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INSTRUCTIVO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Global Sur Oriente Código: I - SSO-08 Revisión: 00 Fecha: 14 de Octubre 2010 Página 1 de 12 INSTRUCTIVO DENSIMETRO NUCLEAR MANEJO, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y ASPECTOS REGLAMENTARIOS

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INSTRUCTIVO DE PREVENCIN DE RIESGOSGlobal Sur OrienteCdigo: I - SSO-08Revisin: 00

Fecha: 14 de Octubre 2010Pgina 6 de 8

INSTRUCTIVO

DENSIMETRO NUCLEAR

MANEJO, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y ASPECTOS REGLAMENTARIOS

Elabor:

Boris Arenas V.

Lab B. Jefe LaboratorioFirma:

Fecha: 22-08-12Reviso: Reviso:Loreto Flores U

Exp. Prevencin de Riesgos, calidad y medio ambiente. Firma: Firma:Fecha: 22-08-12Aprob:Rubn Cortes V.

Administrador de Obra

Firma:

Fecha: 22-08-12

1. OBJETIVO

Entregar las pautas bsicas para el manejo y almacenamiento, gestin de permisos y accin en casos de emergencia.

2. ALCANCE

Para todas las tareas que involucren operacin, transporte o almacenamiento de densmetros nucleares que se realicen en obras o instalaciones de BITUMIX.

3. DEFINICIONES

Densmetro Nuclear o Densmetro:

Equipo radiactivo de tercera categora, usado para medir humedad y densidades de suelos o bases, o densidad de pavimentos asflticos en obras de construccin.

Operador de Densmetro:

Persona que cuenta con las competencias tcnicas y la autorizacin por resolucin sanitaria para operar un densmetro nuclear.

4. RESPONSABILIDADES

Gerente de Sucursal o Administrador de Obra:

Asegurarse de que la operacin, almacenamiento y traslado de densmetros nucleares cumplan con el presente procedimiento y la legislacin vigente, asignando los recursos o tareas necesarios y en plazos suficientes.

Administrador de Obra

Identificar las necesidades de uso de densmetros nucleares en obras, y delegar la gestin de las autorizaciones sanitarias respectivas al personal idneo.

Asignar los recursos necesarios para la correcta operacin, almacenamiento y traslado, as como para la obtencin de los permisos correspondientes.

Jefe de Laboratorio:

Llevar el control de ingresos y egresos de los densmetros nucleares.

Hacer cumplir las medidas de seguridad relativas a la operacin, almacenamiento y traslado de los densmetros nucleares.

Mantener en forma ordenada y actualizada el registro de las autorizaciones sanitarias relativas a los densmetros nucleares, as como cualquier otro antecedente.

Operador de Densmetro:

Es responsable de la revisin, mantencin, utilizacin y almacenamiento del equipo, de acuerdo con las pautas indicadas en el presente Instructivo.

Mantener actualizada y vigente su Resolucin Sanitaria expresa para operar los densmetros nucleares.

Utilizar en todo momento el dosmetro y facilitar su envo para control cuando sea solicitado por Laboratorio Central.

5. GENERALIDADES

Los densmetros y lectores nucleares, que son los equipos ms usados en las faenas de la empresa, estn clasificados como equipos de baja actividad y de tercera categora.

Corresponde a los SEREMI Regionales fiscalizar y controlar el cumplimiento de la normativa en esta materia.

El Instituto de Salud Pblica tiene el carcter de laboratorio nacional y de referencia en las materias que a radiactividad se refiere. Siendo as le corresponde, fijar los mtodos de anlisis, procedimientos de muestreo y tcnicas de medicin orientadas al personal expuesto.

6. DE LOS OPERADORES

Cada operador de densmetro deber contar con la respectiva Resolucin del Ministerio Regional de Salud, indicando que lo autoriza a hacer uso de este tipo de equipos. La vigencia de esta resolucin es responsabilidad del usuario. En el caso de necesitar renovacin puede ser solicitada al Jefe del Laboratorio Regional Santiago slo en los casos que el operador tenga residencia en la Regin Metropolitana, de no ser as debe ser solicitada en la Regin respectiva, ya sea de su domicilio particular o de la residencia al momento de la ejecucin de la obra. Esta autorizacin tendr validez en todo el territorio nacional.6.1 Tramite para conseguir Resolucin de Autorizacin de Operador

Para obtener esta autorizacin, el interesado deber presentar ante el Servicio de Salud de la regin donde se encuentre, el formulario respectivo, adjuntando los siguientes documentos:

a) Licencia de estudios secundarios o su equivalente.

b) Certificado de aprobacin del curso de proteccin radiolgica, dictado por la Comisin Chilena de Energa Nuclear, los Servicios de Salud, el Instituto de Salud Pblica de Chile, u otros organismos autorizados por el Ministerio de Salud, o haber convalidado estudios realizados al efecto, ante los Servicios de Salud.

c) Dos fotos tamao carne con nombre y N de Rut.

De no cumplir con los puntos a) y b) se debe acreditar Certificado de competencia en que conste su idoneidad para el cargo que se desempea, con una experiencia mnima de tres aos en el uso de equipos generadores de radiacin ionizante y/o manipulacin de sustancias radiactivas.

Para estos efectos, los Servicios de Salud, cuando lo estimen conveniente, podrn exigir que el solicitante rinda un examen acerca de materias de proteccin radiolgica.

Asimismo, se exigir a los interesados la presentacin de su historial dosimtrico, o en su defecto, el examen mdico correspondiente.

Estas autorizaciones sern otorgadas por un plazo mximo de tres aos y para su renovacin se debe presentar:

a) Copia de autorizacin vigente.

b) Historial dosimtrico de los ltimos tres aos emitido por el Instituto de Salud Pblica.

c) Dos fotografas tamao carne con nombre y N de RUT

6.2 Control de Salud de los Operadores de Densmetros.

Todo trabajador ocupacionalmente expuesto deber portar durante su jornada de trabajo, un dosmetro personal destinado a detectar y registrar las radiaciones ionizantes que pudiere recibir, el que ser distribuido y renovado cada tres meses por el Jefe de Laboratorio Regional Santiago.

El perodo de renovacin de placas dosimtricas es trimestral, es decir, los primeros das de enero, abril, julio y octubre de cada ao. La solicitud de renovacin es responsabilidad de cada trabajador que cuente con dosmetro personal. Las placas dosimtricas debern ser enviadas al Jefe de Laboratorio Regional Santiago, al trmino de cada perodo para su renovacin.

La dosimetra personal podr efectuarse por otro organismo habilitado para tales efectos, por el Ministerio de Salud. En el caso de Bitumix, la empresa que realiza tales controles es PHOTOMAT.

7. DEL FUNCIONAMIENTO DE INSTALACIONES RADIACTIVAS

7.1 Construccin de Bodegas (Bunker)

En el caso de una Obra Vial o Planta de Asfalto, los densmetros nucleares deben almacenarse en bodegas construidas especialmente para este fin y adecuadamente sealizadas, conforme a las normas tcnicas que imparta el Ministerio de Salud.

Segn el Art. 18 del Decreto N 3, de 1985:

La bodega en que se almacenen los equipos estar construido con un material slido que asegure que el control de la radiacin al exterior no exceda en 2 veces la radiacin de fondo.

En caso que la bodega se ubique en una obra provisoria y, por tanto, los materiales requeridos para la construccin del recinto no se ajusten a lo sealado anteriormente, se deber construir un recinto en hormign y/o albailera, provisto de un marco con una tapa metlica de proteccin con un sistema de cierre con porta candado, que lo asegure de terceras personas. Esta bodega puede estar ubicada al interior de otra construccin que puede ser de material liviano, pero deber contar con un acceso independiente y exclusivo.

La bodega de almacenamiento debe estar localizada en un lugar al cual no tenga acceso personal sin autorizacin.

Debe tener dos niveles de seguros necesariamente, tres de preferencia. El lugar de almacenamiento adems debe tener una o ms seales PELIGRO MATERIAL RADIACTIVO visible desde todas las vistas (Anexo 1).-

7.2 Tramite para obtener Resolucin de Autorizacin de Bodega

Una vez construida la bodega de almacenamiento, este debe estar regularizado a travs de una Resolucin otorgada por la autoridad sanitaria (SEREMI Salud) de la zona en que se encuentre la obra. Cabe sealar que pueden existir exigencias especficas en cada regin, por lo que se deben realizar las consultas pertinentes.

7.3 Buenas Prcticas

A. Para sacar un equipo de la bodega, se deber llenar la correspondiente gua de despacho, en la cual se debe registrar, la marca, modelo, N de serie, fecha, persona que realiza el retiro, destino del equipo y alguna observacin especial si es que la hubiere.B. Todo equipo que llegue a las dependencias de almacenamiento debe ser almacenado en la bodega, nunca bajo ningn trmino un trabajador o cualquier otra persona debe llevarse un densmetro nuclear a su casa u otro lugar que no sea una obra, faena o bodega de almacenamiento.8. TRASLADO EQUIPOS RADIOLGICOS ENTRE REGIONES.-

8.1 Procedimiento de Transporte Equipos Nucleares

Sern trasladados siempre en su caja de trasporte cerrada y adems debern acompaar al equipo las respectivas resoluciones del Servicio Regional Ministerial de Salud. Las resoluciones indicadas son:

Resolucin del Operador del equipo,

Resolucin Traslado del equipo,

Resolucin de almacenaje del equipo, y

Resolucin de utilizacin del equipo.

8.2 Obtencin de Resolucin de Traslado del EquipoLos equipos que se trasladen desde la Regin Metropolitana a otras regiones debern tramitar el permiso de traslado respectivo con el SEREMI Regional correspondiente. Este permiso debe ser tramitado por el Laboratorista encargado del equipo, quien ser asesorado por el Jefe de Laboratorio Regional Santiago. El tramite demora aproximadamente 2 a 3 semanas por lo que el administrador de obra debe preocuparse que dicho tramite se realice con la antelacin suficiente.

El permiso de traslado es otorgado por la autoridad sanitaria de la regin de origen del equipo, debiendo gestionarse el permiso para la vuelta del equipo a su regin de origen en las dependencias de la autoridad de salud donde se encuentre la obra o faena.-

Para solicitar esta autorizacin, se debe adjuntar al formulario de solicitud debidamente completado, la fotocopia de:

a) Autorizacin de importacin (para equipo recin ingresado al pas) o Licencia de Autorizacin de operacin del equipo (para mvil ya en uso).

b) Licencia de Instalacin de Origen y Destino del transporte.

c) Licencia de autorizacin de operacin de la persona responsable del transporte.

d) Mandato legal, en el caso de ser presentada por terceros la solicitud.

Este trmite demora 15 das hbiles o ms, dependiendo de la regin en que se realice.

Las personas que arrienden equipos (densmetros o lectores) pueden gestionar el permiso de transporte directamente a travs de la misma empresa que los arrienda. A modo de ejemplo y dado que es nuestro principal proveedor se menciona a Troxservice (Contacto: Vernica; F: 02-2278822).Practicas de Seguridad:

El equipo nunca debe trasportarse en buses o trasporte publico, como tampoco en camiones de carga.

El equipo debe trasladarse en la parte posterior del vehculo (caja o cajuela) y nunca al lado del chofer.

9. PROCEDIMIENTOS ADICIONALES9.1.Gestin de desechos radiactivos

Cuando los equipos sean dados de baja, por no cumplir con los estndares requeridos, se seguirn almacenando en la bodega de la empresa hasta que se disponga de la fuente radiactiva al proveedor de equipos o la Comisin de Energa Nuclear de Chile, para disponer del resguardo de la fuente de la manera como lo instruya el fabricante o la ley chilena.9.2.Situaciones de emergencia

Procedimientos para Casos de Emergencias

Se define como emergencia, todo acontecimiento o suceso que signifique un dao mayor o prejuicio para el equipo y que afecte su capacidad operativa y/o de seguridad para el operador y las personas adyacentes al equipo.

En cualquier accidente con materiales radiactivos, el operador debe proteger primero la vida humana de cualquier dao y posteriormente las cosas y materiales.

Se debe evitar que el material radiactivo sin tratar, escape a la atmsfera o al entorno.

En un equipo MNDH, el material de la fuente est encapsulado convenientemente, y es altamente improbable que pueda escapar en caso de un accidente grave o incendio. Sin embargo, el programa de proteccin debe asegurar lo que se ha planeado incluso para esa eventualidad.

La primera accin que debe tomarse en el caso de un accidente con el equipo MNDH es mantener alejada del lugar a toda persona extraa, luego se debe ubicar el vstago en su posicin superior, asegurando el encapsulamiento seguro de la fuente, de no ser posible esta accin, se debe aislar el equipo y acordonar un rea de seguridad a su alrededor en un radio mnimo de 5 metros.

Avisar en forma inmediata a la Autoridad Sanitaria del lugar en que se encuentre la obra o sucursal, Indicando el sitio exacto del suceso, de lo ocurrido, tipo de accidente, tipo de equipo, daos aparentes del equipo, si se pudo dejar el vstago en posicin segura y/o cualquier otra informacin relevante para tomar las medidas inmediatas.

Se debe avisar adems inmediatamente al Jefe de Prevencin de Riesgos de la Gerencia Correspondientes y al Laboratorio Regional Santiago o al C.D.I.En caso que el equipo presente fallas de funcionamiento o su carcasa externa se encuentre deteriorada, el equipo deber ser guardado en su caja de transporte, ya que ste impide la emisin de radiacin del equipo y con la autorizacin del Laboratorio Regional Santiago o C.D.I., deber ser trasladado en forma inmediata al servicio tcnico respectivo para una evaluacin.

En el listado de telfonos de emergencia se debe incluir los de la autoridad sanitaria local y de la empresa. Ej. Troxservice, puede entregar mayor orientacin en caso de una emergencia.

El responsable del equipo deber realizar un informe detallado del accidente, donde deber quedar especificado el responsable del equipo, lugar y hora del accidente, circunstancias, involucrados y todos los antecedentes que se estimen convenientes para el total esclarecimiento de los hechos y la delimitacin de responsabilidades. Se debe entregar copia del informe al responsable de la obra y al responsable de la seguridad tanto de la empresa, como de la obra.

En caso de ocurrir un accidente fuera del horario de trabajo, es el Gerente de Zona o Administrador de Obra (lo reemplazaran en estas funciones en ausencia de estos sus subrogancias jerrquicas) quin deber asumir las responsabilidades de las acciones a seguir, cumpliendo los pasos sealados anteriormente y dando aviso a Laboratorio Regional Santiago o C.D.I. por la va ms rpida posible.

TELFONOS DE EMERGENCIACARGO NOMBREFONO

PREVENCION DE RIESGOS COPIAPOLORETO FLORES URIBE09-79999846

JEFE DE PREVENCIN DE RIESGOSKARIN TORRES GONZLEZ09-95290209

LIDER CASSOJORGE SANCHEZ SAN JUAN82485553

LABORATORIO REGIONAL SANTIAGO02- 6241460

C.D.ICENTRO DE INVESTIGACIN BITUMIX02- 5395495.

AUTOTIDAD SANITARIA LOCALSEREMI DE SALUD ATACAMA052-465010

EMPRESABITUMIX LA SERENA051 - 1982829

EMPRESABITUMIX SANTIAGO02 6803000

TROXSERVICECALIBRACIN EQUIPO02 2278822

CCHENCOMISIN CHILENA DE ENERGA NUCLEAR09 3194369

02 4702500

ISPINSTITUTO DE SALUD PBLICA02 - 5755201

ANEXO 1

Sealetica Obligatoria para bodega

Sealetica Obligatoria para transporte