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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008 B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 61 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID LICENCIAS Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección general de Ejecución y Control de la Edificación Departamento de Licencias I Unidad Técnica de Licencias I En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comu- nidad de Madrid, y artículo 56.5 de la Ordenanza de Tramitación de Licencias de 23 de diciembre de 2004, se informa que la persona o entidad abajo relacionada ha solicitado licencia de instalación en la finca que se indica. El proyecto podrá ser examinado en el Departamento de Licen- cias I, Unidad Técnica de Licencias I, del Área de Gobierno de Ur- banismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, tercera planta, en el plazo de veinte días contados a partir de la inserción del presente anuncio y, en su caso, formular dentro de dicho plazo, por escrito, las alegaciones que se estimen oportunas en los registros municipa- les o en cualquier otro registro de conformidad con el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi- cas y del Procedimiento Administrativo Común. Expediente: 711/2008/23643. Titular: “Lidl Supermercados, Sociedad Anónima Unipersonal”. Actividad: construcción de edificio comercial. Emplazamiento: calle Pilar de Madariaga Rojo, número 15. En Madrid, a 4 de diciembre de 2008.—La jefa de Departamento de Licencias II (Jurídico), Yolanda Sancho Peinado. (01/3.647/08) MADRID CONTRATACIÓN Junta Municipal de Distrito de Salamanca Resolución de 19 de diciembre de 2008, del gerente del Distrito de Salamanca, por el que se hace pública la convocatoria para la adjudica- ción, por procedimiento abierto, del contrato número 104/2008/9010, denominado “Reforma, reparación y conservación del conjunto de edificios demaniales y patrimoniales adscritos al Distrito de Sala- manca para el año 2009 del Ayuntamiento de Madrid durante la eje- cución del contrato”. 1. Entidad adjudicadora: 1.1. Organismo: Ayuntamiento de Madrid. 1.2. Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Salamanca. 1.3. Número de expediente: 104/2008/9010. 2. Objeto del contrato: 2.1. Descripción del objeto: la contratación tiene por objeto la realización, durante la ejecución del contrato, de obras de reforma, reparación y conservación de los edificios dema- niales y patrimoniales adscritos al Distrito de Salamanca, cuyos proyectos y/o presupuestos sean inferiores a 200.000 euros, que son los que figuran en el anexo I al pliego de prescripciones técnicas. 2.2. Lugar de ejecución o entrega: Ayuntamiento de Madrid, Distrito de Salamanca. 2.3. Plazo: desde el día siguiente a la formalización del contrato hasta el 31 de diciembre de 2009. 3. Tramitación y procedimiento: 3.1. Tramitación: ordinaria. 3.2. Procedimiento: abierto. 4. Presupuesto del contrato: 4.1. Valor estimado: 893.113,80 euros, IVA excluido. 4.2. Presupuesto base de licitación: 446.556,90 euros, IVA excluido. 4.3. IVA: 71.449,10 euros. Tipo: 16 por 100. 4.4. Presupuesto total (IVA incluido): 518.006 euros. 5. Garantías: 5.1. Provisional: 9.634,91. 5.2. Definitiva: 5 por 100 del presupesto base de licitación (IVA excluido). 6. Información: 6.1. Entidad: Distrito de Salamanca, Sección de Contratación. 6.2. Domicilio: calle Velázquez, número 52, cuarto. 6.3. Localidad y código postal: 28001 Madrid. 6.4. Teléfono: 915 886 434. 6.5. Telefax: 915 886 423. 6.6. Fecha límite de obtención de documentos e información: con una antelación de quince días a la fecha límite para la recepción de ofertas. 7. Obtención de documentación: 7.1. La retirada de documentación se podrá realizar en: Distrito de Salamanca, Sección de Contratación, cuarta planta. 7.2. Asimismo, podrán consultar los pliegos de prescripcio- nes técnicas y los pliegos de cláusulas administrativas par- ticulares en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.munimadrid.es), perfil del contratante. 8. Requisitos específicos del contratista: Empresas españolas y extranjeras no comunitarias: Clasificación el contratista: Grupo: C. Subgrupos: Todos. Categoría: c. Grupo: I. Subgrupos: 1 y 6. Categoría: b. Grupo: J. Subgrupos: 2 y 4. Categoría: b. Grupo: K. Subgrupo: 9. Categoría: b. Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: Acreditación de la solvencia económica y financiera: Artículo 64.1: a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Requisitos mínimos de solvencia: Justificante de un seguro de indemnización por riesgos profesioanles que cubra una suma, como mínimo, de 1.036.012 euros. Acreditación de la solvencia técnica: Artículo 65, apartados a) y b): a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, avalada por certificados de bue- na ejecución para las más importantes, estos certifi- cados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL · ción y organigrama operativo para la ejecución de las obras, con referencia expresa al proceso de ejecución, detalle de las actividades teniendo en

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 61

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

LICENCIAS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección general de Ejecución y Control de la Edificación

Departamento de Licencias I

Unidad Técnica de Licencias I

En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 45 de laLey 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comu-nidad de Madrid, y artículo 56.5 de la Ordenanza de Tramitación deLicencias de 23 de diciembre de 2004, se informa que la persona oentidad abajo relacionada ha solicitado licencia de instalación en lafinca que se indica.

El proyecto podrá ser examinado en el Departamento de Licen-cias I, Unidad Técnica de Licencias I, del Área de Gobierno de Ur-banismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, tercera planta, enel plazo de veinte días contados a partir de la inserción del presenteanuncio y, en su caso, formular dentro de dicho plazo, por escrito,las alegaciones que se estimen oportunas en los registros municipa-les o en cualquier otro registro de conformidad con el artículo 38 dela Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

Expediente: 711/2008/23643.Titular: “Lidl Supermercados, Sociedad Anónima Unipersonal”.Actividad: construcción de edificio comercial.Emplazamiento: calle Pilar de Madariaga Rojo, número 15.En Madrid, a 4 de diciembre de 2008.—La jefa de Departamento

de Licencias II (Jurídico), Yolanda Sancho Peinado.(01/3.647/08)

MADRID

CONTRATACIÓN

Junta Municipal de Distrito de Salamanca

Resolución de 19 de diciembre de 2008, del gerente del Distrito deSalamanca, por el que se hace pública la convocatoria para la adjudica-ción, por procedimiento abierto, del contrato número 104/2008/9010,denominado “Reforma, reparación y conservación del conjunto deedificios demaniales y patrimoniales adscritos al Distrito de Sala-manca para el año 2009 del Ayuntamiento de Madrid durante la eje-cución del contrato”.

1. Entidad adjudicadora:1.1. Organismo: Ayuntamiento de Madrid.1.2. Dependencia que tramita el expediente: Distrito de Salamanca.1.3. Número de expediente: 104/2008/9010.2. Objeto del contrato:2.1. Descripción del objeto: la contratación tiene por objeto la

realización, durante la ejecución del contrato, de obras dereforma, reparación y conservación de los edificios dema-niales y patrimoniales adscritos al Distrito de Salamanca,cuyos proyectos y/o presupuestos sean inferiores a 200.000euros, que son los que figuran en el anexo I al pliego deprescripciones técnicas.

2.2. Lugar de ejecución o entrega: Ayuntamiento de Madrid,Distrito de Salamanca.

2.3. Plazo: desde el día siguiente a la formalización del contratohasta el 31 de diciembre de 2009.

3. Tramitación y procedimiento:3.1. Tramitación: ordinaria.3.2. Procedimiento: abierto.4. Presupuesto del contrato:4.1. Valor estimado: 893.113,80 euros, IVA excluido.4.2. Presupuesto base de licitación: 446.556,90 euros, IVA

excluido.4.3. IVA: 71.449,10 euros. Tipo: 16 por 100.4.4. Presupuesto total (IVA incluido): 518.006 euros.5. Garantías:5.1. Provisional: 9.634,91.5.2. Definitiva: 5 por 100 del presupesto base de licitación (IVA

excluido).6. Información:6.1. Entidad: Distrito de Salamanca, Sección de Contratación.6.2. Domicilio: calle Velázquez, número 52, cuarto.6.3. Localidad y código postal: 28001 Madrid.6.4. Teléfono: 915 886 434.6.5. Telefax: 915 886 423.6.6. Fecha límite de obtención de documentos e información:

con una antelación de quince días a la fecha límite para larecepción de ofertas.

7. Obtención de documentación:7.1. La retirada de documentación se podrá realizar en: Distrito

de Salamanca, Sección de Contratación, cuarta planta.7.2. Asimismo, podrán consultar los pliegos de prescripcio-

nes técnicas y los pliegos de cláusulas administrativas par-ticulares en la página web del Ayuntamiento de Madrid(www.munimadrid.es), perfil del contratante.

8. Requisitos específicos del contratista:Empresas españolas y extranjeras no comunitarias:Clasificación el contratista:— Grupo: C. Subgrupos: Todos. Categoría: c.— Grupo: I. Subgrupos: 1 y 6. Categoría: b.— Grupo: J. Subgrupos: 2 y 4. Categoría: b.— Grupo: K. Subgrupo: 9. Categoría: b.

Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea:— Acreditación de la solvencia económica y financiera:

� Artículo 64.1:a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o,

en su caso, justificante de la existencia de un seguro deindemnización por riesgos profesionales.Requisitos mínimos de solvencia: Justificante de unseguro de indemnización por riesgos profesioanles quecubra una suma, como mínimo, de 1.036.012 euros.

— Acreditación de la solvencia técnica:� Artículo 65, apartados a) y b):

a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de losúltimos cinco años, avalada por certificados de bue-na ejecución para las más importantes, estos certifi-cados indicarán el importe, las fechas y el lugar deejecución de las obras y se precisará si se realizaron

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según las reglas por las que se rige la profesión y sellevaron normalmente a buen término, en su caso,dichos certificados serán comunicados, directamen-te, al órgano de contratación por la autoridad com-petente.Requisitos mínimos de solvencia: La solvencia se en-tenderá acreditada por aquellos licitadores que justifi-quen la ejecución de obras por un importe igual a1.036.012 euros para cada una de las anualidades.

b) Declaración indicando la maquinaria, material y equi-po técnico del que dispondrá el empresario para la eje-cución de las obras, a la que se adjuntará la documen-tación acreditativa pertinente.Requisitos mínimos de solvencia: Deberá aportar de-claración responsable acreditativa de la disponibilidadde la maquinaria, material y equipo técnico adscrito ala ejecución de la obra.

Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato demedios personales o materiales: los licitadores deberán in-cluir, acompañando a los documentos acreditativos de la sol-vencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación delos medios personales y/o materiales suficientes para la eje-cución del contrato.Este compromiso de adscripción es obligación contractualesencial.

9. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación:9.1. Fecha límite de presentación: veintiséis días naturales a

partir del siguiente a la publicación de este anuncio en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

9.2. Documentación a presentar: la que señala la cláusula 19 delpliego de cláusulas administrativas particulares.

9.3. Lugar de presentación: Oficina de Atención al Ciudadano.9.3.1. Entidad: Distrito de Salamanca.9.3.2. Domicilio: calle Velázquez, número 52, planta baja.9.3.3. Localidad y código postal: 28001 Madrid.

9.4. Plazo de vinculación de la oferta: tres meses.9.5. Admisión de variantes y mejora: no.10. Apertura de ofertas:10.1. Entidad: Distrito de Salamanca.10.2. Domicilio: calle Velázquez, número 52.10.3. Localidad y código postal: 28001 Madrid.10.4. Fecha y hora: 2 de febrero de 2009, a las nueve y treinta.11. Criterios de adjudicación (pluralidad de criterios):— Criterios no valorables en cifras o porcentajes:

� Número: 1.� Descripción del criterio: organización de los trabajos.� Ponderación: hasta 40 puntos.Total: 40 puntos.Se valorará cualitativamente el contenido, grado de detalle ycoherencia de la organización y el plan de trabajo propuestopor el licitador. Se considerará la coherencia de las previsio-nes de dicho plan con la explicación detallada de la organiza-ción y organigrama operativo para la ejecución de las obras,con referencia expresa al proceso de ejecución, detalle de lasactividades teniendo en cuanta el grado de coordinación delas mismas, a la necesidad de realizar previsiones concretasde suministros, a las medidas adoptadas para reducir las in-terferencias de las obras con los peatones, vehículos y, en sucaso, a usuarios y, en general, a las que se propongan para ve-lar por la seguridad de los procesos constructivos tanto res-pecto a la propia obra como respecto a terceros.Para la valoración de este criterio se asignará la siguientepuntuación:a) Plan de trabajo: 14 puntos.b) Proceso de ejecución: 13 puntos.c) Medidas de seguridad: 13 puntos.Este criterio de adjudicación tiene el carácter de obligacióncontractual esencial a los efectos del artículo 206.g) de la Leyde Contratos del Sector Público, por lo que su incumplimien-to podrá ser causa de resolución del contrato.

— Criterios valorables en cifras o porcentajes:� Número: 1.� Descripción del criterio: oferta económica.� Ponderación: hasta 45 puntos.� Número: 2.� Descripción del criterio: control de calidad a la dirección

facultativa.� Ponderación: hasta 15 puntos.Total: 60 puntos.Las ofertas económicas se valorarán de manera que la pun-tuación obtenida por cada una de ellas será la resultante de in-terpolar linealmente, entre la oferta que presente el porcenta-je de baja más alto, a la que se asignarán 45 puntos, y lasofertas que no presenten porcentaje de baja sobre los preciosunitarios, a las que se les asignará 0 puntos.Se considerará, en principio, como desproporcionada o teme-raria, la baja de toda la proposición cuyo porcentaje excedaen 10 unidades a la medida aritmética de los porcentajes debaja de todas las proposiciones presentadas, sin perjuicio dela facultad del órgano de contratación de apreciar, no obstan-te, previos los informes adecuados y la audiencia del adjudi-catario, como susceptibles del normal cumplimiento de lasrespectivas proposiciones.Se valorarán las posibles ofertas que las empresas licitadorasrealicen para destinar al control de calidad de los materialesy unidades de obra e instalación un porcentaje superior al 1por 100 y hasta un límite del 3 por 100 del precio total de lasrespectivas ofertas económicas, de acuerdo con el siguientecriterio: la puntuación obtenida por cada una de las ofertasserá la resultante de interpolar linealmente entre el porcentajemayor ofertado al que se le asignarán 15 puntos y el 1 por 100al que se le asignarán 0 puntos.

12. Gastos de anuncios: correrán por cuenta del adjudicatario.Madrid, a 19 de diciembre de 2008.—El gerente del Distrito de

Salamanca, José Fernández Sánchez.(01/3.765/08)

ALCALÁ DE HENARES

CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Alcalá de Henares.b) Dependencia que tramita el expediente: Se rvicio de Contra-

tación.c) Número de expediente: 4.252.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: servicio de taller de danza de la Con-

cejalía de Juventud.b) División por lotes y número: ...c) Lugar de ejecución: Alcalá de Henares.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega (meses): dos

años, con dos prórrogas de un año.3. Tramitación y procedimiento de adjudicación:a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación: importe total, 20.500 euros/año.5. Garantía provisional: 2.460 euros.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Servicio de

Contratación.b) Domicilio: plaza Cervantes, número 12.c) Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares.d) Teléfono: 918 883 300.e) Telefax: 918 879 613.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: la

misma que de presentación de ofertas.7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación: no se exige.b) Solvencia económica-financiera y solvencia técnica y profe-

sional: podrá acreditarse por uno o varios de los medios esta-

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blecidos en los artículos 64 y 67 de la Ley de Contratos delSector Público.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participa-ción:

a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumplan losquince días naturales a partir del siguiente al de inserción deeste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y hasta las catorce horas (si el último día de presen-tación de proposiciones coincidiese en sábado o festivo, setrasladará al primer día siguiente hábil).

b) Documentación a presentar: la especificada en el artículo 6del pliego de condiciones económico-administrativas.

c) Lugar de presentación:1.o Entidad: Ayuntamiento. Servicio de Contratación.2.o Domicilio: plaza Cervantes, número 12.3.o Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener suoferta: dos meses a contar desde la apertura de proposiciones.

e) Admisión de variantes: ver artículo 6 del pliego de condicio-nes económico-administrativas.

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Ayuntamiento. Casa Consistorial.b) Domicilio: plaza Cervantes, número 12.c) Localidad: Alcalá de Henares.d) Fecha: el quinto día siguiente al de expiración del plazo de

presentación de proposiciones, sin contar sábado o festivo.e) Hora: A las doce.10. Otras informaciones: perfil del contratante:www.ayto-alcaladehenares.esCriterios de valoración de las ofertas:— Menor precio ofertado: hasta el 55 por 100.— Compromisos especiales o posibles mejoras directamente re-

lacionadas con la prestación del servicio: hasta el 45 por 100.11. Gastos de los anuncios: a cargo del contratista adjudicatario.

Importe máximo: 2.645 euros.Alcalá de Henares, a 16 de diciembre de 2008.—El titular del Ór-

gano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD, el jefe del Servi-cio de Contratación, Héctor Bárez Menéndez.

(01/3.780/08)

ALCALÁ DE HENARES

CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Alcalá de Henares.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrata-

ción.c) Número de expediente: 4.247.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: servicio de taller de fotografía de la

Concejalía de Juventud.b) División por lotes y número: ...c) Lugar de ejecución: Alcalá de Henares.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega (meses): dos

años, con dos prórrogas de un año.3. Tramitación y procedimiento de adjudicación:a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación: importe total, 20.500 euros/año.5. Garantía provisional: 2.460 euros.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Servicio de

Contratación.b) Domicilio: plaza Cervantes, número 12.c) Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares.d) Teléfono: 918 883 300.e) Telefax: 918 879 613.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: la

misma que de presentación de ofertas.

7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación: no se exige.b) Solvencia económica-financiera y solvencia técnica y profe-

sional: podrá acreditarse por uno o varios de los medios esta-blecidos en los artículos 64 y 67 de la Ley de Contratos delSector Público.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participa-ción:

a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumplan losquince días naturales a partir del siguiente al de inserción deeste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y hasta las catorce horas (si el último día de presen-tación de proposiciones coincidiese en sábado o festivo, setrasladará al primer día siguiente hábil).

b) Documentación a presentar: la especificada en el artículo 6del pliego de condiciones económico-administrativas.

c) Lugar de presentación:1.o Entidad: Ayuntamiento. Servicio de Contratación.2.o Domicilio: plaza Cervantes, número 12.3.o Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener suoferta: dos meses a contar desde la apertura de proposiciones.

e) Admisión de variantes: ver artículo 6 del pliego de condicio-nes económico-administrativas.

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Ayuntamiento. Casa Consistorial.b) Domicilio: plaza Cervantes, número 12.c) Localidad: Alcalá de Henares.d) Fecha: el quinto día siguiente al de expiración del plazo de

presentación de proposiciones, sin contar sábado o festivo.e) Hora: A las doce.10. Otras informaciones: perfil del contratante:www.ayto-alcaladehenares.esCriterios de valoración de las ofertas:— Menor precio ofertado: hasta el 55 por 100.— Compromisos especiales o posibles mejoras directamente re-

lacionadas con la prestación del servicio: hasta el 45 por 100.11. Gastos de los anuncios: a cargo del contratista adjudicatario.

Importe máximo: 2.645 euros.Alcalá de Henares, a 16 de diciembre de 2008.—El titular del Ór-

gano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD, el jefe del Servi-cio de Contratación, Héctor Bárez Menéndez.

(01/3.778/08)

ALCALÁ DE HENARES

CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Alcalá de Henares.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrata-

ción.c) Número de expediente: 4.279.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: adjudicación de las parcelas 1-1, 1-2

y 1-3 de la UE-26, con destino a la construcción de viviendasde protección pública para arrendamiento con opción a com-pra (VPPAOC-J).

b) División por lotes y número: ...c) Lugar de ejecución: Alcalá de Henares.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega (meses): ...3. Tramitación y procedimiento de adjudicación:a) Tramitación: ordinaria.b) Procedimiento: abierto.4. Presupuesto base de licitación: importe total, 1.817.633,82

euros, IVA incluido, para cada una de las parcelas.5. Garantía provisional: 47.007,77 euros.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Servicio de

Contratación.

Page 4: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL · ción y organigrama operativo para la ejecución de las obras, con referencia expresa al proceso de ejecución, detalle de las actividades teniendo en

VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 64 B.O.C.M. Núm. 307

b) Domicilio: plaza Cervantes, número 12.c) Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares.d) Teléfono: 918 883 300.e) Telefax: 918 879 613.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: la

misma que de presentación de ofertas.7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación: no se exige.b) Solvencia económica-financiera y solvencia técnica y profe-

sional: deberá acreditarse en la forma establecida en la cláu-sula octava del pliego de cláusulas administrativas y pres-cripciones técnicas.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participa-ción:

a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumplan losveintiséis días naturales a partir del siguiente al de inserciónde este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID y hasta las catorce horas (si el último día de presen-tación de proposiciones coincidiese en sábado o festivo, setrasladará al primer día siguiente hábil).

b) Documentación a presentar: la especificada en la cláusula 8.1del pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas.

c) Lugar de presentación:1.o Entidad: Ayuntamiento. Servicio de Contratación.

2.o Domicilio: plaza Cervantes, número 12.3.o Localidad y código postal: 28801 Alcalá de Henares.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener suoferta: dos meses a contar desde la apertura de proposiciones.

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Ayuntamiento. Casa Consistorial.b) Domicilio: plaza Cervantes, número 12.c) Localidad: Alcalá de Henares.d) Fecha: el quinto día siguiente al de expiración del plazo de

presentación de proposiciones, sin contar sábado o festivo.e) Hora: A las doce.10. Otras informaciones: perfil del contratante:www.ayto-alcaladehenares.esCriterios de valoración de las ofertas: los establecidos en el

Anexo VII del pliego de cláusulas administrativas y prescripcionestécnicas.

11. Gastos de los anuncios: a cargo del contratista adjudicata-rio. Importe máximo: 2.645 euros.

Alcalá de Henares, a 22 de diciembre de 2008.—El titular del Ór-gano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD, el jefe del Servi-cio de Contratación, Héctor Bárez Menéndez.

(01/3.779/08)

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), yhabiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Vista la propuesta elevada por el Departamento de Tráfico como órgano instructor, así como la existencia de alegaciones formula-das por el interesado dentro del plazo reglamentario, en uso de las facultades que me han sido delegadas por decreto de la Alcaldía-Presi-dencia con número 8387/2004, de 10 de septiembre, en relación con lo establecido en los artículos 7 y 68 del Real Decreto Legislati-vo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de marzode 1990), y una vez valoradas las mismas, no habiéndose acreditado en los expedientes circunstancia o motivación alguna que permitieraexonerar la responsabilidad del infractor, vengo a imponer a cada uno de los expedientados las multas indicadas con las especificacionesdetalladas a continuación:

Recursos: contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, conforme disponen los artículos 109 de la LRJPAC (1) y 210del ROFRJ (2) podrá interponerse:

1. Recurso de reposición ante la misma autoridad que haya adoptado la resolución, en el plazo de un mes a partir de la fecha si-guiente a la de recibo de notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 14.2 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La interposición de este recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, a menos que el interesado/a solicite la suspensióndentro del plazo para interponer el recurso, a cuyo efecto deberá acompañar los justificantes de las garantías constituidas de acuerdo con laletra 1 del artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

2. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir de lafecha siguiente a la de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8 y 10, en relación con el artículo 46.1 de la LJCA (3).

No obstante, podrá ejercitar, a tenor del artículo 58 de la LRJPAC (1), cualquier otro que estime pertinente.Protección de datos de carácter personal: en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos

(Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre de 1999), se pone en su conocimiento que los datosrecogidos serán tratados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias sancionadoras. El inte-resado podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en lacitada Ley.

Plazo, lugar y forma de pago: podrá hacer efectiva la presente sanción durante el plazo de quince días hábiles a partir de la recep-ción de la misma (artículo 84 del Real Decreto Legislativo 339/1990), en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras:“Caja Madrid”, “Banco Santander Central Hispano” (BSCH), “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA), “La Caixa”, “Caja de Catalu-ña”, “Barclays Bank”, “Ibercaja” y “Cajamar”, o bien por giro postal especificando con claridad el número de expediente y matrícula; eneste caso, el documento justificativo del pago estará a su disposición en la Tesorería Municipal durante el plazo de un mes.

Impago de multas: transcurridos los indicados plazos sin abonar el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por vía deapremio con el recargo del 20 por 100 más intereses de demora, según lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO 1. ALCALÁ DE HENARES ALCAZAR CANALES, MARIA DEL ROCIO 08974836Y 2008 / 11240 07/03/2008 90 6 1 A ORA 2. ALCALÁ DE HENARES NAVARRO MONTERO, SONIA 09010346G 2008 / 11150 01/03/2008 90 6 1 A ORA 3. ALCOBENDAS AGUILAR PALACIOS, FERNANDO CESAR 53501529X 2008 / 8045 07/02/2008 48 94 2 D RGC 4. ALCOBENDAS CAMARZANA FERNANDEZ, EUDALDO 50683965S 2008 / 7147 31/01/2008 90 6 1 A ORA 5. ALCOBENDAS CRUZ PEREZ, JUAN 25905177R 2008 / 5864 17/01/2008 60 6 1 B ORA 6. ALCOBENDAS EL AZZOUZI , YOUSSEF X5341084R 2008 / 4558 04/01/2008 90 6 1 A ORA 7. ALCOBENDAS FAUSTINO LOPEZ, SERGIO 53401160J 2008 / 4679 31/12/2007 90 6 1 A ORA 8. ALCOBENDAS FAUSTINO LOPEZ, SERGIO 53401160J 2008 / 6471 19/01/2008 60 6 1 B ORA

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MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO ,

9. ALCOBENDAS GARCIA SEVILLANO, SANDRA MARIA 53002195Y 2008 / 6027 16/01/2008 60 6 1 B ORA 10. ALCOBENDAS GONZALO VIEJO, JULIO 51955607X 2008 / 2334 10/12/2007 60 6 1 B ORA 11. ALCOBENDAS LOPEZ VAZQUEZ, MARIA ANGELES 50417888W 2008 / 6306 22/01/2008 60 6 1 C ORA 12. ALCOBENDAS MARTIN ACEDO, FRANCISCO JAVIER 51351141F 2008 / 8042 06/02/2008 60 6 1 C ORA 13. ALCOBENDAS MONTES ESPINOSA, JAVIER IGNACIO 07472913Y 2008 / 1277 24/11/2007 60 6 1 C ORA 14. ALCOBENDAS TORRIJOS VALVERDE, FERNANDO 51304493A 2008 / 5097 08/01/2008 90 6 1 A ORA 15. ALCOBENDAS TORRIJOS VALVERDE, FERNANDO 51304493A 2008 / 5114 11/01/2008 90 6 1 A ORA 16. ALCOBENDAS TORRIJOS VALVERDE, FERNANDO 51304493A 2008 / 6447 25/01/2008 90 6 1 A ORA 17. ALCOBENDAS TRUJILLO CABRERA, JULIO ALBERTO X6397493C 2008 / 4894 05/01/2008 60 6 1 B ORA 18. ALCORCON BARRERO ANDRES, JOSE MIGUEL 07523473N 2008 / 18874 07/05/2008 90 6 1 A ORA 19. ALCORCON BARRERO ANDRES, JOSE MIGUEL 07523473N 2008 / 18897 03/05/2008 90 6 1 A ORA 20. ALGETE GOMEZ ROMAN, MARIA DOLORES 52780718L 2008 / 19838 20/05/2008 60 6 1 B ORA 21. ALGETE MORENO ARROYO, EMILIA 01478898K 2008 / 13561 22/03/2008 90 6 1 A ORA 22. ALGETE ROBERTO PRIETO YUBERO 51930130V 2008 / 10950 05/03/2008 90 6 1 A ORA 23. ARGANDA DEL MONTE VILLALBA RUIZ DE TOLEDO, RICARDO 51702397F 2008 / 15652 16/04/2008 90 6 1 A ORA 24. BOADILLA DEL MONTE SERRANO GONZALEZ BAROSA, OLGA SY 51060793B 2008 / 11042 05/03/2008 48 94 2 C RGC 25. BOALO (EL) KELEMON IOAN X6463056X 2008 / 19973 17/05/2008 60 6 1 C ORA 26. COLLADO VILLALBA MAZO MORENO, SOTERO 51832626X 2008 / 4525 02/01/2008 90 6 1 A ORA 27. COLMENAR VIEJO AMA PATRIMONIAL, S.L. B83380576 2008 / 18332 03/06/2008 310 72 3 LSV 28. COLMENAR VIEJO ASTRA EXCAVACIONES, S.L. B83338053 2008 / 15193 19/05/2008 310 72 3 LSV 29. COLMENAR VIEJO ASTRA EXCAVACIONES, S.L. B83338053 2008 / 18333 03/06/2008 310 72 3 LSV 30. COLMENAR VIEJO ASTRA EXCAVACIONES, S.L. B83338053 2008 / 18356 05/06/2008 310 72 3 LSV 31. COLMENAR VIEJO CESPEDES MORALES, ENCARNACIÓN 50303927Y 2008 / 15327 18/04/2008 90 6 1 A ORA 32. COLMENAR VIEJO PUCACHAQUI TITUAÑA, LENIN OSWALD X3432312E 2008 / 16399 21/04/2008 48 94 2 F RGC 33. COLMENAR VIEJO PUCACHAQUI TITUAÑA, LENIN OSWALD X3432312E 2008 / 16859 29/04/2008 48 94 2 C RGC 34. COLMENAR VIEJO YANES GARCIA, JESUS ANGEL 09752861X 2008 / 11113 01/03/2008 90 6 1 A ORA 35. COSLADA PUMACURO ROJAS, HECTOR FABIAN X3660922N 2008 / 14296 24/03/2008 90 6 1 A ORA 36. COSLADA THE MASTER BIER, S.L. B80948425 2008 / 15089 12/05/2008 310 72 3 LSV 37. DAGANZO DE ARRIBA STEPHANE LEVESQUE X1338959Z 2008 / 10901 28/02/2008 60 6 1 B ORA 38. FUENLABRADA GILABERT BULLIDO, JAIME 05243171E 2008 / 17063 30/04/2008 60 6 1 C ORA 39. FUENTE EL SAZ DE JARAMA VALLEJO DE VARGAS, MARTHA X2387175M 2008 / 12213 12/03/2008 90 6 1 A ORA 40. GUADALIX DE LA SIERRA RODRIGUEZ, FERNANDO ANTONIO 00794533K 2007 / 25305 23/11/2007 60 6 1 B ORA 41. GUADARRAMA CARCAJOSA MARTIN, VISITACIÓN 02526414W 2008 / 11674 06/03/2008 90 6 1 A ORA 42. HUMANES DE MADRID GHAILAN, MOHAMED X1256360P 2008 / 11058 03/03/2008 90 6 1 A ORA 43. HUMANES DE MADRID MENACHO LOPEZ, FRANCISCO 08814132A 2008 / 11622 03/03/2008 48 94 2 F RGC 44. MADRID ALMAMADRID GESTION J.M., S.L. B82295544 2008 / 15084 12/05/2008 310 72 3 LSV 45. MADRID ALONSO PRESA, ANTONIO 00363394V 2008 / 7716 05/02/2008 90 6 1 A ORA 46. MADRID ALVAREZ MANENDEZ, JOSE MANUEL 52591488X 2008 / 11030 04/03/2008 60 6 1 C ORA 47. MADRID ARELLANO FERNANDEZ, RAFAEL 50440295F 2008 / 13231 25/03/2008 90 6 1 A ORA 48. MADRID ARENAS GONZALEZ MEDIONDO, SARA 50825102R 2008 / 12159 14/03/2008 60 6 1 B ORA 49. MADRID ARISPE BERNA, FELIPE 50689453Y 2008 / 12537 14/03/2008 60 6 1 B ORA 50. MADRID ARISPE BERNA, FELIPE 50689453Y 2008 / 16143 19/04/2008 90 6 1 A ORA 51. MADRID ARISPE BERNA, FELIPE 50689453Y 2008 / 16144 19/04/2008 90 6 1 A ORA 52. MADRID ARPE GESTION EMPRESARIAL, S.L. B82593179 2008 / 18330 03/06/2008 310 72 3 LSV 53. MADRID ASEFITECO, S.A. A78370079 2008 / 15062 05/05/2008 310 72 3 LSV 54. MADRID B Y H VIAJES, S.L. B81286809 2008 / 18334 03/06/2008 310 72 3 LSV 55. MADRID BECKER, PATRICK X2946258G 2008 / 15502 17/04/2008 90 6 1 A ORA 56. MADRID BLAZQUEZ MAYOR, ANTONIO 50847193N 2008 / 10842 27/02/2008 90 6 1 A ORA 57. MADRID CABEZA FUSAC, JESÚS 50871288A 2008 / 11408 03/03/2008 90 6 1 A ORA 58. MADRID CALVO GONZALEZ, SERGIO ADOLFO 50721004R 2008 / 11694 07/03/2008 60 6 1 B ORA 59. MADRID CANO Y MERCED, S.L. B82928169 2008 / 18339 03/06/2008 310 72 3 LSV 60. MADRID CARPIO CARRION, ALONSO AURELIO X5019813V 2008 / 11500 06/03/2008 90 6 1 A ORA 61. MADRID CARPIO CARRION, ALONSO AURELIO X5019813V 2008 / 11703 06/03/2008 90 6 1 A ORA 62. MADRID CARRET WELLS, JUDITH X5443298A 2008 / 15569 17/04/2008 60 6 1 B ORA 63. MADRID CARVAJAL BALLESTER, EMILIO 50295486Y 2008 / 5547 14/01/2008 90 6 1 A ORA 64. MADRID CONSTRUCCIONES RICAVE, S.L. B82026642 2008 / 18343 03/06/2008 310 72 3 LSV 65. MADRID CONSTRUCCIONES RICAVE, S.L. B82026642 2008 / 18354 05/06/2008 310 72 3 LSV 66. MADRID COTILLO AGUADO, MARIA ASCENSION 50166953C 2008 / 18871 06/05/2008 90 6 1 A ORA 67. MADRID CUENCA AQUILINO, HECTOR 52880704R 2008 / 10981 06/03/2008 90 6 1 A ORA 68. MADRID CUESTA DIAZ, SERGIO 53404704S 2008 / 16564 23/04/2008 48 94 2 C RGC 69. MADRID DE LA JARA VELASCO, ANA MARIA 51387842T 2008 / 11667 06/03/2008 90 6 1 A ORA 70. MADRID ESPARZA PELLICER, MIGUEL 46348093B 2008 / 17019 30/04/2008 90 6 1 A ORA 71. MADRID FDEZ DE LA PUENTE CARRERO M ROSA 22943268D 2008 / 15750 12/04/2008 90 6 1 A ORA 72. MADRID FERNANDEZ GARCIA, OSCAR JESUS 50193386A 2008 / 2701 28/12/2007 48 94 2 C RGC 73. MADRID FIAT AUTO ESPAÑA, S.A. A28012342 2008 / 15059 05/05/2008 310 72 3 LSV 74. MADRID FRATERNIDAD HISPANICA G79282497 2008 / 15086 12/05/2008 310 72 3 LSV 75. MADRID FUENTEDEPIEDRA, S.A. A78375250 2008 / 15101 12/05/2008 310 72 3 LSV 76. MADRID GARCIA SANTOS, DANIEL 47020684J 2008 / 11275 03/03/2008 90 6 1 A ORA 77. MADRID GOLD BRIDGE, S.L. B82666991 2008 / 15090 12/05/2008 310 72 3 LSV 78. MADRID GONZALEZ ALONSO, MAR 50833354L 2008 / 20154 23/05/2008 48 94 2 C RGC 79. MADRID GONZALEZ FERRERO, MARTA 50217693E 2008 / 12280 08/03/2008 60 6 1 B ORA 80. MADRID GONZALEZ FERRERO, MARTA 50217693E 2008 / 12659 14/03/2008 60 6 1 B ORA 81. MADRID GONZALEZ FERRERO, MARTA 50217693E 2008 / 13899 04/04/2008 90 6 1 A ORA 82. MADRID GORDILLO PRADO, MARIA AGUSTINA 09154721P 2008 / 20148 23/05/2008 60 6 1 B ORA 83. MADRID HABITAE SERV INMOB CONST Y PROMO B84160050 2008 / 18338 03/06/2008 310 72 3 LSV 84. MADRID HABLAMOS, S.L. B83618439 2008 / 18337 03/06/2008 310 72 3 LSV 85. MADRID HANNOUTA HOUSSAM EDDINE X2619222M 2008 / 11013 01/03/2008 90 6 1 A ORA 86. MADRID IBERBUILDING RESIDENCIAL, S.L. B84435643 2008 / 19143 16/06/2008 310 72 3 LSV 87. MADRID INROCA, S.L. B79864732 2008 / 15102 12/05/2008 310 72 3 LSV 88. MADRID INVERSIONES GRUDISAN, S.L. B80957020 2008 / 15082 12/05/2008 310 72 3 LSV 89. MADRID JAROSLAW, SKIBA X2167261V 2008 / 19226 16/05/2008 90 6 1 A ORA 90. MADRID LASCA SERVICIOS INMOBILIARIOS, S B85059251 2008 / 15087 12/05/2008 310 72 3 LSV 91. MADRID LAYLA INVERSIONES Y PROYECTOS, S B83773192 2008 / 18358 05/06/2008 310 72 3 LSV 92. MADRID LITOTRES, S.A. A78411774 2008 / 15058 05/05/2008 310 72 3 LSV 93. MADRID LITOTRES, S.A. A78411774 2008 / 15063 05/05/2008 310 72 3 LSV 94. MADRID LORENZO MOYA, ALFONSO 02202079J 2008 / 11022 03/03/2008 90 6 1 A ORA 95. MADRID LULU LUPU, IULIAN X3791747J 2008 / 18936 08/05/2008 90 6 1 A ORA 96. MADRID MANUEL FERNANDEZ FERNANDEZ, S.A. A28547115 2008 / 15107 12/05/2008 310 72 3 LSV 97. MADRID MARQUEZ ROCHA, JESUS 50742349W 2008 / 19481 16/05/2008 90 6 1 A ORA 98. MADRID MARTIN DE BARTOLOME, FRANCISCO J 21481872X 2008 / 14391 07/04/2008 90 6 1 A ORA 99. MADRID MATOS GERALDO, CANDIDO 50226889H 2008 / 16791 29/04/2008 48 94 2 C RGC 100. MADRID MENGUAL DE LA VIUDA, VIRGINIA 50466222J 2008 / 12008 10/03/2008 48 94 2 F RGC 101. MADRID MMC AUTOMOVILES ESPAÑA, S.A. A80355019 2008 / 15114 12/05/2008 310 72 3 LSV 102. MADRID MONJE FERRUZ, JUAN MANUEL 14928717S 2008 / 19400 12/05/2008 90 6 1 A ORA 103. MADRID MONTANER GARCIA, SERGIO 50752525N 2008 / 11350 05/03/2008 90 6 1 A ORA 104. MADRID MONTERO SANCHEZ, MA ASCENSION 51372627B 2008 / 11478 05/03/2008 90 6 1 A ORA 105. MADRID MOVILLA GIL, PABLO JULIAN 51076749M 2008 / 11218 07/03/2008 90 6 1 A ORA 106. MADRID MOVILLA GIL, PABLO JULIAN 51076749M 2008 / 11709 06/03/2008 90 6 1 A ORA 107. MADRID NIETO MIRELIS, DAVID 07241886Z 2008 / 20063 19/05/2008 90 6 1 A ORA 108. MADRID NUÑEZ HOLGUERAS, JOSE IGNACIO 00811691K 2008 / 2853 28/12/2007 90 6 1 A ORA

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 66 B.O.C.M. Núm. 307

MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO

113. MADRID PARADELA PORTILLO, RAQUEL 51947491J 2008 / 17037 26/04/2008 90 6 1 A ORA 114. MADRID PARADELA PORTILLO, RAQUEL 51947491J 2008 / 17155 26/04/2008 90 6 1 A ORA 115. MADRID PARADELA PORTILLO, RAQUEL 51947491J 2008 / 19366 12/05/2008 60 6 1 B ORA 116. MADRID PROHORCHE, S.L. B81051682 2008 / 15100 12/05/2008 310 72 3 LSV 117. MADRID QUESADA GONZALEZ, RAFAEL 50199566L 2008 / 8009 05/02/2008 90 6 1 A ORA 118. MADRID RIBEIRO DUARTE SEIJAS, JOSE FCO. 05386160C 2008 / 16484 22/04/2008 90 6 1 A ORA 119. MADRID RIBEIRO DUARTE SEIJAS, JOSE FCO. 05386160C 2008 / 19479 14/05/2008 90 6 1 A ORA 120. MADRID RICBOUR JEAN FRANÇOIS X1939991X 2008 / 19736 21/05/2008 90 6 1 A ORA 121. MADRID ROCA CASSOLA, ANTONIO 37268234T 2008 / 10927 04/03/2008 90 6 1 A ORA 122. MADRID RUIZ DEL ALAMO, ANGEL 01048099N 2008 / 19617 10/05/2008 90 6 1 A ORA 123. MADRID SAAVEDRA MUÑOZ, EMILIA 51456086A 2008 / 18823 03/05/2008 90 6 1 A ORA 124. MADRID SAINZ TRIGO, MA ANTONIA 01816426R 2008 / 19038 07/05/2008 90 6 1 A ORA 125. MADRID SAMOCAR, S.A. A78439932 2008 / 18342 03/06/2008 310 72 3 LSV 126. MADRID SAN MARTIN CARBAJALES, MANUEL A 76612400K 2008 / 13113 19/03/2008 90 6 1 A ORA 127. MADRID SEQUERA PEREZ, JOSE 01413232C 2008 / 12843 17/03/2008 60 6 1 B ORA 128. MADRID SERRANO MERINO, ANGEL 37332385G 2008 / 11420 04/03/2008 48 94 2 C RGC 129. MADRID SERRANO ROSA, MARIA ISABEL 00694073W 2008 / 10292 23/02/2008 90 6 1 A ORA 130. MADRID SIERRA MORAN, MARCELINO 51325010G 2008 / 16814 28/04/2008 60 6 1 B ORA 131. MADRID SOAREZ DOSREIS, JOAQUIN ANTONIO 01916253P 2008 / 6797 30/01/2008 60 94 2 G RGC 132. MADRID SOL FACHADAS, S.L. B82592015 2008 / 11935 29/04/2008 310 72 3 LSV 133. MADRID SOLO DE ZALDIVAR OSADO, PAULA 04846949K 2008 / 10523 23/02/2008 90 6 1 A ORA 134. MADRID SUMINISTROS TECNISECA, S.L. B80067796 2008 / 15097 12/05/2008 310 72 3 LSV 135. MADRID TAFALLA GARCIA, FERNANDO 50811182L 2008 / 10809 26/02/2008 90 6 1 A ORA 136. MADRID TEJEDA GELABERT, CARLOS ALBERTO 05423031E 2008 / 19280 14/05/2008 48 94 2 C RGC 137. MADRID TEJEDOR ENTISNE, MARIA TERESA 05379604L 2008 / 6055 22/01/2008 60 94 2 G RGC 138. MADRID TOJEIRA BAJO, ARCADIO 45422606K 2008 / 11052 01/03/2008 60 6 1 B ORA 139. MADRID TREVEJO SOLAR, ANTONIO 00369828B 2008 / 11506 06/03/2008 60 94 2 G RGC 140. MADRID URIOL FERNANDEZ, MARIA 17742932L 2008 / 18862 06/05/2008 60 94 2 G RGC 141. MADRID VALLE SOCAS, JORGE LUS X4167568Z 2008 / 19654 13/05/2008 90 6 1 A ORA 142. MADRID VARGAS CAPILLA, ROMULO X2291278H 2008 / 14163 28/03/2008 90 6 1 A ORA 143. MADRID VIA DOS MIL SPORT, S.L. B82471343 2008 / 18578 10/06/2008 310 72 3 LSV 144. MADRID VILLARRAGA CARDENAS, PEDRO ARTUR X3853786K 2008 / 12028 12/03/2008 90 6 1 A ORA 145. MADRID VINDEL CERCAS DAVID 50086851G 2008 / 16157 21/04/2008 60 6 1 B ORA 146. MADRID VIRTUAL RETAIL, S.L. B81841918 2008 / 18336 03/06/2008 310 72 3 LSV 147. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 12204 12/03/2008 90 6 1 A ORA 148. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 12259 14/03/2008 90 6 1 A ORA 149. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 12281 10/03/2008 90 6 1 A ORA 150. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 13091 17/03/2008 90 6 1 A ORA 151. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 13299 24/03/2008 90 6 1 A ORA 152. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 13482 22/03/2008 90 6 1 A ORA 153. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 13507 25/03/2008 90 6 1 A ORA 154. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 13510 26/03/2008 90 6 1 A ORA 155. MAJADAHONDA GARCIA MORALES, MA. ENCARNACION 02515567B 2008 / 16029 22/04/2008 90 6 1 A ORA 156. MAJADAHONDA MINGUITO PALOMARES, ALVARO 33515249V 2008 / 12805 17/03/2008 60 6 1 B ORA 157. MÓSTOLES ESCONDITE SPORT S.L. B82394297 2008 / 15115 12/05/2008 310 72 3 LSV 158. MÓSTOLES LIÑANA TARAZONA, JUAN JOSE 19296528B 2008 / 11534 06/03/2008 60 6 1 B ORA 159. MÓSTOLES OLMO DIEZ, MARIA ISABEL 01797817E 2008 / 14361 07/04/2008 90 6 1 A ORA 160. MÓSTOLES OLMO DIEZ, MARIA ISABEL 01797817E 2008 / 14544 08/04/2008 60 6 1 B ORA 161. MÓSTOLES PULIDO GONZALEZ, MARIA JESUS 07771380W 2008 / 11617 03/03/2008 48 94 2 C RGC 162. MÓSTOLES SIMON ZARATE, JESUS 08934294J 2008 / 12650 14/03/2008 90 6 1 A ORA 163. MÓSTOLES SIMON ZARATE, JESUS 08934294J 2008 / 14291 28/03/2008 60 6 1 B ORA 164. MÓSTOLES SIMON ZARATE, JESUS 08934294J 2008 / 19371 13/05/2008 60 6 1 B ORA 165. MÓSTOLES SIMON ZARATE, JESUS 08934294J 2008 / 19893 17/05/2008 60 6 1 B ORA 166. PARACUELLOS DE JARAMA DE AZA MINGUEZ, OLGA 08990157D 2008 / 19752 17/05/2008 48 94 2 C RGC 167. PARACUELLOS DE JARAMA MAJOIS, EMPRESA PATRIMONIAL, S.L B81818650 2008 / 18340 03/06/2008 310 72 3 LSV 168. PARLA AFIANZA SERVICIOS INTEGRADOS, SL B84654094 2008 / 15094 12/05/2008 310 72 3 LSV 169. PARLA HUERTA GOMEZ, NATALIA 53471588S 2008 / 8204 08/02/2008 90 6 1 A ORA 170. PEDREZUELA PEREZ DE LA PEÑA, JOSE LUIS 51409632D 2008 / 19379 14/05/2008 90 6 1 A ORA 171. POZUELO DE ALARCÓN CAPITLE RYAN TOMAS 53734118T 2008 / 11075 06/03/2008 48 94 2 C RGC 172. POZUELO DE ALARCÓN GONZALEZ GALIANO, MARIA ROSARIO 00382869B 2008 / 11200 05/03/2008 60 6 1 B ORA 173. POZUELO DE ALARCÓN LOACHAMIN CAIZA, JOSE FABIAN X4169100M 2008 / 19260 16/05/2008 90 6 1 A ORA 174. ROZAS DE MADRID (LAS) DOMINGUEZ MORALES, PAOLA X5157762N 2008 / 19775 21/05/2008 90 6 1 A ORA 175. ROZAS DE MADRID (LAS) DOSAN CONSTRUCCIONES Y REFORMA B82086893 2008 / 15085 12/05/2008 310 72 3 LSV 176. ROZAS DE MADRID (LAS) ROZAS FERNANDEZ, CRISTINA 03828751X 2008 / 12265 14/03/2008 48 94 2 F RGC 177. ROZAS DE MADRID (LAS) ROZAS FERNANDEZ, CRISTINA 03828751X 2008 / 15926 16/04/2008 60 6 1 B ORA 178. ROZAS DE MADRID (LAS) ROZAS FERNANDEZ, CRISTINA 03828751X 2008 / 15939 17/04/2008 90 6 1 A ORA 179. ROZAS DE MADRID (LAS) ROZAS FERNANDEZ, CRISTINA 03828751X 2008 / 16071 21/04/2008 60 6 1 B ORA 180. ROZAS DE MADRID (LAS) ROZAS FERNANDEZ, CRISTINA 03828751X 2008 / 16680 25/04/2008 60 6 1 B ORA 181. ROZAS DE MADRID (LAS) ROZAS FERNANDEZ, CRISTINA 03828751X 2008 / 20442 26/05/2008 90 6 1 A ORA 182. ROZAS DE MADRID (LAS) SAEZ GARCIA, PILAR 53386161X 2008 / 11202 05/03/2008 90 6 1 A ORA 183. SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX DOMINGUEZ RAMIREZ, JUAN ANTONIO 07470853Q 2008 / 10944 04/03/2008 90 6 1 A ORA 184. SAN AGUSTÍN DE LGUADALIX TERCERA EDAD SAN EDUARDO, S.L. B80469653 2008 / 15106 12/05/2008 310 72 3 LSV 185. SAN FERNANDO DE HENARES PEREZ ARAVENA, MANUEL FERNANDO 01484452D 2008 / 18813 08/05/2008 60 6 1 B ORA 186. SAN FERNANDO DE HENARES PEREZ ARAVENA, MANUEL FERNANDO 01484452D 2008 / 19311 12/05/2008 90 6 1 A ORA 187. SAN FERNANDO DE HENARES PEREZ ARAVENA, MANUEL FERNANDO 01484452D 2008 / 19317 13/05/2008 90 6 1 A ORA 188. SAN FERNANDO DE HENARES SELIMIN SC G82999434 2008 / 18372 05/06/2008 310 72 3 LSV 189. SAN FERNANDO DE HENARES SELIMIN SC G82999434 2008 / 18374 05/06/2008 310 72 3 LSV 190. SOTO DEL REAL RUBIERA ANDRADE, MONICA MARINA 47026438V 2008 / 12898 17/03/2008 90 6 1 A ORA 191. TORRELAGUNA EL MEKI EL KMAMLICHI X2353172L 2008 / 11564 04/03/2008 60 6 1 B ORA 192. TORRELODONES DIEZ MONTERO, MARTA 02884031S 2008 / 13977 29/03/2008 90 6 1 A ORA 193. TRES CANTOS DIAZ GONZALEZ, FRANCISCO JAVIER 00276041H 2008 / 14533 07/04/2008 90 6 1 A ORA 194. VALDEOLMOS RICARDO ANDRE, MARIA JOSE 53561908Z 2008 / 6048 21/01/2008 60 6 1 C ORA 195. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 19578 13/05/2008 90 6 1 A ORA 196. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 19989 19/05/2008 60 6 1 B ORA

(1) Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la nueva redacción otorgada por laLey 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero de 1999).

(2) Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.(3) Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de julio de 1998).

Alcobendas, a 28 de noviembre de 2008.—El concejal-delegado de Tráfico, Alberto Manuel Hervias Aguilar.(02/16.440/08)

109. MADRID NUÑO PADRILLA MANUEL 50677423M 2008 / 11103 07/03/2008 48 94 2 F RGC 110. MADRID PARADELA PORTILLO, RAQUEL 51947491J 2008 / 12626 11/03/2008 60 6 1 B ORA 111. MADRID PARADELA PORTILLO, RAQUEL 51947491J 2008 / 14324 25/03/2008 60 6 1 B ORA 112. MADRID PARADELA PORTILLO, RAQUEL 51947491J 2008 / 16895 29/04/2008 60 6 1 B ORA

Page 7: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL · ción y organigrama operativo para la ejecución de las obras, con referencia expresa al proceso de ejecución, detalle de las actividades teniendo en

VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 67

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), yhabiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Vista la propuesta elevada por el Departamento de Tráfico como órgano instructor, así como la existencia de alegaciones formula-das por el interesado dentro del plazo reglamentario, en uso de las facultades que me han sido delegadas por decreto de la Alcaldía-Presi-dencia con número 8387/2004, de 10 de septiembre, en relación con lo establecido en los artículos 7 y 68 del Real Decreto Legislati-vo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de marzode 1990), y una vez valoradas las mismas, no habiéndose acreditado en los expedientes circunstancia o motivación alguna que permitieraexonerar la responsabilidad del infractor, vengo a imponer a cada uno de los expedientados las multas indicadas con las especificacionesdetalladas a continuación:

Recursos: contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, conforme disponen los artículos 109 de la LRJPAC (1) y 210del ROFRJ (2) podrá interponerse:

1. Recurso de reposición ante la misma autoridad que haya adoptado la resolución, en el plazo de un mes a partir de la fecha si-guiente a la de recibo de notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 14.2 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La interposición de este recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado, a menos que el interesado/a solicite la suspensióndentro del plazo para interponer el recurso, a cuyo efecto deberá acompañar los justificantes de las garantías constituidas de acuerdo con laletra 1 del artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

2. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir de lafecha siguiente a la de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8 y 10, en relación con el artículo 46.1 de la LJCA (3).

No obstante, podrá ejercitar, a tenor del artículo 58 de la LRJPAC (1), cualquier otro que estime pertinente.Protección de datos de carácter personal: en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos

(Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre de 1999), se pone en su conocimiento que los datosrecogidos serán tratados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias sancionadoras. El inte-resado podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en lacitada Ley.

Plazo, lugar y forma de pago: podrá hacer efectiva la presente sanción durante el plazo de quince días hábiles a partir de la recep-ción de la misma (artículo 84 del Real Decreto Legislativo 339/1990), en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras:“Caja Madrid”, “Banco Santander Central Hispano” (BSCH), “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA), “La Caixa”, “Caja de Catalu-ña”, “Barclays Bank”, “Ibercaja” y “Cajamar”, o bien por giro postal especificando con claridad el número de expediente y matrícula; eneste caso, el documento justificativo del pago estará a su disposición en la Tesorería Municipal durante el plazo de un mes.

Impago de multas: transcurridos los indicados plazos sin abonar el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por vía deapremio con el recargo del 20 por 100 más intereses de demora, según lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO 1. ALCOBENDAS RONCERO IGLESIAS, ISMAEL 02639086C 2008 / 4396 26/02/2008 140 50 RGC 2. COLMENAR VIEJO CASANOVA MORENO, PAZ 05433668X 2008 / 17223 10/03/2008 450 43 2 RGC 3. COLMENAR VIEJO OLIVEIRA ROCHA, ANTONIO X6852452Q 2007 / 19791 12/11/2007 320 50 RGC 4. MADRID ALLUE GONZALO, MARIA JOSE 50693232J 2007 / 22146 26/11/2007 320 50 RGC 5. MADRID ALOBUELA GUACHAMIN, CHRISTIAN JA X2985978A 2008 / 261 16/12/2007 540 21 1 RGC 6. MADRID ALONSO CASADO, JUAN CARLOS 07233740X 2008 / 36409 04/06/2008 96 91 2 G RGC 7. MADRID DEL ALAMO MOLINA, ISIDORO ANTONI 51078915D 2008 / 20776 25/05/2008 150 18 2 2 RGC 8. MADRID DONAIRE BARBERO, JOSE MARIA 74669472H 2008 / 35749 09/06/2008 90 152 RGC 9. MADRID GARCIA TEBAR, DAVID 02901835V 2008 / 20796 19/06/2008 360 20 1 RGC 10. MADRID GESCON GESTION INTEGRAL, SL B82255043 2008 / 463 04/02/2008 400 72 3 LSV 11. MADRID LORENZO CABALA, CONCEPCIÓN 00405805Q 2008 / 39913 20/06/2008 120 91 2 RGC 12. MADRID MMC AUTOMOVILES ESPAÑA, S.A. A80355019 2008 / 451 04/02/2008 310 72 3 LSV 13. MADRID MUÑOZ GOMEZ, SONIA 02546044J 2007 / 19799 08/11/2007 320 50 RGC 14. MADRID PEREZ SEOANE ESCUDERO, LETICIA 00413160B 2008 / 39861 18/06/2008 96 94 2 A RGC 15. MADRID RIVERA GALEANO, WILLIAM X5353011Z 2008 / 33984 03/09/2008 60 94 2 E RGC 16. MADRID RUIZ LORENTE, IVAN 02646832S 2008 / 35740 06/06/2008 120 91 2 RGC 17. MADRID SANGUINO SAN ROMAN, MARIA ELENA 02548682Y 2008 / 37893 10/06/2008 120 91 2 L RGC 18. MADRID SAUCO LOPEZ DE SANCHO, CARLOS 51104943R 2008 / 17599 21/04/2008 140 50 RGC 19. MADRID SECUOYAS NETWORK BUSINESS SOLUTI B83140418 2008 / 282 15/01/2008 310 72 3 LSV 20. MADRID SECUOYAS NETWORK BUSINESS SOLUTI B83140418 2008 / 448 04/02/2008 310 72 3 LSV 21. ROZAS DE MADRID (LAS) CORDERO GONZALEZ JAVIER 52999366Y 2008 / 39778 16/06/2008 96 91 2 M RGC 22. SAN FERNANDO DE HENARES RAYO CARUSO, SILVIA A 50318082Q 2007 / 21698 16/11/2007 320 50 RGC 23. TORRELODONES MILLAN ASTRAY ROMERO, M VICTORIA 50302432Y 2008 / 39780 16/06/2008 150 79 1 RGC 24. VILLALBILLA SHEITEL TELECOMUNICACIONES, S.L. B84168400 2008 / 15161 16/05/2008 310 72 3 LSV

(1) Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la nueva redacción otorgada por laLey 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero de 1999).

(2) Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.(3) Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de julio de 1998).

Alcobendas, a 28 de noviembre de 2008.—El concejal-delegado de Tráfico, Alberto Manuel Hervias Aguilar.(02/16.439/08)

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), yhabiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Formulada denuncia contra los conductores de los vehículos cuyos titulares figuran a continuación, por la infracción de norma detráfico vial que igualmente se indica con expresión de la clave y el importe de la multa fijada para la misma (artículos 7 y 68 del Real Decreto

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Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, “Boletín Oficial del Estado” de 14de marzo de 1990), se ha formulado por el instructor de los expedientes propuesta de resolución, toda vez que en el procedimiento instruidopara cada uno de los citados expedientes se han tenido en cuenta otros hechos y pruebas además de los alegados por los interesados.

A tal efecto, los interesados podrán actuar del siguiente modo:Alegaciones: de acuerdo con el artículo 79 del Real Decreto 339/1990, durante los quince días hábiles siguientes al recibo de la

presente notificación, podrán formular escrito de alegaciones dirigido al alcalde, presentado o remitido al Registro General de este Ayun-tamiento, con indicación del número de expediente y matrícula, alegando cuanto convenga a su derecho y aportando y proponiendo laspruebas que estimen convenientes.

Protección de datos de carácter personal: en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos(Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre de 1999), se pone en su conocimiento que los datosrecogidos serán tratados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias sancionadoras. El inte-resado podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en lacitada Ley.

Conformidad con la propuesta de resolución: de hallarse conforme con la denuncia, podrán abonar el importe de la sanción con re-ducción del 30 por 100, si lo realiza en los treinta días naturales siguientes a la fecha de esta notificación (artículo 67.1 del Real DecretoLegislativo 339/1990) en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras: “Caja Madrid”, “Banco Santander Central Hispa-no” (BSCH), “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA), “La Caixa”, “Caja de Cataluña”, “Barclays Bank”, “Ibercaja” y “Cajamar”, obien por giro postal especificando con claridad el número de expediente y matrícula; en este caso, el documento justificativo del pago es-tará a su disposición en la Tesorería Municipal durante el plazo de un mes. El pago implica la terminación del procedimiento.

MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO 1. ALCOBENDAS BAUMANN DE METZ MAC LEOD, EUGENI 33533751G 2008 / 4323 28/02/2008 224 50 RGC 2. ALCOBENDAS CARMONA RAMIREZ, PALOMA 51398763L 2007 / 14616 01/10/2007 224 50 RGC 3. ALCOBENDAS DE LA HORRA RODRIGUEZ, DANIEL 53407509Z 2008 / 3544 30/01/2008 266 50 RGC 4. ALCOBENDAS GESVANAUTO CENTRO, S.A. A81559296 2008 / 10106 31/03/2008 280 72 3 LSV 5. ALCOBENDAS GRUESO LINARES, ANDRES 53410604G 2007 / 13928 13/09/2007 224 50 RGC 6. ALCOBENDAS NOVILLO DIAZ MAROTO, GREGORIO 01371935P 2008 / 10028 08/03/2008 217 72 3 LSV 7. ALCOBENDAS RIVERA MARTINEZ, LUIS JAVIER 53500249H 2008 / 3951 21/01/2008 224 50 RGC 8. ALCOBENDAS SAN MARTIN DE ARTINANO, AURORA 10734753D 2008 / 3332 04/02/2008 224 50 RGC 9. ALCOBENDAS SANDOVAL BAYONA, HENRY FRANKY X4954923X 2008 / 9951 05/03/2008 224 50 RGC 10. MADRID GE TRES INSTALADORES Y PAVIMENTO B81088163 2008 / 15165 16/05/2008 280 72 3 LSV 11. MEJORADA DEL CAMPO VASQUEZ SALDAÑA, JOSE ANTONIO X7669104F 2008 / 17452 15/01/2008 315 3 1 RGC 12. SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES VEGA CASTILLO, ISIS 53500405J 2007 / 14606 01/10/2007 224 50 RGC 13. TORREJÓN DE ARDOZ GARCIA GOMEZ, ALVARO 53441901K 2008 / 33814 28/09/2008 252 20 1 RGC 14. VALDEOLMOS HERNANDEZ SANTILLAN GONZALO X6724528H 2006 / 14846 27/09/2006 378 20 1 RGC 15. VILLAVICIOSA DE ODÓN GONZALEZ BARROSO, FRANCISCO 08934026K 2008 / 20647 22/03/2008 434 72 3 LSV

Alcobendas, a 10 de diciembre de 2008.—El concejal-delegado de Tráfico, Alberto Manuel Hervias Aguilar.(02/16.415/08)

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), yhabiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Formulada denuncia contra los conductores de los vehículos cuyos titulares figuran a continuación, por la infracción de norma detráfico vial que igualmente se indica con expresión de la clave y el importe de la multa fijada para la misma (artículos 7 y 68 del Real DecretoLegislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, “Boletín Oficial del Estado” de 14de marzo de 1990), el señor concejal-delegado de Tráfico ha ordenado la incoación de los correspondientes expedientes sancionadores, cuyainstrucción y subsiguiente propuesta de resolución está encomendada al Departamento de Tráfico. Si el responsable de la infracción no fuesela persona relacionada, por no ser titular o conductor del vehículo, o se trate de persona jurídica, deberá comunicar a este Ayuntamiento laidentidad del conductor responsable, so pena de ser sancionado como autor de falta muy grave.

De acuerdo con el artículo 12.1 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ProcedimientoSancionador en Materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de abrilde 1994), podrán los interesados proceder del siguiente modo:

Alegaciones: de acuerdo con el artículo 79 del Real Decreto 339/1990, durante los quince días hábiles siguientes al recibo de lapresente notificación, podrá formular escrito de alegaciones dirigido al señor alcalde, presentado o remitido al Registro General de esteAyuntamiento, con indicación del número de expediente y matrícula, alegando cuanto convenga a su derecho y aportando y proponiendolas pruebas que estime convenientes. De no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la denuncia se considerará propuesta de resoluciónde acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de agosto).

Protección de datos de carácter personal: en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos(Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre de 1999), se pone en su conocimiento que los datosrecogidos serán tratados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias sancionadoras. El inte-resado podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en lacitada Ley.

Conformidad con la denuncia: de hallarse conforme con la denuncia, podrá abonar el importe de la sanción con reducción del 30por 100, si lo realiza en los treinta días naturales siguientes a la fecha de esta notificación (artículo 67.1 del Real Decreto Legislati-vo 339/1990), en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras: “Caja Madrid”, “Banco Santander Central Hispano”(BSCH), “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA), “La Caixa”, “Caja de Cataluña”, “Barclays Bank”, “Ibercaja” y “Cajamar”, o bienpor giro postal especificando con claridad el número de expediente y matrícula; en este caso, el documento justificativo del pago estará asu disposición en la Tesorería Municipal durante el plazo de un mes. El pago implica la terminación del procedimiento.

Page 9: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL · ción y organigrama operativo para la ejecución de las obras, con referencia expresa al proceso de ejecución, detalle de las actividades teniendo en

VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 69

MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO 1. ALCALÁ DE HENARES LOPEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR 08984338D 2008 / 29511 21/08/2008 140 50 RGC 2. ALCALÁ DE HENARES LOPEZ SANCHEZ, MARIA DEL PILAR 08984338D 2008 / 29871 27/08/2008 140 50 RGC 3. ALCALÁ DE HENARES SEVILLA FRESNEDA SUSANA 09016549C 2008 / 37879 09/06/2008 84 91 2 M RGC 4. ALCOBENDAS TORRES PADILLA, JUAN CARLOS X3648235K 2008 / 29352 22/08/2008 140 50 RGC 5. ALCOBENDAS NEIRA PAEZ, JORGE 02215827F 2008 / 29423 25/08/2008 140 50 RGC 6. ALCOBENDAS TORRES PADILLA, JUAN CARLOS X3648235K 2008 / 30327 02/09/2008 140 50 RGC 7. ALCOBENDAS TORRES PADILLA, JUAN CARLOS X3648235K 2008 / 30412 03/09/2008 140 50 RGC 8. ALCOBENDAS NSUE OREJON, LARA 53010553S 2008 / 33130 21/09/2008 140 50 RGC 9. ALCOBENDAS GONZALEZ NOMBELA, ANTOLIN 00554610B 2008 / 33348 20/09/2008 224 50 RGC 10. ALCOBENDAS GARCIA MORA, JOSE VICENTE 50805750S 2008 / 33357 20/09/2008 140 50 RGC 11. ALCOBENDAS AMADOR PROUS, LUIS 50296953R 2008 / 33380 23/09/2008 140 50 RGC 12. ALCOBENDAS KEFERMA INSTALACIONES Y SERVICIO B84250653 2008 / 33711 03/10/2008 98 50 RGC 13. ALCOBENDAS CRESPO RIVERA, JOSE LUIS 02826368J 2008 / 33899 06/08/2008 42 94 2 E RGC 14. ALCOBENDAS COBO GALLEGO, CLAUDIA VIVIANA X3801768Y 2008 / 33902 08/08/2008 42 94 2 E RGC 15. ALCOBENDAS CASILLAS MARTIN, FLORENCIO 51335263E 2008 / 33903 08/08/2008 42 94 2 G RGC 16. ALCOBENDAS CORONADO PIERAS, JULIO 51674817G 2008 / 33915 19/08/2008 42 171 RGC 17. ALCOBENDAS REFORMAS Y OBRAS MOREIN, S.L. B84319268 2008 / 33918 19/08/2008 42 94 2 E RGC 18. ALCOBENDAS PANUNCIO DE CORES, ALEJANDRO X7738301C 2008 / 33935 27/08/2008 42 171 RGC 19. ALCOBENDAS PEROTE MENDIZABAL, ANA MARIA 16263079D 2008 / 33949 29/08/2008 42 94 2 E RGC 20. ALCOBENDAS HEREDIA ANDINO, LUIS LEONIDAS X6573076K 2008 / 33953 29/08/2008 63 154 RGC 21. ALCOBENDAS PASCUAL VILLAR, ELENA 70051797F 2008 / 33956 30/08/2008 33,6 94 2 C RGC 22. ALCOBENDAS RODRIGUEZ BALUE, OSCAR 07503446H 2008 / 35778 29/09/2008 63 154 RGC 23. ALCORCON PEDRAZA VELASCO, IGNACIO 07520626V 2008 / 37808 04/06/2008 67,2 94 2 A RGC 24. ALGETE VICENTE MARINA, ALBERTO DE 02631191Z 2008 / 37813 04/06/2008 84 91 2 RGC 25. ALGETE NOVO FERNANDEZ, GEMA 05434041S 2008 / 39698 12/06/2008 67,2 91 2 G RGC 26. BOADILLA DEL MONTE MALLO ALVAREZ, OSCAR 02625289T 2008 / 32967 20/09/2008 140 50 RGC 27. BOADILLA DEL MONTE ARAGON LOPEZ MARIA MERCEDES 52363722J 2008 / 35802 02/06/2008 84 91 2 B RGC 28. BOADILLA DEL MONTE LARA RODRIGUEZ ANTONIO 26376551J 2008 / 37874 08/06/2008 92,4 91 2 M RGC 29. BOADILLA DEL MONTE REFLEX FURGONETAS DE ALQUILER, S A84406461 2008 / 39670 12/06/2008 84 91 2 C RGC 30. COLMENAR VIEJO PEÑA PEREZ CARLOS MIGUEL 70080109Y 2008 / 35581 21/09/2008 42 94 2 E RGC 31. COLMENAR VIEJO ASTRA EXCAVACIONES, S.L. B83338053 2008 / 39766 16/06/2008 67,2 94 2 A RGC 32. COSLADA CASTAÑO VAZQUEZ JUAN JOSE 07516131F 2008 / 37836 06/06/2008 84 91 2 RGC 33. DAGANZO DE ARRIBA AGUILAR MUÑOZ, FRANCISCO JOSE 51660694A 2008 / 35500 12/09/2008 63 154 RGC 34. FUENTE EL SAZ DE JARAMA GONZALEZ MADRID ROSA 07473410C 2008 / 39889 17/06/2008 84 91 2 M RGC 35. GETAFE TOAPANTA YANCHA EUCLIDES GONZALO X3163906A 2008 / 33911 15/08/2008 63 154 RGC 36. GETAFE FELIX CORONADO ANGELA 50851547L 2008 / 37800 04/06/2008 67,2 91 2 M RGC 37. HUMANES DE MADRID MARTINEZ GARCIA MIGUEL ANGEL 50823888Y 2008 / 35796 02/06/2008 84 91 2 L RGC 38. MADRID BERTOMEU MURIA, DAVID 02652754A 2008 / 24068 24/04/2008 67,2 91 2 M RGC 39. MADRID VICENTER HERRANZ, MARIO 51946675W 2008 / 29079 20/08/2008 140 50 RGC 40. MADRID CADAVID CADAVID, JORGE ELIECER 50244563M 2008 / 32269 12/09/2008 140 50 RGC 41. MADRID SANCHEZ MORENO, FRANCISCO 51898246B 2008 / 33885 02/08/2008 42 94 2 E RGC 42. MADRID YANGUAS GOMEZ DE LA SERNA, LUIS 02657617J 2008 / 34134 14/10/2008 224 50 RGC 43. MADRID SANZ GONZALEZ MARIANO 50820606J 2008 / 35441 09/09/2008 42 94 2 G RGC 44. MADRID LOPEZ ABAD GUADALUPE 01108555R 2008 / 35455 10/09/2008 63 94 2 A RGC 45. MADRID HORTELANO VAZQUEZ MA CARMEN 02906651A 2008 / 35675 30/09/2008 33,6 94 2 F RGC 46. MADRID HORTELANO VAZQUEZ MA CARMEN 02906651A 2008 / 35679 30/09/2008 42 94 2 A RGC 47. MADRID DE BURGOS LOPEZ MA BEGOÑA 24767980Q 2008 / 35701 30/09/2008 63 154 RGC 48. MADRID FEITAL GARCIA, MARIA DEL MAR 50103230F 2008 / 35714 02/06/2008 84 91 2 L RGC 49. MADRID ROMERO GALVACHE MARIA IGNACIA 50824705H 2008 / 35720 02/06/2008 84 91 2 L RGC 50. MADRID BLANCH MANZANO, JORGE 07236101W 2008 / 35792 13/10/2008 63 94 2 A RGC 51. MADRID GONZALEZ MENDEZ, JOSE 50282561F 2008 / 35801 02/06/2008 84 91 2 B RGC 52. MADRID MARCOS POZA, MARIA ANGELES DE 02628869S 2008 / 35820 03/06/2008 84 91 2 L RGC 53. MADRID TOSANDE, S.L. B81421653 2008 / 35829 03/06/2008 92,4 91 2 M RGC 54. MADRID MARTIN PRIETO, FRANCISCO JAVIER 50434892D 2008 / 36405 03/06/2008 67,2 91 2 M RGC 55. MADRID MACAHADO PEREZ LUIS ARMENIO 02552406G 2008 / 36410 04/06/2008 67,2 91 2 M RGC 56. MADRID MENDIETA CAMIÑA, MARIA ISABEL 16025927X 2008 / 36625 15/10/2008 140 50 RGC 57. MADRID RACERO GARCIA MARIA ESTHER 02260019Q 2008 / 37819 05/06/2008 67,2 91 2 M RGC 58. MADRID LOSA GARCIA JOSE ANTONIO 02836905Q 2008 / 37823 05/06/2008 92,4 91 2 M RGC 59. MADRID HEADLAND INVESTMENSTS SL B84756196 2008 / 37838 06/06/2008 84 91 2 M RGC 60. MADRID GARCIA TALAVERANO ENRIQUE M 50098196X 2008 / 37843 06/06/2008 67,2 94 2 A RGC 61. MADRID SHERBAF AFSHIN X0934398T 2008 / 37852 06/06/2008 67,2 58 1 RGC 62. MADRID LGP RECUPERAC Y GESTIONES DE INS B84825678 2008 / 37860 27/10/2008 217 72 3 LSV 63. MADRID EDITODO LOCALPRESS, S.L. B83550228 2008 / 37878 09/06/2008 67,2 91 2 M RGC 64. MADRID ANTEPROYECTOS Y ESTUDIOS CTNES S B82865031 2008 / 37886 09/06/2008 105 18 2 2 RGC 65. MADRID DE LAS HERAS SANZ EL CLAVO SL B81394819 2008 / 37887 09/06/2008 84 91 2 L RGC 66. MADRID CORREDERA LANZAS, EVA 53007163Y 2008 / 37890 09/06/2008 84 91 2 RGC 67. MADRID MEJUTO VAZQUEZ MARIA DEL CARMEN 32423356A 2008 / 37894 10/06/2008 84 91 2 L RGC 68. MADRID CAMUÑAS CASTILLO JOSE LUIS 50174422Z 2008 / 37918 10/06/2008 84 91 2 E RGC 69. MADRID TOMBRUJAC TRES, S.L. B82788464 2008 / 37941 11/06/2008 67,2 91 2 M RGC 70. MADRID CQ SPORTS AVENTURA 2002 SL B83396879 2008 / 37948 10/06/2008 67,2 91 2 M RGC 71. MADRID MARTIN GARCIA BEATRIZ 50871976R 2008 / 37952 11/06/2008 84 91 2 L RGC 72. MADRID ZOIDANA S.L. B81783417 2008 / 37953 11/06/2008 84 91 2 M RGC 73. MADRID ARRABAL YUBERO, Mª SOLEDAD 02069719H 2008 / 37955 13/06/2008 217 72 3 LSV 74. MADRID RIBEIRO DUARTE SEIJAS, JOSE FCO. 05386160C 2008 / 38058 23/10/2008 140 50 RGC 75. MADRID PEREZ GARCIA MARIA VICTORIA 11788076R 2008 / 39737 13/06/2008 67,2 91 2 M RGC 76. MADRID SANTIAGO CASTILLEJO JAVIER 52115558L 2008 / 39738 13/06/2008 67,2 91 2 M RGC 77. MADRID KUZMANOV DIMITAR, STOYANOV X6634669C 2008 / 39755 15/06/2008 67,2 91 2 M RGC 78. MADRID ROSALES GALIÑANES, SERGIO WALTER 47283955A 2008 / 39759 15/06/2008 84 91 2 M RGC 79. MADRID SAIZ SANTO TOMAS, ANTONIO 02636024V 2008 / 39774 16/06/2008 67,2 91 2 M RGC 80. MADRID XWZ CONCECON SLU B83085282 2008 / 39798 16/06/2008 67,2 91 2 G RGC 81. MADRID GARCIA GARCIA COVADONGA 51101144C 2008 / 39802 16/06/2008 67,2 91 2 M RGC 82. MADRID SOLUCIONES EN CONSTRUCCION, S.L. B78315553 2008 / 39803 16/06/2008 67,2 91 2 G RGC 83. MADRID MUÑOZ JIMENEZ FELIX 06512004Z 2008 / 39820 17/06/2008 84 91 2 E RGC 84. MADRID RAMIREZ CUESTA JAVIER 02631424V 2008 / 39899 18/06/2008 67,2 91 2 M RGC 85. MADRID FIRE STOP S A A28079184 2008 / 39926 19/06/2008 84 91 2 E RGC 86. MADRID GAVREA NICOLAE X5044248A 2008 / 39930 19/06/2008 84 91 2 C RGC 87. MADRID LOPEZ GARCIA CARLOS 50808763S 2008 / 39935 19/06/2008 67,2 94 2 A RGC 88. MADRID ESTRUCTURAS Y FERRALLAS COSTA DE B84457696 2008 / 39936 19/06/2008 67,2 94 2 A RGC 89. MADRID LOPEZ CORRALES SILVIA 80066671Z 2008 / 39945 20/06/2008 84 91 2 E RGC 90. MADRID LOPEZ ASENSIO, MA AUREA 51314597X 2008 / 39947 20/06/2008 84 91 2 L RGC 91. MADRID ALVAREZ MANENDEZ, JOSE MANUEL 52591488X 2008 / 40346 11/09/2008 140 50 RGC 92. MADRID FLORES VACA HECTOR ADOLFO X3903356A 2008 / 40349 21/06/2008 84 91 2 L RGC 93. MADRID ANFELUZ SL B79432597 2008 / 40354 21/06/2008 84 91 2 L RGC 94. MADRID SUAREZ JORGE MARIA CONCEPCION 51313429S 2008 / 40366 23/06/2008 84 91 2 B RGC 95. MADRID MARTIN DELGADO JOSE ANTONIO 02204859X 2008 / 40380 23/06/2008 67,2 91 2 M RGC 96. MADRID ORIOL SPINOLA CARMEN 50320727Q 2008 / 40386 23/06/2008 84 91 2 B RGC 97. MADRID DORIART, S.L. B81221012 2008 / 40551 14/09/2008 140 50 RGC 98. MADRID REVILLA Y VILLETA, S.L. B81151672 2008 / 40644 13/09/2008 140 50 RGC 99. MADRID ARXE CONSULTORES, S.L. B80732365 2008 / 40711 13/09/2008 140 50 RGC 100. MIRAFLORES DE LA SIERRA BERROCOSA REINA NARCISO 51417822B 2008 / 35815 03/09/2008 67,2 91 2 M RGC 101. MOLAR (EL) PARRA ALONSO INMACULADA CONCEPC 53404106S 2008 / 37795 04/09/2008 84 91 2 RGC 102. MÓSTOLES GUTIERREZ GARCIA ALBERTO MARIANO 08949874E 2008 / 35817 03/06/2008 84 129 2 G RGC 103. MÓSTOLES FLAMINI VAZQUEZ, JOSE LUIS 07529217Y 2008 / 37974 26/10/2008 140 50 RGC 104. PARACUELLOS DE JARAMA SANCHEZ DE LA MORENA, ELENA 53439177B 2008 / 35629 26/09/2008 63 154 RGC 105. PARLA PAREDES VELEZ JOSE ANTONIO 52100109A 2008 / 35824 03/06/2008 67,2 94 2 A RGC

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 70 B.O.C.M. Núm. 307

MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO ,106. PEDREZUELA SORIANO HERRERA MA DOLORES 02848524C 2008 / 35779 30/09/2008 63 154 RGC 107. PEDREZUELA SORIANO HERRERA MA DOLORES 02848524C 2008 / 39657 11/06/2008 67,2 94 2 A RGC 108. RIVAS-VACIAMADRID GREGORIO CORNEJO, FRANCISCO JAVI 50810613W 2008 / 37837 06/06/2008 92,4 91 2 RGC 109. RIVAS-VACIAMADRID HERNANDO BENITO ENRIQUE 00279163N 2008 / 37880 09/06/2008 84 91 2 E RGC 110. ROZAS DE MADRID (LAS) MENDIZABAL DELGADO CARLOS 50850822F 2008 / 37828 05/06/2008 84 91 2 L RGC 111. ROZAS DE MADRID (LAS) LUCENA CARRERA JOSE LUIS 05237459Z 2008 / 37839 06/06/2008 84 91 2 C RGC 112. ROZAS DE MADRID (LAS) GIMENEZ SAUMELL CARLOS ALBERTO 14301354T 2008 / 39708 13/06/2008 67,2 94 2 A RGC 113. SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES AREVLO EXPOSITO, JESUS 53004799B 2008 / 33059 19/09/2008 140 50 RGC 114. SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX RUIZ MARTINEZ ALBA 53495968S 2008 / 34185 08/10/2008 224 50 RGC 115. TORREJÓN DE ARDOZ GARCIA OLMEDO, JUAN RAMON 51667150L 2008 / 35465 10/09/2008 63 94 2 A RGC 116. TRES CANTOS AVELLANEDA GASCA VICENTE 07494372Y 2008 / 37884 09/06/2008 67,2 94 2 A RGC 117. TRES CANTOS MARTIN MOYANO, SERGIO 46841340T 2008 / 40394 24/06/2008 67,2 91 2 C RGC 118. VELLÓN (EL) MARTINEZ MUÑOZ RAUL 51369607G 2008 / 37833 29/09/2008 42 94 2 G RGC 119. VILLANUEVA DEL PARDILLO ALVAREZ FUENTES ALFONSO X7130439W 2008 / 36406 03/06/2008 67,2 91 2 M RGC

Alcobendas, a 24 de noviembre de 2008.—El concejal-delegado de Tráfico, Alberto Manuel Hervias Aguilar.(02/16.442/08)

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), yhabiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Formulada denuncia contra los conductores de los vehículos cuyos titulares figuran a continuación, por la infracción de norma detráfico vial que igualmente se indica con expresión de la clave y el importe de la multa fijada para la misma (artículos 7 y 68 del Real DecretoLegislativo 339/1990, de 2 de marzo, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, “Boletín Oficial del Estado” de 14de marzo de 1990), el señor concejal-delegado de Tráfico ha ordenado la incoación de los correspondientes expedientes sancionadores, cuyainstrucción y subsiguiente propuesta de resolución está encomendada al Departamento de Tráfico. Si el responsable de la infracción no fuesela persona relacionada, por no ser titular o conductor del vehículo, o se trate de persona jurídica, deberá comunicar a este Ayuntamiento laidentidad del conductor responsable, so pena de ser sancionado como autor de falta muy grave.

De acuerdo con el artículo 12.1 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ProcedimientoSancionador en Materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de abrilde 1994), podrán los interesados proceder del siguiente modo:

Alegaciones: de acuerdo con el artículo 79 del Real Decreto 339/1990, durante los quince días hábiles siguientes al recibo de lapresente notificación, podrá formular escrito de alegaciones dirigido al señor alcalde, presentado o remitido al Registro General de esteAyuntamiento, con indicación del número de expediente y matrícula, alegando cuanto convenga a su derecho y aportando y proponiendolas pruebas que estime convenientes. De no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la denuncia se considerará propuesta de resoluciónde acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de agosto).

Protección de datos de carácter personal: en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos(Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre de 1999), se pone en su conocimiento que los datosrecogidos serán tratados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias sancionadoras. El inte-resado podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en lacitada Ley.

Conformidad con la denuncia: de hallarse conforme con la denuncia, podrá abonar el importe de la sanción con reducción del 30por 100, si lo realiza en los treinta días naturales siguientes a la fecha de esta notificación (artículo 67.1 del Real Decreto Legislati-vo 339/1990), en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras: “Caja Madrid”, “Banco Santander Central Hispano”(BSCH), “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” (BBVA), “La Caixa”, “Caja de Cataluña”, “Barclays Bank”, “Ibercaja” y “Cajamar”, o bienpor giro postal especificando con claridad el número de expediente y matrícula; en este caso, el documento justificativo del pago estará asu disposición en la Tesorería Municipal durante el plazo de un mes. El pago implica la terminación del procedimiento.

MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO 1. ALCOBENDAS CACERES ESPINOSA, CARLOS 07497786Q 2008 / 27464 16/07/2008 42 6 1 B ORA 2. ALCOBENDAS MAESO CABA, FRANCISCO MIGUEL 07473125B 2008 / 30834 05/08/2008 63 6 1 A ORA 3. ALCOBENDAS MAYO LEGAZPE, JAIME 07502645E 2008 / 30807 07/08/2008 63 6 1 A ORA 4. ALCOBENDAS MIS NIÑAS 2006 S L , B84822576 2008 / 37045 20/09/2008 42 6 1 C ORA 5. ALCOBENDAS PEREZ MORALES, ANGEL 07499299B 2008 / 27686 14/07/2008 42 6 1 B ORA 6. ALCOBENDAS PEREZ MORALES, JESUS 07499300N 2008 / 22033 13/06/2008 42 6 1 B ORA 7. ALCOBENDAS RUIZ ASO, JORGE 11818160R 2008 / 27229 17/07/2008 42 6 1 B ORA 8. ALCOBENDAS VIRTEA LAZAR, IULIAN X6705964S 2008 / 36341 13/09/2008 33,6 94 2 C RGC 9. ALCOBENDAS VIRTEA LAZAR, IULIAN X6705964S 2008 / 37185 20/09/2008 42 6 1 C ORA 10. ALCORCON PEDRAZA VELASCO, IGNACIO 07520626V 2008 / 37555 20/09/2008 63 6 1 A ORA 11. ALCORCON VAZQUEZ GARCIA, MARIA DEL MAR 50160161J 2008 / 39232 07/10/2008 33,6 94 2 C RGC 12. ALGETE GOMEZ ROMAN, MARIA DOLORES 52780718L 2008 / 39081 04/10/2008 33,6 94 2 C RGC 13. ALGETE VILLACAÑAS RODRIGUEZ, LUZDIVINA 11797685L 2008 / 36378 15/09/2008 33,6 94 2 C RGC 14. ALGETE VILLASANTE DEL REY, MANUEL 02880437D 2008 / 39498 16/10/2008 42 6 1 B ORA 15. CABANILLAS DE LA SIERRA GARCIA GAMO, AURELIO 01178956E 2008 / 37364 22/09/2008 63 6 1 A ORA 16. COLMENAR VIEJO PEÑA PEREZ CARLOS MIGUEL 70080109Y 2008 / 35888 19/09/2008 63 6 1 A ORA 17. COLMENAR VIEJO PEÑA PEREZ CARLOS MIGUEL 70080109Y 2008 / 38819 27/09/2008 63 6 1 A ORA 18. COLMENAR VIEJO PEÑA PEREZ CARLOS MIGUEL 70080109Y 2008 / 38828 27/09/2008 63 6 1 A ORA 19. COSLADA SERBAUDI, S.L. B82009986 2008 / 35494 15/10/2008 310 72 3 LSV 20. DAGANZO DE ARRIBA LEVESQUE , STEPHANE ROBERT X1338956B 2008 / 26576 10/07/2008 42 6 1 B ORA 21. GALAPAGAR TRES CEDROS, SL B81408627 2008 / 35474 15/10/2008 310 72 3 LSV 22. GETAFE CASTAÑO PAYO, LUIS MARIANO 02256020L 2008 / 34883 04/09/2008 42 6 1 C ORA 23. GETAFE GONZALEZ DE ALEJA TORRES,ANDRES 40248439A 2008 / 38638 03/10/2008 63 6 1 A ORA 24. LEGANES MARMOLES J BUEDO Y ASOCIADOS, SL B81914269 2008 / 35490 15/10/2008 310 72 3 LSV 25. MADRID AFTER INFORMATICA, S.L. B81362683 2008 / 39603 14/10/2008 42 6 1 B ORA 26. MADRID AMARILLA DOMINGUEZ, JUAN 06888054Z 2008 / 38276 02/10/2008 42 6 1 B ORA 27. MADRID AMARILLA DOMINGUEZ, JUAN 06888054Z 2008 / 38295 03/10/2008 42 6 1 B ORA 28. MADRID AMARILLA DOMINGUEZ, JUAN 06888054Z 2008 / 38483 29/09/2008 42 6 1 B ORA 29. MADRID AMARILLA DOMINGUEZ, JUAN 06888054Z 2008 / 38506 30/09/2008 42 6 1 B ORA 30. MADRID AMARILLA DOMINGUEZ, JUAN 06888054Z 2008 / 38952 09/10/2008 42 6 1 B ORA 31. MADRID AMARILLA DOMINGUEZ, JUAN 06888054Z 2008 / 39106 10/10/2008 42 6 1 B ORA 32. MADRID AMARILLA DOMINGUEZ, JUAN 06888054Z 2008 / 39463 17/10/2008 42 6 1 B ORA 33. MADRID ARISPE BERNA, FELIPE 50689453Y 2008 / 39108 10/10/2008 42 6 1 B ORA

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 71

MUNICIPIO SANCIONADO D.N.I. EXPTE. FECHA IMPORTE (€) ART. PRECEPTO 34. MADRID AUTOMOVILES LA ELIPA, S.L. B83808451 2008 / 27079 12/07/2008 33,6 94 2 F RGC 35. MADRID BALLESTEROS FORTEA, JOSE ANDRES 51665963M 2008 / 31498 13/08/2008 42 94 2 G RGC 36. MADRID BJERKAAS, ROY X2108533P 2008 / 38564 30/09/2008 63 6 1 A ORA 37. MADRID BLANCO JIMENEZ, JUAN IGNACIO 00812192Q 2008 / 40079 23/10/2008 42 6 1 B ORA 38. MADRID BLASCO MARTIN, JUAN 02869669M 2008 / 34641 04/09/2008 33,6 94 2 C RGC 39. MADRID CALABUIG MARTINEZ, MARIA JESUS 15228218X 2008 / 39597 14/10/2008 63 6 1 A ORA 40. MADRID CAÑETE DE DIEGO, MARIA JULIA 51359864J 2008 / 38916 07/10/2008 42 94 2 G RGC 41. MADRID CLICK DIEZ, S.L. B81838674 2008 / 37491 25/09/2008 63 6 1 A ORA 42. MADRID DESARROLLO INTEGRAL SISTEMAS MED B83289553 2008 / 35510 15/10/2008 310 72 3 LSV 43. MADRID ESMERALDA GRAO, S.L. B83939801 2008 / 38132 30/09/2008 63 6 1 A ORA 44. MADRID ESPINAR LAFUENTE, FRANCISCO 50534027Z 2008 / 39514 17/10/2008 63 6 1 A ORA 45. MADRID FERNANDEZ DE COS, VICTOR JOAQUIN 01802013D 2008 / 35223 10/09/2008 63 6 1 A ORA 46. MADRID FORTEA GONZALEZ, MARIA LUZ 50742158H 2008 / 37089 24/09/2008 63 6 1 A ORA 47. MADRID GARCIA MAEJO, JOSE MIGUEL 50839940G 2008 / 28567 28/07/2008 63 6 1 A ORA 48. MADRID GONZALEZ FERRERO, MARTA 50217693E 2008 / 38466 27/09/2008 63 6 1 A ORA 49. MADRID GRUPO ASTUNOSA PASILLO VERDE, SL B84071943 2008 / 28366 01/08/2008 63 6 1 A ORA 50. MADRID GUTIERREZ LOPEZ, JOSE 51993541V 2008 / 37190 24/09/2008 33,6 94 2 C RGC 51. MADRID GUTIERREZ LOPEZ, JOSE 51993541V 2008 / 37770 23/09/2008 63 6 1 A ORA 52. MADRID GUTIERREZ LOPEZ, JOSE 51993541V 2008 / 39500 16/10/2008 33,6 94 2 C RGC 53. MADRID HERRAN RUBIO, JAVIER 51378606X 2008 / 38589 30/09/2008 63 6 1 A ORA 54. MADRID HERRAN RUBIO, JAVIER 51378606X 2008 / 40073 22/10/2008 63 6 1 A ORA 55. MADRID HERRAN RUBIO, JAVIER 51378606X 2008 / 40083 23/10/2008 63 6 1 A ORA 56. MADRID INROCA, S.L. B79864732 2008 / 35515 15/10/2008 310 72 3 LSV 57. MADRID KEY ACCOUNT,SL B81792335 2008 / 35481 15/10/2008 310 72 3 LSV 58. MADRID LAR AND FYSER, S.L. B80822406 2008 / 40047 21/10/2008 63 6 1 A ORA 59. MADRID LAR AND FYSER, S.L. B80822406 2008 / 40127 22/10/2008 63 6 1 A ORA 60. MADRID LULU LUPU, IULIAN X3791747J 2008 / 38246 01/10/2008 42 6 1 B ORA 61. MADRID LUQUE GARCIA, MANUEL 50283014T 2008 / 34786 02/09/2008 63 6 1 A ORA 62. MADRID MARQUEZ ROCHA, JESUS 50742349W 2008 / 35067 09/09/2008 33,6 94 2 C RGC 63. MADRID MARTIN GONZALEZ, VICTORIA MARIA 51103380W 2008 / 35314 11/09/2008 42 6 1 B ORA 64. MADRID MARTINEZ ALARCON, ANGEL 04530929K 2008 / 34706 04/09/2008 33,6 94 2 C RGC 65. MADRID MENGOTTI LOPEZ, MARTA MARIA T. 05396485H 2008 / 36023 17/09/2008 63 6 1 A ORA 66. MADRID MORENO GARCIA, FELICIANO 51935959G 2008 / 36324 15/09/2008 63 6 1 A ORA 67. MADRID MORENO GARCIA, FELICIANO 51935959G 2008 / 37349 22/09/2008 63 6 1 A ORA 68. MADRID MORENO GARCIA, FELICIANO 51935959G 2008 / 38513 02/10/2008 63 6 1 A ORA 69. MADRID NAVIO CAMPOS, JUAN CARLOS 52110632S 2008 / 31114 06/08/2008 63 6 1 A ORA 70. MADRID ORDOÑEZ VENTAS ALIPIO 01072563G 2008 / 36399 16/09/2008 33,6 94 2 C RGC 71. MADRID ORQUESTA TIERRA SL B83587824 2008 / 34707 04/09/2008 33,6 94 2 C RGC 72. MADRID PALACIO GARCIA NIETO, MARGARITA 01498401C 2008 / 36957 23/09/2008 42 94 2 G RGC 73. MADRID PARADELA PORTILLO, RAQUEL 51947491J 2008 / 39606 14/10/2008 42 6 1 B ORA 74. MADRID PRIETO VILLEGAS, MIGUEL 29699512A 2008 / 27155 15/07/2008 63 6 1 A ORA 75. MADRID PROHORCHE, S.L. B81051682 2008 / 40178 18/10/2008 33,6 94 2 C RGC 76. MADRID PROMOCIONES KITLAND SL B82171216 2008 / 35526 15/10/2008 310 72 3 LSV 77. MADRID RODRIGUEZ ARRANZ, M ROSARIO 50924647W 2008 / 37708 20/09/2008 33,6 94 2 C RGC 78. MADRID ROSALES GALIÑANES, SERGIO WALTER 47283955A 2008 / 34471 01/09/2008 63 6 1 A ORA 79. MADRID RUEDA CALDERON, SINFOROSO X4597199M 2008 / 31233 12/08/2008 33,6 94 2 C RGC 80. MADRID RUIZ LARRAMENDY, MARTA SUSANA 51068616Z 2008 / 36064 13/09/2008 63 6 1 A ORA 81. MADRID RUIZ MOROTE TRUEBA, FRANCISCO 50264904Z 2008 / 34523 30/08/2008 42 6 1 B ORA 82. MADRID SANCHEZ PORTILLO SANTOS, MIGUEL 70516546H 2008 / 38760 30/09/2008 63 6 1 A ORA 83. MADRID SANCHEZ RIPIO, RAFAEL 50824010J 2008 / 36765 24/09/2008 63 6 1 A ORA 84. MADRID SANCHEZ RIPIO, RAFAEL 50824010J 2008 / 38156 01/10/2008 63 6 1 A ORA 85. MADRID VAILANTI BERMANI, S.L. B81860751 2008 / 35524 15/10/2008 310 72 3 LSV 86. MADRID VOPELKA, DERRICK WALTER X0806832S 2008 / 34933 03/09/2008 33,6 94 2 C RGC 87. MADRID VOPELKA, DERRICK WALTER X0806832S 2008 / 36945 22/09/2008 33,6 94 2 C RGC 88. MADRID ZHU , ZEXIAO X2738676C 2008 / 35061 08/09/2008 42 6 1 B ORA 89. MAJADAHONDA LAFUENTE GARCIA MARIA DEL CARMEN 52473502Z 2008 / 35904 13/09/2008 63 6 1 A ORA 90. MAJADAHONDA USANO PARRILLA OTILIA 50925744H 2008 / 31207 11/08/2008 63 6 1 A ORA 91. MEJORADA DEL CAMPO CARMONA GÁMEZ, JUAN EMILIO 01830743N 2008 / 26973 07/07/2008 33,6 94 2 C RGC 92. MOLAR (EL) CENTRO ESP. DE EMPLEO EL MOLAR, B83912873 2008 / 39485 14/10/2008 63 6 1 A ORA 93. MÓSTOLES SIMON ZARATE, JESUS 08934294J 2008 / 38560 30/09/2008 63 6 1 A ORA 94. MÓSTOLES SIMON ZARATE, JESUS 08934294J 2008 / 39022 10/10/2008 63 6 1 A ORA 95. MÓSTOLES SIMON ZARATE, JESUS 08934294J 2008 / 39300 07/10/2008 33,6 94 2 C RGC 96. PARLA GUO XIUJU X2369852R 2008 / 38799 02/10/2008 63 6 1 A ORA 97. PARLA SANCHEZ GONZALEZ, ANTONIO 02485997L 2008 / 32578 29/08/2008 63 6 1 A ORA 98. PEDREZUELA SORIANO HERRERA MA DOLORES 02848524C 2008 / 39344 04/10/2008 63 6 1 A ORA 99. POZUELO DE ALARCÓN SILVEIRA HERNANDEZ, JAVIER 52366795G 2008 / 38235 29/09/2008 42 6 1 B ORA 100. ROZAS DE MADRID (LAS REY BALLESTEROS CARLOS MARIA 11806188N 2008 / 39020 10/10/2008 63 6 1 A ORA 101. SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX DENARDI DEBORA, PAOLA X3634701B 2008 / 35141 09/09/2008 63 6 1 A ORA 102. SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX VILLA IGLESIAS, MARIA JOSE 07468983D 2008 / 39215 06/10/2008 33,6 94 2 C RGC 103. SAN FERNANDO DE HENARES PEREZ ARAVENA, MANUEL FERNANDO 01484452D 2008 / 40055 20/10/2008 42 6 1 B ORA 104. SAN FERNANDO DE HENARES RADAMA REPRESENTACIONES, S.L. B82985904 2008 / 38349 01/10/2008 63 6 1 A ORA 105. TORRELODONES DIEZ MONTERO, MARTA 02884031S 2008 / 39029 10/10/2008 63 6 1 A ORA 106. TRES CANTOS BONSOMS ALVAREZ, ROMAN 05381455F 2008 / 38549 29/09/2008 63 6 1 A ORA 107. TRES CANTOS VIRACOCHA MUZO, WILSON OLIVIO X2430485Y 2008 / 40184 20/10/2008 63 6 1 A ORA 108. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 34716 05/09/2008 42 6 1 B ORA 109. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 34947 04/09/2008 63 6 1 A ORA 110. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 35158 10/09/2008 42 6 1 B ORA 111. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 35335 08/09/2008 42 6 1 B ORA 112. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 38164 02/10/2008 63 6 1 A ORA 113. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 38915 07/10/2008 42 6 1 B ORA 114. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 39064 10/10/2008 42 6 1 B ORA 115. VILLANUEVA DE LA CAÑADA HERAS VALLE, DOLORES 51932996P 2008 / 39288 06/10/2008 42 6 1 C ORA

Alcobendas, a 25 de noviembre de 2008.—El concejal-delegado de Tráfico, Alberto Manuel Hervias Aguilar.(02/16.443/08)

ALCOBENDAS

OTROS ANUNCIOS

Por no haber sido posible practicar en el domicilio de doña MaríaRosario Burgos de Pedro, con número de identificación fis-cal 5380368-R, la notificación de la resolución municipal adoptadapor decreto 9509/2008, de fecha 13 de octubre, se procede a su pu-blicación, en extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE

MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

«Visto el recurso de reposición interpuesto por doña María Rosa-rio Burgos de Pedro, contra la resolución municipal dictada median-te decreto 6298/2008, de fecha 23 de junio, por el que se requiere ala interesada para que proceda a la legalización de unas obras de am-

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pliación ejecutadas sin licencia en la vivienda sita en la calle Mar-garita, número 67, y habida cuenta de los siguientes

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Por los Servicios Técnicos Municipales fue emitido informe, confecha 16 de marzo de 2005, en el que se hacía constar que, girada vi-sita de inspección el día 15 de marzo de 2005 a la calle Margarita,número 67, se comprobó que estaban ejecutando obras sin la obten-ción de la preceptiva licencia municipal, consistentes en acondicio-namiento general y ampliación de la vivienda unifamiliar sita en estadirección.

Como consecuencia de lo anterior, se inició el oportuno proce-dimiento de protección de la legalidad urbanística previsto en el ar-tículo 195 y siguientes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo dela Comunidad de Madrid (LSCM), que fue caducado por resoluciónmunicipal adoptada por decreto 98/2008, de 9 de enero, al habersesobrepasado el plazo legalmente previsto para su resolución y noti-ficación, sin que se hubiera producido tal circunstancia.

Mediante decreto 1681/2008, de 21 de febrero, se inició nuevoprocedimiento de protección de legalidad urbanística sin practicar elrequerimiento exigido por la citada LSCM.

Formuladas alegaciones en este sentido por la interesada, las mis-mas fueron admitidas y la resolución anterior se dejó sin efecto enfecha 30 de mayo de 2008, por decreto 5480/2008.

No obstante, al no haberse sobrepasado el plazo habilitante pre-visto en el artículo 195.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelode la Comunidad de Madrid, para reaccionar contra dicho ilícito ur-banístico, por decreto 6298/2008, de fecha 23 de junio, se requierea la interesada para que proceda a solicitar la legalización de dichasobras, concediéndole un plazo de dos meses.

La resolución anterior es notificada el 15 de julio de 2008.Mediante escrito presentado en el Registro Municipal el 9 de

agosto de 2008, con el número 25805, se formula recurso potestati-vo de reposición contra este último acto administrativo.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.—El citado recurso reúne las condiciones objetivas que,para su admisión, son exigidas por los artículos 116 y 117 de laLey 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede en-trar a conocer el fondo de las cuestiones planteadas.

Segundo.—Sobre la necesidad de requerir la legalización a todoslos propietarios de las obras que son objeto del expediente.

Manifiesta la interesada la existencia de otra copropietaria del in-mueble donde se han realizado las obras que nos ocupan y aduce queel requerimiento de legalización igualmente deberá dirigirse a esaotra propietaria.

En este sentido cabe referirse a lo dispuesto en el artículo 33 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, intitulado “pluralidad de interesados”, en el cual se determinaque cuando existan varios interesados las actuaciones del proce-dimiento tendrán lugar con el representante o interesado que expre-samente se haya señalado y, en su defecto, con el que figure en pri-mer término.

Luego, resultando en este la existencia del supuesto del hecho an-terior, no es necesario notificar a la totalidad de interesados (titula-res de la vivienda) las actuaciones administrativas del presente ex-pediente.

Tercero.—Sobre la validez de lo actuado en el procedimiento desolicitud de legalización de las obras identificado con el número deexpediente 290/2006.

Se alega que la resolución ahora recurrida infringe de manera ma-nifiesta la resolución adoptada por decreto 98/2008, de fecha 9 dediciembre, que disponía la caducidad del procedimiento de protec-ción de legalidad urbanística tramitado en el expediente anterior nú-mero 140/05-D, dado que todos los trámites habidos en dicho pro-cedimiento caducado deben ser considerados como inexistentes, sinque puedan desplegar efectos jurídicos ni tener validez en un proce-dimiento nuevo.

En concreto, dicha alegación se formula como consecuencia deque en el requerido de legalización, ahora impugnado, se advierte ala interesada que “las obras fueron declaradas incompatibles con elordenamiento urbanístico aplicable por decreto 3235/2006, de fe-cha 29 de marzo, y que no se ha producido modificación alguna dela normativa urbanística aplicable”.

En primer lugar, se debe significar que el procedimiento tramita-do con motivo de la solicitud de licencia de legalización efectuadapor la interesada el día 1 de enero de 2006 que dio lugar al expedien-te número 290/2006, tiene carácter totalmente independiente res-pecto del procedimiento caducado (expediente número 140/2005) yno se puede obviar su validez, puesto que dicho procedimiento fuetramitado y resuelto conforme a la normativa procedimental y espe-cífica urbanística aplicable.

Por lo tanto, debemos concluir irremediablemente que dicho pro-cedimiento de legalización (expediente número 290/2006) no estáafectado ni contagiado de la caducidad que fue declarada por decre-to 98/2008, de fecha 9 de enero, ya que el mismo no forma parte delprocedimiento caducado (expediente número 140/05-D).

Es más, resulta que el acto administrativo finalizador del proce-dimiento de solicitud de legalización (decreto 3235/2008, de fe-cha 29 de marzo) ha adquirido la categoría de firme e inatacable, ra-zón evidente por la que no puede desaparecer de la vida jurídica.

De este parecer resulta también la sentencia (meritada por la inte-resada) de 21 de diciembre de 2006 del Tribunal Superior de Justi-cia de Madrid, en la cual se hace constar textualmente: “Además deltan citado procedimiento caducado el apelante solicitó licencia quese tramitó en un procedimiento diferente, que no es objeto de este re-curso…, pues como ya hemos razonado, se trata de un procedimien-to independiente, que no fue objeto de impugnación en su mo-mento…”.

En segundo lugar conviene precisar que el acto que se impugnano prejuzga sobre la compatibilidad o incompatibilidad de las obrasque requiere de legalización, con respecto a la normativa urbanísti-ca de aplicación, aunque sí advierte de un hecho objetivo atinente aotra relación jurídica entre las partes y que forma parte de la esferajurídica de ambas, cual es que dichas obras no pudieron ser objetode legalización en 2006. Siendo que esta cuestión corresponde sus-tanciarla una vez se haya solicitado la licencia de legalización reque-rida.

En definitiva, no puede ahora alegarse la existencia de contradic-ción jurídica cuando esta Administración está actuando de acuerdocon lo previsto legalmente para ejercitar la acción de protección dela legalidad urbanística, para lo cual se encuentra plenamente facul-tada, sin que tenga trascendencia alguna al respecto la advertenciarealizada a la interesada sobre el contenido de un acto administrati-vo que forma parte del mundo jurídico y que goza de plena validezy eficacia.

Cuarto.—Sobre la posibilidad de reabrir procedimientos caduca-dos incluso en el supuesto de que la infracción no hubiese prescrito.

Se aduce, en esencia, que la declaración de caducidad del proce-dimiento tramitado anteriormente por estos mismos hechos suponeun acto favorable para la interesada y que su revocación no está per-mitida por el artículo 105.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, ni por la aplicación de la doctrina que cita respecto de losefectos de la caducidad de un procedimiento sancionador.

Además, se hace constar que la inexistencia de comunicación delprocedimiento a la Consejería competente le causa perjuicio e im-plica la obligación de retrotraer el mismo a la fecha de incoación delprevio expediente de restablecimiento de legalidad urbanística.

De inicio conviene dejar sentado que el procedimiento especialprevisto en el artículo 194 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Sue-lo de la Comunidad de Madrid, no es de naturaleza sancionadoracomo así se desprende de lo establecido en los apartados a) y c) delapartado 1 del artículo 202 del citado texto legal. Es decir, se tratade dos procedimientos administrativos diferentes y compatibles en-tre sí.

No resulta novedoso el planteamiento realizado en estos momen-tos ya que esta cuestión fue suscitada con anterioridad, en concretoen el seno del expediente número 13/08-D y, por ello, conviene re-cordar que el artículo 92.3 de la Ley 30/1992, ya citada, es muy cla-ro en contra de la postura de la recurrente, pues la caducidad de un

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 73

procedimiento no produce por sí sola la prescripción de las accionesde esta Administración.

Resulta pertinente insistir en que la declaración de caducidad deun procedimiento no puede ser interpretada como causa impeditivade la reapertura de otro procedimiento sobre el mismo objeto poraplicación de un supuesto principio de irrevocabilidad que la recu-rrente otorga al artículo 105.1 de la Ley 30/1992, puesto que en esecaso estaríamos vulnerando lo dispuesto en el artículo 92.3 de dichaLey al equiparar los institutos de la prescripción y de la caducidad.

Es evidente que, en este caso, la declaración de caducidad de unprocedimiento es un acto favorable para el administrado pero, decualquier forma, la naturaleza del mismo no impide el inicio de otroprocedimiento de las mismas características, sin que sea necesaria larevocación de la caducidad declarada ya que la apertura del nuevoprocedimiento no afecta al favor obtenido en el ámbito de ese expe-diente anterior que ha sido archivado.

En definitiva, previsto como lo está que la caducidad de un pro-cedimiento no afecta a la acción que la Administración tiene otorga-da legalmente para reaccionar contra una ilegalidad urbanística, solopodría impedir la reapertura de otro procedimiento de esta mismanaturaleza el transcurso del plazo previsto en el artículo 195.1 de laLey del Suelo de la Comunidad de Madrid (supuesto que no concu-rre ahora) que la inhabilitaría para actuar en tal sentido.

Respecto a lo alegado en cuanto a la falta de comunicación delacuerdo municipal a la Consejería competente en materia de orde-nación urbanística, hay que decir que difícilmente se puede dar cum-plimiento a lo anterior si se tiene en cuenta que, en ningún momen-to, la Junta de Gobierno Local ha adoptado dicho acuerdo para lademolición de las obras ilegales que nos ocupan que es al que se re-fiere el artículo 194.2 “in fine”.

Por otra parte, tampoco se acierta a intuir en que se hubiera podi-do perjudicar a la recurrente de haber sido así, ni cual es el funda-mento que, a su parecer, obliga a retrotraer el inicio de este proce-dimiento al de la fecha de inicio del previamente caducado.

En razón de la argumentación expuesta se alcanza la conclusiónde que no procede admitir lo alegado por la interesada respecto a laimposibilidad de apertura de nuevo procedimiento de protección dela legalidad urbanística y tampoco sobre los supuestos defectos deforma de que dice adolece el procedimiento ahora iniciado.

Quinto.—Por último, se refiere la recurrente a la existencia deerror en la determinación de la superficie ampliada, a la inclusión dela misma en el registro del impuesto de bienes inmuebles, pago delimpuesto de construcciones y pago de multas contrariando su estric-to carácter personal.

Aunque dichas cuestiones no se encuentran en el ámbito del pre-sente procedimiento, es de considerar lo siguiente:

a) La determinación de la superficie corresponde al expedientede legalización que, en estos momentos, no ha sido solicita-do. Si se refiere a la superficie adoptada en su día, se debe re-cordar que la misma se ha obtenido en base a la declaraciónrealizada por la propia interesada y que consta en el proyectode legalización de obra mayor, perteneciente al expedientenúmero 290/06, y que se insiste, en estos momentos no tienetrascendencia alguna.

b) En cualquier caso procede la inclusión de la superficie am-pliada de forma ilegal en el registro catastral hasta que se pro-duzca la restitución de la legalidad urbanística, debido a quese está produciendo el hecho imponible del impuesto de bie-nes inmuebles.

c) Igualmente con la ejecución de las obras se ha producido elhecho imponible del impuesto de construcciones y obras, conindependencia de su posible legalización o no a posteriori porlo que, también, resulta procedente el abono de dicho im-puesto.

d) Si se refiere la interesada a la multa coercitiva abonada anombre de don Joaquín Burgos González en el expedientenúmero 44/05-D, hay que precisar que dicha multa nunca fueobjeto de impugnación y por el contrario se procedió a suabono de forma voluntaria. Y sin entrar más en el fondo de lacuestión hay que significar que no se puede pretender discu-tir esta cuestión en el momento procedimental en que nos en-contramos ahora con vulneración de la doctrina de los actospropios.

Por todo lo anterior, el concejal-delegado de Urbanismo y Vi-vienda, en uso de las facultades que tiene conferidas por delegaciónde la Alcaldía-Presidencia,

RESUELVE

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por doña MaríaRosario Burgos de Pedro contra el decreto 6298/2008, de fecha 23de junio, por el que se requiere a la interesada la legalización de unasobras de ampliación ejecutadas en la vivienda sita en la calle Mar-garita, número 67, dado que las alegaciones formuladas por la inte-resada no desvirtúan los presupuestos fácticos ni jurídicos que mo-tivaron la resolución impugnada.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, conforme se indica en el documento anexo, no sien-do susceptible de impugnación nuevamente en reposición, confor-me a lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Ley 30/1992, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgá-nica de Protección de Datos [Ley 15/1999, de 13 de diciembre (“Bo-letín Oficial del Estado” de 14 de diciembre)], se pone en su cono-cimiento que los datos recogidos serán tramitados informáticamentepor el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competen-cias. La interesada podrá ejercitar, en cualquier momento, los dere-chos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los térmi-nos previstos en la citada Ley.

Alcobendas, a 1 de diciembre de 2008.—El alcalde, Ignacio Gar-cía de Vinuesa.

(02/16.444/08)

ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón, en sesión celebrada eldía 22 de diciembre de 2008, aprobó inicialmente el PresupuestoGeneral del Ayuntamiento de Alcorcón para el ejercicio 2009.

A tenor de lo establecido en el artículo 20.1 del Real Decre-to 500/1990, de 20 de abril, se anuncia que la correspondiente docu-mentación se pondrá a disposición del público en la oficina de Inter-vención durante un plazo de quince días hábiles, contados a partirdel siguiente a la aparición del presente anuncio en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante este plazo los que ostenten legalmente la condición de in-teresados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Ple-no, que únicamente podrán basarse en los supuestos enumerados enel artículo 22.2 del citado texto legal.

Si en el transcurso del período de exposición pública no se pre-sentasen reclamaciones, el Presupuesto General del Ayuntamientode Alcorcón para el ejercicio 2009 se considerará definitivamenteaprobado.

Alcorcón, a 23 de diciembre de 2008.—El concejal de Hacienday Patrimonio, Manuel Lumbreras Fernández.

(03/36.851/08)

ALGETE

CONTRATACIÓN

Resolución del Ayuntamiento de Algete anunciando la adjudica-ción provisional del suministro, modalidad arrendamiento, conopción de compra, sobre la infraestructura, red de comunicaciones yel equipamiento informático (expediente SUM05/08).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135.3 de laLey 30/2007 de Contratos del Sector Público, se hace saber que laJunta de Gobierno Local, mediante acuerdo de fecha 18 de diciem-bre de 2008, acordó adjudicar de forma provisional el suministro,modalidad arrendamiento, con opción de compra, sobre la infraes-tructura, red de comunicaciones y el equipamiento informático (ex-pediente SUM05/08), a la empresa “Popular de Renting, SociedadAnónima”, con código de identificación fiscal A-81550410, en el

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ALGETE

CONTRATACIÓN

Resolución del Ayuntamiento de Algete anunciando la adjudica-ción provisional de la gestión del servicio público de desratización,desinfección y desinsectación en el término municipal de Algete yservicio de contenedores higiénico-sanitarios en edificios municipa-les (expediente GES02/08).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135.3 de laLey 30/2007 de Contratos del Sector Público, se hace saber que laJunta de Gobierno Local, mediante acuerdo de fecha 18 de diciem-bre de 2008, acordó adjudicar de forma provisional la gestión delservicio público de desratización, desinfección y desinsectación en eltérmino municipal de Algete y servicio de contenedores higiénico-sa-nitarios en edificios municipales (expediente GES02/08), a la empre-sa “Saniterpen, Sociedad Limitada”, con código de identificación fis-cal B-28190932, en el precio de 55.100 euros, excluido el impuestosobre el valor añadido, y un plazo de ejecución de dos años.

Algete, a 18 de diciembre de 2008.—El concejal de Economía yHacienda, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(02/16.852/08)

BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

En la Intervención de esta Entidad Local, y conforme a lo dispuestoen el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Ha-ciendas Locales, por remisión del artículo 177.2 del mismo texto legal,se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el expe-diente número 2/2008 de suplemento de créditos mediante transferen-cias entre partidas de distinto grupo de función, dentro del presente pre-supuesto municipal 2008, aprobado inicialmente por el Pleno de laCorporación en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2008.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el ar-tículo 170.1 del texto refundido de la Ley citada y por los motivosenumerados en el artículo 170, párrafo 2.o, podrán presentar recla-maciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quincedías hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción deeste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.En ausencia de reclamaciones, el presente expediente de suple-

mento de crédito se considerará definitivamente aprobado, sin nece-sidad de nuevo acuerdo plenario.

Becerril de la Sierra, a 17 de diciembre de 2008.—El alcalde, JoséConesa López.

(03/36.849/08)

BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada elpasado día 11 de noviembre de 2008, fue aprobada inicialmente lamodificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa municipalsobre recogida domiciliaria de basura y residuos sólidos urbanos ypublicado dicho acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID número 272, de 14 de noviembre de 2008.

Durante el plazo de exposición al público de la citada ordenanzafiscal, plazo que comenzó el día 15 de noviembre de 2008 y finali-zó el día 22 de diciembre de 2008, no ha sido presentada ninguna re-clamación ni recurso contra la misma.

En consecuencia, una vez modificadas, y de conformidad con lodispuesto en el artículo 17, apartado 4, del texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación deltexto íntegro de la citada ordenanza fiscal mediante inserción deanuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAMUNICIPAL SOBRE RECOGIDA DOMICILIARIADE BASURAS Y RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Artículo 1. En ejercicio de la potestad tributaria otorgada, con ca-rácter general, por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y 106.1de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y la que,en particular concede respecto a las tasas del artículo 57 del Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el tex-to refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esteAyuntamiento tiene establecida la tasa municipal sobre recogida do-miciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos, que se regirá por lapresente ordenanza fiscal, cuyas normas se ajustan a las disposicionescontenidas en los artículos 20 a 27 del mencionado texto legal.

Art. 2. Hecho imponible.—1. El hecho imponible viene deter-minado por la prestación del servicio de recogida de basuras domi-ciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y lo-cales o establecimientos donde se ejerzan actividades industriales,comerciales, profesionales, artísticas y de servicios.

2. El servicio de recogida de basuras domiciliarias será de re-cepción obligatoria para aquellas zonas o calles donde se preste y suorganización y funcionamiento se subordinará a las normas que dic-te el Ayuntamiento para su reglamentación.

Art. 3. Sujetos pasivos.—1. Son sujetos pasivos de esta tasa,en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, asícomo las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entida-des que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidadeconómica o un patrimonio separado, susceptible de imposición, queresulten beneficiadas por la prestación del servicio, cuando el hechoimponible se produzca por la recogida domiciliaria de basura.

2. Tendrán la consideración de sustitutos del contribuyente, lospropietarios de los inmuebles o locales, quienes podrán repercutir,en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiarios.

Art. 4. Responsables.—1. Serán responsables solidariamentede las obligaciones tributarias establecidas en esta ordenanza todapersona causante o colaboradora en la realización de una informa-ción tributaria. En los supuestos de declaración consolidada, todaslas sociedades integrantes del grupo serán responsables solidarias delas infracciones cometidas en este régimen de tributación.

2. Los copartícipes o cotitulares de las herencias yacentes, co-munidades de bienes y demás entidades que, carentes de personali-dad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio se-parado, susceptible de imposición, responderán solidariamente y enproporción a sus respectivas participaciones de las obligaciones tri-butarias de dichas entidades.

3. Serán responsables subsidiarios de las infracciones simples yde la totalidad de la deuda tributaria en caso de infracciones gravescometidas por las personas jurídicas, los administradores de aque-llas que no realicen los actos necesarios de su incumbencia, para elcumplimiento de las obligaciones tributarias infringidas, consintie-ran en el incumplimiento por quienes dependan de ellos o adoptenacuerdos que hicieran posible las infracciones. Asimismo, tales ad-ministradores responderán subsidiariamente de las obligaciones tri-butarias que estén pendientes de cumplimentar por las personas ju-rídicas que hayan cesado en sus actividades.

4. Serán responsables subsidiarios los síndicos, interventores oliquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en ge-neral, cuando por negligencia o mala fe no realicen las gestiones ne-cesarias para el total cumplimiento de las obligaciones tributariasdevengadas con anterioridad a dichas situaciones y que sean impu-tables a los respectivos sujetos pasivos.

Art. 5. Devengo.—La obligación de contribuir nacerá desdeque tenga lugar la prestación de los servicios, si bien se entenderá,dada la naturaleza de recepción obligatoria de la recogida de basu-ras, que tal prestación tiene lugar cuando esté establecido el funcio-namiento del servicio en las zonas o calles donde figuraren domici-liados los contribuyentes sujetos a la tasa. El período impositivocomprenderá el año natural y se devengará el 1 de enero de cada año.

precio de 2.289.795,92 euros, excluido el impuesto sobre el valorañadido, y un plazo de ejecución de cuatro años.

Algete, a 18 de diciembre de 2008.—El concejal de Economía yHacienda, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(02/16.851/08)

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 75

Art. 6. Base imponible y liquidable.—La base imponible estáconstituida por la clase y naturaleza de cada centro productor de lasbasuras: viviendas, restaurantes, bares, cafeterías y locales comer-ciales o industriales. A estos efectos se considerará como basuratodo residuo o detrito, embalajes, recipientes o envolturas de ali-mentos, vestidos, calzados, etcétera, así como el producto de la lim-pieza de los pisos o viviendas y las de las mismas clases de comer-cios e industrias, excluyéndose los residuos de tipo industrial,escombros de obras, detritos humanos, o cualquier otra materia,cuya recogida o vertido exija especiales medidas higiénicas, profi-lácticas o de seguridad.

Art. 7. Cuota tributaria.—Las cuotas a aplicar serán las si-guientes:

1. Viviendas:

Viviendas sin jardín: 47,02 euros.Viviendas con jardín, parcela con superficie hasta 500 metros

cuadrados: 62,70 euros.Viviendas con jardín, parcela con superficie desde 501 metros

cuadrados a 1.000 metros cuadrados: 104,50 euros.2. Puestos:Puestos en el mercadillo, por día: 1,5 euros.3. Establecimientos industriales o comerciales, ganaderos o

profesionales:En zona de población agrupada:Bares o cafeterías: 130,62 euros.Restaurantes: 130,62 euros.Comercios: 130,62 euros.Hoteles: 418 euros.Otras industrias calificadas: 418 euros.Otras industrias y actividades no calificadas: 130,62 euros.Oficinas y despachos: 104,50 euros.Industrias calificadas con contratos con gestor autorizado: 130,62

euros.Art. 8. Las cuotas por prestación de servicios de carácter gene-

ral y obligatorio se devengarán desde que nazca la obligación decontribuir, exigiéndose anualmente en los plazos señalados en el Re-glamento General de Recaudación para los ingresos por recibo, conexcepción de la liquidación de alta inicial en el padrón que se recau-dará por ingreso directo.

Art. 9. Exenciones, reducciones y demás beneficios legalmenteaplicables.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de laLey 39/1988, de 28 de diciembre, no se reconoce beneficio tributa-rio alguno, salvo los que sean consecuencia de la establecido en losTratados o Acuerdos Internacionales o vengan previstos en normascon rango de Ley.

Art. 10. Plazos y forma de declaración e ingresos.—Todas laspersonas obligadas al pago de este tributo, deberán presentar en elplazo de treinta días en la Administración Municipal, declaración delas viviendas o establecimientos que ocupen, mediante escrito diri-gido al presidente de la Corporación. Transcurrido dicho plazo sinhaberse presentado la declaración, la Administración sin perjuiciode las sanciones que procedan, efectuará de oficio el alta en la co-rrespondiente matrícula del tributo.

Art. 11. El tributo se recaudará anualmente en los plazos seña-lados en el Reglamento General de Recaudación para los tributos denotificación colectiva y periódica, salvo que, para un ejercicio enconcreto el Pleno Municipal disponga otra cosa. Por excepción, laliquidación correspondiente al alta inicial en la matrícula se ingresa-rá en los plazos indicados en el citado Reglamento para los ingresosdirectos.

Art. 12 . Infracciones y sanciones tributarias.—En todo lo rela-tivo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones, ademásde lo previsto en esta ordenanza, se estará a lo dispuesto en los ar-tículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás norma-tiva aplicable.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

La actual ordenanza fiscal reguladora de la tasa municipal porprestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras aproba-da por el Ayuntamiento Pleno con fecha 24 de diciembre de 2007 yposteriores modificaciones si las hubiere, quedará derogada el día 1de enero de 2009.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación de la ordenanza fiscal entrará en vigorel mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, aplicándose a partir de 1 de enero de 2009.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, apartado 1 deltexto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con-tra la modificación de las ordenanzas anteriormente referidas, podráinterponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de locontencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de laComunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde eldía siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Becerril de la Sierra, a 23 de diciembre de 2008.—El alcalde, JoséConesa López.

(03/36.852/08)

BERZOSA DEL LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de laLey 7/1985, de 2 de abril; 127 del Texto Refundido del Régimen Lo-cal de 18 de abril de 1986, y 169.3 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real DecretoLey 2/2004, de 5 de marzo, y habiendo sido aprobado inicialmenteel presupuesto general para el ejercicio de 2008 y la base de ejecu-ción por el Pleno Municipal, en su sesión de fecha 15 de diciembrede 2008, se procede a su publicación, cuyo resumen por capítulos esel siguiente:

INGRESOS

Capítulo Denominación Euros

1 Impuestos directos 42.369,492 Impuestos indirectos 1.800,003 Tasas y otros ingresos 25.709,704 Transferencias corrientes 889.260,895 Ingresos patrimoniales 62.777,976 Enajenación inversiones reales 219.308,487 Transferencias de capital 366.178,47

Total por capítulos 1.607.400,00

GASTOS

Capítulo Denominación Euros

1 Gastos de personal 205.010,772 Gastos en bienes corrientes y servicios 258.563,303 Gastos financieros 463,244 Transferencias corrientes 522.825,096 Inversiones reales 620.537,60

Total por capítulos 1.607.400,00

Los interesados que estén legitimados podrán presentar reclama-ciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quincedías hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción deeste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.c) Órgano ante el que se reclama: Pleno Municipal.La aprobación inicial resultará definitiva en el caso de no presen-

tarse reclamación alguna.Berzosa del Lozoya, a 15 de diciembre de 2008.—El alcalde, An-

tonio del Pozo González.(03/35.846/08)

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 76 B.O.C.M. Núm. 307

BOADILLA DEL MONTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adop-tado por el Pleno de la Corporación Municipal con fecha 31 de oc-tubre de 2008, sobre modificación de la ordenanza fiscal regulado-ra de las tasas por estacionamiento de vehículos en determinadasvías públicas, y por retirada y depósito de vehículos, y no habiéndo-se presentado reclamaciones contra el mismo en el Registro Gene-ral de Entrada de este Ayuntamiento, se eleva automáticamente adefinitivo el acuerdo de aprobación provisional, procediéndose a supublicación en virtud de lo ordenado en el artículo 17.4 del Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el tex-to refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Modificación de los artículos 6 y 11 de la ordenanza fiscal regu-ladora de las tasas por estacionamiento de vehículos en determina-das vías públicas, y por retirada y depósito de vehículos, con efec-tos de entrada en vigor con fecha 1 de enero de 2009, que pasan atener el siguiente tenor literal:

Art. 6. Cuota tributaria.—A los efectos de esta exacción se es-tablecen las siguientes tarifas:

Residentes:— Distintivo de residentes (anual): 29 euros.

El importe de la cuota se prorrateará por trimestres naturalesen los casos de primera obtención del distintivo de residente,cambio o anulación de la misma, así como por baja o transfe-rencia del vehículos, previa solicitud del sujeto pasivo.

No residentes:

Tiempo de estacionamiento Euros

Estacionamiento de vehículo hasta quince minutos 0,15Estacionamiento de vehículo durante treinta minutos 0,35Estacionamiento de vehículo durante cuarenta y cincominutos

0,55

Estacionamiento de vehículo durante una hora 0,80Estacionamiento de vehículo durante una hora y quinceminutos

1,05

Estacionamiento de vehículo durante una hora y treintaminutos

1,35

Estacionamiento de vehículo durante una hora y cuaren-ta y cinco minutos

1,65

Estacionamiento de vehículos durante dos horas 1,95

Art. 11. Cuota tributaria.—La cuota tributaria será la resultan-te de aplicar las siguientes tarifas:

Euros

Retirada de vehículosCuando se inicien los trabajos para el traslado de vehícu-lo al depósito municipal y no se pueda consumar aquelpor la presencia del propietario

35

Cuando se realice el servicio completo trasladando el ve-hículo infractor hasta el depósito municipal

70

Depósito de vehículosPor cada hora o fracción de permanencia en el depósito 1

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el tex-to refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contralos referidos acuerdos las personas legitimadas podrán interponerrecurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en elplazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

En Boadilla del Monte, a 23 de diciembre de 2008.—El segundoteniente de alcalde delegado de Economía, Hacienda y Patrimonio

(resolución de delegación de 27 de junio de 2007), Juan Jesús Sigue-ro Aguilar.

(03/36.814/08)

CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno Corporativo, en sesión de fecha 6 de noviembre de 2008adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la orde-nanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, ha-biendo sido publicado anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID número 272, de fecha 14 de noviembre de 2008.Y no habiendo sido presentada ninguna alegación durante el plazoestablecido, el acuerdo adoptado queda elevado a definitivo, siendoel texto íntegro de la modificación el siguiente:

“Art. 8. Cuota tributaria y tipo de gravamen.(...) 3. Los tipos de gravamen serán los siguientes:a) Bienes de naturaleza urbana:

1.o Tipo de gravamen general: 0,494 por 100.(...).”

La presente modificación entrará en vigor el día 1 de enero de 2009.Cercedilla, a 23 de diciembre de 2008.—El alcalde (firmado).

(03/36.841/08)

COLLADO MEDIANO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Collado Mediano, en sesión ordi-naria celebrada el día 27 de noviembre de 2008, acordó aprobar ini-cialmente la modificación de los vigentes estatutos del PatronatoDeportivo Municipal.

De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a informa-ción pública el expediente de que se trata por espacio de treinta díasal objeto de que puedan formularse, dentro del plazo indicado, lasreclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas.

Collado Mediano, a 27 de noviembre de 2008.—La alcaldesa,María Rubio Sadia.

(03/35.609/08)

COLLADO MEDIANO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Collado Mediano, en sesión ordi-naria celebrada el día 27 de noviembre de 2008, acordó aprobar ini-cialmente el Reglamento del Parque Infantil de Tráfico Móvil delAyuntamiento de Collado Mediano.

De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete a informa-ción pública el expediente de que se trata por espacio de treinta díasal objeto de que puedan formularse, dentro del plazo indicado, lasreclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas.

Collado Mediano, a 27 de noviembre de 2008.—La alcaldesa,María Rubio Sadia.

(03/35.611/08)

COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

En la Intervención de esta Entidad Local, y conforme disponenlos artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aproba-do por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se encuen-tra expuesto al público a efectos de reclamaciones el presupuestogeneral para el ejercicio 2009, aprobado inicialmente por la Corpo-ración en Pleno en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2008.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el ar-tículo 170.1 del Real Decreto 2/2004, y por los motivos taxativa-

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 77

mente enumerados en el número 2 de dicho artículo, podránpresentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición del expediente y admisión de reclama-ciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha deinserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.

Colmenar Viejo, a 19 de diciembre de 2008.—El alcalde, JoséMaría de Federico Corral.

(03/36.815/08)

EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

Transcurrido el plazo previsto en el artículo 169.1 del Real Decreto 2/2004, y una vez resueltas las reclamaciones presentadas, porel Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2008, de conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2de abril, y 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, se publica el presupuesto del Ayuntamiento de El Escorial y de su Organismo Autó-nomo Deportivo Municipal, junto con las plantillas de personal.

RESUMEN DEL PRESUPUESTO 2009

INGRESOS

GASTOS

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 78 B.O.C.M. Núm. 307

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 79

Según lo dispuesto en los artículos 171.1 del Real Decreto 2/2004 y 113.1 de la Ley 7/1985, se podrá interponer contra la aproba-ción definitiva del presupuesto, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguientea la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En El Escorial, a 22 de diciembre de 2008.—El alcalde-presidente (firmado).(03/36.688/08)

FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiendo finalizado el plazo de exposición al público del estable-cimiento y la modificación de las ordenanzas reguladoras de los pre-cios públicos para el año 2009, aprobados provisionalmente por elAyuntamiento Pleno el día 6 de noviembre de 2008, y no habiéndo-se efectuado reclamaciones, se entiende aprobadas definitivamente,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 79.b) y 70.2 de laLey 7/1985.

Se procede a la publicación de las referidas modificaciones, quese adjuntan.

ORDENANZA NÚMERO 39. PRECIO PÚBLICOPOR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA

A DOMICILIO Y TELEASISTENCIA

De conformidad con lo establecido en el capítulo VI del Real De-creto Ley 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se establece el precio públicopor la prestación del servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia.

La cuantía del precio público regulada en esta ordenanza, paracada uno de sus distintos servicios, será la fijada en la tarifa conte-nida en los apartados siguientes:

1. La tarifa del precio público del servicio de ayuda a domicilio,en relación con los ingresos netos mensuales del beneficiario, tal y

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 80 B.O.C.M. Núm. 307

como están definidos en la ordenanza reguladora del reconocimien-to del derecho y concesión de prestaciones sociales individuales decarácter económico o material será la siguiente:

— Para usuarios con ingresos iguales o inferiores a 516,90euros: exento.

— Para rentas superiores a 517 euros:� Se establecen escalas de tramos de ingresos crecientes del

10 por 100.� El precio público se establece en función de un porcentaje

de progresión aritmética de factor 2 sobre el coste hora delservicio, que será para el 2009 de 13,89 euros, vinculándo-se directamente a las escalas de ingresos mencionadas an-teriormente. El resto del servicio se cubre con aportacionesmunicipales y de la Comunidad de Madrid.

2. La tarifa del servicio de teleasistencia, en relación con los in-gresos netos mensuales del beneficiario y su unidad familiar, tal ycomo están definidos en la ordenanza reguladora del reconocimien-to del derecho y concesión de prestaciones sociales individuales decarácter económico o material será la siguiente, IVA incluido:

Ingresos netosmensuales

Número de miembros que conviven

1 2 3 4

Hasta 329,57 0 0 0 0De 329,58 a 483,85 2,10 0 0 0De 483,86 a 760,33 3,15 2,10 0 0De 760,34 a 898,59 4,20 3,15 2,10 0De 898,60 a 1.036,83 5,25 4,20 3,15 2,10De 1.036,84 a 1.175,06 6,25 5,25 4,20 3,15

Los presentes precios entrarán en vigor a partir del 1 de enerode 2009 y se mantendrán hasta nueva regulación por el órgano com-petente.

ORDENANZA NÚMERO 40. PRECIO PÚBLICOPOR EL USO DE LOS APARCAMIENTOS

SUBTERRÁNEOS PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO,ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y ENTIDADES LOCALES

Art. 3. Cuantía.—La cuantía del precio público será la fijada enla tarifa atendiendo a la finalidad y duración del uso del aparcamien-to, según las tarifas siguientes:

B) Espacio reservado a aparcamiento subterráneo en general.Ciudadanos que soliciten el servicio de aparcamiento sin quetal servicio esté relacionado con las prestaciones recogidasen el apartado A). En este caso el precio público será el reco-gido en la tarifa siguiente:— Precio por día (veinticuatro horas): 8,30 euros.— Precio día laborable (siete a veintiuna horas): 3,35 euros.— Abono mensual (veinticuatro horas): 71,35 euros.— Abono mensual (siete a veintiuna horas): 38,85 euros.— Precio por media hora o fracción: 0,50 euros.

ORDENANZA NÚMERO 42. PRECIO PÚBLICO POR USODE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS

FORMATIVOS DEL AYUNTAMIENTODE FUENLABRADA

Art. 3. Cuantía.

Tipo de empresa

Entidadessin ánimode lucro(euros)

Empresaseconomía

social(euros)

Sociedadesmercantiles

(euros)

Aula blanca 11,80 13,10 14,15Aula informatizada 14,15 15,60 17,10Aula taller 19,75 21,75 23,60

ORDENANZA NÚMERO 45. PRECIO PÚBLICOPOR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL CENTRO

DE PROTECCIÓN ANIMAL

Artículo 1. De conformidad con lo establecido en el capítulo VIdel Real Decreto Ley 2/2004, por el que se aprueba el texto refundi-do de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, se establece elprecio público por la prestación del servicio del centro de protecciónanimal.

Art. 2. Se anula.Art. 3. Cuantía.—El precio se determinará por aplicación de la

siguiente tarifa:1. Animales abandonados o extraviados en la vía pública:— Por día o fracción de permanencia del animal en el centro:

6,30 euros.2. Servicio de adopción:a) Por identificación (implantación microchip): 12,85 euros.b) Por vacuna antirrábica: 8,60 euros.c) Por esterilización de gatos: 39,70 euros.d) Por esterilización de gatas: 66,30 euros.e) Por esterilización de perros: 66,50 euros.f) Por esterilización de perras: 94,45 euros.3. Servicio de estancias por cuarentenas y observación antirrá-

bica:— Por cada día o fracción de cuarentena u observación antirrá-

bica con ingreso: 6,30 euros.Fuenlabrada, a 23 de diciembre de 2008.—El alcalde-presidente,

Manuel Robles Delgado.(03/36.760/08)

FUENLABRADA

LICENCIAS

Por las personas que seguidamente se relaciona se ha solicitadode este Ayuntamiento licencia de apertura para la actividad queigualmente se detalla:

“Repartiendo Salsa, Sociedad Limitada” (0362-NLAC-08). Dis-coteta sita en la calle Luis Sauquillo, números 95-A y 95-B.

Lo que se hace público para general conocimiento y para que portodas aquellas personas que se consideren afectadas de algún modopor la actividad a establecer, puedan presentar las reclamaciones queestimen pertinentes, dentro del plazo de veinte días, que determinael artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Am-biental de la Comunidad de Madrid.

Fuenlabrada, a 17 de diciembre de 2008.—El concejal-delegadode Urbanismo, Obras Públicas y Mantenimiento Urbano (decretodelegación 809/2007, de 22 de junio) (firmado).

(02/16.951/08)

GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

A efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Le-gislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 127 del RealDecreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, del texto refundido delas disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se hacepúblico para general conocimiento que esta Corporación, en sesiónextraordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2008, adoptóacuerdo definitivo de aprobación del Presupuesto General del Ayun-tamiento de Getafe para el ejercicio 2009, con el siguiente resumen:

I. Presupuesto general

Capítulos Ingresos(euros)

Gastos(euros)

1 64.599.650,00 84.192.280,722 12.765.120,00 94.390.558,073 67.940.724,05 6.269.297,82

Page 21: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL · ción y organigrama operativo para la ejecución de las obras, con referencia expresa al proceso de ejecución, detalle de las actividades teniendo en

VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 81

Capítulos Ingresos(euros)

Gastos(euros)

4 53.046.933,22 7.501.824,445 1.412.396,94 0,006 53.635.266,35 58.220.379,337 6.130.000,00 10.455.713,408 0,00 92.723,009 6.180.311,90 3.900.000,00

Total 265.710.402,46 265.022.776,78

II. Presupuesto de la propia Entidad

Capítulos Ingresos(euros)

Gastos(euros)

1 64.599.650,00 57.379.414,262 12.765.120,00 66.209.713,913 26.827.584,65 5.809.000,004 44.966.440,31 9.076.393,735 1.367.896,94 0,006 53.635.266,35 57.773.071,137 6.130.000,00 13.951.642,228 0,00 92.723,009 3.900.000,00 3.900.000,00

Total 214.191.958,25 214.191.958,25

En cuanto al presupuesto de gastos e ingresos para el año 2009 co-rrespondiente al Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo yFormación, y los estados de gastos e ingresos correspondientes alaño 2009: “Empresa Municipal Getafe Iniciativas, Sociedad Anóni-ma”, “Empresa Municipal Limpieza y Medio Ambiente, SociedadAnónima”, “Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda, Socie-dad Anónima”, “Empresa Iniciativas y Servicios Especializados,

III. Presupuesto del Organismo Autónomo Agencia Localde Empleo y Formación

Capítulos Ingresos(euros)

Gastos(euros)

1 0,00 6.960.247,392 0,00 2.204.151,133 165.600,00 4.173,454 9.134.485,18 131.513,216 0,00 1.060.000,007 1.060.000,00 0,00

Total 10.360.085,18 10.360.085,18

IV. “Empresa Municipal Getafe Iniciativas, Sociedad Anónima”— Gastos: 9.421.291,68 euros.— Ingresos: 9.596.265,15 euros.

V. “Empresa Municipal de Limpieza y Medio Ambiente,Sociedad Anónima”

— Gastos: 22.534.974,40 euros.— Ingresos: 22.561.691,22 euros.

VI. “Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda, SociedadAnónima”

— Gastos: 35.161.527,04 euros.— Ingresos: 39.163.821,44 euros.

VII. “Empresa Iniciativas y Servicios Especializados, SociedadAnónima”

— Gastos: 364.301,09 euros.— Ingresos: 364.301,09 euros.

VIII. “Empresa El Apeadero Urbano, Sociedad Limitada”— Gastos: 177.792,87 euros.— Ingresos: 178.000 euros.

IX. Plantilla de personal. Ejercicio 2009a) Funcionarios de carrera:

DENOMINACION DE LAS PLAZAS N.º PLAZAS SITAC.JURIDICA GRUPO (1) ESCALA (2) SUBESC CLASE CATEGORIA

.- Secretario General 1 FHE A/A1 HAB. ESTATAL Secretaría Secretario Superior

.- Interventor General 1 FHE A/A1 HAB. ESTATAL Interv/Tesorería Interventor "

.- Tesorero 1 FHE A/A1 HAB. ESTATAL Interv./Tesorería Tesorero Superior

.- Vice-Interventor 1 FHE A/A1 HAB. ESTATAL Interv./Tesorería Viceinterventor "

.- Oficial Mayor 1 FHE A/A1 HAB. ESTATAL Secretaría Oficial Mayor "

.- Letrado Consistorial 2 FC A/A1 Admon.General Técnica Técnc. S T.S.A.G

.- T.S.A.G. 17 FC A/A1 Admon.General " " T.S.A.G

.- TSAE Arquitecto 2 FC A/A1 Admon.Especial " " T.S.A.E

.- T.S.A.E. Estudios y Proyectos 1 FC A/A1 " " Comt..Especiales T.S.A.E

.- T.S.A.E Urbanismo 3 FC A/A1 " " Técnc. S "

.- T.S.A.E Fiscales 3 FC A/A1 " " Comt..Especiales "

.- T.S.A.E Archivo 1 FC A/A1 " " Técnc. S "

.- T.S.A.E Formación/Selecc. 1 FC A/A1 " " Comt..Especiales "

.- T.S.A.E Consumo 1 FC A/A1 " " Comt..Especiales "

.- T.S.A.E M. Ambiente 3 FC A/A1 " " Comt..Especiales "

.- T.S.A.E Proyección/Imagen 1 FC A/A1 " " Comt..Especiales "

.- T.S.A.E Laboratorio 1 FC A/A1 " " Técnc. S "

.- T.S.A.E Enseñanza 4 FC A/A1 " " Comt..Especiales "

.- T.S.A.E Psicologo 2 FC A/A1 " " Técnc. S "

.- T.M.A.E Plan de Inmigración 1 FC B/A2 Admon.Esp. Técnica Técnc. M T.M.A.E

.- T.M.A.E Mantenimien. 2 FC B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Urbanismo 1 FC B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Asistente Social 3 FC B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Topográfo 1 FC B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Archivo 1 FC B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Biblioteconomía 1 FC B/A2 " " " "

.- T.M Maestros E. Infantíl 2 FC B/A2 " Técnica Técnc. M T.M Maestras E.Inft

.- T.M Profesor Educación Adultos 1 FC B/A2 " Técnica Técnc. M T.M Prof. Adultos

.- Administrativo 38 FC C/C1 Admon. General Administrativa Administrativo Administrativo

.- Auxiliar Biblioteca 6 FC C/C1 Admon.Especial Servc...Especiales Comt..Especiales Aux. Biblioteca

.- Inspector Fiscal 2 FC C/C1 Admon.Especial " " Inspector F.

.- Suboficial Jefe Pª Local 1 FC C/C1 " " Pª Local Suboficial

.- Sargentos Pª Local 8 FC C/C1 " " " Sargento

.- Auxiliar Técnico Laboratorio 1 FC C/C1 " Técnico T. Auxiliar Aux. Laboratorio

.- Aux. Técnico de IBI 1 FC C/C1 " Servc...Especiales Comt..Especiales Aux. Técnico

.- Delineante 3 FC C/C1 " Técnico T. Auxiliar Delineante

.- Cartografo 1 FC C/C1 " " " Cartografo

.- Cabos Pª Local 15 FC D/C2 " Servc...Especiales Pª Local Cabo

Sociedad Anónima”, y “Empresa El Apeadero Urbano, SociedadLimitada”, son los siguientes:

Page 22: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL · ción y organigrama operativo para la ejecución de las obras, con referencia expresa al proceso de ejecución, detalle de las actividades teniendo en

VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 82 B.O.C.M. Núm. 307

DENOMINACION DE LAS PLAZAS N.º PLAZAS SITAC.JURIDICA GRUPO (1) ESCALA (2) SUBESC CLASE CATEGORIA

.- Policía Local 228 FC D/C2 " " " Pª Local

.- Auxiliares Administrativos 78 FC D/C2 Admon. General Auxiliar Aux.Administrativo Aux.Administrativo

.- Inspectores Consumo 2 FC D/C2 Admon.Especial Servc...Especiales Comt.Espec. Inspector Consumo

.- Aux. laboratorio 1 FC D/C2 " Técnica T.Aux Aux.Laboratorio

.- Conserjes 27 FC E/ - Admon. General Subalterna Subalterno Conserje

.- Conserjes-Telefonistas 1 FC E/ - " " " Conserje/Telefon. 473

b) Funcionarios (plazas vacantes y nueva creación):

DENOMINACION DE LAS PLAZAS N.º PLAZAS SITAC.

JURIDICA GRUPO (1) ESCALA (2) SUBESCALA CLASE CATEGORIA

.- Subinspector Pª Local 1 FI A/A1 Admon.Especial Serv.Especiales Pª Local Oficial

.- Oficial Pª Local 2 FI A/A1 Admon.Especial Serv.Especiales Pª Local Oficial

.- T.S.A.E Arquitecto 3 FI A/A1 Admon.Especial Técnica Técnico Superior TSAE.

.- T.S.A.E Psicologo 2 FI A/A1 " " " "

.- T.S.A.E Proyec/Imagen 1 FI A/A1 " " Comt..Especiales T.S.A.E.

.- T.S.A.E. P. Estratégico 2 FI A/A1 " " " "

.- T.S.A.E. Programa Mujer 1 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.S.A.E. Regimen Interior 1 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.SAE Medio. Ambiente 1 FI A/A1 " " " "

.- T.S.A.E. Cooperación 1 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.S.A.E. Médico 2 FI A/A1 " " Técnico Superior T.S. A.E

.- T.S.A.E S.Fiscales 2 FI A/A1 " " Comt..Especiales T.S.A.E.

.- T.S.A.E. Servicios Sociales 1 FI A/A1 " " Técnic S. "

.- T.S.A.G. Intervención 1 FI A/A1 Admon.General " Técnc. S T.S.A.G

.- T.S.A.G. M. Ambiente 1 FI A/A1 " " " "

.- T.S.A.G. Contratación 1 FI A/A1 " " " "

.- T.S.A.G. Patrimonio 1 FI A/A1 " " " "

.- T.S.A.G. Tráfico 1 FI A/A1 " " " "

.- T.S.A.G. Mantenimiento 1 FI A/A1 " " " "

.- T.S.A.G. Personal 1 FI A/A1 " " " "

.- Suboficial Pª Local 6 FI B/A2 Admon.Especial Serv.Especiales Pª Local Suboficial

.- T.M.A.E. Relaciones Institucionales 1 FI B/A2 Admón Especial Técnica Técnc. M. TMAE

.- T.M.A.E. Plan Estratégico 1 FI B/A2 Admón Especial Técnica Cometidos Espec. TMAE

.- T.M.A.E Ingeniero Técnico Agrícola 1 FI B/A2 Admon.Especial Técnica Técnc. M TMAE

.- T.M.A.E Ingeniero Técnico 3 FI B/A2 Admon.Especial Técnica Técnc. M TMAE

.- T.M.A.E Ingeniero Técnico Industrial 1 FI B/A2 Admon.Especial Técnica Técnc. M TMAE

.- T.M.A.E Ingeniero Técnico Obras Públicas 1 FI B/A2 Admon.Especial Técnica Técnc. M TMAE

.- T.M.A.E Arquitecto Técnico 2 FI B/A2 Admon.Especial " " "

.- T.M.A.E Asistente Social 9 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Educador Servicios Sociales 3 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Mujer 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Mediador Intercultural 2 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Inserción Laboral 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Maestro Educación 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Maestro E. Infantíl 9 FI B/A2 " " " "

.- TMAE. Ayudante Biblioteca 6 FI B/A2 " Servc...Especiales Comt.Espec. "

.- Sargentos Pª Local 4 FI C/C1 " Pª Local Sargento

.- Administrativo 24 FI C/C1 Admon. General " Administrativo Administrativo

.- Inspector Fiscal 1 FI C/C1 Admon.Especial Servc...Especiales Comt..Especiales Inspector Fiscal

.- Aux. Técnico Educador E. Infantíl 12 FI C/C1 " Técnica Aux.Técncio Aux. T.Edu. E.I

.- Aux. Biblioteca 6 FI C/C1 " Servc...Especiales Comt.Espec. Aux. Biblioteca

.- Aux. Archivo 1 FI C/C1 Admon.Especial " " Aux. Archivo

.- Auxiliar Técnico Laboratorio 1 FI C/C1 " Técnico T. Auxiliar Aux. Laboratorio

.- Aux. Técnico de IBI 1 FI C/C1 " Servc...Especiales Comt..Especiales Aux. Técnico

.- Cabo Pª Local 9 FI D/C2 " " Pª Local Cabo Pª Local

.- Pª Local 21 FI D/C2 " " Pª Local Pª Local

.- Auxiliares Administrativos 30 FI D/C2 Admon. General Auxiliar Aux.Administrativo Auxiliar

.- Inspectores Consumo 1 FI D/C2 Admon.Especial Servc...Especiales Comt.Espec. Inspector Consumo

.- Informador SS 1 FI D/C2 Admon. Especial Auxiliar Comt.Espec. Informador

.- Conserjes 12 FI E/ - Admon. General Subalterna Subalterna Conserje 199

b) Funcionarios (plazas vacantes a funcionarizar):

DENOMINACION DE LAS PLAZAS N.º PLAZAS SITAC.

JURIDICA GRUPO (1) ESCALA (2) SUBESCALA CLASE CATEGORIA

.- T.S.A.E Jef. Neg. Enseñanza (F) 2 FI A/A1 Admon.Especial Técnica Técnico Superior T.S.A.E.

.- T.S.A.E Jef. Neg. Laboratorio (F) 1 FI A/A1 Admon.Especial " " T.S.A.E.

.- T.S.A.E Jef. Neg. Biblioteca (F) 1 FI A/A1 Admon.Especial " " T.S.A.E.

.- T.S.A.E. Periodista (F) 1 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.S.A.E. Bibloteca (F) 1 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.S.A.E. Psicopedagogo (F) 5 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.S.A.E. Psicologo (F) 2 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.S.A.E. Ginecologo (F) 1 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.S.A.E. Médico (F) 3 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.S.A.E. Laboratorio (F) 4 FI A/A1 " " " T.S. A.E

.- T.M.A.E Jfe. Sección Analista 1ª (F) 1 FI B/A2 Admon.Especial Técnica Técnc. M TMAE

.- T.M.A.E Jfe. Sección Urbanismo (F) 2 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Jfe. Neg. Educación Adultos (F) 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Jfe. Neg. C.Cívicos (F) 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Coordinador S. Sociales (F) 3 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Jfe. Neg. E. Infantíl (F) 3 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Jfe. Neg. Urbanismo (F) 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Jfe. Neg. S. Fiscales (F) 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Analista 1ª (F) 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Profesores E. Adultos (F) 5 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Profesores (F) 1 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E A. Social (F) 8 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E A.T.S (F) 5 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Maestro E. Infantíl (F) 27 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Urbanismo (F) 3 FI B/A2 " " " "

.- T.M.A.E Fiscales (F) 1 FI B/A2 " " " "

.- Jefe Negociado Analista 2ª (F) 2 FI C/C1 Admon.Especial Servc...Especiales Comt..Especiales Analista 2ª

.- Jefe Negociado Programación (F) 1 FI C/C1 Admon.Especial " " Programador

.- Jefe Negociado Consumo (F) 1 FI C/C1 Admon.Especial " " Jef. Neg. Consumo

.- Inspector Fiscal (F) 1 FI C/C1 Admon.Especial Servc...Especiales Comt..Especiales Inspector Fiscal

.- Aux. Técnico Consumo (F) 1 FI C/C1 Admon.Especial " " Aux. Técn. Consumo

.- Técnico Aux. analista 2ª (F) 2 FI C/C1 " " " Téc. Aux. Analista 2ª d ( ) / d

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DENOMINACION DE LAS PLAZAS N.º PLAZAS SITAC.

JURIDICA GRUPO (1) ESCALA (2) SUBESCALA CLASE CATEGORIA

.- Programador (F) 1 FI C/C1 " " " Programador

.- Aux. Técnico Inspector Urbanista (F) 2 FI C/C1 " " " Aux.T. Inst. Urbnismo

.- Aux.Técnico E. Infantíl (F) 2 FI D/C2 Admon.Especial Servc...Especiales Comt..Especiales Aux. T. E. Infantil

.- Aux.Técnico Ope/Programador (F) 1 FI D/C2 " " " Aux. Ope/Progra

.- Informador (F) 2 FI D/C2 " " " Informador

.- Conserjes (F) 29 FI E/ - Admon. General Subalterna Subalterna Conserje 130

c) Plazas de personal de confianza o asesoramiento especial:

DENOMINACION PUESTOS TRABAJO

N.º PUESTOS RETRIBUCIONES ANUALES (14 PAGAS) BRUTOS/AÑO

.- Jefe Gabinete Alcaldia 1 63.240,10

.- Asesor Alcaldía 1 63.240,10

.- Consejero Adjunto Técnico 4 48.960,10

.- Consejero Adjunto 11 48.960,10

.- Asesor Adjunto Técnico 7 40.800,06

.- Asesor Adjunto 17 40.800,06

.- Adjunto a la Concejalía 6 30.599,80

.- Adjunto Grupos Políticos 2 22.057,56 49

d) Personal laboral:

DENOMINACION DE LAS PLAZAS Nº PLAZAS GRUPO TITU. REQUERIDA

.- Coordinador de Juventud 2 A/A1 Titulado Superior

.- Abogado S.Sociales 1 A/A1 "

.- TS Psiquiatra 1 A/A1 "

.- Periodista 2 A/A1 "

.- Medico 2 A/A1 "

.- Psicologo/Pedagogo 7 A/A1 "

.- Psicologo 5 A/A1 "

.- T.S Laboratorio 4 A/A1 "

.- Dtor/a Biblioteca 1 A/A1 "

.- Ginecologo 1 A/A1 "

.- Coordinador Deportes 8 A/A1 "

.- Profesores Musica 14 A/A1 "

.- Asesor Juveníl 1 A/A1 "

.- Dtor. Informatica 1 A/A1 "

.- T.M Urbanismo 3 B/A2 Titulado Medio

.- Dtor. Matadero 1 B/A2 "

.- Educador Coor. Proyectos Socio- Educativos 1 B/A2 "

.- Coordinador Empresa Parques y Jardines 1 B/A2 "

.- Dtor. Parques y Jardines 1 B/A2 "

.- Dtro/a Centro Civico 3 B/A2 "

.- Coordinador Tecnico Cultura 1 B/A2 "

.- T.M Fiscales 1 B/A2 "

.- T.M A.T.S 6 B/A2 "

.- T.M Analista 1ª 1 B/A2 "

.- T.M Coordinadora S.Sociales 3 B/A2 "

.- T.M Asistentes Sociales 14 B/A2 "

.- T.M Agente Mujer Igualdad 1 B/A2 "

.- T.M Profesores Ed. Adultos 6 B/A2 "

.- Maestros E. Infantíl 25 B/A2 "

.- T.M Profesores 1 B/A2 "

.- Coordinadores Cultura 13 C/C1 Bachiller, Técnico o equivalente

.- Coordinador Inf. Juvenil 1 C/C1 "

.- Coordinador Educador SS 1 C/C1 "

.- Aux. Técnico de Compras 1 C/C1 "

.- Inspector Fiscal 2 C/C1 "

.- Inspector Urbanista 2 C/C1 "

.- Inspector Medioambiente 3 C/C1 "

.- Inspector Consumo 2 C/C1 "

.- Analista 2ª 2 C/C1 "

.- Programador 1 C/C1 "

.- Animador Cultura 1 C/C1 "

.- Aux. Biblioteca 1 C/C1 "

.- Fotografo 1 C/C1 "

DENOMINACION DE LAS PLAZAS Nº PLAZAS GRUPO TITU. REQUERIDA

g.- Auxiliar Administrativo 9 D/C2 E.S.O. o equivalente .- Informador Juveníl 1 D/C2 " .- Auxiliar E. Infantíl 2 D/C2 " .- Animador Deportivo 32 D/C2 " .- Animador A. Social 18 D/C2 " .- Animador Juvenil 4 D/C2 " .- Aux.Técnico Deportes 1 D/C2 " .- Encargados 12 D/C2 " .- Jefe Parques y Jardines 2 D/C2 " .- Almacenero 1 D/C2 " .- Operadores/Programador 2 D/C2 " .- Operadores 2 D/C2 " .- Verificador Catastral 1 D/C2 " .- Informadores 3 D/C2 " .- Monitor Cultura 1 D/C2 " .- Monitor Mujer 1 D/C2 " .- Monitor Informatica 1 D/C2 " .- Monitor Pª Local 1 D/C2 " .- Conserjes 51 E/ - .- Cocinero 2 E/ - .- Notificadores 3 E/ - .- Oficial 1ª 32 E/ - .- Oficial 2ª 9 E/ - .- Conserjes-Telefonista 1 E/ - .- Ayudantes 10 E/ - .- Cuidador Instl. Deportiva 27 E/ - .- Taquillero 1 E/ - .- Peones 61 E/ - 441

e) Personal laboral (plazas vacantes):

DENOMINACION DE LAS PLAZAS

N.º PLAZAS1995 GRUPO TITU. REQUERIDA

.- Asesor Jurídico Juventud 1 A/A1 Titulado Superior

.- Profesor de Música 14 A/A1 "

.- Psicologo 1 A/A1 "

.- TM Diseño/Comunicación 1 B/A2 Titulado Medio

.- T.M Coordinadora S.Sociales 1 B/A2 "

.- TM Maestras E. Infantíl 2 B/A2 "

.- TM A.T.S 1 B/A2 "

.- TM Cultura 1 B/A2 "

.- Agente de Comunicación Juveníl 1 C/C1 Bachiller, Técnico o equivalente

.- Técnico Informatico 5 C/C1 "

.- Inspector Medioambiente 1 C/C1 "

.- Animador Juveníl 5 D/C2 E.S.O. o equivalente

.- Animador Deportivo 1 D/C2 "

.- Animador Social de Personas Sordas 1 D/C2 "

.- Auxiliar de Escuela Infantíl 2 D/C2 "

.- Auxiliar Administrativo 1 D/C2 E.S.O. o equivalente

.- Encargado 1 D/C2 "

.- Regidor de Espectáculos 1 E/ -

.- Cuidador Instl. Deportiva 7 E/ -

.- Oficial 1ª 8 E/ -

.- Oficial 2ª 6 E/ -

.- Ayudantes 12 E/ -

.- Maquinista 1 E/ -

.- Peones 8 E/ -

.- Taquillero 1 E/ -

.- Conserje 1 E/ -

.- Cocinero 4 E/ - 89

g) Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación:g.1) Funcionarios de carrera:

DENOMINACION DE LAS PLAZAS N.º PLAZAS SITAC.

JURIDICA GRUPO (1) ESCALA (2) SUBESCALA CLASE CATEGORIA

.- T.S.A.E Formación y Empleo 3 FC A/A1 Admon.Especial Técnica Técnica T.S.A.E

.- T.S.A.G 1 FC A/A1 Admon.General Técnica Técnc. S T.S.A.G

.- Administrativo 2 FC C/C1 Admon. General Administrativa Administrativo Administrativo

.- Aux. Administrativo 2 FC D/C2 Admon. General Auxiliar Aux.Administrativo Aux.Administrativo

.- Conserje 3 FC E/ - Admon. General Subalterna Subalterna Conserje 11

g.2) Funcionarios de carrera (plazas vacantes y nueva creación):

DENOMINACION DE LAS PLAZAS N.º PLAZAS SITAC.

JURIDICA GRUPO (1) ESCALA (2) SUBESCALA CLASE CATEGORIA

.- TSAG 1 FI A/A1 Admon. General Técnica Técnc. S T.S.A.G 1

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DENOMINACION DE LAS PLAZAS N.º PLAZAS GRUPO TITU. REQUERIDA

.- Gerente Escuela Taller 1 A/A1 Titulado Superior

.- Dtor/a Formación Empleo 1 A/A1 "

.- Dtor/a Escuela Taller 1 B/A2 Titulado Medio

.- Encargado 1 D/C2 E.S.O. o equivalente 4

TOTAL 1.- N.º TOTAL DE FUNCIONARIOS 814 2.- N.º TOTAL DE PERSONAL LABORAL 534 3.- N.º TOTAL DE PERSONAL EVENTUAL 49 TOTAL 1.397

Getafe, a 23 de diciembre de 2008.—El concejal-delegado de Hacienda, Patrimonio y Seguridad Ciudadana, David Castro Valero.(03/36.845/08)

GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decre-to Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que seremite el artículo 177.2 del mismo texto legal, y artículo 20.3, en re-lación con el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Se hace público para general conocimiento que esta Corporación,en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2008,adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse pre-sentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente demodificación de crédito número 31 “Suplementos de crédito”, finan-ciados con bajas de crédito en el estado de gastos, que afecta al vi-gente presupuesto de esta Corporación, con el siguiente resumen porcapítulos:

SUPLEMENTOS DE CRÉDITO

Capítulos Altas de créditode gastos

Bajas de créditode gastos

6 1.334.706,37 313.198,347 1.021.508,03

Totales 1.334.706,37 1.334.706,37

En Getafe, a 23 de diciembre de 2008.—El concejal-delegado deHacienda, Desarrollo Económico y Comercio, David Castro Valero.

(03/36.844/08)

HORCAJO DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al nohaberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al pú-blico, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenariode fecha 12 de diciembre de 2008, sobre el expediente de modificaciónde créditos número 1/2008, del presupuesto en vigor, en la modalidadde crédito extraordinario financiado con cargo a mayores ingresos, quese hace público resumido por capítulos:

PRESUPUESTO DE GASTOS

Denominación Númerode partida

Importe(euros)

Personal laboral fijo 1.130.01 18.800,00Seguridad Social 1.160.00 2.000,00Material de oficina 1.220.00 2.000,00A otras empresas 1.227.00 15.786,25Gastos bancarios 1.227.12 1.000,00Iberdrola 1.221.00 1.000,00Mancomunidades 9.463.03 3.000,00Estudios y trabajos técnicos 1.227.06 12.500,00Inversiones nueva infraestructura 4.611.00 172.810,16Inversiones patrimoniales 4.611.02 170.684,83

Total 399.581,24

PRESUPUESTO DE INGRESOS

Denominación Númerode partida

Importe(euros)

Comunidad de Madrid. Prisma 455.00 56.086,25De empresas privadas 470.00 24.593,34De comunidades autónomas 755.00 318.901,65

Total 399.581,24

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artícu-lo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local, los interesados podrán interponer directamente re-curso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidosen los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regulado-ra de dicha jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderápor sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Horcajo de la Sierra, a 15 de diciembre de 2008.—El alcalde,Raúl Andrés Martín.

(03/35.848/08)

LEGANÉS

OTROS ANUNCIOS

Ante la imposibilidad de practicar notificación a las personas que se relacionan a continuación, respecto a su situación de caduci-dad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadascada dos años, y siendo desconocido su paradero, se procede a publicar este anuncio, conforme a lo preceptuado en la resolución de 28 deabril de 2005, en el Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1992, de 13 de enero. A fin de regularizar su situaciónpadronal dispondrán de un plazo de quince días a partir de la publicación de este anuncio para ver el expediente y alegar y aportar cuantos

g.2) Personal laboral (plazas vacantes):

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APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NCTO. DIRECCIÓN AAMIR MUHAMMAD 15-may-78 CALLE BATALLA DE BRUNETE 18 PBJ A ABEME EKANG NSEGUE ESTHER 12-sep-49 CALLE NUESTRA SÑRA DE LOS ANGEL 6 P02 B ABOUAZZATI HAMID 25-jun-66 AVDA FUENLABRADA 18 P04 DH ACOSTA LOPEZ YANITZA 06-sep-77 CALLE BUREBA 25 P05 C ACOSTA SERNA IRMA ELSI 07-ene-73 CALLE TIRSO DE MOLINA 5 P04 C AGHARESE SUNDAY 20-oct-77 CALLE RIOJA 45 P04 D AGUDELO VASQUEZ GUSTAVO ADOLFO 22-jul-73 CALLE MALLORCA 6 P02 C AHSSAIN RKIA 24-abr-69 AVDA MARIA MOLINER 26 P03 A AKINTOLU LOPATO ELENA 19-ago-81 TRVA CID 2 P02 C ALFARO AVALOS GONZALO PERCY 25-mar-67 PLAZA CATALUÑA (DE) 5 P03 C ALI MOUSA MOHAMMED YASINE 24-dic-82 AVDA MANCHA (DE LA) 24 P01 A ALI OUAMAR FAYSSAL 24-nov-78 CALLE RIBEIRO 5 PBJ B ALLACHI RACHIDA 10-ene-86 CALLE ARGENTINA 22 P01 B ALLAI BOUJEMAA 01-ene-48 CALLE RIO JARAMA 15 P02 IZ ALLAY FATIMA 17-feb-50 CALLE RIO JARAMA 15 P02 IZ ALVAREZ EMMA GENOVEVA 30-ago-26 CALLE NUESTRA SRA DE LA ALMUDEN 8 PBJ B ALVES ARAUJO E SILVA MARCOS PAULO 04-nov-84 CALLE ALCARRIA 7 P05 A ALVES PINTO VALDEI 04-feb-58 CALLE HERNAN CORTES 18 P02 1 AMAYA PAULINO KAREN ANALI 10-feb-85 CALLE RIO PISUERGA 4 P03 B AMBA MFON OKON 11-nov-68 CALLE RIO MANZANARES 32 P01 B AMDAOUCH AMINA 01-ene-43 CALLE BUREBA 12 P01 B ANGULO QUIÑONEZ NESTOR NEFTALI 17-ene-67 CALLE FAISAN 6 P01 B ANTRI FATIMA 30-abr-61 CALLE SANTA TERESA DE JESUS 10 P02 C ANUMODU NWANDO PRISCILLIA 01-oct-80 AVDA FUENLABRADA 43 P03 C ANUMODU STANLEY ONYEBUCHI 16-abr-71 AVDA FUENLABRADA 43 P03 C ARANGO FLOREZ ALFONSO 21-ene-55 AVDA MARIA GUERRERO 53 P04 C ARELLANO PEREZ CLAUDIA ANDREA 06-nov-81 CALLE ALCARRIA 18 P04 D ARELLANO PEREZ KARINA ANDREA 06-nov-81 CALLE ALCARRIA 18 P04 D ARGAÑARAZ ALAN EMIR 14-ene-96 CALLE FARO 8 P03 B ARGAÑARAZ BRIAN ALEXIS 07-sep-97 CALLE FARO 8 P03 B ARIAS GUTIERREZ CAROLINA 03-sep-83 CALLE PEDROCHES 42 P09 C ARIAS MOLINA ERLAND HUGO 06-oct-75 CALLE VIRGEN DEL CAMINO 19 P03 A ARMIJO TORREALBA SOFIA CONSTANZA 18-jul-02 CALLE RIO TORMES 19 PBJ C ASARIEMEN OMORUYI QUEEN 18-dic-80 CALLE SAN JOSE 40 P02 B ASPAUZO TARCO JUANA JANETE 24-jun-66 CALLE SAN JOSE 38 PBJ B AVENDAÑO CAMPOS MARIANA 09-jun-80 CALLE CALDERON DE LA BARCA 15 P04 C AVIELELE TONY LOVELY 07-jul-77 AVDA REY JUAN CARLOS I 41 P09 B BABALOLA ROTIMI 21-ago-74 CALLE NAVARRA 5 P02 A BADAMOSI ETINGUE IMMANUEL OLUWASOLA 28-jul-06 CALLE MALLORCA 2 P03 D BALDE ALFA 07-nov-69 CALLE RIO HENARES 8 P04 A BALLESTERO SANTOYO EDGARDO RAFAEL 28-ago-83 AVDA DOCTOR M. CARRICHE 23 P02 C BANALI DOUAE 14-sep-06 CALLE RIO GUADALQUIVIR 6 P01 B BANEGAS FRANCO REYNALDO 23-ene-82 CALLE SAN CRISTOBAL 18 P01 A BELHAJ OMAR 01-ene-70 CALLE RIO TAJO 10 P03 B BIBANG MAÑANA MAXIMILIANO 23-mar-99 CALLE SANTA TERESA 6 P03 C BLANCO MARIN MONICA ANDREA 21-may-89 CALLE MAYORAZGO 20 P01 A BLAS CERDA RAFAEL EUSEBIO 26-mar-70 CALLE PEDROCHES 6 P10 D BOCUBO LOETO ANGELES 12-may-88 CALLE RIOJA 63 P09 B BODDIEN MISTOUL LUIS ESTEBAN 22-ene-79 AVDA MANCHA (DE LA) 26 P09 D BONDE RIOCHI ESTHER 09-nov-04 CALLE RIO TORO 4 PBJ A BONDE RIOCHI TOMAS 12-nov-01 CALLE RIO TORO 4 PBJ A BONI EBA AMBROISE 15-dic-75 AVDA REY JUAN CARLOS I 41 P09 B BOUAAZZA MOURAD 25-may-86 CALLE RIO TAJO 10 P03 B BOULAKHRIF MOHAMED 12-ago-80 CALLE SAN VICENTE 6 P01 B BOULAYOUN AHMED 09-feb-81 CALLE VASCO DE GAMA 18 PBJ 3 BOUSSELHAM SAID 07-may-77 CALLE BATALLA DE CLAVIJO 1 P04 B BOUSSIKHANI MHAMED 17-mar-81 CALLE VASCO DE GAMA 18 PBJ 3 BUITRAGO MEJIA HUMBERTO 30-nov-66 AVDA REY JUAN CARLOS I 106 P06 A CABERO CHACOLLA SILVIA 05-mar-81 CALLE MONEGROS 15 P06 A CACERES ROMERO STEPHANIE PAMELA 28-feb-93 AVDA DOCTOR M. CARRICHE 2 P04 D CACERES VILLALBA SARA BELINDA 30-ene-75 CALLE JEROMIN 15 P02 B CALDERON VELAZQUEZ RUBEN 25-nov-74 CALLE ALCUDIA 4 P10 B CAMARA AMARA 11-nov-74 CALLE SAN PABLO 3 P04 D CANCHO YBACETA DIEGO EDGAR 13-nov-53 AVDA DOCTOR MARTIN-VEGUE 6 P03 DH CANCINO GIRAO JULIO CESAR 27-oct-69 CALLE NUESTRA SÑRA DE LAS ANGUS 18 P02 C CARDENAS MARIN EDWARD FREY 20-feb-74 CALLE RIO GENIL 4 P02 G CARO DELGADO ALBA LUZ 09-nov-60 CALLE MARIA AUXILIADORA 28 PBJ B CASAS SANTIAGO PABLO MARTI 02-ene-88 AVDA REY JUAN CARLOS I 73 P05 A CASCO ZELAYA PAMELA JISSELL 06-dic-84 CALLE ALPUJARRAS 24 PBJ B CASERO TUMBARELL YENIA 12-nov-75 CALLE LIBERTADES 31 CASTRO GONZALEZ KRYSHNA ANGELINA 07-nov-05 CALLE ANCHA 24 P03 IZ CHAMBI YANA VICTORIA 15-abr-74 CALLE RIO TER 6 PBJ 1 CHAPRANSKYY IHOR 03-jul-84 PLAZA SAN NICASIO 4 P02 A CHAUSCHAK VALENTYNA 17-ago-67 CALLE MONEGROS 34 P01 C CHAVEZ GONZALES JUAN RICARDO 26-ago-68 CALLE SAN CESAREO 4 P04 C CHAVEZ ROCA RONALD 19-mar-62 CALLE NUESTRA SÑRA DE GUADALUPE 16 P01 D CHAVEZ LONDOÑO MARIO AMERICO 12-sep-69 CALLE NUESTRA SÑRA DE LAS ANGUS 18 P02 C CHEN ZUOXIN 15-feb-87 CALLE ORDOÑEZ 38 P01 B CHEN JIANYI 01-jul-87 AVDA LIBERTAD 52 PBJ A CHICA GARCES CARLOS RAMON 16-ago-78 PLAZA FORTUNA 4 P01 E

documentos consideren convenientes, transcurrido el cual sin que se efectúe alegación alguna se procederá a su baja por caducidad en elpadrón de habitantes.

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 86 B.O.C.M. Núm. 307

APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NCTO. DIRECCIÓN CHINYELUGO KENNETH CHIGBOGU 17-feb-66 AVDA BELGICA 99 P04 A CHUICO MACAS JOHANNA DE LOS ANGEL 10-jun-83 AVDA REINA SOFIA 1 P03 B COLLAGUAZO BASANTES JAIME RUBEN 06-oct-66 CALLE RIO JARAMA 20 P02 DH COLLAGUAZO SANGUÑA JAIRO DAVID 26-may-90 CALLE RIO JARAMA 20 P02 DH COLLI MAY LUIS ARMANDO 21-sep-78 CALLE RIO LOZOYA 18 PBJ A CRUZ MARTILLO GABRIEL ENRIQUE 24-abr-79 CALLE ALPUJARRAS 24 P02 D CUADROS MURILLO LIBIA 22-feb-67 CALLE ALCALDE PEDRO GONZALEZ GO 6 P02 B DAGHMOUMI RACHID 01-ene-78 AVDA FUENLABRADA 43 P04 C DAMPHA NGUBA IBRAHIM 23-may-06 CALLE RIO GUADALQUIVIR 4 P03 D DAUDA GKING CHINTO 21-ene-80 CALLE RIOJA 75 P07 B DAVILA TORO AURA 12-ene-40 CALLE SERENA 9 PBJ B DCHICH MINA 27-feb-64 CALLE SAN VALERIANO 2 P02 C DERZHYLO ROMAN 24-ene-87 PLAZA SAN NICASIO 4 P02 A DIAS ANDRADE BEATRIZ NAYRA 29-abr-99 AVDA MARIA GUERRERO 92 P02 A DIAS ANDRADE BRENDA NAYARA 24-dic-00 AVDA MARIA GUERRERO 92 P02 A DIAS TEIXEIRA LARA TAYZE 13-ene-82 AVDA MARIA GUERRERO 92 P02 A DIAZ MOLINA ALLERIS 18-ene-74 CALLE SAN MELCHOR 21 P03 A DOUAS MUSTAPHA 30-ene-76 CALLE PENSAMIENTO 7 P04 D DRUNEVYCH IHOR 03-jul-78 CALLE MORAÑA 19 P02 1 EBIOLE TOPAPORI M DE LOS ANGELES 06-feb-71 AVDA MARIA GUERRERO 60 P03 B ECHAHBOUNI HANAN 27-may-79 CALLE SAN FERNANDO 18 P01 B ECHEVERRIA CACERES LUIS ANTONIO 18-feb-95 CALLE JEROMIN 15 P02 B ECHEVERRIA CACERES NICOLAS ALEJANDRO 18-oct-02 CALLE JEROMIN 15 P02 B ECHEVERRIA MONTIEL ROLANDO ARIEL 28-jul-65 CALLE JEROMIN 15 P02 B ECHUACA BORICO M DE LA CONCEPCION 03-abr-45 AVDA CARMEN MARTIN GAITE 55 P04 A EDEBIRI ESTHER 12-abr-82 CALLE RIOJA 45 P04 D EDOKPA GODWIN 05-ene-75 CALLE CARMEN 3 P02 A EHIKHAMHWN DORIS 28-mar-74 CALLE RIO GENIL 6 P03 B EL ALLATI JAOUAD 17-mar-76 CALLE LEGAZPI 3 P03 B EL BOUAZZATI YOSSEF 30-jul-81 AVDA DOCTOR MARTIN-VEGUE 6 P01 IZ EL HADDOUCHI RACHID 01-ene-66 CALLE RIO JARAMA 9 P03 C EL HAOUZI MONIR 27-mar-76 PLAZA FORTUNA 6 P01 A EL KASRI RACHIDA 03-dic-83 CALLE ALCARRIA 64 P03 A EL KAWAKIBI MOHAMED 01-ene-53 CALLE RIO TURIA 12 P01 D EL KAWAKIBI NAWAL 15-ago-82 CALLE RIO TURIA 12 P01 D EL KAWAKIBI SOUMIA 26-jul-76 CALLE RIO TURIA 12 P01 D EL KHAMLICHI BADIAA 24-may-85 CALLE GARCILASO 7 P02 B EL KHANTOURI SAID 27-may-83 CALLE RIOJA 138 P10 A ELCHORF MOHAMED AMINE 31-jul-06 CALLE ARTICO 13 P02 C ENOGIERU HARRISON 16-abr-76 CALLE RIOJA 51 P10 B ERINWINGBOVO IZIEGBEP 27-mar-79 CALLE RIOJA 45 P04 D ESGARAVATO TONIM VALDETE APARECIDA 12-ago-56 CALLE ALCARRIA 7 P05 A ETTAKHMI AHMED 01-ene-62 CALLE ALCALDE SATURNINO DEL YER 46 P01 A ETTANNAZ ISRAE 10-sep-04 CALLE SAN JOSE 46 P01 B ETTANNAZ MUSTAPHA 17-abr-60 CALLE SAN JOSE 46 P01 B FALCON BERROCAL YOVANNA MARLENE 25-oct-69 AVDA MANCHA (DE LA) 20 P04 B FARFAN DANCUART PAULO OSCAR 24-dic-50 CALLE ALCARRIA 7 P05 B FERREIRA RAMOS LUIS ORLANDO 11-ene-51 CALLE BALEARES 2 P03 A GAMBOA LIMACHI EDGAR PABLO 25-ene-76 CALLE CLAVEL 4 P04 IZ GARCIA PANIAGUA PILAR ANDREA 26-may-06 CALLE SAN PABLO 2 PBJ D GARCIA GONZALEZ CARLOS ANDREY 29-oct-79 CALLE SEMINARIO 20 P01 D GARCIA SOTO JANETH ELENA 22-feb-71 TRVA FUENLABRADA 3 P03 B GARCIA VILLA SANDRA JUDIDT 28-mar-77 CALLE SAN ANTONIO DE LA FLORIDA 3 P02 A GARCIA CARDONA CARMEN LILIANA 26-ago-66 CALLE ALCARRIA 88 P04 D GARCIA VILLA M CECILIA 24-abr-84 CALLE SAN ANTONIO DE LA FLORIDA 3 P02 A GERYLYUK VASYL 03-jun-71 CALLE BARRIONUEVO 5 PBJ 1 GIRALDO QUINTERO CARLOS ANDRES 05-jun-80 CALLE RIOJA 64 P05 B GOMEZ PATIÑO MIGUEL ALEXANDER 31-oct-83 CALLE NUESTRA SÑRA DE LOS ANGEL 1 P03 D GONZALEZ RAMOS SANDRA ROCIO 08-feb-83 CALLE SAN CRISTOBAL 2 P02 C GONZALEZ VALDES ROGELIO 04-sep-85 AVDA REY JUAN CARLOS I 14 P04 C GONZALEZ RAMIREZ BELKIN JOHANA 26-abr-83 AVDA MARIA GUERRERO 1 P01 D GORDON CADENA FLORENTINA ELIZABETH 16-ene-82 CALLE LOPE DE VEGA 11 PBJ A GORDON PALAGUARAY JOSE GONZALO 22-oct-79 CALLE LOPE DE VEGA 11 PBJ A GUIA LOPEZ DISLENY 10-may-82 CALLE GETAFE 27 P03 B GUZMAN MURILLO ARIANNA LISSETT 29-nov-86 CALLE LIBERTADES 31 HAFIZ IBRAHIM 15-feb-69 CALLE BATALLA DE BRUNETE 28 P02 DH HIDALGO ACOSTA YOLANDA 11-oct-96 CALLE BUREBA 25 P05 C HINCAPIE RESTREPO M EMMA 09-mar-76 CALLE RIO MANZANARES 12 P04 AD HNATYUK LYUDMYLA 03-ene-53 AVDA ALEMANIA 12 P06 F HOSSIEEN SHEHAZA HISHAMM 11-sep-59 AVDA FUENLABRADA 107 P03 A HRYVAS SERHIY 31-mar-83 CALLE SAN VICENTE 10 PBJ B IBRAHIMI MOHAMED 23-feb-80 AVDA UNIVERSIDAD 2 P02 IZ ICAZA GONZALEZ JACQUELINE ISABETH 01-nov-79 CALLE RIO URBION 6 PBJ B IGBINOBA ESOHE GRACE 05-oct-81 PLAZA ESPAÑA 11 P01 12 IGBINOBA OGBEIDE AISOSA 02-jun-00 PLAZA ESPAÑA 11 P01 12 ISIBOR IYOBOR 23-oct-79 CALLE RIOJA 51 P10 B JAMBO VARGAS ITALA 15-ene-81 CALLE ALPUJARRAS 10 P03 A JARA CONTRERAS NELSON ENRIQUE 09-mar-58 CALLE PABLO FREIRE 3 PBJ B JIN JIANJUN 10-feb-65 CALLE BARDENAS 6 P07 D JIN SHUHUI 07-jul-91 CALLE BARDENAS 6 P07 D JONATHAN ABIES 13-feb-77 CALLE RIO HENARES 2 P04 C

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 87

APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NCTO. DIRECCIÓN JUSTINIANO SANCHEZ JOSE ARTURO 17-mar-80 CALLE SAN PABLO 5 P01 B KARPENKO ANGELINA 18-dic-94 CALLE SAGRA 4 P04 C KHEMATI KENZA IKRAME 06-oct-89 CALLE BATALLA DE TRAFALGAR 2 P03 C KORNAS OLEKSANDR 15-mar-77 AVDA DERECHOS HUMANOS 9 P04 A LAPUERTA GARCIA BLACIO SAUL 07-ago-84 CALLE LOPE DE VEGA 11 PBJ C LAVRENOV YURI 15-jul-73 CALLE AMPURDAN 14 P03 A LAVRENOVA TETYANA 06-jul-75 CALLE AMPURDAN 14 P03 A LAZO GOMEZ CARMEN 23-jun-80 AVDA REY JUAN CARLOS I 14 P04 C LAZYUK VOLODYMYR 30-ene-65 CALLE BUTARQUE 42 P02 B LEYTON ARIAS GEORGE HARRISON 12-ago-87 AVDA LIBERTAD 53 P02 B LI BING BING 17-abr-75 CALLE ALPUJARRAS 72 P02 A LIU CHUFANG 20-jun-57 AVDA EUROPA 63 P07 B LOPATO ESTHER AKINTOLU 24-ene-68 TRVA CID 2 P02 C LOPETE MAY BERNARDINO 15-jun-68 AVDA MARIA GUERRERO 60 P03 B LOPEZ LOPEZ MIGUEL ANGEL 05-feb-88 CALLE MORAÑA 17 P04 2 LOPEZ MARTINEZ LUZ YENY 16-oct-76 CALLE RIBEIRO 10 P02 C LOPEZ ROMAN ODALIA DEL ROCIO 03-ene-73 CALLE HERNAN CORTES 16 P04 3 LOUHABI MOHAMED 29-jul-85 CALLE PANADES 30 P04 4 LUO MANQUIAN 04-abr-87 AVDA REY JUAN CARLOS I 25 P08 A LUPUL ANATOLIY 23-sep-60 CALLE GOBERNADOR 9 P01 A MAKUBA LOPETE LETICIA 07-may-01 AVDA MARIA GUERRERO 60 P03 F MANDATO PEREIRA ANGELO ANTONIO 25-oct-98 CALLE SAN JUSTO 10 P02 D MATUTE AVILA CARLOS ROLANDO 16-dic-64 CALLE PIZARRO 27 P03 A MAYACINE SYLLA 29-abr-65 CALLE ALPUJARRAS 33 P01 B MAZA AGREDA FAUSTO GONZALO 28-mar-81 CALLE JUAN SEBASTIAN ELCANO 6 P04 D MBAH TITUS EMEKA 28-nov-64 AVDA MANCHA (DE LA) 38 P02 C MEDINA BRICEÑO JIMMY DARIO 21-feb-78 CALLE GOBERNADOR 3 P03 A MEI HONGJUAN 03-jul-81 CALLE BUREBA 12 P05 C MENDOZA CACERES LUDINA 21-jun-70 CALLE RIO DUERO 43 P03 D MIMOUNI BOUSSELHAM 01-ene-55 CALLE SAN RUFINO 6 PBJ DH MOCHE FERNANDEZ SECUNDINA 22-ene-60 CALLE RIBEIRO 7 P01 C MOLA MAJEDA LEONARDO 15-ago-88 CALLE RIO LOZOYA 11 P02 DH MOLA MAJEDA LUCIANO 07-feb-90 CALLE RIO LOZOYA 11 P02 DH MOLINA ROCA MARCO ANTONIO 30-may-81 CALLE SAN MELCHOR 5 P01 B MOLLO YUJRA FRANCISCO 29-ene-62 CALLE BAILEN 1 P04 A MOMOVELA BUNA BIENVENIDO ALI 27-abr-72 CALLE MONEGROS 3 P07 C MONTAÑO CABRALES ALESSOA 10-jul-06 CALLE ALPUJARRAS 1 P02 A MONTAÑO CABRALES ALISSON 10-jul-06 CALLE ALPUJARRAS 1 P02 A MONTOYA BEDOYA GERMAN 24-feb-68 CALLE MAYORAZGO 6 PBJ C MOROCHO TACO HILDA MERCEDES 09-feb-72 PLAZA TAHONA (DE LA) 2 P01 A NARANJO AGUDELO JHON JAIRO 23-mar-71 CALLE RIOJA 39 P01 B NDIAYE AMADOU 12-abr-53 CALLE RIO TORMES 9 P03 B NIÑO OLARTE SEBASTIAN CAMILO 30-abr-93 CALLE RIOJA 69 P09 C NUÑEZ CABALLERO MARIA EMILCE 21-oct-87 PLAZA FORTUNA 3 P02 A NYAGA BASSY TRESESE PATRICE 10-abr-84 CALLE BATALLA DEL EBRO 5 P01 C ODE AMAKO 15-oct-78 CALLE RIO TAJO 18 P04 A ODEWMINGIE OSARUHEN 10-oct-77 CALLE RIO TAJO 18 P04 A ODION MERCY 13-mar-82 AVDA EUROPA 59 PBJ A OGBEBOR COLLINS 24-ene-78 CALLE SAN JOSE 40 P02 B OJEAGA JULIET 20-jul-68 CALLE RIO TORMES 23 PBJ B OKERE JERMAINE 25-sep-05 CALLE RIO TORO 4 PBJ A OKOIBHOLE SIMON KENNEDY 04-may-77 CALLE ARAGON 18 P01 A OKUNDIA OSAFONA GODFREY 24-sep-78 CALLE RIOJA 51 P10 B OLARTE MARIA EUGENIA 29-jul-70 CALLE RIOJA 69 P09 C OLIYAR STEPAN 20-oct-62 CALLE NUESTRA SÑRA DE LA MACARE 5 P01 B OLOJEDE OLADELE PETER 11-sep-83 TRVA CID 2 P02 C OLUSI OLUSEGUN TAIWO 27-dic-79 AVDA REY JUAN CARLOS I 25 P01 A OMOREGIE ENDURANCE OSARIEMEN 30-oct-77 AVDA MANCHA (DE LA) 38 P06 A OMOREGIE MIKE 02-dic-69 AVDA REY JUAN CARLOS I 14 PBJ A ONAKALU OSHO JOHN 01-nov-70 CALLE ARTICO 6 P02 B ORELLANA RAMIREZ M LOURDES 10-sep-79 CALLE PIZARRO 11 P04 C OSE PRECIOUS 09-abr-81 CALLE SAN VALERIANO 6 P03 D OVIASOGIE NICOLAS OSATOHAMEWEN 12-oct-80 CALLE RIO TORMES 23 PBJ B OWOLO MARY ODION 17-oct-80 CALLE BUTARQUE 6 P04 B OZUNA RUTH CARMEN 22-feb-77 AVDA DOCTOR M. CARRICHE 27 P01 D PALAMARYUK STEFANA MARIYA 17-abr-54 CALLE RIOJA 79 P02 D PATIÑO MONROY CRISTIAN FERNANDO 01-ago-86 AVDA UNIVERSIDAD 13 P01 B PATZI CAZON JUAN CARLOS 10-mar-79 CALLE ESTEBON 10 P01 PELA SERICHE VANESA NIEVES 20-ene-86 CALLE BARRIONUEVO 1 P03 3 PEREZ GARCIA CAROLINA 19-ago-86 CALLE ALCARRIA 88 P04 D PEREZ VINASCO MILTON 05-may-69 CALLE BATALLA DE BRUNETE 9 PBJ C PIMENTEL OLIVEIRA M DA PENHA 20-sep-50 CALLE NUESTRA SEÑORA DE BEGOÑA 3 P03 C PINEDO PULGAR INDIRA 03-jul-67 AVDA REINA SOFIA 23 P01 B PIRRONE PECORARO OSCAR 30-may-60 AVDA GRAN BRETAÑA 24 P03 B POLA LOPETE FRANCISCO JAVIER 03-ago-90 AVDA MARIA GUERRERO 60 P03 F PONCE PEREZ JOHANNA CATARINA 03-ene-77 CALLE AMPURDAN 22 P04 D PONCE MAURICIO JAVIER 17-abr-72 CALLE BARCELONA 2 P02 A POPOVYCH VIKTOR 01-may-74 AVDA FUENLABRADA 117 P02 A PRAVDA OLGA 26-jun-54 CALLE GOBERNADOR 9 P01 A PUENTES RAMIREZ JOHN ALEXANDER 15-abr-85 CALLE RIOJA 51 P04 A QU CHUNHUA 23-ene-65 AVDA LIBERTAD 52 PBJ A

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 88 B.O.C.M. Núm. 307

APELLIDOS Y NOMBRE FECHA NCTO. DIRECCIÓN QUEIROZ PINTO LUCAS 16-jun-03 CALLE NUESTRA SEÑORA DE BEGOÑA 2 P03 A QUEZADA HERRERA GERJO RUBEN 09-dic-85 CALLE SANTA TERESA 14 P02 B QUICENO BOTIA ANDRES MAURICIO 05-dic-80 CALLE RIO URBION 5 P03 B RAHMAN KAMAL UDDIN 10-nov-66 PLAZA FORTUNA 6 P01 A RAMIREZ QUINTERO JULIAN ANDRES 07-sep-81 CALLE BUREBA 29 P07 C RAMOS POSTO ALBERTO 05-ago-65 CALLE RIO TER 6 PBJ 1 RASHEED SHAHBAZ 05-ene-73 AVDA LIBERTAD 52 PBJ A RENDON GALLO LAURA 30-may-90 CALLE BATALLA DE CLAVIJO 5 P01 C RODRIGUEZ GUZAMAN LEANDRO 12-ene-91 CALLE BILBAO 8 P01 15 ROSA DO COUTO KATIA SILENE 04-feb-83 CALLE MALLORCA 1 P03 D ROVALINO VERDEZOTO ALEX RODRIGO 14-mar-89 CALLE PRIORATO 93 P03 C SALAS CHONONO JUAN 08-mar-68 AVDA LIBERTAD 36 PBJ B SAMUEL LISA 29-jun-78 CALLE RIO HENARES 2 P04 C SANCA SANCHEZ JACINTA 10-sep-69 CALLE ALPUJARRAS 76 P05 D SANCHEZ CORREA MYRIAM 30-nov-48 CALLE MORAÑA 7 P08 4 SANDOVAL FLORES DORA ESTHER 04-ago-52 AVDA LIBERTAD 9 PBJ B SANGARE BRAHIMA 05-dic-81 CALLE RIOJA 56 P09 D SANGUÑA LICANGO MARTHA SUSANA 11-sep-69 CALLE RIO JARAMA 20 P02 DH SAPAK IGOR 31-ago-70 CALLE RIOJA 39 P06 A SEMMAR DINA 03-mar-78 CALLE BATALLA DE BRUNETE 12 P02 A SHAN XIAOXIAO 10-sep-85 PLAZA HERNAN CORTES 3 P01 B SHEPTYTSKA OLHA 11-sep-76 PLAZA SAN NICASIO 4 P02 A SHYNKARYUK HEORHIY 23-abr-56 CALLE RIOJA 39 P06 A SHYNKARYUK MARIYA 17-oct-57 CALLE RIOJA 39 P06 A SOARES SOUZA WENDELL JOSE 07-may-84 CALLE RIOJA 66 P06 C SOPALE SORIZO DIAMANTINO 20-nov-92 CALLE RIO TORMES 11 P01 B SOTO MOGROVEJO YOHOR HECTOR 13-jul-65 CALLE RIBEIRO 4 PBJ D SOTO MOLINA SEBASTIAN IGNACIO 23-sep-89 CALLE NUESTRA SÑRA DE LAS ANGUS 23 PBJ 1 SOULAIHI JAOUAD 20-mar-77 CALLE RIO JARAMA 2 P02 C SUAREZ CABAL MARIO ARLEY 02-ago-84 CALLE PIZARRO 11 P04 C SULCA ESPIRITU LISBETH YANINA 25-ene-83 CALLE RIOJA 39 P09 C TALHAOUI MOHAMED 15-oct-64 CALLE RIO TURIA 12 P01 D TAPIA VILLARROEL NANCY 20-dic-84 CALLE RIOJA 109 P01 B TARRAF OTMANE 30-nov-70 CALLE BATALLA DE CLAVIJO 1 P04 B TOALA ZAMBRANO FANNY ANGELICA 03-nov-78 CALLE SAGRA 41 PBJ B TORREALBA MONTECINOS MARCELA URILDA 07-may-67 CALLE RIO TORMES 19 PBJ C TORRES ALMEIDA HERMES ARNULFO 27-abr-83 CALLE RIO TURIA 3 P04 A TOUTAH ANOUAR 25-may-86 AVDA GIBRALTAR 9 P01 D TOUTAH DERAR 04-dic-93 AVDA DOCTOR FLEMING 12 P01 A TOUTAH MOHAMMED 22-feb-99 AVDA DOCTOR FLEMING 12 P01 A TOUTAH WAFAE 20-mar-88 AVDA DOCTOR FLEMING 12 P01 A TUKU LOCOJA RESURRECCION 14-dic-93 AVDA DOCTOR MARTIN-VEGUE 8 P02 B TURRO CAZAÑAS TANIA 06-may-75 AVDA BELGICA 87 P07 B TUTUIANU IGOR 21-oct-81 AVDA MANCHA (DE LA) 44 P03 B TYMOSHCHUK STEFANIYA 27-may-52 CALLE SAGRA 4 P04 C UDEH JULIUS 26-feb-65 CALLE MORAÑA 6 P07 2 UWAGBOE JULIET 26-nov-80 CALLE RIO TORMES 23 PBJ B VACCARI SILVA ANDREA JANINA 27-ago-82 AVDA REY JUAN CARLOS I 36 P03 D VALDEZ YOHOL SAMMY RONALDO 17-feb-78 AVDA FUENLABRADA 82 P04 9 VALENCIA GONZALEZ HERNAN TULIO DE JESU 01-may-67 AVDA MANCHA (DE LA) 17 P04 A VALLEJO SILVA AMALIA ROSA 12-abr-38 CALLE SANTO DOMINGO 2 P02 A VARGAS SAMACA MARIA SUSANA 18-dic-59 AVDA FUENLABRADA 115 P03 C VASQUEZ VALLEJO FERNANDO 14-nov-78 CALLE BUREBA 4 P03 D VASYLKIV VIKTOR 05-dic-70 CALLE RIO URBION 16 P04 3 VECHIATTO SILVA BRUNO 22-ago-85 CALLE NUESTRA SEÑORA DE BEGOÑA 3 P04 C VELAZQUEZ ESCOBAR ANCELMO 21-abr-59 CALLE RIO DUERO 43 P03 D VELEZ RODRIGUEZ YEFERSON STIVEN 12-oct-90 CALLE RIO NERVION 2 P01 IZ VERA CABALLERO MARIA 16-mar-56 CALLE CLAVEL 4 P04 IZ VERA GARCIA CHRISTOFER 01-ene-97 CALLE MORAÑA 16 P04 C VESNOVSKA LYUDMYLA 03-may-71 CALLE RIOJA 39 P06 A VICTORIA POMEO CAROLINA 17-nov-82 CALLE BATALLA DE BRUNETE 9 PBJ C VICTORIA POMEO GABRIELA 05-ago-02 CALLE BATALLA DE BRUNETE 9 PBJ C VILLARROEL QUIROZ MARISABEL 14-nov-73 PLAZA NAVARREVISCA (DE) 3 P03 C VIRSTA OLESYA 10-abr-79 CALLE MONEGROS 34 P01 C VIZCAINO ADAMES ROSA ISABEL 24-ene-82 CALLE RIO NERVION 11 P04 D WAGUE BAKAOURY 20-ene-74 CALLE ISABEL LA CATOLICA 1 P02 C WEN SHUANG 30-nov-88 AVDA REINA SOFIA 76 XIANG XIUYONG 24-dic-71 AVDA BELGICA 97 P01 B XU XIUQIN 25-feb-57 AVDA FUENLABRADA 19 P03 A XU WEIYI 24-ene-77 CALLE SAN JOSE 36 P01 C YE GUANBIN 02-nov-55 CALLE GALICIA 2 P03 C ZARATE CERVANTES MARCELA 30-jul-75 CALLE GALICIA 3 P01 D ZARATE BOTERO PAULA PATRICIA 05-jun-86 CALLE PENSAMIENTO 7 P04 D ZENG JIANFEN 26-abr-76 CALLE SAN JOSE 36 P01 C ZENG LIANGFENG 19-dic-80 CALLE SAN JOSE 36 P01 C ZERRAD MOUNIA 15-nov-80 CALLE NUESTRA SRA DE LA ALMUDEN 10 PBJ C ZHAN YI 17-sep-06 CALLE ANTONIO MACHADO 3 P02 B ZIANE IMAD 21-oct-83 CALLE NUESTRA SÑRA DE LA ESPERA 9 P02 A ZOUHAIRI SALH EDDINE 28-sep-82 CALLE NUESTRA SÑRA DE LA MACARE 16 PBJ A

(02/16.375/08)

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 89

LOS MOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

No habiéndose presentado alegaciones al acuerdo adoptado por elPleno Municipal el día 6 de noviembre de 2008, relativo a la modi-ficación del tipo de gravamen determinado en la ordenanza fiscal re-guladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana,estableciéndose en un 0,65 por 100, así como modificación en cuan-to a bonificación por la instalación de sistemas para el aprovecha-miento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, se ele-va a definitivo, procediéndose a su publicación, tal y como estableceel artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales:

Primero.—Modificación del tipo de gravamen determinado en laordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles denaturaleza urbana, estableciéndose en un 0,65 por 100.

Segundo.—Modificar el acuerdo del Pleno Municipal de 3 de di-ciembre de 2004, en lo relativo a la bonificación para los bienes in-muebles de naturaleza urbana en los que se hayan instalado sistemaspara el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía provenien-te del sol, en el sentido de precisar que: “En todo caso, cuando el bieninmueble sea una vivienda, la instalación deberá contemplar, obliga-toriamente, el agua caliente sanitaria y el sistema de calefacción de lavivienda”.

Se añadiría, también, al apartado 4 lo siguiente: “El solicitante dela bonificación deberá estar al corriente del pago de todos los tribu-tos locales y demás derechos de la Hacienda Local en el momentode la solicitud.”

Los Molinos, a 22 de diciembre de 2008.—El alcalde (firmado).(03/36.691/08)

NAVALAFUENTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento de Navalafuente, en sesión extraordi-naria celebrada el día 20 de octubre de 2008, acordó la aprobacióninicial de la ordenanza municipal de gestión de residuos sólidos ur-banos y limpieza pública, y en cumplimiento de lo dispuesto en losartículos 49 y 70.2 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Lo-cal, y artículo 56 del texto refundido de Régimen Local, se someteel expediente a información pública por el plazo de treinta días acontar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda serexaminada y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se enten-derá definitivamente aprobada la mencionada ordenanza.

En Navalafuente, a 4 de diciembre de 2008.—El alcalde, ValeroAlonso de Miguel.

(03/35.645/08)

PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiendo sido aprobado el expediente de suplemento de créditonúmero 1/08, aprobado inicialmente por el Pleno Municipal de fe-cha 30 de octubre de 2008, y transcurrido el plazo de exposición pú-blica sin que se hayan presentado reclamaciones, por el presente sepublica el presupuesto del ejercicio de 2008, tal y como queda resu-mido por capítulos:

INGRESOS GASTOSCapítulo Importe Capítulo Importe

I 17.622.000,00 I 16.485.146,43II 3.000.000,00 II 27.833.238,55

III 17.667.928,02 III 950.000,00IV 12.025.375,03 IV 7.812.690,49

INGRESOS GASTOSCapítulo Importe Capítulo Importe

V 3.578.790,40 VI 15.885.400,75VI 17.317.552,85 VII 2.000.000,00

VII 4.029.484,62 VIII 30.000,00VIII 54.040,48 IX 2.578.000,00

Total 75.295.171,40 Total 73.574.476,22

Pinto, a 2 de octubre de 2008.—La alcaldesa (firmado).(03/35.716/08)

POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

En ejecución del acuerdo plenario de 20 de noviembre de 2008, atenor de lo establecido en los artículos 122.5.d) de la Ley 7/1985,de 2 de abril, y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, se hacepública para general conocimiento la aprobación inicial del expe-diente de modificación número 54/2008, de suplemento de créditosdentro del presupuesto de Ayuntamiento del actual ejercicio 2008por un importe 2.823.706,82 euros, que ha quedado elevado a defini-tivo por no haberse formulado reclamaciones en el plazo de informa-ción pública, y en cumplimiento de lo establecido en los artículos169.3 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sepublica resumido a nivel de capítulos afectados por la modificaciónque es del siguiente tenor:

ESTADO DE GASTOS

CapítuloCréditos

consignados(euros)

Modificacionesexpediente

54/2008(euros)

Créditos finalesconsignados

(euros)

1 38.872.985,54 38.872.985,542 47.606.624,22 47.606.624,223 3.650.995,12 3.650.995,124 13.632.488,23 13.632.488,236 86.498.562,55 2.823.706,82 89.322.269,377 8.423.350,51 8.423.350,519 4.822.254,14 4.822.254,14

Total 203.507.260,31 2.823.706,82 206.330.967,13

ESTADO DE INGRESOS

Capítulo Previsiones(euros)

Modificacionesexpediente

54/2008(euros)

Previsionesfinales(euros)

1 54.095.530,23 54.095.530,232 10.400.000,00 10.400.000,003 28.157.330,00 28.157.330,004 22.449.777,09 22.449.777,095 3.836.738,65 3.836.738,656 16.231.181,40 16.231.181,407 1.282.236,11 1.282.236,118 68.801.759,10 2.823.706,82 71.625.465,92

Total 205.254.552,58 2.823.706,82 208.078.259,40

Contra la aprobación definitiva los interesados podrán interponerdirectamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo esta-blecido en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5

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de marzo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguienteal de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-trativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalSuperior de Justicia de Madrid, a tenor del artículo 10.1.a) de la úl-tima de las Leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedenteen defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspen-derá por sí sola la aplicación de la modificación presupuestaria.

Pozuelo de Alarcón, 2008.—La secretaria general del Pleno, El-vira M.C. García García.

(03/36.500/08)

RIVAS-VACIAMADRID

CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de

Contratación.c) Número de expediente: 165/08.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: servicio de ejecución acciones forma-

tivas que forman parte de los itinerarios integrados de inser-ción sociolaboral del pacto local por el empleo en Rivas-Va-ciamadrid; atención a personas dependientes y conciliaciónlaboral y familiar cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

b) Lugar de ejecución: Rivas-Vaciamadrid.c) Plazo de prestación: según pliego técnico y hasta el 31 de di-

ciembre de 2009.3. Tramitación, ordinaria; procedimiento abierto.3. Presupuesto base de licitación: 62.958 euros, IVA exento a la

baja.5. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid. Servicios

Administrativos.b) Domicilio: plaza de la Constitución, número 1, planta primera,

carretera de Valencia N-III, kilómetro 15,200, desvío a Rivas-Oeste. Perfil del contratante: http://www.rivas-vaciamadrid.org

c) Localidad y código postal: 28522 Rivas-Vaciamadrid (Madrid).d) Teléfono: 916 602 700. Telefax: 916 602 782.e) Fecha límite de obtención de documentos e información:

quince días naturales siguientes al de esta publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6. Requisitos específicos del contratista: solvencia económica yfinanciera y solvencia técnica y profesional.

7. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Quince días naturales siguientes al de esta publicación en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.b) Horario: De lunes a viernes, de nueve a trece.c) Documentación a presentar: las señaladas en el pliego de

condiciones particulares.d) Lugar de presentación: Departamento de Contratación, do-

micilio y teléfono ya expresados.8. Apertura de las ofertas: el miércoles siguiente al día en que

finalice el plazo de presentación de ofertas, a las trece horas.9. Gastos de anuncios: a cargo del adjudicatario.Rivas-Vaciamadrid, a 18 de diciembre de 2008.—El concejal-

delegado de Hacienda (PD 4310/2007, de 21 de diciembre), Guiller-mo Magadán Cuesta.

(01/3.772/08)

RIVAS-VACIAMADRID

CONTRATACIÓN

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de

Contratación.c) Número de expediente: 170/08.

2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: servicio para la organización y explo-

tación económica de competiciones y eventos deportivos delAyuntamiento.

b) Lugar de ejecución: Rivas-Vaciamadrid.c) Plazo de prestación: un año.3. Tramitación, ordinaria; procedimiento abierto.3. Presupuesto base de licitación: 36.206,90 euros, IVA no in-

cluido a la baja.5. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid. Servicios

Administrativos.b) Domicilio: plaza de la Constitución, número 1, planta primera,

carretera de Valencia N-III, kilómetro 15,200, desvío a Rivas-Oeste. Perfil del contratante: http://www.rivas-vaciamadrid.org

c) Localidad y código postal: 28522 Rivas-Vaciamadrid (Madrid).d) Teléfono: 916 602 700. Telefax: 916 602 782.e) Fecha límite de obtención de documentos e información:

quince días naturales siguientes al de esta publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6. Requisitos específicos del contratista: solvencia económica yfinanciera y solvencia técnica y profesional.

7. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Quince días naturales siguientes al de esta publicación en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.b) Horario: De lunes a viernes, de nueve a trece.c) Documentación a presentar: las señaladas en el pliego de

condiciones particulares.d) Lugar de presentación: Departamento de Contratación, do-

micilio y teléfono ya expresados.8. Apertura de las ofertas: el miércoles siguiente al día en que

finalice el plazo de presentación de ofertas, a las trece horas.9. Gastos de anuncios: a cargo del adjudicatario.Rivas-Vaciamadrid, a 18 de diciembre de 2008.—El concejal-

delegado de Hacienda (PD 4310/2007, de 21 de diciembre), Guiller-mo Magadán Cuesta.

(01/3.771/08)

SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en se-sión celebrada el día 18 de diciembre de 2008, el presupuesto para elejercicio 2009, de conformidad con lo previsto en el artículo 169.1del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, este se encuentra expuesto al público en las dependenciasde la Intervención Municipal, durante el plazo de quince días hábi-les, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presente edicto, aefecto de que los interesados puedan examinarlo y presentar cuantasreclamaciones estimen oportunas.

De no presentarse reclamación alguna en dicho plazo, de confor-midad con lo previsto en dicho precepto, el presupuesto se conside-rará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo ple-nario.

San Agustín del Guadalix, a 19 de diciembre de 2008.—El alcal-de, José Luis Pérez Balsera.

(03/36.690/08)

SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

OFERTAS DE EMPLEO

Habiendo concluido el plazo de presentación de solicitudes de laconvocatoria que este Ayuntamiento tiene actualmente en trámitepara cubrir una plaza de sargento del Cuerpo de Policía Local del

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Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix, con esta fecha por laAlcaldía se ha resuelto:

1. Lista definitiva de admitidos para la provisión de una plazade sargento:

— Colomo Navarro, Juan Manuel.— García García, José Paulino.— García Ramos, Felipe.— Moreno Sánchez, Juan Santiago.— Rastrollo Parra, Julián.— Robledo García, Fabián.— Sanguino Sanguino, Juan José.2. Composición del tribunal calificador:Presidente:— Titular: don Jacobo Chico Carballas.— Suplente: doña Luisa Cantón de la Osa.Vocales:— Titular: don Antonio Zapata Olea.— Suplente: don Gabriel Trejo González.— Titular: don Eusebio Pascual Sanz.— Suplente: doña Natividad García Ayuso.— Titular: doña Olga Otero Fereiro.— Suplente: doña Lourdes Colino Sánchez.— Titular: don José Luis Gómez Carrasco.— Suplente: don Fernando Castillo Sanz.— Titular: don Pedro Agudo Novo.— Suplente: don José Ángel Arce Blanco.Secretario: don Primo Llamas Fernández.Suplente: doña Antonia Narváez Jusdado.3. El primer ejercicio (pruebas psicotécnicas) se realizará el

día 20 de enero de 2009, a las diez horas, en la Casa de la Cultura,calle Extremadura, número 4, de San Agustín del Guadalix.

San Agustín del Guadalix, a 17 de diciembre de 2008.—El alcal-de (firmado).

(02/16.965/08)

SAN MARTÍN DE LA VEGA

OFERTAS DE EMPLEO

Por decreto de Alcaldía de fecha 11 de diciembre de 2008 se hanaprobado las bases para la cobertura de una plaza de sargento porpromoción interna y movilidad vertical, cuyo texto íntegro a conti-nuación se transcribe:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEERPOR EL PROCEDIMIENTO DE PROMOCIÓN INTERNAY MOVILIDAD VERTICAL UNA PLAZA DE SARGENTO

DEL CUERPO DE POLICÍA LOCALDEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

1. Normas generales

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza desargento del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de San Mar-tín de la Vega, incluida en la plantilla de funcionarios de este Ayun-tamiento, grupo C1, nivel de complemento de destino 20, escala deAdministración Especial, subescala de Servicios Especiales, policíalocal, escala ejecutiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 dela Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de las Policías Loca-les de la Comunidad de Madrid.

La cobertura de la plaza se realizará por promoción interna o mo-vilidad vertical entre miembros de los Cuerpos de Policía Local dela Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en elartículo 37 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Po-licías Locales de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 65.1 delDecreto 112/1993, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Regla-mento Marco de Organización de Policías Locales de la Comunidadde Madrid.

El proceso selectivo constará de dos fases: concurso-oposición ycurso selectivo de formación, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 56 y 65.1 del Reglamento Marco de Organización de lasPolicías Locales de la Comunidad de Madrid.

Al titular de la misma le incumbirá el desempeño de las funcio-nes establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, deFuerzas y Cuerpos de Seguridad; en el artículo 10 de la Ley4/1992, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidadde Madrid; en los artículos 8 y 20 y la disposición adicional prime-ra del Decreto 112/1993, por el que se aprueba el ReglamentoMarco de Organización de las Policías Locales de la Comunidadde Madrid, y en los Reglamentos y ordenanzas municipales sobrepolicía local.

La presente convocatoria se rige por estas bases y en lo no regu-lado en las mismas se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 7/2007,de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Real De-creto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba eltexto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia deRégimen Local; Ley 30/1984, de 2 agosto, de Medidas para la Re-forma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al Servicio de la Administración General del Estado y deProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado;Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen lasreglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse elprocedimiento de selección de los funcionarios de la Administra-ción Local; Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de laComunidad de Madrid; Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinaciónde las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y Decreto112/1993, de 28 de octubre, por el que se aprueba el ReglamentoMarco de Organización de las Policías Locales de la Comunidadde Madrid; Reglamento de la Policía Local del Ayuntamiento deSan Martín de la Vega.

El tribunal responsable de la selección no podrá aprobar ni declararque ha superado el proceso selectivo un número superior de aspiran-tes al de plazas convocadas. Las presentes bases vincularán a la Ad-ministración y al tribunal de selección que ha de juzgar las pruebas se-lectivas y a quienes participen en las mismas. Las presentes bases solopodrán ser modificadas con sujeción a las normas de la Ley 30/1992,de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Requisitos de los aspirantesPara ser admitidos al proceso selectivo, los aspirantes deberán re-

unir los siguientes requisitos:

a) Ser español.b) Haber cumplido los veintiún años y no superar los sesenta an-

tes de la fecha en que termine el plazo de presentación de ins-tancias para los aspirantes que accedan por el turno de pro-moción interna, y haber cumplido los veintiún años y nofaltarle menos de diez años para cumplir la edad de jubilaciónforzosa legalmente establecida antes de la fecha en que termi-ne el plazo de presentación de instancias, para los aspirantesque accedan por el turno de movilidad.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ba-chillerato Unificado Polivalente, Bachiller Superior, Forma-ción Profesional de segundo grado o equivalentes.

d) Ser miembro del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamientode San Martín de la Vega con la categoría de cabo para los as-pirantes que accedan por el turno de promoción interna y sermiembro de cualquier Cuerpo de Policía Local de la Comu-nidad de Madrid con la categoría de cabo para los aspirantesque accedan por el turno de movilidad.

e) Tener un mínimo de dos años de antigüedad en la categoríade cabo.

f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase A, conuna experiencia mínima de dos años, y de la clase B, con laautorización para conducir vehículos prioritarios (BTP) oequivalentes.

g) No haber sido separado del servicio en virtud de expedientedisciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas,ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

h) Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un cer-tificado médico extendido en un impreso oficial y firmado

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por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar ex-presamente que el aspirante reúne las condiciones físicas ysanitarias necesarias y suficientes para la realización de losejercicios físicos que figuran especificados en el apartado 8.2de la base octava, así como las determinaciones exigidas res-pecto a la talla de los aspirantes. A tal efecto, y a título orien-tativo, se significa que los Colegios Oficiales de Médicos ex-piden dichos certificados, así como el Centro Regional dePrevención y Reconocimientos Médicos de la Comunidad deMadrid.En todo caso, este certificado médico no excluirá, en absolu-to, las comprobaciones posteriores que integran la prueba dereconocimiento médico.Este certificado será acreditado con anterioridad a la celebra-ción de las pruebas físicas a las que hace referencia el párra-fo anterior.

i) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.j) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para

ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.k) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utili-

zarlas en los casos previstos en la Ley.Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberánser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo depresentación de instancias de la presente convocatoria, a ex-cepción del especificado en el apartado, debiendo acreditarseel permiso de conducir de la clase B en el plazo señalado an-teriormente con carácter general para el resto de los requisi-tos y los de las clases A (con una experiencia mínima de dosaños) y BTP antes de la finalización del curso selectivo deformación.El aspirante que resulte nombrado quedará sometido desde latoma de posesión en prácticas al régimen de incompatibilida-des que establece la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

3. Solicitudes

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo sedirigirán a la alcaldesa-presidenta de esta Corporación. Para seradmitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas co-rrespondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en sussolicitudes que reúnen todas y cada una de las condiciones exigi-das, tal y como se establece en la base anterior, referidas siemprea la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación deinstancias.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días natura-les, contados a partir del siguiente al de la publicación del extractode la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en elque deberá constar la fecha y número del BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de publicación de las bases de la convo-catoria.

Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que pre-viene el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común opresentándose en el Registro General de este Ayuntamiento. Las so-licitudes de participación en el procedimiento selectivo se cursaránen el modelo oficial de instancia que se facilitará en el Registro Ge-neral del Ayuntamiento. Las instancias serán acompañadas en supresentación por los siguientes documentos:

a) Currículo profesional de los méritos alegados, ordenados se-gún el baremo que figura en el correspondiente anexo, debien-do presentar fotocopia compulsada de los méritos acreditados.

b) Recibo de haber abonado los derechos de examen, que se fi-jan en la cantidad de 30 euros, que deberán abonarse en lacuenta del Ayuntamiento de San Martín de la Vega del “Ban-co Santander Central Hispano” con número de cuenta 0049-4016-24-1510062500, adjuntando el comprobante de habersatisfecho dicho pago a la solicitud de tomar parte en el pro-ceso selectivo (deberá hacer constar en el comprobante sunombre y apellidos y número de documento nacional de iden-tidad). También podrán abonarse en la forma establecida enel artículo 38.7 de la Ley de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

4. Admisión de aspirantesExpirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Pre-

sidencia de la Corporación dictará resolución en el plazo máximo deun mes declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admi-tidos y excluidos.

Asimismo, en dicha resolución constará la identidad de los aspi-rantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figu-ren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán deun plazo de diez días hábiles, contado a partir del siguiente a la pu-blicación de dicha resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivadosu exclusión o su no inclusión expresa.

Una vez finalizado el plazo de subsanación, la Presidencia de laCorporación dictará resolución aprobatoria de la relación definitivade aspirantes admitidos y excluidos, que deberá publicarse en el ta-blón oficial de anuncios del Ayuntamiento, indicándose en la mis-ma los lugares en que se encuentran expuestas al público las listascertificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, determi-nándose el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso,el orden de actuación de los aspirantes.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no será obligatoria lapublicación en dicho BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID de los sucesivos anuncios, que se efectuará a través del tablónde anuncios del Ayuntamiento.

5. Composición, constitución y actuación de los órganosde selección

El tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuestopor los siguientes miembros:

— Presidente: funcionario de carrera del grupo A de un Cuerpode Policía Municipal o Local de un Ayuntamiento de la Co-munidad de Madrid.

— Secretario: funcionario de la Corporación del grupo A2.— Vocales:

a) Un representante de la Comunidad de Madrid.b) Tres mandos de un Cuerpo de Policía Municipal o Local

de un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid con ca-tegoría igual o superior al de la plaza convocada.

Todos los miembros del tribunal actuarán con voz y voto.Podrán asistir en calidad de observadores del proceso represen-

tantes sindicales, con voz pero sin voto.La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus res-

pectivos suplentes, comisiones auxiliares y asesores. Por razón delas circunstancias del proceso selectivo que así lo aconsejasen, el tri-bunal, por medio de su presidente, podrá disponer la incorporacióna sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de losejercicios señalados. Dichos asesores se limitarán a la colaboraciónque en función de sus especialidades técnicas les solicite el tribunal,por lo que actuarán con voz pero sin voto.

Actuación y constitución del tribunal calificador: para la váli-da constitución del tribunal, a los efectos de la celebración de se-siones, deliberación y toma de acuerdos, se requerirá la presenciadel presidente y del secretario o, en su caso, de quienes los susti-tuyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o su-plentes, si bien los suplentes podrán intervenir solamente en elcaso de ausencias justificadas, no pudiendo, por tanto, actuar in-distinta y concurrentemente con los titulares. Las resoluciones deltribunal calificador se adoptarán por mayoría y vincularán a laAdministración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda pro-ceder a su revisión conforme a los artículos 102 y siguientes de laLey de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común. Asimismo, adoptará susdecisiones por mayoría mediante votación nominal, y en caso deempate se repetirá la votación. Si en una segunda persistiera elempate, este lo dirimirá el presidente con su voto. Para las vota-ciones seguiría el orden establecido en la resolución del nombra-miento de los miembros del tribunal, votando siempre en últimolugar el presidente.

Sus acuerdos solo podrán ser impugnados en los supuestos y en laforma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 93

El tribunal continuará constituido hasta tanto no se resuelvan lasreclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el proce-dimiento selectivo.

Abstención y recusación: deberán abstenerse de formar parte enel tribunal de selección, notificándolo a la autoridad convocante,aquellas personas en quienes se dé alguna de las circunstancias se-ñaladas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podránrecusar a los miembros del mismo cuando concurra alguna de dichascircunstancias.

Asimismo, no podrán formar parte de los tribunales aquellos funcio-narios que, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado ta-reas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco añosanteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.

Al tribunal calificador será de aplicación con carácter supletorio lodispuesto para los órganos colegiados en el capítulo 2 del título II dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando el proceso selectivo, por razón del número de aspirantespresentados a las pruebas o por otras circunstancias que así lo acon-sejen, el tribunal, por medio de su presidente, podrá disponer la in-corporación al mismo de otros funcionarios o trabajadores munici-pales para colaborar en el desarrollo de los procesos selectivos, bajola dirección del citado tribunal.

Clasificación del tribunal calificador: el tribunal calificador seclasifica en la segunda categoría, de conformidad con el Real Decre-to 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón delservicio, que constituye la normativa actualmente reguladora de lamateria.

6. Desarrollo de las pruebas selectivas

Una vez iniciadas las pruebas selectivas, los sucesivos anunciosde celebración de las restantes pruebas se publicarán en el tablónde edictos de la Corporación con doce horas, al menos, de antela-ción al comienzo de la prueba, si se trata del mismo ejercicio, o deveinticuatro horas si se trata de uno nuevo, así como por cualquierotro medio si se juzga conveniente para facilitar su máxima divul-gación.

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente.En cualquier momento los miembros del tribunal podrán requerir

a los opositores la acreditación de su identidad. En la corrección ycalificación de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempreque sea posible, el anonimato de los aspirantes.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llama-miento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo enlos casos alegados y justificados con anterioridad a la realización delejercicio, los cuales serán libremente apreciados por el tribunal. Alos efectos previstos en este apartado, el llamamiento se consideraúnico, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización delejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la se-sión a la que hayan sido convocados.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguientedeberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas.

7. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de las siguientes fases decarácter sucesivo y eliminatorio:

a) Concurso-oposición.b) Curso selectivo de formación en la Academia de Policía Lo-

cal de la Comunidad de Madrid, que tendrá una duración noinferior a tres meses.

8. Desarrollo de la fase de concurso-oposición

Concurso.—La fase de concurso será previa a la de oposición yno tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en la calificación de losméritos alegados en el currículo profesional, de acuerdo con el ba-remo de méritos que consta en el anexo I. Solo podrán valorarseaquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazode admisión de instancias de la correspondiente convocatoria.

Oposición.—Las pruebas a superar en la fase de oposición seránlas siguientes, todas y cada una de ellas eliminatorias:

8.1. Primera.—Pruebas psicotécnicas homologadas por la Aca-demia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, orientadas acomprobar que las aptitudes y los rasgos de personalidad de los as-pirantes son los más adecuados para las funciones asignadas a la ca-tegoría. Las pruebas se homologarán en función de los perfiles psi-coprofesionales adecuados al puesto de sargento, elaborados a talefecto por la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrido por el departamento psicológico del propio Ayuntamiento.

8.2. Segunda.—Serán adecuadas a las funciones a realizar ytendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones deequilibrio, velocidad y coordinación.

Las pruebas físicas a superar serán las siguientes:— Carrera de velocidad sobre 60 metros.— Salto de longitud con los pies juntos desde la posición de pa-

rado.— Lanzamiento de balón medicinal.— Estos ejercicios se realizarán con arreglo a las normas que fi-

guran en el Anexo IV.El tribunal realizará el pertinente control antidopaje a los aspiran-

tes. Con anterioridad a la realización de los ejercicios físicos, los as-pirantes deberán presentar al tribunal el certificado médico extendi-do en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio al quese refiere el apartado h) de la base 2, “Requisitos de los aspirantes”.

8.3. Tercera.—Prueba de conocimientos. Consistirá en la con-testación por escrito de un test de 100 preguntas, con cuatro respues-tas alternativas cada una de ellas, que versarán sobre los temas refle-jados en el anexo II. El tiempo de duración del ejercicio será de unahora y treinta.

8.4. Cuarta.—Reconocimiento médico. El personal facultativoque se designe al efecto realizará a los aspirantes las pruebas que seconsideren necesarias para la comprobación de las condiciones físi-cas de los aspirantes.

8.5. Quinta.—Presentación y defensa de una memoria profesio-nal relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar, especialmentecon las funciones de estudio, diseño y organización de los servicios dePolicía Local de San Martín de la Vega. Dicha memoria deberá serpresentada por escrito y defendida oralmente ante el tribunal califica-dor. Se valorará especialmente la capacidad de raciocinio, la sistemá-tica en el planteamiento y formulación de conclusiones y la adecuadainterpretación de los conocimientos y experiencia profesional.

9. Calificación de la fase de concurso-oposición9.1. Concurso.—La calificación definitiva del concurso vendrá

dada por la suma de todos los puntos obtenidos por la aplicación delbaremo de méritos establecido en el correspondiente anexo 1 de laspresentes bases.

9.2. Oposición.—Las diferentes pruebas de la oposición seráncalificadas de la siguiente forma:

9.2.1. Pruebas psicotécnicas: la calificación será de “apto” o“no apto”.

9.2.2. Pruebas físicas: se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo ne-cesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de lasdiferentes pruebas que se realicen, obteniéndose la notafinal a través de la media aritmética correspondiente alconjunto de las pruebas. La puntuación de 5 puntos seráequivalente a la marca mínima establecida en cada una delas pruebas (anexo IV de las presentes bases).

9.2.3. Prueba de conocimientos: se calificará de 0 a 10 puntos,siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para su-perarla. El tribunal determinará el valor de las preguntascorrectas y la penalización de las erróneas, si procede, co-municándolo a los aspirantes de manera previa.

9.2.4. Reconocimiento médico: se calificará de “apto” o “noapto”. Para la valoración y calificación de la prueba de re-conocimiento médico se requerirán los servicios de per-sonal municipal especializado, que emitirá su informe, ala vista del cual el tribunal resolverá según lo apuntado enel anexo III.

9.2.5. Presentación y defensa de la memoria profesional: se ca-lificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mí-nimo de 5 puntos para superarla.

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La calificación definitiva de la fase de oposición será la suma delas calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza pun-tuable.

9 3. Calificación final del concurso-oposición:

9.3.1. La calificación final de cada aspirante en la fase concur-so-oposición se realizará mediante la suma de las puntua-ciones obtenidas en la fase de concurso y en cada una delas pruebas puntuables de la fase de oposición.

9.3.2. El orden de colocación de los aspirantes en la lista deaprobados se establecerá de mayor a menor puntuación,no pudiendo el tribunal proponer como sargento de la Po-licía Local en prácticas un número superior de aspirantesal de plazas convocadas.

9.3.3. En el supuesto de que se produzca un empate en la pun-tuación obtenida por los aspirantes en el concurso-oposi-ción, se seguirán los siguientes criterios para resolverlopor orden de preferencia:a) Mayor puntuación obtenida en la de conocimientos.b) Mayor puntuación en la prueba de presentación y de-

fensa de memoria profesional.c) Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso de

méritos.

10. Nombramiento de sargento-jefe en prácticasEl aspirante que hubiese superado y aprobado la fase de concurso-

oposición con mayor puntuación, será nombrado sargento en prácti-cas y percibirá con cargo a la Corporación las retribuciones que co-rrespondan de acuerdo con el Real Decreto 456/1986, de 10 defebrero, modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero.

11. Curso selectivo de formaciónSerá requisito indispensable en cuanto a la segunda fase del pro-

ceso selectivo, superar el curso selectivo de formación en la Acade-mia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, cuya duración noserá inferior a tres meses.

Durante la realización del curso selectivo los funcionarios enprácticas estarán sometidos al Reglamento de Régimen Interior dela Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, aproba-do por Orden 1334/1994, de 22 de septiembre.

De no superar el curso selectivo de formación, el aspirante no po-drá tener acceso al nombramiento definitivo como sargento de la Po-licía Local.

12. Calificación del curso selectivo de formaciónEl curso selectivo de formación será calificado de 0 a 10 puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo, re-sultando de aplicación las prescripciones que al respecto se encuen-tran contenidas en el Reglamento de Régimen Interior de la Acade-mia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, aprobado porOrden 1334/1994, de 22 de septiembre.

Quien no supere en su totalidad el curso perderá los derechos ad-quiridos por la superación del concurso-oposición y quedará exclui-do definitivamente del proceso selectivo

13. Calificación definitiva del proceso de selecciónLa calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada

por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de concurso-oposición y la correspondiente al curso selectivo de formación, es-tableciéndose en tal suma la siguiente ponderación:

(COP × 0,40) + (CS × 0,60)

Donde COP es la calificación obtenida en la fase de concurso-oposición y CS es la calificación obtenida en el curso selectivo deformación.

14. Propuesta final y nombramiento como funcionario carreraRelación de aprobados.—Finalizado el proceso selectivo, el tri-

bunal publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento la relaciónde aprobados por orden de puntuación y elevará dicha relación a laAlcaldía-Presidencia, a los efectos de formulación del correspon-diente nombramiento como funcionario de carrera.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estaránexentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para

obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamentecertificación del órgano del que dependa acreditativa de su condi-ción y demás circunstancias que obren en su expediente personal.

Nombramiento.—Concluido el proceso selectivo, el aspiranteque lo hubiese superado será nombrado por la Presidencia de la Cor-poración funcionario de carrera, de acuerdo con la propuesta del tri-bunal, que tendrá carácter vinculante. Cualquier resolución que con-travenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

Toma de posesión.—La toma de posesión del aspirante que hu-biese superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de vein-te días naturales desde que le sea notificado el nombramiento. Aquelaspirante que no tome posesión en el plazo señalado sin causa justi-ficada, salvo casos de fuerza mayor, decaerá en sus derechos.

Régimen de impugnación.—Las bases de convocatoria y cuantosactos administrativos se deriven de ellas y de la actuación del tribunalcalificador podrán ser impugnadas en los casos y en la forma estable-cida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

ANEXO I

BAREMO DE MÉRITOS APLICABLE A LA FASEDE CONCURSO

La fase de concurso, que será previa a la fase de oposición y notendrá carácter eliminatorio, consistirá en la calificación de los mé-ritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes deacuerdo con el baremo de méritos que figura a continuación:

1. Experiencia profesionalAntigüedad en el puesto de policía, puntuación de 0,10 puntos por

cada año o fracción, siempre que esta sea superior a seis meses.Antigüedad en el puesto de cabo, puntuación de 0,30 puntos por

cada año o fracción, siempre que esta sea superior a seis meses. Nose contabilizarán en este apartado los dos años de antigüedad en estacategoría, exigidos como requisito para acceder a la plaza.

La puntuación máxima en este apartado no podrá superar los 5puntos.

2. Estudios profesionales

Cursos de actualización o especialización profesional:

a) Se valorarán los cursos recibidos por el Instituto Superior deEstudios de Seguridad de la Comunidad de Madrid, actualAcademia de Policía Local de la Comunidad de Madrid (an-tiguo ARES), así como los impartidos por otras institucionesu organismos públicos incluidos dentro del Plan de Forma-ción Continua de las Administraciones Públicas, siempre queestén relacionados con las funciones policiales a desempeñar.

— Se valorará cada curso recibido a razón de 0,10 puntos.

b) Asistencia a jornadas, seminarios, congresos, foros, simpo-sios de manifiesto interés policial o de seguridad, se valora-rá 0,10 puntos por actividad realizada.

La puntuación máxima en este apartado no podrá superar un 1punto.

3. Otros

Méritos, premios y recompensas que obren en el expediente per-sonal, concedidos por la Alcaldía-Presidencia, Junta de GobiernoLocal o Ayuntamiento Pleno, o de otras Administraciones Locales,Autonómicas o Central. De existir varias felicitaciones por la mis-ma causa solo se valorará una de ellas, que será la de mayor rango:

a) Felicitaciones individualizadas y personales: 0,10 puntos porcada una. La puntuación máxima en este apartado no podrásuperar 1 punto.

La calificación definitiva del concurso vendrá dada por la sumade todos los puntos obtenidos por aplicación del baremo anterior.

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ANEXO II

TEMARIO PRUEBA DE CONOCIMIENTOS

Temas de conocimientos generales

1. La Constitución española de 1978: su trascendencia jurídica,política y social. Estructura y contenido. Principios básicos. Refor-ma de la Constitución.

2. Derechos y deberes de la persona en la Constitución. Su de-fensa y garantía. El recurso de amparo constitucional. El Defensordel Pueblo. La suspensión de derechos y libertades.

3. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Adminis-tración.

4. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. Composicióny organización. Competencias del Tribunal Constitucional.

5. La organización territorial del Estado en la Constitución. LasComunidades Autónomas. La provincia. El municipio.

6. Concepto de Derecho. La Administración y el Derecho. Elprincipio de legalidad. Concepto de Derecho Administrativo: brevereferencia a sus fuentes.

7. El Reglamento: concepto y clases. La potestad reglamenta-ria. Especial referencia a la potestad reglamentaria o de ordenanzasde las entidades locales.

8. La Comunidad de Madrid. El Estatuto de Autonomía. Insti-tuciones de Gobierno: organización y atribuciones.

9. El administrado: concepto, clases. Relaciones de colabora-ción y participación en las funciones administrativas. Principio deaudiencia al interesado.

10. El acto administrativo: concepto, orígenes, clases.11. Principios generales del procedimiento administrativo: con-

cepto, clases de procedimiento. Dimensión temporal del proce-dimiento administrativo: días y horas hábiles. Cómputo de plazos.Recepción y registro de documentos.

12. Los recursos administrativos: clases de recurso. Audienciaal interesado. Recurso de alzada: objeto, plazos, interposición. Re-curso de reposición: objeto, plazos, interposición. Recurso de revi-sión: objeto, plazos, interposición. Recurso contencioso-administra-tivo.

Temas de conocimientos de interés policial

1. Los Cuerpos de Policía Local. Selección. Promoción y for-mación. Efectivos y plantillas.

2. Jerarquía y disciplina en los Cuerpos de Policía Local. Fun-ción de mando. Relaciones de subordinación. El saludo y sus clases.Tratamientos y presentaciones.

3. Normas y leyes de circulación en España. Textos legales. Or-ganismos competentes. Normas de circulación urbana.

4. Investigación de accidentes: concepto. Diferencia entre in-formar e investigar. Cualidades de un buen investigador.

5. Deberes del investigador al llegar al lugar del accidente.Riesgo de incendio. Señalización y rescate de ocupantes. Controldel tráfico y la muchedumbre. Transporte de heridos.

6. Alcoholemia. Concepto. Tasa de alcoholemia. Efectos. Alcoho-límetros. Descripción general y forma de actuar. Obligación de so-meterse a la prueba.

7. Inmovilización y retirada de vehículos en la vía pública.Vehículos abandonados, inmovilizados o depositados. Modo de ac-tuar en cada caso.

8. Técnica de tráfico. Ordenación y regulación del tráfico. Con-ceptos básicos más usuales en técnica de tráfico: velocidad, intensi-dad, densidad, capacidad. Factores que afectan a la capacidad. Ca-pacidad en circulación discontinua. Nivel de servicio.

9. Objetivos principales de la ordenación del tráfico. Normas decarácter general.

10. Clasificación funcional de las vías. Función de la red vial.Justificación de la especialización de las vías urbanas. Concepto decontrol o limitación de los accesos. Tipos de vías que componen lared arterial de un área urbana. Autopistas urbanas. Autovías. Arte-rias principales. Vías de la red secundaria. Calles colectoras y calleslocales.

11. Control automático del tráfico. Control de una red median-te semáforos en sus cruces. Desviaciones automáticas del tráfico.

12. Señalización de la vía. Características de las señales. Seña-les reglamentarias. Tipos y clases: agentes, señales circunstanciales,

semáforos verticales, marcas viales. Descripción y significado delas señales. Prioridad de las señales.

13. La Policía como organización y control social.14. Teoría de la organización. Técnicas de gestión de recursos

humanos y materiales.15. La comunicación humana. Tipología. Canales de comuni-

cación.16. La Policía en general. Su función en la sociedad. Deontolo-

gía policial. Códigos internacionales sobre conducta policial.17. Principios básicos de actuación policial. Especial referencia

al uso de armas de fuego por la Policía.18. El modelo policial español. Las Fuerzas y Cuerpos de Segu-

ridad del Estado. Las Policías Autonómicas. Las Policías Locales.19. Las relaciones entre las diferentes Fuerzas y Cuerpos de Se-

guridad del Estado. Las competencias de las Comunidades Autóno-mas en relación con la Policía Local. Las juntas locales de segu-ridad.

20. Manifestaciones, reuniones y concentraciones. Normativalegal y estrategia policial para la defensa del ejercicio de estas liber-tades.

21. Legislación sobre menores y extranjeros. Actuación de laPolicía Local en esta materia.

22. La problemática social de la droga. Influencia de la droga-dicción en la delincuencia. Instrumentos actuales de apoyo al drogo-dependiente.

23. Protección Civil en casos de cataclismo, catástrofes bacte-riológicas, químicas u otros siniestros. Los Ayuntamientos y la Pro-tección Civil.

24. Concepto de transmisiones. Red de transmisiones y mediosque la componen. Canal de trabajo y de reserva. Malla libre y malladirigida. Frecuencia de trabajo y de reserva. Indicativos y códigos.Comunicaciones simples, semidúplex y dúplex.

25. Informática. Concepto. Descripción general de un ordena-dor. La seguridad y el delito informático.

26. Principales delitos contra las personas, la propiedad, la li-bertad y la seguridad.

27. La Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de PolicíasLocales de la Comunidad de Madrid: la coordinación de las PolicíasLocales. Régimen Jurídico de los Cuerpos de Policía Local. Organi-zación y estructura. Régimen de selección y promoción.

28. Requisitos reglamentarios para circular respecto a los con-ductores permisos y licencias de conducción.

29. Requisitos reglamentarios respecto de los vehículos: ma-trícula, documentación, alumbrado, señalización, accesorios, repues-tos y herramientas. La tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos.

30. Accidentes de tráfico: concepto y clases de accidentes detráfico. Actuaciones respecto a los ocupantes, tráfico, público y he-ridos.

31. Principales delitos contra las personas, la propiedad, la li-bertad y la seguridad.

32. Consideraciones generales sobre derecho penal. Principiosy normas fundamentales. El delito y la falta. Jurisdicción y compe-tencias de los juzgados y tribunales.

33. Reglamento Marco de la Organización de las Policías Loca-les de la Comunidad de Madrid: disposiciones generales. Estructuray organización de los Cuerpos de Policía Local. Acceso a los Cuer-pos de Policía Local. Promoción interna y movilidad. La formaciónde las Policías Locales. Uniformidad y equipo.

34. La Policía Municipal y la aplicación de las ordenanzas.Bandos de la Alcaldía. Actuación de la Policía Local.

35. Las ordenanzas y reglamentos del Ayuntamiento de SanMartín de la Vega. Procedimientos de elaboración y aprobación. Re-ferencia a las ordenanzas fiscales.

36. Competencias municipales en seguridad ciudadana: Ley deBases del Régimen Local y Ley Orgánica de Protección de la Segu-ridad Ciudadana. Las funciones de la Policía Local en materia de se-guridad ciudadana.

37. Delitos contra la seguridad del tráfico.38. Delitos cometidos por los funcionarios públicos. Delitos co-

metidos contra los funcionarios públicos.39. El atestado policial y las diligencias policiales.40. La Policía Local y su intervención en conflictos privados.

La importancia de la mediación en la resolución de conflictos.

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41. El fenómeno de la marginación: causas, efectos y problemá-tica social. Los inmigrantes extranjeros. Importancia y característi-cas de la inmigración extranjera en San Martín de la Vega.

42. La Policía Judicial: regulación constitucional y legal. LasPolicías Locales como Policía Judicial.

43. Las nuevas tendencias en el enfoque del trabajo policial, lapolicía de proximidad o comunitaria.

44. La delincuencia juvenil: características, causa y efectos. Lastribus urbanas.

45. Tratamiento policial de los delitos contra la mujer. Instru-mentos municipales de apoyo a las mujeres víctimas de delitos es-pecíficos.

46. La importancia de los conceptos de jerarquía y subordina-ción en la Policía Local. Funciones y cometidos de los mandos de laPolicía Local.

47. Peculiaridades del derecho sindical para los miembros de laPolicía Local. Legislación aplicable.

48. La función administrativa de la Policía en general. La Poli-cía Local como Policía Administrativa. Las multas municipales. Elprocedimiento sancionador general y en materia de trafico.

ANEXO III

EXCLUSIONES

1. Exclusiones médicasEnfermedad o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica,

activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente pue-dan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el de-sarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.

En tales casos el tribunal calificador de las pruebas selectivas, conlas asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para comproba-ción del estado del aspirante, al final del cual la asesoría médica cer-tificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han desa-parecido los motivos de exclusión circunstancial.

2. Exclusiones definitivas de carácter generalEnfermedades o alteraciones de cualquier aparato o sistema con

posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto aque opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo.

3. Exclusiones definitivas de carácter especificoOído y audición: agudeza auditiva que suponga una pérdida entre

1.000 y 3.000 hercios a 35 decibelios o de 4.000 hercios a 45 deci-belios.

Hipertensión arterial, prescindiendo de su causa: las cifras de pre-sión arterial, tomadas con el sujeto en reposo y sentado, no deberánser superiores a:

— Presión sistólica: 145 mm/Hg.— Presión diastólica: 90 mm/Hg.

4. Comprobación de exclusionesLa comprobación de los datos clínicos a que hace referencia este

cuadro se hará solo y exclusivamente en el centro médico y por eltribunal médico designado al efecto, y sus resultados siempre han dereferirse al momento de la exploración.

ANEXO IV

PRUEBAS FÍSICAS

Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el tri-bunal calificador y por personal especializado en la materia.

1. Carrera de velocidad sobre 60 metros1.1. Disposición: el aspirante se colocará en el lugar señalado al

efecto, pudiendo realizarla salida de pie o agachado, sin tacos de sa-lida.

1.2. Ejecución: la propia de una carrera de velocidad, adaptadaa los requisitos mínimos en cuanto a condiciones del terreno especi-ficadas en el Reglamento de la FIAA (Federación Internacional deAtletismo).

1.3. Medición: podrá ser manual, duplicándose en este caso loscronos por cada calle ocupada por un aspirante, tomándose el tiem-po medio de las dos mediciones.

1.4. Intentos: se efectuará un máximo de tres intentos.1.5. Invalidaciones:— Cuando realice un mismo aspirante tres salidas falsas.— Cuando obstaculice o moleste de cualquier forma a otro co-

rredor, pudiendo repetir la prueba el corredor obstaculizado.— Cuando no se mantenga desde la salida a la meta en la calle

asignada, a excepción de cuando se deba a causa ajena a suvoluntad y no obtenga una ventaja material.

1.6. Marcas y puntuaciones: las establecidas en el cuadro queseguidamente se detalla:

— Medición: segundos y centésimas de segundo.— Calificación: ver cuadro final.

2. Salto de longitud desde la posición de parado2.1. Disposición: el aspirante colocará la punta de ambos pies a

la misma distancia del borde de una línea de 1 metro de largopor 0,05 metros de ancho, marcada en el suelo, paralela al foso desalto y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior al mismo.

2.2. Ejecución: cuando se halle dispuesto, el aspirante, con lospies apoyados en el suelo, flexionará y extenderá rápidamente eltren inferior, proyectando el cuerpo hacia adelante, para caer al fosoy abandonar el mismo por la parte delantera.

2 3. Medición: se efectuará desde la parte de la línea más aleja-da del foso hasta la huella del aspirante más cercana a la línea de par-tida, sobre la arena del foso.

2.4. Intentos: se podrán realizar tres intentos como máximo,puntuando el mejor.

2.5. Invalidaciones:a) Es nulo el salto en el que, una vez separados totalmente los

pies del suelo, vuelvan a apoyarse definitivo.b) Es nulo el salto en el que el aspirante pise la línea en el mo-

mento de impulsarse.c) Es nulo el salto en el que el aspirante no realice el primer apo-

yo en la caída con los pies.2.6. Marcas y puntuaciones: las establecidas en el cuadro que

seguidamente se detalla:— Medición: metros y centímetros para el impulso.— Calificación: ver cuadro final.

3. Lanzamiento de balón medicinal3.1. Disposición: el aspirante se colocará frente a una línea mar-

cada en el suelo, de 1 metro de larga por 0,05 de ancho y paralela ala zona de lanzamiento, con la punta de ambos pies a la misma dis-tancia de dicha línea.

3.2. Ejecución: cuando el aspirante esté dispuesto, tomará el ba-lón medicinal con ambas manos y lanzará el mismo, sacándolo des-de atrás y por encima de la cabeza, enviándolo lo más lejos posible.

3.3. Medición: se efectúa desde la parte anterior de la línea delanzamiento hasta la marca más próxima a la misma de la primerahuella que deje el balón en su caída.

3.4. Intentos: podrán realizarse tres intentos, como máximo,puntuando el mejor de los tres.

3.5. Invalidaciones: constituirán lanzamientos nulos:— Cuando el aspirante pise la línea.— Cuando el aspirante no tenga las puntas de los pies a la misma

distancia de la línea de lanzamiento.— Cuando el aspirante sobrepase la línea o caiga en ella una vez

ejecutado el lanzamiento con cualquier parte del cuerpo.— Cuando el aspirante haga el lanzamiento saltando, despegan-

do totalmente cualquiera de los pies o arrastrando cualquierade los mismos hacia atrás.

— Cuando el aspirante efectúe el lanzamiento con una solamano.

3.6. Marcas y puntuaciones: las establecidas en el cuadro queseguidamente se detallan. Las marcas intermedias se calificarán conla puntuación otorgada a la marca más próxima a la obtenida.

— Medición: metros y centímetros.— Calificación: ver cuadro final.

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CUADRO DE CALIFICACIÓN PRUEBAS FÍSICAS

San Martín de la Vega, a 11 de diciembre de 2008.—La tercera teniente de alcalde, Carmen Alía Ruano.(02/16.573/08)

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Con fecha 2 de diciembre de 2008, el alcalde-presidente ha dicta-do la resolución 3101/2008, que dice lo siguiente:

En uso de la facultad que me confiere el artículo 21.3 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local,y a la vista de lo establecido en el artículo 43 del Reglamento de Or-ganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviem-bre, he resuelto:

Primero.—Efectuar el siguiente reajuste de delegación del ejerci-cio de atribuciones en favor de los concejales de este Ayuntamientoque a continuación se mencionan, en las condiciones que, asimismo,se reseñan y sin perjuicio de los asuntos que se decida tratar en laJunta de Gobierno:

I. Delegado de Urbanismo: don Raúl Terrón Fernández.— Conocerá de los asuntos relativos a Planeamiento, Disciplina

Urbanística, Proyectos, Licencias Urbanísticas (Obras y Ac-tividades) y Vivienda.

II. Delegado de Medio Ambiente, Servicios a la Ciudad, Protec-ción Civil y Transportes: don Jorge Calderón Hernández.

— Conocerá los asuntos relativos a Medio Ambiente, Residuosy Limpieza Viaria, Transportes y Protección Civil.

III. Delegada de Función Pública, Recursos Humanos, Organi-zación, Calidad, Nuevas Tecnologías, Seguridad y Circulación:doña Natalia de Bartolomé Bertolín.

— Conocerá los asuntos relativos a Recursos Humanos y Perso-nal, Asuntos Generales, Atención Ciudadana, Informática,Organización, Calidad, Policía Local y Circulación.

IV. Delegada de Educación, Juventud e Infancia: doña LorenaHeras Sedano.

— Conocerá los asuntos relativos a Educación, Escuela de Mú-sica y Danza, Juventud e Infancia.

V. Delegada de Cultura, Cooperación al Desarrollo e Inmigra-ción: doña María del Mar Escudero Solórzano.

— Conocerá los asuntos relativos a Cultura, Universidad Popu-lar, Bibliotecas, Artes Escénicas, Cooperación al Desarrolloe Inmigración.

Todas las delegaciones antedichas comportan la facultad de diri-gir y gestionar los servicios correspondientes mediante actos admi-nistrativos que afecten a terceros, entendiéndose efectuadas sin per-juicio de las atribuciones cuyo ejercicio se delegue en la Junta deGobierno.

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Los siguientes concejales no experimentan variación en las atri-buciones que en su día les fueron delegadas:

— Delegada de Economía y Participación Ciudadana: doña Ma-ría José Esteban Raposo.� Conoce de los asuntos relativos a Hacienda, Gestión Eco-

nómica y Presupuestaria, Contratación, Patrimonio, Co-mercio e Industria, Empleo, Formación, Consumo y Par-ticipación Ciudadana.

— Delegado de Obras, Servicios y Festejos: don Alberto Matia-ces Alonso.� Conoce de los asuntos relativos a Festejos, Turismo, Pa-

trocinio y Mecenazgo, Infraestructuras, Mantenimientode Edificios y Vías Públicas, Parques y Jardines y Con-tratas de Servicios.

— Delegada de Servicios Sociales, Salud y Discapacitados:doña María Luisa Suárez Sánchez.� Conoce de los asuntos relativos a Servicios Sociales, Sa-

lud y Personas con Discapacidad.— Delegada de Personas Mayores y por la Igualdad: doña María

Dolores de Diego Fernández.� Conoce de los asuntos relativos a Personas Mayores y

Mujer.— Delegado de Deportes: don Miguel Ángel Martín Perdiguero.

� Conoce de los asuntos relativos a Deportes.— Delegado de Urbanizaciones Fuera del Casco Urbano: don

Sebastián Sotomayor Dauphin.— Delegado de Casco Urbano: don Antonio Carrillo Rojo.Segundo.—Esta resolución surtirá efectos en la misma fecha de

entrada en vigor del presupuesto general municipal para el ejerci-cio 2009, a excepción de la delegación de Seguridad y Circulación,que lo será con fecha 4 del mes y año en curso.

Tercero.—Por virtud de lo establecido en el apartado primeroqueda modificado el decreto 1569/2007, de 9 de julio, dictado poresta Alcaldía y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, número 175, de dichos mes y año.

En San Sebastián de los Reyes, a 3 de diciembre de 2008.—El al-calde, Manuel Ángel Fernández Mateo.

(03/35.646/08)

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

RÉGIMEN ECONÓMICO

Transcurrido el plazo para la formulación de reclamacionesfrente a la aprobación provisional, por acuerdo plenario de 18 deseptiembre de 2008, del expediente sobre modificaciones a la or-denanza fiscal número 10, reguladora de las tasas por utilizacionesprivativas o aprovechamientos especiales del dominio público lo-cal, se eleva automáticamente a definitivo el mismo al no haberseformulado reclamación alguna, de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Ha-ciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo.

El acuerdo provisional elevado a definitivo y el texto íntegro delas modificaciones habrán de ser publicadas en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID y editadas dentro del primer cuatri-mestre del ejercicio próximo, todo ello de acuerdo con lo prevenidoen los apartados 4 y 5 del citado artículo 17.

Modificación de la ordenanza fiscal número 10, reguladorade las tasas por utilizaciones privativas o aprovechamientos

especiales del dominio público local

Se introduce una nueva Sección 5.a, que comienza en el artícu-lo 34 y finaliza en el 36, ambos inclusive; asimismo, se efectúa lamodificación de sus artículos 9 (Devengo) y 10 (Gestión). Nuevopárrafo en el apartado 2 del artículo 9 del tenor literal siguiente:

“En los casos previstos en la Sección 5.a, la obligación de contri-buir nace desde el momento en que se estacione el vehículo en laszonas de estacionamiento limitado; no obstante, tratándose devehículos que disponen del distintivo de residentes, cuando se soli-

cite el mismo”. En el artículo 10, apartado 1, se añade e intercala lasiguiente frase:

Sin perjuicio… de esta Ordenanza, “así como en la Sección 5.a deeste mismo título”, la tasa…

Nueva Sección 5.a, “Estacionamiento regulado de vehículos endeterminadas zonas del municipio, con los siguientes artículos:

Art. 34. Bases, cuotas y tarifas.Zona de aparcamiento ORA rotación o zona azul:— Quince minutos (mínimo): 0,20 euros.— Sesenta minutos: 0,80 euros.— Noventa minutos: 1,40 euros.— Ciento veinte minutos (máximo): 2 euros.— Fracciones intermedias, excepto mínimo de quince minutos,

entre intervalos de tiempo de tres minutos: 5 céntimos deeuro cada intervalo.

— Ticket A (1): 3 euros.— Ticket B (2): 10 euros.Zona de aparcamiento ORA residentes o zona verde:— Veinte minutos (mínimo): 0,40 euros.— Sesenta minutos: 1,60 euros.— Fracciones intermedias, excepto mínimo de 20 minutos, entre

intervalos de tiempo de dos minutos: 5 céntimos de euroscada intervalo.

— Ticket A (1): 3 euros.— Ticket B (2): 10 euros.— Distintivo anual (3): 30 euros/vehículo.(1) Tarifa de anulación de denuncias por exceso de tiempo: para-

liza el proceso de denuncia si se abona dentro de los sesenta minu-tos siguientes a la finalización del tiempo máximo autorizado en eljustificante de estacionamiento.

(2) Tarifa de anulación de denuncias por carecer de justificantede estacionamiento: paraliza el proceso de denuncia si se abona den-tro de los sesenta minutos siguientes a la expedición de la misma.

(3) Cuota prorrateable por trimestres naturales, incluido el de lasolicitud: en el caso de renovación deberá realizarse ingreso a cuen-ta según cuantías vigentes, emitiéndose por el Servicio de Hacienda,si procede, liquidación complementaria si se produjese actualiza-ción al alza de las tarifas en el ejercicio siguiente.

Art. 35. Normas especiales de gestión, declaración e ingreso.—A los efectos de esta exacción, se entenderá por estacionamientotoda inmovilización de un vehículo cuya duración exceda de cincominutos, siempre que no esté motivada por imperativos de la circu-lación, aunque su conductor u otra persona se encuentre dentro delmismo.

La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación. Deberá ser pa-gada al momento de inicio del estacionamiento y se realizará en lasmáquinas expendedoras habilitadas al efecto en las zonas azul o ver-de y en caso de avería generalizada de estas en el lugar y forma quese determine por el Ayuntamiento. Cuando se trate de distintivos,deberá abonarse al momento de la presentación de la solicitud de ex-pedición o renovación.

Art. 36. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la tasa,dentro del máximo y condiciones permitidos, los vehículos siguientes:

— Las motocicletas, ciclomotores y bicicletas; no obstante, es-tos vehículos no podrán estacionar en las plazas azules o ver-des cuando a una distancia inferior a 50 metros existan zonasreservadas para este tipo de vehículos, excepto que se en-cuentren totalmente ocupadas.

— Los vehículos estacionados en zonas reservadas para su cate-goría o actividad.

— Los auto-taxis que estén en servicio y su conductor presente.— Los de servicio oficial, debidamente identificados, propiedad

del Estado, CC AA y EE LL, destinados directa y exclusiva-mente a la prestación de servicios públicos de su competen-cia, cuando se encuentren realizando tales servicios, siemprey cuando se hallen rotulados o bien presenten tarjeta identifi-cativa.

— Los destinados al transporte de personas con movilidad redu-cida en los que se exhiba la autorización expedida por órganocompetente, con sujeción a las prescripciones y límites esta-blecidos y siempre que se esté transportando al titular de dichaautorización.

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008B.O.C.M. Núm. 307 Pág. 99

— Los vehículos de asistencia sanitaria que pertenezcan a la Se-guridad Social, Cruz Roja o Protección Civil, así como lasambulancias, en general, en prestación de servicios sanitarios.

— Los vehículos híbridos que utilicen combustibles no dañinosal medio ambiente dotados de autorización expresa.

A los efectos previstos en los artículos 17 y 19 del texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publican íntegramente lasmodificaciones practicadas; frente a este acto, los interesados a que serefiere el artículo 18 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Lo-cales podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante elTribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses,contados desde el día siguiente al de la publicación de este edicto enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, si bien podráinterponerse cualquier otro recurso o reclamación que se estime per-tinente.

La interposición de recurso no suspenderá la ejecución de los ac-tos impugnados.

Las presentes modificaciones, salvo que se especifique en la co-rrespondiente ordenanza otra fecha distinta, entrarán en vigor a par-tir de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, resultando de aplicación a partir del 1 deenero de 2009, permaneciendo vigentes hasta su modificación o de-rogación expresa.

San Sebastián de los Reyes, a 18 de diciembre de 2008.—El al-calde, Manuel Ángel Fernández Mateo.

(03/36.615/08)

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

RÉGIMEN ECONÓMICO

Transcurrido el plazo para la formulación de reclamaciones fren-te a la aprobación provisional, por acuerdo plenario de 16 de octu-bre de 2008, del expediente sobre modificaciones a las ordenanzasmunicipales de tributos y precios públicos para el ejercicio 2009, hasido presentada una alegación al respecto de la ordenanza fiscal nú-mero 10, reguladora de las tasas por utilizaciones privativas o aprove-chamientos especiales del dominio público local.

Mediante escrito número 51.034, de fecha 9 de diciembre de 2008,presentado por la Federación de Comerciantes Ambulantes de la Co-munidad de Madrid y sellado en Correos el 29 de noviembre, se pre-sentan alegaciones en relación a la tasa aplicada a los puestos delmercadillo del recinto ferial.

El día 4 de diciembre se despachó edicto para su inserción en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID mediante el quese hacía pública la elevación a definitivo del acuerdo plenario de 16de octubre de 2008, de aprobación inicial de las modificaciones a lasordenanzas municipales de tributos y precios públicos para el ejer-cicio 2009, dado que no se habían producido reclamaciones contradicho acuerdo.

No obstante lo anterior, tiene entrada escrito número 51.034, de fe-cha 9 de diciembre de 2008, presentado por la Federación de Comer-ciantes Ambulantes de la Comunidad de Madrid y sellado en Correosel 29 de noviembre, por el que se presentan alegaciones en relacióna la tasa aplicada a los puestos del mercadillo del recinto ferial.

Procede, en consecuencia, pronunciamiento expreso sobre lasmismas, dado que, independientemente de la fecha de entrada eneste Ayuntamiento, es lo cierto que las alegaciones han sido presen-tadas en tiempo y forma (artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común).

Se pretende por la Federación la aplicación de la tarifa de ocupa-ción diaria en lugar de la mensual al considerar esta no ajustada a de-recho por ser muy alta y, además, estar instalados cincuenta y undías al año.

La regulación de las utilizaciones privativas o aprovechamientoespecial del dominio local se encuentra dentro del marco legal deltexto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,aprobado del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y másconcretamente de sus artículos 20 y siguientes de aplicación.

En su desarrollo, este Ayuntamiento, en ejercicio de la potestadreglamentaria que ostenta para la gestión de sus intereses, aprueba

la correspondiente ordenanza fiscal donde desarrolla la normativaque se entiende necesaria en la materia que nos ocupa.

Dependiendo de la naturaleza e intensidad de la ocupación y den-tro del marco de referencia del valor que tendría en el mercado la uti-lidad derivada de los bienes que se ocupan, si estos no fueran de do-minio público (artículo 24 del texto refundido de la Ley de lasHaciendas Locales), se fijan los distintos períodos en días, meses oaños, habiéndose optado por la ocupación mensual y no diaria, yaque los puestos del mercadillo, aunque se instalen un día a la sema-na, es lo cierto que limitan la ocupación del recinto ferial por terce-ros durante un mayor período de tiempo.

A título ilustrativo, los martes o jueves difícilmente podría conce-derse otra autorización a persona distinta por las labores previas yposteriores que deben realizar los distintos servicios municipales; amayor abundamiento, habría que sumar que, salvo casos puntualescomo sucede durante las fiestas patronales, el Ayuntamiento se veen la imposibilidad de otorgar otras autorizaciones en el recinto parauna semana, mes o trimestre, y ello, precisamente, por la reservacontinuada durante el año que efectúa a los instaladores de puestosdel mercadillo.

La actividad probatoria de los interesados (por inexistente, ya quese limitan a manifestar que la tasa es elevada) no desvirtúa lo actua-do en el expediente municipal de modificación y en especial su es-tudio económico-financiero justificativo de la cuantía de las tasas;dicho en otras palabras, no se ha acreditado que esta Administraciónhaya superado el límite cuantitativo del valor del aprovechamiento(artículo 25 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales).

De conformidad con todo lo anteriormente expuesto, se resuelvepor el Ayuntamiento Pleno:

Primero.—Retrotraer las actuaciones administrativas, exclusiva-mente en lo que respecta a la tasa que ha sido objeto de reclamación,al momento de la finalización del plazo de presentación de alegacio-nes contra la misma. Concretamente, dicha reclamación se producecontra el artículo 20 de la ordenanza número 10.

Segundo.—Desestimar las alegaciones presentadas por la Fede-ración de Comerciantes Ambulantes de la Comunidad de Madrid,mediante escrito número 51.034 del Registro General de Entrada, defecha 9 de diciembre de 2008, contra la aprobación inicial por acuer-do plenario de 16 de octubre de 2008, de la tasa por instalación depuestos en el mercadillo del recinto ferial prevista en el artículo 20de la precitada ordenanza.

Tercero.—De conformidad con lo preceptuado en el artículo 17.3y 4 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, aprobardefinitivamente el artículo 20 de la ordenanza número 10, regulado-ra de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especialdel dominio público local.

A los efectos previstos en los artículos 17 y 19 del texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica el presenteacuerdo; frente a este acto, los interesados a que se refiere el artícu-lo 18 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales podráninterponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supe-rior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desdeel día siguiente al de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, si bien podrá interponerse cual-quier otro recurso o reclamación que se estime pertinente.

La interposición de recurso no suspenderá la ejecución de los ac-tos impugnados.

La presente ordenanza entrará en vigor a partir de la publicaciónde este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, resultando de aplicación a partir del 1 de enero de 2009, per-maneciendo vigentes hasta su modificación o derogación expresa.

San Sebastián de los Reyes, a 18 de diciembre de 2008.—El al-calde, Manuel Ángel Fernández Mateo.

(03/36.616/08)

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

CONTRATACIÓN

Resolución del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes,anunciando la adjudicación provisional del contrato de suministro ymontaje de material técnico de videoproyección para el auditorio delCentro Joven Sanse “Daniel Rodríguez”.

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 100 B.O.C.M. Núm. 307

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135.3 de laLey 30/2007, de Contratos del Sector Público, por resolu-ción 3229/2008, de la Concejalía-Delegada de Economía y Participa-ción Ciudadana de fecha 15 de diciembre de 2008, se acuerda adjudicarel contrato de “servicio de integración sociolaboral para inmigrantes” ala empresa “PGN 1994 Ingesistemas Audiovisual, Sociedad Limitada”,cuyo CIF es B-60515426 en el precio de 34.991,28 euros y un impues-to sobre el valor añadido repercutido de 5.598,60 euros (CON 68/08).

San Sebastián de los Reyes, a 15 de diciembre de 2008.—La con-cejala-delegada de Economía y Participación Ciudadana, MaríaJosé Esteban Raposo.

(02/16.916/08)

SEVILLA LA NUEVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado inicialmente en sesión extraordinaria de Pleno de esteAyuntamiento de fecha 11 de diciembre de 2009 el presupuesto ge-neral, bases de ejecución y la plantilla de personal funcionario y la-boral para el ejercicio económico 2009, con arreglo a lo previsto enel artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990,de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documenta-ción preceptiva, por plazo de quince días desde la publicación deeste anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

De conformidad con el acuerdo adoptado, el presupuesto se con-siderará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no pre-senten reclamaciones.

En Sevilla la Nueva, a 11 de diciembre de 2008.—El alcalde-presidente, Mario de Utrilla Palombi.

(03/36.317/08)

SOTO DEL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada eldía 30 de septiembre de 2008, acordó aprobar provisionalmentelas ordenanzas que figuran en el Anexo, transcurrido el plazo deun mes de exposición pública, contados desde el 17 de octubrehasta el 17 de noviembre de 2008 (ambos incluidos), efectuadamediante anuncios publicados en el tablón de edictos y en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 247, de 16de octubre de 2008, sin que durante el mismo se presentasen re-clamaciones o sugerencias, dicho acuerdo se entiende definitiva-mente aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local.

Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con ca-rácter previo, recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamientoen el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante losJuzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazode dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación deeste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,según establece el artículo 251 de la Ley 7/1985, Reguladora de lasBases de Régimen Local.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, acontinuación se inserta el acuerdo adoptado y el texto íntegro de laordenanza aprobada.

ANEXO

I. ORDENANZA REGULADORADE APROVECHAMIENTO DE PASTOS

Artículo 1. El hecho imponible de la presente ordenanza es elaprovechamiento de pastos en terrenos propiedad del Ayuntamien-to de Soto del Real; en las fincas conocidas como “Cerca el Conce-jo-Fuentelapiedra” , “Finca los Palancares” , “Dehesa Boyal ZonaNorte” y “Dehesa Boyal Zona Sur”.

Art. 2. Están obligados al pago del precio público regulado enesta Ordenanza las personas físicas o jurídicas cuyo ganado disfru-te, utilice o aproveche especialmente el dominio público, en estecaso el disfrute de los terrenos propiedad del Ayuntamiento de Sotodel Real en beneficio particular.

Art. 3. La cuantía del precio público vendrá determinada por elprorrateo de los costes de aprovechamiento y tasas de las respecti-vas fincas liquidadas por la Consejería de Medio Ambiente de la Co-munidad de Madrid cada año entre cada cabeza de ganado vacuno,mayor y lanar.

Art. 4. La obligación del pago de este precio público nace des-de que se concede el aprovechamiento al pasto.

Para tener acceso a estos pastos, los interesados deberán previa-mente presentar ante la Junta de Gobierno antes del 1 de mayo decada año la relación exacta de cabezas de ganado que pretenden seaproveche de los pastos. Toda modificación que se produzca en re-ferida relación deberá ser comunicada a la Junta de Gobierno Muni-cipal

Art. 5. El cobro de este precio público se efectuará en funciónde la relación facilitada por cada ganadero.

Art. 6. En ningún momento se admitirá el pasto de ganadoque no esté debidamente saneado. Para asegurar el cumplimien-to de este artículo el ganadero deberá presentar junto a la relaciónindicada en el artículo anterior, las correspondientes hojas de sa-neamiento y cumplir todas y cada una de las normas en materiade vacunaciones que se establezcan por los organismos compe-tentes.

En caso de muerte de animales, dentro de los terrenos propiedaddel Ayuntamiento, será exigible al dueño su cremación, entierro ocualquier otra forma de desaparición de sus restos permitida por lalegislación vigente.

Del incumplimiento de este artículo será responsable el propieta-rio del ganado.

Art. 7. Las deudas por precios públicos podrán exigirse por elprocedimiento administrativo de apremio, según establece el artícu-lo 47.3 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre.

Art. 8. El 15 por 100 de lo recaudado por este precio público sedestinará a mejoras de las fincas ganaderas.

Art. 9. Los ganaderos no podrán sobrepasar el número máximode cabezas de ganado por finca, indicado por la Consejería de Me-dio Ambiente de la Comunidad de Madrid en el pliego de prescrip-ciones técnicas particulares de cada monte catalogado.

Art. 10. Tendrán prioridad para el aprovechamiento de pastoslos ganaderos empadronados en el Ayuntamiento de Soto del Realcon una antigüedad de al menos cinco años.

Art. 11. Tendrán prioridad frente a quien solicite el aprovecha-miento de pastos, el ganadero que se halle disfrutando este aprove-chamiento el año anterior.

Art. 12. La infracción que se produzca contra esta Ordenanza serásancionada con multas que podrían oscilar entre 150 y 3.000 euros.

Por cada cabeza que se oculte o exceda de la relación facilitadapor cada ganadero se sancionará con 100 euros. A partir de cinco ca-bezas el infractor quedará inhabilitado para disponer de estos pastosdurante tres años. Asimismo, se castigará con la misma pena (tresaños de inhabilitación, mas la cuantía económica) al ganadero queintroduzca ganado no saneado.

El ganadero que no efectúe la liquidación de ese precio público enel plazo establecido por la Junta de Gobierno no tendrá en el futuroacceso a estos pastos.

Art. 13. Las reclamaciones que se produzcan serán presentadasante la Junta de Gobierno Municipal, que será quien resuelva.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza, aprobada por el Pleno Municipal deSoto del Real en sesión de 30 de septiembre de 2008, entrará en vi-gor el día de su publicación y comenzará a aplicarse al día si-guiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación oderogación expresa.

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II. MODIFICACIÓN DE LA ORDENAZA FISCALREGULADORA DE LA TASA POR SERVICIO

DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA

En el artículo 7 se propone añadir un nuevo párrafo con la si-guiente redacción:

“Las bonificaciones por familia numerosa sólo serán de aplica-ción cuando todos los miembros de la familia estén empadronadosen el municipio de Soto del Real con una antigüedad mínima de seismeses”.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCALREGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES

El apartado tercero del artículo 6 quedaría redactado de la si-guiente manera:

Para poder disfrutar de esta bonificación, el sujeto pasivo deberáestar empadronado en el municipio de Soto del Real con una antigüe-dad mínima de seis meses y presentar la solicitud en el impreso ofi-cial, debidamente cumplimentada, antes del primer día del períodoimpositivo a partir del cual empiece a producir efectos, acompañadade la siguiente documentación: fotocopia del Documento Nacionalde Identidad del sujeto pasivo, certificado o fotocopia del carné vi-gente de familia numerosa expedido por la Comunidad de Madrid.

III. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA PRECIOSPÚBLICOS POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

DEPORTIVAS EN LAS INSTALACIONES MUNICIPALESEN MATERIA DE CULTURA, EDUCACIÓN, DEPORTES

Y OTRAS; Y POR LA UTILIZACIÓN DE DICHASINSTALACIONES

EPÍGRAFE 4

Utilización de entrada en instalaciones municipalesAprobación de nuevos precios públicos de abonos de diez horas

de uso de todas las instalaciones.

Instalación Abono de 10 horas(euros)

Polideportivo 160Polideportivo menor de 26 105Medio polideportivo 90Medio polideportivo menor de 26 50Tenis menor de 26 15Campo de fútbol 540Campo de fútbol menor de 26 270Campo de fútbol 7 270Campo de fútbol 7 menor de 26 135

EPÍGRAFE 5

Carné de actividades

Proponemos que la condición para obtener el carné de actividadesse reduzca el período de antigüedad de seis a tres meses.

Nueva propuesta de descuentos para:� Disminuidos empadronados y no empadronados (previo infor-

me de Servicio Sociales): descuento del 50 por 100.� Mayores empadronados: para mayores de sesenta y cinco años,

exceptuando las actividades específicas de mayores (mayoresde sesenta y cinco): descuento del 33 por 100.

Nueva propuesta de precios para:� Personas cuyo centro de trabajo este dentro del municipio de Soto

del Real: tendrán que demostrarlo presentando contrato laboral, ocertificado de la empresa que acredite que el puesto de trabajo sedesarrolla en nuestro municipio. Incremento del 50 por 100 sobreel precio del empadronado. Persona residente en Soto del Real.Demostrando fehacientemente la veracidad de la información. In-cremento del 50 por 100 sobre el precio del empadronado.

Soto del Real, a 5 de diciembre de 2008.—La alcaldesa, Encarna-ción Rivero For.

(30/35.845/08)

TIELMES

OFERTAS DE EMPLEO

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIAPARA PROVEER UNA PLAZA DE LA CATEGORÍADE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL

DEL AYUNTAMIENTO DE TIELMESMEDIANTE ACCESO LIBRE

El Ayuntamiento de Tielmes (Madrid) efectúa convocatoria pú-blica para cubrir, en régimen de funcionario de carrera, una plaza dela categoría de policía del Cuerpo de Policía Local de este Ayun-tamiento, cuyas bases específicas de convocatoria han sido aproba-das por el alcalde del Ayuntamiento el día 1 de diciembre de 2008.

Características de las plazas objeto de la convocatoriaNúmero de plazas: 1. Categoría: policía, subgrupo C2, nivel de

complemento de destino 16, escala ejecutiva de Administración Es-pecial, subescala de Servicios Especiales, clase policía local, inclui-das en la plantilla y vinculadas a la Oferta de Empleo Públicopara 2008.

Bases que regirán el procedimiento selectivoEl procedimiento selectivo constará de las siguientes fases, suce-

sivas y eliminatorias: oposición libre, curso selectivo de formaciónen la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid y pe-ríodo de prácticas en el Municipio de Tielmes, y se regirá por las ba-ses establecidas en la Orden 1148/1997, de 24 de septiembre, delConsejero de Presidencia, por la que se aprueban las bases genera-les para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidadde Madrid, a través de la categoría de policía, publicadas en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, de 22de octubre de 1997, con excepción de la publicación en el “BoletínOficial del Estado” a que se alude en las bases decimosexta, decimo-séptima, decimoctava y decimonovena, que quedará referida al BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como las referen-cias efectuadas a la Academia Regional de Estudios de Seguridad,que deberán entenderse realizadas a la Academia de Policía Local dela Comunidad de Madrid.

En relación al cumplimiento del requisito del proceso selectivoreferido a la experiencia mínima de dos años en la conducción demotocicletas, se señala que la Academia de Policía Local de la Co-munidad de Madrid viene impartiendo el curso teórico-práctico sus-titutivo de dicha experiencia, al que se refiere el Real Decre-to 1598/2004, de 2 de julio, por el que se modifica el ReglamentoGeneral de Conductores, que establece la posibilidad de sustituciónde la experiencia mínima de dos años en la conducción de motoci-cletas por un curso específico teórico y práctico impartido por unaEscuela Oficial de Policía que cuente con autorización de la Direc-ción General de Tráfico.

Presentación de instancias y derechos de examenLa presentación de instancias deberá producirse a través de impreso

normalizado en el Registro General del Ayuntamiento, sito en plaza dela Constitución, número 1, de Tielmes (Madrid), código postal 28550,en horas de diez a catorce, o en cualquiera de los lugares establecidosen el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común. Junto con la instancia, los aspirantes deberánaportar obligatoriamente la autorización para someterse a las pruebasmédicas según el modelo recogido en el anexo III de la señalada Or-den 1148/1997. Los derechos de examen serán de 50 euros, que de-berán abonarse en la Tesorería Municipal, o mediante ingreso en lasiguiente cuenta bancaria: 2038/2449/59/6000024278, de “CajaMadrid”, adjuntando el comprobante de haber satisfecho dicho pagoa la solicitud de tomar parte en el proceso selectivo. También podránabonarse en la forma establecida en el artículo 38.7 de la Ley de Ré-gimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

Plazo de presentación de instanciasVeinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la pu-

blicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial delEstado”, en el que deberá constar la fecha y número del BOLETÍN

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 102 B.O.C.M. Núm. 307

OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiesen pu-blicado las bases específicas de la convocatoria.

Tribunal calificadorEl tribunal calificador de las pruebas selectivas tendrá la siguiente

composición:Presidente: un funcionario de carrera o funcionario en quien de-

legue.Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en

quien delegue.Vocales:— Un funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid a pro-

puesta de la Comunidad de Madrid o persona en quien delegue.— Un funcionario del Ayuntamiento de Tielmes o persona en

quien delegue.— Dos funcionarios del cuerpo de Policía Local de igual o supe-

rior categoría a la exigida para el acceso a las plazas convo-cadas pertenecientes a Municipios de la Comunidad de Ma-drid, o persona en quien delegue.

Todos los miembros del tribunal actuarán con voz y voto, a ex-cepción del secretario y/o funcionario en quien delegue.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus res-pectivos suplentes.

El tribunal se clasifica en la tercera categoría, conforme a lo pre-ceptuado en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 demayo, de indemnizaciones por razón del servicio.

Orden de actuación de los aspirantesEl orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamen-

te por el primero de la letra “X”, resultante del sorteo público cele-brado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública parael año 2008 a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de In-greso del Personal al Servicio de la Administración General del Es-tado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesionalde los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Orden de realización de las pruebasLas pruebas selectivas que componen la fase de oposición (base

octava de la Orden 1148/1997) se desarrollarán por el siguiente or-den cronológico: primero, pruebas psicotécnicas; segundo, pruebasfísicas; tercero, reconocimiento médico; cuarto, prueba de conoci-mientos.

En Tielmes, a 1 de diciembre de 2008.—El alcalde-presidente,Miguel López del Pozo.

(02/16.577/08)

TORREJÓN DE ARDOZ

URBANISMO

Don Pedro Rollán Ojeda, alcalde-presidente del Ayuntamiento deTorrejón de Ardoz (Madrid).

Hace saber: Que por la Junta de Gobierno Local, en sesión cele-brada con fecha 1 de diciembre de 2008, se ha adoptado acuerdosobre aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de laUE-DB.18, “Calle de la Plata”, del Plan General de Ordenación Ur-bana de Torrejón de Ardoz.

Frente a la presente resolución podrá interponerse recurso potes-tativo de reposición ante el mismo órgano que lo haya dictado en unplazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 116 y 117.1 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificaciónde la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el órgano de la juris-dicción competente en los términos de la Ley 29/1998.

Torrejón de Ardoz, a 9 de diciembre de 2008.—El alcalde (fir-mado).

(02/16.572/08)

TORREJÓN DE VELASCO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Ausentándome del término municipal los días comprendidos en-tre el 6 de diciembre de 2008 y el 8 de marzo de 2009 (ambos inclu-sive), y en virtud de lo previsto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, asumirálas funciones propias de la Alcaldía en dichas fechas el teniente dealcalde don Raúl Huerta Quiroga desde las cero horas del día 6 dediciembre de 2009 hasta las veinticuatro horas del día 8 de marzode 2008.

Lo que se hace público de acuerdo con el artículo 44 del Regla-mento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986.

Torrejón de Velasco, a 4 de diciembre de 2008.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel López del Pozo.

(03/35.711/08)

TORRELODONES

OFERTAS DE EMPLEO

Resolución del Ayuntamiento de Torrelodones relativa a la con-vocatoria para la provisión, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de director administrativo para el Ayun-tamiento de Torrelodones, en régimen laboral indefinido, incluida enla Oferta de Empleo Público de 2007.

Para general conocimiento se hace público lo siguiente:Por el alcalde, mediante resolución de 16 de diciembre de 2008,

se ha resuelto:Primero.—Elevar a definitiva la lista provisional de aspirantes

admitidos y excluidos, aprobada por resolución de la Alcaldía, de 27de octubre de 2008, para tomar parte en el concurso-oposición con-vocado por este Ayuntamiento para la provisión de una plaza de direc-tor administrativo, con la modificación siguiente (inclusión de doñaAna María Montero Vázquez como admitida), quedando aprobadadefinitivamente como se indica a continuación:

Admitidos

Excluidos

Segundo.—Designar el siguiente tribunal calificador que ha deactuar en estas pruebas, de conformidad a lo establecido en las ba-ses de la convocatoria:

— Presidente: don Fernando A. Giner Briz, secretario del Ayun-tamiento o funcionario en quien delegue.

— Vocales:� Titular: doña Paloma Casado Flórez, gerente de Activida-

des Culturales del Ayuntamiento.Suplente: doña Begoña Aísa Peinó, interventora del Ayun-tamiento.

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� Titular: don Antonio Torrijos Chaparro, representante de laComunidad de Madrid designado por esta.Suplente: don Alfonso de Torres Guajardo, con igual ca-rácter.

� Titular: don José Luis Castilla Crespí, en representacióndel comité de empresa del Ayuntamiento.Suplente: doña Yolanda Francés Crespo, en igual carácter.

— Secretario: don Antonio Iglesias Moreno, vicesecretario delAyuntamiento de Torrelodones o funcionario en quien delegue.

Tercero.—Señalar como fecha para la celebración del ejercicio dela fase de oposición el día 15 de enero de 2009 (jueves), a las diezhoras, en la Casa de la Cultura de Torrelodones (avenida de RosarioManzaneque, número 1).

Cuarto.—Continuar con la tramitación de este concurso-oposi-ción, efectuándose los correspondientes anuncios en el BOLETÍNOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anunciosdel Ayuntamiento, según corresponda en cada caso, conforme a lasbases generales para la convocatoria de provisión de plazas delAyuntamiento de Torrelodones por las que se rige la presente con-vocatoria.

Torrelodones, a 16 de diciembre de 2008.—El alcalde, CarlosGalbeño González.

(02/16.859/08)

VILLAMANTILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de expo-sición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuer-do plenario provisional del Ayuntamiento de Villamantilla sobreimposición del impuesto de bienes inmuebles, así como la ordenanzafiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público encumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Re-guladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTODE BIENES INMUEBLES

Art. 2. Tipo de gravamen.—1. El tipo de gravamen del im-puesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturalezaurbana se fija en el 0,38 por 100.

2. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmueblesaplicable a los bienes de naturaleza rústica se fija en el 0,77 por 100.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente modificación de la ordenanza aprobada por el Plenode la Corporación Local en sesión ordinaria celebrada el día 16 deoctubre de 2008 entrará en vigor al día siguiente de su publicacióníntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID yserá de aplicación a partir del día 1 de enero de 2009, permanecien-do en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decre-to Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto re-fundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá in-terponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en elplazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publi-cación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Villamantilla, a 5 de diciembre de 2008.—El alcalde, JuanAntonio de la Morena Doca.

(03/35.709/08)

VILLAMANTILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de ex-posición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villamantilla so-bre imposición de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos,así como la ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto ín-tegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real De-

creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el tex-to refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS

Art. 9. El importe de la tasa resultará de aplicar al presupuestototal de las obras la tarifa única del 0,3 por 100.

Cuando, conforme a lo dispuesto en el artículo 153 y 154 de laLey 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el otorgamientode la licencia definitiva de obras lleve incluida la licencia de prime-ra ocupación, únicamente se liquidará una tasa que será del 1por 100 del presupuesto de las obras.

Art. 10. La licencia de obra menor devengará unos derechosequivalentes al 0,3 por 100 del importe del presupuesto de las obras,con una cuota mínima de 18 euros.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente modificación de la ordenanza aprobada por el Plenode la Corporación Local en sesión ordinaria celebrada el día 16 deoctubre de 2008 entrará en vigor al día siguiente de su publicacióníntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID yserá de aplicación a partir del día 1 de enero de 2009, permanecien-do en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decre-to Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto re-fundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá in-terponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en elplazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publi-cación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID.

En Villamantilla, a 5 de diciembre de 2008.—El alcalde, JuanAntonio de la Morena Doca.

(03/35.710/08)

VILLAMANTILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de ex-posición al público queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villamantilla so-bre imposición de la tasa por entrada de vehículos a través de lasaceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, cargay descarga de mercancías de cualquier clase, así como la ordenanzafiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público encumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR ENTRADADE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS

Y RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTOEXCLUSIVO, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS

DE CUALQUIER CLASE

El Ayuntamiento de Villamantilla, en conformidad con lo dispues-to en los artículos 15.1 y 16.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, y 106.2 de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, acuerda modi-ficar la vigente ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada devehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública paraaparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase,artículos y apartados que a continuación se detallan:

Artículo 1. Fundamento y naturaleza.—En uso de las faculta-des concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, ypor el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en losartículos 15 a 19 y 20 a 27 del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece la tasa porutilización privativa o aprovechamiento especial por entrada devehículos a través de las aceras y reserva de vía pública para aparca-mientos exclusivos, carga y descarga de mercancías de cualquier

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clase, que se regirá por la presente ordenanza fiscal cuyas normasatienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Texto Refundido.

Art. 2. Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible de latasa la utilización privativa, el aprovechamiento especial que tienelugar por la entrada de vehículos a través de la acera y la reserva dela vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancía decualquier clase especificado en las tarifas contempladas en el artícu-lo 7 de esta ordenanza fiscal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decre-to Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Tex-to Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en re-lación con el artículo 20.3.h) de la misma, este Ayuntamientoestablece la tasa por utilización privativa o aprovechamiento espe-cial por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas devía pública para aparcamientos exclusivos, carga y descarga de mer-cancías de cualquier clase.

Art. 3. Sujeto pasivo.—1. Son sujetos pasivos contribuyenteslas personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el ar-tículo 35 de la Ley General Tributaria, a cuyo favor se otorguen laslicencias, o quienes se beneficien del aprovechamiento, si se proce-dió sin la oportuna autorización.

2. Tendrán la condición de sustituto del contribuyente, en el su-puesto de entrada de vehículos a través de las aceras, los propieta-rios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas devehículos, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre losrespectivos beneficiarios.

Art. 4. Responsable.—1. Responderán solidariamente de lasdeudas tributarias las personas y entidades a que se refiere el artícu-lo 42 de la Ley General Tributaria.

2. Serán responsables subsidiarios los administradores de he-cho o de derecho, los adquirentes de bienes afectos por ley al pagode la deuda tributaria, y las demás personas o entidades a que se re-fiere el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Art. 5. Beneficios fiscales.—El Estado, las Comunidades Autó-nomas y las Entidades Locales no estarán obligados al pago de latasa cuando soliciten licencia para disfrutar de los aprovechamien-tos especiales a que se refiere el artículo 2 de esta ordenanza nece-sarios para los servicios públicos de comunicaciones que explotendirectamente y para otros usos que inmediatamente interesan a la se-guridad ciudadana o a la defensa nacional.

Art. 6. Valor de mercado.—1. El importe de esta tasa se fija-rá tomando como referencia el valor que tendría en el mercado lautilización privativa o el aprovechamiento especial de la vía, si estano fuese de dominio público. Para ello se toma como variable o pa-rámetro la categoría de la calle.

2. A estos efectos las vías públicas de este municipio se clasifi-can como categoría única.

Art. 7. Cuota tributaria.—1. La cuota de la tasa regulada enesta ordenanza, será la fijada en las tarifas contenidas a continuación:

Tarifa primera.—Entrada de vehículos en edificios o cocherasparticulares o aparcamientos individuales de propiedad dentro de unaparcamiento general, por cada plaza al año: 7,95 euros.

Tarifa segunda.—Reserva de espacios en las vías públicas y terre-nos de uso público para carga y descarga al año: 20,90 euros.

Tarifa tercera.—Entrada en locales comerciales o industrialespara la carga y descarga de mercancías al año: 39,65 euros.

Art. 8. Normas de gestión y declaración.—1. Las personas oentidades interesadas en la concesión de aprovechamientos regula-dos en esta ordenanza deberán solicitar previamente la correspon-diente licencia y formular declaración acompañando un plano deta-llado del aprovechamiento y de su situación dentro del municipio.

2. Los servicios técnicos de este Ayuntamiento comprobarán einvestigarán las declaraciones formuladas por los interesados, conce-diéndose las autorizaciones de no encontrar diferencias con las peti-ciones de licencias; si se dieran diferencias, se notificarán las mismasa los interesados y se girarán, en su caso, las liquidaciones comple-mentarias que procedan, concediéndose las autorizaciones una vezsubsanadas las diferencias por los interesados y, en su caso, realiza-dos los ingresos complementarios que procedan.

3. Una vez autorizada la ocupación, el solicitante deberá abonarel importe de la placa identificativa, que le será facilitada por losServicios Municipales.

4. La autorización se entenderá prorrogada mientas no se pre-sente la declaración de baja por el interesado, o la licencia sea revo-cada por el Ayuntamiento.

5. La presentación de baja cuando el aprovechamiento dure me-nos de un año surtirá efectos a partir del día primero del semestre na-tural siguiente al de su presentación. La no presentación de la bajadeterminará la obligación de continuar abonando la tasa.

Art. 9. Período impositivo y devengo.—1. Cuando el aprove-chamiento especial debe durar menos de un año, el período imposi-tivo coincidirá con aquel determinado en la licencia municipal.

En este caso, el devengo se produce en el momento de solicitar lacorrespondiente licencia.

2. Cuando el aprovechamiento especial ha sido autorizado oprorrogado por varios ejercicios, el período impositivo comprende-rá el año natural, salvo en los supuestos de inicio o cese en la utili-zación privativa o el aprovechamiento especial, en cuyo caso el pe-ríodo impositivo se ajustará a esta circunstancia.

En este caso, la tasa se devenga el primer día del período imposi-tivo y las cuotas serán irreducibles, salvo cuando, en los supuestosde inicio, el comienzo de la utilización privativa o aprovechamien-to especial no coincide con el año natural, en cuyo caso la cuota secalculará proporcionalmente al número de trimestres que restan parafinalizar el año incluyendo el día del comienzo. Asimismo, y en elcaso de cese en la utilización privativa o aprovechamiento especial,las cuotas serán prorrateadas por trimestres naturales, excluidoaquel en el que se produzca dicho cese. A tal fin los sujetos pasivospodrán solicitar la devolución de la parte de la cuota correspondien-te a los trimestres naturales en los que no se hubiera disfrutado elaprovechamiento.

3. Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, el derechoa la utilización o aprovechamiento del terreno de uso público previs-to en esta ordenanza no se desarrolle, se procederá a la devolucióndel importe satisfecho.

Art. 10. Ingreso de la tasa.—El pago de la tasa se realizará:a) Tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos, por

ingreso directo en la Tesorería Municipal o donde establecie-se el Ayuntamiento, pero siempre antes de retirar la corres-pondiente licencia.Este ingreso tendrá carácter de depósito previo, de conformi-dad con lo dispuesto en el artículo 26.1.a) del Texto Refundi-do de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedandoelevado a definitivo al concederse la licencia correspondiente.

b) Tratándose de concesiones de aprovechamientos ya autoriza-dos y prorrogados, una vez incluidos en los padrones o matrícu-las de esta tasa, por años naturales de la recaudación municipal,en el período que se establezca cuando se aprueben los respec-tivos padrones.

Art. 11. Exenciones y bonificaciones.—No se concederá exen-ción ni bonificación alguna en la exacción de la tasa.

Art. 12. Notificaciones.—En los supuestos de aprovechamien-tos especiales continuados, la tasa, que tiene carácter de tributo pe-riódico, se notificará personalmente al solicitante en el momento enel que se produzca el alta en el registro de contribuyentes. En ejer-cicios sucesivos, se notificará colectivamente, mediante exposiciónpública del padrón en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Art. 13. Infracciones y sanciones.—1. En todo lo relativo a in-fracciones tributarias y a su calificación, así como a las sancionesque a las mismas correspondan en cada caso, se aplicarán las normascontenidas en la Ley General Tributaria y en la ordenanza generalde este Ayuntamiento, por la que se desarrolla el procedimiento san-cionador.

2. La imposición de sanciones no suspenderá, en ningún caso,la liquidación y cobro de las cuotas devengadas no prescritas.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza, cuya última modificación fue aprobadapor el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 16 de octubrede 2008, entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y comenzará a aplicarse a par-tir del día 1 de enero de 2009, permaneciendo en vigor hasta su mo-dificación o derogación expresas.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el

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Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sepodrá interponer por los interesados recurso contencioso-adminis-trativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguienteal de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Villamantilla a 5 de diciembre de 2008.—El alcalde, Juan An-tonio de la Morena Doca.

(03/35.713/08)

VILLAMANTILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de ex-posición al público queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villamantillasobre imposición de la tasa por expedición de documentos adminis-trativos, así como la ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyotexto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

El Ayuntamiento de Villamantilla, en conformidad con lo dispues-to en los artículos 15.1 y 16.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, y 106.2 de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece la vi-gente ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de docu-mentos administrativos, en los términos, artículos y apartados que acontinuación se detallan:

Artículo 1. Fundamento y naturaleza.—En uso de las facultadesconcedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, artícu-lo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Ré-gimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15a 19 y 20 a 27 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Ha-ciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, este Ayuntamiento establece la tasa por expedición de do-cumentos administrativos, que se regirá por la presente ordenanza fis-cal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citadoTexto Refundido.

Art. 2. Hecho imponible.—1. Constituye el hecho imponiblede la tasa la actividad administrativa desarrollada con motivo de latramitación, a instancia de parte, de toda clase de documentos queexpida y de expedientes de que atienda la administración o las auto-ridades municipales. De conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, en relación con el artículo 20.4.a) de la misma, esteAyuntamiento establece la tasa por expedición de documentos ad-ministrativos.

2. A estos efectos, se entenderá tramitada a instancia de partecualquier documentación administrativa que haya sido provocadapor el particular o redunde en su beneficio aunque no haya mediadosolicitud expresa del interesado.

3. No está sujeta a esta tasa la tramitación de documentos y ex-pedientes necesarios para el cumplimiento de obligaciones fiscales,así como las consultas tributarias, los expedientes de devolución deingresos indebidos, los recursos administrativos contra resolucio-nes municipales de cualquier índole y los relativos a la prestaciónde servicios o realización de actividades de competencia municipaly a la utilización privativa o aprovechamiento especial de bienesdel dominio público municipal, que estén gravados por otra tasamunicipal o por los que se exija un precio público por este Ayun-tamiento.

Art. 3. Sujeto pasivo.—Son sujetos pasivos contribuyentes laspersonas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artícu-lo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la tramitacióndel documento o expediente de que se trate.

Art. 4. Responsables.—1. Responderán de la deuda tributaria,junto a los deudores principales, otras personas o Entidades. A estosefectos se considerarán deudores principales los obligados tributa-rios del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de di-ciembre, General Tributaria.

Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad serásiempre subsidiaria.

2. Con relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de ladeuda tributaria se estará a lo establecido en los artículos 42 y 43,respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria.

Art. 5. Cuota tributaria.—1. La cuota tributaria se determina-rá por una cantidad fija señalada según la naturaleza de los docu-mentos o expedientes a tramitar, de acuerdo con la tarifa que contie-ne el artículo siguiente.

2. La cuota de tarifa corresponde a la tramitación completa, encada instancia, del documento o expediente de que se trate, desde suiniciación hasta la resolución final, incluida la certificación y notifi-cación al interesado del acuerdo recaído.

3. Las cuotas resultantes por aplicación de las anteriores tarifasse incrementarán en un 50 por 100 cuando los interesados solicita-sen con carácter de urgencia la tramitación de los expedientes quemotivasen el devengo.

Art. 6. Exenciones y bonificaciones.—1. Estarán exentos de lapresente tasa y solo por las certificaciones que les afecten directa-mente:

— Las personas declaradas pobres por los Tribunales de Justicia.— Los solicitantes de las ayudas económicas básicas.— Los solicitantes de pensiones no contributivas de invalidez y

jubilación.— Las solicitudes de prestaciones de nivel asistencial de la Se-

guridad Social.— Aquellos casos donde se acredite insuficiencia de recursos

por los Servicios Sociales Municipales.— Aquellos documentos que sean requeridos expresamente por

este Ayuntamiento.2. No se reconocerán en esta materia otros beneficios fiscales

que los que vengan establecidos por disposiciones con rango de Leyo por tratados o convenios internacionales.

3. Quienes en los casos a que se refiere el apartado anterior seconsiderasen con derecho a un beneficio fiscal, lo harán constar asíante la administración en la misma instancia de petición del docu-mento, con expresa mención del precepto en que consideren ampa-rado su derecho.

Art. 7. Tarifas.—Las tarifas a que se estructuran en los siguien-tes epígrafes:

1. Censos de población y habitantes:— Altas de padrón: 1,75 euros.— Certificados de empadronamiento: 3,30 euros.— Certificados de convivencia y residencia: 3,30 euros.— Certificaciones no especificadas anteriormente: 3,00 euros.2. Certificaciones y compulsas:— Diligencia de cotejo de documentos: 0,70 euros.— Bastanteo de poderes: 15 euros.— Certificación de documentos o acuerdos municipales: 3 euros.— Compulsas del carné de familia numerosa: gratuito.— Tarjeta de identidad, para realizar venta en el mercadillo en el

día y hora que se establezcan: 8,50 euros.— Duplicado y fotocopia de recibos (queda excluido el duplica-

do de recibos que se emitan cuando afecten a padrones cuyadomiciliación bancaria haya sido previamente realizada porel contribuyente): 2 euros.

3. Documentos extendidos por las oficinas municipales:— Certificaciones e informes en expedientes de traspasos, cam-

bios de titularidad, de apertura o similares de locales, porcada uno: 4 euros.

— Por el visado de documentos, en general no expresamente ta-rifados, por cada uno: 1 euros.

4. Documentos relativos a servicios de urbanismo:— Por cada expediente de ruina incoado a instancia de parte: 10

euros.

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 106 B.O.C.M. Núm. 307

— Certificación de servicios urbanísticos a instancia de parte: 2euros.

— Cédula urbanística: 7 euros.— Informes de antigüedad y legalidad urbanística: 10 euros.— Consultas sobre ordenanza de edificación: 3,20 euros.5. Cartografía (soporte soporte digital):— Cartografía básica, por cada cuadrícula de 2.500 metros cua-

drados: 6,40 euros.— Ortofotos, cada unidad: 32 euros.6. PGOU (aprobación inicial, provisional o definitiva):— En soporte papel: 160 euros.— En soporte digital: 15 euros.Hojas de plano sueltos:— Formato DIN A-4: 0,35 euros/unidad.— Formato DIN A-3: 0,70 euros/unidad.— Formato DIN A-2: 1,40 euros/unidad.— Formato DIN A-1: 2,80 euros/unidad.— Otros tamaños (plotter), por cada metro de papel: 3,20 euros/

unidad.7. Certificaciones a través del punto de información catastral:— Por certificaciones catastrales literales por cada documento ex-

pedido: 12 euros/unidad. Dicha tarifa se incrementará por cadauno de los bienes a que se refiera el documento en 4 euros.

— Por consulta descriptiva y gráfica referidas únicamente a uninmueble: 12 euros/unidad.

— Por certificaciones catastrales descriptivas y gráficas referi-das únicamente a un inmueble, por cada documento expedi-do. 15 euros.

8. Fotocopias:— Cada copia en tamaño DIN-A4 B/N: 0,15 euros.— Cada copia en tamaño DIN-A4 a doble cara: 0,25 euros.— Cada copia en tamaño DIN-A3 B/N: 0,30 euros.— Cada copia en tamaño DIN-A3 a doble cara: 0,40 euros.9. Telefax:— Envíos provinciales primera página: 0,50 euros.— Envíos provinciales e interprovinciales segunda página y si-

guientes: 0,35 euros.— Recepción provincial e interprovincial: 0,60 euros.10. Correo electrónico:— Envío y recepción: 1 euro.11. Derechos de examen (oposiciones, concursos-oposición y

concursos):— Grupo A: 19 euros.— Grupo B: 17 euros.— Grupo C: 15 euros.— Grupo D: 13 euros.— Grupo E: 11 euros.12. Otros:— Por cualquier otro documento o expediente no expresamente

tarifado: 3 euros.Una vez iniciada la tramitación municipal si hay desistimiento

por el sujeto pasivo, este abonará el siguiente porcentaje de la cuotatributaria correspondiente:

— Inicio del procedimiento: 10 por 100.— Pendiente de resolución o firma: 30 por 100.— Resueltos y firmados: 50 por 100.Art. 8. Normas de gestión.—1. Los documentos que deban

iniciar un expediente se presentarán en las oficinas municipales o enlas señaladas en el artículo 70 de la de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.

2. A la recepción de tales documentos en las oficinas municipa-les, el funcionario encargado deberá estampar en los mismos el co-rrespondiente cajetín que expresará el número de orden que corres-ponda al documento y en la fecha de presentación.

3. Si se presentasen copias de los documentos se repetirá en lasmismas la operación reseñada anteriormente.

4. El interesado formulará la correspondiente autoliquidación eingresará su importe en metálico en la Tesorería Municipal, uniendoresguardo de dicho ingreso a los documentos que originan la presen-

te tasa. Dicho abono deberá hacerse en el momento de presentaciónde los documentos que inicien el expediente o al retirar la certifica-ción objeto del mismo.

5. Las oficinas municipales no admitirán para su tramitación odespacho ninguna instancia o documento que carezca de la tasa mu-nicipal correspondiente, salvo lo preceptuado en el apartado 6 delpresente artículo.

Serán responsables subsidiarios del reintegro del importe no per-cibido los funcionarios que admitan documentos o escritos de cual-quier clase de los sujetos a esta tasa sin que llevasen el justificantede pago de la misma, incurriendo además en responsabilidad poreste motivo.

6. Los escritos recibidos por los conductos a que hace referen-cia el artículo 70 de la Ley 30/1992, que no estén debidamente rein-tegrados, serán admitidos provisionalmente, pero no podrán dárse-les curso sin que se subsane la deficiencia, a cuyo fin se requerirá alinteresado para que, en el plazo de diez días, abone las cuotas corres-pondientes con el apercibimiento de que, transcurrido dicho plazosin efectuarlo, se tendrán los escritos por no presentados y será ar-chivada la solicitud.

Art. 9. Devengo.—1. Se devenga la tasa y nace la obligaciónde contribuir cuando se presente la solicitud que inicie la tramitaciónde los documentos y expedientes sujetos al tributo.

2. En los casos a que se refiere el número 2 del artículo 2, el de-vengo se produce cuando tenga lugar las circunstancias que proveanla actuación municipal de oficio o cuando esta se inicie sin previasolicitud del interesado pero redunde en su beneficio.

Art. 10. Infracciones y sanciones.—En todo lo referente a in-fracciones y sanciones será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y si-guientes, y las disposiciones que la desarrollen.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente ordenanza fiscal fue aprobada en sesión ordinaria delAyuntamiento Pleno de fecha 16 de octubre de 2008, entrando en vi-gor el día de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID, y comenzará a regir con efectos desde el 1de enero de 2009, en tanto no se acuerde su modificación o deroga-ción expresa.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba elTexto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sepodrá interponer por los interesados recurso contencioso-adminis-trativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguienteal de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID.

En Villamantilla a 5 de diciembre de 2008.—El alcalde, Juan An-tonio de la Morena Doca.

(03/35.712/08)

VILLAMANTILLA

CONTRATACIÓN

Se pone en general conocimiento que en este Ayuntamiento setramita expediente de devolución de fianza consistente en aval ban-cario a favor de la mercantil “Mobiliar, Sociedad Limitada”, por ra-zón del suministro de archivo móvil y planero para el archivo muni-cipal de Villamantilla, y suministro de mobiliario para las oficinasdel Ayuntamiento de Villamantilla.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, quie-nes creyesen tener algún derecho exigible podrán presentar sus re-clamaciones con sujeción a las siguientes normas:

a) Plazo de presentación: veinte días hábiles desde el siguiente ala fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Secretaría del Ayuntamiento, de lu-nes a viernes, de nueve a catorce horas.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Villamantilla.En Villamantilla, a 1 de diciembre de 2008.—El alcalde-presi-

dente, Juan Antonio de la Morena Doca.(02/16.226/08)

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VILLANUEVA DEL PARDILLO

OFERTAS DE EMPLEO

El concejal delegado de Personal, en su decreto de fecha 10 de di-ciembre de 2008, ha dispuesto:

Siendo necesaria la cobertura de una plaza de arquitecto con ca-rácter de funcionario de carrera, correspondiente al puesto de traba-jo número 21 descrito en la relación de puestos de trabajo aprobadapor el Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en ejercicio de lapotestad disciplinaria que tengo conferida y las competencias quetengo legalmente atribuidas por resoluciones de Alcaldía de 25 dejunio y 22 de agosto de 2007, vengo a aprobar las siguientes basesespecíficas:

BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESOSELECTIVO PARA CUBRIR, CON CARÁCTERDE FUNCIONARIO DE CARRERA, UNA PLAZA

DE ARQUITECTO, MEDIANTECONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE

1. Normas generales1.1. Ámbito de aplicación.—La realización de las pruebas se-

lectivas para proveer una plaza de arquitecto, subgrupo A1, se ajus-tará a lo establecido en las presentes bases.

Para lo no previsto expresamente en estas bases, se estará a lo dis-puesto en las bases generales que rigen las pruebas selectivas paraproveer plazas de personal funcionario y laboral del Ayuntamientode Villanueva del Pardillo, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 21 de abril de 2005 número 94, asícomo en la demás normativa que le sea de aplicación.

1.2. Naturaleza, número de características de la plaza.—Se con-vocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de arquitecto, corres-pondiente al puesto de trabajo número 21 descrito en la relación depuestos de trabajo aprobada por el Ayuntamiento de Villanueva delPardillo, con carácter de funcionario de carrera perteneciente a la Es-cala de Administración Especial, subgrupo A1 según el artículo 76 yla disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

Al titular de esta plaza de corresponderán las funciones propias dela titulación exigida en estas bases. Asimismo, deberá ejecutar todasaquellas tareas que, dentro de la línea de las definidas, sean precisaspara la buena marcha del servicio al que esté adscrito. Todo ello bajola dirección, control y dependencia de la Jefatura del departamentocorrespondiente.

1.3. Se podrá obtener información en relación a las presentesbases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las ac-tuaciones del tribunal en la página web del Ayuntamiento de Villa-nueva del Pardillo en la siguiente dirección: www.vvapardillo.org oen el teléfono de información municipal 918 150 001.

En ningún caso la información que se suministre mediante losmedios citados, sustituirá las comunicaciones y publicaciones que através de boletines oficiales y tablón de anuncios municipal se de-terminan de conformidad con la legislación vigente.

2. Requisitos de los aspirantes2.1. Requisitos específicos.—Para tomar parte en las presentes

pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes re-quisitos:

a) Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 7/2007,de 12 de abril del EBEP, sobre el acceso a determinados sec-tores de la Función Pública de los nacionales de los demásEstados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, dela edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el de-sempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones pú-blicas por sentencia judicial firme.

e) Estar en posesión del título de arquitecto o equivalente, o es-tar en condiciones de obtenerlo, expedido con arreglo a la Le-gislación vigente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se debe-rá estar en posesión de la credencial que acredite su homolo-gación.

2.2. Plazo.—Todos los requisitos enumerados anteriormentedeberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentaciónde solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes3.1. Forma y lugar.—Las instancias solicitando ser admitido en

el proceso selectivo deberán extenderse en modelo normalizadodestinado al efecto que se facilitará en el Registro General del Ayun-tamiento, debiendo presentarse en dicho Registro en horario de aten-ción al público (lunes a viernes de nueve a catorce y sábados de nue-ve a trece) o por alguno de los modos previstos en la Ley 30/1992 deRégimen Jurídico de Administraciones Públicas y ProcedimientoAdministrativo Común, debiendo enviarse, en este caso, en el mis-mo día, por telefax o telegrama, acreditación de haber presentadotoda la documentación pertinente para el acceso al proceso selecti-vo, en la que figure el sello oficial de entrada de los documentos conindicación de la fecha.

Los méritos deberán ser alegados por el aspirante en modelo nor-malizado destinado al efecto y acreditarse mediante documentosoriginales o fotocopias compulsadas que deberán presentarse juntoa la instancia de solicitud de admisión al proceso selectivo.

3.2. Documentación a presentar.—Junto con la solicitud de can-didato al proceso selectivo se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.b) Fotocopia compulsada del título exigido como requisito para

acceder a la plaza.c) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen,

que se fijan en la cantidad de 24,04 euros que serán satisfe-chos en la cuenta corriente del Ayuntamiento, en la sucursal“Banesto”, 0030 1330 15 0870001271. Estarán exentos delpago de la tasa, los aspirantes que se encuentren en cualquie-ra de las situaciones enumeradas en el punto 3.6 de las basesgenerales que rigen la convocatoria. Todas las situacionesque supongan exención de pago de los derechos de examendeberán acreditarse debidamente.

d) Declaración jurada de no padecer enfermedad o defecto físi-co que imposibilite el normal desempeño de la función deque se trate.

e) Declaración jurada de no haber sido inhabilitado para el ejer-cicio de la función pública mediante sentencia judicial firme,ni haber sido separado del servicio de cualquier Administra-ción Pública.

f) Modelo normalizado para la alegación de los méritos debida-mente cumplimentado.

g) Documentación acreditativa de los méritos alegados en lafase de concurso (originales o fotocopias compulsadas).

3.3. Plazo.—Las solicitudes se presentarán por los interesadosen el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente alde la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Ofi-cial del Estado”.

4. Sistema selectivoEl sistema de selección será el concurso-oposición libre, y cons-

tará de las siguientes fases:4.1. Fase de concurso de méritos.—Será previa a la fase de opo-

sición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuentapara superar las pruebas de la fase de oposición.

Se valorarán los siguientes méritos alegados por los aspirantes,conforme al baremo que se hace constar:

a) Experiencia profesional: se valorarán los servicios prestadoscomo arquitecto, en Administraciones Públicas, hasta unmáximo de 6 puntos:� En municipios con población inferior a 20.000 habitantes,

con Plan General: 0,60 puntos por cada período igual o su-perior a seis meses, en puesto igual o similar al convocado.

� En el resto de municipios con Plan General de OrdenaciónUrbanístico: 0,20 puntos por cada período igual o superiora seis meses, en puesto igual o similar al convocado.

� Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas:0,15 puntos por cada período igual o superior a seis meses.

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� Por experiencia laboral en Ayuntamientos con actuaciones dela Dirección General de Regiones Devastadas: 1,5 puntos.

Los servicios prestados en Administraciones Públicas seacreditarán mediante certificado emitido por el órgano com-petente.Los períodos inferiores a 6 meses no se puntuarán en ningúncaso.

b) Formación específica: cursos de formación y perfecciona-miento impartidos por centros oficiales, la Comunidad deMadrid, demás Administraciones Públicas y centros acogi-dos al Plan de Formación Continua de las AdministracionesPúblicas, directamente relacionados con las funciones de lacategoría convocada, se valorarán hasta un máximo de 4 pun-tos a razón de:— Hasta 20 horas: 0,20 puntos por cada curso.— De 21 a 50 horas: 0,40 puntos por cada curso.— De 51 a 80 horas: 0,60 puntos por cada curso.— Más de 81 horas: 0,80 puntos por cada curso.La falta de determinación del número de horas supondrá laimposibilidad de otorgar puntuación alguna.No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por elartículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidaspara la Reforma de la Función Pública, para el acceso a losdistintos grupos de titulación ni los cursos encaminados a laobtención de las mismas.

c) Otras titulaciones:— Por estar en posesión del título de arquitecto con la espe-

cialidad de Urbanismo: 2 puntos.Los méritos deberán ser alegados por el aspirante en modelo nor-

malizado destinado al efecto y acreditarse mediante documentosoriginales o fotocopias compulsadas que, en todo caso, podrán ulte-riormente ser contrastadas con los originales, a requerimiento deltribunal, en el supuesto de ser elegido el aspirante. No se valoraránlos méritos que no hayan sido alegados por el aspirante en el mode-lo normalizado correspondiente, independientemente de su acredi-tación, ni aquellos que no hayan sido acreditados documentalmente.

El contenido de cada mérito alegado, habrá de tener relación di-recta con la plaza objeto de la convocatoria, siempre con referenciaal cierre del plazo de presentación de instancias.

La calificación de la fase de concurso se hará pública con respec-to a aquellos aspirantes que hayan aprobado el tercer ejercicio de lafase de oposición.

Los aspirantes dispondrán de diez días hábiles contados a partirdel siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de con-curso para hacer alegaciones.

4.2. Fase de oposición.—La fase de oposición constará de tresejercicios obligatorios y eliminatorios:

a) Primer ejercicio.—Consistirá en exponer oralmente en untiempo máximo de quince minutos, un tema extraído al azarde entre los que figuran en el grupo II del programa.Los aspirantes dispondrán de diez minutos para la prepara-ción de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna cla-se de texto o apuntes. Durante la exposición podrán utilizar elguión que, en su caso, hayan elaborado durante el referidotiempo de preparación.La realización de este ejercicio será pública, valorándose losconocimientos sobre el tema expuesto, así como la claridadde exposición. Si, durante la exposición del tema, el tribunalaprecia deficiencia notoria en la actuación del aspirante, po-drá invitar a este a que desista de continuar el ejercicio.El tribunal podrá realizar preguntas y aclaraciones relaciona-das con la exposición de los temas.Este ejercicio será calificado por cada miembro del tribunalentre 0 y 10 puntos. Posteriormente se sumarán las puntua-ciones obtenidas y se dividirán entre el número de asistentesdel tribunal, obteniéndose una calificación entre 0 y 10 pun-tos. Será preciso para aprobar este ejercicio y pasar al si-guiente, alcanzar un mínimo de 5 puntos. Aquellos aspiran-tes que no obtengan una puntuación mínima de 5 puntos,quedarán eliminados.

b) Segundo ejercicio.—Consistirá en desarrollar por escrito trestemas, uno de entre los que figuran en el grupo I y los otrosdos de entre los que figuran en el grupo III del programa que

acompaña como anexo a estas bases. El tiempo máximo parala realización de este ejercicio será de tres horas.El ejercicio deberá ser leído por el aspirante en sesión públicaante el tribunal.Este ejercicio será calificado por cada miembro del tribunalcon tres puntuaciones, una por cada tema, entre 0 y 10 pun-tos. Posteriormente se sumarán las puntuaciones obtenidas yse dividirán entre el número de asistentes del tribunal, obte-niéndose tres calificaciones entre 0 y 10 puntos, una por cadauno de los temas. Será preciso para aprobar este ejercicio al-canzar un mínimo de 5 puntos en cada una de estas califica-ciones parciales. La calificación final de este ejercicio vendrádeterminada por el cociente resultante de dividir entre tres lasuma de las calificaciones obtenidas en cada tema.Aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínimade 5 puntos, quedarán eliminados.

c) Tercer ejercicio.—Consistirá en resolver por escrito en unperíodo máximo de una hora y media, un supuesto prácticoque planteará el tribunal inmediatamente antes de dar co-mienzo al ejercicio, relativo a las tareas propias a realizar.En este ejercicio se valorará la idoneidad de la solución plan-teada, así como el rigor analítico, la sistemática y la claridadde ideas en orden a la resolución del supuesto planteado.Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán uti-lizar la bibliografía y el material de que acudan provistos.El ejercicio deberá ser leído por el aspirante en sesión públicaante el tribunal.Este ejercicio será calificado por cada miembro del tribunalentre 0 y 10 puntos. Posteriormente se sumarán las puntua-ciones obtenidas y se dividirán entre el número de asistentesdel tribunal, obteniéndose una calificación entre 0 y 10 pun-tos. Será preciso para aprobar este ejercicio alcanzar un míni-mo de 5 puntos.

5. Desarrollo, calificación final y propuesta5.1. Desarrollo.—Comenzada la práctica de los ejercicios, el tri-

bunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.Los candidatos serán convocados para cada ejercicio en llama-

miento único, y serán excluidos de las pruebas selectivas quienes nocomparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justifi-cados y libremente apreciados por el tribunal. Deberán comparecerprovistos de documento oficial acreditativo de su identidad (DNI,permiso de conducir o pasaporte).

Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publica-ción de sucesivos anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID. Estos anuncios deberán hacerse públicos con laantelación prevista en la legislación vigente y serán expuestos en eltablón de anuncios de la Corporación.

5.2. Calificación final.—La calificación final de la fase de opo-sición vendrá determinada por el resultado de la media de las califi-caciones obtenidas en cada ejercicio.

En supuesto de empate en las calificaciones obtenidas por los as-pirantes, este se dirimirá de la siguiente forma: en primer lugar lamayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, en segundo lugarla mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio, en tercer lu-gar la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio. Si persisteel empate entre aspirantes se podrá por el tribunal establecer unaprueba adicional de contenido práctico.

La calificación final será el resultado de la suma de las califica-ciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición.

Superarán el concurso-oposición los aspirantes que, habiendo apro-bado la fase de oposición, obtengan, una vez sumados los puntos dela fase de concurso y de la fase de oposición, las calificaciones más al-tas hasta alcanzar, como máximo, el total de plazas convocadas, sinque por tanto se pueda considerar que han superado el concurso-opo-sición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de desti-no los aspirantes que hubieran aprobado la fase de oposición si no fi-guran incluidos en la relación propuesta por el tribunal.

El tribunal ordenará exponer la relación de aprobados de mayor amenor puntuación alcanzada, haciéndola pública en el tablón deanuncios de la Casa Consistorial.

No obstante, a los efectos de crear una bolsa de empleo de esta ca-tegoría, y siguiendo el orden de puntuación, podrán ser llamados/aspara cubrir alguna vacante temporal aquellos/as aspirantes que ha-

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yan aprobado alguno de los ejercicios de las pruebas de selección deque se trata.

5.3. Propuesta.—El tribunal no podrá declarar que han supera-do el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de pla-zas convocadas.

No obstante lo anterior, de acuerdo con lo estipulado en el artícu-lo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP, cuando se pro-duzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nom-bramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerirdel tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan a lospropuestos, para su posible nombramiento como funcionarios de ca-rrera.

6. Tribunal6.1. El tribunal se designará conforme a lo dispuesto en la

Ley 7/2007, de 12 de abril, y en el Real Decreto 896/1991, de 7 dejunio, que establece las reglas básicas y los programas mínimos aque debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionariosde Administración Local, y su composición será hecha pública en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el de tablónanuncios de este Ayuntamiento.

El tribunal queda constituido de la siguiente forma:— Presidente, un funcionario de carrera designado por la Corpo-

ración.— Secretario que tendrá voz pero no voto y será el de la Corpo-

ración o funcionario de la misma en quien delegue.— Vocales: dos funcionarios de carrera designados por la Corpo-

ración y un miembro designado por la Comunidad de Madrid.La pertenencia al tribunal será siempre a título individual, no pu-

diendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.El tribunal quedará incluido en la categoría correspondiente con-

forme a lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.6.2. Designación.—La designación de los miembros del tribunal

incluirá la de los respectivos suplentes. Los vocales deberán poseertitulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para elacceso a las plazas convocadas, reuniendo los requisitos establecidosen el artículo 4.e) del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

6.3. Abstención y recusación.—Los miembros del tribunal de-berán abstenerse de intervenir, notificándolo al presidente del tribu-nal, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en elartículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, o hubiesenrealizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivasanálogas en los cinco años anteriores a la publicación de las convo-catorias de pruebas selectivas para cada categoría.

Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del tri-bunal cuando, a su juicio, concurran en ellos algunas de las circuns-tancias previstas en el párrafo anterior.

6.4. Constitución.—Para la válida constitución del tribunal, aefectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma deacuerdos, se requerirá la presencia del presidente y del secretario, oen su caso, de quienes les sustituyan. No podrá constituirse ni actuarsin la asistencia, como mínimo, de tres de sus miembros.

6.5. Actuación.—El tribunal queda autorizado a resolver cuan-tas dudas puedan plantearse y adoptar los acuerdos precisos para elbuen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto por las pre-sentes bases de convocatoria, el acuerdo colectivo en vigor y demásnormativa aplicable.

Las resoluciones del tribunal calificador se adoptarán por mayo-ría de votos de miembros presentes y vincularán a la Administra-ción, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda proceder a su revi-sión conforme a los artículos 102 y siguientes de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común.

6.6. Impugnación.—Contra las resoluciones y actos definitivosdel tribunal calificador, así como los actos de trámite, si estos últi-mos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determi-nan la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan in-defensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos,podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano competente. Losacuerdos del tribunal solo podrán ser impugnados por los interesa-dos en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26de noviembre.

6.7. Comisiones auxiliares y asesores.—El tribunal podrá de-signar la incorporación a sus sesiones de asesores técnicos para laspruebas con los cometidos que estimen pertinentes, limitándose di-chos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técni-cas. Asimismo, podrá valerse de la actividad de personal auxiliar du-rante el desarrollo material de los ejercicios.

7. ImpugnaciónLa presente convocatoria con sus bases y cuantos actos adminis-

trativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podránser impugnadas por los interesados en los casos y formas que deter-mine la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico deAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Co-mún, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Regu-ladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXOGRUPO I

Tema 1. La Constitución española de 1978: características, es-tructura y contenido. Principios generales.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos.Tema 3. La Corona, el poder legislativo, el poder ejecutivo y el

poder judicial.Tema 4. Organización territorial del Estado. Las comunidades

autónomas y los estatutos de autonomía.Tema 5. El municipio: organización, competencias y funciona-

miento.Tema 6. Órganos de Gobierno municipal. El alcalde. El Pleno:

composición y funciones.Tema 7. Organización y funcionamiento del Ayuntamiento de

Villanueva del Pardillo.Tema 8. La función pública local y su organización.Tema 9. Derechos y deberes del personal al servicio de la Ad-

ministración Local.Tema 10. El acto administrativo: principios generales y fases

del procedimiento administrativo general.Tema 11. Formas de intervención administrativa en la esfera lo-

cal: fomento, policía y servicio público. Formas de gestión de losServicios Públicos.

Tema 12. Contratos administrativos. Tipos. Regulación jurídica.Tema 13. El expediente de contratación de obras, novedades se-

gún la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pú-blico: elaboración y preparación del expediente, selección del con-tratista, adjudicación, ejecución del contrato de obras y extinción.

Tema 14. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sec-tor Público: los contratos administrativos de obra. Procedimiento deadjudicación. Normas generales del procedimiento. Ejecución ymodificación de los contratos de obra. Revisión de precios y extin-ción de los contratos.

Tema 15. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sec-tor Público: el pliego de cláusulas administrativas generales y par-ticulares. Contenido. Régimen jurídico.

GRUPO II

Tema 16. Plan General de Ordenación Urbana de Villanuevadel Pardillo: Procedencia de su revisión, análisis de su desarrollohistórico, compatibilidad con la política regional. Estado actual.

Tema 17. Plan General de Ordenación Urbana de Villanuevadel Pardillo: ordenación adoptada criterios y objetivos, definición.Previsiones globales de usos e intensidades.

Tema 18. Plan General de Ordenación Urbana de Villanuevadel Pardillo: clasificación del suelo. Sistemas generales: de espacioslibres, equipamiento comunitario, comunicaciones, redes de infraes-tructura y dotaciones locales.

Tema 19. Plan General de Ordenación Urbana de Villanuevadel Pardillo: incidencia del Plan General en las edificaciones exis-tentes: que se ajusten a la presenta normativa, bienes a proteger, fue-ra de ordenación. Tipos de obras, licencias, autorizaciones y órde-nes de ejecución.

Tema 20. Condiciones particulares de los usos (I): regulacióntipos y estructura. Condiciones de habitabilidad e higiene de uso re-sidencial y terciario comercial.

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Tema 21. Condiciones particulares de los usos (II): condicionesde habitabilidad e higiene del uso terciario oficinas, uso dotacional,uso de espacios libres, y zonas verdes y uso agropecuario.

Tema 22. Normas generales de edificación. Ámbito y parcela:condiciones que afectan a los ámbitos. Condiciones que afectan a lasparcelas.

Tema 23. Condiciones que afectan a las construcciones: posi-ción, aprovechamiento, forma y calidad.

Tema 24. Protección del patrimonio edificado: estructura y ti-pos de protección. Niveles de intervención en el patrimonio edifica-do: obras de consolidación, recuperación, acondicionamiento, rees-tructuración, ampliación y demolición.

Tema 25. Normas particulares para el suelo urbanizable: deli-mitación, sistema de actuación, planes parciales, plazos, fichas delos sectores. Coeficientes de homogeneización. Áreas de reparto.

Tema 26. Condiciones en suelo no urbanizable: ámbito, actua-ciones en suelo no urbanizable, ámbito de protección del río Guada-rrama, calificación urbanística y planes especiales.

Tema 27. Condiciones particulares de las zonas en el suelo ur-bano (I): condiciones particulares de las zonas de edificación enmanzana, bloque abierto y vivienda unifamiliar adosada.

Tema 28. Condiciones particulares de las zonas en el suelo ur-bano (II): condiciones particulares de las zonas de vivienda unifami-liar pareada, unifamiliar aislada, equipamiento. Instalaciones parasuministro de combustible a vehículos y sistema de espacios libres.

Tema 29. Plan Especial de Protección y Reforma Interior de Vi-llanueva del Pardillo: antecedentes, conveniencia y oportunidad.Metodología. Análisis del estado actual.

Tema 30. Ordenanza estética y de desarrollo de las ordenanzasreguladoras del Plan Parcial del SUZ I-12 de Villanueva del Pardi-llo: objeto, aplicación, contenido, análisis del estado actual.

Tema 31. Ordenanza reguladora de las urbanizaciones y losproyectos de urbanización: justificación, objetivo, contenido y aná-lisis del estado actual.

Tema 32. Revisión del Plan General. Objetivos: necesidad de larevisión y objetivos generales del plan.

Tema 33. Revisión del Plan General: propuesta de ordenación,estrategias y crecimiento propuesto.

Tema 34. Revisión del Plan General: criterios y determinacionessobre clasificación del suelo, redes públicas y aprovechamientos.

Tema 35. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo: objeto, prin-cipio de desarrollo territorial. Condiciones básicas de la igualdad enlos derechos y deberes constitucionales de los ciudadanos.

Tema 36. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo: bases del ré-gimen del suelo. Determinaciones de los estados del suelo. Actua-ciones de transformación urbanística. Operaciones de distribuciónde beneficios y cargas. Transmisiones de fincas y deberes. Declara-ción de obra nueva.

Tema 37. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo: régimen ju-rídico: actuaciones con el Ministerio Fiscal, peticiones, actos yacuerdos. Acciones y recursos. Registro de la Propiedad.

Tema 38. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo: el régimende valoraciones del suelo: criterios y métodos de valoración. Indem-nizaciones.

Tema 39. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo: la expropia-ción forzosa: régimen de las expropiaciones por razón de la ordena-ción territorial, justiprecio, reversión y retasación. Indemnizaciones.

Tema 40. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo: función so-cial de la propiedad y gestión del suelo: venta y sustitución forzosas.Patrimonios públicos del suelo. Derecho de superficie.

GRUPO III

Tema 41. Evolución histórica del urbanismo en España. Legis-lación vigente. Organización administrativa del urbanismo: compe-tencias estatales y de las comunidades autónomas.

Tema 42. Legislación autonómica, Ley 9/2001, del Suelo de laComunidad de Madrid: objeto, contenido, principios rectores, acti-

vidad de garantía, planeamiento urbanístico, ejecución, interven-ción. La Administración Pública y ordenación urbanística.

Tema 43. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo. Laclasificación del suelo. Principios, derechos y deberes generales delos propietarios.

Tema 44. Régimen urbanístico del suelo. Derechos y deberesde los propietarios: en suelo urbano, urbanizable y suelo no urbani-zable de protección.

Tema 45. Planeamiento urbanístico. Determinaciones legales,reglamentarias, ordenanzas municipales. Determinaciones de la or-denación urbanística: potestad del planeamiento. Determinacionesestructurantes y pormenorizadas.

Tema 46. Determinaciones de la ordenación urbanística. Redespúblicas. División y usos del suelo. Edificabilidades y aprovecha-mientos. Zonas urbanísticas de ordenación pormenorizada.

Tema 47. La planificación urbanística. Naturaleza del plan. Ti-pología de los planes: su jerarquía.

Tema 48. El planeamiento municipal. Los planes generales mu-nicipales de ordenación. Función, contenido, formación y formula-ción. Aprobación.

Tema 49. El Plan de sectorización. Función, contenido, forma-ción y formulación. Aprobación.

Tema 50. El planeamiento de desarrollo. Los planes parcialesde ordenación. Función, contenido, documentación. Aprobación.

Tema 51. Los planes especiales. Función, tipología. Contenidoy procedimiento de aprobación.

Tema 52. Estudio de detalle y Catálogos de bienes y espaciosprotegidos: función, contenido, formación y formulación. Docu-mentación y aprobación.

Tema 53. Los proyectos de urbanización. Contenido sustantivoy documental. Formulación y aprobación. Conservación de la urba-nización.

Tema 54. Avances del planeamiento. Formación y aprobación.Su aplicación al Avance de la Revisión del Plan General de Villa-nueva del Pardillo.

Tema 55. Órganos competentes en la aprobación de los planes.Aprobación definitiva. Plazos máximos de aprobación.

Tema 56. Efectos, publicación y vigencia de los planes. Modi-ficación. Revisión y suspensión.

Tema 57. Actividad de ejecución: contenido y formas de desa-rrollo, sujetos que intervienen, incumplimientos de las obligaciones.Gestión de la actividad pública.

Tema 58. Equidistribución: concepto y uso y destino. Obten-ción y ejecución de redes públicas: ocupación forzosa, permuta for-zosa, expropiación. Otras cargas del planeamiento urbanístico.

Tema 59. La ejecución del planeamiento urbanístico: ordena-ción pormenorizada. Definición de la modalidad de gestión, presu-puesto y requisitos. Delimitación de unidades de ejecución.

Tema 60. Los diferentes sistemas de ejecución de los planes ur-banísticos. Principios generales. Otras formas de ejecución: actua-ciones no integradas, áreas de rehabilitación concertada.

Tema 61. El sistema de compensación: gestión mediante Juntasde Compensación. Ejecución directo por los propietarios. Proce-dimiento abreviado.

Tema 62. El sistema de cooperación. El sistema de expropiación.Tema 63. El sistema de ejecución forzosa. Expropiación forzosa.Tema 64. Parcelaciones y reparcelaciones. Características y tra-

mitación. El proyecto de reparcelación: contenido sustantivo y do-cumental. Formulación y aprobación.

Tema 65. La disciplina urbanística en la Comunidad de Madrid:inspección, protección de la legalidad infracciones y su sanción.

Tema 66. Intervención en el uso del suelo, en la edificación y enel mercado inmobiliario.

Tema 67. Intervención de la Comunidad de Madrid en actos deusos del suelo, construcción y edificación.

Tema 68. Intervención municipal en la edificación y uso de sue-lo. Concesión de licencias. Procedimiento.

Tema 69. Ejecución sustitutoria en la construcción y edifica-ción por incumplimiento de la función social de la propiedad.

Tema 70. Conservación y rehabilitación de terrenos, construc-ciones y edificios. Ruina.

Tema 71. Inspección urbanística. Funciones, servicios y visitasde inspección.

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Tema 72. Disciplina urbanística. Actos de edificación o uso delsuelo no legitimados por licencia u orden de ejecución: terminadosy en ejecución. Usos en zonas verdes y espacios libres.

Tema 73. Disciplina urbanística. Actos de edificación o usosdel suelo en curso de ejecución, legitimados por licencia u orden deejecución ilegales. Actos de edificación o uso del suelo ya consuma-dos y legitimados por licencia u orden de ejecución legitimados ile-gales.

Tema 74. Infracción urbanística. Régimen general. Concepto,clases de infracciones y tipos legales, cuantía de las sanciones.

Tema 75. Infracción urbanística. Régimen específico: en mate-ria de parcelación, en materia de uso del suelo y edificación, en ma-teria de incumplimiento de planeamiento.

Tema 76. Procedimiento sancionador: competencia, proce-dimiento y prescripción

Tema 77. La gestión urbanística. Las modalidades gestoras delurbanismo. Los consorcios y sociedades urbanísticas. Concepto yrégimen jurídico.

Tema 78. La cooperación interadministrativa. Los órganos dela Comunidad de Madrid.

Tema 79. Los convenios urbanísticos. Concepto. Procedimien-to de elaboración y publicidad.

Tema 80. La intervención pública en el mercado inmobiliario.El patrimonio municipal del suelo. Constitución y naturaleza. Bie-nes integrantes y destino.

Tema 81. Otros instrumentos de intervención en el mercado.Derecho de superficie. El derecho de tanteo y retracto. Informacióny publicidad de los precios del suelo.

Tema 82. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de laEdificación: ámbito de aplicación. Requisitos de la edificación. Pro-yecto. Recepción y documentación de la obra ejecutada.

Tema 83. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de laEdificación: Obligaciones del proyectista. Funciones del Directorde obra y del director de ejecución de la obra. Requisitos para la es-crituración e inscripción.

Tema 84. El Código Técnico de la Edificación: disposicionesgenerales, exigencias básicas. Descripción, objeto ámbito de aplica-ción y contenido.

Tema 85. El Código Técnico de la Edificación: cambios norma-tivos. Principales innovaciones del Código Técnico respecto a lanormativa anterior. Innovaciones en cuanto a seguridad estructural,seguridad en caso de incendio, seguridad de utilización, seguridadde salubridad, protección frente al ruido y ahorro de energía.

Tema 86. El Código Técnico de la Edificación: condiciones téc-nicas y administrativas. Condiciones generales del proyecto y de la eje-cución de las obras y del edificio. Exigencias básicas. Contenido delProyecto de Edificación y Documentación del Seguimiento de la obra.

Tema 87. Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambientalde la Comunidad de Madrid: análisis ambiental de planes y progra-mas: evaluación y declaración de impacto ambiental.

Tema 88. Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambientalde la Comunidad de Madrid: evaluación ambiental de actividades.disciplina ambiental.

Tema 89. Decreto 13/2007, de 15 de marzo, por el que se aprue-ba el Reglamento Técnico de desarrollo en materia de promoción dela accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

Tema 90. Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Ca-lidad de la Edificación.

Villanueva del Pardillo, a 10 de diciembre de 2008.—El concejal-delegado de Personal, David Amarillas Gómez.

(02/16.581/08)

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPALCIEMPOZUELOS-TITULCIA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de ex-posición al público, queda automáticamente elevado a definitivo, elexpediente aprobado provisionalmente por la Junta de la Mancomu-nidad Intermunicipal en sesión celebrada el día 11 de noviembrede 2008, sobre imposición de la ordenanza fiscal reguladora de tasaque se indica más abajo, conforme al artículo 17.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto re-

fundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Asimismo,se hace público el texto integro de la citada ordenanza fiscal en cum-plimiento del artículo 17.4 del referido Real Decreto Legislati-vo 2/2004.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

(BASURAS)

Artículo 1. Fundamento y naturaleza.—En uso de las faculta-des conferidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y porel artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Ba-ses de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los ar-tículos 20 a 22 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, esta Mancomunidad establece la tasa por recogida de resi-duos sólidos urbanos (basuras), que se regirá por la presente orde-nanza fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en los artícu-los 16 y 57 del citado Real Decreto Legislativo 2/2007 así como a loestablecido en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Pú-blicos, modificada por la Ley 25/1998, de 13 de julio.

Art. 2. Hecho imponible.—1. Constituye el hecho imponiblela prestación del servicio de recepción obligatoria de recogida de ba-suras domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, aloja-mientos, locales o establecimientos, donde se ejerzan actividades in-dustriales, comerciales, profesionales, artísticas, de servicios ocualquier otra actividad económica.

2. A tal efecto se considerarán basuras domiciliarias y residuossólidos urbanos, los restos y desperdicios de alimentación, detritusprocedentes de la limpieza normal de locales o viviendas, y se ex-cluyen de tal concepto los residuos de tipo industrial, escombros deobras, recogida de escorias y cenizas de calefacciones centrales, de-tritus humanos, materias y materiales contaminados, corrosivos, pe-ligrosos o cuya recogida o vertido exija la adopción de especialesmedidas higiénicas, profilácticas o de seguridad.

Art. 3. Sujetos pasivos.—Son sujetos pasivos de la tasa, en con-cepto de contribuyentes, los propietarios ya sean personas físicas ojurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35 de laLey 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, de las vivien-das y locales ubicados en los lugares, plazas, calles o vías públicasen que se preste el servicio. Dichos sujetos pasivos podrán repercu-tir, en su caso, las cuotas satisfechas sobre los usuarios de aquellas,beneficiarios del servicio.

Art. 4. Responsables.—1. Responderán solidariamente de lasobligaciones tributarias del sujeto pasivo, las personas físicas y jurí-dicas a que se refieren los artículos 36.1, 38, 39 y 42.1.a) y b) de laLey General Tributaria.

2. Serán responsables subsidiarios los administradores de las so-ciedades y de los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras,concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y conel alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Art. 5. Beneficios fiscales.—No se concederá exención alguna,salvo las establecidas en cada epígrafe de las tarifas.

Art. 6. Cuota tributaria.—1. La cuota tributaria anual consis-tirá en una cantidad fija, por vivienda o unidad de local, que se de-terminarán en función del tipo de actividad y metros cuadrados ensu caso, de acuerdo con lo indicado en las propias tarifas de esta or-denanza.

En los casos que se ejerzan actividades empresariales o profesio-nales se atenderá a los epígrafes de alta en el impuesto de activida-des económicas, con independencia de cualquier otro destino o na-turaleza del local de ubicación. Procederá el abono de una o variascuotas tributarias en función de las posibles actividades que se desa-rrollen en un mismo local. Inclusive, en su caso, la propia vivienda.En este supuesto, se emitirá un solo recibo a nombre de quien osten-te la licencia de apertura y en su defecto, del titular jurídico del IAE.

2. A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:

EPÍGRAFE I

Viviendas

— Por cada vivienda 65 euros.

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EPÍGRAFE II

Alojamientos

— Hoteles, apartahoteles y hostales:� Hasta 15 habitaciones: 300 euros.� De 16 a 30 habitaciones: 450 euros.� De 31 a 50 habitaciones: 650 euros.� De 51 en adelante: 900 euros.

— Pensiones y casas de huéspedes:� Hasta 15 habitaciones: 150 euros.� De 16 a 30 habitaciones: 230 euros.� De 31 a 50 habitaciones: 330 euros.� De 51 en adelante: 460 euros.

EPÍGRAFE III

Establecimientos destinados a un uso terciario (servicios)

A) Hospitales, residencias geriátricas y similares:— Hasta 20 camas: 250 euros.— Hasta 50 camas: 375 euros.— Hasta 100 camas: 525 euros.— Hasta 500 camas: 700 euros.— Más de 500 camas: 1.200 euros.

B) Escuelas privadas, talleres-escuelas y clínicas particula-res, 190 euros.

C) Despachos profesionales, gestorías, oficinas en general, aca-demias, autoescuelas, guarderías y gimnasios, 150 euros.

D) Entidades bancarias y cajas de ahorros, 350 euros.E) Garajes:

— Hasta 10 plazas: 150 euros.— De 11 a 30 plazas: 200 euros.— De 31 a 50 plazas: 250 euros.— De 51 a 100 plazas: 400 euros.— De 101 en adelante: 600 euros.

EPIGRAFE IV

Establecimientos comerciales

A) Destinados a la venta de productos alimenticios y bebidas enhipermercados, supermercados, autoservicios, estableci-mientos con vendedor, otros locales independientes y puestosen mercados y plazas de abasto:— Comercio en hipermercados, entendiendo por tales aque-

llos establecimientos que ofrecen principalmente en au-toservicio o mixto un amplio surtido de productos ali-menticios y no alimenticios y ponen además diversosservicios a disposición de los clientes, cuando su superfi-cie de venta supere los 1.000 metros cuadrados: 3.000euros.

— Comercio al por menor de cualquier clase de productosalimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mix-to cuando la superficie de su sala de ventas esté compren-dida entre 400 y 999 metros cuadrados: 1.100 euros.

— Comercio al por menor de cualquier clase de productosalimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mix-to en establecimientos cuya sala de ventas se halle com-prendida entre 120 y 399 metros cuadrados: 300 euros.

— Comercio al por menor de cualquier clase de productosalimenticios y bebidas en régimen de autoservicio o mix-to en establecimientos cuya sala de ventas tenga una su-perficie menor de 120 metros cuadrados: 150 euros.

B) El resto de los locales comerciales no alimenticios: 120euros.

EPÍGRAFE V

Establecimientos industriales

A) Servicio de restauración:— Servicio de restaurantes:

1. Hasta 100 metros cuadrados de superficie declarada:325 euros.

2. De 101 a 250 metros cuadrados de superficie compu-table: 600 euros.

3. De 251 metros cuadrados a 500 metros cuadrados desuperficie computable: 800 euros.

4. De 501 metros cuadrados en delante de superficiecomputable: 1.000 euros. .

— Servicios en cafeterías y otros bares y cafés:1. Hasta 100 metros cuadrados de superficie computa-

ble: 190 euros.2. De 101 metros cuadrados en adelante de superficie

computable: 320 euros.— Bares de Categoría Especial 320 euros.

B) Peluquerías y salones de belleza: 110 euros.C) Talleres de reparación de artículos eléctricos, vehículos auto-

móviles y otros bienes de consumo: 180 euros.D) Industrias de extracción y transformación de minerales no

energéticos, productos derivados de la industria química, in-dustrias transformadoras de los metales, mecánica de preci-sión y otras industrias manufactureras, tales como industriasde productos alimenticios y bebidas, industria textil, industriade la madera, corcho y muebles de madera, papel, artes grá-ficas, transformación del caucho y materias plásticas (dentroo fuera de casco urbano, polígonos industriales y áreas em-presariales):— Hasta 100 metros cuadrados: 100 euros.— De 101 a 500 metros cuadrados: 130 euros.— De 501 a 1.000 metros cuadrados: 200 euros.— De 1.001 a 2.500 metros cuadrados: 350 euros.— De 2.501 metros cuadrados en adelante: 525 euros.

E) Grandes almacenes y logísticas:— Hasta 10.000 metros cuadrados: 500 euros.— De 10.001 a 25.000 metros cuadrados: 1.000 euros.— Más de 25.000 metros cuadrados: 2.000 euros.

Las actividades dadas de alta en IAE con varios epígrafes tributa-rán por la actividad que más repercuta en el servicio de recogida debasura.

Art. 7. Devengo.—1. Se devenga la tasa y nace la obligaciónde contribuir, desde el momento en que se inicie la prestación delservicio, entendiéndose iniciada, desde la recepción obligatoria delmismo, cuando esté establecido y en funcionamiento el servicio dela Mancomunidad de recogida de basuras domiciliarias en las calleso lugares donde figuren viviendas o locales utilizados por los con-tribuyente objeto de la tasa.

2. Establecido y en funcionamiento el referido servicio, las cuo-tas se devengarán el día primero de cada ejercicio. El padrón/ma-trícula formado/a al efecto estará constituido por las viviendas exis-tentes en cada municipio (Ciempozuelos y Titulcia) según los datosrecabados del impuesto de bienes inmuebles, de naturaleza rústica yurbana, y por las actividades que se estén ejerciendo al 30 de marzode cada año. Dicho padrón/matrícula será expuesto al público duran-te veinte días y constituirá, salvo modificaciones y/o alegaciones, lamatrícula cobratoria que será definitiva en período voluntario.

3. Serán solidarios del devengo los titulares de actividades quedurante el período de tributación causaren alta por cambio de titulary que estén en matrícula.

4. En las altas de actividades sujetas a la tasa por recogida, estase devengará por trimestres naturales que resten para finalizar el año.En las bajas de actividades, el prorrateo se producirá por trimestresnaturales, pudiendo el sujeto pasivo solicitar la devolución de lascantidades correspondientes a los trimestres no disfrutados.

5. Cuando el servicio de recogida se practique fuera del cascourbano, los contenedores normalizados serán adquiridos e instala-dos por los propios usuarios, o bien, deberán abonar el coste total delos mismos. En el primer caso, los usuarios serán quienes lo comu-nicarán al Servicio de Recogida de Residuos Sólidos para la presta-ción de dicho servicio.

Art. 8. Declaración de ingreso.—1. El cobro de las cuotas seefectuará anualmente, mediante recibo derivado del padrón/ma-trícula o liquidación individualizada.

2. Para los epígrafes indicados en el artículo 6.2 de la presentetasa, cuando se conozca ya sea de oficio o por comunicación de losinteresados:

— Variaciones producidas hasta el 30 de junio del ejercicio co-rriente, surtirán efecto en el mismo ejercicio.

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— Variaciones producidas con posterioridad al 30 de junio delejercicio corriente, surtirán efecto en el ejercicio siguiente.

3. Tendrá la consideración de sujeto pasivo de la tasa quien apa-rezca como propietario del inmueble afectado (vivienda) en el mo-mento de nacimiento del hecho imponible.

Las alteraciones en el padrón/matrícula de la tasa que se produz-can en las viviendas sujetas a la presente tasa, deberán de acreditar-se mediante la presentación del correspondiente cambio de dominiodel inmueble ante los servicios de recaudación de la Mancomuni-dad, justificándose el mismo con el correspondiente documento pú-blico. La no realización de la comunicación anteriormente descrita,llevara implícito que el sujeto pasivo recaiga sobre aquel que sea ti-tular en los registros de la Mancomunidad en el momento de iniciar-se el período impositivo.

4. Las altas industriales una vez incorporadas al padrón/ma-trícula tributarán como tal en tanto en cuanto no se produzca comu-nicación expresa de cese de la actividad.

La comunicación mencionada anteriormente cuando se realice ainstancia de parte deberá hacerse por escrito ante los servicios de re-caudación de la Mancomunidad y deberá ir acompañada del docu-mento acreditativo de cese de la actividad hasta la fecha (cese de im-puesto de actividades económicas).

Art. 9. Infracciones y sanciones.—En todo lo relativo a la cali-ficación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que alas mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en elartículo 77 y siguientes de la Ley General Tributaria.

Art. 10. Normas complementarias.—Los locales de uso inde-terminado, no comerciales ni industriales, que formen parte de unmismo inmueble que constituya vivienda habitual del sujeto pasivo,no tributarán cantidad alguna por este concepto.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza entrará en vigor el día de su publicación enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará aaplicarse a partir de del día 1 de enero de 2009, permaneciendo envigor hasta su modificación o derogación expresa.

(03/36.720/08)

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPALCIEMPOZUELOS-TITULCIA

RÉGIMEN ECONÓMICO

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprue-ba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposi-ción al público, queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo relativo al expediente que fue aprobado inicialmente por laJunta de la Mancomunidad en sesión celebrada el día 5 de diciembrede 2008, correspondiente a la modificación de créditos número 1/2008,que se hace público:

Partidas que se generan o suplementan (gastos)

Partida Presupuestaria Denominación Importe CRÉDITO EXTRAORDINARIO:

442.22001 Material, suministros y otros. Prensa, revistas, libros y otras publicaciones. 10.000,00

442.22701 Limpieza y aseo. Acreedores por ops ptes aplicar al ppto 450.000,00

SUPLEMENTO CRÉDITO: Limpieza y aseo 475.000,00 442.22700

TOTAL GASTOS 935.000,00

Financiación

Partida Presupuestaria Denominación Importe CON REMANENTE DE TESORERIA:

870.00 Aplicación del Remanente de Tesorería 925.000,00

CON BAJAS DE OTRAS PARTIDAS:442.203 Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 10.000,00

TOTAL FINANCIACIÓN 935.000,00

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en concor-dancia con el artículo 23.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,y el 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía adminis-trativa, los interesados podrán interponer directamente recurso conten-cioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el díasiguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIALDE LA COMUNIDAD DE MADRID, forma y plazos establecidos en los ar-tículos 25 a 43 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora dedicha jurisdicción, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se esti-me pertinente.

La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola laefectividad del acto o acuerdo impugnado, todo ello en virtud de loestablecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985.

En Ciempozuelos, a 30 de diciembre de 2008.—La presidenta dela Mancomunidad, María Ángeles Herrera García.

(03/36.839/08)

MANCOMUNIDAD DEL ESTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de ex-posición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario provisional de la Mancomunidad del Este (Ma-drid) sobre imposición de la tasa por la prestación del servicio de eli-minación de residuos urbanos en las estaciones de transferencia oeliminación de la Mancomunidad del Este, así como la ordenanzafiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace público acontinuación en cumplimiento el artículo 17.4 del Real Decreto Le-gislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

Don Jorge Martínez Lázaro, secretario general de la Mancomunidaddel Este (Madrid).

Certifico: Que la asamblea general de la Mancomunidad, de fe-cha 22 de octubre de 2008, en sesión ordinaria se adoptó con el votofavorable de la mayoría absoluta legal, el acuerdo del tenor literal si-guiente:

En virtud de la providencia de la Presidencia, de fecha 22 de sep-tiembre de 2008, del estudio económico del coste del servicio, eltexto íntegro de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la pres-tación del servicio de eliminación de los residuos sólidos urbanos omunicipales en instalaciones de transferencia o eliminación de laMancomunidad, y el informe-propuesta de Secretaría, de fecha 14de octubre de 2008, y según la propuesta del dictamen de la Comi-sión de Cuentas, la asamblea de la Mancomunidad, previa delibera-ción y por unanimidad de todos los asistentes que a su vez forman lamayoría absoluta de votos,

ACUERDA

Primero.—Aprobar provisionalmente la imposición de la tasa porla prestación del servicio de eliminación de residuos sólidos urbanoso municipales en instalaciones de transferencia o eliminación de laMancomunidad del Este y la ordenanza fiscal reguladora de la mis-ma, en los términos en que figura en el expediente con la redacciónque a continuación se recoge:

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ELIMINACIÓN

DE RESIDUOS URBANOS O MUNICIPALESEN INSTALACIONES DE TRANSFERENCIAO ELIMINACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD

DEL ESTE (MADRID)

Artículo 1. Fundamento legal.—Esta Mancomunidad, en usode las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Cons-titución española; en los artículos 86.3, 105 y 106 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; en el ar-

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VIERNES 26 DE DICIEMBRE DE 2008Pág. 114 B.O.C.M. Núm. 307

tículo 5.2.a) de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Co-munidad de Madrid, y de conformidad a lo dispuesto en el artícu-lo 20.4.s), en relación con los artículos 15 a 19 del Real Decreto Le-gislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, estable-ce la tasa de prestación del servicio de eliminación de residuos ur-banos o municipales en instalaciones de transferencia o eliminaciónde titularidad de la Mancomunidad del Este, que se regirá por la pre-sente ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el ar-tículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Ha-ciendas Locales.

Art. 2. Ámbito de aplicación.—La presente ordenanza será deaplicación a todos los municipios que formen parte integrante de laMancomunidad del Este, así como aquellos otros que, medianteconvenio firmado al efecto, utilicen las instalaciones cuya titulari-dad pertenece a la Mancomunidad.

También será de aplicación a aquellas otras personas físicas o ju-rídicas, de carácter privado, que soliciten la prestación del servicio.

Art. 3. Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible de latasa regulada por esta ordenanza:

— La prestación del servicio de eliminación o de transferenciade los residuos urbano o municipales en instalaciones detransferencia o eliminación de titularidad de la Mancomuni-dad del Este.

Art. 4. Sujetos pasivos.—Son sujetos pasivos de esta tasa laspersonas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las enti-dades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria queutilizan o soliciten los servicios de eliminación o de transferencia delos residuos urbanos en las instalaciones de la Mancomunidad delEste, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 23 del Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el tex-to refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Art. 5. Responsables.—Responderán de la deuda tributaria losdeudores principales junto a otras personas o entidades. A estosefectos se considerarán deudores principales los obligados tributa-rios del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de di-ciembre, General Tributaria.

Salvo precepto legal expreso en contrato, la responsabilidad serásiempre subsidiaria.

En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deu-da tributaria, se estará a lo establecido en los artículos 42 y 43, res-pectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tri-butaria.

Art. 6. Exenciones, reducciones y bonificaciones.—Existiráuna bonificación del 10 por 100 de la cuota tributaria para los muni-cipios que formen parte de la Mancomunidad del Este.

Art. 7. Cuota tributaria.—La cantidad a exigir y liquidar poresta tasa se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas:

1.a La cuota tributaria correspondiente a la eliminación de los re-siduos urbanos de procedencia municipal, consistirá en unatarifa fija de 20 euros por cada tonelada métrica de residuos,tratada en el vertedero controlado de Alcalá de Henares, pro-rrateándose la parte correspondiente a cada fracción.

2.a La cuota tributaria correspondiente a la transferencia de losresiduos urbanos de procedencia municipal consistirá en unacantidad fija de 20,20 euros por tonelada métrica de segundabolsa transportada desde estación de transferencia a planta declasificación de segunda bolsa, prorrateándose la parte co-rrespondiente a cada fracción.

3.a La cuota tributaria correspondiente a la eliminación de los re-siduos de procedencia particular consistirá en una tarifa fijade 28,37 euros por cada tonelada métrica de residuos, tratadaen el vertedero controlado de Alcalá de Henares, prorrateán-dose la parte correspondiente a cada fracción.

Art. 8. Devengo.—Se devenga la tasa y nace la obligación decontribuir desde el momento que se solicite la prestación del servi-cio en la instalación de transferencia o eliminación.

Art. 9. Gestión.—La gestión. liquidación, inspección y recau-dación de esta tasa se realizará según lo dispuesto en la Ley 58/2003,de 17 de diciembre, General Tributaria, y en las demás leyes regu-ladoras de la materia, así como en las disposiciones dictadas para sudesarrollo.

Art. 10. Recaudación.—1. Cuando el servicio que constituyeel hecho imponible de la tasa se preste a solicitud de un municipiointegrado en la Mancomunidad del Este, el pago de la tasa se harápor facturación mensual, debiendo abonarse, entre los días 20 y 25del mes siguiente, la tarifa correspondiente al mes anterior, previa li-quidación realizada por la Mancomunidad del Este a los diferentesAyuntamientos en función de las relaciones-listados emitidas desdelas instalaciones de transferencia o eliminación.

2. Cuando el servicio que constituye el hecho imponible de latasa se prete a solicitud de un municipio no integrado en la Manco-munidad del Este, será necesario que dichos municipios ingresen enla Tesorería de la Mancomunidad, el día primero de cada mes, lacantidad estimativa que le será comunicada por esta. Vencido elmes, se ajustará la facturación real, previa liquidación realizada porla Mancomunidad del Este a los diferentes Ayuntamientos en fun-ción de las relaciones-listados emitidas desde las instalaciones detransferencia o eliminación. La diferencia en más o en menos seráaplicada al ingreso correspondiente al mes siguiente.

3. Cuando el servicio que constituye el hecho imponible de latasa se preste a solicitud de personas físicas o jurídicas, el pago de latasa se hará por sistema de pago directo, debiendo abonarse la tari-fa correspondiente a través de los medios de pago que establezca laMancomunidad del Este.

Art. 11. Infracciones y sanciones tributarias.—En todo lo refe-rente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003,de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto el artículo 181y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fiscal, que fue aprobada por la asambleageneral de la Mancomunidad en sesión celebrada el 22 de octubrede 2008, será de aplicación a partir del 1 de enero de 2009, perma-neciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su dero-gación expresa.

Segundo.—Dar al expediente la tramitación y publicidad precep-tiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de esteAyuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los inte-resados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimenoportunas.

Tercero.—Considerar, en el supuesto de que no se presentasen re-clamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, queel acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto re-fundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el tex-to refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se po-drá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo,en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la pu-blicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Alcalá de Henares, a 11 de diciembre de 2008.—El presidente,Bartolomé González Jiménez.

(03/35.644/08)

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS“LOS PINARES”

RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta General, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de no-viembre de 2008, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar, con efectos desde el día 1 de enero de 2009,el establecimiento de los precios públicos por la prestación del servi-cio de ayuda a domicilio que figuran en el anexo, y según las condi-ciones de aplicación que en el mismo se establecen.

Segundo.—Con efectos de 1 de enero de cada año, los precios pú-blicos establecidos serán objeto de actualización, incrementándosela aportación económica según el índice de precios al consumoanual.

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Tercero.—A los precios públicos establecidos por el presenteacuerdo les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 41 a 47del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; en elReglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decre-to 939/2005, de 29 de julio, y en la ordenanza reguladora de los pre-cios públicos por la prestación de servicios o la realización de acti-vidades.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndoseque dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose in-terponer contra el mismo, con carácter previo y potestativo, recursode reposición, ante el propio Pleno, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio enel BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o, alternativa-mente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de locontencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la mis-ma fecha indicada. Todo ello en virtud de lo dispuesto en los artícu-los 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local; 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, y 8 y 46.1 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-trativa.

Caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interpo-ner recurso contencioso-administrativo hasta la resolución ex-presa de aquel o su desestimación presunta (artículo 116.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre).

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, ensu caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artícu-lo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

ANEXO

PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓNDEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

1. Objeto

Consisten estos precios en la contraprestación que han de abonarlos beneficiarios de los servicios de ayuda a domicilio, en sus moda-lidades atención doméstica y/o atención personal.

El servicio de auxiliar domiciliario incluye la realización, en losdías y horario que se establezcan, de aquella actividad destinada a laatención doméstica y/o atención personal de los usuarios, incluidasen la ordenanza general reguladora del servicio de ayuda a domici-lio de esta Mancomunidad.

2. Obligados al pago y tarifas. Auxiliar domiciliario

1. Quienes resulten beneficiarios del servicio de ayuda a domi-cilio, en su modalidad de atención doméstica y/o atención personal,vendrán obligados a satisfacer, por hora de servicio, el precio públi-co que resulte del siguiente cuadro:

2. Nacimiento y cese de la obligación.—La obligación de pagarestos precios públicos nace desde el momento en que, una vez quese produzca el alta en el servicio correspondiente, comience a pres-tarse el mismo.

Cesará la obligación de satisfacer el precio público correspon-diente cuando tenga lugar la suspensión temporal de la prestación ocuando se cause baja definitiva en el servicio.

San Martín de Valdeiglesias, a 5 de diciembre de 2008.—Lapresidenta, Ana Belén Barbero Martín.

(03/35.714/08)

BAREMO DE APORTACIÓN ECONÓMICA DELSERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO