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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009 Pág. 4 B.O.C.M. Núm. 119 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 1675 RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2009, de la Dirección Ge- neral de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesiona- les, por la que se aprueba el currículo de los módulos es- pecíficos correspondientes al perfil profesional de un programa de cualificación profesional inicial de la familia profesional de Vidrio y Cerámica. Los programas de cualificación profesional inicial incluyen módu- los obligatorios, que han de ser cursados por todos los alumnos que se incorporen a estas enseñanzas, y módulos voluntarios, que se realiza- rán por aquellos alumnos que, una vez superada la parte obligatoria, deseen obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obli- gatoria. Los primeros, a su vez, integran módulos formativos de ca- rácter general, cuya finalidad es la de posibilitar la adquisición de las competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes ense- ñanzas, y módulos específicos, destinados a formar al alumno en las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1 de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profe- sionales establecido en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiem- bre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre. La Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 24), ha definido el currículo de la Comunidad de Madrid para los módulos formativos de carácter general y determinado que compete a la Di- rección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesiona- les establecer, mediante Resolución, el currículo de los módulos es- pecíficos de cada perfil profesional. Por Resolución de 9 de mayo de 2008, esta Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales aprobó los currí- culos de catorce perfiles profesionales para su implantación en el curso 2008-2009, y posteriormente fueron ampliados con la aproba- ción de siete nuevos perfiles en las familias profesionales de “Edifi- cación y Obra Civil” y “Textil, Confección y Piel”, mediante Reso- lución de 7 de julio de 2008; de “Artes Gráficas” y “Comercio y Marketing”, mediante Resolución de 31 de julio de 2008; y de “In- dustrias Alimentarias”, “Química” y “Servicios Socioculturales y a la Comunidad”, mediante Resolución de 10 de marzo de 2009. En el apartado tercero de la citada Resolución de 9 de mayo de 2008 se establece que, a medida que por la evolución de las nece- sidades del sistema productivo se complete y actualice el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, se aprobarán nuevos per- files y, si procede, se revisarán los ya aprobados con objeto de que sus módulos profesionales cumplan el requisito de acreditación de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, previsto en el artículo 30.4 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ante las necesidades de planificación de esta oferta formativa, procede ahora ampliar el catálogo de perfiles profesionales de estas enseñanzas con la incorporación de los incluidos en esta norma. Por todo ello, en ejercicio de las competencias conferidas en al ar- tículo 8.2 de la Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, RESUELVO Primero Objeto de la norma y ámbito de aplicación 1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar un perfil profesio- nal de programas de cualificación profesional inicial de la familia profesional de Vidrio y Cerámica y establecer el currículo de sus respectivos módulos específicos. En cada currículo se incluyen: Los datos identificativos del perfil profesional. Las realizaciones y criterios de realización de las unidades de competencia que incluyen. Las capacidades, criterios de evaluación y contenidos de los módulos profesionales asociados a unidades de competencia que lo componen. Las capacidades y criterios de evaluación del módulo de for- mación en centros de trabajo. La organización académica y la distribución horaria semanal de los módulos específicos. El profesorado con competencia docente para impartir cada uno de los módulos profesionales. Los requisitos de espacios e instalaciones. 2. Dichos currículos son de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Segundo Perfil profesional que se aprueba Se aprueba el siguiente perfil profesional: Familia profesional: Vidrio y Cerámica. Código: VICI01. Denominación del Programa de cualificación profesional ini- cial: Operaciones de reproducción manual o semiautomática de productos cerámicos. Anexo: Anexo I. Madrid, a 17 de abril de 2009.—La Directora General de Educa- ción Secundaria y Enseñanzas Profesionales, María José García- Patrón Alcázar.

I. COMUNIDAD DE MADRID · Pág. 4 JUEVES 21 DE MAYO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 119 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 1675

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 4 B.O.C.M. Núm. 119

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

Consejería de Educación

1675 RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2009, de la Dirección Ge-neral de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesiona-les, por la que se aprueba el currículo de los módulos es-pecíficos correspondientes al perfil profesional de unprograma de cualificación profesional inicial de la familiaprofesional de Vidrio y Cerámica.

Los programas de cualificación profesional inicial incluyen módu-los obligatorios, que han de ser cursados por todos los alumnos que seincorporen a estas enseñanzas, y módulos voluntarios, que se realiza-rán por aquellos alumnos que, una vez superada la parte obligatoria,deseen obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obli-gatoria. Los primeros, a su vez, integran módulos formativos de ca-rácter general, cuya finalidad es la de posibilitar la adquisición de lascompetencias básicas para proseguir estudios en las diferentes ense-ñanzas, y módulos específicos, destinados a formar al alumno en lascompetencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1 dela estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profe-sionales establecido en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiem-bre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre.

La Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 24), hadefinido el currículo de la Comunidad de Madrid para los módulosformativos de carácter general y determinado que compete a la Di-rección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesiona-les establecer, mediante Resolución, el currículo de los módulos es-pecíficos de cada perfil profesional.

Por Resolución de 9 de mayo de 2008, esta Dirección General deEducación Secundaria y Enseñanzas Profesionales aprobó los currí-culos de catorce perfiles profesionales para su implantación en elcurso 2008-2009, y posteriormente fueron ampliados con la aproba-ción de siete nuevos perfiles en las familias profesionales de “Edifi-cación y Obra Civil” y “Textil, Confección y Piel”, mediante Reso-lución de 7 de julio de 2008; de “Artes Gráficas” y “Comercio yMarketing”, mediante Resolución de 31 de julio de 2008; y de “In-dustrias Alimentarias”, “Química” y “Servicios Socioculturales y ala Comunidad”, mediante Resolución de 10 de marzo de 2009.

En el apartado tercero de la citada Resolución de 9 de mayode 2008 se establece que, a medida que por la evolución de las nece-sidades del sistema productivo se complete y actualice el CatálogoNacional de Cualificaciones Profesionales, se aprobarán nuevos per-files y, si procede, se revisarán los ya aprobados con objeto de quesus módulos profesionales cumplan el requisito de acreditación de

las competencias profesionales adquiridas en relación con el SistemaNacional de Cualificaciones y Formación Profesional, previsto en elartículo 30.4 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ante lasnecesidades de planificación de esta oferta formativa, procede ahoraampliar el catálogo de perfiles profesionales de estas enseñanzas conla incorporación de los incluidos en esta norma.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias conferidas en al ar-tículo 8.2 de la Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería deEducación,

RESUELVO

Primero

Objeto de la norma y ámbito de aplicación1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar un perfil profesio-

nal de programas de cualificación profesional inicial de la familiaprofesional de Vidrio y Cerámica y establecer el currículo de susrespectivos módulos específicos.

En cada currículo se incluyen:— Los datos identificativos del perfil profesional.— Las realizaciones y criterios de realización de las unidades de

competencia que incluyen.— Las capacidades, criterios de evaluación y contenidos de los

módulos profesionales asociados a unidades de competenciaque lo componen.

— Las capacidades y criterios de evaluación del módulo de for-mación en centros de trabajo.

— La organización académica y la distribución horaria semanalde los módulos específicos.

— El profesorado con competencia docente para impartir cadauno de los módulos profesionales.

— Los requisitos de espacios e instalaciones.2. Dichos currículos son de aplicación en el ámbito territorial de

la Comunidad de Madrid.

Segundo

Perfil profesional que se apruebaSe aprueba el siguiente perfil profesional:— Familia profesional: Vidrio y Cerámica.— Código: VICI01.— Denominación del Programa de cualificación profesional ini-

cial: Operaciones de reproducción manual o semiautomáticade productos cerámicos.

Anexo: Anexo I.Madrid, a 17 de abril de 2009.—La Directora General de Educa-

ción Secundaria y Enseñanzas Profesionales, María José García-Patrón Alcázar.

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1. FICHA DE IDENTIFICACIÓN:

Denominación OPERACIONES DE REPRODUCCIÓN MANUAL O SEMIAUTOMÁTICA DE PRODUCTOS CERÁMICOS

Código: VICI01

Familia profesional VIDRIO Y CERÁMICA

Cualificacionesasociadas al Programa VIC205_1: Operaciones de reproducción manual o semiautomática de productos cerámicos.

Competencia general Realizar operaciones manuales o semiautomáticas de moldeado, esmaltado decoración y cocción de productos cerámicos, a partir de diseños y modelos establecidos siguiendo las instrucciones técnicas dadas y garantizando la calidad y la seguridad de las operaciones.

Unidades de competencia

UC0649_1: Conformar productos cerámicos mediante colado y reproducir moldes. UC0650_1: Conformar productos cerámicos mediante moldeo manual o semiautomático a

partir de masas plásticas. UC0651_1: Realizar la aplicación manual de esmaltes y decoraciones en productos

cerámicos.UC0652_1: Realizar operaciones de carga, cocción y descarga de hornos para la

fabricación manual o semiautomática de productos cerámicos.

Entorno profesional

Ámbito profesional:Desarrolla su actividad profesional en empresas de fabricación de productos cerámicos dedicados a uso doméstico y decoración, o en talleres artesanales. Actúa como trabajador dependiente, en el área de ejecución de la producción, ejerciendo su labor en el marco de las funciones y los objetivos asignados por encargados y técnicos de superior nivel al suyo, o bajo la directriz de un artesano-artista.

Sectores productivos:Empresas de fabricación de vajillería cerámica, decoración de baldosas a “tercer fuego”, artículos para el hogar y decoración, y talleres artesanales.

Ocupaciones y puestos de trabajo relacionados: Moldeador de cerámica: coladores, montadores, pegado- res. Operario de prensado plástico Operario de torno de calibrado Operario de alfarería Pintores de línea de decoración manual de productos cerámicos.

Formación asociada: Módulos profesionales

MP01: Colado de productos cerámicos y reproducción de moldes. MP02: Moldeo manual y semiautomático de productos cerámicos a partir de pastas en

estado plástico. MP03: Esmaltado y decoración manual de productos cerámicos. MP04: Cocción de productos cerámicos.

Unidad de Competencia (Código y denominación)

Módulos profesionales cuya superación se requiere para su acreditación

(Código y denominación)

UC0649_1: Conformar productos cerámicos mediante colado y reproducir moldes.

MP01: Colado de productos cerámicos y reproducción de moldes.

UC0650_1: Conformar productos cerámicos mediante moldeo manual o semiautomático a partir de masas plásticas.

MP02: Moldeo manual y semiautomático de productos cerámicos a partir de pastas en estado plástico.

UC0651_1: Realizar la aplicación manual de esmaltes y decoraciones en productos cerámicos.

MP03: Esmaltado y decoración manual de productos cerámicos.

Correspondencia entre módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

UC0652_1: Realizar operaciones de carga, cocción y descarga de hornos para la fabricación manual o semiautomática de productos cerámicos.

MP04: Cocción de productos cerámicos.

ANEXO I

PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL: OPERACIONES DE REPRODUCCIÓN MANUALO SEMIAUTOMÁTICA DE PRODUCTOS CERÁMICOS

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2. UNIDADES DE COMPETENCIA:

UC0649_1: Conformar productos cerámicos mediante colado y reproducir moldes.

REALIZACIONES PROFESIONALES CRITERIOS DE REALIZACIÓN

Preparar la barbotina en las condiciones necesarias para el colado de acuerdo con los procedimientos y a las condiciones de calidad establecidas.

- El orden y la forma de adición de las materias primas, el agua y los aditivos, se corresponden con lo indicado en los procedimientos de operación.

- La mezcla y la homogeneización de las materias primas, el agua y los aditivos, permite la obtención de una barbotina en las condiciones de densidad, viscosidad y distribución granulométrica especificadas para la obtención de productos cerámicos conformados mediante colado.

- La elección del tamiz, su montaje y la operación de tamizado, garantizan la preparación de una pasta sin partículas con un tamaño superior al especificado en los procedimientos o en las órdenes de trabajo.

- La realización de los controles de la densidad y de la viscosidad de la barbotina permite la obtención de los valores especificados de los parámetros de proceso.

- El residuo de tamizado y los lodos procedentes de la limpieza de los depósitos y de los equipos de desleído, recibe el tratamiento establecido por la empresa.

- La limpieza y el orden de la zona de trabajo bajo su responsabilidad y la limpieza y, en su caso, el engrase de las máquinas, útiles y herramientas, permiten mantener las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación de los mismos.

Preparar los moldes necesarios para el conformado de productos cerámicos mediante colado y para masas plásticas, de acuerdo con los procedimientos y en las condiciones de calidad establecidas.

- La preparación de la escayola o, en su caso, de la resina sintética, y la selección y utilización de la matriz y de las herramientas y útiles adecuados permite la elaboración de los moldes para colado de acuerdo con los procedimientos especificados.

- La preparación y aplicación del desmoldante adecuado permite la preparación de los moldes para colado, de acuerdo con los procedimientos especificados.

- El montaje de los componentes del molde se realiza en el tiempo, el orden y la manera especificados en los procedimientos.

- La limpieza, manipulación y secado de los moldes se realiza sin que sufran deterioros ni mermas inadmisibles en su calidad.

- La identificación y el almacenamiento de los moldes permite su rápida localización y conservación.

- La ropa y equipos de trabajo y el área bajo su responsabilidad se mantienen limpios y ordenados.

Conformar productos cerámicos mediante colado obteniendo la producción y la calidad establecida y respetando las normas de seguridad y medioambientales.

- La realización de las operaciones de llenado, vaciado y desmoldado, permite la elaboración de piezas cerámicas de acuerdo con las características de calidad exigidas.

- El tiempo de colado se corresponde con el especificado en los procedimientos. - Los residuos del colado y de la barbotina procedente del vaciado de los moldes

reciben el trata miento establecido por la empresa. - La realización de las operaciones de pegado y montaje de componentes y de repaso

de juntas, permite la elaboración de piezas cerámicas compuestas de acuerdo con las características de calidad exigidas.

- El logotipo de la empresa se aplica mediante estampado o aplicación de calcomanía, siguiendo los procedimientos establecidos.

- La ropa y equipos de trabajo y el área bajo su responsabilidad se mantienen limpios y ordenados.

Secar productos conformados mediante colado efectuando la carga y descarga de las piezas y el control de las condiciones de secado, asegurando la calidad del producto y respetando las normas de seguridad y medioambientales.

- La colocación de las piezas en el secadero, o en la zona de secado cuando éste se realiza al aire libre, así como su posición, y la disposición de los soportes y apoyos, se efectúa teniendo en cuenta las contracciones de secado que van a experimentar las piezas a secar, la correcta ventilación de todas las piezas y la prevención de los defectos asociados a la operación.

- La puesta en marcha del secadero o, en su caso, el acondicionamiento de la zona de secado, se realiza según el procedimiento preestablecido.

- El control visual de los productos secados permite detectar no conformidades y en su caso corregir anomalías y desviaciones en el proceso de conformado y secado de acuerdo con los procedimientos especificados.

- Los productos secados se descargan, transportan y almacenan en condiciones de seguridad y sin que sufran ningún deterioro ni alteraciones inadmisibles en sus características.

- La limpieza y el orden de la zona de trabajo bajo su responsabilidad y la limpieza y, en su caso, el engrase de las máquinas, útiles y herramientas, permiten mantener las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación de los mismos.

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UC0649_1: Conformar productos cerámicos mediante colado y reproducir moldes.

Contexto profesional

Medios de producción:Arcillas y materias primas desgrasantes molidas. Desfloculantes, ligantes, plastificantes, colorantes. Matrices. Escayolas y polímeros para la elaboración de moldes. Desmoldantes. Agitadores-desleidores. Tamices. Útiles para el control de la densidad y viscosidad.Desferrizadores. Herramientas para la elaboración de moldes tales como láminas de madera o de teflón, cinceles, sargentos y gomas.Herramientas para el moldeo, montaje y repasado como cortadoras, vaciadoras, espátulas, pinceles, alisadoras y terrajas. Secadero.Principales productos y resultados del trabajo: Moldes para la elaboración de productos cerámicos mediante colado y para masas plásticas. Productos cerámicos de contenedor como jarras, jarrones, botes y ánforas. Vajillas cerámicas y objetos de adorno manufacturados. Información utilizada o generada:Esquemas y bocetos de los productos a conformar. Especificaciones de los materiales empleados. Programas de fabricación, manuales de procedimientos e instrucciones técnicas. Órdenes de trabajo del encargado de la sección y hojas de control, impresos y partes de incidencias. Normativa vigente relativa a salud laboral y protección medioambiental.

UC0650_1: Conformar productos cerámicos mediante moldeo manual o semiautomático a partir de masas plásticas.

REALIZACIONES PROFESIONALES CRITERIOS DE REALIZACIÓN

Preparar la pasta cerámica en las condiciones necesarias para su conformado de acuerdo con los procedimientos y las condiciones de calidad establecidas.

- La mezcla y el amasado manual de la pasta garantiza el grado de homogeneidad, la humedad y la ausencia de aire ocluido necesarios para la operación de conformado en estado plástico.

- La regulación y control de los parámetros de operación de la amasadora y la extrusora garantizan el grado de homogeneidad, la humedad y la ausencia de aire ocluido necesarios para la operación de conformado en estado plástico.

- Las condiciones de empaquetado y almacenamiento de las pellas de la pasta preparada garantizan el mantenimiento de las características de calidad necesarias para el moldeo en estado plástico.

- La limpieza y el orden de la zona de trabajo bajo su responsabilidad y la limpieza y, en su caso, el engrase de las máquinas, útiles y herramientas, permiten mantener las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación de los mismos.

Conformar productos cerámicos mediante técnicas manuales o semiautomáticas de moldeo de masas plásticas obteniendo la producción y la calidad establecidas y respetando las normas de seguridad y medioambientales.

- La realización de las operaciones manuales de conformado de productos cerámicos mediante las técnicas de moldeo con torno de alfarero, de moldeo de placas, de losetas o de baldosas mediante molde abierto o mediante estirado y corte de planchas de barro y moldeo “por apretón” sobre molde, permite la elaboración de piezas cerámicas de acuerdo con las características de calidad especificadas.

- La realización de las operaciones semiautomáticas de conformado de productos cerámicos mediante las técnicas de moldeo de placas, de losetas o baldosas por extrusión, de moldeo mediante calibrado en torno de alfarero y de moldeo mediante prensado de masas plásticas, permite la elaboración de piezas cerámicas de acuerdo con las características de calidad especificadas.

- Las asas, pitorros y/o elementos de adorno en estado plástico, se pegan siguiendo los procedimientos establecidos.

- El logotipo de la empresa se aplica mediante estampado o aplicación de calcomanía, siguiendo los procedimientos establecidos.

- El retorneado de la base y el alisado de las superficies permiten el acabado de la pieza en las condiciones de calidad exigidas.

- La limpieza y el orden de la zona de trabajo bajo su responsabilidad y la limpieza y, en su caso, el engrase de las máquinas, útiles y herramientas, permiten mantener las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación de los mismos.

Secar productos conformados mediante moldeo, efectuando la carga y descarga de las piezas, y el control de las condiciones de secado, asegurando la calidad del producto y respetando las normas de seguridad y medioambientales.

- La colocación de las piezas en el secadero, o en la zona de secado cuando éste se realiza al aire libre, así como su posición, y la disposición de los soportes y apoyos, se efectúa teniendo en cuenta las contracciones de secado que van a experimentar las piezas a secar, la correcta ventilación de todas las piezas y la prevención de los defectos asociados a la operación.

- La puesta en marcha del secadero o, en su caso, el acondicionamiento de la zona de secado, se realiza según el procedimiento preestablecido.

- El control visual de los productos secados permite detectar no conformidades y en su caso corregir anomalías y desviaciones en el proceso de conformado y secado de acuerdo con los procedimientos especificados.

- Los productos secados se descargan, transportan y almacenan en condiciones de seguridad y sin que sufran ningún deterioro ni alteraciones inadmisibles en sus características.

- La limpieza y el orden de la zona de trabajo bajo su responsabilidad y la limpieza y, en su caso, el engrase de las máquinas, útiles y herramientas, permiten mantener las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación de los mismos.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 8 B.O.C.M. Núm. 119

UC0650_1: Conformar productos cerámicos mediante moldeo manual o semiautomático a partir de masas plásticas.

Contexto profesional

Medios de producción:Pastas cerámicas con diferente grado de humedad. Moldes para la elaboración de productos cerámicos mediante técnicas de conformado en estado plástico. Equipo de cortado de pellas. Amasadora, extrusora, prensa manual o semiautomática para el prensadode masas plásticas, torno de alfarero. Equipo de calibrado adaptable a los tornos de alfarero. Herramientas para el moldeo, montaje y repasado, tales como cortadoras, vaciadoras, espátulas, pinceles, alisadoras, terrajas u otros. Secadero. Soportes y apoyos para el secado. Útiles para estampar logos y calcas. Principales productos y resultados del trabajo:Productos cerámicos de contenedor como jarras, jarrones, botes y ánforas. Vajillas cerámicas. Placas y baldosas. Murales cerámicos.Objetos de adorno manufacturados. Información utilizada o generada:Esquemas y bocetos de los productos a conformar. Especificaciones de los materiales empleados. Programas de fabricación, manuales de procedimientos e instrucciones técnicas. Órdenes de trabajo del encargado de la sección y hojas de control, impresos y partes de incidencias. Normas de salud laboral y protección medioambiental.

UC0651_1: Realizar la aplicación manual de esmaltes y decoraciones en productos cerámicos.

REALIZACIONES PROFESIONALES CRITERIOS DE REALIZACIÓN

Acondicionar los esmaltes, engobes, tintas serigráficas, colores y sales solubles para su aplicación, de acuerdo con los procedimientos y las condiciones de calidad establecidas.

- La mezcla y la homogeneización de las materias primas, el agua y los aditivos permite la obtención de suspensiones de esmaltes, engobes, tintas serigráficas y colores en las condiciones especificadas.

- La dosificación de las cantidades establecidas de sales solubles y agua permite la obtención de disoluciones con la concentración especificada.

- La elección del tamiz, su montaje y la operación de tamizado garantizan la obtención de sus- pensiones de esmaltes, engobes, tintas serigráficas y colores, sin partículas con tamaño superior al especificado en los procedimientos o en las órdenes de trabajo.

- El vaciado de la suspensión o la disolución de sal soluble en el depósito corres pon diente y su identificación de forma clara e indeleble, se realiza siguiendo el procedimiento establecido.

- El control de residuo a la luz de malla establecida, de densidad y de viscosidad, permite comprobar que las suspensiones preparadas cumplen las características técnicas especificadas en los procedimientos o en las órdenes de trabajo.

- La comparación visual de aplicaciones de es- maltes, engobes, tintas serigráficas, colores y sales solubles con muestras patrón, permite comprobar que las suspensiones y disoluciones preparadas cumplen las características técnicas especificadas en los procedimientos o en las órdenes de trabajo.

- La limpieza y el orden de la zona de trabajo bajo su responsabilidad y la limpieza y, en su caso, el engrase de las máquinas, útiles y herramientas, permiten mantener las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación de los mismos.

Realizar el esmaltado de productos cerámicos mediante procedimientos manuales o semiautomáticos consiguiendo la producción y la calidad establecidas y respetando las normas de seguridad y medioambientales.

- La preparación de los productos a esmaltar garantiza la obtención de una superficie limpia de polvo, grasas u otros productos que pudieran restar calidad al esmaltado.

- La aplicación de los esmaltes y de los engobes se realiza mediante el empleo de los útiles y medios necesarios o con la ayuda de máquinas y equipos semiautomáticos, de acuerdo con los procedimientos establecidos y obteniendo la calidad exigida.

- Las operaciones de esmaltado se realizan con los medios de protección apropiados, manteniendo las adecuadas condiciones de seguridad, de salud laboral y de protección medioambiental.

- El control visual de los productos esmaltados permite la detección de piezas con no conformidades y, en su caso, corregirlas siguiendo los procedimientos especificados.

- El tratamiento dado a los productos no con-formes es el establecido por la empresa. - La limpieza y el orden de la zona de trabajo bajo su responsabilidad y la limpieza y, en

su caso, el engrase de las máquinas, útiles y herramientas, permiten mantener las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación de los mismos.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 9

UC0651_1: Realizar la aplicación manual de esmaltes y decoraciones en productos cerámicos.

Realizar la decoración de productos cerámicos mediante procedimientos manuales o semiautomáticos consiguiendo la producción y la calidad establecidas y respetando las normas de seguridad y medioambientales.

- La preparación de los productos a decorar garantiza la obtención de una superficie limpia de polvo, grasas u otros productos que pudieran restar calidad a la decoración.

- La selección y correcta disposición de la plantilla y la aplicación del carboncillo mediante el estarcido, permite la obtención de la guía para la decoración de la pieza.

- La selección y correcta disposición de la plantilla, permite la obtención de decoraciones mediante la técnica de trepas o de aerografía.

- La selección y correcta disposición de la pantalla permite la obtención de decoraciones mediante la técnica de serigrafiado.

- La preparación y aplicación de la calcomanía garantiza la obtención de un producto decorado con los parámetros de calidad exigidos.

- La aplicación mediante las técnicas de pincelado, serigrafía, trepa o aerografía de las tintas serigráficas, de las suspensiones de engobe y/o de esmalte/s coloreado/s y de las disoluciones de sales solubles, se realiza mediante el empleo de los útiles y medios necesarios o con la ayuda de máquinas y equipos semiautomáticos, de acuerdo con los procedimientos establecidos y obteniendo la calidad exigida.

- El control visual de los productos decorados permite la detección de defectos de aplicación y, en su caso, corregirlos siguiendo los procedimientos especificados.

- Las operaciones de decoración se realizan con los medios de protección personal apropiados, manteniendo unas adecuadas condiciones de seguridad, de salud laboral y de protección medio-ambiental.

- La limpieza y el orden de la zona de trabajo bajo su responsabilidad y la limpieza y, en su caso, el engrase de las máquinas, útiles y herramientas, permiten mantener las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación de los mismos.

Contexto profesional

Medios de producción:Engobes y esmaltes molturados. Desfloculantes, ligantes, plastificantes y colorantes. Pigmentos cerámicos, tintas serigráficas ydisoluciones de sales solubles. Calcomanías vitrificables. Agitadores-desleidores. Tamices. Picnómetro para líquidos, balanza, viscosímetro de caída, tamices de control, patín de esmaltado y pinceles. Cabina de aplicación manual de esmaltes. Aerógrafo. Compresor de aire. Pantallas serigráficas. Plantillas para trepas o aerografía. Plantillas para estarcido. Carboncillo. Cabezal para la aplicación manual de serigrafías.

Principales productos y resultados del trabajo:Productos cerámicos de contenedor como jarras, jarrones, botes y ánforas. Vajillas cerámicas. Placas y baldosas. Murales cerámicos.Objetos de adorno manufacturados, esmaltados y decorados.

Información utilizada o generada:Esquemas y bocetos de los productos a conformar. Especificaciones de los materiales empleados. Programas de fabricación, manuales de procedimientos e instrucciones técnicas. Órdenes de trabajo del encargado de la sección y hojas de control, impresos y partes de incidencias. Normativa vigente relativa a salud laboral y protección medioambiental. Modelos y muestras originales paradecoración.

UC0652_1: Realizar operaciones de carga, cocción y descarga de hornos para la fabricación manual o semiautomática de productos cerámicos.

REALIZACIONES PROFESIONALES CRITERIOS DE REALIZACIÓN

Realizar las operaciones de carga del horno según lo especificado en la información de proceso, consiguiendo la calidad establecida y respetando las normas de seguridad.

- La selección y correcta disposición de los materiales refractarios de enhornamiento permite la correcta carga del horno.

- El examen visual de la humedad residual de los productos a cocer permite su cocción sin que sufran mermas inaceptables en su calidad.

- La limpieza de las bases de los productos esmaltados y la correcta colocación de los separadores refractarios evita el pegado de los productos a las placas de enhornamiento.

- La colocación de los productos en el interior del horno permite su cocción sin que sufran mermas inaceptables en su calidad.

- La colocación de los productos en el interior del horno se realiza considerando el máximo aprovechamiento del espacio disponible, la correcta circulación de los gases y la homogeneización de las temperaturas en el interior del horno.

- La revisión y la limpieza de las vagonetas, las placas y los soportes de enhornamiento, la protección de los materiales de estiba con la aplicación de engobe refractario, permite la carga y cocción de los productos en las condiciones de calidad establecidas.

- Las operaciones de carga del horno y de limpieza de los elementos de enhornamiento y del horno se realizan con los medios de protección personal apropiados, manteniendo unas adecuadas condiciones de seguridad, de salud laboral y medioambiental.

- La ropa y equipos de trabajo y el área bajo su responsabilidad se mantienen limpios y ordenados.

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UC0652_1: Realizar operaciones de carga, cocción y descarga de hornos para la fabricación manual o semiautomática de productos cerámicos.

Realizar las operaciones de selección y control del ciclo de cocción, de operación y de descarga del horno de acuerdo con las instrucciones técnicas recibidas, asegurando la calidad del producto y respetan do las normas de seguridad y medioambientales.

- La selección del ciclo de cocción establecido se realiza teniendo en cuenta las características del material a cocer, y, si es necesario, su disposición en el horno.

- La disposición de las piezas y el ciclo de cocción, permiten la cocción de productos manufacturados de cerámica en las condiciones de calidad exigidas.

- El control periódico de las temperaturas en el interior del horno mediante conos y anillos pirométricos u otros medios de control, permite compro-bar su correcto funcionamiento.

- La apertura y la descarga del horno se realizan considerando la temperatura en el interior del horno, en condiciones de seguridad y sin que las piezas sufran mermas inaceptables en su calidad.

- Las operaciones de descarga del horno se realizan con los medios de protección personal apropiados, manteniendo unas adecuadas condiciones de seguridad, de salud laboral y medioambiental.

- La revisión del estado de las válvulas de paso de gas y de los interruptores eléctricos, del estado de las conducciones de gas y el estado de las alarmas y de los dispositivos de seguridad, permite el mantenimiento de las condiciones de seguridad de las instalaciones.

- La ropa y equipos de trabajo y el área bajo su responsabilidad se mantienen limpios y ordenados.

Realizar las operaciones de control, repasado, clasificación y embalado de los productos cocidos de acuerdo con las especificaciones de calidad establecidas, respetando las normas de seguridad y medioambientales.

- El control visual de los artículos cocidos permite detectar productos no conformes y en su caso corregir anomalías y desviaciones en el proceso de elaboración de acuerdo con los procedimientos especificados.

- El tratamiento mecánico de repasado y pulido de bordes y superficies de los productos cocidos elimina imperfecciones no deseadas.

- El material se clasifica según los procedimientos e instrucciones técnicas establecidas. - El embalaje y etiquetado de los productos acabados asegura una correcta protección

e identificación del producto y facilita su manejo y transporte. - Las operaciones de repasado, clasificación y embalado de los productos cocidos se

realizan con los medios de protección personal apropiados y manteniendo unas adecuadas condiciones de seguridad, de salud laboral y medioambientales.

- La zona de trabajo bajo su responsabilidad se mantiene limpia y ordenada.

Contexto profesional

Medios de producción:Productos cerámicos para bizcochados. Productos cerámicos para monococción, esmaltados o no. Productos cerámicos esmaltados para segunda cocción. Productos cerámicos para decoración a tercer fuego. Hornos discontinuos de carga frontal o mediante vagonetacon programador y ciclos de cocción incorporados. Vagonetas. Hornos continuos a gas o eléctricos. Conos y anillos pirométricos Materiales de enhornamiento como bases, soportes y placas refractarias. Engobes refractarios para el acondicionamiento de placas de estiba. Equipos de tratamiento mecánico de repasado y pulido. Material de embalado y etiquetado. Principales productos y resultados del trabajo:Productos cerámicos esmaltados o no obtenidos mediante monococción. Productos cerámicos esmaltados y decorados obtenidos mediante bicocción. Productos cerámicos decorados a “tercer fuego” Información utilizada o generada:Especificaciones de los materiales empleados. Programas de fabricación, manuales de procedimientos e instrucciones técnicas. Órdenes de trabajo del encargado de la sección y hojas de control, impresos y partes de incidencias. Ciclos de cocción. Normativavigente relativa a salud laboral y protección medioambiental.

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3. MÓDULOS PROFESIONALES:

Módulo profesional 01 Colado de productos cerámicos y reproducción de moldes. Duración: 85 horas

Asociado a UC0649_1: Conformar productos cerámicos mediante colado y reproducir moldes.

Capacidades Criterios de evaluación

Identificar y describir las técnicas y procedimientos de elaboración manual de productos cerámicos mediante colado.

- Describir las técnicas y los procedimientos de elaboración manual o semiautomática de productos cerámicos mediante colado y clasificarlas de acuerdo con sus características tecnológicas y los productos obtenidos.

- Describir los principales riesgos laborales y las medidas y los equipos de seguridad que deben emplearse en la elaboración manual de moldes, acondicionamiento de barbotinas y conformado de productos cerámicos mediante colado.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en el que se muestran diferentes productos cerámicos conformados mediante colado:

Relacionar los productos cerámicos con el tipo de molde y con los procedimientos de elaboración del molde empleados.

Identificar las principales operaciones necesarias para la elaboración de cada producto. Identificar las máquinas útiles y herramientas necesarios para la elaboración de cada molde y

de cada producto.

Reproducir moldes para la obtención de productos cerámicos mediante colado o moldeado de masas plásticas.

- Enumerar y describir los aspectos básicos de los diferentes tipos de escayolas y de resinas sintéticas para la elaboración de matrices y moldes cerámicos.

- Describir el proceso de elaboración de matrices para la preparación de moldes a partir de un modelo dado.

- Describir el proceso de reproducción de moldes a partir de matrices ya elaboradas e identificar, mediante un croquis, el despiece adecuado para la confección de cada componente del molde.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en el que se propone la elaboración de un molde a partir de una matriz dada:

Seleccionar y preparar los materiales y herramientas adecuadas. Seleccionar y montar cada uno de los componentes de la matriz. Elaborar cada uno de los componentes del molde en las condiciones de calidad exigidas. Realizar el montaje del molde elaborado. Secar el molde montado.

Acondicionar barbotinas cerámicas para la obtención de productos cerámicos mediante colado, de acuerdo con los procedimientos y las condiciones de calidad establecidas.

- Describir las técnicas y procedimientos de elaboración y acondicionamiento de barbotinas para colado, los materiales empleados y los equipos y herramientas necesarios.

- Identificar los principales aditivos empleados en el acondicionamiento de barbotinas para colado y los aspectos esenciales de su función en ellas.

- Describir las variables que es necesario controlar en el proceso de preparación de barbotinas para colado, el procedimiento seguido para su control y los equipos necesarios.

- En un caso práctico de acondicionamiento de una barbotina para colado debidamente caracterizado:

Realizar la medida de la densidad y viscosidad de la barbotina y compararla con los estándares establecidos en los procedimientos.

Seleccionar y preparar los materiales y útiles adecuados para el ajuste de la barbotina. Ajustar la densidad y viscosidad mediante la adición de agua o de los aditivos necesarios. Ajustar, si es necesario, la densidad, mediante la mezcla con una barbotina de la misma

composición y más densa. Comprobar la adecuación de la barbotina preparada a las condiciones de trabajo

especificadas.

Realizar el conformado de productos cerámicos mediante colado a partir de moldes previamente preparados y acondicionados.

- Describir la secuencia de operaciones, los procedimientos, las herramientas y los equipos necesarios para la elaboración manual de productos cerámicos mediante colado hueco.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, de conformado de productos cerámicos mediante colado, debidamente caracterizado por las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas y por el correspondiente modelo, en cerámica o en boceto:

Seleccionar, montar y preparar el molde a las condiciones de trabajo. Realizar el vertido de la barbotina en las condiciones de trabajo especificadas. Realizar el vertido de la barbotina sobrante una vez comprobado que el tiempo de colado es

el adecuado para la obtención del espesor de pared requerido, de acuerdo con las órdenes de trabajo.

Realizar la extracción de la pieza y la limpieza y el secado del molde. En su caso, realizar el montaje de las piezas y su repasado.

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Módulo profesional 01 Colado de productos cerámicos y reproducción de moldes. Duración: 85 horas

Asociado a UC0649_1: Conformar productos cerámicos mediante colado y reproducir moldes.

Capacidades Criterios de evaluación

Realizar el secado de productos cerámicos obtenidos mediante colado.

- Describir los principales factores a considerar para la realización del secado natural, en recintos abiertos, de materiales cerámicos.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, de secado forzado de productos cerámicos obtenidos mediante colado, debidamente caracterizado por las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas.

Seleccionar y preparar las bandejas, soportes y útiles para la disposición de las piezas en el secadero.

Transportar y colocar las piezas en el secadero, de forma que se asegure su correcta ventilación y distribución de temperaturas.

Seleccionar los parámetros de secado (temperatura, aireación forzada) y realizar el secado. Descargar el secadero.

Describir los principales defectos relacionados con las operaciones de conformado de productos cerámicos mediante colado.

- Describir los principales criterios de clasificación de defectos relacionados con el colado y secado. - En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en que se muestren productos cerámicos

con defectos de fabricación atribuibles a las operaciones de colado y secado: Identificar y describir los defectos de fabricación. Evaluar la gravedad de los defectos identificados en función de la calidad del producto

acabado. Señalar sus causas más probables. Proponer posibles soluciones.

Contenidos

Barbotinas para colado - Criterios de clasificación de pastas cerámicas. - Principales características de las pastas cerámicas: Ejemplos de composiciones y nociones sobre el papel de los componentes. Color

tras la cocción. Humedad. Plasticidad. - Principales características de las barbotinas para colado: Densidad y viscosidad de barbotinas. Estabilidad. - Preparación de barbotinas para colado. Molienda. Desleído. Tamizado. - Nociones sobre acondicionamiento de barbotinas. - Coloración de pastas en barbotina: Procedimientos. Pigmentos empleados.

Preparación de moldes - Interpretación de esquemas y bocetos. - Materiales empleados. Escayolas y resinas sintéticas. Preparación. - Elaboración de moldes para colado hueco. - Elaboración de moldes para apretón. - Elaboración de moldes para calibrado en torno de alfarero. - Almacenamiento y conservación de los moldes.

Moldes para el conformado en plástico - Materiales empleados: Escayolas y resinas sintéticas. Preparación. - Elaboración de moldes para apretón. - Elaboración de moldes para colado hueco. - Elaboración de moldes para calibrado en torno de alfarero.

Conformado mediante colado - Fundamentos básicos del conformado mediante colado. - Elaboración de productos cerámicos mediante colado.

Secado de productos cerámicos obtenidos mediante colado - Fundamentos básicos del secado de productos cerámicos. - Secado natural y secado forzado. - Secaderos empleados en el secado de productos cerámicos obtenidos mediante colado. Colocación de las piezas en el secadero.

Defectos relacionados con el conformado mediante colado - Defectos dimensionales: falta de regularidad en las paredes y deformaciones. - Defectos de integridad: Grietas. Rotura de piezas. - Defectos puntuales: Burbujas de colada. Mancha de colada. Pegado de molde. - Defectos de manipulación: Suciedad. Roturas. Defectos de secado.

Salud laboral y protección medioambiental en las operaciones de preparación de barbotinas y colado - Precauciones que se deben adoptar para la manipulación y transporte de materiales empleados. - Prevención de los riesgos derivados de las operaciones de preparación de barbotinas y colado. - Principales residuos y contaminantes derivados de las operaciones de preparación de barbotinas y colado: peligrosidad y tratamiento.- Ropa de trabajo y protecciones individuales

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Módulo profesional 02 Moldeo manual y semiautomático de productos cerámicos a partir de pastas en estado plástico. Duración: 145 horas

Asociado a UC0650_1: Conformar productos cerámicos mediante moldeo manual o semiautomático a partir de masas plásticas.

Capacidades Criterios de evaluación

Describir las principales operaciones y técnicas para la elaboración manual y semiautomática de productos cerámicos mediante moldeo en estado plástico.

- Describir las técnicas y procedimientos de preparación de pastas para la elaboración manual y semiautomática de productos cerámicos mediante moldeo en estado plástico.

- Describir los principales riesgos laborales y las medidas y los equipos de seguridad que deben emplearse en la elaboración manual y semiautomática de productos cerámicos mediante moldeo en estado plástico.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en el que se muestran diferentes productos cerámicos conformados mediante técnicas manuales o semiautomáticas:

Relacionar los productos cerámicos con las técnicas de conformado empleadas. Identificar las principales características técnicas que debe reunir cada pasta cerámica en

función de la técnica de conformado utilizada. Relacionar las características técnicas de cada pasta con las diferentes pastas comerciales

presentes en el mercado. Identificar las principales operaciones necesarias para la elaboración de cada producto

cerámico. Identificar las máquinas útiles y herramientas necesarias para la elaboración de cada

producto cerámico.

Realizar el conformado de productos cerámicos mediante técnicas manuales o semiautomáticas de moldeo de masas plásticas.

- Amasar pellas de barro mediante amasado manual. - Amasar y adecuar la humedad de pellas de barro mediante el correcto uso de la amasadora

mecánica.- Obtener pellas de barro para conformado plástico mediante el correcto uso de la extrusora. - En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, de conformado de productos cerámicos,

debidamente caracterizado por las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas y por el correspondiente modelo, en cerámica o en boceto:

Elaborar losetas de barro mediante molde abierto y mediante estirado y corte de planchas de barro.

Elaborar losetas de barro mediante extrusión. Elaborar platos o cuencos mediante prensado en plástico. Elaborar platos mediante calibrado en torno de alfarero. Elaborar las asas mediante moldeado a mano o mediante molde de escayola y pegarlas en

las piezas que lo requieran. Colocar un logotipo identificativo mediante estampado o mediante aplicación calcográfica a la

pieza en verde. - En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, de conformado de productos cerámicos,

mediante modelado en torno de alfarero, debidamente caracterizado por las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas y por el correspondiente modelo, en cerámica o en boceto:

Elaborar una jarra de al menos 20 cm. de altura. Elaborar un cuenco de al menos 30 cm. de boca. Realizar el acabado de las piezas elaboradas mediante el retorneado de las bases y alisado

de las superficies. Elaborar las asas y elementos decorativos mediante moldeado a mano o molde de escayola y

pegarlas en las piezas que lo requieran. Colocar un logotipo identificativo mediante estampado o mediante aplicación calcográfica a la

pieza en verde.

Realizar el secado de productos cerámicos obtenidos mediante técnicas manuales o semiautomáticas de moldeo.

- Describir los principales factores a considerar para la realización del secado natural, en recintos abiertos, de materiales cerámicos.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, de secado forzado de productos cerámicos, debidamente caracterizado por las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas y por el correspondiente modelo, en cerámica o en boceto:

Seleccionar y preparar las bandejas, soportes y útiles para la disposición de las piezas en el secadero.

Transportar y colocar las piezas en el secadero, de forma que se asegure su correcta ventilación y distribución de temperaturas.

Seleccionar los parámetros de secado, como la temperatura y la aireación forzada y realizar el secado.

Descargar el secadero.

Describir los principales defectos relacionados con las operaciones de conformado manual o semiautomática y con el secado de productos cerámicos.

- Describir los principales criterios de clasificación de defectos relacionados con el conformado manual o semiautomático y con el secado de productos cerámicos.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en que se muestren productos cerámicos con defectos de fabricación atribuibles a las operaciones de conformado y secado:

Identificar y describir los defectos de fabricación. Evaluar la gravedad de los defectos identificados en función de la calidad del producto

acabado. Señalar sus causas más probables. Proponer posibles soluciones.

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Módulo profesional 02 Moldeo manual y semiautomático de productos cerámicos a partir de pastas en estado plástico. Duración: 145 horas

Asociado a UC0650_1: Conformar productos cerámicos mediante moldeo manual o semiautomático a partir de masas plásticas.

Contenidos

Pastas para el moldeado manual o semiautomático de productos cerámicos - Criterios de clasificación de pastas cerámicas para moldeado manual o semiautomático. - Principales características de las pastas cerámicas empleadas en el moldeado manual o semiautomático: Ejemplos de

composiciones y nociones sobre el papel de los componentes. Color tras la cocción. Humedad. Plasticidad. - Acondicionamiento de las pastas cerámicas: Amasado. Modificación de la humedad de una pasta cerámica. - Coloración de pastas: Productos coloreados en la pasta. Pigmentos empleados.

Conformado en plástico de productos cerámicos - Características de los moldes empleados para el conformado de masas plásticas. Interpretación de esquemas y bocetos. - Tipos de conformado manual y semiautomático de masas plásticas: - Moldeo mediante torno de alfarero. - Moldeo de placas, losetas o baldosas mediante molde abierto. - Moldeo de placas, losetas o baldosas mediante estirado y corte de planchas de barro. - Moldeo de placas, losetas o baldosas mediante extrusión. - Moldeo “por apretón” sobre molde. - Moldeo mediante calibrado en torno de alfarero. - Moldeo mediante prensado de masas plásticas. - Uniones en plástico. - Acondicionamiento de pastas en estado plástico.

Secado de productos cerámicos conformados en estado plástico - Fundamentos básicos del secado de productos cerámicos conformados en estado plástico. - Secado natural y secado forzado. - Secaderos empleados en el secado de productos cerámicos conformados en estado plástico. - Colocación de las piezas en el secadero: encañado, “acantillado”, y otros.

Defectos relacionados con el conformado en plástico - Defectos dimensionales: Curvaturas, falta de regularidad en las paredes y deformaciones. - Grietas. - Defectos de unión de placas o rollos. - Rotura de piezas. - Defectos de secado.

Salud laboral y protección medioambiental en las operaciones de acondicionamiento de pastas y conformado manual o semiautomático en estado plástico - Precauciones que se deben adoptar para la manipulación y transporte de materiales empleados. - Prevención de los riesgos derivados de las operaciones de acondiciona miento de pastas cerámicas. - Prevención de los riesgos derivados de las operaciones de conformado manual o semiautomático de productos cerámicos. - Principales residuos y contaminantes: peligrosidad y tratamiento. - Ropa de trabajo y protecciones individuales.

Módulo profesional 03 Esmaltado y decoración manual de productos cerámicos. Duración: 115 horas

Asociado a UC0651_1: Realizar la aplicación manual de esmaltes y decoraciones en productos cerámicos.

Capacidades Criterios de evaluación

Describir las principales técnicas de esmaltado y decoración manual o semiautomática de productos cerámicos.

- Describir los principales procesos de aplicación de esmaltes, engobes, tintas serigráficas, colores y sales solubles y clasificarlos de acuerdo con sus características tecnológicas y productos obtenidos.

- Describir los principales procesos de decoración manual o semiautomática y clasificarlos de acuerdo con sus características tecnológicas y productos obtenidos.

- Describir los principales riesgos laborales y las medidas y los equipos de seguridad que deben emplearse en el esmaltado y decoración manual o semiautomática de productos cerámicos.

- En un supuesto, práctico debidamente caracterizado, en el que se muestran diferentes productos cerámicos esmaltados y decorados mediante técnicas manuales o semiautomáticas:

Relacionar los productos cerámicos con las técnicas de esmaltado empleadas. Relacionar los productos cerámicos con las técnicas de decoración empleadas. Identificar las principales características técnicas que debe reunir cada aplicación cerámica en

función de la técnica de esmaltado y de decoración utilizada. Identificar las principales operaciones necesarias para la aplicación de engobes, esmaltes y

decoraciones. Identificar las máquinas útiles y herramientas necesarias para el esmaltado y decoración de

de cada producto cerámico.

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Módulo profesional 03 Esmaltado y decoración manual de productos cerámicos. Duración: 115 horas

Asociado a UC0651_1: Realizar la aplicación manual de esmaltes y decoraciones en productos cerámicos.

Capacidades Criterios de evaluación

Realizar aplicaciones manuales o semiautomáticas de esmaltes, engobes, tintas serigráficas, colores y sales solubles.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en el que se deben realizar aplicaciones de esmaltes o de engobes mediante vertido o mediante inmersión:

Controlar la idoneidad del engobe o esmalte a aplicar mediante la medida del residuo, densidad, viscosidad y comparación de probetas con una composición estándar.

Ajustar la suspensión a las condiciones de densidad y viscosidad requeridas. Preparar la superficie de la pieza a esmaltar. Realizar la aplicación de la suspensión controlando el tiempo de aplicación o de inmersión. Controlar que el peso de esmalte aplicado y/o el espesor de la capa aplicada se ajustan a los

requerimientos de calidad exigidos. Limpiar bases, gotas y rebabas.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en el que se deben realizar aplicaciones de esmaltes o engobes mediante pincelado sobre superficies crudas o vitrificadas:

Controlar la idoneidad del engobe o esmalte a aplicar mediante la medida del residuo, densidad, viscosidad y comparación de probetas con una composición estándar.

Ajustar la suspensión a las condiciones de densidad y viscosidad requeridas. Preparar, en su caso, la superficie de la pieza a esmaltar. Elegir el pincel adecuado a la aplicación que se desea realizar. Realizar la aplicación de la suspensión. Limpiar la base de las piezas esmaltadas.

- En un caso práctico debidamente caracterizado en el que se deben realizar aplicaciones de esmaltes o de engobes mediante aerografía:

Controlar la idoneidad del engobe o esmalte a aplicar mediante la medida del residuo, densidad, viscosidad y comparación de probetas con una composición estándar.

Ajustar la suspensión a las condiciones de densidad y viscosidad requeridas. Preparar la superficie de la pieza a esmaltar. Elegir la boquilla adecuada y ajustar la presión de aire y abertura del abanico en función del

tipo de aplicación y efecto que se desea conseguir. Realizar la aplicación de la suspensión. Controlar que el peso de esmalte aplicado y el espesor de la capa aplicada se ajustan a los

requerimientos de calidad exigidos. Desmontar, limpiar la pistola y volverla a montar. Limpiar la cabina de aplicación.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en el que se deben realizar decoraciones de productos cerámicos mediante calcografías:

Seleccionar la calcomanía que se va a aplicar. Preparar la superficie de la pieza a decorar. Realizar la aplicación de la calcografía. Comprobar que la decoración aplicada se corresponde con los requerimientos de calidad

exigidos.- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en el que se deben realizar decoraciones

manuales o semiautomáticas de productos cerámicos: Controlar, en su caso, la idoneidad de la aplicación que se va a emplear mediante la medida

del residuo, densidad, viscosidad y comparación de probetas con una composición estándar. Ajustar, en su caso, la suspensión a las condiciones de densidad y viscosidad requeridas. Seleccionar y aplicar, en su caso, la plantilla para trepa o estarcido. Preparar la superficie de la pieza a decorar. Realizar la decoración mediante: serigrafía de piezas planas, pincelado y cuerda seca. Comprobar que la decoración aplicada se corresponde con los requerimientos de calidad

exigidos.

Describir los principales defectos relacionados con las operaciones de esmaltado y decoración manual o semiautomática de productos cerámicos.

- Describir los principales criterios de clasificación de defectos relacionados con el esmaltado y decoración manual o semiautomática de productos cerámicos.

- En un caso práctico debidamente caracterizado en que se muestren productos cerámicos con defectos de fabricación atribuibles a las operaciones de esmaltado y/o decoración de productos cerámicos:

Identificar y describir los defectos de fabricación. Evaluar la gravedad de los defectos identificados en función de la calidad del producto

acabado. Señalar sus causas más probables. Proponer posibles soluciones.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 16 B.O.C.M. Núm. 119

Módulo profesional 03 Esmaltado y decoración manual de productos cerámicos. Duración: 115 horas

Asociado a UC0651_1: Realizar la aplicación manual de esmaltes y decoraciones en productos cerámicos.

Contenidos

Esmaltes y engobes cerámicos aplicados en decoraciones manuales o semiautomáticas - Principales características de los engobes. Composiciones empleadas. El papel de los componentes. - Principales características de los esmaltes aplicados en decoraciones manuales o semiautomáticas: Fritas y esmaltes fritados.- Ejemplos de composiciones empleadas y algunas nociones sobre el papel de los componentes. - Tipos de esmaltes.

Técnicas de esmaltado: Aplicaciones manuales y semiautomáticas - Acondicionamiento y control de engobes y esmaltes:

Control de residuo en volumen y en peso. Control y ajuste de la densidad. Control y ajuste de la viscosidad: Floculantes y desfloculantes empleados. Control del peso de esmalte aplicado.

- Comparación con esmaltes estándar. - Aplicación manual o semiautomática de esmaltes o engobes mediante:

Vertido.Inmersión.Pincelado.Aerografía.Reserva.

Técnicas manuales y semiautomáticas de decoración de productos cerámicos - Coloración de engobes y esmaltes. - Acondicionamiento y control de tintas serigráficas:

Ajuste de densidad. Ajuste de viscosidad: Floculantes y desfloculantes empleados. Comparación con tintas estándar.

- Aplicación de disoluciones de sales solubles. - Técnicas de decoración manual o semiautomática:

Serigrafía de piezas planas. Pincelado.Estarcido.Trepa.Aplicación de calcomanías. Cuerda seca.

- Decoración para “tercer fuego”: Características del proceso de decoración a “tercer fuego”. Esmaltes y tintas empleados. Serigrafía.Pincelado.

Defectos de esmaltado y decoración manual o semiautomática de productos cerámicos - Defectos atribuibles a impurezas: Pinchados, cráteres y burbujas. Puntos coloreados. - Defectos atribuibles a la preparación y aplicación de suspensiones: Retirados. Grietas. Pinchados. - Defectos de manipulación: manchas, roturas, gotas, grumos.

Salud laboral y protección medioambiental en las operaciones de esmaltado y decoración manual o semiautomática - Precauciones que se deben adoptar para la manipulación y transporte de materiales empleados. - Prevención de los riesgos derivados de las operaciones de acondiciona miento y control de engobes, esmaltes, y tintas serigráficas.- Prevención de los riesgos derivados de las operaciones de esmaltado y decoración manual o semiautomática. - Principales residuos y contaminantes: peligrosidad y tratamiento. - Ropa de trabajo y protecciones individuales.

Módulo profesional 04 Cocción de productos cerámicos. Duración: 60 horas

Asociado a UC0652_1: Realizar operaciones de carga, cocción y descarga de hornos para la fabricación manual o semiautomática de productos cerámicos.

Capacidades Criterios de evaluación

Describir los principales factores que afectan a la cocción de productos cerámicos.

- Describir las principales técnicas de cocción, combustibles y tipos de hornos empleados en la industria manufacturera cerámica.

- Relacionar productos cerámicos manufactura- dos con las técnicas de cocción empleadas. - Identificar los tramos de un ciclo de cocción y relacionarlos con los principales factores limitantes. - Describir los principales tipos de hornos empleados en la industria manufacturera cerámica y sus

elementos de regulación, seguridad y control. - Identificar los principales tipos de refractarios y materiales aislantes utilizados y relacionarlos con su

aplicación en la cocción de productos cerámicos.

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Módulo profesional 04 Cocción de productos cerámicos. Duración: 60 horas

Asociado a UC0652_1: Realizar operaciones de carga, cocción y descarga de hornos para la fabricación manual o semiautomática de productos cerámicos.

Capacidades Criterios de evaluación

Realizar la cocción de productos cerámicos.

- Describir los principales riesgos laborales y las medidas y los equipos de seguridad que deben emplearse en la cocción de productos cerámicos.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en que se tenga una serie de productos cerámicos no esmaltados y crudos que se pretende bizcochar en un horno discontinuo:

Seleccionar y montar los elementos de enhornamiento adecuado. Realizar la carga de los productos. Seleccionar el ciclo de cocción adecuado. Controlar periódicamente el desarrollo de la cocción. Realizar la descarga y almacenamiento de los productos tras la cocción y enfriamiento de

estos.- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en que se tenga una serie de productos

cerámicos esmaltados que se pretende cocer en un horno discontinuo: Seleccionar y montar los elementos de enhornamiento adecuado. Limpiar las partes de los productos en contacto con el material de enhornamiento. Limpiar y proteger las placas de enhornamiento con barbotina de pasta refractaria. Realizar la carga de los productos. Seleccionar el ciclo de cocción adecuado. Controlar periódicamente el desarrollo de la cocción. Realizar la descarga y almacenamiento de los productos tras la cocción y enfriamiento de

estos.

Identificar y describir los principales defectos relacionados con las operaciones de cocción de productos cerámicos.

- Describir los principales criterios de clasificación de defectos relacionados con la cocción de productos cerámicos.

- En un supuesto práctico, debidamente caracterizado, en que se muestren productos cerámicos con defectos de fabricación atribuibles a la operación de cocción:

Identificar y describir los defectos de fabricación. Evaluar la gravedad de los defectos identificados en función de la calidad del producto

acabado. Señalar sus causas más probables. Proponer posibles soluciones.

Contenidos

El ciclo de cocción de productos cerámicos - Aspectos básicos de la cocción de productos cerámicos. - Ciclo de cocción: tramos de un ciclo de cocción. Factores limitantes. - Ejemplos de ciclo de cocción para diversos productos.

Técnicas de cocción de productos cerámicos - Instalaciones de cocción: hornos. Tipos de hornos. Combustibles. Refractarios y materiales aislantes. - Esquema general de un horno. Partes y elementos de los hornos. - Elementos de regulación, seguridad y control. - Carga y descarga de hornos: Almacenamiento de productos crudos y cocidos. - Material de enhornamiento. - Técnicas de enhornamiento. - Puesta en marcha, control y parada de un horno: selección de un programa de cocción. Control de temperaturas. Apertura del horno y

enfriamiento.

Defectos atribuibles a la cocción en el proceso de elaboración manual o semiautomática de productos cerámicos - Defectos causados por una defectuosa carga del horno: deformaciones y roturas. Pegados. - Defectos atribuibles al ciclo de cocción: defectos dimensionales, deformaciones y roturas. Variaciones de tonos. Pinchados y cráteres.

Crudos.- Defectos por exceso de temperatura de cocción. Desventado. Cuarteo. Condensaciones, contaminaciones. Pegado.

Salud laboral y protección medioambiental en las operaciones de cocción de productos cerámicos - Precauciones que se deben adoptar para la manipulación de materiales en la carga y descarga del horno. - Prevención de los riesgos derivados de las operaciones cocción. - Emisiones y contaminantes: peligrosidad y tratamiento. - Control de la seguridad de las instalaciones.

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Módulo profesional Formación en Centros de Trabajo (FCT) Duración: 120 h

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Capacidades Criterios de evaluación

Actuar de forma responsable, integrándose en el sistema de relaciones técnico-sociales de la empresa.

- Cumplir con las tareas asignadas en orden de prioridad y finalizando el trabajo en un tiempo razonable siguiendo criterios de productividad, seguridad y calidad.

- Demostrar una actitud de respeto a las personas, a los procedimientos y a las normas establecidas analizando las repercusiones de su actitud en el puesto de trabajo.

- Demostrar un buen hacer profesional siguiendo las indicaciones del encargado, mostrando un interés en la tarea y en el resultado consiguiendo una actitud de constante mejora personal y profesional.

- Trabajar en equipo manteniendo una actitud constante de vigilancia y previsión de las necesidades de los compañeros.

- Transmitir información de manera ordenada, estructurada, clara y precisa.

Realizar las operaciones de limpieza e higiene del puesto de trabajo, las instalaciones, los equipos y los materiales.

- Mantener el área de trabajo con el grado apropiado de orden y de limpieza.- Realizar tareas rutinarias de limpieza general de las instalaciones, equipos y materiales siguiendo

los manuales del procedimiento adecuado.- Colaborar en las operaciones de recogida, almacenamiento y vertido de los distintos residuos de la

empresa en el lugar y forma establecidos garantizando la protección del medio ambiente.

Actuar conforme a las normas de prevención y riesgos laborales de la empresa, identificando factores y situaciones de riesgo.

- Observar las normas de seguridad en el manejo de máquinas convencionales, herramienta eléctrica y manual sin que máquinas, elementos montados, personas o elementos arquitectónicos sufran daños.

- Participar de forma activa en los simulacros de incendios, evacuación y salvamentos realizados en la empresa consiguiendo desempeñar la tarea específica que le ha sido asignada.

- Respetar el plan de seguridad de la empresa, acatando las señalizaciones de seguridad en las máquinas e instalaciones.

- Emplear los útiles de protección personal establecidos para las distintas operaciones realizando un uso adecuado de los mismos.

Reproducir moldes para la obtención de productos cerámicos mediante colado o moldeado de masas plásticas.

- En la elaboración de un molde a partir de una matriz dada: Seleccionar y preparar los materiales y herramientas adecuadas. Seleccionar y montar cada uno de los componentes de la matriz. Elaborar cada uno de los componentes del molde en las condiciones de calidad exigidas. Realizar el montaje del molde elaborado. Secar el molde montado.

Acondicionar barbotinas cerámicas para la obtención de productos cerámicos mediante colado, de acuerdo con los procedimientos y las condiciones de calidad establecidas.

- En el acondicionamiento de una barbotina para colado: Realizar la medida de la densidad y viscosidad de la barbotina y compararla con los

estándares establecidos en los procedimientos. Seleccionar y preparar los materiales y útiles adecuados para el ajuste de la barbotina. Ajustar la densidad y viscosidad mediante la adición de agua o de los aditivos necesarios. Ajustar, si es necesario, la densidad, mediante la mezcla con una barbotina de la misma

composición y más densa. Comprobar la adecuación de la barbotina preparada a las condiciones de trabajo

especificadas.

Realizar el conformado de productos cerámicos mediante colado a partir de moldes previamente preparados y acondicionados.

- En el conformado de productos cerámicos mediante colado, siguiendo las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas y a partir de un modelo, en cerámica o en boceto:

Seleccionar, montar y preparar el molde a las condiciones de trabajo. Realizar el vertido de la barbotina en las condiciones de trabajo especificadas. Realizar el vertido de la barbotina sobrante una vez comprobado que el tiempo de colado es

el adecuado para la obtención del espesor de pared requerido, de acuerdo con las órdenes de trabajo.

Realizar la extracción de la pieza y la limpieza y el secado del molde. En su caso, realizar el montaje de las piezas y su repasado.

Realizar el secado de productos cerámicos obtenidos mediante colado.

- En actividades de secado forzado de productos cerámicos obtenidos mediante colado, siguiendo las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas.

Seleccionar y preparar las bandejas, soportes y útiles para la disposición de las piezas en el secadero.

Transportar y colocar las piezas en el secadero, de forma que se asegure su correcta ventilación y distribución de temperaturas.

Seleccionar los parámetros de secado (temperatura, aireación forzada) y realizar el secado. Descargar el secadero.

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Capacidades Criterios de evaluación

Describir las principales operaciones y técnicas para la elaboración manual y semiautomática de productos cerámicos mediante moldeo en estado plástico.

- En la observación de diferentes productos cerámicos conformados mediante técnicas manuales o semiautomáticas:

Relacionar los productos cerámicos con las técnicas de conformado empleadas. Identificar las principales características técnicas que debe reunir cada pasta cerámica en

función de la técnica de conformado utilizada. Relacionar las características técnicas de cada pasta con las diferentes pastas comerciales

presentes en el mercado. Identificar las principales operaciones necesarias para la elaboración de cada producto

cerámico. Identificar las máquinas útiles y herramientas necesarias para la elaboración de cada

producto cerámico.

Realizar el conformado de productos cerámicos mediante técnicas manuales o semiautomáticas de moldeo de masas plásticas.

- En el conformado de productos cerámicos, siguiendo las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas y a partir de un modelo, en cerámica o en boceto:

Elaborar losetas de barro mediante molde abierto y mediante estirado y corte de planchas de barro.

Elaborar losetas de barro mediante extrusión. Elaborar platos o cuencos mediante prensado en plástico. Elaborar platos mediante calibrado en torno de alfarero. Elaborar las asas mediante moldeado a mano o mediante molde de escayola y pegarlas en

las piezas que lo requieran. Colocar un logotipo identificativo mediante estampado o mediante aplicación calcográfica a la

pieza en verde. - En el conformado de productos cerámicos a partir de un modelo dado, en cerámica o en boceto,

mediante modelado en torno de alfarero y siguiendo las correspondientes órdenes de trabajo orales o escritas:

Elaborar una jarra de al menos 20 cm. de altura. Elaborar un cuenco de al menos 30 cm. de boca. Realizar el acabado de las piezas elaboradas mediante el retorneado de las bases y alisado

de las superficies. Elaborar las asas y elementos decorativos mediante moldeado a mano o molde de escayola y

pegarlas en las piezas que lo requieran. Colocar un logotipo identificativo mediante estampado o mediante aplicación calcográfica a la

pieza en verde.

Describir las principales técnicas de esmaltado y decoración manual o semiautomática de productos cerámicos.

- En la observación de diferentes productos cerámicos esmaltados y decorados mediante técnicas manuales o semiautomáticas:

Relacionar los productos cerámicos con las técnicas de esmaltado empleadas. Relacionar los productos cerámicos con las técnicas de decoración empleadas. Identificar las principales características técnicas que debe reunir cada aplicación cerámica en

función de la técnica de esmaltado y de decoración utilizada. Identificar las principales operaciones necesarias para la aplicación de engobes, esmaltes y

decoraciones. Identificar las máquinas útiles y herramientas necesarias para el esmaltado y decoración de

de cada producto cerámico.

Realizar aplicaciones manuales o semiautomáticas de esmaltes, engobes, tintas serigráficas, colores y sales solubles.

- En la aplicación de esmaltes o de engobes mediante vertido o mediante inmersión: Controlar la idoneidad del engobe o esmalte a aplicar mediante la medida del residuo,

densidad, viscosidad y comparación de probetas con una composición estándar. Ajustar la suspensión a las condiciones de densidad y viscosidad requeridas. Preparar la superficie de la pieza a esmaltar. Realizar la aplicación de la suspensión controlando el tiempo de aplicación o de inmersión. Controlar que el peso de esmalte aplicado y/o el espesor de la capa aplicada se ajustan a los

requerimientos de calidad exigidos. Limpiar bases, gotas y rebabas.

- En las aplicaciones de esmaltes o engobes mediante pincelado sobre superficies crudas o vitrificadas:

Controlar la idoneidad del engobe o esmalte a aplicar mediante la medida del residuo, densidad, viscosidad y comparación de probetas con una composición estándar.

Ajustar la suspensión a las condiciones de densidad y viscosidad requeridas. Preparar, en su caso, la superficie de la pieza a esmaltar. Elegir el pincel adecuado a la aplicación que se desea realizar. Realizar la aplicación de la suspensión. Limpiar la base de las piezas esmaltadas.

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Asociado a TRANSVERSAL

Capacidades Criterios de evaluación

Realizar aplicaciones manuales o semiautomáticas de esmaltes, engobes, tintas serigráficas, colores y sales solubles.

- En las aplicaciones de esmaltes o de engobes mediante aerografía: Controlar la idoneidad del engobe o esmalte a aplicar mediante la medida del residuo,

densidad, viscosidad y comparación de probetas con una composición estándar. Ajustar la suspensión a las condiciones de densidad y viscosidad requeridas. Preparar la superficie de la pieza a esmaltar. Elegir la boquilla adecuada y ajustar la presión de aire y abertura del abanico en función del

tipo de aplicación y efecto que se desea conseguir. Realizar la aplicación de la suspensión. Controlar que el peso de esmalte aplicado y el espesor de la capa aplicada se ajustan a los

requerimientos de calidad exigidos. Desmontar, limpiar la pistola y volverla a montar. Limpiar la cabina de aplicación.

- En la decoración de productos cerámicos mediante calcografías: Seleccionar la calcomanía que se va a aplicar. Preparar la superficie de la pieza a decorar. Realizar la aplicación de la calcografía. Comprobar que la decoración aplicada se corresponde con los requerimientos de calidad

exigidos.- En la decoración manual o semiautomática de productos cerámicos:

Controlar, en su caso, la idoneidad de la aplicación que se va a emplear mediante la medida del residuo, densidad, viscosidad y comparación de probetas con una composición estándar.

Ajustar, en su caso, la suspensión a las condiciones de densidad y viscosidad requeridas. Seleccionar y aplicar, en su caso, la plantilla para trepa o estarcido. Preparar la superficie de la pieza a decorar. Realizar la decoración mediante: serigrafía de piezas planas, pincelado y cuerda seca. Comprobar que la decoración aplicada se corresponde con los requerimientos de calidad

exigidos.

Realizar la cocción de productos cerámicos.

- En el proceso de cocción de productos cerámicos no esmaltados y crudos que se pretende bizcochar en un horno discontinuo:

Seleccionar y montar los elementos de enhornamiento adecuado. Realizar la carga de los productos. Seleccionar el ciclo de cocción adecuado. Controlar periódicamente el desarrollo de la cocción. Realizar la descarga y almacenamiento de los productos tras la cocción y enfriamiento de

estos.- En procesos de cocción de productos cerámicos esmaltados en un horno discontinuo:

Seleccionar y montar los elementos de enhornamiento adecuado. Limpiar las partes de los productos en contacto con el material de enhornamiento. Limpiar y proteger las placas de enhornamiento con barbotina de pasta refractaria. Realizar la carga de los productos. Seleccionar el ciclo de cocción adecuado. Controlar periódicamente el desarrollo de la cocción. Realizar la descarga y almacenamiento de los productos tras la cocción y enfriamiento de

estos.

Identificar y describir los principales defectos de productos cerámicos relacionados con las operaciones de: conformado mediante colado; conformado manual o semiautomático; secado; esmaltado y decoración manual o semiautomática; cocción.

- En la observación de productos cerámicos con defectos de fabricación atribuibles a las diferentes operaciones a que han sido sometidos:

Identificar y describir los defectos de fabricación. Evaluar la gravedad de los defectos identificados en función de la calidad del producto

acabado. Señalar sus causas más probables. Proponer posibles soluciones.

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4. ORGANIZACIÓN ACADÉMICA Y DISTRIBUCIÓN HORARIA:

Familia profesional: VIDRIO Y CERÁMICA

Perfil Profesional: OPERACIONES DE REPRODUCCIÓN MANUAL O SEMIAUTOMÁTICA DE PRODUCTOS CERÁMICO

Código: VICI01

Módulos profesionales

Clave Denominación Horassemanales

Horasanuales

01 Colado de productos cerámicos y reproducción de moldes 3 85

02 Moldeo manual y semiautomático de productos cerámicos a partir de pastas en estado plástico 6 145

02 Esmaltado y decoración manual de productos cerámicos 4 115

04 Cocción de productos cerámicos 2 60

FCT FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO 120

5. ESPECIALIDADES DEL PROFESORADO CON ATRIBUCIÓN DOCENTE EN LOS MÓDULOS PROFESIONALES:

MÓDULO PROFESIONAL

Clave Denominación

ESPECIALIDAD DEL PROFESORADO

CUERPO

01 Colado de productos cerámicos y reproducción de moldes

02Moldeo manual y semiautomático de productos cerámicos a partir de pastas en estado plástico

03 Esmaltado y decoración manual de productos cerámicos

04 Cocción de productos cerámicos

Profesor especialista

6. REQUISITOS PARA EL PROFESORADO DE CENTROS DE TITULARIDAD PRIVADA Y ENTIDADES:

MÓDULO PROFESIONAL

Clave Denominación REQUISITOS

01 Colado de productos cerámicos y reproducción de moldes

02Moldeo manual y semiautomático de productos cerámicos a partir de pastas en estado plástico

03 Esmaltado y decoración manual de productos cerámicos

04 Cocción de productos cerámicos

2, Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionadas con el perfil profesional, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:Formación académica de Técnico Superior o equivalente, o de otras titulaciones de nivel superior, relacionadas con este campo profesional.Experiencia docente de al menos un año en la impartición de Programas de Garantía Social relacionados con este campo profesional.Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este perfil profesional.

1. Acreditar la participación en los cursos de formación inicial programados por la Consejería de Educación para los programas de garantía social o los que en un futuro se promuevan para los programas de cualificación profesional inicial.

7. REQUISITOS DE ESPACIOS E INSTALACIONES:

Denominación del espacio formativo Superficie(m2 para 20 alumnos)

Aula polivalente 60

Taller de fabricación de cerámica 200

(03/15.464/09)

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B) Autoridades y Personal

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

1676 ORDEN 264/2009, de 18 de mayo, por la que se convocapara su cobertura interina un puesto de trabajo vacante endicha Consejería.

De conformidad con lo establecido en el artículo 87 de laLey 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidadde Madrid, y en el Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se re-gulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de traba-jo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid,esta Consejería

DISPONE

Primero

Objeto de la convocatoria

Convocar para su cobertura interina el puesto de trabajo que sedetalla en el Anexo I de la presente Orden, de acuerdo con lo dis-puesto en el artículo 9 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, en el quese prevé la posibilidad de efectuar convocatoria de puestos de traba-jo para su cobertura interina para aquellos Cuerpos, Escalas y Espe-cialidades en los que no se hubiere formado lista de espera surgidade los procesos selectivos de acceso a la Función Pública Autonó-mica o la misma se hubiese agotado, no exista posibilidad de acudira las correspondientes bolsas de espera de personal laboral tempo-ral, ni a las listas de espera que se formen de acuerdo con lo previs-to en el artículo 14 del Decreto citado.

El puesto se encuentra vinculado a la Oferta de Empleo Públicocorrespondiente.

Segundo

Solicitudes, plazo y lugar de presentación

Los interesados en este puesto de trabajo podrán presentar solici-tudes conforme al modelo que figura como Anexo II de esta Orden,dentro de los siete días hábiles siguientes a su publicación en el BO-LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro de laVicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía delGobierno (calle Carretas, número 4), en horario de nueve a catorce,de lunes a viernes, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, eirán dirigidas al ilustrísimo señor Secretario General Técnico de laVicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía delGobierno.

En la solicitud se detallará el número de puesto que se solicita, asícomo su denominación, y, en su caso, el orden de preferencia de lospuestos convocados. Junto a la solicitud deberá adjuntarse fotocopiade la siguiente documentación:

A) Fotocopia nítida del DNI o equivalente, o bien del pasaporte.B) Fotocopia de la titulación académica, o bien, certificación

académica que acredite haber realizado y aprobado los estu-dios completos correspondientes para la expedición de dichotítulo, exigida para el acceso al Cuerpo/Escalas/Especialida-des del puesto convocado.

C) Fotocopia de la documentación profesional pertinente a losefectos de su adecuada valoración, teniendo en cuenta quesolo se valorarán los méritos que se acrediten documental-mente, mediante los siguientes documentos:a) Informe original de la vida laboral expedido por la Teso-

rería General de la Seguridad Social, en el que constenexpresamente los períodos en alta en el sistema de la Se-guridad Social y los grupos de cotización.

b) La presentación de servicios en la Comunidad de Madridse justificará mediante certificado original acreditativode los períodos trabajados, así como de la categoría pro-fesional en la que han sido prestados aquellos que, entodo caso, deberá ser firmada por el Secretario General

Técnico o Subdirector General de Personal de la Conse-jería u Organismo Autónomo correspondiente.

c) La experiencia profesional en otros centros, entidades oempresas se justificará mediante fotocopia de los contra-tos de trabajo o certificación original de empresa justifica-tiva de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse, ensu defecto, cualquier otro medio de prueba admitido enderecho que acredite la experiencia alegada en la catego-ría de que se trate. En el caso de trabajadores por cuentapropia, mediante copia del alta en el Régimen Especial deTrabajadores Autónomos, en el que conste la profesióncomo empresario, industrial o autónomo en el sector.

d) Los cursos de formación se acreditarán mediante presen-tación de fotocopia de la certificación, título o diplomacorrespondiente, en los que deberá constar, en su caso, laduración de los mismos.

No se tomarán en consideración las solicitudes presentadas poraquellos aspirantes que a fecha de finalización del plazo de presenta-ción de instancias ostentasen ya la condición de funcionarios interi-nos del Cuerpo, Escala o Especialidad correspondiente al puesto detrabajo objeto de convocatoria, salvo en los casos en los que el pues-to desempeñado interinamente tenga asignado un nivel de comple-mento de destino inferior al del puesto al que se pretende acceder.

Tercero

Tribunal de Selección

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decre-to 50/2001, de 6 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 19 de abril), el Tribunal de Selección será el nombradopor el Secretario General Técnico de la Vicepresidencia, Consejeríade Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

Cuarto

Procedimiento

Finalizada la baremación, el Tribunal ubicará en la Oficina deAtención al Ciudadano y en los tablones de anuncios de la Vicepre-sidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobier-no la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación, ensu caso, de las causas de exclusión y la puntuación obtenida por cadauno de ellos.

Los candidatos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, acontar desde el día siguiente a la inserción de la lista provisional endichos tablones, para subsanar los defectos y presentar las alegacio-nes que estimen pertinentes, de acuerdo con el artículo 84.2, en re-lación con el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, dada la urgencia existente en lacobertura inmediata de este puesto de trabajo.

Los empates serán dirimidos de acuerdo con los criterios estable-cidos por el Tribunal conforme al artículo 12.7 del Decreto 50/2001.

Quinto

Adjudicación

Finalizado el plazo de alegaciones, el Tribunal de Selección de fun-cionarios interinos elevará propuesta de resolución al Vicepresidente,Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno que dictaráresolución de adjudicación del puesto convocado, que será publicadaen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

No podrá adjudicarse el puesto de trabajo a aquellos aspirantesque previamente hayan resultado adjudicatarios de otros correspon-dientes al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad, que tengan asigna-do un nivel de complemento de destino igual o superior al del pues-to convocado.

Si el candidato que resultare adjudicatario renunciase a su nombra-miento como funcionario interino en el puesto para el que hubiesesido seleccionado, o no tomara posesión en el plazo establecido alefecto, la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Porta-vocía del Gobierno dictará nueva resolución adjudicando el puestode trabajo al siguiente candidato según el orden de puntuación esta-blecido por el Tribunal de Selección, procediendo a dictar, en su

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caso, tantas resoluciones como sean necesarias hasta la efectiva co-bertura del puesto convocado.

Sexto

Renuncia

En caso de que el candidato que resulte adjudicatario del puesto re-nuncie a su nombramiento como funcionario interino o, una veznombrado, no tome posesión del mismo en el plazo establecido alefecto, no podrá ser nombrado nuevamente funcionario interino du-rante los doce meses posteriores a dicha renuncia, salvo que se justi-fique debidamente la concurrencia de alguna de las circunstanciasenumeradas en el artículo 7 del Decreto 50/2001, de 6 de abril.

Séptimo

Nombramiento

Los nombramientos serán efectuados por el Vicepresidente, Con-sejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, de acuerdocon la competencia atribuida por el apartado 1 del artículo 15 del re-ferido Decreto.

Octavo

Puestos adscritos a dos grupos

Cuando el puesto a cubrir con carácter interino pueda ser desempe-ñado, de acuerdo con lo previsto en la relación de puestos de trabajo,por funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas de diferentes gru-pos de clasificación, el nombramiento como funcionario interino ha-brá de referirse necesariamente al Grupo inferior, salvo que se trate deun Cuerpo o Escala para cuyo acceso se exija ostentar una titulaciónacadémica específica y el candidato seleccionado únicamente posea latitulación correspondiente al Cuerpo o Escala del Grupo superior, encuyo caso el nombramiento se realizará en este último.

Noveno

Temporalidad del nombramiento

Los nombramientos de funcionarios interinos tendrán caráctertemporal, extinguiéndose la relación de servicios cuando desaparez-ca la urgencia o necesidad que determinó la cobertura del puesto enlos términos establecidos en el artículo 3.2 del Decreto 50/2001, de 6de abril, y, en todo caso, cuando el puesto sea cubierto por el corres-pondiente funcionario de carrera.

Los funcionarios interinos seleccionados para ocupar un puestode trabajo que se encuentre en situación de reserva, cesarán en elmismo cuando se reincorpore su titular.

Los puestos de trabajo cubiertos por funcionarios interinos queestuvieren reservados se incluirán en la correspondiente Oferta deEmpleo Público o en la próxima convocatoria de provisión por elsistema de concurso, según proceda, una vez desaparecida la causaque motivó la reserva de los mismos.

Décimo

Norma final

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, losinteresados podrán interponer con carácter potestativo recurso de re-posición en el plazo de un mes, ante el Vicepresidente, Consejero deCultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, o bien, directamente, re-curso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante losJuzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos pla-zos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 18 de mayo de 2009.—El Vicepresidente,Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, PDF (Or-den 212 bis/2009, de 4 de mayo), el Secretario General Técnico,Borja Sarasola Jáudenes.

ANEXO I

LISTADO DE UN PUESTO DE TRABAJO VINCULADO A UNA CONVOCATORIA DE FUNCIONARIOS INTERINOSEN LA VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ANEXO II

SOLICITUD DE COBERTURA INTERINA DE PUESTOS DE TRABAJO *

I. DATOS DEL/LA INTERESADO/A

II. DATOS DE LA CONVOCATORIA

Apellidos: ...............................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Nombre: .......................................................................................................................................................................................................................... NIF: ..........................................................................

Dirección: ......................................................................................................................................................................................................... Teléfono: ..........................................................................

Localidad: ....................................................................................................................... Provincia: ....................................................................................................... CP: ........................................

III. ORDEN DE PREFERENCIA DE LOS PUESTOS SOLICITADOS

Orden ......................../ ............................ Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ......................./ ..................../ .......................

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno

IV. DOCUMENTACIÓN APORTADA

N.o DEORDEN N.P.T. DENOMINACIÓN N.o DE

ORDEN N.P.T. DENOMINACIÓN

1 7

2 8

3 9

4 10

5 11

6 12

El/la solicitante declara ser ciertos los datos contenidos en la presente solicitud, reunir las condiciones necesarias para desempeñarpuestos públicos en la Comunidad de Madrid y las señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a acreditarlo cuando así le sea solici-tado por la Administración.

Madrid, a ......................... de ...................................................................................... de 2009EL/LA INTERESADO/A,

� Título académico

� Historial académico-profesional

� Otros ...................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Los datos que se recogen se tratarán informáticamente o se archivarán con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puede tener sus datos,para qué los usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislación vigente. Para cualquiercuestión sobre esta materia puede dirigirse al teléfono de información 012.

Si usted tiene alguna sugerencia que permita mejorar este impreso le rogamos nos la haga llegar a la Dirección General de Calidad de los Servicios, plaza de Chambe-rí, número 8, 28010 Madrid.

(*) La solicitud se cumplimentará a máquina o con letras mayúsculas. En caso de que sea imprescindible la información solicitada, esta se adjuntará en hoja aparte aeste impreso.

DESTINATARIOILMO. SR. SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA

Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

Etiqueta del Registro

(03/16.132/09)

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Consejería de Economía y Hacienda

1677 ORDEN de 30 de abril de 2009, por la que se aprueba con-vocatoria pública para la provisión de un puesto de traba-jo por el sistema de Libre Designación (artículo 55) en laConsejería de Sanidad.

El artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, Reguladora de laFunción Pública de la Comunidad de Madrid, en relación con el ar-tículo 17 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Re-forma de la Función Pública, que ostenta el carácter de bases del ré-gimen estatutario de los funcionarios públicos, prevé la posibilidadde efectuar convocatoria pública para la provisión de puestos de tra-bajo abiertos a otras Administraciones.

Existiendo un puesto de trabajo vacante reservado a funcionarios,y siendo necesario proceder a su inmediata provisión, de conformi-dad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 1/1986, de 10 deabril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Atendiendo a la propuesta cursada a tal efecto por la Consejeríade Sanidad, y teniendo en cuenta que las necesidades del servicio asílo aconsejan,

DISPONGO

Primero

Convocar, de conformidad con el procedimiento establecido en elartículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, el puesto de trabajo re-servado a personal funcionario que se incluye dentro del correspon-diente Anexo mediante el sistema de provisión que en el mismo sedetermina en la Consejería que igualmente se indica.

Segundo

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su orga-nización y desarrollo por lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 deagosto; en la Ley 1/1986, de 10 de abril; en la Orden 923/1989, de 20de abril, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); en la Orden 2094/1990, de 31de agosto, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre), y en el Real Decre-to 364/1995, de 10 de marzo.

Tercero

Podrán participar en este proceso los funcionarios propios de laComunidad de Madrid y aquellos que, procedentes de otras Admi-nistraciones Públicas y de acuerdo con lo que se establezca en la re-lación de puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria, seencuentren incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 17 de laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Fun-ción Pública.

Cuarto

De conformidad con lo establecido en el artículo 2, base segunda,de la Orden 923/1989, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID de 27 de abril), de la Consejería de Hacienda,

las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a laSecretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad y se presen-tarán, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente ala publicación de la convocatoria, en el Registro de dicha Consejeríao en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto

Los modelos de solicitud para provisión de puestos de trabajo ehistorial académico y profesional serán los regulados en la Or-den 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

Sin perjuicio de lo anterior, los funcionarios de otras Administra-ciones Públicas que participen en la presente convocatoria deberánpresentar el modelo que figura como Anexo III, “Certificado de Re-gistro de Personal”, debidamente cumplimentado y firmado por eltitular del órgano encargado del Registro de Personal de su Admi-nistración de origen.

Aquellos funcionarios de otras Administraciones Públicas que seencuentren ocupando un puesto de trabajo de forma provisional enla Comunidad de Madrid en el momento de aprobarse la presenteconvocatoria deberán presentar, además del Anexo III, el Certifica-do de Registro de Personal señalado en el párrafo primero de esteapartado.

Sexto

El funcionario seleccionado para la cobertura del puesto de traba-jo de esta convocatoria que proceda de otra Administración no ad-quirirá la condición de funcionario de la Comunidad de Madrid,pero se integrará en la Administración de esta en la forma previstaen el artículo 55, párrafo segundo, de la Ley 1/1986, de 10 de abril,sin perjuicio de que, a efectos de provisión, hayan de tenerse encuenta las especificaciones que a este respecto contenga la relaciónde puestos de trabajo.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa, y contra lamisma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de repo-sición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dicta-do, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Adminis-trativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguientea su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime proceden-te interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dado en Madrid, a 30 de abril de 2009.

El Consejero de Economía y Hacienda,PD (Acuerdo del Consejo de Gobierno

de 15 de noviembre de 2001,BOCM de 16 de noviembre),

ANTONIO BETETA BARREDA

ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE LIBRE DESIGNACIÓN(ARTÍCULO 55) EN LA CONSEJERÍA DE SANIDAD

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 26 B.O.C.M. Núm. 119

ANEXO III

CERTIFICADO DE REGISTRO DE PERSONAL

D/D.a ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

Cargo ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este Registro de Personal, el funcionario a continuación indicado tiene acreditadoslos siguientes extremos:

1. DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre: DNI:

Cuerpo o Escala Grupo: NRP:

Administración de origen: Fecha de toma de posesión:

2. SITUACIÓN ADMINISTRATIVA

� Servicio activo � Servicios especiales � Servicios CC AAFecha traslado

� Suspensión firme de funciones:Fecha terminación período:

� Ex. Voluntaria (artículo 29.3, Ap. , Ley 30/1984) � Excedencia para el cuidado de hijos (artículo 29.4, Ley 30/1984):Fecha de cese servicio activo: Toma de posesión último destino definitivo:

Fecha cese servicio activo:

3. DESTINO

4.1. Grado personal consolidado: Fecha consolidación:

5. ANTIGÜEDAD

5.1. Antigüedad: Tiempo de servicios reconocidos en la Administración del Estado, Autonómica o Local hasta la fecha de publi-cación de la convocatoria:

ADMINISTRACIÓN CUERPO O ESCALA GRUPO AÑOS MESES DÍAS

Total años de servicio . . . . . . . . . . . . .

CERTIFICACIÓN que expido a petición del interesado y para que surta efecto en el proceso convocado por Orden del Consejerode Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid de ......................................................................................................... (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD

DE MADRID del día ...................................................................................................................................................).

.............................................................................................................., a .................. de ............................................ de ......................

(FIRMA)

(03/15.977/09)

3.2. Destinos anteriores:

ADMINISTRACIÓN (2)(ESTADO, AUTONÓMICA O LOCAL) DENOMINACIÓN N.C.D. OCUP. (1)

FECHAINICIO

FECHAFINAL

(1) Debe hacerse constar si el puesto ha sido ocupado como Titular (T) o como Provisional (P).(2) Debe hacerse constar la denominación del Ministerio, Consejería o Administración Local.

4. GRADO

3.1. Destino actual:

ADMINISTRACIÓN (2)(ESTADO, AUTONÓMICA O LOCAL) DENOMINACIÓN N.C.D. OCUP. (1)

FECHAINICIO

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 27

C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

1678 ORDEN 259/2009, de 18 de mayo, por la que se delega elejercicio de determinadas competencias.

Mediante Decreto 42/2009, de 30 de abril, del Consejo de Gobier-no, la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno pasa a denominar-se Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocíadel Gobierno, asumiendo las competencias correspondientes a la an-tigua Consejería de Cultura, Deporte y Turismo, salvo en materia deturismo.

Esta modificación en la asunción de competencias hace aconseja-ble asimismo la delegación del ejercicio de algunas de ellas, en re-lación con las materias cuya competencia ya residían en el titular dela Consejería y sobre las nuevas que, por la reestructuración orgáni-ca, se asumen.

Cabe aclarar que en los casos del Centro de Asuntos Taurinos ydel Museo Arqueológico Regional no se puede proceder a la delega-ción del ejercicio de la competencia de aprobación del gasto porqueesta no reside en el titular de la Consejería sino en el respectivo Con-sejo de Administración.

En consecuencia, y haciendo uso de las facultades conferidas porel artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno yAdministración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad conlo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Primero

En materia de ordenación de gastos

1. Delegar la ordenación y aprobación de gastos hasta 100.000euros en las Direcciones Generales, excepto en la Dirección Gene-ral de Deportes para la que la delegación se realiza hasta la cuantíacorrespondiente a contrato menor, respecto de los expedientes pro-movidos por sus respectivas unidades.

2. Delegar en la Viceconsejería de Vicepresidencia y SecretaríaGeneral del Consejo de Gobierno y en la Viceconsejería de Cultura,la ordenación y aprobación de los gastos comprendidos en-tre 100.000,01 euros y 500.000 euros, respecto de los expedientespromovidos por las unidades que respectivamente tienen adscritas.

3. Delegar en la Viceconsejería de Deportes la ordenación yaprobación de los gastos de cuantía superior a la de contrato menorhasta 500.000 euros, respecto de los expedientes promovidos por lasunidades que tiene adscritas.

4. Delegar en la Secretaría General Técnica la ordenación yaprobación de los gastos hasta 500.000 euros respecto de los expe-dientes promovidos por las unidades dependientes de la SecretaríaGeneral Técnica.

5. Las competencias que en materia de ordenación y aprobaciónde gastos se delegan en los apartados anteriores se entenderán siem-pre referidas a las distintas fases del gasto a que hace referencia elartículo 68 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de laHacienda de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En materia de contratación

1. El ejercicio de las competencias del Vicepresidente, Consejerode Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en materia de contrata-ción se delega en los mismos órganos que se refieren en el apartado Pri-mero, puntos 1, 2, 3 y 4 de esta Orden y en los Directores-Gerentes delCentro de Asuntos Taurinos y del Museo Arqueológico Regional, enlos mismos términos establecidos en dicho apartado.

2. Se exceptúa del régimen de delegación establecido en mate-ria de contratación, los expedientes relativos a los contratos priva-dos que tengan por objeto la creación e interpretación artística y li-teraria promovidos por la Dirección General de Promoción Cultural

cuyo ejercicio de competencias en materia de contratación se dele-ga en la Dirección General de Promoción Cultural.

3. Delegar en la Secretaría General Técnica, en las DireccionesGenerales y en los Directores-Gerentes del Centro de Asuntos Tau-rinos y del Museo Arqueológico Regional, la aprobación de los pro-gramas de trabajo y los acuerdos de liquidación y devolución o can-celación de garantía de los expedientes de contratación promovidospor sus respectivas unidades, independientemente de su cuantía.

Tercero

En materia de concesión de subvenciones

1. El ejercicio de las competencias del Vicepresidente, Conse-jero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en materia deconcesión de subvenciones se delega en los mismos órganos que serefieren en el apartado Primero, puntos 1, 2 y 3 de esta Orden y enlos Directores-Gerentes del Centro de Asuntos Taurinos y del Mu-seo Arqueológico Regional, en los mismos términos establecidos endicho apartado.

2. Delegar en la Secretaría General Técnica el ejercicio de lascompetencias en materia de concesión de subvenciones relativas alos expedientes administrativos promovidos por las unidades depen-dientes de la Secretaria General Técnica cuyo importe sea igual o in-ferior a 400.000 euros.

3. Delegar en la Secretaría General Técnica, en las DireccionesGenerales y en los Directores-Gerentes del Centro de Asuntos Tau-rinos y del Museo Arqueológico Regional, la iniciación y resoluciónde los procedimientos de reintegro de subvenciones respecto de losexpedientes promovidos por sus respectivas unidades, independien-temente de su cuantía.

4. Delegar en los Viceconsejeros la aprobación de los PlanesEstratégicos de las Subvenciones promovidas por las unidades querespectivamente tengan adscritas y en el Secretario General Técni-co las promovidas por sus unidades.

Cuarto

En materia de personal

Delegar en la Secretaria General Técnica el ejercicio de las si-guientes competencias:

1. El nombramiento y cese en los puestos de trabajo del perso-nal funcionario adscrito a la Vicepresidencia, Consejería de Culturay Deporte y Portavocía del Gobierno.

2. La contratación laboral indefinida del personal adscrito a laVicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía delGobierno que haya sido seleccionado en virtud de las pruebas selec-tivas convocadas como consecuencia de la oferta de empleo público.

3. La incoación de expedientes disciplinarios del personal fun-cionario adscrito a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y De-porte y Portavocía del Gobierno, así como el nombramiento de ins-tructor, la declaración de suspensión provisional, si procediera, y laadopción de la sanción pertinente en los casos de faltas graves o muygraves, salvo la de separación del servicio.

4. La aprobación de convocatorias no centralizadas para la con-tratación laboral a tiempo cierto.

5. La contratación laboral a tiempo cierto del personal seleccio-nado en virtud de las correspondientes convocatorias.

6. La aprobación de convocatorias para la selección de funcio-narios interinos a efectos de la cobertura temporal de puestos adscri-tos a la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavo-cía del Gobierno.

7. La resolución de las convocatorias para la selección de fun-cionarios interinos.

8. El nombramiento y cese como funcionario interino para lacobertura temporal de puestos adscritos a la Vicepresidencia, Con-sejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

9. La aprobación y resolución de las convocatorias para la pro-visión, por concurso o libre designación, de puestos de trabajo de laVicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía delGobierno adscritos a funcionarios.

10. La aprobación de las convocatorias para la provisión depuestos de trabajo funcionales, clasificados como de libre designa-ción o de selección objetiva, de la Vicepresidencia, Consejería deCultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 28 B.O.C.M. Núm. 119

Quinto

En materia de responsabilidad patrimonial

Delegar en la Secretaria General Técnica el ejercicio de la com-petencia de resolución de las reclamaciones de responsabilidad pa-trimonial cuya competencia por razón de la materia corresponda a laVicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía delGobierno.

Sexto

Eficacia

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de supublicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid a 18 de mayo de 2009.

El Vicepresidente, Consejero de Culturay Deporte y Portavoz del Gobierno,

IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/16.353/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

1679 CONVENIO de colaboración entre el Ayuntamiento de Ri-vas-Vaciamadrid, la Comunidad de Madrid y el Canal deIsabel II para la prestación del servicio de alcantarilladoen el municipio de Rivas-Vaciamadrid.

En Madrid, a 20 de abril de 2009.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Ignacio González González.De otra parte, el ilustrísimo señor don Ildefonso de Miguel Rodríguez.Y de otra, el excelentísimo señor don José Masa Díaz.

INTERVIENEN

El primero, en nombre y representación de la Comunidad de Ma-drid, en su condición de Vicepresidente y Portavoz del Gobierno dela Comunidad de Madrid.

El segundo, en nombre y representación del Canal de Isabel II (enadelante Canal), en su condición de Director-Gerente del Canal.

El tercero, en nombre y representación del Ayuntamiento de Ri-vas-Vaciamadrid (en adelante Ayuntamiento), en su condición deAlcalde-Presidente del mismo.

EXPONEN

Primero

Que según lo previsto en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el muni-cipio de Rivas-Vaciamadrid ostenta la competencia para la presta-ción de los servicios de alcantarillado de aguas residuales en su tér-mino municipal.

Segundo

Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 40, en concordanciacon el artículo 31 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBases del Régimen Local, es competencia de la Comunidad de Ma-drid, como Comunidad uniprovincial, la coordinación de los servi-cios municipales entre sí para garantizar los principios de solidari-dad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la políticaeconómica y social y, en particular, asegurar la prestación integral yadecuada en la totalidad del territorio de la Comunidad de Madridde los servicios de competencia supramunicipal.

Por ello, los artículos 5.3 y 6.2 de la Ley 17/1984, de 20 de di-ciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua enla Comunidad de Madrid, establecen que la Comunidad de Madrid,a instancias de las Entidades Locales, podrá asumir las funcionesque corresponden a las mismas para su realización a través del Ca-

nal de Isabel II, quedando las instalaciones afectadas a la Red Gene-ral de la Comunidad.

Tercero

Que de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, y con el artículo 137 dela Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Co-munidad de Madrid, la Entidad Local de Rivas-Vaciamadrid está in-teresada en encomendar a la Comunidad de Madrid la prestación delservicio de alcantarillado en su término municipal a través del Ca-nal, en los términos establecidos en el presente convenio.

Cuarto

Que a los efectos de este convenio, el Ayuntamiento está interesa-do en adscribir al Canal el uso de las infraestructuras de titularidad delAyuntamiento precisas para la prestación de los servicios encomenda-dos, las cuales quedan afectas a la Red General de la Comunidad.

Quinto

Que la Comunidad de Madrid manifiesta su interés en aceptar la en-comienda de gestión del servicio de alcantarillado, que según estableceel artículo 137 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Lo-cal de la Comunidad de Madrid, se efectúa bajo la fórmula del conve-nio entre las Administraciones Autonómica y Municipal citadas, y deconformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ley 17/1984, así comoen el artículo 12.2 del Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestiónde las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comu-nidad de Madrid, y en el artículo 14 del Decreto 137/1985, por el que seaprueba el Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero delAbastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid,será realizada por el Canal según se prevé en dichas disposiciones.

Sexto

Que, al objeto de regular las condiciones según las cuales el Ca-nal se hará cargo de la gestión de los servicios de alcantarillado enel término municipal de Rivas-Vaciamadrid, se suscribe el presenteconvenio con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Capítulo I

Regulación del servicio de alcantarillado

Primera

Objeto del convenio

El Ayuntamiento encomienda a la Comunidad de Madrid para surealización a través del Canal de Isabel II, la gestión y explotacióndel servicio de alcantarillado, así como la de las infraestructuras einstalaciones asociadas al mismo, en las condiciones que ambas par-tes acuerdan mediante el presente convenio. A estos efectos, quedanafectas a la Red General de la Comunidad y adscritas al Canal, lasinfraestructuras que conforman la Red de Alcantarillado de titulari-dad del Ayuntamiento, cuya descripción se adjunta a este conveniocomo Anexo I.

Se entiende por servicio de alcantarillado el consistente en la reco-gida de aguas residuales y pluviales en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid y su evacuación hasta los distintos puntos de vertido oentronque a colectores, a emisarios o a instalaciones de depuración.

La Comunidad de Madrid acepta la encomienda y el Canal se obli-ga a la prestación del servicio de alcantarillado en el término munici-pal del Ayuntamiento, así como a la explotación y mantenimiento delas infraestructuras afectas a dichos servicios, con estricto cumpli-miento de lo previsto en el presente convenio y de la legislación apli-cable referida o la que en cada momento resulte de aplicación.

Segunda

Ámbito de aplicación territorial

El ámbito de aplicación territorial se extiende a la totalidad deltérmino municipal de Rivas-Vaciamadrid.

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Tercera

Relaciones entre el Canal y los abonados

La prestación del servicio de alcantarillado por el Canal a los habitan-tes del término municipal se regirá por lo dispuesto en la Ley 17/1984,de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento deAgua de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 137/1985, de 20de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre RégimenEconómico y Financiero del Abastecimiento de Agua, y en el Decre-to 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de sa-neamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid, así comoen las normas que, en su caso, las deroguen, complementen o modifi-quen, y restante normativa que, en cada caso, resulte de aplicación.

A estos efectos, el Ayuntamiento y el Canal se comprometen a co-municar a los habitantes del municipio que la prestación de los servi-cios de alcantarillado se llevará a cabo a partir del 2 de enero de 2009por el Canal, conforme al régimen jurídico establecido en el párrafoanterior.

La imposición de sanciones requerirá la previa instrucción del co-rrespondiente expediente sancionador ajustado a lo establecido en elDecreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Re-glamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Admi-nistración del Comunidad de Madrid.

Según dispone el artículo 10 de la Ley 17/1984, los contratos delas relaciones entre el Canal de Isabel II están sometidos al derechoprivado, por lo que cualquier divergencia o discrepancia que pudie-ra surgir entre el abonado y el Canal, las partes utilizarán los mediosde impugnación y recursos señalados por la Ley para este tipo de re-laciones y contratos, siendo competentes los Juzgados v Tribunalesde Madrid Capital.

Cuarta

Régimen tarifario y facturación

Las tarifas a aplicar a los servicios de alcantarillado prestados porel Canal serán las aprobadas en cada momento por la Comunidad deMadrid para estos servicios, de conformidad con lo establecido en elartículo 4.2 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que seaprueba el Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero delAbastecimiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

Asimismo, el Canal emitirá la factura única de todos los serviciosincluidos en el abastecimiento y saneamiento de agua de conformidadcon el artículo 9 del citado Decreto 137/1985, de 20 de diciembre.

El Canal asumirá plenamente el cobro, tanto en período volunta-rio como en vía judicial, de los distintos conceptos que integran lafactura única.

Quinta

Derechos de información y protección de datos

El Ayuntamiento, como titular y responsable de sus ficheros quecontienen datos de carácter personal, cede al Canal los datos perso-nales necesarios para la gestión de la encomienda efectuada, con lafinalidad de prestar los servicios de alcantarillado objeto del presen-te convenio, legitimándose la cesión, ya que ambas entidades po-seen competencias en materia de gestión de aguas, en virtud de lostítulos competenciales que les vienen reconocidos en la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley Or-gánica 3/1983, de 25 de febrero, que aprueba el Estatuto de Autono-mía de la Comunidad de Madrid, y la Ley 17/1984 , de 20 de diciem-bre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en laComunidad de Madrid.

A tales efectos, el Canal incorporará los datos personales cedidos,así como cualesquiera otros proporcionados por los propios clientes alfichero de su titularidad “Clientes”, inscrito en el Registro de Fiche-ros de Datos Personales de la Agencia de Protección de Datos de laComunidad de Madrid con el código de registro número 2052970004,siendo responsable del mismo a todos los efectos previstos en la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Ca-rácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, queaprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999,de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Las partes se comprometen a comunicar a los afectados la exis-tencia del fichero de datos, su origen, finalidad y destinatarios de lainformación, la identidad y dirección del responsable del tratamien-

to, así como la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, recti-ficación, cancelación y oposición, en cumplimiento de lo dispuestopor el artículo 5 de la Ley.

Sexta

Normativa de aplicación legal y reglamentaria

El Canal y el Ayuntamiento ajustarán toda su actividad en lo noprevisto en el presente convenio, a lo establecido en la Ley 17/1984,de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamientode Agua de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 137/1985, porel que se aprueba el Reglamento sobre Régimen Económico y Fi-nanciero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comuni-dad de Madrid; a la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local; a laLey 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comu-nidad de Madrid; a las ordenanzas municipales que resulten de apli-cación, así como en las normas que, en su caso, las deroguen, com-plementen o modifiquen y restante normativa que, en cada caso,resulte de aplicación.

Igualmente, las partes adecuarán su actuación a la normativa legalinternacional aplicable, así como a la normativa comunitaria, y en es-pecial a los objetivos previstos en la Directiva 2000/60/CE del Parla-mento Europeo (Directiva Marco del Agua) y del Consejo de 23 deoctubre de 2000, y a los principios comunitarios, tales como integra-ción de políticas, sostenibilidad del suministro, gestión integral delsistema, calidad del ciclo integral, carácter global de las decisionesmedioambientales.

Séptima

Normativa técnica de aplicación

La ejecución de cualesquiera obras en las infraestructuras de al-cantarillado, así como la instalación de aparatos, accesorios y demáselementos hidráulicos que se conecten a las mismas, quedarán so-metidos a la normativa técnica del Canal, cuyos procesos cuentancon la oportuna garantía de calidad certificada. En cualquier caso,tales obras quedarán sujetas a las especificaciones, requisitos y con-formidad técnica que establezcan los servicios técnicos del Canal deacuerdo con los criterios de diseño generalmente aceptados para estetipo de instalaciones.

Capítulo II

Regulación de las obligaciones aplicables a la redde alcantarillado

Octava

Explotación y mantenimiento de la red de alcantarillado

El Canal realizará los trabajos de explotación y mantenimiento dela red de alcantarillado adscrita, que incluye las redes de drenaje su-perficial comprendida en el ámbito de aplicación de este convenio,así como los tramos de colectores y emisarios de acuerdo con lo es-tablecido en el Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre gestión delas infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comu-nidad de Madrid, con cargo a sus presupuestos, pudiendo llevar acabo dichos trabajos de forma directa o indirecta.

Se entenderá por mantenimiento de la Red de Alcantarillado laejecución de cuantas actuaciones sean necesarias para reparar lasaverías ordinarias que se produzcan en la Red, y concretamente lainspección ordinaria y limpieza de la redes de alcantarillado, asícomo de los sobornales, la gestión del servicio de incidencias y elmantenimiento de las instalaciones, de la instrumentación y la actua-lización cartográfica de la red.

Asimismo, el Canal será responsable de la realización de las obrasde carácter correctivo necesarias para el mantenimiento de las in-fraestructuras de alcantarillado, cuyo objetivo es el de recuperar la se-guridad estructural y funcional de la red en caso de averías o roturas.

Las obras de mantenimiento no incluirán las obras de renovaciónde la Red de Alcantarillado ni las de mejoras de la capacidad hidráu-lica para la que fue diseñada, que se acordarán por la Comisión de Se-guimiento de acuerdo a lo previsto en la estipulación decimoquinta.

Quedan excluidos de este convenio las conexiones domiciliariasde alcantarillado, aquellas conexiones conjuntas que reciben dos omás conexiones individuales, así como aquellos tramos del alcanta-

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 30 B.O.C.M. Núm. 119

rillado que transcurren por propiedad privada sin una servidumbre depaso, en tanto en cuanto el Ayuntamiento no establezca los mediosque faciliten el acceso del Canal a los terrenos de propiedad privada.

El Ayuntamiento se compromete a facilitar al Canal toda la car-tografía y documentación técnica relativa al servicio de alcantarilla-do cuya explotación y mantenimiento se encomienda.

Novena

Revisión o modificación de planeamientos urbanísticos

El Ayuntamiento dará audiencia al Canal, previamente a la aproba-ción inicial o provisional o sobre cualquier revisión o modificación delplaneamiento urbanístico que suponga alteración en los vertidos deaguas residuales, a fin de que el Canal planifique su saneamiento. Todoello a los efectos de lo previsto en los artículos 2 y 3 de la Ley 17/1984,de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento deAgua en la Comunidad de Madrid, según los cuales, cualquier planifi-cación de infraestructuras y redes de saneamiento deberá ser informa-do por la Comunidad de Madrid de manera previa a su aprobación porla misma.

Las inversiones necesarias para las obras de infraestructuras y re-des de alcantarillado de agua serán con cargo a los propietarios opromotores de las nuevas actuaciones urbanísticas, de conformidadcon lo dispuesto en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Co-munidad de Madrid; el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto,por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para elDesarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Orde-nación Urbana (LS 76).

Las redes o infraestructuras de alcantarillado de nuevas actuacio-nes urbanísticas municipales o privadas serán construidas por el pro-motor, que se someterá a la conformidad técnica del Canal.

La titularidad de las nuevas redes o infraestructuras de alcantari-llado ya ejecutadas por los promotores se entregarán por estos, pre-via conformidad técnica del Canal, al Ayuntamiento, quien las re-cepcionará, y en el mismo acto las afectará a la Red General de laComunidad, con adscripción al Canal, al amparo del presente con-venio y hasta la finalización de la vigencia del mismo.

El Ayuntamiento no concederá ninguna licencia de obras de ur-banización para aquellos proyectos que no tengan la conformidadtécnica del Canal.

Décima

Ejecución de nuevas acometidas, conexiones y prolongacionesde la red de alcantarillado

Las solicitudes de ejecución de nuevas acometidas a la red de al-cantarillado municipal deberán ser tramitadas directamente por elinteresado ante el Canal, que dará la conformidad técnica al proyec-to e informará al Ayuntamiento para que este dé la preceptiva licen-cia de conexión a la red de alcantarillado.

Dichas obras serán ejecutadas en su totalidad por el interesado,que será el titular de las mismas y responsable de su mantenimientoy conservación.

Asimismo, las solicitudes de nuevas conexiones y prolongación dered de alcantarillado serán tramitadas por el interesado ante el Canal,que dará la conformidad técnica a dichas obras e informará al Ayun-tamiento de las solicitudes tramitadas conforme a esta estipulación.

Dichas obras serán ejecutadas por el interesado y serán de titula-ridad del Ayuntamiento, manteniendo el Canal el derecho de uso delas mismas conforme al presente convenio.

La ejecución de obras de nuevas conexiones y prolongaciones dered de alcantarillado cumplirá lo estipulado en la normativa técnicadel Canal sobre redes de saneamiento y requerirá que los peticiona-rios presenten la correspondiente solicitud de licencia municipal decala ante el Ayuntamiento, quien colaborará no concediendo dichalicencia de obra a aquellas solicitudes que no tengan la conformidadtécnica correspondiente del Canal, así como no concediendo licen-cias de primera ocupación a aquellas viviendas cuyas acometidas dealcantarillado no hayan recibido la conformidad de fin de obra porparte del Canal. Una vez finalizadas las obras, el Canal actualizarála cartografía de la red de alcantarillado para incorporar dichas nue-vas conexiones o prolongaciones.

Queda en cualquier caso prohibida la conexión a la red de alcan-tarillado de los vertidos de aguas que incumplan los límites estable-cidos en el Decreto 57/2005, de 30 de junio, de la Consejería de Me-

dio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad deMadrid, así como la conexión a la red de alcantarillado de aguas noresiduales procedentes de manantiales, acuíferos o nivel friático.

Aquellas conexiones que se realicen directamente a la red de colec-tores y emisarios se deberán de tramitar conforme al Decreto 170/1998,de 1 de octubre, sobre gestión de las infraestructuras de saneamiento deaguas residuales de la Comunidad de Madrid.

El Canal percibirá los gastos originados por las nuevas acometi-das antes del inicio de su ejecución y dentro de los plazos que a talefecto disponga.

Undécima

Renovación de las infraestructuras de saneamiento

El Ayuntamiento y el Canal acuerdan realizar un estudio diagnós-tico del estado actual de la red de alcantarillado, que permita la ela-boración de un Plan Director de adecuación de dichas instalaciones,en el caso de que sea necesario.

A la vista de dicho Plan Director, el Ayuntamiento y el Canalacordarán antes del 31 de diciembre de cada ejercicio, en el ámbitode la Comisión de Seguimiento prevista en la estipulación decimo-quinta de este convenio, el plan de inversión para la renovación dela red de alcantarillado para el siguiente ejercicio, en su caso.

En dicho plan de inversión se incluirá obligatoriamente el acuer-do relativo a la financiación de las obras correspondientes a esaanualidad de las contempladas en el Plan Director antes menciona-do, que se podrá realizar con cargo a tasas o recargos municipalesque se establezcan al efecto para este fin.

El Canal solicitará directamente o a través de sus contratistas to-das las licencias necesarias para la ejecución de las obras de renova-ción de red incluidas en el Plan Director aprobado. A tal fin, elAyuntamiento velará por la rápida tramitación de los permisos ne-cesarios en el ámbito de sus competencias.

Duodécima

Obras del Ayuntamiento que puedan afectar a las infraestructurasde alcantarillado gestionadas por el Canal

El Ayuntamiento pondrá en conocimiento del Canal con la ante-lación suficiente los planes y proyectos de obras de urbanización ypavimentación que puedan tener impacto sobre las infraestructurasde alcantarillado existentes gestionadas por el Canal. En dicha co-municación, el Ayuntamiento acompañará la documentación nece-saria para que el Canal pueda conocer el alcance de los mismos enrelación con las mencionadas infraestructuras.

El Ayuntamiento presentará el proyecto de la red de alcantarilla-do afectada por las obras de urbanización o pavimentación al Canal,para que este dé conformidad técnica a dicho proyecto.

Si las variaciones de las infraestructuras de alcantarillado quegestiona el Canal vinieran impuestas por las obras del Ayuntamien-to, este correrá con los gastos derivados de dichas obras.

Capítulo IIIGestión económica

Decimotercera

Aspectos económicos

1. Principio general.Cada institución se hará cargo del abono de cuantos tributos, tari-

fas y cualquier otra cuantía económica le corresponda abonar en ra-zón de su actividad, incluyendo impuestos, tasas y precios públicosy demás figuras fiscales que la normativa establezca, así como lascuantías que correspondan por consumos de bienes y servicios querecíprocamente se presten.

2. Corresponde al Canal:a) El pago de una cantidad de 4.161.540 euros en concepto de

canon global por la adscripción del uso de las infraestructu-ras de alcantarillado del Ayuntamiento al Canal para la pres-tación del servicio encomendado mediante este convenio.Dicha cantidad se abonará de acuerdo con el siguiente calendario:— En el año 2009: 4.161.540 euros, pagaderos en cuatro pla-

zos iguales de 1.040.385 euros cada uno, los días 20 deabril, 20 de julio, 20 de septiembre y 20 de diciembre dedicho año.

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b) La facturación y gestión de cobro de la cuantía resultante dela aplicación de la tarifa del servicio de alcantarillado aproba-da en cada momento por la Comunidad de Madrid para estetipo de servicio, así como la elaboración de propuesta y tra-mitación ante los organismos competentes para su aproba-ción de las actualizaciones tarifarias necesarias para asegurarla prestación de los servicios de alcantarillado a los habitan-tes del municipio, según los parámetros exigidos por la nor-mativa, tanto nacional como europea.

c) El pago de impuestos, tasas y precios públicos municipales,tanto los de carácter periódico como los que se generen comoconsecuencia de sus actividades propias.

d) El pago de las sanciones impuestas por el incumplimientoimputable directamente al Canal de la normativa en materiade alcantarillado, eximiendo al Ayuntamiento del pago de lasmismas.

3. Corresponde al Ayuntamiento:a) El pago de la cuantía resultante de aplicar las tarifas del Canal

por servicios propios de alcantarillado para los contratos ac-tuales y los nuevos suministros.

b) El pago de las obras necesarias en las infraestructuras referi-das en este convenio, originadas por actuaciones municipalesy por las intervenciones que el Canal tenga que efectuar enlas instalaciones y redes municipales no adscritas.

c) El abono al Canal en el caso de resolución, revocación, de-nuncia o extinción del presente convenio por cualquier cau-sa, en fecha anterior a la finalización del plazo de vigenciapactado en la estipulación decimoséptima, de veinticincoaños, de las siguientes cuantías:— La cuantía resultante de dividir la cantidad total estable-

cida en la cláusula decimotercera, 2.a), entre el númerototal de años de vigencia inicial del convenio (25), multi-plicado por el número de años que resten por cumplir a lafecha de resolución, revocación, denuncia o extinción an-ticipada del convenio, incrementado en el interés legaldel dinero desde la fecha de la firma del presente conve-nio. Se entenderá como año el computado desde la fechade la firma del presente convenio hasta la misma fechadel año siguiente, considerándose a los efectos de estacláusula como año completo el año en curso, prorrateán-dose mensualmente los años no completos.

— La cuantía resultante de la suma de los importes pendien-tes de amortizar de las inversiones realizadas por el Ca-nal, en su caso, según lo previsto en el presente conveniohasta la fecha de resolución, revocación, denuncia o ex-tinción anticipada del mismo, incrementada en el interéslegal del dinero desde la fecha de la firma del presenteconvenio.

d) Para el caso de finalización del convenio a la terminación delplazo de vigencia inicial pactado (veinticinco años), el Ayun-tamiento se compromete a abonar al Canal el importe pendien-te de amortizar de las inversiones realizadas por el Canal, en sucaso, en cumplimiento de lo previsto en el presente convenio.

4. Métodos de cálculo de la amortización.A los efectos del cálculo del importe pendiente de amortización

en cada momento derivado de la renovación de las infraestructurasde alcantarillado, se establece la comisión de seguimiento descritaen el capítulo IV como el órgano competente para conocer los pre-supuestos de ejecución de las citadas obras, así como del proce-dimiento a adoptar en cada caso para la amortización de las mismasa lo largo del período de vigencia de este convenio, dentro de lo es-tablecido en los criterios contables y fiscales comúnmente acepta-dos. Los acuerdos de la comisión serán vinculantes para las partes.

No obstante lo anterior, las obras de reparación, mantenimiento y,en su caso, de adecuación y renovación de las redes de alcantarilla-do que se realizaran por el Canal en nombre del Ayuntamiento, ten-drán la consideración de obras municipales y no devengarán tributoalguno por su ejecución a cargo del Canal o sus contratistas.

5. Daños por averías.Para el caso de daños por averías que se haya causado de una par-

te a otra, en las que no sea posible establecer la causa inicial ni su in-mutabilidad, se acuerda como excepción a lo expresado anterior-mente que el coste de la reparación de tales daños será abonado entreel Ayuntamiento y el Canal a partes iguales.

Capítulo IVOtras condiciones de aplicación

Decimocuarta

Inspecciones municipales

Los servicios municipales de alcantarillado realizarán cuantascomprobaciones resulten necesarias para garantizar los objetivos deeste convenio. A estos efectos, se establecerá en la comisión de se-guimiento un protocolo de identificación y actuación en materia deinspección municipal para asegurar el correcto funcionamiento deestos servicios.

Decimoquinta

Seguimiento del convenio

El Ayuntamiento y el Canal acuerdan crear una comisión de se-guimiento con objeto de evaluar el desarrollo del convenio y dirimirsobre aspectos de interpretación o conflictos que eventualmente sur-jan, tanto de su aplicación como en las relaciones en todos los cam-pos entre ambos organismos:

a) Composición: La comisión estará formada por cuatro miem-bros, dos del Ayuntamiento y dos del Canal.

b) Reuniones: La comisión se reunirá dos veces al año y, en todocaso, a instancia de cualquiera de las partes cuando haya al-gún asunto concreto que por su urgencia no deba posponersehasta la siguiente reunión ordinaria.

Decimosexta

Jurisdicción

Las discrepancias que pudieran surgir entre las partes que suscri-ben el presente convenio en relación con la interpretación, ejecución,cumplimiento y extinción del mismo y que no hayan podido ser re-sueltas por la comisión de seguimiento o que se hayan resuelto deforma contraria a derecho por dicha comisión, se someterán a los tri-bunales de la jurisdicción contencioso-administrativa que correspon-dan con sede en Madrid Capital.

Decimoséptima

Vigencia del convenio

El presente convenio, una vez aprobado tanto por el Pleno de laCorporación Municipal como por el Consejo de Administración delCanal y autorizado por los órganos competentes de la Comunidad deMadrid, tendrá la tramitación legal que proceda hasta su publicaciónen el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Ambas partes acuerdan que los efectos de vigencia del convenioserán desde el 2 de enero de 2009.

Las partes intervinientes en el presente convenio, por formalizar-se con vocación de permanencia en atención a los mejores interesesde los ciudadanos y con el fin de otorgar la mayor eficacia al servi-cio de saneamiento de agua, con fundamento en el principio de co-laboración entre Administraciones Públicas, pactan que tenga unavigencia de veinticinco años, salvo denuncia expresa del mismo porcualquiera de las partes.

Esta denuncia solo podrá realizarse transcurridos, al menos, cin-co años desde la fecha de la forma del presente convenio, debiendoser comunicada la denuncia con un año de antelación a su efectivi-dad, siendo de aplicación, en todo caso, lo previsto en la cláusula de-cimotercera 3 del presente convenio.

Si cualquiera de las partes instase la finalización anticipada delconvenio por incumplimiento de la otra parte por lo previsto en elmismo, y sin perjuicio de la aplicación inmediata de lo establecidoen la cláusula decimotercera, 3.c), la parte que hubiese cumplidotendrá derecho a reclamar de la otra la indemnización de los dañosy perjuicios que a su derecho corresponda. Asimismo, el presenteconvenio sustituye y deja sin efecto cualquier otro convenio o pac-to suscrito con anterioridad por las partes sobre la prestación delservicio de alcantarillado.

Decimoctava

Remisión al Registro de Convenios

Una vez suscrito el presente convenio, deberá ser remitido a laVicepresidencia y Portavocía del Gobierno, a los efectos de su in-

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clusión en el Registro de Convenios y publicación de extracto en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y de su remisióna la Asamblea de Madrid, a los efectos informativos previstos en elartículo 81.2 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de laHacienda de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con lo es-tablecido en el Acuerdo de 16 de octubre de 2003, del Consejo deGobierno, por el que se aprueban criterios de coordinación de la ac-tividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes,firman el presente convenio, por triplicado y a un solo efecto, en ellugar y fecha indicados.—Por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciama-drid (firmado).—Por la Comunidad de Madrid (firmado).—Por elCanal de Isabel II (firmado).

(01/1.714/09)

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

1680 ADENDA al Convenio de Gestión Integral de la distribu-ción entre el Ayuntamiento de Mejorada del Campo y elCanal de Isabel II para la ejecución de infraestructurashidráulicas.

Madrid, a 29 de abril de 2009.

REUNIDOS

De una parte, don Ignacio González González.Y de otra, don Fernando Peñaranda Carralero.

INTERVIENEN

El primero de los citados señores, en nombre y representacióndel Canal de Isabel II (en adelante Canal), Entidad de Derecho Pú-blico perteneciente a la Administración Institucional de la Comuni-dad de Madrid, adscrita a la Vicepresidencia y Portavocía del Go-bierno por Decreto 102/2008, de 17 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE

LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de 21 de julio de 2008),en su condición de Presidente del Consejo de Administración de di-cha Entidad.

El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento deMejorada del Campo (en adelante Ayuntamiento), en su calidad deAlcalde-Presidente del mismo,

EXPONEN

Primero

Que el Ayuntamiento y el Canal suscribieron, con fecha 29 deabril de 2009, un Convenio de Gestión Integral del Servicio de Dis-tribución de Agua Potable por el que dicha Empresa Pública se hacecargo de los servicios de aducción y distribución de agua potable enel ámbito de la red de titularidad municipal, así como de la depura-ción de las aguas residuales que se conecten a las estaciones depu-radoras gestionadas por el Canal.

Segundo

Que el planeamiento urbanístico vigente en el municipio de Me-jorada del Campo se regula mediante un Plan General de Ordena-ción Urbana, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID el 17 de julio de 1997, donde quedan contemplados di-ferentes ámbitos, en suelo urbano y urbanizable, que precisan de laejecución de nuevas infraestructuras hidráulicas de abastecimientoy saneamiento.

Tercero

Que para estos ámbitos pendientes de desarrollo del planea-miento vigente del término municipal de Mejorada del Campo, lasdemandas de abastecimiento de agua potable y de saneamiento deaguas residuales, determinadas aplicando a los techos de planea-miento de cada ámbito las dotaciones que para cada uso estable-cen las Normas para el Abastecimiento de Agua Potable y las deRedes de Saneamiento del Canal son las siguientes:

Cuarto

Que el actual Sistema “Velilla” comprende la depuración en la EDAR de Velilla de San Antonio, recientemente ampliada, de losvertidos de los siguientes municipios ubicados en la cuenca del arroyo Pantueña: Villalbilla, Valverde de Alcalá, Torres de la Alameda,Loeches, Mejorada del Campo y Velilla de San Antonio.

Que está previsto ampliar la capacidad de depuración de dicho sistema mediante la construcción de dos nuevas estaciones depura-doras en Torres de la Alameda y en Loeches.

Que con la ampliación de la EDAR de Velilla de San Antonio se prevé dar servicio a los desarrollos urbanísticos pendientes en losmunicipios de Velilla de San Antonio y Mejorada del Campo.

Que las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento de aguas residuales necesarias para atender las demandas calculadas paralos desarrollos urbanísticos considerados en el expositivo anterior se resumen y valoran como sigue:

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En el Anexo 1 de esta Adenda se representan las infraestructurashidráulicas de abastecimiento que son objeto de la presente Adenda.

Quinta

Que de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2001, de 17de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid; en el Real DecretoLegislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto re-fundido de la Ley del Suelo, y en el Capítulo III del Título II del RealDecreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Regla-mento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de laLey sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, las necesida-des de nuevas infraestructuras de abastecimiento, saneamiento y de-puración generadas por los desarrollos urbanísticos deberán ser eje-cutadas y/o financiadas por los promotores o representantes de losmismos como costes de dichos desarrollos.

Sexta

Que para la ejecución de las infraestructuras citadas en el exposi-tivo cuarto, en tiempo y forma adecuados al desarrollo urbanístico,asegurando así su viabilidad, resulta necesario suscribir entre elAyuntamiento y el Canal una Adenda al Convenio de Gestión, queregule los compromisos de las partes, así como la obligación de lospromotores de los ámbitos urbanísticos que las motivan.

En virtud de lo que antecede, los comparecientes se otorgan elpresente documento, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

El Ayuntamiento y el Canal, en razón de las necesidades de in-fraestructuras generales de abastecimiento de agua potable y de sa-neamiento de aguas residuales de los ámbitos pendientes de desarro-llo del planeamiento municipal vigente, convienen la ejecución delas infraestructuras recogidas en el expositivo cuarto con arreglo alas restantes cláusulas de la presente Adenda.

Segunda

El Canal se compromete:2.o 1. A iniciar la tramitación medioambiental y urbanística del

proyecto de las infraestructuras de abastecimiento, saneamiento ydepuración relacionadas en el expositivo cuarto.

2.o 2. A ejecutar las obras de dichas infraestructuras, por sí mis-mo o a través de los promotores afectados y por fases sucesivas, a

medida que el desarrollo del planeamiento lo requiera, siempre quese resuelvan favorablemente los trámites ambientales y urbanísticosoportunos y se disponga de los terrenos necesarios para la ejecuciónde las obras.

Tercera

El Ayuntamiento se compromete a proporcionar los terrenos detitularidad municipal que resulten necesarios para el emplazamien-to de las obras a ejecutar, así como a conceder las licencias de obracorrespondientes de conformidad con lo establecido en laLey 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,con aplicación de las exenciones tributarias que legalmente proce-dan al amparo de lo dispuesto en el artículo 100 del Real Decreto Le-gislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales.

Cuarta

El coste estimado (incluido IVA) de las infraestructuras de abas-tecimiento, saneamiento y depuración a ejecutar por el Canal es de:

— Abastecimiento: 1.634.926,22 euros (IVA incluido).— Saneamiento y depuración: 2.055.469,85 euros (IVA incluido).Las repercusiones unitarias iniciales, que resultan de dividir las

cantidades anteriores, por demandas de abastecimiento, saneamien-to y depuración determinadas en el expositivo tercero son las si-guientes:

— Abastecimiento: 453,46 euros (metros/día).— Saneamiento y depuración: 184,31 euros (h-e).La repercusión unitaria establecida en esta cláusula se aplicará a

las demandas de cada ámbito actualizadas de acuerdo con la varia-ción del Índice General de Precios al Consumo (IPC), publicado porel Instituto Nacional de Estadística (INE) durante el período com-prendido entre el mes de la entrada en vigor de esta Adenda y el mesde la Conformidad Técnica del Canal al Proyecto de Urbanizacióndel mencionado ámbito; esta actualización del IPC será de aplica-ción a partir de transcurrido un año desde la entrada en vigor de laAdenda.

Quinta

Aplicando las repercusiones unitarias iniciales, definidas en lacláusula anterior, a las demandas de abastecimiento y saneamientoconsideradas para cada uno de los desarrollos señalados en el expo-sitivo tercero resultan las siguientes repercusiones iniciales:

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 34 B.O.C.M. Núm. 119

Estas repercusiones serán afectadas por la actualización del IPCcon el criterio establecido en la cláusula anterior.

Cualquier otra modificación del planeamiento que suponga un in-cremento de los vertidos de aguas residuales inicialmente previstosen el Plan General de Ordenación Urbana de Mejorada del Campodeberá participar en la financiación de la ampliación del Sistema“Velilla” con la repercusión unitaria de depuración establecida en lapresente Adenda.

Sexta

El Ayuntamiento se compromete:6.o 1. A colaborar con el Canal en la tramitación ambiental y ur-

banística oportuna de los proyectos de infraestructuras, en la expro-piación, a los efectos de facilitar en lo posible la disponibilidad de losterrenos afectados por las obras, y en los demás casos en los que seanecesaria la colaboración del Ayuntamiento para la ejecución de lasobras.

6.o 2. A condicionar la aprobación definitiva de las figuras dedesarrollo del planeamiento (Plan Parcial o Proyecto de Urbaniza-ción) al informe previo de viabilidad y puntos de conexión, emitidopor el Canal.

6.o 3. A aprobar definitivamente los Proyectos de Urbanizaciónde los Sectores siempre que se haya cumplido con lo dispuesto en elDecreto 170/1998, sobre gestión de infraestructuras de saneamientoy depuración de la Comunidad de Madrid.

6.o 4. A condicionar las licencias de obra de urbanización a laobtención previa del Canal de la Conformidad Técnica de los pro-yectos de las redes de distribución de los ámbitos.

6.o 5. A no otorgar las licencias de edificación en caso de no ha-berse contratado por el Canal la ejecución de las obras de las in-fraestructuras consideradas en el expositivo cuarto y necesarias parala garantía del abastecimiento y saneamiento del ámbito a tramitar.

6.o 6. A no conceder licencias de primera ocupación o primeraactividad en los desarrollos urbanísticos sin haber obtenido la previacertificación del Canal de la puesta en servicio de las infraestructu-ras necesarias en cada caso.

6.o 7. A informar al Canal sobre cualquier alteración sustancial,ya sea por incorporación de nuevos ámbitos o por eliminación o mo-dificación de los ámbitos relacionados en la cláusula quinta.

Séptima

Los promotores redactarán los proyectos de las redes de distribu-ción de cada desarrollo urbanístico conforme a las directrices y Nor-mas Técnicas del Canal, y los remitirán a esta entidad para el otor-gamiento de su conformidad técnica.

Los proyectos de urbanización de cada ámbito deberán incluir lasobras de interconexión, incluidos los bombeos si fueran necesarios,de sus redes de distribución y de saneamiento de aguas residuales,con las infraestructuras generales objeto de la presente Adenda.

El Canal condicionará la conformidad técnica de los proyec-tos de las redes de distribución al abono previo por parte de lospromotores ante el Canal, en la forma que esta entidad determi-ne, del importe de las cantidades repercutidas en la cláusulaquinta.

Asimismo, el Canal condicionará la recepción de la red de distribu-ción y su conexión al sistema general de abastecimiento a la puesta enservicio previa, tanto de las infraestructuras hidráulicas consideradasen la presente Adenda que resulten necesarias para garantizar el abas-tecimiento, saneamiento y depuración de cada ámbito.

Octava

Ambas partes se comprometen a suscribir el Convenio de Gestiónde Infraestructuras de Saneamiento que determina el artículo 12 delDecreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre Gestión de Infraestructu-ras de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad de Ma-drid, previamente a la contratación de las obras de proyectos que in-cluyan colectores y emisarios.

El Canal ostentará la titularidad de las infraestructuras de abaste-cimiento, saneamiento y depuración que se construyan en base a lapresente Adenda.

Novena

Cualquier controversia que surja entre las partes, que se derive,directa o indirectamente, de la presente Adenda, incluidas las cues-tiones relativas a su existencia, validez, eficacia, interpretación,cumplimiento o resolución, así como la validez de esta cláusula dearbitraje, se somete expresamente a arbitraje de derecho ante la Cor-te Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA). El arbitraje será adminis-trado y resuelto por un solo árbitro, que será designado conforme alReglamento y normas internas de la CIMA. Las partes se obligan acumplir voluntariamente el laudo que se dicte tan pronto como seafirme.

El plazo para dictar el laudo será de seis meses, contados desde eldía en que el árbitro unipersonal haya aceptado su encargo. El arbi-traje tendrá lugar en la ciudad de Madrid.

Décima

Cualquier alteración sustancial, ya sea por incorporación de nue-vos ámbitos o por eliminación o modificación de los ámbitos rela-cionados en la cláusula quinta, requerirá de acuerdos complementa-rios para la redefinición de las infraestructuras necesarias y de lasrepercusiones que allí se señalan. En todo caso, esta Adenda será re-visada y actualizada a los ocho años de su entrada en vigor paraadaptarse a las necesidades urbanísticas, técnicas y económicas delmomento.

Undécima

La presente Adenda será aprobada por acuerdo de Pleno delAyuntamiento, del que se remitirá al Canal el acta correspondiente.

Posteriormente será ratificado por el Consejo de Administracióndel Canal y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de ambas partes,se firma el presente documento por duplicado, en el lugar y fecha indi-cados en el encabezamiento.—Por el Canal de Isabel II (firmado).—Porel Ayuntamiento de Mejorada del Campo (firmado).

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Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportey Portavocía del Gobierno

1681 CONVENIO de gestión integral del servicio de distribu-ción de agua potable entre el Ayuntamiento de Mejoradadel Campo y el Canal de Isabel II.

REUNIDOS

De una parte, don Ignacio González González.Y de otra, don Fernando Peñaranda Carralero.

INTERVIENEN

El primero de los citados señores, en nombre y representación delCanal de Isabel II (en adelante Canal), Entidad de Derecho Públicodependiente de la Administración Institucional de la Comunidad deMadrid, adscrita a la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno(Decreto 102/2008, de 17 de julio), en su condición de Presidentedel Consejo de Administración de dicha Entidad.

El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento deMejorada del Campo (en adelante Ayuntamiento), en su condiciónde Alcalde-Presidente del mismo.

Ambas partes se reconocen con capacidad legal suficiente paracelebrar el presente convenio.

EXPONEN

Primero

Que según el orden jurídico, son diferentes legislaciones, bien deámbito nacional como la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Ré-gimen Local, o bien de ámbito autonómico como la Ley 17/1984,de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamientode Agua en la Comunidad de Madrid, las que regulan el nivel com-petencial de las distintas Administraciones.

Segundo

Así, los servicios de aducción de agua potable son de interés de laComunidad Autónoma según se indica en el artículo 2 de laLey 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento ySaneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, y los serviciosde distribución de competencia municipal, tal como se indica en elartículo 3 de la misma Ley.

Tercero

Que con fecha 2 de julio de 1997, el Ayuntamiento y el Canal sus-cribieron un convenio de gestión técnico-comercial del servicio dedistribución, que regulaba las relaciones entre ambas Entidades,conjugando los intereses de cada una de ellas para el bien común queconstituye la finalidad primordial de ambas y desde entonces el Ca-nal viene prestando con eficacia los servicios del abastecimiento(aducción y distribución). Hasta la fecha el Canal ha realizado inver-siones en instalaciones y redes del municipio que no han sido recu-peradas con lo recaudado por cuota suplementaria y cuyo importeasciende a 518.443,49 euros. Con objeto de salvaguardar las inver-siones del Canal, ambas partes se atendrán a lo establecido en lacláusula decimonovena.

Cuarto

Que, el Ayuntamiento y el Canal, convienen suscribir un conve-nio de gestión integral del servicio de distribución, ya que una vezadecuada la red de distribución a la normativa técnica del Canal, ypor razones de eficacia, optimización de los recursos hídricos, segu-ridad en el servicio y mejora del suministro de agua a la población,el Ayuntamiento quiere que el Canal gestione integralmente elservicio de distribución. Por su parte el Canal acepta la encomiendade gestión que le propone el Ayuntamiento, prestándose los servi-cios del abastecimiento y saneamiento a partir de la entrada en vigorde este convenio de la siguiente forma:

a) Los servicios de aducción y distribución por el Canal.b) El servicio de alcantarillado por el Ayuntamiento.c) El servicio de depuración por el Canal.

Quinto

De acuerdo con la voluntad expresada y al amparo de lo dispues-to en la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, y en el Decreto 137/1985,de 20 de diciembre, ambas partes deciden celebrar el presente con-venio, que se regirá por las siguientes estipulaciones:

TÍTULO PRELIMINAR

Capítulo I

Objeto y ámbito de aplicación

Primera

Objeto del convenio

El presente convenio tiene por objeto regular la prestación delservicio de distribución de agua por parte del Canal en el municipiode Mejorada del Campo, así como la determinación de las obligacio-nes y compromisos que ambas partes adquieren.

Segunda

Ámbito de aplicación territorial

El contenido de este convenio será aplicable a las redes de distri-bución de agua (en adelante redes de distribución) de titularidad mu-nicipal situadas en suelo urbano que de común acuerdo determinenlos servicios técnicos del Ayuntamiento y del Canal, sin perjuicio delo que a continuación se establece.

Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este convenio lasredes de distribución de titularidad municipal cuyo trazado discurrapor fincas o terrenos no municipales, en tanto que por parte delAyuntamiento no se regularice el acceso a las mismas para que elCanal pueda realizar las funciones encomendadas.

Las redes de distribución de titularidad municipal, correspondien-tes a futuras actuaciones urbanísticas, se incorporarán al ámbito deaplicación de este convenio cuando cuenten con la viabilidad y con-formidad técnica del Canal.

Las redes de distribución de las urbanizaciones del municipio queno sean de titularidad municipal podrán ser objeto de convenios es-pecíficos a celebrar entre el Canal, el Ayuntamiento y la urbaniza-ción que lo solicite, para llevar a cabo la gestión y, en su caso, la re-novación de las infraestructuras por parte del Canal mediante losmecanismos y fórmulas de financiación que a tal efecto se acuerden.

Capítulo II

Marco normativo regulador y derecho supletorio

Tercera

Normativa de aplicación legal y reglamentaria

El marco normativo regulador de este convenio se encuentraconstituido por las disposiciones legales que a continuación se indi-can, así como por las normas que, en su caso, las deroguen, comple-menten o modifiquen.

— Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abasteci-miento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

— Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se apruebael Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero delAbastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad deMadrid.

— Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre Gestión de las In-fraestructuras de Saneamiento de Aguas Residuales de la Co-munidad de Madrid.

— Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se estable-cen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumohumano.

— Ordenanzas municipales que resulten de aplicación.— Decreto 2922/1975, de 31 de octubre, por el que se aprueba el

Reglamento para el Servicio y Distribución de las Aguas delCanal de Isabel II.

— Decreto 3068/1975, de 31 de octubre, por el que se regulanlas relaciones económicas contractuales entre los abonadosde suministros de agua potable y el Canal de Isabel II.

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Asimismo, el referido marco normativo actuará como derecho su-pletorio en aquellas cuestiones no previstas en el presente convenio.

Cuarta

Normativa técnica de aplicación

La ejecución de obras nuevas y de otras obras referidas a la am-pliación, renovación o adecuación de las redes de distribución, asícomo la instalación de aparatos, accesorios y otros elementos hi-dráulicos se ajustará a las normas técnicas del Canal y a sus proce-sos de ejecución avalados mediante garantía de calidad certificada.

De igual forma, las obras y elementos referidos en el apartado an-terior quedarán sometidos a la conformidad técnica del Canal.

TÍTULO 1

Regulación del servicio de distribución

Capítulo I

Régimen regulador de la explotación, mantenimiento,renovación y ampliación de instalaciones

Quinta

Explotación y mantenimiento de la red de distribución

El Canal realizará los trabajos de explotación y mantenimiento dela red de distribución adscrita, comprendida en el ámbito de esteconvenio.

Sexta

Reparación de instalaciones

Cuando, a consecuencia de una avería, sea necesario efectuar uncorte de suministro, el Canal presentará en el Ayuntamiento la co-rrespondiente notificación de actuación indicando la zona afectada.

Cuando las obras de reparación del Canal impidan el tráfico devehículos por la vía pública se comunicará al Ayuntamiento de for-ma inmediata, con el fin de tomar las medidas de ordenación del trá-fico necesarias para poder efectuar la reparación, siendo el Canalresponsable de la adecuada señalización de la obra, conforme a lasordenanzas municipales.

Séptima

Obras de reposición del pavimento en las calas abiertaspor el Canal

Terminada una reparación, donde haya sido preciso abrir unacala, el Canal adoptará las medidas de seguridad necesarias, inclu-yendo la debida señalización que garanticen la seguridad vial.

El Canal realizará a su cargo la reposición de los pavimentos, co-municando al Ayuntamiento la finalización de la obra para su com-probación y conformidad.

Para la debida coordinación con los servicios municipales, el Ca-nal informará de todas las obras en curso en las vías públicas.

Octava

Cortes de suministro

En el caso de suspensión programada del suministro por actuacio-nes que realice el Canal en las redes o acometidas, el Canal lo comu-nicará, cuarenta y ocho horas antes de su ejecución, al Ayuntamien-to informando de la zona que se prevea vaya a quedar afectada porla suspensión de suministro y de la duración aproximada del mismo.El Ayuntamiento se compromete a trasladar esta información a losusuarios del servicio, de la forma que considere más adecuada.

Si por circunstancias urgentes o extraordinarias el Canal se vieraobligado a suspender el suministro sin previo aviso, informará, en elmás breve plazo posible, al Ayuntamiento de las circunstancias quelo motivan, colaborando este en la información a los usuarios.

Cuando se produzcan estos cortes de suministro a que se refiereel párrafo anterior, el Canal se compromete a abastecer de agua a losvecinos de la zona afectada mediante cisternas, bolsas de agua ocualesquiera otros medios adecuados a tal fin.

Novena

Instalación de nuevas acometidas y prolongaciones de red

La ejecución de obras de nuevas acometidas de agua y de prolon-gación de red, que sean necesarias para atender las demandas denuevos suministros, serán ejecutadas en su totalidad, instalación hi-dráulica y obra civil incluyendo pavimentación, por el Canal.

El coste de las citadas obras será presupuestado por el Canal yabonado por el cliente antes del inicio de su ejecución y dentro delos plazos que a tal efecto disponga el Canal.

La ejecución de obras de nuevas acometidas requerirá que los pe-ticionarios presenten la correspondiente licencia municipal de cala.

Décima

Planificación de obras

La planificación de las obras previstas para cada ejercicio se esta-blecerá en las reuniones periódicas de seguimiento del presente con-venio.

Undécima

Obras de instalación de redes de distribuciónde agua proyectadas por el Canal

El Canal remitirá al Ayuntamiento, al final de cada año, la rela-ción de las obras de redes de distribución previstas para el año si-guiente, sin perjuicio de que, en el transcurso del año, surjan otrasobras no proyectadas inicialmente.

El Ayuntamiento, en el plazo de dos meses, dará conformidad ala relación recibida, efectuando las alegaciones que estime oportu-nas para adaptarlas a sus necesidades o programas de pavimentación.

El Canal solicitará todas las autorizaciones necesarias para la eje-cución de las obras de renovación o instalación de nuevas redes dedistribución de agua y el Ayuntamiento responderá con la mayor ce-leridad, en cumplimiento de los plazos que marque la normativa deaplicación en cada caso.

Duodécima

Nuevas obras de infraestructuras hidráulicas generales

El Ayuntamiento dará audiencia al Canal, previamente a la apro-bación inicial o provisional o sobre cualquier revisión o modifica-ción del planeamiento urbanístico que suponga alteración en las de-mandas de agua o vertidos de aguas residuales, a fin de que el Canalplanifique su abastecimiento y saneamiento.

Las inversiones necesarias para la ejecución de las obras de in-fraestructuras y redes de abastecimiento y saneamiento de agua seráncon cargo a los propietarios o promotores de las nuevas actuacionesurbanísticas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en el Real De-creto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Regla-mento de Gestión Urbanística para el Desarrollo y Aplicación de laLey sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, y el artículo 17del Reglamento para el Servicio y Distribución de las Aguas del Ca-nal de Isabel II, aprobado por Decreto 2922/1975, de 31 de octubre,regulándose estas actuaciones a través de adendas de cofinanciación.

Las redes de distribución de nuevas actuaciones urbanísticas mu-nicipales o privadas serán sometidas a la aprobación técnica del Canal.

El Ayuntamiento a partir de la firma del convenio no recibirá nin-guna red de distribución de titularidad privada que no haya sido ade-cuada a normas técnicas del Canal.

El Ayuntamiento no concederá ninguna licencia de obras paraaquellos proyectos de abastecimiento que no tengan la conformidadtécnica del Canal.

Decimotercera

Obras del Ayuntamiento que puedan afectara las instalaciones del Canal

El Ayuntamiento pondrá en conocimiento del Canal los planes yproyectos de obras de urbanización y pavimentación, acompañandola documentación necesaria, con antelación de tres meses como mí-nimo a la fecha de comienzo de las obras.

El Canal proyectará los nuevos servicios o variaciones de losexistentes que considere oportunos con motivo de las mencionadas

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obras y se someterán dichos proyectos a conocimiento y aprobacióndel Ayuntamiento, en plazo no inferior a un mes del inicio de lasobras.

Si las variaciones de los servicios del Canal vinieran impuestaspor las obras del Ayuntamiento este correrá con los gastos derivadosde dichas obras.

Decimocuarta

Establecimiento y conservación de acometidas de aguapara los servicios públicos

Los suministros de las dependencias municipales, así como los delos servicios municipales (bocas de riego, hidrantes, fuentes públi-cas y ornamentales), se establecerán ajustándose a la normativa deaplicación técnica y reglamentaria del Canal.

TÍTULO 2

Condiciones generales

Capítulo IAdscripción de instalaciones

Decimoquinta

Adscripción de instalaciones al Canal

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.3 de laLey 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento ySaneamiento de Agua de la Comunidad de Madrid, y el artículo 14.3del Decreto 137/1985, por el que se aprueba el Reglamento sobreRégimen Económico y Financiero del Abastecimiento de Agua enla Comunidad de Madrid, las instalaciones y redes del Ayuntamien-to quedan adscritas al Canal, pasando a integrarse en la Red Gene-ral de la Comunidad de Madrid, por resultar afectas a la prestacióndel servicio público que el Canal tiene encomendado.

Capítulo IIRégimen de gestión comercial

Decimosexta

Sistema de gestión comercial

A partir de la entrada en vigor de este convenio, el Ayuntamien-to encomienda al Canal las siguientes responsabilidades:

— Contratación de los suministros.— Facturación y recaudación por todos los servicios prestados.El Canal realizará los procesos antes mencionados ajustándose a

lo establecido en el Decreto 2922/1975, de 31 de octubre, por el quese aprueba el Reglamento para el Servicio y Distribución de lasAguas del Canal de Isabel II, en el Decreto 3068/1975, de 31 de oc-tubre, por el que se regulan las relaciones económicas contractualesentre los abonados de suministro de agua potable y el Canal de Isa-bel II, en sus instrucciones técnicas y en los procedimientos norma-lizados de trabajo.

Para la gestión de la recaudación del servicio de alcantarillado elAyuntamiento deberá aportar el certificado de la aprobación de lasordenanzas municipales referentes a la tasa del servicio de alcanta-rillado, para su facturación, recaudación y posterior liquidación alAyuntamiento.

Capítulo IIIRégimen económico

Decimoséptima

Régimen tributario

El Canal abonará al Ayuntamiento todos los tributos y precios pú-blicos que le correspondan, de conformidad con lo dispuesto en laLey Reguladora de las Haciendas Locales y en las ordenanzas fisca-les municipales.

Con el fin de que el Ayuntamiento pueda facturar la tasa de ocu-paciones del subsuelo, suelo y vuelo, el Canal remitirá bimestral-mente el importe de los ingresos brutos por la prestación de losservicios de abastecimiento y saneamiento que legalmente proceda

en el término municipal, sobre el que se aplicará el porcentaje legal-mente establecido. El resto de los tributos municipales se liquidarány cobrarán por el Ayuntamiento, cuando proceda, según lo estable-cido en las ordenanzas municipales.

No obstante lo anterior, las obras de reparación, mantenimiento,adecuación y renovación de las redes de distribución y de sus res-pectivas acometidas se realizarán por el Canal en nombre y por en-comienda del Ayuntamiento. Por consiguiente, tendrán la conside-ración de obras municipales y no devengarán tributo alguno por suejecución a cargo del Canal.

Decimoctava

Régimen de liquidaciones entre las partes

El Canal remitirá al Ayuntamiento bimestralmente:— Facturación derivada del consumo de agua en las acometidas

de sus dependencias y servicios municipales.— Cuando se facture, liquidación del importe recaudado por el

concepto de alcantarillado, una vez deducido el 2,5 por 100sobre los importes facturados por gastos de gestión y cobrodel servicio de alcantarillado municipal.

El Ayuntamiento abonará al Canal el agua consumida en las de-pendencias y servicios municipales en el plazo reglamentariamenteestablecido. En caso de no producirse el abono en dicho plazo, elCanal procederá a descontar esta deuda de los cobros a liquidar porel servicio de alcantarillado.

La cantidad resultante, de acuerdo con el Decreto 137/1985, de 20de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre RégimenEconómico y Financiero del Abastecimiento de Agua en la Comu-nidad de Madrid, que desarrolla la Ley 17/1984, compensará lasdeudas que, por cualesquiera otros conceptos, existan entre ambaspartes.

El plazo de comprobación de las liquidaciones bimestrales quedafijado en un mes desde su recepción, momento en el cual se daránpor firmes y se cargarán o abonarán en sus respectivas cuentas.

Decimonovena

Salvaguarda de las inversiones del canal en las instalaciones

Denunciado el convenio, de conformidad con lo dispuesto en la es-tipulación vigésimo octava se abrirá un período de liquidación quedetermine económicamente los créditos que cada parte deba percibiry las obligaciones que deba consolidar, tales como obras no conclui-das cuya ejecución no deba dejarse sin terminar u obras ya termina-das sin resarcir en su totalidad y cualesquiera otras obligaciones quetenga pendientes las partes de este convenio, todo ello al objeto desalvaguardar las inversiones del Canal en las instalaciones.

Capítulo IVRégimen regulador de las relaciones Canal-cliente

Vigésima

De la relación contractual entre el Canal y el clientey su régimen jurídico

Las relaciones contractuales entre el Canal y el cliente domicilia-rio se regirán por lo dispuesto en el Decreto 2922/1975, de 31 de oc-tubre, por el que se aprueba el Reglamento para el Servicio y Distri-bución de las Aguas del Canal de Isabel II y el Decreto 3068/1975,de 31 de octubre, que Regula las Relaciones Económicas Abonado-Canal, en la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abas-tecimiento y Saneamiento de Agua de la Comunidad de Madrid, yen el Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se apruebael Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero del Abaste-cimiento de Agua.

Vigésimo primera

Facturación, cobro a particulares y gestión recaudatoria

El Canal emitirá la factura única de todos los servicios cuya fac-turación le haya sido encomendada, según lo establecido en el ar-tículo 9 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que seaprueba el Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero delAbastecimiento de Agua en la Comunidad de Madrid.

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Las tarifas a aplicar para cada concepto serán las que, en cada mo-mento, la Comunidad de Madrid apruebe para el Canal.

El Canal asumirá plenamente la recaudación, tanto en período vo-luntario como en vía judicial, de los distintos conceptos que integranla factura única.

Vigésimo segunda

Derechos de información y protección de datos

El Ayuntamiento, como titular y responsable del fichero de datosde suministros municipales, cede los datos personales incluidos endicho fichero al Canal, quien los utilizará con la finalidad de prestarlos servicios de abastecimiento y saneamiento encomendados por elAyuntamiento en virtud del presente convenio, legitimándose la ce-sión en el supuesto de delegación de competencias en la gestión delciclo integral de distribución y saneamiento de las aguas, en virtudde los títulos competenciales que les vienen reconocidos en laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Lo-cal, Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, que aprueba el Estatutode Autonomía de la Comunidad de Madrid, y la Ley 17/1984, de 20de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento, quepermite que la Comunidad de Madrid, a instancia de las EntidadesLocales, pueda asumir las funciones que corresponden a las mismas.

A tales efectos, incorporará los datos personales cedidos, así comocualesquiera otros proporcionados por los propios clientes, al fiche-ro de su titularidad “Clientes”, inscrito en el Registro de Ficheros deDatos Personales de la Agencia de Protección de Datos de la Comu-nidad de Madrid con el código de registro número 2052970004, sien-do responsable del mismo a todos los efectos previstos en la Ley Or-gánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos deCarácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre,que aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999,de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

El Canal, como responsable del fichero, velará por la implemen-tación de las medidas adecuadas de seguridad de nivel básico, deconformidad con lo previsto por el artículo 9 de la Ley Orgáni-ca 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos, y con el tí-tulo VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, queaprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999,de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Las partes se comprometen a comunicar a los afectados la exis-tencia del fichero de datos, su origen, finalidad y destinatarios de lainformación, la identidad y dirección del responsable del tratamien-to, así como la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, recti-ficación, cancelación y oposición, en cumplimiento de lo dispuestopor el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999.

Vigésimo tercera

Potestad sancionadora del Canal

La potestad sancionadora del Canal será ejercida, con arreglo a loestablecido en el Decreto 2922/1975, de 31 de octubre, por el que seaprueba el Reglamento para el Servicio y Distribución de las Aguasdel Canal, por la comisión de las infracciones en el mismo enume-radas y con aplicación de las sanciones igualmente previstas.

La imposición de sanciones requerirá la previa instrucción del co-rrespondiente expediente sancionador ajustado a lo establecido en elDecreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Re-glamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Admi-nistración de la Comunidad de Madrid.

Vigésimo cuarta

Derecho aplicable, jurisdicción y fuero territorial

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 17/1984,de 20 de diciembre, las relaciones entre el Canal y sus clientes se re-girán por el Derecho privado.

Los Juzgados y Tribunales competentes para entender de las ac-ciones judiciales que, en su caso, pudieran entablarse, serán los delorden civil.

Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 52/1997,de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e InstitucionesPúblicas, el conocimiento y resolución de los procesos civiles en losque sea parte el Canal compete a los Juzgados y Tribunales de Madrid-Capital.

Capítulo VCondiciones generales

Vigésimo quinta

Responsabilidad por daños derivados del funcionamientode red adscrita

Las reclamaciones, judiciales o extrajudiciales por parte de terce-ros, por daños materiales o personales originados directa o indirec-tamente por las instalaciones, conducciones y demás elementos dela red adscrita, así como por las obras que se estén acometiendo o sevayan a acometer en el futuro serán estudiadas y tramitadas por elCanal, asumiendo la responsabilidad de las mismas, si procede.

Vigésimo sexta

Seguimiento del convenio

Las partes acuerdan mantener las reuniones que estimen oportu-nas para la resolución de las cuestiones e incidencias que puedanplantearse en la aplicación del presente convenio.

Vigésimo séptima

Arbitraje

Cualquier controversia que surja entre las partes, que se derive,directa o indirectamente, del presente convenio, incluidas las cues-tiones relativas a su existencia, validez, eficacia, interpretación,cumplimiento o resolución, así como a la validez de esta cláusula dearbitraje, se somete expresamente a arbitraje de derecho ante la Cor-te Civil y Mercantil de Arbitraje (“CIMA”). El arbitraje será admi-nistrado y resuelto por un solo árbitro, que será designado conformeal reglamento y normas internas de la CIMA. Las partes se obligana cumplir voluntariamente el laudo que se dicte tan pronto como seafirme.

El plazo para dictar el laudo será de seis meses, contados desde eldía en que el árbitro unipersonal haya aceptado su cargo. El arbitra-je tendrá lugar en la ciudad de Madrid.

Vigésimo octava

Vigencia y denuncia del convenio

El presente Convenio, una vez aprobado por el Pleno de la Cor-poración Municipal, de fecha 26 de marzo de 2009, y ratificado porel Consejo de Administración del Canal, tendrá la tramitación legalque proceda hasta su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID, entrando en vigor al día siguiente de dichapublicación y dejando sin efecto desde ese momento, el anteriorconvenio de fecha 2 de julio de 1997.

El convenio se celebra con vocación de permanencia en atencióna los mejores intereses de los ciudadanos, y con el fin de otorgar lamayor eficacia al servicio de distribución de agua; por estas razonesse acuerda que el convenio tenga una duración indefinida, aunqueno ilimitada. En consecuencia, este podrá ser denunciado por cual-quiera de las partes transcurridos, al menos, cinco años desde su en-trada en vigor, debiendo ser comunicada la denuncia con un año deantelación con los efectos que se indican en la estipulación décimonovena.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes,firman el presente Convenio, por duplicado en el lugar y fecha arri-ba indicados.

En Madrid, a 29 de abril de 2009.—Por el Ayuntamiento de Me-jorada del Campo (firmado).—Por el Canal de Isabel II (firmado).

(01/1.717/09)

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

1682 RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2009, del Director Gene-ral de Cooperación con la Administración Local, por la quese ordena dar publicidad a las convocatorias de concursoordinario para la provisión de puestos de trabajo reserva-dos a funcionarios con Habilitación de Carácter Estatalacordadas por Corporaciones Locales de la Comunidadde Madrid.

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Aprobadas por los Alcaldes-Presidentes de diversas Corporacio-nes Locales del ámbito de la Comunidad de Madrid las bases para elpróximo concurso ordinario, de acuerdo con lo previsto en la dispo-sición transitoria séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Esta-tuto Básico del Empleado Público; el artículo 99 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en elReal Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de Provisión de Puestos deTrabajo Reservados a funcionarios con Habilitación de Carácter Es-tatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

En virtud de lo dispuesto en el Decreto 77/2008, de 3 de julio; elDecreto 102/2008, de 17 de julio, y el Decreto 25/2008, de 10 deabril, del Consejo de Gobierno, por el que se atribuye a la DirecciónGeneral de Cooperación con la Administración Local las competen-cias en materia de funcionarios con Habilitación de Carácter Estatalde la Comunidad de Madrid,

HE RESUELTO

Artículo primero

Dar publicidad a las convocatorias de concurso aprobadas por lasCorporaciones Locales pertenecientes a la Comunidad de Madridpara la provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarioscon Habilitación de Carácter Estatal que se incluyen en el Anexo I aesta Resolución.

Artículo segundo

La tramitación y resolución del concurso se efectuará de acuerdocon las normas contenidas en la disposición transitoria séptima de laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Públi-co; Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el RealDecreto 834/2003, de 27 de junio; Orden de 10 de agosto de 1994,por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestosreservados a funcionarios con Habilitación de Carácter Estatal, y enlas bases comunes que se incluyen como Anexo II, siendo conjun-tos, además de la publicación de la convocatoria, el proceso de coor-dinación, la formalización definitiva de nombramientos y la publi-cación de estos en el “Boletín Oficial del Estado”.

Artículo tercero

Las solicitudes se dirigirán al Presidente de cada Corporación Lo-cal cuyo puesto se solicite en el concurso, acompañadas, en su caso,de la documentación acreditativa de los méritos específicos, segúnel modelo de solicitud de concurso ordinario que se incluye comoAnexo III.

Artículo cuarto

Los errores u omisiones padecidos podrán salvarse en el trámite depublicación conjunta de todas las convocatorias en el “Boletín Ofi-cial del Estado” por la Dirección General de la Función Pública, a te-nor de lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto 1732/1994,de 29 de julio, sin perjuicio de la publicación de los mismos en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Artículo quinto

Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de abril de 2009.—El Director General de Coopera-ción con la Administración Local, Jaime González Taboada.

ANEXO I

CONVOCATORIAS DE CONCURSO APROBADASPOR LAS CORPORACIONES LOCALES

PARA LA PROVISIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJOQUE SE CITAN

Entidad Local: Villa del Prado.Puesto de trabajo: Secretaría.Subescala/categoría: Secretaría/Entrada.NCD/Complemento específico: 30/23.090,16 euros.Méritos específicos:A) Experiencia profesional: 1 punto.

— Por experiencia de al menos de seis meses como Secretario-Interventor en Ayuntamientos de esa categoría: 0,5 puntos.

— Por experiencia de al menos dos años como Secretario deEntrada en Ayuntamientos de esa categoría con al menosun núcleo de población independiente del casco con unapoblación superior a 800 habitantes empadronados: 0,5puntos.

B) Formación académica: 2,25 puntos.Se otorgará esta puntuación por estar en posesión de una li-cenciatura distinta a las que dan acceso a la categoría de se-cretaría de entrada relacionada dicha licenciatura con cien-cias económicas, financieras o empresariales.

C) Cursos de formación: 1,5 puntos máximo. Se admitirán cur-sos impartidos por Administraciones Públicas o entidadesprivadas siempre que estén homologados y otorguen puntospara el baremo de méritos generales de Funcionarios Habili-tados Estatales.— Curso o cursos sobre gestión de la acción subvencionada,

siempre que se justifique un mínimo de veinte horas lec-tivas: 0,25 puntos.

— Curso o cursos sobre el Reglamento General de Recauda-ción (Real Decreto 939/2005, de 29 de julio), siempreque se justifique un mínimo de veinte horas lectivas: 0,25puntos.

— Curso o cursos sobre gestión presupuestaria y contable delas Entidades Locales, siempre que se justifique un míni-mo de veinte horas lectivas: 0,25 puntos.

— Curso o cursos sobre gestión de formación, siempre quese justifique un mínimo de veinte horas lectivas: 0,25puntos.

— Curso o cursos sobre la protección de datos personales yla Agencia de Protección de Datos de la Comunidad deMadrid, siempre que se justifique un mínimo de veintehoras lectivas: 0,25 puntos.

— Curso o cursos sobre la jurisprudencia relativa a la fun-ción pública local, siempre que se justifique un mínimode veinte horas lectivas: 0,25 puntos.

D) Experiencia docente: 2,25 puntos máximo.— Cursos o seminarios impartidos sobre distintas materias

de Derecho Local en Administraciones Públicas o em-presas privadas: 0,05 puntos por curso impartido, siem-pre que en dicho curso el aspirante haya impartido al me-nos veinticinco horas. Cuando un mismo curso se realiceen distintas sedes o en distintas fechas puntuará como unúnico curso.

— Experiencia docente como preparador de oposicionespara funcionarios habilitados estatales en institucionespúblicas o empresas privadas: 0,75 puntos por cada añocompleto como preparador de oposiciones.

E) Otros méritos:— 0,5 puntos por estar en posesión del Diploma de Estudios

Avanzados o su equivalente, de conformidad con losnuevos planes de estudio de Bolonia siempre que esté re-lacionado con una disciplina jurídica o económica.

Forma de acreditación de los méritos específicos:— La experiencia profesional se acreditará mediante certificado

de servicios prestados en el Ayuntamiento correspondientecon indicación de que concurren las circunstancias que seacreditan.

— Las licenciaturas y el diploma de estudios avanzados o equi-valente se acreditarán con una fotocopia compulsada del títu-lo o el resguardo acreditativo de poseer el título también com-pulsado.

— Los cursos se acreditarán mediante fotocopia compulsada deldiploma o certificado del curso expedido por el organismoque haya impartido el curso y con indicación de las horas ce-lebradas y la puntuación otorgada para el baremo de méritosgenerales de Funcionarios Habilitados Estatales.

— La experiencia docente se acreditará mediante certificado ex-pedido por el órgano competente si se trata de un organismopúblico o justificante expedido por el director o jefe de estu-dios competente de la entidad privada en cuestión.

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Tribunal:— Presidenta: Doña Sara Noureddine Sanz (Funcionaria Habili-

tada Estatal), titular; doña Vanesa Pérez Vidal (FuncionariaHabilitada Estatal), suplente.

— Vocal 1: doña Julia Llorente Cuevas (Funcionaria HabilitadaEstatal), titular; don Javier Ruiz Díaz (Funcionario Habilita-do Estatal), suplente.

— Vocal 2: Doña Patricia Mata López (Funcionaria HabilitadaEstatal), titular; doña Elena Gómez Lozano (Funcionaria Ha-bilitada Estatal), suplente.

— Vocal 3 y Secretario: Don Rafael Sáez Ruiz (Funcionario Ha-bilitada Estatal), titular; don Leopoldo Olea Rengifo (Funcio-nario Habilitado Estatal), suplente.

— Vocal 4: Un representante de la Comunidad de Madrid y susuplente.

Entidad Local: Belmonte de Tajo.Puesto de trabajo: Secretaría-Intervención.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 28/900 euros.Méritos específicos:1. Prioridad en la petición: 0,50 puntos.2. Experiencia profesional: 2 puntos.2.1. Por servicios prestados en puestos de la Subescala de Se-

cretaría-Intervención en Entidades Locales de la Comuni-dad de Madrid de más de 1.500 habitantes y menos de3.000 habitantes clasificados en clase 3.a, con nombramien-to provisional, definitivo o comisión de servicios: 0,20 pun-tos por mes. Puntuación máxima: 1 punto.

2.2. Por servicios prestados en puestos de la Subescala de Se-cretaría en Entidades Locales de segunda categoría de laComunidad de Madrid en virtud de nombramiento provi-sional, definitivo o comisión de servicios; 0,10 puntos pormes. Puntuación máxima: 1 punto.

3. Formación académica: 2,70 puntos.3.1. Cursos de especialización en contabilidad de las Adminis-

traciones Públicas Territoriales impartidos por el InstitutoNacional de la Administración Pública, por la DirecciónGeneral de Cooperación Local de la Comunidad de Madrido Universidad Pública de 310 horas o más, 2 puntos. Pun-tuación máxima, 2 puntos.

3.2. Cursos en materia de gestión de la formación en el ámbitolocal impartidos por el Instituto Nacional de la Administra-ción Pública de veinticinco horas lectivas o más, 0,30 pun-tos por curso. Puntuación máxima, 0,30 puntos.

3.3. Cursos en materia de contabilidad pública local en los quese haga especial referencia al modelo simplificado de vein-te horas lectivas o más impartidos por el Instituto Nacionalde la Administración Pública, 0,20 puntos por curso. Pun-tuación máxima, 0,20 puntos.

3.4. Cursos en materia de legislación del suelo de la Comunidadde Madrid, en los que se haga especial referencia a las últi-mas modificaciones de la referida legislación de veinte ho-ras lectivas o más, impartidos por la Dirección General deCooperación Local de la Comunidad de Madrid, 0,20 pun-tos por curso. Puntuación máxima, 0,20 puntos.

4. Publicaciones: 1,30 puntos.4.1. Por ser autor o coautor de cualquier temario para el acceso a

secretaría intervención, publicado con fecha posterior al 1de enero del 2008, por cualquier Administración Pública oacademia privada, con un mínimo de 85 páginas o más, 1,30puntos, hasta un máximo de 1,30 puntos.

5. Docencia: 1 punto.5.1. Por cursos impartidos en materias de Administración Local

en cualquier Administración Pública o academia privadacon un mínimo de cuarenta horas impartidas: 1 punto, has-ta un máximo de 1 punto.

Forma de acreditación de los méritos específicos:— La experiencia profesional, mediante certificación expedida

por el Ayuntamiento respectivo o Administración Estatal oAutonómica correspondiente.

— Los cursos mediante original o copia compulsada del corres-pondiente diploma, título o certificado de asistencia, con in-dicación de las horas lectivas.

— Las publicaciones se acreditarán mediante certificación de laEntidad, organismo o academia publicante, o ejemplar del li-bro publicado en que aparezca como autor o coautor.

— La actividad docente se acreditará mediante certificación dela Entidad, organismo o academia publicante.

— Con el fin de salvaguardar la vigencia de las materias imparti-das, los cursos a que se refiere el apartado 3, “Formación aca-démica”, tendrán que haber sido impartidos con posteriori-dad al 1 de enero de 2007 y las publicaciones tendrán quehaberse realizado con posterioridad al 1 de enero del 2008.

Tribunal:— Presidente: Un Funcionario de Habilitación Estatal de igual o

superior categoría, designado por la Alcaldía.— Vocales:

� Un Vocal designado por la Comunidad de Madrid.� Tres Funcionarios de Habilitación Estatal de igual o supe-

rior categoría, designados por la Alcaldía, uno de los cua-les actuará como Secretario.

Entidad Local: Campo Real.Puesto de Trabajo: Secretaría-Intervención.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 26/1.520,36 euros/mes.Méritos específicos:1. Titulación:— Por estar en posesión de la licenciatura en Derecho: 1 punto.— Por ser municipio con previsión de un importante desarrollo

empresarial y turístico y estar en posesión de algún título uni-versitario relacionado con la actividad turística y empresa-rial: 1 punto.

2. Por solicitar la plaza en primer lugar: 1 punto.3. Formación académica:— Por haber realizado con aprovechamiento cursos en materia

de urbanismo de la Comunidad de Madrid, 0,20 puntos porcurso, hasta un máximo de 1 punto.

— Por haber realizado con aprovechamiento el Curso Superiorde Urbanismo de la Comunidad de Madrid, 0,30 puntos porcurso, hasta un máximo de 0,90 puntos.

— Por el futuro desarrollo empresarial y turístico del municipioy estar inscrito en la Secretaría de Estado para Turismo comoDirector de Empresas Turísticas: 0,10 puntos.

— Por conocimientos específicos adquiridos en cursos de for-mación realizados sobre materias de la actividad local, orga-nizados o impartidos por la Comunidad de Madrid u organis-mos similares de la Administración Pública en las siguientesmaterias:1. Personal al servicio de las Entidades Locales.

1.1. Recursos Humanos: Cursos con una duración igualo superior a veinte horas, 0,30 puntos por cursocon un máximo de 0,30 puntos.

1.2. Estatuto Básico del Empleado Público: Cursos conuna duración igual o superior a veinte horas de du-ración, 0,30 puntos por curso, con un máximo de0,30 puntos.

2. Actividad turística de las Entidades Locales:2.1. Administración Local y actividad turística: Cursos

con una duración igual o superior a treinta horas,0,30 puntos por curso, hasta un máximo de 0,30puntos.

2.2. Protocolo: Cursos con una duración igual o supe-rior a quince horas lectivas, 0,20 puntos por curso,con un máximo de 0,20 puntos.

3. Procedimiento administrativo:3.1. Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo

Común: Cursos con una duración igual o superiora veinte horas lectivas, 0,30 puntos por curso, conun máximo de 0,30 puntos.

3.2. Reforma de la Ley 30/1992: Incidencia en la Ad-ministración Local: Cursos con una duración igual

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o superior a quince horas lectivas, 0,20 puntos porcurso, con un máximo de 0,20 puntos.

3.3. Nuevo Régimen Jurídico de la Propiedad, Valora-ciones y Expropiaciones y su afección a la Comu-nidad de Madrid: Cursos con una duración igual osuperior a veinte horas lectivas, 0,30 puntos porcurso, con un máximo de 0,30 puntos.

3.4. Cursos de Formación para Secretarios-Intervento-res de la Comunidad de Madrid: Cursos con una du-ración igual o superior a treinta horas lectivas, 0,30puntos por curso con un máximo de 0,30 puntos.

3.5. Cursos de Contratación Administrativa: Cursoscon una duración igual o superior a quince horaslectivas, 0,10 puntos por curso, hasta un máximode 0,10 puntos.

3.6. Cursos de Fondos Estructurales: Cursos con unaduración igual o superior a veinte horas lectivas,0,20 puntos por curso, hasta un máximo de 0,20puntos.

La especificidad de los cursos que se requieren para esta plaza,implica que se valorarán independientemente de haberse recogidoya dentro del baremo general y/o autonómico.

Forma de acreditación de los méritos específicos: Todos los mé-ritos que se refieren a titulación y curso deberán acreditarse docu-mentalmente mediante original o fotocopias debidamente cotejadas.

Respecto al mérito que se refiere a la solicitud de la plaza en pri-mer lugar, mediante fotocopia del anexo de petición de plazas.

Tribunal:— Presidente: Actuará como Presidente un funcionario de Habi-

litación Estatal con igual o superior categoría al puesto ofer-tado.

— Vocales:� Tres Vocales Funcionarios de Habilitación Estatal con

igual o superior categoría al puesto ofertado.� Un Vocal de la Comunidad de Madrid.

— Secretario: Actuará como Secretario uno de los Vocales quesean Funcionarios de Habilitación Estatal.

Entrevista: Sí.

Entidad Local: Casarrubuelos.Puesto de trabajo: Secretaría-Intervención.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 28/1.622 euros/mes.Méritos específicos:a) Experiencia profesional:

a.1. Por servicios prestados como Funcionario de Habilita-ción Estatal en Ayuntamientos de más de 5.000 habi-tantes de población de derecho: Por cada mes 0,04 pun-tos. Máximo 2 puntos.

a.2. Por servicios prestados en puestos reservados a Funcio-narios de Habilitación Estatal en municipios de la Co-munidad de Madrid: 0,01 puntos por mes. Máximo 1,7puntos.

a.3. Por servicios prestados en Secretaría-Intervención deConsorcios Urbanísticos: 0,05 puntos por mes de traba-jo. Máximo 2,05 puntos.

a.4. Por defensa letrada ante la jurisdicción contencioso-administrativa del Ayuntamiento en que prestará servi-cios como Funcionario de Habilitación de Carácter Es-tatal según lo previsto en el artículo 554.2 de la LeyOrgánica del Poder Judicial. Por cada proceso en quehubiese intervenido, 0,10 puntos. Máximo 0,50 puntos.

a.5. Por impartir cursos o ponencias sobre AdministraciónLocal organizados por Entidades Locales públicas, uni-versidades públicas o federaciones de municipios: 0,10puntos por ponencia o clase. Máximo 0,60 puntos.

b) Otros méritos:b.1. Por haber seguido durante los últimos ocho años cursos

organizados por entidades públicas en materias de me-dio ambiente, urbanismo, presupuestos o tributos. Porcada curso de al menos veinte horas: 0,05 puntos.Máximo 0,15 puntos.

b.2. Por solicitar la plaza en primer lugar: 0,5 puntos.

Forma de acreditación de los méritos específicos: Por certificadosdel Ministerio de Administraciones Públicas, de las Administracio-nes Locales en que se han prestado servicios y de las entidades pú-blicas que han convocado los cursos. La b.2, por las propias solici-tudes presentadas al Ayuntamiento de Casarrubuelos para esteconcurso.

Tribunal:— Presidente titular y suplente: Un Funcionario con Habilita-

ción de Carácter Estatal designado por la Corporación.— Vocales:

� Titular y suplente: Un miembro designado por la Comuni-dad de Madrid.

� Titulares y suplentes: Tres Funcionarios con Habilitaciónde Carácter Estatal designados por la Corporación, uno delos cuales actuará como Secretario.

Entidad Local: Manzanares el Real.Puesto de trabajo: Secretaría-Intervención.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 30/33.564,29 euros anuales.Méritos específicos:A) Por haber prestado servicios en puestos reservados a funcio-

narios con Habilitación de Carácter Estatal, pertenecientes ala Subescala de Secretaría-Intervención, en al menos dos mu-nicipios de la Comunidad de Madrid cuyos términos munici-pales se encuentren incluidos dentro del ámbito del ParqueRegional de la Cuenca Alta del Manzanares: 5 puntos (a estosefectos se considerarán los servicios prestados tanto de carác-ter definitivo como de cualquiera de las formas de provisiónprevistas en el artículo 10.2 del Real Decreto 1732/1994,de 29 de julio).

B) Por haber prestado servicios como Interventor clase segundaen puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de Ca-rácter Estatal, pertenecientes a la Subescala Intervención-Te-sorería, categoría Entrada, en municipios de la Comunidad deMadrid donde la Tesorería no estuviera ocupada por un Ha-bilitado Estatal de la Subescala Intervención-Tesorería por unperíodo mínimo de veinticuatro meses: 2,50 puntos (a estosefectos se considerarán los servicios prestados tanto de carác-ter definitivo como de cualquiera de las formas de provisiónprevistas en el artículo 10.2 del Real Decreto 1732/1994,de 29 de julio).

Forma de acreditación de los méritos específicos: Los méritos re-cogidos en los apartados A) y B) se justificarán mediante certifica-do emitido por las Administraciones o Entidades Públicas compe-tentes.

Tribunal:— Presidente:

� Un Funcionario con Habilitación de Carácter Estatal deigual o superior categoría que la del puesto convocado.

— Vocales:� Primer Vocal: Habilitado de Carácter Estatal perteneciente

a la Subescala de Secretaría, que ejercerá las funciones deSecretario del Tribunal.

� Segundo Vocal: Propuesto por la Comunidad Autónomade Madrid, de ejercer dicha Administración esta facultad.

� Tercer Vocal: Un funcionario de igual o superior categoríaal puesto convocado.

� Cuarto Vocal: Un funcionario de igual o superior categoríaal puesto convocado.

Entidad Local: Navas del Rey.Puesto de trabajo: Secretaría-Intervención.Población: 2.576 habitantes.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 30/17.302,18 euros anuales.Méritos específicos:I. Experiencia profesional: Aptitudes para el puesto de trabajo.

Se valorará con un máximo de 5,75 puntos este apartado.a) Por desempeñar puesto de Secretaría-Intervención en

propiedad o por nombramiento provisional, en munici-pios de la Comunidad de Madrid que cuenten en su tér-

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mino municipal, total o parcialmente, con más de un em-balse: 0,15 puntos por cada mes de servicio con un máxi-mo de 1,75 puntos.

b) Por desempeñar puesto de Secretaría-Intervención enpropiedad o por nombramiento provisional, en munici-pios de la Comunidad de Madrid cuyo término municipalse encuentra incluido en Zona de Especial Protección deAves: 0,15 puntos por cada mes de servicio con un máxi-mo de 1,75 puntos.

c) Por desempeñar puesto de Secretaría-Intervención en pro-piedad o por nombramiento provisional en municipios dela Comunidad de Madrid con población comprendida en-tre 2.500 y 4.000 habitantes y presupuesto aprobado parael ejercicio en curso con un importe en su estado de gas-tos comprendido entre 4.500.000 y 5.000.000 de euros:0,17 puntos por cada mes de servicio con un máximo de 2puntos.

No se valorarán experiencias inferiores a doce meses conti-nuados, computables hasta la aprobación de estas bases por elórgano competente.

II. Formación:Cursos de formación organizados por el Instituto Nacional delas Administraciones Públicas o por esta en colaboración conDiputaciones Provinciales o, donde estas no existan, por laAdministración Autonómica Uniprovincial correspondiente:a) Por participar en cursos de contratación en el ámbito lo-

cal con una duración mínima de treinta horas lecti-vas: 0,50 puntos. Máximo 0,50 puntos.Los cursos deberán haber sido impartidos con posteriori-dad al 1 de septiembre de 2008, con la finalidad de salva-guardar la vigencia de las materias impartidas.No serán valorados los cursos de duración inferior atreinta horas lectivas, ni aquellos en los que no conste,explícitamente, la duración de los mismos.Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos,tales como jornadas, mesas redondas, seminarios, en-cuentros, debates o análogas, no podrán ser objeto de va-loración.

III. Titulación y pruebas selectivas:a) Por estar en posesión del título de licenciado en Derecho:

0,25 puntos.b) Por haber superado más de uno de los ejercicios de las

pruebas selectivas de acceso a la Subescala de Secretaría,categoría de Entrada, de la Escala de Funcionarios conHabilitación de Carácter Estatal, convocadas por elINAP: 1,25 puntos, máximo 1,25 puntos.

Los ejercicios se valorarán a los efectos establecidos en estasbases únicamente si corresponden a la misma convocatoria yproceso selectivo.Los títulos y ejercicios aprobados referidos en este apartadodeberán de haberse obtenido o superado con posterioridad a 1de agosto de 2003, con la finalidad de salvaguardar la vigen-cia de las materias impartidas.La valoración de este apartado se fundamenta en la compleji-dad jurídica derivada del progresivo crecimiento poblacionalsufrido en el municipio de Navas del Rey a lo largo de los úl-timos años.

Forma de acreditación de los méritos específicos:I. Los méritos del apartado I se acreditarán mediante original o

copia compulsada de los certificados de la Corporación res-pectiva o del documento acreditativo. La concurrencia de lascircunstancias o aspectos geográficos, demográficos, socioe-conómicos y otros análogos exigidos, cuando no fuera mani-fiesta a juicio del Tribunal será comprobada por aquel me-diante consulta a las Administraciones competentes.

II. Los méritos del apartado II se acreditarán mediante copia de-bidamente compulsada de diploma expedido o del certifica-do de asistencia.

III. Los méritos del apartado III se acreditarán mediante originalo copia debidamente compulsada del certificado o título de laAdministración o Universidad correspondiente.

Tribunal:

— Presidente y su suplente: Ambos funcionarios de la Adminis-tración Local con Habilitación de Carácter Estatal.

— Vocales y sus suplentes:� Dos Vocales y sus suplentes nombrados por el órgano

competente.� Un Vocal y su suplente técnicos nombrados por la Comu-

nidad de Madrid.� Un funcionario de la Administración Local con Habilita-

ción de Carácter Estatal y su suplente nombrados por el ór-gano competente.

— Secretario: Actuará como Secretario el Vocal designado porel órgano competente.

Entrevista: No.

Entidad Local: Robledo de Chavela.Puesto de trabajo: Secretaría-Intervención.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 26/15.379,42 euros anuales.Méritos específicos:A) Experiencia profesional:

A.1. Por haber desempeñado ininterrumpidamente puestosde Secretaría-Intervención en alguno de los munici-pios de la Comunidad de Madrid, hasta 1,75 puntos se-gún la siguiente escala:— Hasta quince años: 0,90 puntos.— Más de quince años: 1,75 puntos.

A.2. Por haber desempeñado el puesto de responsable ad-ministrativo y financiero en algún grupo de AcciónLocal para la aplicación de la iniciativa Leader Plus yotros programas europeos, hasta 1 punto según la si-guiente escala.— Hasta un año: 0,50 puntos.— Más de un año: 1 punto.

A.3. Por haber desempeñado el puesto de Secretaría-Inter-vención en municipios de la Comunidad de Madridafectados por la zona ZEPA:— Máximo: 1 punto.— Hasta cinco años: 0,50 puntos.— Más de cinco años: 1 punto.

A.4. Se valorará la prestación de servicios en la Comunidadde Madrid en Secretarías clasificadas de tercera clase,máximo 1 punto.De la siguiente forma: En municipios de la Comuni-dad de Madrid que solo cuenten con Normas Subsidia-rias de Planeamiento y esté en tramitación el Avancedel Plan General, 0,4 puntos por mes completo deservicios prestados como funcionario de carrera.

B) Formación:Puntuación máxima, 1,75 puntos.B.1. Cursos sobre materias propias del puesto de trabajo de

Secretaría-Intervención con una duración de más detreinta horas: 0,95 puntos por curso, con un máximode 0,95.

B.2. Cursos sobre materias propias del puesto de trabajo deSecretaría-Intervención con una duración de hastatreinta horas: 0,50 puntos por curso con un máximode 0,50 puntos.

B.3. Cursos sobre materias propias del puesto de trabajo deSecretaría-Intervención con una duración hasta veintehoras: 0,30 puntos por curso con un máximo de 0,30puntos.

C) Otros méritos: 1 punto.C.1. Por solicitar en primer lugar el puesto: 1 punto.

Forma de acreditación de los méritos específicos:1. Resguardo de la solicitud de participación en el concurso.2. Experiencia profesional: certificados expedidos por el Ayun-

tamiento o Administración Pública competente.3. Formación: Mediante fotocopia compulsada del diploma o

certificado de asistencia que constate la realización y duración de loscursos expedidos por organismos oficiales de Comunidades Autó-nomas o Diputaciones Provinciales.

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Tribunal:— Presidente: Un Secretario de Administración Local con Habi-

litación de Carácter Estatal.— Vocales:

� Primero: Un Técnico en representación de la ComunidadAutónoma.

� Segundo: El Secretario-Interventor de Robledo de Chavela.� Tercero y cuarto: Dos Secretarios con Habilitación de Ca-

rácter Estatal que desempeñen su trabajo en municipiospróximos.

Actuará como Secretario del Tribunal el Vocal segundo, pu-diendo delegar en cualquiera de los tres Vocales restantes.Los nombramientos de titulares y suplentes se efectuarán porDecreto de la Alcaldía, exponiéndose en el tablón de anun-cios para general conocimiento.

Entrevista: Será dispuesta, en su caso, por el Tribunal.

Entidad Local: Colmenar de Oreja.Puesto de trabajo: Vicesecretaría.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 28/31.962,26 euros.Méritos específicos:A) Por solicitar el puesto en primer lugar: 1 punto.B) Titulación: Por estar en posesión en la licenciatura en Dere-

cho: 1 punto.C) Experiencia profesional:

— Por prestación de servicios como Funcionario de Habilita-ción Estatal en puestos de Vicesecretaría de municipios dela Comunidad de Madrid, cuya Secretaría se encuentreclasificada en la Subescala de Secretaría, categoría de En-trada: Se otorgará 0,32 puntos/mes por cada mes comple-to de servicios prestados, con un máximo de 2,5 puntos.

D) Otros servicios:— Por la gestión de programas europeos, PRODER o LEA-

DER, con fondos de la Unión Europea, dentro de la Ad-ministración Local, a razón de 0,30 puntos/año, con unmáximo de 3 puntos, por cada año completo.

Forma de acreditación de los méritos específicos:— Apartado A): Mediante solicitud de participación en el con-

curso ordinario.— Apartado B): Con fotocopia compulsada de la titulación aca-

démica.— Apartado C): Con certificaciones expedidas por las Entidades

Locales donde se hayan prestado los servicios, o bien certifi-cación expedida por la Subdirección de Función Pública Local.

— Apartado D): Con certificaciones expedidas por el organismoque desarrolle el PRODER o LEADER.

Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hastala fecha de la convocatoria conjunta efectuada por la Dirección Ge-neral de la Función Pública, debiendo relacionarse siempre en la so-licitud de participación en el concurso y acreditarse documental-mente.

Tribunal:— Presidente: El Secretario General de la Corporación o funcio-

nario en quien delegue.— Vocales:

� Un funcionario de carrera designado por la Comunidad deMadrid.

� La Viceinterventora de la Corporación o funcionario enquien delegue.

� Dos funcionarios de Habilitación Estatal.— Secretario/a: Actuará como Secretaria la Viceinterventora.

Entidad Local: Alpedrete.Puesto de trabajo: Vicesecretaría-Intervención.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 24/27.727,42 euros.Méritos específicos:Experiencia profesional:— Por servicios prestados en Entidades Locales de la Comuni-

dad de Madrid afectadas por el PORN del Guadarrama ejer-

ciendo funciones reservadas a funcionarios de la Subescalade Secretaría-Intervención, en propiedad, provisional o co-misión de servicios, con una experiencia mínima de dos años.� Puntuación: 0,10 puntos por cada mes de servicio que su-

pere la experiencia mínima establecida.� Puntuación máxima, posible del presente apartado: 1,8

puntos.— Por servicios prestados en Entidades Locales de la Comuni-

dad de Madrid con población superior a 4.000 habitantesejerciendo funciones reservadas a funcionarios de la Subes-cala de Secretaría-Intervención, en propiedad, provisional ocomisión de servicios, con una experiencia mínima de dosaños.� Puntuación: 0,10 puntos por cada mes de servicio que su-

pere la experiencia mínima establecida.� Puntuación máxima, posible del presente apartado: 1,5

puntos.— Por servicios prestados en Entidades Locales de la Comuni-

dad de Madrid ejerciendo funciones reservadas a funciona-rios de la Subescala de Secretaría-Intervención, en propie-dad, provisional o comisión de servicios habiéndoseaprobado en el ejercicio de dichas funciones al menos 3 pre-supuestos superiores a 5.000.000 de euros.� Puntuación: 0,50 puntos.

— Por servicios prestados en Entidades Locales de la Comuni-dad de Madrid ejerciendo funciones reservadas a funciona-rios de la Subescala de Secretaría-Intervención, en propie-dad, provisional o comisión de servicios habiéndose iniciadoy aprobado en el ejercicio de dichas funciones un instrumen-to de planeamiento general (Plan General de Ordenación Ur-bana, Normas Subsidiarias o Normas Transitorias).� Puntuación: 0,70 puntos.

Prioridad en la petición:— Por solicitar la plaza en primer lugar: 1 punto.Cursos de formación relacionados con las siguientes materias,

hasta un máximo de 2 puntos, de la siguiente forma:— De gestión económica, presupuestaria, recaudatoria o contable:

� Hasta veinte horas: 0,15 puntos.� De más de veinte horas: 0,30 puntos.

— De contratación administrativa referidos a la Ley de Contra-tos del Sector Público: 0,50 puntos.

— Otras materias:� Hasta veinte horas: 0,05 puntos.� De más de veinte horas: 0,10 puntos.

Solo se aceptarán los cursos organizados por el INAP, centros deformación de Diputaciones Provinciales, Comunidades Autónomasu otras Administraciones Públicas y Colegios Oficiales de Secreta-rios, Interventores y Tesoreros.

Los cursos tendrán que haber sido impartidos con posterioridadal 1 de septiembre de 2004 con la finalidad de salvaguardar la vigen-cia de las materias impartidas

Forma de acreditación de los méritos específicos:Experiencia:— Deberá acreditarse documentalmente mediante certificados

expedidos por las correspondientes Corporaciones Localesen los que se hagan constar las circunstancias que sean obje-to de valoración.

Cursos:— Deberá acreditarse documentalmente mediante fotocopias

compulsadas de los certificados de asistencia, diplomas o tí-tulos acreditativos de la participación del interesado en loscursos.

Tribunal:— Presidente: La Secretaria del Ayuntamiento.— Vocales:

� Técnico de la Comunidad de Madrid.� Funcionario del Ayuntamiento del Grupo A1.� La Interventora del Ayuntamiento.� La Tesorera del Ayuntamiento.

— Secretario/a: Actuará como Secretaria la Tesorera del Ayun-tamiento.

Entrevista: No.

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Entidad Local: Moraleja de Enmedio.Puesto de trabajo: Vicesecretaría-Intervención.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 26/28.573,02 euros anuales.Méritos específicos:1. Prioridad en la petición: 1 punto.2. Experiencia profesional: 4,20 puntos.2.1. Por servicios prestados en puestos de la Subescala de Se-

cretaría-Intervención en Entidades Locales de más de 5.000habitantes, en puestos de colaboración con la Secretaría, envirtud de cualquier forma de provisión de la prevista en elartículo 10 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio: 0,40puntos por mes. Puntuación máxima, 2,5 puntos.

2.2. Por servicios prestados en puestos de la Subescala de Se-cretaría-Intervención en Entidades Locales de segunda ca-tegoría integradas en una Mancomunidad en cuyo objeto seencuentre la prestación de servicios sociales: 0,25 puntospor mes. Puntuación máxima: 1,70 puntos.

3. Formación académica: 2,30 puntos.Por la asistencia a cursos, jornadas o seminarios, impartidos por

Administraciones Públicas o entidades privadas de reconocido pres-tigio:

3.1. Cursos en materia de subvenciones:— De treinta horas o más: 0,20 puntos por cada uno.— De cuarenta horas o más: 0,30 puntos por cada uno.Puntuación máxima: 0,50 puntos.

3.2. Cursos en materia de protección de datos:— De veinte horas o más: 0,25 puntos por cada unoPuntuación máxima: 0,25 puntos.

3.3. Cursos en materia del ejercicio de la competencia adminis-trativa:— De veinte horas o más: 0,25 puntos por cada uno.Puntuación máxima: 0,25 puntos.

3.4. Cursos y jornadas en materia de contratación bajo laLey 30/2007, de Contratos del Sector Público:— De hasta diecinueve horas: 0,10 puntos por cada uno.— De veinte horas o más: 0,25 puntos por cada uno.Puntuación máxima: 0,35 puntos.

3.5. Cursos de Gestión de Tesorería de las Entidades Localesimpartidos por el Instituto Nacional de la AdministraciónPública:— De veinte horas o más: 0,25 puntos por cada uno.Puntuación máxima: 0,25 puntos.

3.6. Cursos en materia de contabilidad pública y cuenta generalimpartidos por ICM:— De hasta veinticuatro horas: 0,10 puntos por cada uno.— De veinticinco horas o más: 0,25 puntos por cada uno.Puntuación máxima: 0,35 puntos.

3.7. Cursos en materia de responsabilidad patrimonial de la Ad-ministración:— De noventa horas o más: 0,35 puntos por curso.Puntuación máxima: 0,35 puntos.

Forma de acreditación de los méritos específicos:— Los cursos, mediante original o copia compulsada del corres-

pondiente diploma, título o certificado de asistencia, con in-dicación de las horas lectivas.

— La experiencia profesional, mediante certificación expedidapor el Ayuntamiento respectivo o Administración Estatal oAutonómica correspondiente.

Tribunal:— Presidente: Un Funcionario de Habilitación Estatal de igual o

superior categoría, designado por la Alcaldía.— Vocales:

� Un Vocal designado por la Comunidad de Madrid.� Tres Funcionarios de Habilitación Estatal de igual o supe-

rior categoría, designados por la Alcaldía.

— Secretario: Un Funcionario de Habilitación Estatal de igual osuperior categoría, designado por la Alcaldía, de entre los vo-cales designados.

Entidad Local: Villanueva de la Cañada.Puesto de trabajo: Vicesecretaría.Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención/Única.NCD/Complemento específico: 28/18.727,20 euros anuales.Méritos específicos:a) Por servicios efectivos prestados en virtud de nombramiento

legal, como Funcionario con Habilitación de Carácter Esta-tal, en puestos de colaboración inmediata a la Secretaría Ge-neral, en municipios de la Comunidad de Madrid con pobla-ción superior a:— Entre 5.000 y 20.000 habitantes: 0,05 puntos por mes

completo de servicios.— Más de 20.000 habitantes: 0,07 puntos por mes completo

de servicios.Puntuación máxima, total de 1,50 puntos en este apartado. Nose valorarán las fracciones de tiempo de servicios prestadosinferiores a un mes.

b) Por servicios efectivos prestados en virtud de cualquier tipode nombramiento (funcionario de carrera o eventual), comoasesor jurídico desempeñando la jefatura de gabinetes de ór-ganos de gobierno en municipios de la Comunidad de Madridcon población superior a 15.000 habitantes:— 0,10 puntos por año de servicios o fracción que corres-

ponda en municipios con población entre 15.000 y40.000 habitantes.

— 0,50 puntos por año de servicios o fracción que corres-ponda en municipios con población superior a 40.000 ha-bitantes.

Puntuación máxima, total de 1,50 puntos en este apartado. Nose valorarán las fracciones de tiempo de servicios prestadosinferiores a un mes.

c) Por asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento,con un mínimo de quince horas lectivas, en materia de:— Formación para Secretarios-Interventores de la Comuni-

dad de Madrid.— Finanzas en la Administración Pública Local.— Medio Ambiente.— Haciendas Locales.— Régimen de las Subvenciones Públicas en las Corpora-

ciones Locales.— Responsabilidad jurídica, contractual y extracontractual

de las Administraciones Públicas.— Licencias de actividades.— Potestad normativa de las Entidades Locales.— Nueva Ley de Contratos del Sector Público (Ley 30/2007).— Contabilidad en las Corporaciones Locales.— Protocolo y ceremonial.— Régimen urbanístico, ejecución urbanística, licencias y

disciplina urbanística.— Informática aplicada a las Corporaciones Locales.— Regulación del Régimen Local.Siempre que hayan sido impartidos por la Administración dela Comunidad de Madrid se otorgará hasta un máximo totalde 1,50 puntos, según la siguiente escala:— Cursos de quince a veinticuatro horas lectivas: 0,10 pun-

tos por curso.— Cursos de veinticinco a cincuenta horas lectivas: 0,20

puntos por curso.— Cursos de más de cincuenta horas lectivas: 0,30 puntos

por curso.d) Por impartición de docencia en escuelas universitarias o uni-

versidades públicas o privadas, en materia de gestión urba-nística: Se otorgarán 0,30 puntos por mes lectivo impartido,hasta un máximo total de 1 punto.

e) Por servicios prestados como Secretario-Interventor en Man-comunidades Intermunicipales o Consorcios constituidos enla Comunidad de Madrid: 0,06 puntos por mes completo.Puntuación máxima en este apartado: 1 punto.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 46 B.O.C.M. Núm. 119

f) Por servicios prestados como Secretario Interventor en muni-cipios o Agrupaciones Intermunicipales que cuente con pre-supuesto anual aprobado de más de 1.000.000 de euros:— Entre 1.000.000 y 6.000.000 de euros: 0,10 puntos por Ayun-

tamiento o Agrupación Intermunicipal.— Más de 6.000.000 de euros: 0,20 puntos por Ayuntamien-

to o Agrupación Intermunicipal.Puntuación máxima, en este apartado: 0,50 puntos.

g) Por servicios prestados como Secretario en municipios quecuenten con Convenio de Ventanilla Única: 0,06 puntos pormes completo.Puntuación máxima, en este apartado: 0,25 puntos.

h) Por servicios prestados en plazas de colaboración inmediata ala Secretaría General en Ayuntamientos que tengan constitui-dos y en vigor más de cinco derechos de superficie sobre bie-nes de titularidad municipal para centros educativos, universi-tarios, deportivos, asistenciales o similares, por la complejidadde su gestión: 0,06 puntos por mes completo.Puntuación máxima, en este apartado; 0,25 puntos.— Puntuación total máxima por méritos específicos: 7,50

puntos.Forma de acreditación de los méritos específicos:a), b), e), f), g) y h), servicios efectivos prestados: Se acreditarán

mediante certificado de servicios expedido por la Entidad co-rrespondiente donde hayan sido prestados los servicios, indi-cando el puesto de trabajo efectivamente desempeñado y elperíodo o períodos de desempeño efectivo de los servicios.

c) Asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento: Seacreditarán mediante la aportación del correspondiente diplo-ma o certificado de asistencia a curso, en el que deberá figu-rar el título exacto del curso, Entidad que lo ha impartido y ensu caso número de horas lectivas.

d) Impartición de docencia: Se acreditará mediante certificadoexpedido por el Centro u Órgano que haya impartido el cur-so, indicando la denominación de dicha entidad o centro, eltítulo del curso o la materia impartida, número de horas lecti-vas o duración del curso y materia impartida por el candidato.

Los documentos acreditativos de los méritos específicos a que serefieren los tres apartados anteriores deberán acreditarse por los can-didatos, junto con la instancia de solicitud para tomar parte en elconcurso, mediante documentos originales, o mediante fotocopiasacompañando el correspondiente original para su cotejo, o median-te fotocopias ya compulsadas por un organismo oficial de la Admi-nistración Pública.

Tribunal:— Presidente:

� Don Antonio Moya Jiménez, Secretario General del Ayun-tamiento de Villanueva de la Cañada (Madrid) o funciona-rio en quien delegue.

— Vocales:� Vocal designado por la Comunidad de Madrid.� Doña Rosa María Portugal Fernández, Interventora Gene-

ral del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada (Ma-drid), titular; doña Eva Serrano, Jefa de Sección de Insta-laciones del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada,suplente.

� Doña Concepción Panadero Cudero, Jefa de la Sección deUrbanismo del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada,titular; un funcionario de la Corporación designado por laAlcaldía, suplente.

� Doña Ana María Mateos Álvarez, Jefa de la Sección dePersonal del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada,que actuará, asimismo, como Secretaria del Tribunal, titu-lar; un funcionario de la Corporación designado por la Al-caldía, suplente.

Entrevista: No.

Entidad Local: Colmenarejo.Puesto de trabajo: Intervención.Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería/Entrada.NCD/Complemento específico: 28/27.733,36 euros anuales.

Méritos específicos:A) Servicios prestados en Corporaciones Locales: Por haber

prestado servicios como Tesorero en municipios con una po-blación comprendida entre 5.000 y 15.000 habitantes, 0,2puntos por mes, hasta un máximo de 0,8 puntos.(A estos efectos, se considerarán los servicios prestados tantode carácter definitivo como de cualquiera de las formas de pro-visión previstas en el artículo 10.2 del Real Decreto 1732/1994,de 29 de julio).

B) Cursos realizados: Por cursos de formación o especializaciónimpartidos por el Instituto Nacional de Administración Públi-ca, por las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provin-ciales, Federación Española de municipios y provincias o porcualquier otro centro oficial, en las siguientes materias:— En materia tributación, con una duración de al menos

trescientas horas: 2 puntos.— Catastro, valoración y tributación inmobiliaria, con dura-

ción no inferior a ciento veinte horas: 3,6 puntos.Por otros cursos entre veinte y cien horas, 0,10 por cada cur-so, con un máximo de 1,1 puntos en las siguientes materias:— Curso de Contabilidad Avanzado (GEMA), con una anti-

güedad no superior a dos años.— Gestión de ingresos y recaudación voluntaria (GEMA)

con una antigüedad no superior a un año.— Nóminas (GEMA) con una antigüedad no superior a un

año.— Aspectos prácticos de la Función Interventora.— Control interno y gestión económica y financiera de las

Entidades Locales.— Régimen Electoral Local.— Contratación en el ámbito local, con una antigüedad no

superior a dos años.— Aspectos prácticos de los instrumentos urbanísticos de fi-

nanciación municipal.— Ley de Subvenciones.— Ley 30/1992 y el ejercicio de la competencia administra-

tiva.— Gestión Tributaria en las Entidades Locales.

Forma de acreditación de los méritos específicos: Los méritos deservicios prestados mediante certificado expedido al efecto por elSecretario de la Entidad Local en la que se hubiesen prestado losservicios que se aleguen, donde se señalen las circunstancias queson determinantes a efectos de la valoración o certificado emitidopor el Ministerio de Administraciones Públicas, ya sean originales ocopias debidamente compulsadas.

Informe de Alcaldía-Presidencia o certificado del Ayuntamientoen el que se hagan constar las circunstancias de la Corporación quese puntúan en las bases.

Los méritos de formación se acreditarán mediante el correspon-diente certificado de asistencia o aprovechamiento o diploma en sucaso, ya sean originales o copias debidamente compulsadas.

De la documentación que se presente se podrá solicitar a los inte-resados aclaraciones o documentación adicional que se estime nece-saria para la comprobación de los méritos acreditados.

Tribunal:— Presidente: Funcionario de la Administración Local con Ha-

bilitación de Carácter Estatal.— Vocales: Cuatro funcionarios de la Administración Local con

Habilitación de Carácter Estatal.— Secretario/a: Actuará como Secretario el Primer Vocal.Entrevista: Sí.

Entidad Local: El Molar.Puesto de trabajo: Intervención.Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería/Entrada.NCD/Complemento específico: 28/1.952,68 euros/mes.Méritos específicos: Servicios prestados en Mancomunidades de

municipios de la Comunidad de Madrid. Por haber desempeñado lasfunciones de Interventor en alguna de las Mancomunidades de mu-nicipios de la Comunidad de Madrid por un período mínimo de dosmeses: 1,75 puntos por Mancomunidad, hasta un máximo de 3,50puntos.

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Formación académica: Por haber superado el primer ciclo de unasegunda licenciatura de las exigidas para el acceso a la Subescala deIntervención-Tesorería, 2,50 puntos.

Prioridad en la petición. Por haber solicitado la plaza en primerlugar: 1,50 puntos.

Forma de acreditación de los méritos específicos: Los serviciosprestados en Mancomunidades se acreditarán mediante certificadoemitido por el Secretario de la Mancomunidad donde se haya de-sempeñado el puesto de Interventor.

La formación académica se acreditará mediante copia compulsa-da del expediente académico.

Tribunal:— Presidente (titular y suplente): Un funcionario de carrera del

Ayuntamiento con titulación igual o superior a la del puestoconvocado.

— Vocal 1.o (titular y suplente): Un técnico designado por laComunidad de Madrid.

— Vocal 2.o (titular y suplente): Un funcionario de la Adminis-tración Local con Habilitación de Carácter Estatal.

— Vocal 3.o (titular y suplente): Un funcionario de la Adminis-tración Local con Habilitación de Carácter Estatal.

— Vocal 4.o (titular y suplente): actuará como Secretario el de laCorporación.

Entrevista: Sí.

Entidad Local: Navacerrada.Puesto de trabajo: Intervención.Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería/Entrada.NCD/Complemento específico: 30/20.155,95 euros anuales.Méritos específicos:1. Formación académica:1.1. Licenciatura en Economía: 1 punto.2. Servicios prestados:2.1. Haber prestado servicios en puestos reservados a funciona-

rios de Habilitación de Carácter Estatal, Subescala Inter-vención-Tesorería, categoría de entrada como Interventorde Fondos, en propiedad, interior, provisional, en Comisión deServicios o acumulado, con arreglo a la siguiente escala:a) En Ayuntamientos propietarios de montes de utilidad

pública con aprovechamientos anuales: 0,15 puntospor mes, hasta un máximo de 1,5 puntos.

b) En Ayuntamientos en cuyo término municipal se ubi-quen espacios declarados como LIC (Lugar de Impor-tancia Comunitaria) e incluidos en la Red Natura 2000(Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre): 1 punto.

c) En Ayuntamientos de población inferior a 3.000 habi-tantes y presupuesto inferior a 10.000.000 de euros:0,15 puntos por mes, hasta un máximo de 1,5 puntos.

d) En Ayuntamientos en los que más de un tercio de susingresos provengan de subvenciones, públicas o priva-das: 1 punto.

3. Realización de cursos:3.1. Cursos de informática impartidos dentro del Proyecto

GEMA, sobre la aplicación informática ATMCONTA,aplicables a las Entidades Locales relacionados con mate-rias de contabilidad pública, impartidos con posterioridad ala Orden EHA/4041/2004, por el que se aprueba la instruc-ción del Modelo Normal de Contabilidad Local, con al me-nos una duración mínima de diez horas lectivas, impartidospor la Administración Pública o por órganos competentesen materia de formación y en colaboración con las mismas:Con 0,25 puntos por curso, hasta un máximo de 0,5 puntos.

4. Otros méritos:4.1. Por solicitar la plaza en primer lugar: 1 punto.Forma de acreditación de los méritos específicos:a) Los servicios prestados, por certificación expedida por el Se-

cretario del Ayuntamiento respectivo.— Los servicios en municipios con población inferior

a 3.000 habitantes y presupuesto inferior a 10.000.000de euros, se acreditarán mediante certificado expedidopor el Secretario del Ayuntamiento respectivo sobre po-

blación empadronada con referencia al padrón de habi-tantes y al presupuesto de los años en que se prestaronaquellos.

— Los servicios en municipios en los que más de un terciode su presupuesto provengan de subvenciones, públicas oprivadas, se acreditarán mediante certificado expedidopor el Secretario del Ayuntamiento, en referencia a losderechos recaudados en las dos últimas liquidacionesaprobadas.

— El resto de servicios mediante certificado expedido por elSecretario del Ayuntamiento respectivo.

b) En cuanto a la formación académica:— El mérito contenido en el apartado 1.1 se justificará con

original o copia debidamente compulsada de obtencióndel título.

c) En cuanto a los cursos realizados:— El mérito contenido en el apartado 3.1 se justificará con

original o copia debidamente compulsada de obtencióndel título.

Tribunal:— Presidente: Secretaria del Ayuntamiento de Navacerrada.— Vocales:

� Un representante de la Comunidad de Madrid.� Tres Funcionarios de Habilitación de Carácter Estatal

nombrados por la Alcaldía, uno de los cuales actuará comoSecretario del Tribunal.

Entidad Local: Valdemoro.Puesto de trabajo: Viceintervención.Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería/Entrada.NCD/Complemento específico: 29/21.448,14 euros anuales.Méritos específicos:1. Experiencia profesional: Haber prestado servicios en mu-

nicipios, dentro de la Comunidad de Madrid, en puestos reserva-dos a Funcionarios de Habilitación Estatal, Subescala de Inter-vención-Tesorería, como Viceinterventor durante un mínimo deseis meses:

1.1. Con una población superior a 60.000 habitantes: 0,5 puntos.1.2. Con un presupuesto superior a 70 millones de euros: 1,5

puntos.1.3. En Ayuntamientos que tengan, al menos, dos sociedades

mercantiles: 1 punto.1.4. En Ayuntamientos con algún organismo autónomo depen-

diente: 1,25 puntos.(A efectos de la valoración de los subapartados anteriores se con-

siderarán los servicios prestados tanto de carácter definitivo comode cualquiera de las formas de provisión previstas en el artículo 10.2del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio).

2. Formación académica: Por estar en posesión de las especiali-dades de Auditoría y Dirección Financiera correspondientes a la li-cenciatura en Administración y Dirección de Empresas: 2 puntos.

3. Formación y perfeccionamiento: Cursos en las siguientesmaterias organizados por el Instituto Nacional de AdministraciónPública, la Comunidad de Madrid, en el marco de un Acuerdo deFormación Continua para las Administraciones Públicas debida-mente publicado en el “Boletín Oficial del Estado”, o impartido porotras instituciones públicas o privadas (excepto el curso selectivo deacceso a las Subescalas de Habilitación Estatal, que no computa):

— Cursos de Gestión Presupuestaria en las Entidades Localescon un mínimo de veinte horas lectivas: 0,30 puntos cadauno.� Puntuación máxima: 0,60 puntos.

— Cursos de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público,con un mínimo de veinte horas lectivas: 0,25 puntos cadauno.� Puntuación máxima, 0,50 puntos.

— Seminario práctico en materia de informes de Auditoria Pú-blica y Control Financiero con una duración mínima de oncehoras lectivas: 0,15 puntos.� Puntuación máxima: 0,15 puntos.

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Forma de acreditación de los méritos específicos: La experienciaprofesional se acreditará mediante certificación expedida al efectopor el Secretario de la Entidad Local en la que se hubiesen prestadolos servicios que se aleguen y donde se señalen las circunstanciasque son determinantes a efectos de la valoración, o certificado emi-tido por el Ministerio de Administraciones Públicas, ya sean origi-nales o copias debidamente compulsadas por la Secretaría de esteAyuntamiento.

Respecto a la población del municipio, se estará a las cifras queanualmente aprueba el Instituto Nacional de Estadística. En cual-quier caso, también podrá aportarse certificado emitido por la secre-taría de la corporación que contenga los datos anteriormente referi-dos. En caso de divergencia en las cifras de ambas fuentes, se estaráa la que arroje una mayor población.

Las titulaciones académicas a las que se refiere el apartado 2 delas presentes se acreditarán mediante fotocopia compulsada del títu-lo y del certificado académico de haber superado todas las asignatu-ras que componen las dos especialidades reseñadas.

Los méritos de formación se acreditarán mediante el correspon-diente certificado de asistencia o aprovechamiento o diploma, en sucaso, ya sean originales so copias debidamente compulsadas por elcentro emisor o por la secretaría de este Ayuntamiento. En caso deresultar necesario, se deberá adjuntar fotocopia compulsada del pro-grama o programas demostrativos de los contenidos de la acción for-mativa correspondiente.

De la documentación que se presente se podrá solicitar a los inte-resados las aclaraciones o la documentación adicional que se estimenecesaria para la comprobación de los méritos acreditados.

Tribunal:— Presidente: Interventor General de la Corporación.— Vocales:

� Un funcionario de la Comunidad de Madrid.� Un funcionario de Habilitación Estatal.� Un funcionario del Ayuntamiento.

— Secretario: el Secretario de la Corporación o funcionario enquien delegue.

Entidad Local: Alpedrete.Puesto de trabajo: Tesorería.Subescala/Categoría: Intervención-Tesorería.NCD/Complemento específico: 29/40.478,90 euros anuales.Méritos específicos:A) Servicios prestados: En Corporaciones Locales, puntuación

máxima: 2 puntos.1. Por haber prestado servicios como Interventor/a en muni-

cipios donde la Tesorería no estuviese desempeñada porfuncionario durante al menos dos años: 1 punto.

2. Por haber prestado servicios como Tesorero/a de unaMancomunidad: 1 punto.

B) Prioridad en la petición:1. Por solicitar el puesto en primer lugar indicando interés

especial en su desempeño: 1 punto.C) Formación académica:

1. Por estar en posesión del título de licenciado en CienciasEconómicas: 1,25 puntos.

D) Formación y perfeccionamiento: Por conocimientos específi-cos adquiridos en cursos de formación realizados sobre dife-rentes materias de actividad municipal, impartidos tanto porEntidades Públicas como privadas de reconocido presti-gio: 0,25 puntos por curso, hasta un máximo de 1,25 puntos.

Materia del curso Número mínimode horas

Subvenciones en el ámbito de las CorporacionesLocales

30

Nuevo Reglamento General de Recaudación 20Control Interno y Gestión Económica y Financie-ra de las Entidades Locales

20

Foro de Formación Económica 90Gestión de Tesorería 70

E) Docencia:1. Docencia en materias económicas directamente relacio-

nadas con la Administración Pública, impartidas en Ad-ministraciones Locales, a razón de 0,10 puntos por horaimpartida, hasta un máximo de 2 puntos.

Forma de acreditación de los méritos específicos: Los serviciosprestados en el municipio se acreditarán mediante certificado emiti-do al efecto por el Secretario/a de la Corporación donde se hayaprestado.

Las titulaciones académicas mediante fotocopia compulsada delos títulos.

La realización o asistencia a cursos y seminarios mediante la pre-sentación de fotocopia compulsada del certificado de realización delmismo.

La experiencia docente, mediante certificado original o copiacompulsada por Secretario/a de la Corporación en que se haganconstar las materias de la acción formativa y el número de horas im-partidas.

Tribunal:— Presidente: La Interventora del Ayuntamiento.— Vocales:

� Técnico de la Comunidad de Madrid.� Funcionario del Ayuntamiento del Grupo A1.� La Secretaria del Ayuntamiento.� La Vicesecretaria-Interventora.

— Secretario: Actuará como Secretaria la Vicesecretaria-Inter-ventora.

Entrevista: No.

ANEXO II

BASES COMUNES DE CONCURSO ORDINARIOPARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

RESERVADOS A FUNCIONARIOS CON HABILITACIÓNDE CARÁCTER ESTATAL

De acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria séptimade la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico; el artículo 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora delas Bases de Régimen Local, y conforme las modificaciones produ-cidas por la Ley 11/1999, de 21 de abril; el Real Decreto 1732/1994,de 29 de julio, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados aFuncionarios con Habilitación de Carácter Estatal, modificado porel Real Decreto 834/2003, de 27 de junio; la Orden de 10 de agostode 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisiónde puestos reservados a Funcionarios con Habilitación de CarácterEstatal, y en la Orden de 8 de septiembre de 1994.

Esta Dirección General ha resuelto dar publicidad conjunta a laconvocatoria de concurso ordinario para la provisión de puestos detrabajo reservados a Funcionarios con Habilitación de Carácter Es-tatal, en Corporaciones Locales de esta Comunidad Autónoma consujeción a las siguientes bases comunes:

Primera

Puestos

Se ofrecen en este concurso los puestos vacantes reservados aFuncionarios con Habilitación de Carácter Estatal, cuyas Corpora-ciones han acordado su convocatoria y que se incluyen en elAnexo I.

Segunda

Participación

1. Los Funcionarios con Habilitación de Carácter Estatal po-drán concursar a los puestos de trabajo que, según su clasificación,correspondan a la Subescala y categoría a que pertenecen.

2. Podrán participar, asimismo, los funcionarios no integradosen las actuales Subescalas, pertenecientes a los extinguidos CuerposNacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Admi-nistración Local a que se refiere la disposición transitoria primera, 1,

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del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en los términossiguientes:

— Los Secretarios de Primera, a puestos reservados a la Subes-cala de Secretaría, categoría superior.

— Los Secretarios de Segunda, a puestos reservados a la Subes-cala de Secretaría, categoría de entrada.

— Los Secretarios de Tercera, a puestos reservados a la Subes-cala de Secretaría-Intervención.

— Los Secretarios de Ayuntamientos “a extinguir”, a Secreta-rías de Ayuntamientos con población que no exceda de 2.000habitantes.

— Los Interventores, a puestos reservados a la Subescala de In-tervención-Tesorería, categoría superior, pero únicamente apuestos de Intervención.

— Los Depositarios, a puestos reservados a la Subescala de In-tervención-Tesorería, pero únicamente a puestos de Tesorería.

3. No podrán concursar:a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de

sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubieratranscurrido el tiempo señalado en ellas.

b) Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes enmateria de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legis-lativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que seextienda la destitución.

c) Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntariaa que se refiere el artículo 29.3.c) y d) de la Ley de Medidaspara la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcu-rrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

d) Los funcionarios que no lleven dos años en el último destinoobtenido con carácter definitivo en cualquier AdministraciónPública, salvo que concursen a puestos reservados a su Su-bescala y categoría en la misma Corporación o se encuentrenen los supuestos del artículo 20.1.f) de la Ley de Medidaspara la Reforma de la Función Pública.

Tercera

Documentación y plazo para participar

1. En el plazo de quince días naturales, a partir de la publica-ción conjunta de este concurso en el “Boletín Oficial del Estado”,los Funcionarios con Habilitación de Carácter Estatal que deseen to-mar parte en el mismo dirigirán a las Corporaciones Locales a cuyospuestos concursen la siguiente documentación:

— Solicitud de participación con declaración jurada de no estarincurso en ninguna de las circunstancias a que se refiere el ar-tículo 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

— Documentación acreditativa, en su caso, del conocimiento dela lengua y los méritos de determinación autonómica para lospuestos situados en las Comunidades Autónomas que los ten-gan incluidos en la convocatoria y de los méritos específicosdel puesto de trabajo.

2. En caso de concursar simultáneamente a dos o más puestos,los concursantes formularán orden de prelación de adjudicacionesante la Dirección General de Cooperación Local. La hoja de prela-ción habrá de ser única y comprensiva de la totalidad de puestos so-licitados, cualquiera que sea la Subescala y Categoría a que corres-pondan. La formulación de prelación, cuyo objeto es evitar laadjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante,no sustituirá en ningún caso a la solicitud individualizada dirigida ala Corporación Local convocante.

3. La solicitud de participación y la hoja de prelación habrán depresentarse con arreglo a los modelos que se adjuntan en losAnexos III y IV.

4. Los requisitos exigidos, así como los méritos, deberán reunir-se a la fecha de la resolución, disponiendo la publicación de la con-vocatoria conjunta.

Cuarta

Méritos de determinación autonómica

Estos méritos y su forma de acreditación se regulan en la Resolu-ción de 1 de abril de 1996, del Director General de Administración

Local de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-NIDAD DE MADRID número 91, de 17 de abril de 1996).

Quinta

Méritos específicos

Los méritos específicos por lo que se rige este concurso son losque, para cada puesto de trabajo, se incluyen en el Anexo I.

Sexta

Valoración de méritos

1. El Tribunal de Valoración de cada puesto comprobará la con-currencia en los concursantes de los requisitos comprendidos en labase segunda, así como aquellos que figuren en la convocatoria es-pecífica, excluyendo a quienes no los reúnan.

A continuación puntuará, respecto de los no excluidos, los méri-tos del siguiente modo:

— Obtendrá, de la relación individualizada de méritos generalesde los habilitados nacionales, la valoración de estos méritoshasta un máximo de 19,50 puntos, sin que sea posible acredi-tación adicional alguna por parte de los concursantes ni valo-ración distinta por parte del Tribunal.

— Efectuará la valoración de méritos específicos hasta un totalde 7,50 puntos y de los de determinación autonómica hastaun total de 3 puntos, con base en la acreditación aportada porlos concursantes (Resolución de 1 de abril de 1996, del Di-rector General de Administración Local de la Comunidad deMadrid).

— Respecto de los puestos en que no existan baremos de méritosespecíficos, el Tribunal asignará únicamente la puntuaciónde méritos generales y, en su caso, los de determinación au-tonómica.

2. Asimismo, el Tribunal podrá celebrar, si lo prevé, la convo-catoria específica respectiva, entrevista con concursante o concur-santes que considere conveniente, para la concreción de los méritosespecíficos o de determinación autonómica. Para la celebración dela entrevista, el Tribunal notificará a los afectados, al menos con seisdías de antelación, la fecha, hora y lugar de su celebración.

3. En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos omás concursantes, el Tribunal dará prioridad en la propuesta de ad-judicación a aquel que hubiera obtenido mayor puntuación por mé-ritos específicos. De mantenerse el empate, a favor de quien en mé-ritos de determinación autonómica tenga más alta puntuación. Depersistir este, a favor de quien en méritos generales tenga mayorpuntuación en los apartados a), b), c), d) y e), por dicho orden, delartículo 15.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio. En últimainstancia el empate se resolverá en base al orden de prelación en elproceso selectivo.

Séptima

Propuesta de Resolución

Efectuada por el Tribunal la exclusión y puntuación final de losconcursantes, elevará al Presidente de la Corporación propuesta deResolución comprensiva de todos los no excluidos y sus puntuacio-nes ordenados de mayor a menor, así como relación fundada de ex-cluidos.

Octava

Resolución

1. El Presidente de la Corporación resolverá el concurso deacuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de Valoración.

2. Dicha Resolución será motivada con referencia al cumpli-miento de las normas reglamentarias y de las bases de convocatoria.En todo caso deberán quedar acreditadas, como fundamentos de laresolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y lavaloración final de los méritos de los candidatos y comprender, pororden de puntuación, a la totalidad de los concursantes no excluidos.

3. La Resolución del concurso será remitida a la Dirección Ge-neral de Cooperación Local dentro de los treinta días naturales si-guientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de soli-citudes en el “Boletín Oficial del Estado”.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 50 B.O.C.M. Núm. 119

Novena

Coordinación de nombramientos

La Dirección General de Cooperación Local, transcurrido el pla-zo a que se refiere la base anterior, procederá a efectuar la coordina-ción de las resoluciones coincidentes recibidas, con adjudicación fi-nal de puestos, atendiendo al orden formulado por los interesados enla hoja de prelación y a la puntuación obtenida en cada uno de lospuestos afectados.

La adjudicación final a los concursantes con nombramientos múl-tiples que no hubieran formulado hoja de prelación se efectuará te-niendo en cuenta, en su caso, el puesto que se viniera ocupando concarácter no definitivo.

Décima

Formalización de nombramientos

De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de ad-judicaciones múltiples y de las Resoluciones de las Corporacionesen los restantes, la Dirección General de Cooperación Local proce-derá a formalizar los nombramientos, a su envío a las ComunidadesAutónomas y a su publicación, en el plazo de un mes, en el “Bole-tín Oficial del Estado”.

Undécima

Plazo posesorio

1. El plazo de toma de posesión en los destinos obtenidos en elconcurso será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo dela misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o depuestos de trabajo en localidad distinta.

Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al delcese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientesa la publicación de los correspondientes nombramientos en el “Bo-letín Oficial del Estado”.

Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo, el pla-zo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

2. Si en el momento de la publicación del nombramiento no sehubiese producido la jubilación a que se refiere el artículo 11 delReal Decreto 1732/1994, de 29 de julio, el plazo de cese en el pues-to de origen se diferirá al momento en que esta tenga lugar.

3. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicenlos permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a losinteresados.

4. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presi-dentes de las Corporaciones en que hayan de cesar y tomar posesiónel concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hastaun máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuentade este acuerdo a la Dirección General de Cooperación Local.

Excepcionalmente, a instancias del interesado y por razones jus-tificadas, podrá también diferirse la toma de posesión, por igual pla-zo, por acuerdo entre los Presidentes respectivos dando cuenta a laDirección General de Cooperación Local.

Duodécima

Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos

Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán caráctervoluntario, no generando en consecuencia derecho al abono de in-demnización por traslado.

Decimotercera

Cese y toma de posesión

1. Las diligencias de cese y toma de posesión de los concursan-tes que accedan a un puesto de trabajo, de acuerdo con la resolucióndel concurso, deberán ser comunicadas a la Dirección General deCooperación Local y a la Comunidad Autónoma respectiva, dentrode los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

2. La toma de posesión determina la adquisición de los dere-chos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depen-der el funcionario de la correspondiente Corporación.

Decimocuarta

Recursos

Los actos administrativos de las Corporaciones Locales y de los Tri-bunales de Valoración realizados en el procedimiento de concurso po-drán ser impugnados conforme a lo previsto en los artículos 114 a 117de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional novenade la citada Ley, los actos del Director General de Cooperación Lo-cal en su actividad de coordinación ponen fin a la vía administrativa.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 51

MODELO DE SOLICITUD DE CONCURSO ORDINARIO (1)

I. DATOS PERSONALES

Apellidos

Nombre D.N.I.

N.R.P.

Domicilio (a efectos notificación y comunicaciones):

Calle y número

Código postal y localidad

Provincia

Teléfono

II. DATOS PROFESIONALES

Subescala (2) Categoría

Situación administrativa en que se encuentre el concursante

Destino actual

Forma y fecha de nombramiento en el destino actual (3)

III. DATOS DEL PUESTO AL QUE SE CONCURSA

Entidad Local en que radica el puesto

Provincia

Denominación del puesto

Solicita tomar parte en el concurso ordinario de traslado para Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal, publicado por Resolución de fecha de la Dirección General de Cooperación Local al puesto de trabajo arriba indicado, declarando no estar incurso en ninguna de la causas de exclusión indicadas en la base segunda de las comunes, y acompañando la documentación que se especifica al dorso.

Lugar, fecha y firma

Sr. Presidente de la Corporación Local de............................................................................................................

(1) Enviar una solicitud al Presidente de cada Corporación Local cuyo puesto se solicite en el concurso. Acompañar, en su caso, los documentos acreditativos del conocimiento de la lengua de la Comunidad Autónoma y la documentación acreditativa de los méritos específicos y de determinación autonómica alegados.

(2) Cumplimentar sólo la Subescala que faculta para concursar al puesto a que se refiere la presente solicitud. (3) Definitivo o provisional.

ANEXO III

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 52 B.O.C.M. Núm. 119

DORSO QUE SE CITA

Documentación que se acompaña

A. Del conocimiento de la lengua de la Comunidad Autónoma respectiva.

B. De los méritos específicos.

C. De los méritos de determinación autonómica.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 53

MODELO DE ORDEN DE PRELACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS (1)

I. DATOS PERSONALES Apellidos Nombre D.N.I. N.R.P.

Domicilio (a efectos de notificaciones y comunicaciones):

Calle y número

Código Postal y Localidad

Provincia

Teléfono

II. DATOS PROFESIONALES

Subescala/s y categoría/s a que se concursa

Situación administrativa en que se encuentra el concursante

Destino actual

Forma y fecha de nombramiento en el destino actual (2)

Habiendo solicitado tomar parte simultáneamente en distintos concursos de provisión de puestos de trabajo reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal, publicados conjuntamente por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha............., formula ante esa Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la base tercera, 2, de las bases generales de la presente convocatoria, el siguiente orden de prelación para el supuesto de que le fueran adjudicados dos o más de los solicitados:

N.1 de Código (3)

Corporación y Provincia

Nombre del puesto

Orden

11

21

31

41

51 (4)

Fecha y firma

Sr. Director General de Cooperación Local (5)

Subdirección General de Estudios y Sistemas de Información Local (Registro de Entrada de documentos del Ministerio de Administraciones Públicas, Plaza de España, 17. 28008 Madrid).

(1) Enviar un solo modelo de orden de prelación que incluya todos los puestos solicitados tanto en concurso ordinario como unitario. (2) Definitivo o provisional. (3) Dicho código es el número que aparece junto a la denominación del puesto en el apartado B) de esta convocatoria. (4) Añádanse cuantos números sean precisos en función de la extensión que se desee dar a la prelación. (5) Si se solicitan puestos en el País Vasco exclusivamente, el presente orden de prelación debe enviarse a la Dirección General de Relaciones Institucionales y

Administración Local, Duque de Wellington, 2, Vitoria.

(03/15.983/09)

ANEXO IV

(2)

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 54 B.O.C.M. Núm. 119

Consejería de Economía y Hacienda

1683 ORDEN de 20 de mayo de 2009, de la Consejería de Econo-mía y Hacienda, por la que se modifica la Orden 2532/1998,de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, regu-ladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de lasobligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social porlos beneficiarios de subvenciones, ayudas públicas y trans-ferencias de la Comunidad de Madrid, y la Orden de 18 defebrero de 2005, de la Consejería de Hacienda, por la quese regulan los medios de pago en la gestión de la Tesore-ría General de la Comunidad de Madrid.

El artículo 8, apartado e), de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, deSubvenciones de la Comunidad de Madrid, atribuye al Consejerocompetente en materia de Hacienda la determinación de la forma,momento de acreditación y supuestos de exoneración del cumpli-miento por los beneficiarios de hallarse al corriente de sus obliga-ciones tributarias y con la Seguridad Social, con carácter previoal cobro de subvenciones otorgadas por la Administración Auto-nómica.

En el ejercicio de esta competencia se dictó la Orden 2532/1998,de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, que se encuen-tra actualmente en vigor.

La Ley 2/2008, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generalesde la Comunidad de Madrid para el año 2009, ha establecido en sudisposición adicional novena un supuesto específico de concesióndirecta de subvenciones, en el que corresponde al Consejo de Go-bierno establecer su normativa reguladora y valorar la concurren-cia de circunstancias excepcionales que dificulten su convocatoriapública.

Una parte fundamental de la normativa reguladora que aprueba elConsejo de Gobierno para estas subvenciones lo constituye el dise-ño de procedimientos ágiles que permitan conseguir la finalidad quese pretende en estos supuestos excepcionales. Para ello, es necesa-rio valorar de forma integral los requisitos exigibles a los beneficia-rios, conjugando la necesidad de aplicar los principios generales,que establecen una multiplicidad de obligaciones, con la posibilidadde excepcionar aquellas que no sean operativas en función de las cir-cunstancias, lo que exige sopesar dentro de este marco único aque-llos que se refieren a la forma de acreditación del cumplimiento porlos beneficiarios de hallarse al corriente de pago de obligaciones,tanto en su fase de concesión como de pago de las ayudas, garanti-zando en todo momento una eficaz gestión del gasto público.

Por otra parte, se modifica la Orden de 18 de febrero de 2005, dela Consejería de Hacienda, por la que se regulan los medios de pagoen la gestión de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid,con el fin de posibilitar que dicho órgano autorice el pago a perso-nas físicas y jurídicas, mediante cheque nominativo, tarjeta banca-ria, cargo en cuenta o cualquier otro medio de pago legalmente ad-misible, cuando concurran circunstancias que así lo justifiquen, biende urgencia bien por la especial naturaleza de la obligación u otrasdebidamente justificadas.

En virtud de todo ello, de conformidad con la competencia atri-buida por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, deGobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de acuer-do en lo establecido en el artículo 8.e) de la Ley 2/1995, de 8 de mar-zo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Modificación de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de laConsejería de Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar elcumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la SeguridadSocial por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públicas ytransferencias de la Comunidad de Madrid.

Se adiciona un artículo 5, con el siguiente tenor literal:

«Artículo 5

Supuestos de concesión directa de subvenciones en las que existauna pluralidad de beneficiarios no singularizados en el momentode su aprobación

La normativa reguladora de las subvenciones de concesión direc-ta, en las que exista una pluralidad de beneficiarios no singulariza-dos en el momento de su aprobación, determinará, en función de lascircunstancias concurrentes, la forma, momento de acreditación ysupuestos de exoneración del cumplimiento por los beneficiarios dehallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguri-dad Social, con carácter previo a la concesión y al cobro de subven-ciones otorgadas por la Administración Autonómica.»

Artículo 2

Modificación de la Orden de 18 de febrero de 2005, de la Conse-jería de Hacienda, por la que se regulan los medios de pago en lagestión de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid.

Se modifica el artículo 18, que queda redactado en los siguientestérminos:

«Artículo 18

Medios de pago de obligaciones1. El pago de obligaciones a favor de terceros que corresponda

realizar a la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, se regi-rá por lo dispuesto en la normativa reguladora de la ordenación de lospagos de la Comunidad de Madrid, que determinará los medios depago autorizados. En cualquier caso, con carácter general, el pago enefectivo de obligaciones se efectuará mediante transferencia banca-ria. Excepcionalmente, cuando concurran circunstancias que así lojustifiquen, bien de urgencia bien por la especial naturaleza de laobligación u otras debidamente justificadas, la Tesorería General dela Comunidad de Madrid podrá autorizar el pago mediante chequenominativo, tarjeta bancaria, cargo en cuenta o cualquier otro mediode pago legalmente admisible.

2. El abono de las transferencias bancarias se efectuará en lascuentas abiertas a nombre de los terceros, comunicadas por estos ala Tesorería General de la Comunidad de Madrid, en los términosdispuestos en la normativa vigente y en las condiciones que se de-terminen en el convenio que se suscriba al efecto con la entidad co-laboradora.»

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigorLa presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.Madrid, a 20 de mayo de 2009.

El Consejero de Economía y Hacienda,ANTONIO BETETA BARREDA

(03/16.355/09)

Consejería de Economía y Hacienda

1684 CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 13 de abrilde 2009, de la Dirección General de Presupuestos y Aná-lisis Económico, por la que se hace público el “Estado deejecución del presupuesto de gastos”, correspondiente almes de febrero de 2009.

Apreciado error por omisión en la publicación del Anexo de lacitada Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID número 101, correspondiente al día 30 de abril de 2009,páginas 86 y 87 (número de inserción 03/13.236/09), se procede a lapublicación del Anexo omitido.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 55

(03/16.323/09)

Consejería de Educación

1685 ORDEN 1772/2009, de 21 de abril, por la que se resuelvela convocatoria de ayudas económicas para ampliación deestudios de Música, Danza, Arte Dramático, Diseño yConservación y Restauración de Bienes Culturales enEspaña o en el extranjero para alumnos de centros públi-cos de Enseñanzas Artísticas y miembros de la OrquestaSinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid.

En relación con la Orden 5267/2008, de 17 de noviembre (BOLE-TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembrede 2008), por la que se convocan ayudas económicas para amplia-ción de estudios de Música, Danza, Arte Dramático, Diseño y Con-servación y Restauración de Bienes Culturales en España o en el ex-tranjero para alumnos de centros públicos de Enseñanzas Artísticas,miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidadde Madrid y alumnos que con alta cualificación y trayectoria reco-nocida cursan estudios artísticos a través de enseñanzas específicas.

Vista la Propuesta de Resolución una vez valoradas las solicitu-des por la Comisión de Valoración, conforme a lo establecido en elartículo 6 de la citada Orden de convocatoria,

DISPONGOPrimero

Conceder las ayudas por el importe indicado a los estudiantes quea continuación se relacionan con cargo a la partida 48290, progra-ma 506 del vigente presupuesto de gastos de 2009:

ESPAÑA

Apellidos, Nombre País Puntuación total

Importe Ayuda (€)

MARTÍN MARTÍNEZ, CRISTINA ESPAÑA 11,50 3.000,00 WADA, MINAKO ESPAÑA 11,02 2.260,60 LASO ÁLVARO, NAZARET ESPAÑA 10,05 1.565,40 URIARTE PADRÓ, VIRGINIA ESPAÑA 9,99 1.890,06 MARTÍNEZ GARRIDO, SARA ESPAÑA 9,56 3.000,00 DÍAZ DELICADO, GONZALO ESPAÑA 9,47 3.000,00 RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, Mª ESTHER ESPAÑA 9,04 2.854,74 MANZANERA RUBIO, JOSÉ MIGUEL ESPAÑA 8,95 3.000,00

TOTAL 20.570,80

RESTO DE EUROPA

Apellidos, Nombre País Puntuación total

Importe Ayuda (€)

ETREROS DE LA MORENA, CAROLINA EUROPA / ALEMANIA 11,00 5.000,00 GARCÍA CALVO, ICÍAR EUROPA / BÉLGICA 11,00 5.000,00 DOMÍNGUEZ MORENO, ÁUREA EUROPA / FINLANDIA 10,75 5.000,00 DORADO GONZÁLEZ, JESÚS DARÍO EUROPA / BÉLGICA 10,75 2.420,00 CHALHOUB JUANES, A. GUILLERMO EUROPA / AUSTRIA 10,70 5.000,00 SERRANO GUERRERO, INMACULADA EUROPA / ALEMANIA 10,50 5.000,00 SANTIAGO MORALES, ELENA EUROPA / FRANCIA 10,39 5.000,00 CAMPOS LLÁCER, MÓNICA EUROPA / REINO UNIDO 10,32 5.000,00 DELGADO MARTÍN, ANA ISABEL EUROPA / AUSTRIA 10,25 5.000,00 RODRÍGUEZ HERRERO, HUGO EUROPA / ALEMANIA 10,20 5.000,00 GALLEGO CHIQUERO, LUIS EUROPA / BÉLGICA 10,00 5.000,00 HONTECILLAS MONTIEL, IRENE EUROPA / REINO UNIDO 10,00 5.000,00 SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, ANA EUROPA / FRANCIA 10,00 5.000,00 RAMALLO LUCINI, BLANCA EUROPA / HUNGRÍA 9,89 5.000,00 LÓPEZ CALVO, JAVIER EUROPA / ALEMANIA 9,75 5.000,00 TORRES ALEGRE, LUZ EUROPA / REINO UNIDO 9,75 5.000,00 NIETO VIDAURRÁZAGA, ARÁNZAZU EUROPA / FRANCIA 9,74 5.000,00 NIETO DÍAZ, Mª CARIDAD EUROPA / AUSTRIA 9,68 5.000,00 RODRÍGUEZ NÚÑEZ, GEMA EUROPA / HOLANDA 9,65 3.040,00 IGLESIAS MARTÍN, CAROLINA EUROPA / ALEMANIA 9,42 4.362,90 CAMACARO GONZÁLEZ, RENÉ EUROPA / REINO UNIDO 9,40 5.000,00 LÓPEZ RUBAL, BLANCA EUROPA / HOLANDA 9,40 5.000,00 SANCHO MANGAS, DAVID EUROPA / HOLANDA 9,40 5.000,00 URBINA MEDINA, IGNACIO EUROPA / SUIZA 9,37 5.000,00 GONZÁLEZ ÁLVAREZ, HÉCTOR EUROPA / HOLANDA 9,20 5.000,00 GARCÍA LÓPEZ, VIOLETA EUROPA / REINO UNIDO 9,00 5.000,00 ESTEBARANZ JIMÉNEZ, PATRICIA EUROPA / HOLANDA 8,99 5.000,00 GARCÍA DE LA SERRANA ARIAS, Mª JOSÉ EUROPA BÉLGICA 8,70 5.000,00 GÓMEZ CERVERA, ADRIANA ROSA EUROPA / HOLANDA 8,48 5.000,00

TOTAL 139.822,90

OTROS PAÍSES

Apellidos, Nombre País Puntuación total

Importe Ayuda (€)

GONZALO NICOLÁS, JULIO JESÚS CANADÁ 10,45 7.000,00 SÁNCHEZ-DEHESA GALÁN, CLARA MÉXICO 10,12 4.573,00

TOTAL 11.573,00

La finalidad de estas ayudas es la de subvencionar la ampliación deestudios de Música, Danza, Arte Dramático, Diseño y Conservacióny Restauración de Bienes Culturales, en España o en el extranjero.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 56 B.O.C.M. Núm. 119

Segundo

Las ayudas concedidas se harán efectivas en un único pago, pre-via presentación de la siguiente documentación:

— Nueva declaración responsable de las subvenciones recibidasen el presente año o en años anteriores que, en su caso, ten-gan concedidas para la misma finalidad, así como las subven-ciones pendientes de concesión.

— Documento de aceptación del centro de destino, en los casosen que no haya sido presentado previamente junto con la so-licitud de ayuda.

Tercero

La justificación de las ayudas se efectuará mediante la presentaciónde los siguientes documentos, con anterioridad al 30 de julio de 2009:

— Recibos de abono de cuotas de matrícula o inscripción, ocualquier documento que acredite suficientemente el haberiniciado la actividad subvencionada.

— Justificantes de los gastos efectuados hasta alcanzar el totalde la ayuda concedida.

— Memoria final del proyecto y documentos de evaluación de laactividad con firma de la autoridad académica correspon-diente.

Toda la documentación de centros extranjeros y justificantes de-berá venir acompañada de la traducción en español y los importespresentados en euros.

En el supuesto de que la cuantía económica anticipada sea supe-rior a la justificada, el beneficiario está obligado a reintegrar a laComunidad de Madrid la diferencia.

Cuarto

Las obligaciones de los beneficiarios y el régimen de control delas subvenciones viene establecido con carácter general en laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las personas que obtengan ayuda a través de la presente convo-catoria se comprometen a:

a) Acreditar ante la Consejería de Educación, la realización dela actividad educativa, así como el cumplimiento de requisi-tos y condiciones que determinan la concesión y disfrute delas ayudas.

b) Comunicar inmediatamente a la Dirección General de Educa-ción Secundaria y Enseñanzas Profesionales toda alteraciónde las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, entodo caso, la obtención concurrente de subvenciones conce-didas por cualquier entidad pública o privada, nacional o in-ternacional.

De darse alguna de esas circunstancias, podrá producirse la mo-dificación o, incluso revocación de la ayuda concedida.

En caso de incumplimiento por parte de los beneficiarios de las ayu-das de las obligaciones contraídas, será de aplicación lo previsto en elcapítulo I del título IV de Infracciones y Sanciones de la Ley 38/2003,General de Subvenciones.

Quinto

Los beneficiarios quedan sujetos al régimen de rendición de cuen-tas derivado de lo dispuesto en los artículos 114.2 y 119.d) de la LeyReguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. A tal efec-to, quedan obligados a facilitar cuanta información les sea requeri-da por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, el Tri-bunal de Cuentas y otros órganos competentes y, en particular, asometerse a las actividades de inspección a que se refiere el artícu-lo 12.4 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Sexto

Denegar las ayudas solicitadas siguientes por no reunir alguna delas condiciones exigidas en la Orden de convocatoria:

— Por solicitar la ayuda para cursar el Grado Superior de Músi-ca en España y por estar fuera de plazo (artículos 1.2 y 4.8):� Sánchez de la Fuente, David.

— Por no haber finalizado la totalidad de los estudios de GradoMedio, por no ser alumna altamente cualificada cursando es-

tudios artísticos a través de modelos de enseñanza de carác-ter singular y por ser inferior a seis meses la duración de losestudios a realizar [artículos 2.a), 2.e) y 6.1.d)]:� Gutiérrez del Arroyo González, Paloma.

— Por no haber finalizado la totalidad de los estudios de Grado Me-dio y por desarrollarse la actividad fuera del curso 2008-2009[artículos 2.a) y 12.2]:� Zarzuela Gutiérrez, Rosa María.

— Por no ser alumno altamente cualificada cursando estudiosartísticos a través de modelos de enseñanza de caráctersingular y por no haber finalizado los estudios de GradoMedio con posterioridad a septiembre de 2004 [artículos2.e) y 14]:� García Aranda, Javier.

— Por no presentar la documentación requerida en el plazo dediez días (artículo 4.6):� Cobo Albo, Laura.

— Por no obtener la nota mínima requerida respecto a la califi-cación académica [artículo 6.1.a)]:� Ruiz de Diego, Sara.� Afonso Hernández, Javier Fermín.� Booth Iglesias, M.a Antonia.� Da Costa Lourenço, Joao Artur.� Lenguas Fernández, Marina.

— Por no obtener la nota mínima requerida respecto a la califi-cación académica y por desarrollarse la actividad fuera delcurso 2008-2009 [artículos 6.1.a) y 12.2]:� Serrano Rivas, M.a Pilar.

— Por ser inferior a seis meses la duración de los estudios [ar-tículo 6.1.d)]:� Martínez Hervias, Edurne.� Nagore Santandreu, Rubén.

— Por ser inferior a seis meses la duración de los estudios y porno haber finalizado los estudios con posterioridad a septiem-bre de 2004 [artículos 6.1.d) y 14]:� Gaviño Mariz, Carlota.� Rodríguez Rodríguez, Íñigo.

— Por desarrollarse la actividad fuera del curso 2008-2009 (ar-tículo 12.2.):� Casarrubios García, Andrea� Antón García, Borja.� Carretero García, Ana.� García González, Alicia.� Rivera Aguirre, Ana María.

— Por haber sido beneficiarios en dos convocatorias anteriores(artículo 12.3):� Aroca González, Máximo.� Rubio Jiménez, M.a de los Ángeles.� García Bailón, Luis Miguel.

— Por haber presentado la solicitud fuera de plazo (artícu-lo 14.2):� Dulanto Viejo, Cristina.

Séptimo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de re-posición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, enel plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante laSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguienteal de su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros se estime opor-tuno deducir.

Madrid, a 21 de abril de 2009.

La Consejera de Educación,LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/15.466/09)

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Consejería de Educación

1686 RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2009, de las DireccionesGenerales de Recursos Humanos y de Becas y Ayudas a laEducación, por la que se convoca procedimiento para laobtención de la habilitación lingüística en Lengua Inglesa,Francesa y Alemana, para el desempeño de puestos bilin-gües en centros públicos de Educación Infantil y Primariay de Educación Secundaria, y para la obtención de la ha-bilitación lingüística en Lengua Inglesa para el desempe-ño de docencia bilingüe en centros privados concertadosde Educación Primera de la Comunidad de Madrid.

Considerando las necesidades creadas por la publicación de las Ór-denes de la Consejería de Educación (Orden 1555/2004, de 22 de abril;Orden 318/2005, de 27 de enero; Orden 259/2006, de 20 de enero; Or-den 7365/2006, de 15 de diciembre, Orden 684/2008, de 14 de febreroy Orden 813/2009, de 26 de febrero) por las que se resuelven las con-vocatorias para la selección de colegios públicos de Educación Infantily Primaria en los que se llevará a cabo la implantación de la enseñanzabilingüe español-inglés a partir de los cursos 2004-2005, 2005-2006,2006-2007, 2007-2008, 2008-2009 y 2009-2010, según convocatoria,con un total de 206 centros seleccionados hasta el momento.

Las Órdenes por las que se crean 10 secciones lingüísticas deLengua Inglesa (Orden 2819/2005, de 26 de mayo), 15 seccionesde Lengua Francesa (Orden 3508/2006, de 22 de junio, y Or-den 5601/2007, de 29 de octubre) y 3 de Lengua Alemana(Orden 3884/2006, de 11 de julio, y Orden 5601/2007, de 29 de oc-tubre), en determinados institutos de Educación Secundaria para eldesarrollo de programas de implantación de enseñanzas bilingües apartir de los cursos 2005-2006, 2006-2007 y 2007-2008.

La Orden 4106/2008, de 29 de agosto, por la que se resuelve laconvocatoria para la selección de centros concertados para la im-plantación de enseñanza bilingüe español-inglés, así como por laprevista incorporación de nuevos centros públicos y privados con-certados a los programas de implantación de enseñanza bilingüe dela Comunidad de Madrid, estas Direcciones Generales han resueltoconvocar el procedimiento previsto en el artículo sexto de la Or-den 1672/2009, de 16 de abril, de la Consejería de Educación, por laque se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lin-güística en idiomas extranjeros para el desempeño de puestos bilin-gües en centros docentes públicos y en centros privados concertadosde Educación Infantil y Primaria y de Educación Secundaria de laComunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 8 de mayo ). En su disposición final primera, esta Ordenfaculta para su desarrollo a las Direcciones Generales de RecursosHumanos, Becas y Ayudas a la Educación y de Mejora de la Cali-dad de la Enseñanza.

En consecuencia, existiendo la necesidad de seleccionar candida-tos con la adecuada preparación lingüística para impartir áreas o ma-terias diferentes a la lengua extranjera, en un idioma extranjero, encentros docentes públicos y privados concertados, autorizados por laAdministración Educativa para el desarrollo de programas de im-plantación de enseñanza bilingüe en la Comunidad de Madrid, lasDirecciones Generales de Becas y Ayudas a la Educación y de Re-cursos Humanos, en uso de las atribuciones conferidas por la citadaOrden 1672/2009, y por el Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por elque se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educa-ción, han resuelto convocar procedimiento para la obtención de lahabilitación lingüística en Lengua Inglesa, Francesa y Alemana deacuerdo con las siguientes

BASESPrimera

ObjetoConvocar procedimiento para la obtención de la habilitación lin-

güística en Lengua Inglesa, Francesa y Alemana para el desempeñode puestos bilingües, en centros docentes públicos de Educación In-fantil y Primaria y de Educación Secundaria de la Comunidad deMadrid autorizados para el desarrollo de programas de implantaciónde la enseñanza bilingüe español-inglés, español-francés o español-alemán.

Convocar procedimiento para la obtención de la habilitación lin-güística en Lengua Inglesa, para el desempeño de docencia bilingüe,

en centros privados concertados de Educación Primaria de la Comu-nidad de Madrid autorizados para la implantación de la enseñanzabilingüe español-inglés.

Segunda

Requisitos de los candidatosPodrán participar en la presente convocatoria aquellos candidatos

que, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,cumplan los requisitos siguientes:

1. Para centros públicos.Deben cumplir alguna de las siguientes condiciones:a) Pertenecer al Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secunda-

ria de alguna de las especialidades que se detallan en elAnexo I de la presente convocatoria.

b) Ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maes-tros o del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria dealguna de las especialidades que se detallan en el Anexo I dela presente convocatoria, correspondientes al Cuerpo deMaestros o al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secunda-ria, respectivamente, y encontrarse en situación de servicioactivo.

c) Ser Titulado Medio “E” o Titulado Superior “E” con contratolaboral fijo en centros de Educación Infantil y Primaria y/o deEducación Secundaria de la Comunidad de Madrid de algunade las especialidades que se detallan en el Anexo I de la pre-sente convocatoria.

d) Ser integrante de las listas vigentes de aspirantes a desempe-ñar puestos docentes en régimen de interinidad, en el ámbitode gestión de la Comunidad de Madrid, de alguna de las es-pecialidades que se detallan en el Anexo I de la presente con-vocatoria, correspondientes al Cuerpo de Maestros o al Cuer-po de Profesores de Enseñanza Secundaria, respectivamente.

2. Para centros privados concertados.Deben reunir los tres requisitos siguientes:a) Ser profesores en centros privados concertados de Educación

Primaria de la Comunidad de Madrid.b) Impartir alguna de las áreas correspondientes a los niveles de

Educación Infantil y Educación Primaria que se detallan en elAnexo I de la presente convocatoria.

c) Mantener un contrato laboral con el titular del centro privadoconcertado, bien como trabajador por cuenta ajena, biencomo trabajador por cuenta propia en el caso de las coopera-tivas de enseñanza, o ser personal religioso vinculado alcentro concertado sin relación laboral con la titularidad delmismo.

También podrán participar en la presente convocatoria, según sedetermina en el artículo 2 de la Orden 1672/2009, de 16 de abril, aque-llos candidatos que acrediten un compromiso de contratación en uncentro autorizado por la Consejería de Educación para impartir ense-ñanza bilingüe o en un centro de nueva construcción que concurra a laconvocatoria para implantar enseñanza bilingüe español-inglés en elcurso 2009-2010.

Tercera

Solicitudes, documentación y plazo de presentación1. Solicitudes.Los funcionarios docentes y Titulados Medios y Superiores “E”

que deseen tomar parte en la presente convocatoria, así como los in-tegrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestosdocentes en régimen de interinidad, en el ámbito de gestión de laComunidad de Madrid, dirigirán su solicitud al Director General deRecursos Humanos de la Consejería de Educación, según Anexo II,con la referencia “Convocatoria 2009 de habilitación lingüísticapara profesores de centros públicos”.

Los profesores de centros privados concertados que deseen tomarparte en la presente convocatoria dirigirán su solicitud al DirectorGeneral de Becas y Ayudas a la Educación de la Consejería de Edu-cación, según Anexo III, con la referencia “Solicitud de participa-ción en el procedimiento de habilitación en Lengua Inglesa para eldesempeño de docencia bilingüe en centros privados concertados deEducación Primaria de la Comunidad de Madrid”.

La solicitud irá acompañada, en su caso, de los documentos quese detallan en el apartado 2 de esta base tercera.

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Las solicitudes se presentarán de acuerdo a lo previsto en el ar-tículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, y, en caso de que se optara por presentar lasolicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto paraque la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correosantes de ser certificada.

Con el fin de facilitar la tramitación de la presente convocatoria,se recomienda a los participantes que la entrega de documentos seefectúe en los Registros de las Direcciones de Área Territorial, en elRegistro General de esta Consejería (Gran Vía, número 10) y en elde la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid(Gran Vía, número 3).

Las Direcciones de Área Territorial remitirán esta documentacióna la Dirección General de Recursos Humanos, Gran Vía, número 3,28013 Madrid, en el caso de los funcionarios docentes, TituladosMedios y Superiores “E” e interinos, o bien a la Dirección de Becasy Ayudas a la Educación, en el caso de los profesores de centros pri-vados concertados, calle Alcalá, número 32, 28014 Madrid.

2. Documentación que debe presentarse junto con la solicitud.a) Documentación común.

En caso de que el solicitante alegue la posesión de alguno delos títulos o certificados a los que hace referencia elAnexo IV de la presente convocatoria, con objeto de benefi-ciarse de la exención de realización de la primera fase de laprueba, según lo estipulado en el artículo cuarto de la citadaOrden 1672/2009, de 16 de abril, la solicitud irá acompañadade copia acreditativa de dicho título o certificado.

b) Documentación para centros públicos.Los funcionarios de carrera o en prácticas que ejerzan su fun-ción docente en Comunidades Autónomas diferentes a laComunidad de Madrid, deberán presentar copia de la docu-mentación de pertenencia al Cuerpo y Especialidad/es corres-pondientes.

c) Documentación para centros privados concertados:1.o Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI).2.o Copia del horario individual del profesor en el documen-

to de organización del centro (DOC) correspondiente alcurso 2008-2009.

3.o Certificación emitida por el Director del centro concerta-do en la que se acredite que durante el curso 2008-2009,con anterioridad a la fecha de cierre del plazo de presen-tación de solicitudes, el interesado ha mantenido un con-trato laboral con el titular del centro privado concertado,bien como trabajador por cuenta ajena, bien como traba-jador por cuenta propia en el caso de las cooperativas deenseñanza, o el interesado es personal religioso vincula-do al centro concertado sin relación laboral con la titula-ridad del mismo.

4.o En el caso de centros de nueva construcción que vayan ainiciar la impartición de Educación Primaria en el cur-so 2009-2010 y hayan solicitado implantar enseñanza bi-lingüe, se presentará una certificación del titular del cen-tro en la que se acredite el compromiso de contratacióndel solicitante. En estos casos la obtención de la habilita-ción lingüística estará condicionada a la efectiva forma-lización del contrato.

Se significa que a los aspirantes seleccionados se les podrá pedir,en cualquier momento del procedimiento, la presentación de los do-cumentos originales. En caso de discrepancia entre las copias pre-sentadas y los originales el aspirante podrá ser excluido del proce-dimiento.

3. Plazo de presentación.El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días natura-

les contados a partir del día siguiente a la publicación de la presen-te convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID.

Cuarta

Admisión de aspirantesLa relación provisional de admitidos y excluidos se hará pública

en los tablones de anuncios de las Direcciones de Área Territorial,en el Registro General de esta Consejería (Gran Vía, número 10) y

en el de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad deMadrid (Gran Vía, número 3), a partir de los diez días naturales si-guientes al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Estos listados podrán ser consultados, con carácter meramente in-formativo y sin efectos administrativos en el portal “personal + edu-cación”, mediante la dirección: http://www.madrid.org, seleccio-nando la pestaña “educación”, en la que se encuentra el icono de esteportal en el caso de los profesores de centros públicos, o bien en ladirección: http://www.madrid.org/centrosprivados, en el caso de losprofesores de centros privados concertados.

Asimismo, en dicha relación provisional se hará indicación, en elcaso de los admitidos, de aquellos participantes que cumpliendoalguno de los requisitos establecidos en el artículo cuarto de la Or-den 1672/2009, de 16 de abril, se encuentren exentos de la realiza-ción de la fase 1 de la prueba descrita en la citada Orden.

Una vez publicada la relación provisional se podrá presentar re-clamación ante la Dirección General de Recursos Humanos, en elcaso de los funcionarios docentes, Titulados Medios y Superio-res “E” e integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempe-ñar puestos docentes en régimen de interinidad, en el ámbito de ges-tión de la Comunidad de Madrid, o ante la Dirección General deBecas y Ayudas a la Educación, en el caso de los profesores de cen-tros privados concertados en el plazo de cinco días hábiles.

Vistas y examinadas las reclamaciones presentadas, estimando odesestimando las mismas, según corresponda, el Director Generalde Becas y Ayudas a la Educación y el Director General de Recur-sos Humanos dictarán las Resoluciones correspondientes aproban-do las relaciones definitivas de admitidos y excluidos, que serán pu-blicadas en los mismos lugares en que se hicieron públicas las listasprovisionales.

Quinta

Procedimiento y órganos de selecciónEl procedimiento para la valoración de la competencia lingüísti-

ca de los candidatos en Lengua Inglesa, Francesa o Alemana, y lacomposición y constitución de los Tribunales que han de realizar laselección de los mismos en la presente convocatoria, así como elestablecimiento de sus funciones, se ajustarán a lo establecido en losartículos cuarto y quinto, respectivamente, de la citada Or-den 1672/2009, de 16 de abril.

En el Anexo IV de la presente Resolución se relacionan los requi-sitos de titulación a los que hace referencia el artículo cuarto de lacitada Orden. La posesión de alguno de los títulos o certificadosenumerados en dicho Anexo dará lugar, entre otros supuestos, igual-mente expresados en la Orden 1672/2009, a la exención de la reali-zación de la primera parte de la prueba correspondiente a la valora-ción de las competencias lingüísticas de los candidatos encomprensión lectora, expresión escrita, comprensión auditiva y gra-mática y vocabulario.

Sexta

Comienzo y desarrollo de la prueba1. Comienzo.—La fecha y hora del acto de presentación de los

aspirantes admitidos, la fecha de inicio de celebración de las prue-bas, los centros donde se llevarán a cabo las mismas, la citación delos aspirantes y cuantas otras cuestiones se estimen oportunas al res-pecto, serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDADDE MADRID, en la misma Resolución de nombramiento de Tribu-nales.

2. Desarrollo. — En primer lugar se citará, de forma colectiva,a todos aquellos aspirantes que tengan que realizar la fase 1 de laprueba, según lo establecido en el artículo cuarto de la citada Or-den 1672/2009, de 16 de abril.

Los aspirantes convocados a esta fase, cuyos ejercicios realizaránen sesión única, deberán hacer su presentación ante el Tribunal en lahora y fecha fijada en los llamamientos, siendo excluidos del proce-so quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor de-bidamente justificados y apreciados por el Tribunal correspondiente.

A partir de los cinco días siguientes a la realización de los ejerci-cios correspondientes a la primera fase de la prueba, los miembrosde los Tribunales harán públicas las listas de los candidatos que ha-yan resultado calificados como “aptos” y que podrán acceder, portanto, a la segunda fase de la prueba.

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Posteriormente, los Tribunales citarán a los candidatos para larealización de la segunda parte de la prueba, sobre expresión oral. Secitará tanto a aquellos candidatos que hayan obtenido la calificaciónde “aptos” en la primera fase de la prueba como a aquellos otros queestén dispensados de la realización de la misma, en virtud de lo es-tablecido en el artículo cuarto de la citada Orden 1672/2009. En todocaso, los aspirantes serán convocados para sus actuaciones ante losTribunales en único llamamiento, es decir, los aspirantes convoca-dos para cada día, deberán estar presentes a la hora fijada por el Tri-bunal como hora de inicio de las actuaciones, siendo excluidos delprocedimiento quienes no comparezcan, salvo en casos de fuerzamayor debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

Una vez comenzadas las actuaciones ante el Tribunal no seráobligatoria la publicación de los sucesivos llamamientos de los as-pirantes en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Es-tos anuncios deberán hacerse públicos por los Tribunales en los lo-cales donde se estén celebrando las pruebas o por otro medio queindique el Tribunal, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antela-ción al comienzo de las mismas.

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquelloscuyo primer apellido comience por la letra “Z”, según el sorteo rea-lizado por la Dirección General de la Función Pública para la deter-minación del orden de actuación de los aspirantes en los procesosselectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comuni-dad de Madrid para el año 2007, publicado por Resolución de 22 dejunio de 2007 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRIDde 9 de julio de 2007), y se continuará por orden alfabético.

Los Tribunales que no cuenten con aspirantes cuyo primer apelli-do comience con la referida letra, iniciarán el orden de actuación conla letra o letras siguientes.

En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los can-didatos que acrediten su identidad.

Los Tribunales tendrán la facultad de poder excluir del proce-dimiento a aquellos aspirantes que lleven a cabo cualquier actuaciónde tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios. Los as-pirantes así excluidos quedarán, a todos los efectos, en la situaciónde no presentados.

Asimismo, si los Tribunales tuvieren conocimiento de que algu-no de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidosen la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberán propo-ner su exclusión al órgano convocante correspondiente, comunicán-dole, asimismo, las inexactitudes o falsedades en que hubiera incu-rrido el aspirante en la solicitud de admisión al proceso selectivo alos efectos procedentes. En este caso, hasta tanto se emita la Reso-lución correspondiente, el aspirante podrá seguir participando con-dicionalmente en el procedimiento.

Séptima

Lista provisional de candidatos que hayan superadoel procedimiento

Finalizado el proceso, los Tribunales expondrán en el tablón deanuncios de los locales donde se hayan realizado las pruebas la re-lación, por orden alfabético, de los candidatos que hayan superadoel procedimiento.

Contra dichas relaciones los interesados podrán presentar recla-mación en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día si-guiente al de su publicación, en los mismos lugares donde realiza-ron las pruebas. La reclamación deberá ir dirigida al Presidente delTribunal.

Examinadas las reclamaciones, los Tribunales elevarán al Direc-tor General de Becas y Ayudas a la Educación y al Director Generalde Recursos Humanos, respectivamente, las relaciones, ordenadaspor orden alfabético, de los candidatos que hayan superado el pro-cedimiento.

Octava

Lista definitiva de candidatos que hayan superadoel procedimiento

Por Resoluciones del Director General de Becas y Ayudas a laEducación y del Director General de Recursos Humanos, respecti-vamente, se procederá a la aprobación de las listas definitivas de loscandidatos que hayan superado el procedimiento, declarando deses-timadas las reclamaciones no recogidas en las mismas, publicándo-

se en los mismos lugares que se relacionan en la base cuarta de estaResolución.

Contra dichas Resoluciones los interesados podrán interponer re-curso de alzada, ante la Consejera de Educación, en el plazo de unmes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformi-dad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999,de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.

Novena

Obtención de la habilitación para el desempeñode puestos bilingües

En aplicación del artículo noveno de la citada Orden 1672/2009,de 16 de abril, una vez concluido el procedimiento y comprobadoque todos los aspirantes declarados “aptos” en el mismo reúnen losrequisitos de participación establecidos, se obtendrá la habilitaciónlingüística en la lengua o lenguas extranjeras por las que se hayaconcursado, para todas aquellas especialidades de las que los funcio-narios de carrera o en prácticas, así como los Titulados Medios y Su-periores “E” sean titulares, de entre las contempladas en el Anexo Ide la presente convocatoria.

En el caso de los integrantes de las listas vigentes de aspirantes adesempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, en el ámbi-to de competencias de la Comunidad de Madrid, se obtendrá la ha-bilitación en la lengua o lenguas extranjeras por la que se haya con-cursado para aquellas especialidades en cuyas listas vigentesfiguren, dentro de las contempladas en el Anexo I de la presenteconvocatoria.

Según el artículo noveno de la citada Orden 1672/2009, de 16 deabril, aquellos funcionarios docentes que hayan realizado, con resul-tados satisfactorios, el Plan de Formación Específica diseñado por laConsejería de Educación para el desarrollo de programas de centrosbilingües de la Comunidad de Madrid y que hayan impartido docen-cia en un idioma extranjero, en aplicación de alguno de dichos pro-gramas, durante al menos un curso académico, les será concedida lahabilitación en la lengua extranjera que corresponda, de oficio, paralas especialidades de las que fueran titulares de entre las contempla-das en el Anexo I de la presente convocatoria. Por ello, no será ne-cesaria su participación en la presente convocatoria.

En el caso de los profesores de centros privados concertados enEducación Primaria de la Comunidad de Madrid, la habilitación ob-tenida mediante la presente convocatoria facultará a los interesadospara la impartición tanto de las especialidades y materias que vienenimpartiendo como las que puedan impartir a lo largo de su ejercicioprofesional, siempre y cuando mantengan la vigencia de la habilita-ción según lo establecido en el artículo noveno de la citada Or-den 1672/2009, de 16 de abril.

Décima

De acuerdo con lo establecido en la disposición final primera dela citada Orden 1672/2009, de 16 de abril, y las competencias fija-das por el Decreto 118/2007, de 2 de agosto, todas las cuestiones quese planteen en relación con los procesos regulados por la presenteResolución se solventarán, según atribución de competencias, porlas Direcciones Generales de Becas y Ayudas a la Educación, de Re-cursos Humanos y de Mejora de la Calidad de la Enseñanza.

Undécima

De conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, contra la presente Reso-lución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerserecurso de alzada ante la Consejera de Educación, en el plazo de unmes contado a partir del día siguiente a su publicación.

Madrid, a 11 de mayo de 2009.—El Director General de Recur-sos Humanos, Miguel J. Zurita Becerril.—El Director General deBecas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

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ANEXO I

ESPECIALIDADES

ENSEÑANZA PRIMARIA

Especialidad de EDUCACIÓN PRIMARIA Especialidad de EDUCACIÓN INFANTIL Especialidad de MÚSICA Especialidad de EDUCACIÓN FÍSICA

ENSEÑANZA SECUNDARIA

Especialidad de GEOGRAFÍA E HISTORIA Especialidad de BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA Especialidad de FÍSICA Y QUÍMICA Especialidad de DIBUJO Especialidad de MÚSICA Especialidad de EDUCACIÓN FÍSICA Especialidad de TECNOLOGÍA

Los profesores de centros públicos que opten por la habilitación en lengua francesa y/o lengua alemana deberán ser funcionarios en activo del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o del Cuerpo de Maestros, adscritos a puestos del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, o bien Titulados Superiores “E” o integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, todos ellos de alguna de las especialidades que se detallan en el presente Anexo correspondientes al nivel de Enseñanza Secundaria.

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Etiqueta de Registro

ANEXO II

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE HABILITACIÓN EN LENGUAINGLESA, FRANCESA Y ALEMANA PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS BILINGÜES

EN CENTROS PÚBLICOS

INGLÉS FRANCÉS ALEMÁN (marque según proceda)

DATOS PERSONALES

APELLIDOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NOMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . D.N.I. . . . . . . . . . . . . . . . . .

F. CARRERA F. PRÁCTICAS INTERINO CUERPO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

ESPECIALIDAD/ES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DOMICILIO: C/PZA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nº . . . . . . . . TELF.: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

LOCALIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C.P. . . . . . . . . . . . . . E-MAIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DATOS DEL CENTRO DE SERVICIO EN EL CURSO 2008/2009 (1)

CENTRO DE SERVICIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CÓDIGO:

LOCALIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . TELÉFONO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . FAX . . . . . . . . . . . . . . . .

DAT MADRID- . . . . . . . . . . . . . . . . . OTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA (INDICAR) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(1) En caso de haber prestado servicios en más de un centro, consígnese el último.

EXENCIÓN FASE 1: Por haber realizado el Plan de Formación de la Consejería (art. 4 Orden 1672/2009) Por titulación (ver Anexo IV de la presente Resolución).

DOCUMENTACIÓN APORTADA

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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EL/LA SOLICITANTE

DESTINATARIO ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS.- c/ Gran Vía, 3, 28013 Madrid

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el “FICHERO DE GESTIÓN DE PERSONAL DOCENTE”, cuya finalidad y cesiones de datos están previstas en la Orden 7798/2002, de 26 de diciembre, BOCM de 30/01/2003. El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Recursos Humanos, y la dirección donde el interesado podráejercerlos derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es C/Gran Vía, 3, 5ª. Planta, 28013 MADRID

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Dirección General de Becas y Ayudas a la EducaciónCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Comunidad de Madrid

ANEXO III

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE HABILITACIÓN EN LENGUAINGLESA PARA EL DESEMPEÑO DE DOCENCIA BILINGÜE EN CENTROS PRIVADOS

CONCERTADOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

DATOS PERSONALES

APELLIDOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NOMBRE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . D.N.I. . . . . . . . . . . . . . . . . .

ESPECIALIDAD/ES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DOMICILIO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Nº . . . . . . . . TELF.: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

LOCALIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C.P. . . . . . . . E-MAIL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DATOS DEL CENTRO DE SERVICIO EN EL CURSO 2008/2009

CENTRO DE SERVICIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CÓDIGO:

LOCALIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . TELÉFONO . . . . . . . . . . . . . FAX . . . . . . . . . .

DAT MADRID- . . . . . . . . . . . .

EXENCIÓN FASE 1 por titulación (ver Anexo IV de la presente Resolución)(Marcar si procede)

DOCUMENTACIÓN APORTADA

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EL/LA SOLICITANTE

DESTINATARIO ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN c/ Alcalá, 32. 28014 Madrid

Los datos personales recogidos serán tratados con su consentimiento en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 y de conformidad con los principios dispuestos en lamisma y en la Ley 8/2001 de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del fichero. Para cualquier cuestiónrelacionada con esta materia, o si tiene usted alguna sugerencia que permita mejorar este impreso, puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012.

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE HABILITACIÓN EN LENGUAINGLESA PARA EL DESEMPEÑO DE DOCENCIA BILINGÜE EN CENTROS PRIVADOS

CONCERTADOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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ANEXO IV

REQUISITOS DE TITULACIÓN DE LOS PROFESORES QUE PARTICIPEN EN EL PROCEDIMIENTO DE HABILITACIÓN EN LENGUA EXTRANJERA

Aquellos candidatos que estén en posesión, a fecha de finalización de presentación de solicitudes, de alguna de las titulaciones indicadas, según la lengua extranjera por la que opten (inglés, francés o alemán), estarán exentos, entre otros motivos explicitados en la Orden 1672/2009, de 16 de abril, de la Consejería de Educación, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros para el desempeño de puestos bilingües en centros públicos y en centros privados concertados, de Educación Infantil y Primaria y de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, de la realización de la fase 1 de la prueba descrita en el artículo cuarto de la citada Orden.

Asimismo, según consta en la citada Orden 1672/2009, también estarán exentos de la realización de la fase 1 de la prueba aquellos candidatos que hubieran realizado con resultados satisfactorios el Plan de Formación Específica diseñado por la Consejería de Educación para el desarrollo de programas de centros bilingües de la Comunidad de Madrid durante alguno de los últimos tres cursos anteriores al presente curso escolar 2008/2009, y no hubieran impartido docencia en un idioma extranjero en un centro bilingüe.

HABILITACIÓN EN LENGUA INGLESA

1.- Licenciado en Filología Inglesa 2.- Licenciado en Traducción e Interpretación en Lengua Inglesa. 3.- Certificado de Aptitud en Inglés de las Escuelas Oficiales de Idiomas. 4.- Cambridge Certificate of Proficiency in English (CPE). 5.- Cambridge Certificate in Advanced English (CAE). 6.- Certificado del Trinity College niveles 11 o 12. 7.- Título universitario de primer o segundo ciclo cursado en una universidad de habla inglesa.

HABILITACIÓN EN LENGUA FRANCESA

1.- Licenciado en Filología Francesa 2.- Licenciado en Traducción e Interpretación en Lengua Francesa. 3.- Certificado de Aptitud en Francés de las Escuelas Oficiales de Idiomas. 4.- DALF (Diplôme Aprofondi de la Langue Française). 5.- TCF (Test de Connaissance du Français) C1 o C2. 6.- Título universitario de primer o segundo ciclo cursado en una universidad de habla francesa.

HABILITACIÓN EN LENGUA ALEMANA

1.- Licenciado en Filología Alemana. 2.- Licenciado en Traducción e Interpretación en Lengua Alemana. 3.- Certificado de Aptitud en Alemán de las Escuelas Oficiales de Idiomas. 4.- Los títulos del Goethe Institut: el Zentrale Mittelstufenprüfung (ZMP), Zentrale

Oberstufenprüfung (ZOP), Kleines Deutsche Sprachdiplom (KDS) y Grobes Deutsches Sprachdiplom (GDS).

5.- Título universitario de primer o segundo ciclo cursado en una universidad de habla alemana o el Abitur.

(03/15.877/09)

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

1687 RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2009, por la que se hacepúblico el acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 8 deabril de 2009, por el que se aprueba definitivamente elPlan de Sectorización con ordenación pormenorizada delSector UE-32 “Acceso nudo Sur A-3 al casco de Argan-da” (Ac. 249/2008).

Por el Consejo de Gobierno, con fecha 8 de enero de 2009, seadoptó, entre otros, el Acuerdo del siguiente tenor literal:

“Mediante acuerdo plenario de 7 de febrero de 2007 se aprobóinicialmente el Plan de Sectorización, aun cuando fue modificadoposteriormente como consecuencia de la Modificación Puntual delPlan General de Ordenación Urbana.

El Pleno del Ayuntamiento de Arganda del Rey, en sesión cele-brada el 5 de noviembre de 2008, aprobó la Modificación Puntualdel acuerdo de aprobación provisional del Plan de Sectorización dela UE-32, y la aprobación del Texto Refundido del Plan de Sectori-zación de la UE-32.

Posteriormente, el 3 de diciembre de 2008, el Pleno de la Corpo-ración aprueba el Texto Refundido con la rectificación de los erro-res materiales y aritméticos detectados en el Texto Refundido, te-niendo entrada en la Dirección General de Urbanismo el 4 dediciembre de 2008.

Constan en el expediente los informes emitidos por los organismossectoriales durante la tramitación del avance del Plan de Sectorizacióny del Texto Refundido de dicho Plan, los cuales se relacionan a con-tinuación: Dirección General de Evaluación Ambiental, de fechas 14de julio de 2006, 9 de mayo y 11 de junio de 2008; de la Dirección Ge-neral de Carreteras del Ministerio de Fomento, de fechas 1 de juniode 2006 y 3 de marzo de 2008; del Canal de Isabel II, de fecha 30 denoviembre de 2006; de la Dirección General de Patrimonio Histórico,de fecha 11 de febrero de 2005; de la Dirección General de Agricul-tura y Desarrollo Rural de 5 de septiembre de 2007; de la Consejeríade Sanidad de fecha 27 de octubre de 2008; de la Dirección General deCarreteras, de fecha 1 de junio de 2007; de la Dirección General de Ar-quitectura y Vivienda, de fecha 7 de junio de 2007, y de la DirecciónGeneral de Suelo, de fecha 15 de diciembre de 2008, informe de laConfederación Hidrográfica del Tajo de 6 de mayo y 23 de septiembrede 2008.

El Plan General de Ordenación Urbana de Arganda del Rey clasi-fica como suelo urbanizable no programado el ámbito de la UE-32“Acceso desde nudo Sur A-3 a casco de Arganda”, por lo que, en apli-cación de la disposición transitoria primera c) de la Ley 9/2001, de 17de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, le corresponde el ré-gimen de suelo urbanizable no sectorizado.

A través de la Modificación Puntual del Plan General de Ordena-ción Urbana de Arganda del Rey en el ámbito del Sector UE-32,“Acceso desde nudo Sur A-3 a casco de Arganda”, del suelo urba-nizable no sectorizado, aprobado por Acuerdo del Consejo de Go-bierno de la Comunidad de Madrid, en la sesión de 8 de mayode 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 dejunio de 2008), se modifica el ámbito del sector, incorporando terre-nos al Sur del mismo, regularizando sus límites y los terrenos delnudo de acceso desde la A-3 en la franja de afección de la carretera.

De esta forma, la delimitación del Sector UE-32 se ajusta a la de-limitación establecida en la Modificación Puntual del Plan Generalaludida.

La superficie así delimitada asciende a 347.236 metros cuadrados,entre la que se incluyen 3.647 metros cuadrados correspondientes aldominio público de la Vía Verde de Tajuña, 685 metros cuadradosdel dominio público hidráulico de la Confederación Hidrográfica delTajo y 19.351 metros cuadrados correspondiente a la Red Supramu-nicipal de Estados Libres Protegidos de Vías Pecuarias, resultandola superficie del Sector UE-32 sin dotaciones públicas existentesde 323.553 m2s.

El Plan de Sectorización, que además incluye la ordenación por-menorizada del sector, delimita y califica el suelo de las redes públi-cas supramunicipales, generales y locales, y el destinado a usos lu-crativos.

Se redacta el presente Plan de Sectorización con ordenación por-menorizada según lo señalado en el artículo 44 de la Ley 9/2001,

de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, donde se es-tablece que los planes de sectorización son los instrumentos median-te los cuales se definen las determinaciones estructurantes de la or-denación urbanística, necesarias para valorar la procedencia deacometer la transformación urbanizadora de los terrenos clasifica-dos como suelo urbanizable no sectorizado. Conforme a lo señaladoen el artículo 42.5.g) de la citada Ley, el Plan de Sectorización con-tiene la ordenación pormenorizada con el grado de precisión exigi-do para los Planes Parciales, sin que sea, por tanto, necesario la for-mulación del instrumento de planeamiento de desarrollo.

Determinaciones del Plan General vigente

A través de la Modificación Puntual del Plan General de Ordena-ción Urbana de Arganda del Rey en el ámbito del Sector UE-32, seestablecen las siguientes condiciones particulares para su desarrollo:

— Clase de suelo: Suelo urbanizable no sectorizado.— Uso característico: Terciario.— Usos autorizados: Todos los relacionados con el servicio co-

mercial, terciario hostelería y servicios de la A-3 y del polí-gono industrial.

— Uso prohibido: Residencial.— Superficie del sector: 324.238 metros cuadrados.— Dotaciones públicas existentes, Vía Verde del Tajuña: 3.647 m2s.— Red supramunicipal de vías pecuarias: 19.351 m2s.— Superficie total del ámbito del sector: 347.236 metros cua-

drados.— Aprovechamiento unitario: 0,401638 m2e/m2s OR-3.— Cesiones para redes públicas:

� La cesión de suelo para redes públicas de niveles supramu-nicipal y general se hará de acuerdo con lo establecido enlos artículos 91.3 y 36.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,del Suelo de la Comunidad de Madrid.

� Como mínimo, la red pública de zonas verdes y espacios li-bres tendrá una superficie de 72.000 m2s.

� Como mínimo, la red pública de infraestructuras tendráuna superficie de 50.500 metros cuadrados.

— Sistema de ejecución: Compensación.— Figuras de desarrollo:

� Plan de Sectorización.� Plan Parcial.� Proyecto de Urbanización.� Proyecto de Reparcelación.

Determinaciones del presente Plan de Sectorización

a) La definición gráfica y numérica de los elementos estructu-rantes de los sistemas de redes públicas de niveles supramu-nicipal y general.

b) La intensidad edificatoria máxima de 149.618 m2e.c) Coeficientes de homogeneización para los usos pormenoriza-

dos dentro del ámbito del Plan de Sectorización:— Terciario: 1,000.— Terciario comercial: 1,000.— Espacios profesionales: 1,000.— Hotelero: 1,000.— Terciario industrial: 0,50.

Ámbito de actuación y ordenación propuesta

La delimitación del sector es la comprendida dentro de la líneapoligonal grafiada en el plano OE-2.

El Plan de Sectorización contempla la conexión del viario delSector UE-32 con la A-3 a través de dos puntos. El primero, por elNoroeste del sector, a través del enlace previsto por el Plan Especialde Infraestructura que define el trazado y desarrolla esta infraestruc-tura, aprobado definitivamente el 1 de febrero de 2006. El segundopunto de conexión es por el Sur, a través del futuro Sector Sur queutiliza el enlace existente de la carretera M-313 con la autovía A-3.

El Plan de Sectorización califica el suelo de las redes públicas su-pramunicipales, generales y locales de la siguiente manera:

— La red supramunicipal está integrada por las infraestructu-ras de comunicaciones de enlace con la autovía A-3 al No-roeste del sector y las zonas verdes y espacios libres de pro-tección, de cesión a la Comunidad de Madrid.

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— Se localiza al Sur del sector una parcela destinada a equipa-mientos sociales de nivel supramunicipal de acceso directo através del eje Norte-Sur de la red general de infraestructuraviaria.

— Las redes generales del Sector, de cesión al Ayuntamiento,son las de infraestructuras, zonas verdes y espacios libres, yequipamientos sociales y servicios urbanos, exteriores e inte-riores al sector.

— La infraestructura viaria parte del enlace con la A-3 y discu-rre por el sector facilitando desplazamientos cómodos, ágilesy diferenciados. La sección transversal propuesta varía entrelos 24 y los 12 metros, dando cabida al espacio para la circu-lación motorizada, peatonal y plataforma para el aparcamien-to público de vehículos.

— El suelo destinado a la red general de zonas verdes y espacioslibres de protección se sitúa fundamentalmente en una franjaprevista por el Plan General, paralela a la autovía A-3, de pro-tección de la misma, de 50 metros a lo largo del borde de laautovía hasta el límite de la edificación, definida de acuerdocon lo dispuesto en la Ley 25/1988, de Carreteras del Estado.

La Vía Verde del Tajuña también se califica como zona verde yespacios libres de la red de nivel general.

La red local de zonas verdes y espacios libres se localiza al Nor-te y Este del sector, contribuyendo a la potenciación y protección delos valores ambientales de las vías pecuarias y de la Vía Verde delTajuña.

El suelo calificado por la red general de equipamientos sociales yservicios urbanos se sitúa en una gran parcela al Sur del sector, con-siderándolo apto para usos más públicos dirigidos a la población detodo el municipio.

El resto del suelo del sector se destina a uso terciario, siendo losusos pormenorizados los de terciario-comercial, espacios profesio-nales, hotelero y terciario-industrial.

Gestión

El hecho de existir acuerdo entre los propietarios de suelo en elsector y las dimensiones del mismo, facilitan su ejecución unitaria,por eso, una vez ordenado el sector con visión de conjunto unitaria,se ha delimitado también una Unidad de Ejecución que permite laejecución unitaria y de una sola vez.

La Unidad de Ejecución aglutina el 100 por 100 del suelo del Sec-tor UE-32. El perímetro de la Unidad coincide, a su vez, con el pe-rímetro del Sector UE-32, definido gráficamente y mediante la rela-ción de coordenadas de los vértices del perímetro en el plano OP-2de este Plan de Sectorización.

El sistema de ejecución es el de compensación.

Edificabilidad y aprovechamiento

El aprovechamiento unitario del sector coincide con el aprove-chamiento unitario de reparto del Área del Sector UE-32, se estable-ce en AUR = 0,401638 m2e/m2s, referidos a uso residencial libremultifamiliar (OR-3).

El coeficiente de homogeneización entre el uso global OR-3 resi-dencial libre multifamiliar y el uso global del Sector UE-32, que esel terciario, se establece en & = 0,87.

De esta forma, el aprovechamiento unitario del sector expresado en eluso global terciario es: 0,401638 m2e/m2s/0,87 = 0,461652 m2eT/m2s.

Se establece en el sector una superficie máxima edificablede 149.618 m2e, desglosándose en los siguientes usos:

— Uso terciario: 149.118 m2e.— Terciario comercial: 81.618 m2e.— Espacios profesionales: 56.947 m2e.— Hotelero: 10.553 m2e.— Uso terciario industrial: 500 m2e.— Terciario industrial: 500 m2e.De la aplicación de los coeficientes de ponderación para los usos

pormenorizados del sector se obtiene la superficie edificable homo-geneizada, resultando 149.368 m2e en el uso terciario.

Resulta, por tanto, el siguiente coeficiente de edificabilidad en elsector: CE = 149.368 m2eT/323.553 m2s = 0,461649 m2eT/m2s.

Redes públicas

La reserva de suelo mínima para redes públicas supramunicipalesy generales es de 134.616,20 m2s, habiéndose previsto en el interior

del Sector UE-32 un total de 16.706 m2s destinados a la red supra-municipal de comunicaciones, más 5.661 m2s destinados a zonasverdes y espacios libres de protección, 8.216 m2s destinados a equi-pamientos sociales y de la red pública de nivel general 110.622 m2sen el interior del sector, 11.946 m2s exteriores, que serán obtenidosen el desarrollo y ejecución del sector para su cesión a la Adminis-tración municipal, más 30.647 m2s monetizados.

La superficie de suelo destinada a zonas verdes y espacios librescumple holgadamente con las condiciones establecidas en el Regla-mento de Planeamiento Urbanístico para los jardines y las áreas dejuego y recreo de niños, en cuanto que su superficie es mayorde 1.000 metros cuadrados para los jardines, o 200 metros cuadradospara las áreas de juego.

A la vista de lo dispuesto en el artículo 36.6.c) de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, sobre la necesi-dad de disponer de las plazas de aparcamiento necesarias para los usosdel sector, en número no inferior a 1,5 plazas por cada 100 m2e o frac-ción de cualquier uso, siempre en el interior de las parcelas privadas,siendo en el Sector UE-32: 149.618 m2e/100 × 1,5 plazas = 2.245 plazas.

A estas plazas de aparcamiento se adicionan las correspondientessituadas en las calles públicas.

Condiciones establecidas para el desarrollo de la UE-32en la aprobación definitiva de la Modificación Puntual

del Plan General

La Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbanade Arganda del Rey en el ámbito del Sector UE-32, “Acceso desdenudo Sur A-3 a casco de Arganda”, del suelo urbanizable no secto-rizado, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comu-nidad de Madrid, en la sesión de 8 de mayo de 2008 (BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de junio de 2008),recogió todas aquellas determinaciones de carácter ambiental direc-tamente aplicables al Plan General, y traslado el cumplimiento delas que corresponden al planeamiento de desarrollo, al Plan de Sec-torización que incluye la ordenación pormenorizada del sector.

Informes sectoriales

La Dirección General de Evaluación Ambiental, en el informe de-finitivo de Análisis Ambiental de 11 de junio de 2008, establece queel Plan de Sectorización de la UE-32 deberá introducir las determi-naciones que surjan de la tramitación de la Modificación Puntual,siendo necesario dar solución al tratamiento técnico que se proponepara el Arroyo del Valle y, por tanto, el incorporar la autorización decanalización de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

La Confederación Hidrográfica del Tajo, con fecha 23 de sep-tiembre de 2008, emitió informe señalando que el Proyecto de Ur-banización que se elabore, para su posterior autorización, deberádescribir las actuaciones a realizar y justificar el funcionamiento hi-dráulico del cauce mencionado.

La Dirección General de Suelo, en su informe de fecha 15 de di-ciembre de 2008, considera adecuados los suelos propuestos en eldocumento aprobado definitivamente e informa favorablemente alos efectos de dar cumplimiento al deber de cesión de suelo de Re-des Supramunicipales a la Comunidad de Madrid, exigido en el ar-tículo 91 de la Ley del Suelo.

La Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial, ensus informes técnico y jurídico, ambos de fecha 15 de diciembrede 2008, ha informado favorablemente el Plan de Sectorización conordenación pormenorizada del Sector UE-32 “Acceso nudo Sur A-3al casco de Arganda”, con las condiciones que para su desarrollo seestablecen en los informes de la Dirección General de EvaluaciónAmbiental, de fecha 11 de junio de 2008; de la Confederación Hidro-gráfica del Tajo, de fechas 6 de mayo y 23 de septiembre de 2008, yde la Dirección General de Suelo, de fecha 15 de diciembre de 2008;toda vez que la ordenación propuesta es acorde con el modelo terri-torial contenido en el Plan General, y se adapta a las determinacionesestablecidas para el desarrollo del ámbito de la Modificación Puntualdel Plan General de Ordenación Urbana de Arganda del Rey.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumpli-mentado los trámites previstos en los artículos 56 y siguientes de laLey 9/2001, que regula el procedimiento de aprobación de los PlanesGenerales y de sus modificaciones y revisiones en su fase municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al

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Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, laaprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorizacióny sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que co-rrespondan a municipios con población de derecho superior a 15.000habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

En su virtud, previo informe favorable de la Comisión de Urbanis-mo de Madrid, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2008, apropuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordena-ción del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 8de enero de 2009,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente el Plan de Sectorización con ordenaciónpormenorizada del Sector UE-32 “Acceso nudo Sur A-3 al casco deArganda”, con las condiciones que para su desarrollo se establecenen los informes de la Dirección General de Evaluación Ambiental,de fecha 11 de junio de 2008; de la Confederación Hidrográfica delTajo, de fechas 6 de mayo y 23 de septiembre de 2008, y de la Di-rección General de Suelo, de fecha 15 de diciembre de 2008.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CO-MUNIDAD DE MADRID”.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001,de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamentese significa que un ejemplar del citado expediente se encuentra depo-sitado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería deMedio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la ca-lle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándoseque contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en elplazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación,y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 14 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,Alfonso Moreno Gómez.

(03/16.284/09)

D) Anuncios

Vicepresidencia y Portavocía del GobiernoResolución de 6 de mayo de 2009, por la que se hace pública la Or-

den 226/2009, de 29 de abril, del Vicepresidente y Portavoz delGobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bie-nes y derechos afectados por el “Proyecto de abastecimiento deurgencia a El Álamo”, en los términos municipales de El Álamoy Batres, y se convoca a los interesados al levantamiento de lasactas previas a la ocupación. Expediente número 277.

En aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación For-zosa de 16 de diciembre de 1954 y 20 de su Reglamento de Ejecu-ción, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace públicoque el Vicepresidente y Portavoz del Gobierno ha dictado la si-guiente:

«Orden 226/2009, de 29 de abril, del Vicepresidente y Portavozdel Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bie-nes y derechos afectados por el “Proyecto de abastecimiento de ur-gencia a El Álamo”, en los términos municipales de El Álamo y Ba-tres, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actasprevias a la ocupación. Expediente número 277.

El “Proyecto de abastecimiento de urgencia a El Álamo” tiene porobjeto garantizar el suministro de agua potable a dicho municipio.La ejecución de esta obra tiene carácter de urgencia por la deficien-cia de las infraestructuras actuales. Se pretende conectar la red deabastecimiento actual a la conducción del Canal de Isabel II prove-niente de la Estación de Tratamiento de Agua Potable de Griñón,mediante una conducción de 500 milímetros de diámetro y de 1.800metros de longitud.

Esta actuación está recogida en el Plan de Infraestructuras Estra-tégicas (PIE) del Canal de Isabel II, como obra necesaria y de urgen-te ejecución.

La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejeríade Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio resolvió,con fecha 25 de agosto de 2008, que no es preceptivo el sometimien-to del proyecto a ningún procedimiento de evaluación de impactoambiental, estableciéndose medidas para conseguir una mayor pro-tección ambiental.

El Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de abasteci-miento de urgencia a El Álamo” se aprobó definitivamente por laComisión de Urbanismo de Madrid el día 30 de octubre de 2008, yse hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-DRID (en adelante BOCM) número 288, de 3 de diciembre de 2008.

La Orden 88/2009, de 23 de febrero, del Vicepresidente y Porta-voz del Gobierno, dispuso someter a información pública la relaciónde los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de abastecimien-to de urgencia a El Álamo” en los términos municipales de El Ála-mo y Batres, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropia-torio el Canal de Isabel II. La mencionada Orden ha sido publicadaen el BOCM número 57, de 9 de marzo de 2009; en el diario “La Ra-zón” de 4 de marzo de 2009, y expuesta durante quince días en el ta-blón de edictos de los Ayuntamientos de El Álamo y Batres.

Durante el período de información pública se han formulado ale-gaciones en cuanto a la titularidad de las fincas, petición de cambiode trazado, solicitud de expropiación total y sobre el justiprecio.

En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de Ex-propiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF)y 19 de su Reglamento de Ejecución, aprobado por Decreto de 26 deabril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos cita-dos, procede actualizar aquellos datos relativos a la titularidad de lasfincas que han sido fehacientemente acreditados por sus propieta-rios. En relación a las solicitudes de aumento de las superficies quese van a expropiar y a la determinación del importe de las indemni-zaciones, se ha informado a los interesados del momento procedi-mental oportuno para su presentación.

La declaración de utilidad pública del proyecto se considera rea-lizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la LEF y en laDisposición Adicional Octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, deEvaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1.o del artícu-lo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se entiende cumplido eltrámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afecta-dos por el proyecto.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectadospor el proyecto viene motivada por la apremiante necesidad de ga-rantizar en todo momento el abastecimiento, tanto cuantitativamen-te como cualitativamente. Las infraestructuras de abastecimientoexistentes no garantizan un suministro adecuado, habiéndose obser-vado importantes deficiencias en el mismo.

En el expediente consta la existencia de crédito suficiente parahacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, enatención a lo previsto en el artículo 52 de la Ley de ExpropiaciónForzosa.

En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la Ley de Ex-propiación Forzosa y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Me-didas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administraciónde la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectadospor el expediente de expropiación forzosa relativo al “Proyecto deabastecimiento de urgencia a El Álamo”, en los términos municipa-les de El Álamo y Batres. La relación detallada figura en el Anexo aesta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lodispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a losbienes que pudieran verse afectados por los reformados posterioresal proyecto.

Segundo

Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de com-parecer para el levantamiento del acta previa a la ocupación. La re-

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 67

lación de interesados, el Ayuntamiento y la fecha de convocatoria sedetallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden.

Todos los interesados, así como las personas que, siendo titularesde derechos o intereses económicos directos sobre los bienes afec-tados, se hayan podido omitir en la relación podrán, una vez publi-cada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta pre-via formular alegaciones por escrito, a los solos efectos de la

subsanación de posibles errores que se hayan podido producir al re-lacionar los bienes y derechos afectados por la urgente ocupación.Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Vicepresidencia y Por-tavocía del Gobierno, Puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid.

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de domi-nio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobresu uso.

ANEXO

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL “PROYECTODE ABASTECIMIENTO DE URGENCIA A EL ÁLAMO”, A LA VISTA DE LAS COMPARECENCIAS HABIDAS

EN EL PERÍODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA, SIN PERJUICIO DE LOS ERRORES QUE PUDIERAN EXISTIRY QUE PODRÁN SUBSANARSE HASTA EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN(ARTÍCULO 56 DEL REGLAMENTO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA), CON EXPRESIÓN DE LA FECHA

DE LA CONVOCATORIA PARA EL LEVANTAMIENTO DE LAS ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN

Abreviaturas: SNU, suelo no urbanizable; DU, diseminado urbano.

AFECCIÓN CONVOCATORIA

N.º FINCA POLÍGONOMANZANA PARCELA TITULAR EXPROPIACIÓN

M2OCUPACIÓN TEMPORAL

NATURALEZA CLASIFICA-

CIÓNURBANÍS-

TICA FECHA Hora

Término Municipal: El Álamo EXPEDIENTE: 277-1 002 7 10065 LÓPEZ BREA SÁNCHEZ, María Carmen (Hros.) 376 237 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio

de 2009 10:45

003 7 65 MARTÍNEZ IMAZ INVERSIONES, S.L. 0 64 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

10:45

004 7 9005 AYUNTAMIENTO DE EL ALAMO 104 963 VIA COMUNICACIÓN

S.N.U. 4 de junio de 2009

14:00

005 7 79 ONTIVEROS BENITEZ, Ana (ORGAZ ONTIVEROS, Valentín, Lucia y Guillerma)

0 25 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

11:30

006 7 78 ORGAZ SÁNCHEZ, María Alicia 0 8 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

12:15

007 7 10066 RUIZ PALOMAR, Carlos / MARTÍNEZ LÓPEZ BREA, Félix 428 778 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

13:00

008 7 20067 ORGAZ ORTEGA, María Pilar, María Jesús y Matilde 270 409 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

12:00

009 7 72 GAITAN ORTEGA, Salvador 436 872 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

10:15

010 19 4 ALMENDRO SÁNCHEZ, Miguel, BURGOS PORCEL Mª Pilar, RODRIGUEZ MONGE, José María, DAVILA MATEOS, Aurelia

171 391 DISEMINADO URBANO

D.U. 4 de junio de 2009

9:00

011 7 133 GONZALEZ ORTEGA, felisa 77 179 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

10:30

012 19 6 MORENO MORENO, Luis y Anastasi 85 197 DISEMINADO URBANO

D.U. 4 de junio de 2009

11:15

013 7 137 BENITEZ BENITO, Federico 275 574 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

9:45

014 7 139 ORGAZ ALONSO, Eugenia 27 197 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

11:45

015 7 20138 NIETO BENITO, Gregorio 66 97 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

11:30

016 7 20141 BENITO ORGAZ, Marcelina / ORGAZ BENITO, Isabel y RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, José María

151 325 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

10:00

017 7 149 SANCHEZ SANCHO, M.Victoria Encarnación 261 596 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

13:30

018 7 145 SANCHEZ SANCHO, M.Victoria Encarnación 94 206 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

13:30

019 7 146 SANCHEZ SANCHO, M.Victoria Encarnación 85 184 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

13:30

020 7 158 PORTILLO MORALES, Santiago, Julián y María 393 918 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

12:30

021 7 157 VAZQUEZ LLORENTE, Juana 752 1762 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

14:00

022 7 179 ORGAZ ORTEGA, Paula, Pilar, Carmen 264 496 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

12:00

023 7 261 MORALES ORGAZ, Julia 82 213 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

11:15

024 7 180 ORGAZ RUFO, Paciencia 0 27 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

12:15

025 7 178 FERNANDEZ MORALES, Roque y BENÍTEZ FERNÁNDEZ, María Luisa

350 531 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

10:15

026 7 177 ALONSO LUCAS, María 0 41 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

9:15

027 7 176 CALDERON SECO, Aurelio y MACHADO VALDIVIA, Josefa

165 282 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

10:00

028 7 289 CALDERON SECO, Aurelio y MACHADO VALDIVIA, Josefa

0 4 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

10:00

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 68 B.O.C.M. Núm. 119

AFECCIÓN CONVOCATORIA

N.º FINCA POLÍGONOMANZANA PARCELA TITULAR EXPROPIACIÓN

M2OCUPACIÓN TEMPORAL

NATURALEZA CLASIFICA-

CIÓNURBANÍS-

TICA FECHA Hora

029 7 175 PEREZ SÁNCHEZ, Eugenio Juan 563 930 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

12:30

030 7 206 ALONSO ORGAZ, Asunción 139 218 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

9:45

031 7 292 ALONSO NIETO, José Antonio 110 185 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

9:30

032 7 310 ALONSO NIETO, Mercedes 113 175 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

9:30

033 7 293 GONZALEZ ALONSO, Eusebio 242 362 VIÑA SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

10:30

034 7 294 ALONSO GAITÁN, Ramón, Dolores, Pascual, Angel, Carmen y Jesús.

186 252 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

9:00

035 7 205 ORGAZ GARCÍA, Carmen 0 9 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

11:45

036 7 308 MORALES GAITÁN, Pedro / TRANSPORTES HERNANDEZ SAMPER

2.095 2.650 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

11:00

037 25 3 SANTILLA LOBATO José Luis y RODRIGUEZ RODRIGUEZ, Mª Dolores / REINOSO PEREZ, Luis y GARCIA MUÑOZ, Mª del Pilar

0 97 DISEMINADO URBANO

D.U. 4 de junio de 2009

13:45

038 25 5 REINOSO PÉREZ, Luis y GARCÍA MÚÑOZ, María Pilar / SANTILLAN LOBATO, Jose Luis

0 401 DISEMINADO URBANO

D.U. 4 de junio de 2009

12:45

039 7 201 ALONSO GONZÁLEZ, Julián 0 24 LABOR SECANO S.N.U. 4 de junio de 2009

9:15

040 7 9006 VIA PECUARIA /AYUNTAMIENTO DE EL ALAMO 49 89 VIA COMUNICACIÓN

S.N.U. 4 de junio de 2009

14:00

Término Municipal: Batres EXPEDIENTE 277-2 001 10 9002 AYUNTAMIENTO DE BATRES 74 109 VIA

COMUNICACIÓN S.N.U. 5 de junio

de 2009 10:00

002 10 20004 ORGAZ PEINADO, Alejandro 0 49 PASTOS S.N.U. 5 de junio de 2009

10:00

003 10 4 ORGAZ PEINADO, Alejandro 701 927 PASTOS S.N.U. 5 de junio de 2009

10:00

004 10 6a ROBLEDANO VILLAS, Ángel y CARBELLIDO OTERO, María del Carmen

838 1.717 LABOR REGADIO

S.N.U. 5 de junio de 2009

10:30

005 10 6b ROBLEDANO VILLAS, Ángel y CARBELLIDO OTERO, María del Carmen

521 1.007 ARBOLES RIBERA

S.N.U. 5 de junio de 2009

10:30

Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en el fichero “Peticiones de Servicio. Gestión de Servicios (PE Aseso-ría Jurídica, Expropiaciones, Planos)”, y podrán ser cedidos a los órganos jurisdiccionales, además de otras cesiones previstas en la Ley, todo ello de conformidadcon el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y la Ley 8/2001, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de ac-ceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Subdirección de Asesoría Jurídica del Canal de Isabel II.»

La presente publicación se hace, además, a los efectos previstosen el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, respecto a posibles interesados no identifi-cados, a titulares desconocidos, se ignore el lugar de notificación obien, intentada esta, no se hubiera podido practicar.

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lorelativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupa-ción de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recursode reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo deun mes desde el día siguiente a su publicación, o directamente recur-so contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justiciade Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otrosrecursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 6 de mayo de 2009.—El Secretario General Técni-co, Borja Sarasola Jáudenes.

(01/1.747/09)

Consejería de Economía y HaciendaARPROMA, ARRENDAMIENTOS Y PROMOCIONES

DE LA COMUNIDAD DE MADRID, S.A.

Resolución de 8 de mayo de 2009, por la que se hace pública con-vocatoria de contrato de ejecución de obra.

1. Entidad adjudicadora:Organismo: ARPROMA, Arrendamientos y Promociones de la

Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima, calle Alcalá, núme-ro 21, cuarto, 28014 Madrid, teléfono 915 240 436, fax 915 240 437.

Número de expediente: 43/2009.2. Objeto del contrato:Descripción del objeto: Obras para la sustitución de cubierta e

instalación de línea de vida en la sede de la Consejería de Sanidadde la Comunidad de Madrid.

Lugar de ejecución: Calle Aduana, número 29, Madrid.División por lotes y número: No se admite.Plazo de ejecución: Dos meses.3. Tramitación, procedimiento de adjudicación:Tramitación: Ordinaria.Procedimiento: Abierto con pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 335.497,83

euros (IVA excluido).5. Garantía provisional: 7.783,55 euros.6. Obtención de documentación e información:6.1. Entidad: ARPROMA, Arrendamientos y Promociones de

la Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima.Domicilio: Calle Alcalá, número 21, cuarto, 28014 Madrid.Teléfono: 915 240 436.Telefax: 915 240 437.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 69

6.2. Página web: http://www.madrid.org/contratospublicos6.3. Documentación: “Copy 5”.

Domicilio: Calle Cristóbal Bordiú, número 40, 28003 Madrid.Teléfono: 915 341 094.

7. Requisitos específicos del contratista:Clasificación: Grupo C, subgrupos todos, categoría e.8. Presentación de las ofertas:Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día 5 de

junio de 2009.Lugar de presentación: ARPROMA, Arrendamientos y Promo-

ciones de la Comunidad de Madrid, Sociedad Anónima.Domicilio: Calle Alcalá, número 21, cuarto.Localidad y código postal: 28014 Madrid.Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su

oferta: Dos meses, desde la apertura de la proposición económica.Admisión de variantes: No.9. Apertura de las ofertas:Entidad: ARPROMA, Arrendamientos y Promociones de la Co-

munidad de Madrid, Sociedad Anónima.Domicilio: Calle Alcalá, número 21, cuarto.Localidad: Madrid.Fecha: 16 de junio de 2009.Hora: A las once.10. Gastos de anuncios: Los anuncios de publicación correrán a

cargo del adjudicatario.En Madrid, a 8 de mayo de 2009.—El Gerente, Jesús Ruiz Cosín.

(01/1.711/09)

Consejería de Transportes e InfraestructurasMINTRA (MADRID, INFRAESTRUCTURAS

DEL TRANSPORTE)

Resolución de 8 de mayo de 2009, por la que se hace pública la con-vocatoria del contrato de obra para la construcción de la duplica-ción de la carretera M-206. Tramo: Torrejón de Ardoz-Loeches.

1. Entidad adjudicadora:— Nombre: MINTRA (Madrid, Infraestructuras del Transpor-

te), Ente de Derecho Público de la Comunidad de Madrid de-pendiente de la Consejería de Transportes e Infraestructuras.

— Dirección: Calle Estocolmo, número 1 bis, 28922 Alcorcón(Madrid), teléfono 914 880 540, fax 914 880 598.

— Correo electrónico: [email protected]. Objeto del contrato y código CPV: Contrato de obra para la

construcción de la duplicación de la carretera M-206. Tramo: Torre-jón de Ardoz-Loeches.

Referencia: MO-7566, CPV: 45220000.3. Presupuesto de licitación: 40.473.022,25 euros, IVA no in-

cluido. Importe del IVA: 6.475.683,56 euros.4. Procedimiento y forma de adjudicación: Procedimiento

abierto mediante pluralidad de criterios.5. Garantía provisional: 1.214.190,67 euros.6. Plazo de ejecución del contrato: Dieciocho meses.7. Obtención de documentación e información: Ver apartado 1

(desde las nueve hasta las catorce horas). Precio: 100 euros. Páginaweb: www.madrid.org

8. Requisitos específicos del contratista:— Clasificación: Según lo dispuesto en el Anexo I del Pliego de

Cláusulas Administrativas Particulares.9. Presentación de las ofertas:a) Fecha límite de presentación: 15 de junio de 2009 (de diez a

catorce horas).b) Documentación a presentar: Las proposiciones se presentarán

en tres sobres cerrados y firmados cada uno de ellos bajo el tí-tulo de “Contrato de obra para la construcción de la duplica-ción de la carretera M-206. Tramo: Torrejón de Ardoz-Loe-ches”. Referencia: MO-7566”, con los siguientes subtítulos:— Sobre número 1: “Documentación administrativa”.— Sobre número 2: “Documentación técnica”.— Sobre número 3: “Oferta económica”.

c) Lugar de presentación: Véase el apartado 1.d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su

oferta: Tres meses.10. Apertura de las ofertas:a) Entidad, b) Domicilio y c) Localidad: Véase apartado 1.d) Fecha y e) Hora: 13 de julio de 2009, a las diez y quince horas.11. Gastos de los anuncios: Los gastos derivados de la publica-

ción de los anuncios correrán de cuenta de los adjudicatarios.12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión

Europea”: El 8 de mayo de 2009.Madrid, a 8 de mayo de 2009.—El Consejero-Delegado, Jesús

Miguel Trabada Guijarro.(01/1.712/09)

Consejería de Transportes e InfraestructurasMINTRA (MADRID, INFRAESTRUCTURAS

DEL TRANSPORTE)

Resolución de 8 de mayo de 2009, por la que se hace pública la con-vocatoria del contrato de obra para la construcción del paso inferioren la M-208, entre Mejorada del Campo y Velilla de San Antonio.

1. Entidad adjudicadora:— Nombre: MINTRA (Madrid, Infraestructuras del Transpor-

te), Ente de Derecho Público de la Comunidad de Madrid de-pendiente de la Consejería de Transportes e Infraestructuras.

— Dirección: Calle Estocolmo, número 1 bis, 28922 Alcorcón(Madrid), teléfono 914 880 540, fax 914 880 598.

— Correo electrónico: [email protected]. Objeto del contrato y código CPV: Contrato de obra para la

construcción del paso inferior en la M-208, entre Mejorada delCampo y Velilla de San Antonio.

Referencia: MO-7565, CPV: 45220000.3. Presupuesto de licitación: 30.773.862,33 euros, IVA no in-

cluido. Importe del IVA: 4.923.817,97 euros.4. Procedimiento y forma de adjudicación: Procedimiento

abierto mediante pluralidad de criterios.5. Garantía provisional: 923.215,87 euros.6. Plazo de ejecución del contrato: Dieciocho meses.7. Obtención de documentación e información: Ver apartado 1

(desde las nueve hasta las catorce horas). Precio: 100 euros. Páginaweb: www.madrid.org

8. Requisitos específicos del contratista:— Clasificación: Según lo dispuesto en el Anexo I del Pliego de

Cláusulas Administrativas Particulares.9. Presentación de las ofertas:a) Fecha límite de presentación: 15 de junio de 2009 (de diez a

catorce horas).b) Documentación a presentar: Las proposiciones se presentarán

en tres sobres cerrados y firmados cada uno de ellos bajo el tí-tulo de “Contrato de obra para la construcción del paso inferioren la M-208, entre Mejorada del Campo y Velilla de San An-tonio”. Referencia: MO-7565”, con los siguientes subtítulos:— Sobre número 1: “Documentación administrativa”.— Sobre número 2: “Documentación técnica”.— Sobre número 3: “Oferta económica”.

c) Lugar de presentación: Véase el apartado 1.d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su

oferta: Tres meses.10. Apertura de las ofertas:a) Entidad, b) Domicilio y c) Localidad: Véase apartado 1.d) Fecha y e) Hora: 13 de julio de 2009, a las diez horas.11. Gastos de los anuncios: Los gastos derivados de la publica-

ción de los anuncios correrán de cuenta de los adjudicatarios.12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión

Europea”: El 8 de mayo de 2009.

Page 67: I. COMUNIDAD DE MADRID · Pág. 4 JUEVES 21 DE MAYO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 119 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 1675

JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 70 B.O.C.M. Núm. 119

Consejería de Medio Ambiente, Vivienday Ordenación del Territorio

Corrección de errores de la Resolución de 24 de abril de 2009, porla que se hace pública convocatoria por procedimiento abiertopara la adjudicación del contrato de servicios de limpieza en di-versas dependencias de la Consejería de Medio Ambiente, Vi-vienda y Ordenación del Territorio (expediente 15-D/09).

Apreciados errores tipográficos en la publicación de la citada Re-solución, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nú-mero 108, correspondiente al día 8 de mayo de 2009, página 154(número de inserción 01/1.560/09), se procede a su corrección en lossiguientes términos:

En la primera columna, punto 7. Requisitos específicos del con-tratista, apartado b) Otros requisitos: Empresas no españolas de Es-tados miembros de la Unión Europea:

— Donde dice: “— Acreditación de solvencia económica y fi-nanciera: Artículo 16, apartado c)...”.

— Debe decir: “— Acreditación de solvencia económica y fi-nanciera: Artículo 64, apartado c)...”.

— Donde dice: “— Acreditación de solvencia técnica o profe-sional: Artículo 17, apartado a)...”.

— Debe decir: “— Acreditación de solvencia técnica o profe-sional: Artículo 67, apartado a)...”.

(01/1.777/09)

Consejería de SanidadResolución de 4 de mayo de 2009, por la que se hace pública la lici-

tación del contrato de suministro, a adjudicar por procedimientoabierto, mediante criterio precio, titulado «Adquisición de equi-pos de monitorización destinadas al Servicio de Urgencias delHospital Clínico “San Carlos”».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Sanidad.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrata-

ción (Secretaría General Técnica).c) Número de expediente: 10/2009.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Suministro. Adquisición de equipos

de monitorización destinadas al Servicio de Urgencias delHospital Clínico “San Carlos”.

b) División por lotes y número: No procede.c) Lugar de entrega: Hospital Clínico “San Carlos”.d) Plazo de entrega: Tres meses desde la fecha de formalización

del contrato.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma de adjudicación: Criterio precio.4. Presupuesto base de licitación:— Importe total: 220.000 euros (IVA incluido).— Valor estimado del contrato (artículo 76 de la Ley de Contra-

tos del Sector Público): 205.607,48 euros (IVA excluido).5. Garantía provisional: Importe, no procede.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Consejería de Sanidad (Secretaría General Técnica),

Servicio de Contratación.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29, primera planta.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Teléfonos: 914 265 835/914 269 839.e) Fax: 915 867 274.f) Fecha límite de obtención de documentación e información: 5

de junio de 2009.

7. Requisitos específicos del contratista:— Acreditación de la solvencia económica y financiera [artícu-

lo 64.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público]:� Los licitadores deberán acreditar una cifra de negocios glo-

bal y de suministros en cada uno de los tres últimos ejerci-cios fiscales igual o superior al presupuesto máximo de li-citación.

— Acreditación de la solvencia técnica o profesional [artícu-lo 66.1.e) de la Ley de Contratos del Sector Público]:� Descripción de los equipos a suministrar: Catálogos des-

criptivos donde se puedan verificar cada una de las especi-ficaciones técnicas mínimas incluidas en el pliego.

8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día 5

de junio de 2009.b) Documentación a presentar: La indicada en los Pliegos de

Cláusulas Administrativas Particulares y de PrescripcionesTécnicas Particulares.

c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Registro General de la Consejería de Sanidadde la Comunidad de Madrid.

2.o Domicilio: Calle Aduana, número 29, planta baja.3.o Localidad y código postal: 28013 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Quince días.

e) Admisión de variantes: No procede.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Sanidad.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Fecha: 15 de junio de 2009.e) Hora: A las doce.10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en

dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le re-presente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el nú-mero de referencia y la denominación del contrato, el nombre y ape-llidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondienteNIF o CIF, dirección, teléfono y fax. El número y denominación delos sobres se determinan en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares. En el interior de cada sobre se hará constar una relaciónnumérica de los documentos que contienen.

11. Gastos de anuncios: Serán por cuenta del adjudicatario has-ta un máximo de 2.000 euros.

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea”: No procede.

13. En su caso, portal informático o página web donde figuren lasinformaciones relativas a la convocatoria o donde pueden consultarsey obtenerse los pliegos: http://www.madrid.org/contratospublicos

14. En su caso, sistema de notificación telemática aplicable: Noprocede.

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La Secretaria General Técnica,

Beatriz Viana Miguel.(01/1.740/09)

Consejería de SanidadResolución de 4 de mayo de 2009, por la que se hace pública la lici-

tación del contrato de suministro, a adjudicar por procedimientoabierto, mediante criterio precio, titulado «Adquisición de diver-so equipamiento electromédico destinado al Servicio de Urgen-cias del Hospital Clínico “San Carlos”».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Sanidad.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrata-

ción (Secretaría General Técnica).c) Número de expediente: 13/09.

Madrid, a 8 de mayo de 2009.—El Consejero-Delegado, JesúsMiguel Trabada Guijarro.

(01/1.713/09)

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 71

2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Suministro. Adquisición de diverso

equipamiento electromédico destinado al Servicio de Urgen-cias del Hospital Clínico “San Carlos”.

b) División por lotes y número:— Lote número 1: Analizador clínico portátil de gases.— Lote número 2: Desinfectador de cuñas.— Lote número 3: Foco de exploración portátil.— Lote número 4: Lámpara de exploración.— Lote número 5: Sierra de yesos.— Lote número 6: Sierra de yesos con aspirador.c) Lugar de entrega: Hospital Clínico “San Carlos”.d) Plazo de entrega: Desde la fecha de formalización del contra-

to, sin que en ningún caso el plazo de ejecución supere el 26de julio de 2009.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma de adjudicación: Criterio precio.4. Presupuesto base de licitación:— Importe total: 121.000 euros (IVA incluido).— Valor estimado del contrato (artículo 76 de la Ley de Contra-

tos del Sector Público): 113.084,11 euros (IVA excluido).5. Garantía provisional: Importe, no procede.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Consejería de Sanidad (Secretaría General Técnica),

Servicio de Contratación.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29, primera planta.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Teléfonos: 914 265 835/915 867 045.e) Fax: 915 867 274.f) Fecha límite de obtención de documentación e información: 5

de junio de 2009.7. Requisitos específicos del contratista:— Acreditación de la solvencia económica y financiera [artícu-

lo 64.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público]:� Los licitadores deberán acreditar una cifra de negocios glo-

bal y de suministros en cada uno de los tres últimos ejerci-cios fiscales igual o superior al presupuesto máximo de li-citación.

— Acreditación de la solvencia técnica o profesional [artícu-lo 66.1.e) y f) de la Ley de Contratos del Sector Público]:� Descripción de los equipos a suministrar: Catálogos des-

criptivos donde se puedan verificar cada una de las especi-ficaciones técnicas mínimas incluidas en el pliego.

� Certificados expedidos por los institutos o servicios oficia-les encargados del control de calidad, de competencia reco-nocida, que acrediten la conformidad de productos perfec-tamente detallada mediante referencias a determinadasespecificaciones o normas.

8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día 5

de junio de 2009.b) Documentación a presentar: La indicada en los Pliegos de

Cláusulas Administrativas Particulares y de PrescripcionesTécnicas Particulares.

c) Lugar de presentación:1.o Entidad: Registro General de la Consejería de Sanidad

de la Comunidad de Madrid.2.o Domicilio: Calle Aduana, número 29, planta baja.3.o Localidad y código postal: 28013 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Quince días.

e) Admisión de variantes: No procede.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Sanidad.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Fecha: 15 de junio de 2009.e) Hora: A las doce.

10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán endos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le re-presente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el nú-mero de referencia y la denominación del contrato, el nombre y ape-llidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondienteNIF o CIF, dirección, teléfono y fax. El número y denominación delos sobres se determinan en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares. En su interior se hará constar una relación numérica delos documentos que contienen.

11. Gastos de anuncios: Serán por cuenta del adjudicatario has-ta un máximo de 2.000 euros.

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea”: No procede.

13. En su caso, portal informático o página web donde figuren lasinformaciones relativas a la convocatoria o donde pueden consultarsey obtenerse los pliegos: http://www.madrid.org/contratospublicos

14. En su caso, sistema de notificación telemática aplicable: Noprocede.

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La Secretaria General Técnica,

Beatriz Viana Miguel.(01/1.743/09)

Consejería de SanidadResolución de 4 de mayo de 2009, por la que se hace pública la lici-

tación del contrato de suministro, a adjudicar por procedimientoabierto, mediante criterio precio, titulado «Adquisición de diver-so equipamiento de ORL y ginecología destinado al Servicio deUrgencias del Hospital Clínico “San Carlos”».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Sanidad.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrata-

ción (Secretaría General Técnica).c) Número de expediente: 14/09.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Suministro, instalación y puesta en

funcionamiento, mediante adquisición de diverso equipa-miento de ORL y ginecología destinado al Servicio de Ur-gencias del Hospital Clínico “San Carlos”.

b) División por lotes y número:— Lote número 1: Audímetro clínico.— Lote número 2: Microscopio ORL.— Lote número 3: Rinolaringoscopio.— Lote número 4: Sillón exploración ORL.— Lote número 5: Cardiotocógrafo.— Lote número 6: Colposcopio.c) Lugar de entrega: Hospital Clínico “San Carlos”.d) Plazo de entrega: Desde la fecha de formalización del contra-

to, sin que en ningún caso el plazo de ejecución supere el 26de julio de 2009.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma de adjudicación: Criterio precio.4. Presupuesto base de licitación:— Importe total: 68.650 euros (IVA incluido).— Valor estimado del contrato (artículo 76 de la Ley de Contra-

tos del Sector Público): 64.158,88 euros (IVA excluido).5. Garantía provisional: Importe, no procede.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Consejería de Sanidad (Secretaría General Técnica),

Servicio de Contratación.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29, primera planta.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Teléfonos: 914 265 835/914 265 648.e) Fax: 915 867 274.f) Fecha límite de obtención de documentación e información: 5

de junio de 2009.

Page 69: I. COMUNIDAD DE MADRID · Pág. 4 JUEVES 21 DE MAYO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 119 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 1675

JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 72 B.O.C.M. Núm. 119

7. Requisitos específicos del contratista:— Acreditación de la solvencia económica y financiera [artícu-

lo 64.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público]:� Los licitadores deberán acreditar una cifra de negocios glo-

bal y de suministros en cada uno de los tres últimos ejerci-cios fiscales igual o superior al presupuesto máximo de li-citación.

— Acreditación de la solvencia técnica o profesional [artícu-lo 66.1.e) y f) de la Ley de Contratos del Sector Público]:� Descripción de los equipos a suministrar: Catálogos des-

criptivos donde se puedan verificar cada una de las especi-ficaciones técnicas mínimas incluidas en el pliego.

� Certificados expedidos por los institutos o servicios oficia-les encargados del control de calidad, de competencia reco-nocida, que acrediten la conformidad de productos perfec-tamente detallada mediante referencias a determinadasespecificaciones o normas.

8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día 5

de junio de 2009.b) Documentación a presentar: La indicada en los Pliegos de

Cláusulas Administrativas Particulares y de PrescripcionesTécnicas Particulares.

c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Registro General de la Consejería de Sanidadde la Comunidad de Madrid.

2.o Domicilio: Calle Aduana, número 29, planta baja.3.o Localidad y código postal: 28013 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Quince días.

e) Admisión de variantes: No procede.9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Sanidad.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Fecha: 15 de junio de 2009.e) Hora: A las doce.10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en

dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le re-presente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el nú-mero de referencia y la denominación del contrato, el nombre y ape-llidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondienteNIF o CIF, dirección, teléfono y fax. El número y denominación delos sobres se determinan en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares. En su interior se hará constar una relación numérica delos documentos que contienen.

11. Gastos de anuncios: Serán por cuenta del adjudicatario has-ta un máximo de 2.000 euros.

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea”: No procede.

13. En su caso, portal informático o página web donde figuren lasinformaciones relativas a la convocatoria o donde pueden consultarsey obtenerse los pliegos: http://www.madrid.org/contratospublicos

14. En su caso, sistema de notificación telemática aplicable: Noprocede.

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La Secretaria General Técnica,

Beatriz Viana Miguel.(01/1.741/09)

Consejería de SanidadResolución de 4 de mayo de 2009, por la que se hace pública convoca-

toria de procedimiento abierto, mediante criterio precio, para la ad-judicación del contrato de suministros titulado «Suministro, me-diante adquisición de diversos equipos para soporte vital destinadosal Servicio de Urgencias del Hospital Clínico “San Carlos”: 3 lotes».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Sanidad.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrata-

ción de la Consejería de Sanidad (Secretaría General Técnica).c) Número de expediente: 2009/015.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Adquisición de diversos equipos para

soporte vital destinado al Servicio de Urgencias del HospitalClínico “San Carlos”, y cuyas características se especificanen el Pliego de Prescripciones Técnicas y sus Anexos.

b) División por lotes y número: Sí procede.— Lote 1: Desfibrilador manual bifásico con marcapasos.— Lote 2: Electrocardiógrafo.— Lote 3: Respirador de transporte.c) Lugar de entrega: Hospital Clínico “San Carlos”.d) Plazo de entrega: Desde la fecha de formalización del contra-

to hasta el 26 de julio de 2009.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma de adjudicación: Criterio único.4. Presupuesto base de licitación:— Importe total: 154.500 euros (IVA incluido).— Valor estimado del contrato: 144.392,52 euros (excluido IVA).5. Garantía provisional: No procede.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Servicio de Contratación de la Consejería de Sanidad.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29, planta primera.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Teléfonos: 914 265 611/915 867 681.e) Telefax: 915 867 684.f) Fecha límite de obtención del documento: 5 de junio de 2009.7. Requisitos específicos del contratista:— Acreditación de la solvencia económica y financiera: Los li-

citadores deberán acreditar una cifra de negocios global y desuministros en cada uno de los tres últimos ejercicios fiscalesigual o superior al presupuesto máximo de licitación.

— Acreditación de la solvencia técnica y profesional:� Descripción de los equipos a suministrar: Catálogos des-

criptivos donde se puedan verificar cada una de las especi-ficaciones técnicas mínimas incluidas en el pliego.

� Certificados expedidos por los institutos o servicios oficia-les encargados del control de calidad, de competencia reco-nocida, que acrediten la conformidad de productos perfec-tamente detallada mediante referencias a determinadasespecificaciones o normas.

8. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día 5

de junio de 2009.b) Documentación a presentar: La indicada en el Pliego de Cláu-

sulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Registro General de la Consejería de Sanidadde la Comunidad de Madrid.

2.o Domicilio: Calle Aduana, número 29, planta baja.3.o Localidad y código postal: 28013 Madrid.4.o Horario: De nueve a catorce.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Quince días.

e) Admisión de variantes: No procede.f) En su caso, número previsto (o número máximo y mínimo)

de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas(procedimiento restringido): No procede.

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Sanidad.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Fecha: 15 de junio de 2009.e) Hora: A las doce.

Page 70: I. COMUNIDAD DE MADRID · Pág. 4 JUEVES 21 DE MAYO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 119 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 1675

JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 73

10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán endos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le re-presente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos elnúmero de referencia y la denominación del contrato, el nombrey apellidos del licitador o razón social de la empresa y su corres-pondiente NIF o CIF, dirección, teléfono y fax. El número y de-nominación de los sobres se determinan en el Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares. En el interior de cada sobre se haráconstar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéri-camente.

11. Gastos de anuncios: Serán por cuenta del adjudicatario has-ta un máximo de 2.000 euros.

12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la UniónEuropea”: No procede.

13. Portal informático o página web donde figuren las infor-maciones relativas a la convocatoria o donde pueden consultar-se y obtenerse los pliegos: http://www.madrid.org/contratospu-blicos

14. Sistema de notificación telemática aplicable: No procede.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La Secretaria General Técnica,

Beatriz Viana Miguel.(01/1.742/09)

Consejería de SanidadResolución de 4 de mayo de 2009, por la que se hace pública con-

vocatoria de procedimiento abierto, con criterio precio, para laadjudicación del contrato de suministros titulado «Suministromediante adquisición de diverso equipamiento de oftalmologíadestinado al Servicio de Urgencias del Hospital Clínico “San Car-los”: 4 lotes».

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Sanidad.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrata-

ción de la Consejería de Sanidad (Secretaría General Técnica).c) Número de expediente: 09/016.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Adquisición de diverso equipamiento

de oftalmología destinado al Servicio de Urgencias del Hos-pital Clínico “San Carlos”, y cuyas características se especi-fican en el Pliego de Prescripciones Técnicas y sus Anexos.

b) División por lotes y número: Sí procede.— Lote 1: Lámpara de hendidura.— Lote 2: Oftalmoscopio y otoscopio mural, oftalmoscopio y

otoscopio portátil, oftalmoscopio indirecto.— Lote 3: Optotipo y tonómetro.— Lote 4: Queratómetro/refractómetro.c) Lugar de entrega: Hospital Clínico “San Carlos”.d) Plazo de entrega: Desde la fecha de formalización del contra-

to hasta el 26 de julio de 2009.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma de adjudicación: Criterio precio.4. Presupuesto base de licitación:— Importe total: 55.600 euros (IVA incluido).— Valor estimado del contrato: 51.962,62 euros (excluido IVA).5. Garantía provisional: No procede.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Servicio de Contratación de la Consejería de Sanidad.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29, planta primera.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Teléfono: 915 867 284.e) Telefax: 915 867 684.f) Fecha límite de obtención del documento: 5 de junio de 2009.

7. Requisitos específicos del contratista:— Acreditación de la solvencia económica y financiera: Los li-

citadores deberán acreditar una cifra de negocios global y desuministros en cada uno de los tres últimos ejercicios fiscalesigual o superior al presupuesto máximo de licitación.

— Acreditación de la solvencia técnica y profesional:� Descripción de los equipos a suministrar: Catálogos des-

criptivos donde se puedan verificar cada una de las especi-ficaciones técnicas mínimas incluidas en el pliego.

� Certificados expedidos por los institutos o servicios oficia-les encargados del control de calidad, de competencia reco-nocida, que acrediten la conformidad de productos perfec-tamente detallada mediante referencias a determinadasespecificaciones o normas.

8. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día 5

de junio de 2009.b) Documentación a presentar: La indicada en el Pliego de Cláu-

sulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Registro General de la Consejería de Sanidadde la Comunidad de Madrid.

2.o Domicilio: Calle Aduana, número 29, planta baja.3.o Localidad y código postal: 28013 Madrid.4.o Horario: De nueve a catorce.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Quince días.

e) Admisión de variantes: No procede.f) En su caso, número previsto (o número máximo y mínimo)

de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas(procedimiento restringido): No procede.

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Sanidad.b) Domicilio: Calle Aduana, número 29.c) Localidad y código postal: 28013 Madrid.d) Fecha: 15 de junio de 2009.e) Hora: A las doce.10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en

dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le re-presente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el nú-mero de referencia y la denominación del contrato, el nombre y ape-llidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondienteNIF o CIF, dirección, teléfono y fax. El número y denominación delos sobres se determinan en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares. En el interior de cada sobre se hará constar, en hoja in-dependiente, su contenido, enunciado numéricamente.

11. Gastos de anuncios: Serán por cuenta del adjudicatario.12. Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de la Unión

Europea”: No procede.13. Portal informático o página web donde figuren las informa-

ciones relativas a la convocatoria o donde pueden obtenerse los plie-gos: http://www.madrid.org/contratospublicos

14. Sistema de notificación telemática aplicable: No procede.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 4 de mayo de 2009.—La Secretaria General Técnica,

Beatriz Viana Miguel.(01/1.739/09)

Consejería de SanidadÁREA 1 ATENCIÓN PRIMARIA

Resolución de 12 de mayo de 2009, de la Dirección-Gerencia, por laque se hace pública la licitación al contrato de servicios a adjudi-car por procedimiento abierto, mediante pluralidad de criterios,titulado «Servicio de vigilancia y seguridad en el almacén de re-cetas del Servicio Madrileño de Salud, situado en el CS “Valde-bernardo”, del Área 1 de Atención Primaria».

Page 71: I. COMUNIDAD DE MADRID · Pág. 4 JUEVES 21 DE MAYO DE 2009 B.O.C.M. Núm. 119 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 1675

JUEVES 21 DE MAYO DE 2009Pág. 74 B.O.C.M. Núm. 119

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud.b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección-Gerencia

Área 1 de Atención Primaria. Unidad Contratación Adminis-trativa.

c) Número de expediente: CP 5/2009 AP1.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: «Servicio de vigilancia y seguridad en

el almacén de recetas del Servicio Madrileño de Salud, situadoen el CS “Valdebernardo”, del Área 1 de Atención Primaria».

b) Lugar de ejecución: Ver Pliego de Prescripciones Técnicas.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma de adjudicación: Pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato:a) Presupuesto base de licitación: 155.238,95 euros (IVA incluido).b) Valor estimado del contrato (artículo 76 LCSP): 267.653,36

euros (IVA excluido).5. Garantía provisional:a) No procede.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Dirección-Gerencia Área 1 de Atención Primaria.

Servicio Madrileño de Salud.b) Domicilio: Avenida de la Albufera, número 285, segunda

planta, Contratación Administrativa.c) Localidad y código postal: 28038 Madrid.d) Teléfonos: 913 909 929 y 913 909 958.e) Fecha límite de obtención de documentación e información:

8 de junio de 2009.7. Requisitos específicos del contratista:a) Ver Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particu-

lares.8. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día

8 de junio de 2009.b) Documentación a presentar: La indicada en los Pliegos de

Cláusulas Administrativas Particulares y de PrescripcionesTécnicas.

c) Lugar de presentación:1.o Entidad: Registro General de la Dirección-Gerencia del

Área 1 de Atención Primaria.2.o Domicilio: CS “Federica Montseny”, avenida de la Albu-

fera, número 285, cuarta planta.3.o Localidad y código postal: 28038 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses desde la apertura de ofertas.

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Dirección-Gerencia Área 1 de Atención Primaria.b) Domicilio: CS “Federica Montseny”, avenida de la Albufera,

número 285, tercera planta, aula 3,21.c) Localidad: 28038 Madrid.d) Fecha: 26 de junio de 2009.e) Hora: A partir de las nueve y treinta.10. Otras informaciones: Las proposiciones se presentarán en

sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo repre-sente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el núme-ro de referencia y la denominación del contrato, el nombre y apelli-dos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIFo CIF, dirección, teléfono y fax. El número y denominación de lossobres se determinan en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares. En su interior se hará constar una relación numéricade los documentos que contienen.

11. Gastos de anuncios: Serán por cuenta del adjudicatario.12. En su caso, portal informático o página web donde figuren las

informaciones relativas a la convocatoria o donde pueden consultarsey obtenerse los pliegos: http://www.madrid.org/contratospublicos

Hágase público para general conocimiento.

Madrid, a 12 de mayo de 2009.—El Director-Gerente del Área 1de Atención Primaria, Antonio Alemany López.

(01/1.736/09)

Consejería de SanidadHOSPITAL UNIVERSITARIO “SANTA CRISTINA”

Resolución de 5 de mayo de 2009, de la Dirección-Gerencia, por laque se anuncia procedimiento abierto de suministros, mediantepluralidad de criterios. Expediente número SC10/09, “Equipospara realizar la cobertura quirúrgica”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Madrileño de Salud. Hospital Universi-

tario “Santa Cristina”.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Suministros.c) Número de expediente: SC10/09.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: “Adquisición de equipos para reali-

zar la cobertura quirúrgica”.b) División por lotes y número: Lote único.c) Lugar de ejecución: Hospital Universitario “Santa Cristina”.d) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega (meses): Veinti-

cuatro.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Criterios de adjudicación: Pluralidad de criterios de adjudicación.4. Presupuesto base de licitación:— Importe total: 421.039,265 euros.— Base imponible: 393.494,640 euros.— IVA: 27.544,625 euros.5. Garantía provisional: Sí.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Hospital Universitario “Santa Cristina”.b) Domicilio: Calle Maestro Vives, número 2.c) Localidad y código postal: 28009 Madrid.d) Teléfono: 915 574 458.e) Telefax: 915 574 459.f) Fecha límite de obtención de documentación e información: 19

de junio de 2009.7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación, en su caso (grupos, subgrupos y categoría): No

procede.b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y pro-

fesional: Ver punto 8 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Ad-ministrativas Particulares.

8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: Hasta las catorce horas del día 19

de junio de 2009.b) Documentación a presentar: La exigida en los Pliegos de

Cláusulas Administrativas Particulares y de PrescripcionesTécnicas.

c) Lugar de presentación:1.o Entidad: Hospital Universitario “Santa Cristina”. Regis-

tro General.2.o Domicilio: Calle Maestro Vives, número 2.3.o Localidad y código postal: 28009 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Dos meses.

e) Admisión de variantes: Sí. Máximo una.f) En su caso, número previsto (o números máximo y mínimo)

de empresas a las que se pretenda invitar a presentar ofertas(procedimiento restringido): ...

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Hospital Universitario “Santa Cristina”.b) Domicilio: Calle Maestro Vives, número 2.c) Localidad: 28009 Madrid.

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JUEVES 21 DE MAYO DE 2009B.O.C.M. Núm. 119 Pág. 75

d) Fecha: 16 de julio de 2009.e) Hora: A las diez.10. Otras informaciones: ...11. Gastos de anuncios: El abono de los gastos de publicidad de

este anuncio será de cuenta de las empresas adjudicatarias del contrato.12. Fecha de envío del anuncio al “Diario oficial de la Unión

Europea” (en su caso): 4 de mayo de 2009.12. En su caso, portal informático o página web donde figuren

las informaciones relativas a la convocatoria o donde pueden obte-nerse los pliegos: http://www.madrid.org/contratospublicos

Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 5 de mayo de 2009.—El Director-Gerente del Hospital

Universitario “Santa Cristina”, Miguel Ángel Andrés Molinero.(01/1.729/09)

Consejería de SanidadEMPRESA PÚBLICA HOSPITAL UNIVERSITARIO

DE FUENLABRADA

Resolución de 21 de abril de 2009, de la Dirección-Gerencia, por laque se hace pública la adjudicación definitiva de varios contratos.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ente Público Hospital Universitario de Fuenla-brada.

b) Dependencia que tramita los expedientes: Dirección Econó-mico-Financiera y de Servicios Generales.

c) Números de expedientes:

1. SP 01/09.2. SE 01/09.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato:

1. Contrato servicios públicos.2. Contrato servicios especiales.

b) Descripción del objeto:

1. Gestión de servicio público para la realización de reso-nancias magnéticas computerizadas (RMN) y tomogra-fías axiales computerizadas (TAC) en instalaciones fijaso con equipos móviles, en el Hospital Universitario deFuenlabrada.

2. Gestión de la Escuela Infantil.

c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio delicitación:

1. BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núme-ro 19, de 23 de enero de 2009.

2. BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núme-ro 27, de 2 de febrero de 2009.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Pluralidad de criterios.

4. Presupuesto base de licitación:

1. 499.950 euros.2. Canon a satisfacer, será mensual y por un importe míni-

mo de 45 euros por niño/mes escolarizado.

Base imponible:

1. 499.950 euros.2. Canon a satisfacer, será mensual y por un importe míni-

mo de 45 euros por niño/mes escolarizado.

Valor estimado del contrato:

1. 499.950 euros.2. Canon a satisfacer, será mensual y por un importe míni-

mo de 45 euros por niño/mes escolarizado.

5. Adjudicación:a) Fecha: 21 de abril de 2009.b) Contratistas:

1. Lote 1: Centro Diagnóstico “Recoleta La Milagrosa”; ylote 2: “Alliance Médical Diagnósticos, Sociedad Limi-tada Unipersonal”.

2. “Grupo Workandlife, Sociedad Limitada”.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación:

1. 488.475 euros.2. Canon a satisfacer será mensual y por un importe mínimo

de 42,24 euros por niño/mes escolarizado, IVA excluido.e) Plazo de ejecución:

1. Doce meses.2. Veinticuatro meses.

En Fuenlabrada, a 21 de abril de 2009.—El Director-Gerente delEnte Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, Carlos Sangre-gorio Yáñez.

(01/1.602/09)

Consejería de Familia y Asuntos SocialesResolución de 8 de mayo de 2009, por la que se hace pública con-

vocatoria por procedimiento abierto para la adjudicación del con-trato administrativo especial “Prestación de los servicios de intér-pretes de lengua de signos española para atención a personassordas, con discapacidad auditiva”.

1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Dependencia que tramita el expediente: Área de Contratación

(Secretaría General Técnica).c) Número de expediente: 47/2009.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: La prestación de 22.000 servicios de

intérpretes de lengua de signos española, incluidos sus des-plazamientos, para la atención de las personas sordas, condiscapacidad auditiva, en aquellas actividades comprendidasdentro del apartado 3 del artículo 6 de la Ley 27/2007, de Re-laciones con las Administraciones Públicas, que a tenor de laLey estén dentro de su ámbito competencial y para la realiza-ción de trámites o gestiones particulares de la persona sorda,con discapacidad auditiva, en el territorio de la Comunidadde Madrid.

b) Lugar de ejecución: Comunidad de Madrid.c) Plazo de ejecución: Dos años, prorrogables por períodos,

como máximo, de la misma duración, sin que la duración ini-cial del contrato más la de sus prórrogas pueda rebasar loscuatro años, ni estas prórrogas puedan superar, aislada o con-juntamente, el plazo fijado originariamente, conforme al ar-tículo 279.1 de la LCSP.

3. Tramitación y procedimiento de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto con pluralidad de criterios.4. Presupuesto base de licitación: Importe total, 731.889,14

euros (IVA incluido):a) Base imponible: 684.008,54 euros.b) IVA (7 por 100): 47.880,60 euros.5. Garantía provisional: No procede.6. Garantía definitiva: El 5 por 100 del presupuesto base de li-

citación (IVA excluido), conforme al artículo 83.3 de la LCSP.7. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Domicilio: Calle Alcalá, número 63, quinta planta.c) Localidad y código postal: 28014 Madrid.d) Teléfono: 914 206 900.e) Telefax: 914 207 118.f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 5 de

junio de 2009.

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8. Requisitos específicos del contratista: La solvencia se acredi-tará de acuerdo con el apartado 8 del Anexo I del Pliego de Cláusu-las Administrativas Particulares.

9. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: 5 de junio de 2009.b) Documentación que integrarán las ofertas: La indicada en la cláu-

sula 12 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.c) Lugar de presentación:

1.o Entidad: Registro General de la Secretaría General Téc-nica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, denueve a catorce horas.

2.o Domicilio: Calle Pedro Muñoz Seca, número 2.3.o Localidad y código postal: 28014 Madrid.

d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener suoferta: Tres meses.

10. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Consejería de Familia y Asuntos Sociales.b) Domicilio: Calle Alcalá, número 63, Salón de Actos, primera

planta.c) Localidad: 28014 Madrid.d) Fecha: 16 de junio de 2009.e) Hora: A las once.11. Gastos de anuncios: Los gastos de los anuncios serán de

cuenta de los adjudicatarios.Hágase público para general conocimiento.Madrid, a 8 de mayo de 2009.—El Secretario General Técnico,

PDF (Resolución de 13 de julio de 2007), la Jefa de Área de Contra-tación, Cristina de Juan Rodríguez.

(01/1.745/09)

Consejería de Empleo y MujerNotificación trámite de requerimiento de pago (resolución).

Don Javier Vallejo Santamaría, Director General de Trabajo, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), modi-ficada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Esta-do” del 14), hace saber a los interesados relacionados que en cum-plimiento de lo dispuesto en los artículos 24.1 y 25.3 del RealDecreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Regla-mento general sobre procedimientos para la imposición de sancio-nes por infracciones de orden social y para los expedientes liquida-torios de cuotas de la Seguridad Social (“Boletín Oficial delEstado” de 3 de junio de 1998), en relación con la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria.

Se les notifica e informa que una vez firme en vía administrativadeberán abonar la sanción impuesta dentro de los plazos estableci-dos en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ge-neral Tributaria, mediante ingreso directo en la cuenta restringidanúmero 6000517084 de “Caja Madrid”, oficina 1183, de la que es ti-tular la Comunidad de Madrid, Dirección General de Trabajo, en laque se deberá hacer constar el número de Acta de Infracción, elnombre de la empresa y el concepto de sanciones, debiendo remitirjustificante acreditativo del ingreso, en un plazo de diez días, a laSección de Sanciones de esta Dirección General de Trabajo, con do-micilio en la calle Princesa, número 5, planta baja, 28008 Madrid,para su anotación y baja como deudor de la Comunidad de Madrid.

De no abonarse la sanción dentro de dicho período voluntario seles advierte de que se procederá a su exacción por vía de apremio,con los recargos correspondientes.

Infractor: B-83574533, “Aedificum Modenes, Sociedad Limita-da”. Último domicilio: Calle Duque de Frías, número 48, 28970 Hu-manes de Madrid (Madrid). Acta: 03269/2008. Importe: 8.196euros.

Madrid, a 15 de abril de 2009.—El Director General de Trabajo,Javier Vallejo Santamaría.

(01/1.597/09)

Consejería de Empleo y MujerNotificación solicitud de informe y suspensión del procedimiento.

Don Javier Vallejo Santamaría, Director General de Trabajo, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Ofi-cial del Estado” de 27 de noviembre), hace saber a los interesados re-lacionados que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.3 delReglamento General sobre Procedimientos para la Imposición deSanciones por Infracciones de Orden Social y para los ExpedientesLiquidatorios de Cuotas de la Seguridad Social, aprobado por RealDecreto 928/1998, de 14 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 3de junio), en relación con el artículo 42.5.c) de la supracitada Ley30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del 27),en el procedimiento sancionador referenciado, se ha procedido a so-licitar informe preceptivo al Inspector de Trabajo actuante en rela-ción con el escrito de alegaciones formulado en el expediente, y, portanto, de conformidad con lo previsto en los preceptos legales cita-dos el plazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificarla Resolución queda suspendido desde esta fecha hasta la recepcióndel informe, sin que, en ningún caso, el tiempo de suspensión poresta causa pueda exceder de tres meses.

Infractora: “JBHL Sociedades de Construçoes, Lda”.CIF: I18000083. Último domicilio: Avenida Avelino Ferreira Torres,2424-4630 Marco de Canaveses (Oporto-Portugal). Acta: 5190/2008.Importe: 5.000 euros.

Madrid, a 16 de abril de 2009.—El Director General de Trabajo,Javier Vallejo Santamaría.

(03/14.806/09)

Consejería de Empleo y MujerNotificación trámite de resolución.

Don Javier Vallejo Santamaría, Director General de Trabajo, deacuerdo con lo dispuesto en el número 5 del artículo 59 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(“Boletín Oficial del Estado” del 27), modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), hace saber a losinteresados relacionados que se han dictado resoluciones sanciona-doras en los expedientes que se señalan, referenciándose el nombre orazón social, NIF o CIF, domicilio del interesado que obre en el ex-pediente, número del expediente e importe de la sanción, por enten-der esta Dirección General que la publicación íntegra de la Resolu-ción lesiona los derechos o intereses legítimos de dichos titulares, deconformidad con lo previsto en el artículo 61 del referido texto legal.El importe de las sanciones puede hacerse efectivo y dentro de losplazos señalados en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de di-ciembre, General Tributaria, mediante ingreso directo en la cuentarestringida número 6000517084, Comunidad de Madrid, DirecciónGeneral de Trabajo, abierta en la oficina 1183 de “Caja Madrid”, ha-ciendo referencia al número de expediente reseñado, al nombre de laempresa y al concepto (sanciones).

Contra dichas resoluciones, que no son firmes en vía administra-tiva, cabe interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señorConsejero de Empleo y Mujer, en el plazo de un mes, computándo-se de fecha a fecha y contándose a partir del día siguiente de esta no-tificación, conforme a lo previsto en los artículos 48.2, 107 y 114 dela citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el ar-tículo 54 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (“Bo-letín Oficial del Estado” del 8), por el que se aprueba el Texto Re-fundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social,teniendo a su disposición el expediente de referencia dentro del ci-tado plazo en la Sección de Sanciones, calle Princesa, número 5. Deno hacerse efectivo el importe de la sanción ni interponerse el recur-so pertinente, se instará su cobro por la vía ejecutiva de apremio, conlos recargos correspondientes.

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Infractora: “Construcciones Tremarpol, Sociedad Limitada”. Últi-mo domicilio: Travesía Vázquez de Mella, número 2, 28017 Madrid.Acta: 5964/2001. Importe: 0 euros.

Madrid, a 20 de abril de 2009.—El Director General de Trabajo,Javier Vallejo Santamaría.

(03/14.808/09)

Consejería de Empleo y MujerNotificación trámite de resolución.

Don Javier Vallejo Santamaría, Director General de Trabajo,de acuerdo con lo dispuesto en el número 4 del artículo 59 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (“Boletín Oficial del Estado” del 27), modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), hacesaber a los interesados relacionados que se han dictado resolucio-nes sancionadoras en los expedientes que se señalan, referencián-dose el nombre o razón social, NIF o CIF, domicilio del interesa-do que obre en el expediente, número del expediente e importe dela sanción, por entender esta Dirección General que la publica-ción íntegra de la resolución lesiona los derechos o intereses legí-timos de dichos titulares, de conformidad con lo previsto en el ar-tículo 61 del referido texto legal. El importe de las sancionespuede hacerse efectivo y dentro de los plazos señalados en el ar-tículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tribu-taria, mediante ingreso directo en la cuenta restringida número6000517084, Comunidad de Madrid, Dirección General de Tra-bajo, abierta en la oficina 1183 de “Caja Madrid”, haciendo refe-rencia al número de expediente reseñado, al nombre de la empre-sa y al concepto (Sanciones).

Contra dichas resoluciones, que no son firmes en vía administra-tiva, cabe interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señorConsejero de Empleo y Mujer, en el plazo de un mes, computándo-se de fecha a fecha y contándose a partir del día siguiente de esta no-tificación, conforme a lo previsto en los artículos 48.2, 107 y 114 dela citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el ar-tículo 54 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (“Bo-letín Oficial del Estado” del 8), por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social,teniendo a su disposición el expediente de referencia dentro del ci-tado plazo en la Sección de Sanciones, calle Princesa, número 5. Deno hacerse efectivo el importe de la sanción ni interponerse el recur-so pertinente, se instará su cobro por la vía ejecutiva de apremio, conlos recargos correspondientes.

Infractor. — Último domicilio. — Acta. — ImporteX-4327153-W. Cristian Albert Albu Georgescu. — Calle Colom-

bia, número 6 11 2, 28820 Coslada (Madrid). — 00786/2007. — 0euros.

B-45518669. Yesos Julrob, Sociedad Limitada. — Calle Borda-dos, número 5, 45638 Pepino (Toledo). — 02631/2008. — 0 euros.

B-81436818. Proydisa, Proyectos y Diseños de Arquitectura, So-ciedad Limitada. — Calle Flandes, número 23, 28230 Las Rozas deMadrid (Madrid). — 03166/2008. — 0 euros.

1898514-W. Pilar Baena Baudet. — Calle Alberto Palacios, nú-mero 33, bajo B, 28021 Madrid. — 03528/2008. — 0 euros.

B-81890014. Magic Home, Sociedad Limitada. — Calle Cerceta,número 28, 28023 Madrid. — 03719/2008. — 0 euros.

B-84261692. Obras y Mantenimiento y Construcción Madrid,Sociedad Limitada. — Calle Jorge Juan, número 118, 28028 Ma-drid. — 03984/2008. — 0 euros.

B-85157725. Estudios Constructivos de Ávila, Sociedad Limita-da. — Calle Alcalá, número 211, 28028 Madrid. — 04051/2008. —0 euros.

B-84900513. Marcosur Rayser, Sociedad Limitada. — Calle Pi-larica, número 7 3, 28026 Madrid. — 04063/2008. — 2.046 euros.

A-28881514. Travertino, Sociedad Anónima. — Calle Almería,número 27, 28970 Humanes de Madrid (Madrid). — 04076/2008. —26.000 euros.

B-78248101. Anticorrosivos, Sociedad Limitada. — Calle Toreno,número 20, 28947 Fuenlabrada (Madrid). — 04256/2008. — 30.000euros.

B-84294669. Slaviane Media Group, Sociedad Limitada. — Ca-lle Enrique Granados, número 19, 28290 Las Rozas de Madrid (Ma-drid). — 04389/2008. — 6.251 euros.

A-79897906. Tribuneshop, Sociedad Anónima. — Calle Metal,número 7, 28918 Leganés (Madrid). — 04495/2008. — 12.000euros.

A-28119121. Bobes, Sociedad Anónima. — Calle Fuente delToro, sin número, 28710 El Molar (Madrid). — 04533/2008. —9.000 euros.

A-63376305. Dectron Pro, Sociedad Anónima. — Polígono “LaGarza” II, nave 28, 28110 Algete (Madrid). — 04542/2008. —12.000 euros.

B-83793489. Nisola Estructuras, Sociedad Limitada. — CaminoPuente Viejo polígono industrial “Robles”, número 47, 28500 Ar-ganda del Rey (Madrid). — 04608/2008. — 0 euros.

A-28515724. Uicesa Obras y Construcciones, Sociedad Anóni-ma. — Calle Arturo Soria, número 336, 28033 Madrid. —04608/2008. — 0 euros.

B-81654246. Distribución Productos Textiles Espec. Disprotex,Sociedad Limitada. — Calle Valderribas, número 59, 28007 Ma-drid. — 04610/2008. — 4.092 euros.

B-81654246. Distribución Productos Textiles Espec. Disprotex,Sociedad Limitada. — Calle Valderribas, número 59, 28007 Ma-drid. — 04611/2008. — 6.877 euros.

B-84256270. Construcciones Minkorca-Well, Sociedad Limita-da. — Calle San Roque, número 7, 28864 Ajalvir (Madrid). —04653/2008. — 5.000 euros.

B-84390962. Ferguel Obras y Construcciones, Sociedad Limita-da. — Calle Gutiérrez Canales, número 5, 28022 Madrid. —04667/2008. — 6.000 euros.

B-84799022. Becasi Control y Mantenimiento, Sociedad Limita-da. — Calle Diego de León, número 21, 28700 San Sebastián de losReyes (Madrid). — 04962/2008. — 626 euros.

5261784-M. Agustín del Espino Esteban Fernández. — CalleLuis Rodríguez Quevedo, número 3, 28460 Los Molinos (Ma-drid). — 05013/2008. — 0 euros.

B-84686724. Arif. Tratamientos, Sociedad Limitada. — AvenidaDoctor Mendiguchia Carriche, número 26, primero B, 28913 Lega-nés (Madrid). — 05022/2008. — 11.000 euros.

B-84902543. Cervecerías de Aquí a la Cama, Sociedad Limita-da. — Calle Alcalá, número 414 (centro comercial “Alcalá Norte”),28027 Madrid. — 05056/2008. — 20.000 euros.

E-83476838. Cubiertas de Pizarra CME, Comunidad de Bie-nes. — Calle San José, 3 2, segundo A, 28400 Collado Villalba (Ma-drid). — 05138/2008. — 0 euros.

B-82184797. Procoforma, Sociedad Limitada. — Carretera Alca-lá-Daganzo, polígono “Galiana” kilómetro 5,2, sin número, 28806Alcalá de Henares (Madrid). — 05165/2008. — 0 euros.

A-28831659. Gamma Proyectos y Construcciones, SociedadAnónima. — Calle Capitán Haya, número 7, séptimo D, 28020 Ma-drid. — 05205/2008. — 626 euros.

B-84986777. Martimi Construcciones, Sociedad Limitada. — CalleJulia Sola, número 3 3, 28021 Madrid. — 05392/2008. — 626 euros.

B-84986777 Martimi Construcciones, Sociedad Limitada. — CalleJulia Sola, número 3 3, 28021 Madrid. — 05393/2008. — 626 euros.

Madrid, a 20 de abril de 2009.—El Director General de Trabajo,Javier Vallejo Santamaría.

(01/1.598/09)