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LA CONTABILIDAD ELECTRONICA
Y SU INTERFAZ CON LAS NIIF
CPC. JESÚS CAPCHA CARBAJAL.
CEO FINACONT CORP
www.finacontcorp.com
CONTABILIDAD ANTERIOR REGIMEN GENERAL DEL I. R.
• Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas.
• Registro de Inventario Permanente Valorizado.
• Libro de Retenciones inc. e) y f) del art. 34 LIR.
• Registro de Activos Fijos.
• Registro de Costos
• Libro de Inventarios y Balances
• Libro Diario
• Libro Mayor
• Registro de Compras
• Registro de Ventas e Ingresos
• Contabilidad Completa •Libro Caja y Bancos
•Libro de Inventarios y Balances
•Libro Diario
•Libro Mayor
•Registro de Compras
•Registro de Ventas e Ingresos
• Libro Diario
• Libro Mayor
• Registro de Compras
• Registro de Ventas e Ingresos
• Registro de Compras
• Registro de Ventas e Ingresos
• Libro Diario de Formato Simplificado
Menos a 150 UIT
De 150 hasta
500 UIT
Mas de 500 UIT hasta
1700 UIT
Más de 1700 UIT
PLANILLA ELECTRONICA RECIBO POR HONORARIO
ELECTRONICO
LIBROS ELECTRONICOS COMPROBANTES DE PAGO ELECTRONICOS
Entorno Actual
25/05/2016 C.P.C. GUSTAVO ZARATE POMA 3
Jesús Capcha ©
QUE ES LA FISCALIZACION
ELECTRONICA?
►Vía el buzón electrónico,
►No serán globales sino selectivas en función de criteriostales como fechas, proveedores, clientes o algunacuenta contable específica.
►Poco tiempo para responder documentadamente
Básicamente se originará en la inconsistencia entre
►CCPP electrónicos
►Libros electrónicos
►Declaraciones impositivas mensuales y anuales
►Cruce con gran Base de Datos Nacional (BDN)
Jesús Capcha ©
FISCALIZACION ELECTRONICA
que plazos tengo?
RESOLUCIÓN 064-2015-SUNAT/600000
Se dispone aplicar la facultad discrecional de no
sancionar administrativamente las infracciones
tributarias tipificadas en los numerales 2), 5) y 7) del
artículo 175° y el numeral 2) del artículo 176° del
TUO del Código Tributario, relacionado a:
Contribuyentes obligados a llevar sus Libros y
Registros Contables de manera electrónica cuyas
infracciones fueron cometidas o detectadas a partir
del 01 de noviembre del 2008, siempre que las
mismas sean regularizadas hasta junio del
2016.
7
LIBROS ELECTRONICOS PLE
5.0
9
O. OBLIGADOS
PRICOS
NACIONALES
PRICOS
Ingresos
mayores
a 500 UIT
Ingresos
mayores
a 150 UIT
Ingresos
mayores
a 75 UIT
Voluntarios
PLE
CONT Y COM CONTABLE NINGUNO
RVI + RC
Enero 2013
RVI + RC
Enero 2013
RVI + RC
Enero 2014
RVI + RC
Enero 2015
RVI + RC
Enero 2016
RVI + RC
LD+LM
Junio 2013
LD+LM
Junio 2013
1.
Incorporados
2.
Obligados
5.
Afiliados PLE
4.
obligados
3.
obligados
ANUAL: Libro de Inventarios y
Balances, Registro de Costos,
Registro de Activos Fijos.
MENSUAL: Registro de
Consignaciones, Libro de
Inventario Permanente en
Unidades Fisicas, Libro de
Inventario Permanente
Valorizado, Balance de
Comprobación.
NuevasObligaciones
MAS DE 3000 UITS - DIC 2016
Usuarios del Sistema de Libros
Electrónicos
INCORPORADOS
Al momento de ser designado PRICO y
No hubiesen generado
RVI y RC
Presentan LE desde el cuarto mes siguiente a aquel en que entre en vigencia la RS que lo designa PRICO
Los PRICOS presentan los libros y/o registros del Anexo
5 y/o Anexo 6 (2016)
OBLIGADOS
Aquellos que superen ingresos mayores al límite
establecido por norma.
2014 :
500 UIT (S/. 1’825,000)Período: 07-2012 a
06-2013
2015: 150 UIT (S/. 570,000)
Ejercicio: 2014
2016:75 UIT (S/. 288,750)
Ejercicio: 2015
AFILIADOS
Los que se afilian voluntariamente
La afiliación la realizaban a través del Portal de SUNAT
Presentan LRE desde el momento de la afiliación
La afiliación se da en la primera presentación del
LRE (PLE o PORTAL)
25/05/2016 C.P.C. GUSTAVO ZARATE POMA 10
DETALLE DE LIBROS
ELECTRONICOS
ANEXO N° 1: RELACION DE REGISTROS QUE
OBLIGATORIAMENTE DEBEN SER LLEVADOS DE
MANERA ELECTRONICA POR LOS SUJETOS QUE SE
AFILIEN AL SISTEMA
CÓDIGO NOMBRE O DESCRIPCIÓN
8 REGISTRO DE COMPRAS
14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
ANEXO N° 4: RELACION DE LIBROS Y/O REGISTROS
QUE PUEDEN SER LLEVADOS VOLUNTARIAMENTE DE
MANERA ELECTRONICA
CÓDIGO NOMBRE O DESCRIPCIÓN
1 LIBRO CAJA Y BANCOS
3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
4 LIBROS DE RETENCIONES INCISOS E) Y F) DEL
ARTÍCULO 34 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA
RENTA
5 LIBRO DIARIO
5A LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
6 LIBRO MAYOR
7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS
9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES
10 REGISTRO DE COSTOS
12 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN
UNIDADES FÍSICAS
13 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
VALORIZADO
25/05/2016 C.P.C. GUSTAVO ZARATE POMA 11
DETALLE DE LIBROS
ELECTRONICOS
25/05/2016 C.P.C. GUSTAVO ZARATE POMA 12
ANEXO N° 5: RELACION DE LIBROS Y/O REGISTROS
QUE OBLIGATORIAMENTE DEBEN SER LLEVADOS DE
MANERA ELECTRONICA POR LOS SUJETOS
INCORPORADOS AL SISTEMA
CÓDIGO NOMBRE O DESCRIPCIÓN
5 LIBRO DIARIO
5A LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
6 LIBRO MAYOR
8 REGISTRO DE COMPRAS
14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
ANEXO N° 6: Relación de libros y/o registros que los
Principales Contribuyentes incorporados al directorio de
la Intendencia Nacional de Principales Contribuyentes
Nacionales están obligados a llevar, cuando
corresponda
CÓDIGO NOMBRE O DESCRIPCIÓN
3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS
9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES
10 REGISTRO DE COSTOS
12 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
EN UNIDADES FÍSICAS
13 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
VALORIZADO
13
CÓDIGOLIBRO O REGISTRO VINCULADO A
ASUNTOS TRIBUTARIOSMáximo atraso permitido Acto o circunstancia que determina el inicio del plazo para el máximo atraso permitido
1 LIBRO CAJA Y BANCOS Tres (3) mesesDesde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se realizaron las operaciones
relacionadas con el ingreso o salida del efectivo o equivalente del efectivo.
3 LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES
Tratándose de deudores tributarios pertenecientes al Régimen General del Impuesto a la Renta:
Tres (3) meses (*) (**) Desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
4
LIBRO DE RETENCIONES INCISOS E) Y F)
DEL ARTICULO 34° DE LA LEY DEL
IMPUESTO A LA RENTA
Diez (10) días hábiles Desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se realice el pago.
5 LIBRO DIARIO Tres (3) meses Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
5-ALIBRO DIARIO DE FORMATO
SIMPLIFICADO Tres (3) meses Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
6 LIBRO MAYOR Tres (3) meses Desde el primer día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS Tres (3) meses Desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
8 REGISTRO DE COMPRAS
Tratándose de deudores tributarios que lleven el Registro de Compras en forma manual o utilizando hojas sueltas o continuas:
Diez (10) días hábilesDesde el primer día hábil del mes siguiente al que corresponda el registro de las operaciones
según las normas sobre la materia.
9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES Diez (10) días hábilesDesde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepcione el comprobante de
pago respectivo.
10 REGISTRO DE COSTOS Tres (3) meses Desde el día hábil siguiente al cierre del ejercicio gravable.
Tabla de Infracciones y
Sanciones
14
Infracción Gradualidad
Art. Num. Sanción Tabla IVoluntaria Inducida
Sin Pago Con Pago Sin Pago Con Pago
175
1 Multa 0.6% de los IN(10) No aplicable 50% 80%
2 Multa 0.3% de los IN(11) (12)No se aplica criterio de
gradualidad de pago
100%
50% 80%
3 Multa 0.6% de los IN(10) 60% 80%
5 Multa 0.3% de los IN(11) 80% 90% 50% 70%
6 Multa 0.2% de los IN(13)No se aplica criterio de
gradualidad de pago
100%
50% 80%7 Multa 0.3% de los IN(11)
(10) Cuando la sanción aplicada se calcule en función a los IN anuales no podrá ser menor a 10% de la UIT ni mayor
a 25 UIT.
(11) Cuando la sanción aplicada se calcule en función a los IN anuales no podrá ser menor a 10% de la UIT ni mayor
a 12 UIT.
(12) La multa será del 0.6% de los IN cuando la infracción corresponda a no legalizar el Registro de Compras con los
topes señalados en la nota (10).
(13) Cuando la sanción aplicada se calcule en función a los IN anuales no podrá ser menor a 10% de la UIT ni mayor
a 8 UIT
Jesús Capcha ©
FACTURACION ELECTRONICA
15
A PARTIR DEL 15 DE JULIO 2016
Los sujetos que, al 31 de Julio de 2015 tengan la calidad de
principales contribuyentes nacionales.
A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2016
Los sujetos que, al 31 de Julio de 2015:
Tengan la calidad de principales contribuyentes de la intendencia
de Lima y de las intendencias regionales y oficinas zonales.
FECHA EMISORES ELECTRONICOS OBLIGATORIOS
Jesús Capcha ©
EMISION Y CONSERVACION DE LOS COMPROBANTES DE PAGO ELECTRÓNICOS
a) Emisor electrónico (a su vez receptor electrónico)
Debe conservar la factura, boleta de venta, notas de crédito y
debito electrónicas que emita y/o reciba (archivo digital).
Asimismo debe conservar los resúmenes diarios y
comunicaciones de baja que haya realizado.
De otro lado, debe poner a disposición del adquirente, a través
de una página web, por el plazo de un año, los comprobantes
de pago y notas electrónicas entregadas, para poder ser
descargados, leídos o impresos. Para tal fin debe definir una
forma de autenticación para el adquirente.
b) Receptor no electrónico.-
El adquirente o usuario no electrónico debe conservar:
i) Factura electrónica y sus notas de crédito y/o debito
asociadas: el archivo digital
ii)Boleta de venta y sus notas de crédito y/o débito asociadas:
representación impresa, o el archivo digital en caso haya
acordado con su emisor, esta forma de entrega.
16
Jesús Capcha ©
►QUE BUSCA LA SUNAT?
PCGA
ERRORES Y OMISIONES
NIIF
Y LUEGO LA DETERMINACION TRIBUTARIA…..
QUE TIENE QUE VER LAS NIIF EN ESTO?
QUE ES UNA INTERFAZ?
Dispositivo capaz de transformar las
señales generadas por un aparato en
señales comprensibles por otro.
Jesús Capcha ©
QUE PASO CON LA ADOPCION DE LAS NIIF
31.12.2015
Según SMV las Entidades cuyos ingresos o activos totales
al 2015 son mayores a:
►8000 UIT a partir del ejercicio económico 2016.
►5000 UIT a partir del ejercicio económico 2017.
►3000 UIT a partir del ejercicio económico 2018.
Ya no existe obligación de envío de DICTAMEN de
auditoría sobre cumplimiento NIIF a SMV
Pero subsiste la obligación de aplicar NIIF dese el 2011
de acuerdo a resolución de adopción NIIF por parte del
Concejo Normativo de Contabilidad.
Jesús Capcha ©
SANEAR ASPECTOS PENDIENTES EN MI
CONTABILIDAD ANTES DE ENVIO A SUNAT?
DIAGNOSTICO DE APLICACIÓN NIIF
►Evaluar las brechas cumplimiento de las NIIF y
ERRORES
►Sugerir actividades tendientes a desarrollar para ajustes
de requerimientos no implementados y corrección de
ERRORES.
►Modelo de Políticas Contables por sector económico.
►Modelo de revelaciones de estados financieros bajo NIIF
►Capacitación en Requerimientos de cumplimiento NIIF
2015-2016
Jesús Capcha ©
FASES DE LA IMPLEMENTACION NIIF 1
►FASE 1: Diagnóstico Conceptual e identificación
de políticas contables NIIF aplicables.
►FASE 2: Asesoría en la Conversión del Estado
de Situación Financiera al inicio de periodo de
transición.
►FASE 3: Asesoría en la Formulación de los
estados financieros al año de transición a NIIF.
►FASE 4: Asesoría en Formulación de primeros
estados financieros de acuerdo a NIIF, año de
declaración de cumplimiento NIIF.
Jesús Capcha ©
ALTAS Y BAJAS DE ACTIVOS Y PASIVOS
REQUERIDOS POR LAS NIIF – ANTES DE
FISCALIZACION ELECTRONICA
Jesús Capcha ©
VALUACIONES DE ACTIVOS FIJOS –
IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS
VALOR ACTIVO DEP EJERC DAC VALOR NETO VALOR ACTIVO DEP EJERC DAC VALOR NETO
1 2,014 10,000.00 1,000.00 6,000.00 4,000.00 1 1 2,014 20,000.00 1,000.00 6,000.00 14,000.00
2 2,015 10,000.00 1,000.00 7,000.00 3,000.00 2 2 2,015 20,000.00 1,000.00 7,000.00 13,000.00
3 2,016 10,000.00 1,000.00 8,000.00 2,000.00 3 3 2,016 20,000.00 1,000.00 8,000.00 12,000.00
4 2,017 10,000.00 1,000.00 9,000.00 1,000.00 4 4 2,017 20,000.00 1,000.00 9,000.00 11,000.00
5 2,018 10,000.00 1,000.00 10,000.00 0.00 5 5 2,018 20,000.00 1,000.00 10,000.00 10,000.00
6 6 2,019 20,000.00 1,000.00 11,000.00 9,000.00
7 7 2,020 20,000.00 1,000.00 12,000.00 8,000.00
8 8 2,021 20,000.00 1,000.00 13,000.00 7,000.00
9 9 2,022 20,000.00 1,000.00 14,000.00 6,000.00
10 10 2,023 20,000.00 1,000.00 15,000.00 5,000.00
11 11 2,024 20,000.00 1,000.00 16,000.00 4,000.00
12 12 2,025 20,000.00 1,000.00 17,000.00 3,000.00
13 13 2,026 20,000.00 1,000.00 18,000.00 2,000.00
14 14 2,027 20,000.00 1,000.00 19,000.00 1,000.00
15 15 2,028 20,000.00 1,000.00 20,000.00 0.00
AÑOFINANCIERO
AÑOTRIBUTARIO
VALORRAZONABLE
Nivel1-
Nivel2MODELA
CIÓN
Nivel3+
EnfoquedeMERCADO
EnfoquedeINGRESOS
EnfoquedeCOSTO
Jesús Capcha ©
AJUSTE DE EXISTENCIAS POR MERMAS, Y
DESVALORIZACION DE EXISTENCIAS
A QUE VALOR REGISTRAR AL 31.12.2015?
COSTO DE
ADQUISICIO
N O VALOR
DE COMPRA
VALOR NETO
DE
REALIZACION
Merma Normal
Merma Anormal
Jesús Capcha ©
►Cuando reconocer un ingreso, cuando se firma el
contrato, se cobra, se presta el servicio?31/12/201530/11/2015 11/01/2016
Avance de servicios
45%
Servicio Total contratado
El 15 de Diciembre 2015,
pago el 60% del total del contrato
AJUSTE DE RESULTADOS POR MAYOR O
MENOR INGRESOS POR EFECTOS DEL
DEVENGADO
Jesús Capcha ©
NUEVAS NIIF 2016-2017
NIIF 15 Ingresos
procedentes de
contratos con
clientes
La nueva norma de Ingresos
afectará en mayor o menor medida
de forma transversal a todas las
industrias y sectores. Sustituirá a
las normas actuales NIC 18 y NIC
11.
El nuevo modelo de NIIF 15 es
mucho más restrictivo y basado en
reglas, además de tener un
enfoque contractual muy distinto,
por lo que la aplicación de los
nuevos requisitos puede dar lugar
a cambios en el perfil de ingresos
de las empresas.
Aplicación
1 de enero
de 2017
Jesús Capcha ©
NUEVAS NIIF 2016-2017
NIIF 9 Instrumentos
financieros
Esta nueva norma sustituirá a la NIC
39 actual. La NIIF 9 se fue emitiendo
por partes y ya está completa
(Clasificación y Valoración,
Coberturas y Deterioro).
El cambio conceptual es importante
en todos los apartados. Cambia el
modelo de clasificación y valoración
de activos financieros cuyo eje
central será el modelo de negocio. Y
por último, el modelo de deterioro
pasa de las pérdidas incurridas
actuales a un modelo de pérdidas
esperadas.
FECHA DE
APLICACION
1 de enero
de 2018
Jesús Capcha ©
NUEVAS NIIF 2016-2017
NIIF 16 Arrendamientos Esta nueva norma establece los
principios para el reconocimiento,
medición, presentación y revelación
de los arrendamientos de ambas
partes del contrato, es decir el
cliente arrendatrioy el proveedor
(arrendador).
El impacto será que se elimina la
clasificación de los arrendamientos,
ya sea como arrendamiento
operativo o financiero, como es
requerido actualmente por la NIC 17,
y en cambio presenta un unico
modelo de contabilidad arrendatario,
es decir que se reconocen activos y
pasivos, excepto contratos con una
duración menor a 12 meses.
APLICACION
1 de enero de 2019
Jesús Capcha ©
QUE SOLUCIONES REQUIERE LA BRINDAR LA
CONTABILIDAD ELECTRONICA?
Incluye la provisión de:
►Servicios especializados y
►Aplicativos informáticos
►Nivel de aseguramiento de la información
previo al envío a SUNAT o a una fiscalización para evitar
CONTINGENCIAS en Fiscalización Electrónica que
aplicará a partir de Julio de 2016 *1.*1 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA N° 064-2015-SUNAT/600000
Jesús Capcha ©
QUE PERMITA UN NIVEL DE SEGURAMIENTO
ANTES DEL ENVIO A SUNAT
PROCESO DE ASEGURAMIENTO DE INFORMACION
PREVIO A ENVIO A SUNAT PARA FISCALIZACION O
DDJJ ANUAL IR
- Libros electrónicos remitidos mensualmente, RV y RC
VS. declaraciones mensuales impositivas.
- Libros Electrónicos remitidos anualmente: Diario, Mayor,
L I y B, R activos, R Costos, R Inv. valorizado, VS.
declaraciones impositivas anuales.
Jesús Capcha ©
- Fehaciencia de la Transacción
- Inconsistencias de trazabilidad
- Inconsistencias de estructura de datos
- Inconsistencias en uso del PCGE
- Inconsistencias en dinámica contable
- Errores contables
MODULO DE ASEGURAMIENTO
Jesús Capcha ©
BIENVENIDOS A LA CONTABILIDAD ELECTRONICA
GRACIAS………..CPC JESUS CAPCHA C
CPC JESUS CAPCHA CARBAJAL