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Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada Reglamento

Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada - … · El Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada Inc. admite ... fundamentado en un plan educativo ... incluyendo la de Educación

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Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada

Reglamento

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NOTIFICACIÓN DE POLÍTICA NO DISCRIMINATORIA DE ESTUDIANTES

El Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada Inc. admite estudiantes de cualquier raza, color, nacionalidad y origen étnico a todos los derechos, privilegios, programas y actividades que dispone el colegio para con sus estudiantes. No discrimina por concepto de raza, color, nacionalidad u origen étnico en torno a la administración de sus políticas educativas, políticas de admisiones, becas, programas de préstamos, programas atléticos y otros programas administrados por el instituto.

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TABLA DE CONTENIDO

REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE

TEMA PÁGINAVisión 1Misión 1Aspiración 1-2Introducción 3Preámbulo 3-4Título y Aplicabilidad 4Ofrecimientos Educativos 4TerapéuticosTerapia Educativa 5Comedor Escolar 5Enfermería 6Proceso de Evaluación y AdmisiónOrientación de Servicios, Programas y Costos 6Entrevista Inicial 6-7Evaluación de Ubicación Académica 7Reunión del Comité de Admisión 7Entrevista Devolutiva 7Matrícula 7-8Servicios de Orientación y Consejería 8Departamento de Psicopedagogía 8-9Programa de Educación Física y Programa de Educación Física Adaptada 9-10Consejo Asesor de Padres 10Consejo de EstudiantesCreación 10Constitución y Funcionamiento 11Organizaciones Estudiantiles 11-12Procedimiento para Acreditar Organizaciones Estudiantiles 12Celebración de Actividades Escolares 13-14Publicaciones 14-15Uniformes Escolares 15-18Contrato Anual y Normas de Pago 19-20Horario de Entrada 21Tardanzas 21Horario de Salida 21-22Ausencias 22Enfermedades, Accidentes y Seguro Escolar 23Libros y Materiales del Colegio 23-24

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Libreta de Comunicaciones 24-25Excursiones y/o Actividades Fuera del Colegio 25Disciplina Escolar 26Medidas Correctivas o Disciplinarias 26-30Comité de Disciplina y Normas de Disciplina 30-31Sistema de Deméritos Disciplinario 31-33Sistema de Deméritos Académico 33Matrícula Condicionada 34-35Leyes Aplicables 35-36Sistema de Méritos 36Evaluación del Aprovechamiento Escolar 36-37Sistema de Calificaciones 37Promedios Parciales 38Nota de Aplicación 38Procedimiento para Estudiantes que no Entreguen Proyectos o Trabajos Especiales Asignados 38Promedio Final 39Rasgos de Conducta 39Promociones y Graduaciones 40-42Programa de Educación Especial 42-43Derechos de los Estudiantes 43-44Deberes y Obligaciones del Estudiante 44-45Disposiciones Generales 46Divulgación 46Firma de Aceptación del Reglamento Escolar 46-47

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Visión

Los estudiantes con problemas específicos de aprendizaje pueden lograr un desarrollo

integral apropiado. De igual manera, estudiantes con otras condiciones identificadas y

atendidas de manera interdisciplinaria, en coordinación con el hogar, llegan a desempeñarse en

la sociedad con las mismas oportunidades y proyecciones de todo ser humano, capaces de

asumir una conciencia crítica que los lleve a proyectarse como seres únicos y pensantes,

conscientes de su valor y de su compromiso con la sociedad contemporánea.

Misión

I.M.E.I. dirige sus esfuerzos hacia la excelencia en sus logros, ofreciendo servicios

educativos y terapéuticos a un estudiantado distribuido en diferentes grados y niveles, tanto

del Programa Regular como de Educación Especial. Se imparte la enseñanza individualizada en

grupos pequeños. Se ofrece atención de acuerdo con las necesidades de cada estudiante y a su

condición de forma preventiva, correctiva y terapéutica, facilitando el desarrollo normal de sus

destrezas académicas. Se capacita al estudiante para desempeñarse de manera eficiente y

productiva dentro de la sociedad. En la medida en que se logre, contribuirá a desarrollar un

mejor ser humano, conocedor de sus raíces, visualizador de su futuro y comprometido con su

ambiente natural y social.

Aspiración

IMEI aspira:

A que sus estudiantes logren un desarrollo integral adecuado, enfatizado en el proceso

enseñanza-aprendizaje y basándose en las necesidades individuales de sus alumnos. La

Institución se esfuerza en brindar orientación a los padres, maestros, estudiantes y comunidad

en temas relacionados a sus necesidades e intereses particulares.

A fomentar el desarrollo de condiciones de estudio y trabajo adecuadas tanto de índole

físico, emocional, intelectual y ético. Esto se logra creando un ambiente educativo a tono con

las exigencias del nuevo milenio y fomentando un espíritu vanguardista en la adquisición de

nuevas tecnologías.

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A proveer el mejor ambiente para que sus estudiantes logren el mejor desempeño

académico. Éste debe estar fundamentado en un plan educativo individualizado a tono con las

exigencias específicas del estudiante.

A fomentar la comunicación efectiva con los profesionales que ofrecen servicios

terapéuticos en y fuera de la Institución. Además, aspira a la capacitación y ofrecimiento de

talleres de orientación a padres, maestros, estudiantes y comunidad.

Todo esto debe estar basado en un ambiente de trabajo que motive una labor educativa

de excelencia y un desarrollo integral del estudiante.

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INSTITUTO MODELO DE ENSEÑANZA INDIVIDUALIZADA

REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE

INTRODUCCIÓN

El Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada Inc. es una entidad privada, dedicada a

la educación, constituida como una corporación sin fines de lucro bajo las leyes del Estado Libre

Asociado de Puerto Rico. Comprende los niveles pre-escolar, elemental, intermedio y superior.

Opera con Licencias incluyendo la de Educación Especial, y Acreditaciones del Consejo General

de Educación, CADIE y Middle State.

La individualización de la enseñanza, la agrupación por grados-niveles y la enseñanza

personalizada, aspiran a ofrecer las mejores oportunidades para el desarrollo integral de cada

estudiante.

Si este estudiante crece sin haber recibido las atenciones necesarias, tiene la

probabilidad de convertirse en un estudiante inadaptado, consciente de no haber recibido la

atención a la que tenía derecho. Esto implica un severo problema, no sólo para su familia sino

para la sociedad en su conjunto. I.M.E.I. se preocupa para que el estudiante encauce su vida en

forma positiva, dirigiendo sus esfuerzos hacia la excelencia en sus logros, evidenciado por el

progreso que dará inspiración al propósito de nuevas metas. Son escasas las instituciones

educativas que ofrecen una atención educativa individualizada y que a la misma vez integre a

su Programa los servicios relacionados que la necesidad de cada estudiante requiere.

I.M.E.I. aspira a alcanzar y sostener las mejores relaciones de afecto y confianza, que

cada familia desea tener en la organización en quien confía tan delicada labor, para la

educación de sus hijos.

PREÁMBULO

Se promulga el presente Reglamento para establecer los derechos y deberes de

nuestros alumnos, con el fin de crear un clima educativo donde los estudiantes desarrollen un

sentido de responsabilidad por el aprendizaje y el trabajo, una actitud solidaria y de respeto

hacia todos los miembros de la comunidad escolar y, una mejor formación del estudiante como

ser humano positivo y productivo.

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Contribuimos en nuestra comunidad escolar a llevar a cabo actividades, con el propósito

de informar a los padres, encargados, maestros, estudiantes y otro personal del plantel, sobre

los derechos y deberes de todos los integrantes de la comunidad de aprendizaje que es la

escuela. Es imperativo destacar la responsabilidad de los padres o encargados para que guíen al

estudiante a cumplir las normas de conducta que se establecen. Los dirigimos a reconocer que

los conflictos que pudieran surgir deben ser en primera instancia resueltos en la escuela con la

intervención y ayuda del Director, Coordinador, Maestro, Trabajador Social, Personal de Apoyo,

Consejo de Padres, facilitadores, voluntarios u otro personal de la comunidad escolar. En las

situaciones que sean necesarias se impondrán medidas correctivas o disciplinarias en forma

rápida, justa y razonable. Este Reglamento tiene el propósito de que todos ayuden a acatar las

medidas correctivas o disciplinarias que adopten las autoridades escolares, previo a garantizarle

los derechos de cada cual.

TÍTULO Y APLICABILIDAD

Este documento se conocerá como Reglamento del Estudiante y se aplicará a todo

estudiante de la Institución que cumpla con las normas establecidas en el Contrato de

Matrícula. Esto incluirá a los estudiantes de los niveles Elemental, Intermedio y Superior, del

Programa Regular y de Educación Especial, o que participe en cualquier otro programa o

actividad bajo la dirección o jurisdicción de nuestra Institución. Aplicará, además, al área

comprendida dentro de las colindancias de la escuela, hasta cien (100) metros alrededor de la

escuela y durante toda actividad extracurricular.

OFRECIMIENTOS

Educativos:

- Grados y/o Niveles desde Pre-escolar hasta Duodécimo.

- Grupos de matrícula reducida que le permitan al maestro utilizar las estrategias de

individualización en la enseñanza.

- Grupos de Destrezas en que los estudiantes trabajan en forma intensiva con su rezago.

- Enseñanza Personalizada: el estudiante trabajará con maestros que le dedicarán la

atención que su condición demande, coordinando e integrando los servicios

terapéuticos que la condición requiera.

- Plan de Proyección: los estudiantes podrán adelantar grados con el propósito de

alcanzar el nivel escolar de acuerdo a su edad cronológica.

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- Programa de Educación Especial: se ofrecen servicios educativos de acuerdo con las

necesidades particulares de cada estudiante, así como los servicios relacionados

recomendados.

- Programa de Asistencia Tecnológica: permite que los estudiantes utilicen los equipos

recomendados en la evaluación de Asistencia Tecnológica en función de cubrir sus

necesidades terapéuticas y educativas para desarrollar al máximo sus habilidades.

- Programa de Educación Física Adaptada: provee al estudiante una alternativa de

participación a la clase de educación física en un ambiente que propenda un óptimo

desarrollo físico, motriz, personal, social y emocional.

- Programa Biblioteca Virtual: provee un área electrónica donde el estudiante encuentra

información y documentos digitalizados, puede participar de foros educativos y

mantener comunicación cibernética con sus compañeros de una forma sana.

Terapéuticos:

Terapia Educativa:

Después de que se diagnostique la condición de cada estudiante y se demuestre la

necesidad de este servicio terapéutico, el mismo será administrado dentro de la clasificación a

la que corresponde, según la categoría de la matrícula del estudiante. El servicio se ofrecerá

mediante acuerdo previo con los padres y se incluirá en el plan individual.

Patología del Habla y Lengua, Terapia Ocupacional, Terapia Psicológica:

Estos servicios terapéuticos serán facturados en adición a los servicios educativos y les

aplican las mismas normas de pago que se especifican en este Reglamento.

El Programa Terapéutico recomendado estará sujeto a disponibilidad de espacio. Los

estudiantes de nuevo ingreso al Programa Terapéutico, deberán completar el documento de

autorización. El servicio se ofrecerá condicionado a disponibilidad de espacio y horario.

Comedor Escolar:

Se ofrece el servicio de almuerzo a los estudiantes que así lo soliciten. El Comedor

Escolar se rige por las normas y dietas del Departamento de Educación, agencia gubernamental

que provee los alimentos.

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Enfermería:

Mediante este programa se ofrece atención directa al área de Salud y de Primeros

Auxilios. Esta área es atendida por un Técnico de Emergencias Médicas, quien tiene a cargo

administrar la medicación recomendada a cada estudiante durante el horario escolar. Además,

es responsable de llevar un registro de incidencias y de actualizar el inventario de los

medicamentos para asegurar la continuidad de los mismos. El Técnico de Emergencias Médicas

ofrece sus servicios como apoyo en las actividades realizadas dentro y fuera de la Institución.

Coordina, además, servicios con agencias relacionadas a la salud para el ofrecimiento de charlas

y actividades relacionadas con el área de primeros auxilios. Mantiene actualizado el récord

médico con las últimas recomendaciones de los especialistas y con evidencia de las citas de

seguimiento en los casos que así lo requieren. Los equipos que se requieren para el servicio se

mantienen en óptimas condiciones y los materiales de uso frecuente están contabilizados en un

inventario actualizado.

El Técnico de Emergencias Médicas mantiene al día los certificados de inmunización (PVAC-3)

de cada alumno y refiere a vacunación al estudiante que lo amerite, según dispone la Ley de

Inmunización número 25, enmendada el 25 de septiembre de 1983.

Proceso de Evaluación y Admisión

Orientación de Servicios, Programas y Costos

Antes de comenzar el proceso de admisión es necesario asistir a una orientación de servicios,

programas y costos. Ésta se ofrece de manera individual o grupal, luego de haberse coordinado

una cita para ello.

Entrevista Inicial

El proceso de admisión da comienzo con la entrevista inicial. La misma es programada

mediante una cita. El padre, la madre o la persona encargada, debe presentar en la entrevista

inicial los siguientes documentos:

- Evaluación psicológica, psicométrica o psicoeducativa, cuya fecha de realizada no sea

mayor de 2 años. También deberá ser presentada toda evaluación realizada al

previamente al estudiante.

- Inventarios de comportamiento (cumplimentados por los maestros)

- Carta de Conducta de la escuela de procedencia

- Transcripción de Créditos

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- Informe de Asistencia

- Planilla de Registro al Programa de Educación Especial

- Ultimo P.E.I.

- 1 foto 2 x 2

- Pago de $150.00 en efectivo, giro, ATH, Visa, Mastercard o cheque certificado

Todos los informes de los resultados de las evaluaciones a las que haya sido recomendado el

estudiante deberán ser entregados antes de completar el proceso de la posible admisión.

Evaluación de Ubicación Académica

Se acordará mediante cita la asistencia del estudiante a IMEI para ser evaluado. El

estudiante deberá asistir a la evaluación con los equipos necesarios para realizar los exámenes

y una merienda ligera. Debe también haber ingerido los medicamentos de rutina. El estudiante

permanecerá en evaluación el tiempo necesario para completar el proceso. Si el mismo se ve

afectado por alguna razón, se coordinará otra fecha.

Reunión del Comité de Admisión

Una vez concluido el proceso de evaluación, el Comité de Admisión se reunirá dentro de

las tres semanas siguientes a la Evaluación de Ubicación Académica, para analizar los

resultados, expedir recomendaciones, determinar la ubicación que se adecue a las necesidades

del estudiante y evaluar la disponibilidad de espacio y programa. De no disponer del espacio, el

estudiante pasará a una lista de espera.

Entrevista devolutiva

Se acuerda mediante cita. Un miembro del Comité de Admisión informa las

recomendaciones y ubicación del estudiante. Orientará sobre los costos de matrícula y

mensualidades. Una vez discutida la ubicación con los padres y de existir la disponibilidad de

espacio, se procederá a la matrícula. La culminación de dicho proceso, está condicionada por la

entrega de los documentos solicitados.

Matrícula

Los documentos requeridos para realizar la matrícula son:

Hoja de matrícula debidamente cumplimentada y firmada

2 fotos 2 x 2

Copia de la planilla de registro de Educación Especial

Hoja de información para emergencias

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Declaración de aceptación del reglamento

Revisión y endoso del Coordinador Docente de cada nivel, Departamento de

Contabilidad y Departamento de Registraduría

Certificado de Salud (formato provisto por la Institución a tono con la Ley 296 de

2000, Ley de Conservación de la Salud de Niños y Adolescente de Puerto Rico)

Certificado de Inmunización PVAC III – original y actualizado

Carta de Certificación de Finanzas del colegio de procedencia (aplica a

estudiantes que llegan de escuela privada)

Certificado de nacimiento original

Plan Educativo Individualizado (P.E.I.) – aplica a estudiantes registrados en el

Programa de Educación Especial del Departamento de Educación

**El proceso de matrícula puede ser completado una vez se haya recibido toda la

documentación solicitada durante el mismo.

SERVICIOS DE ORIENTACIÓN Y CONSEJERÍA

Estos servicios son ofrecidos a través de la Coordinadora de Servicios y Equipo

Interdisciplinario, quienes sirven de guía y apoyo. Dicho personal atiende las necesidades

individuales de cada estudiante.

Durante todo el año se ofrecen actividades, talleres, orientaciones y charlas para proveer al

estudiantado técnicas y herramientas para desenvolverse en la sociedad. Se capacitan los

estudiantes para enfrentar los males que aquejan a nuestros niños y jóvenes y, de esta forma,

prevenir la delincuencia y la deserción escolar. También se dirigen jóvenes hacia el

mejoramiento de hábitos de estudio y de relaciones interpersonales. Este programa contempla

orientación hacia carreras universitarias, vocacionales u ocupacionales. Se coordinan los

servicios con diferentes instituciones a nivel universitario y con los programas de Rehabilitación

Vocacional. Se trabaja además, el área de transición.

DEPARTAMENTO DE PSICOPEDAGOGÍA

I.M.E.I. es pionero en establecer programas y servicios que atiendan las necesidades

educativas y terapéuticas de estudiantes que presentan necesidades en su aprendizaje. El

Departamento de Psicopedagogía se crea para ser el vínculo que trabaja con el estudiante

desde una multiplicidad de contextos: escuela, hogar, terapistas internos y externos,

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comunidad y/o cualquier profesional que proporcione información adecuada para ayudar en el

proceso formativo de los estudiantes. El objetivo de este departamento es potenciar al máximo

la capacidad de aprendizaje de nuestros alumnos.

A través del Departamento de Psicopedagogía se coordinan todos los servicios relacionados

que ofrece nuestra Institución, garantizándole al estudiante la calidad en los servicios y la

frecuencia recomendada de los mismos. Contamos con un excelente equipo de profesionales

compuesto por especialistas en las áreas de Psicología, Terapia del Habla-Lenguaje, Terapia

Ocupacional y Trabajador Social.

PROGRAMA DE EDUCACIÓN FÍSICA Y PROGRAMA DE EDUCACIÓN

FÍSICA ADAPTADA

El propósito del Programa de Educación Física es proveer a cada estudiante actividades de

índole atlética que cumplimenten las necesidades emocionales, sociales, intelectuales y neuro-

musculares. El desarrollo de estos aspectos es vital para el proceso de crecimiento de cada

individuo. El programa emplea un sinnúmero de modificaciones de actividades con la meta de

propiciar el desarrollo de destrezas motoras, viso-motoras y de socialización. Mediante la

implantación de estas modificaciones, se facilita el diseño de un programa individualizado para

suplir las necesidades específicas de cada niño.

El Programa de Educación Física pretende que el estudiante pueda:

- Seleccionar y llevar a cabo actividades físico-educativas de acuerdo con la edad,

intereses y necesidad del estudiante.

- Desarrollar las destrezas neuromusculares a través de experiencias que ayuden a

conocer su organismo, como un mecanismo para el movimiento y como instrumento de

expresión.

- Efectuar actividades físicas, como medio de alcanzar y mantener la salud deseada.

- Lograr actitudes e intereses favorables al uso adecuado del tiempo libre.

El estudiante desarrolla destrezas motoras mediante:

Juegos sencillos de grupo

Actividades rítmicas

Actividades gimnásticas

Destrezas deportivas

Competencias de sana convivencia

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El Programa contribuye a su vez a crear consciencia a los estudiantes sobre la

importancia del ejercicio físico y su impacto en la salud y la prevención de

enfermedades.

CONSEJO ASESOR DE PADRES

Nuestra organización cuenta con un Consejo Asesor de Padres y Maestros. Los

miembros que constituyen la Directiva deben ser padres de estudiantes con matrícula activa.

La Directiva se reúne periódicamente, no menos de una (1) vez al mes. Todos los padres

son miembros del Consejo, aunque no pertenezcan a la Directiva. Tienen, por lo tanto, derecho

a asistir y participar en todas las reuniones del Consejo. Las mismas serán informadas mediante

el calendario escolar de cada mes. El propósito de este Consejo es:

1. Colaborar en forma activa con el profesorado del Colegio en la labor educativa.

2. Propulsar el mejoramiento y/o crecimiento de nuestros servicios.

3. Organizar actividades culturales, recreativas o benéficas.

4. Custodiar al adecuado cumplimiento de los propósitos establecidos.

5. Administrar los fondos obtenidos mediante diferentes actividades o las partidas

asignadas a través de propuestas para el propósito de becas a estudiantes. Toda

actividad que el Consejo realiza es planificada en acción conjunta con la Dirección y

la Administración del Colegio, estableciendo la planificación de las mismas con

propósitos definidos.

CONSEJO DE ESTUDIANTES

Creación:

1. El Consejo de Estudiantes es un medio para que los estudiantes utilicen sus

potencialidades al máximo, desarrollen destrezas de liderato y participen

democráticamente en la responsabilidad de la toma de decisiones. Esta organización

contribuirá al logro del bienestar de la comunidad escolar y velará por el cumplimiento

de las normas establecidas en este Reglamento

2. Todo estudiante matriculado en la escuela será elegible si cumple con ciertos requisitos

tales como: aprovechamiento escolar satisfactorio, conducta óptima y otros similares. El

índice académico no será el único criterio a utilizarse; la decisión se hará a base de un

conjunto de factores o de criterios establecidos en este Reglamento.

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Constitución y Funcionamiento:

1. El Consejo de Estudiantes estará compuesto, por lo menos, por un representante de

cada salón hogar, seleccionado en votación secreta.

2. Los miembros del Consejo de Estudiantes serán seleccionados en elecciones

convocadas por el Director, que se celebrarán durante la primera semana del mes de

septiembre. Los miembros elegidos ejercerán sus funciones por el término de un (1) año

escolar. Éstos podrán ser reelegidos, siempre y cuando cumplan con los criterios

establecidos por el Reglamento Escolar.

3. La directiva del Consejo de Estudiantes estará compuesta por un presidente, vice-

presidente, secretario, tesorero y no menos de tres (3) ni más de cinco (5) vocales,

todos electos en votación secreta por los representantes elegidos de cada salón hogar

de la escuela.

4. La responsabilidad de organizar y supervisar las elecciones y de certificar tanto los miembros

como la Directiva del Consejo de Estudiantes, recaerá en un Comité de Escrutinio designado por

el Director de la Escuela, quien lo presidirá con representación de un padre, un maestro y un

estudiante.

5. Un miembro del Consejo puede ser destituido si incurre en una violación a la

Constitución del Consejo y/o al Reglamento Escolar, o ha faltado a las normas básicas de

comportamiento ético.

6. Una vacante entre los representantes de un salón hogar se cubrirá inmediatamente por

otro representante que elija su grupo mediante votación secreta.

6. El Consejero del Consejo de Estudiantes será un miembro de la facultad de la

escuela. Será seleccionado por el Consejo de Estudiantes y su nombramiento estará

sujeto a la aprobación del Director.

ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES

El Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada siempre se ha distinguido por ofrecer

un ambiente saludable para todos los estudiantes.

Se reconoce a los estudiantes el derecho de expresarse, de asociarse, de reunirse

libremente, de formular peticiones y de llevar a cabo actividades, siempre que éstas se celebren

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de acuerdo con la ley y los reglamentos, no causen conflicto con otras actividades debidamente

autorizadas, no se interrumpan las labores escolares ni se violen las normas del orden, la

seguridad y la buena marcha escolar. Se propicia el establecimiento de capítulos estudiantiles

de organizaciones a nivel internacional. Se prohíben agrupaciones con fines ilícitos y de

prácticas discriminatorias por razón de sexo, color, impedimento, nacimiento, origen o

condición social.

Entre las organizaciones estudiantiles principales se encuentran: Manitas de Amor,

Pantomima, Club de Periodismo, Club de Reciclaje, Club Ambiental, Club de Cocina, Club de

Arte, Club de Baile, Club de Fotoperiodismo, Cocina, Bellas Artes, Servicio a la Comunidad, Club

de Deportes, Periódico Tiempo X Tiempo, Primeros Auxilios y Cruz Roja, Juegos de Mesa y

Ajedrez, Círculo de Literatura, Club de Manualidades y Arte Urbano. Cada una de estas

organizaciones se ajusta a las necesidades individuales y al nivel al que pertenece el estudiante.

Procedimientos para acreditar organizaciones estudiantiles:

1. Las agrupaciones estudiantiles debidamente acreditadas disfrutarán de todos los

derechos que conlleva el reconocimiento oficial.

2. No se reconocerá ninguna organización con fines político-partidistas o religioso-

sectarios ni aquellas que establezcan discrimen de carácter racial, étnico-social,

económico, religioso, político o por algún impedimento, para la admisión de sus

miembros.

3. Los asesores o consejeros de organizaciones estudiantiles deberán ser maestros,

personal de apoyo, facilitadores, padres o voluntarios de la comunidad. Éstos serán

escogidos por los miembros de la entidad estudiantil y deberán tener la autorización del

Director.

4. El organismo acreditador podrá revocar la autorización a cualquier organización que

actúe en contra de las normas establecidas en este Reglamento.

5. Las organizaciones estudiantiles que formen parte integral del currículo escolar no

estarán sujetas al procedimiento establecido.

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Celebración de actividades escolares

La celebración de actividades escolares se regirá por las siguientes normas:

1. Las reuniones de las agrupaciones u organizaciones estudiantiles así como otras

actividades escolares deberán ser autorizadas por el Director. Estas reuniones o

actividades deberán realizarse sin afectar el horario lectivo de los estudiantes.

2. Los actos escolares deben caracterizarse por su sobriedad, sencillez y formalidad. Deben

propender a enaltecer los valores óptimos de la escuela y la comunidad.

3. Los actos serán sencillos, de buen gusto y sin despliegue de lujo. Deben aprovecharse

estas ocasiones para estimular la disciplina, el buen comportamiento, la corrección en

los modales y la cortesía entre el estudiantado, así como una mayor integración entre la

escuela y la comunidad como complemento al proceso de aprendizaje. Los participantes

de estas actividades deberán ser estudiantes bonafide de la escuela y la asistencia de

éstos deberá ser con autorización escrita de los padres o encargados. Los invitados

deben ser personas de buenos hábitos y de reconocida y sólida reputación para que

contribuyan a enaltecer los valores positivos del ser humano tanto en la escuela como

en la comunidad.

4. El Director del plantel supervisará la recolección de fondos para costear los gastos de las

actividades. Debe hacerse un presupuesto austero y preferiblemente con aportaciones

voluntarias de los padres, maestros, estudiantes y miembros de la comunidad. Puede

solicitarse, con el debido recato, la cooperación de las autoridades municipales y de las

entidades cívicas y privadas.

5. Los fondos sobrantes después de celebrar alguna actividad en que se incurra en gastos,

deben ingresar en los fondos generales del plantel.

Uso de facilidades escolares por organizaciones o asociaciones estudiantiles:

1. Siempre que las condiciones lo permitan, con previa autorización del Director, las

actividades se llevarán a cabo dentro del núcleo escolar. De no ser posible se celebrará

fuera del mismo. En ambos casos el Comité responsable de la actividad, con la

aprobación del Director, determinará las medidas que garanticen el éxito de esta

actividad tales como: la selección del local, la duración del acto, las condiciones de los

contratos, costo o recaudaciones, la transportación, el orden, la seguridad y el prestigio

de la escuela.

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2. Las organizaciones estudiantiles tendrán derecho al uso de las facilidades escolares para

celebrar reuniones o actividades con previa autorización y coordinación con el Director.

Se permitirán y auspiciarán las actividades de carácter cívico, caritativo, social, cultural,

académico y deportivo, incluyendo como educativas todas aquellas de carácter

ocupacional o que propendan a desarrollar habilidades ocupacionales.

3. La organización estudiantil devolverá las instalaciones en el mismo estado y condición

que le fueron entregadas y serán responsables del pago de cualquier daño que aquellas

hubieran sufrido. Los auspiciadores de la actividad, en coordinación con el Director,

serán responsables de tomar las medidas de seguridad que garanticen el orden

institucional.

4. Las reuniones o actividades que realice una organización estudiantil fuera de las

instalaciones escolares, que no se hagan a nombre y en representación de la escuela,

serán de la entera responsabilidad de sus miembros. No se aprobarán actividades a

realizarse a nombre o en representación de la escuela, donde pueden preverse riesgos a

la seguridad, a la vida y a la moral de los estudiantes.

5. Los representantes de las organizaciones estudiantiles solicitarán permiso por escrito,

con un mínimo de veinte (20) días calendario de anticipación a la celebración de

cualquier actividad. El Director deberá contestar la petición en un plazo de cinco (5) días

calendario. De aprobar la solicitud, el Director fijará fecha para reunirse y coordinar la

actividad.

6. Antes de la suspensión o prohibición de una actividad previamente coordinada, el

Director deberá reunirse con los líderes estudiantiles organizadores, para que éstos

tengan oportunidad de exponer sus puntos de vista. Sólo se revocarán aquellas

actividades previamente coordinadas cuando se determine que existe peligro al orden o

al funcionamiento normal de la institución.

PUBLICACIONES

Se permitirá la circulación libre de: revistas, hojas sueltas, periódicos, semanarios y

otras publicaciones, en armonía con la regla básica de que se observe el decoro y se proteja la

atmósfera educativa de la institución. Las publicaciones no podrán tener un carácter injurioso o

pornográfico, ni tampoco podrán abogar por la destrucción de la propiedad escolar, o incitar a

la violencia. No podrán ser distribuidas en la sala de clases, ni en los períodos regulares de

clases. No podrán obstruir las entradas y salidas de los planteles en el proceso de distribución.

Las autoridades escolares regularán el tiempo, la manera, el lugar y la duración de la

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distribución de los materiales impresos dentro de los terrenos escolares. Se orientará al

estudiantado y componentes escolares a evitar publicaciones que propendan a dividir al

estudiantado o distraerlo del proceso educativo.

La colocación de impresos estará limitada a los espacios expresamente provistos para

estos fines.

UNIFORME ESCOLAR

Es obligatorio que el estudiante asista al Colegio uniformado diariamente o a cualquier

acto escolar en que esté representando al Colegio. El uniforme se ajustará al modelo que

ofrecemos. Deberá llevarlo siempre limpio y completo.

Pre-kinder a Undécimo:

Niñas:

De Pre-Kinder a Sexto Grado

Jumper. El largo del jumper será a la rodilla.

De Séptimo a Undécimo

Falda y chaleco. El largo de la falda será a la rodilla.

De Pre-kinder a Undécimo Grado

- Blusa blanca con la insignia del Colegio. El polo escolar será usado por los varones.

- Zapatos en piel, color negro, de hebilla, velcro o cordones. No se permitirán zapatos

deportivos color negro, modelos suecos, de gamuza, ni botas. Los zapatos deben lucir

lustrados durante todo el año.

- Medias blancas

- Lazos y hebillas para el pelo deben estar acorde con el uniforme escolar.

- Abrigo con la insignia del Colegio.

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16

Varones:

De Pre-kinder a Duodécimo Grado

- Polo blanco con la insignia del Colegio

- Pantalón escolar largo, color azul marino. Las únicas marcas que se aceptarán serán

“Wranglers”, “Dockers” o genéricos de éstas. No se permitirán pantalones con bolsillos

a lo largo de las piernas, con tachones o hilos de colores. Tampoco se aceptarán

mahones. El ruedo del pantalón no debe sobresalir la suela del zapato. El pantalón debe

mantener los colores especificados durante todo el año. El tamaño del pantalón debe

ser acorde con la cintura del varón, no se permitirán estudiantes con pantalones más

abajo de la misma.

- Correa negra.

- Medias azul marino o blanca

- Zapatos en piel o deportivos, completamente negros, de hebilla, velcro o cordones. No

se permitirán modelos suecos, de gamuza, ni botas. Los zapatos deben lucir lustrados

durante todo el año.

- Abrigo con la insignia del Colegio.

Estudiantes de Duodécimo Grado:

Los estudiantes en conjunto a la administración seleccionarán otro uniforme. No

obstante, los mismos tendrán las mismas normas del uniforme escolar.

Abrigos:

Los abrigos son de color gris y tienen el emblema del Colegio. No se aceptará ningún

abrigo que no sea el establecido en este Reglamento. Todos nuestros salones están equipados

con acondicionadores de aire. Recomendamos la compra del abrigo desde el inicio del curso

escolar.

Uniforme de Educación Física:

Niñas y Varones:

De Pre-Kinder a Undécimo Grado:

- Polo blanco o camiseta deportiva con la insignia del colegio.

- Pantalón largo deportivo oficial, con el logo del Colegio. El pantalón debe mantenerse

en buenas condiciones durante todo el año.

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- Zapatos deportivos establecidos por la Institución. Los cordones serán blancos. No se

permitirán zapatos deportivos de color negro o de otros colores.

- Medias blancas.

- Para los estudiantes de pre- kínder y kínder se sugiere que tanto los zapatos regulares

como los deportivos sean de velcro.

Notas importantes:

En los varones:

- No se permite “Mohawk”, rabos, líneas ni diseños. No se permitirán pelos teñidos ni

rabos de ningún tamaño. El largo del cabello no debe cubrir la nuca ni la frente. El niño

debe exhibirse siempre peinado.

- Se permiten barbas, bigotes y candados bien arreglados.

- El uso de pantallas no está permitido. No se permiten pantallas en partes visibles del

cuerpo ni en la lengua. (body piercing)

- Se permite el uso de collares, pulseras de cuero o hilo, moderado hasta un máximo de

dos. No se permite el uso de “bling bling” o collares exagerados.

- Los tatuajes, permanentes o temporeros, no son aceptados.

En las niñas:

- El uso de pantallas se permite en sus orejas, hasta un máximo de dos por oreja, siempre

y cuando sean de tipo dormilona o aro pequeño. No se autorizan puentes.

- No se permite el uso de pantallas en partes visibles del cuerpo ni en la lengua. (body

piercing)

- Se permite el uso de collares, pulseras de cuero o hilo, moderado hasta un máximo de

dos. No se permite el uso de “bling bling” o collares exagerados.

- El uso de tatuajes, permanentes o temporeros no es aceptado.

- El largo de las uñas no deben exceder ¼ de pulgada de la punta del dedo y los colores

deben ser neutrales o pasteles, sin diseños.

La vestimenta y apariencia personal del estudiante mantendrá las normas de buen gusto,

decoro, la conservación de la salud y la seguridad. Para salvaguardar el bienestar general de los

estudiantes, y de todo el sistema escolar, para prevenir el desorden institucional, la distracción

de los estudiantes, la violencia, los problemas académicos y de disciplina y para no interferir o

interrumpir el desarrollo normal de la enseñanza, se establecen las siguientes normas:

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18

a. El uso de uniformes escolares por los estudiantes será requerido y promocionado

como elemento para la identificación y la seguridad del estudiante y como factor

que contribuye a un mejor ambiente escolar.

b. Todos los estudiantes deben llevar el uniforme completo e inmaculadamente limpio

para cada clase.

c. No se aceptará otro uniforme que no sea el estipulado en este Reglamento.

d. Los padres deben asegurarse de que su hijo (a) asista diariamente con su uniforme

completo.

e. Si el estudiante vistiera debajo del polo regular una camiseta, ésta deberá ser

completamente blanca, sin ningún tipo de diseño.

f. Todo estudiante debe permanecer en todo momento con su camisa dentro del

pantalón o falda. En el caso de las niñas o jóvenes, la falda se usará al nivel de las

rodillas.

g. Para actividades especiales, teatro y clases de educación física donde se requiera el

uso de pantalones cortos, los mismos se utilizarán siguiendo las normas de ética y

buen gusto.

h. No se permitirá que los estudiantes asistan a la institución en ropa casual, excepto

en aquellos días que sean notificados mediante comunicación escrita por medio del

calendario escolar u otro documento oficial.

i. Se prohíbe al estudiante utilizar gorras, boinas, sombreros, gafas o lentes ahumados

a menos que medie alguna orden médica escrita, la cual el estudiante deberá

presentar al Director.

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CONTRATO ANUAL Y NORMAS DE PAGO

1. La matrícula debe ser completada en o antes de la fecha establecida por la Institución.

Después de esta fecha sufrirá un recargo y estará sujeta a disponibilidad de espacios. La

Hoja de Costos se acompañará con este documento.

2. El pago anual por servicios educativos (mensualidades) pagadero en su totalidad

durante el mes de agosto, estaría sujeto a un descuento de 5%. De lo contrario podría

pagarse en 10 pagos parciales (mensualidades), consecutivos.

3. Pagos recibidos después del día 10 de cada mes conlleva mensualmente un cargo por

demora, establecido en el contrato de matrícula.

4. Para tomar los exámenes finales o recibir los informes de progreso, debe pagar la

mensualidad o cargos correspondientes en o antes del día 10 del mes que corresponda.

En los meses de diciembre y mayo, los pagos deberán efectuarse en efectivo, giro, ATH,

VISA, Master Card o cheque oficial del banco. No se recibirán cheques personales ni

corporativos para dichos pagos en los meses referidos o en balances pendientes.

5. En caso de que el estudiante no tomara exámenes finales por incumplimiento a las

normas de pago, se le asignará fecha de reposición. Si la fecha excediera al cierre del

curso, la administración de los mismos y el tiempo de repaso tendrá un costo adicional.

Los padres serán responsables de cubrir los gastos en que la Institución incurra para

regularizar esa situación.

6. El colegio tendrá derecho a suspender el servicio educativo a cualquier estudiante que

tenga dos (2) meses de atraso en su cuenta. Reservará la matrícula del estudiante

durante un (1) mes a partir de la fecha de suspensión. Cumplido el plazo, el estudiante

será automáticamente dado de baja. En caso de re-matrícula, el padre, madre o tutor

legal procederá nuevamente a hacer el proceso de admisión, incluyendo el pago

correspondiente. Estará sujeto a espacios disponibles.

7. De existir cualquier deuda de un curso escolar anterior a la fecha del 1 de agosto del

próximo curso, el estudiante no será admitido a clases hasta haber efectuado el pago

completo de la deuda.

8. No se entregarán informes de notas, transcripciones de crédito, diplomas, ni otro

documento oficial a estudiantes con balances pendientes.

9. De acumular tres o más atrasos en las mensualidades, perderá el privilegio de hacer

pagos parciales por este concepto y vendrá obligado en años futuros a satisfacer por

adelantado el costo anual de los servicios educativos. En este caso no aplicará el

descuento por pago adelantado.

10. El costo total de la matrícula no es reembolsable después de diez (10) días, calendario

escolar, de haber efectuado el trámite.

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11. Cada estudiante tendrá una libreta de pagos en la que se anotarán éstos. No se

aceptarán pagos que no estén acompañados con la libreta que le corresponda al

estudiante. En caso de extraviarla, se cobrará la cantidad establecida en el contrato de

matrícula por cada duplicado.

12. El Colegio tiene la prerrogativa de no aceptar pagos en cheques a las familias que hayan

reincidido en el mal uso de los mismos. Todo cheque devuelto por el banco, conllevará

un recargo adicional de $25.00.

13. El Departamento de Contabilidad cuenta con un buzón de pagos. No se depositará en el

mismo dinero en efectivo. La Institución no aceptará reclamaciones de aquellas

personas que hayan violado esta norma. Tampoco podrán depositar cheques que no

estén debidamente acompañados por la libreta de pagos. Para efectos de seguridad, el

cheque podrá ser retenido en el Departamento de Contabilidad, pero el mismo no será

acreditado al balance hasta que el pago no pueda ser registrado en la libreta

correspondiente.

14. Toda baja del Colegio se tramitará por escrito a través de la Oficina del Director. Al

seguir este procedimiento evitará que se le sigan facturando los costos de mensualidad.

15. Para dar de baja al estudiante de algún servicio deberá notificarlo por escrito con quince

(15) días de anticipación en la libreta de comunicaciones y el coordinador lo referirá al

departamento correspondiente, endosándolo con su firma y las iniciales del Registrador,

Psicopedagogía y el Departamento de Contabilidad.

16. Asegúrese de estar claro en la ubicación y costo del servicio del estudiante para el

próximo curso escolar, según las recomendaciones endosadas por el Coordinador

Docente. Las mismas prevalecerán en todo momento.

17. Si el estudiante no estuviese asistiendo al Colegio por razones de enfermedad, por

causas personales, por haber sido suspendido por el Comité de Disciplina o el Equipo

Interdisciplinario, o por incumplimiento de las normas de pago, el padre viene obligado

a cumplir con los compromisos contraídos al momento de matricular al estudiante.

18. Todo padre que se encuentre en el proceso de adquirir la compra de servicios a través

del Departamento de Educación, está obligado a realizar el pago de las mensualidades, a

tiempo, hasta tanto no llegue al Colegio la orden del Departamento para incluir al

estudiante en el contrato de servicios y ésta sea aprobada por la Administración.

19. Al momento del padre o encargado proceder a efectuar la matrícula, deberá tener el

endoso del Coordinador Docente, el cual referirá al Departamento de Contabilidad.

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HORARIO DE ENTRADA

La hora oficial de entrada del Colegio es a las 7:45 a.m. A las 7:40 a.m. los grupos

deberán estar organizados y acompañados por el maestro responsable, a la espera del saludo

de la autoridad escolar para el ingreso a sus respectivos salones.

Se tendrán diez (10) minutos de tolerancia. A partir de las 7:55 a.m. todo estudiante

deberá solicitar al personal asignado el boleto de admisión, el cual deberá presentar al maestro

responsable, quién procederá inmediatamente a pegarlo en la libreta de comunicaciones para

la firma del padre o encargado.

Todo padre de estudiante que venga al Colegio mediante transportación escolar, deberá

haber coordinado con el porteador, para que llegue al colegio a las 7:00 a.m. De llegar antes de

las 7:00 a.m., debemos preservar su seguridad, por lo que ingresará al Programa de Cuido

Matutino y se facturará $10 por hora o fracción. Este programa se establece según la Ley 177

de 1 de agosto de 2003, Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la Niñez.

TARDANZAS

- En caso de incurrir en tardanzas consecutivas, no se le permitirá la entrada al salón de

clases hasta finalizado el periodo de clase en que el estudiante llega. Así se evitará la

interrupción de la misma según el horario escolar.

- Al acumular el total de 15 tardanzas no justificadas dentro del curso escolar, el estudiante

será dado de baja de la asignatura afectada y deberá reponerla durante el curso de

extensión (junio). Esto conllevará facturación adicional. Se consideran tardanzas

justificadas solamente aquellas causadas por emergencias atmosféricas, enfermedad o

cita médica.

HORARIO DE SALIDA

La hora de salida se establece en el momento en que el estudiante es matriculado. Los

padres o encargados deberán esforzarse por alcanzar la máxima puntualidad al recoger al

estudiante. Así se evitará que el estudiante permanezca sin la supervisión conveniente.

Solamente nos responsabilizamos de los estudiantes en los lugares y a las horas establecidas al

efectuarse la matrícula.

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Se mantendrá una tolerancia de treinta (30) minutos para su recogido. Luego de ese

periodo de tiempo se facturará un recargo por hora o fracción de hora, según se establece por

la Institución en su contrato de matrícula, mientras el estudiante permanezca dentro de los

predios de nuestra institución. El padre o persona responsable de su recogido deberá firmar

una hoja provista por el encargado del cuido extendido.

A tenor con la Ley 177 de 1 de agosto de 2003 conocida como Ley para el Bienestar y la

Protección Integral de la Niñez, se notificará a las autoridades pertinentes cuando el padre

incurra de manera continua en la práctica de no buscar al menor a la hora de salida establecida

o dentro del horario indicado.

El Colegio no entregará estudiante a ninguna persona que no esté debidamente

identificada y quien deberá traer una carta de autorización del padre o encargado.

Para abandonar el recinto del colegio durante el tiempo curricular se necesita permiso

escrito del Director o coordinador del nivel correspondiente.

Se solicita en lo posible, que las citas médicas puedan efectuarse en horario

extracurricular. El estudiante se entregará al finalizar cada período escolar. De tener alguna cita

durante el horario escolar, debería notificarlo por escrito con anticipación y buscarlo por lo

menos un periodo antes (es decir, 50 minutos o más) de la hora de salida del estudiante.

AUSENCIAS

Toda vez que un estudiante falte, la familia deberá notificarlo desde el primer día.

Llamará por teléfono en las primeras horas de la mañana.

Al regreso el estudiante deberá traer excusa escrita, ya sea médica o personal, que

justifique los días de ausencia. La misma deberá estar firmada por el padre o encargado. Si este

documento no fuese presentado se expone a una amonestación por parte del maestro,

coordinador o director.

Si el estudiante se ausentara a un examen, es requisito la justificación para que el

mismo sea repuesto.

Si la ausencia afectase a un examen final, el padre o encargado deberá justificarlo

personalmente. En caso de que la ausencia no fuere por enfermedad, solicitará por escrito al

Coordinador la reposición de dicho examen.

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La asistencia de los estudiantes será evaluada por sus maestros al finalizar cada periodo

escolar. Las ausencias afectarán la evaluación y ésta se reflejará en el expediente del

estudiante.

Cada familia facilitará los medios para que el estudiante asista regularmente al colegio.

Evitará ausencias innecesarias o injustificadas. De esta manera estaremos contribuyendo a

formar niños y jóvenes responsables.

Al acumular 20 ausencias no justificadas dentro del curso escolar, se reunirá el equipo

multidisciplinario y se evaluará cada caso para establecer un plan de acción para cada

estudiante.

ENFERMEDADES, ACCIDENTES Y SEGURO ESCOLAR

No se debe enviar al colegio un estudiante que esté enfermo, debido a que: el

aprovechamiento escolar habrá de ser pobre, se arriesga a que la condición se complique y se

expone a contagio a sus compañeros y/o maestros.

En caso de accidentes graves o de enfermedad ocurridos o detectados en el colegio, se

notificará inmediatamente al hogar. Debe considerarse para este aspecto del Reglamento, la

importancia que debe dar el padre o encargado en proporcionar la información adecuada en la

hoja de emergencia.

Cada estudiante está protegido por la Póliza de Seguros COSVI, según sus normas.

Heridas pequeñas o magulladuras y otros que ocurran en el plantel escolar, serán atendidas en

la enfermería del colegio.

LIBROS Y MATERIALES DEL COLEGIO

Es responsabilidad de cada familia, que el estudiante tenga desde el primer día de clases

todos sus libros y materiales, o cualquier otro solicitado por su maestro. De esta forma

habremos de asegurar que el estudiante cuente con los medios para dar comienzo a su labor

escolar en forma efectiva.

Todos los libros y libretas deberán estar debidamente identificados, con el nombre del

estudiante y el maestro que ofrece la asignatura, nombre de la asignatura, grado o nivel.

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Las libretas tendrán portadas de diferentes colores, los que identificarán las asignaturas

a las que corresponda, incluyendo la de Comunicaciones. Se orientará al estudiante el primer

día de clases sobre los libros o cuadernos con los que estará trabajando en la etapa inicial. Los

que no vayan a ser utilizados en el momento, deberán dejarlos en sus hogares hasta tanto el

maestro lo solicite.

Ningún estudiante está autorizado a dejar libros u otras pertenencias en un salón de

clases de un día para otro. El Colegio no se responsabiliza por la pérdida de algún material o la

mutilación de éste. Recuerde que la mayoría de los salones son utilizados por las tardes, con

otros propósitos educativos.

LIBRETA DE COMUNICACIONES

Al iniciar el curso escolar, el estudiante deberá tener una libreta identificada como

“Libreta de Comunicaciones”. Es el vehículo a través del cual el Colegio mantendrá informado al

hogar de toda noticia de interés diario. En esta libreta deberán pegarse todas las circulares o

comunicados.

Tanto los maestros como los padres podrán escribir en dicha libreta asuntos que deseen

compartir o informar. En esta libreta se prohíbe escribir asuntos no relacionados con los

propósitos establecidos, así como también se prohíbe utilizarla como sustitución de libretas que

corresponden a áreas académicas. Tampoco podrán hacerse dibujos o escribir leyendas no

relacionadas.

En esta libreta se pegarán y contabilizarán los boletos de tardanzas, el calendario escolar

de cada mes, notas de agradecimiento, asuntos relacionados con la salud del estudiante,

fechas de exámenes, cartas y/o comunicados del Departamento de Contabilidad, citas a

reuniones, actividades del Consejo de Padres, evidencias de reuniones de coordinación entre el

hogar y la escuela, otros.

Las páginas deben estar enumeradas y el estudiante no podrá arrancar ninguna de ellas.

La libreta de comunicaciones deberá estar disponible cada vez que los directores y/o

coordinadores la soliciten.

Todo padre o encargado tiene la obligación de ver la libreta diariamente y asegurarse de

leer con detenimiento los comunicados. Podrá tomar nota y apuntar en su agenda las fechas

importantes en las que se llevarán a cabo nuestras actividades o asuntos de funcionamiento.

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Cada circular es la evidencia de que estamos cumpliendo con nuestra responsabilidad de

informar. Por tanto, nunca arrancará de la libreta cartas o circulares por tenerlas en su poder;

todo el tiempo deberán estar en la Libreta de Comunicaciones del estudiante.

Toda nota que provea un espacio donde se especifica que debe tener su firma, ésta

tiene que aparecer tal y como aparece en los documentos de matrícula. Todos los demás

comunicados deberán tener sus iniciales, como evidencia de que ha sido leído.

Es responsabilidad del maestro de Salón Hogar dar seguimiento a las notificaciones de

los padres, el no cumplir con lo establecido será motivo de amonestación para cualquiera de las

partes. En caso de pérdida de la Libreta de Comunicaciones, el padre o encargado tiene la

obligación de reportarlo al maestro o viceversa y, ambos tienen la obligación de reportarlo al

Director o Coordinador Docente para el inicio de una nueva libreta. La misma constará en la

página número uno (1) de dicha autorización con las respectivas firmas. La negligencia de

cualquiera de las partes será motivo de amonestación.

La Libreta de Comunicaciones es un documento que acompaña al estudiante durante

todo el curso escolar. Al finalizar el mismo o al completar la libreta, cada estudiante tiene la

obligación de entregarla al maestro. El Coordinador Docente será el custodio de las mismas.

EXCURSIONES Y/O ACTIVIDADES FUERA DEL COLEGIO

La escuela promueve la celebración de actividades, con fines o propósitos educativos,

culturales, cívicos, caritativos, deportivos, recreativos y sociales. Durante las excursiones

aplican las mismas normas del Reglamento Escolar.

Entre los documentos deberá aparecer la autorización del padre o encargado del

estudiante, debidamente cumplimentada y firmada.

Ningún estudiante podrá asistir a actividad alguna, mientras no se cumpla con este

requisito. En caso de asistir al colegio, deberá permanecer durante el horario regular

cumpliendo las mismas normas del día regular; será atendido por un maestro sustituto.

El colegio no será responsable de la acción tomada por los estudiantes en las

actividades que no promueve la escuela.

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DISCIPLINA ESCOLAR

El proceso educativo debe realizarse en un ambiente de tranquilidad, seguridad,

salubridad, sentido de misión, respeto mutuo entre todos los componentes, orden, disciplina

en el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, directrices y principios de buena

convivencia humana.

El proceso disciplinario debe ser gradual, preventivo, rehabilitativo y educativo; siempre

justo y razonable; edificante e informado; respetando los derechos de cada cual; anticipando en

todo lo posible situaciones de riesgo; y siempre tratando de buscar el origen de las actuaciones

mediante las que se violaron las leyes, reglamentos, normas y directrices con el fin de ayudar al

disciplinado.

Los procedimientos disciplinarios a aplicarse en los estudiantes de educación especial se

regirán por las disposiciones establecidas en el Manual de Procedimientos para Educación

Especial.

Es deber de todo maestro, estudiante, personal de apoyo, padre o miembro voluntario

de la comunidad escolar, informar al Director de Escuela y Coordinador Educativo, todos los

detalles sobre la actuación del estudiante o persona relacionada a la escuela, que entiende

constituye una infracción a la Ley, Reglamentos, Normas o directrices. Esto incluye las acciones

dentro de los predios escolares, a cien (100) metros del Colegio o en actividades escolares ya

sea porque tuvo conocimiento de los hechos personalmente, por información o sospecha.

Medidas Correctivas o Disciplinarias:

El Director de la Escuela, el Coordinador Docente y la Decana de Disciplina tienen la

facultad para imponer las medidas correctivas o disciplinarias. Las medidas disciplinarias serán

proporcionales a la gravedad de la falta cometida. El proceso debe iniciarse inmediatamente

luego de ocurrido el acto o de ocasionarse el daño.

Dependiendo de la gravedad de la ofensa, se podrá imponer la medida correctiva o

disciplinaria que proceda de las autorizadas en este Reglamento o bajo los puntos

determinados por el Sistema de Deméritos Disciplinario o Sistema de Deméritos Académico

(Ver Sistema de Deméritos Disciplinario y Sistema de Deméritos Académico en Reglamento de

Estudiante). (Ver páginas 33 y 34 de este documento).

El castigo corporal queda terminantemente prohibido. El uso de fuerza razonable podrá ser

utilizado, siempre que sea para evitar que un estudiante en descontrol, infiera daño corporal a

sí mismo, a otros o a la propiedad. Se notificará al padre o encargado sobre el incidente a la

mayor brevedad posible.

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Medidas Correctivas Disciplinarias:

1. Intervención del personal con el estudiante – de forma verbal se le explica la falla

o falta y se le orienta para que no vuelva a suceder y se le imponen medidas

correctivas de acuerdo a las circunstancias. Se informará al hogar.

2. Deméritos – se le imponen medidas correctivas de acuerdo a las circunstancias

con notificación a sus padres o encargados y se les citará en caso de ser

necesario. (Ver Sistema de Deméritos Disciplinario y Sistema de Deméritos).

3. Intervención con el Director o persona designada– de continuar la conducta

luego de la sanción de deméritos se refiere al Director Escolar, o persona

designada, para orientación e implantación de medidas correctivas de acuerdo a

las circunstancias y se le comunica a los padres o encargados mediante reunión

para discutir la situación.

4. Detención- el Director Escolar o Coordinador Educativo autorizará detener a un

estudiante antes o después de las horas regulares de clase si se le ha avisado por

escrito o verbal a los padres con anticipación de por lo menos un día antes de la

detención. En situaciones de emergencia, los padres serán informados

inmediatamente. Una detención no puede ser de más de media hora en

estudiantes de cuarto a sexto grado, no más de una hora de séptimo a noveno

grado y no más de dos horas en estudiantes de décimo a duodécimo grado. La

detención durante el almuerzo es permitida, sin embargo, se le permitirá al

estudiante comer su almuerzo o durante recreo que tome sus meriendas. Los

padres deben ser notificados cuando el estudiante esté detenido durante el

almuerzo o recreo, sin privarle de sus necesidades básicas, tratamientos o

alimentos.

5. Re-ubicar de grupo, programa o nivel, dentro de la misma escuela.

6. Confiscación- cualquier artículo del estudiante que interrumpa el ambiente

escolar será temporalmente confiscado y se le entregará a la hora de salida

escolar.

7. Restitución- solicitar al estudiante, padre o encargados el reponer, restituir,

reparar o pagar cualquier bien mueble o inmueble que el estudiante dañe,

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destruya, extravíe, substraiga o apodere ilegalmente y pertenezca a la institución

o alguno de sus componentes.

8. Suspensión dentro de la escuela- la suspensión dentro de la escuela se le dará a un estudiante que está excluido de asistir a clases regulares, pero no de asistir a la escuela y tiene que cumplir con todas las tareas y asignaciones de sus maestros o profesores. El estudiante recibirá calificaciones por sus trabajos hechos durante este tipo de suspensión. No se le permitirá al estudiante de participar en actividades extra-curriculares durante el periodo de suspensión dentro de la escuela. El director o persona designada debe notificar a los padres cuando un estudiante está suspendido dentro de la escuela.

9. Suspensión de actividades extra-curriculares- la participación en actividades extra curriculares es un privilegio que pone al estudiante en una posición de representación de la escuela frente a sus compañeros o comunidad. Se podrá suspender a un estudiante de participar en una o todas las actividades extra-curriculares, incluyendo los ejercicios de graduación, por una violación al Reglamento de Conducta para Estudiantes, o por violación de cualquier ley estatal o federal. Toda suspensión será verbal y escrita, expresando en detalle los hechos y actuaciones que se le atribuyen y las razones por la cual se hace, especificando los objetivos que se persiguen con dicha suspensión. Se llevará a cabo por el Director y el personal designado por éste. Se podrá suspender a un estudiante hasta que cumpla con condiciones específicas tales como referidos médicos para evaluación, tratamiento y medicación, para lo cual fuera referido según las circunstancias a serle impuestas por el Director, Coordinador Docente o Equipo Multidisciplinario.

10. Suspensión escolar- de acuerdo a la falla o falta podrá acordarse como medida

disciplinaria la suspensión temporera de la participación del estudiante en

actividades del ambiente escolar.

11. Comité de Disciplina – se le notifica a los padres o encargados que se convocará un comité de disciplina para establecer un plan correctivo que incluya medidas disciplinarias de acuerdo a las circunstancias de la situación. (Ver funciones del Comité de Disciplina en Reglamento de Estudiante).

12. Referidos a la policía de Puerto Rico, guardias escolares o personal del orden

público- solicitar la intervención de la policía, guardias escolares u oficiales de

seguridad y del orden público, en casos de tener motivos fundados para

entender que se está cometiendo delito o existe riesgo o peligro para los otros

estudiantes, maestros, personas, escuela o para la propiedad. Las agencias de

policía serán notificadas inmediatamente cuando un director tiene la sospecha

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de que un estudiante ha cometido una falta civil o criminal según descritas en la

Ley #88 “Ley de Menores de Puerto Rico”.

13. Suspensión por falta a la Ley #88 “Ley de Menores de Puerto Rico” según

enmendada- el estudiante que incurra en faltas identificadas en esta ley de

conductas procesables podrá ser suspendido de forma sumariada. El Director o

personal designado podrá ejercer las siguientes medidas:

a. Si la falta ocurre en los predios o hasta 100 metros alrededor del colegio

IMEI, el Director o persona designada, previa gestión de comunicarse, o

luego de comunicarse con los padres o encargados y el estudiante,

discutirá el protocolo a seguir según las faltas incurridas descritas en la

Ley #88 “Ley de Menores de Puerto Rico” según enmendada.

b. Informará a la policía a través del cuartel más cercano. Obtendrá un

número de querella.

c. Si el estudiante es procesable por la falta incurrida según definida como

Clase I en el Artículo 3 de la Ley #88 “Ley de Menores de Puerto Rico“

según enmendada, ya sea en los predios, alrededor de 100 metros de

IMEI o fuera de la institución educativa el Director o persona designada

podrá requerir como condición para que no sea suspendido sumariamente

que el estudiante pueda ofrecer evidencia de su proceso de rehabilitación

a través de psicólogos, trabajadores sociales, orientadores, o cualquier

otro servicio relacionado.

d. Si el estudiante es procesable por una falta grave Clase II o Clase III según

definida en el Artículo 3 de la Ley #88 “Ley de Menores de Puerto Rico”

según enmendada, ya sea en los predios, alrededor de 100 metros de

IMEI o fuera de la institución educativa el Director o persona designada

tendrá la autoridad de suspender de forma sumariada al estudiante.

14. Suspensión sumariada- la institución recomendará el egreso del estudiante, con

el propósito de que éste pueda pasar a una institución que ofrezca la atención

requerida de acuerdo con las necesidades evidenciadas.

15. Imponer todas aquellas medidas que sean razonables y necesarias para

mantener el buen orden y la disciplina dentro de los predios escolares y hasta los

cien (100) metros alrededor a la escuela.

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16. Estado Probatorio o matrícula condicionada- someter a estado probatorio sin

suspensión de clases, por un tiempo determinado, a aquellos estudiantes que

luego de ser orientados, amonestados por escrito y previa reunión con los

padres no han demostrado cambios en su conducta. (Ver proceso de Matrícula

Condicionada en Reglamento de Estudiante).

Medidas Correctivas Educativas

1. Horas de servicio a la comunidad.

2. Realizar trabajos especiales.

3. Requerirle cursos, entrevistas, clases, seminarios, conferencias y asignaciones.

4. Cualquier otro que estime conveniente el Director de Escuela o el Comité de

Disciplina.

Medidas Correctivas Terapéuticas

1. Referidos a servicios terapéuticos- cuando un estudiante causa problemas de conducta

repetidamente en la escuela, se le puede referir a Trabajador Social Escolar-Clínico,

Psicólogo Escolar o Psicólogo Clínico.

2. Recibir orientación, terapias o tratamientos con psicólogos u otros facultativos.

3. Cualquier otra condición especial que estime conveniente el Director de Escuela o el

Comité de Disciplina como: evidencias de visitas a tratamientos terapéuticos y uso de

medicación.

*En casos especiales o excepcionales de acuerdo con la gravedad o condición crónica de la

infracción cometida, se podrá aplicar una infracción mayor.

COMITÉ DE DISCIPLINA Y NORMAS DE DISCIPLINA

El Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada, establece este Reglamento Escolar

donde se especifican las normas de disciplina que rigen en la Institución. Se constituirá un

Comité de Disciplina para asegurar y velar por el orden en el plantel y asesorar al Director en los

procedimientos de imposición de medidas correctivas o disciplinarias.

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31

El Comité de Disciplina estará compuesto por representación de las siguientes áreas:

1. Miembros de la Facultad

2. Departamento de Psicopedagogía

3. Padres o miembros de la comunidad seleccionados por el Director

4. Personal administrativo o de apoyo

Funciones del Comité de Disciplina:

1. Asesorar al Director Escolar en los procedimientos de imposición de medidas correctivas

o disciplinarias.

2. El Comité de Disciplina evaluará los casos en que el estudiante no cumpla con la medida

correctiva o disciplinaria impuesta y recomendará al Director las medidas correctivas a

seguir.

3. Una vez aplicadas las medidas correctivas el Decano de Disciplina redactará un informe

de los resultados obtenidos y establecerá un plan de monitoreo conductual.

SISTEMA DE DEMÉRITOS DISCIPLINARIO

Al incurrir en una o más faltas en violación de este Reglamento o cualquier otra que

atente al buen funcionamiento o el ambiente de trabajo y respeto que nos proponemos en el

Colegio, se orientará al estudiante y de acuerdo a la severidad de la falta, será sancionado,

aplicando las medidas establecidas en este Reglamento.

Procedimientos:

Cuando un estudiante no cumple las normas establecidas, se evalúa la situación, se lleva

al estudiante a reflexionar acerca de su comportamiento, a aceptar su responsabilidad y

comprometerse a no reincidir en la misma falta. Se evidenciará por escrito el compromiso del

estudiante.

De incurrir en la falta, se le aplicará la amonestación o demérito, según la falta

cometida. El estudiante llevará la información al hogar mediante un documento. Tiene la

obligación de presentarlo a sus padres o encargado para su firma y regresarlo antes de las

cuarenta y ocho (48) horas. La retención de este documento será motivo de amonestación.

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Acumular más de diez (10) puntos en deméritos procederá a reunión con los padres,

para establecer un plan entre hogar y escuela. Si el estudiante acumula veinte (20) puntos en

deméritos, obtendrá una suspensión de uno (1) a cinco (5) días. Después de su regreso el

estudiante deberá demostrar un cambio significativo en su comportamiento. En caso de

incurrir en faltas y alcanzar una puntuación de veinticinco (25) puntos, será referido al Comité

de Disciplina, el cual podrá recomendar una nueva oportunidad o determinar expulsión. El

Director procederá a endosar la decisión final del Comité y si el estudiante es readmitido será

en forma condicional. Al incurrir en treinta (30) puntos procederá a reunirse nuevamente el

Comité de Disciplina para determinar acción a seguir entre las que podría considerarse el

egreso del estudiante.

Conductas e infracciones establecidas en la Hoja de Demérito por disciplina?

Causa ______Puntos

1. No traer excusa por ausencia 02

2. Interrumpir las clases 01

3. Alterar el orden en las clases 03

4. Alterar el orden en el patio o en las inmediaciones 03

5. Agredir verbalmente 05

6. Agredir física o emocionalmente a un compañero 03-10

7. Esconder partencias privadas 03

8. No traer demérito firmado 03

9. Faltar el respeto 05

10. Dañar la propiedad 05

11. Provocar pelea 03

12. Pelear físicamente 05-20

13. Salir del salón sin permiso 05

14. Permanecer fuera del salón de clase a deshora 05

15. Fumar dentro del colegio 20

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16. Fumar en las inmediaciones 10

17. Hurtar 20

18. No presentarse a detención 10

19. Permanecer en lugares no autorizados 05

20. Salir del colegio sin autorización (fuga) 20

21. No dar debido cumplimiento a las normas

del reglamento _____

22. Mostrar indiferencias a las orientaciones impartidas _____

23. Reincidencia en las faltas _____

24. Presentarse con uniforme incompleto o alterado 02

25. Descuidar el aseo personal 02

26. Usar pantallas _____

27. Presentase con recorte de pelo que altere las

normas establecidas. _____

SISTEMA DE DEMÉRITOS ACADEMICO

Conductas e infracciones establecidas en la Hoja de Demérito Académico?

Causa _______Puntos

1. Llegar tarde (Pierde tiempo de clase) 01

2. No traer libros y/o solicitados 01

3. No traer materiales solicitados 01

4. Presentar exámenes o notificaciones sin firmar 03

5. No cumplir con el uniforme de Educación Física 02

6. Presentar asignaciones incompletas 01

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MATRÍCULA CONDICIONADA

El propósito de la misma es el de monitorear semanalmente el progreso de cada

estudiante para así alertar ante cualquier irregularidad y ayudar a establecer un plan preventivo

o correctivo en beneficio de nuestro estudiante.

En caso de que la matrícula condicionada se aplique por conducta no satisfactoria se

emplearán las siguientes normas:

- El Trabajador Social y/o el Departamento de Psicopedagogía, trabajará con las

necesidades relacionadas al área por lo que se haya determinado la Matrícula

Condicionada y se establecerá un plan de acción al que se le dará seguimiento.

- La cantidad de puntos en deméritos se reducirá a la mitad de los implantados en la

matrícula convencional.

1 a 5 puntos: orientación al estudiante

7 puntos: cita a los padres

10 puntos: se reúne el comité de disciplina

15 puntos: evaluación de las posibilidades de una suspensión o egreso.

OTRAS FALTAS

Conducir negligentemente dentro de los predios escolares o cien (100) metros alrededor de la escuela o en actividades relacionadas con la escuela.

Impedir o limitar la tarea a realizar por otros o cometer actos engañosos o fraudulentos en perjuicio de los intereses del proceso educativo.

La obtención de notas, grados académicos y otros documentos oficiales valiéndose de falsas y fraudulentas simulaciones, hurto o copiar contestaciones de pruebas de otros estudiantes, plagio y otros actos similares o haciéndose pasar por otra persona mediante treta o engaño o consiguiendo que otro tome en su nombre cualquier prueba o examen oral o escrito. En estos casos se anulará el documento o instrumento de que se trate, para todos los fines que corresponda.

Apropiarse, transferir o cambiar de sitio materiales, equipos, libros o bienes de otros; de la Institución el uso indebido o ilegal de propiedad del Instituto sin autorización expresa.

Solicitar o aceptar soborno o gratificación en el trámite de asuntos escolares.

Pelear o tratar de causar daño físico a estudiantes, empleados u otras personas en la escuela.

Apropiarse, destruir, perder o causar daño a la propiedad escolar, ya sea un bien mueble o

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inmueble mediante rótulos, pasquines, leyendas, avisos, manchas, rasgaduras, otras marcas, graffitti, escritos u otros medios.

Publicar, poseer, vender, difundir o mostrar material obsceno, difamatorio, injurioso, impúdico o lascivo dentro de la escuela, a cien (100) metros de la misma o en actividades extracurriculares, mientras vista el uniforme escolar.

Alteración de la paz.

La comisión de cualquier acto obsceno, impúdico, lascivo o difamatorio dentro de la escuela a cien (100) metros de la misma o en actividades extracurriculares mientras vista el uniforme escolar.

Poseer, transportar, introducir, portar, usar, vender, regalar, intercambiar, distribuir, solicitar o asistir a la escuela con cualquier arma blanca u objeto que pudiera causar daño a otras personas o a la propiedad escolar dentro de la escuela, a cien (100) metros de la misma o en actividades extracurriculares mientras vista el uniforme escolar.

Poseer, transportar, introducir, portar, usar, vender , regalar, intercambiar, distribuir, solicitar o asistir a la escuela con cualquier arma de fuego, esté o no cargada, o réplica de la misma dentro de la escuela, a cien (100) metros de la misma o en actividades extracurriculares mientras vista el uniforme escolar.

Poseer, transportar, introducir, usar, vender, regalar, intercambiar, distribuir, solicitar, o asistir a la escuela, con o bajo los efectos de bebidas embriagantes, estimulantes, narcóticos o cualquier estupefaciente o sustancia que se use con el fin de inducir sedación, embriaguez o euforia en la persona y que no haya sido prescrito por un facultativo médico, dentro de la escuela, a cien (100) metros de la misma o en actividades extracurriculares mientras vista el uniforme escolar.

Cualquier acto que constituya delito grave, menos grave, falta Clase I, II, III según Ley #88 Ley de Menores de Puerto Rico según enmendada.

Discrimen, violación de derechos constitucionales o legales, hostigamiento, acoso sexual, acoso escolar.

Violencia en las relaciones de noviazgo.

Causar daño o perjuicio a la propiedad del colegio.

LEYES APLICABLES

Ley 267 de 2000: Ley para la protección de los niños, niñas y jóvenes en el uso y manejo de la

Red de Internet

El bienestar y la seguridad de la comunidad escolar constituyen parte de nuestras

prioridades. Por ello se han implantado innovadoras estrategias para promover el sano

crecimiento de nuestros estudiantes. Todo el personal ha sido debidamente orientado sobre la

Ley 267 y su exposición de motivos.

Ley 296 de 2000: Ley de Conservación de la Salud de Niños y Adolescentes de Puerto Rico

Nuestros estudiantes representan una riqueza incalculable, pues son la promesa del

futuro. A tono con la ley 296 aspiramos a que en el futuro, nuestro pueblo sea más sano,

equilibrado y feliz.

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Ley 246: Ley para la Seguridad, Bienestar, Protección, a Menores

Dispone que "toda persona estará obligada a informar inmediatamente aquellos casos donde

exista o se sospeche que exista una situación de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o

negligencia institucional hacia un menor o que exista riesgo de que un menor sea víctima de

dicha situación".

Al inicio de cada curso escolar es requerido que los padres y/o tutores evalúen la salud

de nuestros estudiantes completando el formulario propuesto por la Institución.

Ley 37 de 2008: Ley de Acoso, Hostigamiento e Intimidación Escolar (“Bullying”)

De acuerdo a la Ley 37, se prohíben las conductas agresivas entre estudiantes, así como

el acoso y la victimización de algún compañero.

Ley 88 de 1986: Ley de Menores en Puerto Rico según enmendada.

Ley que regula y evalúa todo caso en que se impute a un menor conducta que constituya falta,

incurrida antes de éste haber cumplido dieciocho (18) años de edad.

SISTEMA DE MÉRITOS

Será merecedor de méritos todo estudiante que durante un periodo de tres (3) meses

no haya incurrido en faltas de comportamiento o conducta y haya sido capaz de demostrar

actitudes que merezcan ser exaltadas, tanto en sus relaciones interpersonales como de

esfuerzo hacia su progreso escolar. Para adjudicar éstos, un Comité de Conducta compuesto

por maestros, directores y coordinadores se reúne, analiza la situación de conducta y

determinan el premio o mérito.

EVALUACIÓN DEL APROVECHAMIENTO ESCOLAR

La evaluación del estudiante, contemplará los aspectos de rendimiento escolar y

conducta. Se basará en los resultados de las pruebas de aprovechamiento, informes orales,

escritos, proyectos, trabajos individuales y grupales, cuadernos del estudiante, nota de

aplicación y observaciones diarias. La evidencia relacionada con la evaluación del

aprovechamiento y progreso alcanzado se mantendrá en el expediente de cada alumno.

La clasificación correspondiente al progreso del estudiante en el desarrollo de las

destrezas, estará de acuerdo con lo establecido en el plan individual de cada estudiante.

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Al iniciar y finalizar cada periodo escolar, el Colegio le ofrecerá a los padres la

oportunidad de entrevistarse con los maestros de su hijo (a), con el propósito de discutir el plan

a seguir durante cada período de clase y evaluar la labor realizada durante el mismo.

SISTEMA DE CALIFICACIONES

El aprovechamiento académico del estudiante en las distintas asignaturas se indicará

usando la siguiente escala:

90-100 Equivale a una labor excelente.

80-89 Equivale a una labor buena.

70-79 Equivale a una labor regular.

60-69 Equivale a una labor deficiente.

0-59 Equivale a una labor de fracaso.

P Equivale a un pendiente.

D Equivale a un dominio de la destreza.

ND Equivale a un No Dominio de la destreza.

EP En Progreso.

El material que por diferentes razones justificadas no haya sido enseñado o evaluado

será señalado en la evaluación con el símbolo (P) que significa pendiente. El maestro

conjuntamente con los padres o encargados, establecerán las estrategias para atender el

mismo, dentro del marco de responsabilidades del estudiante y/o a tenor con las normas

del Colegio con la aprobación del Director. Se coordinará con el estudiante una segunda

fecha de entrega, su evaluación tendrá una penalidad de 20 puntos. En caso de que el

estudiante incumpla con su responsabilidad, el Pendiente se sustituirá por un cero (0) y será

promediado.

Los estudiantes de Educación Especial, que requieren ser trabajados por niveles

académicos, se evaluarán mediante los Niveles de Ejecución L1, L2, L3, L4, L5, utilizando como

modelo el sistema de evaluación del documento legal (PEI) Plan Educativo de Enseñanza

Individualizada, del Departamento de Educación de Puerto Rico.

Nivel de ejecución Especificación L1 Muestra interés y lo intenta.

L2 Lo logra con mucho apoyo, dirección y uso de claves.

L3 Lo logra con algún apoyo.

L4 Lo logra por sí solo de forma inconsciente.

L5 Lo logra de forma independiente y consciente.

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PROMEDIOS PARCIALES

Se refiere a la suma de los por cientos obtenidos por destrezas en las áreas académicas,

incluyendo la Nota de Aplicación. Esta suma se divide para obtener un promedio, el que

constituirá el Informe Preliminar de notas. Al concluir el semestre escolar se entregará a cada

padre o encargado un Informe Final de notas.

El Plan Individual se evaluará en por ciento de dominio. Se considerará que un

estudiante ha logrado los objetivos esperados al alcanzar un setenta por ciento (70%) o más.

Sesenta y nueve por ciento (69 %) o menos se considera pendiente.

NOTA DE APLICACIÓN

En este documento se evalúa mensualmente el cumplimiento del alumno con el

Reglamento del Estudiante. La Nota de Aplicación se promedia en base de 100 puntos por

periodo y el por ciento obtenido por el estudiante se evidencia en la Planilla de la clase. Las

áreas a evaluarse con este sistema son: conducta, uniforme, asistencia, puntualidad y

asignaciones.

Cada una de las cinco áreas tiene un valor que permita completar el 100% del valor de la

Nota de Aplicación.

PROCEDIMIENTO PARA ESTUDIANTES QUE NO ENTREGUEN PROYECTOS O

TRABAJOS ESPECIALES ASIGNADOS

- En caso de que el estudiante incumpla con la entrega del trabajo se deberá notificar al

padre, mediante demérito académico; éste deberá estar pegado en la Libreta de

Comunicaciones y el maestro dará seguimiento al mismo.

- En caso de que el demérito no regrese firmado dentro de las 48 horas luego de ser

emitido, el maestro deberá comunicarse vía telefónica con el padre o encargado.

- El maestro anotará todas las gestiones realizadas en el Récord Anecdótico.

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PROMEDIO FINAL

El Promedio Final es el promedio de la nota del Examen Final y el Promedio Parcial.

Se le aplicará el pendiente a todo estudiante que:

- Al tomar el examen final no domine el mismo, con un mínimo de setenta por ciento

(70%).

- Su promedio final sea menor al setenta por ciento (70%).

- No complete las destrezas marcadas dentro del periodo establecido y por lo tanto no

cumpla con los objetivos esperados.

- Por diversas razones no se le pueda administrar el examen final.

RASGOS DE CONDUCTA

Los rasgos de conducta y hábitos de trabajo se evaluarán lo más objetivamente posible

utilizando los siguientes símbolos:

MS= Muy satisfactorio

S= Satisfactorio

NM= Necesita Mejorar

PROMOCIONES Y GRADUACIONES

Requisitos de Graduación de Sexto Grado

Será promovido al nivel Intermedio, el estudiante que haya demostrado progreso en el

desarrollo de los conceptos, destrezas, hábitos y actitudes requeridos como criterios del Nivel

Elemental. Se les otorgará el diploma de sexto grado a los estudiantes que cumplan con los

Estándares y Expectativas, que rigen al Departamento de Educación de Puerto Rico.

La promoción será autorizada por el Director, tomando en consideración el

cumplimiento de los criterios establecidos por el Departamento de Educación de Puerto Rico.

Requisitos de Graduación de Secundaria

1. Todo estudiante en el Nivel Secundario tendrá una carga académica de seis (6) unidades

de crédito mínimo por año escolar. Podrá solicitar asignaturas adicionales, teniendo en

consideración su índice académico, sus habilidades y necesidades, intereses especiales,

si es candidato a graduación, la disponibilidad del horario y el curso en la organización

escolar y la aprobación del Equipo Multidisciplinario.

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2. Las necesidades académicas de los estudiantes que son candidatos a graduación serán

prioridad en la preparación de la organización escolar.

a. Nivel Intermedio

1. En la escuela intermedia, los estudiantes aprobarán un mínimo de dieciocho (18)

créditos como requisito para obtener el diploma de noveno grado, según se

dispone en la tabla siguiente:

Asignaturas Unidades de crédito

Español 3

Inglés 3

Matemáticas 3

Estudios Sociales 3

Ciencias 3

Educación Física 1

**Salud 1

**Electiva 1

Total 18 créditos

**Salud o Electiva: Se ofrecerán de acuerdo a los recursos con que cuente la escuela.

2. En el nivel intermedio los cursos se ofrecerán en períodos de cincuenta (50) minutos

cada uno.

El estudiante que no apruebe tres (3) de las asignaturas básicas (español, inglés, matemáticas,

ciencia y estudios sociales) deberá repetir el grado. Si no aprueba una (1) o dos (2) asignaturas

de su grado, tendrá la opción de tomarlas en verano, cursar estudios en más de un grado de

forma simultánea o una combinación de ambas alternativas. Una asignatura no aprobada, en el

año escolar o en el verano, será incluida en el programa académico del estudiante del año

escolar siguiente.

El estudiante del nivel intermedio que haya completado los requisitos de séptimo y octavo

grado y al que le falte una (1) o dos (2) unidades de créditos para obtener el diploma de noveno

grado, tendrá la opción de tomarlas en verano o tomarlas de forma simultánea en el nivel

superior, junto con las asignaturas, cuyos requisitos haya aprobado. Estas decisiones serán

tomadas por el Equipo Multidisciplinario y los padres. En estos casos, el estudiante se clasificará

como parte de la matrícula oficial de noveno grado y se le preparará un programa de estudios

combinado, mediante la colaboración establecida por el Coordinador del nivel, los maestros y

los padres.

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b. Nivel Superior

1. En la escuela superior los estudiantes aprobarán un mínimo de diecinueve (19) créditos

como requisito para obtener el diploma de Nivel Superior, según se dispone en la tabla

siguiente:

Asignaturas Unidades de crédito

Español 3

Matemáticas 3

Inglés 3

Ciencias Naturales 3

Estudios Sociales 3

Educación Física 1

Electivas 2

Salud 1

Cuarenta (40) horas (en horario no lectivo) del proyecto Aprendizaje de Servicio Comunitario

Total 19 créditos

2. En el nivel superior los cursos se ofrecerán en periodos de cincuenta (50) minutos cada

uno.

3. A partir de agosto del año escolar 2007-2008 se implantó el proyecto Aprendizaje en

Servicio Comunitario. Por lo tanto, será requisito de graduación que cada estudiante

realice cincuenta (50) horas de servicio en su comunidad, las cuales podrán completarse

durante los tres (3) años escolares de este nivel de enseñanza, incluso durante los

veranos. Las cincuenta (50) horas de aprendizaje en servicio comunitario se validarán,

utilizando el término Aprobado y se registrarán en el Informe de Progreso del

Estudiante.

4. Promoción en el Nivel Superior (Décimo a Duodécimo grado). La promoción en el Nivel

Superior será por asignaturas. El estudiante que no apruebe una (1) o más asignaturas

puede ser autorizado a tomar hasta dos (2) unidades de créditos durante el verano;

tomar asignaturas en más de un grado durante el año escolar simultáneamente o una

combinación de ambas alternativas, siempre y cuando esté aprobado por el Equipo

Multidisciplinario y el Coordinador. Una asignatura no aprobada en el año escolar o en

el verano será incluida en el programa académico del estudiante del año escolar

siguiente.

5. Promoción de Nivel Superior de Educación Especial. Se preparará un Plan Educativo

Individualizado basado en las destrezas del Examen de Ubicación de Escuela Superior de

los grados 10, 11 y 12, según el Departamento de Educación. La duración de este

programa dependerá de las necesidades del estudiante relacionadas con su

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impedimento y del progreso reflejado por éste. Se otorgará al alumno que cumpla con

este programa un Diploma de Educación Especial.

Programa de Educación Especial

El estudiante perteneciente a los grupos de Educación Especial seguirá el debido

procedimiento de ley establecido, en cuanto a su permanencia y reubicación en la alternativa

menos restrictiva, recomendada por el Comité de Ubicación del Colegio. Recibirá un certificado

de asistencia y/o logros obtenidos, en su grupo durante su permanencia en el mismo.

Procedimiento para llevar a cabo el proceso de transición de estudiantes

“Los servicios de transición deben incluirse en el PEI en el año escolar en el que

el niño o joven cumplirá 16 años o antes de ser necesario. La transición es un proceso diseñado

para facilitar la integración y adaptación del niño con impedimentos a un nuevo ambiente, en

diferentes etapas de la vida para aumentar sus oportunidades de éxito. Este proceso requiere

una serie de actividades coordinadas que facilitan el paso de la escuela a una institución

educativa, adiestramiento para el empleo, empleo y vida independiente de ser necesario.”

(Página 39)

“La nueva meta de la educación especial es promover la independencia y la

preparación para el logro de metas postsecundarias de todo estudiante que recibe

servicios. Visto de esta manera, el PEI de un estudiante al llegar a la edad requerida, o

cuando se determine apropiado…” (Página 87)

Basado en el Manual de Procedimiento de Educación Especial y en la base Legal que se

encuentra en éste, se identifican los siguientes criterios de elegibilidad para cambio de

Programa.

1. 12 años o más, según la necesidad

2. 16 años o más, según la necesidad

3. Madurez social

4. Progreso académico

5. Vivencias y experiencias propias a la etapa de adolescencia

6. Desarrollo de la independencia

7. Exposición al programa de transición

8. Preparación para empleo o vida independiente

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Reconocimientos:

Se otorgarán a los estudiantes que tanto por su aprovechamiento académico como por

su aplicación, sean merecedores de la distinción de Excelencia, Alto Honor y Honor. Dichas

distinciones se les otorgarán también a los estudiantes que se hayan destacado por su

asistencia, puntualidad, superación, cooperación y esfuerzo durante el transcurso del año

escolar.

DERECHOS DEL ESTUDIANTE

1. Todo estudiante tiene el derecho a recibir una educación que propenda al pleno desarrollo

de su personalidad, de sus capacidades intelectuales, al fortalecimiento de los derechos del ser

humano y de sus libertades fundamentales.

2. El estudiante tiene derecho a que se le provea una educación libre de discrimen, ya sea por

raza, sexo o condición social, color, edad, ideas políticas o religiosas.

3. El estudiante tiene derecho a participar en organizaciones o asociaciones estudiantiles, en el

Consejo de Estudiantes, en el desarrollo de los programas de estudio, en la formulación de los

planes de trabajo de la escuela y en los procesos de evaluación de la misma.

4. El estudiante tiene derecho a expresar sus opiniones, así como a disentir de las opiniones de

los maestros y de otro personal en forma ordenada y respetuosa. Las autoridades identificarán

y acondicionarán superficies o áreas que podrían ser utilizadas por cualquier estudiante para

colocar avisos y expresiones sobre cualquier asunto escolar, lo cual estará sujeto a las normas

establecidas en este Reglamento.

5. El estudiante tiene derecho a que sus tareas estudiantiles sean objeto de cuidadosa y justa

calificación por parte de sus maestros, a base de criterios y objetivos razonables que

oficialmente establezca la institución.

6. El estudiante tiene derecho a conocer los criterios y el proceso de evaluación sobre el cual se

calificará su tarea académica y que se le mantenga informado de sus calificaciones en todo

momento.

7. EL estudiante tiene derecho a que se le expida la correspondiente credencial, en forma de

diploma u otro documento oficial, tras la terminación satisfactoria y cumplidos todos los

requisitos del curso o programa de estudio, así como las certificaciones relacionadas con su

tarea estudiantil y de su conducta en la escuela, las que serán entregadas a tenor con el

cumplimiento de otras normas que se establecen en este Reglamento.

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8. El estudiante tiene derecho a que sus expedientes y otros documentos relacionados sean de

naturaleza confidencial. Los mismos estarán bajo la custodia del Director de la Institución.

9. El estudiante tiene derecho a presentar sus quejas y alegar sus derechos cuando lo estime

necesario, así como hacer peticiones individual y colectivamente a las autoridades escolares

pertinentes. Se presentarán por escrito ante el Director de la Institución.

10. El estudiante tiene derecho a constituir asociaciones u organizaciones. Estas podrán

funcionar en la escuela únicamente cuando estén debidamente certificadas o autorizadas.

11. El estudiante tiene derecho a que en cualquier acción en su contra se le notifique de la

naturaleza de los cargos, de la evidencia en que se basan los mismos y a que se le de la

oportunidad de reponer exámenes o proyectos especiales cuando medie la enfermedad u otra

causa justificada, siempre y cuando le comunique al maestro de salón hogar la razón de su

ausencia, mediante notificación escrita firmada por el padre o encargado.

DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE

1. Asumirá gradualmente responsabilidad por su aprendizaje y su propia formación. Deberá

asumir una actitud solidaria a favor del aprovechamiento académico de sus compañeros y de sí

mismo, hasta lograr convertirse en un estudiante, lo más independiente posible, de acuerdo a

su condición.

2. Respetará las leyes, reglamentos, normas, instrucciones y directrices emitidas por el director

y demás funcionarios.

3. Asistirá con puntualidad y regularidad a clases. Se dedicará al estudio y a otras labores

docentes con el debido sentido de responsabilidad. Además, mostrará conducta óptima tanto

en las horas de clases como en el receso y en otras actividades escolares. En caso de que esté

imposibilitado de asistir puntualmente o con regularidad a clases por enfermedad u otra causa,

deberá notificar su ausencia o tardanza mediante excusa escrita firmada por el padre, madre o

encargado, a tenor con las normas establecidas en este Reglamento.

4. Asistirá a la escuela todo el tiempo lectivo que sea necesario para concluir cada uno de los

cursos del programa docente, según el plan de estudios vigente.

5. Seguirá las instrucciones de sus maestros en el proceso educativo, aprovechará el tiempo y

colaborará en aquellas tareas que le sean encomendadas.

6. Conservará, cuidará, protegerá y no le causará daños a la propiedad, el equipo, libros y todo

material escolar; de causarle daños a dicha propiedad restituirá su costo o lo sustituirá.

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7. Mostrará conducta óptima, tanto en la escuela como cuando participa en actividades

educativas fuera de los terrenos escolares, y no realizará acto alguno que interrumpa el orden,

afecte la seguridad física o emocional o altere la normalidad de las tareas escolares, así como

tampoco incurrirá en actos que afecten el buen nombre de la institución.

8. Todo estudiante se abstendrá de:

a. Interferir con el desarrollo sistemático y ordenado de las clases o de otras actividades

escolares autorizadas.

b. Coaccionar a otros estudiantes para lograr su participación en un modo particular de

expresión.

c. Violar el derecho a otros estudiantes de disentir de sus puntos de vista.

9. Respetará los derechos de los demás porque el derecho de cada estudiante termina donde

comienza el derecho de los demás.

10. El uso de celulares, radios portátiles y cualquier otro artefacto electrónico que afecte el

ambiente escolar, no deberá ser utilizado dentro de los predios de la Institución, durante el

horario establecido para el estudiante. En caso de emergencia los padres pueden comunicarse

con su hijo(a) a través de la Oficina de Recepción.

11. Se prohíbe al estudiante poseer, portar, utilizar o llevar consigo armas, drogas, bebidas

embriagantes, cigarrillos, pipa, picadura de pipa, tabaco o cualquier objeto o sustancia

prohibida o ilegal dentro de los predios escolares.

12. Deberá cumplir con las exigencias propias de los cursos de estudio. Cumplirá con las tareas

que se le asignen, especialmente las asignaciones, proyectos, pruebas, exámenes o cualquier

otra tarea.

13. Se prohíbe al estudiante el ostentar símbolos dentro de los predios escolares que

constituyan o promuevan actos ilegales, que afecten la dignidad del ser humano, que

constituyan falta de respeto hacia los demás, aquellos que sean inmorales, que interrumpan las

labores estudiantiles, inciten a la violencia, a la sexualidad, material obsceno, y aquellos que

promuevan conducta inmoral. Tampoco podrán llevar aquellos símbolos que creen conflictos,

discusiones, quejas, controversias entre los estudiantes, que interfieran con las labores

académicas y de enseñanza, que afecten el derecho de los demás, que sean contrario a los

principios educativos, que afecten el sosiego, paz y tranquilidad y todos aquellos que afecten la

armonía, la moral y el orden de la escuela.

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DISPOSICIONES GENERALES

Nada de lo dispuesto en este Reglamento debe entenderse como restrictivo de la

autoridad del Director para iniciar y adoptar medidas que considere necesarias para garantizar

la disciplina en el Colegio y el desarrollo de la tarea escolar.

Se exigirá a los padres o encargados que se responsabilicen de que el estudiante cumpla

con las normas de conducta y las medidas correctivas o disciplinarias que sean impuestas por

las autoridades escolares. Al comienzo de cada año escolar el estudiante y su padre, madre o

encargado, en el caso de estudiantes menores de dieciocho (18) años de edad, leerán y

firmarán un documento mediante el cual se comprometerán a cumplir con las normas

establecidas en el presente Reglamento. En el caso de estudiantes mayores de 21 años de edad

lo firmará el propio estudiante.

DIVULGACIÓN

El Director informará a la comunidad escolar el contenido de este Reglamento mediante

su publicación y distribución al mayor número de estudiantes, maestros, padres o encargados y

personas relacionadas al proceso educativo, y promoverá su cumplimiento mediante

seminarios, reuniones, actividades, cartelones, hojas sueltas y otros medios audiovisuales. Se

llevarán a cabo actividades para informar a todos los componentes del proceso educativo,

especialmente a los estudiantes y a sus padres o encargados, sobre los derechos y deberes de

los estudiantes y sobre la necesidad y conveniencia del mantenimiento del orden y de la

disciplina en el núcleo escolar. Se destacará la responsabilidad de los padres o encargados,

maestros, personal y miembros de la comunidad relacionados al proceso educativo de

supervisar y servir de buenos ejemplos para que cada estudiante cumpla con las normas de

conducta y las medidas correctivas o disciplinarias que impongan las autoridades escolares.

En San Juan, Puerto Rico, hoy ____ de ___________ de ____.

__________________________

Sra. Susana González Arinello

Directora

Colegio IMEI

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ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO

Comparece ______________________, padre o encargado de

__________________________, estudiante del Instituto Modelo de Enseñanza Individualizada.

Por la presente nos comprometemos a cumplir con las normas y procedimientos

establecidos en el Reglamento General de Estudiantes del Instituto Modelo de Enseñanza

Individualizada de Puerto Rico, el ____ de ___________ de ______.

En San Juan, Puerto Rico, hoy ______ de ________________ de ______.

Firma de Padre o encargado: _________________________

Director de la Escuela: ______________________________

Estudiante: ____________________________________