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Implicaciones Jurídicas de las Redes Sociales Nelly Sánchez Mouriz

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Implicaciones Jurídicas de las Redes Sociales

Nelly Sánchez Mouriz

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Implicaciones jurídicas de las Redes Sociales

ORÍGEN Y EVOLUCIÓN DE LAS REDES SOCIALES

1995: Randy Conrads crea el sitio web “classmates.com” con el objetivo de que los usuarios pudiesen retomar o mantener el contacto con antiguos compañeros de estudios.

2002: Primeros sitios web que constituyen redes sociales (Myspace o Xing).

2003 – 2009: Gran expansión de las redes sociales (272 millones de usuarios a nivel mundial durante el año 2007 - Estudio de Universal McCann).

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CONCEPTO DE RED SOCIAL

“Servicios que se centran en crear y verificar las redes sociales en línea de comunidades de personas que comparten intereses y actividades o que están

interesadas en explorar intereses y actividades de otras personas y que necesitan el uso de software. Estos servicios se ofrecen principalmente a través de internet y

proporcionan un conjunto de métodos de interactuación entre usuarios”

(Informe y Guía sobre Privacidad de Redes Sociales del GTI sobre Protección de Datos en el Sector de las Telecomunicaciones [4-3-2008] y Resolución de las Autoridades Europeas de Protección de Datos sobre Protección de la Privacidad en los Servicios

de Redes Sociales [17-10-2008])

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TIPOS DE REDES SOCIALES

Redes generalistas o de ocio: Su finalidad es facilitar y potenciar las relaciones personales entre los usuarios que forman parte de ellas (Facebook, Tuenti, etc.).

Redes profesionales: Su finalidad es establecer contactos profesionales con otros usuarios (Xing, Linkedin, etc.).

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VENTAJAS DE LAS REDES SOCIALES

Facilitan la comunicación entre los usuarios.

Facilitan el intercambio de información entre los usuarios.

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RIESGOS DE LAS REDES SOCIALES

Vulneración de derechos:

Derecho a la intimidad.

Derecho a la protección de datos de carácter personal.

Derecho de propiedad intelectual.

Derechos de consumidores y usuarios.

Inexistencia de una normativa uniforme a nivel internacional.

Informe del GTI Protección de Datos en el Sector de las Telecomunicaciones (4-3-2008)

Resolución de Autoridades Europeas de Protección de Datos (17-10-2008).

Estudio AEPD-INTECO (2009).

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(1) VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA INTIMIDAD Y A LA PROPIA IMAGEN

Posibles riesgos

Inadecuada configuración del perfil de privacidad del usuario en el momento de registrarse en la red bien por desconocimiento bien porque la propia red no dispone de esta opción.

Publicación de contenidos e información íntima en la red bien por el propio usuario bien por terceros que publican fotografías, videos o comentarios en los que aparecen referencias a otras personas (usuarios o no).

Posibilidad de que los motores de búsqueda de internet indexen en sus búsquedas los perfiles de usuarios.

A pesar de la cancelación de la cuenta, la información íntima del usuario puede continuar publicada y ser accesible desde los perfiles de otros usuarios, además de indexada y almacenada en el caché de los buscadores de internet.

Fraude de identidad.

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Medidas de protección

Facilitar a los usuarios información clara y precisa sobre sus derechos y obligaciones (contratos de adhesión).

Controlar la publicación de información: Posibilidad de que el usuario pueda retirar información publicada / imposibilidad de etiquetar a terceros que no sean usuarios.

Establecer sistemas de denuncias internas que permitan la cancelación de información publicada.

Establecer sistemas de preaviso dirigidos a los usuarios que alojan contenidos.

Implantar sistemas de vigilancia de contenidos.

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(2) VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Posibles riesgos

Solicitud excesiva de datos.

Usos secundarios a los que se destinan los datos (publicidad hipercontextualizada, spam, etc.).

Cesión inconsentida de datos:

Grado de publicidad del perfil elevado.

Indexación por motores de búsqueda.

Transferencia Internacional de Datos Plataformas ubicadas fuera del Espacio Económico Europeo.

Dificultad en el ejercicio del derecho de cancelación: La escasa protección frente a la copia de los datos que los usuarios vuelcan en la red así como la indexación por motores de búsqueda dificultan la cancelación.

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Medidas de protección

Proporcionar a los usuarios información transparente y clara sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal advirtiéndoles de las consecuencias de publicar sus datos en un determinado perfil.

Crear categorías de perfiles de usuario limitando el grado de publicidad de cada perfil.

Limitar la indexación de los perfiles por parte de buscadores.

Limitar la visualización del perfil de manera geográfica.

Establecer sistemas de denuncia internos para que los usuarios puedan denunciar situaciones que afectan a sus datos de carácter personal.

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(2) VULNERACIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Posibles riesgos

Contenidos ajenos: Utilización de la red por los usuarios para colgar contenidos cuya propiedad intelectual corresponde a terceros.

Contenidos propios: Utilización de la red por los usuarios para colgar contenidos sobre los cuales ostentan derechos de propiedad intelectual. (Presunción de cesión de derechos de explotación durante 5 años, sin limite territorial y sin compensación).

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Medidas de protección

Establecer sistemas internos de denuncia de infracción de derechos de Propiedad Intelectual.

Celebrar Acuerdos con las compañías titulares de derechos de propiedad intelectual sobre los contenidos con el objetivo de que éstos publiquen tales contenidos como contramedida frente a la publicación indiscriminada por parte de usuarios.

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(4) VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

Posibles riesgos

Incumplimiento por los prestadores de servicios de la sociedad de la información de las obligaciones de información establecidas en la normativa vigente.

Recepción de publicidad engañosa.

Aceptación de Condiciones Generales de Contratación (riesgo de cláusulas abusivas).

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Medidas de protección

Establecer sistemas internos de denuncia de infracción de derechos de Propiedad Intelectual.

Celebrar Acuerdos con las compañías titulares de derechos de propiedad intelectual sobre los contenidos con el objetivo de que éstos publiquen tales contenidos como contramedida frente a la publicación indiscriminada por parte de usuarios.

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ALGUNAS RECOMENDACIONES DIRIGIDAS A LOS USUARIOS

Revisar y leer las condiciones generales de uso y la política de privacidad de la red.

Plantearse qué información ponen a disposición de la red siendo conscientes de que, posteriormente, podrá ser completada con información adicional y que quedará accesible a terceros que podrán utilizarla con fines distintos al uso de la red.

Plantearse la posibilidad de utilizar seudónimos siendo conscientes de que su uso ofrece una protección limitada en la medida en que terceros puede apropiarse del mismo.

Respetar la privacidad de los restantes usuarios y tener especial precaución con la inclusión de datos de terceros.

Aceptar como contacto únicamente a personas conocidas o con las que se mantiene una relación previa.

Asegurarse de que disponen de los derechos de propiedad intelectual sobre los contenidos que vuelcan en la red.

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Implicaciones jurídicas de las Redes Sociales

Emplear diferentes nombres de usuario y contraseñas para acceder a las distintas redes sociales.

Utilizar contraseñas con una extensión mínima de 8 caracteres que combinen letras y números, mayúsculas y minúsculas.

Disponer de antivirus y de aplicaciones de spyware.

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ALGUNAS RECOMENDACIONES DIRIGIDAS A LAS REDES SOCIALES

Respetar las normas de los países en los que prestan servicios.

Facilitar a los usuarios información clara y precisa sobre los servicios ofrecidos de forma que éstos conozcan cuáles son sus derechos y obligaciones.

Garantizar a los usuarios el control de la información relativa a los mismos publicada en la red.

Establecer configuraciones que, por defecto, sean respetuosas con la privacidad de los usuarios.

Garantizar la seguridad de la red y proteger a los usuarios frente a los accesos fraudulentos a sus perfiles.

Permitir a los usuarios cancelar su pertenencia a la red, eliminando su perfil y todo contenido publicado, de forma sencilla.

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Implicaciones jurídicas de las Redes Sociales

Adoptar las medidas necesarias para impedir el “spidering” y/o el “blue harvesting” o descargas en masa de datos de perfil por parte de terceros.

Garantizar que los datos de los usuarios sólo pueden explotarse en motores de búsqueda externos cuando un usuario haya dado su consentimiento.

Controlar los contenidos sujetos a propiedad intelectual y la titularidad de los mismos.

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Implicaciones jurídicas de las Redes Sociales

Fuente: El País. 9 de abril de 2009.

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NELLY SÁNCHEZ MOURIZ

J&A GARRIGUES

Plaza de la Escandalera, 3, 3º

33003 – Oviedo (Asturias)

985 20 86 00

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