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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 203 IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Tribunal Superior de Justicia de Madrid SECRETARÍA DE GOBIERNO Don Tomás Sanz Hoyos, secretario de Go- bierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo: Dieciséis.—Nombramiento de juez de paz titular y sustituto de La Acebeda. Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de La Acebeda en el que se propone el nombramiento de doña Aurora López Monje y don Javier Álvarez Hernández Cañizares para el cargo de juez de paz titular y sustituto, respectivamente, aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 2 de abril de 2009, por 36 votos a favor, que representa la ma- yoría absoluta del número legal. Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de fecha 6 de octubre de 1993, con especial re- ferencia al régimen de prohibiciones e in- compatibilidades, y observando que concu- rren en los electos las condiciones de idoneidad y elegibilidad. La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Nombrar juez de paz titular de La Acebeda a doña Aurora López Monje y juez de paz sustituto a don Javier Álvarez Her- nández Cañizares. Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado decano de primera instancia e ins- trucción de Torrelaguna, partido judicial al que pertenece, al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de La Acebeda, al Juzga- do de paz de la misma localidad, y al BOLE- TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 18 de mayo de 2009.—El secreta- rio de Gobierno (firmado). (03/17.338/09) SECRETARÍA DE GOBIERNO Don Tomás Sanz Hoyos, secretario de Go- bierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo: Diecisiete.—Renuncia de doña Sara Pi- zarro Carmona al cargo de juez de paz titu- lar de San Agustín del Guadalix y nombra- miento de doña Montserrat Aranda Torrijos como juez de paz titular de dicho Juzgado. Se da cuenta de la comunicación del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix de fecha 27 de febrero de 2009, al que adjun- ta escrito de doña Sara Pizarro Carmona, juez de paz de San Agustín del Guadalix, cargo para el que fue nombrada por acuerdo de la Sala de Gobierno de este Tribunal Su- perior, en su reunión de 28 de mayo de 2007, así como certificación del acuerdo adoptado por el Pleno de dicho Ayuntamiento el 26 de febrero de 2009 en el que se propone el nom- bramiento de doña Montserrat Aranda Torri- jos como juez de paz titular de dicha locali- dad por ocho votos a favor, que representa la mayoría absoluta del número legal. Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de fe- cha 6 de octubre de 1993, con especial refe- rencia al régimen de prohibiciones e incom- patibilidades, y observando que concurren en la electa las condiciones de idoneidad y elegibilidad. La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Aceptar la renuncia de doña Sara Pizarro Carmona al cargo de juez de paz ti- tular de San Agustín del Guadalix, con efec- tividad desde la fecha en que tome posesión la nueva juez de paz, y nombrar juez de paz titular a doña Montserrat Aranda Torrijos. Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juz- gado de primera instancia e instrucción deca- no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 18 de mayo de 2009.—El secreta- rio de Gobierno (firmado). (03/17.463/09) SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretaria judicial de la Sección Quinta de esta Sala de lo social. Certifico: Que en el recurso de suplica- ción número 1.302 de 2009-LO consta la re- solución siguiente. En el recurso de suplicación número 1.302 de 2009-LO seguido ante esta Sala (Sección Quinta), dimanante de los autos número 1.071 de 2008 del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, a instancias de doña Pilar África Ro- mero Pérez, contra don Carlos López Cala- bria y otro, sobre despido, con fecha 12 de mayo de 2009 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de doña Pilar África Romero Pérez contra sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 5 de Madrid, de fecha 6 de noviembre de 2008, en virtud de demanda formulada por doña Pilar África Romero Pérez, contra don Carlos López Ca- labria y Fondo de Garantía Salarial, en re- clamación sobre despido, confirmando la sentencia recurrida. Sin costas. Notifíquese la presente resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casa- ción para la unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta Sala de lo so- cial dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 219, 227 y 228 de la Ley Procesal Laboral, advirtiéndose en relación con los dos últimos preceptos cita- dos que el depósito de los 300,51 euros (50.000 pesetas) deberá efectuarse ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo al tiempo de personarse en ella, en su cuenta número 2410 del “Banco Español de Crédi- to”, oficina 1006, de la calle Barquillo, nú- mero 49, de Madrid, por todo recurrente que no tenga la condición de trabajador o cau- sahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, mientras que la consignación del importe de la condena deberá acreditarse, cuando proceda, por el recurrente que no goce del beneficio de jus- ticia gratuita ante esta Sala al tiempo de pre- parar el recurso, presentando resguardo acre- ditativo de haberla efectuado en la cuenta corriente número 287600000013022009 que esta Sección Quinta tiene abierta en el “Ban- co Español de Crédito”, oficina 1026, sita en la calle Miguel Ángel, número 17, de Madrid, pudiéndose sustituir dicha consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 203

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justiciade Madrid

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don Tomás Sanz Hoyos, secretario de Go-bierno del Tribunal Superior de Justiciade Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno deeste Tribunal Superior, en sesión celebradael día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Dieciséis.—Nombramiento de juez depaz titular y sustituto de La Acebeda.

Se da cuenta de la certificación remitidapor el Ayuntamiento de La Acebeda en elque se propone el nombramiento de doñaAurora López Monje y don Javier ÁlvarezHernández Cañizares para el cargo de juezde paz titular y sustituto, respectivamente,aprobado por el Pleno de la Corporación, ensesión celebrada el día 2 de abril de 2009,por 36 votos a favor, que representa la ma-yoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circulardel Consejo General del Poder Judicial defecha 6 de octubre de 1993, con especial re-ferencia al régimen de prohibiciones e in-compatibilidades, y observando que concu-rren en los electos las condiciones deidoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad,acuerda: Nombrar juez de paz titular de LaAcebeda a doña Aurora López Monje y juezde paz sustituto a don Javier Álvarez Her-nández Cañizares.

Con certificación particípese este acuerdoal Consejo General del Poder Judicial, alJuzgado decano de primera instancia e ins-trucción de Torrelaguna, partido judicial alque pertenece, al señor alcalde-presidentedel Ayuntamiento de La Acebeda, al Juzga-do de paz de la misma localidad, y al BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento delo acordado, expido y firmo la presente enMadrid, a 18 de mayo de 2009.—El secreta-rio de Gobierno (firmado).

(03/17.338/09)

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don Tomás Sanz Hoyos, secretario de Go-bierno del Tribunal Superior de Justiciade Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno deeste Tribunal Superior, en sesión celebradael día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Diecisiete.—Renuncia de doña Sara Pi-zarro Carmona al cargo de juez de paz titu-lar de San Agustín del Guadalix y nombra-miento de doña Montserrat Aranda Torrijoscomo juez de paz titular de dicho Juzgado.

Se da cuenta de la comunicación delAyuntamiento de San Agustín del Guadalixde fecha 27 de febrero de 2009, al que adjun-ta escrito de doña Sara Pizarro Carmona,juez de paz de San Agustín del Guadalix,cargo para el que fue nombrada por acuerdode la Sala de Gobierno de este Tribunal Su-perior, en su reunión de 28 de mayo de 2007,así como certificación del acuerdo adoptadopor el Pleno de dicho Ayuntamiento el 26 defebrero de 2009 en el que se propone el nom-bramiento de doña Montserrat Aranda Torri-jos como juez de paz titular de dicha locali-dad por ocho votos a favor, que representa lamayoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circulardel Consejo General del Poder Judicial de fe-cha 6 de octubre de 1993, con especial refe-rencia al régimen de prohibiciones e incom-patibilidades, y observando que concurrenen la electa las condiciones de idoneidad yelegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad,acuerda: Aceptar la renuncia de doña SaraPizarro Carmona al cargo de juez de paz ti-tular de San Agustín del Guadalix, con efec-tividad desde la fecha en que tome posesiónla nueva juez de paz, y nombrar juez de paztitular a doña Montserrat Aranda Torrijos.

Con certificación, particípese este acuerdoal Consejo General del Poder Judicial, al Juz-gado de primera instancia e instrucción deca-no de Alcobendas, al Juzgado de paz y alAyuntamiento de San Agustín del Guadalix.

Y para que conste y en cumplimiento delo acordado, expido y firmo la presente enMadrid, a 18 de mayo de 2009.—El secreta-rio de Gobierno (firmado).

(03/17.463/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, secretariajudicial de la Sección Quinta de esta Salade lo social.

Certifico: Que en el recurso de suplica-ción número 1.302 de 2009-LO consta la re-solución siguiente.

En el recurso de suplicación número 1.302de 2009-LO seguido ante esta Sala (SecciónQuinta), dimanante de los autos número 1.071de 2008 del Juzgado de lo social número 5 deMadrid, a instancias de doña Pilar África Ro-mero Pérez, contra don Carlos López Cala-bria y otro, sobre despido, con fecha 12 demayo de 2009 se ha dictado resolución, cuyaparte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que debemos desestimar y desestimamosel recurso de suplicación interpuesto por larepresentación letrada de doña Pilar ÁfricaRomero Pérez contra sentencia dictada porel Juzgado de lo social número 5 de Madrid,de fecha 6 de noviembre de 2008, en virtud dedemanda formulada por doña Pilar ÁfricaRomero Pérez, contra don Carlos López Ca-labria y Fondo de Garantía Salarial, en re-clamación sobre despido, confirmando lasentencia recurrida. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superiorde Justicia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a lanotificación de la sentencia de acuerdo conlo dispuesto en los artículos 219, 227 y 228de la Ley Procesal Laboral, advirtiéndose enrelación con los dos últimos preceptos cita-dos que el depósito de los 300,51 euros(50.000 pesetas) deberá efectuarse ante laSala de lo social del Tribunal Supremo altiempo de personarse en ella, en su cuentanúmero 2410 del “Banco Español de Crédi-to”, oficina 1006, de la calle Barquillo, nú-mero 49, de Madrid, por todo recurrente queno tenga la condición de trabajador o cau-sahabiente suyo o beneficiario del régimenpúblico de la Seguridad Social, mientras quela consignación del importe de la condenadeberá acreditarse, cuando proceda, por elrecurrente que no goce del beneficio de jus-ticia gratuita ante esta Sala al tiempo de pre-parar el recurso, presentando resguardo acre-ditativo de haberla efectuado en la cuentacorriente número 287600000013022009 queesta Sección Quinta tiene abierta en el “Ban-co Español de Crédito”, oficina 1026, sita en lacalle Miguel Ángel, número 17, de Madrid,pudiéndose sustituir dicha consignación enmetálico por el aseguramiento medianteaval bancario en el que se hará constar laresponsabilidad solidaria del avalista.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 204 B.O.C.M. Núm. 146

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a donCarlos López Calabria, en ignorado parade-ro, con la advertencia que las resolucionesjudiciales que se dicten en el procedimientoa partir de la presente serán notificadas en es-trados, salvo las que deban revestir la formade auto o sentencia o se trate de emplaza-miento, se expide la presente en Madrid, a 26de mayo de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/18.347/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones número 5.518 de 2008,seguidas ante la Sección Sexta de la Sala delo social de este Tribunal Superior de Justicia,dimanantes de los autos número 266 de 2007del Juzgado de lo social número 5 de Ma-drid, promovidos por Comunidad de Madrid(Servicios Jurídicos), contra “Atlas Servi-cios Empresariales, Sociedad Anónima”, yotra, sobre contratos de trabajo, se ha dicta-do resolución, cuya parte dispositiva es delsiguiente tenor literal:

FallamosDesestimamos el recurso de suplicación

número 5.518 de 2008, ya identificado, con-firmando la sentencia de instancia. La Co-munidad de Madrid deberá de abonar a cadauno de los letrados que impugnaron el recur-so 350 euros en concepto de honorarios pro-fesionales.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superiorde Justicia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a lanotificación de la sentencia de acuerdo conlo dispuesto en los artículos 219, 227 y 228de la Ley de Procedimiento Laboral, advir-tiéndose en relación con los dos últimos pre-ceptos citados que el depósito de los 300,51euros deberá efectuarse ante la Sala de lo so-cial del Tribunal Supremo en la cuenta co-rriente número 2410 que tiene abierta en el“Banco Español de Crédito”, sucursal 1006,sita en la calle Barquillo, número 49, de Ma-drid, al tiempo de personarse en ella, portodo recurrente que no tenga la condición detrabajador o causahabiente suyo o beneficia-rio del régimen público de la Seguridad So-cial, mientras que la consignación del im-porte de la condena deberá acreditarse,cuando proceda, por el recurrente que nogoce del beneficio de justicia gratuita anteesta Sala al tiempo de preparar el recurso,presentando resguardo acreditativo de ha-berla efectuado en la cuenta corriente núme-ro 28700000005518/08 que esta SecciónSexta tiene abierta en el “Banco Español deCrédito”, sucursal 1026, sita en la calle Mi-guel Ángel, número 17, de Madrid, pudién-dose sustituir dicha consignación en metáli-

co por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado parade-ro que en lo sucesivo se le efectuarán las no-tificaciones en estrados, salvo que se trate deautos, sentencias o emplazamientos, deacuerdo con lo prevenido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y adver-tencia en forma a doña Jimena ArmasMozzone, en ignorado paradero, se expidela presente edicto en Madrid, a 27 de mayode 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.345/09)

SALA DE LO SOCIAL

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones número 1.859 de2009, seguidas ante la Sección Sexta de laSala de lo social de este Tribunal Superiorde Justicia, dimanantes de los autos número239 de 2008 del Juzgado de lo social núme-ro 26 de Madrid, promovidos por Fondo deGarantía Salarial, contra doña María delMar Navajo Urbanos y “Geostar Tecnolo-gías, Sociedad Limitada”, sobre extinciónde contrato de trabajo, con fecha 16 de juniode 2008 se ha dictado resolución, cuya par-te dispositiva es del siguiente tenor literal:

FallamosDesestimamos el recurso de suplicación

número 1.859 de 2009, ya identificado, con-firmando la sentencia de instancia. El orga-nismo recurrente abonará a la letrada queimpugnó el recurso 350 euros en conceptode honorarios profesionales.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y a la Fiscalía del Tribunal Superiorde Justicia de Madrid, haciéndoles saber quecontra la misma solo cabe recurso de casa-ción para la unificación de doctrina que sepreparará por escrito ante esta Sala de lo so-cial dentro de los diez días siguientes a lanotificación de la sentencia de acuerdo conlo dispuesto en los artículos 219, 227 y 228de la Ley de Procedimiento Laboral, advir-tiéndose en relación con los dos últimos pre-ceptos citados que el depósito de los 300,51euros deberá efectuarse ante la Sala de lo so-cial del Tribunal Supremo en la cuenta co-rriente número 2410 que tiene abierta en el“Banco Español de Crédito”, sucursal 1006,sita en la calle Barquillo, número 49, de Ma-drid, al tiempo de personarse en ella, portodo recurrente que no tenga la condición detrabajador o causahabiente suyo o beneficia-rio del régimen público de la Seguridad So-cial, mientras que la consignación del im-porte de la condena deberá acreditarse,cuando proceda, por el recurrente que nogoce del beneficio de justicia gratuita anteesta Sala al tiempo de preparar el recurso,presentando resguardo acreditativo de ha-berla efectuado en la cuenta corriente núme-

ro 28700000001859/09 que esta SecciónSexta tiene abierta en el “Banco Español deCrédito”, sucursal 1026, sita en la calle Mi-guel Ángel, número 17, de Madrid, pudién-dose sustituir dicha consignación en metáli-co por el aseguramiento mediante avalbancario en el que se hará constar la respon-sabilidad solidaria del avalista.

Expídase testimonio de la presente reso-lución para su incorporación al rollo de estaSala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado parade-ro que en lo sucesivo se le efectuarán las no-tificaciones en estrados, salvo que se trate deautos, sentencias o emplazamientos, deacuerdo con lo prevenido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y adver-tencia en forma a “Geostar Tecnologías, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, seexpide la presente edicto en Madrid, a 27 demayo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.451/09)

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Décima

EDICTO

Por la Sección Décima de la AudienciaProvincial de Madrid, en el rollo número 868de 2008 dimanante de los autos número 37de 2000 del Juzgado de primera instancia nú-mero 3 de los de Madrid, se ha dictado sen-tencia de fecha 11 de marzo de 2009, cuyoencabezamiento y parte dispositiva dice así:

SentenciaIlustrísimos señores magistrados: don

José Manuel Arias Rodríguez, don ÁngelVicente Illescas Rus y doña Ana María Ola-lla Camarero.—En Madrid, a 11 de marzode 2009. La Sección Décima de la Audien-cia Provincial de Madrid, compuesta por losseñores magistrados expresados al margen,ha visto en grado de apelación los autos nú-mero 37 de 2000, procedentes del Juzgadode primera instancia número 3 de los de Ma-drid, seguidos entre partes: de una, como de-mandado-apelante, don Francisco BernalGonzález, representado por la procuradoradoña Rocío Marsal Alonso y defendido porletrado, y de otra, como demandante-apela-da, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, So-ciedad Anónima”, representada por la pro-curadora doña María Rosa García Gonzálezy defendida por letrado, y demandada-ape-lada, doña Leonor Weaving Gómez, incom-parecida en esta instancia, seguidos por eltrámite de menor cuantía. Visto siendo ma-gistrado ponente el ilustrísimo señor donJosé Manuel Arias Rodríguez.

FallamosQue, con desestimación del recurso de

apelación interpuesto por la procuradoradoña Rocío Marsal Alonso, en representa-ción de don Francisco Bernal González,frente a la sentencia dictada el día 14 de di-ciembre de 2005 por la ilustrísima señoramagistrada del Juzgado de primera instancia

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 205

número 3, en los autos a que el presente ro-llo se contrae, debemos confirmar y confir-mamos la indicada resolución e imponemosa la parte apelante las costas procesales cau-sadas en esta alzada.

Y para que sirva de notificación en formaa doña Leonor Weaving Gómez, expido elpresente.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—El se-cretario (firmado).

(03/18.126/09)

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 8DE MADRID

EDICTO

Vistos por mí, doña Mónica Arévalo Aré-valo Estecha, magistrada-juez titular delJuzgado de primera instancia número 8 deMadrid, los presentes autos de juicio verbalseguidos en este Juzgado bajo el núme-ro 890 de 2008, a instancias de “Gas NaturalDistribución SDG, Sociedad Anónima”, re-presentada por el procurador don Juan Car-los Gálvez Hermoso de Mendoza y asistidatécnicamente del letrado don José Luis Este-ban Villar, contra don Carlos Alberto GarayVargas, quien fue declarado en rebeldía, so-bre reclamación de cantidad, intereses ycostas.

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por el procurador don Juan Carlos GálvezHermoso de Mendoza, en nombre y repre-sentación de “Gas Natural DistribuciónSDG, Sociedad Anónima”, contra don Car-los Alberto Garay Vargas, debo declarar ydeclaro resuelto el contrato de suministro degas existente entre la actora y el demandadomediante póliza número 863.344, y debocondenar y condeno al demandado a estar ypasar por dicha declaración, imponiéndolela obligación de facilitar la entrada en el do-micilio donde se presta el suministro y per-mitir el desmonte del contador de gas, clau-surando la instalación receptora, y en sudefecto, se libre mandamiento de entrada atal efecto, y a abonar a la actora la cantidadadeudada de 1.102,83 euros, más los intere-ses legales conforme dispone el fundamentode derecho tercero, todo ello con condena encostas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que no es firme y que con-tra ella cabe interponer recurso de apelaciónen el plazo de cinco días contados desde sunotificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando en primera instancia, lo pronun-cio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos dereferencia, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 497 y 161 de la Ley de En-juiciamiento Civil, por el presente se notifi-ca al demandado don Carlos Alberto GarayVargas la sentencia dictada el 1 de abrilde 2009.

En Madrid, a 1 de abril de 2009.—Firmado.(02/7.009/09)

JUZGADO NÚMERO 28DE MADRID

EDICTO

Doña Eva María Luna Mairal, secretaria delJuzgado de primera instancia número 28de Madrid.

Por el presente edicto hago saber: Que eneste Juzgado de mi cargo y Secretaría de laque refrenda se siguen autos de separacióncontenciosa número 342 de 2008, sobreotras materias, a instancias de doña Concep-ción Gómez Barquilla, representada por laprocuradora doña María del Pilar Vived dela Vega, contra don Zakaria Bouhaja Oua-kour, en ignorado paradero, en el que por re-solución del día de hoy se ha acordado noti-ficar la sentencia de fecha 17 de febrerode 2009 y el auto de rectificación de fecha20 de marzo de 2009 por medio de edictos ycuyos encabezamiento y fallo son del si-guiente tenor literal:

Sentencia número 72En Madrid, a 17 de febrero de 2009.—

Vistos por la ilustrísima señora doña EmiliaMarta Sánchez Alonso, magistrada-juez delJuzgado de primera instancia número 28 deMadrid, los autos seguidos en este Juzgadoal número 342 de 2008, sobre separación, ainstancias de doña Concepción Gómez Bar-quilla, representada por la procuradora doñaMaría del Pilar Vived de la Vega y asistidade letrado, contra don Zakaria Bouhaja Oua-kour, declarado legalmente en rebeldía, ha-biéndose dado intervención al ministeriofiscal, en base al siguiente

FalloQue estimando la demanda formulada

por la procuradora doña María del Pilar Vi-ved de la Vega, en nombre y representaciónde doña Concepción Gómez Barquilla, con-tra don Zakaria Bauhaja Ouakour, debo de-clarar y declaro disuelto su matrimonio porseparación, con todos los efectos legalesinherentes a dicha declaración; asimismo, seestablecen como definitivas las siguientesmedidas:

1. Se atribuye la guardia y custodia delos menores a la madre, en cuya compañíaquedan.

2. Se atribuye el ejercicio en exclusivade la patria potestad a la madre.

3. No ha lugar a establecer régimen devisitas a favor del padre.

4. En concepto de pensión alimenticiaen favor de los hijos menores, se estableceque el padre, dentro de los cinco primerosdías de cada mes, abone a cantidad de 100euros por cada hijo, actualizándose dichoimporte anualmente de conformidad con lasvariaciones que experimente el índice deprecios al consumo publicado por el Institu-to Nacional de Estadística.

Ambos progenitores contribuirán por mi-tad en los gastos extraordinarios que en rela-ción con los menores puedan producirseprevia acreditación de su necesidad.

Sin hacer expreso imposición de costas aninguna de las partes.

Comuníquese esta sentencia, una vez quesea firma, a las oficinas del Registro Civil,

en que conste la inscripción del matrimoniode los sujetos del pleito.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al ministerio fiscal, observando loprevisto en el artículo 248.4 de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando en primera instancia, lo pronun-cio, mando y firmo.

AutoMagistrada-juez de primera instancia,

doña Emilia Marta Sánchez Alonso.—EnMadrid, a 20 de marzo de 2009.

Dada cuenta; visto el estado procesal quemantienen las presentes actuaciones es pro-cedente dictar esta resolución en base a la si-guiente:

Parte dispositiva:Su señoría ilustrísima, dispuso: Se aclara

de oficio la sentencia dictada en fecha 17 defebrero de 2009, en el sentido que dondedice: “debo declarar y declaro disuelto sumatrimonio por separación...”, debe decir:“debo declarar y declaro disuelto su matri-monio por divorcio...”.

Esta resolución es firme y contra la mis-ma no cabe interponer recurso alguno, sinperjuicio de que desde la notificación deldictado de la presente resolución cabe inter-poner recurso de apelación contra la senten-cia ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo manda y firma su señoría. Doyfe.—Ante mí la secretaria (firmado).—Lamagistrada-juez de primera instancia (fir-mado).

Y para que así conste y sirva de notifica-ción de la sentencia y del auto al demanda-do, don Zakaria Bouhaja Ouakour y para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido y firmo elpresente en Madrid, a 3 de junio de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/18.886/09)

JUZGADO NÚMERO 28DE MADRID

EDICTO

Doña María Paz del la Fuente Isabal, secre-taria del Juzgado de primera instancia nú-mero 28 de Madrid.

Por el presente edicto hago saber: Que eneste Juzgado de mi cargo y Secretaría de laque refrenda se siguen autos de divorciocontencioso número 203 de 2004, sobreotras materias, a instancias de doña Maríadel Mar Ibarra, representada por la procura-dora doña Mercedes Albí Murcia, contradon Adil Abachad, en ignorado paradero, enlos que por resolución del día de hoy se haacordado notificar la sentencia dictada confecha 11 de febrero de 2005 a don Adil Aba-chad, cuya parte dispositiva es del tenor lite-ral que prosigue:

FalloQue estimando la demanda formulada

por la procuradora doña Mercedes AlbíMurcia, en nombre y representación de doñaMaría del Mar Ibarra Martínez, contra donAdil Abachad, debo declarar y declaro di-

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suelto su matrimonio por divorcio, con to-dos los efectos legales inherentes a dicha de-claración. Manteniendo las mismas medidasacordadas por sentencia de 19 de diciembrede 2001, con la modificación acordada porsentencia de 13 de diciembre de 2002. Sinhacer expresa imposición de costas a ningu-na de las partes.

Comuníquese esta sentencia, una vez quesea firme, a las oficinas del Registro Civil enque conste la inscripción del matrimonio delos sujetos del pleito.

Contra esta sentencia cabe recurso de ape-lación ante la Audiencia Provincial de Ma-drid. El recurso se preparará por medio de es-crito presentado en este Juzgado en el plazode cinco días hábiles contados desde el día si-guiente al de la notificación, limitado a citarla resolución apelada, manifestando la volun-tad de recurrir, con expresión de los pronun-ciamientos que impugna (artículo 457.2 de laLey de Enjuiciamiento Criminal).

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando en primera instancia lo pronun-cio, mando y firmo.

Y para que así conste y sirva el presentede notificación en legal forma al demandadocon Adil Abachad y para su inserción en eltablón de anuncios de este Juzgado y en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido y firmo el presente en Ma-drid, a 6 de junio de 2005.—La secretaria(firmado).

Concuerda con su original, y para queconste y surta los efectos oportunos extien-do y firmo el presente en Madrid, a 1 de ju-nio de 2009.—Firmado.

(02/6.999/09)

JUZGADO NÚMERO 29DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de divorcio conten-cioso número 963 de 2007, sobre otras ma-terias, se ha dictado resolución del tenor li-teral siguiente:

SentenciaEn Madrid, a 21 de mayo de 2009.—Vis-

tos por el ilustrísimo señor don Antonio Ma-nuel Muñoz de Luna, magistrado-juez acci-dental de primera instancia del número 29de los de Madrid, habiendo visto los autosseguidos en este Juzgado al número 963de 2007, a instancias de doña Beatriz Pine-da Guerrero, representada por la procurado-ra doña María Jesús Sanz Peña, contra donRicardo Carrasco Sola, en situación proce-sal de rebeldía, siendo parte el ministeriofiscal.

FalloQue estimando la demanda formulada

por la representación de doña Beatriz Pine-da Guerrero, contra don Ricardo CarrascoSola, debo declarar y declaro la disoluciónpor divorcio del matrimonio contraído porlas partes el 22 de noviembre de 1996, conlas siguientes medidas:

1. Patria potestad compartida, guarda ycustodia para la madre.

2. Régimen de visitas ordinario consis-tente en fines de semana alternos y mitad delas vacaciones escolares de Navidad, Sema-na Santa y verano, que son las que la madre(el padre está declarado en situación de re-beldía procesal), dice se están cumpliendocon normalidad.

3. En cuanto a los alimentos, dado quela actora reconoce que el padre no trabaja yde la documentación obrante en las actua-ciones se desprende que el mismo percibeuna pensión de 340 euros mensuales por laincapacidad total que tiene reconocida, esti-mamos procede fijarse la cuantía de 100euros al mes, revisable conforme al índicede precios al consumo. Gastos extraordina-rios por mitad.

4. No se hace expreso pronunciamientoen costas.

Comuníquese esta sentencia, una vez quesea firme, a las oficinas del Registro Civil enque conste la inscripción de matrimonio delos sujetos al pleito.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando en primera instancia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recursode apelación ante la Audiencia Provincial deMadrid (artículo 455 de la Ley de Enjuicia-miento Civil).

El recurso se preparará por medio de es-crito presentado en este Juzgado en el plazode cinco días hábiles contados desde el díasiguiente de la notificación, limitado a citarla resolución apelada, manifestando la vo-luntad de recurrir, con expresión de los pro-nunciamientos que impugna (artículo 457.2de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y como consecuencia del ignorado para-dero de don Ricardo Carrasco Sola, se ex-tiende la presente para que sirva de cédulade notificación.

Madrid, a 25 de mayo de 2009.—El se-cretario (firmado).

(03/18.904/09)

JUZGADO NÚMERO 32DE MADRID

EDICTO

Doña María José Moure Lorenzo, secretariadel Juzgado de primera instancia núme-ro 32 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel procedimiento de expediente de dominio,reanudación del tracto número 1.010 de2008, a instancias de don Juan AntonioPuerta Díaz y doña María del Carmen CanoGenovés, respecto de la siguiente finca:

Cuota del 8,176667 por 100 de la fincanúmero 3.910 del Registro de la Propiedadnúmero 20 de Madrid, sita en avenida deSanta Eugenia, número 58, 28031 Madrid,con referencia catastral 8402101VK47800C001RO.

Por el presente, y en virtud de lo acorda-do en providencia de esta fecha, se convocaa las personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para queen el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expidoel presente en Madrid, a 3 de junio de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/7.235/09)

JUZGADO NÚMERO 40DE MADRID

EDICTO

Doña María Rosario Martínez García, se-cretaria judicial del Juzgado de primerainstancia número 40 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de pri-mera instancia número 40, sito en la calleCapitán Haya, número 66, quinta planta, sesiguen los autos del juicio verbal de desahu-cio número 20 de 2008, a instancias de donLino José Rincón Tapias.

Dictándose sentencia número 99 en losreferidos autos, con el siguiente tenor literal:

Fallo

Que estimando pertinente la demanda in-terpuesta por la procuradora de los tribuna-les doña Mercedes Marín Iribarren, en nom-bre y representación de don Lino JoséRincón Tapias, contra la mercantil “Mem-ber Grupo Inmobiliario, Sociedad Limita-da”, en situación procesal de rebeldía:

a) Debo declarar y declaro resuelto elcontrato de arrendamiento existente entreambas partes, de fecha 15 de julio de 2005,y cuyo objeto lo constituye el local comer-cial número 9 del edificio sito en la calle Is-las Cíes, número 55, planta baja, de Madrid.

b) Debo condenar y condeno a dichademandada al desalojo de dichos inmueblesobjeto del anterior contrato en el plazo le-galmente establecido (veinte días), dejandolos mismos libres, expeditos y a entera dis-posición de la parte demandante con aperci-bimiento de lanzamiento.

c) Debo condenar y condeno a dichademandada a pagar a la parte actora la can-tidad de 22.323,54 euros en concepto derentas, 1.119,81 euros en concepto de gastosde comunidad, luz y agua y la cantidadde 1.084,72 euros mensuales, desde el día 1 dejunio de 2009 hasta la fecha de desalojode dicho inmueble.

d) Todo ello con expresa imposición ala demandada de las costas causadas en lapresente instancia.

Contra la presente resolución cabe inter-poner recurso de apelación en este Juzgado,para ante la Audiencia Provincial de Ma-drid, en el plazo de cinco días a partir de sunotificación.

Llévese testimonio de la presente resolu-ción al procedimiento de referencia.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando en primera instancia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y para que tenga efecto la notificación dela sentencia a la demandada en autos,“Member Grupo Inmobiliario, Sociedad Li-mitada”, y para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, seexpide la presente.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 207

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria (firmado).

(02/7.621/09)

JUZGADO NÚMERO 50DE MADRID

EDICTO

Por la presente, y en virtud de lo acorda-do en el procedimiento ordinario núme-ro 1.230 de 2008, seguido en este Juzgadopor “Codere Madrid, Sociedad Anónima”,representada por don José Luis Pinto Mara-botto, contra doña María del Carmen Nava-rro Mariscal, se le notifica la sentencia adoña María del Carmen Navarro Mariscal,dado su ignorado paradero, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuestapor la entidad “Codere Madrid, SociedadAnónima”, contra doña María del CarmenNavarro Mariscal, debo declarar y declaroresuelto el contrato de instalación y explota-ción de máquinas recreativas y aparatos dejuego de 30 de septiembre de 2006 suscritoentre las partes, condenándose a la deman-dada al pago de 14.454,76 euros, correspon-dientes a la parte proporcional de la contra-prestación entregada por el tiempo querestaba de cumplimiento de contrato, asícomo los intereses legales que se devenguendesde la interposición de la demanda hastasu completo pago, y al pago de 5.198,13euros adeudados a cuenta del anticipo de re-caudaciones que le fue concedido, más losintereses legales que se devenguen por di-cha suma, al tipo pactado del 10 por 100,hasta su completo pago, con expresa conde-na en costas a la demandada.

Así por esta mi sentencia, que se notifica-rá en legal forma a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe preparar re-curso de apelación, ante este órgano judi-cial, dentro de los cinco días siguientes a lanotificación, definitivamente juzgando en lainstancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doñaMaría del Carmen Navarro Mariscal, dadosu paradero desconocido, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID y su fijación enel tablón de anuncios de este Juzgado, quefirmo en Madrid, a 29 de abril de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(02/7.236/09)

JUZGADO NÚMERO 56DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Huelín Martínez, secretariadel Juzgado de primera instancia núme-ro 56 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dejuicio verbal de desahucio número 106 de2008, seguido en este Juzgado a instanciasde la procuradora señora Bermejillo de He-via, contra don José Antonio Gómez Rodrí-guez, sobre reclamación de cantidad, se ha

dictado la sentencia que copiada en su enca-bezamiento y fallo es como sigue:

Sentencia número 126En Madrid, a 7 de mayo de 2009.—Vis-

tos por doña Ana Cristina Lledó Fernández,magistrada-juez de primera instancia del nú-mero 56 de los de Madrid, los presente autosde juicio verbal número 106 de 2008, segui-dos ante este Juzgado a instancias de la pro-curadora doña Pilar Marta Bermejillo deHevia, en nombre y representación de donJosé Javier Castro Díaz, frente a don JoséAntonio Gómez Rodríguez, y en atención alsiguiente

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por la procuradora señora Bermejillo de He-via, en nombre y representación de don JoséJavier Castro Díaz, contra don José AntonioGómez Rodríguez, debo declarar y declaroresuelto el contrato de arrendamiento con-certado entre los litigantes y haber lugar aldesahucio solicitado, condenando al deman-dado al desalojo del inmueble a que se con-trae la demanda, con apercibimiento de lan-zamiento de no verificarlo, y con expresaimposición de las costas causadas a la refe-rida parte demandada.

Y para que sirva de notificación al referi-do demandado y para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID extiendo y firmo el presente enMadrid, a 2 de junio de 2009.—La secreta-ria (firmado).

(02/7.204/09)

JUZGADO NÚMERO 59DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento verbal de desahuciopor falta de pago número 1.268 de 2008, so-bre otras materias, se ha dictado resolución,cuyo encabezamiento y fallo son del tenorliteral siguiente:

SentenciaEn Madrid, a 30 de enero de 2009.—

Doña Begoña Álvarez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia núme-ro 59 de Madrid, habiendo visto los autosseguidos en este Juzgado al número 1.268de 2008, a instancias de don Chao Min LiuChou, representado por la procuradora doñaMaría Jesús Mercedes Pérez Arroyo y asis-tido de la letrada doña Margarita MartínezGuillén, contra “El Sol de Paula, SociedadLimitada”, que se encuentra en rebeldía pro-cesal, ha procedido a dictar la presente reso-lución en base al siguiente

FalloQue con estimación de la demanda for-

mulada por don Chao Min Liu Chou, repre-sentada por la procuradora doña María JesúsMercedes Pérez Arroyo, contra “El Sol dePaula, Sociedad Limitada”, en rebeldía pro-cesal, debo declarar resuelto por falta depago de rentas el contrato de arrendamientocelebrado entre las partes con fecha 26 de

junio de 2006 en relación con el local sito enMadrid, en la calle Concepción Arenal, nú-mero 6, bajo, condenándolo a que deje librey a disposición de la actora dicha propiedad,con apercibimiento de lanzamiento si no lodesaloja con anterioridad.

Asimismo, debo condenar y condeno a laparte demandada a pagar a la parte actora lacantidad 10.830,95 euros, más las cantida-des que se devenguen hasta la entrega de laposesión, así como demás gastos por cuentadel demandado. Con imposición de costas ala parte demandada.

Así por esta mi sentencia, de la que se lle-vará testimonio a los autos originales, lopronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado para-dero de “El Sol de paula, Sociedad Limita-da”, se extiende la presente para que sirva decédula de notificación.

Madrid, a 20 de mayo de 2009.—El se-creatrio (firmado).

(03/18.921/09)

JUZGADO NÚMERO 59DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal nú-mero 1.708 de 2007, sobre otras materias, seha dictado sentencia, cuyo encabezamientoy fallo son del siguiente tenor literal:

En Madrid, a 20 de marzo de 2009.—Doña Begoña Álvarez García, magistrada-juez de primera instancia del número 59 delos de Madrid, habiendo visto los autos dejuicio verbal seguidos en este Juzgado al nú-mero 1.708 de 2007, a instancias de “GasNatural Distribución SDG, Sociedad Anóni-ma”, representada por el procurador donJuan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza yasistida del letrado don José Luis Abad-Jai-me de Arago Santiveri, contra don BambaMamadou, en rebeldía procesal, sobre recla-mación de cantidad y corte de suministro degas, he procedido a dictar la presente resolu-ción en base al siguiente

FalloEstimando la demanda formulada por el

procurador don Juan Carlos Gálvez Hermo-so de Mendoza, en nombre y representaciónde “Gas Natural Distribución SDG, Socie-dad Anónima”, contra don Bamba Mama-dou, se declara resuelto el contrato de sumi-nistro de gas para el consumo en la viviendasita en la calle María Teresa Sáenz de Here-dia, número 14, tercero B, de esta ciudad,concertado entre la actora y don Bamba Ma-madou, y le condenamos a estar y pasar pordicha resolución; se condena al demandadoa que abone a la actora la suma de 720,93euros, más el interés legal del dinero desdela fecha de interposición de la presente de-manda; se condena al señor Mamadou a quepermita y consienta la entrada en el domici-lio citado a los empleados de la actora a finde que estos procedan a la privación del su-ministro mediante la desconexión y retiradadel contador allí instalado, y al pago de lascostas causadas.

Con imposición de costas a la parte de-mandada.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 208 B.O.C.M. Núm. 146

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado para-dero del demandado rebelde, don BambaMamadou, extiendo la presente para que sir-va de cédula de notificación en legal forma.

En Madrid, a 24 de marzo de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(02/7.012/09)

JUZGADO NÚMERO 59DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal nú-mero 1.708 de 2007, sobre otras materias, seha procedido a dictar auto de aclaración defecha 30 de marzo de 2009, aclarando lasentencia de fecha 20 de marzo de 2009, delsiguiente tenor literal:

AutoMagistrada-juez de primera instancia,

doña Begoña Álvarez García.—En Madrid,a 30 de marzo de 2009.

Dada cuenta; el anterior escrito del procu-rador don Juan Carlos Gálvez Hermoso deMendoza de fecha 26 de marzo de 2009 úna-se a los autos de su razón, y visto el estadoprocesal que mantienen estas actuaciones esprocedente dictar la presente resolución enbase a los siguientes:

Antecedentes de hecho:Primero.—En el presente procedimiento

se ha dictado sentencia de fecha 20 de marzode 2009, que ha sido notificada a las partes.

Segundo.—La referida resolución contie-ne el siguiente error: en el fundamento dederecho primero y en el fallo aparece comocantidad la de “720,93 euros”.

Fundamento de derecho:Único.—El artículo 214.1 de la Ley de

Enjuiciamiento Civil, después de proclamarel principio de que los tribunales no podránvariar sus resoluciones una vez firmadas,permite, sin embargo, en el apartado 3, rec-tificar errores materiales manifiestos o erro-res aritméticos que se hubieran podido co-meter, rectificación que puede tener lugar encualquier tiempo.

En el presente caso el error,ahora adverti-do es manifiesto, como se desprende de lasimple lectura de los autos, por lo que pro-cede su rectificación.

Parte dispositiva:Se rectifica el fundamento de derecho pri-

mero y el fallo de la sentencia, en el sentidode que donde se dice: “720,93 euros”; debedecir: “713,38 euros”.

Así lo manda y firma su señoría. Doyfe.—El secretario (firmado).—La magistra-da-juez de primera instancia (firmado).

Y como consecuencia del ignorado para-dero del demandado rebelde don BambaMamadou, extiendo el presente para que sir-va de cédula de notificación en legal forma.

En Madrid, a 30 de marzo de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(02/7.010/09)

JUZGADO NÚMERO 70DE MADRID

EDICTO

En el juicio verbal número 1.076 de 2007,sobre otras materias, se ha dictado resolu-ción, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 21En Madrid, a 2 de febrero de 2009.—La

señora doña María Begoña Pérez Sanz, ma-gistrada-juez del Juzgado de primera instan-cia número 70 de los de Madrid y su partido,habiendo visto los presentes autos de juicioverbal número 1.076 de 2007, seguidos anteeste Juzgado entre partes: de una, como de-mandante, “Gas Natural Distribución SDG,Sociedad Anónima”, con procurador donJuan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza yletrado don José Luis Esteban Villar, y deotra, como demandada, doña Delia CuasayDalisay, con procurador sin profesionalasignado y letrado sin profesional asignado,sobre juicio verbal; y...

FalloQue debo estimar y estimo esencialmente

la demanda deducida por el procurador donJuan Carlos Gálvez Hermoso de Mendoza,en nombre y representación de “Gas NaturalDistribución SDG, Sociedad Anónima”,contra doña Delia Cuasay Dalisay, en suconsecuencia:

1. Declaro resuelto el contrato de sumi-nistro de gas existente entre la actora y la de-mandada, póliza número 1.478.682.

2. Se condena a la demandada a estar ypasar por dicha declaración.

3. Condeno a la parte demandada a abo-nar a la parte actora la cantidad de 547,52euros en concepto de daños y perjuicio, máslos intereses legales desde la fecha de inter-posición de la demanda.

Con imposición de todas las costas a laparte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso deapelación que se interpondrá por escritoante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de re-ferencia, de conformidad con lo dispuesto enlos artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, deEnjuiciamiento Civil, por el presente se noti-fica la sentencia de fecha 2 de febrerode 2009 a doña Delia Cuasay Dalisay, por en-contrarse en ignorado paradero, a los efectoslegales oportunos.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Elsecretario (firmado).

(02/7.013/09)

JUZGADO NÚMERO 74DE MADRID

EDICTO

En el juicio de procedimiento ordinarionúmero 1.501 de 2007 se ha dictado resolu-ción, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 42 de 2009En Madrid, a 5 de marzo de 2009.—La

ilustrísima señora doña María Teresa de la

Cueva Aleu, magistrada-juez del Juzgadode primera instancia número 74 de Madrid,habiendo visto y examinado los presentesautos de juicio ordinario seguidos en esteJuzgado con el número 1.501 de 2007, a ins-tancias de “Banco Mais, Sociedad Anóni-ma”, representada por la procuradora doñaMaría Sonia Jiménez Sanmillán y asistidadel letrado don Pedro Manuel Moreira DosSantos, contra don Richard Celso TorresRamírez, declarado en situación de rebeldíaprocesal, sobre reclamación de cantidad, re-cayendo en ellos la presente resolución enbase al siguiente

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por laprocuradora doña María Sonia Jiménez San-millán, en nombre y representación de“Banco Mais, Sociedad Anónima”, contradon Richard Celso Torres Ramírez, a quiencondeno a pagar a la actora la cantidad de7.322,62 euros, más sus intereses legalesdesde la interposición de la demanda y losque se devenguen conforme a lo previsto enel artículo 576 de la Ley de EnjuiciamientoCivil, y al pago de las costas de este juicio.

La presente resolución es apelable paraante la Audiencia Provincial de Madrid en elplazo de cinco días a contar desde el si-guiente a su notificación en los términosprevenidos en los artículos 455 y siguientesde la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley1/2000), debiendo quien lo efectúe prepararel recurso en la forma prevenida en el artícu-lo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se ex-pedirá testimonio para su unión a los autos,lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior senten-cia por la ilustrísima señora magistrada-juezque la suscribe estando celebrando audien-cia pública en el mismo día de su fecha.

En Madrid, a 5 de marzo de 2009. Doyfe.—La secretaria (firmado).

Y en virtud de lo acordado en los autos dereferencia, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 156.4 y 164 de la Ley1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el pre-sente se notifica a don Richard Celso TorresRamírez la sentencia de fecha 5 de marzode 2009, haciéndole saber que contra la mis-ma cabe interponer recurso de apelación enlos cinco días siguientes a la notificación dela misma.

En Madrid, a 11 de mayo de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(02/7.234/09)

JUZGADO NÚMERO 91DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓB

En el procedimiento de juicio verbal dedesahucio por falta de pago número 448 de

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 209

2009, sobre otras materias, se ha dictadosentencia de fecha 19 de mayo de 2009,cuyo encabezamiento y parte dispositivason del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 19 de mayo de 2009.—Vis-tos por la ilustrísima señora doña SilviaAbellá Maeso, magistrada-juez del Juzgadode primera instancia número 91 de Madrid,los presentes autos de juicio verbal seguidosbajo el número 448 de 2009, promovidos ainstancias de doña Cristina Clares Sanz, re-presentada por el procurador don José LuisGarcía Guardia y asistida de la letrada doñaAmor Montero Romero, contra doña Jénni-fer Jyamo, representada por la procuradoradoña Gema Muñoz Minaya y asistida de laletrada doña María Salud Aguilera Recover,y contra don Paúl Fridolin Ceissler, declara-do en rebeldía, versando sobre resolución decontrato de vivienda por falta de pago de larenta y desahucio.

Fallo

Que estimando la demanda que ha dadoorigen al presente procedimiento, interpues-ta por el procurador don José Luis GarcíaGuardia, en nombre y representación dedoña Cristina Clares Sanz, contra doña Jén-nifer Jyamo y don Paúl Fridolin Ceissler,debo declarar y declaro resuelto el contratode arrendamiento que liga a ambas partes re-lativo a la vivienda sita en Madrid, calle Sie-rra Cuerda Larga, número 27, primero B, yhaber lugar al desahucio de los demandados,a los cuales se condena a dejar el referido in-mueble libre y a disposición de la deman-dante, con apercibimiento de que de no ha-cerlo serán lanzados por la fuerza y a sucosta el día 9 de julio de 2009, a las trece ho-ras, fecha que se señaló en el auto de admi-sión a trámite de la demanda, siempre quepreviamente la demandante haya interpues-to la oportuna demanda de ejecución en laforma prevista en el artículo 549 de la Leyde Enjuiciamiento Civil.

Se condena a los demandados al pago delas costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que la misma no es firmey contra ella podrán interponer recurso deapelación para ante la ilustrísima AudienciaProvincial de Madrid en el plazo de cincodías hábiles a partir de tal notificación, me-diante escrito presentado en este Juzgado,preparándolo. Los demandados deberánpreviamente manifestar, y acreditarlo, tenerabonadas o consignadas las cantidadesadeudadas hasta ese momento.

Así por esta mi sentencia, de la que se ex-pedirá testimonio para su unión a los autos,definitivamente juzgando en esta instancia,lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado para-dero de don Paúl Fridolin Ceissler, se ex-tiende la presente para que sirva de cédulade notificación.

Madrid, a 3 de junio de 2009.—El secre-tario (firmado).

(02/7.233/09)

JUZGADO NÚMERO 5DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO

Doña Eva Estrella Ramírez García, magis-trada-juez del Juzgado de primera instan-cia e instrucción número 5 de los de Alca-lá de Henares.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel procedimiento de expediente de dominio,inmatriculación, número 550 de 2006, a ins-tancias de don Luis Antonio Alonso-GascoHorche y don Nemesio Alonso-Gasco Hor-che, expediente de dominio para la inmatri-culación de las siguientes fincas: finca urba-na sita en el término municipal de Camarmade Esteruelas (Madrid), calle Iglesia, nú-mero 4.

Por el presente, y en virtud de lo acorda-do en providencia de esta fecha, se convocaa las personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para queen el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

En Alcalá de Henares, a 16 de octubrede 2006.—La secretaria (firmado).

(02/5.179/09)

JUZGADO NÚMERO 2DE FUENLABRADA

EDICTO

Doña Concepción Álvarez García, secreta-ria del Juzgado de primera instancia nú-mero 2 de los de Fuenlabrada.

En el juicio de divorcio contencioso núme-ro 340 de 2007, a instancias de don Javier Po-lidura Serrano, representada por la procura-dora doña Elvira Ruiz Resa, contra doñaMaría Luisa Pallol Pino, se ha dictado la sen-tencia de fecha 16 de abril de 2009, cuyoencabezamiento y fallo es del tenor siguiente:

SentenciaEn Fuenlabrada, a 16 de abril de 2009.—

Vistos por el ilustrísimo señor don JoséEduardo Lledó Espadas, magistrado-juezdel Juzgado de primera instancia número 2de los de Fuenlabrada (Madrid), los presen-tes autos sobre divorcio, seguidos en esteJuzgado con el número 340 de 2007, promo-vidos por la procuradora de los tribunalesdoña Elvira Ruiz Resa, en nombre y repre-sentación de don Javier Polidura Serrano,bajo la dirección letrada de doña María JoséFlores Garrido, contra doña Luisa PallolPino (nombre obtenido de la certificación dematrimonio), sin representación ni defensa,habiendo sido declarada en situación proce-sal de rebeldía, pronuncia la presente sen-tencia de acuerdo al siguiente

FalloQue, estimando la demanda formulada

por la procuradora doña Elvira Ruiz Resa,en nombre y representación de don JavierPolidura Serrano, contra doña Luisa PallolPino, debo acordar y acuerdo la disolucióndel matrimonio, por divorcio de los cónyu-ges antes expresados, con todos los efectos

legales inherentes a tal declaración, sin ex-presa imposición de costas.

Comuníquese esta sentencia, una vez quesea firme, a la Oficina del Registro Civil enque conste la inscripción de matrimonio delos sujetos del pleito, librándose a tal fin eloportuno despacho.

Notifíquese esta sentencia a las partes. Lí-brese testimonio para su unión a los autos.

Contra esta resolución cabe recurso deapelación para ante la Audiencia Provincialde Madrid, que deberá prepararse ante esteJuzgado en el plazo de cinco días hábiles si-guientes al de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando defi-nitivamente en esta instancia, lo pronuncio,mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de re-ferencia, de conformidad con lo dispuesto enlos artículos 156.4, 164 y 497 de la Ley 1/2000,de Enjuiciamiento Civil, por el presente se no-tifica a doña María Luisa Pallol Pino la senten-cia de fecha 16 de abril de 2009.

En Fuenlabrada, a 21 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(02/6.832/09)

JUZGADO NÚMERO 5DE FUENLABRADA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal nú-mero 239 de 2008-M, a instancias de “GasNatural Distribución SDG, Sociedad Anóni-ma”, representada por la procuradora doñaElvira Ruiz Resa, contra doña Sandra Seri-fato Víctor y don Manuel Aguirre, se ha dic-tado la resolución cuyo encabezamiento yfallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 325 bis de 2008En Fuenlabrada, a 19 de diciembre de

2008.—La señora doña Luisa María Her-nán-Pérez Merino, magistrada-juez de pri-mera instancia del número 5 de los de Fuen-labrada, habiendo visto los autos de juicioverbal seguidos en este Juzgado con el nú-mero 239 de 2008, entre partes: de una,como demandante, “Gas Natural Distribu-ción SDG, Sociedad Anónima”, representa-da por la procuradora señora Ruiz Resa, y deotra, como demandada, doña Sandra Serifa-to Víctor.

FalloProcede estimar en parte la demanda for-

mulada por la procuradora señora Ruiz Resa,en nombre de “Gas Natural Distribución SDG,Sociedad Anónima”, contra doña Sandra Seri-fato Víctor, y, en consecuencia, declarar re-suelto el contrato de suministro de gas existen-te entre “Gas Natural Distribución SDG,Sociedad Anónima”, y aquella, suscrito me-diante póliza número 2409087.

Asimismo, debo condenar y condeno adoña Sandra Serifato Víctor a que pague a laparte actora la suma reclamada en la deman-da, ascendente a 1.032,89 euros en concep-to de daños y perjuicios. Esta cantidad de-vengará el interés legal desde la fecha deinterposición de la demanda hasta la presen-te resolución y el interés previsto en el ar-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 210 B.O.C.M. Núm. 146

tículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil(interés legal incrementado en 2 puntos)desde la presente resolución al pago.

No procede imposición de las costas pro-cesales.

Notifíquese la sentencia a las partes, ha-ciéndoles saber que la presente sentencia noes firme y que contra ella, en su caso, podráninterponer ante este Juzgado recurso de ape-lación en el plazo de cinco días desde la no-tificación para su resolución por ante laAudiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta mi sentencia, lo ordena,manda y firma doña Luisa María Hernán-Pérez Merino, magistrada-juez del Juzgadode primera instancia número 5 de los deFuenlabrada.

Y como consecuencia del ignorado para-dero de doña Sandra Serifato Víctor, se ex-tiende la presente para que sirva de cédulade notificación.

Fuenlabrada, a 14 de mayo de 2009.—Elsecretario (firmado).

(02/6.833/09)

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 1DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 1 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 62 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 6

En Madrid, a 29 de enero de 2009.—Vis-tos por el señor don Pedro López Jiménez,magistrado-juez del Juzgado de instrucciónnúmero 1 de esta capital, los autos de juiciode faltas número 62 de 2009, incoados porhurto, en los que figuran como denuncianteslos funcionarios del Cuerpo Nacional de Po-licía con carnés profesionales números108.596 y 108.518, como denunciado donEsteban Pleite Pantoja y como perjudicada“La Casa del Libro”, siendo parte en las ac-tuaciones el ministerio fiscal.

Parte dispositiva:

Debo condenar al denunciado don Este-ban Pleite Pantoja, como autor de una faltade hurto en grado de tentativa, a la pena deun mes de multa, que con una cuota diaria de2 euros supone (salvo error u omisión), lacantidad de 60 euros, quedando sujeto a laresponsabilidad personal subsidiaria de undía de privación de libertad por cada doscuotas impagadas, pudiendo hacerse efecti-va mediante localización permanente y, pre-via audiencia del penado, sustituirse por tra-bajos en beneficio de la comunidad, a razónde una jornada de trabajo por cada día deprivación de libertad, y al abono de las cos-tas procesales que hayan podido causarse enel juicio. Una vez firme esta resolución, in-sértese el original en el libro de sentencias,dejando en los autos testimonio literal.

Con esta sentencia cabe formular recursode apelación en los cinco días siguientes a sunotificación.

Así por esta mi sentencia, que se notifica-rá a las partes en legal forma, definitivamen-te juzgando en la instancia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Esteban Pleite Pantoja,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Madrid, a 28 de mayo de 2009.—El se-cretario (firmado).

(03/18.975/09)

JUZGADO NÚMERO 1DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción, nú-mero 1 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 550 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 18 de julio del año 2008.—Vistos por el señor don Pedro López Jimé-nez, magistrado-juez del Juzgado de ins-trucción número 1 de esta capital, los autosde juicio de faltas número 550 de 2008, in-coados por hurto y coacciones, en los que fi-guran como denunciante y perjudicado donAntonio Hondarza Manosalvas y como de-nunciado don Petro Lytvak, siendo parte enlas actuaciones el ministerio fiscal.

Debo condenar al denunciado don PetroLitvak, como autor de una falta de coaccio-nes, a la pena de diez días de multa, que conuna cuota diaria de 3 euros supone la canti-dad de 30 euros, quedando sujeto a la res-ponsabilidad personal subsidiaria de un díade privación de libertad por cada dos cuotasimpagadas, pudiendo hacerse efectiva me-diante localización permanente y, previaaudiencia del penado, sustituirse por traba-jos en beneficio de la comunidad, a razón deuna jornada de trabajo por cada día de priva-ción de libertad.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a Petro Litvak, actualmente enparadero desconocido, y su publicación enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido la presente en Madrid, a 26de mayo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.974/09)

JUZGADO NÚMERO 1DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 1 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 289 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Que debo condenar al denunciado donAlexandri Cornel Loney, como autor de unafalta de hurto, a la pena de un mes de multa,que con una cuota diaria de 3 euros supone

(salvo error u omisión) la cantidad de 90euros, quedando sujeto a la responsabilidadpersonal subsidiaria de un día de privaciónde libertad por cada dos cuotas impagadas,pudiendo hacerse efectiva mediante locali-zación permanente y previa audiencia delpenado sustituirse por trabajos en beneficiode la comunidad, a razón de una jornada detrabajo por cada día de privación de libertad,a que indemnice a “El Corte Inglés, Socie-dad Anónima”, en la suma de 199 euros, y alabono de las costas procesales que hayanpodido causarse en el juicio.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Alexandru Cornel Loney,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Madrid, a 3 de junio de 2009.—El se-cretario (firmado).

(03/18.915/09)

JUZGADO NÚMERO 13DE MADRID

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 138 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en parte dispositivadice:

Que debo absolver y absuelvo librementede la falta que se imputaba en los presentesautos a doña Pilar Jiménez Rodríguez, de-clarando las costas de oficio.

Notifíquese la presente resolución al mi-nisterio fiscal y a las partes, instruyéndolesde su derecho de recurrirla en apelación antela ilustrísima Audiencia Provincial de Ma-drid en el término de cinco días contados apartir del siguiente al de su notificación,quedando durante los mismos los autos adisposición de las partes en esta Secretaría,haciéndoles saber que el recurso deberá serformalizado, ante este Juzgado, medianteescrito durante ese plazo, exponiendo en elmismo los motivos de la apelación confor-me establece el artículo 795 de la Ley de En-juiciamiento Criminal, sin cuyo requisito nose admitirá la misma.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Pilar Jiménez Rodrí-guez, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, expido la pre-sente en Madrid, a 2 de junio de 2009.—Elsecretario (firmado).

(03/18.948/09)

JUZGADO NÚMERO 13

DE MADRID

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 296 de 2009 se ha dictado la

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 211

presente sentencia, que en parte dispositivadice:

Que debo absolver y absuelvo librementede la falta que se imputaba en los presentesautos a don Eduardo Di Bari, declarando lascostas de oficio.

Notifíquese la presente resolución al mi-nisterio fiscal y a las partes, instruyéndolesde su derecho de recurrirla en apelación antela ilustrísima Audiencia Provincial de Ma-drid en el término de cinco días contados apartir del siguiente al de su notificación,quedando durante los mismos los autos adisposición de las partes en esta Secretaría,haciéndoles saber que el recurso deberá serformalizado, ante este Juzgado, medianteescrito durante ese plazo, exponiendo en elmismo los motivos de la apelación confor-me establece el artículo 795 de la Ley de En-juiciamiento Criminal, sin cuyo requisito nose admitirá la misma.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Eduardo Di Bari, actual-mente en paradero desconocido, y su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, expido la presente enMadrid, a 2 de junio de 2009.—El secretario(firmado).

(03/18.955/09)

JUZGADO NÚMERO 13DE MADRID

EDICTO

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, se-cretario del Juzgado de instrucción núme-ro 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 173 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en parte dispositivadice:

Que debo absolver y absuelvo librementede la falta que se imputaba en los presentesautos a don Yasin El Houari, don AdilSemrane y doña Fátima Nassib, declarandolas costas de oficio.

Notifíquese la presente resolución al mi-nisterio fiscal y a las partes, instruyéndolesde su derecho de recurrirla en apelación antela ilustrísima Audiencia Provincial de Ma-drid en el término de cinco días contados apartir del siguiente al de su notificación,quedando durante los mismos los autos adisposición de las partes en esta Secretaría,haciéndoles saber que el recurso deberá serformalizado, ante este Juzgado, medianteescrito durante ese plazo, exponiendo en elmismo los motivos de la apelación confor-me establece el artículo 795 de la Ley de En-juiciamiento Criminal, sin cuyo requisito nose admitirá la misma.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Yasin El Houari, donAdil Semrane y doña Fátima Nassib, actual-mente en paradero desconocido, y su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, expido la presente enMadrid, a 2 de junio de 2009.—El secretario(firmado).

(03/18.951/09)

JUZGADO NÚMERO 23DE MADRID

EDICTO

Don Manuel Sánchez Martín, secretario delJuzgado de instrucción número 23 de Ma-drid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.040 de 2008-J se ha dictadola presente sentencia, que en su parte dispo-sitiva dice:

Que debo condenar y condeno a doña En-carnación de Saz Sepúlveda, como autoraresponsable de una falta de hurto, a la penade treinta días de multa, con cuota diaria de6 euros, con la responsabilidad personalsubsidiaria, y costas procesales, y el levan-tamiento del depósito de los efectos sustraí-dos al establecimiento “Lefties”.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Encarnación del SazSepúlveda, actualmente en paradero desco-nocido, y su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expi-do la presente en Madrid, a 28 de mayode 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.909/09)

JUZGADO NÚMERO 23DE MADRID

EDICTO

Don Manuel Sánchez Martín, secretario delJuzgado de instrucción número 23 de Ma-drid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 319 de 2009-J se ha dictado lapresente sentencia, que en su parte disposi-tiva dice:

Que debo condenar y condeno a donChesme Maijed, como autor de una falta delesiones del artículo 617.1 del Código Pe-nal, a la pena de un mes de multa, con cuotadiaria de 5 euros, con la responsabilidad per-sonal subsidiaria en caso de impago, y cos-tas procesales.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Cheste Maijed, actual-mente en paradero desconocido, y su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, expido la presente enMadrid, a 1 de junio de 2009.—El secretario(firmado).

(03/18.912/09)

JUZGADO NÚMERO 24DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 24 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.231 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su fallo dice:

Debo condenar y condeno a don Maio-xiong Wu, como autor responsable de unafalta de lesiones, a la pena de un mes de mul-ta, con una cuota diaria de 3 euros, a que in-

demnice en la cantidad de 200 euros y alpago de la mitad de las costas, y debo absol-ver y absuelvo a don Jiang Ruan de la faltade lesiones de que venía denunciada, con de-claración de la mitad de las costas de oficio.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Jiang Ruan, actualmenteen paradero desconocido, y su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, expido la presente en Madrid, a1 de junio de 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.907/09)

JUZGADO NÚMERO 25DE MADRID

EDICTO

Doña Paz Conde Díaz, secretaria del Juzga-do de instrucción número 25 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 278 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 93 de 2009En Madrid, a 24 de abril de 2009.—El

ilustrísimo señor don Valentín Sanz Altoza-no, magistrado-juez de instrucción del nú-mero 25 de los de Madrid, habiendo visto yoído en juicio oral y público la presente cau-sa de juicio de faltas número 278 de 2009,seguida por una falta de hurto, contra donCatalín Stan, habiendo sido parte en la mis-ma el ministerio fiscal.

FalloQue debo absolver y absuelvo a don Ca-

talín Stan de la falta prevista y penada deque inicialmente venía acusado, declarandode oficio las costas procesales.

La presente resolución no es firme y con-tra la misma cabe interponer recurso de ape-lación, en ambos efectos, en este Juzgadopara ante la ilustrísima Audiencia Provincialde Madrid en el plazo de cinco días desde sunotificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, previniéndoles de que contra la mis-ma podrán interponer, ante este Juzgado, re-curso de apelación en el plazo de cinco díassiguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Catalín Stan, actualmen-te en paradero desconocido, y su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, expido la presente enMadrid, a 26 de mayo de 2009.—La secre-taria (firmado).

(03/18.972/09)

JUZGADO NÚMERO 28DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 28 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.645 de 2008 se ha dictado la

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 212 B.O.C.M. Núm. 146

presente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por el ilustrísimo señor don Maria-no Ascandoni Lobato, magistrado-juez delJuzgado de instrucción número 28 de Ma-drid, los presentes autos de juicio de faltasnúmero 1.645 de 2008, seguidos por una fal-ta de hurto, en los que ha sido parte el señorfiscal, y como implicados: don AlejandroFernández Martínez, como denunciante, ydoña Lidia Delgado Ruano, como denuncia-da, en virtud de las facultades que me hansido dadas por la Constitución y en nombrede Su Majestad el Rey dicto la siguiente sen-tencia:

FalloQue debo condenar y condeno a doña Li-

dia Delgado Ruano, como autora responsa-ble de una falta de hurto en grado de tentati-va, a la pena de treinta días de multa, conuna cuota diaria de 3 euros, caso de impagohabrá de cumplir un día de privación de li-bertad por cada dos cuotas diarias no satis-fechas, todo ello imponiéndole las costascausadas.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Lidia Delgado Ruano,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Madrid, a 29 de mayo de 2009.—El se-cretario (firmado).

(03/18.900/09)

JUZGADO NÚMERO 39DE MADRID

EDICTO

Doña María Luz García Leyva, secretariadel Juzgado de instrucción número 39 deMadrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.204 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 454En Madrid, a 30 de diciembre de 2008.—

Vistos por mí, doña Belén Sánchez Hernán-dez, magistrada-juez del Juzgado de instruc-ción número 39 de Madrid, los presentesautos de juicio de faltas número 1.204 de2008, seguidos por la presunta falta de hur-to, en los que han sido parte el ministerio fis-cal, doña Carolina del Corral Moar y doñaAna Alba Remezal, he venido a dictar lapresente resolución, a la que sirven de baseel siguiente

FalloQue debo condenar y condeno a doña

Ana Alba Remezal, como autora responsa-ble de una falta de hurto prevista y penadaen el artículo 623.1 del Código Penal, a lapena de multa de un mes, con cuotas diariasde 2 euros, con el apercibimiento expreso deque, en caso de impago, por cada dos cuotasimpagadas deberá cumplir un día de priva-ción de libertad, y al pago de las costas cau-sadas en la tramitación del presente proce-dimiento, si las hubiere.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, haciéndoles saber que contra la mis-ma podrán interponer recurso de apelaciónen el plazo de cinco días ante este mismoJuzgado y para ante la ilustrísima AudienciaProvincial de Madrid.

Líbrese y únase certificación de esta reso-lución a las actuaciones, con inclusión deloriginal en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a doña Carolina del CorralMoar, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, expido la pre-sente en Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(03/18.973/09)

JUZGADO NÚMERO 52DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Castro-Villacañas Pé-rez, secretaria del Juzgado de instrucciónnúmero 52 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 16 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su fallo dice:

Que debo absolver y absuelvo a donRicardo Rodríguez Peñaranda de la falta deestafa por la que venía siendo acusado, de-clarándose de oficio las costas del proce-dimiento.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Ricardo Rodríguez Peña-randa, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID, expido la pre-sente en Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria (firmado).

(03/18.890/09)

JUZGADO NÚMERO 54DE MADRID

EDICTO

Don Emilio López Durán, secretario delJuzgado de instrucción número 54 de Ma-drid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 202 de 2009 se ha acordado lacelebración de la vista oral del presente pro-cedimiento y se ha expedido la siguiente

CÉDULA DE CITACIÓN

El juez del Juzgado de instrucción núme-ro 54 de Madrid ha acordado citar a donRicardo Sánchez García, a fin de que eldía 23 de junio de 2009, a las doce horas,asista en la Sala de vistas de este Juzgado ala celebración del juicio de faltas anterior-mente indicado, seguido por daños, en cali-dad de denunciado. Se la hace saber que de-berá comparecer al acto de juicio con todoslos medios de prueba de que intente valerse(testigos, documentos, peritos...), y que po-

drá acudir asistido de letrado, si bien este noes preceptivo, apercibiéndole de que, de re-sidir en este término municipal y no compa-recer ni alegar justa causa que se lo impida,podrá imponérsele una multa, parándole elperjuicio a que hubiere lugar en derecho yque, en caso de residir fuera de este término,podrá dirigir escrito a este Juzgado en su de-fensa y apoderar a otra persona para que pre-sente en dicho acto las pruebas de descargoque tuviere, conforme a lo dispuesto en el ar-tículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Cri-minal.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.

Y para que conste y sirva de citación adon Ricardo Sánchez García, actualmenteen paradero desconocido, y su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, expido el presente en Madrid,a 15 de junio de 2009.—El secretario judi-cial (firmado).

(03/20.332/09)

JUZGADO NÚMERO 54DE MADRID

EDICTO

Don Emilio López Durán, secretario delJuzgado de instrucción número 54 de Ma-drid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 170 de 2009 se ha acordado lacelebración de la vista oral del presente pro-cedimiento y se ha expedido la siguiente

CÉDULA DE CITACIÓN

El juez del Juzgado de instrucción núme-ro 54 de Madrid ha acordado citar a doñaMaría Covadonga Martínez Cordero, a finde que el día 23 de junio de 2009, a las diezhoras, asista en la Sala de vistas de este Juz-gado a la celebración del juicio de faltas an-teriormente indicado, seguido por lesiones yhurto, en calidad de denunciada. Se la hacesaber que deberá comparecer al acto de jui-cio con todos los medios de prueba de queintente valerse (testigos, documentos, peri-tos...), y que podrá acudir asistido de letrado,si bien este no es preceptivo, apercibiéndolede que, de residir en este término municipaly no comparecer ni alegar justa causa que selo impida, podrá imponérsele una multa, pa-rándole el perjuicio a que hubiere lugar enderecho y que, en caso de residir fuera deeste término, podrá dirigir escrito a este Juz-gado en su defensa y apoderar a otra perso-na para que presente en dicho acto las prue-bas de descargo que tuviere, conforme a lodispuesto en el artículo 970 de la Ley de En-juiciamiento Criminal.

En Madrid, a 16 de junio de 2009.

Y para que conste y sirva de citación adoña María Covadonga Martínez Cordero,actualmente en paradero desconocido, y supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido el presen-te en Madrid, a 16 de junio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/20.333/09)

Page 11: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 213

JUZGADO NÚMERO 54DE MADRID

EDICTO

Don Emilio López Durán, secretario del Juz-gado de instrucción número 54 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 161 de 2009 se ha acordado lacelebración de la vista oral del presente pro-cedimiento y se ha expedido la siguiente

CÉDULA DE CITACIÓN

El juez del Juzgado de instrucción núme-ro 54 de Madrid ha acordado citar a don Al-fredo Fernández Justillos, a fin de que eldía 23 de junio de 2009, a las once y cin-cuenta horas, asista en la Sala de vistas deeste Juzgado a la celebración del juicio defaltas anteriormente indicado, seguido porlesiones imprudentes, en calidad de denun-ciado. Se la hace saber que deberá compare-cer al acto de juicio con todos los medios deprueba de que intente valerse (testigos, do-cumentos, peritos...), y que podrá acudirasistido de letrado, si bien este no es precep-tivo, apercibiéndole de que, de residir eneste término municipal y no comparecer nialegar justa causa que se lo impida, podráimponérsele una multa, parándole el perjui-cio a que hubiere lugar en derecho y que, encaso de residir fuera de este término, podrádirigir escrito a este Juzgado en su defensa yapoderar a otra persona para que presente endicho acto las pruebas de descargo que tuvie-re, conforme a lo dispuesto en el artículo 970de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.Y para que conste y sirva de citación a

don Alfredo Fernández Justillos, actualmen-te en paradero desconocido, y su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, expido el presente enMadrid, a 15 de junio de 2009.—El secreta-rio judicial (firmado).

(03/20.334/09)

JUZGADO NÚMERO 2DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO

Doña Elia Lozano Sanz, secretaria del Juz-gado de instrucción número 2 de Alcaláde Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 1.051 de 2008 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

En Alcalá de Henares, a 26 de marzode 2009. Vistos por la ilustrísima doña OlgaIglesias Santamaría, magistrada-juez del Juz-gado de instrucción número 2 de Alcalá deHenares, los presentes autos de juicio de fal-tas seguidos con el número 1.052 de 2008,sobre hurto, entre don José Andrés PizarroLópez (denunciante), “Hipercor” (perjudica-do) y don Abdelkarim Kariouh (denunciado),con intervención del ministerio fiscal, resul-tando los siguientes

FalloQue debo absolver y absuelvo a don Ab-

delkarim Kariouh de los hechos por los que

venía denunciado, declarando de oficio lascostas de este juicio.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Abdelkarim Kariouh, ac-tualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido la presente enAlcalá de Henares, a 12 de mayo de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/17.587/09)

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 3DE ARANJUEZ

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 75de 2008-C, sobre procedimiento ordinario, seha dictado sentencia, cuyo encabezamiento yfallo son del tenor literal siguiente:

SentenciaEn Aranjuez, a 12 de mayo de 2009.—

Vistos por mí, doña Cristina García Gonzá-lez, magistrada-juez titular del Juzgado deprimera instancia e instrucción número 3 deAranjuez, los presentes autos de juicio ordi-nario seguidos con el número 75 de 2008, enlos que han sido partes: como demandante,doña María del Carmen Alonso García, ennombre de su sociedad de gananciales, conla procuradora de los tribunales doña JuliaParra Reaño y abogado don Julio Nieto Va-lencia, y demandada, “Sociedad Cooperati-va de Viviendas El Deleite”, en situación derebeldía procesal.

FalloSe estima íntegramente la demanda presen-

tada por la representación procesal de doñaMaría del Carmen Alonso García, contra “So-ciedad Cooperativa de Viviendas El Deleite”,declarando la validez y eficacia de la compra-venta efectuada por la actora en relación al in-mueble sito en calle Florida, número 66, antesnúmero 32, local A, de Aranjuez (Madrid),adquirido mediante contrato celebrado entrela actora y la sociedad demandada en fecha 22de febrero de 1982, y condenando a “Socie-dad Cooperativa de Viviendas El Deleite” aotorgar escritura pública de compraventa delmismo a favor de la demandante en el plazode cuarenta días, bajo apercibimiento de quesi no lo hiciere será el tribunal quien le susti-tuya, otorgando las escrituras públicas a la de-mandante y realizando cuantas acciones seanprecisas para que esta pueda obtener la titula-ridad registral correspondiente, y con imposi-ción a la demandada de las costas procesalesderivadas del presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes,enterándoles que la misma no es firme y quecontra ella cabe interponer recurso de apela-ción en los cinco días a partir del siguiente asu notificación.

Llévese la presente resolución al libro desentencias del Juzgado, quedando testimo-niada en las presentes actuaciones y tómeseoportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, a cuya publica-ción en forma se procederá, definitivamentejuzgando en primera instancia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado para-dero de “Sociedad Cooperativa de Vivien-das El Deleite”, se extiende la presente paraque sirva de cédula de notificación.

Aranjuez, a 12 de mayo de 2009.—El se-cretario (firmado).

(02/7.041/09)

JUZGADO NÚMERO 7DE ARGANDA DEL REY

EDICTO

Don Pedro José Puerta Lanzón, secretariodel Juzgado de instrucción número 7 deArganda del Rey.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 49 de 2009 se ha dictado la si-guiente sentencia de fecha 26 de mayode 2009.

FalloQue debo absolver y absuelvo a don Ra-

fael Quesada Ribeira de la falta que se lesimputaba en concepto de autor, con todoslos pronunciamientos favorables. Se decla-ran las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que contra la misma pue-de interponer recurso de apelación en el pla-zo de cinco días a partir de su notificación,en este Juzgado, para ante la Audiencia Pro-vincial.

Por esta mi sentencia así lo pronuncio,mando y firmo.—Pedro José Puerta Lanzón,magistrado-juez del Juzgado mixto número7 de esta localidad.

Para que conste y sirva de notificación desentencia a don Rafael Quesada Ribeira, ac-tualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido el presente.

En Arganda del Rey, a 2 de junio de 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.918/09)

JUZGADO NÚMERO 7DE ARGANDA DEL REY

EDICTO

Don Pedro José Puerta Lanzón, secretariodel Juzgado de instrucción número 7 deArganda del Rey.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 23 de 2009 se ha dictado la si-guiente sentencia:

FalloQue debo condenar y condeno a don Flo-

rín Calota, como autor de una falta de hurtoen grado de tentativa, a la pena de un mes demulta, a razón de 6 euros diarios.

Se declaran las costas de oficio.Si el condenado no satisficiere volunta-

riamente o por la vía de apremio la pena demulta impuesta quedará sujeto a una respon-sabilidad personal subsidiaria de un día deprivación de libertad por cada dos cuotas

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 214 B.O.C.M. Núm. 146

diarias de multa no satisfecha que podráncumplirse mediante la pena de localizaciónpermanente.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que contra la misma pue-de interponer recurso de apelación en el pla-zo de cinco días a partir de su notificación,en este Juzgado, para ante la Audiencia Pro-vincial.

Por esta mi sentencia así lo pronuncio,mando y firmo.—Pedro José Puerta Lanzón,magistrado-juez del Juzgado mixto número7 de esta localidad.

Para que conste y sirva de notificación desentencia a don Florín Calota, actualmenteen paradero desconocido, y su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, expido el presente.

En Arganda del Rey, a 2 de junio de 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.942/09)

JUZGADO NÚMERO 2DE COLMENAR VIEJO

EDICTO

Doña Ángela Torres Mohedas, secretariadel Juzgado de instrucción número 2 deColmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 504 de 2007 se ha dictado elpresente auto de fecha 22 de mayo de 2009,que en su encabezamiento y parte dispositi-va dice:

AutoIlustrísima magistrada-juez de primera

instancia, doña Sonia Agudo Torrijos.—EnColmenar Viejo, a 22 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:

Se declara firme la sentencia dictada enfecha 17 de diciembre de 2007 en la presen-te causa.

Dispone a su vez el artículo 988 de la mis-ma Ley procesal, que cuando una sentenciasea firme, como ocurre en este caso, el ma-gistrado-juez o tribunal lo declarará así, aña-diendo a continuación que hecha esta decla-ración se procederá a ejecutar la sentencia,para lo cual requiérase a don Giorgi Jami-grashvili a fin de que en el plazo de unaaudiencia haga efectivo el pago de 180euros en concepto de multa a la que ha sidocondenado y proceda a su ingreso en la“Cuenta de depósitos y consignaciones” deeste Juzgado abierta en “Banesto” con el nú-mero 2367/0000/76/0504/07, bajo apercibi-miento de iniciar la vía de apremio en casode impago.

Asimismo, procédase a notificar la pre-sente a don Giorgi Jamigrashvili mediantela publicación de edictos en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Así lo dispone, manda y firma doña SoniaAgudo Torrijos, magistrada-juez del Juzga-do de instrucción número 2 de ColmenarViejo.

Y para que conste y sirva de notificacióndel auto de fecha 22 de mayo de 2009 a donGiorgi Jamigrashvili, actualmente en para-dero desconocido, y su publicación en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido la presente en ColmenarViejo, a 22 de mayo de 2009.—La secreta-ria (firmado).

(03/18.353/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE COSLADA

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 4 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 65 de 2008 se ha dictado lapresente providencia, que en su parte dispo-sitiva dice:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de ins-trucción número 4 de Coslada ha acordadocitar a quien se dirá a fin de que el día 2 dejulio de 2009, a las diez horas, asista en laSala de vistas a la celebración del juicio defaltas indicado, seguido por hurto, en cali-dad de denunciado, bajo apercibimiento deLey.

Y para que conste y sirva de notificaciónde cédula de citación a don José Hermira Vi-lla, actualmente en paradero desconocido, ysu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presen-te en Coslada, a 25 de mayo de 2009.—Elsecretario (firmado).

(03/18.965/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE COSLADA

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 4 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 188 de 2008 se ha dictado lapresente providencia, que en su parte dispo-sitiva dice:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de ins-trucción número 4 de Coslada ha acordadocitar a quien se dirá a fin de que el día 2 dejulio de 2009, a las trece horas, asista en laSala de vistas a la celebración del juicio defaltas indicado, seguido por amenazas, encalidad de denunciada, bajo apercibimientode Ley.

Y para que conste y sirva de notificación decédula de citación a doña Larisa Pérez Córdo-ba, actualmente en paradero desconocido, ysu publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, expido la presenteen Coslada, a 25 de mayo de 2009.—El secre-tario (firmado).

(03/18.964/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE COSLADA

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 4 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 272 de 2008 se ha dictado lapresente providencia, que en su parte dispo-sitiva dice:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de ins-trucción número 4 de Coslada ha acordadocitar a quien se dirá a fin de que el día 2 dejulio de 2009, a las nueve y cincuenta horas,asista en la Sala de vistas a la celebracióndel juicio de faltas indicado, seguido por es-tafa, en calidad de denunciado, bajo aperci-bimiento de Ley.

Y para que conste y sirva de notificaciónde citación a don Ion Andrei, actualmente enparadero desconocido, y su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido la presente en Coslada, a 25de mayo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.962/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE COSLADA

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 4 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 489 de 2007 se ha dictado lapresente providencia, que en su parte dispo-sitiva dice:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de ins-trucción número 4 de Coslada ha acordadocitar a quienes se dirá a fin de que el día 2 dejulio de 2009, a las diez y treinta horas, asis-tan en la Sala de vistas a la celebración deljuicio de faltas indicado, seguido por lesio-nes, en calidad de denunciados, bajo aperci-bimiento de Ley.

Y para que conste y sirva de notificaciónde cédula de citación a don Paúl Ababel y adoña María Babinscaia, actualmente en pa-radero desconocido, y su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, expido la presente en Coslada, a 26de mayo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/18.959/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE COSLADA

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 4 de Coslada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 564 de 2008 se ha dictado lapresente providencia, que en su parte dispo-sitiva dice:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de ins-trucción número 4 de Coslada ha acordadocitar a quienes se dirá, a fin de que el día 2de julio de 2009, a las diez y diez horas, asis-tan en la Sala de vistas a la celebración deljuicio de faltas indicado, seguido por hurto,en calidad de denunciados, bajo apercibi-miento de Ley.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 215

Y para que conste y sirva de notificaciónde cédula de citación a don Jesús MenaLeón y doña Carmen Valles Páez, actual-mente en paradero desconocido, y su publi-cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, expido la presente enCoslada, a 26 de mayo de 2009.—El secre-tario (firmado).

(03/18.966/09)

JUZGADO NÚMERO 3DE GETAFE

EDICTO

Don Luis Carlos de Isidro y de Pablo, ma-gistrado-juez del Juzgado de primera ins-tancia número 3 de los de Getafe.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel procedimiento de expediente de dominio-exceso de cabida número 139 de 2009, a ins-tancias de don Isabelo Núñez Portales y donFelipe Núñez Portales, expediente de domi-nio para la inmatriculación de las siguientesfincas:

1. Rústica.—Tierra en término de Geta-fe, al sitio de “El Canalizo”, de caber 1 fane-ga, 10 celemines y 13 estadales, equivalen-tes a 71 áreas y 78 centiáreas. Linda: Norte,con camino de “El Canalizo”; Este, con he-rederos de doña Visitación Cifuentes; Oes-te, con doña Áurea Serrano, y Sur, con donFelipe Núñez Velasco. Actualmente el lin-dero Sur es con don Felipe y don IsabeloNúñez Portales. Se encuentra inscrita en elRegistro de la Propiedad de Getafe núme-ro 2, al tomo 17, libro 17, folio 244, fincanúmero 1.352.

2. Rústica.—Tierra en término de Geta-fe, al sitio de “El Canalizo”, de caber 5 fane-gas, o sea, 1 hectárea, 71 áreas y 20 centiá-reas. Linda: Norte, con don Felipe NúñezVelasco; Este, con don Lorenzo CifuentesCifuentes y don Alfonso Fernández; Oeste,con doña Áurea Serrano y don Valentín Ci-fuentes, y Sur, con cañada de San Marcos ydon Ricardo Cervera Butragueño. Actual-mente el lindero Norte es con don Felipe ydon Isabelo Núñez Portales. Se encuentrainscrita en el Registro de la Propiedad deGetafe número 2, al tomo 176, libro 176, fo-lio 140, finca número 11.711.

3. Tierra en término de Getafe, al sitiode “El Canalizo” o “La Campaña”, de caber1 hectárea, 19 áreas y 84 centiáreas. Linda:Norte, con don Felipe Núñez Velasco; Sur,con cañada de San Marcos, Este, con doñaFrancisca de Francisco, y Oeste, con donRicardo Cervera. Actualmente el linderoNorte es con don Felipe y don Isabelo Nú-ñez Portales. Se encuentra inscrita en el Re-gistro de la Propiedad de Getafe número 2,al tomo 185, libro 185, folio 152, finca nú-mero 12.459.

4. Tierra en término de Getafe, al sitiode “La Cañada”, de 1 fanega y 9 celemines,equivalentes a 59 áreas y 92 centiáreas. Lin-da: Norte, Este y Oeste, con herederos dedon Teodoro Serrano, y Sur, con cañada deSan Marcos. Se encuentra inscrita en el Re-gistro de la Propiedad de Getafe número 2,al tomo 115, libro 115, folio 1, finca núme-ro 516.

5. Tierra en término de Getafe, al sitiode “El Canalizo”, de caber 1 fanega y 2 ce-lemines, equivalentes a 39 áreas y 99 centiá-reas. Linda: Norte, con herederos de don Pe-dro Cifuentes; Este, con los de donRaimundo Fernández; Sur, con los mismos,don Ricardo Cervera y cañada de San Mar-cos, y al Oeste, con doña Áurea Serrano. Seencuentra inscrita en el Registro de la Pro-piedad de Getafe número 2, al tomo 109, li-bro 109, folio 51, finca número 3.779.

Por el presente, y en virtud de lo acorda-do en providencia de esta fecha, se convocaa las personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para que,en el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto, puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

En Getafe, a 24 de marzo de 2009.—Elsecretario (firmado).

(02/6.953/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE LEGANÉS

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción nú-mero 4 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 96 de 2009 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por mí, doña Cristina RequejoGarcía, magistrada-juez del Juzgado de ins-trucción número 4 de Leganes, los presentesautos de juicio de faltas número 96 de 2009,en los que han sido partes: don Raúl DíazMontes, en calidad de denunciante, y donHossam El Bachri, don Alejandro GarcíaHernando, don Adil Regrarg, don MohamedMarrachi y doña María Luisa Flores Fernán-dez, en calidad de denunciados.

FalloQue debo absolver y absuelvo libremente

a don Hossam El Bachri, don AlejandroGarcía Hernando, don Adil Regrag, donMohamed Marrachi y doña María LuisaFlores Fernández de la falta de vejacionesinjustas y amenazas de que venían acusados,declarando de oficio las costas causadas. Lapresente resolución es firme el haberse anti-cipado el fallo a las partes en el acto del jui-cio y haber manifestado las mismas su con-formidad con él.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Mohamed Marrachi, ac-tualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido la presente enLeganés, a 28 de mayo de 2009.—El secre-tario (firmado).

(03/18.968/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE LEGANÉS

EDICTO

Doña María Concepción González Moreno,secretaria del Juzgado de primera instan-cia número 4 de Leganés.

Hace saber: Que en este Juzgado se hantramitado autos de divorcio con el núme-ro 586 de 2008, a instancias del procuradordon Carlos Martín Martín, en nombre y re-presentación de doña Dolores CarmonaVázquez, con el consentimiento de don JoséCarlos Carmona Muñoz, en los que ha recaí-do sentencia, cuyo encabezamiento y partedispositiva son del tenor literal siguiente:

SentenciaEn Leganés, a 2 de diciembre de 2008.—

Vistos por mí, doña Cristina Requejo Gar-cía, magistrada-juez del Juzgado de primerainstancia número 4 de Leganés, los presen-tes autos de divorcio de mutuo acuerdo se-guidos con el número 586 de 2008, a instan-cias de doña Dolores Carmona Vázquez,representada por el procurador don CarlosMartín Martín, con consentimiento de su es-poso, don José Carlos Carmona Muñoz, ha-biendo intervenido el ministerio fiscal, envirtud de las facultades que me han sidoconferidas por la Constitución y las Leyes,en nombre del Rey dicto el siguiente.

FalloQue estimando como estimo la demanda

de divorcio formulada por doña DoloresCarmona Vázquez, representada por el pro-curador don Carlos Martín Martín, con con-sentimiento de su esposo, don José CarlosCarmona Muñoz, debo declarar y declaro ladisolución del matrimonio por causa de di-vorcio de los citados, con todos los efectoslegales inherentes a dicha declaración. Seaprueba el convenio regulador suscrito porlos cónyuges de fecha 20 de septiembre de2008. No se hace expresa condena en costas.

La presente resolución no es firme y con-tra la misma cabe interponer recurso de ape-lación en el plazo de cinco días desde su no-tificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.—Cristina Requejo García,magistrada-juez de primera instancia (fir-mado y rubricado).

Y para que así conste y sirva de notifica-ción a don José Carlos Carmona Muñoz, ex-pido el presente en Leganés, a 25 de mayode 2009.—La secretaria (firmado).

(03/18.971/09)

JUZGADO NÚMERO 5DE LEGANÉS

EDICTO

En el juicio de divorcio contencioso nú-mero 593 de 2008, sobre divorcio conten-cioso, se ha dictado la resolución, cuyo tex-to literal es el siguiente:

AutoMagistrada-juez de primera instancia,

doña Ana Mercedes Merino Melara.—EnLeganés, a 5 de marzo de 2009.

Parte dispositiva:

1. Se admite a trámite la demanda pre-sentada por el procurador don Carlos MartínMartín, en nombre y representación de doñaMina Ahnuch Abdeselam, figurando comoparte demandada don Hmidou Aoulad Yam-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 216 B.O.C.M. Núm. 146

na, sustanciándose la demanda por los trá-mites del juicio verbal, con las especialida-des previstas en el artículo 753 de la Ley deEnjuiciamiento Civil.

2. Dese traslado de la demanda, hacién-dole entrega de copia de la misma y de losdocumentos acompañados, emplazándolepara que la conteste en el plazo de veintedías hábiles computados desde el siguienteal emplazamiento.

Apercíbase a la parte demandada que sino comparece dentro de plazo se le declara-rá en situación de rebeldía procesal (artícu-lo 496.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).Adviértasele, asimismo, que la comparecen-cia en juicio debe realizarse por medio deprocurador y con asistencia de abogado (ar-tículo 750 de la Ley de EnjuiciamientoCivil).

Teniendo el demandado domicilio enMarruecos, según manifiesta la parte actoraen la demanda, procédase a librar A/R inter-nacional, y con su resultado se acordará.

Contra la presente resolución cabe inter-poner recurso de reposición en el plazo decinco días a partir del siguiente al de su no-tificación.

Así lo manda y firma su señoría; de lo quedoy fe.

En virtud de lo acordado en los autos dereferencia, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 156.4 y 164 de la Ley1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el pre-sente se emplaa a don Hmidou AouladYamna a fin de que comparezca en el plazode veinte días y conteste a la demanda, bajoapercibimiento de declararle en rebeldía.

En Leganés, a 26 de mayo de 2009.—Elsecretario (firmado).

(03/18.894/09)

JUZGADO NÚMERO 5DE PARLA

EDICTO

Don Juan Antonio Muñoz Sánchez, secreta-rio del Juzgado de instrucción número 5de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio defaltas número 453 de 2007 se ha dictado lapresente sentencia, que en su encabe-zamiento y parte dispositiva dice:

Que debo condenar y condeno a donHaouam Abdelhak, como autor de una faltade respeto a la autoridad del artículo 634 delCódigo Penal, a la pena de diez días de mul-ta, con una cuota diaria de 6 euros, lo que su-pone un total de 60 euros, a abonar en el pla-zo máximo de un mes desde que fuererequerido para ello, quedando sujeto, encaso de impago, a una responsabilidad per-sonal subsidiaria de un día de privación delibertad por cada dos cuotas insatisfechas,así como al pago de las costas procesales.

Y para que conste y sirva de notificaciónde sentencia a don Haouam Abdelhak, ac-tualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, expido la presente enParla, a 21 de mayo de 2009.—El secretario(firmado).

(03/18.967/09)

JUZGADO NÚMERO 4DE VALDEMORO

EDICTO

El magistrado-juez del Juzgado de primerainstancia número 4 de Valdemoro.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigueel procedimiento de expediente de dominio,inmatriculación número 698 de 2008, a ins-tancias de doña Julia Fernández Bajo, donCiríaco Fernández Bajo, don Rufino Fer-nández Bajo y don Pedro Fernández Bajo,expediente de dominio para la inmatricula-ción de la siguiente finca:

Urbana.—Casa en término municipal deTorrejón de Velasco (Madrid), en la calleAntonio Salas, número 4 (anteriormente ca-lle Antonio Salas, número 8). El suelo tieneuna superficie de 148 metros cuadrados, delos que 84 metros están construidos, desti-nándose el resto a patio o solar.

Linda: al Norte, con la calle de su situa-ción, por donde tiene su entrada a la alturadel número 4; al Este, por la derecha, entran-do, con casa de la calle Antonio Salas, nú-mero 2-B, propiedad del Ayuntamiento deTorrejón de Velasco; por la izquierda, en-trando, con casa de la calle Antonio Salas,número 5, propiedad de doña Alejandra Ji-ménez Menor, y por el fondo, con casa delcallejón de Oriente, número 6, y con casa dela calle Pozas, número 43, propiedad dedoña Petra Muñoz Olías.

Por el presente, y en virtud de lo acorda-do en providencia de esta fecha, se convocaa las personas ignoradas a quienes pudieraperjudicar la inscripción solicitada para queen el término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan compare-cer en el expediente alegando lo que a su de-recho convenga.

En Valdemoro, a 2 de febrero de 2009.—Firmado.

(02/7.008/09)

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 1de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 260 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Marcos Varela Muñoz, contra la empre-sa “Revocos de Comunidades Madrileñas,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado resolución, cuya parte dispositiva esla siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 16 de marzode 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacerconstar que con fecha 3 de marzo de 2009 hacorrespondido a este Juzgado de lo social,por el turno de reparto, la demanda presen-tada por don Marcos Varela Muñoz, contra“Revocos de Comunidades Madrileñas, So-

ciedad Limitada”, en materia de ordinario,de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 16 de marzo de 2009.

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con

la que se formará el oportuno procedimien-to, regístrese en el libro registro correspon-diente.

No acreditándose el requisito de concilia-ción previa se admite provisionalmente atrámite la demanda, advirtiendo a la partedemandante que ha de presentar acta con se-llo original de conciliación previa o certifi-cación acreditativa de haberlo intentado enel plazo de quince días contados a partir deldía siguiente a la recepción de la notifica-ción, bajo apercibimiento de que de no ha-cerse así se archivará la demanda sin mástrámite.

Y sin perjuicio de ello, se señala para el actode conciliación y, en su caso, juicio, en únicaconvocatoria, la audiencia del día 16 de juliode 2009, a las nueve y treinta horas, en la Salade audiencias de este Juzgado, sita en la calleHernani, número 59, primera planta, de estaciudad, debiendo citarse a las partes, con en-trega a la demandada y a los interesados de co-pia de la demanda y demás documentos apor-tados, con las advertencias previstas en losartículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimien-to Laboral.

Se admiten los medios de prueba pro-puestos en el segundo otrosí.

Respecto a la prueba documental antici-pada: se requiere a la demandada a fin deque con un mes de antelación al juicio la do-cumentación solicitada por la parte actoraen su escrito de demanda.

Respecto al interrogatorio de partes; noha lugar a la exigibilidad de que en el repre-sentante procesal de la empresa “Revocosde Comunidades Madrileñas, Sociedad Li-mitada”, concurra la condición de miembrodel órgano de administración de la sociedad.A tal fin, se hace saber que el interrogatoriohabrá de responderse por su representanteen juicio siempre y cuando hubiera interve-nido en los hechos controvertidos. En casocontrario, tal circunstancia habrá de alegar-se con suficiente antelación al acto del jui-cio, identificando a la persona que intervinoen nombre de la entidad, para su citación aljuicio. Si tal persona no formase parte ya dela entidad, podrá solicitar que se le cite encalidad de testigo. Apercibiéndose que encaso de no cumplir lo anteriormente señala-do o no identificar a la persona intervinienteen los hechos, ello podrá considerarse comorespuesta evasiva y tenerse por ciertos loshechos a que se refieran las preguntas.

Respecto a la testifical: expídase la co-rrespondiente cédula de citación al testigopropuesto.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 217

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Antonio Martínez Melero.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Revocos de Comunidades Ma-drileñas, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de mayo de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.433/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria judicial del Juzgado de lo so-cial número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 14 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donHernán David Villegas Carvajal, contra laempresa “Hierros Ecua, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado resoluciónde fecha 29 de mayo de 2009, cuya partedispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 29 de mayode 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacerconstar que en fecha 13 de mayo de 2009 hatenido entrada en este Juzgado escrito pre-sentado por la parte actora solicitando eje-cución de sentencia, así como otro escritotambién presentado por la parte actora enigual fecha solicitando testimonio de sen-tencia que se unen a autos de lo que doycuenta a su señoría.—Doy fe.

ProvidenciaIlustrísimo señor magistrado-juez de lo

social, don Isidro M. Saiz de Marco.—EnMadrid, a 29 de mayo de 2009.

Dada cuenta; por presentado el anteriorescrito, únase; dando traslado del mismo a laparte demandada, y a la vista de la ejecuciónsolicitada por la parte actora se acuerda, envirtud de lo dictado en los artículos 278y 279 de la Ley de Procedimiento Laboral,citar de comparecencia para el día 9 de sep-tiembre de 2009, a las nueve y veinte horas,poniéndose en conocimiento de las mismasque citadas en forma si el trabajador nocompareciese o persona que lo represente sele tendrá por desistido de su solicitud, si nocompareciese el empresario o su represen-tante, se celebrará el acto sin su presencia.

Asimismo, y en virtud de la solicitud re-flejada en escrito de fecha 13 de mayode 2009 presentado por la parte actora, pro-cédase a expedir testimonio de sentenciadictada en los presentes autos en fecha 13 demarzo de 2009, debiéndose personar anteesta Secretaría con poder suficiente para re-cogerlo.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Hierros Ecua, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.422/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria judicial del Juzgado de lo so-cial número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 74 de 2009 de este Juzga-do de lo social seguido a instancias de doñaMarta Isabel Sánchez Velasco, contra la em-presa “Grupo Astunosa, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado resolu-ción de fecha 27 de mayo de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

Se deja en suspenso, en su actual estado,la tramitación de las presentes actuaciones,por hallarse declarada en situación de con-curso la empresa demandada, sin perjuiciodel tratamiento concursal que corresponda adar a los créditos declarados en la sentenciarecaída; a cuyo fin podrá instarse la ejecu-ción ante el juez del concurso (Juzgado de lomercantil número 7 de Madrid).

Hágase entrega a la parte actora de testi-monio de la demanda, de la sentencia recaí-da en este procedimiento, con expresión desu firmeza, y de la presente resolución.

Asimismo, líbrese exhorto al Juzgado delo mercantil número 7 de Madrid para noti-ficación a los administradores concursalesde la presente resolución.

Archívense provisionalmente las presen-tes actuaciones, dejando sin efecto los em-bargos trabados y librando los correspon-dientes oficios.

Notifíquese esta resolución a las partes,así como al Fondo de Garantía Salarial, ha-ciéndoles saber que frente a ella podrá inter-ponerse recurso de reposición ante este Juz-gado en el término de cinco días a contardesde su notificación.

Lo acuerda y firma don Isidro M. Saiz deMarco, magistrado-juez del Juzgado de losocial número 2 de Madrid.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Grupo Astunosa, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido la

presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.368/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa,secretaria judicial del Juzgado de lo so-cial número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 12 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJaime Armijos Armijos, contra la empresa“Estructuras y Cubiertas Sacer, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado re-solución de fecha 27 de mayo de 2009 deltenor literal siguiente:

ProvidenciaIlustrísimo magistrado-juez de lo social,

don Isidro M. Saiz de Marco.—En Madrid,a 27 de mayo de 2009.

Dada cuenta; vista la diligencia anterior,y resultando del examen de las actuacionesque no consta otro domicilio de la ejecutada,e ignorando su paradero, notifíquesele estaresolución por medio de edictos a publicaren el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, con la advertencia de que las si-guientes comunicaciones se harán en estra-dos, salvo las que deban revestir la forma deauto o sentencia o se trate de emplazamien-to, y dándose por notificadas las resolucio-nes de fecha anterior a la presente que no ha-yan podido ser notificadas a la ejecutada.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magis-trado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras y Cubiertas Sacer,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.367/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 4 deMadrid.

Page 16: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 218 B.O.C.M. Núm. 146

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 137 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon César Augusto Valencia, contra la em-presa “Osmaca Obras y Servicios, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado pro-videncia de citación, cuya parte dispositivaes la siguiente:

ProvidenciaIlustrísima señora magistrada-juez de lo

social, doña María Isabel Saiz Areses.—EnMadrid, a 3 de junio de 2009.

Dada cuenta; cítese a las partes a compa-recencia, para lo cual se señala el día 6 de ju-lio de 2009, a las nueve y veinticinco horasde su mañana, en la Sala primera B de esteJuzgado, a fin de que por las partes se haganlas alegaciones pertinentes por lo que proce-da extinguir la relación laboral y despacharejecución, debiendo concurrir con los me-dios de prueba que sean practicables en elacto. Con la advertencia de que si no compa-reciere el actor o persona que le representese le tendrá por desistido de su solicitud, y sino compareciere el empresario o su repre-sentante se celebrará el acto sin su presen-cia, de conformidad con lo establecido enlos artículos 281 y 278 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Notifíquese esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Osmaca Obras y Servicios, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.430/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria de lo social del número 6 de Ma-drid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Óscar Merino Alcántara,contra don Mariano Guerrero Martín y“Chronoexpres, Sociedad Anónima”, en re-clamación por despido, registrado con el nú-mero 916 de 2009, se ha acordado citar adon Mariano Guerrero Martín y “Chronoex-pres, Sociedad Anónima”, en ignorado para-dero, a fin de que comparezcan el día 15 dejulio de 2009, a las nueve y cincuenta horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de este

Juzgado de lo social número 6, sito en la ca-lle Hernani, número 59, debiendo compare-cer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intenten valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia, así como que de nocomparecer a juicio, el tribunal podrá consi-derar reconocidos los hechos en que dichaparte hubiese intervenido personalmente ycuya fijación como ciertos le sea enteramen-te perjudicial, además de imponerles la mul-ta a que se refiere el apartado cuarto del ar-tículo 292 de la Ley de EnjuiciamientoCivil.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don Maria-no Guerrero Martín y “Chronoexpres, So-ciedad Anónima”, se expide la presente cé-dula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 4 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.325/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 123 de 2008, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Carlos Alberto Bagnasco Parada, contrala empresa “Etna Classic, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Etna Clas-

sic, Sociedad Limitada”, en situación de in-solvencia total por importe de 2.009,65euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Etna Classic, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.362/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 99 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donGerardo Ramos Duarte, contra la empresa“On Board Investment, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 10.045,54 euros,más la cantidad de 602,73 euros en concep-to de intereses y 1.004,55 euros en conceptode costas provisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “On Board Investment, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.363/09)

Page 17: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 219

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Farelo Gómez, secretariade lo social del número 7 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña MartaElena Hípola Pérez y don José María GarcíaMorato Castillo, contra “Cercha 42, Socie-dad Limitada”, en reclamación por ordina-rio, registrado con el número 736 de 2009,se ha acordado citar a “Cercha 42, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 22 de marzo de 2010,a las once horas de su mañana, para la cele-bración de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 7, sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intente va-lerse, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que dichos actos no se suspende-rán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Cercha 42,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.424/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Farelo Gómez, secretariade lo social del número 7 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña ManuelaOrtiz Cruz, contra doña Virginia NavarroNieto, doña María Luisa Sánchez Martín,“MSI Bolívar, Sociedad Limitada”, y“Nombela Servicios Generales, SociedadLimitada”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 241 de 2008, se haacordado citar a doña Virginia Navarro Nie-to, doña María Luisa Sánchez Martín, “MSIBolívar, Sociedad Limitada”, y “NombelaServicios Generales, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, a fin de que compa-rezcan el día 5 de octubre de 2009, a las diezy veinte horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 7, sito en la calle Hernani, número 59, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentenvalerse, con la advertencia de que es única

convocatoria y que dichos actos no se sus-penderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a doña Virgi-nia Navarro Nieto, doña María Luisa Sán-chez Martín, “MSI Bolívar, Sociedad Limi-tada”, y “Nombela Servicios Generales,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.333/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 7 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Farelo Gómez, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 7de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 976 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Mercedes Tajuelo Mora y doña Ánge-les Gonzalo Montero, contra Ministerio deDefensa, “Armaiona, Sociedad Limitada”,“Language Studies International, SociedadLimitada”, y “CEE Idiomas”, sobre despi-do, se ha dictado auto de desistimiento defecha 18 de mayo de 2009, cuya parte dispo-sitiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Tener por no formalizado ypor desistida a la parte recurrente, Ministe-rio de Defensa, del recurso de suplicacióninterpuesto contra la sentencia dictada eneste procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla (artículo 184.1 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Aramaiona, Sociedad Limita-da”, y “Language Studies International, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.364/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Escobar Bernardos, secre-taria de lo social del número 8 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña Ana Isa-bel Barreto de Díaz, contra “UniversalEdiciones y Colecciones, Sociedad Limita-da”, y Fondo de Garantía Salarial, en recla-mación por despido, registrado con el núme-ro 876 de 2009, se ha acordado citar a“Universal Ediciones y Colecciones, Socie-dad Limitada”, y Fondo de Garantía Sala-rial, en ignorado paradero, a fin de que com-parezcan el día 9 de julio de 2009, a las docehoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 8, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intenten valerse,con la advertencia de que es única convoca-toria y que dichos actos no se suspenderánpor falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “UniversalEdiciones y Colecciones, Sociedad Limita-da”, se expide la presente cédula para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.332/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Escobar Bernardos, secre-taria de lo social del número 8 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don Javier Pu-mares García de Marina, doña TamaraFanegas Gómez, doña Consuelo SánchezCuadrado y doña Almudena Gómez Priego,contra “Universal Ediciones y Colecciones,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, en reclamación por despido, regis-trado con el número 866 de 2009, se ha acor-dado citar a “Universal Ediciones y Colec-ciones, Sociedad Limitada”, y Fondo deGarantía Salarial, en ignorado paradero, afin de que comparezcan el día 9 de juliode 2009, a las once y cincuenta horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 8, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios de

Page 18: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 220 B.O.C.M. Núm. 146

prueba de que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “UniversalEdiciones y Colecciones, Sociedad Limita-da”, se expide la presente cédula para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.410/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 8 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Escobar Bernardos, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 111 de 2009, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Florín Bojian, don Leonardo CabreraValcárcel, don Daniel Hellín Comendador,don Andrés Vicente García Diestro, donJuan Antonio Martínez Pampliega, don JoséAntonio Expósito Estévez, don José LuisFernández del Olmo, doña Mónica FreireAntón, don David Gómez Rubio, don JoséAntonio Herrera López, don Juan MolinaGirón, don Juan Antonio Rubia García ydon Santiago Herrera López, contra las em-presas “Metalistería Cameynox Diseño Mo-biliario, Sociedad Limitada”, y “Metaliste-ría Cameynox, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

AutoEn Madrid, a 28 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Florín Bojian, don Leonardo CabreraValcárcel, don Daniel Hellín Comendador,don Andrés Vicente García Diestro, donJuan Antonio Martínez Pampliega, don JoséAntonio Expósito Estévez, don José LuisFernández del Olmo, doña Mónica FreireAntón, don David Gómez Rubio, don JoséAntonio Herrera López, don Juan MolinaGirón, don Juan Antonio Rubia García y donSantiago Herrera López, contra “Metaliste-ría Comeynox Diseño Mobiliario, SociedadLimitada”, y “Metalistería Cameynox, So-ciedad Limitada”, por un principal de168.571,44 euros, más 16.857,144 euros enconcepto de intereses y 16.857,144 euros decostas calculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lasdemandadas en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al ilustrísimo señor alcalde, Servi-

cio de Índices del Registro de la Propiedad ytambién al señor director de la Agencia Tri-butaria, a fin de que comunique a este Juz-gado si por parte de la Hacienda Pública seadeuda alguna cantidad a las ejecutadas porel concepto de devolución por el impuestosobre la renta de las personas físicas, im-puesto sobre el valor añadido o cualquierotro. Y, asimismo, para que todos ellos, ysin perjuicio de las exigencias legales, en elplazo máximo de cinco días faciliten la rela-ción de todos los bienes y derechos de lasdeudoras de que tengan constancia, advir-tiéndose a las autoridades y funcionarios re-queridos de las responsabilidades derivadasdel incumplimiento injustificado de lo acor-dado (artículos 75.3 y 238.3 de la Ley deProcedimiento Laboral).

En caso positivo, se acuerda:1. El embargo de los posibles vehículos

propiedad de las ejecutadas, interesándose asu vez la correspondiente anotación y consi-guiente certificación.

2. El embargo de las cantidades pen-dientes de devolución por la Hacienda Pú-blica a las ejecutadas hasta cubrir la canti-dad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, en la calle Orense,número 19, con número 2506.

Asimismo, se acuerda de conformidad alo preceptuado en el artículo 588 de la Leyde Enjuiciamiento Civil.

3. El embargo de los posibles saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos, asícomo de cualquier valor mobiliario titulari-dad de las apremiadas en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria hasta cu-brir el importe del principal adeudado, másintereses y costas calculados (artículo 588de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

c) Advertir y requerir a las ejecutadasen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Advertir a las ejecutadas que si dejantranscurrir los plazos que se les conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se les podrá imponer el abonode apremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por las ejecuta-das en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose las empresas demanda-das en ignorado paradero, notifíquese lamisma por medio de edictos a publicar en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y tablón de anuncios de este Juzga-do, con la advertencia a las ejecutadas quelas sucesivas notificaciones se practicaránen estrados conforme a lo establecido en el

artículo 59 de la Ley de Procedimiento La-boral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Metalistería Comeynox DiseñoMobiliario, Sociedad Limitada”, y “Meta-listería Cameynox, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.370/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO

Don José Ignacio Atienza López, secretariodel Juzgado de lo social número 9 de Ma-drid y su provincia.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha dictada en los presentes autos segui-dos a instancias de don Valer Petra Nicoara,contra “Implantación e Imagen Corporativa,Sociedad Limitada”, en reclamación pordespido, registrado con el número 747 de2009, se ha acordado citar a “Implantación eImagen Corporativa, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, a fin de que compa-rezca el día 14 de julio de 2009, a las diez yveinte horas, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 9, sito en la ca-lle Hernani, número 59, debiendo compare-cer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación en legal for-ma a “Implantación e Imagen Corporativa,Sociedad Limitada”, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 1 de junio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/19.382/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO

Don José Ignacio Atienza López, secretariodel Juzgado de lo social número 9 de Ma-drid y su provincia.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 221

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha dictada en los presentes autos segui-dos a instancias de don Darío Antonio OssaÁlvarez, contra “Interiores Klery, SociedadLimitada”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 309 de 2009, se haacordado citar a “Interiores Klery, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 9 de diciembrede 2009, a las diez y diez horas, para la ce-lebración de los actos de conciliación y, ensu caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 9, sito en la calle Hernani, núme-ro 59, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación en legal for-ma a “Interiores Klery, Sociedad Limitada”,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 2 de junio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/19.400/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 9de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.151 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Temani Jabeur Ben Mehrez, contra laempresa “Estructuras y Ferrallas Costa delSol, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, seha dictado sentencia, cuyo contenido es deltenor literal siguiente:

Sentencia número 199 de 2009En Madrid, a 30 de abril de 2009.—Don

José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 deMadrid, tras haber visto los presentes autossobre ordinario entre partes, de una y comodemandante, don Temani Jebeur Ben Meh-rez, que comparece asistido de la letradadoña Geraldina González Gil y, de otracomo demandada, “Estructuras y FerrallasCosta del Sol, Sociedad Limitada”, que nocomparece pese a estar citada en legal for-ma, en nombre de Su Majestad el Rey hadictado la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Temani Jabeur Ben Mehrez, frentea “Estructuras y Ferrallas Costa del Sol, So-ciedad Limitada”, sobre reclamación de

cantidad, debo condenar y condeno a la de-mandada a abonar al actor la suma de154,99 euros, con más el 10 por 100 de inte-rés legal por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes ad-virtiendo que contra ella no cabe interponerrecurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Estructuras y Ferrallas Costadel Sol, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.361/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 9de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 412 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Secundino Sánchez Ferreras, contra laempresa “Cetec Construcciones y Comuni-caciones, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado sentencia, cuyo contenidoes del tenor siguiente:

Sentencia número 232 de 2009En Madrid, a 14 de mayo de 2009.—Don

José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 deMadrid, tras haber visto los presentes autossobre despido, entre partes: de una, y comodemandante, don Secundino Sánchez Ferre-ras, que comparece asistido del letrado donMariano Fernández Rosado, y de otra, comodemandada, “Cetec Construcciones y Co-municaciones, Sociedad Limitada”, que nocomparece, estando citada en legal forma,en nombre de Su Majestad el Rey ha dicta-do la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Secundino Sánchez Ferreras, frentea la empresa “Cetec Construcciones y Co-municaciones, Sociedad Limitada”, debodeclarar y declaro improcedente el despidodel actor efectuado el 23 de enero de 2009,y condeno a la empresa demandada a que enel plazo de cinco días desde la notificaciónde esta sentencia opte entre la readmisióndel trabajador o la extinción del contrato detrabajo, abonando en este supuesto una in-demnización de 4.455 euros, y en todo casoa abonar los salarios de tramitación desde lafecha del despido (23 de enero de 2009) has-ta la notificación de la sentencia, a razón de37,13 euros por día.

Se apercibe a la parte demandada quecaso de no efectuar la opción expresa se ten-drá por hecha tácitamente a favor de la read-misión.

En el caso de readmisión, el empresariopodrá descontar de los salarios lo percibidopor el trabajador si hubiere encontrado otroempleo con anterioridad a la sentencia y elempresario probase lo percibido para sudescuento.

En cualquier caso, el empresario deberáinstar el alta del trabajador en la SeguridadSocial con efectos desde la fecha del despido,cotizando por ese período, que se considerade ocupación cotizada a todos los efectos.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el número2507, clave 65, acreditando mediante la pre-sentación del justificante de ingreso en elperíodo comprendido hasta la formalizacióndel recurso, así como en el caso de habersido condenado en sentencia al pago de al-guna cantidad consignar en la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, de Madrid,a nombre de este Juzgado con el número2507, clave 65, la cantidad objeto de conde-na o formalizar aval bancario por dicha can-tidad en el que se haga constar la responsabi-lidad solidaria del avalista, incorporándolosa este Juzgado con el anuncio de recurso. Entodo caso, el recurrente deberá designar le-trado para la tramitación del recurso al mo-mento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cetec Construcciones y Comu-nicaciones, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, así como para su co-locación en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.373/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 9de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 469 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Juan Enrique Guillén Aranda, contra laempresa “Cetec Construcciones y Comuni-caciones, Sociedad Limitada”, sobre despi-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 222 B.O.C.M. Núm. 146

do, se ha dictado sentencia, cuyo contenidoes del tenor siguiente:

Sentencia número 231 de 2009En Madrid, a 14 de mayo de 2009.—Don

José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 deMadrid, tras haber visto los presentes autossobre despido, entre partes: de una, y comodemandante, don Juan Enrique GuillénAranda, que comparece asistido del letradodon Santiago López González, y de otra,como demandada, “Cetec Construcciones yComunicaciones, Sociedad Limitada”, queno comparece, estando citada en legal for-ma, en nombre de Su Majestad el Rey hadictado la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Juan Enrique Guillén Aranda, fren-te a la empresa “Cetec Construcciones y Co-municaciones, Sociedad Limitada”, debodeclarar y declaro improcedente el despidodel actor efectuado el 23 de enero de 2009,y condeno a la empresa demandada a que enel plazo de cinco días desde la notificaciónde esta sentencia opte entre la readmisióndel trabajador o la extinción del contrato detrabajo, abonando en este supuesto una in-demnización de 2.500 euros, y en todo casoa abonar los salarios de tramitación desde lafecha del despido (23 de enero de 2009) has-ta la notificación de la sentencia, a razón de55,54 euros por día.

Se apercibe a la parte demandada quecaso de no efectuar la opción expresa se ten-drá por hecha tácitamente a favor de la read-misión.

En el caso de readmisión, el empresariopodrá descontar de los salarios lo percibidopor el trabajador si hubiere encontrado otroempleo con anterioridad a la sentencia y elempresario probase lo percibido para sudescuento.

En cualquier caso, el empresario deberáinstar el alta del trabajador en la SeguridadSocial con efectos desde la fecha del despido,cotizando por ese período, que se considerade ocupación cotizada a todos los efectos.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el número2507, clave 65, acreditando mediante la pre-sentación del justificante de ingreso en elperíodo comprendido hasta la formalizacióndel recurso, así como en el caso de habersido condenado en sentencia al pago de algu-na cantidad consignar en la “Cuenta de depó-sitos y consignaciones” abierta en “Banes-

to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el número 2507,clave 65, la cantidad objeto de condena oformalizar aval bancario por dicha cantidaden el que se haga constar la responsabilidadsolidaria del avalista, incorporándolos a esteJuzgado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar letradopara la tramitación del recurso al momentode anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cetec Construcciones y Comu-nicaciones, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, así como para su co-locación en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.360/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 9de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 431 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Hammadi Laksisar, contra la empresa“Cetec Construcciones y Comunicaciones,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado sentencia, cuyo contenido es del te-nor siguiente:

Sentencia número 250 de 2009En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—Don

José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 deMadrid, tras haber visto los presentes autossobre despido, entre partes: de una, y comodemandante, don Hammadi Laksisar, quecomparece asistido del letrado don JuanCampomanes Rodríguez, y de otra, comodemandada, “Cetec Construcciones y Co-municaciones, Sociedad Limitada”, que nocomparece, estando citada en legal forma,en nombre de Su Majestad el Rey ha dicta-do la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Hammadi Laksisar, frente a la em-presa “Cetec Construcciones y Comunica-ciones, Sociedad Limitada”, debo declarar ydeclaro improcedente el despido del actorefectuado el 26 de enero de 2009, y conde-no a la empresa demandada a que en el pla-zo de cinco días desde la notificación de estasentencia opte entre la readmisión del traba-jador o la extinción del contrato de trabajo,abonando en este supuesto una indemniza-ción de 5.345,75 euros, y en todo caso a abo-nar los salarios de tramitación desde la fechadel despido (26 de enero de 2009) hasta lanotificación de la sentencia, a razón de45,98 euros por día.

Se apercibe a la parte demandada quecaso de no efectuar la opción expresa se ten-drá por hecha tácitamente a favor de la read-misión.

En el caso de readmisión, el empresariopodrá descontar de los salarios lo percibidopor el trabajador si hubiere encontrado otroempleo con anterioridad a la sentencia y elempresario probase lo percibido para sudescuento.

En cualquier caso, el empresario deberáinstar el alta del trabajador en la SeguridadSocial con efectos desde la fecha del despido,cotizando por ese período, que se considerade ocupación cotizada a todos los efectos.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el número2507, clave 65, acreditando mediante la pre-sentación del justificante de ingreso en elperíodo comprendido hasta la formalizacióndel recurso, así como en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de algunacantidad consignar en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” abierta en “Banesto”,calle Orense, número 19, de Madrid, a nom-bre de este Juzgado con el número 2507, cla-ve 65, la cantidad objeto de condena o for-malizar aval bancario por dicha cantidad enel que se haga constar la responsabilidad so-lidaria del avalista, incorporándolos a esteJuzgado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar letradopara la tramitación del recurso al momentode anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cetec Construcciones y Comu-nicaciones, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, así como para su co-locación en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.359/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 9de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 391 de 2009 de este Juz-

Page 21: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 223

gado de lo social, seguido a instancias dedon José Miguel Masabanda Pillajo, contrala empresa “Suelos Gapamur, Sociedad Li-mitada”, sobre despido, se ha dictado sen-tencia, cuyo contenido es del tenor si-guiente:

Sentencia número 230 de 2009En Madrid, a 13 de mayo de 2009.—Don

José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 deMadrid, tras haber visto los presentes autossobre despido, entre partes: de una, y comodemandante, don José Miguel Masabanda Pi-llajo, que comparece asistido de la letradadoña Nuria Luengo Zahoreno, y de otra,como demandados, “Suelos Gapamur, Socie-dad Limitada”, que no comparece, estandocitada en legal forma, y Fondo de GarantíaSalarial, que no comparece, estando citado enlegal forma, en nombre de Su Majestad elRey ha dictado la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don José Miguel Masabanda Pillajo,frente a la empresa “Suelos Gapamur, So-ciedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sa-larial, debo declarar y declaro improcedenteel despido del actor efectuado el 19 de ene-ro de 2009, y condeno a la empresa deman-dada a que en el plazo de cinco días desde lanotificación de esta sentencia opte entre lareadmisión del trabajador o la extinción delcontrato de trabajo, abonando en este su-puesto una indemnización de 2.387,52euros, y en todo caso a abonar los salarios detramitación desde la fecha del despido (19de enero de 2009) hasta la notificación de lasentencia, a razón de 45,47 euros por día.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarialdada su falta de legitimación pasiva “ad cau-sam” y sin perjuicio de su responsabilidadlegal subsidiaria.

Se apercibe a la parte demandada quecaso de no efectuar la opción expresa se ten-drá por hecha tácitamente a favor de la read-misión.

En el caso de readmisión, el empresariopodrá descontar de los salarios lo percibidopor el trabajador si hubiere encontrado otroempleo con anterioridad a la sentencia y elempresario probase lo percibido para sudescuento.

En cualquier caso, el empresario deberáinstar el alta del trabajador en la SeguridadSocial con efectos desde la fecha del despido,cotizando por ese período, que se considerade ocupación cotizada a todos los efectos.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-

to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el número2507, clave 65, acreditando mediante la pre-sentación del justificante de ingreso en elperíodo comprendido hasta la formalizacióndel recurso, así como en el caso de habersido condenado en sentencia al pago de algu-na cantidad consignar en la “Cuenta de depó-sitos y consignaciones” abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el número 2507,clave 65, la cantidad objeto de condena oformalizar aval bancario por dicha cantidaden el que se haga constar la responsabilidadsolidaria del avalista, incorporándolos a esteJuzgado con el anuncio de recurso. En todocaso, el recurrente deberá designar letradopara la tramitación del recurso al momentode anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Suelos Gapamur, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, asícomo para su colocación en el tablón deanuncios de este Juzgado, expido y firmo lapresente.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.371/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 9 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretariojudicial del Juzgado de lo social número 9de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.059 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Pablo Alejandro Suárez Hidalgo, contrala empresa “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado sentencia, cuyo contenido es del tenorsiguiente:

Sentencia número 126 de 2009

En Madrid, a 26 de marzo de 2009.—DonJosé María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 deMadrid, tras haber visto los presentes autossobre ordinario, entre partes: de una, y comodemandante, don Pablo Alejandro SuárezHidalgo, que comparece asistido del letradodon José Joaquín Domínguez García, y deotra, como demandada, “Alfer Seguridad yControl, Sociedad Limitada”, que no com-parece, estando citada en legal forma, ennombre de Su Majestad el Rey ha dictado lasiguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda de don PabloAlejandro Suárez Hidalgo, frente a “AlferSeguridad y Control, Sociedad Limitada”,sobre reclamación de cantidad, debo conde-nar y condeno a la empresa demandada aabonar al actor la cantidad de 4.550,10

euros, con más el 10 por 100 de interés legalde mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en “Banes-to”, calle Orense, número 19, de Madrid, anombre de este Juzgado con el número2507, clave 65, acreditando mediante la pre-sentación del justificante de ingreso en elperíodo comprendido hasta la formalizacióndel recurso, así como en el caso de habersido condenado en sentencia al pago de al-guna cantidad consignar en la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta en “Ba-nesto”, calle Orense, número 19, de Madrid,a nombre de este Juzgado con el número2507, clave 65, la cantidad objeto de conde-na o formalizar aval bancario por dicha can-tidad en el que se haga constar la responsabi-lidad solidaria del avalista, incorporándolosa este Juzgado con el anuncio de recurso. Entodo caso, el recurrente deberá designar le-trado para la tramitación del recurso al mo-mento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, así como para su colocación en eltablón de anuncios de este Juzgado, expidoy firmo la presente.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.358/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretariajudicial del Juzgado de lo social número10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 147 de 2007 de este Juz-gado de lo social seguido a instancias de donJosé Alexis Garrido López, contra las em-presas “Elecnor, Sociedad Limitada”, “Re-verte y Gutiérrez, Sociedad Limitada”,“Allianz, Compañía de Seguros y Reasegu-ros, Sociedad Anónima”, e “Ibérica deServicios y Obras, Sociedad Anónima”, so-bre ordinario, se ha dictado la siguiente re-solución:

Dada cuenta; el anterior escrito presenta-do por el letrado don Virgilio Romero Ben-jumea, en nombre y representación de la

Page 22: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 224 B.O.C.M. Núm. 146

parte actora, únase a los autos de su razón,con entrega de copia a las contrarias.

Se tiene por subsanada la demanda, y enconsecuencia, cítese a las partes, en únicaconvocatoria, para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, señalándose para tales ac-tos la audiencia del día 6 de julio de 2009, alas diez horas de su mañana, en la Sala devistas de este Juzgado, sito en Madrid, calleHernani, número 59, segundo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Reverte y Gutiérrez, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.331/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 10 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretariajudicial del Juzgado de lo social número10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 840 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Stefan Yordanov Cenkov, contra la em-presa “Microni JMC, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado sentencia defecha 2 de diciembre de 2008, cuya partedispositiva es la siguiente:

Sentencia número 387 de 2008En Madrid, a 2 de diciembre de 2008.—

Doña María Luisa Segura Rodríguez, magis-trada-juez del Juzgado de lo social número 10de Madrid, habiendo visto los presentes autosseguidos por cantidad, entre partes: de una, ycomo demandante, don Stefan Yordanov Cen-kov, asistido del letrado don Mariano SalinasGarcía, con número de colegiado 66.346, y deotra, como demandados, “Microni JMC, So-ciedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sala-rial, que no comparecieron pese a estar citadosen legal forma, en nombre del Rey ha pronun-ciado la siguiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda interpuesta

por don Stefan Yordanov Cenkov, frente ala empresa “Microni JMC, Sociedad Limi-tada”, y estando emplazado del Fondo deGarantía Salarial, condeno a la empresa“Microni JMC, Sociedad Limitada”, a abo-nar al demandante la cantidad de 5.937,49euros por los conceptos reclamados en de-manda, más el 10 por 100 en concepto de in-terés anual por mora ascendente a 315,10euros.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial,no se efectúa declaración expresa de absolu-ción o condena, sin perjuicio de sus respon-sabilidades y con las limitaciones del artícu-lo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia, que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,siendo indispensable que el recurrente, sifuera la empresa demandada, consigne lacantidad de la condena en “Banesto”, en ca-lle Orense, número 19, de Madrid, códigoentidad 0030, código oficina 1143, códigode cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado delo social número 10”, número de proce-dimiento 840/08, debiendo presentar, juntocon el escrito de anuncio el recurso, el res-guardo de dicha consignación o aval banca-rio en el que conste la responsabilidad soli-daria del avalista. Asimismo, deberádepositar 150,25 euros al tiempo de la for-malización del recurso en la cuenta corrien-te número 0030/1143/2508 del mismo ban-co, con el título de “Recurso desuplicación”, debiendo presentar dicho res-guardo en este Juzgado con el escrito de for-malización.

Así por esta mi sentencia, que se unirá porsu orden al libro de sentencia de este Juzga-do de lo social, llevándose certificación dela misma a los presentes autos, lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Microni JMC, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.321/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria de lo social del número 11 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Alberto Matarranz Alegre,contra “Grupo Telasa BMR, Sociedad Limi-tada”, en reclamación por ordinario, regis-trado con el número 171 de 2009, se ha acor-dado citar a “Grupo Telasa BMR, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, a fin deque comparezca el día 18 de noviembrede 2009, a las diez y treinta horas de su ma-ñana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 11, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Grupo Te-lasa BMR, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 11 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.327/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 563 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Eleonore Chambón, contra la empresa“Media Force One, Sociedad Anónima”, so-bre ordinario, se ha dictado auto, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Eleonore Chambón, contra “MediaForce One, Sociedad Anónima”, por un prin-cipal de 4.644,83 euros, más 348,36 euros enconcepto de intereses y 464,48 euros de cos-tas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2509, sito en la calleOrense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-

Page 23: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 225

ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma don Segismundo Crespo Valera, ma-gistrado-juez del Juzgado de lo social núme-ro 11 de Madrid.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Media Force One, SociedadAnónima”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.386/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 995 de 2008, ejecuciónnúmero 75 de 2009, de este Juzgado de losocial, seguido a instancias de don José Ma-ría Blanco Hernández, don Pedro Raúl Sán-chez Nieto y doña Teresita González deAgudelo, contra la empresa “Mendiolinas,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado el siguiente auto de fecha 20 demayo de 2009:

AutoEn Madrid, a 20 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Pedro Raúl Sánchez Nieto, don JoséMaría Blanco Hernández y doña TeresitaGonzález de Agudelo, contra “Mendiolinas,Sociedad Limitada”, por un principal de60.899,13 euros, más 4.567,43 euros enconcepto de intereses y 6.089,91 euros decostas calculadas provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de la deudoraprincipal que les consten.

c) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y para elcaso de que no se tuviese conocimiento de laexistencia de bienes suficientes diríjanseoficios a los pertinentes organismos y regis-tros públicos con el fin de que faciliten rela-ción de todos los bienes o derechos de ladeudora de que tengan constancia y se co-munique a este Juzgado si por parte de laHacienda Pública se adeuda alguna cantidada la ejecutada por el concepto de devoluciónpor el impuesto sobre la renta de las perso-

nas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo, se acuer-da el embargo de las cantidades pendientesde devolución por la Hacienda Pública a laejecutada hasta cubrir la cantidad objeto deapremio, interesando la remisión de las mis-mas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banes-to”, con número 2509/0000/00/0995/08,sito en la calle Orense, número 19.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social, Se-gismundo Crespo Valera.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mendiolinas, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.399/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 11 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 443 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Raluca Florentina Iliescu, contra laempresa “Sociosanitarios Sanalba, Socie-dad Limitada”, se ha dictado auto, cuya par-te dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo dispuesto, se acuerda:a) Despachar ejecución del título men-

cionado en los hechos de la presente resolu-ción por un principal de 8.338,56 euros, másla cantidad de 625,39 euros en concepto deintereses y 833,85 euros en concepto de cos-tas provisionales.

b) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora para que en quin-ce días puedan designar la existencia denuevos bienes susceptibles de traba, advir-

tiéndoles que de no ser así se procederá adictar auto de insolvencia provisional en lapresente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismano cabe recurso alguno, sin perjuicio de laoposición que pueda formularse por la eje-cutada en el plazo de diez días por defectosprocesales o por motivos de fondo (artícu-lo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, enrelación con los artículos 556 y 559 del mis-mo texto legal).

Así por esta auto lo pronuncia, manda yfirma el magistrado-juez de lo social donSegismundo Crespo Valera.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Sociosanitarios Sanalba, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 20 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.357/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de eje-cución número 214 de 2008 de este Juzgado delo social seguido a instancias de don CosmeEmilio Sarango Correa, contra la empresa“Círculo Empresarial Zaragón, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado auto de fe-cha 25 de mayo de 2009, cuya parte dispositi-va es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva:Se acuerda el embargo sobre los créditos

que contra las empresas “Administración deFincas Odad y Asociados, Sociedad Limita-da”, “Valores y Depósitos, Sociedad Limi-tada”, “Di-Gestión de Empresas, SociedadLimitada”, y “Once Minutos, Sociedad Li-mitada”, ostenta la empresa demandada“Círculo Empresarial Zaragón, Sociedad Li-mitada”, por relaciones comerciales mante-nidas con la misma, en lo que sea suficientea cubrir las cantidades por las cuales se hadespachado ejecución. A tal fin, líbrense loscorrespondientes oficios a las referidas em-presas al objeto de requerirles, bajo su per-sonal responsabilidad, para que en el plazomáximo de cinco días procedan a dar cum-plimiento de lo acordado, transfiriendo a la“Cuenta de consignaciones y depósitos” deeste Juzgado las cantidades adeudadas.

Y, asimismo, adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hicieren

a la demandada no será válido (artícu-lo 1.165 del Código Civil), y que el efectua-do en cumplimiento del presente requeri-miento les libera de toda responsabilidadfrente a las acreedoras.

b) De las responsabilidades penales enque pueden incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 226 B.O.C.M. Núm. 146

nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia de un embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación. Advirtién-dose a las partes que conforme al artícu-lo 244 de la Ley de Procedimiento Laborallas resoluciones dictadas en ejecución se lle-varán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Círculo Empresarial Zaragón,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.315/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 12 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secreta-ria del Juzgado de lo social número 12 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 181 de 2008, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Nuria Jhobani Feijoo Sánchez, contrala empresa “Transporte Local Gestión Inte-gral, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado auto de embargo de cuentas,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Se decreta el embargo sobre los ingresosque se produzcan en la cuenta corriente de laparte ejecutada “Transporte Local GestiónIntegral, Sociedad Limitada”, así como delos saldos acreedores existentes en las cuen-tas corrientes, depósitos de ahorro o análo-gos, y cualquier valor mobiliario titularidadde la apremiada, en los que la entidad ban-caria actúe como depositaria o mera inter-mediaria, hasta cubrir el importe total delprincipal adeudado más intereses y costascalculadas. Líbrese la oportuna comunica-ción para la retención y transferencia de lasindicadas cantidades y sucesivas que se abo-nen hasta cubrir el total importe a la cuentade consignaciones de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de la cuenta corriente, de la cartillau otros análogos que pudiera tener el ejecu-tado a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hiciera a

la demanda, no será válido (artículo 1.165del Código Civil), y que, asimismo, la trans-

ferencia ordenada le libera de toda responsa-bilidad frente al acreedor.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Notifíquese la presente resolución.Modo de impugnación: contra la misma

podrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación. Advirtién-dose a las partes que conforme al artícu-lo 244 de la Ley de Procedimiento Laborallas resoluciones dictadas en ejecución se lle-varán a efecto no obstante su impugnación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Transporte Local Gestión Inte-gral, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, expido la presente para su inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

Madrid, a 22 de mayo de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.346/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secre-taria de lo social del número 13 de Ma-drid.

Hago saber: Que por auto dictado en eldía de la fecha en el proceso seguido a ins-tancias de don Jorge Gómez Lago, contraFondo de Garantía Salarial y “UniversalEdiciones y Colecciones, Sociedad Limita-da”, en reclamación por despido, registradocon el número 783 de 2009, se ha acordadocitar a “Universal Ediciones y Colecciones,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 15 de sep-tiembre de 2009, a las doce y treinta horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 13, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “UniversalEdiciones y Colecciones, Sociedad Limita-da”, se expide la presente cédula para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.330/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 13 DE MADRID

RectificaciónEn el anuncio (03/18.045/09) publicado

en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID número 138, de fecha 12 de ju-nio de 2009, página 116, que hace referenciaa demanda número 468 de 2009, se ha de-tectado error material, procediéndose a surectificación.

Donde dice: «Y para que sirva de citacióna “Acceso Instalaciones y Servicios de Re-formas y Carpintería”»,

Debe decir: “Y para que sirva de citacióna Vladimir Branzei”.

Madrid, a 17 de junio de 2009.(03/20.090/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 200 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Lima Murillo, contra la empresa“Fabricaciones Derea, Sociedad Limitada”,sobre despido, se ha dictado resolución,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

ActaEn Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Ante

la ilustrísima señora magistrada-juez de esteJuzgado de lo social número 14 de Madrid,doña María del Carmen Rodrigo Saiz, y conmi asistencia, la secretaria judicial, doñaMaría Ángeles Charriel Ardebol, compare-cen: como demandante, don José Lima Mu-rillo, con documento nacional de identidadnúmero 8.753.640, asistido del letrado donJuan Bautista Jiménez Gómez, con númerode colegiado 53.982, y como demandada,“Fabricaciones Derea, Sociedad Limitada”,no comparece, no constando citada.

Ambas partes, de común acuerdo, solici-tan de este Juzgado el aplazamiento de losactos de conciliación y/o juicio.

Su señoría ilustrísima, a la vista de lo ma-nifestado por las partes, acuerda la suspen-sión de los actos de conciliación y/o juicio

Page 25: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 227

señalados y se señalan nuevamente para eldía 7 de julio de 2009, a las once y diez ho-ras, en la sede de este Juzgado, reiterando alas partes las manifestaciones y apercibi-mientos contenidos en la inicial citación,acordándose la citación a la demandada me-diante edicto que se publicará en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dándose por notificadas las partes delpresente acuerdo, termina esta comparecen-cia firmando esta acta los que en la mismaintervienen, después de su señoría ilustrísi-ma, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Fabricaciones Derea, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.440/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 90 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donPedro Maximiliano Chamorro Oviedo, con-tra la empresa “Mistralina, Sociedad Limi-tada”, sobre despido, se ha dictado provi-dencia de fecha 1 de julio de 2009, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Diligencia.—En Madrid, a 18 de mayode 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que se ha presentado escritode la parte actora el 14 de mayo de 2009, ypaso a dar cuenta a su señoría ilustrísima enautos reseñados, seguidos a instancias dedon Pedro Maximiliano Chamorro Oviedo,contra “Mistralina, Sociedad Limitada”, so-bre despido.—Doy fe.

ProvidenciaIlustrísima señora magistrada-juez de lo

social, doña María del Carmen RodrigoSaiz.—En Madrid, a 18 de mayo de 2009.

Dada cuenta; el anterior escrito por reci-bido, únase a los autos de su razón, y confor-me a lo solicitado, se suspende el incidenteseñalado para el día 17 de junio de 2009, se-ñalándose nuevamente para el día 1 de juliode 2009, a las nueve y diez horas de su ma-ñana, en la Sala de audiencias de este Juzga-do, sito en la calle Hernani, número 59, ter-cera planta.

Notifíquese esta resolución.Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—

La secretaria judicial (firmado).—La magis-trada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma “Mistralina, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.326/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 68 de 2008 y acumuladosde este Juzgado de lo social seguido a ins-tancias de don Raúl Rodríguez Tristán yotros, contra la empresa “Bodeguilla LosÁngeles, Sociedad Limitada”, y doña MaríaDolores Gardel López, sobre ordinario, seha dictado providencia de fecha 21 de mayode 2009, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 21 de mayode 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que han culminado todas lasactuaciones ordenadas en averiguación debienes de las ejecutadas, quedando pendien-tes de satisfacer cantidades, y que la empre-sa está desaparecida, no pudiendo acceder alos bienes embargados por desconocer elparadero de la depositaria.—Doy fe.

Propuesta de providencia de la secretariajudicial, doña María Ángeles Charriel Arde-bol.—En Madrid, a 21 de mayo de 2009.

Quedando pendiente de satisfacer en lapresente ejecutoria la suma de 43.837,28euros de principal y 8.800 euros de interesesy costas, sin que las actuaciones e indaga-ciones practicadas haya resultado positivasen orden a la traba de bienes de las ejecuta-das, procédase a dictar insolvencia y, antesde ello, conforme lo previsto en el artícu-lo 274.1 de la Ley de Procedimiento Labo-ral, dese audiencia a las partes y al Fondo deGarantía Salarial para que en el término dediez días insten lo que a su derecho conven-ga en orden a la continuación de la ejecuto-ria, designando en tal caso bienes concretosde las deudoras sobre los que despachar eje-cución.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Bodeguilla Los Ángeles, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-

pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.320/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.247 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Ramón Blanco Lucio, contra la empre-sa “Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado sentencia defecha 18 de mayo de 2009, cuya parte dispo-sitiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 244En Madrid, a 18 de mayo de 2009.—Vis-

tos por doña María del Carmen RodrigoSaiz, magistrada-juez del Juzgado de lo so-cial número 14 de Madrid, los presentesautos sobre reclamación de cantidad, segui-dos en este Juzgado bajo el número 1.247 de2008, entre las siguientes partes: de una, ycomo demandante, don Ramón Blanco Lu-cio, asistido de la letrada doña Lourdes Chu-rruca Marín, y de otra, como demandada, laempresa “Lepar Estructuras, Sociedad Li-mitada”, que no comparece, pese a estar ci-tada en legal forma, y Fondo de Garantía Sa-larial, que citado no ha comparecido.

FalloQue estimando parcialmente la demanda

formulada por don Ramón Blanco Lucio,contra la empresa “Lepar Estructuras, So-ciedad Limitada”, y Fondo de Garantía Sa-larial, debo condenar y condeno a la empre-sa empleadora demandada a abonar al actorla suma de 4.341,07 euros, más el interés demora del 10 por 100 sobre dicha cantidaddesde su devengo, obligándoles a estar y pa-sar por dicho pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución mediante mani-festación de la parte o de su abogado o su re-presentante al hacerle la notificación deaquella de su propósito de entablarlo, o bienpor comparecencia o por escrito de las par-tes, de su abogado o su representante dentrodel indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 2512, clave 65, en“Banesto”, en la calle Orense, número 19,de Madrid (haciendo constar en el ingreso elnúmero de expediente).

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 228 B.O.C.M. Núm. 146

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros (25.000 pesetas) en conceptode depósito en dicha cuenta bancaria (ha-ciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Lepar Estructuras, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.383/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.245 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon David Comín Calvo, contra la empresa“Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado sentencia de fe-cha 18 de mayo de 2009, cuya parte disposi-tiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 243En Madrid, a 18 de mayo de 2009.—Vis-

tos por doña María del Carmen RodrigoSaiz, magistrada-juez del Juzgado de lo so-cial número 14 de Madrid, los presentesautos sobre reclamación de cantidad, segui-dos en este Juzgado bajo el número 1.245 de2008, entre las siguientes partes: de una, ycomo demandante, don David Comín Cal-vo, asistido de la letrada doña Lourdes Chu-rruca Marín, y de otra, como demandada, laempresa “Lepar Estructuras, Sociedad Li-mitada”, que no comparece, pese a estar ci-tada en legal forma, y Fondo de Garantía Sa-larial, que citado no ha comparecido.

FalloQue estimando la demanda formulada

por don David Comín Calvo, contra la em-presa “Lepar Estructuras, Sociedad Limita-da”, y Fondo de Garantía Salarial, debo con-denar y condeno a la empresa empleadorademandada a abonar al actor la suma de1.040,02 euros (por vacaciones restan147,59 euros de 654,11 euros), más el inte-rés de mora del 10 por 100 sobre dicha can-tidad desde su devengo, obligándoles a estary pasar por dicho pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución mediante mani-festación de la parte o de su abogado o su re-

presentante al hacerle la notificación deaquella de su propósito de entablarlo, o bienpor comparecencia o por escrito de las par-tes, de su abogado o su representante dentrodel indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 2512, clave 65, en“Banesto”, en la calle Orense, número 19,de Madrid (haciendo constar en el ingreso elnúmero de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros (25.000 pesetas) en conceptode depósito en dicha cuenta bancaria (ha-ciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Lepar Estructuras, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.393/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.226 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Aránzazu Díaz Albo Muñoz, contraFondo de Garantía Salarial y “Motor Autos-tar, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, seha dictado sentencia de fecha 18 de mayo de2009, cuya parte dispositiva es del tenor li-teral siguiente:

Sentencia número 240En Madrid, a 18 de mayo de 2009.—Vis-

tos por doña María del Carmen RodrigoSaiz, magistrada-juez del Juzgado de lo so-cial número 14 de Madrid, los presentesautos sobre reclamación de cantidad, segui-dos en este Juzgado bajo el número 1.226 de2008, entre las siguientes partes: de una, ycomo demandante, de doña Aránzazu DíazAlbo Muñoz, asistida del letrado don Ángeldel Rey Ramos, y de otra, como demandada,la empresa “Motor Autostar, Sociedad Li-mitada”, que no comparece, habiendo sidocitado también el Fondo de Garantía Sala-rial, no comparecido.

FalloQue estimando parcialmente la demanda

formulada por doña Aránzazu Díaz Albo

Muñoz, contra la empresa “Motor Autostar,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, debo condenar y condeno a la em-presa empleadora demandada a abonar a laactora la suma de 1.767,38 euros, más el in-terés de mora del 10 por 100 sobre dichacantidad, obligándoles a estar y pasar por di-cho pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro de los cinco días siguientes a la noti-ficación de esta resolución mediante mani-festación de la parte o de su abogado o su re-presentante al hacerle la notificación deaquella de su propósito de entablarlo, o bienpor comparecencia o por escrito de las par-tes, de su abogado o su representante dentrodel indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 2512, clave 65, en“Banesto”, en la calle Orense, número 19,de Madrid (haciendo constar en el ingreso elnúmero de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros (25.000 pesetas) en conceptode depósito en dicha cuenta bancaria (ha-ciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Motor Autostar, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.385/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 14 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 95 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donCristián Rubén Buica, contra la empresa“Maderas Comarco, Sociedad Limitada”,sobre ordinario, se ha dictado auto de insol-vencia, cuya parte dispositiva es del tenor li-teral siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 19 de diciem-bre de 2008.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que se han practicado las ave-riguaciones necesarias para encontrar bie-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 229

nes suficientes de la ejecutada en los que ha-cer traba y embargo sin pleno resultado.Paso a dar cuenta a su señoría acompañandopropuesta de auto.—Doy fe.

Propuesta de auto de la secretaria judicial,doña María Ángeles Charriel Ardebol.—EnMadrid, a 19 de diciembre de 2008.

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Maderas Co-

marco, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 527,45euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Maderas Comarco, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.401/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 75 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donRubén Sánchez Cañizares y don RaimundoMartín Chamorro, contra don Ignacio Ada-me Sánchez, sobre ordinario, se ha dictadola resolución siguiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar al ejecutado don Ignacio

Adame Sánchez en situación de insolvenciatotal por importe de 4.737,92 euros. Insol-vencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de este

Juzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes del ejecutado.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Ignacio Adame Sánchez, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.196/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 220 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Isidro Durán García, contra la empresa“Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, so-bre despido, se ha dictado la resolución si-guiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Lepar Es-

tructuras, Sociedad Limitada”, en situaciónde insolvencia total por importe de 8.645euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Lepar Estructuras, Sociedad

Limitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.384/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.952 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Trinidad Silva Mendoza, contrala empresa “Basien Gil, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la resolu-ción siguiente:

Así por este auto, digo: Se tiene a la parteactora por desistida de su demanda, y archí-vese el procedimiento sin más trámite.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Basien Gil, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.390/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.447 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Margarita Gutiérrez Vázquez, contrala empresa “Jarc Seguridad, Sociedad Anó-nima”, sobre ordinario, se ha dictado la re-solución siguiente:

Así por este auto, digo: Se tiene a la parteactora por desistida de su demanda, y archí-vese el procedimiento sin más trámite.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que deban

Page 28: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 230 B.O.C.M. Núm. 146

revestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a doña Margarita GutiérrezVázquez, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.389/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 103 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Mena Membrilla, contra las em-presa “Sava Construcciones y Obras, Socie-dad Limitada”, y “Estructuras Acme 2005,Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se hadictado la resolución siguiente:

Parte dispositiva:a) Se acuerda despachar la ejecución

solicitada por don José Mena Membrilla,contra “Sava Construcciones y Obras, So-ciedad Limitada”, y “Estructuras Acme2005, Sociedad Limitada”, por un importede 5.454,01 euros de principal y otros 1.090euros de intereses y costas, y se decreta elembargo de bienes de “Sava Construccionesy Obras, Sociedad Limitada”, y “EstructurasAcme 2005, Sociedad Limitada”.

b) Se acuerda acumular la presente eje-cución a la número 73 de 2009, seguida eneste Juzgado a instancia de don Pablo IllanaMiguel, contra las mismas ejecutadas, ascen-diendo el principal de todas las ejecucionesacumuladas a un total de 7.709,53 euros (co-rrespondiendo 5.985,12 euros a ambas code-mandadas solidariamente, y 1.724,41 euros a“Sava Construcciones y Obras, Sociedad Li-mitada”), más 1.512 euros de intereses y cos-tas. Afectándose los bienes embargados, ensu caso, en las distintas ejecuciones acumu-ladas para responder de la totalidad de lasmismas. Llévese testimonio de la presenteresolución, así como de las sentencia dictadaen estos autos y de los particulares necesa-rios a la ejecución a que esta se acumula.

c) Líbrese testimonio de la presente re-solución con notificación al Servicio Co-mún de Notificaciones y Embargos de losJuzgado al efecto de que por la comisión ju-dicial se proceda al embargo de bienes encuantía suficiente para cubrir las cantidadesacumuladas y a quienes servirá el presentede mandamiento en forma, pudiéndose soli-citar, si preciso fuere, el auxilio de las fuer-za pública, así como hacer uso de los mediospersonales y materiales necesarios para po-der acceder a los lugares en que se encuen-tren los bienes cuya traba se pretende.

Notifíquese la presente resolución a laspartes advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-

sición que pueda formularse por las ejecuta-das en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Esta es la resolución que propone la se-cretaria judicial de este Juzgado a la ilustrí-sima señora doña Ana Fernández Valentí,magistrada-juez del Juzgado de lo social nú-mero 15 de Madrid.—Conforme la magis-trada-juez de lo social (firmado).—La se-cretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Sava Construcciones y Obras,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(02/19.355/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 15 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 65 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donDiego Omar Irala Valiente y don IgnacioArmando Irala Valiente, contra las empre-sas “Construcciones y Reformas Fuensán,Sociedad Limitada”, “Construcciones y Re-formas Fuenvial, Sociedad Limitada”, y“Construcciones y Reformas Otondo, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado la resolución siguiente:

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo:a) Sobre los ingresos que se produzcan

en las cuentas corrientes de las partes ejecu-tadas, así como los saldos acreedores exis-tentes en las cuentas corrientes, depósitos deahorro o análogos y cualquier valor mobilia-rio titularidad de las apremiadas, en los quela entidad bancaria actúe como depositaria omera intermediaria.

b) Sobre los créditos que ostenten lasdemandadas en distintas entidades por rela-ciones comerciales mantenidas con ellas,hasta cubrir el importe total del principaladeudado, más intereses y costas calculados.

c) Vehículos: 0417DTY, “Citroën”Jumper; 1460BSP, “Peugeot” Boxer Combi;1710DTY, “Citroën” Jumpy; 8207DMH,camión caja “Fiat” Ducato; M-5405-WN,“Nissan” Vanette; M-6698-TS, “Mercedes”Benz 500SL, propiedad de la empresa“Construcciones y Reformas Fuensan, So-ciedad Limitada”.

Vehículo matrícula AV-0100-E, “Peu-geot” 309, propiedad de la empresa “Cons-trucciones y Reformas Fuenvial, SociedadLimitada”.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Construcciones y ReformasOtondo, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.391/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 16de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 616 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de“FCC Construcción, Sociedad Anónima”, y“Ferrovial, Sociedad Anónima”, contra donFelipe González Pineda, Instituto Nacionalde la Seguridad Social, Tesorería General dela Seguridad Social, “Metropista, SociedadLimitada”, y “Excavaciones Reditel, Socie-dad Limitada”, sobre Seguridad Social, seha dictado resolución en fecha 20 de mayode 2009, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Fallo

Que estimando la excepción de falta deacción invocada por la mercantil “Metropis-ta, Sociedad Limitada”, y entrando en elfondo del delito en cuanto al resto, debo de-sestimar y desestimo la demanda formuladapor “UTE Línea 10 Fomento de Construc-ciones y Contratas, Sociedad Anónima, yFerrovial Agromán”, frente a Instituto Na-cional de la Seguridad Social, Tesorería Ge-neral de la Seguridad Social, “Metropista,Sociedad Limitada”, “Excavaciones Redi-tel, Sociedad Limitada”, y don Felipe Gon-zález Pineda, absolviendo a los demandadosde la pretensión formulada frente a ellos.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Felipe González Pineda, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.312/09)

Page 29: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 231

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria delJuzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 627 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias de“Prosegur Compañía de Seguridad, Socie-dad Anónima”, contra la empresa de donFernando Royo Vaquero, sobre ordinario, seha dictado resolución en fecha 24 de juniode 2009, cuya parte dispositiva es del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:Se admite a trámite la demanda presentada

y se señala para el acto de conciliación y, ensu caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 25 de junio de 2009, a lasdiez y cinco horas de su mañana, en la Sala deaudiencias de este Juzgado, sita en la calleHernani, número 59, de esta ciudad, debien-do citarse a las partes, con entrega a los de-mandados y a los interesados de copia de lademanda y demás documentos aportados, asícomo del escrito de subsanación, con las ad-vertencias previstas en los artículos 82.3 y 83de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Fernando Royo Vaquero, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de junio de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/20.056/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria de losocial del número 16 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha, en el proceso seguidoa instancias de doña Ana Isabel Gullón He-rrera, contra “Iniciativas de Promoción yDesarrollo Social, Sociedad Limitada”,“Iter Siglo XXI, Sociedad Limitada”, “For-maplús, Sociedad Limitada”, “EdicionesLagar, Sociedad Limitada”, “Perfiles Di-dácticos, Sociedad Limitada”, y don JoséGaitán Pareja, en reclamación por ordinario,registrado con el número 1.691 de 2008, seha acordado citar a “Perfiles Didácticos, So-ciedad Limitada”, y don José Gaitán Pareja,en ignorado paradero, a fin de que compa-rezcan el día 25 de junio de 2009, a las oncehoras, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 16, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecer

personalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intenten valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “PerfilesDidácticos, Sociedad Limitada”, y don JoséGaitán Pareja, se expide la presente cédulapara su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y coloca-ción en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 9 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.825/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 614 de 2009, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Santiago Hernando Gutiérrez, contradon Francisco Gil Medina, “Wolfram, So-ciedad Anónima”, y “Grupo Aries Santa Fe,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:Se decreta el embargo preventivo de las

fincas registrales siguientes:Finca número 20.190, inscrita al tomo

3.894, libro 265, folio 47, inscripción se-gunda.

Finca número 20.191, inscrita al tomo3.894, libro 265, folio 48, inscripción se-gunda.

Ambas inscritas en el Registro de la Pro-piedad número 1 de Alcalá de Henares,como propiedad de la empresa demandada“Wolfram, Sociedad Anónima”, con códigode identificación fiscal número A/28015774,para responder de la cantidad de 96.472euros de principal, más otros 9.647,20 euroscalculados para costas también provisional-mente, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Se acuerda librar mandamiento por dupli-cado al Registro de la Propiedad para quepractique anotación preventiva de dicho em-bargo, expida certificación de haberlo he-cho, de la titularidad del bien, y en su casode sus cargas y gravámenes y comunique aeste Órgano Judicial la existencia de ulterio-res asientos que pudieran afectar al embargoanotado y remitir, asimismo, mandamientopor fax al Registro de la propiedad a fin deque extienda el correspondiente asiento depresentación.

De decreta el embargo preventivo sobrelos ingresos que se produzcan en la cuentascorrientes de los demandados, “Wolfram,Sociedad Anónima”, “Grupo Aries SantaFe, Sociedad Limitada” y don Francisco Gil

Medina, así como de los saldos acreedoresexistentes en las cuentas corrientes, depósi-tos de ahorros y análogos y cualquier valormobiliario titularidad de los demandados enlos que las entidades bancarias “Banco Bil-bao Vizcaya Argentaria”, “Banco de Saba-dell”, “Banco Santander Central Hispano”,Banco Popular, “Caja de Madrid”, “LaCaixa”, “Banco Español de Crédito (Banes-to)” y “Barclays Bank”, actúen como depo-sitarias o meras intermediarias hasta cubrirlas cantidades reclamadas; librándose a talfin los oportunos despachos.

Respecto a los bienes de las empresas de-mandadas a que se refiere el escrito presen-tado por la parte actora en fecha 14 de abrilde 2009, no ha lugar al embargo preventivode los mismos.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Francisco Gil Medina, y“Wolgram, Sociedad Anónima”, en ignora-do paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/18.899/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 846 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Purice Remus, contra la empresa “Rie-gos Vicente, Sociedad Limitada”, sobre or-dinario, se ha dictado sentencia con fecha 24de abril de 2009, cuyo fallo es del tenor lite-ral siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Purice Remus, contra “Riegos Vi-cente, Sociedad Limitada”, debo condenar ycondeno a la parte demandada a abonar a lademandante 3.869,89 euros, más el 10 por100 correspondiente en concepto de interéspor mora.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que la misma no es firmey frente a ella cabe formular recurso de su-plicación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en este

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 232 B.O.C.M. Núm. 146

Juzgado en el plazo de los cinco días si-guientes a la notificación de esta resolución,bastando la manifestación de la parte o de suabogado o representante dentro del indicadoplazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado.

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Riegos Vicente, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.200/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 747 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Luis Navarro Pallarés, contra las em-presas “Alcalá Coliseo, Sociedad LimitadaUnipersonal”, y “Franquicia Financiera deAlcalá, Sociedad Limitada Unipersonal”,sobre ordinario, se ha dictado sentencia confecha 24 de marzo de 2009, cuyo fallo es deltenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor don Luis Navarro Pallarés, contra “Al-calá Coliseo, Sociedad Limitada Uniperso-nal”, y “Franquicia Financiera de Alcalá,Sociedad Limitada Unipersonal”, debo con-denar y condeno solidariamente a las em-presas demandadas a abonar al demandante1.966,16 euros, más el 10 por 100 corres-pondiente en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que la misma no es firmey frente a ella cabe formular recurso de su-plicación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en esteJuzgado en el plazo de los cinco días si-guientes a la notificación de esta resolución,bastando la manifestación de la parte o de suabogado o representante dentro del indicadoplazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado.

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Alcalá Coliseo, Sociedad Limi-tada Unipersonal”, y “Franquicia Financierade Alcalá, Sociedad Limitada Unipersonal”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.198/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 64 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donLuis Ricardo Moreno Villacrés, contra laempresa “Confortplac Obras, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Confortplac

Obras, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 1.183,96euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

c) De conformidad con el artículo 274.5de la Ley de Procedimiento Laboral remíta-se testimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Lo que propongo su señoría para su con-formidad.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-

trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Confortplac Obras, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.397/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 17 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 17de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 862 de 2008 de este Juz-gado de lo social seguido a instancias dedoña Martha Su Narvasta Barrionuevo, con-tra la empresa “Gespro Outsourcing, Socie-dad Limitada”, sobre ordinario, se ha dicta-do sentencia con fecha 28 de abril de 2009,cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FalloQue estimando la demanda formulada

por doña Martha Su Narvasta Barrionuevo,contra “Gespro Outsourcing, Sociedad Li-mitada”, debo condenar y condeno a la par-te demanda a abonar a la demandante2.121,66 euros, más el 10 por 100 corres-pondiente en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que la misma no es firmey frente a ella cabe formular recurso de su-plicación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en esteJuzgado en el plazo de los cinco días si-guientes a la notificación de esta resolución,bastando la manifestación de la parte o de suabogado o representante dentro del indicadoplazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado.

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Gespro Outsourcing, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.395/09)

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 233

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 18 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 18de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 197 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Victoria Garrido Deogracias ydoña Juana Crespo Romero, contra la em-presa “Lialbe Limpiezas y Contratas, Socie-dad Limitada”, sobre despido, se ha dictadoresolución de fecha 22 de mayo de 2009,cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:a) Ampliar la presente ejecución a ins-

tancia de doña María Victoria Garrido Deo-gracias, contra “Lialbe Limpiezas y Contra-tas, Sociedad Limitada”, siguiéndose en losucesivo por un principal total de 8.346,19euros (de los cuales 3.325,77 euros corres-ponden a doña Juana Crespo Romero y losrestantes 5.020,42 euros a doña María Vic-toria Garrido Deogracias), más 1.356,44euros en concepto de intereses y costas cal-culadas provisionalmente, afectándose losbienes embargados respecto de las coejecu-tantes.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDtablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así, por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Ofelia Ruiz Pontones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Lialbe Limpiezas y Contratas,

Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.387/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 19 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 42 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donRaúl Galán Martín, doña Ana María CapillaSáez Márquez, doña Laura Sáez Márquez,don Ángel Pablo Mora Úbeda y doña RocíoRomero Sánchez, contra la empresa “Subot,Sociedad Limitada”, sobre despido, se hadictado resolución, cuya parte dispositiva ensu tenor literal es la siguiente:

Se decreta el alzamiento del embargo, fin-ca número 26/4655, rústica de cereal secano,situada en el término de Montalbo, al sitioCerro de la Horca, con una superficie del te-rreno de 3 hectáreas, 3 centiáreas y 66 decí-metros cuadrados. Linderos: norte, finca dela entidad mercantil “Paneles Aislantes Pe-ninsulares, Sociedad Limitada”; sur, Caminode la Urraca; este, resto de finca matriz 1C,vendida a la entidad “Sistemas de ElevaciónJoist, Sociedad Limitada”, referencia catas-tral número 16139A505010180000ZI.

Urbana: la finca señalada con número22.532 de la sección segunda, obrante al fo-lio 7 del tomo 1.636 del archivo, libro 1.517de la citada sección, piso sexto F/2 o sextonúmero 8, de la escalera segunda, de la casaen Madrid, calle Seco, esquina a la calleGandía, hoy calle Seco, número 5, en cuyoinmueble se le asigna el número 90.

Como propiedad de “Subot, Sociedad Li-mitada”, con cédula de identificación fiscalnúmero B-83188839 y dirección en Paseo delas Delicias, número 25-1, 28045 Madrid,para responder de la cantidad de 45.266,84euros, más 2.722 euros de intereses y 4.537euros de costas provisionalmente calculadaspara este procedimiento seguido a instanciasde don Raúl Galán Martín, con documentonacional de identidad número 47486224-X,con domicilio a efectos de notificaciones(letrado don Crescencio Sobrino Paniagua),en calle Los Ángeles, número 2 bis, oficinanúmero 4, 28944 Fuenlabrada; doña AnaCapilla Sáez Márquez, con documento na-cional de identidad número 53134690-K ydoña Laura Sáez Márquez, con documentonacional de identidad número 53461768-Qy domicilio a efectos de notificaciones (le-trado don Jesús Juanas Iglesias), en avenidade España, número 24, 28903 Getafe; donÁngel Pablo Mora Úbeda, con documentonacional de identidad número 52974090-F,con domicilio en avenida de España, núme-ro 56, cuarto B, 28903 Getafe, contra “Su-bot, Sociedad Limitada”, para lo cual líbren-

se los oportunos mandamientos de cancela-ción.

Asimismo visto el estado de los presentesautos, sin que las actuaciones e indagacio-nes practicadas hayan resultado positivas enorden a la traba de bienes de la ejecutada“Subot, Sociedad Limitada”, procédase adictar insolvencia y, antes de ello, conformea lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley deProcedimiento Laboral, dese audiencia a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial paraque en el término de diez días insten lo quea su derecho convenga en orden a la conti-nuación de la ejecutoria designando en talcaso bienes concretos de la deudora sobrelos que despachar ejecución.

Notifíquese esta resolución a las partes.Se advierte a la destinataria que las si-

guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Subot, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.356/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 75 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaAlicia Llorente Regidor, doña Ana BelénGarcía Nicolás, doña Blanca Eleni Gonzá-lez Jaramillo, doña María Yolanda ValorRodríguez, doña Mónica Sanjuán Fernán-dez, doña María Esperanza Rodríguez Ro-dríguez, doña América Zoila Laborde Ro-dríguez, doña Clara Graciela YundoMoposita y doña María Rosa Rodríguez Nú-ñez, contra la empresa “Come Come Servi-cios Hosteleros, Sociedad Anónima”, sobredespido, se ha dictado sentencia, cuya partedispositiva es la siguiente:

Sentencia número 217 de 2009En Madrid, a 18 de mayo de 2009.—

Doña Teresa Orellana Carrasco, magistra-da-juez del Juzgado de lo social número 20de Madrid, tras haber visto los presentesautos sobre despido, seguidos a instanciasde doña Alicia Llorente Regidor, doña AnaBelén García Nicolás, doña Blanca EleniGonzález Jaramillo, doña María YolandaValor Rodríguez, doña Mónica SanjuánFernández, doña María Esperanza Rodrí-guez Rodríguez, doña América Zoila Labor-de Rodríguez, doña Clara Graciela YundoMoposita y doña María Rosa Rodríguez Nú-ñez, contra la empresa “Come Come Servi-cios Hosteleros, Sociedad Anónima”, queno comparece pese a estar citada en legalforma, y habiendo sido emplazado el Fondo

Page 32: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 234 B.O.C.M. Núm. 146

de Garantía Salarial, en nombre de Su Ma-jestad el Rey ha pronunciado la siguientesentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por doña Alicia Llorente Regidor, doña AnaBelén García Nicolás, doña Blanca EleniGonzález Jaramillo, doña María YolandaValor Rodríguez, doña Mónica SanjuánFernández, doña María Esperanza Rodrí-guez Rodríguez, doña América Zoila Labor-de Rodríguez, doña Clara Graciela YundoMoposita y doña María Rosa Rodríguez Nú-ñez, contra la empresa “Come Come Servi-cios Hosteleros, Sociedad Anónima”, queno comparece pese a estar citada en legalforma, y habiendo sido emplazado el Fondode Garantía Salarial, debo declarar y decla-ro improcedente el despido de los actores defecha de 25 de enero de 2009 condenando ala empresa demandada a que indemnice:

A doña Alicia Llorente Regidor en lasuma de 11.845,05 euros, con abono de lossalarios dejados de percibir desde la fechadel despido hasta la de esta sentencia y queascienden a la suma de 3.076,99 euros.

A doña Ana Belén García Nicolás en lasuma de 16.362,26 euros, con abono de lossalarios dejados de percibir desde la fechadel despido hasta la de esta sentencia y queascienden a la suma de 4.523,39 euros.

A doña Blanca Eleni González Jaramilloen la suma de 12.769,28 euros, con abono delos salarios dejados de percibir desde la fe-cha del despido hasta la de esta sentencia yque ascienden a la suma de 4.323,38 euros.

A doña María Yolanda Valor Rodríguezen la suma de 13.062,98 euros, con abono delos salarios dejados de percibir desde la fe-cha del despido hasta la de esta sentencia yque ascienden a la suma de 4.422,82 euros.

A doña Mónica Sanjuán Fernández en lasuma de 11.098,88 euros, con abono de lossalarios dejados de percibir desde la fechadel despido hasta la de esta sentencia y queascienden a la suma de 3.934,66 euros.

A doña María Esperanza Rodríguez Ro-dríguez en la suma de 9.140,25 euros, conabono de los salarios dejados de percibirdesde la fecha del despido hasta la de estasentencia y que ascienden a la suma de3.934,66 euros.

A doña América Zoila Laborde Rodrí-guez en la suma de 4.191,60 euros, con abo-no de los salarios dejados de percibir desdela fecha del despido hasta la de esta senten-cia y que ascienden a la suma de 3.974,09euros.

A doña Clara Graciela Yundo Mopositaen la suma de 2.331 euros, con abono de lossalarios dejados de percibir desde la fechadel despido hasta la de esta sentencia y queascienden a la suma de 3.512,04 euros.

A doña María Rosa Rodríguez Núñez enla suma de 3.082,28 euros y salarios dejadosde percibir desde la fecha del despido hastala de esta sentencia y que ascienden a lasuma de 4.422,82 euros.

Declarando con esta fecha extinguida larelación laboral de todas las actoras, todoello con la responsabilidad que en su caso ydentro de los límites legales corresponda alFondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que la misma no es firme,y frente a ella cabe formular recurso de su-plicación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en esteJuzgado en el plazo de los cinco días si-guientes a la notificación de esta resolución,bastando la manifestación de la parte o de suabogado o representante dentro del indicadoplazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 5020 en “Banesto”,en la calle Orense, número 19, de Madrid(haciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Come Come Servicios Hoste-leros, Sociedad Anónima”, en ignorado pa-radero, expido la presente para su inserciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/18.850/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 24 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donTiberius Comanese, contra las empresas“Gestiones Inmobiliarias Kiniamérica, So-ciedad Limitada”, y “Construcciones Sera-frán, Sociedad Limitada”, sobre despido, seha dictado sentencia, cuya parte dispositivaes la siguiente:

Sentencia número 225 de 2009En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—

Doña Teresa Orellana Carrasco, magistra-da-juez del Juzgado de lo social número 20de Madrid y su provincia, tras haber vistolos presentes autos sobre despido, seguidosa instancias de don Tiberius Comanese, con-tra la empresa “Gestiones Inmobiliarias Ki-niamérica, Sociedad Limitada”, y la empre-sa “Construcciones Serafrán, SociedadLimitada”, que no comparecen, pese a estarcitadas en legal forma, y siendo parte elFondo de Garantía Salarial, en nombre deSu Majestad el Rey ha pronunciado la si-guiente sentencia:

FalloQue estimando la demanda formulada

por don Tiberius Comanese, contra la em-

presa “Gestiones Inmobiliarias Kiniaméri-ca, Sociedad Limitada”, y la empresa“Construcciones Serafrán, Sociedad Limita-da”, que no comparecen, pese a estar citadasen legal forma, y siendo parte el Fondo deGarantía Salarial, debo declarar y declaroimprocedente el despido de la parte actorade fecha 23 de diciembre de 2008, conde-nando a las empresas demandadas a que, asu elección, que deberán manifestar en elplazo de los cinco días siguientes al de la no-tificación de esta sentencia, le readmitan ensu mismo puesto de trabajo o le indemnicenen la suma de 5.030,66 euros, entendiéndo-se que de no hacerlo en el plazo indicado op-tan por lo primero, y en todo caso, con abo-no de los salarios dejados de percibir desdela fecha del despido hasta la del 2 de abril de2009, fecha de prestación de servicios paraotras empresas.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial,habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes,haciéndoles saber que la misma no es firmey frente a ella cabe formular recurso de su-plicación al Tribunal Superior de Justicia deMadrid, el cual deberá anunciarse en esteJuzgado en el plazo de los cinco días si-guientes a la notificación de esta resolución,bastando para ello la mera manifestación dela parte o de su abogado o representantedentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá, al tiempo de anun-ciar el recurso, haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número 2518 en el banco“Banesto”, en la calle Orense, número 19,de Madrid (haciendo constar en el ingreso elnúmero de procedimiento).

Asimismo deberá, en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito (ha-ciendo constar también el número de proce-dimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a “Gestiones Inmobiliarias Ki-niamérica, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/18.849/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.461 de 2008 de este Juz-

Page 33: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 235

gado de lo social, seguido a instancias dedoña Susana Guadalupe Braulio, contradoña Erika Jarrín Arboleda y “Jarrín Arbo-leda Erika, SLNE”, sobre ordinario, se hadictado el siguiente auto de citación para losactos de conciliación y/o juicio:

Diligencia.—En Madrid, a 19 de noviem-bre de 2008.

La extiendo yo, la secretaria, para hacerconstar que con esta misma fecha ha corres-pondido a este Juzgado de lo social, por elturno de reparto, la demanda presentada pordoña Susana Guadalupe Braulio, contradoña Erika Jarrín Arboleda y “Jardín Arbo-leda Erika, SLNE”, en materia de ordinario,de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 19 de noviembre de 2008.

Parte dispositiva:Por repartida la anterior demanda, con la

que se formará el oportuno procedimiento, re-gístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presenta-da y se señala para el acto de conciliación y,en su caso, juicio, en única convocatoria, laaudiencia del día 6 de julio de 2009, a lasonce y quince horas, en la Sala de audien-cias de este Juzgado, sita en la calle Herna-ni, número 59, cuarta planta, de esta ciudad,debiendo citarse a las partes, con entrega alas demandadas y a los interesados de copiade la demanda y demás documentos aporta-dos, con las advertencias previstas en los ar-tículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimien-to Laboral.

A los otrosíes:1. Se tiene por hecha la manifestación

de asistencia de letrado.2. Cítese a interrogatorio judicial a los

representantes legales de las demandadas.Requiérase a la demandada para que

aporte la documental solicitada.En cuanto a la testifical: cuando se pro-

ponga se acordará.Deberá aportar el original del Servicio de

Mediación, Arbitraje y Conciliación.Ha lugar a lo solicitado sobre interrogato-

rio o confesión de los representantes legalesde doña Erika Jarrín Arboleda y “Jarrín Ar-boleda Erika, SLNE”. A tal fin, se hace sa-ber que el interrogatorio habrá de respon-derse por sus representantes en juiciosiempre y cuando hubieran intervenido enlos hechos controvertidos. En caso contra-rio, tal circunstancia habrá de alegarse consuficiente antelación al acto del juicio, iden-tificando a las personas que intervinieron ennombre de las entidades, para su citación aljuicio. Si tal persona no formase parte ya dela entidad, podrá solicitar que se les cite encalidad de testigo. Apercibiéndose de que,en caso de no cumplir lo anteriormente se-ñalado o no identificar a las personas inter-vinientes en los hechos, ello podrá conside-rarse como respuesta evasiva y tenerse porciertos los hechos a que se refieran las pre-guntas.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposición

no suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a doña Erika Jarrín Arboleda y“Jarrín Arboleda Erika, SLNE”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.394/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 20 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secre-taria judicial del Juzgado de lo social nú-mero 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 3 de 2007 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJuan Rodríguez Navarro y don José Luis Le-gazpi Sanz, contra don José Santos CaleroHernández, sobre despido, se ha dictado lasiguiente resolución, que dice:

Propuesta de providencia de la secretariajudicial, María Teresa Nicolás Serrano.—En Madrid, a 27 de febrero de 2009.

Quedando pendiente de satisfacer en lapresente ejecutoria la suma de 7.694,61 eurosa don Juan Rodríguez Navarro y 6.696,61euros a don José Luis Legazpi Sanz, en con-cepto de principal, y 1.939,12 euros de inte-reses y costas, sin que las actuaciones e in-dagaciones practicadas hayan resultadopositivas en orden a la traba de bienes de laejecutada, procédase a dictar insolvencia yantes de ello, conforme a lo previsto en el ar-tículo 274.1 de la Ley de Procedimiento La-boral, dese audiencia a las partes y al Fondode Garantía Salarial para que en término dediez días insten lo que a su derecho conven-ga, en orden a la continuación de la ejecuto-ria, designando, en tal caso, bienes concre-tos del deudor sobre los que despacharejecución.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don José Santos Calero Hernán-dez, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.342/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 84 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donAntonio López Izquierdo, contra la empresa“Grupo Atair, Sociedad Limitada”, sobreordinario, se ha dictado auto, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título

mencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Antonio LópezIzquierdo, contra “Grupo Atair, SociedadLimitada”, por un importe de 1.650 euros deprincipal, más 165 euros y 165 euros paracostas e intereses que se fijan provisional-mente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cuantía suficiente para cu-brir las responsabilidades reclamadas.

c) Para el caso de que no se tuviese co-nocimiento de la existencia de bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes oderechos de la deudora de que tengan cons-tancia y se comunique a este Juzgado si porparte de la Hacienda Pública se adeuda algu-na cantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. En caso positivo, seacuerda el embargo de las cantidades pen-dientes de devolución por la Hacienda Públi-ca a la ejecutada hasta cubrir la cantidad obje-to de apremio, interesando la remisión de lasmismas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”con número 2519/0000/64/0084/09, agencia1143, sita en la calle Orense, número 19,28020 de Madrid.

d) Obténganse a través de la aplicacióninformática correspondiente consulta de da-tos de la Dirección General de Tráfico y deaveriguación patrimonial de la ejecutada,únanse a los autos de su razón, y a la vista delos mismos acuérdese lo que proceda.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Contra la presente resolución cabe inter-poner oposición, ante este Juzgado, en el pla-zo de diez días hábiles siguientes al de su no-tificación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma el ilustrísimo señor don Juan José delÁguila Torres, magistrado-juez del Juzgadode lo social número 21 de Madrid.—El ma-gistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Grupo Atair, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-

Page 34: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 236 B.O.C.M. Núm. 146

te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.275/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 94 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donRubén Illanes López, contra la empresa “Al-fer Seguridad y Control, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado auto, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título

mencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Rubén IllanesLópez, contra “Alfer Seguridad y Control,Sociedad Limitada”, por un importe de7.066,80 euros de principal, más 706,68euros y 706,68 euros para costas e interesesque se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes dela demandada en cuantía suficiente para cu-brir las responsabilidades reclamadas.

c) Para el caso de que no se tuviese co-nocimiento de la existencia de bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes oderechos de la deudora de que tengan cons-tancia y se comunique a este Juzgado si porparte de la Hacienda Pública se adeuda algu-na cantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. En caso positivo, seacuerda el embargo de las cantidades pen-dientes de devolución por la Hacienda Públi-ca a la ejecutada hasta cubrir la cantidad obje-to de apremio, interesando la remisión de lasmismas a la “Cuenta de depósitos y consigna-ciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”con número 2519/0000/64/0094/09, agencia1143, sita en la calle Orense, número 19,28020 de Madrid.

d) Obténganse a través de la aplicacióninformática correspondiente consulta de da-tos de la Dirección General de Tráfico y deaveriguación patrimonial de la ejecutada,únanse a los autos de su razón, y a la vista delos mismos acuérdese lo que proceda.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Contra la presente resolución cabe inter-poner oposición, ante este Juzgado, en el pla-zo de diez días hábiles siguientes al de su no-tificación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma el ilustrísimo señor don Juan José delÁguila Torres, magistrado-juez del Juzgadode lo social número 21 de Madrid.—El ma-gistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 21 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.277/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.255 de 2008 de este Juz-gado de lo social seguido a instancias dedoña María Jesús Martín Martín, contra laempresa “Intercargo Express, Sociedad Li-mitada Laboral”, y Fondo de Garantía Sala-rial, sobre cantidad, se ha dictado sentencia,cuyo encabezamiento y fallo son del tenorliteral siguiente:

Sentencia número 234 de 2009

En Madrid, a 21 de mayo de 2009.—DonJuan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 deMadrid, tras haber visto los presentes autossobre cantidad, entre partes: de una, y comodemandante, doña María Jesús Martín Mar-tín, que comparece asistida del letrado donFermín Prieto Vía, y de otra, como deman-dados, “Intercargo Express, Sociedad Limi-tada Laboral”, y Fondo de Garantía Salarial,que no comparecen, ha dictado la siguientesentencia:

Fallo

Que debía estimar la demanda interpues-ta por doña María Jesús Martín Martín, enconcepto de reclamación de cantidad, contrala empresa “Intercargo Express, SociedadLimitada”, y Fondo de Garantía Salarial,condenando a la entidad demandada al pagode la cantidad de 2.792,50 euros en concep-to de principal reclamado, más 279,25 eurosen concepto de interés por mora. Absolvien-do al Fondo de Garantía Salarial, a quien de-berán hacerse las advertencias de su posibleresponsabilidad en los supuestos legalmenteprevistos.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicación alTribunal Superior de Justicia de Madrid, elcual deberá anunciarse en este Juzgado den-tro de los cinco días siguientes a la notifica-ción de esta resolución, bastando para ello lamera manifestación de la parte o de su abo-gado o su representante al hacerle la notifi-cación de aquella de su propósito de enta-blarlo, o bien por comparecencia o por

escrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número de cuenta 2519, cla-ve 65, en la entidad “Banesto”, en la calleOrense, número 19, de Madrid, sucur-sal 1143 (haciendo constar en el ingreso elnúmero de expediente).

Asimismo, deberá en el momento deanunciar el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de expediente).

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Intercargo Express, SociedadLimitada Laboral”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.272/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.571 de 2008 de este Juz-gado de lo social seguido a instancias de donSeguy Magassa, contra don James CeladaPérez, sobre despido, se ha dictado senten-cia, cuyo encabezamiento y fallo son del te-nor literal siguiente:

Sentencia número 150 de 2009En Madrid, a 6 de abril de 2009.—Don

Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 deMadrid, tras haber visto los presentes autossobre despido, entre partes: de una, y comodemandante, don Seguy Magassa, que com-parece asistido por el letrado don José LuisFernández Chillón, y de otra, como deman-dado, don James Celada Pérez, ha dictado lasiguiente sentencia:

FalloQue debía estimar la demanda interpues-

ta por don Seguy Magassa, en concepto dedespido, contra don James Celada Pérez, de-clarándolo improcedente y condenando aldemandado a que le abone una indemniza-ción de 1.616,29 euros y 7.279,28 euros delimporte de los salarios de tramitación hastala fecha de esta resolución, que se declaradefinitivamente extinguida la relación labo-ral existente entre las partes.

Page 35: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 237

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicación alTribunal Superior de Justicia de Madrid, elcual deberá anunciarse en este Juzgado den-tro de los cinco días siguientes a la notifica-ción de esta resolución, bastando para ello lamera manifestación de la parte o de su abo-gado o su representante al hacerle la notifi-cación de aquella de su propósito de enta-blarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la “Cuenta de depósi-tos y consignaciones” que tiene abierta esteJuzgado con el número de cuenta 2519, cla-ve 65, en la entidad “Banesto”, en la calleOrense, número 19, de Madrid, sucur-sal 1143 (haciendo constar en el ingreso elnúmero de expediente).

Asimismo, deberá en el momento deanunciar el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de expediente).

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don James Celada Pérez, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.259/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.067 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Marín Dumitru Dobra, contra las em-presas “Alfer Seguridad y Control, Socie-dad Limitada”, y “Honeywell, Sociedad Li-mitada”, sobre cantidad, se ha dictadosentencia, cuyo encabezamiento y fallo sondel tenor literal siguiente:

Sentencia número 152 de 2009En Madrid, a 7 de abril de 2009.—Don

Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 deMadrid, tras haber visto los presentes autos,sobre cantidad, entre partes: de una, y comodemandante, don Marín Dumitru Dobra,que comparece representado por el letradodon Pedro Feced Martínez, y de otra, comodemandada, “Alfer Seguridad y Control,Sociedad Limitada”, que no comparece, y

“Honeywell, Sociedad Limitada”, que com-parece representada por el letrado don IvánCastellano Castresana, ha dictado la si-guiente sentencia:

FalloQue debía de estimar parcialmente la de-

manda interpuesta por don Marín DumitruDobra, en concepto de reclamación de can-tidad, contra “Alfer Seguridad y Control,Sociedad Limitada”, y “Honeywell, Socie-dad Limitada”, condenándoles solidaria-mente al pago de 1.009,40 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que es firme y contra ellano cabe formular recurso de conformidadcon el artículo 189.1 de la vigente Ley deProcedimiento Laboral.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alfer Seguridad y Control, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.263/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 58 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donEnrique González Anleo Álvarez, contra laempresa “Eid Ibérica, Sociedad Anónima”,sobre ordinario, se ha dictado auto, cuyaparte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Eid Ibérica,

Sociedad Anónima”, en situación de insol-vencia total por importe de 571,81 euros. In-solvencia que se entenderá a todos los efec-tos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles ante

este Juzgado. Y una vez firme, hágase entre-ga de certificación a la parte ejecutante paraque surta efectos ante el Fondo de GarantíaSalarial.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma su señoría el ilustrísimo señor donJuan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 deMadrid.—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Eid Ibérica, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.274/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 84 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donAntonio López Izquierdo, contra la empresa“Grupo Atair, Sociedad Limitada”, sobreordinario, se ha dictado auto, cuya parte dis-positiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo sobre los ingresosque se produzcan en las cuentas corrientes dela parte ejecutada, así como de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrien-tes, depósitos de ahorro o análogos y cual-quier valor mobiliario titularidad de la apre-miada en los que las entidades bancariasactúen como depositarias o meras intermedia-rias hasta cubrir el importe total del principaladeudado, más intereses y costas calculados.Líbrense las oportunas comunicaciones a“Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banes-to”, “Caja de Madrid”, “La Caixa”, “Banco deSabadell” y “Caixa Cataluña” para la reten-ción y transferencia de las indicadas cantida-des y sucesivas que se abonen hasta cubrir eltotal importe a la “Cuenta de consignaciones”de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación delextracto de las cuentas corrientes, de las car-tillas u otros análogos que pudiera tener laejecutada a la fecha.

Y adviértase:a) Que el pago que, en su caso, hicieran

a la demandada no será válido (artículo1.165 del Código Civil), y que, asimismo, latransferencia ordenada les libera de toda res-ponsabilidad frente a la acreedora.

b) Que este Juzgado es el competentepara conocer las cuestiones que sobre el em-bargo decretado se susciten (artículos 236,

Page 36: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 238 B.O.C.M. Núm. 146

238, 258 y 273 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

c) De las responsabilidades penales enque puedan incurrir quienes realicen cual-quier acto de disposición patrimonial o ge-nerador de obligaciones que dilate, dificulteo impida la eficacia del embargo (artícu-lo 257.1.2 del Código Penal).

Indíquese que este requerimiento debecontestarse en el plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación, bajo los aper-cibimientos derivados en lo establecido enlos artículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

Notifíquese a la demandada el presenteauto y el de ejecución por medio de edictosque se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablónde anuncios de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: contra la mismapodrán interponer recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles a contar desdeel siguiente al de su notificación. Advirtién-dose a las partes que conforme al artícu-lo 244 de la Ley de Procedimiento Laborallas resoluciones dictadas en ejecución se lle-varán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Juan José del Águila Torres.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Grupo Atair, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.276/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 90 de 2008 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJesús Ángel Ruiz Serrano, contra la empre-sa “Ahora Comunicación Siglo XXI, Socie-dad Anónima”, sobre cantidad, se ha dicta-do en el día de la fecha auto de insolvencia,cuya parte dispositiva es del tenor literal si-guiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Ahora Co-

municación Siglo XXI, Sociedad Anóni-ma”, en situación de insolvencia parcial porimporte de 2.505,88 euros. Insolvencia quese entenderá a todos los efectos como provi-sional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de Procedimiento Laboral remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma el ilustrísimo señor don Juan José delÁguila Torres, magistrado-juez del Juzgadode lo social número 21 de Madrid.—El ma-gistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Ahora Comunicación Si-glo XXI, Sociedad Anónima”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.273/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 21 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretariadel Juzgado de lo social número 21 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 71 de 2004 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donEugenio Romero Berrocal, contra la empre-sa de don Manuel Osorio Ramírez, sobre re-clamación de honorarios, se ha dictado enfecha 11 de mayo de 2009 auto del tenor li-teral siguiente:

AutoEn Madrid, a 11 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:Ha lugar a estimar la demanda de tercería

de dominio interpuesta por don ManuelOsorio Ramírez, con documento nacionalde identidad número 25650175-T, y doñaRemedios Lozano Pérez, con documentonacional de identidad número 25650730-A,sobre el bien inmueble antes referenciado,embargado en los presentes autos.

En su virtud, se acuerda alzar y dejar sinefecto el embargo trabado sobre la fincadescrita en el hecho segundo de esta resolu-ción, remitiéndose mandamiento de cance-lación por duplicado al Registro de la Pro-

piedad número 4 de Málaga a los efectosoportunos.

Notifíquese esta resolución a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así por este auto, lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,Juan José del Águila Torres.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Manuel Osorio Ramírez, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de junio de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/20.285/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 22 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 15 de 2009 de este Juzga-do de lo social seguido a instancias de donAlexander Vásquez Javier, contra la empre-sa “Actúa Prevención Integral, Sociedad Li-mitada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

a) Declarar a la ejecutad+a “Actúa Pre-vención Integral, Sociedad Limitada”, en si-tuación de insolvencia legal por importe de3.357,39 euros. Insolvencia que se entende-rá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así por este auto lo pronunciamos, man-damos y firmamos. Doy fe.—La secretariajudicial (firmado).—El magistrado-juez delo social, Benito Raboso del Amo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Actúa Prevención Integral, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-

Page 37: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 239

pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.264/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 22 DE MADRID

EDICTO

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretariade lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don José Luis Pérez Velasco,contra “Solados y Pavimentos SánchezMoya, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor despido, registrado con el número 208de 2009, se ha acordado citar a “Solados yPavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 1 de julio de 2009, a lasnueve y treinta horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 22, sito en la calle Orense, núme-ro 22, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Solados yPavimentos Sánchez Moya, Sociedad Limi-tada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 1 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.438/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 22 DE MADRID

EDICTO

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretariade lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de “Ibérica Teleservices, Socie-dad Anónima Unipersonal”, contra don Ja-vier Cobos de Francisco, en reclamación porordinario, registrado con el número 181de 2009, se ha acordado citar a don JavierCobos de Francisco, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 9 de noviembrede 2009, a las diez horas de su mañana, parala celebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 22, sito en la calle Orense, núme-ro 22, debiendo comparecer personalmente

o mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don JavierCobos de Francisco, se expide la presentecédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.415/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 23 DE MADRID

EDICTO

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secreta-ria de lo social del número 23 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Fanor Vía Maira, contra“Construcciones Ferrufino, Sociedad Limi-tada”, en reclamación por ordinario, regis-trado con el número 1.555 de 2008, se haacordado citar a “Construcciones Ferrufino,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 17 de sep-tiembre de 2009, a las diez horas de su ma-ñana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 23, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Construc-ciones Ferrufino, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.411/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 119 de 2008, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Carolina Jiménez Manzano, contra laempresa “Mazzoti, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado resolución de fe-cha 30 de octubre de 2008, cuya parte dispo-sitiva es la siguiente:

Por recibidos los anteriores mandamien-tos librados a los Registros de la Propiedadnúmero 1 de San Bartolomé de Tirajana, deSanta Lucía de Tirajana, número 1 y núme-ro 2 de Las Palmas de Gran Canaria; exhor-to librando al Juzgado Decano de lo socialde Las Palmas de Gran Canaria; despachosde las Oficinas de Colaboración con la Di-rección General de Tráfico y de Averigua-ción Patrimonial; despachos de la AgenciaTributaria, Delegación de Las Palmas y De-legación Especial de Madrid, todos ellos de-bidamente cumplimentados, únanse a losautos de su razón y, visto su contenido, con-fiérase traslado del mismo a las partes y alFondo de Garantía Salarial, y habiéndosedictado auto declarando la nulidad de la eje-cución despachada en autos, estese a loacordado en dicha resolución, poniéndoseen conocimiento de la Agencia Tributaria,así como el archivo acordado de las presen-tes actuaciones.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mazzoti, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/18.879/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 24 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretariajudicial del Juzgado de lo social núme-ro 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.219 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Jesús Casado Ortega, contra la empresa“Tribuneshop, Sociedad Anónima”, sobredespido, se ha dictado auto de fecha 13 demayo de 2009 siguiente:

AutoEn Madrid, a 13 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:Se tiene por no anunciado el recurso de

suplicación mencionado en el hecho segun-do de esta resolución, quedando firme lasentencia dictada en las presentes actuacio-nes. Constando consignada en la cuenta delJuzgado la suma de 150.25 euros, póngaseen conocimiento de las partes para que ins-

Page 38: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 240 B.O.C.M. Núm. 146

ten lo que a su derecho interese sobre el des-tino de dicha cantidad.

Notifíquese a las partes esta resolución.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición previo al de queja ante esteJuzgado. Dicho recurso deberá interponerseen el plazo máximo de cinco días hábiles acontar desde la notificación de esta resolu-ción.

Lo que propongo a su señoría para suconformidad.—La secretaria judicial (fir-mado).—La magistrada-juez de lo social,Susana García Santa Cecilia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Tribuneshop, Sociedad Anóni-ma”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.247/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 16 de 2007 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donRicardo Castro Leal, contra la empresa “An-gono Obras y Servicios, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado el si-guiente auto:

Diligencia.—En Madrid, a 25 de mayode 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que se han practicado las ave-riguaciones necesarias para encontrar bie-nes suficientes de la ejecutada en los que ha-cer traba y embargo sin pleno resultado.Paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 25 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Angono

Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, ensituación de insolvencia total por importe de2.376,53 euros. Insolvencia que se entende-rá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-

gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a la ejecutada “Angono Obras yServicios, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.271/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO

Doña María José González Huergo, secreta-ria de lo social del número 25 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancias de doña Tatiana Osorio de Mos-coso Sanchiz y doña María Anna Pati, con-tra “Logistair Logística y Servicios, Socie-dad Limitada”, en reclamación porordinario, registrado con el número 1.130 de2008, se ha acordado citar a “Logistair Lo-gística y Servicios, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 25 de junio de 2009, a las nueve horas,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, juicio, que tendrán lugaren la Sala de vistas de este Juzgado de lo so-cial número 25, sito en la calle Hernani, nú-mero 59, de Madrid, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “LogistairLogística y Servicios, Sociedad Limitada”,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 4 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.823/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde don Eduardo López López y don Alfon-so-Ezequiel García Fernández, contra “Ges-tiona Servicios Integrales de Telecomunica-ciones de Madrid, Sociedad Limitada”, y“Tritón Broadcast, Sociedad Limitada”, enreclamación por despido, registrado con elnúmero 553 de 2009, se ha acordado citar a

“Tritón Broadcast, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 8 de julio de 2009, a las once y treintahoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 28, sitoen la calle Orense, número 22, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “TritónBroadcast, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.403/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario del Juzgado de lo social núme-ro 28 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución del día dela fecha en el proceso seguido a instanciasde don Carlos Javier Peña San Mamés, con-tra “Inursed, Sociedad Limitada”, don Ru-bén García Quismondo Pereda, don JoséAntonio Granados Daila y doña Olga SolerSánchez, en reclamación por despido, regis-trado con el número 607 de 2009, se ha acor-dado citar a don José Antonio GranadosDaila, en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 21 de julio de 2009, a lasonce y treinta horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y,en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 28, sito en la calle Orense, núme-ro 22, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don JoséAntonio Granados Daila, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.442/09)

Page 39: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 241

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 28 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, se-cretario judicial del Juzgado de lo socialnúmero 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 5 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donAniano Sánchez Meneses y don Rafael Ju-rado Reina, contra la empresa “Abarote, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado auto de fecha 14 de enero de 2009, cuyaparte dispositiva es la siguiente:

AutoEn Madrid, a 14 de enero de 2009.

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título

mencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Aniano SánchezMeneses y don Rafael Jurado Reina, contradon Ramón Narváez Gandarias y “Abarote,Sociedad Limitada”, por un importe de51.290,23 euros de principal, más 5.129,02euros y 5.129,02 euros para costas e intere-ses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes delos demandados.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes yderechos de la deudora de que tengan cons-tancia y se comunique a este Juzgado si porparte de la Hacienda Pública se adeuda algu-na cantidad a los ejecutados por el conceptode devolución por el impuesto sobre la ren-ta de las personas físicas, impuesto sobre elvalor añadido o cualquier otro. En caso po-sitivo se acuerda el embargo de las cantidadespendientes de devolución por la Hacienda Pú-blica a los ejecutados hasta cubrir la cantidadobjeto de apremio, interesando la remisión delas mismas a la “Cuenta de depósitos y con-signaciones” abierta por este Juzgado en “Ba-nesto” con número 2526/0000/00/0598/08.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por los ejecuta-dos en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social,Begoña Gacía Álvarez.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Abarote, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presente

para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.256/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariade lo social del número 29 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Raducu Daniel Manescu,contra Fondo de Garantía Salarial y “Mon-tajes de Andamios y Estructuras, SociedadLimitada”, en reclamación por ordinario, re-gistrado con el número 1.582 de 2008, se haacordado citar a Fondo de Garantía Salarialy “Montajes de Andamios y Estructuras, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezcan el día 7 de juliode 2009, a las nueve cincuenta y cinco horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 29, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intenten valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Montajesde Andamios y Estructuras, Sociedad Limi-tada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.328/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariade lo social del número 29 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Maciej Konrad Kizlik,contra “Frobe Aplicación de Pintura, Socie-dad Limitada”, en reclamación por despido,registrado con el número 440 de 2009, se haacordado citar a “Frobe Aplicación de Pin-tura, Sociedad Limitada”, en ignorado para-dero, a fin de que comparezca el día 25 dejunio de 2009, a las once y veinticinco horasde su mañana, para la celebración de los ac-tos de conciliación y, en su caso, de juicio,que tendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 29, sito en la

calle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “FrobeAplicación de Pintura, Sociedad Limitada”,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 10 de junio de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.323/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 29 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretariajudicial del Juzgado de lo social número29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.363 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Rocío Largo Jorge, contra la empresa“Bramocast Asociados, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Que estimando en su pretensión principalla demanda promovida por doña Rocío Lar-go Jorge, frente a “Bramocast Asociados,Sociedad Limitada”, condeno a la empresademandada a abonarle la suma reclamadapor importe de 2.554,14 euros, más el 10 por100 de interés anual de demora desde la fe-cha de interposición de la papeleta de conci-liación.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia opor simple manifestación en el momento enque se le practique la notificación. Adviérta-se igualmente al recurrente que no fuera tra-bajador o beneficiario del régimen públicode Seguridad Social o causahabiente suyo, ono tenga reconocido el beneficio de justiciagratuita, que deberá depositar la cantidad de150,25 euros en la cuenta abierta en el “Ban-co Español de Crédito” (“Banesto”), de lacalle Orense, número 19, de Madrid, a nom-bre de este Juzgado con el número 2802,acreditando mediante la presentación deljustificante de ingreso en el período com-prendido hasta la formalización del recurso,así como en el caso de haber sido condena-do en sentencia al pago de alguna cantidadconsignar en la “Cuenta de depósitos y con-signaciones” abierta en el “Banco Españolde Crédito” (“Banesto”), de la calle Orense,

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número 19, de Madrid, a nombre de esteJuzgado con el número 2802, la cantidadbruta objeto de condena o formalizar avalbancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria delavalista, incorporándolos a este Juzgado conel anuncio de recurso. En todo caso, el recu-rrente deberá designar letrado para la trami-tación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Bramocast Asociados, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.267/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 30 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 54 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donJulián Calvo Miguel, contra “Cimentacio-nes Especiales Lumarca, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado auto de fe-cha 20 de marzo de 2009, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del títulomencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Julián Calvo Mi-guel, contra “Cimentaciones Especiales Lu-marca, Sociedad Limitada”, por un importede 6.500 euros de principal, más 975 eurospara costas e intereses que se fijan provisio-nalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes yderechos de la titularidad de la demandada.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-cio Común de Notificaciones y Embargos delos Juzgados de Madrid al efecto de que porla comisión judicial se proceda al embargode los bienes en cuantía suficiente para cu-brir las cantidades por las que se despachaejecución, y a quienes servirá el presente demandamiento en forma, pudiendo solicitar,si preciso fuere, el auxilio de la fuerza públi-ca, así como hacer uso de los medios perso-nales y materiales necesarios para poder ac-ceder a los lugares en que se encuentren losbienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin de

que faciliten relación de todos los bienes y de-rechos de la deudora de que tengan constanciay se comunique a este Juzgado si por parte dela Hacienda Pública se adeuda alguna canti-dad a la ejecutada por el concepto de devolu-ción por el impuesto sobre la renta de las per-sonas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo se acuerdael embargo de las cantidades pendientes dedevolución por la Hacienda Pública a la eje-cutada hasta cubrir la cantidad objeto de apre-mio, interesando la remisión de las mismas ala “Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto” con nú-mero 2803/0000/64/0054/09, entidad 0030,agencia 1143, sita en la calle Orense, número19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,José Ángel Folguera Crespo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Cimentaciones Especiales Lu-marca, Sociedad Limitada”, en ignorado pa-radero, expido el presente edicto denotificación para su colocación en el tablónde anuncios de este Juzgado e inserción enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.230/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 30 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 148 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Segundo Iván Olmedo Jumbo, contra“Proyectos Ocelote Dos, Sociedad Limita-da”, y Fondo de Garantía Salarial, sobredespido, se ha dictado auto de fecha 28 demayo de 2009, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

Parte dispositiva:a) Proceder a la ejecución del título

mencionado en los hechos de la presente re-solución solicitada por don Segundo IvánOlmedo Jumbo, contra “Proyectos OceloteDos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Ga-rantía Salarial, por un importe de 6.030 eurosde principal, más 904,50 euros para costas eintereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes yderechos de la titularidad de la demandada.

c) A tal fin líbrese testimonio de la pre-sente resolución con comunicación al Servi-

cio Común de Notificaciones y Embargosde los Juzgados de Madrid al efecto de quepor la comisión judicial se proceda al em-bargo de los bienes en cuantía suficiente paracubrir las cantidades por las que se despachaejecución, y a quienes servirá el presente demandamiento en forma, pudiendo solicitar,si preciso fuere, el auxilio de la fuerza públi-ca, así como hacer uso de los medios perso-nales y materiales necesarios para poder ac-ceder a los lugares en que se encuentren losbienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese cono-cimiento de la existencia de los bienes sufi-cientes, diríjanse oficios a los pertinentes or-ganismos y registros públicos con el fin deque faciliten relación de todos los bienes y de-rechos de la deudora de que tengan constanciay se comunique a este Juzgado si por parte dela Hacienda Pública se adeuda alguna canti-dad a la ejecutada por el concepto de devolu-ción por el impuesto sobre la renta de las per-sonas físicas, impuesto sobre el valor añadidoo cualquier otro. En caso positivo se acuerdael embargo de las cantidades pendientes dedevolución por la Hacienda Pública a la eje-cutada hasta cubrir la cantidad objeto de apre-mio, interesando la remisión de las mismas ala “Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta por este Juzgado en “Banesto” con nú-mero 2803/0000/64/0999/08, entidad 0030,agencia 1143, sita en la calle Orense, número19, de Madrid.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnarla: contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del mismotexto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,José Ángel Folguera Crespo.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Proyectos Ocelote Dos, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, expi-do el presente edicto de notificación para sucolocación en el tablón de anuncios de esteJuzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.224/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 30 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.557 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Diego Armanda Pacheco Belillo, contradon José Ramón Aguilera Pardo, “GrupoComyber, Sociedad Limitada”, “Solo paraComer, Sociedad Limitada”, sobre ordina-rio, se ha dictado sentencia de fecha 20 de

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mayo de 2009, cuyo fallo es del tenor literalsiguiente:

Que, desestimando la demanda interpues-ta por don Diego Armando Pacheco Bellido,como parte actora, contra don José ramónAguilera Pardo, “Grupo Comyber, SociedadLimitada”, “Solo para Comer, Sociedad Li-mitada”, y Fondo de Garantía Salarial, ab-suelvo a las demandadas de las pretensionesde la demanda.

Advertencias a las partes: contra la pre-sente sentencia definitiva, de conformidadcon lo establecido en el artículo 189 de laLey de Procedimiento Laboral, procede re-curso de suplicación.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a don José Ramón Aguilera Par-do, “Solo para Comer, Sociedad Limitada”,“Grupo Comyber, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.236/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 30 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 325 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Abel Fernández Peña, contra “Instala-ciones Eléctricas Rivas, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado sentenciade fecha 20 de mayo de 2009, cuyo fallo esdel tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuestapor don Abel Fernández Peña, como parteactora, asistido de letrado, contra la otra par-te, como demandada, “Instalaciones Eléctri-cas Rivas, Sociedad Limitada”, que no com-parece, pese a estar citada.

Condeno a la empresa citada a satisfacera la parte actora la cantidad total de 2.967,21euros, por los conceptos de la demanda, in-crementada en el 10 por 100 anual de interéslegal por mora en el pago de salarios en laparte correspondiente a los conceptos de di-cha naturaleza.

Condeno al Fondo de Garantía Salarial aestar y pasar por la anterior condena, sinperjuicio de la ulterior determinación de susresponsabilidades y los conceptos que hu-bieran de estar comprendidos finalmente enella, previa instrucción del oportuno expe-diente.

Contra la presente sentencia definitiva, deconformidad con lo establecido en el artícu-lo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral,procede recurso de suplicación.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Instalaciones Eléctricas Rivas,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido el presente edicto de notificaciónpara su colocación en el tablón de anunciosde este Juzgado e inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.231/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secreta-ria de lo social del número 33 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Illya Kozmych y donMykola Nesimkka, contra “Servipladi 24Horas, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor ordinario, registrado con el número 785de 2009, se ha acordado citar a “Servipladi24 Horas, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 9de julio de 2009, a las diez y treinta horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 33, sito en lacalle Hernani, número 59, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Servipladi24 Horas, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.413/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secreta-ria de lo social del número 33 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Javier Catalán Donoso,contra “Burke Newco, Sociedad Limitada”,en reclamación por despido, registrado conel número 838 de 2009, se ha acordado citara “Burke Newco, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, a fin de que comparezcael día 21 de julio de 2009, a las once y quin-ce horas de su mañana, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 33, sitoen la calle Hernani, número 59, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoria

y que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “BurkeNewco, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.324/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secreta-ria de lo social del número 33 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de doña María Amapola BonillaSánchez, contra “Turiscaman Viajes, Socie-dad Limitada”, en reclamación por ordina-rio, registrado con el número 701 de 2009,se ha acordado citar a “Turiscaman Viajes,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,a fin de que comparezca el día 13 de juliode 2009, a las nueve y veinte horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 33, sito en la calleHernani, número 59, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Turisca-man Viajes, Sociedad Limitada”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.405/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secreta-ria de lo social del número 33 de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Juan Valdivia Martínez,contra don José Manuel Torrico Alcántara y“Excavaciones Elga, Sociedad Limitada”,en reclamación por ordinario, registrado con

Page 42: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 244 B.O.C.M. Núm. 146

el número 850 de 2009, se ha acordado citara don José Manuel Torrico Alcántara y “Ex-cavaciones Elga, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezcanel día 16 de julio de 2009, a las nueve ytreinta horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, que tendrán lugar en la Salade vistas de este Juzgado de lo social núme-ro 33, sito en la calle Hernani, número 59,debiendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentenvalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se sus-penderán por falta injustificada de asisten-cia.

Se advierte a los destinatarios que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a don JoséManuel Torrico Alcántara y “ExcavacionesElga, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 4 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.408/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Teresa Domínguez Velasco, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 412 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Wilson Rodrigo Agualongo Paredes,contra las empresas “Baemco, Sociedad Li-mitada”, y “Metalistería Gemetal, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado sen-tencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda formulada por donWilson Rodrigo Agualongo Paredes, decla-ro la improcedencia del despido efectuadopor las demandadas “Metalistería Gemetal,Sociedad Limitada”, y “Baemco, SocidadLimitada”, el 31 de enero de 2009, y previaextinción de la relación entre las partes, lascondeno solidariamente a indemnizarle conla suma de 9.491,40 euros. Asimismo, debe-rán abonarle los salarios dejados de percibirdesde la fecha del cese hasta la notificaciónde esta sentencia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Baemco, Sociedad Limitada”,y “Metalistería Gemetal, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.237/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 33 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Teresa Domínguez Velasco, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 306 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Iván Fortunato Peralta Olmedo, contrala empresa “Alisnava Construcciones, So-ciedad Limitada”, sobre despido, se ha dic-tado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda formulada por donIván Fortunato Peralta Olmedo, declaro laimprocedencia del despido efectuado por lademandada “Alisnava Construcciones, So-ciedad Limitada”, el 13 de enero de 2009, yprevia extinción de la relación entre las par-tes, la condeno a indemnizarle con la sumade 3.161,86 euros. Asimismo, deberá abo-narle los salarios dejados de percibir desdela fecha del cese hasta la notificación de estasentencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Alisnava Construcciones, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.232/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretariode lo social del número 34 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de providen-cia dictada en el día de la fecha en el procesoseguido a instancias de don Stoyan Minev Mi-nev, contra “Promoción y Distribución Ma-drid, Sociedad Limitada”, en reclamación pordespido, registrado con el número 771 de 2009,se ha acordado citar a “Promoción y Distri-bución Madrid, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, a fin de que comparezca eldía 8 de julio de 2009, a las nueve y cuaren-ta horas de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, de jui-cio, que tendrán lugar en la Sala de vistas deeste Juzgado de lo social número 34, sito enla calle Hernani, número 59, debiendo com-parecer personalmente o mediante personalegalmente apoderada y con todos los me-dios de prueba de que intente valerse, con laadvertencia de que es única convocatoria y

que dichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Promo-ción y Distribución Madrid, Sociedad Limi-tada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 8 de junio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/19.392/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialnúmero 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de don Evgeny Funtov, don MikhailPimborski, don Vasily Gubkin y don SergeySukhov, contra don Martín López Fernán-dez y don Antonio Castillo López, en recla-mación por cantidad, registrado con el nú-mero 1.658 de 2008, se ha dictado auto,cuyo encabezamiento y parte dispositiva esla siguiente:

Parte dispositiva:Así por este auto, digo: Se tiene a la parte

actora por desistida en su demanda y archí-vese el procedimiento sin más trámite.

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiéndoles que contra la misma se podráinterponer recurso de reposición ante esteJuzgado de lo social, en el plazo de cincodías hábiles siguientes al de su notificación.

Así lo acuerdo, mando y firmo.—El ma-gistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a donAntonio Castillo López, en ignorado para-dero, se expide el presente edicto para su pu-blicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, así como para sucolocación en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/18.348/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria de lo social del número 35 de losde Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de doña Ángela Núñez Barbas, contraInstituto Nacional de la Seguridad Social,Tesorería General de la Seguridad Social,“SDS Manipulados, Sociedad Limitada”, y“Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 245

Enfermedades Profesionales de la Seguri-dad Social”, en reclamación por SeguridadSocial, registrado con el número 15 de 2009,se ha dictado auto cuyo encabezamiento yfallo es el siguiente:

Parte dispositiva:Así por este auto, digo: Se tiene a la parte

actora por desistida de su demanda y archí-vese el procedimiento sin más trámite, unavez firme esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiéndoles que contra la mismacabe recurso de reposición, ante este Juzga-do de lo social, en el plazo de cinco días há-biles siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo acuerdo, mando y fir-mo.—El magistrado-juez de lo social, JoséAntonio Capilla Bolaños.

Y para que sirva de notificación a “SDSManipulados, Sociedad Limitada”, en igno-rado paradero, se expide el presente edictopara su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, así comopara su colocación en el tablón de anunciosde este Juzgado, expido y firmo el presente.

Madrid, a 29 de mayo de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/18.350/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria judicial del Juzgado de lo socialdel número 35 de los de Madrid y su pro-vincia.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que de siguen en este Juzgado a ins-tancias de don Sebastián Cirilo Deus Rente-ría, contra “Derekoy Investiment, SociedadLimitada”, y “Comsa Construcciones”, enreclamación por cantidad, registrado con elnúmero 1.292 de 2008, se ha dictado senten-cia, cuyo encabezamiento y fallo es el si-guiente:

FalloQue estimando como estimo en parte la

demanda de cantidad formulada por don Se-bastián Cirilo Deus Rentería, contra “De-rekoy Investiment, Sociedad Limitada”, y“Comsa Construcciones”, debo condenar ycondeno “Derekoy Investiment, SociedadLimitada”, al pago al actor de 4.981 eurosque se incrementarán en un 10 por 100.

Se absuelve a la condenada “ComsaConstrucciones”.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicación alTribunal Superior de Justicia de Madrid, elcual deberá anunciarse en este Juzgado den-tro de los cinco días siguientes a la notifica-ción de esta resolución, bastando para ello lamera manifestación de la parte o de su abo-gado o su representante al hacerle la notifi-cación de aquella de su propósito de enta-blarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o su re-presentante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la canti-dad objeto de condena en la “Cuenta de de-pósitos y consignaciones” que tiene abiertaeste Juzgado con el número de cuen-ta 2808/0000/00/1292/08 en “Banco Espa-ñol de Crédito” “Banesto”, en la calle Oren-se, número 19, de Madrid (haciendo constaren el ingreso el número de procedimiento).

Asimismo deberá en el momento de inter-poner el recurso consignar la suma de150,25 euros (25.000 pesetas) en conceptode depósito en dicha cuenta bancaria, (ha-ciendo constar en el ingreso el número deprocedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Y para que le sirva de notificación a “De-rekoy Investiment, Sociedad Limitada”, enignorado paradero, se expide el presenteedicto para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, asícomo para su colocación en el tablón deanuncios de este Juzgado, expido y firmo elpresente.

En Madrid, a 3 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/18.304/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, se-cretaria de lo social del número 35 de losde Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de don Mykola Babych, don YuriyBuhauchuk y don Serhiy Bondar, contra donFlorián Sánchez Ramos y “MMF Construc-ción y Rehabilitación”, en reclamación porcantidad, registrado con el número 1.450 de2008 y acumulados, se ha dictado sentencia,cuyo encabezamiento y fallo es del tenor li-teral siguiente:

FalloQue desestimando como desestimo la de-

manda de cantidad formulada por don Mi-kola Babych, don Yuriy Buhauchuk y donSerhiy Bondar, contra “MMF Construccióny Rehabilitación”, don Florián Sánchez Ra-mos y Fondo de Garantía Salarial, debo ab-solver y absuelvo a los demandados, sin per-juicio del derecho que les asiste a los actoresa plantear de nuevo su demanda contra su em-pleador correcto en los términos expuestos.

Se notifica esta sentencia a las partes, conla advertencia de que no es firme y contraella cabe formular recurso de suplicaciónante el Tribunal Superior de Justicia de Ma-drid, el cual deberá anunciarse en este Juz-gado dentro de los cinco días siguientes a lanotificación de esta resolución, bastandopara ello la mera manifestación de la parte ode su abogado o su representante al hacerlela notificación de aquella de su propósito deentablarlo, o bien por comparecencia o porescrito de las partes, de su abogado o de surepresentante dentro del plazo indicado.

Así por esta sentencia lo pronuncio, man-do y firmo.

Y para que sirva de notificación a “MMFConstrucción y Rehabilitación”, y don Flo-rián Sánchez Ramos, en ignorado paradero,se expide el presente edicto para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, así como para su coloca-ción en el tablón de anuncios de esteJuzgado, expido y firmo el presente.

Madrid, a 3 de junio de 2009.—La secre-taria judicial (firmado).

(03/18.302/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 35 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gracia Fernández Morán, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 35de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actua-ciones que se siguen en este Juzgado a ins-tancias de doña Josefa Vallejo Hernández,doña Antonia Rubio Mendoza y don Conra-do López Brea Cantarero, contra la empresa“Tecnegraf, Sociedad Limitada”, registradocon el número 984 de 2008, ejecución nú-mero 110 de 2009, de este Juzgado de lo so-cial, se ha dictado auto, cuyo encabezamien-to y parte dispositiva es del tenor literalsiguiente:

AutoEn Madrid a 11 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña Josefa Vallejo Hernández, doña Anto-nia Rubio Mendoza y don Conrado LópezBrea Cantarero, contra “Tecnegraf, Socie-dad Limitada”, por un principal de150.162,84 euros, más 11.262 euros en con-cepto de intereses y 15.016 euros de costascalculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de lademandada en cuantía suficiente, y desco-nociéndose bienes concretos, procédase a laaveriguación de los mismos, y a tal fin expí-danse los correspondientes oficios y manda-mientos al señor jefe provincial de Tráfico,al ilustrísimo señor alcalde, Servicio de Ín-dices del Registro de la Propiedad, Gerenciadel Centro de Gestión Catastral y también alseñor director de la Agencia Tributaria, a finde que comunique a este Juzgado si por par-te de la Hacienda Pública se adeuda algunacantidad a la ejecutada por el concepto dedevolución por el impuesto sobre la renta delas personas físicas, impuesto sobre el valorañadido o cualquier otro. Y asimismo paraque todos ellos, y sin perjuicio de las exi-gencias legales, en el plazo máximo de cin-co días faciliten la relación de todos los bie-nes o derechos de la deudora de que tenganconstancia. Advirtiéndose a las autoridadesy funcionarios requeridos de las responsabi-lidades derivadas del incumplimiento injus-tificado de lo acordado (artículos 75.3y 238.3 de la Ley de Procedimiento Labo-ral). En caso positivo, se acuerda el embar-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 246 B.O.C.M. Núm. 146

go de los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez la corres-pondiente anotación y consiguiente certifi-cación, así como el embargo de las cantida-des pendientes de devolución por laHacienda Pública a la ejecutada hasta cubrirla cantidad objeto de apremio, interesándo-se la remisión de las mismas a la “Cuenta dedepósitos y consignaciones” abierta por esteJuzgado en “Banesto”, cuenta corriente nú-mero 2808/0000/00/0984/08, sito en la calleOrense, número 19.

Asimismo, se acuerda el embargo de lossaldos acreedores existentes en las cuentascorrientes, depósitos de ahorro o análogos,así como de cualquier valor mobiliario titu-laridad de la apremiada, en los que la corres-pondiente entidad financiera actuara comodepositaria o mera intermediaria, hasta cu-brir el importe del principal adeudado e in-tereses y costas calculados. Líbrense lasoportunas comunicaciones a las entidadesfinancieras del domicilio de la apremiadapara la retención y transferencia de los sal-dos resultantes hasta el límite de la cantidadobjeto de apremio, y advirtiéndoles de lasresponsabilidades penales en que puedan in-currir quienes auxilien o se confabulen conla apremiada para ocultar o sustraer algunaparte de sus bienes o créditos (artículo 893del Código de Comercio), e indicándoselesque deben contestar al requerimiento en elplazo máximo de cinco días hábiles a contardesde su notificación, bajo los apercibi-mientos derivados de lo establecido en losartículos 75 y 238.3 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono delos apremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por la ejecuta-da en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citadotexto legal).

Y encontrándose la empresa demandadaen ignorado paradero, notifíquese la mismapor medio de edictos a publicar en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a la ejecutada que las sucesivasnotificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—El magistrado-juez de lo social,José Antonio Capilla Bolaños.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Tecnegraf, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL

DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así comopara su colocación en el tablón de anunciosde este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 11 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.239/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria del Juzgado de lo social número 36 deMadrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de doña GirleneRodríguez Ortiz, contra “Asgaya Hostele-ría, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garan-tía Salarial, en reclamación por despido, re-gistrado con el número 662 de 2009, se haacordado citar a “Asgaya Hostelería, Socie-dad Limitada”, en ignorado paradero, a finde que comparezca el día 30 de junio de2009, a las diez cuarenta y cinco horas de sumañana, para la celebración de los actos deconciliación y, en su caso, de juicio, que ten-drán lugar en la Sala de vistas de este Juzga-do de lo social número 36, sito en la calleOrense, número 22, debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legal-mente apoderada y con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que di-chos actos no se suspenderán por falta injus-tificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AsgayaHostelería, Sociedad Limitada”, se expide lapresente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.417/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 36 DE MADRID

EDICTO

Doña María José Ortiz Rodríguez, secreta-ria del Juzgado de lo social número 36 deMadrid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha en el pro-ceso seguido a instancias de don EnriquePeña Bartolomé, contra “Recoletos Servi-cios de Asesoría, Sociedad Limitada”, yFondo de Garantía Salarial, en reclamaciónpor despido, registrado con el número 446de 2009, se ha acordado citar a “RecoletosServicios de Asesoría, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, a fin de que compa-rezca el día 29 de junio de 2009, a las diezcuarenta y cinco horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y,

en su caso, de juicio, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 36, sito en la calle Orense, número22, debiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “RecoletosServicios de Asesoría, Sociedad Limitada”,se expide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios.

En Madrid, a 1 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.329/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 112 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José Luis Redondo Torres, contra laempresa “Sigma Premaries, Sociedad Limi-tada”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 8 de mayode 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que se han practicado las ave-riguaciones necesarias para encontrar bie-nes suficientes de la ejecutada en los que ha-cer traba y embargo sin pleno resultado.Paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

AutoEn Madrid, a 8 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Sigma Pre-

maries, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 1.180,57euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Así por este mi auto lo pronuncio, mandoy firmo.—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Page 45: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 247

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Sigma Premaries, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de mayo de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/18.902/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 134 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Francisco Javier González Vergel, con-tra la empresa “Redes Tech Files, SociedadLimitada”, sobre ordinario, se ha dictado lasiguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 5 de mayode 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, parahacer constar que se han practicado las ave-riguaciones necesarias para encontrar bie-nes suficientes de la ejecutada en los que ha-cer traba y embargo sin pleno resultado.Paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 5 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Redes Tech

Files, Sociedad Limitada”, en situación deinsolvencia total por importe de 3.735,03euros. Insolvencia que se entenderá a todoslos efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación.

Así por este mi auto lo pronuncio, mandoy firmo.—El magistrado-juez de lo social(firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Redes Tech Files, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido la

presente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de mayo de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/18.884/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 37de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.214 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Omar Segundo Guzmán Hidalgo, con-tra la empresa “Plamater, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución:

Sentencia número 154 de 2009En Madrid, a 5 de mayo de 2009.—Don

Marcos Ramos Valles, magistrado-juez delJuzgado de lo social número 37 de Madrid,tras haber visto los presentes autos sobredespido, entre partes: de una, y como de-mandante, don Omar Segundo Guzmán Hi-dalgo, que comparece, y de otra, como de-mandada, “Plamater, Sociedad Limitada”,en nombre de Su Majestad el Rey ha dicta-do la siguiente sentencia:

FalloQue desestimando la demanda formulada

por don Omar Segundo Guzmán Hidalgo,frente a “Plamater, Sociedad Limitada”,debo absolver y absuelvo a la demandada delas pretensiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes, ad-virtiendo que contra ella podrán interponerrecurso de suplicación ante el Tribunal Supe-rior de Justicia que deberá ser anunciado porcomparecencia o mediante escrito en esteJuzgado dentro de los cinco días siguientes ala notificación de esta sentencia o por simplemanifestación en el momento en que se lepractique la notificación. Adviértase igual-mente al recurrente que no fuera trabajador obeneficiario del régimen público de Seguri-dad Social o causahabiente suyo, o no tengareconocido el beneficio de justicia gratuita,que deberá depositar la cantidad de 150,25euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calleOrense, número 19, a nombre de este Juzga-do con el número 0030/1143/2810/0000/65,seguidos del número de autos, acreditandomediante la presentación del justificante deingreso en el período comprendido hasta laformalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentencia alpago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto”, calle Orense, núme-ro 19, a nombre de este Juzgado con el núme-ro 0030/1143/2810/0000/65, seguidos delnúmero de autos, la cantidad objeto de conde-na o formalizar aval bancario por dicha canti-dad en el que se haga constar la responsabili-dad solidaria del avalista, incorporándolos aeste Juzgado con el anuncio de recurso. En

todo caso, el recurrente deberá designar letra-do para la tramitación del recurso al momen-to de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Plamater, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido la presente enMadrid, a 5 de mayo de 2009.—La secreta-ria judicial (firmado).

(03/18.887/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial de lo social del número 37 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Álex Fabián Gómez Ata-riguana, contra “Cetec Construcciones yComunicaciones, Sociedad Limitada”, enreclamación por ordinario, registrado con elnúmero 418 de 2009, se ha acordado citar a“Cetec Construcciones y Comunicaciones,Sociedad Limitada”, a fin de que comparez-ca el día 16 de marzo de 2010, a las nueve ytreinta horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, en única convocatoria, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 37, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “CetecConstrucciones y Comunicaciones, Socie-dad Limitada”, se expide la presente cédulapara su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y coloca-ción en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 29 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.418/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial de lo social del número 37 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Luis Miguel Villalba Ca-rretero, contra “Cetec Construcciones y Co-municaciones, Sociedad Limitada”, en re-

Page 46: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 248 B.O.C.M. Núm. 146

clamación por ordinario, registrado con elnúmero 329 de 2009, se ha acordado citar a“Cetec Construcciones y Comunicaciones,Sociedad Limitada”, a fin de que comparez-ca el día 1 de marzo de 2010, a las diez yquince horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, en única convocatoria, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 37, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “CetecConstrucciones y Comunicaciones, Socie-dad Limitada”, se expide la presente cédulapara su publicación en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y coloca-ción en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.426/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial de lo social del número 37 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Manuel Herrero Gonzá-lez, contra “Alur Classic, Sociedad Limita-da”, en reclamación por ordinario, registra-do con el número 439 de 2009, se haacordado citar a “Alur Classic, Sociedad Li-mitada”, a fin de que comparezca el día 6 deabril de 2010, a las nueve cuarenta y cincohoras de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y, en su caso, dejuicio, en única convocatoria, que tendránlugar en la Sala de vistas de este Juzgado delo social número 37, sito en la calle Orense,número 22, debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apo-derada y con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia deque es única convocatoria y que dichos ac-tos no se suspenderán por falta injustificadade asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Alur Clas-sic, Sociedad Limitada”, se expide la pre-sente cédula para su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDy colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.428/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial de lo social del número 37 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Eugenio García Alonso,contra “Bragarsa Proyectos y Construccio-nes, Sociedad Limitada”, en reclamaciónpor despido, registrado con el número 705de 2009, se ha acordado citar a “BragarsaProyectos y Construcciones, Sociedad Li-mitada”, a fin de que comparezca el día 5 deoctubre de 2009, a las diez y quince horas desu mañana, para la celebración de los actosde conciliación y, en su caso, de juicio, enúnica convocatoria, que tendrán lugar en laSala de vistas de este Juzgado de lo socialnúmero 37, sito en la calle Orense, núme-ro 22, debiendo comparecer personalmenteo mediante persona legalmente apoderada ycon todos los medios de prueba de que in-tente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asis-tencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “BragarsaProyectos y Construcciones, Sociedad Li-mitada”, se expide la presente cédula para supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID y colocación en eltablón de anuncios.

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.431/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial de lo social del número 37 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Cristiane Batista Ferreira,contra “Bonnasera Investments, SociedadLimitada”, en reclamación por despido, re-gistrado con el número 793 de 2009, se haacordado citar a “Bonnasera Investments,Sociedad Limitada”, a fin de que comparez-ca el día 7 de julio de 2009, a las once yquince horas de su mañana, para la celebra-ción de los actos de conciliación y, en sucaso, de juicio, en única convocatoria, quetendrán lugar en la Sala de vistas de esteJuzgado de lo social número 37, sito en lacalle Orense, número 22, debiendo compa-recer personalmente o mediante persona le-galmente apoderada y con todos los mediosde prueba de que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-

trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación “BonnaseraInvestments, Sociedad Limitada”, se expidela presente cédula para su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y colocación en el tablón de anun-cios.

En Madrid, a 9 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.398/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judi-cial de lo social del número 37 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictadaen el día de la fecha en el proceso seguido ainstancias de don Roberto Reyna Zúñiga,contra “AA y R Servicio Urgente Local In-terprovincial, Sociedad Limitada”, “CourierGestión Rápida, Sociedad Limitada”, y Fon-do de Garantía Salarial, en reclamación porordinario, registrado con el número 204 de2009, se ha acordado citar a “AA y R Servi-cio Urgente Local Interprovincial, SociedadLimitada”, y “Courier Gestión Rápida, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezcan el día 1 de marzo de2010, a las diez y treinta horas de su maña-na, para la celebración de los actos de conci-liación y, en su caso, de juicio, en única con-vocatoria, que tendrán lugar en la Sala devistas de este Juzgado de lo social núme-ro 37, sito en la calle Orense, número 22, de-biendo comparecer personalmente o me-diante persona legalmente apoderada y contodos los medios de prueba de que intentenvalerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se sus-penderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “AA y RServicio Urgente Local Interprovincial, So-ciedad Limitada”, y “Courier Gestión Rápi-da, Sociedad Limitada”, se expide la presen-te cédula para su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ycolocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.435/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 37 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria delJuzgado de lo social número 37 de los deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 955 de 2008, recurso de

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 249

suplicación número 1 de 2009, de este Juz-gado de lo social, seguidos a instancias dedoña Carmen Maribel Álvarez Curillo, con-tra la empresa “Rocyser, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado la si-guiente resolución, cuya copia literal seadjunta, a fin de que proceda a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

ProvidenciaMagistrado-juez ilustrísimo señor don

Marcos Ramos Vallés.En Madrid, a 8 de abril de 2009.Visto el tiempo transcurrido sin que la

parte recurrida “Rocyser, Sociedad Limita-da”, haya impugnado el recurso de suplica-ción formalizado en su día por la parte re-currente, se acuerda elevar las actuaciones ala Sala de lo social del Tribunal Superior deJusticia de Madrid.

Notifíquese a las partes.Modo de impugnarla: mediante recurso

de reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde su notificación, cuya sola interposiciónno suspenderá la ejecutividad de lo que seacuerda (artículo 184.1 de la Ley de Proce-dimiento Laboral).

Así lo manda y firma su señoría. Doyfe.—La secretaria judicial (firmado).—Elmagistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Rocyser, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, expido el presente enMadrid, a 12 de mayo de 2009.—La secre-taria judicial (firmado).

(03/19.348/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 148 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Montserrat Ramírez García, contraUnión de Consumidores Europeos, sobredespido, se ha dictado auto de fecha 26 demayo de 2009, cuya parte dispositiva es lasiguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada Unión de

Consumidores Europeos en situación de in-solvencia total por importe de 23.308,27 deprincipal, más 2.330,82 euros presupuesta-dos para intereses y costas. Insolvencia quese entenderá a todos los efectos como provi-sional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente de esteJuzgado y sin perjuicio de continuar la eje-cución si en lo sucesivo se conocen nuevosbienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 dela Ley de procedimiento Laboral, remítasetestimonio de esta resolución al “BoletínOficial del Registro Mercantil” a efectos depublicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a laspartes y al Fondo de Garantía Salarial, ad-virtiéndose que contra la misma cabe inter-poner recurso de reposición, ante este Juz-gado, dentro del plazo de cinco días hábilesa contar desde su notificación. Y una vez fir-me, hágase entrega de certificación a la par-te ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación enlegal forma a Unión de ConsumidoresEuropeos, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/18.882/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariojudicial del Juzgado de lo social núme-ro 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 34 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMaría Díez Blanco y don Manuel BlázquezSchulze, contra la empresa “D & CO DioneComunicación Operativa, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado auto en fe-cha 22 de mayo de 2009, cuya parte disposi-tiva dice así:

Dispongo: Examinado el auto de fecha 4de mayo de 2009 se aprecia la necesidad deaclararlo, así donde dice en la parte disposi-tiva: a) “Declarar a la ejecutada “D & CODione Comunicación Operativa, SociedadLimitada”, en situación de insolvencia totalpor importe de 6.207,49 euros de principal,más 620,74 euros presupuestados para cos-tas e intereses”; debe añadirse: “correspon-diendo 5.062,36 euros del principal a doñaMaría Díez Blanco y 1.145,13 euros delprincipal a don Manuel G. BlázquezSchulze”, siguiendo el resto de pronuncia-mientos en los mismos términos.

Notifíquese esta resolución a las partesadvirtiendo que contra ella no cabe interpo-ner recurso alguno distinto del que en sucaso se formule contra el citado auto.

Así por este auto lo pronuncio, mando yfirmo.—La magistrada-juez de lo social, In-maculada Parrado Caparrós.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “D & CO Dione ComunicaciónOperativa, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/18.856/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 38 DE MADRID

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretariodel Juzgado de lo social número 38 deMadrid.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.681 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Agnieszka Kataryna Kacza, contradoña Almudena Moreno Sánchez y “AlborsProtocolo, Sociedad Limitada”, sobre despi-do, se ha dictado sentencia, cuyo fallo literales el siguiente:

Estimando la demanda formulada pordoña Agnieszka Kataryna Kacza, contra “Al-bors Protocolo, Sociedad Limitada”, y doñaAlmudena Moreno Sánchez, debo declarar ydeclaro improcedente el despido de los acto-res, condenando a la empresa demandada aestar y pasar por la anterior declaración, contodos los efectos inherentes a la misma y, enconsecuencia, a que opte en el plazo de cincodías desde la notificación de esta sentenciapor readmitir a la parte actora en su puesto detrabajo en las mismas condiciones que regíancon anterioridad al despido o le indemnice enla cantidad de 466,67 euros, debiéndole abo-nar, en cualquier caso, los salarios dejados depercibir desde la fecha del despido y hasta lanotificación de esta sentencia.

Absuelvo a doña Almudena Moreno Sán-chez de las pretensiones formuladas en sucontra.

Notifíquese esta sentencia a las partes,con la advertencia de que no es firme y con-tra ella cabe formular recurso de suplicaciónal Tribunal Superior de Justicia de Madrid,el cual deberá anunciarse en este Juzgadodentro del plazo de cinco días siguientes a lanotificación de esta resolución, mediantemanifestación de la parte o de su abogado osu representante al hacerle la notificación deaquella, de su propósito de entablarlo o bienpor comparecencia o por escrito de las par-tes, de su abogado o su representante dentrodel indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio dejusticia gratuita, deberá al tiempo de anun-ciar el recurso haber consignado la cantidadobjeto de condena en la cuenta de depósitosy consignaciones que tiene abierta este Juz-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 250 B.O.C.M. Núm. 146

gado en “Banesto” en la calle Orense, núme-ro 19, de Madrid, (haciendo constar en el in-greso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de in-terponer el recurso consignar la suma de150,25 euros en concepto de depósito en di-cha cuenta bancaria (haciendo constar en elingreso el número de procedimiento).

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en el ta-blón de anuncios de este Juzgado, salvo lasque revistan forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Albors Protocolo, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de junio de 2009.—El se-cretario judicial (firmado).

(03/19.826/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 39 DE MADRID

EDICTO

Doña Margarita Martínez González, secre-taria de lo social del número 39 de Ma-drid.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha, en elproceso seguido a instancias de don MatíasSanz Ortega, contra “Berla Carriage, Socie-dad Limitada”, “Tanden Express, SociedadLimitada”, “Nee Back Able Logística, So-ciedad Limitada”, “Mensa Logística Urgen-te, Sociedad Limitada”, “3000 H H Presure,Sociedad Limitada”, “Laderaum, SociedadLimitada”, “Convoyer, Sociedad Limitada”,“Assurement, Sociedad Limitada”, “VectorExpress, Sociedad Limitada”, y “LivrasionUrgent, Sociedad Limitada”, en reclama-ción por despido, registrado con el núme-ro 753 de 2009, se ha acordado citar a “NeeBack Able Logística, Sociedad Limitada”,en ignorado paradero, a fin de que compa-rezca el día 29 de junio de 2009, a las oncecuarenta y cinco horas, para la celebraciónde los actos de conciliación y, en su caso,juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistasde este Juzgado de lo social número 39, sitoen la calle Princesa, número 31, debiendocomparecer personalmente o mediante per-sona legalmente apoderada y con todos losmedios de prueba de que intente valerse, conla advertencia de que es única convocatoriay que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Nee BackAble Logística, Sociedad Limitada”, se ex-pide la presente cédula para su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID y colocación en el tablón deanuncios.

En Madrid, a 8 de junio de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.822/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban, secretaria ju-dicial del Juzgado de lo social número 1de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.401 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Alejo Mateos Raboso, contra don GinésVivanco Gámez, sobre despido, se ha dicta-do sentencia en fecha 17 de mayo de 2009,cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuestapor don Alejo Mateos Raboso, frente a donGinés Vivanco Gámez, debo declarar y de-claro improcedente el despido del actor y enconsecuencia condeno al demandado a la in-mediata readmisión del actor o a elección deaquel, a que le indemnice con la suma de930,82 euros desde la fecha del despido has-ta el 30 de marzo de 2009, a razón de 41,37euros/día y desde el 31 de marzo de 2009, arazón de 20,57 euros/día.

Con la advertencia de que la opción debe-rá efectuarse mediante escrito o compare-cencia ante la Secretaría del Juzgado de losocial dentro del plazo de cinco días a con-tar desde la notificación de la sentencia, sinesperar la firmeza de la misma, y en caso deno hacer la opción expresamente, se enten-derá que opta por la readmisión.

Notifíquese esta resolución a las partes,advirtiéndoles que pueden recurrir en supli-cación ante la Sala de lo social del TribunalSuperior de Justicia de Madrid en el plazode cinco días hábiles a contar del siguiente ala notificación por medio de comparecenciao por escrito, siendo indispensable, si el re-currente no ostenta el carácter de trabajadory no goza del beneficio de justicia gratuita,que presente resguardo acreditativo de ha-ber ingresado, en impreso separado, el totalal que se le condena, y sin cuyo requisito nose tendrá por anunciado el recurso, y, al mis-mo tiempo, para su formalización deberápresentar resguardo de ingreso del depósitoespecial de 150,25 euros, ambas en la cuen-ta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sincuyo requisito no podrá tenerse en cuenta yquedará firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a don Ginés Vivanco Gámez, enignorado paradero, expido la presente parasu inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 29 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.379/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 393 de 2006 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon José María Martín Beas, contra donCarlos Ornas Carpena, don Carlos NietoGómez, “Urconop Contratas, Sociedad Li-mitada”, “Moda en Casa, Sociedad Anóni-ma”, “Reale Seguros Generales, “Mutua deSeguros MUSAAT” y “Arch Insurance (Eu-rope), Ltd.”, sobre ordinario, se ha dictadosentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Desestimando las excepciones procesalesinvocadas por los demandados de incompe-tencia de jurisdicción y falta de litisconsor-cio pasivo necesario, y estimando parcial-mente la demanda interpuesta por don JoséMaría Martín Beas, contra “Urconop Con-tratas, Sociedad Limitada”, “Moda en Casa,Sociedad Anónima”, don Carlos Ornas Car-pena, don Carlos Nieto Gómez, “Reale Se-guros Generales”, “Mutua de Seguros MU-SAAT” y “Arch Insurance (Europe), Ltd.”,en reclamación de cantidad, debo declarar ydeclaro la existencia de responsabilidad delos demandados “Urconop Contratas, Socie-dad Limitada”, “Moda en Casa, SociedadAnónima”, don Carlos Ornas Carpena y donCarlos Nieto Gómez respecto del accidentesufrido por el demandante el 22 de noviem-bre de 2002, condenando solidariamente adichos demandados, y como consecuencia alas compañías aseguradoras codemandadas“Reale Seguros Generales, Sociedad Anóni-ma”, “Arch Insurance Company (Europe),Limited”, y “MUSAAT, Mutua de Seguros aPrima Fija”, a abonar al actor la cantidad de420.000 euros por los conceptos reclamados.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que nofuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyos o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal 1096, de paseo deGoya, número 2, de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”

Page 49: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 251

abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851 la cantidad objetode condena, o formalizar aval bancario pordicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incor-porándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso. En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación del re-curso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Urconop Contratas, SociedadLimitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 1 de junio de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/18.898/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 159 de 2009, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña María Concepción Santos Campos,contra la empresa “Mantenimiento Integralde Empresas y Medio Ambiente, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado lasiguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

doña María Concepción Santos Campos,contra “Mantenimiento Integral de Empre-sas y Medio Ambiente, Sociedad Limitada”,por un importe de 10.700,28 euros de prin-cipal, más 2.140,05 euros para costas e inte-reses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de la de-mandada en cuantía suficiente, y descono-ciéndose bienes concretos procédase a la ave-riguación de los mismos, y a tal fin expídanselos correspondientes oficios y mandamientosal Ayuntamiento, Servicio de Índices del Re-gistro de la Propiedad, y Delegación de Ha-cienda.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgado

dentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda, manda y firma su seño-ría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Mantenimiento Integral deEmpresas y Medio Ambiente, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 27 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.560/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 163 de 2009, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Bernardo Fabián Murillo, contra la em-presa “Construcciones y Obras Cijara, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Despachar la ejecución solicitada por

don Bernardo Fabián Murillo, contra “Cons-trucciones y Obras Cijara, Sociedad Limita-da”, por un importe de 2.623,76 euros deprincipal, más 524,75 euros para costas e in-tereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de la de-mandada en cuantía suficiente, y descono-ciéndose bienes concretos procédase a la ave-riguación de los mismos, y a tal fin expídanselos correspondientes oficios y mandamientosal Ayuntamiento, Servicio de Índices del Re-gistro de la Propiedad, y Delegación de Ha-cienda.

c) Se advierte y requiere a la ejecutadaen los términos exactos expuestos en los ra-zonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si dejatranscurrir los plazos que se le conceden, yen la forma indicada en el razonamiento ju-rídico sexto, se le podrá imponer el abono deapremios pecuniarios por cada día que se re-trase.

e) Dar traslado del escrito presentado yde la presente resolución al Fondo de Garan-tía Salarial a los fines expresados en el razo-namiento jurídico séptimo.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Modo de impugnación: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, cuya sola interposición no sus-

penderá la ejecutividad de lo que se acuerda(artículo 184.1 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Así lo acuerda, manda y firma su seño-ría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma “Construcciones y Obras Cijara,Sociedad Limitada”, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 28 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.571/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 1.259 de 2008 de este Juz-gado de lo social seguido a instancias dedoña Tamara Mullor de León, contra la em-presa “Permacar Export Import, SociedadLimitada”, sobre despido, se ha dictado sen-tencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta pordoña Tamara Mullor de León, contra “Per-macar Export Import, Sociedad Limitada”,debo declarar y declaro improcedente eldespido de que fue objeto la actora el día 8de octubre de 2008, condenando a la empre-sa demandada a readmitir a la misma en supuesto de trabajo, en las mismas condicio-nes que tenía antes de producirse el despido,a no ser que en el plazo de cinco días, a con-tar desde la notificación de esta sentencia ysin necesidad de esperar a la firmeza de lamisma, opte ante este Juzgado por el abonode una indemnización en cuantía de1.192,80 euros, condenándola asimismo,cualquiera que sea el sentido de su opción,al abono de los salarios dejados de percibirdesde la fecha de despido hasta la notifica-ción de la presente sentencia y que al día dehoy quedan fijados en la cantidad de5.367,60 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio,mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes,advirtiendo que contra ella podrán interpo-ner recurso de suplicación ante el TribunalSuperior de Justicia que deberá ser anuncia-do por comparecencia o mediante escrito eneste Juzgado dentro de los cinco días si-guientes a la notificación de esta sentencia,o por simple manifestación en el momentoen que se le practique la notificación. Ad-viértase igualmente al recurrente que no

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 252 B.O.C.M. Núm. 146

fuera trabajador o beneficiario del régimenpúblico de Seguridad Social o causahabien-te suyos, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar lacantidad de 150,25 euros en la cuenta abier-ta en “Banesto”, sucursal 1096, del paseo deGoya, número 2, de Móstoles, a nombre deeste Juzgado con el número 2851, acreditan-do mediante la presentación del justificantede ingreso en el período comprendido hastala formalización del recurso, así como en elcaso de haber sido condenado en sentenciaal pago de alguna cantidad consignar en la“Cuenta de depósitos y consignaciones”abierta en “Banesto” a nombre de este Juz-gado con el número 2851 la cantidad objetode condena, o formalizar aval bancario pordicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incor-porándolos a este Juzgado con el anuncio derecurso. En todo caso, el recurrente deberádesignar letrado para la tramitación del re-curso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Permacar Export Import, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Móstoles, a 29 de mayo de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.570/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 59 de 2009, de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de donAdrián Arsuaga Laborde, contra la empresa“Iba Digital, Sociedad Limitada”, sobre ordi-nario, en atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Iba Digital,Sociedad Limitada”, en situación de insol-vencia total por importe de 2.434,80 euros,que restan del principal, insolvencia que seentenderá, a todos los efectos, como provi-sional.

b) Archivar las actuaciones previa ano-tación en el libro correspondiente, y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe recurso de repo-sición en el plazo de cinco días hábiles anteeste Juzgado.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-

tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Iba Digital, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 3 de junio de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.453/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 6 DE BILBAO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Helena Barandiarán García, secretariajudicial del Juzgado de lo social número 6de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en autos número 836 de2008 de este Juzgado de lo social, seguido ainstancias de don Santiago Reyes Benítez,contra don Tomás García Villanueva, donFrancisco Javier Santamaría Rubio, Fondo deGarantía Salarial, “Construcciones Miribilla3000, Sociedad Limitada”, “ConstruccionesGraisu, Sociedad Limitada”, “ConstruccionesNuelgra, Sociedad Limitada”, “PromocionesNielka, Sociedad Liimtada”, “PromocionesInmobiliarias Sierra Chavela, Sociedad Anó-nima”, “Inzubi, Sociedad Limitada”, “Isugra,Sociedad Limitada”, “Nuelgra, Sociedad Li-mitada”, “Gestonornova, Sociedad Limita-da”, “Promocam-I, Sociedad Limitada”,“Geco 3000, Sociedad Limitada”, y “ZorrozaIndusketak eta Garraioak, Sociedad Limita-da”, sobre despido, se ha dictado la siguienteresolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor don Santiago Reyes Benítez, frente adon Tomás García Villanueva, don Francis-co Javier Santamaría Rubio, Fondo deGarantía Salarial, “Construcciones Miribi-lla 3000, Sociedad Limitada”, “Construc-ciones Graisu, Sociedad Limitada”, “Cons-trucciones Nuelgra, Sociedad Limitada”,“Promociones Nielka, Sociedad Limitada”,“Promociones Inmobiliarias Sierra Chavela,Sociedad Anónima”, “Inzubi, Sociedad Li-mitada”, “Isugra, Sociedad Limitada”,“Nuelgra, Sociedad Limitada”, “Gestonor-nova, Sociedad Limitada”, “Promocam-I,Sociedad Limitada”, “Geco 3000, SociedadLimitada”, y “Zorroza Indusketak eta Ga-rraioak, Sociedad Limitada”, en materia dedespido, debo declarar y declaro el mismoimprocedente y, en su consecuencia, debocondenar y condeno a las mercantiles de-mandadas a que en el plazo de cinco días op-ten por la readmisión del actor en las mis-mas condiciones que tenía antes del despidoo bien le indemnicen en la cantidad de29.338,38 euros y salarios de tramitación,en ambos casos a razón de 83,06 euros al díadesde la fecha del despido, esto es, 17 deseptiembre de 2008, hasta la fecha de notifi-cación de la presente sentencia o hasta queel trabajador hubiera encontrado otro em-pleo para su descuento, en su caso, de los sa-

larios de tramitación, siempre que tal datofuera probado por el empresario.

Si no se ejercita la opción se entenderáque se ha producido la readmisión.

La administración concursal deberá estary pasar por esta declaración.

El Fondo de Garantía Salarial será res-ponsable subsidiario en su momento, sicabe, siempre dentro de los límites legales.

Contra esta sentencia cabe recurso de su-plicación ante la Sala de lo social del Tri-bunal Superior de Justicia del País Vasco,debiendo ser anunciado tal propósito me-diante comparecencia o por escrito anteeste Juzgado en el plazo de cinco días acontar desde su notificación, debiendo parahacerlo la demandada ingresar en la cuentanúmero 4722/0000/65/0836/08 de “Banes-to” (“Banco Español de Crédito”-”BancoVitoria”), la cantidad líquida importe de lacondena, sin cuyo requisito no podrá tener-se por anunciado el recurso; asimismo, de-berá constituirse en la cuenta corriente nú-mero 4722/0000/68/0836/08, que bajo ladenominación de “Recursos de suplica-ción” tiene abierta este Juzgado, la canti-dad de 150,25 euros, debiendo presentar elcorrespondiente resguardo en la Secretaríade este Juzgado al tiempo de interponer elrecurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamen-te juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Promociones InmobiliariasSierra Chavela, Sociedad Anónima”, y“Gestonornova, Sociedad Limitada”, en ig-norado paradero, expido la presente para suinserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 15 de abrilde 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.165/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE BURGOS

EDICTO

Doña María Cristina Rodríguez Cuesta, se-cretaria de lo social del número 3 de losde Burgos.

Hago saber: Que por propuesta de provi-dencia dictada en el día de la fecha, en el pro-ceso seguido a instancias de don Iván OriveBetete, contra “Soluquímicas Centro XXI,Sociedad Limitada”, y Fondo de GarantíaSalarial, en reclamación por ordinario, regis-trado con el número 490 de 2009, se ha acor-dado citar a “Soluquímicas Centro XXI, So-ciedad Limitada”, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 21 de septiem-bre de 2009, a las diez y cincuenta horas,para la celebración de los actos de concilia-ción y, en su caso, juicio, que tendrán lugaren la Sala de vistas de este Juzgado de lo so-cial número 3, sito en la avenida de los Re-yes Católicos, número 51-B, debiendo com-parecer personalmente o mediante personalegalmente apoderada y con todos los me-

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 253

dios de prueba que intente valerse, con la ad-vertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta in-justificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Soluquí-micas Centro XXI, Sociedad Limitada”, seexpide la presente cédula para su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID y colocación en el tablónde anuncios de este Juzgado.

En Burgos, a 10 de junio de 2009.—Lasecretaria judicial (firmado).

(03/19.396/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE GUADALAJARA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 2 deGuadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 82 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaMirela Balmus, contra doña Longina de Mi-guel Berrueco, doña María Pilar Rivera y“Rivera Miguel, Comunidad de Bienes”, so-bre ordinario, se ha dictado la siguiente re-solución:

AutoEn Guadalajara, a 19 de mayo de 2009.

Parte dispositiva:a) Se despacha la ejecución solicitada

por doña Mirela Balmus, frente a doña Lon-gina de Miguel Berrueco, doña María PilarRivera y “Rivera Miguel, Comunidad deBienes”, por un principal de 1.801,32 euros,más 360,26 euros en concepto de intereses yde costas calculados provisionalmente, sinperjuicio de posterior liquidación.

b) Trabar embargo de los bienes de laspartes ejecutadas en cuantía suficiente, ydesconociéndose bienes concretos procéda-se a la averiguación de los mismos, y a talfin expídanse los correspondientes oficios ymandamientos al registrador de Índices dela Propiedad, al jefe de Tráfico y a través delacceso telemático de este Juzgado a las ba-ses de datos de la Agencia Estatal de Admi-nistración Tributaria y a la Tesorería Gene-ral de la Seguridad Social.

c) Dar audiencia al Fondo de GarantíaSalarial y a la parte actora por el plazo dequince días para que puedan instar la prácti-ca de las diligencias que a su derecho con-venga y designar los bienes de las deudorasprincipales que les consten.

Notifíquese la presente resolución a laspartes, advirtiendo que contra la misma nocabe recurso alguno, sin perjuicio de la opo-sición que pueda formularse por las ejecuta-das en el plazo de diez días por defectos pro-cesales o por motivos de fondo (artículo 551de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en rela-ción con los artículos 556 y 559 del citado

texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.Y encontrándose la empresa demandada enignorado paradero, notifíquese la misma pormedio de edictos a publicar en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ytablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia a las ejecutadas que las sucesi-vas notificaciones se practicarán en estradosconforme a lo establecido en el artículo 59de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo manda y firma el ilus-trísimo señor magistrado-juez de lo socialdon José Eduardo Martínez Mediavilla.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a doña Longina de Miguel Be-rrueco, doña María Pilar Rivera y “RiveraMiguel, Comunidad de Bienes”, en ignora-do paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 19 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.094/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÁLAGA

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictadaen la ejecución número 111 de 2009, segui-da en este Juzgado de lo social número 2 deMálaga y su provincia, en materia de ejecu-ción de títulos judiciales, a instancias de donJuan Antonio Sedeño Paredes, contra “AlferSeguridad y Control, Sociedad Limitada”,se ha acordado citar a las partes para quecomparezcan el día 27 de julio de 2009, a lasnueve y quince horas, en la Sala de audien-cias de este Juzgado, sito en la calle FiscalLuis Portero García, sin número, Ciudad dela Justicia, Málaga, para la celebración deuna comparecencia incidental prevista en elartículo 236 de la Ley de Procedimiento La-boral, debiendo comparecer personalmenteo por persona legalmente apoderada y conlos medios de prueba de que intenten valer-se, con la prevención de que la incompare-cencia injustificada de cualquiera de los ci-tados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal for-ma a “Alfer Seguridad y Control, SociedadLimitada”, cuyo actual domicilio o paraderose desconocen, se expide la presente cédulade citación que se publicará en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID yse expondrá en el tablón de anuncios de esteJuzgado, con la advertencia de que las de-más resoluciones que recaigan en las actua-ciones le serán notificadas en los estradosdel Juzgado, salvo las que deban revestir laforma de auto o sentencia o se trate de em-plazamientos y aquellas otras para las que laLey expresamente disponga otra cosa. Asi-mismo se le hace saber que tiene a su dispo-sición las actuaciones para su examen en laSecretaría de este Juzgado.

Dado en Málaga, a 29 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.334/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÁLAGA

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictadaen la ejecución número 112 de 2009, segui-da en este Juzgado de lo social número 2 deMálaga y su provincia, en materia de ejecu-ción de títulos judiciales, a instancias de donCarlos Segarra Jiménez, contra “Alfer Se-guridad y Control, Sociedad Limitada”, seha acordado citar a las partes para que com-parezcan el día 27 de julio de 2009, a lasnueve y veinte horas, en la Sala de audien-cias de este Juzgado, sito en la calle FiscalLuis Portero García, sin número, Ciudad dela Justicia, Málaga, para la celebración deuna comparecencia incidental prevista en elartículo 236 de la Ley de Procedimiento La-boral, debiendo comparecer personalmenteo por persona legalmente apoderada y conlos medios de prueba de que intenten valer-se, con la prevención de que la incompare-cencia injustificada de cualquiera de los ci-tados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal for-ma a “Alfer Seguridad y Control, SociedadLimitada”, cuyo actual domicilio o paraderose desconocen, se expide la presente cédulade citación que se publicará en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID yse expondrá en el tablón de anuncios de esteJuzgado, con la advertencia de que las de-más resoluciones que recaigan en las actua-ciones le serán notificadas en los estradosdel Juzgado, salvo las que deban revestir laforma de auto o sentencia o se trate de em-plazamientos y aquellas otras para las que laLey expresamente disponga otra cosa. Asi-mismo se le hace saber que tiene a su dispo-sición las actuaciones para su examen en laSecretaría de este Juzgado.

Dado en Málaga, a 8 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.335/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE MÁLAGA

EDICTOCÉDULA DE CITACIÓN

En resolución del día de la fecha dictadaen la ejecución número 827 de 2009, segui-da en este Juzgado de lo social número 2 deMálaga y su provincia, en materia de despi-dos/ceses en general, a instancias de don Al-berto Pereira Sierra, contra “Alfer Seguri-dad y Control, Sociedad Limitada”, se haacordado citar a las partes, para que compa-rezcan el día 27 de julio de 2009, a las nue-ve y veinticinco horas, en la Sala de audien-cias de este Juzgado, sito en la calle FiscalLuis Portero García, sin número, Ciudad dela Justicia, Málaga, para la celebración deuna comparecencia incidental prevista en elartículo 236 de la Ley de Procedimiento La-boral, debiendo comparecer personalmente

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 254 B.O.C.M. Núm. 146

o por persona legalmente apoderada y conlos medios de prueba de que intenten valer-se, con la prevención de que la incompare-cencia injustificada de cualquiera de los ci-tados no causará la suspensión del acto.

Y para que sirva de citación en legal for-ma a “Alfer Seguridad y Control, SociedadLimitada”, cuyo actual domicilio o paraderose desconocen, se expide la presente cédulade citación que se publicará en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID yse expondrá en el tablón de anuncios de esteJuzgado, con la advertencia de que las de-más resoluciones que recaigan en las actua-ciones le serán notificadas en los estradosdel Juzgado, salvo las que deban revestir laforma de auto o sentencia o se trate de em-plazamientos y aquellas otras para las que laLey expresamente disponga otra cosa. Asi-mismo se le hace saber que tiene a su dispo-sición las actuaciones para su examen en laSecretaría de este Juzgado.

Dado en Málaga, a 8 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.381/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE PONFERRADA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Sergio Ruiz Pascual, secretario judicialdel Juzgado de lo social número 1 de Pon-ferrada.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 215 de 2009 de este Juz-gado de lo social seguido a instancias dedoña Patricia Menéndez García, contra laempresa “E-Sircomtech, Sociedad Limita-da”, sobre ordinario, se ha dictado la si-guiente resolución:

Parte dispositiva:Primero.—Proceder a la ejecución del tí-

tulo mencionado en los hechos de la presen-te resolución solicitada por doña PatriciaMenéndez García, contra “E-Sircomtech,Sociedad Limitada”, por un importe de3.476,14 euros de principal, más 695 eurospara costas e intereses que se fijan provisio-nalmente.

Segundo.—Trabar embargo sobre losbienes de la parte demandada en cuantía su-ficiente para cubrir lo reclamado.

Tercero.—A tal fin, líbrese testimonio dela presente resolución con comunicación alServicio Común de Notificaciones y Embar-gos de los Juzgados de Ponferrada al efectode que por la comisión judicial se proceda alembargo de los bienes en cuantía suficientepara cubrir las cantidades por las que se des-pacha ejecución, y a quienes servirá el pre-sente de mandamiento en forma, pudiendosolicitar, si preciso fuere, el auxilio de lafuerza pública, así como hacer uso de losmedios personales y materiales necesariospara poder acceder a los lugares en que seencuentren los bienes cuya traba se pretende.

Cuarto.—Y para el caso de que no se tu-viese conocimiento de la existencia de losbienes suficientes, diríjanse oficios a los per-tinentes organismos y registros públicos conel fin de que faciliten relación de todos los

bienes y derechos de la deudora de que ten-gan constancia.

Notifíquese la presente resolución a laspartes.

Contra la misma no cabe recurso alguno,sin perjuicio de la oposición que pueda for-mularse por la ejecutada en el plazo de diezdías por defectos procesales o por motivosde fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuicia-miento Civil, en relación con los artícu-los 556 y 559 del mismo texto legal), sinperjuicio de su ejecutividad.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “E-Sircomtech, Sociedad Limi-tada”, en ignorado paradero, expido la pre-sente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ponferrada, a 29 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/18.930/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE SALAMANCA

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rufino Paino González, secretario ju-dicial del Juzgado de lo social número 1de Salamanca.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 178 de 2009 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedoña Míriam Valle Morán, contra la empre-sa “Producón 3000, Sociedad Limitada”, so-bre ordinario, se ha dictado la siguiente re-solución:

Habiendo visto el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 deSalamanca, don Antonio de Castro Cid, laspresentes actuaciones, y en nombre de SuMajestad el Rey ha dictado el siguiente

Auto

En Salamanca, a 26 de mayo de 2009.Se acuerda: Declarar la insolvencia total,

con carácter provisional, de la empresa eje-cutada “Producón 3000, Sociedad Limita-da”, en las presentes actuaciones por la can-tidad de 144 euros de principal.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, haciéndolessaber que contra esta resolución, para anteeste Juzgado, cabe recurso de reposición enel plazo de cinco días hábiles conforme a lodispuesto en el artículo 184 de dicha Ley, enrelación con los artículos 451 y siguientesde la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por este auto lo pronunciamos, man-damos y firmamos. Doy fe.—Ante mí, el se-cretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Producón 3000, Sociedad Li-mitada”, en ignorado paradero, expido lapresente para su inserción en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Salamanca, a 26 de mayo de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.144/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 4 DE SAN SEBASTIÁN

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Jesús Stampa Castillo, secreta-ria judicial del Juzgado de lo social núme-ro 4 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos número 384de 2008, pieza de ejecución número 9 de2009, de este Juzgado de lo social, seguidos ainstancias de don Antonio José Monzón Mi-chelena, contra las empresas “Joist, SociedadLimitada”, “Gorelán Sistemas, Sociedad Li-mitada”, “Gorelán, Sociedad Limitada”,“Europont Componentes, Sociedad Limita-da”, “Oricons Proyectos Industriales, Socie-dad Limitada”, “Magru, Sociedad Limitada”,“Grupo Sut, Sociedad Limitada”, y “JoistAndalucía, Sociedad Limitada”, sobre recla-mación de cantidad, se ha dictado auto en fe-cha 21 de mayo de 2009 embargando las fin-cas números 4.656, 4.657, 4.658 y 4.659 deMontalbo (Cuenca), propiedad de la ejecuta-da “Joist, Sociedad Limitada”, y cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:Se decreta el embargo de los bienes pro-

piedad de la ejecutada “Joist, Sociedad Li-mitada”, descritos en el hecho segundo deesta resolución.

Practíquese anotación preventiva del em-bargo trabado en el Registro de la Propiedadde Huete (Cuenca).

A tal efecto, líbrese mandamiento por du-plicado al señor registrador para que practi-que la anotación acordada y expida certifi-cación de haberlo hecho, de la titularidad delos bienes y de sus cargas y gravámenes, in-teresándole al mismo tiempo la comunica-ción a este Juzgado de la existencia de asien-tos ulteriores que pudieran afectar alembargo anotado, así como la comunica-ción a los titulares de derechos que figurenen la misma, y que consten en asientos pos-teriores al del gravamen que se ejecuta, elestado de la ejecución para que puedan in-tervenir en el avalúo y subasta de los bienes,si les conviniere.

Insértese en el mandamiento esta resolu-ción, haciendo constar que es firme a efec-tos registrales.

De acuerdo con lo ordenado en los artícu-los 629.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civily 418 del Reglamento Hipotecario, remítaseel mandamiento en el día de hoy al citadoRegistro:

1.o Por fax.2.o Por correo certificado con acuse de

recibo.Requiérase a la deudora para que en el

plazo de diez días presente en esta Secreta-ría los títulos de propiedad de los bienes em-bargados, apercibiéndole que de no hacerlose procederá, en su caso, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 664 de la Leyde Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes.

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LUNES 22 DE JUNIO DE 2009B.O.C.M. Núm. 146 Pág. 255

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgadodentro de los cinco días hábiles siguientes alde recibirla, con expresión de la infracciónque se imputa a la resolución impugnada(artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuicia-miento Civil), sin que su mera interposiciónsuspenda la ejecutividad de lo que se acuer-da (artículo 184.1 de la Ley de Procedimien-to Laboral).

Así por este su auto lo pronuncia, manday firma el ilustrísimo señor magistrado-juezde lo social don Ricardo Bandrés Ermua.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Magru, Sociedad Limitada”, y“Grupo Sut, Sociedad Limitada”, en ignora-do paradero, expido la presente para su in-serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

En Donostia-San Sebastián, a 22 de mayode 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.151/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

El secretario judicial del Juzgado de lo so-cial número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento deejecución número 188 de 2008 de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Rubén Urrea Pastor, contra la empresa“Soluciones Logísticas Centrales 2005, So-ciedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dic-tado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:a) Declarar a la ejecutada “Soluciones

Logísticas Centrales 2005, Sociedad Limita-da”, en situación de insolvencia total por im-porte de 2.805 euros. Insolvencia que se en-tenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa ano-tación en el libro correspondiente y sin per-juicio de continuar la ejecución si en lo su-cesivo se conocen nuevos bienes de laejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes yal Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoseque frente a la misma cabe interponer recur-so de reposición en el plazo de cinco díashábiles ante este Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma su señoríailustrísima. Doy fe.—El secretario judicial(firmado).—La magistrada-juez de lo so-cial, Pilar Elena Sevilleja Luengo.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Soluciones Logísticas Centra-les 2005, Sociedad Limitada”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-

ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Toledo, a 14 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.157/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemanda número 24 de 2009 de este Juzga-do de lo social, seguido a instancias de doñaAna Vanesa Díaz López, contra la empresa“Bañonevado, Sociedad Limitada”, sobredespido, se ha dictado la siguiente resolu-ción:

Fallo

Estimando la demanda origen de las pre-sentes actuaciones promovidas por doñaAna Vanesa Díaz López, frente a “Bañone-vado, Sociedad Limitada”, con la interven-ción del Fondo de Garantía Salarial, sobredespido, debo declarar y declaro la improce-dencia del despido, condenando a la empre-sa demandada a estar y pasar por esta decla-ración y a que, por tanto, readmita a lademandante en su puesto de trabajo en lasmismas condiciones que regían con anterio-ridad al despido o bien le indemnice con lasuma de 6.431,62 euros, condenándole,igualmente y en todo caso, a que le abonelos salarios dejados de percibir desde la fe-cha del despido y hasta la de la notificaciónde esta sentencia a razón de 57,17 euros/día;debiendo advertir, por último, a la empresaque la opción señalada habrá de efectuarseante este Juzgado de lo social en el plazo delos cinco días siguientes desde la notifica-ción de la sentencia, entendiéndose que deno hacerlo así se opta por la readmisión.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que contra la misma cabeinterponer recurso de suplicación ante laSala de lo social del Tribunal Superior deJusticia de Castilla-La Mancha, anuncián-dolo ante este Juzgado por comparecencia opor escrito en el plazo de los cinco días há-biles siguientes a la notificación del presen-te fallo de conformidad con lo dispuesto porlos artículos 192 y siguientes del texto re-fundido de la Ley de Procedimiento Labo-ral; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente elcarácter de trabajador y no goce del benefi-cio de justicia gratuita haber consignado elimporte íntegro de la condena en la cuentade este Juzgado o presentar aval solidario deentidad financiera por el mismo importe.Asimismo, deberá constituir otro depósitopor importe de 150,25 euros en la “Cuentade depósitos y consignaciones” del Juzgado,presentando el resguardo correspondiente aeste último depósito en la Secretaría del Juz-gado al tiempo de interponer el recurso, y eldel primer depósito al momento de anun-

ciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser ad-mitido.

Se advierte a la destinataria que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en le-gal forma a “Bañonevado, Sociedad Limita-da”, en ignorado paradero, expido la presen-te para su inserción en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 27 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.161/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 1 DE TOLEDO

EDICTOCÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secreta-rio judicial del Juzgado de lo social nú-mero 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento dedemandas números 221, 222 y 223 de 2009de este Juzgado de lo social, seguido a ins-tancias de don Mariano Bullido Aguado,don Julio Francisco Pérez Santos y donFrancisco Daniel Martín Valverde, contralas empresas “Actividades Cinegéticas Vi-llalón, Sociedad Limitada”, y “Recreo y Na-turaleza, Sociedad Coperativa”, sobre des-pido, se ha dictado el siguiente

FalloEstimando la demanda origen de las pre-

sentes actuaciones promovida por donFrancisco Daniel Martín Valverde, don Ma-riano Bullido Aguado y don Julio FranciscoPérez Santos, frente a “Actividades Cinegé-ticas Villalón, Sociedad Limitada”, sobredespido, debo declarar y declaro el despidoimprocedente, condenando a la demandadaa estar y pasar por esta declaración, y decla-rando extinguida la relación laboral entre laspartes, condeno a “Actividades CinegéticasVillalón, Sociedad Limitada”, a abonar enconcepto de indemnización a don FranciscoDaniel Martín Valverde la cuantía de6.643,47 euros, a don Mariano BullidoAguado la cuantía de 27.878,08 euros y adon Julio Francisco Pérez Santos la cuantíade 33.581,19 euros, condenándole, igual-mente, y en todo caso, a que les abone lossalarios dejados de percibir desde la fechade la extinción y hasta esta sentencia encuantía de 4.017,01 para don Francisco Da-niel Martín Valverde, en cuantía de 4.916,17euros respecto de don Mariano BullidoAguado y en cuantía de 5.574,03 euros res-pecto de don Julio Francisco Pérez Santos.

Desestimando la demanda en relacióncon las pretensiones ejercitadas frente a laempresa “Recreo y Naturaleza, SociedadCooperativa”, debo absolver a la misma delas peticiones formuladas por los deman-dantes.

Notifíquese esta resolución a las partes,haciéndoles saber que contra la misma cabeinterponer recurso de suplicación ante laSala de lo social del Tribunal Superior de

Page 54: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA...2009/06/22  · no de Alcobendas, al Juzgado de paz y al Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix. Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado,

LUNES 22 DE JUNIO DE 2009Pág. 256 B.O.C.M. Núm. 146

Justicia de Castilla-La Mancha, anuncián-dolo ante este Juzgado por comparecencia opor escrito en el plazo de los cinco días há-biles siguientes a la notificación del presen-te fallo, de conformidad con lo dispuesto porlos artículos 192 y siguientes del texto re-fundido de la Ley de Procedimiento Labo-ral; siendo indispensable que al tiempo deanunciarlo acredite la parte que no ostente elcarácter de trabajador y no goce del benefi-cio de justicia gratuita haber consignado elimporte íntegro de la condena en la cuentade este Juzgado o presentar aval solidario deentidad financiera por el mismo importe.Asimismo, deberá constituir otro depósitopor importe de 150,25 euros en la cuenta delreferido banco, presentando el resguardocorrespondiente a este último depósito en laSecretaría del Juzgado al tiempo de interpo-ner el recurso, y el del primer depósito almomento de anunciarlo, sin cuyos requisi-tos no podrá ser admitido.

Se advierte a las destinatarias que las si-guientes comunicaciones se harán en los es-trados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en le-gal forma a “Actividades Cinegéticas Villa-lón, Sociedad Limitada”, y “Recreo y Natu-raleza, Sociedad Cooperativa”, en ignoradoparadero, expido la presente para su inser-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID.

En Toledo, a 21 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.158/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE VALENCIA

EDICTO

Don José Miguel de Ángel Cubells, secretariodel Juzgado de lo social número 2 de los deValencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se si-guen autos sobre despidos número 552de 2009, a instancias de doña Teresa BlascoAsensio, contra “Dental Alzira, SociedadLimitada”, “Elvetia Dental, Sociedad Limi-

tada”, y Fondo de Garantías Salarial, en elque por medio del presente se cita a “DentalAlzira, Sociedad Limitada”, y “Elvetia Den-tal, Sociedad Limitada”, quienes se hallanen ignorado paradero, para que comparez-can ante este Juzgado de lo social, sito en laavenida del Saler, número 14, al objeto decelebrar acto de conciliación y, en su caso,juicio, el día 26 de junio de 2009, a las diezy treinta horas, con la advertencia de que eljuicio no se suspenderá por la incompare-cencia injustificada de las partes.

Igualmente se les advierte que las siguien-tes comunicaciones se harán en estrados, sal-vo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento.

En Valencia, a 8 de junio de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/20.283/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 2 DE VALENCIA

EDICTO

Don José Miguel de Ángel Cubells, secretariodel Juzgado de lo social número 2 de los deValencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se si-guen autos sobre despidos número 552de 2009, a instancias de doña Teresa BlascoAsensio, contra “Dental Alzira, SociedadLimitada”, y “Elvetia Dental, Sociedad Li-mitada”, en el que por medio del presente secita a “Elvetia Dental, Sociedad Limitada”,quien se halla en ignorado paradero, paraque comparezca ante este Juzgado de lo so-cial, sito en la avenida del Saler, número 14,al objeto de celebrar acto de conciliación y,en su caso, juicio, el día 26 de junio de 2009,a las diez y treinta horas, con la advertenciade que el juicio no se suspenderá por la in-comparecencia injustificada de las partes.

Asimismo, deberá efectuarse la publica-ción del presente edicto, al menos con quin-ce días de antelación a la fecha señalada paralos actos de conciliación y/o juicio reseñadaanteriormente, a tenor del artículo 82.3 de laLey de Procedimiento Laboral.

Igualmente se le advierte que las siguien-tes comunicaciones se harán en estrados, sal-

vo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento.

En Valencia, a 28 de mayo de 2009.—Elsecretario judicial (firmado).

(03/19.162/09)

JUZGADO DE LO SOCIALNÚMERO 3 DE VIGO

EDICTO

Doña Marta Lamas Alonso, secretaria judi-cial del Juzgado de lo social número 3 deVigo.

Doy fe y certifico: Que en el proce-dimiento número 997 de 2008, de este Juz-gado de lo social, seguido a instancias dedon Camilo Carballo Pérez, contra la em-presa “Obras Hidráulicas y Viarias, Socie-dad Anónima”, y otros, sobre reclamaciónde cantidades, se ha dictado el siguiente

AutoEn Vigo, a 2 de marzo de 2009.—Siguen

hechos y razonamientos jurídicos.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistido a don Camilo Car-ballo Pérez de su demanda, dejándose sinefecto el señalamiento acordado para el día12 de marzo de 2009, y una vez firme estaresolución, archívese.

Modo de impugnarla: mediante recursode reposición a presentar en este Juzgado,dentro de los cinco días hábiles siguientes asu notificación.

Así por este auto lo pronuncia, manda yfirma la ilustrísima señora magistrada-juezde lo social doña Montserrat Delgado Pé-rez.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legalforma a “Obras Hidráulicas y Viarias, So-ciedad Anónima”, en ignorado paradero, ex-pido la presente para su inserción en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Vigo, a 19 de mayo de 2009.—La se-cretaria judicial (firmado).

(03/19.154/09)

Valportillo Primera, 928108 Alcobendas (Madrid)

AAtteenncciióónn aall ppúúbblliiccoo::Fortuny, 51. 28010 MadridTeléfs. 913 101 700 - 917 027 610Fax 913 081 683 - 913 195 055

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