IMPUTACIÓN OBJETIVA clases de elementos 2009 - copia.ppt

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  • IMPUTACIN OBJETIVAROXANA GABRIELA PIA

  • adquiere relevancia delitos de resultado

    cuestin a analizar en el tipo objetivo.

  • La teora de la imputacin pretende constituir una forma de conexin tpicamente relevante- entre una accin y un resultado sobre la base, en principio, de consideraciones acerca de la creacin o incremento del riesgo.

  • ROXIN total alejamiento del razonamiento lgico objetivista del finalismo y debe contemplar-se como un desarrollo ulterior del neokan-tismo lo decisivo en la imputacin es si el autor ha creado un riesgo jurdicamente desaproba-do desarroll una serie de reglas de solucin aplicables a un grupo de casos

  • la teora de la imputacin objetiva opera en dos niveles:se determina si la accin genera un incremento de riesgo jurdicamente relevante para el bien jurdico;

    se vincula, en principio tambin normativamen-te, a aquel riesgo con el resultado en sentido naturalista. Aunque con respecto a este nivel no existe unanimidad de criterios acerca de su ne-cesariedad, ni en cuanto a su conformacin y contenido.

  • QU PASA CON LA CAUSALIDADALGUNOS LA HAN MANTENIDO COMO CUESTIN PREVIA

    OTROS PRETENDEN INCORPORARLA EN EL JUICIO DE IMPUTACIN

  • Creacin de unriesgo no permitido

    Disminucin del riesgoFalta la creacin de peligroCreacin de peligro y cursos causales hipotticos Creacin de un riesgo permitido

  • Realizacin delriesgo no permitido Falta de realizacin del peligro Falta de realizacin del riesgo no permitido Resultados que no estn cubiertos por el fin de proteccin de la norma de cuidado Conducta alternativa con-forme a Derecho y teora del incremento del riesgo Combinacin de la teora del incremento del riesgo y la del fin de proteccin

  • Alcance del tipo La cooperacin en una autopuesta en peligro dolosa

    La puesta en peligro de un tercero acepta-da por ste

    La atribucin a la es-fera de responsabili-dad ajena

  • Creacin de unriesgo no permitido

    Disminucin del riesgoFalta la creacin de peligroCreacin de peligro y cursos causales hipotticos Creacin de un riesgo permitido

  • Disminucin del riesgo A QUE VE COMO UNA PIEDRALE VA A DAR A B EN LA CABEZA CON EL CONSIGUIENTE PELIGRO, NO PUEDE EVITAR QUE LA PIEDRA ALCANCE A B, PERO S DESVIARLA A OTRA PARTE DEL CUERPO EN LA QUE EL GOLPE SEA MENOS PELIGROSO.

  • varianteALGUIEN TIRA A UN NIO POR LA VENTANA DE UNA CASA QUE SUFRE UN INCENDIO Y CON ELLO LE CAUSA CONSIDERABLES LESIONES, PERO DE ESA MANERA LE SALVA DE LA MUERTE ENTRE LAS LLAMAS.

  • Variante BSI ALGUIEN ENCIERRA A OTRO SIN PODER EXPLICARLE QUE ES PORQUE, TAL COMO ESTN LAS COSAS, NO HAY OTRA FORMA PARA QUITARLE DEL MEDIO Y PRESERVARLE AS DE UN SECUESTRO

  • Falta de creacin de peligroSI LA MUERTE DEL TO AL QUE LE CAE UN RAYO SE PUEDE ACHACAR A QUE SU SOBRINO HA MANDADO DURANTE UNA TORMENTA A SU TO, AL QUE QUIERE HEREDAR, A UN MONTE POBLADO DE ALTOS RBOLES

  • ?incurre en delito de inundacin el sujeto que vierte un barreo de agua en las aguas turbulentas que estn a punto de romper la presa?

  • Creacin de peligro y cursos causales hipotticos F CIRCULA CON SU LOCOMOTORA POR UN TRAMO DE DOS VAS QUE EST BLOQUEADO POR UN DESPRENDIMIENTO DE LA MONTAA DE TAL MODO QUE YA NO PUEDE FRENAR A TIEMPO Y SE VA A ESTRELLAR CONTRA LAS ROCAS. A CAMBIA LAS AGUJAS DE MANERA QUE LA LOCOMOTORA ES DESVIADA DESDE LA VA IZQUIERDA A LA DERECHA, QUE EST IGUALMENTE BLOQUEADA POR EL MISMO DESPRENDIMIENTO, Y F MUERE EN ESE LUGAR.

  • La exclusin de la imputacin en los casos de riesgo permitido SI A ES ATRPELLADO POR B PESE A OBSERVAR EL CUIDADO NECESARIO EN EL TRFICO B CIERTAMENTE HABR CAUSADO LA MUERTE DE AQUL, PERO NO LE HA MATADO EN EL SENTIDO DEL ART 84.

  • Creacin de unriesgo no permitido

    Disminucin del riesgo NO IMPUTFalta la creacin de peligro NO IMPUTCreacin de peligro y cursos causales hipotticos ?Creacin de un riesgo permitido NO IMPUT

  • Realizacin delriesgo no permitido Falta de realizacin del peligro Falta de realizacin del riesgo no permitido Resultados que no estn cubiertos por el fin de proteccin de la norma de cuidado Conducta alternativa con-forme a Derecho y teora del incremento del riesgo Combinacin de la teora del incremento del riesgo y la del fin de proteccin

  • exclusin de la imputacin si falta la realizacin del peligro TIRAR AL AGUA DESDE UN PUENTE ELEVADO A UNA PERSONA QUE NO SABE NADAR, SE ESTRELLA Y SE DESNUCA CONTRA UNA COLUMNA DEL PUENTE. ROXIN P. 374

  • exclusin de la imputacin si falta la realizacin del riesgo no permitido Caso en el que la superacin del riesgo no permitido no repercute sobre el resultado en su concreta configuracin. CASO DE LOS PELOS DE CABRA ROXIN P. 375

    Caso en el que la infraccin de deber que rebasa el riesgo permitido es causal para el resultado, pero el riesgo de produccin del resultado no se ha aumentado por la superacin o exceso. CASO DEL AUTO QUE REBASA LA VELOCIDAD, VUELVE A LA PERMITIDA Y ATROPELLA A UN MENOR QUE SALE ENTRE LOS AUTOS ROXIN P. 376

    A veces la superacin del riesgo permitido no es totalmente irrelevante para el resultado concreto, pero no obstante el curso del hecho era tan atpico que ya no se puede contemplar como realizacin del tipo prohibido. INFARTO POR ADELANTAMIENTO INCORRECTO ROXIN P. 377

    El incremento es demasiado escaso para que el resultado aparezca como imputable.

  • exclusin de la imputacin en caso de resultados que no estn cubiertos por el fin de proteccin de la norma de cuidado DOS CICLISTAS UNO TRAS OTRO SIN LUCES, EL DE ADELANTE CHOCA CONTRA OTRO QUE VENA DE FRENTE ROXIN P. 377

  • Conducta alternativa conforme a derecho y teora del incremento del riesgo CAMIN ADELANTAMIENTO CICLISTA ALCOHOLIZADO ROXIN 379

  • Combinacin de la teora del incremento del riesgo y de la del fin de proteccin

    Manifestaciones de la teora del fin de proteccin del mandato de cuidado

  • Alcance del tipo La cooperacin en una autopuesta en peligro dolosa

    La puesta en peligro de un tercero acepta-da por ste

    La atribucin a la es-fera de responsabili-dad ajena

  • la cooperacin en una autopuesta en peligro dolosa A ACONSEJA A B QUE ATRAVIESE UN LAGO CON HIELO QUEBRADIZO. ROXIN 387

  • la puesta en peligro de un tercero consentida por ste PASAJERO QUE INSISTE CON QUE LO LLEVEN EN BOTE A CRUZAR UN RIO PELIGROSO EN MEDIO DE LA TORMENTA, EL BARQUERO LE INDICA EL PELIGRO Y L INSISTE. EL BARQUERO EMPRENDE EL VIA-JE Y EL BOTE VUELCA, EL PASA-JERO SE AHOGA. ROXIN P. 393

  • la imputacin del resultado a un mbito de responsabilidad EJEMPLO DEL CAMIN SIN LUCES TRASERAS Y PATRULLEROROXIN 398