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1 México D.F., a 11 de julio de 2014 Juicio de amparo: 1096/2014 Expediente: 016507/201 Asunto: Incidente Jueza Alma Delia Aguilar Chávez Nava Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal P r e s e n t e Muy distinguida Jueza Aguilar Chávez Nava: Dentro del escrito de amparo promovido por Ruth Arellano Rojas, Óscar Mondragón Mondragón y Jesús Roberto Robles Maloof por nuestro propio derecho y como integrantes del Colectivo Internet Para Todos, dentro del expediente 1096/2014 interpuesto el 4 de junio de 2014 contra los actos y omisiones de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes de Radio Televisión y Cinematografía y la de Estudios Legislativos del Senado de la República consistentes en: I. La convocatoria a reunión extraordinaria de Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos del Senado de la República de fecha 1 de Julio de 2014. 1 II. El dictamen de la Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos del Senado de la República con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de fecha 3 de julio de 2014. 2 Manifestamos que al ser titulares de un derecho subjetivo reconocido por la autoridad señalada como responsable el 3 de marzo del 2014, a saber, el de iniciativa ciudadana de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 71 constitucional turnada a Comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos, 3 tal y como señalamos en nuestro escrito inicial de demanda, todos los actos del proceso legislativo posteriores a los ya señalados causan igual perjuicio a nuestros derechos fundamentales y constituyen una abierta desobediencia de los poderes públicos de un mandato directo de nuestra Constitución, es que nuevamente comparecemos ante 1 http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/2/2014-07-01- 1/assets/documentos/Convocatoria_Reunion_extraordinaria.pdf 2 http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/2/2014-07-04- 1/assets/documentos/DICTAMEN_MATERIA_TELECOMUNICACIONES.pdf 3 http://internetparatodos.mx/cms/wp-content/uploads/2013/04/20130307-Iniciativa_Ciudadana-Gaceta-Senado.pdf

Incidente en Amparo vs. Telecom #LeyTelecom

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México D.F., a 11 de julio de 2014

Juicio de amparo: 1096/2014 Expediente: 016507/201

Asunto: Incidente Jueza Alma Delia Aguilar Chávez Nava Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal P r e s e n t e Muy distinguida Jueza Aguilar Chávez Nava:

Dentro del escrito de amparo promovido por Ruth Arellano Rojas, Óscar Mondragón

Mondragón y Jesús Roberto Robles Maloof por nuestro propio derecho y como

integrantes del Colectivo Internet Para Todos, dentro del expediente 1096/2014

interpuesto el 4 de junio de 2014 contra los actos y omisiones de las Comisiones

Unidas de Comunicaciones y Transportes de Radio Televisión y Cinematografía y la de

Estudios Legislativos del Senado de la República consistentes en:

I. La convocatoria a reunión extraordinaria de Comisiones Unidas de

Comunicaciones y Transportes, Radio, Televisión y Cinematografía y de

Estudios Legislativos del Senado de la República de fecha 1 de Julio de

2014.1

II. El dictamen de la Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes,

Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos del Senado de

la República con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Telecomunicaciones y Radiodifusión de fecha 3 de julio de 2014.2

Manifestamos que al ser titulares de un derecho subjetivo reconocido por la autoridad

señalada como responsable el 3 de marzo del 2014, a saber, el de iniciativa ciudadana

de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 71 constitucional

turnada a Comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos,3 tal y como

señalamos en nuestro escrito inicial de demanda, todos los actos del proceso

legislativo posteriores a los ya señalados causan igual perjuicio a nuestros derechos

fundamentales y constituyen una abierta desobediencia de los poderes públicos de un

mandato directo de nuestra Constitución, es que nuevamente comparecemos ante

1 http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/2/2014-07-01-

1/assets/documentos/Convocatoria_Reunion_extraordinaria.pdf 2 http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/2/2014-07-04-

1/assets/documentos/DICTAMEN_MATERIA_TELECOMUNICACIONES.pdf 3 http://internetparatodos.mx/cms/wp-content/uploads/2013/04/20130307-Iniciativa_Ciudadana-Gaceta-Senado.pdf

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Usted para ampliar nuestro escrito inicial y señalar con precisión los actos de agravio

posteriores a la presentación de nuestra demanda y que son:

III. El dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes,

Radio, Televisión y Cinematografía del Senado de la Cámara de Senadores

con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Telecomunicaciones y Radiodifusión, de fecha 7 de julio de 2014.4

IV. La votación del pleno de la Cámara de Diputados sobre el dictamen de las

Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, Radio, Televisión y

Cinematografía del Senado de la Cámara de Senadores con Proyecto de

Decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y

Radiodifusión de fecha 8 de julio de 2014.5

V. La eventual publicación del citado dictamen por parte de la Presidencia de

la República.

Actos sobre los cuales solicitamos su suspensión de conformidad por lo dispuesto en

el artículo 125 de la Ley de Amparo. Así mismo deseamos manifestar que dada la

sucesión de actos de agravio en el proceso legislativo que pueden lesionar de forma

grave y permanente nuestros derechos ya reconocidos, acudimos a lo dispuesto en el

artículo 135 de la ley de la materia que establece:

En los casos en que proceda la suspensión conforme a los artículos 128 y 131 de esta

Ley, si hubiere peligro inminente de que se ejecute el acto reclamado con

perjuicios de difícil reparación para el quejoso, el órgano jurisdiccional, con la

presentación de la demanda, deberá ordenar que las cosas se mantengan en el

estado que guarden hasta que se notifique a la autoridad responsable la

resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva, tomando las medidas que

estime convenientes para que no se defrauden derechos de tercero y se eviten

perjuicios a los interesados, hasta donde sea posible, ni quede sin materia el juicio de

amparo.6

Manifestamos que de una eventual suspensión del acto reclamado no se advierte un

perjuicio al interés público ya que es requisito indispensable que los procesos

legislativos se adecuen a las normas de la Constitución y que el juicio de amparo es el

medio idóneo para salvaguardar esas disposiciones.

De otra manera si se llega a publicar el citado dictamen entrando en vigor, no solo se

burlaría por los poderes constituidos los derechos que tenemos como ciudadanía a 4 http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2014/jul/20140708-II.pdf

5 http://gaceta.diputados.gob.mx de fecha 8 de julio de 2014. No. 4060-II

6 Destacado nuestro.

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iniciar el proceso legislativo y a defender nuestra propuestas en comisiones del

congreso y que por nuestra especial posición en el orden jurídico somos sujetos de

abuso de poder y violación a los derechos humanos. Recordamos aquí que en voz del

presidente de la Junta de Gobierno del Senado Emilio Gamboa Patrón el 3 de marzo de

2013, nuestra iniciativa sería dictaminada “a la velocidad de internet”.7

Manifestamos que ante estos abiertos abusos es nuestro deber no solo defender este

procedimiento legislativo sobre los que tenemos derechos subjetivos concretos, sino

un proceso de regulación de las telecomunicaciones sobre el que distintas voces

ciudadanas han manifestado sus preocupaciones y señalado directamente la

contrariedad con la Constitución y de los derechos a la información, la comunicación,

el acceso a internet y los derechos al uso social del espectro como las radios

comunitarias entre otros, de diversas normas ahí contenidas y que persistir

constituirían un perjuicio mayor a millones de ciudadanos, que el solo suspender los

actos de autoridad señalados, para verificar en este caso su conformidad con el

procedimiento legislativo.

Manifestamos finalmente que al defender estos derechos subjetivos, consideramos

también actuar en defensa de la Constitución que en el Congreso han irrespetado y le

solicitamos de la manera más respetuosa que de conformidad con las facultades que le

otorgan la carta magna y las leyes de la materia, como parte del Poder Judicial de la

Federación, haga respetar la Constitución y envié un mensaje con ello de seguridad

jurídica y de vigencia del Estado de Derecho.

Protestamos lo necesario:

Ruth Arellano Rojas,

Óscar Mondragón Mondragón

Jesús Roberto Robles Maloof

7 Senador Emilio Gamboa Patrón https://www.youtube.com/watch?v=Q0kAdYRYI7Y