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II. LEGISLACION LOCAL RELACION DE I,AS MAS IMPORTANTES DISPOSICIONES DICTADAS EN LOS DISTINTOS ESTADOS DE LA REPUBLICA, PUBLICADAS DURANTE EL TRIMESTRE DE ENERO.MARZO DEL .AÑO DE 1949 ,t AGUASCALIENTES constitución Política de los Estados unidos Meilcazos.-Acue¡do de la H. xxxvll !9ei"]{lt del Estado, que aprueba el proyecto de Ley por er que se adiciona la frac- ción XXIX del Artículo 73 de la constituci6n General áe la Rápública, en los mismos términos propuestos por el Congreso de la Unión.-if iticienbie DaS; p, O. 2 ene_ t'o 1949. Facu'ltailes ertraordinarias.-Decreto Nq 35. Concede facultades ext¡aordinarias en el Ramo de Hacienda al c. Gobernador del Estado, por tod.o el tiempo que d.ure el receso de la cámara.-I4 diciembre 1948, 14 diciem,bie 1948; p. o, 2 enero 1949. H,ac i enda del Est ad o.--Y, F acult ades ert raorilinorias. Ingresos del Estailo.-Decreto del C. Gobernador del Estado en uso de facultades extraordinarias, reformando el A¡tículo 4o de la Ley de Ingresos del Estado de Aguas- calientes para 1949, relativo a la obligación de registrarse,-prestando la fianza que se requiera, de todas las personas y negociaciones que se dediquen habitualmente al co- mercio.-3 enero 7949 ; P. O. 9 enero 7949. Registro de comercio,--Y. Ingresos tlel Estaito, CAMPECHE (No se publicaron durante el trimestre, disposiciones importantes de carácter ge- neral.) COAHUILA Aguas minerales ! gaseosas,-Y. Hacienda det Estaito. * Nota impo'rtante: La primera fecha de las que aparecen en cursivas al pie de cada ficha, es la de expedición de la disposición de que se trata por el organismo o poder competente; la segunda, la de su promulgación y hace referenci¿ J la firma por el Poder Ejecutivo del Estado; por último, las precedidas por las abreviaturas P. O.; D. O.; y B. O. indican la fecha de los pe¡iódicos Oficiales en que fué pu. blicada. Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM www.juridicas.unam.mx http://biblio.juridicas.unam.mx DR © 1949. Escuela Nacional de Jurisprudencia

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II. LEGISLACION LOCAL

RELACION DE I,AS MAS IMPORTANTES DISPOSICIONES DICTADASEN LOS DISTINTOS ESTADOS DE LA REPUBLICA, PUBLICADAS

DURANTE EL TRIMESTRE DE ENERO.MARZODEL .AÑO DE 1949 ,t

AGUASCALIENTES

constitución Política de los Estados unidos Meilcazos.-Acue¡do de la H. xxxvll!9ei"]{lt del Estado, que aprueba el proyecto de Ley por er que se adiciona la frac-ción XXIX del Artículo 73 de la constituci6n General áe la Rápública, en los mismostérminos propuestos por el Congreso de la Unión.-if iticienbie DaS; p, O. 2 ene_t'o 1949.

Facu'ltailes ertraordinarias.-Decreto Nq 35. Concede facultades ext¡aordinariasen el Ramo de Hacienda al c. Gobernador del Estado, por tod.o el tiempo que d.ureel receso de la cámara.-I4 diciembre 1948, 14 diciem,bie 1948; p. o, 2 enero 1949.

H,ac i enda del Est ad o.--Y, F acult ades ert raorilinorias.

Ingresos del Estailo.-Decreto del C. Gobernador del Estado en uso de facultadesextraordinarias, reformando el A¡tículo 4o de la Ley de Ingresos del Estado de Aguas-calientes para 1949, relativo a la obligación de registrarse,-prestando la fianza que serequiera, de todas las personas y negociaciones que se dediquen habitualmente al co-mercio.-3 enero 7949 ; P. O. 9 enero 7949.

Registro de comercio,--Y. Ingresos tlel Estaito,

CAMPECHE

(No se publicaron durante el trimestre, disposiciones importantes de carácter ge-neral.)

COAHUILA

Aguas minerales ! gaseosas,-Y. Hacienda det Estaito.

* Nota impo'rtante: La primera fecha de las que aparecen en cursivas al pie decada ficha, es la de expedición de la disposición de que se trata por el organismo opoder competente; la segunda, la de su promulgación y hace referenci¿ J la firmapor el Poder Ejecutivo del Estado; por último, las precedidas por las abreviaturasP. O.; D. O.; y B. O. indican la fecha de los pe¡iódicos Oficiales en que fué pu.blicada.

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206 LEGISLACION LOCAL

Algoilón.-Decreto Nc 353. Prorroga la vigencia del Decreto No 249 de 14 deagosto de 1948, sancionado y publicado en la misma fecha, por el que se estableció unimpuesto extraordinario de cooperación a los compradores de algodón.-28 norzo 7949,29 marao 1949; P. O. 30 marzo 7949.

Constr*cciones.-Decreto No 355. Reforma y adiciona el Capítulo V de la Se-gunda parte del Reglamento de Construcciones para el Estado de Coahuila--70 marso1949, 10 marzo 7949; P. O. 12 narzo 7949.

Haciendo itel Estaito,-Decreto No 348. Adiciona la Ley de Haciendá del Estadode Coahuila pata 1949, con un Artículo 69-Bis, fijando el impuesto que pagarán losproductores y vendedores al por mayor de aguas minerales y gaseosas.-37 enero1949, 31 enero 7949; P. O, 2 febrero 7949.

Impuestos.-Y. Algodón; Hacie*da det Estodo.

Ind*lto.-Decreto Nc 340. Expide la Ley de Indulto del Estado de Coahuila, que po-drá ser otorgado a los reos del fuero comrln, de acuerdo con las prescripciones que

establece, derogando al efecto la Ley de Indulto de 22 d,e diciembre de 1942 publicadaen el P. O. de 6 de enero de 1943,-27 diciembre 7948,27 iliciembre 1948; P, O. 16

enero 7949.

tu¡tas ile Mejoras Materiales.-Y. Obras Públicas.

Ob¡as Pltblicac-Decreto Ng 354. Ley para el funcionamiento dc las juntas demejoras materiales del Estado de Coahuila, que deroga el Reglamento al efecto de 30de agosto de 1941, publicado en el P. O, de la misma fecha.-f| ma¡to 7949;70 marzo1949; P. O. 72 marzo 7949.

U rb anis ación.-Y. C onstruccio¡e s.

COLIMA

Ceroeza,-Y. Ingresos ilel Estado.

Congreso del Estailo.-Decteto No 18. Reforma los Artlculos 7 y 134, del Regla-mento f¡terior del Congreso del Estado de Colima.-Í7 ene¡o 1949,17 enero 1949; P.O. 22 enero 7949.

Coastitución Política del Estado.-Decreto No 17. Reforma el Artículo 34 de laConstitución Política del Estado de Colima, relativo al funcionamiento y constituciónde la Diputación Permanente que actuará durante los recesos del Congreso del Estado.

-4 enero 1949, 5 enero 7949; P. O. 8 enero 7949.

Ingresos det Estado.-Decreto No 21. Deroga el inciso E) dc l¿ Fracción V detArtlcuio lc de la Ley de fngresos del Estado de Colima para 1949, suprimiendo portanto el impuesto de compraventa sobre la cerveza, en todas las operaciones que se

realicen dentro del territorio del Estado a partir del lc de marzo del citado año.-2ó ,narso 1949, 26 marso 7949; P. O,. 2ó tnarzo 7949.

Legislatwa del Estodo.-Y. Congreso ilel Estailo; Constitució¡ Polltica ilel Estado.

CHIAPAS

Aguorilient e *-Y. Alc oholes.

Alcoholcs.-Decreto No 38 del C. Gobernador del'Estado' Rcforma el Artlculo 4o

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LEGISLACION LOCAL

inciso h) del Decreto Ne 20-18 de 20 de diciembre de 1940, que exige un depósitoen efectivo o hipoteca de bietes, para garantizar a la Tesorería del Est¿do el pagodel impuesto sobre alcoholes y aguardientes,-72 enero 1949; P. O. 12 enero 1949.

Decreto Nq 44 del C. Gobernador del Estado. Expide la Ley del Im'puesto sobre elaboración de alcoholes; aguardientes, vinos y licores, derogando la an-terior Ley de Alcoholes y Aguardientes, de 28 de febrero de 1940, con todas sus adi-ciones y teformas.-Zó enero 7949 ; P, O, 2ó enero 7949.

Ceraeza.-Decreto No 55-42. Deroga a partir del lo de marzo de 1949 los impues-tos del Estado y municipales que gr¿van la compraventa y consumo de cerveza, envirtud de haberse federalizado dicho impuesto.-23 febrero 1949, 10 marzo 7949; P. O. 2

marzo 7949.

Constítución Política ilel Estailo,-Decreto Nc 58-45. Reforma el Artículo 93 de laConstitución Política del Estado, referente al ejercicio del eargo de Gobernador y alas circunst¿ncias que determinan la no elegibilidad para dicho puesto.-2í febrero1949, 4 marzo 1949; P. O.9 marzo 7949,

Gobernador del Estado.-Y. Constitución Pol,ítí.ca del Estado.

Irnlilest o Alcoholes.-Y. Alcoholes.

Impuesto Bebidas Alcohólicas,-Y. Ingresos del Estad'o.

ImPuesto Ceraeza.-Y, Certeza.

Inf racciones Fiscales.-Decreto N0 63, del C. Gobernador del Estado. Expide laLey Penal y de Infracciones Fiscales en el Estado de Chiapas.-7 tnarzo 1949 ; P. O.9 marzo 7949.

Ingresos del Estado.-Decreto Nc 40 del C. Gobernador de1 Estado. Reforma elinciso c) de la Fracción V del Artículo lo de la Ley de Ingresos de1 Estado de Chiapaspara 1949, determinando la cuota para el fmpuesto sobre elaboración y expendio debebidas alcohólicas, que deberán pagar los almacenes de dichos productos para venderal por mayor y menor'.-7o enera 7949 ; P. O, 12 enero 7949.

Decreto Na 50, del C, Gobernador del Estado. Adiciona el inciso b)de la Fracción IV del Artículo la de la Ley de Ingresos del Estado de Chiapas para1949, en relación al pago del impuesto de compraventa en los casos que determina.-2 febrero 1949; P. O. 2 febrero 1949.

Policía.-Decreto Ne 65-49. Expide el Reglamento de la Policía Preventiva delEstado de Chiapas, como institución creada para mantener el orden público, protegerlos intereses de la Sociedad, la vida del individuo y cuidar por la seguridad del Es-tado.-28 f ebrero 1949, 17 marzo 1949; P. O, 23 rnarzo 7949'

Seguridad Pública.-Y. P olicía.

CHIHUAHUA

(No se publicaron durante el trimestre, disposiciones importantes de carácter ge-neral.)

DURANGO

C onstruc ción de Es cuelas,-Y. I mluest o Adicional.

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M T.BGISLACTON LOCAL

Ii¡{€sto Adieio¡al.-Decrcto Nc 96. Crca un¿ tribr¡teció¡ adhio¡al dcl líle *bre todo impocsto o ilcrecho que de conformided coa l¡s Lcyes & Ingr.caos del Ett¿tloy de bs Muoicipios, deben pagarse a dicha¡ et¡tiiledq de¡tinándoee ¡u impo¡te paraconstrucció¡ de escuelas.-37 diciembre 1948,31 diciembre 194E; P. O.2 c*ero 7949.

Ingrcsos Mtnicipalcs.-Decreto Nc 87. Expide la I¿y óc l¡¡rcro¡ Mtoicipalcsdel Estado dc Durango para cl a,ño fisc¡l de f9{9.-J0 sooic¡¡tb¡c 7948, 24 dicie;ú¡c1948; P. O. 7ó enero 7949.

GUANAJUATO

Ar¡ enilamient o s.-Y. F incas U rb anas.

Elcccio¡tct.-Decreto Número 236. Modific¡ los Artíct¡lo¡ 132, f35' 136 f39 y 140

del Código Electoral vigente en el Estado & Gtranejuato, refererücr todos cllos a leelccci6a áe Gobernador-'de la Entidad.-23 febrero 1949, 25 febr*o 1949; P. O. 2lfebrero 7949.

Fincas u¡ban¿s.-Decrcto Núaero 172. Deroga el Dccrcto Número 84 de 29

de diciembre de 1944, promulgado el 30 del mismo mes y publicado en cl P. O. de 5 deabril de 1945, relativo al aumento en el precio de arrendamiento dc fiacas urbanas yque creó un impuesto extraordinario sobre dicha propiedad.-27 diciemb¡e 7948' 5 ene'ro 7949; P. O. 6 enero 7949.

Gobe¡nailor ilel Estailo.-Y. Elecciones.

Im|aestos.-Y. Fi¡cos Urber¡,as; Itgresos tbl Estado.

Ingresos del Estodo.-Decreto Número 233. Reforma el i¡ciso a), Fracción VIdel Artlculo lo del Decreto Nrlmero 180, que contiene la Ley de fngresos del Estadodc Guanajuato para 1949, en ret¡ción al impuesto de repartici6n al comercio, a laindustria y dc patente-que deben pagar los cincmatógrafo¿,-74 e¡ero 1949' 12 febrero1949; P, O. 17 febrero 1949.

tLniaersidaitr ile Guaraiwoto.-Regtamento de la I¡y orgánica de ta universidad dcGu¿najuato, co¡tenida en el Decreto Número 66, de l0 dc enero publicado en el P. O.de 8 febrero 1948.-30 diciembre 1948, PP. OO. 9 y 13 e¡ero 7949.

GUERRERO *

Notarlas.-Decretb No |27.-Reforma el artículo 93 de la Ley de Notariado vi-grote en el Estado de Guerrero, que establece que las funciones de Notario s€rándcscmpeñadas por los jueccs de Primera Instancia del Estado, con exccpción dc lasNotarlas corrcspondientes a los Distritos que erpecifica.-3l tlbieq.brc 7948, 5 eaero1949; P, O. 79 enero 7949.

HIDALGO

Aguas,-Decteto No 2\.-Adicio¡a el Artictrlo 80 de la Ley dcl Scrvicio Públicode Aguas Potables en el Estado de Hidalgo promulgado el t8 de mayo de 1946, conuna Tarifa "C" aplicable a la Ciudad de Pachuca y con un Artlculo 8$is, que deter-mina las facultades de la Junta Local de Aguas Potables de dicha Ciudad.-f7 febseto1949, 78 febrero 1949; P. O. 24 febrero 7949.

* La relación de disposiciones de este Estado no es complcta, porque no se

recibieron oportuname¡te todos los periódicos oficiales correspondientes al trimestreEnero-Marzo, de 1949.

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LEGISLACION LOCAL 209

Constitución Política il.e los Estados unldos l¡1[¿si¿6n¿s.-fcuerdo de la H. Le-gislatura del Estado. Aprueba el Proyecto de adición a la Fracción XXIX del Artlcu-1o 73 de la constitución Política de los Estados unidos Mexicanos, en los términospropuestos por el H. Congreso de la Unión.-77 enero 1949; P. O. 8 febrero 1949.

JALISCO

(No se publicaron du¡ante el t¡imestre, disposiciones importantes de carácter ge-neral,)

MEXICO

Egresos del Estado,-Decreto Número 45. Contiene el Presupuesto de Egresosque regirá en el Estado de México, durante eI año de 7949.-30 diciembre 194E,30diciembre 1948; PP. OO. 1e f 5 enero 7949.

Hacienda del Ettado.-Decreto del C. Gobernador del Estado. Reforma el f¡ltimopárrafo de la Tarifa "J" del Artículo 25 y la Fracción XIII del Artículo 63 del LibroP¡imero de la Ley General de Hacienda vigente en el Estado de México, relativos,

tespectivamente, al irnpuesto sobre industria pecuaria y al aumento de los derechosde salubridad.-79 enc¡'o 1949; P, O. 19 enero 7949.

Obras Pítblicas.-Decreto Número 42. Expide la Ley de Cooperación Económicapara la ejecución de obras públicas, declarando obligatoria dicha cooperación para loshabitantes, propietarios o usufructuarios de ter¡enos en el Estado de México, derogan-do la Ley reglamentaria del Articulo 209 d.e la Constitución Política Local, promulga-da el 18 de diciembre d,e 1941.-30 ilíciembre 1948, 31 iliciembre 1948; P. O.70 enero1949.

Tránsito.-Decreto Número 46. Expide la Ley del Servicio de Tránsito para elEstado de México, regulando todo 1o relativo a la dirección, organización, mejora-miento y seguridad del mencionado servicio.-3O diciembre 1948, 31 diciembre 1948;PP. OO.7e y 8 enero y 19 febrero 1949.

MICHOACAN

E¡Tresos del Estailo.-Dec¡eto Número 53. Expide y contiene el Presupuesto deEgresos que regirá en el Estado de Michoacán durante el ejercicio fiscal de 7949.-lzenero 7949, 72 enero 1949; P. O. 77 enero 1949 (2a Sección).

Ingresos del Estado.-V, "Mosca Prieta".

Limón.-Y. "M ósca Prieta".

"Mosca Príeta".-Decreto Número 58. Autoriza al Ejecutivo del Estado para que,a partir del le de enero de 1949, destine el impuesto íntegro a que se refiere el Artículo32, Fracción v de la Ley de rngresos para 1949 (Impuesto de compraventa sobre limón).a la Campaña de Extinción de Ia "Mosca Prieta".-f5 febrero 1949, 1ó f ebrero 1949;P. O. 21 lebrero 1949.

MORELOS

(No se publicaron durante el trimestre, disposiciones important€s de caráctergeneral.)

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2t0 LEGISLACION LOCAL

NAYARIT

Impuesto Adicibnal.-Decreto Número 3078. Establece en el Estado de Nayarit,a partir del lo tle enero de 1949, un impuesto adicional de lSy'o en el pago de todoslos impuestos, derechos y demás percepciones que correspondan a los Municipios, deacuerdo con sus respectivas leyes de ingresos,-29 diciembre 1948, 30 dicienbre 1948;P. O. 70 enero 7949.

I rrl|uest o s M unicip ale s.-V. I mpuest o Ailicional.

NUEVO LEON

Constitución Política de los Estailos Uniilos Me¡icanos.-Acuerdo Número 150.Aprueb¿ Ia adición a la Fracción XXIX del Artículo 73 de l¿ Coastitución Polltica deIos Estados Unidos Mexicanos, en los mismos términos en que fué aprobada por el H.Congreso de la Unión.---4 enero 7949; I enero 1949; P. O. 22 ene¡o 7949.

Elecciones.-Decreto Número 95. Contiene la Ley Electoral, Reglamentaria dc losArtículos 36 y demás relativos de la Constitución Política del Estado de Nuevo León,derogando la anterior sobre la materia, expedida el 30 de diciembrc de 1918.-75 enero1949,22 enero 7949; P. O.2ó enero 7949.-Fe de erratasz En'el P. O. de 26 defebrero de 1949.

l*bilaciones.-Decreto Número 91. Expide la Ley de Jubilaciones del Magisterio,reconociendo el derecho de jubilaci6n para los trabajadores de la Educación al servi-cio del Estado de Nuevo León, estableciendo una pensión fitalicia para los mismos,en las condiciones y casos que determina.-29 ili¿iembre 7948, ó etero 1949; P. O. 15enero 7949.

M agist erí o.-Y. t ubilacio¡t e s.

OAXACA

Centro de Salud de Oaraco.-Y. Salubridail.

Constitttción Potítica del Estado.-Decreto Número 101. Adiciona el Artlculo 16¿

de la Co¡stitución Polltica vigente en el Estado de Oaxaca, referente a la reformade la mencionada Constituci6n y los requisitos que para ello soa necesarios.-I4 dediciembre 1948, I enero 1949; P. O. 5 febrero 1949.

Imp*esto Adicionol,-Y. Ingresos del Estailo.

Ingresos Municipoles.-Decreto Número 102. Adiciona el Artículo 70 de la Ley Ge'neral de Ingresos Municipales del Estado de Oaxaca, para 1949, con una FracciónVIII que establece un fmpuesto Adicional del 5lo sobre los arbitrios que enumera' porhaber dejado de causar éstos la contribución federal.-l5 diciemb¡e 7948, 8 marzo1949; P. O. 29 enero 7949.

Itlonte de Piedail ilel Estailo ile Aaraca.-Reforma los Artlculos 31, 32, 33 y 34

del Reglamento del Monte de Piedad del Estado de Oaxaca, de fecha 1l de febrerode 1933.-2 febrero 1949 ; P. O. 12 febrero 1949.

Satubriitad.-Decreto del C. Gobe¡nador del Estado' Crea el patrimonio dclCentro de Salud de Oaxaca, integrado en la forma que determina y cuya misión serála de construir el edificio respectivo ¡ posteriormente, la direcció¡ ge¡eral, el funcio-namiento y la administraci6n del expresado Centro.-2 febrero 1949; P. O. 2 febrero7949. Alcance.

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LEGTSLACION LOCAL ztt

PUEBLA

Institttto Nonnal del Estailo ile Puebla.-Ley expedida por el c. Gobernador del Es-tado. Ley orgánica para el Instituto Normal del Estado de Puebl¿, fijando el objeto,

.plan de estudios, organización y r.égimen del mismo.-li diciembre 1948; p. O. 17 enero1949.

Magisterio,-Y. Instituto Normal del, Estado de Puebla.

QUERETARO

Irnruesto Adicional-Ley Nq 85. Establece en el Estado, a favor de los Municipiosdel mismo, un impuesto adicional del 25/o, sobre la totalidad de los impuestos exis-tentes a la fecha, o que en 1o sucesivo se creen, cuyo importe se destinará al incrementode las obras públicas que lleven a efecto los expresados Municipios.-30 iticiembre 1948,3 enero 1949; P, O. ó enero 7949.

I mpuest os.-Y. Pl aní.f ic aciótt I Z onific ación.

Me j aras Il[ ateriales.-Y, Planif icación.

Obras Públícas.-Y. Impuesto Adícionatr.

Planificación y Zonificación -Ley No 83. Reforma el inciso a) del Artículo 44

de la Ley Nc 90, de Planificación y Zonif.icacl.ón del Estado de Querétaro, de 29 dediciembre de 1945, promulgada el 31 del mismo mes y publicada en el P. O. de 24de enero de 1946, en 1o que hace relación al impuesto del l5o/o para mejoras mate-riales.-30 díciembre 1948, 3 enero 7949; P. O. ó enero 1949.

SAN LUIS POTOSI

(No se publica¡on durante el trimestre, disposiciones importantes de carácter ge-nera1.)

SINALOA

Atcohol.-Disposicilnes dictadas por el C. Gobernador del Estado, modificandolos incisos III y VII del Artículo 1o y III del Artículo 10q del Reglamento de laLey del Impuesto sobre venta de alcohol y producción y venta de bebidas embria-gantes.-Z.5 febrero 1949; P. O. 7o narzo 7949.

Asístencio Pública.-Y. Hospital Cioil de Culiacán.

Bebídas Alcohólicas.-Decreto Número 181. Aumenta et sn 20qo el impuesto es-pecial sobre bebidas alcohólicas.-fe febrero 1949, 10 febrero 1949; P. O, 7, febrero19 49.

B ebid.as Alcohólicas.-Y. Alc ohol.

Caltítales.-Decreto Número 181. Aumenta en un 20 ,4s el impuesto sobre produc-tos de capitales.-70 febrero 7949, 10 febrero'1949; P. Q, lc fe$rero 1949,

Cotnercio e Ind,ustria.-Decreto Número 181, Aumenta en un 2O/e el irnpuestogeneral sobre el comercio y la industria.-7o febrero 1949, 10 febrero 1949; P. O,1c febrero 1949.

CotflPraüenta.-Decreto Número 181. Aumenta en un 20/s el impuesto especialsobre compraventa.-fe febrero 1949,10 febrero 1949; P. O.1e febrero 1949.

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212 LEGISLACION LOCAL

Egresos del Esta¿lo.-Decreto Núme¡o 156 Contiene la Ley de Egresos pera clEstado de Sinaloa, que regirá durante el ejercicio fiscal de 1949.-13 diciemb¡e 1948, 18dicicmb¡e 7948; P. O. 75 tebrero 1949. S*llcmento.

Ganailería,-Decreto Número 157. Reforma al Artlculo 4e dcl Decrcto Ntlmc¡o108 de t4 de mayo de 1948, promulgado el 15 del mismo mes y publicado en el Pc-riódico Oficial de 22 del propio mes y año, que establece un lnpuesto de Proteccióna la Ganadería del Estado, fijando una cuota por cada cabeza que salga dc un Müaici-pio para otro.-f3 diciembre 1948, 28 ilicie¡nbre 1948; P. O. 11 c¡c¡o 7949.

Hacie¡do del Estoilo.-Decreto Número 167. Rcforma los Artlcutos 74, Fracción IV,76, 158 y 245 de la Ley General de Hacienda vigente en el Estado dc Sinaloa, modi-ficados respectivamente, por los Decretos Números 63, de 14 de e¡ero de 1948, 227, de26 de diciembre de 1941 y 279, de 15 de mayo de 1942, asf como la Fracción XIdel Artículo 56, de la propia Ley General de l{acicnda y reforma cl inciso LL) delArtlculo 10 de la Ley de Ingrcsos y Egresos del Estado de Sinaloa para 1949, todo elloen relación al impuesto adicional del l5lo.-14 e*ero 7949,75 erc¡o 1949; P. O.22enero 7949.

Hosb;tal Cioil de Cúiacón.-Decreto Número 186. Autoriza le creación dc laInstitución Asistencial denominada "Hospital Civil de Culiacán", con cl objeto, compo-sición y organización que cxpresa.-f o rtarto 1949, 70 marzo 7949; P. O. 7, marto 7949.

Im|uesto Adicional.-Y. Hacienilo ilel Estado.

Inpuestos.-V. Alcohol ; Bebidas Alcohólicas ; Copitales ; Comercio e lttd*strio;Corr.Oraoer.t@, Ganader'ru; Hacienda del Estodo ; l*egos ; Prodrcció*; Prof esío¡es;Propiedad Raí2.

lngresos del Estailo,-Decreto Número 156. Co¡tiene la Ley de Ingrcsos del E¡-tado de Sinaloa para el año fiscal d,e 7949.-13 iliciembre 194E;18 diciembre 7948;P. O. 15 febrero 1949. S*Plemento.

Ingresos del Estado.-V. Hacienila ilel Estailo.

hegos.-Decreto Número l8l. Aumenta e¡ a¡ 20y'o el impuesto sobre juegor.-7c febrero 1949, 10 febrero 1949; P. Q. lo f¿lrero 1949.

Obras Públicas.-Decreto Número t65. Reforma el Artículo 24 del Capítulo II dclDecreto Número 124, expedido el 16 de abril de t941, conteniendo la Ley de Coopera-ción. Urbanización, Planeaci6n y Obras Prlblicas del Estado dc Sinaloa.-2t diciembte1948, 3, diciembre 1948; P. O, li enero 1949.

Organización hdicial.-Decreto Número 170. Adiciona eI Artlcuto 25 de la LevOrgánica del Poder Judicial del Estado de Sinaloa, expedida por Decreto Número766, de 29 de abril de 1937, que sc refiere a la división de funcio¡es entre los jueces€xistentes en una misma cabecera de Distrito Judicial y a la denomi¡ación de cadauno de ellos.-7í enero 1949, 18 enero 1949; P. O. 8 febrero 7949.

P oder ludiciol.-Y. Organizacdón lúlicial.

Proilucción,-Decreto Ntlmero t8l. Aumenta en w 20y'¿ cl im¡resto espccial iobreproducci6n.-Ic febrero 1949, 10 febrero 1949; P, Q. lc febrero 7949.

Profesiones.-Decreto Nrlmero l8l. Aumenta en an 20y'6 cl impuetto sobre el cjcr.cicio de las profesiones y oficios.-fc febrero 7949,70 febrero 1949; P. O. 1e febrero1949.

Propieilad Roíg.-Decreto Número 181. Aumenta ett nt 20y'6 el impucito sob¡e lepropiedad taí2.-7o febrero 1949, Ic febrero 1949; P. Q. lo febrero 1949.

U rha¡isacíó¡.-Y. Obro¡ Públícas,

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LEGISLACION LOCAL 213

SONORA

Capacidad de la Muier.-Y. Tutela.

Código Ciail del Estado.-Y. Tutela.

I mpuest o s.-Y. " M os ca Priet o".

"ltosca Prieta".-Ley Ne 118. Establece un impuesto especial para combatir laplaga denominada "Mosca Prieta" en los términos )' cuantía que al efecto se determi-nan,-7ó nmrzo 7949, 77 marzo 1949; P. O. 23 ntarzo, 7949.

Organízacíón ludicial.-Ley Ne 109. Ley Orgánica del Poder Judicial del Estadode Sonora, derogatoria de 1a anterior sobre la materia, de fecha 20 de diciembre de1949.-18 diciembte 1948,20 d.icíembre 1948; P. O.29 enero 1949.

P o der ludícial.-Y. O rganización Juilicíal,

Tutela.-Acaerdo del H. Congreso del Estado. Interpreta la Lel, Número 116 de 30de octubre de 1945, por 1a que se adicionó el Artículo lq del Código Civil del Estado deSonora en e1 sentido de que la mujer mayor de edad está capacitada para ejercer latutela.-í8 d,icíembre 1948, 3 enero 7949; P, O, 5 enero 7949.

TABASCO

C ac ao,-Y. I n g "s s6 t M unicip ales.

C erae z a.-Y. I nr,p uest o C eru eza.

Códi.go Ciail d.el Estado.-Decteto Na 113. Reforma los artículos 2317 y 2320 d.elCódigo Civil vigente en el Estado de Tabasco, relativos al contrato de compraventade bienes inmuebles.-i5 enero 1949, 7ó enero 1949; P. O. 19 febrero 1949.

Cornpraztenta.-Y. Cótligo Cioil del Estado.

Impuesto Ceraeza.-Decreto Na 118. Modifica el Título XI de la Ley General deHacienda vigente en el Estado de Tabasco, relativo al impuesto a la compraventade cerveza extranjera.-27 abril 1949, 28 abril 1949; P, O. 7 mayo 7949.

Ingresos tr(unicipales.-Decreto Ne 112, Reforma el artículo 12 de la Ley de In-gresos de los Municipios de1 Estado de Tabasco, determinando e1 impuesto que se cau-sará por producción de cacao,-f4 enero 1949,22 enero 1949; P. O.29 enero7949.

Inmuebles.-Y. Código Ciztíl del Estado.

Ministerio Público.-Decreto Na 110. Reforma la Fracción IV del Artículo 6qde la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Tabasco, en relación a laplantilla de agentes investigadores, según 1os casos.-Jf diciembre 1948, 31 diciembre1948; P. O. 8 enero 7949.

Organización ludícial.-Decreto Ns 109. Reforma el Segundo Párrafo del Ar-tículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tabasco, relativo alpersonal del Juzgado de Primera fnstancia del Ramo Penal.-3f diciembre 1948, 31dicietnbre 1948; P. O. I enero 1949.

TAMAULIPAS

Código Cioil. del Estado.-Decreto No 72. Reforma el Artículo 2172 del Código Ci-vil vigente en el Estado de Tamaulipas, que establece los requisitos necesarios para

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214 LEGISLACION LOCAL

ser Director del Registro Público de la Propiedad,.-74 febrero 1949, 79 febrero 7949;P. O. 12 marzo 1949.

Congreso del Estado.-Y. Constitución Política del Estailo.'

Constitución Polítido ilel Estado,-Decreto No 49. Aprueba la reforma al Artículo9l de la Constitución Polític¿ del Estado de Tamaulipas, en su Fracción XXXIII, refe-rente a la obligación que tiene el Gobernador del Estado de concurrir a la aperturade los períodos de sesiones del Congreso Local y de rendir un informe completo de sugestión, el día 14 de septiembre de cada año; y abroga el artículo 12 del DecretoNúm. 107 de 19 de noviembre de 1946, que modificó el Reglamento Interior de la Le-gislatura del Estado de Tamaulipas.-2S enero 1949,28 enero 7949; P. O.2 febrero1949.

Constitución Político de los Estailos uniilos 1l!¿si¿4n¿s.-flecreto Nq 48.-Decla-ta que la H. Legislatura del Estado de Tamaulipas no apoya el proyecto de adición ala Fracción XXIX del Artículo 73 de la Cbnstitución Polltica de los Estados UnidosMexicanos, en la forma y términos propuestos por el Congreso de la llnión.-2í enero1949, 28 enero 7949; P. O. 2 febrero 1949.

Egresos del Estado.-Decreto N0 7. Contiene el Presupuesto de Egresos del Es-tado de Tamaulipas, para el año de 1949.-Ip enero 7949, 24 enero 1949; P. O, 23 fe-brero 7949. (Anero.)

Gobernador del Estado.-Y. Constit*ción Político del Estailo.

Imiuesto jdicional.-Decreto No 5. Expide la Ley que crea el Impuesto Adicio-aal del lo/s aplicable sobre los impuestos y derechos que confor¡ne a la Ley de Ha-cienda del Estado deben causarse y de un lSy's sobte los impuestos y derechos queconforme a los planes de arbitrios corresponden a los Municipios.-4 enero 1949, óenero 1949; P. O. I enero 7949.

Indulto.-Decreto No 74. Contiene Ia Ley de Indulto para los reos que se en-cuentren en las cárceles del Estado, reuniendo las condiciones que espeéifica.-75 febre-ro 7949, 79 febrero 1949; P. O. 12 marzo 7949.

Ingresos del Estado.-Decreto No 7. Contiene la Ley de Ingresos del Estado deTamaulipas para el año fiscal de 1949.-10 enero 7949, 24 enero 1949; P. O. 23 febrero1949. (Anero).

Registro P,frblico de lo Propiedod.-Decreto No 75. Reforma los Artículos 170al 181, inclusive, de l¿ Ley del Registro Público de la Propiedad de Tamaulipas, de25 de enero de 7927, rel¿tivos a los derechos que se causaráa por la inscripción y re-gistro de documentos públicos y privados, así como por la expedición de copias ocertificados, en el mencionado Registro.-7í febrero 1949, 21 febrero 1949; p. O,72 marzo 7949.

Registro Pítblico de la Propieila¿1.-Y. Cóiligo Cioil del Estado.

TLAXCALA

Abo gados.-Y. Anancel |uilicial,

Arancel ludicial.-Decreto No 69. Contiene la Ley de Arancel Judicial para elEstado de Tlaxcala, fijando los honorarios que causarán los servicios profesionalesde los abogados, mandatarios judiciales, depositarios, árbitros y peritos de todas clases.

-72 febrero 1949, 1ó febrero 1949; P, O. 23 febrero 1949.

Eilucoció* Preparatoila.-Y. Esc*elo Preparatoria del Estado.

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LEGISLACION LOCAL 2t5

Elecciones lllunicipales.-Y. Organización Municifal.

Escuela Preparatorio del Est.ado.-I)ecreto Ne 68. Contiene la Ley Orgánica de laEscuela Preparatoria del Estado de Tlaxcala, dando normas para su funcionamiento.-72 febrero 1949, 15 febrero 1949; P. O. 1ó febrero 1949.

LIini'sterio Pírblico.-Decreto Ne 72. Ley orgánica del Ministerio Público del Es.tado de Tlaxcala, reglamentaria de los Articulos 67, 68, 69, 70 y 71 de la ConstituciónPolítica vigente en la Entidad.-8 marzo 1949, 15 marzo 1949; P. O. 23 marzo1949.

Organízación trIunicipal.-Decreto Nq 71. Reforma el Artículo 19 de la Ley Or-gánica del Municipio de1 Estado de Tlaxcala, en vigor, en relación a las eleccionesmunicipales, que deberán efectuarse cada tres años, e1 ú1timo domingo de octubre decada año.-8 marzo 1949, 9 ¡narzo 1949; P, O. 7ó marzo 7949,

VERACRUZ

Alcohol.-Y. Azúcat'.

Az¡icar.-Decreto expedido por el Ejecutivo del Estado, que reforma la tarifa con-tenida en e1 Artículo Unico de1 Decreto de 21 de diciemb¡e de 1948, p. O. 23 di-ciembre de 1948, en el que se fijó la calificación y cobro dur¿nte 1949, del impuestosobre azúcar, alcohol y mieles inscristalizables, de acuerdo con el Artículo z2 refor-mado, de 1a Ley Fiscal vigente en e1 Estado de Veracruz.-24 tnarzo 1949; p. O.26 tnarzq 7949.

Egresos del Estado.-Decreto Na 71. Expide la Ley de Egtesos del Estado deVeracruz, de 7 de noviembre de 1946,11 noviembre 1946; P. O. 14 noviembre 1946-78 enero 1949; P. O. 20 enero 7949.

Ganadería.-Ley del Ejecutivo del Estado.. Reforma los Artículos to, 20, Jo y 5ode la Ley de rmpuestos a la explotación ganadera de 7 de noviembre de 1946, ll no-viembre 7946, P, O. 16 noviembre 1946, en los términos que exp¡esa,-7g enero7949; P. O. 20 enero 1919.

Ley del Ejecutivo del Estado. Reforma los Artículos 3e, 60, y 14 y adi-ciona con un párrafo 2q el Artículo 18 de la Ley Ganadera vigente en e1 Estado deYeracraz, de 7 de no,iembre d'e 1946, 11 noviembre 1946. p. o. 14 noviembrc1946.78 enero 1949; P. O. 20 enero 1949,

Lev del C. Gobernaclor del Estado que modifica el párrafo Segundodel Artículo 1o de Ia Ley de rmpuestos a la explotación ganadera, de 7 de noviem-bre de 1946, 11 noviembre 1946, P. O. 16 noviembre de 1946, en los términos que ex-presa.-3 marzo 7949 ; P. O. 8 marso.

Impuest os.-Y. Azírcar ; Ganadería.

Mieles I ncrist alizables.-Y. Azúcar.

YUCATAN

Eleccíones ll[unicipales.-Decreto Na 257. Adiciona el A¡tículo 2e d.e la Ley Elec-toral vigente en el Estado de Yucatán, en relación a la participación de las mujeres,en igualdad de condiciones que los varones, en las elecciones municipales.-25 marzo1949, 28 marzo 7949; P. O. 29 ¡nat'zo 7949,

Impu,esto Adicional.-Decreto No 247, Establece un impuesto adicional sobre elimporte de los impuestos que cobran el Estatlo y el Municipio de Mérida, para

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2t6 LEGTSLACION LOCAL

compensar la supresión del subsidio que han vcaido percibicndo dc la Fcderaci$n yque desde el le de enero de 1949 ya ha dejado de percibirse,-6 e¡ero 7949, ó e*e¡o1949. D. O. 7 ene¡o 7949.

-_-,-Decreto Ng 25t. Crca un impuesto adicional sobre los impuestor

y multas que cobren los municipios con excepción del de Méride, cuyo importe se

destinará a obras materiales en los mismos municipios.-r9 e¡te¡a 1949, 20 enero1949; D. O, 22 ¿nero 7949.

Sxfragio Femenino.-Y. Elecciones Municipales.

ZACATECAS

Analfabetismo.-Decreto N0 137. Establece un impuesto de $ 0.05 por persona'para todas las que asistan a espectáculos públicos, que se destinará al sostenimientode la Campaña Ñacional contra el Analfabetismo en el Estado de Zacatecas.-28 diciem-bre 1948,29 diciembre 1948; P. O. 70 enero 7949.

Cerztezo,-Decreto No l. Deroga el Decreto Nc 12 de 17 de octubre de 1949,

19 octubre 1944, P. O. 19 octubre 1944, por virtud del cual el Estado de Zacatecásrecuperó su capacidad para fijar los impuestos sobre cerveza y deroga'en conse-cuencia también la facultad concedida por el Artícrlo 17 de la Ley de Ingresosdel Estado, para 1949, refere¡te al propio impuesto, así como todas las disposicionesde la misma- Ley en las que se autoriza al Estado de Zacatecas a gravar el repetidoproducto, a causa de Ia reforma de la Constitución de la República, que adicionó la]racción XXIX áel Artículo 73 de la misma, estableciendo entre las facultades federalesla de imponer contribuciones sobre 1a producción y consumo de cerveza.-23 febrero1949; P. O. 2 marzo 7949.

Esp e ct ácul os P¡úblic o s.-Y, An alf ab etism o,

Fac*ltades Ertrao¡di*aria.¡.-pqg¡sf 6 Ne 168. Concede al Ejec-trtivo del Estadode Zacatecas, facultades extraordinarias para legislar en los ramos de Hacienda, Go-bernacifn e Instrucción Pública y particularmente para celebrq[ convenios con elGobierno Federal sobre obras públicas.-29 enero 7949, 3 febrcro 1949; P. O.9 febrero 1949.

Impuestos.-Y. Cen¡eaa ; Organización Fiscal.

Organisación Fisco!.-Decreto Nc 171. Refo¡ma el Artlculo 158 del Reglamentode la Ley de organización Fiscal del Estado de Zacatecas de 19 de diciembre de 1933,

determinando que en c¿da Oficina Rentístice se establezca una Junte Calificadora"que se inteSraiá en la forma que expresa.--29 enno 7949,4 fcbrcro 1949; P. O.9 febrero 1949.

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