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JORNADA SOBRE GARANTÍA FINANCIERA OBLIGATORIA PARA ACTIVIDADES DE PRIORIDAD 1 Y 2 DERIVADA DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Por Juan Carlos Rabal Durán. Jefe del Servicio de Control Ambiental. Dirección General de Sostenibilidad

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JORNADA SOBRE GARANTÍA FINANCIERA OBLIGATORIA PARA ACTIVIDADES DE PRIORIDAD 1 Y 2 DERIVADA DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL

Por Juan Carlos Rabal Durán.

Jefe del Servicio de Control Ambiental.

Dirección General de Sostenibilidad

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LA LEY 26/2007, DE 23 DE OCTUBRE, DE RESPONSABLIDADMEDIOAMBIENTAL

La ley regula la responsabilidad de los operadores para prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales.

Daño medioambiental: Daños a la especies silvestres y a los hábitat, a las aguas, a la ribera del mar y de las rías, yal suelo.

No se incluye el aire en la definición de daño medioambiental.

La responsabilidad medioambiental no incluye daños a las personas y/o sus propiedades privadas.

La responsabilidad medioambiental se exige en toda su extensión a los daños medioambientales o amenazasinminentes de que ocurran, cuando hayan sido causadas por las actividades económicas o profesionales delAnexo III de la Ley aunque no exista dolo, culpa o negligencia.

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REGULACIÓN DE LA GARANTÍA FINANCIERA

Capítulo IV, artículos 24 al 34, Disposición adicional séptima y Disposición final cuarta de la Ley 26/2007,modificada por la Ley 11/2014, de 3 de julio.

Capítulo III, artículos 33 al 44 y Anexo III del Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que seaprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, modificado por el Real Decreto 183/2015de 13 de marzo.

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ORDEN APM/1040/2017, DE 23 DE OCTUBRE

Establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para lasactividades del Anexo III de la Ley 26/2007 clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2, y define esas actividades.

Publicada en el BOE nº 263 de 30 de octubre de 2017.

La Orden entro en vigor el 31 de octubre de 2017

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¿CUALES SON LAS ACTIVIDADES DE NIVEL DE PRIORIDAD 1?

Operadores sujetos al ámbito de aplicación del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por la que seaprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengansustancias peligrosas (operadores Seveso).

Instalaciones de combustión con potencia térmica nominal igual o superior a 50 MW para producir energíaeléctrica o para cogenerar, producir vapor, calor o cualquier otro equipamiento de combustión existente enla industria.

Instalaciones para la valorización o eliminación de residuos peligrosos, con una capacidad de más de 10toneladas por día que realice una o mas de las siguientes actividades: Tratamiento biológico.

Tratamiento físico-químico.

Recuperación o regeneración de disolventes.

Recuperación o regeneración de materias inorgánicas que no sean metales o compuestos metálicos.

Regeneración de ácidos o bases.

Valorización de componentes utilizados para reducir la contaminación.

Valorización de componentes procedentes de catalizadores.

Regeneración o reutilización de aceites.

Plantas de incineración o coincineración.

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¿CUALES SON LAS ACTIVIDADES DE NIVEL DE PRIORIDAD 2? Refinerías de petróleo y gas.

Coquerías.

Instalaciones para la producción de fundición o de aceros brutos (fusión primaria o secundaria), incluidas lascorrespondientes instalaciones de fundición continua de una capacidad de más de 2,5 toneladas por hora.

Aplicación de capas de protección de metal fundido con una capacidad de más de 2 toneladas de acero brutopor hora.

Fundiciones de metales ferrosos con una capacidad de más de 20 toneladas por día.

Instalaciones para la fabricación de sales inorgánicas como ClNH4, CO3Na2.

Instalaciones para la fabricación de medicamentos.

Instalaciones para la fabricación de explosivos.

Vertederos de más de 10 toneladas por día o de capacidad total de más de 25.000 toneladas, excepto los deresiduos inertes.

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PRINCIPALES OBLIGACIONES PARA LOS OPERADORES DE ESTAS ACTIVIDADES EN RELACIÓN A LA GARANTIA FINANCIERA

OBLIGATORIA

A. Realizar un análisis de riesgos medioambientales de su actividad.

B. Calcular el coste de reparación del daño medioambiental, siguiendo la metodología del RD 2090/2008(artículos 33 y 36 según la redacción dada en el R.D. 183/2015).

C. Constituir la garantía financiera por ese importe, en su caso, con el limite máximo de 20.000.000 € (artículo30 de la Ley 26/2007).

D. Presentar la declaración responsable que proceda ante la Dirección General de Sostenibilidad del Gobiernode Aragón, según los modelos del Anexo IV del Real Decreto 2090 (según la modificación del R.D.183/2015).

E. Mantener la garantía financiera durante toda la vigencia de la actividad.

F. Actualizar la cuantía mínima de la garantía financiera según se establece en el artículo 38 del Real Decreto2090/2008.

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ANÁLISIS DE RIESGOS MEDIOAMBIENTALES

En general: Elaboración según la Norma UNE 150.008 u otras normas equivalentes.

Los sectores que tengan aprobados por la Comisión Técnica de Prevención y Reparación de DañosMedioambientales podrán usar: Modelos de informe de riesgos ambientales tipo (MIRAT)

Guías metodológicas.

El listado de los sectores con MIRAT y Guías metodológicas y tablas de baremos aprobados esta en la WEBdel MAPAMA.

www.mapama.gob.es/es/calidad-y-evaluación-ambiental/temas/responsabilidad-medioambiental/análisis-de-riesgos-sectoriales/herramientas.aspx

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LISTADO DE SECTORES APROBADOS POR LA CTPRDMA) TABLA DE BAREMOS (1)

Fabricación de pinturas y tintas

B) GUÍAS METODOLÓGICAS (6)

Minería sulfuros polimetálicos y sales sódicas y potásicas.

Determinadas actividades de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos.

Plantas de GNL.

El sector gasista.

Sector de Tecnología sanitaria.

Sector Químico y Petroquímico.

C) MIRAT (18)

Sector aceite de oliva y oleaginosas.

Transporte de mercancías por carretera.

Sector de la fundición.

Sector siderúrgico, acería eléctrica, laminaciones y tratamientos superficiales.

Sector pasta y papel.

Sector perfumería y cosmética.

Fabricación de cemento por vía seca.

Graveras del sector de fabricación de áridos.

Actividades desarrolladas en las canteras.

Sector de limpieza pública.

Centrales térmicas.

Producción y comercialización de productos fitosanitarios.

Sector de la cal.

Separación de gases del aire.

Sector de fabricación de yeso, escayola y sus derivados.

Sector de patatas fritas y aperitivos.

Sector cerámico.

Sector de fabricación de fritas, esmaltes y colores cerámicos.

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OPERADORES EXENTOS DE CONSTITUIR LA GARANTIA FINANCIERA.

Operadores cuyas cuantías mínimas calculadas reglamentariamente sean inferiores a 300.000 €.

Operadores cuyas cuantías mínimas calculadas reglamentariamente estén comprendidas entre 300.000 € y2.000.000 € que acrediten estar adheridos con carácter permanente y continuado a sistema comunitario degestión y auditoria medioambiental (EMAS) o al sistema de gestión medioambiental UNE-EN ISO 14001vigente.

Artículo 28 de la Ley 26/2007 (según la redacción dada por la Ley 11/2014)

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MODALIDADES DE CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA FINANCIERA.

Póliza de seguro con entidad aseguradora autorizada.

Aval concedido por entidad financiera y presentado ante la Caja de Depósitos.

Reserva técnica mediante dotación de un fondo “ad hoc” invertida en instrumentos financieros respaldadospor el sector público.

Según artículo 26 de la Ley 26/2007 son:

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DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL OPERADOR

Todos los operadores de actividades de prioridad 1 y 2 deben presentar la declaración responsable, segúnmodelo del Anexo IV del R.D. 2090/2008.

Si el operador ha constituido la garantía financiera debe presentar la del apartado 1 del Anexo IV.

Si el operador no tiene obligación de constituir la garantía financiera, debe presentar la del apartado 2 delAnexo IV.

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MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA OPERADORES QUE HAN CONSTITUIDO LA GARANTÍA FINACIERA.

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MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA OPERADORES QUE HAN REALIZADO EL CALCULO DE LA GARANTÍA FINANCIERA, PERO

NO TIENEN OBLIGACIÓN LEGAL DE CONSTITUIRLA.

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FECHA LIMITE Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSBLE

Los Operadores de Prioridad 1 : 31 de octubre de 2018.

Los Operadores de Prioridad 2 : 31 de octubre de 2019.

Lugar de presentación de la Declaración Responsable:

Dirección General de Sostenibilidad.Plza. de San Pedro Nolasco.

50071 –Zaragoza

Telemáticamente a través del registro del Gobierno de Aragón.

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GRAFICAS DE DISTRIBUCIÓN EN ARAGÓN DE LOS OPERADORES AFECTADOS POR LOS NIVELES DE PRIORIDAD 1 Y 2

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GRAFICAS DE DISTRIBUCIÓN EN ARAGÓN DE LOS OPERADORES AFECTADOS POR LOS NIVELES DE PRIORIDAD 1 Y 2

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GRAFICAS DE DISTRIBUCIÓN EN ARAGÓN DE LOS OPERADORES AFECTADOS POR LOS NIVELES DE PRIORIDAD 1 Y 2

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Muchas gracias por su atención.