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México D.F., a 11 de julio de 2014
Juicio de amparo: 1096/2014 Expediente: 016507/201
Asunto: Incidente Jueza Alma Delia Aguilar Chávez Nava Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal P r e s e n t e Muy distinguida Jueza Aguilar Chávez Nava:
Dentro del escrito de amparo promovido por Ruth Arellano Rojas, Óscar Mondragón
Mondragón y Jesús Roberto Robles Maloof por nuestro propio derecho y como
integrantes del Colectivo Internet Para Todos, dentro del expediente 1096/2014
interpuesto el 4 de junio de 2014 contra los actos y omisiones de las Comisiones
Unidas de Comunicaciones y Transportes de Radio Televisión y Cinematografía y la de
Estudios Legislativos del Senado de la República consistentes en:
I. La convocatoria a reunión extraordinaria de Comisiones Unidas de
Comunicaciones y Transportes, Radio, Televisión y Cinematografía y de
Estudios Legislativos del Senado de la República de fecha 1 de Julio de
2014.1
II. El dictamen de la Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes,
Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos del Senado de
la República con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de
Telecomunicaciones y Radiodifusión de fecha 3 de julio de 2014.2
Manifestamos que al ser titulares de un derecho subjetivo reconocido por la autoridad
señalada como responsable el 3 de marzo del 2014, a saber, el de iniciativa ciudadana
de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 71 constitucional
turnada a Comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos,3 tal y como
señalamos en nuestro escrito inicial de demanda, todos los actos del proceso
legislativo posteriores a los ya señalados causan igual perjuicio a nuestros derechos
fundamentales y constituyen una abierta desobediencia de los poderes públicos de un
mandato directo de nuestra Constitución, es que nuevamente comparecemos ante
1 http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/2/2014-07-01-
1/assets/documentos/Convocatoria_Reunion_extraordinaria.pdf 2 http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/62/2/2014-07-04-
1/assets/documentos/DICTAMEN_MATERIA_TELECOMUNICACIONES.pdf 3 http://internetparatodos.mx/cms/wp-content/uploads/2013/04/20130307-Iniciativa_Ciudadana-Gaceta-Senado.pdf
2
Usted para ampliar nuestro escrito inicial y señalar con precisión los actos de agravio
posteriores a la presentación de nuestra demanda y que son:
III. El dictamen de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes,
Radio, Televisión y Cinematografía del Senado de la Cámara de Senadores
con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Federal de
Telecomunicaciones y Radiodifusión, de fecha 7 de julio de 2014.4
IV. La votación del pleno de la Cámara de Diputados sobre el dictamen de las
Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, Radio, Televisión y
Cinematografía del Senado de la Cámara de Senadores con Proyecto de
Decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión de fecha 8 de julio de 2014.5
V. La eventual publicación del citado dictamen por parte de la Presidencia de
la República.
Actos sobre los cuales solicitamos su suspensión de conformidad por lo dispuesto en
el artículo 125 de la Ley de Amparo. Así mismo deseamos manifestar que dada la
sucesión de actos de agravio en el proceso legislativo que pueden lesionar de forma
grave y permanente nuestros derechos ya reconocidos, acudimos a lo dispuesto en el
artículo 135 de la ley de la materia que establece:
En los casos en que proceda la suspensión conforme a los artículos 128 y 131 de esta
Ley, si hubiere peligro inminente de que se ejecute el acto reclamado con
perjuicios de difícil reparación para el quejoso, el órgano jurisdiccional, con la
presentación de la demanda, deberá ordenar que las cosas se mantengan en el
estado que guarden hasta que se notifique a la autoridad responsable la
resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva, tomando las medidas que
estime convenientes para que no se defrauden derechos de tercero y se eviten
perjuicios a los interesados, hasta donde sea posible, ni quede sin materia el juicio de
amparo.6
Manifestamos que de una eventual suspensión del acto reclamado no se advierte un
perjuicio al interés público ya que es requisito indispensable que los procesos
legislativos se adecuen a las normas de la Constitución y que el juicio de amparo es el
medio idóneo para salvaguardar esas disposiciones.
De otra manera si se llega a publicar el citado dictamen entrando en vigor, no solo se
burlaría por los poderes constituidos los derechos que tenemos como ciudadanía a 4 http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2014/jul/20140708-II.pdf
5 http://gaceta.diputados.gob.mx de fecha 8 de julio de 2014. No. 4060-II
6 Destacado nuestro.
3
iniciar el proceso legislativo y a defender nuestra propuestas en comisiones del
congreso y que por nuestra especial posición en el orden jurídico somos sujetos de
abuso de poder y violación a los derechos humanos. Recordamos aquí que en voz del
presidente de la Junta de Gobierno del Senado Emilio Gamboa Patrón el 3 de marzo de
2013, nuestra iniciativa sería dictaminada “a la velocidad de internet”.7
Manifestamos que ante estos abiertos abusos es nuestro deber no solo defender este
procedimiento legislativo sobre los que tenemos derechos subjetivos concretos, sino
un proceso de regulación de las telecomunicaciones sobre el que distintas voces
ciudadanas han manifestado sus preocupaciones y señalado directamente la
contrariedad con la Constitución y de los derechos a la información, la comunicación,
el acceso a internet y los derechos al uso social del espectro como las radios
comunitarias entre otros, de diversas normas ahí contenidas y que persistir
constituirían un perjuicio mayor a millones de ciudadanos, que el solo suspender los
actos de autoridad señalados, para verificar en este caso su conformidad con el
procedimiento legislativo.
Manifestamos finalmente que al defender estos derechos subjetivos, consideramos
también actuar en defensa de la Constitución que en el Congreso han irrespetado y le
solicitamos de la manera más respetuosa que de conformidad con las facultades que le
otorgan la carta magna y las leyes de la materia, como parte del Poder Judicial de la
Federación, haga respetar la Constitución y envié un mensaje con ello de seguridad
jurídica y de vigencia del Estado de Derecho.
Protestamos lo necesario:
Ruth Arellano Rojas,
Óscar Mondragón Mondragón
Jesús Roberto Robles Maloof
7 Senador Emilio Gamboa Patrón https://www.youtube.com/watch?v=Q0kAdYRYI7Y