las fuerzas

    armadas . 4) Para viajar al exterior , aun cuando el viaje lo realice con alguno de sus padres . En estos casos mencionados la ley solicita el consentimiento de ambos padres , y solo el juez lo puede consentir siempre que sea favorable para el menor , caso contrario denegara la peticin . En cuanto a su temporalidad , la misma comienza con el nacimiento de la persona fsica y se prolongara en principio hasta que el menor cumpla 21 aos de edad , pero hay algunos supuestos como la emancipacin por habilitacin de edad o por matrimonio , que producen el cese de la misma . La patria potestad se pierde por : 1) Por el abandono del menor . 2) Por haber atentado psquica o fsicamente contra el menor , o que el menor haya sido

    vctima de algn delito cometido por sus padres . 3) Cuando el menor haya sido dado en adopcin y siempre que esta sea plena ( el padre

    adoptivo ejerce todos los derechos ) . 4) Cuando el padre o la madre hayan sido declarados ausentes con presuncin de

    fallecimiento . 5) Cuando se produce la muerte de uno de los padres . La patria potestad se suspende en los siguientes casos : 1) Cuando en los supuestos de divorcio , separacin personal o nulidad de matrimonio ; se

    concede la tenencia a uno de los cnyuges , y se suspende para el otro ; pero luego puede volver a adquirirla .

    2) Cuando el menor ha sido dado en adopcin , siempre que esta sea simple ( ya que este tipo de adopcin puede ser revocada ).

    3) Cuando el menor ha sido emancipado por habilitacin de edad ; ya que esta tambin puede ser revocada .

    4) Cuando uno de los padres ha sido declarado demente en juicio . Se suspende mientras dure la enfermedad .

    5) Cuando el padre o madre ha sido condenado a reclusin por mas de tres aos . Mientras dure la condena .

    Tutela La tutela consiste en el derecho que la ley confiere para gobernar la persona y los bienes del menor , que no esta sujeto a la patria potestad , y para representarlo en todos los actos de la vida civil . Al ejercer la tutela , al mayor se lo denomina tutor y al menor pupilo . Existen tres tipos de tutela :

  • 1) Tutela Simple : La ley ha establecido varias condiciones para ser tutor ; hoy en dia cualquier persona mayor de edad sin importar su estado civil puede ser tutor ; peor se requiere que entre el tutor y el pupilo haya una diferencia de 18 aos de edad . Tambin se requiere que el tutor tenga los medios econmicos suficientes para solventar los gastos del menor y que sea plenamente capaz . Adems , se requiere que la misma sea otorgada por un juez . 3) Tutela Testamentaria : La particularidad de este tipo de tutela es que el o los tutores son designados por los padres del menor a travs de un testamento , que debe realizarse mediante escritura publica . 4) Tutela Dativa : En el caso que el menor no tuviese quien ejerza la patria potestad o la tutela , ser el estado quien cumplir con esa funcin . El responsable de esta tutela no es el estado , sino el funcionario publico a cargo de la misma . Curatela Es el conjunto de derechos y obligaciones que ejerce una persona sobre otra , siempre que sea mayor de edad ( mas de 21 aos ) y siempre y cuando sea incapaz . El Cdigo Civil establece en su art. 468 que se da curador al mayor de edad incapaz de administrar sus bienes ; a su vez en el art. 469 C.C. son incapaces de administrar sus bienes el demente , y el sordomudo que no sepa leer ni escribir ( aclaramos que este ultimo puede darse a entender de cualquier manera y tambin con alfabeto propio ) Segn lo dispuesto en el art. 475 2da. Parte C.C. , las leyes sobre la tutela de los menores se aplicaran a la curadura de los incapaces . Filiacin

    La palabra filiacin tiene dos acepciones . Una amplia , que se refiere a toda vinculacin de una persona con sus antepasados , aun los mas remotos . Y otra limitada , que importa al vinculo entre el hijo y sus inmediatos progenitores ( la mas importante ) .Tal relacin , vista desde el ngulo del hijo , se denomina filiacin ; y es paternidad o maternidad , segn el punto de mira se ubique , respectivamente , en el padre o la madre . En nuestro Cdigo Civil existan 3 tipos de filiacin : 1) Filiacin Legitima : Esta proceda del matrimonio , y eran considerados hijos legtimos los que hubieran sido concebidos durante el matrimonio . 2) Filiacin Natural : Tenia lugar cuando la concepcin se haba producido cuando los padres no eran casados pero que no tenan ningn impedimento para contraer matrimonio . El art. 311 del C.C. , actualmente derogado , bajo el titulo de legitimacin , le daba la oportunidad al hijo natural ; para que este se convirtiera en legitimo , para ello era necesario que los padres contrajeran matrimonio y que no tuviesen impedimentos . El hijo legitimo tenia todos los derechos que la ley le otorgaba ( en materia sucesoria ) ; el legitimo siempre estaba por delante del natural , y la ley le reconoca como mnimo las partes de la herencia cuando concurra a la sucesin junto con el hijo natural . En cambio el hijo natural tenia algunos derechos , pero no todos , en la sucesin de sus padres solo poda heredar la cuarta parte , adems llevaba el apellido de quien lo reconoca , y el legitimo llevaba el apellido de su padre. La filiacin legitima no se poda revocar , pero la natural si . 3) Filiacin Ilegitima : En cuanto a la filiacin ilegitima , esta provena de 3 supuestos :

    Hijos Sacrlegos : Eran aquellos que provenan de un padre o madre que hubieran hecho los votos religiosos de pobreza , obediencia y castidad . (ej. padre cura o madre monja ) .

    Hijos Incestuosos : Eran aquellos que se originaban a travs de la unin de personas que eran parientes por consanguinidad . (ej. padre con hija ) .

    Hijos Adulterinos : Eran aquellos que provenan de un padre o madre que tenan el impedimento matrimonial llamado ligamen , es decir que el padre o madre eran casados pero no entre si .

    En el cdigo de Velez Sarfield , los hijos ilegtimos no tenan padre ni madre , y no podran peticionar ningn derecho , salvo el de alimentos , este estaba excluido de la sucesin de los padres y no se ejerca sobre ellos la patria potestad . En el ao 1888 se sanciono la ley de matrimonio civil , ley 2393 , que estableci el matrimonio civil en reemplazo del religioso ; concordante con ello en el art. 212 C.C. se dispone derogar el carcter de hijo sacrlego , aunque las dems categoras se seguan manteniendo .

  • En el ao 1948 se sanciona la ley 13252 que creo un nuevo tipo de filiacin , que es la adoptiva ; esta ley fue modificada en 1971 por la ley 19134 que rige actualmente , y que estableci dos clases de parentesco adoptivo : la adopcin plena ( en la cual desaparecen los lazos de sangre con su familia de origen ) , y la adopcin simple ( manteniendo los lazos de sangre con su familia de origen ) . En el ao 1954 , se sanciona la ley 14367 , por medio de esta se modifica el rgimen de la filiacin ; quedando solo dos categoras . Se hace la divisin entre hijos legtimos e ilegtimos . Y dentro de los ilegtimos estn los naturales y todos aquellos que no sean legtimos . A partir de la sancion de esta ley , todos lo hijos sin importar su origen , tiene padre y madre , y pueden ser herederos de ellos . En el ao 1987 , se sanciona la ley 23264 donde si bien se mantiene una divisin de categoras , segn proceda o no del matrimonio ; jurdicamente no hay distincin ya que los hijos , cualquiera sea su categora tienen los mismos derechos . DERECHO SUCESORIO La transmisin hereditaria

    La palabra sucesin , en el sentido vulgar , denota a la que se produce por causa de muerte o mortis causa . En sentido jurdico , tal palabra designa genricamente a toda transmisin . El art. 3262 del C.C. establece que las personas a las cuales se transmitan los derechos de otras personas , de tal manera que en adelante puedan ejercerlos en su propio nombre , se llaman sucesores . Ellas tiene ese carcter , o por la ley , o por voluntad del individuo en cuyos derechos suceden . La sucesin en el sentido de transmisin de derechos , puede serlo por acto entre vivos o por mortis causa ; y a titulo singular o a titulo universal . Como sabemos todos los actos entre vivos no dependen para su eficacia del fallecimiento , circunstancia que debe darse respecto a los mortis causa . Por otra parte el art. 3263 establece que hay sucesin a titulo universal cuando se transmite todo o una parte alicuota del patrimonio de una persona , y a titulo singular cuando la transmisin se refiere a un objeto particular . El articulo 3279 , establece que la sucesin es la transmisin de los derechos activos y pasivos que componen la herencia de una persona muerta , a la persona que sobrevive , a la cual la ley o el testador llama para recibirla . El llamado a recibir la sucesin se llama heredero. En lo que atae a la trascendencia econmica de la sucesin hereditaria basta sealar que la propiedad y el derecho de sucesin han marchado histricamente juntos , cuando menos en las pocas posteriores a las llamadas infancias del derecho . En el art. 3962 C.C. se establece que el heredero es el continuador de la persona fallecida y es el acreedor o deudor de todo aquello que el difunto era acreedor o deudor , y es el titular de todos los bienes que pertenecan a la persona fallecida . El derecho sucesorio tiene una gran importancia econmica y social ya que si no existiese , los bienes de una persona fallecida no podran transmitirse a sus herederos y ello traera como consecuencia que la titularidad de los mismos seria siempre de las personas fallecidas , estos bienes quedaran fuera de los actos de comercio , no podran comprarse ni venderse ya que el difunto no podra ejercer ningn acto jurdico . Aquella persona que trabajo toda su vida para conseguir un buen pasar y para prever el futuro de sus descendientes se vera frustrada en ese aspecto y ello seria causal para que otras personas no tuviesen incentivos para mejorar su calidad de vida o para intentar cuidar el futuro de sus descendientes . Si no existiera este derecho , cualquier persona podra apropiarse de estos bienes , y nunca se podra determinar su dueo . Estos bienes al no poderse comprar ni vender , serian cosas improductivas y esto traera graves consecuencias econmicas ya que tarde o temprano todos los bienes estaran en esta condicin .- CONCLUSIN

    En este trabajo se realiza una sntesis histrica , cultural , social , econmica , poltica y legal de la conformacin de la familia . Se detalla someramente la realidad econmica y social actual , como el marco en el cual vive la familia . Se describen los principales fenmenos que se verifican de la dinmica familiar , provocados o condicionados por esta realidad socio cultural de fin de milenio . Como as tambin los efectos legales que produce la formacin de una familia . Resulta difcil poder transmitir una fotografa de la familia en los tiempos de cambios tan vertiginosos . La lente de la globalizacion hace dificultoso discernir hasta que punto un proceso es caracterstico de un pas , o es parte de toda una corriente mundial , y en tal caso, como

  • debera encararse . Lo que resulta claro es que el fin de milenio trae aparejados ciertos males sociales que hacen fuerte impacto en la familia .- BIBLIOGRAFIA

    CODIGO CIVIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ( Dr. Ricardo de Zavalia Ed. Zavalia ) DERECHO PRIVADO I ( Dr. Atilio Anibal Alterini Ed. Abeledo - Perrot ) ENCICLOPEDIA LAROUSE LA FAMILIA ARGENTINA ( Lic. Eduardo H. Cazabat ) Pagina Wev : www.geocities.com Pagina Wev : www.altavista.com Pagina Wev : www.yahoo.com Pagina Web : www.congreso.cl Pagina Wev : www.famiweb.com Pagina Web : www.gauchonet.com Pagina Web : www.3com.snap.com Pagina Web : www.starmedia.com Pagina Web : www.aleph.gdl.iteso.mx Pagina Web : www.gksoft.com Pagina Web : www.cnmyf.gob.ar Rodrigo Vazquez

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