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DEL INSTITUTO NACIONAL GALÁPAGOS – INGALA- ARMADA DEL ECUADOR ESCUELA SUPERIOR NAVAL “CMDT. RAFAÉL MORÁN VALVERDE” -Salinas- GM 3/A EDWIN AULESTIA GM 3/A JEAN IÑIGUEZ GM 3/A JEAN CORTEZ GM 3/A LUIS ZAMBRANO GM 3/A RICARDO SANCAN

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leyes de galapagos

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AUDITORIA I

DEL INSTITUTO NACIONAL GALPAGOS INGALA-ARMADA DEL ECUADOR ESCUELA SUPERIOR NAVALCMDT. RAFAL MORN VALVERDE-Salinas-

GM 3/A EDWIN AULESTIA GM 3/A JEAN IIGUEZ GM 3/A JEAN CORTEZ GM 3/A LUIS ZAMBRANOGM 3/A RICARDO SANCAN

11El Instituto Nacional Galpagos fue creado en el ao 1980.MisinOrganismo de la Presidencia de la Republica, rector de la Planificacin Regional que establece polticas, coordina y gestiona acciones con los diferentes actores sociales, econmicos, culturales y ambientales a nivel local, nacional e internacional, para el Desarrollo Humano Sostenible y la Conservacin de los sistemas Ecolgicos de Galpagos.VisinEl INGALA ser la institucin modelo de Planificacin y Gestin ambiental, de reconocido prestigio, con solvencia tcnica, calidad y credibilidad en sus productos y servicios, para asegurar de Desarrollo Humano Sostenible y la Conservacin de los sistemas Ecolgicos de la Provincia de Galpagos.LEY DE RGIMEN ESPECIAL PARA LA CONSERVACIN Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PROVINCIA DE GALPAGOS. 1998

Art. 3.AEl Instituto Nacional Galpagos INGALA - es una entidad de derecho pblico, con personalidad jurdica, con capacidad jurdica para ejercer derechos y contraer obligaciones; con patrimonio propio, presupuesto propio, autonoma administrativa y financiera, con sede en Puerto Baquerzo Moreno, cantn San Cristbal, provincia de Galpagos; adscrito a la Presidencia de la Repblica y con jurisdiccin en Galpagos.El Instituto Nacional Galpagos - INGALA - est conformado por el Consejo del INGALA y por la Secretara Tcnica, que es ejercida por la Gerencia y sus dependencias.

Art. 4.ATRIBUCIONES DEL INGALA

El Instituto Nacional Galpagos -INGALA- se constituye como el rgano tcnico asesor de las instituciones de Galpagos que as lo requieran. Adems, es el ente planificador y coordinador a nivel regional de la provincia de Galpagos.El INGALA contar con la informacin proveniente de los sectores involucrados para la formulacin de las polticas generales y los lineamientos para la planificacin de la conservacin y el desarrollo sustentable de las zonas pobladas de la provincia de Galpagos, a ser sometidas a la aprobacin de su Consejo.El INGALA realizar investigaciones relacionadas con el manejo ambiental y la problemtica social, en coordinacin con las entidades cientficas, acadmicas, organismos dependientes, gobiernos seccionales, organizaciones civiles, entre otros.

Especialmente le corresponde:

1. Asistir tcnica y econmicamente a dependencias y organismos del Estado, en asuntos tendientes a la conservacin de la naturaleza, a la prestacin de servicios pblicos, al bienestar de la comunidad, al desarrollo sustentable y ordenamiento del turismo, a la explotacin de los recursos naturales y a la formacin de recursos humanos cuyos servicios sean requeridos en la provincia de Galpagos;2. Asistir a los organismos seccionales autnomos y dependiente, en la investigacin, planificacin, financiamiento y contratacin de obras, cuando tales organismos para este fin firmen convenios con el INGALA, institucin que podr aportar econmicamente para este efecto;3. Realizar las obras y prestar los servicios que demande la comunidad en coordinacin con los organismos de Rgimen Seccional Autnomo y Dependiente;4. Autorizar o negar de manera previa la solicitud de ingreso de una persona en calidad de residente temporal, as como realizar el control de residencia de manera general;5. Promover en los habitantes del territorio insular actividades econmicas compatibles con el desarrollo sustentable;6. Realizar en coordinacin con otras entidades establecidas en las islas, investigaciones para el aprovechamiento de los recursos naturales, marinos y terrestres, las aguas subterrneas ysuperficiales, usos agrcolas y saneamiento ambiental, actividades agropecuarias ypesqueras y ms acciones que deban ser controladas para el mantenimiento de los ecosistemas insulares;7. Colaborar en el cumplimiento de las disposiciones vigentes para la conservacin de la naturaleza

GRACIAS