13
 1A20142DUED Dirección Universitaria de Educación a Distancia EAP DERECHO INFORMATICA JURIDICA 201!II Docente: JE"MUT E#PINO$A ARI$A Ciclo: I% Módu&' II  Nota:  Datos del alumno: FORMA DE PUBLICACIÓN: Apellidos y nombres: Publicar su archivo(s) en la opción TRABAJO ACADMICO que figura en el menú contextual de su curso Código de matricula: Uded de matricula: Fec!a de "u#licaci$n en cam"us %i&tual DUED LEARN: HASTA EL DOM. 25 ENERO 2015 A las 23.59 PM 1. Recue&de %e&i'ica& la co&&ecta "u#licaci$n de su T&a#a(o Acad)mico en el Cam"us *i&tual antes de con'i&ma& al sistema el en%+o de'initi%o al Docente, Revisar la previsualización de su tr abaj o para ase gurar archivo correcto. Recomendaciones: 2. Las fechas de recepción de trabajos académicos a través del campus virtual están definidas en el sistema de acuerdo al cronograma académicos 2014-2 por lo que no se ace"ta&-n t&a#a(os e.tem"o&-neos, 3. Las actividades que se encuentran en los tetos que recibe al matricularse! servirán para su autoaprendi"aje mas no para la calificación! por lo que no deberán ser consideradas como trabajos académicos obligatorios#

informática jurídica

  • Upload
    clidy3

  • View
    61

  • Download
    1

Embed Size (px)

DESCRIPTION

buen trabajo

Citation preview

Direccin Universitaria de Educacin a DistanciaEAP DERECHO

INFORMATICA JURIDICA

7A20142DUED

2014-II

Docente:JELMUT ESPINOZA ARIZA

Ciclo:IVMdulo II

Nota:

Datos del alumno: FORMA DE PUBLICACIN:Apellidos y nombres:Publicar su archivo(s) en la opcin TRABAJO ACADMICO que figura en el men contextual de su cursoCdigo de matricula:

Uded de matricula:

Fecha de publicacin en campus virtual DUED LEARN:

HASTA EL DOM. 25ENERO 2015A las 23.59 PM

1. Recuerde verificar la correcta publicacin de su Trabajo Acadmico en el Campus Virtual antes de confirmar al sistema el envo definitivo al Docente.

Revisar la previsualizacin de su trabajo para asegurar archivo correcto.

Recomendaciones:

2.Las fechas de recepcin de trabajos acadmicos a travs del campus virtual estn definidas en el sistema de acuerdo al cronograma acadmicos 2014-2 por lo que no se aceptarn trabajos extemporneos.

3.Las actividades que se encuentran en los textos que recibe al matricularse, servirn para su autoaprendizaje mas no para la calificacin, por lo que no debern ser consideradas como trabajos acadmicos obligatorios.

Gua del Trabajo Acadmico:

4.Recuerde: NO DEBE COPIAR DEL INTERNET, el Internet es nicamente una fuente de consulta. Los trabajos copias de internet sern verificados con el SISTEMA ANTIPLAGIO UAP y sern calificados con 00 (cero).

5. Estimado alumno:El presente trabajo acadmico tiene por finalidad medir los logros alcanzados en el desarrollo del curso. Para el examen parcial Ud. debe haber logrado desarrollar hastay para el examen final debe haber desarrollado el trabajo completo.

Criterios de evaluacin del trabajo acadmico:

Este trabajo acadmico ser calificado considerando criterios de evaluacin segn naturaleza del curso:

1Presentacin adecuada del trabajoConsidera la evaluacin de la redaccin, ortografa, y presentacin del trabajo en este formato.

2Investigacin bibliogrfica:Considera la consulta de libros virtuales, a travs de la Biblioteca virtualDUED UAP, entre otras fuentes.

3Situacin problemtica o caso prctico:Considera el anlisis de casos o la solucin de situaciones problematizadoras por parte del alumno.

4Otros contenidosconsiderando aplicacin prctica, emisin de juicios valorativos, anlisis, contenidoactitudinal y tico.

FACULTAD DE DERECHO

TEMA:TRABAJO ACADEMICO

ASIGNATURA:INFORMATICA JURIDICA

ALUMNO:

CICLO:

CODIGO:2010170036

DOCENTE:JELMUT ESPINOZA ARIZA

2015

TRABAJO ACADMICO

El presente trabajo acadmico tiene por finalidad medir el aprendizaje logrado durante el desarrollo del curso. El mismo que debe ser realizado de acuerdo a un Trabajo Monogrfico. Se recomienda buscar en internet: formatos de T.A.

TRABAJO ACADMICO

Su trabajo acadmico, consistir en dar respuesta a las preguntas planteadas en su condicin de alumnos de la carrera profesional de Derecho (IV ciclo), y las averiguaciones de consulta de los diferentes temas que se solicitan. Todas las respuestas sern materia de conversacin a considerarse en las diferentes clases (virtuales y presenciales).

(Mxima Nota: 20).

PREGUNTAS A DESARROLLAR:1.-Segn su conocimiento y criterio y despus de haber investigado sobre laInformtica Jurdica: cundo aparece?, donde, como y cul es su finalidad.(3 puntos)

Cundo y dnde aparece?

La primera aplicacin de una mquina de clculo al ambiente jurdico se realiz en la Cmara de Representante del estado de Ohio (EE.UU.) en 1938, con el uso de una mquina de tarjetas perforadas para el control y seguimiento de las iniciativas de ley presentadas. La Informtica Jurdica tuvo su comienzo cuando en los aos cincuenta se desarrolla las primeras investigaciones para buscar larecuperacin de documentos jurdicos en forma automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores ya no para trabajos matemticos, sino tambin para los lingsticos.

Finalidad

Tiene por finalidad almacenar, ordenar, procesar y entregar segn criterio lgico y cientfico, todos los datos jurdicos necesarios para documentar o proponer la solucin al problema de que se trate, mediante el estudio del tratamiento automatizado de las fuentes de conocimiento jurdico y de los medios instrumentales con que se gestiona el Derecho.Tambin podemos decir que tiene por finalidad de expandir los sistemas de documentacin automatizada, por cuanto es evidente en la actualidad que los campos de conocimientos reflejados en textos; es decir, en volmenes documentarios, ha crecido y expandido tanto, que los mtodostradicionales de bsqueda documentaria han quedado totalmente obsoletos.

2.-Investigue sobre los delitos informticos en el Per y la normativa jurdica que corresponde y cul es su opinin sobre las penas que nombra el Cdigo Penal, respecto a los delitos informticos. (3 puntos)

DELITOS CONTRA DATOS Y SISTEMAS INFORMATICOS

Acceso ilcito: ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno y mayor de cuatro aos y con treinta a noventa das multa.

Ser reprimido con la mxima pena el que acceda a un sistema informtico excediendo lo autorizado

Atentado contra la integridad de datos informticos: ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis aos y con ochenta a ciento veinte das multa.

Atentado contra la integridad de sistemas informticos: ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis aos y con ochenta a ciento veinte das multa.DELITOS INFORMATICOS CONTRA LA INDEMNIDAD Y LIBERTAD SEXUALES Proposiciones a nios, nias y adolescentes con fines sexuales por medios tecnolgicos: si se contacta con menores de catorce aos ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho aos e inhabilitacin conforme a los numerales 1, 2 y 4.

Cuando la vctima tiene entre catorce y menos de dieciocho aos de edad la pena ser no menor de tres ni mayor de seis aos e inhabilitacin conforme a los numerales 1, 2 y 4 del artculo 36 del cdigo penal.

DELITOS INFORMATICOS CONTRA LA INTIMIDAD Y EL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES

Trfico ilegal de datos: ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco aos

Interceptacin de datos informticos: ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis aos.

La pena privativa de libertad ser no menor de cinco ni mayor de ocho cuando el delito recaiga sobre informacin clasificada como secreta, reservada o confidencial de conformidad con las normas de la materia.

La pena privativa de libertad ser no menor de ocho ni mayor de diez aos cuando el delito comprometa la defensa, la seguridad o la soberana nacionales.

DELITOS INFORMATICOS CONTRA EL PATRIMONIO

Fraude informtico: ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho aos. aos y con sesenta a ciento veinte das multa.

La pena ser privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez aos y de ochenta a ciento cuarenta das multa cuando se afecte el patrimonio del estado destinado a fines asistenciales o a programas de apoyo social.

DELITOS INFORMATICOS CONTRA LA FE PBLICA

Suplantacin de identidad: ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco aos

"La Ley de Delitos Informticos. Protege el derecho a la intimidad y a la informacin personal de los ciudadanos, y de ninguna manera vulnera los principios de la libertad de expresin y de prensa. La norma coloca al Per en el estndar internacional de lo que significa la proteccin de datos y de nuestra intimidad". Hay distintas posiciones sobre esta ley, lo esencial consideramos es su difusin, su anlisis fundamentado y aplicacin acorde con el ordenamiento jurdico y el derecho informtico. Es necesaria una reflexin equilibrada y justa que valore sus aportes y de lineamientos sobre aspectos a mejorar a travs de la ctedra y la doctrina.

3.-Investigue y elabore un cuadro de los delitos informticos actuales. D un ejemplo de cada delito informtico. (3 puntos)

DELITOS INFORMATICOS ACTUALESDESCRIPCIN Y EJEMPLOS

los fraudesEl fraude informtico es inducir a otro a hacer o a restringirse en hacer alguna cosa de lo cual el criminal obtendr un beneficio por lo siguiente:1. Alterar el ingreso de datos de manera ilegal. 2. Alterar, destruir, suprimir o robar datos, un evento que puede ser difcil de detectar.3. Alterar o borrar archivos.4. Alterar o dar un mal uso a sistemas o software, alterar o reescribir cdigos con propsitos fraudulentos..Otras formas de fraude informtico incluye la utilizacin de sistemas de computadoras para robar bancos, realizar extorsiones o robar informacin clasificada.

Daos o modificacin de programas Sabotaje informtico. Virus. Gusanos. Bomba lgica o cronolgica. Piratas informticos o hackers. Reproduccin no autorizada de programas informticos de proteccin legal: Un ejemplo de este grupo de delitos es la copia y distribucin de programas informticos, o piratera informtica.

Delitos Contra la privacidadGrupo de conductas que de alguna manera pueden afectar la esfera de privacidad del ciudadano mediante la acumulacin, archivo y divulgacin indebida de datos contenidos en sistemas informticos. Esta tipificacin se refiere a quin, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carcter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informticos, electrnicos o telemticos, o cualquier otro tipo de archivo o registro pblico o privado.

Falsificacin informtica Como objetos: Cuando se alteran datos de los documentos almacenados en forma computarizada Como instrumentos: Las computadoras pueden utilizarse tambin para efectuar falsificaciones de documentos de uso comercial. Cuando empez a disponerse de fotocopiadoras computarizadas en color a base de rayos lser surgi una nueva generacin de falsificaciones o alteraciones fraudulentas.

Acceso no autorizado a sistemas o servicios.Penetrar indiscriminadamente en todo lugar sin tener acceso a ese sitio.Eje: Uso ilegitimo de passwords y la entrada de un sistema informtico sin la autorizacin del propietario.

Espionaje industrialSe han dado casos de accesos no autorizados a sistemas informticos de grandes compaas, usurpando diseos industriales, frmulas, sistemas de fabricacin y know how estratgico que posteriormente ha sido aprovechado en empresas competidoras o ha sido objeto de una divulgacin no autorizada.

TerrorismoMensajes annimos aprovechados por grupos terroristas para remitirse consignas y planes de actuacin a nivel internacional. La existencia de hosts que ocultan la identidad del remitente, convirtiendo el mensaje en annimo ha podido ser aprovechado por grupos terroristas para remitirse consignas y planes de actuacin a nivel internacional. De hecho, se han detectado mensajes con instrucciones para la fabricacin de material explosivo.

4.-Clases de Informtica Jurdica, describa a cada una de ellas y de ejemplos.(3 puntos)

INFORMTICA JURDICA DOCUMENTAL.Consiste en la creacin y recuperacin de la informacin jurdica como leyes, doctrinas y jurisprudencias, es decir, se busca es la creacin de bancos de datos jurdicos que se refieran a cualquier fuente del Derecho, con la finalidad de poder establecer una relacin entre el usuario y la computadora.- La finalidad de la informatizacin en un sistema documental y jurdico es el desenvolvimiento, bsqueda y adquisicin de manera rpida y pertinente de la informacin que previamente ha sido almacenada.Por ejemplo: almacenar mediante el full text documentos legales tales como leyes, reglamentos, jurisprudencia, doctrina, entre otros.

INFORMTICA JURDICA DE GESTIN Y CONTROLEs aquella que se desarrolla en los Tribunales, Notarias y Registros con la finalidad de crear programas para llevar el seguimiento de trmites y procesos con el objeto de mantener actualizada la informacin y llevar un buen control de la misma, as como tambin poder obtener actos jurdicos como contratos, certificaciones y mandatos judiciales, tambin conocida como OFIMATICA (automatizacin de oficinas).Por ejemplo: cuando un juez quiere agilizar el desempeo de su labor pblica jurisdiccional, con la finalidad de lograr la interrelacin entre la paz y la justicia. Puede hacer el uso de esta herramienta.INFORMTICA JURDICA DECISIONAL.Es aquella a travs del cual se ayuda a los Jueces en la toma de decisiones de las diferentes causas o materias, a travs de la denominada Inteligencia Artificial (Robots),que se podra definir de manera muy simple comoel rea de estudio dentro dela informtica cuyo objetivo es hacer razonar a un ordenador de manera similar a como lo hacen los humanos.- De esta manera, y trasladada al campojurdico, la InteligenciaArtificial se aplicara a la creacin de sistemas inteligentes, queincorporaran conocimientos jurdicos y estrategias de razonamientoapropiadas, con el fin de servir de ayuda a los Juecesen la resolucin deproblemas legales.

Ejemplo: en el caso de los jueces ante las sentencias. Est basada, principalmente, en tcnicas de la denominada inteligencia artificial con el empleo de sistemas expertos y herramientas similares.

5.-Haga un resumen sobre los contratos electrnicos en el Per y el mundo y de 5 ejemplos. (3 puntos)

La contratacin est adquiriendo cada vez mayor importancia dentro del campo de la vida social, pues es un medio que posibilita la propiedad, la circulacin de bienes, servicios o riquezas o cualquier otra actividad econmica. En ese sentido, el objeto que tiene todo contrato es armonizar los intereses que en un primer momento se presentan no del todo coincidentes, pero que posteriormente se da de manera simultnea, motivo por el cual constituye fuente de los derechos y obligaciones que surjan entre las partes.El Art. 1351 de nuestro Cdigo Civil, define textualmente al contrato: como el acuerdo de dos o ms partes para crear, modificar, regular o extinguir una relacin jurdica patrimonial, entendida esta ltima como el vnculo legal de contenido econmico que va a surgir entre los contratantes. Esta definicin corresponde a su nocin clsica que tiene como ncleo central el consentimiento o expresin del acuerdo de voluntades coincidentes. Esta definicin guarda ntima relacin con el Art. 140 del Cdigo Civil, lo cual establece literalmente que el acto jurdico es la manifestacin de voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurdicas que requiere para su validez de: Agente capaz, segn e! artculo 42 del cdigo civil esta capacidad se adquiere con la mayora de edad a los 18 aos, y si se trata de ejercer una profesin u oficio, previa obtencin de! ttulo, el artculo 46 nos dice que es capaz el mayor de 16 aos. Objeto del contrato debe ser fsica y jurdicamente posible. Fin lcito. Observancia de la forma prescrita bajo sancin de nulidad.

6.-Investigue y hable sobre los Contratos Informticos, su clasificacin, normativa legal que ampara. Destaque los contratos ms representativos de nuestro medio y como funciona. Ponga ejemplos. (3 puntos)

CONTRATOS INFORMATICOSBajo la definicin de contratacin informtica, se encuentra la contratacin de bienes o servicios informticos. De esta manera entenderemos por contratacin informtica, aquella cuyo objeto sea un bien o un servicio informtico -o ambos- o que una de las prestaciones de las partes tenga por objeto ese bien o servicio informtico.

El contrato Informtico est comprendido dentro de la amplia definicin del art. 1137 C. Civil Habr contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaracin de voluntad comn destinada a reglar sus derechosLos Contratos Informticos pueden ser: de venta de locacin: de obra, de servicios licenciaSabemos que se forman contratos al margen del art. 1137, conocidos como: innominados o atpicos.-En muchos aspectos el Contrato informtico se asemeja a los contratos clsicos, sin embargo la complejidad de su estructura lo distingue de aquellosCLASIFICACIN:

Ante la gran diversidad de contratos informticos que existen en la actualidad, dividiremos su estudio en dos grupos diferenciados. El primero, respecto al objeto, debido a las caractersticas especiales de los distintos objetos sobre los que pueden versar estos contratos -ya sea hardware, software, servicios de mantenimiento y formacin, o llave en mano- que llevan a la necesidad de su estudio y tratamiento individualizado.El segundo, respecto al negocio jurdico, debido a que los contratos informticos, ms comnmente realizados, se han llevado a cabo bajo el paraguas protector de una determinada figura jurdica en la que han encontrado acomodo, pero casi todos los casos, ha sido necesario adecuar el objeto del contrato al negocio jurdico realizado.

3.1 POR EL OBJETOPor el objeto del contrato distinguiremos contratos de hardware, contratos de software, contratos de instalacin llave en mano y contratos de servicios auxiliares. Contratos de Hardware. En los que hay que conceptuar como hardware todo aquello que, fsicamente, forme parte del equipo, considerando como tal, tambin, a los equipos de comunicaciones u otros elementos auxiliares para el funcionamiento del sistema que se va a implementar. Contratos de Software. Hay que diferenciar en el momento de analizar una contratacin de software, si se trata de un software de base o de sistema, o se trata de u software de utilidad, o de aplicacin o usuario, ya que este ltimo, debe responder a unas necesidades particulares, las del propio usuario, el que encarga la aplicacin, y que, por tanto, tendrn que quedar claramente especificadas en el contrato; sin embargo, el software de base o sistema y el software de utilidad responden a unas caractersticas generales que son las del propio sistema o las de la utilidad a la que sirven y es un producto ya conformado de antemano que no se somete a peticiones o particularidades del usuario.

Contratos de instalacin llave en mano. En los que irn incluidos tanto el hardware como el software, as como determinados servicios de mantenimiento y de formacin del usuario.

Contratos de servicios auxiliares. Como pueden ser, el mantenimiento de equipos y programas o la formacin de las personas que van a utilizar la aplicacin respecto a equipos, sistema o aplicaciones.3.2 POR EL NEGOCIO JURIDICODe acuerdo con el negocio jurdico del contrato, existirn tantos tipos de contratos como negocios jurdicos se realicen sobre este objeto. As, algunos de los ms utilizados en el campo de la informtica son los llamados de venta, de arrendamiento financiero, de alquiler, de opcin de compra, de mantenimiento, de prestacin de servicios, de arrendamiento de obra, de prstamo, de depsito. De venta. Cuando sea un contrato en el que el suministrador, o vendedor en este caso, se obliga a entregar una cosa determinada, un bien informtico, y la otra parte, comprador, a pagar por l a un precio cierto (art. 1445 CC). La venta tambin puede ser de servicios.

De arrendamiento financiero. Mediante el que se requiera que participen tres partes, el suministrador, vendedor, del equipo informtico, una entidad o intermediario financiero que compra el bien, para un tercero que es el usuario, y el usuario del bien que lo poseer, pero lo tendr en rgimen de arrendamiento financiero hasta que haya cumplido con unas determinadas caractersticas o requisitos.

De alquiler. El arrendamiento sobre bienes informticos es un arrendamiento tipo de los regulados en el Cdigo Civil, art. 1543 y ss., caracterizado porque el suministrador se obliga a dar al usuario el goce o uso de un bien informtico durante un tiempo determinado y por un precio cierto.

De opcin de compra. Aunque la opcin de compra no est definida en nuestro ordenamiento y solamente se recoge para bienes inmuebles en la legislacin hipotecaria (art.14), nuestra doctrina y jurisprudencia la tienen bien delimitada exigiendo que para que exista este tipo de contrato, tienen que darse tres requisitos principales:

Respecto al optante, que le debe conceder la decisin unilateral de la realizacin de la opcin de compra.

Precio de compraventa, que debe quedar perfectamente sealado para el caso de que el optante decida acceder a dicha compraventa.

Plazo del ejercicio de la opcin de compra, Debe quedar determinado con claridad en el acuerdo de las partes.

De mantenimiento. Puede ser tanto de equipos como de programas, o incluso, mantenimiento integral en el que se puede incluir un servicio de formacin, asesoramiento y consulta.

De prestacin de servicios. En los que incluiramos anlisis, especificaciones, horas mquina, tiempo compartido, programas, etc., que los podamos clarificar como unos contratos de arrendamientos de servicios. El arrendamiento de servicios se da cuando una parte se obliga con la otra a prestarle unos determinados servicios, con independencia del resultado que se obtenga mediante la prestacin.

De ejecucin de obra, consistente en el compromiso de una de las partes, en nuestro caso el suministrador del bien o servicio informtico, a ejecutar una obra, y de la otra parte realizar una contraprestacin en pago por la obra llevada a cabo.

De prstamo, caracterizado porque una parte entrega a otra el bien informtico para que use de l durante un tiempo determinado y le devuelva una vez cumplido ese tiempo y de Comodato, consistente en un tipo de contrato de prstamo en el que el suministrador transfiere el uso del bien informtico prestado. El Cdigo Civil (art. 1740), se refiere al comodato como un contrato de prstamo, en el que una de las partes entrega a la otra alguna cosa no fungible para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva, indicando que es esencialmente gratuito. En el caso de que se acuerde entre las partes una retribucin, deja de ser comodato para pasar a ser un arrendamiento de cosas.

De depsito, que se constituye, de acuerdo con lo establecido en el Cdigo Civil (art. 1758), desde que una persona recibe una cosa ajena con la obligacin de guardarla y restituirla, siendo un contrato gratuito, salvo pacto contrario (art.1760), pero que en el caso de cumplirse los requisitos establecidos en el Cdigo de Comercio (art.303), se trata de un deposito mercantil, en el que el depositario tendr derecho a exigir retribucin por el depsito, salvo pacto contrario (art.304), con las obligaciones para el depositario de conservacin de la cosa, en este caso, del bien informtico, de acuerdo con lo establecido en los arts.306 y concordantes del mismo cuerpo legal