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Consejería de Agricultura y Agua
Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad
Servicio de Protección y Conservación de la Naturaleza
COR RECCIÓN DE
TEND IDOS EL ÉCTRICOS
EN Z EPA
II Curso sobre Líneas Eléctricas y Protección de la Avifauna
CEMACAM3 y 4 de diciembre de 2008
PROYECTO LIFE CORRECCIÓN DE TENDIDOS ELÉCTRICOS EN ZEPA (MURCIA)
ANTEPROYECTO DE DECRETO DE NORMATIVA ELECTROTÉCNICA PARA LA PROTECCION DE LA
AVIFAUNA
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO NATURAL Y BIODIVERSIDADServicio de Protección y Conservación de la Naturaleza
Equipo LIFE: Emilio Aledo (Coordinador), Ester Cerezo, Andrés Manso, Mª Dolores Abellán, José Manuel Escarabajal, Nuria García
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EN Z EPA
• Programa de Seguimiento Biológico del Parque Regional de Sierra Espuña y Zona de Especial Protección para las Aves de las Sierras de Burete, Lavia y Cambrón (2002-2004).
• Proyecto LIFE02NAT/E/8602 Conservación de Hieraaetus fasciatus – Almenara - Murcia (2002-2006).
• Programa “Revisión de tendidos eléctricos y evaluación de su peligrosidad para la avifauna, en Zonas de Especial Protección para las Aves de la Región de Murcia” (2003-2006)
ANTECEDENTES:
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EN Z EPA
Objetivos:• Inspección y cartografía de tendidos eléctricos• Identificación de puntos negros, líneas y apoyos peligrosos para la avifauna• Identificación de especies afectadas• Propuesta de medidas de corrección
Metodología:(Mañosa, 2001. Strategies to identify dangerous electricitypylons for birds. Biodiversity and Conservation 10: 1997-2012. Netherlands)
1.1. Campo:Campo:
-- CartografCartografíía y caracterizacia y caracterizacióón de los apoyosn de los apoyos
-- DetecciDeteccióón de puntos negros mediante un n de puntos negros mediante un úúnico recorrido nico recorrido
2. An2. Anáálisis:lisis: priorizacipriorizacióónn de lde lííneas y apoyos a neas y apoyos a corregircorregir
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Identificación del apoyo a corregir
A = Caracterización del apoyoSe determina la tipología del apoyo en base a:
- las fases- los aisladores - forma de la cruceta
B = Caracterización del hábitatSe indica el hábitat presente en un radio de 25 m alrededor del apoyo
R= 25 m
A
B
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EN Z EPATipos de apoyos
Peligrosidad Baja Peligrosidad Moderada
Peligrosidad Alta
Peligrosidad Muy Alta
P-07P-01
P-02
P-10
P-08
P-06
P-11
P-12
CTI
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Seleccionado: ECO
Poco Utilizado:CAS
Tipos de hábitats
Neutro:CS
Poco Utilizado:CR
Neutro:CSA
Rehusado: URB
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EN Z EPA
Ficha de campoFICHA DE CAMPO EVALUACION DE LINEAS ELECTRICAS EN ZEPA
ZEPA:
LINEA: SECTOR:
OBSERVADOR: FECHA:
CADAVERES: OBSERVACIONES:
ObservacionesParticularIberdrolaHábitat (BC, BA,MA, CES, CI, ECO)
Tipo de Apoyo
Coordenada (Y)Coordenada (x)Poste Nº
Cadáver Búho
Cadáver Cuervo Egagrópila
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Líneas recorridas
(Hasta 2005, durante 2006 se han revisado también las ZEPA de “Sierra de Burete, Laviay Cambrón”, “Sierra de Moratalla” y “Sierra del Molino, Embalse del Quípar y Llanos del Cagitán”)
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* Incluye los apoyos con cadáveres más los apoyos con signos de utilización por aves. Algunos apoyos poseen más de un cadáver y se han suprimido los apoyos usados por aves con prioridad de corrección 6.
*
Resultados obtenidos por ZEPA
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Aves electrocutadas (8 ZEPA)
Búho real
GrajillaRapaces indeterminadas
Culebrera europea
Busardo ratonero
Azor común
Corneja
Cernícalo vulgar
Águila perdicera
Águila real
Abejero europeo
Cuervo
Buitre leonado
Mochuelo europeo
Otras
Cadáveres electrocutados por especie encontrados en las ZEPA revisadas
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77TOTAL CADÁVERES
6Restos sin identificar
1Grajilla
1Águila Pescadora
2Aguililla Calzada
2Águila-azor Perdicera
4Cernícalo Vulgar
4Azor Común
5Busardo Ratonero
6Águila Real
7Buitre Leonado
7Culebrera Europea
32Búho Real
CadáveresEspecie 3Desconocido
666463Fuera
81011Dentro
ENPLICZEPANº Cadáveres
3,90Desconocido
85,7183,1281,82Fuera
10,3912,9914,29Dentro
ENPLICZEPA% Cadáveres
21Más de 3000 m
14< 3000 m
8< 2000 m
7< 1000 m
13< 500 m
Nº de cadáveresdistancia a ZEPA
Cadáveres encontrados durante el periodo 2007-2008
Cadáveres encontrados en áreas protegidas
Distancias de cadáveres encontrados fuera de ZEPA
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EN Z EPA
ZEPA Sierra de Ricote y la Navela
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ZEPA Sierras del Gigante-Pericay, Lomas del Buitre-Rio Luchena y Sierra de la Torrecilla
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EN Z EPA
Proyectos ejecutados de correcciones antielectrocución
• Proyecto LIFE02NAT/E/8602 Conservación de Hieraaetus fasciatus – Almenara - Murcia (2002-2006).
• Corrección CHS (2005 y 2006).
• Corrección Parque Regional de Sierra Espuña (2006).
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Proyecto LIFE“Corrección de Tendidos Eléctricos Peligrosos en Zonas
de Especial Protección para la Aves de la Región de Murcia” (2007-2010)
LIFE06/NAT/E/000214
100,00%1.826.569TOTAL
20,00%365.312Contribución de los socios
30,00%547.968Contribución del beneficiario
50,00%50,00%913.280Contribución de la Comisión Europea
% costes totales elegibles
% del TOTALEuros( € )Contribución
Beneficiario: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y AGUA
Socio: IBERDROLA DISTRIBUCIÓN S.A.
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Ámbito de actuación
70.438,12TOTAL
1.483,19ES0000259Sierra de Mojantes
14.825,03ES0000269Monte El Valle y Sierra de Altaona y Escalona
25.390ES0000262Sierra del Gigante-Pericay y Lomas del Buitre- Río Luchena y Sierra de la Torrecilla
10.925,40ES0000264La Muela-Cabo Tiñoso
17.814,50ES0000173Sierra Espuña
Superficie(ha)CódigoZEPA
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EN Z EPA
Objetivo general del Proyecto LIFERealización de correcciones en los apoyos con diseño peligroso para las aves en cinco ZEPA y su entorno de la Región de Murcia, encaminadas a disminuir su peligrosidad y reducir la mortalidad por electrocución de las especies de aves en Espacios Natura 2000 (ZEPA).
Formación y Difusión
Diciembre de 2007
Aprobación de un Decreto Electrotécnico Regional
AnualActividades de difusión de carácter general(folletos, carteles, artículos...)
Diciembre de 2010
Taller de Intercambio de Experiencias con proyectos similares
AnualActividades formativas para técnicos de la Administración y empresas implicadas.
Diciembre de 2008
Edición de un Manual sobre medidas electrotécnicas adecuadas para minimizar el riesgo de electrocución de las aves
Anual Revisión de tendidos para la evaluación de la eficiencia de las medidas correctoras
2008-2010Remodelación de 1031 apoyos peligrososEjecución
Marzo de 2007 Acuerdos de colaboración con IBERDROLA S.A.
A partir de 2007Acuerdos con propietarios de tendidos para la aplicación de medidas correctoras
A partir de 2007Estudio y redacción de proyectos de ejecución
Acciones preparatorias, elaboración y dirección de planes
PLAZOACCIONES
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EN Z EPA
• Estatal: Real Decreto 1432/2008 de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.
• Autonómica: Normativa de protección a la avifauna en líneas eléctricas
ANTECEDENTES
Normativa Electrotécnica para la Protección de la Avifauna
1. Navarra (1991)
2. La Rioja (1998)
3. Aragón (2005)
4. Madrid (1998, 2002)
5. Castilla La Mancha (1999)
6. Extremadura (1996, 2006)
7. Andalucía (1990, 2006)
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• Región de Murcia: Ley 7/95 de Fauna Silvestre. Art. 31.
1.- Se establecerá en el plazo máximo de dos años las normas de carácter técnico-ambiental aplicable a las instalaciones eléctricas de alta y baja tensión (protección de las aves).
2.- Las instalaciones eléctricas no podrán atravesar las Áreas de Protección de la Fauna Silvestre que así lo consideren en sus planes de gestión.
Las actuales instalaciones eléctricas que contravengan lo anterior serán adaptadas en el plazo máximo de diez años.
Proyecto LIFE06/NAT/E/000214Corrección de Tendidos Eléctricos Peligrosos en Zonas de Especial
Protección para las Aves de la Región de Murcia. 2007-2010
Acciones preparatorias. Aprobación de un Decreto que recoja la Normativa Electrotécnica para la Protección de la Avifauna.
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NORMATIVA COMPARADA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
1. En el objeto de la norma además de la electrocución y la colisión, se incluye atenuar el impacto paisajístico, minimizar el impacto en el medio ambiente y sus efectos en el ecosistemas.
2. Su ámbito incluye instalaciones:
ANÁLISIS: Todos los Decretos de la C.A. tienen un formato parecido. Al menos ocho artículos coinciden: Objeto, ámbito de aplicación, definiciones, contenido del proyecto, condiciones técnicas, trabajos de mantenimiento, régimen sancionador e impacto ambiental. También existe una importante coincidencia en las condiciones técnicas de las instalaciones (prohibiciones, distancias de seguridad, etc.).
•nueva creación
•existentes que precisen autorización (ampliación , reparación...)
•afectadas por planes de recuperación de especies catalogadas
•emplazadas o en el entorno de ZEPA
•declaradas de alta peligrosidad por accidentes
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3. En el contenido del proyecto, además de lo establecido en la legislación sectorial se establece información relativa adecuada a la normativa de protección para la avifauna: tipos de apoyos, sistemas de aislamiento, descripción de las instalaciones de entronque, seccionamiento, transformación e interruptores con corte a la intemperie, dispositivos salvapájaros, medidas de reducción de impacto paisajísticos, etc.
4. En condiciones técnicas se establecen desde prohibiciones (aisladores rígidos, puentes flojos por encima de travesaños y cabeceras de postes, seccionadores e interruptores por encima de travesaños o cabeceras de los apoyos, etc); uso del aislamiento (puentes de unión entre los elementos en tensión, en cadenas en suspensión y amarre, etc); recomendaciones del empleo de crucetas tipo bóvedas o tresbolillo; y de forma esencial las distancias entre conductores no aislados, entre conductores y las zonas de posada; señalizadores de cables de tierra o de conductores en zonas específicas (ZEPA, humedales, etc).
5. Los trabajos de mantenimiento se limitan en la época de nidificación y a la vez se excepcionan (averias) o por causas justificadas.
6. El sometimiento a informe del órgano ambiental es sin perjuicio de la normativa vigente en impacto ambiental (EIA).
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ANTEPROYECTO DE DECRETO REGIONAL
Objetivo: Establecer las condiciones técnicas aplicables a las instalaciones eléctricas aéreas de alta tensión que discurran por el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con el fin de reducir los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna, así como atenuar el impacto paisajístico y otros impactos ambientales.
Ámbito de aplicación:
1. Instalaciones, líneas o derivaciones de nueva construcción.
2. Ampliación o modificación de las instalaciones ya existentes que requieran autorización administrativa.
3. Instalaciones declaradas de Alta Peligrosidad para la Avifauna.
Instalaciones de tensión nominal igual o superior a 1 kV que correspondan a:
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ÓRGANOS COMPETENTES (desarrollo del R.D. 1432/2008)
• Medio Ambiente: Delimitación y Publicación de las zonas de protección (1 año).
• Industria y Energía: Determinación y Publicación de las líneas eléctricas que no se ajustan a la Prescripciones y Anexo del R.D (1 año).
• En la colisión, Medio Ambiente deberá elaborar en el plazo de un año desde la publicación de las zonas de protección un inventario de las líneas eléctricas ya existentes que provoquen una significativa y contrastada mortalidad por colisión de aves incluidas en el Listado de especies silvestres en régimen de protección especial, especialmente las incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA)
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CRITERIOS DE DISEÑO GENERALES
• Instalaciones eléctricas deberán cumplir con las prescripciones técnicas del Anexo I, sin perjuicio de lo especificado en la normativa técnica y de seguridad establecida en la reglamentación electrotécnica de alta tensión y demás normativa concordante.
• En instalaciones aéreas se recomienda la instalación de líneas subterráneas o aéreas con cable aislado como solución más adecuada desde el punto de vista de la protección de la avifauna.
• Con carácter general, el trazado de las nuevas líneas eléctricas aéreas no discurrirá por las zonas de protección del Anexo II. Sólo se autorizará el paso por las zonas del Anexo II a aquellas instalaciones que justifiquen la imposibilidad de un trazado alternativo y deberán cumplir las prescripciones técnicas del Anexo I y los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales u otros instrumentos de planificación aprobados.
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ZONAS DE PROTECCIÓN (ANEXO II)1. Las Zonas de Especial Protección para la Aves (ZEPA) incluyendo una franja adicional de protección de 1,5 Kilómetros alrededor de éstas.
2. Los ámbitos de aplicación de Planes de Recuperación y de Conservación, para las especies de aves catalogadas como En peligro de extinción y Vulnerables, conforme a lo dispuesto a la Ley 7/1995 de 21 abril de Fauna Silvestre por el que se crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Fauna Silvestre de la Región de Murcia.
3. Áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas o el Catálogo Regional de Especies Amenazadas. Estas áreas serán declaradas por el órgano competente en materia de medio ambiente (R.D. 1432/2008).
4. Los Espacios Naturales Protegidos declarados.
5. Espacios para los que existan instrumentos de planificación de recursos naturales (PORN), o se encuentren aprobados inicialmente, que contemplen limitaciones al respecto.
5. Lugares de Importancia Comunitaria.
6. Inventario Regional de Humedales.
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INSTALACIONES DE ALTA PELIGROSIDAD PARA LA AVIFAUNA
Cuando existan datos técnicos o científicos que así lo aconsejen, y en especial de mortalidad de aves, la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad iniciará el procedimiento de declaración de Instalación de Alta Peligrosidad para la Avifauna.1. Memoria técnica justificativa:
a. Información sobre la localización del tramo de línea aérea de alta tensión.
b- Titularidad de la instalación.
c. Características técnicas de apoyos y cableado.
d. Datos de mortalidad detectada. Valoración de la peligrosidad.
e. Medidas correctoras que se estiman oportunas para minimizar el impacto sobre la avifauna.
2. Orden del Consejero que establece un periodo de Información pública y un plazo de alegaciones. La declaración de Instalación de Alta Peligrosidad para la Avifauna establecerá el plazo de adecuación que no podrá ser superior a tres años.
3. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los titulares de las instalaciones establecerán los mecanismos de colaboración técnica y económica más adecuados, para la financiación de las medidas correctoras, pudiendo a tal efecto celebrarse convenios de colaboración.
En el caso de redes de distribución podrán incluirse estas actuaciones dentro de los convenios de mejora de calidad del servicio eléctrico contemplados en la legislación del sector eléctrico.
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EN Z EPA
OTROS ASPECTOS GENERALES DE LA NORMATIVA ELECTROTÉCNICA DE PROTECCIÓN A LA AVIFAUNA
Recoge las competencias sustantivas que establece la legislación vigente en relación con la autorización, inspección y sanción del órgano competente vigente en materia de energía.
Establece el marco necesario de colaboración entre las administraciones en materia de energía y medio ambiente para con las compañías eléctricas y propietarios de líneas eléctricas.
Recoge las competencias de la administración ambiental en las actuaciones de inspección, vigilancia y atestado de acuerdo con la legislación vigente de áreas protegidas y especies amenazadas.
La administración ambiental asume todas las actuaciones derivadas de la Declaración de Instalación de Alta Peligrosidad para la Avifauna.
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PRESCRIPCIONES TÉCNICAS (ANEXO I)
a. Se prohíbe:• el uso de aisladores rígidos.• puentes por encima de la cruceta.• el sistema de “farolillo” para la suspensión de los puentes.• en la líneas de 2ª y 3ª categoría, autoválvulas en posición dominante por
encima de las cabeceras de los apoyos, así como seccionadores e interruptores con corte al aire, en posición horizontal, por encima de travesaños o de las cabeceras de los apoyos.
b. En los apoyos que presenten C.T.I., derivaciones o elementos de mando y protección, los elementos en tensión no sobrepasarán la cruceta principal y se aislarán los puentes de unión y las bajantes.
c. Zonas de relieve accidentado, se procurará evitar las cumbres o lomas, adaptándose en lo posible al relieve y evitando la afección a lugares prominentes o singulares .
GENERALES
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ARMADOS TIPO TRESBOLILLO, MONTAJE VERTICAL Y CIRCUITO DOBLE:
MEDIDAS ANTIELECTROCUCIÓN
EN ZONAS DE PROTECCIÓN (ANEXO II)
FUERA DE LAS ZONAS DE PROTECCIÓN
Diseños: Obligatorio armados en tresbolillo o asimilados. En casos justificados de carácter técnico o biológico se podrán emplear otros diseños: bóvedas o asimilados y crucetas rectas con puentes ecológicos aislados
Diseños: Sin ninguna restricción, pero cumpliendo las prescripciones técnicas generales.
Distancia la distancia mínima entre el conductor superior o su correspondiente puente y la cruceta inferior del mismo lado, no será inferior a 1,5 metros.
Esta distancia podrá ser inferior siempre y cuando se cubra con material aislante eficaz los elementos en tensión, hasta 1 metro a cada lado del apoyo.
150 cm 150 cm
150 cm
150 cm
150 cm
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EN ZONAS DE PROTECCIÓN (ANEXO II)
FUERA DE LAS ZONAS DE PROTECCIÓN
MEDIDAS ANTIELECTROCUCIÓN
CRUCETAS TIPO BÓVEDA O ASIMILADOS:
0,88 metros
0,70 metros
1,50 metros 1,50 metros
Fase central o puente deberá cubrirse con material aislante eficaz los elementos en tensión, hasta 1 metro a cada lado de la grapa de suspensión.
0,60 metros*
1,45 metros 1,45 metros
*Esta distancia podrá ser inferior siempre y cuando se cubra con material aislante eficaz los elementos en tensión, hasta 1 metro a cada lado de la grapa de suspensión.
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APOYOS DE AMARRE Y ESPECIALES (de anclaje, ángulo, fin de línea, protección y maniobra, derivación, etc.)
1,00 m1,00 m 1,00 m1,00 m
0,60 m
EN ZONAS DE PROTECCIÓN (ANEXO II)
Todos los puentes deben ir aislados
FUERA DE LAS ZONAS DE PROTECCIÓN
MEDIDAS ANTIELECTROCUCIÓN
1 metro
1,50 metros 1,50 metros
1 metro
1,45 metros 1,45 metros
Distancia mínima entre la zona de posada y el elemento en tensión de 0,60 m
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MEDIDAS ANTICOLISIÓN
ZEPA y franja adicional de 1,5 km alrededor.
Áreas prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de aquellas especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas o el Catálogo Regional de Especies Amenazadas.
Cauces fluviales, pasos de cresta acentuados, collados de rutasmigratorias y territorios de nidificación, o tramos de vuelo alto en áreas de valle.
Humedales del Inventario Regional de Humedales (Laguna Costera (MM), Bosques de Ribera (BR), Marismas pseudomareales(ENC), Humedales con salinas costeras (H), Arrozales (ARR) y Embalses (E) y franja adicional de 1,5 km alrededor.
Balizas salvapájaros en cables de tierra (según las especificaciones del R.D. 1432/2008), en líneas de nueva construcción que atraviesen:
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MEDIDAS CORRECTORAS PARA ATENUAR IMPACTOS EN ZONAS DEL ANEXO II.
• UTILIZAR PASILLOS O CORREDORES ASOCIADOS O PRÓXIMOS A VIAS DE COMUNICACIÓN O OTRAS LÍNEAS EXISTENTES.
• EN ZONA DE RELIEVE ACCIDENTADO: EVITAR CUMBRES O LOMAS, ADAPTÁNDOSE A LA MORFOLOGÍA DEL TERRENO.
• MINIMIZACIÓN DE DESMONTES POR APOYOS Y ACCESOS.
• PLANIFICACIÓN DE UNA RED CONJUNTA DESDE INSTALACIONES PRODUCTORAS.
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ELABORACIÓN Y TRAMITACIÓN DEL DECRETO1. CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN MIXTA
2. CONSULTAS INTERNAS EN LAS ADMINISTRACIONES COMPETENTES
PROYECTO DE DECRETO CONJUNTO
1. INFORME DEL CONSEJO ASESOR MEDIO AMBIENTE
2. INFORME DEL CONSJEJO ASESOR DE ENERGÍA
APERTURA DE UN TRAMITE DE AUDIENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO DE DECRETO
1. INFORMACIÓN PÚBLICA Y AUDIENCIA A LOS INTERESADOS
2. CONSULTA INSTITUCIONAL
APROBACIÓN DEFINITIVA DEL DECRETO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
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COR RECCIÓN DE
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¡¡Gracias por Gracias por su atencisu atencióón!n!