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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR 1

Introducción al Comercio Exterior

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTE-

RIOR

EMPRENDER EL NEGOCIO DEL CO-MERCIO INTERNACIONAL

Eugenio Maggio González

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Introducción al Comercio ExteriorEugenio Maggio González

Derechos ReservadosInscripción Registro de Propiedad Nº 174502

ISBN 978-1-300-65454-4Ediciones Habilitas

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Dedicado a Sonia

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INDICE DE MATERIAS

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Introducción

I PARTE Capítulo 1

Historia del Comercio Exterior 23Los Extraños marineros fenicios 25

Capitulo 2

Sistemas económicos, mercado e integración

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Sistema económico 33Las tres preguntas básicas que se hace todo sistema económico

34

Diferencias entre trueque y dinero 36El dinero 36Importancia del dinero 36Sistema de economía de mercado 37Mercado 37Características de la economía de mercado

37

Sistema de economía centralizada o de planificación central

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Funcionamiento de una economía centralizada

40

El papel del poder central 40El funcionamiento de la empresa 41El crecimiento de la burocracia 41

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Las economía mixtas 42Mercado nacional, regional, mundial y globalizado

42

Mercado 43Mercado nacional 43Mercado regional 43Mercado mundial 43Mercado globalizado 43

Capítulo 3

La integración latinoamericana 44

Capítulo 4

El acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio GATT y OMC

49

Organización mundial de comercio 50

Agricultura 50Textil 51Aranceles en general 51Medidas antidumping 51Propiedad intelectual 51Soluciones de conflictos 51

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Capítulo 5

Bloques regionales de libre comer-cio

52

Áreas de libre comercio 52Uniones aduaneras 54Mercado común 55

Capítulo 6

El dilema central del comercio inter-nacional

56

¿Proteccionismo o librecambio? 56Teoría de las ventajas comparativas 59Principales obstáculos al comercio 63

II PARTE

Capítulo 7

El comercio internacional y el mer-cado de divisas

66

La balanza comercial 67El dinero 68Funciones del dinero 68Sistemas de tipos de cambio 70Los tipos de cambios flexibles 71Los tipos de cambio fijo 72La política monetaria 73La política económica 74

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Instrumentos de la política monetaria 751. Tasa de encaje o reserva 752. Certificados o títulos emitidos

por el Banco Central, los prés-tamos de regulación monetaria

76

3. La compra y venta de títulos públicos.

76

Efectos de la política monetaria 77

1. Efectos sobre la demanda agregada

77

2. Efectos sobre la cotización del peso

77

La devaluación y la revaluación 78

Capítulo 8

El fondo monetario internacional 79Objetivos 80Integración de cuotas 81Operaciones del fondo y sus límites 83El problema de las monedas escasas 85El racionamiento de la moneda escasa 85Política a seguir para el país poseedor de la moneda escasa

86

Retiro, funcionamiento y perspectivas del fondo

87

Problemática del fondo monetario in-ternacional

87

Ocaso del sistema del fondo moneta- 89

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

rio internacionalDel sistema del FMI al sistema actual 90Características del sistema cambiario en la actualidad

90

Capítulo 9

El Banco Central de Chile 92Funciones del banco Central de Chile 92

1. Administrador y custodio 932. Banco de bancos 933. Suministrador y regulador del

efectivo94

4. Agente fiscal 94Atribuciones del Banco Central en materia de comercio exterior

95

III PARTE

Capítulo 10

El intercambio comercial y el caso chileno

96

Principales mercados externos a los que accede Chile

99

La comunidad económica europea 100Asia Pacífico 101América del norte 102

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América latina 102

Capitulo 11

La integración europea 103Benelux 103Gatt 104La comunidad del carbón y el acero 105La comunidad económica europea 106

IV PARTE

Capítulo 12

Términos de comercio internacional 108Ex Work 110FCA 110FAS 110FOB 110CFR 110CIF 111CPT 111CIP 111DAF 111DES 112DEQ 112DDU 112DDP 112

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Explicación a las cláusulas de compra y venta INCOTERM

113

EX WORK 1131. Obligaciones del vendedor 1132. Obligaciones del comprador 115

FCA 1161. Obligaciones del vendedor 1162. Obligaciones del comprador 121

FAS 1251. Obligaciones del vendedor 1262. Obligaciones del comprador 127

FOB 1291. Obligaciones del vendedor 1292. Obligaciones del comprador 130

CFR 1311. Obligaciones del vendedor 1312. Obligaciones del comprador 132

CIF 1331. Obligaciones del vendedor 1332. Obligaciones del comprador 134

CPT 1351. Obligaciones del vendedor 1352. Obligaciones del comprador 137

CIP 1401. Obligaciones del vendedor 1412. Obligaciones del comprador 144

DAF 1491. Obligaciones del vendedor 1502. Obligaciones del comprador 155

DES 158

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1. Obligaciones del vendedor 1592. Obligaciones del comprador 163

DEQ 1661. Obligaciones del vendedor 1672. Obligaciones del comprador 171

DDU 1741. Obligaciones del vendedor 1752. Obligaciones del comprador 179

DDP 1821. Obligaciones del vendedor 1842. Obligaciones del comprador 187

V PARTE

Capítulo 13

El Mercosur 191Un poco de historia 192Principales términos utilizados en Mer-cosur

194

Resumen del acuerdo Mercosur 196Régimen de origen 197Tributos internos 197Prácticas desleales al comercio 198Defensa de la competencia y del consu-midor

198

Salvaguardias 198Régimen de solución de controversias 199Valoración aduanera 199

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Normas técnicas, medidas sanitarias y fitosanitarias

200

Incentivo a las exportaciones 200Integración física 201Servicios 201Transportes 201Inversiones 202Doble tributación 202Propiedad intelectual 202Cooperación científica y tecnológica 203Disposiciones generales 203

Capítulo 14

Acuerdos y tratados comerciales 204Contenidos de un acuerdo 205Tipos de tratados 206Los tratados comerciales 206Conclusión de los tratados 207Término y vigencia de un tratado 208Acuerdos suscritos por Chile 208Acuerdos comerciales en vigor 208

1. Acuerdos multilaterales 2082. Acuerdos de libre comercio 2083. Acuerdos de asociación econó-

mica209

4. Acuerdos de alcance parcial 209Acuerdos comerciales suscritos por Chile (no vigentes)

209

1. Acuerdos de libre comercio 209

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Tratados de Inversión 2101. Parte 2102. Fecha de suscripción 2103. Entrada en vigencia 210

Tratados de libre comercio 2131. Chile - Canadá 2132. Chile- México 2183. Chile- China 2194. Chile – EE.UU 2245. Chile - Panamá 2286. Chile – Japón 2307. Chile – Corea 2318. Chile – Centroamérica 234

Protocolo bilateral Chile- Costa Rica 235Protocolo bilateral Chile –Salvador 236Chile – Efta 237Acuerdos de asociación económica 239Chile – Unión Europea 239P4 Chile – Nueva Zelanda- Singapur y Brunei

241

Acuerdos de complementación eco-nómica

243

ACE – Chile – Bolivia (ACE Nº 22) 243ACE -Chile – Colombia (ACE Nº24) 245ACE- Chile – Ecuador (ACE Nº 32) 247ACE – Chile – Perú (ACE Nº 38) 249ACE - Chile – Venezuela (ACE Nº23) 250Acuerdo de alcance parcial Chile- India 252

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VI PARTE

Capítulo 15

Organismos nacionales que intervienen en el comercio exterior chileno.

258

Ministerios 2581. Relaciones Exteriores 2582. Hacienda 2593. Minería 2604. Agricultura 2605. Planificación 2606. Defensa nacional 260

Organismos Públicos 2611. Corporación de fomentos de la

producción CORFO261

2. Servicio de Cooperación técnica SERCOTEC

262

3. Corporación del cobre CODEL-CO

262

4. Empresa nacional de minería ENAMI

262

5. Departamento del Hierro 2626. Instituto de promoción de las

exportaciones PRO CHILE263

7. Servicio agrícola y ganadero SAG

266

8. Servicio nacional de pesca SER-NAPESCA

268

9. Corporación nacional forestal 268

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CONAF10. Servicio nacional de aduanas 269

Organismos Privados 2701. Empresas transportistas 2702. Consulados 2723. Agencias de aduanas 2734. Bancos comerciales 2755. Compañías aseguradoras 276

VII PARTE

Capítulo 16

Documentación de embarque utiliza-da en el comercio exterior

277

1. Cotización de precios Factura Proforma

278

2. La factura comercial 2803. La Nota de gastos 2844. El Contrato de transporte 285 Conocimiento de embarque 286 Aéreo o guía aérea 289 Terrestre o carta de porte 2925. Póliza de seguros 2966. Packing list o lista de empaque 2997. Certificado de Origen 3018. Certificado fitosanitario 305

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Capítulo 17

Principales términos y definiciones uti-lizadas en comercio exterior

307

Términos en inglés utilizados en co-mercio exterior

327

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INTRODUCCIÓN

Son muchos los textos que se han escrito sobre el Comercio Exterior, Comercio Internacional,

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Operaciones Bancarias, Operaciones Aduaneras, Tratados internacionales, etc., sin embargo el Comercio Exterior no implica solamente el aspecto teórico, es más, los entendidos saben que cada gestión en el área significa el conocimiento de la documentación que se requiere para realizar el trámite.Cuando el alumno recién egresado de la Universidad, Instituto Profesional, Centro de Formación Técnica, Academia o Centro de Capacitación ingresa al campo laboral, lo primero con que se encuentra en su medio laboral, específicamente en lo relacionado con el área de Comercio Exterior es la documentación que requerirá para realizar un trámite de importación, exportación u otro.Son muchos los empresarios que manifiestan su sorpresa y desagrado al comprobar que los profesionales en la mayoría de los casos, desconocen o bien no saben manejar la documentación con la que ellos diariamente se enfrentan, surgiendo de inmediato la pregunta ¿qué les enseñan en esas instituciones?.En razón de lo anteriormente expuesto he querido subsanar esta falencia, motivo que me ha llevado a escribir el presente Manual en el cual el alumno encontrará no solamente la documentación con la que se enfrentará en su quehacer laboral sino que encontrará también una cantidad de ejercicios que deberá desarrollar frente a problemas dados y que

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le permitirá al mismo tiempo tener un conocimiento cabal de los documentos con los cuales trabajará cotidianamente hablando en un idioma técnico habitual en el campo del Comercio Exterior.El presente Manual se encuentra estructurado de manera tal que el alumno podrá ejercitarse con documentación básica que deberá completar de acuerdo al problema planteado para cada uno de ellos, así entonces iniciará su cometido desarrollando ejercicios con documentación comercial inicial para luego resolver problemas con documentación de embarque propiamente tal, documentos bancarios, aduaneros, etc.Finalmente espero que el presente trabajo sirva a todas aquellas personas que insertas en al área del Comercio Exterior o que deseen insertarse tengan una herramienta que les permita un conocimiento de la documentación con la que se deban manejar y que al momento de desempeñarse en su campo laboral conozcan cada uno de los documentos con los que se deben manejar.

El autor

I PARTE

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Capítulo 1

HISTORIA DEL COMERCIO EXTERIOR

Muchas personas piensan hoy en día que el comercio internacional es algo relativamente nuevo, preferentemente en lo que se refiere a nuestro país, dado que constantemente aparecen en los medios de comunicación social, las muchas alternativas comerciales que en estos momentos los mercados internacionales ofrecen a nuestro país y por ende a los industriales, empresarios, exportadores,etc. sin embargo es conveniente aclarar que esto que podría parecer tan reciente no lo es, ya que desde tiempos antiquísimos el hombre de una u otra manera ha desarrollado algún tipo de comercio, ya sea a través del intercambio de cosas, más conocido como trueque, para luego ir perfeccionándose hasta llegar al comercio propiamente tal,vale decir la compraventa de artículos y mercancías de diversa índole. La finalidad de este comercio indudablemente es resultado de las propias características del ser humano, en términos de que este intercambio comercial implique de alguna manera, la satisfacción de sus propias necesidades, su bienestar personal y el de su familia y en última instancia la búsqueda de una finalidad lucrativa.El que el hombre se dedicara

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al comercio, muchas veces ha implicado superar una serie de riesgos, poniendo muchas veces su vida en juego, como por ejemplo, cuando los chinos eran los únicos fabricantes y conocedores del arte de fabricar la seda y en consecuencia, se debían recorrer grandes distancias para adquirir la preciada mercancía y trasladarla a Europa para comercializarla en la alta sociedad .Sin embargo, el hombre se las ingenió para robar el secreto del preciado producto y fue así como se apoderaron del pequeño gusanito con el que se fabricaba la seda y lo transportaron por grandes distancias a riesgo de sus propias vidas, logrando en Europa, posteriormente reproducirlo e industrializarlo entre los europeos, reportándoles grandes utilidades y así entonces terminar con el monopolio chino de la seda.

El comercio como señalamos, se remonta hasta épocas muy remotas que se pierden en el tiempo, no obstante, el hombre acostumbrado a dejar testimonio de su paso por el mundo, también nos ha legado simbologías y testimonios de sus transacciones comerciales.

Es así como egipcios, aztecas, mayas, toltecas, incas, chinos y otros pueblos nos han dejado sus huellas relacionadas con el comercio.

Estos hombres cuyo mundo no llegaba más allá de lo conocido, desplegaban no obstante innumerables esfuerzos, utilizando para ello rudimentarios

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

medios de transporte, consistentes en animales de tiro, ya que la rueda a pesar de ser conocida desde tiempos anteriores, de nada servía ante la carencia de rutas. Las pesadas travesías por desiertos, valles y zonas montañosas,constituían verdaderos obstáculos muchas veces insuperables, dado que las rutas no eran tales como hoy en día las conocemos, el arribo a destino, no siempre era feliz, se tardaba meses enteros y hasta años (no olvidar al eterno viajero Marco Polo ) y muchas veces no llegaba a sus destinos.

LOS EXTRAÑOS MARINEROS FENICIOS

Se dice que fue el mayor pueblo navegante de la historia antigua, sus orígenes son inciertos, se dice que aparecieron hace unos treinta mil años antes de Cristo en las costas de Siria, entre el golfo de Alejandreta y el Istmo de Suez, habitando una estrecha faja de tierra de unos 200 kilómetros de longitud y de 20 kilómetros de anchura. La tierra por ellos habitada era pobre, inhóspita e impenetrable, estando además rodeada por todas partes por los más poderosos y belicosos imperios de la antiguedad. Egipto, Asiria, Caldea. Los Fenicios, no eran ni pastores ni agricultores, pero tampoco eran guerreros, vivían recogidos en veinticinco ciudades confederadas, entre las cuales destacaban Sidón y Tiro, no por el prestigio o la fuerza de sus "reyes”, sino porque en ella se

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hallaban los puertos más seguros, los arsenales más surtidos y los silos y almacenes más importantes. Eran especialmente comerciantes, pero navegantes ante todo, constituyen hoy en día un fenómeno único y excepcional.No declararon guerras ni que se sepa las sufrieron. No tuvieron aliados ni enemigos, ni amigos ni competidores. Recalaron en todas las costas entonces conocidas, desde España septentrional hasta Cerdeña, desde Africa a Iliria y puede que llegaran mucho más allá; a Inglaterra, a Irlanda y a las costas del mar del Norte. Quizás circunnavegaron Africa y con toda probabilidad visitaron varias veces las Azores y Marruecos.No dejaron huellas de su paso, ni inscripciones, ni pinturas, ni esculturas. Apenas algunos restos de sus ciudades que debieron de ser alrededor del año 1000 ac., ricas y florecientes.

Como se dijo, fue un pueblo de comerciantes y su fuerza tuvo que deberse precisamente a este eterno traficar, a hacerse útiles a todos vendiendo, comprando, intercambiando. Y como buenos comerciantes no esperaron a que llegaran los clientes, sino que ellos mismos se dirigieron a sus dominios tanto de los pueblos cercanos como lejanos de la antiguedad. Las noticias, casi sólo indirectas (sobre todo de fuentes egipcias y caldeas) nos los presentan avisados, curiosos y aventureros. Sus dioses son implacables y sanguinarios, pero ellos son afables y acomodaticios. Sus templos se parecen a

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los templos caldeos, si bien son más pequeños. Aman sobre todo a sus naves. Y tienen naves bellísimas como ningún pueblo de la época. El casco estaba construido con madera de cedro del Líbano y su quilla se prolongaba a proa en un mascarón de madera de pino que representaba la cabeza de un caballo, que se pintaba de rojo y a la cual se le incrustaban dos piedras duras color verde para aparentar los ojos.Las naves eran de dos tipos;"el galeón" y "la galera". La primera era pesada y amplia, y más ligera y ágil la segunda. El galeón usaba las típicas velas de lino egipcio a grandes cuadros; la galera navegaba a vela y con ayuda de remos, movidos por dos hileras de remadores.El menor tonelaje de la segunda la hacía más apta para remontar ríos y adentrarse en las bahías y en las ensenadas poco profundas y sembradas de bancos de arena. Por todas partes fundaron ciudades: Utica (que pronto se convirtió en Cártago), Hispona, Málaga, Cartagena, Leptis, Magna, Palermo, Trapani, etc. En realidad más que ciudades, se trataba de depósitos vigilados por unos pocos hombres, los cuales, aprendiendo la lengua, los usos y las costumbres locales y conociendo las necesidades de los índigenas hacían más ágil, solicitado y provechoso el intercambio o la venta de las mercancías .Esta misión de intermediarios, puede compararse a la de los cónsules de las repúblicas marineras medievales o a las de un moderno agente de ventas.Lo cierto es que todos los pueblos

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mediterráneos tuvieron que apreciar en alto grado la función de intercambio realizada por los fenicios.Yque este intercambio era importante lo revelan de modo fidedigno los documentos comerciales egipcios y asirios, de lo que se deduce que los negocios eran intensísimos. Por otra parte es bien conocido el hecho de que cuando Salomon rey de los hebreos, quiso construir el templo de Jerusalen,tan grande y tan rico como para ser testimonio en el mundo del "único dios verdadero",se dirigió a Hiram, rey de Tiro, como el único capaz de proporcionarle materiales preciosos y exóticos en gran cantidad, e Hiram organizó una gran expedición que buscó por todo el Mediterráneo lo más rico y precioso que se pudiera encontrar.Cuando los mensajeros de Hiram abrieron las cajas que contenían tanta riqueza, le pareció a Salomón que todo era digno de adornar el templo de Jehová y se lo agradeció de corazón al rey fenicio.Las buenas relaciones entre los fenicios y los reyes hebreos se remontaban a muchos tiempos antes, a los tiempos anteriores al reinado del rey David, fue quizás por encargo de este rey que los fenicios emprendieron la exploración del Mar Rojo y de las costas del Golfo Pérsico hasta llegar a las playas de la India y Malasia.

Se debe insistir en el carácter de mercaderes de los fenicios, pues, aunque sus empresas marineras no tenían precedentes, no dejaron ningún recuerdo o testimonio escrito.Sus extraordinarios viajes no

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fueron más que empresas mercantiles. Un puerto desconocido o una tierra inexplorada tenían para ellos exclusivamente el valor de haber ganado un nuevo cliente.Se supone que quizás fue el afán de excluir cualquier posible competencia lo que les hizo ocultar todo lo que sabían sobre las tierras que iban descubriendo y lo que al mismo tiempo les empujó cada vez más lejos.Fue el faraón Necho quién les animó a intentar la circunvalación de Africa, empresa que no se haría sino hasta tres mil años después. Heródoto nos habla de aquella gran empresa; "Partieron del Golfo de Arabia y volvieron a Egipto tres año más tarde, después de haber doblado, a la vuelta, las Columnas de Hércules", refirieron maravillados, que el instante más dramático del largo viaje, lo había constituído el momento en que notaron que el sol, como si hubiese modificado su curso, salía por su derecha en lugar de hacerlo por la izquierda. Por lo demás, nada excepcional; trajeron al faraón pieles exóticas, extraños collares, vasijas de forma insólita, telas curiosamente tejidas y esclavos de razas desconocidas.Pero si bien a aquellos hombres no les faltaba audacia, hay que destacar que sus viajes no tenían las características de una loca aventura. Los pueblos fronterizos con ellos, nos han dejado testimonios de que los fenicios eran expertos matemáticos y grandes geómetras; poseían óptimos conocimientos astronómicos y fueron los primeros

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que enseñaron a los pueblos mediterráneos a servirse de la observación de las estrellas de la Osa Mayor para orientarse en el mar y tuvieron nociones claras de los fenómenos marinos más importantes, por ejemplo el de las mareas.Se debe señalar por último que los antiguos atribuyeron precisamente a los mercaderes fenicios dos grandes descubrimientos; el del vidrio y el del alfabeto.Cuentan los griegos que algunos navegantes fenicios descubrieron por azar que el "nitro"que transportaban se fundía, mediante el fuego, con la arena y se transformaba en una materia transparente y sólida, es decir,en vidrio.Como buenos comerciantes que eran, propagaron rápidamente y por todas partes este descubrimiento, al mismo tiempo que difundieron su alfabeto, que quizás según dicen algunos investigadores, fue inventado por otros pueblos, pero ciertamente a ellos corresponde el extraordinario mérito de haberlo difundido entre todas las gentes del mediterráneo, que en aquel tiempo se consideraba un mar inmenso y azaroso.

Quise hacer un acápite en la Historia del Comercio Exterior, con el objeto de dar a conocer el aporte que hizo este extraño y desconocido pueblo como lo fue el pueblo fenicio y el gran aporte que realizó tanto al comercio como a la navegación. Quizás el pueblo comerciante más grande de la historia antigua.Cuando la Edad Media estaba finalizando, lo que indudablemente no significa que el comercio se

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detuvo,al contrario, este iba cada día en aumento,es que el hombre comenzó su lento pero inexorable avance, ya sea trazando nuevas rutas o mejorando las ya existentes, preferentemente las terrestres, luego dando pasos a nuevos inventos, como por ejemplo el vapor, lo que indujo aún más en su vertiginoso avance hacia el progreso;de esta manera, las distancia se fueron acortando y el descubrimiento de nuevas y mejores rutas fue consolidando la creciente prosperidad y auge del comercio mundial.Célebres marinos, sin cuya ayuda, los rumbos del progreso humano se hubiesen retrasado, aportaron con su granito de arena en el desarrollo del comercio internacional. Marco Polo, descubrió una civilización que se creía inexistente como China, el mismo Colón, quien ansiaba descubrir una nueva ruta para llegar a las Indias y que le hizo descubrir un nuevo continente, el Corsario Drake y otros que navegaron por todo el confín del planeta, allegando tesoros y riquezas a sus respectivos países.Estos abrieron las rutas a otros y así sucesivamente hasta prácticamente interconectar a todos los pueblos en su afán de establecer un comercio que llevará al intercambio entre los países. Hoy en día vemos que gracias al comercio, cada día una nación se hace más fuerte y poderosa en la producción de determinados bienes de consumo de tipo industrial, agrícola, minero, pesquero, etc., y cuando algún país carece de algunos, debe necesariamente requerirlo (comprarlo) a otros países que lo producen,

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generándose en consecuencia el intercambio comercial.Al respecto, podemos señalar que tiene una gran relevancia el transporte marítimo, ya que es el medio de transporte por el cual se moviliza el mayor porcentaje de carga de mercancías, no obstante también el transporte aéreo está adquiriendo gran importancia ya que las entregas son mucho más rápidas a las bodegas de los compradores, por otra parte el transporte carretero, también reviste importancia sobre todo en el comercio que se desarrolla por ejemplo entre nuestro país con otros paises limítrofes y que ayudan al proceso de integración.La característica hoy en día es que el comercio internacional en términos de intercambio comercial, es cada vez más constante y fluido, puesto que las industrias se hayan avocadas a cubrir sus necesidades de importanción de materias primas, partes y piezas, manufacturas, etc., de que no disponen y que necesariamente deben adquirir en el extranjero, para llegar a producir un producto que el consumidor nacional se encuentra requiriendo o bien para destinarla a otros mercados externos que la necesitan.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Capítulo 2

SISTEMAS ECONOMICOS, MERCADOS E INTEGRACION

El comercio internacional se puede entender como un intercambio de bienes y servicios así como también de capitales entre los diferentes países.Al respecto podemos decir que de lo expuesto anteriormente, la palabra que adquiere gran importancia es: intercambio y es allí donde se hace necesario explicar el concepto de "Sistema Económico".

SISTEMA ECONOMICO

Se define un Sistema Económico como el conjunto de relaciones básicas, técnicas e institucionales que caracterizan la organización económica de una sociedad. Estas relaciones condicionan el sentido general de las decisiones fundamentales que se toman en cada sociedad y los cauces predominantes de su actividad.

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Si consideramos la economía chilena desde un punto de vista global, veremos que esta funciona de forma diferente a la economía de otros países, como por ejemplo; la economía rusa o la norteamericana. La forma de comprar determinados bienes, los impuestos que se hace necesario pagar, el tipo de maquinaria que se utiliza en la producción, la idiosincracia del pueblo y muchas otras más, hacen en consecuencia diferentes a las economías.No obstante las diferencias señaladas, nuestra economía es muy parecida por ejemplo; a la Argentina que a la de otros países por ejemplo Cuba. Estas diferencias o similitudes en el funcionamiento global de las economías es lo que los economistas explican utilizando el concepto de "Sistema económico"

LAS TRES PREGUNTAS BASICAS QUE SE HACE TODO SISTEMA ECONOMICO

1. ¿Qué bienes y servicios producir y en que cantidad?

2. ¿Cómo producir tales bienes?

3. ¿Para quién producir? o ¿Quienes consumirán los bienes y servicios producidos?

Para contestar las preguntas anteriores existen básicamente tres mecanismos o sistemas:

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Sistema de Mercado Sistema de Planificación Central Sistema Económico Mixto.

Es importante explicar que los sistemas adoptados por cualquier país, no son fijos ni eternos, por el contrario, estos sistemas evolucionan al compás del desarrollo de la sociedad en su conjunto, hecho que nos permite aseverar el que las comunidades humanas eligen uno de los posibles sistemas pero no en forma definitiva. De esta manera la opción por uno u otro sistema es fruto de todo proceso histórico, siendo en consecuencia complejo establecer porque una comunidad adopta un sistema económico en forma concreta.

Al tenor de lo anterior podemos establecer entonces que el tipo de intercambio adoptado por un sistema es diferente al de otro sistema e incluso puede ser diferente dentro de un mismo sistema a lo largo del tiempo.Sin embargo la lógica económica que lo genera es común.Si analizamos a un individuo solitario, este debe obtener por sí mismo todo lo que necesita, de manera que su consumo se encuentra restringido a lo que tiene a su alcance o a lo que pueda transformar por sus propios medios. No obstante esto, cada individuo suele poseer habilidades y recursos distintos y deseará consumir bienes diversificados, y por ello la tendencia natural, será la de ponerse en contacto con otro individuo para intercambiar aquello que posee

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en abundancia, por lo que no se tiene, y por lógica, beneficiarse mutuamente con el intercambio.De lo anterior se desprende entonces que el intercambio es ventajoso, porque ambas partes salen ganando, ya que pueden especializarse en la obtención de unos pocos bienes y aumentar su eficiencia, esto es, obtener más por unidad de esfuerzo.Podemos deducir entonces que el intercambio hace posible “la especialización” y la división del trabajo, la cual contribuye a la eficiencia, que se entiende como la obtención con la mínima cantidad de recursos el mayor volumen de producción posible.

En consecuencia la división del trabajo en varias fases permite:

La especialización Una mayor pericia de cada operario. La introducción de herramientas y maquinarias

específicas. En resumen, la especialización y la división del trabajo precisan de un sistema con el que los individuos puedan vender sus excedentes y adquirir lo que necesitan. La forma más primitiva del intercambio es el trueque, por lo que cada uno intercambia un bien por otro.

DIFERENCIA ENTRE TRUEQUE Y DINERO

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EL TRUEQUE

Es una transacción en la que dos individuos intercambian entre sí un bien por otro.

EL DINERO

Es todo medio de pago generalmente aceptado que puede intercambiarse por bienes y servicios y utilizarse para saldar deudas.

IMPORTANCIA DEL DINERO.Gracias a la existencia del dinero, el intercambio es indirecto, vale decir un bien se cambia por dinero, el cual se cambia por otros bienes. En consecuencia en todo mercado existen dos tipos de agentes bien diferenciados, los compradores y los vendedores.

SISTEMAS DE ECONOMIA DE MERCADO

Este sistema es propio de una economía capitalista o de mercado, por ejemplo el caso de la economía chilena actualmente, que descansa en un conjunto de mercados donde se compran y venden los bienes y servicios, así como los factores productivos.

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Para aclarar lo anterior es necesario conceptualizar lo que es un Mercado.

MERCADO.Es toda institución social en la que los bienes y servicios, así como los factores productivos se intercambian libremente.Son mercados entre otros, la bolsa de valores, los mercados centrales de frutas y de verduras, los mercados de servicios, de jugadores profesionales, los bonos del estado. En todo caso lo importante es que en todo mercado tanto los compradores como los vendedores de un bien o servicio entran en contacto libremente para comercializarlos.

CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA DE MERCADO

La gente puede elegir, producir y consumir según sus preferencias y disponibilidades.

El sistema de precios para decidir que se debe producir no necesita que intervenga el estado ni ninguna agencia de planificación.

El sistema de precios hará posible que un excedente o una escasez de bienes y servicios no duren mucho tiempo.

Los individuos tienen incentivos financieros para actuar en forma productiva. Si los productores lanzan al mercado lo que los consumidores desean, pueden obtener grandes beneficios.

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En la economía de mercado, la demanda de los bienes y servicios determina la oferta.

Al tenor de lo anterior, podemos resumir que el funcionamiento de una economía de mercado descansa en un conjunto de mercados donde se compran y venden los bienes y servicios producidos. En todo mercado en el que se utiliza el dinero existen dos tipos de agentes bien diferenciados: Los compradores y los vendedores. En consecuencia el mercado es el lugar en que ambos se ponen de acuerdo o se ponen en contacto.El precio de un bien es su relación de cambio en dinero, esto es, la cantidad de pesos que se necesitan para obtener a cambio una unidad de bien.

La cantidad que los individuos demandan de un bien, en un momento determinado de tiempo, depende fundamentalmente de su precio. Cuando mayor sea el precio que se cobra por un bien, menor será la cantidad que los individuos están dispuestos a comprar.La demanda también depende de otros factores, tales como los gustos o preferencias, la renta, los precios de los bienes relacionados, etc.La oferta muestra, para los distintos precios, las cantidades que los productores estarían dispuestos a ofrecer.Cuando los precios son bajos, los costos de producción apenas se cubren y se ofrecerá una cantidad reducida. Conforme aumentan los precios, la cantidad ofrecida crece.El precio de equilibrio es aquel en que coinciden los planes de los demandantes y de los oferentes o

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productores. En un sistema de economía de mercado, todos los bienes, servicios y los factores productivos tienen su precio. Los precios actúan de guía para que libremente se asignen los recursos productivos y se resuelvan los problemas básicos: ¿Qué producir?, Cómo producir? y ¿Para quién producir?, de esta manera los consumidores revelan sus preferencias en los mercados al efectuar las compras. Esto condiciona a los productores y de esta forma se decide QUE cosa ha de producirse. La competencia entre los distintos productores en busca de beneficios decide COMO se ha de producir. La oferta y la demanda en los factores productivos, determina el PARA QUIEN. En las economías de mercado libre el funcionamiento de los precios de los mercados de bienes, servicios y factores productivos, resuelve los problemas fundamentales.

SISTEMA DE ECONOMIA CENTRALIZADA O PLANIFICACION CENTRAL

El sistema de economía centralizada difiere de los mecanismos de la economía de mercado, es más, es una crítica de este tipo de economía, por cuanto plantea que el funcionamiento de la economía de mercado, lleva a la existencia del desempleo y a la frecuente aparición de crisis que implican graves despilfarros de recursos.

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La característica fundamental de la economía centralizada, es que los medios de producción son de propiedad estatal y las decisiones claves le corresponden a la Agencia de Planificación Central.Es característico de este tipo de economía que el poder económico se acumula en manos del estado, que es quien rige finalmente el funcionamiento de la economía.

FUNCIONAMIENTO DE UNA ECONOMIA CENTRALIZADAEl funcionamiento de este tipo de economía se puede expresar en los tres siguientes puntos:

El papel del poder central. El funcionamiento de las empresas. El crecimiento de la burocracia.

EL PAPEL DEL PODER CENTRALLa Agencia de Planificación es la encargada de distribuir no sólo las tareas del plan sino también de los medios de producción, tanto materiales como financieras. El Centro de Planificación determina como asignar la producción a las diferentes fábricas y procura que cada fábrica tenga los factores de producción para obtener la cantidad que se le exige.

EL FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS.

Las empresas no basan su actuación en el cálculo económico, esto es la maximización de los

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beneficios, o lo que es lo mismo la minimización de los costos, sino en la realización del plan concretado por las directivas.Por otra parte bajo este tipo de economía, una empresa no puede entrar en quiebra, pues todas las empresas son socialmente útiles, aunque sean deficitarias.Cuando una empresa es deficitaria, su problema financiero se soluciona mediante transferencias que concede el poder central.

EL CRECIMIENTO DE LA BUROCRACIA. Para que funcione este tipo de economía se requiere la existencia de un enorme aparato administrativo, pues es la única forma de controlar a las empresas. Conforme crece el sistema productivo, el aparato burocrático se va desarrollando a un ritmo progresivo.El flujo de información entre empresas pasa por un sistema burocrático, que necesariamente ha de ser amplio y complicado.

LAS ECONOMIAS MIXTAS

En el mundo real, no es frecuente encontrar modelos puros de economía de mercado y economía planificada, lo general es encontrar situaciones intermedias. De la misma forma un mismo país a lo largo de su historia y como reflejo de los diferentes partidos políticos que estén en el gobierno, puede

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

adoptar posiciones más o menos próximas a lo que se podría considerar como típico de un sistema u otro. En países como Suecia, Francia, etc., han sido frecuentes las prácticas socialistas en el sentido de haber introducido mecanismos de planificación, haber nacionalizado ciertas industrias claves o haberse mostrado especialmente preocupados por la redistribución de la renta y el desarrollo de programas de asistencia gratuita en términos médicos y servicios sociales.

MERCADO NACIONAL, REGIONAL MUNDIAL YGLOBALIZADO

Para los efectos de conceptualizar y conocer los diferentes tipos de mercados diremos que:

MERCADO.

Es la organización en donde se realizan compras y ventas de mercancías, se ponen en contacto los demandantes y oferentes de bienes y servicios.

MERCADO NACIONAL.

Como su denominación lo indica es el lugar en donde se realizan las transacciones de bienes y servicios a nivel de país y en forma interna.

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MERCADO REGIONAL.

Al contrario del anterior, las transacciones de bienes y de servicios se realizan a nivel zonal o regional, a vías de ejemplo Mercado Común Centroamericano, mercado que se realiza entre los países limítrofes, etc,MERCADO MUNDIAL.

Guarda relación con el comercio internacional, es el que se efectúa entre los diferentes países que ofertan tanto bienes y servicios y en el que intervienen además determinadas organizaciones que ponen en contacto tanto a los compradores como a los vendedores, como por ejemplo bancos comerciales, compañías transportadoras, agencias de seguros, etc.

MERCADO GLOBALIZADO

Sabemos que la globalización ya se encuentra inserta entre nosotros, es una realidad fragmentada que no favorece a todos y que no todos aceptan.La globalización ha sido posible fundamentalmente por las revoluciones tecnológica e informática, que han reducido las distancias y abierto las fronteras, sin embargo la igualdad social está distante de ser la característica, de allí entonces el surgimiento de disconformes y conformes con el proceso. El FMI (Fondo Monetario Internacional), define la globalización como “la interdependencia

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

económica creciente entre los países del mundo, provocada por el aumento del volumen y de la variedad de las transacciones transfronterizas de bienes y de servicios, así como de los flujos internacionales de capitales, al mismo tiempo que por la difusión acelerada y generalizada de la tecnología”.De lo anterior podemos desprender que un Mercado Globalizado, no es otra cosa que un mercado interdependiente entre los países del mundo.

Capítulo 3

LA INTEGRACION LATINOAMERICANA

Antes de analizar el proceso de integración latinoamericana es importante definir que se entiende por integración económica y al respecto podemos señalar que, consiste en la eliminación de aranceles aduaneros y de otras barreras en las relaciones económicas entre países. Unificación parcial o completa de las economías de diferentes países.En los años 90, las relaciones comerciales entre los países de la región, se han intensificado sustancialmente en el marco de una mayor apertura que, en general han mostrado las economías latinoamericanas. Después de disminuir en forma sistemática su participación como mercado de destino para las exportaciones chilenas, América

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Latina se ha convertido en un mercado de grandes oportunidades, pero, a pesar del mayor dinamismo que ha adquirido el intercambio comercial con los demás países de la región, no se ha modificado aún la relación deficitaria que estos flujos de comercio generan a Chile.

América Latina, mercado natural, por razones geográficas y culturales, fue perdiendo participación para Chile en forma paulatina durante la década de los ochenta. El menor dinamismo observado con nuestros vecinos comerciales en la década de los ochenta se debió a las restricciones comerciales que existieron en la región y a las políticas contractivas que se acentuaron durante la década pasada ante la crisis de la deuda externa.Desde el punto de vista del proceso de integración con Latinoamérica, hoy ALADI es nuestro primer socio comercial, segundo mercado para las exportaciones chilenas en América y primera fuente de nuestras importaciones desde el mundo, representando poco menos del 40% del total de las compras en el extranjero durante el año 2002. En los últimos 12 años ha representado cerca del 23% de nuestro intercambio comercial con el mundo, y, desde 1995, ha mantenido una tendencia creciente, la que en el 2001 registró su máximo cuando el comercio con el bloque alcanzó al 29% del comercio total de Chile con el mundo.

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Estas características hacen del bloque un socio co-mercial muy interesante para Chile, sobre todo si se considera que el petróleo, nuestro principal produc-to importado, proviene mayoritariamente de Argen-tina, una de las tres economías más grande del blo-que.Como puede desprenderse, nuestro comercio con ALADI se encontraría relativamente concentrado en un número reducido de productos y de destinos, sin embargo este hecho no ha sido fundamental para la evolución del intercambio entre ambas eco-nomías. En el caso de las importaciones, esta situa-ción se torno positiva en el escenario de la crisis del petróleo de principios del siglo XXI, ya que la devaluación cambiaria de Argentina permitió sua-vizar el efecto incremental en el precio del petróleo que provocó la guerra en el medio oriente.Por su parte las exportaciones han mostrado una in-teresante evolución en el período, destacando la importancia que ALADI tiene como mercado de los envíos de la industria.Asimismo, sobresale la positiva evolución que la participación de estas últimas ha tenido sobre el va-lor exportado, mostrando un crecimiento sostenido entre los años 1990 y 2002. Asimismo,queda en evidencia que la industria agropecuaria nacional tiene en ALADI un importante cliente, que le ha permitido desarrollar nuevos mercados de exportación para bienes del sector con un mayor valor agregado. No obstante lo anterior, la tenden-

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cia a concentrar el intercambio de este sector en productos interindustriales, es un hecho que debe ser tomado en cuenta por las implicancias que este fenómeno podría traer, sobre todo en lo relacionado con la eficiencia que el desarrollo de un comercio intraindustrial trae aparejado.El dinamismo en el comportamiento esperado del mercado latinoamericano puede explicarse principalemnte por dos factores. Por una parte, las reformas estructurales en materia de comercio exterior que los países latinoamericanos han implementando han aumentado sus importaciones. Frente a estas reformas, los productos chilenos han adquirido una gran competitividad en algunos rubros, tanto por precios como por calidad, frente a la producción doméstica de los otros mercados.Por otra parte, las reformas en los países se han realizando con diferente grado de intensidad, con lo cual los niveles de protección aún permanecen altos. En los últimos años, al interior de América Latina, la mayoría de los países incrementaron sus importaciones desde Chile, en particular los mercados de Argentina, Perú, Venezuela, Bolivia y México.La política de relaciones bilaterales seguidas por Chile en la región ha permitido crear un nuevo marco para el desarrollo y la expansión del comercio con los países vecinos.Bajo esta orientación, en el marco de ALADI, se implementó acuerdos de

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

complementación económica (ACE), cuyos principales objetivos fueron:

a) Incrementar las relaciones económicas a través del aumento y diversificación del comercio bilateral. Esto involucra la implementación de programas de liberalización del comercio con diferentes grados de intensidad y cobertura.

b) Estimular el desarrollo de inversiones y flujo de capital entre ambos países con el objeto de incrementar el tamaño de los mercados.

c) Buscar la liberalización del comercio de servicios, así como también la armonización de normas fito y zoosanitarias, bromatológicas, técnicas y la no discriminación en las compras estatales.

d) Establecimiento de normas de origen, dumping, subsidios y prácticas desleales de comercio.También se consideran cláusulas de salvaguardia, financiamiento del comercio, solución de controversias y administración del acuerdo.Para una mejor comprensión relativa al proceso de integración, se hace necesario establecer cuales son los regímenes de comercio vigentes.

Al respecto debemos mencionar que existen dos tipos de regímenes de comercio vigente:

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a) El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio más conocido como GATT (hoy OMC. Organización Mundial de Comercio).

b) Los bloques regionales de libre comercio

Capítulo 4

EL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO

GATT - OMC

En los años posteriores a la Segunda Guerra Mundial tuvo lugar un crecimiento del comercio mundial sin precedentes. Ello se debió en parte a la labor realizada por una serie de organizaciones internacionales en favor de la liberalización de los intercambios internacionales y de la eliminación de las restricciones al libre comercio. El GATT es una de las organizaciones. Fue creado en Ginebra y, en la actualidad ha pasado a denominarse Organización Mundial de Comercio, son miembros del mismo aproximadamente un total de 120 países, incluido Chile, provenientes de todo el mundo.Los representantes de los países miembros se reúnen en forma reegular para negociar acuerdos tendientes a reducir los obstáculos al libre comercio. Un principio básico de actuación del GATT es la norma de la nación más favorecida. “La Claúsula de la nación más favorecida establece que cualquier

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reducción arancelaria acordada entre cualquier grupo de países miembros tienen que extenderse a todos los demás miembros del GATT".El último gran logro de esta organización ha sido la denominada RONDA de URUGUAY del GATT, la cual, después de siete años de negociaciones, obtuvo al fin la ratificación de los acuerdos propuestos por parte de los 115 países participantes.El objetivo más importante de esta ronda ha sido intentar desmantelar el proteccionismo y solucionar los contenciosos sobre la estructura del comercio.Las grandes decisiones tomadas por los países participantes son:

1. ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO.El Gatt se fundió en una organización multilateral de comercio (OMC). Es una institución responsable de la supervisión y liberalización del comercio internacional, teniendo el mismo carácter institucional que El Banco Mundial o El Fondo Monetario Internacional.

2. AGRICULTURA.Este sector se integra al GATT por primera vez y en el acta final se insiste en la necesidad de liberalizar

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este mercado y disminuir las políticas de subvenciones a la agricultura.

3. TEXTIL.Se prevé la liberalización del comercio textil actualmente protegido.

4. ARANCELES EN GENERAL.

La reducción de los aranceles (Salvo el de la agricultura) podría efectuarse en cinco etapas de un año cada una, de manera tal que en el año 2000 adelante se haya eliminado.

5.- MEDIDAS ANTIDUMPING.

Se endurecen las reglas de funcionamiento del comercio internacional en lo referente a medidas antidumping.

6.- PROPIEDAD INTELECTUAL.

Se incorpora por primera vez este tema al GATT con plazos muy definidos para conformarse los nuevos reglamentos.

7.- SOLUCION DE LOS CONFLICTOS.

El sistema se ha endurecido con el fin de encontrar pronta solución a los conflictos a través de comisiones de arbitraje.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Capítulo 5

BLOQUES REGIONALES DE LIBRE COMERCIO

La labor de liberalización del comercio llevada a cabo por el GATT se ha visto entorpecida por el deseo de algunos países miembros de establecer bloques de libre comercio de carácter regional.La idea básica es que un grupo de países, preferentemente con un nivel de desarrollo similar, se asocien con el propósito de eliminar entre ellos las restricciones al comercio (hoy Mercosur).Los países se agrupan motivados por razones políticas y tratando de alcanzar las ventajas económicas ligadas al hecho de disponer de un mercado propio o interno mayor.El establecimiento de relaciones económicas más estrechas se considera como el primer paso para crear una unión política. Las posibilidades a este respecto son tres:

1.- Areas de Libre Comercio2.- Unión Aduanera3.- Mercado Común.

AREAS DE LIBRE COMERCIO

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Un área de libre comercio se caracteriza porque no tiene aranceles internos, pero sus miembros quedan en libertad para establecer los aranceles que quieran con respecto al resto del mundo.Al respecto, los países miembros del área de libre comercio acuerdan la eliminación de todas sus tarifas, cuotas o barreras al comercio entre las naciones integrantes. En todo caso el libre comercio se limita a aquellos bienes que se producen dentro de los países miembros. Para que no existan desviaciones, los países miembros establecen regulaciones que señalan que los bienes exportados de un país a otro miembro, sólo se pueden realizar en términos del libre comercio si más del 50% del valor del bien en cuestión se ha producido en el país del exportador.

Para entenderlo mejor diremos por ejemplo que:

Chile ha suscrito un tratado de libre comercio con Argentina, Uruguay y Perú, lo cual implica que en el comercio realizado entre ellos no existen aranceles, es decir las mercancías que se intercambian no se encuentran gravadas con derechos a la importación, siempre y cuando las mercancías de intercambio sean originarias de los países en a los menos un 50% , hecho que debe ser certificado a través de un documento denominado Certificado de Origen que es emitido por un organismo reconocido internacionalmente para

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emitirlo, así entonces Chile le vende televisores a Argentina y para ello ocupa materias primas importadas en hasta por ejemplo un 49 % y el 51% restante es materia prima chilena, si así fuese, entonces los televisores podrían entrar a la Argentina libre de impuestos a la importación, dado que el organismo certificador, acredita que el televisor chileno ha sido fabricado con un 51% de materia prima chilena.Lo anterior es lo que pasaría con los países con los cuales Chile ha suscrito una zona de libre comercio, es decir tendría con ellos por ejemplo arancel 0.En el caso del comercio que Chile realizara con países ajenos a la zona de libre comercio, es decir terceros países y en el bien entendido que tiene libertad para aplicar los aranceles que estime conveniente, entonces al realizar un intercambio comercial por ejemplo con Alemania, las mercancías que Chile comprara en Alemania, ingresarían pagando los impuestos que Chile fijara para compras realizadas a terceros países.

UNIÓN ADUANERAEs aquella que tiene un Arancel Común con respecto al resto del mundo y carece de aduanas. De esta manera los países integrados en las uniones aduaneras acuerdan eliminar todas las restricciones al comercio entre sus miembros y a la vez establecer

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una tarifa externa común a las importaciones del resto del mundo.

Este hecho implica que las mercancías que entran en una unión aduanera se enfrentan a las mismas tarifas, cualquiera que sea el país importador. El establecimiento de una tarifa externa común elimina los problemas derivados de la desviación del comercio que se asocian a las áreas de libre comercio.Para entender lo anterior diremos por ejemplo:

Chile establece una unión aduanera con Argentina, Perú y Bolivia, es decir han eliminado las aduanas en el intercambio de mercancías entre ellos, sin embargo también acordaron tener una tarifa externa común respecto de terceros países que no forman parte de la unión aduanera, por ejemplo, los 3 países acuerdan que las mercancías importadas desde países que no forman parte de la unión aduanera, tendrán que pagar un 10% de derechos o impuesto a la importación.Si Francia por ejemplo quisiera vender una mercancía a Chile, esa mercancía estaría gravada con un 10%, entonces Francia decide ingresarlas por Perú, la situación sería la misma, pues el arancel externo también sería del 10% y en el caso de Bolivia acontecería exactamente igual.

MERCADO COMUN.

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Es una unión aduanera que, además dispone de un sistema común de legislación comercial que permite la libre circulación interior de bienes, servicios, capital y mano de obra.Al respecto podemos señalar que un mercado común se caracteriza porque los países integrados acuerdan eliminar las restricciones al comercio entre sus miembros, además se establece una tarifa externa común a las importaciones del resto del mundo. Este hecho implica que los bienes que entran en una unión aduanera se enfrentan a las mismas tarifas, cualquiera que sea el país importador. Por otra parte los países miembros adoptan políticas comunes en materia tales como seguridad social, imposiciones, transporte, agricultura y competencia.De lo anterior se desprende que la estrecha asociación entre los países miembros exige que se establezcan organismos supranacionales.

Capítulo 6

EL DILEMA CENTRAL DEL COMERCIO NTERNACIONAL

¿PROTECCIONISMO O LIBRECAMBISMO?

El librecambio establece que no debe oponerse ninguna clase de obstáculos al comercio

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internacional, para que se realice así la más perfecta división del trabajo.Los países se dedicarán a producir aquellos bienes para los cuales estuvieran más capacitados, y el librecambio de los mismos reportará a todos el máximo beneficio.Frente al librecambio se sitúa el proteccionismo, el cual, en grados de mayor o menor intensidad, aconseja restricciones al comercio a efectos de provocar el total empleo de las riquezas de un país aún cuando se incurra en costos más elevados, de forma de poder bastarse a sí mismos y evitar depender del extranjero.El resorte más importante que se emplea para adoptar el sistema proteccionista son los derechos aduaneros, que gravan con fuertes tasas la entrada de mercancías.Existen innumerables argumentos en favor y en contra de ambas teorías. Claro que considerando el problema en términos de pura economía, todo derecho protector supone una destrucción de riquezas y por lo tanto el proteccionismo debiera ser rechazado. Pero las relaciones comerciales no están regidas por principios económicos, sino que influyen sobre ellas poderosamente, razones políticas, y por las cuales previniendo la nefasta posibilidad de una guerra que supone un aislamiento más o menos estricto, se trata de lograr dentro de un país el desarrollo tal de su producción que le permita bastarse a sí mismo. Y esto no sería posible sin el proteccionismo.

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Si un país quisiera implantar una industria para evitar la compra de ciertos productos en el extranjero, es evidente que la misma tendría pocas probabilidades de prosperar si se siguiera permitiendo la libre entrada al mercado nacional de los productos similares de la industria extranjera, las que lógicamente, por haber alcanzado un cierto grado de evolución, producen más barato. Para que el producto nacional pueda competir, necesita protección, gravando con impuestos la entrada del producto extranjero.Es este un caso en el que el proteccionismo ecuentra argumentos excelentes para defenderse.Toda industria, para poder llegar a competir con la similar extranjera, debe ser protegida en su período inicial, no consigue producir a costos que le permitan concurrir en el mercado nacional en igualdad de condiciones con la industria de cualquier país, toda protección que se siga dispensando a la misma supone una carga para los consumidores, que tienen que pagar más caro lo que podrían comprar más barato si se permitiese la libre importación.Por eso que se dice que el derecho protector entraña la destrucción de riqueza; el beneficio que obtiene el empresario de la industria protegida es menor que el quebranto que sufre el consumidor.

Al tenor de lo anterior, si el proteccionismo es conveniente en algunos casos, la adopción del mismo persiguiendo como único fin el bastarse a sí mismo conduce al país que lo practica a un callejón sin

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salida. Su política proteccionista originará represalias por parte de los demás países quienes tampoco permitirán la entreda a sus mercados de los productos del primero.

TEORIA DE LAS VENTAJAS COMPARATIVAS

Un país tiene ventajas comparativas en un determinado producto cuando puede producirlo a un costo relativamente más bajo que otros países.En relación con lo anterior diremos que todos los países importan muchas mercaderías, bienes y servicios que podrían producir ellos mismos. La justificación de estos intercambios internacionales descansa fundamentalmente, en que las naciones poseen recursos muy distintos y capacidades tecnológicas diferentes. En suma, estas diferencias se pueden concretar en los puntos siguientes:

1.- Condiciones climatológicas2.- Riqueza mineral3.- Tecnología4.- Cantidad disponible de mano de obra5.- Cantidad disponible de capital6.- Cantidad disponible de tierra cultivable.

Los factores enunciados precedentemente son los que condicionan a la producción de los diferentes países y los que propician que éstos tiendan a especializarse, es decir, a producir aquellos bienes

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para los que están comparativamente mejor dotados, de forma que puedan producirlos a un costo menor. Al respecto podemos decir que el comercio internacional facilita la especialización, al permitir que cada país pueda colocar en el resto del mundo los excedentes de los productos en los que se ha especializado.Aunque las posibilidades tecnológicas fuesen idénticas y también lo fueran las dotaciones de recursos, hay diferencias en los gustos de los consumidores de unos y de otros países que justifican la aparición del comercio internacional. En relación con esto, diremos que de todas las razones que justifican el comercio internacional, la que ha gozado de mayor aceptación es la que señala que los países pueden especializarse en la producción y exportación de aquellas mercancías en las que poseen mayores ventajas comparativas, frente a otros países. El resultado de esta especialización es que la producción mundial, y en consecuencia su capacidad para satisfacer los deseos de los consumidores será mayor que si cada país intentase ser lo más autosuficiente posible.

De acuerdo con lo anterior, la existencia de diferencias en los costos relativos de producir dos bienes en dos países distintos es para que sea beneficioso para que cada uno de éstos se especialice en aquella producción en la cual dispone de una ventaja comparativa respecto de otro y comerciar entre sí.

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Esta mayor satisfacción que se logra, constituye la base del intercambio internacional, que se realiza en procura de esa ganancia o utilidad que se obtiene mediante la división internacional del trabajo. Este principio tiene su base en el denominado teorema de los costos comparativos, planteado por David Ricardo con el sencillo ejemplo siguiente:" Dos hombres pueden, uno y otro, fabricar zapatos y sombreros, y uno de ellos supera al otro en ambas producciones; pero fabricando sombreros sólo supera a su competidor en un quinto, o 20% y fabricando zapatos lo supera en un tercio o 33%. ¿No sería de interés para ambos que el más capaz se contraiga exclusivamente a fabricar zapatos y el menos capaz a fabricar sombreros?"Si este ejemplo lo llevamos a dos países de condiciones netamente distintas: Gran Bretaña que con el mismo esfuerzo produce diez toneladas de trigo o veinte toneladas de hierro y Argentina, que a su vez, produce con el mismo esfuerzo diez toneladas de trigo u ocho toneladas de hierro. Es indudable que para ambos países hay conveniencia en producir los bienes que pueden obtener con el menor esfuerzo, y adquirir los demás mediante el intercambio. En consecuencia Gran Bretaña producirá solamente hierro mientras que Argentina se dedicará a la producción de trigo; luego cambiarán esos productos. Si cada país produjera los dos artículos a la vez, la producción sería:

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TRIGO HIERRO TOTAL

GRAN BRETAÑA 10 20 50ARGENTINA 10 8 18 ____________________ 20 28 68

En cambio dedicándose a las respectivas especialidades, la producción sería:

TRIGO HIERRO TOTAL

GRAN BRETAÑA 40 40

ARGENTINA 20 20 _____ _____ ____

20 40 60

Hay utilidad de doce toneladas de hierro. La forma en que se reparta esa utilidad entre cada país dependerá de la intensidad de la demanda, pero nunca permanecerá en poder de uno solo de ellos, porque entonces el otro ya no tendrá interés en dedicarse a su especialidad. Posiblemente Argentina entregará diez toneladas de trigo para recibir doce de hierro, de donde resulta una ganancia de cuatro toneladas. Gran Bretaña quedará con una utilidad de

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ocho toneladas de hierro, que le permitirá adquirir 6,66 toneladas de trigo.No obstante lo anteriormente expuesto, es importante a la vez señalar que no siempre se da una especialización absoluta de un país en la producción de unos pocos bienes y esto se debe a la existencia de ciertas limitantes a la completa especialización internacional como pueden ser los siguientes factores:

1. Aunque un país puede tener ventajas comparativas, vale decir sus costos de producción son más bajos que el de otros países, puede que no pueda obtener las ganancias derivadas del comercio internacional, por problemas por ejemplo de distancias en donde indudablemente los costos de transporte eliminan las ventajas en los costos de producción.

2. Aparición de los denominados rendimientos decrecientes de escala, vale decir que a medida que aumenta el volumen de producción es posible que los costos crezcan a un ritmo mayor.

3. Por inadaptabilidad tanto de la mano de obra como de las instalaciones, ya que se supone por parte de la teoría de las ventajas comparativas que los factores de producción son completamente móviles y en consecuencia puede que esta mano de obra no se adapte de un tipo de producción a otro.

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4. Por las barreras y obstáculos que un país determinado pueda levantar en un determinado momento al libre comercio.

5.PRINCIPALES OBSTACULOS AL LIBRE

COMERCIO

En ocasiones y no obstante las ventajas comparativas de un libre comercio entre países, son varios los obstáculos que interponen los países, para que este se produzca, muchos de estos son justificables o aconsejables en un primer momento, con el objeto de limitar el ingreso de determinados productos al país. Estos obstáculos al libre comercio se establecen bajo la denominación de medidas proteccionistas dando razones para su aplicación entre otras a las siguientes:

Protección de la industria que se considera estratégica para la seguridad nacional.

Fomentar la industrialización y la creación de empleos mediante el proceso de sustitución de importaciones.

Posibilitar el desarrollo de industrias nacientes, que no podrían competir con el producto importado similar.

Tratar de combatir el déficit de la balanza comercial.

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Entre las principales medidas intervencionistas o proteccionistas se encuentran:

1. Elevación de los aranceles. (Aumento de los derechos de aduana que se cobran por el ingreso de productos extranjeros al país).

2. Cuotas de importación. (Restricción a la importación de determinados bienes extranjeros, en términos de cantidad.

3. Subsidios a la exportación. Vale decir una ayuda al fabricante nacional de determinados bienes para que pueda exportarlos a precios menores y más competitivos.

4. Establecimiento de procedimientos aduaneros complejos y costosos.

5. Establecimiento de normas de calidad y sanitarias estrictas.

Estas dos últimas restricciones se denominan barreras no arancelarias y no son otra cosa que formas sutiles de proteger y discriminar a los productos extranjeros en favor de los nacionales.

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II PARTE

EL COMERCIO INTERNACIONAL Y EL MERCADO DE DIVISAS

Antes de introducirnos en el tema, es necesario comprender lo siguiente:Las transacciones económicas entre los países se pueden registrar en la denominada balanza de pagos. En consecuencia la balanza de pagos es un documento contable que registra sistemáticamente el conjunto de transacciones económicas de un país con el resto del mundo durante un período de tiempo determinado.Suministra información detallada acerca de todas las transacciones económicas con el exterior, ya sean de bienes y servicios o financieras.Las transacciones registradas por la balanza de pagos se agrupan en dos grandes categorías que integran la balanza por cuenta corriente y la balanza por cuenta de capital.La balanza por cuenta corriente son las compras y ventas de bienes y servicios así como las transferencias unilaterales corrientes. En este tipo de balanza se incluyen por una parte las

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importaciones y las exportaciones de mercancías y servicios y por la otra las transferencias unilaterales corrientes, es decir, con destino al gasto, ya sean públicas o privadas.La balanza por cuenta corriente, registra déficit cuando los gastos derivados de la compra de bienes y servicios y transferencias superan a los ingresos. De esta manera, cuando un país registra déficit de la balanza por cuenta corriente tiene dos alternativas:a.- Pedir préstamos en el extranjero.b.-Vender activos, esto es, propiedades inmobiliarias, la propiedad directa de empresas, acciones, etc., a extranjeros.

LA BALANZA COMERCIAL.

Es la relación existente entre las importaciones y las exportaciones, de esta manera estas dos operaciones integran la denominada balanza comercial. Existe superávit si las exportaciones superan a las importaciones y por el contrario la balanza comercial estará en déficit si las importaciones superan a las exportaciones.Los países aparte de comprar bienes o venderlos, también adquieren o venden servicios. Todo lo que constituye un pago como contraposición a un servicio prestado por un país extranjero, constituye una importación de servicios y por el contrario todas las actividades que constituyen un cobro por

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parte de Chile, constituye una exportación de servicios. En consecuencia nos encontramos frente a la denominada balanza de servicios, la que está integrada por el conjunto de importaciones y exportaciones de servicios.

EL DINERO.

FUNCIONES DEL DINERO.

Las funciones más significativas que desarrolla el dinero son las siguientes:

Medio de cambio Unidad de cuenta Depósito de valor.

El dinero como medio de cambio es generalmente aceptado por la sociedad para la realización de transacciones y la cancelación de deudas y que por tanto evita el trueque.El dinero como unidad de cuenta, se utiliza porque sirve para calcular cuanto valen los diferentes bienes y servicios.El dinero como depósito de valor, ya que es considerado como un activo, constituye una manera de mantener riqueza, de hecho parte de las familias y las empresas suelen mantener parte de su patrimonio en forma de dinero, esto es, la cantidad de bienes y servicios que éste puede comprar, varía

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cuando se altera el nivel general de precios. Así durante períodos de inflación, es decir, cuando aumentan los precios, el poder de compra del dinero disminuye.Las reservas son las posesiones que tiene un país de divisas y otros activos que pueden utilizarse para satisfacer la demanda de divisas, y que sitúan al país como acreedor frente al exterior,ya que estas representan activos frente al resto del mundo.Divisa es toda moneda extranjera objeto de intercambio internacional y aceptado como tal por el Banco Central de Chile.La diferencia entre el comercio nacional y el internacional se debe a que dentro del país el intercambio se realiza con una misma moneda, en tanto que en el comercio internacional cada país tiene su propia moneda. La heterogeneidad de las monedas de los diferentes países hace más compleja las relaciones comerciales internacionales, pues surge el problema del cambio entre las mismas.Si una empresa vende bienes y servicios a un cliente que se ubica en otro país requerirá que se le pague en la moneda de su propio país. De esta manera una empresa chilena que venda sus productos en los Estados Unidos deseará que se le pague en pesos, en tanto que una empresa norteamericana que venda a Chile, pedirá que se le pague en dólares. En consecuencia, resulta que los compradores en los mercados internacionales,

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necesitan obtener monedas de los países a los cuales desean comprar bienes o servicios.Por tanto, un sistema desarrollado de comercio internacional sólo puede funcionar si hay un mercado donde una moneda se pueda intercambiar por otra.Esta es la función que debe desarrollar el mercado de divisas o de cambio. Por lo tanto, los mercados de divisas, son aquellos en los que se compran y venden las monedas originándose un conjunto de ofertas y de demandas de moneda nacional a cambio de monedas extranjeras.De lo anterior se deduce la existencia del denominado tipo de cambio, que no es otra cosa que el precio de una moneda expresado en otra. El tipo de cambio se expresa como el número de unidades de la moneda nacional por unidades de moneda extranjera. Ejemplo, si el tipo de cambio del peso frente al Euro es de $560, entonces hay que entregar 560 pesos para obtener un Euro.En circunstancias de un alza en el precio en pesos de una unidad de moneda extranjera, esto es, cuando el tipo de cambio pasa de 560 pesos / Euro a 600 pesos/Euro, decimos entonces que el peso se ha devaluado, por el contrario, cuando baja, se dice que se ha revaluado.En todo caso una devaluación de la moneda nacional hace que nuestros bienes sean más baratos en el extranjero, y que los bienes extranjeros sean más caros en el mercado nacional. Por tanto tienen

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que elevarse las exportaciones y disminuirse las importaciones.

SISTEMAS DE TIPOS DE CAMBIOS

LOS TIPOS DE CAMBIO FLEXIBLES

Cuando se analiza el mercado de divisas, la pregunta es ¿cómo se determinan los tipos de cambio? Para contestar a la pregunta es necesario conocer el papel que juega el Banco Central en el mercado de divisas.Al respecto se identifican dos sistemas opuestos de tipos de cambio:

Sistema de cambios flexibles o libres. Sistema de cambios rígidos o fijos.

Los tipos de cambio flexible, son aquellos que se determinan sin la intervención del Banco Central. En cambio los tipos de cambio fijo son los que determina en forma rígida el Banco Central.En un mercado libre, el tipo de cambio se determinará por las fuerzas de la oferta y la demanda. En estas circunstancias se dice que el tipo de cambio es flexible o flotante.No se debe olvidar que el tipo de cambio se forma de la relación que existe entre los pesos y la moneda extranjera, las cuales son necesarias para que se lleve a cabo la transacción económica entre un país y otro.

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La demanda de pesos o la oferta por ejemplo de Euros, la llevarán a cabo los exportadores nacionales que reciben Euros a cambio de mercancías y desean pesos, así como los turistas y los inversionistas en Chile, tienen que convertir por ejemplo sus Euros en pesos y para materializarlo constituyen entonces la fuente de oferta de divisas (Euros).En relación con la oferta en pesos, o lo que es lo mismo la demanda de Euros, corresponderá a las importaciones nacionales, así como a los turistas y a los inversionistas chilenos en Europa que necesitan cambiar sus pesos por Euros para adquirir las mercancías europeas y realizar sus inversiones.Para todas estas tareas los chilenos tiene que adquirir Euros. Para ello acuden a instituciones financieras, las cuales las comprarán en el mercado de cambio y los entregarán a cambio de pesos.En suma, los importadores nacionales, los turistas nacionales que van al extranjero y los inversionistas chilenos en el resto del mundo tienen que obtener moneda extranjera para pagar sus facturas en otros países, constituyendo la demanda de divisas (Euros).En un mercado de divisas, la demanda de Euros, derivadas de las importaciones nacionales y de las inversiones chilenas en el extranjero, y la oferta de Euros, procedentes de las exportaciones chilenas y

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de las inversiones extranjeras en Chile, determinan conjuntamente el tipo de cambio.

SISTEMA DE TIPOS DE CAMBIO FIJO.

Bajo este sistema, el tipo de cambio queda ligado a una determinada mercancía patrón (históricamente el oro) o a una determinada moneda.Históricamente el prototipo de sistema de cambio fijo fue el patrón oro puro. Para adherirse a este sistema, todo país tenía que aceptar las siguientes condiciones:Establecer una relación fija entre su moneda y el oro y a dicha relación, que se denominaba valor paritario o precio oficial, las autoridades económicas debían estar dispuestas a cambiar oro por moneda y a la inversa.Las autoridades económicas deberían mantener la convertibilidad del oro comprando o vendiendo la moneda nacional a cambio de oro al precio oficial. De esta forma cualquiera (residente nacional o extranjero) podía acudir al banco central y convertir dinero fiduciario (billetes o cheques bancarios en oro).El gobierno debía seguir una política de respaldo del oro de cobertura al 100 por 100. Así el banco central debía tener oro por un valor igual, como mínimo, a la cantidad de efectivo que había en

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circulación. El banco central sólo crea dinero cuando compra oro al público y, únicamente destruye dinero cuando vende el oro al público.

LA POLITICA MONETARIA

En toda economía se persiguen objetivos globales o macroeconómicos que se consideran deseables para el buen funcionamiento de un sistema, como son la estabilidad en los precios, la disminución del desempleo y el crecimiento económico. La política monetaria es una de las opciones que tiene el gobierno para intervenir sobre la actividad económica.

LA POLITICA ECONOMICA.

Se puede definir como el conjunto de actuaciones que lleva a cabo el banco central, para controlar la cantidad de dinero y las tasas de interés y, en general, las condiciones del crédito.La política monetaria pretende influir sobre la actividad económica actuando sobre el gasto total de la economía y, en particular, sobre el consumo de las familias y la inversión de las empresas. Dado que el gasto está relacionado con la cantidad de dinero existente en la economía y con las condiciones del crédito, fundamentalmente la tasa

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de interés, el banco central procura controlar ambas variables.El gobierno y en particular los ministerios de Economía y Hacienda, normalmente a principios de año se encargan de calcular y estimar que evolución deben seguir las principales magnitudes de la economía: precios, desempleo. A partir de estas previsiones el banco central debe estimar que cantidad de dinero debe existir en la economía para lograr los objetivos que se pretende alcanzar.La política Monetaria puede ser de dos tipos:

RESTRICTIVA. Engloba un conjunto de medidas tendientes a reducir el crecimiento de la cantidad de dinero y a encarecer los préstamos (elevar las tasas de interés).

EXPANSIVA. Está formada por aquellas medidas tendientes a acelerar el crecimiento de la cantidad de dinero y a abaratar los préstamos (bajar las tasas de interés).

INSTRUMENTOS DE LA POLITICA MONETARIA.

El Banco Central no puede influir sobre la tasa de interés ni sobre la cantidad de dinero, sino que lo hace a través de los tres instrumentos siguientes:

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1.- La Tasa de Encaje o Reserva.

Se define como el porcentaje sobre el total de los depósitos que mantienen las entidades las entidades financieras. Si se eleva la tasa de encaje, la cantidad de que disponen estas entidades para prestar dinero a sus clientes disminuirá y es de esperar que se produzca un aumento en las tasas de interés. Se debe aclarar que el banco central no obliga a elevar ni a reducir las tasas de interés, sino que utiliza unos instrumentos, como las tasa de encaje, para alcanzar los objetivos.

2.-Certificados o títulos emitidos por el banco central y los préstamos de regulación monetaria.

El banco central suministra o contrae liquidez (dinero) a los distintos intermediarios financieros bancarios para que estos puedan cubrir la tasa de encaje legal, controlando el proceso múltiple de creación de dinero y expansión del crédito.Semanalmente el banco central licita títulos emitidos por el a corto plazo y a largo plazo, a los que pueden acceder bancos, instituciones financieras o inversionistas en general.A través de este sistema el banco central establece las tasas de interés de corto y largo plazo, las que son validadas por la aceptación de sus títulos en cada subasta.

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Los préstamos de regulación monetaria son las cantidades que el banco central presta a muy corto plazo a los bancos en caso de urgencia por un plazo no superior a noventa días.

3.-La compra y venta de títulos públicos. Al respecto existe otro procedimiento para regular la cantidad de dinero y que se denominan operaciones de mercado abierto.Las operaciones de mercado abierto, son la compra y la venta de certificados del banco central y de títulos públicos por parte del mismo.Si el banco central considera que debe aumentar la cantidad de dinero y no cree oportuno utilizar el encaje, una posibilidad es la de comprar pagarés a la Tesorería General de la República o certificados del banco central a las instituciones financieras y a los particulares.De esta forma el banco central se queda con los títulos y paga su valor a sus antiguos poseedores. Esto implica que la cantidad de dinero en la economía aumenta, que era el objetivo perseguido.

EFECTOS DE LA POLITICA MONETARIA.

La política monetaria tiende a causar los siguientes efectos:

1. Efectos sobre la Demanda Agregada.Vale decir un aumento bienes.

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2. Efectos sobre la Inflación. El control del crecimiento de la oferta monetaria es un factor clave para contener el aumento de los precios.

3. Efectos Sobre la Cotización del Peso.Unas tasas de interés elevadas incentivarán la entrada de capital extranjero en Chile. Para poder invertir en el territorio chileno habrá que comprar pesos, y el aumento de la demanda de éstos tenderá a elevar la cotización del peso respecto de otras monedas.Si la balanza de pagos básica ha tenido superávit, ello quiere decir que se han registrado unos ingresos netos desde el exterior en forma de oro o de divisas, se producirá un aumento de las reservas de oro y de divisas del país. En cambio, si el país ha tenido un déficit, ocurrirá lo contrario.El mantenimiento de determinadas reservas es de la mayor importancia para cada país, pues de no existir éstas, en caso de déficit el país no podrá hacer frente a sus compromisos de pago y quedaría en consecuencia, al descubierto frente al exterior.Las monedas que se mantienen en reserva son aquellas que tienen una aceptación generalizada, ya sea por su amplia utilización, por la permanencia de su poder adquisitivo, etc., o bien el oro, por sus características de mercancía deseada por todos. Ambas pueden ser guardadas como reserva.

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LA DEVALUACION Y LA REVALUACION.

Al comienzo se analizaron estos conceptos, sin embargo es necesario reunirlos para un mejor entendimiento.Las medidas tendientes a la devaluación y revaluación buscan por distintos caminos frenar las compras al exterior, estimular las ventas o atraer hacia el país capitales extranjeros. Si un gobierno decide devaluar su moneda, es decir aumentar el número de unidades monetarias de su país para recibir una unidad monetaria extranjera, el efecto será que las mercancías nacionales resultarán baratas para los extranjeros, y, a su vez las mercancías extranjeras llegarán a ser más caras para los habitantes del país que devalúa.Al aplicar tal medida se supone que se producirán dos efectos:

1. Aumentar las exportaciones2. Disminuir las importaciones, pues las primeras se abaratarán y las segundas se encarecerán.En virtud de lo anterior, es que se recomienda estar siempre en contacto y observar el comportamiento de las diferentes unidades monetarias, es decir su fluctuación con respecto al peso chileno y el dólar norteamericano.

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Capítulo 8

EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL.

Después de un exhautivo estudio por parte de los principales expertos monetarios del mundo, se realizó en el mes de Julio de 1944, en la ciudad norteamericana de Bretton Wood, una conferencia monetaria y financiera.Resultado de sus debates fue la creación de un Fondo Monetario Internacional y de un Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, cuyas características y objetivos entre los más importantes fueron los siguientes:

Objetivos.-El Fondo Monetario Internacional tiene como propósitos principales el de promover la cooperación internacional, facilitar la expansión del comercio, propender a la estabilidad de los cambios y a ayudar al establecimiento de un sistema de pagos multilaterales, eliminando las restricciones de los cambios sobre el exterior.

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Resulta indudable que la finalidad suprema del Fondo es que desaparezcan las medidas discriminatorias en materia de cambios y que los países del mundo logren mantener la estabilidad de sus respectivas monedas evitando las desvalorizaciones monetarias competitivas que perturban el desarrollo del comercio internacional.Las dificultades de orden monetario mundial se vinculan estrechamente con la evolución de los balances de pagos.Si los citados balances estuvieran en equilibrio, en forma que coincidieran la oferta y la demanda de moneda extranjera, no habríanecesidad de exportar oro para hacerse de cambio con que saldar las cuentas exteriores, o a falta de oro, obtener la moneda extranjera contratando un empréstito en el exterior.La experiencia monetaria entre las dos guerras mundiales muestra que generalmente los países con déficit en sus balanzas de pagos, no pudieron sostener por mucho tiempo esta situación, sin reducir drásticamente sus existencias de oro, que al disminuir su circulante en el mercado interno daba lugar a un proceso de liquidación y a una baja de precios. Esta deflación de valores, obligó a suspender el patrón oro y a implantar un régimen de control de cambios para vigilar estrechamente el uso de la moneda extranjera. Con el control de cambios se logró impedir las salidas de capitales, disminuir intensamente las importaciones y

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racionar los países que la necesitan en forma transitoria, para cubrir déficit de balanza de pagos, se podría evitar en el futuro que volviera a repetirse el proceso de restricción intensa en el mercado de cambios.Para cumplir esa finalidad está el Fondo Monetario Internacional.

INTEGRACION DE LAS CUOTAS.

Con las facilidades que otorga el Fondo, en función de las cuotas que debe integrar cada uno de los países adheridos resulta, indudable que esto significo una discusión amplia en Bretton Wood, principalmente en lo que respecta a la distribución de las cuotas que si bien al principio debían haberse establecido teniendo en cuenta principalmente la renta nacional y la importancia del comercio exterior de cada país, fueron en algunos casos calculados sobre bases políticas.El valor total de las cuotas fijadas para la institución del fondo ha sido de 8.800 millones de dólares distribuídos entre 44 países.Las cuotas superiores a 100 millones de dólares corresponden a 13 países que son los siguientes en orden de importancia: Estado Unidos, Gran Bretaña, Rusia, China, Francia, India, Canadá, Holanda, Bélgica Australia, Brasil, Checoeslovaquia (antigua república) y Polonia.

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Los treinta y un países restantes tienen asignadas cuotas que oscilan entre 100 millones y 0,5 millones.No obstante el hecho de integrar las cuotas anteriormente expuestas, los países adheridos podrán bajar la paridad de sus respectivas monedas. Es necesario recordar que en un régimen de patrón oro, la paridad se establece relacionando los contenidos en oro de las monedas que se comparan.En el caso del Fondo Monetario Internacional, la paridad inicial de cada moneda se fija también en oro o en dólares de los EE.UU., tomando para ello el precio actual. Se establecen además los márgenes de fluctuación de las monedas con relación a la paridad.El Fondo Monetario Internacional y siempre que cuente con el beneplácito de los países cuyas cuotas no sean inferiores al 10% del total, podrá modificar las paridades de todas las monedas adheridas respecto al oro, pero cualquier país podrá oponerse.

OPERACIONES DEL FONDO Y SUS LÍMITES.

El Fondo facilitará a los países adherentes la moneda de otro país que le sea solicitada para palear su déficit transitorio de operaciones corrientes de su balanza de pagos, que comprenden pagos provenientes desde el exterior y operaciones conexas, como son los servicios y créditos bancarios a corto plazo, intereses por préstamos o

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inversiones, pagos moderados para amortización de préstamos o depreciación de inversiones y remesas familiares.Por las compras de divisas que hagan con sus propias monedas, los países deberán pagar una comisión al Fondo del ¾ % que podrá llegar al 1% y ser reducida al ½ %.La obtención de moneda extranjera del Fondo es limitada, de carácter automático, y está en función de las cuotas. Así un país podrá comprar divisas al Fondo en cambio de su propia moneda, hasta un límite anual del 2% de su cuota, que no podrá exceder del 200% de ella, pero estos límites podrán ser excedidos por salida de capitales.Cuando los excedentes de un país superan la cuota, el Fondo le cobrará una comisión adicional que podrá llegar al 5% anual. Esto significa que los recursos que pueden obtenerse del Fondo no son de carácter permanente.Como la moneda extranjera que facilitará el Fondo lo es a cambio de moneda local, es lógico que a medida que un país hace uso de los recursos del Fondo, éste aumenta sus existencia de la moneda local de ese país.Si Inglaterra por ejemplo, necesita de dólares, los obtendrá automáticamente del Fondo, dentro de los límites establecidos, entregando Euros. Luego el Fondo aumentará sus existencias de Euros y disminuirá la de dólares.Sin embargo lo anterior no puede ser permanente, pues al término de cada año financiero, el país que

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tenga reservas de oro y moneda extranjera en exceso de su cuota, deberá readquirir su propia moneda en una proporción que dependerá de las variaciones de sus existencias de oro y de divisas.De esta manera, las disposiciones del Fondo impiden que un país sea un deudor permanente del mismo, pues se trata de ayudas temporarias para cubrir déficit transitorios en las balanzas de pagos. No podría en consecuencia concebirse en otra forma el sistema, el cual no podría funcionar si tuviera desequilibrios permanentes de la balanza de pagos, dado que la demanda de moneda extranjera sería ininterrumpida y el Fondo se encontraría en cierto momento con que únicamente posee las monedas de los países deudores.

EL PROBLEMA DE LAS MONEDAS ESCASAS.

Se podría concebir una situación como la expresada anteriormente, cuando exista una gran demanda de carácter internacional por una moneda cuya oferta es escasa en el mercado. Por ejemplo si cualquier nación sudamericana compra más mercadería a norteamérica de las que venda a dicho país, resulta que la demanda de dólares es mayor que la oferta, pues sus importaciones desde el país norteamericano son mayores que sus exportaciones.Si además debe pagarle servicios financieros, es natural que la demanda de dólares se incremente, mientras que para aumentar la oferta

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de dólares deberá transformar sus otras divisas o el oro en dólares.Pero este procedimiento no puede ser permanente y para cumplir sus compromisos en dólares optará por solicitar al Fondo sus entrega, en canje de su moneda local. Más si esta situación es general y son muchos los países que se encuentran en ese estado, habrá una gran demanda de dólares al Fondo, quien por su parte no recibirá ofrecimientos de esta moneda dado el estado de carencia de la misma.

EL RACIONAMIENTO DE LA MONEDA ESCASA.

En las circunstancias anteriores, entonces el Fondo Monetario Internacional, deberá indicar que el dólar es una moneda escasa en el sentido de que su demanda internacional es mayor que su oferta. Como medida concreta racionará su entrega y autorizará a los países afectados a que restrinjan los pagos en esa moneda. En otras palabras, significa autorizar el establecimiento de un control de cambios para el dólar, por lo tanto, si no hay dólares suficientes para cancelar todos los compromisos externos, a los países afectados no les quedará otro recurso para controlar la demanda de esa divisa, que ir racionando la entrega.

POLITICA A SEGUIR POR EL PAIS POSEEDOR DE LA MONEDA ESCASA.

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Este país, estará obligado a modificar su política comercial y de inversiones, a fin de que no subsista ese estado de cosas.Si persiste, los países deudores, restringirán sus compras y pagos que deban hacer a ese país. Disminuirán en consecuencia las exportaciones del país en donde la moneda es escasa, lo que incidirá en su política de ocupación en el mercado interno.Como alternativa entonces, ese país, deberá aumentar sus importaciones desde los países deudores y expandir sus inversiones de capital, pues tanto uno como otro implica la entrega de dólares al mercado.En cuanto a la forma en que el Fondo puede surtirse de una moneda escasa, se dispone que lo haga, ya sea solicitando un préstamo al país acreedor o comprando su moneda contra entrega de oro.

DEL RETIRO, FUNCIONAMIENTO Y PERSPECTIVA DEL FONDO.

Los países adheridos podrán alejarse en cualquier momento del Fondo, sin recurrir al preaviso, debiendo procederse entonces a la liquidación de sus cuentas de modo que no conspire contra el buen funcionamiento monetario internacional.

PROBLEMÁTICA DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL.

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Cuando un país que opera bajo un sistema de cambio fijo presenta un déficit persistente y cuantioso en su balanza de cuenta corriente, el Banco Central tiene que intervenir. Esta intervensión, implicará una reducción en las reservas de divisas extranjeras. Aunque las reservas de divisas pueden ser incrementadas pidiendo prestado, si el déficit persiste, la sitiuaciòn puede hacerse insostenible, pues existe un límite a la cantidad que un país puede pedir prestado al exterior.En esta sitiuación, que el Fondo Monetario Internacional denomina económicas pueden alterar esta relación y fijarla, por ejemplo, a 220 pesos por dólar. Estas alteraciones en los tipos de cambio deben aprobarse por los responsables del Fondo Monetario Internacional. En caso contrario, sí un país presenta un superávit persistente en su balanza de pagos, su moneda tenderá a apreciarse. Si se opera bajo un sistema de tipo de cambio fijo. El banco central tendrá que intervenir para evitar que supere la banda de fluctuaciones permitida. Para ello mandará moneda nacional (demandará dólares) en el mercado de cambio, aumentando de esta forma sus reservas de divisas.Esta situación podría llevar a una acumulación excesiva de reservas por lo que cabría acudir a una revaluación de la moneda nacional.La revaluación tenderá a eliminar

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el superávit de la balanza de pagos, pues encarecerá las exportaciones y abaratará las importaciones.Este sistema también presentaba serias limitaciones. Por un lado estaba la dificultad de determinar si el desequilibrio era temporal o permanente. Además ante una situación deficitaria que originaba una pérdida de reservas, los especuladores agravaban la situación, pues, si se sabía necesario devaluar, había un incentivo para vender esa moneda antes de que se devaluase.Esta actuación de los especuladores contribuía a acentuar los desequilibrios.En segundo lugar, en la medida en que las autoridades se aferraban a los tipos de cambios existentes, cuando las presiones se hacían intolerables, tenían lugar ajustes excesivamente bruscos. Por otro lado, los países que presentaban superávit se mostraban muy reacios a incrementar la paridad de sus monedas.Además, dado que la venta de moneda extranjera implica la disminución de la oferta monetaria y la compra un aumento de la cantidad de dinero, la política monetaria pierde autonomía ya que ésta dependerá de las intervenciones llevadas a cabo para evitar que el tipo de cambio se salga de las bandas de fluctuación establecidas.

OCASO DEL SISTEMA DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL.-

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Bajo el sistema del F.M.I. Los Estados Unidos de Norteamérica impusieron el dólar como la unidad de cuenta internacional y monedas de intervención. Este hecho suponía que los EE.UU. debería suministrar dólares en abundancia al resto del mundo, lo que determinó que el sistema resultase dependiente de dicho país, ya que los incrementos en la liquidez estaban en función del déficit norteamericano.Durante los años sesenta y primeros del setenta, los países occidentales y Japón acumularon dólares mientras en los Estados Unidos ocurrían fuertes déficit de balanza de pagos y comenzaba a perder oro en grandes cantidades. Esta situación se intento paliar.Aunque hacia 1970 se había creado Los derechos especiales de giro (DEG), esto es, anotaciones al haber de las cuentas de los miembros del FMI que se conceden a cada país en razón de su volumen de comercio, a partir de 1973 la pérdida de confianza en el dólar y su no convertibilidad fueron propiciando el abandono del sistema de tipos de cambio fijo, pero ajustables, por uno de mayor flexibilidad en la fijación de dichos tipos.

DEL SISTEMA DEL FMI AL SISTEMA ACTUAL.

Ante los inconvenientes señalados, en marzo de 1973 un buen número de países permitió que sus

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monedas flotaran libremente (siguiendo un sistema de libre mercado).El FMI aceptó que cada país eligiera el sistema cambiario que mejor se ciñese a sus circunstancias particulares. (La moneda flota libremente cuando se le permite que varíe en respuesta a cambios de las condiciones de demanda y de oferta de divisas).Bajo este sistema no hay paridad oficial de la moneda nacional con el dólar ni con ninguna otra moneda y los desequilibrios en el sector exterior tienden a corregirse automáticamente mediante las variaciones del tipo de cambio.CARACTERISTICAS DEL SISTEMA CAMBIARIO EN LA ACTUALIDAD.

Bajo un sistema de cambio flexible son precisamente las variaciones de los tipos de cambio los que promueven los ajustes internacionales.Con los tipos de cambio flexibles los ajustes pueden producirse además gradualmente ,sin ocasionar crisis de confianza y con menos probabilidades de movimientos especulativos.Sin embargo ,bajo un sistema de tipo de cambio flexible ,los tipos de cambio suelen presentar una elevada variabilidad lo que tiende a elevar la incertidumbre .En consecuencia en los últimos años,el sistema cambiario se ha caracterizado por dos hechos:

1.-La diversidad de sistemas vigentes en los distintos países, si bien los tipos de cambios fijos y

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flexibles aparecen con los dos externos de la amplia gama existente.

2.-Por la variabilidad de los tipos de cambio. Ello se ha debido en parte a los fuertes desequilibrios presentados por las balanzas de pago comerciales de la mayoría de los países y a las adecuadas fluctuaciones experimentadas por algunas de las variables que inciden sobre la determinación de los tipos de cambios, básicamente los precios.

Capítulo 9

EL BANCO CENTRAL DE CHILE

De acuerdo con la Ley Orgánica Constitucional establecida mediante el artículo 1º de la Ley 18.840 publicada en el Diario Oficial del 10 de Octubre de 1989 y sus modificaciones posteriores,establece en su artículo 1º que el Banco Central de Chile es un organismo autónomo, de rango constitucional, de carácter técnico, con personalidad jurídica ,patrimonio propio y duración indefinida. Esta misma ley establece su organización, composición, funciones y atribuciones. Al respecto podemos establecer lo siguiente:Sabido es que el gasto total que se realice en una economía dependerá entre otros factores, de la cantidad de dinero existente y de las condiciones en

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que las economías domésticas y las empresas puedan obtener créditos. En las modernas economías la mayor parte de la oferta monetaria está constituida por dinero bancario. De ahí entonces la importancia de controlar las condiciones en que tiene lugar el proceso de creación de dinero bancario y, más concretamente, de regular el funcionamiento del sistema financiero y que conocemos con respecto a nuestro país como Banco Central de Chile.

FUNCIONES DEL BANCO CENTRAL DE CHILE.Entre las funciones estrictamente bancarias que desempeña el Banco Central se encuentran:

1.-Administrador y custodio del oro y las divisas extranjeras.2.-Ser el banco de bancos.3.-Suministrador y regulador del efectivo (billetes y monedas)4.-Agente fiscal.5.-Tiene atribuciones en materia internacional.

1.-ADMINISTRADOR Y CUSTODIO.

Es denominado así en función de que el Banco Central, centraliza las reservas oficiales exteriores. Se encarga de la custodia de las reservas exteriores de oro y divisas o monedas extranjeras.

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Las reservas exteriores constituyen todo tipo de obligación que un país extranjero tiene para con Chile.

2.-BANCO DE BANCOS.

Se denomina así por cuanto la banca privada acude al Banco Central cuando está necesitada de liquidez, lo que permite ajustar sus reservas al mínimo; de hecho, es el Banco Central el que establece en cada momento el valor concreto de la tasa de encaje o sin conceder créditos ni realizar otras operaciones, para poder, así atender los derechos de los depositantes.

3.-SUMINISTRADOR Y REGULADOR DE EFECTIVO.

Otra de las funciones del Banco Central de Chile es la de suministrar efectivo, es decir, billetes y monedas a la economía. También actúa como el cajero del sistema bancario.En su rol regulador de la oferta monetaria, el Banco Central está facultado para abrir líneas de crédito a las instituciones financieras; realizar operaciones de descuento y redescuento de letras de cambio, pagarés y otros documentos negociables;

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fijar tasas de encaje o ser mantenido por las instituciones financieras; ceder y adquirir de las instituciones financieras documentos de sus carteras de inversiones, colocaciones, etc.; recibir y efectuar operaciones en o de las instituciones financieras; emitir títulos comprar y vender valores mobiliarios y efectos de comercio; emitidos por instituciones financieras,y fijar las tasas de interés, comisiones ,sistemas de reajuste y demás condiciones aplicables a las operaciones que efectúe.

4.-AGENTE FISCAL.

A solicitud del ministro de hacienda, podrá actuar como agente fiscal en la contratación de créditos externos e internos, pudiendo actuar también en todo lo relativo al servicio y amortización de la deuda externa del Estado, representándolo en la conversión y renegociación de la deuda externa pública.

ATRIBUCIONES DEL BANCO CENTRAL EN MATERIA DE COMERCIO

INTERNACIONAL.-

Al respecto diremos que el Banco Central de Chile tiene las siguientes atribuciones:

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Contratar en el exterior toda clase de créditos, mediante líneas de créditos, préstamos o cualquier otro título.

Emitir y colocar títulos en el extranjero. Conceder créditos a estados extranjeros. Recibir depósitos o abrir cuentas corrientes

de bancos centrales o entidades financieras extranjeras y estados extranjeros.

Mantener, administrar y disponer de sus reservas internacionales, en el país o en el exterior.

Controlar el retorno de divisas por concepto de exportación.

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III PARTE

Capítulo 10

EL INTERCAMBIO COMERCIAL Y EL CASO CHILENO.-

En el caso del comercio internacional, se da la paradoja que no siempre el más grande es el que se lleva la mejor parte. Existen claros ejemplos en donde países pequeños, como el de los asiáticos han tenido grandes éxitos a la hora de competir con gigantes como Estados Unidos o las naciones europeas.El caso más cercano es el de Chile, que siendo un país pequeño, tiene una economía competitiva, si se compara con el gigante Brasil.Para que lo anterior suceda, deben existir las condiciones adecuadas, sin barreras ni privilegios. Esto es lo que conocemos como libre comercio.

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Para mantener este ritmo el gran desafío de Chile es el de seguir mejorando la competividad de la economía. De allí entonces que los acuerdos internacionales relativos al comercio con otros países, acceso a los mercados, la no discriminación, etc., juegan un rol fundamental. Por ello es que reviste fundamental importancia, las inumerables negociaciones internacionales que ha suscrito nuestro país y que han llegado a muy buen término, entre las que se destacan entre otras las siguientes: La ronda de Uruguay (Gatt). Los tratados de libre comercio, celebrados por Chile, Con Estados Unidos, Canadá, México, Japón, Korea, China etc., Acuerdos de Complementación Económica, Acuerdo Mercosur, Unión Europea, etc. El éxito de Chile en la economía mundial ha sido relevante y se ha basado en cinco aspectos que han implicado especializarse en la actividad exportadora.

Estos aspectos son lo siguientes:

Química - minera, agropecuaria, forestal, pesquera y de otras industrias manufactureras. Resulta indudable que las medidas adoptadas como las políticas macroeconómicas y de apertura unilateral así como el fomento y promoción de las exportaciones han permitido en consecuencia el desarrollo de ventajas comparativas adquiridas en actividades fundadas básicamente en la dotación de

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recursos naturales del país y en algunos rubros de la industria manufacturera que no se basan en recursos naturales.Por otro lado, la reducción de aranceles y la eliminación de barreras no arancelarias, implicó para el país mejorar la eficiencia de su sistema productivo interno, permitiendo que los productos importados y los precios internacionales traspasasen sus fronteras proteccionistas erigidas bajo el precedente patrón de la competitividad de los productos nacionales en los mercados internos.La apertura de Chile a los mercados internacionales ha generado una correlación creciente con grandes áreas económicas en las cuales se concentra la mayor parte de la producción y el intercambio mundial, sobre la base de un regimen de comercio exterior abierto, neutral, no proteccionista y no discriminatorio. Chile ha logrado consolidarse como un proveedor confiable en esos mercados, como una manera de operar en forma estratégica. Chile ha buscado una inserción creciente en los núcleos más dinámicos del comercio, la inversión y la tecnología mundial. Esta política de profundización de su apertura a los mercados mundiales, ha sido complementada con el fortalecimiento de las relaciones bilaterales con los países de América Latina, habiéndose firmado además una serie de acuerdos de complementación económica en especial con Argentina,Brasil,

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Paraguay, Uruguay , así como también con México, Bolivia, Colombia,Venezuela, entre otros.La firma de estos acuerdos, se basa preferentemente en la creación de un nuevo marco para el desarrollo y la diversificación de los comercios tanto en bienes como en servicios, así como también para intensificar las inversiones recíprocas y los flujos de capital en la región. Otra de las características de nuestra inserción dentro del ámbito internacional, es la introducción de los ADR. (American Deposit Receipts,) transado en la bolsa de valores de New York, como un nuevo mecanismo de financiamiento externo puesto en vigor en forma exitosa por algunas empresas nacionales. Es importante también poner en el tapete los flujos de inversiones extranjeras llegados a nuestro país, hecho que refleja la confianza que significa actualmente invertir en Chile, poseedor de un bajo coeficiente de riesgo país.En relación con el intercambio comercial sostenido por Chile con el resto del mundo, este ha ido diversificándose e intensificándose, lo que se traduce en un elevado crecimiento de las exportaciones y un flujo creciente de importaciones.La progresiva evolución de las exportaciones se debe en gran medida a la alta competitividad lograda por nuestros productos en el extranjero. Principalmente a través de la calidad, de mejoras tecnológicas en la producción, agilidad en la gestión y comercialización de productos,

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adaptación de la producción a los requerimientos provenientes de la demanda externa.

PRINCIPALES MERCADOS EXTERNOS A LOS QUE ACCEDE CHILE.

Existe una fuerte viculación de nuestro país a cuatro grandes mercados.

Comunidad Económica Europea Asia Pacífico América del Norte Latinoamérica

LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA.

Ha sido la comunidad durante esto últimos años el macromercado de mayor importancia como destino de las exportaciones chilenas. Desde el punto de vista del intercambio comercial global, no ha habido una reducción en los valores transados anualmente (medidos en dólares cada año), a excepción de 1991. Sin embargo ha habido una fuerte contracción hacia los mercados de la Comunidad Económica Europea en estos últimos años, esto por la existencia de algunas barreras proteccionistas que indudablemente han causado algunos daños a las exportaciones chilenas, principalmente de productos frutícolas. Los principales países de destino de las exportaciones chilenas entre otros son los siguientes países de la

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Comunidad: Alemania, Francia, España, Holanda, Reino Unido, etc.En cambio los principales países europeos que venden a Chile son entre otros; Alemania, Francia, Italia, España, Reino Unido, etc.Existen medidas no arancelarias que afectan preferentemente a los productos agrícolas y pesqueros chilenos.Sin embargo,se espera que frente al inicio de una nueva etapa en las relaciones Chile -Comunidad Económica Europea, gracias a la firma de un acuerdo de cooperación orientado a dos grandes áreas,estas distorciones pueden variar.Las dos grandes áreas son: Consolidación política democrática y cooperación económica. ASIA PACIFICO.

Asia se ha transformado también en uno de los socios principales de Chile en materia de comercio, aumentando fuertemente la participación de las exportaciones hacia la región. Esta expansión ubica en la actualidad a la región en el primer lugar como mercado de destino, llegando incluso a desplazar de esta posición a Europa occidental. El crecimiento de las exportaciones de Chile a Asia, se originó entre otras cosas por el aumento de la demanda de estos países por algunos productos básicos que Chile produce, que tuvo como respuesta una oferta de buena calidad, en el momento más adecuado por parte de los productores nacionales. Las

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exportaciones chilenas a Asia presentan un alto grado de concentración hacia Japón, sin embargo también son mercados importantes Taiwan, La República Popular China y Corea del Sur.Chile desea una participación más activa en el área, para lo cual ha desarrollado una acción de acercamiento de carácter bilateral y multilateral. Con la finalidad de establecer nexos que permitan que Chile se constituya en una vía de acceso al resto de los países de la región latinoamericana.

AMERICA DEL NORTE

El intercambio comercial con los países de América del Norte ha mostrado en los años reciente un aumento en valores absolutos, siendo el mayor aumento experimentado en las importaciones, que se tradujo en una primera instancia en un saldo negativo en nuestra balanza comercial con respecto al comercio con América del Norte. El principal mercado en todo caso ha sido el norteamericano (EE.UU), aún cuando Canadá ha mostrado un creciente aumento de nuestras exportaciones.En el marco de La iniciativa para las Américas (IPA), Chile fue el primer país en acogerse a los beneficios que otorgaba ese plan en materia de inversión, reducción de deuda y comercio.En el componente comercio de la IPA, Chile firmó en 1990 un acuerdo marco de comercio e inversión, al

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

que, en junio de 1991, le siguió la formación de un consejo bilateral de comercio e inversión.

AMERICA LATINA

América Latina se ha convertido en un mercado de grandes oportunidades, sin embargo a pesar del dinamismo que ha adquirido en términos de intercambio comercial, no se ha modificado aún la relación deficitaria que estos flujos de comercio generan a Chile. Entre los principales socios comerciales de Chile a nivel latinoamericano, considerando a los países en términos individuales y no como formando algunos parte del Mercosur, han sido Brasil, Argentina y México.Sin embargo la política de relaciones bilaterales seguida por Chile en la región ha permitido crear un nuevo marco para el desarrollo y la expansión del comercio con los países vecinos y en consecuencia se han implementado los acuerdos de Complementación Económica ACE. Estos acuerdos de complementación económica se han suscrito entre otros con los siguientes países: Argentina, Bolivia, Colombia, Venezuela, México, etc.Otros mecanismos que se han desarrollado para mejorar los vínculos bilaterales los constituyen los consejos bilaterales de economía y comercio. Estos consejos son una instancia de consulta permanente que permiten una mayor fluidez y eficiencia en el

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tratamiento de los temas de interés bilateral. Actualmente existe este mecanismo con Uruguay, Colombia, Ecuador y Costa Rica.

Capítulo 11

LA INTEGRACION EUROPEA.

BENELUX.

En 1944 Bélgica, Holanda y Luxemburgo crearon la Unión Aduanera del Benelux. Los países participantes formaron un Mercado Común, abolieron los aranceles internos y enfrentaron al mundo con un sistema de aranceles común.

GATT.

Hasta 1948 la mayoría de las naciones del mundo concertaban acuerdos comerciales de carácter bilateral. Es probable que el Benlux, haya abierto el camino hacia un sistema más progresista. En todo caso, la mayoría de las naciones del mundo aceptó en 1948 la idea de negociaciones multilaterales; en esa fecha entonces se firmó el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio. (General Agreement On Tariff And Trade GATT). Convinieron en reunirse cada dos años y negociar reducciones de los aranceles.

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Esta organización continúa siendo fuerte, como ya se expuso anteriormente al ver los resultados de la Ronda de Uruguay, relacionada con el GATT. No está demás el mencionar que las negociaciones llevadas a cabo por los países componentes del GATT son importantísimas, por cuanto se utiliza la cláusula de la nación más favorecida, definida anteriormente.El Benelux indicó el modo de derribar las barreras aduaneras en Europa.En 1948, 17 naciones europeas firmaron la Convención de Cooperación Económica Europea, y formaron la Organización de Cooperación Económica Europea (Organization For European Economic Cooperation, OEEC).Este grupo de naciones acordó trabajar en favor de una solución común a sus problemas económicos, al mismo tiempo que cada país conservaba su soberanía nacional.En 1960 la OEEC se convirtió en la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (Organization for Economic Cooperation and Development. OECD).Esta organización incluye a la vez a países tales como Japón, Canadá y Estado Unidos.Sin embargo no es más que un organismo asesor, y no tiene poder sobre sus miembros.

LA COMUNIDAD DEL CARBON Y EL ACERO.

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La primera institución económica supranacional, se creó en 1952, cuando Bélgica, Francia, Alemania e Italia, Luxemburgo y Holanda, firmaron el pacto de la Comunidad del Carbón y del Acero.En virtud de este acuerdo, se cedió al organismo cierta parte de la soberanía nacional, con el fin de crear un mercado libre para el mineral de hierro, los deshechos de acero, el carbón y el acero.Como ninguno de los participantes producía todo el acero que necesitaba, el acuerdo era bastante lógico. Demostraba que la integración económica incluso sin la integración política, era posible cuando tenía un carácter lógico y la deseaban los países comprometidos.Las seis naciones de la Comunidad del Carbón y el Acero continuaron en la OEEC, pero estaban dispuestas a ir más lejos que la mayoría de los miembros de esa organización, es decir, hasta el punto de sacrificar una parte de la soberanía nacional.

LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA.

Como resultado sin tropiezos de la Comunidad del Carbón y el Acero, las mismas seis naciones se reunieron en Roma en el año 1957 para firmar un tratado que creaba una Comunidad Económica Europea y una Comunidad Europea de la Energía Nuclear. De hecho estaban aplicando a toda su actividad económica el concepto que había sido la

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base de la Comunidad del Carbón y el Acero. Estas seis naciones formaron el núcleo del que hoy conocemos como Mercado Común Europeo o Unión Europea.Hacia mediados de la década de 1960 era evidente que este amplio mercado de comercio libre, estaba destruyendo las antiguas actitudes proteccionistas y nacionalistas, ampliando la ocupación y la inversión, reduciendo los precios y en general ayudando a elevar el nivel de vida de esas comunidades. Tan notables son los progresos realizados, que esto ha conllevado a la incorporación de la mayoría de los países europeos occidentales y solicitado la incorporación de los otrora países de Europa Oriental. Es más, el éxito de la Comunidad Económica Europea los ha llevado al establecimiento de una moneda común el Euro y un Congreso Europeo, además de la eliminación de las barreras fronterizas,traducidas en las aduanas, lo que implica que los europeos, sea cual sea el país, son ciudadanos de Europa más que de una nación determinada.

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IV PARTE

Capítulo 12

TERMINOS DE COMERCIO INTERNACIONAL

INCOTERMS

Reciben el nombre de INCOTERMS, los términos comerciales a que pueden llegar los participantes (importadores y exportadores) en las transacciones de comercio internacional .El objetivo de éstos términos comerciales o Incoterms es el de establecer una serie de reglas internacionales, de

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carácter facultativo para la interpretación de los principales términos utilizados en los contratos de venta con el extranjero. Estos términos internacionales uniformes, están destinados a los hombres de negocios que prefieren la certeza de reglas internacionales uniformes a la incertidumbre que ocasiona la diversidad de interpretaciones que pueden darse a los mismos términos en diferentes países.Es muy frecuente que las partes participantes en un contrato ignoren las diferencias existentes en las prácticas comerciales en sus respectivos países. Esta diversidad de interpretaciones es una constante fuente que obstaculiza el comercio internacional .De allí nacen entonces los malentendidos, pleitos y litigios, con toda la pérdida de dinero y tiempo que ello implica. Fue en consecuencia con este propósito, esto es, proporcionar a los comerciantes un instrumento que les permitiera eliminar las principales causas de las dificultades de este orden que la Cámara de Comercio Internacional, publicó por primera vez allá por el año 1936, las reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales conocidos como Incoterms y que fueron modificándose con el correr del tiempo hasta los que actualmente conocemos hoy en día.

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Las principales dificultades que encontraron los importadores y los exportadores son de tres magnitudes:

Primero. La incertidumbre de las leyes nacionales que se aplican en el contrato.Segundo. Las dificultades provenientes de la falta de información.Tercero. La diversidad de interpretaciones. De esta manera la utilización de los Incoterms, puede reducir considerablemente todas esas dificultades que obstaculizan el comercio internacional. Los principales términos de comercio internacional o Incoterms, también conocidos como cláusulas de compra y venta son los siguientes:

EXW = EX FÁBRICA

Significa que la única responsabilidad del vende-dor, es poner su mercancía a disposición del com-prador en su propio local.

FCA = FRANCO EN EL MEDIO DE TRANS-PORTE

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

El vendedor debe entregar la mercancía lista para su exportación al transportista en el lugar indicado en las condiciones de embarque.

FAS = FRANCO AL COSTADO DE LA NAVE

El vendedor se hace responsable de colocar la mer-cancía al costado de la nave en el muelle o en las barcazas, en el lugar indicado en la cotización.

FOB = FRANCO A BORDO

Cuando el vendedor se responsabiliza de colocar la mercancía a bordo de una nave en el puerto indica-do en el contrato de venta.

CFR = COSTO Y FLETE

El vendedor debe hacer el despacho de la mercan-cía para su exportación y pagar los costos y el flete necesario para transportarla al destino indicado.

CIF = COSTO, SEGURO Y FLETE

Es un término similar al CFR, pero en este caso, el vendedor también debe contratar un seguro maríti-mo para la mercancía del comprador.

CPT = TRANSPORTE PAGADO HASTA115

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Es un término equivalente al CFR, pero que se uti-liza para el transporte que no sea marítimo.

CIP = TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO HASTA

Es un término equivalente a CIF, pero se utiliza para el transporte que no sea marítimo.

DAF = ENTREGADO EN LA FRONTERA

El vendedor cumple con sus obligaciones, cuando la mercancía para su exportación se pone a disposi-ción del comprador, antes del punto fronterizo aduanero de destino.

DES = ENTREGADO EX NAVE

Término usado normalmente para el envío de mer-cancías por vía marítima. El comprador actúa cuan-do la nave llega al punto de destino indicado.

DEQ = ENTREGADO EX MUELLE

Término utilizado también normalmente para en-víos por vía marítima. El comprador actúa en el muelle del punto de destino indicado.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

DDU = ENTREGADO CON LOS DERECHOS ADUANEROS NO PAGADOS

Cuando el vendedor se encarga de todo lo necesario para entregar la mercancía en el lugar convenido, a excepción del desaduanamiento en el país de des-tino.

DDP = ENTREGADO CON LOS DERECHOS ADUANEROS PAGADOS.

Significa que el vendedor se hace cargo de todo, in-cluyendo los procedimientos necesarios para el des-pacho de la mercancía y el pago de los derechos aduaneros.

EXPLICACION A LAS CLAUSULAS DE COMPRA Y VENTA O INCOTERMS

EX FABRICA

También recibe el nombre de en factoría, en plantación, en almacén o bien podemos encontrar su denominación inglesa Ex Work. Para el objeto de nuestro análisis la utilizaremos con el nombre de Ex Fábrica. (Vale decir En Fábrica). Este término significa que la única responsabilidad del vendedor es poner las mercancías a disposición del comprador en su establecimiento, esto es, en la

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fábrica. En particular el no es responsable por cargar las mercaderías sobre el vehículo suministrado por el comprador, salvo acuerdo en contrario. El comprador debe asumir en consecuencia todos los gastos y riesgos inherentes al transporte de las mercancías de este punto y hasta el lugar de destino. Esta obligación representa así la obligación mínima para el vendedor.En otras palabras, la cláusula de compra y venta Ex Fabrica es el precio de las mercancías puestas en la fábrica por parte del vendedor y el comprador por tanto, deberá asumir todos los gastos restantes, tanto internos en el país del vendedor como los externos de flete internacional y de seguro si lo contratase.

Obligaciones del vendedor.

De acuerdo con los términos de la cláusula Ex Fábrica, el vendedor deberá:

a.- Entregar la mercadería de acuerdo con los términos del contrato de venta, suministrando todas las pruebas de conformidad requeridas por el mismo contrato.b.- Poner la mercadería a disposición del comprador dentro de los plazos estipulados en el contrato, en el punto de entrega en el lugar convenido habitualmente previsto para la entrega

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de esta clase de mercadería y para su carga sobre los vehículos suministrados por el comprador.c.- Proveer por su cuenta, si hubiere lugar, el embalaje necesario para permitir al comprador tomar posesión de la mercadería.d.- Avisar al comprador dentro de un plazo razonable, la fecha en que la mercadería se encontrará a su disposición.e.- Asumir los gastos de las operaciones de verificación (tales como verificación de la calidad, medida, peso y recuento) necesarias para poner las mercaderías a disposición del comprador.f.- Asumir los gastos y riesgos de la mercadería hasta el momento en que haya sido puesta a disposición del comprador, dentro de los plazos previstos en el contrato.g.- Prestar al comprador, si éste lo solicita, pero por su cuenta y riesgo, toda ayuda necesaria, para obtener los documentos que se expidan en el país de despacho y/o de origen y que pueda necesitar el comprador para los propósitos de exportación o de importación (y llegado el caso para su tránsito a través de otro país)

Obligaciones del comprador.

En relación con la cláusula de compra y venta Ex Fábrica, el comprador tendrá las siguientes obligaciones:

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a.- Tomar posesión de las mercaderías tan pronto sea puesta a su disposición en el lugar y dentro de los plazos estipulados en el contrato y pagar el precio convenido.b.-Asumir todos los gastos y riesgos de la mercadería a partir del momento en que sea puesta a su disposición, siempre y cuando la mercancía haya sido individualizada en forma apropiada ,es decir, claramente separada o identificada de cualquiera otra forma que indique que se trata de la mercadería objeto del contrato.c.- Asumir los derechos o impuestos que pudieran eventualmente gravar la exportación d.- Si se ha reservado un plazo para tomar posesión de la mercadería y/o el derecho a escoger el lugar de entrega y siempre que no haya dado a tiempo las instrucciones precisas, soportar los gastos adicionales resultantes de esta situación y asumir cuanto riesgo pueda correr la mercadería a partir de la fecha de vencimiento del plazo convenido, siempre y cuando la mercadería haya sido individualizada en forma apropiada, es decir, claramente separada e identificada de cualquier forma que indique que se trata de la mercadería objeto del contrato.f.- Asumir los gastos de obtención y el costo de los documentos contemplados como documentación de embarque, incluidos los certificados de origen, licencias de exportación y los gastos consulares.

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FCA = FRANCO EN EL MEDIO DE TRANS-PORTE

Significa que el vendedor entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. Debe observarse que el lugar de entrega elegido influye en las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en ese lugar. Si la entrega tiene lugar en los locales del vendedor, éste es responsable de la carga. Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga. 

A. Obligaciones del vendedor

A1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato.

El vendedor debe suministrar la mercancía y la fac-tura comercial, o su mensaje electrónico equivalen-te, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

A2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y ex-pensas, cualquier licencia de exportación u otra au-torización oficial y realizar, cuando sea pertinente,

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todos los trámites aduaneros necesarios para la ex-portación de las mercancías.

A3 Contrato de transporte y seguro.

a) Contrato de transporte. Ninguna obligación. Sin embargo, si es requerido por el comprador o si es práctica comercial y el comprador no da instrucciones en sentido contrario con la debida antelación, el vendedor puede contra-tar el transporte en las condiciones usuales, a riesgo y expensas del comprador. En cualquier caso, el vendedor puede rehusar concluir el contrato y, en ese caso, lo comunicará rápidamente al comprador.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A4 Entrega

El vendedor debe entregar la mercancía al transpor-tista o a otra persona designada por el comprador, o elegida por el vendedor de conformidad con A3 a), en el lugar convenido y en la fecha o dentro del pe-ríodo acordado para la entrega.

La entrega se completa: a) si el lugar acordado es el local del vendedor, cuando la mercancía ha sido cargada en el medio de transporte proporcionado por el transportista de-signado por el comprador o por otra persona que

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actúa por su cuenta.

b) Si el lugar acordado es cualquier otro diverso de a), cuando la mercancía se pone a disposición del transportista o de otra persona designada por el comprador, o elegida por el vendedor de conformi-dad con A3 a), en los medios de transporte del ven-dedor no descargados.

Si no se ha designado ningún punto específico den-tro del lugar acordado, y si hay diversos puntos dis-ponibles, el vendedor puede elegir el punto del lu-gar de entrega que mejor se adecúe a su convenien-cia. A falta de instrucciones precisas del compra-dor, el vendedor puede entregar la mercancía para el transporte en la forma que lo requiera el modo de transporte y/o la cantidad y/o la naturaleza de la mercancía.

A5 Transmisión de riesgos

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

A6 Reparto de gastos

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:

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todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entrega-da de conformidad con A4; y

cuando sea pertinente, los gastos de los trá-mites aduaneros, así como los derechos, im-puestos y demás cargas exigibles a la expor-tación

A7 Aviso al comprador

El vendedor debe dar al comprador aviso sufi-ciente de que las mercancías han sido entrega-das según A4. Si el transportista no recibe la entrega de conformidad con A4 en el momento acordado, el vendedor debe avisar al comprador al respecto.

A8 Prueba de la entrega, documento de trans-porte o mensaje electrónico equivalente.

El vendedor debe, a sus propias expensas, pro-porcionar al comprador, la prueba usual de la entrega de las mercancías de conformidad con A4.

Salvo que el documento mencionado en el pá-rrafo anterior sea el documento de transporte, el vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda pre-cisa para conseguir un documento de transporte

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para el contrato de transporte (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una car-ta de porte marítimo no negociable, un docu-mento de navegación interior, una carta de por-te aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de transporte multimodal). Si el vendedor y el comprador han acordado co-municarse electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sus-tituido por un mensaje de intercambio electró-nico de datos (EDI) equivalente.

A9 Comprobación - embalaje- marcado

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar a sus propias expensas el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico enviar las mercancías descritas en el contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía, en la medida en que las circunstancias relativas al transporte (por ejemplo modalidades, destino) sean dadas a conocer al vendedor antes de la conclusión del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado

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A10 Otras obligaciones

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje elec-trónico equivalente (diverso de aquellos menciona-dos en A8) emitido o transmitido en el país de en-trega y/o de origen que el comprador pueda reque-rir para la importación de la mercancía y, si es ne-cesario, para su tránsito por cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a pe-tición de este último, la información necesaria para obtener un seguro.

"B" Obligaciones del Comprador.

B1 Pago del precio.

El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa.

B2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinen-te, todos los trámites aduaneros para la importación de las mercancías y para su tránsito por cualquier país.

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B3 Contrato de transporte.

a) Contrato de transporte El comprador debe contratar, a sus propias expen-sas, el transporte de la mercancía desde el lugar convenido, excepto cuando el contrato de transpor-te es concertado por el vendedor tal como se prevé en A3 a). b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B4 Recepción de la entrega.El comprador debe recibir la entrega de la mercan-cía cuando haya sido entregada de conformidad con A4.

B5 Transmisión de riesgos.

El comprador debe correr con todos los riesgos de pérdida y daño de las mercancías.

desde el momento en que haya sido entrega-da de conformidad con A4; y

desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración de cualquier plazo acordado para la entrega, bien porque no haya designado al transportista o la parte designada por el comprador no se hacen cargo de la mercan-cía en el momento acordado, o porque el comprador omite dar aviso suficiente con

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arreglo a B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determi-nada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

B6 Reparto de gastos.

El comprador debe pagar:

todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que haya sido entrega-da de conformidad con A4; y

cualquier gasto adicional contraído, bien porque no designa al transportista o a otra persona nombrada de conformidad con A4 o bien porque la parte designada por el comprador no se hace cargo de la mercan-cía en el momento acordado, o porque no da el aviso suficiente de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

cuando sea pertinente, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los gastos para realizar los trámites aduaneros

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exigibles a la importación de la mercancía y en su tránsito por cualquier país.

B7 Aviso al vendedor.

El comprador debe dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre de la parte designada según A4 y, cuando sea necesario, especificar el modo de trans-porte, así como la fecha o plazo dentro del que debe entregársele la mercancía y, llegado el caso, el punto dentro del lugar en que las mercancías debe-rían ser entregadas a aquella parte.

B8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente.

El comprador debe aceptar la prueba de la entrega, de acuerdo con A8.

B9 Inspección de la mercancía.

El comprador debe pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.

B10 Otras obligaciones.

El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y

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reembolsar aquéllos en que haya incurrido el ven-dedor al prestar su ayuda al respecto y al contratar el transporte de conformidad con A3 a). El comprador debe dar al vendedor las instruccio-nes adecuadas cuando se requiera la ayuda de éste último para contratar el transporte de conformidad con A3 a).

CLAUSULA F A S

En relación con esta cláusula de compra y venta, su significado en inglés es Free Along Side Ship o Free At Side (Libre al costado del buque o libre al costado).De acuerdo con el último término, las obligaciones del vendedor se cumplen cuando las mercaderías han sido entregadas al costado de la nave, sobre el muelle o en lanchones. Esto significa que el comprador debe, a partir de este momento, asumir por su cuenta y riesgo la pérdida o los daños de la mercadería. En otras palabras, el vendedor fija el precio de las mercancías al costado de la nave.

Obligaciones del vendedor.

Para dar cumplimiento a la cláusula FAS, el vendedor deberá:

a.- Entregar las mercaderías de acuerdo a los términos del contrato de venta, suministrando todas

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las pruebas de conformidad requeridas por el mismo contrato.b.- Entregar la mercadería al costado del buque en el lugar de carga designado por el comprador en el puerto de embarque convenido, según sea la forma habitual en el puerto, en la fecha o dentro del plazo convenido, y avisar sin demora al comprador de que la mercadería ha quedado entregada al costado de la nave.c.- Prestar al comprador, si éste lo solicita, pero por su cuenta y riesgo, toda la ayuda necesaria para obtener la licencia de exportación o cualquier otra autorización gubernamental necesaria para la exportación de la mercadería.d.- Asumir todos los gastos y riesgos de la mercadería al momento en que efectivamente sea puesta al costado de la nave en el puerto de embarque convenido, incluido los gastos de todo trámite que deba cumplir para entregar la mercadería al costado de la nave.e.- Proveer por su cuenta el embalaje usual de la mercadería a menos que sea costumbre en el mercado enviar el producto sin embalar.f.- Asumir los gastos de las operaciones de verificación (tales como verificación de la calidad, medida, peso y recuento), necesarias para la entrega de la mercadería al costado de la nave.g.- Suministrar por su cuenta el documento usual limpio que certifique claramente la entrega de la mercadería al costado de la nave.

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h.- Suministrar al comprador, siempre que éste así lo solicite y lo pague, el certificado de origen.i.- Prestar al comprador, si éste lo solicita, pero por su cuenta y riesgo, toda la ayuda necesaria para obtener los documentos de embarque y los que se expidan en el país de despacho y/o origen (excepto el conocimiento de embarque y /o los documentos consulares) que pueda necesitar el comprador para la importación de la mercadería al país de destino (y llegado el caso para su tránsito a través de otro país)

Obligaciones del comprador.

En relación con la cláusula FAS, el comprador deberá cumplir lo siguiente:

a.- Dar aviso oportunamente al vendedor del nombre del buque, del lugar de carga y de la fecha de entrega.b.- Asumir todos los gastos y riesgos de la mercadería a partir del momento en que ésta haya sido entregada efectivamente al costado de la nave, en el puerto de embarque.c.- Si la nave por él señalada no se presenta oportunamente o no puede cargar la mercadería o termina de cargar antes de la fecha convenida ,soportar todos los gastos adicionales causados y asumir cuanto riesgo pueda correr la mercadería a partir del momento en que el

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vendedor la haya puesto a disposición del comprador, siempre y cuando la mercadería haya sido individualizada en forma apropiada, es decir, claramente separada o identificada de cualquier otra forma que indique que se trata de la mercadería objeto del contrato.d.- Si el no ha señalado oportunamente el nombre del buque o si se ha reservado un plazo para tomar posesión de la mercadería y/o el derecho a escoger el puerto de embarque y siempre que no haya dado tiempo a instrucciones precisas, soportar todos los gastos adicionales causados y asumir cuanto riesgo pueda correr la mercadería a partir de la fecha de vencimiento del plazo convenido para la entrega, siempre y cuando la mercadería haya sido individualizada en forma apropiada ,es decir, claramente separada o identificada de cualquier otra forma que indique que se trata de la mercadería objeto del contrato.e.- Asumir los gastos de obtención y el costo de los documentos de embarque.

CLAUSULA DE COMPRA Y VENTA FOB

Esta cláusula de compra y venta significa en inglés Free On Board que en castellano se traduce como Libre a bordo. Al respecto bajo éste término el vendedor cotiza su precio que cubre todos los gastos hasta la entrega de las mercancías a bordo de la nave, en el puerto de embarque. En otras

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palabras, el vendedor fija su precio hasta la puesta de las mercaderías sobre la nave.

Obligaciones del vendedor.

Al haberse pactado la compra y venta en cláusula FOB, el vendedor deberá:

a.- Pagar todos los gastos incurridos en la colocación efectiva de la mercadería a bordo de la nave designada por el comprador en la fecha y dentro del plazo convenido.b.- Hacer entrega de un conocimiento de embarque limpio, es decir, sin reparos, donde conste que la mercadería fue embarcada dentro de los términos y períodos ya indicados.c.- Hacerse responsable de cualquier pérdida o daño que pudiera sufrir la mercadería antes de que ésta haya sido puesta a bordo de la nave.d.- Prestar ayuda al comprador, a solicitud de éste y a expensas del mismo, para la obtención de documentos expedidos en el país de origen o de embarque, que el comprador pudiese necesitar para efectos de la importación hacia el país de destino de las mercaderías.

Obligaciones del comprador.

En relación con la cláusula FOB el comprador deberá:

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

a.-Dar aviso oportuno del nombre de la nave, fecha de zarpe, puerto de embarque y fecha en que debe hacerse la entrega de las mercaderías a dicho buque.

b.-Asumir todos los costos adicionales que sean inherentes al embarque de la mercadería y todos los riesgos desde el momento en que el vendedor las coloca a su disposición, si es que el buque deja de llegar o cargar dentro del plazo estipulado.c.-Manejar todos los movimientos sub-siguientes de la mercadería hasta su llegada al puerto de destino.d.-Asumir la responsabilidad de cualquier pérdida o daño después que la mercadería haya sido puesta abordo de la nave.e.-Pagar todos los costos y gastos incurridos en la obtención de los documentos distintos del Conocimiento de Embarque Limpio, emitidos en el país de origen o puerto de embarque ,los que pueden ser requeridos para fines de importación en el lugar de destino.

CFR. CLAUSULA DE COMPRA COSTO Y FLETE

Esta cláusula de compra y venta se traduce en inglés como Cost And Freight. (Costo y Flete). Bajo este término el vendedor cotiza o fija su

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precio que incluye el costo de transporte al punto de destino. En otras palabras, el vendedor fija el precio de las mercaderías, considerando el costo de las mismas y el flete internacional de ellas.

Obligaciones del vendedor.

De acuerdo con la cláusula de compra Costo y Flete, el vendedor deberá:

a.- Proveer y cancelar el transporte al puerto de destino acordado.b.- Pagar los derechos de exportación o cualquier otro impuesto o cargo, si los hubiese, causados en virtud de la exportación.c.- Obtener y despachar prontamente al comprador el conocimiento de embarque limpio que cubre el transporte de la mercadería hasta llegar a su lugar de destino.d.- Cuando se haya requerido el conocimiento de embarque, “A bordo”, deberá responsabilizarse de las pérdidas o daños, o de ambos, hasta que la mercadería haya sido entregada a la custodia del buque.e.- Suministrar a solicitud y a expensas del comprador, certificados de origen, facturas consulares o cualquier otro documento.

Obligaciones del comprador.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

En relación con esta cláusula de compra y venta, el comprador deberá:

a.- Aceptar los documentos cuando le sean presentados.b.- Hacerse cargo de las mercaderías a su llegada, manejar y pagar todos los movimientos sub siguientes de la mercadería, incluyendo su recepción desde el buque, de acuerdo con las cláusulas y términos del conocimiento de embarque; pagar todos los costos de desembarque, incluyendo derechos aduaneros, impuestos, porteo y, cualquier otro gasto en el puerto de destino previsto.c.- Proveer y pagar el seguro de las mercaderías, si lo hubiese contratado.d.- Hacerse responsable de pérdidas o daños, desde el momento y lugar en que hayan cesado las obligaciones del vendedor.Para protección del vendedor, éste deberá hacer estipular en el contrato de venta que el seguro marítimo, obtenido por el comprador, incluya la cláusula normal sobre seguro de bodega a bodega, más 60 días de estadía en almacenes de aduana.

CLAUSULA DE COMPRA Y VENTA C.I.F.

Al respecto esta cláusula de compra y venta en su significación inglesa se traduce como Cost-Insurance and Freigth, que significa en castellano,

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Costo Seguro y Flete. En estos términos, el vendedor cotiza un precio incluyendo el costo de las mercaderías, el seguro y todos los gastos de transporte hasta el puerto de destino o de descarga. En otras palabras, el vendedor fija el precio de las mercaderías tomando en cuenta el costo, el seguro y el flete.

Obligaciones del vendedor.

De acuerdo con esta cláusula de compra y venta, el vendedor deberá:a.- Proveer y pagar el flete de transporte hasta el puerto de descarga.b.- Pagar los derechos de exportación u otros impuestos o cargos, si los hubiese, causados a raíz de la exportación o venta.c.- Tomar un seguro “contra todo riesgo, incluso guerra o huelga”, según sea obtenible en el mercado del vendedor en el momento del embarque.d.- Proveer y pagar el seguro marítimo o aéreo según corresponda.e.- Proceder prontamente al despacho de todos los documentos que sean inherentes a la venta incluido por supuesto el conocimiento de embarque, limpio a bordo, la póliza de seguro contra todo riesgo y la factura comercial de origen que cubra la mercadería misma.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Obligaciones del comprador.

Con respecto a la cláusula CIF, el comprador deberá:

a.- Aceptar los documentos cuando se le presenten, suponiendo que estos cumplen con las exigencias hechas al vendedor.b.- Alzar discrepancias o aceptarlas, siempre que ello no perjudique al comprador.c.- Hacerse cargo de las mercaderías a su arribo; manejar y pagar todos los gastos sub-siguientes de la misma, incluyendo su recepción desde el buque o avión, de acuerdo a las cláusulas de fletamento; pagar todos los costos de descarga, incluyendo derechos de aduana, impuestos, porteos y otros gastos que se produzcan hasta la llegada de la mercadería a bodega.

CLAUSULA DE COMPRA CPT = TRANS-PORTE PAGADO HASTA.

Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él; pero, además, que debe pagar los costes del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste contraídos después de que la mercancía haya sido así entregada.

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El término CPT exige que el vendedor despache la mercancía de aduana para la exportación.

"A" Obligaciones del vendedor.

A 1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato

El vendedor debe suministrar la mercancía y la fac-tura comercial, o su mensaje electrónico equivalen-te, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

A 2 Licencias, autorizaciones y formalidades

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

A 3 Contrato de transporte y seguro

a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar en las condiciones usuales a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al punto acordado en el lugar convenido, por la ruta usual y en una forma acostumbrada. Si ningún punto se ha acordado o no lo determina la

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lu-gar de destino convenido que mejor se adecúe a su conveniencia.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A 4 Entrega

El vendedor debe entregar la mercancía al transpor-tista contratado de conformidad con A3 a) o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador, para el transporte hasta el punto acordado en el lugar con-venido, y en la fecha o dentro del período acorda-dos.

A 5 Transmisión de riesgos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4.

“B” Obligaciones del comprador

B1 Pago del precio

El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa.

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B 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinen-te, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país.

B 3 Contrato de transporte.

a) Contrato de transporte Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B 4 Recepción de la entrega.

El comprador debe aceptar la entrega de la mercan-cía cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del transportista en el lugar conveni-do.

B 5 Transmisión de riesgos.

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, si no da aviso con arreglo a

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

B7, correr con todos los riesgos de la mercancía desde la fecha de expiración del período fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el con-trato, es decir, claramente puesta aparte o identifi-cada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

B 6 Reparto de gastos.

El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3, pagar:

todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que ha sido entregada de acuerdo con A4; y

todos los gastos y cargas relativos a la mer-cancía mientras está en tránsito hasta su lle-gada al lugar de destino convenido, salvo que tales gastos y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transpor-te; y

los gastos de descarga, salvo que esos costes y cargas fueran por cuenta del vendedor se-gún el contrato de trasporte; y

todos los gastos adicionales contraídos en relación con la mercancía, si no da aviso con arreglo a B7, desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fi-

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jado para la expedición, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debida-mente determinada según el contrato, es de-cir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y

cuando sea pertinente 7, todos los derechos, impuestos y demás cargas, así como los costes para realizar los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país, salvo que estén incluidos dentro de los costes previs-tos en el contrato de transporte.

B 7 Aviso al vendedor

El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.

B 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

El comprador debe aceptar el documento de trans-porte de acuerdo con A8, si es conforme al contra-to.

CLAUSULA CIP = TRANSPORTE Y SEGU-RO PAGADO HASTA.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del trans-portista designado por él mismo pero, debe pagar, además, los costes del transporte necesario para lle-var la mercancía al destino convenido. Esto signifi-ca que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro coste adicional que se produzca des-pués de que la mercancía haya sido así entregada. No obstante, bajo el término CIP el vendedor tam-bién debe conseguir un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.

Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima del seguro.

El comprador debe observar que, según el término CIP, se exige al vendedor conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea tener la protección de una cobertura mayor, necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar un seguro complementario.

"A" Obligaciones del vendedor.

A 1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato.

El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de

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compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

A 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación u otra autorización oficial y llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.

A 3 Contrato de transporte y seguro.

a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al punto acordado del lugar de destino convenido, por una ruta usual y en la forma acos-tumbrada. Si un punto no se ha acordado o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto del lugar de destino convenido que mejor se adecúe a su conveniencia.

b) Contrato de seguro El vendedor debe obtener, a sus propias expensas, un seguro de la carga según lo acordado en el con-trato, que faculte al comprador o a cualquier otra persona que tenga un interés asegurable sobre la mercancía, para reclamar directamente al asegura-dor, debiendo además proporcionar al comprador la póliza de seguro u otra prueba de la cobertura del

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seguro. El seguro será contratado con aseguradores o con una compañía de seguros de buena reputación y, a falta de acuerdo expreso en contrario, será confor-me a la cobertura mínima prevista por las cláusulas sobre facultades del Instituto de Aseguradores de Londres (Institute of London Underwriters) o con cualquier conjunto de cláusulas similar. La dura-ción de la cobertura del seguro habrá de estar de acuerdo con B5 y B4. A petición del comprador y a sus expensas, el ven-dedor proporcionará, un seguro contra los riesgos de guerras, huelgas, motines y disturbios civiles en el contrato más un diez por ciento (esto es, 110%) y será concertado en la moneda del contrato.

A 4 Entrega.

El vendedor debe entregar la mercancía al transpor-tista contratado de conformidad con A3 a) o, si hay transportistas sucesivos, al primer porteador, para su transporte hasta el punto acordado del lugar con-venido, en la fecha o dentro del período acordado.

A 5 Transmisión de riesgos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4.

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A 6 Reparto de gastos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:

todos los gastos relacionados con la mer-cancía hasta el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4, así como el flete y todos los demás costes resultantes de A3 a), incluidos los de cargar la mercan-cía y cualquier gasto de descarga en el lugar de destino que fuera por cuenta del vende-dor según el contrato de transporte; y

los gastos del seguro resultantes de A3 b); y

cuando sea pertinente, los costes de los trá-mites aduaneros necesarios para la exporta-ción, así como todos los derechos, impues-tos y demás cargas exigibles a la exporta-ción y por el tránsito de la mercancía por cualquier país, si fueran por cuenta del ven-dedor según el contrato de transporte.

A 7 Aviso al comprador.

El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido entregada de conformi-dad con A4, así como cualquier otra información que precise el comprador para adoptar las medidas

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

normalmente necesarias que le permitan recibir la mercancía.

A 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a ex-pensas del primero, si es costumbre, el documento o los documentos de transporte (por ejemplo, un conocimiento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de na-vegación interior, una carta de porte aéreo, un alba-rán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de trans-porte multimodal) para el transporte contratado de conformidad con A3. Si el vendedor y el comprador han acordado comu-nicarse electrónicamente, el documento a que se re-fiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.

A 9 Comprobación - embalaje – marcado. El vendedor debe pagar los gastos de aquellas ope-raciones de verificación (como comprobar la cali-dad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de conformidad con A4.

El vendedor debe proporcionar, a sus propias ex-pensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico enviar la mercancía descrita en el

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contrato sin embalar) requerido para el transporte de la mercancía ordenado por él. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

A 10 Otras obligaciones.

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje elec-trónico equivalente (diverso de aquellos menciona-dos en A8) emitido o transmitido en el país de ex-pedición y/o de origen, que el comprador pueda re-querir para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a pe-tición de este último, la información necesaria para obtener cualquier seguro complementario.

"B" Obligaciones del comprador.

B 1 Pago del precio.

El comprador debe pagar el precio según lo dis-puesto en el contrato de compraventa.

B 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinen-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

te, todos los trámites aduaneros para la importación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país.

B 3 Contrato de transporte.

a) Contrato de transporte Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B 4 Recepción de la entrega.

El comprador debe aceptar la entrega de la mercan-cía cuando haya sido entregada de conformidad con A4 y recibirla del trasportista en el lugar conveni-do.

B 5 Transmisión de riesgos.

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de conformidad con A4. El comprador debe, si no da aviso con arreglo a B7, soportar todos los riesgos sobre la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expira-ción del período fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debida-mente determinada según el contrato, es decir, cla-

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ramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

6 Reparto de gastos.

El comprador debe, con sujeción a las previsiones de A3, pagar:

todos los gastos relativos a al mercancía desde el momento en que haya sido entrega-da de acuerdo con A4; y

todos los costes y cargas relativos a la mer-cancía mientras está en tránsito y hasta su llegada al lugar de destino convenido, salvo que tales costes y cargas fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transpor-te; y

los costes de descarga, salvo que esos costes y cargas fueran por cuenta del vendedor se-gún el contrato de transporte; y

todos los gastos adicionales contraídos en relación con la mercancía, si no da aviso según B7, desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la expedición, siempre que, no obstan-te, la mercancía haya sido debidamente de-terminada según el contrato, es decir, clara-mente puesta aparte o identificada de otro

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modo como la mercancía objeto del contra-to; y

cuando sea pertinente, todos los derechos, impuesto y demás cargas, así como los cos-tes para llevar a cabo los trámites aduaneros exigibles a la importación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país, salvo que estén previstos como tales en el contrato de transporte.

B 7 Aviso al vendedor.

El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la mercancía y/o el destino, dar aviso suficiente al vendedor al respecto.

B 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

El comprador debe aceptar el documento de trans-porte de acuerdo con A8, si es conforme al contra-to.

CLAUSULA DAF = ENTREGADO EN LA FRONTERA

Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador sobre los medios de transporte utilizados y no des-cargados, en el punto y lugar de la frontera conve-

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nida, pero antes de la aduana fronteriza del país co-lindante, debiendo esta la mercancía despachada de exportación pero no de importación. El término "frontera" puede usarse para cualquier frontera, in-cluida la del país de exportación. Por lo tanto, es de vital importancia que se defina exactamente la frontera en cuestión, designando siempre el punto y el lugar convenidos a continuación del término DAF.

No obstante, si las partes desean que el vendedor se responsabilice de la descarga de la mercancía de los medios de transporte utilizados y asuma los riesgos y costes de descarga, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa.

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte cuando la mercancía deba entregarse en una frontera terrestre. Cuando la en-trega deba tener lugar en el puerto de destino, a bordo de un buque o en un muelle (desembarcade-ro), deben usarse los términos DES o DEQ.

"A" Obligaciones del vendedor.

A 1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato.

El vendedor debe suministrar la mercancía y la fac-tura comercial, o su mensaje electrónico equivalen-te, de acuerdo con el contrato de compraventa, así

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

A 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y ex-pensas, cualquier licencia de exportación u otra au-torización oficial, así como cualquier otro docu-mento necesario para poner la mercancía a disposi-ción del comprador. El vendedor debe llevar a cabo, cuando sea perti-nente, todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía hasta el lugar de en-trega convenido en la frontera y para su tránsito a través de cualquier país.

A 3 Contrato de transporte y seguro.

a) Contrato de transporte i) El vendedor debe contratar, a sus propias expen-sas, el transporte de la mercancía al punto conveni-do, si lo hay, en el lugar de entrega en la frontera. Si no se designó un punto en el lugar de entrega convenido en la frontera o no lo determina la prác-tica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de entrega convenido que mejor se adecúe a su conveniencia. ii) Sin embargo, si lo solicita el comprador, el ven-dedor puede concertar el contrato en las condicio-nes usuales, a riesgo y expensas del comprador, para el transporte sucesivo de la mercancía más allá

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del lugar acordado en la frontera y hasta el destino final en el país de importación designado por el comprador. El vendedor puede rechazar concluir tal contrato, en cuyo caso deberá avisar prontamen-te al comprador al respecto.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación

A 4 Entrega.

El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en los medios de transporte utiliza-dos y no descargados, en el lugar de entrega conve-nido en la frontera y en la fecha o dentro del perío-do acordado.

A 5 Transmisión de riesgos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4.

A 6 Reparto de gastos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:

además de los gastos resultantes de A3 a), todos los gastos relativos a la mercancía

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

hasta el momento en que haya sido entrega-da de acuerdo con A4; y

cuando sea pertinente, los gastos de los trá-mites aduaneros necesarios para la exporta-ción, así como todos los derechos, impues-tos y demás cargas exigibles a la exporta-ción de la mercancía y por su tránsito por cualquier país antes de la entrega de acuer-do con A4.

A 7 Aviso al comprador.

El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del envío de la mercancía al lugar convenido en la frontera, así como cualquier otra información que precise el comprador para adoptar las medidas nor-malmente necesarias que le permitan recibir la en-trega de la mercancía.

A 8 Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente.

i) El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas del primero, el documento usual u otra prueba de la entrega de la mercancía en el lugar convenido en la frontera, conforme a A3 a) i). ii) El vendedor debe, si las partes han acordado el transporte sucesivo más allá de la frontera de acuerdo con A3 a) ii), proporcionar al comprador, a petición, riesgo y por cuenta de este último, el

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documento de transporte de puerta a puerta normalmente obtenido en le país de expedición, que cubra, en las condiciones usuales, el transporte de la mercancía desde el punto de envío en ese país hasta el lugar de destino final en el país de importación designado por el comprador.

Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electrónicamente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.

A 9 Comprobación - embalaje – marcado.

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas ope-raciones de verificación (como comprobar la cali-dad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de acuerdo con A4. El vendedor debe proporcionar, a sus propias ex-pensas, el embalaje (a menos que se haya acordado o sea usual en el tráfico específico entregar la mer-cancía descrita en el contrato sin embalar) requeri-do para al entrega de la mercancía en la frontera y para el transporte posterior, en la medida en que las circunstancias (por ejemplo, modalidades, destino) sean dadas a conocer al vendedor antes de la con-clusión del contrato de compraventa. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

A 10 Otras obligaciones.

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y a expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje elec-trónico equivalente (diverso de aquellos menciona-dos en A8) emitido o transmitido en el país de ex-pedición y/o de origen que el comprador pueda re-querir para la importación de la mercancía y, si fuera necesario, para su tránsito por cualquier país. El vendedor debe proporcionar al comprador, a pe-tición suya, la información necesaria para obtener un seguro.

"B" Obligaciones del comprador.

B 1 Pago del precio.

El comprador debe pagar el precio según lo dis-puesto en el contrato de compraventa.

B 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial, así como cualesquiera otros documentos, y llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la im-portación de la mercancía, y para su transporte pos-terior.

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B 3 Contrato de transporte.

a) Contrato de transporte Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B 4 Recepción de la entrega.

El comprador debe recibir la entrega de la mercan-cía cuando se haya entregado de acuerdo con A4.

B 5 Transmisión de riesgos.

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4. El comprador debe, si no da aviso con arreglo a B7, correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la entre-ga, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido correctamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

B 6 Reparto de gastos.

El comprador debe pagar:

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todos los gastos relacionados con la mer-cancía desde el momento en que haya sido entregada conforme a A4, incluyendo los gastos de descarga necesarios para recibir la entrega de la mercancía, a la llegada de los medios de transporte utilizados, en el lugar de entrega convenido en la frontera; y

todos los gastos adicionales contraídos, por no recibir la entrega de la mercancía cuando ha sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mer-cancía objeto del contrato; y

cuando sea pertinente, el gasto de los trámi-tes aduaneros, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la im-portación de la mercancía y por su transpor-te posterior.

B 7 Aviso al vendedor.

El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del período acorda-do, y/o el punto de recepción de la entrega en el lu-gar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

B 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

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El comprador debe aceptar el documento de trans-porte y/u otra prueba de la entrega, de acuerdo con A8.

B 9 Inspección de la mercancía.

El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.

B 10 Otras obligaciones.

El comprador debe pagar todos los gastos y cargos contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquéllos en que haya incurrido el ven-dedor al prestar su ayuda al respecto.

Si fuere necesario y de acuerdo con A3 a) ii), el comprador debe proporcionar al vendedor, a peti-ción de éste y a riesgo y por cuenta del comprador, la autorización del control de cambios, los permi-sos, otros documentos o copias certificadas de los mismos, o la dirección del destino final de la mer-cancía en el país de importación con objeto de con-seguir el documento de transporte de puerta a puer-ta o cualquier otro documento previsto en A8 ii).

CLAUSULA DES = ENTREGADO EX NAVE

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador a bordo del buque, no despachada de aduana para la importación, en el puerto de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costes y ries-gos inherentes al llevar la mercancía al puerto de destino acordado con anterioridad a la descarga. Si las partes desean que el vendedor asuma los costes y riesgos de descargar la mercancía, debe usarse el término DEQ.

El término DES puede usarse únicamente cuando la mercancía deba entregarse a bordo de un buque en el puerto de destino, después de un transporte por mar, por vía de navegación interior o por un trans-porte multimodal.

"A" Obligaciones del vendedor.

A 1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato. El vendedor debe suministrar la mercancía y la fac-tura comercial, o su mensaje electrónico equivalen-te, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

A 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y ex-pensas, cualquier licencia de exportación u otra au-torización oficial, así como cualesquiera otros do-

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

cumentos y llevar a cabo, cuando sea pertinente, to-dos los trámites aduaneros necesarios para al ex-portación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país.

A 3 Contrato de transporte y seguro.

a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar, por su propia cuenta, el transporte de la mercancía al punto convenido, si lo hay, en el puerto de destino convenido. Si no se acuerda un punto o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el puerto de des-tino convenido que mejor se adecúe a su conve-niencia.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A 4 Entrega.

El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador a bordo del buque, en el punto de descarga mencionado en A3 a), del puerto de des-tino convenido, en la fecha o dentro del período acordado, de modo que puedan ser levantadas del buque por medios de descarga apropiados a la natu-raleza de la mercancía.

A 5 Transmisión de riesgos.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4.

A 6 Reparto de gastos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:

además de los costes resultantes de A3 a), todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entrega-da de acuerdo con A4; y

cuando sea pertinente, los gastos de los trá-mites aduaneros necesarios para la exporta-ción, así como todos los derechos, impues-tos y demás cargas exigibles a la exporta-ción de la mercancía y por su tránsito por cualquier país antes de la entrega de acuer-do con A4.

A 7 Aviso al comprador.

El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del momento estimado de llegada del buque desig-nado conforme a A4, así como cualquier otra infor-mación que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía.

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A 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el docu-mento de transporte usual (por ejemplo, un conoci-miento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navega-ción interior o un documento de transporte multi-modal) que autorice al comprador a reclamar la mercancía al transportista en el puerto de destino.

Si el vendedor y el comprador han acordado comu-nicarse electrónicamente, el documento a que se re-fiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.

A 9 Comprobación - embalaje – marcado.

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas ope-raciones de verificación (como comprobar la cali-dad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de acuerdo con A4.

El vendedor debe proporcionar, a sus propias ex-pensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico entregar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

10 Otras obligaciones.

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje elec-trónico equivalente (diverso de aquellos menciona-dos en A8) emitido o transmitido en el país de ex-pedición y/o de origen que el comprador pueda re-querir para la importación de la mercancía.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a pe-tición de éste, la información necesaria para obte-ner un seguro.

"B" Obligaciones del comprador.

B 1 Pago del precio.

El comprador debe pagar el precio según lo dis-puesto en el contrato de compraventa.

B 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación y otra autorización oficial y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesarios para la importación de la mercancía.

B 3 Contrato de transporte. a) Contrato de transporte

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B 4 Recepción de la entrega.

El comprador debe recibir la entrega de la mercan-cía cuando se haya entregado de acuerdo con A4.

B 5 Transmisión de riesgos.

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, si no da aviso con arreglo a B7, correr con todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la entre-ga, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

B 6 Reparto de gastos.

El comprador debe pagar:

todos los gastos relacionados con la mer-cancía desde el momento en que haya sido

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

entregada de acuerdo con A4, incluyendo los gastos de las operaciones de descarga necesarias para recibir la entrega de la mer-cancía desde el buque; y

todos los gastos adicionales contraídos si omite recibir la entrega de la mercancía cuando hayan sido puestas a su disposición de acuerdo con A4, o si no da aviso de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

cuando sea pertinente, los gastos de los trá-mites aduaneros así como todos los dere-chos, impuestos y demás cargas exigibles a la importación de la mercancía.

B 7 Aviso al vendedor.

El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del período acorda-do, y/o el punto de recepción de la entrega en el puerto de destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

A 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

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El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte de acuerdo con A8.

B 9 Inspección de la mercancía.

El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.

B 10 Otras obligaciones.

El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquéllos en que haya incurrido el ven-dedor al prestar su ayuda al respecto.

CLAUSULA DEQ = ENTREGADO EX MUE-LLE.

Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador, sin despachar de aduana para la importación, en el muelle (desembarcadero) del puerto de destino convenido. El vendedor debe asumir los costes y riesgos ocasionados al llevar la mercancía al puerto de destino convenido y al descargar la mercancía sobre muelle (desembarcadero).

El término DEQ exige del comprador el despacho aduanero de la mercancía para la importación y el

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

pago de todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la importación.

Si las partes desean incluir entre las obligaciones del vendedor todos o parte de los costes exigibles a la importación de la mercancía, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas en ese sentido en el contrato de compraventa.

Este término puede usarse únicamente cuando la mercancía sea entregada, después de su transporte por mar, por vías de navegación interior o por transporte multimodal, y descargada del buque so-bre muelle (desembarcadero) en el puerto de des-tino convenido. Sin embargo, si las partes desean incluir en las obligaciones del vendedor los riesgos y costes de la manipulación de la mercancía desde el muelle a otro lugar (almacén, terminal, estación de transporte, etc.) dentro o fuera del puerto, debe-rían usar los términos DDU o DDP

"A" Obligaciones del vendedor.

A 1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato.

El vendedor debe suministrar la mercancía y la fac-tura comercial, o su mensaje electrónico equivalen-te, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

A 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y ex-pensas, cualquier licencia de exportación u otra au-torización oficial, así como cualesquiera otros do-cumentos y llevar a cabo, cuando sea pertinente, to-dos los trámites aduaneros para la exportación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país.

A 3 Contrato de transporte y seguro.

a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar a sus propias expensas el transporte de la mercancía al muelle (desembar-cadero) convenido del puerto de destino convenido. Si no se acordó un muelle (desembarcadero) espe-cífico o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el muelle (desembarcadero) del puerto de destino convenido que mejor se adecúe a su con-veniencia.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A 4 Entrega.

El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador en el muelle (desembarcadero) men-cionado en A3 a), en la fecha o dentro del período acordado.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

A 5 Transmisión de riesgos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4.

A 6 Reparto de gastos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:

además de los costes resultantes de A3 a), todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entrega-da sobre muelle (desembarcadero) de acuer-do con A4; y

cuando sea pertinente, los gastos de los trá-mites aduaneros necesarios para la exporta-ción, así como todos los derechos, impuesto y demás cargas exigibles a la exportación de la mercancía y por su tránsito por cual-quier país antes de la entrega.

A 7 Aviso al comprador.

El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente del momento estimado de llegada del buque desig-nado de acuerdo con A4, así como cualquier otra información que precise el comprador para adoptar

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

las medidas normalmente necesarias que le permi-tan recibir la entrega de la mercancía.

A 8 Documento de transporte o mensaje electróni-co equivalente.

El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el docu-mento de transporte usual (por ejemplo, un conoci-miento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navega-ción interior o un documento de transporte multi-modal) que le autorice a recibir la mercancía y reti-rarla del muelle (desembarcadero). Si el vendedor y el comprador han acordado comunicarse electróni-camente, el documento a que se refiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de in-tercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.

A 9 Comprobación - embalaje – marcado.

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas ope-raciones de verificación (como comprobar la cali-dad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de acuerdo con A4. El vendedor debe proporcionar por su propia cuen-ta el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico entregar la mercancía descrita en el con-trato sin embalar) requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecua-damente.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

A 10 Otras obligaciones.

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje elec-trónico equivalente (diverso de aquellos menciona-dos en A8) emitido o transmitido en el país de ex-pedición y/o de origen que el comprador puede re-querir para la importación de la mercancía. El vendedor debe proporcionar al comprador, a pe-tición de éste, la información necesaria para obte-ner un seguro.

"B" Obligaciones del comprador.

B 1 Pago del precio.

El comprador debe pagar el precio según lo dis-puesto en el contrato de compraventa.

B 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación o auto-rización oficial, así como cualesquiera otros docu-mentos, y realizar, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros para la importación de la mer-cancía.

B 3 Contrato de transporte.

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a) Contrato de transporte Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B 4 Recepción de la entrega.

El comprador debe recibir la entrega de la mercan-cía cuando se haya entregado de acuerdo con A4.

B 5 Transmisión de riesgos.

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, si no da aviso con arreglo a B7, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fe-cha de expiración del período fijado para la entre-ga, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

B 6 Reparto de gastos.

El comprador debe pagar:

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

todos los gastos relacionados con la mer-cancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4, incluyendo cualquier coste de manipulación de la mer-cancía en el puerto para su transporte o de-pósito posteriores en un almacén o terminal; y

todos los gastos adicionales contraídos si no recibe la entrega de la mercancía cuando haya sido puesta a su disposición de acuer-do con A4, o si no da aviso de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identifica-da de otro modo como la mercancía objeto del contrato; y

cuando sea pertinente, el coste de los trámi-tes aduaneros, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la im-portación de la mercancía y por su transpor-te posterior.

B 7 Aviso al vendedor.

El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del período acorda-do, y/o el punto de recepción de la entrega en el puerto de destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

B 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte de acuerdo con A8.

B 9 Inspección de la mercancía.

El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.

B 10 Otras obligaciones.

El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquéllos en que haya incurrido el ven-dedor al prestar su ayuda al respecto.

CLAUSULA DDU = ENTREGADO CON LOS DERECHOS ADUANEROS NO PAGADOS.

Significa que el vendedor realiza la entrega la mer-cancía al comprador, no despachada de aduana para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino conveni-do. El vendedor debe asumir todos los costes y riesgos contraídos al llevar la mercancía hasta aquel lugar, diversos de, cuando sea pertinente, cualquier "derecho" (término que incluye la respon-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

sabilidad y los riesgos de realizar los trámites adua-neros, y pagar los trámites, derechos de aduanas, impuestos y otras cargas) exigible a la importación en el país de destino. Ese "derecho" recaerá sobre el comprador, así como cualquier otro coste y ries-go causados por no despachar oportunamente la mercancía para la importación.

Sin embargo, si las partes desean que el vendedor realice los trámites aduaneros y asuma los costes y riesgos que resulten de ellos, así como algunos de los costes exigibles a la importación de la mercan-cía, deben dejarlo claro añadiendo expresiones ex-plícitas en ese sentido en el contrato de compraven-ta.

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, pero cuando la entrega deba tener lugar en el puerto de destino a bordo del buque o sobre muelle (desembarcadero), deben en-tonces usarse los términos DES o DEQ.

"A" Obligaciones del vendedor.

A 1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato.

El vendedor debe suministrar la mercancía y la fac-tura comercial, o su mensaje electrónico equivalen-te, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

A 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y ex-pensas, cualquier licencia de exportación u otra au-torización oficial así como cualesquiera otros docu-mentos, y llevar a cabo, cuando sea pertinente, to-dos los trámites aduaneros necesarios para la ex-portación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país.

A 3 Contrato de transporte y seguro.

a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al lugar de destino convenido. Si no se acuerda un punto concreto o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de destino convenido que me-jor se adecúe a su conveniencia.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A 4 Entrega.

El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador o de otra persona designada por és-te, sobre los medios de transporte utilizados y no descargados, a su llegada al lugar de destino conve-nido, en la fecha o dentro del período acordado para la entrega.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

A 5 Transmisión de riesgos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4.

A 6 Reparto de gastos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:

además de los costes resultantes de A3 a), todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entrega-da de acuerdo con A4; y

cuando sea pertinente, los gastos de los trá-mites aduaneros necesarios para la exporta-ción, así como todos los derechos, impues-tos y demás cargas exigibles a la exporta-ción de la mercancía y por su tránsito por cualquier país antes de la entrega de acuer-do con A4.

A 7 Aviso al comprador.

El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cual-quier otra información que precise el comprador

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía.

A 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el docu-mento de transporte usual (por ejemplo, un conoci-miento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navega-ción interior, una carta de porte aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de trans-porte multimodal) que pueda requerir el comprador para recibir la entrega de la mercancía de acuerdo con A4/B4. Si el vendedor y el comprador han acordado comu-nicarse electrónicamente, el documento a que se re-fiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.

A 9 Comprobación - embalaje – marcado.

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas ope-raciones de verificación (como comprobar la cali-dad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de acuerdo con A4.

El vendedor debe proporcionar, a sus propias ex-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

pensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico entregar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

A 10 Otras obligaciones.

El vendedor debe prestar al comprador, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje elec-trónico equivalente (diverso de aquellos menciona-dos en A8) emitido o transmitido en el país de ex-pedición y/o de origen que el comprador pueda re-querir para la importación de la mercancía. El vendedor debe proporcionar al comprador, a pe-tición de este, la información necesaria para obte-ner un seguro.

"B" Obligaciones del comprador.

B 1 Pago del precio.

El comprador debe pagar el precio según lo dis-puesto en el contrato de compraventa.

B 2 Licencias, autorizaciones y formalidades. El comprador debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial así como cualesquiera otros do-cumentos, y realizar, cuando sea pertinente todos

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

los trámites aduaneros necesarios par la importa-ción de la mercancía.

B 3 Contrato de transporte.

a) Contrato de transporte Ninguna obligación.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B 4 Recepción de la entrega. El comprador debe recibir la entrega de la mercan-cía cuando se haya entregado según A4.

B 5 Transmisión de riesgos. El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4. El comprador debe, si no cumple sus obligaciones de acuerdo con B2, soportar los riesgos adicionales de pérdida o daño de la mercancía contraídos por tal causa. El comprador debe, si no da aviso de acuerdo con B7, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fe-cha de expiración del período fijado para la entre-ga, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

B 6 Reparto de gastos. El comprador debe pagar:

todos los gastos relacionados con la mer-cancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y

todos los gastos adicionales contraídos si no cumple sus obligaciones de acuerdo con B2, o si no da aviso de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido de-bidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identifica-da de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

cuando sea pertinente, los gastos de los trá-mites aduaneros, así como todos los dere-chos, impuestos y demás cargas exigibles a la importación de la mercancía.

B 7 Aviso al vendedor. El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del período acorda-do y/o el punto de recibir la entrega en el lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al res-pecto.

A 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

El comprador debe aceptar la orden de entrega o el 185

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

documento de transporte apropiado de acuerdo con A8.

B 9 Inspección de la mercancía.

El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.

B 10 Otras obligaciones. El comprador debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en A10 y reembolsar aquéllos en que haya incurrido el ven-dedor al prestar su ayuda al respecto.

CLAUSULA DDP = ENTREGADO CON LOS DERECHOS ADUANEROS PAGADOS.

Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada par la impor-tación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido.

El vendedor debe soportar todos los costes y ries-gos contraídos al llevar la mercancía hasta aquel lu-gar, incluyendo, cuando sea pertinente, cualquier "derecho" (término que incluye la responsabilidad y los riesgos para realizar los trámites aduaneros, y

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

el pago de los trámites, derechos de aduanas, im-puestos y otras cargas) exigibles a la importación en el país de destino.

Mientras que el término EXW representa la menor obligación para el vendedor, DDP representa la obligación máxima.

Este término no debe usarse si el vendedor no pue-de, ni directa ni indirectamente, obtener la licencia de importación.

Sin embargo, si las partes desean excluir de las obligaciones del vendedor algunos de los costes exigibles a la importación de la mercancía (como el impuesto de valor añadido: IVA), deben dejarlo claro incluyendo expresiones explícitas en ese sen-tido en el contrato de compraventa.

Si las partes desean que el comprador asuma todos los riesgos y costes de la importación, debe usarse el término DDU.

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, pero cuando la entrega deba tener lugar en el puerto de destino a bordo del buque o sobre muelle (desembarcadero) deben usarse los términos DES o DEQ.

"A" Obligaciones del vendedor.

A 1 Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato. El vendedor debe suministrar la mercancía y la fac-

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

tura comercial, o su mensaje electrónico equivalen-te, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

A 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El vendedor debe obtener, a su propio riesgo y ex-pensas, cualesquiera licencias de exportación e im-portación y otra autorización oficial, así como cua-lesquiera otros documentos, y llevar a cabo, cuando sea pertinente, todos los trámites aduaneros necesa-rios para la exportación de la mercancía, para su tránsito por cualquier país y su importación.

A 3 Contrato de transporte y seguro.

a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía a lugar de destino convenido. Si no se acuerda ningún punto específi-co o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto del lugar de destino convenido que mejor se adecúe a su conveniencia.

b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

A 4 Entrega.El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador o de otra persona designada por el

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

comprador, sobre los medios de transporte utiliza-dos y no descargados, a su llegada al lugar de des-tino convenido, en la fecha o dentro del período acordado para la entrega.

A 5 Transmisión de riesgos.

El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4.

A 6 Reparto de gastos. El vendedor debe, con sujeción a las previsiones de B6, pagar:

además de los gastos resultantes de A3 a), todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entrega-da de acuerdo con A4; y

cuando sea pertinente, los costes de los trá-mites aduaneros necesarios para la exporta-ción e importación, así como todos los dere-chos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación e importación de la mercan-cía y por su tránsito por cualquier país antes de la entrega de acuerdo con A4.

A 7 Aviso al comprador. El vendedor debe dar al comprador aviso suficiente de la expedición de la mercancía, así como cual-

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quier otra información que precise el comprador para adoptar las medidas normalmente necesarias que le permitan recibir la entrega de la mercancía.

A 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente. El vendedor debe proporcionar al comprador, por cuenta del primero, la orden de entrega y/o el docu-mento de transporte usual (por ejemplo, un conoci-miento de embarque negociable, una carta de porte marítimo no negociable, un documento de navega-ción interior, una carta de porte aéreo, un albarán de envío por ferrocarril, una nota de entrega de transporte por carretera o un documento de trans-porte multimodal) que pueda requerir el comprador para recibir la entrega de la mercancía de acuerdo con A4/B4. Si el vendedor y el comprador han acordado comu-nicarse electrónicamente, el documento a que se re-fiere el párrafo anterior puede ser sustituido por un mensaje de intercambio electrónico de datos (EDI) equivalente.

A 9 Comprobación - embalaje – marcado.

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas ope-raciones de verificación (como comprobar la cali-dad, medida, peso, recuento) necesarias al objeto de entregar la mercancía de acuerdo con A4.

El vendedor debe proporcionar, a sus propias ex-

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pensas, el embalaje (a menos que sea usual en el tráfico específico entregar la mercancía descrita en el contrato sin embalar) requerido para la entrega de la mercancía. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

A 10 Otras obligaciones.

El vendedor debe pagar todos los gastos y cargas contraídos para obtener los documentos o mensajes electrónicos equivalentes mencionados en B10 y reembolsar aquéllos en que haya incurrido el com-prador al prestar su ayuda al respecto.

El vendedor debe proporcionar al comprador, a pe-tición suya, la información necesaria para obtener un seguro.

"B" Obligaciones del comprador.

B 1 Pago del precio. El comprador debe pagar el precio según lo dis-puesto en el contrato de compraventa.

B 2 Licencias, autorizaciones y formalidades.

El comprador debe prestar al vendedor, a petición, riesgo y a expensas de este último, la ayuda precisa para obtener, cuando sea pertinente cualquier licen-cia de importación u otra autorización oficial nece-saria para la importación de la mercancía.

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B 3 Contrato de transporte.

a) Contrato de transporte Ninguna obligación. b) Contrato de seguro Ninguna obligación.

B 4 Recepción de la entrega.

El comprador debe recibir la entrega de la mercan-cía cuando se haya entregado de acuerdo con A4.

B 5 Transmisión de riesgos.

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4.

El comprador debe, si omite cumplir sus obligacio-nes de acuerdo con B2, soportar los riesgos adicio-nales de pérdida o daño de la mercancía provoca-dos por tal causa. El comprador debe, si omite dar aviso según B7, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de expiración del período fijado para la entrega, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido debidamente determinada según el contrato, es de-cir, claramente puesta aparte o identificada de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

B 6 Reparto de gastos.

El comprador debe pagar:

todos los gastos relacionados con la mer-cancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4; y

todos los gastos adicionales contraídos si no cumple sus obligaciones de acuerdo con B2, o si no da aviso de acuerdo con B7, siempre que, no obstante, la mercancía haya sido de-bidamente determinada según el contrato, es decir, claramente puesta aparte o identifica-da de otro modo como la mercancía objeto del contrato.

B 7 Aviso al vendedor.

El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del período acorda-do, y/o el punto de recepción de la entrega en el lu-gar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

A 8 Prueba de la entrega, documento de transpor-te o mensaje electrónico equivalente.

El comprador debe aceptar la orden de entrega o el documento de transporte apropiado de acuerdo con A8.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

B 9 Inspección de la mercancía.

El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.

B 10 Otras obligaciones.

El comprador debe prestar al vendedor, a petición, riesgo y expensas de este último, la ayuda precisa para obtener cualquier documento o mensaje elec-trónico equivalente, emitido o transmitido en el país de importación, que el vendedor pueda reque-rir para poner la mercancía a disposición del com-prador de acuerdo con este término.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

V PARTE

Capítulo 13

“EL MERCOSUR”

A contar del 01 de octubre de 1996 Chile se inserta definitivamente en el Mercado Común del Sur, más conocido como MERCOSUR, todo gracias a que el día 25 de junio de 1996, los presidentes de Argentina, Brasil, Uruguay Paraguay y Chile firmaron en la ciudad de San Luis, Argentina, el Acuerdo de Complementación Económica, que inserta a Chile como socio del Mercosur y que el senado de la República ratificara el 10 de septiembre del año 1996.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Para evitar confusiones es conveniente clarificar que el acuerdo no hace a Chile miembro del Mercado Común del Sur, sino que socio de éste, por cuanto solamente crea una zona de libre comercio a la cual Chile se ha incorporado. En base a esta solución nuestro país evitó el perder el manejo de su arancel único y parejo con el exterior y, por otra parte, no lo hace dependiente de los demás miembros para determinar su política económica.El MERCOSUR significa que: Cuando se habla de integración económica a nosotros los latinoamericanos pudiese significar que algo nuevo se encuentra en ciernes, sin embargo la era de los bloques económicos se remonta a tiempos atrás, quizás con el término de la Segunda Guerra Mundial, los países sintieron la necesidad de aliarse por zonas y enfrentar el comercio exterior como bloques económicos.Latinoamérica puede mostrar en este aspecto, algunos procesos de integración como por ejemplo El Pacto Andino, La Asociación Latinoamericana de Libre Comercio ALALC que dio paso a lo que se conoce como ALADI (Asociación Latinoamericana de Integración).Durante estas últimas décadas el mundo ha sufrido una serie de cambios, siendo la caída del muro de Berlín, quizás el hito más importante al respecto, toda vez que significó el comienzo de la apertura a nivel mundial del comercio.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

UN POCO DE HISTORIA

Grandes bloques han surgido desde el término de la Segunda Guerra Mundial a la fecha, La Unión Europea, El Nafta, la APEC, todos con la finalidad de encontrar espacios económicos más amplios.Dijimos anteriormente que América Latina había conocido el Tratado de Montevideo de 1980 y La Asociación Latinoamericana de Integración ALADI, que tenían como objetivo iniciar un proceso de integración a nivel regional, pero los cambios que sucedían en el mundo hacía necesario una actuación más rápida acorde con los nuevos tiempos.Fueron los presidentes de Argentina, Raúl Alfonsín y Brasil, José Sarney, quienes vislumbraron la posibilidad de iniciar un proceso de integración económica, mediante acuerdos de unión y complementación. Esto sucedió por el año 1986 cuando se firma el PICE (Programa de Intercambio Comercial y Económico), el que se complementó en el año 1990 mediante la firma de un acuerdo de liberalización económica entre ambos países, y cuyo propósito era establecer una zona de Unión Económica.En el acuerdo de 1990 se establecía un programa gradual de eliminación de aranceles y se pretendía llegar al arancel cero en el año 1994.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

En el mes de marzo de 1991, se integran al acuerdo Uruguay y Paraguay, firmándose el tratado de Asunción que da inicio al Mercado Común del Sur. (Mercosur)Con fecha 25 de junio de 1996, Chile suscribe con los cuatro países miembros del Mercosur, el Acuerdo de Complementación Económica, que crea una zona de libre comercio, la cual terminaría de completarse en un plazo de 10 años.

PRINCIPALES TERMINOS UTILIZADOS EN MERCOSUR.

ZONA DE LIBRE COMERCIO.Es denominada así cuando se suprimen todos los impuestos a la importación y todas las restricciones cuantitativas de todos los bienes. Los aranceles y la independencia para establecer sus políticas comerciales con terceros países sigue siendo prerrogativa de cada país miembro.Cuando un grupo de países forma una zona de libre comercio surge un problema de control para evitar que los bienes del resto del mundo gocen de las preferencias del acuerdo indebidamente. Esto lleva al establecimiento del concepto de denominación de origen.

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Page 199: Introducción al Comercio Exterior

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

UNION ADUANERA.

Surge cuando se suprimen todas las tarifas de internación y todas las restricciones cuantitativas de todos los bienes, y se adopta simultáneamente un arancel externo común para las importaciones provenientes de países no miembros del bloque, lo que se denomina política comercial unificada.

MERCADO COMUN.Se origina cuando dos o más naciones forman una unión aduanera y adicionan la libertad de movimiento de todos los factores de producción, entre ellos los servicios financieros.

UNION ECONOMICA.La figura más completa de integración se produce cuando a un mercado común se agrega el requisito de armonizar todas las políticas fiscales, monetarias y socioeconómicas entre los miembros.

ARANCEL EXTERNO COMUN.

Surge cuando los países miembros de un bloque acuerdan que todos impondrán los mismos aranceles a los países que no estén en el bloque, de modo que no sea relevante cual de los miembros sea el importador de un bien o servicio.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

PATRIMONIO HISTORICO.

Conjunto de preferencias arancelarias que tenía Chile con cada uno de los miembros del Mercosur antes del acuerdo de asociación

PREFERENCIAS ARANCELARIAS.

Rebajas porcentuales de aranceles que un país concede a otro y que en conjunto constituyen un programa de liberación comercial.

PRODUCTOS SENSIBLES. Bienes que cada país protege del libre comercio y cuya rebaja arancelaria es más lenta que la del resto.

RECIPROCIDAD.

El que todos los productos tengan el mismo tratamiento en ambas partes, es decir, que sean sensibles para los dos o excepciones para los dos.

REGLAS DE ORIGEN.

Requisitos para que un producto se beneficie de una preferencia arancelaria

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Se determina en base a los componentes del producto, debiendo incluir un porcentaje determinado de contenido regional.

SALVAGUARDIA.

Medida extraordinaria que puede tomar un país, que implica suspender alguna preferencia arancelaria cuando existe un daño grave a su producción nacional a raíz de los menores aranceles.

TASA ESTADISTICA.Gravamen con que Argentina afecta a todas sus importaciones, además del AEC.

RESUMEN DEL ACUERDO MERCOSUR.

El hecho de que Chile se inserte como socio del Mercosur, implicó la firma del acuerdo de complementación económica con sus socios. Este acuerdo se puede resumir en los siguientes títulos:

TITULO I

REGIMEN DE ORIGEN.

Se beneficiarán del programa de liberación comercial:

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Los productos elaborados con insumos no regionales, siempre que resulten de un proceso de transformación sustancial que les confiera nueva individualidad, medida por un salto de partida.Si no se cumple esta condición se exigirá “contenido regional “del 60% de los insumos originarios de Chile y/o del Mercosur.Se han definido además requisitos específicos de origen, similares e idénticos a los vigentes en ALADI.

TITULO IV

TRIBUTOS INTERNOS.

En materia de impuestos, tasas u otros tributos internos, las partes se remitirán a lo dispuesto en el GATT de 1994.

TITULO V

PRACTICAS DESLEALES AL COMERCIO.

Aplicabilidad de medidas anti dumping y compensatorias de subsidios en conformidad con las legislaciones nacionales y consistentes con el GATT/OMC.No podrán aplicarse con objeto de sólo restringir corrientes de comercio.

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Page 203: Introducción al Comercio Exterior

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

TITULO VI

DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEL CONSUMIDOR.

Las partes contratantes desarrollarán acciones conjuntas para establecer normas y compromisos específicos a fin de:Otorgar al comercio recíproco un tratamiento no menos favorable que el que se concede a los productos nacionales en ese aspecto relacionados con la defensa de los consumidores.

TITULO VII

SALVAGUARDIAS

Definición y puesta en vigencia de un régimen de medidas de salvaguardia a contar del 1ª de enero de 1997.Con anterioridad a esa fecha no se aplicarán salvaguardias a las concesiones negociadas en el presente acuerdo.

TITULO VIII

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

REGIMEN DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS.

Negociación directa entre las partes.Paneles de expertos.Procedimiento arbitral entrará en vigor al inicio del cuarto año de vigencia del acuerdo.

TITULO IX

VALORACION ADUANERA.

A Partir del 1º de enero de 1997 el código de valoración aduanera de la OMC regula el régimen de valoración aduanera aplicado a las partes en su comercio recíproco.Chile no incluirá nuevos productos en su sistema de bandas de precios, ni modificará el mecanismo de su aplicación de manera de no deteriorar las condiciones de acceso para el Mercosur.

TITULO X

NORMAS TECNICAS, MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS.

Las partes contratantes expresan su interés en evitar que las medidas sanitarias y fitosanitarias se constituyan en obstáculos injustificados al comercio recíproco.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Deberán compatibilizarse las normas y reglamentos técnicos y procedimientos de inspección, control y evaluación de conformidad.

Deberán definirse en plazos breves las reglamentaciones de tránsito hacia y desde terceros países o entre las partes contratantes para productos agropecuarios y agroindustriales.

TITULO XI

INCENTIVOS A LAS EXPORTACIONES.

Las partes se atenderán a los compromisos asumidos en la OMC.Antes de 12 meses se efectuará un relevamiento y un examen de los incentivos vigentes en cada una de las partes signatarias del acuerdo.Los productos que incorporen en su fabricación insumos importados temporalmente o bajo régimen de Draw Back no se beneficiarán del acuerdo después del quinto año de su entrada en vigencia.

TITULO XII

INTEGRACION FISICA.

Facilitación del tránsito de personas y mercancías.Desarrollo y mejoramiento de interconexiones bioceánicas e intra-zona.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Las partes signatarias suscriben un protocolo de integración física que consagra compromiso de ejecutar un programa coordinado de inversiones en obras de infraestructura física.

TITULO XIII

SERVICIOS.

Las partes promoverán la liberación, expansión y diversificación progresiva del comercio de servicios e iniciarán los trabajos tendientes a definir un programa de liberación para los sectores de servicios objeto de comercio.

TITULO XIV

TRANSPORTE.

Se facilitará el tránsito de bienes y personas entre las partes.No se aplicarán restricciones a personas ni bienes en el tránsito hacia terceros países.Se reconoce el Convenio de Transporte Internacional terrestre del Cono Sur y demás acuerdos celebrados entre las partes o de interés común.

TITULO XV

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

INVERSIONES.

Los acuerdos bilaterales sobre protección y promoción de inversiones suscritos entre Chile y los estados miembros del Mercosur mantendrán su plena vigencia.

TITULO XVI

DOBLE TRIBUTACION.

A fin de estimular las inversiones recíprocas, las partes procurarán celebrar acuerdos para evitar la doble tributación.

TITULO XVII

PROPIEDAD INTELECTUAL.

Las partes se regirán por el acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (trips) de la OMC.

TITULO XVIII

COOPERACION CIENTIFICA TECNOLOGICA.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Se desarrollarán acciones conjuntas para la ejecución de proyectos de cooperación para investigación científica y tecnológica.Intercambio de conocimientos y de resultados de investigaciones.Intercambio de informaciones sobre tecnología, patentes y licencias.Investigación conjunta para el desarrollo de nuevos productos, de técnicas de fabricación de administración de la producción y de gestión tecnológica.

TITULO XX

DISPOSICIONES GENERALES.-

Este acuerdo deja sin efecto preferencias y aspectos normativos de acuerdos anteriores suscritos en el marco de ALADI entre las partes.Las preferencias especiales otorgadas por Chile a Paraguay en ALADI (NAM) mantendrán su vigencia.Cuando una de las partes celebre un acuerdo comercial no previsto en el Tratado de Montevideo 80, deberá:Informar a la otra parte y ofrecer negociar en un plazo de 90 días condiciones equivalentes a las otorgadas y recibidas de manera global.Si no hay acuerdo se negociarán compensaciones equivalentes en un plazo de 90 días.

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Page 209: Introducción al Comercio Exterior

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

De persistir el desacuerdo, la parte afectada podrá acudir al mecanismo de solución de controversias del acuerdo.

Capítulo 14

ACUERDOS Y TRATADOS COMERCIALES.

Los acuerdos comerciales no son otra cosa que contratos entre dos o más países mediante los cuales se regulan materias estrictamente comerciales, como por ejemplo reducir o eliminar los derechos de importación para ciertos productos procedentes de esos países.Los tratados de acuerdo con el derecho internacional es un acuerdo concluido entre dos naciones soberanas o por una nación y una organización internacional. La facultad de concertar tratados es un atributo es-encial de la soberanía.Los Tratados concluidos en forma correcta son obligatorios para los signatarios, que deben adherir-se de buena fe. Para que los tratados tengan validez se deben dar las siguientes condiciones:

1. Ambas partes deben poseer la capacidad necesaria para concertar tratados.

2. Los plenipotenciarios que los negocien de-ben estar autorizados de la forma conve-niente y actuar con completa libertad.

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Page 210: Introducción al Comercio Exterior

EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Un tratado no es válido si ha existido amenaza o fuerza que violen los principios del derecho inter-nacional consagrado en la carta de las naciones.

Contenidos de un acuerdo.El contenido de un acuerdo dependerá de la finali-dad que busquen los estados y que pueden ser ili-mitadas.Al respecto podemos encontrar diferentes tipos de acuerdos entre los que se distinguen entre otros los siguientes:

Adquisición de un territorio extranjero. Cesión de territorio propio. Delimitación y rectificación de fronteras. Promesa de ayuda recíproca. Garantías de inversiones exteriores. Extradición de personas acusadas por deli-

tos. Acuerdos económicos. Etc.

Los acuerdos o tratados pueden ser:

1. Bilaterales2. Multilaterales (derechos humanos, derechos

del mar).3. Privilegios e inmunidades diplomáticas.

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Page 211: Introducción al Comercio Exterior

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Los tratados multilaterales constituyen la base para la formación de organizaciones internacionales, de-terminación de funciones y potestades.

Tipos de Tratados.Los Tratados pueden ser políticos o comerciales.

Políticos (mutua defensa). No serán válidos si violan la Carta de las Naciones Unidas), por ejemplo cuando se acuerda que una de las partes será neutral.

Preservación de las fronteras existentes. Comerciales. Son los que regulan cuestio-

nes económicas, como reducción de arance-les para productos importados que procedan de la otra parte del acuerdo.

Los Tratados Comerciales.Un tratado comercial es un acuerdo entre distintos países para concederse determinados beneficios de forma mutua.

Conclusión de los tratados.El derecho internacional no prescribe una forma preestablecida para la conclusión de los tratados como tampoco un procedimiento específico para ello. Por los tanto:

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Page 212: Introducción al Comercio Exterior

EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

1. Puede ser firmado por funcionarios autori-zados y concluido por intermedio de un in-tercambio de notas diplomáticas.

2. Por la firma de una o más copias del texto que supongan el consentimiento de los res-pectivos gobiernos.

3. Por la ratificación por cada una de las par-tes, de manera que una vez se alcanza el acuerdo sobre el texto definitivo y firmado este, se propone a la ratificación por parte del congreso o autoridad en que recaiga su ratificación

Término y vigencia de un Tratado.

Los tratados pierden su vigencia por:

1. Establecer el propio tratado un plazo de du-ración determinado.

2. Por comunicación de una de las partes a la otra.

3. Por incumplimiento unilateral de una de las partes.

4. Por no darse las circunstancias que se die-ron para cuando se firmó el tratado (por ejemplo una crisis mundial en la economía internacional).

Las reglas del derecho internacional sobre celebra-ción, validez, efectos, interpretación, suspensión y

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Page 213: Introducción al Comercio Exterior

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

término de vigencia de los tratados internacionales fueron codificadas en la Convención de Viena del año1969

ACUERDOS SUSCRITOS POR CHILE.

ACUERDOS COMERCIALES EN VIGOR

1. Acuerdos multilaterales.

País miembro de la OMC. Fecha de suscripción: 01 enero 1995. (Parte contratante del GATT 1947 desde 16 marzo 1949).

2. Acuerdos de libre comercio.

China 18 noviembre 2005. AELC 26 junio 2003. Corea del Sur 15 febrero 2003. Costa Rica, El Salvador (Chile-

Centroamérica) 18 octubre 1999. Estados Unidos 06 junio 2003. Japón 27 marzo 2007. México (ACE 41) 17 abril 1998. Canadá 05 diciembre1996. MERCOSUR (ACE 35) 25 junio 1996.

3. Acuerdos de asociación económica.

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Page 214: Introducción al Comercio Exterior

EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

P-4 (Brunei - Nueva Zelanda - Singapur) 18 julio 2005

Unión Europea (UE) 18 noviembre 2002.

4. Acuerdos de alcance parcial.

India 08 marzo 2006. Perú (ACE 38) 22 junio 1998. Ecuador (ACE 32) 20 diciembre 1994. Colombia (ACE 24) 06 diciembre 1993. Venezuela (ACE 23) 02 abril 1993. Bolivia (ACE 22) 06 abril 1993. Argentina (ACE 16) 02 agosto 1991.

5. ACUERDOS COMERCIALES SUSCRITOS (aún no vigentes).

Acuerdos de libre comercio

Colombia  27 noviembre 2006. Panamá 27 junio 2006. Perú 22 agosto 2006

TRATADOS BILATERALES DE INVERSIÓN.

Acuerdo Par-te(s)

Fecha de Sus-cripción

Entrada en vigencia

Alemania 21 octubre 1991 18 junio 1999

Argentina 02 agosto 1991 27 febrero 1995 214

Page 215: Introducción al Comercio Exterior

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Australia 09 julio 1996 18 noviembre 1999

Austria 08 setiembre 1997 17 noviembre 2000

Bélgica 15 julio 1992 05 agosto 1999

Bolivia 22 setiembre 1994 21 julio 1999

Brasil 22 marzo 1994 n.a.

ChinaColombia

23 marzo 1994 22 enero 2000

14 octubre 1995 n.a.

Corea 06 setiembre 1996 16 setiembre 1996

Costa Rica 11 julio 1996 08 julio 2000

Croacia 28 noviembre 1994 31 julio 1996

Cuba 10 enero 1996 30 setiembre 2000

Dinamarca 28 mayo 1993 30 diciembre 1995

Ecuador 27 octubre 1993 21 febrero 1996

Egipto 05 agosto 1999 n.a.

El Salvador 08 noviembre 1996 18 noviembre 1991

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Page 216: Introducción al Comercio Exterior

EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

España 10 octubre 1991 27 abril 1994

Filipinas 20 noviembre 1995 06 noviembre 1997

Finlandia 27 mayo 1993 14 junio 1996

Francia 14 julio 1992 05 diciembre 1994

Grecia 10 julio 1996 07 marzo 2003

Guatemala 08 noviembre 1996 10 diciembre 2001

Honduras 11 noviembre 1996 10 enero 2002

Hungría 10 marzo 1997 n.a.

Indonesia 07 abril 1999 n.a.

Italia 08 marzo 1993 23 junio 1995

Líbano 13 octubre 1999 n.a

Malasia 11 noviembre 1992 04 agosto 1995

Nicaragua

Acuerdo Parte(s)

08 noviembre 1996

suscripción

10 enero 2001

vigenciaNoruega 01 junio 1993 04 noviembre

1994

Nueva Zelanda 22 julio 1999 n.a.

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Page 217: Introducción al Comercio Exterior

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Países Bajos 22 julio 1999 n.a.

Panamá 08 noviembre 1996 21 diciembre 1999

Paraguay 07 agosto 1995 16 setiembre 1997

Perú 02 febrero 2000 11 agosto 2001

Polonia 05 julio 1995 22 setiembre 2000

Portugal 28 abril 1995 24 febrero 1998

Reino Unido 08 enero 1996 23 junio 1997

República Checa 24 abril 1995 02 diciembre 1996

República Domi-nicana

28 noviembre 2000 n.a.

Rumania 04 julio 1995 27 agosto 1997

Sudáfrica 12 noviembre 1998 n.a

Suecia 24 mayo 1993 13 febrero 1996

Suiza 24 setiembre 1999 22 agosto 2002

TúnezTurquía

23 octubre 1998 21 agosto 1998

n.a.n.a.

Ucrania 30 octubre 1995 29 agosto 1997

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Page 218: Introducción al Comercio Exterior

EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Uruguay 26 octubre 1995 22 abril 1999

Venezuela 02 abril 1993 17 mayo 1994

Vietnam 16 septiembre 1999

n.a.

Tratados de Libre Comercio.

Chile – Canadá

Firmado en Santiago el 5 de diciembre de 1996, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supre-mo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 1.200, del 3 de julio de 1997 y publicado en el Dia-rio Oficial del 5 de julio del mismo año.

Corresponde a un Tratado de Libre Comercio, que regula una serie de disciplinas no tratadas en los anteriores acuerdos comerciales suscritos por el país, obedeciendo a un esquema de tratados de nue-va generación.

Está dividido en cinco partes: la primera contiene aspectos generales, objetivos y definiciones; la se-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

gunda, se refiere al comercio de bienes, la regula-ción del acceso de bienes al mercado, las reglas de origen, los procedimientos aduaneros y las medidas de emergencia; la tercera, aborda el comercio trans-fronterizo de servicios, telecomunicaciones, com-petencia, monopolios y empresas del Estado y la entrada de personas de negocios; la cuarta parte comprende a materias relativas a instituciones y ad-ministración del tratado, derechos antidumping y solución de controversias; en tanto que la quinta, regula las excepciones generales y especiales como: seguridad nacional, balanza de pagos, divulgación de información, temas industriales y culturales.Para acceder a trato preferencial, las siguientes mercancías se consideran originarias:

Las totalmente obtenidas o enteramen-

te producidas en territorio de una o

ambas partes, entre las que se com-

prende a las provenientes de los reinos

mineral, vegetal y animal, desechos y

desperdicios derivados de la produc-

ción, bienes obtenidos del espacio ex-

traterrestre y las producidas sólo a par-

tir de materiales originarios.

Los bienes producidos con materiales

no originarios, siempre que cumplan

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Page 220: Introducción al Comercio Exterior

EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

con los requisitos específicos de ori-

gen, consistentes en cambio de clasifi-

cación arancelaria, valor de contenido

regional o una combinación de ambos,

los que están establecidos para cada

producto en el anexo respectivo.

El tratado establece el sistema de autocertificación del origen, lo que significa que el certificado res-pectivo es emitido por el productor o exportador de la mercancía, en el formato establecido de acuerdo a las instrucciones de llenado contenidas en el mis-mo. Su vigencia es de cuatro años a partir de su fir-ma, debiendo el exportador o productor conservar toda la documentación relativa al origen de la mer-cancía por un plazo de 5 años. Se exceptúan de la obligación de presentar certificados de origen las importaciones de mercancías inferiores a US$ 1.000 con o sin carácter comercial, pudiendo en este último caso exigir la aduana una declaración del carácter originario de los bienes importados.

El tratado considera medios especiales de verifica-ción del origen, pudiendo concretarse a través de cuestionarios escritos dirigidos al exportador, visi-tas de verificación y otros procedimientos que acuerden las partes.

El texto contempla el establecimiento de sanciones penales, civiles y administrativas por infracciones a

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Page 221: Introducción al Comercio Exterior

INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

las leyes y reglamentaciones relacionadas con las materias referidas, en especial para el exportador que certifique de manera falsa el origen, con conse-cuencias jurídicas equivalentes a las establecidas para los importadores que realicen declaraciones o manifestaciones falsas en contravención a las leyes aduaneras.

El Tratado contempla normas especiales para:

Admisión temporal libre de arancel para los bienes que indica, fundamen-talmente: equipo profesional de perso-nas de negocios, equipos de prensa, muestras comerciales y películas pu-blicitarias, y equipo deportivo.

Los requisitos generales para su admi-sión y liberación son: ingreso en canti-dades razonables, no pueden ser objeto de venta o arriendo, debe retornar al extranjero en un plazo razonable, debe ser identificable a su salida. Además se contemplan determinados requisitos específicos para cada uno de estos bienes.

 Salida temporal de bienes al territorio de la contraparte para reparación.

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Régimen libre de arancel para impor-tación de muestras comerciales y ma-teriales de publicidad e impresos.

Aplicación íntegra del código de valo-ración aduanera a partir de la vigencia del tratado, sin reservas ni opciones

El tratado contempla un programa que comprende casi la totalidad del universo arancelario, abarcando para Chile el 92,48% de los productos, con una desgravación inmediata para más del 80% del comercio recíproco.

El resto del comercio se regula asimétricamente, con un arancel cero para todos los productos chile-nos, en un plazo máximo de 6 años, a partir de la vigencia.

Existe no obstante una lista de excepciones, espe-cialmente referida a productos lácteos y avícolas.

Mediante el primer protocolo adicional se elimina-ron para ambas partes los aranceles pactados en el tratado para una serie de productos, como: huevos de aves, excepto de gallus domesticus; arvejas se-cas para consumo animal; hilados de algodón; hila-dos de filamentos sintéticos; tejidos con filamentos sintéticos; tejidos de hilados de filamentos artificia-les; hilados de fibras sintéticas discontinuas; hila-dos de fibras artificiales discontinuas; tejidos de fi-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

bras sintéticas discontinuas; tejidos de fibras artifi-ciales discontinuas.

Chile – México

Firmado en Santiago, el 17 de abril de 1998, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 1101, del 7 de julio de 1999 y publicado en el Diario Ofi-cial el 31 de julio del mismo año. Comenzó a regir el 1 de agosto de 1999.

Este tratado de libre comercio, que reemplazó al acuerdo de complementación económica(ACE) Nº 17 -suscrito con México el 22 de septiembre de 1991, fue negociado fuera del marco de la Asocia-ción Latinoamericana de Integración, lo que lo po-siciona, junto al convenio firmado con Canadá, en el grupo de acuerdos denominados de nueva gene-ración.

Corresponde a un tratado de libre comercio, que re-gula una serie de disciplinas, en forma similar a las acordadas con Canadá.El tratado está dividido en seis partes. La primera contiene aspectos generales y definiciones; la se-gunda, referida al comercio de bienes, abarca mate-rias relacionadas con trato nacional, acceso de bienes al mercado, reglas de origen, procedimien-tos aduaneros y medidas de salvaguardia. En el Anexo 4.03 se consideran reglas de origen específi-cas. La tercera parte aborda normas técnica, como

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

las sanitarias y fitosanitarias y medidas relativas a la normalización; la cuarta parte está relacionada con inversiones, servicios y asuntos relacionados; la quinta, especifica la aplicación de derechos de propiedad intelectual y la sexta, se relaciona con disposiciones administrativas e institucionales.

 El capítulo 4 del tratado establece las reglas de ori-gen y el 5 desarrolla los procedimientos aduaneros referidos al origen.

En el tratado con México, la mayor parte del uni-verso arancelario cuenta con 100% de preferencias. Sólo 100 productos están afectos a diversos niveles de gravámenes, los que son señalados en el anexo 3-04(4). Entre ellos, algunos tienen rebajas porcen-tuales (42 productos) y otros no están afectos a nin-gún tipo de desgravación (58). Adicionalmente, hay mercancías sujetas a cupo, como las manzanas y los automóviles no originarios de la partida 8703.

Chile –China

La primera ronda de negociaciones para el tratado de libre comercio (TLC) entre Chile y China tuvo lugar en Pekín, China, del 25 al 27 de enero de 2005. La segunda ronda se realizó en Santiago de Chile, del 27 al 29 de abril. La tercera ronda se lle-vó a cabo del 28 al 30 de junio en Wuxi, China. La cuarta ronda se celebró en Santiago de Chile, del 12 al 16 de setiembre. La última ronda tuvo lugar en Pekín del 24 al 28 de octubre de 2005.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

El TLC Chile-China fue suscrito el 18 de noviem-bre de 2005. Previamente, el 2 de noviembre de 2005, Chile y China firmaron un memorándum  de entendimiento de cooperación laboral y de seguri-dad social.

El acuerdo fue aprobado por el senado de Chile y promulgado por el presidente el 9 agosto y 21 de agosto de 2006, respectivamente.

En septiembre de 2006, poco antes de que el acuer-do entrara en vigor, el presidente de Chile anunció que comenzarían las negociaciones para una segun-da fase del TLC Chile y China, con el objetivo de ampliar y complementar este acuerdo en las áreas de servicios e inversiones. De acuerdo con el ar-tículo 108 del TLC, Chile y China firmaron un acuerdo de cooperación ambiental el 20 septiembre 2007.

El 1 de octubre entró en vigor el tratado de libre comercio (TLC) entre Chile y China, gracias al cual el 92% de las exportaciones chilenas a ese país se beneficiarán con una desgravación arancelaria inmediata.Productos como el cobre y otros minerales, hortali-zas, aceites de pescado, pollos, cerdos, ciruelas, ca-marones, congelados, duraznos y nectarines fres-cos, quesos, cerezas, duraznos en conserva y pastas de tomates, serán los más beneficiados con este tra-tado. En tanto, el 50% de las importaciones chile-

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nas provenientes de China tendrán desgravación in-mediata.Gracias a este acuerdo, Chile dio un nuevo paso en su inserción en el mundo, convirtiéndose en el pri-mer país occidental en alcanzar un tratado de libre comercio (TLC) con China.Además del acceso preferencial para el 92% (des-gravación inmediata) de las exportaciones, Chile obtuvo que el restante 7% se desgrave en un plazo máximo de 10 años y sólo un 1% quedó en la lista de excepciones.De los 25 principales productos chilenos exporta-dos a China, que representan casi el 98% de todos los envíos a ese país, sólo el yodo quedo excluido, en tanto que todo el resto tendrá un acceso arance-lario preferencial desde la entrada en vigencia del acuerdo.Igualmente, este convenio abre el rango a otros productos al mercado chino, incluyendo el vino, las frutas, la horticultura, la manufactura liviana, entre muchos otros.

Este tratado viene a consolidar la extensa y diversa red de acuerdos comerciales que Chile ha suscrito, lo que permite que exportaciones chilenas ingresen a los distintos mercados con claros niveles de pre-ferencias arancelarias, al igual que las importacio-nes ingresan a Chile con régimen preferencial, dis-minuyendo sustancialmente el arancel general del 6%.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

China es el segundo socio comercial de Chile en Asia (7.134 millones de dólares, Japón es el prime-ro) y nuestro tercer socio comercial a nivel mundial (después de Estados Unidos y Japón), por lo cual se espera que con el nuevo tratado, el comercio bilate-ral continúe en la senda de crecimiento sostenido registrado en los últimos años.

Desde el 2001 a la fecha, el crecimiento se ha in-crementado una media del 20 por ciento anual, des-tacándose un 30 por ciento en 2005. Chile, por su parte, fue tercer mayor socio latinoamericano de China durante el 2005, sólo por detrás de Brasil y México.

El intercambio comercial para el período enero-agosto 2005/2006 ha aumentado en un 41%, desde los 4.451 a los 5.101 millones de dólares, mientras que la balanza comercial, no obstante ser favorable dentro del período de análisis en 842 millones de dólares, ha disminuido si se compara con igual pe-ríodo del 2005, considerando que el superávit en la balanza comercial alcanzó los 1.403 millones de dólares.

Si comparamos en el mismo período, las exporta-ciones chilenas a China, estas han registrado una variación de un 1.5%, es decir, de 2.927 a 2.972 millones de dólares.

Entre los principales productos exportados a China se destacan los minerales, que concentran el 83%

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de los productos exportados, seguidos por los pro-ductos de la madera, que representan un 7% y, por último, la harina de pescado, que representa un 4%, cubriendo esto tres rubros aproximadamente el 94% del total de las exportaciones chilenas para el período antes mencionado.

Por su parte, las importaciones desde China han re-gistrado una variación de un 40% desde los 1.523 a los 2.129 millones de dólares.

Las importaciones chinas se encuentran totalmente diversificadas, destacando entre los principales pro-ductos importados las computadoras portátiles, que representan un 4% del total. El resto de los princi-pales productos importados no supera el 15% del total de las importaciones desde China.

Finalmente, es importante destacar que el año 2005 se importaron más de 3.900 productos según ítem arancelario.

Respecto a los calendarios de desgravación arance-laria que se aplicarán tanto para las exportaciones como la las importaciones, éstos quedaron confor-mados de la siguiente forma:

A las importaciones de productos originarios chi-nos en Chile, se les aplicará un calendario de des-gravación arancelaria compuesto por las categorías inmediata, cinco años, diez años y lista de exclusio-nes; a las importaciones de productos originarios de

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Chile en China, se les aplicará un calendario de desgravación arancelaria compuesto por categorías inmediata, un año, cinco años, diez años y lista de exclusiones.

Para la aplicación de ambos calendarios de desgra-vación arancelaria se aplicará una rebaja lineal del arancel al momento de vigencia del tratado.

Inmediata: los aranceles aduaneros serán eliminados íntegramente y dichas mercancías quedarán libres de derechos a partir de la entrada en vigor de este tratado.Año 5: los aranceles aduaneros serán eliminados en cinco etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este tratado entre en vigor, y tales mercancías quedarán libres de derechos a contar del 1º de enero del año cinco.Año 10: los aranceles aduaneros serán eliminados en diez etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este tratado entre en vigor, y tales mercancías quedarán libres de derechos a contar del 1 de enero del año diez.

Chile –Estados Unidos

Antecedentes y Negociaciones.

Chile y Estados Unidos anunciaron el comienzo de negociaciones de un tratado de libre comercio el 29 de noviembre de 2000. Las negociaciones

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comenzaron el 6 - 7 de diciembre de 2000, en Washington, DC y concluyeron el 11 de diciembre de 2002. El acuerdo se firmó en Miami el 6 de junio de 2003.El TLC se aprobó en Estados Unidos a través de la Ley de Implementación del Tratado de Libre Comercio Chile-Estados Unidos, aprobada por la cámara de representantes con el número H.R. 2738 el 24 de julio de 2003 y por el senado el 31 de julio de 2003, que se transformó en la Ley No 108-77 el 3 de setiembre de 2003. El TLC se aprobó en Chile el 23 de octubre de 2003 y se implementó a través del decreto No 312. Fue necesario realizar modificaciones al texto en español, incluidas en el decreto No 149, y a la lista de desgravación arancelaria de Estados Unidos, incluidas en la publicación 3652 de la Comisión de Comercio de Estados Unidos (USITC, por sus siglas en inglés), que entraron en vigencia a través de la declaración presidencial 7746. El tratado de libre comercio Chile-EE.UU entró en vigencia el 1º de noviembre de 2004.

Salvo que se disponga otra cosa en la lista de una parte adjunta a este anexo, las siguientes categorías de eliminación arancelaria se aplicarán a la eliminación de aranceles aduaneros por cada parte conforme al artículo 3.3 (2):

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

(a) los aranceles aduaneros sobre las mercancías incluidas en las fracciones de la categoría A en la lista de una parte serán eliminados íntegramente y dichas mercancías quedarán libres de derechos a partir de la entrada en vigor de este tratado; (b) los aranceles aduaneros sobre las mercancías incluidas en las fracciones de la categoría B en la lista de una parte serán eliminados en cuatro etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este tratado entre en vigor, y tales mercancías que-darán libres de derechos a contar del 1 de enero del año cuatro; (c) los aranceles aduaneros sobre las mercancías incluidas en las fracciones de la categoría C en la lista de una parte serán eliminados en ocho etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este tratado entre en vigor, y tales mercancías que-darán libres de derechos a contar del 1 de enero del año ocho; (d) los aranceles aduaneros sobre las mercancías incluidas en las fracciones de la categoría D en la lista de una parte serán eliminados en 10 etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este tratado entre en vigor, y tales mercancías que-darán libres de derechos a contar del 1 de enero del año 10; (e) los aranceles aduaneros sobre las mercancías incluidas en las fracciones de la categoría E en la lista de una parte serán eliminados en 12 etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que

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este tratado entre en vigor, y tales mercancías que-darán libres de derechos a contar del 1 de enero del año 12; (f) las mercancías incluidas en las fracciones de la categoría F en la lista de una parte continuarán es-tando libres de derechos; (g) las mercancías incluidas en las fracciones de la categoría G mantendrán el arancel base durante los años uno al cuatro. El arancel aduanero se reducirá 8,3 por ciento anualmente para estas mercancías, a partir del 1 de enero del año cinco hasta el año ocho inclusive. A partir del 1 de enero del año nue-ve, el arancel aduanero se reducirá 16,7 por ciento anualmente entre los años 9 y 12 inclusive. Estas mercancías quedarán libres de derechos el 1 de ene-ro del año 12; y (h) las mercancías incluidas en las fracciones de la categoría H mantendrán el arancel base durante los primeros años uno y dos. A partir del 1 de ene-ro del año tres, el arancel aduanero se reducirá en ocho etapas anuales iguales y estas mercancías que-darán libres de derechos el 1 de enero del año 10. 2. La tasa base de los aranceles aduaneros y la ca-tegoría de desgravación para determinar la tasa de transición en cada etapa de reducción para una fracción están indicadas para cada fracción en la lista de cada parte adjunta a este anexo. 3. Para los efectos de eliminar los aranceles adua-neros conforme al artículo 3.3, las tasas de transi-ción se redondearán hacia abajo, al menos, al déci-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

mo más cercano de un punto porcentual o, si la tasa se expresara en unidades monetarias, al menos al 0,001 más cercano a la unidad monetaria oficial de la Parte.

Tratado de Libre Comercio Chile - Panamá 

 Firma y Vigencia

Firmado en Santiago, el 27 de Junio de 2006, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supremo N 25, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 14 de enero de 2008, publicado en el Diario Oficial de 07 de marzo de 2008, se promulga el Tratado de Libre Comercio entre la República de Panamá y la República de Chile.  Comenzó a regir el 07 de Marzo 2008.   

Descripción

El Tratado está dividido en quince capítulos:  el primero contiene las disposiciones iniciales;  el se-gundo contiene las definiciones generales;  el terce-ro embarca el trato nacional y acceso de mercancías al mercado;  el cuarto define las reglas de origen y procedimientos de origen;  el quinto embarca la ad-

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ministración de aduanas;  el sexto contiene las me-didas sanitarias y fitosanitarias;  el séptimo abarca los obstáculos técnicos al comercio,  el octavo abarca la defensa comercial; el noveno abarca el comercio e inversiones;  el décimo abarca el co-mercio transfronterizo de servicios; el decimopri-mero contiene aspectos sobre transparencia;  el de-cimosegundo contiene la administración del trata-do;  el decimotercero contiene aspectos sobre la so-lución de controversias;  el decimocuarto contiene excepciones;  y el decimoquinto contiene las dispo-siciones finales.

Programa de Liberalización

En el Tratado con Panamá, los dos países tienen listas separadas según lo establecido en el calenda-rio de desgravación en el Anexo 3.3 del tratado. 

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 4 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 5, 10 etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, y una lista de exclu-siones.  Lo anterior se aplica a los productos origi-narios de Panamá.                

El programa de desgravación  arancelaria se esta-bleció en 6 categorías, los que quedan libres de aranceles aduaneros en 1, 5, 10, 12, 15, etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, y una

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de Chile.

Tratado de Libre Comercio Chile - Japón      Firma y Vigencia

Firmado en Tokio, el 27 de Marzo del 2007, fue promulgado en Chile mediante el Decreto Supremo N 143 del Ministerio de Relaciones Exteriores de 14 de agosto de 2007, y publicado en el Diario Ofi-cial el 3 de septiembre de 2007.  Comenzó a regir el 03 de septiembre de 2007.

 Descripción

La relación bilateral de Chile con Japón marco un nuevo hito con el Acuerdo de Asociación Económi-ca Estratégica (EEAA), con el cual Chile se consti-tuye en el primer país de América del Sur que con-sigue un acuerdo comercial con Japón.

El Tratado esta dividido en 19 capítulos.  el prime-ro contiene las disposiciones generales;  el segundo contiene las definiciones generales;  el tercero em-barca el comercio de mercancías;  el cuarto contie-ne las reglas de origen;  el quinto contiene los pro-cedimientos aduaneros;  el sexto contiene las medi-das sanitarias y fitosanitarias;  el séptimo embarca reglamentos técnicos, normas y procedimientos de evaluación de la conformidad;  el octavo embarca la inversión;  el noveno embarca el comercio trans-

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fronterizo de servicios;  el décimo embarca los ser-vicios financieros;  el undécimo contiene aspectos sobre la entrada y estadía temporal de nacionales con propósitos de negocios;el duodécimo embarca la contratación pública; el decimotercero embarca la propiedad intelectual;el decimocuarto contiene aspectos sobre competencia; el decimoquinto em-barca la mejora del ambiente de negocios;  el deci-mosexto embarca la solución de controversias;  el decimoséptimo contiene aspectos sobre comisión; el  decimoctavo embarca excepciones;  y el deci-monoveno contiene las disposiciones finales.

Programa de Liberalización

En el Tratado con Japón, los dos países tienen listas separadas según lo establecido en el calendario de desgravación en el Anexo 3.3 del tratado.

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 8 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 6, 8, 11, 13, 16,  etapas anua-les desde que entra en vigor el tratado, desgravacio-nes arancelarias especiales para ciertos productos, y una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de Chile y Japón.

Tratado de Libre Comercio Chile - Corea 

 Firma y Vigencia

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Firmado en Seúl, el 15 de febrero de 2003, fue pro-mulgado en Chile mediante Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 48, del 3 de marzo de 2004 y publicado en el Diario Oficial del 1 de abril del mismo año.  Comenzó a regir el 1 de abril de 2004.

Descripción

Es el primer TLC entre Chile y Asia, permitirá que Chile fortalezca su propuesta de plataforma transo-ceánica, tanto para servicios como intercambio de bienes.

El Tratado está dividido en 21 capítulos:  el prime-ro contiene las disposiciones iniciales; el segundo contiene las definiciones generales;  el tercero con-tiene aspectos sobre el trato nacional y acceso de bienes al mercado;  el cuarto contiene las reglas de origen;  el quinto contiene los procedimientos aduaneros;  el sexto contiene las medidas de salva-guardia;  el séptimo contiene las medidas relaciona-das con derechos antidumping y compensatorios;  el octavo embarca las medidas sanitarias y fitosani-tarias;  el noveno embarca las medidas relativas a la normalización;  el décimo embarca las inversiones;  el undécimo embarca el comercio transfronterizo de servicios;  el duodécimo embarca aspectos sobre telecomunicaciones;  el decimotercero contiene as-pectos sobre la entrada temporal de personas de ne-gocios;  el decimocuarto embarca aspectos sobre

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competencia;  el decimoquinto contiene aspectos sobre la contratación pública;  el decimosexto em-barca derechos de propiedad intelectual;  el deci-moséptimo contiene aspectos sobre transparencia; el decimoctavo contiene aspectos sobre la adminis-tración del tratado;  el decimonoveno embarca la solución de controversias;  el vigésimo contiene ex-cepciones;  y el vigésimo primero contiene las dis-posiciones finales.          

  Programa de Liberalización

En el Tratado con Corea del Sur, los dos países tie-nen listas separadas según lo establecido en el ca-lendario de desgravación en el Anexo 3.4 del trata-do. 

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 7 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 4, 6, 8, 11,14 etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, y una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de Corea.             

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 8 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 6, 8, 10, 11, 17 etapas anua-les desde que entra en vigor el tratado, desgravacio-nes arancelarias especiales para ciertos productos y una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de Chile.   

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

    

 Tratado de Libre Comercio Chile - Centro América

            Firma y Vigencia

El Tratado de Libre Comercio Chile-Centro Améri-ca es una que se firmo entre los países de Chile, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Ni-caragua el 18 de octubre de 1999, en la Cuidad de Guatemala. 

 Descripción

Considerando la conveniencia de negociar un único tratado entre Chile y cada país de Centroamérica, los países signatarios acordaron suscribir un tratado que establezca un marco normativo común aplica-ble a los seis países y posteriormente, suscribir pro-tocolos bilaterales complementarios que sólo se aplicarán entre Chile y el país centroamericano res-pectivo. Dado lo anterior, se ha establecido un me-canismo de vigencia progresiva, mediante la cual este Tratado entra en vigor gradualmente a medida que vayan culminando las negociaciones bilaterales pendientes.  En este proceso el 14 de febrero del 2002 entró en vigencia el Protocolo Bilateral con

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Costa Rica y el 3 de junio del mismo año el Proto-colo Bilateral con El Salvador. 

En cuanto a su estructura general, el Tratado consta de dos partes. La primera, que en sus 21 capítulos, contiene las normas comunes que regirán las rela-ciones entre Chile y cada país centroamericano en materia administrativa, de comercio de bienes, ser-vicios, e inversiones. La segunda, compuesta por protocolos bilaterales, también entre Chile y cada país centroamericano, comprende materias tales como: programas de desgravación arancelaria; re-glas de origen específicas; comercio transfronterizo de servicios; valoración aduanera; y, otras materias que las Partes convengan. Cabe señalar que, salvo disposición en contrario, las normas del Tratado se deberán aplicar bilateralmente entre Chile y cada uno de los países centroamericanos considerados individualmente.

 Programa de Liberalización

En el Tratado entre Chile y Centroamérica, los paí-ses tienen listas separadas según los productos que se desgravaran y sus tasas arancelarias correspon-dientes los que son señalados en el Anexo 3.04 del tratado. 

 Protocolo Bilateral Chile Costa Rica

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Firmado en San José, Costa Rica el 16 de enero de 2002, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 14, del 18 de enero de 2002 y publicado en el Diario Oficial del 14 de febrero del mismo año.  Comenzó a regir el 14 de febrero de 2002. 

El programa de desgravación  arancelaria se esta-bleció en 6 categorías, los que quedan libres de aranceles aduaneros en 1, 5, 12,16 etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, desgravaciones arancelarias especiales para ciertos productos, y una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de Costa Rica y también a los productos originarios de Chile.

  Protocolo Bilateral Chile- El Salvador

Firmado 3 de mayo de 2002, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 127, del 3 de mayo de 2002 y publicado en el Diario Oficial del 1 de junio del mismo año.  Comenzó a regir el 3 de junio de 2002.

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 7 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 3, 5, 8, 10 etapas anuales des-de que entra en vigor el tratado, desgravaciones arancelarias especiales para ciertos productos, y

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una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de El Salvador. 

El programa de desgravación de aranceles se esta-bleció en 7 categorías, los que quedan libres de aranceles aduaneros en 1, 5, 8, 10, 16 etapas anua-les desde que entra en vigor el tratado, desgravacio-nes arancelarias especiales para ciertos productos, y una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de Chile.

 Tratado de Libre Comercio Chile - EFTA      Firma y Vigencia

Firmado en Kristiansan del Noruega, el 26 de junio de 2003, fue promulgado en Chile mediante Decre-to Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 262, del 24 de noviembre de 2004 y publicado en el Diario Oficial del 1 de diciembre del mismo año.  Comenzó a regir el 1 de diciembre de 2004.

Descripción

El 1 de diciembre del 2004 entró en vigencia el Tratado de Libre Comercio entre Chile y la Asocia-ción Europea de Libre Comercio AELC (EFTA, en inglés), constituida por Islandia, Noruega, Suiza y el Principado de Liechtenstein, el que junto a Suiza conforman una Unión Aduanera.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

El Tratado esta dividido en 12 capítulos: el primero contiene las disposiciones iniciales;   el segundo embarca el comercio de mercancías; el tercero em-barca el comercio de servicios y establecimiento; el cuarto embarca la protección de la propiedad inte-lectual;  el quinto embarca la contratación pública;  el sexto contiene aspectos sobre la política de com-petencia;  el séptimo embarca los subsidios;  el oc-tavo contiene aspectos sobre la transparencia;  el noveno embarca la administración del tratado;  el décimo contiene la solución de controversias; el de-cimoprimero contiene excepciones generales;  y el decimosegundo contiene las disposiciones finales. 

 Programa de Liberalización

En el Tratado entre Chile-EFTA, las partes tienen listas separadas según lo establecido en el calenda-rio de desgravación arancelaria en el Anexo 6 del tratado.

El programa de desgravación  arancelaria se esta-bleció en 5 categorías, los que quedan libres de aranceles aduaneros en 1, 5, 7 etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, desgravaciones aran-celarias especiales para ciertos productos, y una lis-ta de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los pro-ductos originarios de un estado del EFTA.

En el programa de desgravación arancelaria para los productos originarios de Chile, se negociación

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acuerdos complementarios bilaterales entre cada es-tado EFTA.

Acuerdos de Asociación Económica

Acuerdo de Asociación Chile - Unión Europea   Firma y Vigencia

Firmado en Bruselas, el 18 de noviembre de 2002, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supre-mo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 28, del 28 de enero de 2003 y publicado en el Diario Oficial del 1 de febrero del mismo año.  Comenzó a regir el 1 de febrero de 2003.

Descripción

La Unión Europea comprende 27 países desde julio 2008.

El Acuerdo está dividido en 5 partes y 20 Títulos. La primera parte sobre disposiciones generales e institucionales embarca: la naturaleza y ámbito de aplicación del acuerdo; y marco institucional.  La segunda parte embarca aspectos sobre dialogo polí-tico.  La tercera parte sobre cooperación embarca: cooperación económica; ciencia, tecnología, y so-ciedad de la información; cultura, educación, y sec-tor audiovisual; reforma del estado y administra-ción publica;  cooperación en materia social;  otros ámbitos de cooperación; y disposiciones generales.  La cuarte parte sobre comercio y cuestiones rela-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

cionadas con el comercio embarca: disposiciones generales; libre circulación de mercancías; comer-cio de servicios y derecho de establecimiento; con-tratación pública; pagos corrientes y movimientos de capital; derechos de propiedad intelectual; com-petencia; solución de controversias; transparencia; tareas específicas en cuestiones comerciales de los organismos establecidos en virtud del presente acuerdo; y disposiciones finales.  La quinta parte contiene las disposiciones finales del Acuerdo.   

  Programa de Liberalización

En el Acuerdo con la Unión Europea, las dos partes tienen listas separadas según lo establecido en el calendario de desgravación en el Anexo 1 y 2. 

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 6 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 5, 7, 10 etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, desgravaciones aran-celarias especiales para ciertos productos y una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los produc-tos originarios de la UE.            

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 7 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 3, 4, 7,10, etapas anuales des-de que entra en vigor el tratado, desgravaciones arancelarias especiales para ciertos productos, y

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una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de Chile.      

    P4 - Chile, Nueva Zelanda, Singapur y Brunei

           

 Firma y Vigencia

Fue promulgado en Chile mediante Decreto Supre-mo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 354, del 27 de octubre de 2006 y publicado en el Diario Oficial del 8 de noviembre del mismo año.  Co-menzó a regir el 8 de noviembre de 2006.

Descripción

El Acuerdo comprende lo países de Chile, Brunei Darussalam, Nueva Zelanda, y Singapur.

El Acuerdo está dividido en 20 capítulos.  El pri-mero contiene las disposiciones iniciales; el segun-do contiene las definiciones generales; el tercero embarca el comercio de mercancías; el cuarto con-tiene las reglas de origen; el quinto embarca los procedimientos aduaneros; el sexto embarca la de-fensa comercial; el séptimo contiene las medidas sanitarias y fitosanitarias; el octavo embarca las ba-rreras técnicas al comercio; el noveno embarca la política de competencia; el décimo embarca la pro-piedad intelectual; el undécimo embarca la contra-tación pública; el duodécimo contiene aspectos so-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

bre el comercio de servicios; el décimo tercero con-tiene aspectos sobre la entrada temporal; el décimo cuarto embarca la transparencia; el décimo quinto contiene la solución de controversias; el décimo sexto embarca la asociación estratégica: el décimo séptimo contiene las disposiciones administrativas e institucionales; el décimo octavo contiene las dis-posiciones generales; el décimo noveno contiene las excepciones generales; y el vigésimo contiene las disposiciones finales.     

  Programa de Liberalización

En el Acuerdo del P4, las cuatro partes tienen listas separadas según lo establecido en el calendario de desgravación en el Anexo 1. 

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 5 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 3, 7, 10  etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, y una lista de exclu-siones.  Lo anterior se aplica a los productos origi-narios de Chile, e importados a Brunei Darussa-lam.                 

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 5 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 3, 5, 10 etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, y una lista de exclu-siones.  Lo anterior se aplica a los productos origi-narios de Chile, e importados a Nueva Zelanda.

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Todos los productos originarios de Chile, e impor-tados a Singapur lo podrán hacer sin pagar un aran-cel aduanero desde la entrada en vigor del acuerdo.

El programa de desgravación arancelaria se estable-ció en 6 categorías, los que quedan libres de aran-celes aduaneros en 1, 3, 6, 10,12 etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, y una lista de exclusiones.  Lo anterior se aplica a los productos originarios de Brunei Darussalam, Nueva Zelanda, y Singapur.   

  Acuerdos de Complementación Económica.

ACE Chile - Bolivia [ACE N° 22]  Firma y Vigencia

Firmado en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el 6 de abril de 1993, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Ex-teriores Nº 402, del 22 de abril de 1993 y publicado en el Diario Oficial del 30 de junio del mismo año. Entró en vigencia el 1 de julio de 1993.

 Descripción

Corresponde a un Acuerdo de Complementación Económica, suscrito en el marco del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Lati-noamericana de Integración (ALADI). El objetivo del convenio es sentar las bases para una efectiva

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

integración económica, facilitar, ampliar y diversi-ficar el intercambio comercial.

El acuerdo cuenta con 18 capítulos y 4 anexos. La normativa regula materias como el programa de desgravación arancelaria, salvaguardias, comple-mentación energética, solución de controversias, normas técnicas, sector automotor, prácticas des-leales de comercio, y compras gubernamentales, entre otras.

Las reglas de origen y los procedimientos aduane-ros están regulados por la Resolución Nº 78, que contiene el Régimen de Origen de la Asociación, cuyo texto consolidado y ordenado se encuentra en la Resolución Nº 252, del 4 de agosto de 1999.

 Programa de Liberalización

El acuerdo original contemplaba 4 anexos. El pri-mero estableció preferencias otorgadas por Chile, sin reciprocidad, para productos de origen boli-viano; los anexos 2 y 3 contenían los productos li-berados de aranceles aduaneros y el anexo 4 com-prendía productos con rebajas arancelarias parcia-les.  En marzo del 2006, fue suscrito el decimo-quinto protocolo que tiene como objetivo ampliar y profundizar el programa de liberación arancelaria.  Dicho protocolo tiene como fin otorgar el cien por ciento (100%) de preferencia arancelaria a las im-portaciones de cualquier producto originario de Bo-

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livia, excepto aquellos contenidos en el anexo de excepciones de dicho protocolo.  

Desde la entrada en vigencia del convenio se han suscrito 16 protocolos adicionales. A través del séptimo, décimo y decimoquinto se amplio el pro-grama de desgravación arancelaria.

ACE Chile - Colombia [ACE N° 24] 

 Firma y Vigencia

Firmado en Santiago el 6 de diciembre de 1993, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supre-mo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 1535, del 15 de diciembre de 1993 y publicado en el Diario Oficial del 27 de abril de 1994. Entró en vigencia el 1 de enero de 1994.

 Descripción

Corresponde a un Acuerdo de Complementación Económica, suscrito en el marco del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Lati-noamericana de Integración (ALADI). El objetivo del convenio es establecer un espacio económico ampliado, que permita la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

El acuerdo está estructurado en 22 capítulos y 6 anexos. La normativa regula materias como el pro-grama de desgravación arancelaria, prácticas des-leales de comercio, salvaguardias, normas técnicas, cooperación científica y tecnológica, normas fito y zoosanitarias, transporte marítimo y aéreo, solución de controversias, sector automotor y compras gu-bernamentales, entre otras.

Las reglas de origen y los procedimientos aduane-ros están regulados por la Resolución Nº 78, que contiene el Régimen de Origen de la Asociación, cuyo texto consolidado y ordenado se encuentra en la Resolución Nº 252, del 4 de agosto de 1999.

Programa de Liberalización

El acuerdo contempla 5 anexos, comprometiéndose los países signatarios a liberar de aranceles aduane-ros el comercio recíprocamente a más tardar el 1 de enero de 1999.  En la actualidad, los anexos 1, 2, 4 y 5 cuentan con 100% de preferencias arancelarias; mientras que el anexo 3, que establece la lista de excepciones, fue modificado mediante el 4 protoco-lo adicional, a través de cual se crearon 10 niveles de desgravación. La desgravación arancelaria total de este anexo está fijada a partir del 1 de enero de 2012.

Desde la entrada en vigencia del convenio se han suscrito 8 protocolos adicionales. A través del se-

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gundo, cuarto, quinto, sexto y octavo se amplio el programa de desgravación arancelaria.

 ACE Chile - Ecuador [ACE N° 32]     

Firma y Vigencia

Firmado en Quito, Ecuador, el 20 de diciembre de 1994, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 1967, del 28 de diciembre de 1994 y publicado en el Diario Oficial del 18 de mayo de 1995. Entró en vigencia el 1 de enero de 1995.

 Descripción

Corresponde a un Acuerdo de Complementación Económica, suscrito en el marco del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Lati-noamericana de Integración (ALADI). El objetivo del convenio es establecer un espacio económico ampliado, que permita la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos.

El Acuerdo está estructurado en 23 capítulos y 5 anexos. La normativa regula materias como el pro-grama de desgravación arancelaria, prácticas des-leales de comercio, salvaguardias, normas técnicas, cooperación científica y tecnológica, normas fito y zoosanitarias, transporte marítimo y aéreo, solución

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

de controversias, sector automotor y compras gu-bernamentales, entre otras.

Las reglas de origen y los procedimientos aduane-ros están regulados por la Resolución Nº 78, que contiene el Régimen de Origen de la Asociación, cuyo texto consolidado y ordenado se encuentra en la Resolución Nº 252, del 4 de agosto de 1999.

Programa de Liberalización

El acuerdo contempla 5 anexos, comprometiéndose los países signatarios a liberar los aranceles aduane-ros en términos bilaterales a más tardar el 1 de ene-ro del año 2000.  En la actualidad, todo el universo arancelario cuenta con 100% de preferencias aran-celarias; excepto el anexo 3, que comprende la lista de excepciones.

Desde la entrada en vigencia del acuerdo, se han suscrito 5 protocolos adicionales.  A través del pri-mero y cuarto, se amplio los programa de desgra-vación arancelaria.

ACE Chile - Perú [ACE N° 38] Firma y Vigencia

Firmado en Lima, el 22 de junio de 1998, fue pro-mulgado en Chile mediante Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 1093, del 1 de julio de 1998 y publicado en el Diario Oficial

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del 21 de julio del mismo año. Entró en vigencia el 1 de julio de 1998.

 Descripción

Corresponde a un Acuerdo de Complementación Económica, suscrito en el marco del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Lati-noamericana de Integración (ALADI). El objetivo del convenio es establecer un espacio económico ampliado, que permita la libre circulación de bienes y servicios en la zona.

El acuerdo cuenta con 23 capítulos y 10 anexos. Asimismo, establece un calendario de desgravación arancelaria, reglas de origen, salvaguardias, medi-das sanitarias y fitosanitarias, normas y reglamen-tos técnicos y solución de controversias, entre otras.

Con la suscripción de este acuerdo, Chile consolidó su red de convenios con los miembros del Pacto Andino, Venezuela, Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú.

El anexo 3 regula la calificación y determinación de origen, certificados de origen y verificación, control y sanciones.  El anexo 7 contiene las medi-das relativas a la normalización y metrología. 

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Programa de Desgravación

El Acuerdo contempló la liberalización arancelaria inmediata para más de 2.600 productos, quedando desde ese momento el 33,4% de los envíos chilenos destinados a Perú no sujetos a aranceles aduaneros. El resto de los productos cuenta con un calendario de desgravación arancelaria de 5, 10, 15 y 18 años. Además se contemplan calendarios de desgravación arancelaria especiales para el sector textil, estable-ciendo la desgravación arancelaria inmediata para materias primas y plazos para el resto de los pro-ductos del área, con un máximo de 8 años.

Desde su entrada en vigencia, el acuerdo ha sido objeto de 2 protocolos adicionales.  A través del se-gundo, se amplio el programa de desgravación arancelaria. 

ACE Chile - Venezuela [ACE N° 23]   Firma y Vigencia

Firmado en Santiago, el 2 de abril de 1993, fue promulgado en Chile mediante Decreto Supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 321, del 6 de abril de 1993 y publicado en el Diario Oficial del 30 de junio del mismo año. Entró en vigencia el día 1 de julio de 1993.

 Descripción255

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Corresponde a un Acuerdo de Complementación Económica, suscrito en el marco del Tratado de Montevideo de 1980, que creó la Asociación Lati-noamericana de Integración (ALADI). El objetivo del convenio es establecer un espacio económico ampliado, que permita la libre circulación de bienes y servicios en la zona; intensificar las relaciones económicas y comerciales por medio de una des-gravación arancelaria; propiciar una acción coordi-nada en los foros económicos internacionales; esti-mular las inversiones, fortalecer la capacidad com-petitiva y facilitar la creación y funcionamiento de empresas binacionales y multinacionales, con ca-rácter regional.

El acuerdo está estructurado en 21 capítulos y 6 anexos. La normativa regula materias como el pro-grama de desgravación arancelaria, el sector auto-motor, prácticas desleales de comercio, salvaguar-dias, tratamiento en materia de tributos internos, compras gubernamentales, solución de controver-sias, normas técnicas e inversiones, entre otras.

Las reglas de origen y los procedimientos aduane-ros están regulados por la Resolución Nº 78 que contiene el Régimen de Origen de la Asociación, cuyo texto consolidado y ordenado se encuentra en la Resolución Nº 252, del 4 de agosto de 1999.

  Programa de Liberalización Comercial

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

El acuerdo comprende un calendario de desgrava-ción arancelario iniciado el 1 de julio de 1993, que-dando liberados a partir de esa fecha los anexos 4; 5 y 6 (sector automotor). El resto de los anexos goza de preferencia a partir del 1 de enero de 1999, salvo los productos incluidos en el anexo 3.

Desde su entrada en vigencia, el acuerdo ha sido objeto de 3 protocolos adicionales. A través del se-gundo y tercero, se amplio el programa de desgra-vación arancelaria. 

Acuerdo de Alcance Parcial: India   

 HISTORIA DE LA NEGOCIACIÓN

Año 2003: India propuso su intención de negociar con Chile un Acuerdo de Alcance Parcial (AAP) que incluyera desgravación arancelaria, reglas de origen, procedimientos aduaneros y salvaguardias.

Año 2004: Se iniciaron los trabajos preparatorios para la negociación, con la activa participación del sector privado. Paralelamente se avanzó en la pre-paración de los borradores de textos jurídicos para el Acuerdo.

Año 2005: Durante la visita del Presidente Lagos a la India en enero se firmó Acuerdo Marco de Co-operación Económica y se realizó I Ronda de nego-ciaciones. En el mismo año, se realizaron 4 Rondas

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alternadamente, en Santiago y Nueva Delhi. Se ter-minó de negociar en noviembre y el Acuerdo fue firmado el 8 de marzo del 2006 en Nueva Delhi.

Actualmente se encuentra en el Congreso Nacional para su aprobación.

 AMPLIACION DEL ACUERDOUna vez implementado el AAP, ambos países po-drían iniciar las negociaciones hacia un TLC com-prensivo que incluya todo el comercio de bienes, servicios e inversiones.

NEGOCIACIÓN DEL ACUERDO DE ALCAN-CE PARCIAL

Disciplinas Comerciales

El Acuerdo incluye disciplinas en materias de acce-so a mercado, reglas de origen, procedimientos aduaneros, salvaguardias y solución de diferencias.

Rebaja Arancelaria

98% de las exportaciones chilenas actuales y el 91% de las indias obtendrán una rebaja arancelaria desde el momento de la entrada en vigencia del Acuerdo.

Chile rebajó los aranceles para 292 items o líneas arancelarias para las importaciones desde India,

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

mientras que ésta lo hizo para 419 items chilenos de exportación.

Ambos países otorgaron preferencias arancelarias hasta un 20%, sobre su arancel, sin perjuicio que para algunos productos se otorgó una rebaja de 10% y a otros 50%.

Productos Beneficiados

Entre los productos de exportación de Chile que quedaron con una favorable situación, figuran: co-bre, celulosa y papeles, forestales y tableros de ma-dera, químicos y fertilizantes, minerales, salmones y otros productos del mar.

 CARACTERÍSTICAS DE INDIACon una Población de 1.080 millones habitantes, representa el 18% de la población mundial. Su Pro-ducto Interno Bruto en el año 2005 fue de US$ 796 billones, con un ingreso per cápita US$ 726.

Las altas tasas de crecimiento económico, un 6,1% entre los años 1993-2003, un 8,1% en los años 2003-2004 y se proyecta un 8,0% entre los años 2005-2007, junto con ser el tercer receptor de in-versión extranjera directa vislumbran a India como un actor relevante en la economía mundial.

India es hoy un proveedor mundial de servicios y software (23 mil mill. dólares 2005; 50 mil mill.

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proyección al 2009), además de constituir un im-portante destino de investigación y desarrollo e in-versiones.

 COMERCIO EXTERIOR CHILE INDIAAsia es el principal destino de las exportaciones chilenas e India es el quinto principal destino de nuestras exportaciones a Asia.

El Intercambio comercial entre ambos países ha crecido de manera sostenida en los últimos 4 años: US$ 102,4 mill en 2002 a US$ 630,3 mill en 2005.

El número de productos importados desde India ha aumentado significativamente, duplicándose el nú-mero de productos el 2005 respecto al año 2000. Por el contrario, las exportaciones chilenas siguen muy concentradas y se mantiene la tendencia de ex-portar básicamente materias primas.

No obstante, las exportaciones chilenas a India du-rante los primeros cuatro meses del 2006 han au-mentado en un 174%, desde los 126 millones a los 345 millones de dólares. Las importaciones han re-gistrado un aumento de un 30%, desde los 38 mi-llones a los 49 millones de dólares, para el mismo período.

 FIRMA Y VIGENCIAFirmado en Nueva Delhi, República de India, el 8 de Marzo de 2006, fue promulgado en Chile me-

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

diante Decreto Supremo del Ministerio de Relacio-nes Exteriores N 148, del 16 de Agosto de 2007 y publicado en el Diario Oficial del 18 de Agosto del mismo año. Entró en vigencia el 17 de Agosto de 2007.

 DESCRIPCIÓNCorresponde a un Acuerdo de Alcance Parcial, el cual implica rebajas arancelarias sobre un número reducido de bienes. Fue firmado el día 8 de marzo de 2006, en Nueva Delhi. Con fecha 11 de abril de 2007 el Pleno del Senado Chileno aprueba el acuer-do y sus anexos, finalizando con ello su tramitación parlamentaria.

El Acuerdo está estructurado en 23 Artículos y 5 Anexos, los que establecen normas relativas a res-tricciones a las importaciones y exportaciones, re-glas de origen, salvaguardias, medidas sanitarias y fitosanitarias, soluciones de controversia, entre otras.

Asia representa el principal destino de las exporta-ciones chilenas, concentrando en el año 2006 el 33% de nuestros envíos al exterior, por lo cual se espera que con el nuevo Acuerdo, el comercio bila-teral con India continúe en la senda de crecimiento sostenido registrado en los últimos años.

REGLAS DE ORIGENEstá contenido en el Anexo C, que regula Califica-

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ción y Determinación de Origen, Certificados de Origen y Control y Verificación.

  

VI PARTE

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Capítulo 15

ORGANISMOS NACIONALES QUE INTERVIENEN EN EL COMERCIO

EXTERIOR

Hasta el momento, nos hemos referido fundamentalmente con excepción del Banco Central de Chile, a organismos internacionales que influyen en el comercio internacional. Sin embargo también es necesario clarificar que existen una serie de organismos, instituciones y otras organizaciones nacionales tanto públicas como privadas que de una u otra forma se relacionan en determinadas oportunidades con el comercio internacional. Sea este de importación o de exportación.Al respecto se analizarán en forma muy somera estas instituciones, destacándolas principalmente en lo que a ellas les concierne respecto del comercio exterior.

MINISTERIOS.

1. Ministerio de Relaciones Exteriores.

En lo que a comercio exterior se refiere, le corresponde a este organismo ministerial, una de las funciones importantes como lo veremos a continuación:

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EUGENIO MAGGIO GONZALEZ

Participa como promotor del comercio exterior en el extranjero.

Participa activamente en la firma de tratados y convenios de carácter comercial que involucran intercambio entre los países.

Promueve las exportaciones en el exteriora través de embajadas consulados, ferias internacionales, delegaciones comerciales, etcétera.

En forma conjunta con el ministerio de Hacienda, fija los márgenes aplicables a las liberaciones estipuladas para el cuerpo diplomático, personal de las FF.AA y personas u organismos que cumplen una función especial o específica a nombre del país.

Trata todo lo concerniente a convenios, acuerdos o tratados internacionales en los que Chile participa.

Armoniza la política comercial del país con la política de comercio exterior.

Vela por la promoción del comercio exterior, es decir presta su apoyo a cualquier participación del país en el exterior.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

2.- Ministerio de Hacienda.

En concordancia con el servicio de aduanas, fija la política arancelaria, relativa a las importaciones.

3. Ministerio de Minería.

Interviene en lo relacionado con las funciones y atribuciones que le corresponden al gobierno en las exportaciones y comercio exterior de cobre, hierro y demás minerales.

4. Ministerio de Agricultura.

Se encarga de las normas de calidad y sanidad de los productos de exportación. También se encarga de fijar en conjunto con el ministerio de Economía los contiengentes de exportación, respecto de la producción agropecuaria.

5. Ministerio de Planificación.

Su principal función consiste en la fijación de planes para el desarrollo y la inversión, funciones que inciden directamente en las exportaciones. Posee un departamento de comercio exterior que suministra datos de posibles mercados y proyectos de exportación.

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6. Ministerio de Defensa Nacional.

Su principal función es la de otorgar vistos buenos a través de otro organismo en la importación de armas, municiones, explosivos, etcétera.

ORGANISMOS PUBLICOS.

1.- Corporación de fomento de la producción (CORFO).

Este organismo, tiene como misión fundamental ayudar al desarrollo económico, efectuando inversiones en forma directa o bien en directa colaboración con el sector en obras de interés nacional.CORFO analiza las formas de otorgar créditos con el objeto de que se logre un aumento de la producción en el sector industrial.En lo que respecta a su estructura orgánica, dispone de un departamento de estudios industriales que formula planes de desarrollo para el sector.Dentro de los planes de desarrollo, se contempla el aumento de la capacidad productiva con miras a la exportación, efectuando estudios de mercados en determinados sectores. Además este departamento asesora al banco central y a otros organismos en la búsqueda de productos que podrían ser exportables hacia los mercados internacionales.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

2. Servicio de cooperación técnica (SERCOTEC)

Este organismo filial de CORFO, se preocupa de la productividad del sector industrial y sus problemas específicos, así como también en la producción y colocación de sus productos, es decir se preocupa de la eficiente realización de las inversiones de Corfo.Se debe mencionar también que SERCOTEC posee un departamento de promoción de exportaciones.

3. Corporación del cobre (CODELCO)

Interviene en todas las actividades relativas al cobre regulando sus planes de inversión y fijando políticas de comercialización y precios.

4. Empresa nacional de minería. (ENAMI).

El objetivo principal de esta empresa, es facilitar la explotación y beneficio de toda clase de minerales en el país.

5. Departamento del Hierro.

Funciona en el Banco Central de Chile y está encargado de asegurar la venta de hierro a los comercios internacionales, fijando precios en

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corcondancia con los otros países productores de este metal.

6. Instituto de promoción de exportaciones (PRO-CHILE)

PRO CHILE fue creado en noviembre de 1974 por decreto ley, para promover las exportaciones no tradicionales chilenas, las que no habían tenido mayor significación en nuestro comercio exterior, el cual estaba reducido hasta la fecha, más bien a las exportaciones de cobre y productos agrícolas en forma principal.En la actualidad PRO CHILE, cuenta con una vasta red tanto a nivel nacional como internacional, marcando la presencia de Chile en los países respecto de los cuales se tienen relaciones de carácter comercial, como también vizualizando mercados potenciales en el exterior.A nivel nacional PRO CHILE marca presencia fundamentalmente en las ciudades que son cabeceras de región, haciendo un aporte valiosísimo a los exportadores que recurren a ella en busca de información adecuada respecto a sus productos y mercados para los mismos, a nivel internacional.PRO CHILE ha sido creado para cumplir las siguientes funciones:

Fomentar internamente las exportaciones de productos no tradicionales.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Promover mercados externos de colocación de la producción chilena, sea de productos tradicionales o no.

Determinar la oferta de mercados externos. Analizar los trámites destinados a las

exportaciones. Desarrollar el fomento de los productos a

exportar, tanto en lo interno como en lo externo.

Buscar nuevas técnicas como: Hacer recomendaciones a los industriales

exportadores Adaptar medidas de tipo financiero,

arancelario, etc. Contratar créditos internos y externos para

el fomento de las exportaciones. Obtener adecuadas normas de seguros

De lo anterior, se puede deducir que PRO CHILE tiene como misión fundamental el dar un gran impulso a las exportaciones, facilitando su tramitación, controlando la calidad de los productos a exportar, prestar asistencia técnica a los exportadores en este campo.En suma, la finalidad es hacer que el proceso de exportación sea tan fácil y ágil que lo pueda hacer o realizar cualquier persona que tenga el ánimo y la voluntad de iniciarse en este campo.

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No obstante su relativa corta existencia, PRO CHILE, puede entregar al exportador entre otras informaciones y antecedentes, los siguientes:

Un boletín de información para los exportadores e industriales.

Un listado computacional de importadores extranjeros

Un listado computacional de perfiles de mercados y de productos demandados desde el exterior.

Un folleto de trámites para exportar. Un servicio de consultas y respuestas Una red de divulgación de productos a

través del ministerio de Relaciones Exteriores y de sus propias oficinas en el exterior.

Listado de ferias internacionales (calendarios)en donde el exportador podría exponer en productos, pudiendo en consecuencia participar directamente en los mercados de su interés y que redunda a su vez en un mejor conocimiento del mercado.

Capacitación en comercio internacional, como seminarios charlas, etc.

Estudios del potencial exportador por regiones.

Estadísticas de la demanda internacional por productos.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Impulso y apoyo a las misiones diplomáticas internacionales.

Informar sistemáticamente tanto interna como externamente sobre todo lo relativo a exportaciones.

Sistema de información computacional.

7. Servicio agrícola y ganadero SAG.

Le corresponde a este servicio la inspección de productos agrícolas y otros, para lo cual da cumplimiento a la Ley N°9.006 en lo que concierne a convenios internacionales de tipo fitosanitario y así evitar la salida o ingreso de productos con plagas o enfermedades que puedan afectar la producción del país de destino o el nuestro.Además da cumplimiento a las exigencias relativas con las normas de calidad.Las Inspecciones que Realiza el SAG.

1. Solicitud.

Para efectuar la exportación de cualquier producto agrícola y otros, la persona natural o jurídica que lo desee, deberá obtener algunos documentos y someterlos a consideración de las diferentes instituciones que intervienen en dicho proceso.

El SAG exige que el interesado presente una solicitud, que es un documento de uso exclusivo

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del SAG, por intermedio del cual toma conocimiento oficial del pedido de inspección del producto.También puede hacerlo el exportador o su representante (agente de cabotaje o exportación o agente de aduanas).Sin este documento no puede llevarse a cabo la inspección.

2. Datos de la Solicitud.

La solicitud deberá contener los siguientes datos:

Especie y variedad del producto que se desea exportar.

Tipo de Embalaje usado. Marcas. Destino. Peso y valor.

3. Certificado que Otorga el SAG.

Certificado Fitosanitario. Certificado de Origen.

Con respecto a las exportaciones, sus funciones son las siguientes:

Revisa todo tipo de mercancías de carácter agrícola que se exporten.

Otorga certificaciones para todas las mercancías que le corresponda controlar.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Otorga certificados fitosanitarios, los cuales tienen reconocimientos internacionales.

Certifica el origen de las mercancías que se exporten.

Realiza el análisis de vinos y licores. Controla la fumigación de la fruta que se

exporta. Timbra y etiqueta los folletos con el sello

oficial del SAG. En los productos vegetales en general

puede tomar muestras para examen fitosanitario.

Inspecciona la fruta y productos hortofrutícolas que se exportarán.

8. Servicio Nacional de Pesca.

Este servicio interviene en las exportaciones de productos marinos en todas sus formas, sean estos congelados, frigorizados, conservados, etc.Para cumplir esta función, se debe presentar una solicitud de inspección ante el Servicio Nacional de Pesca.

9. Corporación Nacional Forestal CONAF.

Corresponde a esta corporación, realizar una revisión y autorización de aquellos productos de la silvicultura que se exporten.

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Certifica las calidades y medidas de la madera, sólo cuando sea a petición expresa del exportador.También revisa, timbra y visa certificados de origen, por medio del cual atestigua que la madera es originaria de Chile.Autoriza también la explotación de ciertas especies de árboles que sean potencialmente exportables.

10. Servicio Nacional de Aduanas.

De acuerdo con el artículo 1° de la ordenanza de aduanas, el Servicio Nacional de Aduanas es un servicio público, de administración autónoma, con personalidad jurídica propia, de duración indefinida y se relaciona con el ejecutivo a través del ministerio de Hacienda. Este servicio será denominado para todos los efectos legales como “institución fiscalizadora” y su domicilio es la ciudad de Valparaíso.A este servicio le corresponderá vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las costas, fronteras, puertos y aeropuertos de la República intervenir en el tráfico internacional para los efectos de la recaudación de los impuestos a la importación, exportacióny otros que determinan las leyes, y de generar las estadísticas de ese tráfico por las fronteras ,sin perjuicio de las demás funciones que le encomienden las leyes.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Las personas que pasen o hagan pasar mercaderías por las costas, fronteras, puertos y aeropuertos de la República, y las que pasen o hagan pasar mercancías provenientes de zonas afectas a regímenes especiales, quedarán sujetas a la potestad de las aduanas para el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones a que estuvieren afectas y cuya aplicación esté encomendada a este servicio.Las aduanas, ya sean marítimas, terrestres o de aeropuertos, son mayores o menores según la categoría del puerto que sirven.Las aduanas postales son siempre mayores.

II. ORGANISMOS PRIVADOS.

1. Empresas Transportadoras.

Las empresas transportadoras cumplen importante rol en el comercio internacional. Entre las principales empresas transportadoras figuran entre otras las que se dedican al tráfico áereo, terrestre y marítimo.Es a las empresas transportadoras a quienes corresponde efectuar el transporte internacional de mercaderías, ya sea por concepto de exportación o importación.Al respecto, es importante señalar que tanto el comercio internacional de exportación como el de importación, es llevado a cabo en un 90% por empresas marítimas, más conocidas como compañías navieras y que por razones obvias

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respecto al caso de nuestro país,no es necesario explicar.Para clarificar más aún el panorama, diremos que las empresas navieras son en su mayoría personas jurídicas cuya principal función es realizar el transporte por mar, de las mercancías desde Chile al extranjero y viceversa.Las compañías transportadoras cumplen un papel preponderante en el sistema de transporte, ya que de ésta forma podemos abarcar la interdependencia, coordinación y relación de los recursos materiales como asimismo los recursos de organización con el propósito de mover mercancías, en cuanto al embarque y distribución de ellas.Dentro de las funciones de las compañías transportadoras encontramos entre otras las siguientes:

Aceptar y reservar espacios en uno de sus barcos para mercancías que se exporten o importen.

Autorizar el embarque para una determinada mercadería.

Recibir a bordo la mercadería que se transportará desde el país exportador hasta el país importador y viceversa.

Dar el visto bueno para embarcar las mercaderías.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Emitir una tarja, que es la cantidad de mercancía realmente embarcada y la ubicación de ésta en la nave.

La agencia naviera calcula el flete según las tarifas indicadas por la agencia transportista.

Elaborar el manifiesto de carga. Hace las gestiones para el pago del flete.

2. Consulados.

Los consulados, cumplen una función muy importante en lo que a exportaciones e importaciones se refiere.Generalmente se ubican estos en las ciudades más importantes de un país y se encuentran a cargo de los denominados cónsules. Su labor es importante, toda vez que intervienen en la mayor parte de las exportaciones e importaciones, ya que ellos son los encargados de visar o dar vistos buenos a los siguientes documentos:

Factura Comercial.

Este documento debe ser presentado en original y copias, indicándose el valor de las mercancías con todos sus gastos.Para que sea visada, debe cancelarse las tasas correspondientes de un valor determinado en dólares.En algunos consulados se debe cancelar un

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cheque dólar a nombre del ministerio de Relaciones Exteriores del respectivo país.

Certificado Fitosanitario.Este documento deberá ser presentado cuando se trate de una exportación de productos agropecuarios u otros que sean requerido.En el presente caso se deberá cancelar un impuesto de conformidad con el arancel de cada consulado.

Certificado de Origen.En las exportaciones realizadas a los países pactantes del acuerdo de Montevideo por ejemplo,se deberá presentar un Certificado de Origen, el cual deberá ser presentado en original y copias, con la información requerida y además deberán ser otorgados por los organismos autorizados para emitirlos en Chile.Se debe cancelar un impuesto en el consulado de acuerdo con el arancel.Al respecto, es importante señalar no obstante lo anterior, que particularmente los países europeos no exigen a los consulados su intervención en las exportaciones realizadas desde Chile,de manera que lo establecido al comienzo es particularmente válido para los países latinoamericanos.Salvo cuando un país se acoge al Sistema generalizado de preferencias (SGP. El país otorgante del beneficio, exige el Certificado de Origen formulario A.

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3. Las agencias de aduanas.

Son organismos o instituciones de carácter privado y que se encuentran dirigidas por una persona denominada agente o despachador de aduanas.En forma errónea, se cree que los agentes de aduanas o los despachadores de aduanas son funcionarios de aduana, lo que indudablemente es falso.Lo que sucede es que los agentes de aduanas, son nombrados por el servicio de Aduanas en base a un concurso público, pero son responsables ante el servicio de Aduanas por el despacho de las mercaderías en que intervengan por cuenta de terceras personas.Aclarado lo anterior, diremos que los agentes de aduanas, también conocidos como despachadores de aduanas, son profesionales auxiliares de la función pública aduanera, que la ley ha facultado para efectuar el trámite o despacho de mercancías por cuenta de terceras personas.Los agentes de aduanas, son verdaderos ministros de fe y constituyen el nexo entre los importadores o exportadores y el servicio de aduanas.En lo referente a las importaciones, los agentes de aduanas, representan al importador en base al endoso del contrato de transporte y en lo referente a las exportaciones, lo representan mediante un poder escrito firmado ante notario público o ante el propio despachador.

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Funciones de una Agencia de Aduanas.

Entre las muchas funciones que desarrolla una agencia de aduanas en el despacho de las mercaderías tanto de importación como de exportación y otras destinaciones aduaneras, encontramos las siguientes:

Confecciona las destinaciones aduaneras. Obtiene los vistos buenos que correspondan

en los diferentes organismos tanto públicos como privados que sean necesarios para el desaduanamiento de las mercaderías tanto de exportación como de importación.

Se preocupa de otros trámites previos a la confección de las declaraciones tanto de importación como de exportación y de otras destinaciones aduaneras.

Solicita devoluciones de pagos efectuados demás.

Practica reconocimiento de mercaderías a petición de los interesados.

Cumple otras funciones atingentes para llevar a cabo el despacho de las mercaderías.

4. Los bancos comerciales.

En materia de comercio exterior, debemos aclarar primeramente que un banco comercial es una institución privada que actúa como nexo entre el

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

importador (comprador) y el exportador (vendedor).Entre las funciones que le corresponden entre otras se encuentran las siguientes:

Emite las denominadas cartas de crédito Negocia las cartas de crédito con el banco

extranjero. Recibe la carta de crédito desde el

extranjero en el caso de las exportaciones, la que posteriormente deberá notificar al interesado (exportador).

Recibe y envía la documentación de embarque ya sea para su cobro, pago o aceptación.

Vende divisas por concepto de importaciones.

Compra divisas por concepto de retorno de exportaciones.

Proporciona líneas de financiamiento a los importadores y los exportadores.

Contabiliza el crédito de acuerdo al origen,es decir,según el país de donde provenga y de acuerdo a las características, esto es,según el tipo de crédito de que se trate:

Confirmado Revocable o irrevocable Otros. Emite las planillas de ingreso y de

egreso comercio visible.

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5. Las compañías aseguradoras.Las compañías aseguradoras intervienen en el comercio exterior, cuando los interesados, preferentemente los importadores, requieren asegurar sus mercaderías. Para ello las compañías de seguros, extienden la correspondiente Póliza de seguro, de acuerdo a determinadas condiciones del mismo.Para asegurar las mercancías, las compañías aseguradoras, cobran un determinado porcentaje sobre el monto asegurado y que se conoce con el nombre de Prima de seguros, que es la cantidad efectivamente cancelada por el tomador del seguro. Esta prima de seguros, constituye el verdadero seguro que se toma en cuenta cuando se trata de conformar el valor CIF en aduanas.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

VII PARTE

Capítulo 16

LA DOCUMENTACIÓN DE EMBARQUE UTILIZADA EN COMERCIO EXTERIOR.

Esta documentación constituye el conjunto de documentos representativos de la transacción comercial internacional y que se utilizan en todo proceso tanto de importación como de exportación salvo algunas excepciones.Estos documentos de embarque se componen en forma básica por la factura comercial, el contrato de transporte, certificado de origen, packing list o lista de empaque, nota de gastos, etc.En todo caso el contenido de cada documento de embarque deben tener concordancia entre sí, todo de acuerdo con lo acordado entre el comprador y el vendedor y los requerimientos de la entidad bancaria con la cual se trabaje.Estos documentos de embarque pueden venir con el medio de transporte o bien en forma separada.

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Entre los principales documentos de embarque con los cuales se trabaja tenemos los siguientes:

LA COTIZACION DE PRECIOS

LA FACTURA PROFORMA

La factura pro- forma (Profom – invoice) constitu-ye una de las alternativas de la cotización interna-cional, es uno de los documentos más utilizados en el comercio exterior debiéndose por tanto ajustar a los requisitos básicos que debe contener una oferta.

La factura pro forma no es más que una simple co-tización de precios que emite el vendedor a su po-tencial comprador, en donde este detalla las mer-cancías conjuntamente con el precios que tienen las mismas, sin embargo también establece el plazo de validez de la oferta, es decir el período en el cual el precio le será respetado.

Se cursa en forma nominativa, vale decir destinada al potencial comprador y tiene un carácter informa-tivo implicando al mismo tiempo un compromiso del oferente en términos de respetar las condicio-nes insertas en la misma, de allí entonces el plazo de validez de la oferta.

En algunos países esta carta oferta o factura pro

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

forma se utiliza para efectuar la apertura del acredi-tivo en la entidad bancaria.

Desde el punto de su emisión, la factura pro forma puede ser cursada por diferentes vías como por ejemplo a través de una fax, telex, etc.

Desde el punto de vista del formato, una factura pro forma no difiere en gran medida de la factura comercial, salvo en que se trata de una mera cotiza-ción de precios.

Normalmente una factura pro forma contiene los siguientes antecedentes:

- Nombre del vendedor, dirección, teléfono, fax y en general todo aquello que permita identificarlo y ubicarlo.

- Lugar, número y fecha de emisión de la pro forma.

- Dirección e identificación de la persona na-tural o jurídica a quien viene dirigida la oferta.

- Descripción de las mercancías, cantidad de las mismas, incoterm utilizado, moneda de pago, etc.

- Condiciones de pago, entidad bancaria con la cual se trabajará, tipo de bultos, etc., y en general todos aquellos antecedentes que

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permitan entregar el máximo de informa-ción respecto a la potencial venta del pro-ducto.

- Plazo de validez de la oferta que se inicia desde la fecha de emisión hasta el número de días de vigencia de la misma.

LA FACTURA COMERCIAL

Definición. Es un documento privado que extiende un vendedor a un comprador, acredita legalmente la decisión de las partes, de trasladar de uno a otro el dominio de la mercancía objeto del negocio, mediante el pago del valor previamente acordado.

Objetivos.Refleja la libre voluntad de las partes en cada uno de sus condiciones y debe ajustarse a las normas in-ternacionales vigentes, por lo cual es uno de los do-cumentos básicos para exportar e importar.

Finalidad.Sirve como contrato de compra y venta, de este modo debe firmarse y agregar las cláusulas de arbi-traje correspondiente, como también la forma de pago convenida y los documentos de embarque re-queridos.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Es un documento de primordial importancia pues acredita las condiciones contractuales, vale decir comprueba legalmente la decisión de las partes de trasladar de la una a la otra, el dominio de la mer-cancía objeto del negocio mediante el pago de un importe en dinero previamente acordado.Este documento juega un doble papel desde el pun-to de vista de la individualización de las mercancías y desde el punto de vista del pago. Debe establecer-se, sin embargo, que en algunos casos sirve ade-más, como propio contrato de compraventa. En aquellos casos en que la factura constituye al mis-mo tiempo prueba del contrato de compraventa, debe firmarse y contener las cláusulas arbitrales correspondientes, así como la lista de los documen-tos aduaneros que se acompañan y, eventualmente la forma de pago convenida. Esta fórmula que con-fiere a la factura ciertas funciones de contrato de compraventa, es corriente en las operaciones senci-llas o habituales. Con ello se persigue ahorrar trá-mites, tiempo y gastos adicionales. La factura comercial es un documento privado que el vendedor de una mercancía extiende a favor de su adquirente; refleja la libre voluntad de las partes en cada una de sus condiciones, pero al mis-mo tiempo debe ajustarse a normas y usos interna-cionales por cuanto es uno de los documentos bási-cos para cumplir los trámites de exportación e im-portación que implica la compraventa internacio-nal.

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Las facturas deben ser confeccionadas por el exportador tal como lo pide la carta de crédito, sin suprimir ninguna palabra. Debe ser confeccionada en la misma moneda en que se especifica la carta de crédito y lógi-camente no puede exceder el importe de la misma, a menos que el crédito indique la palabra aproximadamente que permitirá un 10% en más o en menos.

La factura deberá corresponder con los de-más documentos de embarque, en todos los datos que en ella constan, por ejemplo el valor del flete facturado deberá ser siempre el mismo valor que figura en el conoci-miento de embarque.

DATOS QUE DEBE CONTENER UNA FACTU-RA COMERCIAL

1) Individualización del vendedor, con su direc-ción, dirección postal, teléfono, télex y cualquier antecedente que permita su ubicación.2) Lugar de expedición y fecha en que se confec-ciona el documento por la empresa exportadora.3) Cuenta a que corresponde la venta, si es que co-rresponde.4) Número de la factura, que es el que corresponde al documento. Este número es correlativo e indivi-dual en cada una de las empresas vendedoras.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

5) Individualización de la persona natural o jurídica que realiza la compra. Su dirección, calle, número, ciudad, país dirección telegráfica y postal, etc.6) Tipo de embarque. En este caso se debe indicar si el embarque es marítimo, terrestre, aéreo, mixto, etc.7) Nombre del vehículo que transporta la mercan-cía.8) Lugar de embarque de las mercancías.9) Lugar de desembarque de las mercancías.10) Número del pedido del vendedor.11) Número del pedido del comprador.12) Fecha de embarque de la mercancía.13) Condiciones de pago. Debe indicarse claramen-te las condiciones en que cancelarse la mercancía. Su forma de pago.14) Banco con que se operará, para la cancelación de las mercancías.15) Cantidad de bultos, en los que han sido embala-das las mercancías.16) Tipo de envases y embalajes.17) Marcas y números de los bultos y contramarcas si es que existen.18) Peso neto de las mercancías.19) Peso legal de las mercancías.20) Peso bruto de las mercancías.21) Metros cúbicos, si es que corresponde.22) Descripción de las mercancías. En forma deta-llada en cuanto a tipo,

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En caso de vehículos o maquinarias, deben indi-carse números de chasis y motores y datos que per-mitan individualizar las mercancías.23) Cláusulas de compraventa, precio unitario, etc.24) Detalle de valores, según la cláusula de com-praventa.25) Descuentos aplicados y su concepto.26) Posición arancelaria al nivel de partida, ya que esto facilita los trámites de importación en destino.

LA NOTA DE GASTOS

La nota de gastos es un documentos de embarque de carácter opcional emitida por el proveedor extranjero o exportador en beneficio del importador o comprador, en donde se estipulan todos los gastos en que ha incurrido el vendedor a nombre del comprador a objeto de que éste proceda a reembolsarlos en una fecha propicia.La nota de gastos pierde su carácter de opcional cuando la cláusula de compra y venta o incoterm es Fas o Ex – Work.En todo caso la nota de gastos puede venir indistintamente en un documento que tenga tal carácter o bien incluido en la factura comercial o el contrato de transporte.Por lo general una nota de gastos incluye entre otros los siguientes gastos dependiendo si la cláusula de compra y venta es Ex Work o FAS.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Flete internoMovilizaciónManipulaciónGastos de embarque o carguío.

EL CONTRATO DE TRANSPORTE

Es un documento de embarque de carácter obligatorio que sirve como evidencia del acuerdo de las condiciones impuestas por el transportista y la otra parte que es el consignante de las mercancías. Acredita la propiedad de las mercancías y es endosable o transferible a simple endoso.Recibe diferentes denominaciones dependiendo del medio de transporte a utilizar, así entonces si el transporte se realiza por vía marítima se denominará conocimiento de embarque, bill of landing o simplemente BL; si el transporte se realiza por vía aérea entonces el contrato recibirá la denominación de guía aérea, air way bill o AWB y si el transporte se realiza por vía terrestre, entonces el contrato de transporte recibirá el nombre de carta de porte o WB. Cualquiera sea la denominación que reciban, cumplen las mismas funciones.

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CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.

MARÍTIMO, BILL OF LADING (B/L)

Definición. Este documento acredita que la empre-sa de transporte ha tomado la carga, comprometién-dose a entregarla en un lugar o puerto convenido previamente.

Objetivos. 1. Otorga título de crédito representativo de las

mercancías.2. Es endosable, es firmado por el capitán del bar-

co y el cargador como constancia de recepción y embarque de las mercancías, se emite en 3 originales y varias copias no negociables.

3. Es uno de los documentos primordiales y obli-gatorios, ya que es prueba de que se ha realiza-do el embarque de la carga.

Datos que debe contener un Bill of Lading: Nombre y datos de expedidor (shipper) y

del consignatario (consignee or order). Debe indicar el puerto de embarque (port of

loading) y de desembarque de la carga noti-ficada (port of discharge)

Fecha de embarque Fecha cuando se emitió el documento o se

recibió la carga a bordo

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Debe indicar el monto del flete, cantidad de bultos, marcas, peso, tipo.

Debe indicar cuando la carga es transporta-da sobre cubierta.

Indica si el flete es pre-pagado (prepaid) o por pagar. (collect).

Debe indicar si la mercancía fue recibida en buen estado (clean on board) o con alguna anomalía (foul bill of lading)

Número original de B/L Descripción de la carga y del o los contene-

dores

Características

Marítimo

Por su capacidad, es el que mueve el mayor volumen de mercancías en el tráfico inter-nacional.

Es prácticamente el único medio económico para transportar mercancías entre puntos distantes.

Existen buques adaptados a todo tipo de cargas.

La mayor parte del tráfico internacional se realiza en régimen de libre competencia, se-gún leyes del mercado de fletes.

Conocimiento de embarque (bill of lading) (B/L).

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Lo emite el transportador, capitán o agente marítimo, contra la devolución de los reci-bos provisorios dentro de las 24 hs. de fina-lizada la carga.

Es prueba del contrato de transporte. Es prueba, en principio, de la titularidad de

la de la mercadería. Es acuse de recibo de las mercaderías y del

estado en que éstas se encuentran en el mo-mento de la recepción.

Puede ser: nominativo, a la orden o al por-tador.

Limpio: el capitán reconoce que las merca-derías han sido recibidas bordo en perfecto estado y condiciones aparentes.

Sucio: El capitán expresa reservas con res-pecto al estado y condiciones de la merca-dería.

Directo: Cuando entre el puerto de carga y el de descarga hay servicio directo.

Mixto: Cuando no hay servicio directo. Embarcado: Extendido a la recepción de la

mercadería a bordo. Para embarque: Es un conocimiento provi-

sional, que reconoce que las mercaderías han sido recibidas para su posterior embar-que.

Fluvial

Lento y seguro. Económico en grandes volúmenes.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Conocimiento.

AÉREO, AIR WAY BILL (AWB)

Definición. Este documento es emitido por la com-pañía de trasporte aéreo, donde prueba la existencia de un contrato de transporte, acredita que el trans-portador ha tomado la carga obligándose a entre-garla en el aeropuerto convenido previamente.

Objetivos. 1. Otorga título de propiedad negociable al ser

presentado por el comprador o por una persona destinada.

2. Es endosable, se emite en 3 originales siendo el 2º para el consignatario.

Datos que debe contener una Guía Aérea

Consignatario o destinatario de las merca-derías (consignee).

Nombre del expedidor (shipper). Indica monto, flete, cantidad, bultos, peso,

marcas, tipo, etc. Debe indicar el aeropuerto de salida y des-

tino de la carga notificada. Fecha de embarque, cuando se emitió el do-

cumento o de recibo de la carga en bodega (flight date).

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Debe indicar el nombre de la compañía aé-rea y el número de vuelo y su representante.

Debe indicar si la mercancía fue recibida en buen estado o con alguna anomalía.

Número original de AWB. Descripción de la carga. Indica si la carga es pre- pagado (freight

pre paid) o por pagar (collect).

EL TRANSPORTE AÉREO

Si bien es el más costoso, tiene a su favor el reloj de tiempo, ya que es el tipo de transporte más rápido de estos tiempos, los cálculos para transportar mercadería en estos varia según los volúmenes, pesos, y por supuesto la ruta que estos debieran recorrer.Si bien actualmente los costos en transporte aéreo se manejan dentro de un mercado de libre competencia,   tener la indicación de los niveles  que se manejan para el mercado internacional, facilitará la estructuración de  los costos de importación.

Las aplicaciones de las tarifas aéreas, se basan  principalmente en:

La ruta. El tamaño  de los envíos.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

El producto y la relación peso / volumen, (m3 167 = kilo volumen).

Mínima. Es el costo mínimo de un despacho. Valor total en USD, dependiendo de la negociación que tenga la empresa con la compañía aérea o con el embarcador (forwarder).

Por peso del envío. Para este efecto, por lo general se establecen  las siguientes escalas. Su base de aplicación es el kg.Menor a 45kg. Más de 45 kg. Más de 100, de 200,  de 300, de 500 y  más de 1000 kg.

Adicional a la tarifa, se cobran los recargos de combustible (FS), el surcharge y de seguridad (SF) security fee, los cuales tienen mayor movilidad que las tarifas. Su base de aplicación es el kilo, con una base mínima según la aerolínea. 

Características.

Aéreo

Mejor servicio al cliente por la rapidez de la entrega.

Permite renovación constante de stocks. Mayor seguridad en los plazos de entrega. Adecuación para mercaderías perecederas,

electrónicas o de mucho valor. 297

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Medio adecuado para el envío de muestras. Relación particular tarifa peso/volumen. Menor manipulación que reduce costo de

embalaje. Las primas de seguro son más reducidas

(bajos índices de robos, averías, o pérdidas por factores climáticos).

Permite incrementar la vida comercial útil de los productos perecederos.

Guía aérea (airway bill). Lo emite el agente IATA (Asociación inter-

nacional de transporte aéreo) de cargas aé-reas, autorizado por las compañías aéreas.

Es un documento no negociable que si bien no involucra propiedad, como la posesión de un B/L, cumple varios propósitos:

Prueba del contrato de transporte. Prueba del recibo de la mercadería. Factura de flete. Certificado de seguro. Liberación aduanera.

TERRESTRE, CARTA DE PORTE, WAY BILL

Definición. Este documento prueba la existencia de un contrato de transporte terrestre, acredita que el transportador ha tomado la carga obligándose a en-tregarla en un destino convenido por las partes.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Objetivos.

Otorga título de propiedad negociable al ser presentado por el comprador o por una persona destinada.

Es endosable, se emite en originales y copias

Datos que debe contener una Carta de Porte:

Nombre y domicilio del remitente y del destinatario de las mercaderías.

Indica monto y la moneda a ocupar. El peso bruto, el volumen y el valor FOB

de las mercancías. Número original del documento. Indica si el flete es pre- pagado o por pa-

gar. Debe indicar el lugar de salida y destino de

la carga notificada. Fecha de embarque, cuando se emitió el do-

cumento o de recibió la carga. Debe indicar si la mercancía fue recibida en

buen estado o con alguna anomalía Nombre y firma de la empresa transportista

y del destinatario o su representante Cantidad y clase de bultos, marcas, núme-

ros, tipo de mercancías, contenedores y ac-cesorios.

Características

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Carretero Simplicidad, versatilidad y flexibilidad. Permite transportar cualquier tipo de merca-

dería. Se utiliza cuando se trata de entregas puerta

a puerta. Fuerte competencia, lo que permite nego-

ciar condiciones ventajosas. Carta de porte (inland or ground bill of lad-

ing) Es el titulo legal del contrato entre el carga-

dor y el porteador y es el elemento de prue-ba de la carga. Cumple una importante fun-ción como instrumento de crédito y puede ser emitido: al portador, nominativo, a la orden, unimodal, conjunta o indistinta.

Ferroviario.

Es adecuado para grandes envíos de vagón completo a mercados limítrofes.

Permite transportar gran variedad de tipos de mercaderías y grandes tonelajes en lar-gos recorridos.

Sus servicios son regulares, con itinerarios determinados.

Facilidad de seguimiento de la carga. Bajo índice de siniestralidad. Carta de porte (rail road bill of lading).

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Multimodal.

Es reciente. Describe el traslado de mercaderías desde su origen hasta un destino, combinando distintos medios de transporte (terrestre, marítimo, aéreo).

Es la consecuencia de los avances tecnológicos en el transporte internacional, principalmente con la utilización de pallets y contenedores o vehículos cerrados, capaces de ser transbordados de uno a otro medio de transporte sin necesidad de llevar a cabo manipulación alguna de las mercaderías, los cuales al estar precintados, permiten el tránsito aduanero por varios países, de manera simple y rápida.

No es necesario realizar distintos contratos para cada cambio en el medio de transporte.

Conocimiento de transporte multimodal (conocimiento FIATA-Federation international des transitaires).

LA PÓLIZA DE SEGURO

Según el código de comercio el seguro es un contrato bilateral, condicional y aleatorio por el cual una persona natural o jurídica toma sobre sí por un determinado tiempo todos o algunos de los riesgos de pérdida, obligándose mediante una retribución convenida, a indemnizarle la pérdida o

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cualquier otro daño estimable que sufren los objetos asegurados.La Póliza de Seguro no es otra cosa que el documento que justifica el seguro, ésta puede transferirse como cualquier título de crédito.Existen dos tipos de pólizas:a.- Las pólizas flotantes o globales.b.- Las pólizas específicas o facultativas.

Las Pólizas Flotantes o Globales se utilizan en expediciones de mercancías con cierta continuidad y está sujeta a declaraciones futuras por viajes.Las Pólizas Específicas o Facultativas se refieren a expediciones aisladas, se contratan por cada transporte en forma individual.Dado que no existe obligatoriedad de contratar un seguro, y para los efectos de conformar el monto CIF, base de la valoración en aduanas, el servicio de aduanas permite aplicar el denominado seguro teórico que es el 2% sobre el monto FOB.

En una póliza de seguro resulta importante diferencia lo siguiente:

Valor de la mercancía. Que es el valor de la mercancía que se está vendiendo de acuerdo al incoterm utilizado.

Monto Asegurado. Que es el monto por el cual se asegura la mercancía, por ejemplo valor factura

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

más un 10% (es sobre este monto que la compañía aseguradora procede a indemnizar total o parcialmente de acuerdo con la pérdida.

Tasa de Seguro. Que es el porcentaje que la compañía cobra por asegurar la mercancía, dependiendo del valor de la mercancía y del riesgo de la misma.

Prima de Seguro. Es la cantidad de dinero que el asegurado paga por contratar el seguro.

Prima Neta. Es la cantidad que se obtiene de aplicar el porcentaje de la tasa sobre el monto asegurado y esta es la cantidad que se debe considerar como el seguro por parte de la aduana en la conformación del valor CIF.

IVA. Dado que la compañía aseguradora es una prestadora de servicios, debe también aplicar el correspondiente impuesto al valor agregado o IVA y que en el caso de nuestro país es de un: 19% sobre la prima neta.

Prima Bruta. Es el resultado de sumar la Prima Neta más el IVA y corresponde a la cantidad de dinero que el asegurado efectivamente cancela a la compañía aseguradora.

Objetivos.

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Indemnizar al asegurado por posibles perdidas o daños materiales que sufra su carga, materia asegurada, durante su transporte desde el lugar de origen hasta el lugar de destino. Las condiciones más importantes de las pólizas de seguro son contra todo riesgo y de bodega a bodega.

Datos que debe contener una Póliza de Seguros.

Nombre de asegurado y del asegurador. Vigencia y número de la póliza. Moneda en la que esta hecho el documento. Código del corredor. Número del certificado de seguro. Debe indicar las materias aseguradas y su

embalaje. La cobertura de lo asegurado y los montos

asegurados. Valor de la prima. Debe decir si tiene o no deducible. Nombre y datos de la empresa

transportadora. Fecha y lugar de salida y de llegada. El número de B/L, AWB o carta de porte

según sea el caso. Una copia destinada para el agente de

aduana.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

PACKING LIST O LISTA DE EMPAQUE

Es un documento emitido por el exportador y proporciona datos sobre las especificaciones de cada uno de los bultos de la transacción, atendiendo a la necesidad de que el contenido de cada uno de ellos se encuentre debidamente identificado en sus mínimos detalles técnicos. Es un documento que facilita a las autoridades de aduanas realizar su inspección, y al cliente a identificar el contenido de la carga.El packing list es entonces un documento de embarque opcional que describe la relación de contenido que trae cada bulto.La lista de empaque o packing list le sirve fundamentalmente a:

Al importador. Al despachador de aduanas. A la compañía de seguros.

Al Importador.El packing list le permite al importador conocer el contenido que trae cada bulto de acuerdo con el pedido de mercancías que hubiese realizado, de manera tal que en caso de mermas o faltantes, pueda realizar el reclamo al proveedor extranjero y a la compañía aseguradora.

Al despachador de aduanas.

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Al despachador de aduanas le permite identificar las mercancías que vienen en el interior de cada bulto para posteriormente realizar el pedido arancelario y la clasificación de las mercancías, de manera tal que cuando no se encuentre seguro en cuanto a la clasificación pueda realizar el reconocimiento previo de las mercancías mediante una solicitud dirigida a la aduana, a través de un documentos denominado solicitud de reconocimiento, reembalaje y división de bultos.Al efectuar la solicitud, el despachador de aduanas puede guiarse por el packing list e identificar el bulto en el cual se encuentra el contenido que le merece dudas.

A la compañía aseguradora.Le permite constatar si efectivamente existen mercancías faltantes y solicitar la inspección del bulto en cuestión constatando que efectivamente existe una merma o no y practicar las investigaciones del caso.La lista de empaque guarda estrecha relación con la factura comercial y normalmente la acompaña en todo momento.

Datos que debe contener un packing list.- Número y fecha del documento.- Datos del exportador e importador.- El número de confirmación del documento.- Número y fecha de la orden.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

- Lugar de destino.- Nombre y bandera del transporte.- Número, pesos y volumen de bultos.- Forma de embalaje de las mercancías.- Marcas y detalle de cada bulto en embarques de

equipos de grandes dimensiones, embarques parciales y embarques aéreos.

- La totalidad de los pesos brutos y netos debe coincidir con la totalidad de iguales pesos declarados en el conocimiento de embarque.

- Contenido de los diferentes envases.- Especificación de peso y dimensiones de cada

bulto.

EL CERTIFICADO DE ORIGEN

El Certificado de Origen tiene como principal objetivo acreditar el origen nacional de un producto que se destina a la exportación, de acuerdo con las normas de origen pactadas en los respectivos acuerdos comerciales.Conforme a lo anterior y por la inserción de Chile en los mercados internacionales a través de la firma de los convenios suscritos en el marco de ALADI (acuerdos de alcance regional (PAR), y acuerdos de complementación económica (ACE) y los tratados de libre comercio con Canadá, México, etc., y los próximos a firmarse este documento es

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fundamental para los efectos de acogerse a las preferencias arancelarias que se han alcanzado.Además, como nación considerada en vía de desarrollo, los productos originarios de nuestro país son beneficiados con el mecanismo denominado sistema generalizado de preferencias (SGP), otorgado por países de economías desarrolladas.Para lograr acogerse a las preferencias arancelarias obtenidas, ya sea por negociaciones bilaterales o beneficios arancelarios del SGP y de acuerdo con las disposiciones internacionales emanadas de los mismos tratados vigentes, deberá acreditarse el origen de las mercancías exportadas mediante un certificado de origen suscrito por alguna repartición oficial o entidad gremial con personalidad jurídica, habilitada por el gobierno del país exportador.Están exceptuadas de este trámite las exportaciones acogidas a los tratados de libre comercio con Canadá y México, en donde los propios exportadores deben certificar el origen de sus productos.

Datos que debe contener un certificado de origen.

Número de certificado. País exportador e importador.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Nombre, dirección, teléfono y fax del productor.

Nombre, dirección, teléfono y fax del exportador e importador.

Puerto o lugar de embarque. Número y fecha de la factura comercial. Número, código arancelario, denominación,

cantidad, medida y valores FOB en la moneda correspondiente, de las mercancías.

Normas de origen

Debe incluir una declaración de exportador, donde dice que cumplen con los acuerdos vigentes, con sello y firma del exportador.

Nombre, sello y firma de la entidad certificadora, que otorga la veracidad al documento.

Al reverso del certificado, se encuentra un instructivo para llenarlo y las normas de cada certificado.

Diferentes tipos de Certificados.

Existen diferentes tipos de certificados de origen, dependiendo de donde provenga la mercadería y de los diferentes tipos de acuerdos que existan entre los países en negociación, a modo de ejemplo podemos decir que para:

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La Comunidad Europea existe un certificado de origen que se denomina Euro 1.

Así como para los países pertenecientes al MERCOSUR, ALADI, a los Tratados de Libre Comercio con Estados Unidos, Corea, México, Canadá, Centroamérica y EFTA (Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein), sin embargo el objetivo primordial del certificado de origen es validar el origen del producto para acogerse a las disposiciones de los existentes acuerdos.

Concepto de origen.

Para entender la utilidad del certificado de origen es necesario hacer una distinción entre el país de origen y el país de adquisición de un producto.

El país de origen es el país en el cual las mercaderías han sido extraídas, cosechadas, fabricadas o armadas en su totalidad o parcialmente a partir de productos originarios del mismo país, o de un porcentaje de insumos importados, bajo condiciones que convengan los estados contratantes de un acuerdo internacional.

El país de adquisición es aquel en que la mercancía se comercia legalmente con otros países sin importar de donde provenga.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Entidades autorizadas para emitir certificados de origen.

Sociedad de fomento fabril (SOFOFA) lista productos UE.

Servicio agrícola y ganadero SAG. Servicio nacional de pesca

(SERNAPESCA). Comisión chilena del cobre (COCHILCO). Cámara nacional de comercio. Asociación de exportadores A.G. Servicio de cooperación técnica

(SERCOTEC) sólo certifica calidad de la artesanía nacional.

Asociación de industriales de la quinta región (ASIVA)

CERTIFICADO FITOSANITARIO

Este documento permite exportar e importar a los diferentes mercados los productos hortofrutícolas, de acuerdo a los requerimientos específicos establecidos por los mercados de salida o destino. La certificación se emite al momento que el producto llega al puerto de salida. Contempla la atención en las plantas de embalajes y almacenamiento hortofrutícolas, para otorgar los servicios relacionados con el proceso de certificación: autorización de instalaciones,

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muestreo de lotes, inspecciones y despacho a puerto.

Las instituciones responsables son.

Servicio agrícola y ganadero (SAG) El departamento de protección agrícola. El

Certificado fitosanitario es internacional.

Toda exportación e importación hortofrutícola de Chile, debe ir acompañada de un certificado fitosanitario oficial, el cual declara la condición fitosanitario del producto, es de carácter técnico y va dirigido desde el organismo oficial  de Chile (SAG) a su homólogo en el país extranjero. Este documento certifica si esta libre de enfermedades, la calidad de la cosecha, su procedencia, pureza varietal, calibre, entre otros dependiendo del producto.

Documentos requeridos para solicitar una inspección (24 horas de anticipación)

Identificación del exportador o planta. Hora que se requiere el servicio. Tipo de servicio solicitado. Número de lotes a inspeccionar. Tamaño y especies consideradas en el o los

lotes.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Este documento debe incluir la fecha y la validación de este, además de las firmas autorizadas de los organismos correspondientes. Debe incluir un detalle de los productos y la certificación propiamente tal de que está apto para la internación en un país determinado.

Capìtulo 17

PRINCIPALES TÉRMINOS Y DEFINICIONES UTILIZADAS EN

COMERCIO EXTERIOR

ADUANA.Constituye el servicio público de carácter autónomo y que se relaciona con el ejecutivo a través del ministerio de Hacienda, encargado de intervenir en el trráfico internacional, vigilar y fiscalizar el paso de las mercancías por las costas, fronteras, puertos y aeropuertos de la república para los efectos de la recaudación de los impuestos a la importación, exportación y otros, para formar las estadísticas de este tráfico y para los demás fines que las leyes les encomienden.ALMACEN PARTICULAR.Son locales o recintos perfectamente deslindados, donde las mercancías extranjeras que previamente han sido presentadas a la aduana, pueden

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permanecer sin pagar derechos aduaneros hasta que se les otorgue una destinación aduanera definitiva.

ADMISION TEMPORAL.Es el régimen aduanero que permite entrar en un territorio aduanero, con suspensión del pago de gravámenes ciertas mercancías importadas con un fin determinado, destinadas a ser reexportadas dentro de un plazo establecido o importadas definitivamente, sea en el estado en que se encuentran o después de haber sufrido una transformación o reparación determinada.

AFORO.Es la operación por medio de la cual el fiscalizador de aduanas,verifica que la clasificación arancelaria de las mercancías, su avaluación ,la fijación de la cuota de los derechos y la aplicación de las leyes que le corresponden, hayan sido correctamente propuestos por el declarante..

A FIRME.Es aquella modalidad en que el precio se pacta por las partes y este no es susceptible de modificación posterior.

AGENTE DE ADUANAS.Es un profesional auxiliar de la función pública aduanera, que actúa como un ministro de fe y cuenta con una licencia que lo habilita ante el

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

servicio de aduanas para prestar servicios a terceras personas como gestor en el despacho de las mercancías.

ARTICULO A MEDIA ELABORACION.Son aquellos artículos que requieren de procesos ulteriores para adquirir la forma final en que serán exportados y comercializados, no debiendo ser tales procesos meras operaciones de montaje, ensamblaje, embalaje, marcación, composición de surtidos u otras operaciones o procesos semejantes.

BAJO CONDICION.Es aquella modalidad de venta en que el valor definitivo de las mercancías queda sujeto al cumplimiento de las condiciones que se convengan entre el exportador y su comprador en el exterior.

CONDUCTOR.Es la persona a cargo de un vehículo.

CLAUSULA DE COMPRA Y VENTA.Es el término en que se efectúa un contrato de compra y venta en lo relacionado con la cotización de precios.

COSTO Y FLETE.Es el precio de la mercadería considerando el costo y el flete de ellas.

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COSTO Y SEGURO.Es el precio de las mercaderías considerando el el seguro de las mismas.

COSTO SEGURO Y FLETE.Es el precio de las mercaderías considerando el costo, el seguro y el flete de las mismas.

COMISION DE EXPORTACION.Es el beneficio pecuniario que a cualquier título obtenga una persona natural o jurídica, como retribución en una operación de exportación efectuada entre terceros.

CERTIFICADO FITOSANITARIO.Es un certificado de carácter internacional necesario para aprobar el ingreso de un producto vegetal o animal a un país.

CERTIFICADO O POLIZA DE SEGURO.Es un documento extendido por una compañía aseguradora al ser tomado un seguro para una determinada mercadería.

CERTIFICADO DE ORIGEN.Es un formulario específico que permite identificar las mercaderías y en el cual la autoridad o entidad facultada para emitirlo certifica expresamente que las mercaderías a las que se refiere el certificado son originarias de un determinado país.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

CONOCIMIENTO DE EMBARQUE.Documento de título de carga o contrato de transporte y que sirve como evidencia del acuerdo de las condiciones impuestas por el transportista y la otra parte que es el consignante de las mercaderías. Acredita la propiedad de las mercancías y es endosable o transferible a simple firma.Recibe el nombre de conocimiento de embarque cuando el transporte se realiza por vía marítima.Recibe el nombre de guía aérea cuando el transporte se realiza por vía áerea y recibe el nombre de carta de porte, cuando el transporte se realiza por vía terrestre.En todo caso todos cumplen la misma función descrita anteriormente.

CONSIGNACION LIBRE.Es aquella modalidad de venta en la cual el valor de las mercancías tiene un carácter meramente referencial toda vez que ella se envía a un agente, recibidor o consignatario en el exterior para que proceda a su recepción y venta conforme a las instrucciones impartidas por el consignatario o a lo convenido entre ambos.

CONSIGNACION CON MINIMO A FIRME. Es aquella modalidad de venta en el cual un mínimo del valor de la mercadería es efectuado bajo la modalidad de venta a firme.El valor

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definitivo de las mercaderías queda sujeto al cumplimiento de las demás condiciones que se convengan entre el exportador y su comprador en el extranjero.

CAUCION PERSONAL.Persona que acepta en forma legal la responsabilidad de soportar las consecuencias financieras derivadas del incumplimiento de los compromisos contraídos por otra persona con la aduana u otra institución.

CAUCION REAL.Entrega provisional de una suma en dinero o en valores, como garantía del pago de derechos, impuestos u otras sumas eventualmente exigibles.

DESTINACION ADUANERA.Es la manifestación de voluntad del dueño,consignante o consignatario que,expresada en la forma prescrita por el reglamento, indica el régimen aduanero que debe darse a las mercancías que pase o haga pasar a través de los límites del territorio nacional.Las principales destinaciones aduaneras son: importación, exportación, reexportación, reimportación, admisión temporal, almacén particular, etc.

DIVISION DE BULTOS.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Es la separación física de las mercaderías para confeccionar las declaraciones y que se encuentran amparadas por el mismo conocimiento de embarque, carta de porte, guía aérea u otro documento.

DECLARACION.Es un documento suministrado por el despachador de aduanas o por el servicio de aduanas y en el cual se formaliza toda destinación aduanera.

DESPACHADOR DE ADUANAS.Es un profesional auxiliar de la función pública aduanera que actúa como ministro de fe y cuenta con licencia que lo habilita ante el servicio de aduanas para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías.

DECLARACION ARANCELARIA.Es el pedido de despacho de las mercancías, pedido que se hace en toda declaración de importación, exportación u otro documento de destinación aduanera.Este pedido arancelario deberá contener el valor imponible, la individualización de las mercancías arancelariamente, de manera que con el sólo mérito de dichos datos quede encuadrado dentro de una determinada partida del arancela aduanero.

DERECHOS ADUANEROS.

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Son los derechos que deben pagar en las aduanas las mercancías que se importen al país.

DERECHOS AD-VALOREM.Son los derechos establecidos en los aranceles aduaneros y que consisten en porcentajes que se aplican sobre el valor CIF o valor aduanero de las mercancías.

DERECHOS ESPECIFICOS.Son los derechos establecidos en los aranceles aduaneros y que graban a las mercancías sobre su volumen, peso y naturaleza de las mismas.

DECLARACION DE EXPORTACION.Es un documento de carácter aduanero a través del cual se tramitan las destinaciones aduaneras de exportación y se certifica además la salida legal de las mercancías hacia el exterior para ser usadas o consumidas.

DERECHOS CONSULARES.Son los derechos que afectan a las facturas de importación y corresponden a la visación que hace el cónsul del país del cual procede la mercancía que se está importando.Esta visación está afecta a un impuesto que se integra a las arcas fiscales.

EQUIPAJE.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Se entiende por equipaje a los artículos de viaje, prendas de vestir, artículos de tocador eléctricos y artículos de uso personal o de adorno, gastados o usados y que sean apropiados al uso y necesidades ordinarias de la persona que los importa o exporta y no para su venta.Los objetos de uso exclusivo para el ejercicio de profesiones u oficios usados.Hasta una cantidad que no exceda por persona adulta de uatrocientos (400) unidades de cigarrillos; 500 gramos de tabaco de pipa; 50 unidades de puros y 2500 centímetros cúbicos de bebidas alcohólicas.

EXPORTACION.Es la salida legal de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo en el exterior.

EX-FABRICA.Es la cláusula de compra y venta que nos indica el precio de las mercancías embaladas y dispuestas para tomarlas en la fábrica o en el almacén de ellas.Es el precio de las mercaderías fijado en la fábrica.

ESPECIAL.Es aquella modalidad de venta, distinta a las otras conocidas, la que sólo podrá convenirse previa autorización del Banco Central de Chile.

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ENVIOS POSTALES.Son los envíos de correspondencia y las encomiendas postales.

FAS (FREE AT SIDE).Es el precio de las mercancías puesta en el muelle de atraque al costado de la nave.

FOB (FREE ON BOARD.Es el precio de las mercancías puestas a bordo de la nave en el puerto de embarque.Libre a bordo.

FIANZA.Compromiso suscrito en las formas legales por el cual una persona asume su obligación de cumplir o no cumplir un acto determinado.

FACTURA PRO FORMA.Es un documento de carácter comercial, es una mera cotización de precios y es confeccionado por el proveedor, otorgándole además un plazo de validez a la oferta.

FACTURA COMERCIAL.Es un documento privado que el vendedor de una mercancía extiende a favor de su adquirente, generalmente contiene los datos habituales suscrito en el convenio previo.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

GASTOS PORTUARIOS.Son aquellos pagos que hace el importador o exportador de una mercancía para los diferentes servicios que se prestan en el puerto de carga o de descarga, entre estos se tiene; descarga, movilización de la carga, almacenaje, romaneo.GARANTIA.Es lo que asegura a satisfacción de una institución la ejecución de una obligación para con ella.La garantía se denomina global cuando asegura la ejecución de las obligaciones resultantes de varias operaciones.

GUIA AEREA.Es un documento equivalente al conocimiento de embarque usado para el caso del transporte aéreo de las mercancías.

IMPORTACION.Es la introducción legal de mercancías extranjeras para su uso o consumo en el país.

IMPORTADOR.

Es la persona natural o jurídica que manifiesta su intención en vías a realizar una importación.INSTRUMENTOS DE CAMBIOS INTERNACIONALES.Son las monedas extranjeras o divisas, como también cualquier documento de pago expresado en moneda extranjera.LEGALIZACION.

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Es la operación que consiste en constatar que el respectivo documento ha cumplido con todos los trámites legales y reglamentarios. Una vez legalizadas las declaraciones no podrán ser modificadas por autoridad alguna.

LIQUIDACION DE RETORNOS.Es la venta por parte del exportador, de los instrumentos de camnbios internacionales, producto del retorno de sus operaciones de exportación a una empresa bancaria a fin de obtener el contravalor de las mismas en moneda nacional, o bien es el pago de los financiamientos que éste haya obtenido en conformidad a las normas establecidas en lo relativo a financiamiento de las exportaciones, establecido en las Normas de Cambios Internacionales relativas a exportación.

LIQUIDACION FINAL.Es el documento por medio del cual el exportador presenta el resultado definitivo de su operación de exportación.

LOTEO.Es la operación a través de la cual funcionarios designados separan las mercancías por lotes y que posteriormente serán objeto de subasta o remate aduanero.

MERCANCIA.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Son todos los bienes corporales muebles sin excepción alguna.

MERCANCIA NACIONAL.Es la mercancía producida o manufacturada en el país con materias primas nacionales o nacionalizadas.

M. Es el símbolo o letra que identifica a las importaciones.

MERCANCIA NACIONALIZADA.Son las mercancías extranjeras cuya importación se ha consumado legalmente, esto es, cuando terminada la tramitación aduanera, quedan a la libre disposición de sus dueños.

MERCANCIA EXTRANJERA.Es aquella mercancía producida o manufacturada en el extranjero y cuya importación no se ha acreditado legalmente.

MATERIAS PRIMAS.Es toda sustancia, elemento o materias primas necesaria para obtener un producto, siempre que ellos se encuentren incorporados o contenidos total o parcialmente en el producto final.También se entiende por materia prima a aquellos elementos, sustancias o materias que se consuman o

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intervengan en el proceso de manufacturación o sirvan para conservar el producto final tales como: Detergentes, radioactivos, catalizadores, etc.

MONEDA AUTORIZADA.Son las monedas en que podrán convenirse las operaciones de exportación e importación.

MUESTRAS COMERCIALES.Son artículos representativos de una categoría determinada de mercancías ya producidas o que son modelos de mercancías cuya fabricación está contemplada.

MANIFIESTO DE CARGA.Es el documento que contiene la relación completa de los bultos de cualquier clase a bordo del vehículo, con exclusión de los efectos de las tripulaciones y de los pasajeros.Este documento debe ser suscrito por el capitán o conductor de la nave.

PAIS DE ORIGEN.Es el país en donde se fabrican, producen o elaboran las mercancías.

PAIS DE ADQUISICION.Es el país en donde se compran las mercancías, pudiendo ser el mismo país de origen u otro.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

PUERTO DE EMBARQUE.Es el puerto en donde se cargan físicamente las mercancías a bordo de la nave.

PUERTO DE DESTINO.Es el puerto en donde deberán entregarse las mercancías.

POTESTAD ADUANERA.Es el poder que tiene la aduana sobre las mercancías extranjeras que se encuentran depositadas en recinto de depósito aduanero o que se encuentran bajo régimen suspensivo de derechos en el país, hasta que no se haya acreditado su importación o exportación definitiva.

PROVISIONES Y RANCHO.Son las mercancías generales destinadas al consumo de pasajeros y tripulantes o al servicio de la nave.

PESO BRUTO.Es el peso de las mercancías con todos sus envases y embalajes tanto interiores como exteriores, siempre que estos sean los con que habitualmente se presentan.

PESO LEGAL.Es el peso de las mercancías con todos sus envases interiores incluyendo ataduras, cajas, envolturas,

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etc., con que se acondicionan dentro del embalaje exterior, simple y múltiple que les sirva de receptáculo general.

PESO NETO.Es el peso de las mercancías incluyendo sólo las ataduras con que se presentan.

PARTE.Es el conjunto o combinación de piezas unidas por cualquier procedimiento de sujeción destinados a construir una unidad superior.

PIEZA.Es aquella unidad manufacturada cuya ulterior división física produzca su inutilización para la finalidad a que estaba destinada.PRODUCTOS ORIGINARIOS.Son aquellos producidos en un país de la zona, respetando las normas sobre máximo de componentes de origen extrazonal que puedan utilizarse en su fabricación.PUERTOS MAYORES.Son aquellos puertos por donde pueden efectuarse toda clase de tráfico de mercancías o tránsito de personas excepto las limitaciones que impongan las leyes.

RECINTO DE DEPÓSITO ADUANERO.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Es el lugar habilitado por la ley o por el servicio de aduanas, en donde se depositan las mercaderías bajo su potestad.

REEXPORTACION.Es el retorno al exterior de mercancías traídas al país y no nacionalizadas.

REIMPORTACION.Es la importación en un territorio aduanero de mercancías que han sido exportadas anteriormente desde ese territorio.

REDESTINACION.Es el envío de mercancías extranjeras desde una aduana a otra del país, para los fines de su internación inmediata o para la continuación de su almacenamiento.

RETORNO.Es el acto en virtud del cual los exportadores hacen llegar al país los instrumentos de cambios internacionales, obtenidos por el pago de una operación de exportación.

REINTEGRO DE DERECHOS.Facultad que tienen los exportadores para recuperar los derechos y demás gravámenes aduaneros cancelados por la importación de materias primas,

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artículos a media elaboración, partes y piezas, utilizadas como insumos, incorporados o consumidos en la producción del bien exportado.

RECIBIDOR EXTRANJERO.Es la persona natural o jurídica que actúa en representación del exportador en el extranjero, con la finalidad de ubicar poder comprador para sus productos.Actúa preferentemente en la modalidad de venta en consignación libre SEGURO.Es el contrato que un exportador toma con una compañía aseguradora, con el objeto de salvaguardar sus mercan cías contra determinados riesgos.

SEGURO TEORICO.Es la facultad que otorga el servicio nacional de aduanas como, en el sentido que cuando no se dispone de un seguro,se puede aplicar el denominado seguro teórico para la conformación del valor CIF.El seguro teórico se calcula aplicando el porcentaje del 2% sobre el monto FOB.

TRANSPORTISTA.Persona que transporta efectivamente las mercancías o que tiene al mando o la responsabilidad del medio de transporte.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

TRANSPORTE.Es el medio de traslado de lasmercancías desde un punto de origen a un punto de destino, pudiendo ser este marítimo, aéreo, terrestres, oleoducto, etc.

TOLERANCIA.Es la facultad que tiene el servicio de aduanas para permitir aumentos de hasta el 20% en el volumen de las mercancías embarcadas y siempre que éste no se traduzca en una disminución del precio unitario.VEHICULO.Es cualquier medio de transporte de carga o de personas.

VALOR LÍQUIDO DE RETORNO.Es el valor según cláusula de compra y venta que retorna, deducidos los gastos y comisiones cancelados en el exterior y aceptados como tales por el Banco Central de Chile.

WARRANTS.Son establecimientos, depósitos o contenedores destinados a guardar mercancías.

X.Equis es el símbolo respecto del cual se reconoce la exportación.

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ZONA FRANCA.Es un recinto perfectamente deslindado próximo a un puerto a aeropuerto en donde las mercancías que se introducen, gozan de extraterritorialidad aduanera, vale decir se presume de derecho de que estas se encuentran en el extranjero

ZONA FRANCA DE EXTENSION.Es el territorio que va más allá de la zona franca.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

TÉRMINOS EN INGLES UTILIZADOS EN

COMERCIO EXTERIOR

AAR: (AGAINST ALL RISK): Contra todo riesgo. Se utiliza la abreviatura ARAboard: A bordo. Su uso, más común es on board.Above par: Por encima de la par.Acceptance: Aceptación.Actual weight: Peso real.Air mail transfer: Transferencia de fondos por vía aérea.All charges to goods: Todos los gastos a cargo de la mercancía.Allowance: Tolerancia de rebaja en créditos documentarios.As is: Tal cual, en el estado en que se encuentra.Asignable: Transferible (Créditos documentarios)Assignee: Beneficiario de una transferenciaAt sight: A la vistaAuction sale: En subasta, en remateA/V: Abreviatura de ad-ValoremBid: Oferta adjudicación

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Bid-bond: Fianza de participación en una adjudicación.Bill of exchange: Letra de CambioCommon carrier bill of lading: Carta de Porte.Direct bill of lading: Conocimiento de Embarque sin trasbordo.Full set of bill of lading: Juego completo de conocimiento de embarque.Inland bill of lading: Conocimiento de embarque vía terrestre.On board bill of lading: Conocimiento de embar-que a bordo.Bill of sale: Contrato de venta.Bond a bond indemnity: FianzaBrand: Marca, marca de fábricaBraekage: RoturaBrokerage fee: Comisión corretaje.Bulk: Masa, volumen.Cable transfer: Transferencia por cable.Carrier: Transportador, transportistaCartage: Transporte carretero por camión.Cash against documents: Pago contra presentación de documentos.Cash of delivery: Envío contra reembolso.Custom duties paid: Derechos de aduana cancelados.Clain: Reclamación.Clearing: CompensaciónCollect: Porte debido, pagadero en destino.Freight collect: Flete por pagar.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Collection: Cobro.Conference line vessel: Nave que pertenece a una compañía de conferenciaConsignement: Expedición.Currency: Divisa.Foreing currency: Moneda extranjera.Currency rate: Tipo de cambio de divisas.Customs house: AduanaCustoms duties: Derechos de aduana.Customs Entry form: Formulario de declaración de aduana.Deck: Cubierta.Deckload: Carga sobre cubiertaOn deck: Sobre cubierta.Underdeck: Bajo cubiertaDelivery: EntregaDelivery order: Orden de EntregaDraft: Letra de cambio.Sight draft: Letra a la vistaDraft contract: Proyecto de contrato.Draw back: Reembolso parcial de impuestos o derechos de aduanas.Effect not cleared: Efectos pendientes de cobro.Fair prices: Precios justos.Free in and out: Mercancía debe ser puesta a bordo.Freight: Flete.Invoice: Factura.Label: Etiqueta

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L/C: Abreviatura de carta de crédito (letter of credits).Load: Cargamento.Loan: Préstamo.Lump sum: En cifras redondas.Naturity: Vencimiento.Merchandise: Mercancía.Mill certificate: Certificado de fábrica.Money order: Libranza, orden de giro postal.M/S months sight: Meses vista.No found: Sin fondos.On behalf: De orden de.On stream: Llave en mano.Open account: Pagar en cuenta corriente.Power of attorney: Poderes.Packing list: Lista de empaque, lista de bultos.Patron: Cliente.Per cent: Por ciento.Perfomance bond: Garantía de buena ejecución.Pilferage: Hurto durante el transporte.Promissory note: Pagaré.Provision: Cláusula, estipulación.Public weight master: Pesador oficial.Quote: Cotización.Receipt: Recibo.Red label: Etiqueta roja (mercancía peligrosa).Retail: Venta al por menor.Retail dealer: Vendedor minorista.

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INTRODUCCION AL COMERCIO EXTERIOR

Retail prices: Precios al por menor.Rider: Suplemento a una póliza de seguro o contrato.Sample: Muestra.To sample: Toma de muestra.Sample order: Pedido de muestra.Sampling order: Autorización para tomar muestra.Shipper: Embarcardor, cargador.Short delivery: Faltante.Since shipped: Embarcado desde.Stale: Caducado, fuera de plazo.Stale bill of lading: Conocimiento de embarque fuera de plazo.Stand by: Ayuda, socorro.Stand by credit: Crédito puesto en un banco o grupos a disposición de una empresa o gobierno.Storage: Depósito, almacén.Storage cost: Gasto de almacenaje.Supplier: Proveedor.Swap: Intercambio.Tally: Inventario de la descarga de una mercadería.Tender: Oferta, propuestaTerms: Condiciones de pagoTime drafs: Letra de cambioa vencimientoTransferee: Beneficiario de transferencia de un crédito documentario.Transhipment: Trasbordo

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Trials: Ensayos, pruebasUnderwritter: AseguradorUnfit: ImpropioUrtel: Con referencia al telegramaWarehouse: BodegaWeight: Peso

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