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INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2012 TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS VOLUMEN 8/17

I R C P DEL G D F E 2012 T R A R P V 8/17 - ascm.gob.mx · Total capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 260 2 80,067.9 100.0 27 0 42,576.2 53.2 DM: Documento múltiple. 7 VOLUMEN

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INFORME DE RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2012

TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA Y RECOMENDACIONES PREVENTIVAS

VOLUMEN 8/17

ÍNDICE

VOLUMEN 8/17

II.12. DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO 5

II.12.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 5

II.12.1.1. CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” 5

Auditoría ASC/162/12

II.12.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 61

Auditoría ASC/163/12

II.13. DELEGACIÓN MILPA ALTA 105

II.13.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 105

II.13.1.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS

Y OTRAS AYUDAS” 105

Auditoría ASC/164/12

II.13.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 149

Auditoría ASC/165/12

II.14. DELEGACIÓN TLÁHUAC 187

II.14.1. AUDITORÍA FINANCIERA 187

II.14.1.1. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 187

Auditoría ASC/166/12

II.15. DELEGACIÓN TLALPAN 227

II.15.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 227

II.15.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO DE APORTACIONES

PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES

TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUN-DF)

1 227

Auditoría ASCprofcasf/105/12

II.15.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 275

Auditoría ASC/167/12

II.16. DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA 309

II.16.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 309

II.16.1.1. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS Y LAS DEMARCACIONES

TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (SUBSEMUN-DF) 2

309

Auditoría ASCprofcasf/106/12

II.16.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 383

Auditoría ASC/168/12

II.17. DELEGACIÓN XOCHIMILCO 417

II.17.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS 417

II.17.1.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA” 417

Auditoría ASC/169/12

II.17.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO” 452

Auditoría ASC/170/12

Auditorías practicadas con recursos del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS) y de la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF). 1 Auditoría efectuada a la Delegación Tlalpan y a la Secretaría de Finanzas.

2 Auditoría realizada a la Delegación Venustiano Carranza y a las Secretarías de Seguridad Pública y de Finanzas.

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II.12. DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

II.12.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS

II.12.1.1. CAPÍTULO 2000 “MATERIALES Y SUMINISTROS”

Auditoría ASC/162/12

ANTECEDENTES

La Delegación Miguel Hidalgo ocupó el octavo lugar respecto del presupuesto ejercido en 2012

por las 16 Delegaciones (23,674,425.9 miles de pesos), con un monto de 1,433,489.2 miles

de pesos, que representó el 6.1% del total erogado por dichos órganos político-administrativos,

lo que significó una disminución de 0.2% (3,469.7 miles de pesos), con relación al presupuesto

original, que fue de 1,436,958.9 miles de pesos.

Con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció

80,067.9 miles de pesos (5.6% de su presupuesto total), lo que significó unas variaciones

negativas de 26.3% (28,524.6 miles de pesos) en relación con el presupuesto original autorizado

en dicho capítulo (108,592.5 miles de pesos) y de 15.0% (14,099.1 miles de pesos) respecto

a lo ejercido en 2011 (94,167.0 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Miguel Hidalgo en el capítulo 2000 “Materiales y Suministros” se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los criterios generales de selección siguientes:

“Importancia Relativa”, toda vez que el presupuesto ejercido en el capítulo 2000 “Materiales

y Suministros” (80,067.9 miles de pesos) disminuyó en 26.3% (28,524.6 miles de pesos) su

asignación original (108,592.5 miles de pesos), y en 15.0% (14,099.1 miles de pesos) lo ejercido

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en 2011 (94,167.0 miles de pesos); y “Exposición al Riesgo”, por tratarse de un capítulo de gasto

propenso a errores involuntarios, desperdicios, irregularidades e ineficiencias o incumplimientos

de objetivos y metas. Dichos criterios generales se encuentran contenidos en el Manual de

Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal (CMHALDF) con actualización vigente a partir del 25 de enero de 2013.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; y 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, IX, XII, XIII y XIX, de la Ley

Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; y 1o., 13 y 16 de su Reglamento Interior.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

A partir del total de los recursos ejercidos por la Delegación Miguel Hidalgo con cargo

al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, por 80,067.9 miles de pesos, correspondientes

a 260 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 2 documentos múltiples; y derivado de los

trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría, así como del estudio

y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar 27 CLC expedidas con

cargo a 2 de las 43 partidas de gasto que integraron el presupuesto ejercido en dicho capítulo,

las cuales sumaron un monto de 42,576.2 miles de pesos y representaron el 53.2% del

universo. Las partidas seleccionadas fueron la 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”

y la 2711 “Vestuario y Uniformes”, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% Cantidad Presupuesto ejercido

%

CLC DM CLC DM

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 50 1 41,808.5 52.2 25 0 39,643.3 49.5

2711 “Vestuario y Uniformes” 10 1 6,722.8 8.4 2 0 2,932.9 3.7

Otras 41 partidas 200 0 31,536.6 39.4 0 0 0.0 0.0

Total capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 260 2 80,067.9 100.0 27 0 42,576.2 53.2

DM: Documento múltiple.

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Para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión, se consideraron los siguientes

criterios:

1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2012 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN) y la

Delegación Miguel Hidalgo proporcionaron a esta entidad de fiscalización.

2. Seleccionar aquellas partidas que presentaron riesgos de operación durante el estudio

y evaluación del control interno.

3. En su caso, seleccionar las erogaciones más representativas realizadas con cargo a cada

partida seleccionada.

4. Tomar en cuenta las observaciones realizadas por otros órganos fiscalizadores al ejercicio

de las partidas seleccionadas.

5. Excluir de la muestra los contratos revisados por el órgano de control interno en la

Delegación Miguel Hidalgo.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Dirección General de Administración (DGA)

de la Delegación Miguel Hidalgo, por ser la encargada de administrar los recursos humanos,

materiales y financieros del órgano político-administrativo, conforme a las políticas, lineamientos

criterios y normas establecidos por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal (OM)

y la SEFIN.

Dicha función está prevista en el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo

vigente en 2012.

Evaluación de Control Interno

1. Se verificó que la Delegación Miguel Hidalgo hubiese contado con mecanismos de control

suficientes para prevenir y minimizar los riesgos que pudieran afectar la eficacia y eficiencia

de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento de

la normatividad aplicable al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y la consecución

de sus objetivos.

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2. Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo que estuvo vigente

en 2012, para verificar si el apartado de organización concuerda con la estructura

orgánica aprobada y dictaminada; y si, junto con los procedimientos aplicables al

rubro revisado, fueron autorizados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA) de la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

3. Se aplicó un cuestionario de control interno a la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo,

por lo que se refiere a las actividades relacionadas con el registro, aprobación,

modificación, compromiso, devengo y ejercicio del presupuesto, así como con el pago

de operaciones realizadas por el órgano político-administrativo con cargo al rubro sujeto

a revisión.

4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a que

estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

Gasto Aprobado

Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el calendario presupuestal, el Analítico

de Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto de fiscalización

correspondientes al ejercicio fiscal de 2012, para verificar si el techo presupuestal reportado

por el órgano político-administrativo en dichos documentos se ajustó al autorizado por la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.

Gasto Modificado

Se analizaron 67 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto

asignado al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, se verificaron las causas por las cuales

disminuyó dicho presupuesto y se constató que se contara con la documentación soporte

de las modificaciones presupuestales efectuadas.

Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad

que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado

durante el período auditado. Dichas pruebas consistieron en lo siguiente:

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Gasto Comprometido

1. Se analizaron los reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales que fueron ejercidos con cargo al capítulo 2000 “Materiales

y Suministros”, con objeto de conocer el presupuesto comprometido del órgano político-

administrativo del ejercicio 2012 y verificar que los recursos correspondieron a obligaciones

de pago respaldadas con documentos legales.

2. Se verificó que se contara con la autorización expresa del Jefe Delegacional para llevar

a cabo la adquisición de materiales y suministros mediante procedimientos distintos al de

licitación pública; que la adquisición de materiales y suministros estuviera prevista en

el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS)

autorizado, y soportada con las requisiciones de materiales y suministros debidamente

justificadas y firmadas por el personal que tuvo atribuciones para autorizarlas; que se

contara con suficiencia presupuestal y, en su caso, con la aprobación del Comité

Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios; que previamente

a la adquisición de materiales y suministros se comprobara que no se contaran con ellos

en el almacén; que se hubiesen realizado estudios de precios de mercado; y que los

proveedores hubieran presentado las garantías correspondientes en los plazos establecidos.

3. Se constató que los procedimientos de adquisición de materiales y suministros por

adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores o licitación

pública seleccionados como muestra se hayan ajustado a la normatividad y a los

montos de actuación autorizados; y que para la adquisición de combustible y de

vestuario se haya remitido a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales (DGRMSG) de la OM la documentación necesaria para adherirse a las

compras consolidadas de éstos.

4. Se constató que las adquisiciones de materiales y suministros se hayan formalizado

mediante contrato en los plazos establecidos y con los proveedores que no se encontraran

inhabilitados por la CGDF o por la Secretaría de la Función Pública (SFP), y que los

contratos reunieran los requisitos mínimos que señalan la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal y su Reglamento vigentes en 2012.

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Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su

Reglamento, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis), del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, de los contratos revisados

y del Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, vigentes en 2012.

Gasto Devengado

1. Se constató que los materiales y suministros hayan sido recibidos por la Delegación

Miguel Hidalgo en tiempo y conforme a las especificaciones establecidas en los contratos

respectivos; que el órgano político-administrativo contara con evidencia documental

de su recepción y con controles para el registro de las entradas y salidas del almacén.

2. Se comprobó que la DGA en la Delegación Miguel Hidalgo haya autorizado la dotación

de combustible al parque vehicular del órgano político-administrativo; que haya contado

con controles de los consumos de combustible por cada vehículo; y que no hayan

registrado dotaciones de combustible, lubricante y aditivo a los vehículos que estuvieron

fuera de servicio por encontrarse en reparación, que hayan sido dados de baja o que

no formaran parte del padrón vehicular.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) y del Manual Administrativo

de la Delegación Miguel Hidalgo vigentes en 2012.

Gasto Ejercido

1. Se verificó que los proveedores hayan entregado comprobantes de pago (facturas)

a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Miguel Hidalgo, que éstos

cumplieran los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación

vigente en 2012; que los pagos efectuados hayan sido por materiales y suministros que

cumplieran las especificaciones establecidas en los contratos respectivos; que los gastos

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VOLUMEN 8/17

se hayan registrado en partidas acordes con su naturaleza, conforme al Clasificador

por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012; que los pasivos se hayan

registrado y reportado a la SEFIN en el ejercicio en que se devengó el gasto; y que los

recursos no devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre

de 2012 hayan sido entregados a la SEFIN en los plazos señalados.

2. Se constató que, en su caso, se hayan aplicado correctamente las penas convencionales

o sanciones a los proveedores por entregar los materiales y suministros de manera

incompleta o extemporánea, y que se hayan aplicado los descuentos procedentes en

los pagos efectuados; que, en caso de incumplimiento de los contratos, se hayan

hecho efectivas las garantías correspondientes; y que se hayan elaborado las CLC de

operaciones ajenas por el importe de las penas convencionales o sanciones aplicadas

a los proveedores.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del

Distrito Federal y del Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo vigentes en 2012.

Gasto Pagado

Se confirmaron operaciones con los proveedores a quienes se efectuaron pagos para verificar

los procesos de contratación, facturación y pago.

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones relacionadas

con el rubro auditado produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones

o deficiencias o si existieron oportunidades de mejora. Los procedimientos consistieron en

integrar el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión por partida de gasto,

verificar que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN

coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2012, y revisar que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera a la estructura

del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2012. También se verificó que el órgano político-administrativo hubiese

conservado la documentación original, justificativa y comprobatoria de los pagos realizados,

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VOLUMEN 8/17

y contado con expedientes debidamente integrados con la documentación legal y administrativa

de los proveedores a los que fueron adjudicados contratos; y que la adquisición de materiales

y suministros se hubiesen efectuado en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones

de la Delegación Miguel Hidalgo.

El alcance a nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”

Se determinó revisar el pago de la contratación consolidada del abastecimiento de combustible

(gasolina y diésel), por medio del procedimiento de adjudicación directa realizado por

la DGRMSG de la OM y el procedimiento de licitación pública núm. 30001026-013-12, el más

representativo en cuanto a presupuesto ejercido por la Delegación Miguel Hidalgo para la

adquisición de aceite para motor, del cual se derivó el contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012

por 2,198.6 miles de pesos.

Partida 2711 “Vestuario y Uniformes”

Se determinó revisar el pago de la contratación consolidada de equipo de lluvia y de protección,

de vestuario y de calzado operativo, por medio del procedimiento de licitación pública nacional

núm. OM-DRMSG-002-12, realizado por la DGRMSG de la OM; y la única adquisición

de vestuario realizada por la Delegación Miguel Hidalgo, por medio de adjudicación

directa, de la cual se derivó el contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012, por un monto de

300.0 miles de pesos.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual administrativo,

en su apartado de organización, de la Delegación Miguel Hidalgo vigente en 2012, para

identificar su estructura orgánica, así como los objetivos, funciones y atribuciones de las

unidades administrativas que la integran y de las que intervinieron en las operaciones

relativas al rubro objeto de la revisión. Se revisó el manual administrativo, en su apartado

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VOLUMEN 8/17

de procedimientos, con objeto de verificar los procedimientos que fueron aplicados por las

unidades administrativas del órgano político-administrativo responsables de registrar, aprobar,

modificar, comprometer, devengar y ejercer el presupuesto, así como pagar las operaciones

efectuadas con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”; y de constatar si éstos

garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas

y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicó un cuestionario de control interno a la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo, se

verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados

para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos

de control.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión y, a partir de su flujo general de los objetivos específicos de control vigentes en 2012

y de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de

control para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los

riesgos de irregularidades e ineficiencias y si disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que las unidades

administrativas de la Delegación Miguel Hidalgo están estructuradas conforme a las funciones

asignadas en su manual administrativo, apartado de organización; y que establecieron los

mecanismos y actividades de control suficientes para atender y mitigar los riesgos que

las afectaron para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos

establecidos, para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos,

para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información

y documentación generada y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas

involucradas en el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación y ejercicio

del presupuesto, así como en el pago de operaciones con cargo al capítulo 2000 “Materiales

y Suministros”. Lo anterior garantizó que, en términos generales, se diera cumplimiento a la

normatividad y se generara un razonable ambiente de control; sin embargo, se detectaron

las deficiencias de control interno que se señalan de manera específica en el apartado de

resultados de este informe.

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VOLUMEN 8/17

RESULTADOS

Evaluación de Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. DGA/DRF/1051/2013 del 19 de septiembre de 2013, el titular de

la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó el manual administrativo del órgano

político-administrativo, el cual se integró por los apartados de organización y de procedimientos,

y fue elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011. De su análisis

se desprende lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. CG/251/2011 del 29 de abril 2011, la CGDF autorizó a la Delegación

Miguel Hidalgo el dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011 vigente a partir del 1o. de

mayo del mismo año, en el cual se previeron ocho Direcciones Generales (de Gobierno

y Participación Ciudadana, Jurídica y de Servicios Legales, de Administración, de Obras

Públicas y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo

Delegacional y de Seguridad Ciudadana), una Dirección Ejecutiva de Cultura y una Jefatura

de la Oficina del Jefe Delegacional.

2. El manual administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo fue actualizado en sus apartados

de organización y de procedimientos como sigue:

a) El manual administrativo, en su apartado de organización, elaborado conforme

al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011 fue presentado a la CGMA para su

revisión, dictamen y registro con los oficios núms. JD/MH/0694/2010 y JD/MH/0802/2010

del 6 de agosto y 20 de diciembre de 2010, respectivamente. Dicho manual establece

los objetivos y funciones, facultades y responsabilidades de los servidores públicos de

mandos medios y superiores adscritos a las unidades administrativas que conforman

el órgano político-administrativo; está integrado por los apartados de presentación,

antecedentes, marco jurídico-administrativo, objetivo general, estructura orgánica,

atribuciones, funciones y organigrama; quedó registrado por la CGMA con el

núm. MA-311-6/11 mediante el oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del

28 de febrero de 2012; fue difundido entre las diversas unidades administrativas

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VOLUMEN 8/17

que integran la Delegación Miguel Hidalgo con los oficios núms. DGDD/DMA/056/12

y DGDD/DMA/064/12, ambos del 13 de marzo de 2012; y JDMH/093/2012 del día

16 del mismo mes y año; y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 2 de abril de 2012.

b) El manual administrativo, en su apartado de procedimientos, se integró por un

total de 161 procedimientos que fueron autorizados y registrados por la CGMA

con el núm. MA-311-6/11 conforme a lo indicado en los oficios núms.

CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del 28 de febrero, CG/CGMA/DEDDEO/1513/2012

del 5 de junio, CG/CGMA/DEDDEO/2455/2012 del 18 de septiembre y

CG/CGMA/DEDDEO/2942/2012 del 19 de octubre, todos de 2012; difundidos por

medio de oficios entre las diversas unidades administrativas que integran el órgano

político-administrativo; y la relación de los mismos publicada en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal del 2 de abril, 27 de junio, 30 de octubre y 29 de noviembre de 2012.

Al examinar los 161 procedimientos, se determinó que 8 de ellos se encuentran

relacionados con el desarrollo de la auditoría.

En conclusión, la Delegación Miguel Hidalgo contó un manual administrativo, integrado

por los apartados de organización y de procedimientos, actualizado y registrado conforme

al dictamen de estructura orgánica núm. 6/2011 vigente en 2012, el cual fue difundido

entre sus diferentes unidades administrativas. El apartado de organización y la relación de

los 161 procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

2. Resultado

Para establecer si la Delegación Miguel Hidalgo debió llevar a cabo el registro contable de

las etapas de los presupuestos aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, previsto en la Ley General

de Contabilidad Gubernamental vigente en 2012, se analizó lo siguiente:

1. El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley

General de Contabilidad Gubernamental vigente a partir del 1o. de enero de 2009,

con objeto de establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental

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VOLUMEN 8/17

y la emisión de información financiera de los entes públicos, y lograr su adecuada

armonización. De acuerdo con el artículo 4o., fracción I, de dicha ley, la armonización

consiste en “la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables

vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones

jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la

información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las

características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas”.

2. La Delegación Miguel Hidalgo no emite información contable y financiera porque ésta

se concentra en la SEFIN, de conformidad con el artículo 124 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

3. En la introducción del Informe de Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2012, se indicó que “el contenido del Informe se soporta en diversos ordenamientos

jurídicos, entre los cuales podemos mencionar: la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

[del Distrito Federal] y su Reglamento, la Ley de Ingresos y el Decreto de Presupuesto

de Egresos [del Distrito Federal] para el Ejercicio Fiscal 2012, todos del Distrito Federal.

Asimismo, es de destacarse que a partir de esta Cuenta Pública, se da inicio la

incorporación del modelo de Informe propuesto en la Ley General de Contabilidad

Gubernamental y en los documentos que de ella se han derivado”.

4. Mediante el oficio núm. ASC/13/1744 del 3 de septiembre de 2013, la CMHALDF solicitó

a la Delegación Miguel Hidalgo los registros contables realizados por la SEFIN respecto de

los 80,067.9 miles de pesos ejercidos con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

que afectaron la situación financiera del Gobierno del Distrito Federal en 2012.

Por medio del oficio núm. DMH/DRF/SOF/0316/2013 del 1o. de octubre de 2013, el titular

de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo remitió copia del oficio núm. DGCNCP/3335/2013

del 18 de septiembre de 2013, con el cual el titular de la Dirección General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública, adscrita a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN,

remitió las cuentas de mayor afectadas y los registros de las operaciones que afectaron

la situación financiera del Gobierno del Distrito Federal en 2012, los cuales importan

un monto de 80,067.9 miles de pesos, recursos que fueron erogados por el órgano

político-administrativo con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” en 2012.

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VOLUMEN 8/17

De lo expuesto, se concluye que la SEFIN realizó el registro contable de las etapas del

presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado del capítulo

2000 “Materiales y Suministros” de la Delegación Miguel Hidalgo, de conformidad con

la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2012.

Gasto Aprobado

3. Resultado

Con objeto de verificar que la previsión de gasto para la Delegación Miguel Hidalgo con

cargo al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012

se hubiere asignado conforme a la normatividad aplicable, se analizaron el techo presupuestal

reportado en el Analítico de Claves, el POA, el calendario presupuestal y el Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado correspondientes al ejercicio fiscal de 2012.

Como resultado, se determinó lo siguiente:

1. Por medio del oficio núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Miguel Hidalgo el Analítico de Claves,

el POA y el calendario presupuestal correspondientes al techo presupuestal autorizado,

y le comunicó que el techo presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio de 2012

ascendería a 1,436,958.9 miles de pesos, los cuales serían para gasto corriente; de ellos,

108,592.5 miles de pesos corresponderían al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

2. En el Analítico de Claves de referencia se asignaron recursos a 40 partidas de gasto,

que en conjunto suman el presupuesto original del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

(108,592.5 miles de pesos), el cual fue reportado en el Informe de Cuenta Pública del

órgano político-administrativo correspondiente a 2012. Cabe mencionar que seis partidas

que no tenían presupuesto original al final del año, sí ejercieron recursos y otras tres, que

tenían recursos asignados no los ejercieron.

En suma, la Delegación Miguel Hidalgo estimó originalmente recursos para 40 partidas del

capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y los ejerció en 43 partidas. En la programación,

se ajustó al techo presupuestal autorizado (108,592.5 miles de pesos); posteriormente, mediante

18

VOLUMEN 8/17

afectaciones programático-presupuestales, conforme al Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012, disminuyó

su presupuesto en 28,524.6 miles de pesos, para quedar con un modificado y un ejercido

de 80,067.9 miles de pesos.

Gasto Modificado

4. Resultado

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, la Delegación Miguel Hidalgo

reportó en el capítulo 2000 “Materiales y Suministros” una asignación original de 108,592.5 miles

de pesos, la cual fue disminuida en 28,524.6 miles de pesos, para quedar en 80,067.9 miles de

pesos, importe que fue ejercido en su totalidad, de conformidad con lo siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Número

de movimientos

Importe

Parcial Total

Presupuesto original 108,592.5

Más:

Ampliaciones compensadas 691 75,886.0

Adiciones compensadas 70 9,050.8

Subtotal 84,936.8

Menos:

Reducciones compensadas 840 (112,148.6)

Reducciones líquidas 144 (1,312.8)

Subtotal (113,461.4)

Modificación neta (28,524.6)

Total, presupuestos modificado y ejercido 80,067.9

Dichos movimientos se ampararon con 67 afectaciones presupuestarias autorizadas por

la SEFIN, por conducto de la Dirección General de Política Presupuestal, cuando se trató

de afectaciones líquidas; y de la Dirección General de Egresos “B”, de la Subsecretaría de

Egresos, en el caso de afectaciones compensadas. Lo anterior, conforme a los artículos 68,

fracción V; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal; y los apartados IV.3.3.1, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Compensadas”,

19

VOLUMEN 8/17

numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestarias Líquidas”, numeral 18, del

Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal, vigentes en 2012.

Según las afectaciones presupuestarias, el presupuesto original se modificó básicamente

por lo siguiente:

1. Las ampliaciones compensadas, por 75,886.0 miles de pesos, se efectuaron con la

finalidad de recalendarizar y adecuar los recursos a las necesidades reales de operación

de la Delegación Miguel Hidalgo; de que la OM realizara el pago centralizado de las

contrataciones consolidadas en que participó el órgano político-administrativo; y por el

cierre del ejercicio presupuestal. Lo anterior, a fin de dar cumplimiento a los artículos 71

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento;

y al numeral 2, inciso e), del oficio circular de cierre núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre

de 2012, emitido por la SEFIN.

2. Las adiciones compensadas, por 9,050.8 miles de pesos, tuvieron por objeto cubrir

adeudos de ejercicios fiscales anteriores, adquirir gorras beisboleras, regularizar los pagos

por la adquisición de artículos deportivos para los centros deportivos “18 de Marzo”

y “Plan Sexenal”, sufragar el consumo de gasolina Magna de 20 patrullas que la

Secretaría de Seguridad Pública entregó en comodato a la Delegación Miguel Hidalgo,

y de gasolina Magna y diésel de los vehículos no administrativos, así como adecuar

el presupuesto al cierre del ejercicio, con fundamento en los artículos 71 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, y en el

numeral 2, inciso e), del oficio circular de cierre núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre

de 2012, emitido por la SEFIN.

3. Las reducciones compensadas, por 112,148.6 miles de pesos, se realizaron principalmente

para recalendarizar y adecuar los recursos a las necesidades reales de operación de la

Delegación Miguel Hidalgo, contratar servicios de consultoría para hacer más eficientes los

procesos de gestión y toma de decisiones que permitieran al órgano político-administrativo

implementar programas y proyectos en beneficio de la ciudadanía, y contratar los servicios

para llevar a cabo eventos diplomáticos en las embajadas ubicadas en la demarcación.

20

VOLUMEN 8/17

4. Las reducciones líquidas, por 1,312.8 miles de pesos, se efectuaron en razón de las

economías obtenidas en los procesos licitatorios con relación a lo previsto y del cierre

del ejercicio presupuestal, a fin de dar cumplimiento a los artículos 71 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 64 de su Reglamento, y al numeral 2,

inciso e), del oficio circular de cierre núm. SE/5122/2012 del 3 de octubre de 2012,

emitido por la SEFIN.

Por lo expuesto, se concluye que las adecuaciones realizadas al presupuesto asignado al

capítulo 2000 “Materiales y Suministros” se sujetaron a los montos aprobados y contaron

con las justificaciones correspondientes; que las cifras de los presupuestos autorizado,

modificado y ejercido por la Delegación Miguel Hidalgo coinciden con las reportadas en la

Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012; y que las partidas de gasto en

que se ejercieron los recursos del citado capítulo contaron con la suficiencia presupuestal

correspondiente.

Gasto Comprometido

5. Resultado

Mediante el oficio núm. ASC/D“C”A/DMH/14/012 del 25 de enero de 2014, se solicitaron

al titular de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo los reportes mensuales relativos a los

recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales destinados al capítulo

2000 “Materiales y Suministros” que se encontraban comprometidos a la fecha de su

presentación.

En respuesta, con el oficio núm. DMH/DGA/DRF/SOF/UDC/11/2014 del 30 de enero de 2014,

el Jefe de Unidad Departamental de Contabilidad de la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó

copia de los oficios con los cuales remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los

formatos “Presupuesto Comprometido” de enero a noviembre de 2012, firmados de elaboración

por el Director de Recursos Financieros y de autorización por el titular de la DGA del órgano

político-administrativo; sin embargo, en varios meses de ese período el presupuesto

comprometido de la Delegación fue reportado con desfases de 1 a 4 días naturales, como

se muestra en seguida:

21

VOLUMEN 8/17

Mes Oficio de envío de los formatos Fecha límite

de presentación Fecha de recepción

en la SEFIN Días naturales

de desfase Número Fecha

Enero DMH/DGA/DRF/112/2012 10/II/12 10/II/12 13/II/12 3

Febrero DMH/DGA/DRF/195/2012 9/III/12 12/III/12 12/III/12 0

Marzo DMH/DGA/DRF/262/2012 10/IV/12 10/IV/12 10/IV/12 0

Abril DMH/DGA/DRF/333/2012 10/V/12 10/V/12 11/V/12 1

Mayo DMH/DGA/DRF/432/2012 11/VI/12 11/VI/12 14/VI/12 3

Junio DMH/DGA/DRF/507/2012 10/VII/12 10/VII/12 10/VII/12 0

Julio DMH/DGA/DRF/593/2012 10/VIII/12 10/VIII/12 14/VIII/12 4

Agosto DMH/DGA/DRF/694/2012 10/IX/12 10/IX/12 12/IX/12 2

Septiembre DMH/DGA/DRF/786/2012 10/X/12 10/X/12 11/X/12 1

Octubre DMH/DGA/DRF/881/2012 12/XI/12 12/XI/12 12/XI/12 0

Noviembre* DMH/DGA/DRF/1031/2012 10/XII/12 10/XII/12 12/XII/12 2

* Incluye cifras del presupuesto comprometido de los cuatro contratos seleccionados para su revisión.

Cabe mencionar que a la fecha en que la fase de ejecución de la auditoría estaba en curso

(28 de febrero de 2014), el órgano político-administrativo no exhibió evidencia de haber

elaborado ni presentado a la SEFIN el informe correspondiente a su presupuesto comprometido

de diciembre de 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección General

Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter de representante

del titular del órgano político-administrativo, no presentó información relacionada con la presente

observación, por lo que ésta no se modifica.

Por no haber elaborado ni presentado a la SEFIN el informe correspondiente al presupuesto

comprometido de diciembre de 2012 ni haberle remitido oportunamente el resto de los

informes de este período (excepto los de febrero, marzo, junio y octubre), la Delegación

Miguel Hidalgo incumplió el artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012, el numeral 3 del apartado IV.8, “Presupuesto Comprometido”,

del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del

Distrito Federal vigente hasta el 3 de diciembre de 2012; y el numeral 133 del Capítulo VI,

“Presupuesto Comprometido”, del Título Tercero, “Registro de Otras Erogaciones”, del Manual

de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública

del Distrito Federal vigente a partir del 4 de diciembre de 2012.

El artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, establece:

“Las […] Delegaciones […] remitirán a la Secretaría, dentro de los primeros diez días de cada

22

VOLUMEN 8/17

mes, un reporte mensual sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias

federales, que se encuentren comprometidos al cierre del mes inmediato anterior”.

El numeral 3 del apartado IV.8, “Presupuesto Comprometido”, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, dispone:

“Las UR’s deberán enviar en forma analítica y por clave presupuestal a la Secretaría, dentro

de los siguientes primeros diez días del cierre de cada mes, un reporte mensual sobre el

total de los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que se

encuentren comprometidos a la fecha de su presentación”.

El numeral 133 del Capítulo VI, “Presupuesto Comprometido”, del Título Tercero, Registro de

Otras Erogaciones, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario

de la Administración Pública del Distrito Federal, señala: “Las UR’s deberán enviar en forma

analítica y por clave presupuestal a la Secretaría dentro de los siguientes primeros diez

días del cierre de cada mes un reporte mensual sobre el total de los recursos fiscales,

crediticios y provenientes de transferencias federales que se encuentren comprometidos

al cierre del mes que se reporte, el cual deberá ser congruente con la información que se haya

registrado en el Sistema Informático”.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo no informó de forma oportuna

a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN su presupuesto comprometido de enero a

noviembre de 2012, específicamente por lo que toca a los compromisos en que existieron

los documentos legales que determinaron para el órgano político-administrativo una obligación

de pago; y no proporcionó evidencia de haber elaborado el informe del mes de diciembre de

ese año.

Recomendación ASC-162-12-06-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que los reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales que se encuentren comprometidos al cierre del mes que se

reporte, se elaboren y remitan oportunamente a la Secretaría de Finanzas, en cumplimiento

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

23

VOLUMEN 8/17

6. Resultado

En 2012, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció un monto de 80,067.9 miles de pesos con cargo

al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, por medio de 260 CLC y 2 documentos múltiples.

Se seleccionaron para su revisión 27 CLC, por un importe de 42,576.2 miles de pesos

(53.2% del total ejercido en el capítulo), expedidas para pagar la adquisición de combustibles

(gasolina y diésel) y aceite para motor, con cargo a la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes

y Aditivos” por un monto de 39,643.3 miles de pesos y de juegos de camisola, pantalón y

gorra y uniforme institucional con cargo a la partida 2711 “Vestuario y Uniformes” por un

monto de 2,932.9 miles de pesos. La cantidad pagada por contrato se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Partida/Número de contrato Proveedor Concepto

Importe

Contratado (IVA incluido)

Pagado

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”

DAS-08-2012 y convenio modificatorio

Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V.

Abastecimiento de combustible (gasolina y diésel) 38,168.7 38,108.9

034/ADQ-LPN/DRM/2012 Collage Distribuciones, S.A. de C.V.

Aceite para motor 2,198.6 1,534.4

Subtotal 40,367.3 39,643.3

2711 “Vestuario y Uniformes”

DAS-04-2012 y convenio modificatorio

Confecciones Isaac, S.A. de C.V.

Juegos de camisola, pantalón y gorra 2,632.0 2,632.0

052/ADQ-AD/DRM/2012 Industrias Corp, S.A. de C.V.

Vestuario y uniforme institucionales 300.9 300.9

Subtotal 2,932.9 2,932.9

Total 43,300.2 42,576.2

En la revisión de dos procedimientos de contrataciones consolidadas realizados por la OM,

una mediante adjudicación directa con cargo a la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes

y Aditivos”, por 38,108.9 miles de pesos; y otra, por licitación pública nacional con cargo a la

partida 2711 “Vestuario y Uniformes”, por 2,632.0 miles de pesos, se observó lo siguiente:

1. La requisición de los materiales se realizó como sigue:

a) El combustible (gasolina y diésel) fue solicitado mediante requisición de compra sin

número del 27 de septiembre de 2011, la cual cuenta con los nombres, cargos y firmas

de los servidores públicos adscritos a la Delegación Miguel Hidalgo responsables

24

VOLUMEN 8/17

de requerir el combustible (Director de Servicios Generales), de otorgar suficiencia

presupuestal (Director de Recursos Financieros) y de autorizar la requisición (Director

General de Administración). La autorización previa para contraer compromisos

y continuar con las actividades programadas para el ejercicio 2012 la otorgó la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio núm. SFDF/SE/4084/2011

del 21 de noviembre de 2011.

b) El equipo de lluvia y de protección, el vestuario y el calzado operativo fueron solicitados

mediante requisición de compra sin número del 27 de septiembre de 2011, la cual

cuenta con los nombres, cargos y las firmas de los servidores públicos adscritos

a la Delegación Miguel Hidalgo responsables de requerir los materiales (Director

de Servicios Generales), de otorgar suficiencia presupuestal (Director de Recursos

Financieros) y de autorizar la requisición (Director General de Administración).

2. El PAAAPS fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de enero

de 2012, es decir, en el plazo previsto en el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2012; e incluye la información correspondiente a las

partidas 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” y 2711 “Vestuario y Uniformes”

seleccionadas para su revisión.

3. La contratación consolidada del combustible (gasolina y diésel) fue realizada por

la OM mediante un procedimiento de adjudicación directa, con el propósito de obtener

las mejores condiciones posibles en cuanto a precio, calidad y oportunidad para la

Administración Pública del Distrito Federal, así como para coadyuvar a la eficiencia en el

ejercicio del gasto mediante los pagos centralizados. Al respecto, se determinó lo siguiente:

a) Mediante el oficio núm. DMH/DGA/958/2011 del 18 de noviembre de 2011, la

Delegación Miguel Hidalgo remitió a la OM los Formatos Únicos para la Contratación

Consolidada de combustible, en los cuales manifestó contar con suficiencia

presupuestal por 36,261.9 miles de pesos para contraer compromisos e indicó

que posteriormente se ampliarían recursos por 1,627.5 miles de pesos.

b) En la décimo segunda sesión extraordinaria del Comité de Autorizaciones de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación Servicios de la Administración Pública

25

VOLUMEN 8/17

del Distrito Federal, celebrada el 27 de diciembre de 2011, se aprobó la adjudicación

directa de la adquisición de combustible (gasolina y diésel), por el monto de la

disponibilidad presupuestal autorizada, con fundamento en los artículos 23; 27,

inciso c); 28; 54, fracción XVI; y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2012.

c) La Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó evidencia de que el titular de la DGA

de dicho órgano político-administrativo haya asistido al proceso de contratación

consolidada de combustible o, en su caso, haya designado al servidor público para

que asistiera en su representación.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección

General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su

carácter de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó

información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

Toda vez que el titular de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo no asistió al proceso

de contratación consolidada de combustible ni designó, en su caso, al servidor

público que asistiría en su representación, el órgano político-administrativo incumplió

el numeral 17, inciso b), de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición

o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración

Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos, publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 13 de mayo de 2011, vigentes en 2012,

que establece lo siguiente:

“Las DGA de las UAS enviarán a la UAC correspondiente, en medio impreso,

electrónico y/o magnético (CD), para cada uno de los bienes y servicios indicados

en el Lineamiento 7, los siguientes documentos […] b) El Titular de la DGA tendrá

la responsabilidad de asistir a todos y cada uno de los eventos de los procedimientos

de compra consolidada y dar seguimiento a los mismos. Esta responsabilidad la podrá

encomendar, mediante oficio de designación, en un servidor público (nivel mínimo

Jefe de Unidad Departamental) de la UAS, con facultades expresas para la toma

de decisiones y formen parte del grupo de trabajo revisor de bases.”

26

VOLUMEN 8/17

d) La OM realizó el estudio de mercado para adjudicar el suministro de combustible al

proveedor que ofreciera las condiciones más favorables en cuanto a precio, calidad

y oportunidad para la Administración Pública del Distrito Federal, así como para

coadyuvar a la eficiencia en el ejercicio del gasto, en cumplimiento de los Lineamientos

Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios

de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2012.

e) Mediante el oficio núm. DGRMSG/DSG/2432/2011 del 28 de diciembre de 2011,

la DGRMSG de la OM informó a la Delegación Miguel Hidalgo que autorizó la

adjudicación directa del servicio de suministro de combustible por un monto máximo

para el órgano político-administrativo de 36,541.2 miles de pesos (IVA incluido), de

conformidad con los artículos 23; 27, inciso c); 28; 54, fracción XVI; y 63 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.

4. El proceso de contratación consolidada de vestuario lo realizó la OM mediante un

procedimiento de licitación pública nacional, con el propósito de obtener las mejores

condiciones posibles en cuanto a precio, calidad y oportunidad para la Administración

Pública del Distrito Federal, así como para coadyuvar a la eficiencia en el ejercicio del

gasto mediante los pagos centralizados. Al respecto, se determinó lo siguiente:

a) Con el oficio núm. DMH/DGA/879/2011 del 8 de noviembre de 2011, el titular

de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo remitió a la Dirección General de

Administración y Desarrollo de Personal (DGADP) de la OM su padrón y requerimiento

de vestuario operativo y de equipo de protección para 2012; y con el oficio

núm. DP/JOGR/0181/2012 del 10 de enero de 2012, informó a dicha dependencia

que se adhería a la compra consolidada de vestuario.

b) Mediante el oficio núm. DRM/SVG/0185/2012 del 16 de febrero de 2012, la Delegación

Miguel Hidalgo designó al servidor público que asistiría al proceso de contratación

consolidada de vestuario.

c) Mediante los oficios núms. OM/DGRMSG/0721, OM/DGRMSG/0722 y OM/DGRMSG/723,

todos del 28 de febrero de 2012, la DGRMSG de la OM solicitó a tres proveedores

que presentaran sus cotizaciones, con el propósito de obtener precios de referencia

de los bienes a licitar.

27

VOLUMEN 8/17

d) El 7 de marzo de 2012, la OM publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la

convocatoria núm. 002, para participar en la licitación pública nacional consolidada

núm. OM/DGRMSG/1163/2012, para la adquisición de vestuario operativo para

el ejercicio fiscal 2012.

e) Las bases de la licitación pública nacional consolidada reunieron los requisitos que

señala el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal vigente en 2012.

f) El fallo de la licitación pública nacional núm. OM-DGRMSG-002-12 se realizó

el 3 de abril de 2012, a favor de los proveedores que reunieron los requisitos legales

y administrativos, y que presentaron las mejores propuestas técnicas y ofertas

económicas, de conformidad con el numeral 8.4, “Precios más bajos (subasta

descendente)”, de las bases de la licitación.

La asignación de las partidas se realizó con fundamento en el artículo 49 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012, en virtud de que los

proveedores ofrecieron las mejores condiciones para la Administración Pública del

Distrito Federal y garantizaron satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones

respectivas.

5. En cuanto al proceso de contratación de abastecimiento de combustible y de vestuario,

se determinó lo siguiente:

a) El 30 de diciembre de 2011, la OM suscribió el contrato abierto núm. DAS-08-2012 con

Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V., por un monto máximo de 392,598.9 miles

de pesos (IVA incluido). La formalización del contrato fue previa al suministro de

combustible a su parque vehicular por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre

del 2012, y reunió los requisitos establecidos en la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal y su Reglamento vigentes en 2012.

Adicionalmente, se suscribieron 15 convenios modificatorios para incrementar el monto

contratado de 392,598.9 miles de pesos a 580,192.4 miles de pesos; a la Delegación

Miguel Hidalgo le correspondió un monto de 38,168.7 miles de pesos.

28

VOLUMEN 8/17

b) El 13 de abril de 2012, la OM suscribió el contrato núm. DAS-04-2012 con Confecciones

Isaac, S.A. de C.V., por un monto de 41,577.1 miles de pesos (IVA incluido).

La formalización del contrato fue dentro del plazo señalado en las bases de la licitación y

reunió los requisitos establecidos en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y su Reglamento vigentes en 2012.

Además, se suscribieron siete convenios modificatorios para incrementar el monto

contratado de 41,577.1 miles de pesos a 55,254.3 miles de pesos, de los cuales

a la Delegación Miguel Hidalgo le correspondió un monto de 2,632.0 miles de pesos.

6. En la declaración núm. 2.10 de los dos contratos seleccionados para su revisión, los dos

proveedores manifestaron bajo protesta de decir verdad que no estaban sancionados

por la CGDF ni por la SFP. Al respecto, se verificó en las páginas de internet de

la SFP y de la CGDF (http://rsps.gob.mx/sancionados/publica/buscapublicas.jsp

y http://www.contraloria.df.gob.mx/wb/cg/historico) que los citados proveedores

no tuvieran impedimento para participar en procedimientos de contratación con el Gobierno

del Distrito Federal; es decir, que no estuvieran inhabilitados en el ejercicio de 2012.

7. En la declaración núm. 2.9 de los contratos celebrados con los dos proveedores

seleccionados para su revisión, éstos manifestaron que se encuentran al corriente en

el pago de sus impuestos, aprovechamientos y productos referidos en el Código Fiscal

del Distrito Federal vigente en 2012.

Por lo expuesto, se concluye que las contrataciones consolidadas de combustible y de vestuario

se incluyeron en el PAAAPS, contaron con autorización presupuestal, se realizaron de

conformidad con los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento

de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal,

así como para la Centralización de Pagos, y se formalizaron por medio de contratos suscritos

con proveedores que no tuvieron impedimento por la CGDF ni la SFP y que están al corriente

de sus obligaciones fiscales, en las fechas previstas en la normatividad; y que la adjudicación

directa de combustible fue autorizada por el Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal.

Sin embargo, el titular de la DGA del órgano político-administrativo no proporcionó evidencia

de haber asistido al proceso de contratación consolidada de combustible, o de haber designado

a otro servidor público para que asistiera en su representación.

29

VOLUMEN 8/17

Recomendación ASC-162-12-07-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que el Director General de Administración asista a los eventos de los procedimientos

de compra consolidada de combustible que realice la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal o, en su caso, designe a un servidor público que lo represente, de conformidad

con los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes

o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como

para la Centralización de Pagos.

7. Resultado

En la revisión de los expedientes de los procedimientos de licitación pública nacional y de

adjudicación directa realizados por la Delegación Miguel Hidalgo con cargo a las partidas

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, por un monto de 1,534.4 miles de pesos;

y 2711 “Vestuario y Uniformes”, por un monto de 300.9 miles de pesos, se observó lo siguiente:

1. El PAAAPS fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de enero

de 2012, en el plazo previsto en el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2012; e incluye la información correspondiente a las partidas 2611

“Combustibles, Lubricantes y Aditivos” y 2711 “Vestuario y Uniformes” seleccionadas

para su revisión.

2. El proceso de adquisición de aceite para autos se realizó a través de una licitación pública

nacional como sigue:

a) El expediente de la licitación pública nacional se integró con la requisición; bases;

estudios de precios de mercado; actas de aclaración de bases, de recepción de

propuestas, de fallo, de recepción de documentación legal y administrativa; dictamen

de evaluación de propuestas; listas de asistencia de los proveedores; documentación

legal en general; y ofertas técnicas y económicas de los participantes, elaboradas

y entregadas conforme a la normatividad aplicable.

b) Con la requisición de bienes núm. C2012-183 del 1o. de enero de 2012, tramitada

hasta el 22 de junio del mismo año, se solicitó la adquisición de aceite para motor.

30

VOLUMEN 8/17

El formato cuenta con los nombres, cargos y firmas de los servidores públicos adscritos

a la Delegación Miguel Hidalgo responsables de requerir el material (Subdirección de

Servicios Generales) y de autorizar la requisición (Director General de Administración),

y con el sello de “No Existencia” en el almacén por parte del Jefe de Unidad

Departamental de Control de Inventarios del 22 de junio de 2012.

La suficiencia presupuestal por 2,400.0 miles de pesos la otorgó el Subdirector de

Recursos Financieros por medio del formato Asignación de Suficiencia Presupuestal

sin número del 7 de agosto de 2012.

c) La adquisición de referencia no fue sometida a la dictaminación del Comité

Delegacional de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios porque

fue adjudicada por medio de un procedimiento de licitación pública nacional.

d) Para obtener precios de referencia de los bienes a licitar, se realizó un sondeo de

mercado el 14 de mayo de 2012, el cual contiene los nombres, cargos y firmas

de elaborado por el cotizador, de revisado por el Jefe de Unidad Departamental de

Licitaciones y Concursos y de autorizado por el Subdirector de Adquisiciones.

e) La convocatoria del procedimiento licitatorio público núm. 30001026-013-12 emitida

por el titular de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo para adquirir baterías, filtros

y aceite para motor, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 17 de mayo

de 2012.

f) Las bases de la licitación pública nacional reunieron los requisitos que dispone

el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.

g) El 25 de mayo de 2012, se llevó a cabo el acto de recepción de sobres y revisión

cuantitativa y cualitativa de la documentación legal y administrativa, así como de las

propuestas técnicas y económicas; participaron cinco proveedores que garantizaron

el sostenimiento de sus propuestas económicas mediante la respectiva póliza de

fianza y se descalificó a un participante. El acto de fallo se realizó el 30 de mayo

del mismo año.

31

VOLUMEN 8/17

h) El contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012 se formalizó con la empresa Collage

Distribuciones, S.A. de C.V., el 30 de mayo de 2012, en la fecha prevista en las

bases de la licitación, con una vigencia a partir de su firma y hasta el 31 de diciembre

de 2012, y por un monto de 2,204.3 miles de pesos, de los cuales 1,534.4 miles de

pesos fueron para la adquisición de aceite para motor y 669.9 miles de pesos para

la adquisición de baterías y filtros para autos.

El 24 de agosto de 2012 se firmó el convenio modificatorio de reducción de monto

del contrato de 2,204.3 miles de pesos a 2,198.6 miles de pesos.

El contrato y el convenio modificatorio reúnen los requisitos mínimos establecidos

en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2012.

i) El proveedor presentó póliza de fianza expedida por Fianzas Aserta, S.A. de C.V.,

a nombre de la SEFIN, de fecha 30 de mayo de 2012, por un importe de 190.0 miles

de pesos, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas

del contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012. La fianza correspondió al 10.0% del

monto total del contrato sin considerar impuestos, en cumplimiento del artículo 73,

fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012;

y de la cláusula décima segunda del contrato referido.

3 La adquisición de vestuario se realizó por medio de un procedimiento de adjudicación

directa, como sigue:

a) Con el oficio núm. DRL/2192/2012 del 31 de mayo de 2012, la Dirección de Relaciones

Laborales de la DGADP de la OM autorizó al titular de la DGA de la Delegación Miguel

Hidalgo la liberación de la partida 2711 “Vestuario y Uniformes” para llevar a cabo

la adquisición de vestuario, de conformidad con el numeral 4 de los Lineamientos

Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios

de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como

para la Centralización de Pagos, vigentes en 2012.

b) Con la requisición de bienes núm. C2012-252 del 4 de junio de 2012, se solicitó

la adquisición de zapatos para dama y caballero, chamarras, blusas de vestir para

dama y camisas de algodón para caballero bordadas con logotipos institucionales,

pantalones de vestir para dama y caballero y chalecos de vestir, para el personal

32

VOLUMEN 8/17

eventual y de estructura de las áreas de Control de Acceso, Ventanilla Única

Delegacional y Centro de Servicio y Atención Ciudadana, adscritas a la Dirección

de Transparencia, Servicios y Trámites de la Delegación Miguel Hidalgo. El formato

cuenta con los nombres, cargos y las firmas de los servidores públicos del órgano

político-administrativo responsables de requerir el vestuario institucional (Director

de Personal) y de autorización de la requisición (Director General de Administración)

y con el sello de “No Existencia” en el almacén por parte del Jefe de Unidad

Departamental de Control de Inventarios del 22 de junio de 2012.

La suficiencia presupuestal por 291.9 miles de pesos la otorgó el Subdirector de

Recursos Financieros por medio del formato Asignación de Suficiencia Presupuestal

sin número ni fecha.

c) La adquisición no fue sometida a la dictaminación del Comité Delegacional de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios ni requirió de la autorización

del titular del órgano político-administrativo, por tratarse de una adjudicación directa

de acuerdo con los artículos 28 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2012.

d) Con oficios sin número del 6 de noviembre de 2012, el órgano político-administrativo

solicitó a tres proveedores participar en el procedimiento de adjudicación directa.

Al respecto, entre el 9 y el 12 de noviembre de 2012, los tres proveedores remitieron

sus cotizaciones al titular de la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo, las cuales

reunieron los requisitos previstos en el numeral 4.8.1 de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno Bis), vigentes en 2012.

Con dichas cotizaciones, el 15 de noviembre de 2012, el órgano político-administrativo

elaboró el cuadro comparativo para determinar qué proveedor ofreció las condiciones

más favorables en cuanto a precio, calidad y oportunidad para la Administración Pública

del Distrito Federal, así como para coadyuvar a la eficiencia en el ejercicio del gasto.

e) En el “Dictamen de Adjudicación Directa por artículos 27, inciso C), 28 y 55 de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal” elaborado por el Director de Recursos

Materiales, el Subdirector de Adquisiciones, el Jefe de Unidad Departamental de

33

VOLUMEN 8/17

Adquisiciones Directas y el Director de Personal el 15 de noviembre de 2012, el órgano

político-administrativo fundamentó la adquisición por adjudicación directa al no exceder

los montos de actuación establecidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.

f) El contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012 se formalizó con Industrias Corp,

S.A. de C.V., el 15 de noviembre de 2012, por un importe de 300.9 miles de pesos

(IVA incluido) y una vigencia del 15 de noviembre al 31 de diciembre de 2012.

El contrato se formalizó previo a la adquisición del vestuario, en cumplimiento del

artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012, y reúne

los requisitos establecidos en la citada Ley y su Reglamento, vigentes en 2012.

g) La Delegación Miguel Hidalgo eximió al proveedor de presentar la fianza de

cumplimiento, con fundamento en el artículo 74 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2012.

4. En la declaración núm. II.8 de los dos contratos seleccionados para su revisión, los dos

proveedores manifestaron bajo protesta de decir verdad que no estaban sancionados

por la CGDF ni por la SFP. Al respecto, se verificó en las páginas de internet de

la SFP y de la CGDF (http://rsps.gob.mx/sancionados/publica/buscapublicas.jsp

y http://www.contraloria.df.gob.mx/wb/cg/historico) que los citados contratistas no tuvieron

impedimento para participar en procedimientos de contratación con el Gobierno del Distrito

Federal; es decir, que no estuvieron inhabilitados en el ejercicio de 2012.

5. En declaración núm. II.2 de los contratos celebrados con los dos proveedores seleccionados

para su revisión, éstos manifestaron que estaban al corriente en el pago de sus impuestos,

aprovechamientos y productos referidos en el Código Fiscal del Distrito Federal vigente

en 2012.

Por lo expuesto, se concluye que las adquisiciones de combustible y de vestuario se incluyeron

en el PAAAPS, debió contar con autorización presupuestal autorizada a la suscripción del

contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012, incluyo sondeo de mercado y cuadro comparativo

34

VOLUMEN 8/17

de cotizaciones, y se llevaron a cabo de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal y su Reglamento; asimismo, los contratos fueron suscritos con proveedores

que no estuvieron inhabilitado por la CGDF ni por la SFP y que no han incumplido sus

obligaciones fiscales.

Gasto Devengado

8. Resultado

Para verificar si la Delegación Miguel Hidalgo reconoció las obligaciones de pago a favor

de Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V., y de Collage Distribuciones, S.A. de C.V.,

por la recepción de conformidad del combustible (gasolina y diésel) y aceite para motor,

respectivamente, que amparan los contratos de adquisición núms. DAS-08-2012

y 034/ADQ-LPN/DRM/2012, en ese orden, por un total de 39,643.3 miles de pesos

(IVA incluido), se revisó la documentación que soporta el cumplimiento de dichos contratos

y se observó lo siguiente:

1. Contrato núm. DAS-08-2012 formalizado con Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V.,

para el abastecimiento de combustible (gasolina y diésel):

a) El sistema de control utilizado por la Delegación Miguel Hidalgo para abastecer de

combustible a las unidades de su parque vehicular fue a través de tarjetas de chip

y de tag, y que los reportes quincenales descargados de la página web, en los

que se desglosa la cantidad de litros de combustible consumidos, cuentan con la

validación del Director de Servicios Generales del órgano político-administrativo,

la cual se formalizó a través de los oficios con los que se solicitó a la DGRMSG

de la OM el pago por el suministro de combustible.

La cláusula primera, “Objeto”, del contrato, establece que “‘El Proveedor’ se obliga

al abastecimiento de combustible (gasolina y diésel) a los vehículos y/o maquinaria

propiedad y/o a cargo de el ‘GDF' asignados a las […] delegaciones […] identificadas

en anexo 1, de acuerdo a sus necesidades específicas, en los términos y condiciones

del presente contrato y de conformidad con el sistema de control establecido en

el anexo 2, mismos que son parte integrante del presente instrumento jurídico”; y el

numeral 3.3, “Facturación”, de la cláusula tercera, “Pago”, del contrato, señala que

35

VOLUMEN 8/17

“‘El Proveedor’ se obliga a acreditar y proporcionar a las unidades administrativas

solicitantes que les provee, un reporte por escrito desglosado con la cantidad de litros

consumidos de combustible de gasolina y diésel por separado a la quincena, el cual

deberá ser validado por el servidor público responsable del control de combustible

de la unidad administrativa correspondiente del GDF a la que esté asignado el

vehículo y/o maquinaria; dicha validación deberá contener nombre, firma y cargo.

Opcionalmente, el reporte estará disponible en la página web www.hidrosina.com.mx,

para lo cual el proveedor proporcionará al GDF las contraseñas que requiera, cuando

así lo considere el GDF, podrá sustituir al reporte entregado en papel”.

b) La Delegación Miguel Hidalgo no designó al personal que realizaría la supervisión

del abastecimiento del combustible en 2012, toda vez que ya había sido designado

con antelación a dicho ejercicio, según lo señaló el Jefe de Unidad Departamental

de Control Vehicular y Maquinaria en su tarjeta informativa sin número del 4 de

febrero de 2014.

Además, informó que “la función que desempeñan los supervisores de combustible

[consiste] exclusivamente en verificar que el suministro de gasolina y diésel se realice

a los vehículos oficiales detallados en las bitácoras de carga, que se les suministre

la cantidad que marca en dicha bitácora y que los operadores sean trabajadores

de la Delegación Miguel Hidalgo; referente a la verificación en cuanto que los litros de

combustible contengan 1,000 ml completos, compete a la Procuraduría Federal del

Consumidor realizar esta revisión”.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección

General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su

carácter de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó

información relacionada con la presente observación, por lo ésta que no se modifica.

Por no designar a un servidor público para supervisar el abastecimiento del combustible,

la Delegación Miguel Hidalgo incumplió la cláusula quinta, “Supervisión”, del contrato,

la cual establece que el proveedor permitiría que el usuario realizara la supervisión

permanente o periódica del abastecimiento del combustible (gasolina y diésel),

por medio de servidores públicos adscritos a la Delegación, a efecto de verificar

36

VOLUMEN 8/17

que los litros abastecidos de combustible fueran de 1,000 mililitros, que el sistema

de control y registro de cargas funcionara adecuadamente y que el abastecimiento de

combustible (gasolina y diésel) se efectuara de forma ágil.

c) La Delegación Miguel Hidalgo dispuso de controles para definir la asignación y entrega

de combustible a su parque vehicular, los cuales se relacionan a continuación:

● Padrón con 649 vehículos, que incluye: número de placa, marca, tipo, modelo,

número de serie y cilindros del vehículo; dotación mensual de combustible por tipo

de vehículo; área específica donde está resguardado y resguardante.

● Tarjetas de chip y de tag utilizadas a fin de garantizar el suministro de combustible

sólo al vehículo registrado en el parque vehicular del órgano político-administrativo.

● Informes quincenales de consumo de combustible elaborados por la empresa

que abastece el combustible para registrar todas las operaciones realizadas

en un período, los cuales se concilian y validan por la Unidad Departamental

de Control Vehicular y Maquinaria.

● Autorización de la dotación adicional de combustible por la Dirección de Servicios

Generales con el visto bueno del titular de la DGA del órgano político-administrativo.

● Formato FO3 P-DGAD-03 Rev-1 para suspensión de la dotación de combustible

de los vehículos que están fuera de servicio.

d) Respecto a la autorización de la asignación de dotación de combustible

al parque vehicular del órgano político-administrativo por parte del titular de

la DGA, el Jefe de Unidad Departamental de Contabilidad, mediante el oficio

núm. DMH/DGA/DRF/UDC/51/2013 del 4 de diciembre de 2013, señaló que no fue

localizada.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección

General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter

de representante del titular del órgano político-administrativo, presentó el oficio

núm. DMH/DGA/173/2014 del 10 de marzo de 2014, al que adjuntó la tarjeta informativa

37

VOLUMEN 8/17

del 4 diciembre de 2012, por medio de la cual el titular de la DGA y el Director

de Servicios Generales remitieron a Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V.,

el padrón vehicular del órgano político-administrativo que incluyó las dotaciones

autorizadas al mes de diciembre de 2012, y le informó que son “las mismas con las

que ha venido trabajando durante años anteriores y con las que seguirá suministrando

combustible a cada uno de los vehículos incluidos en el padrón de referencia”;

sin embargo, no proporcionó la autorización de la asignación de combustible

correspondiente a 2012, sino la que aplicaría el proveedor del combustible en el

ejercicio de 2013, por lo que la presente observación no se modifica.

Por no contar con la autorización de la asignación de la dotación de combustible

al parque vehicular de 2012, no se racionalizó ni optimizó su uso; en consecuencia,

el órgano político-administrativo incumplió el numeral 7.7.4 de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente en 2012, que establece lo siguiente:

“7.7.4 Los vehículos terrestres para uso oficial de servidores públicos, así como la

dotación de combustible, serán asignados de acuerdo a la siguiente disposición, salvo

aquellos que la Jefa o Jefe Delegacional considere fuera de la misma:

”La DGAD bajo su absoluta responsabilidad asignará la dotación de combustible,

siempre que ésta se encuentre plenamente justificada contra kilometraje recorrido,

consumo de combustible y bitácoras de servicios diarios, firmadas por el responsable

del vehículo, considerando recorridos con origen y destino. Las Delegaciones,

implantarán las medidas necesarias para que los servidores que tengan asignados

vehículos públicos, no puedan destinar la dotación de combustible para vehículos

particulares u otros fines.”

e) La partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” está supeditada a criterios de

racionalidad, austeridad, economía, eficiencia y disciplina presupuestales; y se sujetará

a las necesidades básicas del servicio, conforme a lo establecido en los artículos 22

del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y 83 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigentes en 2012. Al respecto,

se observó lo siguiente:

38

VOLUMEN 8/17

● El Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo emitió el Programa de Austeridad 2012,

y lo remitió a la OM en el plazo previsto en el numeral 2, “Programa de Austeridad”,

de los Lineamientos con los que se dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad

y Disciplina Presupuestal para Contener el gasto en la Administración Pública

del Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 5 de

marzo de 2012, y en el oficio circular núm. OM/DRMSD/013/2012 emitido

por la DGRMSG de la OM para prorrogar al 30 de marzo de 2012, la fecha

de entrega del citado programa de austeridad.

● Con el oficio núm. DMH/DGA/568/12 del 22 de mayo de 2012, el titular de la DGA

de la Delegación Miguel Hidalgo informó a la OM el monto de las economías

obtenidas en el primer trimestre de 2012, en cumplimiento del numeral 2,

“Programa de Austeridad”, último párrafo, de los Lineamientos con los que se

dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para

Contener el gasto en la Administración Pública del Distrito Federal vigentes

en 2012, que establece: “Toda economía obtenida, los DGA deberán informarla

a la Oficialía, en el reporte del cierre del primer trimestre 2012, acompañado

de las afectaciones presupuestales correspondientes, con el propósito de que

dichos ahorros se vean reflejados en reducciones presupuestales a las partidas

de gasto que correspondan”.

● La Delegación Miguel Hidalgo no redujo de un 20.0% hasta un 40.0% el consumo

de combustible de las 56 unidades de su parque vehicular destinado a funciones de

carácter administrativo de marzo a diciembre de 2012 ni proporcionó evidencia

de haber informado bimestralmente a la OM las medidas tomadas para

instrumentar alguna medida para lograr dicha reducción.

Lo anterior, se determinó al analizar el comportamiento del consumo de combustible

de las 56 unidades del parque vehicular del órgano político-administrativo destinado

a desarrollar funciones de carácter administrativo, asentado en los reportes

quincenales de abastecimiento de combustible emitidos por el proveedor, como

se relaciona a continuación:

39

VOLUMEN 8/17

(Litros)

Mes Consumo de combustible Variación

Del mes anterior Del mes Litros %

Marzo 5,388.8 6,301.0 912.2 16.9

Abril 6,301.0 4,636.7 (1,664.3) (26.4)

Mayo 4,636.7 5,481.8 845.1 18.2

Junio 5,481.8 6,011.5 529.7 9.7

Julio 6,011.5 6,108.8 97.3 1.6

Agosto 6,108.8 6,128.2 19.4 0.3

Septiembre 6,128.2 5,484.1 (644.1) (10.5)

Octubre 5,484.1 5,750.7 266.6 4.9

Noviembre 5,750.6 5,580.1 (170.5) (3.0)

Diciembre 5,580.1 4,637.6 (942.5) (16.9)

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la

Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,

en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por no haber reducido el consumo de combustible en los porcentajes indicados,

el órgano político-administrativo incumplió el numeral 3, “Combustible”, segundo

párrafo, de los Lineamientos con los que se dictan Medidas de Austeridad,

Racionalidad y Disciplina Presupuestal para Contener el gasto en la Administración

Pública del Distrito Federal vigentes en 2012, que establece: “Las […] delegaciones

[…] deberán reducir de un 20% hasta un 40% el consumo de combustible del

parque vehicular destinado a desarrollar funciones de carácter administrativo, la

instrumentación de esta medida deberá ser informada a la Oficialía bimestralmente,

a partir del 1o. de marzo de 2012”.

● Del análisis a los reportes quincenales de abastecimiento de combustible,

se observó que la Delegación Miguel Hidalgo no suspendió el consumo de

combustible (gasolina magna) de los vehículos asignados a sus mandos

superiores (Directores de Área, Directores Generales y Jefe Delegacional),

los cuales consumieron un monto de 466.6 miles de pesos de marzo a diciembre

de 2012, como se indica a continuación:

40

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Matrícula Cargo del servidor público de mando superior que resguardó el vehículo Importe

259YBL Director Ejecutivo de Enlace Delegacional 22.0

572VHU Director Ejecutivo de Enlace Delegacional 22.6

939YDP Director Ejecutivo de Enlace Delegacional 4.2

563TFF Directora de Desarrollo Social 5.5

190UVB Director Ejecutivo de Comunicación Social 14.0

125YDR Director Ejecutivo de Comunicación Social 13.3

735YME Director General de Seguridad Ciudadana 11.8

606WTK Director General de Gobierno y Participación Ciudadana 0.5

588XNJ Director General de Gobierno y Participación Ciudadana 8.2

905YDP Director de Participación Ciudadana 7.5

259TWL Director de Participación Ciudadana 1.9

1277CF Director de Verificación y Reglamentos 11.6

923TRJ Director de Verificación y Reglamentos 11.3

8021BZ Director de Verificación y Reglamentos 10.0

1353CF Director de Verificación y Reglamentos 7.4

2781CF Director de Verificación y Reglamentos 7.7

766PNL Director de Verificación y Reglamentos 4.0

1121CF Director de Jurídico 7.6

647XLS Director General 0.6

241WTK Director de Recursos Materiales 14.4

2142CA Director de Servicios Generales 12.3

986YDP Director de Personal 11.5

957YDP Director de Personal 13.2

604XXM Director de Recursos Financieros 5.6

201XXN Director de Recursos Materiales 6.2

890YDP Director de Informática 5.6

706WHB Director General de Obras y Desarrollo Urbano 39.8

540SLG Director General de Obras y Desarrollo Urbano 12.6

2817CF Director de Obras 39.6

444SUT Director de Desarrollo Urbano 2.1

852PCD Director de Desarrollo Urbano 10.6

527VSV Director de Limpia 12.3

436PKG Director de Limpia 50.0

290VLF Director de Infraestructura 2.8

4516CJ Director de Mejoramiento Urbano 7.8

463TRD Director Ejecutivo de Enlace Delegacional 25.6

999YAV Director Ejecutivo de Cultura 0.8

462YBM Director Ejecutivo de Cultura 22.0

Total 466.6

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la

Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,

en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

41

VOLUMEN 8/17

Por haber dotado de combustible a vehículos asignados a sus mandos superiores,

la Delegación Miguel Hidalgo incumplió el numeral 3, “Combustible”, tercer

párrafo, de los Lineamientos con los que se dictan Medidas de Austeridad,

Racionalidad y Disciplina Presupuestal para Contener el gasto en la Administración

Pública del Distrito Federal, que establece: “Queda suspendido el suministro

de combustible a los vehículos asignados a los mandos superiores de las […]

delegaciones […] a excepción del titular de la Jefatura de Gobierno”.

Además, el órgano político-administrativo dotó de combustible a 21 vehículos

y 9 depósitos por un monto de 1,386.6 miles de pesos que no formaron parte

de su padrón vehicular, los cuales se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

Matrícula/Referencia Tipo de combustible Litros abastecidos Monto anual abastecido

561WHB Magna 3,595.34 36.5

5TAMB Magna 106.00 1.2

606WKT Magna 6,270.54 64.5

638ES Magna 508.00 5.2

639ES Magna 408.00 4.2

640ES Magna 545.00 5.6

641ES Magna 527.00 5.4

730UWB Magna 1,366.02 13.8

956YAZ Magna 2,780.16 28.6

A1TAMBO * Magna 4,133.00 42.6

A2TAMBO * Magna 4,813.00 51.2

B773 Magna 6,887.00 73.6

BITRI02 Magna 150.00 1.6

BOB004 Magna 94.00 1.0

CINE01 Magna 7,394.00 79.3

DEST01 Magna 2,230.00 22.9

DRE111 Magna 700.00 7.4

DRENOT Magna 644.00 6.9

EU1TAMBO * Magna 3,770.00 38.7

EU2TAMBO * Magna 8,242.00 87.4

EVANS1 Magna 240.00 2.5

PAN1TAMB * Magna 6,335.00 64.7

PAN2TAMB * Magna 714.00 7.5

PYJ1 Magna 32,910.00 338.5

PYJ2 Magna 8,150.00 86.7

RETEX1 Magna 3,568.00 38.5

SOL020 Magna 1,034.00 10.7

TAMBO * Diésel 4,474.00 47.7

VEH4TAMB * Magna 13,921.05 143.1

VEH5TAMB * Diésel 6,471.85 69.1

Total

1,386.6

* Es un depósito de combustible.

42

VOLUMEN 8/17

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la

Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,

en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,

entregó el oficio núm. DMH/DGA/173/2014 del 10 de marzo de 2014, con el cual

el Director General de Administración remitió copia de 12 oficios de diversas

fechas de 2012, con los que diferentes áreas del órgano político-administrativo

requirieron al Jefe de Unidad Departamental de Control Vehicular combustible

para vehículos y maquinaria; sin embargo, no proporcionó evidencia de que dichas

solicitudes hayan sido autorizadas por el titular de la DGA de la Delegación

Miguel Hidalgo ni de que la información contenida en dichos oficios correspondiera

a los vehículos y depósitos observados, por lo que la observación no se modifica.

Por haber dotado de combustible a vehículos que no formaron parte de su padrón

vehicular y a depósitos para su posterior suministro, se considera que se trató de

un compromiso no devengado, por lo que la Delegación Miguel Hidalgo incumplió

el artículo 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012, que establece lo siguiente:

“Las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad, que los pagos

que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con sujeción

a los siguientes requisitos:

”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción

de los anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables.

”La DGAD deberá mantener actualizado el padrón vehicular asegurable.”

● La Delegación Miguel Hidalgo no elaboró las bitácoras de consumo de combustible

de su parque vehicular, en donde debía establecer la dotación de gasolina

mensual, el kilometraje diario recorrido y el rendimiento de la gasolina, que le

permitiría reducir el uso de vehículos y evitar el consumo de combustible mayor

a la dotación autorizada. Al respecto, mediante el oficio núm. DGA/DRF/367/2013

43

VOLUMEN 8/17

del 29 de noviembre de 2013, la Directora de Recursos Financieros remitió

el oficio circular núm. DSG/MAHS/2020/2013 del 27 de noviembre de 2013,

con el cual el Director de Servicios Generales informó que la Unidad de Control

Vehicular y Maquinaria implementó este control a partir del 1o. de enero de 2013,

razón por la cual no se cuenta con dicha información.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la

Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,

en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por no elaborar las bitácoras de consumo de combustible de su parque vehicular,

la Delegación Miguel Hidalgo incumplió el numeral 7.7.4 de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) y el numeral 3,

“Combustible”, quinto párrafo, de los Lineamientos con los que se dictan

Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para contener

el gasto en la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2012.

El numeral 3, “Combustible”, establece que “el control del uso de vehículos deberá

establecer la dotación de gasolina mensual que corresponda a cada vehículo

en concordancia con el calendario presupuestal, el kilometraje diario recorrido,

el rendimiento por litro/kilometraje, marca, tipo y modelo, a efecto de que se

detecten variaciones, que permita preventivamente reducir el uso del vehículo

y se evite el consumo de combustible mayor a la dotación designada”.

● Del análisis a los reportes quincenales de abastecimiento de combustible emitidos

por el proveedor, se determinó que el órgano político-administrativo no redujo

en promedio mensual el 20.0% de su consumo de combustible y, por consiguiente,

el uso de su parque vehicular, como se muestra a continuación:

44

VOLUMEN 8/17

(Litros)

Mes

Consumo mensual de combustible

Variación mensual de combustible

Del mes anterior Del mes Litros %

Marzo 288,549.99 309,494.43 20,944.44) 7.3)

Abril 309,494.43 287,661.55 (21,832.88) (7.1)

Mayo 287,661.55 311,707.42 24,045.87) 8.4)

Junio 311,707.42 291,464.85 (20,242.57) (6.5)

Julio 291,464.85 303,373.62 11,908.77) 4.1)

Agosto 303,373.62 310,955.74 7,582.12) 2.5)

Septiembre 310,955.74 284,877.96 (26,077.78) (8.4)

Octubre 284,877.96 334,882.22 50,004.26) 17.6)

Noviembre 334,882.22 313,043.36 (21,838.86) (6.5)

Diciembre 313,043.36 273,678.20 (39,365.16) (12.6)

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la

Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo,

en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que

ésta no se modifica.

Por no suspender el consumo de combustible (gasolina y diésel), por 466.6 miles

de pesos, de los vehículos asignados a sus mandos superiores, no reducir el

consumo de combustible de 56 unidades de su parque vehicular destinadas

a funciones de carácter administrativo ni del resto de unidades de su parque

vehicular en el porcentaje fijado, así como dotar de combustible a 21 vehículos

y nueve depósitos por un monto de 1,386.6 miles de pesos que no formaron

parte de su padrón vehicular y no elaborar las bitácoras de consumo de

combustible de las unidades de su parque vehicular que le permitirían reducir

el uso de vehículos, la Delegación Miguel Hidalgo incumplió el numeral 3,

“Combustible”, sexto párrafo, de los Lineamientos con los que se dictan Medidas

de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para Contener el gasto

en la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2012, que establece:

“Todas las unidades vehiculares deberán pernoctar en las instalaciones de las

unidades administrativas, se deberá reducir en promedio mensual el 20% del uso

del parque vehicular oficial”.

45

VOLUMEN 8/17

f) Con la finalidad de verificar que en los períodos en que los vehículos hayan estado

siniestrados o en reparación no hubieren recibido combustible (gasolina magna y

diésel), se seleccionaron 83 expedientes correspondientes a igual número de vehículos;

sin embargo, los expedientes sólo cuentan con copia de la factura, de la tarjeta de

circulación y del pago de tenencia vehicular y no contienen la información relativa

a las reparaciones, bajas y siniestros que, en su caso, hubiesen en 2012.

Con los oficios núms. ASC/D“C”A/DMH/13/008 del 28 de noviembre de 2013,

ASC/D“C”A/DMH/13/011 del 19 de diciembre de 2013 y ASC/D“C”A/DMH/14/013

del 28 de enero de 2014, la CMHALDF solicitó a la Delegación Miguel Hidalgo la

información de las reparaciones (correctiva y preventiva) y, en su caso, de las bajas

y de los siniestros de los 83 vehículos seleccionados para su revisión. Al respecto,

mediante el oficio núm. DSG/MAHS/186/2014 del 4 de febrero de 2014, el Director de

Servicios Generales informó que en los expedientes “no se anexaron los informes

de mantenimiento correctivo, preventivo y siniestros derivado de que en la gestión

anterior no se llevaba una administración pulcra y organizada, por lo cual únicamente

existen expedientes con documentos fiscales y no contaban con la información total del

vehículo. Por lo anterior, la información solicitada no se encuentran en los expedientes;

sin embargo, se encuentran buscándolos minuciosamente los documentos […] para

integrarlos en los expedientes”.

Mediante el oficio núm. DGA/DRF/SOF/UDC/61/2013 del 30 de diciembre de 2013,

la Delegación Miguel Hidalgo remitió los informes de siniestro y de mantenimiento

preventivo y correctivo remitidos a la OM, que incluyeron los períodos en que los

vehículos se encontraron en reparación; de su revisión, se determinó que durante

el período de reparación, los 83 vehículos seleccionados no consumieron combustible.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la

Dirección General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel

Hidalgo, en su carácter de representante del titular del órgano político-administrativo,

no presentó información relacionada con la presente observación, por lo que ésta no

se modifica.

46

VOLUMEN 8/17

Por no contar con expedientes de vehículos integrados con la información relativa

a las reparaciones, bajas y siniestros que, en su caso, hubiesen tenido, la Delegación

Miguel Hidalgo incumplió el artículo 16, inciso c), del Tercer Lineamiento, “Actividades

de Control”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 9 de abril de 2007, vigentes en 2012, que dispone lo siguiente:

“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los

siguientes: […]

”Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]

”Un adecuado control debe considerar los siguientes aspectos […]

”c) Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos

y operaciones deben estar perfectamente documentados y la documentación debe

estar disponible para su verificación.”

g) Del análisis a los Reportes Trimestrales del Costo de Consumo de Combustible

remitidos a la DGRMSG adscrita a la OM, por medio de los oficios

núms. DSG/JBB/559/2012 y DSG/JBB/559/2012 del 7 de julio de 2012,

DMH/DGA/GSBG/1448/2012 del 31 de octubre de 2012, y DMH/DGA/1448/2013

del 24 de enero de 2013, se determinó una diferencia de 31.9 miles de pesos entre

el importe informado a la OM (38,140.8 miles de pesos), y el pagado al proveedor

a través de CLC (38,108.9 miles de pesos).

Al respecto, mediante su oficio núm. UDCVM/NIR/064/2014 del 29 de enero de 2014,

el Jefe de Unidad Departamental de Control Vehicular y Maquinaria, responsable de

validar la información contenida en los citados reportes, informó que “la diferencia se

localiza en las notas de crédito […] mismas que […] no reporta […] derivado a que

desconoce en qué momento y en qué forma la Dirección General de Servicios

Generales de la Oficialía Mayor llevará a cabo su aplicación”; sin embargo, a la

fecha de presentación del envío de los informes, las notas de crédito ya habían sido

aplicadas por la OM en los pagos correspondientes.

47

VOLUMEN 8/17

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección

General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su

carácter de representante del titular del órgano político-administrativo, entregó el

oficio núm. DMH/DGA/173/2014 del 10 de marzo de 2014, con el cual el Director

General de Administración remitió la nota informativa sin número del 10 de marzo

de 2014, en la que informó que “no corresponde a esta UR la información de lo

efectivamente pagado por CLC, en lo referente a combustible por ser un gasto

centralizado [y que] la información invocada hace referencia al informe de kilometraje

recorrido, costo de consumo de combustibles y lubricantes del parque vehicular,

clasificado por su uso, los cuales se incluyen dentro de los expedientes de los

vehículos”. No obstante lo informado, se determinó que los Reportes Trimestrales

del Costo de Consumo de Combustible que muestran la información indicada

por el Director General de Administración, presenta las diferencias señaladas

en la observación del presente inciso, por lo que ésta no se modifica.

Por no presentar los Reportes Trimestrales del Costo de Consumo de Combustible

antes referidos con el costo del combustible real, la Delegación Miguel Hidalgo

incumplió el apartado 7.8, “Mantenimiento y Conservación del Parque Vehicular”,

numeral 7.8.4, inciso b), de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno Bis) vigente 2012, que establece: “La DGAD, enviará trimestralmente,

en medio electrónico (disco compacto) de conformidad con el formato autorizado,

a la DSG […] b) Informe de kilometraje recorrido, costo de consumo de combustibles

y lubricantes del parque vehicular, clasificado por su uso, de conformidad con las

partidas del concepto 3500 ‘Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento

y Conservación’ del Clasificador por Objeto del Gasto”.

h) Con la finalidad de verificar que el monto y el número de litros de combustible

asentados en los Reportes Trimestrales del Gasto de Consumo de Combustible,

correspondiera al total de litros cargados por los vehículos del órgano político-

administrativo en cada toma de las estaciones de servicio de Consorcio Gasolinero

Plus, S.A. de C.V., que suministraron el combustible, se revisaron los tickets que

amparan el suministro de combustible por 38,108.9 miles de pesos; sin embargo,

48

VOLUMEN 8/17

la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó 266 tickets que ampararon

13,104.53 litros de combustible (gasolina) suministrados a 76 vehículos, por un monto

de 136.1 miles de pesos.

Con el oficio núm. ASC/D“C”A/DMH/14/013 del 28 de enero de 2014, se solicitaron

a la Delegación Miguel Hidalgo los 266 tickets de referencia; sin que a la fecha

en que la fase de ejecución de la auditoría estaba en curso (28 de febrero de 2014)

los haya remitido.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección

General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter

de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó información

relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

Por no remitir 266 tickets que ampararon 13,104.53 litros de combustible (gasolina)

suministrados a 76 vehículos por un monto de 136.1 miles de pesos, el órgano

político-administrativo no demostró que dicho importe fuera devengado, por lo que

incumplió el artículo 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2012.

2. Contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012 formalizado con Collage Distribuciones,

S.A. de C.V., para la adquisición de aceite para motor:

a) Los bienes fueron entregados por el proveedor al órgano político-administrativo

el 15 de junio y 13 de agosto de 2012, según los sellos de recepción de material del

Almacén Central plasmados en las notas de remisión del proveedor del 15 de junio

y 10 de agosto del mismo año, en cumplimiento del anexo único del contrato, en el cual

se indicó que el proveedor entregaría 61 tambos de aceite hidráulico, 53 tambos

de aceite para motor a diésel y 12 tambos de aceite para motor a gasolina por un

monto de 1,534.4 miles de pesos; el 50.0% de los materiales entre el 11 y 15 de junio

de 2012 y el otro 50.0% entre el 13 y 17 de agosto de ese año.

El registro de entrada al almacén se realizó con los formatos “Entrada de Almacén”

con folios A-47 y A-93 del 15 de junio y 13 de agosto de 2013, respectivamente,

49

VOLUMEN 8/17

los cuales están firmados por el Jefe de Unidad Departamental de Control de

Inventarios y por el encargado del Almacén Central.

b) Con las notas de cargo (salida de almacén) núms. 376 del 22 de junio, 460 del 21 de

agosto, 489 del 7 de septiembre, 520 del 17 de septiembre, 676 del 14 de noviembre

y 780 del 21 de diciembre, todos de 2012, y 53 del 20 de febrero, 127 del 27 de

marzo, 136 del 4 de abril y 233 del 9 de mayo, todos de 2013, se registró la salida

de 126 tambos de aceite para motor (61 de aceite hidráulico, 53 de aceite para motor

a diésel y 12 de aceite para motor a gasolina).

Se observó que 89 tambos de aceite para motor (48 de aceite hidráulico, 33 de

aceite para motor a diésel y 8 de aceite para motor a gasolina) permanecieron más

de 90 días naturales en el almacén, toda vez que no se suministraron a más tardar

el 11 de noviembre de 2012, y no se presentó evidencia de haber justificado dicha

situación ante la Dirección de Almacenes e Inventarios de la OM.

En la reunión de confronta, celebrada el 10 de marzo de 2014, el titular de la Dirección

General Jurídica y de Servicios Legales de la Delegación Miguel Hidalgo, en su carácter

de representante del titular del órgano político-administrativo, no presentó información

relacionada con la presente observación, por lo que ésta no se modifica.

Por haber permanecido en el almacén 89 tambos de aceite para motor (48 de aceite

hidráulico, 33 de aceite para motor a diésel y 8 de aceite para motor a gasolina),

más de 90 días naturales sin haberlo justificado ante la Dirección de Almacenes

e Inventarios de la OM, el órgano político-administrativo incumplió la norma 62, párrafos

segundo y tercero, de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración

Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012, que establecen lo siguiente:

“Con el fin de prever la cantidad necesaria de los artículos y materiales en existencia

y conservar la calidad de los mismos, las DGA deberán considerar un plazo máximo

para la permanencia de bienes en almacén de […] 90 días naturales para bienes

de consumo, con el fin de prever la cantidad necesaria y conservar la calidad de los

mismos.

50

VOLUMEN 8/17

”En el caso de bienes que permanezcan en el almacén mayor tiempo de lo señalado

en el párrafo anterior y que por sus características específicas o por su situación en

particular, no deban ser considerados de lenta y/o nula rotación, deberán de justificar

su permanencia en el almacén e informar a la DAI en los reportes correspondientes.”

c) El control del abastecimiento del aceite para motor con el número de inventario

C51020004 por medio de kardex, estuvo a cargo del Jefe de Unidad Departamental de

Control de Inventarios, en cumplimiento de la norma 14 de las Normas Generales

de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

Por lo anterior, se concluye que el órgano político-administrativo otorgó el abastecimiento de

combustible mediante tarjetas de chip y de tag, contó con reportes quincenales de consumo

de combustible emitidos por el proveedor, dotó de combustible a los vehículos seleccionados

para su revisión que no estuvieron en reparación y reportó trimestralmente el costo de

consumo de combustible a la DGRMSG adscrita a la OM; sin embargo, no designó en 2012

al personal que supervisaría que los litros abastecidos de combustible hayan sido de

1,000 mililitros, el titular de la DGA del órgano político-administrativo no autorizó la asignación

de dotación de combustible del parque vehicular de la delegación; no redujo de un 20.0%

hasta un 40.0% el consumo de combustible de las unidades de su parque vehicular destinado

a funciones de carácter administrativo ni informó bimestralmente a la OM las medidas tomadas

para alcanzar dicha reducción, no suspendió el consumo de combustible por 466.6 miles

de pesos a vehículos asignados a sus mandos superiores, no debió otorgar combustible

por 1,386.6 miles de pesos a 21 vehículos y nueve depósitos que no formaron parte de su

padrón vehicular, no elaboró las bitácoras de consumo de combustible de su parque vehicular

que le permitieran reducir el uso de vehículos y evitar el consumo de combustible mayor a

la dotación autorizada, no redujo en un promedio mensual del 20.0% el uso de su parque

vehicular, no integró los expedientes de los vehículos con información relativa a las reparaciones,

bajas y siniestros sufridos, no informó a la OM el importe realmente pagado al proveedor

a través de CLC y no proporcionó los tickets que amparan el suministro de combustible

por 136.1 miles de pesos. El aceite para motor fue entregado por el proveedor de conformidad

con lo establecido en el anexo único del contrato, y su entrada y salida del almacén fue

registrada en los formatos correspondientes; sin embargo, 89 tambos de aceite para motor

permanecieron más de 90 días naturales en el almacén sin haber justificado dicha situación

ante la Dirección de Almacenes e Inventarios de la OM.

51

VOLUMEN 8/17

Recomendación ASC-162-12-08-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que se designe al servidor público encargado de supervisar el abastecimiento

del combustible, en cumplimiento de los contratos celebrados.

Recomendación ASC-162-12-09-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que la Dirección General de Administración autorice la asignación de la dotación

de combustible del parque vehicular del órgano político-administrativo, en cumplimiento de

la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).

Recomendación ASC-162-12-10-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que el órgano político-administrativo reduzca el consumo de combustible de su

parque vehicular oficial y, por consiguiente, el uso de éste, en atención a los porcentajes de

consumo de combustible y a las funciones para las que se tienen destinados los vehículos,

de conformidad con los lineamientos por los que se dicten medidas de austeridad, racionalidad

y disciplina presupuestales emitidos por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.

Recomendación ASC-162-12-11-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar la suspensión del suministro de combustible a las unidades de su padrón vehicular

asignadas a mandos superiores, en cumplimiento de los lineamientos con los que se dicten

medidas de austeridad, racionalidad y disciplina presupuestales emitidos por la Oficialía

Mayor del Gobierno del Distrito Federal.

Recomendación ASC-162-12-12-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que el combustible se suministre al parque vehicular que esté en funcionamiento;

52

VOLUMEN 8/17

y que dicho suministro se soporte con los tickets que expiden las estaciones de servicio en

cada toma de combustible, de conformidad con Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal.

Recomendación ASC-162-12-13-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que se elaboren bitácoras de consumo de combustible de su parque vehicular,

en donde se establezca la dotación de gasolina mensual, el kilometraje diario recorrido

y el rendimiento de la gasolina por cada unidad de su parque vehicular, en cumplimiento

de Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis).

Recomendación ASC-162-12-14-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que la información relativa a las reparaciones, bajas y siniestros presentados, en su

caso, por las unidades de su parque vehicular se integre en un expediente, en cumplimiento

de Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal.

Recomendación ASC-162-12-15-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismo de control para

asegurarse de que la información que se reporte a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal sobre el costo de consumo de combustible de su parque vehicular corresponda

a lo pagado al proveedor, en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno Bis).

Recomendación ASC-162-12-16-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo establezca mecanismos de control para

garantizar que los bienes de consumo que adquiriera permanezcan en su almacén sin exceder

el tiempo establecido en la normatividad aplicable; y, en su caso, justifique las razones por

53

VOLUMEN 8/17

las que dichos bienes deban permanecer mayor tiempo en el almacén y lo informe a la Oficialía

Mayor del Gobierno del Distrito Federal en los reportes correspondientes, en cumplimiento

de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal.

9. Resultado

Para verificar si la Delegación Miguel Hidalgo reconoció las obligaciones de pago en a favor

de Confecciones Isaac, S.A. de C.V.; e Industrias Corp, S.A. de C.V., por la recepción de

conformidad del vestuario que amparan los contratos de adquisición núms. DAS-04-2012

y 052/ADQ-AD/DRM/2012, respectivamente, por un total de 2,932.9 miles de pesos

(IVA incluido), se revisó la documentación que soporta el cumplimiento de dichos contratos

y se observó lo siguiente:

1. Contrato núm. DAS-04-2012 y sus convenios modificatorios, formalizados con Confecciones

Isaac, S.A. de C.V., para la adquisición de vestuario (juegos de camisola, pantalón

y gorra):

a) En la cláusula primera, “Objeto”, del contrato, se indicó que “el GDF adquiere vestuario

operativo de lluvia correspondiente al ejercicio 2012 y el proveedor se obliga a entregar

los bienes conforme a las características y especificaciones técnicas descritas en

el anexo uno, así como talla, color a cada sector señalado en el anexo dos”.

En el anexo dos del contrato se estableció que el vestuario que se entregaría

a la Delegación Miguel Hidalgo sería el siguiente:

(Piezas)

Descripción Cantidad

Juego de camisola y pantalón de algodón color naranja 1,470

Juego de camisola y pantalón de algodón color beige 2,672

Gorra de algodón tipo beisbolera 4,270

En la cláusula cuarta, “Entrega de los Bienes”, numeral 4.1, del contrato, y en el

primer convenio modificatorio del 20 de abril de 2012, se estableció que el vestuario

se entregaría a más tardar el 29 de junio de 2012.

54

VOLUMEN 8/17

Los bienes fueron entregados por el proveedor al órgano político-administrativo

el 29 de junio y 3 de julio de 2012, según los sellos de recepción del Almacén Central

plasmados en las notas de entrega núms. 3948 y 3977 del 29 de junio de 2012,

y 4074 y 4075 del 3 de julio de 2012, emitidas por el proveedor; es decir, con retraso

de 4 días naturales con respecto a la fecha de entrega (29 de junio de 2012), que

ocasionaron que Confecciones Isaac, S.A. de C.V., fuera sancionada con la cantidad

de 32.1 miles de pesos.

En las actas administrativas de entrega-recepción de bienes consolidados 2012, con

folios DA-04-2012/22 y DA-04-2012/65 de fechas 29 de junio y 3 de julio de 2012,

respectivamente, el Jefe de Unidad Departamental de Control de Inventarios,

un representante de la Dirección de Adquisiciones de la DGRMSG de la OM y un

representante del proveedor hicieron constar que éste entregó los bienes a la Delegación

Miguel Hidalgo.

b) El registro de entrada al almacén se realizó mediante los formatos “Entrada de

Almacén” con los folios A-60 y 87 del 29 de junio y 8 agosto de 2012, respectivamente,

los cuales están firmados por el Jefe de Unidad Departamental de Control de

Inventarios y por el encargado de Almacén Central.

c) La salida de bienes se registró en la nota de cargo (salida de almacén) núm. 408

del 29 de junio de 2012, es decir, el vestuario se distribuyó entre el personal

dentro de los 90 días que se tenían como plazo para permanecer en el almacén

una vez que ingresaron a éste.

d) El control del abastecimiento de los juegos de camisola y pantalón y las gorras

tipo beisbolera con los números de inventario C750200070 y C240400262, por medio

de kardex, estuvo a cargo del Jefe de Unidad Departamental de Control de Inventarios,

en cumplimiento de la norma 14 de las Normas Generales de Bienes Muebles de

la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

e) Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/054/2012 del 11 de septiembre de 2012,

la DGRMSG de la OM informó a la Delegación Miguel Hidalgo que como resultado

55

VOLUMEN 8/17

de la prueba de laboratorio realizada, se observó que los bienes cumplen con las

especificaciones y características técnicas requeridas en el contrato, en cumplimiento

del numeral 6.3 del contrato celebrado.

f) La entrega de los juegos de camisola y pantalón y las gorras tipo beisbolera se acreditó

con el nombre, puesto y firma del personal operativo que los recibió, asentados en el

“Padrón de Entrega” que proporcionó la Delegación Miguel Hidalgo, y que realiza

funciones de limpieza, reparación y mantenimiento en las instalaciones del órgano

político-administrativo.

2. Contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012 formalizado con Industrias Corp, S.A. de C.V.,

para la adquisición de vestuario y uniforme institucionales:

a) En la cláusula primera, “Objeto”, del contrato, se indicó que “‘El Proveedor’ se obliga

a suministrar a favor de ‘La Delegación’, la que adquiere de aquel la propiedad de

los bienes objeto del presente contrato, consistente en la adquisición de ‘Vestuario

y Uniforme’, de conformidad con lo señalado en el anexo único”.

En el anexo único del contrato se estableció que el vestuario que se entregaría

a la Delegación Miguel Hidalgo sería el siguiente:

(Piezas)

Descripción Cantidad

Blusa para dama 115

Camisa para caballero 105

Pantalón de vestir para caballero 63

Zapato de vestir para dama 46

Zapato para caballero 42

Pantalón de vestir para dama 44

Chaleco de vestir 44

Falda de vestir 25

Chamarra de vestir tipo gabardina 21

En el anexo único, numeral III, del contrato se estableció que la fecha de entrega

de los bienes sería el 17 de diciembre de 2012.

56

VOLUMEN 8/17

Los bienes fueron entregados oportunamente por el proveedor al órgano político-

administrativo el 17 de diciembre de 2012, según las firmas de recepción del Jefe de

Unidad Departamental de Control de Inventarios plasmadas en las notas de remisión

con folios 1677, 1678, 1679, 1680, 1681, 1682, 1696, 1697 y 1700, todas del 17 de

diciembre de 2012, emitidas por el proveedor y validadas por el Director de Personal

y el Coordinador de Ventanilla Única.

b) El registro de entrada al almacén se realizó mediante el formato “Entrada de Almacén”

con el folio A-217 del 17 de diciembre de 2012, el cual está firmado por el Jefe de

Unidad Departamental de Control de Inventarios y por el Encargado de Almacén

Central.

c) La salida de bienes se registró en la nota de cargo (salida de almacén) núm. 839

del 27 de diciembre de 2012, es decir, el vestuario se distribuyó entre el personal

dentro de los 90 días que se tenían como plazo para permanecer en el almacén

una vez recibidos del proveedor.

d) El control del abastecimiento del vestuario con los números de inventario

C63120004, C240400252, C750200010, C780200016, C750200054, C240400084,

C750200036 y C750200052 por medio de kardex, estuvo a cargo del Jefe de Unidad

Departamental de Control de Inventarios, en cumplimiento de la norma 14 de las

Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2012.

e) La entrega del vestuario se comprobó con el nombre, puesto y firma del personal

que los recibió, asentados en la relación del personal que proporcionó la Delegación

Miguel Hidalgo.

Por lo anterior, se concluye que Confecciones Isaac, S.A. de C.V., entregó a la Delegación

Miguel Hidalgo los juegos de camisola, pantalón y gorra en las cantidades establecidas en

el contrato y con las especificaciones y características técnicas requeridas en éste, si bien

la entrega se realizó con desfase de cuatro días naturales, que ameritaron que se le

aplicara una sanción por 32.1 miles de pesos; por su parte, Industrias Corp, S.A. de C.V.,

entregó al órgano político-administrativo el vestuario y uniforme institucionales en las cantidades

y fechas establecidas en el contrato.

57

VOLUMEN 8/17

Gasto Ejercido

10. Resultado

Con objeto de verificar si la Delegación Miguel Hidalgo emitió CLC debidamente elaboradas,

revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, así como soportadas

con la documentación comprobatoria del gasto, se revisaron 27 CLC con las cuales pagó

a cuatro proveedores 42,576.2 miles de pesos (IVA incluido). Al respecto, se determinó

lo siguiente:

Contrato núm. DAS-08-2012

En la revisión de 24 CLC (núms. 12 CD 01 100213, 12 CD 01 100214, 12 CD 01 100251,

12 CD 01 100384, 12 CD 01 100515, 12 CD 01 100580, 12 CD 01 100727, 12 CD 01 100774,

12 CD 01 101073, 12 CD 01 101075, 12 CD 01 101323, 12 CD 01 101407, 12 CD 01 101493,

12 CD 01 101813, 12 CD 01 101840, 12 CD 01 102130, 12 CD 01 102289, 12 CD 01 102545,

12 CD 01 102937, 12 CD 01 102938, 12 CD 01 102976, 12 CD 01 103402, 12 CD 01 103403

y 12 CD 01 103404), por un monto de 38,108.9 miles de pesos, se comprobó que fueron

elaboradas por la Subdirectora de Administración de Riesgos, Aseguramiento y Control de

Servicios y autorizadas por el Director de Servicios Generales de la OM, servidores públicos

facultados para ello; y están soportadas con las facturas originales y, en su caso, con las

respectivas notas de crédito en las que se detallan los consumos de combustible, las cuales

se expidieron a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Miguel Hidalgo y cumplen

los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación,

y en el subapartado IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 4, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal,

vigentes en 2012.

Las CLC también están soportadas con los oficios de solicitud de pago que el Director de

Recursos Materiales de la Delegación Miguel Hidalgo remitió al Director de Servicios Generales

de la OM y con los formatos de suficiencia presupuestal correspondientes.

La Delegación Miguel Hidalgo únicamente pagó el abastecimiento de combustible por

38,108.9 miles de pesos (IVA incluido), y la empresa Consorcio Gasolinero Plus, S.A. de C.V.,

58

VOLUMEN 8/17

absorbió el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), en cumplimiento de la

cláusula novena del contrato, que establece: “Con fundamento en el artículo 71 de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal, todos los impuestos, derechos y demás gravámenes,

que se generen con motivo de la presente adquisición, serán cubiertos por el proveedor,

el GDF únicamente pagará al proveedor el importe correspondiente al Impuesto al Valor

Agregado”.

Finalmente, en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se verificó

la emisión de los comprobantes fiscales, y se constató que fue aprobada la impresión de las

facturas por la empresa.

Contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012

En la revisión de la CLC núm. 02 CD 11 102805 del 18 de diciembre de 2012, por un

monto de 1,534.4 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Jefe de Unidad

Departamental de Tesorería y autorizada por el Subdirector de Operación Financiera,

servidores públicos facultados para ello y está soportada con las facturas núms. A-277

y A-282 del 1o. y 27 de agosto de 2012, respectivamente, las cuales se expidieron a

nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Miguel Hidalgo y contienen los requisitos

fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente

en 2012.

La CLC también está soportada con el formato “Verificación de Comprobantes Fiscales

Digitales por internet del SAT”, el contrato núm. 034/ADQ-LPN/DRM/2012, las dos notas de

remisión del proveedor sin números del 15 de junio y 10 de agosto de 2012, la requisición

de bienes núm. C2012-183 del 22 de junio de 2012, y el formato “Hoja de Clasificación

Presupuestal para la elaboración de Cuentas por Liquidar” núm. 2290.

La validación de las facturas para su pago la otorgó el Director de Servicios Generales mediante

el oficio núm. DSG/JBB/557 del 14 de agosto de 2012, en el que señaló que el aceite para

motor fue entregado por el proveedor en tiempo y forma; además, dicho servidor público junto

con el Director de Recursos Materiales validaron con su firma en las facturas la recepción

del aceite para motor de conformidad con lo establecido en el contrato.

59

VOLUMEN 8/17

Contrato núm. DAS-04-2012

En la revisión de la CLC núm. 02 CD 11 106665 del 6 de diciembre de 2012, por un monto

de 2,632.0 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Jefe de Unidad

Departamental de Registro y autorizada por la Directora de Adquisiciones de la OM,

servidores públicos facultados para ello; y está soportada con la factura núm. 647 del 7 de

septiembre de 2012, a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación Miguel Hidalgo,

la cual contiene los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal

de la Federación vigente en 2012, y con el formato “Verificación de Comprobantes Fiscales

Digitales por internet del SAT”.

Contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012

En la revisión de la CLC núm. 02 CD 11 103191 del 31 de diciembre de 2012, por un

monto de 300.9 miles de pesos, se comprobó que fue elaborada por el Jefe de Unidad

Departamental de Tesorería y autorizada por el Subdirector de Operación Financiera,

servidores públicos facultados para ello, y esta soportada con la factura núm. A-1373 del

17 de enero de 2013, que se expidió a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Delegación

Miguel Hidalgo y contiene los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A

del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

La CLC también esta soportada con el formato “Verificación de Comprobantes Fiscales

Digitales por internet del SAT”, el contrato núm. 052/ADQ-AD/DRM/2012, las notas de

remisión del proveedor con folios 1677, 1678, 1679, 1680, 1681, 1682, 1696, 1697 y 1700,

todas del 17 de diciembre de 2012, la requisición de bienes núm. C2012-252 del 22 de

noviembre de 2012, y el formato “Hoja de Clasificación Presupuestal para la elaboración

de Cuentas por Liquidar” sin número del 20 de enero de 2013.

La validación de las facturas para su pago la otorgó el Director de Personal mediante el oficio

núm. DP/ASC/0027/2013 del 10 de enero de 2013, en el que señaló que la factura y las notas

de remisión contaron con la aprobación del área que recibió el vestuario en tiempo y forma.

De las 27 CLC revisadas, las núms. 02 CD 11 103191, 12 CD 01 103402, 12 CD 01 103403

y 12 CD 01 103404, por un monto de 3,316.4 miles de pesos, fueron de tipo pasivo y así

se reportaron a la SEFIN con el oficio núm. DMH/DGA/17/2013 del 15 de enero de 2013.

60

VOLUMEN 8/17

Los pagos de los cuatro contratos revisados se registraron conforme al Clasificador por Objeto

del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

En suma, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció el presupuesto de cuatro contratos mediante

las CLC que contienen la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, y están

soportadas con facturas originales y notas de remisión, revisadas y autorizadas por los

servidores públicos facultados para ello.

Gasto Pagado

11. Resultado

Con la finalidad de verificar que los pagos realizados a los proveedores hayan sido para

cancelar total o parcialmente las obligaciones a cargo de la Delegación Miguel Hidalgo,

la CMHALDF solicitó a los proveedores seleccionados como muestra, que indicaran la forma

en que fueron pagados los materiales y suministros entregados al órgano político-administrativo,

así como el monto de los pagos (por números de cheques, transferencias bancarias, notas

de crédito [indicar concepto]), por el período del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2012;

y que informaran de sus saldos al 31 de diciembre de 2012 y a la fecha de la recepción del

oficio emitido por las operaciones mencionadas, con la precisión de las fechas de todos

los documentos emitidos.

Los proveedores remitieron la información relativa a los contratos celebrados; a la modalidad

y número de los procedimientos de adjudicación; a las facturas, con detalle de los conceptos,

montos y las fechas de expedición y pago; a las garantías de cumplimiento (fianzas)

entregadas; y, en su caso, a las sanciones determinadas por incumplimiento de los contratos

suscritos con el órgano político-administrativo.

En el análisis de la información proporcionada por los proveedores, se determinó que coincide

con la entregada por el órgano político-administrativo.

61

VOLUMEN 8/17

II.12.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría ASC/163/12

ANTECEDENTES

El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 30 de diciembre de 2011, señala que en relación con los recursos aprobados por la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo

“a las Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de

acuerdo a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.

En el artículo décimo segundo transitorio, inciso c), del mismo Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal establece que “la determinación de las acciones específicas

que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las delegaciones en cada una de las

1,815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren en el supuesto de asentamientos

irregulares, o que en su determinación no se contravenga disposiciones jurídicas vigentes,

se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana que se efectuó el domingo

13 de noviembre de 2011. Conforme al anexo 7”. Este último, establece el rubro general

y el proyecto específico ganador para cada colonia o pueblo.

Asimismo, el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2012, menciona que a la Delegación Miguel Hidalgo le correspondieron

43,108.8 miles de pesos, (6.1%) de los 704,275.7 miles de pesos distribuidos entre las

16 Delegaciones del Distrito Federal.

La Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012 se reportó que los 16 órganos

político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles de pesos (9.2%)

con relación a de los 704,275.7 miles de pesos asignados originalmente y de 20,362.3 miles

de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0 miles de pesos ejercidos en 2011.

62

VOLUMEN 8/17

La Delegación Miguel Hidalgo ejerció en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

recursos por 38,269.3 miles de pesos, que representaron una variación negativa de 11.2%

(4,839.4 miles de pesos) con relación a los 43,108.7 miles de pesos asignados.

En el informe de Cuenta Pública de 2012, apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo

de Gasto”, la Delegación Miguel Hidalgo no hizo referencia alguna de los recursos ejercidos

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

El Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) ejerció 49,104.3 miles de pesos en diversas

actividades de difusión y preparación para la realización de la Consulta Ciudadana, lo que

permitió una cobertura del 99.0% en la instalación de las mesas receptoras de opinión;

sin embargo, el porcentaje de votación en el Distrito Federal fue de 1.9%. Al respecto, una

encuesta de opinión y análisis que contrató el IEDF y que se aplicó en junio de 2012,

obtuvo, entre otros resultados, que sólo el 9.7% de los entrevistados conocía el presupuesto

participativo en tanto 90.3% no lo sabía.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Miguel Hidalgo con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado,

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con

la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales,

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal:

1. “Exposición al Riesgo”, por ser el presupuesto participativo un programa presupuestario

de reciente creación y, por tanto, estar expuesto a riesgos de irregularidades e ineficiencias,

o incumplimiento de objetivos y metas.

63

VOLUMEN 8/17

2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las

actividades que realizan los órganos político-administrativos para cumplir con los objetivos

del presupuesto participativo tienen un impacto directo y tangible en la ciudadanía.

3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal le compete vigilar por conducto de la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF),

el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, el cual es susceptible de

auditarse por estar contenido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal y en la Cuenta Pública del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,

fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX,

XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e), 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24; 27;

28; 30; 32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal; 1o, 2o., fracción XIX, inciso a); y 6o., fracciones V y VII;

13; y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se estableció como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido en 2012 por la Delegación

Miguel Hidalgo con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un monto

de 38,269.3 miles de pesos, en las partidas 3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de

Inmuebles”, 3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos

y Herramienta”, 5221 “Aparatos Deportivos”, 5291 “Otro Mobiliario y Equipo Educacional y

Recreativo”, 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad

Pública y Atención de Desastres Naturales”, 6241 “División de Terrenos y Construcción de

Obras de Urbanización”, 6251 “Construcción de Vías de Comunicación” y 6291 “Trabajos

de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”

64

VOLUMEN 8/17

Para la presente revisión se seleccionaron las partidas 6241 “División de Terrenos y

Construcción de Obras de Urbanización” y 6251 “Construcción de Vías de Comunicación”,

con un monto ejercido de 23,268.2 miles de pesos, que representaron el 60.8% del gasto

correspondiente al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (38,269.3 miles de pesos).

Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto

fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los

recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la normatividad

aplicable: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal; Decreto de Presupuesto de Egresos del

Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012; Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno Bis 2011) vigente a partir del 20 de mayo de 2011; Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente a partir del 8 de agosto de 2012; Circular

Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal; y Lineamientos con los que se Dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y

Disciplina Presupuestal para contener el Gasto en la Administración Pública del Distrito

Federal, vigentes todas en 2012.

Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras Públicas

y Desarrollo Urbano (DGOPDU), la Dirección General de Gobierno y Participación

Ciudadana (DGGPC) y en la Dirección de Recursos Financieros de la Dirección General

de Administración (DGA), todas adscritas a la Jefatura Delegacional.

Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo vigente en 2012, para

verificar que la organización del sujeto fiscalizado fuera acorde con la estructura orgánica

dictaminada, así como la existencia de procedimientos aplicables al rubro sujeto a revisión.

Se analizó la normatividad que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, para

verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su operación.

65

VOLUMEN 8/17

Se solicitó y analizó diversa información generada por el IEDF, relacionada con la capacitación

a servidores públicos de la Delegación.

Se verificó que la modificación al presupuesto autorizado para el destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo” de la Delegación Miguel Hidalgo se haya justificado y que

haya contado con la documentación soporte y la autorización de la Secretaría de Finanzas

del Distrito Federal (SEFIN).

Se constató que el presupuesto ejercido por el órgano político-administrativo, con cargo a

la muestra de la presente auditoría, se hubiese devengado conforme a la normatividad

aplicable, se verificó la existencia de la documentación soporte que acreditara que las obras

contratadas se realizaron y se pagaron conforme a lo convenido en los contratos y convenios

correspondientes.

Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones revisadas se hubiese realizado

de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondiente al ejercicio fiscalizado,

para comprobar que las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaron a lo dispuesto

en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.

Se comprobó que el ejercicio de los recursos de la muestra de auditoría contara con la

documentación justificativa y comprobatoria.

Se verificó con los contratistas que conformaron la muestra de auditoría que los importes

facturados y los datos relativos a la entrega de las obras correspondieran con la información

proporcionada por la Delegación, que la adquisición y las obras se hubieran realizado

conforme a las cláusulas de los contratos y que éstos no se encontraran inhabilitados por la

Secretaría de la Función Pública (SFP) o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

Se verificó que las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) correspondientes al pago de

las obras contratadas hubieran sido elaboradas y autorizadas por los servidores públicos

facultados para tal fin y que los comprobantes de pago (facturas) cumplieran con los requisitos

fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

66

VOLUMEN 8/17

Se efectuó la verificación física de las obras ejecutadas para constatar que éstas se realizaron

conforme al contrato respectivo.

Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto 65,

“Presupuesto Participativo”, se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la

normatividad vigente en 2012.

Para determinar la muestra sujeta a revisión se realizaron las siguientes actividades:

1. Por tratarse de una auditoría financiera, se estratificó el universo de recursos ejercidos

(38,269.3 miles de pesos) por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado y

actividad institucional; asimismo, con el fin de identificar los importes y las variaciones

más significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno de estos rubros

en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y unidad monetaria establecida

en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de selección de muestras”, de

las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP);

también, con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor participación en el

ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.

Con base en lo anterior, se determinó una muestra de auditoría de las partidas 6241 “División

de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización” y 6251 “Construcción de Vías de

Comunicación”, por 23,268.2 miles de pesos, que representan el 60.8% de los 38,269.3 miles

de pesos ejercidos en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, conformada por los

contratos núms. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y convenio modificatorio

núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1, DMH-LP-045-guarniciones

y banquetas zona 3/12 y convenio modificatorio núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas

zona 3/12-CONV-1 y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 y su convenio modificatorio

núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1. Para ello, se revisaron dos procedimientos

de adjudicación mediante licitación pública nacional y por adjudicación directa.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración (DGA), la Dirección

General de Obra Pública y Desarrollo Urbano (DGOPDU) y la Dirección General de

Gobierno y Participación Ciudadana (DGGPC), adscritas a la Delegación Miguel Hidalgo.

67

VOLUMEN 8/17

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El sistema de control interno comprende todo el plan de organización, los métodos y

procedimientos instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las metas

y objetivos con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y honradez; que los

recursos se empleen de conformidad con las leyes, reglamentos y políticas aplicables,

y que estén protegidos de desperdicios, pérdida o mal uso; y que se obtenga y conserve

la información relacionada con la aplicación de los recursos.

El estudio y evaluación del sistema de control interno ayuda a determinar el grado de

confianza que puede depositarse en los sistemas de control operados por la Delegación

Miguel Hidalgo en torno a las erogaciones efectuadas con fondos del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”. Lo anterior, con el fin de establecer la extensión, oportunidad

y alcance de las pruebas y procedimientos de auditoría; identificar flujos de operación con

debilidades o desviaciones de control interno y sus probables áreas de riesgo; y definir

los criterios para la selección de la muestra por revisar.

Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Miguel Hidalgo

en las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en el

ejercicio de los recursos, en la operación y supervisión de las obras realizadas con fondos

del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en la verificación del cumplimiento de

requisitos documentales, en los registros presupuestales, y en el resguardo y archivo de la

documentación justificativa y comprobatoria del gasto y de los expedientes de los contratos

celebrados y de las CLC de los pagos realizados.

Se analizó el manual administrativo, apartado de organización, de la Delegación Miguel

Hidalgo, vigente en 2012, con el fin de identificar tanto la estructura orgánica del sujeto

fiscalizado, como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas

que la integran. Asimismo, se revisó el manual administrativo, apartado de procedimientos,

de la Delegación, con objeto, por una parte, de conocer cuáles fueron las unidades

administrativas que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y, por otra, de verificar que

se aplicaran los procedimientos correspondientes.

68

VOLUMEN 8/17

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la Delegación

Miguel Hidalgo, para el ejercicio de los recursos con destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” y al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas 6241 “División de Terrenos y

Construcción de Obras de Urbanización” y 6251 “Construcción de Vías de Comunicación”,

estableció mecanismos de control que, en general, hacen factible la administración de los

riesgos relacionados con irregularidades e ineficiencias; por tanto, se considera razonablemente

adecuado dicho sistema. Asimismo, se concluyó que las áreas están estructuradas

conforme a las funciones asignadas en el manual administrativo, apartado de organización,

del sujeto fiscalizado, con lo que se garantiza, en términos generales, tanto el cumplimiento

de la normatividad, como la realización de actividades de supervisión y control de las

operaciones necesarias para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez

permite delimitar adecuadamente las áreas de responsabilidad.

RESULTADOS

1. Resultado

Manual Administrativo

La Delegación Miguel Hidalgo desempeñó sus actividades en el ejercicio de 2012, con base

en la estructura orgánica y en los organigramas correspondientes al dictamen núm. 6/2011,

comunicado por la CGDF mediante el oficio núm. CG/251/2011 del 29 de abril de 2011, vigente

a partir del 1o. de mayo de 2011. Asimismo, con el oficio núm. CG/494/2011 del 12 de octubre

de 2011, la CGDF autorizó la modificación al dictamen núm. 6/2011 de la Delegación, con

vigencia a partir del 16 de octubre de 2011.

De conformidad con el dictamen núm. 6/2011 y su modificación, la Delegación contó con

316 plazas, distribuidas de la siguiente forma: Jefatura Delegacional, con 35 plazas; y las

Direcciones Generales: de Gobierno y Participación Ciudadana, con 33; Jurídica y de Servicios

Legales, con 30; de Administración, con 61; de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, con 30;

de Servicios Urbanos, con 30; de Desarrollo Social, con 34; de Desarrollo Delegacional, con 15;

y de Seguridad Ciudadana, con 42; así como en la Dirección Ejecutiva de Cultura, con 6 plazas.

Las áreas administrativas de la Delegación Miguel Hidalgo que participaron en el ejercicio

de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron las Direcciones

69

VOLUMEN 8/17

Generales de Administración, de Gobierno y Participación Ciudadana, de Obras Públicas

y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, y de Desarrollo Delegacional.

Con el oficio núm. JDMH/05/2012 del 2 de enero de 2012, la Delegación Miguel Hidalgo envió

su Manual Administrativo a la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA)

para su autorización y registro. Mediante el oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del

28 de febrero de 2012, la CGMA comunicó a la Delegación que con el núm. MA-311-6/11 registró

el manual administrativo del órgano político-administrativo en su apartado de organización,

elaborado conforme al dictamen núm. 6/2011, con vigencia a partir del 1o. de mayo de 2011.

Dicho manual cuenta con los apartados relativos a antecedentes, marco jurídico-administrativo,

atribuciones, organigrama, objetivo y funciones por área; y se ajustó a la estructura orgánica

autorizada con el dictamen núm. 6/2011.

El Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, apartado de organización, se

publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 2 de abril de 2012, en cumplimiento del

numeral 2.4.6.7. de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión

Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 25 de enero de 2011.

Con los oficios núms. DGDD/DMA/147/2011, del 25 de octubre de 2011; DGDD/DMA/069/2012,

del 22 de marzo; DGDD/DMA/120/2012, del 8 de junio; DGDD/DMA/145/2012, del 13 de junio;

DGDD/DMA/178/2012, del 20 de septiembre; y DGDD/DMA/192/2012, del 28 de septiembre,

todos de 2012, la Dirección General de Desarrollo Delegacional (DGDD) de la Delegación

Miguel Hidalgo solicitó a la CGMA la revisión y, en su caso, el registro de 161 procedimientos.

En respuesta, mediante los oficios núms. CG/CGMA/DEDDEO/0423/2012 del 28 de

febrero, CG/CGMA/DEDDEO/1513/2012 del 5 de junio, CG/CGMA/DEDDEO/2455/2012

del 18 de septiembre y CG/CGMA/DEDDEO/2942/2012 del 19 de octubre, todos

de 2012, la CGMA comunicó a la Delegación que con el núm. MA-311-6/11 registró los

161 procedimientos elaborados y actualizados con base en el dictamen núm. 6/2011, de

los cuales 20 se relacionan con las operaciones de gasto efectuadas con cargo al destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

70

VOLUMEN 8/17

El listado de procedimientos del manual administrativo, se publicó en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal con fechas 2 de abril, 27 de junio, 30 de octubre y 29 de noviembre,

todas de 2012.

Con el oficio núm. DGDD/DMA/064/12 del 13 de marzo de 2012, la Dirección de Modernización

Administrativa de la Delegación Miguel Hidalgo solicitó a la DGA difundir el manual

administrativo, en su apartado de organización, registrado con núm. MA-311-6/11.

Con los oficios núms. DGDD/DMA/056/12 y DGDD/DMA/074/12 del 13 de marzo y 2 de

abril, ambos de 2012, respectivamente, la Dirección de Modernización Administrativa

de la Delegación Miguel Hidalgo envió a la DGOPDU el manual administrativo, apartado de

organización, así como cuatro procedimientos, los cuales fueron difundidos entre el personal

responsable de su aplicación.

Mediante los oficios núms. DMH/DGOPDU/0631/12, DMH/DGOPDU/0632/12, DMH/DGOPDU/0633/12

y DMH/DGOPDU/0634/12, todos del 16 de marzo de 2012, la DGOPDU difundió entre sus

Coordinaciones de Enlace Administrativo y Técnica, así como a las Direcciones de Obras

y de Desarrollo Urbano, respectivamente, el manual administrativo, apartado de organización,

conforme al dictamen núm. 6/2011.

Con los oficios núms. DGDD/DMA/220/12 y DGDD/DMA/253/12 del 18 de octubre y 9 de

noviembre de 2012, respectivamente, la Dirección de Modernización Administrativa de la

Delegación Miguel Hidalgo envió a la DGOPDU 45 procedimientos que se integraron al

manual administrativo del órgano político-administrativo, con núm. de registro MA-311-6/11,

conforme al dictamen 06/2011, para ser difundidos entre el personal de las áreas que integran

dicha Dirección.

Mediante los oficios núms. DGOPDU/CEA/1147/2012 y DGOPDU/CEA/1148/2012, ambos

del 23 de octubre de 2012, la Coordinación de Enlace Administrativo de Obras Públicas

envió a la Dirección de Obras, a la Coordinación Técnica y a la Dirección de Desarrollo

Urbano, 41 procedimientos para su conocimiento y aplicación.

Asimismo, con el oficio núm. DGOPDU/CEA/1237/2012 del 14 de noviembre de 2012, la

Coordinación de Enlace Administrativo de Obras Públicas envió a la Dirección de Desarrollo

Urbano cuatro procedimientos para su conocimiento y aplicación.

71

VOLUMEN 8/17

Con el oficio circular núm. DMH/DGA/DRF/006/12 del 9 de noviembre de 2012, la Dirección

de Recursos Financieros adscrita a la DGA de la Delegación Miguel Hidalgo envió a los Jefes

de la Oficina de la Jefatura Delegacional, Directores Generales, Directores Ejecutivos,

Coordinadores y Responsables de Enlace Administrativo, el procedimiento de trámite de pago

general de compromisos normal y pasivo, para su difusión y conocimiento de los funcionarios

adscritos a sus unidades administrativas para su aplicación y estricto cumplimiento.

Al respecto, se observó que la Delegación Miguel Hidalgo envió a la CGMA su manual

administrativo, apartado de organización conforme al dictamen de reestructura núm. 6/2011,

el 2 de enero de 2012; es decir, 174 días hábiles después del 29 de abril de 2011, fecha en

que la CGDF comunicó al órgano político-administrativo el dictamen de reestructuración

orgánica núm. 6/2011 vigente a partir del 1o. de mayo de 2011.

Asimismo, se constató que la Delegación Miguel Hidalgo envió a la CGMA el manual

administrativo, en su apartado de procedimientos, el 25 de octubre de 2011 y 22 de marzo,

8 y 13 de junio, 20 y 28 de septiembre, todos de 2012; es decir, entre 65 y 305 días hábiles

después del plazo establecido (25 de julio de 2011).

Por no enviar oportunamente su manual administrativo, en sus apartados de organización

y procedimientos, conforme al dictamen de reestructura núm. 6/2011, el órgano político-

administrativo incumplió el numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control y

Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011, que establece:

“Los Titulares de las [...] delegaciones […], son los responsables de la actualización de los

Manuales Administrativos, que se deriven de la aplicación de un proceso rediseñado, de

un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura orgánica, o de la supresión

o creación de leyes y normas, para ello, deberán remitir conjuntamente con la solicitud de

reestructura el proyecto de Manual de Organización, para que se apruebe simultáneamente

con la estructura. La actualización del Manual de Procedimientos deberá remitirse a la CGMA

por medio de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica avanzada, a más tardar

en 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la modificación efectuada, para que

ésta proceda a su análisis y, en su caso, al registro…”.

72

VOLUMEN 8/17

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información

relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.

En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2010, el Informe de Auditoría con

clave ASC/142/10, practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado núm. 1, recomendación

núm. ASC-142-10-04-MH, se considera el mecanismo para prevenir el incumplimiento de los

plazos establecidos en la normatividad aplicable, que consistió en el retraso en la actualización

y en el envío del Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, misma que

ya fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/13/1215 del

5 de diciembre de 2013. Por ello, no se formula recomendación en el mismo sentido.

2. Resultado

Competencia

De conformidad con el artículo 15, segundo párrafo, de la Ley de Participación Ciudadana

del Distrito Federal “las autoridades están obligadas a promover entre los servidores

públicos cursos de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de

participación ciudadana y los órganos de representación ciudadana; la cooperación y

acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la participación ciudadana en general,

como un espacio cívico de convivencia social y de una mejor gobernanza”.

Mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, se solicitó a la Consejera

Electoral Presidente del IEDF, información acerca de los cursos de formación y sensibilización

entre los servidores públicos de los órganos político-administrativos, relacionados con

el presupuesto participativo 2012.

Con el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013, el IEDF remitió

el similar IEDF/DEPC/567/2013, anexo al cual remitió los oficios núms. IEDF-DDIX/401/12

del 30 de julio y IEDF-DDIX/510/12 del 27 de septiembre, ambos de 2012, signados por la

Coordinación Distrital IX dirigidos al Jefe de Unidad Departamental (JUD) de Enlace

Delegacional y Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, y los oficios núms. IEDF-DDXIV/730/2012

del 29 de agosto y IEDF-DDXIV/895/2012 del 27 de noviembre, ambos de 2012, signado

73

VOLUMEN 8/17

por la Coordinación Distrital XIV dirigidos al Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, invitando

a participar a los funcionarios de ese órgano político-administrativo a los cursos de participación

ciudadana del año 2012 impartidos por el IEDF de manera presencial como en línea, así

como los registros de asistencia y los acuses de recibo de la entrega de constancias.

Por lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Miguel Hidalgo

participaron en los cursos que en el ejercicio 2012 promovió el IEDF; por lo tanto, contaron

con las competencias que proporcionó dicho organismo mediante los cursos que desarrolló

en ese año, cumpliendo con el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal; asimismo, la DGGPC cumplió con el artículo 170, fracción II, del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal que establece que corresponde a

esa Dirección General: “Impulsar las políticas para el logro de objetivos definidos en los

programas de su competencia, conforme a las leyes y reglamentos en la materia”.

3. Resultado

Objetivos, Indicadores y Metas

El artículo 1o, tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2012, establece que “los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta

Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en

criterios de […] eficacia, economía, racionalidad, transparencia, control, rendición de cuentas”.

El artículo 25, fracción I, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal establece que “la programación y presupuestación anual del

gasto público se realizará con apoyo en los Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las

[…] Delegaciones […] para cada ejercicio fiscal y con base en: I. las políticas del Programa

General y los programas sectoriales establecidos en la Ley de Planeación, antepenúltimo

párrafo, […].

”El anteproyecto se elaborará por […] Delegación […] estimando los costos para alcanzar

los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas, así como los indicadores

necesarios para medir su cumplimiento”.

74

VOLUMEN 8/17

El artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2012, dispone que “las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad en base

acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los

presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.

El numeral II. 4., “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-Presupuestación

para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012, que emitió la SEFIN,

dispone lo siguiente:

”La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que el

presupuesto participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la forma

en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios

en que se divide el territorio del Distrito Federal.

”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto

anual de las Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,

equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.

“Por lo anterior, las Delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar

lo establecido en la citada Ley”.

Con el oficio núm. ASC/13/1599 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación Miguel

Hidalgo el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual (POA)

para el ejercicio 2012; asimismo, con el cuestionario de control interno se solicitó información

referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto participativo. Con el

oficio núm. DMH/DGA/DRF/SOF/310/2013 del 30 de septiembre de 2013, la Delegación remitió

la información solicitada.

En el análisis de la información recibida como respuesta, se determinó lo siguiente:

1. Del cuestionario de control interno que integró la DGA de la Delegación se informó

que el objetivo de vinculación al presupuesto participativo “es la aplicación, ejecución

y cumplimiento del total de los recursos del Gasto 65 ‘Presupuesto Participativo’ del

75

VOLUMEN 8/17

ejercicio 2012, otorgado para cada uno de los comités ciudadanos”; asimismo, señaló

que los objetivos no estuvieron vinculados al Programa General de Desarrollo 2007-2012

del Gobierno del Distrito Federal. Además, se establecieron metas e indicadores para

los objetivos del presupuesto participativo, para dar cumplimiento a la aplicación y

ejecución de los rubros generales con los recursos del Gasto 65 y medir el grado de

atención y cumplimiento de las obras y servicios realizados. Respecto de las metas e

indicadores establecidos para medir los objetivos vinculados al presupuesto participativo

en 2012, la DPC informó, mediante nota sin número del 12 de septiembre de 2013,

que la meta es “dar cumplimiento en su totalidad a los recursos de $ 484,368.00

(Cuatrocientos ochenta y cuatro mil trescientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.),

aprobados en el Decreto de Egresos del Distrito Federal, asignado para cada uno de los

Comités Ciudadanos autorizados por el Instituto Electoral del Distrito Federal, que constan

de 89 distribuidos en dicha Delegación”, y el indicador “nos permite evaluar y determinar

el cumplimiento y ejecución de los rubros generales entre los 89 comités ciudadanos,

calculados de la siguiente manera: (Rubros realizados divididos entre 89 Comités

Ciudadanos, multiplicado por 100)…”.

2. En el análisis del POA 2012 de la Delegación Miguel Hidalgo no se identificó actividad

institucional alguna vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

en consecuencia no se establecieron metas físicas ni financieras para el efecto.

3. En la Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los Resultados

de las Actividades Institucionales Realizadas” (AIRAIR), correspondiente a la Unidad

Responsable 02 CD 11 Delegación Miguel Hidalgo, se identificaron las Actividades

Institucionales núm. 108 “Mantenimiento de carpeta asfáltica en vialidades secundarias

y 118 “Programas delegacionales de renovación de banquetas” que agrupan las acciones

vinculadas al Presupuesto Participativo, correspondiente a la muestra, con un cumplimiento

de metas del 100%.

Por todo lo anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo no dispuso en su

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2012 de una actividad

institucional vinculada con el destino de gasto 65; y los objetivos, metas e indicadores que

señaló para el presupuesto participativo no estuvieron vinculados al Programa General

76

VOLUMEN 8/17

de Desarrollo 2007-2012 del Gobierno del Distrito Federal; en consecuencia, incumplió lo

establecido en los artículos 1o., tercer párrafo, y 25, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal; y 126 de su Reglamento, vigentes en 2012; y con el numeral

II. 4, “Presupuesto Participativo” del Manual de Programación-Presupuestación para la

Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó

información alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.

Recomendación ASC-163-12-01-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo deberá establecer los objetivos, metas e

indicadores anuales para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa

General de Desarrollo del Distrito Federal correspondiente; y que se evalué su cumplimiento

para verificar la eficacia en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad

aplicable.

4. Resultado

Consulta Ciudadana

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, se publicó “el Acuerdo

del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se aprueba la

Convocatoria para participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en

cumplimiento con lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal”,

el cual establece en el numeral 10, de las Bases y Reglas Operativas, que del 3 al 7 de

octubre de 2011, los habitantes de las colonias y pueblos, conforme a la delimitación

geográfica establecida en el Catálogo de Colonias y Pueblos Originarios 2010, podrán

registrar ante el Coordinador Interno o de Concertación Comunitaria del Comité Ciudadano

o Consejo del Pueblo que les corresponda, los proyectos específicos que consideraran

prioritarios. La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos

y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se registrarían.

77

VOLUMEN 8/17

Además, señala que las áreas técnicas de las Delegaciones proporcionarían información

y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a fin de que éstos

seleccionaran un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos entre aquellos que reunieran

las siguientes características básicas: vinculación con un rubro general y un proyecto

específico, costo aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes que serían

beneficiados y señalar la ubicación exacta del proyecto.

El 13 de noviembre de 2011, se llevó a cabo la Consulta Ciudadana, dividida en dos

etapas: foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa, se informó

a los ciudadanos y a los habitantes de las colonias o pueblos sobre los proyectos elegidos

por el comité respectivo; en la segunda, se recibió la opinión ciudadana para seleccionar

de entre dichos proyectos, el que considerara prioritario llevar a cabo en su colonia o pueblo.

Concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas receptoras realizaron

el escrutinio y cómputo de las opiniones a fin de determinar los resultados, los cuales

publicarían en lugares visibles. Como resultado de la Consulta Ciudadana, las Direcciones

Distritales expidieron las constancias de validación, entregadas a la Delegación Miguel

Hidalgo para su difusión y ejecución.

Con los oficios núms. ASC/13/1599 del 23 de agosto y ASC/163/12-2 del 20 de septiembre,

ambos de 2013, la CMHALDF solicitó a la Delegación Miguel Hidalgo información relacionada

con el ejercicio de recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

La DGA del órgano político-administrativo mediante el oficio núm. DMH/DGA/DRF/SOF/310/2013

del 30 de septiembre de 2013, proporcionó el similar núm. DGGyPC/DPC/297/2013 del

24 de septiembre de 2013, anexo al cual el Director de Participación Ciudadana proporcionó

lo siguiente:

1. Oficio núm. SECG-IEDF/3458/2011 del 17 de noviembre de 2011, con el cual el IEDF

remitió a la Jefatura Delegacional en Miguel Hidalgo, copia de 76 constancias de validación

de los resultados por cada una de las colonias y pueblos del Distrito Federal que

participaron en la Consulta Ciudadana, dentro de su ámbito territorial, aclarando que

en las colonias Nueva Argentina y Anáhuac II, correspondientes al Distrito Electoral IX,

de esa demarcación territorial, se presentó un empate entre proyectos específicos;

78

VOLUMEN 8/17

asimismo, se anexa la lista de las 13 colonias en los que no se celebró dicho proceso

participativo por no existir Comité Ciudadano.

Al respecto, presentó copia del acta de la sesión extraordinaria del Consejo Ciudadano

Delegacional en Miguel Hidalgo celebrada el 15 de febrero de 2012, la cual señala

como único punto del orden del día, la determinación de los proyectos específicos en

que habrían de aplicarse los recursos autorizados del presupuesto participativo para

el ejercicio 2012, en las colonias en donde no existió Comité Ciudadano (Ángel Zimbrón,

Campo Militar 1 A, Manuel Ávila Camacho, Lomas de Sotelo, Bosques de Chapultepec,

Bosque Polanco, Lomas Altas, Los Morales Polanco, Alameda Polanco, Palmas Polanco,

Palmitas Polanco, Reforma Polanco, Rincón del Bosque) o se presentaron empates

en primer lugar de uno o más proyectos (Nueva Argentina y Anáhuac II).

2. Copia de las 76 constancias de validación de los resultados de la Consulta Ciudadana

realizada en dicha demarcación territorial, validadas por el Coordinador Distrital

y el Secretario Técnico Jurídico de la Dirección Distrital del IEDF correspondiente

a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de la demarcación, de

conformidad con el Anexo 1, “Presupuesto Participativo por Delegaciones” del Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, dentro de

las cuales se identificaron los tres proyectos que integran la muestra de auditoría.

Los tres proyectos relativos a la muestra de auditoría son los que resultaron ganadores

y coinciden con los ejecutados por la Delegación Miguel Hidalgo; el primero, fue para realizar

trabajos de rehabilitación de banquetas y guarniciones y pavimentación en vialidades

secundarias, de acuerdo con el contrato y convenio modificatorio núms. DMH-LP-045-

guarniciones y banquetas zona 3/12 y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona

3/12-CONV-1, adjudicado mediante licitación pública núm. 30001124 026 12; el segundo,

fue para realizar trabajos de rehabilitación de banquetas y guarniciones en 10 colonias, de

acuerdo con el contrato y convenio modificatorio núms. DMH-LP-046 guarniciones y banquetas

zona 2/12 y DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1, adjudicado

mediante licitación pública núm. 30001124 025 12; y el tercero, para realizar trabajos de

pavimentación en vialidades secundarias en 10 colonias de esa demarcación política,

de acuerdo con el contrato y convenio modificatorio núms. DMH-AD-059-pavimentación

79

VOLUMEN 8/17

zona 2/12 y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1, adjudicado en forma directa,

mismos que se identifican con los rubros generales de “Obras y Servicios”, “Infraestructura

Urbana” y “Prevención del Delito”; por lo que la Delegación Miguel Hidalgo se ajustó al

inciso b), del artículo décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 30 de diciembre de 2011.

Respecto del programa semestral de difusión pública de las acciones y funciones a cargo

de la Delegación Miguel Hidalgo, mediante el oficio núm. DMH/DGA/DRF/SOF/310/13 del

30 de septiembre de 2013, el órgano político-administrativo informó que “se realizó una

búsqueda exhaustiva en los archivos documentales y electrónicos, así como en los Libros

de Gobierno del registro de la correspondencia de entrada y salida, no encontrando

antecedente alguno del Programa Semestral del 2012, para la Difusión Pública de las

acciones y funciones realizadas por este órgano político administrativo…”, por lo que incumplió

con los artículos 56 y 57 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente

en 2012, que señalan lo siguiente:

“Artículo 56. Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas a

establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones

a su cargo en los términos de este capítulo.

”Artículo 57. El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de Gobierno,

tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos Ciudadanos, los

Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información sobre los planes,

programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública…”

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General

de Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó

información alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.

En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de la Auditoría con

clave ASC/151/11 practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado núm. 4, recomendación

núm. ASC-151-11-11-MH, se estableció el mecanismo para prevenir el incumplimiento

80

VOLUMEN 8/17

de la elaboración y autorización de su programa semestral de difusión pública acerca de

las acciones y funciones a su cargo, que contenga los planes, programas, proyectos y

acciones, de acuerdo con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, misma que

ya fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/13/1162 del

15 de noviembre de 2013. Por ello, no se formula recomendación alguna en el mismo sentido.

5. Resultado

Atribuciones y Marco Jurídico

Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la

operación y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normatividad

aplicable. Como resultado de ello, se constató lo siguiente:

Entre las atribuciones que el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal señala para los titulares de los órganos político-administrativos de cada

demarcación territorial, se encuentran las siguientes:

“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación

ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia

correspondiente;

”LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del delito…”

El artículo 170 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,

señala que corresponde a la Dirección General de Gobierno y Participación Ciudadana:

“II. Impulsar políticas para el logro de objetivos definidos en los programas de su competencia,

conforme a las leyes y reglamentos en la materia;”

El Manual Administrativo de la Delegación Miguel Hidalgo, registrado con núm. MA-311-6/11,

vigente en 2012, señala como objetivo específico de la Dirección General de Gobierno

y Participación Ciudadana “asegurar que se promueva y fomente de forma eficiente la

participación ciudadana individual y colectiva de forma permanente”. Asimismo, le confiere

la función de “coadyuvar en la labor de los Comités Vecinales para el cumplimiento de sus

81

VOLUMEN 8/17

funciones, de acuerdo con la normatividad aplicable, y para que las acciones que se emprendan

o soliciten sean siempre dentro del marco de la ley o leyes vigentes para el Distrito Federal.”

Del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Miguel Hidalgo contó

con las atribuciones señaladas en la normatividad aplicable y los objetivos específicos

y funciones establecidos en su Manual Administrativo, vigentes en 2012, para el ejercicio de

los recursos y las actividades vinculadas al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

6. Resultado

Programa Anual de Obra Pública 2012

Para verificar que la obra pública que la Delegación Miguel Hidalgo realizó con cargo

al destino de gasto 65 “Presupuesto participativo” se hubiese llevado a cabo conforme a la

normatividad aplicable, se analizó el Programa Anual de Obra Pública 2012. De su evaluación

se constató lo siguiente:

Con el oficio núm. SFDF/SE/986/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN comunicó a la Delegación Miguel Hidalgo el calendario presupuestal y el POA

definitivos; con base en ello, el órgano político-administrativo publicó su Programa Anual de

Obra Pública 2012, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de febrero de 2012,

cumpliendo con el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2012.

En el análisis del Programa Anual de Obra Pública 2012 de la Delegación Miguel Hidalgo,

se observó que no incluye el tipo de obra, costo estimado, lugar de realización de la obra

ni zonas beneficiadas. Por ello, la Delegación incumplió el artículo 8o., del Reglamento de

la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2012, que establece: “Las […]

delegaciones […] al publicar sus programas anuales de obra pública, darán a conocer las

características fundamentales de las obras públicas correspondientes, como tipo de obra,

costo estimado, lugar de realización y zonas beneficiadas…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información

alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.

82

VOLUMEN 8/17

En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de la Auditoría

con clave ASC/151/11, practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado núm. 3,

recomendación núm. ASC-151-11-08-MH, se considera el mecanismo para prevenir que

su Programa Anual de Obra Pública incluya las características fundamentales de las

obras públicas correspondientes, como tipo de obra, costo estimado, lugar de realización

y zonas beneficiadas, de conformidad con lo establecido en la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal y su Reglamento, misma que ya fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado

mediante el oficio núm. CMH/13/1162 del 15 de noviembre de 2013. Por ello, no se formula

recomendación alguna en el mismo sentido.

7. Resultado

Gasto Aprobado

Con el objeto de verificar que las asignaciones presupuestarias anuales comprometidas

en el Presupuesto de Egresos de 2012, se hubiesen llevado a cabo conforme a la normatividad

aplicable, se analizó el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, POA,

calendario presupuestal; y Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, todos correspondientes

al ejercicio fiscal de 2012, observándose lo siguiente:

Por medio del oficio núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó al titular de la Delegación Miguel Hidalgo que el techo

presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio fiscal de 2012, fue de 1,436,958.9 miles

de pesos, de los cuales 764,896.0 miles de pesos (53.2%) serían asignados a gasto corriente

y 672,062.9 miles de pesos (46.8%) a gasto de inversión.

Al respecto, se observó que el presupuesto original asignado a la Delegación Miguel

Hidalgo, reportado para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 coincide

con el techo presupuestal, el POA y el calendario presupuestal autorizado por la SEFIN.

En el anexo del oficio núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012, por el cual se

comunica el techo presupuestal aprobado para la Delegación Miguel Hidalgo por la ALDF

para el ejercicio fiscal de 2012, se señalan los “Recursos etiquetados en el decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”, y se establece

83

VOLUMEN 8/17

que “conforme al artículo transitorio décimo primero del Decreto de Presupuesto de Egresos,

se deberá etiquetar con el DG 65, los montos establecidos en el Anexo 1”, para lo cual

dispone un importe de 43,108.8 miles de pesos.

Asimismo, mediante el oficio núm. SFDF/SE/986/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Miguel Hidalgo el calendario presupuestal

y el POA, ambos en sus versiones definitivas y autorizadas.

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 38, primer párrafo, 43, 44 y 47,

párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y 39 de su

Reglamento; 15, fracción VIII y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito

Federal; 7, fracción VIII, inciso A) y 34, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración

Pública del Distrito Federal.

8. Resultado

Gasto Modificado

Con objeto de verificar que el presupuesto ejercido coincidiera con el reportado por la

Delegación para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 y que el

presupuesto modificado de las partidas se encontrara soportado con las afectaciones

programático-presupuestarias autorizadas, se analizaron las afectaciones y movimientos

que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión. Asimismo, se constató

que dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y justificadas.

En el análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y a la información

presupuestaria, se observó que en el presupuesto original de la Delegación Miguel Hidalgo,

se incluyó la cantidad de 43,108.8 miles de pesos con cargo al capítulo 6000 “Inversión

Pública”, en la posición presupuestal núm. 101 6121 021 00. Sin embargo, en el calendario

presupuestal no se etiquetaron los recursos para el destino de gasto 65.

En razón de lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo realizó 12 afectaciones programático-

presupuestarias autorizadas por la SEFIN, para readecuar los recursos al destino de

gasto 65 (cuatro con efecto cero, tres reducciones líquidas, cuatro adiciones compensadas,

y una ampliación compensada), como se muestra en seguida:

84

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Concepto Importe Parcial Total

Presupuesto original

0.0

Más:

Adiciones compensadas 45,004.5

Ampliaciones compensadas 1,453.1 46,457.6

Menos:

Reducciones líquidas -8,188.3 -8,188.3

Presupuesto modificado y ejercido

38,269.3

Presupuesto asignado 43,108.8

Presupuesto no ejercido (4,839.5)

Se verificó que de conformidad con lo establecido en el Anexo núm. 1 del Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, a la Delegación Miguel

Hidalgo le correspondieron, por concepto de destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

recursos por 43,108.8 miles de pesos (6.1% del presupuesto asignado a las 16 Delegaciones).

La Delegación ejerció 38,269.3 miles de pesos; es decir, 4,839.5 miles de pesos (11.2%)

menos que lo asignado.

Asimismo, se constató que el presupuesto original reportado por el órgano político-

administrativo para la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2012, coincide con el comunicado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN mediante

el oficio núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012; que los presupuestos modificado

y ejercido, integrados por la CMHALDF, corresponden a los consignados en la Cuenta

Pública referida; y que el sujeto fiscalizado contó con los recursos asignados al presupuesto

participativo antes de establecer compromisos de pago para realizar las obras resultantes

de la Consulta Ciudadana de 2012.

En la revisión de las afectaciones programático-presupuestarias del destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” del ejercicio 2012, se comprobó que éstas fueron elaboradas,

soportadas documentalmente y autorizadas por la SEFIN mediante el Sistema de Planeación

de Recursos Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el apartado

IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; y los

artículos 76, fracción III; 77; y 78, capítulo III “De las Adecuaciones Presupuestarias”,

85

VOLUMEN 8/17

título tercero “Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, vigentes en 2012.

9. Resultado

Gasto Comprometido

En 2012, la Delegación Miguel Hidalgo ejerció recursos por 38,269.3 miles de pesos del

destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 3000 “Servicios

Generales“, por 6,949.2 miles de pesos (18.2%); 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e

Intangibles” por 7,083.1 miles de pesos (18.5%); y 6000 “Inversión Pública”, por 24,237.0 miles

de pesos (63.3%).

Del total de los recursos ejercidos (38,269.3 miles de pesos), el 63.3% (24,237.0 miles

de pesos) se erogó con cargo a las partidas 6241 “División de Terrenos y Construcción de

Obras de Urbanización”, 6251 “Construcción de Vías de Comunicación” y 6291 “Trabajos

de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”. De estas partidas, se

determinó la muestra de auditoría por 9,160.0 miles de pesos (23.9%) ejercidos en

trabajos de rehabilitación de banquetas y guarniciones y pavimentación en vialidades

secundarias, de conformidad con los contratos y convenios núms. DMH-LP-045-guarniciones

y banquetas zona 3/12 y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12-CONV-1, por

2,295.4 miles de pesos, adjudicado mediante licitación pública núm. 30001124 026 12;

DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y DMH-LP-046-guarniciones y banquetas

zona 2/12-CONV-1 por 2,295.1 miles de pesos, adjudicado mediante licitación pública

núm. 30001124 025 12, para realizar los trabajos de rehabilitación de banquetas y guarniciones

en 10 colonias; y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 y DMH-AD-059-pavimentación

zona 2/12-CONV-1, por 4,569.5 miles de pesos, adjudicado en forma directa para

realizar los trabajos de pavimentación en vialidades secundarias en 10 colonias de esa

demarcación política.

Contratos

A fin de constatar que el sujeto fiscalizado se hubiese ajustado a la normativa aplicable,

se revisaron tres procedimientos de adjudicación; dos licitaciones públicas y una adjudicación

86

VOLUMEN 8/17

directa, con núms. 30001124 026 12, 30001124 025 12 y DMH-AD-059-pavimentación

zona 2/12, respectivamente; para verificar que se haya dado cumplimiento a las cláusulas

de los contratos respectivos. De su análisis se desprende lo siguiente:

Licitación pública nacional núm. 30001124 025 12,

contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12

1. La apertura de las propuestas técnica y económica (sobre único) se realizó el 31 de

mayo de 2012 y el fallo de adjudicación el 6 de junio de 2012, resultando ganadora la

propuesta económica presentada por la empresa Contacto Construcciones, S.A. de C.V.,

de conformidad con los artículos 39, 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2012, conforme a las bases de la licitación pública nacional

núm. 30001124 025 12.

2. El objeto del contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 formalizado

el 7 de junio de 2012, celebrado con la empresa Contacto Construcciones, S.A. de C.V.,

es la realización de una obra consistente en trabajos de rehabilitación de banquetas y

guarniciones zona 2, ubicadas dentro del perímetro delegacional, en las colonias San

Miguel Chapultepec sección I y II, Escandón II, Ampliación Daniel Garza, y Observatorio,

de acuerdo con las constancias de validación de los proyectos ganadores o prioritarios

emitidas por el IEDF. Dicho contrato se celebró a precios unitarios y por unidad de

concepto de trabajo terminado, en cumplimiento con los artículos 23 y 24, párrafo

segundo, inciso A), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

3. Se celebró un convenio modificatorio de importe núm. DMH-LP-046-guarniciones

y banquetas zona 2/12-CONV-1 formalizado el 22 de junio de 2012, por 220.3 miles

de pesos.

Licitación pública nacional núm. 30001124 026 12 y contrato

núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12:

1. La apertura de las propuestas técnica y económica (sobre único) se realizó el 1o. de junio

de 2012 y el fallo de adjudicación el 7 de junio de 2012, resultando ganadora la propuesta

económica presentada por la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa,

S.A. de C.V., de conformidad con los artículos 39, 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas

87

VOLUMEN 8/17

del Distrito Federal vigente en 2012, conforme a las bases de la licitación pública

nacional núm. 30001124 026 12.

2. El objeto del contrato núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12 celebrado

el 8 de junio de 2012, con la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa,

S.A. de C.V., es la realización de una obra consistente en trabajos de rehabilitación de

banquetas y guarniciones zona 3, ubicadas dentro del perímetro delegacional, en las

colonias Campo Militar 1-A, Campo Militar K, Loma Hermosa, Lomas de Sotelo y

Periodista, de acuerdo con las constancias de validación de los proyectos ganadores

o prioritarios emitidas por el IEDF. Dicho contrato se celebró a precios unitarios y por

unidad de concepto de trabajo terminado, en cumplimiento con los artículos 23 y 24, párrafo

segundo, inciso A), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

3. Se realizó un convenio modificatorio de importe núm. DMH-LP-045-guarniciones

y banquetas zona 3/12-CONV-1 formalizado el 22 de junio de 2012, por 189.0 miles

de pesos.

Adjudicación directa y contrato núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12

1. La invitación a participar en la adjudicación directa a la empresa Arquitectura Xtrema 7,

S.A. de C.V., fue el 13 de junio y la aceptación el 14 de junio, ambas de 2012; el dictamen

de adjudicación directa y comunicación del fallo fue el 15 de junio de 2012, de conformidad

con los artículos 41 y 61, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

2. El objeto del contrato núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 formalizado

el 15 de junio de 2012, celebrado con la empresa Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V.,

es la realización de una obra consistente en trabajos de pavimentación en vialidades

secundarias zona 2 (reencarpetado), ubicadas dentro del perímetro delegacional, en

las colonias Reforma social, Daniel Garza, Anáhuac II, Lomas de reforma, América,

Legaria, Lomas altas, Lomas de Barrilaco, Plutarco Elías Calles y Chapultepec Reforma,

de acuerdo con las constancias de validación de los proyectos ganadores o prioritarios

emitidas por el IEDF. Dicho contrato se celebró a precios unitarios y por unidad de

concepto de trabajo terminado, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 23 y 24,

párrafo segundo, inciso C), de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

88

VOLUMEN 8/17

3. Se formalizó un convenio modificatorio de plazo núm. DMH-AD-059-pavimentación

zona 2/12-CONV-1 el 6 de agosto de 2012.

En el análisis de los contratos referidos se determinó lo siguiente:

1. Los tres contratos contaron con suficiencia presupuestal de acuerdo con el oficio

núm. SFDF/SE/0061/2012 del 2 de enero de 2012, donde la SEFIN les autoriza su

techo presupuestal; sin embargo, no contaron con recursos disponibles aprobados,

ya que la Subdirección de Presupuesto informa a las Direcciones Generales de

Gobierno y Participación Ciudadana y de Obras Públicas y Desarrollo Urbano,

con los oficios núms. DMH/DGA/DRF/SP/204/2012, DMH/DGA/DRF/SP/205/2012 y

DMH/DGA/DRF/SP/207/2012, todos del 29 de agosto de 2012, el registro y autorización

de las afectaciones programáticas presupuestales núms. B 02 CD 11 8772,

B 02 CD 11 8776 y B 02 CD 11 8769, respectivamente, todas del 23 de agosto de 2012,

donde se adicionan las partidas con DG 65 “Presupuesto Participativo”, por lo que a la

firma de los tres contratos que forman parte de la muestra no se contaba con las claves

presupuestarias correspondientes, contraviniendo el artículo 23 de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que establece que “las dependencias,

órganos desconcentrados, delegaciones y entidades podrán convocar, adjudicar o llevar

a cabo obra pública, solamente cuando cuenten con recursos disponibles dentro

de su presupuesto aprobado.”

2. El expediente de la licitación pública nacional núm. 30001124 025 12 correspondiente

al contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12, contiene la evidencia

documental de la convocatoria, comprobante de pago y entrega de las bases, bases

de licitación, acta de junta de aclaraciones, acta de apertura de sobre único, evaluación

técnica-económica, dictamen técnico-económico, garantía de seriedad de la propuesta,

acta de fallo de adjudicación, contrato, convenio modificatorio de importe, fianza de

cumplimiento de contrato, estimaciones, minutas de recepción física de los trabajos,

acta de entrega recepción y fianza de vicios ocultos, de conformidad con la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

3. El expediente de la licitación pública nacional núm. 30001124 026 12 correspondiente

al contrato núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12, contiene la evidencia

89

VOLUMEN 8/17

documental de la convocatoria, comprobante de pago y entrega de las bases, bases

de licitación, acta de junta de aclaraciones, acta de apertura de sobre único, evaluación

técnica-económica, dictamen técnico-económico, garantía de seriedad de la propuesta,

acta de fallo de adjudicación, contrato, convenio modificatorio de importe, fianza de

cumplimiento de contrato, estimaciones, minuta de recepción física de los trabajos y

fianza de vicios ocultos; observándose que no fue elaborada el acta de entrega recepción

correspondiente, contraviniendo el artículo 57, párrafo cuarto, de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que indica: “…en la fecha señalada, la

dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, recibirá bajo su responsabilidad

los trabajos y levantara el acta correspondiente, sin perjuicio de proceder con posterioridad

a la liquidación y finiquito del contrato…”

4. El expediente de la adjudicación directa núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12,

con mismo número de contrato, contiene la evidencia documental de la invitación,

oficio dirigido a la contraloría interna para participar en el proceso, aceptación de la

invitación, bases del concurso, apertura técnica-económica, evaluación técnica-económica,

dictamen de adjudicación directa, garantía de seriedad de la propuesta, contrato,

convenio modificatorio de plazo, fianza de cumplimiento de contrato, estimaciones, minutas

de recepción física de los trabajos, actas de entrega recepción y fianza de vicios ocultos,

de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

Contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12

1. Con base en el dictamen y en el fallo del 5 y 6 de junio de 2012, respectivamente,

la Delegación Miguel Hidalgo adjudicó a la empresa Contacto Construcciones, S.A. de C.V.,

el contrato a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado

núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12, por un importe de 2,076.9 miles de

pesos (IVA incluido), quien ofreció las mejores condiciones legales, técnicas, económicas,

financieras y administrativas para realizar los trabajos de rehabilitación de banquetas

y guarniciones en diferentes colonias de esa demarcación política. El convenio

modificatorio de importe núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1

del 22 de junio de 2012, por 220.3 miles de pesos contó con el dictamen técnico

correspondiente.

90

VOLUMEN 8/17

2. El plazo para la ejecución de las obras contratadas fue de 60 días naturales, (inicio

el 11 de junio de 2012 y término el 9 de agosto de 2012), de conformidad con el programa

de trabajo que formó parte del contrato (cláusula tercera).

3. Las obras estuvieron a cargo de la DGOPDU de la Delegación Miguel Hidalgo. Para el inicio

de los trabajos, la Delegación no otorgó anticipos (cláusula cuarta del contrato).

4. Mediante la convocatoria núm. DMH/DGOPDU/006/12 del 7 de mayo de 2012,

la Delegación publicó la Licitación Pública Nacional núm. 30001124 025 12 para la

realización de la obra pública consistente en la rehabilitación de banquetas y guarniciones

zona 2, ubicadas dentro del perímetro delegacional, de conformidad con la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal y su reglamento, vigentes en 2012.

5. En el expediente de la licitación pública núm. 30001124 025 12 obra la siguiente

documentación: contrato, convenio modificatorio de importe, garantía de cumplimiento

de las propuestas y del contrato, póliza de seguro de responsabilidad civil para garantizar

la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros,

bases, actas de las distintas etapas del procedimiento, dictamen de análisis cualitativo,

dictámenes y acta de fallo.

6. El contrato suscrito cumplió los requisitos del artículo 46 de la Ley de Obras Públicas

para el Distrito Federal vigente en 2012.

7. De acuerdo con la cláusula quinta del contrato, “Garantías”, la empresa contratista Contacto

Construcciones, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma las pólizas de fianza para

garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad civil para garantizar la reparación

total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros y para responder

por los vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad, como se muestra en seguida:

(Miles de pesos)

Garantía afianzada Póliza número Fecha Afianzadora Importe %

Cumplimiento de contrato 1346140 7/VI/12 Fianzas Monterrey, S.A. 229.7 10.0

Responsabilidad civil NT 32003015 11/VI/12 Aba/Seguros, S.A. de C.V. 229.7 10.0

Vicios ocultos 1372380 9/VIII/12 Fianzas Monterrey, S.A. 229.7 10.0

91

VOLUMEN 8/17

Lo anterior, en cumplimiento de los artículos 35, fracción III, 36 y 58, segundo párrafo,

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, vigentes

en 2012.

Contrato núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12

1. Con base en el dictamen y fallo del 6 y 7 de junio de 2012 respectivamente, la Delegación

Miguel Hidalgo adjudicó a la empresa Construcciones y Edificaciones Tapalpa,

S.A. de C.V., el contrato a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo

terminado núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12, por un importe de

2,106.4 miles de pesos (IVA incluido), la que ofreció las mejores condiciones legales,

técnicas, económicas, financieras y administrativas para realizar los trabajos de

rehabilitación de banquetas y guarniciones en diferentes colonias de esa demarcación

política. El convenio modificatorio de importe núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas

zona 3/12-CONV-1 formalizado el 22 de junio de 2012, por 189.0 miles de pesos cuenta

con el dictamen técnico correspondiente.

2. El plazo para la ejecución de las obras contratadas fue de 60 días naturales, (inicio el 11 de

junio de 2012 y término el 9 de agosto de 2012), de conformidad con el programa

de trabajo que formó parte del contrato (cláusula tercera).

3. Las obras estuvieron a cargo de la DGOPDU de la Delegación Miguel Hidalgo. Para el inicio

de los trabajos la delegación no otorgó anticipos (cláusula cuarta del contrato).

4. Mediante la convocatoria núm. DMH/DGOPDU/006/12 del 7 de mayo de 2012,

la Delegación Miguel Hidalgo publicó la licitación pública núm. 30001124 026 12 para la

realización de la obra pública consistente en la rehabilitación de banquetas y guarniciones

zona 3, ubicadas dentro del perímetro delegacional, de conformidad con la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2012.

5. En el expediente de la licitación pública nacional núm. 30001124 026 12 obra

la siguiente documentación: contrato, convenio modificatorio de importe, garantía de

cumplimiento de las propuestas y del contrato, póliza de seguro de responsabilidad

92

VOLUMEN 8/17

civil para garantizar la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran

ocasionar a terceros, bases, actas de las distintas etapas del procedimiento, dictamen

de análisis cualitativo, dictámenes y acta de fallo.

6. El contrato suscrito cumplió con los requisitos del artículo 46 de la Ley de Obras Públicas

para el Distrito Federal vigente en 2012.

7. Según la cláusula quinta del contrato “Garantías”, la empresa contratista Construcciones

y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma las pólizas de fianza

para garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad civil para garantizar la

reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros y para

responder por los vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad, como se muestra

en seguida:

(Miles de pesos)

Garantía afianzada Número de póliza Fecha Afianzadora Importe %

Cumplimiento de contrato

3233-02503-1 8/VI/12 Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. 229.5 10.0

Responsabilidad civil 000009879 11/VI/12 Seguros Afirme, S.A. de C.V. 229.5 10.0

Vicios ocultos 3233-02916-1 13/VIII/12 Afianzadora Aserta, S.A. de C.V. 222.1 10.0

Lo anterior, en cumplimiento con los artículos 35, fracción III, 36 y 58, segundo párrafo,

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, vigentes

en 2012.

Contrato núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12

1. Con base en el dictamen del 15 de junio de 2012, la Delegación Miguel Hidalgo

adjudicó a la empresa Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V., el contrato a base de precios

unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado núm. DMH-AD-059-pavimentación

zona 2/12, por un importe de 4,569.5 miles de pesos (IVA incluido), la que ofreció las

mejores condiciones legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas para

realizar los trabajos de pavimentación en vialidades secundarias zona 2, de esa

demarcación política. El convenio modificatorio de plazo núm. DMH-AD-059-pavimentación

zona 2/12-CONV-1 del 6 de agosto de 2012, contó con el dictamen técnico respectivo.

93

VOLUMEN 8/17

2. El plazo para la ejecución de las obras contratadas fue de 60 días naturales, (inicio el 18 de

junio de 2012 y término el 16 de agosto de 2012), de conformidad con el programa

de trabajo que formó parte del contrato (cláusula tercera) y que mediante convenio

modificatorio de plazo la fecha de término se amplió 15 días naturales, quedando

el 31 de agosto de 2012.

3. Las obras estuvieron a cargo de la DGOPDU de la Delegación Miguel Hidalgo. Para el

inicio de los trabajos la delegación no otorgó anticipos (cláusula cuarta del contrato).

4. Mediante el oficio núm. DGOPDU/JUDCC/1443/12 del 13 de junio de 2012, la Delegación

Miguel Hidalgo invitó a la empresa Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V., para la realización

de la obra pública consistente en pavimentación en vialidades secundarias zona 2,

ubicadas dentro del perímetro delegacional, de conformidad con la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2012.

5. En el expediente de la adjudicación directa obra la siguiente documentación: contrato,

convenio modificatorio de plazo, garantía de cumplimiento de las propuestas y del

contrato, póliza de seguro de responsabilidad civil para garantizar la reparación total

de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros, bases, actas de las distintas

etapas del procedimiento, análisis cuantitativo y cualitativo y dictamen de adjudicación

directa.

6. El contrato suscrito cumplió con los requisitos del artículo 46 de la Ley de Obras Públicas

para el Distrito Federal vigente en 2012.

7. En acuerdo con la cláusula quinta del contrato “Garantías”,la empresa contratista

Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma las pólizas de fianza

para garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad civil para garantizar la

reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros y para

responder por los vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad, como se muestra

enseguida:

94

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Garantía afianzada Póliza número Fecha Afianzadora Importe %

Cumplimiento de contrato

5322-26797-3 15/VI/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 456.9 10.0

Responsabilidad civil 0000004938 27/VI/12 Seguros México, S.A. de C.V. 456.9 10.0

Vicios ocultos 5322-27493-7 31/VIII/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 456.9 10.0

Lo anterior, en cumplimiento de los artículos 35, fracción III, 36 y 58, segundo párrafo,

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, vigentes

en 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información

alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.

Recomendación ASC-163-12-02-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo garantice que a la firma de los contratos,

cuente con recursos disponibles dentro de su presupuesto aprobado, de conformidad con

el artículo 23 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

10. Resultado

Gasto Devengado

En cuanto a la recepción de las obras contratadas, se verificó que el órgano político-

administrativo contara con la evidencia documental respectiva, observándose lo siguiente:

Contrato y convenio núms. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12

y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12-CONV-1

1. La obra pública consistió en la rehabilitación de banquetas y guarniciones zona 3, ubicadas

dentro del perímetro delegacional, la cual se llevará a cabo en las colonias Campo

militar 1-A, Campo militar K, Loma hermosa, Lomas de Sotelo, y Periodista.

95

VOLUMEN 8/17

Las estimaciones autorizadas y pagadas de los trabajos ejecutados se desglosan como

se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Estimaciones de trabajos ejecutados

Estimación autorizada Deducciones Importe

neto pagado

Número Importe (IVA incluido)

Supervisión y revisión

(1.5%)

Servicios de auditoría

(2%)

Aportación voluntaria (I.C.I.C.)

Penas convencionales *

1 (uno) 66.3 0.9 1.1 0.1 1.1 63.1

2 (dos) 816.0 10.5 14.1 1.4 0.0 790.0

3 (tres) 693.4 9.0 11.9 1.2 0.0 671.3

4 (cuatro) 638.8 8.3 11.0 1.1 0.0 618.4

5 (Finiquito) 80.9 1.1 1.4 0.1 0.0 78.3

Total 2,295.4 29.8 39.5 3.9 1.1 2,221.1

* Por no presentar en tiempo las estimaciones.

El monto del contrato y convenio modificatorio de importe, núms. DMH-LP-045-

guarniciones y banquetas zona 3/12 y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona

3/12-CONV-1, por 2,295.4 miles de pesos (IVA incluido), coincide con el importe de

las cinco estimaciones autorizadas y pagadas.

2. En cuanto a la recepción de los trabajos, la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó el

escrito del contratista sin número, del 9 de agosto de 2012, notificando la terminación

de los trabajos y solicitando la verificación de los mismos, así como el acta de verificación

física de la terminación de los trabajos del 21 de agosto de 2012, indicando que la

terminación de los trabajos fue el 9 de agosto de 2012, de acuerdo con el contrato,

observándose que no se llevó a cabo su entrega-recepción, mediante el levantamiento

del acta correspondiente.

Por lo anterior, se observa que la Delegación Miguel Hidalgo incumplió con lo dispuesto

en la cláusula séptima, “Verificación física, recepción, liquidación y finiquito de los trabajos”,

del contrato núm. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12 y el artículo 57 de la

Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, que establecen y disponen lo siguiente:

96

VOLUMEN 8/17

Cláusula Séptima:

“Séptima. ‘Verificación física, recepción, liquidación y finiquito de los trabajos’. ‘El contratista’

comunicará por escrito a ‘el órgano político-administrativo’ la terminación de los trabajos

que le fueron encomendados, para que ésta dentro de 30 (treinta) días hábiles posteriores

a la fecha de terminación convenida, verifique la debida terminación de los mismos,

levantando el acta correspondiente de verificación física de los trabajos, conforme a las

condiciones establecidas en el presente contrato, de conformidad con el artículo 57 de

la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. […] Una vez que se haya constatado

la terminación de los trabajos en los términos del párrafo anterior, ‘el órgano político-

administrativo’ procederá a su recepción física, mediante el levantamiento del acta

correspondiente dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de

la verificación física.”

Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

“Artículo 57.- Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos […] la

dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, procederá a su recepción

dentro del plazo que para tal efecto se haya establecido en el propio contrato. Al concluir

dicho plazo, sin que la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, haya

recibido los trabajos, éstos se tendrán por recibidos.”

3. De acuerdo con la verificación física efectuada el 25 de octubre de 2013 por la CMHALDF

y por la Delegación Miguel Hidalgo, de las obras objeto del contrato núm. DMH-LP-045-

guarniciones y banquetas zona 3/12, se constató que las obras corresponden a la

descripción establecida en el contrato y con los proyectos ganadores que se indican

en las constancias de validación emitidas, como resultado de la Consulta Ciudadana

celebrada el 13 de noviembre de 2011.

Contrato y convenio núms. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12

y DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1

1. La obra pública consistió en la rehabilitación de banquetas y guarniciones zona 2, ubicadas

dentro del perímetro delegacional, la cual se llevó a cabo en las colonias San Miguel

Chapultepec zona I y zona II, Escandón II, Ampliación Daniel Garza y Observatorio.

97

VOLUMEN 8/17

Las estimaciones autorizadas y pagadas de los trabajos ejecutados se desglosan

a continuación:

(Miles de pesos)

Estimación autorizada Deducciones Importe

neto pagado

Número Importe (IVA incluido)

Supervisión y revisión

(1.5%)

Servicios de auditoría

(2%)

1 (uno) 362.6 4.7 6.3 351.6

2 (dos) 1,180.9 15.3 20.3 1,145.3

3 (tres) 525.1 6.8 9.0 509.3

4 (Finiquito) 226.5 2.9 3.9 219.7

Total 2,295.1 29.7 39.5 2,225.9

El monto del contrato núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y el convenio

modificatorio de importe núm. DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1,

fue de 2,297.2 miles de pesos (IVA incluido), que se integra con las cuatro estimaciones

autorizadas y pagadas por 2,295.1 miles de pesos y un remanente de 2.1 miles de pesos,

el cual se canceló con la afectación presupuestaria liquida C 02 CD 11 17169 del 31 de

diciembre de 2012.

2. En cuanto a la recepción de los trabajos, la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó el

escrito del contratista sin número, del 9 de agosto de 2012, notificando la terminación

de los trabajos y solicitando la verificación de los mismos; actas de verificación física de

la terminación de los trabajos del 21, 22 y 27 de agosto; 6 y 7 de septiembre, todas

de 2012, indicando que la terminación de los trabajos fue el 9 de agosto de 2012, de

acuerdo con el contrato; el acta de entrega-recepción física de los trabajos se realizó

el 11 de octubre de 2012, en donde se hizo constar que los trabajos fueron realizados

de conformidad con el contrato y a entera satisfacción de la Delegación, de acuerdo con

la cláusula séptima “Verificación física, recepción, liquidación y finiquito de los Trabajos”

del contrato; y en cumplimiento de los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal y 64 de su Reglamento, vigentes en 2012.

3. De acuerdo con la verificación física efectuada el 25 de octubre de 2013 por la CMHALDF

y la Delegación Miguel Hidalgo, se constató que las obras corresponden con la descripción

establecida en el contrato y con los proyectos ganadores que se indican en las constancias

98

VOLUMEN 8/17

de validación emitidas, como resultado de la Consulta Ciudadana celebrada el 13 de

noviembre de 2011.

Contrato y convenio núms. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12

y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1

1. La obra pública consistió en la pavimentación en vialidades secundarias zona 2

(reencarpetado), ubicadas dentro del perímetro delegacional, la cual se llevó a cabo

en las colonias Reforma social, Daniel Garza, Anáhuac II, Lomas de reforma (Lomas de

Chapultepec), América, Legaría, Lomas altas, Lomas de Barrilaco (Lomas de Chapultepec),

Plutarco Elías Calles y Chapultepec Reforma.

Las estimaciones autorizadas y pagadas de los trabajos ejecutados se desglosan

a continuación:

(Miles de pesos)

Estimaciones de trabajos ejecutados

Estimación autorizada Deducciones Importe

neto pagado

Número Importe (IVA incluido)

Supervisión y revisión

(1.5%)

Servicios de auditoría

(2%)

Aportación voluntaria (I.C.I.C.)

Penas convencionales*

1 (uno) 57.0 0.7 1.0 0.1 1.0 54.2

2 (dos) 1,729.0 22.4 29.8 3.0 0.0 1,673.8

3 (tres) 1,151.2 14.9 19.8 2.0 0.0 1,114.5

4 (cuatro) 1,260.7 16.3 21.7 2.2 0.0 1,220.5

5 (cinco) 79.1 1.0 1.4 0.1 0.0 76.6

6 (seis) 273.9 3.6 4.7 0.5 4.7 260.4

7 (Finiquito) 18.6 0.2 0.3 0.0 0.0 18.1

Total 4,569.5 59.1 78.7 7.9 5.7 4,418.1

* Por no presentar en tiempo las estimaciones.

El monto del contrato núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 y el convenio

modificatorio de plazo núm. DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1, ascendieron

a 4,569.5 miles de pesos (IVA incluido), importe que coincide con las siete estimaciones

autorizadas y pagadas.

2. En cuanto a la recepción de los trabajos, la Delegación Miguel Hidalgo proporcionó el

escrito del contratista sin número, del 31 de agosto de 2012, notificando la terminación

99

VOLUMEN 8/17

de los trabajos y solicitando la verificación de los mismos; actas de verificación física de la

terminación de los trabajos de los días 3, 4, 5, 6, 13, 14 y 18 de septiembre de 2012,

indicando que la terminación de los trabajos fue el 31 de agosto de 2012, de acuerdo

con el convenio modificatorio de plazo; el acta de entrega-recepción física de los

trabajos se realizó el 10 de octubre de 2012, en donde se hace constar que los trabajos

fueron realizados de conformidad con el contrato y a entera satisfacción de la Delegación,

de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula séptima, “Verificación física, recepción,

liquidación y finiquito de los Trabajos” del contrato; y en cumplimiento de lo dispuesto en

los artículos 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 64 de su Reglamento,

vigentes en 2012.

3. En la verificación física efectuada el 25 de octubre de 2013 por la CMHALDF y por la

Delegación Miguel Hidalgo, se constató que las obras corresponden a la descripción

establecida en el contrato y con los proyectos ganadores que se indican en las constancias

de validación emitidas, como resultado de la Consulta Ciudadana celebrada el 13 de

noviembre de 2011.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información

alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.

Recomendación ASC-163-12-03-MH

Es necesario que la Delegación Miguel Hidalgo garantice que la entrega-recepción de los

trabajos de obra pública se lleve a cabo mediante el levantamiento del acta correspondiente,

de acuerdo con el artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y con las

cláusulas contractuales correspondientes.

11. Resultado

Gasto Registrado y Ejercido

Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Miguel Hidalgo con

cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas 6241 “División de Terrenos y Construcción

de Obras de Urbanización” y 6251 “Construcción de vías de comunicación” se hayan sujetado

100

VOLUMEN 8/17

a las condiciones pactadas en los contratos núms. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas

zona 3/12 del 8 de junio, DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 del 7 de junio

y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 del 15 de junio, todos de 2012; y sus respectivos

convenios núms. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12-CONV-1, DMH-LP-046-

guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1, ambos del 22 de junio y DMH-AD-059-

pavimentación zona 2/12-CONV-1 del 6 de agosto, todos de 2012; que éstos estuvieran

respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria de la obras; y que el registro

presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, se analizó la documentación

soporte de la muestra, contenida en las 16 CLC que se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato y convenio CLC * Factura *

Número Fecha Importe Número Fecha

DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12 y DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12-CONV-1

10003449 14/IX/12 66.3 313 5/VII/12

10003450 14/IX/12 816.0 314 21/VII/12

10006080 5/XI/12 693.4 330 6/VIII/12

10006081 5/XI/12 638.8 331 12/VIII/12

10010362 20/XII/12 80.9 336 13/VIII/12

Total

2,295.4

DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12-CONV-1

10003202 10/IX/12 362.6 221 19/VII/12

10003367 13/IX/12 1,180.9 248 15/VIII/12

10003991 23/IX/12 525.1 272 13/IX/12

10015555 31/XII/12 226.5 276 17/IX/12

Total

2,295.1

DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12 y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12-CONV-1

10003451 14/IX/12 57.0 239 13/VII/12

10003452 14/IX/12 1,729.0 240 25/VII/12

10003986 23/IX/12 1,151.2 255 8/VIII/12

10006207 6/XI/12 1,260.7 262 16/VIII/12

10006209 6/XI/12 79.1 263 27/VIII/12

10010244 19/XII/12 273.9 278 30/VIII/12

10010254 19/XII/12 18.6 281 31/VIII/12

Total

4,569.5

Gran total

9,160.0

* El importe de la CLC coincide con el importe señalado en la factura respectiva.

Del análisis a la documentación que soporta los pagos realizados se desprende lo siguiente:

1. La Delegación Miguel Hidalgo contó con la documentación justificativa del gasto (tres

contratos y sus respectivos convenios modificatorios) y comprobatoria (16 facturas),

de acuerdo con el artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto

101

VOLUMEN 8/17

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012; asimismo, las facturas cumplen con

los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la

Federación.

2. La cláusula sexta, “Forma de Pago”, de los contratos establecen “…que los trabajos

objeto del presente contrato, se paguen por unidad de concepto de trabajo terminado

y conforme al calendario de pagos autorizados…mediante la formulación de estimaciones

que abarcarán los conceptos de trabajo terminados por periodos máximos mensuales;

las que serán presentadas…a la residencia de supervisión a través de la ventanilla

única de recepción, control y seguimiento de estimaciones dentro de los cuatro días

hábiles siguientes a la fecha de corte, que serán los días 15 y último de cada mes,

quien deberá revisar y en su caso aprobar la estimación dentro de los cinco días

hábiles siguientes a su presentación; en el supuesto de que surjan diferencias técnicas

o numéricas, las partes tendrán dos días hábiles contados a partir del vencimiento del

plazo señalado para la revisión, para conciliar dichas diferencias; […] ‘La Delegación’

recibirá para su autorización y trámite de pago, dichas estimaciones preferentemente

a partir de los días 16 y/o 01 de cada mes, acompañadas de la documentación que

acredite la procedencia de su pago […]”.

Al respecto, las 16 CLC mediante las cuales se efectuaron los pagos a los contratistas

fueron elaboradas por el personal autorizado y contaron con la documentación soporte,

de conformidad con la DGA y la DGOPDU, consistente en el volante de trámite de

estimación (hoja de seguimiento), factura de la empresa, hoja resumen de estimación,

hoja de liquidación, estado de cuenta, estimación de los trabajos ejecutados, números

generadores de obra, álbum fotográfico, croquis generador de la obra y bitácora de obra.

Por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo cumplió con los artículos 52 de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal y 59, último párrafo, de su Reglamento, vigentes

en 2012.

3. El registro presupuestal de las operaciones revisadas se llevó a cabo en el concepto

6200 “Obra pública en bienes propios” del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal vigente en 2012, por lo que su registro fue incorrecto, ya que por el tipo de obras

102

VOLUMEN 8/17

realizadas le corresponde el concepto 6100 “Obra pública en bienes de dominio

público”, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales, por lo que

se incumplió el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2012, que establece:

“Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos

encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación de los

recursos […] con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del clasificador por objeto

del gasto que expida la Secretaría […]”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información

alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.

En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de la Auditoría

con clave ASC/151/11, practicada a la Delegación Miguel Hidalgo, resultado núm. 5,

recomendación núm. ASC-151-11-15-MH, considera el mecanismo para garantizar que el

ejercicio de su presupuesto se registre en las partidas correspondientes, conforme al Clasificador

por Objeto del Gasto del Distrito Federal y demás normatividad aplicable, misma que

ya fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. ASC/13/1162

del 15 de noviembre de 2013. Por ello, no se formula recomendación en el mismo sentido.

12. Resultado

Gasto Pagado

Con objeto de verificar que la Delegación Miguel Hidalgo contara con la documentación

que reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas, mediante los contratos

correspondientes a la muestra de auditoría, por medio de los oficios núms. ASC/13/1960,

ASC/13/1961 y ASC/13/1962, todos del 3 de octubre de 2013, la CMHALDF solicitó a las

empresas contratistas Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V., Contacto

Construcciones, S.A. de C.V. y Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V., con quienes la

Delegación celebró los contratos núms. DMH-LP-045-guarniciones y banquetas zona 3/12,

DMH-LP-046-guarniciones y banquetas zona 2/12 y DMH-AD-059-pavimentación zona 2/12,

103

VOLUMEN 8/17

respectivamente, la confirmación de las operaciones, relación de pagos, copia de las facturas

emitidas, documentación que acredite la entrega de las obras y, en su caso, el importe de

las penas convencionales aplicadas. A la fecha de la elaboración del informe, la empresa

Construcciones y Edificaciones Tapalpa, S.A. de C.V. no había dado respuesta alguna; del

análisis a los escritos de respuesta de los proveedores Arquitectura Xtrema 7, S.A. de C.V.,

y Contacto Construcciones, S.A. de C.V., ambos sin número y de fechas 15 y 21 de octubre

de 2013, respectivamente, se constató que los importes consignados en las facturas,

estimaciones, acta de entrega-recepción de las obras, estados de cuenta bancarios y contratos,

coinciden con los importes proporcionados por el órgano político-administrativo.

De las consultas realizadas el 7 de octubre de 2013 en los sitios de internet de la SFP y la

CGDF, se desprende que ninguno de los tres contratistas de la muestra de auditoría, con

quienes la Delegación Miguel Hidalgo realizó operaciones durante 2012, se encuentra en los

listados de proveedores y contratistas sancionados que publican dichas instancias en sus

sitios oficiales. Lo anterior, de conformidad con el artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

13. Resultado

Informes del Compromiso y la Ejecución de los Recursos del Presupuesto Participativo

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo

décimo segundo, transitorio inciso f), establece:

“Los Jefes Delegacionales entregarán cuatro informes del compromiso y la ejecución de los

recursos aplicados al presupuesto participativo, por colonia y por pueblo originario, a más

tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 5 de diciembre de 2012,

mismos que serán turnados al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a la Contraloría General

del Distrito Federal a efecto de que evalúe su aplicación y cumplimiento, así como a la

Asamblea Legislativa del Distrito […]”.

Del análisis de los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados

al presupuesto participativo, correspondiente a las 89 colonias y pueblos originarios

104

VOLUMEN 8/17

en la Delegación Miguel Hidalgo, se observó que fueron entregados al Jefe de Gobierno del

Distrito Federal, a la ALDF y a la CGDF y a la en las fechas que se señalan a continuación:

Período del Informe 2012 Fecha límite Fecha de presentación Días de desfase

Primer Trimestre 30/III/2012 30/III/2012 0

Segundo Trimestre 30/VI/2012 2/VII/2012 2

Tercer Trimestre 30/IX/2012 1/X/2012 1

Cuarto Trimestre 5/XII/2012 5/XII/2012 0

Por haber presentado los informes correspondientes al segundo y tercer trimestre de 2012

en forma extemporánea, la Delegación Miguel Hidalgo incumplió con el inciso f), del artículo

décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre

de 2011.

Además, contravino el artículo 16, tercer lineamiento, Actividades de Control, numeral l,

inciso c), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal, vigentes en 2012; los numerales 6.2.3, 6.2.5 y 6.2.7 de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011), vigente a partir

del 20 de mayo de 2011; y los numerales 6.3.3 y 6.3.5 de la Normatividad en Materia de

Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno Bis 2012), vigente a partir del 8 de agosto de 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Miguel Hidalgo no proporcionó información

alguna relativa al presente resultado, por lo que éste no se modifica.

Sin embargo, en razón de que el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de

diciembre de 2012, no prevé que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los

informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo,

no se emite recomendación alguna por la observación expuesta.

105

VOLUMEN 8/17

II.13. DELEGACIÓN MILPA ALTA

II.13.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS

II.13.1.1. CAPÍTULO 4000 “TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS”

Auditoría ASC/164/12

ANTECEDENTES

La Delegación Milpa Alta ocupó el décimo quinto lugar respecto del presupuesto ejercido

en 2012 por las 16 Delegaciones (23,674,425.9 miles de pesos), con un monto de

753,306.4 miles de pesos, que representó el 3.2% del total erogado por dichos órganos

político-administrativos y significó un decremento de 0.2% (1,445.7 miles de pesos) con relación

al presupuesto original (754,752.1 miles de pesos).

En lo relativo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

en 2012, la Delegación registró un presupuesto original de 59,068.0 miles de pesos y ejerció

un monto de 90,465.5 miles de pesos, es decir, 53.2% (31,397.6 miles de pesos) más que lo

previsto. Respecto a los 95,065.5 miles de pesos ejercidos en 2011, se registró un decremento

de 4.8% (4,600.0 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Milpa Alta en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras Ayudas” se haya

registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad

con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la presente auditoría se basó en los criterios generales “Importancia Relativa”

y “Exposición al Riesgo”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF).

106

VOLUMEN 8/17

“Importancia Relativa”: se consideró el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” porque en 2012 el presupuesto ejercido (90,465.5 miles de pesos) por la

Delegación Milpa Alta con cargo a este capítulo fue mayor en 53.2% (31,397.6 miles de pesos)

que la asignación original (59,068.0 miles de pesos), y representó una diferencia de 4.8%

(4,600.0 miles de pesos) con relación al presupuesto ejercido en 2011 (95,065.5 miles de pesos).

“Exposición al Riesgo”: el capítulo y la partida citados se seleccionaron por estar propensos

a errores, desperdicio, irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas,

como se ha observado en auditorías de ejercicios anteriores.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XIII, XVI y XIX; 27; 28;

y 30 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría es resultado de los trabajos de planeación correspondientes. Una vez

integrado el 100.0% de los 90,465.5 miles de pesos ejercidos en 2012 por la Delegación

Milpa Alta con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

se determinaron como muestra de auditoría 43 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

correspondientes a las partidas de gasto 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de

Escasos Recursos” y 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”. El conjunto de estas partidas

importó 65,314.5 miles de pesos.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración de la Delegación Milpa

Alta, por ser la unidad administrativa encargada de registrar las operaciones financieras,

así como en las Direcciones Generales de Desarrollo Social, y de Desarrollo Rural y Económico

Sustentable, toda vez que se responsabilizaron de conservar la documentación justificativa

y comprobatoria del gasto. Se aplicaron procedimientos de auditoría en las áreas que intervinieron

107

VOLUMEN 8/17

en la operación del rubro revisado, con objeto de que los resultados obtenidos permitieran

conocer la razonabilidad del uso y destino de los recursos.

A las áreas de la Delegación Milpa Alta encargadas del registro y control de las operaciones

relacionadas con el ejercicio de los recursos correspondientes al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se les solicitó información específica sobre el rubro

objeto de revisión y les fueron aplicados cuestionarios de control interno.

Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Milpa Alta vigente en 2012, tanto en

su parte de organización como en la de procedimientos, para verificar que la organización

fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que los procedimientos aplicables al

rubro objeto de revisión estuvieran dictaminados y registrados por la Coordinación General

de Modernización Administrativa (CGMA).

Se realizaron pruebas de cumplimiento al registro y control de las operaciones relacionadas

con las partidas de la muestra de auditoría. Dichas pruebas consistieron en lo siguiente:

1. Revisar las autorizaciones del titular de la Delegación Milpa Alta relacionadas con el ejercicio

del gasto que integra la muestra seleccionada.

2. Verificar que la Delegación Milpa Alta disponga de las autorizaciones a su presupuesto,

así como de las relativas a las modificaciones correspondientes y que éstas concuerden

con el presupuesto ejercido reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal de 2012.

3. Identificar los requisitos y la documentación que deben reunir, así como los trámites

que deben realizar los beneficiarios de las ayudas.

4. Verificar que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los beneficiarios

de los programas sociales, así como de los contratos adjudicados para la adquisición de

bienes estuvieran debidamente integrados.

5. Verificar si en los reportes de presupuesto comprometido y de pasivo circulante de 2011,

pagado en 2012, se reportaron operaciones realizadas en este último ejercicio con cargo

a las partidas presupuestales revisadas.

108

VOLUMEN 8/17

Las pruebas sustantivas llevadas a cabo fueron las siguientes:

Pruebas de detalle:

1. Realizar inspecciones físicas con la finalidad de comprobar la aplicación de los recursos

ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”.

2. Verificar que las afectaciones presupuestales hayan sido requisitadas y tramitadas

oportunamente y que cuenten con la autorización y documentación soporte correspondiente;

asimismo, se constatará que el presupuesto modificado se encuentre respaldado con dicha

documentación.

3. Constatar que el presupuesto ejercido derivado de las operaciones seleccionadas como

muestra se encuentre soportado con la documentación justificativa y comprobatoria

del gasto.

Procedimientos analíticos sustantivos:

1. Verificar que el presupuesto aprobado al órgano político-administrativo corresponda

con el establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el ejercicio fiscal 2012 y que el ejercido corresponda con las operaciones realizadas

y con el reportado en la Cuenta Pública de 2012.

2. Verificar que los recursos aplicados en las operaciones seleccionadas como muestra,

se otorguen conforme a lo establecido en el marco normativo aplicable.

3. Verificar que las operaciones seleccionadas contengan la documentación justificativa

y comprobatoria de la autorización y entrega de los recursos, de acuerdo con lo establecido

en la normatividad aplicable.

4. Verificar que los pagos seleccionados como muestra, relativos al capítulo 4000

“Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se encuentren registrados

de acuerdo con su naturaleza y las partidas presupuestales establecidas en el Clasificador

por Objeto del Gasto del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 19 de octubre de 2010 y vigente en 2012.

109

VOLUMEN 8/17

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

en la Delegación Milpa Alta con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”, se observaron los siguientes criterios:

1. Se estratificó el universo (capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, por un importe de 90,465.5 miles de pesos) por partida.

(Miles de pesos y por cientos)

Capítulo/partidas Presupuesto

ejercido

Participación respecto

al capítulo (%)

Participación respecto

al ejercido (%)

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos“

15,666.3 17.3 2.1

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 71,891.7 79.5 9.5

Otras partidas (3) 2,907.5 3.2 0.4

Total ejercido en el capítulo 4000 90,465.5 100.0 12.0

2. La muestra se definió conforme a la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo

de Auditoría” de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios

Relacionados, emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por

el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

3. Se consideraron las partidas que cumplieran las siguientes condiciones:

a) Mayor participación en el ejercicio del presupuesto del capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”.

b) Con base en el criterio “Importancia Relativa”, se identificaron y seleccionaron

las partidas que presentaran las variaciones más significativas en el ejercicio de

los recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”; y en función del criterio “Exposición al riesgo”, se seleccionaron

las partidas propensas a irregularidades, ineficiencias o cumplimiento de objetivos

y metas.

110

VOLUMEN 8/17

4. Para las partidas cuyos recursos fueron aplicados y señalados en la justificación del

proyecto de auditoría, se determinó el monto ejercido que representó el peso específico

más alto en relación con el presupuesto ejercido en cada partida.

5. Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 43 CLC, por un

monto de 65,314.5 miles de pesos, que representa el 72.2% del gasto total ejercido

con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

(90,465.5 miles de pesos), como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Capítulo/Partidas

Universo Muestra

Importe Número

de CLC

% Importe Número de CLC

Participación respecto

de la partida (%)

Participación respecto

del capítulo (%)

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos“ 15,666.3 205 17.3 5,394.5 35 34.4 6.0

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” 71,891.7 27 79.5 59,920.0 8 83.3 66.2

Otras partidas (3) 2,907.5 13 3.2 – – – -

Total ejercido en el capítulo 4000 90,465.5 245 100.0 65,314.5 43 72.2

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión

y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual

administrativo (apartados de organización y de procedimientos) de la Delegación Milpa Alta

vigente en 2012, para identificar la estructura orgánica; así como los objetivos, funciones

y atribuciones de las unidades administrativas que las integran, específicamente aquellas

que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Se verificaron los procedimientos

aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar,

comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; y se constató si éstos

garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas

y otras disposiciones de observancia obligatoria.

111

VOLUMEN 8/17

En forma adicional, se realizaron entrevistas con los servidores públicos de la Dirección

General de Administración en la Delegación Milpa Alta que tuvieron relación con el ejercicio

de recursos del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados

para ello, y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos

de control.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en cuanto al ejercicio del

presupuesto del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”,

se determinó que la Delegación Milpa Alta cuenta con mecanismos que, en general, hacen

factible la administración de riesgos de irregularidades e ineficiencias. Se constató que las áreas

están estructuradas conforme a las funciones asignadas en los manuales de organización

de la Delegación, lo cual contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la

supervisión y control de las operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión,

lo que a su vez permite delimitar las responsabilidades de los servidores públicos. Sin embargo,

la Delegación presentó deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan

en el apartado de resultados de este informe.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. CG/564/2009 del 30 de octubre de 2009, la Contraloría General

del Distrito Federal (CGDF) informó a la Delegación Milpa Alta el dictamen de reestructura

orgánica núm. 22/2009 y los organigramas del órgano político-administrativo. Dicho dictamen

entró en vigor a partir del 1o. de noviembre de 2009 y permaneció vigente en 2012.

El dictamen referido se encuentra integrado por la Oficina del Jefe Delegacional y siete

direcciones generales. Esta estructura, derivada de la reorganización de sus unidades

administrativas, se encuentra dispuesta con base en el esquema de costos compensados,

112

VOLUMEN 8/17

por lo que los recursos financieros para sostenerla estaban debidamente autorizados,

como se muestra a continuación:

Estructura orgánica núm. 22/2009 Plazas

Oficina del Jefe Delegacional 34

Dirección General Jurídica y de Gobierno 19

Dirección General de Administración 23

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 14

Dirección General de Servicios Urbanos 11

Dirección General de Desarrollo Social 16

Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable 13

Dirección General del Medio Ambiente 11

Total 141

Manual Administrativo

En 2012, la Delegación contó con su manual administrativo, partes de organización

y procedimientos, el cual fue autorizado por la CGMA. Este documento se difundió, para

su conocimiento, entre los servidores públicos responsables de su aplicación.

Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1179/2010 del 13 de abril de 2010, la CGMA comunicó

al Jefe Delegacional en Milpa Alta la autorización y registro del Manual Administrativo,

parte de organización, con el número de registro MA-02D12-22/09.

El manual cuenta con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones,

organigrama, objetivo y funciones por área; se sujetó a la estructura orgánica correspondiente

al dictamen núm. 22/2009, que estuvo vigente en 2012; y fue publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 21 de junio de 2010.

Respecto al apartado de procedimientos vigente en 2012, la Dirección General de

Administración de la Delegación Milpa Alta proporcionó un listado de 112 procedimientos

inherentes a las actividades realizadas por las áreas que la integran, los cuales se encuentran

incorporados a su manual administrativo por medio del registro núm. MA-02D12-22/09.

El referido apartado se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 21 de junio de 2010,

22 de julio de 2011 y 5 de febrero de 2014.

113

VOLUMEN 8/17

De los 112 procedimientos vigentes en 2012, se revisaron siete relacionados directamente con el

objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos ejercidos

con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, y se

verificó que contaran con los elementos básicos del control interno, relativos a la autorización,

procesamiento y clasificación de las transacciones; a la verificación y evaluación; y a la

salvaguarda física de los activos. Los procedimientos revisados fueron los siguientes:

1. “Día de Reyes, Entrega de Juguetes a la Población Infantil”

2. “Entrega de Obsequios con motivo del Día de las Madres”

3. “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal”

4. “Programa de Apoyo para la Adquisición de Semillas y Pago de Servicios y Pago

de Servicios de Tractor y/o Mejoradores de Suelo”

5. “Programa de Abono Orgánico en Especie”

6. “Desarrollo Turístico Ferias Tradicionales”

7. “Ayudas Económicas para la Realización, Rescate, Fomento de Celebraciones,

Conmemoraciones, Festejos Tradicionales, Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos

de la Delegación Milpa Alta”

La Delegación Milpa Alta proporcionó evidencia de la difusión, para su observancia, del manual

administrativo (apartados de organización y de procedimientos) vigentes en 2012, que consistió

en emitir los oficios circulares núms. JD/114/2010 y JD/147/2010 del 6 de mayo y 22 de junio

de 2010 a las unidades administrativas que la conforman.

Reglas de Operación

La Delegación Milpa publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las Reglas de Operación

de las “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de

Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales

y Cívicos” y del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal” para el ejercicio 2012

el 24 de febrero y 2 de abril de 2012.

114

VOLUMEN 8/17

Publicación de Padrones

La Delegación Milpa Alta publicó los padrones de beneficiarios derivados de “Ayudas Económicas

y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones,

Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos” y del “Programa Integral

de Apoyo a los Productores de Nopal” para el ejercicio 2012, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 27 de marzo y 5 de noviembre de 2013.

En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” los resultados de la evaluación del control interno mostraron

las siguientes fortalezas:

Fortalezas:

1. Para el registro y control de las operaciones del capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, la Delegación Milpa Alta dispone de su estructura orgánica

actualizada y registrada ante la CGMA.

2. La Delegación Milpa Alta cuenta con áreas específicas responsables de la gestión de

los recursos ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas”.

3. La Delegación Milpa Alta dispone de los procedimientos y reglas de operación necesarios

para el ejercicio de los recursos con cargo a las “Ayudas Económicas y en Especie para

la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos,

Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos” y del “Programa Integral de Apoyo

a los Productores de Nopal”.

4. La Delegación Milpa Alta contó con los padrones de beneficiarios y los publicó en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal.

Se considera que el control interno utilizado por la Delegación Milpa Alta para la administración

de los recursos ejercidos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios

y Otras Ayudas” es satisfactorio, ya que existen estrategias y mecanismos de control

sobre el desarrollo de las actividades que aseguran la salvaguarda de los recursos de manera

razonable; la obtención de la información suficiente, oportuna y confiable; el cumplimiento

115

VOLUMEN 8/17

de las metas y objetivos; y la observancia de la normatividad en materia de desarrollo social.

Dicha conclusión, se determinó tomando como base el análisis de los procedimientos

administrativos y la documentación generada dentro de cada momento contable descrito

en los resultados del presente informe.

2. Resultado

Marco Jurídico de los Programas implantados por la Delegación Milpa Alta

Mediante la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de agosto de 2010, se publicaron los

Lineamientos para la Formulación de Nuevos Programas Sociales Específicos que otorguen

Subsidios, Apoyos y Ayudas y para la Modificación de los Existentes, que tienen por objetivo

general “sentar las bases para la elaboración, aprobación o modificación de Programas

Sociales Específicos de subsidios, apoyos y ayudas del Gobierno del Distrito Federal que

permitan optimizar la eficiencia del gasto público local, y aumentar el impacto de los mismos

en la población”.

Asimismo, mencionan la definición del término programas sociales y acciones institucionales

de beneficio social, y señalan que:

“Programa social.- Es una intervención pública directa que, mediante un conjunto sistemático

y articulado de diagnósticos, objetivos, acciones y estrategias institucionales, busca contribuir

al bienestar social, objetivo individual y colectivo, así como a la materialización y goce

progresivo de los derechos sociales mediante la distribución de recursos, la provisión de servicios,

el otorgamiento de subsidios y la construcción y operación de infraestructura social […]

”Acciones institucionales de beneficio social.- Constituyen actividades a cargo de las propias

[…] delegaciones, vinculadas al pago de promotores, instructores o personal para operación

de programas sociales, a la prestación de un servicio, a la operación de infraestructura

social o a la realización de eventos, con cargo al capítulo 4000.”

El 30 de enero de 2012, la Delegación Milpa Alta participó en la primera sesión extraordinaria

del Comité de Planeación del Desarrollo 2012; en dicha sesión se aprobaron por unanimidad

los programas sociales que llevaría a cabo en el ejercicio 2012, enlistados a continuación:

116

VOLUMEN 8/17

Programa social Número de caso

en el que se aprobó

Programa de Atención a Grupos Vulnerables, a través de Ayudas a Personas Adultos Mayores SE/1/4/4.23/2012

Centros de Desarrollo Infantil Delegacional SE/1/4/4.23/2012

Programa de Atención a grupos vulnerables, a través de ayuda económica a personas con discapacidad y ayudas económicas a personas con discapacidad que participen como promotores de programas sociales SE/1/4/4.23/2012

Programa Ayudas a la población afectada por desastres naturales, contingencias, o que requiera atención médica especializada SE/1/4/4.23/2012

Programa Ayudas para Otorgar Servicio Funerario Gratuito SE/1/4/4.23/2012

Programa Acciones de Ecología Doméstica SE/1/4/4.23/2012

Programa de Apoyo con paquetes de especies menores y/o aves de corral SE/1/4/4.23/2012

Programa de Apoyo para la adquisición de semillas y pago de servicios de tractor y/o mejoras desuelo SE/1/4/4.23/2012

Programa de Ayudas Económicas “Por ti y por tu futuro” a estudiantes de nivel básico primaria y secundaria SE/1/4/4.23/2012

Programa de Ayudas Económicas “Por ti y por tu futuro” a jóvenes estudiantes de nivel superior SE/1/4/4.23/2012

Programa de Ayudas en Especie (Despensas) “Por ti y por tu futuro” nivel primaria SE/1/4/4.23/2012

Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC) SE/1/4/4.23/2012

En la sesión del Comité de Planeación del Desarrollo el Presidente suplente del Comité

de Planeación del Desarrollo (Secretario de Desarrollo Social) precisó: “… es importante

señalar que aun y cuando haya proyectos que no sean aprobados como programas sociales,

no implica que no se puedan ejecutar, ya sea como acciones institucionales [de beneficio

social] o acciones administrativas, en cuyo caso deben elaborar también las reglas de operación,

aun y cuando no tengan la obligación de ser publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”.

Se observó que el programa “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate

y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos

Culturales y Cívicos” y el “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal” para

el ejercicio 2012, no se definieron como programas sociales sino como acciones institucionales,

por lo que no se sometieron a consideración del Comité de Planeación del Desarrollo;

en consecuencia la Ley de Desarrollo Social y el artículo 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigentes en 2012, no les resultó aplicable.

La operación del programa “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate

y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos

Culturales y Cívicos” y el “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal” para

el ejercicio 2012, se realizaron de conformidad con lo establecido en los artículos 96, 97 y 101

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

117

VOLUMEN 8/17

3. Resultado

Adopción e Implantación de Normas emitidas

por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)

Se solicitó a la Delegación Milpa Alta que informara sobre las medidas adoptadas respecto

a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, específicamente con las

normas emitidas por el CONAC, en respuesta la Delegación proporcionó nota informativa

mediante la cual informó:

“… no compete a este Órgano Político Administrativo, tomar medida alguna en relación a las

normas emitidas, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo II Disposiciones aplicables

a las Delegaciones, artículo Décimo, del Oficio Circular número DGCNCP/003/2010, en el que

se señala que la Elaboración de la Cuenta Pública, Estados Financieros y demás información

Contable, a que se refiere la Ley General de Contabilidad Gubernamental, se cumplirá a través

de la Secretaría de Finanzas.

”No obstante le comunico que con fecha 23 de Abril del 2013 fueron publicadas en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal las Normas y Formatos para dar cumplimiento al Título Quinto de la

Ley General de Contabilidad Gubernamental aprobados por el CONAC, mismas que mediante

oficio DGCNCP/2834/2013 el Director General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

solicita sean requisitados los formatos que en el ámbito de nuestra respectiva competencia

corresponden por lo que se anexa al presente dicha solicitud.”

Se comprobó que la Delegación Milpa Alta dio cumplimiento al Título Quinto, “De la Transparencia

y Difusión de la Información Financiera”, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

mediante la difusión de la información financiera generada por la Delegación y presentada

en su página de internet http://www.milpa-alta.df.gob.mx/index.php/titulo-v-de-la-ley-general-

de-contabilidad-gubernamental.

Se solicitó a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) dar respuesta a un cuestionario de control

enfocado a las obligaciones requeridas del sistema de contabilidad gubernamental y a la

armonización contable, derivado a que el desarrollo y operación de los sistemas de contabilidad,

así como la emisión de la normatividad en la materia para efectos administrativos está a cargo

118

VOLUMEN 8/17

de la Secretaría de Finanzas, según lo dispuesto en el artículo 122, de la Ley Presupuesto

y Gasto Eficiente, vigente.

Se comprobó que en 2012 la SEFIN aplicó las normas que emitió y publicó el CONAC en

el Diario Oficial de la Federación y la Gaceta Oficial del Distrito Federal, referentes al ejercicio

del gasto. Dichas normas son las siguientes:

Norma Publicación

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09

Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental 11/IX/09

Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos 11/IX/09

Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas 25/I/10

Plan de Cuentas 25/I/10

Lineamientos sobre los Indicadores para Medir los Avances Físicos y Financieros relacionados con los Recursos Públicos Federales 25/I/10

Clasificador por Objeto del Gasto 1/VII/10

Clasificador por Tipo de Gasto 1/VII/10

Adecuaciones al Clasificador por Objeto del Gasto 31/XII/10

Manual de Contabilidad Gubernamental 31/XII/10

Clasificación Funcional del Gasto 31/XII/10

Lineamientos Mínimos Relativos al Diseño y la Metodología de Registro de los Libros Diario Mayor e Inventarios y Balances 22/VII/11

Clasificación Administrativa 22/VII/11

Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y de Financiamiento de los Entes Públicos 22/VII/11

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas 28/XII/11

Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado para los Municipios con menos de 25,000 Habitantes 28/XII/11

Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos 28/XII/11

Parámetros para la Estimación de la Vida Útil 11/X/12

Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas 11/X/12

Por lo anterior, de la difusión de la información financiera realizada por la Delegación Milpa

Alta y de la revisión a la respuesta al cuestionario de control interno y a la documentación

proporcionada por la Secretaría de Finanzas, se comprobó que la Delegación y la Secretaría

de Finanzas han dado cumplimiento a los artículos 7, 56, 57 y 58 de la Ley General de

Contabilidad Gubernamental, vigente en 2012.

119

VOLUMEN 8/17

Gasto Aprobado

4. Resultado

Con la finalidad de comprobar las asignaciones presupuestarias anuales de la Delegación

Milpa Alta, se le solicitó que proporcionara el techo presupuestal autorizado a este órgano

político-administrativo para el ejercicio de 2012. En respuesta, informó que el monto asignado

a la Delegación fue de 754,752.1 miles de pesos, de conformidad con lo establecido en

el artículo 8 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio

fiscal 2012.

1. En el análisis del techo presupuestal, se determinó que del monto asignado a la Delegación

(754,752.1 miles de pesos), se tenía previsto para cubrir los servicios personales

450,453.8 miles de pesos y para otros gastos un monto original de 304,298.3 miles

de pesos. La distribución del techo presupuestal se realizó de la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Concepto Gasto corriente

Gasto de inversión

Monto asignado

Servicios personales 226,286.0 224,167.8 450,453.8

Otros gastos 197,463.3 106,835.0 304,298.3

Total 423,749.3 331,002.8 754,752.1

La fuente de recursos se formó como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Importe

Recursos Fiscales 606,005.0

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) 62,014.9

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF)

39,389.3

Recursos de Crédito 35,740.3

Ingresos de Aplicación Automática 8,311.6

CONADE 2,200.0

Fondo de Infraestructura 1,091.0

Total 754,752.1

120

VOLUMEN 8/17

2. Se llevó a cabo el comparativo del presupuesto original asignado establecido en la Cuenta

Pública 2012 y el monto asignado mediante el techo presupuestal, de ello se confirmó

que ambos montos coinciden (754,752.1 miles de pesos).

3. Con el análisis de las cifras aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

y presentadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2012;

del techo presupuestal autorizado y dado a conocer a la Delegación Milpa Alta mediante

el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 del 2 de enero de 2012; del calendario presupuestal;

y del Programa Operativo Anual se constató que en todos los documentos el monto

asignado para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

fue por 59,068.0 miles de pesos.

Se concluye que el presupuesto original asignado a la Delegación Milpa Alta que se reportó

en la Cuenta Pública coincide con el monto consignado en el techo presupuestal, el Programa

Operativo Anual y el Calendario Presupuestal, autorizados por la Secretaría de Finanzas

en 2012.

Gasto Modificado

5. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado del capítulo seleccionado se encontrara

soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se realizaron las pruebas

sustantivas para analizar las modificaciones al presupuesto:

1. Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto original del capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” en el 2012.

2. Se comparó el presupuesto original con el presupuesto ejercido y de la variación reflejada;

se solicitó a la Delegación Milpa Alta una explicación a dicho incremento del presupuesto.

3. Se analizó la respuesta proporcionada por la Delegación Milpa Alta respecto a la variación

del presupuesto en 2012 y la variación presentada en la Cuenta Pública de 2012. Se realizó

el comparativo con las justificaciones presentadas en el texto de las afectaciones

presupuestarias para verificar la congruencia de la información proporcionada, las cuales

121

VOLUMEN 8/17

en coincidencia manifiestan que la variación se debe a “que los recursos originales fueron

autorizados por debajo de los requerimientos reales de operación en los conceptos de

festividades (usos y costumbres), programas de apoyos de especies menores, productores

de nopal, semillas y pago de servicios de tractor, por lo que para el cierre del ejercicio

en mención, fue necesario aplicar las modificaciones correspondientes para brindar

la atención a las demandas”.

4. Se comparó la base de datos de las afectaciones presupuestarias proporcionada por

la Delegación Milpa Alta con la de la Secretaría de Finanzas de la cual se concluyó

que el registró de los movimientos coincide.

5. Las afectaciones son impresiones del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(SAP-GRP) y se encuentran debidamente autorizadas, registradas y soportadas con la

documentación correspondiente.

Se concluyó que en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente

al ejercicio de 2012, para el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, la Delegación Milpa Alta reportó una asignación original de 59,068.0 miles de pesos,

la cual fue modificada mediante 39 afectaciones programático-presupuestarias. El presupuesto

modificado significó un incremento de 31,397.5 miles de pesos, para quedar en un presupuesto

ejercido por un total de 90,465.5 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original 59,068.0

Más:

Adiciones compensadas 1,245.0

Adiciones líquidas 1,800.0

Ampliaciones compensadas 94,142.2

Subtotal 97,187.2 97,187.2

Menos:

Reducciones compensadas 65,077.4

Reducciones líquidas 712.3

Subtotal 65,789.7 65,789.7 31,397.5

Presupuesto modificado 90,465.5

Presupuesto ejercido y pagado 90,465.5

Diferencia 0.0

122

VOLUMEN 8/17

En el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta Pública

correspondiente a 2012, en relación con el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”, la Delegación Milpa Alta reportó lo siguiente:

“La variación se debe a que se transfirieron recursos del capítulo 1000 para la adquisición

de abono orgánico e incentivar la producción agrícola, y con ello llevar a cabo el Programa

Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2012…”

Se observó que dichas modificaciones se realizaron por medio de afectaciones programático-

presupuestarias, en cumplimiento de lo dispuesto en los apartados IV.3.3, “Adecuaciones

Programático-Presupuestarias”, numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas-Presupuestarias

Compensadas”, numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático-Presupuestales Líquidas”,

numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

Gasto Comprometido

6. Resultado

Se verificó que las ayudas económicas entregadas contaran con la suficiencia presupuestal

y con la autorización del Jefe Delegacional de conformidad con el antepenúltimo párrafo del

artículo 97 y del artículo 101 la de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2012.

Ayudas Económicas y en Especie para la Realización,

Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos,

Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos

1. El programa de Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento

de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos

Culturales y Cívicos contó con 35 autorizaciones de suficiencia presupuestal por un importe

de 5,394.5 miles de pesos, por la Jefatura de Unidad Departamental de Programación

y Presupuesto de la Delegación Milpa Alta.

2. La Delegación Milpa Alta contó con la autorización expresa del titular la cual fue otorgada

mediante los oficios núms. DGDS/011/2012, y terminaciones 012/2012, 013/2012,

123

VOLUMEN 8/17

014/2012, 015/2012, 016/2012, 017/2012, 018/2012, 019/2012, 020/2012, 021/2012,

022/2012, 023/2012, 024/2012, 025/2012, 026/2012, 027/2012, 028/2012, 029/2012,

060/2012, 090/2012, 096/2012, 097/2012, 098/2012, 107/2012, 115/2012, 121/2012,

135/2012, 158/2012, 165/2012, 186/2012, 187/2012, 188/2012, 200/2012 y 219/2012

todos de 2012, los cuales contienen la solicitud de autorización de la ayuda por parte

de la Dirección General de Desarrollo Social, el monto autorizado por un importe total

por 5,394.5 miles de pesos, con cargo a la partida presupuestal 4412 “Ayudas Sociales

a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y el fundamento legal de su autorización

(artículo 96 y 97 fracciones I, IV y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal, vigente en 2012).

Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal

1. El Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2012 contó con dos

autorizaciones de suficiencia presupuestal del 12 de abril (28,425.6 miles de pesos)

y del 12 de noviembre (31,494.4 miles de pesos) ambas de 2012, por la Jefatura de Unidad

Departamental de Programación y Presupuesto de la Delegación Milpa Alta.

2. La Delegación Milpa Alta contó con la autorización del titular la cual fue otorgada

mediante los oficios núms. DGDRES/003/12 del 2 de abril de 2012 (28,425.6 miles de

pesos) y DGDRES/011/12 del 14 de noviembre de 2012 (31,494.4 miles de pesos),

los cuales contienen la solicitud de autorización de la ayuda por parte de la Dirección

General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, el monto autorizado por un importe

total por 59,920.0 miles de pesos, para el “Programa Integral de Apoyo a los Productores

de Nopal de 2012” con cargo a la partida presupuestal 4419 “Otras Ayudas Sociales a

Personas” y el fundamento legal de su autorización (artículo 96 y 97 fracciones I y IV,

y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012).

3. La Delegación Milpa Alta informó mediante los oficios núm. DGA/291/2012 y DGA/292/2012

del 6 de marzo, DGA/460/2012 del 10 de abril, DGA/591/2012 del 7 de mayo,

DGA/725/2012 del 1o. de junio, DGA/891/2012 del 5 de julio, DGA/1056/12 del

9 de agosto, DGA/1179/2012 del 4 de septiembre, DGA/017/2012 del 4 de octubre,

DMA/DGA/238/2012 del 22 de noviembre, DMA/DGA/305/2012 del 12 de diciembre,

124

VOLUMEN 8/17

todos de 2012, a la Contraloría General del Distrito Federal sobre el presupuesto ejercido

con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

(incluidos los programas objeto de revisión) en forma mensual por el período de enero

a noviembre; sin embargo, no proporcionó el oficio mediante el cual se informó sobre

el presupuesto ejercido correspondiente al mes de diciembre de 2012.

La Delegación Milpa Alta incumplió lo establecido en el artículo 101, párrafo tercero,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012, que

establece: “Las […] Delegaciones […] deberán informar a la Contraloría, en el ámbito

de sus respectivas competencias, el monto global y los beneficios de las ayudas, apoyos

y donativos otorgados”.

Se comprobó que la Delegación Milpa Alta informó trimestralmente a la SEFIN sobre

la ejecución de los recursos por subsidios, ayudas, donaciones y aportaciones autorizados

y ministrados a instituciones, personas físicas o morales, especificando importes, causas y

finalidades de las erogaciones, de conformidad con lo establecido en el inciso c, de la

fracción IV, del artículo 136 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, vigente en 2012,

que establece:

“Artículo 136.- Las […] Delegaciones deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente

información: […]

”IV. Trimestralmente […]

”c) Información sobre la ejecución de los recursos por subsidios, ayudas, donaciones

y aportaciones autorizados y ministrados a instituciones, personas físicas o morales,

especificando importes, causas y finalidades de las erogaciones.”

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de mayo de 2014, la Delegación Milpa Alta no

proporcionó información relativa al oficio mediante el cual se informó sobre el presupuesto

ejercido correspondiente al mes de diciembre de 2012. Por tanto, la observación no se

modifica.

125

VOLUMEN 8/17

Recomendación ASC-164-12-07-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta adopte medidas para garantizar que los informes

relativos al monto global y los beneficios de las ayudas, apoyos y donativos otorgados

inherentes al presupuesto ejercido con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” se envíen en el plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, vigente.

7. Resultado

Una vez autorizado el monto de las ayudas y apoyos para el ejercicio presupuestal 2012,

dado a conocer por la Secretaría de Finanzas mediante el oficio núm. SFDF/SE/987/2012

del 30 de enero de 2012; así como de la autorización por el Jefe Delegacional en Milpa Alta el

monto para ejercer de 90,465.5 miles de pesos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”; derivado de la muestra de auditoría se determinó

la revisión de un monto de 65,314.5 miles de pesos.

Para la entrega de ayudas económicas y en especie derivadas del programa “Ayudas

Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones,

Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos”

y otorgar apoyos económicos a los productores de nopal inherentes al “Programa Integral

de Apoyo a los Productores de Nopal”, se comprobó que la Delegación cuenta con el respaldo

documental que refleja el reconocimiento de las obligaciones contraídas por el órgano

político-administrativo, en términos de entrega de ayudas económicas y en especie, y apoyos

económicos a favor de terceros, se identificó la modalidad utilizada para formalizar dichas

obligaciones por parte del sujeto fiscalizado las cuales consistieron en solicitudes, convenios

y contratos, observando los siguiente:

Ayudas Económicas y en Especie para la Realización,

Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos,

Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos

1. Se observó que las reglas de operación de las “Ayudas Económicas y en Especie para

la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos,

Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos”, se estructuraron de la siguiente

manera:

126

VOLUMEN 8/17

a) Fundamento legal. Las reglas de operación fueron elaboradas con los requisitos

previstos en los artículos 96, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, vigente en 2012, precisan los lineamientos y mecanismos de

operación, la temporalidad y las condiciones de entrega de las ayudas.

b) Entidad responsable del programa. La Delegación Milpa Alta a través de la Dirección

General de Desarrollo Social.

c) Objetivo general. Promover y preservar las tradiciones, usos y costumbres de los

pueblos de la Delegación Milpa Alta, rescatando sus raíces e identidad, impulsando

aquellas expresiones generadas en el seno de la sociedad milpaltense que reflejen

las costumbres y modos de vida forjados en su devenir cotidiano e histórico, realizando

eventos culturales y recreativos, todo con el fin de fomentar la integración familiar

y participación ciudadana, así como acrecentar el sentido de pertenencia y reforzar

los valores de convivencia y participación social.

d) Objetivos específicos.

1. Entregar juguetes a niños y niñas de hasta 12 años de edad, así como a niños y jóvenes con discapacidad,

en situación de vulnerabilidad, para satisfacer su inquietud frente a una tradición cultural “Día del Niño”, en

el caso de tener juguetes sobrantes serán entregados en diversas actividades dirigidas a la población

infantil durante el año.

2. Fomentar la integración y convivencia social de los niños(as) y jóvenes que concluyen sus estudios, en los

niveles de Preescolar, Primaria, Secundaria, Medio Superior y Superior de los planteles públicos de la

Delegación Milpa Alta proporcionando un pastel con motivo de la clausura de fin de cursos, y en actividades

delegacionales dirigidas a la comunidad en general durante el año.

3. Reconocer el desempeño de los Maestros(as) activos y jubilados, que imparten o impartieron cátedra en planteles

educativos oficiales de la demarcación, con la realización de una comida y rifa de electrodomésticos, en el marco

del festejo del “Día del Maestro”.

4. Preservar y fomentar las costumbres y tradiciones de los pueblos de la delegación Milpa Alta, a través del

otorgamiento de ayudas en especie, en eventos culturales y recreativos a mayordomías, comités, comisiones,

organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica y en general grupos organizados, que tengan los fines

en mención.

5. Promover la oferta cultural y la participación ciudadana mediante la realización de eventos, concursos,

certámenes, etc., otorgando diferentes premios para incentivar el desarrollo de actividades que tengan como

propósito fundamental la preservación y fomento de las costumbres y tradiciones de los pueblos de la Delegación

Milpa Alta.

6. Fortalecer las raíces e identidad cultural de los pueblos de la Delegación Milpa Alta mediante la preservación

de tradiciones, usos y costumbres, a través del otorgamiento de ayudas económicas por única vez en el transcurso

del año a los diferentes grupos sociales tales como: Mayordomías, Comités de Ferias, Comisiones, Organizaciones,

Asociaciones, Grupos de Danza Folklórica y en general grupos organizados, para el desarrollo de actividades

que promuevan la cultura y las tradiciones.

127

VOLUMEN 8/17

e) Meta física. Se programaron 1,450 eventos.

f) Programación presupuestal. La Delegación destinó un presupuesto de 8,000.0 miles

de pesos [se determinó una muestra a revisar por un monto de 5,394.5 miles de

pesos].

g) Acceso:

Ayudas en especie:

Mayordomías, Comités de Ferias, Comisiones, Organizaciones, Asociaciones, Grupos de Danza Folklórica y en

general grupos organizados:

Oficio de petición dirigido al Jefe Delegacional ingresado en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana,

mediante el Formato Único de Captación (CESAC).

Copia de credencial de elector y CURP del solicitante.

Ser habitante de la Delegación Milpa Alta mayor de 18 años.

En el caso de eventos organizados por la Delegación y para tener acceso a las ayudas en especie (Día del

Niño, Entrega de Pasteles de fin de Curso, Día de Muertos y Entrega de Piñatas, Caramelos

y naranjas y/o mandarinas), ser habitante de la delegación y en caso de ser menor de edad, deberán ser

acompañados por el padre y/o tutor para proporcionar los datos de menor, de no ser así no se otorgará la

ayuda.

Ayudas económicas:

Deberán integrarse como: Mayordomía, Comité, Comisión, Organización, Mesa Directiva, Grupo Organizado,

integrados por ciudadanos de la Delegación.

Oficio de solicitud de ayuda económica, dirigido al Jefe Delegacional en original.

Acta Constitutiva y/o de Asamblea original y dos copias fotostáticas.

Tres copias fotostáticas de la Credencial expedida por el Instituto Federal Electoral y la Clave Única de Registro

de Población del Presidente(a), Secretario(a) y Tesorero(a).

Los cuales deberán ser ingresados en el Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC), mediante el formato

único de captación.

La ayuda económica se otorgará en base al histórico del año inmediato anterior.

La solicitud deberá ser tramitada con anticipación al evento.

Se dará respuesta a través del Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC).

Se informa a los peticionarios de los requisitos faltantes para que sean entregados en un plazo no mayor

de 3 días hábiles, para no ser cancelado el trámite.

Una vez cumplido todos los requisitos se firmará el Convenio de Colaboración correspondiente.

2. La Delegación Milpa Alta formalizó 23 convenios de colaboración y 10 contratos, por

medio de los cuales este órgano político-administrativo se comprometió a otorgar apoyos

económicos y en especie por un importe de 5,394.5 miles de pesos con cargo a la partida

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”, como se muestra

a continuación:

128

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Número de CLC Beneficiario/convenio/contrato Fecha del contrato

Descripción Importe

4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos”

02 CD 12 100177 Comparsa del Carnaval Barrio San José 2012 DGDS/011/2012

17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio San José 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0

02 CD 12 100178 Comparsa del Carnaval Barrio la Lupita Tepetenco 2012 DGDS/012/2012

17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio La Lupita Tepetenco 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0

02 CD 12 100179 Comparsa del Carnaval Barrio San Miguel 2012 DGDS/013/2012

17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio San Miguel 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0

02 CD 12 100180 Comparsa del Carnaval Barrio San Marcos 2012 DGDS/014/2012

17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio San Marcos 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0

02 CD 12 100181 Comparsa del Carnaval Barrio la Lupita Xolco 2012 DGDS/015/2012

17/II/12 Ayuda económica a la Comparsa del Carnaval Barrio La Lupita Xolco 2012, del poblado de Santa Ana Tlacotenco, los días 13, 14 y 15 de abril 58.0

02 CD 12 100182 Comité Organizador del Carnaval 2012, por la Comparsa La Central DGDS/016/2012

17/II/12 Ayuda económica al Comité Organizador del Carnaval 2012, por la Comparsa La Central, del poblado de San Pablo Oztotepec, los días 7, 8 y 9 de abril 70.0

02 CD 12 100183 Comité Organizador del Carnaval 2012, de la Comparsa La Unión DGDS/017/2012

16/II/12 Ayuda económica al Comité Organizador del Carnaval 2012, por la Comparsa La Unión, del poblado de San Pablo Oztotepec, los días 7, 8 y 9 de abril 70.0

02 CD 12 100190 Comité Organizador del Carnaval 2012 por la Comparsa Oztotepec DGDS/018/2012

16/II/12 Ayuda económica al Comité Organizador del Carnaval 2012, por La Comparsa Oztotepec, del Poblado de San Pablo Oztotepec, los días 7, 8 y 9 de abril 70.0

02 CD 12 100191 Comisión Organizadora del Carnaval 2012 DGDS/021/2012

17/II/12 Ayuda económica a la Comisión Organizadora del Carnaval 2012, del poblado de San Agustín Ohtenco, los días 8 al 12 de abril 90.0

02 CD 12 100192 La Comisión del Carnaval 2012 Barrio San Mateo DGDS/022/2012

21/II/12 Ayuda económica a la Comisión del Carnaval 2012 Barrio San Mateo, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0

02 CD 12 100193 La Comisión del Carnaval 2012 Barrio Santa Cruz DGDS/023/2012

21/II/12 Ayuda económica a la Comisión del Carnaval 2012 Barrio Santa Cruz, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0

02 CD 12 100194 La Comisión del Carnaval 2012 Barrio de la Luz DGDS/024/2012

21/II/12 Ayuda económica a la Comisión Organizadora del Carnaval 2012 del Barrio de la Luz, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0

02 CD 12 100186 La Comisión de Carnaval 2012 Barrio los Ángeles DGDS/025/2012

21/II/12 Ayuda económica a la Comisión de Carnaval 2012 del Barrio Los Ángeles, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0

02 CD 12 100195 La Comisión de Carnaval 2012 Barrio la Concepción DGDS/026/2012

21/II/12 Ayuda económica a la Comisión de Carnaval 2012 del Barrio La Concepción, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0

02 CD 12 100196 La Comisión de Carnaval 2012 Barrio San Agustín el Alto

DGDS/027/2012

21/II/12 Ayuda económica a la Comisión de Carnaval 2012 del Barrio San Agustín el Alto, de Villa

Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0

02 CD 12 100197 El Comité Organizador del Carnaval 2012 Barrio Santa Martha DGDS/028/2012

21/II/12 Ayuda económica a la Comisión de Carnaval 2012 del Barrio Santa Martha, de Villa Milpa Alta, los días 8, 9, 10, 11 y 12 de abril 90.0

02 CD 12 100731 Grupo de la Compañía de Música y Danza Folclórica de México Hueyitlatoani 2012 DGDS/066/2012

29/V/12 Ayuda económica para el grupo de la Compañía de Música y Danza Folclórica de México Hueyitlatoani 2012, para sufragar gastos del viaje para llevar a cabo una presentación en la Gala Internacional de Folklore en la Ciudad de Catania Italia del 31 de julio al 16 de agosto 100.0

Continúa…

129

VOLUMEN 8/17

… Continuación

Número de CLC Beneficiario/convenio/contrato Fecha del contrato

Descripción Importe

02 CD 12 100741 La Mesa Directiva de la Mayordomía de San Lorenzo Mártir 2012 DGDS/067/2012

1/VI/12 Ayuda económica a la Mesa Directiva de la Mayordomía de San Lorenzo Mártir 2012, del poblado de San Lorenzo Tlacoyucan, para llevar a cabo la festividad el día 10 de agosto 60.0

02 CD 12 100838 El Grupo de Danza Citlalxochitl DGDS/064/2012

25/V/12 Ayuda económica para el Grupo de Danza Citlalxochitl, para llevar a cabo la presentación del Grupo de Danza en eventos organizados por el Ballet Folklorique Mexicain Xcaret, para sufragar gastos del viaje del 1 al 15 de agosto 80.0

02 CD 12 100904 Comercial Morhuer, S.A. de C.V. Contrato núm. 047/2012

17/V/12 Adquisición de electrodomésticos para una rifa en el marco del festejo del día del maestro 520.0

02 CD 12 100907 Comercial Morhuer, S.A. de C.V. Contrato núm. 028/2012

27/IV/12 Adquisición de juguetes que serán entregados a cada uno de los niños de esta demarcación en las coordinaciones de enlace territorial y en la explanada delegacional, con motivo de la celebración del día del niño 1,176.8

02 CD 12 101012 Comité de la Feria regional de Milpa Alta 2012 DGDS/083/2012

24/VII/12 Ayuda económica para el Comité de la Feria regional de Milpa Alta 2012, del 8 al 22 de agosto

150.0

02 CD 12 101297 Comité Organizador de las festividades patronales de San Jerónimo Miacatlan DGDS/098/2012

17/VIII/12 Ayuda económica para el Comité Organizador de las festividades patronales de San Jerónimo Miacatlan, para la celebración de la octava de la festividad patronal, el día 7 de octubre 60.0

02 CD 12 102197 02 CD 12 102468

La Cabaña de Nuestra Provincia, S.A. de C.V. Contrato núm. 084/2012

2/VII/12 Contratación de grupos de música versátil para los diferentes eventos culturales y recreativos dirigidos a las comunidades vulnerables de escasos recursos, en diferentes fechas y horarios 400.0

02 CD 12 102210 Comparsa La Bulla S.C. Contrato núm. 153/2012

28/IX/12 Contratación de grupos de rock para niños, para le realización de eventos culturales y recreativos, con el objeto de preservar costumbre y fomentar las tradiciones de los pueblos 104.4

02 CD 12 102229

02 CD 12 102476

Persona Física

Contrato núm. 051/2012

28/V/12 Arrendamiento de grand support, para los

diferentes eventos culturales y recreativos dirigidos a las comunidades vulnerables de escasos recursos, en diferentes fechas y horarios. 386.3

02 CD 12 102260 Distribuidora Rojorsa, S.A. de C.V. Contrato núm. 179/2012

15/XI/12 Adquisición de pants que serán entregados a la comunidad milpaltense de bajos recursos 93.6

02 CD 12 102269 Distribuidora Rojorsa, S.A. de C.V. Contrato núm. 176/2012

15/XI/12 Adquisición de caramelo macizo para las fiestas decembrinas 191.4

02 CD 12 102430 Consorcio Bit XIII, S.A. de C.V. Contrato núm. 175/2012

14/XI/12 Adquisición de 4 000 piñatas en forma de estrella para las fiesta decembrinas 2012 250.5

02 CD 12 102446 Persona Física DGDS/154/2012

5/XII/12 El comité organizador de las festividades decembrinas del pueblo de Villa Milpa Alta, número de beneficiarios 3000 personas 70.0

02 CD 12 102455 La mayordomía del nacimiento del Niño Dios del Barrio de la Luz DGDS/170/2012

17/XII/12 La mayordomía del nacimiento del Niño Dios del Barrio de la Luz a beneficiar 3,000 personas

70.0

02 CD 12 102457 Panificadora Tecomitl, S.A. de C.V. Contrato núm. 035/2012

4/V/12 Adquisición de 1,350 kilos de pastel de tres leches de moka, para ser entregados a las comunidades vulnerables y de escasos recursos período de mayo-diciembre 61.5

02 CD 12 102462 Persona física Contrato núm. 085/2012

5/VII/12 Contratación de grupos de música versátil para los diferentes eventos culturales y recreativos dirigidos a las comunidades vulnerables de escasos recursos, en diferentes fechas y horarios 400.0

Total 5,394.5

130

VOLUMEN 8/17

Como resultado del análisis de la estructura de los 23 convenios de colaboración,

se comprobó lo siguiente:

a) Los convenios de colaboración se elaboraron tomando como base lo establecido en las

reglas de operación de las “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización,

Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones

y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos.”

b) Establecen el objeto de los convenios.

c) Se especifica el monto de la ayuda económica que se otorga a las mayordomías,

comités, comisiones, organizaciones, asociaciones, grupos de danza folklórica

y en general grupos organizados que contribuyan a elevar el nivel cultural de la

comunidad.

d) Señalan que la ayuda económica únicamente será utilizada por las organizaciones

antes mencionadas para llevar acabo los eventos especificados en el objeto del

convenio.

e) Establecen la obligación de los beneficiarios a comprobar documentalmente ante

la Delegación la ayuda económica otorgada para la celebración de los eventos.

Dicha comprobación es mediante la presentación de facturas, notas de remisión,

contratos u otros documentos idóneos.

f) La Delegación se obliga a entregar la ayuda solicitada, quedando bajo la responsabilidad

de los beneficiarios el adecuado destino y el uso lícito de la ayuda otorgada.

g) Se señala la vigencia del convenio que será hasta por el período que dure el evento

y la comprobación del recurso recibido.

Como resultado del análisis de la estructura de los 10 contratos, se comprobó que

cumplieron con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 56 del Reglamento

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2012.

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VOLUMEN 8/17

Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal

1. Se observó que las reglas de operación del “Programa Integral de Apoyo a los Productores

de Nopal de 2012”, se estructuraron de la siguiente manera:

a) Fundamento legal. Las reglas de operación fueron elaboradas con los requisitos

previstos en los artículos 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal, vigente en 2012; precisan los lineamientos y mecanismos de operación,

la temporalidad y las condiciones de entrega de las ayudas.

b) Entidad responsable del programa. La Delegación Milpa Alta a través de la Dirección

General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable.

c) Objetivo general. Impulsar el desarrollo rural sostenible de las 4,327 hectáreas de

nopal, mediante la preservación, conservación y restauración de los cultivos, a través

de acciones que incluyan la asistencia técnica para la integración de la cadena

productiva y apoyos para su capitalización y mejoramiento de sus cultivos en términos

productivos, de transformación y comercialización.

d) Objetivo específico. Entregar apoyos económicos a productores de nopal verdura

de la Delegación Milpa Alta para impulsar el desarrollo rural sustentable a través

de la adquisición de insumos, bienes y servicios.

e) Meta física. Atender 5,350 productores de nopal.

f) Programación presupuestal. Ejercer un total de 59,920.0 miles de pesos, otorgando

un apoyo de 11.2 miles de pesos por productor.

g) Requisitos de inscripción al programa.

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VOLUMEN 8/17

1. Copia legible de la Credencial vigente para votar, expedida por el IFE con domicilio dentro de la Delegación Milpa Alta.

2. Copia legible de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

3. Copia legible del comprobante de domicilio, con residencia en la Delegación Milpa Alta (recibo de luz, agua, predial, teléfono, constancia de domicilio emitida por autoridad competente o en su caso carta bajo protesta de decir verdad), la que deberá estar vigente dentro del mismo ejercicio presupuestal.

4. Copia legible de la Constancia de Productor de Nopal, expedida por la autoridad local agraria o en su caso por la Unidad Departamental de Fomento a la Producción del Nopal o por la Subdirección de Desarrollo Agropecuario, documento que deberá contar con una vigencia dentro del mismo ejercicio presupuestal.

5. Copia legible del documento que ampare la posesión del predio a beneficiar, a nombre del productor solicitante (documento privado de compra-venta, cesión de derechos, constancia de posesión firmado y sellado por la autoridad agraria o acta testimonial para la acreditación de posesión.

6. Croquis de localización del predio (con superficies mayores a 500 m²), señalando colindantes y orientación del predio.

7. El productor solicitante deberá presentar la parcela en condiciones productivas para ser sujeto de apoyo en cualquiera de sus modalidades (individual o grupal).

h) Los bienes y servicios apoyados con los recursos del programa serán en forma

individual o grupal específicamente destinados para abono orgánico, insumos,

bienes y servicios vinculados a la producción del nopal.

i) Asimismo, menciona los derechos y obligaciones de los beneficiarios del programa:

Derechos:

Ser atendidos y orientados con cordialidad y respeto por el personal de la Unidad Departamental de Fomento a la Producción del Nopal, sobre los requisitos y procedimientos del Programa.

Ser supervisados de conformidad al Programa.

Recibir el apoyo económico para la adquisición de insumos, bienes y servicios una vez cumplido con los requisitos y procedimientos del programa.

Presentar las quejas y denuncias que estimen pertinentes, relativas a la aplicación y desarrollo del Programa.

Recibir respuesta de cualquier queja que reporte a la Unidad Departamental de Fomento a la Producción del Nopal.

Obligaciones:

Presentar la documentación solicitada en las Reglas de Operación.

Presentar los insumos, bienes y servicios establecidos en el Convenio de Colaboración y en las Reglas de Operación.

Solicitar su supervisión a través del Comité Local del poblado o ante la Delegación, una vez que ha cumplido con los requisitos establecidos y con la adquisición del insumo, bienes y servicios para ser sujeto de apoyo.

En el caso de haber adquirido abonos orgánicos, deberán presentar el volumen establecido en el Convenio de Colaboración y estar incorporado dentro de los surcos.

Realizar la comprobación física y documental de los insumos adquiridos o comprobar el servicio recibido.

Dar trato cordial y de respeto al personal encargado del programa.

Otorgar las facilidades necesarias para que sea marcado, mediante los mecanismos de control que la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable determine, los bienes adquiridos motivo de los apoyos solicitados.

El apoyo otorgado será intransferible.

Destinar los recursos recibidos para el objeto del programa y mantenerlos bajo su custodia durante la vida útil del bien y/o bienes adquiridos.

133

VOLUMEN 8/17

2. La Delegación Milpa Alta formalizó 16 convenios de colaboración, por medio de los cuales

el órgano político-administrativo se comprometió a otorgar apoyos económicos por un

importe por 59,920.0 miles de pesos a los productores de nopal [por 11.2 miles de pesos

por cada productor], como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Convenio Importe

por convenio Pueblo/Barrio Fecha Número de productores

Apoyo individual

Miacatlan 11/VI/12 389 11.2 4,356.8

Ohtenco 1/VI/12 191 11.2 2,139.2

Tecoxpa 12/VI/12 729 11.2 8,164.8

Atocpan 6/VI/12 73 11.2 817.6

Tecomitl 4/VI/12 55 11.2 616.0

Villa Milpa Alta Barrio San Mateo 11/VI/12 251 11.2 2,811.2

Oztotepec 15/VI/12 26 11.2 291.2

Villa Milpa Alta Barrio los Ángeles 7/VI/12 223 11.2 2,497.6

Tlacotenco 25/V/12 460 11.2 5,152.0

Tepenahuac 29/V/12 103 11.2 1,153.6

Tlacoyucan 23/V/12 1,332 11.2 14,918.4

Villa Milpa Alta Barrio de Santa Martha 11/VI/12 479 11.2 5,364.8

Villa Milpa Alta Barrio de Santa Cruz 7/VI/12 292 11.2 3,270.4

Villa Milpa Alta Barrio de San Agustín el Alto 5/VI/12 302 11.2 3,382.4

Villa Milpa Alta Barrio de la Concepción 6/VI/12 262 11.2 2,934.4

Villa Milpa Alta Barrio de la Luz 12/VI/12 183 11.2 2,049.6

Total 5,350 59,920.0

La Delegación Milpa Alta gestionó la obtención de recursos del “Programa Integral de Apoyo

a los Productores de Nopal de 2012” ante la SEFIN, mediante las siguientes CLC:

(Miles de pesos)

Número de CLC Beneficiario/convenio/Contrato Descripción Importe

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”

02 CD 12 100977, 02 CD 12 101150, 02 CD 12 101427, 02 CD 12 101484, 02 CD 12 101954, 02 CD 12 101955, 02 CD 12 102027 y 02 CD 12 102125

Gobierno del Distrito Federal/ Delegación Milpa Alta

Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal 2012

59,920.0

Total 59,920.0

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VOLUMEN 8/17

Como resultado del análisis de la estructura de los convenios de colaboración,

se comprobó lo siguiente:

a) Se elaboraron tomando como base lo establecido en las reglas de operación del

“Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.

b) Establecen el objeto de los convenios.

c) Especifican que a cada productor de nopal le corresponde un apoyo económico

por un monto de 11.2 miles de pesos (un evento en el año), y que se otorgaran

apoyos a 5,350 productores de nopal.

d) Señalan en qué conceptos se deberán ejercer los apoyos otorgados a los productores

de nopal (adquisición de abono orgánico, insumos, bienes y servicios vinculados

a la producción del nopal).

e) Establecen la obligación de los beneficiarios de comprobar física y documentalmente,

el destino de los recursos de los apoyos entregados a los productores de nopal.

f) Señalan la obligación del personal adscrito a la Dirección General de Desarrollo Rural

y Económico Sustentable de llevar a cabo la supervisión y la verificación de los

insumos, bienes o servicios adquiridos por los beneficiarios de los apoyos.

g) Se especifica que la entrega de los apoyos sólo se realizará a los productores

aprobados con base en el resultado del dictamen de la supervisión realizada por la

Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable.

Se concluye que la Delegación Milpa Alta formalizó mediante 23 convenios de colaboración

y 10 contratos la relación jurídica para llevar a cabo la entrega de “Ayudas Económicas y en

Especie para la Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones,

Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos”; así como, 16 convenios

de colaboración que se desprendieron del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de

Nopal de 2012”, y que éstos dieron cumplimiento a lo establecido en sus respectivas

reglas de operación; en el caso de los 10 contratos se atendió lo dispuesto en el Reglamento

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

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VOLUMEN 8/17

Gasto Devengado

8. Resultado

Para verificar si la Delegación Milpa Alta llevó a cabo la entrega de las ayudas económicas

y en especie derivadas del programa de “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización,

Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres,

Eventos Culturales y Cívicos”; así como, de los apoyos económicos a los productores de

nopal mediante el “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”,

de conformidad con lo establecido en las reglas de operación de cada programa, en los

convenios de colaboración y con los contratos celebrados, se revisaron las obligaciones

de la Delegación con los beneficiarios, de lo cual se determinó lo siguiente:

Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate

y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones

y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos

1. Se verificó que los beneficiarios de las ayudas económicas y en especie inherentes

a las “Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de

Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales

y Cívicos” dieran cumplimiento con los requisitos establecidos en las reglas de operación

del programa para poder acceder a las ayudas, se revisó la documentación soporte

de 35 CLC (oficio de solicitud dirigido al Jefe Delegacional, con el acta constitutiva de la

organización, con la copia de las identificaciones y CURP de los solicitantes, así como

la evidencia de ser habitante de la Delegación).

2. En el caso de las ayudas económicas y en especie entregadas tramitadas mediante

23 convenios de colaboración y 10 contratos por un importe de 5,394.5 miles de pesos,

se verificó que los beneficiarios hayan dado cumplimiento con los requisitos establecidos

en las reglas de operación del programa para poder acceder a las ayudas, se revisó la

documentación de las CLC (en el caso de las ayudas en especie el oficio de petición

dirigido al Jefe Delegacional, copia de la identificación, CURP del solicitante, ser habitante

de la Delegación mayor de 18 años), en el caso de eventos organizados por la Delegación

y para tener acceso a las ayudas en especie [día del niño, entrega de pasteles de fin

136

VOLUMEN 8/17

de curso, entrega de piñatas y caramelos], se verificó que los beneficiarios fueran

habitantes de la misma; para las ayudas económicas se revisó el oficio de solicitud

de ayuda económica dirigido al Jefe Delegacional, original y copia del acta constitutiva

o de asamblea y copias de las identificaciones oficiales de las personas que fungieran

como presidente, secretario y tesorero de la organización).

3. Se revisó la documentación de las 23 CLC inherentes a las ayudas económicas y en

especie y su documentación soporte (convenio de colaboración; carta compromiso

mediante la cual los beneficiarios se comprometen a rendir un informe al titular de la

Dirección General de Desarrollo Social sobre el destino de los recursos otorgados

mediante facturas, notas de remisión o contratos; el Contra-recibo de Cuenta por Liquidar

Certificada el cual cuenta con la fecha, nombre y firma de quien recibió el cheque

correspondiente; y la memoria fotográfica de la realización del evento) se comprobó la

entrega de las ayudas económicas y en especie por un importe de 1,810.0 miles de pesos.

4. Se analizó la documentación de las 6 CLC inherentes a las ayudas en especie y su

documentación soporte específicamente la relacionadas con la entrega de electrodomésticos

para una rifa en el marco del festejo del día del maestro, entrega de juguetes en

conmemoración del día del niño, entrega de pants para la comunidad de bajos recursos,

entrega de caramelo macizo y piñatas en forma de estrella para las fiestas decembrinas

las cuales consistieron en las requisiciones de compra, autorizaciones expresas del

Jefe Delegacional, contratos, notas de entrada al almacén, facturas y salidas al almacén

y la memoria fotográfica del evento) se comprobó la entrega de las ayudas en especie

por un importe de 2,293.8 miles de pesos.

5. Mediante la revisión de las 6 CLC inherentes a las ayudas en especie y su documentación

soporte específicamente las relacionadas con la contratación de grupos musicales y el

arrendamiento de grand support se analizaron: solicitud de servicio y/o arrendamiento,

autorizaciones expresas del Jefe Delegacional, contratos, orden de servicio firmadas por

el prestador del servicio y por el servidor público encargado de verificar la prestación del

servicio en los eventos solicitados, y por el que da el visto bueno, facturas y la memoria

fotográfica del evento, se comprobó la entrega de las ayudas en especie por un importe

por 1,290.7 miles de pesos.

137

VOLUMEN 8/17

Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal

1. En el caso de los apoyos económicos a los productores de nopal se determinó una

muestra de 32 beneficiarios, de los cuales se verificó que hayan dado cumplimiento con

los requisitos establecidos en las reglas de operación del programa para poder acceder

a los apoyos, se revisaron los expedientes de los beneficiarios (copia de la identificación

y CURP del solicitante, comprobante de domicilio con residencia en Milpa Alta, copia

de la constancia de ser productor de nopal, copia del documento que ampare la posesión

del predio a beneficiar a nombre del productor solicitante, croquis de la localización del

predio y el solicitante deberá presentar la parcela en condiciones productivas para ser

sujeto de apoyo).

2. Mediante la revisión de ocho CLC y su documentación soporte, se comprobó la entrega

de un apoyo económico individual (11.2 miles de pesos) por única vez en el año a cada

productor de nopal (5,350 productores) para la adquisición de abono orgánico, insumos,

bienes y servicios vinculados a la producción del nopal.

3. Mediante la revisión de 5,350 cédulas de supervisión se comprobó que 3,426 productores

de nopal adquirieron abono orgánico, 1,867 productores adquirieron insumos, compra de

bienes o contratación de servicios y 57 abono orgánico e insumos. En el caso en que

el productor adquirió insumos, compra de bienes o contratación de servicios, se comprobó

la recepción por parte de la Delegación de los comprobantes por dichos conceptos, de

conformidad con lo establecido en el apartado de obligaciones de las reglas de operación.

De la revisión a las 3,426 cédulas de supervisión por concepto de abono orgánico,

en éstas no se realiza ninguna anotación sobre la aplicación de abono en las cantidades

a cuantificar ni del tipo de abono (fresco con paja o aserrín, fresco aguado, seco (molido)

de res, caballo, borrego, gallinaza o pollinaza). Por lo anterior la Delegación Milpa Alta

incumplió lo establecido en el “Aviso por el que se da a conocer los volúmenes de

cumplimiento de abono y composta para el programa integral de apoyo a los productores

de nopal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de mayo del 2012”.

Tampoco se hace referencia de si el productor ya había realizado la incorporación del

abono orgánico en los surcos de las parcelas como se establece en la cláusula segunda

de los convenios de colaboración.

138

VOLUMEN 8/17

De las 1,924 cédulas de supervisión realizadas por concepto de adquisición de insumos

o adquisición de abono orgánico e insumos, se concluyó que en dicho formato no se

realizaron anotaciones de la comprobación física de los insumos, bienes y servicios,

según lo establecido en la cláusula segunda de los convenios de colaboración.

4. Se comprobó la existencia de las 5,350 cédulas de supervisión (una por cada productor

de nopal) suscritas por la Delegación Milpa Alta y sirven como documento base para iniciar

el trámite para la entrega del apoyo económico de conformidad con lo establecido en el

numeral 20, del apartado VI, Procedimiento de Instrumentación, de las reglas de operación

del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.

Cabe mencionar que dichas cédulas son elaboradas y requisitadas una vez que el

productor de nopal cumple con los requisitos establecidos en las reglas de operación;

asimismo, deja constancia de los datos del poblado, del productor, predio, y en el caso

de la adquisición de insumos, compra de bienes o contratación de servicios los datos

de la documentación comprobatoria; cuentan con las firmas de los servidores públicos

encargados de la supervisión, del responsable del programa (Jefatura de Unidad

Departamental de Fomento a la Producción del Nopal), de quien da el visto bueno

(Subdirección de Desarrollo Agropecuario), y de quien autoriza (Dirección General de

Desarrollo Rural y Económico Sustentable).

5. Mediante la revisión de las pólizas cheque se comprobó que la Delegación Milpa Alta

entregó a 5,350 productores un apoyo de 11.2 miles de pesos dando un importe total

de 59,920.0 miles de pesos previstos en el apartado IV, Programación Presupuestal, de las

reglas de operación del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.

Cabe mencionar que las pólizas cheque contaron con la fecha de cuando se recibió el

apoyo y la firma del productor beneficiado; se anexa copia de una identificación oficial

en la que también se plasma el número de cheque, la cantidad del apoyo que se recibe,

la fecha en que se recibe el cheque, y el nombre y firma del beneficiario.

6. La Delegación Milpa Alta junto con el personal auditor realizaron dos inspecciones

físicas: la primera se realizó el 11 de abril de 2014, a tres predios ubicados dentro de

la demarcación territorial con la finalidad de constatar cuál es el mecanismo utilizado

139

VOLUMEN 8/17

por la Delegación para llevar a cabo la medición del volumen de abono orgánico

adquirido por los beneficiarios y aplicado a los predios; la segunda inspección se realizó

el 6 de mayo de 2014, a siete grupos de trabajo (Temixco, San Marcos, Ohtenco, Familia,

Monarcas, Cuyucali y Campesinos Detzotzomaco) con la finalidad de comprobar

la existencia física de los bienes adquiridos con los apoyos otorgados.

Como resultado de las inspecciones físicas, se observó el mecanismo utilizado para

determinar el volumen de abono orgánico de los predios propiedad de los beneficiarios

de los apoyos económicos; de los grupos de trabajo visitados únicamente se pudo

comprobar de cuatro la adquisición de maquinaria vinculada a la producción del nopal,

como evidencia se elaboró una minuta de trabajo y se tomaron fotografías de dicha

maquinaria, en cuanto a los tres restantes no se localizó a ningún miembro del grupo que

facilitara la inspección.

Se concluyó que la Delegación cuenta con la evidencia física y documental de la entrega

de las ayudas económicas y en especie a la población que habita en la demarcación

territorial derivadas de la actividad institucional “Ayudas Económicas y en Especie para la

Realización, Rescate y Fomento de Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones

y Costumbres, Eventos Culturales y Cívicos” y de los apoyos económicos entregados

a los productores de nopal inherentes al “Programa Integral de Apoyo a los Productores

de Nopal de 2012”.

Derivado de la reunión de confronta celebrada el 30 de mayo de 2014, la Dirección General

de Administración de la Delegación Milpa Alta mediante el oficio núm. DGA/0661/2014

del 30 de mayo de 2014, informó y proporcionó lo siguiente:

Copia del oficio núm. DGDRE/0226/2014 del 27 de mayo de 2014, mediante el cual

la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable, precisó lo siguiente:

“Que de acuerdo a la documentación soporte con que cuenta, la Unidad Departamental

de Fomento a la Producción del Nopal, solicitó mediante oficios de fecha 13 de junio de 2012,

a cada uno de los Comités locales (se anexa copia), informar los volúmenes y tipos de abono

orgánico que verterían los productores a las parcelas; por consecuencia los Comités Locales

140

VOLUMEN 8/17

emitieron respuesta en la que señalan que incorporarían abono fresco de res con un volumen

total de 65 m³ (se anexa copia de los oficios de respuesta).

”Por lo que, en cada cédula de supervisión aplicada a cada uno de los productores que

adquirieron abono, se señala bajo protesta de decir verdad ʽManifiesto ser productor de nopal

activo […] Del mismo modo declaro que adquirí el abono orgánico bajo mi propio derecho

y responsabilidad, para cumplir con los metros cúbicos de abono (o mejoradores de suelo)

requeridos en este ejercicio presupuestalʼ.

”Por lo anterior, se considera suficiente la información, toda vez que físicamente se constató

mediante la supervisión el tipo de abono y su volumen vertido en las parcelas de nopal.

”Referente a la cláusula segunda del Convenio de Colaboración celebrado entre la Delegación

y cada uno de los Comités Locales en el año 2012, el abono debería ser vertido en los surcos

de las parcelas, por lo que en el supuesto de no ser así, no se realizó supervisión y se indicó

al productor que el abono tendría que ser incorporado a la nopalera; así mismo esta cláusula

dice que el productor debe hacer la comprobación física y documental en el caso de la

adquisición de insumos, bienes y servicios y no especifica describir en la cédula de supervisión,

sin embargo, en la cédula se anota el número de factura, la razón social del establecimiento

y el monto total en apego a los documentos comprobatorios que exhibe el productor en original,

los cuales son integrados al expediente, así mismo se anexa archivo fotográfico de los bienes

adquiridos.”

Del análisis a la información y documentación proporcionada por la Delegación Milpa Alta,

se constató que ésta cuenta con 3,426 cédulas de supervisión por concepto de abono

orgánico y 1,924 cédulas de supervisión realizadas por concepto de adquisición de insumos

o adquisición de abono orgánico e insumos, y en ellas se deja constancia de la comprobación

física; no así como medida de control el especificar si el productor ya había realizado la

incorporación del abono orgánico en los surcos de las parcelas al momento de la supervisión;

y el no realizar anotaciones de la comprobación física de los insumos, bienes y servicios.

La observación del presente resultado se modifica parcialmente, ya que la Delegación

proporcionó evidencia que comprueba que los productores se comprometen a incorporar

141

VOLUMEN 8/17

en sus parcelas abono fresco de res con un volumen total de 65 m³, no así respecto de las

observaciones de especificar si el productor ya había realizado la incorporación del abono

orgánico en los surcos de las parcelas al momento de la supervisión; y el no realizar

anotaciones de la comprobación física de los insumos, bienes y servicios.

Recomendación ASC-164-12-08-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta adopte medidas para garantizar que los formatos

de supervisión utilizados para la entrega de apoyos a los productores de nopal especifiquen

si al momento de llevarse a cabo la supervisión, el productor ya ha incorporado el abono

orgánico en los surcos de las parcelas; y realizar anotaciones si se llevó a cabo inspección

física de los insumos, bienes y servicios.

Gasto Ejercido

9. Resultado

A efecto de comprobar que la Delegación Milpa Alta contase con evidencia documental de que

en el ejercicio del gasto haya sido debidamente aprobado, en este caso, la entrega de ayudas,

de acuerdo con el criterio relativo a la fiscalización de los recursos destinados al capítulo

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, se revisaron las CLC

concernientes a la muestra de auditoría, documentos en los que se puede observar el monto

otorgado, la fuente de financiamiento y la autorización por parte del titular de la demarcación,

como se muestra en los cuadros relativos a las CLC, del resultado núm. 7, del presente informe.

Del análisis a la documentación proporcionada por la Delegación, se determinó lo siguiente:

1. La Delegación Milpa Alta contó con evidencia documental de que el ejercicio del gasto

fue debidamente aprobado, mediante la autorización del monto de las ayudas y apoyos

para el ejercicio presupuestal 2012, dado a conocer por la Secretaría de Finanzas

mediante el oficio núm. SFDF/SE/987/2012 del 30 de enero de 2012; así como de las

autorizaciones expresas por el Jefe Delegacional en Milpa Alta el monto para ejercer

de 90,465.5 miles de pesos con cargo al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas”.

142

VOLUMEN 8/17

2. Las CLC cuentan con clave presupuestaria y detallan la forma de pago, el destino de

los recursos, el objetivo, los beneficiarios, la temporalidad y las condiciones de la entrega

de las ayudas y apoyos económicos y en especie, y se cuenta con la documentación

justificativa descrita en los resultados núms. 7 y 8 del presente informe, conforme a lo

dispuesto en el artículo 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2012.

3. En el caso específico de las ayudas económicas y en especie entregadas para la

realización de eventos culturales y recreativos organizados dentro de la demarcación

territorial no se registraron conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno

del Distrito Federal vigente en 2012, cabe mencionar que se observó la misma

inconsistencia en la revisión de la Cuenta Pública de 2011, dejando constancia en el

Informe Final de Auditoría con clave núm. ASC/152/11, practicada a la Delegación

Milpa Alta, específicamente en el resultado número 9, y se emitió la recomendación

núm. ASC-152-11-05-MA.

Mediante el oficio núm. CMH/13/1212 del 5 de diciembre de 2013, se le comunicó al Jefe

Delegacional en Milpa Alta la atención de dicha recomendación, derivado del análisis

a la documentación presentada por el órgano político-administrativo. Es preciso mencionar

que las medidas adoptadas por la Delegación comenzaron su aplicación a partir de abril

de 2013, motivo por el cual durante el ejercicio 2012 aún se presentó el registro de las

operaciones en forma errónea a la partida 4412 y no a la partida 4419 de conformidad

con lo establecido en el Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno del Distrito

Federal vigente en 2012.

4. Las CLC fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula

de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar, Solicitar

y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones

Programático-Presupuestales y Control del Presupuesto Comprometido en 2012.

5. Las CLC son impresiones del SAP-GRP debidamente autorizadas, por lo que la

Delegación Milpa Alta se sujetó a lo establecido en el apartado IV, “Lineamientos

Generales para los Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones

143

VOLUMEN 8/17

Presupuestarias”, y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 2, del Manual

de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2012.

6. Se revisó la documentación soporte (justificativa y comprobatoria) de un total de 10 CLC

relacionadas con las adquisiciones de electrodomésticos, juguetes, pants, caramelos,

piñatas y pasteles; así como de la contratación de grupos musicales y el arrendamiento

de grand support de lo cual se concluyó que la documentación comprobatoria adjunta

(facturas) cumplió con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código

Fiscal de la Federación vigente durante 2012, la documentación justificativa consistió

en los convenios de colaboración y contratos formalizados.

7. Las CLC que fueron pagadas con recursos de 2012, con cargo a las partidas 4412 “Ayudas

Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y 4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas”, corresponden a las ayudas económicas y en especie inherentes a las

“Ayudas Económicas y en Especie para la Realización, Rescate y Fomento de

Celebraciones, Conmemoraciones, Festejos, Tradiciones y Costumbres, Eventos Culturales

y Cívicos” y de los apoyos económicos entregados en el marco del “Programa Integral

de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.

Se concluyó que la Delegación Milpa Alta tramitó las CLC debidamente aprobadas por la

autoridad competente para la entrega de las ayudas económicas y en especie y los apoyos

económicos a los productores de nopal, con la documentación justificativa y comprobatoria

correspondiente en cumplimiento de los artículos 64 y 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal.

Gasto Pagado

10. Resultado

Con la finalidad de comprobar el momento contable del gasto que refleja la cancelación

total o parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante la entrega de cheques

(a los beneficiarios de ayudas y apoyos económicos) y de transferencias electrónicas

a los proveedores y prestadores de servicios (en el caso de las ayudas en especie), se

realizaron las siguientes actividades:

144

VOLUMEN 8/17

1. La Delegación Milpa Alta tramitó ante la Secretaría de Finanzas la obtención de

recursos económicos para llevar a cabo la entrega mediante cheque de las ayudas

y apoyos económicos y mediante transferencia electrónica el pago a proveedores y

prestadores de servicios.

a) En la revisión de los cheques mediante los cuales se entregaron los apoyos

económicos a los productores de nopal, se identificó que se emitieron 5,710 cheques

y sólo se cobraron 5,350, como se muestra a continuación:

Cuenta por Liquidar Certificada Cheques

Números Fecha Emitidos Cobrados Cancelados

02 CD 12 100977 24/VII/12 876 841 35

02 CD 12 101150 17/VIII/12 567 551 16

02 CD 12 101427 19/IX/12 718 708 10

02 CD 12 101484 24/IX/12 440 438 2

02 CD 12 101954 3/XII/12 929 747 182

02 CD 12 101955 3/XII/12 613 598 15

02 CD 12 102027 6/XII/12 385 363 22

02 CD 12 102125 18/XII/12 1,182 1,104 78

Total 5,710 5,350 360

Se observó que 20 cheques no cuentan con el sello de cancelado, ni líneas paralelas

por medio de las cuales se invalidaran los cheques (núm. 4501 al 4515 y del 4804

al 4808). La Delegación Milpa Alta no observó lo dispuesto en la fracción IV,

Segundo Lineamiento: Evaluación y Administración de Riesgos del artículo 16, de los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007

vigentes en 2012 que establece lo siguiente:

“IV. El enfoque que debe darse a un sistema de control interno debe ser

preferentemente preventivo, con la finalidad de anticiparse a que sucedan las

acciones no deseadas o ineficientes que perjudiquen a las Unidades de Gobierno

de la Administración Pública del Distrito Federal en el desarrollo de sus operaciones

sustantivas, sin soslayar la visión detectiva y preventiva; asimismo, deberán

implementarse procedimientos y requisitos que deban observarse para el cumplimiento

145

VOLUMEN 8/17

de los objetivos y metas propuestos. Conociendo los riesgos se disponen los controles

destinados a evitarlos o minimizarlos.

”Debe ser dinámico y debe estar en permanente cambio con los siguientes objetivos:

”● Facilitar la construcción y toma de decisiones.

”● Lograr la misión establecida.

”● Optimizar los bienes y recursos.

”● Minimizar riesgos.

”● Mejorar resultados.

”● Eliminar la burocracia.”

Derivado de la reunión de confronta celebrada el 30 de mayo de 2014, la Dirección

General de Administración de la Delegación Milpa Alta mediante el oficio

núm. DGA/0661/2014 del 30 de mayo de 2014, informó y proporcionó lo siguiente:

Copia simple de los cheques números 4501 al 4515 y del 4804 al 4808, acompañados

de su respectiva póliza, mismos que muestran sello con la leyenda CANCELADO.

Derivado del análisis a las pólizas cheque núms. 4501 al 4515 y del 4804 al 4808

proporcionadas por la Delegación, se observó que en ellas se aprecia el sello de

cancelado. Cabe mencionar que la cancelación la realizó la Delegación derivado

de la observación dada a conocer mediante el Informe de Resultados de Auditoría

para Confronta; por lo anterior, la observación no se desvirtúa por tener carácter

preventivo.

b) Los cheques inherentes a las CLC núms. 02 CD 12 102027 y 02 CD 12 102125,

fueron elaborados el 2 de enero de 2013 y no al 31 de diciembre de 2012 que era

el plazo de vigencia del convenio de colaboración.

146

VOLUMEN 8/17

La Delegación Milpa Alta no atendió lo dispuesto en la cláusula octava del convenio

de colaboración que establece: “el convenio de colaboración suscrito entre

‘la delegación’ y ‘el comité local’, tendrá una vigencia a partir del 8 de abril al 31 de

diciembre del mismo año, la fecha última de supervisión será notificada por la

Unidad Departamental de Fomento a la Producción del Nopal, en función del monto

asignado a esta población y de acuerdo a la normatividad presupuestal no se podrán

ejercer recursos después del 31 de diciembre de 2012”.

c) Mediante el oficio núm. ASC/164/12/MA-03 del 9 de abril de 2014, la CMHALDF

solicitó a la Delegación Milpa Alta copia de los oficios enviados a la Secretaría de

Finanzas, fichas de depósito y recibos de entero realizados por concepto de intereses

a favor generados por la cuenta bancaria utilizada para el manejo y control de los

recursos del “Programa Integral de Apoyo a los Productores de Nopal de 2012”.

En respuesta, con el oficio núm. DDPRF/0163/2014 del 21 de abril de 2014, la

Delegación Milpa Alta proporcionó copia de los oficios enviados a la Secretaría de

Finanzas, recibos de entero realizados y fichas del depósito a favor de la SEFIN,

como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de cheque

Fecha

Importe

Documentación

Ficha de depósito

Oficio de trámite de entero

Entero

1426 14/IX/12 0.1 X X

2144 16/X/12 9.4 X X X

3504 14/XII/12 0.7 X X X

5711 9/I/13 3.9 X X X

5716 5/III/13 0.2 X X

5717 20/III/13 4.6 X X

5718 21/III/13 184.9 X X

Total 203.8

En la revisión a la documentación al respecto, la Delegación Milpa Alta no proporcionó

las fichas de depósito a la cuenta de la SEFIN de los recursos por concepto

de intereses a favor por un monto por 4.9 miles de pesos, ni el recibo de entero por

147

VOLUMEN 8/17

un importe por 184.9 miles de pesos. Cabe mencionar que respecto a los 4.9 miles

de pesos, se constató que la Delegación cuenta con oficios mediante los cuales

se envían las fichas de depósito de los recursos por concepto de intereses y mediante

los cuales se solicitó la expedición de los recibos de entero correspondiente y los

recibos de entero; asimismo, en relación con los 184.9 miles de pesos el órgano

político-administrativo cuenta con la ficha de depósito de dicho monto a la SEFIN

y el oficio mediante los cuales se envió la ficha de depósito de los recursos por

concepto de intereses y mediante los cuales se solicitó la expedición de los recibos

de entero correspondiente.

La Delegación Milpa Alta no atendió lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012, que establece

lo siguiente:

“Artículo 126.- Será responsabilidad de las Unidades Responsables de Gasto la

confiabilidad de las cifras consignadas en la contabilidad.”

El artículo 16, Tercer Lineamiento, “Actividades de Control”, incisos a), “Separación

de tareas y responsabilidades”; y e), “Registro oportuno y adecuado de las operaciones

y hechos”, de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 9 de abril de 2007 vigentes en 2012, que establecen los siguiente:

“Artículo 16. Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno

son los siguientes: […] ‘Tercer Lineamiento: Actividades de Control […]’

a) Separación de tareas y responsabilidades. Las funciones y responsabilidades

relativas a la elaboración, revisión, autorización y registro de las operaciones deben

ser asignadas preferentemente a servidores públicos diferentes, a efecto de procurar

un equilibrio de autoridad y responsabilidad […]

e) Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos. Las operaciones

y otros eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración

148

VOLUMEN 8/17

Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo

más oportuno posible, para garantizar su relevancia y utilidad…”

2. Se verificó que el importe tramitado por la Delegación Milpa Alta mediante las CLC

para la entrega de las ayudas económicas y en especie, y los apoyos económicos

correspondieran al monto establecido en las reglas de operación, y en su caso las

facturas, y que éste no rebasara el importe formalizado a través de los convenios de

colaboración y los contratos.

3. Se comparó la base de datos de las CLC proporcionada por la Secretaría de Finanzas

y la de la Delegación, para comprobar el registro de todas las CLC emitidas en favor de los

beneficiarios de las ayudas y apoyos económicos, y de los proveedores y prestadores

de servicios.

Recomendación ASC-164-12-09-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta adopte medidas para garantizar que los cheques

que emita sean cancelados, cuenten con el sello de cancelación, o con líneas paralelas

por medio de las cuales se invalidaran de conformidad con los Lineamientos Generales de

Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación ASC-164-12-10-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta adopte medidas para garantizar que el reintegro

de recursos por concepto de intereses a favor se acompañe con la documentación soporte de

las operaciones, de conformidad con los Lineamientos Generales de Control Interno para

la Administración Pública del Distrito Federal.

149

VOLUMEN 8/17

II.13.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría ASC/165/12

ANTECEDENTES

El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

30 de diciembre de 2011, señala en relación con los recursos aprobados por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo “a las

Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de acuerdo

a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.

En el artículo décimo segundo transitorio, inciso c), del mismo Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal se indica: “La determinación de las acciones específicas

que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las delegaciones en cada una de las

1,815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren en el supuesto de asentamientos

irregulares, o que en su determinación no se contravenga disposiciones jurídicas vigentes,

se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana que se efectuó el domingo

13 de noviembre de 2011. Conforme al Anexo 7”. Este último establece el rubro general

y el proyecto específico ganador, para cada colonia o pueblo.

Asimismo, en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

se determinó que a la Delegación Milpa Alta le corresponderían 22,642.6 miles de pesos del

presupuesto participativo, que se distribuirían entre los 12 Comités Ciudadanos, a razón

de 1,886.9 miles de pesos para cada uno.

Los recursos para el presupuesto participativo asignados en 2012 a la Delegación

Milpa Alta (22,642.6 miles de pesos) representaron el 3.2% de los presupuestados para

las 16 Delegaciones y significaron un decremento de 3.9% respecto de los 23,565.4 miles

de pesos que le fueron asignados en 2011.

150

VOLUMEN 8/17

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16 órganos

político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles

de pesos (9.2%) con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados originalmente

y de 20,362.3 miles de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0 miles de pesos

ejercidos en 2011.

En 2012, la Delegación Milpa Alta ejerció 21,051.3 miles de pesos en el destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, que representaron una variación negativa de 7.0% (1,591.3 miles

de pesos) respecto al presupuesto original y un incremento de 13.9% en relación con

los 18,132.7 miles de pesos ejercidos en 2011.

En el Informe de Cuenta Pública 2012 de la delegación Milpa Alta, apartado “ECG Análisis de

Egresos por Capítulo de Gasto”, el órgano político-administrativo no hizo referencia alguna

del ejercicio del gasto de los recursos del presupuesto participativo.

Para la Consulta Ciudadana, el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) ejerció

49,104.3 miles de pesos en diversas actividades de difusión y preparación, lo que permitió una

cobertura de 99.0% en la instalación de las mesas receptoras de opinión; sin embargo,

el porcentaje de votación fue de 1.9%. Al respecto, una encuesta de opinión y análisis que

contrató el IEDF y que se aplicó en junio de 2012, obtuvo, entre otros resultados, que sólo

el 9.7% de los entrevistados conocía el presupuesto participativo.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Milpa Alta con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

151

VOLUMEN 8/17

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales, incluidos

en el Manual de Selección de Auditorías:

1. “Exposición al Riesgo”, el presupuesto participativo es un programa presupuestario

de reciente creación, que está expuesto a riesgos de irregularidades e ineficiencias,

o incumplimiento de objetivos y metas.

2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las

actividades y funciones que desarrollen los órganos político-administrativos para cumplir

los compromisos del programa presupuestario tienen un impacto directo y tangible

en beneficio de la ciudadanía.

3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, a la ALDF le compete vigilar por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa (CMHALDF), el ejercicio de los recursos del presupuesto

participativo, el cual es susceptible de auditarse por estar contenido en el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y en la Cuenta Pública del Gobierno

del Distrito Federal de 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,

fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX y XIX;

9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34;

y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal; 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); y 6o., fracciones V y VII, del Reglamento

Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido por la Delegación Milpa

152

VOLUMEN 8/17

Alta en 2012 con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un total de

21,051.3 miles de pesos.

Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto

fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar

los recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la

normatividad aplicable: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal; Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012; Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011) vigente a partir del 20 de mayo de 2011; Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente a partir del 08 de agosto de 2012;

Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal; y Lineamientos con los que se dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina

Presupuestal para contener el Gasto en la Administración Pública del Distrito Federal,

todos vigentes en 2012.

Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras y Desarrollo

Urbano (DGODU), en la Dirección General de Administración (DGA) y en la Dirección de

Participación Ciudadana, todas adscritas a la Jefatura Delegacional.

Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Milpa Alta vigente en 2012, para

verificar que la organización del órgano político-administrativo fuera acorde con la estructura

orgánica dictaminada, así como la existencia de procedimientos aplicables al rubro sujeto

a revisión.

Se solicitó y analizó diversa información generada por el IEDF, relacionada con la capacitación

a servidores públicos de la Delegación.

153

VOLUMEN 8/17

Se seleccionó una muestra de auditoría de 3,753.7 miles de pesos, que representó el 17.8% de

los recursos ejercidos en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (21,051.3 miles

de pesos) y corresponden a las erogaciones realizadas en las partidas presupuestales

6121 “Edificación no Habitacional” (1,870.5 miles de pesos) y 6131 “Construcción de

Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”

(1,883.2 miles de pesos).

Se verificó que el presupuesto autorizado a la Delegación Milpa Alta correspondiera

al establecido en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2012 y que los presupuestos modificado, registrado y ejercido en

las partidas presupuestales 6121 “Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción de

Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”,

estuvieran respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria, conforme

a la normatividad vigente en 2012.

Para analizar el ejercicio del presupuesto de la Delegación Milpa Alta en las partidas 6121

“Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento de

Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”, se verificó que el órgano político-

administrativo contara con la documentación soporte de las obras contratadas; y que éstas

se hubieran realizado y pagado conforme a los contratos respectivos y a la normatividad

vigente en 2012.

Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondientes al ejercicio de 2012,

con objeto de comprobar que las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaran a lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012.

En cuanto a los contratistas considerados en la muestra de auditoría, se verificó que

los importes facturados y los datos relativos a la entrega de las obras correspondieran

a la información proporcionada por la Delegación, que las obras se hubieran realizado

conforme a las cláusulas de los contratos y que los contratistas no se encontraran inhabilitados

por la Secretaría de la Función Pública (SFP) o por la Contraloría General del Distrito

Federal (CGDF).

154

VOLUMEN 8/17

Se efectuó la verificación física de las obras contratadas para constatar si se realizaron

conforme a la descripción incluida en los contratos y de acuerdo con los proyectos ganadores

de la Consulta Ciudadana de 2012.

Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la normatividad

vigente en 2012.

Para determinar la muestra sujeta a revisión se realizaron las siguientes actividades:

1. Por tratarse de una auditoría financiera, el universo de recursos ejercidos (21,051.3 miles

de pesos) se estratificó por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado y

actividad institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes y las variaciones más

significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno de esos rubros

en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria establecida

en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de Selección de Muestras”,

de las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP);

y con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor participación en el ejercicio de

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.

De acuerdo con lo anterior, la muestra de auditoría por 3,753.7 miles de pesos del destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, correspondiente a las partidas presupuestales

6121 “Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento

de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”, se integró con los contratos

núms. DGODU-LP-OBRA-13/2012, suscrito con la empresa Constructora Aryak Ingenieros y

Arquitectos, S.A. de C.V., por un importe de 1,870.5 miles de pesos (IVA incluido);

y DGODU-AD-OBRA-25/2012, suscrito con la empresa Servicios Integrales Fix, S.A. de C.V.,

por 1,883.2 miles de pesos (IVA incluido).

La auditoría se llevó a cabo en la DGODU, la DGA y la Dirección de Participación Ciudadana

adscritas a la Delegación Milpa Alta.

155

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ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El sistema de control interno comprende el plan de organización, así como los métodos y

procedimientos instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las metas

y objetivos del sujeto fiscalizado, con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y

honradez; que los recursos se empleen conforme a las leyes, reglamentos y políticas aplicables,

a fin de protegerlos de eventuales desperdicios, pérdidas o mal uso; y que se obtenga

y conserve la información relacionada con el empleo de los recursos.

Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Milpa Alta

para las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en

el ejercicio de los recursos, la adquisición de bienes y la operación y supervisión de las obras

realizadas con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; la disposición

de objetivos, metas e indicadores; el cumplimiento de los requisitos documentales y los

registros presupuestales; y el resguardo y archivo de la documentación justificativa y

comprobatoria del gasto, de los expedientes de los contratos celebrados y de las Cuentas

por Liquidar Certificadas (CLC) correspondientes a los pagos realizados.

Se analizó el Manual de Organización de la Delegación Milpa Alta vigente en 2012, para

identificar la estructura orgánica del sujeto fiscalizado y los objetivos, funciones y atribuciones de

las unidades administrativas que lo integran. Asimismo, se revisó el manual de procedimientos

de la Delegación, con objeto, por una parte, de conocer cuáles fueron las unidades

administrativas que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y, por otra, verificar si se aplicaron

los procedimientos correspondientes.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno se determinó que éste es

insuficiente en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, ya que la Delegación Milpa Alta no estableció una actividad institucional,

objetivos, metas ni indicadores para el rubro revisado; tampoco identificó los posibles riesgos

que podrían afectar el ejercicio, registro y control de los recursos. Por otra parte, las áreas de

la Delegación Milpa Alta se estructuraron conforme a las funciones asignadas en el manual

de organización y se contó con procedimientos de aplicación general.

156

VOLUMEN 8/17

RESULTADOS

1. Resultado

Manual Administrativo

La DGA de la Delegación Milpa Alta proporcionó, mediante el oficio núm. DGA/1107/2013

del 6 de septiembre de 2013, el manual administrativo del órgano político-administrativo,

apartados de organización y procedimientos, vigente en 2012, conforme al dictamen de estructura

orgánica núm. 22/2009, autorizada a partir del 1o. de noviembre de 2009; asimismo, proporcionó

el oficio núm. CG/564/2009 del 30 de octubre de 2009, mediante el cual el Contralor General del

Distrito Federal comunicó a la Jefa Delegacional en Milpa Alta la dictaminación favorable de la

estructura orgánica con el dictamen núm. 22/2009 y los organigramas correspondientes.

Del análisis a dicha información, se desprende lo siguiente:

La estructura orgánica de la Delegación Milpa Alta vigente del 1o. de noviembre de 2009,

de conformidad con el dictamen núm. 22/2009, se integró en 2012 por un total de 141 plazas,

como se muestra a continuación:

Unidad administrativa Plazas

Jefatura Delegacional 1

Asesores 2

Secretaría Particular 1

Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno, de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo Rural y Económico Sustentable y del Medio Ambiente)

7

Coordinaciones (incluye la Coordinación de Asesores) 8

Direcciones de Área 9

Subdirecciones 19

Jefaturas de Unidad Departamental 57

Líderes Coordinadores de Proyectos “A”, “B” y “C” 23

Enlaces “A”, “B” y “C” 14

Total 141

Las áreas administrativas de la Delegación Milpa Alta que participaron en el ejercicio de los

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron la DGA, la DGODU,

la DGSU y la Dirección de Participación Ciudadana.

157

VOLUMEN 8/17

El Manual Administrativo de Organización de la Delegación Milpa Alta y Procedimientos (30),

conforme al dictamen núm. 22/2009, fue registrado por la Coordinación General de

Modernización Administrativa (CGMA) con el núm. MA-02D12-22/09, y publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal del 21 de junio de 2010. Dicho manual se presentó, publicó

y difundió entre los servidores públicos responsables de su aplicación, de acuerdo con

los numerales 4.4.10, 4.4.12 y 4.4.14 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal (Circular Uno Bis),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril de 2007 y vigente hasta

el 19 de mayo de 2011.

En la revisión del citado manual, se verificó que 10 procedimientos de la Delegación Milpa

Alta vigentes en 2012 estaban relacionados con el objetivo de la auditoría.

2. Resultado

Competencia

De conformidad con el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

“las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación

y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los órganos

de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de

la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia social y de una

mejor gobernanza”.

Mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, se solicitó a la Consejera

Electoral Presidente del IEDF que informara sobre los cursos de formación y sensibilización

impartidos a los servidores públicos de los órganos político-administrativos, relacionados

con el presupuesto participativo, realizados en 2012.

En respuesta, mediante el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013,

el IEDF remitió el oficio núm. IEDF-DO-XXXIV/408/2013 del día 4 del mismo mes y año,

mediante el cual la Coordinadora de la XXXIV Dirección Distrital del IEDF (Cabecera) en

Milpa Alta informó: “En cumplimiento con las instrucciones recibidas, se remite a la Dirección

Ejecutiva de Participación Ciudadana copias simples de la documentación generada

158

VOLUMEN 8/17

por esta Dirección Distrital con motivo de los cursos ofrecidos a los integrantes de los Órganos

de Representación Ciudadana, así como a los servidores públicos en 2011 y 2012 anexando

listas de asistencia”. También remitió copia simple del oficio núm. IEDF-OD-XXXIV/131912012

del 9 de octubre de 2012 dirigido al titular de la Delegación Milpa Alta, con el cual se comunicó

“que en la página web del Instituto está a disposición de los servidores públicos a su cargo,

el curso en línea cuyos materiales se adjuntan en dos ejemplares, impartido en la sede distrital

durante los meses de octubre y noviembre (de 2012) de lunes a viernes, en una sola sesión

de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 horas, a elegir por los interesados en curso presencial,

del cual se entregará constancia de acreditación”.

Mediante el oficio núm. DDPRF/0728/2013 del 29 de octubre de 2013, la Delegación Milpa

Alta remitió nota informativa, que indica: “En virtud del cambio de administración ocurrida

el 1o. de octubre de dos mil doce, en los archivos de la Dirección de Participación Ciudadana

no se cuenta con los informes y/o constancias de los servidores públicos que asistieron a los

cursos que el Instituto Electoral del Distrito Federal llevó a cabo para tal efecto”.

Por lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Milpa Alta participaron

en los cursos que en 2012 promovió el IEDF, y que contaron con las competencias que

proporcionó dicho organismo, con lo cual se atendió el artículo 15 de la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal; asimismo, la Dirección de Participación Ciudadana cumplió

el artículo 136, fracción I, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal que le señala como atribución: “Cumplir en tiempo y forma la realización de las tareas

de participación ciudadana establecidas en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, dentro del ámbito de su competencia”.

Sin embargo, por no exhibir ni proporcionar la documentación soporte de los informes o

constancias de los servidores públicos que asistieron a los cursos de formación y sensibilización

que en 2012 promovió el IEDF, la Delegación Milpa Alta incumplió el artículo 16, Tercer

Lineamiento “Actividades de Control”, numeral l, inciso c), de los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007, vigentes en 2012, que indica:

“Documentación. La estructura del sistema de control interno y todos sus procesos y operaciones

deben estar perfectamente documentados y la documentación debe estar disponible para

159

VOLUMEN 8/17

su verificación”; tampoco atendió los numerales 6.2.3, 6.2.5 y 6.2.7 de la Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) 2011, publicada en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 20 de mayo de 2011, vigente hasta el 7 de agosto

de 2012, que corresponden a los numerales 6.3.3, 6.3.5 y 6.3.7 de la circular publicada en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 8 de agosto de 2012, vigente a partir de esa fecha.

En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

Recomendación ASC-165-12-01-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta documente todos sus procesos y operaciones;

y garantice el archivo, custodia y disponibilidad de la documentación respectiva, de acuerdo

con la normatividad aplicable.

3. Resultado

Objetivos, Indicadores y Metas

El artículo 1o., tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

indica: “Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley deberán observar

que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios de […] eficacia,

economía, racionalidad, transparencia, control, rendición de cuentas”.

El artículo 25 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece:

“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los

Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las […] Delegaciones […] para cada ejercicio fiscal

y con base en las políticas del Programa General y los programas sectoriales establecidos

en la Ley de Planeación […]. El anteproyecto se elaborará por […] Delegación […] estimando

los costos para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas,

así como los indicadores necesarios para medir su cumplimiento”.

160

VOLUMEN 8/17

En tanto que el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, dispone: “Las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad en base

acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los

presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.

Por su parte, el numeral II.4, “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012,

dispone lo siguiente:

“La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que

el Presupuesto Participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la

forma en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios

en que se divide el territorio del Distrito Federal.

”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto

anual de las Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,

equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.

”Por lo anterior, las Delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar

lo establecido en la citada Ley.”

Al respecto, con el oficio núm. ASC/13/1600 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación

Milpa Alta el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 y el

Programa Operativo Anual (POA) 2012; asimismo, mediante el cuestionario de control interno

se solicitó información referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto

participativo. Con el oficio núm. DGA/1107/2013 del 6 de septiembre de 2013, el órgano

político-administrativo remitió la información solicitada.

Al analizar la información proporcionada se determinó lo siguiente:

1. En respuesta al cuestionario de control interno, la Coordinadora de Control y Seguimiento

de Administración de la Delegación informó que los objetivos no estuvieron vinculados con

el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, y que no se establecieron

metas e indicadores relacionados con el presupuesto participativo.

161

VOLUMEN 8/17

2. En atención a la solicitud de la descripción de los objetivos, metas e indicadores para

el ejercicio de 2012 vinculados con el presupuesto participativo, no se señalaron objetivos,

metas e indicadores, ni su vinculación con el Programa General de Desarrollo del Distrito

Federal 2007-2012.

3. En el POA 2012 de la Delegación Milpa Alta no se identificó actividad institucional alguna

vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por lo cual no se

establecieron metas físicas ni financieras.

4. En el Informe de Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los

Resultados de las Actividades Institucionales Realizadas” AIRAIR, correspondiente a

la Unidad Responsable 02 CD 12 Delegación Milpa Alta, no se identificó actividad

institucional alguna que agrupara las acciones vinculadas con el presupuesto participativo;

en consecuencia, no se registraron “metas 2012” ni “índice de cumplimiento de metas”

para el rubro revisado.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Milpa Alta no estableció en su Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012, una actividad institucional,

ni contó con objetivos, metas e indicadores para el presupuesto participativo que estuvieran

vinculados con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, por lo cual

incumplió los artículos 1o., tercer párrafo; y 25, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal; 126 de su Reglamento; y el numeral II. 4, “Presupuesto Participativo”, del Manual

de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de

Egresos 2012.

En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

Recomendación ASC-165-12-02-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta establezca objetivos, metas e indicadores anuales

para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General de Desarrollo

del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento, para verificar la eficacia

en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

162

VOLUMEN 8/17

4. Resultado

Consulta Ciudadana

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, se publicó el Acuerdo

del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba

la Convocatoria a participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en

cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, en el

cual se indicó que, del 3 al 7 de octubre de 2011, los habitantes de las colonias y pueblos,

conforme a la delimitación geográfica establecida en el Catálogo de Colonias y Pueblos

Originarios 2010, podrían registrar ante el Coordinador Interno o de Concertación Comunitaria

del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo que les corresponda, los proyectos específicos

que consideraran prioritarios.

La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos

y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se

registrarían en la convocatoria. También, indicó que las áreas técnicas de las Delegaciones

proporcionarían información y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los

Pueblos, a fin de que éstos seleccionaran un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos

que reunieran las características básicas siguientes: vinculación con un rubro general y un

proyecto específico, costo aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes

que serían beneficiados y señalar la ubicación exacta del proyecto.

El 13 de noviembre de 2011, inició la Consulta Ciudadana, la cual se llevaría a cabo en dos

etapas: foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa se informaría

a los ciudadanos y a la comunidad en general de las colonias o pueblos sobre las características

de los proyectos elegidos por el comité respectivo y su posible impacto; en la segunda, se

recibiría la opinión ciudadana para elegir el proyecto que consideraran prioritario realizar

en su colonia o pueblo y, concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas

receptoras de opinión realizarían el escrutinio y cómputo de las opiniones para obtener los

resultados de la consulta, fijándolos en un lugar visible. Las Direcciones Distritales expidieron

las constancias de validación donde se mostraron los resultados validados de la Consulta

Ciudadana, que se hicieron llegar a la Delegación MiIpa Alta para su difusión y ejecución.

163

VOLUMEN 8/17

Para 2012, la Delegación Milpa Alta contó con los 12 Comités Ciudadanos y Consejos

de Pueblos (11 pueblos y 1 barrio), conforme al Anexo 1 y 7 del Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.

Como parte de la auditoría, en la Delegación Milpa Alta se realizó lo siguiente:

1. Se revisaron las 12 constancias de validación de la Dirección Distrital correspondientes

a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos de la demarcación, en las

cuales se presentan los resultados obtenidos de la Consulta Ciudadana.

2. Los proyectos específicos para las colonias o pueblos originarios en materia de presupuesto

participativo se describen a continuación:

Clave Colonia o pueblo Proyecto prioritario

09-001 San Agustín Ohtenco (Pueblo) Adquisición de Terreno (Predio Denominado Ixocopa)

09-002 San Antonio Tecómitl (Pueblo) Proyecto Integral Incluyendo Concreto Armado de la Plaza

09-003 San Bartolomé Xicomulco (Pueblo) Continuidad de la Casa de la Cultura Tepecuitlapa

09-004 San Francisco Tecoxpa (Pueblo) Construcción de la Barda Perimetral del Terreno para el Nuevo Panteón en San Francisco Tecoxpa

09-005 San Jerónimo Miacatlán (Pueblo) Construcción Muros de Contención Camino al Tanque

09-006 San Juan Tepenáhuac (Pueblo) Deportivo Ecológico Hueytepec 2da. Etapa

09-007 San Lorenzo Tlacoyucan (Pueblo) Construcción de un Espacio en el 2do. Nivel de la Biblioteca

09-008 San Pablo Oztotepec (Pueblo) Rehabilitación de Tanque Tetzacatzintla y Válvulas en Red de Distribución

09-009 San Pedro Atocpan (Barrio) Ampliación, Remodelación y/o Adecuación del Centro de Salud Dr. Alberto Eroza León

09-010 San Salvador Cuauhtenco (Pueblo) Compra de Terreno e Inicio de Obra para la Ampliación del Centro de Salud

09-011 Santa Ana Tlacotenco (Pueblo) Ampliación, Remodelación y Adecuación del Centro de Salud

09-012 Villa Milpa Alta (Pueblo) Mantenimiento y Remodelación Deportivo Villa Milpa Alta

3. Mediante el oficio núm. ASC/13/1600 del 26 de agosto de 2013, se solicitó el programa

semestral de difusión pública 2012 de las acciones y funciones a cargo de la Delegación,

de conformidad con el artículo 56 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal. En respuesta, con nota informativa sin número, del 28 de octubre de 2013,

la Dirección de Participación Ciudadana señaló: “La población de la Delegación conserva

aspectos rurales por esta razón la comunicación es por medio de mesas de trabajos con

cada uno de los comités y/o pueblos, así como la entrega del periódico local que edita esta

desconcentrada casa por casa de forma trimestral, relativo al presupuesto participativo”.

164

VOLUMEN 8/17

4. Con el oficio núm. DDPRF/0728/2013 del 29 de octubre de 2013, la Delegación Milpa Alta

remitió nota informativa sin número, mediante la cual se señala que para difundir la Consulta

Ciudadana de 2012, realizada el 13 de noviembre del 2011, la “Dirección de Participación

Ciudadana llevó a cabo el perifoneo en los 11 pueblos y Villa Milpa Alta, la pega de

1,365 carteles, se colocaron 11 lonas y se repartieron 2,200 trípticos en la Delegación”.

Por no contar con su programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones

a su cargo, la Delegación Milpa Alta incumplió el artículo 56 de la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del

27 de mayo de 2010, que señala: “Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal

(Delegaciones) están obligadas a establecer un programa semestral de difusión pública acerca

de las acciones y funciones a su cargo en los términos de este capítulo”.

En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

Recomendación ASC-165-12-03-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta establezca el programa semestral de difusión pública

de las acciones y funciones a su cargo, conforme a la Ley de Participación Ciudadana del

Distrito Federal.

5. Resultado

Atribuciones y Marco Jurídico

Entre las atribuciones que el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal establece para los titulares de los Órganos Político-Administrativos se encuentran

las siguientes:

“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación

ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia

correspondiente […]

”LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del delito…”

165

VOLUMEN 8/17

El Manual Administrativo en su apartado de Organización de la Delegación Milpa Alta y

Procedimientos, registrado con el núm. MA-02D12-22/09, autorizado a partir del 1o. de

noviembre de 2009 y vigente en 2012, señala los siguientes objetivos específicos y funciones

de las áreas involucradas en el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo:

Dirección de Participación Ciudadana

“Funciones:

”● Proponer al Jefe Delegacional las políticas, planes y programas en materia de participación

ciudadana.

”● Supervisar el diseño de los diferentes instrumentos para la ejecución y seguimiento

de las acciones de concertación social y organización vecinal.

”● Establecer convenios con la comunidad para la ejecución de obra pública y apoyar

a las tradiciones y costumbres de la región.

”● Establecer en conjunto con los Coordinadores de Enlace de los 11 pueblos, la elaboración

de propuestas de programas para obras y servicios prioritarios, a fin que puedan ser

considerados en la integración del Programa Operativo Anual.

”● Dirigir la planeación, evaluación y supervisión de las acciones de la Coordinación

de Enlaces Territoriales y las Unidades Departamentales.

”● Participar junto con los Coordinadores de Enlace Territorial de los pueblos, en la elaboración

de propuestas de programas para obras y servicios prioritarios, a fin de que puedan

ser consideradas en la integración del Programa Operativo Anual.

”Objetivo:

”Diseñar, proponer y ejecutar las políticas públicas en materia de concertación social y

organización vecinal; así como propiciar la corresponsabilidad social en las acciones de gobierno,

siempre buscando el beneficio comunitario. Además de promover la formalización de grupos

y organizaciones en un ámbito de respeto y brindando las herramientas y mecanismos de

participación ciudadana previstos en la Ley respectiva.”

166

VOLUMEN 8/17

Coordinación de Enlaces Territoriales

“Objetivo:

”Coordinar las acciones de los coordinadores de enlaces territoriales tendientes a fortalecer

la organización vecinal y la concertación con los diferentes grupos y sectores sociales

de cada comunidad; así como dar seguimiento a las demandas ciudadanas captadas por los

Coordinadores de Enlace Territorial, supervisar la realización de obras y prestación de servicios,

a fin de responder oportunamente a los vecinos de toda la demarcación.”

Jefatura de Unidad Departamental de Organización Vecinal

“Objetivo:

”Diseñar, planear y ejecutar las acciones tendientes a fortalecer la organización vecinal

y coadyuvar en el proceso de integración y formalización de estos grupos, a fin de que

cuenten con las herramientas necesarias para lograr los objetivos que se plantean.”

Jefatura de Unidad Departamental de Concertación Social

“Objetivo:

”Establecer los mecanismos necesarios de concertación social y participación ciudadana,

con el fin de lograr acuerdos entre los ciudadanos y grupos sociales, con las diferentes

áreas de la estructura delegacional para la realización de proyectos y acciones de beneficio

comunitario.”

Del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Milpa Alta, según las

funciones específicas de la Dirección de Participación Ciudadana, la Coordinación de Enlaces

Territoriales, la Jefatura de Unidad Departamental de Organización Vecinal y la Jefatura

de Unidad Departamental de Concertación Social, adscritas a la Dirección de Participación

Ciudadana, contó con atribuciones establecidas en la normatividad aplicable en 2012, en

relación con el ejercicio de los recursos y las actividades vinculadas con el destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”.

167

VOLUMEN 8/17

6. Resultado

Programa Anual de Obra

El 30 de enero de 2012, la Delegación Milpa Alta recibió el oficio núm. SFDF/SE/987/2012

del 30 de enero de 2012 con la autorización presupuestal de su Programa Anual de Obras

2012 (PAO), el cual publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de abril de 2012.

Por lo expuesto, la Delegación Milpa Alta publicó el PAO 35 días después del período

establecido, incumpliendo con ello el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2012, que dispone: “Las […] Delegaciones y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal, a más tardar dentro de los treinta días posteriores, a la recepción

de la autorización presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de obra pública, salvo que medie causa

debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo”.

En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información

o documentación alguna, que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

En la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2011, el Informe

de Auditoría con clave ASC/153/11, practicada a la Delegación Milpa Alta, resultado

núm. 3, recomendación núm. ASC-153-11-01-MA, considera el mecanismo para prevenir

el incumplimiento de los plazos establecidos para la publicación del PAO del órgano

político-administrativo, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte

del seguimiento de la recomendación citada. Por ello, no se formula recomendación.

7. Resultado

Gasto Aprobado

El Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011,

señala que a la Delegación Milpa Alta le corresponderían recursos del presupuesto participativo

por 22,642.6 miles de pesos.

168

VOLUMEN 8/17

En congruencia con lo anterior, mediante el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 del 2 de enero

de 2012, la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) comunicó al

Jefe Delegacional en Milpa Alta el techo presupuestal aprobado por el órgano legislativo.

En el anexo del oficio referido se señalan: “Recursos Etiquetados en el Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”, y se establece que, “conforme

al Artículo Transitorio Décimo Primero del Decreto de Presupuesto de Egresos, se deberá

etiquetar con el DG 65, los montos establecidos en el Anexo 1”, para lo cual dispuso de un

importe de 22,642.6 miles de pesos.

Al respecto, la Delegación Milpa Alta entrego oficio núm. SFDF/SE/987/2012 del 2 de enero

de 2012, mediante el cual el Subsecretario de Egresos de la SEFIN les remitió el calendario

presupuestal definitivo autorizado, en el cual se verificó que no se establecieron los recursos

para el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

Sobre el particular con el oficio núm. DDPRF/0728/2013 del 29 de octubre de 2013,

la Delegación Milpa Alta remitió nota informativa sin número que señala: “En lo referente

al calendario presupuestal definitivo para el ejercicio fiscal 2012, donde se señala que no

se identifican los recursos para el destino de gasto 65, al respecto le señalo que mediante

oficio No. JD/275/2011, se remitió el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2012

en el cual en el apartado del analítico de claves se observa la clave presupuestal

221107406612102165 O.2D12.2001 por un monto de 22,515.8 miles de pesos la cual

corresponde al presupuesto participativo, sin embargo es preciso mencionar que una vez

notificado el techo presupuestal definitivo para este órgano político-administrativo mediante

el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 es enviado en medio magnético el analítico de claves

correspondiente, identificando que dichos recursos se encuentran sin ser etiquetados con

el destino de gasto correspondiente…”.

8. Resultado

Gasto Modificado

Con relación a los 22,642.6 miles de pesos que se le asignaron originalmente, la Delegación

Milpa Alta ejerció 21,051.3 miles de pesos, que representaron una disminución de 1,591.3 miles

de pesos (7%). En razón de que en el calendario presupuestal no se etiquetaron los recursos

169

VOLUMEN 8/17

para el destino de gasto 65, el órgano político-administrativo realizó 19 afectaciones programático-

presupuestales: 7 para readecuar los recursos asignados al presupuesto participativo, 8 con

efecto cero y 4 reducciones líquidas. Los movimientos se resumen en seguida:

(Miles de pesos)

Resumen de Afectaciones Presupuestarias

Descripción Afectaciones Importes

Ampliaciones:

Compensadas 1 74.8

Total de ampliaciones 1 74.8

Adiciones:

Compensadas 5 20,680.9

Líquidas 1 1,886.9

Total de adiciones 6 22,567,8

Total ampliaciones y adiciones 7

22,642.6

Reducciones:

Líquidas 4 (1,591,3)

Total reducciones 4 (1,591.3)

Presupuesto modificado 11

21,051.3

Presupuesto ejercido

21,051.3

Diferencia 0.0

Derivado de la revisión y análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y de

la información presupuestaria, se determinó que la variación entre el presupuesto ejercido

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y el presupuesto original se debió

principalmente a que se obtuvieron economías.

Asimismo, se constató que las afectaciones presupuestarias fueron debidamente elaboradas

y requisitadas por la Delegación por medio del Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el numeral 3, apartado IV.3.3,

“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; y en los artículos 76,

fracción III; 77; y 78, capítulo III, “De las Adecuaciones Presupuestarias”, del título tercero,

“Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, todos vigentes en 2012.

Se analizó la documentación proporcionada por la Delegación Milpa Alta, y se verificó que

de los 21,051.3 miles de pesos ejercidos, 14,768.9 miles de pesos, que representan el 70.2%,

correspondieron a recursos federales del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento

de las Entidades Federativas (FAFEF).

170

VOLUMEN 8/17

Mediante el oficio núm. DDPRF/0728/2013 del 29 de octubre de 2013, la Delegación Milpa

Alta remitió nota informativa, en la que señala: “En lo que respecta al presupuesto ejercido con

cargo al destino de gasto 65 presupuesto participativo con recursos del Fondo de Aportaciones

para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF) […] se presentó el apartado

denominado PPD Presupuesto Participativo para la Delegaciones correspondiente al Informe

Trimestral de Avance Programático Enero-Diciembre 2012 con lo cual se dio cumplimiento

al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal”; asimismo, en dicho documento señaló

que “se publicó en la página de Internet de la Delegación Milpa Alta los recursos ejercidos

del FAFEF, de conformidad al artículo 48 de la Ley mencionada”.

Asimismo, se constató que el presupuesto original que la Delegación Milpa Alta reportó para

la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012 coincide

con el que le fue comunicado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el

oficio núm. SFDF/SE/987/2012 del 30 de enero de 2012; que los presupuestos modificado

y ejercido integrados por la CMHALDF corresponden a los consignados en la Cuenta Pública

referida; y que el sujeto fiscalizado contó con los recursos asignados al destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” antes de establecer compromisos como resultado de la Consulta

Ciudadana de 2012.

9. Resultado

Gasto Comprometido

En 2012, la Delegación Milpa Alta ejerció recursos por un importe de 21,051.3 miles de pesos,

identificados con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en los capítulos 5000

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por un importe de 2,394.3 miles de pesos (11.4%);

y 6000 “Inversión Pública”, por un importe de 18,657.0 miles de pesos (88.6%). De dichos

recursos, 1,870.5 miles de pesos fueron aplicados en las partidas 6121 “Edificación

no Habitacional”, para realizar los trabajos de construcción del deportivo ecológico del

poblado de San Juan Tepenáhuac (segunda etapa), dentro del perímetro delegacional,

al amparo del contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012, adjudicado mediante la licitación

pública nacional núm. 30001065-007-12 del 11 de mayo de 2012; así como en la partida

6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad

y Telecomunicaciones”, que participó con 1,883.2 miles de pesos, para realizar los trabajos

para la conservación y mantenimiento al tanque de almacenamiento de agua potable

171

VOLUMEN 8/17

del poblado de San Pablo Oztotepec, dentro del perímetro delegacional, al amparo del contrato

núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012 otorgado por adjudicación directa, después de que se declaró

desierta la invitación restringida a cuando menos tres concursantes núm. DGODU-IR-05/2012,

convocada para los mismos trabajos.

Se revisaron los procedimientos licitatorios y de adjudicación señalados, se verificó el cumplimiento

de las principales cláusulas de los contratos, con el propósito de constatar si el sujeto fiscalizado

se ajustó a la normatividad aplicable. Los resultados obtenidos son los siguientes:

Contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012

Partida 6121 “Edificación no Habitacional”

La licitación pública nacional núm. 30001065-007-12 tuvo por objeto la contratación de obras

para los trabajos de construcción del deportivo ecológico del poblado de San Juan Tepenáhuac

(segunda etapa). De dicho proceso se derivó el contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012

del 11 de mayo de 2012, celebrado con la empresa Constructora Aryak Ingenieros y

Arquitectos, S.A. de C.V., a precios unitarios y por unidad de trabajo terminado. En el análisis

del procedimiento se determinó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 del 2 de enero de 2012, la SEFIN comunicó

a la Delegación Milpa Alta la autorización de su presupuesto; por tanto, la Delegación contó

con suficiencia presupuestaria para la partida 6121 “Edificación no Habitacional”, por

un importe de 1,870.5 miles de pesos, de conformidad con la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal vigente en 2012.

2. La convocatoria del proceso licitatorio fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 11 de mayo de 2012, y tanto ésta como las bases del procedimiento cumplieron

los requisitos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2012.

3. La Delegación Milpa Alta contó con el expediente de la licitación pública, el cual contiene la

documentación comprobatoria de las distintas etapas del proceso: convocatoria, bases de

la licitación, comprobantes de venta de bases, acta de junta de aclaración de bases,

de presentación y de apertura de documentación legal y administrativa, y de propuestas

técnicas y económicas; dictamen y fallo. En todos los casos, estos eventos se ajustaron

a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

172

VOLUMEN 8/17

4. En el dictamen del 31 de mayo de 2012 y el fallo del 8 de junio de 2012, la Delegación

Milpa Alta adjudicó a la empresa Aryak Ingenieros y Arquitectos, S.A. de C.V., el contrato

núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012 con base en precios unitarios, por un importe de

1,870.5 miles de pesos (IVA incluido), en razón de que ofreció las mejores condiciones

legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas para realizar los trabajos

construcción del deportivo ecológico del poblado de San Juan Tepenáhuac (segunda etapa).

5. De acuerdo con el contrato, la ejecución de los trabajos iniciaría el 25 de junio de 2012

y terminaría el 22 de septiembre del mismo año.

6. Se revisaron los listados de proveedores y contratistas sancionados, que publican tanto

la SFP como la CGDF en sus sitios oficiales, en ningún caso se encontraron antecedentes

de que el contratista adjudicado hubiera sido sancionado por alguna de las instancias

referidas. Lo anterior, con base en el artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley de Obras

Publicas del Distrito Federal vigente en 2012.

7. El contrato suscrito cumplió los requisitos previstos en el artículo 46 de la Ley de Obras

Públicas para el Distrito Federal vigente en 2012.

8. En la verificación del cumplimiento de las cláusulas octava, “Garantías”; y décimo

tercera “Terminación, Recepción, Liquidación y Finiquito de los Trabajos”, se comprobó

que el contratista Aryak Ingenieros y Arquitectos, S.A. de C.V., presentó en tiempo

y forma las pólizas de fianza para garantizar el anticipo, el cumplimiento del contrato,

de responsabilidad civil por daños a terceros y para responder por vicios ocultos y por

cualquier otra responsabilidad. Su descripción es la siguiente:

(Miles de pesos)

Póliza Número Fecha Emisor Importe

Fianza de anticipo 5322-26714-6 12/VI/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 561.1

Fianza de cumplimiento 5322-26716-8 12/VI/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 187.0

Responsabilidad civil 2366 15/VI/12 Seguros Banorte-Generali, S.A. de C.V. 374.1

Fianza de vicios ocultos 5322-27636-2 26/IX/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 187.0

Lo anterior, conforme lo dispuesto en la cláusula octava, “Garantías”, del contrato; y en

cumplimiento de los artículos 35, fracción III; 36; y 58, segundo párrafo, de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, vigentes en 2012.

173

VOLUMEN 8/17

Contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012

Partida 6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua,

Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”

De los recursos ejercidos durante 2012 por la Delegación Milpa Alta, por un importe de

21,051.3 miles de pesos para el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, la partida

6131 “Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y

Telecomunicaciones” participó con 1,883.2 miles de pesos (8.9%), los cuales se emplearon para

realizar los trabajos de conservación y mantenimiento del tanque de almacenamiento de agua

potable del poblado San Pablo Oztotepec, al amparo del contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012,

otorgado mediante adjudicación directa, después de que se declaró desierta la invitación

restringida a cuando menos tres concursantes núm. DGODU-IR-05/2012.

Como parte de la auditoría, se revisó el procedimiento de adjudicación directa señalado y se

verificó el cumplimiento de las principales cláusulas del contrato, para constatar que el sujeto

fiscalizado se ajustara a la normatividad aplicable. Los resultados son los siguientes:

1. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0062/2012 del 2 de enero de 2012, la SEFIN comunicó

a la Delegación Milpa Alta la autorización de su presupuesto; por tanto, la Delegación

contó con la suficiencia presupuestaria para la partida 6131 “Construcción de Obras

para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”,

por un importe de 1,883.2 miles de pesos, de conformidad con la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal vigente en 2012.

2. La Delegación Milpa Alta contó con el antecedente del contrato de adjudicación

directa, correspondiente al expediente de la invitación restringida a cuando menos

tres concursantes núm. DGODU-IR-05/2012, convocada para los mismos trabajos, el cual

contiene la documentación comprobatoria de las distintas etapas de dicho proceso,

como la convocatoria, las bases de la licitación, comprobantes de venta de bases, actas

de las juntas de aclaración de bases, de presentación y de apertura de documentación

legal y administrativa y de propuestas técnicas y económicas; manifestación en el acta de

presentación y apertura de propuestas, que se declara desierta la invitación restringida

a cuando menos tres concursantes por no presentarse uno de los contratistas invitados

(Edificadora Lemus, S.A. de C.V.). Cabe señalar que todos los eventos se ajustaron

a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

174

VOLUMEN 8/17

Además, Edificadora Lemus, S.A. de C.V., expidió el cheque núm. 0000067, por un

importe de 5,609.07 pesos a favor de la SEFIN, y fue enviado por la Delegación a la

Dirección de Desarrollo de Personal y de Recursos Financieros para validarse (debido

al incumplimiento de la presentación de la propuesta, de conformidad con el artículo 32

del Reglamento de la Ley de Obras del Distrito Federal).

3. La Delegación Milpa Alta contó con el expediente de la adjudicación directa, el cual

contiene la documentación comprobatoria de las distintas etapas de dicho proceso, como

los oficios de invitación a participar en la ejecución de la obra, bases de la contratación,

aceptación de la invitación, actas de presentación y de apertura de documentación legal

y administrativa y de propuesta técnica y económica, dictamen técnico de adjudicación.

Cabe señalar que todos los eventos se ajustaron a lo establecido en la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

4. Con base en el dictamen técnico de adjudicación del 30 de octubre de 2012, la Delegación

Milpa Alta adjudicó de manera directa a la empresa Servicios Integrales Fix, S.A. de C.V.,

el contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012, a precios unitarios, suscrito el 30 de

octubre de 2012, por un importe de 1,886.8 miles de pesos (IVA incluido), en razón de que

cumplió los requisitos y la documentación solicitada en la invitación, se consideró técnica

y financieramente solvente y cumplió la normatividad vigente, para realizar los trabajos de

conservación y mantenimiento al tanque de almacenamiento de agua potable del poblado

de San Pablo Oztotepec.

5. De acuerdo con el contrato, la ejecución de los trabajos iniciaría el 1o. de noviembre

de 2012 y terminaría el 30 de diciembre del mismo año, de conformidad con los

artículos 61; 62; y 63, fracción XV, de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal

vigente en 2012.

6. Se revisaron los listados de proveedores y contratistas sancionados, que publican en

los sitios oficiales en Internet de la SFP y la CGDF, sin que dicha búsqueda arrojara

antecedentes de que el contratista hubiera sido sancionado por alguno de los entes

referidos. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37, fracción XI-BIS,

de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal vigente en 2012.

175

VOLUMEN 8/17

7. La cláusula octava, “Garantías”, apartado “Póliza de seguro de responsabilidad civil”,

del contrato establece: “El contratista deberá presentar dentro de los diez días hábiles

siguientes a la fecha de la firma del presente contrato, una copia de la póliza de seguro

de responsabilidad civil por una suma asegurada mínima del 20% (veinte por ciento) del

monto total del contrato…”, en congruencia con lo que establece el artículo 47, último

párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

En la misma cláusula, apartado “Fianza de Cumplimiento”, se agrega: “El contratista

se obliga a garantizar el debido y estricto cumplimiento del contrato que formaliza esa

actividad empresarial, mediante póliza de fianza […] por el 10% (diez por ciento) […]

la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha

en que el contratista reciba copia de la notificación del fallo…”; ello, de conformidad

con los artículos 35, fracción III; y 36, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;

y 34 y 35 de su Reglamento, vigentes en 2012.

Asimismo, el último párrafo de la misma cláusula señala: “Para responder de los defectos que

resultaren de los trabajos realizados, de vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad,

el contratista deberá presentar previamente a la recepción de los trabajos una fianza […]

equivalente al 10% (diez por ciento) incluyendo el Impuesto al Valor Agregado del monto

total ejercido y deberá estar vigente durante el plazo de un año a partir de la fecha de

recepción formal de los trabajos…”, lo cual es congruente con el artículo 58 de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal y 36 de su Reglamento, vigentes en 2012.

Al respecto, se comprobó que el contratista presentó en tiempo y forma la póliza de fianza

para garantizar el cumplimiento del contrato; sin embargo, no presentó las pólizas

de responsabilidad civil por daños a terceros ni la de vicios ocultos. Su descripción es

la siguiente:

(Miles de pesos)

Póliza Número Fecha Emisor Importe

Fianza de cumplimiento 002399AH0012 30/X/12 Fianzas Dorama, S.A. 188.6

Responsabilidad civil No presentó

Fianza de vicios ocultos No presentó

176

VOLUMEN 8/17

Sobre el particular, mediante nota informativa sin número del 28 de octubre de 2013,

el Coordinador Técnico de la Delegación Milpa Alta manifestó que, “correspondiente al contrato

núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012, relativo a la póliza de responsabilidad civil, informa que no

obstante que se le solicitó a la empresa contratista; ésta hizo caso omiso al requerimiento,

razón por la cual la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano determinó considerar

la fianza de cumplimiento núm. 002399AH0012, presentada en su momento por la empresa

denominada ‘Servicios Integrales Fix, S.A. de C.V.’ con R.F.C. SIF-090513-TU4 para responder

en su caso de cualquier responsabilidad civil”. Asimismo, manifestó que, “correspondiente al

contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012, relativo a la fianza de vicios ocultos, se informa

que no obstante que se solicitó en reiteradas ocasiones a la contratista; ésta hizo caso omiso

al requerimiento, razón por la cual la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano determinó

considerar la fianza de cumplimiento núm. 002399AH0012, para en caso de requerirse obligar

a la empresa a responder de ser el caso, por algún vicio oculto que se pudiese presentar”.

Por lo anterior, el contratista incumplió las obligaciones señaladas en la cláusula Octava,

“Garantías”, apartados “Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil” y “Fianza de Cumplimiento”,

último párrafo, del contrato. Sin embargo, la Delegación no ejerció en su perjuicio el derecho

de rescindir el contrato y aplicar las penas convencionales correspondientes, conforme

al penúltimo párrafo de la cláusula décima octava, la cual indica: “La contravención a las

disposiciones y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su

Reglamento, las Políticas Administrativas, Bases, Lineamientos en materia de Obra Pública

y demás disposiciones administrativas sobre la materia, así como el incumplimiento de

cualquiera de las obligaciones de ‘EL CONTRATISTA’ que se estipulan en el presente contrato,

da derecho a su rescisión inmediata sin responsabilidad para ‘LA DELEGACIÓN’, además de

que se le apliquen a ‘EL CONTRATISTA’ las penas convencionales conforme a lo establecido

en este contrato y se le haga efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del mismo”.

Asimismo, la Delegación incumplió el artículo 27, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal que establece: “Las […] delegaciones y entidades podrán rescindir

administrativamente los contratos en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo

del contratista”.

La Delegación también incumplió el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal, que dispone: “Para responder de vicios ocultos, defectos y otras

responsabilidades, el contratista garantizará mediante fianzas desde los diez días hábiles

177

VOLUMEN 8/17

previos a la recepción formal de las obligaciones establecidas en el contrato o antes del pago

del diez por ciento final de ellos, en cuyo caso deberá entregar la garantía en forma adjunta

a la primera estimación de ese diez por ciento. Esta sustituirá a la o a las garantías de

cumplimiento de contrato y será por un monto equivalente al diez por ciento del monto total

ejercido, el cual incluirá el monto original del contrato, los montos de convenidos modificatorios y

especiales, los ajustes de costos y el Impuesto al Valor Agregado pagado en las estimaciones

y en su caso, cantidades estimadas que puedan resultar de la liquidación. Se podrá darle

continuación a la garantía de cumplimiento de contrato, como de vicios ocultos, defectos u otras

responsabilidades, si así se estipuló en el contrato de fianza. […] En caso de no entregar

esta fianza en las condiciones establecidas y la entrega-recepción no se pueda llevar a cabo

por este motivo, se considerará a los trabajos terminados, como no entregados y se penalizará

la prolongación de la entrega en la misma forma que se estableció en el contrato para

los retrasos en la terminación de los mismos”.

En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información

o documentación alguna, que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

Recomendación ASC-165-12-04-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta garantice que en la celebración de los contratos de

obra pública, los contratistas obligados presenten en tiempo y forma la póliza y el contrato

de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y la garantía por defectos o vicios

ocultos; y que, en caso de incumplimiento, realice la rescisión de los contratos y aplique las

penalizaciones correspondientes sin responsabilidad para el órgano político-administrativo,

en cumplimiento de las cláusulas contractuales correspondientes y de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal.

10. Resultado

Gasto Devengado

Contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012

Se analizó la cláusula décima tercera del contrato “Terminación, Recepción, Liquidación

y Finiquito de los Trabajos” se observó lo siguiente:

178

VOLUMEN 8/17

1. En cuanto a la recepción de los trabajos de construcción del deportivo ecológico

del poblado de San Juan Tepenáhuac (segunda etapa), correspondientes al contrato

núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012 del 11 de mayo de 2012, con la empresa Constructora

Aryak Ingenieros y Arquitectos, S.A. de C.V., se comprobó que la Delegación Milpa

Alta dispone del acta de entrega-recepción física de los trabajos al usuario, en la cual

se hace constar que la entrega de las obras se formalizó el 7 de diciembre de 2012 y que

los trabajos fueron realizados conforme a las condiciones establecidas en el contrato

y a entera satisfacción de la Delegación. El documento está firmado por el personal

de la DGODU y por el representante legal de la empresa contratista.

2. Se constató que dicha acta se realizó con un desfase de 35 días naturales, en razón de

que las obras se concluyeron el 22 de septiembre de ese año, con lo cual se incumplió

la cláusula décima tercera “Terminación, Recepción, Liquidación y Finiquito de los Trabajos”,

del contrato, que señala: “Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos

la Delegación contará con un plazo no mayor de 30 días hábiles para proceder al

levantamiento del acta de entrega-recepción de los trabajos”; tampoco se atendió el

artículo 57, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente

en 2012, que establece: “Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos

[…] la delegación o entidad, procederá a su recepción dentro del plazo que para

tal efecto se haya establecido en el propio contrato…”.

Contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012

La cláusula décima tercera del contrato, “Terminación, Recepción, Liquidación y Finiquito de

los Trabajos”, establece: “El contratista comunicará por escrito a la Delegación la terminación

de los trabajos que le fueron encomendados, para que dentro del término de 20 días hábiles

posteriores a la fecha de terminación pactada en la cláusula tercera de este contrato, verifique

la debida terminación de los mismos […]. Una vez que se haya constatado la terminación de los

trabajos […], la Delegación contará con un plazo no mayor a treinta días hábiles para proceder

a su recepción física mediante el levantamiento del acta correspondiente, al concluir dicho

plazo sin que la Delegación haya recibido los trabajos, éstos se darán por recibidos…”.

Al respecto, la cláusula tercera del contrato en cuestión señala como fecha de terminación

de los trabajos “a más tardar el día 30 de diciembre de 2012”.

179

VOLUMEN 8/17

Del análisis a la información se determinó lo siguiente:

1. El acta de entrega-recepción de obra del contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012

se formalizó el 7 de agosto de 2013 y no presenta la firma del representante legal de la

empresa contratista en virtud de que no asistió a la formalización de la entrega-recepción.

Resultando que el acta de entrega-recepción se realizó con un desfase de 178 días

naturales, contados a partir de los 30 días posteriores al 11 de enero del 2013 fecha en

que la delegación de Milpa Alta efectuó la verificación y constatación física de los trabajos

realizados.

2. Por realizar con desfase de 178 días naturales el acta de entrega recepción-física de

los trabajos, la Delegación Milpa Alta incumplió la cláusula décima tercera, “Terminación,

Recepción, Liquidación y Finiquito de los Trabajos”, del contrato; y lo dispuesto en

el artículo 57, párrafo segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente

en 2012, que establece: “Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos

[…] la delegación o entidad, procederá a su recepción dentro del plazo que para tal efecto

se haya establecido en el propio contrato”.

Para ambos contratos de obra pública se analizaron las estimaciones autorizadas:

1. La cláusula séptima, “Forma de Pago”, de cada contrato, establece: “… las partes

convienen que los trabajos objeto del presente contrato, se paguen mediante formulación

de estimaciones que abarcarán los conceptos de trabajos terminados con una

periodicidad no mayor de quince días, ‘El Contratista’ deberá entregar a la residencia

de supervisión sea externa o interna, la estimación acompañada de la documentación

soporte correspondiente dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de

corte; al efecto, las estimaciones deberán ir acompañadas de la documentación que

acredite la procedencia de su pago, la residencia de supervisión realizará la revisión

y autorización de las estimaciones, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su

presentación”. De su análisis se constató que se presentaron oportunamente, como

se muestra a continuación:

180

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Contrato Número

de estimación

Período Entrega para tramitar la CLC

(hoja de seguimiento de estimación

Inicio Término Importe (IVA)

Límite de entrega

Fecha real de entrega

Desfase en días

DGODU-LP-OBRA-13/2012 N/A Anticipo del 30.0% 561.2

1 25/VI/12 9/VII/12 141.7 13/VII/12 13/VII/12 0

2 10/VII/12 24/VII/12 291.7 30/VII/12 27/VII/12 0

3 10/VII/12 24/VII/12 208.5 30/VII/12 27/VII/12 0

4 25/VII/12 8/VIII/12 204.8 14/VIII/12 13/VIII/12 0

5 9/VIII/12 23/VIII/12 331.7 29/VIII/12 27/VIII/12 0

6 24/VIII/12 22/IX/12 130.9 27/IX/12 26/IX/12 0

Subtotal 1,870.5

DGODU-AD-OBRA-25/2012 1 1/XI/12 15/XI/12 570.0 21/XI/12 19/VII/12 0

2 16/XI/12 30/XI/12 241.2 6/XII/12 3/XII/12 0

3 1/XII/12 15/XII/12 644.7 20/XII/12 18/XII/12 0

4 16/XII/12 23/XII/12 133.8 27/XII/12 26/XII/12 0

5 16/XII/12 23/XII/12 293.5 27/XII/12 26/XII/12 0

Subtotal

1,883.2

Total de estimaciones de los dos contratos 3,753.7

2. El monto original del contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012 fue por 1,870.5 miles

de pesos (IVA incluido) y corresponde al importe de un anticipo más las seis estimaciones

autorizadas por 1,870.5 miles de pesos (IVA incluido).

3. El monto original del contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012 fue por 1,883.2 miles

de pesos (IVA incluido) y corresponde al importe de las cinco estimaciones autorizadas

por 1,883.2.5 miles de pesos (IVA incluido).

4. Del resultado de la verificación física efectuada el 11 de noviembre de 2013 por

la CMHALDF y la Delegación Milpa Alta, de la realización de las obras objeto de los

contratos núms. DGODU-LP-OBRA-13/2012 y DGODU-AD-OBRA-25/2012, se determinó

que los trabajos corresponden a la descripción establecida en ambos contratos y a los

proyectos que resultaron ganadores, según las constancias de validación de la Consulta

Ciudadana celebrada el 13 de noviembre de 2011.

En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información

o documentación alguna, que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

181

VOLUMEN 8/17

Recomendación ASC-165-12-05-MA

Es necesario que la Delegación Milpa Alta garantice en los contratos de obras públicas

a su cargo, que la terminación de los trabajos y el acta correspondiente se realicen en el plazo

establecido en los propios contratos.

11. Resultado

Gasto Registrado y Ejercido

Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Milpa Alta

correspondientes a la muestra de auditoría, con cargo al capítulo 6000 “Inversión

Pública”, partidas 6121 “Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción de Obras para

el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”, se hayan

sujetado a las condiciones pactadas en los contratos núms. DGODU-LP-OBRA-13/2012

y DGODU-AD-OBRA-25/2012, suscritos el 12 de junio y 30 de octubre, ambos de 2012,

respectivamente; que éstos se encontraran respaldados con la documentación justificativa

y comprobatoria de la obras; y que el registro presupuestal se hubiese llevado a cabo conforme

a la normatividad aplicable, se analizó la documentación soporte de la muestra sujeta a revisión,

contenida en las 12 CLC que se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato CLC Factura

Número 02 CD 12 Fecha Importe Número Fecha

DGODU-LP-OBRA-13/2012 10001593 25/VII/12 561.2 0009 14/VI/12

10002185 20/VIII/12 141.7 0013 13/VII/12

10002825 4/IX/12 291.7 0014 27/VII/12

10003268 5/IX/12 208.5 0019 27/VII/12

10004041 24/IX/12 204.8 0020 11/VIII/12

10006542 9/XI/12 331.7 0021 27/VIII/12

10007042 18/XI/12 130.9 0037 26/IX/12

Total del contrato 1,870.5

DGODU-AD-OBRA-25/2012 10009357 17/XII/12 570.0 A292 29/XI/12

10010133 19/XII/12 241.2 A294 17/XII/12

10014005 31/XII/12 644.7 A297 18/XII/12

10014008 31/XII/12 133.8 A299 26/XII/12

10014010 31/XII/12 293.5 A300 26/XII/12

Total del contrato 1,883.2

Total de los dos contratos 3,753.7

NOTA: El importe de las CLC corresponde al importe de la factura respectiva.

182

VOLUMEN 8/17

Del análisis a la información proporcionada en este rubro, se determinó lo siguiente:

1. La Delegación Milpa Alta contó con la documentación justificativa, consistente en dos

contratos; y comprobatoria del gasto, amparada en 12 facturas, en cumplimiento del

artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012 y la cláusula séptima, “Forma de Pago”, de ambos contratos.

2. Las 12 CLC mediante las cuales se pagó a los contratistas fueron elaboradas

por el personal autorizado y contaron con la documentación soporte descrita en

el formato de control de recepción de estimaciones de la DGODU, oficio dirigido al

Director de Desarrollo de Personal y Recursos Financieros, Factura y Verificación

de Comprobantes Fiscales en la página de Internet del Servicio de Administración

Tributaria (SAT), carátula de estimación de obra, hoja de seguimiento, hoja resumen

por partidas, resumen de estimación, generadores, álbum fotográfico y bitácora de obra,

en cumplimiento de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal;

y 59, último párrafo, de su Reglamento, vigentes en 2012.

3. El registro presupuestal de las operaciones revisadas se llevó a cabo conforme al

Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

12. Resultado

Gasto Pagado

Con el propósito de realizar la confirmación de operaciones relativa a las obras

públicas realizadas por la Delegación Milpa Alta correspondientes en los contratos

núms. DGODU-LP-OBRA-13/2012 y DGODU-AD-OBRA-25/2012, suscritos el 12 de junio

y 30 de octubre, ambos de 2012, y contenidos en la muestra de auditoría, con cargo al capítulo

6000 “Inversión Pública”, partidas 6121 “Edificación no Habitacional” y 6131 “Construcción

de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones”,

respectivamente; y que éstos se encontraran respaldados con la documentación justificativa

y comprobatoria de las obras:

1. Mediante el oficio núm. ASC/13/1836, del 11 de septiembre de 2013, la CMHALDF

solicitó al contratista Aryak y Arquitectos, S.A. de C.V., al que la Delegación Milpa Alta

183

VOLUMEN 8/17

adjudicó el contrato núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012, la confirmación de operaciones,

la relación de pagos, copia de las facturas emitidas, la documentación que acreditara la

entrega de las obras y, en su caso, el importe de penas convencionales aplicadas.

Con el escrito sin número del 2 de octubre de 2013, el representante legal del contratista

Aryak y Arquitectos, S.A. de C.V., confirmó las operaciones realizadas al amparo del

contrato y mencionó haber recibido pagos por 1,870.5 miles de pesos (IVA incluido),

sin la aplicación de sanciones. Al respecto, remitió la documentación solicitada (copia

de facturas y del acta de entrega-recepción de las obras).

De la revisión y análisis efectuados a la documentación relativa al contrato

núm. DGODU-LP-OBRA-13/2012, proporcionada por el contratista Aryak y Arquitectos,

S.A. de C.V., se determinó que coincide con la presentada por la Delegación Milpa Alta.

2. Con el oficio núm. ASC/13/1835 del 11 de septiembre de 2013, la CMHALDF solicitó

el contrato núm. DGODU-AD-OBRA-25/2012, la al contratista Servicios Integrales Fix,

S.A. de C.V., al que la Delegación Milpa Alta adjudicó confirmación de operaciones,

la relación de pagos, la copia de las facturas emitidas, la documentación que acreditara

la entrega de las obras y, en su caso, el importe de penas convencionales aplicadas.

No fue posible notificar a la empresa contratista en el domicilio que se señala en el contrato

para oír y recibir notificaciones, razón por la cual se solicitó a la Delegación de Milpa Alta

mediante el oficio núm. ASC/165/12/MA/13-04 del 29 de octubre de 2013, que girara

instrucciones para solicitar la presencia del referido contratista en las instalaciones de

la CMHALDF; sin embargo, no se tuvo respuesta por parte de la Delegación, por lo

que no fue posible realizar la confirmación de las operaciones que la Delegación realizó

con la contratista Servicios Integrales Fix, S.A. de C.V.

13. Resultado

Informes del Compromiso y Ejecución

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en el

artículo décimo segundo transitorio, inciso f), establece: “Los Jefes Delegacionales entregarán

184

VOLUMEN 8/17

cuatro informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto

participativo, por colonia y por pueblo originario, a más tardar el 30 de marzo, el 30 de

junio, el 30 de septiembre y el 5 de diciembre de 2012, mismos que serán turnados al Jefe

de Gobierno del Distrito Federal, a la Contraloría General del Distrito Federal a efecto de

que evalúe su aplicación y cumplimiento, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal...”.

Se verificó el cumplimiento, por parte de la Delegación Milpa Alta, de lo dispuesto

en la normatividad aplicable, y se observó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. DGA/911/2012 del 1o. de agosto de 2012, el Jefe Delegacional en

Milpa Alta remitió con un desfase de cuatro meses y seis días naturales al Jefe de

Gobierno del Distrito Federal, el primer Informe de Avance para la Aplicación del

Presupuesto Participativo correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos

de Pueblos constituidos en dicha Delegación. Las constancias de envío a la CGDF y a

la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) no fueron proporcionadas.

2. Con el oficio núm. DGA/1098/2012 del 15 de agosto de 2012, el Jefe Delegacional en

Milpa Alta remitió con un desfase de 1 mes y 20 días naturales al Jefe de Gobierno

del Distrito Federal, el segundo Informe de Avance para la Aplicación del Presupuesto

Participativo correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos

constituidos en dicha Delegación. Las constancias de envío a la CGDF y a la ALDF no

fueron proporcionadas.

3. Asimismo, mediante el oficio núm. JD/01/2012 del 1o. de octubre de 2012, el Jefe

Delegacional de Milpa Alta remitió con un desfase de dos días naturales al Jefe de Gobierno

del Distrito Federal, el Tercer Informe de Avance para la Aplicación del Presupuesto

Participativo correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos

constituidos en dicha Delegación. Las constancias de envío a la CGDF y a la ALDF

no fueron proporcionadas.

4. Mediante el oficio núm. JD/65/2012 del 7 de diciembre de 2012, el Jefe Delegacional de

Milpa Alta, remitió con un desfase de cinco días naturales al Jefe de Gobierno del Distrito

Federal el Cuarto Informe de Avance para la Aplicación del Presupuesto Participativo

185

VOLUMEN 8/17

correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos constituidos

en dicha Delegación. Las constancias de envío a la CGDF y a la ALDF no fueron

proporcionadas.

Debido a que la Delegación Milpa Alta presentó con desfase al Jefe de Gobierno del Distrito

Federal sus informes de Avance para la Aplicación del Presupuesto Participativo

correspondiente a los 12 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos constituidos

en dicha Delegación, y no proporcionó evidencia documental que demuestre el envío

de los informes referidos a la CGDF y a la ALDF, se incumplió el artículo décimo

segundo transitorio, inciso f), del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 30 de diciembre de 2011.

En la reunión de confronta celebrada el 3 de diciembre de 2013, el Director General

de Administración y representante de la Delegación Milpa Alta no proporcionó información

o documentación alguna, que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

No obstante, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2012,

no se establece que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los informes

del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo, por

colonia y por pueblo originario, por lo que no se emite recomendación para el presente

resultado.

187

VOLUMEN 8/17

II.14. DELEGACIÓN TLÁHUAC

II.14.1. AUDITORÍA FINANCIERA

II.14.1.1. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría ASC/166/12

ANTECEDENTES

El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el

30 de diciembre de 2011, señala que en relación con los recursos aprobados por la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo

“a las Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de

acuerdo con lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.

En el artículo décimo segundo transitorio, inciso c), del mismo Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 establece que “la determinación

de las acciones específicas que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las

delegaciones en cada una de las 1815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren

en el supuesto de asentamientos irregulares, o que en su determinación no se contravenga

disposiciones jurídicas vigentes, se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana

que se efectuó el domingo 13 de noviembre de 2011. Conforme al anexo 7”. Este último,

establece el rubro general y el proyecto específico ganador para cada colonia o pueblo.

El Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012 determina que a la Delegación Tláhuac le correspondieron 29,670.7 miles de

pesos del Presupuesto Participativo, que se distribuirían entre los 52 Comités Ciudadanos,

a razón de 570.6 miles de pesos para cada uno.

Los recursos asignados en 2012 a la Delegación Tláhuac representan el 4.2% del total

de las 16 delegaciones y tuvieron un decremento del 0.4%, respecto de los 29,798.4 miles de

pesos que le fueron asignados en 2011.

188

VOLUMEN 8/17

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16 órganos

político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles de pesos (9.2%)

con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados originalmente y de 20,362.3 miles

de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0 miles de pesos ejercidos en 2011.

En 2012, la Delegación Tláhuac ejerció 29,549.9 miles de pesos en el destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, que representaron una variación negativa de 0.4% (120.8 miles

de pesos) respecto del presupuesto original (29,670.7 miles de pesos) y un incremento

del 0.1% en relación con los 29,521.0 miles de pesos ejercidos en 2011.

En el Informe de la Cuenta Pública de 2012, apartado “ECG Análisis de Egresos por

Capítulo de Gasto”, el órgano político-administrativo, en relación con el capítulo 6000 “Inversión

Pública”, informó que “la variación en este capítulo de gasto consiste en movimientos

compensados por 37,621,281.11 que redujeron el capítulo, como 5,500,000.00 de recursos de

la Comisión Nacional del Deporte (CONADE) que no se ejercieron por problemas técnicos

del proyecto, y 3,585,397.00 de mercados, entre otros”.

El Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) ejerció 49,104.3 miles de pesos en diversas

actividades de difusión y preparación para la realización de la Consulta Ciudadana, lo que

permitió una cobertura de 99.0% en la instalación de las mesas receptoras de opinión;

sin embargo, el porcentaje de votación fue de 1.9%. Al respecto, una encuesta de opinión

y análisis que contrató el IEDF y que se aplicó en junio de 2012, obtuvo, entre otros resultados,

que sólo 9.7% de los entrevistados conocía el presupuesto participativo.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Tláhuac con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

189

VOLUMEN 8/17

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales, incluidos

en el Manual de Selección de Auditorías:

1. “Exposición al Riesgo”, el presupuesto participativo es un programa de reciente creación;

por tanto está expuesto a riesgos de irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de

objetivos y metas.

2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las

actividades y funciones que desarrollen los órganos político-administrativos para cumplir

los compromisos del programa presupuestario tienen un impacto directo y tangible en

beneficio de la ciudadanía.

3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del

Distrito Federal, a la ALDF le compete vigilar, por conducto de la Contaduría Mayor

de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), el ejercicio de

los recursos del presupuesto participativo, el cual es susceptible de auditarse por estar

contenido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012 y en la Cuenta Pública del Distrito Federal 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, base primera,

fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero,

VIII, IX, XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22;

24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o.,

fracciones V y VII; 13 y 16, del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

190

VOLUMEN 8/17

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido por la Delegación Tláhuac en 2012

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un total de 29,549.9 miles

de pesos.

Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto

fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los

recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la

normatividad aplicable: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Participación Ciudadana del

Distrito Federal; Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012; Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal; Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011),

vigente a partir del 20 de mayo de 2011; Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular

Uno Bis 2012), vigente a partir del 8 de agosto de 2012; Circular Contraloría General para

el Control y Evaluación de la Gestión Pública, el Desarrollo, Modernización, Innovación

y Simplificación Administrativa y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del

Distrito Federal, Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal; y Lineamientos con

los que se Dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para Contener

el Gasto en la Administración Pública del Distrito Federal, todos vigentes en 2012.

Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras y Desarrollo

Urbano (DGODU), en la Dirección General de Participación Ciudadana (DGPC) y en la

Dirección General de Administración (DGA), todas adscritas a la Jefatura Delegacional.

Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Tláhuac vigente en 2012, para verificar

que la organización del órgano político-administrativo fuera acorde con la estructura

orgánica dictaminada, así como la existencia de procedimientos aplicables al rubro sujeto

a revisión.

191

VOLUMEN 8/17

Se analizó la normativa que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, para

verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su operación.

Se solicitó y analizó diversa información generada por el IEDF, relacionada con la capacitación

a servidores públicos.

Se seleccionó una muestra de auditoría de 10,573.3 miles de pesos, que representa el 35.8%

de los recursos ejercidos (29,549.9 miles de pesos) en el destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, y corresponde a las erogaciones realizadas en la partida presupuestal 6291

“Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”.

Se verificó que el presupuesto autorizado a la Delegación Tláhuac correspondiera con el

establecido en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2012 y que el presupuesto modificado, registrado y ejercido en la partida

presupuestal 6291 “Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”

estuviera respaldado con la documentación justificativa y comprobatoria, conforme a la

normatividad vigente en 2012.

Para analizar el ejercicio del presupuesto de la Delegación Tláhuac en la partida 6291 “Trabajos

de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”, se verificó que el órgano

político-administrativo contara con la documentación soporte para acreditar la “Rehabilitación

de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional” de diferentes Comités Ciudadanos de

la Delegación; así como que éstas fueran realizadas y pagadas conforme a los contratos

respectivos.

Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondientes al ejercicio de 2012,

con objeto de comprobar que las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaran a lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012.

Se verificó con el contratista que conformó la muestra de auditoría que los importes facturados

y los datos relativos a las obras correspondieran con la información proporcionada por la

Delegación, que las obras se hubieran realizado conforme a las cláusulas de los contratos

192

VOLUMEN 8/17

y que éstos no se encontraran inhabilitados por la Secretaría de la Función Pública (SFP)

o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

Se efectuó la verificación física de las obras contratadas para corroborar que éstas se

realizaron conforme a la descripción incluida en los contratos, así como a los proyectos

ganadores de la Consulta Ciudadana de 2012.

Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la normatividad

vigente en 2012.

Para determinar la muestra sujeta a revisión se realizaron las siguientes actividades:

1. Por tratarse de una auditoría financiera, el universo de recursos ejercidos (29,549.9 miles

de pesos) se estratificó por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado

y actividad institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes y las variaciones más

significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno de esos rubros

en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria establecida

en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de selección de muestras”, de

las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP);

con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor participación en el ejercicio

de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.

De acuerdo con lo anterior, la muestra de auditoría por 10,573.3 miles de pesos del

destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, correspondiente a la partida presupuestal

6291 “Trabajos de acabados en edificaciones y otros trabajos especializados” se integró

con el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 y su convenio modificatorio

núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, suscrito con la empresa Constructora Jimtre,

S.A. de C.V. Se revisó que el proceso de adjudicación directa se haya realizado conforme

a la normatividad vigente.

La auditoría se llevó a cabo en la DGODU, DGPC y DGA, de la Delegación Tláhuac.

193

VOLUMEN 8/17

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El sistema de control interno comprende el plan de organización, así como los métodos

y procedimientos instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las

metas y objetivos del sujeto fiscalizado, con criterios de economía, eficiencia, eficacia,

transparencia y honradez; que los recursos se empleen conforme a las leyes, reglamentos

y políticas aplicables, a fin de protegerlos de eventuales desperdicios, pérdidas o mal

uso; y que se obtenga y conserve la información relacionada con el empleo de los recursos.

Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Tláhuac

para las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad en

el ejercicio de los recursos, la operación y supervisión de las obras realizadas con recursos

del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; la disposición de objetivos, metas e

indicadores; el cumplimiento de los requisitos documentales y los registros presupuestales;

y el resguardo y archivo de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de

los expedientes de los contratos celebrados y de las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

correspondientes a los pagos realizados.

Se analizó el Manual Administrativo, apartado de organización, de la Delegación Tláhuac

vigente en 2012, para identificar la estructura orgánica del sujeto fiscalizado, los objetivos,

funciones y atribuciones de las unidades administrativas que lo integran. Asimismo, se revisó el

manual administrativo, apartado de procedimientos, de la Delegación, con objeto; por una parte,

de conocer cuáles fueron las unidades administrativas que intervinieron en la autorización,

ejercicio y registro de las erogaciones con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” y, por otra, verificar si se aplicaron los procedimientos correspondientes.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno se determinó que éste es

suficiente en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, ya que la Delegación Tláhuac no estableció una actividad institucional,

objetivos, metas ni indicadores para el rubro revisado; tampoco identificó los posibles riesgos

que podrían afectar el ejercicio, registro y control de los recursos. Por otra parte, las áreas

de la Delegación Tláhuac se estructuraron conforme a las funciones asignadas en el manual

administrativo, en su apartado de organización y contó con los procedimientos de aplicación

general, los cuales fueron actualizados oportunamente. Además, los servidores públicos

194

VOLUMEN 8/17

responsables de verificar el cumplimiento de los proyectos del presupuesto participativo

no contaron con las competencias suficientes, ya que no participaron en las capacitaciones

que desarrolló la instancia responsable.

RESULTADOS

1. Resultado

Manual Administrativo

La DGA de la Delegación Tláhuac proporcionó, mediante el oficio núm. DGA/DRF/SF/1438/2013

del 10 de septiembre de 2013, su manual administrativo, apartados de organización y

procedimientos, vigente en 2012, conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 2/2009,

el cual fue autorizado por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA)

con el núm. MA-02D13-2/09.

De conformidad con el dictamen núm. 2/2009, en 2012, la Delegación se integró por un

total de 200 plazas, como se muestra a continuación:

Unidad administrativa Plazas

Jefe Delegacional 1

Asesor 1

Secretario Particular 1

Direcciones Generales Jurídica y de Gobierno, de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo Económico y Rural, y de Participación Ciudadana

7

Direcciones de Área 25

Subdirecciones 17

Jefaturas de Unidad Departamental 84

Líderes Coordinadores de Proyectos “A”, “B” y “C” 64

Total 200

Manual Administrativo, Apartado de Organización

Con el oficio núm. CGMA/DDO/1251/09 del 18 de diciembre de 2009, la CGMA comunicó

a la Delegación Tláhuac el registro y la integración de su manual administrativo, con el

núm. MA-02D13-2/09. El órgano político-administrativo publicó dicho manual en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 2 de marzo de 2010, el cual establece las funciones, facultades,

atribuciones y normas de trabajo que corresponden a las unidades administrativas integrantes

de la Delegación.

195

VOLUMEN 8/17

Con los oficios núms. DGA/039/2010, DGA/040/2010, DGA/041/2010, DGA/042/2010,

DGA/043/2010, DGA/044/2010 y DGA/045/2010, todos del 14 de enero de 2010, la DGA

en la Delegación Tláhuac difundió y comunicó entre los servidores públicos el manual

administrativo, en su apartado de organización, con número de registro MA-02D13-2/09.

Manual Administrativo, Apartado de Procedimientos

Con el oficio núm. CGMA/DDO/0256/09 del 26 de agosto de 2009, la CGMA informó a la

Delegación Tláhuac que los 174 procedimientos elaborados conforme al dictamen núm. 2/2009,

fueron registrados con el núm. MA-02D13-2/09.

Con los oficios núms. DGA/302/2010 y terminaciones 298/2010, 300/2010, 301/2010, 303/2010,

304/2010 y 305/2010, todos del 3 de marzo de 2010, la DGA en la Delegación Tláhuac

difundió y comunicó entre los servidores públicos el manual administrativo, en su apartado

de procedimientos, con el número de registro MA-02D13-2/09.

Los procedimientos mencionados fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 1o. de marzo de 2010.

Con los oficios núms. JDT/164/2012 y terminaciones 206/2012, 239/2012, 707/2012 y 817/2012

del 15 de marzo, 25 de abril, 15 de mayo, 9 de agosto y 21 de septiembre, todos del 2012,

respectivamente, el Jefe Delegacional en Tláhuac remitió diversos procedimientos a la CGMA.

Con los oficios núms. CG/CGMA/DEDDEO/3347/2012 y terminaciones 3348/2012, 3349/2012,

3350/12 y 3388/2012, los primeros cuatro del 23 de noviembre y el último del 26 de

noviembre, todos de 2012, la CGMA informó a la Jefatura Delegacional en Tláhuac que se

determinó registrar e integrar diversos procedimientos con el núm. MA-02D13-2/09.

Con el oficio núm. DGA/1506/2012 del 18 de diciembre de 2012, el Director General de

Administración solicitó al Director de Adquisiciones, Recursos Materiales y de Servicios

Generales del órgano político-administrativo que se dieran a conocer entre el personal

que interviene en la aplicación de los mismos.

Del análisis a la información proporcionada por la Delegación Tláhuac, se observó que han

publicado 246 procedimientos vigentes en 2012, en cuatro diferentes fechas (1 de marzo,

196

VOLUMEN 8/17

22 de noviembre ambas de 2010; 8 de abril y 29 de noviembre, ambas de 2011), en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal. Todos con registro núm. MA-02D13-2/09, de los cuales 26 se

encuentran relacionados con el objetivo de la auditoría.

2. Resultado

Competencia

De conformidad con el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

“las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación

y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los

órganos de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y

la cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia

social y de una mejor gobernanza”.

Mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, se solicitó a la Consejera

Electoral Presidente del IEDF que informara sobre los cursos de formación y sensibilización

impartidos a los servidores públicos de los órganos políticos-administrativos, relacionados

con el presupuesto participativo en 2012.

En respuesta, mediante el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013,

el IEDF remitió el oficio núm. DD-XXXV/320/13 del día 4 del mismo mes y año, mediante

el cual el Coordinador de la XXXV Dirección Distrital del IEDF en Tláhuac proporcionó copias

simples de los oficios núms. DD-XXXV/287/11 del 2 de septiembre de 2011 y DD-XXXV/445/12

del 23 de julio de 2012, ambos dirigidos al Jefe Delegacional Tláhuac y a la Encargada del

Despacho de la Delegación Tláhuac, respectivamente, en el que se les solicitó hacer del

conocimiento a funcionarios de esa dependencia para que asistieran a los cursos impartidos

por el IEDF.

No obstante lo anterior, el Coordinador de la XXXV Dirección Distrital del IEDF en Tláhuac

informó que una vez revisados los archivos distritales, no se tuvo registro alguno de la asistencia

de funcionarios delegacionales (en Tláhuac) a los cursos de capacitación del año 2012,

ya fuera a las sesiones presenciales o a los cursos ofrecidos en línea; situación que

también se presentó en el año 2011.

197

VOLUMEN 8/17

Por todo lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Tláhuac no

participaron en los cursos que promovió el IEDF en el ejercicio 2012; en consecuencia,

no contaron con las competencias que proporcionó dicho organismo, incumpliendo con el

artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; asimismo, la Dirección

General de Participación Ciudadana incumplió el artículo 181 Bis, fracción IV, del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, el cual establece que corresponde

a ésta “Implementar acciones de información, capacitación y educación, para promover la

participación ciudadana;”.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

Recomendación ASC-166-12-01-TLH

Es necesario que la Delegación Tláhuac promueva entre sus servidores públicos la asistencia

a los cursos de formación y sensibilización de participación ciudadana que promueva el

IEDF, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de la Administración

Pública del Distrito Federal y la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.

3. Resultado

Objetivos, Indicadores y Metas

El artículo 1o., tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2012, establece que “los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta

Ley deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en

criterios de […] eficacia, economía, racionalidad, transparencia, control, rendición de cuentas”.

El artículo 25 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece:

“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los

Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Delegaciones y Entidades para cada ejercicio fiscal y con base en: […]

”II. Las políticas de gasto público que determine el Jefe de Gobierno, a través de la Secretaría.

198

VOLUMEN 8/17

”El anteproyecto se elaborará por Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación

y Entidad estimando los costos para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos

previstos en las metas, así como los indicadores necesarios para medir su cumplimiento.

El artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, vigente en 2012, dispone que “las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad

en base acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación

de los presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su

ejecución”.

Por su parte, el numeral II.4. “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012,

dispone que “la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su

artículo 83 que el presupuesto participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden

respecto a la forma en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias

y pueblos originarios en que se divide el territorio del Distrito Federal. Los recursos de

presupuesto participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto anual de las

Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios, equipamiento,

infraestructura urbana y prevención del delito. Por lo anterior, las Delegaciones, en la

formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar lo establecido en la citada Ley”.

Con el oficio núm. ASC/13/1601 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación

Tláhuac el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual (POA)

para el ejercicio 2012; asimismo, con el cuestionario de control interno se solicitó información

referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto participativo. Con los

oficios núms. DTP/0575/2013, SP/UDPEyM/53/2013, UDMA/172/2013, DARMSG/0752/13

y DGAT/JPC/0229/13, del 11, 12 y los últimos tres del 13, todos de septiembre 2013,

respectivamente, la Delegación remitió la información solicitada.

Al analizar la información proporcionada se determinó lo siguiente:

1. En respuesta al Cuestionario de control interno, la Subdirectora de Finanzas de la DGA

informó que “más que objetivos, son proyectos mismos que se describieron en el Decreto

199

VOLUMEN 8/17

de Presupuesto de Egresos del D.F. para el ejercicio fiscal 2012”; asimismo, señaló que

“los objetivos del presupuesto participativo estuvieron acordes a las necesidades de cada

comité, no obstante, los mismos no dejan de lado lo recomendado en el Eje 1 Reforma

Política: Derechos plenos a la ciudad y sus habitantes”.

2. En atención a la solicitud de la descripción de los objetivos, metas e indicadores para el

ejercicio 2012, vinculados al presupuesto participativo, la Jefa de Unidad Departamental

(JUD) de Promoción Ciudadana, adscrita a la DGPC, informó que las metas son

“el cumplimiento de los proyectos del Presupuesto Participativo” y la ejecución del

presupuesto participativo asignado para tal fin.

3. En el POA 2012 de la Delegación Tláhuac no se identificó actividad institucional

alguna vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; por lo que no

se establecieron metas físicas ni financieras para el efecto.

4. En el apartado “Avance en los Indicadores de los Resultados de las Actividades

Institucionales Realizadas” (AIRAIR) de la Cuenta Pública de 2012, correspondiente a la

Unidad Responsable 02 CD 13 Delegación Tláhuac, no se identificó actividad institucional

alguna que agrupara las acciones vinculadas al presupuesto participativo, por lo que no se

registraron “metas 2012” ni “índice de cumplimiento de metas” para tal rubro.

Por todo lo anterior, se concluye que la Delegación Tláhuac no dispuso en su Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2012 de una actividad institucional,

tampoco contó con objetivos, metas e indicadores para el presupuesto participativo que

estuvieran vinculados al Programa General de Desarrollo 2007-2012 del Gobierno del

Distrito Federal, por lo que incumplió con lo establecido en los artículos 1o., tercer párrafo

y 25, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 126 de su Reglamento

y el numeral II.4, “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-Presupuestación

para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

200

VOLUMEN 8/17

Recomendación ASC-166-12-02-TLH

Es necesario que la Delegación Tláhuac establezca objetivos, metas e indicadores anuales

para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General de

Desarrollo del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento, para verificar

la eficacia en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

4. Resultado

Consulta Ciudadana

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, se publicó el Acuerdo

del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba

la Convocatoria a participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en

cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

en el cual se indicó que, del 3 al 7 de octubre de 2011, los habitantes de las colonias

y pueblos, conforme a la delimitación geográfica establecida en el Catálogo de Colonias y

Pueblos Originarios 2010, podrían registrar ante el Coordinador Interno o de Concertación

Comunitaria del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo que les corresponda, los proyectos

específicos que consideraran prioritarios.

La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos

y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se registrarían

en la convocatoria. También, indicó que las áreas técnicas de las Delegaciones proporcionarían

información y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a fin

de que éstos seleccionaran un mínimo de 2 y un máximo de 5 proyectos que reunieran las

características básicas siguientes: vinculación con un rubro general y un proyecto

específico, costo aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes que serían

beneficiados y señalar la ubicación exacta del proyecto.

El 13 de noviembre de 2011, inició la Consulta Ciudadana, la cual se llevó a cabo en dos etapas:

foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa, se informaría a los

ciudadanos y a la comunidad en general de las colonias o pueblos sobre las características

201

VOLUMEN 8/17

de los proyectos elegidos por el comité respectivo y su posible impacto; en la segunda, se

recibiría la opinión ciudadana para elegir el proyecto que consideraran prioritario realizar

en su colonia o pueblo y, concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas

receptoras de opinión realizarían el escrutinio y cómputo de las opiniones para obtener los

resultados de la consulta, fijándolos en un lugar visible. Las Direcciones Distritales expidieron

las constancias de validación donde se mostraron los resultados validados de la Consulta

Ciudadana, mismos que se hicieron llegar a la Delegación Tláhuac para su difusión y ejecución.

Como parte de la auditoría, en la Delegación Tláhuac se realizó lo siguiente:

1. Se revisaron las 52 constancias de validación de la Dirección Distrital, correspondientes

a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos de la demarcación, de

conformidad con el Anexo 1, “Presupuesto Participativo por Delegaciones”, del Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, en las

cuales se presentan los resultados obtenidos de la Consulta Ciudadana. Al respecto,

se constató que los proyectos, relativos a la muestra de auditoría, que resultaron

ganadores coincidieron con los ejecutados por la Delegación Tláhuac, consistentes en

“Rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional” en 28 colonias

del órgano político-administrativo, mediante el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12

y su convenio modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, los cuales se

identifican con los rubros generales de “Obras y servicios”, “Equipamiento”, “Infraestructura

urbana” y “Prevención del delito”; por lo que la Delegación Tláhuac se ajustó a lo dispuesto

en el inciso b), del artículo décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011.

2. Con el oficio núm. ASC/13/1601 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación

Tláhuac los programas semestrales de 2012 para la difusión pública de las acciones

y funciones a cargo de la Delegación. Mediante el oficio núm. DGA/1617/2013 del 9 de

octubre de 2013, la Delegación proporcionó el oficio núm. JDT/456/13 del 19 de julio

de 2013, en el que la Jefatura Delegacional en Tláhuac envió al Jefe de Gobierno del

Distrito Federal, el programa semestral de difusión pública 2013, sin embargo se solicitó

el programa semestral 2012, por lo que la Delegación Tláhuac no lo exhibió.

202

VOLUMEN 8/17

Por no contar con los programas semestrales de 2012 para la difusión pública de las acciones

y funciones a cargo de la Delegación, el órgano político-administrativo incumplió con los

artículos 56 y 57 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, publicada en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 27 de mayo de 2010, vigente en 2012, que señalan:

“Artículo 56. Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas

a establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones

a su cargo en los términos de este capítulo.”

“Artículo 57. El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de

Gobierno, tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos

Ciudadanos, los Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información sobre

los planes, programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública…”

En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información o

documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de Auditoría

con clave ASC/155/11, practicada a la Delegación Tláhuac, resultado núm. 4, recomendación

núm. ASC-155-11-02-TLH, considera el mecanismo para garantizar que se elabore el

programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones a su cargo, que

contenga los planes, programas, proyectos y acciones, conforme a la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como

parte del seguimiento de la recomendación citada. Por ello, no se formula recomendación.

5. Resultado

Atribuciones y Marco Jurídico

Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la

operación y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normatividad

aplicable. Como resultado de ello, se constató lo siguiente:

203

VOLUMEN 8/17

Entre las atribuciones que el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal señala para los titulares de los órganos políticos-administrativos, se encuentran

las siguientes:

“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación

ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia

correspondiente; […]

”LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del

delito…”

El Manual Administrativo, apartado de organización, de la Delegación Tláhuac, registrado

con el núm. MA-02D13-2/09 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 2 de

marzo de 2010, señala las siguientes funciones para la Dirección General de Participación

Ciudadana:

“Artículo 181 Bis.- A la Dirección General de Participación Ciudadana le corresponde:

“I. Proponer al Jefe Delegacional los planes y políticas en materia de participación ciudadana;

[…]

”IV. Implementar acciones de información, capacitación y educación, para promover la

participación ciudadana; […]

”IX. Coordinar la planeación, diseño, seguimiento y control de programas y proyectos que

fomenten la participación ciudadana; […]

”XIII. Recibir, atender y dar respuesta a las solicitudes y peticiones que formulen los comités

vecinales con base en la Ley de Participación Ciudadana.”

Del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Tláhuac, según las

funciones específicas de la DGPC, contó con atribuciones, para el ejercicio de los recursos

y las actividades vinculadas con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

204

VOLUMEN 8/17

6. Resultado

Programa Anual de Obra

Se analizó el Programa Anual de Obra de la Delegación Tláhuac, para constatar que

las obras que en 2012 contrató el órgano político-administrativo con cargo al destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se realizaron conforme a la normatividad aplicable.

De su análisis se constató lo siguiente:

Con los oficios núms. ASC/166/12/TLH/13-01 y ASC/166/12/TLH/13-02 del 11 de septiembre

y 2 de octubre, ambos de 2013, la CMHALDF solicitó, entre otros puntos, el oficio mediante

el cual la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) comunicó a la

Delegación el Calendario Presupuestal, el POA y el oficio de autorización presupuestal.

Al respecto, la Delegación proporcionó el oficio núm. SFDF/SE/988/2012 del 30 de enero

de 2012, el cual no cuenta con sello ni fecha de recibido por parte de la Delegación,

por el cual la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó a la Delegación Tláhuac la

autorización presupuestal para su Programa Anual de Obra Pública 2012, publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 20 de marzo de 2012; sin embargo, por no contar

con sello ni fecha de recibido no se pudo determinar los días de desfase para la entrega.

Por lo anterior, no se pudo determinar que la publicación del Programa Anual de Obras

Públicas se haya realizado en tiempo y forma en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, conforme

al artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, que indica lo siguiente:

“Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal, a más tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción

de la autorización presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de obra pública, salvo que medie causa

debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo…”

En la revisión del Programa Anual de Obras 2012, se observó que la Delegación Tláhuac

no incluyó el lugar de realización de la obra, ni las zonas beneficiadas. Por lo que, incumplió con

el artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente en 2012,

205

VOLUMEN 8/17

que establece: “Las […] delegaciones […] al publicar sus programas anuales de obra pública,

darán a conocer las características fundamentales de las obras públicas correspondientes,

como tipo de obra, costo estimado, lugar de realización y zonas beneficiadas…”.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

Recomendación ASC-166-12-03-TLH

Es necesario que la Delegación Tláhuac elabore y publique su Programa Anual de Obras

Públicas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de conformidad con la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal y su Reglamento.

7. Resultado

Gasto Aprobado

El Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011,

señala que a la Delegación Tláhuac le correspondieron recursos del presupuesto participativo

por 29,670.7 miles de pesos.

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0063/2012 del 2 de enero de 2012, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Tláhuac el techo presupuestal

aprobado por la ALDF. En el anexo del oficio referido se señalan los “Recursos Etiquetados

en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”,

y establece que “Conforme al artículo transitorio décimo primero del Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal, se deberá etiquetar con el DG 65, los montos establecidos

en el Anexo 1” para lo cual dispone un importe de 29,670.7 miles de pesos.

La Delegación Tláhuac informó que con el oficio núm. SFDF/SE/988/2012 del 30 de enero

de 2012, el Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió el calendario presupuestal

definitivo autorizado. En la revisión del mismo, se verificó que no se establecieron los recursos

para el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

206

VOLUMEN 8/17

Al respecto, mediante oficio núm. DFR/1737/2013 del 6 de noviembre de 2013, la Directora

de Recursos Financieros de la DGA informó lo siguiente:

“Esta Unidad Responsable del Gasto en el ejercicio 2012, atendiendo la solicitud de la

Secretaría de Finanzas, identificó los recursos presupuestales asignados al Presupuesto

Participativo en el primer proyecto de inversión de ese año, siendo el proyecto de inversión

él o.2d13.2001, no obstante en la solicitud del calendario en el sistema SAP-GRP la clave

presupuestal que identificaba dicho proyecto de inversión se solicitó con DG 00. Por lo

anterior, el calendario presupuestal definitivo para este ejercicio fiscal 2012 fue entregado

y aprobado por parte de la Secretaría de Finanzas con DG 00.”

Por lo anterior, se constató que la Delegación Tláhuac contó con la aprobación de la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN de los recursos para el presupuesto participativo,

conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.

8. Resultado

Gasto Modificado

Con objeto de verificar que el presupuesto ejercido coincidiera con el reportado por

la Delegación para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 y que

el presupuesto modificado de las partidas se encontrara soportado con las afectaciones

programático-presupuestarias autorizadas, se analizaron las afectaciones y movimientos

que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión. Asimismo, se constató

que dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y justificadas.

De los 29,670.7 miles de pesos que se le asignaron originalmente, la Delegación Tláhuac

ejerció 29,549.9 miles de pesos, que representaron una disminución de 120.8 miles de

pesos (0.4%). En razón de que en el calendario presupuestal no se etiquetaron los recursos

para el destino de gasto 65, la Delegación Tláhuac realizó 14 afectaciones programático-

presupuestales: 3 con efecto cero y 11 para readecuar los recursos asignados al presupuesto

participativo. Los movimientos se resumen enseguida:

207

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Concepto

Parcial Total

Presupuesto asignado

0.0

Ampliaciones

Compensadas 7,242.3

Total de ampliaciones 7,242.3

Adiciones

Compensadas 22,418.7

Total de adiciones 22,418.7

Reducciones

Líquidas (111.1) (111.1)

Presupuesto modificado

29,549.9

Presupuesto ejercido

29,549.9

Diferencia

0.0

Derivado de la revisión y análisis de las afectaciones programático-presupuestarias

y de la información presupuestaria, se determinó que la variación entre el presupuesto ejercido

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y el presupuesto original se debió

principalmente a economías.

Asimismo, se constató que el presupuesto original que la Delegación Tláhuac reportó para

la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, coincide con

el que le fue comunicado por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio

núm. SFDF/SE/988/2012 del 30 de enero de 2012; que los presupuestos modificado

y ejercido integrados por la CMHALDF corresponden a los consignados en la Cuenta

Pública referida; y que el sujeto fiscalizado contó con los recursos asignados al destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, antes de establecer compromisos como resultado de

la Consulta Ciudadana de 2012.

De la revisión de las afectaciones programático-presupuestarias del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo” del ejercicio 2012, se comprobó que éstas fueron elaboradas,

soportadas documentalmente y autorizadas por la SEFIN mediante el Sistema de Planeación

de Recursos Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el apartado IV.3.3

“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, del Manual de Normas y

Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal;

y los artículos 76, fracción III; 77 y 78, capítulo III “De las Adecuaciones Presupuestarias”,

208

VOLUMEN 8/17

título tercero “Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigentes en 2012. Por tanto, del presente resultado no se desprende

observación alguna.

9. Resultado

Gasto Comprometido

En 2012, la Delegación Tláhuac ejerció recursos por un importe de 29,549.9 miles de

pesos, identificados con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en los capítulos

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por un importe de 820.0 miles de pesos (2.8%)

y 6000 “Inversión Pública” por 28,729.9 miles de pesos (97.2%).

Del importe, 17,045.0 miles de pesos (57.7%) fueron aplicados a la partida 6291 “Trabajos

de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”; de esos recursos,

10,573.3 miles de pesos (35.8%) fueron para realizar los trabajos de “Rehabilitación de

espacios públicos dentro del perímetro delegacional” en 28 colonias, los cuales formaron la

muestra de auditoría, correspondientes al contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 formalizado

el 28 de septiembre de 2012 y con un plazo de ejecución del 1o. de octubre al 29 de diciembre

de 2012 y su convenio modificatorio de importe núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01,

formalizado el 31 de octubre de 2012.

A fin de constatar que el sujeto fiscalizado se hubiese ajustado a la normatividad aplicable, se

revisó el procedimiento de adjudicación directa, que derivó en el contrato y convenio

modificatorio de importe mencionados en el párrafo anterior, verificando que se haya dado

cumplimiento a las cláusulas del contrato y convenio modificatorio respectivos, observándose

lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/988/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó a la Delegación Tláhuac la autorización presupuestal;

y en la tercera sesión extraordinaria del Subcomité de Obras de la Delegación

Tláhuac del 4 de julio de 2012, presentó el caso 21 referente a la “Rehabilitación de

espacios públicos, dentro del perímetro delegacional”, solicitando que dicha obra se ejecute

con un contrato de obra pública, mediante el procedimiento de licitación pública.

209

VOLUMEN 8/17

Asimismo, se indicó que la DGPC en coordinación con la DGODU por conducto de su

Dirección de Proyectos, realizaran juntas de trabajo con cada Comité Vecinal y se

acordaran los alcances que se le daría a la inversión, aplicando el recurso a 28 colonias

o pueblos, como se describe a continuación:

Clave Colonia o pueblo Proyecto prioritario

11-001 Agrícola Metropolitana Adquisición de inmuebles o rehabilitación para fines públicos

11-004 Del Mar Sur Rehabilitación y mantenimiento de espacios públicos

11-008 Emiliano Zapata 1ª sección Escalinatas

11-011 Granjas Cabrera Rehabilitación y mantenimiento de espacios públicos

11-012 Jaime Torres Bodet Retirar el banco de piedra que se encuentra en Av. Tecnológica y 3ra cerrada de tecnológica

11-014 La Draga Rehabilitación de jardineras y camellones

11-017 La Joyita Construcción de un laboratorio clínico en el centro de salud ubicado en Rafael Oropeza

11-018 La Mesa Construcción de 2 sanitarios en cancha de usos múltiples ubicada en calle 1 no. 42

11-022 López Portillo Barda tubular y juegos gimnasio

11-024 Los Olivos Los Olivos más seguro

11-034 San Juan Ixtayopan (Pblo) Equipamiento e infraestructura al Deportivo Ventera Medina Tapia de San Juan Ixtayopan

11-041 Santa Cecilia Construcción de un módulo de seguridad pública y un gimnasio al aire libre, ambos en el parque de la colonia, con postes de luz, para su buena iluminación

11-045 Selene 2da secc. Rescate de camellón con aparatos de ejercicio y áreas recreativas (camellón Estanislao Ramírez Ruiz y monte de las cordilleras)

11-047 Teozoma Construcción de canal de desagüe y rejilla de captación de aguas pluviales (enfrente del área de juegos en la calle Durazno)

11-050 Tierra Blanca Seguimiento en predio Cuachilco (avenida barranca s/n, esquina calle Sauce)

11-052 Villa Centroamericana (UH) Barda perimetral

11-053 Villas de los trabajadores (GDF) (UH)

Cancha multifuncional

11-055 Unidades Habitac. de Santa Ana Poniente

Rehabilitación de espacio público

11-026 Miguel Hidalgo Ote. Instalación de juegos infantiles

11-003 Del Mar Norte Instalación de juegos infantiles

11-021 Las Arboledas Instalación de juegos infantiles y gimnasio al aire libre

11-036 San Miguel Zapotitla Instalación de juegos infantiles

11-035 San miguel (Ampl) Instalación de juegos infantiles y gimnasio al aire libre

11-039 Santa Catarina (Ampl) Instalación de juegos infantiles y gimnasio al aire libre

11-040 Santa Catarina Yecahuizotl (Pblo) Instalación de gimnasio al aire libre

11-019 La Nopalera Instalación de juegos infantiles

11-051 Tierra y Libertad Instalación de gimnasio al aire libre

11-038 San Pedro Tláhuac Construcción de biblioteca para recurso de aprendizaje y hábito de lectura.

210

VOLUMEN 8/17

2. Con los oficios núms. ASC/166/12/TLH/13-01 y ASC/166/12/TLH/13-02 del 11 de septiembre

y 2 de octubre ambos de 2013, respectivamente, la CMHALDF solicitó el expediente

de adjudicación directa relativo al contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 con su

respectiva documentación soporte.

Con el oficio núm. DGA/1491/2013 del 19 de septiembre de 2012, el Director General

de Administración remitió el oficio núm. DRF/1447/2013 del 17 de septiembre de 2013,

con el que la Directora de Recursos Financieros de la DGA solicitó al Director General

de Obras y Desarrollo Urbano el expediente de la adjudicación directa relativa al contrato

núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 celebrado con la empresa Constructora Jimtre, S.A. de C.V.

Asimismo, con el oficio núm. DGA/1695/2013 del 25 de octubre de 2013, el Director

General de Administración, remitió los siguientes oficios:

a) Oficio núm. DGODU/2552/2013 del 23 de octubre de 2013, con el que el Director

General de Obras y Desarrollo Urbano informó al Director General de Administración

que en respuesta al oficio núm. DRF/1447/2013 del 17 de septiembre de 2013,

dicho expediente le fue entregado a la contraloría interna el 15 de julio de ese mismo

año para llevar a cabo los trabajos de la auditoría 05F/13 con clave 234 denominada

“Obras Públicas por Contrato”.

b) Oficio núm. DGODU/2553/2013 del 23 de octubre de 2013, con el que el Director

General de Obras y Desarrollo Urbano entregó al Director General de Administración

el oficio de invitación núm. DGODU/2407/2012, catálogo de conceptos con importes

parciales y totales, y el programa de obra y especificaciones técnicas.

Además con el oficio núm. DGA/1708/2013 del 29 de octubre de 2013, el Director General

de Administración proporcionó el “dictamen de justificación para la adjudicación directa de

los trabajos referentes a la rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro

delegacional” y las fotocopias de la bitácora de obra.

Finalmente, con el oficio núm. DGODU/2717/2013 del 12 de noviembre de 2013, la

Delegación Tláhuac remitió la documentación relativa al expediente de adjudicación

del contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12.

211

VOLUMEN 8/17

Con el oficio núm. DGODU/2407/2012 del 26 de septiembre de 2012, el Director General

de Obras y Desarrollo Urbano invitó a participar a la empresa Constructora Jimtre,

S.A. de C.V., en la ejecución de la obra relativa a “rehabilitación de espacios públicos,

dentro del perímetro delegacional”.

3. En el “Dictamen de Justificación para la Adjudicación Directa de los Trabajos referentes

a: Rehabilitación de Espacios Públicos, dentro del Perímetro Delegacional” del 27 de

septiembre de 2012, proporcionado por la DGODU de la Delegación Tláhuac, se procedió

a declarar desierto el concurso de la licitación pública núm. 30001121-001-12;

en consecuencia indicó que “la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano en

uso de las atribuciones que le han sido conferidas en el Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal […] dictamina procedente la contratación

de los trabajos referentes a Rehabilitación de espacios públicos dentro del perímetro

delegacional con la empresa Constructora Jimtre, S.A. de C.V., por un monto de

$9,954,496.76”. Como evidencia documental que justifique el supuesto legal de la

licitación pública declarada desierta, proporcionaron:

a) “Acta declarada desierta” del 26 de julio de 2012, correspondiente al concurso por

licitación pública nacional núm. 30001121-001-12 relativo a la rehabilitación de espacios

públicos, dentro del perímetro delegacional, en la cual indicó “… en cumplimiento

a lo dispuesto en el artículo 24 inciso ‘A’ y 26 párrafo segundo de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal y de conformidad con la licitación pública nacional

30001121-001-12 […] procediendo a declararse desierto el concurso por licitación

pública nacional 30001121-001-12, fundamentado en las bases del mismo concurso

que a la letra dice: “Tercera.- Visita al sitio de los trabajos. ‘Será obligatorio para los

licitantes visitar el sitio donde se realizarán los trabajos por personal calificado, en la

fecha, hora y lugar que señale la Delegación para que consideren la información…”,

firmando al calce el JUD de Concursos de la DGODU, el Contralor Interno y dos

representantes de la DGSU y de la Dirección de Proyectos, respectivamente.

b) Oficio núm. DGODU/1828/2012 del 16 de julio de 2012, con el que el Director General

de Obras y Desarrollo Urbano solicitó a la Directora General Jurídica y de Estudios

Legislativos la publicación de la convocatoria núm. 001-12 de la Administración

Pública en Tláhuac.

212

VOLUMEN 8/17

c) Convocatoria 001-12 de la licitación pública nacional con el núm. de procedimiento

30001121-001-12, correspondiente a los trabajos consistentes en rehabilitación

de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional.

4. En el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 celebrado el 28 de septiembre de 2012

con la empresa Constructora Jimtre, S.A. de C.V., cláusula primera.- Objeto del contrato:

“Rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional”; y en los

documentos catálogo de conceptos, programa de ejecución de trabajos y especificaciones

de proyecto que forman parte del contrato, no se indica de manera específica el

número de colonias o pueblos en donde se aplicará el recurso.

Por lo anterior, el sujeto fiscalizado incumplió con lo dispuesto en el artículo 46, fracción X,

inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que señala:

“Artículo 46.- Los contratos de obra pública contendrán como mínimo, las declaraciones

y cláusulas referentes a: […] X.- La descripción pormenorizada de los trabajos que se

deban ejecutar, debiendo acompañar, como parte integrante del contrato: a) En el caso de

obra, los proyectos, planos, especificaciones, programas y presupuestos correspondientes”.

5. El 31 de octubre de 2012, se formalizó el convenio modificatorio de importe

núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, el objeto del convenio fue “ampliar el monto

del contrato DGODU/AD/06/OB-019-12, adjudicado a la empresa Jimtre, S.A. de C.V.

para los trabajos de rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional”,

con un importe de 624.6 miles de pesos, en cumplimiento del artículo 56 de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal; además, proporcionaron la documental que justificó la

realización del convenio modificatorio de conformidad con la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal, consistente en:

a) “Acta circunstanciada” del 31 de octubre de 2012, en la que se acordó lo siguiente:

“Es procedente la ejecución de volúmenes excedentes y conceptos extraordinarios

[…] considerando que esto representará cambios en las volumetrías y un incremento

en el monto contratado”; firmando al calce el Director de Proyectos, el JUD

de Proyectos y Presupuestos, el Director de Obras y Mantenimiento, la JUD de

Supervisión Técnica y, por parte del contratista, el Administrador Único.

213

VOLUMEN 8/17

b) “Dictamen Técnico” del 31 de octubre de 2012, en el que se dictaminó lo siguiente:

“Es procedente la ejecución de volúmenes excedentes y conceptos extraordinarios,

considerando que esto representará cambios en las volumetrías y un incremento al

monto originalmente contratado por la cantidad de $624,591.00 […] monto que

incluye el IVA”. El dictamen fue firmado al calce por el Director de Proyectos, el JUD

de Proyectos y Presupuestos, el Director de Obras y Mantenimiento, la JUD de

Supervisión Técnica y, por parte del contratista, el Administrador Único.

c) Reprogramación de actividades. Formato de la delegación denominado “Programa

de Obra”, sin fecha, en el que se indica una cantidad total de 10,579.1 miles de pesos.

6. En la verificación del cumplimiento de la cláusula octava, “Garantías”, del contrato

núm. DGODU/AD/06/OB-019-12, se observó lo siguiente:

El contratista Constructora Jimtre, S.A. de C.V., presentó en tiempo y forma las pólizas de

fianza para garantizar el cumplimiento del contrato y de convenio, como a continuación

se describen:

(Miles de pesos)

Póliza Número Fecha Emisor Importe

Fianza de cumplimiento 1563961 28/IX/12 Afianzadora Sofimex, S.A. 995.4

Cumplimiento de convenio 1563961 (de aumento)

31/X/I2 Afianzadora Sofimex, S.A. 62.5

La Delegación Tláhuac exhibió las pólizas de fianza de responsabilidad civil y de vicios

ocultos, determinando lo siguiente:

La cláusula segunda del contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12, señala: “El monto total

del presente contrato es de $8,581,462.72 […] más la cantidad de $1,373,034.04 […]

que corresponde al Impuesto al Valor Agregado, dando un total de $9,954,496.76…”.

Asimismo el párrafo quinto de la cláusula octava del contrato en mención, señala:

“El Contratista deberá entregar en un plazo no mayor a 5 días hábiles siguientes a la

fecha de la firma del contrato, la póliza de responsabilidad civil por daños y perjuicios

que se pudieran ocasionar a ‘la Delegación’ o a terceros, por el 10% del monto total

del contrato…”.

214

VOLUMEN 8/17

Del análisis a la póliza de responsabilidad civil, se observó que el contratista tenía que

presentarla por un importe de 995.4 miles de pesos y la que presentó fue por un importe

de 965.5 miles de pesos expedida por Seguros Banorte-Generali, S.A. de C.V., el 3 de

octubre de 2012, determinándose una diferencia de 29.9 miles de pesos. Por lo anterior,

la Delegación no observó lo dispuesto en la cláusula octava señalada en el párrafo anterior

y el artículo 47 último párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, que señala:

“Artículo 47. […] Los contratistas están obligados a presentar la póliza y el contrato de

seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, dentro de los cinco días hábiles

siguientes a la fecha de la firma del contrato, por el monto que se establezca en las bases

correspondientes.”

Además, para la fianza de vicios ocultos presentó la fianza de cumplimiento núm. 1563961,

en la que en el inciso d) señala “que en caso de que el fiado no realice la sustitución

de esta fianza por la de vicios ocultos, acepta que esta fianza se prorrogue hasta por un

año posterior a la fecha de vigencia del contrato y convenios, para responder por defectos

que resultaren de la ejecución de los trabajos, de los vicios ocultos y de cualquier otra

responsabilidad..”.

7. Se comprobó que el contratista no se encontraba en los listados de proveedores

y contratistas sancionados que publican en sus páginas web, la SFP y la CGDF. Lo anterior,

de conformidad con el artículo 37, fracción XI BIS, de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2012.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación del numeral 5 del presente

resultado, por lo que ésta prevalece. Con relación al numeral 7, se modifica parcialmente

la observación.

Recomendación ASC-166-12-04-TLH

Es necesario que la Delegación Tláhuac elabore los contratos de obra con la descripción

pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar, así como la ubicación de éstos, de

conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento.

215

VOLUMEN 8/17

Recomendación ASC-166-12-05-TLH

Es necesario que la Delegación Tláhuac garantice que las pólizas de responsabilidad civil,

correspondientes a los contratos de obra se presente en tiempo y forma, conforme a la

normatividad aplicable.

10. Resultado

Gasto Devengado

En las CLC se desglosan las estimaciones autorizadas del contrato

núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 del 28 de septiembre de 2012 y su convenio

modificatorio de importe del 31 de octubre de 2012, por un monto de 10,573.3 miles de

pesos, para el ejercicio fiscal 2012. Asimismo, con el oficio núm. DGODU/2717/2013 del

12 de noviembre de 2013, el órgano político-administrativo presentó copia simple de las

hojas de seguimiento correspondientes, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

CLC Estimaciones

Importe Número Fecha

Número Período

Oficio de entrega de la contratista a la residencia de las obras

Inicio Término

Fecha límite de entrega

Fecha real de entrega

Desfase en días

10008938 12/Xll/12 1 1/X/12 31/X/12 6/Xl/12 5/Xl/12 11 647.8

10009936 19/Xll/12 2 1/Xl/12 15/Xl/12 22/Xl/12 14/Xll/12 18 5,416.1

10009942 19/Xll/12 3 1/Xl/12 15/Xl/12 22/Xl/12 14/Xll/12 18 95.7

10009946 19/Xll/12 4 16/Xl/12 15/Xll/12 20/Xll/12 17/Xll/12

2,749.5

10015642 31/Xll/12 5 16/Xll/12 26/Xll/12 2/l/13 28/Xll/12 13 1,045.4

10015668 31/Xll/12 6 16/Xll/12 26/Xll/12 2/l/13 21/l/13 13 564.8

10015869 31/Xll/12 7 16/Xll/12 26/Xll/12 2/l/13 11/lV/13 54.0

10,573.3

1. La estimación núm. 4 (con un período del 16 de noviembre al 26 de diciembre de 2012)

no se elaboró en el período quincenal establecido en la cláusula séptima del contrato

núm. DGODU/AD/06/OB-019-12. La estimación núm. 7 abarco un período de 11 días

naturales (del 16 al 26 de diciembre de 2012) y no los períodos quincenales y a las fechas

de corte establecidos en la cláusula séptima del contrato (los días 15 y 30 de cada mes).

216

VOLUMEN 8/17

Sin embargo en contravención con lo estipulado en las cláusulas séptima y décimo sexta

del contrato, la Delegación Tláhuac en su perjuicio no calculó ni cobró las sanciones de

las estimaciones, que se detallan a continuación:

(Miles de pesos)

Estimación Cálculo de la penalización*

Número Período Importe Porcentaje de la sanción

Importe de la sanción

Del Al (fecha

de corte)

Días del período

4 16/Xl/12 15/Xll/12 30 2,749.5 2.0 55.0

7 16/Xll/12 26/Xll/12 11 54.0 2.0 1.1

Total 56.1

Cálculo determinado por la CMHALDF

Por no aplicar las sanciones por la elaboración y presentación de las estimaciones en

períodos y fechas de corte distinto a los establecidos en el contrato, la Delegación Tláhuac

incumplió con lo dispuesto en las cláusulas séptima “Forma de Pago” y décima sexta

“Penas Convencionales”, del contrato en revisión, que señalan lo siguiente:

“Cláusula séptima.- Las partes convienen que los trabajos objeto del presente contrato,

se paguen mediante la formulación de estimaciones que abarcarán los conceptos

de trabajo terminados en períodos quincenales […], las que serán presentadas por el

contratista a la residencia de supervisión dentro de los cuatro días hábiles siguientes

a la fecha de corte qué será los días 15 y 30 de cada mes […]

”El contratista deberá presentar por primera vez cada estimación respetando las

fechas de corte fijadas anteriormente, de no hacerlo se le aplicarán las penas que se

establecen en la cláusula décima sexta.”

“Cláusula décimo sexta.- […] Para el caso de incumplimiento por causas imputables a

el contratista en la presentación de estimaciones en la fecha fijada de corte y pactada

en la cláusula séptima del presente contrato, la pena que se aplicará a éste será del

2%, calculado sobre el importe bruto de la estimación presentada.”

217

VOLUMEN 8/17

2. De la revisión y análisis a las hojas de seguimiento correspondientes a las estimaciones

núms. 1, 2, 3, 5 y 6, se observó que éstas se presentaron a la residencia de la obra en

forma extemporánea.

Al respecto, con el oficio núm. SAO/018/2013 del 6 de septiembre de 2013, el Subdirector

de Administración de Obras informó a la Directora de Recursos Financieros de la DGA lo

siguiente: “Sobre las sanciones aplicadas a contratistas por incumplimiento a contratos

con destino de gasto 65, durante el ejercicio 2012 no fue necesaria su aplicación”.

En contravención de lo estipulado en las cláusulas séptima y décimo sexta del contrato,

así como del artículo 59 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

vigente en 2012, la Delegación Tláhuac no calculó y cobró en su perjuicio las sanciones

de las estimaciones, que se detallan a continuación:

(Miles de pesos)

Estimación Cálculo de la penalización*

Número Período Importe Fecha límite

de entrega

Fecha de entrega

a la residencia

de supervisión

interna

Días de desfase

Porcentaje de la

sanción

Importe de la

sanción Del Al

(Fecha de corte)

1 1/X/12 31/X/12 647.8 6/Xl/12 22/Xl/12 11 2.0 13.0

2 1/Xl/12 15/Xl/12 5,416.1 22/Xl/12 17/Xll/12 18 2.0 108.3

3 1/Xl/12 15/Xl/12 95.7 22/Xl/12 17/Xll/12 18 2.0 1.9

5 16/Xll/12 26/Xll/12 1,045.4 2/l/13 21/l/13

13 2.0 20.9

6 16/Xll/12 26/Xll/12 564.8 2/l/13 21/l/13

13 2.0 11.3

Total 155.4

* Cálculo determinado por la CMHALDF.

Por no aplicar la sanción por la entrega extemporánea de las estimaciones 1, 2, 3, 5 y 6

a la residencia de obra, la Delegación Tláhuac incumplió lo dispuesto en las cláusulas

sexta, “Forma de Pago” y décima sexta, “Penas Convencionales”, del contrato en revisión.

Las disposiciones incumplidas señalan lo siguiente:

“Artículo 59. Las estimaciones se deberán formular con una periodicidad no mayor de

un mes y comprenderán los trabajos realizados en el período hasta la fecha de corte.

218

VOLUMEN 8/17

“I. El contratista deberá entregar a la residencia de supervisión sea externa o interna,

la estimación acompañada de la documentación de soporte correspondiente dentro de

los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte; dicha residencia de supervisión

dentro de los cinco días hábiles siguientes deberá revisar, y en su caso, aprobar la

estimación, y […]

”El contratista deberá presentar las estimaciones respetando las fechas de corte fijadas

en el contrato, de no hacerlo se le aplicarán las penas que se establezcan en el contrato.”

Del análisis de los 2 numerales anteriores, la CMHALDF realizó el cálculo de las sanciones

no aplicadas por concepto de presentación de estimaciones en períodos y fechas de

corte distinto a los establecidos en el contrato (56.1 miles de pesos) y por la entrega

extemporánea de las estimaciones (155.4 miles de pesos), resultando una estimación

total de 211.5 miles de pesos, en perjuicio al erario del Gobierno del Distrito Federal.

3. En la verificación del cumplimiento de la cláusula décimo segunda “Recepción de los

Trabajos”, del contrato, se observó que:

a) La Delegación Tláhuac no exhibió la documentación original siguiente:

● Oficio del contratista notificando la terminación de los trabajos.

● Minuta de inspección física de los trabajos terminados.

● Acta de entrega-recepción de los trabajos.

b) En cuanto a la verificación de los trabajos, la Delegación Tláhuac proporcionó

30 “Actas de constatación”; de las cuales, 24 actas se realizaron el 29 de

diciembre de 2012; en 3 existieron detalles a corregir, correspondientes a igual

número de comités (Agrícola Metropolitana, Selene Segunda Sección y la Mesa),

por lo cual se originaron 2 actas en cada uno de esos comités (una con detalles

a corregir y la otra ya corregida); finalmente se firmó el cierre de las mismas

el 4, 29 y 30 de enero de 2013, respectivamente. Por lo anterior, las 30 “Actas de

constatación” correspondieron a 27 comités.

219

VOLUMEN 8/17

En la información proporcionada no se localizó el “Acta de constatación” del

Comité San Juan Ixtayopan, el cual estuvo contemplado en los trabajos de obra

pública del contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12.

c) “Acta entrega recepción” del 29 de noviembre de 2013, en el que indicó que “se

formuló la presente acta para hacer constar la terminación y entrega recepción de

los trabajos de rehabilitación de espacios públicos”, firmando al calce el Director

General de Obras y Desarrollo Urbano, Director Técnico y de Planeación,

representante de la Subdirección de Proyectos, Director de Obras y Mantenimiento,

el Administrador Único de la Contratista y la Supervisión Interna.

Derivado de lo anterior, se observó que existe un desfase en la entrega-recepción de los

trabajos de 202 días hábiles, por lo que la Delegación no cumplió con los artículos 57, párrafo

segundo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 64, inciso a), de su Reglamento,

así como con la cláusula décimo segunda del contrato, los cuales establecieron lo siguiente:

“Artículo 57.- […] Una vez que se haya constatado la terminación de los trabajos en los

términos del párrafo anterior, la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad,

procederá a su recepción dentro del plazo que para tal efecto se haya establecido en el

propio contrato. Al concluir dicho plazo, sin que la dependencia, órgano desconcentrado,

delegación o entidad, haya recibido los trabajos, éstos se tendrán por recibido.”

“Artículo 64.- […] a) Por contrato ya sea con base en precios unitarios, a precio alzado o por

administración, dentro de los términos y plazos establecidos para tal efecto en el contrato;

debe instrumentar acta de recepción en la que conste este hecho…Décimo segunda.-

Recepción de los trabajos […] el acto de recepción de los trabajos se llevará a efecto a los

10 días hábiles en que el contratista haya concluido la corrección de los detalles, fecha

en que se realizará el acto de entrega-recepción.”

En la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe de Auditoría

con clave ASC/155/11, practicada a la Delegación Tláhuac, resultado núm. 5, recomendación

núm. ASC-155-11-05-TLH, considera el mecanismo para garantizar que se elabore

oportunamente el acta de entrega-recepción de los trabajos conforme lo estable la Ley de

220

VOLUMEN 8/17

Obras Públicas del Distrito Federal, misma que ya fue atendida y notificada al sujeto

fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/13/1144 del 15 de noviembre de 2013. Por ello,

no se formula una nueva recomendación en el mismo sentido.

De acuerdo con la verificación física efectuada el 12 de noviembre de 2013 por personal

de la CMHALDF y de la Delegación Tláhuac, se constató que las obras corresponden a

los proyectos ganadores que se indican en las constancias de validación emitidas como

resultado de la Consulta Ciudadana celebrada el 13 de noviembre de 2011.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Tláhuac proporcionó la siguiente información:

Referente al numeral dos, presentó dos hojas de seguimiento, que manifiestan ser originales,

correspondientes a las estimaciones números 1 y 5 del contrato DGODU/AD/06/OB-019-12,

las cuales no corresponden a las hojas de seguimiento proporcionadas en el transcurso

de la auditoría.

En relación al numeral 3 inciso a), proporcionó la siguiente documentación; oficio sin

número del 30 de enero de 2013, en el cual, el contratista comunicó al Director de Obras

y Mantenimiento que “con esta fecha se dan por terminados los trabajos”.

Por lo anterior, la Delegación no cumplió con la cláusula décimo segunda, párrafo segundo

del contrato, que señala: “El aviso de terminación de los trabajos por parte de los contratistas

debe hacerse dentro de los diez días hábiles anteriores a la fecha de terminación de los

mismos…”.

Recomendación ASC-166-12-06-TLH

Es necesario que la Delegación Tláhuac garantice el cumplimiento de las cláusulas de los

contratos de obra, correspondientes a los períodos, fechas de corte y entrega de las

estimaciones y, en su caso, que se apliquen las sanciones correspondientes, conforme

a la normatividad aplicable.

221

VOLUMEN 8/17

11. Resultado

Gasto Registrado y Ejercido

1. Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Tláhuac con cargo

al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partida 6291 “Trabajos de Acabados en Edificaciones

y Otros Trabajos Especializados”, contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 y su convenio

modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, se hayan sujetado a las

condiciones pactadas y que estuvieran respaldados con la documentación justificativa

y comprobatoria de la obras; y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la

normatividad aplicable, se analizó la documentación soporte de la muestra, contenida

en las siete CLC que se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

CLC Factura Importe

Número Fecha Número Fecha

02 CD 13 10008938 12/Xll/12 21 19/Xll/12 647.8

02 CD 13 10009936 19/Xll/12 22 19/Xll/12 5,416.1

02 CD 13 10009942 19/Xll/12 23 19/Xll/12 95.7

02 CD 13 10009946 19/Xll/12 24 19/Xll/12 2,749.5

02 CD 13 10015642 31/XII/12 42 30/l/13 1,045.4

02 CD 13 10015668 31/XII/12 31 18/l/13 564.8

02 CD 13 10015869 31/XII/12 43 30/l/13 54.0

Total 10,573.3

En cuanto a la documentación que soporta los pagos realizados, se revisó el soporte

documental de las siete CLC, correspondientes a igual número de estimaciones,

consistente en carátula de estimación, oficio de entrega de las estimaciones del Director

General de Obras y Desarrollo Urbano al Director General de Administración para su

trámite correspondiente, factura, hoja resumen y control acumulativo. Asimismo, se observó

lo siguiente:

a) Las siete CLC se elaboraron y autorizaron por los servidores públicos inscritos en

la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para

Elaborar y Autorizar las CLC, Documentos Múltiples y Afectaciones Programático

Presupuestarias en 2012.

222

VOLUMEN 8/17

b) El presupuesto ejercido mediante las siete CLC se soportó con la documentación

comprobatoria respectiva, de acuerdo con el artículo 69, fracción III, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

c) Las siete CLC se debieron registrar presupuestalmente en el concepto 6100

“Obra Pública en Bienes de Dominio Público”, en la partida 6191 “Trabajos de

Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”, y no como se

registró originalmente en el concepto 6200 “Obra Pública en Bienes Propios”, en

la partida 6291 “Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos

Especializados”; en razón de que dichos recursos se destinaron a cubrir el pago de

rehabilitación de espacios públicos en bienes de dominio público, conforme al

Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

Por no registrar en la partida presupuestal correspondiente los trabajos de

“Rehabilitación de espacios públicos, dentro del perímetro delegacional”, la Delegación

Tláhuac incumplió con el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2012, que establece: “Los titulares de las Unidades

Responsables del Gasto y los servidores públicos encargados de su administración,

serán los responsables […] de llevar el registro de sus operaciones conforme a

las disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos

y partidas del Clasificador por Objeto del Gasto que expida la Secretaría”.

2. El monto ejercido de 10,573.3 miles de pesos, IVA incluido, no correspondió a lo indicado

en el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12 del 28 de septiembre de 2012,

por un importe de 9,954.5 miles de pesos y a su convenio modificatorio de importe

núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, formalizado el 31 de octubre de 2012,

por 624.6 miles de pesos.

Al respecto, con el oficio núm. ASC/166/12/TLH/13-06 del 8 de noviembre de 2013, se

solicitó al órgano político-administrativo nota informativa que explique la diferencia entre

el importe establecido (10,579.1 miles de pesos) en la cláusula segunda del convenio

modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01 y el importe (10,573.3 miles de

pesos), determinado en el análisis de las CLC de la Cuenta Pública 2012 proporcionadas

por la SEFIN y de las estimaciones relativas al contrato y convenio mencionados

proporcionadas por la Delegación Tláhuac.

223

VOLUMEN 8/17

Con el oficio núm. DGODU/2717/2013 del 12 de noviembre de 2013, el Director General

de Obras y Desarrollo Urbano señaló lo siguiente:

“Monto de contrato con convenio $10,579,087.76

Monto estimado hasta estimación número 08 $10,573,274.19

Monto por estimar $5,813.57

”Con oficio GDF/SOBSE/DGST/CT/DIC/90/002013-262, la Dirección General de Servicios

Técnicos de la Secretaría de Obras y Servicios emite oficio relativo a la autorización

de precios unitarios, de lo cual se ha solicitado la intervención de nuestra Dirección de

Obras y Mantenimiento para que notifique a la empresa y se realicen los ajustes para

el finiquito de dicho contrato.”

Derivado de lo anterior, se observó que el contratista elaboró la estimación núm. 8 por

un importe de $20.00 y existe un monto pendiente por estimar de 5.8 miles de pesos.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información o

documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

Recomendación ASC-166-12-07-TLH

Es necesario que la Delegación Tláhuac registre correctamente en la partidas presupuestales,

con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del Clasificador por Objeto del Gasto

que expida la Secretaría de Finanzas.

12. Resultado

Gasto Pagado

Con objeto de verificar que la Delegación Tláhuac contara con la documentación que reflejara

la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante el contrato y su convenio

modificatorio de importe correspondientes a la muestra de auditoría, por medio del oficio

núm. ASC/13/2142 del 28 de octubre de 2013, la CMHALDF solicitó al contratista Constructora

224

VOLUMEN 8/17

Jimtre, S.A. de C.V., con quien la Delegación celebró el contrato núm. DGODU/AD/06/OB-019-12

y su convenio modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01, la confirmación de

operaciones, relación de pagos, copia de las facturas emitidas, documentación que acredite

la entrega de las obras y, en su caso, el importe de penas convencionales aplicadas.

Con escrito sin número del 4 de noviembre de 2013, el contratista proporcionó fotocopia

de las facturas y de los pagos realizados por el órgano político-administrativo (las cuales

se cotejaron con las facturas originales proporcionadas por la Delegación), que soportan

las CLC correspondientes, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Estimación Factura

Número Fecha pago Número Fecha Importe (IVA incluido)

Líquido a pagar

1 31/Xll/12 21 19/Xll/12 647.8 628.2

2 31/Xll/12 22 19/Xll/12 5,416.1 5,252.7

3 31/Xll/12 23 19/Xll/12 95.7 92.8

4 31/Xll/12 24 19/Xll/12 2,749.5 2,666.6

5 13/ll/13 42 30/l/13 1,045.4 1,013.9

6 12/lll/13 31 18/l/13 564.8 547.7

7 13/ll/13 43 30/l/13 54.0 52.4

8 * 58 26/lX/13 0.0 0.0

9 * 61 31/X/13 5.8 5.6

Total 10,579.1 10,259.9

* Pendiente de pago

De acuerdo con lo anterior, están pendientes de pago 5.8 miles de pesos, cantidad que coincide

con lo señalado en el numeral 2 del resultado núm. 11.

Los pagos efectuados por la Delegación por un importe de 10,573.3 miles de pesos

(IVA incluido), fueron soportados con siete facturas, las cuales cumplieron con los requisitos

fiscales previstos en los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012,

y se verificó su registro en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De lo anterior, se verificó que el importe de las siete CLC (10,573.3 miles de pesos), objeto de

la muestra de auditoría, coincide con el importe reportado en la Cuenta Pública 2012.

225

VOLUMEN 8/17

Asimismo, coincide con la información proporcionada por el contratista, resultando

5.8 miles de pesos pendientes de pago, en relación con el importe total del contrato núm.

DGODU/AD/06/OB-019-12 y su convenio modificatorio núm. DGODU/AD/06/OB-019-12-CONV-01

(10, 579.1 miles de pesos).

13. Resultado

Informes del Compromiso y Ejecución

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo

décimo segundo transitorio, inciso f), establece que “los Jefes Delegacionales entregarán

cuatro informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto

participativo, por colonia y por pueblo originario, a más tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el

30 de septiembre y el 5 de diciembre de 2012, mismos que serán turnados al Jefe de

Gobierno del Distrito Federal, a la Contraloría General del Distrito Federal a efecto de que

evalúe su aplicación y cumplimiento, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”.

Del análisis de los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al

presupuesto participativo, por colonia y por pueblo originario, correspondiente a los 52 Comités

Ciudadanos y Consejos de Pueblos constituidos en la Delegación Tláhuac, los informes fueron

entregados en las fechas que se señalan a continuación:

Informe Número de

oficio Dirigido a:

Fecha del oficio

Fecha de entrega

Fecha límite de cumplimiento

Observaciones

1

JDT/182/12 JGDF 29/lll/12 30/lll/12 30/III/12 JDT/184/12 CGDF 29/lll/12 NL 30/III/12

JDT/183/12 ALDF 29/lll/12 2/lV/12 30/III/12 1 día de desfase

2 NL JGDF 29/Vl/12 29/Vl/12 30/Vl/12

JD/355/12 CGDF 29/Vl/12 NL 30/Vl/12 JD/351/12 ALDF 29/Vl/12 NL 30/Vl/12

3 JD/825/12 JGDF 27/lX/12 27/lX/12 30/lX/12

NL CGDF 27/lX/12 27/lX/12 30/lX/12 JD/826/12 ALDF 27/lX/12 NL 30/lX/12

4 JD/1252/12 JGDF 3/Xll/12 04/Xll/12 05/Xll/12

JD/1253/12 CGDF 3/Xll/12 05/Xll/12 05/Xll/12 JD/1254/12 ALDF 3/Xll/12 04/Xll/12 05/Xll/12

JGDF= Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

CGDF= Contraloría General del Distrito Federal.

ALDF= Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

NL: No es legible.

226

VOLUMEN 8/17

Por el desfase en el envío a la ALDF del primer informe del compromiso y la ejecución de

los recursos aplicados al presupuesto participativo, la Delegación Tláhuac incumplió el artículo

décimo segundo transitorio, inciso f), del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 30 de diciembre de 2011.

En la reunión de confronta celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración y representante de la Delegación Tláhuac no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

No obstante, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2012,

no se establece que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los informes del

compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo, por colonia

y por pueblo originario, por lo que no se emite recomendación al respecto.

227

VOLUMEN 8/17

II.15. DELEGACIÓN TLALPAN

II.15.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS

II.15.1.1. RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS CON CARGO AL FONDO DE APORTACIONES

PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS Y DE LAS DEMARCACIONES

TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL (FORTAMUNDF)

Auditoría ASCprofcasf/105/12

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se informó que el total

de las transferencias federales ejercidas por las 16 Delegaciones con cargo al Fondo de

Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales

del Distrito Federal (FORTAMUNDF) fue de 4,230,822.8 miles de pesos, de los cuales

310,970.4 miles de pesos (7.4%) correspondieron a la Delegación Tlalpan.

El total de los recursos ejercidos en 2012 por la Delegación Tlalpan fue de 1,464,577.2 miles

de pesos; de ellos, 310,970.4 miles de pesos (21.2%) provinieron de los fondos federales

que fueron transferidos mediante el FORTAMUNDF (fuente de financiamiento 405).

El monto de los recursos federales ejercidos (310,970.4 miles de pesos), fue superior en

0.6% (2,008.8 miles de pesos) en relación con la asignación original (308,961.6 miles de

pesos). Dicho incremento se debió al producto financiero que generó la cuenta bancaria

donde se concentraron los recursos del FORTAMUNDF.

A la fecha, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (CMHALDF) ha practicado a la Delegación Tlalpan tres auditorías financieras a los

recursos federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF en los ejercicios de 2008, 2009 y 2011.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Tlalpan derivado de los recursos federales ministrados por la Secretaría de Finanzas,

228

VOLUMEN 8/17

correspondientes al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de

las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), se haya registrado,

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con

la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Mediante el oficio núm. OASF/0595/2013 del 22 de febrero de 2013, la Auditoría Superior

de la Federación (ASF) solicitó a esta CMHALDF efectuar una auditoría orientada a

revisar los recursos federales correspondientes al FORTAMUNDF, ejercidos por la Delegación

Tlalpan durante 2012.

Por tal motivo y con fundamento en el Convenio de Coordinación y Colaboración para la

Fiscalización de los Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración,

Ejercicio y Aplicación al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos

de sus Demarcaciones Territoriales y, en general a cualquier Entidad, Persona Física y

Moral, Pública o Privada; que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación,

así como de los correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado

(PROFIS), suscrito por la ASF y la CMHALDF el 15 de febrero de 2010 y publicado en el

Diario Oficial de la Federación del 4 de marzo de 2010, la auditoría se realizará de

manera coordinada con ese órgano de fiscalización.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74,

fracción VI; y 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal; 2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XIII, XVI

y XIX; 27; 28; y 30 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

229

VOLUMEN 8/17

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

La muestra de auditoría, en términos absolutos y relativos, se determinó como resultado

de los trabajos llevados a cabo en la fase de planeación de la auditoría.

De la misma manera, la muestra de auditoría fue resultado del estudio y evaluación del

sistema de control interno, y abarcó por lo menos 20.1% del presupuesto ejercido en el

rubro sujeto a revisión.

La auditoría se practicó en la Dirección General de Administración, y en la Coordinación

de Seguridad Ciudadana. La primera, por ser la unidad administrativa encargada de

administrar los recursos humanos, materiales y financieros del órgano político-administrativo,

de registrar sus operaciones financieras; y de conservar la documentación justificativa

y comprobatoria del gasto; y la segunda, por ser la encargada de ejecutar programas de

seguridad pública en la Delegación de acuerdo con las políticas y programas que en la

materia emita la Secretaría de Seguridad Pública.

Se analizó el Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan vigente en el ejercicio

de 2012, para verificar que el manual de organización fuera acorde con la estructura orgánica

dictaminada y que éste y los procedimientos aplicables al rubro revisado, se hubiesen

registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).

Se identificaron las atribuciones de la Delegación establecidas en la Ley Orgánica y el

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; asimismo, se analizaron

la estructura orgánica y el Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan, vigentes en 2012,

a fin de determinar las áreas, funciones y procedimientos relacionados con las erogaciones

efectuadas con cargo al FORTAMUNDF y verificar que éstos últimos hubieran sido autorizados

y registrados por la CGMA.

Se verificó que se hubieran publicado, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el monto

de los recursos del FORTAMUNDF que correspondieran a la Delegación y el calendario

de ministración de dichos recursos, en cumplimiento de la Ley de Coordinación Fiscal.

También se verificó que la Secretaría de Finanzas (SF) hubiese abierto una cuenta

bancaria específica para los recursos del FORTAMUNDF, en la cual se identifiquen los

recursos federales y sus productos financieros.

230

VOLUMEN 8/17

Se revisó que, en cumplimiento de la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2012,

la Delegación haya hecho del conocimiento de los habitantes de su demarcación los

montos asignados a las obras y acciones por realizar; el costo de cada una, su ubicación,

metas y beneficiarios; los resultados alcanzados; y la cobertura y suficiencia de los

medios utilizados para difundir dicha información.

Se verificó que los recursos del FORTAMUNDF se hayan orientado prioritariamente al

cumplimiento de las obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos

por concepto de agua y a la atención de las necesidades vinculadas directamente con la

seguridad pública de los habitantes de la demarcación territorial, en cumplimiento de

la Ley de Coordinación Fiscal vigente en 2012.

Se realizaron pruebas de cumplimiento al registro y control de las operaciones relacionadas

con las partidas que integraron la muestra de auditoría. Dichas pruebas consistieron en

lo siguiente:

1. Se aplicaron cuestionarios de control interno a fin de verificar que los procedimientos

relacionados con las operaciones registradas con cargo a los recursos federales del

FORTAMUNDF se hayan difundido entre el personal encargado de su aplicación, que

éstos se hubiesen actualizado y autorizado, y que las actividades se hubieran

realizado de conformidad con dichos procedimientos.

2. Se verificó que la Delegación Tlalpan contara con las autorizaciones respecto a su

presupuesto, así como las relativas a las modificaciones correspondientes, y que

el presupuesto modificado correspondiera con el presupuesto ejercido reportado en la

Cuenta Pública de 2012.

3. Se evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Tlalpan, para

verificar que el proceso de solicitud, autorización, adquisición, contratación, recepción

y abastecimiento de los bienes adquiridos, así como el pago, control y registro de los

recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF se hayan sujetado a la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, al Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012 y

demás normatividad aplicable.

231

VOLUMEN 8/17

4. Se comprobó que la transferencia de recursos del FORTAMUNDF a la Delegación

y el destino de éstos se hubiesen sujetado a la normatividad aplicable.

5. Se revisó que la adquisición de bienes y la contratación de servicios se haya ajustado

a los procedimientos de adjudicación (directa, invitación restringida a cuando menos

tres proveedores y licitación pública nacional o internacional) establecidos en la

normatividad aplicable.

6. Se constató que las 23 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) revisadas

presentaran al reverso la leyenda que indicara que los recursos federales procedían

del FORTAMUNDF, Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas

y Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal”.

7. Se verificó que las facturas que soportan los pagos realizados con cargo al

FORTAMUNDF cumplieran los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A

del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

8. Se verificó que se hubiesen formalizado contratos con proveedores de bienes y prestadores

de servicio que no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General del Distrito

Federal o por la Secretaría de la Función Pública.

9. Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondientes al ejercicio

de 2012, con objeto de verificar que los procesos de adquisición de bienes y servicios

correspondieran a los términos establecidos en el Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012.

10. Se examinaron el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios autorizado para el ejercicio de 2012 y las actas de las sesiones del Comité

o Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la

Delegación Tlalpan correspondientes a dicho ejercicio.

11. Se verificó que los procesos de adquisición de bienes y contratación de servicios,

pagados en 2012 con cargo al FORTAMUNDF se hubieran sujetado a la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en el ejercicio de 2012;

232

VOLUMEN 8/17

y se revisó que, según la modalidad de adquisición, se hubieran ajustado a los montos de

actuación autorizados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal de 2012.

12. Se verificó que los bienes adquiridos se hubiesen recibido en los plazos establecidos

y que, en caso contrario, se hubieran aplicado las penas convencionales pactadas en

los contratos, de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su

Reglamento, vigentes en 2012.

13. Se revisó que los proveedores y prestadores de servicios hubiesen entregado

comprobantes de pago a nombre del GDF/Delegación Tlalpan y que cumplieran con

los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la Federación.

14. Se verificó que los pagos realizados por la Delegación efectivamente hubiesen sido

por la entrega de bienes y la recepción de servicios, que hubieran cumplido las

condiciones pactadas en los contratos y bases de colaboración, y que se hubiesen

efectuado en cumplimiento de la normatividad aplicable.

15. Se verificó que se contara con la documentación justificativa y comprobatoria de las

operaciones seleccionadas, que demostrara la autorización y entrega de los recursos,

de acuerdo con lo establecido en la normatividad aplicable.

16. Se verificó que los pagos seleccionados como muestra con cargo a los recursos

federales provenientes del FORTAMUNDF se hubiesen registrado conforme a su

naturaleza, de acuerdo con la partida presupuestal establecida en el Clasificador por

Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal vigente.

Las pruebas sustantivas consistieron en lo siguiente:

1. Verificar que el presupuesto aprobado al órgano político-administrativo correspondiera

con el establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal de 2012 y que el ejercido correspondiera a las operaciones

realizadas y al monto reportado en la Cuenta Pública de 2012.

233

VOLUMEN 8/17

2. Analizar 48 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron los recursos

federales asignados provenientes del FORTAMUNDF. Se verificaron las causas por

las cuales se incrementó el presupuesto respectivo y se constató que se contara con

la documentación soporte de las modificaciones efectuadas.

3. Constatar que el presupuesto ejercido derivado de las operaciones seleccionadas

como muestra se encontrara soportado con la documentación justificativa y

comprobatoria del gasto.

4. Realizar confirmaciones de las operaciones que el ente auditado efectuó con las

empresas y prestadores de servicios, a fin de verificar los procesos de adquisición

y contratación, y de tramitación del presupuesto devengado, comprometido y pagado

por los bienes adquiridos; y efectuar el control de la cuenta bancaria en la que se

registraron los recursos federales del FORTAMUNDF.

5. Realizar inspecciones físicas con la finalidad de comprobar la aplicación de los recursos

federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF.

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

en la Delegación Tlalpan con recursos federales provenientes del FORTAMUNDF, se

realizó lo siguiente:

1. Se estratificó el universo (recursos federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF

por un importe de 310,970.4 miles de pesos) por partida. Cabe mencionar que

308,961.6 miles de pesos corresponden al presupuesto original asignado a la Delegación

y 2,008.8 miles de pesos pertenecen al producto financiero.

234

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Partidas Presupuesto ejercido

Participación respecto

al ejercido (%)

2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas” 757.2 0.2

2411 “Mezcla Asfáltica” 13,823.0 4.4

2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 7,511.1 2.4

2471 “Artículos Metálicos para la Construcción” 812.3 0.3

2511 “Productos Químicos Básicos” 2,630.3 0.8

2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados” 1,196.5 0.4

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 56,778.4 18.3

2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal” 635.8 0.2

3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 68,552.8 22.0

3131 “Agua Potable” 5,459.2 1.8

3141 “Telefonía Tradicional” 2,954.0 0.9

3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 70,398.8 22.6

3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” 1,500.0 0.5

3381 “Servicios de Vigilancia” 35,247.4 11.3

3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 11,286.5 3.6

3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinados a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos” 4,260.0 1.4

3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramienta” 1,152.6 0.4

3821 “Espectáculos Culturales“ 6,936.0 2.2

3921 “Impuestos y Derechos” 2,245.4 0.7

3969 “Otros Gastos por Responsabilidades” 510.8 0.2

Importe de las partidas seleccionadas (20) 294,648.1 94.8

Otras partidas (8) 16,322.3 5.2

Recursos federales ejercidos con cargo al FORTAMUNDF 310,970.4 100.0

2. Conforme a las Normas Internacionales de Auditoría 530 “Muestreo de Auditoría” de

las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios Relacionados,

emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por el Instituto

Mexicano de Contadores Públicos, A.C., para integrar la muestra se consideraron las

partidas que cumplieran las siguientes condicionantes:

a) De acuerdo con el principio “Importancia Relativa”, se seleccionaron las partidas

que tuvieran mayor participación o que hubiesen registrado variaciones significativas

en el ejercicio de los recursos federales provenientes del FORTAMUNDF,

respecto al gasto programado.

235

VOLUMEN 8/17

b) En función del criterio “Presencia y Cobertura” se incorporaron partidas con

asignaciones presupuestales significativas o no, a fin de garantizar que,

eventualmente, todas las partidas sean susceptibles de ser auditados.

3. Para las partidas cuyos recursos fueron ejercidos y señalados en la justificación del

proyecto de auditoría, se determinó el monto ejercido que representó el peso específico

más alto en relación con el presupuesto ejercido en cada partida.

4. Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 20 CLC, por un

monto de 62,357.6 miles de pesos, que representa el 20.1% del gasto total ejercido

con cargo al FORTAMUNDF (310,970.4 miles de pesos), como se muestra en el

siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

Partida

Universo Muestra

Importe Número de CLC

% Importe Número de CLC

Participación en la partida

(%)

Participación en el capítulo

(%)

2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas” 757.2 1 0.2 757.2 1 100.0 0.2

2411 “Mezcla Asfáltica” 13,823.0 10 4.4 9,466.8 1 68.5 3.0

2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 7,511.1 2 2.4 7,511.1 2 100.0 2.4

2471 “Artículos Metálicos para la Construcción” 812.3 4 0.3 567.1 1 69.8 0.2

2511 “Productos Químicos Básicos” 2,630.3 2 0.8 2,630.3 2 100.0 0.8

2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados” 1,196.5 3 0.4 815.1 1 68.1 0.3

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 56,778.4 29 18.3 3,121.3 1 5.5 1.0

2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal” 635.8 2 0.2 635.8 2 100.0 0.2

3112 “Servicio de Energía Eléctrica” 68,552.8 15 22.0 10,574.2 1 15.4 3.4

3131 “Agua Potable” 5,459.2 11 1.8 817.5 1 15.0 0.3

3141 “Telefonía Tradicional” 2,954.0 15 0.9 473.3 1 16.0 0.2

3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 70,398.8 260 22.6 2,145.1 1 3.0 0.7

3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información” 1,500.0 1 0.5 1,500.0 1 100.0 0.5

3381 “Servicios de Vigilancia” 35,247.4 6 11.3 9,651.4 1 27.4 3.1

3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” 11,286.5 37 3.6 2,443.3 1 21.6 0.8

3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinados a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos” 4,260.0 7 1.4 1,891.5 1 44.4 0.6

3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramienta” 1,152.6 3 0.4 977.9 1 84.8 0.3

Continúa…

236

VOLUMEN 8/17

… Continuación

Partida

Universo Muestra

Importe Número de CLC

% Importe Número de CLC

Participación en la partida

(%)

Participación en el capítulo

(%)

3821 “Espectáculos Culturales“ 6,936.0 8 2.2 4,996.7 1 72.0 1.6

3921 “Impuestos y Derechos” 2,245.4 19 0.7 1,030.0 1 45.9 0.3

3969 “Otros Gastos por Responsabilidades” 510.8 5 0.2 352.0 1 68.9 0.1

Importe de las partidas seleccionadas (20) 294,648.1 440 94.8 62,357.6 23 20.1

Otras partidas (8) 16,322.3 17 5.2

Total ejercido del FORTAMUNDF 310,970.4 457 100.0

Cabe mencionar que la muestra seleccionada de 62,357.6 miles de pesos representa el

20.1% de los recursos federales del FORTAMUNDF ejercidos por la Delegación Tlalpan

(310,970.4 miles de pesos) y el 4.3% de los recursos totales ejercidos por el órgano

político-administrativo (1,464,577.2 miles de pesos).

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el estudio y evaluación del control interno, se analizaron, hasta el grado en que se

consideró necesario para determinar la naturaleza, extensión y alcance de las pruebas

de auditoría por aplicar, la estructura orgánica y los manuales administrativos (apartados de

organización y de procedimientos) de la Delegación Tlalpan, vigentes en 2012, así como

el marco normativo aplicable. Lo anterior para identificar las atribuciones y funciones de

las unidades administrativas que intervinieron en el rubro revisado. También, se revisaron

los procedimientos aplicados por las unidades administrativas de la Delegación, relacionados

con los procesos de erogación (autorización, adquisición, contratación, recepción, pago,

registro y control administrativo) efectuados con cargo al FORTAMUNDF. Finalmente, se

verificó si se conservó la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente. Al

respecto, se determinó lo siguiente:

1. Estructura Orgánica

En 2012, la Delegación Tlalpan realizó sus funciones y atribuciones con base en el

dictamen de reestructuración núm. 17/2009, vigente a partir del 1o. de octubre de 2009

y permaneció vigente hasta el 15 de octubre de 2012; para el período del 16 de octubre

a diciembre de 2012, el dictamen vigente fue el núm. 11/2012.

237

VOLUMEN 8/17

La estructura orgánica de la Dirección General de Administración de la Delegación

Tlalpan y de sus unidades administrativas encargadas del registro, control y manejo de los

recursos del FORTAMUNDF se integró en 2012 por un total de 36 plazas.

2. Manual Administrativo

En 2012, la Delegación contó con el manual administrativo, en su parte de organización

y procedimientos, que fue autorizado por la CGMA de la Contraloría General del Distrito

Federal (CGDF) y registrado con el núm. MA-02D14-17/09. Dicho manual se sujetó a

la estructura orgánica correspondiente al dictamen núm. 17/2009 y fue publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de junio de 2011.

El Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan, específicamente el apartado de

procedimientos, se integró por 379 procedimientos vigentes en 2012, formulados con base

en el dictamen núm. MA-02D14-17/09.

Como parte de los trabajos de auditoría, se aplicaron cuestionarios de control interno al

personal de las unidades administrativas que intervinieron en el ejercicio de los recursos

provenientes del FORTAMUNDF.

Del estudio y evaluación del control interno establecido por la Delegación para el manejo y

operación de los recursos del FORTAMUNDF en 2012, se concluye que la Delegación contó

con mecanismos de control suficientes para atender y reducir los riesgos que afectan el ejercicio

de los recursos. Las fallas de control detectadas se señalan en el apartado de resultados.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. CG/539/2009 del 8 de octubre de 2009, la CGDF informó a la

Delegación en Tlalpan el dictamen de reestructura orgánica núm. 17/2009 y los organigramas

238

VOLUMEN 8/17

del órgano político-administrativo. Dicho dictamen entró en vigor a partir del 1o. de octubre

de 2009 y permaneció vigente hasta el 15 de octubre de 2012; para el período del

16 de octubre a diciembre de 2012, el dictamen vigente fue el núm. 11/2012.

La estructura orgánica correspondiente al dictamen núm. 17/2009 se integra por la Oficina

del Jefe Delegacional, nueve Direcciones Generales y una Dirección Ejecutiva. Esta

estructura, derivada de la reorganización de sus unidades administrativas, fue dispuesta

con base en el esquema de costos compensados, por lo que los recursos financieros para

sostenerla estaban debidamente autorizados, como se muestra a continuación:

Estructura orgánica núm. 17/2009 Plazas

Oficina del Jefe Delegacional 36

Dirección General Jurídica y de Gobierno 34

Dirección General de Administración 36

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 28

Dirección General de Servicios Urbanos 11

Dirección General de Desarrollo Social 31

Dirección General de Ecología y Desarrollo Sustentable 9

Dirección General de Cultura 8

Dirección General de Participación y Concertación Ciudadana 16

Dirección General de Desarrollo Económico y Fomento Cooperativo 6

Dirección Ejecutiva de Mejora Comunitaria 11

Total 226

Manual Administrativo

Se constató que en 2012 la Delegación contó con su manual administrativo (partes de

organización y procedimientos), el cual fue autorizado por la CGMA y difundido entre los

servidores públicos responsables de su aplicación.

Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1153/2011 del 2 de marzo de 2011, la CGMA

comunicó a la Jefatura Delegacional en Tlalpan la autorización y registro del manual

administrativo, en su parte de organización, con el de registro núm. MA-02D14-17/09.

El manual cuenta con los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo,

atribuciones, organigrama, objetivo y funciones por área; se sujetó a la estructura

orgánica correspondiente al dictamen núm. 17/2009; y fue publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 30 de junio de 2011.

239

VOLUMEN 8/17

Respecto al apartado de procedimientos vigente en 2012, la Dirección General de

Administración de la Delegación Tlalpan proporcionó un listado de 379 procedimientos

inherentes a las actividades realizadas por las áreas que integran la Delegación, los cuales se

encuentran incorporados a su manual administrativo por medio del registro núm. 17/2009.

Dicho apartado se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 17 de junio de 2011.

De los 379 procedimientos vigentes en 2012, se revisaron 29 relacionados directamente

con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos

ejercidos con cargo al FORTAMUNDF.

La Delegación Tlalpan proporcionó evidencia de la difusión, para su observancia, de los

manuales administrativos (apartado de organización y procedimientos) vigentes en 2012,

que consistió en girar oficios circulares a las unidades administrativas que conforman la

Delegación.

En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al FORTAMUNDF los resultados de la

evaluación del control interno mostraron las siguientes fortalezas y debilidades:

1. Fortalezas:

a) Para el registro y control de las operaciones del FORTAMUNDF, la Secretaría de

Finanzas dispone de su estructura operativa actualizada y registrada ante la CGMA.

b) La Secretaría de Finanzas y la Delegación Tlalpan cuentan con áreas específicas

responsables de la gestión del fondo.

c) La Secretaría de Finanzas dispone de procedimientos necesarios para la generación

de la información financiera y contable.

2. Debilidades:

a) La Delegación Tlalpan no dispone de mecanismos de control para que la

documentación justificativa y comprobatoria original se cancele con la leyenda

“Operado”.

240

VOLUMEN 8/17

b) La Delegación Tlalpan no cuenta con un adecuado control del suministro de

combustible al parque vehicular mediante las bitácoras de consumo de combustible,

lo que impide sustentar el importe de las notas de remisión y posteriormente de

las facturas, y poder conciliar las cifras con las gasolineras, contrariamente a lo

que establece el procedimiento administrativo denominado “Suministro y Pago de

Combustible”.

c) La Delegación Tlalpan no aplicó mecanismos de control que le permitan contar

con la documentación justificativa y comprobatoria derivada de las operaciones

realizadas de forma centralizada cargadas a su presupuesto.

Transferencias de Recursos

2. Resultado

Los recursos del FORTAMUNDF asignados a la Delegación Tlalpan ascendieron a

310,970.4 miles de pesos, conformados por 308,961.6 miles de pesos de recursos

federales e intereses por 2,008.8 miles de pesos; y se enteraron mensualmente a la

Delegación, de manera ágil, directa, sin limitaciones ni restricciones, conforme al calendario

publicado el 27 de enero de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Asimismo, los

recursos y sus accesorios no se gravaron, ni afectaron en garantía o se destinaron a

mecanismos de fuente de pago, de conformidad con la fracción I del artículo 10 del

Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establece

lo siguiente:

“I. Publicar en el medio oficial de difusión de la entidad federativa correspondiente y en

medios asequibles a la población, a más tardar el 31 de enero, la distribución por municipio

o, en su caso, por demarcación territorial del Distrito Federal, de las aportaciones federales

que en términos de la Ley de Coordinación Fiscal les correspondan, así como el calendario

para la ministración mensual de dichos recursos federales por municipio o demarcación.”

Asimismo, se cumplieron los artículos 36, incisos a) y b), y 49 de la Ley de Coordinación

Fiscal, que disponen lo siguiente:

241

VOLUMEN 8/17

“Artículo 36. El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se determinará anualmente en el

Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales, por un monto equivalente,

sólo para efectos de referencia, como sigue:

”a) […] Este Fondo se enterará mensualmente por partes iguales a los Municipios, por

conducto de los Estados, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones,

incluyendo aquellas de carácter administrativo […]

”b) Al Distrito Federal y a sus Demarcaciones Territoriales, los fondos correspondientes

les serán entregados en la misma forma que al resto de los Estados y Municipios, pero

calculados como el 0.2123% de la recaudación federal participable, según estimación que

de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca

la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.”

“Artículo 49. Las aportaciones y sus accesorios que con cargo a los Fondos a que se

refiere este Capítulo reciban las entidades y, en su caso, los municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal, no serán embargables, ni los gobiernos correspondientes

podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas ni afectarlas en garantía o destinarse a

mecanismos de fuente de pago, salvo por lo dispuesto en los artículos 50 y 51 de esta Ley.

Dichas aportaciones y sus accesorios, en ningún caso podrán destinarse a fines distintos a

los expresamente previstos en los artículos 26, 29, 33, 37, 40, 42, 45 y 47 de esta Ley.”

También, se observó la fracción I del numeral octavo de los Lineamientos para informar

sobre el Ejercicio, Destino y Resultados de los Recursos Federales Transferidos a las

Entidades Federativas, que establece lo siguiente:

“OCTAVO. Las Entidades Federativas deberán reportar en el Sistema, en adición a lo

dispuesto en los Lineamientos del Ramo 33, lo siguiente:

”I. Fecha de publicación en el periódico oficial de difusión de la Entidad Federativa, de la

distribución por municipio de las Aportaciones Federales que les correspondan, así como

del calendario para la ministración mensual de dichas aportaciones…”

242

VOLUMEN 8/17

3. Resultado

Registro e Información Contable y Presupuestaria

La Secretaría de Finanzas estableció una cuenta bancaria específica para el manejo de

los recursos del FORTAMUNDF de 2012 y sus rendimientos financieros, por lo que

no existieron remanentes de otros ejercicios fiscales en dicha cuenta. Asimismo, se

comprobó que los recursos no fueron destinados a fines distintos a lo establecido en la

normativa y no se transfirieron a otros fondos o a otras cuentas bancarias.

Lo anterior, de conformidad con la fracción III del artículo 10 del Presupuesto de Egresos

de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establece lo siguiente:

“III. Informar, conforme a las disposiciones aplicables, a los órganos de control y

fiscalización locales y federales, sobre la cuenta bancaria específica en la que recibirán

y administrarán los recursos del respectivo fondo de aportaciones federales; en todo caso,

contarán únicamente con una cuenta por cada fondo.

”Será en una cuenta específica en la que se manejen exclusivamente los recursos

del fondo correspondiente y sus rendimientos financieros.

”La cuenta específica relativa a los recursos del fondo correspondiente y sus rendimientos

financieros, no podrá incorporar remanentes de otros ejercicios ni las aportaciones que

realicen, en su caso, los beneficiarios de las obras y acciones…”

4. Resultado

Registro e Información Contable y Presupuestaria

Se comprobó que las operaciones del fondo fueron identificadas y registradas contable

y patrimonialmente, y que se encuentran plasmadas en la Cuenta Pública de la

Delegación Tlalpan, de conformidad con artículo 10, fracción III, inciso d), del Presupuesto

de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establece:

243

VOLUMEN 8/17

“d) El registro contable, presupuestario y patrimonial de las operaciones realizadas con los

recursos de los fondos de aportaciones del Ramo General 33 Aportaciones Federales para

Entidades Federativas y Municipios se deberá realizar conforme a la normativa aplicable…”

Respecto de las operaciones seleccionadas como muestra de auditoría, se detectó que la

documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones realizadas con recursos

del FORTAMUNDF, no se encuentra cancelada con la leyenda “Operado”, con excepción

de la documentación presentada en las CLC núms. 02 CD 14 101873 y 02 CD 14 101590,

correspondientes a las partidas 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas”

y 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, respectivamente.

Por lo anterior, la Delegación Tlalpan infringió el artículo 10, fracción III, inciso c), del

Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, que establece:

“c) Cancelar la documentación comprobatoria del gasto, con la leyenda ʽOperadoʼ, o como

se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo

o programa respectivo…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio

núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan informó lo siguiente:

“Referente a este punto se comenta que en la clave presupuestaria se señala el fondo

que se afecta, que para el caso corresponde al 405 el cual refiere a FORTAMUN, es una

identificación dispuesta por la administración pública local que en la clave presupuestal

refiere e identifica el nombre del fondo o programa respectivo, tal y como lo señala el

inciso c, fracción III del artículo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación para

el ejercicio fiscal 2012, que dispone lo siguiente: c) Cancelar la documentación comprobatoria

del gasto, con la leyenda ʽOperadoʼ, o como se establezca en las disposiciones locales,

identificándose con el nombre del fondo o programa respectivo.

”Para sustentar el hecho, se anexa el catálogo de fondos utilizado para la elaboración del

anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012, que agrega el fondo 405 relativo a Recursos

Federales Ramo 33-Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF).

244

VOLUMEN 8/17

”Asimismo, se anexa archivo en CD que contiene una muestra de documentos digitalizados

de las CLC canceladas con el sello de ʽOperadoʼ [CLC núms. 02 CD 14 101463,

02 CD 14 101654 y 02 CD 14 102565], mismas que se ponen a la disposición del órgano

fiscalizador con el universo de las que corresponden al presupuesto FORTAMUNDF.”

Del análisis de la información y documentación presentada por la Delegación Tlalpan,

se concluye que lo que se identifica con el tipo de recursos (FORTAMUNDF) mediante la

clave presupuestaria es únicamente la CLC y no la documentación comprobatoria del

gasto, como establece el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio

Fiscal de 2012, por lo que la presente observación no se modifica. Cabe mencionar, que

la Delegación proporcionó únicamente cinco CLC canceladas con el sello de “Operado”

del total de las CLC proporcionadas por la Delegación.

Recomendación ASCprofcasf-105-12-01-TLA

Es necesario que la Delegación Tlalpan adopte mecanismos que garanticen que la

documentación comprobatoria de las Cuentas por Liquidar Certificadas pagadas con

recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se cancele con la leyenda “Operado”,

o como se establezca en las disposiciones locales, y que en ella se identifique el fondo o

programa respectivo, en cumplimiento del Presupuesto de Egresos de la Federación vigente.

5. Resultado

Registro e Información Contable y Presupuestaria

Gasto aprobado

El techo presupuestal autorizado a la Delegación Tlalpan para el ejercicio de 2012 fue

de 1,516,411.1 miles de pesos, que fueron distribuidos de la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Concepto Corriente Inversión Monto

asignado

Gasto total 551,915.9 964,495.2 1,516,411.1

Servicios personales 335,737.6 342,957.9 678,695.5

Otros gastos 216,178.3 621,537.3 837,715.6

245

VOLUMEN 8/17

De estos recursos, 308,961.6 miles de pesos se etiquetaron como recursos correspondientes

al FORTAMUNDF.

Se constató que el presupuesto original asignado a la Delegación Tlalpan, reportado en

Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal de 2012, coincide con el techo presupuestal, y con lo

consignado en el Programa Operativo Anual y el Calendario Presupuestal autorizados por

la Secretaría de Finanzas en 2012.

Por lo anterior, se concluye que el presupuesto fue aprobado de acuerdo con la normatividad

y los ordenamientos aplicables.

6. Resultado

Registro e Información Contable y Presupuestaria

Gasto modificado

El artículo 8 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012 establece que los recursos asignados a la Delegación Tlalpan fueron

1,516,411.1 miles de pesos. De dichos montos 308,961.6 miles de pesos provinieron de

los fondos federales FORTAMUNDF.

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de las partidas seleccionadas de la

muestra se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se

realizaron las pruebas sustantivas para analizar los tipos de afectaciones y movimientos

que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión. También, se constató que

dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y soportadas con la

documentación correspondiente.

La Delegación Tlalpan proporcionó un total de 48 afectaciones programático-presupuestarias

que modificaron el presupuesto asignado (recursos del FORTAMUNDF); en el análisis de

éstas, se determinó lo siguiente:

246

VOLUMEN 8/17

De acuerdo con la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal correspondiente al

ejercicio de 2012, la Delegación Tlalpan reportó una asignación original de 308,961.6 miles de

pesos provenientes del FORTAMUNDF, la cual fue objeto de los siguientes movimientos

presupuestales: 18 adiciones compensadas, por 58,386.2 miles de pesos; 2 adiciones

líquidas, por 2,008.8 miles de pesos; 33 ampliaciones compensadas, por 177,269.3 miles

de pesos; y 46 reducciones compensadas, por 235,655.5 miles de pesos. En consecuencia,

el presupuesto sufrió una ampliación de 2,008.8 miles de pesos, para quedar en

310,970.4 miles de pesos, importe que fue ejercido en su totalidad, como se detalla

a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Subtotal Total

Presupuesto original 308,961.6

Más:

Ampliaciones

Compensadas 177,269.3 177,269.3

Adiciones

Compensadas 58,386.2

Líquidas 2,008.8 60,395.0

Subtotal 237,664.3

Menos:

Reducciones

Compensadas (235,655.5) (235,655.5) (235,655.5)

Subtotal 2,008.8

Presupuesto modificado 310,970.4

Menos:

Presupuesto ejercido 310,970.4

Diferencia 0.0

Al respecto, se comprobó que la variación del presupuesto se realizó para contar con

recursos suficientes para cubrir compromisos de ejercicios anteriores, debido a que las

operaciones pendientes de pago se reflejan en el informe del Pasivo Circulante.

Dichas modificaciones se realizaron por medio de 48 afectaciones programático-presupuestarias,

en cumplimiento de los apartados IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestaria”,

numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas Presupuestarias Compensadas, numeral 15;

y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático Presupuestales Líquidas”, numeral 18, del Manual

de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2012.

247

VOLUMEN 8/17

7. Resultado

Registro e Información Contable y Presupuestaria

Gasto comprometido

Con relación a los recursos del FORTAMUNDF, ejercidos por la Delegación Tlalpan

durante el 2012, la CMHALDF solicitó a la Delegación la información y documentación que

reflejara el reconocimiento de las obligaciones de pago en favor de terceros (contratos) por

la recepción de conformidad de los bienes y los servicios contratados. Al respecto, se

obtuvo lo siguiente:

(Miles de pesos)

Partida Número de contrato y fecha

Proveedor o prestador de servicios

Tipo Fundamento Importe* Importe revisado

2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas”

DT-2012-104-PS 27/VII/12

María del Rocío Hernández Andrade

IR Artículos 26, 27, inciso b); 28; 52; 55; y 63, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 757.1 757.1

Subtotal 757.2

2411 “Mezcla Asfáltica” ** Gobierno del Distrito Federal/Tesorería

9,466.8

Subtotal 9,466.8

2461 “Material Eléctrico y Electrónico” DT-2010-111-ADQ 12/X/10

Ferrecorp, S.A. de C.V. IR Artículos 27, inciso b); 28; 52; 55; y 56, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2010 1,094.1 1,094.1

DT-2012-067-ADQ 10/IX/12

Roberto Carlos Blanco Sentiés

IR Artículos 26; 27, inciso b); 28; 52; 55; y 56, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 6,417.0 6,417.0

Subtotal 7,511.1

2471 “Artículos Metálicos para la Construcción” DT-2012-066-ADQ 10/IX/12

Roberto Carlos Blanco Sentiés

IR Artículos 26; 27, inciso b); 28; 52; 55; y 56, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 567.1 567.1

Subtotal 567.1

2511 “Productos Químicos Básicos” DT-2012-009-ADQ

30/IV/2012

Black Verd de México,

S.A. de C.V.

IR Artículos 26; 27,

inciso b); 28; 30; fracción I; 43, fracción II; y 49 de la ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 2,430.6 2,430.6

199.8 199.8

Subtotal 2,630.4

Continúa…

248

VOLUMEN 8/17

… Continuación

Partida Número de contrato y fecha

Proveedor o prestador de servicios

Tipo Fundamento Importe* Importe revisado

2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados”

DT-2012-035-ADQ 12/VI/12

Tube Hidráulicas, S.A. de C.V.

IR Artículos 26; 27, inciso b); 28; 30, fracción I; 43, fracción II; y 49 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 815.1 815.1

Subtotal 815.1

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” DAS-16-2012 30/XII/11

Gasolinerías PS, S.A. de C.V.

AD Artículos 27, inciso c); 28; y 54, fracción XVI, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2011

Mínimo de 39,958.1 miles de pesos hasta un máximo de 79,916.2 miles de pesos 3,121.3

DAS-16-2012-C1

2/VII/12

186.5

DAS-16-2012-C2 31/VII/12

1,997.8

DAS-16-2012-C3 3/X/12

1,622.8

DAS-16-2012-C4 17/XII/12

11,695.2

DAS-16-2012-C5 2/VII/12

186.5

Subtotal 3,121.3

2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal” **

Protectores Plásticos, S.A. de C.V.

591.5

44.3

Subtotal 635.8

3112 “Servicio de Energía Eléctrica” ** Tesorería de la Federación 10,574.2

Subtotal 10,574.2

3131 “Agua Potable” ** Gobierno del Distrito Federal/Tesorería

817.5

817.5

3141 “Telefonía Tradicional” *** Gobierno del Distrito Federal/Tesorería

473.3

Subtotal 473.3

3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”

DT-2012-021-DGOPS 2/II/12

Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C.

AD Artículos 26; 27, inciso c); 28; 52; 54, fracción VIII; y antepenúltimo párrafo; y 63, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012

Mínimo de 0.3 miles de pesos hasta un máximo de 11,979.5 miles de pesos

2,145.1

Subtotal 2,145.1

3331 “Servicios de Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”

DT-2012-111-PS 31/VIII/12

Consultoría Integral Jurídica & Reingeniería Graja, S.A. de C.V.

AD Artículos 26, segundo párrafo; 27, inciso c); 28; 52; 54, fracción VII y antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 1,500.0 1,500.0

Subtotal 1,500.0

Continúa…

249

VOLUMEN 8/17

… Continuación

Partida Número de contrato y fecha

Proveedor o prestador de servicios

Tipo Fundamento Importe* Importe revisado

3381 “Servicios de Vigilancia” Bases de colaboración núms. 31874 extramuros

18573 intramuros

Gobierno del Distrito Federal/ Tesorería

Artículos 2o., 3o., fracciones I, IV, VII; y 15, fracción X; de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 3o., fracción VIII; 5o., fracción II; y 6o., de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012 35,157.4 9,651.4

Subtotal 9,651.4

3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” ** AXA Seguros, S.A. de C.V. 2,443.3

Subtotal 2,443.3

3552 “Reparación, Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte Destinados a Servicios Públicos y Operación de Programas Públicos”

Reconocimiento de adeudo

núm. RAP-DT-2012-012 27/VII/12

Tracto Camiones Aguirre, S.A. de C.V.

1,891.5 1,891.5

Subtotal 1,891.5

3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y Herramientas”

DT-2012-108-PS 31/VII/12

Diésel Maquinaria y Adecuaciones Electromecánicas, S.A. de C.V.

AD Artículos 27, inciso c); 28; 52; y 54, fracción X; 63, fracción I, y antepenúltimo párrafo, de Ley de Adquisiciones del Distrito Federal vigente en 2012 977.9 977.9

Subtotal 977.9

3821 “Espectáculos Culturales“ DT-2012-127-PS 7/IX/12

3 Lunas Producciones, S.A. de C.V.

AD Artículos 26, segundo párrafo; 27, inciso c); 28; 52; y 54, fracción XIII, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente durante 2012 4,996.7 4,996.7

Subtotal 4,996.7

3921 “Impuestos y Derechos” **** Gobierno del Distrito Federal/Tesorería

1,030.0

Subtotal 1,030.0

3969 “Otros Gastos por Responsabilidades” ** AXA Seguros, S.A. de C.V. 352.0

Subtotal 352.0

Total 62,357.6

* Los importes incluyen IVA. ** Las CLC con cargo a las partidas no se encuentran respaldadas con su documentación justificativa y comprobatoria, por lo que no se contó con los

contratos respectivos. *** Las operaciones realizadas con cargo a la partida 3141 se derivan del pago del servicio telefónico contratado en años anteriores para uso de la

Delegación, por lo que no se realizó procedimiento de adjudicación. **** Las operaciones realizadas con cargo a la partida 3921 se derivan del pago de tenencia del parque vehicular de la Delegación, por lo que no se

realizó procedimiento de adjudicación, ya que la Secretaría de Finanzas es la facultada para recaudar, cobrar y administrar los impuestos a que tenga derecho el Distrito Federal, de conformidad con el artículo 30, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

AD: Adjudicación directa. IR: Invitación restringida a cuando menos tres proveedores.

En el análisis de los contratos formalizados por la Delegación, se observó lo siguiente:

1. Los contratos núms. DT-2012-104-PS, DT-2012-067-ADQ, DT-2012-066-ADQ,

DT-2012-009-ADQ, DT-2012-035-ADQ, DAS-16-2012, DT-2012-021-DGOPS, DT-2012-111-PS,

250

VOLUMEN 8/17

DT-2012-108-PS y DT-2012-127-PS, relacionados con las partidas núms. 2211 “Productos

Alimenticios y Bebidas para Personas”, 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”,

2471 “Artículos Metálicos para la Construcción”, 2511 “Productos Químicos Básicos”,

2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados”, 2611 “Combustibles,

Lubricantes y Aditivos”, 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado

a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, 3331 “Servicios de

Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”,

3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y

Herramientas” y 3821 “Espectáculos Culturales“, respectivamente, suscritos por

la Delegación Tlalpan, cumplieron con los requisitos mínimos establecidos en el

artículo 56 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2012, que indica lo siguiente:

“Los contratos que celebren las […] delegaciones […] contendrán como mínimo lo

siguiente:

”I. El objeto del mismo;

”II. Las declaraciones de las partes en el sentido de que cuentan con plena

capacidad legal, técnica y económica para contratar;

”III. La autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso

derivado del contrato, así como la partida a afectar;

”IV. La indicación del procedimiento y el fundamento legal conforme al cual se llevó

a cabo la adjudicación del contrato;

”V. La descripción pormenorizada de los bienes o servicios objeto de contrato,

incluyendo en su caso la marca y modelos de los bienes;

”VI. El precio unitario y el importe total a pagar por los bienes o servicios;

”VII. En caso de haber anticipos, su porcentaje y su forma de amortización;

251

VOLUMEN 8/17

”VIII. La fecha, lugar y condiciones de entrega;

”IX. La forma y términos para garantizar los anticipos y el cumplimiento del contrato;

”X. Las condiciones de pago del precio de los bienes o servicios contratados;

”XI. La fijación y monto de las penas convencionales”.

2. Mediante los oficios núms. ASC/105/12/03 del 12 de julio de 2013 y ASC/105/12/06

del 8 de agosto de 2013, la CMHALDF solicitó a la Delegación Tlalpan que proporcionara

la documentación justificativa y comprobatoria relacionada con las operaciones

realizadas con recursos del FORTAMUNDF, con cargo a las partidas 2411 “Mezcla

Asfáltica”, 2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal”, 3112 “Servicio de

Energía Eléctrica”, 3131 “Agua Potable”, 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”, y

3969 “Otros Gastos por Responsabilidades”. Sin embargo, al cierre de la auditoría

(28 de agosto de 2013) la Delegación Tlalpan no proporcionó dicha documentación.

Derivado de lo anterior, la Delegación Tlalpan incumplió el artículo 44 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que establece lo

siguiente:

“Artículo 44. Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores

públicos encargados de su administración, serán los responsables del manejo

y aplicación de los recursos […] de que los compromisos sean efectivamente

devengados, comprobados y justificados; de la guarda y custodia de los documentos

que los soportan…”

Asimismo, incumplió el artículo 10, fracción III, inciso a), del Presupuesto de Egresos

de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012:

“Artículo 10. Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales

del Distrito Federal, en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos a través del

Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios,

se sujetarán a las disposiciones en materia de información, rendición de cuentas,

252

VOLUMEN 8/17

transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de la Ley de

Coordinación Fiscal, 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad

Hacendaria, el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y

Normal y el Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud

y para ello deberán: […]

”a) Mantener registros específicos de cada fondo, debidamente actualizados,

identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y

compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los órganos

competentes de control y fiscalización que la soliciten…”

En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio

núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan proporcionó

documentación e informó lo siguiente: “Adjunto oficios donde se solicitó el soporte

documental a las diferentes Direcciones Generales referente a los movimientos

presupuestales con cargo a las partidas 2721 ʽPrendas de Seguridad y Protección

Personalʼ, 3131 ʽAgua Potableʼ, 2411 ʽMezcla Asfálticaʼ y 3112 ʽServicios de

Energía Eléctricaʼ, DT/DGA/1001/2013, DT/DGA/0987/2013, DT/DGA/0986/2013,

DT/DGA/0924/2013 y DT/DGA/0988/2013 con fines de seguimiento, cabe señalar los

dos últimos oficios corresponden a 3112 ʽServicios de Energía Eléctricaʼ de la cual

se remite 14 copias de Cuentas por Liquidar Certificadas, asimismo 3451 ʽSeguro de

Bienes Patrimonialesʼ, 12 CO 01 104076 y 12 CO 01 104838, 3969 ʽOtros Gastos por

Responsabilidadesʼ 12 CO 01 105416, así como su respectivo soporte documental”.

En la revisión, se constató que, respecto a las operaciones realizadas de forma

centralizada que afectaron su presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la

documentación justificativa y comprobatoria, por lo que se concluye que no aplicó

mecanismos de coordinación con las unidades administrativas consolidadoras a fin de

garantizar que se obtuviera dicha documentación. Derivado de lo anterior y toda vez

que la Secretaría de Finanzas afectó el presupuesto de la Delegación Tlalpan por

tratarse de partidas centralizadas, se desvirtúa parcialmente el presente resultado.

253

VOLUMEN 8/17

3. Respecto de la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, la Delegación

Tlalpan no proporcionó la garantía de cumplimiento del contrato núm. DAS-16-2012.

Derivado de lo anterior, la Delegación Tlalpan incumplió el artículo 44 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012.

Asimismo, incumplió la fracción III, inciso a), del artículo 10 del Presupuesto de

Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.

En la reunión de confronta celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio

núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación indicó: “Se informa que

por ser un contrato formalizado de manera centralizada, la Dirección de Recursos

Materiales y Servicios Generales solicitó con oficio DT/DGA/DRMSG/1928/2013, al

Director de Adquisiciones, de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales, copia simple de contrato, fianzas, facturas y CLC´s”.

En cuanto a las operaciones realizadas de forma centralizada que afectaron su

presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la garantía de cumplimiento, por lo

que se concluye que no aplicó mecanismos de coordinación con las unidades

administrativas consolidadoras, a fin de garantizar que se obtuviera dicha documentación.

Derivado de lo anterior y por tratarse de una partida centralizada cuya documentación

se encuentra bajo resguardo de las unidades consolidadoras, se desvirtúa parcialmente

el presente resultado.

Recomendación ASCprofcasf-105-12-02-TLA

Es necesario que la Delegación Tlalpan adopte mecanismos para garantizar que se

establezca una mejor coordinación con las áreas consolidadoras de información

y documentación de la Oficialía Mayor, a fin de que pueda sustentar las operaciones

realizadas con cargo a su presupuesto con su información y documentación soporte, de

conformidad con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

254

VOLUMEN 8/17

8. Resultado

Registro e Información Contable y Presupuestaria

Gasto devengado

Para verificar que el órgano político-administrativo hubiese recibido los bienes adquiridos

y los servicios contratados, se revisó la documentación del gasto que refleja el

reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de

conformidad y la recepción de bienes y servicios oportunamente, en este caso los

derivados de las operaciones pagadas con recursos del FORTAMUNDF.

1. Con la finalidad de comprobar que la Delegación Tlalpan efectivamente recibió los bienes

adquiridos y los servicios formalizados mediante los contratos núms. DT-2012-104-PS,

DT-2012-067-ADQ, DT-2012-066-ADQ, DT-2012-009-ADQ, DT-2012-035-ADQ,

DT-2012-021-DGOPS, DT-2012-111-PS, DT-2012-108-PS y DT-2012-127-PS

relacionados con las partidas núms. 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para

Personas”, 2461 “Material Eléctrico y Electrónico”, 2471 “Artículos Metálicos para la

Construcción”, 2511 “Productos Químicos Básicos”, 2561 “Fibras Sintéticas, Hules,

Plásticos y Derivados”, 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado

a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, 3331 “Servicios de

Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”,

3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y

Herramienta” y 3821 “Espectáculos Culturales“, respectivamente, la CMHALDF

solicitó la documentación relacionada con la entrega-recepción de los bienes y

prestación de servicios, entre la que se encuentran: notas de remisión, facturas,

reportes de almacén de entradas y salidas y, en el caso de la partida 3821, memoria

fotográfica de los eventos realizados.

En la revisión de la documentación proporcionada por la Delegación Tlalpan, se comprobó

que efectivamente se recibieron los bienes adquiridos y los servicios contratados, que

las operaciones fueron pagadas con recursos del FORTAMUNDF por la Delegación, y

que dichas adquisiciones se efectuaron de conformidad con las cláusulas de sus

respectivos contratos en cuanto a los plazos y lugares de entrega de los bienes, así

como de la prestación de los servicios, como se muestra a continuación:

255

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Partida Número de CLC Proveedor o prestador de servicios Concepto Importe

2211 02 CD 14 101873 María del Rocío Hernández Andrade Insumos para cafetería y box lunch. 757.1

Subtotal 757.1

2461 02 CD 14 101519 Ferrecorp, S.A. de C.V. Material eléctrico utilizado para alumbrado público. 1,094.1

02 CD 14 102389 Roberto Carlos Blanco Sentiés Material eléctrico utilizado para alumbrado público. 6,417.0

Subtotal 7,511.1

2471 02 CD 14 102187 Roberto Carlos Blanco Sentiés Artículos metálicos utilizados para alumbrado público. 567.1

Subtotal 567.1

2511 02 CD 14 101654 Black Verd de México, S.A. de C.V. Emulsión catiónica de rompimiento rápido RR-2K (Liga) 121,679 litros.

2,430.6

02 CD 14 102565 199.8

Subtotal 2,630.4

2561 02 CD 14 101463 Tube Hidráulicas, S.A. de C.V. Tubos de PAD en rollo marca Valtic, coladera pluvial para banqueta de polietileno y brocal y tapa para pozo de visita, así como silleta de PAD. 815.1

Subtotal 815.1

3141 02 CD 14 100231 Gobierno del Distrito Federal/Delegación Tlalpan

Pago de líneas telefónicas a Teléfonos de México, S.A. de C.V. 473.3

Subtotal 473.3

3252 02 CD 14 100680 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C.

Servicios de transporte de agua por medio de vehículos propiedad del “Prestador de servicios”. 2,145.1

Subtotal 2,145.1

3331 02 CD 14 101871 Consultoría Integral Jurídica & Reingeniería Graja, S.A. de C.V.

Contratación de servicios para la elaboración del Informe de Gestión de la Administración Pública del Distrito Federal 2006-2012. 1,500.0

Subtotal 1,500.0

3552 02 CD 14 102085 Tracto Camiones Aguirre, S.A. de C.V. Realización de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos. 1,891.5

Subtotal 1,891.5

3571 02 CD 14 102100 Diésel Maquinaria y Adecuaciones Electromecánicas, S.A. de C.V.

Servicio de reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo de rebombeo de aguas negras. 977.9

Subtotal 977.9

3821 02 CD 14 101767 3 Lunas Producciones, S.A. de C.V. Evento 15 de septiembre de 2012. 4,996.7

Subtotal 4,996.7

3921 02 CD 14 100326 Gobierno del Distrito Federal/Delegación Tlalpan

Pago de tenencia del parque vehicular de la Delegación Tlalpan. 1,030.0

Subtotal 1,030.0

Total 25,295.3

256

VOLUMEN 8/17

2. Respecto de la información y documentación relacionada con la entrega de los bienes

adquiridos y la prestación de servicios, la CMHALDF solicitó a la Delegación los

expedientes de las CLC de las partidas 2411 “Mezcla Asfáltica”, 2721 “Prendas de

Seguridad y Protección Personal”, 3112 “Servicio de Energía Eléctrica”, 3131 “Agua

Potable”, 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”, y 3969 “Otros Gastos por

Responsabilidades”; sin embargo, a la fecha de cierre de la auditoría (28 de agosto

de 2013) la Delegación no la proporcionó, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida Número de CLC Proveedor o prestador de servicios

Concepto* Importe

2411 02 CD 14 101558 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería

Asignaciones destinadas a la adquisición de mezcla asfáltica para la pavimentación y repavimentación de vialidades, así como para el bacheo, entre otros similares. 9,466.8

Subtotal 9,466.8

2721 02 CD 14 101372 Protectores Plásticos, S.A. de C.V.

Asignaciones destinadas a la adquisición de ropa y equipo de máxima seguridad, prendas especiales de protección personal, tales como: guantes; botas de hule y asbesto, de tela o materiales especiales; cascos; caretas; lentes; cinturones; y demás prendas distintas de las prendas de protección para seguridad pública y nacional.

591.5

02 CD 14 102020

44.3

Subtotal 635.8

3112 02 CD 14 100566 Tesorería de la Federación Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de energía eléctrica, necesaria para el funcionamiento de las instalaciones oficiales. Incluye alumbrado público. 10,574.2

Subtotal 10,574.2

3131 02 CD 14 101321 Gobierno del Distrito Federal/ Tesorería

Asignaciones destinadas a cubrir el importe del consumo de agua potable necesaria para el desempeño de funciones oficiales. 817.5

Subtotal 817.5

3451 02 CD 14 101708 AXA Seguros, S.A. de C.V. Asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto: “Servicios de Instalación, Reparación, Mantenimiento y Conservación”, así como los seguros de vida del personal civil y militar o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 “Servicios Personales”. 2,443.3

Subtotal 2,443.3

3969 02 CD 14 102112 AXA Seguros, S.A. de C.V. Asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones de las unidades responsables del gasto que deriven del robo o extravío de recursos públicos que no sean recuperables e impliquen afectar su presupuesto disponible. Incluye erogaciones de las unidades responsables del gasto que se deriven de la responsabilidad civil, montos diferenciales de las indemnizaciones que no cubran las sumas aseguradas, los importes deducibles del seguro de responsabilidad patrimonial del Estado así como aquellas erogaciones distintas de las consideradas en las demás partidas de este concepto, que impliquen afectar el presupuesto disponible de la unidad responsable del gasto. Excluye las recuperaciones de recursos que se realicen por los diversos medios

establecidos por las disposiciones aplicables, como es el Fondo de Garantía para Reintegros al Erario en el caso de las unidades responsables del gasto, así como las asignaciones a que se refiere la partida 3961. 352.0

Subtotal 352.0

Total 24,289.6

* Los conceptos plasmados corresponden a lo expuesto en el Clasificador por Objeto del Distrito Federal vigente, ya que no se contó con la documentación justificativa y comprobatoria.

257

VOLUMEN 8/17

Por no proporcionar la documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones

relativas a las partidas y CLC mencionadas, la Delegación Tlalpan infringió el artículo 44

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que

dispone: “Artículo 44. Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los

servidores públicos encargados de su administración, serán los responsables del

manejo y aplicación de los recursos […] de que los compromisos sean efectivamente

devengados, comprobados y justificados; de la guarda y custodia de los documentos

que los soportan…”.

Asimismo, incumplió el artículo 10, fracción III, inciso a), del Presupuesto de Egresos

de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012 que señala lo siguiente:

“Artículo 10. Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales

del Distrito Federal, en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos a través del

Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios,

se sujetarán a las disposiciones en materia de información, rendición de cuentas,

transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de la Ley de

Coordinación Fiscal, 85 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad

Hacendaria, el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y

Normal y el Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud

y para ello deberán […]

”a) Mantener registros específicos de cada fondo, debidamente actualizados,

identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y

compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los órganos

competentes de control y fiscalización que la soliciten…”

En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio

núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan proporcionó

documentación e informó lo siguiente: “Adjunto oficios donde se solicitó el soporte

documental a las diferentes Direcciones Generales referente a los movimientos

presupuestales con cargo a las partidas 2721 ʽPrendas de Seguridad y Protección

258

VOLUMEN 8/17

Personalʼ, 3131 ʽAgua Potableʼ, 2411 ʽMezcla Asfálticaʼ y 3112 ʽServicios de Energía

Eléctricaʼ, DT/DGA/1001/2013, DT/DGA/0987/2013, DT/DGA/0986/2013,

DT/DGA/0924/2013 y DT/DGA/0988/2013 con fines de seguimiento, cabe señalar los

dos últimos oficios corresponden a 3112 ʽServicios de Energía Eléctricaʼ de la cual se

remite 14 copias de Cuentas por Liquidar Certificadas, asimismo 3451 ʽSeguro de

Bienes Patrimonialesʼ, 12 CO 01 104076 y 12 CO 01 104838, 3969 ʽOtros Gastos por

Responsabilidadesʼ 12 CO 01 105416, así como su respectivo soporte documental”.

En cuanto a las operaciones realizadas de forma centralizada que afectaron su

presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la documentación justificativa y

comprobatoria, por lo que se concluye que no aplicó mecanismos de coordinación con

las unidades administrativas consolidadoras, a fin de garantizar que se tuviera dicha

documentación.

Derivado de lo anterior y toda vez que la Secretaría de Finanzas afectó el

presupuesto de la Delegación Tlalpan por tratarse de partidas centralizadas,

se desvirtúa parcialmente el presente resultado.

3. Con relación a la partida 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, la CMHALDF

solicitó a la Delegación Tlalpan que proporcionara las bitácoras de consumo de

combustible, la base de datos del consumo mensual de combustible, las notas

de consumo expedidas por la gasolinera, las conciliaciones realizadas sobre el

suministro de combustible y la relación de oficios de autorización por cargas

extraordinarias de combustible que dieron origen al pago efectuado con cargo al

presupuesto de la Delegación en 2012.

El abastecimiento de combustible (gasolina y diésel) fue pagado mediante la CLC

núm. 02 CD 14 101969 por un importe de 3,121.3 miles de pesos.

Cabe mencionar que la Delegación, a la fecha de cierre de la auditoría (28 de agosto

de 2013), no proporcionó las bitácoras de consumo de combustible, por lo que no fue

posible validar los consumos de combustible por parte de la Delegación con lo

plasmado en las notas de consumo emitidas por la gasolinera y posteriormente en las

259

VOLUMEN 8/17

facturas. Derivado de lo anterior, no fue posible constatar si la Delegación Tlalpan

cuenta con un mecanismo de control del suministro de combustible a su parque

vehicular.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Tlalpan incumplió el apartado “Políticas

y Normas de Operación” del procedimiento administrativo denominado “Suministro y

Pago de Combustible”, que establece: “El supervisor de campo […] llevará una

bitácora de consumo acumulado en el mes”.

4. Finalmente, con relación a la partida 3381 “Servicios de Vigilancia”, la CMHALDF

solicitó a la Delegación Tlalpan que proporcionara las bases de colaboración para la

prestación de servicios, las fatigas de servicios, las listas de asistencia de los

servicios de vigilancia, las conciliaciones de turno y los Informes Presupuestales de

Liquidaciones a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gasto Usuarias de los Servicios

de la Policía Auxiliar del Distrito Federal.

El servicio de seguridad y vigilancia que contrató la Delegación Tlalpan con la

Secretaría de Seguridad Pública (SSP) por conducto de la Policía Auxiliar del Distrito

Federal (PADF), mediante las Bases de Colaboración para la Prestación de Servicios

de Seguridad y Vigilancia núms. 18573 intramuros y 31874 extramuros, fue pagado

mediante la CLC núm. 02 CD 14 100775 por un importe de 9,651.4 miles de pesos.

Recomendación ASCprofcasf-105-12-03-TLA

Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 7.

Recomendación ASCprofcasf-105-12-04-TLA

Es necesario que la Delegación Tlalpan adopte mecanismos que garanticen un adecuado

control del suministro de combustible al parque vehicular mediante la elaboración de las

bitácoras de consumo de combustible, con la finalidad de sustentar el importe de las notas

de remisión, y posteriormente de las facturas y poder conciliar las cifras con las gasolineras, de

conformidad con el procedimiento administrativo “Suministro y Pago de Combustible”.

260

VOLUMEN 8/17

9. Resultado

Registro e Información Contable y Presupuestaria

Gasto ejercido

Con la finalidad de constatar que la Delegación Tlalpan contara con la documentación que

reflejara la emisión de las CLC, debidamente aprobadas por la autoridad facultada para

ello, y para verificar que la documentación comprobatoria adjunta cumpliera los requisitos

establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente

durante 2012, la CMHALDF solicitó a la Delegación Tlalpan la documentación justificativa

y comprobatoria de las operaciones relacionadas con 23 CLC emitidas con cargo a las

20 partidas determinadas como muestra de auditoría. Del análisis de dicha documentación,

se concluyó lo siguiente:

Las 23 CLC son impresiones del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(SAP-GRP) y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la

Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar,

Solicitar y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples,

Afectaciones Programático-Presupuestales y Control del Presupuesto Comprometido

en 2012, por lo que la Delegación Tlalpan se sujetó a lo establecido en el apartado IV,

“Lineamientos Generales para los Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3,

“Registro de Operaciones Presupuestarias”, y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”,

numeral 2, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal vigente en 2012, que dispone: “Con fundamento en lo

establecido en el artículo 64 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos, ambos vigentes durante 2012 y

conforme a las responsabilidades que de ahí se derivan, le corresponde al titular de la UR

o a los servidores públicos de nivel de estructura que fueron facultados conforme a ley,

autorizar el pago, mediante su firma”.

A efecto de comprobar que la Delegación Tlalpan contase con evidencia documental de

que el ejercicio del gasto fue debidamente aprobado, en este caso, los recursos ejercidos

con cargo al FORTAMUNDF, se revisaron las 23 CLC determinadas como muestra de

261

VOLUMEN 8/17

auditoría, documentos en los que se puede observar el monto ejercido y la fuente

de financiamiento, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida Número de CLC Proveedor/prestador de servicios Importe

2211 02 CD 14 101873 María del Rocío Hernández Andrade 757.1

Subtotal 757.1

2411* 02 CD 14 101558 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 9,466.8

Subtotal 9,466.8

2461 02 CD 14 101590 Ferrecorp, S.A. de C.V. 1,094.1

02 CD 14 102389 Roberto Carlos Blanco Sentiés 6,417.0

Subtotal 7,511.1

2471 02 CD 14 102187 Roberto Carlos Blanco Sentiés 567.1

Subtotal 567.1

2511 02 CD 14 101654 Black Verd de México, S.A. de C.V 2,430.6

02 CD 14 102565 199.8

Subtotal 2,630.4

2561 02 CD 14 101463 Tube Hidráulicas, S.A. de C.V. 815.1

Subtotal 815.1

2611 02 CD 14 101969 Gasolinerías P.S., S.A. de C.V. 3,121.3

Subtotal 3,121.3

2721* 02 CD 14 101372 Protectores Plásticos, S.A. de C.V. 591.5

02 CD 14 102020 44.3

Subtotal 635.8

3112* 02 CD 14 100556 Tesorería de la Federación 10,574.2

Subtotal 10,574.2

3131* 02 CD 14 101321 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 817.5

Subtotal 817.5

3141 02 CD 14 100231 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 473.3

Subtotal 473.3

3252 02 CD 14 100680 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C. 2,145.1

Subtotal 2,145.1

3331 02 CD 14 101871 Consultoría Integral Jurídica & Reingeniería Graja, S.A. de C.V. 1,500.0

Subtotal 1,500.0

3381 02 CD 14 100775 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 9,651.4

Subtotal 9,651.4

3451* 02 CD 14 101708 AXA Seguros, S.A. de C.V. 2,443.3

Subtotal 2,443.3

3552 02 CD 14 102085 Tracto Camiones Aguirre, S.A. de C.V. 1,891.5

1,891.5

3571 02 CD 14 102100 Diésel Maquinaria y Adecuaciones Electromecánicas, S.A. de C.V. 977.9

Subtotal 977.9

3821 02 CD 14 101767 3 Lunas Producciones, S.A. de C.V. 4,996.7

Subtotal 4,996.7

3921 02 CD 14 100326 Gobierno del Distrito Federal/Tesorería 1,030.0

Subtotal 1,030.0

3969* 02 CD 14 102112 AXA Seguros, S.A. de C.V. 352.0

Subtotal 352.0

Total 62,357.6

*Las CLC señaladas no se encuentran respaldadas con la documentación justificativa y comprobatoria respectiva, por lo que no fue posible comprobar el ejercicio del gasto.

262

VOLUMEN 8/17

En el análisis de la información contenida en el cuadro anterior, se determinó lo siguiente:

1. Respecto de la documentación comprobatoria del gasto de las CLC correspondientes

a las partidas 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas para Personas”, 2461 “Material

Eléctrico y Electrónico”, 2471 “Artículos Metálicos para la Construcción”, 2511 “Productos

Químicos Básicos”, 2561 “Fibras Sintéticas, Hules, Plásticos y Derivados”,

2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte

Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, 3331 “Servicios de

Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y en Tecnologías de la Información”,

3571 “Instalación, Reparación y Mantenimiento de Maquinaria, Otros Equipos y

Herramienta” y 3821 “Espectáculos Culturales“, se verificó la autenticidad de dichos

documentos en la página de Internet de Verificación de Comprobantes Fiscales

Digitales del Sistema de Administración Tributaria (SAT), con lo que se cumplió el

artículo 76 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2012, que indica: “Las Cuentas por Liquidar Certificadas se

deberán soportar con los originales de la documentación justificativa y comprobatoria

correspondiente, y las Unidades Responsables del Gasto verificarán y serán

responsables de que esta última cumpla con los requisitos fiscales y administrativos

aplicables, así como de su glosa, guarda y custodia para los fines legales y

administrativos que sean procedentes”.

2. En relación con las CLC correspondientes a las partidas 2411 “Mezcla Asfáltica”,

2721 “Prendas de Seguridad y Protección Personal”, 3112 “Servicio de Energía

Eléctrica”, 3131 “Agua Potable”, 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” y 3969 “Otros

Gastos por Responsabilidades”, se solicitó a la Delegación la documentación

comprobatoria; sin embargo, a la fecha de cierre de la auditoría (28 de agosto de 2013) la

Delegación no proporcionó información o documentación al respecto.

Por no contar con la documentación comprobatoria del gasto, la Delegación Tlalpan

incumplió lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente durante el ejercicio de 2012.

Asimismo, incumplió la fracción III, inciso a), del artículo 10 del Presupuesto de

Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.

263

VOLUMEN 8/17

En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio

núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan proporcionó

documentación e informó lo siguiente: “Adjunto oficios donde se solicitó el soporte

documental a las diferentes Direcciones Generales referente a los movimientos

presupuestales con cargo a las partidas 2721 ʽPrendas de Seguridad y Protección

Personalʼ, 3131 ʽAgua Potableʼ, 2411 ʽMezcla Asfálticaʼ y 3112 ʽServicios de Energía

Eléctricaʼ, DT/DGA/1001/2013, DT/DGA/0987/2013, DT/DGA/0986/2013,

DT/DGA/0924/2013 y DT/DGA/0988/2013 con fines de seguimiento, cabe señalar los

dos últimos oficios corresponden a 3112 ʽServicios de Energía Eléctricaʼ de la cual

se remite 14 copias de Cuentas por Liquidar Certificadas, asimismo 3451 ʽSeguro de

Bienes Patrimonialesʼ, 12 CO 01 104076 y 12 CO 01 104838, 3969 ʽOtros Gastos por

Responsabilidadesʼ 12 CO 01 105416, así como su respectivo soporte documental”.

En cuanto a las operaciones realizadas de forma centralizada que afectaron su

presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la documentación justificativa

y comprobatoria, por lo que se concluye que no contó con mecanismos de coordinación

con las unidades administrativas consolidadoras que garantizara la obtención

de dicha documentación. Derivado de lo anterior y toda vez que la Secretaría de

Finanzas afectó el presupuesto de la Delegación Tlalpan por tratarse de partidas

centralizadas, se desvirtúa parcialmente el presente resultado.

Recomendación ASCprofcasf-105-12-05-TLA

Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 7.

10. Resultado

Registro e Información Contable y Presupuestaria

Gasto pagado

Se revisó la evidencia documental de las erogaciones con las que se cancelaron total

o parcialmente las obligaciones de pago con los proveedores y prestadores de servicios.

264

VOLUMEN 8/17

Asimismo, se realizó la confirmación de operaciones con los 12 proveedores y prestadores de

servicios seleccionados, cabe mencionar que sólo 10 de éstos dieron respuesta a la

solicitud de información y documentación.

Derivado del análisis de la documentación comprobatoria proporcionada por los

proveedores y prestadores de servicios, en seis casos, se identificó el momento del pago

por medio de las transferencias bancarias en relación con las CLC emitidas con cargo al

presupuesto de la Delegación Tlalpan, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida Número de CLC Proveedor o prestador de servicios

Importe Institución bancaria

Transferencia bancaria Observación

Fecha Número de transferencia

Importe

2211 02 CD 14 101873 María del Rocío Hernández Andrade 757.1

No proporcionó documentación

Subtotal 757.1

2461 02 CD 14 101519 Ferrecorp, S.A. de C.V. 1,094.1 BANORTE 13/IX/12 3840948900 1,094.1

02 CD 14 102389 Roberto Carlos Blanco Sentiés 6,417.0

No proporcionó información

Subtotal 7,511.1

2471 02 CD 14 102187 Roberto Carlos Blanco Sentiés 567.1

No proporcionó información

Subtotal 567.1

2511 02 CD 14 101654 Black Verd de México, S.A. de C.V 2,430.6

No proporcionó información

02 CD 14 102565 199.8

Subtotal 2,630.4

2561 02 CD 14 101463 Tube Hidráulicas, S.A. de C.V. 815.1 BANORTE 29/VIII/12 3840912128 815.1

Subtotal 815.1

2611 02 CD 14 101969 Gasolinerías, P.S., S.A. de C.V. 3,121.3 BANORTE 12/X/12 3840025430 3,121.3

Subtotal 3,121.3

3252 02 CD 14 100680 Transportes de Agua y Productos del Campo Grupo Tlalpense de la Magdalena, San Andrés y Topilejo, S.C. 2,145.1

BBVA Bancomer 25/V/12 0001125661 044 2,145.1

Subtotal 2,145.1

3331 02 CD 14 101871 Consultoría Integral Jurídica & Reingeniería Graja, S.A. de C.V. 1,500.0

No proporcionó información

Subtotal 1,500.0

Continúa…

265

VOLUMEN 8/17

… Continuación

Partida Número de CLC Proveedor o prestador de servicios

Importe Institución bancaria

Transferencia bancaria Observación

Fecha Número de transferencia

Importe

3451 02 CD 14 101708 AXA Seguros, S.A. de C.V. 2,443.3

No proporcionó documentación

Subtotal 2,443.3

3552 02 CD 14 102085 Tracto Camiones Aguirre, S.A. de C.V. 1,891.5

No proporcionó información

Subtotal 1,891.5

3571 02 CD 14 102100 Diésel Maquinaria y Adecuaciones Electromecánicas, S.A. de C.V. 977.9 BANAMEX 31/X/12 3840081220 977.9

Subtotal 977.9

3821 02 CD 14 101767 3 Lunas Producciones, S.A. de C.V. 4,996.7 BANAMEX 1/X/12 3840996272 4,996.7

Subtotal 4,996.7

3969 02 CD 14 102112 AXA Seguros, S.A. de C.V. 352.0

No proporcionó documentación

352.0

29,708.7

Respecto de la información y documentación relativa a las operaciones realizadas con la

Delegación Tlalpan, que proporcionaron los proveedores y prestadores de servicios se

concluye que no se determinaron diferencias con lo reportado por la Delegación.

11. Resultado

Revisión de la Adopción e Implantación de Normas emitidas

por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)

Se comprobó que la Secretaría de Finanzas aplicó las normas emitidas y publicadas en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal en 2012, que emitió y publicó el CONAC en el Diario

Oficial de la Federación, en cumplimiento de los artículos 6 y 9, fracción I, de la Ley

General de Contabilidad Gubernamental, que establecen lo siguiente:

“Artículo 6. El consejo es el órgano de coordinación para la armonización de la

contabilidad gubernamental y tiene por objeto la emisión de las normas contables

y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes

públicos.

”Los miembros del consejo y del comité no recibirán remuneración alguna por su

participación en los mismos.”

266

VOLUMEN 8/17

“Artículo 9. El consejo tendrá las facultades siguientes:

”I. Emitir el marco conceptual, los postulados básicos, el plan de cuentas, los elementos

mínimos que deben contener los manuales de contabilidad gubernamental, junto con los

reclasificadores de catálogos de cuentas para el caso de los correspondientes al sector

paraestatal; así como las normas contables y de emisión de información financiera,

generales y específicas, que hayan sido formuladas y propuestas por el secretario técnico.”

12. Resultado

Con la finalidad de verificar que el destino de los recursos ejercidos con cargo al

FORTAMUNDF correspondiera al establecido en el artículo 37 de la Ley de Coordinación

Fiscal, con el oficio núm. ASC/13/1123 del 5 de junio de 2013, la CMHALDF solicitó a la

Delegación Tlalpan que indicara el número de obras y acciones que realizó con cargo

al FORTAMUNDF en 2012 y el monto ejercido en éstas, y la representatividad de los

recursos destinado al cumplimiento de obligaciones financieras, pago de derechos

y aprovechamientos por concepto de agua, seguridad pública y otras prioridades de la

Delegación.

La Delegación Tlalpan proporcionó información y documentación relacionadas con el destino

de los recursos ejercidos con cargo al FORTAMUNDF, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Rubros Importe Participación en el total ejercido

(%)

Medida Obras o acciones Parcial Total

Seguridad pública 35,247.4 35,247.4 11.3 Servicio 1

Obligaciones financieras 8,808.6 2.8

Pago de pasivos 8,808.6 Acción 1

Obra pública 14,508.2 14,508.2 4.7 Inmueble 58

Otros requerimientos 252,406.2 81.2

Programa delegacional de alumbrado público 8,828.2 Luminaria 4,600

Recolección delegacional de residuos sólidos 3,777.8 Tonelada 261,981

Servicios de energía eléctrica 64,334.8 Acción 1

Mantenimiento de la carpeta asfáltica en vialidades secundarias 20,144.6 m² 133,898

Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales 77,994.4 m³ 1,026,234

Servicios de apoyo administrativo en Delegaciones 77,326.4 Acción 1

Total 310,970.4 310,970.4 100.0

267

VOLUMEN 8/17

Además, mediante el oficio núm. ASC/105/12/06 del 8 de agosto de 2013, se solicitó

que se explicara por qué se ejercieron recursos del FORTAMUNDF en las partidas que

integraron la muestra de auditoría, y si éstas corresponden al destino de los recursos de

conformidad con el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal.

De la revisión a la documentación soporte de las operaciones realizadas con recursos del

FORTAMUNDF con cargo a las partidas 2211 “Productos Alimenticios y Bebidas

para Personas” (CLC 02 CD 14 101873, por un importe de 757.1 miles de pesos) y

3141 “Telefonía Tradicional” (CLC 02 CD 14 100231, por un importe de 473.3 miles de pesos),

y se constató que, específicamente las justificaciones presentadas en las requisiciones de

servicios no corresponden con el destino de los recursos que se contempla en la Ley

de Coordinación Fiscal.

Asimismo, con relación a la partida 3921 “Impuestos y Derechos” (CLC 02 CD 14 100326,

por un importe de 1,030.0 miles de pesos), no se pudo comprobar el destino de los

recursos, ya que al cierre de auditoría (28 de agosto de 2013) la Delegación Tlalpan no

proporcionó información o documentación al respecto.

Derivado de lo anterior, la Delegación Tlalpan incumplió los artículos 37 y 49 de la Ley de

Coordinación Fiscal, que disponen lo siguiente:

“Artículo 37. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el

Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito

Federal, reciban los municipios a través de las entidades y las Demarcaciones

Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus

requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago

de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las

necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.

Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se refiere este

artículo, los municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal tendrán las

mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.”

268

VOLUMEN 8/17

“Artículo 49. Las aportaciones y sus accesorios que con cargo a los Fondos a que se

refiere este Capítulo reciban las entidades y, en su caso, los municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal, no serán embargables, ni los gobiernos correspondientes

podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas ni afectarlas en garantía o destinarse a

mecanismos de fuente de pago, salvo por lo dispuesto en los artículos 50 y 51 de esta

Ley. Dichas aportaciones y sus accesorios, en ningún caso podrán destinarse a fines

distintos a los expresamente previstos en los artículos 26, 29, 33, 37, 40, 42, 45 y 47 de

esta Ley.”

Recomendación ASCprofcasf-105-12-06-TLA

Es necesario que la Delegación Tlalpan adopte mecanismos que garanticen que las

operaciones realizadas por este órgano político-administrativo con recursos del Fondo de

Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal correspondan con el destino de los recursos que se

contempla la Ley de Coordinación Fiscal.

13. Resultado

Transparencia del Ejercicio, Destino y Resultados del Fondo

La Delegación Tlalpan reportó de manera oportuna a la Secretaría de Hacienda y Crédito

Público (SHCP) la información trimestral relacionada con el ejercicio, destino y los

resultados obtenidos de los recursos del fondo, de manera pormenorizada y público el

avance físico reportado a la SHCP. Se constató la congruencia de los reportes de avance

y los registros contable-presupuestales y con la información de la Cuenta Pública del

Gobierno del Distrito Federal del ejercicio de 2012. Además, se verificó la difusión de

dichos informes mediante la página de Internet de la Secretaría de Finanzas.

Por su parte, la Secretaría de Finanzas publicó oportunamente en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal los informes trimestrales relacionados con el ejercicio, destino y los

resultados obtenidos de los recursos del fondo, de manera pormenorizada; y el avance

físico reportado a la SHCP, como se muestra a continuación:

269

VOLUMEN 8/17

Trimestre Fecha de publicación

Primer trimestre 4/V/12

Segundo trimestre 1/VIII/12

Tercer trimestre 5/XI/12

Cuarto trimestre 5/II/13

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Tlalpan y la Secretaría de Finanzas

cumplieron el artículo 48 de la Ley de Coordinación Fiscal, que dispone lo siguiente:

“Artículo 48. Los Estados y el Distrito Federal enviarán al Ejecutivo Federal, por conducto

de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, informes sobre el ejercicio y destino de

los recursos de los Fondos de Aportaciones Federales a que se refiere este Capítulo.

”Para los efectos del párrafo anterior, los Estados y el Distrito Federal reportarán tanto la

información relativa a la Entidad Federativa, como aquella de sus respectivos Municipios

o Demarcaciones Territoriales para el caso del Distrito Federal, en los Fondos que

correspondan, así como los resultados obtenidos; asimismo, remitirán la información

consolidada a más tardar a los 20 días naturales posteriores a la terminación de cada

trimestre del ejercicio fiscal.

”La Secretaría de Hacienda y Crédito Público incluirá los reportes señalados en el párrafo

anterior, por Entidad Federativa, en los informes trimestrales que deben entregarse al

Congreso de la Unión en los términos del artículo 107, fracción I, de la Ley Federal

de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; asimismo, pondrá dicha información a

disposición para consulta en su página electrónica de Internet, la cual deberá actualizar

a más tardar en la fecha en que el Ejecutivo Federal entregue los citados informes.

”Los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del

Distrito Federal, publicarán los informes a que se refiere el párrafo primero de este artículo

en los órganos locales oficiales de difusión y los pondrán a disposición del público en

general a través de sus respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios

locales de difusión, a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el

párrafo anterior.”

270

VOLUMEN 8/17

14. Resultado

Transparencia del Ejercicio, Destino y Resultados del Fondo

La Delegación Tlalpan informó que difunde entre sus habitantes el monto de los recursos

recibidos, las obras y acciones realizadas (costo, ubicación, metas cumplidas y beneficiarios),

y los resultados alcanzados mediante las operaciones realizadas con cargo al

FORTAMUNDF a través de su página de Internet, en cumplimiento de las fracciones I y III,

inciso b), del artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, que establece lo siguiente:

“I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones

a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios; […]

”III. Informar a sus habitantes, al término de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados…”

Asimismo, cumplió el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, que establece:

“Artículo 37. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el

Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito

Federal, reciban los municipios a través de las entidades y las Demarcaciones

Territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus

requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago

de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las

necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.

Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se refiere este

artículo, los municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal tendrán las

mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.”

15. Resultado

Obligaciones Financieras

La Delegación Tlalpan registró en su contabilidad el pasivo pagado con cargo al

FORTAMUNDF al 1o. de enero de 2012; dicho pago fue programado en el presupuesto

para ser cubierto con recursos del FORTAMUNDF de 2012. Por lo anterior, la Delegación

Tlalpan cumplió el artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal, que establece:

271

VOLUMEN 8/17

“Artículo 37. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el

Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,

reciban los municipios a través de las entidades y las Demarcaciones Territoriales por conducto

del Distrito Federal, se destinarán a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al

cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por

concepto de agua y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad

pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al Fondo a que se

refiere este artículo, los municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal tendrán

las mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta Ley.”

16. Resultado

Seguridad Pública

La Delegación Tlalpan ejerció 35,247.4 miles de pesos en el rubro de seguridad pública,

servicio que contrato con la SSP por medio de la PADF, mediante las Bases de Colaboración

para la Prestación de Servicios de Seguridad y Vigilancia. Al respecto, se constató que el

órgano político-administrativo no efectúo retenciones por concepto de Impuesto sobre la

Renta en las nóminas, ya que el personal que presta los servicios de seguridad y vigilancia

intramuros y extramuros está adscrito a la SSP no a la Delegación. Lo anterior en

cumplimiento del primer y segundo párrafo del artículo 102 de la Ley del Impuesto sobre

la Renta, que establece lo siguiente:

“Artículo 102. Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos, tendrán las

obligaciones de retener y enterar el impuesto y exigir la documentación que reúna los

requisitos fiscales, cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en términos de Ley.

”La Federación, los Estados, los Municipios y las instituciones que por Ley estén obligadas a

entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación, sólo tendrán

las obligaciones a que se refiere el primer párrafo de este artículo.”

17. Resultado

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

El Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2012, se

envió oportunamente a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

272

VOLUMEN 8/17

Generales de la Oficialía Mayor, no así los Informes Trimestrales de Seguimiento de

las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ya que los envíos de los

informes correspondientes a los tres primeros trimestres del año se efectuaron con

desfases de 11, 17 y 51 días naturales respecto a la fecha establecida. Asimismo,

no presentó evidencia del envío del informe correspondiente al cuarto trimestre.

Por lo anterior, la Delegación Tlalpan incumplió el numeral 5.16, apartado “Informes” de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la

Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente al 7 de agosto de 2012.

Es preciso mencionar que no se emite recomendación relacionada con los Informes

Trimestrales de Seguimiento de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios, puesto que en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012, ya no se

contempla la obligatoriedad de emitir dichos informes.

18. Resultado

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

Se verificó que las adquisiciones, arrendamientos y servicios realizados con recursos del

FORTAMUNDF se adjudicaron por invitación restringida a cuando menos tres proveedores

y que, en aquellos casos en los que no se sujetó al procedimiento de invitación, se

acreditaron de manera suficiente los criterios en los que se sustenta la excepción, a fin de

garantizar para la Delegación Tlalpan las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,

calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Además, se constató

que las adquisiciones se efectuaron al amparo de un contrato o pedido debidamente

formalizado y que se contó con la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido

en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento, vigentes en 2012.

19. Resultado

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

Se verificó que los bienes adquiridos y los servicios prestados se hubiesen recibido dentro

de los plazos pactados en los contratos respectivos y, en su caso, que se aplicaran las

273

VOLUMEN 8/17

penas convencionales por incumplimiento, de conformidad con lo establecido en la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento, vigentes en 2012.

Cabe mencionar que únicamente se pudo comprobar la entrega-recepción de los bienes y

servicios de los contratos núms. DT-2012-104-PS, DT-2012-067-ADQ, DT-2012-066-ADQ,

DT-2012-009-ADQ, DT-2012-035-ADQ, DT-2012-021-DGOPS, DT-2012-111-PS, DT-2012-108-PS y

DT-2012-127-PS; y los pagos relativos a la tenencia vehicular y el servicio telefónico.

Con relación a las partidas 2411 “Mezcla Asfáltica”, 2721 “Prendas de Seguridad y

Protección Personal”, 3112 “Servicio de Energía Eléctrica”, 3131 “Agua Potable”, 3451

“Seguro de Bienes Patrimoniales”, y 3969 “Otros Gastos por Responsabilidades”, la

CMHALDF solicitó a la Delegación los expedientes de sus respectivas CLC sin embargo,

a la fecha de cierre de la auditoría (28 de agosto 2013) la Delegación no los proporcionó.

Por no proporcionar la documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones

relativas a las partidas y CLC mencionadas, la Delegación Tlalpan infringió el artículo 44 de

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012, que dispone:

“Artículo 44. Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos

encargados de su administración, serán los responsables del manejo y aplicación de los

recursos […] de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y

justificados; de la guarda y custodia de los documentos que los soportan…”.

Asimismo, incumplió el artículo 10, fracción III, inciso a), del Presupuesto de Egresos de la

Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012 que señala lo siguiente:

“Artículo 10. Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del

Distrito Federal, en el ejercicio de los recursos que les sean transferidos a través

del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios,

se sujetarán a las disposiciones en materia de información, rendición de cuentas,

transparencia y evaluación establecidas en los artículos 134 de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 49, fracción V, de la Ley de Coordinación Fiscal, 85 y 110

de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Acuerdo Nacional

para la Modernización de la Educación Básica y Normal y el Acuerdo Nacional para la

Descentralización de los Servicios de Salud y para ello deberán […]

274

VOLUMEN 8/17

”a) Mantener registros específicos de cada fondo, debidamente actualizados, identificados

y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto

incurrido. Dicha documentación se presentará a los órganos competentes de control

y fiscalización que la soliciten…”

En la reunión de confronta, celebrada el 28 de agosto de 2013, mediante el oficio

núm. DT/DGA/1055/2013 de la misma fecha, la Delegación Tlalpan proporcionó

documentación e informó lo siguiente: “Adjunto oficios donde se solicitó el soporte

documental a las diferentes Direcciones Generales referente a los movimientos presupuestales

con cargo a las partidas 2721 ʽPrendas de Seguridad y Protección Personalʼ, 3131 ʽAgua

Potableʼ, 2411 ʽMezcla Asfálticaʼ y 3112 ʽServicios de Energía Eléctricaʼ, DT/DGA/1001/2013,

DT/DGA/0987/2013, DT/DGA/0986/2013, DT/DGA/0924/2013 y DT/DGA/0988/2013 con

fines de seguimiento, cabe señalar los dos últimos oficios corresponden a 3112 ʽServicios

de Energía Eléctricaʼ de la cual se remite 14 copias de Cuentas por Liquidar Certificadas,

asimismo 3451 ʽSeguro de Bienes Patrimonialesʼ, 12 CO 01 104076 y 12 CO 01 104838,

3969 ʽOtros Gastos por Responsabilidadesʼ 12 CO 01 105416, así como su respectivo

soporte documental”.

En cuanto a las operaciones realizadas de forma centralizada que afectaron su

presupuesto, la Delegación Tlalpan no contó con la documentación justificativa

y comprobatoria, por lo que se concluye que no aplicó mecanismos de coordinación con

las unidades administrativas consolidadoras, a fin de garantizar que se tuviera dicha

documentación.

Derivado de lo anterior y toda vez que la Secretaría de Finanzas afectó el presupuesto de

la Delegación Tlalpan por tratarse de partidas centralizadas, se desvirtúa parcialmente el

presente resultado.

Recomendación ASCprofcasf-105-12-07-TLA

Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 7.

275

VOLUMEN 8/17

II.15.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría ASC/167/12

ANTECEDENTES

El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 30 de diciembre de 2011, señala, en relación con los recursos aprobados por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo, que “a las

Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de acuerdo

a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.

El artículo décimo segundo transitorio, inciso c), del mismo ordenamiento establece que

“la determinación de las acciones específicas que con cargo al presupuesto participativo

ejecutarán las Delegaciones en cada una de las 1,815 colonias y pueblos originarios, que

no se encuentren en el supuesto de asentamientos irregulares, o que en su determinación no se

contravenga disposiciones jurídicas vigentes, se hará con base en los resultados de la consulta

ciudadana que se efectuó el domingo 13 de noviembre de 2011. Conforme al Anexo 7”.

Este último establece el rubro general y el proyecto específico ganador para cada Comité

Ciudadano o Consejo del Pueblo.

El Anexo 1 hace mención que a la Delegación Tlalpan le correspondieron 45,492.3 miles

de pesos, que representan el 6.5% de los 704,275.7 miles de pesos distribuidos entre las

16 Delegaciones del Distrito Federal, representando 0.4% de disminución respecto de los

45,691.8 miles de pesos que le fueron asignados en 2011.

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16

órganos político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, lo que representó una variación negativa de

64,498.1 miles de pesos (9.2%) con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados

276

VOLUMEN 8/17

originalmente y de 20,362.3 miles de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0

miles de pesos ejercidos en 2011.

El monto ejercido por la Delegación Tlalpan en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

fue de 36,922.2 miles de pesos, que representaron una variación negativa de 18.8%

(8,570.1 miles de pesos) con relación al presupuesto original y una disminución de 17.6% en

relación con los 44,826.1 miles de pesos ejercidos en 2011.

En el Informe de Cuenta Pública de 2012 de la Delegación Tlalpan, apartado “ECG, Análisis

de Egresos por Capítulo de Gasto”, el órgano político-administrativo no hace referencia sobre

el ejercicio del gasto de los recursos con clave 65 “Presupuesto Participativo”.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Tlalpan, con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y los ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se seleccionó de conformidad con los siguientes criterios generales, contenidos

en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal:

1. “Exposición al Riesgo”, por ser un programa presupuestario de reciente creación y estar

expuesto a riesgos de irregularidades e ineficiencias, o incumplimiento de objetivos y metas.

2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las

actividades que realizan los órganos político-administrativos para cumplir con los objetivos

del presupuesto participativo tienen un impacto directo y tangible en la ciudadanía.

3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal a la ALDF le compete vigilar, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), el ejercicio de los recursos

277

VOLUMEN 8/17

del presupuesto participativo, el cual es susceptible de auditarse por estar contenido

en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y en la Cuenta Pública del

Distrito Federal de 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Primera,

fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX,

XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24; 27;

28; 30; 32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o., fracciones V

y VII; 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos que se realizaron en la

fase de planeación y del estudio y evaluación del sistema de control interno, una vez integrado

el presupuesto ejercido por la Delegación Tlalpan en 2012 con cargo al destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, por 36,922.2 miles de pesos, en las partidas 2419 “Otros

Productos Minerales no Metálicos”, 2421 “Cemento y Productos de Concreto”, 2461 “Material

Eléctrico y Electrónico”, 2471 “Artículos Metálicos para la Construcción”, 2491 “Otros Materiales

y Artículos de Construcción y Reparación”, 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”,

6121 “Edificación no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”.

Para la presente revisión, se seleccionaron las partidas 6121 “Edificación no Habitacional”

y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”, por montos ejercidos de 218.7 miles

de pesos y 7,854.6 miles de pesos, respectivamente, que en conjunto representan el

21.9% (8,073.3 miles de pesos) de las erogaciones correspondientes al destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” (36,922.2 miles de pesos).

Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto

fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los

recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la normatividad

278

VOLUMEN 8/17

aplicable: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal;

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012; Manual

de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito

Federal; Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011) vigente a partir

del 20 de mayo de 2011; Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente

a partir del 8 de agosto de 2012; Circular Contraloría General para el Control y Evaluación

de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por

Objeto del Gasto del Distrito Federal; y Lineamientos con los que se dictan Medidas de

Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para contener el Gasto en la Administración

Pública del Distrito Federal, vigentes en 2012.

Se aplicaron cuestionarios de control interno en las Direcciones Generales de Obras y Desarrollo

Urbano (DGODU), de Participación y Concertación Ciudadana, de Servicios Urbanos,

y de Administración (DGA), de la Delegación Tlalpan.

Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan vigente en 2012, para verificar

que la organización fuera acorde con la estructura orgánica autorizada y dictaminada y que,

junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, contaran con la autorización de la

Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General

del Distrito Federal (CGDF).

Se analizó la normatividad que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo,

para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su

operación.

Se solicitó y analizó diversa información generada por el Instituto Electoral del Distrito

Federal (IEDF), relacionada con la capacitación a servidores públicos de la Delegación.

Se verificó que la modificación al presupuesto autorizado para el destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” del órgano político-administrativo se haya justificado y que haya

279

VOLUMEN 8/17

contado con la documentación soporte y la autorización de la Secretaría de Finanzas del Distrito

Federal (SEFIN).

Se comprobó que el presupuesto ejercido por la Delegación, con cargo a la muestra de la

presente auditoría, se hubiese devengado conforme a la normatividad aplicable. Asimismo,

se verificó la existencia de la documentación que acreditara que las obras contratadas se

realizaron y se pagaron conforme al contrato correspondiente.

Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones revisadas se hubiese realizado

de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal de 2012.

Se revisó que los procedimientos para contratar obras públicas, efectuados con cargo al

capítulo 6000 “Inversión Pública” se hayan realizado conforme a lo establecido en la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento, vigentes en 2012. También se confirmó

que dichas contrataciones se sujetaron a los montos autorizados en el Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.

En cuanto a la empresa contratista de la muestra de auditoría, se verificó que los importes

contratados, facturados y los datos relativos a la entrega de las obras correspondieran a la

información proporcionada por la Delegación, y que las obras se hubieran realizado conforme

a las cláusulas establecidas en el contrato respectivo y que no hubiese sido inhabilitada

por la Secretaría de la Función Pública o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

Se verificó que las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) correspondientes al pago de las

obras contratadas hubieran sido elaboradas y autorizadas por los servidores públicos facultados

para tal fin y que los comprobantes de pago (facturas) cumplieran con los requisitos fiscales

establecidos en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

Se efectuó la verificación física de las obras ejecutadas para constatar que se hayan realizado

conforme a los contratos respectivos y de acuerdo con los proyectos ganadores de la consulta

ciudadana de 2012.

Se verificó que los informes relativos al ejercicio de los recursos del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo” se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la

normatividad vigente en 2012.

280

VOLUMEN 8/17

La muestra de auditoría se determinó conforme a la siguiente:

1. Se estratificó el universo (36,922.2 miles de pesos) por capítulo, partida presupuestal,

resultado, subresultado y actividad institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes

y las variaciones más significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno

de esos rubros en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria

establecida en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de Selección

de Muestras”, de las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores

Públicos, A.C.; y con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor participación

en el ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.

De acuerdo con lo anterior, se determinó una muestra de auditoría por 8,073.3 miles de

pesos, que representa el 21.9% de los 36,922.2 miles de pesos ejercidos en el destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y corresponde al gasto realizado con cargo a las

partidas 6121 “Edificación no Habitacional” por 218.7 miles de pesos y 6151 “Construcción

de Vías de Comunicación”, por 7,854.6 miles de pesos, relacionado con el contrato

núm. DTL-OM-LP-091-2012 y convenio modificatorio de importe núm. 1, adjudicado mediante

el procedimiento de licitación pública nacional, concurso núm. DTL-2M-LP-037-2012,

mismos que se identifican con los rubros generales de “Obras y Servicios”, “Infraestructura

Urbana”, “Equipamiento” y “Prevención del Delito”; por lo que la Delegación Tlalpan se

ajustó al inciso b), del artículo décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración, en la Dirección General

de Obras y Desarrollo Urbano y en la Dirección General de Participación y Concertación

Ciudadana, adscritas a la Delegación Tlalpan.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión y oportunidad

de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual de Organización

281

VOLUMEN 8/17

de la Delegación Tlalpan vigentes en 2012, con el propósito de identificar su estructura

orgánica, así como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas

que la integran y específicamente de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.

También se revisó el manual de procedimientos del órgano político-administrativo con

objeto de conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas responsables

de registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones

efectuadas con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y si éstos

garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas

y otras disposiciones de observancia obligatoria.

Se aplicaron cuestionarios de control interno en las Direcciones Generales de Obras

y Desarrollo Urbano (DGODU), de Participación y Concertación Ciudadana, de Servicios

Urbanos, y de Administración (DGA), de la Delegación Tlalpan, las cuales tuvieron relación

con el ejercicio del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas

a revisión, y a partir de los mecanismos de control identificados en cada proceso, se evaluó

si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de

irregularidades e ineficiencias y disminuyeron las debilidades detectadas.

Con base en el estudio y evaluación del control interno, se determinó que la Delegación

Tlalpan, en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, no estableció una actividad institucional, objetivos, metas ni indicadores para el

rubro revisado. Por otra parte, las áreas de la Delegación Tlalpan se estructuraron conforme

a las funciones asignadas en el manual de organización. Con motivo de la reestructura

orgánica vigente a partir del 16 de octubre de 2012, su Manual Administrativo (apartados

de organización y procedimientos) actualizado conforme al dictamen núm. 11/2012 se envió

a la Coordinación General de Modernización Administrativa en forma extemporánea. Asimismo,

los servidores públicos responsables de verificar el cumplimiento de los proyectos del

presupuesto participativo, al no haber participado en los cursos de formación y sensibilización

que impartió el IEDF en materia de Participación Ciudadana en 2012, no contaron con las

competencias que proporcionó dicho organismo.

282

VOLUMEN 8/17

RESULTADOS

1. Resultado

Estructura Orgánica

En 2012, la Delegación Tlalpan realizó sus funciones con base en la estructura orgánica

y organigramas correspondientes al dictamen de reestructuración núm. 17/2009, vigente

del 1o. de octubre de 2009 al 15 de octubre de 2012, para el período del 16 de octubre al

31 de diciembre de 2012, se basó en el dictamen núm. 11/2012, dictaminadas favorablemente

por la CGDF.

De conformidad con el dictamen núm.17/2009, autorizado por la CGDF, mediante el oficio

núm. CG/539/2009 del 8 de octubre de 2009, la estructura orgánica autorizada de la Delegación

Tlalpan estaba integrada por 233 plazas distribuidas de la siguiente forma:

Unidad administrativa Plazas

Jefatura Delegacional 32

Dirección General Jurídica y de Gobierno 37

Dirección General de Administración 33

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 31

Dirección General de Desarrollo Social 20

Dirección General de Ecología y Desarrollo Sustentable 16

Dirección General de Cultura 17

Dirección General de Desarrollo Ciudadano 17

Dirección General de Servicios Urbanos 30

Total 233

Con los oficios núms. DT/028/2012 y DT/JD/044/2012, del 8 y 25 de octubre de 2012,

respectivamente, la Jefatura Delegacional en Tlalpan envió a la Coordinación General de

Modernización Administrativa (CGMA) y a la CGDF, la propuesta de modificación de estructura

orgánica con vigencia a partir del 16 de octubre de 2012, para su análisis y dictaminación

correspondiente.

Mediante el oficio núm. CG/485/12 del 25 de octubre de 2012, la CGDF notificó a la Delegación

Tlalpan la dictaminación favorable de su estructura orgánica y organigramas con base en

283

VOLUMEN 8/17

el dictamen núm. 11/2012, en vigor a partir del 16 de octubre de 2012 e integrada por 226 plazas

distribuidas de la siguiente manera:

Unidad administrativa Plazas

Jefatura Delegacional 36

Dirección General Jurídica y de Gobierno 34

Dirección General de Administración 36

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 28

Dirección General de Desarrollo Social 31

Dirección General de Ecología y Desarrollo Sustentable 9

Dirección General de Cultura 8

Dirección General de Participación y Concertación Ciudadana 16

Dirección General de Desarrollo Económico y Fomento Cooperativo 6

Dirección General de Servicios Urbanos 11

Dirección Ejecutiva de Mejora Continua 11

Total 226

Manual Administrativo

1. El Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan, apartado de organización, elaborado

conforme al dictamen núm. 17/2009, quedó registrado con el núm. MA-02D14-17/09

y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de junio de 2011.

Dicho manual fue difundido por la Delegación Tlalpan entre los servidores públicos

responsables de su aplicación mediante los oficios núms. DT/DGA/865/2011 y terminaciones

866/2011, 867/2011, 868/2011, 869/2011, 870/2011, 871/2011, 872/2011, 873/2011,

874/201 y 875/2011, todos del 5 de julio de 2011, en cumplimiento de los numerales

2.4.6.7 y 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la

Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de enero de 2011.

De la revisión al contenido del citado manual, se desprende que éste se ajusta al dictamen

de estructura orgánica núm. 17/2009; además, el apartado de organización cuenta con

antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, objetivo, funciones y organigramas

por área.

284

VOLUMEN 8/17

2. Con relación al manual administrativo, apartado de procedimientos, la Delegación Tlalpan

proporcionó copia de los oficios núms. CG/CGMA/DDO/1153/2011 y terminaciones

3943/2011, 4293/2011 y 4576/2011, todos de 2011, con los cuales la CGMA comunicó

a la Delegación Tlalpan, la actualización de 380 procedimientos elaborados conforme al

dictamen 17/2009, registrados con el núm. MA-02D14-17/09. Dichos procedimientos fueron

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con fechas 17 de junio y 22 de

noviembre de 2011 y 1o. de febrero de 2012, en cumplimiento del numeral 2.4.6.7

de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública;

el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 25 de enero de 2011.

De los 380 procedimientos antes mencionados, se verificó que 29 están relacionados

con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de recursos

ejercidos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

Respecto de la difusión de su manual de procedimientos, la Delegación Tlalpan proporcionó

los oficios núms. DT/DGA/872/2011 al DT/DGA/875/2011, todos del 5 de junio de 2011,

y núms. DT/DGA/DMA/255/2011 al DT/DGA/DMA/261/2011, todos del 23 de noviembre

de 2011, mediante los cuales se realizó la difusión entre el personal de las áreas que

conforman esa Delegación, en cumplimiento del numeral 2.4.7.2 de la Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero

de 2011, vigente en 2012.

3. La Delegación Tlalpan no proporcionó evidencia de haber enviado a la CGMA su manual

de procedimientos actualizado de acuerdo con el dictamen núm. 11/2012, por lo que

incumplió con el numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control

y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de enero de 2011, vigente

en 2012, en el que se establece: “La actualización del Manual de Procedimientos deberá

285

VOLUMEN 8/17

remitirse a la CGMA por medio de oficio firmado con firma autógrafa o firma electrónica

avanzada, a más tardar en 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la

modificación efectuada, para que ésta proceda a su análisis y, en su caso, al registro…”.

Dicho plazo se cumplió en el mes de enero de 2013, considerando que la vigencia del

dictamen 11/2012 es a partir del 16 de octubre de 2012; de lo anterior se concluye que no

se desprende observación alguna, en virtud de que el desfase de su envío a la CGMA

para su dictamen y registro, y su posterior publicación, aplican para el ejercicio fiscal

de 2013, en cuya revisión se deberá aplicar la observación correspondiente. Por tanto,

no se formula observación alguna al respecto.

2. Resultado

Competencia

De conformidad con el artículo 15 párrafo II, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, “las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos

de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana

y los órganos de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y

la cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia

social y de una mejor gobernanza”.

La CMHALDF mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, solicitó

a la Consejera Electoral Presidente del IEDF, información acerca de los cursos de formación

y sensibilización impartidos a los servidores públicos de los órganos político-administrativos,

relacionados con el presupuesto participativo realizados en 2012.

En respuesta, con el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013, el IEDF

remitió el oficio núm. DDXXXVIII/257/13 del 4 de septiembre de 2013, con el que envió copia

de oficio de invitación dirigido al Jefe Delegacional en Tlalpan correspondiente a 2012,

solicitando se notificara a los funcionarios públicos de esa Delegación sobre la capacitación

en línea en materia de participación ciudadana.

Sin embargo, una vez revisados los archivos distritales, no se encontró registro de la asistencia

y constancia de algún funcionario delegacional en los cursos de participación ciudadana 2012

que impartió el IEDF.

286

VOLUMEN 8/17

Por todo lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Tlalpan no

participaron en los cursos que el IEDF promovió en el 2012; en consecuencia, no contaron

con las competencias que proporcionó dicho organismo, incumpliendo con el artículo 15

de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2012 que señala:

“Las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación

y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los órganos

de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la

participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia social y de una

mejor gobernanza”. Asimismo, la Dirección General de Participación y Concertación Ciudadana

incumplió con el artículo 136, fracción I, del Reglamento Interior de la Administración Pública

del Distrito Federal, vigente en 2012, que establece que corresponde a la Dirección General de

Participación y Concertación Ciudadana de la Delegación Tlalpan “cumplir en tiempo y forma

la realización de las tareas de participación ciudadana establecidas en la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal, dentro del ámbito de su competencia”.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, el Director General de

Administración, en representación de la Delegación Tlalpan, proporcionó con el oficio

núm. DT/DGA/683/2014 del 7 de mayo de 2014, nota informativa sin número ni fecha,

mediante la cual la Directora General de Participación y Concertación Ciudadana comunicó

y proporcionó copia fotostática de lo siguiente:

“La actual administración delegacional ha establecido los mecanismos para que las y los

servidores públicos de las áreas inmersas en las actividades y funciones de participación

ciudadana, como es el caso de la Dirección General de Participación y Concertación

Ciudadana, cuenten con instrumentos y conocimientos que les permitan realizar con mayor

eficiencia y eficacia su trabajo hacia la comunidad, en este sentido el 6 de diciembre de 2013,

se generaron cursos de capacitación vivencial en el IEDF, asimismo se cuenta con una

comunicación estrecha y permanente con las tres coordinaciones distritales de la demarcación.”

Asimismo, remitió copia fotostática del oficio núm. DT/DGPCC/382/2014 del 7 de mayo de 2014

suscrito por la Directora General de Participación y Concertación Ciudadana anexo al cual

remite listado de los asistentes a los cursos realizados por el IEDF el 6 de diciembre de 2013,

en el que se señala que se otorgaron las respectivas constancias a todos los participantes

de la Delegación.

287

VOLUMEN 8/17

Del análisis de la información y documentación presentadas por la Delegación, en la reunión

de confronta, se concluye que ésta no desvirtúa la observación expuesta en el presente

resultado, debido a que los mecanismos establecidos por el ente fiscalizado y los cursos de

capacitación vivencial impartidos por el IEDF a los que asistieron los servidores públicos de esa

Delegación, se realizaron en el ejercicio fiscal de 2013; por lo que la observación prevalece.

Recomendación ASC-167-12-08-TLA

Es necesario que la Delegación Tlalpan promueva entre los servidores públicos que designe

la asistencia a los cursos de formación y sensibilización de participación ciudadana que realice

el Instituto Electoral del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y la Ley de Participación Ciudadana

del Distrito Federal.

3. Resultado

Objetivos, Indicadores y Metas

El artículo 1o., tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2012, establece: “Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley

deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios

de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, transparencia,

control, rendición de cuentas…”.

El artículo 25, fracción I, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal establece:

“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los

Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las […] Delegaciones […] para cada ejercicio fiscal

y con base en: I. las políticas del Programa General y los programas sectoriales establecidos

en la Ley de Planeación […]

”El anteproyecto se elaborará por […] Delegación […] estimando los costos para alcanzar

los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas, así como los indicadores

necesarios para medir su cumplimiento.”

288

VOLUMEN 8/17

El artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2012, dispone que “las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad en base

acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los

presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.

El numeral II. 4. “Presupuesto Participativo” del Manual de Programación-Presupuestación para

la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012, emitido por la SEFIN,

dispone lo siguiente:

“La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que el

Presupuesto Participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la forma

en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios en

que se divide el territorio del Distrito Federal.

”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto

anual de las Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,

equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.

”Por lo anterior, las Delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar

lo establecido en la citada Ley.”

Con objeto de verificar el cumplimiento de los ordenamientos antes mencionados, la CMHALDF

mediante el oficio núm. ASC/13/1602 del 23 de agosto de 2013, solicitó a la Delegación

Tlalpan el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 y el Programa

Operativo Anual (POA) para 2012; asimismo, mediante el cuestionario de control interno se

solicitó información referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto

participativo. En respuesta, con el oficio núm. DT/DGA/DGMA/0672/2014 del 11 de febrero

de 2014, el órgano político-administrativo remitió la información solicitada, y de su análisis,

se determinó lo siguiente:

1. En respuesta del cuestionario de control interno, la Dirección General de Administración

de la Delegación informó que, para el ejercicio de 2012, la Delegación no estableció

objetivos vinculados al presupuesto participativo, “salvo en materia de participación

ciudadana, toda vez que se determinaron en noviembre anterior al año de ejecución,

289

VOLUMEN 8/17

no acotándose los proyectos específicos a la ciudadanía, contando con libertad de definir

acciones dentro de sólo rubros generales”. Asimismo, señaló:

“Los objetivos estuvieron alineados al Programa General de Desarrollo 2007-2012,

la actividad delegacional del Alumbrado Público en Tlalpan, se encuentra estrechamente

vinculado con las estrategias, objetivos y líneas de acción del Programa General de

Desarrollo del Distrito Federal, teniendo como eje principal el No. 7: Nuevo Orden Urbano

y Calidad de Vida para todos y siguen los lineamientos establecidos en eje de equidad del

Programa 7.5.11. Conseguir la apropiación colectiva de la ciudad y sus espacios públicos;

garantizar su accesibilidad y equipamiento, con atención prioritaria a las necesidades

de las mujeres en los grupos más vulnerables. De esta manera, se recuperó el espacio

público como principal articulador de integración social y eje detonador de desarrollo

e inversión. 7.4.3. Para que la Ciudad de México se convierta en autentico espacio de

integración social y desarrollo personal, la equidad será el criterio rector de las políticas

de desarrollo urbano. Garantizar la equidad en los accesos a los servicios requiere de hacer

énfasis, especialmente en mejorar la distribución territorial de los servicios, la infraestructura

y el equipamiento urbano, para superar las desigualdades entre las diferentes zonas y

grupos sociales que conviven en la Ciudad de México. 7.6.37. Garantizaremos la equidad

de género con proyectos urbanos y de equipamiento que faciliten las tareas y la

movilidad de las tareas de la mujer en la Ciudad, que fortalezcan el desarrollo integral

de la sociedad. PGDDF 2007-2012 Dirección General de Servicios Urbanos…”

Además, mencionó que estableció metas e indicadores para cumplir los objetivos del

presupuesto participativo, a través del organigrama de actividades de acuerdo a los

proyectos ejecutivos realizados por la DGODU. Sin embargo, la Delegación no proporcionó

evidencia documental de los objetivos, metas e indicadores descritos.

2. En la Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los Resultados

de las Actividades Institucionales Realizadas” (AIRAIR), correspondiente a la Unidad

Responsable 02 CD 14 Delegación Tlalpan, no se reportó ninguna actividad institucional

que agrupara las acciones vinculadas al presupuesto participativo, en consecuencia,

la Delegación no registró “metas 2012” ni “índice de cumplimiento de metas” para el rubro

revisado.

290

VOLUMEN 8/17

3. De la revisión al POA 2012 de la Delegación Tlalpan, no se identificó ninguna actividad

institucional vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, en

consecuencia, la Delegación no estableció metas físicas ni financieras para el efecto.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Tlalpan no dispuso en su Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2012 de una actividad institucional;

ni contó con objetivos, metas e indicadores para el presupuesto participativo; en consecuencia,

incumplió lo establecido en los artículos 1o., tercer párrafo y 25, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 126 de su Reglamento y el numeral II. 4, “Presupuesto

Participativo” del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto

del Presupuesto de Egresos 2012, todos vigentes en 2012, citados al inicio del presente

resultado.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Tlalpan proporcionó con el oficio

núm. DT/DGA/683/2014 del 7 de mayo de 2014, nota informativa sin número ni fecha,

mediante la cual la Directora de Recursos Financieros y Presupuestales informó y proporcionó

copia fotostática de lo siguiente:

“La Integración del Anteproyecto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2012 integrado en 2011,

llevado a cabo por la anterior administración, no se contempló recurso alguno etiquetado

con el destino de gasto 65 ‘Presupuesto Participativo’, por consecuencia no se consideró

ninguna actividad institucional, ni contó con objetivos, metas e indicadores para el Presupuesto

Participativo, situación que se detalla en copia de Nota Informativa generada por la Dirección

de Recursos Financieros y Presupuestales.

”En la integración del Anteproyecto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2014, la actual

administración delegacional contempló las actividades institucionales conjuntamente con sus

objetivos e indicadores específicos para cada frente de trabajo emanado de la Consulta

Ciudadana y reflejado en el Presupuesto Participativo como se muestra en Analítico de Claves

anexo y se remarca el Destino de Gasto 65.”

Asimismo, proporcionó copia fotostática de la nota informativa sin número del 6 de mayo

de 2014, suscrita por la Directora de Recursos Financieros y Presupuestales, en la cual explica

291

VOLUMEN 8/17

que en la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal

de 2013 ya se contemplan las actividades institucionales conjuntamente con sus objetivos

e indicadores específicos para cada frente de trabajo emanado de la Consulta Ciudadana para

el Ejercicio Fiscal 2013, como se muestra en el informe enviado a la Secretaría de Finanzas

del GDF; anexando copia fotostática del Analítico de Claves del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos de 2014, en el que se observan actividades institucionales vinculadas con el destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

Del análisis de la información y documentación presentadas por la Delegación en la reunión

de confronta, se concluye que ésta no desvirtúa la observación expuesta en el presente

resultado, debido a que no estableció objetivos, metas e indicadores específicos vinculados

al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por lo que la observación prevalece.

Recomendación ASC-167-12-09-TLA

Es necesario que la Delegación Tlalpan establezca objetivos, metas e indicadores anuales

para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General de Desarrollo

del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento para verificar la eficacia

en el ejercicio de los recursos, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

4. Resultado

Consulta Ciudadana

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, fue publicado

“el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se

aprueba la Convocatoria a participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011,

en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal”.

Dicho acuerdo establece en su numeral 10, que del 3 al 7 de octubre de 2011, los habitantes

de las colonias y pueblos, conforme a la delimitación geográfica establecida en el Catálogo de

Colonias y Pueblos Originarios 2010, podrán registrar ante el Coordinador Interno o de

Concertación Comunitaria del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo que les corresponda,

los proyectos específicos que consideren prioritarios.

292

VOLUMEN 8/17

La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos

y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se registrarían.

También establece que las áreas técnicas de las Delegaciones proporcionarían información

y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a fin de que éstos

seleccionaran un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos que reunieran las siguientes

características básicas: vinculación con un rubro general y un proyecto específico, costo

aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes que serían beneficiados y señalar

la ubicación exacta del proyecto.

Posteriormente, el 13 de noviembre de 2011, se llevó a cabo la Consulta Ciudadana, dividida

en dos etapas: foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa

se informaría a los ciudadanos y a los habitantes de las colonias o pueblos sobre los proyectos

elegidos por el comité respectivo; en la segunda se recibiría la opinión ciudadana para

seleccionar de entre dichos proyectos, el que consideraran prioritario realizar en su colonia

o pueblo. Concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas receptoras

realizarían el escrutinio y cómputo de las opiniones a fin de determinar los resultados, los cuales

publicarían en lugares visibles. Como resultado de la Consulta Ciudadana antes mencionada,

las Direcciones Distritales expidieron las constancias de validación, las cuales fueron entregadas

a la Delegación Tlalpan para su difusión y ejecución.

La DGA de la Delegación Tlalpan mediante el oficio núm. DT/DGA/1200/2013 del 24 de

septiembre de 2013, proporcionó la siguiente información relacionada con el destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, y de su análisis, se determinó lo siguiente:

1. Oficio núm. SECG-IEDF/3458/2011 del 17 de noviembre de 2011, con el cual el IEDF

remitió a la Jefatura Delegacional en Tlalpan, copia de las constancias de validación de

los resultados por cada una de las colonias y pueblos que participaron en la Consulta

Ciudadana.

2. Copia de las 195 constancias de validación de los resultados de la Consulta Ciudadana

realizada en dicha Delegación, validadas por el Coordinador Distrital y el Secretario

Técnico-Jurídico de la Dirección Distrital del Instituto Electoral del Distrito Federal,

293

VOLUMEN 8/17

correspondiente a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos

de la demarcación, de conformidad con el Anexo 1, “Presupuesto Participativo por

Delegaciones”, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012, en las cuales se observa que 39.0% (76 constancias) se relacionan con

el rubro de prevención del delito; 36.4% (71 constancias) conciernen con el rubro de

obras y servicios; 13.8% (27 constancias) corresponden al rubro de infraestructura urbana;

y 10.8%, (21 de las constancias) pertenecen al rubro de equipamiento; además se

verificó que dichas constancias guardaran relación con los trabajos de guarniciones

y banquetas en 15 colonias que integran la muestra de auditoría.

Se comprobó que los trabajos relativos a la muestra de auditoría, son los que resultaron

ganadores y coinciden con los ejecutados por la Delegación; relacionados con la

construcción de guarniciones y banquetas en diversas ubicaciones, que se identifica

con los rubros generales de “Obras y Servicios”, “Infraestructura Urbana”, “Equipamiento”

y “Prevención del Delito”.

Por lo anterior, la Delegación Tlalpan se ajustó al inciso b), del artículo décimo segundo

transitorio, del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011.

3. Respecto del programa semestral de difusión pública de las acciones y funciones

a cargo de la Delegación Tlalpan, con el oficio núm. DT/DGA/DMAI/064/2014 del

5 de febrero de 2014, el órgano político-administrativo informó que “en el marco de lo

establecido en los artículos que se citan, se remitió en los anexos del oficio

DT/DGA/1200/2013 diversas imágenes y fotos en los que se observa los avisos,

señalamientos y medios de información sobre los trabajos, acciones u obras que se

realizarían en distintos frentes con presupuesto participativo, asimismo y de acuerdo a la

normatividad aplicable la información se dispone a través del portal de transparencia en

la dirección http://www.tlalpan.gob.mx/transparencia/index.php/menu-a14-fraccionxxv”.

Sin embargo, la Delegación no proporcionó evidencia documental de que los referidos

programas semestrales de 2012 fueron elaborados y tramitados para su aprobación.

Por no contar con su Programa Semestral de Difusión Pública acerca de las acciones

y funciones a su cargo, el sujeto fiscalizado incumplió lo dispuesto en los artículos 56 y 57

294

VOLUMEN 8/17

de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, vigente en 2012 y publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de mayo de 2010, que instruyen:

“Artículo 56.- Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas

a establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones

a su cargo en los términos de este capítulo.

”Artículo 57.- El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de

Gobierno, tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos

Ciudadanos, los Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información

sobre los planes, programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública.”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Tlalpan proporcionó con el oficio

núm. DT/DGA/683/2014 del 7 de mayo de 2014, nota informativa sin número ni fecha,

mediante la cual la Directora General de Participación y Concertación Ciudadana informó

y proporcionó copia fotostática de lo siguiente:

“Para las actividades realizadas con Presupuesto Participativo 2012, la administración contó

con la información gráfica proporcionada durante la revisión que se cita en el Informe de

Resultados de Auditoría para Confronta, relacionada con avisos, señalamientos y medios

de información de las acciones a realizar con el presupuesto participativo y de acuerdo a los

resultados de la Consulta Ciudadana en cada colonia, para el ejercicio 2013, la Dirección

General de Participación y Concertación Ciudadana estableció mecanismos que permitieron

la difusión de las acciones a desarrollarse en las distintas colonias mediante la integración del

Programa Semestral de Difusión y de un Protocolo del Programa de Difusión del Presupuesto

Participativo.”

Copia fotostática de dos oficios suscritos por la Directora General de Participación

y Concertación Ciudadana números DT/DGPCC/382/2014 del 7 de mayo de 2014, en el que

informa al Director General de Administración que, “para dar cumplimiento al artículo 56 y 57

de la Ley de Participación Ciudadana del presente ejercicio, se cuenta con el protocolo anexo

que ha operado como ‘Programa de Difusión de Presupuesto Participativo’ desde el 2011”;

295

VOLUMEN 8/17

y DT/DGPCC/385/2014 del 6 de mayo de 2014, con el que le envió el Programa Semestral

de Difusión implementado en la Delegación Tlalpan en el ejercicio fiscal de 2014.

Del análisis de la información y documentación presentadas por la Delegación en la reunión

de confronta, se concluye que ésta no desvirtúa la observación expuesta en el presente

resultado, debido a que en 2012 no contó con su Programa Semestral de Difusión Pública

acerca de las acciones y funciones a su cargo, conforme a lo dispuesto en la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal, por lo que la observación prevalece.

Recomendación ASC-167-12-10-TLA

Es necesario que la Delegación Tlalpan establezca un programa semestral de difusión

pública acerca de las acciones y funciones a su cargo, que contenga los planes, programas,

proyectos y acciones, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal.

5. Resultado

Atribuciones y Marco Jurídico

Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la

operación y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normativa

aplicable. Como resultado de ello, se constató que:

Entre las atribuciones que el artículo 39, fracciones LVI y LXXV de la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2012, señala para los titulares de los

órganos político-administrativos de cada demarcación territorial, se encuentran las siguientes:

“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la

participación ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia

emita la dependencia correspondiente. […]

”LXXV. Realizar recorridos periódicos, audiencias públicas y difusión pública de conformidad

con lo establecido en el Estatuto de Gobierno y en la Ley de Participación

Ciudadana…”

296

VOLUMEN 8/17

El artículo 128, fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal, establece que:

Corresponde a la Dirección General de Desarrollo Social:

“VIII. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social con la participación

ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la

dependencia correspondiente…”

Por su parte, el Manual Administrativo de la Delegación Tlalpan, apartado de organización,

vigente hasta el 15 de octubre de 2012, señala dentro de las funciones de la Jefatura de

Unidad Departamental de Promoción de Participación Ciudadana las siguientes:

“Crear los medios (materiales didácticos) en conjunto con los comités vecinales con el fin

de proyectar los planes y programas de gobierno que estén o sean implementados.

”Coadyuvar a la integración de los órganos de representación vecinal, así como en

el seguimiento de su función, a través de la capacitación de los comités vecinales.”

Del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Tlalpan contó con las

atribuciones señaladas en la normatividad aplicable y las funciones establecidas en su manual

administrativo, vigentes en 2012, en relación con el ejercicio de los recursos y las actividades

vinculadas al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

6. Resultado

Programa Anual de Obra Pública 2012

Con el objeto de verificar que las obras que en 2012 contrató la Delegación Tlalpan con cargo

al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se realizaran conforme la normativa

aplicable, se analizó el Programa Anual de Obras de la Delegación, constatando lo siguiente:

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/989/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN comunicó a la Delegación Tlalpan el calendario presupuestal y el POA

definitivos; con base en ello, el órgano político-administrativo elaboró su Programa Anual

297

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de Obra Pública 2012, el cual publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 26 de marzo

de 2012; es decir, 56 días naturales posteriores a la fecha del oficio remitido por la SEFIN,

por lo que incumplió el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,

vigente en 2012, que dispone:

“Las […] Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a más

tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal,

darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus

programas anuales de obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada para

no hacerlo en dicho plazo.”

Asimismo, se observó que el Programa Anual de Obra Pública 2012 incluye la siguiente

información: tipo de obra, lugar de realización de la obra y zonas beneficiadas; en cumplimiento

del artículo 8o., del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente

en 2012. Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.

7. Resultado

Gasto Aprobado

Con objeto de verificar que las asignaciones presupuestarias anuales comprometidas en

el Presupuesto de Egresos de 2012 se hubiesen llevado a cabo conforme a la normatividad

aplicable, se analizó el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, POA, Calendario

Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, todos correspondientes a la

Delegación Tlalpan para el ejercicio fiscal de 2012, observándose lo siguiente:

Con el oficio núm. SFDF/SE/0064/2011 del 2 de enero de 2011, la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en Tlalpan el techo presupuestal aprobado

por la ALDF para el ejercicio fiscal de 2012 por un monto por 1,516,411.1 miles de pesos;

de los cuales, 551,915.9 miles de pesos (36.4%) serían asignados a gasto corriente

y 964,495.2 miles de pesos (63.6%) para gasto inversión, asimismo, le remitió en medio

magnético el Analítico de Claves y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2012.

298

VOLUMEN 8/17

Al respecto, se observó que el presupuesto original asignado a la Delegación Tlalpan

reportado en la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 coincide con el techo presupuestal,

el POA y el calendario presupuestal autorizado por la SEFIN.

En el oficio núm. SFDF/SE/0064/2012 del 2 de enero de 2012, mediante el cual se comunica

el techo presupuestal aprobado para la Delegación Tlalpan por la ALDF para el ejercicio

fiscal de 2012, se señala que “conforme al artículo transitorio Décimo Primero del Decreto

de Presupuesto de Egresos, se deberá etiquetar con el DG 65, un importe de 45,492.3 miles

de pesos, establecidos en el Anexo 1”.

Por medio del oficio núm. SFDF/SE/989/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Tlalpan el calendario presupuestal y el POA,

ambos en sus versiones definitivas y autorizadas.

Por lo anterior, se constató que la Delegación Tlalpan contó con la aprobación de la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN de los recursos para el presupuesto participativo,

conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2012.

8. Resultado

Gasto Modificado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado coincidiera con el reportado por

la Delegación Tlalpan para la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2012, y que éste se encontrara debidamente soportado, se analizaron las afectaciones

y los movimientos que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión.

En el análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y de la información

presupuestaria, se observó que en el presupuesto original de la Delegación Tlalpan, se incluyó

la cantidad por 45,492.3 miles de pesos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”,

en la posición presupuestal núm. 6121 0 2 1 00; sin embargo, en el calendario presupuestal

no se etiquetaron los recursos para el destino de gasto 65.

299

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En razón de lo anterior, la Delegación Tlalpan realizó nueve afectaciones programático-

presupuestarias autorizadas por la SEFIN, para readecuar los recursos al destino de gasto 65

(una con efecto cero, seis adiciones compensadas y dos reducciones líquidas) como

se muestra en seguida:

(Miles de pesos)

Concepto Importe

Presupuesto original 0.0

Adiciones compensadas 51,800.6

Reducciones líquidas (14,878.4)

Presupuesto modificado 36,922.2

Presupuesto asignado 45,492.3

Presupuesto no ejercido (8,570.0)

Se verificó que de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011, a la Delegación Tlalpan se le asignaron, por

concepto de destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, recursos por 45,492.3 miles

de pesos (6.5% del presupuesto asignado a las 16 Delegaciones del Distrito Federal); de ese

monto, la Delegación modificó su presupuesto a 36,922.2 miles de pesos, es decir 8,570.0 miles

de pesos (18.8%) menos de lo asignado.

Se constató que el presupuesto original reportado por el órgano político-administrativo para

la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012, coincide con el comunicado

por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN mediante el oficio núm. SFDF/SE/0064/2012 del

2 de enero de 2012; que los presupuestos modificado y ejercido, integrados por la CMHALDF,

corresponden a los consignados en la Cuenta Pública referida; y que el sujeto fiscalizado

contó con los recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” antes

de establecer compromisos de pago para realizar las obras resultantes en la Consulta

Ciudadana de 2012.

En la revisión de las afectaciones programático-presupuestarias del destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” del ejercicio 2012, se comprobó que éstas fueron elaboradas,

300

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soportadas documentalmente y autorizadas por la SEFIN mediante el Sistema de Planeación

de Recursos Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el apartado

IV.3.3 “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; y los

artículos 76, fracción III; 77; y 78, capítulo III “De las Adecuaciones Presupuestarias”, título

tercero “Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, vigentes en 2012.

9. Resultado

Gasto Comprometido

En 2012, la Delegación Tlalpan ejerció recursos por 36,922.2 miles de pesos del destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”,

por 17,224.3 miles de pesos (46.6%); 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”, por 2,507.7 miles de pesos (6.8%); y 6000 “Inversión Pública”, por 17,190.2 miles

de pesos (46.6%).

Del total de los recursos ejercidos en el presupuesto participativo (36,922.2 miles de pesos),

el 25.3% (9,335.6 miles de pesos) se erogó con cargo a la partida 6121 “Edificación no

Habitacional” y el 21.3% (7,854.6 miles de pesos) con cargo a la partida 6151 “Construcción

de Vías de Comunicación”. De estas partidas, se determinó una muestra de auditoría por

8,073.3 miles de pesos (21.9%), ejercido por la Delegación Tlalpan para la construcción

de guarniciones y banquetas en diversas ubicaciones dentro del perímetro delegacional,

al amparo del contrato núm. DTL/OM/LP/091-2012, por 8,092.4 miles de pesos, resultando una

diferencia de 19.1 miles de pesos que no se pagaron en la última estimación (finiquito-convenio),

debido a que se aplicaron ajustes en los importes por trabajos inconclusos.

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de agosto de 2012, se publicó la convocatoria

para la licitación pública núm. DTL/LPN/012/2012, para llevar a cabo trabajos de construcción

de guarniciones y banquetas en diversos Comités Vecinales de la Delegación Tlalpan.

De la verificación del procedimiento respectivo, se observó lo siguiente:

301

VOLUMEN 8/17

1. La convocatoria cumplió los requisitos establecidos en el artículo 28 de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

2. El expediente de la licitación pública contó con la documentación soporte consistente

en el presupuesto de referencia; bases; compra de las bases de la licitación; acta relativa

a la junta de aclaración de bases, presentación de apertura de la documentación legal

y administrativa, propuestas técnica y económica; dictamen y acta de fallo; contrato y

convenio modificatorio; garantías de sostenimiento de la propuesta y de cumplimiento

del contrato; pólizas de responsabilidad civil por daños a terceros y por vicios ocultos;

así como el dictamen de análisis cualitativo.

3. Conforme al dictamen y fallo del 18 de septiembre de 2012, la Delegación Tlalpan

suscribió con el contratista Construcciones DITSA, S.A. de C.V., el contrato de Obra

Pública con base en precios unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado

núm. DTL/OM/LP/091-2012 con fecha del 19 de septiembre de 2012, por un monto de

7,857.2 miles de pesos (IVA incluido); además de un Convenio Modificatorio por un importe

de 235.2 miles de pesos (IVA incluido), suscrito el 29 de octubre de 2012; con el

objeto de realizar los trabajos de construcción de guarniciones y banquetas en los siguientes

Comités Vecinales de la Delegación Tlalpan: Lomas de Padierna, Pedregal de San Nicolás

1a., 2a., 3a., y 4a. Secciones, Fuentes del Pedregal, Fresnos, 2 de Octubre, Lomas

Hidalgo, Tetenco, San Pedro Mártir, Residencial Insurgentes Sur, San Buenaventura,

Santa Úrsula Xitla, Villa Charra, Tlalpan Joya, Toriello Guerra, Popular Santa Teresa, Isidro

Fabela, Calvario Camisetas, Miguel Hidalgo, San Fernando, Las Tórtolas, Colinas del

Bosque, Jardines Coapa, Prado Coapa 2a. y 3a. Secciones, Rincón Las Hadas, Villa

Lázaro Cárdenas, ISSFAM No. 7, Magisterial Coapa, Rinconada Coapa 1a. Sección, Villa

Cuemanco, Narciso Mendoza, El Zacatón, Lomas de Cuilotepec y Lomas del Pedregal.

4. En dicho contrato se estableció que el período de ejecución de las obras sería

del 20 de septiembre al 28 de diciembre de 2012.

5. La supervisión de las obras estuvo a cargo de la Subdirección de Obras, adscrita a la

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tlalpan; para el inicio

de los trabajos no se otorgó anticipos (cláusula quinta del contrato).

302

VOLUMEN 8/17

6. Se verificó que el contrato cumplió con los requisitos que establece el artículo 46 de la Ley

de Obras Públicas para el Distrito Federal vigente en 2012.

7. En la cláusula octava, “Garantías”, del contrato núm. DTL/OM/LP/091-2012, se establece

la obligación de la empresa contratista a entregar pólizas de fianza otorgadas por

institución autorizada y a favor de la SEFIN, por el equivalente al 10.0% del monto

contratado (sin IVA incluido), a fin de garantizar el cumplimiento de obligaciones contratadas,

de responsabilidad civil por daños a terceros y para responder por vicios ocultos.

Se constató que la empresa Construcciones DITSA, S.A. de C.V., presentó en tiempo

y forma las pólizas de fianza para garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad

civil para garantizar la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar

a terceros y para responder por defectos y vicios ocultos u otra responsabilidad resultante.

Respecto de la póliza y contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros

y fianza de garantía de defectos y vicios ocultos, el contrato estableció un importe del

10% del monto total del mismo. Al respecto, se constató que la fianza de vicios ocultos

es la misma que se otorgó para amparar el cumplimiento del contrato, ya que en el

documento se establece en el inciso d), una prórroga de un año para responder por

los defectos que resulten de la obra, vicios ocultos y cualquier otra responsabilidad

en que incurra la empresa contratista. Los montos de las garantías antes señaladas,

fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Garantía afianzada Póliza número Fecha Afianzadora Importe %

Cumplimiento de contrato

587106516-5 19/IX/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 697.6 10.0

Responsabilidad civil

000011274 y Endoso A-002587

11/VI/12 La Latinoamericana, S.A. de C.V. 809.2 10.0

Vicios ocultos 587106516-5 19/IX/12 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V. 697.6 10.0

Lo anterior cumple lo dispuesto en los artículos 35, fracción III; 36; y 58, segundo

párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento,

vigentes en 2012.

303

VOLUMEN 8/17

8. De las consultas realizadas el 19 de marzo de 2014, en los sitios de Internet de la

Secretaría de la Función Pública y la CGDF, se desprende que la empresa contratista

de la muestra de auditoría, con quien la Delegación Tlalpan realizó operaciones

durante 2012, no se encuentra en los listados de proveedores y contratistas sancionados

que publican dichas instancias en sus sitios oficiales. Lo anterior, de conformidad con el

artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente

en 2012 que señala: “Las que se encuentren impedidas por resolución de la Contraloría en

los términos del Título Sexto de este ordenamiento, o por resolución de la Secretaría de la

Función Pública del Gobierno Federal o de las autoridades competentes de los gobiernos

de las entidades federativas o municipios y que hayan sido comunicadas por la propia

Contraloría”. Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.

10. Resultado

Gasto Devengado

Respecto a la recepción de la obra contratada, se verificó que el órgano político-administrativo

contara con la evidencia documental respectiva. En su análisis, se observó lo siguiente:

1. La empresa contratista entregó la bitácora de obra, referida en la cláusula primera

del contrato revisado, debidamente requisitada al término de la obra; así como el aviso de

término de obra a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano el 28 de diciembre

de 2012, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 46, fracción XI, de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal y 62, fracción I, de su Reglamento, vigentes en 2012.

2. En relación con la recepción de los trabajos del contrato núm. DC-AD-PP-O-047-12,

la Delegación proporcionó 37 actas de verificación de terminación de obra, una por

cada frente de los trabajos de obra pública realizada; finiquitos de obra por frente de trabajo,

que incluyen memoria descriptiva, fotográfica y resumen; oficio de aviso a la contraloría

núm. DGODU/0539/2013 del 5 de abril de 2013, con el que invita a la recepción formal de

los trabajos; oficio de notificación al contratista núm. DGODU/DOO/SDO/OV/290-2013

del 11 de abril de 2013, para que acuda a la recepción formal de los trabajos; y acta

de entrega-recepción del 24 de abril de 2013.

304

VOLUMEN 8/17

Lo anterior, en cumplimiento al artículo 57, cuarto párrafo, de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal.

3. De acuerdo con la verificación física efectuada el 27 de marzo de 2014 por la CMHALDF,

conjuntamente con la Delegación Tlalpan y la empresa contratista, se observó que las

obras de la muestra de auditoría corresponden a la descripción establecida en el contrato

y a los proyectos ganadores que se indican en las constancias de validación emitidas como

resultado de la Consulta Ciudadana celebrada el 13 de noviembre de 2011. Por tanto,

no se formula observación alguna al respecto.

11. Resultado

Gasto Registrado y Ejercido

Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Tlalpan con cargo

al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas 6121 “Edificación no Habitacional” y 6151

“Construcción de Vías de Comunicación”, estuvieran respaldados con la documentación

justificativa y comprobatoria de las obras; y que el registro presupuestal se hubiese sujetado

a la normativa aplicable, se analizó la documentación soporte de la muestra sujeta a revisión,

contenida en 10 CLC, correspondientes al contrato núm. DTL/OM/LP/091-2012, que se relacionan

a continuación:

(Miles de pesos)

Cuenta por Liquidar Certificada Factura

Número Fecha *Importe Número Fecha

O2 CD 14 10000693 31/XII/2012 212.4 0049 28/XII/2012

O2 CD 14 10000695 31/XII/2012 212.4 0039 16/XI/2012

O2 CD 14 10000696 31/XII/2012 424.7 0042 30/XI/2012

O2 CD 14 10000697 31/XII/2012 206.2 0031 30/IX/2012

O2 CD 14 10000698 31/XII/2012 2,191.5 0034 1/XI/2012

O2 CD 14 10000699 31/XII/2012 1,911.2 0041 30/XI/2012

O2 CD 14 10000700 31/XII/2012 2,328.3 0038 16/XI/2012

O2 CD 14 10000701 31/XII/2012 370.5 0043 10/XII/2012

O2 CD 14 10000882 31/XII/2012 209.7 0079 28/XII/2012

O2 CD 14 10000883 31/XII/2012 6.4 0083 28/XII/2012

Total 8,073.3

305

VOLUMEN 8/17

Del análisis de la documentación que soporta los pagos realizados, se desprende lo siguiente:

1. Las 10 CLC mediante las cuales se efectuaron los pagos a la contratista, fueron elaboradas

por el personal autorizado y contaron con la documentación justificativa del gasto,

consistente en escritos de entrega de la estimación por parte del contratista, facturas,

carátulas para estimaciones, control acumulativo de estimaciones, resúmenes de

generadores por concepto, hojas anexo de ubicación de frentes de trabajo, hojas viajeras,

copia de los contratos, copia de las pólizas de fianza de cumplimiento y vicios ocultos

y oficios de envío de la estimación para su pago. Lo anterior, en cumplimiento de

los artículos 52, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 59, último párrafo,

de su Reglamento, vigentes en 2012.

2. La Delegación Tlalpan contó con la documentación comprobatoria del gasto (10 facturas),

en cumplimiento del artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012; asimismo, se verificó que las facturas

cumplieran con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código

Fiscal de la Federación y estuvieran registradas en el Sistema Integral de Comprobantes

Fiscales “SICOFI”, según verificación realizada en el página web http://www.sat.gob.mx/

del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

en el Servicio de Verificación de Comprobantes Fiscales Impresos.

3. Se observó que el registro presupuestal de las operaciones revisadas se llevó a cabo

conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

12. Resultado

Gasto Pagado

Con objeto de verificar que la Delegación Tlalpan contara con la documentación que reflejara

la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante el contrato correspondiente a la

muestra de auditoría, la CMHALDF mediante el oficio núm. ASC/14/0504 del 5 de marzo

de 2014, solicitó a la empresa contratista con quien el órgano político-administrativo

celebró el contrato núm. DTL/OM/LP/091-2012, la confirmación de las operaciones realizadas

en el ejercicio 2012.

306

VOLUMEN 8/17

En respuesta, la empresa contratista Construcciones DITSA, S.A. de C.V., con el oficio

núm. DITSA-0004-03/14 del 12 de marzo de 2014, remitió cuadros concentrados de información,

en los que detallan el monto, fecha de inicio y término, descripción de los trabajos, facturas,

importes y fecha de pago de cada estimación, y anexó copia fotostática de la documentación

antes descrita. Al respecto se comprobó que los importes consignados en las facturas,

estimaciones, acta de entrega-recepción de las obras, estados de cuenta bancarios y contratos

entregados por el proveedor, coinciden con los importes proporcionados por la Delegación.

Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.

13. Resultado

Informes del Compromiso y Ejecución

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo

décimo segundo transitorio, inciso f), establece:

“Los Jefes Delegacionales entregarán cuatro informes del compromiso y la ejecución de los

recursos aplicados al presupuesto participativo, por colonia y por pueblo originario, a más

tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 5 de diciembre de 2012,

mismos que serán turnados al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a la Contraloría General

del Distrito Federal a efecto de que evalúe su aplicación y cumplimiento, así como

a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal…”

En el análisis de los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados

al presupuesto participativo, por colonia y por pueblo originario, correspondiente a los

208 Comités Ciudadanos y Consejos del Pueblo constituidos en la Delegación Tlalpan, se

observó que dichos informes fueron entregados en las fechas que se señalan a continuación:

307

VOLUMEN 8/17

Número de informe

Número de oficio Destinatario Fecha

del oficio Fecha

de acuse Fecha límite

de cumplimiento Días

de desfase

1 DT/109/2012 JGDF 29/III/12 12/IV/12 30/III/12 4

1 Copia del oficio DT/109/2012 CGDF 12/IV/12 30/III/12 4

1 Copia del oficio DT/109/2012 ALDF 12/IV/12 30/III/12 4

2 DT/207/2012 JGDF 26/VI/12 29/VI/12 30/VI/12

2 Copia del oficio DT/207/2012 CGDF 29/VI/12 30/VI/12

2 Copia del oficio DT/207/2012 ALDF 29/VI/12 30/VI/12

3 DT/301/2012 JGDF 25/IX/12 28/IX/12 30/IX/12

3 DT/299/2012 CGDF 28/IX/12 30/IX/12

3 DT/300/2012 ALDF 28/IX/12 30/IX/12

4 DT/240/2012 JGDF 13/XII/12 18/XII/12 5/XII/12 9

4 Copia del oficio DT/240/2012 CGDF 18/XII/12 5/XII/12 9

4 Copia del oficio DT/240/2012 ALDF 18/XII/12 5/XII/12 9

JGDF: Jefatura de Gobierno del Distrito Federal. CGDF: Contraloría General del Distrito Federal. ALDF: Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Por haber remitido a la Jefatura de Gobierno, a la Contraloría General y a la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal, con desfase de 4 a 9 días hábiles los informes del primer

y cuarto trimestres de 2012, del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados

al presupuesto participativo, la Delegación Tlalpan incumplió el inciso f), del artículo décimo

segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2012, vigente en 2012 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 30 de diciembre de 2011, citado al inicio del presente resultado.

No obstante lo anterior, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre

de 2012, no establece que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los informes del

compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo, por colonia

y por pueblo originario. Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.

309

VOLUMEN 8/17

II.16. DELEGACIÓN VENUSTIANO CARRANZA

II.16.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS

II.16.1.1. SUBSIDIO PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS MUNICIPIOS

Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL

Auditoría ASCprofcasf/106/12

ANTECEDENTES

El 15 de enero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el

que se da a conocer la Lista de Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,

Elegibles para el Otorgamiento del Subsidio a que se refiere el Artículo 11 del Decreto del

Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012.

Con fecha 15 de febrero de 2012, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las

Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios, y en su caso, a los Estados

cuando tengan a su cargo la Función de Seguridad Pública o la ejerzan coordinadamente

con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para sus Demarcaciones

Territoriales. En ellas se establecieron los conceptos a los que se destinarían los recursos

del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones

Territoriales del Distrito Federal (SUBSEMUN) y los mecanismos para su otorgamiento.

El 29 de febrero de 2012, fue firmado el “Convenio Específico de Adhesión para el

Otorgamiento del SUBSEMUN” por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional

de Seguridad Pública (SESNSP) y el Gobierno del Distrito Federal, representado por el Jefe de

Gobierno, el Secretario de Gobierno, el Secretario de Finanzas y los Jefes Delegacionales

de las 16 Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal. Dicho convenio fue publicado

en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2012.

El 15 de febrero de 2010, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF)

310

VOLUMEN 8/17

celebraron el Convenio de Coordinación y Colaboración para la Fiscalización de los

Recursos Públicos Federales Transferidos para su Administración, Ejercicio y Aplicación

al Gobierno del Distrito Federal y los Órganos Político-Administrativos de sus Demarcaciones

Territoriales y, en general, a Cualquier Entidad, Persona Física o Moral, Pública o Privada,

que se prevén en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como de los

correspondientes al Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado (PROFIS).

Con fecha 26 de marzo de 2013, la ASF publicó en el Diario Oficial de la Federación las

Reglas de Operación del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado en el

Ejercicio Fiscal 2012. La séptima regla establece: “En los Convenios de Coordinación

y Colaboración, suscritos por la ASF con las EFSL [Entidades de Fiscalización Superior

de las Legislaturas Locales] se establecen las bases generales para la fiscalización de los

recursos federales transferidos a las entidades federativas, los municipios y los órganos

político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”.

Por medio del oficio núm. OASF/0595/2013 del 22 de febrero de 2013, la Oficina del

Auditor Superior de la Federación remitió a la CMHALDF el listado de las auditorías que la

ASF estimó realizar en el Distrito Federal, en coordinación con la CMHALDF, para la revisión

de la Cuenta Pública de 2012. Entre ellas se encontraban las revisiones de los recursos del

SUBSEMUN transferidos a la Delegaciones Cuauhtémoc y Venustiano Carranza.

Respecto a los recursos federales del SUBSEMUN, en el artículo 11 del Decreto de

Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012, publicado en el

Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011, se estableció que el monto

para este rubro sería de 4,453,900.0 miles de pesos; de ellos, 338,553.0 miles de pesos,

se destinarían a las Delegaciones del Distrito Federal.

El Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Seguridad Pública

(SSP), de la Secretaría de Finanzas (SF) y de las 16 Delegaciones, administró y ejerció

los recursos federales asignados del SUBSEMUN. La SSP presentó un presupuesto

ejercido con cargo al SUBSEMUN por 370,183.3 miles de pesos, que representaron el

2.6% del total erogado por la dependencia (14,076,007.6 miles de pesos).

311

VOLUMEN 8/17

El presupuesto ejercido de 370,183.3 miles de pesos, representó una variación de 0.6%

(2,225.0 miles de pesos) con relación al presupuesto original de dicho rubro

(372,408.3 miles de pesos) y un decremento de 9.4% (38,228.0 miles de pesos) respecto

a lo ejercido en 2011 (408,411.3 miles de pesos).

OBJETIVO

Verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación Venustiano Carranza y la

Secretaría de Seguridad Pública, derivado de los recursos federales ministrados por

la Secretaría de Finanzas correspondientes al Subsidio para la Seguridad Pública de los

Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (SUBSEMUN), se haya

registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad

con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Mediante el oficio núm. OASF/0595/2013 del 22 de febrero de 2013, la ASF solicitó

a la CMHALDF efectuar una auditoría a los recursos federales del SUBSEMUN 2012, que

ejerció la SSP en beneficio de la Delegación Venustiano Carranza.

La auditoría se realizó de manera coordinada con la ASF, con fundamento en el convenio

de coordinación y colaboración, suscrito por la ASF y la CMHALDF el 15 de febrero de 2010 y

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2010.

La auditoría también se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 74,

fracción VI; y 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal; 2o., fracción X, inciso a); 3o.; 4o.; 8o., fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII,

IX, XII, XIII y XIX; 16; 22; 24; 27; 28; 30, fracción IV; 31; 32; 33; 34; y 36 de la Ley

Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal; y 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o., fracciones V y VII; 13 y 16 de su

Reglamento Interior.

312

VOLUMEN 8/17

En el Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la

Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal,

que celebraron el SESNSP y el Gobierno del Distrito Federal, el 29 de febrero de 2012, se

estipuló que el total de las transferencias federales del SUBSEMUN asignado a los órganos

político-administrativos del Distrito Federal, sería de 338,553.0 miles de pesos. De ese

monto, 270,842.4 miles de pesos (80.0%) serían ejercidos por la SSP en beneficio de las

16 Delegaciones y 67,710.6 miles de pesos (20.0%), directamente por éstas. Durante 2012,

la SSP ejerció en beneficio de la Delegación Venustiano Carranza 13,608.6 miles de

pesos (5.0% del total asignado).

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Del total de recursos ejercidos por la SSP con cargo al SUBSEMUN, por 370,183.3 miles

de pesos, correspondientes a 193 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC), derivado de

los trabajos que se llevaron a cabo en la fase de planeación de la auditoría, así como

del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar 14 CLC

expedidas con cargo a 4 de las 20 partidas de gasto que integraron el presupuesto ejercido

en dicho rubro; se seleccionó una muestra de 172,207.5 miles de pesos, que representa

el 45.6% del total ejercido por la SSP y 1 de las Delegaciones. No se revisaron CLC de la

Delegación Venustiano Carranza debido a que ésta no ejerció recursos del SUBSEMUN

en 2012. Las partidas seleccionadas como muestra fueron la 1341 “Compensaciones”, la

1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales”, 2831 “Prendas

de Protección para Seguridad Pública y Nacional” y la 5411 “Automóviles y Camiones

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres

Naturales”.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas (DERC)

y en las Direcciones Generales de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y de

Recursos Materiales, adscritas a la Oficialía Mayor (OM) de la SSP, por ser las encargadas

de administrar operar y registrar los recursos presupuestales asignados a la SSP, así

como de custodiar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.

313

VOLUMEN 8/17

Se analizó el manual administrativo de la OM de la SSP vigente en 2012, apartados de

organización y de procedimientos, con el fin de verificar que correspondiera a la estructura

orgánica aprobada y dictaminada, y que los procedimientos aplicables al rubro revisado

hubieran sido dictaminados y registrados por la Coordinación General de Modernización

Administrativa (CGMA).

Se aplicaron cuestionarios de control interno al personal responsable de las unidades

administrativas de la OM de la SSP; y se evaluó si los mecanismos establecidos hicieron

factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a que estuvieron

sujetas las operaciones revisadas.

Se analizaron 24 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto

asignado al SUBSEMUN, se verificaron las causas por las cuales se vio disminuido el

presupuesto y se constató que se contara con la documentación soporte de las modificaciones

presupuestales.

Se practicaron pruebas de controles para verificar que los procedimientos y demás

normatividad aplicable, se hayan observado durante el período auditado. Dichas pruebas

consistieron en lo siguiente:

1. Recopilar y analizar la información general de la SSP para conocer su operación

en relación con el rubro objeto de la auditoría.

2. Identificar y analizar de las atribuciones de la dependencia establecidas en la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y en su Reglamento

Interior, así como del marco normativo aplicable al rubro sujeto a revisión.

3. Analizar la estructura orgánica de la SSP y sus unidades administrativas para

identificar las áreas que intervinieron en el ejercicio de los recursos del SUBSEMUN

y verificar la dictaminación y registro de dicha estructura.

4. Analizar el apartado de organización del manual administrativo de la SSP vigente en

2012, con el fin de identificar las funciones, atribuciones y responsabilidades de los

314

VOLUMEN 8/17

servidores públicos de las unidades administrativas que integran la dependencia

y de las que intervinieron en el registro y control de los recursos del rubro objeto de la

revisión.

5. Verificar la dictaminación y registro del manual administrativo en su apartado de

organización, así como de las modificaciones realizadas en 2012; su publicación en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal; y su difusión entre el personal de la dependencia.

6. Revisar el apartado de procedimientos del manual administrativo vigente en 2012, con

la finalidad de identificar aquellos que fueron aplicables al ejercicio de los recursos del

SUBSEMUN y verificar si dichos procedimientos contaron con la dictaminación

y registro por parte de la CGMA.

7. Verificar si los procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal; y constatar que fueron difundidos entre el personal encargado de su operación.

8. Revisar y analizar las observaciones formuladas por la CMHALDF y por otros organismos

de fiscalización (internos y externos) en auditorías realizadas a la SSP respecto al

rubro sujeto a revisión.

9. Aplicar cuestionarios de control interno y de ambiente de control a las áreas que

intervinieron en las actividades relacionadas con el registro y ejercicio de los recursos

del SUBSEMUN.

10. Verificar que las cifras reportadas por el sujeto de fiscalización coincidieran con lo

reflejado en la Cuenta Pública de 2012.

11. Constatar que los registros contables del rubro revisado correspondieran a los establecidos

en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal vigente en 2012.

12. Integrar por partida presupuestal el total del presupuesto ejercido en 2012 con cargo

al rubro sujeto a revisión.

315

VOLUMEN 8/17

13. Identificar y analizar los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el

presupuesto original y verificar que estuvieran debidamente registrados y soportados

con la documentación correspondiente (afectaciones presupuestaria y programática

y su justificación).

14. Verificar que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los

proveedores de bienes y prestadores de servicios adjudicados, se hubieran integrado

debidamente.

15. Elaborar y enviar oficios de confirmación de operaciones con los proveedores de bienes

a quienes se realizaron pagos con cargo al SUBSEMUN en 2012.

Se realizaron pruebas sustantivas o de detalle, las cuales consistieron en integrar por

partida el presupuesto ejercido con cargo al SUBSEMUN; en verificar que las cifras

reportadas a la SF por el sujeto fiscalizado coincidieran con las asentadas en la Cuenta

Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012; y verificar los registros presupuestarios

e importes contabilizados por la Subsecretaría de Egresos. Con el fin de constatar el registro

y control de las adquisiciones efectuadas por la SSP con cargo al SUBSEMUN en 2012,

se practicaron las pruebas que se indican en seguida:

1. Verificar que en la adquisición de bienes se hayan cumplido los requisitos establecidos

en el Catálogo de Bienes del SUBSEMUN.

2. Identificar los riesgos que pudieron afectar las operaciones efectuadas con cargo

al rubro revisado, que pudieran ser los siguientes:

a) Que el Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la SF, no haya efectuado en

tiempo y forma la aportación del 30.0% de coparticipación que se establece en las

Reglas de Operación de dicho subsidio y en el Convenio Específico de Adhesión

para el Otorgamiento del SUBSEMUN, publicados en el Diario Oficial de la Federación

el 15 de febrero y el 19 de julio de 2012, respectivamente.

316

VOLUMEN 8/17

b) Que el Gobierno Federal no haya ministrado los recursos de participación federal

de conformidad con el convenio específico referido.

c) Que la SF no haya enterado cada trimestre a la SSP de manera ágil y directa los

recursos del SUBSEMUN 2012, conforme a las “Reglas para el Otorgamiento del

Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo

la Función de Seguridad Pública o la ejerzan coordinadamente con los Municipios,

así como al Gobierno del Distrito Federal para sus Demarcaciones Territoriales”,

publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2012.

d) Que la SF no haya realizado la apertura de una cuenta bancaria específica para

el manejo de los recursos del SUBSEMUN en 2012.

e) Que la SSP no haya destinado los recursos del SUBSEMUN 2012 y sus respectivos

rendimientos financieros al financiamiento de los rubros de profesionalización,

equipamiento e infraestructura, en materia de seguridad pública y operación policial.

f) Que los recursos de coparticipación no se hayan destinado al programa de

mejora de las condiciones laborales del personal operativo de los diferentes

cuerpos policíacos destacados en la demarcación territorial de Venustiano Carranza,

así como al establecimiento de mecanismos para la prevención del delito y

participación ciudadana.

g) Que no se haya proporcionado por escrito a la Dirección General de Vinculación

y Seguimiento, adscrita al SESNSP, el informe trimestral relativo al ejercicio de

los recursos y al cumplimiento de las metas del SUBSEMUN de 2012.

h) Que la SSP no haya ejercido en su totalidad los recursos asignados en beneficio

de la Delegación Venustiano Carranza de conformidad con el Convenio Específico de

Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN, publicado en el Diario Oficial

de la Federación el 19 de julio de 2012; y, en su caso, que los recursos sin ejercer

no hayan sido devueltos a las instancias correspondientes.

317

VOLUMEN 8/17

i) Que no se haya elaborado el acta de cierre del ejercicio de los recursos, y que

ésta no se haya integrado con la documentación que demuestre la aplicación y

destino de los recursos, asimismo, que dicha acta no se haya suscrito por las partes

responsables o que no hayan sido enviada al SESNSP.

3. Identificar los riesgos que pudieron afectar las operaciones con cargo a los recursos

federales del SUBSEMUN en 2012:

a) Requisiciones de compra:

● Que las requisiciones de compra no se hayan elaborado, que no se hayan

formulado debidamente; o que no contaran con autorización presupuestal.

● Que los bienes adquiridos no se hayan ingresado y registrado en el almacén

o que no hayan sido entregados a las unidades administrativas requirentes.

b) Adquisición de bienes:

● Que no se haya observado la normatividad federal en materia de adquisiciones de

bienes y servicios por la SSP con cargo a los recursos del SUBSEMUN de 2012,

contraviniendo las Reglas de Operación del SUBSEMUN y el Convenio

Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio, publicadas en el

Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2012.

● De conformidad con lo anterior, que no se hayan realizado estudios de

precios de mercado en los procedimientos de adjudicación directa cuando

se requirió.

● Que los procedimientos de adquisición de bienes (adjudicación directa y licitación

pública nacional) no se hayan ajustado a lo establecido en la normatividad

federal aplicable.

● Que no se hayan elaborado y formalizado los contratos para la adquisición

de bienes en los plazos establecidos en la normatividad.

318

VOLUMEN 8/17

● Que no haya documentación que ampare la adquisición, entrega, recepción y

pago de los bienes adquiridos por la SSP con recursos del SUBSEMUN en 2012.

● Que se hayan adquirido bienes (vestuario, accesorios de vestuario, armamento

y equipo de transporte) distintos a los establecidos en el Catálogo Único de

Bienes SUBSEMUN 2012.

● Que el proveedor no haya presentado las garantías correspondientes en los

plazos establecidos y no se hayan aplicado las penas convencionales procedentes

por cualquiera de las causales establecidas en los contratos o convenios

respectivos.

● Que los proveedores no hayan entregado comprobantes de pago, que éstos

no se hayan expedido a nombre del Gobierno del Distrito Federal o que no

hayan cumplido los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal de la

Federación.

● Que en caso de incumplimiento de los contratos, no se hubieran hecho

efectivas las garantías correspondientes.

c) Registro presupuestal y contable:

● Que no se haya registrado el gasto ejercido por la SSP con recursos

del SUBSEMUN en el concepto o partida presupuestal que correspondía de

acuerdo con la naturaleza de las erogaciones y con el Clasificador por Objeto

del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, vigente en 2012.

● Que las cifras reportadas por el sujeto fiscalizado no coincidieran con las de la

Cuenta Pública.

● Que los registros contables del rubro sujeto a revisión no correspondan a los

establecidos en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

vigente en 2012.

319

VOLUMEN 8/17

d) Salvaguarda de la información:

● Que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los

proveedores de bienes adjudicados no se hayan integrado con la documentación

generada en su proceso.

● Que no se haya conservado la documentación justificativa y comprobatoria

de los pagos realizados.

Para determinar la muestra por revisar, se consideraron los siguientes criterios:

1. Por tratarse de una auditoría financiera, se integró el universo de los recursos

ejercidos en 2012 por la SSP por cada una de las partidas presupuestales y se

determinó el porcentaje que representa cada una de ellas en relación con el total de

los recursos ejercidos por el SUBSEMUN, con la finalidad de identificar los importes

y partidas más significativos, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Presupuesto

% Original Modificado Ejercido

1341 “Compensaciones” 0.0 34,047.4 34,047.4 9.2

1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 0.0 67,518.5 67,518.5 18.2

2821 “Materiales de Seguridad Pública” 15,000.0 5,483.2 5,483.2 1.5

2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 76,000.0 75,855.7 75,855.7 20.5

3341 “Servicios de Capacitación” 4,500.0 4,779.2 4,779.2 1.3

3993 “Subrogaciones” 20,000.0 4,581.5 4,581.5 1.2

4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro” 0.0 3,527.0 3,527.0 1.0

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 0.0 124,183.6 124,183.6 33.5

5511 “Equipo de Defensa y Seguridad” 0.0 21,604.1 21,604.1 5.8

6221 “Edificación no Habitacional” 0.0 24,096.8 24,096.8 6.5

Subtotal 115,500.0 365,677.1 365,677.1 98.8

Otras 10 partidas con recursos ejercidos inferiores al 1.0% 256,908.3 4,506.2 4,506.2 1.2

Totales 372,408.3 370,183.3 370,183.3 100.0

320

VOLUMEN 8/17

2. Se seleccionaron las cuatro partidas más representativas por su monto y peso específico

y se determinó el número de CLC y documentos múltiples (incluyendo los documentos

de glosa) que fueron emitidos en 2012 por la dependencia, a fin de identificar el

universo de documentos susceptibles de revisar, como se establece en el cuadro

siguiente:

(Miles de pesos)

Partida Presupuesto

ejercido

Número de documentos

CLC DM DG

1341 “Compensaciones” 34,047.4 5 0 0

1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 67,518.5 5 0 5

2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 75,855.7 14 9 1

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6 8 0 0

Subtotal 301,605.2 32 9 6

Otras partidas no seleccionadas 68,578.1 161 1 2

Totales 370,183.3 193 10 8

CLC: Cuentas por Liquidar Certificadas. DM: Documentos Múltiples. DG: Documentos de Glosa.

3. Se determinó el número de contratos o convenios de cada una de las cuatro partidas

seleccionadas, así como la modalidad de adquisición de los bienes y servicios, como

se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida Presupuesto

ejercido

Procesos de adquisición Contratos

LPN AD

1341 “Compensaciones” 34,047.4 n.a. n.a. n.a.

1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 67,518.5 n.a. n.a. n.a.

2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 75,855.7 7 7

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6 2 2

Subtotal 301,605.2 2 7 9

Otras partidas no seleccionadas 68,578.1

Total 370,183.3

LPN: Licitación Pública Nacional. AD: Adjudicación Directa. n.a. No aplicable.

321

VOLUMEN 8/17

4. Se integró el presupuesto ejercido por la SSP en las cuatro partidas seleccionadas

(301,605.2 miles de pesos) y el presupuesto ejercido directamente por las Delegaciones

que la ASF solicitó auditar (Cuauhtémoc y Venustiano Carranza). En el caso de la

Delegación Venustiano Carranza, se observó que no ejerció recursos del SUBSEMUN

en 2012, por lo que la muestra de auditoría se integró con los recursos ejercidos por

la SSP y por la Delegación Cuauhtémoc. Esta última erogó recursos federales

por 6,159.6 miles de pesos, que sumados a lo ejercido por la SSP en beneficio de las

Delegaciones determinaron un universo susceptible de revisión de 307,764.8 miles

de pesos, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

Partida Presupuesto ejercido Total

Secretaría de Seguridad

Pública

Delegación Cuauhtémoc

1341 “Compensaciones” 34,047.4 34,047.4

1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 67,518.5 67,518.5

2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 75,855.7 75,855.7

3341 “Servicios de Capacitación” 1,054.6 1,154.3

3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” 5,105.0 6,237.8

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6 124,183.6

Subtotal 301,605.2 6,159.6 307,764.8

Otras partidas no seleccionadas 68,578.1 0.0 68,578.1

Totales 370,183.3 6,159.6 376,342.9

5. De conformidad con lo expuesto en los numerales anteriores, se seleccionó una

muestra de 172,207.5 miles de pesos, que representa el 45.6% del total ejercido

por la SSP y una de las dos Delegaciones (377,575.4 miles de pesos). La muestra de

auditoría se integró por 2,934.5 miles de pesos (20.0%) de recursos locales ejercidos

en beneficio de las dos Delegaciones referidas en el numeral anterior (9,321.9 miles

de pesos y 5,348.4 miles de pesos, respectivamente), 164,168.0 miles de pesos de

recursos federales ejercidos por la dependencia y 5,105.0 miles de pesos de recursos

federales ejercidos directamente por la Delegación Cuauhtémoc, como se muestra en

el cuadro siguiente:

322

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Presupuesto ejercido

Muestra de auditoría* %*

CLC Contratos Importe

1341 “Compensaciones” 34,047.4 2 n.a. 114.9 0.3

1343 “Compensaciones Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales” 67,518.5 2 n.a. 2,819.6 4.2

Recursos locales (Coparticipación) 101,565.9 2** 2,934.5 2.9

2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional” 75,855.7 5 2 49,818.9 65.7

5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6 7 2 114,349.1 92.1

Recursos federales ejercidos por la SSP 200,039.3 12 4 164,168.0 82.1

Recursos federales de otras partidas no seleccionadas 68,578.1

Total de recursos locales y federales ejercidos por la SSP 370,183.3 14 4 167,102.5 45.1

3341 “Servicios de Capacitación” 1,154.3 0 0 0.0 n.a.

3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” 6,237.8 12 12 5,105.0 81.8

Recursos federales ejercidos directamente por la Delegación Cuauhtémoc 7,392.1 12 12 5,105.0 69.1

Totales 377,575.4 26 16 172,207.5 45.6

* Porcentaje en relación con el presupuesto ejercido en la partida. ** Las dos CLC que afectaron la partida 1341 “Compensaciones” son las mismas que afectaron la 1343 “Compensaciones

Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales”.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de tener una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión

y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual

de organización de la OM de la SSP vigentes en 2012, con el fin de identificar sus

estructuras orgánicas, los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas

que las integran y las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión.

Se revisaron los manuales de procedimientos, para identificar los que fueron aplicados

por las unidades administrativas responsables de justificar, aprobar, modificar, comprometer,

devengar, comprobar, ejercer, registrar y pagar las erogaciones efectuadas con cargo al

SUBSEMUN.

En forma adicional, se aplicaron cuestionarios de control interno a las diversas unidades

administrativas de la OM de la SSP que tuvieron relación con el ejercicio del SUBSEMUN; y se

verificó que los gastos hayan sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello.

323

VOLUMEN 8/17

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que la SSP

cuenta con un manual administrativo, en su parte organización, actualizado conforme al

último dictamen de reestructuración orgánica (núm. 16/2010); y que la OM de la SSP

cuenta con procedimientos actualizados, dictaminados y registrados por la CGMA. Los

resultados relativos al control interno se describen en el apartado de resultados del

presente informe.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Estructura Orgánica

En 2012, la SSP ejerció sus funciones y atribuciones con base en el dictamen de

reestructuración orgánica núm. 16/2010, con vigencia a partir del 1o. de noviembre de 2010,

el cual le fue comunicado por la CGMA mediante el oficio núm. CG/437/2010 del 20 de

octubre de 2010. Posteriormente, con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2231/2011 del 9 de mayo

de 2011, la CGMA comunicó a la SSP que determinó registrar su manual administrativo,

apartado de organización, con el núm. MA-11001-16/10. Dicho documento fue publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de junio de 2011.

La estructura orgánica correspondiente al dictamen núm. 16/2010 consideró 1,334 plazas

de estructura. A la OM de la SSP (área encargada del registro y control de las operaciones de

los recursos del SUBSEMUN) le fueron asignadas 194 plazas de estructura, las cuales

se señalan a continuación:

Unidad administrativa Elementos

Oficial Mayor 1

Secretario Particular 1

Direcciones Ejecutivas 3

Direcciones Generales 4

Direcciones de Área 11

Subdirecciones 25

Jefaturas de Unidad Departamental 51

Líder Coordinador de Proyectos “B” 1

Enlaces “A” 96

Enlace “B” 1

Total 194

324

VOLUMEN 8/17

El manual administrativo, apartado de organización, fue difundido por la Dirección

Ejecutiva de Organización y Administración Territorial mediante diversos oficios del

2 de junio de 2011, dirigidos a la Contraloría Interna, al Jefe de Estado Mayor Policial,

a las Direcciones Generales y a las Direcciones de Área.

La revisión de la documentación relativa al manual administrativo de la OM de la SSP,

apartado de organización, no arrojó observación alguna.

Manual de Procedimientos

Mediante el oficio núm. CG/CGMA/DDO/2231/2011 del 9 de mayo de 2011, la CGMA

informó a la SSP que su manual administrativo, apartados de organización y de procedimientos

elaborado con base en el dictamen de reestructuración orgánica núm. 16/2010, quedó

registrado con el núm. MA-11001-16/10. El manual fue publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 8 de julio de 2011 y en él se incluyeron 274 procedimientos, los cuales

estaban vigentes durante la ejecución de la auditoría.

De los 274 procedimientos, 16 se relacionan con las partidas de la muestra de auditoría

y son los siguientes:

Unidad administrativa/Procedimiento Partida

Dirección Ejecutiva de Desarrollo Organizacional y Administrativo

Elaboración o Actualización del Manual Administrativo Todas

Formulación, Actualización y Difusión de Métodos y Procedimientos Administrativos Todas

Dirección General de Recursos Humanos

Aplicación del Estímulo por Especialización Técnico Policial Concepto 1653 1341 y 1343

Dirección General de Recursos Materiales

Recepción y Suministro de Vehículos de Nueva Adquisición 5411

Elaboración de Resguardos del Parque Vehicular de la S.S.P. 5411

Entrega Personalizada de Vestuario en Áreas Operativas por parte del Proveedor 2831

Entrega Personalizada de Vestuario a Áreas Operativas en Almacén Central 2831

Dirección General de Mantenimiento y Servicios

Inspección Física de Bienes Muebles 5411

Dirección General de Recursos Financieros

Afectaciones Programático-Presupuestarias Todas

Control del Presupuesto Comprometido Todas

Recepción y Trámite de Fichas de Depósito para la Obtención del Recibo del Entero 1341 y 1343

Registro de Salida de Bienes 2831

Revisión, Captura y Trámite del Pago de Cuentas por Liquidar Certificadas Todas

Captura, Revisión y Autorización de Documentos Múltiples de Notas de Observación de Glosa, Cancelación, Comprobación y Reintegro de Recursos

Todas

Integración de Documentación Soporte para Trámites Presupuestales, Pago de Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples y Pólizas-Cheque

Todas

Solicitud y Elaboración de Cheques de Diversos Estímulos 1341 y 1343

325

VOLUMEN 8/17

Se solicitaron a la SSP los 16 procedimientos referidos, que fueron proporcionados en

medio magnético. Se verificó que los procedimientos contaran con los cuatro elementos

básicos de control interno, relativos a los objetivos de autorización, de procesamiento

y clasificación de transacciones, de verificación y evaluación, y de salvaguarda física.

Los trabajos de auditoría incluyeron la aplicación de cuestionarios de control interno al

personal de las unidades administrativas de la Secretaría de Finanzas (SF) y de la SSP

que intervino en el ejercicio de los recursos federales con cargo al SUBSEMUN.

Derivado de la aplicación de los cuestionarios de control interno y del análisis de la

información proporcionada, se determinó que tanto la SF como la SSP presentan las

siguientes fortalezas y debilidades de control interno:

1. Fortalezas:

Para el registro y control de las operaciones del SUBSEMUN, tanto la SF como la SSP

disponen de una estructura operativa actualizada y registrada ante la CGMA, así como

áreas específicas responsables de la gestión del subsidio. Estas últimas se integran por

personal informado específicamente acerca de la normatividad federal que le aplica al

subsidio y disponen de los procedimientos necesarios para generar la información

presupuestal y contable.

2. Debilidades:

Las áreas de la SSP encargadas del registro y control de las operaciones relacionadas

con el pago de estímulos al personal policiaco del Servicio Profesional de Carrera Policial

(Direcciones Generales de Recursos Financieros y de Recursos Humanos) no cuentan

con mecanismos de control que permitan generar una base de datos confiable, que

indique los períodos en que fueron liquidados los estímulos con base en los recibos

entregados al personal operativo.

Las áreas de la SSP encargadas de entregar equipos (chalecos y cascos antimotín), así

como de supervisar esta actividad, carecen de mecanismos para identificar plenamente

las Unidades de Protección Ciudadana a las cuales fueron destinados los equipos.

326

VOLUMEN 8/17

Tampoco se cuenta con mecanismos para supervisar que en los fallos de las licitaciones

públicas nacionales que realiza la SSP con recursos del SUBSEMUN, se incluyan

las causas por las cuales se descalificó a los proveedores no adjudicados. Dichas

inconsistencias se describen en los resultados respectivos.

3. Calificación:

Satisfactorio

En razón de lo expuesto, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal considera satisfactorio el control interno que dispone para la gestión

del SUBSEMUN, el Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la SSP. En general, se

cuenta con estrategias y mecanismos de control adecuados sobre el comportamiento

de algunas actividades, son suficientes para garantizar el cumplimiento de su objetivo y la

observancia de la normatividad aplicable.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva

de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó con el oficio

núm. DERC/OM/SSP/0610/2013 de la misma fecha, el oficio núm. SSP/OM/DGRM/702/2013

del 28 de agosto de 2013, por medio del cual la Dirección General de Recursos Materiales

indicó: “En relación con este resultado, se informa que derivado de una recomendación

realizada por ese órgano fiscalizador relativa a adoptar medidas de control y supervisión

para garantizar que se publique en la página de CompraNet la información que exige la

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, vigente en 2012,

se emitió la circular interna, actualmente vigente, a través de la cual se instruyó para que

en lo sucesivo los procedimientos de adjudicación con recursos federales se realicen en

apego a la normatividad que le sea aplicable, particularmente a lo establecido en los

artículos 30 y 37, párrafo quinto, de dicha ley”.

Cabe señalar que el presente resultado no se refirió al incumplimiento normativo alguno,

sólo se señalaron las debilidades y fortalezas del control interno implementado por el

sujeto fiscalizado para registrar y controlar las operaciones relacionadas con los recursos

del SUBSEMUN.

Por lo anterior, el resultado no se modifica.

327

VOLUMEN 8/17

Transferencia de Recursos

2. Resultado

Para el manejo y disposición de los recursos del SUBSEMUN en 2012, el Gobierno

del Distrito Federal (GDF), por conducto de la SF, abrió una cuenta bancaria específica en

cumplimiento de lo dispuesto en la regla Vigésima Quinta “Primera Ministración”, Fracción II,

inciso B, de las Reglas para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso,

a los Estados cuando tengan a su cargo la función de Seguridad Pública o la ejerzan

coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para sus

Demarcaciones Territoriales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero

de 2012, que señalan:

“II. Los Beneficiarios remitirán a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, a más

tardar el 15 de marzo de 2012, lo siguiente: […]

”B. La documentación bancaria que acredite la apertura de dos cuentas bancarias,

una para recibir los recursos federales y otra para el depósito de la coparticipación...”

Al respecto, la SF abrió la cuenta bancaria núm. 0189566929 el 14 de marzo de 2012. La

apertura de la cuenta fue comunicada por la Dirección General de Administración

Financiera de la SF al Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP,

mediante el oficio núm. SFDF/SPF/0747/2012 del 14 de marzo de 2011.

No se formula observación alguna al respecto.

Ministración de los Recursos

3. Resultado

En 2012, el Gobierno Federal, por conducto del SESNSP, transfirió a la SF recursos

del SUBSEMUN por un monto de 325,367.7 miles de pesos (270,842.4 miles de pesos

que ejerció la SSP y 54,525.3 miles de pesos que erogaron directamente las Delegaciones).

Dichos recursos fueron transferidos a la cuenta bancaria abierta por la SF, de conformidad

328

VOLUMEN 8/17

con el calendario de ministraciones de recursos establecido en la cláusula Séptima

“Transferencia de los Recursos”, fracción II, incisos A, B, y C, de del Convenio Específico

de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios

y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, en la cual se estableció lo siguiente:

“II. Las transferencias de los recursos federales se realizará en tres ministraciones:

”A. ‘EL DISTRITO FEDERAL’ y ‘LAS DEMARCACIONES’ en el ámbito de sus

competencias, solicitarán la primera ministración a más tardar el 15 de marzo de 2012,

la cual corresponderá al 40.0% del monto total de los recursos federales convenidos.

”B. ‘EL DISTRITO FEDERAL’ y ‘LAS DEMARCACIONES’ en el ámbito de sus competencias,

solicitarán la segunda ministración a más tardar el 29 de junio de 2012, y deberán

haber comprometido, devengado y/o pagado el 30.0% del monto total de los recursos

federales convenidos. […] La segunda ministración corresponderá al 30.0% del monto

total de los recursos federales convenidos.

”C. ‘EL DISTRITO FEDERAL’ y ‘LAS DEMARCACIONES’ en el ámbito de sus competencias,

solicitarán la tercera ministración a más tardar el 28 de septiembre de 2012,

y deberán haber comprometido, devengado y/o pagado, por lo menos el 60.0% del

monto total de los recursos federales convenidos […] La tercera ministración

corresponderá al 30.0% del monto total de los recursos federales convenidos.”

De conformidad con la documentación proporcionada por la SF y la SSP, la primera

ministración de recursos federales del SUBSEMUN, fue depositada en junio, la segunda

en septiembre y octubre; y la tercera en noviembre y diciembre de 2012 y en enero de 2013.

Sin embargo, el sujeto fiscalizado no proporcionó evidencia documental de la fecha de la

solicitud de recursos por el beneficiario (GDF/SF/SSP).

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva

de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, proporcionó el oficio núm.

DERC/OM/SSP/0610/2013 de la misma fecha, mediante el cual presentó el oficio

núm. SSP/OM/DGRF/2058 del 29 de agosto de 2013, con el cual indicó lo siguiente:

329

VOLUMEN 8/17

“En cumplimiento de las Reglas Vigésima Quinta, Vigésima Sexta y Vigésima Séptima

de las Reglas para el otorgamiento del SUBSEMUN, se giraron los oficios

núms. DGRF/OM/SSP/0405/2012, del 14 de marzo de 2012, DGRF/OM/SSP/0908/2012

del 26 de junio de 2012 y DGRF/OM/SSP/1317/2012 del 28 de agosto de 2012, con la

finalidad de solicitar al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

la primera, segunda y tercera ministración de recursos del SUBSEMUN 2012, respectivamente,

documentos que se anexan en copia certificada.”

De los oficios presentados por el sujeto fiscalizado, se desprende que la SSP realizó la

solicitud de los recursos dentro de los plazos estipulados en las Reglas de Operación del

SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2012,

como se aprecia en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Ministraciones Importe solicitado

Fechas en que debieron

solicitarse las ministraciones según calendario

Oficio de solicitud de ministración de los recursos

Fecha en que se realizaron

las ministraciones por el SESNSP

Número Fecha

Primera, por el 40.0% 135,421.2 15/III/2012 DGRF/OM/SSP/0405/2012 14/III/12 20/VI/12

Segunda, por el 30.0%* 97,299.8 29/VI/2012 DGRF/OM/SSP/0908/2012 26/VI/12 26/IX/12 22/X/12

Tercera, por el 30.0%** 92,646.7 28/IX/2012 DGRF/OM/SSP/1137/2012 28/VIII/12 29/XI/12

31/XII/12 11/I/13

Total recursos federales 325,367.7

* En el caso de la primera ministración, se efectuaron dos depósitos. ** En el caso de la tercera ministración, se efectuaron tres depósitos.

En cuanto a la coparticipación del Distrito Federal (30.0% del monto total de los recursos

federales), la SF proporcionó evidencia documental de la transferencia de dichos

recursos a la SSP en el ejercicio de 2012. Dicha evidencia consistió en el oficio

núm. SFDF/SE/2599/2012 del 27 de marzo de 2012, mediante el cual el Subsecretario de

Egresos de la SF remitió al Director General de Vinculación y Seguimiento del SESNSP

copia certificada del “Reporte de Evolución del Presupuesto por Clave Presupuestal al

Mes de Marzo para el Ejercicio Fiscal 2012”, relativo a la clave presupuestal de la SSP:

2 11C0 01 1 7 1 002 1 28 1544 0 1 1 00, obtenido del Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales (GRP-SAP), por los recursos presupuestarios de la aportación del

Distrito Federal, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del SUBSEMUN.

330

VOLUMEN 8/17

Con dicho documento, sustenta la previsión de recursos del SUBSEMUN de 2012 como

contraparte local, los presupuestos modificado y disponible ascendieron a 101,565.9 miles

de pesos.

La obligación de efectuar una aportación con recursos locales se estipuló en las cláusulas

Tercera, fracción II, del Convenio Específico de Adhesión y Vigésima Cuarta, fracción III;

de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación

el 15 de febrero de 2012, las cuales indicaron lo siguiente:

Cláusula Tercera, fracción II, del Convenio Específico de Adhesión. “A efecto de complementar

los recursos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico

de adhesión, ‘El Distrito Federal’ se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios

cuando menos el 30 (treinta) por ciento del total de los recursos federales otorgados para

la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales…”.

Asimismo, en la fracción III de la cláusula Vigésima Cuarta “Disposiciones Previas” de las

Reglas de operación del SUBSEMUN, se estableció:

“III. Los recursos de la coparticipación deberán ser depositados en una cuenta bancaria

productiva específica, dentro de los cuarenta días hábiles posteriores a la fecha de

recepción de los recursos federales.”

De lo anterior, se desprende que el Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la SF,

realizó la transferencia de recursos de la coparticipación a la cual se obligó en las Reglas

de Operación del SUBSEMUN y en el convenio específico, por lo que no se formula

observación al respecto.

4. Resultado

En la revisión de los estados de cuenta relativos a la cuenta bancaria núm. 0189566929

del Banco BBVA-Bancomer, S.A., que abrió la SF para depositar los recursos federales del

SUBSEMUN (325,367.6 miles de pesos), se constató que los intereses generados en 2012,

correspondientes a los meses de junio de 2012 a enero de 2013, ascendieron a 1,672.5 miles

de pesos. De los intereses generados, a la SSP le correspondieron 1,337.7 miles de pesos,

331

VOLUMEN 8/17

es decir, el 80.0%, mismo porcentaje en que participó de los recursos del SUBSEMUN

en 2012. De los 1,337.7 miles de pesos referidos, la SSP aplicó un importe de 162.1 miles de

pesos para complementar las acciones autorizadas en los anexos técnicos del convenio

de adhesión y reintegró a la Tesorería de la Federación 1,175.6 miles de pesos. El reintegro

se confirmó con el oficio núm. FDF/SPF/DGAF/DCCF/00988/2013 del 7 de febrero de 2013.

La información relativa a los intereses financieros quedó consignada en el Acta de Cierre

Definitiva del SUBSEMUN 2012/Distrito Federal/Secretaría de Seguridad Pública.

De los 162.1 miles de pesos que la SSP aplicó para complementar las acciones autorizadas

en los anexos técnicos del convenio de adhesión, 25.8 miles de pesos, los aplicó en la

partida presupuestal 2821 “Materiales de Seguridad Publica”, 16.3 miles de pesos en

la 2831 “Prendas de Protección para Seguridad Publica y Nacional” y 120.0 miles de pesos

en la 6221 “Edificación no Habitacional”.

No se formulan observaciones respecto a la aplicación de los intereses generados por los

recursos federales del SUBSEMUN en 2012.

Registros Contables

5. Resultado

Por lo que respecta al registro contable de las operaciones efectuadas por la SSP en 2012,

con recursos federales del SUBSEMUN, la CMHALDF solicitó a la SF los registros

de egresos correspondientes. En respuesta, con el oficio núm. DGCNCP/2677/2013 del

26 de julio de 2013, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

(DGCNCP) de la SF, proporcionó a la CMHALDF el reporte de registro de egresos (fuente

de financiamiento 28) de la SSP, correspondiente a las adquisiciones y arrendamientos de

bienes y contrataciones de servicios realizados en 2012 con cargo al SUBSEMUN.

A continuación se muestra el detalle de esas operaciones:

332

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Tipo de recursos/cuenta contable Importe

Recursos federales

1236211000 “Edificación no Habitacional” 23,976.8

1241911000 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” 872.6

1244111000 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 124,183.6

1244210100 “Carrocerías y Remolques para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 400.0

1245110000 “Equipo de Defensa y Seguridad” 21,604.1

1246211000 “Maquinaria y Equipo Industrial” 388.4

5125125911 “Otros Productos Químicos Gasto Corriente” 944.9

5128128211 “Materiales de Seguridad Pública Gasto Corriente” 5,457.4

5128128311 “Prendas de Seguridad Pública y Nacional Gasto Corriente” 75,839.3

5133133411 “Servicios de Capacitación Gasto Corriente” 4,779.2

5139139931 “Subrogaciones Gasto Corriente” 672.8

Subtotal 259,119.1

5 Remanentes del ejercicio anterior

1241311000 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” 1,900.5

5139139931 “Subrogaciones Gasto Corriente” 3,908.7

5243144511 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro Gasto Corriente” 3,527.0

Subtotal 9,336.2

7 Intereses

1236211000 “Edificación no Habitacional” 120.0

5128128211 “Materiales de Seguridad Pública Gasto Corriente” 25.8

5128128311 “Materiales de Seguridad Pública Gasto Corriente” 16.3

Subtotal 162.1

Total de Recursos federales del SUBSEMUN 268,617.4

Recursos fiscales

5210112251 “Compensaciones Adicionales y Proveedores por Servicios Especiales” 101,565.9

Total de recursos del SUBSEMUN ejercidos por la SSP en 2012 370,183.3

Al respecto, se constató que el registro contable de las operaciones se efectuó conforme

a las cuentas señaladas en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal, y

que coincide con lo reportado por la SSP en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito

Federal correspondiente a 2012.

6. Resultado

Modificación del Presupuesto

En el ejercicio de 2012, la SSP consideró inicialmente recursos del SUBSEMUN por la

cantidad de 372,408.3 miles de pesos, de los cuales 270,842.4 miles de pesos serían

recursos federales y 101,565.9 miles de pesos (30.0%) coparticipación del Gobierno

333

VOLUMEN 8/17

del Distrito Federal; sin embargo, dicha asignación se redujo en 2,225.0 miles de pesos,

debido a que el Gobierno Federal le asignó el mismo importe total que en 2011

(338,553.0 miles de pesos). El presupuesto modificado quedó en 370,183.3 miles de

pesos, y fue ejercido en su totalidad.

Destaca la transferencia de recursos federales a las 16 Delegaciones del Distrito Federal

para el desarrollo y aplicación de políticas públicas en materia de prevención social del

delito con participación ciudadana, por un importe de 67,710.6 miles de pesos, que equivalen

al 20.0% de los recursos federales (338,553.0 miles de pesos).

La reducción del presupuesto (2,225.0 miles de pesos) se derivó de la gestión de

24 afectaciones programático-presupuestarias solicitadas en 2012 por la SSP.

Las 24 afectaciones generaron 42 movimientos presupuestarios, que implicaron

411,219.1 miles de pesos de ampliaciones y adiciones, y 413,444.1 miles de pesos, de

reducciones; ello arrojó una modificación neta de 2,225.0 miles de pesos, como se muestra

en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Concepto Importes

Asignación original 372,408.3

Más:

17 ampliaciones compensadas 114,884.7

4 adiciones líquidas 10,264.1

2 adiciones compensadas 286,070.3

Total ampliaciones y adiciones 411,219.1

Menos:

1 reducción líquida 12,489.1

18 reducciones compensadas 400,955.0

Total reducciones 413,444.1

Total modificación (2,225.0)

Presupuesto ejercido 370,183.3

334

VOLUMEN 8/17

En el análisis efectuado a las 24 afectaciones programático-presupuestarias, se determinó

que 7 de ellas presentaron movimientos que afectaron las partidas presupuestales

relacionadas con los recursos del SUBSEMUN y las restantes 17 mostraron movimientos

cuyo efecto fue cero. La justificación presentada por la SSP para la autorización de las

siete afectaciones mencionadas se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de afectación

Fecha Ampliación o adición

Reducción Modificación total

Justificación

A 11 CO 01 1970 4/IV/12 184,811.3 184,811.4 0.1 Ampliación y reducción compensada de recursos federales, en el marco del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento de Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que celebró la Secretaría con el Ejecutivo Federal . Se requiere reprogramar recursos a fin de estar en condiciones de dar cumplimiento al objetivo de dicho convenio.

Esta reclasificación de recursos permite destinar solvencia a las partidas 2591 “Otros Productos Químicos", 3341 “Servicios de Capacitación", 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración", 5411 “Veh ículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales", 5421 “Carrocerías y Remolques para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales", 5511 “Equipo de Defensa y Seguridad", 5621 “Maquinaria y Equipo Industrial", 5911 “Software" y 6221 “Edificación no Habitacional". Lo anterior, permitirá reclasificar los recursos de acuerdo con las autorizaciones y anexos técnicos emitidos por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, a fin de dar atención a los requerimientos de capacitación, la adquisición de diversos bienes y vehículos equipados como patrulla s, así como trabajos en las subcomandancias de las Delegaciones Álvaro Obregón, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero e Iztapalapa.

C 11 CO 01 4175 1/VI/12 403.1 403.1 Adición liquida de recursos federales, para la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información" con la finalidad de cubrir compromisos contraídos en el ejercicio 2011.

Estos recursos corresponden a intereses del SUBSEMUN, los cuales fueron generados en el ejercicio fiscal 2011 e informados a la Dirección General de Administración Financiera de la Secretaría de Finanzas. Asimismo, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública , Dirección General de Vinculación y Seguimiento, determinó que los subsidios autorizados en el ejercicio fiscal 2011 y después que han sido entregados a los municipios beneficiarios, éstos deberán estar comprometidos a más tardar el 31 de diciembre del año en curso y podrán ser devengados hasta el 31 de marzo del año 2013, siempre que se hubieren contabilizado debida y oportunamente las operaciones correspondientes. Estos movimientos no afectan el desarrollo de resultados ni de actividades institucionales.

C 11 C0 01 4178 1/VI/12 9,027.8 9,027.8 Adición liquida de recursos federales, con base en las autorizaciones emitidas por el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Estos recursos corresponden al ejercicio 2011, por lo que se consideran remanentes y son necesarios en las áreas funcionales, específicamente en las partidas 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información", para el pago del contrato núm. SSP/BE/A/477/2011, partida 4451 “Ayudas Sociales a Instituciones sin Fines de Lucro" para el diagnóstico local sobre la realidad social, económica y cultural de la violencia y delincuencia para las Delegaciones, así como fomentar el monitoreo y seguimiento de las políticas públicas de prevención social, a través de observatorios ciudadanos/urbanos locales que desarrollen y mantengan sistemas integrados de información

útiles para la toma de decisiones en la materia para las delegaciones y partida 3993 “Subrogaciones" para efectuar los pagos por concepto de: evaluaciones poligráficas.

Continúa…

335

VOLUMEN 8/17

… Continuación

Número de afectación

Fecha Ampliación o adición

Reducción Modificación total

Justificación

C 11 CO 01 13619 8/XI/12 563.8 563.8 Adición líquida de recursos en el marco del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que celebró la Secretaría con el Ejecutivo Federal, por lo que se requieren recursos que permitan estar en condiciones de dar cumplimiento al objetivo fundamental del convenio.

Este movimiento se destinara a dar suficiencia presupuestal en la partida 2951 “Refacciones y Accesorios Menores de Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio", para la adquisición de estuches diagnostico recargable, estetoscopios de doble campana, martillos para reflejo, esfigmomanómetro aneroide, glucómetro y cartas de snell, en la partida 5111 “Muebles de Oficina y Estantería" para la adquisición de libreros fabricados en madera necesarios para la colocación del expediente único de evaluación del centro de control y confianza, finalmente en la partida 6221 “Edificación no Habitacional" a fin de dar continuidad al programa “Cuartel Digno". Cabe señalar que con oficio núm. DGEI/439/2012, la Dirección General de Enlace Interinstitucional señala que al mes de septiembre (2012) se han generado rendimientos por un monto de 704.7 miles de pesos; asimismo, que con base en el Convenio Específico de Adhesión, corresponde a la Secretaría el 80.0% (563.8 miles de pesos) de los recursos asignados y el 20.0% restante distribuido entre las 16 Delegaciones.

C 11 C0 01 15754 31/XII/12 269.4 269.4 Adición líquida de recursos, en el marco del Convenio Específico de Adhesión para el Otorgamiento del Subsidio para la Seguridad Pública de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que celebró la Secretaría con el Ejecutivo Federal, por lo que se requieren recursos líquidos que permitan estar en condiciones de dar cumplimiento al objetivo fundamental de dicho convenio.

Este movimiento permitirá complementar la suficiencia presupuestal en las partidas 2821 “Materiales de Seguridad Pública" y 2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional", para la adquisición de municiones y escudos que requiere el personal para llevar a cabo los operativos que tienen encomendados para salvaguardar la integridad física y patrimonial de la ciudadanía.

Es importante mencionar que estos recursos corresponden a intereses del SUBSEMUN, los cuales fueron generados en el ejercicio fiscal 2012 e informados a la Dirección General de Administración Financiera de la Secretaría de Finanzas, mismos que se aplican para dar cumplimiento al objetivo del convenio.

C 11 C0 01 17528 31/XII/12 12,481.6 (12,481.6) Reducción líquida de recursos federales del SUBSEMUN, por un importe de 12,481.6 miles de pesos, de los cuales 11,715.8 miles de pesos corresponden al tipo de recurso “5 28”; 94.8 al “6 28” remanentes del ejercicio fiscal 2011 y 671.0 al “7 28” intereses generados en el ejercicio 2012.

Esta reducción se realiza de acuerdo con el análisis efectuado a los recursos del SUBSEMUN, por la Secretaría de Seguridad Pública con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Gobierno del Distrito Federal, debido a que no serán ejercidos por ser producto de economías generadas durante el cierre del ejercicio fiscal 2012.

Asimismo, con los oficios SFDF/SPF/DGAF/DCEF/01036/2013 y SSP/OM/DGRF/963/2013 se soporta el reintegro de 11,715.8 miles de pesos, mediante los oficios núms. SFDF/SPF/DGAF/DCCF/0988/2013 y SSP/OM/DGRF/280/2013 se soporta el reintegro de 1,175.6 miles de pesos, que corresponden a los intereses generados en 2012 y el reintegro de 94.8 miles de pesos a los remanentes de 2011. Respecto de los interese generados en 2012, 671.0 miles de pesos se incorporaron en el techo presupuestal y la diferencia de 504.6 corresponden a intereses comunicados con los oficios SFDF/SPF/DGAF/DCFF/008178/2012 y SFDF/SPF/DGAF/DCFF/194/2013, que no se incorporaron al techo presupuestario en noviembre y diciembre.

C 11 C0 01 17659 31/XII/12 7.4 (7.4) Reducción liquida de recursos federales del SUBSEMUN, correspondientes al tipo de recurso “5 28” del ejercicio 2012.

Esta reducción se realiza de acuerdo con el análisis de los recursos derivados del convenio del SUBSEMUN que celebró la Secretaría de Seguridad Pública y el Gobierno del Distrito Federal, debido a que no serán ejercidos por ser producto de economías generadas durante el cierre del ejercicio fiscal 2012. Este movimiento es complemento de la afectación núm. C 11 C0 01 17528.

Otras 17 afectaciones con efecto cero

0.0 0.0 0.0

Sumas 195,075.4 197,300.4 (2,225.0)

336

VOLUMEN 8/17

El presupuesto ejercido de 370,183.3 miles de pesos por la SSP en 2012, provino de

recursos fiscales por 101,565.9 miles de pesos, recursos federales, por 259,119.2 miles

de pesos, remanentes del ejercicio anterior por 9,336.1 miles de pesos e intereses

relativos a la cuenta bancaria de la SF para el manejo y control de los recursos del

SUBSEMUN por 162.1 miles de pesos, registrados en la finalidad, función y subfunción

que se muestran en seguida:

(Miles de pesos)

Tipo de recursos/Finalidad/Función/Subfunción Presupuesto

Original Ejercido

1 Recursos Fiscales (locales): 101,565.9 101,565.9

5 Recursos Federales:

1 Gobierno

7 Asuntos de Orden Público y Seguridad Interior

1 Policía 270,842.4 259,119.2

6 Remanentes:

1 Gobierno

7 Asuntos de Orden Público y Seguridad Interior

1 Policía 0.0 3,527.0

8 Otros Servicios Generales

2 Servicios Estadísticos 5,809.1

7 Intereses:

1 Gobierno

7 Asuntos de Orden Público y Seguridad Interior

1 Policía 0.0 42.1

3 Otros Asuntos de Orden Público y Seguridad 0.0 120.0

Sumas 372,408.3 370,183.3

El presupuesto original se modificó mediante las 24 adecuaciones programático-

presupuestarias autorizadas por la SF, por conducto de la Dirección General de Egresos

“A”, Dirección de Análisis Sectorial “C” y la Dirección General de Política Presupuestal,

todas de la Subsecretaría de Egresos. Con base en el análisis de las adecuaciones de

referencia, se determinó que las modificaciones al presupuesto se realizaron

de conformidad con lo establecido en el Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

337

VOLUMEN 8/17

Destino de los Recursos

7. Resultado

En el Informe de Cuenta Pública de la SSP correspondiente a 2012, se informó que el

monto original de los recursos del SUBSEMUN fue de 372,408.3 miles de pesos, que

corresponden a las aportaciones efectuadas por el Gobierno Federal; y que el Gobierno

del Distrito Federal aportó 101,565.9 miles de pesos, coparticipación del 30.0% para ser

ejercidos por la SSP.

El presupuesto ejercido en 2012 por la SSP con cargo a los recursos del SUBSEMUN

fue de 370,183.3 miles de pesos, inferior en 38,228.0 miles de pesos (9.4%) al ejercido en

2011 (408,411.3 miles de pesos).

De ese total, la SSP ejerció en beneficio de la Delegación Venustiano Carranza un

importe de 13,608.6 miles de pesos (3.7%), distribuidos como sigue conforme a los rubros

indicados en las Reglas de Operación del SUBSEMUN:

(Miles de pesos)

Concepto Asignado

anexo técnico

Total ejercido Saldo

Profesionalización 308.0 284.6 23.4

Equipamiento 10,454.3 9,775.3 679.0

Infraestructura 3,500.0 3,498.7 1.3

Operación policial 0.0 50.0 (50.0)

Total SSP 14,262.3 13,608.6* 653.7**

Asignado a la Delegación

Prevención social del delito 3,565.6 0.0 3,565.6

Total 17,827.9 13,608.6 4,219.3

* Según reportes de Avance Físico Financieros, recursos que ejerció la SSP. ** Recursos reintegrados a la Tesorería de la Federación, según oficio

núm. DGRF/OM/SSP/0036/2013 del 10 de enero de 2013.

De lo anterior, se concluye que la SSP aplicó los recursos del SUBSEMUN en los rubros

de gasto relativos a las secciones III, “De la Profesionalización”; IV “Del Equipamiento”,

V, “De la Infraestructura”; y VI, “De los Recursos de Coparticipación”, de las Reglas de

Operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero

de 2012.

338

VOLUMEN 8/17

Profesionalización

8. Resultado

Partidas 1341 “Compensaciones” y 1343 “Compensaciones Adicionales

y Provisionales por Servicios Especiales”

Según el numeral II de la cláusula tercera, “Monto de los Recursos”, del Convenio Específico

de Adhesión para el Otorgamiento del SUBSEMUN, formalizado el 29 de febrero de 2012

y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio del mismo año, el Distrito

Federal se obligó a aportar de sus recursos presupuestarios cuando menos el 30.0%

(101,565.9 miles de pesos), del total de los recursos otorgados por el Gobierno Federal

(338,553.0 miles de pesos).

La SSP destinó los recursos de la coparticipación a la restructuración y homologación

salarial de los elementos de su corporación policial y los pagó mediante cinco Cuentas

por Liquidar Certificadas, en beneficio de las 16 Delegaciones del Distrito Federal

(101,565.9 miles de pesos), como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Cuentas por Liquidar Certificadas

Número Fecha Importe

11 C0 01 100018 25/I/12 26,736.8

11 C0 01 100271 24/II/12 26,875.7

11 C0 01 100577 23/III/12 22,051.6

11 C0 01 101042 24/IV/12 17,985.0

11 C0 01 101612 25/V/12 7,916.8

Total 101,565.9

En el numeral 3, “Destino de Gasto y Montos de Recursos”, de los Anexos Técnicos de

dicho convenio, se estableció que, del monto aportado por el Distrito Federal, a la Delegación

Venustiano Carranza, se destinarían 5,348.4 miles de pesos a la reestructuración

y homologación salarial de los elementos policiales.

339

VOLUMEN 8/17

La SSP ejerció dichos recursos en beneficio del personal policiaco de las Unidades de

Participación Ciudadana (UPC) ubicadas en la Delegación Venustiano Carranza. Los

recursos fueron aplicados en las partidas 1341 “Compensaciones” y 1343 “Compensaciones

Adicionales y Provisionales por Servicios Especiales”, específicamente en los conceptos

nominales 1653 “Compensación por Especialización Técnico Policial”, con un importe

de 76.3 miles de pesos; y 2103 “Estímulo de Protección Ciudadana”, con 5,272.1 miles de

pesos; y se pagaron a los elementos policiacos del Servicio Profesional de Carrera

Policial de la Unidad de Protección Ciudadana “Aeropuerto”.

De esos 5,348.4 miles de pesos, se revisó una muestra de 1,334.9 miles de pesos, que

representan el 25.0% del total. Dichos recursos corresponden a los meses de septiembre,

octubre y noviembre de acuerdo con la base de datos proporcionada por la Dirección

General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor, como se muestra en seguida:

(Miles de pesos)

Mes Importe

Muestra

Importe Recibos pagados

Enero 444.8

Febrero 448.1

Marzo 444.8

Abril 445.6

Mayo 445.6

Junio 444.0

Julio 445.4

Agosto 446.7

Septiembre 444.1 444.1 139

Octubre 442.9 442.9 121

Noviembre 447.9 447.9 128

Diciembre 448.5

Total 5,348.4 1,334.9 388

Al revisar los recibos de la muestra, se confirmó que correspondían a los meses de

septiembre, octubre y noviembre de 2012, de conformidad con la base de datos

proporcionada por la SSP; sin embargo, las CLC relativas al pago de dichos estímulos se

refieren a los meses de enero a mayo de 2012.

340

VOLUMEN 8/17

Por no corresponder los meses de pago de las cinco CLC (enero-mayo) con las nóminas

y recibos de los pagos por la restructuración y homologación salarial del personal del

Servicio Profesional de Carrera Policial (enero-diciembre), la CMHALDF solicitó la

aclaración respectiva. En respuesta, la SSP proporcionó nota informativa del 2 de agosto

de 2013, en la cual la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, informó:

“De una búsqueda exhaustiva en esta Dirección, no se encontró registro documental alguno

es decir oficios, notas o cualquier otro antecedente necesario para emitir la información que

compruebe el ejercicio de los recursos durante 2012; por tal motivo los datos emitidos en

esta área presentan una inconsistencia respecto de la información que obra en la Dirección

General de Recursos Financieros, toda vez que el método utilizado para el prorrateo

del total de los recursos asignados a la UPC de la Delegación Venustiano Carranza fue a

12 meses, mientras que la información reflejada en las CLC es a 5 (enero-mayo)”.

Con el fin de constatar el pago de los estímulos de la muestra de auditoría al personal

policiaco se verificaron 388 recibos de 232 elementos de la Unidad de Protección

Ciudadana pertenecientes a la Delegación Venustiano Carranza. Al respecto, se observó

que en los conceptos nominales 1653 “Compensación por Especialización Técnico Policial”

y 2103 “Estímulo de Protección Ciudadana”, hay un recibo cancelado que se encuentra

registrado en la base de datos de la nómina y otro cuyo importe es diferente, al registrado,

como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Fuente Concepto nominal

Total Recibos 1653 Recibos 2103 Recibos

Según base de datos 20.3 8 1,314.6 380 1,334.9 388

Verificación física 20.3 8 1,314.4 378 1,331.7 386

Diferencias 0.0 0 (3.2) 2 (3.2) 2

También se encontraron tres recibos cancelados, por un monto de 3.9 miles de pesos,

cuyo reintegro se solicitó. Los recibos cancelados son los siguientes:

341

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Mes Número del recibo cancelado

Concepto nominal

1653 2103

Septiembre 7567 0.0 3.9

Septiembre 309 0.0 0.0

Septiembre 7625 0.0 0.0

Total 0.0 3.9

Mediante nota informativa sin fecha, la Dirección General Recursos Financieros indicó

que los recursos de coparticipación se aplicaron en su totalidad en los conceptos

nominales 1653 “Compensación por Especialización Técnico Policial” y 2103 “Estímulo de

Protección Ciudadana” de enero a mayo de 2012.

En la revisión de los recibos de pago correspondientes a los tres meses de la muestra, se

constató que todos cuentan con la firma del personal que recibió el pago; además,

señalan los conceptos nominales liquidados y el período de pago. Asimismo, se verificó

que los estímulos otorgados se calcularon conforme a la normatividad aplicable.

Por no corresponder los meses de pago de las cinco CLC (enero-mayo) con las nóminas

de los pagos por la restructuración y homologación salarial del personal del Servicio

Profesional de Carrera Policial (enero-diciembre); y por la diferencia de dichas nóminas

con los recibos verificados de la muestra, se determinó que la SSP no cuenta con una base

de datos confiable de los pagos realizados de los conceptos nominales 1653 “Compensación

por Especialización Técnico Policial” y 2103 “Estímulo de Protección Ciudadana”, por lo

que la dependencia incumplió lo siguiente:

El artículo 16, Tercer Lineamiento “Actividades de Control”, numeral l, incisos b) y h), de

los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2007, vigentes

en 2012, que señalan:

“b) Coordinación entre áreas. Cada área debe operar coordinadamente e interrelacionarse

con las restantes, a efecto de trabajar conjuntamente para lograr los objetivos y metas de

las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal. […]

342

VOLUMEN 8/17

”h) Los titulares deben llevar actividades de control en todo el proceso de obtención de

información, desde la generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los

reportes o informes, así como su archivo y custodia.”

El numeral 1.8.1 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno 2012) del 31 de julio de 2012, vigente a partir del 9 de agosto de 2012.

El apartados IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”; subapartado IV.3.1,

“Cuenta por Liquidar Certificada, Lineamientos Generales”; inciso A, “Instrumento para el

Registro del Presupuesto Ejercido”; numeral 15, del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012, que

señala: “Las partidas presupuestales incluidas en las CLC´s que se elaboren y soliciten

deberán contar con disponibilidad presupuestal acumulada al mes de registro, por lo que

las UR´s deberán aplicar los medios de control necesarios para que los cargos se realicen

de conformidad con los montos y calendarios autorizado”.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección

Ejecutiva de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio

núm. DERC/OM/SSP/0609/2013 de la misma fecha, con el cual proporcionó la siguiente

documentación:

Oficio núm. SSP/OM/DGAP/DRPC/03823/2013 del 29 de agosto de 2013, mediante el

cual el Director de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos de la Dirección General

de Administración de Personal informó al Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas

que, “por lo que respecta al resultado 8, esta dirección cumplió con lo requerido por la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea legislativa del Distrito Federal a través del

oficio de solicitud de información de ese órgano fiscalizador”.

Adicionalmente, proporcionó el Reporte del Pago Real de Nómina (Devolución por recibos

no cobrados), formato de movimientos SIDEN relativos a diversos meses de 2012. Dicha

información ya había sido proporcionada por el sujeto fiscalizado en la etapa de ejecución

de la auditoría.

343

VOLUMEN 8/17

La documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado, no modifica la observación del

presente resultado.

En el Informe de la Auditoría ASCprofcasf/104/12 practicada a la Delegación Cuauhtémoc,

Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Finanzas, resultado núm. 8,

recomendación ASCprofcasf-104-12-01-SSP, se contempla el mecanismo para prevenir la

deficiencia de control consistente en que los recibos de nóminas por el pago de estímulos

con recursos del SUBSEMUN al personal policiaco de las Unidades de Participación

Ciudadana correspondan con los registros de la base de datos elaborada por las

Direcciones Generales de Recursos Financieros y de Recursos Humanos de la Oficialía

Mayor de la SSP, de conformidad con los Lineamientos Generales de Control Interno para

la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

9. Resultado

Con el fin de verificar sí el Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la SSP, continuó

con las acciones para fortalecer el Servicio Profesional de Carrera Policial, la CMHALDF

solicitó información sobre la situación actual del Programa de Capacitación 2012 y sobre

el proyecto de Reglamento del Servicio Profesional de Carrera, de conformidad con las

reglas de operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el

15 de febrero de 2012. En respuesta, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/532/2013

del 31 de julio de 2013, la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la OM de la

SSP informó que se han llevado a cabo las siguientes acciones:

1. Proyecto de Reglamento de Carrera Policial: fue sustituido por las Reglas para el

Establecimiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, debido a que

el Gobierno del Distrito Federal no está facultado para elaborar un reglamento con

esas características. Sin embargo, dichas reglas son de orden público y de observancia

obligatoria y tienen por objeto establecer las disposiciones normativas que regulan la

organización y funcionamiento de la Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal y

fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de septiembre de 2012.

344

VOLUMEN 8/17

2. Programa de Mejoras de las Condiciones Laborales del Personal Operativo; éste fue

implementado desde el ejercicio 2010. Las mejoras consistieron en el otorgamiento de

los conceptos nominales 1653 “Compensación por Especialización Técnico-Policial”

y 2103 “Estímulo de Protección Ciudadana”, que se pagan al personal en forma

adicional a su percepción, según tabuladores.

3. Programa de Capacitación: la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la

SSP, con el oficio núm. SSP/OM/DERC/534/2013 del 1o. de agosto de 2013, proporcionó

el oficio núm. SDI/005642/2012 del 6 de septiembre de 2012, por medio del cual el

Encargado del Despacho de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional remitió la ficha

de Aprobación, requisitada y firmada, correspondiente a los Programas de Capacitación

“Habilidades Gerenciales” y “Fortalecimiento de la Actuación Policial”. Con el oficio

núm. SDI/007001/2012 del 31 de octubre de 2012, se entregó la Ficha de Verificación

y Seguimiento requisitada y firmada, correspondiente a los Programas de

Capacitación, copias de los contratos administrativos núms. SSP/BE/S/239/2012 del

28 de junio de 2012, celebrado con la empresa Prospective de México, S.A. de C.V.,

para la realización del Curso Capacitación a Personal Operativo Fortalecimiento de la

Actuación Policial y SSP/BE/S/255/2012 del 20 de julio de 2012, suscrito con Compañía

Mexicana de la Presencia, S.A. de C.V., para la capacitación a 143 mandos en

habilidades gerenciales, ambos contratos se celebraron en el marco del SUBSEMUN.

Respecto a las acciones para fortalecer el Servicio Profesional de Carrera Policial, el

Programa de Capacitación y las Reglas para el Establecimiento de la Carrera Policial

de la Policía del Distrito Federal, no se formula observación alguna.

Partida 2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional”

10. Resultado

En el ejercicio de 2012, la SSP ejerció 75,855.7 miles de pesos en la partida

2831 “Prendas de Protección para Seguridad Pública y Nacional”, cantidad que representó el

20.5% de los recursos que el sujeto fiscalizado ejerció del SUBSEMUN (370,183.3 miles

de pesos). En la determinación de la muestra, se seleccionaron para su análisis y revisión

345

VOLUMEN 8/17

cinco CLC mediante las cuales se pagó la adquisición de cascos antimotín y chalecos

antibalas por un importe de 49,818.9 miles de pesos, (65.7% de lo ejercido en la partida).

La SSP adquirió los cascos antimotín y chalecos antibalas mediante dos procedimientos

de adjudicación directa, los cuales se fundamentaron en los artículos 1o. de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 52 de su Reglamento; así

como en la regla cuarta, “Naturaleza de los Recursos”, fracción I, de las Reglas de

Operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha

15 de febrero de 2012. Esta última establece lo siguiente:

“IV. Los recursos federales del SUBSEMUN no son regularizables, son parcialmente

concursables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a los beneficiarios, y por

lo tanto, su asignación ejercicio, aplicación, vigilancia y control, se sujetará a las

disposiciones del Presupuesto de Egresos, la Ley de Presupuesto y su Reglamento, la

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento,

la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento, los

acuerdos del Consejo Nacional, las Reglas, el Convenio Específico de Adhesión, su

Anexo Técnico y demás normativa aplicable.”

Asimismo, cumplió lo establecido en la cláusula Octava del Convenio Específico de Adhesión

para el Otorgamiento del SUBSEMUN del 19 de julio de 2012, que indica:

“Octava. Mecanismos de Adquisición de Equipamiento y Contratación y Ejecución de las

Acciones de Infraestructura y Servicios Relacionados.- ‘I Para la contratación y ejecución

de las acciones de infraestructura y servicios relacionados con las mismas, la adquisición

del equipamiento para los cuerpos de seguridad pública; el desarrollo de los proyectos

de prevención social del delito con participación ciudadana; y la operación policial e

interconexión a la Red Nacional de Telecomunicaciones del Sistema de Seguridad

Pública, ‘El Distrito Federal’ y las ‘Demarcaciones’ deberán sujetarse a los procedimientos

establecidos en las Leyes de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

y de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Federal, sus

Reglamentos, así como a lo dispuesto en las ‘Reglas’ y demás disposiciones legales y

normativas aplicables.”

346

VOLUMEN 8/17

Los procedimientos de adjudicaciones directas se realizaron conforme a lo siguiente:

Convenio Administrativo núm. SSP/BE/CI/061/2012 (Adquisición de Cascos Antimotín)

1. Mediante la requisición núm. 100 del 30 de enero 2012, con sello de no existencia en

el almacén, la Subsecretaría de Operación Policial solicitó 1,500 piezas de cascos

antimotín “Tipo inglés de orden público que proporcione protección a la cabeza de los

agentes de seguridad en tareas de orden público contra las armas de ataque manual”.

2. Por medio del oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/816/2012 del 31 de enero 2012, la

Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la SSP solicitó a la Secretaría

de la Defensa Nacional (SEDENA) una cotización de diversos materiales. Dicha

dependencia dio respuesta mediante la cotización núm. SIDCAM-GOB-052/2012 del

17 de febrero 2012, con la cual remitió el listado que incluye clave, precio unitario y

especificaciones técnicas del material requerido.

3. Con base en la cotización de la SEDENA, la Dirección de Recursos Materiales en la

SSP realizó un Resumen Ejecutivo de la Investigación de Mercado, en el cual determinó

que los bienes requeridos se fabrican totalmente en el extranjero. Con la finalidad de dar

cumplimiento a la normatividad establecida en materia de adquisiciones, arrendamientos y

prestación de servicios, con el oficio núm. DGRM/OM/SSP/0307/2012 del 9 de mayo

de 2012, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal el

dictamen para la omisión del grado de integración nacional de los bienes. En respuesta,

mediante el oficio núm. SEDECO/DICT/148-M/2012 del 11 de mayo de 2012, dicha

dependencia emitió el dictamen solicitado por la SSP.

4. Con el oficio núm. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/087/2012 del 9 de febrero de 2012, la

Subdirección de Programación y Presupuesto autorizó a la Dirección de Adquisiciones,

Almacenes y Aseguramiento la suficiencia presupuestal para la adquisición de cascos

antimotín en la partida presupuestal 2831 “Prendas de Protección para Seguridad

Pública y Nacional” hasta por un importe de 13,935.0 miles de pesos. En el oficio se

estableció que la compra se sujetaría a lo dispuesto en las Reglas de Operación del

SUBSEMUN y la normatividad federal aplicable.

347

VOLUMEN 8/17

5. El 17 de mayo de 2012, la SSP suscribió el convenio administrativo

núm. SSP/BE/CI/061/2012 con la SEDENA, por un importe de 989,625.00 dólares

estadounidenses, por concepto de 1,500 cascos. En el convenio se estableció que

estaría vigente desde su firma hasta la entrega total de los bienes y el finiquito

que celebraran ambas partes.

6. En dicho convenio se estipuló que el 100.0% de los bienes se pagarían mediante

depósito bancario en favor de la Dirección General de Industria Militar, en moneda

nacional, al tipo de cambio del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada,

S.N.C. (BANJERCITO).

7. La CMHALDF solicitó a la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la OM

de la SSP que proporcionara los tipos de cambio peso/dólar comunicados por la

SEDENA para llevar a cabo el pago de las CLC relacionadas con los contratos

pactados en moneda extranjera. En respuesta, la dependencia proporcionó copia

fotostática de seis formatos denominados “Folio” (núms. 0763/2012, 0764/2012,

0810/2012, 0905/2012, 0906/2012 y 1305/2012) con los que la SEDENA comunicó a

la SSP el tipo de cambio peso/dólar que estableció BANJERCITO para el pago de los

bienes adquiridos.

8. Las CLC núms. 11 C0 01 101425 y 11 C0 01 102595, con las cuales se pagaron los

cascos antimotín fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos

en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para

elaborar, solicitar y/o autorizar el Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas,

Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias y de Presupuesto

Comprometido para el Ejercicio Fiscal 2012.

Dichas CLC presentan tres comprobantes fiscales originales denominados “Ingresos”

(núms. VM-3907, VM-10642 y VM-12903), los cuales tienen fecha de expedición del

28 de junio, 13 de noviembre y 31 de diciembre de 2012, respectivamente. Por medio

de esos documentos se entregaron en el almacén central de la SSP los bienes

adquiridos, como a continuación se indica:

348

VOLUMEN 8/17

(Pesos)

CLC Ingreso

Piezas Precio

unitario* Importe

IVA

Total

Factura Fecha

101425 VM-3907 28/VI/12 937 7,934.0625 7,434,216.6 1,189,474.6 8,623,691.2

VM-10642 13/XI/12 536 7,934.0625 4,252,657.5 680,425.2 4,933,082.7

102595 VM-12903 31/XII/12 27 7,649.6875 206,541.5 33,046.7 239,588.2

Totales 1,500 11,893,415.6 1,902,946.5 13,796,362.1

* Para efectos de cálculo del importe total e IVA, se tomó en cuenta el precio unitario hasta con cuatro decimales considerado en las facturas respectivas.

9. Con la finalidad de verificar que los bienes adquiridos se hayan recibido, registrado,

almacenado y entregado a las áreas solicitantes, de acuerdo con la normatividad

vigente en 2012, la CMHALDF solicitó documentación relativa a las entradas y salidas

de almacén o registros electrónicos de los cascos antimotín adquiridos por la SSP

en 2012 con recursos del SUBSEMUN, así como evidencia documental de la salida y

distribución de dichos bienes. En respuesta, la SSP proporcionó las notas de cargo de

los bienes adquiridos; se cotejó que éstas estuvieran registradas en el kardex del

almacén central y que presentaran las firmas de autorización, entrega y recibo. La

nota de cargo núm. 201205656 carece de autorización del Jefe de Unidad Departamental

de Almacén Central, y no especifica cómo se efectúo la distribución de los bienes en

cada una de las 16 Delegaciones, sólo indica que los 27 cascos antimotín que

consigna dicha nota fueron enviados a la Dirección General de la Policía Metropolitana

adscrita a la Subsecretaría de Operación Policial de la SSP.

No obstante, que en las notas de cargo no se especificó a qué Delegación fueron

distribuidos los cascos antimotín, en el análisis de los “Informes de Cumplimiento de

Metas” enviados por la SSP al SESNSP, se determinó que a la Delegación Venustiano

Carranza le fueron asignados 325 cascos antimotín como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Delegaciones Piezas Importe total

Delegación Venustiano Carranza 325 2,989.2

Otras 15 Delegaciones del Distrito Federal 1,175 10,807.2

Total 1,500 13,796.4

349

VOLUMEN 8/17

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección

Ejecutiva de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio

núm. DERC/OM/SSP/0609/2012 de la misma fecha, mediante el cual proporcionó la

siguiente documentación:

1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/0703/2013 del 28 de agosto de 2013, por medio del cual

el Director General de Recursos Materiales comunicó al Director Ejecutivo de

Rendición de Cuentas que, “en atención a este punto (resultado 10) el Almacén

Central envió copia simple de la Nota de Cargo núms. 201205656, la cual se

encuentra firmada por el Jefe de Unidad Departamental de dicho almacén misma que

se adjunta para pronta referencia. Cabe informar que el propósito fundamental

de estos documentos se cumplió en cuanto a la oportunidad del registro de salida

y entrega de los bienes de las áreas que los solicitaron”.

2. Nota de cargo núm. 201205656 del 20 de diciembre de 2012, la cual ampara la salida

de 27 cascos antimotín para la Dirección General de la Policía Metropolitana, (adscrita

a la Subsecretaría de Operación Policial de la SSP), y está firmada por el Jefe de

Unidad Departamental del Almacén Central de la SSP.

Como la nota de cargo proporcionada por el sujeto fiscalizado solventó la observación

referente a la carencia de la firma, no se observa el incumplimiento normativo.

Contrato Administrativo núm. SSP/BE/CI/058/2012 (Adquisición de Chalecos Balísticos)

1. Mediante la requisición núm. 098 del 30 de enero 2012, la cual presenta sello de no

existencia en el almacén, la Dirección de Armamentos de la Subsecretaría de

Operación Policial solicitó a la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento

3,842 piezas de chaleco balístico exterior tipo policial Nivel III-A, a fin de que los

integrantes de los cuerpos policiacos cuenten con las herramientas y medidas de

seguridad básicas necesarias para salvaguardar su integridad.

2. Por medio del oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/1185/2012 del 24 de febrero 2012,

la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la SSP solicitó a la

350

VOLUMEN 8/17

SEDENA una ampliación a la cotización SIDCAM-GOB-052/2012 para incluir el

chaleco balístico. Dicha dependencia dio respuesta mediante el oficio núm. 2945

del 11 de mayo 2012, con el cual remitió el listado que incluye precio unitario y

especificaciones técnicas del material requerido.

3. Con base en la cotización de la SEDENA, la Dirección de Recursos Materiales en la

SSP realizó un Resumen Ejecutivo de la Investigación de Mercado, en el cual

determinó que los bienes requeridos se fabrican totalmente en el extranjero. Con la

finalidad de dar cumplimiento a la normatividad establecida en materia de adquisiciones,

arrendamientos y prestación de servicios, con el oficio núm. DGRM/OM/SSP/0311/2012

del 9 de mayo 2012, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito

Federal el dictamen para la omisión del grado de integración nacional de los bienes.

En respuesta, mediante el oficio núm. SEDECO/DICT/152-M/2012 del 11 de mayo

de 2012, dicha dependencia emitió el dictamen solicitado por la SSP.

4. Con el oficio núm. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/086/2012 del 9 de febrero de 2012, la

Subdirección de Programación y Presupuesto autorizó a la Dirección de Adquisiciones,

Almacenes y Aseguramiento, la suficiencia presupuestal para la adquisición de

chalecos balísticos en la partida presupuestal 2831 “Prendas de Protección para

Seguridad Pública y Nacional”, por un monto de 36,924.6 miles de pesos. En el oficio

se estableció que la compra se debería sujetar a lo dispuesto en las reglas del

SUBSEMUN y la normatividad federal aplicable.

5. El 28 de febrero de 2012, la SSP suscribió el convenio administrativo

núm. SSP/BE/CI/058/2012 con la SEDENA, por un importe de 2,587,010.7 dólares

estadounidenses, por concepto de 3,842 chalecos balísticos tipo policial marca KDH

Defense Systems Nivel III-A. En el convenio se estableció que estaría vigente desde

su firma hasta la entrega total de los bienes y el finiquito que celebraran ambas

partes.

6. En dicho convenio se estipuló que el 100.0% de los bienes se pagarían mediante

depósito bancario en favor de la Dirección General de Industria Militar, en moneda

nacional, al tipo de cambio de BANJERCITO.

351

VOLUMEN 8/17

7. Con fecha 22 de junio de 2012, la SSP celebró el convenio modificatorio

núm. SSP/BE/CI/CM/067/2012, con el cual se modificaron el precio unitario del chaleco

balístico de 673.35 a 671.35 dólares estadounidenses, el total contratado de 2,587,010.70

a 2,579,326.70 dólares estadounidenses, y las características de los chalecos. Con ello,

el importe de la operación se redujo en 7,684.0 dólares estadounidenses.

8. Las CLC núms. 11 C0 01 101208, 11 C0 01 101424 y 11 C0 01 102637, con las

cuales fueron pagados los chalecos balísticos, fueron elaboradas y autorizadas por

los servidores públicos facultados para ello. Dichas CLC, presentan cinco

comprobantes fiscales originales denominados “Ingresos” (núms. VM-8068, VM-9458,

VM-9459, VM-9626 y VM-12899). Por medio de esos documentos se entregaron los

bienes adquiridos, como a continuación se indica:

(Pesos)

CLC Ingreso

Piezas Precio

unitario* Importe IVA Total

Factura Fecha

101208 VM-8068 28/IX/12 1600 8,085.1375 12,936,220.0 2,069,795.2 15,006,015.2

VM-9459 23/X/12 614 8,085.1375 4,964,274.4 794,283.9 5,758,558.3

101424 VM-9458 23/X/12 786 8,073.5625 6,345,820.1 1,015,331.2 7,361,151.3

VM-9626 26/X/12 804 8,073.5625 6,491,144.2 1,038,583.1 7,529,727.3

102637 VM-12899 31/XII/12 38 7,784.1875 295,799.1 47,327.8 343,126.9

Total 3,842 31,033,257.8 4,965,321.2 35,998,579.0

* Para efectos de cálculo del importe total e IVA, se tomó en cuenta el precio unitario hasta cuatro decimales considerado en las facturas respectivas.

9. Con la finalidad de verificar que los bienes adquiridos se hayan recibido, registrado,

almacenado y entregado a las áreas solicitantes, de acuerdo con la normatividad

vigente en 2012, la CMHALDF solicitó a la SSP documentación relativa a las entradas

y salidas de almacén o registros electrónicos de los chalecos balísticos adquiridos

en 2012 con recursos del SUBSEMUN, así como evidencia documental de la salida y

distribución de dichos bienes. En respuesta, la SSP proporcionó las notas de cargo

de los bienes adquiridos; se cotejó que éstas estuvieran registradas en el kardex del

almacén central y que presentaran las firmas de autorización, entrega y recibo. Las

notas de cargo núms. 201204149, 2012044615 y 2012044658 carecen de la firma de

autorización del Jefe de Unidad Departamental del Almacén Central y no especifican

cómo se efectuó la distribución de los bienes para cada una de las 16 Delegaciones,

352

VOLUMEN 8/17

sólo indican que los 2,204 chalecos balísticos consignados en dichas notas fueron

enviados a la Dirección de Armamento de la Dirección General de Apoyo y Control

Operativo adscrita a la Subsecretaría de Operación Policial de la SSP.

No obstante que en las notas de cargo no se especificó a qué Delegación fueron

distribuidos los chalecos balísticos, en el análisis de los Informes de Cumplimiento de

Metas enviados por la SSP al SESNSP se determinó que a la Delegación Venustiano

Carranza le fueron asignados 94 chalecos balísticos, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Delegaciones Piezas Importe total

Delegación Venustiano Carranza 94 883.6

Otras 15 Delegaciones del Distrito Federal. 3,924 36,884.8

Total 4,018* 37,768.4

* La diferencia entre 4,018 y 3,842 piezas de chaleco balístico corresponde a las 176 piezas adquiridas mediante el convenio administrativo núm. SSP/BE/CI/058/2012 no considerado en la muestra.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva

de Rendición de Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio

núm. DERC/OM/SSP/0610/2012 de la misma fecha, mediante el cual proporcionó la

siguiente documentación:

1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/0702/2013 del 28 de agosto de 2013, por medio del cual

el Director General de Recursos Materiales comunicó al Director Ejecutivo de

Rendición de Cuentas que, “en atención a este punto (resultado 10) el Almacén

Central envió copias simples de las Notas de Cargo núms. 201204149, 201204615

y 201204658, las cuales se encuentran firmadas por el Jefe de Unidad Departamental

de dicho almacén, mismas que se adjuntan para pronta referencia. Cabe informar que

el propósito fundamental de estos documentos se cumplió en cuanto a la oportunidad

del registro de salida y entrega de los bienes de las áreas que los solicitaron”.

2. Notas de cargo núms. 201204149, 201204615 y 201204658 del 9, 24 y 26 de octubre

de 2012, las cuales amparan la salida de 2,204 chalecos balísticos del Almacén

Central de la SSP para la Dirección de Armamento y están firmadas por el Jefe de

Unidad Departamental del Almacén Central de la SSP.

353

VOLUMEN 8/17

3. Como las notas de cargo proporcionadas por el sujeto fiscalizado solventan la carencia

de las firmas, no se observa incumplimiento normativo.

Partida 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

(Partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas

de Seguridad y Atención de Desastres Naturales” a partir del 27 de junio de 2012,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal)

11. Resultado

En 2012, la SSP no contó con presupuesto asignado para la partida 5411; sin embargo,

ejerció recursos del SUBSEMUN por un importe de 124,183.6 miles de pesos, que

representaron el 33.5% del presupuesto ejercido en el rubro (370,183.3 miles de pesos).

Del presupuesto ejercido, se seleccionó una muestra de 114,349.1 miles de pesos, que

representó el 92.1% de lo ejercido en la partida. El total de la muestra fue erogado

por la SSP mediante dos licitaciones públicas nacionales presenciales: la licitación

núm. LPN-30001066-002-12 para adquirir camiones tipo costero y la licitación núm.

LPN-30001066-004-12 para la compra de vehículos tipo sedán y camionetas tipo pick-up

doble cabina, equipados como patrullas, con equipo de radiocomunicación y señalización

visual y acústica, ambas licitaciones sumaron un importe total de 114,349.1 miles de pesos.

En la revisión del expediente de la licitación pública nacional presencial núm.

LPN-30001066-002-12, relativa a la adquisición de 23 camiones tipo costero, marca

International, modelo 2012, con equipamiento de comunicación y señalización visual y

acústica, se constató lo siguiente:

1. Mediante la requisición de compra núm. 359 del 10 de abril de 2012, la Dirección

de Transportes solicitó la adquisición de 23 vehículos tipo costero, modelo 2012, con

motor diésel de 6 cilindros, transmisión estándar de 5 velocidades con dual. En la

justificación se señaló: “Las unidades tipo costero, serán destinadas para reforzar las

diferentes Unidades Especiales que se tienen distribuidas dentro del perímetro del

354

VOLUMEN 8/17

Distrito Federal en el que sean requeridos, para protección y tranquilidad de la

ciudadanía”. La requisición contó con sello de no existencia en el almacén del

10 de abril de 2012, firma del área solicitante (Dirección de Transportes), visto bueno

de la Dirección General de Recursos Materiales y aprobación de la Dirección de

Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento.

2. Con el oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/02204/2012 del 17 de abril de 2012, la Dirección

de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento envió a la Dirección de Programación y

Presupuesto de la SSP la requisición de compra, y le solicitó la autorización

presupuestal respectiva. Con el oficio núm. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/349/2012 del

27 de abril de 2012, la Dirección de Programación y Presupuesto autorizó la

suficiencia presupuestal por un monto de 44,275.0 miles de pesos.

3. Por medio del oficio núm. DGRM/OM/SSP/0293/2012 del 4 de mayo de 2012, la

Dirección General de Recursos Materiales de la SSP remitió a la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM la solicitud de autorización para

la adquisición de bienes restringidos con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo

Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad y Atención de Desastres

Naturales”. Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/1353/2012 del 17 de mayo de 2012,

la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales emitió la autorización

correspondiente.

4. Con el oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/02693/2012 del 9 de mayo de 2012, la SSP

solicitó al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación la publicación

de la convocatoria para llevar a cabo la licitación pública nacional presencial

núm. LPN-30001066-002-12. Dicha publicación se efectúo el 17 de mayo de 2012.

5. Se solicitó a la SSP evidencia documental de la publicación de la convocatoria de

la licitación pública nacional núm. LPN-30001066-002-12 (incluyendo las bases de dicha

licitación en el sistema Compranet.). Con el oficio núm. SSP/OM/DERC/517/2013 del

26 de julio de 2013, la SSP sólo proporcionó copia del resumen de la convocatoria

para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y copia de acta de la junta de

aclaraciones para su publicación en la página web de la SSP. Asimismo, mediante

355

VOLUMEN 8/17

el oficio núm. SSP/OM/DERC/526/2013 del 31 de julio de 2013, la SSP informó que,

“derivado de que el personal que operaba dicho sistema dejó de laborar en la SSP,

fue imposible actualizar la plataforma del Sistema CompraNet, y que a partir del mes

de julio de 2012, se iniciaron los trámites correspondientes para tener acceso a dicho

sistema”.

Por no publicar en el sistema CompraNet la convocatoria referida, la SSP contravino

el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público vigente en 2012, que establece: “La publicación de la convocatoria a la

licitación pública se realizará a través de CompraNet y su obtención será gratuita.

Además, simultáneamente se enviará para su publicación en el Diario Oficial de la

Federación, un resumen de la convocatoria a licitación que deberá contener, entre

otros elementos, el objeto de la licitación, el volumen a adquirir, el número de

licitación, las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento de contratación

y cuándo se publicó en CompraNet y, asimismo, la convocante pondrá a disposición de

los licitantes copia del texto de la convocatoria”.

6. La junta de aclaración de bases se realizó el 22 de mayo de 2012, de acuerdo con lo

establecido en las bases de la licitación y con los artículos 33 Bis de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 45 y 46 de su

Reglamento, vigentes en 2012.

7. El 30 de mayo de 2012, se llevó a cabo la junta para formalizar el acta de

presentación y la apertura de proposiciones, conforme a lo establecido en las bases

de la licitación y en el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público vigente en 2012.

8. El 1o. de junio de 2012, se emitió el fallo y se suscribió el acta correspondiente, de

conformidad con el plazo establecido en las bases de la licitación. Se contó con la

asistencia de un representante de la Contraloría Interna en la SSP para dar validez

al acto.

356

VOLUMEN 8/17

9. La CMHALDF solicitó a la SSP evidencia documental de la publicación del fallo en el

sistema CompraNet. En respuesta, con el oficio núm. SSP/OM/DERC/517/2013 del

26 de julio de 2013, la SSP solo proporcionó copia del acta de fallo del procedimiento

licitatorio y con el oficio núm. SSP/OM/DERC/526/2013 del 31 de julio de 2013, la

SSP informó que, “derivado de que el personal que operaba dicho sistema dejó de

laborar en la SSP, fue imposible actualizar la plataforma del Sistema CompraNet,

y que a partir del mes de julio de 2012, se iniciaron los trámites correspondientes para

tener acceso a dicho sistema”.

Por lo anterior, la SSP incumplió el artículo 37, párrafo cuarto, de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2012, que

dispone: “Cuando la licitación sea presencial o mixta, se dará a conocer el fallo de la

misma en junta pública en la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieran

presentado su proposición, entregándoseles copia del mismo y levantándose el acta

respectiva. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública, se les enviará por

correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su

disposición en CompraNet”.

10. Para garantizar las obligaciones contractuales de conformidad con lo establecido en la

cláusula decimocuarta del referido contrato, el proveedor entregó a la SSP la fianza

de cumplimiento núm. 3341-01029-5, por un importe de 6,055.9 miles de pesos

(10.0% del precio total pactado, sin IVA), del 25 de junio de 2012 (fecha de la firma

del contrato). Dicha fianza fue expedida por Afianzadora Aserta, S.A. de C.V.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva

de Rendición de Cuentas mediante el oficio núm. DERC/SSP/OM/0610/2013 de la misma

fecha proporcionó lo siguiente:

1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/0702/2013 del 28 de agosto de 2013, por medio del cual

el Director General de Recursos Materiales comunicó al Director Ejecutivo de

Rendición de Cuentas: “con fecha 3 de septiembre de 2012, la Jefa de Unidad

Departamental de Compras de Bienes Especializados, fue habilitada por la Secretaría

de la Función Pública para acceder a la plataforma del CompraNet, como consta en el

357

VOLUMEN 8/17

documento anexo. Asimismo, se adjunta la lista de los procedimientos de adjudicación

que ya fueron incorporados a la plataforma del CompraNet a partir del 9 de octubre

de 2012 y hasta la fecha”.

2. Impresión de la pantalla del sistema CompraNet, en la cual se puede apreciar que la

Jefa de Unidad Departamental de Compras de Bienes Especializados fue habilitada

por la Secretaría de la Función Pública para acceder a dicho sistema.

3. Impresión de la en pantalla del sistema CompraNet, en la cual se observa el estado

que guardaban, al 27 de agosto de 2013 seis procesos de adquisiciones de bienes y

servicios por la SSP relativos a ese mismo año.

En la respuesta correspondiente al resultado núm. 1, informó que, “derivado de una

recomendación realizada por ese órgano fiscalizador relativa a adoptar medidas de

control y supervisión para garantizar que se publique en la página de CompraNet la

información que exige la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público, se emitió la circular interna, actualmente vigente, a través de la cual se instruyó

para que en lo sucesivo los procedimientos de adjudicación con recursos federales se

realicen en apego a la normatividad que le sea aplicable, particularmente a lo establecido

en los artículos 30 y 37, párrafo quinto, de dicha ley”.

Conforme a la documentación e información proporcionada, se desprende que no fueron

publicados en el sistema CompraNet las convocatorias y los fallos referidos en el presente

resultado; no obstante, el sujeto fiscalizado cuenta con mecanismos de supervisión para

verificar que las convocatorias y fallos respectivos de las licitaciones públicas nacionales

llevadas a cabo por la dependencia con recursos del SUBSEMUN fueran publicadas en el

sistema CompraNet, por lo que no se emite recomendación al respecto.

En la revisión del expediente de la licitación pública nacional presencial

núm. LPN-3000-1066-004-12, relativa a la adquisición de 150 vehículos: 100 vehículos tipo

sedán, marca Dodge Avenger, y 50 pick-up, doble cabina, Dodge Ram 2500, modelo 2012,

equipados como patrullas, con equipamiento de comunicación y señalización visual y

acústica, se constató lo siguiente:

358

VOLUMEN 8/17

1. Mediante la requisición de compra núm. 345.1 del 1o. de marzo de 2012, la Dirección

de Transportes solicitó la adquisición de 100 vehículos tipo sedán y 50 camionetas

pick-up, modelo 2012, equipados como patrullas. En la justificación se señaló: “La

adquisición de vehículos se destinará a la sustitución de las patrullas que por su

inoperatividad, dejarán de prestar sus servicios de protección y patrullaje en las

unidades de protección ciudadana y tránsito”. La requisición contó con sello de no

existencia en el almacén del 1o. de marzo de 2012, firmas del área solicitante

(Dirección de Transportes), visto bueno de la Dirección General de Recursos Materiales

y aprobación de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento.

2. Con el oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/02479/2012 del 27 de abril de 2012, la Dirección

de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento envió a la Dirección de Programación

y Presupuesto de la SSP la requisición de compra núm. 345.1 y le solicitó la autorización

presupuestal respectiva. Con el oficio núm. SPP/DPP/DGRF/OM/SSP/369/2012 del

30 de abril de 2012, la Dirección de Programación y Presupuesto autorizó la suficiencia

presupuestal, por un monto de 73,095.7 miles de pesos.

3. Por medio del oficio núm. DGRM/OM/SSP/0296/2012 del 8 de mayo de 2012, la

Dirección General de Recursos Materiales de la SSP remitió a la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM la solicitud de autorización para

la adquisición de bienes restringidos con cargo a la partida 5411 “Automóviles y

Camiones para la Ejecución de Programas de Seguridad y Atención de Desastres

Naturales”. Mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/1405/2012 del 17 de mayo de 2012,

la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales emitió la autorización

correspondiente.

4. Con el oficio núm. DAAA/DGRM/OM/SSP/02687/2012 del 14 de mayo de 2012

la SSP solicitó al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, la

publicación de la convocatoria para llevar a cabo la licitación pública nacional presencial

núm. LPN-30001066-004-12. Dicha publicación se llevó a cabo el 22 de mayo de 2012.

359

VOLUMEN 8/17

5. La CMHALDF solicitó a la SSP evidencia documental de la publicación de la

convocatoria de la licitación pública nacional núm. LPN-30001066-004-12 (que

incluyera las bases de dicha licitación) en el sistema CompraNet. Con el oficio

núm. SSP/OM/DERC/517/2013 del 26 de julio de 2013, la SSP sólo proporcionó copia

del resumen de la convocatoria para su publicación en el Diario Oficial de la

Federación y copia de acta de la junta de aclaraciones para su publicación en

la página web de la SSP. Asimismo, mediante el oficio núm. SSP/OM/DERC/526/2013

del 31 de julio de 2013 la SSP informó que, “derivado de que el personal que operaba

dicho sistema dejó de laborar en la SSP, fue imposible actualizar la plataforma del

sistema CompraNet, y que a partir del mes de julio de 2012, se iniciaron los trámites

correspondientes para tener acceso a dicho sistema”.

Por no publicar en el sistema CompraNet la convocatoria de referencia, la SSP

contravino el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Publico vigente en 2012.

6. La junta de aclaración de bases se realizó el 28 de mayo de 2012, de acuerdo con lo

establecido en las bases de la licitación y con los artículos 33 Bis de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 45 y 46 de su

Reglamento, vigentes en 2012.

7. La junta para formalizar el acta de presentación y la apertura de proposiciones se

realizó el 5 de junio de 2012, de acuerdo con lo establecido en las bases de la

licitación y en el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público vigente en 2012. El acta fue firmada por todos los participantes.

8. El 11 de junio de 2012, se emitió el fallo y se suscribió el acta correspondiente,

de conformidad con el plazo establecido en las bases de la licitación. Se contó con la

asistencia de un representante de la Contraloría Interna en la SSP para dar validez al

acto. Sin embargo, en el acta de fallo no se señalaron las causas de descalificación

de los demás proveedores participantes, en contravención de lo dispuesto en el

artículo 37, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público vigente en 2012, que establece:

360

VOLUMEN 8/17

“Artículo 37. La convocante emitirá un fallo, el cual deberá contener lo siguiente:

I. La relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las

razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando

los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla.”

9. La CMHALDF solicitó a la SSP evidencia documental de la publicación del fallo en el

sistema CompraNet. En respuesta, con el oficio núm. SSP/OM/DERC/517/2013

del 26 de julio de 2013, la SSP sólo proporcionó copia del resumen de la convocatoria

para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, copia de acta de la junta de

aclaraciones para su publicación en la página web de la SSP y copia del acta de fallo

del procedimiento licitatorio y con el oficio núm. SSP/OM/DERC/526/2013 del 31 de julio

de 2013, informó que, “derivado de que el personal que operaba dicho sistema dejó de

laborar en la SSP, fue imposible actualizar la plataforma del Sistema CompraNet, y

que a partir del mes de julio de 2012, se iniciaron los trámites correspondientes para

tener acceso a dicho sistema”.

Por lo anterior, la SSP incumplió el artículo 37, párrafo cuarto, de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2012.

10. Para garantizar las obligaciones contractuales de conformidad con lo establecido en

la cláusula decimoquinta del contrato núm. SSP/BE/A/223/2102, el proveedor entregó la

fianza de cumplimiento núm. 5870-16098-6, por un importe de 7,603.6 miles de pesos

(20.0% del precio total pactado, sin IVA), de fecha 18 de junio de 2012 (siete días

posteriores a la firma del contrato). Dicha fianza fue expedida por Afianzadora

Insurgentes, S.A. de C.V.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva de

Rendición de Cuentas mediante el oficio núm. DERC/SSP/OM/0609/2013 de la misma

fecha proporcionó lo siguiente:

1. Oficio núm. SSP/OM/DGRM/0703/2013 del 28 de agosto de 2013, mediante el cual el

Director General de Recursos Materiales comunicó al Director Ejecutivo de Rendición

de Cuentas: “con fecha 3 de septiembre de 2012, la Jefa de Unidad Departamental de

361

VOLUMEN 8/17

Compras de Bienes Especializados, fue habilitada por la Secretaría de la Función

Pública para acceder a la plataforma del CompraNet, como consta en el documento

anexo. Asimismo, se adjunta la lista de los procedimientos de adjudicación que ya

fueron incorporados a la plataforma del CompraNet a partir del 9 de octubre de 2012 y

hasta la fecha”.

2. Impresión de la pantalla del sistema CompraNet, en la cual se puede apreciar que la

Jefa de Unidad Departamental de Compras de Bienes Especializados fue habilitada

por la Secretaría de la Función Pública para acceder a dicho sistema.

3. Impresión de la pantalla del sistema CompraNet, en la cual se observa el estado que

guardaban al 27 de agosto de 2013 seis procesos de adquisiciones de bienes y

servicios por la SSP relativas a ese mismo año.

Respecto a que en el acta de fallo no se señalaron las causas de descalificación de los

demás proveedores participantes, informó: “… en el acto de lectura de dictamen y emisión

del fallo, no se descalificó a ningún participante por no haber lugar a ello, toda vez que en

las propuestas técnicas y económicas presentadas por los licitantes quedaron

garantizados a satisfacción de la convocante, todos los numerales establecidos en las

bases de la Licitación Pública como se hizo constar en el dictamen que emitió la

convocante, concluyéndose en dicho dictamen que los bienes serían adjudicados a un

solo licitante ya que cumplió con todos los requisitos técnicos, administrativos, legales

y económicos”.

Asimismo, se indicó que, “derivado de una recomendación realizada por ese órgano

fiscalizador relativa a adoptar medidas de control y supervisión para garantizar que se

publique en la página de CompraNet la información que exige la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2012, se emitió la circular

interna, actualmente vigente, a través de la cual se instruyó para que en lo sucesivo los

procedimientos de adjudicación con recursos federales se realicen en apego a la

normatividad que le sea aplicable, particularmente a lo establecido en los artículos 30 y 37,

párrafo quinto, de dicha ley”.

362

VOLUMEN 8/17

Además, se proporcionó la circular interna sin número de fecha 29 de agosto de 2012,

mediante la cual la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento instruyó al

Subdirector de Adquisiciones y a los Jefes de Unidad Departamental de Control de

Adquisiciones, de Compras de Bienes Generalizados y de Compras de Bienes Especializados

para que se diera puntual cumplimiento a lo establecido en los artículos 36 y 37 de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Conforme a la documentación e información proporcionada, se observa que no fueron

publicados en el sistema CompraNet las convocatorias y los fallos referidos en el presente

resultado; no obstante, se desprende que el sujeto fiscalizado cuenta con mecanismos

de control y supervisión para verificar que las convocatorias y fallos respectivos de las

licitaciones públicas nacionales, correspondientes a operaciones que llevó a cabo con

recursos del SUBSEMUN sean publicadas en el sistema CompraNet, por lo que no se

emite recomendación al respecto.

En cuanto a que en el acta de fallo no se indicaron las causas de descalificación de los

demás proveedores participantes, el artículo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos

y Servicios del Sector Público vigente en 2012, indica que el fallo deberá contener una

relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones

legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación. Por lo anterior, no se

modifica la observación al respecto.

En el Informe de la Auditoría ASCprofcasf/104/12 practicada a la Delegación

Cuauhtémoc, Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Finanzas, resultado

núm. 11, recomendación ASCprofcasf-104-12-02-SSP, se contempla el mecanismo para

prevenir la deficiencia de control consistente en que, en las licitaciones públicas

nacionales que impliquen recursos del SUBSEMUN se desechen proposiciones de los

concursantes, en las actas de fallo respectivas, se expresen las razones legales, técnicas

o económicas de tal determinación, de conformidad con la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

363

VOLUMEN 8/17

12. Resultado

Revisión de las Cuentas por Liquidar Certificadas

En 2012 la SSP erogó, 114,349.1 miles de pesos de recursos federales provenientes del

SUBSEMUN (fuente de financiamiento 28), con cargo a la partida 5411 “Vehículos

y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de

Desastres Naturales”, mediante 7 CLC. Con ese importe se adquirieron 150 vehículos

equipados como patrullas, con equipo de radiocomunicación y señalización visual

y acústica (100 vehículos tipo sedán, marca Dodge Avenger; 50 tipo pick-up, doble

cabina, marca Dodge Ram 2500) y 23 camiones tipo costero, marca International.

La CMHALDF solicitó a la SSP las CLC correspondientes al pago de los contratos

administrativos núms. SSP/BE/A/223/2012 (100 vehículos tipo sedán, marca Dodge Avenger,

y 50 tipo pick-up, doble cabina, marca Dodge Ram 2500) y SSP/BE/A/214/2012

(23 camiones tipo costero, marca International). La dependencia proporcionó las CLC

respectivas, las cuales estaban soportadas con la documentación justificativa y

comprobatoria correspondiente, consistente en contrato, facturas y oficios internos para

tramitar el pago al proveedor. Las facturas cumplen los requisitos fiscales establecidos en

el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2012.

En el análisis de las CLC, se determinó lo siguiente:

1. Con siete CLC se pagó a los proveedores Comercial Crymex, S.A. de C.V., y Grupo

Mi Camión, S.A. de C.V.; cuentan con las facturas respectivas, y presentan los sellos

del área encargada de autorizar el trámite para su pago y del área encargada de

recibir los vehículos.

364

VOLUMEN 8/17

2. Los pagos a los proveedores se llevaron a cabo como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Proveedor/CLC Importe IVA Total

Comercial Crymex, S.A. de C.V.

11 C0 01 10003353 11,834.1 1,893.4 13,727.5

11 C0 01 10003354 11,834.1 1,893.4 13,727.5

11 C0 01 10006092 9,222.6 1,475.7 10,698.3

11 C0 01 10006094 9,222.6 1,475.7 10,698.3

11 C0 01 10006097 9,222.6 1,475.6 10,698.2

11 C0 01 10006098 9,222.6 1,475.6 10,698.2

Total proveedor 60,558.6 9,689.4 70,248.0

Grupo Mi Camión, S.A. de C.V.

11 C0 01 10004327 38,018.2 6,082.9 44,101.1

Total proveedor 38,018.2 6,082.9 44,101.1

Sumas 98,576.8 15,772.3 114,349.1

3. Con la finalidad de identificar cuántos vehículos correspondieron a la Delegación

Venustiano Carranza, la CMHALDF solicitó a la SSP la documentación relacionada

con el parque vehicular asignado a dicho órgano político-administrativo en 2012,

adquirido por medio de los contratos núms. SSP/BE/A/214/2012

y SSP/BE/A/223/2012. La SSP informó que a la Delegación Venustiano Carranza le

fue asignado un solo vehículo (camión tipo costero, marca International, con un costo

de 1,917.5 miles de pesos).

Del pago por 114,349.1 miles de pesos efectuado por la SSP mediante las siete CLC para

la adquisición de los 150 vehículos equipados como patrullas y los 23 camiones tipo

costero, no se desprendió observación alguna.

13. Resultado

Revisión de los Contratos y Verificación Física de los Vehículos

La SSP adjudicó los contratos administrativos núms. SSP/BE/A/214/2012 y SSP/BE/A/223/2012

a los proveedores ganadores Comercial Crymex, S.A. de C.V., y Grupo Mi Camión,

S.A. de C.V., celebrados el 11 y 25 de junio de 2012, respectivamente; el primero importó

44,101.1 miles de pesos y el segundo 70,248.0 miles de pesos (IVA incluido), ambos se

365

VOLUMEN 8/17

pagaron con cargo a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de

Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”. De la revisión se

observa que se formularon para la adquisición de 23 vehículos tipo costero modelo 2012

el primero y 100 vehículos tipo sedán modelo 2012 y 50 camionetas tipo pick-up doble

cabina modelo 2012 el segundo, es decir, un total de 173 vehículos equipados como

patrullas, con equipamiento de comunicación y señalización visual y acústica.

Con el fin de verificar que los contratos formalizados por la SSP con recursos del

SUBSEMUN cumplieran las especificaciones del contrato tipo, la CMHALDF solicitó al

sujeto fiscalizado que informara la manera en que los contratos o convenios son avalados

por el área jurídica. En respuesta, con el oficio núm. SSP/OM/DGRM/0554/2013 del

26 de julio de 2013, la Dirección General de Recursos Materiales de la SSP informó lo

siguiente: “… para garantizar que los contratos o pedidos contengan las cláusulas

mínimas requeridas de conformidad con el contrato tipo y la normatividad bajo la cual

deben estar formalizados, la Dirección General de Recursos Materiales, a través de su

Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento, remite por escrito, con base

en el oficio circular núm. 1447, los contratos elaborados a la Subdirección Consultiva y de

Contratos adscrita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SSP, para que éstos

sean ‘sancionados’ y proceder así a su formalización”.

Contrato Núm. SSP/BE/A/214/2012

Se constató que el contrato cumple los requisitos mínimos del contrato tipo y lo

establecido en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público vigente en 2012. Algunas de las cláusulas se señalan en seguida:

1. En la cláusula primera del contrato, se estipuló: “‘El Proveedor’ se obliga a entregar a

‘La Secretaría’ los bienes consistentes en vehículos tipo costero modelo 2012,

incluido el equipo de comunicación y señalización visual y acústica”.

2. En la cláusula segunda, último párrafo, se dispuso: “Los bienes objeto del presente

contrato deberán cumplir con las características y especificaciones consignadas en el

Anexo Técnico…”.

366

VOLUMEN 8/17

3. Como el costo unitarios de los 23 vehículos tipo costero modelo 2012, incluido el

equipo de comunicación y señalización visual y acústica, fue de 1,917.5 miles de pesos

(IVA incluido), en la cláusula segunda la SSP se comprometió a pagar al proveedor

Grupo Mi Camión, S.A. de C.V., un monto de 44,101.1 miles de pesos (IVA incluido).

4. En el clausulado del contrato se consideraron el importe del contrato, el lugar y forma

de pago, el lugar y forma de entrega de los bienes, la vigencia del contrato, la

verificación de los bienes, las responsabilidades del proveedor, la entrega de la póliza

de fianza del 20.0% del precio total pactado para garantizar el cumplimiento del

contrato y las penas convencionales por retraso o incumplimiento en la entrega de los

bienes, equivalentes al 2.0% por cada día de retraso.

El proveedor cumplió los compromisos contractuales de conformidad con lo

establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

vigente en 2012.

Contrato Núm. SSP/BE/A/223/2012

Se constató que el contrato cumplió los requisitos mínimos del contrato tipo y lo

establecido en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público vigente en 2012. Algunas de las cláusulas se señalan en seguida:

1. En la cláusula primera del contrato, se estipuló: “ ‘El Proveedor’ se obliga a

proporcionar a ‘La Secretaría’ los vehículos tipo sedán modelo 2012 y camionetas tipo

pick-up doble cabina modelo 2012, equipados como patrullas, con equipo de

radiocomunicación y señalización visual y acústica”, tal como se indica en el

Anexo…”.

2. En la cláusula segunda, penúltimo párrafo, se dispuso: “Los bienes objeto del

presente contrato deberán cumplir con las características y especificaciones

establecidas en el Anexo del presente contrato…”.

367

VOLUMEN 8/17

3. Como el costo unitario de los 100 vehículos sedán Dodge Avenger, de la partida 1 fue

de 427.9 miles de pesos (IVA incluido); y el de los 50 vehículos pick-up Dodge Ram

2500 de la partida 2, ascendía a 549.1 miles de pesos (IVA incluido), en la cláusula

segunda la SSP se comprometió a pagar al proveedor Grupo Crymex, S.A. de C.V.,

un monto de 70,247.9 miles de pesos (IVA incluido).

4. En el clausulado del contrato, se consideraron el importe del contrato, el lugar y forma

de pago, el lugar y forma de entrega de los bienes, la vigencia del contrato, la

verificación de los bienes, las responsabilidades del proveedor, la entrega de la póliza

de fianza del 10.0% del precio total pactado para garantizar las obligaciones del

contrato y las penas convencionales por retraso o incumplimiento de los bienes,

equivalentes al 1.0% por cada día de retraso.

El proveedor cumplió los compromisos contractuales, de conformidad con lo establecido

en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público vigente en 2012.

Verificación Física de los Vehículos

Se comprobó la existencia y funcionamiento del vehículo (camión tipo costero) asignado a

la Delegación Venustiano Carranza, se constató que la unidad cumple las especificaciones

del resguardo y que se realizaron los registros de entrada y salida (kardex, notas de

entrada y notas de cargo) correspondientes.

Respecto a la revisión física del vehículo, se elaboró el acta de fecha 25 de julio de 2013

y se concluyó que no existe observación alguna.

14. Resultado

Comparativo de Especificaciones Técnicas

Se compararon la ficha técnica del contrato núm. SSP/BE/A/214/2012 y el Catálogo Único

de Bienes del SUBSEMUN (emitido por el SESNSP) vigente en 2012. Como resultado, se

observó que en dicho catálogo no se incluyen las especificaciones generales del

transporte terrestre tipo costero, por lo que la SSP solicitó la autorización correspondiente

368

VOLUMEN 8/17

al Director General de Apoyo Técnico del SESNSP de la Secretaría de Gobernación. En

respuesta, con el oficio núm. DGAT/0426/2012 del 18 de abril de 2012, la Dirección

General de Apoyo Técnico del SESNSP informó a la SSP que “no se tiene inconveniente

en registrar la propuesta de los bienes de equipamiento a adquirir”.

Por lo anterior no se formula observación al respecto.

15. Resultado

Confirmación de Operaciones

La CMHALDF solicitó a Grupo Mi Camión, S.A. de C.V. (proveedor del camión tipo costero

asignado a la Delegación Venustiano Carranza), la confirmación de las operaciones

realizadas con la SSP que se hayan derivado de pasivos de 2011 pagados en 2012 y de

pasivos de este último año que dicha dependencia haya pagado en 2013; y la relación

detallada de los contratos relativos a dichas operaciones, con fecha de firma; servicios

proporcionados; monto de los convenios y, en su caso, convenios modificatorios facturas;

remisiones; notas de cargo; y otros documentos que amparen las operaciones realizadas.

El proveedor Grupo Mi Camión, S.A. de C.V., proporcionó la información solicitada el

31 de julio de 2013.

Al analizar la documentación proporcionada por el proveedor, se determinó que coincide

con las registrada y proporcionada por la SSP, por lo que no se formula observación

alguna.

Cumplimiento de Metas y Objetivos

16. Resultado

Con el fin de verificar que el GDF, por conducto de la SSP, haya enviado al SESNSP los

informes de avance físico-financiero de cumplimiento de metas, tanto mensuales como

trimestrales de los recursos del SUBSEMUN en 2012, la CMHALDF solicitó dichos

informes. Con el oficio núm. SSP/OM/DERC/347/2013 del 12 de junio de 2013, la OM de

la SSP proporcionó la documentación requerida.

369

VOLUMEN 8/17

En la revisión, se determinó que los informes mensuales correspondientes a las 16 Delegaciones

se enviaron al SESNSP con desfases de 1 a 59 días como se muestra a continuación:

Mes Oficios Fecha Días de desfase Número Fecha Límite

de presentación Recepción

en el SESNSP

Marzo DGRF/OM/SSP/0901/2012 15/VI/12 6/IV/12 29/VI/12 59

Abril DGRF/OM/SSP/0901/2012 15/VI/12 8/V/12 29/VI/12 38

Mayo DGRF/OM/SSP/0901/2012 15/VI/12 7/VI/12 29/VI/12 21

Junio DGRF/OM/SSP/0947/2012 4/VII/12 6/VII/12 6/VII/12 0

Julio DGRF/OM/SSP/01213/2012 3/VIII/12 7/VIII/12 17/VIII/12 8

Agosto DGRF/OM/SSP/01431/2012 4/IX/12 7/IX/12 10/IX/12 1

Septiembre DGRF/OM/SSP/01634/2012 4/X/12 5/X/12 5/X/12 0

Octubre DGRF/OM/SSP/01756/2012 1/XI/12 8/XI/12 29/XI/12 14

Noviembre DGRF/OM/SSP/1954/2012 5/XII/12 7/XII/12 7/XII/12 0

Diciembre DGRF/OM/SSP/0050/2013 14/I/13 7/I/13 16/I/13 7

Por haber presentado al SESNSP los informes mensuales de avance físico-financiero de

cumplimiento de metas correspondiente a 2012, con desfases; la SSP incumplió la regla

Cuadragésima Primera, numeral I, inciso B, de las Reglas de Operación del SUBSEMUN,

que establece: “Remitir los informes trimestrales y mensuales de avance físico-financiero,

en un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles posteriores a la conclusión del período

correspondiente, a través del formato, sistema informático o mecanismo que determine el

Secretariado Ejecutivo…”.

Respecto a los informes trimestrales de avance físico-financiero de cumplimiento de

metas, la SSP proporcionó copia de los oficios con los cuales remitió al SESNSP los

informes de las 16 Delegaciones correspondientes a 2012, los cuales fueron remitidos en

las fechas que abajo se señalan. En el caso del primero y cuarto trimestres se observan

desfases de entre 60 y 7 días, respectivamente como se ilustra en el cuadro siguiente:

Trimestre Oficios Fecha Días de desfase Número Fecha Límite

de presentación Recepción

en el SESNSP

Primero DGRF/OM/SSP/000901/2012 15/VI/12 6/IV/12 29/VII/12 60

Segundo DGRF/OM/SSP/000947/2012 4/VII/12 6/VII/12 6/VII/12 0

Tercero DGRF/OM/SSP/01634/2012 4/X/12 5/X/12 5/X/12 0

Cuarto DGRF/OM/SSP/0050/2013 14/I/13 7/I/13 16/I/13 7

370

VOLUMEN 8/17

Por haber presentado al SESNSP los informes trimestrales de avance físico-financiero de

cumplimiento de metas correspondientes al primero y cuarto trimestres de 2012 con

desfases, la SSP incumplió la regla Cuadragésima Primera, numeral I, inciso B, de las

Reglas de Operación del SUBSEMUN.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, mediante el oficio

núm. DERC/OM/SSP/0610/2013 de la misma fecha, la Dirección Ejecutiva de Rendición de

Cuentas, adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRF/2058/2013

del 28 de agosto de 2013, mediante el cual la Dirección General de Recursos Financieros

informó al Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas lo siguiente:

“Con la finalidad de evitar que se presenten desfases en la entrega de los informes de

avance físico-financiero, de cumplimiento de metas tanto mensuales como trimestrales

de los recursos del SUBSEMUN, la Dirección de Presupuesto instruyó mediante oficio al

área competente encargada de la elaboración y presentación de dichos informes, para

que en lo sucesivo se verifique y constate que éstos sean entregados de conformidad con

lo establecido en la Regla Cuadragésima primera, numeral I, inciso B, de las reglas de

operación del SUBSEMUN.”

De lo anterior, se desprende que se dictaron instrucciones al área responsable para que

los informes de avance físico-financiero, de cumplimiento de metas, tanto mensuales

como trimestrales, de los recursos del SUBSEMUN sean entregados de conformidad con

las Reglas de Operación del SUBSEMUN. Esto confirma la observación del presente

resultado.

En la revisión de los informes de avance físico-financieros relativos al cumplimiento de

metas de la Delegación Venustiano Carranza, se observó que dichos documentos fueron

acompañados de la información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los

recursos del SUBSEMUN; las disponibilidades financieras; los presupuestos comprometido,

devengado y pagado, como se muestra en el siguiente cuadro:

371

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Concepto Asignado anexo técnico

Total ejercido

Diferencias Cumplió la meta

Profesionalización 308.0 284.6 23.4 Sí

Equipamiento 10,454.3 9,775.3 679.0 Sí

Infraestructura 3,500.0 3,498.7 1.3 Sí

Operación policial 50.0 (50.0)

Total SSP 14,262.3 13,608.6* 653.7**

Asignado a la Delegación:

Prevención social del delito 3,565.6 0.0 3,565.6 Sí

Total 17,827.9 13,608.6 4,219.3

* Según reportes de Avance Físico Financieros, recursos que ejerció la SSP. ** Recursos reintegrados a la Tesorería de la Federación según el oficio núm. DGRF/OM/SSP/0036/2013

del 10 de enero de 2013.

En cuanto al acta de cierre del ejercicio de 2012, la SSP informó que se cumplieron las

metas de la Delegación Venustiano Carranza.

De la revisión del contenido de los informes de cumplimiento de metas, no se desprende

observación alguna, ya que dichos reportes cumplen lo dispuesto en los numerales 11.1,

“Avance Físico Financiero” (documentación que deben acompañar dichos reportes);

y 11.2, “Cierre del Ejercicio” (actas de cierre definitivo), de las reglas de operación del

SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011.

En el Informe de la Auditoría ASCprofcasf/104/12 practicada a la Delegación Cuauhtémoc,

Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Finanzas, resultado núm. 16, recomendación

ASCprofcasf-104-12-03-SSP, se contempla el mecanismo para prevenir la deficiencia de

control consistente en que los informes mensuales y trimestrales de avance físico-

financiero de cumplimiento de metas sean enviados al Secretariado Ejecutivo del Sistema

Nacional de Seguridad Pública en los plazos que establecen las Reglas para el

Otorgamiento del Subsidio a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a

su cargo la Función o la ejerza coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno

del Distrito Federal en sus demarcaciones territoriales, por lo que se dará tratamiento a

dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

372

VOLUMEN 8/17

Recursos ejercidos directamente por la Delegación Venustiano Carranza

17. Resultado

En el ejercicio de 2012, el monto de los recursos del SUBSEMUN destinado a las

Delegaciones del Distrito Federal en 2012 de conformidad con lo indicado en la

Cláusula Tercera, “Monto de los Recursos”, del convenio específico de adhesión fue de

67,710.6 miles de pesos (20.0% del total de los recursos federales). De ese monto,

correspondieron a la Delegación Venustiano Carranza 3,565.6 miles de pesos (5.3%),

para ser destinados a la Prevención Social del Delito con Participación Ciudadana. En

2012 no se ejercieron los recursos asignados al órgano político-administrativo ya que los

reflejados como ejercidos (1,232.5 miles de pesos) en la Cuenta Pública de la Delegación

Venustiano Carranza de 2012, corresponden a remanentes del ejercicio anterior (2011)

y se registraron con fuente de financiamiento 7 “Remanentes”.

Al respecto, la CMHALDF solicitó a la Delegación Venustiano Carranza información y

documentación que soportará las causas por las cuales no fueron ejercidos los recursos

y, en su caso, el reintegro efectuado a la Tesorería de la Federación.

En respuesta, la Delegación Venustiano Carranza proporcionó la siguiente información:

1. Acta de Cierre del Ejercicio 2012 SUBSEMUN de fecha 31 de diciembre de 2012.

2. Oficio núm. DGEI/227/2012 del 27 de junio de 2012, por medio del cual el Director

General de Enlace Interinstitucional de la SF remitió copia simple del recibo de entero

núm. 2012-216 del 20 de junio de 2012, en el que se informa al Director General de

Administración de la Delegación el ingreso de los recursos abonados en la cuenta

que se estableció para su recepción, correspondientes a la primera ministración del

SUBSEMUN 2012, por 1,426.2 miles de pesos.

3. Oficio núm. JD/121/12 del 30 de agosto de 2012, con el cual la Jefa Delegacional en

Venustiano Carranza informó al Director General de Vinculación y Seguimiento

del SESNSP lo siguiente:

373

VOLUMEN 8/17

“Esta demarcación ha tenido a bien declinar el recurso correspondiente a la 2a. y 3a.

ministración, toda vez que no fue posible dar cumplimiento a la resolución emitida

y comunicada mediante oficio […] mediante el cual se solicitaba que en un plazo no

mayor a 10 días naturales contados a partir de la recepción del mismo se enviara

a esa dirección a su cargo la documentación que acreditara el compromiso de por lo

menos el 30.0% de los recursos de conformidad con lo establecido en las reglas del

SUBSEMUN.

”También le informó que la SF autorizó la suficiencia presupuestal de los recursos en

mención el pasado 8 de agosto (2012), motivo por el cual este Órgano Político

Administrativo a partir de esta fecha podría iniciar con los procesos de adjudicación

y contratación de cada uno de los proyectos del anexo técnico del Convenio

Específico de Adhesión, por lo que el día 22 de agosto se cumplieron los 10 días

naturales del oficio en mención, situación que imposibilitó cumplir con tiempo y forma

con la información solicitada por el SESNSP.

”Por otra parte, en referencia al recurso correspondiente a la 1a. Ministración por un

monto de 1,426.2 miles de pesos, éste será devuelto a la brevedad.”

4. Oficio núm. SFDF/SPF/DGAF/DCCF/05846/2012 del 18 de septiembre de 2012, por

medio del cual el Director de Concentración y Control de Fondos de la Dirección

General de Administración Financiera informó a la Directora General de Administración

de la Delegación Venustiano Carranza que el reintegro de los recursos se efectuó el

10 de septiembre de 2012.

5. Oficio núm. DGA/1082/12 del 12 de septiembre de 2012, mediante el cual la Directora

General de Recursos Financieros de la Dirección General de Administración de la

Delegación, envió al Director General de Administración Financiera de la SF la línea

de captura con la cual se efectuó el reintegro de los recursos de la 1a. ministración

(1,426.2 miles de pesos), a efecto de que fueran reintegrados antes del 25 de septiembre

de 2012.

374

VOLUMEN 8/17

6. Oficio núm. JD/143/2012 del 27 de septiembre de 2012, con el cual la Jefa

Delegacional en Venustiano Carranza comunicó al Director General de Vinculación

y Seguimiento del SESNSP que se reintegraron a la Tesorería de la Federación los

recursos no ejercidos del SUBSEMUN correspondientes a la 1a. Ministración,

1,426.3 miles de pesos.

7. Línea de captura de la Tesorería de la Federación, emitida el 10 de septiembre

de 2012, por el importe de 1,426.3 miles de pesos, con número de operación 0000274479.

Al respecto, la Delegación dio cumplimiento a la fracción III de la Cláusula Décima

Segunda, “Suspensión y Cancelación del SUBSEMUN”, del Convenio Específico de

Adhesión; y la fracción I de la Cláusula Trigésima Cuarta, “Terminación Anticipada del

Convenio Específico de Adhesión”, de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, que

disponen, respectivamente:

“III. En el caso de que el ‘Distrito Federal’ y/o las ‘Demarcaciones’ renuncien a su

participación en el SUBSEMUN en cualquier momento del año, deberán notificarlo por

oficio a ‘El Secretariado’ quien resolverá la terminación de este Convenio Específico

de Adhesión sin realizar trámite alguno…”

“I. En caso de que los beneficiarios renuncien a su participación en el SUBSEMUN en

cualquier momento del año, deberán notificarlo por oficio al Secretariado Ejecutivo, quien

dará por terminado el convenio Específico de Adhesión sin realizar trámite alguno…”

De acuerdo con la información proporcionada por la Delegación Venustiano Carranza,

ésta no ejerció recursos del SUBSEMUN en 2012 y reintegró los recursos de la primera

ministración a la Tesorería de la Federación, conforme a lo dispuesto en el Convenio

Específico de Adhesión y en las Reglas de Operación del SUBSEMUN.

375

VOLUMEN 8/17

Difusión

18. Resultado

En la revisión de las 14 CLC de la muestra de auditoría (emitidas por la SSP en 2012)

y su documentación soporte, se observó que presentan la leyenda “Operado con

Recursos de SUBSEMUN” (numeral L, de la regla Cuadragésima Primera de las Reglas

de Operación del SUBSEMUN); sin embargo, en la regla Cuadragésima Séptima,

“Difusión”, de dichas reglas, se menciona: “En toda la papelería, documentación oficial,

publicidad y promoción del SUBSEMUN se deberá incluir la siguiente leyenda: ‘Este

programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines

distintos a los establecidos en el programa’ ”. Como esta leyenda no fue incluida en la

documentación revisada, se solicitó al sujeto fiscalizado la aclaración correspondiente.

En respuesta, la Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas informó lo siguiente:

“… debido al elevado volumen de cargas de trabajo generados por la operación

presupuestal de esta Secretaría y a un error involuntario se omitió dicha leyenda; sin

embargo, para subsanar esta situación se implementará un mecanismo de control que

garantice que toda la documentación del SUBSEMUN cuente con dicha leyenda.”

Por lo anterior, la SSP incumplió lo dispuesto en la regla cuadragésima séptima,

“Difusión”, de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, publicadas en el Diario Oficial de

la Federación el 15 de febrero de 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de agosto de 2013, por medio del oficio

núm. DERC/OM/SSP/0610/2013 de la misma fecha, la Dirección Ejecutiva de Rendición de

Cuentas adscrita a la OM de la SSP, presentó el oficio núm. SSP/OM/DGRF/2058/2013

del 28 de agosto de 2013, con el cual el Director General de Recursos Financieros

comunicó al Director Ejecutivo de Rendición de Cuentas lo siguiente:

“Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Regla Cuadragésima Séptima

‘Difusión’ de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, esta Dirección General se dio a la

tarea de incluir dicha leyenda en todas las Cuentas por Liquidar Certificadas para el

presente ejercicio y los subsecuentes. En este sentido se anexan como muestra dos CLC

376

VOLUMEN 8/17

en las cuales consta la leyenda de mérito, y se pone a disposición de ese órgano

fiscalizador el archivo de esta Dirección General para verificar que el resto de la

documentación cumpla con lo dispuesto en las Reglas de Operación del SUBSEMUN.”

De acuerdo con lo anterior, el sujeto fiscalizado, ha girado instrucciones para que en

las CLC y su documentación soporte se incluya la leyenda enunciada en la regla

cuadragésima séptima, “Difusión” de las Reglas de Operación del SUBSEMUN, lo que

confirma la presente observación, por lo que el resultado no se modifica.

En el Informe de la Auditoría ASCprofcasf/104/12 practicada a la Delegación Cuauhtémoc,

Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Finanzas, resultado núm. 16, recomendación

ASCprofcasf-104-12-04-SSP, se contempla el mecanismo para prevenir la deficiencia de

control consistente en que toda la documentación soporte del registro y control de las

operaciones relacionadas con los recursos del Subsidio para la Seguridad Pública de los

Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal cuente con las leyendas

de difusión establecida en las Reglas de Operación del SUBSEMUN, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

19. Resultado

Con el propósito de conocer los logros obtenidos por la SSP con la aplicación de las

aportaciones federales recibidas del SUBSEMUN en el ejercicio de 2012, de conformidad

con el artículo 8, fracción V, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, la

CMHALDF le solicitó a la dependencia los indicadores para apoyar la evaluación de los

resultados del subsidio.

En respuesta, la SSP proporcionó diversos oficios con la documentación e información

solicitadas. Con los datos proporcionados por la SSP, el Informe de Cuenta Pública de la

dependencia correspondiente a 2012 y los resultados de esta auditoría, se determinaron

los siguientes indicadores para evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos del

SUBSEMUN:

377

VOLUMEN 8/17

Indicador Valor

Evaluación del control interno

El control interno de la SSP resultó (suficiente, insuficiente o deficiente). Deficiente

Eficacia en el cumplimiento del programa de inversión

I.1. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2012 (% ejercido del monto asignado). 99.2

I.2. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2012 (% pagado del monto asignado). 99.2

I.3. Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2012 (% comprometido del monto asignado). 99.2

I.4. Nivel de gasto al 31 de marzo de 2012 (% ejercido del monto asignado). 0.0

I.5. Nivel de gasto al 31 de marzo de 2012 (% pagado del monto asignado). 0.0

I.6. Se recibieron todas las ministraciones del fondo (Sí o No). Sí

I.7. Se recibieron oportunamente todas las ministraciones (Sí o No). No

Sistema de Información

II.1. La SSP se encuentra interconectada al sistema Plataforma México (Sí o No). Sí

II.2. Su funcionamiento es adecuado, no adecuado, parcialmente adecuado. Adecuado

II.3. Se lleva un sistema Paralelo de Información a Plataforma México (Sí o No). SÍ

II.4. Se cargó, integró y actualizó el kardex del personal policial (Sí o No). SÍ

Operación Policial

III.1. Número de personal policial con que cuenta la SSP. 80,686

III.2. Proporción de policías por cada 1,000 habitantes en 2011. 2.2

III.3. Proporción de policías por cada 1,000 habitantes en 2012. 1.8

III.4. Existe en el Distrito Federal el servicio de emergencia 066 (Sí o No). Sí

III.5. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2011. 15:39

III.6. Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2012. 15:14

III.7. Informes policiales homologados capturados, respecto de los delitos denunciados (%). 39,314

III.8. El informe policial homologado se registra en el Sistema Único de Información Criminal (SUIC) (Sí, No, Parcialmente). Sí

Profesionalización

IV.1. La SSP realizó la renivelación salarial (Sí o No). SÍ

IV.2. Se reestructuró el estado de fuerza mediante el Simulador Piramidal Salarial (Sí o No). SÍ

IV.3. Se tiene implementado el Servicio Profesional de Carrera Policial (Sí o No). Sí

IV.4. Porcentaje de personal evaluado a 2012 respecto del total (Control de Confianza). 91.0

IV.5. En el Distrito Federal existe Centro de Evaluación y Control de Confianza (Sí o No). Sí

IV.6. En qué fase del proceso de acreditación se encuentra el Centro de Evaluación y Control de Confianza Acreditado

Prevención del Delito

V.1. Porcentaje de recursos del SUBSEMUN 2012 destinados a la prevención del delito con participación ciudadana en 2012

20

V.2. Porcentaje de recursos de la coparticipación de la SSP destinados a la prevención del delito. 30

Eficiencia en el uso de los recursos

VI.1. Valor del equipamiento que no está en operación por el personal policial, respecto del monto que se pagó en ese rubro, incluye armamento y municiones (%).

0.1

Transparencia en la aplicación de los recursos

VII.1. Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP (% de informes remitidos). SÍ

Existe congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo, con la información contable y presupuestal (Sí o No).

La SSP difundió en su página de internet, órgano local oficial de difusión y otros medios locales de comunicación, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único; Formato de Nivel Fondo e Indicadores de Desempeño) (Sí, No, Parcialmente).

Impacto y cumplimiento de metas y objetivos

VIII.1. Importancia del SUBSEMUN respecto del presupuesto total asignado a la SSP en materia de seguridad pública (%). 2.3

VIII.2. Se cumplieron las metas convenidas en el Anexo Único del Convenio de Adhesión (Sí, No o Parcialmente) Parcialmente

VIII.3. Variación % de la incidencia delictiva en el Distrito Federal 2012 con respecto a 2011. -3.5

VIII.4. Se realizaron reprogramaciones al recurso del SUBSEMUN en 2012 en la SSP (Sí o No) Sí

VIII.5 Porcentaje del recurso del SUBSEMUN 2012 reprogramado a otras acciones (%). 4.4

Evaluación del fondo.

IX.1. La SSP realizó al cierre del ejercicio la evaluación sobre los resultados del SUBSEMUN prevista por la normativa (Sí o No).

378

VOLUMEN 8/17

Del análisis de la información contenida en los expedientes del SUBSEMUN, los resultados

de la auditoría y la información proporcionada por la SSP; se concluye lo siguiente:

1. El control interno implementado por la SSP en 2012 para el manejo, administración,

registro y control de los recursos del SUBSEMUN resultó suficiente, ya que se detectaron

inconsistencias por la falta de mecanismos para supervisar diversas actividades

(las inconsistencias se describen en el apartado “Debilidades” del resultado núm. 1).

2. Por lo que hace a la eficiencia en el cumplimiento del programa de inversión del

presupuesto asignado de recursos federales del SUBSEMUN, por 270,842.4 miles

de pesos, la SSP ejerció el 99.2% (268,617.4 miles de pesos, de los cuales

259,119.1 miles de pesos fueron recursos federales del SUBSEMUN, 9,336.1 miles

de pesos, remanentes del ejercicio anterior y 162.1 miles de pesos intereses).

3. En materia de operación policial, el GDF, por conducto de la SSP, sufrió un decremento

en el número de elementos policiacos por cada mil habitantes con relación al ejercicio

de 2011, al pasar de 2.2 a 1.8.

4. En el rubro de profesionalización, la SSP en 2012 contó con el Servicio Profesional de

Carrera Policial, acreditó el Centro de Evaluación y Control de Confianza ante el

SESNSP y aplicó evaluaciones a un 91.0% de su personal.

5. En prevención del delito, el GDF destinó el 20.0% de los recursos para ser ejercidos

directamente por las 16 Delegaciones.

6. En cuanto a la eficiencia en el uso de los recursos, no estuvo en operación por el

personal policial el 0.1 del equipamiento que, respecto del monto que se pagó en

el rubro de armamento y municiones.

7. En materia de transparencia en la aplicación de los recursos, el GDF por conducto de

la SF y la SSP entregaron los informes mensuales y trimestrales a la SHCP conforme

a con lo dispuesto en la normatividad aplicable. En ellas se reflejó el cumplimiento

de las metas convenidas en el Anexo Técnico del Convenio Específico de Adhesión.

379

VOLUMEN 8/17

8. En el rubro de impacto y cumplimiento de metas y objetivos, la SSP ejerció recursos

del SUBSEMUN por un monto de 370,183.3 miles de pesos, que representaron el

2.3% de su presupuesto total en materia de seguridad pública; de conformidad con

los datos proporcionados por la dependencia disminuyó en 3.5% el índice delictivo en

el Distrito Federal.

20. Resultado

Con el fin de establecer los momentos en que la SF y la SSP debieron llevar a cabo el

registro contable de las etapas del presupuesto aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado en el ejercicio fiscal de 2012, la CMHALDF aplicó

cuestionarios relativos al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad

Gubernamental.

Al respecto, con el oficio núm. OM/SSP/DERC/0552/2013 del 7 de julio de 2013, la

Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas de la Oficialía Mayor indicó lo siguiente:

“… se informa que la instancia indicada para responder dicho cuestionario es la SF, con

fundamento en los artículos 122 y 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente que

disponen ‘El desarrollo y operación del Sistema Contable para las dependencias órganos

desconcentrados y Delegaciones, así como la emisión de la normatividad contable para

efectos administrativos estarán a cargo de la Secretaría’ y 123 ‘Las dependencias

Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, suministrarán a la Secretaría con

la periodicidad que ésta lo determine, la información presupuestal, programática, contable

y financiera que requiera’.”

Por lo que se refiere a la SF mediante el oficio núm. DGCNCP/1987/2012 del 25 de julio

de 2012, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SF

remitió la respuesta al cuestionario de control interno que se aplicó para evaluar el

cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, vigente en 2012, así

como la documentación correspondiente. En su análisis, se determinó lo siguiente:

380

VOLUMEN 8/17

1. El Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) emitió y publicó en el Diario

Oficial de la Federación del 20 de agosto de 2009 y en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 11 de septiembre de 2009, el Marco Conceptual de Contabilidad

Gubernamental, las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos

Contables de los Egresos, y los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

Lo anterior, en cumplimiento del artículo Tercero Transitorio, fracciones II y IV, de la

Ley General de Contabilidad Gubernamental, vigente en 2012.

2. El CONAC emitió y publicó, en el Diario Oficial de la Federación del 9 de diciembre

de 2009 y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de enero de 2010, el

Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, el Clasificador por Rubro de

Ingresos, el Plan de Cuentas, las Normas y Metodología para la Determinación de los

Momentos Contables de los Ingresos, las Normas y Metodología para la Emisión

de la Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente

Público y Características de sus Notas, y los Lineamientos sobre los Indicadores para

medir los Avances Físicos y Financieros relacionados con los Recursos Públicos

Federales. Lo anterior, en cumplimiento del artículo Tercero Transitorio, fracciones III y IV,

de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

3. El 20 de junio de 2011 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Acuerdo

por el que se crea el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal

(CONSAC-DF), que en su primera reunión de trabajo extraordinaria, celebrada el

31 de agosto de 2011, dio a conocer la aprobación de la Guía de Requerimientos

Mínimos para la Valoración de Aplicativos Informáticos de Administración y Gestión

de Información Financiera, con el propósito de que la adecuaran a sus sistemas

contables para estar en condiciones de cumplir lo establecido en la Ley General de

Contabilidad Gubernamental.

4. El CONAC emitió y publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 1o. de julio de 2010,

el Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal, en el cual se establecen las bases (finalidad y función); en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 31 de diciembre del mismo año, publicó la Clasificación

381

VOLUMEN 8/17

Funcional del Gasto (finalidad, función y subfunción); las Principales Reglas de Registro

y Valoración del Patrimonio (elementos generales); el Marco Metodológico sobre la

Forma y Términos en que se deberá orientar el Desarrollo del Análisis de los

Componentes de las Finanzas Públicas con relación a los Objetivos y Prioridades que

en la materia establezca la Planeación del Desarrollo, para su integración a la Cuenta

Pública; y el Manual de Contabilidad Gubernamental.

5. El CONAC emitió y publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 22 de julio

de 2011, los Lineamientos Mínimos relativos al Diseño e Integración del Registro en

los Libros Diario, Mayor e Inventarios y Balances (registro electrónico); la Clasificación

Económica de los Ingresos, de los Gastos y del Financiamiento de los Entes Públicos;

y su Clasificación Administrativa.

6. El CONAC emitió y publicó, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de

diciembre de 2011, los lineamientos dirigidos a garantizar que el Sistema de Contabilidad

Gubernamental facilite el control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles

de los entes públicos, así como las Reglas Específicas del Registro y Valoración del

Patrimonio.

7. De acuerdo con lo informado por la SF, el registro contable de las etapas del

presupuesto del gasto aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y

pagado se llevará a cabo “en base al Acuerdo de Interpretación sobre las Obligaciones

Establecidas en los Artículos Transitorios de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, A-2 y que su aplicación será a partir del ejercicio 2012”.

8. El 24 de mayo de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Manual

de Contabilidad del Sector Central, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

cuarto transitorio de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Asimismo, la SF

dispone de listas de cuentas para el Sector Central, aplicando la armonización al cuarto

y quinto niveles que establece el CONAC, con clasificadores presupuestarios armonizados.

9. Adicionalmente, la Dirección General de Informática tiene establecidos mecanismos

de control para garantizar que se realicen las adecuaciones a sus sistemas contables

382

VOLUMEN 8/17

y presupuestales para cumplir con lo establecido en la Ley General de Contabilidad

Gubernamental. Dichos mecanismos consisten en los procedimientos “Atención a

Solicitud de Nuevos Desarrollos en el Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales” y “Atención a Solicitud de Cambios en los Desarrollos Existentes

en el SISTEMA de Planeación de Recursos Gubernamentales”.

10. El 16 de mayo de 2013, el CONAC publicó en el Diario Oficial de la Federación los

plazos para que la Federación, las entidades federativas y los municipios adopten las

decisiones siguientes:

Meta Fecha límite para la federación, las entidades federativas

y sus respectivos entes públicos

Fecha límite para los municipios y sus entes públicos

Integración automática del ejercicio del presupuesto con la operación contable

30 de junio de 2014 30 de junio de 2015

Realizar los registros contables con base en las Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio

31 de diciembre de 2014 31 de diciembre de 2015

Generación en tiempo real de estos estados financieros

30 de junio de 2014 30 de junio de 2015

Emisión de Cuentas Públicas en los términos acordados por el Consejo

Fecha de la presentación de la Cuenta Pública correspondiente a 2014

Fecha de la presentación de la Cuenta Pública correspondiente a 2015

Derivado de lo anterior, se concluye que la SF realizó acciones encaminadas al

cumplimiento de lo que disponen la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las

normas y lineamientos publicados por el CONAC. En cuanto a los registros los registros

contables sobre base acumulativa y acordes con los postulados básicos de contabilidad

gubernamental armonizados en sus respectivos libros de diario, mayor e inventarios

y balances; y la emisión de información contable, presupuestaria y programática para dar

cumplimiento a los artículos transitorios de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental, la SF los realiza de manera centralizada; la fecha límite para producir

dichos registros es el 30 de junio de 2014, de conformidad con los plazos publicados en el

Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo 2013.

383

VOLUMEN 8/17

II.16.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría ASC/168/12

ANTECEDENTES

El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 30 de diciembre de 2011, señala, en relación con los recursos aprobados por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal (ALDF) por concepto de presupuesto participativo, que “a las

Delegaciones les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de acuerdo

a lo establecido en el Anexo 1 del presente decreto”.

En el artículo décimo segundo transitorio, inciso c), de ese decreto, se indica: “La determinación

de las acciones específicas que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las

Delegaciones en cada una de las 1,815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren

en el supuesto de asentamientos irregulares, o que en su determinación no se contravenga

disposiciones jurídicas vigentes, se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana

que se efectuó el domingo 13 de noviembre de 2011. Conforme al Anexo 7”. Este último,

establece el rubro general y el proyecto específico ganador para cada Comité Ciudadano

y Consejo de los Pueblos.

En el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012, se determinó que a la Delegación Venustiano Carranza le corresponderían

45,820.0 miles de pesos del presupuesto participativo, que se distribuirían entre los 80 Comités

Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a razón de 572.7 miles de pesos para cada uno de ellos.

Los recursos asignados para el presupuesto participativo en 2012 a la Delegación Venustiano

Carranza (45,820.0 miles de pesos), representaron el 6.5% de los presupuestados para

las 16 Delegaciones y significaron un decremento del 1.7%, respecto de los 46,623.9 miles

de pesos que le fueron asignados en 2011.

384

VOLUMEN 8/17

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16 órganos

político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles de pesos

(9.2%) con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados originalmente.

En 2012, la Delegación Venustiano Carranza ejerció 45,691.8 miles de pesos en el destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, que representaron una variación negativa de

0.3% (128.2 miles de pesos) respecto al presupuesto original y una disminución de 1.2%

en relación con los 46,231.6 miles de pesos ejercidos en 2011.

En la Cuenta Pública 2012 apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”,

la Delegación Venustiano Carranza reportó, en relación con el presupuesto participativo, que en

el capítulo 6000 “Inversión Pública”, “la variación en inversión pública explica a los recursos

destinados a la transferencia de recursos a los capítulos 2000 ‘Materiales y Suministros’,

4000 ‘Transferencia, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas’ y 5000 ‘Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles’, del presupuesto participativo de conformidad a lo establecido al

artículo transitorio décimo primero ‘Presupuesto Participativo’ identificados con el Destino

de Gasto 65, del Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012”.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Venustiano Carranza con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado,

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con

la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales, incluidos

en el Manual de Selección de Auditorías:

1. “Exposición al Riesgo”, por ser un programa de reciente creación y estar expuesto a riesgos

de irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas.

385

VOLUMEN 8/17

2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las

actividades y funciones que desarrollen los órganos político-administrativos para cumplir

los compromisos del programa presupuestario tienen un impacto directo y tangible en

beneficios para la ciudadanía.

3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, a la ALDF le compete, en materia de presupuesto participativo, vigilar, por conducto

de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

(CMHALDF), el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, el cual es susceptible

de auditarse por estar contenido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal y en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Primera,

fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o; 2o., fracciones IX y X, inciso a); 3o; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero, VIII, IX,

XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24; 27; 28; 30;

32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal; 1o; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o., fracciones V y VII; 13

y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido por la Delegación Venustiano

Carranza en 2012 con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un total

de 45,691.8 miles de pesos.

Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto

fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los recursos

asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la normatividad

386

VOLUMEN 8/17

aplicable en 2012: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal y su Reglamento; Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;

Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012; Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011) vigente a partir del 20 de mayo de 2011; Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente a partir del 8 de agosto de 2012;

Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,

Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la

Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal; y Lineamientos con los que se Dictan Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina

Presupuestal para Contener el Gasto en la Administración Pública del Distrito Federal,

vigentes en 2012.

Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras y Desarrollo

Urbano (DGODU), en la Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana y en la Dirección

General de Administración (DGA), adscritas a la Jefatura Delegacional.

Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Venustiano Carranza vigente en 2012,

para verificar que la organización fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada, así como

la existencia de procedimientos aplicables al rubro sujeto a revisión.

Se analizó la normativa que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo para

verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su operación.

Se solicitó y analizó diversa información generada por el Instituto Electoral del Distrito

Federal (IEDF), relacionada con la capacitación a servidores públicos de la Delegación.

Se seleccionó una muestra de auditoría de 13,202.0 miles de pesos, que representó

el 28.9% de los recursos ejercidos en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

387

VOLUMEN 8/17

(45,691.8 miles de pesos), y correspondieron a las erogaciones realizadas en los capítulos

2000 “Materiales y Suministros“, por 9,117.6 miles de pesos (20.0%); 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” por 3,436.5 miles de pesos (7.5%), 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles”, por 572.0 miles de pesos (1.2%); y 6000 “Inversión Pública”,

por 32,565.7 miles de pesos (71.3%).

Se verificó que el presupuesto autorizado a la Delegación Venustiano Carranza correspondiera

al establecido en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2012 y que el presupuesto modificado, registrado, ejercido y pagado

en la partida presupuestal 6221 “Edificación no Habitacional” correspondiente a la muestra de

auditoría, estuviera respaldado con la documentación justificativa y comprobatoria, conforme

al contrato y convenio modificatorio de ampliación de plazo respectivos y a la normatividad

vigente en 2012.

Se revisaron los montos de actuación de la Delegación correspondientes al ejercicio de 2012,

con objeto de comprobar que las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaran a lo

establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012.

En cuanto a los contratistas considerados en la muestra de auditoría, se verificó que los

importes facturados y los datos relativos a las obras, correspondieran con la información

proporcionada por la Delegación; que las obras se hubieran realizado conforme a las cláusulas

de los contratos; y que los contratistas no se encontraran inhabilitados por la Secretaría de la

Función Pública (SFP) o por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF).

Se efectuó la verificación física de las obras contratadas para constatar si éstas se realizaron

conforme a la descripción incluida en el contrato y de acuerdo con los proyectos ganadores

de la Consulta Ciudadana de 2012.

Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo” se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la

normatividad vigente en 2012.

388

VOLUMEN 8/17

Para determinar la muestra sujeta a revisión se realizaron las siguientes actividades:

1. Por tratarse de una auditoría financiera, el universo de recursos ejercidos (45,691.8 miles

de pesos) se estratificó por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado y actividad

institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes y las variaciones más significativas,

se determinó el porcentaje que representó cada uno de esos rubros en relación con el total

del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

2. La muestra se definió conforme a la selección incidental y por unidad monetaria

establecida en la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de Selección

de Muestras”, de las Normas de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores

Públicos, A.C. y con base en los capítulos, partidas y contratos con mayor

participación en el ejercicio de recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” en 2012.

De acuerdo con lo anterior, la muestra de auditoría por 13,202.0 miles de pesos del destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, correspondiente a la partida presupuestal 6221

“Edificación no Habitacional”, se integró con el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 del

1o. de agosto de 2012, suscrito con la empresa Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V.,

por un importe de 13,202.0 miles de pesos (IVA incluido), adjudicado mediante la licitación

pública nacional núm. 3000-1061-004-12.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración, la Dirección General

de Obras y Desarrollo Urbano y en la Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana, todas

adscritas a la Delegación Venustiano Carranza.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El sistema de control interno comprende el plan de organización, los métodos y procedimientos

instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las metas y objetivos del

sujeto de fiscalización, con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y honradez;

que los recursos se empleen conforme a las leyes, reglamentos y políticas aplicables,

389

VOLUMEN 8/17

a fin de protegerlos de eventuales desperdicios, pérdidas o mal uso; y que se obtenga

y conserve la información relacionada con el empleo de los recursos.

Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Venustiano

Carranza para las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad

en el ejercicio de los recursos, la operación y supervisión de las obras realizadas con

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; la disposición de objetivos, metas

e indicadores; el cumplimiento de los requisitos documentales y los registros presupuestales;

y el resguardo y archivo de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de los

expedientes de los contratos celebrados y de las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

correspondientes a los pagos realizados.

Se analizó el Manual Administrativo en su apartado de Organización de la Delegación

Venustiano Carranza vigente en 2012 para identificar la estructura orgánica del sujeto

fiscalizado, y los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que lo

integran. Asimismo, se revisó el Manual Administrativo en su apartado de Procedimientos de la

Delegación, con objeto, por una parte, de conocer cuáles fueron las unidades administrativas

que intervinieron en la autorización, ejercicio y registro de las erogaciones con cargo al destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y, por otra, verificar si se aplicaron los procedimientos

correspondientes.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó que éste es

insuficiente en cuanto al ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, ya que la Delegación Venustiano Carranza no identificó los posibles riesgos

que podrían afectar el ejercicio, registro y control de los recursos. Por otra parte, las áreas

de la Delegación Venustiano Carranza se estructuraron conforme a las funciones asignadas

en el manual de organización y contó con procedimientos de aplicación general, actualizados

oportunamente. Asimismo, los servidores públicos responsables de verificar el cumplimiento

de los proyectos del presupuesto participativo contaron con las competencias suficientes,

ya que participaron en la capacitación que desarrolló la instancia responsable.

390

VOLUMEN 8/17

RESULTADOS

1. Resultado

Manual Administrativo

La Delegación Venustiano Carranza mediante el oficio núm. DGA/1539/2013 del 6 de

septiembre de 2013, proporcionó su manual administrativo, apartados de organización

y procedimientos, así como su estructura orgánica, vigentes en 2012. Del análisis a dicha

información, se observó lo siguiente:

La estructura orgánica de la Delegación Venustiano Carranza vigente en 2012, correspondió

al dictamen núm. 16/2009, con vigencia a partir del 1o. de octubre de 2009; asimismo, con

el oficio núm. CG/462/2011 del 3 de octubre de 2011, la CGDF comunicó a la Delegación

Venustiano Carranza modificaciones a costos compensados a dicho dictamen, vigentes

a partir del 16 de octubre de 2011.

Con base en el dictamen núm. 16/2009, en 2012, la Delegación Venustiano Carranza contó

con 265 plazas autorizadas, distribuidas como sigue:

Unidad administrativa Plazas

Oficina de la Jefatura Delegacional 98

Dirección General Jurídica y de Gobierno 33

Dirección General de Administración 25

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 21

Dirección General de Desarrollo Social 46

Dirección General de Desarrollo Delegacional 26

Dirección General de Servicios Urbanos 16

Total 265

La Delegación Venustiano Carranza publicó su estructura orgánica en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal del 6 de mayo de 2010, en cumplimiento del numeral 4.4.10 de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito

Federal (Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril

de 2007 y vigente hasta el 19 de mayo de 2011.

391

VOLUMEN 8/17

Las áreas administrativas de la Delegación Venustiano Carranza que participaron en el ejercicio

de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron las Direcciones

Generales de Administración; de Obras y Desarrollo Urbano; así como la Ejecutiva de

Participación Ciudadana, esta última, adscrita a la Oficina de la Jefatura Delegacional.

Se verificó que en 2012 la Delegación Venustiano Carranza aplicó el manual administrativo

(apartados de organización y de procedimientos) y actuó conforme a la estructura orgánica

autorizada con el dictamen de reestructuración orgánica núm. 16/2009 vigente a partir del

1o. de octubre de 2009. Al respecto, se observó lo siguiente:

1. El manual de organización cuenta con presentación, antecedentes, marco jurídico-

administrativo, objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones por área

de responsabilidad y organigramas; en tanto que el manual de procedimientos integra

176 de ellos; ambos manuales se sujetaron a la estructura orgánica autorizada mediante

el dictamen núm. 16/2009.

El Manual Administrativo de la Delegación Venustiano Carranza, apartado de organización

se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 6 de mayo de 2010; y los

listados con los 176 procedimientos fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal de fechas 6 de mayo de 2010; 5 de abril, 12 de septiembre, 20 de octubre

y 29 de diciembre, todos de 2011; y 13 de junio y 24 de diciembre, ambos de 2012;

en cumplimiento del numeral 4.4.10 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal (Circular Uno Bis),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril de 2007, que estuvo

vigente hasta el 19 de mayo de 2011; y el numeral 2.4.6.7. de la Circular Contraloría

General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,

Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración

Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de

enero de 2011, vigente en 2012.

2. De los 176 procedimientos vigentes en 2012, 10 guardaron relación directa con la

autorización, registro, control y pago de los recursos asignados para el destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”.

392

VOLUMEN 8/17

3. Se verificó que la Delegación Venustiano Carranza mediante el oficio núm. DGDD//077/2010

del 2 de marzo de 2010 difundió el manual administrativo, apartados de organización

y de procedimientos, para su conocimiento y difusión entre el personal a su cargo, en

cumplimiento a lo señalado en el numeral 4.4.12 de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal

(Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril

de 2007, que estuvo vigente hasta el 19 de mayo de 2011.

De conformidad con lo anterior, se constató que la Delegación Venustiano Carranza desarrolló

sus actividades conforme a su respectivo manual administrativo (apartados de organización

y de procedimientos), y actuó conforme a su estructura orgánica autorizada con el dictamen

núm. 16/2009, verificándose también que en 2012 no se realizaron modificaciones a su estructura

orgánica.

2. Resultado

Competencia

De conformidad con el artículo 15, párrafo segundo, de la Ley de Participación Ciudadana

del Distrito Federal vigente en 2012, “las autoridades están obligadas a promover entre los

servidores públicos cursos de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos

de participación ciudadana y los órganos de representación ciudadana; la cooperación

y acercamiento con la ciudadanía y la cultura de la participación ciudadana en general, como

un espacio cívico de convivencia social y de una mejor gobernanza”.

La CMHLADF mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, le solicitó

a la Consejera Electoral Presidente del IEDF información sobre los cursos de formación

y sensibilización entre los servidores públicos de los órganos político-administrativos,

relacionados con el presupuesto participativo que se hayan realizado en 2012.

En respuesta, mediante el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013,

el IEDF remitió los oficios núms. IEDF-DDXI/298/2013 y DDXII/0249/13, ambos del día

4 del mismo mes y año, por medio de los cuales las Direcciones Distritales XI y XII del IEDF,

correspondientes a la Delegación Venustiano Carranza, señalaron que mediante el oficio

393

VOLUMEN 8/17

núm. IEDF-DD-XI/744/2012 del 11 de octubre de 2012, puso a disposición de los servidores

públicos de la Delegación los cursos en línea de “Planeación y Presupuesto Participativo”,

los “Módulos I y II del Programa de Capacitación, Educación, Asesoría y Comunicación 2012”

y “Taller para la Capacitación en materia de Planeación y Presupuesto Participativo”.

Al respecto, indicó que el 30 de noviembre de 2012, la Dirección Distrital XI, impartió de forma

presencial los “Módulos I y II del Plan Anual de Estudios y Acciones 2012 del Curso de

Participación Ciudadana del IEDF”, a diversos funcionarios adscritos a la Delegación, el primer

curso a 114 funcionarios y el segundo a 108, y entregó 80 constancias de participación.

Asimismo la Dirección Distrital XII, impartió de forma presencial el curso “Taller para

la Capacitación en materia de Planeación y Presupuesto Participativo”, al que asistieron

219 funcionarios de dicha Delegación.

Por lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Venustiano Carranza

participaron en los cursos que en el ejercicio de 2012 promovió el IEDF; en consecuencia,

contaron con las competencias que proporcionó dicho organismo mediante los cursos que

desarrolló en ese año, con lo cual cumplió con lo señalado en el artículo 15 de la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal.

3. Resultado

Objetivos, Indicadores y Metas

El artículo 1o, tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2012, establece: “Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley

deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en criterios

de […] eficacia, economía, racionalidad, resultados, transparencia, control, rendición de

cuentas…”.

El artículo 25, primer párrafo, fracción I, y antepenúltimo párrafo, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal establece que “la programación y presupuestación anual

del gasto público se realizará con apoyo en los Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las

[…] Delegaciones […] para cada ejercicio fiscal y con base en las I. políticas del Programa

General y los programas sectoriales establecidos en la Ley de Planeación […]. El anteproyecto

394

VOLUMEN 8/17

se elaborará por […] Delegación […] estimando los costos para alcanzar los resultados

cuantitativos y cualitativos previstos en las metas, así como los indicadores necesarios

para medir su cumplimiento”.

El artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2012, dispone: “Las […] delegaciones […] llevarán la contabilidad en base

acumulativa para determinar costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los

presupuestos y sus programas, con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.

Por su parte, el numeral II. 4, “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012

emitido por la Secretaría de Finanzas (SEFIN), dispone lo siguiente:

“La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que

el Presupuesto Participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la

forma en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios

en que se divide el territorio del Distrito Federal.

”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto

anual de las Delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,

equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.

”Por lo anterior, las Delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar

lo establecido en la citada Ley.”

Con objeto de verificar el cumplimiento de los ordenamientos antes mencionados, la CMHALDF

mediante el oficio núm. ASC/13/1603 del 23 de agosto de 2013, solicitó a la Delegación

Venustiano Carranza el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012

y el Programa Operativo Anual (POA) 2012; asimismo, mediante cuestionario de control interno

solicitó información referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados con el presupuesto

participativo. En respuesta, mediante el oficio núm. DGA/1539/2013 del 6 de septiembre

de 2013, la Delegación remitió la información solicitada, y de su análisis, se determinó

lo siguiente:

395

VOLUMEN 8/17

1. En respuesta al cuestionario de control interno, la Coordinadora de Control y Seguimiento

de Administración de la Delegación Venustiano Carranza informó que los objetivos

relevantes del programa de obras para 2012, vinculados con el presupuesto participativo,

consistieron en: mejorar las condiciones para el desplazamiento de peatones y vehículos

en vía pública a través de la rehabilitación de banquetas y guarniciones deterioradas

y dando mantenimiento a la carpeta asfáltica; mejorar las condiciones de salud de la

población y evitar encharcamientos e inundaciones en la temporada de lluvias, realizando

trabajos de sustitución de tubería de drenaje y coladeras, y desazolve de la red de

drenaje; y fomentar el deporte entre la población, realizando trabajos de conservación,

mantenimiento y ampliación de centros y módulos deportivos. Asimismo, señaló que

los objetivos estuvieron vinculados con el Programa General de Desarrollo del Distrito

Federal 2007-2012, y existieron metas que se cumplieron en 100.0%.

2. Mediante nota informativa del 5 de septiembre de 2013, en atención a la solicitud de la

descripción de los objetivos, metas e indicadores para el ejercicio de 2012, vinculados

con el rubro presupuesto participativo, la Subdirección de Presupuesto de la Dirección

de Recursos Financieros adscrita a la Dirección General de Administración del Órgano

Político-Administrativo informó que “la descripción de los objetivos y metas se encuentran

en los resultados de la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en la cual se

detallan el rubro general y proyecto específico de cada una de las colonias que conforman

esta demarcación, los cuales se cumplieron en su totalidad en beneficio de esta Delegación”.

3. En el POA 2012 de la Delegación Venustiano Carranza, no se observó actividad

institucional alguna vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

en consecuencia, no estableció metas físicas ni financieras relacionadas con dicho rubro.

4. Mediante nota informativa del 28 de agosto de 2013, la Dirección Ejecutiva de Participación

Ciudadana de la Delegación Venustiano Carranza señaló que con el ejercicio de los

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en el ejercicio 2012, se

benefició a un total de 82,361 habitantes en 80 colonias de la demarcación, otorgando

un presupuesto de 572.7 miles de pesos por colonia.

5. En el informe de Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los

Resultados de las Actividades Institucionales Realizadas”, correspondiente a la Unidad

396

VOLUMEN 8/17

Responsable 02 CD 15 Delegación Venustiano Carranza, no se identificó actividad

institucional alguna que agrupara las acciones vinculadas con el presupuesto participativo;

en consecuencia, no se registraron “metas 2012” ni “índice de cumplimiento de metas”

para el rubro revisado.

Por lo anterior, se concluyó que la Delegación Venustiano Carranza, no dispuso en su

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 de una actividad

institucional; tampoco contó con objetivos, metas ni indicadores para el presupuesto

participativo vinculados con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012,

por lo que incumplió lo establecido en los artículos 1o., tercer párrafo; y 25, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 126 de su Reglamento, y el numeral II.4,

“Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012, citados al inicio del presente resultado.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, mediante el oficio

núm. DGA/0704/2014 del 7 de mayo de 2014, la Directora General de Administración de

la Delegación Venustiano Carranza informó lo siguiente:

“En relación a este resultado cabe señalar que en la Estructura Funcional del Gobierno del

Distrito Federal vigente para el ejercicio fiscal 2012, no existe una actividad institucional

para la identificación única y exclusivamente para los recursos del presupuesto participativo,

toda vez que los recursos y las metas alcanzadas se encuentran consideradas en las actividades

institucionales específicas de cada uno de los proyectos. Por citar un ejemplo, las colonias cuyos

proyectos ganadores fueron la renovación y/o mantenimiento de banquetas y guarniciones,

los recursos y metas se encuentran registradas en el Programa Operativo Anual (POA) dentro

del Área Funcional:

”Finalidad (FI) 2 ‘Desarrollo Social’

”Función (F) 2 ‘Vivienda y Servicios a la Comunidad’

”Subfunción (SF) 1 ‘Urbanización’

”Actividad Institucional (Al) 118 ‘Programas Delegacionales de Renovación de Banquetas’

397

VOLUMEN 8/17

”O bien para los proyectos ganadores de alumbrado público, los cuales son ejecutados por

administración directa de la Delegación, los recursos y metas se encuentran dentro del Área

Funcional:

”Finalidad (FI) 2 ‘Desarrollo Social’

”Función (F) 2 ‘Vivienda y Servicios a la Comunidad’

”Subfunción (SF) 4 ‘Alumbrado Público’

”Actividad Institucional (Al) 101 ‘Programa Delegacional de Alumbrado Público’

”Derivado de lo anterior, en el Programa Operativo Anual de ésta Delegación para el ejercicio

fiscal 2012, no existe una actividad institucional especifica que sirva para identificar el gasto

del presupuesto participativo, sin embargo los recursos y metas alcanzadas se encuentran

registradas y vinculadas a las áreas funcionales y actividades institucionales relacionadas

con cada uno de los proyectos ganadores en cada una de las colonias. Así mismo es

pertinente aclarar que todas las Áreas Funcionales se encuentran directamente relacionadas

con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, toda vez que cuando se elabora

el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos en su apartado de Marco de Política Pública,

el requisito indispensable en cada una de las Áreas Funcionales es cumplimentar la información

correspondiente al Fin, Propósito, Diagnóstico, Acciones Generales, Eje, Estrategia,

Objetivo, Meta, Líneas de Acción y Justificación, de cada una de las actividades, así como

su vinculación con el PGD-DF, tal como se acredita en los Marcos de Política Pública que

son capturados y solicitados a través de firma electrónica en el Sistema GRP-SAP de la SEFIN,

se anexan al presente solo aquellas Actividades Institucionales en las cuales se ejerció

el presupuesto participativo.

”… la forma establecida por la Secretaría de Finanzas para identificar los recursos destinados

al Presupuesto Participativo, es en el Analítico de Claves, el cual se encuentra conformado

entre sus componentes por el Área Funcional y la Posición Presupuestal, ésta última incluye

el Destino del Gasto (DG) el cual sirve para identificar el destino de los recursos de un fin

específico, que para el caso del presupuesto participativo es el DG 65.”

En el análisis de la información y documentación proporcionadas por la Delegación Venustiano

Carranza, se determinó que no contó con una actividad institucional para el presupuesto

398

VOLUMEN 8/17

participativo; tampoco contó con objetivos, metas ni indicadores para el mismo, que permitan

evaluar sus resultados, por lo que la presente observación prevalece.

Recomendación ASC-168-12-01-VC

Es necesario que la Delegación Venustiano Carranza establezca objetivos, metas e indicadores

anuales para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General

de Desarrollo del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento para verificar

la eficacia en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

4. Resultado

Consulta Ciudadana

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de septiembre de 2011, fue publicado el Acuerdo

del Consejo General del IEDF por el que se aprueba la Convocatoria para participar en la

Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley

de Participación Ciudadana del Distrito Federal. En dicho Acuerdo, se indicó que del 3 al 7 de

octubre de 2011, los habitantes de las colonias y pueblos, conforme a la delimitación geográfica

establecida en el Catálogo de Colonias y Pueblos Originarios 2010, podrían registrar ante

el Coordinador Interno o de Concertación Comunitaria del Comité Ciudadano o Consejo

del Pueblo que les corresponda, los proyectos específicos que consideraran prioritarios.

La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos

y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”; así como las características de los proyectos que se registrarían

en la convocatoria. También establece que las áreas técnicas de las Delegaciones

proporcionarían información y apoyo técnico a los Comités Ciudadanos y Consejos de los

Pueblos, a fin de que éstos seleccionaran un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos

que reunieran las características básicas siguientes: vinculación con un rubro general y un

proyecto específico, costo aproximado del proyecto, cantidad aproximada de habitantes

que serían beneficiados y señalar su ubicación exacta.

El 13 de noviembre de 2011 se realizó la Consulta Ciudadana, la cual se llevó a cabo en dos

etapas: foro informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa se informaría

399

VOLUMEN 8/17

a los ciudadanos y a la comunidad en general de las colonias o pueblos sobre las características

de los proyectos elegidos por el comité respectivo y su posible impacto; en la segunda se

recibiría la opinión ciudadana para elegir el proyecto que consideraran prioritario realizar

en su colonia o pueblo y, concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas

receptoras de opinión realizarían el escrutinio y cómputo para obtener los resultados de la

consulta, fijándolos en un lugar visible. Las Direcciones Distritales expidieron las constancias

de validación donde se mostraron los resultados de la Consulta Ciudadana, las cuales

se hicieron llegar a la Delegación para su difusión y ejecución.

Para 2012, en las 80 colonias con que cuenta la Delegación Venustiano Carranza, de acuerdo

con el Anexo 1 “Presupuesto Participativo para Delegaciones”, del Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, se integraron los Comités

Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.

En relación con lo anterior, se verificó lo siguiente:

1. Se revisaron 80 constancias de validación de las Direcciones Distritales correspondientes

a igual número de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos de la demarcación,

en las cuales se asientan los resultados obtenidos de la Consulta Ciudadana de 2012.

2. Se constató que los proyectos que resultaron ganadores, relativos a la muestra de

auditoría, coincidieron con los ejecutados por la Delegación Venustiano Carranza, que

consistieron en obras y servicios para 24 Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos,

mediante el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012; por lo expuesto, la Delegación

se ajustó al artículo décimo segundo transitorio, inciso b), del Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011.

3. La CMHALDF mediante el oficio núm. ASC/13/1603 del 23 de agosto de 2013, solicitó

a la Delegación Venustiano Carranza los programas semestrales de 2012 para la difusión

pública de las acciones y funciones a su cargo, conforme lo establecen los artículos

56 y 57 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal. En respuesta, mediante

el oficio núm. DGA/1539/2013 del 6 de septiembre de 2013, la Delegación proporcionó el

documento “Programa de Difusión de la Coordinación de Comunicación Social 2011”,

que no corresponde a los programas semestrales solicitado.

400

VOLUMEN 8/17

Por no contar con los programas semestrales de 2012 para la difusión pública de las acciones

y funciones a su cargo, la Delegación Venustiano Carranza incumplió los artículos 56 y 57

de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del 27 de mayo de 2010, vigente en 2012; que establecen:

“Artículo 56. Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas

a establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones a su

cargo en los términos de este capítulo.

”Artículo 57. El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de Gobierno,

tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos Ciudadanos,

los Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información sobre los

planes, programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública. En ningún caso

los recursos presupuestarios se utilizarán con fines de promoción de imagen de servidores

públicos, partidos políticos o integrantes a puestos de elección popular.”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, mediante el oficio

núm. DGA/0704/2014 del 7 de mayo de 2014, la Directora General de Administración de

la Delegación Venustiano Carranza informó lo siguiente:

“… el programa semestral para la difusión pública de las acciones y funciones a su cargo

de la Delegación Venustiano Carranza fue implementado en ésta demarcación en el primer

semestre de 2013, […] en los años 2011 y 2012 […] se elaboró un documento interno

denominado ‘Programa de difusión de la Coordinación de Comunicación Social.”

En el análisis de la información y documentación proporcionada por la Delegación Venustiano

Carranza, se determinó que para 2012 no fue elaborado el programa semestral para la difusión

pública de las acciones y funciones a su cargo, debido a que se implementó hasta el primer

semestre de 2013, por lo que la presente observación prevalece.

Al respecto, en la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2011, el Informe

de Auditoría con clave ASC/159/11, practicada a la Delegación Venustiano Carranza,

resultado núm. 4, se consideró el mecanismo para prevenir el incumplimiento en la elaboración

401

VOLUMEN 8/17

y autorización del programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones

a cargo del órgano político-administrativo, que contenga los planes, programas, proyectos

y acciones, conforme lo estable la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, misma

que fue atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/14/0013

del 15 de enero de 2014. Por ello no se formula una nueva recomendación en el mismo sentido.

5. Resultado

Atribuciones y Marco Jurídico

Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la operación

y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normativa aplicable.

Como resultado de ello, se constató lo siguiente:

La Delegación Venustiano Carranza tiene, entre las atribuciones establecidas para los órganos

político-administrativos en el artículo 39, fracciones LVI y LXXV, de la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012, las siguientes:

“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación

ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia

correspondiente […]

”LXXV. Realizar recorridos periódicos, audiencias públicas y difusión pública de conformidad

con lo establecido en el Estatuto de Gobierno y en la Ley de Participación Ciudadana.”

Asimismo, el Manual Administrativo (parte de organización) de la Delegación Venustiano

Carranza, con registro núm. MA-02D15-16/09, vigente en 2012, señala entre otras, las siguientes

funciones:

1. Dirección General de Administración:

“Administrar los recursos humanos, materiales y financieros del Órgano Político-Administrativo,

conforme a las políticas, lineamientos criterios y normas establecidas por la Oficialía Mayor

y la Secretaría de Finanzas.

402

VOLUMEN 8/17

”Autorizar y supervisar el registro de las erogaciones realizadas, clasificándolas por objeto

del gasto y por unidades administrativas de responsabilidad.”

2. Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

“Construir y rehabilitar las vialidades secundarias, las guarniciones y banquetas requeridas

en la Demarcación Territorial.”

3. Dirección Ejecutiva de Participación Ciudadana:

“Asegurar la participación, integración y operación de los órganos de representación ciudadana.

”Coadyuvar con el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) y el Instituto Federal

Electoral (IFE), en los procesos de participación ciudadana […].

”Diseñar y consolidar estrategias que permitan la participación de la ciudadanía en la definición

y aplicación del gasto público.”

Con el análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Venustiano Carranza,

mediante las funciones básicas de las Direcciones Generales de Administración, y de Obras

y Desarrollo Urbano; así como las específicas de la Dirección Ejecutiva de Participación

Ciudadana, contó con las atribuciones establecidas en el marco jurídico de la materia vigente

en 2012, para el ejercicio de los recursos y las actividades vinculadas al destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”.

6. Resultado

Programa Anual de Obra

Con objeto de verificar que las obras que en 2012 contrató la Delegación Venustiano Carranza

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se realizaran conforme la

normativa aplicable, se analizó el Programa Anual de Obra Pública de la Delegación, y de su

análisis se constató lo siguiente:

403

VOLUMEN 8/17

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0065/2012 del 2 de enero de 2012, recibido por la Delegación

Venustiano Carranza el 11 de enero del mismo año, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN

otorgó al órgano político-administrativo la autorización presupuestal para el ejercicio de 2012.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

vigente en 2012, la Delegación Venustiano Carranza debió publicar su Programa Anual de Obra

Pública en la Gaceta Oficial del Distrito Federal a más tardar el 10 de febrero de 2012;

sin embargo, la Delegación efectuó dicha publicación hasta el 21 de febrero de ese año;

es decir, 11 días naturales después del plazo establecido, por lo que incumplió el artículo 21

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que instruye: “Las […]

delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal, a más tardar dentro de

los treinta días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal, darán a conocer

a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de

obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo”.

Se verificó que el Programa Anual de Obra Pública que la Delegación Venustiano Carranza

publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 21 de febrero de 2012, cumplió con el

artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente

en 2012, respecto de dar “a conocer las características fundamentales de las obras públicas

correspondientes, como tipo de obra, costo estimado, lugar de realización y zonas beneficiadas,

de conformidad con el Código Financiero del Distrito Federal”.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de mayo de 2014, mediante el oficio

núm. DGA/0704/2014 del 7 de mayo de 2014, la Directora General de Administración de

la Delegación Venustiano Carranza informó lo siguiente:

“Solicitamos se reconsidere el resultado emitido, a efecto de que los días que se cuantificaron

para la publicación de nuestro Programa Anual de Obra sean hábiles y no naturales de

conformidad con los argumentos que a continuación vertimos:

”El artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012 señala

lo siguiente:

”Artículo 21. Las […] delegaciones […] de la Administración Pública del Distrito Federal, a más

tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal,

404

VOLUMEN 8/17

darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus

programas anuales de obra pública, salvo que medie causa debidamente justificada para

no hacerla en dicho plazo.

”De la lectura del citado artículo se desprende que se otorga un plazo de ‘30 días posteriores’

a la recepción de la autorización presupuestal para dar a conocer a través de la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, la disponibilidad de sus programas de obra. No obstante lo anterior,

el artículo 21 no señala si días a que se refiere son hábiles o naturales.

”En virtud de lo anterior, al no considerar la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal nada

respecto de los días hábiles o naturales, es necesario considerar lo previsto en el artículo 8 de

la referida ley, mismo que a la letra indica:

”Artículo 8o. En lo no previsto por esta Ley, será aplicable el Código Civil para el Distrito Federal

en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, el Código de Procedimientos

Civiles para el Distrito Federal y la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.

”Del artículo transcrito se puede señalar que ante la omisión en el texto de la ley de la regulación

específica a una determinada situación, se acude a la legislación supletoria, que en el caso

de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal, será aplicable en lo conducente el

Código Civil para el Distrito en Materia Común y para toda la República en Materia Federal,

el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y la Ley del Régimen Patrimonial

y del Servicio Público.

”En el caso que nos ocupa, la legislación aplicable es el Código de Procedimientos Civiles

para el Distrito Federal, vigente en 2012, mismo que en sus numerales 64, 131 y 136 indica

lo siguiente:

”Artículo 64. Las actuaciones judiciales se practicarán en días y horas hábiles. Son días hábiles

todos los del año, menos los sábados y domingos, y aquellos que las leyes declaren festivos.

”Artículo 131. En ningún término se contarán los días en que no puedan tener lugar actuaciones

judiciales.

405

VOLUMEN 8/17

”Artículo 136. Para fijar la duración de los términos, los meses se regularán por el número

de días que les correspondan, y los días se entenderán de veinticuatro horas naturales,

sin perjuicio de que las actuaciones judiciales se sujeten al horario que establece el artículo 6.

”De la lectura de los numerales antes transcritos se desprende que los plazos y términos deben

contarse en días hábiles y que en ningún caso se contarán días en los que no se puedan tener

actuaciones judiciales, es decir, no se contarán los inhábiles. Si bien es cierto los artículos

transcritos hacen referencia a actuaciones judiciales, también lo es que acudimos a ellos

por supletoriedad (la ley de la materia no lo regula) y se acredita que no lo tiene que regular

de forma textual, por lo que es dable que en el caso que nos ocupa sean aplicables estos

artículos en virtud de que guardan igualdad esencial de los hechos.

”En este tenor, me permito señalar el siguiente criterio jurisdiccional:

”Época: Séptima Época, Registro: 255302, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Tipo

de Tesis: Aislada, Fuente: Semanario Judicial de la Federación, Volumen 70, Sexta Parte,

Materia(s): Administrativa, Tesis: Página: 53

”Plazos procesales. Se computan por días hábiles.

”Los plazos procesales corren a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación

respectiva y en ellos sólo deben computarse los días hábiles, salvo que la ley aplicable,

de modo claro y categórico, expresamente disponga otra cosa. Por lo tanto, si, en el caso,

el día 20 de agosto de 1973 la quejosa fue notificada de la resolución administrativa, y el día

29 siguiente interpuso en su contra el recurso de inconformidad, el cómputo del plazo de ocho

días establecido por el artículo 124 del Reglamento de la Distribución de Gas, debe hacerse

de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 284, 286 y 321 del Código Federal de

Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, y establecerse que la instancia fue oportuna.

”Amparo en revisión 462/74, Gas Elsa, S.A., 31 de octubre de 1974. Unanimidad de votos.

Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: María Soledad Hernández de Mosqueda.

”En este orden de ideas, si consideramos que de acuerdo con la legislación supletoria así como

el criterio jurisdiccional invocado, los plazos concedidos sólo se cuentan en días hábiles,

406

VOLUMEN 8/17

a menos que haya disposición expresa en la ley, circunstancia que no ocurre en la especie,

es de concluir que el plazo de 30 días que señala el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal se refiere a días hábiles.

”En tal sentido, considerando únicamente los días hábiles, el 21 de febrero de 2012 era el día

28 del plazo de 30 días a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal, razón por la cual, no existe motivo por el que señale omisión y/o incumplimiento

al artículo 21 de la normatividad que nos ocupa.

”Lo anterior se refuerza si consideramos lo que también prescribe el multicitado numeral 21

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, en el sentido de que se darán a conocer

la disponibilidad de los programas de obra ‘dentro de los treinta días posteriores a la recepción

de la autorización presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito

Federal’, es decir, que la publicación […] puede hacerse en cualquiera de los treinta días de

referencia; sin embargo, toda vez que no refiere a días naturales y considerando que dicho

órgano de información sólo hace publicaciones de lunes a viernes e incluso sus oficinas

no laboran los días inhábiles, sólo se estaría en posibilidad de publicarlo dentro del periodo

de 21 días, lo cual notoriamente contravendría lo que la ley expresamente señala.

”Asimismo, si los días a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal fueran naturales, ello implicaría que este Órgano Político Administrativo sólo tendría

21 días efectivos para poder cumplimentar lo ordenado en tal artículo, en virtud de que en

9 días sería materialmente imposible cumplir, lo cual refuerza el argumento de que los días

a los que se refiere el artículo 21 multicitado, son días hábiles.”

En el análisis de la información y documentación proporcionadas por la Delegación Venustiano

Carranza, se determinó que, en razón de que la observación se deriva de un acto administrativo

y no de una actuación judicial, no le es aplicable la normativa invocada; por tanto, se ratifica

que ésta no dio a conocer la disponibilidad de sus programas anuales de obra pública en

el plazo establecido y, en su momento, tampoco justificó debidamente la causa para no hacerlo

en dicho plazo, por lo que la presente observación prevalece.

En la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2011, el Informe

de Auditoría con clave ASC/159/11, practicada a la Delegación Venustiano Carranza,

407

VOLUMEN 8/17

resultado núm. 3, se consideró el mecanismo para prevenir el incumplimiento de los plazos

establecidos para la publicación del PAO del órgano político-administrativo, misma que fue

atendida y notificada al sujeto fiscalizado mediante el oficio núm. CMH/13/1145 del 15 de

noviembre de 2013. Por ello no se formula una nueva recomendación en el mismo sentido.

7. Resultado

Gasto Aprobado

El Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011,

señala que a la Delegación Venustiano Carranza le corresponderían recursos del presupuesto

participativo por 45,820.0 miles de pesos.

En congruencia con lo anterior, mediante el oficio núm. SFDF/SE/0065/2012 del 2 de enero

de 2012, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al Jefe Delegacional en

Venustiano Carranza el techo presupuestal aprobado por el órgano legislativo. En el Anexo del

oficio referido se señalan: “Recursos Etiquetados en el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012”, y establece que “conforme al artículo

transitorio décimo primero del Decreto de Presupuesto de Egresos, se deberá etiquetar

con el DG 65, los montos establecidos en el Anexo 1”, para lo cual dispuso de un importe

de 45,820.0 miles de pesos.

La Delegación Venustiano Carranza informó que, mediante el oficio núm. SFDF/SE/990/2012

del 30 de enero de 2012, el Subsecretario de Egresos de la SEFIN remitió el calendario

presupuestal definitivo autorizado, en el cual se verificó que no se establecieron los recursos

para el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

Con la nota informativa sin número del 19 de marzo de 2014, la Directora General

de Administración informó que “efectivamente […] en dicho calendario la Secretaría de

Finanzas no identificó los recursos del Presupuesto Participativo con el destino de gasto 65

[…] una vez aprobado el calendario presupuestal, se procedió a realizar las afectaciones

programático presupuestales para etiquetar e identificar los recursos destinados a los proyectos

ganadores de la consulta ciudadana del presupuesto participativo 2012”.

408

VOLUMEN 8/17

Por lo anterior, se constató que la Delegación Venustiano Carranza contó con la aprobación

de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN de los recursos para el presupuesto participativo,

conforme al monto establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2012.

8. Resultado

Gasto Modificado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado coincidiera con el reportado por

la Delegación Venustiano Carranza para la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del

Distrito Federal de 2012, y que éste se encontrara debidamente soportado, se analizaron

las afectaciones y los movimientos que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto

a revisión.

Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y la información presupuestaria,

observándose que de los 45,820.0 miles de pesos que se le asignaron originalmente,

la Delegación modificó su presupuesto a 45,691.8 miles de pesos, que representaron una

disminución de 128.2 miles de pesos (0.3%).

En razón de que en el calendario presupuestal no se etiquetaron los recursos para el destino de

gasto 65, el órgano político-administrativo realizó 22 afectaciones programático-presupuestales:

9 adiciones compensadas para reclasificar los recursos y asignarlos al presupuesto participativo,

2 reducciones líquidas y 11 con efecto neto cero. Los movimientos presupuestales fueron

los siguientes:

(Miles de pesos)

Concepto Parcial Total

Presupuesto asignado

0.0

Reclasificación de recursos 59,916.9

Reducciones compensadas y líquidas (14,225.1)

Presupuesto modificado

45,691.8

Presupuesto ejercido

45,691.8

Diferencia

0.0

409

VOLUMEN 8/17

En la revisión y análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y de la información

presupuestaria, se determinó que la variación entre el presupuesto aprobado para el destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y el presupuesto modificado se debió principalmente

a las economías obtenidas por la Delegación.

Asimismo, se constató que el presupuesto original que la Delegación Venustiano Carranza

reportó para la integración de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012,

coincidió con el que le comunicó la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante el oficio

núm. SFDF/SE/990/2012 del 30 de enero de 2012; que los presupuestos modificado y ejercido

integrados por la CMHALDF, correspondieron a los consignados en la Cuenta Pública

referida; y finalmente se verificó que el sujeto fiscalizado contó con los recursos asignados

al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, antes de establecer compromisos como

resultado de la Consulta Ciudadana de 2012.

9. Resultado

Gasto Comprometido

En 2012, la Delegación Venustiano Carranza ejerció recursos por 45,691.8 miles de pesos

del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con cargo a los capítulos 2000 “Materiales

y Suministros“, por 9,117.6 miles de pesos (20.0%); 4000 “Transferencia, Asignaciones,

Subsidios y Otras Ayudas” por 3,436.5 miles de pesos (7.5%); 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, por 572.0 miles de pesos (1.2%); y 6000 “Inversión Pública”, por

32,565.7 miles de pesos (71.3%).

Del total de los recursos ejercidos en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

(45,691.8 miles de pesos), se determinó una muestra de auditoría de 13,202.0 miles de

pesos (28.9%), y correspondió a la partida presupuestal 6221 “Edificación no Habitacional”,

al amparo del contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 con la empresa Ingeniería Regional

de Veracruz, S.A. de C.V., adjudicado mediante el procedimiento de licitación pública

nacional núm. 3000-1061-004-12; y su convenio modificatorio de ampliación de plazo

núm. DVC/DGODU/LP/010/12-CM-01 del 16 de octubre de 2012.

410

VOLUMEN 8/17

A fin de constatar que el sujeto fiscalizado se ajustara a la normatividad aplicable, se revisó

el procedimiento de adjudicación, el contrato anteriormente mencionado y su convenio

modificatorio. Sobre el particular, se observó lo siguiente:

1. La Delegación Venustiano Carranza emitió la convocatoria núm. 002/12, para la licitación

pública núm. 3000-1061-004-12, relativa a la realización de la obra pública consistente

en la renovación y rehabilitación de banquetas y guarniciones en 24 colonias de diferentes

Comités Ciudadanos y Consejos de Pueblos de la mencionada Delegación. Dicha

convocatoria se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de julio de 2012

y se sujetó a los artículos 23, 24 y 25 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,

vigente en 2012.

2. Con base en el dictamen y el acta de fallo del 31 de julio y 1o. de agosto de 2012,

respectivamente, la Delegación Venustiano Carranza adjudicó al contratista Ingeniería

Regional de Veracruz, S.A. de C.V., el contrato a base de precios unitarios y por unidad

de trabajo terminado núm. DVC/DGODU/LP/010/2012, por un importe de 13,202.0 miles de

pesos (IVA incluido), en razón de que dicha empresa ofreció las mejores condiciones

legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas para realizar los trabajos de

renovación y rehabilitación de banquetas y guarniciones en 24 colonias de la demarcación,

de conformidad con los artículos 39, 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2012.

3. El expediente del procedimiento de licitación pública núm. 3000-1061-004-12, se encontró

soportado con la publicación de la convocatoria, contrato, garantía de cumplimiento de las

propuestas y del contrato, póliza de seguro de responsabilidad civil para garantizar

la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros, póliza de

seguro vicios ocultos, bases, actas de las distintas etapas del procedimiento y dictamen

del fallo.

4. El objeto del contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 del 1o. de agosto de 2012, suscrito

por la Delegación Venustiano Carranza con el contratista Ingeniería Regional de Veracruz,

S.A. de C.V., fue la realización de una obra, que consistió en la renovación y rehabilitación

de banquetas y guarniciones en 24 colonias de diferentes Comités Ciudadanos y Consejos

411

VOLUMEN 8/17

de Pueblos de la Delegación, como son: Aztecas, Emilio Carranza, Felipe Ángeles,

Michoacana, Michoacana (ampliación), Venustiano Carranza, Centro I, Centro II, Morelos I,

Morelos II, Aeronáutica Militar, El Parque, Merced Balbuena, Moctezuma 1a. sección,

Sevilla, 24 de Abril, Jardín Balbuena II, Federal, Industrial Puerto Aéreo (fraccionamiento.),

Valentín Gómez Farías, Ignacio Zaragoza I, Ignacio Zaragoza II, Jardín Balbuena I, y Aarón

Sáenz; de acuerdo con las constancias de validación de los proyectos ganadores

o prioritarios emitidas por el IEDF. Dicho contrato se celebró conforme a los artículos 23;

24, párrafo segundo, inciso a); y 25, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

vigente en 2012.

El convenio modificatorio de ampliación de plazo núm. DVC/DGODU/LP/010/12-CM-01

del 16 de octubre de 2012, se suscribió en razón de que se presentaron inconvenientes

en seis colonias de la Delegación Venustiano Carranza, debido a que fue la temporada

de romerías y no se permitió el acceso a las calles, ya que se encontraban ocupadas

por puestos y vehículos; por lo que se tuvo que otorgar una prórroga en el plazo original

(3 de diciembre de 2012) hasta el 31 de diciembre de 2012.

5. De conformidad con el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 y el convenio modificatorio

de ampliación de plazo núm. DVC/DGODU/LP/010/12-CM-01, la ejecución de las obras

contratadas fue del 2 de agosto al 31 de diciembre de 2012.

6. La Delegación Venustiano Carranza no otorgó anticipos para la realización de las obras,

de conformidad con la cláusula quinta del contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012.

7. Se verificó que el contrato anteriormente mencionado, cumplió con los requisitos que

establece el artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

8. De acuerdo con la cláusula octava del contrato “Garantías”, el contratista Ingeniería Regional

de Veracruz, S.A. de C.V., presentó en tiempo y conforme a los montos establecidos, las

pólizas de fianza para garantizar el cumplimiento del contrato, de responsabilidad civil

para garantizar la reparación total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar

a terceros y para responder por vicios ocultos o por cualquier otra responsabilidad, en

cumplimiento de los artículos 35, fracción III; 36; y 58, segundo párrafo, de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, ambos vigentes en 2012.

412

VOLUMEN 8/17

9. Según la consulta realizada por la CMHALDF el 13 de marzo de 2014 a los sitios

de Internet de la SFP y de la CGDF, el contratista Ingeniería Regional de Veracruz,

S.A. de C.V., no se encuentra en los listados de proveedores sancionados que publican

dichas instancias en sus sitios oficiales, conforme al artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

10. Resultado

Gasto Devengado

Se observó que de conformidad con el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012 y el convenio

modificatorio de ampliación de plazo núm. DVC/DGODU/LP/010/12-CM-01 del 16 de octubre

de 2012, la ejecución de las obras contratadas inició el 2 de agosto y debió concluir el 31 de

diciembre de 2012; sin embargo, como consta en el acta de entrega-recepción de los trabajos,

ésta no se concluyó hasta el 9 de enero de 2013; es decir, nueve días posteriores a la fecha

de conclusión estipulada. Al respecto, se constató que la Delegación Venustiano Carranza

determinó y cobró la penalización correspondiente, de conformidad con la cláusula décima

sexta del contrato, por un importe de 237.6 miles de pesos.

En cuanto a la documentación que ampara la recepción de los trabajos contratados,

la Delegación proporcionó los oficios sin número de notificación de terminación de los trabajos

del 9 de enero de 2013, suscrito por la empresa Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V.;

el acta de verificación de terminación de los trabajos se realizó el mismo 9 de enero de 2013;

y el acta de entrega-recepción física de los trabajos el 31 de enero de 2013. Las actas

antes señaladas están firmadas por el personal de la Dirección y Subdirección de Obras,

la supervisión externa y la representante legal de la empresa contratista. Cabe señalar que

mediante los oficios núms. DGODU/0088/13 y DGODU/0089/13, ambos del 18 de enero

de 2013, se invitó a la CGDF y a la Contraloría Interna en el órgano político-administrativo,

respectivamente, para que asistieran al acto de entrega-recepción de los trabajos realizados;

sin embargo, no se contó con su asistencia.

De acuerdo con la verificación física efectuada el 25 de marzo de 2014 por personal

de la CMHALDF y de la Delegación Venustiano Carranza, con la finalidad de constatar la

realización de las obras objeto del contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012, se comprobó

413

VOLUMEN 8/17

que éstas correspondieron a la descripción establecida en el contrato y a lo indicado en

las constancias de validación del proyecto ganador, emitidas como resultado de la Consulta

Ciudadana celebrada el 13 de noviembre de 2011.

11. Resultado

Gasto Registrado y Ejercido

Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Venustiano Carranza

con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partida 6221 “Edificación no Habitacional”,

estuvieran respaldados con la documentación justificativa y comprobatoria de la obra;

y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la normatividad aplicable, se analizó la

documentación soporte de la muestra por un importe de 13,202.0 miles de pesos (IVA incluido),

contenida en las 10 CLC que se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

Cuenta por Liquidar Certificada Factura Importe

Número Fecha Número Fecha

10000039 22/X/12 195 28/XII/12 1,131.9

10000041 25/X/12 204 31/VII/12 1,102.8

10000046 25/X/12 194 10/VIII/12 189.2

10000070 3/XII/12 209 20/VIII/12 1,896.5

10000083 12/XII/12 217 31/VIII/12 594.7

10000098 18/XII/12 220 16/VII/12 849.9

10000105 19/XII/12 221 31/VII/12 363.4

10000146 31/XII/12 226 15/VIII/12 2,095.7

10000180 31/XII/12 232 1/IX/12 3,657.7

10000181 31/XII/12 233 17/IX/12 1,320.2

13,202.0

Del análisis a la documentación que soporta los pagos realizados, se observó lo siguiente:

1. La Delegación Venustiano Carranza contó con la documentación comprobatoria de

10 facturas, en cumplimiento del artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2012; asimismo, las facturas cumplieron los

requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

414

VOLUMEN 8/17

2. Los trabajos contratados fueron pagados por la Delegación Venustiano Carranza con base

en 10 estimaciones que abarcaron los conceptos de trabajo ejecutados mensualmente;

de las cuales, nueve fueron presentadas por el contratista a la residencia de supervisión

dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte para la elaboración de las

mismas, que sería el día 15 de cada mes, de conformidad con la cláusula séptima del

contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012; la otra restante fue presentada por el contratista

a la residencia de supervisión con un día posterior de desfase al plazo establecido.

Al respecto, se constató que la Delegación Venustiano Carranza determinó y cobró

la penalización correspondiente por un importe de 1.1 miles de pesos, de conformidad

con la cláusula antes citada.

3. Se observó que el registro presupuestal de la operación revisada se llevó a cabo conforme

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

4. De las 10 CLC mediante las cuales la Delegación Venustiano Carranza efectuó los pagos

al contratista Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V., se determinó que éstas fueron

elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula de Registro

de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar y Autorizar las CLC

y contaron con su documentación soporte, que consistió en factura, control de estimaciones

(estado contable), carátula de estimación, hoja de resumen, resumen por frente de trabajo,

control acumulativo de estimación, números generadores de obra, reporte fotográfico, hoja

viajera, croquis de la obra y bitácora de obra, de conformidad con el artículo 69, fracción III,

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2012.

12. Resultado

Gasto Pagado

Con objeto de verificar que la Delegación Venustiano Carranza contara con la documentación

que reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante los contratos

correspondientes a la muestra de auditoría, la CMHALDF por medio del oficio núm. ASC/14/0318

del 13 de febrero de 2014, solicitó al contratista Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V.,

con quien la Delegación celebró el contrato núm. DVC/DGODU/LP/010/2012, la confirmación

de operaciones, relación de pagos, copia de las facturas emitidas, documentación que acredite

la entrega de las obras y, en su caso, el importe de las penas convencionales aplicadas.

415

VOLUMEN 8/17

En respuesta, el contratista Ingeniería Regional de Veracruz, S.A. de C.V., mediante escrito

de fecha 21 de febrero de 2014, remitió la documentación solicitada. En su análisis, se constató

que los importes consignados en las facturas, control de estimaciones, cálculo y cobro de

penalizaciones aplicadas y acta de entrega-recepción, coincidieron con los importes

proporcionados por la Delegación Venustiano Carranza.

13. Resultado

Informes del Compromiso y Ejecución

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo

décimo segundo transitorio, inciso f), establece: “Los Jefes Delegacionales entregarán cuatro

informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo,

por colonia y por pueblo originario, a más tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el 30 de

septiembre y el 5 de diciembre de 2012, mismos que serán turnados al Jefe de Gobierno

del Distrito Federal, a la Contraloría General del Distrito Federal a efecto de que evalúe

su aplicación y cumplimiento, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal…”.

Los informes mencionados se entregaron en las fechas que se señalan a continuación:

Número de informe

Número de oficio

Destinatario Fecha

de oficio Fecha

de acuse Fecha límite

de cumplimiento Días

de desfase

JD/059/2012 JGDF 18/V/12 21/V/12 30/III/12 51

1 JDI/060/2012 CGDF 18/V/12 21/V/12 30/III/12 51

JDI/062/2012 ALDF 18/V/12 21/V/12 30/III/12 51

2 JD/086/2012 JGDF 28/VI/12 29/VI/12 30/VI/12 0

JD/003/2012 JGDF 10/X/12 10/X/12 30/IX/12 10

3 JD/004/2012 CGDF 10/X/12 10/X/12 30/IX/12 10

JD/002/2012 ALDF 10/X/12 10/X/12 30/IX/12 10

JD/078/2012 JGDF 5/XII/12 6/XII/12 5/XII/12 1

4 JD/079/2012 CGDF 5/XII/12 6/XII/12 5/XII/12 1

JD/080/2012 ALDF 5/XII/12 6/XII/12 5/XII/12 1

JD/088/2012 CGDF 28/VI/12 29/VI/12 30/VI/12 0

JD/089/2012 ALDF 28/VI/12 29/VI/12 30/VI/12 0

JGDF: Jefatura de Gobierno del Distrito Federal. CGDF: Contraloría General del Distrito Federal. ALDF: Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

416

VOLUMEN 8/17

Por los desfases en el envío del primero, tercero y cuarto informes del compromiso y la ejecución

de los recursos aplicados al presupuesto participativo, a la Jefatura de Gobierno del Distrito

Federal, a la ALDF y a la CGDF, la Delegación Venustiano Carranza incumplió el artículo

décimo segundo transitorio, inciso f), del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 30 de diciembre de 2011, citado al inicio del presente resultado.

No obstante lo anterior, en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre

de 2012, no se establece que las Delegaciones tengan la obligación de presentar los informes

del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo, por

colonia y por pueblo originario, por lo que no se emite recomendación para la observación

formulada en el presente resultado.

417

VOLUMEN 8/17

II.17. DELEGACIÓN XOCHIMILCO

II.17.1. AUDITORÍAS FINANCIERAS

II.17.1.1. CAPÍTULO 6000 “INVERSIÓN PÚBLICA”

Auditoría ASC/169/12

ANTECEDENTES

La Delegación Xochimilco ocupó el noveno lugar respecto del presupuesto ejercido en 2012

por las 16 Delegaciones (23,674,425.9 miles de pesos), con un monto de 1,179,321.4 miles de

pesos, que representó el 5.0% del total erogado por dichos órganos político-administrativos

y significó un decremento de 1.4% (16,645.0 miles de pesos) con relación al presupuesto

original (1,196,266.4 miles de pesos).

En lo relativo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, en 2012, la Delegación registró un

presupuesto original de 208,498.9 miles de pesos y ejerció un monto de 138,610.6 miles

de pesos, es decir, 11.8% (69,888.3 miles de pesos) menos que lo previsto. Respecto

a los 185,563.5 miles de pesos ejercidos en 2011, se registró un decremento de 25.3%

(46,952.9 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Xochimilco en el capítulo 6000 “Inversión Pública” se haya registrado, aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la presente auditoría se basó en los criterios generales “Importancia

Relativa” y “Exposición al Riesgo”, contenidos en el Manual de Selección de Auditorías

formulado por la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (CMHALDF).

418

VOLUMEN 8/17

“Importancia Relativa”. Se consideró el capítulo 6000 “Inversión Pública” porque en 2012

el presupuesto ejercido (138,610.6 miles de pesos) por la Delegación Xochimilco con cargo

a este capítulo fue menor en 11.8% (69,888.3 miles de pesos) que la asignación original

(208,498.9 miles de pesos), y representó una diferencia de 25.3% (46,952.9 miles de

pesos) con relación al presupuesto ejercido en 2011 (185,563.5 miles de pesos).

“Exposición al Riesgo”. El capítulo y la partida citados se seleccionaron por estar propenso

a errores, desperdicio, irregularidades, ineficiencias o incumplimiento de objetivos y metas,

como se ha observado en auditorías de ejercicios anteriores.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 16, párrafo primero; 74, fracción VI;

y 122, apartado C, base primera, fracción V, incisos c) y e), de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

2o., fracción X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX, XIII, XVI y XIX; 27; 28;

y 30 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal; y 1o., 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de

Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría es resultado de los trabajos de planeación correspondientes.

Una vez integrado el 100.0% de los 138,610.6 miles de pesos ejercidos en 2012 por la

Delegación Xochimilco con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, se determinaron

como muestra de auditoría 81 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) correspondientes

a las partidas de gasto 6121 “Edificación no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías

de Comunicación”. El conjunto de estas partidas importó 29,584.1 miles de pesos.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración de la Delegación

Xochimilco, por ser la unidad administrativa encargada de registrar las operaciones

financieras, así como en la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, toda vez

que se responsabilizaron de conservar la documentación justificativa y comprobatoria

del gasto. Se aplicaron procedimientos de auditoría en las áreas que intervinieron

419

VOLUMEN 8/17

en la operación del rubro revisado, con objeto de que los resultados obtenidos permitieran

conocer la razonabilidad del uso y destino de los recursos.

A las áreas de la Delegación Xochimilco, encargadas del registro y control de las operaciones

relacionadas con el ejercicio de los recursos correspondientes al capítulo 6000 “Inversión

Pública”, se les solicitó información específica sobre el rubro objeto de revisión y les fueron

aplicados cuestionarios de control interno.

Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Xochimilco vigente en 2012, tanto en su

parte de organización como en la de procedimientos, para verificar que la organización de

dicha Delegación fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que los procedimientos

aplicables al rubro objeto de revisión estuvieran dictaminados y registrados por la Coordinación

General de Modernización Administrativa (CGMA).

Se realizaron pruebas de cumplimiento en cuanto al registro y control de las operaciones

relacionadas con las partidas de la muestra de auditoría. Dichas pruebas consistieron en

lo siguiente:

1. Revisar que la contratación de obra pública se haya ajustado a los procedimientos de

adjudicación (directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación

pública nacional o internacional) establecidos en la normatividad aplicable.

2. Verificar que se hayan formalizado contratos con contratistas que no se encontraran

inhabilitados por la Contraloría General del Distrito Federal o por la Secretaría de la Función

Pública.

3. Constatar que se hayan cumplido los contratos celebrados.

4. Revisar que los contratistas hayan entregado comprobantes de pago a nombre del

Gobierno del Distrito Federal y que éstos hayan reunido los requisitos fiscales del Código

Fiscal de la Federación.

5. Verificar que los pagos realizados por la Delegación efectivamente hayan sido por la

recepción de obras realizadas que cumplieran las condiciones pactadas en los contratos

y la normatividad aplicable.

420

VOLUMEN 8/17

6. Comprobar que los recursos ejercidos hayan sido registrados de acuerdo con su

naturaleza, conforme al concepto presupuestal establecido en el Clasificador por Objeto

del Gasto del Gobierno del Distrito Federal.

Las pruebas sustantivas llevadas a cabo fueron las siguientes:

Pruebas de detalle:

1. Realizar confirmaciones de operaciones con los contratistas relacionados con recursos

ejercidos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”.

2. Verificar que las afectaciones presupuestales hayan sido requisitadas y tramitadas

oportunamente y que contaran con la autorización y documentación soporte

correspondiente; asimismo, constatar que el presupuesto modificado estuviera

respaldado con dicha documentación.

3. Constatar que el presupuesto ejercido en las operaciones seleccionadas como

muestra se encontrara soportado con la documentación justificativa y comprobatoria

correspondiente.

Procedimientos analíticos sustantivos:

1. Verificar que el presupuesto aprobado para la Delegación correspondiera con el establecido

en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012

y que el ejercido correspondiera con las operaciones realizadas y con lo reportado en

la Cuenta Pública de 2012.

2. Verificar que los recursos ejercidos en las operaciones seleccionadas como muestra

se haya otorgado de acuerdo con el marco normativo aplicable.

3. Verificar que las operaciones seleccionadas como muestra se hayan registrado

presupuestalmente de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno

del Distrito Federal.

421

VOLUMEN 8/17

Para determinar la muestra sujeta a revisión de las erogaciones efectuadas y registradas

en la Delegación Xochimilco con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, se observaron

los siguientes criterios:

1. Se estratificó el universo (capítulo 6000 “Inversión Pública”, por un importe de

138,610.6 miles de pesos) por partida.

(Miles de pesos y por cientos)

Capítulo/partidas Presupuesto

ejercido

Participación respecto

al capítulo (%)

Participación respecto

al ejercido (%)

6000 “Inversión Pública”

6121 “Edificación no Habitacional“ 71,904.1 51.9 6.1

6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización Material”

52,547.0 37.9 4.5

6151 “Construcción de Vías de Comunicación” 9,465.8 6.8 0.8

6191 “Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados”

4,693.7 3.4 0.4

Total ejercido en el capítulo 6000 138,610.6 100.0 11.8

2. La muestra se definió conforme a la Norma Internacional de Auditoría 530 “Muestreo

de Auditoría” de las Normas de Auditoría para Atestiguar, Revisión y otros Servicios

Relacionados, emitidas por la International Federation of Accountants y adoptadas por

el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

3. Se consideraron las partidas que cumplieran las siguientes condiciones:

a) Mayor participación en el ejercicio del presupuesto del capítulo 6000 “Inversión

Pública”.

b) Con base en el criterio “Importancia Relativa”, se identificaron y seleccionaron las

partidas que presentaran las variaciones más significativas en el ejercicio de los

recursos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”; y en función del criterio

“Presencia y Cobertura”, se incorporaron partidas con asignaciones presupuestales

significativas o no, a fin de garantizar que, eventualmente, todas las partidas fueron

susceptibles de ser auditadas.

422

VOLUMEN 8/17

4. Para las partidas cuyos recursos fueron aplicados y señalados en la justificación del

proyecto de auditoría, se determinó el monto ejercido que representó el peso específico

más alto en relación con el presupuesto ejercido en cada partida.

5. Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 81 CLC, por un

monto de 29,584.1 miles de pesos, que representa el 21.4% del gasto total ejercido

con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública” (138,310.6 miles de pesos), como se

muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos y porcientos)

Capítulo/partidas

Universo Muestra

Importe Número de CLC

% Importe Número de CLC

Participación respecto

de la partida (%)

Participación respecto

del capítulo (%)

6000 “Inversión Pública”

6121 “Edificación no Habitacional“ 71,904.1 307 51.9 20,871.0 63 29.0 15.1

6151 “Construcción de Vías de Comunicación”

9,465.8 19 6.8 8,713.1 18 92.0 6.3

Otras partidas (2) 57,240.7 174 41.3 – – – –

Total ejercido en el capítulo 6000 138,610.6 500 100.0 29,584.1 81 21.4

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de contar con una base sobre la cual determinar la naturaleza, extensión

y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el manual

administrativo (apartados de organización y de procedimientos) de la Delegación Xochimilco

vigente en 2012, para identificar la estructura orgánica; así como los objetivos, funciones

y atribuciones de las unidades administrativas que las integran, específicamente aquellas

que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. Asimismo, se verificaron los procedimientos

aplicados por las unidades administrativas responsables de registrar, aprobar, modificar,

comprometer, devengar, ejercer y pagar las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo

6000 “Inversión Pública”; y se constató si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento

de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.

En forma adicional, se realizaron entrevistas con los servidores públicos de la Dirección

General de Administración en la Delegación Xochimilco que tuvieron relación con el ejercicio

423

VOLUMEN 8/17

de recursos del capítulo 6000 “Inversión Pública”, se verificó que los gastos hubiesen sido

autorizados por los servidores públicos facultados para ello, y se identificaron los riesgos

de las operaciones revisadas y los objetivos específicos de control.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno, en cuanto al ejercicio del

presupuesto del capítulo 6000 “Inversión Pública”, se determinó que la Delegación Xochimilco

cuenta con mecanismos que, en general, hacen factible la administración de riesgos de

irregularidades e ineficiencias. Asimismo, se constató que las áreas están estructuradas

conforme a las funciones asignadas en los manuales de organización de la Delegación, lo cual

contribuye al cumplimiento de la normatividad, así como a la supervisión y control de las

operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez permite

delimitar las responsabilidades de los servidores públicos. Sin embargo, la Delegación

presentó deficiencias de control interno que, de manera específica, se señalan en el apartado

de resultados de este informe.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. OM/0406/2009 del 12 de marzo de 2009, la Oficialía Mayor

notificó a la Delegación Xochimilco el dictamen de estructura orgánica núm. 3/2009 y los

organigramas del órgano político-administrativo. Dicho dictamen entró en vigor el 1o. de enero

de 2009 y permaneció vigente hasta el 15 de noviembre de 2009.

Con el oficio núm. CG/587/2009 del 11 de noviembre de 2009, la Contraloría General del

Distrito Federal informó a la Delegación Xochimilco la aprobación de la reestructura orgánica

en alcance al dictamen núm. 3/2009. Dicho dictamen entró en vigor a partir del 16 de noviembre

de 2009 y permaneció vigente en 2012.

424

VOLUMEN 8/17

La estructura orgánica correspondiente al dictamen núm. 3/2009 vigente en 2012 se integra

por la Oficina del Jefe Delegacional y seis Direcciones Generales. Esta estructura, derivada

de la reorganización de sus unidades administrativas, fue dispuesta con base en el esquema de

costos compensados, por lo que los recursos financieros para sostenerla estaban debidamente

autorizados, como se muestra a continuación:

Estructura orgánica núm. 3/2009 Plazas

Oficina del Jefe Delegacional 37

Dirección General Jurídica y de Gobierno 28

Dirección General de Administración 32

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano 19

Dirección General de Servicios Urbanos 15

Dirección General de Desarrollo Social 17

Dirección General de Medio Ambiente y Desarrollo Rural 14

Total 162

Manual Administrativo

Se constató que en 2012 la Delegación contó con su manual administrativo (partes de

organización y procedimientos), el cual fue autorizado por la CGMA y difundido entre los

servidores públicos responsables de su aplicación.

Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1546/2010 del 25 de mayo de 2010, la CGMA comunicó

a la Jefatura Delegacional en Xochimilco la autorización y registro del manual administrativo,

en su parte de organización, con el registro núm. MA-02D16-3/09. El manual cuenta con

los apartados de antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, organigrama,

objetivo y funciones por área; se sujetó a la estructura orgánica correspondiente al dictamen

núm. 3/2009; y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 16 de junio de 2010.

Respecto al apartado de procedimientos vigente en 2012, la Dirección General de

Administración de la Delegación Xochimilco proporcionó un listado de 247 procedimientos

inherentes a las actividades realizadas por las áreas que integran la Delegación, los cuales

se encuentran incorporados a su manual administrativo por medio del registro núm. 3/2009.

425

VOLUMEN 8/17

Dicho apartado se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 7 de septiembre

y 30 de noviembre de 2010; 18 de abril, 30 de junio y 25 de agosto de 2011; y 1o. de

marzo, y 7 y 24 de diciembre de 2012.

De los 247 procedimientos vigentes en 2012, se revisaron 24 relacionados directamente

con el objetivo de la auditoría, los cuales incluyen controles para el manejo de los recursos

ejercidos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, y se verificó que contaran con los

elementos básicos del control interno, relativos a la autorización, procesamiento y clasificación

de las transacciones; a la verificación y evaluación; y a la salvaguarda física de los activos.

Los procedimientos revisados fueron los siguientes:

1. “Coordinación de Informes Solicitados por Áreas Internas y/o Externas”

2. “Revisión de Programas de Licitación de Obra Pública”

3. “Seguimiento a Solicitudes de Obras Públicas”

4. “Seguimiento a la Elaboración del Programa Operativo Anual y a la Ejecución de Obras

Públicas”

5. “Control en la Ejecución de las Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas”

6. “Elaboración de Presupuestos de Referencia (Base)”

7. “Revisión y Seguimiento a las Adecuaciones al Proyecto y/o Programación de los Contratos

de Obra Pública en Proceso de Ejecución”

8. “Adjudicación de Contratos de Obra Pública mediante Modalidad de Invitación a cuando

menos Tres Concursantes”

9. “Adjudicación de Contratos de Obra Pública mediante Modalidad de Licitación

Pública”

10. “Recepción, Análisis y Evaluación de las Manifestaciones de Construcción tipo ʽAʼ, ʽBʼ

y ʽCʼ enviados por la Coordinación de la Ventanilla Única Delegacional”

426

VOLUMEN 8/17

11. “Atención a Solicitudes de Asesoría respecto a Trámites que no se encuentran regulados

por el Manual de Trámites y Servicios al Público”

12. “Atención a las Diversas Solicitudes de la Ciudadanía turnados por medio de la Coordinación

de la Ventanilla Única Delegacional”

13. “Trámites de Factibilidad de Proyectos con Instituciones Involucradas”

14. “Revisión de Proyectos Ejecutivos Contratados para Obra Pública”

15. “Elaboración de Proyectos arquitectónicos”

16. “Dictamen de Precios Unitarios Extraordinarios”

17. “Elaboración de Convenios”

18. “Control de Archivo”

19. “Solicitud de Afectación Programático-Presupuestal”

20. “Recepción, Revisión y Trámite de Estimaciones”

21. “Recepción, Revisión, Control y Trámite de las Fianzas y Facturas, para el Pago de

Anticipos”

22. “Integración y Elaboración del Programa Operativo Anual de Obras (Control Presupuestal)”

23. “Realización de Trámites para la Aprobación de Fichas Técnicas”

24. “Envío de Informes de las Obras y Servicios Contratados”

La Delegación Xochimilco proporcionó evidencia de la difusión, para su observancia, del manual

administrativo (apartados de organización y de procedimientos) vigentes en 2012, que

consistió en emitir la circular núm. 094 del 16 de enero de 2010 a las unidades administrativas

que conforman la Delegación.

427

VOLUMEN 8/17

En cuanto al ejercicio de recursos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, en la evaluación

del control interno se determinaron las siguientes fortalezas:

Fortalezas:

1. Para el registro y control de las operaciones del capítulo 6000 “Inversión Pública”,

la Delegación Xochimilco dispone de su estructura operativa actualizada y registrada

ante la CGMA.

2. La Delegación Xochimilco dispone de procedimientos necesarios para la generación

de la información financiera y contable requerida relacionada con el ejercicio de los

recursos del capítulo 6000 “Inversión Pública”.

3. La Delegación publicó los manuales administrativos (apartados de organización y de

procedimientos) y los difundió entre su personal.

Por lo anterior, se considera que el control interno utilizado por la Delegación Xochimilco

para la administración de los recursos ejercidos con cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”

es satisfactorio, ya que existen estrategias y mecanismos de control sobre el desarrollo

de las actividades que aseguran la salvaguarda de los recursos de manera razonable;

la obtención de la información suficiente, oportuna y confiable; el cumplimiento de las metas y

objetivos; y la observancia de la normatividad en materia de obra pública. Lo anterior,

se determinó tomando como base el análisis de los procedimientos administrativos y la

documentación generada en cada momento contable descrito en los resultados del presente

informe.

Adopción e Implantación de Normas emitidas

por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)

2. Resultado

Se comprobó que la Delegación Xochimilco cumplió el Título Quinto, “De la Transparencia

y Difusión de la Información Financiera”, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental,

mediante la difusión de la información financiera generada por la Delegación y presentada

en su página de internet http://www.xochimilco.df.gob.mx/transparencia.html.

428

VOLUMEN 8/17

Se solicitó a la Secretaría de Finanzas dar respuesta a un cuestionario de control en relación

con las obligaciones requeridas del sistema de contabilidad gubernamental y la armonización

contable, ya que el desarrollo y operación de los sistemas de contabilidad, así como la emisión

de la normatividad en la materia, para efectos administrativos, está a cargo de la Secretaría de

Finanzas, según lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, vigente.

Derivado de lo anterior, se comprobó que en 2012 la Secretaría de Finanzas aplicó las

normas que emitió y publicó el CONAC en el Diario Oficial de la Federación y la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, referentes al ejercicio del gasto. Dichas normas son las siguientes:

1. Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental

2. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental

3. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos

4. Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los

Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas

5. Plan de Cuentas

6. Lineamientos sobre los Indicadores para medir los Avances Físicos y Financieros

relacionados con los Recursos Públicos Federales

7. Clasificador por Objeto del Gasto

8. Clasificador por Tipo de Gasto

9. Adecuaciones al Clasificador por Objeto de Gasto

10. Manual de Contabilidad Gubernamental

11. Clasificación Funcional del Gasto

429

VOLUMEN 8/17

12. Lineamientos Mínimos relativos al Diseño y la Metodología de Registro de los Libros

Diario Mayor e Inventarios y Balances

13. Clasificación Administrativa

14. Clasificación Económica de los Ingresos, de los Gastos y de Financiamiento de los

Entes Públicos

15. Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes que permita la Interrelación

Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

16. Lineamientos Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental Simplificado

para los Municipios con menos de 25,000 Habitantes

17. Lineamientos dirigidos para asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental

facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de

los Entes Públicos

18. Parámetros para la Estimación de la Vida Útil

19. Lineamientos para la Elaboración del Catálogo de Bienes Inmuebles que permita la

Interrelación Automática con el Clasificador por Objeto del Gasto y la Lista de Cuentas

Con la difusión de la información financiera realizada por la Delegación y de acuerdo con

la respuesta al cuestionario de control interno y la documentación proporcionadas por la

Secretaría de Finanzas, se determinó que la Delegación y la Secretaría de Finanzas

cumplieron los artículos 6, 7, 56, 57 y 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental que

establecen lo siguiente:

“Artículo 6. El consejo es el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad

gubernamental y tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para

la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos…”

“Artículo 7. Los entes públicos adoptarán e implementarán, con carácter obligatorio, en el

ámbito de sus respectivas competencias, las decisiones que tome el consejo, de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 9 de esta Ley, dentro de los plazos que éste establezca.

430

VOLUMEN 8/17

”Los gobiernos federal y de las entidades federativas publicarán en el Diario Oficial

de la Federación y en los medios oficiales escritos y electrónicos de difusión locales,

respectivamente, las normas que apruebe el consejo y, con base en éstas, las demás

disposiciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley.”

“Artículo 56. La generación y publicación de la información financiera de los entes públicos

a que se refiere este Título, se hará conforme a las normas, estructura, formatos y contenido

de la información, que para tal efecto establezca el consejo y difundirse en la página de

Internet del respectivo ente público.

”Dicha información podrá complementar la que otros ordenamientos jurídicos aplicables

ya disponen en este ámbito para presentarse en informes periódicos y en las cuentas

públicas. Asimismo, la Información se difundirá en los medios oficiales de difusión en términos

de las disposiciones aplicables.”

“Artículo 57. La Secretaría de Hacienda, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las

entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios y sus equivalentes en

las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, establecerán, en su respectiva página

de Internet, los enlaces electrónicos que permitan acceder a la información financiera de

todos los entes públicos que conforman el correspondiente orden de gobierno así como

a los órganos o instancias de transparencia competentes. En el caso de las secretarías de

finanzas o sus equivalentes, podrán incluir, previo convenio administrativo, la información

financiera de los municipios de la entidad federativa o, en el caso del Distrito Federal, de sus

demarcaciones territoriales.”

“Artículo 58. La información financiera que deba incluirse en Internet en términos de este

Título deberá publicarse por lo menos trimestralmente, a excepción de los informes

y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legal

aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada, y difundirse en dicho medio dentro

de los treinta días naturales siguientes al cierre del período que corresponda. Asimismo,

deberá permanecer disponible en Internet la información correspondiente de los últimos

seis ejercicios fiscales.”

431

VOLUMEN 8/17

Gasto Aprobado

3. Resultado

Con la finalidad de comprobar las asignaciones presupuestaria anuales de la Delegación

Xochimilco, se solicitó el techo presupuestal autorizado a este órgano político-administrativo

para el ejercicio de 2012. En respuesta, la Delegación informó que su monto asignado fue

de 1,196,266.4 miles de pesos, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.

En el análisis del techo presupuestal, se determinó que, del monto asignado a la Delegación

(1,196,266.4 miles de pesos), se tenía previsto para inversión pública un monto original

de 208,498.9 miles de pesos.

La distribución del techo presupuestal se realizó de la siguiente manera:

(Miles de pesos)

Concepto Corriente Inversión Monto asignado

Servicios personales 467,939.3 196,825.2 664,764.5

Otros gastos 123,679.8 407,822.1 531,501.9

Gasto total 591,619.1 604,647.3 1,196,266.4

La fuente de recursos se formó como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Concepto Importe

Recursos fiscales 837,031.9

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF)

197,091.4

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF)

96,467.8

Ingresos de aplicación automática 28,755.9

Recursos de crédito 28,352.0

CONADE 4,600.0

Fondo de infraestructura 3,967.4

Total 1,196,266.4

432

VOLUMEN 8/17

Se llevó a cabo el comparativo del presupuesto original que se indica en la Cuenta Pública

y el monto asignado mediante el techo presupuestal, y se confirmó que ambos montos

coinciden (1,196,266.4 miles de pesos).

En el análisis de las cifras aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

y presentadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012;

del techo presupuestal, autorizado y dado a conocer a la Delegación Xochimilco mediante

el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 del 2 de enero de 2012; del calendario presupuestal;

y del Programa Operativo Anual, se constató que en todos los documentos el monto asignado

para la inversión pública fue de 208,498.9 miles de pesos.

Finalmente, se concluye que el presupuesto original de la Delegación Xochimilco que se

reportó en la Cuenta Pública coincide con el consignado en el techo presupuestal, el Programa

Operativo Anual y el Calendario Presupuestal, autorizados por la Secretaría de Finanzas

en 2012.

Gasto Modificado

4. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de las partidas seleccionadas

se encontrara soportado con las afectaciones presupuestarias autorizadas, se realizaron

las pruebas sustantivas para analizar las modificaciones al presupuesto:

1. Se analizaron los tipos de afectaciones que modificaron el presupuesto original del capítulo

6000 “Inversión Pública” en 2012.

2. Se comparó el presupuesto original con el presupuesto ejercido y se solicitó a la Delegación

Xochimilco una explicación respecto a la variación registrada.

3. Se analizó la respuesta proporcionada por la Delegación Xochimilco respecto a la variación

del presupuesto en 2012 y la presentada en la Cuenta Pública de 2012. Asimismo, se

compararon las justificaciones presentadas en las afectaciones presupuestarias, para

verificar la congruencia de la información proporcionada. Tanto en la respuesta del órgano

político-administrativo como en las afectaciones, se señaló que la reducción al presupuesto

433

VOLUMEN 8/17

se debió a que no se realizaron obras de construcción y ampliación de edificios públicos

por falta de permisos, por no contar los títulos de propiedad. Asimismo, se constató

que se reclasificaron recursos a otros capítulos y se realizaron reducciones de recursos

no comprometidos y ejercidos.

4. Se comparó la base de datos de las afectaciones presupuestarias proporcionada

por la Delegación Xochimilco con la proporcionada por la Secretaría de Finanzas.

5. Se constató que las afectaciones son impresiones del SAP-GRP y que se encuentran

debidamente autorizadas, registradas y soportadas con la documentación correspondiente,

de conformidad con lo establecido en el apartado IV, “Lineamientos Generales para los

Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”,

y IV.3.3, “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, del Manual de Normas y

Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2012.

Derivado de lo anterior, se concluyó que, en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

correspondiente al ejercicio de 2012, para el capítulo 6000 “Inversión Pública”, la Delegación

Xochimilco reportó una asignación original de 208,498.9 miles de pesos, la cual fue modificada

mediante 77 afectaciones programático-presupuestarias. El presupuesto modificado significó

un decremento de 69,888.3 miles de pesos, para quedar en un presupuesto ejercido por un

total de 138,610.6 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe Parcial Total

Presupuesto original 208,498.9

Más:

Adiciones compensadas 154,441.5 Adiciones líquidas 7,575.4 Ampliaciones compensadas 204,633.2

Ampliaciones líquidas 5,361.2

Subtotal 372,011.3 372,011.3

Menos:

Reducciones compensadas 411,376.5

Reducciones líquidas 30,523.1

Subtotal 441,899.6 441,899.6 (69,888.3)

Presupuesto modificado 138,610.6

Presupuesto ejercido y pagado 138,610.6

Diferencia 0.0

434

VOLUMEN 8/17

Asimismo, en el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe

de Cuenta Pública correspondiente a 2012, en relación con el capítulo 6000 “Inversión

Pública”, la Delegación Xochimilco reportó lo siguiente:

Capítulo 6000 “Inversión Pública”

“La variación que se presenta se debe a la construcción y ampliación de edificios públicos

mismos que no se realizaron debido a la falta de permisos emitidos por el INAH el mercado

de animales de San Luis Tlaxialtemalco, Centro Juvenil por no contar el título de propiedad, la

terminación de canchas de fot [futbol], basquet ball de skate park, así como las reclasificaciones

a otros capítulos y reducciones líquidas de recursos no comprometidos y ejercidos.”

Asimismo, se constató que dichas modificaciones se realizaron por medio de afectaciones

programático-presupuestarias, en cumplimiento de lo dispuesto en los apartados IV.3.3,

“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3; IV.3.3.1, “Adecuaciones Programáticas

Presupuestarias Compensadas”, numeral 15; y IV.3.3.2, “Adecuaciones Programático

Presupuestales Líquidas”, numeral 18, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios

para la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2012.

5. Resultado

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 del 2 de enero de 2012 (con fecha de recepción

del 11 de enero de 2012), la Secretaría de Finanzas dio a conocer a la Delegación

Xochimilco los montos aprobados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para

el ejercicio presupuestal de 2012.

Asimismo, la Delegación Xochimilco llevó a cabo las gestiones ante la Consejería Jurídica

y de Servicios Legales para la publicación del Programa Operativo Anual de Obra Pública

para el ejercicio de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, dicho programa se publicó

el 26 de marzo de 2012.

Por lo anterior, se determinó un desfase de 23 días hábiles en la publicación del Programa

Operativo Anual de Obra Pública para el ejercicio de 2012, ya que el 11 de enero de 2012

la Delegación Xochimilco recibió la aprobación de los montos para el ejercicio presupuestal

435

VOLUMEN 8/17

de 2012 y la publicación no se realizó hasta el 26 de marzo de 2012, no obstante que

debió efectuarse a más tardar el 22 de febrero de 2012, de conformidad con la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal.

Por lo anterior, la Delegación Xochimilco incumplió el artículo 21, primer párrafo, de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal, que establece lo siguiente: “Las […] delegaciones […]

a más tardar dentro de los treinta días posteriores a la recepción de la autorización

presupuestal, darán a conocer a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad

de sus programas anuales de obra pública…”.

En la reunión de confronta, celebrada el 25 de marzo de 2014, mediante el oficio

núm. DGA/1117/2014 del 21 de marzo de 2014, la Delegación Xochimilco informó lo siguiente:

“Al respecto, del presente resultado con el oficio núm. GGODU/DOP/ST/1047/2014 de 20 de

marzo de 2014, el Director General de Obras y Desarrollo Urbano informa que como acciones:

ʽSe instruyó mediante el oficio número DGODU/DOP/1047/2014, al Subdirector Técnico,

observar lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

a efecto de que sea[n] publicado[s] en tiempo y forma los informes correspondientes al Programa

Operativo Anual [de Obra Pública] en la Gaceta Oficial del Distrito Federalʼ.”

Del análisis de la información proporcionada por la Delegación Xochimilco, se concluye

que, si bien la Delegación está tomando medidas respecto a la publicación en tiempo

y forma del Programa Operativo Anual de Obra Pública en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, el incumplimiento del artículo 21, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal persiste, ya que no presentó información o documentación que desvirtúe

la observación del presente resultado.

Recomendación ASC-169-12-02-XOC

Es necesario que la Delegación Xochimilco adopte mecanismos que garanticen el envío

oportuno del Programa Operativo Anual de Obra Pública a la Consejería Jurídica y de Servicios

Legales con objeto de que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en el plazo

que establece en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente.

436

VOLUMEN 8/17

Gasto Comprometido

6. Resultado

Una vez aprobado el monto para el ejercicio presupuestal de 2012, dado a conocer por la

Secretaría de Finanzas mediante el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 del 2 de enero de 2012,

la Delegación Xochimilco, de acuerdo con las solicitudes de obra debidamente justificadas

y los montos de actuación, determinó los procedimientos de adjudicación para la realización

de obra pública en la demarcación territorial y la supervisión de dichas obras, entre los

que se encuentran los procedimientos correspondientes a las obras que se determinaron

como parte de la muestra de auditoría y que se desglosan a continuación:

Partida Tipo/Número de procedimiento

Contrato/Fecha Descripción Fundamento

6121 Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-09

DX-DGODU-SER-12-014 8/V/12

Supervisión de los trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-15

DX-DGODU-SER-12-026 2/VII/12

Supervisión de la construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-33

DX-DGODU-SER-12-053 31/VIII/12

Supervisión de la construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-34

DX-DGODU-SER-12-058 5/IX/12

Supervisión de la rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Adjudicación directa DX-DGODU-OP-12-AD-48

DX-DGODU-OP-12-078 26/X/12

Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-11

DX-DGODU-OP-12-018 14/V/12

Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracción I; 23; 24, inciso b; 61; 62; y 64 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, y el cuarto párrafo del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Continúa…

437

VOLUMEN 8/17

… Continuación

Partida Tipo/Número de procedimiento

Contrato/Fecha Descripción Fundamento

Licitación pública nacional 30001125-002-12

DX-DGODU-OP-12-028 6/VII/12

Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracciones I y VIII; 23; 24; inciso a; 25, apartado a, fracción I; 26; y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Licitación pública nacional 30001125-016-12

DX-DGODU-OP-12-057 5/IX/12

Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracciones I y VIII; 23; 24, inciso a; 25, apartado a, fracción I; 26; y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Licitación pública nacional 30001125-017-12

DX-DGODU-OP-12-060 6/IX/12

Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracciones I y VIII; 23; 24, inciso a; 25, apartado a, fracción I; 26; y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Licitación pública nacional 30001125-039-11

DX-DGODU-OP-11-147 31/VIII/11

Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3; 24; 27, fracción I; 29; 30, fracción I; 33; y 37 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

6151 Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-06

DX-DGODU-SER-12-011 8/V/12

Supervisión de los trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-10

DX-DGODU-SER-12-019 25/V/12

Supervisión de los trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 1; 3, apartado b, fracción IV; 23; 24, inciso C; 44, fracción I, inciso b; 61; 62; y 64 bis de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-08

DX-DGODU-OP-12-015 14/V/12

Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3, apartado a, fracción I; 23; 24, inciso b; 61; 62; y 64 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, y el cuarto párrafo del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-12

DX-DGODU-OP-12-020 25/V/12

Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco.

Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3 apartado a, fracción I; 23; 24, inciso b; 61; 62; y 64 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, y el cuarto párrafo del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

438

VOLUMEN 8/17

Como resultado del análisis de la documentación presentada por los participantes en los

procedimientos de adjudicación, se comprobó lo siguiente:

1. Las obras públicas fueron aprobadas por el Subcomité de Obras Delegacional con su

debida justificación técnica, en la que se detalla la necesidad de realizar los trabajos.

La autorización de las obras públicas se formalizó como se muestra a continuación:

Descripción de las obras Tipo/Número de procedimiento

Autorización

Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional

Adjudicación directa DX-DGODU-SER-12-AD-09

IR/DGODU/012/12, de fecha 28 de marzo de 2012

Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco

Licitación pública nacional 30001125-016-12

LP/DGODU/035/12, de fecha 27 de julio de 2012

Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional

Adjudicación directa DX-DGODU-OP-12-AD-48

DGODU/045/12, de fecha 3 de octubre de 2012

Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan

Licitación pública nacional 30001125-002-12

LP/DGODU/024/12, de fecha 4 de junio de 2012

Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco

Licitación pública nacional 30001125-017-12

DGODU/021/12, de fecha 27 de julio de 2012

Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco

Licitación pública nacional 30001125-039-11

LP/DGODU/047/11, de fecha 12 de julio de 2011

Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco

Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-08

IR/DGODU/008/12, de fecha 10 de abril de 2012

Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco

Invitación restringida DX-DGODU-OP-12-IR-12

IR/DGODU/009/12, de fecha 28 de marzo de 2012

2. Los procedimientos de adjudicación para la contratación de obra y supervisión

no rebasaron los montos de actuación autorizados en el artículo 34 del Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2012.

3. En los casos específicos de las adjudicaciones directas, se dispuso de las cotizaciones

presentadas por los contratistas a los que les fue requerida; en el caso de las invitaciones

restringidas, éstas contaron con los oficios de invitación girados a los contratistas; y, en el

caso de las licitaciones públicas, se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las

convocatorias para participar en las licitaciones públicas de carácter nacional, en dichas

convocatorias se señalaron las fechas de la junta de aclaraciones, de la visita al lugar

de los trabajos, de la presentación de proposiciones y apertura técnica, del acto de apertura

económica y de inicio de los trabajos, el plazo de ejecución de las obras, y el señalamiento

439

VOLUMEN 8/17

de que no se otorgaría un anticipo. Las juntas de aclaraciones, la apertura de las propuestas

técnica y económica, y el acto de fallo se realizaron en las fechas señaladas en las bases,

de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

4. En el caso de las invitaciones restringidas y las licitaciones públicas, en sus propuestas

técnicas, los concursantes cumplieron los requisitos establecidos en las bases.

5. La Delegación Xochimilco contó con cuadros comparativos de las propuestas económicas,

soportados con las cotizaciones presentadas por los contratistas. Los contratos se

adjudicaron a los contratistas que ofertaron los precios más bajos y cumplieron todos

los requerimientos de la Delegación.

6. De acuerdo con los dictámenes de fallo de adjudicación de los contratos de obra pública,

se cumplieron todos los requisitos fijados en las bases y reunieron las condiciones,

legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas del artículo 41 de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal, que establece:

“Artículo 41. Las […] delegaciones […] también verificarán los análisis, cálculos e integración

de los precios unitarios, conforme las disposiciones que señale la normatividad de la

Administración Pública del Distrito Federal. Hecha la evaluación de las propuestas, se

elegirá como ganadora aquella que reúna las condiciones legales, técnicas, económicas,

financieras y administrativas requeridas por la […] delegación […] convocante, y garantice

satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

”Si resultare que dos o más propuestas reúnen las condiciones legales, técnicas,

económicas, financieras y administrativas y, por tanto, satisfacen la totalidad de los

requerimientos de la […] delegación […] se elegirá como ganadora aquella que:

”I. En el caso de obra, presente el precio más bajo;

”II. En el caso de servicios relacionados con la obra pública, presente el indicador más

adecuado de la proporción según los parámetros de inversión, costo de operación,

mantenimiento y vida útil, y

440

VOLUMEN 8/17

”III. En el caso de proyecto integral, presente el índice más conveniente producto

del análisis económico correspondiente para cada uno de los proyectos, o en su caso

el resultado más favorable entre las propuestas. En las bases se especificará, en el caso

de los proyectos integrales de obra, que deben incluirse los costos de inversión así como

los de operación y mantenimiento.

”La […] delegación […] emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo,

en el que se hará constar el análisis de las propuestas admitidas y se hará mención de

las desechadas.”

Derivado de lo anterior, y como resultado de la revisión de la documentación presentada

por los participantes en los procedimientos de adjudicación se comprobó que se realizaron

conforme a lo establecido en la normatividad aplicable.

7. Resultado

Con la finalidad de comprobar el momento contable del gasto comprometido, que refleja la

aprobación por autoridad competente formalizada mediante los contratos, instrumento que

formaliza una relación jurídica con terceros para la realización de obras públicas

y sus servicios de supervisión de las mismas, se solicitó a la Delegación Xochimilco que

proporcionara los contratos y convenios celebrados que fueron determinados como parte

de la muestra de auditoría. En el análisis, se determinó lo siguiente:

1. Derivado de los procedimientos de adjudicación, se formalizaron 14 contratos, de los

cuales 8 corresponden a la contratación de obra pública y 6 a la supervisión de éstas,

como se muestra a continuación:

441

VOLUMEN 8/17

(Miles de pesos)

Partida Contrato/Convenio Fecha Contratista Descripción Importe total contratado

6121 DX-DGODU-OP-12-018 14/V/12 Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V.

Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional. 3,287.8

DX-DGODU-SER-12-014 8/V/12 Claudia Santillán Supervisión de los trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional. 209.9

DX-DGODU-OP-12-057 5/IX/12 Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V.

Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco. 3,660.7

DX-DGODU-SER-12-053 31/VIII/12 Erika Patricia Rocha Zárate Supervisión de la construcción de la primera

etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco. 256.2

DX-DGODU-OP-12-078 26/X/12 Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V.

Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional. 904.8

DX-DGODU-OP-12-028 6/VII/12 Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V.

Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan. 2,498.6

DX-DGODU-SER-12-026 2/VII/12 Miguel Ángel García Ramírez Supervisión de la construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan. 149.9

DX-DGODU-OP-12-060 6/IX/12 Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V.

Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco. 4,839.9

DX-DGODU-SER-12-058 5/IX/12 Jessai Tecnoingeniería,

S.A. de C.V.

Supervisión de la rehabilitación de alumbrado

y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco. 149.9

DX-DGODU-OP-11-147 31/VIII/11 Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V.

Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco.

4,954.7

Subtotal *20,912.4

6151 DX-DGODU-OP-12-015 14/V/12 Constructores y Supervisores Santiago, S.A. de C.V.

Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco. 4,379.9

DX-DGODU-SER-12-011 8/V/12 Bufete Edificador del Sur, S.A. de C.V.

Supervisión de los trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco. 264.1

DX-DGODU-OP-12-020 25/V/12 Francisco Jorge Genchi Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco. 3,865.3

DX-DGODU-SER-12-019 25/V/12 RAGYC, S.A. de C.V. Supervisión de los trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco. 238.0

Subtotal 8,747.3**

Total 29,659.7

* El importe corresponde al total contratado (20,912.4 miles de pesos) con cargo a la partida 6121 “Edificación no Habitacional”, de los cuales 20,871.0 miles de pesos se pagaron en 2012, el pago de los restantes 41.4 miles de pesos se tramitó en el ejercicio fiscal de 2013 y corresponden al contrato núm. DX-DGODU-SER-12-058.

** El importe corresponde al total contratado (8,747.3 miles de pesos) con cargo a la partida 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”, de los cuales 8,713.1 miles de pesos se pagaron en el 2012, los restantes 34.2 miles de pesos corresponden a un importe cancelado por la Delegación correspondientes al contrato núm. DX-DGODU-OP-12-015.

442

VOLUMEN 8/17

2. Se verificó que los contratos contaron con los requisitos establecidos como mínimo en

el artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y que éstos fueran cumplidos

por los contratantes, tales como:

a) El oficio de autorización de la inversión para cubrir el compromiso derivado del contrato

(suficiencia presupuestal).

b) El precio establecido por pagar por los trabajos objeto de los contratos.

c) Las fechas de inicio y de terminación de los trabajos.

d) El señalamiento, en su caso, del porcentaje de los anticipos que se otorguen para

inicio de los trabajos.

e) Los plazos para la presentación, por parte del contratista, de las estimaciones

de trabajos ejecutados para tramitar su pago.

f) El establecimiento de penas convencionales.

g) Las condiciones y el procedimiento de ajuste de costos.

h) La descripción pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar.

i) El señalamiento de que el contrato, sus anexos y, en el caso de obra, la bitácora de

los trabajos son instrumentos que vinculan las partes en sus derechos y obligaciones

de los contratantes.

j) Los plazos para la verificación de terminación y recepción de obra pública.

k) Los procedimientos mediante los cuales las partes entre sí resolverán controversias

futuras que pudieran versar sobre problemas específicos de carácter técnico

o administrativo.

3. Se confirmó, mediante la revisión de las fechas en que se formalizaron los contratos de obra

y de los oficios mediante los cuales se notificó al contratista de la designación de los

residentes de supervisión, que la residencia de supervisión se contrató previo al inicio

de obra.

443

VOLUMEN 8/17

4. Se verificó que la Delegación contara con los oficios de notificación a los contratistas de la

designación de los residentes de supervisión interna y externa.

5. Se verificó que los avances físico-financieros, presentación de estimaciones, o acciones

relacionados con las obras se encontraban plasmados en las respectivas bitácoras de las

obras, antes de iniciar el trámite de pago.

6. Se revisó que el pago de los trabajos se realizó de conformidad con las estimaciones

y con los avances físico-financieros de la obra, previamente autorizados por la Delegación

Xochimilco.

7. Se revisó que los contratos contaran con las pólizas de cumplimiento, y se constató que

en el expediente del contrato núm. DX-DGODU-SER-12-014 no se encuentra integrada

la póliza de garantía de cumplimiento correspondiente a la ampliación del plazo de la

supervisión de la obra.

Por lo anterior, la Delegación Xochimilco incumplió el inciso l del numeral 27.2 de la

sección 27, “Lineamientos para Integrar el Expediente de Finiquito de los Contratos de

Obra Pública”, del apartado “Lineamientos”, de las Políticas Administrativas, Bases

y Lineamientos en materia de Obra Pública, publicados el 7 de noviembre de 2000,

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, vigentes en 2012, que dispone lo siguiente:

“l. Relación de documentos de contratación […]

”2. Fianzas de anticipos, de las garantías de contrato y fianzas por defectos, vicios ocultos

u otras responsabilidades…”

En conclusión, se determinó que en 13 de los 14 contratos formalizados por la Delegación

Xochimilco para la realización de obras y de servicios de supervisión por ambas partes

cumplieron lo establecido en las cláusulas. En el caso particular del contrato

núm. DX-DGODU-SER-12-014, no se localizó la póliza de garantía de cumplimiento

correspondiente a la ampliación del plazo de la supervisión de la obra.

En la revisión de los reportes del presupuesto comprometido, enviados a la Secretaría de

Finanzas por parte de la Delegación Xochimilco, se comprobó que éstos se elaboraron y

enviaron de conformidad con el segundo párrafo del artículo 56 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, que establece lo siguiente:

444

VOLUMEN 8/17

“Las […] Delegaciones […] tendrán como fecha límite para establecer compromisos a más

tardar el 31 de octubre tratándose de obra pública por contrato y el 15 de noviembre para

el resto de los conceptos de gasto.”

Asimismo, se cumplió el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, que establece: “Es responsabilidad de las […] delegaciones […]

establecer los registros necesarios para el adecuado control y seguimiento del presupuesto

comprometido, sobre el cual existe la obligación de efectuar cargos presupuestales y pagos

derivados de la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, obras públicas,

así como por servicios personales y fondo revolvente…”.

Dentro del presupuesto comprometido se registró lo correspondiente a las partidas

6121 “Edificación no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”.

Al respecto, se constató que la Delegación Xochimilco cuenta con el respaldo documental

que refleja el reconocimiento de las obligaciones contraídas.

En la reunión de confronta, celebrada el 25 de marzo de 2014, mediante el oficio

núm. DGA/1117/2014 del 21 de marzo de 2014, la Delegación Xochimilco informó

y proporcionó lo siguiente:

“Con relación a este resultado el Director General de Obras y Desarrollo Urbano mediante

el oficio número DGODU/DOP/ST/1047/2014, manifiesta que: ‘Cabe aclarar, si bien es cierto

que en el momento de la revisión del expediente único no se encontró la fianza en cuestión,

sin embargo, derivado de una búsqueda exhaustiva en los expedientes que obran en la

Jefatura de Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones fue localizada,

de la cual para su pronta referencia me permito anexar copiaʼ.”

En el análisis de la información y documentación proporcionada por la Delegación

Xochimilco, se constató que la Delegación cuenta con la póliza de garantía correspondiente

a la ampliación del plazo de la supervisión de la obra; derivado de lo anterior, la observación

del presente resultado se modifica parcialmente, ya que si bien se proporcionó la póliza de

garantía de cumplimiento en la reunión de confronta, ésta no se localizó en la revisión

del expediente.

445

VOLUMEN 8/17

Recomendación ASC-169-12-03-XOC

Es necesario que la Delegación Xochimilco adopte mecanismos que garanticen que los

expedientes de los procedimientos de adjudicación de obra y de contratación de servicios

se integren con la información y documentación establecida en las Políticas Administrativas,

Bases y Lineamientos en materia de Obra Pública.

Gasto Devengado

8. Resultado

Para verificar si la Delegación Xochimilco recibió los trabajos de las obras públicas y sus

respectivas supervisiones de conformidad con lo establecido en los contratos y convenios

celebrados, se revisaron las cláusulas de los contratos que reflejan las obligaciones y derechos

de la Delegación con los contratistas. Al respecto, se realizó lo siguiente:

1. Se verificó que los contratistas cumplieron los plazos de ejecución de los trabajos

establecidos, mediante la revisión de las actas entrega-recepción de las obras, bitácoras,

memoria fotográfica y las estimaciones debidamente autorizadas por la Delegación

Xochimilco y validadas por la residencia de supervisión externa.

2. Se verificó que no se otorgaron anticipos para el inicio de los trabajos, ya que el primer

pago a los contratistas se tramitó después de haber iniciado las obras.

3. Se constató que el pago de los trabajos se tramitó mediante las estimaciones

correspondientes.

4. Se comprobó que la recepción de los trabajos se efectuó de conformidad con los plazos

establecidos, por lo que no se aplicaron penas convencionales; asimismo, la delegación

informó que no existió rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato.

5. Se contó con los oficios mediante los cuales los contratistas informan a la Delegación

Xochimilco sobre la terminación de los trabajos formalizados mediante su respectivo

contrato, y con los oficios mediante los cuales la Delegación notificó al contratista la

verificación de trabajos de obra concluidos y la fecha en la que se levantaría el acta

de entrega-recepción.

446

VOLUMEN 8/17

6. Se revisaron las estimaciones y las hojas de control de estimaciones para comprobar

los avances de las obras públicas; las actas entrega-recepción y circunstanciada para

comprobar la entrega de las obras públicas por parte del contratista y la recepción por parte

del órgano político-administrativo, pagados con cargo a las partidas 6121 “Edificación

no habitacional” y 6151 “Construcción de vías de comunicación”.

7. La Delegación Xochimilco y el personal auditor realizaron inspecciones físicas, el 13 y 14

de febrero de 2014, a las obras realizadas con cargo a las partidas 6121 “Edificación

no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación” en 2012, de las cuales se

elaboró la minuta de trabajo correspondiente, con la finalidad de constatar el cumplimiento

de objeto de los contratos de obra. Como se muestra a continuación:

Contratos Objeto del contrato

DX-DGODU-OP-12-018* Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional.

DX-DGODU-OP-12-057 Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco.

DX-DGODU-OP-12-078 Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional.

DX-DGODU-OP-12-028 Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan.

DX-DGODU-OP-12-060 Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco.

DX-DGODU-OP-11-147 Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco.

DX-DGODU-OP-12-015 Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco.

DX-DGODU-OP-12-020 Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco.

* Respecto al contrato núm. DX-DGODU-OP-12-018, referente a los trabajos de mantenimiento general a 14 escuelas de nivel básico, se determinó una muestra de 6 escuelas para su inspección física (2 jardines de niños, 2 primarias y 2 secundarias).

Como resultado de la inspección física a las obras descritas, se determinó su existencia

física. Cabe mencionar que la inspección física incluyó las siguientes actividades:

a) Comprobar la existencia física mediante la inspección ocular de las obras realizadas.

b) Comparar la descripción de los trabajos terminados con los descritos en los anexos

de los contratos y en las actas de entrega-recepción de las obras.

447

VOLUMEN 8/17

c) Comparar la memoria fotográfica de los sitios, proporcionada por la Delegación,

antes de llevar a cabo las obras públicas, con la memoria fotográfica de los lugares

una vez que se llevaron a cabo las obras públicas.

Mediante la inspección física, se constató la existencia de las obras recibidas por la Delegación

Xochimilco; con la revisión de las actas de entrega-recepción, se comprobó que dichas obras

se terminaron de conformidad con los plazos establecidos y que las obras fueron pagadas

con cargo al presupuesto de la Delegación Xochimilco.

Gasto Ejercido

9. Resultado

Con la finalidad de constatar que la Delegación Xochimilco hubiese emitido las CLC

debidamente aprobadas por la autoridad correspondiente, se solicitaron a la Delegación

los expedientes de las CLC determinadas como parte de la muestra de auditoría, como se

muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida CLC núm., 02 CD 16, con terminaciones

Contratista/Contrato Descripción Importe total contratado

6121 10001671, 10001672, 10002141, 10001759, 10001760, 10001761, 10001762,10003118, 10003130, 10004694, 10004695, 10004836

y 10011852

Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-018

Trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional.

3,287.8

10001422, 10001423, 10001678, 10002459,

10004749 y 10011840

Claudia Santillán DX-DGODU-SER-12-014

Supervisión de los trabajos de mantenimiento general a 14 planteles educativos de nivel básico ubicados dentro del perímetro delegacional. 209.9

10007000, 10007684, 10010132, 10013244, 10013250 y 10013445

Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-057

Construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco. 3,660.7

10004757, 10006992, 10008265, 10012225, 10012622 y 10012624

Erika Patricia Rocha Zárate DX-DGODU-SER-12-053

Supervisión de la construcción de la primera etapa de la ciclovía acueducto en Santa María Tepepan y suministro y colocación de luminarias frente al módulo deportivo Cuemanco. 256.2

10013709 y 10013957 Coinar Consorcio de Ingeniería y Arquitectura, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-078

Balizamiento horizontal y vertical de la avenida prolongación División del Norte, dentro del perímetro delegacional. 904.8

10002965, 10004837, 10004838, 10005699, 10005701 y 10008343

Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-028

Construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan. 2,498.6

10004750, 10004751, 10005880, 10008241 y 10013726

Miguel Ángel García Ramírez DX-DGODU-SER-12-026

Supervisión de la construcción de la cancha de futbol y mantenimiento a baños en el deportivo del pueblo de San Andrés Ahuayucan. 149.9

Continúa…

448

VOLUMEN 8/17

… Continuación

Partida CLC núm., 02 CD 16, con terminaciones

Contratista/Contrato Descripción Importe total contratado

10007005, 10007608, 10011869, 10011872, 10013321, 10013265,

10013275 y 10015180

Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-060

Rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco.

4,839.9

10007565, 10008608, 10013248 y 10013568

Jessai Tecnoingeniería, S.A. de C.V. DX-DGODU-SER-12-058

Supervisión de la rehabilitación de alumbrado y construcción de gradas en el frontón del Deportivo Xochimilco. 108.5

10002016, 10002018, 10004519, 10004520, 10004524, 10004526

y 10006057

Desarrollo, Construcción e Instalación, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-11-147

Mejoramiento de la imagen urbana en la calle Guadalupe I. Ramírez en el Centro Histórico de Xochimilco. 4,954.7

Subtotal 20,871.0

6151 10001675, 1001677, 10001764, 10002448 y 10007002

Constructores y Supervisores Santiago, S.A. de C.V. DX-DGODU-OP-12-015

Trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco. 4,346.4

10001412, 10001414, 10002385, 10003023

y 10006997

Bufete Edificador del Sur, S.A. de C.V. DX-DGODU-SER-12-011

Supervisión de los trabajos de repavimentación en el Pueblo de Santa María Tepepan, Barrio la Asunción y Barrio San Juan de la Delegación Xochimilco. 264.1

10008326, 10002904, 10002925 y 10008327

Francisco Jorge Genchi DX-DGODU-OP-12-020

Trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco. 3,864.6

10001676, 10002383, 10003131 y 10011991

RAGYC, S.A. de C.V. DX-DGODU-SER-12-019

Supervisión de los trabajos de repavimentación en las colonias San Bernardino y Huichapan de la Delegación Xochimilco. 238.0

Subtotal 8,713.1

Total 29,584.1

En el análisis de la documentación proporcionada por la Delegación, se determinó

lo siguiente:

1. La Delegación Xochimilco contó con evidencia documental de que el ejercicio del gasto

fue debidamente aprobado, lo cual se constató mediante la revisión de los registros

de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Subcomité de Obras, en las cuales

se dictaminaron las obras públicas y los servicios de supervisión de éstas realizados

en 2012.

2. Las CLC cuentan con clave presupuestaria y detallan el pago de las obras realizadas y los

servicios de supervisión en favor de los contratistas, el período que comprende y el

importe total, y señalan, al reverso, el tipo de recurso utilizado para el pago. El concepto

de gasto fue registrado conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para el Gobierno

del Distrito Federal vigente en 2012 y se cuenta con la documentación justificativa

(14 contratos) y comprobatoria del gasto (81 estimaciones y el mismo número de facturas),

conforme a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2012, que establece lo siguiente:

449

VOLUMEN 8/17

“ARTÍCULO 69. Las […] Delegaciones […] deberán cuidar, bajo su responsabilidad,

que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos aprobados se realicen con

sujeción a los siguientes requisitos:

”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción de los

anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables;

”II. Que se efectúen dentro de los límites de los calendarios presupuestales autorizados

por la Secretaría, y

”III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos

originales respectivos, entendiéndose por justificantes los documentos legales que

determinen la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que

demuestren la entrega de las sumas de dinero correspondientes.”

3. Las CLC fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la Cédula

de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados para Elaborar, Solicitar

y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones

Programático-Presupuestales y Control del Presupuesto Comprometido en 2012.

4. Las CLC son impresiones del SAP-GRP debidamente autorizadas, por lo que la Delegación

Xochimilco se sujetó a lo establecido en el apartado IV, “Lineamientos Generales para los

Trámites Presupuestarios”, subapartados IV.3, “Registro de Operaciones Presupuestarias”,

y IV.3.1, “Cuenta por Liquidar Certificada”, numeral 2, del Manual de Normas y

Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

vigente en 2012.

5. En cuanto a la documentación soporte (justificativa y comprobatoria) de un total de

81 CLC, la documentación comprobatoria adjunta (facturas y estimaciones de obra)

cumplió los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la

Federación vigente durante 2012, la documentación justificativa consistió en los

contratos formalizados con los contratistas para la realización de obra pública y la

supervisión de ésta.

450

VOLUMEN 8/17

6. Las CLC fueron pagadas con recursos de 2012, con cargo a las partidas 6121 “Edificación

no Habitacional” y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”, y emitidas en favor de

contratistas, y corresponden a la contratación de obra pública y su respectiva supervisión.

Por lo anterior, se concluyó que la Delegación Xochimilco tramitó las CLC debidamente

aprobadas por la autoridad competente para el pago a los contratistas, con la documentación

justificativa y comprobatoria correspondiente, en cumplimiento de los artículos 64 y 69 de

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, que establecen lo siguiente:

“Artículo 64. La ministración se efectuará por conducto de la Secretaría a través de Cuentas

por Liquidar Certificadas, elaboradas y autorizadas por los servidores públicos competentes

de las Unidades Responsables del Gasto ya sea por sí o a través de las instituciones de

crédito o sociedades nacionales de crédito autorizadas para tal efecto.”

“Artículo 69. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades deberán

cuidar, bajo su responsabilidad, que los pagos que autoricen con cargo a sus presupuestos

aprobados se realicen con sujeción a los siguientes requisitos:

”I. Que correspondan a compromisos efectivamente devengados con excepción de los

anticipos previstos en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables;

”II. Que se efectúen dentro de los límites de los calendarios presupuestales autorizados

por la Secretaría, y

”III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos

originales respectivos, entendiéndose por justificantes los documentos legales que determinen

la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la

entrega de las sumas de dinero correspondientes.”

Gasto Pagado

10. Resultado

Con la finalidad de comprobar el momento contable del gasto que refleja la cancelación

total o parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de efectivo

o cualquier otro medio de pago, se realizaron las siguientes actividades:

451

VOLUMEN 8/17

1. Se constató que la Delegación Xochimilco tramitó ante la Secretaría de Finanzas la

obtención de recursos económicos para el pago, mediante transferencias electrónicas,

a los contratistas.

2. Se verificó que el importe tramitado por la Delegación Xochimilco mediante las CLC

para pago a los contratistas correspondiera al monto de las estimaciones y facturas,

y que éste no rebasara el importe formalizado en los contratos.

3. Se verificó que el importe determinado en las estimaciones de los contratistas

coincidiera con el del control de estimaciones. Asimismo, se verificó que el avance

físico-financiero de las obras y supervisiones efectivamente fuera el correspondiente

al pago que se tramitó mediante las CLC.

4. Se comparó la base de datos de CLC proporcionada por la Secretaría de Finanzas

y la de la Delegación, para comprobar el registro de todas las CLC emitidas en favor

de los contratistas.

5. Se remitieron oficios de confirmación de operaciones a 10 de los contratistas, de los

cuales, sólo 6 dieron respuesta. Entre la documentación proporcionada por los contratistas

se encuentran los estados de cuenta bancarios, donde se registraron los importes de las

transferencias electrónicas realizadas en 2012, derivadas del pago por la obra pública

y supervisión; asimismo, en el estado de cuenta bancario, se consignó la referencia que

corresponde al número de CLC que registró la Delegación Xochimilco.

Con lo expuesto, se comprobó el pago de las obligaciones mediante las transferencias

electrónicas realizadas por la Secretaría de Finanzas, derivadas de la contratación de obra

pública y de servicios de supervisión con cargo a las partidas 6121 “Edificación no Habitacional”

y 6151 “Construcción de Vías de Comunicación”.

452

VOLUMEN 8/17

II.17.1.2. DESTINO DE GASTO 65 “PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”

Auditoría ASC/170/12

ANTECEDENTES

El artículo décimo primero transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 30 de diciembre de 2011, señala, en relación con los recursos aprobados por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal por concepto de presupuesto participativo, que “a las Delegaciones

les corresponden recursos por 704,275,724 pesos y se distribuirán de acuerdo a lo establecido

en el Anexo 1 del presente decreto”.

En el artículo décimo primero transitorio, inciso c), del Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 se indica: “La determinación de las acciones

específicas que con cargo al presupuesto participativo ejecutarán las delegaciones en cada

una de las 1,815 colonias y pueblos originarios, que no se encuentren en el supuesto de

asentamientos irregulares, o que en su determinación no se contravenga disposiciones

jurídicas vigentes, se hará con base en los resultados de la consulta ciudadana que se efectuó

el domingo 13 de noviembre de 2011. Conforme al anexo 7”. Este último, establece el rubro

general y el proyecto específico ganador para cada colonia o pueblo.

Asimismo, en el Anexo 1 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2012, se señala que a la Delegación Xochimilco le corresponderían

35,888.0 miles de pesos, que representan el 5.1% de los 704,275.7 miles de pesos del

presupuesto participativo, para las 16 delegaciones del Distrito Federal.

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2012, se reportó que los 16 órganos

político-administrativos ejercieron 639,777.7 miles de pesos con cargo al destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, lo cual representó disminuciones de 64,498.1 miles de pesos (9.2%)

con relación a los 704,275.8 miles de pesos asignados originalmente y de 20,362.3 miles

de pesos (3.1%) en comparación con los 660,140.0 miles de pesos ejercidos en 2011.

453

VOLUMEN 8/17

El monto ejercido por la Delegación Xochimilco fue de 34,152.6 miles de pesos, que

representaron una variación negativa de 4.8% (1,735.4 miles de pesos) en relación con

los 35,888.0 miles de pesos del presupuesto original.

En el Informe de Cuenta Pública 2012 de la Delegación Xochimilco, apartado “ECG, Análisis de

Egresos por Capitulo de Gasto”, el órgano político-administrativo informó que por concepto

de presupuesto participativo, capítulo 6000 “Inversión Pública”, “la variación se debe a la

construcción y ampliación de edificios públicos que no se realizó debido a la falta de permisos

emitidos por el INAH el mercado de animales de San Luis Tlaxialtemalco, Centro juvenil,

por no contar el título propiedad, la terminación de canchas de Futbol, Basquetbol del Skate

Park, así como a reclasificaciones a otros capítulos y reducciones líquidas de recursos no

comprometidos y ejercidos”.

Para la Consulta Ciudadana, el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) ejerció

49,104.3 miles de pesos en diversas actividades de difusión y preparación, lo que permitió

una cobertura de 99.0% en la instalación de las mesas receptoras de opinión; sin embargo,

el porcentaje de votación fue de 1.9%. Al respecto, una encuesta de opinión y análisis que

contrató el IEDF y que se aplicó en junio de 2012, obtuvo, entre otros resultados, que sólo

el 9.7% de los entrevistados conocía el presupuesto participativo.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Xochimilco, con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se realizó de conformidad con los siguientes criterios generales, contenidos

en el Manual de Selección de Auditorías de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal:

454

VOLUMEN 8/17

1. “Exposición al Riesgo”, por ser el presupuesto participativo un programa de reciente

creación y, por tanto, está expuesto a riesgos de irregularidades e ineficiencias,

o incumplimiento de objetivos y metas.

2. “Interés General”, por la naturaleza del gasto y su importancia en el ámbito social, las

actividades que realizan los órganos político-administrativos para cumplir con los objetivos

del presupuesto participativo, tienen un impacto directo y tangible en la ciudadanía.

3. “Presencia y Cobertura”, de conformidad con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal, a la ALDF le compete vigilar, por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), de los recursos del presupuesto

participativo, el cual es susceptible de auditarse por estar contenido en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal y en la Cuenta Pública del Distrito Federal

de 2012.

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base

Primera, fracción V, incisos c) y e), en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

1o.; 2o.., fracciones IX y X, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, VI, VII, párrafo primero,

VIII, IX, XIII, XVI y XIX; 9o.; 10, incisos a) y e); 14, fracciones I, VIII, XVII y XXIII; 16; 22; 24;

27; 28; 30; 32; 33; 34; y 35 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o.; 2o., fracción XIX, inciso a); 6o., fracciones V

y VII, 13 y 16 del Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se estableció como resultado de los trabajos de planeación

correspondientes, una vez integrado el presupuesto ejercido en 2012 por la Delegación

Xochimilco con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por un total de

34,152.6 miles de pesos, correspondiente a las erogaciones realizadas en las partidas

2411 “Mezcla Asfáltica”, 2419 “Otros Productos Minerales no Metálicos”, 2461 “Material

Eléctrico y Electrónico”, 2491 “Otros Materiales y Artículos de Construcción y Reparación”,

455

VOLUMEN 8/17

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, 5411 “Automóviles y Camiones para la Ejecución

de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, 6121 “Edificación

no Habitacional” y 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”.

Para la presente revisión, se seleccionaron las partidas 6121 “Edificación no Habitacional”

y 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”, por un monto

ejercido de 19,831.9 miles de pesos, que representa el 58.1% del gasto correspondiente

al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (34,152.6 miles de pesos).

Con objeto de analizar los mecanismos de control y supervisión implantados por el sujeto

fiscalizado para aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer, registrar y pagar los

recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se revisó la normatividad

aplicable en 2012 consistente en los siguientes documentos: Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal; Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y su Reglamento;

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal; Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012;

Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del

Distrito Federal; Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2011) vigente a partir

del 20 de mayo de 2011; Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis 2012) vigente

a partir del 8 de agosto de 2012; Circular Contraloría General para el Control y Evaluación

de la Gestión Pública, el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa

y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal; Clasificador por

Objeto del Gasto del Distrito Federal; y Lineamientos con los que se Dictan Medidas de

Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal para contener el Gasto en la Administración

Pública del Distrito Federal, vigentes todas en 2012.

Se aplicaron cuestionarios de control interno en la Dirección General de Obras y Desarrollo

Urbano (DGODU), así como en las Direcciones de Finanzas y Recursos Humanos y

Recursos Materiales y Servicios Generales, estas últimas adscritas a la Dirección General

de Administración (DGA) de la Delegación Xochimilco.

456

VOLUMEN 8/17

Se revisó el Manual Administrativo de la Delegación Xochimilco vigente en 2012, tanto en

su apartado de organización como en el de procedimientos, para verificar que la organización

del sujeto fiscalizado fuera acorde con la estructura orgánica dictaminada y que los

procedimientos aplicables al rubro revisado estuvieran dictaminados y registrados por la

Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) de la Contraloría General

del Distrito Federal (CGDF).

Se analizó la normativa que rige el ejercicio de los recursos del presupuesto participativo,

para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para su

operación.

Se solicitó y analizó diversa información generada por el IEDF, relacionada con la capacitación

a servidores públicos de la Delegación.

Se verificó que la modificación al presupuesto autorizado para el destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo” de la Delegación Xochimilco se haya justificado y que contara

con la documentación soporte y la autorización de la Secretaría de Finanzas del Distrito

Federal (SEFIN).

Se constató que el presupuesto ejercido por la Delegación Xochimilco con cargo a la

muestra de auditoría se hubiese devengado conforme a la normatividad aplicable, y se

verificó la existencia de la documentación soporte que acreditara que las obras contratadas

se realizaron y pagaron conforme a lo convenido en los contratos correspondientes.

Se verificó que el registro presupuestal de las operaciones revisadas se hubiese realizado

de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

Se revisaron los montos de actuación de la Delegación Xochimilco, para comprobar que

las operaciones de gasto de inversión pública se ajustaran a lo dispuesto en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012.

Se comprobó que el ejercicio de los recursos de la muestra de auditoría contara con

la documentación justificativa y comprobatoria del gasto.

457

VOLUMEN 8/17

En cuanto a los contratistas considerados en la muestra de auditoría, se verificó que los

importes contratados, facturados y los datos relativos a la entrega de las obras correspondieran

a la información proporcionada por la Delegación Xochimilco, que las obras se hubiesen

realizado conforme a las cláusulas establecidas en los contratos y que los contratistas no

se encontraran inhabilitados por la Secretaría de la Función Pública (SFP) o por la CGDF.

Se verificó que las CLC correspondientes al pago de las obras contratadas, hubiesen sido

elaboradas y autorizadas por los servidores públicos facultados y que los comprobantes

de pago (facturas) cumplieran con los requisitos fiscales establecidos en el Código Fiscal

de la Federación vigente en 2012.

Se efectuó la verificación física de las obras ejecutadas para constatar que se hubiesen

realizado conforme a los contratos y convenios respectivos.

Se verificó que los informes relativos al ejercicio de recursos del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, se hayan presentado en tiempo y forma, de acuerdo con la

normatividad vigente en 2012.

La muestra de auditoría se determinó conforme a lo siguiente:

1. Por tratarse de una auditoría financiera, se estratificó el universo de recursos ejercidos

(34,152.6 miles de pesos) por capítulo, partida presupuestal, resultado, subresultado

y actividad institucional. Asimismo, a fin de identificar los importes y las variaciones

más significativas, se determinó el porcentaje que representa cada uno de estos rubros

en relación con el total del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

2. Se llevó a cabo una selección incidental y por unidad monetaria establecida en la Norma

Internacional de Auditoría (NIA) 530 “Métodos de selección de muestras”, de las Normas

de Auditoría del Instituto Mexicano de Contadores Públicos; también con base en los

capítulos, partidas y contratos con mayor participación en el ejercicio de recursos del

destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” en 2012.

Se determinó una muestra de auditoría del capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas

6121 “Edificación no Habitacional” y 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras

458

VOLUMEN 8/17

de Urbanización” por 9,213.2 miles de pesos, que representa el 27.0% de los 34,152.6 miles de

pesos ejercidos por la Delegación en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

conformada por los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-DGODU-OP-12-041

celebrados el 6 de julio y 9 de agosto de 2012, respectivamente; y convenios modificatorios

núms. DX-DGODU-OP-12-041-01 y DX-DGODU-OP-12-029-01 fechados el 11 de octubre

y 12 de diciembre, ambos de 2012, respectivamente, relativos a las obras de construcción

de guarniciones y banquetas en 11 Comités Vecinales; y el suministro y colocación de juegos

infantiles, adecuación de espacios para adultos mayores y terminación de muro de contención

en nueve Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco.

Se revisaron dos procedimientos para contratar obra pública, relacionados con los concursos

núms. LP/DGODU/016 y LP/DGODU/017; el primero de ellos fue celebrado mediante

adjudicación directa, por haberse declarado desierta la licitación pública nacional 30001125 004 12

y el segundo mediante licitación pública nacional.

La auditoría se llevó a cabo en la DGA y en la DGODU, ambas adscritas a la Delegación

Xochimilco.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El sistema de control interno comprende todo el plan de organización, los métodos y

procedimientos instituidos por la administración para garantizar que se cumplan las metas

y objetivos con criterios de economía, eficiencia, eficacia, transparencia y honradez; que

los recursos se empleen de conformidad con las leyes, reglamentos y políticas aplicables,

y que estén protegidos de desperdicios, pérdida o mal uso; y que se obtenga y conserve

la información relacionada con la aplicación de los recursos.

El estudio y evaluación del sistema de control interno sirve para determinar el grado de

confianza que puede concederse a estos sistemas, con relación a las erogaciones efectuadas

con fondos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Lo anterior, a fin de establecer

la extensión, oportunidad y alcance de las pruebas y procedimientos de auditoría; identificar

flujos de operación con debilidades o desviaciones de control interno y sus probables áreas

de riesgo; y definir los criterios para la selección de la muestra por revisar.

459

VOLUMEN 8/17

Se revisó y evaluó el sistema de control interno establecido por la Delegación Xochimilco

en las áreas administrativas y operativas que participaron o tuvieron responsabilidad

en el ejercicio de los recursos; en la operación y supervisión de las obras realizadas con fondos

del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”; en la verificación del cumplimiento de

requisitos documentales, en los registros presupuestales, y en el resguardo y archivo de la

documentación justificativa y comprobatoria del gasto y de los expedientes de los contratos

celebrados, y de las CLC de los pagos realizados.

Se analizó el Manual de Organización de la Delegación Xochimilco vigente en 2012, para

identificar tanto la estructura orgánica del sujeto fiscalizado, como los objetivos, funciones

y atribuciones de las unidades administrativas que la integran.

Asimismo, se revisó el manual de procedimientos de la Delegación, con objeto, por una

parte, conocer cuáles fueron las unidades administrativas que intervinieron en la autorización,

ejercicio y registro de las erogaciones con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” y, por otra, verificar que se aplicaran los procedimientos correspondientes.

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó que

la Delegación Xochimilco, para el ejercicio de los recursos con cargo al destino de gasto

65 “Presupuesto Participativo”, capítulo 6000 “Inversión Pública”, partidas 6121 “Edificación

no Habitacional” y 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”,

estableció mecanismos de control que, en general, hacen factible la administración de los

riesgos relativos a irregularidades e ineficiencias.

Asimismo, se determinó que las áreas están estructuradas conforme a las funciones asignadas

en el Manual de Organización de la Delegación de Xochimilco, con lo que se garantiza, en

términos generales, el cumplimiento de la normatividad, así como la supervisión y control

de las operaciones para validar las erogaciones del rubro sujeto a revisión, lo que a su vez

permite delimitar adecuadamente las responsabilidades.

460

VOLUMEN 8/17

RESULTADOS

1. Resultado

Manual Administrativo

La estructura orgánica de la Delegación Xochimilco vigente en 2012 fue sustentada con el

dictamen de reestructuración orgánica núm. 3/2009, mediante el oficio núm. OM/0406/2009

del 12 de marzo de 2009, emitido por la Oficialía Mayor del Distrito Federal (OM) donde

comunica su vigencia a partir del 1o. de enero de 2009 y fue aplicable en 2012.

Derivado de dicho dictamen, la estructura orgánica autorizada de la Delegación Xochimilco

estaba integrada por 162 plazas distribuidas de la siguiente forma: Jefatura Delegacional, con 37;

y las Direcciones Generales: Jurídica y de Gobierno, con 28; de Administración, con 32;

de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, con 19; de Servicios Urbanos, con 15; de Desarrollo

Social, con 17; y de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, con 14.

Las áreas administrativas de la Delegación Xochimilco que participaron en el ejercicio de los

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” fueron las Direcciones Generales

de Administración, de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección Ejecutiva de Participación

Ciudadana.

Derivado del análisis de la información proporcionada, se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. CG/CGMA/DDO/1546/2010 del 25 de mayo de 2010, la CGMA comunicó

a la Jefatura Delegacional en Xochimilco la dictaminación de su manual administrativo,

apartado de organización, con el registro núm. MA-O2D16-3/09. El manual cuenta con

antecedentes, marco jurídico-administrativo, atribuciones, organigrama, objetivo y funciones

por área; además, se sujetó a la estructura orgánica correspondiente al dictamen

núm. 03/2009 y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 16 de junio de 2010,

en cumplimiento del numeral 4.4.10 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal (Circular Uno Bis),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril de 2007.

2. La DGA de la Delegación Xochimilco, mediante la Circular 094 del 16 de enero de 2010,

comunicó y difundió entre los servidores públicos el manual administrativo, en su apartado

461

VOLUMEN 8/17

de organización, con número de registro MA-02D16-3/09, conforme a lo dispuesto en el

numeral 4.4.12 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal (Circular Uno Bis) del 12 de abril de 2007,

vigente hasta el 19 de mayo de 2011.

3. Respecto al manual de procedimientos, la DGA de la Delegación Xochimilco proporcionó

un listado de 247 procedimientos autorizados por la CGMA, integrados en su manual

administrativo con el registro núm. 3/2009, los cuales fueron publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal con fechas 7 de septiembre y 30 de noviembre, de 2010; 18 de abril,

30 de junio y 25 de agosto, de 2011; y 1o. de marzo, 7 y 24 de diciembre, de 2012;

los cuales fueron difundidos entre el personal, mediante diferentes oficios y circulares

emitidos por la DGA y la Subdirección de Recursos Humanos de la Delegación Xochimilco.

Lo anterior, en cumplimiento del numeral 4.4.12 de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Delegaciones del Gobierno del Distrito Federal

(Circular Uno Bis), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007,

vigente en 2012.

4. De los 247 procedimientos, 30 están relacionados con el objetivo de la auditoría, los

cuales incluyen controles para el manejo de recursos ejercidos con cargo al destino de

gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

2. Resultado

Competencia

De conformidad con el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

“las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de formación

y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana y los

órganos de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y

la cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia

social y de una mejor gobernanza”.

Mediante el oficio núm. ASC/13/1641 del 2 de septiembre de 2013, la Contaduría Mayor

de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal solicitó a la Consejera Electoral

Presidente del IEDF, que informara sobre los cursos de formación y sensibilización impartidos

462

VOLUMEN 8/17

a los servidores públicos de los órganos político-administrativos, relacionados con el presupuesto

participativo, realizados en 2012.

En respuesta, mediante el oficio núm. SECG-IEDF/2092/2013 del 6 de septiembre de 2013,

el IEDF remitió el oficio núm. IEDF/DEPC/567/2013 del día 4 del mismo mes y año,

al cual anexó el oficio núm. IEDF-DDXXXIX/273/13 del 4 de septiembre de 2013, donde el

Coordinador de la XXXIX Dirección Distrital del IEDF en Xochimilco remitió copia simple del

oficio núm. IEDF/DDXXXIX/359/13 del 25 de agosto y oficio núm. IEDF/DD-XXXIX/445/2011

del 14 de octubre, ambos de 2011, dirigidos al Jefe Delegacional en Xochimilco, solicitando

se notifique a los funcionarios públicos que laboran en el órgano político-administrativo sobre

la capacitación en línea en materia de “Planeación y Presupuesto Participativo” y “Democracia,

Valores Democráticos y Derechos Humanos”.

Posteriormente, se remitieron los oficios núms. IEDF/DD-XXXIX/397/2011 del 21 de septiembre,

IEDF/DD-XXXIX/411/2011 del 28 de septiembre, IEDF/DD-XXXIX/436/2011 del 7 de

octubre, IEDF/DD-XXXIX/458/2011 del 18 de octubre, IEDF/DD-XXXIX/483/2011 del

28 de octubre y IEDF/DD-XXXIX/589/2011 del 14 de diciembre, todos del 2011, dirigidos

al Jefe Delegacional en Xochimilco, mediante los cuales se envía constancia de los funcionarios

públicos que tomaron los cursos.

Asimismo, remitió copia de los oficios núms. IEDF/DD-XXXIX/660/2012 del 10 de agosto

y IEDF/DD-XXXIX/811/12 del 16 de octubre, ambos del 2012, dirigidos al Jefe Delegacional

en Xochimilco, en los cuales el Coordinador de la XXXIX Dirección Distrital del IEDF en

Xochimilco hace una cordial invitación al Jefe Delegacional y a los funcionarios de su

administración, a los cursos de capacitación para funcionarios y servidores públicos,

módulos I y II “Instrumentos de Participación Ciudadana”, así como la lista de asistencia a los

cursos presenciales “Instrumentos de Participación Ciudadana” (40 participantes módulo I

y 11 módulo II).

Por lo anterior, se concluye que los servidores públicos de la Delegación Xochimilco participaron

en todos los cursos de capacitación para funcionarios y servidores públicos promovidos

por el IEDF. En consecuencia, contaron con las competencias que proporcionó dicho organismo,

con lo cual se atendió lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Participación Ciudadana

del Distrito Federal.

463

VOLUMEN 8/17

3. Resultado

Objetivos, Indicadores y Metas

El artículo 1o., tercer párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2012, establece: “Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley

deberán observar que la administración de los recursos públicos se realice con base en

criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad,

transparencia, control, rendición de cuentas…”.

El artículo 25 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal señala:

“La programación y presupuestación anual del gasto público se realizará con apoyo en los

Anteproyectos de Presupuesto que elaboren las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Delegaciones y Entidades para cada ejercicio fiscal y con base en las políticas del Programa

General y los programas sectoriales establecidos en la Ley de Planeación, y las políticas de

gasto público que determine el Jefe de Gobierno, a través de la Secretaria. El anteproyecto

se elaborará por Dependencias, Órgano Desconcentrado, Delegación y Entidad estimando

los costos para alcanzar los resultados cuantitativos y cualitativos previstos en las metas,

así como los indicadores necesarios para medir su cumplimiento”.

En el mismo sentido, el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2012, dispone: “Las dependencias, órganos desconcentrados,

delegaciones y entidades llevarán la contabilidad en base acumulativa para determinar

costos y facilitar la formulación, ejercicio y evaluación de los presupuestos y sus programas,

con objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución”.

Por su parte, el numeral II.4, “Presupuesto Participativo”, del Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012,

dispone lo siguiente:

“La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, establece en su artículo 83 que el

Presupuesto Participativo es aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la forma

en que se aplican recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios en

que se divide el territorio del Distrito Federal.

464

VOLUMEN 8/17

”Los recursos de Presupuesto Participativo corresponderán al 3 por ciento del presupuesto

anual de las delegaciones y se destinarán a los rubros generales de obras y servicios,

equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito.

”Por lo anterior, las delegaciones, en la formulación de sus Anteproyectos, deberán considerar

lo establecido en la citada Ley.”

Con el oficio núm. ASC/13/1604 del 23 de agosto de 2013, se solicitó a la Delegación

Xochimilco el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual

(POA) 2012; asimismo, mediante el cuestionario de control interno se solicitó información

referente a los objetivos, metas e indicadores vinculados al presupuesto participativo. Con el

oficio núm. DGA/3214/2013 del 9 de septiembre de 2013, el órgano político-administrativo

remitió la información solicitada.

Derivado del análisis de la información proporcionada, se determinó lo siguiente:

1. En respuesta al cuestionario de control interno, la DGA informó que los indicadores

permiten establecer el logro, tanto de objetivos, como de metas; y son las áreas operativas,

las responsables del seguimiento de los indicadores al ejecutar directamente los

proyectos autorizados por los Comités Vecinales. Sin embargo, no presentaron ningún

tipo de indicadores.

2. En el POA 2012 de la Delegación Xochimilco, no se identificó actividad institucional

alguna vinculada con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, por lo cual,

no se establecieron metas físicas ni financieras.

3. En el Informe de Cuenta Pública de 2012, apartado “Avance en los Indicadores de los

Resultados de las Actividades Institucionales Realizadas” (AIRAIR), correspondiente a la

Unidad Responsable 02 CD 16 Delegación Xochimilco, no se reportó actividad institucional

alguna que agrupara las acciones vinculadas al presupuesto participativo; en consecuencia,

no se registraron “metas 2012” ni “índice de cumplimiento metas” para el rubro revisado.

Por lo anterior, se concluye que la Delegación Xochimilco no dispuso en su Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 de una actividad institucional;

465

VOLUMEN 8/17

ni contó con objetivos, metas e indicadores para el presupuesto participativo; en consecuencia,

incumplió lo establecido en los artículos 1o., tercer párrafo y 25, de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 126 de su Reglamento; y el numeral II. 4, “Presupuesto

Participativo”, del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del

Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2012.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Xochimilco no proporcionó información

o documentación alguna que modifique la presente observación, por lo que ésta prevalece.

Recomendación ASC-170-12-01-XOC

Es necesario que la Delegación Xochimilco establezca objetivos, metas e indicadores anuales

para el presupuesto participativo que estén vinculados con el Programa General de Desarrollo

del Distrito Federal correspondiente; y que evalúe su cumplimiento, para verificar la eficacia

en el ejercicio de los recursos, de acuerdo con la normatividad aplicable.

4. Resultado

Consulta Ciudadana

El 29 de septiembre de 2011, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Acuerdo

del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal por el que se aprueba

la Convocatoria a participar en la Consulta Ciudadana del 13 de noviembre de 2011, en

cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

en el cual estable que, del 3 al 7 de octubre de 2011, los habitantes de las colonias y pueblos,

conforme a la delimitación geográfica establecida en el Catálogo de Colonias y Pueblos

Originarios 2010, podrían registrar ante el Coordinador Interno o de Concertación Comunitaria

del Comité Ciudadano o Consejo del Pueblo que les corresponda, los proyectos específicos

que consideraran prioritarios.

La convocatoria describe el proceso para registrar los proyectos, los rubros genéricos

y específicos en los que se emplearían los recursos provenientes del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”; así como, las características de los proyectos que se registrarían.

466

VOLUMEN 8/17

Además, señala que las áreas técnicas de las delegaciones proporcionarían información

y apoyo a los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, a fin de que éstos seleccionaran

un mínimo de dos y un máximo de cinco proyectos que reunieran las siguientes características

básicas: vinculación con un rubro general y un proyecto específico, costo aproximado del

proyecto, cantidad aproximada de habitantes que serían beneficiados y señalar la ubicación

exacta del proyecto.

El 13 de noviembre de 2011, inició la Consulta Ciudadana, realizada en dos etapas: foro

informativo y recepción de la opinión ciudadana. En la primera etapa, se informaría a los

ciudadanos y a los habitantes de las colonias o pueblos sobre los proyectos elegidos por

el comité respectivo; en la segunda, se recibiría la opinión ciudadana para seleccionar de entre

dichos proyectos, el que consideraran prioritario efectuar en su colonia o pueblo.

Concluida la recepción de opiniones, los responsables de las mesas receptoras realizarían

el escrutinio y cómputo de las opiniones, a fin de determinar los resultados de la consulta,

los cuales se publicarían en lugares visibles. Como resultado, las Direcciones Distritales

del IEDF expidieron las constancias de validación entregadas a la Delegación Xochimilco

para su difusión y ejecución.

Mediante el oficio núm. ASC/13/1604 del 23 de agosto de 2013, la CMHALDF solicitó a la

Delegación Xochimilco información relacionada con el ejercicio de recursos del destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

En respuesta, la DGA del órgano político-administrativo mediante el oficio núm. DGA/3214/2013

del 9 de septiembre de 2013, proporcionó lo siguiente:

1. Copia del oficio núm. SECG-IEDF/0937/2012 del 6 de marzo de 2012, con el cual el IEDF

remitió a la Jefatura Delegacional en Xochimilco, copia de las 75 constancias de validación

correspondientes a los resultados de cada una de las colonias y pueblos de la Delegación

Xochimilco que participaron en la Consulta Ciudadana.

2. Copia de las 75 constancias de validación correspondientes a los resultados de la Consulta

Ciudadana realizada en dicha demarcación territorial, validadas por el Coordinador Distrital

467

VOLUMEN 8/17

y el Secretario Técnico Jurídico de la Dirección Distrital del IEDF, de conformidad con

el Anexo 1 “Presupuesto Participativo por Delegaciones”, del Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, dentro de las cuáles se

identificaron los dos proyectos autorizados que integran la muestra de auditoría.

Se constató que el 49.3% de las constancias (37) se relacionan con el rubro de obras

y servicios y que los dos proyectos relativos a la muestra de auditoría resultaron

ganadores y coinciden con los ejecutados por la Delegación Xochimilco, consistentes

en la construcción de guarniciones y banquetas en 11 Comités Vecinales de la Delegación

Xochimilco, al amparo del contrato núm. DX-DGODU-OP-12-029, otorgado mediante

licitación pública núm. 30001125 003 12; y para el suministro y colocación de juegos

infantiles, adecuación de espacio para adultos mayores y terminación de muro

de contención en ocho Comités Vecinales de dicha Delegación, al amparo del

contrato núm. DX-DGODU-OP-12-041, asignado mediante adjudicación directa

núm. DX-DGODU-OP-12-AD-EXC-02, mismos que se identifican con los rubros generales

de “Obras y Servicios”, “Infraestructura Urbana” y “Prevención del Delito”; por lo que la

Delegación Xochimilco se ajustó al inciso b), del artículo décimo segundo transitorio del

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011.

Respecto del programa semestral de difusión pública de las acciones y funciones a cargo

de la Delegación Xochimilco, ésta informó mediante el oficio núm. DGA/3214/2013 del

9 de septiembre de 2013 que “el Programa Semestral de Difusión del 1o. y 2o. semestre

de 2012, no fue tramitado”, por lo que incumplió los artículos 56 y 57 de la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2012, que señalan lo siguiente:

“Artículo 56. Las autoridades locales del Gobierno del Distrito Federal están obligadas

a establecer un programa semestral de difusión pública acerca de las acciones y funciones

a su cargo en los términos de este capítulo…”

“Artículo 57. El programa semestral de difusión pública será aprobado por el Jefe de

Gobierno, tomando en cuenta las opiniones de los Jefes Delegacionales, los Consejos

Ciudadanos, los Consejos del Pueblo y los Comités Ciudadanos, y contendrá información

sobre los planes, programas, proyectos y acciones a cargo de la Administración Pública…”

468

VOLUMEN 8/17

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Xochimilco proporcionó con el oficio

número DGA/4322/2013 del 9 de diciembre de 2013, copia del oficio número DEPC/2184/2013

del 12 de diciembre de 2013, mediante el cual la Directora Ejecutiva de Participación Ciudadana

envía copia del oficio número DEPC/2178/2013 del 12 de diciembre de 2013, con el que

se remitió el programa semestral de difusión pública del año 2013 del órgano político-

administrativo en Xochimilco a la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, por conducto

de la Coordinación de Enlace Delegacional de la Secretaria de Gobierno del Distrito Federal.

Derivado del análisis a la documentación proporcionada, se concluye que la Delegación

Xochimilco en 2013, dio cumplimiento a lo señalado en los artículos 56 y 57 de la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal, por lo tanto no se emite recomendación sobre

el presente resultado.

5. Resultado

Atribuciones y Marco Jurídico

Para verificar que el órgano político-administrativo contara con las atribuciones para la

operación y ejercicio de los recursos del presupuesto participativo, se analizó la normatividad

aplicable. Como resultado de ello, se constató lo siguiente:

Entre las atribuciones que el artículo 39 fracciones LVI y LXXVI, de la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal, establece que corresponde a los titulares de los

órganos político-administrativos de cada demarcación territorial, se encuentran las siguientes:

“LVI. Ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, con la participación

ciudadana, considerando las políticas y programas que en la materia emita la dependencia

correspondiente […]

”LXXVI. Coordinar acciones de participación ciudadana en materia de prevención del delito…”

Dentro de las atribuciones generales de los titulares de las Direcciones de Área establecidas

en el artículo 136, fracción I, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

469

VOLUMEN 8/17

Federal, se establece que corresponde a la Dirección General de Participación Ciudadana

lo siguiente:

“I. Cumplir en tiempo y forma la realización de las tareas de participación ciudadana

establecidas en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, dentro del ámbito

de su competencia.”

Derivado del análisis de la información anterior, se concluye que la Delegación Xochimilco

contó con las atribuciones establecidas en el marco jurídico de la materia para el ejercicio de

los recursos y las actividades vinculadas al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

6. Resultado

Programa Anual de Obra Pública 2012

Para verificar que las adquisiciones que la Delegación Xochimilco realizó con cargo al destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se hubiesen llevado a cabo conforme a la normatividad

aplicable, se analizó el PAAAPS de 2012. De su evaluación se constató lo siguiente:

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/991/2012 del 30 de enero de 2012, la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN comunicó a la Delegación Xochimilco el calendario presupuestal y el POA definitivo;

ambos corresponden a los montos aprobados por la ALDF mediante el Decreto de

Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012, al techo presupuestal comunicado

con el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 y a la capacidad financiera del Distrito Federal.

Con base en ello, el órgano político-administrativo elaboró su Programa Anual de Obra

Pública 2012, que publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 26 de marzo de 2012.

La Delegación Xochimilco publicó su Programa Anual de Obra con un desfase de 24 días

naturales posteriores al plazo previsto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal, por lo que incumplió dicho ordenamiento que establece: “Las […] Delegaciones y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a más tardar dentro de los treinta

días posteriores a la recepción de la autorización presupuestal, darán a conocer a través

de la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la disponibilidad de sus programas anuales de obra

pública, salvo que medie causa debidamente justificada para no hacerlo en dicho plazo”.

470

VOLUMEN 8/17

En el análisis del Programa Anual de Obra Pública 2012 de la Delegación Xochimilco, se

observó que no incluye la siguiente información: tipo de obra, lugar de realización de la obra

y zonas beneficiadas. Por ello, la Delegación Xochimilco incumplió lo señalado en el artículo 8o.

del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012, que

establece: “Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades al publicar

sus programas anuales de obra pública, darán a conocer las características fundamentales de

las obras públicas correspondientes, como: tipo de obra, costo estimado, lugar de realización

y zonas beneficiadas, de conformidad con el Código Financiero del Distrito Federal”.

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Xochimilco proporcionó, con el oficio

número DGA/4322/2013 del 9 de diciembre de 2013, copia de los siguientes documentos:

1. Oficio número DGODU/DOP/4429/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante

el cual el Director General de Obras y Desarrollo Urbano instruyó al Subdirector

Técnico y al Jefe de la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones,

que se observen los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal.

2. Oficio número DGODU/DOP/4428/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante

el cual el Director General de Obras y Desarrollo Urbano instruyó al Subdirector Técnico

y al Jefe de la Unidad Departamental de Concursos, Contratos y Estimaciones, que se

observe para los siguientes ejercicios fiscales, lo establecido en el artículo 8o. del

Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

3. Oficio número ST/379/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante el cual el Subdirector

Técnico rinde informe sobre la instrucción recibida, indicando que se implementará de

manera interna en el futuro inmediato un POA que contenga lo establecido en el artículo 8o.

del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Derivado del análisis de la información proporcionada, se desprende que se han girado las

instrucciones correspondientes, a fin de dar cumplimiento en tiempo y forma a lo establecido en

los artículos 21 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 8o. de su Reglamento,

por lo que no se emite recomendación alguna sobre este resultado.

471

VOLUMEN 8/17

7. Resultado

Gasto Aprobado

Con objeto de verificar que las asignaciones presupuestarias anuales comprometidas en

el Presupuesto de Egresos de 2012 se hubiesen llevado a cabo conforme a la normatividad

aplicable, se analizó el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, POA, calendario

presupuestal y anteproyecto de presupuesto de egresos, todos correspondientes al ejercicio

fiscal 2012, de los cuáles se observa lo siguiente:

La Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, por medio del oficio núm. SFDF/SE/0066/2012

del 2 de enero de 2012, comunicó al titular de la Delegación Xochimilco que el techo

presupuestal aprobado por la ALDF para el ejercicio fiscal 2012 fue de 1,196,266.4 miles

de pesos, de los cuales 591,619.1 miles de pesos (49.5%) serían asignados a gasto corriente

y 604,647.3 miles de pesos (50.5%) para gasto inversión.

Se observó que el presupuesto original asignado a la Delegación Xochimilco y reportado

para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 coincide con el techo

presupuestal, el POA y el calendario presupuestal autorizado por la SEFIN.

En el anexo del oficio núm. SFDF/SE/0066/2012 del 2 de enero de 2012, se señalan los

“Recursos Etiquetados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2012”, mismos que establecen: “conforme al Artículo Transitorio Décimo

Primero del Decreto de Presupuesto de Egresos, se deberá etiquetar con el DG 65, los montos

establecidos en el Anexo 1”, para lo cual dispone de un importe de 35,888.0 miles de pesos.

Asimismo, mediante el oficio núm. SFDF/SE/991/2012 del 30 de enero de 2012, la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN remitió a la Delegación Xochimilco el calendario

presupuestal y el POA, ambos en sus versiones definitivas y autorizadas.

Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4o., 38, primer párrafo, 43, 44

y 47, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 39 de

su Reglamento; 15, fracción VIII y 17, de la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal; 7, fracción VIII, inciso A) y 34, fracción VI, de su Reglamento.

472

VOLUMEN 8/17

8. Resultado

Gasto Modificado

Con objeto de verificar que el presupuesto ejercido coincidiera con el reportado por la Delegación

Xochimilco para la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 y que

el presupuesto modificado de las partidas se encontrara soportado con las afectaciones

programático-presupuestarias autorizadas, se analizaron las afectaciones y movimientos

que modificaron el presupuesto original del rubro sujeto a revisión; y se constató que

dichas afectaciones se encontraran debidamente registradas y justificadas.

Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias y de la información

presupuestaria, se observó que el presupuesto original de la Delegación Xochimilco, respecto

al presupuesto participativo 2012, incluye la cantidad de 35,888.0 miles de pesos con

cargo al capítulo 6000 “Inversión Pública”, posiciones presupuestales núms. 6121 0 2 1 00,

6151 0 2 1 00 y 6191 0 2 1 00. Sin embargo, en el calendario presupuestal no se etiquetaron

los recursos para el destino de gasto 65.

En razón de lo anterior, la Delegación Xochimilco realizó 18 afectaciones programático-

presupuestarias autorizadas por la SEFIN (ocho para readecuar los recursos asignados al

presupuesto participativo, ocho con efecto cero y dos reducciones líquidas) como se muestra

en seguida:

(Miles de pesos)

Concepto Importe Parcial Total

Presupuesto original

0.0

Más:

Adiciones compensadas 30,978.4

Ampliaciones compensadas 29,392.6 60,371.0

Menos:

Reducciones compensadas (25,261.3)

Reducciones líquidas (957.1) (26,218.4)

Presupuesto modificado y ejercido

34,152.6

Presupuesto asignado 35,888.0

Presupuesto no ejercido (1,735.4)

473

VOLUMEN 8/17

Se verificó que de conformidad con lo establecido en el Anexo núm. 1 del Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012 publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2011, a la Delegación Xochimilco

se le asignaron recursos por concepto de destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”,

por 35,888.0 miles de pesos (5.1% del presupuesto asignado a las 16 delegaciones del Distrito

Federal). La Delegación Xochimilco ejerció 34,152.6 miles de pesos, que representaron

1,735.4 miles de pesos (4.8%) menos de lo asignado.

Asimismo, se constató que el presupuesto original reportado por la Delegación Xochimilco para

la integración de la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2012 coincide con el comunicado

por la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN mediante el oficio núm. SFDF/SE/0066/2012

del 2 de enero de 2012. Por su parte, el presupuesto modificado y ejercido, integrados por

la CMHALDF, corresponden a los consignados en la Cuenta Pública referida y el sujeto

fiscalizado contó con los recursos asignados al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

antes de establecer cualquier compromiso de pago para realizar las obras resultantes de

la Consulta Ciudadana de 2012.

En la revisión de las afectaciones programático-presupuestarias del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo” del ejercicio fiscal 2012, se comprobó que éstas fueron elaboradas,

soportadas documentalmente y autorizadas por la SEFIN mediante el Sistema de Planeación

de Recursos Gubernamentales, de conformidad con lo establecido en el apartado

IV.3.3 “Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, del Manual de Normas y

Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal; y los

artículos 76, fracción III; 77; y 78, capítulo III “De las Adecuaciones Presupuestarias”, Título

Tercero “Del Ejercicio del Gasto Público”, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal, todos vigentes en 2012. Por tanto, del presente resultado no se desprende

observación alguna.

9. Resultado

Gasto Comprometido

En 2012, la Delegación Xochimilco ejerció recursos por 34,152.6 miles de pesos por concepto

de destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” con cargo a los capítulos 2000 “Materiales

y Suministros”, por 10,540.8 miles de pesos (30.8%); 4000 “Transferencias, Asignaciones,

474

VOLUMEN 8/17

Subsidios y Otras Ayudas“, por 955.2 miles de pesos (2.8%); 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles”, por 2,824.7 miles de pesos (8.3%); y 6000 “Inversión Pública”, por 19,831.9 miles

de pesos (58.1%).

Del total de los recursos ejercidos (34,152.6 miles de pesos), el 21.9% (7,457.7 miles de pesos)

se erogó con cargo a la partida 6121 “Edificación no Habitacional” y el 36.2% (12,374.2 miles

de pesos) con cargo a la partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de

Urbanización”. De estas partidas, se determinó la muestra de auditoría por 9,213.2 miles

de pesos (27.0%) del presupuesto ejercido en construcción de guarniciones y banquetas

en 11 Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco, al amparo del contrato

núm. DX-DGODU-OP-12-029, por 5,263.5 miles de pesos, otorgado mediante licitación

pública núm. 30001125 003 12; y 3,949.7 miles de pesos que se emplearon para el suministro

y colocación de juegos infantiles, adecuación de espacio para adultos mayores y terminación

de muro de contención en 8 Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco, al amparo

del contrato núm. DX-DGODU-OP-12-041 asignado mediante la adjudicación directa

núm. DX-DGODU-OP-12-AD-EXC-02.

A fin de constatar que el sujeto fiscalizado se hubiese ajustado a la normatividad aplicable,

se revisaron los procedimientos de adjudicación y los contratos para verificar que se haya

dado cumplimiento a las bases y a las principales cláusulas de los contratos respectivos,

observándose lo siguiente:

Contrato núm. DX-DGODU-OP-12-029

1. Con fecha 12 de junio de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

núm. 1371, la convocatoria pública nacional núm. 001 para la licitación pública nacional

núm. 30001125 003 12, con objeto de llevar a cabo la construcción de guarniciones

y banquetas en 11 Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco.

2. La convocatoria cumplió los requisitos establecidos en el artículo 28 de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

3. El expediente de la licitación pública contó con la documentación soporte consistente

en el presupuesto de referencia, bases, compra de las bases de la licitación, acta relativa

475

VOLUMEN 8/17

a la junta de aclaración de bases, presentación de apertura de la documentación legal

y administrativa, propuestas técnica y económica, dictamen y acta de fallo, contrato y

convenio modificatorio, garantías de sostenimiento de la propuesta y de cumplimiento

del contrato, pólizas de responsabilidad civil y de vicios ocultos, así como el dictamen de

análisis cualitativo. Dichos eventos se ajustaron a lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal vigente en 2012.

4. Conforme al dictamen y fallo del 3 de julio de 2012, la Delegación Xochimilco suscribió

el 6 de julio de 2012 el contrato núm. DX-DGODU-OP-12-029 por un monto de

5,229.8 miles de pesos (IVA incluido), con base en los precios unitarios por unidad de

concepto de trabajo terminado, con el contratista Proyección y Diseño en Construcción,

S.A. de C.V., quien reunió las condiciones legales, técnicas y económicas establecidas

en las bases, para realizar los trabajos de construcción de guarniciones y banquetas

en 11 comités vecinales de la Delegación Xochimilco.

5. El período de ejecución de las obras sería del 9 de julio al 23 de noviembre de 2012.

6. Con fecha 12 de diciembre de 2012, y con el fin de que cada Comité Ciudadano contara

con el importe autorizado del presupuesto participativo, se amplió el importe contratado

para banquetas y guarniciones. Al respecto, la Delegación Xochimilco celebró el convenio

modificatorio en importe núm. DX-DGODU-OP-12-029-01, por un monto de 33.7 miles

de pesos (0.6% más del importe original).

Contrato núm. DX-DGODU-OP-12-041

1. En la 7a. Sesión Ordinaria del Subcomité de Obras de la Delegación celebrada el 25 de

julio de 2012, se dictaminó que habiendo sido declarada desierta la convocatoria pública

nacional núm. 001; licitación pública nacional núm. 30001125 004 12, publicada en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de junio de 2012, referente al suministro y

colocación de juegos infantiles, adecuación de espacio para adultos mayores y terminación

de muros de contención en ocho Comités Vecinales, de la Delegación Xochimilco, de

conformidad con el artículo 63, fracción IV, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,

se aprobó llevar a cabo su contratación bajo la modalidad de adjudicación directa.

476

VOLUMEN 8/17

2. Mediante el oficio núm. DGODU/ST/2272/12 del 27 de julio de 2012, la DGODU

comunicó al Administrador Único de la empresa Macros A & M, S. A. de C. V., la invitación

para que presentara su propuesta.

3. El contratista Macros A & M, S. A. de C. V. reunió las condiciones legales, técnicas

y económicas correspondientes, por lo que la Delegación Xochimilco con base en los

precios unitarios y por unidad de concepto de trabajo terminado suscribió el contrato

núm. DX-DGODU-OP-12-041 el 9 de agosto de 2012, para el suministro y colocación de

juegos infantiles, adecuación de espacio para adultos mayores y terminación de muros

de contención en ocho Comités Vecinales de la Delegación Xochimilco, por un monto de

3,471.2 miles de pesos.

4. La vigencia del contrato fue del 13 de agosto al 26 de noviembre de 2012.

5. El 11 de octubre de 2012, derivado de la asignación de un nuevo frente de trabajo

denominado “La Cebada I”, para la instalación de dos gimnasios y un módulo de juegos

infantiles, la Delegación celebró el convenio modificatorio en importe, plazo y metas

núm. DX-DGODU-OP-12-041-01, por un monto de 478.5 miles de pesos (13.7%)

adicionales al importe original y ampliación del plazo para la ejecución de la obra del

27 de noviembre al 10 de diciembre de 2012.

En la cláusula décima, “Garantías”, de los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-

DGODU-OP-12-041, inciso a), los contratistas se comprometieron a entregar póliza de

fianza en un plazo no mayor a 10 días hábiles siguientes a la fecha de fallo de adjudicación

a favor de la SEFIN, otorgada por institución autorizada para ello, por el equivalente al 10.0%

del monto contratado (IVA incluido), a fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.

Dicha fianza, se sustituiría al final de los trabajos por la fianza para responder a los vicios

ocultos, de acuerdo con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2012.

En la cláusula décima, “Garantías”, inciso b), de los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029

y DX-DGODU-OP-12-041, se estableció que para responder por defectos que pudieran resultar

de los trabajos realizados y que contengan vicios ocultos y/o cualquier otra responsabilidad,

477

VOLUMEN 8/17

los contratistas se obligan a garantizar mediante fianza por el equivalente al 10.0% del monto

contratado (IVA incluido), la cual deberá estar vigente durante el plazo de un año, a partir

de 10 días hábiles previos a la recepción formal, de conformidad con los artículos 35 fracción III,

36 y 38, de Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y los artículos 35 y 36 de su Reglamento.

En la cláusula décima, “Garantías”, inciso c), referente a la póliza de seguros de responsabilidad

civil por daños a terceros de los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-DGODU-OP-12-041,

las empresas contratistas se comprometieron a entregar seguro de responsabilidad civil por

daños a terceros dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato,

por el equivalente al 10.0% del monto contratado (IVA incluido), con vigencia desde el inicio

de los trabajos hasta la entrega de los mismos.

En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula décima, “Garantías”, incisos a), b) y c), del

contrato núm. DX-DGODU-OP-12-029 celebrado con el contratista Proyección y Diseño

en Construcción, S.A. de C.V. y el núm. DX-DGODU-OP-12-041 con la contratista Macros

A & M, S. A. de C. V., ambas empresas presentaron en tiempo y forma las pólizas de fianza

para garantizar el cumplimiento del contrato, responsabilidad civil para garantizar la reparación

total de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a terceros y para responder por

vicios ocultos y por cualquier otra responsabilidad, como se muestra en seguida:

(Miles de pesos)

Contrato Compañía

Número de póliza

Fecha de

expedición Monto %

Número Fecha Importe

Fianzas de cumplimiento: DX-DGODU-OP-12-029 6/VII/2012 5,263.5 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V.

5322-26958-2 6/VII/12 522.9 10.0

DX-DGODU-OP-12-041 9/VIII/2012 3,949.7 Afianzadora ASERTA, S.A. de C.V.

3839-04430-4 9/VIII/12 395.0 10.0

Fianzas de responsabilidad civil: DX-DGODU-OP-12-029 6/VII/2012 5,263.5 La Latinoamericana, S.A. de C.V.

15,425 11/VII/12 522.9 10.0

DX-DGODU-OP-12-041 9/VIII/2012 3,949.7 Seguros Banorte Generali, S.A. de C.V.

2,564 14/VIII/12 395.0 10.0

Fianzas de vicios ocultos: DX-DGODU-OP-12-029 6/VII/2012 5,263.5 Afianzadora Insurgentes, S.A. de C.V.

5322-26958-2 6/VII/12 522.9 10.0

DX-DGODU-OP-12-041 9/VIII/2012 3,949.7 Afianzadora ASERTA, S.A. de C.V.

3839-04430-4 9/VIII/12 395.0 10.0

Lo anterior, en cumplimiento de los artículos 35, fracción III; 36; y 58, segundo párrafo, de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal; y 35 y 36 de su Reglamento, ambos vigentes en 2012.

478

VOLUMEN 8/17

De las consultas realizadas el 7 de octubre de 2013, se desprende que ninguna de las dos

empresas contratistas de la muestra de auditoría con quienes la Delegación Xochimilco realizó

operaciones en 2012, se encuentra en los listados de proveedores y contratistas sancionados

que publican dichas instancias en sus sitios oficiales. Lo anterior, de conformidad con el

artículo 37, fracción XI-BIS, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal vigente en 2012.

Por tanto, no se formula observación alguna al respecto.

10. Resultado

Gasto Devengado

Respecto a la recepción de las obras contratadas, se verificó que el órgano político-

administrativo contara con la evidencia documental respectiva.

Contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-DGODU-OP-12-041

Los dos contratistas entregaron la bitácora de obra debidamente requisitada al término de

la obra, de acuerdo con lo establecido en la cláusula octava “Bitácora” de dichos contratos,

“las contratistas se obligan a registrar en la bitácora de la obra los eventos que sucedan

durante el desarrollo de los trabajos, en apego a lo que se establece en los artículos 46

fracción XI de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 62 fracción I de su Reglamento”,

vigente en 2012.

1. En cuanto a la recepción de los trabajos amparados por el contrato

núm. DX-DGODU-OP-12-029, la Delegación Xochimilco proporcionó el oficio sin número

de notificación de terminación de los trabajos del 23 de noviembre de 2012, actas de

recepción parcial por frente del 21 de noviembre de 2012 y el acta de entrega-recepción

que se formalizó el 17 de abril de 2013, debiendo ser dentro de los 10 días hábiles

siguientes a la fecha de la notificación (7 de diciembre de 2012), observándose un desfase

de 79 días hábiles.

2. Respecto de los trabajos amparados por el contrato núm. DX-DGODU-OP-12-041,

la Delegación proporcionó el oficio sin número del 10 de diciembre de 2012, minuta

de trabajo del 14 de diciembre de 2012, con la finalidad de verificar la conclusión

479

VOLUMEN 8/17

de los trabajos realizados, en la cual se hace constar que la empresa ejecutora realizó

la terminación de los trabajos satisfactoriamente conforme al contrato, a lo cual se

procederá al cierre administrativo y contable de la obra. El acta de entrega-recepción se

formalizó el 20 de agosto de 2013, debiendo ser dentro de los 10 días hábiles siguientes

a la fecha de la notificación (19 de enero de 2013), por lo tanto la entrega-recepción

se formalizó con un desfase de 155 días hábiles.

Por no elaborar las actas de entrega-recepción de los contratos DX-DGODU-OP-12-029

y DX-DGODU-OP-12-041 dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de recepción

de la comunicación de los contratistas sobre la terminación de los trabajos, la Delegación

Xochimilco incumplió las cláusulas décima séptima “Verificación y Recepción de los Trabajos”

párrafos primero, quinto y sexto de ambos contratos; y el artículo 57, cuarto párrafo, de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal, que establecen:

“Dentro de los 10 (diez) días hábiles anteriores a la fecha de terminación de los trabajos,

de acuerdo con la fecha contractual o a la última modificación en plazo del mismo acuerdo

a la fecha contractual o a la última modificación en plazo del mismo, ‘EL CONTRATISTA’

comunicará por oficio al Residente de Obra de ‘LA DELEGACIÓN’ la terminación de los

trabajos que le fueron encomendados, anexando los documentos que lo acrediten e incluirá una

relación de las estimaciones, importe ejercido y créditos a favor o en contra. ‘LA DELEGACIÓN’

verificará obligatoriamente dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha de

recepción de la comunicación antes citada, que los trabajos estén debidamente concluidos

de conformidad a lo establecido en el presupuesto y programa de trabajo. […] Una vez que se

haya constatado la terminación de los trabajos en el plazo establecido ‘LA DELEGACIÓN’

procederá obligatoriamente a su recepción física dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes,

levantándose el acta correspondiente.”

Artículo 57, cuarto párrafo, de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal: ”Una vez

que se haya constatado la terminación de los trabajos […] la dependencia, órgano

desconcentrado, delegación o entidad, procederá a su recepción dentro del plazo que

para tal efecto se haya establecido en el propio contrato. Al concluir dicho plazo, sin que

la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad, haya recibido los trabajos,

éstos se tendrán por recibidos”.

480

VOLUMEN 8/17

En la reunión de confronta, celebrada el 12 de diciembre de 2013, el Director General de

Administración en representación de la Delegación Xochimilco proporcionó, con el oficio

número DGA/4322/2013 del 9 de diciembre de 2013, copia de los siguientes documentos:

1. Oficio núm. DGODU/DOP/ST/4432/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante el cual

el Director General de Obras y Desarrollo Urbano instruye al Subdirector de Obras,

titulares de las Jefaturas de Unidad Departamental de Mantenimiento a Escuelas;

Mantenimiento a Edificios Públicos; Obras, Agua Potable y Drenaje; Obras Viales;

Proyectos; Concursos, Contratos y Estimaciones y Avance Físico Financiero, el cumplimiento

de lo establecido en los artículos 57, cuarto párrafo, de la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal; 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas, así como el estricto acatamiento a lo establecido en los contratos de obra

pública y servicios relacionados con la misma que se encuentren bajo su supervisión.

2. Oficio número DGODU/DOP/ST/4434/2013 del 10 de diciembre de 2013, mediante el cual

el Director General de Obras y Desarrollo Urbano remite al Subdirector de Obras, Titulares

de las Jefaturas de Unidad Departamental de Mantenimiento a Escuelas; Mantenimiento

a Edificios Públicos; Obras, Agua Potable y Drenaje; Obras Viales; Proyectos; Concursos,

Contratos y Estimaciones y Avance Físico Financiero, formato elaborado de conformidad

con lo establecido en el artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y

64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que deberá

de complementarse por cada uno de los contratos que les sean asignados de conformidad

con la competencia de las áreas a su cargo y supervisión como residentes de obra; y que

una vez que el formato se encuentre debidamente requisitado deberá ser integrado al

expediente único del instrumento contractual correspondiente.

Derivado del análisis de la información proporcionada, se concluye que la Delegación

Xochimilco ha girado las instrucciones correspondientes a fin de dar cumplimiento en tiempo

y forma a lo establecido en el artículo 57, cuarto párrafo, de la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal, por lo que no se emite recomendación alguna sobre este resultado.

De acuerdo con la verificación física efectuada el 3 de octubre de 2013 por la CMHALDF

y la Delegación Xochimilco, con la finalidad de constatar la realización de las obras objeto

481

VOLUMEN 8/17

de los dos contratos de la muestra de auditoría, se observó que éstas corresponden a la

descripción establecida en dichos contratos y a los proyectos ganadores que se indican

en las constancias de validación emitidas como resultado de la Consulta Ciudadana celebrada

el 13 de noviembre de 2011.

11. Resultado

Gasto Registrado y Ejercido

Con el propósito de verificar que los pagos realizados por la Delegación Xochimilco con cargo

al capítulo 6000 “Inversión Pública”, partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de

Obras de Urbanización”, se hayan sujetado a las condiciones pactadas en los contratos

núms. DX-DGODU-OP-12-029 del 6 de julio y DX-DGODU-OP-12-041 del 9 de agosto,

ambos de 2012; que éstos estuvieran respaldados con la documentación justificativa

y comprobatoria de las obras; y que el registro presupuestal se hubiese sujetado a la

normatividad aplicable, se analizó la documentación soporte de la muestra, contenida

en las 17 CLC que se relacionan a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato CLC Factura

Número Fecha Importe

Número Fecha

DX-DGODU-OP-12-029 10004292 25/IX/12 13.1 11 29/VIII/12

10004312 25/IX/12 939.7 18 5/IX/12

10005330 19/X/12 1,553.3 25 5/X/12

10007668 23/XI/12 1,288.3 37 15/XI/12

10007855 24/XI/12 563.6 32 24/X/12

10008957 12/XII/12 445.0 47 3/XII/12

10016261 31/XII/12 17.5 82 31/I/13

10016275 31/XII/12 443.0 82 31/I/13

Subtotal 5,263.5

DX-DGODU-OP-12-041 10005333 19/X/12 235.8 26 31/VIII/12

10014373 31/XII/12 175.6 42 2/X/12

10016180 31/XII/12 34.2 56 31/X/12

10016182 31/XII/12 281.7 56 31/X/12

10016115 31/XII/12 46.5 56 31/X/12

10013735 31/XII/12 48.0 63 3/XII/12

10013818 31/XII/12 444.3 75 11/XII/12

10014158 31/XII/12 2,605.8 75 11/XII/12

10013969 31/XII/12 77.8 75 11/XII/12

Sub-total 3,949.7

Total 9,213.2

482

VOLUMEN 8/17

Derivado del análisis de la documentación que soporta los pagos realizados, se observó

lo siguiente:

1. Las 17 CLC, mediante las cuales la Delegación Xochimilco pagó a los contratistas igual

número de estimaciones de obra relacionadas con los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029

y DX-DGODU-OP-12-041 y convenios modificatorios núms. DX-DGODU-OP-12-029-01 y

DX-DGODU-OP-12-041-01, respectivamente, fueron elaboradas por el personal autorizado

y contaron con la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, consistente

en escritos de entrega de la estimación por parte del contratista, 12 facturas, carátulas

para estimaciones, control acumulativo de estimaciones, resúmenes de generadores por

concepto, hojas anexo de ubicación de frentes de trabajo, volantes de trámite de estimación

(hojas viajeras), copia de los contratos, copia de las pólizas de fianza de cumplimiento

y vicios ocultos, oficios de envío de la estimación para su pago, en cumplimiento del

artículo 69, fracciones I y III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2012

2. Las 12 facturas con las que se soportaron los pagos efectuados mediante las 17 CLC

al amparo de los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y DX-DGODU-OP-12-041

cumplen los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29A del Código Fiscal

de la Federación vigente en 2012, además de encontrarse registradas en el Sistema

Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI), realizando su verificación con el Servicio de

Verificación de Comprobantes Fiscales Impresos del Servicio de Administración Tributaria

de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

3. El registro presupuestal de las operaciones revisadas se llevó a cabo conforme

al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2012.

4. El contenido de los contratos se ajustó al artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal vigente en 2012.

12. Resultado

Gasto Pagado

Con el objeto de verificar que la Delegación Xochimilco contara con la documentación que

reflejara la cancelación total de las obligaciones contraídas mediante los contratos

correspondientes a la muestra de auditoría, por medio de los oficios núms. ASC/13/1899

483

VOLUMEN 8/17

y ASC/13/1900, ambos del 26 de septiembre de 2013, la CMHALDF solicitó a las empresas

contratistas con quienes la Delegación celebró los contratos núms. DX-DGODU-OP-12-029 y

DX-DGODU-OP-12-041, la confirmación de las operaciones realizadas con la Delegación

Xochimilco en el ejercicio 2012, que incluye la relación de pagos, copia de las facturas

respectivas, copia de la documentación que compruebe que las obras realizadas fueron

efectivamente entregadas a dicho órgano político-administrativo y, en su caso, el importe

de las penas convencionales aplicadas.

Al respecto, los contratistas Macros A & M, S.A. de C.V. y Proyección y Diseño en

Construcción, S.A. de C.V., mediante oficios sin número del 21 y 3 de octubre de 2013,

respectivamente, enviaron cuadros concentrados de información en los que cada una de ellas

detallan el monto, fecha de inicio y término, descripción de los trabajos, facturas, importes

y fecha de pago de cada estimación y anexan copia de la documentación antes descrita.

De su análisis, se confirmó que la información y documentación proporcionada coincide

con la exhibida por la Delegación Xochimilco.

13. Resultado

Informes del Compromiso y Ejecución

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2011, se publicó el Decreto

de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2012, que en su artículo

décimo segundo transitorio, inciso f), establece: “Los Jefes Delegacionales entregarán cuatro

informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto participativo,

por colonia y por pueblo originario, a más tardar el 30 de marzo, el 30 de junio, el 30 de

septiembre y el 5 de diciembre de 2012, mismos que serán turnados al Jefe de Gobierno

del Distrito Federal, a la Contraloría General del Distrito Federal a efecto de que evalúe

su aplicación y cumplimiento, así como a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”.

Derivado del análisis de los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados

al presupuesto participativo por colonia y por pueblo originario correspondiente a los 75 Comités

Ciudadanos y Consejos de Pueblos constituidos en la Delegación Xochimilco, se observó que

dichos informes, fueron entregados en las fechas que se señalan a continuación:

484

VOLUMEN 8/17

Período del informe

Fecha Días

de desfase Debieron

presentarse Se presentaron

Primer trimestre 30/III/12 18/V/12 35

Segundo trimestre 30/VI/12 29/VI/12 0

Tercer trimestre 30/IX/12 24/IX/12 0

Cuarto trimestre 5/XII/12 26/XI/12 0

Por haber presentado el informe correspondiente al primer trimestre de 2012 en forma

extemporánea, la Delegación Xochimilco incumplió lo dispuesto en el inciso f), del artículo

décimo segundo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre

de 2011.

No obstante, en razón de que el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2013 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de

diciembre de 2012 no establece que las delegaciones tengan la obligación de presentar

los informes del compromiso y la ejecución de los recursos aplicados al presupuesto

participativo por colonia y por pueblo originario, por lo que no se emite recomendación para

el presente resultado.