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Honorable Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra Por cuanto el Honorable Concejo Municipal Ha sancionado la siguiente: Sra. Maria Desiree Bravo Monasterio PRESIDENT A DEL HONORABLE CONCElO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA A los fines del articulo 12 numeral 4) de la Ley de MunicipaIidades 2028, se remite desde el Ejecutivo Municipal con I-Ioja de Ruta N° 167/2011 firmado por el lng. Percy Fernandez Anez AkaldeMunicipal, solicitando en cumpIimiento a 10 previsto en el articulo 5 inciso i) del Reglamento lnterno del Concejo Municipal, la solicitud de amHisis y aprobaci6n del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el "REGLAMENTO DE CONCESION PARA EL usa DE PUESTOS DE VENTA EN LOS MERCADOS MUNICIPALES DE I"A CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA", por 10 que corresponde proceder conforme a 10 sefialado en el articulo 61 del Reglamento Interno del Concejo Municipal para su tratamiento y aprobaci6n. Que, el objetivo de este Reglamento, es de regular, normar y establecer requisitos y procedimientos para la concesi6n de uso de los puestos de venta dentro de los mercados municipales de Santa Cruz de la Sierra, establecer causales y procedimientos para la reversi6n y su proceso sancionador, el mismo que ha sido considerado y consensuado con las unidades involucradas. Que, la Constituci6n Polltica del Estado Plurinacional, establece que el Gobierno Municipal esta constituido por un C011(~ejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa, siendo electos de manera directa mediante sufragio universal; tiene un Organo Ejecutivo, presidido por la alcaldesa 0 el alcalde. Que, segun la Constituci6n Polftica del Estado, toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria 0 a cualquier actividad econ6mica licita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo, siendo competencias excIusivas de los gobiernos municipales autonomos, en su jurisdiccion: Planificar y promover el desarrollo humano, dictar Politicas que gar antic en la defensa de los consumidores y usuarios en el ambito municipal. Que, la Ley N° 2028 de Municipalidades establece que el Concejo Municipal es la maxima autoridad del Gobierno Municipal, teniendo como una de sus atribuciones el de dictar y aprobar Ordenanzas como normas generales del Municipio y Resoluciones de orden interno y Administrativo del propio Concejo, decIara esta ley que son bienes de dominio publico, todos aqueLIos inmuebles destinados a la administracion municipal y a la prestacion de un servicio publico municipal y que el Gobierno Municipal podra otorgar concesiones de uso y disfrute de bienes de dorninio pllblico, con caracter estrictamente temporal, las cuales no podran exceder de treinta (30) ai\os, de acuerdo con un Reglamento Especial. Que, la Ley Marco de Auton.omias y Descentralizaci6n define a la autonomia como la cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la Constituci6n Politica del Estado y la presente ley, la eleccion directa de sus a,uto ..ridades por .las ciudadanas y los ciuda~ano~, la administraci~m ~ , de sus recursos economlCOS y el eJerclclo de facuItades leglslativa, reglamentana, {)l fiscalizadora y ejecutiva por sus organos de gobierno autonomo, en el ambito de su Telf.: 333-8596/333-2783/333-4338 _ Fax: 371-5508 _ CasilIa: 2729 _ www.concejomunicipalscz.gob.bo Calle Sucre Esq. Chuquisaca NalOO - Santa Cruz de la Sierra - Bolivia ANTA RUZ SoMosTODOS

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Honorable Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra

Por cuanto el Honorable Concejo MunicipalHa sancionado la siguiente:

Sra. Maria Desiree Bravo MonasterioPRESIDENT A DEL HONORABLE CONCElO MUNICIPAL

DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA

A los fines del articulo 12 numeral 4) de la Ley de MunicipaIidades N° 2028, se remitedesde el Ejecutivo Municipal con I-Ioja de Ruta N° 167/2011 firmado por el lng. PercyFernandez Anez AkaldeMunicipal, solicitando en cumpIimiento a 10 previsto en elarticulo 5 inciso i) del Reglamento lnterno del Concejo Municipal, la solicitud de amHisis yaprobaci6n del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el "REGLAMENTO DECONCESION PARA EL usa DE PUESTOS DE VENTA EN LOS MERCADOSMUNICIPALES DE I"A CIUDAD DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA", por 10 quecorresponde proceder conforme a 10 sefialado en el articulo 61 del Reglamento Interno delConcejo Municipal para su tratamiento y aprobaci6n.

Que, el objetivo de este Reglamento, es de regular, normar y establecer requisitos yprocedimientos para la concesi6n de uso de los puestos de venta dentro de los mercadosmunicipales de Santa Cruz de la Sierra, establecer causales y procedimientos para lareversi6n y su proceso sancionador, el mismo que ha sido considerado y consensuado conlas unidades involucradas.

Que, la Constituci6n Polltica del Estado Plurinacional, establece que el GobiernoMunicipal esta constituido por un C011(~ejo Municipal con facultad deliberativa,fiscalizadora y legislativa, siendo electos de manera directa mediante sufragio universal;tiene un Organo Ejecutivo, presidido por la alcaldesa 0 el alcalde.

Que, segun la Constituci6n Polftica del Estado, toda persona tiene derecho a dedicarse alcomercio, la industria 0 a cualquier actividad econ6mica licita, en condiciones que noperjudiquen al bien colectivo, siendo competencias excIusivas de los gobiernosmunicipales autonomos, en su jurisdiccion: Planificar y promover el desarrollo humano,dictar Politicas que gar antic en la defensa de los consumidores y usuarios en el ambitomunicipal.

Que, la Ley N° 2028 de Municipalidades establece que el Concejo Municipal es la maximaautoridad del Gobierno Municipal, teniendo como una de sus atribuciones el de dictar yaprobar Ordenanzas como normas generales del Municipio y Resoluciones de ordeninterno y Administrativo del propio Concejo, decIara esta ley que son bienes de dominiopublico, todos aqueLIos inmuebles destinados a la administracion municipal y a laprestacion de un servicio publico municipal y que el Gobierno Municipal podra otorgarconcesiones de uso y disfrute de bienes de dorninio pllblico, con caracter estrictamentetemporal, las cuales no podran exceder de treinta (30) ai\os, de acuerdo con unReglamento Especial.

Que, la Ley Marco de Auton.omias y Descentralizaci6n define a la autonomia como lacualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones yprocedimientos establecidos en la Constituci6n Politica del Estado y la presente ley, laeleccion directa de sus a,uto..ridades por .las ciudadanas y los ciuda~ano~, la administraci~m ~ ,de sus recursos economlCOS y el eJerclclo de facuItades leglslativa, reglamentana, {)lfiscalizadora y ejecutiva por sus organos de gobierno autonomo, en el ambito de su

Telf.: 333-8596/333-2783/333-4338 _ Fax: 371-5508 _ CasilIa: 2729 _ www.concejomunicipalscz.gob.boCalle Sucre Esq. Chuquisaca NalOO - Santa Cruz de la Sierra - Bolivia ANTA RUZ

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jurisdicci6n territorial, el gobierno aut6nomo municipal esta constituido por un ConcejoMunicipal, con faeultad deliberativa, fisealizadora y legislativa en el ambito de suscompeten.cias, siendo una de sus eompeteneias exclusivas: Promover programas deinfraesh'uctura productiva con la generaci6n de empleo digno en concordancia con el plansectorial y el plan general de desarrollo productivo y Promover complejos productivos ensu jurisdicci6n, en base al modelo de economia plural en el marco del Plan General deDesarrollo Productivo.

El Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en uso de susespecificas ah'ibuciones y eompetencias conferidas por la Constituci6n Politica del EstadoPlurinaeional, la Ley de Municipalidades y demas normas en vigencia, dicta la presente;

Articulo Primero.- Se Aprueba el REGLAMENTO DE CONCESION PARA EL usa DEPUESTOS DE VENT A EN LOS MERCADOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DESANT A CRUZ DE LA SIERRA, el cual eonsta de IX Capitulos, veintid6s articulos (22) yh'es (3) disposieiones finales h'ansitorias, cuyo texto sera parte integrante e indisoluble dela presente Ordenanza Municipal con los documentos y antecedentes adjuntos, debiendoquedar un juego completo en los arehivos del Honorable Concejo Municipal, luego rernitircopia al Ejecutivo Municipal a los fines de Ley.

Articulo Segundo.- El Ejecutivo Municipal es responsable de cumplir y haeer cumplir lapresente Ordenanza Municipal.

Es dada en la Sala de Sesiones "Andres Ibanez" del Honorable Concejo Municipal a los 8dfas del mes de abril de dos mil once anos.

POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ordenanza de esta ciudad.Santa Cruz de la Sierra 25 de Abril de 20 II,

~g. Percy Fe;nandez~i1ez "s

H. ALCALDE MUNICIPALDE SANTA CRUZ DE LA SIERRA

Telf.: 333-8596/333-2783/333-4338 _ Fax: 371-5508 _ Casilla: 2729 _ www.concejomunicipalscz,gob.boCalle Sucre Esq. Chuquisaca Nal00 - Santa Cruz de la Sierra - Bolivia

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HONORABLE CONCEJO MUNICIPALREGLAMENTO DE CONCESION PARA EL usa DE

PUESTOS DE VENTA EN LOS MERCADOS MUNICIPALESDE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ

ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

REGLAMENTO DE CONCESION PARA EL usa DE PUESTOS DE VENTAEN LOS MERCADOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE

SANTA CRUZ DE LA SIERRA

CAPITULO IDE LAS DISPOSICIONES GENERALES

El presente reglamento encuentra sus bases de justificaci6n principalmente en lossiguientes aspectos:

a) El crecimiento poblacional del Municipio de Santa Cruz de la Sierra, ha ocasionadola necesidad de incrementar la cantidad de Mercados Municipales. Debido a esto ycon la finalidad de cubrir las necesidades de la poblaci6n en cuanto a la provisi6nde los productos basicos que componen la canasta familiar y afines, se ha elaboradoel presente reglamento, que consta de IX Capitulos, 22 Articulos, que enumeran lasNormas Legales, tecnicas y los procedimientos relativos a la concesi6n, control,fiscalizaci6n y los procesos de reversi6n y sanci6n en el uso de puestos de venta,regulando de esta forma el accionar dentro de los Mercados Municipales de SantaCruz de la Sierra.

b) Las Concesiones Municipales Onerosas de acuerdo a la Ordenanza Municipal N°053/2001, son realizadas mediante licitaci6n publica; sin embargo, el articulo 175,inciso a) y b); del Decreto Supremo 181 de las NB- SABS, sefiala que: "se encuentranfuera del alcance de la presentes NB-SABS: a) los bienes de dominio publico; b) losbienes de dominio publico y patrimonio institucional regulados en el articulo 86 dela Ley N° 2028, de 28 de octubre de 1999, de Municipalidades; c) 10s bienesdestinados a la prestaci6n de un servicio publico" .

c) El articulo 87, de la Ley N° 2028 de Municipalidades, sefiala que: 1/ el GobiernoMunicipal podra otorgar concesiones de uso y disfrute de bienes de dominiopublico, con caracter estrictamente temporal, las cuales no poman exceder de 30mos, de acuerdo con un reglamento especial". Por 10 tanto, el presente reglamentonormara de manera espedfica la concesi6n de uso de puestos de venta en losmercados municipales de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

Este documento es contro/ado por e/ Gobierno Municipa/ Aut6nomo de Santa Cruz de /a Sierra; su modificaci6n se encuentra regu/ada segunprocedimientos internos y su vigencia es valida a/ momenta de su aprobaci6n.

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PUESTOS DE VENT A EN LOS MERCADOS MUNICIPALESDE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ

ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 05012011DE 8 DE ABRIL DE 2011

d) Los Mercados Municipales, tanto los elementos de uso comtm como los puestos deventas, son bienes de dominio municipal, afectos al servicio publico y por 10 tantosenin inalienables, inembargables e imprescriptib1es, conforme a 10 dispuesto en lalegislaci6n vigente

E1 objeto del presente Reglamento, es de regular, normal' y estab1ecer requisitos yprocedimientos para la concesi6n de uso de 105puestos de venta dentro de 10snuevosMercados Municipales de Santa Cruz de la Sierra, sean estos vecinales 0 distritales;asimismo, establecer causales y procedimientos para la reversi6n de los puestos deventa de dichos Mercados Municipales, como asi tambien su proceso sancionador.

El presente reglamento sera aplicado a 10s nuevos Mercados Municipales Distritales yVecinales, de la jurisdicci6n del Municipio de 1aciudad de Santa Cruz de 1aSierra.

ARTICULO 4. (MARCO LEGAL).-

III Constituci6n Politica del Estado promulgada e107 de febrero de 2009;III Ley N° 2028 de Municipalidades, de 28 de octubre de 1999;III Ley N° 031 Marco de Autonomia y Descenb~alizaci6n de fecha 19 de julio de

2010.III Ley N° 1178 de Administraci6n y Control Gubelnamentales (SAFCO) de fecha

20 de julio del ano 1990;II Ley N° 2027 del Estatuto del Funcionario Publico de fecha 27 de octubre del ano

1999;III Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo de fecha 23 de abril del ano 2002

y su Reglamentaci6n aplicable;• Ley N° 1333 de Medio Ambiente de fecha 27 de abril de 1992;III Decretos Supremo 181, Normas Basicas del Sistema de Administraci6n de

Bienes y Servicios.

Este doc~mento es contra/ado. par ~I Gobi?~na Municipal Aut6noma de Santa Cruz de /a Sierra; su modificaci6n se encuentra regu/ada segt1nprocedlmlentas mtemos y su vlgencla es valIda al momenta de su aprobaci6n.

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PUESTOS DE VENTA EN LOS MERCADOS MUNICIPALESDE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ

ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

• Reglamentos Ambientales Municipales (RAM) y otras Leyes conexas;• Codigo de Salud aprobado par Decreto Ley N° 15629 de fecha 18 de Julio de

1978;• Codigo de Urbanismo y Obras y otras Normas conexas;• Ordenanza Municipal N° 040/2001;• Ordenanza Municipal N° 030/2001;• Ordenanza Municipal N° 053/2001;• Ordenanza Municipal N° 043/2006;• Ordenanza Municipal N° 056/2007;• Ordenanza Municipal N° 067/2009;• Ordenanza Municipal N° 88/2009;• Ordenanza Municipal N° 059/2010;IIJ Ordenanza Municipal N° 105/2010;• Otras normativas legalmente aplicables.

ARTICULO 5. (AMBITO DE APLICACION).-

Las Disposiciones contenidas en el presente Reglamento, seran aplicadasobligatoriamente para toda persona natural dedicada a la actividad comercial quesolicite un puesto de venta; asi como tambien, para la Oficialia Mayor dePlanificacion, Oficialia Mayor de Defensa Ciudadana, Secretaria de Recaudaciones yGestion Catastral y demas dependencias municipales que intervengan en el proceso deconcesion, conh'ol, fiscalizaci6n, sancion y reversion del uso de 10spuestos de venta en10s Mercados Municipales de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

El presente Reglamento debera ser revisado y actualizado, cuando exista la necesidady cuando se modifique alguna normativa que afecte el presente Reglamento. Estarevision y actualizacion debera realizarse por una comisi6n compuesta por servidorespublicos de la Direccion de Organizacion, Metodos y Tecnologia dependiente de laOficialia Mayor de Administracion y Finanzas, la Oficialia Mayor de Planificaci6n encoordinaci6n con la Oficialia Mayor de Defensa Ciudadana y la Secretaria deRecaudaciones y Gestion Catastral, u otras instancias municipales que tengancompetencias para este fin.

Este documento es contralado por el Gobiemo Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segt1npracedimientas internos y su vigencia es valida al momenta de su aprobaci6n.

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PUESTOS DE VENTA EN LOS MERCADOS MUNICIPALESDE LA CIUDAD DE SANTACRUZ

ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

Las modificaciones y/0 actualizaciones, al presente reglamento, deberan ser elevadaspara consideraci6n y aprobaci6n de la Maxima Autoridad Ejecutiva y del HonorableConcejo Municipal.

Para efectos del presente documento, tienen validez las siguientes siglas ydefiniciones:

MAE: Maxima Autoridad Ejecutiva del Gobierno Municipal.

OMDC: Oficialia Mayor de Defensa Ciudadana, dependiente del GobiernoMunicipal Aut6nomo de Santa Cruz de 1aSierra.

OMP: Oficialia Mayor de Planificaci6n, dependiente del Gobierno MunicipalAut6nomo de Santa Cruz de la Sierra.

Concesi6n: Privilegio que otorga el concedente a favor de terceros, para pres tar unservicio de C31'acterpublico.

Concedente: Es el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, quien tiene lapropiedad a dominio de los mercados municipales.

Concesionario: Es la persona que se beneficia con 1acancesi6n del usa de UN puestode venta para realizar una actividad comercial permitida dentro de uno de losMercados Municipales.

Supervisor: Funcionario Municipal, design.ado para hacer cumplir las normativas yprocedimientos vigentes para el control y fiscalizaci6n dentro de los MercadosMunicipales.

Fiscal de la Concesi6n: Funcionario Municipal, designado para hacer cumplir el buenfuncionamiento de la administraci6n de acuerdo al contrato de concesi6n establecidopara los Mercados Municipales.

============~==~=========- ===============~=-Este d~c~mento. es cantralada. par ~I Gabi~mo Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modirieacion se encuentra regulada segunpracedlmlentas mtemas y su vigencia es valida al momenta de su aprobaci6n.

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PUESTOS DE VENTA EN LOS MERCADOS MUNICIPALESDE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ

ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

Uso de puesto de venta: Acdon en la cual el Concesionario mediante la concesi6n delGobierno Municipal, hace efectivo su derecho de uso a realizar una actividadcomercial determinada y bajo ciertas condiciones, dentro del Mercado Municipal.

Ficha Administrativa: Es el documento en el cual se insertan los datos del solicitante

Ficha Tecnica: Documento emitido por la Oficialia Mayor de Planificacion,dependiente del Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra, en el quesefiala las caracteristicas, ubicaci6n, rubro y zonificaci6n dentro de los MercadosMunicipales.

Contrato de Concesi6n de Uso: Instrumento legal de naturaleza administrativa queregula la relaci6n contractual, enh'e el concedente y el concesionario, estableciendoderechos, obligaciones y condiciones.

Abandono: Es cuando el concesionario para el uso del puesto de venta, se retira delmismo de forma voluntaria e injustificada.

Patente: Hecho generadar en el usa 0 aprovechamiento de bienes de dominio publico,as! como la obtenci6n de autorizaciones para la realizaci6n de actividades econ6micas.

Licencia de funcionamiento: Certificaci6n que autoriza la realizaci6n de una actividadeconomical emitida por autoridad competente.

Reversi6n del Puesto de Venta: Proceso administrativo por el cual el GobiemoMunicipal, revierte la concesion de uso del puesto de venta asignado.

Mercado Municipal: Bien imnueble de propiedad y dominio del Gobierno MmricipalAutonomo de Santa Cruz de la Sierra, que funciona como cenh'o de abastecimiento dela canasta familiar de acuerdo a norm as vigentes.

Mercado Municipal Distl"ital: Bien inmueble de propiedad y dominio del GobiemoMunicipal Autonomo de Santa Cruz de la Sierra, que funciona como centro deabastecimiento de la canasta familiar que cuenta con una cantidad mayor a seiscientospuestos.

Este documento es contro/ado por e/ Gobierno Municipa/ Aut6nomo de Santa Cruz de /a Sierra; su modificaci6n se encuentra regu/ada segl1nprocedimientos internos y su vigencia es wilida a/ momenta de su aprobaci6n.

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ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

Mercado Municipal Vednal: Bien inmueble de propiedad y dominio del GobiernoMunicipal Autonomo de Santa Cruz de la Sierra, que funciona como centro deabastecimiento de la canasta familiar que cuenta con una cantidad menor 0 igual aseiscientos puestos.

Puesto de Venta: Area determinada dentro de un Mercado Municipal, para realizaruna actividad comercial autorizada y asignada por el Gobierno Municipal Aut6nomode Santa.Cruz de la Sierra.

Zonificaci6n Intema: Planificacion ffsica de distribucion de los puestos de venta poractividad comercial para el buen funcionamiento del Mercado Municipal.

Areas Comunes: Espacios destinados al uso comlin de los concesionarios y del publicoen general que asistan al Mercado Municipal.

Desdoble: Exposicion de mercaderia y/0 productos, fuera del area asignada.

Servicios Higienicos Pliblicos: Banos Higienicos ptlblicos.

Limpieza de Puesto de Venta: Acci6n de eliminar la tierra, residuos de alimentos,suciedad, grasas y otras rnaterias similares.

Contenedor: Recipiente en el que se depositan 10s residuos s6lidos, para sualmacenamiento temporal 0 para su h'ansporte.

Generador de Residuos S6lidos: Toda persona natural 0 colectiva, publica 0 privada,que como resultado de sus actividades produzca residuos s6lidos.

Residuos S6lidos: Materiales generados en los procesos de exh'acci6n, beneficio,transformaci6n, producci6n, consumo, utilizaci6n, control, reparacion, b:atamiento,cuya calidad no permite usarlos previamente en los procesos que los genero, quepueden ser objeto de tratamiento y/0 reciclaje.

Reciclaje: Proceso que sufre un material 0 producto para ser reincorporado a un ciclode produccion 0 de consumo, ya sea el mismo en que fue generado U otro diferente.

Este doc~mento. es controlado por el Gobi~rno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segunprocedlmlentos mternos y su vigencia es valida aJ momenta de su aprobaci6n.

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ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

Recolecci6n: Acci6n de recoger y trasladar los residuos generados al equipo destinadoa transportarlos alas instalaciones de almacenamiento, transferencia, tratamiento,reuso, 0 a los sitios de disposici6n final.

Separaci6n de Residuos: Acci6n de separar los residuos organicos (restos de £rutas,verduras y otros), e inorganicos (plasticos, cartones y otros), de acuerdo a su tipo ynaturaleza.

Disposici6n Inidal Selectiva: Acci6n realizada pOl' el generador, por el cual losresiduos s6lidos urban OS,son puestos a disposici6n del operador de aseo urbano, 0 enlugares establecidos par el Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra.

Recolecd6n Diferenciada: Actividad consistente en recoger aquellos residuos s6lidosurbanos separados y la carga de los mismos, en vehiculos recolectores para dicho fin.

CAPITULO IICOMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES MUNICIPALES

En el marco de 10 establecido en el Articulo 12 numeral. 4, Articulo. 20,21,86 Y87 dela Ley de Municipalidades y el C6digo de Urbanismo y Obras, el Gobierno MunicipalAutonomo de Santa Cruz de la Sierra, a traves del Concejo Municipal, es la entidad dederecho p(lblico con atribuciones y competencias para establecer medianteOrdenanzas, los derechos y obligaciones de los ciudadanos que habitan en sujurisdicci6n territorial y a1 mismo tiempo exigir el cumplimiento de las mismasmediante acciones y sanciones legales que correspondan.

ARTICULO 9. (ATRIBUCIONES MUNICIP ALES).-

El Alcalde Municipal, suscribira el contrato de concesi6n para el Uso de los Puestos deVentas dentro de los Mercados Municipales.

Mientras no se cree la Unidad especializada, la Oficialia Mayor de Planificad6n es lainstancia competente para realizar el proceso de concesi6n del puesto de ventaasignado, atender el proceso administrativo desde su inicio hasta su finalizacion, esdecir que entre sus atribuciones, redbira las solicitudes y verificara los requisitos,

Este documento es contra/ado por el Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regu/ada segunpracedimientos internos y su vigencia es valida al momenta de su aprabaci6n.

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ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

velara por los procedimientos exigidos para concesionar el uso de puestos de venta.Asimismo sera encargado de realizar el proceso de reversi6n hasta su finalizaci6n,previo informe de la Ofidalfa Mayor de Defensa Ciudadana.

La Oficialfa Mayor de Defensa Ciudadana es la instancia competente de efectuar lasacciones de prevenci6n, fiscalizaci6n, control en espacio publico de mercados, asicomo las acciones coercitivas.

La Secretaria de Recaudaciones y Gesti6n Catastral, es la encargada de la emisi6n deLicencia de Funcionamiento, los cobros de tasas, patentes, multas, sanciones y demasingresos aprobados, segun normativa vigente.

La Direcci6n de Medio Ambiente, es la encargada de coadyuvar con 10srequerimientos exigidos para la tramitaci6n de la ficha 0 manifiesto ambiental y demasareas de su competencia.

EMACRUZ, es la entidad encargada de velar poria gesti6n de residuos s6lidosgenerados en los mercados municipales, a traves de la capacitaci6n y dotaci6n demateriales necesarios para dicho fin.

Otras instancias municipales, que legalmente tengan competencias para intervenir enlos procedimientos del presente Reglamento.

CAPITULO IIIDERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO

ARTICULO 10. (DERECHO DEL CONCESIONARIO DEL usa DEL PUlESTO DEVENTA).-

EI Concesionario, tiene el derecho a ejercer publicamente el uso del puesto de ventaque Ie fuera concesionado, en el horario establecido en el Mercado Municipal ycumpliendo la normativa municipal vigente.

ARTICULO 11. (OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO DEL usa DELPUESTO DE VENTA).-

El Concesionario tiene las siguientes obligaciones:

Este documento es controlado par el Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segl1nprocedimientos internos y su vigencia es valida al momenta de su aprobaci6n.

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GOBIERNO MUNICIPAL

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ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

a) Cumplir con 10srequisitos exigidos par el Gobierno Municipal de Santa Cruz de laSierra, para uso del puesto de venta.

b) Conservar y mantener en 6ptimas condiciones de funcionamiento y de limpieza lainfraestructura y sus accesorios dentro del puesto de venta.

c) Limpiar diariamente el puesto de venta asignado, utilizando para ello el materialy los productos necesarios y legalmente autorizados por las instanciascompetentes.

d) Reponer accesorios (cambio de focos, grifos, y otros) en el interior del puesto deventa.

e) Vestir de manera correcta y aseada (contar con uniforme completo, mandil, gorro,de acuerdo al rubro al que pertenece) y conforme alas normas legales vigentes.

f) Mantener los puestos de venta limpios, libres de residuos y en perfectascondiciones de orden e higiene, en cumplimiento a 10 establecido en la OrdenanzaMunicipal No.043/2006 de fecha 11 de julio del ano 2006;

g) Separar la basura, en residuos s6lidos de organic os e inorganicos; haciendo usoefectivo de los sitios de disposici6n inicial selectiva y los contenedores dealmacenamiento final.

h) Atender obligatoriamente a los dientes con la debida amabilidad y respeto en loshorarios que Ie sean establecidos.

i) Facilitar los datos que Ie solicite el supervisor del Mercado Municipal.j) Coadyuvar en el mantenimiento de la Iimpieza de las areas comunes dentro del

Mercado Municipal.k) Cancelar anualmente la patente de funcionamiento.1) Cancelar mensualmente los servicios basicos, de limpieza y mantenimiento del

centro de abastecimiento.m) Disponer de balanzas calibradas y certifi(adas por el Gobierno Municipal

Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra.n) Cumplir el horario de funcionamiento establecido por el Gobierno Municipal.0) Cumplir con todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el presente

Reglamento y demas normas emitidas par el Gobierno Municipal Aut6nomo deSanta. Cruz de la Sierra.

Este d~cumento. es controlado por el Gobi~rno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segunprocedlmlentos mternos y su vigencia es valtda al momento de su aprobaci6n.

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ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

CAPITULO IVPROHIBICIONES

ARTICULO 12. (PROHIBICIONES).-

a) Se asiente en lugares no autorizados.b) No cumpla con 10establecido en el contra to de concesion de uso.e) Realiee sus necesidades fisiologicas dentro del puesto de venta.d) Venda otros productos diferentes al rubro autorizado en el puesto de venta

asignado.e) Expenda y consuma bebidas alcoholicas en 10s puestos de venta y/0 en el interior

del mercado municipalf) Realice desdoble en los puestos de venta.g) Utilice 105 puestos de venta como deposito de mercaderia.h) Cambiar de ruhro.i) Altere el orden publico.n Disponer 0 colocar 10s residuos solidos 0 basura fuera de los basureros y

contenedores correspondientes.k) Mezc1ar los tipos de residuos solidos en un mismo contenedor 0 area.1) No respete el horario normado para la carga y descarga de productos.m)Coloque publiddad en 105 puestos de venta de los mere ados municipales.n) Borrar 0 alterar la numeracion de 10spuestos de venta.0) Y las demas prohibiciones que la normativa Municipal establezca.

CAPITULO VDE LOS PUESTOS DE VENTA

ARTICULO 13. (DE LOS PUESTOS DE VENTA).-

El concesionario del Puesto de Venta y su conyuge dentro de un Mercado Municipal,no podni solicitar ni contar con el uso de un segundo puesto de venta, en ningun otroMercado Municipal de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

------================Este documento es contralado por el Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segt1nprocedimientos internos y su vigencia es valida al momento de su aprabaci6n.

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HONORABLE CONCEJO MUNICIPALREGLAMENTO DE CONCESION PARA EL use DE

PUESTOS DE VENT A EN LOS MERCADOS MUNICIPALESDE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ

ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

CAPITULO VICONTROL, TIEMPO Y RENOV ACION DEL USO DE LOS PUESTO DE VENTA

ARTICULO 14. (CONTROL DEL PUESTO DE VENTA).-

La Oficialfa Mayor de Defensa Ciudadana, mediante el personal competente efectuaniinspecciones permanentes, a objeto de verificar el buen uso, conservaci6n ymantenimiento de los puestos de venta en los Mercados Municipales, as! como eldesarrollo de la actividad comercial autorizada, debiendo el concesionario de usopres tar toda la colaboraci6n necesaria. Asirnismo remitira los informescorrespondientes a la Oficialfa Mayor de Planificaci6n.

ARTICULO 15. (TIEMPO Y RENOV ACION DE LA CONCESION).-

La Concesi6n de Uso de Puesto de Venta, tendra "Lilladuraci6n de cuatro (4) mos,computable a partir de la suscripci6n del conlTato, salvo las causales de reversi6n. Unavez concluido el plazo de concesi6n para el cual fue otorgado, no se requieredeclaraci6n expresa, revirtiendose automaticamente la concesi6n a favor del GobiernoMunicipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra.

Las concesiones pod ran renovarse si el Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruzde la Sierra 10 considera conveniente a 105 h•.tereses de la sociedad, la renovaci6npodra ser por un plazo igual para el que fue otorgado originalmente, siempre quecumpla con 105 siguientes requisitos:

a) La solicitud de renovaci6n haya sido realizada par escrito dentro del mesanterior a su vencimiento.

b) Subsista la necesidad del servicioc) El objeto de la concesi6n se haya realizado en forma eficiente respeto a la

calidad, continuidad del servicio e higiene.d) Las instalaciones y equipos se encuentren en 6ptimas condiciones para la

prestaci6n del servicio.e) No existan deudas impositivas 0 par concepto de multas y sanciones por parte

del interesado al Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra.

Este documento es controlado. por ~I GObi~~no Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segunprocedlmlentos mtemos y su vigencia es valtda al momento de su aprobaci6n.

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PUESTOS DE VENTA EN LOS MERCADOS MUNICIPALESDE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ

ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

CAPITULO VIIREQUISITOS, PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS PARA LA CONCESION DE usa

DE PUESTOS DE VENTA EN MERCADOS MUNICIPALES

ARTicULO 16. (INFORMACION PREVIA).-

Los interesados deberan apersonarse a la Oficialia Mayor Plunificaci6n, a recabarinformaci6n sobre puestos de venta y rubros disponibles; asimismo, podnin registrarprovisionalmente su intenci6n de solicitud, debiendo presentar todos 10s requisitosexigidos en un plazo no mayor a diez dias habiles; vencido este plazo, la intenci6n desolicitud y registro quedaran sin efecto.

ARtiCULO 17. (REQUISITOS).-

Son requisitos indispensables, para solicitar el Usa de Puesto de Venta denh'o deMercados Municipales:

1. Ser viviente del Distrito donde se encuentre ubicado el Mercado Municipal.2. Carta de Solicitud de Concesi6n de Uso de Puesto de Venta en el Mercado

Municipal de su Distrito, dirigida a la Oficial Mayor de Planificaci6n.3. Presentar su tnimite de manera personal.4. Fotocopia de Cedula de ldentidad vigente, al momenta de presentar su solicitud,

debera exhibir el documento de identidad original.5. Certificado de registro domiciliario original extendido por la FELCC de la Polida

Nacional.6. Presentar una Declaraci6n Jurada Notariada, en el que senale que no cuenta con

otro puesto de venta en algtm mercado municipal bajo cualquier titulo.7. Presentar una certificaci6n de la Secretaria de Recaudaciones y Gesti6n Catastral,

en la que senale que no tienen cuentas 0 deudas pendientes con el GobiernoMunicipal.

8. Si el postulante es persona extranjera, debera presentar documentaci6n en la quedemuestre radicatoria permanente y/0 visa de trabajo.

9. Posterior a la asignaci6n del puesto, el solicitante tiene un tiempo de 180 diascalendario para la presentaci6n de la Licencia de Funcionamiento.

10. Presentar constancia de regisb:o Biometrico expedido poria CorteDepartamental Electoral.

Este documento es contralado por el Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segunprocedimientos internos y su vigencia es valida al momenta de su aprobaci6n.

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GOBIERNO MUNICIPAL PUESTOS DE VENT A EN LOS MERCADOS MUNICIPALES pAGINA 13 DE 17

~NTACRUZ DE LA CIUDAD DE SANTA CRUZ501\-105 TOD05

ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011DE 8 DE ABRIL DE 2011

La concesi6n de uso de puestos de venta en los mercados municipales vecinales ydistritales, se realizara de acuerdo al siguiente procedimiento:

a) La Oficialia Mayor de Planificaci6n elaborara todos los informes de ubicaci6n,datos tecnicos, ficha administrativa y otros con referenda a 105 puestos de venta decada uno de los mercados,

b) La OMP, a traves del Departamento correspondiente, verificara si el postulante 0

su c6nyuge, no posea oh'o puesto en alglm mercado municipal bajo cualquiertitulo.

c) Todas aquellas solicitudes que no cumplan con todos 105 requisitos establecidos enel articulo 17, asi como en el presente articulo 18 inciso b); seran rechazadas,debiendo hacerse conocer al solicitante el motivo del rechazo, en un plazo de 10dias habiles,

d) Todas aquellas solicitudes que cumplan con los requisitos exigidos por elDepartamento correspondiente de la OMP, procedera al llenado de la FichaAdministrativa de cumplimiento de requisitos.

e) Una vez llenada la Ficha Administrativa, se asignara el puesto de venta,adjuntando copia original de la Ficha Tecnica del Puesto de Venta y rubIO,

f) Una vez emitida la Ficha Adminish'ativa, la Oficialia Mayor de Planificaci6nelaborara la Resoluci6n Administrativa de Adjudicaci6n, que a su vez instruira laelaboraci6n del conh'ato.

g) Una vez elaborada la Resoluci6n Adminish'ativa y el Contrato, todo el expedientedebera ser evaluado por el Comite de Evaluaci6n, el cual estara conformado por elOficial Mayor de Defensa Ciudadana, Oficial Mayor de Planificaci6n, OficialMayor de Adminish'aci6n y Finanzas, Secretaria de Recaudaciones y Gesti6nCatastral 0 sus representantes desi&rnadosmediante Resoluci6n Administrativaexpresa, Este proceso no podni ser realizado en un plazo mayor a 15 dias habilesdesde su recepci6n.La OMP, remitira el Conh'ato, firmado por el Oficial "tvIayorde Defensa Ciudadana,Oficial I\layor de Planificaci6n, Oficial Mayor de Adminish'aci6n y Finanzas,Secretario de Recaudaciones y Gesti6n Catastral y el Concesionario, para firma del

Este documento es contralado por el Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segunpracedimientos internos y su vigencia es valida al momenta de su aprabaci6n.

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Senor Alcalde, adjuntando la documentacion de respaldo. Este proceso no podratener un plazo mayor a 15 dias habiles.

h) Una vez firm ado el Contra to por el Alcalde Municipal, entrara en plena vigencia yejecucion.

ARTICULO 19. (PLAZaS SUPLETORIOS).-

Dentro del presente Reglamento/ se aplicaran supletoriamente 10s plazos establecidosen el Articulo 71, del Reglamento a la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo.

CAPITULO VIII

CAUSALES PARA LA REVERSION DEL PUESTO DE VENTA YPROCEDIMIENTO PARA LA REVERSION DEL PUESTO DE VENTA

ARTICULO 20. (CAUSALES DE REVERSION) ..,

a) Cuando el concesionario del uso del puesto de venta, abandone en formacontinua, pOI' mas de 3 dias, sin justificacion, previo informe del Supervisor delmercado dependiente del Departamento de Abastecimiento de Mercados. Lasjustificaciones valederas son embarazo, enfermedad y fallecimiento hasta el tercergrado de consanguinidad de manera certificada.

b) Dar en Arrendamiento, anticresis, hipotecar, transferir 0 ceder a cualquier titulo eluso del puesto de venta concesionado.

c) El no pago de servicios basicos y de mantenimiento, por un lapso de 15 diasposteriores a la emision del aviso de cobranza.

d) IncurriI' en las faltas senaladas en el articulo 24 de la Ordenanza Municipal No.059/2010.

e) Aquellos concesionarios que incurran en agio.f) Incumplimiento al contra to fiI-mado con el Gobierno Municipal de Santa Cruz de

la Sierra.g) Destruccion, subdivision 0 modificacion de la infraestructura del puesto de venta.h) Por cambiar de rubro sin la autorizaci6n emitida poria OMDC y OMP.i) El no contar con Licencia que corresponda y el no rago de su patente annal;j) Fallecimiento del beneficiaria del usa del puesto de venta

Este d~cumento es controlado.por el Gobi~~noMunicipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segu7;procedmllentos mternos y su vigencia es valida al momenta de su aprobaci6n.

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k) Contar con otro puesto de venta en otro mercado mmucipal, en usufructo 0

similares.I) Cuando el concesionario cierre el puesto pOl' mas de diez dias discontinuos

durante una gestion anual.m) Otras causales que la norma legal mmucipal establezca.

ARTICULO 21. (PROCEDIMIENTO PARA LA REVERSION DEL usa DEPUESTO DE VENT A).-

Para la reversion del uso de Puesto de Venta, de acuerdo alas causales establecidas enal articulo 20 del presente reglamento, se efectuara el siguiente procedimiento, mismoque no debera exceder a 45 dias habiles administrativos:

a) Informe emitido pOl' el Supervisor del Mercado, 0 el emitido de oficio por elDepartamento de Abastecimiento de Mercados sobre las faltas y /0 causalescometidas por el concesionario, 0 a solicitud del admhlistrador del mercado.

b) Inspeccion pOl' el Departamento de Abastecimiento de Mercados para laverificacion de la falta cometida, quien emitira su informe correspondiente ante elOficial Mayor de la OMDC, cuya autoridad remitira clicho informe ante la OMP.

c) Con la actuadon precedente se Notificara al concesionario de uso del puesto deventa, para que este en el plazo de 20 dias posterior a la notificacion presente sudescargo a la OMP, conforme a la norma legal vigente.

d) En caso que no existiere la falta, se Ie hara conocer al concesionario la continuidadde la concesion del uso de puesto de venta, quedando sin efecto el proceso dereversion.

e) De comprobarse la faHa e infracciones senaladas en el presente reglamento,mediante Resolucion Administrativa de infracd6n emitida por el Oficial Mayor dePlanificaci6n, se notificara al infractor con la reversion del uso de puesto de venta,de forma personal, por cedula 0 mediante edicto de prensa 0 por los establecidospara este fin, para que en un plazo de 5 dias habiles administrativos, a partir deldia siguiente de su notificaci6n, proceda a desocupar el puesto.

f) Pasado 10s 5 dias habiles, posterior a la noti..ficacion con la ResolucionAdministrativa, y ejecutoriada que se encuentre esta, con la presencia de unNotario de Fe Publica, se procedera a elaborar un acta en la cual conste el retiro de10sbienes y enseres del puesto.

Este documento es contralado por el Gobiemo Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se encuentra regulada segunpracedimientos internos y su vigencia es valida al momenta de su aprobaci6n.

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SANTA CRUZ DE LA SIERRAHONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

REGLAMENTO DE CONCESION PARA EL usa DEPUESTOS DE VENT A EN LOS MERCADOS MUNICIPALES

DE LA CIUDAD DE SANTA CRUZANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/2011

DE 8 DE ABRIL DE 2011

g) Los bienes, enseres, muebles y demas articulos, retirados mediante acta notarial,seran l1evados a los depositos de la Oficialia Mayor de Defensa Ciudadana, paraque el infractor pueda apersonarse a recoger sus articulos, sin multa, teniendo unplazo de 30 dias calendario, caso contrario dichos bienes seran declaradosabandonados y donados, de acuerdo a la norma Municipal aplicable.

h) El 0 los Supervisores de Mercados, tienen la obligad6n de informarperi6dicamente por escrito de todas sus actividades realizadas a su inmediatosuperior, debiendo emitirse copia de la misma a la OMP.

CAPITULO IXSANCIONES

ARTICULO 22. (SANCIONES At INCUMPLIMIENTO DE NORMASVIGENTES).-

Las personas naturales que no cumplan 10 estipulado en la presente norma seransancionadas sin perjuicio de aplicar el C6digo Penal, el C6digo de Salud, C6digo deComercio, Codigo Civil, Ley del Medio Ambiente, sus respectivos reglamentos ydisposiciones legales conexas.

Los Servidores Publicos Municipales, que jnfrinjan las disposiciones del presenteReglamento, dara lugar ala responsabilidad por la funci6n publica prevista en la LeyN° 1178 de Administraci6n y Control Gubernamentales (SAFCO) y en el Reglamentode la Responsabilidad por la Funcion Publica, aprobado mediante Decreto SupremoN° 23318-A, Reglamento Interno de Personal del Gobierno Municipal Autonomo deSanta Cruz; y las contenidas en la Ley N° 004 del 31 de marzo del 2010, de LuchaConh-a la Corrupcion, Em-iquecimiento llicito e Investigaci6n de Fortunas "MarceloQuiroga Santa Cruz" y las demas normativas legales aplicables.

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICION PRIMERA.- (RESOLUCIONES).-

El Ejecutivo Municipal, en el marco de sus atribuciones y competencias, emitira lasresoluciones que correspondan a los fines de establecer 105 mecanismos, modalidadese insh"umentos h~cnicos y administrativos de aplicaci6n y control del presentereglamento.

Este d~c~mento. es contro/ado. por el GObi~~no Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de /a Sierra; su madificaci6n se encuentra regu/ada segunprocedmllentas mtemos y su vigencia es vaflda al momenta de su aprobaci6n.

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t~~jafj~1o~1~riinalGOBIERNO MUNICIPAL AUTONOMO DE

SANTA CRUZ DE LA SIERRAHONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

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DE 8 DE ABRIL DE 2011

E1 presente Reglamento, entrara en vigencia, una vez sea aprobado medianteOrdenanza Municipal, emitida por el Honorable Concejo Municipal, posteriorpromulgaci6n y publicaci6n conforme a ley.

DISPOSICI6NESPECIAL).-

La concesi6n de 10spuestos de venta en 105 nuevos mercados disll'itales (Los Pozos yLa Ramada), senalados en el Articulo 3° de la Ordenanza Municipal N° 06'7/2009, sesujetanin a una reglamentaci6n y procedimiento espedfico.

Este documento es contralado par el Gobierno Municipal Aut6nomo de Santa Cruz de la Sierra; su modificaci6n se e=;;;;;;;a regulada seg(m'procedimientos internos y su vigencia es valida al momento de su aprobaci6n.