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2017 DEPTO. DE EDUCACION DAEM- ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUTRE- Reglamento Interno de Convivencia Escolar Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre. Página 1 Reglamento de Convivencia Escolar 2017 Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre Juntos por una mejor Convivencia

Juntos por Convivencia una mejor -  · Juntos por Convivencia una mejor . 2017 DEPTO. ... vivir juntos, todo lo cual derivará en una valoración de la pluralidad en las relaciones

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Reglamento de Convivencia Escolar 2017

Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre

Juntos por una mejor Convivencia

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Introducción El Reglamento de Convivencia Escolar constituye un marco de orientación que ayuda al logro de un ambiente y un clima que promueve una sana convivencia escolar, favoreciendo el desarrollo pleno de los diversos aspectos de la personalidad de los alumnos y alumnas y fortaleciendo el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje al interior de la unidad educativa. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la información integral necesaria para construirlo. De lo anterior, podemos deducir la importancia de formular normas que orienten a los alumnos a asumir un compromiso consciente y responsable en la propia formación en los diversos ámbitos de su desarrollo personal. Este Reglamento de Convivencia Escolar, no solo persigue educar a nuestros alumnos en disciplina dentro de nuestro establecimiento sino formar alumnos íntegros, con formación valórica y actitudes morales de acuerdo a nuestro proyecto educativo en conjunto con los padres y/o apoderados de tal modo que les permita asumir la vida, jerarquizándola de acuerdo a los valores fundamentales que le ayuden a descubrir el verdadero sentido de la existencia. Se postula que la disciplina está centrada en la persona, por lo que se atribuye a un control de carácter interno la demostración externa de las actitudes y comportamientos que presenta cualquier integrante de la Comunidad Educativa en su relación con los otros. Considera a los niños y jóvenes delos Colegios como sujetos de derechos, por lo que sus opiniones, necesidades y expectativas de desarrollo de todas sus destrezas, habilidades y potencialidades, debe ser el aspecto central del quehacer educativo del establecimiento. Desde esta perspectiva, los educadores de los Colegios están llamados, por sobre todo, a ser formadores y orientadores de valores y actitudes positivas, creando los espacios para atender necesidades y escuchar opiniones de sus alumnos(as). Sostenemos que la calidad de la convivencia escolar favorece la calidad de los aprendizajes de nuestros alumnos(as), por lo que cobra relevancia la estimulación y la promoción del aprender a vivir juntos, todo lo cual derivará en una valoración de la pluralidad en las relaciones estudiantiles y en un apoyo solidario al que anda en búsqueda de su identidad personal y vocacional, de su autonomía e integración social. Todos los buenos propósitos en cualquier organización sólo pueden lograrse en un clima de sana convivencia, donde se cumplan y se respeten los derechos y deberes de las personas y estamentos que lo conforman, por lo que este Reglamento tiene como finalidad entregar el marco general de las normas básicas establecidas para una convivencia armónica, que permita lograr los objetivos educacionales propuestos, manteniendo el espíritu de la institución y guiando su quehacer diario. La protección del clima escolar incide directamente en la calidad de los aprendizajes.

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El aprendizaje cognitivo se ve fortalecido por el ejercicio de valores como el respeto, la tolerancia y la colaboración. Por consiguiente, todas las Normas contenidas en él serán de cumplimiento obligatorio para todos los integrantes de la Comunidad Escolar. Será, por lo tanto, de especial interés formar a nuestros alumnos(as) en el respeto de los derechos de los miembros de la Comunidad Educativa del Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre, de inculcarles que deben destacarse en todos los actos de la vida diaria por sus conductas irreprochables. Todos los miembros de la Comunidad Escolar debemos destacarnos por nuestras conductas positivas, proactivas, de solidaridad y cooperación en todos los actos de la vida diaria. Toda conducta destacada de un estudiante tendrá su respectivo reconocimiento de parte del colegio, y de toda la comunidad educativa. Estas conductas que merecen un reconocimiento positivo son el resultado del esfuerzo del estudiante como persona única, en mejorar, avanzar en sus posibilidades, en aprovechar los recursos que el colegio le aporta, y en cada día mejorar en su persona, y en su relación con la comunidad educativa. Es por esto que buscamos:

Propiciar un ambiente sereno que permita una mayor efectividad en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Educar en nuestros alumnos una libertad ejercida con responsabilidad. Favorecer un sentido de comunidad, en el que prevalezca el valor del respeto en las

relaciones interpersonales y el trabajo cotidiano. Favorecer la búsqueda del Bien y de la Verdad, que ayude a discernir una opción de vida

sustentada en los valores propios del ser humano, comprometiéndose en la construcción de una sociedad más justa, con equidad y abierta a las diferencias y la diversidad.

Todo padre y/o apoderado que matricule a su estudiante conoce y acepta íntegramente el Reglamento de Convivencia Escolar, lo acata y responde por el cumplimiento de sus normas y obligaciones en él contenidas, asumiendo que al elegir el establecimiento, está en total y completo acuerdo con las normas que se establece. Así también, todo estudiante que asiste al colegio deberá conocer, aceptar y respetar las normas, que constituye un marco general de acción que intenta regular el comportamiento por medio del reconocimiento, diálogo y compromiso personal. El DAEM de la Comuna de Putre tiene como Misión “Posibilitar la oportunidad de formación integral y crecimiento de todos los estamentos de la comunidad corporativa, garantizando la responsabilidad social, con acciones innovadoras y de excelencia, asegurando con ello el liderazgo de nuestra corporación en el competitivo mundo de la Educación.” Con ello el Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre, a través de este Reglamento, manifiesta la importante misión de resguardar la integridad moral, psicológica y física de los distintos miembros y estamentos de la comunidad educativa. Este Reglamento de Convivencia, deberá ser conocido por todos los miembros del Consejo Escolar del año 2016 y consentido por los apoderados y estudiantes al momento de la matrícula.

Cabe señalar que es obligación de todos los integrantes de la comunidad educativa, conocer y acatar la normativa interna de la institución, como la explicitada en este

Reglamento de convivencia y sus protocolos, asimismo también lo son otros documentos oficiales: Contratos de Trabajo, Reglamento de Evaluación, Reglamento

de Evaluación y Promoción escolar, Estatutos de Centro de Estudiantes y Apoderados, entre otros.

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TABLA DECONTENIDOS

CONTENIDOS

Página

Introducción

2

Fundamentos Legales

5

Objetivos y ámbito aplicación 9

Funcionamiento Interno del Liceo

9

Requisitos de los Postulantes a la Comunidad Educativa

14

Cumplimiento de las Normas de Convivencia por parte de los Estudiantes

16

Tipos de faltas y medidas disciplinarias 20 Procedimientos formativos

24

Disposiciones transitorias 28

Protocolos Institucionales en el Marco del Programa "Escuela Segura"

30

Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la información integral

necesaria para construirlo.

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I. FUNDAMENTOS LEGALES:

El fundamento jurídico y de obligatoriedad de las normas que se indican en el presente Reglamento de Convivencia tiene su base en la facultad que reconoce la Constitución en el artículo 19 Nº 11 a los sostenedores de los establecimientos, y que les permite organizar el régimen interno del establecimiento, ya que es este sostenedor el responsable frente a los padres de la integridad del alumno.

1. Política de Convivencia Escolar: La Política de Convivencia Escolar reconoce un conjunto de principios éticos y orientadores, basados en un Marco Legal Institucional, que garantizan y evalúan la calidad de las formas de convivencia al interior de los establecimientos educacionales.

2. Marco Legal e Institucional en el cual se basan los principios éticos y orientadores:

La Constitución Política de la República de Chile

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Convención sobre los Derechos del Niño

Ley de Culto Nº 19.638

Ley Sobre los Tribunales de Familia Nº 19.968

Ley General de Educación Nº 20.370

Ley de Drogas

Ley Sobre Responsabilidad Penal Adolescente Nº 20.084

Ley Sobre Violencia Escolar Nº 20.536.

Ley Nº 20.845 de “Inclusión Escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado”.

Ley de Embarazo adolescente

Ley de Delitos Sexuales

Ley 16.744 Art. 6: Seguro Escolar

Ord. N° 0476, 26/11/2013, SUPEREDUC.

Proyecto Educativo Liceo Granaderos de Putre. II. IDENTIFICACIÓN DEL COLEGIO:

2.1 Nombre del establecimiento: Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre 2.2 Dependencia: Municipal 2.3 Rol Base de Datos. RBD: 78 - 7 2.4 Modalidad: Técnico Profesional - Polivalente 2.5 Niveles que imparte: Educación Parvularia, Básica y Media H.C - TP 2.6 Matrícula General: 198 Estudiantes damas y varones. 2.7 Decreto cooperador de la función educacional: 646 del 11/07/1986 2.8 Dirección: Calle Teniente del Campo N º 242 - Putre 2.9 Región: Arica y Parinacota 2.10 Provincia: Parinacota 2.11 Comuna: Putre 2.12 Teléfono: 582585854 2.14 E mail: [email protected]

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III.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

3.1. Objeto del Reglamento El presente reglamento tiene como propósito facilitar la convivencia entre todos los

miembros de la comunidad escolar y favorecer el desarrollo integral de nuestros alumnos y alumnas.

Asimismo establece protocolos de actuación para los casos que atenten en contra de la sana convivencia de la comunidad educativa, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto.

Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio – afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, mediación escolar, entre otros.

Resulta esencial para el logro del propósito anteriormente indicado, el respeto de las normas básicas de convivencia escolar, de los derechos y deberes de todos de los integrantes de la comunidad escolar, como también del régimen sancionatorio aplicable en caso de incumplimiento.

Este marco normativo compete al Nivel Básico y Medio, tiene validez para el año lectivo y es perfectible en el tiempo de acuerdo a necesidades emergentes.

Es responsabilidad de todos y cada uno de los miembros de la comunidad escolar, velar para que la convivencia se logre en un clima de respeto, de tolerancia, no discriminatorio, con un trato siempre digno y de diálogo mutuo, recordando llevar a la práctica las normas contempladas en este cuerpo reglamentario y otras que la Dirección, en estrecha relación con el Consejo Escolar y el Comité de Convivencia escolar, estimen convenientes para el buen desarrollo de la labor educativa.

3.2. Ámbito de aplicación Conforme lo establece el artículo 46, letra f), de la Ley Nº 20.370, Ley General de Educación, el presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, viene a regular las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar, garantizando un justo procedimiento para aquellos casos en que se contemplen sanciones. Los deberes, derechos y prohibiciones que regulan las relaciones entre el establecimiento y sus trabajadores, se encuentran normados en el respectivo Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

IV.- MARCO CONCEPTUAL:

Es fundamental en la convivencia escolar, que todos los integrantes de la comunidad educativa puedan aplicar los conceptos básicos con absoluta claridad, de tal modo que existan contextos de diálogo iniciales básicas y decisivas al momento de emitir un juicio de valor.

4.1 Convivencia Escolar: Coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos que permita el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicie el desarrollo integral de los estudiantes y de todos los integrantes de la comunidad educativa.(MINEDUC,2011)

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4.2 Comunidad Educativa: Agrupación de personas que inspiradas en un propósito común, integran una institución educativa. Ese objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los alumnos(as) que son miembros de ésta, propendiendo a asegurar su pleno desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico.

El propósito compartido de la comunidad se expresa en la adhesión al proyecto educativo del establecimiento y a sus reglas de convivencia establecidas en el reglamento interno. Este reglamento debe permitir el ejercicio efectivo de los derechos y deberes señalados en la ley (20.370). La comunidad educativa está integrada por alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales(MINEDUC) 4.3 Conflicto: Situaciones en las que dos o más personas entran en oposición o desacuerdo, porque sus posiciones, intereses, necesidades, deseos o valores son incompatibles o percibidos como incompatibles, donde las emociones y los sentimientos tienen especial preponderancia.

4.4 Agresividad: Tendencia a actuar o a responder violentamente. Acción violenta o contra el natural modo de proceder.

4.5 Bullying: Palabra inglesa que significa intimidación. Se refiere a todas las formas de actitudes agresivas, intencionadas y repetidas de maltrato psicológico, verbal o físico de manera reiterada en el tiempo, que ocurren sin motivación evidente, adoptadas por uno o másestudiantes a uno (a) o varias víctimas, a través de hostigamiento y constantes amenazas, insultos, agresiones, vejaciones, etc.

4.6 Ciberbullying o acoso cibernético: Incluye todas aquellas conductas de burla, difamación, agresión, amedrentamiento, hostigamiento, humillación e intimidación en contra de un individuo o grupo a través Internet o teléfonos móviles, consolas de juegos u otras tecnologías telemáticas. (Ejemplo: Colgar en internet imagen comprometida, datos delicados, situaciones o acciones que puedan perjudicar o avergonzar a la víctima y darlo a conocer en su entorno de relaciones; dar de alta, con foto incluida en la web, donde voten a la persona más fea, a la menos inteligente; hacer circular rumores, etc.)

4.7 Violencia Escolar: Un fenómeno más general de agresión, no solo entre pares, sino que puede incluir desde la agresión hacia las personas hasta incluso el daño o destrucción del inmueble del establecimiento escolar. Es bidireccional, es decir quien asume un rol de agresor, también puede ser agredido, incorpora la agresión hacia adultos y viceversa.

4.8 Agresión: Acto de acometer a alguien para herirlo o hacerle daño.

4.9 Abuso Sexual: Exposición de un menor, joven y adulto a experiencias sexuales inapropiadas para su nivel de desarrollo físico o emocional, de naturaleza coercitiva y llevadas a cabo para la satisfacción de un adulto.

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4.10 Acoso: Hostigamiento a través de proposiciones indeseadas

4.11 Maltrato Escolar: Acción u omisión intencional ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal, o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa. 4.11 Inclusión Escolar: Condiciones para que los niños y jóvenes que asisten a colegios que reciben subvención del Estado puedan recibir una educación de calidad. V. ESTRATEGIAS DE RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS:

Las estrategias de resolución pacífica de conflicto pueden visualizarse “en un proceso continuo que va desde evitar el conflicto hasta la resolución no violenta de ellos”. Por lo anteriormente señalado el colegio opta por las siguientes técnicas como formas más apropiadas de resolución de conflicto.

5.1 Arbitraje: Se elige una persona de mutuo acuerdo y se le confiere autoridad por su nivel de experiencia. Esta tercera persona tomará la decisión acerca de cómo se resolverá el conflicto.

5.2 Negociación: Las personas involucradas están interesadas en encontrar una solución en que ambos puedan ganar en la negociación.

5.3 Mediación: De manera similar al arbitraje. Sin embargo, a diferencia del “arbitro”, el mediador no toma una decisión autoritaria basada en el poder, sino que ayuda a las partes en conflicto en el proceso de encontrar la solución.

5.4 Ganar – Ganar: En este tipo de negociación se defienden los intereses propios, pero también se toman en cuenta los del prójimo. Se percibe a la otra persona como un colaborador con el que hay que trabajar estrechamente con el fin de encontrar una solución satisfactoria para todos. Con este tipo de negociación genera un clima de confianza y ambas partes logran sentirse satisfechas con el resultado obtenido lo que garantiza que cada una trate de cumplir su parte del acuerdo.

En la práctica estas estrategias se operacionalizan de la siguiente manera: 1. Conversación y diálogo personal pedagógico y formativo con los alumnos involucrados en algún incidente. 2. Diálogo grupal reflexivo; 3. Entrevistas con la familia del alumno. 4. Entrevista con los profesores que atienden el curso del estudiante. 5. Establecimiento de compromisos verbales y escritos por parte de los involucrados. 6. Asignación de tareas especiales. 7. Derivación a orientación, unidad técnico pedagógica e inspectoría.(entrevistas, compromisos, evaluaciones)

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8. Derivación al área psicosocial o a especialistas, si se requiere (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar); 9. Amonestación verbal; 10. Amonestación por escrito; 11. Disculpas privadas 12. Disculpas públicas 13. Participación en acciones comunitarias. 14. Comunicación al apoderado, cuando proceda. 15. Citación al apoderado, cuando proceda. 16. Asistencia a charlas o talleres relativos a conducta asertiva, conductas disruptivas, manejo de emociones, autocontrol, etc. 17. Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas y otras.

Toda aplicación de la normativa que regula el comportamiento de quienes están afectos a ella, será consecuente con sus características físicas, sicológicas, sociales y del nivel de enseñanza en que se encuentre el sujeto educativo, considerando que siempre tendrá una intencionalidad eminentemente formativa.

La organización de la gestión institucional favorecerá en todo momento la creación de un sano ambiente de convivencia, que pueda prevenir y estimular comportamientos consecuentes con los objetivos educacionales del colegio, donde el estudiante constituye el centro y motor, desde donde deben girar nuestros esfuerzos, creando los espacios educativos suficientes y necesarios para que se pueda educar integralmente.

VI.- DEL FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO PROCESO DE ADMISIÓN DE NUEVOS/AS ESTUDIANTES PARA EL AÑO ESCOLAR 2016

1. FUNDAMENTACIÓN

El Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre admite a estudiantes, cuyos apoderados estén interesados y dispuestos a compartir el Proyecto Educativo que se resume en la Visión, Misión del Colegio y sus Valores.

El ingreso de un(a) estudiante al colegio se produce por lo general en los niveles de Transición I (PreKinder). Sin perjuicio de lo anterior es posible el ingreso de un(a) estudiante a un nivel superior, sujeto a la existencia de cupos.

La formación y educación de los alumnos es una responsabilidad que comparten los padres o apoderados y el colegio. Por esta razón, es que nuestro colegio necesita de padres presentes, por lo tanto, de una familia integrada a la comunidad escolar que asuma de manera activa su rol formativo y de apoyo hacia el colegio, esta es la única garantía de éxito en el desarrollo integral del niño.

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2. NORMATIVA La Ley General de Educación, Ley de Subvención Escolar Preferencial y normativa actual entregada por la Superintendencia de Educación Escolar, exige un proceso de admisión objetivo y transparente, asegurando el respeto a la dignidad de los alumnos y sus familias.

La ley 20.248/08 Ley de Subvención Escolar Preferencial en el Artículo 6° señala que el establecimiento educacional que haya firmado el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa tiene que:

a) Aceptar a los alumnos que postulen entre el primer nivel de transición y cuarto medio, de acuerdo a procesos de admisión que en ningún caso podrán considerar el rendimiento escolar pasado o potencial del postulante. Asimismo, en dichos procesos no será requisito la presentación de antecedentes socioeconómicos de la familia del postulante. Además, el establecimiento deberá hacer público en estos procesos su proyecto educativo.

b) Informar a los postulantes, al establecimiento y a los padres y apoderados sobre el proyecto educativo y su reglamento interno. Los padres y apoderados de los alumnos postulantes que opten por un establecimiento educacional, deberán aceptar por escrito el proyecto educativo de éste.

3. NÚMERO DE VACANTES OFRECIDAS EN CADA NIVEL:

CURSO Nº DE VACANTES CURSO (25 alumnos por curso) NT1 7º BASICO NT2 8º BASICO 1º BASICO 1º MEDIO 2º BASICO 2º MEDIO 3º BASICO 3º MEDIO TP Turismo 4º BASICO 3º MEDIO TP Agropecuaria 5º BASICO 4º MEDIO TP Turismo 6º BASICO 4º MEDIO TP Agropecuaria

4. CRITERIOS GENERALES DE ADMISIÓN.

El Colegio admite a estudiantes en los niveles desde Educación Parvularia hasta cuarto año de Enseñanza Media, sujeto a lo siguiente:

Que exista cupo en el nivel o curso al que deba ingresar el(la) postulante, Que los padres o apoderados y el (la) estudiante estén de acuerdo con los requisitos del

proceso de admisión y con las exigencias respectivas que se establecen en la presente normativa.

Que los padres o apoderados junto con solicitar la admisión del (de la) estudiante estén dispuestos a compartir la filosofía del Proyecto Educativo Institucional del Colegio y comprometerse a respetar y a hacer respetar por parte de su pupilo(a), las normas insertas en nuestro reglamento interno y convivencia escolar que rigen su actividad escolar.

CRITERIOS TÉCNICOS ADMINISTRATIVOS: Que exista el cupo disponible por curso. Hijos de funcionarios de nuestro colegio Familias que tengan más hermanos en nuestro colegio. Procedencia de algún colegio Municipal, Colegio Particular.

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Cercanía geográfica. Fecha en que se realizó la solicitud.

5. PLAZOS DE POSTULACIÓN Y FECHA DE PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS: a) Inicio de la Inscripción: 30 de Noviembre de 2017 b) Cierre: 30 de Diciembre de 2017 c) La fecha de publicación de los resultados será el día 30 de diciembre 2017. d) Los resultados de las postulaciones serán publicados en nuestro colegio en un lugar visible, serán informados telefónicamente y publicados en nuestra página web.

A partir de esta fecha, los apoderados de los alumnos cuya postulación haya sido aceptada, deberán presentarse a formalizar la matrícula la segunda quincena de diciembre. De no asistir el día señalado, el colegio se reserva el derecho de la vacante. 6. REQUISITOS DE LOS POSTULANTES, ANTECEDENTES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

a) ETAPAS: El proceso de admisión contempla las siguientes etapas: 1. Manifestación de interés por parte de los apoderados de integrarse a la comunidad Liceo de Putre y de matricular a su(s) hijo(s) en el establecimiento 2. Completación de datos solicitados por la Inspectoría del Colegio, en una solicitud de ingreso mediante una ficha de inscripción. 3. Recepción por parte del apoderado, de un listado escrito de la documentación necesaria para ser adjuntada a la solicitud de postulación al colegio. 4. Presentación en Secretaría de la documentación solicitada.

b) REQUISITOS DE ADMISIÓN SEGÚN EL NIVEL

EDAD MINIMA : Se contemplan las siguientes edades mínimas de ingreso a los niveles

que se indica:

Para ingresar a Educación Parvularia: (Decreto Exento N°1718 del 2011) Primer Nivel Transición (Pre-Kinder): 4 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar

correspondiente. Segundo Nivel de Transición (Kinder): 5 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar

correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, el director del establecimiento puede decidir la admisión de niños y niñas que cumplan las edades antes señaladas en fechas posteriores, que no excedan al 30 de junio del mismo año. Para ingresar a Educación Básica:

Primer año Básico: edad mínima, 6 años cumplidos al 31 de marzo del año correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, el director del establecimiento puede decidir la admisión de niños y niñas que cumplan las edades antes señaladas en fechas posteriores, que no excedan al 30 de Junio del mismo año. No se fija edad límite para ningún otro curso de este nivel.

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Para ingresar a Educación Media Científico- Humanista, Técnico Profesional y Artística: La Ley 20.370 General de Educación, establece que la edad máxima para ingresar a la educación media es de 16 años cumplidos en el año en que se matricula en el primer curso de dicho nivel, no obstante el dictamen N°9 de la Superintendencia de Educación estableció una interpretación normativa que señala que para ingresar a 1er año medio, se puede ingresar con 18 años de edad. Otro requisito para ingresar al nivel de Educación media, es haber aprobado la educación básica.

Para ingresar a Educación Especial: (Decreto Supremo N°332 del 2012)

No hay edad mínima de ingreso para ningún déficit. Sólo diagnóstico claramente definido y elaborado por un Centro de Diagnóstico o por profesionales competentes.

Edad máxima de permanencia en la Enseñanza Especial: 26 años cumplidos durante el año lectivo correspondiente.

Para ingresar a Educación de Adultos (Decreto Supremo N°332 del 2012) a) A cualquier nivel de Educación Básica 15 años. Decreto 445. b) Primer, Segundo y Tercer nivel de Educación Media 17 años. Dichas edades deberán estar cumplidas como máximo al 30 de Junio del año lectivo correspondiente. Excepcionalmente los directores de los establecimientos que imparten educación de adultos modalidad regular podrán, fundamentada mente sobre la base de informes presentados por los postulantes, autorizar el ingreso de jóvenes con edades inferiores a las edades establecidas en el artículo precedente, por razones inherentes a situaciones tales como retraso pedagógico, egresar de un proyecto de reinserción educativa u otras de carácter socioeconómicas que justifiquen el ingreso a dicha modalidad. El porcentaje de alumnos que podrá autorizarse no deberá exceder del 20% de la matrícula total del establecimiento.

La Dirección podrá autorizar para los niveles señalados, el ingreso de alumnos que cumplan la edad mínima exigida entre el 1° de abril hasta el 30 de junio del año de ingreso. (Edad excepcional)

DOCUMENTACIÓN: se debe anexar a la solicitud de admisión, los siguientes documentos:

Educación Parvularia: 1. Certificado de nacimiento (en original). 2. Fotocopia del carné de vacunas al día. 3. Certificado de traslado e informe de avance, en el caso de alumnos que requieran matricula durante el año.

Desde 1º básico a 4° Medio: 1. Certificado de nacimiento (en original). 2. Certificado de estudios del último curso aprobado 3. Certificado de traslado y notas parciales en el caso de alumnos que requieren matricula durante el año escolar.

La presentación de la documentación solicitada es obligatoria en los plazos

señalados. La omisión o adulteración de algún documento es causal de anulación de la inscripción o la matrícula

ACCIONES A REALIZAR:

• Los estudiantes postulantes no rinden prueba admisión.

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MONTO Y CONDICIONES DE COBRO POR PARTICIPAR EN EL PROCESO:

• El proceso de admisión de nuestro colegio es GRATUITO.

PROYECTO EDUCATIVO Y REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

- En la Dirección del Establecimiento, se encuentra nuestro proyecto educativo y reglamento interno de convivencia escolar, para conocimiento de las familias que están participando del proceso de admisión 2017.

HORARIOS DE ATENCIÓN

- De 9:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes.

EL VALOR DE LA MATRÍCULA DE ENSEÑANZA MEDIA - Según lo establecido por el Ministerio de Educación es gratuito

RESPONSIBLE DEL PROCESO DE ADMISIÓN: - Director - Inspector general

Los Apoderados que finalmente matriculen a sus hijos deben, previamente conocer, aceptar y comprometerse por escrito a respetar el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno y Convivencia Escolar 2016.

FECHA DE MATRÍCULA ESTUDIANTES NUEVOS/AS: - Educación Parvularia, hasta 6º básico: mes de diciembre de 08:00 a 17:00 horas. - Desde 7º básico a 4° medio: mes de diciembre de 08:0 0 a 17:00 horas

7. EL COBRO DEL CENTRO GENERAL DE PADRES CORRESPONDE A UNA CUOTA FIJA VOLUNTARIA. Al momento de la matrícula en el establecimiento, para ninguno de los niveles de enseñanza se exigirá pago obligatorio por concepto alguno por parte del Centro de Padres, Madres y Apoderados, ni de alguna otra forma asociativa o instancia de participación que funcione en la Unidad Educativa. 8. DEL HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO, DE CLASES Y RECREOS. Su organización está regulada por las actuales disposiciones de quienes tienen Jornada única o completa:

Jornada Escolar Completa: Transición I y II. 1º y 2º año de Educación Básica.

Jornada Escolar Completa: desde 3º año de Educación Básica hasta 4º Año medio.

Son 16 cursos que funcionan desde las 08.25 a las 17:25 horas.

Las horas de clases tienen una duración de 45 minutos.

Por cada hora de clases diaria, los estudiantes tienen 5 minutos de recreo. VII.- DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL 7.1. El uso del uniforme escolar no es obligatorio, sin embargo, el establecimiento educacional, en consenso con el Centro de Padres, Centro de alumnos, Consejo Escolar y

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Consejo de profesores, en acuerdo firmado y actualizado en el proceso de actualización del reglamento interno, ha determinado el uso del uniforme escolar. Los argumentos que avalan esta decisión son los siguientes: 1) Los uniformes escolares promueven la disciplina en el colegio, ya que:

Su uso implica que deben acatar normas determinadas. En este sentido la presentación personal se convierte en un recordatorio visual para que los alumnos sigan determinadas normas en el colegio.

Permite que las autoridades escolares puedan reconocer a aquellos estudiantes que pertenecen a su escuela, evitando que aquellos que no pertenecen entren en el colegio sin permiso.

Evita discusiones entre profesores, estudiantes, padres y apoderados respecto a lo adecuado o inadecuados de determinada vestimenta.

Ayuda a los niños a sentirse más identificados con el colegio y fortalece el sentido de pertenencia. 2) El uso de uniforme favorece la equidad, ya que:

Evita que niños, niñas y jóvenes, se sientan discriminados respecto a la ropa de marca o de última moda, evitando presión social a aquellos padres que no pueden comprarla.

Evita que los niños que no pueden comprar este tipo de ropa, sufran de alguna diferenciación frente a sus compañeros y provocarles inseguridad, acoso y estrés emocional. Cuando los niños van al colegio con uniforme, todos son iguales.

Evita las comparativas y presiones sociales. Este aspecto es muy importante ya que puede tener un impacto considerable en el concepto que el niño tiene de sí mismo.

El (la) estudiante deberá presentarse correctamente uniformado. Se entenderá por uniforme completo: DAMAS - VARONES Día lunes a viernes, desfile y actividades que representen al colegio. (Desde Educación Parvularia a 4º año Enseñanza Media). Vestimenta institucional Formal: UNIFORME DAMAS: Uso de blusa blanca, corbata del liceo, falda azul, medias blancas, chaleco o polar azul, pantalón de tela azul (período de invierno), medias blancas y cintas blancas en el pelo para desfiles, zapatos negros. En los niveles de kinder a 4º básico, uso obligado de delantal azul cuadrillé. UNIFORME VARONES: Uso de camisa blanca, corbata del liceo, pantalón gris, chaleco o polar azul, zapatos negros. En los niveles de kinder a 4º básico uso obligado de cotona. Educación Física: • Buzo institucional (completo). Otras consideraciones:

Se otorgará a libre descripción la presentación de los alumnos pertenecientes a las carreras técnicas de Agricultura y Turismo, según la salida pedagógica y/o talleres programados.

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La Inspectoría General autorizará el uso del buzo u otras vestimentas cuando los estudiantes tengan clases de talleres o academias o bien en caso justificado por el apoderado. 7.2. DE LA HIGIENE Y SALUD:

El estudiante debe venir todos los días correctamente aseado (damas uñas cortas, limpias, pelo lavado y tomado, etc. Varones afeitados, uñas cortas y limpias, pelo lavado, etc.)

En caso de que al estudiante se le detecte alguna enfermedad infectocontagiosa por contacto (pediculosis, sarampión, TBC. etc.), se informará al apoderado y serán tomadas las remediales que correspondan, cuando amerite). VIII.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 8.1. A partir de la Ley General de la Educación El artículo 10 de la Ley Nº 20.370/09, establece que: “Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los siguientes derechos y estarán sujetos a los siguientes deberes”: ALUMNOS Y ALUMNAS:

Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos.

Son deberes de los alumnos y alumnas brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa; asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento.

PADRES, MADRES Y APODERADOS:

Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda, aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y Apoderados.

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Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.

Los padres, madres y apoderados son co-responsables, desde el hogar, por el cumplimiento del uniforme escolar que corresponde de acuerdo a los días señalados. De esta manera contribuye a respetar los acuerdos explícitos en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. PROFESORES(AS):

Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo; del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Además, tienen derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna, procurando, además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

Por su parte, son deberes de los profesionales de la educación ejercer la función docente en forma idónea y responsable; orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda; actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente; investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio; respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas, y tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa. ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN:

Los asistentes de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes; a recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar; a participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna.

Son deberes de los asistentes de la educación ejercer su función en forma idónea y responsable; respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan, y brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa. DIRECTIVOS:

Los equipos docentes directivos de los establecimientos educacionales tienen derecho a conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen.

Son deberes de los equipos docentes directivos liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éstos; desarrollarse profesionalmente; promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen.

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Para el mejor cumplimiento de estos objetivos los miembros de estos equipos de los establecimientos subvencionados o que reciben aportes del Estado deberán realizar supervisión pedagógica en el aula. Los derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda. SOSTENEDOR:

Los sostenedores de establecimientos educacionales tendrán derecho a establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley. También tendrán derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley, y a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente.

Son deberes de los sostenedores cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan; garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar; rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando reciban financiamiento estatal, rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia. Esa información será pública. Además, están obligados a entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley y a someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley. 8.2. A partir de las normas específicas establecidas por el colegio: Considerando las normas establecidas por la Ley General de Educación, el Colegio ha dispuesto los siguientes derechos y deberes específicos de los agentes educativos mayormente involucrados (estudiantes-apoderados). 8.2.1 DERECHOS DE LOS (AS) ESTUDIANTES:

Ser escuchado y considerado, aún si su opinión planteada con respeto; difiera de los demás.

Recibir un trato digno y justo de todos los integrantes de la comunidad educativa y comunicar oportunamente al encargado de Convivencia Escolar de nuestra Comunidad Educativa, situaciones de intimidación física y/o psicológica sostenidas en el tiempo con o sin elementos tecnológicos (Bullying).

Ser respetado en su integridad física y psicológica, comunicando al encargado de Convivencia Escolar, manifestaciones de violencia de diferentes tipos, como: Agresión física, verbal, acoso sexual, abuso sexual, con o sin uso de tecnología; dentro o fuera del Establecimiento.

A estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

En caso de accidente escolar ser asistido con primeros auxilios, oportunamente; por un funcionario competente del Establecimiento y si el caso lo amerita ser trasladado a la Asistencia Pública, comunicándolo al Apoderado.

Ser tratados con respeto y sin discriminación alguna de la diversidad de: condición social, género, orientación sexual, discapacidad, convicciones religiosas, ideológicas y culturales.

Ser respetado, comprendido y atendido en sus inquietudes individuales, tomando en cuenta la amplia diversidad de quienes conforman la Comunidad Educativa.

Recibir una información objetiva con relación a las realidades de nuestra sociedad.

Tener el mobiliario en buen estado y acorde a su desarrollo físico.

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Participar de las actividades de libre elección organizadas por el colegio y de comprometerse libremente en ellas.

Podrán formar asociaciones o centros de estudiantes que les permita organizarse con el fin de liderar acciones tendientes a favorecer un sano ambiente de convivencia escolar.

Podrán continuar en el establecimiento los estudiantes que repitan curso, ya sea en Educación Básica o Educación Media. 8.2.2 DEBERES Y/O RESPONSABILIDADES DE LOS (AS) ESTUDIANTES. Los deberes indican una forma de comportamiento positiva de los alumnos y alumnas, por lo que su incumplimiento, determinará la gravedad de la falta:

Ingresar al establecimiento, a lo menos 5 minutos antes del inicio de la jornada.

La formación debe iniciarse al toque de campana, el (la) alumno (a) debe llegar en forma oportuna y respetuosa.

Asistir a todas las clases programadas y cumplir con un 85% de asistencia anual, para ser promovido(a).

Mantener una actitud de respeto frente a los emblemas nacionales y religiosos, dentro o fuera del Establecimiento.

Respetar el conducto regular en la búsqueda de la solución a sus problemas, conflictos u otros.

Canalizar todo tipo de inquietudes, respetando en todo momento su organización elegida democráticamente. (Directiva de Curso, Directiva de Centro de Alumnos.)

Durante el desarrollo de la clase, los alumnos (as) no pueden provocar desórdenes como gritar, pegar o pelear con otro compañero, tirar papeles, insultarse, entre otros.

Mantener permanentemente una conducta de respeto, tolerancia, solidaridad y empatía hacia todos los integrantes del colegio.

Cuidar y evitar el deterioro de la infraestructura y material del establecimiento como sillas, bancos, vidrios, artefactos sanitarios, etc., para mantenerlas en buenas condiciones.

No circular por los patios, baños y pasillos durante la hora de clases, sin causa justificada.

Cuidar sus útiles escolares y traer en forma oportuna los materiales requeridos para los diferentes subsectores.

Mantener las dependencias y mobiliario de nuestro establecimiento en completo orden y limpieza.

En el aula, contribuir al trabajo colaborativo y respeto mutuo con sus compañeros y profesor (a).

Durante los recreos no permanecer en ninguna sala de clases, ni en los pasillos sin la presencia del profesor. El alumno debe permanecer durante los recreos en el patio, hasta que el timbre le indique el momento de entrar a clases junto con el profesor. Al término de la clase, el profesor debe hacer salir a todos los alumnos de la sala.

Respetar y usar los baños asignados por nivel.

Podrá hacer tareas o asistir a las diferentes academias en jornada contraria, ingresando al establecimiento solamente con buzo o uniforme del colegio, o como lo determine el profesor del taller.

El comportamiento del (la) estudiante fuera del colegio compromete la imagen y prestigio que debe tener una Unidad Educativa, por tanto debe presentar una actitud permanente, acorde a los preceptos de sus hogares y del colegio, demostrando su educación mientras transita por las calles, en la locomoción colectiva, u otras actividades; con o sin el uniforme que identifica al establecimiento.

Comunicar oportunamente y obligatoriamente (si es necesario mantener la reserva del denunciante) manifestaciones de violencia escolar que atente contra bienes materiales

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(vandalismo), agresiones físicas y/o psicológicas presentes en la comunidad educativa. (art.175 del nuevo código procesal penal)

Privilegiar el diálogo por sobre todo tipo de manifestaciones violentas (Ej.: toma del Establecimiento Educacional, etc.) que impidan el derecho a la Educación de todos los estudiantes de la Comunidad Educativa.

Ingresar a las diferentes dependencias del Colegio (salas de clases, laboratorio, oficinas, sala de profesores, etc.), previamente autorizado o acompañado por un funcionario del Establecimiento.

Es obligación de cada alumno asistir a los actos y actividades organizadas por el Colegio o en los que se haya comprometido a participar 8.2.3 DERECHOS DE LOS APODERADOS:

Ser atendido respetuosamente por directivos, profesores y personal del colegio.

Participar de todas las actividades extra-programáticas del colegio (exposiciones, charlas, celebraciones, etc.).

Solicitar información de los avances, logros académicos, conducta y formación personal de su pupilo(a).

Participar de la Directiva de Centro de Padres.

Ser informados de la gestión escolar, mediante una Cuenta Pública por parte de la Dirección del colegio.

Derecho a opinar y sugerir acciones propias del establecimiento (P.E.I. - Reglamento de ConvivenciaEscolar).

Asistir y participar activamente en todas las reuniones de sub – centro de padres y apoderados.

Derecho a formar y participar activamente del Centro de Padres y Apoderados de su curso como del colegio y del Consejo Escolar.

Derecho a la educación ininterrumpida de sus hijos (as) ante cualquier impedimento o manifestación social.

Recibir un trato digno y justo de todos los integrantes de la comunidad educativa y comunicar oportunamente al encargado de convivencia escolar, situaciones de violencia física, verbal y/o psicológica.

Derecho a la no discriminación, inclusión, discapacidad y religión. 8.2.4 DEBERES DE LOS APODERADOS: La Ley General de Educación, del 12 de septiembre de 2009 señala explícitamente en su artículo 10° que es deber de las madres, padres y apoderados: “Educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para estos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.”

Dejarán y retirarán a sus pupilos a la entrada del colegio . Queda estrictamente prohibido ingresar al interior del establecimiento en horas de clases; especialmente a las aulas.

Hacer uso responsable del horario de atención de Apoderados no interfiriendo así en la acción educativa sistemática de los alumnos.

Justificar personalmente la (s) inasistencia (s), con y sin licencias médicas del (la) estudiante, en un plazo máximo de 48 horas, desde su primer día de ausencia.

Justificar personalmente el o los atraso (s) del (la) estudiante.

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Asistir a todas las reuniones de subcentro de padres, planificadas por el establecimiento y participar activamente; la no asistencia del apoderado a reunión de padres y apoderados, significará que debe justificar con anticipación con el profesor (a) jefe.

Respetar a sus representantes elegidos democráticamente, tanto del sub-centro, como del Centro General de Padres y Apoderados; respetando el conducto regular.

Solamente los padres y apoderados debidamente registrados en el colegio podrán requerir información relacionada con su pupilo (a) o del desarrollo del proceso educativo (apoderado deberá informar de situaciones especiales).

El retiro de los (as) estudiantes durante la jornada escolar, solo podrá ser realizado por el Apoderado(a) Titular o suplente que señale la ficha de matrícula, previa verificación de su identidad. Información que deberá ser registrada bajo firma, en el libro de retiro de los estudiantes.

El retiro de los (as) estudiantes en horarios de Evaluación solamente será justificado por motivos de salud (Exámenes y consultas médicas, etc.).

Fortalecer la responsabilidad de su pupilo, evitando traer al establecimiento los materiales olvidados en la casa (trabajos, útiles, materiales, etc.). Salvo en actividades Pedagógicos masivas como: teatro (escenografía), ferias pedagógicas y exposiciones (toldos, herramientas, etc.).

Ser responsables y puntuales en el cumplimiento de los horarios establecidos para el funcionamiento del colegio. (inicio de la jornada, horarios intermedios y horarios de retiro).

Ser responsables y puntuales en el retiro oportuno de su pupilo al término de cada jornada (En caso del no cumplimiento, el colegio se reserva el derecho de conducir al estudiante a Carabineros de Chile, teniendo como tiempo máximo de espera 30 min.).

Comprometerse con el proceso educativo de su pupilo, tales como: asistencia a evaluaciones, cumplimiento de tareas, en el hogar y el cumplimiento de la puntualidad con entrevistas y reuniones.

Otorgar los medios y recursos mínimos para desarrollar el proceso educacional normal (lápices, cuadernos, libros, hojas, etc.).

El traslado del alumno (a) de la casa al colegio es de responsabilidad del apoderado, asegurándose que el alumno ingrese al establecimiento. Debe velar porque su pupilo (a) cumpla con los horarios del colegio, tanto en la hora de inicio, como en la de término.

Tener presente que el trato con los docentes y funcionarios en general, debe ser amable y respetuoso, privilegiando el diálogo por sobre manifestaciones de violencia física o verbal.

Cumplir y hacer cumplir a sus pupilos o pupilas las disposiciones establecidas en el presente reglamento, de no hacerlo, el colegio se reserva el derecho de solicitar el cambio de ambiente pedagógico del (la) estudiante.

Cuando surjan problemas de orden pedagógico o disciplinario, el apoderado deberá respetar el conducto regular de nuestro establecimiento que considere: a) Profesor involucrado b) Profesor (a) Jefe c) U.T.P., Orientación y/o Inspectoría General d) Dirección

Presentarse al colegio con tenida adecuada y en actos oficiales con tenida formal, como graduaciones, licenciaturas, actos cívicos, instancias de representación del colegio, otros. (NO jeans, short, zapatillas).

No promover, apoyar e incentivar activamente con manifestaciones sociales, la interrupción del normal desarrollo de actividades del Colegio.

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Informar al establecimiento educacional cuando la o el estudiante estén en situación de embarazo, maternidad o paternidad. Este deberá ser informando de los deberes y derechos del/la estudiante como el de la familia y del establecimiento educacional.

Notificar al establecimiento educacional de situaciones como cambio de domicilio, teléfono o si el hijo o hija en situación de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

Firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente en condición de embarazo, maternidad o paternidad, que permita la salida del/la alumno/a del colegio para asistir a los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo(a) nacido que implique ausentarse durante la jornada escolar.

En caso de emergencia el apoderado deberá informar personalmente o telefónicamente a Inspectoría cuando en caso lo amerite y no interrumpir al alumno en clases con llamadas al celular. 8.3 DE LAS INASISTENCIAS A CLASES, ATRASOS Y RETIROS DURANTE LA JORNADA: 8.3.1 INASISTENCIAS:

La inasistencia a clases por enfermedad del alumno/a, con y sin licencia, deberá ser justificada en inspectoría, por el apoderado, a más tardar 48 horas desde el inicio de su ausencia.

La inasistencia del alumno/a al Colegio por otras causales, deberá ser justificada por el apoderado en Inspectoría General, a más tardar 48 horas desde el inicio de su ausencia. De persistir la inasistencia, sin justificación: - inspectoría general se comunicará telefónicamente con el apoderado para regularizar

la situación. (3 días consecutivos) - Si el apoderado no acude a la citación telefónica, se realizará una visita domiciliaria,

por una dupla psicosocial, de funcionarios del establecimiento. (5 días consecutivos) - De mantenerse la situación se informará a la autoridad competente, para que se vele

por el acatamiento de la ley que exige a los padres de familia dar cumplimiento a la obligatoriedad de la educación de sus hijos. (10 días consecutivos)

- se aplicará la medida de cambio de apoderado, según RICE. (10 días consecutivos). - Una vez realizados todos los pasos anteriormente señalados, el colegio procederá a

realizar el retiro correspondiente en el libro de clases, perdiendo su calidad de alumno regular. (15 días consecutivos)

8.3.2 ATRASOS:

Será considerado atraso de los estudiantes el ingreso al establecimiento, posterior a las 08:25 horas (Jornada de la mañana), el que será consignado en el registro de libro de novedades, en la hoja de vida del estudiante.

Al tercer atraso del estudiante, el apoderado será citado a una entrevista con inspectoría para analizar las causales de esta situación y aplicar las medidas formativas, estableciendo compromisos para solucionar el problema y asegurar la puntualidad de su pupilo.

Los atrasos en horas intermedias de clases, serán consignados en la hoja de Observaciones Personal de los estudiantes y cuaderno de inspectoría. Si la situación persiste por tercera vez, el apoderado será citado a una entrevista con inspectoría para analizar las causales de esta situación y aplicar las medidas formativas, estableciendo compromisos para solucionar el problema y asegurar la puntualidad de su pupilo.

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De persistir la conducta se aplicarán las medidas formativas contempladas en el reglamento interno yde convivencia escolar. 8.3.3 RETIRO DEL ALUMNO DURANTE LA JORNADA ESCOLAR Para cumplir con el propósito de brindar igualdad de Oportunidades para Aprender a todos los y las estudiantes de nuestra unidad educativa, entendiendo que el aprendizaje es, en cierta medida, una función de tiempo y esfuerzo. Cuyo resultado se manifiesta en que “el logro de los alumnos aumenta cuando los estudiantes se les ofrecen mayores oportunidades para aprender, especialmente cuando se maximiza el tiempo de aprendizaje participativo.” Las inversiones en profesores, materiales, recursos y salas de clase se desperdician si es que no se utilizan por un período de tiempo razonable. Es por esto que el tiempo que un alumno participe en las actividades del día de clase y del aula, maximizan el tiempo efectivo y provocan un verdadero impacto en su aprendizaje. En base a la función educativa con la que se planifican cada una de las clases y a la gran oportunidad que significa participar en ellas, nuestro colegio ha que solo serán retirados por el Apoderado titular o una persona asignada en la ficha de matrícula, en el caso de fuerza mayor deberá ser acompañada de una nota firmada por el titular. RETIROS ESPECIALES:

Horas médicas con certificado o citación, amamantamiento, citaciones emergentes urgentes (fallecimiento, accidentes y otras).

Trámites judiciales. Comprobada indisposición del alumno o por un accidente escolar. Cualquier otra situación será evaluada por Inspectoría General del Colegio.

IX.- RESPECTO DE LAS ALUMNAS EMBARAZADAS Y/O MADRES Y LOS PADRES ADOLESCENTES (Decreto Ley 20.370)

Una vez confirmado el embarazo, la estudiante y su apoderado deberán presentar en inspectoría general una copia del certificado médico que lo acredite.

Tendrán los mismos derechos de permanencia que cualquier otra integrante de la institución, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de discriminación, cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, suspensión u otra similar.

Su situación no podrá ser causal para cambiarla de curso, salvo que ésta lo manifieste fundada en un certificado médico.

La alumna será sometida a los mismos procedimientos de evaluación que existan en el establecimiento, sin perjuicio de la obligación de los docentes de otorgarle facilidades académicas, como elaborar un calendario flexible, que resguarde el derecho a la educación de estas alumnas.

En caso que la situación de embarazo, maternidad/paternidad le impida asistir regularmente a clases deberá establecerse claramente el sistema de evaluación al que él o la estudiante pudiesen acceder como alternativa.

Se debe velar por el derecho de la estudiante embarazada a asistir al baño cada vez que lo requiera, como también usar dependencias del colegio (CRA, enfermería, etc.) que favorezcan su integridad física como también su estabilidad emocional.

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Decidir el horario de alimentación del hijo(a), siendo como máximo una hora, sin contar el tiempo detraslado.

Los padres adolescentes también podrán solicitar autorización, en inspectoría, para acudir a controles médicos de la madre o el hijo/a. X.- TIPOS DE FALTAS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y SANCIONES DE ESTUDIANTES Toda sanción deberá tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en general. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Al momento de determinar la sanción o medida, deberán tomarse en cuenta los siguientes criterios:

a) Edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. b) Nivel de escolaridad de las partes involucradas. c) Naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. d) Naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: pluralidad y

grado de responsabilidad de los agresores. e) Carácter, vejatorio o humillante del resultado. f) Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro g)

haber actuado a solicitud de un tercero o bajo recompensa. g) Haber actuado a solicitud de un tercero o bajo amenaza. h) Haber agredido a cualquier funcionario del Colegio. i) Conducta anterior del responsable (atenuante). j) Conducta disruptiva anterior del responsable (agravante). k) Abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. l) Discapacidad o indefensión del afectado. m) apelación

10.1. Serán consideradas faltas leves: Toda falta o incumplimiento de las normas de conducta establecidas en el presente reglamento:

atraso al inicio de la jornada, atraso a clase en hora intermedia, falta de higiene, combinar uniforme formal con vestimenta deportiva. Estudiante maquillado (a) (ojos, labios, uñas, etc.) de manera no recatada. Pircing, en damas o varones (labio, cara, lengua, etc.) Interrumpir el desarrollo de la clase. Juegos bruscos. Inasistir a convocatoria sin justificación, en representación del Colegio (feria

científica, desfiles, competencias deportivas, exposiciones, entre otras.) Ingresar sin autorización y utilizar dependencias del colegio. No respetar las consideraciones señaladas en este documento (higiene y salud) Inasistir a evaluaciones sin justificación. ingresar elementos de valor no requeridos por el establecimiento como celulares,

joyas, radios, etc. El colegio no se responsabiliza en caso de robo o pérdida; puesto que al ingreso pierden su valor

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10.2 . Serán consideradas faltas graves: Toda falta leve o incumplimiento a las normas establecidas en forma reiterada (3 veces o más), pasan a constituir falta grave, comprometiendo su matrícula:

expresarse con groserías gestuales y/o con palabras, dentro y fuera del Colegio. salir de la sala de clases o del establecimiento sin autorización (fuga). uso de celular para fotografiar, grabar y hablar, además de uso cámara fotográfica sin

autorización del profesor(a). uso de aparatos tecnológicos dentro de la sala de clases, sin autorización del profesor o

profesora(celular, Tablet, mp3, consolas de video juegos). interrumpir constantemente el desarrollo de la clase (gritar, tirar papeles, etc.). realizar o recibir llamadas en horas de clases, sin autorización del profesor(a) uso de artefacto musical u otro elemento distractor, que provoque disrupción en la sala de

clases, sin autorización del profesor(a) tomar o retener bienes ajenos contra la voluntad de su dueño, pero sin hacer uso de

violencia.(hurto) agredir gestual o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa

(sobrenombres, utilizar lenguaje soez, etc.) demostración pública de afecto entre alumnos (es sabido que hay un momento y un lugar

adecuado para decir y demostrar a alguien nuestros sentimientos) en las jornadas de clases, los recreos y la salida del colegio. Por ejemplo: besarse, sentarse en la falda, etc.

interrumpen el trabajo pedagógico en el aula con algún aparato o artefacto personal no requerido; se le requisará para ser entregado al apoderado con las recomendaciones pertinentes, éste deberá esperar hasta el horario de atención de apoderados del profesor involucrado. Si la conducta es reiterativa se le devolverá el aparato a final de año.

intercambio de contenidos y materias, con el fin de engañar en pruebas, trabajos o cualquier tipo de evaluación, utilizando diversas formas de registro audiovisuales y/o medios tecnológicos (copias, celulares, cámaras, mp3, etc.)

del dañar o destruir algún texto, instrumento o materiales que constituya patrimonio colegio.

del dañar o destruir algún instrumento o material de cualquier integrante de la comunidad educativa.

realizar “bromas” tales como: tirarse agua, harina, reventar globos, rayar camisas, listas negras, etc.

Rayar mesas y muros del establecimiento. Inasistir a rendir a mediciones nacionales e internacionales (SIMCE, TIMMS, otras).

10.3. Serán consideradas faltas de extrema gravedad: Aquellas conductas o acciones que dañen a la institución o a cualquier agente educativo ya sea física, ética o moralmente (profesores, asistentes de la educación, estudiantes, padres, apoderados, etc.). Además de toda acción, física y/o psicológica, que demuestre violencia escolar hacia cualquier actor de la Comunidad Educativa.

ofender o atentar contra la integridad a algún miembro de la comunidad educativa con la utilización de los recursos informáticos (ej.: páginas web, groserías, imágenes truncadas, pornografía, insultos, etc.).

apropiación indebida de algo ajeno, contra la voluntad de su poseedor, especialmente si se hace con violencia. (robo)

adulteración, destrucción, hurto o robo de documentos oficiales (libro de clases, libreta de notas, sistema de notas, informe de personalidad, otro (s)).

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hurto de material de propiedad privada que se encuentre en el interior del Colegio (material de biblioteca, sala de computación, oficinas en general, kiosco, etc.)

utilizar o manipular material pornográfico en el establecimiento. acosar sexualmente a cualquier actor de la Comunidad Educativa. portar arma de fuego, arma blanca, manoplas, linchaco, armas hechizas, armas de

juguetes, balas, balines, etc. Realizar “bromas” (tirarse agua, huevo, harina, globos, rayar camisas, listas negras, etc)

que dañen la infraestructura, y/o atenten contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la institución y/o comunidad dentro o fuera del establecimiento.

La no utilización del diálogo anteponiendo acciones de violencia, tales como: protestas, paros, ocupación y/o tomas; en situaciones de manifestación estudiantil que impidan el derecho a la Educación de la mayoría de los estudiantes de nuestra Comunidad Escolar.

Ocupar pacífica o violentamente cualquier dependencia del colegio. Los estudiantes deberán solicitar permiso para el uso de los espacios del colegio para

ensayos tanto en aniversario, muestras, etc.) Ingresar y/o ingerir alcohol en el colegio o en actividades del colegio-Ley 19.925 (con o sin

uniforme). Ingresar cigarrillo y/o fumar en el colegio o en actividades del colegio- Ley 19.419

(con o sin uniforme). Rayado, deterioro y destrucción del material como vidrios, sillas, bancos, etc. (la reposición

será responsabilidad del apoderado, además de las sanciones disciplinarias correspondientes, que el caso amerite).

Ingresar, portar o consumir cualquier tipo de drogas, en el colegio, en actividades del colegio y fuera del establecimiento en horario de clases según jornada - Ley 19.925 (con o sin uniforme). AL RESPECTO SE DETALLA: Portar droga e introducirla al Colegio: Se entenderá por portar droga el que el alumno/a tenga entre sus pertenencias alguna droga no permitida. La presencia de esta droga se asume que se introduce al Colegio para consumo personal. Ante esta situación, en el caso de un alumno se entrevistará al apoderado/a y al alumno y se registrará en la hoja de vida del alumno/a. Esta acción implica una falta gravísima y se aplicarán las sanciones establecidas en el Reglamento de Convivencia Escolar del Colegio. Consumir droga y/o alcohol: El alumno o funcionario que consuma droga y/o alcohol deberá someterse a un tratamiento que lo ayude a superar esta conducta adictiva. La permanencia del alumno en el Colegio, dependerá de la efectividad de este tratamiento el que deberá ser informado al director. La ausencia de tratamiento implica la inmediata separación del alumno del colegio. Si una vez tratado, el alumno/a persiste en su conducta de consumo, deberá efectuar un nuevo tratamiento y no podrá ingresar al Colegio hasta su total recuperación, acreditada por la entidad tratante. Venta de droga: Esta acción implica un tremendo daño y corrupción por lo que el alumno/a que venda droga dentro del Colegio será sancionado con una expulsión, la que se hará efectiva en el momento que se le comunique al apoderado de la acción ejecutada por el alumno/a. Siendo denunciado a los organismos competentes.

- El alumno que portando el uniforme venda droga fuera del Colegio, se le aplicará la sanción señalada en el punto anterior.

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- En estos casos, se aplicará el protocolo de actuación detallado en anexos. XI. TIPOS DE FALTAS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y SANCIONES DE PADRES, MADRES Y APODERADOS/APODERADAS: 11.1. Serán consideradas Falta Leve: aquellas acciones, hechos o juicios emitido por algún miembro de la comunidad educativa que altere mínimamente la convivencia escolar e incida superficialmente en la gestión institucional, producto del incumplimiento de sus deberes escolares, que al ser reiterativa se torna como grave.

Ingresar al colegio sin autorización.

Inasistir a citaciones de profesores, inspectoría, orientación, Unidad técnico Pedagógica y dirección.

Inasistir a reunión de apoderados,

Incumplir con la responsabilidad que le compete, de acuerdo a las disposiciones contempladas en este documento en relación a: presentación personal, higiene y salud, inasistencias a clases, inasistencias a evaluaciones, atrasos, entre otras.

Autorizar a su hijo (a) a ingresar elementos de valor no requeridos por el establecimiento como celulares, joyas, radios, etc. El colegio no se responsabiliza en caso de robo o pérdida; puesto que al ingreso pierden su valor Sanción: La dirección del establecimiento en conjunto con el Comité de Convivencia escolar, analizarán el caso y podrán determinar: 11.2. Será considerada Falta Grave: aquella acción, hecho o juicio emitido por algún miembro de la comunidad educativa que dañe la imagen corporativa de la institución escolar, siendo perjudicado física, psicológica o socialmente los estudiantes, madres, padres, apoderados, asistentes, docentes, directivos y/o Sostenedor y toda falta leve o incumplimiento a las normas establecidas en forma reiteradas (3 veces o más) pasan a constituir falta grave.

tomar o retener bienes ajenos contra la voluntad de su dueño, pero sin hacer uso de violencia.(hurto)

agredir gestual o verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa (sobrenombres, utilizar lenguaje soez, etc.), ya sea este alumno, docente y/o asistente de la Educación.

despreocupación de su hijo o hija respecto de las consideraciones señaladas en este documento(higiene y salud)

Incumplir, reiteradamente, con la responsabilidad que le compete, de acuerdo a las disposiciones contempladas en este documento en relación a: presentación personal, higiene y salud, inasistencias a clases, inasistencias a evaluaciones, atrasos, fugas, entre otras.

si se evidencia: despreocupación, negligencia o abandono del apoderado hacia el estudiante en su proceso educativo (inasistencias reiteradas, atrasos reiterados, falta hábitos de higiene, alimentación, estudio, entre otros); las Orientadoras, sicólogas y asistente social, etc. deberán hacer las derivaciones a las organizaciones pertinentes (carabineros, PDI, OPD, etc.) Sanción: La dirección del establecimiento en conjunto con el Comité de Convivencia escolar, analizarán el caso y podrán determinar: a. cambio de apoderado, dependiendo de los antecedentes del caso, el cambio de

apoderado podrá ser: provisorio, ya sea por un semestre o por el año escolar en curso.

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b. prohibición temporal, ya sea por un semestre o por el año escolar en curso para ingresar al establecimiento.

c. dejar temporalmente, ya sea por un semestre o por el año escolar para ejercer un cargo directivo de su grupo curso y/o centro de padres.

d. Inhabilitación, temporal, por un semestre o por el año escolar para ejercer algún cargo directivo, ya sea en el grupo curso o centro de padres y apoderados.

11.3. Falta extrema gravedad: acción, hecho o juicio emitido por algún miembro de la comunidad educativa que incide negativamente en la imagen corporativa de la institución escolar y perjudique notoriamente la convivencia escolar y el normal desarrollo de la gestión institucional.

Aquella conducta o acción que dañe a la institución o a cualquier integrante de la comunidad educativa ya sea física, ética o moralmente (profesores, asistentes de la educación, estudiantes, padres, apoderados, etc.).

Ofender o atentar contra la integridad a algún miembro de la comunidad educativa con la utilización de los recursos informáticos (ej.: páginas web, groserías, imágenes truncadas, insultos, etc.).

Promueva, apoye e incentive activamente manifestaciones sociales, religiosas, políticas u otras, que interrumpan o perjudiquen el normal desarrollo de las actividades del Establecimiento.

Apropiarse de medios y recursos del colegio, ya sean estos materiales o económicos.

Autorizar a su hijo(a) para realizar “bromas” (tirarse agua, huevo, harina, globos, rayar camisas, listas negras, etc.) que dañen la infraestructura, y/o atenten contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la institución y/o comunidad dentro o fuera del establecimiento. Sanción(es): La dirección del establecimiento en conjunto con el Comité de Convivencia escolar, analizarán el caso y podrán determinar: a. cambio inmediato y definitivo de apoderado. b. Prohibición inmediata y definitiva de ingreso al establecimiento. c. Dejar de ejercer un cargo directivo en su grupo curso y/o centro de padres, de forma

definitiva. d. Inhabilitación, definitiva, para ejercer algún cargo directivo, ya sea en el grupo curso o

centro de padres y apoderados. XII.- PROCEDIMENTOS FORMATIVOS, DE ALUMNOS/AS 11.1. PROCEDIMIENTO FORMATIVO A UTILIZAR SEGÚN EL TIPO DE FALTA: a) FALTAS LEVES

el profesor conversará y/o entrevista al estudiante, para establecer compromisos. Se registrará en el cuaderno de atención del curso.

el profesor (a) cita al apoderado (a) para: llegar a acuerdos, establecer compromisos y promover cambios.

el profesor (a) registrará la conducta en el libro de clases.

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b) FALTAS GRAVES El profesor:

citará al apoderado (a) para: llegar a acuerdos, promover cambios, solicitar informes de especialistas externos, solicitar autorización para ser evaluados por especialistas internos, entre otras.

registrará la falta en la hoja de vida del estudiante en el libro de clases.

derivará a los estudiantes a UTP, orientación.(profesionales internos)

derivará al estudiante a psicólogo, neurólogo, psiquiatra.(externos)

derivará al estudiante a instituciones externas.

derivará al estudiante a inspectoría general, para aplicar medidas y sanciones contempladas en el reglamento. (suspensión por un día, suspensión por dos días

derivar al estudiante al consejo disciplinario de profesores. El comité de convivencia Escolar: conformado por Inspectora general, Orientadoras Psicóloga(o), asistente social y encargada de convivencia.

realizarán seguimiento del estudiante, según registro en su hoja de vida y cuaderno de entrevistas y registro de inspectoría

realizarán entrevistas al estudiante de forma individual y grupal.

Realizarán talleres de manejo conductual, para estudiantes con conductas disruptivas.

derivarán a especialistas externos, cuando, el colegio no tenga los recursos materiales, de infraestructura o humanos especializados para darle atención diferenciada que el sujeto educativo requiere, producto de problemas de orden conductual, psicológico, emocional, social.

Realizarán visitas domiciliarias en los casos que lo ameriten. Inspectoría General:

Citación de apoderado, establecer compromiso, acciones preparatorias con fines formativos, tales como disculpas privadas o públicas.

entrevistará al o los estudiantes involucrado/s en alguna situación mencionada en el presente reglamento.

citará al apoderado (a) para: informar sobre la situación conductual de su hijo(a) para llegar a acuerdos, promover cambios, solicitar informes de especialistas externos, solicitar autorización para ser evaluados por especialistas internos, entre otras.

registrará la toma de conocimiento del apoderado en la hoja de vida del estudiante en el libro de clases.

aplicará las medidas y/o sanciones establecidas en el reglamento. (suspensión por un día , suspensión por tres días)

derivará a los estudiantes a psicólogo o asisten social del establecimiento.

derivará al estudiante al comité de convivencia para ser atendido de forma integral. Dirección:

Cancelación de matrícula a fin de año.

Cancelación inmediata de matrícula. c) FALTAS DE EXTREMA GRAVEDAD

entrevistará al o los estudiantes involucrado/s en alguna situación mencionada en el presente reglamento.

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citará al apoderado (a) para: informar sobre la situación conductual de su hijo(a) para llegar a acuerdos, promover cambios, solicitar informes de especialistas externos, solicitar autorización para ser evaluados por especialistas internos, entre otras.

registrará la toma de conocimiento del apoderado en la hoja de vida del estudiante en el libro de clases.

recabará información existente en hoja de vida del estudiante, cuadernos de entrevistas, informes de comité de convivencia y aplicará las medidas y/o sanciones establecidas en el reglamento. (suspensión por un día, suspensión por tres días)

su caso será consultado respecto de la permanencia del alumno en el colegio al Consejo de Profesores.

Dejando la resolución final a la Dirección del Colegio. (se suspenderá al estudiante por 3 días, mientras se resuelve su permanencia en el colegio). 11.2. MEDIDAS DISCIPLINARIAS: Estas medidas serán consultadas al consejo de profesores, previa revisión de antecedentes

amonestación verbal.

amonestación por escrito

suspensión por un día

suspensión por tres días.

Condicionalidad de la matricula

cancelación de matrícula a fin de año. (Si la situación ocurre en los meses de noviembre y diciembre, se le podrá autorizar a presentarse sólo a rendir evaluaciones, en jornada contraria).

Cancelación inmediata de matrícula. (se procederá a aplicar esta medida cuando él o establecimiento educacional, una vez agotadas todas las instancias formativas establecidas en el presente reglamento, tratada en el Consejo Disciplinario, siendo la Dirección del Colegio quien tome la última decisión. XIII.- PROCEDIMIENTO EN SANCIONES A APODERADOS. a) Faltas Leves:

profesor conversará y/o entrevistará al apoderado, para llegar a acuerdos, establecer compromisos y promover cambios. Se registrará en el cuaderno de atención del curso.

Inspectoría general (a) citará al apoderado(a) para llegar a acuerdos, establecer compromisos y promover cambios. b) Faltas Graves:

Inspectoría general citará al apoderado (a) para aplicar sanciones explicitadas en el presente reglamento. c) Faltas de extrema gravedad:

Dirección citará al apoderado (a) para informar la resolución final de la sanción. XIV.- INSTANCIA DE APELACIÓN

Toda medida disciplinaria, especialmente la cancelación de matrícula, será comunicada por inspectoría general al apoderado del estudiante, quién tendrá hasta 48 horas para solicitar un recurso de reposición o de rechazo de la medida.

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Para iniciar el proceso de apelación, el apoderado y el/la estudiante deberán realizar un escrito simple dirigido a la Dirección del establecimiento, quien a su vez analizará los nuevos antecedentes y en un plazo no superior a 5 días, dará a conocer al apoderado, el resultado de la apelación. XV.- DEL CONSEJO ESCOLAR:

El Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre se acoge a las disposiciones contenidas en la Política de Convivencia Escolar, establecidas en el MUNEDUC. (Ley 20.536/11)

El Consejo Escolar está integrado al menos por un representante de los siguientes estamentos:

a) Sostenedor b) Dirección c) directorio de centro de alumnos. d) directorio de centro general de Padres, madres y Apoderados (as) e) representante de los asistentes de la Educación f) representantes de profesores g) Encargado de Convivencia escolar.

Encargado de Convivencia Escolar: En este sentido y cumpliendo con la normativa actual, se designará en Marzo de cada año, un encargado de convivencia escolar, quién deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Consejo Escolar, investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la Convivencia. XVI.- DE LOS ASPECTOS GENERALES: 14.1 Procedimientos especiales:

En caso debidamente comprobado y autorizado por Inspectoría General del establecimiento, los (as) estudiantes podrán asistir a clases sin uniforme, con vestimenta acorde a las posibilidades económicas de la familia.

El (la) estudiante que faltara a una evaluación por inasistencia a clases se le aplicará dicha evaluación en el momento de su reincorporación, en caso de no presentar certificado médico. Las evaluaciones serán calendarizadas sólo si el apoderado (a) ha justificado la inasistencia en Inspectoría y posterior entrevista con jefa de U.T.P. correspondiente al nivel, con el certificado médico que amerite dicha inasistencia.

Con el fin de cuidar los bancos, cuando corresponda por horario de asignaturas de artes, deben poner una carpeta sobre la mesa.

El (la) estudiante sólo podrá ser retirado por el apoderado o tutor, debidamente registrado en el proceso de matrícula (firma). Frente a una emergencia el apoderado titular podrá autorizar a un familiar, previa acuerdo con Inspectoría General, donde este adulto deberá presentar su cédula de identidad para verificar sus datos.

El Liceo Técnico Profesional Granaderos de Putre se relaciona con diferentes instituciones de la comunidad que conforman redes de apoyo a la labor educativa que realiza nuestro establecimiento, fortaleciendo a cada estudiante y a su grupo familiar

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14.2 Obligación de denuncia de delitos. Todo (a) estudiante deberá evitar cualquier relación directa o indirecta que tuviere que ver

con el consumo o tráfico de cualquier tipo de drogas. Los directivos, asistentes de la educación o los profesores deberán denunciar cualquier

acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos de todo índole, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros.

Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, Fiscalía del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los Artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. En casos detectados, la Dirección hará las denuncias correspondientes.

El Reglamento de “Convivencia Escolar” después de su revisión anual por todos los estamentos; será entregado a todos los integrantes de la unidad educativa para su conocimiento y será publicado en la página web del colegio. 14.3 ACCIDENTES ESCOLARES

Ante un accidente escolar, el inspector de patio o profesor correspondiente identifica al alumno y se le traslada a un lugar apropiado en el Colegio.

Se informa al apoderado del alumno accidentado para su conocimiento. El alumno accidentado se traslada, acompañado de un inspector o funcionario del Colegio,

a la posta de urgencia u hospital más cercano al establecimiento educacional y que pertenezca al sistema nacional de Servicio de Salud, adoptándose las medidas precautorias. Cuando el accidentado presente fracturas graves, expuestas o posible traumatismo encéfalo craneano (TEC) se llamará a la ambulancia para su traslado y atención médica. (Procedimiento que se detalla en el protocolo anexo).

14.4 DE LA SOLICITUD DE CAMBIO DE ACTIVIDADES Y SUSPENSIÓN DE CLASES

Los cambios de actividades y suspensión de clases se regulan por las disposiciones de la Secretaria Ministerial de Educación de la XV Región.

En el caso de los cambios de actividades, el o los docentes llenarán el formulario de solicitud con al menos 15 días hábiles de antelación, con las firmas correspondientes.

La dirección del Colegio aprobará o no esta solicitud. De ser aprobada se enviará la información del cambio de actividad con alumnos a la Jefatura Provincial y a la Superintendencia de Educación de la Región de Arica y Parinacota. XVII.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS 17.1. Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento y que de algún modo perjudique la imagen educativa del colegio, será causal de estudio y análisis del hecho acontecido, para posterior decisión según corresponda. 17.2. El colegio se reserva el derecho de realizar o no las licenciaturas y graduaciones. 17.3. El Establecimiento, entregara una copia del reglamento a los padres y apoderados a inicio del año escolar.

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17.4. DE LOS ESTÍMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS El establecimiento otorgará estímulos a los alumnos de Educación Parvularia a Cuarto de Enseñanza Media que se destaquen en: conducta, esfuerzo, seguridad y rendimiento, mejor compañero/a. Estos reconocimientos podrán ser a través de diplomas, premiaciones en ceremonias institucionales, observaciones positivas en su registro personal, estímulos verbales por parte del equipo directivo, certificaciones y participación destacada en representación del Colegio a diversos eventos de la comunidad. En relación a alumnos de Cuarto de Enseñanza Media, se otorgan los siguientes estímulos:

a) Trayectoria. b) Mejor promedio de curso. c) Mejor Compañero. d) Espíritu Andino.

FORMAS DE DIFUSIÓN Y MODIFICACIONES: Como todo manual es susceptible de modificación, en consecuencia, anualmente éste se encuentra sometido a revisiones y/o modificaciones, por parte de los diferentes estamentos formales de la comunidad escolar y que según corresponda son informadas al apoderado en el momento en que hace efectiva su matrícula del cual toma conocimiento, acepta cumplir y hacer cumplir y que se encuentra publicado en la Página WEB o SIGE.

Las faltas, sus sanciones y procedimientos se entienden conocidas por todos los miembros de la comunidad educativa. Los apoderados tomarán conocimiento y

aceptarán este Reglamento de convivencia escolar al momento de suscribir contrato de matrícula con el colegio. Los estudiantes serán informados de este

Reglamento de convivencia escolar durante la reflexión inicial de cada año. Cualquier situación no considerada en este manual durante el año escolar en

curso, será resuelta por la Dirección del Establecimiento.

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COMPROBANTE DE RECIBO Y CONOCIMIENTO DE ESTE DOCUMENTO: Mediante firma, dejo constancia de que tomé conocimiento y suscribo al Reglamento de Convivencia, sus protocolos y otros documentos oficiales de mi establecimiento.

Fecha

Curso

Nombre del Alumno (a)

N°R.U.T. del Alumno (a)

Firma del Alumno (a)

Nombre del Apoderado

N° R.U.T. del Apoderado

Firma del Apoderado

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XVIII.- PROTOCOLOS INSTITUCIONALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA “ESCUELA SEGURA”

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

Estos protocolos tienen por finalidad potenciar y fortalecer una educación de protección y cuidado hacia los niños, niñas y adolescentes, tarea que es responsabilidad de toda la comunidad educativa. Siempre en miras de que cada estudiante sea responsable en su autocuidado.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SISMO FRENTE A ACTIVIDADES CURRICULARES DE LIBRE ELECCIÓN (ACLE)

ANTECEDENTES O GENERALIDADES Las Actividades Curriculares de Libre Elección ACLE corresponden a las instancias deportivas, recreativas y artísticas en las que participan de manera voluntaria los alumnos del Liceo TP Granaderos fuera del horario de clases normales. Estas actividades (academias) son realizadas por profesores o monitores asesores quienes tienen a su cargo a los alumnos (as) que han sido previamente autorizados por sus respectivos apoderados para participar en los diferentes horarios y espacios deportivos estipulados en la organización de las Academias 2016. Cabe destacar que los alumnos (as) que participan de estas actividades están cubiertos por el Seguro Escolar. (entrenamientos, ensayos, presentaciones en representación del Colegio).

OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO

1. Establecer e implementar las acciones y pasos a seguir y las precauciones necesarias

con los alumnos (as) en caso de enfrentar un sismo en horarios de funcionamiento de las Actividades Curriculares de Libre Elección, dentro y fuera del colegio.

RESPONSABLES DE LA ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

1. Coordinadora ACLE. 2. Profesores o monitores asesores de las diferentes Academias del Colegio. 3. Inspector de patio responsable.

PASOS DEL PROCEDIMIENTO Y SITUACIONES GENERALES

1 Las academias que funcionan en instalaciones del Colegio como multicanchas, patios y salas en horarios que no excedan la Jornada de la tarde de lunes a viernes deberán acatar las instrucciones que entrega el colegio para los alumnos de esta jornada, utilizando los espacios de seguridad que se encuentren cercanos a ellos. Una vez finalizado el sismo el profesor o monitor asesor procederá a despachar a sus alumnos con sus respectivos apoderados y registrará el retiro del alumno con ticket, en la planilla de asistencia que porta consigo.

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2

Respecto del las academias que funcionan en las instalaciones del Colegio, de lunes a viernes no excederán el horario de la Jornada de la Tarde, deberán utilizar la Zona de Seguridad más cercana a ellos, acompañados por su profesor o monitor asesor, para luego despachar a sus alumnos con sus respectivos apoderados y registrará el retiro del alumno con ticket, en la planilla de asistencia que porta consigo.

3 Las academias que funcionan en espacios deportivos fuera de nuestro Colegio, tales como:

Multicancha

Patio central

Gimnasio techado costado de colegio.

Complejo Agrícola PutreBrita. Deberán ubicarse en la zona de seguridad del espacio antes señalado, dirigidos por su profesor o monitor y una vez finalizado el sismo procederán a retornar al colegio para el despacho de los alumnos a sus respectivos apoderados. El profesor o monitor registrará el retiro del alumno con ticket, en la planilla de asistencia que porta consigo.

4 Las academias que funcionan el día sábado en las dependencias del Colegio deberán acatar las instrucciones de la Coordinadora ACLE y en su ausencia del personal de Inspectoría a cargo. El profesor o monitor asesor una vez finalizado el sismo procederá a despachar a sus alumnos con sus respectivos apoderados.

5 Las academias que se encuentren representando a nuestro Colegio en instalaciones fuera de éste, deberán ubicar la zona de seguridad más cercana mientras dure el sismo. En el caso de realizar evacuación preventiva del lugar, los alumnos serán acompañados en todo momento por su profesor o monitor asesor hasta llegar a una zona segura. La delegación procederá su retorno al Colegio para el despacho de los alumnos a sus respectivos apoderados.

6 En el caso que uno o más alumnos (as) requieran atención médica que amerite la utilización del seguro escolar, el profesor o monitor asesor será el encargado de trasladar al alumno (a) a la posta de urgencia u hospital más cercano al lugar del accidente que pertenezca al Sistema Nacional de Servicio de Salud, adoptándose las medidas precautorias. Cuando el accidentado presente fracturas graves, expuestas o posible traumatismo encéfalo craneano (TEC) se llamará a la ambulancia para su traslado y atención médica. El profesor o monitor asesor será el encargado de informar telefónicamente de lo ocurrido al apoderado del alumno (a) afectado(a) y a la Coordinadora ACLE para establecer redes apoyo.

7 Para entregar mayor información se anexa la Cartilla de Academias 2016 que detalla espacios, horarios y nombre de los profesores o monitores a cargo.

ACCIONES PARA DIFUNDIR EL PROCEDIMIENTO.

-Este procedimiento actualizado, se entregará en forma impresa a cada uno de los profesores o monitores asesores de todas las Academias que ofrece el Liceo TP Granaderos de Putre, dicho documento permanecerá archivado en la carpeta planificadora de cada Academia en funcionamiento. -De igual manera se informará a la comunidad a través de la página web del colegio y de manera escrita a los apoderados de los alumnos participantes.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO QUE EL COLEGIO SEA ALBERGUE PROVISORIO EN SITUACION DE DESASTRE

El colegio como albergue provisional, tiene como objeto apoyar las acciones del Gobierno y de la sociedad civil para respuesta en caso de desastre o emergencia, contribuyendo a preservar la vida y a reducir daños ante la inminencia o manifestación de eventos naturales y de origen humano.

OBJETIVOS DEL PROCEDIMIENTO

1. Establecer e implementar las acciones y los pasos a seguir frente a situación de emergencia en el Liceo cuando se facilite como ALBERGUE. 2. Ofrecer un lugar físico como apoyo a las familias que han perdido sus enseres en un evento de emergencia y desastre. 3. Establecer los mecanismos de coordinación y flujo de información entre los diferentes niveles y componentes de la Comisión Nacional de Emergencias y la población afectada.

Responsables de la activación del Protocolo de actuación.

1. Sostenedor 2. Directora 3. Inspectores de Internado 4. Policía de Investigaciones, carabineros o militares.

PASOS DEL PROCEDIMIENTO DE ALBERGUE ESCOLAR.

1 En caso que el desastre ocurra durante el día y sea necesario ceder nuestra dependencia, como albergue provisorio, será el director del establecimiento, quien dé la orden para el ingreso de las personas afectadas.

2 Las personas podrán ingresar al colegio sólo si están acompañados por funcionarios de carabineros, PDI o militares.

3 Las instituciones mencionadas en el punto anterior serán las encargadas de proveer a las familias afectadas con colchonetas, frazadas y otros enseres necesarios para albergar adecuadamente a las personas que lo requieran.

4 De acuerdo a la información de la SEREMÍA DE Educación, JUNAEB, se hace responsable de la alimentación y entrega de colaciones para las personas albergadas apoyados por carabineros, PDI o militares.

5 El colegio dispone para albergar una multicanchas, comedor, Gimnasio, Internado y baños.

6 El colegio prohíbe estrictamente ingresar y ocupar las siguientes dependencias: Sector de educación parvularia, salas de clases, CRA, laboratorios, salas de profesores, etc.

7 En caso que el desastre ocurra durante la noche y sea necesario ocupar nuestra dependencia como albergue provisorio será el director del establecimiento, quien previa autorización de la director del establecimiento, permitirá el ingreso de las personas afectadas, sólo si están acompañados por funcionarios de carabineros, PDI o militares, siguiendo el procedimiento descrito anteriormente

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR

ANTECEDENTES O GENERALIDADES La Ley 16.744 Art. 3°, dispone que estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos municipales, subvencionado y particulares que sufran un accidente escolar, entendiendo éste como toda lesión física que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los alumnos/as en el trayecto desde su casa al establecimiento educacional o viceversa. . En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la Educación Parvularia, Enseñanza Básica y Media, están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen. SEGURO ESCOLAR Es un Sistema de atención médica, subvencionado por el Estado, que cubre a todos los alumnos regulares de establecimientos reconocidos por el Estado pertenecientes a la Educación Parvularia, Básica, Media, Científico Humanista o técnico profesional, de institutos profesionales, de centros de formación técnica y universitaria. Teniendo presente los siguientes aspectos: - Los alumnos están afectos al beneficio desde el instante en que se matriculen en alguno de los establecimientos señalados anteriormente. - Protege a los estudiantes de los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o en la realización de su Práctica Profesional, o en el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el establecimiento educacional, o el lugar donde realice su práctica. - No cubre accidentes producidos intencionalmente por la víctima, así como los ocurridos por fuerza mayor , que no tengan relación alguna con los estudios o práctica profesional - Beneficia, además, a los estudiantes que deben pernoctar fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de autoridades educacionales con motivo de la realización de su práctica profesional, otras actividades escolares (visitas pedagógicas, retiros, jornadas, etc.) y actividades extraescolares (ACLE, Selecciones, JUVI) que estén autorizadas por el MINEDUC. - Cubre el 100% de los gastos médicos asociados a la condición de “accidente escolar”. Incluyendo: Atención médica, quirúrgica, dental, hospitalización (si fuese necesario), medicamentos, rehabilitación y otros, hasta la “curación completa” del niño, niña o joven.

OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO

1. Proveer los cuidados primarios e inmediatos que un alumno(a), pueda requerir en caso de accidente escolar. 2. Poner a disposición del estudiante los recursos adecuados para una atención básica y procurar una comunicación rápida y efectiva con la familia, para el traslado a un Centro Asistencial, si se requiere.

Responsables de la activación del Protocolo de actuación

1. Inspector General 2. Inspectores de Internado 3. Comunidades educativas en general (docentes, asistentes de la educación, estudiantes y apoderados).

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Nº PASOS DEL PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTE ESCOLAR

1 Los docentes, inspectores y personal del establecimiento ante un accidente escolar en cualquier lugar de nuestro liceo, identificarán al alumno y será trasladado/a a la sala de asistencia primaria del mismo.

2 De acuerdo al tipo de lesión, será traído por sus propios medios, en silla de rueda o en camilla.

3 El inspecto permanecerá acompañando al/la accidentado/a, hasta su traslado a la

posta. Seguidamente el inspector que se encuentra ubicado a la entrada del colegio

informa telefónicamente al apoderado del alumno accidentado la situación.

4 El inspector de General, completa los formularios de accidente escolar

correspondientes para la atención médica y entregará indicaciones al apoderado para

su correcto uso.

5 El/la inspector trasladará al estudiante al servicio de urgencia para que luego el

apoderado se haga presente en el establecimiento de salud y acompañe a su hijo;

acompañará al estudiante y su familia un tiempo prudente en el centro asistencial.

6 El inspector informa nuevamente al apoderado en el centro asistencial, acerca del

accidente sufrido por su hijo/a.

7 Una vez que deja al estudiante acompañado por un familiar, deberá regresar al

colegio con una copia del formulario de accidente escolar para su archivo.

8 Se informará a la directora y profesor jefe acerca del estado del /la estudiante accidentado.

9 Se mantendrá un registro actualizado de los teléfonos de contacto de los padres y apoderados del establecimiento y la forma de establecer contacto en forma rápida con ellos.

10 Si el apoderado/a del estudiante accidentado decide no llevarlo al centro asistencial o

posta, porque lo traslada a una clínica particular, se le informa que pierde el seguro

escolar y debe firmar que es bajo su responsabilidad.

Nº OTRAS SITUACIONES

1 Durante actividades extracurriculares, el encargado de llenar ficha de accidente

escolar y orientar al padre o apoderado(a) es el docente responsable del taller.

2 Durante actividades de jornadas y retiros, el encargado siempre debe llevar

los formularios correspondientes, deberá llenar ficha de accidente escolar, de ese

lugar se llevará al estudiante a la posta, además debe orientar al padre o

apoderado(a).

3 Los accidentes escolares producidos por peleas o conflictos entre alumnos(as),

serán informados al inspector general para las acciones correspondientes, y se

seguirán los pasos anteriores.

4 Se consideran lesiones leves, (erosiones, corte superficial de la piel, caídas al correr

o golpes al chocar con algún objeto o persona, contusiones de efectos transitorios).

5 Se consideran lesiones moderadas ( esguinces, caídas o golpes con dolor

persistente, heridas sangrantes, hematomas, chichones)

6 Se consideran lesiones graves, (fracturas expuestas o evidentes, heridas o cortes

profundos con objetos corto punzantes, caídas con golpes en la cabeza y pérdida de

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conocimiento). Producto de éstas lesiones se llamará a la ambulancia para su traslado

inmediato y atención médica.

7 Derivación a domicilio por sintomatología asociada a enfermedades. La sala de atención primaria del Liceo TP Granaderos de Putre NO CONSTITUYE UN ÁREA DE HOSPITALIZACIÓN NI OBSERVACIÓN DE PACIENTES, SINO DE TRÁNSITO, por lo que los niños y jóvenes que presenten algunos de los siguientes síntomas serán derivados a su domicilio: a. Fiebre. b. Enfermedades gastrointestinales de tipo infeccioso. c. Cuadros virales respiratorios. d. Peste o sospecha de ésta. e. Indicación médica de reposo en domicilio. f. En la sala de atención primaria NO SE MEDICA a ningún alumno(a).

8 Si un/a estudiante requiere ser trasladado de urgencia, el colegio deberá hacerlo

aunque aún no haya sido posible localizar a los padres.

9 Si el accidente ocurre en clase de Educación Física, el (la) profesor (a) deberá

informar al Inspector General o directivo docente, respecto del accidentado, para

aplicar el procedimiento

10 Si el accidente ocurre durante un recreo, hora de almuerzo u actividad extra curricular,

quien detecte el accidente (asistente de la educación, auxiliar, docente) debe informar

a alguna autoridad, para aplicar el protocolo correspondiente.

11 Si el apoderado, solicita suministrar a su pupilo/a medicamentos por prescripción

médica, deberá presentar a la Inspectora General un certificado médico y deberá

suministrar el medicamento en la sala de atención primaria, acompañado por un

inspector/a.

SITUACIONES RELACIONADAS CON ACCIDENTES ESCOLARES DESCRITAS EN EL RICE

DEL PROCEDIMIENTO FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES

Ante un accidente escolar, el inspector/a de patio o profesor/a correspondiente, identifica al estudiante y se le traslada a un lugar apropiado en el Colegio.

Se informa al apoderado/a del alumno accidentado para su conocimiento.

El alumno/a accidentado se traslada, acompañado de un inspector o funcionario del Colegio, a la posta de urgencia u hospital más cercano al establecimiento educacional y que pertenezca al sistema nacional de Servicio de Salud, adoptándose las medidas precautorias. Cuando el accidentado presente fracturas graves, expuestas o posible traumatismo encéfalo craneano (TEC) se llamará a la ambulancia para su traslado y atención médica.

ACCIONES PARA DIFUNDIR EL PROCEDIMIENTO

-Información, a través de un taller para Centro de Alumnos y Centro de Padres, y la difusión hacia toda la comunidad escolar acerca de la prevención en accidentes escolares.

-Este procedimiento actualizado, se entregará en forma impresa a los representantes

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del Consejo Escolar, a educadoras y docentes del colegio, a la directiva del centro de padres y CEAL y delegados de los apoderados.

-Se trabajará con los asistentes de la educación y se informará a la comunidad a través de reuniones de apoderado.

-Este procedimiento será difundido en reunión de apoderados y en la página web.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA ABORDAR CASOS DE CONSUMOS DE ALCOHOL

Y DROGAS.

RESPONSABLES DE LA ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

1. Profesor/a jefe 2. Orientadora 3. Dupla Psicosocvial 4. Director.

Nº PASOS DEL PROCEDIMIENTO 1 Realizar entrevistas de acogida inicial. a Al Profesor/a Jefe se canalizará la primera información y él/ella realizará una

entrevista personal con el estudiante, de tal manera de recoger información y

abordar el tema, previa información a la orientadora, de lo que va a realizar.

b De la entrevista, el /la profesor/a jefe puede concluir que el caso no amerita realizar otras acciones o que son suficientes las orientaciones que entregó.

c Si amerita, el/la profesor/a jefe informará el caso al Orientador del establecimiento,

quien realizará al /la estudiante entrevistas que permitan la identificación de los

hábitos y tipos de consumo, así como los alcances y consecuencias que ha tenido.

d El Orientador tendrá una reunión de información y coordinación con el Profesor Jefe. e El Orientador realizará entrevista con el apoderado (Comunicación con la familia) f Posteriormente, elaborará un perfil del caso, que considera el nivel de consumo,

los problemas anexos y los factores de riesgo y factores protectores con los que

cuenta el estudiante. Finalmente, informará al profesor Jefe y al Director.

Si se trata de una situación grave de consumo, se informará de inmediato al director.

2 Manifestar el compromiso con el tipo de intervención acordada. a Se realizará una reunión entre el Director, Orientador, Profesor jefe, estudiante y

apoderado, para unificar un relato común de los hechos, acoger

comprensivamente la necesidad de intervenir y acordar medidas al respecto.

(Comunicación con la Familia).

b De acuerdo a los antecedentes, se identificará el perfil y nivel de consumo, así como

las problemáticas anexas, proponiéndose alternativas a seguir. Estas alternativas serán

proporcionales al problema.

c El estudiante, la familia y el representante del colegio, deberán expresar

explícitamente su voluntad y compromiso con la intervención que sea necesaria

realizar, de acuerdo al perfil y nivel de consumo. (Comunicación con la Familia)

d Se elaborará en conjunto, un Plan de Intervención de acuerdo al tipo de

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consumo y a las orientaciones recibidas de parte de especialistas. Considerará

acciones y compromisos a nivel individual, familiar y del colegio. (Comunicación

con la Familia)

e En caso que sea necesario, se evaluará la necesidad de solicitar apoyo

profesional externo al establecimiento. Se considerará principalmente apoyo

SENDA-Previene, atención de salud en el Consultorio o en el Centro de Salud

Familiar (CESFAM) más cercano, con quienes el establecimiento educacional debería

tener una coordinación permanente.

f Se asegurará el derecho que tienen los niños, niñas y jóvenes a dar continuidad a sus estudios.

3 Implementar un plan de intervención a El Orientador abrirá un registro del caso y junto al estudiante, hará un seguimiento

semanal de los compromisos asumido y las acciones a seguir.

b Se implementarán las acciones y se realizará su seguimiento, al interior del

establecimiento: Consejería, orientación lecturas y trabajos de investigación a nivel

individual.

4 Realizar referencia asistida a redes de apoyo y atención local cuando sea necesario

INSPECTORÍA GENERAL:

Citación de apoderado, establecer compromiso – trabajo reparatorio con fines

formativos.

Suspensión de clases por 1,2 ó 3 días según sea la falta.

CONSEJO DE PROFESORES: CARÁCTER CONSULTIVO

Amonestación.

Condicionalidad.

Cambio de Ambiente Pedagógico (interno)

Cancelación matrícula.

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DIRECTORA:

Condicionalidad de matrícula.

Cambio de Ambiente Pedagógico (interno)

Cancelación de matrícula de fin de año.

Cancelación de matrícula inmediata. PROCEDIMIENTOS A UTILIZAR EN PROBLEMAS CONDUCTUALES

El profesor (a) del subsector conversará con el estudiante.

Su conducta se registrará en la hoja de vida si corresponde.

De persistir la conducta, el profesor (a) cita al apoderado (a) para: llegar a acuerdos y promover Cambios.

El profesor (a) del subsector informará al profesor (a) jefe, sobre procedimientos que realizará con el (la) estudiante o citar al apoderado (a) si corresponde.

Establecer compromiso – trabajo reparatorio.

Derivar a Orientadora, Psicóloga y/o Inspector (a) General.

Si la conducta persistiera, se solicitará al apoderado (a) que el (la) estudiante sea atendido por un especialista para tener el apoyo y ayuda a su cambio conductual.

Después de 2 faltas registradas al reglamento presente, serán comunicadas por el profesor jefe al apoderado, quien será citado por escrito para comprometer la participación de éste en el cambio de actitud del (la) estudiante.

Si registra más de 3 faltas reiterativas, mostrando poco respeto a las normas de conducta establecidas; será causal de una medida formativa, la cual será consensuada entre el (la) estudiante afectado (a), el (la), el encargado de Convivencia Escolar o el Inspector (a) General.

Si a pesar de las recomendaciones dadas y de las medidas disciplinarias anteriores, el (la) estudiante no mejora su comportamiento, se le suspenderá 1,2 ó 3 días de acuerdo a la falta; como última alternativa para que recapacite.

Si aún el (la) estudiante no cambia de proceder; su caso será consultado respecto de la permanencia del alumno en el colegio al Consejo Disciplinario. Dejando la resolución final a la Dirección del Colegio. Ejemplos: atrasos reiterados, presentación personal inadecuada, lenguaje soez, etc.

Si el estudiante persiste en no acatar después de haber seguido toda las instancia se le comunicará expulsión del colegio. Si la situación ocurre en los meses de noviembre y diciembre, se le podrá autorizar a presentarse sólo a rendir evaluaciones, en jornada contraria.

Toda falta grave o de extrema gravedad, se suspenderá al estudiante por 3 días, mientras se resuelve su permanencia en el colegio.

Cuando el colegio no tenga los recursos materiales, de infraestructura o humanos especializados para darle atención diferenciada que el sujeto educativo requiere, producto de problemas de orden conductual, psicológico, emocional, social; se procederá a aplicar las medidas de cambio de ambiente pedagógico en otro establecimiento educacional, que tenga las condiciones necesarias para atender adecuadamente al estudiante.

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Instancia de derivación y consulta a redes de apoyo A En el caso de requerir apoyo para definir las vías de acción, el Director se

podrá comunicar con el Coordinador Comunal SENDA-Previene, para que los

miembros de este equipo acompañen la referencia del caso a los programas de

prevención o tratamiento, según corresponda.

b El Orientador realizará la referencia a Consultorio de salud o al centro de

salud familiar, en las comunas donde existe, como sospecha de necesidad de

tratamiento GES, Garantías explícitas en salud para adolescentes disponibles y

los requisitos de atención.

C Acordaremos que las instituciones de referencia informen sistemáticamente

respecto a la participación del estudiante y su familia en las actividades

programadas, así como del logro de los objetivos.

5 Establecer un sistema de seguimiento y evaluación: A Se realizará reuniones semanales con el estudiante, llevando una bitácora de

registro del cumplimiento de los compromisos.

b Se realizarán reuniones mensuales con los apoderados para evaluar el avance

del Plan de Intervención. (Comunicación con la familia).

C Al tercer mes, se elaborará un informe de lo ocurrido, que se presentará en

una reunión con el Director, Orientador, Profesor Jefe, estudiante y apoderados

Medidas y sanciones pedagógicas que deben estar escritas en el RICE

PROHIBICIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR:

Serán consideradas faltas de extrema gravedad:

Ingerir alcohol en el colegio o en actividades del colegio-Ley 19.925 (con o sin uniforme).

Fumar en el colegio o en actividades del colegio-Ley 19.419 (con o sin uniforme).

El consumo, tráfico o portar cualquier tipo de drogas.

MEDIDAS Y SANCIONES DISIPLINARIAS – ALUMNOS

Toda sanción deberá tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en general. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios.

a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.

b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

* La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.

* El carácter vejatorio o humillante del resultado.

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* Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa o ocultando el rostro.

* Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.

* Haber agredido a cualquier funcionario del Colegio.

d) La conducta anterior del responsable.

e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral de autoridad u otra.

f) La discapacidad o indefensión del afectado.

PROFESOR:

* Amonestación verbal. * Amonestación y observación en el libro de clases. * Observación escrita y citación de apoderado. * Derivación caso a Orientadora, Psicólogo (a) y/o Inspector (a) General.

La expulsión será producto de un completo análisis de todos y cada uno de los

antecedentes del estudiante a través del Consejo Disciplinario, siendo la Dirección del

Colegio quien tome la última decisión.

Aprobada su expulsión será comunicado al apoderado del estudiante, quien tendrá hasta 48 hrs. para solicitar un recurso de reposición o de rechazo de la medida.

Presentando el recurso de apelación a la Dirección en las siguientes 48 hrs., ésta, analizará los nuevos antecedentes; quién en definitiva dará a conocer al apoderado (a) la medida disciplinaria tomada.

Vías de información y comunicación a la comunidad educativa

Este procedimiento actualizado, se informará por escrito y en forma impresa a los representantes del Consejo Escolar, a todas las educadoras y docentes del colegio, a la directiva del centro de padres y CEAL, a los delegados de los apoderados. Se trabajará con los asistentes de la educación y se informará a la comunidad a través de la página web del colegio.

Este procedimiento será difundido durante las reuniones de apoderados.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA ABORDAR CASOS DE POSIBLE TRÁFICO O MICROTRÁFICO DE DROGAS

Responsables de la activación del Protocolo de actuación

1. Sostenedor 2. Director 3. Inspector General

Nº PASO DEL PROCEDIMIENTO 1 Antes de que se detecten situaciones de posible tráfico de drogas, se

recomienda que el director o los miembros el equipo directivo, soliciten al

Coordinador/a Comunal del Programa SENDA y Previene, la información

respecto a los programas, proyectos y actividades asociadas a la prevención

del consumo y tráfico de alcohol y drogas que se estén realizando en la

comuna, así como de los espacios de coordinación existentes a nivel local

para el control de drogas. Que se cuente con personas especializadas en el

tema.

2 Los docentes y personal del establecimiento, que detecten o sean informados

de una situación de posible tráfico de drogas, deben resguardar el principio de

inocencia.

3 Los docentes y personal del establecimiento pondrán en conocimiento del

director o sostenedor de la unidad educativa, todos los antecedentes posibles

de manera reservada y oportuna.

4 El Inspector General realizará una entrevista al /la joven. 5 Si es necesario también, sostendrá una entrevista con el /la estudiante, el

/la profesor/a jefe y orientadora.

6 Se debe informar a la madre, padre y/o apoderado o a un adulto significativo

del o los estudiantes involucrados en la situación.

7 Se tiene que actuar y aplicar el Reglamento de Convivencia Escolar en lo referido a este punto.

8 Frente a casos flagrantes de tráfico o microtráfico de drogas, es decir al

sorprender a una persona realizando esta actividad, el director y/o sostenedor

del establecimiento, deberá llamar a la unidad policial más cercana, para

denunciar el delito que se está cometiendo.

9 Frente a la existencia de sospechas de tráfico o microtráfico de drogas, el

director y/o sostenedor, pondrán la información y antecedentes con que

cuentan en conocimiento del Fiscal del Ministerio Público o de las policías de

la comuna.

10 El Fiscal de drogas y las policías, realizarán la investigación pertinente, con la

reserva necesaria de la identidad del o los denunciantes.

11 A través de la investigación, la fiscalía determinará si existen antecedentes. A

través de la investigación, la fiscalía determinará si existen antecedentes

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suficientes para procesar a los involucrados o proceder al archivo del caso.

12 El director y/o sostenedor del establecimiento educacional, podrá solicitar la

participación de la Unidad de Víctimas y Testigos del Ministerio Público, quienes

podrán decretar distintas medidas que tiendan a la protección de los

denunciantes y los testigos.

13 El director y los miembros de su equipo directivo, deben tomar contacto y

solicitar el apoyo de las redes institucionales a nivel local, tales como SENDA-

Previene y OPD (SENAME), de tal manera de brindar las medidas de protección

y atención de los alumnos que posiblemente se vean involucrados.

SENDA-Previene propiciará la coordinación de un equipo multidisciplinario de apoyo a los niños, niñas y adolescentes que se puedan ver involucrados, articulando su colaboración con el Fiscal y las policías respectivas.

14 En el caso de existir reiteradas denuncias de consumo y tráfico de drogas, el

director o sostenedor del establecimiento, deberá solicitar al Secretario

Técnico Comunal de Seguridad Pública, incorporar el caso como parte de

los temas a tratar y abordar prioritariamente por el Consejo Comunal de

Seguridad Pública.

Medidas y sanciones pedagógicas que deben estar descritas en el RICE

PROHIBICIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR:

Serán consideradas faltas de extrema gravedad:

Portar y/o ingerir alcohol en el colegio o en actividades del colegio-Ley 19.925 (con o sin uniforme).

Fumar en el colegio o en actividades del colegio- Ley 19.419 (con o sin uniforme). El consumo, tráfico o portar cualquier tipo de drogas.

MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS – ALUMNOS Toda sanción deberá tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en general. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios. a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: • La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores. • El carácter vejatorio o humillante del resultado. • Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa o ocultando el rostro • Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa. • Haber agredido a cualquier funcionario del Colegio. d) La conducta anterior del responsable e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. f) La discapacidad o indefensión del afectado. PROFESOR: • Amonestación verbal.

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• Amonestación y observación en el libro de clases. • Observación escrita y citación al apoderado. • Derivación caso a Orientadora, Psicólogo (a) y/o Inspector (a) General INSPECTORÍA GENERAL: • Citación de apoderado, establecer compromiso – trabajo reparatorio con fines formativo. • Suspensión de clases por 1, 2 ó 3 días según sea la falta. CONSEJO DE PROFESORES: CARÁCTER CONSULTIVO • Amonestación. • Condicionalidad. • Cambio de Ambiente Pedagógico (interno) • Cancelación matrícula. DIRECTORA: • Condicionalidad de matrícula. • Cambio de Ambiente Pedagógico (interno) • Cancelación de matrícula de fin de año. • Cancelación de matrícula inmediata. PROCEDIMIENTOS A UTILIZAR EN PROBLEMAS CONDUCTUALES

El profesor (a) del subsector conversará con el estudiante.

Su conducta se registrará en la hoja de vida si corresponde.

De persistir la conducta, el profesor (a) cita al apoderado (a) para: llegar a acuerdos y promover cambios.

El profesor (a) del subsector informará al profesor (a) jefe, sobre procedimientos que realizará con el (la) estudiante o citar al apoderado (a) si corresponde.

Establecer compromiso – trabajo reparatorio.

Derivar a Orientadora, Psicóloga y/o Inspector (a) General.

Si la conducta persistiera, se solicitará al apoderado (a) que el (la) estudiante sea atendido por un especialista para tener el apoyo y ayuda a su cambio conductual.

Después de 2 faltas registradas al reglamento presente, serán comunicadas por el profesor jefe al apoderado, quien será citado por escrito para comprometer la participación de éste en el cambio de actitud del (la) estudiante.

Si registra más de 3 faltas reiterativas, mostrando poco respeto a las normas de conducta establecidas; será causal de una medida formativa, la cual será consensuada entre el (la) estudiante afectado (a), el (la) apoderado (a), el encargado de Convivencia Escolar o el Inspector (a) General.

Si a pesar de las recomendaciones dadas y de las medidas disciplinarias anteriores, el (la) estudiante no mejora su comportamiento, se le suspenderá 1, 2 o 3 días de acuerdo a la falta; como última alternativa para que recapacite.

Si aún el (la) estudiante no cambia de proceder; su caso será consultado respecto de la permanencia del alumno en el colegio al Consejo Disciplinario. Dejando la resolución final a la Dirección del Colegio. Ejemplos: atrasos reiterados, presentación personal inadecuada, lenguaje soez, etc.

Si el (la) estudiante persiste en no acatar normas después de haber seguido todas las instancias se le comunicará cambio de ambiente pedagógico. Si la situación ocurre en los meses de noviembre y diciembre, se le podrá autorizar a presentarse sólo a rendir evaluaciones, en jornada contraria.

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Toda falta grave o de extrema gravedad, se suspenderá al estudiante por 3 días, mientras se resuelve su permanencia en el colegio.

Cuando el colegio no tenga los recursos materiales, de infraestructura o humanos especializados para darle atención diferenciada que el sujeto educativo requiere, producto de problemas de orden conductual, psicológico, emocional, social; se procederá a aplicar las medidas de cambio de ambiente pedagógico en otro establecimiento educacional, que tenga las condiciones necesarias para atender adecuadamente al estudiante.

Todo cambio de ambiente pedagógico será producto de un completo análisis de todos y cada uno de los antecedentes del estudiante a través del Consejo Disciplinario, siendo la Dirección del Colegio quien tome la última decisión.

Aprobado su C.A.P. será comunicado al apoderado del estudiante, quién tendrá hasta 48 hrs. para solicitar un recurso de reposición o de rechazo de la medida.

Presentando el recurso de apelación a la Dirección en las siguientes 48 hrs., ésta, analizará los nuevos antecedentes; quién en definitiva dará a conocer al apoderado (a) la medida disciplinaria tomada.

PROTOCOLO Y/O PROCEDIMIENTO DE EVACUACION ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL LICEO TP GRANADEROS DE PUTRE.

Introducción:

De acuerdo a la información de los desastres en los últimos 100 años en

nuestra región, podemos determinar que uno de los grupos más vulnerables es la

población escolar, no solo por el impacto psicológico que producen los desastres sino

además por la pérdida de las instalaciones escolares, espacios de recreación, programas

de Alimentación, salud y otros que se desarrollan en la escuela.

Es evidente la necesidad de fortalecer las actividades de preparación y mitigación en los centros educativos y que la comunidad educativa que incluye a autoridades, docentes, estudiantes, padres de familia, estén preparados para responder ante un evento adverso y reducir los impactos del mismo.

Una comunidad escolar preparada puede hacer la diferencia al momento de una emergencia, sobresaliendo entre ellas la que más contribuye a formar sociedades resilientes.

Esta publicación presenta la funcionalidad y desarrollo del protocolo escolar de emergencia como parte del proceso de elaboración del plan escolar de gestión de riesgo y tomando en cuenta las particularidades del contexto geográfico, capacidades y recursos de la comunidad educativa.

El presente documento busca orientar las acciones de la comunidad educativa con acciones concretas que le permitan prepararse y responder de manera más eficaz y efectiva al momento de un desastre.

Vías de información y comunicación a la comunidad educativa

-Este procedimiento actualizado, se entregará en forma impresa a los representantes del Consejo Escolar, a educadoras y docentes del colegio, a la directiva del centro de padres y CEAL y delegados de los apoderados. Se trabajará con los asistentes de la educación y se informará a la comunidad a través de la página web del colegio. Este procedimiento será difundido en reunión de apoderados.

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OBJETIVOS DEL PROCEDIMIENTO

El objetivo general de este Plan de Evacuación es asegurar la integridad física de la comunidad educativa ante una situación de emergencia, desarrollando acciones necesarias para enfrentar las situaciones de emergencia organizando a funcionarios, alumnos y público en general a fin de reducir y/o minimizar los impactos de la misma.

Responsables de la activación del Protocolo de actuación.

1. Dirección 2. Inspector General 3. Encargado de Seguridad Escolar 4 Educadoras y docentes 5. Asistentes de la educación 6. Inspectores de pabellón 7. Comunidad educativa en general

ALGUNAS PRECISIONES

Las Zonas de Seguridad son las siguientes:

Zona Nº 1 : ESPACIO FUERA DEL COMEDOR Zona Nº 2 ESPACIO FUERA DEL GIMNASIO Zona Nº 3 F R O N T I S L I C E O

Todos los integrantes del Establecimiento Educacional Liceo TP Granaderos de Putre, de acuerdo al procedimiento y/o protocolo de evacuación, deberán dirigirse hacia la Zona de Seguridad que les corresponda.

Nº PASOS DEL PROCEDIMIENTO DE EVACUACION EN CASO DE SISMO 1 La evacuación hacia cada Zona de Seguridad debe realizarse como se indica:

1. Pabellón, Jardín Infantil : debe evacuar hacia el patio de juegos y/o hacia la Zona de Seguridad Nº 2 2. Pabellón de enseñanza básica: Deben dirigirse a la Zona Seguridad Nº 1. 3. Pabellón Enseñanza media: deben evacuar hacia la Zona de Seguridad Nº 1.

2 Antes del sismo

Conocer las zonas de seguridad.

Procurar que las vías de evacuación se mantengan expeditas, libres de materiales, mochilas u otros objetos.

Evitar colocar objetos en altura sin fijar.

Motivar a los/las estudiantes a mantener el orden y aseo.

Mantener informado a los estudiantes sobre el procedimiento a seguir en caso de sismo.

3 Durante el sismo En la sala de clases

Quedarse en la sala y mantener la calma, evitando correr y gritar.

Ordenar a los alumnos que se alejen de ventanales u objetos que puedan caer.

Abrir las puertas y mantenerlas en esa posición.

Si se encuentra en el laboratorio o sala de lenguaje, desconectar de la energía eléctrica los equipos, artefactos o herramientas y cortar el suministro de gas.

En el patio

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Ordenar a los alumnos que se encuentren en ese momento en el patio, ubicándolos en la zona de seguridad la cual debe estar alejada de cables, árboles u objetos que puedan caer.

4 Después del sismo

Requerir asistencia médica si fuese necesario.

Solicitar inspección de las instalaciones para evaluar el estado de la estructura y servicio de luz, agua y gas.

En la sala, continuar las actividades si las condiciones lo permiten, de lo contrario trasladar calmadamente a los/las estudiantes a la zona de seguridad.

Aquellos que permanecen en la zona de seguridad exterior, podrán reingresar y reiniciar las actividades, una vez que la dirección lo autorice y sólo si el estado de las instalaciones lo permiten.

Si la dirección del establecimiento determina la suspensión de las actividades, procurar que los/las estudiantes se retiren en compañía de apoderados/as.

5 En caso de sismo en recreo los estudiantes se quedan en el lugar en donde se encuentran mientras tiembla y luego acuden a la zona de seguridad más próxima.

6 En el caso que el movimiento sísmico sea de magnitud considerable, en el

colegio estarán disponibles las acciones de retiro de alumnos por los Padres

y/o Apoderados según corresponda. Los alumnos serán entregados a su

apoderado o persona autorizada, previo chequeo de identidad y bajo firma en

los libros de retiro de emergencia dispuestos para ello.

7 Ningún alumno será enviado a su domicilio con y sin autorización del

Apoderado, su retiro es con apoderado presencial, resguardando así al máximo

las condiciones de seguridad.

8 Cuando termine la jornada de clases de los estudiantes, podrán retirarse del

establecimiento. También pueden quedarse en el colegio, si el plan familiar que

tienen acordado así lo indica, pues se trata de un lugar seguro para ellos.

9 Apoderados de educación parvularia de la jornada de la mañana, podrán ingresar al interior de colegio y contactar pronto a su hijo/a, para su tranquilidad y la de sus hijos/as pequeños. Es su obligación avisar a la educadora y profesor/a que hace retiro del niño/a, quien hará el check en una lista especial anexa en el libro de clases. Sin embargo, el retiro oficial para el colegio y ministerio de educación se hace en inspectoría y se dispondrá de un equipo de personas para agilizar este trámite necesario.

N° RESPONSABILIDADES EN EL PROCEDIMIENTO DE EVACUACION. 1 El Director e Inspector General estarán a cargo de dirigir la evacuación del

Colegio. El inspector general dará la orden de inicio de la evacuación.

2 El Encargado de Seguridad Escolar colabora en esta tarea. 3 Durante un procedimiento de evacuación el profesor debe siempre controlar y

supervisar que las normas antes definidas se cumplan.

4 El profesor es el último en abandonar la sala de clases, con el respectivo libro de

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clases.

5 Tanto los alumnos como las demás personas que se encuentren participando de un procedimiento de evacuación, deberán permanecer en sus zonas de seguridad hasta que, Encargado de Seguridad, Director y/o Inspector General les indique el paso a seguir (evacuación total del Colegio o retomar las actividades correspondientes)

6 Después finalizada la evacuación se procederá a dar a los profesores la

autorización para el reingreso a las salas a través de una orden oficializada.

7 Una vez recibida la autorización el profesor conducirá a los estudiantes de

forma rápida a la sala correspondiente para continuar con sus actividades.

8 Cada educadora, docente y asistente de la educación tienen responsabilidades

específicas en caso de una evacuación de emergencia.

9 Los y las estudiantes tienen la responsabilidad de actuar como se ha indicado en

todos los simulacros efectuados, respetar y seguir las indicaciones entregadas por

sus profesores.

10 Los apoderados, tienen varias responsabilidades:

-Si es posible, intenten establecer comunicación a través del apoderado delegado de curso, el cual buscará la forma de comunicarse directamente con el colegio manteniendo de esta manera informados a todos los apoderados del curso. Este procedimiento evitará la congestión de llamadas que se produce en estas circunstancias con los teléfonos del colegio.

-Se reitera que lo importante es, si va a retirar a su hijo(a),debe ingresar al colegio en forma tranquila para no transmitir desesperación e inseguridad a su propio hijo(a) y a los demás.

-Espere el momento oportuno para retirar.

-Tenga paciencia si debe esperar, puesto que lo más probable que otros apoderados harán lo mismo. Considere que el colegio tiene la responsabilidad de muchos niños y jóvenes, en ningún caso los dejaremos que se vayan solos a sus casas antes del término de la jornada escolar. Tenemos la obligación de registrar el retiro de cada estudiante en un libro dispuesto para ello y más libros de retiro para este tipo de emergencias.

Nº DISTRIBUCIÓN DE FUNCIONES DEL PERSONAL 1 Director: Supervisará el cumplimiento del protocolo, retroalimentando las zonas no

atendidas. Coadyuvar al orden interno, en especial en la entrada del establecimiento.

2 Inspector General: S e r á la encargada de entregar la orden tocar las campanadas o alarmas correspondientes. Campana 1 – 2 y 3. (Además en caso de incendio, deberá avisar a secretaría para que desde ese lugar se haga el llamado correspondiente a Bomberos).

En caso de evacuación por sismo, acciona la alerta, y procede a cerrar las puertas de acceso, también debe delegar funciones a las personas que se encuentren cercana a ella y apoyar la reacción de personas que permanecen en el colegio, apoyando las acciones de la Director.

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3 Jefa de UTP: se encargará del control y vigilancia de la evacuación. 4 Javier Mendoza: Coordinarán la evacuación en el patio 1

Celia caceres y Paula Vega: Coordinarán la evacuación en el patio María Cerda Y Rafael Chuquimia Coordinarán la evacuación en la unidad

5 Encargado de Seguridad: Manuel Vallejos.: Se libera de la responsabilidad del curso y lo reemplaza Profesora Ximena urriola. Tiene la misión de coordinar y verificar la concentración de alumnos y Profesores en las respectivas zonas de seguridad. Solicitar a Profesores el conteo de alumnus

6 Fabián zapata, Cindy Noriega y Andres Villalobos supervisarán la Infraestructura: realizan una inspección y entrega de informe ocular con el propósito de evaluar daños estructurales: Coordinar la posible atención de heridos o personal afectado y/o en crisis. Entregan reportes del estado de personas e infraestructura a Dirección, Inspectora General y Encargado de Seguridad.

7 Jefa U.T.P : Será la persona encargada de ordenar a los alumnos y apoderados

en el lugar de salida, que se presentarán por el retiro de sus hijos. Verificar el

cierre de puertas delanteras principales impidiendo el acceso de padres y/o

apoderados además de fugas o salidas de los alumnos. Dirigirá y coordinará al

equipo de funcionarios encargado de registrar los retiros. (dos secretarias de UTP,

Inspectora y Patricia Flores y 5 inspectores).

8 Asistentes CRA: serán las encargadas de evacuar a los estudiantes que se

encuentren en el CRA.

9 El toque de las tres campanas, señal de alarma, será iniciada por inspectores

según su turno y pabellón asignado.

10 La psicóloga y psicopedagoga, se constituyen en la entrada del establecimiento

para contener alumnos y /o apoderados en crisis y/o pánico, atienden en sus

oficinas o en ese sector del colegio. Se movilizan, de acuerdo a requerimientos.

11 AUXILIARES Auxiliar: (1) (Turno de la mañana) Cierre rejas de ingreso, Permaneciendo en el lugar. Auxiliar: (2) (Turno de la mañana) Abrir rejas del establecimiento. Disponible para señalizar

12 Las funcionarias de la cocina son las encargadas de cortar el suministro de gas en la parte interna y externa.

ACCIONES PARA DIFUNDIR EL PROCEDIMIENTO

-Información, a través de un taller para Centro de Alumnos y Centro de Padres, y la

difusión hacia toda la comunidad escolar acerca de la evacuación en caso de sismo.

-Este procedimiento actualizado, se entregará en forma impresa a los representantes del Consejo Escolar, a educadoras y docentes del colegio, a la directiva del centro de padres y CEAL y delegados de los apoderados.

-Se trabajará con los asistentes de la educación y se informará a la comunidad a través de la página web del colegio.

- Esta información será distribuida en reunión de apoderados.

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PROTOCOLO RESPECTO DE LAS ALUMNAS EMBARAZADAS Y/O MADRES Y

LOS PADRES ADOLESCENTES (Decreto Ley 20.370)

Una vez confirmado el embarazo, la estudiante y su apoderado deberán presentar

en Inspectoría general una copia del certificado médico que lo acredite.

Tendrán los mismos derechos de permanencia que cualquier otra integrante de la

institución, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de discriminación, cambio de

establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, suspensión u otra similar.

Su situación no podrá ser causal para cambiarla de curso, salvo que ésta lo

manifieste fundada en un certificado médico.

La alumna será sometida a los mismos procedimientos de evaluación

que existan en el establecimiento, sin perjuicio de la obligación de los docentes

de otorgarle facilidades académicas, como elaborar un calendario flexible, que

resguarde el derecho a la educación de estas alumnas.

En caso que la situación de embarazo, maternidad/paternidad le impida asistir

regularmente a clases deberá establecerse claramente el sistema de evaluación al

que él o la estudiante pudiesen acceder como alternativa.

Se debe velar por el derecho de la estudiante embarazada a asistir al baño cada

vez que lo requiera, como también usar dependencias del colegio (CRA,

enfermería, etc.) que favorezcan su integridad física como también su estabilidad

emocional.

Decidir el horario de alimentación del hijo(a), siendo como máximo una hora, sin

contar el tiempo de traslado.

Los padres adolescentes también podrán solicitar autorización, en Inspectoría,

para acudir a controles médicos de la madre o el hijo/a.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA ABORDAR CASOS DE MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL

RESPONSABLES DE LA ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

1. Director 2. Inspectora General 3.Orientadora

ANTECEDENTES LEGALES

Es deber interponer las denuncias de maltrato, de acuerdo al artículo 66° (LEY DE MENORES 16618), que dice: “Deberán denunciar los hechos constitutivos de maltrato de menores aquellos que en conformidad a las reglas generales del Código de Procedimiento Penal estuvieren obligados a hacerlo”; la misma obligación y sanciones afectarán a los maestros y otras personas encargadas de la educación de los menores. Según el Artículo 175, letra E del Código Procesal Penal, Denuncia obligatoria, declara lo siguiente: “Estarán obligados a denunciar Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto”.

Por otro lado, con respecto al tiempo a efectuar la denuncia el Artículo 176 declara que: “Las personas indicadas en el artículo anterior deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal”.

Si no se realiza la denuncia, es decir hay omisión, hay una pena prevista en el artículo 494 del Código Penal.

Nº ACCIONES A SEGUIR ANTE EL DESCUBRIMIENTO O DENUNCIA DE MALTRATO O ABUSO SEXUAL

1 Cuando se observan en los niños/as indicadores que pueden hacer sospechar

situaciones de un posible maltrato, debe ser informado inmediatamente por el

profesor/a, asistente de la educación o cualquier miembro del establecimiento

educacional a la orientadora del colegio.

2 La orientadora debe informar a la directora y debe trabajar en conjunto con la

dupla psicosocial para reunir a la brevedad todos los antecedentes posibles.

(entrevista con los padres o adultos responsables del estudiante, entrevistas con el

profesor y se evalúa la posibilidad de entrevistar al estudiante con el fin de evitar la

victimización secundaria).

3 De acuerdo a la información recabada, si no hay un relato del niño de

maltratado, ni de los padres y sólo se sospecha de algún tipo de maltrato, se

comunica a los padres o responsables del estudiante que se interpondrá una

medida de protección en los Tribunales de Familia con el fin que el estudiante y

familia sean evaluados por la dupla psicosocial de DAM (Programa diagnóstico

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ambulatorio9 y de acuerdo a los resultados el tribunal de familia entregue una

medida de protección o tratamiento al menor y familia.

4 La asistente social se encargará de supervisar que se lleve a cabo el

tratamiento sugerido por el Tribunal. (Visitas a los centros, llamadas telefónicas a

los padres o citaciones)

5 Si el alumno/a abre relato de maltrato y/o abuso sexual con cualquier miembro del establecimiento,Este debe informar a la orientadora y esta al Director. En conjunto con la dupla psicosocial se decide quien acompañará al estudiante al Servicio de Salud, antes de las 24 hrs, para constatar lesiones. Toda información entregada por la víctima será registrada por escrito. Es importante que este equipo actúe con reserva y prudencia, evitando actuar apresuradamente, y de esta forma proteger a la víctima y no involucrar a personas inocentes.

6 Antes de llevar al niño/a al Servicio de Salud para constatar lesiones, se debe informar a los padres o apoderado del estudiante el hecho, esta persona debe brindar confianza y ser una figura protectora. Esta persona podrá acompañarlos. Si el apoderado no está de acuerdo, se llama a carabineros y en conjunto con ellos se lleva al niño/a al servicio de urgencia.

7 Una vez constatadas las lesiones carabineros realiza la denuncia y

dependiendo del caso se puede solicitar una medida de protección inmediata.

8 Orientadora y dupla psicosocial deben hacer seguimiento del caso.

¿Cómo identificar cuando un niño/a es víctima de maltrato?

• Señales físicas repetidas (moretones, rasguños, quemaduras). • Niñas sucios, mal olientes, con ropas rotas y desabrigadas, etc. • Cansancio o apatía permanente (se suele dormir en clases). • Cambio significativo en la conducta escolar sin motivo aparente. • Enfermedades repetidas que no son atendidas adecuadamente • Ausencia a controles de salud • Alto ausentismo escolar • Niñas/os solas/os, con falta de supervisión de adultos.

Conductas agresivas y/o rabietas severas y persistentes

Relaciones hostiles y distantes.

¿Cómo reconocer a padres y/o cuidadores que podrían ser maltratadores?:

• Parecen no preocuparse por el/la niño/a. • No acuden nunca a las citas o reuniones del colegio. • Desprecian o desvalorizan al niño/a en público. • Sienten a su hijo/a como una "propiedad" (puedo hacer con mi hijo/a lo que quiero

porque es mío/a). • Pueden presentar dificultades en su relación de pareja. • Recogen y llevan al niño al colegio sin permitir contactos sociales. • Basan la relación en la Compensación material. • Trato desigual entre los hermanos • Justifican disciplina rígida y autoritaria. • Ofrecen explicaciones ilógicas, y contradictorias frente a situaciones sospechosas.

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¿CÓMO SE PUEDE DETECTAR EL ABUSO SEXUAL Y VIOLACIÓN INFANTIL?

• Lesiones zona vaginal y/o anal. • Dificultad para caminar y/o sentarse. • Secreción vaginal. • Dolor anal y/o vaginal. • Ropa interior manchadas y/o ensangrentada. • Lesiones, hematomas o erosiones en la zona genital y/o en los pechos. • Presencia de semen en la boca, en los genitales o en la ropa. • Enfermedades de Transmisión Sexual. • Embarazos. • Depresión, conductas autodestructivas, ideación y/o intento suicida. • Aislamiento social • Ansiedad, hipervigilancia, trastornos del sueño. • Promiscuidad, conducta hipersexualizada. • Masturbación compulsiva. • Reproducción actos sexuales con uso de objetos, muñecos o animales. • Cambios repentinos de comportamiento. • Pudor excesivo. • Disminuye rendimiento escolar • Agresión sexual a otro niño/a.

Vías de información y comunicación a la comunidad educativa

-Este procedimiento actualizado, se entregará en forma impresa a los representantes del Consejo Escolar, a educadoras y docentes del colegio, a la directiva del centro de padres y CEAL y delegados de los apoderados. Se trabajará con los asistentes de la educación y se informará a la comunidad a través de la página web del colegio. Este procedimiento será difundido en reunión de apoderados.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE BULLYING

INTRODUCCIÓN

La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa Liceo TP Granaderos de Putre, cuyo fundamento es la dignidad de todas las personas y el respeto que se debe tener hacia sí mismos, con los demás, y con y el respeto hacia las diferencias, favoreciendo un ambiente cálido, de armonía que permita el aprendizaje de todos nuestros estudiantes. Como Comunidad educativa, es de suma importancia realizar acciones que permitan fortalecer la sana convivencia, y prevenir todo tipo de violencia escolar, tanto física como psicológica de cualquier miembro de nuestra comunidad; acciones como conocer y actuar bajo las normas establecidas en el Reglamento de Convivencia Escolar, realización de Talleres socio-afectivos, inteligencia emocional, competencias de comunicación entre otros. Teniendo como base los principios y valores declarados en nuestro Proyecto Educativo Institucional.

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OBJETIVO

1. Establecer e implementar las acciones y los pasos a seguir frente a cualquier caso de Bullying en el establecimiento.

MARCO CONCEPTUAL

1. BULLYING: Viene literalmente del inglés “bully” que significa matón o bravucón; en ese sentido, se trataría de conductas que tienen que ver con la intimidación, el aislamiento, la amenaza, los insultos, sobre una víctima o víctimas señaladas que ocupan ese papel. Sin embargo, también se utiliza este término para designar la exclusión social como forma agresiva de relación. Es un tipo de violencia permanente entre pares, existe abuso de poder y es sostenido en el tiempo.

2. TIPOS DE BULLYING. Los principales tipos de maltrato que podemos considerar

se suelen clasificar en:

Verbal: Suelen ser insultos y sobrenombres, hablar mal de alguien o difamar, sembrar rumores.

También son frecuentes los menosprecios en público o al estar resaltando y haciendo patente de forma constante un defecto físico o de acción. Últimamente el celular se está convirtiendo en vía para este tipo de maltrato.

Psicológico: Son acciones encaminadas a minar la autoestima del individuo y fomentar su sensación de inseguridad, temor y miedo; obligar a entregar algún objeto o dinero y también para hacer cosas contra su voluntad, chantaje y burlas públicas, escritos en paredes o muros, notas, cartas, mensajes a móviles y correos electrónicos amenazantes. El componente psicológico está presente en todas las formas de maltrato.

Físico: Como empujones, patadas, puñetazos, agresiones con objetos. Directo: Golpizas, lesiones con diferentes objetos, agresiones en forma de patadas, Indirecto: Robo y destrozo de material escolar, ropa y otros objetos personales.

Social: Pretenden ubicar aisladamente al individuo respecto del grupo en un menor estatus y hacer partícipes a otros individuos, en ocasiones, de esta acción. Esto se consigue con la propia inhibición contemplativa de los miembros del grupo. Ignorar y no dirigir la palabra, impedir la participación con el resto del grupo, coaccionar a amigos y amigas de la víctima para que no interactúen con la misma. Rechazo a sentarse a su lado en la sala. Estas acciones se consideran bullying “indirecto”.

Ciberbullying: Uso de información electrónica y medios de comunicación tales como correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles, web- difamatorios, etc. para acosar a un individuo o grupo, mediante ataques personales u otros medios. El ciber-acoso es voluntarioso e implica un daño recurrente y repetitivo infligido a través del medio del texto electrónico.

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Responsables de la activación del Protocolo de actuación

1. Inspector General. 2. Encargado de Convivencia Escolar. 3. Orientación. 4. Psicólogas. 5. Comunidad educativa en general

Nº PASO DEL PROCEDIMIENTO 1 Cualquier integrante de la comunidad (Profesor, Asistentes de la Educación

estudiantes, apoderados etc.), puede recibir información respecto de un posible

Acoso o Bullying, debe dirigirse a una autoridad del establecimiento. Puede ser de

forma verbal o escrita.

2 Quien reciba la información debe avisar inmediatamente a la Inspectora General,

quien debe coordinar y entregar la información a la Orientadora para indague

respecto del posible caso.

3 La Orientadora convocará al Comité de Convivencia Escolar para informarles de la

situación derivada por la Inspectora General y dar a conocer responsabilidades en

relación a la indagación de los antecedentes.

4 La Orientadora citará a los estudiantes, tanto al supuesto agresor, como al

agredido para entrevistarlos por separado y para que expliquen su versión de los

hechos. Esta entrevista debe quedar registrada por escrito.

5 La Orientadora citará por separado a los apoderados de ambos

estudiantes involucrados, para informarles de los hechos, y que se están

realizando las indagaciones; a los cuales, además se les mantendrá informados

respecto de los resultados de la indagación. Las entrevistas deben quedar

registradas por escrito.

6 La Orientadora entrevistará e informará a los profesores jefes de forma

inmediata y a los profesores de asignatura en un máximo de 2 días, de la

indagación respecto del posible caso de bullying, para que estén en

conocimiento, puedan observar conductas y tomar medidas preventivas frente a

la situación presentada

7 La Orientadora solicitará al Encargado de Convivencia y al equipo

psicosocial los antecedentes recabados, más su propia información, y

redactará un informe en el cual, se establezca claramente el resultado de la

indagación; el que será entregado a la Inspectora General, C/c a Dirección.

8 Si el informe establece que no existe presencia de Acoso o Bullying, se

procederá a informar a los apoderados con sus respectivos pupilos, de manera

separada; que la indagación resultó negativa y que se realizarán acciones

preventivas, que permitan fortalecer y mantener una sana convivencia.

9 Si el informe establece la confirmación de la existencia de Acoso o Bullying se

aplicará el Reglamento interno de Convivencia Escolar.

10 La Inspectora General citará a los padres y apoderados del estudiante involucrado

en el acoso, para darle a conocer el resultado de la indagación; e informarle

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que se aplicará el Reglamento interno de Convivencia Escolar.

11 La Inspectora General comunicará a los profesores, para dar a conocer el

resultado de la indagación; e informar que se aplicará el Reglamento interno de

Convivencia Escolar y que se tomarán acciones remediales con los estudiantes

implicados y con los cursos respectivos. Esto significa conversar tanto con

todos los estudiantes, como también con sus respectivos apoderados para

que se informen y colaboren con la convivencia escolar, como miembros de la

comunidad educativa.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE GIRA DE ESTUDIOS Y/O SALIDAS A TERRENOS

INTRODUCCIÓN

La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa Liceo TP Granaderos de Putre, una de las formas de generar importantes lazos entre los miembros de la comunidad es compartir la visita a diversos lugares, lo que permite cambiar su concepción de vida y la forma de compartir entre todos, es por eso que una de las estrategias pedagógicas más importantes son las visitas diarias, salidas a terreno, Paseos de curso y Giras de estudio.

OBJETIVO

1. Establecer e implementar las acciones y los pasos a seguir frente a cualquier caso de s a l i d a a t e r r e n o , G i r a s d e e s t u d i o , P a s e o s d e c u r s o y a c t i v i d a d e s f u e r a d e l e s t a b l e c i m i e n t o .

MARCO CONCEPTUAL

1. Paseo de Curso: Actividad de esparcimiento que es organizado por las directivas de alumnos y/o centro de Padres, normalmente, como finalización del año escolar.

2. Salidas a terreno: se trata de visitas culturales o actividades deportivas que son

preparadas por un docente dentro de sus planificaciones cuyo objetivo es lograr el

aprendizaje empírico del contenido teórico visto en clases.

3.- Gira de Estudio: Es un viaje a alguna localidad turística junto a los compañeros

de curso, en la mayoría de los casos en el último año de estudios donde un grupo

curso decide visitar un lugar lejano a su zona de origen.

4.- Actividades Fuera del Establecimiento: Son actividades a las que se invita a la

comunidad escolar tales como Ferias Vocacionales, Exposiciones, Muestras o

demostraciones que no demoran más de un día o un par de horas.

Responsables de la activación del Protocolo de actuación

Inspector General.

Orientación.

Profesor Jefe.

Comunidad educativa en general.

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Nº PASO DEL PROCEDIMIENTO 1 Desplazamiento del estudiante en actividades fuera del establecimiento: Toda

actividad que implique desplazamiento de alumnos fuera del Establecimiento deberá contar con la autorización de la Dirección y del apoderado por escrito

2 Asistencia a actividades extra- programáticas: El alumno que ha elegido libremente una actividad extra-programática deberá asistir regularmente a ella, participando responsablemente durante todo el tiempo que dure dicha actividad. El Profesor que dicte la actividad deberá dejar registro de ella en la ficha del alumno.

3 La Orientadora convocará al Comité de Convivencia Escolar para informarles de la

situación derivada por la Inspectora General y dar a conocer responsabilidades en relación

a la indagación de los antecedentes.

4 De los paseos de curso: Si se trata de paseos de curso, el Profesor-Jefe deberá informar por escrito a la Dirección del colegio, con 30 días de antelación, solicitando la autorización por escrito para su debida tramitación. En la referida documentación deberá comunicar:

Nombre del docente o Asistente de la Educación que acompaña.

Nómina de alumnos.

Lugar del paseo.

Autorización escrita de los apoderados, con su nombre, firma y número de teléfono.

Fecha y hora de salida y retorno.

Identificación de los adultos que acompañan.

Medio de transporte. En actividades de esta naturaleza el Profesor-Jefe deberá acompañar dentro de su horario de contratación a su curso y ajustar los procedimientos de la actividad a la Circular sobre Paseos, que se constituye en parte integrante de este Reglamento.

5 De los viajes de estudio: Si se trata de viajes de estudios del curso, el Profesor-Jefe deberá solicitar por escrito la autorización correspondiente a la Dirección del colegio, con 30 días de antelación, para su debida tramitación ante la Dirección Provincial de Educación. En la referida solicitud deberá señalar:

Nombre del Docente o Asistente que acompaña.

Financiamiento.

Destino.

Fecha y hora de salida y retorno.

Itinerario

Nómina de alumnos.

Autorización escrita de los apoderados, con su nombre, firma y número de teléfono.

Medio de transporte.

6 Salidas o Visitas por un día: Si se trata de visitas culturales o actividades deportivas, el docente a cargo deberá solicitar autorización por escrito a la Dirección del colegio con una antelación de 15 días hábiles, debiendo indicar:

Nombre del Docente o Asistente de la educación que acompaña.

Nómina de alumnos.

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Indicar lugar de visita, Fecha y hora de salida y regreso

Enviarse comunicación a los apoderados.

Medio de transporte.

Inspectoría General entrega al profesor las autorizaciones para ser completadas por el apoderado titular, las cuales deberán ser devueltas con su firma previa a la entrega de petición a Dirección del Establecimiento.

PROTOCOLO DE ACCIÓN: MALTRATO DE UN ADULTO A ESTUDIANTE

I. INTRODUCCION: El Establecimiento rechaza categóricamente las conductas de maltrato en general, considerando de especial gravedad cuando estas se producen desde un adulto hacia un estudiante. Por lo anterior, pondrá todos los medios que tenga a su alcance para prevenirlos e intervenirlos, en el caso que se hayan producido, considerando las dificultades que se puedan presentar. Nos importa mucho cuidar y formar a nuestros alumnos e involucrar en esta acción a toda la comunidad escolar. II. DEFINICIONES EN MALTRATO ADULTO CONTRA ESTUDIANTE: 2.1. Maltrato de Adulto contra Estudiante: Cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada por uno o más adultos de la comunidad escolar, incluyendo a funcionaros del Colegio, en contra de uno o más estudiantes, en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de otro u otros estudiantes, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: a) Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; b) Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o c) Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual o físico. 2.2. Conductas de maltrato de adulto a estudiante: • Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a cualquier estudiante. • Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un(os) alumno(s) • Agredir verbal o psicológicamente (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.) a uno o más estudiantes. • Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un(os) alumno(s) o a través de chats, blogs, wassap, facebook, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico; • Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato hacia estudiantes. • Realizar acosos o ataques de connotación sexual a otro u otros estudiantes (siempre y cuando estos no sean constitutivos de delito, pues en ese caso se deberá

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aplicar protocolo de acción para abuso sexual). • Intimidar a los alumnos con todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

PROTOCOLO FRENTE A POSIBLE MALTRATO DE ADULTO A ESTUDIANTES:

Recepción del Reporte: - Toda persona que trabaje en el Colegio tiene la obligación de dar aviso inmediatamente a las autoridades del Colegio en caso de enterarse, por sí mismo o través de terceros, de cualquier situación de maltrato de un adulto hacia estudiantes, sea que haya sido cometido al interior de nuestro establecimiento o fuera de él, en especial, si el adulto supuestamente involucrado es funcionario del Colegio. - Quien reciba el reporte de maltrato de un adulto hacia alumno(s), debe escucharlo con atención, darle importancia, no hacer conjeturas y no emitir juicios de valor previos. - Sea quien fuera la persona que haya recibido el primer reporte, este deberá informarse al Encargado de Convivencia Escolar y/o a los miembros del Consejo de Dirección, pues solo estas personas estarán habilitadas para ejecutar el procedimiento correspondiente. - En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del informante, cuando este no sea el alumno afectado por el maltrato. No obstante lo anterior, por razones justificadas, podría requerirse el conocimiento de la identidad del informante, situación que, de ser necesaria, se realizará tomando las debidas precauciones para resguardar su honra y dignidad. Procesamiento del reporte: Las indagaciones sobre reportes de maltrato de un adulto a alumno solo

podrán ser realizadas por Encargado de Convivencia Escolar y/o algún miembro del Consejo de Dirección.

• Al inicio del proceso el encargado de convivencia informará, tanto al adulto acusado, como a los estudiantes involucrados, sus apoderados u otros miembros del Colegio que les corresponda saber del hecho, la situación reportada, el rol que supuestamente tienen cada uno de estos en ella y el proceso que se realizará para resolverla. Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) con el acusado y con los alumnos o sus apoderados, pero se podrá hacer uso de otros medios escritos de comunicación (Ej. Libreta de Comunicaciones, Correo electrónico, Carta certificada, etc.). Sea cual fuere la forma de informar utilizada por el encargado, debe quedar constancia del envío y recepción de la información. El indagador guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará profundizar la descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o culpabilidad al adulto señalado como autor de la falta mientras dure esta fase del proceso. Sin perjuicio de lo anterior, se tomarán las siguientes medidas durante el procedimiento y su ulterior resolución:

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a) Si el reclamo se presente contra un funcionario del Colegio: Se garantizará la tranquilidad y seguridad de él o los alumnos supuestamente afectados, ya sea reasignando las tareas del funcionario en cuestión, otorgándole permisos administrativos, ejecutando cambios de turnos o puesto de trabajo, u otras acciones que, no implicando menoscabo laboral, sean prudentes y convenientes conforme a la evaluación que se haya realizado de la situación. b) Si el reclamo se presenta contra un apoderado del Colegio u otro adulto vinculado no contractualmente al Colegio: Se le solicitará actuar con prudencia frente a estas circunstancias, evitando interactuar en forma privada con él o los estudiantes supuestamente afectados o sus apoderados (interacciones que, de ser necesarias, deberán realizarse en presencia de una autoridad del Colegio). - El indagador, atendiendo a las circunstancias del reporte, determinará las acciones requeridas para cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: entrevistar a los involucrados y posibles testigos (presencial o virtualmente), citar a los apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas internos o externos al Colegio, solicitar y analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, etc. Cabe señalar que, dentro de las acciones a ejecutar, deberá considerar obligatoriamente procedimientos que garanticen la escucha de las versiones de los involucrados y acogida de sus posibles descargos. - En relación con la víctima de maltrato por parte de adulto, se evaluará la pertinencia de aplicar una o más de las siguientes medidas durante la indagación, resolución y seguimiento del procedimiento:

El encargado de convivencia escolar deberá citar a los padres en conjunto con el Profesor Jefe para entregar la información recabada y proponer un plan de acción.

El Encargado de Convivencia Escolar determinarán quien se hará responsable del monitoreo de la víctima con el apoyo de la dupla psicosocial y el Profesor Jefe.

Se informará a los padres que se realizarán intervenciones a nivel de curso o grupos, en caso que se estime conveniente.

En el caso de ser necesario se informará a los padres que la dupla psicosocial citará a su hijo para ofrecer contención emocional. En caso de que el (la) apoderado (a) solicite que su hijo no sea atendido por dicho Equipo se respetará su decisión, sin embargo, el apoderado deberá comprometerse a mantener informado de la evolución de su hijo al Colegio a través del Encargado de Convivencia Escolar o de la persona que este último determine.

El encargado de convivencia deberá informar a los profesores de asignatura de lo ocurrido y pedir que se realice una especial observación de la situación informada.

El encargado de convivencia levantará acta de la reunión sostenida con los padres, la que deberá ser firmada por los asistentes. Del resto de las acciones deberá dejar registro escrito indicándose la fecha de cada una de tales acciones.

Si luego de las entrevistas iniciales y del procedimiento aplicado, la situación aún no se aclara, entonces el encargado de convivencia, determinará las

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medidas a seguir para continuar el proceso de investigación. La estrategia debe ser informada a la Dirección del Colegio.

3.3. Resolución: - Cuando el encargado de convivencia haya agotado la investigación, analizará los antecedentes recabados y decidirá, en conjunto con el Consejo de Dirección, la acreditación del maltrato reportado o la desestimación del reporte en cuestión. - Si el reclamo es desestimado: el encargado de convivencia, o quien determine la Dirección, comunicará la decisión a todas las partes, en la extensión y profundidad que les corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los involucrados). - En el caso de que el maltrato fuera acreditado: a) La autoridad designada debe considerar las siguientes variables antes de sugerir medidas a aplicar:

La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de las faltas a la buena convivencia.

Las obligaciones legales, reglamentarias y/o contractuales vinculadas a la obligación de proporcionar un buen trato a los alumnos, según quién sea el autor de la falta (apoderado, funcionario u otro adulto vinculado no contractualmente al Colegio).

El grado de falta grave o gravísima asignada al maltrato de un adulto hacia un estudiante.

La edad, la etapa de desarrollo y madurez de (los) alumno(s) afectado(s). La naturaleza, intensidad y extensión de la falta, así como las características del

afectado. La conducta anterior del responsable; Los antecedentes y descargos presentados por el autor de la falta. Otros aspectos relevantes consignados durante la indagación del hecho.

b) La medida y/o sanción sugerida deberá corresponder únicamente a las establecidas en los cuerpos normativos atingentes a la falta cometida, pudiendo ser el Reglamento Interno del Colegio (RICE), Obligaciones contractuales (contrato laboral o de educación según corresponda) u otras normas o compromisos atingentes suscritos por el autor de la falta. En los casos en que existan dudas respecto de las medidas susceptibles de ser tomadas, se consultará al asesor jurídico del Colegio u otros organismos competentes para actuar conforme a derecho. c) Una vez decididas las medidas a tomar, la autoridad designada, en conjunto con el encargado del procedimiento, lo comunicarán a todas las partes, en la extensión y profundidad que les corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los involucrados). - El informar a las partes interesadas la resolución de este tipo de casos, se privilegiará la entrevista personal como medio de comunicación, no obstante, se podrá hacer uso de otros medios formales escritos si las circunstancias así lo ameritaran, debiendo quedar constancia del envío y recepción del comunicado (Ej. Libreta de Comunicaciones, Correo electrónico, carta certificada, etc). - El apoderado de la víctima de agresión, deberá asistir a las reuniones que sean necesarias y seguir las recomendaciones entregadas por el Colegio a través del Encargado de Convivencia Escolar.

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