Upload
others
View
0
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
JULIO, 2019
INTEGRACIÓN DE LOS CONSEJOS TÉCNICOS
CONSULTIVOS ESCOLARES
NIVEL MEDIO SUPERIOR Y SUPERIOR
REUNIÓN INFORMATIVA
Proporcionar la información necesaria a los Presidentes y
Secretarios de los Consejos, para la adecuada elección de
representes alumnos y del personal docente así como la
integración de dichos órganos.
OBJETIVO DE LA PLÁTICA
Consejeros
permanentes
Consejeros
designados
Consejeros
electos
Invitado
permanente
TIPOS
DE
CONSEJEROS
FUNDAMENTO LEGAL
Las convocatorias para consejeros electos alumnos y profesores,
se rige bajo los siguientes artículos: 27 y 28 de la Ley Orgánica;
202, 203 y del 206 al 213 del Reglamento Interno, ambos del
Instituto Politécnico Nacional.
BASE PRIMERA. INTEGRACIÓN (PARA EL NMS)
El Consejo Técnico Consultivo Escolar (CTCE) del CECyT __ “_____ _____”, estará integrado por:
I. El Director del CECyT __ “_____ _____”, quien lo presidirá;
II. Los Subdirectores Académico, de Servicios Educativos e Integración Social y, Administrativo del CECyT __
“_____ _____”. El Subdirector Académico fungirá como Secretario;
III. Dos representantes profesores por cada una de las áreas de las especialidades que se impartan en el
CECyT __ “_____ _____”;
IV. Dos representantes alumnos por cada una de las áreas de las especialidades que se imparten en el CECyT
__ “_____ _____”, y
V. Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por los
Comités Ejecutivos Delegacionales correspondientes.
Se entiende por área de especialidad a cada una de las carreras que imparta el CECyT __, “____ ____”.
El Consejo Técnico Consultivo Escolar (CTCE) de (Nombre de la Unidad Académica), estará integrado por:
I. El Director de (Nombre de la Unidad Académica), quien lo presidirá;
II. Los Directores Adjuntos en su caso y los Subdirectores Académico, de Servicios Educativos e Integración Social y,
Administrativo de (Nombre de la Unidad Académica). El Subdirector Académico fungirá como Secretario;
III. Los jefes de división o de departamento académico;
IV. El jefe de la sección de graduados;
V. Dos representantes profesores por cada división o departamento académico;
VI. Dos representantes profesores por la sección de graduados;
VII. Dos representantes alumnos por cada división o departamento académico;
VIII. Dos representantes alumnos por la sección de graduados, y
IX. Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por los comités
ejecutivos delegacionales correspondientes.
Para efectos de esta convocatoria se entiende por división o departamento académico a las carreras que se imparten
en (Nombre de la Unidad Académica).
BASE PRIMERA. INTEGRACIÓN (PARA EL NS)
El profesor en activo no deberá:
• Tener licencia con o sin goce de sueldo;
• Disfrutar de año sabático;
• Ser becario que le comprometa a dedicarse de manera exclusiva al estudio o investigación,según sea el caso; o
• Estar impedido, por alguna causa análoga a las anteriores, para tener carga frente a grupo.
BASE SEGUNDA. REQUISITOSConsejero Profesor
El docente que tenga carga académica frente a grupos de diferentes carreras, participará como
candidato o emitirá su voto en la que tenga la mayor parte de su carga. En caso de tener la
misma carga en dos o más carreras, estará en libertad de elegir en el que participará como
candidato o con la emisión de su voto, sin poder hacerlo en más de uno.
Para el caso de la emisión del voto, la decisión que se señala en el párrafo que antecede, deberá
comunicarse a la Subdirección Académica, previa impresión del padrón de personal académico
por carrera; esto es, a más tardar al segundo día hábil siguiente a la publicación de la presente
convocatoria.
BASE SEGUNDA. REQUISITOSConsejero Profesor
BASE TERCERA.
Procedimiento de elecciónConsejero Profesor
Del 2 al 4 de septiembre de 2019, se llevará a cabo el registro del personal académico interesado en participar como
candidato, ante los integrantes profesores del CTCE del ______ “_____ _____”, en el lugar que determine el CTCE de las
__:__ a __:__ horas y de __:__ a las __:__ horas.
El personal académico participante deberá proporcionar al momento de su registro la documentación idónea con la que se
acredite el cumplimiento de los requisitos señalados en la Base Segunda de la presente Convocatoria.
El 5 y 6 de septiembre de 2019 de __:__ a __:__ horas y de __:__ a __:__ horas, se llevará a cabo la votación para la
elección de los representantes profesores del CTCE.
El personal académico de cada carrera, emitirá su voto de manera personal, libre, secreta y directa en la urna que se
habilite en el lugar señalado por los profesores integrantes del CTCE dentro de las instalaciones del _____, “____ ____”,
resultando electos los dos profesores con la mayor cantidad de votos por carrera, uno por cada turno.
BASE TERCERA.
Procedimiento de elecciónConsejero Profesor
Los profesores integrantes del CTCE, levantarán un acta de escrutinio y cómputo por cada una de las
carreras, que deberá contener el número de votos emitidos a favor de cada candidato; el número total
de las boletas sobrantes que fueron inutilizadas; el número de votos nulos, y una relación de los
incidentes suscitados, si los hubiere, y deberá ser firmada por los profesores integrantes del CTCE.
Asimismo, se deberá acompañar a la citada acta, la documentación de los candidatos electos con la
que se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Base Segunda de la presente
Convocatoria.
El acta se entregará al Presidente del CTCE, quien hará públicos los resultados de las elecciones el
10 de septiembre de 2019 en los lugares que el ______, “____ ____” tenga destinados para ello.
Consejero Alumno
Para ser candidato a consejero alumno se requiere:
I. Ser alumno en situación escolar regular y estar cursando estudios entre el tercero y penúltimo semestre;
(El alumno en situación regular es el que cumple con lo establecido en los artículos 79 del Reglamento Interno y 37
del Reglamento General de Estudios, ambos del Instituto Politécnico Nacional.)
II. No tener relación laboral de cualquier tipo con el Instituto Politécnico Nacional;
III. No haber sido consejero en el ciclo, período o año inmediato anterior, y
IV. No representar a más de uno de los sectores de la comunidad politécnica.
En el Nivel Superior además aplica:
II. Para la Sección de Estudios de Posgrado e Investigación, ser alumno de posgrado y haber acreditado más del
50 por ciento de las asignaturas que integran el plan de estudios correspondiente;
(Artículo 213, fracción I, del Reglamento Interno)
BASE SEGUNDA. REQUISITOS
BASE TERCERA.
Procedimiento de elección
Del 2 al 4 de septiembre de 2019, se elegirá de manera directa y por mayoría de votos, a un representante
alumno por cada grupo escolar, que cumpla con los requisitos señalados en el numeral anterior, mismo que
formará parte del Comité de Elección de cada carrera.
El 5 y 6 de septiembre de 2019, los miembros de cada Comité acreditarán el cumplimiento de los requisitos
señalados en la Base Segunda y elegirán de entre ellos, a los dos alumnos de cada carrera que los
representarán ante el CTCE.
Para tales efectos los miembros de cada Comité de Elección, emitirán su voto de manera personal, libre,
secreta y directa en la urna que se habilite en los lugares señalados por cada Comité dentro de las instalaciones
del ____ “____ ____”; resultando electos los dos alumnos con mayor cantidad de votos por carrera, uno por
cada turno.
(Artículos 206, 207, 208 y 210 del Reglamento Interno)
Consejero Alumno
El Comité de Elección de cada carrera, levantará un acta de escrutinio y cómputo, la cual deberá contener el número
de votos emitidos a favor de cada candidato; el número total de las boletas sobrantes que fueron inutilizadas; el
número de votos nulos; y una relación de los incidentes suscitados, si los hubiere, y deberá ser firmada por los
miembros de cada Comité de Elección.
Asimismo, se deberá acompañar a la citada acta, la documentación de los dos alumnos electos con la que se acredite
los requisitos señalados en la Base Segunda de la presente Convocatoria.
El acta se entregará al Presidente del CTCE, quien hará públicos los resultados el 10 de septiembre de 2019 en los
lugares que el _____ “____ ____”, tenga destinados para ello.
(Artículos 206, 207, 208 y 210 del Reglamento Interno)
BASE TERCERA.
Procedimiento de elecciónConsejero Alumno
BASE CUARTA. Controversias (aplica para ambas convocatorias)
Dentro del término de tres días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de
resultados de la elección, el Presidente del CTCE recibirá las inconformidades que se susciten por
la interpretación y aplicación de las bases contenidas en la presente Convocatoria, las cuales
deberán acompañarse de los elementos probatorios en los que se funde.
El Presidente del CTCE del _____ “_____ _____”, remitirá de inmediato a la Oficina del Abogado
General, con copia a la Secretaría General las inconformidades recibidas.
La Oficina del Abogado General resolverá en forma definitiva las impugnaciones en un plazo no
mayor a 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su recepción.
¡IMPORTANTE!
Enviar convocatoria requisitada lo antes posible a la Secretaría General, para revisión previo a
envío a la Oficina de Abogado General
(Semana de entrega 7 al 9 de agosto)
¿QUIÉNES SON LOS REPRESENTANTES DEL
C.T.C.E ANTE EL CGC?
Una vez que los CTCE estén integrados deberán elegirse de entre ellos a los consejeros generales, con base en
los siguientes artículos del Reglamento Interno:
Artículo 188. Los representantes del personal académico de cada Consejo Técnico Consultivo Escolar elegirán,
en forma directa y por mayoría de votos, a quien de entre ellos deba representarlos.
Artículo 189. La elección de los representantes alumnos se sujetará a las siguientes bases:
I. Se integrará un comité de elección con los consejeros alumnos de los consejos técnicos consultivos
escolares de cada nivel educativo, en cada una de las siguientes ramas del conocimiento: Ciencias Sociales
y Administrativas; Médico Biológicas y de Ingeniería y Ciencias Físico Matemáticas, y
II. Cada comité de elección elegirá, en forma directa y por mayoría de votos, a sus representantes.
¿QUIÉNES SON LOS REPRESENTANTES
DEL C.T.C.E ANTE EL CGC?
De manera tal que, de acuerdo con el Artículo 25 de la Ley Orgánica, el Consejo General
Consultivo contará con:
Fracción VIII. Un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de
enseñanza media superior y un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y
unidades de enseñanza superior;
Fracción IX. Tres representantes alumnos de enseñanza media superior, tres de enseñanza
superior y uno de graduados por cada una de las siguientes ramas del conocimiento: Ciencias
Sociales y Administrativas, Médico Biológicas y de Ingeniería y Ciencias Físico Matemáticas;
POSESIÓN DEL CARGO DE CONSEJERO GENERALES
¿CUÁNDO TOMAN POSESIÓN AL CARGO DE
CONSEJEROS GENERALES?
• Los consejeros electos tomarán posesión de sus cargos en la sesión ordinaria
correspondiente al segundo mes posterior al inicio del ciclo escolar.
• Durarán en el desempeño de sus funciones un año y no podrán ser reelectos para el
periodo inmediato.
(Artículo 215 del Reglamento Interno del IPN)
Secretaría General u Ofina del Abogado General en:
Av. Luis Enrique Erro s/n, Unidad Profesional Adolfo López Mateos, Edificio de la Dirección General,
Col. Zacatenco C.P 07738, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07738, Ciudad de México.
¿Dudas?
Secretaría General Oficina del Abogado General
Mtra. Aned Ortiz VegaCorreo: [email protected]. 50027
Lic. Sarah Armida MorenoCorreo: [email protected]. 50056
Lic. Sofía Pérez SánchezCorreo: [email protected]. 20130