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Herramienta 13 Definición de instrumentos legales y de planteamiento

Herramienta 13 Definición de instrumentos legales y de ... · Objetivo y herramientas del plan 2.1.Objetivo ... previsión de instrumentos operacionales ... los manuales se han planteado

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Herramienta 13Definición de instrumentos legales y de planteamiento

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Herramienta 13Definición de instrumentos legales y de planteamiento

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamiento

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Hacia un plan urbanístico de rehabilitación integral. Estrategias para la intervención en enclaves tradicionales

Oriol CUSIDÓArquitectotaller 9s arquitectes, BarcelonaEspaña

0. Introducción

El presente documento pretende explicar de forma sintética laelaboración y contenido de un Plan Urbanístico (en adelante PU)que tenga como objeto la rehabilitación y revitalización de unazona de edificación tradicional. Y al mismo tiempo, estableceruna serie de recomendaciones sobre los cuales puedeestructurarse el Plan, siempre considerando que estos enfoquesmetodológicos no se presentan como pautas rígidas, sino comoconsideraciones de índole general, como un esquema base deayuda, que puede adecuarse en mayor o menor medida a cadacontexto local y que pretende ser un programa modelo paraestructurar el Plan urbanístico a desarrollar.Asimismo, cabe señalar, que el presente esquema de Plan seplantea básicamente para la intervención de rehabilitación encentros históricos y núcleos rurales, sin extenderse en laintervención a nivel territorial, la cual por su complejidad yparticularides, requeriría un tratamiento específico diferenciadodel que aquí se presenta, aunque muchas de las consideracionesque se plantean le sean también aplicables.

1. Antecedentes del plan urbanístico

Antes del desarrollo de la fase propositiva del Plan es importantehaber elaborado un buen documento de síntesis de todos lostrabajos y estudios realizados durante la fase de análisis. Undocumento resumen que reconozca los puntos fuertes ydisfunciones del territorio a partir de la síntesis del conjunto deestudios realizados previamente. Estos estudios previos, no deberían ser sólo de índole urbanísticay arquitectónica (estructura del territorio, superposición históricade tejidos, actuaciones urbanísticas precedentes, actividadesactuales, tipologías edificatorias y residenciales…) sino que debencontemplar también, tal y como se ha expuesto anteriormente,todos aquellos estudios de índole social (estudios demográficos,valores antropológicos…) , económica (dinámicas inmobiliarias,estructura productiva…) y ambiental (riesgos, flujos energéticos…)que tengan implicaciones con la configuración física del enclave. Esevidente que la estructura de un territorio no viene condicionadasolamente por aspectos formales, sino que las variables sociales,económicas y ambientales son sin duda determinantes.La síntesis de la diagnosis, así como el conjunto de planos que ladeben ilustrarla, conformarán la parte inicial del Plan, la parte

informativa, a partir de la cual se desarrollará la parte propositivadel Plan.

2. Objetivo y herramientas del plan

2.1.ObjetivoEl Plan urbanístico, en adelante PU, es el instrumento que proponela estrategia de transformación y modificación de la estructurafísica del enclave tradicional con tal de adaptarlo a unosrequerimientos de accesibilidad, de funcionalidad, dehabitabilidad, de calidad ambiental…adecuados a las necesidadesde hoy en día, y que por otro lado, establece las pautasnormativas para adecuar la intervención de los agentes públicosy privados para que ésta se produzca acorde con la estrategia deacción y de la manera más coherente con los valores históricos ypatrimoniales del enclave tradicional.

2.2.Contenido del PlanEl documento del PU estará integrado por un conjunto dedocumentos de diferente índole, los que llamaremos comoHERRAMIENTAS, documentos necesarios para llevar a cabo elproceso de rehabilitación urbanística del enclave tradicional demanera regulada y coherente.

1 Una Memoria, que describa la situación actual y que justifiquela necesidad de actuar y las intervenciones de diferente índolea llevar a cabo.

2 Un conjunto de Planos a diferentes escalas (planos por temas,planos síntesis…) que ilustrarán por un lado, el estado actualdel territorio, y por el otro, las características urbanísticas yestratégicas que el Plan define..

3 Una serie de Instrumentos legales para regular lasintervenciones, cuya figura principal es la Ordenanza del Plan,pero que es conveniente completar con el desarrollo de unosinstrumentos complementarios: catálogo de elementos deinterés patrimonial, normativa pasiajística, manual derehabilitación…

4 Un Estudio económico-financiero, de las intervenciones a llevara cabo, en paralelo a un conjunto de programas para serdesarrollados durante la implementación operativa del Plan,que se presentarán de manera ordenada y a ser posible con laprevisión de instrumentos operacionales (mecanismos degestión y sus correspondientes )..

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No todos los documentos del Plan que acabamos de citar tienenvalor y validez jurídica. De hecho, la regulación legal de laedificación queda limitada a los instrumentos legales y a los planosvinculados a ellos, que normalmente tampoco son la totalidad delos planos que integran el Plan.

2.2.1. MemoriaEl documento de memoria deberá estructurarse básicamente en tresbloques básicos: una justificación de la necesidad de intervención, unadescripción detallada del estado actual y de las conclusiones de ladiagnosis y una justificación de las acciones propuestas en los diferentesámbitos de acción. En un anejo se incluirán todos los estudios y lainformación gráfica y escrita que se haya recopilado y elaborado.

2.2.2. PlanosLos planos servirán para representar sobre la cartografía delterritorio tanto los resultados del análisis realizado como laspropuestas del Plan. Así pues, en el conjunto de planos del Plan serecogerán tanto los planos síntesis desarrollados durante la fasede diagnosis (los que llamamos denominamos como planos deinformación) como los planos propositivos (denominados planosde propuesta), que son los que describen las propuestas ycondiciones del planeamiento.

Planos de informaciónEn la documentación del PU se integrarán tanto los planos síntesisdesarrollados durante la fase de diagnosis como los planospropositivos, ya que los primeros son importantes a a la hora deexplicitar y exponer decisiones y muchas veces incorporan y estánestrechamente ligados a los propios planos de propuesta; unaforma de sintetizar una realidad es tomando partido por unapropuesta de acción, explicitando unas problemáticas concretaspor encima de otras.

Planos de propuestaEn el presente documento se proponen una serie de planos detipo genérico y general, que deberían completarse conproposiciones más específicas de acuerdo con la realidad de cadaactuación. El cuadro mínimo de planos de propuesta y con posiblecarácter vinculante, puede ser el siguiente

PL1 Plano síntesis del PlanPL2 Plano imagen final del territorioPL3 Plano de protección paisajísticaPL4 Plano de infraestructura de movilidadPL5 Plano de intervenciones en el espacio libre PL6 Plano de zonificación de la rehabilitación residencialPL7 Plano de parámetros edificatoriosPL8 Plano de valores patrimonialesPL9 Plano de equipamientos y dotaciones PL10 Plano de usos PL11 Plano de redes de infraestructuras PL 12 Plano de síntesis de los programa de actuación

A parte de los planos específicos de las diferentes líneasestratégicas de acción, se realizarán dos planos que sintetizarán elcontenido del Plan: un plano síntesis del Plan (PL1), donde seexpresarán de manera convencional todas las intervenciones,regulaciones y protecciones (de intervención en el espacio libre, deequipamientos, de infraestructuras, de valores patrimoniales…) yun plano de imagen final del territorio (PL2), donde serepresentará de forma clara y realista el estado final del territoriodespués de todas las operaciones. Mientras que el primero es undocumento normativo, el segundo deber hacer visible el resultadodespués del proceso de rehabilitación, siendo importante el uso derecursos gráficos y el criterio de representación para que seavistoso y explique de la manera clara el máximo de información.

La falta de alternativas ha arruinado numerosos pueblos del interior de Turquía. El Plan debe proponer estas alternativas de futuro.

Vista de Arnavutkoy (Turquia)

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A parte de estos planos básicos, pueden realizarse otros planos paraexplicar temas generales de desarrollo del Plan, como el planosíntesis de los programa de actuación (PL12), que representará sobreel territorio los programas definidos. Puede acompañarse de otroplano que explique las fases de ejecución, por ejemplo. Por último, cabe reseñar que es interesante desarrollar lacartografía de las propuestas en un sistema informático tipo SIG,para poder adaptar los planos a posibles modificaciones ovariaciones que pudieran ser introducidas en el Plan a lo largo desu aplicación

2.2.3. Instrumentos legalesLos instrumentos legales deben ordenar y normativizar la actividadrehabilitadora. Podemos distinguir tres tipos de documentoslegales: los textos normativos, las fichas normativas y losmanuales, sin considerar la mayoría de los planos anteriormentecitados con los cuales éstos se vinculan y referencian. Dentro de los textos normativos cabe reseñar por encima detodos, el texto de la Ordenanza del Plan (D1), el cual es eldocumento legal más importante y que coordina el resto de textoslegales, los cuales le son complementarios. De hechotradicionalmente muchos planes han funcionado solamente conun único texto normativo, más o menos completo y detalladosegún los casos, aunque creemos que para normativizar demanera óptima la rehabilitación de un enclave tradicional, dondehay muchas variables a considerar, es importante contar, comomínimo, con dos textos complementarios a la normativa base,como son el Catálogo (D4) y la normativa paisajística (D7). Estostextos legales complementarios también pueden ser más o menosextensos y precisos en su definición y alcance. Sin una ordenanzabásica, un mínimo catálogo de protección de elementos edificadosy una cierta normativa paisajística, difícilmente se garantizará unmínimo ordenamiento del proceso de rehabilitación.

Las fichas normativas (D2. Fichas de sectores de rehabilitaciónintegrada y D6. Fichas de sectores de interés patrimonial)completan y mejoran el contenido normativo del Plan,enriqueciéndolo, ya que sólo son desarrollables a partir de un mejorestudio y conocimiento del territorio. Los manuales (D3. Manual detransformaciones tipológicas y D6. Manual de rehabilitación), queresponden a un grado más de análisis del territorio, sirven paracompletar un marco normativo coherente con la realidad delterritorio a rehabilitar. Hasta hoy en día, los manuales se hanplanteado como simples instrumentos de apoyo, sin capacidadnormativa, y sólo para asesorar y recomendar soluciones.El conjunto de normativas descritas integran el marco normativodel Plan y no se deben entender como elementos independientes,sino como documentos parciales que deben relacionarse entre sí,completándose y complementándose, siendo coherentes unoscon los otros y referenciándose, de manera que integren un únicocorpus legal con unos mismos criterios y objetivos derehabilitación.Por último, es importante añadir, que cabe pensar las normativascomo elementos abiertos y flexibles, para nada invariables ycerrados, como es el caso del Catálogo o de las Fichas, quepuedan modificarse en el tiempo para ir adaptándose a nuevassolicitaciones y requerimientos.

2.2.4. Programas e instrumentos operacionalesLos programas tienen como objetivo organizar y ordenar laimplementación del conjunto de operaciones previstas por el Planurbanístico y que deben llevarse a cabo. Se desarrollaránprogramas de acorde con las diferentes áreas o líneas deactuación: infraestructuras, espacio libre, actuaciones de mejorade la residencia…En general cada Programa de Desarrollo de Actuaciones (PD)detallará los siguientes aspectos:

Al plantear los objetivos del Plan, es importante tener en cuenta que la gente es másimportante que las "piedras".

Moulay Idriss (Marruecos)

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1 Listado de actuaciones, especificando la superficie deactuación, la titularidad, el sistema de actuación previsto y unaevaluación provisional del coste. .

2 Fases de ejecución de las diferentes actuaciones. 3 Simulación de la financiación prevista. Es decir, de qué manera se

van a financiar las operaciones. Y en caso de operaciones públicas,que organismos e instituciones se implicarán en su desarrollo.

A parte de valorar de manera conjunta y explicitar los mecanismosde financiación del Plan, para la implementación y seguimiento delconjunto de programas es aconsejable, el Plan debe prever ydefinir, la creación de un Órgano de Gestión específico. Esteórgano gestor se encargará a la vez de coordinar y hacer uncronograma conjunto para la aplicación de todos los Programa deActuación urbanística, ya que unos dependen de los otros.

3. ESTRUCTURACIÓN METODOLÓGICA DEL PLAN

Proponemos estructurar el Plan en una serie de líneas estratégicas,en las que se centrará la reflexión y se organizarán los trabajos, ya partir de las cuales se desarrollará la elaboración de losdocumentos de propuesta, tanto los planos síntesis (P) como losdiferentes documentos normativos (D) y los programas ypropuestas de proyecto (PA, PB...). Estas líneas de actuación, quese presentan de forma separada para agilizar y ordenar lapropuesta de Plan, responden a unos objetivos y una líneaargumental necesariamente común entre ellos y se integrarán demanera sintética y 'entrelazada' en la Ordenanza y en el conjuntode documentos.Las líneas estratégicas propuestas recogen unos objetivos deacción que pueden ser más o menos comunes en los territoriostradicionales mediterráneos, aunque como es obvio y deseable, nodeben tomarse como una propuesta totalmente generalizable ydogmática, sino como un modelo de ayuda al desarrollo de unplan más adaptado a las especificidades y posibilidades cadacontexto local.

1 Aunque en el presente cuadro se enmarque en un línea estratégica concreta, enla cual tiene un papel crucial, la Ordenanza del plan recoge y coordina elconjunto de textos y documentos de índole legal del Plan..

2 Los manuales normalmente no tienen carácter vinculante a nivel legal. Aunquesería recomendable que lo pudieran tener, es preciso comentar que tampocodeben mostrarse como elementos inflexibles y definitivos

ESQUEMA DE LÍNEAS ESTRATÉGICAS, NORMAS Y PROGRAMAS

A Relación del enclave con su entorno

PA Programa de valorización paisajística territorial

B Accesibilidad y gestión de la movilidad

PB Programa de medidas de mejora de la movilidad

C Valoración de la estructura del territorio tradicional

PC Programa y directrices de intervención en el espacio libre

D Reactivación del tejido residencial

D1 Ordenanza del Plan (1)

D2 Sectores de rehabilitación integrada (fichas específicas)

D3 Manual para las transformaciones tipológicas (2)

PD1 Programa de desarrollo de los sectores de rehabilitación

integrada

PD2 Programa de fomento de la rehabilitación privada (Oficina)

E Preservación del patrimonio edificado

D4 Catálogo de edificaciones y conjuntos edificados con valor

patrimonial

D5 Sectores de interés patrimonial (fichas específicas)

D6 Manual de rehabilitación (2)

F Calidad paisajística del enclave tradicional

D7 Normativa de paisaje y protección visual

PF Programa para la mejora paisajística (Agencia)

G Planificación de funciones

PG Programa de desarrollo de equipamientos

H Mejora de las infraestructuras

PH Programa de mejora y desarrollo de infraestructuras

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Castelsardo (Cerdeña, Italia)

En núcleos aislados, es importante establecer unos mecanismos paraproteger la imagen del enclave, controlando la implantación de nuevoscrecimientos e infraestructuras.

A RELACIÓN DEL ENCLAVE CON SU ENTORNO

Descripción

Especialmente en núcleos aislados, es importante que el Plan establezca unosmecanismos para proteger la imagen del enclave como elemento cultural ehistórico a preservar y respetar, protegiendo las visuales y estudiando lalocalización de posibles crecimientos e infraestructuras. No se trata de mejorar la imagen del enclave desde un punto de vistaescenográfico, sino de dignificar el conjunto para potenciar sus valores ymejorar su percepción, y como consecuencia, crear conciencia de comunidad yfomentar la estimación hacia el territorio y sus valores. La atención al paisajetambién busca hacer visible el valor de un enclave tradicional para potenciarsu atractividad, pensando en actividades terciarias y turísticas.

Objetivos

Protección de visuales exteriores. Especialmente en núcleos aislados,atender a la imagen construida, topográfica, natural… del enclave,estableciendo niveles de protección de su contorno y definiendo las áreasdonde los crecimientos urbanos y las infraestructuras deben tener en cuentala presencia referencial del patrimonioPrevisión de mecanismos de corrección y encauzamiento de lasproblemáticas existentes, como por ejemplo puedan ser la existencia deinfraestructuras (tendidos aéreos…), de vallados que afecten la percepcióndel conjunto, etc

Planos de propuesta

PL 3. Plano de protección paisajísticaEscala territorial. Situación del núcleo edificado y su entorno inmediato,señalando elementos naturales, estructuración del territorio (caminos,campos…) y infraestructuras y vías de aproximación, donde se dibujarán lasáreas de protección de visuales, en las que se tomarán medidas correctoras ynormas de protección

Programas a desarrollar

PA. Programa de valorización paisajística territorial Se desarrollará un programa de aplicación de las medidas correctoras paramejorar la integración paisajística del enclave, con un cronograma dedesarrollo y una previsión de coste. La gestión del programa se llevará a cabopor la Oficina del Plan y la financiación será pública

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Coches en Alejandría (Egipto)

La mejora del sistema de movilidad interior, potenciando la peatonalización yel transporte colectivo, puede reportar muchos beneficios en la calidad devida en un entorno edificado que no ha sido pensado para los coches.

B ACCESIBILIDAD Y GESTIÓN DE LA MOVILIDAD

Descripción

El control del acceso del tráfico rodado y la mejora del sistema de movilidadinterior puede reportar muchos beneficios en la calidad ambiental y de vida en unentorno edificado que sufre las consecuencias de no haber sido pensado pararesponder a las necesidades de flexibilidad y acceso actuales. Las intervencionesen este campo deberán dar prioridad a los residentes y los servicios públicos, asícomo al funcionamiento de las actividades comerciales…

Objetivos

Reducción y restricción del acceso del tráfico rodado, factor que afectala imagen armónica de los tejidos históricos.Minimización de los puntos de acceso y vías para coches, evitandorecorridos que atraviesen el núcleo y generando bucles (entrada-salida) deacceso restringido, factor que permite optimizar el acceso y limitar lacirculación innecesaria. Es necesario garantizar el acceso de vehículos deservicio y emergencia.Creación de áreas específicas y recorridos controlados en puntos defácil accesibilidad, incluso con limitaciones horarias, para satisfacer lasnecesidades de suministro (carga y descarga) de las actividadeseconómicas y de otras actividades logísticas y de funcionamiento básicas,como por ejemplo la recogida de residuos. Previsión de puntos y zonas de aparcamiento, principalmenteperimetrales y puntuales en el interior, para evitar la presencia indiscriminadade vehículos en la zona histórica. Se priorizará el estacionamiento yaccesibilidad de residentes estables en los aparcamientos interiores mediantesistemas de placas identificativas, por ejemplo. Dotación de zonas de aparcamiento con limitación temporal en zonasde densidad comercial, para permitir la optimización del acceso y elestacionamiento.Priorización de la circulación peatonal, peatonalizando en exclusiva osólo dando prioridad al peatón en la mayoría de calles, plazas y recorridos,para mejorar la calidad ambiental del espacio edificadoOptimización del acceso con transporte público, localizando paradas enpuntos estratégicos y pensar en sistemas de transporte colectivo másadecuados para la conexión interior.Operaciones puntuales de mejora de trazado (ensanchamiento puntualde calles, realineaciones…) para optimizar el acceso de vehículos y laprotección del peatón. Estas operaciones serán básicamente puntuales,intervenciones mínimas de acupuntura, para evitar puntos conflictivos porsu angostura, de difícil visibilidad… Nunca se plantearán operaciones deensanchamiento indiscriminado, etc.

Planos de propuesta

PL 4. Plano de infraestructuras de movilidad Plano del territorio o núcleo que incorpore las propuestas de movilidad del Plan.En él se señalará la tipología de las diferentes vías y calles (de uso exclusivo parapeatones, de prioridad…), los recorridos y accesos para vehículos, la localizaciónde los aparcamientos (interiores, perimetrales y rotacionales), de las zonas desuministro…así como indicando aquellas operaciones puntuales de mejora detrazado.

Programas a desarrollar

PB. Programa de medidas de mejora de la movilidadSe elaborará un programa de aplicación de las mejoras de trazado detalladasen el Plan y de construcción de los aparcamientos públicos previstos. Elprograma se completará con un cronograma de desarrollo y una previsión decostes de las operaciones. La gestión del programa se llevará a cabo por laOficina del Plan. La iniciativa y financiación será pública, aunque para losaparcamientos se pueden desarrollar fórmulas mixtas público-privadas. Para lasacciones de mejoras de trazada que afecten parcelas privadas deberán preverselos mecanismos de compensación que la ley urbanística contemple en cada país.

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Calles en Hebron (Palestina)

El plan debe plantear la intervención urbanística desde la comprensión deltejido en sí, tomando en consideración todos los elementos menores que loconforman y reconociendo el valor del espacio libre como elementoarticulador del espacio construido.

C VALORACIÓN DE LA ESTRUCTURA DEL TERRITORIO TRADICIONAL

Descripción

El Plan debe asumir que el valor patrimonial de los enclaves tradicionales nosólo son los monumentos, sino todo el conjunto edificado. Y dentro del entornoedificado, no sólo los edificios, sino los espacios libres y la naturaleza, que comoespacios 'negativos' de la edificación , acaban siendo elemento cruciales en ladefinición de una configuración urbana o de un paisaje determinado. El plandebe plantear la intervención urbanística desde la comprensión del tejido en sí,tomando en consideración todos los elementos menores que lo conforman yreconociendo el valor del espacio libre como elemento articulador del espacioconstruido..

Objetivos

Regenerar el espacio libre como elemento vitalizador de la tramaconstruida, elemento crucial para cualificar la función residencial, mejorarlas actividades, potenciar la interrelación entre espacio público yprivado…más allá del uso exclusivo por parte de la circulación o del turista. Prestar una atención específica a cada tipología de espacio: plaza,jardín, callejón, límite construido-espacio natural, paseos, espacios noedificables…de titularidad pública o privada, fomentando y desarrollandoproyectos específicos para su calificación arquitectónica, social y ambiental. Generar nuevo espacio libre, si es necesario por razones de sobredensidad, con operaciones puntuales, en zonas de alta densidad y enparalelo a operaciones de mejora de la calidad ambiental de un sectorresidencial. La apertura de espacios propuesta deberá ser coherente con lascaracterísticas morfológicas del tejido y no aparecer como un vacíotraumático y discordante con la lectura espacial del conjunto.

Planos de propuesta

PL 5. Plano de intervenciones en el espacio librePlano de imagen con las diferentes categorías de intervención en el espacio librey los nuevos espacios libres propuestos (proyectos integrales, actuaciones depeatonalización, proyectos de reurbanización, operaciones puntuales deenverdecimiento, etc.), y según la categoría de los diferentes espacios.

Programas a desarrollar

PC. Programa y directrices de intervención en el espacio librePrograma con la previsión de actuaciones sobre el espacio libre: lista deproyectos a realizar, cronograma de desarrollo de las actuaciones y previsión decostes y financiación. Muchas veces se asocian a operaciones sobre laresidencia. La gestión de la intervención la realizará la Oficina del Plan. Elprograma puede incorporar directrices sobre la intervención en el espacio libre,complementarias a las directrices establecidas en la normativa paisajística. Estasdirectrices no deben ser excesivamente condicionantes a la libertad deconcepción de cada proyecto.

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D REACTIVACIÓN DEL TEJIDO RESIDENCIAL

Descripción

Es sin duda el punto fundamental de la intervención, ya que tiene una incidenciadirecta en la mejora de vida de la población y en la recalificación y adecuaciónde una gran parte del tejido patrimonial en los enclaves tradicionales. No setrata pues sólo de la posible pérdida de unos edificios y un patrimonio deinterés, sino de mantener 'en vida' unos tejidos históricos.

Objetivos

Entender la intervención sobre la calidad de la residencia a partir dela intervención en el tejido donde se inserta, siendo necesario muchasveces el derribo parcial o total de edificaciones, la sustitución, la mejora delespacio libre, por ejemplo… para mejorar las condiciones ambientales de lasunidades residenciales. Identificar las diferentes necesidades y intensidades de rehabilitaciónen el territorio a partir de los datos obtenidos por el análisis realizado enel período de diagnosis, tomando en consideración los condicionantes deinterés patrimonial y las tensiones urbanísticas existentes. Es importantedefinir diferentes áreas de rehabilitación, des de las operaciones a nivel deparcela o edificio individual a zonas prioritarias de rehabilitación.

- Áreas de actuación integrada en sectores de rehabilitación preferente. Deiniciativa pública o privada. Implican actuar sobre un sector de edificación demanera importante, incluyendo operaciones de derribo y sustitución, deintervención sobre el espacio libre… Puede ser más fácilmente desarrollableen áreas con edificación con poco interés patrimonial individual o con altogrado de desocupación.

- Áreas de rehabilitación intensa: En zonas con interés patrimonial omonumental. Se actúa sobre la edificación y el espacio libre. Iniciativa públicageneralmente sobre propiedad privada..

- Áreas de rehabilitación y sustitución. Para operaciones de rehabilitación queincluyen sustitución de edificación. Iniciativa pública sobre edificaciónprivada. A partir del consenso entre ambos.

- Áreas de rehabilitación. Áreas con señales de deterioro o abandono.Rehabilitación de edificación a partir de la iniciativa privada con ayudaspúblicas.Detectar los sectores de rehabilitación preferente y proponerproyectos integrales de intervención, sectores donde la calidadambiental, las tensiones urbanísticas, el estado de degradación, los riesgosa la seguridad de los residentes… sean más preocupantes y urgentes aresolver. La promoción de proyectos unitarios integrales en zonas deatención prioritaria del territorio es importante para no derivar sólo en lagestión la responsabilidad del proceso de rehabilitación. El proyecto puedeatacar y resolver problemáticas que desde la gestión sería muy difícil degarantizar..Fomentar la rehabilitación de la edificación en estado aceptable ycon posibilidades de adaptarse a los requerimientos actuales dehabitabilidad y calidad ambiental, sin que deba tener un alto interéspatrimonial. La rehabilitación priorizará la recuperación de los valoresresidenciales, en detrimento de otras actividades que no se adecuen a laestructura del inmueble.Proponer la sustitución de los edificios más dañados o irrecuperablescon el objetivo de garantizar la calidad residencial y la oferta de diversidadtipológica. Definir los parámetros de edificabilidad (alturas, profundidad…) quedeben condicionar la actividad rehabilitadora o edificatoria en el territorio.Estas condiciones vendrán motivadas por una lectura atenta de la realidaddel territorio y deberán tener como objetivo la lectura homogénea yordenada del territorio. Es por eso, por ejemplo, que en la definición dealturas no es aconsejable sólo vincularlo a la anchura de las calles, sinocentrarlo en el reconocimiento de las características propias de las distintaszona del territorio, ya que la dependencia única con el primer parámetropuede llevar a provocar distorsiones de la forma tradicional. Incorporar en los proyectos de rehabilitación y de modificacióntipológica conceptos de sostenibilidad, recuperando en la medida de loposible técnicas y soluciones tradicionales (de ventilación natural, de controldel asoleo…)

La intervención sobre el parque de viviendas no busca sólo evitar unaposible pérdida de unos edificios y un patrimonio de interés, sino mantener‘en vida’ los enclaves tradicionales.

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Documentos normativos

D1. Ordenanza general de rehabilitación El Plan incorporará una normativa específica, de obligado cumplimiento para lasoperaciones de rehabilitación que se lleven a cabo en el ámbito de aplicacióndel Plan y que detallará todas aquellas características que deberán cumplir lasedificaciones y las operaciones de rehabilitación / edificación. La normativadefinirá unas características estructurales, formales y técnicas a cumplir,definidas acorde con las características específicas de la edificación tradicionaldel territorio y según la situación de la pieza a rehabilitar y su valoraciónpatrimonial. La normativa también detallará los requerimientos deprocedimiento administrativo que deberán cumplir los diferentes niveles deintervención (desde el simple mantenimiento a operaciones de reestructuraciónurbanística).

D2. Sectores de rehabilitación integradaDescripción del los sectores de rehabilitación integrada por medio de fichas conla explicación de los proyectos unitarios de intervención. En cada ficha seseñalará por medio de un plano detallado la edificación a conservar yrehabilitar, a derribar y a sustituir, las operaciones de modificación (reducción dealturas, esponjamiento parcial…), así como las operaciones de mejora o delespacio público y las propuestas de creación de equipamientos. Se especificarála titularidad de los edificios afectados y se estimará el coste de la operación. Enestas operaciones será de aplicación prioritaria el esquema de modificacionestipológicas propuesto por el Plan.

D3. Manual para las transformaciones tipológicasEsquema orientativo, aunque puede ser normativo, para las intervenciones derehabilitación sobre parcelas y edificaciones que no se encuentran en lossectores de intervención integral. A partir del estudio tipológico realizado en lafase de análisis, se redactará un documento donde se establezcanproposiciones de modificación y transformación de los diferentes tipos ymodelos de unidad residencial detectados, para poder adaptarlos a los nuevoscondicionantes de habitabilidad y para mejorar su funcionamiento ambiental(ventilación cruzada, asoleo de las estancias…). Para algunas tipologías,demasiado pequeñas por ejemplo, se podrá plantear la agrupación de unidadescomo posibilidad de modificación y para facilitar su adaptación a los criterios dehabitabilidad mínimos.

Programas a desarrollar

PD1. Programa de desarrollo de los sectores de rehabilitación integradaCronograma de desarrollo de las actuaciones integrales sobre la residenciadetalladas en las fichas análogas. Son operaciones donde confluyen actuacionessobre la edificación con acciones sobre el espacio libre y los equipamientos. Lagestión de las operaciones la liderará la Oficina del Plan.PD2. Programa de fomento de la rehabilitación privada Programa específico para promover la rehabilitación de la edificación privada noincluida en los sectores de rehabilitación integrada. Será gestionada por laOficina del Plan y preverá mecanismos (subvención y/o exenciones fiscales) parafomentar que se lleve a cabo. La oficina también ofrecerá ayuda técnica yadministrativa.

Planos

PL6. Plano de zonificación de la rehabilitación residencial Plano donde se localizan las diferentes zonas o alcances de la rehabilitación:zonas de actuación desde la parcela, zonas de operaciones integrales, zonas derehabilitación intensa…

PL7. Plano de parámetros de edificabilidadPlano detallado donde se especificarán en el territorio (por parcelas, pormanzanas, por fincas…) los parámetros de edificabilidad que lo condicionan,desde las alturas a las profundidades. Plano que estará muy vinculado al textode la ordenanza general.

Interior de vivienda en Baalbeck (Libano)

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E PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO EDIFICADO

Descripción

A partir del análisis de los valores patrimoniales y arquitectónicos de todo elconjunto edificado realizado en la fase de análisis, es necesario que el Plan losconsidere, ordene y normativice, para que las operaciones de rehabilitaciónsean respetuosas y se adecuen a los condicionantes patrimoniales que seconsideren destacables

Objetivos

Identificar aquellos elementos del territorio que tienen interéspatrimonial y establecer grados de protección de cara a condicionar laacción rehabilitadora.Reconocer el interés patrimonial, no sólo en los aspectoscompositivos y formales de la arquitectura, sino en otros aspectos comolos sistemas constructivos, las tipologías y espacios interiores característicosde la arquitectura tradicional del lugar…Identificar el valor patrimonial no sólo del edificio singular, sinoreconociendo el valor de conjuntos de edificios y de áreas de imagenrelativamente homogénea y característica y en las que es necesario mantener elequilibrio y la coherencia del conjunto, y no sólo por su interés arquitectónico, sinotambién por su interés ambiental, natural, histórico…singular y diferente de otraszonas del territorio. Delimitar sectores de alto interés patrimonial para agrupar todaaquella edificación que reúna unas características más o menos análogas queconviene mantener y respetar (uniformidad tipológica, tratamientoestilístico, periodo histórico…). Los sectores podrán estar condicionados pordiferente grado de protección.. Reconocer el valor patrimonial de aquellos elementos menores oedificaciones auxiliares que conforman el paisaje tradicional, tales comopozos, cabañas, fuentes…Establecer una clasificación de las diferentes tipologías de patrimonioedificado, clasificándolo en un catálogo que vaya más allá de las categoríastradicionales de monumento y edificio singular.Entender los monumentos y piezas singulares del territorio comopartes del conjunto, con el cual deben articularse y no mostrarse como piezasaisladas; unos monumentos que deben ser más usados que no contemplados.

Planos

PL 8. Plano de valores patrimonialesSe identificarán los diferentes sectores de interés patrimonial del territorio y segrafiarán los monumentos, edificios catalogados, conjuntos de interéspatrimonial del territorio…. El nivel de protección o posibilidades derehabilitación estará condicionado por la pertenencia de un edificio al catálogoy a un determinado sector de rehabilitación.

Documentos normativos

D 4. Catálogo de edificios y conjuntos edificados. Una posibleclasificación de los edificios en el catálogo es la siguiente:- Monumentos (M). Aquellos edificios destacados por sus

características singulares, por su historia o uso y que normalmenteintegran lo que denominamos como patrimonio histórico-artístico(iglesias, mezquitas, castillos…)

- Edificios con alto valor patrimonial (E). Edificios singulares que no sonsusceptibles de ser monumentos por su uso residencial o civil, por ejemplo,y que poseen interés patrimonial en su totalidad, interés por sus cualidadesformales, por su singularidad tipológica, por su sistema constructivo…

- Edificios con elementos patrimoniales (L). Edificios que no son destacables ensu totalidad, pero si por algún factor determinado, sea sus cualidadesformales, su sistema constructivo, o por algún elemento singular (un balcón,unas rejas, la escalera…

- Edificios de un conjunto edificado (C) . Edificios que forman parte de unconjunto edificado con cierta homogeneidad o que conforman un espaciode interés histórico o antropológico desde un punto de vista tradicional(lavadero, mercado, calle porticada…). No tienen excesivo valor

El catálogo debe contemplar diferentes categorías patrimoniales:monumentos, edificios singulares, elementos singulares, elementos auxiliaresy conjuntos edificados.

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Taüll (Cataluña, España)

individualmente, pero si insertados en el conjunto.- Elementos menores y auxiliares de interés (A). Edificaciones auxiliares y otros

elementos edificados menores (fuentes, pozos, lavaderos, cabañas…) queson testimonio de una manera de vivir histórica y que conforman enconjunto la imagen del paisaje tradicional

D5. Fichas de los sectores de alto interés patrimonialSe elaborará una lista de todos los sectores de interés patrimonial identificadosy cada sector deberá tener una ficha descriptiva. La fichas delimitarán conexactitud las diferentes zonas de interés patrimonial, definiendo suscaracterísticas y estableciendo unos objetivos de rehabilitación y unascondiciones específicas de edificación, que serán complementarias a las normasgenerales, en ningún caso sustitutorias, donde se definirán criterios demateriales, de modificación de la forma, etc.

D6. Manual de rehabilitaciónEl Plan incorporará un manual para guiar las intervenciones de rehabilitación,tomando en consideración los materiales y sistemas constructivos tradicionales.Se establecerán soluciones específicas para problemáticas tipo de acuerdo conlos valores patrimoniales existentes en el parque edificado del territorio.

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoEstrategias para la intervención en enclaves tradicionales

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Los anuncios esconden la arquitectura. Luxor (Egipto)

No se trata de mejorar la imagen del territorio y de la ciudad desde un puntode vista escenográfico, sino de dignificar el conjunto para potenciar susvalores y mejorar su percepción.

F CALIDAD PAISAJÍSTICA DEL ENCLAVE TRADICIONAL

Descripción

El paisaje es el conjunto de elementos, no solamente naturales (como lavegetación, la hidrografía, la orografía…) sino también culturales, de titularidadpública o privada, permanentes o temporales, que configuran la imagen ypercepción de un territorio, de un pueblo o de una ciudad. En un enclave tradicional el paisaje es un elemento importante a tener encuenta, ya que es un factor determinante en la definición de sus valorespatrimoniales. Su valoración y preservación debe ser un punto destacado de laacción de rehabilitación. No se trata de mejorar la imagen del territorio y de laciudad desde un punto de vista escenográfico, sino de dignificar el conjuntopara potenciar sus valores y mejorar su percepción.La política de paisaje debe ser complementaria, nunca sustitutoria o única en elmarco global de la rehabilitación, que para ser efectiva, tal y como hemosexplicado, requiere de una actuación efectiva en otros campos: residencia,funciones, movilidad…No se trata pues sólo de hacer 'fachadismo'sino de regular y incentivar unconjunto de actuaciones que tengan como objetivo un paisaje ordenado, belloy armónico que de identidad y significación a un espacio urbanísticamenteindiferenciado. La colocación de una antena, el cartel de un comercio, el bancode la plaza…son elementos que acaban configurando la imagen de unterritorio, el paisaje de un centro histórico

Objetivos

Exponer las directrices de la actuación para promover la atención alpaisaje y elaborar una normativa específica para garantizar su dignificacióny potenciación.Elaborar un instrumento jurídico de ordenación y control que garanticeque las actuaciones privadas que inciden en el paisaje del territorio y la imagendel pueblo o del centro histórico se produzcan de manera ordenada ycoherente con el modelo deseado. Una normativa que debe tener unaconcepción integrada y que recoja normativas normalmente de tipo parcial(publicidad, de instalación de antenas, de seguridad de paramentos exteriores,de alumbrado…). Reconocer el papel de liderazgo de la iniciativa pública en laspolíticas de paisaje. La iniciativa pública debe desarrollar políticasestratégicas que fomenten a su tiempo las demandas ciudadanas. Estasdemandas se alimentan a su vez de la mejora del paisaje y del reforzamientodel orgullo ciudadano. Regular la creación de una 'agencia del paisaje' dedicada a la proteccióny la mejora de los valores paisajísticos del enclave.

Documentos normativos

D7. Normativa de paisaje y protección visualNormativa que regule todos aquellos aspectos y actividades que tenganincidencia en la percepción del paisaje. Deberá regular tanto las cualidades dela edificación (código de colores, texturas…) como la colocación de elementossuperpuestos y auxiliares (instalaciones, carteles comerciales, vallados…).Asimismo, establecerá algunos criterios para la normativización de loselementos del espacio libre (pavimentos, mobiliario….). La normativa puederesponder a criterios de zonifiación, criterios que deben ser coherentes en todocaso con los definidos en las correspondientes fichas de los sectores de interéspatrimonial.

Programas de actuación

PF. Programa para la mejora paisajística (Agencia)El programa definirá la creación de una agencia específica para la promoción yel seguimiento de las actuaciones privadas que afecten el paisaje y la gestión dela normativa específica. Ofrecerá soporte técnico para la realización deoperaciones específicas de mejora del paisaje y promoverá actuaciones yacciones para incentivar el mantenimiento y la valoración del paisaje.

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoEstrategias para la intervención en enclaves tradicionales

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Un bazar en Tripoli (Libano)

La intervención debe incidir en la potenciación de actividades quecontribuyan al mantenimiento del enclave tradicional como un territorio vivoy con vitalidad.

G PLANIFICACIÓN DE FUNCIONES

Descripción

En este punto debe incidirse en la regulación y localización de las funciones delterritorio, diferenciando entre actividades de tipo local de actividades o usos detipo general o extraterritorial. Tanto para un caso como el otro, la intervención debe incidir en la potenciaciónde actividades que contribuyan al mantenimiento del enclave tradicional comoun territorio vivo. Debe garantizarse la presencia de actividades de proximidad ypor el otro, potenciar el desarrollo y establecimiento de actividades de polaridadterritorial o de carácter general, y siempre considerando su compatibilidad yjusto equilibrio con el uso residencial, que debe ser el preponderante. Lasactividades o equipamientos locales o de proximidad, que deben repartirse demanera relativamente homogénea, son los que se relacionan directamente conla residencia y le dan servicio (comercio cotidiano, dotaciones docentes,equipamientos sociales…) y las de carácter territorial, igualmente necesarios,son aquellas que no ofrecen un servicio específico al residente, sino que por suvocación cultural, administrativa…tienen una vocación a mayor escala y sirvenpara dinamizar el territorio y mejorar su atractividad.

Objetivos

Reutilizar edificios vacíos y espacios monumentales, movilizándolospara el desarrollo de equipamientos singulares de carácter general, paraaumentar la atractividad del territorio. Es importante saber que estasoperaciones acaban condicionando y modificando las actividades que segeneran en el tejido próximo donde se implantan.Introducir y desarrollar nuevas actividades, comercios y servicios (culturales,terciarias, administrativas…) complementarias a las actividades tradicionales.Concretar y ajustar las implantación y localización de dotaciones decarácter extralocal, ya que su abuso puede derivar en una excesivaterciarización y/o turistización del territorio que implique un desgaste en lacalidad de vida del residente y incompatibilidad funcional con el uso residencial.Sin embargo, no es malo potenciar áreas localizadas de terciarización en sitioscon poca residencia..Estudiar el orden dotacional del territorio, garantizando la presenciade una red homogénea de servicios básicos (docentes, culturales,sociales…), situados a una distancia razonable de todos los puntos deresidencia. Distribuir más dotaciones en las zonas de mayor densidadresidencial. Sin estos servicios, las condiciones de vida, así como losmecanismos de relación y ciudadanía son escasos, y dificultan enormementela recuperación y vitalidad del territorio.

Planos

PL9. Plano de propuesta de equipamientos y dotaciones Plano del territorio señalando la ubicación de los diferentes equipamientos porgrupos de actividad (cultural, administrativo, lúdico-recreativo, docente,sanitario…) distinguiendo entre aquellos que tienen una vocación más local deaquellos que se planean a escala territorial, señalando específicamente los denueva creación que deben completar el sistema existente.

PL10. Planos de usos

Un plano dedicado a detallar los usos admisibles en las diferentes zonas delterritorio, haciendo especial atención a la actividad comercial y otro a lasactividades (agrícola, industrial, artesanado, terciario-oficinas, terciario-turismo…), partiendo de la optimización del plano de diagnosis. Aunque esnecesario tener planos generales para indicar las grandes zonas de actividad, espreciso desarrollar planos relativamente detallados y a escala pequeña. En ellosse señalarán aquellas zonas donde debe reforzarse la actividad comercial deproximidad, se delimitarán las áreas de desarrollo terciario, etc. En general, esconveniente no zonificar demasiado, sino permitir un uso general del territorio,con limitaciones a la densidad de actividades específicas y evitando áreas deespecialización o mono-actividad.

Programas de actuación

PG. Programa de desarrollo de equipamientos Programa del desarrollo de los equipamientos previstos en el Plan, definiendouna previsión de costes y la gestión del proceso.

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Sin quererlo, las infrastructuras pueden convertirse en protagonistas delespacio tradicoional. Kairouan (Túnez)

No se puede plantear la rehabilitación del tejido residencial sin intervenir enparalelo en la red de infraestructuras básicas del territorio, mejorándolas eintegrándolas en la medida de lo posible en el paisaje tradicional.

H MEJORA DE LAS REDES DE INFRAESTRUCTURAS

Descripción

El Plan urbanístico debe incidir en la mejora de las infraestructuras del territorio(suministro eléctrico, red de saneamiento, gestión del suministro de agua,recogida de residuos…) para adaptar el territorio a las necesidades actuales. Nose puede plantear la rehabilitación del tejido residencial sin intervenir en paraleloen la red de infraestructuras básicas del territorio.

Objetivos

Garantizar que la totalidad del parque edificado tenga conexión oacceso al conjunto de infraestructuras básicas para poder funcionar demanera óptima: suministro eléctrico, aportación de agua potable, red desaneamiento y recogida de residuos. Aprovechar la intervención en el espacio público para desarrollar laimplantación de la red de infraestructuras, que deberá desarrollarse engalerías integradas y deberá ser fácilmente accesible para sumantenimiento. Plantear el desarrollo de la red de infraestructuras de maneracoherente con las características del territorio tradicional, sin que suimplementación distorsione o modifique la imagen armónica del conjunto(eliminación de redes eléctricas aéreas, eliminación de depósitos deagua...Hacer especial atención en el estudio y optimización de la red derecogida de residuos, ya que puede afectar de manera significativa la imagendel entorno.Aplicar políticas para la mejora de la eficiencia de las redes deinfraestructuras, aplicando en la medida de lo posible políticassostenibilistas (aplicación de sistemas de producción local de energía,optimización del ciclo del agua…)

Planos

PL11. Plano de mejora y desarrollo de infraestructuras Plano del territorio con la red de infraestructuras existente y la nueva redpropuesta.

Programas de actuación

PH. Programa de mejora y desarrollo de infraestructurasPrograma para el desarrollo de las infraestructuras previstas en el Plan con unaprevisión de costes y de ejecución. La financiación será pública y será gestionadapor la oficina del Plan. El Plan de infraestructuras deberá coordinarse en algunosaspectos con el de adecuación e intervención en los espacios libres.

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Esquema para una ordenanza. La definición del texto normativocentral del Plan de Rehabilitación

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamiento

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Introducción

Se presenta a continuación un esquema orientativo de Ordenanza,el texto legal básico del Plan urbanístico, que presentamosestructurado en seis títulos y diversos capítulos; un esquemamodelo que pretende ser una pauta clara y sintética del conjuntode aspectos a contemplar y regular por parte de la Ordenanza derehabilitación para que ésta sea una herramienta útil y eficaz en laordenación de las intervenciones sobre la configuración física delterritorio tradicional. La Ordenanza que se presenta en el presente documento, comoen el caso del Plan expuesto, es un esquema orientativo y genéricoque deberá adaptarse a las condiciones y particularidades legales,sociales, económicas… de cada región. Plantea una aproximaciónideal, respondiendo a un esquema de Plan ambicioso (que defineáreas de rehabilitación, sectores patrimoniales…), aunque desdemuchos de nuestros países ciertas figuras y proposiciones seanaún poco asumibles hoy en día. El esquema presentado no buscaser rígido e inflexible, ni en el número y disposición de capítulos yartículos, ni en las normas y proposiciones expuestas, y puedesimplificarse según las posibilidades de desarrollo de cadaterritorio y adaptarse a cada contexto local.Como en el caso del Plan, la Ordenanza descrita está centradabásicamente en la regulación de la rehabilitación de centroshistóricos urbanos y núcleos rurales, dejando la escala territorial,por su complejidad y especificidad normativa, un poco al margen,aunque en algunos puntos se le haga referencia.

Las operaciones de adición de nuevos volumenes no pueden acabar siendo unacarga para el edificio preexistente. Deir Estia (Palestina)

Dos acabados distintos de fachada para una misma tipología edificatoria. Senterada,Catalunya (España)

La forma y materiales de la cubierta es sin duda determinante en la configuración dela imagen del conjunto tradicional. Ragusa (Sicilia)

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoEsquema para una ordenanza. La definición del texto normativo central del Plan de Rehabilitación.

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Esquema para el marco legalTÍTULO PRELIMINAR/ DISPOSICIONES GENERALES

En el título preliminar se definen las disposiciones decarácter general de la normativa. En éste título seespecifican de forma clara el objetivo y el ámbito deaplicación de ésta, así como los mecanismos deinterpretación, de actualización del marco normativo quese presenta y de competencia.

Art. 1.Definición y objetivo 1. Las normas que integran este articulado forman

parte del Plan de Rehabilitación Integral de unenclave territorial determinado

2. El objetivo de la Ordenanza es el de regular lasintervenciones de rehabilitación que se lleven acabo en el ámbito del enclave tradicional donde sedesarrolla el Plan, y regular todas las intervencionesa nivel de edificación, tanto por parte de agentespúblicos y privados, cualquiera que sea su finalidady uso, que se produzcan en éste, para garantizarque se adecuan a los condicionantes deordenación física planteada por el Plan y por tantose adaptan coherentemente a la estructura físicadel territorio tradicional que se busca revalorizar.

Art. 2.Ámbito territorial de aplicaciónEl ámbito territorial de aplicación, el territorio físicosobre el cual es de aplicación la normativa, el ámbitosobre el cual se realiza el planeamiento y del cual estasnormas derivan, debe definirse con exactitud; sea unnúcleo histórico urbano, un núcleo rural o un territoriodeterminado.

Art 3.ContenidoEl Plan Urbanístico de Rehabilitación está integrado por:1. Memoria informativa y justificativa. 2. Planos de información y de propuesta - ordenación. 3. La presente ordenanza y los otros documentos

normativos complementarios que se desarrollen encada caso.

4. El estudio económico-financiero.

Art. 4.InterpretaciónPor lo que se refiere a la interpretación, es convenienteañadir un punto en el cual se especifique que en casode duda de interpretación de la normativa, prevaldráaquella que sea más favorable al interés general.

Art. 5.ActualizaciónEn el caso de la actualización, punto especialmentesensible, es recomendable prever un cierto grado deflexibilidad para poder asumir la adaptación a loscambios sociales y técnicos que aparezcan durante laaplicación de la normativa. Si la normativa no deja unapuerta abierta a su modificación, a la larga puede sercontraproducente para el éxito del proceso.

Art. 6.CompetenciaPor último, en el apartado sobre la competencia, debedefinirse cual es el organismo-s o institución-es (estado,gobiernos regionales, ayuntamientos…), de acuerdocon las leyes urbanísticas de cada país, que tienencompetencia para la ejecución del presente Plan.

TÍTULO PRIMERO/ DEFINICIONES GENERALES

En este título se trata de identificar las diferentessituaciones, a nivel de protección, en las cuales sepuede encontrar una parcela o terreno del ámbito delpresente Plan, concretar las modalidades yposibilidades de intervención y definir los usos que lesson permitidos.

CAPÍTULO 1. RÉGIMENES DE PROTECCIÓN

Art 7. Situación de las parcelas.1. De acuerdo con la línea argumental expresada

anteriormente en el Plan, podemos definir cuatroposibles situaciones en las que se encuentre unaedificación o parcela:1 Parcela que se ubica en una Área de

Rehabilitación o actuación de iniciativa públicaespecificada por el planeamiento

2 Parcela que no se ubica en una de las Áreas derehabilitación descritas, pero que pertenece aun Sector de Interés Patrimonial

3 Parcela que no se ubica ni en un Área deRehabilitación ni en un Sector de InterésPatrimonial, pero que tiene valor patrimonialindividual, y por tanto está incluida en elCatálogo.

4 Parcela que no tiene valor patrimonial

específico, ni a nivel individual (Catálogo) nipor formar parte de un sector de alto interéspatrimonial, o que se encuentra sin edificari.

2. Las Áreas de Rehabilitación integrada que delimitael PU, son áreas concretas del territorio en las queestá previsto ejecutar actuaciones integradas deiniciativa pública y que es conveniente definir enlas Fichas correspondientes (ver documentos D2del Plan propuesto), donde se definen lascaracterísticas y prescripciones a respetar, sinperjuicio de las establecidas en la presente normade forma general para la edificación tradicional delenclave. Estas áreas vendrán indicadas y definidasgeográficamente en los planos que conforman elPlan (PL6 del esquema propuesto).

3. Los Sectores de Interés Patrimonial que delimita el PU,son conjuntos de edificios, con sus espacios públicoscorrespondientes, con sus valores específicos y que sedefinen en las Fichas correspondientes (verdocumento D5 del Plan propuesto).

4. Los edificios con interés patrimonial individual, y deacuerdo con aquello que hemos explicadoanteriormente, se clasificarán en los siguientesniveles: Monumentos (M), Edificios con alto valorpatrimonial (E), Edificios con elementospatrimoniales (L), Edificios de un conjuntoedificado (C) y Elementos menores y auxiliares deinterés (A). Las actuaciones sobre estos edificiosestarán sujetas a las condiciones específicas de sucorrespondiente régimen de protección, sinperjuicio de las establecidas por su pertenencia aun sector de interés patrimonial si lo estuviese.

5. Se entenderá que un edificio no tiene un valorpatrimonial específico cuando no está en ninguno delos tres casos anteriores. Las actuaciones en estosedificios deberán respetar las condicionesestablecidas en el Título III donde se describen lascaracterísticas de la arquitectura tradicional del lugar.

Art. 8. Catálogo de edificaciones y conjuntos edificadoscon valor patrimonial

1. El Catálogo de edificaciones y conjuntos edificadoscon valor patrimonial definirá cuales son los edificioscon interés patrimonial. Es un documento que formaparte del Plan y es inseparable del mismo. A pesarde que normalmente sólo se incluyen en éste losmonumentos y los edificios singulares con interés,creemos necesario extenderlo a las categoríasanteriormente establecidas.

2. No será necesaria la modificación del Plan paravariar la composición del Catálogo. Deberápreverse la inclusión de nuevos elementos.

3. Los Sectores de Interés Patrimonial quedarándefinidos por la existencia de conjuntos deedificios, con su espacio libre correspondiente,estrechamente vinculados, con características

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoEsquema para una ordenanza. La definición del texto normativo central del Plan de Rehabilitación.

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similares y valores de interés a proteger. En eldesarrollo del Plan, la autoridad competente,elaborará programas de actuaciones integradas delos distintos sectores monumentales, procurandoarmonizar la protección de sus valores específicoscon el fomento de las funciones residenciales, asícomo de las actividades económicas que le seancompatibles.

4. Un plano situará todos los elementos protegidos porel presente Plan, tanto a nivel de edificios como deespacios y elementos complementarios (ver PL8 delPlan propuesto)..

Art. 9. Zonas de protección del entorno del enclavetradicional 1. Se establece un punto específico para hablar de la

protección de las perspectivas del enclave y elpaisaje del entorno. Se considerarán los núcleostradicionales existentes como una unidad, tanto enaltura como en sus bordes, aceptándose elcrecimiento proporcionado a la entidad de la misma,y siempre siendo tratados los nuevos asentamientoscomo unidades independientes a armonizar conaquél en el marco general del paisaje

2. Se deben definir diferentes zonas de acuerdo con laposición respecto al asentamiento, con diferentesgrados de protección (zona de protección, zona derespeto…). Esta información se recogerá en unplano síntesis (PL3 del Plan esquema propuesto).

3. El objetivo de la protección consiste en regular elimpacto de las edificaciones, instalaciones,infraestructuras…que se realicen en las proximidadeso exteriores del enclave histórico y potenciar laimagen tradicional del conjunto. En particular setrata de regular la posición, forma (volumen,altura…) y materiales de las nuevas construcciones(industriales, residenciales…) para que armonicencon el conjunto, o incluso prohibirlas.

4. En general se tendrá en cuenta que la nuevaedificación nunca se convierta en un hitopaisajístico ni oculte aquellas visuales yperspectivas de elementos: torreones, castillos,mezquitas, que tradicionalmente formen parte delequilibrio paisajístico

5. Los elementos naturales de valor: masas forestales,barrancos, arroyos, etc. deben ser respetados y lanueva edificación no debe limitar el campo visual.

6. En los viales de aproximación se pueden establecercorredores panorámicos, minimizando,disimulando (elementos vegetales…) o inclusoeliminando de manera progresiva los elementosque obstaculicen la visión cultural e histórica delenclave (tendidos eléctricos, cableado general…).Cuando sea necesaria su implantación, serealizarán estudios precisos de su colocación, conel fin de no alterar el carácter del paisaje, cuidandoespecialmente su conexión con la edificación.

7. Paralelamente a la protección de las perspectivas,deberá cuidarse la definición del paisaje tradicional,favoreciendo la plantación de especies autóctonas,prohibiendo los grandes movimientos de tierra, etc.

CAPÍTULO 2. MODALIDADES DE INTERVENCIÓN

Art. 10. Tipos de intervención1. Las posibilidades de intervención sobre un

territorio preexistente y sobre la arquitecturatradicional son múltiples y de alcance muy diverso:desde una simple operación de mantenimiento a

una operación del derribo y construcción de unnuevo edificio. Es necesario que la normativacontemple todas las posibilidades de intervención yregule el procedimiento administrativo necesariopara llevarlo a cabo para garantizar su coherenciay viabilidad con lo establecido en el planeamientoy las ordenanzas.

2. La siguiente lista presenta una propuesta de cuatrograndes grupos de intervención sobre laconfiguración física del territorio, ordenados demenor a mayor incidencia sobre el marco físicopreexistente:

Mantenimiento

ConservaciónCuando el objetivo de la intervención es mantener eledificio en correctas condiciones de mantenimiento,sin alterar su estructura ni distribución ni ocultar omodificar valores constructivos o formales

Rehabilitación leve

ConsolidaciónCuando el objetivo es consolidar, reforzar o sustituirelementos dañados para garantizar la estabilidad de laedificación y/o impedir su degradación manteniendosus condiciones de uso, con posible alteracionesmenores en su estructura y distribución.

Restauración Cuando el objetivo es la restitución del edificio o partedel mismo a su estado original, incluso realizandoobras de consolidación o demolición parcial.Preservación arquitectónica y arqueológica

Acondicionamiento Cuando el objetivo es mejorar las condiciones dehabitabilidad de un edificio o parte de éste, medianteredistribución de los espacios interiores y/o lasustitución o modernización de las instalaciones,manteniendo en todo caso las característicasmorfológicas, pero no de uso.

Rehabilitación intensa

Reestructuración parcialCuando el objetivo es intervenir en los elementosestructurales, y por tanto, modificar su morfología,afectando parcialmente el edificio.

Reestructuración integralCuando el objetivo es intervenir en los elementosestructurales, y por tanto, modificar su morfología,afectando las obras el conjunto del edificio, condemoliciones importantes, sin llegar a suponer ladestrucción total del interior del mismo.

Nueva edificación y deconstrucción

Adición Cuando el objetivo es incrementar el volumenconstruido, por adición de plantas o por el aumento dela ocupación en planta (volúmenes anejos,modificación de patios…) de las edificacionesexistentes.

Sustitución de la edificaciónCuando el objetivo es el derribo de una edificaciónexistente o parte de ella y su sustitución por un edificioo cuerpo edificado nuevo.

Obra nuevaCuando el objetivo es la construcción en solares oterrenos sin edificar.

DeconstrucciónCuando suponga la desaparición total o parcial de laedificación existente.

3. Para cada tipo de intervención será necesariocumplir un determinado procedimientoadministrativo y elaborar un tipo determinado deproyecto que la presente Ordenanza deberá definir.

Art. 11. Intervenciones admisibles según el nivel deprotección1. No todas las modalidades de intervención

expuestas en el artículo anterior estarán permitidaspara todas las edificaciones, sino que el nivel deintervención dependerá de su nivel de protecciónpatrimonial

2. Para los edificios con clasificación de Monumentoy Edificio de alto interés patrimonial (ver capítulo 1)las intervenciones deberán restringirse aoperaciones de mantenimiento y de rehabilitaciónleve, siendo posibles la reconstrucción de cuerposde edificación en mal estado o destruidos (siempreacreditando su existencia), la destrucción decuerpos y elementos añadidos que desvirtúen sunaturaleza o su acondicionamiento, siempre quesu uso sea compatible con la conservación íntegrade su morfología. Para estas categorías,paralelamente a la atención y recuperación de lossistemas constructivos tradicionales, deberíanpermitirse actuaciones constructivas con sistemasactuales que supongan una mejora de lascondiciones del edificio, siempre que no desvirtúensus valores patrimoniales

3. En las intervenciones en Edificios con elementos deinterés, se permitirán las operaciones derehabilitación necesarias, siempre que semantengan los elementos por los cuales han sidocatalogados, sin que estos elementos adquieran unpapel residual o folklórico y que se mantenga unacoherencia entre todas las partes del edificio.

4. . Los edificios de nueva planta deberán ajustarse ala imagen del conjunto edificado tradicional de lapoblación o zona donde se hallen enclavados, nodebiendo ser esta condición en contradicción conla aplicación de las tendencias de la arquitecturacontemporánea. Para garantizar esta mínimarelación con el entorno las edificaciones de nuevaplanta deberán seguir las reglas establecidas en eltítulo tercero de la presente Ordenanza:'Características de la edificación tradicional'..

CAPÍTULO 3. USOS DEL TERRITORIO

Los usos a los cuales puede destinarse el territorio, unaedificación o parte de ella vendrán definidos por elplaneamiento, sea el planeamiento más general o elque esta Ordenanza desarrolla, como seríaconveniente, para adaptar las posibles disposiciones deplanes más generales a las especificidades y dinámicashistóricas y socioeconómicas del territorio tradicionalafectado por el presente planeamiento.

Art. 12.Consideraciones generales sobre los usos1. La ordenanza debe establecer que usos son

compatibles con el territorio, regulando aquellos

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoEsquema para una ordenanza. La definición del texto normativo central del Plan de Rehabilitación.

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usos recomendados, tolerados y prohibidos. Engeneral deben permitirse todos aquellos usosque sean compatibles con el mantenimiento delos edificios de acuerdo con el régimen deprotección que les resulte aplicable, lasmodalidades de intervención admisibles y lascaracterísticas patrimoniales (tipológicas,estilísticas, etc…) que deban protegersedependiendo de donde se ubique la edificación..

2. En los núcleos rurales, donde el carácter nodepende únicamente del patrimonio edificado,sino de las actividades complementarias que enéste se desarrollan, también estas deberánregularse con atención

3. Se entenderán como usos recomendados, aquellosque sería conveniente fomentar o proteger, ya quepor sus especiales características de adecuación ytradición, refuerzan el carácter rural de los Núcleos.Dado que muchas veces estos usos recomendadospueden entrar en contradicción con las tendenciasdominantes deberán promoverse y ampararse conmedidas tales como reducciones impositivas,exacciones en el pago de licencias, subvencionesde obras….

4. Se considerarán usos tolerados aquellos que sinnecesitar una protección o promoción sonperfectamente compatibles con el carácter de losnúcleos rurales o cascos antiguos, si bien enalgunos casos deben estar limitados o regulados

5. En general se prohibirán los usos y actividades queno sean compatibles con los recomendados ytolerados en cada una de las situacionesconsideradas y siempre, como es lógico, aquellosusos y actividades clasificadas como molestas,insalubres, nocivas y peligrosas

6. En los edificios declarados de alto interéspatrimonial cualquier cambio de uso deberá serautorizado por las autoridades competentes enmateria de protección del patrimonio.

Art. 13.Zonificación de usos1. Más allá de estas consideraciones generales, los

planos urbanísticos (PL10 del esquema de Planpropuesto) deben especificar que usos sonposibles en cada zona o área. Se definirán criteriosde densidad, proximidad, etc. .para los usoscomerciales y turísticos, para evitar zonas deexcesiva especialización y garantizar sucompatibilidad con la residencia..

2. Zonas de predominio residencialDeberán definirse como tales aquellas zonas quetradicionalmente han tenido este uso. En éstas, eluso residencial deberá seguir siendo prioritario yrecomendado, ya que contribuyen de maneradecisiva a dotar el enclave tradicional de los valoresque les son característicos. En estas zonas sepermitirán simultáneamente, y de forma regulada(densidad, etc.) otros usos, como por ejemploservicios a la residencia, pequeño comercio ligadoo no a la vivienda, actividades profesionales, usoshoteleros, explotaciones agropecuarias u otrasactividades productivas ligadas a la residencia…Se deberá distinguir entre uso residencialpermanente o de segunda residencia, no siendoeste segundo uso siempre recomendado y sinlimitaciones, ya que un exceso de segundasresidencias puede condenar la sostenibilidad delenclave tradicional. En todo caso, las segundasresidencias se ajustarán a las condicionestradicionales

3. Zonas comerciales o de actividadLas zonas comerciales o de actividad (talleres,artesanos…) son aquellas que, aún siendo decarácter residencial, presentan, han presentadohistóricamente o tienen potencialmente, un altoíndice de actividad. El objetivo de la existencia deestas zonas es el de garantizar la función decentralidad de los centros históricos o de polaridadde ciertas zonas rurales. Tendrán tambiénnormalmente la calificación de recomendados.En estas zonas se permitirá el uso residencial, asícomo usos comerciales en general, terciarios,turísticos, administrativos,…con mayor densidadque en las zonas predominantementeresidenciales, siempre pero, evitando perjudicar eluso residencial existente. El uso comercial deberá localizarsepreferentemente en las plantas bajas y cuidando lacalidad de las fachadas.

4. Zonas de dotaciones y equipamientosLas zonas de equipamientos deberán ser tambiénusos recomendados, e incluirán los suelos, edificiose instalaciones destinadas a finalidades de serviciocomunitario, sean de titularidad pública o privada,localizándose en muchos casos en edificios deinterés patrimonial. Serán usos tolerados aquellas dotaciones públicaso semipúblicas que, dando servicio a la poblacióndel Núcleo deonde se hallan enclavadas, tenganademás un carácter comarcal

5. Sistema de infraestructurasLas infraestructuras, tales como carreteras,infraestructuras eléctricas, hídricas, etc. deberánquedar claramente definidas por el planeamiento(desarrollo, límites, afectaciones…) y sedesarrollarán de acuerdo con los criterios deprotección paisajística y patrimonial expuestos conanterioridad

6. Sistemas de espacios libresSon las zonas no susceptibles de edificación, aexcepción de casos muy concretos para garantizarel correcto funcionamiento de las dotaciones. En el territorio rural, se jerarquizarán según losgrados de protección y interés paisajístico. En elterritorio rural, podemos considerar los terrenosagrícolas como parte del sistema de espacios libreso considerarlos como un sistema específicodiferenciado de los sistemas de índole máspaisajístico y natural

7. Usos productivos e industrialesSe deberá ir con mucha cautela a la hora de regularlos usos productivos, que deberán ser aquellospropios de la actividad artesanal, agrícola,pequeñas industrias de transformación, pequeñostalleres de manufactura, etc. vinculada a laedificación de índole tradicional, pero permitiendoal mismo tiempo, la instalación de nuevasactividades productivas capaces de generar valorañadido al territorio.Las actividades agropecuarias en el interior deNúcleos y en situaciones de edificio exclusivo seránuso tolerado siempre que no produzcan molestiasa las viviendas y, especialmente en el caso deinstalaciones ganaderas, ofrezcan suficientesgarantías de salubridad. También serán tolerados los almacenes y comerciosen edificio exclusivo siempre que su actividad seacompatible con la vivienda y relacionada con losusos productivos propios de la población(cooperativas de consumo, almacenes agrícolas, demaquinaria….)

TÍTULO SEGUNDO/ Regulación de las intervenciones

El presente título tiene como objetivo definir todosaquellos aspectos de tipo administrativo que debenconsiderarse para llevar a cabo una intervención en elmarco físico del territorio. A pesar de que los aspectosa concretar y regular pueden ser muy diversos, y máso menos complejos, de acuerdo a lo que establezca elmarco normativo y la realidad administrativa cadapaís, es conveniente definir y exigir una ciertaregulación mínima para la intervención en el territoriotradicional.

CAPÍTULO 1. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOPARA LA PETICIÓN DE LICENCIA

Deben estar sujetas a la petición de licencia cualquierintervención sobre la edificación del enclave dentro delas cuatro modalidades de intervención descritas, decara a que la administración competente o el órgano enel cual delegue, pueda controlar que aquello que se vaa llevar a cabo se realice de acuerdo con los objetivosestablecidos por el planeamiento y por tanto, de formacoherente con las condiciones del enclave territorial

Art. 14.Tipos de procedimientos1. Deberán facilitarse aquellas operaciones de

mantenimiento ordinario y de conservación de laedificación, minimizando los trámites a realizarpara llevarlo a cabo

2. Por otro lado, para otro tipo de intervencionessobre la edificación, el procedimientoadministrativo a realizar deberá variar de acuerdocon los tres parámetros siguientes:1. El emplazamiento de la parcela y la pertinencia

o no de ésta a una Área de Rehabilitación2. La valoración patrimonial del edificio.3. La tipología de intervención a realizar, dentro

de las cuatro modalidades previstas.3. Estos tres parámetros determinarán el

procedimiento administrativo a llevar a cabo parapoder ejecutar la acción de rehabilitación o deconstrucción

Art. 15.Solicitud de Licencia1. Antes de intervenir, siempre se deberá manifestar

a la autoridad competente la voluntad de realizardicha intervención. Esta voluntad se plasmará en laSolicitud de Licencia de Intervención

2. En la Solicitud de Licencia Intervención se describiráconvenientemente la intervención propuesta,dejando claro que Modalidad de intervención serealiza. Constará de una documentación mínimaque la Ordenanza misma debe definir (ver puntosiguiente).

3. La autoridad competente, normalmente a travésde unos servicios específicos formados por técnicoscompetentes, deberá ver si la Modalidad deintervención descrita se ajusta a los criterios fijadosen la normativa y antes de nada, ver si ésta encajacon el régimen de protección de la edificacióndonde se actúa

4. Si la solicitud encaja con los parámetros delterritorio, se dará el permiso para su ejecución,dando unos plazos para su realización yfinalización. En caso contrario, se realizará uninforme justificando la denegación de la petición ydando un plazo para subsanar las deficiencias

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detectadas, o simplemente anulando la posibilidadde ejecución.

Art. 16.Documentación necesaria para la petición de licencia1. Aparte de la documentación prevista por la

legislación de cada país y que las especificidades decada contexto local pueda considerar oportunointroducir en la presente normativa, esrecomendable que en la solicitud para la concesiónde licencia se requiera como mínimo la siguienteinformación :

Documentación de índole general– Situación registral o documento acreditativo de la

propiedad de la edificación donde se interviene.– Un proyecto de intervención, realizado por un técnico

o técnicos competentes, que incluya como mínimo:a. Plano de emplazamiento y situación

(recomendable escala 1:500), en el que serelacione la intervención con los viales yelementos destacados del territorio quepermitan su fácil localización. En actuacionesen territorio rural (recomendable escala1:2000), es aconsejable pedir que se aporte unplano que explique gráficamente y a escala, ellugar de la intervención con el núcleo depoblación más próximo

b. Memoria de la intervención, que incluirá comomínimo:

– Reseña histórica, constructiva yarqueológica de la formación y de losvalores preexistentes en la edificación

– Descripción y justificación de la operacióna realizar, con precisión y alcancesuficiente para poder valorar la idoneidadde la petición de licencia. A parte de ladescripción de las características de laintervención y de su uso previsto, sejustificará de forma clara la adecuaciónde la obra a los condicionantes delplaneamiento y de la presente normativa

c. Planos de la intervención a realizar:– Explicativos del estado actual de la construcción (a

una escala mínima de 1:100 para edificación)– De la intervención, que sean perfectamente

inteligibles (a una escala mínima de 1:100),representando las plantas, secciones y alzadospara la clara descripción de la intervención a llevara cabo. Pondrán especial atención en explicar larelación entre el estado actual y la propuesta y larelación de la zona afectada por las obras y elresto del edificio y/o los edificios colindantes o elterritorio circundante.

_ En los casos que sea necesario, la memoriade intervención antes citada incorporarátambién un estudio arqueológico.

2. La Ordenanza deberá especificar si es necesariorealizar un control arqueológico de todas lasoperaciones o sólo es necesario aportar un estudioarqueológico en que casos específicos, por susituación o por la naturaleza jurídica del terrenodonde se enclava la edificación donde se actúa.

3. Toda actuación de trazado de infraestructuras,tendidos, repoblaciones forestales, urbanizaciones,parcelaciones, industrias…deberá presentar unestudio de consecuencias ante el organismocompetente. En dicho estudio deberá justificarse elimpacto ambiental que la actuación supone sobreel enclave o el territorio.

Art.17.Comisión TécnicaEn algunos territorios, por su elevado interéspatrimonial, y si es viable económica y jurídicamente,es recomendable establecer una Comisión Técnicaespecífica, formada por técnicos formados enarquitectura y patrimonio, que se encargue decontrolar los proyectos de obras circunscritas a éste yotorgue, por delegación del órgano superiorcompetente las autorizaciones de intervención sobrealguna clase de patrimonio. Velará sobretodo por laidoneidad de las intervenciones de obra nueva y suadaptación y coherencia con el conjunto tradicional,favoreciendo el enriquecimiento tipológico del mismoatendiendo propuestas contemporáneas. Deberáreunirse de forma temporal y de la manera indicada enla ordenanza. .

CAPÍTULO 2. INFORMACIÓN URBANÍSTICA

Art. 18.Consultas1. Cualquier persona tendrá derecho a que la

autoridad le informe por escrito del régimenurbanístico aplicable a cualquier finca incluida en elpresente Plan, estableciéndose un plazo para ello.

2. Cualquier persona podrá consultar lascaracterísticas y condiciones de las intervencionesque puede realizar en una determinada finca conanterioridad a la solicitud de licencia.

TÍTULO TERCERO/ Características de la edificación tradicional

Las actuaciones de rehabilitación o reforma deedificación existente en el territorio tradicional o nuevaconstrucción deberán respetar las característicasestablecidas en el presente capítulo para que seancoherentes y se integren de manera armónica con elconjunto tradicional.

CAPÍTULO 1. SOBRE LOS PARÁMETROSTIPOLOGICOS Y VOLUMÉTRICOS DE LAEDIFICACIÓN

Art.19. Parcela o solar1. Aunque más usado el término solar para parcelas

en zonas urbanizables y parcela en contextos másurbanos, tomaremos el término parcela paradesignar la superficie de terreno, edificada o no,deslindada como unidad predial y con uno o variospropietarios. Normalmente registrada legalmentecomo tal.

2. La parcela debe ser la base informativa, funcionaly estructural de todo Plan y el conjunto de ellasdeberán expresarse gráficamente en los planos deplaneamiento. La forma y configuración delparcelario acaba definiendo la forma y el caráctertradicional de un determinado tejido o territorio yen un mismo territorio pueden maclarse ycombinarse diferentes estructuras parcelarias. Espor esta razón que resulta importante que laordenanza reconozca y considere estas unidadesfísicas para que no puedan derivar (por agregación,segregación…) en estructuras completamenteajenas al tejido tradicional.

3. Se deben fijar en cada caso las condiciones quedeben cumplir las parcelas para ser edificables yregular su tamaño mínimo y máximo, los frentesmínimos, los mecanismos de segregación yagregación de las mismas y todo lo que seanecesario para su definición tipológica según cadatejido… atendiendo a las formas tradicionales yrespetando en la medida de lo posible lascaracterísticas y densidades de la trama propia dellugar.

Una definición errónea de los parámetros que regulanel tamaño, los frentes mínimos y los mecanismos desegregación y agregación de las parcelas, poco atentacon las características del tejido tradicional y lasdensidades propias de la trama, puede alterar laimagen del conjunto.

Art.20. Tipología edificatoria y inserción en el paisaje1 Debe fijarse el tipo de edificación (aislada,

adosada…) que puede desarrollarse en el ámbitoregulado de acuerdo con las características de laedificación tradicional y de que manera estastipologías se relacionan y imbrican para conformarel tejido tradicional

2. Como en un mismo ámbito es posible encontrardiferentes tipologías edificatorias, esta regulaciónse podrá establecer por zonas o parcelas. Esnecesario realizar un detallado análisis del territoriopara detectar las diferentes configuracionestipológicas de la edificación para recogerlas en lanormativa y permitir responder a lasespecificidades propias del tejido tradicional.

3. . Por norma general, cada tipo de edificación vendrádefinido por diferentes de los parámetros que se

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exponen de manera general en el presente título yque quedarán reflejados en los planos del Plan paracada parcela (PL7).

La Ordenanza debe concretar que tipologíasedificatorias deben desarrollarse en el enclavetradicional, con tal de mantener las especificidadespropias del territorio tradicional y evitar que la nuevaedificación no sea coherente con el resto del enclave.

Art. 21.Ocupación y edificabilidad1. Debe fijarse la edificabilidad de cada parcela para

que la densidad de la trama sea homogénea entodo el conjunto edificado. En general, encontextos urbanos, el número de plantas y laocupación de la parcela ya definen esta densidad,pero en contextos rurales, estos dos coeficientesson importantes para equilibrar la densidadedificada respecto el espacio libre de acuerdo conlas características del paisaje tradicional.

2. Se entiende por coeficiente de edificabilidad lasuperficie total de techo construible en una parcelacon respecto a la superficie de esta. En contextosurbanos es el resultado de multiplicar la superficieocupable (restando patios, jardines, etc…) por elnúmero de plantas. La ordenanza fijará uncoeficiente para cada parcela.

3. Debe fijarse la ocupación de la parcela, que seentiende como la superficie de parcela ocupablepor la edificación en relación a la superficie total dela parcela. Este parámetro dependerá en granmedida de la tipología edificatoria de cada lugar ydel uso de la edificación, dándose casos deocupación al 100 por 100 en situaciones urbanas acasos de ocupación mínima en situaciones deedificación aislada unida a una explotaciónganadera, por ejemplo. De cualquier forma, debeser objeto de la Ordenanza fijar unos extremos encada caso teniendo como objetivo consolidar laocupación existente.

En núcleos urbanos y rurales la Ordenanza debe fijarla alineación de las calles para que la edificación denueva planta no distorsione la estructura de la calletradicional

Art. 22. Alineaciones y separaciones1. En algunos tejidos urbanos, deberán fijarse las

alineaciones (líneas que definen los límites de lasedificaciones con los espacios urbanos interiores -interiores de parcela, por ejemplo- y exteriores)para que la edificación se ajuste a la configuraciónfísica del enclave tradicional. La edificación nodeberá rebasar estas alineaciones para nomodificar la estructura de calle tradicional, con laexcepción de los cuerpos volados, balcones,tribunas… que esta misma ordenanza regule

2. Las alineaciones, que vendrán fijadas por los planosnormativos del Plan, se adaptarán a lasespecificidades de las edificaciones del lugar,siendo a veces necesario sólo fijar la continuidad anivel de planta baja o regular ciertos movimientosy retranqueos a nivel de las plantas superiores.

3. En las zonas de edificación aislada deberándefinirse la separaciones entre edificaciones, o delas propia edificación a los límites de la parcela.

En los núcleos compactos la profundidad edificablede parcela es un parámetro a regular con el objetivode mantener la relación propia del enclavetradicional entre edificación y espacio libre interior enmanzanas y conjuntos edificados.

Art. 23.Patios, jardines y otros elementos tipológicos1. En algunos enclaves tradicionales los patios

(interior, posterior, de manzana…), los jardines uotros elementos tipológicos particulares, sonimportantes como elementos estructuradores de latipología edificatoria tradicional. En estos casos, ypara mantener la coherencia y tramaje del conjuntoedificado, la ordenanza deberá considerarlos yconcretar sus características morfológicas en cuantodimensiones, proporciones, alturas, relación con loscuerpos edificados… con tal de mantener su lecturaunitaria.

En enclaves donde el patio es un elementoconfigurador de las tipologías la ordenanza deberegular su forma.

Art. 24.Altura y plantas 1. La Ordenanza deberán definir el número máximo

de plantas que puede tener una edificación en unaparcela determinada del conjunto edificado y laaltura máxima que puede alcanzar esa edificación.

2. En general, la regulación de alturas deberáresponder a una lectura atenta de la morfología delconjunto edificado, para mantener su perfil yarmonía. Aunque normalmente esta regulación seestablece relacionando edificación y anchura decalle (mayor anchura, mayor altura) esrecomendable precisar los límites de plantas yalturas en consideración de zonas y conjuntosedificados presentes de índole tradicional (unamanzana, un frente de calle…), considerando porejemplo su altura media. Una regulación por callesy sus anchuras podría llevarnos a ciertadesfiguración del carácter del enclave y generarmedianeras y otros elementos ahora inexistentes.Estas regulación deberá expresarse de forma claraen los planos del Plan.

3. La Ordenanza deberá definir desde donde y hastadonde se considera esa altura. Generalmente seentenderá como altura de la edificación la distanciaexistente desde el nivel de la planta baja y hasta elarranque de la cubierta o inmediatamente porencima del último forjado. Por tanto, es necesariodefinir que se considera planta baja, poniéndolaen relación con el nivel de la calle o del terrenonatural, con las alineaciones, las diferenciastopográficas,…En calles o terrenos con pendientese hará escalonadamente en cada tramo defachada. Será necesario acotar las posibilidades demodificar el terreno natural, sobretodo en área deedificación dispersa

4. La altura máxima establecida comprenderá todos losvolúmenes construidos tanto externos comointernos. A partir de dicha altura, sólo podránsobresalir los planos de la cubierta y aquelloselementos de instalaciones que por razonestecnológicas o de funcionamiento requieran esteemplazamiento de forma imprescindible (chimeneas,palomares, depósitos, antenas colectivas…). En todocaso, deberá minimizarse su impacto mediante unacorrecta integración en el paisaje.

5. Será necesario también regular las alturas libresmínimas de las diferentes plantas (baja, pisos…)teniendo en cuenta las características de laedificación tradicional. Un exceso de altura de lasplantas baja por ejemplo, podría llevar a modificarde forma irreversible el carácter de una calletradicional.

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoEsquema para una ordenanza. La definición del texto normativo central del Plan de Rehabilitación.

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La regulación de alturas debe responder a una lecturaatenta de las alturas medias existentes en el conjuntode edificaciones próximas.

Art. 25.Cubierta1. Se definirá que tipo de cubierta debe tener la

edificación circunscrita en el ámbito del Plan, deacuerdo con las características de la edificación dellugar. Es decir, si se permiten las cubiertasinclinadas (y con que inclinación máxima y/omínima) o las cubiertas planas o terrados, o ambassoluciones indistintamente, o simultáneamente ycon que mecanismos de combinación. No debecerrarse la posibilidad a tipologías constructivasajenas a las tradicionales en casos excepcionales yprevia justificación técnico-tipológica.

2. En todos los casos se definirán las característicasque estos elementos deben cumplir, a nivel deacabado (materiales de finalización, colores…),arranques, desarrollo de buhardillas, aleros (vuelosmáximos, en relación con la anchura de la calle porejemplo…), chimeneas…

3. Se concretarán las restricciones o se elaboraránrecomendaciones para la ubicación de elementos deinstalaciones (antenas, depósitos…) de manera quedañen en la menor medida posible la armonía delconjunto y el paisaje tradicional.

La ordenanza debe concretar unos parámetrosadecuados para que la forma de las cubiertas de lasedificaciones nuevas no entre en conflicto con laspropias de la edificación del lugar.

Art. 26.Cuerpos salientes 1. Consideramos elementos salientes o cuerpos

volados aquellos que sobresalen del plano defachada, tales como balcones, tribunas,miradores…y que forman parte funcional de él.

2. Como norma general no deben permitirse nuevoscuerpos volados, excepto en aquellos casos en quesu existencia forme parte de la tipología tradicional.

Generalmente se regulará su presencia, vuelo,separación y distancias entre elementos, tipo decerramientos, barandillas…para que se ajusten a laimagen de los modelos propios de la zona,prohibiendo por ejemplo cuerpos volados cerrados allídonde no sean propios de la edificación tradicional.

3. La normativa no sólo admitirá el desarrollo decuerpos salientes sino que en algunos casosobligará a su asunción en las arquitecturas nuevasque se emplacen en conjuntos (plazas, calles,barrios…) donde estas soluciones sean propias dela edificación tradicional.

Deben permitirse los cuerpos volados en aquelloslugares donde su existencia forme parte de latipología tradicional.

CAPÍTULO 2. SOBRE LOS CARÁCTERESCOMPOSITIVOS Y FORMALES

Art. 27.Fachadas1. Composición

La normativa establecerá unos mínimosmecanismos para regular la apertura y colocaciónde huecos en las fachadas de acuerdo con lascaracterísticas de la edificación tradicional de lazona, estableciendo, si es posible, y sincondicionar en demasía las posibilidades delproyecto arquitectónico, pautas para su colocación(ritmo, relación hueco-macizo…), sus medidas yproporciones…regulando la presencia deelementos como balcones, miradores, tribunas,dinteles…así como de elementos sobrepuestoscomo pueden ser persianas, portones…Por lo quese refiere a balcones, tribunas,…su configuraciónvendrá regulada de antemano por las restriccionesde configuración volumétrica.Puesto que la regulación compositiva y de huecospuede entrar a veces en contradicción con losrequerimientos de la vivienda actual o nuevos usos,se seguirá en todo caso el criterio de respetar lasproporciones verticales y no apaisadas, de maneraque domine el macizo sobre el hueco. Es necesarioregular, pero siempre teniendo en cuenta que estareglamentación no dificulte la adaptación de estanueva vivienda a los requerimientos actuales.Deberá también definirse como deben ser lascarpinterías y en que tipo de intervenciones sepermite sustituir la madera por otros materiales, ysiempre de acuerdo con unos criterioscompositivos y de color determinados.

La normativa debe garantizar que la edificación denueva planta no aparezca como un elementodiscordante respecto la edificación existente, evitandocondicionar en demasía las posibilidades del proyectoarquitectónico.

2. Materiales, colores y texturasDeberán definirse los materiales con los cualesdeben formarse y/o acabarse las fachadas: con quemateriales deben construirse (ladrillo,mampostería, sillería…), de que manera (tamaños,aparejos…), como deben acabarse (aplacados,revocos, encalados…), especificando gama decolores y tonos, tipos de piedra, texturas…Las nuevas intervenciones deberán respetar lacoloración tradicional. Para ello, deberá elaborarseun Plan de Color donde también deberá definirselos colores de los diferentes elementos de lafachada (elementos metálicos, persianas…) y susposibles combinaciones.

En remontas o nuevos cuerpos añadidos no debebuscarse la imitación estilística, sino que debebuscarse la integración con el entorno edificadodesde el lenguaje contemporáneo.

3. Motivos decorativos y coronamientosSe regulará, si es necesario, por su importancia anivel de dar unidad al conjunto edificado tradicional,la presencia de cornisas, líneas de imposta, voladizosy otros elementos de tipo decorativo. En general,para la nueva edificación, los motivos decorativos delas fachadas deberán producirse con una profusiónmoderada, con sencillez, priorizando lasinterpretaciones contemporáneas por encima de laimitación de motivos existentes. En general seprohibirá toda reproducción o imitación de unedificio antiguo, excepto cuando se trate dereposiciones, traslados de fachadas…

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4. Elementos superpuestosConsideraremos elementos superpuestos aquelloselementos ajenos a la lógica de la edificación, talescomo toldos, marquesinas, jardineras, escaparates,carteles…Es conveniente regular su ubicación,dimensiones, materiales…para que no desvirtúenlas cualidades del propio edificio y de la armonía delconjunto edificado. Esta regulación podrádesarrollarse complementariamente en unaNormativa de Paisaje urbano (ver D7 en elesquema de Plan propuesto).Por norma general, la decoración publicitaria de losestablecimientos comerciales (escaparates, vidrieras,rótulos…) deberá desarrollarse en los límites delespacio interior de los huecos de planta baja,dejando libres y sin superposición de otrosmateriales propios de la fachada las jambas entre loshuecos y los dinteles o arcos. Se prohibiránmarquesinas y toldos de colores estridentes y formasdesmesuradas, así como la colocación de otrosanuncios y carteles publicitarios que los debidamenteautorizados. En los elementos pintados seemplearán colores de gamas acordes con lassoluciones existentes en los ambientes respectivos.

Los anuncios y carteles publicitarios deben integrarse en la fachada sin estridencias y sin desvirtuar niesconder sus características originales.

Art. 28.Medianerías 1. En algunos tipos de edificación tradicional en

contextos urbanos, la medianera es un elementoimportante a considerar y regular, ya que la profusiónde elementos de diferentes alturas provoca quemuchas veces estos elementos se conviertan enfachadas y tengan un peso importante en la imagende la edificación y del conjunto edificado.

En algunos enclaves, donde la tipología edificatoriaconfigura medianeras, la Ordenanza debe garantizarque estas no se descuiden y se traten como fachadas.

2. Se regulará para que las medianeras propias setraten con los mismos criterios y tratamientos quela fachada (colores, texturas…). Para lasmedianeras de las fincas vecinas, deberá tambiénactuarse en ellas por parte del promotor de la fincaen obras tratándola por ejemplo en la parte quehubiese quedado al descubierto.

Art. 29.Plantas y tipología habitacional1. El desarrollo en planta de la edificación deberá sin

duda cumplir con los requisitos funcionales para lasatisfacción del programa funcional que se leasigne y en el caso de uso habitacional, respondera los condicionantes de habitabilidad requeridos enla actualidad.

2. La Ordenanza deberá considerar las característicastipológicas y los esquemas de distribución de laedificación tradicional, las cuales respondennormalmente a una forma de vivir y convivirancestral y un esquema de relaciones entre vidainterior y entorno. A través de un buena fase deanálisis del territorio, previa a la elaboración de laOrdenanza, debe detectarse la diversidad yestructuración de las tipologías tradicionales(esquemas de distribución, elementos de relacióninterior-exterior, usos de las plantas, privacidad de losespacios, relación y conexión entre piezasimportantes y secundarias, ubicación de patios yescaleras…), y que es lo que interesa mantener yproteger como elementos de expresión patrimonial.

3. La normativa debe contemplar la diversidad tipológicaexpresada en la edificación tradicional y normativizaro recomendar en la medida de lo posible para quesin grandes modificaciones estas formas tradicionalespuedan acoger nuevos usos y nuevas formas de vida.Estas recomendaciones o normas pueden recogerseen un documento paralelo a la normativa, comopuede ser un Manual de rehabilitación (ver D6 enel esquema de Plan propuesto)..

Art. 30.Cerramientos de parcelaPara la edificación dispersa, en contextos rurales, sedefinirán las alturas, configuración y materiales con loscuales pueden construirse los cerramientos de parcelacon tal de mantener una unidad de conjunto

En el territorio tradicional los cerramientos de parcelason elementos definidores del paisaje tradicional ypor eso es importante regular su forma y materiales.

CAPÍTULO 3. SOBRE LOS SISTEMASCONSTRUCTIVOS Y TECNOLÓGICOS

Art. 31.Instalaciones1. La Ordenanza deberá garantizar que todas las

viviendas tengan las instalaciones y servicios mínimosexigibles, tales como los de abastecimiento de agua,

evacuación de aguas residuales, suministro deenergía eléctrica y recogida de basuras. Laimplementación de estas instalaciones deberánintegrarse en el conjunto edificado de maneracoherente y sin causar distorsiones excesivas a laimagen general

2. Se definirá la dotación mínima de agua potable,entendiéndose como agua potable aquella quecumpla con las condiciones de salubridadestablecidas por la legislación y convenientementedepurada. Por tanto, se insistirá en la supresión dedepósitos de acumulación

3. Todas las viviendas deberán poder acometer a la redpública de evacuación de residuos, debiendo lascorporaciones locales dar todo tipo de facilidadespara la instalación de aseos en las viviendas quecarezcan de ellos. El caudal a tener en cuenta parala acometida a la red de saneamiento será el mismoque el indicado para la dotación de agua.Generalmente, no se admitirá el uso de fosassépticas y en el caso de que el vertido no se realicea colectores de uso público deberá preverse elcorrespondiente sistema de depuración.

4. Las líneas de distribución eléctrica para usodoméstico serán subterráneas, y en caso que porcausas justificadas no puedan serlo tratarán desalvaguardar el aspecto estético.

5. Deberá preverse un sistema de recogida de basurasque sirva de base a la organización del serviciomunicipal pertinente.

Art.32. Construcción1. Aparte de las consideraciones estéticas que deban

cumplir los materiales de fachada y cubierta yaexpresadas a en el capítulo 3 del presente título,todo material empleado en las nuevasconstrucciones o en las intervenciones derehabilitación, deberá cumplir con los requisitos dede calidad e idoneidad técnica exigibles por cadalegislación local.

2. El manual de rehabilitación debe recoger el conjuntode soluciones constructivas tradicionales para que setengan en cuenta en los proyectos de rehabilitación,haciendo especial atención a aquellas solucionesparticulares que tengan un alto interés patrimonialpor su especificidad.

3. Los materiales de cerramiento de las construcciones,deberán asegurar una alta resistencia e inerciatérmica, así como una correcta estanqueidad a lahumedad, de acuerdo con las especificidadesclimáticas de cada emplazamiento. En general, enlas obras de rehabilitación de edificación existente, yen el caso que sea necesario para cumplir con losrequerimientos normativos, se admitirá laimplementación de soluciones tecnológicas actualespara el mejoramiento del aislamiento decerramientos, estanqueidad de cubiertas, etc.siempre que sean compatibles y no entren encontradicción con los sistemas tradicionales.

4. Los materiales y sistemas constructivos interiores(divisiones, techos…) deberán también cumplir conlos condicionantes de aislamiento acústicoadecuados, en especial para la separación entreviviendas de distinto propietario. En el caso de sernecesario una mejora, deberán adoptarse solucionescompatibles con los sistemas tradicionalesexistentes.

Art. 33.Confort 1. En general, tanto el diseño como los materiales de

las nuevas construcciones y de las reformas y

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoEsquema para una ordenanza. La definición del texto normativo central del Plan de Rehabilitación.

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consolidaciones de las antiguas deben, a parte detodo tipo de consideraciones, asegurar un buencomportamiento climático que permitaaproximarse a las condiciones de confort, teniendoa lograr un ahorro energético adecuado para cadacontexto climático.

2. AsoleoLa consideración del comportamiento de laedificación respecto a la radiación solar deberá sertenida en cuenta por la fundamental importanciade que esta tiene para conseguir un equilibrioclimático que proporcione confort con un costeenergético mínimo. Deberá pues, en lasedificaciones de nueva planta sobretodo, hacersecompatible este condicionante con loscondicionantes compositivos de la fachada. La normativa deberá definir una superficie de asoleomínima según el uso de las estancias, concretandounas superficies coherentes con las características dela edificación tradicional existente.

3. VentilaciónToda vivienda deberá tener unas condiciones deventilación adecuadas desde un punto de vistahigiénico. La normativa deberá definir loshuecos mínimos para garantizar esta ventilaciónsegún el uso de cada estancia (dormitorio,cocina…). Se fomentará la ventilación cruzada para reducir elimpacto de sistemas de ventilación y climatizaciónartificiales. Para la consecución de este fin, sepermitirá modificar las tipologías existentes,siempre de acuerdo con las posibilidades detransformación asumidas por los Manuales derehabilitación elaborados a partir del estudiominucioso de las tipologías existentes en cadaenclave.

4. Aislamiento térmico y acústicoToda edificación cumplirá con los requisitos deaislamiento térmico y acústico (exterior e interior)establecidos por cada legislación local y esbozadosen el punto anterior. Deberá precisarse bien elcálculo de los mismos en el proyecto deintervención.

Art. 34.Habitabilidad1. Los proyectos de rehabilitación y obra nueva

deberán cumplir, como es lógico, con lascondiciones de habitabilidad establecidas en lalegislación de cada país sobre condicionessanitarias y higiénicas en las viviendas, así como demanera genérica con lo que se enumera en lospuntos anteriormente citados (asoleo, ventilación,instalaciones, aislamiento y estanqueidad…) y conun programa mínimo para vivienda, en el que seespecificarán superficies y alturas o volúmenes delos espacios habitables.

2. Tal y como hemos comentado anteriormente, ypara mejorar la habitabilidad del conjuntoedificado, se permitirán las modificacionestipológicas de la edificación existente.

3. En las edificaciones con un número determinadode plantas o viviendas se exigirá la instalación deascensor, tanto en los proyectos de nuevaedificación como en los de rehabilitaciónintegral. En este segundo caso, aunque lainstalación de un sistema de elevación suponeuna mejora indudable para modernizar laedificación tradicional, deberá garantizarse queesta sea físicamente posible y no dañe de formairreversible las características patrimoniales delmismo

Con pequeñas modificaciones, las tipologías devivienda tradicionales pueden adaptarse a los nuevosrequerimientos de habitabilidad y confort.

TÍTULO CUARTO/ Equipamientos y servicios

CAPÍTULO 1. EQUIPAMIENTOS

Art. 35.Definición y tipos1. El Plan definirá las parcelas destinadas a

equipamientos y servicios para la comunidad. 2. En general, y excepto los casos de reutilización de

edificación existente, en muchos casosrecomendable, por su carácter público yrepresentativo, los equipamientos podrándesarrollarse como piezas singulares dentro delconjunto edificado y adoptar las formasarquitectónicas que se consideren adecuadas y deexpresión contemporánea, con tal de enriquecer elconjunto. De esta manera, podrán respondermejor a sus necesidades funcionales. Así pues, lasindicaciones expresadas en el título anterior,tendrán carácter indicativo. No obstante, elproyecto deberá justificar suficientemente laopción arquitectónica elegida y ser informado porla Comisión Técnica del Plan.

3. La ordenanza definirá los usos contemplados comoequipamientos y servicios (religiosos, culturales,sociales, administrativos, docentes…). Quedaránclaramente reflejados en los planos del Plan (planoPL9 del esquema de Plan propuesto)

Art. 36.Modificación de usos y usos complementarios1. Para la implantación o modificación de usos y su

distribución interna en edificios existentesdestinados a equipamientos, se requerirá laredacción de un proyecto de rehabilitación integralcon carácter de Esquema Director, del conjunto delas instalaciones, que comprenderá los usos yactividades a desarrollar, las obras de reforma oampliación que sean necesarias y las densidades deocupación previstas.

2. Se potenciará los equipamientos de carácter social,asistencial o recreativo de acuerdo con lasprevisiones del Plan, potenciando su ubicación enplanta baja, permitiendo como complementariosotros usos, como el comercial.

CAPÍTULO 2. SERVICIOS

Art. 37.Distribución de mercancíasCon la finalidad de disminuir el reparto de mercancíaspuerta a puerta y de forma no ordenada, seráconveniente establecer unos puntos de distribución demercancías. Estos centros quedarán reflejados en losplanos del Plan y su objeto será el almacenamiento deproductos de consumo para su posterior distribución.,así como el material de desecho o retornable, previa surecogida.

Art. 38.Recogida de basuras1. La autoridad competente establecerá el sistema de

recogida de basuras que resulte más adecuado enfunción del sector urbano o de accesibilidad delterritorio, señalando los puntos de recogida, laforma de depósito y los horarios.

2. Quedará explícitamente prohibido la acumulaciónde cualquier clase de basura o rehecho en la víapública

TÍTULO QUINTO/ Infraestructura de movilidad y espacio libre

CAPÍTULO 1. VÍAS PÚBLICAS

Art. 39.Tipos de vías1. El sistema viario comprende las instalaciones y los

espacios reservados al trazado de la red viariaexclusivamente dedicados al uso de vialidad. ElPlan deberá ordenar los viales por tipologías y uso.Los viales deberán tener siempre carácter público,con las limitaciones de uso que las autoridadescompetentes determinen en cada caso paragarantizar la funcionalidad y seguridad de éstas.Un plano debe sintetizar esta información (PL4 delPlan esquema propuesto).

2. En contextos urbanos y de centros históricos, estasvías deberán ser preferentemente peatonales,pudiéndose establecer diferentes grados depeatonalización: desde calles con el uso de losvehículos rodados totalmente restringido a gradosintermedios, de preferencia peatonal, de usocompartido pero con prioridad peatonal, etc.

3. En contextos rurales se deberán diferenciar lascarreteras (generales, de acceso a poblaciones…)de las pistas forestales y de los caminos rurales deíndoles más local. El planeamiento deberá definir lasituación, dimensiones y afectaciones de cada tipode vía, etc. así como los elementos de arbolado yjardinería que los acompañan, teniendo comopremisas los condicionantes de calidad ambiental yde protección de áreas urbanas, tanto en en sudesarrollo como trazado. Así mismo, se prestaráespecial atención al cuidado y mantenimiento decaminos rurales y su relación con los elementosconstruidos y edificaciones auxiliares de índoletradicional (molinos, fuentes, pajares, palomares,graneros…).

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En contextos urbanos las vías deberán serpreferentemente peatonales, pudiéndose establecerdiferentes grados de peatonalización.

Art. 40.Rasantes y perfilesLas rasantes y perfiles transversales de los viales seajustarán a la topografía del terreno y la normativadeberá definir unas pendientes máximos según el usodel vial.

Art. 41.Ordenanza de tráficoLa autoridad deberá aprobar una ordenanza especialde tráfico y circulación de vehículos, con sujeción a loscriterios establecidos en el presente Plan, odenando eluso de los viales por parte de los vehículos, la gestiónde mercancías, el aparcamiento…

Art. 42.Aparcamientos y transporte público1. En los centros históricos, para conjugar las

necesidades inherentes a su necesaria utilizaciónresidencial con las características específicas deltejido, es necesario prever unas zonas deaparcamiento colectivo. Para la colocación,preferentemente perimetral, se considerará suaccesibilidad y la conexión con el resto de víasinteriores.

2. Se promoverá el uso de transporte público por laszonas urbanas reguladas por el presente Plan. Estetipo de transporte podrá utilizar las vías públicas enconsonancia con su utilización

En los centros históricos, para conjugar lasnecesidades de los residentes con el respeto a las características del tejido histórico, las áreas de aparcamiento se habilitarán áreas específicas de aparcamiento, preferentemente en su perímetro.CAPÍTULO 2. ESPACIOS LIBRES

Art. 43.Espacios libres1. Se consideran espacios libres los suelos no

edificables, para mantener las características deltejido o el paisaje histórico. A los viales públicos lesserá establecido el capítulo anterior.

2. Los espacios libres pueden ser de titularidad públicao privada. En contexto urbano son espacios librespúblicos las plazas, plazuelas, jardines y demásespacios públicos no edificables. En contexto ruralestarán integrados por los sistemas forestales, lasáreas hidrográficas, los terrenos cultivables, etc. Unplano síntesis (PL5 del esquema de Plan)sintetizará esta información de manera gráfica.

Art. 44.Condiciones de uso1. En contexto territorial los espacios libres vendrán

generalmente regulados por la legislaciónespecífica de cada materia (forestal, hidráulica…)que determinará sus condiciones de uso. Engeneral, se fomentará el mantenimiento de losusos agrícolas con tal de mantener lacaracterización tradicional del paisaje.

2. En los cascos urbanos, el uso del espacio delespacio libre deberá ser fundamentalmentepeatonal, ya que es esl más coherente con el tejidotradicional, pero habrá superficies destinadas alpaso del tráfico rodado, que deberán estarsuficientemente diferenciadas. La circulación yestacionamiento de vehículos se limitarán a losestrictamente necesarios, de acuerdo con laregulación que apruebe la autoridad competente.

3. Los usos que se implanten en todos los espacioslibres públicos y el mobiliario correspondientetendrán la consideración de provisionales. 4. Las instalaciones privadas de servicio público quese autoricen en estos espacios, tales comoquioscos, casetas comerciales y otras semejantes,deberán contar con la perceptiva licencia oconcesión de uso privativo del espacio público.Estas instalaciones deberán respetar en todo casolos valores monumentales y paisajísticos delentorno en que hayan de localizarse.

5. Para casos de instalación de nuevos tendidoseléctricos o telefónicos, la instalación deberá sersubterránea, debiéndose para los tendidos existentesir sustituyendo gradualmente los postes y palomillasadosados a fachadas por este tipo de instalaciones

Art. 45.Pavimentos, aceras y mobiliario urbano1. En estos espacios serán prioritarios los elementos

de urbanización y mobiliario que potencien suidentificación y singularidad dentro del tejidotradicional. Este punto también puededesarrollarse con mayor detalle en una Normativade Paisaje urbano.

2. Los proyectos de urbanización, embellecimiento,jardinería, alumbrado público, etc. deberán estaren consonancia con el carácter y escena de losNúcleos de que se trate y aunarán a sufuncionalidad el tratamiento estético adecuado. Lapresente ordenanza, sin que deba poner trabas a laproyectualidad contemporánea, podrá concretarmateriales y ciertas variables de diseño.

3. PavimentaciónEn las zonas de urbanización deberán distinguirseentre áreas de pavimentaciones duras (enlosadosde piedra, adoquines…) y blandas (tierras, zonasvegetales…). Las duras son preceptivas de viales yáreas de tránsito intenso y las blandas sonrecomendables para áreas de poco tránsito yerosión. Deberá preverse un mecanismo adecuadode drenaje (superficialmente con canales, etc.),generalmente conectado a la red.Como criterio general, se restringirá la calzadadestinada a rodamiento al mínimo imprescindible.En calles estrechas debe tenderse a la supresión de

bordillos, resaltes y aceras, pavimentando toda la callepor igual. Se conservarán en la medida de lo posiblelos pavimentos existentes, garantizando que cumplancon los condicionantes de accesibilidad adecuados(antideslizamiento, paso de minusválidos…).

4. Mobiliario urbanoLos elementos de mobiliario urbano (farolas,fuentes, alcorques, papeleras, bancos…, así comolos elementos de veta u ornato (fuentes,parterres…) deberán regularse mínimamente(diseño, material, color, criterio de colocación,vegetación…) sin que supongan una traba alproyecto arquitectónico del espacio libre, quedeberá, por otro lado, saber reconocer lascondiciones del lugar y resolverse de forma sencillay adecuarse de forma discreta con el entrono. 5. Alumbrado y señalizaciónLos elementos de iluminación y señalizaciónrespetarán la escala del lugar. Se tendrá en cuentalas condiciones lumínicas del lugar para ladisposición de luminarias.Deberán concentrarse todos los elementos deseñalización urbana, disminuyendo la dispersión deobstáculos al peatón.

6. ArboladoEl arbolado, como elemento primordial en laconfección del paisaje quedará reflejado en losplanos normativos del espacio libre. Los proyectosde urbanización contemplarán perceptivamente elarbolado considerando sus diferentes usos paramarcar zonas, proteger del asoleo y el viento,canalizar perspectivas, complementar el mobiliariourbano, facilitar el modelaje del suelo…

7. Redes de servicios públicosSu trazado eberá ser subterráneo.

Los proyectos de urbanización deberán estar enconsonancia con el carácter del territorio tradicional y aunar funcionalidad con un el tratamiento estéticoadecuado.

TÍTULO SEXTO/ Instrumentos de gestión

CAPÍTULO 1. RELATIVOS A LA CONSERVACIÓN DELA EDIFICACIÓN

Art.46.Deberes de conservación, uso y rehabilitación1. Los propietarios de toda clase de terrenos y

construcciones deberán destinarlos al uso en cada

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caso establecido por el presente Plan ymantenerlos en condiciones de seguridad ysalubridad.

2. El coste de las obras necesarias en virtud de lodispuesto anteriormente correrá a cargo de lospropietarios o la Administración. La autoridadcompetente ordenará, de oficio o a instancia decualquier interesado, la ejecución de las obrasnecesarias para conservar las condicionesestablecidas anteriormente y exigirá elcumplimiento de los deberes legales que se refiereel presente artículo.

3. Las edificaciones protegidas y con valor patrimonialcatalogadas deberán ser conservadas, mantenidasy custodiadas por sus propietarios. Cuando estosno ejecuten las actuaciones exigidas encumplimiento de las condiciones anteriormentedescritas, la administración competente en materiade patrimonio podrá ordenar su ejecuciónsubsidiaria. Asimismo podrá conceder una ayuda yrealizar de modo directo las obras necesarias si asílo requiriese la más eficaz conservación de losbienes.

4 . El incumplimiento de las obligaciones establecidasen el presente artículo será causa de interés socialpara la expropiación forzosa de los bienesdeclarados de interés cultural

Art. 47.Declaración de ruina1. La normativa deberá establecer la posibilidad de

declarar como ruinosa una edificación y con quecondiciones se considera, con tal de promover surehabilitación con carácter de urgencia o suderribo parcial o total. La declaración de ruina ola adopción de medidas de urgencia no eximirá alos propietarios de las responsabilidades de todoorden que pudieran serles exigibles por lanegligencia en los deberes de conservación deconservación que les correspondan.

2. El procedimiento, que será iniciado por laautoridad competente, vendrá definido en lasNormas y podrá imponer la obligación derehabilitarlo, teniendo derecho a la obtención delas ayudas a las que se refiere este mismo títulode las Ordenanzas. La demolición se acordarácon carácter excepcional y deberá justificarse enrazones de protección del medio ambiente o demejora de la conservación general del carácter delterritorio.

Art. 48. Edificación forzosa1. A partir de la entrada en vigor de las presentes

Ordenanzas la autoridad competente podrá exigira los propietarios de terrenos sin urbanizarincluidos en el ámbito del presente Plan, quesoliciten licencia de edificación en un plazodeterminado.

2. El incumplimiento de este deber determinará laexpropiación o la venta forzosa de este terreno.

CAPÍTULO 2. RELATIVOS A LA GESTIÓN DE LAIMPLEMENTACIÓN DEL PLAN

Art. 49.Fomento de la iniciativa privada1. En coherencia con los objetivos de protección que

inspiran el presente Plan, la autoridad competentedeberá fomentar la rehabilitación de lasedificaciones incluidas dentro del ámbito de

aplicación, mediante el otorgamiento de ayudas yla prestación de la asistencia técnica y jurídicanecesaria. Dichas ayudas se regularán en unaOrdenanza específica y podrán articularse con lasque puedan obtenerse en aplicación delegislaciones de ámbito superior.

2. Las ayudas podrán ser económicas o de otrocarácter. Las económicas podrán consistir en :– Subvenciones directas a obras y proyectos– Subvenciones indirectas o exenciones de las

tasas por licencias y otras tasas y tributos.– Cesión temporal de andamios y otros

elementos necesarios para las obras3. Las ayudas de otro carácter podrán consistir en la

asistencia técnica y jurídica sobe presupuestos,soluciones técnicas,…sin perjuicio de lainformación urbanística que obligatoriamentedebe suministrar la administración.

Art.50.Colaboración y conveniosPara la consecución de los objetivos del Plan, laautoridad deberá promover la celebración deconvenios con otras entidades públicas y privadas

Art.51.Oficina del Plan1. Se creará una Oficina del Plan, que tendrá a su

cargo la dirección y coordinación de lasactuaciones que hayan de llevarse a acabo enejecución de aquél, así como el seguimiento de lasmismas.

2. La Oficina debe configurarse como in órganoespecial de gestión, sin personalidad jurídicapropia, pero con autonomía funcional, sin perjuiciode su vinculación directa de la administraciónpública, de la que dependerá. La Oficina contarácon los medios personales y materiales necesariospara el cumplimiento de sus fines.

Art. 52.Ejecución del PlanLas actuaciones previstas en el Plan se llevarán a cabocon arreglo al Programa de Actuación que deberáintegrarse en la documentación del Plan. EstePrograma de Actuación podrá dividirse en planestemáticos de acuerdo con lo expuesto a modo deejemplo en el esquema de Plan expuesto.

Art. 53Redacción de ordenanzas complementarias1. Con la aplicación del plan, es importante, en el

menor plazo posible, proceder a la elaboración deuna serie de Ordenanzas complementarias quesirvan para hacer más efectiva su aplicación. Estasordenanzas son:– Ordenanza especial de ayudas de la

rehabilitación– Ordenanza especial de tráfico y circulación de

vehículos– Ordenanza especial reguladora de actividades e

instalaciones en las vías públicas y espacioslibres.

2. Asimismo, deberá complementase la presenteordenanza con las siguientes disposiciones:– Una normativa de paisaje que incluya un Plan

de Color.– Una ordenanza de publicidad y rotulación.

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La tradición cultural vinculada a los temas de conservación y derehabilitación del patrimonio arquitectónico histórico-tradicional,en especial del patrimonio perteneciente a núcleos y entornosrurales, ha nacido enmarcada en el cuadro de referencia de losManuales de Rehabilitación y los Códigos de Práctica surgidos enItalia en los primeros años 80, de la mano de estudiosos comoPaolo Marconi, Francesco Giovanetti y Antonino Giuffrè.Los Manuales de la Rehabilitación surgieron principalmente con elobjetivo de fomentar una nueva cultura de la conservación delpatrimonio arquitectónico premoderno, basándose en la “ [...]convicción de la importancia crucial de la rehabilitación de estetipo de bienes para poder preservar y poner en valor la identidadhistórica de la ciudad”1 .La idea principal de toda la investigación que hay detrás de estosdocumentos es remarcar la importancia del conocimiento enprofundidad de la arquitectura tradicional, desde el punto de vistade su implantación en el territorio, de sus topologías y de sudistribución. De todas formas se hace especial énfasis en losaspectos materiales y tecnológicos, como condición previa eindispensable para su tutela y conservación. La aproximación cognitiva se establece como fundamento de unanueva manera de pensar el proyecto de rehabilitación de loexistente que, sobre la base del análisis crítico de la arquitecturatradicional, sea capaz de leer y comprender las relaciones queintervienen en las diferentes tipologías edificatorias, estructuralesy constructivas. Todo ello con el objetivo de poder intervenir en elconstruido preservando su carácter, a través de la selección detécnicas y materiales, coherentes y compatibles con aquellos queen origen lo conforman.Raffaele Panella expresa claramente la dimensión del problema enla introducción al Manual de Cittá di Castello, señalando “lairritación que sufren los teóricos y los operadores de las “grandesrestauraciones” en el momento de enfrentarse al problema de laconservación de millones de ejemplares [...]” de edificios históricoscon sus elementos de fábrica y pone sobre la mesa “[...] los límitesconceptuales y prácticos de la restauración delante de ladimensión cuantitativa del problema [...]”2 .Algunos años más tarde, de acuerdo con las premisas de lasediciones precedentes de los Manuales, Francesco Giovanettidefiende firmemente la necesidad de no interrumpir el diálogocon el universo constructivo del pasado, no como una opción deregresión técnica, sino para poder dar soluciones convincentes,por lo menos a los principales problemas relacionados con laconstrucción tradicional. De un lado se exige que las nuevas

intervenciones de mantenimiento sean compatibles con elorganismo edilicio premoderno y por el otro se constata laparadoja por la cual la siempre creciente “[...] demanda que semanifiesta en el mercado de recuperar las calidades materialesespecíficas de la construcción histórica [...]”3 continua sinatenderse por culpa de la incapacidad de técnicos y empresas deenfrentarse correctamente al mundo constructivo del pasado.Los Manuales de Rehabilitación están concebidos comoinstrumentos de características eminentemente prácticas, sin tenerla pretensión de responder a la generalidad de cuestiones quesurgen en el momento de enfrentarse a la edificación histórica.Entre los más conocidos, vinculados a la arquitectura histórica deun área urbana específica, seguramente deben mencionarse loselaborados para Roma (en dos ediciones), Città di Castello,Palermo, Matera, Ortigia, a los cuales puede añadirse las

Roma, análisis del de la estrucutra murarua de un edificio histórico (Manuale delRecupero del Comune di Roma, II edizione, 2000).

El manual de rehabilitación. En Italia y los paises mediterraneos

Carlo ATZENIIngeniero CivilProfesor en el Departamento de arquitectura de la Universidad de CagiliariItalia

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experiencias más recientes llevadas a acabo en Castel Del Monte yen Génova.Además, en el último decenio, han aparecido estudios de alcancemás amplio, relacionados con ámbitos territoriales más extensos,tales como comarcas, regiones, o incluso estatales. Es el caso, porejemplo, del Manual de la Rehabilitación de la Región Abruzzo,publicado en el 2004, de la Guía para el mantenimiento y larehabilitación de edificios del Aveto en Liguria, del Manual para larehabilitación de la arquitectura y del paisaje de la Irpinia, delManual de la recuperación de los centros históricos de la Marmilla,del Sarcidano, de los Arci y del Grghine, en Sardegna (Cerdeña), ytodo esto limitándonos al ámbito italiano. No podemos olvidar lasinteresantes experiencias llevadas a cabo para la redacción de losmanuales de rehabilitación y mantenimiento de la arquitecturatradicional de Siria y Líbano, redactados dentro del programa de

investigación comunitario CORPUS o el Manual de rehabilitación dela arquitectura de tierra de los valles pre-sahariano de Marruecos.La cultura constructiva de un ámbito local concreto (que casisiempre coincide con un contexto urbano bien definido y dentrode límites temporales precisos), constituye el objeto de estudio delos manuales. La razón de escoger este método, que podríaparecer excesivamente selectiva, hay que buscarlas en el carácterendémico que presenta la declinación local del arte de construirpremoderno. “Los manuales se refieren siempre a un vocabulariodefinido para un ámbito geográfico e histórico de referencia.Presentan las reglas del arte de la construcción existentes en unaárea cultural determinada, seleccionadas a partir de lascaracterísticas de los materiales disponibles, de los modelostipológicos adquiridos del conocimiento y del conjunto derespuestas tecnológicas dadas a las solicitaciones existentes, cuyavalidez resulta generalmente confirmada por la mismasupervivencia hasta hoy de los elementos constructivos”4 . Losobjetivos de la manualística de rehabilitación se puedenreconducir sintéticamente a aspectos culturales y de uso.En primer lugar, el hecho de que el manual recoja un amplioabanico de elementos típicos de la construcción tradicional(estructuras de cubierta, coronamientos, muros, aberturas, etc.)mediante ilustraciones detalladas, tablas gráficas y escritos,permite una lectura de naturaleza archivista - documental - ypresentarlo como un repertorio de casos a partir de los cuales esposible identificar los tipos constructivos existentes. Según estaperspectiva “[...] el manual es más bien un catálogo, y la mayorparte de su contenido es, sin duda, el desarrollo del conocimientode las características de la edificación antigua con especialreferencia a la construcción y a la cultura material que incorpora”5.Pero hay otro aspecto muy importante ligado al carácterinterpretativo con el cual el manual puede ser consultado; dehecho el manual proporciona a técnicos y profesionales unmétodo de acercamiento al conocimiento de la edilicia tradicional,pero también se convierte en una herramienta útil de cara aplantear estrategias de intervención para la conservación activadel patrimonio. Panella clarifica mejor que “según esta [...]perspectiva se revela un perfil de la obra propiamentemanualístico, que descubre las intencionalidades originales eindica sus desarrollos posteriores. Estos son sin duda el desarrollodel catálogo, que se realizará a través de la implicación de nuevasfamilias [...] y el enriquecimiento sobretodo de las técnicas deejecución históricas (que son a menudo olvidadas en la mayorparte la fuentes cultas: arquitectos, tratadistas e históricos). Perosobretodo representan la definición sucesiva de criterios de tutelaactiva, es decir, de requisitos técnicos que guían la intervención derehabilitación, dirigida en primer lugar al mantenimiento y a lareparación de los edificios antiguos”6 .El manual se dirige por un lado a la comunidad del ámbito dereferencia y, por el otro, al conjunto de especialistas, en su doble

Los instrumentos de catalogación tipológica facilitan el conocimiento delpatrimonio arquitectónico de base: ábaco de los tipos edilicios de la Marmilla enCerdeña (Manuale del recupero dei centri storici della Marmilla, del Sarcidano,dell'Arci e del Grighine, 2006).

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13faceta teórica y práctica, es decir, tanto a técnicos como aprofesionales. Por lo que se refiere a los ciudadanos, el manualdebe estimular su deseo de acercarse y apreciar el valor de loscentros históricos por la expresividad de sus edificios, quesintetizan la esencia de las construcciones tradicionales, nosiempre apreciadas en la vida diaria.En relación a los expertos, el objetivo es el de promover lasensibilidad y el conocimiento de los valores de la construccióntradicional, codificando sus reglas principales trasmitidas hastahoy en día gracias a la experiencia práctica del saber hacer de lasobras y permitiendo “[...] transmitir esta literatura a lasgeneraciones futuras sin que se pierda o se distorsione susignificado”7 .Para los proyectistas el manual se configura como una guía y unsoporte en el momento de definir la intervención derehabilitación, orientando la elección de materiales y técnicas queresulten coherentes con la tradición constructiva local, según una

lógica proyectual que actúe en continuidad y no en oposición conel pasado. “El Manual de rehabilitación no tiene ni quiere tener uncarácter prescriptivo. Concebido para dar respuesta a lainsuficiencia de unas normas de tutela esencialmente prohibitivas,desea abrir pasa a actitudes propostivas. [....] Es un desafío a laautoridad pública, en sus diferentes articulaciones, para queadopte une nueva actitud en materia de tutela, no pensando endecir que es lo que no se debe hacer, sino para sugerir lo que sedebe actuar” 8.La manuales no quieren ser documentos con valor normativo, porlo menos en las intenciones de los autores de sus primerasversiones, sino que tienen funciones solamente indicativas,manteniendo su vocación natural de ser un complemento a losinstrumentos urbanísticos de actuación (como los planosurbanísticos de rehabilitación de los centros históricos) queregulan la actividad de rehabilitación. Mediante las prescripcionestécnicas y de materiales y la relación de la edificación existente con

Palermo, axonometria mostrando el detalle de la estructura de un edificio delcentro histórico. La tabla destaca diferentes aspectos relativos a la construcción y a los materiales utilizados. (Manuale del Recupero del centro storico di Palermo,1997).

Città di Castello, axonometria de una bóveda (Manuale del recupero del Comune di Città di Castello, 1992).

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13el cuerpo normativo que lo tutela, el Manual permite la evoluciónnatural de los núcleos históricos de acuerdo con la lógica de lapráctica del mantenimiento.En este sentido las administraciones públicas locales y en particularsus órganos competentes como las oficinas técnicas municipales,son otros potenciales usuarios a los cuales se dirige el Manual. Sedebe subrayar, además, que en un momento como el actual, enque la conservación y tutela del patrimonio edificado histórico-tradicional es objeto de inversiones significativas por parte de laComunidad Europea, sería muy conveniente confiar eninstrumentos como los manuales, los cuales pueden proporcionarindicaciones claras y coherentes a los profesionales respecto lasintervenciones sobre el construido.Las implicaciones que el manual conlleva en el momento deafrontar a una intervención de rehabilitación sitúan en un primerplano la relación entre regla y proyecto, teniendo en cuenta unaconcepción más madura y consciente de la necesidad de recuperar

territorios comunes con el diálogo entre tradición e innovación. Elplanteamiento de los autores de los manuales es el de asociar laregla a la práctica estrictamente restauradora del patrimonio dearquitectura tradicional, dejando espacio al proyecto cuando laintervención, a pesar de que sea dentro del programa derehabilitación, deba ocuparse de recomponer formas y estructurasdestruidas o obsoletas. Según esta posición, regla y proyectoconstituyen las dos partes integrantes de un mismo programageneral de rehabilitación y “[...] como se refieren a accionesdiferentes”9 no puede haber conflictos entre ellas.La función de soporte del manual, por lo que se refiere a temas detutela urbanística, puede articularse según diferentesorientaciones: Constituir un vínculo respecto al cambio osustitución de materiales y elementos constructivos dignos de serconservados y tutelados; Asumir una connotación prescriptivasobre materiales y técnicas a utilizar en las intervenciones sobre elexistente; y finalmente, por medio del repertorio de casos de

Nureci, Marmilla, análisi del sistema cnstructivo de una casa tradicional (Manualedel recupero dei centri storici della Marmilla, del Sarcidano, dell'Arci e del Grighine,2006).

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13estudio, puede proporcionar indicaciones sobre las formas yestrategias a seguir en el proyecto de rehabilitación.El método de investigación seguido en la redacción de losmanuales se enfrenta al carácter de las construcciones antiguascon una perspectiva particular, que se desvincula de las lógicas dela tipificación y que hace de la individualidad su punto fuerte. Laelección de casos singulares tiene en cuenta el hecho que suscaracterísticas constructivas poseen un alto nivel de generalidadrespecto al ámbito de referencia. Dicho de otra forma, losejemplos elegidos, a pesar de su individualidad, tienen lacapacidad de representar una amplia casuística de edificios conpropiedades y características análogas10. Los elementos de fábrica más significativos, según unaclasificación propia de la arquitectura técnica, se estudian, selevantan y representan con tablas gráficas para evidenciar “ [...] sucapacidad estructural, es decir, su disposición [...] a soportarsolicitaciones comunes o patológicas; las características

tecnológicas, es decir, la presencia de los elementos, sucombinación y las soluciones ejecutivas; la calidad arquitectónica,es decir, el cuidado en los ornamentos y los acabados”11 .En una línea de investigación paralela a la de los manuales de larehabilitación aparece, más recientemente, la experiencia de losCódigos de Práctica, coordinada por Antonino Giuffré en lasciudades de Palermo, Ortigia y Matera. Los Códigos de Prácticacomparten con los manuales el planteamiento fundamental, perose alejan de ellos en lo que se refiere a la dirección específica deestudio. Los códigos, de hecho, se interesan por elcomportamiento estructural de las fábricas antiguas, y el análisisdel construido se dirige a la lectura y a la interpretación de laslógicas constructivas con el fin de comprender las disposicionesestáticas y las relaciones entre los diferentes elementosestructurales. El objetivo de los Códigos de Práctica consiste en elestudio de las condiciones de estabilidad y seguridad delconstruido, sobretodo en relación a los problemas propios de las

Roma, detalle de la estructura de madera de una cubierta. (Manuale del recuperodel Comune di Roma, II edizione, 2000).

Génova, esquema de síntesi de las diferentes modalidades constructivas de techos de madera.

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13áreas sísmicas, proporcionando un método de intervención quebusca en el conocimiento de las reglas de construccióntradicionales, la clave de la compatibilidad entre viejo y nuevo.Esta perspectiva deriva del convencimiento que, con lasintervenciones de rehabilitación, se debe “[...] reconstituir unahomogeneidad estructural que los nuevos materiales noconsiguen alcanzar, y significa también, es obvio, la exigencia deconservar el significado cultural de las obras del pasado”12 . Porotra parte, se ha podido constatar que las estructuras antiguas, siestán bien construidas, pueden perfectamente enfrentarse asituaciones críticas, y también a aquellas eventualmenteprovocadas por la acción del sismo.En la opinión de Giuffré “la calidad de un edificio bien construido,es decir, en términos más adecuados, ejecutado según las reglasdel arte, es el resultado de una correcta organización del conjuntode los diferentes elementos estructurales y de la eficiencia estáticade cada uno de ellos. Un edificio hecho así no sólo es estable

frente solicitaciones excepcionales, sino que también puedeacoger nuevas funciones sin que desbaraten sus carácter formal yconstructivo” 13. En esto aspecto reside su fuerza y su vitalidad.El Código de Práctica nace como herramienta de ayuda a losinstrumentos urbanísticos y en este sentido desarrolla la funciónde guiar las intervenciones sobre el existente, garantizando unacierta uniformidad de método. Su objetivo, exclusivamenteoperativo, es doble: garantizar una conducta proyectual coherentecon los principios estructurales de los edificios antiguos y, almismo tiempo, averiguar sus capacidades de resistencia al sismo.Para alcanzar este objetivo se realiza con anterioridad unadiagnosis del edificio, de manera análoga a lo que se plantea parala preparación de los manuales, que permita prever los posiblesdaños. Esto significa que una vez se ha evaluado la seguridadestructural del edificio (juega un papel determinante el trabajo decampo) y fijado el grado sísmico respecto al cual se quiereasegurar la resistencia, sobre la base del análisis de los daños

Marruecos presahariano, cuadro sinóptico de los diferentes tipos constructivos de techo de caña y bigas de madera. (Manual de conservación del patrimonioarquitectónicos de los valles presaharianos de Marruecos, 2005)

La rehabilitación de la arquitectura histórico-tradicional: Marmilla, esquema para el refuerzo de la estructura portante de un techo de madera infradimensionado. (Manuale del recupero dei centri storici della Marmilla, del Sarcidano, dell'Arci e del Grighine, 2006).

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causados por eventos sísmicos previos, debería ser posibleidentificar los puntos débiles del edificio y consecuentementesobre cuales intervenir.Este planteamiento, que asume una orientación casiexclusivamente dirigida a la intervención sobre el existente comotutela preventiva, atribuye a la práctica operativa el rol deinstrumento principal para la salvaguardia del patrimonioconstruido. Ya se han destacado, otras veces, la capacidad quetienen los edificios de adaptarse al cambio de exigencias de lasociedad y la facilidad con que permiten las operaciones demantenimiento, siempre con la condición de que seancompatibles con los principios tecnológicos y constructivos queguiaron su construcción. Los manuales se proponen transmitirjustamente este mensaje. Si el objetivo es rehabilitar el patrimonioedificado asegurándole un papel activo dentro del procesoevolutivo de una comunidad (algo que en absoluto no se puede

dar por descontado), en este caso parece inevitable la reutilizaciónde los edificios de arquitectura tradicional y la práctica de larehabilitación apoyada en el conocimiento de las técnicas y de losmateriales tradicionales.

1 Raffaele Panella, Manuale del recupero del Comune di Roma, pág. 15, EdizioniDEI Tipografia del Genio Civile, Roma 1989

2 Raffale Panella, Per un contenuto conservativo del recupero, en Manuale delrecupero del Comune di Città di Castello, pág.9, Edizioni DEI Tipografia del GenioCivile, Roma 2000.

3 Francesco Giovanetti, Manuale del Recupero del Comune di Roma - II ediciónampliada, pág. 20, Edizioni DEI Tipografia del Genio Civile, Roma.

4 Referencia nota anterior, pág. 16.

5 Raffaele Panella, Manuale del recupero del Comune di Roma, cit., pág. 15

6 Referncia nota anterior, pág. 15-16.

7 Francesco Giovanetti, Manuale del Recupero del Comune di Roma - II ediciónampliada, cit, pág. 19.

8 Francesco Giovanetti, Manuale del recupero del Comune di Roma, I edición, pág.45-46, Edizioni DEI Tipografia del Genio Civile, Roma 1989.

9 Raffaele Panella, Manuale del recupero del Comune di Roma, cit, pág. 13..

10 Raffale Panella, Per un contenuto conservativo del recupero, cit., pág.13, aclaraeste aspecto del manual afirmando haberse enfrentado al estudio de casos segúnuna perspectiva de naturaleza constructiva y arquitectónica “ [...] evita lasnormales abstracciones y los procesos de simplificación, dirigiendo la atención deloperador sobre el carácter inevitablemente individual de cada obra que realizará[...].Si no aparecen los rasgos simplificatorios y de abstracción de la operacióntipológica actual, la operación de clasificación, la tipología, se revela en toda suaparencia de conjunto de modos por cuyo medio se expresa la cultura de laciudad en una determinada época. Es por esto que hablamos de tipificación”.

11 Francesco Giovanetti, Manuale del recupero del Comune di Roma - II ediciónampliada, pág. 19, Edizioni DEI Tipografia del Genio Civile, Roma

12 Antonino Giuffrè, Caterina Carocci, Codice di pratica per la sicurezza e laconservazione del centro storico di Palermo, pág. 3, Editori Laterza, Roma-Bari1999.

13 Referencia nota anterior, pág.4.

La rehabilitación de la arquitectura histórico-tradicional: Sassi di Matera, esquemade detalle con indicaciones de técnicas y materiales para la intervención en unedificio histórico. (Codice di pratica per la sicurezza dei Sassi di Matera, 2000).

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La definición terminológica de patrimonio lleva asociada doslecturas diferenciadas. Por una parte se relaciona el concepto“patrimonial” en el marco económico y, por otro lado, seestablecen unos valores -algunos no escritos- por los que undeterminado elemento (arquitectónico, arqueológico o natural) esmerecedor de estar incluido en un catálogo de protección.La sociedad entiende también esta diferenciación, entre un criterioeconómico-material simplemente y un conjunto de maticesdenominados “artísticos” y/o “arquitectónicos” que le confierenun nivel de aprecio. En función de estos valores cada personapuede identificarse, admirarse o emocionarse ante lacontemplación de un edificio, de una escultura, de una pintura ode un paisaje.Cuando se habla de patrimonio, en mayúsculas, se entiende quereúne unos valores asumidos. Sobre los mismos se intuye que elbien en cuestión debería estar protegido. Esta expresióntrasladada a un marco legislativo significa que tendría que formarparte o estar incluido en un Catálogo.La inclusión o pertinencia a un Catálogo simboliza que undeterminado bien material ha sido considerado por los expertoscomo un elemento a proteger. Mayoritariamente esta protección,en el caso del patrimonio arquitectónico, hace referencia a unconjunto edificatorio, una determinada construcción o incluso unaruina.Por lo general la catalogación de un bien público se asimilaráfavorablemente, en términos generales; por el contrario, laprotección de un bien privado puede generar un conflicto deintereses entre el propietario y la administración. Estas cuestionesafectan al cumplimiento de unos deberes y al dictado de unoscriterios sobre su protección; así hay que destacar, especialmente,el aprovechamiento del bien y las condiciones de mantenimientoy de gestión sobre el mismo derivados de la normativa quedetermina el plan de protección o el ámbito general deplaneamiento. Frente a la elaboración de todo catálogo o planeamiento derivadovinculado con el patrimonio hay que separar dos líneas deactuación dentro del llamado análisis previo: el patrimonioprotegido o fácilmente asimilable y el patrimonio reivindicado.Éste último es el que genera una mayor discusión entre todos losagentes que intervienen: la administración, el equipo redactor delplan de protección, la sociedad civil incluidos los expertos en elcampo del estudio del patrimonio y el propietario.Bajo estas dos concepciones, se puede afirmar que los elementosasumidos disponen de valores importantes, generalmente

vinculados a tipologías religiosas (monasterios, iglesias, ermitas);tipologías defensivas (fortalezas, castillos, torres de vigilancia,);edificios con estilo reconocido (modernistas, por ejemplo) o quedispongan de algún elemento simbólico o singular (tratamiento deuna fachada (pinturas, esgrafiados,…), presencia de elementos deforja tradicional o detalles artísticos vinculados con la tradición dellugar.Otra línea general en el análisis del marco físico y territorial previoa la redacción normativa, viene representada por el conjunto deelementos que deben justificar sus valores, previamente a suinclusión e incorporación a un catálogo u otra figura de protecciónpatrimonial.Algunos de estos elementos quedarán seguramente fuera de laprimera línea de protección atribuida en el catálogo, pero deberántener como mínimo una presencia en otras figuras de protección.A ellos se les atribuye, mayoritariamente, valores sociales a partirde conceptos como la sensibilidad o la memoria histórica

El catálogo también debe poner en relieve los aspectos propios de la configuracióndel territorio: trazas viarias, secciones de calles o viales, formas de parcelas otipologías edificatorias.

La catalogación patrimonial: un proceso metodológico

Antoni VILANOVAArquitectoEspaña

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La evaluación del patrimonio hoy

En el ámbito de una ciudad no se puede considerar únicamente elvalor patrimonial desde la óptica de un modelo urbanístico o deun elemento arquitectónico determinado. El planeamiento debe tener una visión eminentemente amplia,capaz de leer e interpretar el desarrollo y la transformación de unaciudad, como un territorio no homogéneo, formado por piezas,conjuntos y áreas con criterios bien definidos de modo que sepuedan diferenciar diversos ámbitos de protección. A partir de losmismos se establecerán los criterios de protección que permitan surehabilitación, renovación o transformación en el marco físicodonde están ubicados.Es preciso, pues, avanzar en la idea del entorno y la interrelaciónde los diversos elementos en una imagen global que permitadeterminar la calidad de un paisaje urbano donde también seaprecian los elementos singulares.Desde esta reflexión generalística, la redacción de cualquier figurade planeamiento que implique dotar de medidas de protección alpatrimonio, se debe plantear desde su inicio a partir de criteriospluridisciplinares, atendiendo a una concepción global del mismoy que comprenda tres marcos de trabajo y reflexión: elarquitectónico-arqueológico, el medioambiental-paisajísticoy el histórico-social. Por lo tanto, en el momento presente, elpatrimonio histórico se debe contemplar y analizar no únicamentedesde la vertiente arquitectónica, sino que debe entenderse comoestructurador de una trama o tejido urbano y también, como unarchivo de la memoria colectiva.

La estructura metodológica y el procedimiento para la redacción del documento

La confección de un plan de protección debe partir de una primeraaproximación general, territorial e histórica, para concluir en unaformulación pormenorizada de un conjunto de normas específicaspara cada elemento o conjunto a proteger. En los últimos años es notorio que el concepto de la protección delpatrimonio ha ido evolucionando desde posiciones que podríamosdenominar “defensivas” y que muchas veces han fracasado,llevando a la inmovilización y progresiva degradación de algunosedificios que se pretendía salvaguardar, hacia posturas más“dinámicas” con las que se impulsan intervenciones derevitalización, preservando las características más remarcables.Esta forma de actuar debe ser coincidente con la voluntad de lasadministraciones para aglutinar el concepto de la protección de unpatrimonio integral, no centrado únicamente en los valores de loscentros históricos sino tratando todo el ámbito, sea urbano oterritorial. El hecho de contemplar una visión general en el planeamiento deprotección ha de permitir una mejor gestión posterior, así como ladefinición de nuevos equipamientos públicos, de espacios libres yde su interrelación.En el marco general de la redacción y de acuerdo con las premisasde actuación definidas en el análisis previo, se tratarán aspectoscomo la movilidad, diferenciando espacios con prioridad oexclusividad peatonal, de otras vías de circulación, en función deltejido donde se sitúa.La idea de una ciudad o un paisaje urbano o territorial comodepositaria de valores a preservar, enfrenta a menudo, losderechos e intereses públicos con los privados. Por este motivo sedebe buscar en todo momento, la aceptación mayoritaria deldocumento normativo por parte de todos los agentes (públicos yprivados) implicados en la figura de planeamiento utilizada.Propietarios, técnicos, vecinos, asociaciones y entidades culturales,administraciones y promotores, deben entender la necesidad dedisponer de un marco regulador, técnico-jurídico, que facilite lagestión de todos los elementos que lo integran.Es necesario también, conseguir marcar los límites de lainiciativa de todos los intervinientes, estimulando sucolaboración y participación, en el objetivo de preservar losvalores persistentes y configuradores de un determinadoespacio urbano o territorial. De este modo el documentodefinitivo deberá constituir una herramienta ágil para laregulación de las intervenciones y ha de posibilitar una fácilinterpretación para cualquier ciudadano.La necesidad de conjugar, entre sí, diferentes ámbitos deprotección, permite valorar edificios, conjuntos, elementos oambientes que bajo esta óptica unitaria, son merecedores de unadeterminada forma de conservación o preservación, sin llegar a

En el catálogo de arquitectura tradicional, son tan importantes los elementosasumidos presentes en el territorio, con valores importantes (iglesias, castillos…),como los elementos sin valores significativos de forma individual, pero que soncruciales para conformar la imagen unitaria del enclave

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disponer del nivel de protección que se entiende normalmente por“catalogable”, en una lectura puramente individualizada. La protección mediante regulaciones urbanísticas permiteasegurar su conservación real por acumulación de más de un valorasignado, al especificarse la forma de intervención y los elementosa preservar.Los mecanismos implícitos recogidos en un catálogo de protecciónpermiten regular la presencia de elementos y ambientessignificativos, no únicamente a nivel de un determinado conjuntohistórico, sino en la materialización de un ámbito superior. Hayque trabajar, metodológicamente, en ámbitos superiores y quepermitan establecer aspectos de continuidad visual y de diálogo,para relacionar actuaciones entre tejidos antiguos e intervencionescontemporáneas. De la misma forma se debe poner en relieve otros aspectos de laconfiguración urbana como: trazas viarias, secciones de calles u

otros viales, formas de parcelas, tipologías edificatorias y,finalmente, las obras o elementos singulares, vinculados directa oindirectamente con los objetivos de un plan para su protección.En todos los casos debe quedar garantizada la coordinación entrela voluntad de protección y la normativa que se derive, con lasdeterminaciones urbanísticas del planeamiento general, para queno puedan entrar en contradicción.Todos los catálogos o planes especiales para la protección delpatrimonio, tanto en su estructura del articulado general como enlas fichas individualizadas, de conjunto o de entorno, así como enla documentación planimétrica, debe establecer unos criterios decalificación determinados, no pensados únicamente en unelemento particular sino en su interacción dentro del ámbito deactuación.Para cumplir estos objetivos es preciso establecer unas fases detrabajo que se relacionan a continuación.

Delimitación del ámbito físico En una primera aproximación hay que definir el marco territorialde actuación. El catálogo debe enfocarse reconociendo la unidadmorfológica sobre la que actúa con el fin de promover las medidasy actuaciones encaminadas a la preservación y revalorización desus elementos en su conjunto. La idea de protección debe iracompañada al conocimiento del ámbito y al establecimiento deun perímetro determinado

Análisis de documentos previos y antecedentes Posteriormente es preciso iniciar la fase de investigación,consistente en analizar el material disponible y complementar labúsqueda documental e histórica. Se aprovecharán todos losestudios o trabajos realizados en el ámbito determinado,especialmente los que afecten a la historia y el proceso deformación del centro histórico o núcleo sobre el que pivotará laredacción del catálogo. Además, se deben consultar todas las fuentes cartográficas; lasevoluciones derivadas por los diferentes planeamientos, conespecial mención de los fotoplanos y las imágenes históricas. Todoeste trabajo hay que desarrollarlo siguiendo una metodología deconsulta previa y un examen de los documentos para abrir elproceso de investigación, tendente a completar el máximo nivel deconocimiento del área histórica.

Análisis jurídico, económico y urbanísticoSe debe evaluar el estado actual del ámbito territorial objeto delplan de protección o de la formulación del catálogo. Hay quetener presente los usos mayoritarios establecidos en la zona; losregímenes de propiedad y, evidentemente, la situación urbanísticavigente. A tal efecto, es preciso consultar las bases de informaciónexistentes. Éstas se completaran en el momento de la realizacióndel inventario de todos los inmuebles objeto del estudio.Caravanserai en Akko (Israel)

Fez (Marruecos)

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Determinación de los criterios generales de intervenciónLa propia génesis del ámbito territorial y los distintos elementossujetos a criterios de protección, desencadenan la formulación deunos valores, más o menos generalizables, que configuran unbuen número de propuestas de intervención generalísticas. Deeste modo aparecerán algunos parámetros homologables alconjunto y otros singularizados para cada elemento, sin perder devista otros agentes vinculados como son, el propioemplazamiento, la historia del lugar y aspectos condicionados porla orografía y el entorno. En algunas ocasiones, habrá que proteger elementosarquitectónicos (edificios o frentes edificatorios, principalmente)que, por sí mismos, no tienen un considerable valor. La riqueza delos mismos se encuentra en su relación o yuxtaposición con otrosparecidos, con los que forma un conjunto difícilmente separable.Incluso se puede asegurar de que muchas piezas no tienen sentidosin este entorno que las ha condicionado y las siguecondicionando, en su concepción. La descontextualización en estecaso actuaría en detrimento de la propia pieza: un puente, sin elcurso fluvial que lo motivó para desplazarse entre sus dos orillas,no tendría ningún sentido como objeto aunque no se cuestionarasu valor intrínseco; una casa aislada no puede perder totalmentesu jardín más inmediato, aunque éste no tenga interés por suconfiguración, más allá del propiamente ambiental; una casa detipo suburbano se refuerza en la existencia de otros del mismotipo al lado (las casas entre medianeras).Atendiendo a las pautas anteriormente mencionadas, se debeestablecer un documento marco donde, en cierta manera, se estádefiniendo el modelo de ciudad o territorio deseado, las mejorasurbanas cualitativas que se alcanzarán con la protección delpatrimonio y, en definitiva, las determinaciones a incorporar en elplaneamiento.

Determinación de los niveles de protección (generales y específicos)La Administración pública tiene la obligación y el derecho deproteger, conservar y restaurar los bienes culturales. El marcojurídico que regula las competencias de los ayuntamientos para laprotección del patrimonio en Cataluña lo constituyen las leyes derégimen local; la propia legislación urbanística y la Ley delPatrimonio Cultural Catalán (LPCC, 9/1993).De todos ellos el instrumento que con mayor transparencia ymayor eficacia puede preservar las características esenciales de losmunicipios y resolver los problemas derivados de la especulacióncultural y económica es el planeamiento urbanístico general yderivado. Dentro de éste último se encuentran los planesespeciales urbanísticos de protección y los catálogos.Las regulaciones fundamentadas en el desarrollo de cada uno delos instrumentos tramitados presenta niveles de aproximacióndiferente y en algún caso no atiende a las especificidades de cada

lugar por lo cual, esta situación heterogénea, crea disfunciones enlos propios sistemas de verificación de las prescripciones de laprotección e incluido inseguridad y ambigüedad urbanística paralas propiedades, que se debe resolver, en muchos casos, evitandointerpretaciones que puedan ser contrarias.Otro aspecto que hay que atender es la característica detemporalidad de los elementos objeto de protección. Este factor,desde el punto de vista de la vigencia de los criterios queinstruyen las propuestas urbanísticas, puede entenderse en unadoble dirección. Por un lado, la propuesta urbanística deprotección puede ser modificada en el tiempo, ya sea porque elcarácter evolutivo del planeamiento así ha aconseje, los criteriosde valoración se modifiquen o porque el elemento que seprotege pueda perder los valores que aconsejaron la inclusióninicial, o, simplemente, para incorporar nuevos. Por contra, ladificultad principal para la exclusión de piezas en undeterminado momento estriba, a diferencia de otras opcionesurbanísticas que pueden ser replanteadas en el tiempo, en lairreversibilidad de la pérdida del elemento que esté protegido,razón por la cual, una construcción debería disfrutar del criteriode protección, con una cierta prevalencia, con respecto a otrasrazones urbanísticas.La identificación de las alternativas permite establecer las líneas deactuación urbanística, en las que se concretan las relaciones decatálogo y protección de forma precisa en cada caso. Así, porejemplo, en el caso de Cataluña, la declaración de Bien Culturalde Interés Nacional Catalán (BCIN) lleva consigo una determinadapolítica, tanto para la formulación de la protección, como de loscriterios de intervención. En este caso concreto, se trata de inmuebles, jardines históricos uotras construcciones, de carácter singular que, por su innegableriqueza patrimonial, son considerados como “monumentos”. Estaespecificidad determina claramente la barrera frente a otroselementos, de menor rango, que pudieran considerarse a estenivel. Por ello la protección asignada es total y las actuaciones derestauración no deben suponer aportaciones de reinvención onuevo diseño. Los elementos, catalogados con este nivel de protección, sonobjeto de obras y actuaciones de conservación, consolidación yrestauración; siempre que su estado así lo requiera para lasalvaguarda de sus valores.Para el resto de elementos susceptibles de ser protegidos, lalegislación catalana determina un concepto genérico: otroselementos del catálogo.Bajo esta denominación, se incorporan al listado del catálogotodas las restantes piezas con valores individuales de interés. Laconcreción de los valores de protección quedan establecidos, enuna escala de tres niveles: Bienes Culturales de Nivel Local (BCIL),Bienes con elementos de interés y Bienes de interés documental.El nivel de catalogación B ó BCIL está pensado para la protección

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de edificios o construcciones de singular valor que, pudiéndoseincorporar en la categoría superior (A o BCIN), a partir de unaescala comparativa de valores se ha tomado en consideración queel elemento en cuestión ofrece singularidades apreciables en elámbito local y no en el nacional. Formalmente se puede indicarque los elementos susceptibles de ser catalogados con el nivel A(BCIN) o B (BCIL), sólo se diferencian por su escala de valores en elámbito de ámbito legislativo o territorial. Por tanto, en su filosofía,deben disponer del mismo tipo de protección que vendrádetallada en cada una de las fichas específicas que debe contenerun catálogo de patrimonio.En este nivel también se pueden incluir edificios o construccionesque han perdido su coherencia unitaria y genuina, a causa deintervenciones sobre el modelo original; que han sufrido unproceso de degradación; que han padecido un cambio de usoirreversible o, sencillamente, que sus valores patrimoniales y susingularidad en origen, ha quedado afectada.Las intervenciones permitidas en estos elementos son las derestauración de sus valores primitivos a partir de proyectosunitarios de reforma y rehabilitación. Estas propuestas deben iracompañadas, al igual que en la categoría superior, de unamemoria histórica, arqueológica y arquitectónica del edificio o dela construcción vinculada, incluyendo aspectos medioambientalesen los casos que corresponda. En este tipo de documentos, tras unanálisis patrimonial, se detallan los elementos que confieren susingularidad. También se deben acompañar, en la mayoría de loscasos, de un reportaje fotográfico y un levantamiento de planosrelativo al estado actual de la construcción, previo a cualquierproceso de derribo.La utilidad de esta memoria radica en disponer de unaherramienta, muy útil e incluso necesaria, como fase previa a laformulación de propuestas de intervención. De tal forma quemuchos de los criterios del proyecto vienen justificados sobre labase de la memoria redactada previamente.Los denominados bienes con elementos de interés son edificios yconstrucciones, o espacios en ámbito territorial, que disponen devalores específicos, destinados a ser adecuadamente protegidos.Con ello se pretende impedir la pérdida de una determinadaestructura tipológica, principalmente expresada en su fachada; sinolvidar aspectos singulares como son, por ejemplo, los vestíbulos,las escaleras y su posición o la propia estructura material. A partir de este nivel de protección, se permite inventariar ycatalogar elementos de interés incorporados en inmuebles dedudoso valor globalmente considerados. Los mismos se puedenactualizar siempre que no se altere la funcionalidad o sentidointrínseco del elemento protegido. La descripción concreta de las partes a preservar, a diferencia deotras que no poseen esta estimación, debe permitir el desarrollode acciones de rehabilitación que revaloricen los elementosespecíficamente detallados.

Estos bienes deben ser objeto de obras y actuaciones deconservación, consolidación y restauración, teniendo presente lasalvaguarda de sus valores esenciales.Finalmente existe un cuarto nivel de catalogación: los bienes deinterés documental. Éstos representan a una serie de inmuebles uotros elementos, susceptibles de preservar su recuerdo. Se trata deconstrucciones con un cierto relieve histórico o arquitectónicoque, por algún motivo (estado físico, afectación urbanística,…) nopueden preservarse. Por tanto son edificios que se puedensustituir y en los que hay que extraer previamente, siempre que asíse especifique, los elementos significativos que puedan ser deinterés.En estos casos la memoria histórica y la documentación gráficaque la acompañe son fundamentales para mantener el objetivo desu catalogación “documental”.Estrechamente vinculado a éste nivel de catalogación existe elcapítulo denominado de interés ambiental e histórico local.Supone una categoría que permite acoger elementos de valorespecíficamente local, aspectos de la memoria histórica ydocumental, capaces de ser explicados e identificados medianteuna señalización específica. En un segundo estadio cabe laposibilidad de determinar itinerarios o recorridos, por ejemplo através de un centro histórico, para dar a conocer los valoresarquitectónicos, patrimoniales y paisajísticos del conjunto. La difusión de los elementos catalogados a escala global, seasimbólica o intangible, permite establecer una lectura de conjuntoque ayuda a racionalizar las propuestas en futuros planeamientosurbanísticos, generales o derivados. La definición de piezas y deentornos, así como de las diversas tipologías y ambientes urbanosconfiguran los verdaderos valores del paisaje urbano que son lasíntesis y el objetivo de la protección.

Sectorización del ámbito atendiendo a los criteriosestablecidosCon el fin de que las intervenciones de regeneración y preservación,derivadas de la aplicación del catálogo, reúnan la capacidad dedefinición exigible en un conjunto histórico, es necesario determinarunos sub-ámbitos o áreas de trabajo a partir del análisismorfológico, histórico, tipológico y urbanístico del propio tejido,anteriormente realizado. Des este modo, dentro de cada área seprocede a determinar los inmuebles singulares que la caracterizan,así como inventariar todos los elementos que la componen.La aportación tecnológica, un recurso indispensable en laconfección y gestión de un plan de patrimonioLa aparición de las nuevas tecnologías aplicadas a la redacción delos planes de protección o catálogos de patrimonio se orienta endos sentidos: el primero, establece la formulación de las bases detrabajo en Sistemas de Información Geográfica (SIG) para facilitar,mas adelante, la elaboración de otro sistema, denominado deConsulta y Visualización del Catálogo; el segundo, que es el más

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sustancial, representa la elaboración de la información generalmediante levantamiento en 3D del conjunto histórico.La implementación de Sistemas de Información Geográfica (SIG)encaminados a la gestión de inventarios y catalogación de bieneshistóricos está renovando procedimientos, métodos y técnicastradicionales. La funcionalidad de los SIG como bases de datos conelementos georreferenciados que pueden ser visualizados yanalizados de forma multivariada e interactiva, permitedescomponer el espacio urbano en capas de estudio sobre losedificios (a partir de una base catastral adecuada) con el fin dereferenciar aquellos edificios patrimoniales algunos de gran valorhistórico, reseñar las características intrínsecas (fichas deprotección), entre otros aspectos de situación urbanísticaimportantes en una perspectiva de futuro. Las principalesaportaciones pueden resumirse en:

Facilidad en el proceso de captura y entrada deinformación relativa a la ubicación y entorno de undeterminado conjunto histórico, gracias a la utilización decartografía digital (catastral) mediante sistemas de consultasque permiten cruzar información y generar capas temáticassobre la antigüedad de los edificios.Georeferenciación de bases históricas y la superposicióncon la cartografía actual Método que aporta un nuevo ordeny racionalidad a la configuración evolutiva del núcleo histórico,la detección y corrección de errores de interpretación y a su vezun incremento de la precisión en la señalización de loselementos catalogables.Identificación y definición geométrica de las entidades.Mediante la utilización de estas técnicas se puede identificarun determinado edificio histórico, así como establecer yvincular sus relaciones de proximidad, vecindad, frente decalle y demás aspectos tipológicosCapacidad de consulta sobre entidades de referencia,atendiendo a criterios de carácter espacial -de ubicación sobreuna calle o proximidad- o temático (antigüedad).Facilidad de integración de información, en base a lacapacidad de consulta a fuentes externas, o también lapresentación de resultados sobre imágenes más realistas yrepresentativas del paisajeAdecuación a los sistemas de representación cartográficacomposición y diseño de mapas).Mejora en los sistemas de análisis (generación decartografía temática, analítica por combinación de diversasvariables mediante álgebra de mapas).

En suma la creación de una base digital compatible en SIG, dóndereferenciar y describir las características arquitectónicas singularesde algunos de los edificios emblemáticos o histórico-artísticos,representa hoy un avance inestimable para la generación de un Sidi Bou Saïd (Túnez)

Safranboulu (Turquia)

Santorini (Grecia)

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catálogo de protección del patrimonio arquitectónico,arqueológico o medioambiental que además es capaz deincorporar la elaboración de un Sistema de Consulta yVisualización del mismo catálogo. Este sistema a través del cual se puede consultar la información degrado de catalogación o incluso de las normas urbanísticasasociadas, permite un acceso y consulta interactiva.

Un caso práctico de la aplicación de nuevas tecnologías: el PlanEspecial Urbanístico del Conjunto Histórico de CadaquésEl plan especial se circunscribe al núcleo histórico de Cadaqués ya su entorno de protección. Ha sido redactado por un equipodirigido por los arquitectos Antoni Vilanova y Susanna Moya, conla aportación tecnológica del Laboratori de Modelizació Virtual dela Ciutat (LMVC) del Centre de Política de Sòl i Valoracions, de laEscola d'Arquitectura de Barcelona (ETSAB) de la UniversitatPolitècnica de Catalunya (UPC).Uno de sus objetivos manifiestos ha sido la voluntad de elaborarun documento que, a partir de una formulación amplia ypluridisciplinar, acometiera con detalle y precisión todos losmecanismos para una posterior gestión dinámica y simplificada. Ellevantamiento en 3D del conjunto morfológico del centrohistórico de Cadaqués, utilizando un dispositivo de alta precisióncomo el escáner láser terrestre, constituye una importante ayudatecnológica al análisis y posterior diagnosis sobre el estado actualdel conjunto histórico. La modelización en tres dimensiones, asícomo la plasmación de todos los frentes edificatorios en unextenso conjunto histórico, nos ha permitido trabajar ágilmente ysobre una base de alta resolución. El formato tridimensional, congran nivel de detalle y una disposición geométrica precisa ofreceuna visualización clara del ámbito de estudio. De este modo sepueden distinguir desde el trazado de calles; los diversospavimentos; las pendientes, así como las características de todos ycada uno de los edificios y de sus elementos.

En el presente es tan importante la capacidad analítica y rigurosaen la metodología de la confección de un catálogo de patrimonio,como la aplicación de los medios técnicos que facilitan laconfección y presentación del mismo, así como la gestión delplaneamiento de protección. Todo ello encaminado hacia lamejora en la gestión que posibilite un correcto desarrollourbanístico aplicable a cualquier centro histórico o conjuntopatrimonial.

Reposición de un tramo de fachadas con escáner como paso previo a suinventariado y catalogación. Cadaqués (España)

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamiento

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Una breve aproximación al sistema urbanísticoLa necesidad de proteger el entorno natural y construido de laspresiones ejercidas por el crecimiento turístico incontrolado, lallegada masiva de población en los centros urbanos, laespeculación del suelo y los niveles crecientes de congestión deltráfico en las zonas céntricas de la ciudad, llevó a un intensodebate a finales de los años 60 sobre la necesidad de introducir unnuevo marco urbanístico para controlar el desarrollo a través de lapreparación y la implementación de planes de desarrollourbanístico. Y aunque el Planning Act había sido preparado aprincipios de 1972, no fue introducido hasta diciembre de 1990,debido al conflicto de intereses entre varios grupos de población,pero principalmente como resultado de los sucesos de 1974 quetuvieron como consecuencia la ocupación de la mitad norte de laisla. El Estado debía hacer frente en ese momento a asuntos másurgentes, tales como la reestructuración de la economía y laprovisión de viviendas para más de 200.000 refugiados. Eldesarrollo en la construcción en los años que siguieron, hasta laintroducción del Town and Country Planning Law (en 1990), causóun daño medioambiental irreversible en los ecosistemas sensiblesde la isla y al patrimonio construido, pero también a su capacidadde crecimiento y de desarrollo de manera sostenible.El principal instrumento de control del uso del suelo en Chipre esel Local Plan. La mayoría de áreas municipales están sujetas aplanes locales, que normalmente se refieren a amplias áreasgeográficas que funcionan como territorios unitarios. Se hanelaborado Planes de área (Area Schemes) para planificar áreasmenores (principalmente áreas de conservación o áreas conpresiones de desarrollo dentro de los límites del plan local) conmedidas políticas y decisiones sustancialmente más detalladas queaquellas contenidas en los propios planes locales. El Ministro del Interior - designado por ley como la autoridadcompetente en temas de planificación y de preparación de planesde desarrollo (planes locales y planes de área) - ha delegado suspoderes a la Comisión de Urbanismo (Planning Borrad), un cuerpoindependiente designado por el Gobierno. En la práctica, losplanes se preparan siempre, en forma de borrador, por parte delGobierno Central (el Town Planning and Housing Department ofthe Ministry of the Interior), siendo consultada la ComisiónConjunta (Joint Board), donde están representados los agenteslocales, grupos de presión y cuerpos profesionales, y se presentan

a la Comisión de Urbanismo para que se decida, antes de serderivados al Ministro para su aprobación. Los planes borrador sonadoptados generalmente con modificaciones menores.Para el resto del territorio del Estado, por ejemplo las áreas noafectadas por los planes locales, la promoción y el control deldesarrollo está considerado dentro del marco proporcionado porla Declaración para la adopción de políticas para el entorno rural,un documento preparado directamente por el Ministro.Un período de ocho meses para objeciones sigue a la publicaciónde cualquier plan de desarrollo (que entra en vigor desde la fechade su publicación). Las objeciones son consideradas por un Comitéconstituido por representantes oficiales a nivel central y local, quepresenta su informe al Ministro del Interior. El informe,acompañado por las observaciones del ministro, se remite alConsejo de Ministros que procede finalmente a la adopciónformal del plan.El desarrollo de planes consiste en dos partes: el texto escrito quedescribe la estrategia general de desarrollo y las medidas políticasespecíficas para el área, y una serie de proyectos con planosdefiniendo la planificación de las zonas y los usos del suelo paradiferentes emplazamientos dentro del área. Los planes son

En Chipre los primeros planes que propusieron por primera vez la limitación decrecimiento en áreas concretas de los municipios rurales, generaron un granrechazo por parte de las autoridades locales y los propietarios, que veían reducidassus posibilidades de edificar y especular con el suelo.

Breves apuntes sobre la actualidad, la legislación patrimonial y el planeamiento en el Mediterráneo1. Chipre. El necesario desarollo de planes locales

Kyriakos KOUNDOUROS e Irene HADJISAVVA-ADAMArquitectosDepartment of Town Planning and HousingMinisterio del InteriorChipre

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoChipre. El necesario desarrollo de planes locales.

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revisados y modificados (cuando sea necesario) en períodos queno exceden los cinco años.El sistema urbanístico se desarrolla sin que exista un plan a mayorescala, el cual sería necesario para poder planificar teniendo encuenta aspectos de importancia nacional. La preparación de unPlan para la Isla no ha sido factible debido al hecho de que lamitad de la isla está bajo ocupación militar (existía originariamentela intención de crear un plan de Estado estratégico, coherente yunificado, que sirviera de instrumento urbanístico para eldesarrollo socioeconómico del conjunto de la isla). Este punto essin duda la gran desventaja del sistema, especialmente en relacióna asuntos relacionados con el diseño y la provisión deinfraestructuras de transporte a nivel nacional, la distribuciónglobal de la población y del empleo, el control del desarrollocostero, así como también otros asuntos de planificación deimportancia estratégica.En general, la participación pública en los procesos de los planesurbanísticos está limitada a la representación indirecta deautoridades oficiales locales del Comité Conjunto y la posteriorpresentación de objeciones tras la publicación del plan.

Desarrollo de comunidades sostenibles (Fondos estructurales)

Actualmente están en preparación los Planes Reguladores para 15asentamientos en el marco de los Fondos Estructurales, confinanciación de fondos de la UE y del Gobierno chipriota. Seincluyen en este marco proyectos para la rehabilitación de áreashistóricas y para la mejora de las infraestructuras de las áreasrurales. También se están preparando Planes de Revitalización parala rehabilitación de las áreas urbanas históricas degradadas de laciudad de Nicosia. Estos proyectos estarán preparados en 2006.

Caso de estudio: Plan Local de Nicosia

El Plan Local de Nicosia ha sido preparado de acuerdo con lasdirectivas de la Ley de Urbanismo Urbana y Rural (Town andCountry Planning Law) y sus orígenes se hallan en el NicosiaMaster Plan, un proyecto llevado a cabo durante los años ochentapor el Central Government en cooperación con el City Council deNicosia y el United Nations Development Programme. Fuepublicado por primera vez en diciembre de 1990, para ser revisadoen octubre de 1996 y, de forma más reciente, en marzo de 2003.El plan afecta un área de 19.000 hectáreas, abarcando nueveayuntamientos municipales diferentes.El Plan contempla un desarrollo de diez años, estableciendo comohorizonte el año 2012, e intenta situar el marco para unadistribución racional y coordinada de los usos del suelo con elobjetivo de proporcionar un territorio adecuado para: estimular la

actividad económica, garantizar un ambiente urbano de altacalidad, introducir medidas para satisfacer las necesidades devivienda del conjunto de la comunidad, resolver los problemas detráfico y de aparcamiento, resolver los asuntos de transportepúblico y asegurar que el desarrollo futuro sea lo más sostenibleposible.Una estrategia central del Plan dirigida a conseguir sus objetivosincluye acciones tales como: fortalecer la regeneración urbanapara poder mantener la viabilidad del uso residencial dentro de loslímites del área central histórica, proteger áreas con una altadensidad de monumentos antiguos, edificios catalogados eimportantes estructuras, e introducir y/o mantener usos yactividades que son compatibles con el carácter de la ciudadhistórica.El propósito principal del Plan es establecer y aplicar un marcoapropiado para el crecimiento sostenible a largo plazo y eldesarrollo coordinado del desarrollo de la ciudad de Nicosia hastael año 2012. El plan apunta hacia el crecimiento urbano compactoy la restricción de la extensión urbana, poniendo especial énfasisen la regeneración.Los principales objetivos del Plan son:

la distribución racional de los usos del suelo para fomentar elcrecimiento económico y conservar y mejorar la calidad devidala conservación de recursos naturales y el desarrollo sostenibleuna planificación sensata con vistas a salvaguardar el potencialde una ciudad reunificada.el establecimiento de un sistema de transporte eficiente yaccesible para todo el mundola consolidación del Central Business District dentro de límitesidentificables, realzando la base económica del área y lacompetitividad para atraer el desarrollo privado y de recursosfinancierosla protección del patrimonio construido de la ciudadla regeneración/rehabilitación de la ciudad dento de lasmurallas

Algunos de los objetivos parecen entrar en conflicto con otros,siendo un fenómeno esperable ya que la planificación del uso delsuelo se ocupa justamente de resolver reclamaciones relativas aluso del mismo. Además, algunos de los objetivos representandeclaraciones generales altamente abstractas, por lo que noproporcionan el nivel de detalle requerido para la formulación deun marco claro del que se puedan derivar políticas, y van en contradel éxito de su implementación.El Plan intenta anticipar tendencias y sus políticas están destinadasa ayudar a conseguir un desarrollo que asegure el cumplimientode los objetivos y la meta final. Se acepta, sin embargo, quealgunos objetivos (y por supuesto todas las metas que estos

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implican) no puedan ser satisfechos tan sólo por el plan, en granparte porque el plan sólo tiene efecto directo donde se hanprevisto actuaciones.

Patrimonio construido y la ciudad amurallada

La mayoría de los edificios de valor cultural, histórico yarqueológico en Chipre, desde el período medieval, están situadosdentro de la Ciudad intramuros de Nicosia. El patrimonioconstruido de la ciudad está presente en no menos de cincocapítulos del revisado Plan Local.El Plan identifica una serie de problemas del área, asociados con elcentro de la ciudad y su patrimonio construido:

la existencia de una Zona de Protección que disecciona laciudad y perjudica su centralidadel deterioro físico y el declive económico la falta de un centro de la ciudad identificable o de puntoscentrales la extensión acelerada de tiendas, oficinas y lugares de ocio,fuera del centro de la ciudadla congestión del tráfico y una infraestructura de transportepúblico insuficiente, con un acceso inadecuado y conprovisiones de aparcamiento limitadas

dificultades para el movimiento de peatones con seguridad ypara el acceso de personas discapacitadas la falta de plazas, espacios públicos y espacios verdes .

Se plantean diferentes mecanismos para la protección delpatrimonio construido, principalmente a través de una legislaciónsobre los monumentos antiguos y los edificios catalogados. El PlanLocal de Nicosia va más allá, introduciendo políticas estrictas parael control del desarrollo de edificios catalogados y para laconservación de algunas áreas. Los lugares arqueológicosdesignados, monumentos antiguos y edificios catalogados, estánesperando ser conservados en su contexto histórico y del entorno. Las alteraciones y los añadidos a cualquier edificio catalogadodeben respetar y estar de acuerdo con su carácter y apariencia yser, por lo tanto, diseñadas para realzar sus rasgos arquitectónicosprincipales y para la utilización de materiales tradicionales. Lareutilización de edificios existentes debe asegurar que estosmantengan un equilibrio entre la introducción de un usoalternativo sostenible y la necesidad de valorizar el carácter y laapariencia del propio edificio. En el ámbito de la conservación, elobjetivo es preservar y valorizar edificios históricos, grupos deedificios u otros aspectos, incluyendo espacios abiertos y visualesque contribuyen a su carácter o interés especial. Se enfatizará elcontrol más que la prevención, para permitir que el área prosperey al mismo tiempo asegurar que cualquier nuevo desarrollo esté

Plan de protección para el centro de Limassol (Chipre)

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de acuerdo con su arquitectura y sus calidades visuales. La filosofíadel Plan de Conservación va más allá de la necesidad de proteger,preservar y realzar el patrimonio construido de la ciudad histórica,para fomentar su uso beneficioso mediante la introducción denuevas actividades en el tejido histórico.Durante los últimos años, comercios minoristas, propietarios detiendas de comestibles y artesanos, ubicados en la ciudadamurallada, han solicitado una intervención del Gobierno para laimplementación de infraestructuras y de regulaciones másestrictas respecto al desarrollo de estructuras comerciales a granescala fuera de la ciudad. Debido a ello, un gran número de ellosestán ahora en quiebra.El Plan introduce una serie de acciones/propuestas para estimularel desarrollo físico, funcional, económico y cultural de la ciudadamurallada, que son:

reconocer la singularidad de la ciudad y su importanciahistórica, su clima, gente, tradiciones, arquitectura yoportunidades de desarrollo económicofomentar el rápido desarrollo respetando aquellas áreas yedificios que tienen un significado histórico, cultural ypaisajístico, poniendo especial énfasis en la protección de losmuros de la ciudad, los fosos y los bastionesPpromocionar las atracciones turísticas e históricas de Nicosiapara poder competir con las ciudades costeras

estimular y satisfacer las diversas necesidades físicas,económicas y estéticas de los habitantes de la ciudad y susvisitantesmantener la viabilidad del uso residencial dentro de los límitesdel Área Central / Ciudad intramurospermitir, donde sea idóneo, actividades mixtas de desarrollo(vivienda -incluyendo la vivienda estudiantil-,tiendas, talleres,zonas de ocio y entretenimiento, galerías, centros culturales, etc.)para fomentar la creación de un micro-ambiente sostenibledentro de los muros de la ciudadresolver los problemas del tráfico, el aparcamiento de coches ycuestiones del transporte públicoresponder a las problemas de ordenación territorial a través deuna reestructuración visual y funcional del centro de la ciudad,incidiendo en las acciones sobre los espacios públicos, edificiosciviles y de servicios, áreas de recreo, y mediante el desarrollode un sistema eficiente de circulación viaria, itinerariospeatonales y espacios abiertosdemostrar el compromiso con el futuro de la ciudad dividida deNicosia y el papel que puede jugar en el desarrollo social,económico, cultural, físico y de las relaciones entrecomunidadesiniciar un proceso de participación y discusión pública paraasegurar el apoyo y la cooperación de los residentes en elmarco de planificación y de intervención urbana propuesto

Plan de protección para el centro de Stovrolos (Chipre)

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Uno de los medios importantes para la conservación de laedificación tradicional es la Listed Building Law de 1992. Para laciudad de Nicosia, se han emitido tres órdenes de preservaciónllamadas Group Preservations Orders, abarcando 867 edificioscatalogados. Tanto para los trabajos de restauración, comotambién para cualquier tipo de alteración, cambio de uso,demolición parcial, etc. llevada a cabo en un edificio catalogado,se requiere un consentimiento especial, además de la planificaciónhabitual y los permisos de construcción. Se han otorgado 90permisos en los últimos cinco años.Para fomentar la restauración y la revitalización de edificioscatalogados, desde 1985 se han introducido una serie deincentivos. Los incentivos proporcionados a través de la ListedBuilding Law de 1992 se reajustan periódicamente paracorresponderse con los inevitables incrementos de los costes derehabilitación, así como otras necesidades que puedan surgir. Losincentivos incluyen una subvención de hasta el 50% de los costesde restauración, una generosa deducción de impuestos,incluyendo la exención de impuestos de los costes de las obras yde los beneficios del alquiler, el reembolso de las tasas del registrode la propiedad y la exención del impuesto de la propiedad, de latransferencia de derechos de desarrollo y de la tasa sobre suelo(provided plot ratio).Estas medidas han sido muy efectivas y han permitido fomentar elinterés de los propietarios en los trabajos de rehabilitación. Hastaahora, aproximadamente unos 70 edificios se han beneficiado dedichos incentivos, mientras que más de 25 solicitudes han sidoaprobadas para proyectos de rehabilitación actualmente en curso.También están disponibles para la restauración y la renovación deedificios catalogados y de aquellas estructuras que se encuentrenen zonas de conservación, una conjunto importante desubvenciones y subsidios, así como la transferencia de losderechos de desarrollo de la propiedad, entre otros beneficios.Además, existen provisiones especiales para la ciudad intramurosy sus residentes, tales como el Investment Programme for theRevitalisation of Inner City Areas by the Buffer Zone. Un número de importantes de proyectos han sido completadoscon éxito dentro de la ciudad con fondos del Gobierno central:

el Tahtakalas Housing Project, un proyecto piloto para crearuna comunidad autosuficiente en una parte devastada delnúcleo histórico a lo largo de la zona de protecciónel Chrysaliniotissa Rehabilitation Project, un proyecto dereestructuración de un barrio residencial abandonado y con unvalor arquitectónico significativo, mediante la conservación,reconstrucción, provisión de infraestructuras e introducción deactividades de apoyo, usos y espacios públicosel Ledra-Onasagoras Pedestrianisation Project, un proyecto quepretende proporcionar los servicios y las instalaciones públicasnecesarias para realzar la principal calle comercial de la ciudad, yCentre de Nicosia (Chipre)

Planol de Nicosiea (Chipre)

Plaza en el centro de Nicosia (Chipre)

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fomentar así su base económica y la competitividad para poderatraer el desarrollo privadoel Phaneromeni y Ariadne Public Car Parks para la provisión deestacionamientos de corta duración, combinado con laintroducción de un servicio de minibuses frecuentes.

El Plan incluye como objetivo prioritario la finalización de la redpeatonal dentro de la ciudad, a lo largo de la ruta periférica porlos muros de la ciudad (Eleftheria Square Project), y la integracióndel New Town Hall con el yacimiento arqueológico contiguo, quese encuentra bajo excavación en la actualidad.El plan local reconoce que la clave del problema del desarrollo deun lugar central para Nicosia está en la revitalización de la ciudadamurallada. La ciudad es el centro geométrico de Nicosia donde eleje norte-sur de la calle Ledra interfecta con la zona de protección.En el futuro podría proporcionar una oportunidad óptima para launidad física y social de la ciudad y de sus residentes.El plan local pretende conseguir sus objetivos mediante iniciativasde regeneración urbana enfocadas hacia el mantenimiento de laviabilidad del uso residencial dentro de los límites del Área Central yde la ciudad intramuros, protegiendo áreas con una altaconcentración de monumentos antiguos, de edificios catalogados eimportantes estructuras, e introduciendo y/o manteniendo usos einiciativas que sean compatibles con el carácter histórico de la ciudad.Como se indica en el Nicosia Master Plan, un equipo bi-comunalpluridisciplinar de expertos nacionales e internacionales fueformado en 1981 para gestionar la difícil tarea de elaborar un planurbanístico conjunto y asegurar el desarrollo armonioso deNicosia. Se acordó que las dos partes deberían cooperarestrechamente con el propósito de preparar un plan común paragarantizar el desarrollo apropiado unificado de la ciudad. Elobjetivo del documento del proyecto finalmente acordado, estabaenfocado hacia la mejora del hábitat existente y futuro, y de lascondiciones humanas de todos los habitantes de la ciudad. Para este proyecto se requirió asistencia técnica, que se obtuvo delUnited Nations Development Program (PNUD). Este equipoagrupaba a urbanistas, arquitectos, ingenieros civiles, sociólogos,economistas y expertos en mobilidad, en conservación, en paisajeurbano, en finanzas urbanas…La formación de este equipo fueuno de los primeros intentos de cooperación técnica entre las doscomunidades. La naturaleza del desarrollo urbano en Chipre, así como en todaNicosia, refleja el papel dominante del sector privado en laeconomía y la capacidad legal y fiscal limitada de las autoridadespara asumir de forma efectiva funciones de gestión. Por muydeseable que fueran otros objetivos, en un país que reúne unacomunidad de negocios dinámica con empresas privadas, elresultado final ha sido que los intereses y objetivos privadosfinancieros han prevalecido sobre las prioridades públicas y lasconsideraciones de bienestar general. En el marco de la política

urbanística, esto ha significado un campo de acción limitado parapoder implementar leyes y normas y un financiamiento muylimitado para poder desarrollar la intervención urbanística.Otra iniciativa importante es la preparación de un nuevo planestratégico para la regeneración de Nicosia, llamado “New Visionfor the centre of Nicosia” (“nueva visión para el centro deNicosia”), actualmente en curso.El Estado necesita demostrar el compromiso en abordar loscomplejos retos de una estrategia de regeneración urbanaintegrada. Esllo requiere la formulación de un marco político deplanificación proactivo, el estímulo de la cooperación entrerepresentantes públicos, el sector privado y las organizaciones sinánimo de lucro, la implicación de la comunidad a través de laintroducción de procesos de participación ciudadana en todas lasfases del plan y en el control de implementación, y un compromisosincero en torno a los objetivos medioambientales, sociales yeconómicos que requiere la sostenibilidad. El Plan Local podría serel vehículo para conseguir estos objetivos.

Caso de estudio: plan local de Lefkara

El Plan Local de Lefkara (LLP) fue publicado en 2003 y ha sidoelaborado de acuerdo con las directivas de la Town and CountryPlanning Law por parte de la Comisión de Urbanismo (unorganismo independiente, nombrado por el Presidente, que hasido dotado con el poder de preparar planes urbanísticos), a travésdel Department of Town Planning and Housing. Su objetivo esproporcionar el marco legal para la regulación y el control deldesarrollo urbano en Lefkara, que cubre el área del municipio dePano Lefkara y el área del Community Council of Kato Lefkara,con un total de 6.000 hectáreas y 1.039 residentes (según el censodel año 2000). Es el área más pequeña cubierta por un planurbanístico local en Chipre.El LLP trata de responder a los principales problemas del área, talescomo la degradación del entorno construido debido al abandonoy al envejecimiento de los edificios, el desarrollo urbano disperso yla parcelación, la congestión de tráfico debido al número excesivode coches, el inadecuado sistema de carreteras y la falta deespacios de aparcamiento. El Plan quiere resolver la falta de unaherramienta para controlar el desarrollo urbano del área y dar unapropuesta holística para poder planificar el futuro en vistas a undesarrollo sostenible. Para ello, utiliza las oportunidades dedesarrollo más significativas que presenta el área, tales como:

su posición central geográfica en la isla y el fácil acceso desdela red nacional de carreterasel patrimonio arquitectónico extraordinario y bien conservadolos oficios tradicionales de bordados y encajes, y de la platala singularidad del paisaje urbano y de su entorno territoria

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Los objetivos principales del LLP son:

la conservación de un patrimonio arquitectónico excepcionalla introducción de usos del suelo que sean sensibles al carácterarquitectónico tradicional y al paisaje urbano cultural y naturalque lo rodea la provisión de un red de transportes flexiblela preservación, la gestión y valorización del entorno naturalel desarrollo de oportunidades de ocio derivadas del entornonatural y de la mejora del producto turístico

la rehabilitación del entorno construido

Los objetivos se centran en la protección del entorno natural yconstruido, y las oportunidades que presentan para el desarrollodel área. Todas las políticas del LLP están centradas en tres ejes: elentorno, el patrimonio construido y los oficios tradicionales. Laspolíticas están interrelacionadas con el objetivo de mejorar eldesarrollo sostenible versus una beneficio económico a cortoplazo a través de la explotación de estos tres activos principales.Por lo tanto, los objetivos principales parecen estar en armonía losunos con los otros. Ello hace que los objetivos sean más tangibles.Una omisión importante del Plan es que la necesidad de invertirla tendencia de despoblación no está incluida como objetivoprincipal. La despoblación es el mayor problema de lascomunidades rurales y las políticas de atracción de poblaciónmerecen una mayor consideración que la que el Plan otorga.El plan incorpora políticas derivadas de convenciones europeas. Porejemplo la Política para el Paisaje Urbano del LLP está basado en laEuropean Landscape Convention (Florencia, 2000), mientras que laPolítica de Conservación está basada en la European Convention forthe Protection of Architectural Heritage (Granada, 1985).

Conservación

El patrimonio arquitectónico es el símbolo de Pano y Kato Lefkara,tanto en la conciencia de los residentes, como también para lagente en general. Por lo tanto, la conservación del patrimonioarquitectónico es el eje principal de la planificación urbanísticapara el área contemplada por el LLP.El LLP trata de dar respuesta a los problemas relacionados con laconservación, a través de políticas de Conservación Integrada,basadas en los siguientes puntos:

a rehabilitación de edificios individuales catalogados, utilizandolas subvenciones disponiblesla creación de una Preservation Order para todos los edificiostradicionales Lefkara (Chipre)

Planol de Lefkara, Chipre

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la identificación de áreas de conservaciónla introducción de un control apropiado y de herramientas degestión la organización de seminarios para concienciar y capacitar aarquitectos y constructores en técnicas y sistemas tradicionalesla introducción de guías y recomendaciones de acciónespecíficasel reajuste de las zonas de viviendas;la programación y promoción de inversión pública eninfraestructura

En las áreas de conservación se introducen pautas y políticas decontrol estricto del desarrollo con tal de asegurar que losasentamientos históricos sean conservados y mejorados medianteuna rehabilitación adecuada. Además de los edificios catalogadosy tradicionales, los nuevos edificios deberán ser construidos deforma armónica con el modelo existente, sin perturbar el carácterni la estructura del asentamiento ni la relación entre los espaciosabiertos y los 'cerrados'. Las pautas incluyen directivas sobre losvolúmenes, las formas, el detalle arquitectónico, los materiales, loscolores, los espacios libres urbanos, los elementos de paisajeurbano, las infraestructuras, etc. En cuanto a las nuevasimplantaciones urbanas, se han elaborado unas pautas específicaspara que las nuevas construcciones se basen en propuestas másinnovadoras, siendo una herramienta importante y necesaria paragarantizar un diseño de mejor calidad, ya que gran parte de losproyectos son llevados a cabo por parte de ingenieros civiles otécnicos.El Gobierno central sitúa la conservación en un lugar destacadode su agenda y la promociona a través de incentivos económicosconsiderables que están disponibles para la rehabilitación deedificios catalogados. Actualmente se lleva a a cabo, con granéxito, un importante programa para el desarrollo delagroturismo en edificios tradicionales, que utiliza financiacióndel Gobierno central y de los Fondos Estructurales de la UniónEuropea. Se trata del programa RehabiMed para la rehabilitacióndel paisaje urbano y para la sensibilización de artesanos yarquitectos en Lefkara. Este programa es una prueba de laconsistencia de las intenciones del LLP con las accionesestablecidas por el Gobierno y presupone un éxito considerablede las políticas públicas, a diferencia de los otros planes localeschipriotas, en los que la iniciativa es dirigida solamente por elsector privado. La implementación potencial del LLP y eldinamismo en el sector de la rehabilitación creado por estasiniciativas establecidas por parte del sector público encooperación con el sector privado, son logros muy importantes.

Provisiones relacionadas

La consideración del entorno (construido y natural) no sólo setrata en los capítulos relevantes, sino que también determina laspolíticas en otros campos, ya que cualquier desarrollo en un áreafuera de los límites del pueblo, tiene un impacto en ambos, tantoel entorno natural como el construido. La forma en que el LLPgestiona conflictos a través de políticas interrelacionadas, semuestra en los ejemplos que se explican a continuación.Limitar la extensión del desarrollo fuera de las denominadas“Zonas de desarrollo”, es una política de importanciafundamental para el LLP ya que este crecimiento entra enconflicto con la conservación del entorno natural y de los núcleostradicionales.El LLP ha dado un paso decidido al identificar las Áreas de PolíticaEspecial. En estas áreas el LLP ha reducido e incluso eliminado elratio de edificabilidad (por primera vez en la historia de laurbanización chipriota) y ha introducido normas estrictas para ladefinición edificatoria (volumen, morfología…) Con estas políticasse intenta prevenir el desarrollo en el espacio rural fuera de losasentamientos y, por lo tanto, proteger el medio ambiente y elárea denominada “NATURA 2000”, así como también su caráctersingular. Esta política fue acogida, sin embargo, con granhostilidad por las autoridades locales y los propietarios locales delas tierras, ya que, tal y como indicaban, esta política ha tenidoposteriormente consecuencias en los valores de la propiedad y enla especulación. También se justificaba que habría una mayordespoblación, ya que era difícil (en otras palabras, demasiadocaro) construir una casa en sus propiedades (y por lo tanto iba enconflicto con la política para el aumento de la población).Otro gran problema es el desarrollo de comercios fuera del centrotradicional, ya que esto también tiene claras consecuencias sobreel entorno construido y el natural. Los comercios relacionados con

Lefkara (Chipre)

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el turismo son la primera fuente de ingresos en Lefkara. Lamayoría de negocios son familiares y comercian con encajes yplata. Históricamente, el comercio se desarrolló a lo largo de lacalle central del núcleo tradicional, donde la tipología y lasviviendas son un reflejo de esta actividad: la planta baja era uncomercio, mientras la primera planta era una vivienda.Actualmente el desarrollo del comercio tiende a concentrarse enla periferia de la calle principal, ya que los comerciantes prefierentener sus negocios en las afueras del asentamiento, esperandoatraer compradores. Las pendientes de las montañas se adaptaron para acomodar lasconstrucciones, así como los espacios de estacionamiento, lo cualha acabado destruyendo el entorno. Además ha causadoproblemas de circulación debido a la incorporación de tiendas y alincremento de la actividad comercial, que se desplaza fuera delnúcleo histórico, donde estas actividades han tenido lugartradicionalmente. Para limitar esta cadena de acontecimientos, lacalle periférica principal ha sido considerada como otra Área dePolítica Especial.El abandono del uso comercial en el centro, refleja el abandono delas propiedades históricas y los usos tradicionales. El LLP trata derevertir la tendencia a favor del desarrollo del comercio minoristafuera de la ciudad, restringiendo el uso comercial en las afueras yprohibiendo la creación de hipermercados y centros comerciales.También trata de fortalecer el centro comercial añadiendo usosadministrativos y culturales.El reconocimiento de la industria del turismo como una apuestaque conduce al desarrollo consolida aún más la necesidad deproteger el entrono natural y construido. Lefkara tiene un granpotencial para el turismo cultural y para el agroturismo. El LLPtrata de conseguir un desarrollo turístico sostenible a través deuna política global de conservación del patrimonio cultural ypromoción de infraestructuras y actividades culturales.

Lefkara (Chipre)

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Más allá de sus dimensiones culturales e identitarias, el patrimonioedificado y los emplazamientos arqueológicos del Líbanoconstituyen recursos no restituibles, vitales, para relanzar laeconomía turística. En efecto, a pesar de la demolición de unagran parte de este patrimonio y de las agresiones que se hanllevado a cabo sobre el carácter de los emplazamientos con laconstrucción de proyectos de anárquicos, éstos continúanrepresentando un valor añadido para la economía del país.La implementación de políticas de intervención coherentes sobreel patrimonio del Líbano (protección, revalorización, revitalizaciónde los tejidos antiguos, etc.) depende en gran medida, por unlado, de las herramientas jurídicas y reglamentarias puestas a ladisposición de los actores públicos y privados y, del otro, de lasprácticas y del uso que se hace de estas herramientas por parte dela administración pública, en su relación con los actores del sectorprivado.A pesar de ello, Líbano dispone de un arsenal de herramientasreglamentarias que se muestran ineficaces, inadaptadas en lapráctica o claramente incitadoras a la destrucción del patrimonio.

La ley de las antigüedades: El procedimiento de clasificaciónimplica la nueva compra, aplazada, por el Estado, de las casasque quedarían clasificadas. Esta ley aparece, por tanto,inutilizada en la mayoría de casos en vistas de la escasez demedios del propio Estado.Las promociones fiscales: Dado el escaso nivel de la fiscalidaden el Líbano, las exoneraciones de tasas diversas soninsuficientes para constituir una incitación tangible para lospropietarios.La ley sobre los alquileres antiguos: Incita a la destruccióndel patrimonio en la medida en que sólo autoriza a lospropietarios de inmuebles antiguos a dar por finalizados loscontratos de arrendamiento (generalmente de muy escasonivel) con sus inquilinos a condición de demoler su inmueble.La reglamentación del derecho del suelo (Ley deUrbanismo de 1983): El procedimiento de puesta en marchade planes locales de urbanismo (llamados “EsquemasDetallados”) permite teóricamente proteger los conjuntoshistóricos gracias a medidas que pueden ir desde ladisminución de los coeficientes de ocupación del suelo hasta laprohibición de demoler, y ello sin ninguna obligación por partedel Estado de compensar al propietario. Sin embargo, este tipo Beirut a prinicipios de siglo.

En el Liban la normativa urbanística permite construir en todas las parcelas sinplaneamiento específico, edificios de cuatro plantas. En los centros históricos,generalmente con edificaciones de 2 plantas, el desarrollo de un plan de protecciónes visto como medida impopular, ya que supone perder la posibilidad de construirestas dos plantas.

Breves apuntes sobre la actualidad, la legislación patrimonial y el planeamiento en el Mediterráneo2. Líbano. La falta de instrumentos legalesadecuados

Habib DEBSArquitectoAmerican University of Beirut, Líbano

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de protección choca en la práctica con el lobby de lospropietarios de terrenos. Discutiremos más adelante sobre lasmejoras que pueden aportarse a este procedimiento en vistas aevitar los escollos anteriormente enumerados y permitir lapuesta en marcha de auténticos proyectos urbanos.

Reglamentación de los derechos sobre el suelo

Por lo que concierne a la reglamentación de los derechos delsuelo, toda política de protección de conjuntos edificados en elLíbano tropieza con dos problemas mayores ligados a dos tipos demedidas, de gravosas consecuencias, que han sido tomadas por laAdministración en el pasado:1. El principio de la «construcción generalizada»: El artículo 17 del

Código de la Construcción garantiza al propietario de todaparcela situada en el territorio nacional la posibilidad de construirun edificio hasta un total de cuatro pisos, con un coeficiente deocupación del suelo (llamado C.O.S- del 80%), salvo excepción,es decir, salvo en los sectores cubiertos por un plan de zonning(plan de ocupación del suelo, llamado P.O.S.). Ahora bien, lamayoría de los centros antiguos fuera del P.O.S. están constituidospor edificios cuya altura no excede dos pisos, lo cual conviertetoda política de protección de este patrimonio en dependiente deuna disminución de la construcción de parcelas, medida muyimpopular que es rechazada por los propietarios de terrenos y porlos representantes electos, quienes mayoritariamente representana los anteriores.

2. El principio de zonning ascensional en el centro de las ciudadesy pueblos: Las zonas centrales, correspondientes generalmenteal tejido histórico, se benefician de coeficientes de ocupacióndel suelo más elevados (hasta seis veces la dimensión de laparcela en el centro de Beirut). Esto ha tenido como efecto elfuerte aumento de la presión del suelo y la destrucción delpatrimonio edificado, y de hacer que la protección de estosbarrios sea muy improbable, prácticamente imposible. Ningunode los gobiernos que se han sucedido desde la independenciadel Líbano ha podido llegar a decretar una bajada de los

coeficientes, lo cual hubiera chocado de frente con los interesesdel suelo en estos sectores, si en algún momento hubierantenido la intención.

Mejora de las herramientas existentes

El impacto de esta reglamentación en su forma urbana se hatraducido evidentemente por un crecimiento de la presión delsuelo en los centros históricos, los cuales en consecuencia en lamayoría de las ciudades han desaparecido, a excepción de algunosejemplos notables como los zocos de Trípoli y de Saida odeterminados barrios de Beirut (Zoqaq-el-Blat, Bachoura,Gemmayzé), salvados hasta el momento por su imagen social,juzgada negativa por los promotores inmobiliarios.

Conjunto histórico del barrio de Gemmayzeh en Beirut. En negro, las 11 torrespropuestas en este barrio. En colores los edificios con carácter histórico.

Barrio Gemmayzeh en Beirut. Fachada urbana e impacto de una de las torresresidenciales proyectadas en el conjunto histórico.

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Parece, por tanto, inevitable una evolución de las herramientascon objeto de adaptarlas a las relaciones de fuerza en vigor y deintroducir la noción de “Proyecto Urbano”, colocando laconcertación a escala local en la base del proceso de elaboraciónde políticas urbanas y de proyectos de ordenación territorial.El procedimiento del esquema director, y más particularmente lasdisposiciones de los párrafos 4 y 6 del artículo 8 sobre los'esquemas detallados', permiten en teoría la puesta en marcha dedichos proyectos. Sin embargo, en la práctica, el recurso a la

reglamentación existente tropieza en el Líbano, como en otraspartes, con la falta de voluntad política para limitar laedificabilidad del suelo.Con objeto de esquivar este obstáculo, el Ministerio de Culturapresentó en enero del 2002 un proyecto de ley que prevédiferentes medios para compensar a los propietarios de terrenos einmobiliarios por una transferencia de su derecho a construir en suparcela situada en un sector preservado (llamado zona “emisora”)hacia parcelas situadas en zonas menos sensibles declaradas“zonas receptoras”.En esta línea han sido redactados un proyecto de decreto sobre laordenación territorial (propuesto por el CDR) y un proyecto de leysobre el patrimonio (propuesta por el Ministerio de la Cultura),pero cuyas posibilidades de adopción por el Consejo de Ministroso por la Cámara de Diputados son aún inciertas

Tripoli. El sufrimiento de la arquitectura tradicional. Trípoli (Líbano)

Beirut (Líbano)

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El artículo número 9 de la Constitución Italiana afirma que “LaRepública debe tutelar y revalorizar el patrimonio cultural” yprecisa acto seguido las competencias del Estado sobre esta tutela(art. nº 117). A pesar de ello, no existe una reglamentaciónespecífica sobre la arquitectura tradicional y todo aquello que hacereferencia a este tema está más bien integrado en una serie deleyes referentes más específicamente al ámbito del urbanismo, delpatrimonio cultural, o más recientemente, al gobierno delterritorio.El «gobierno del territorio» es ejercido por las administracioneslocales sobre la base de un conjunto formado por leyes, normas yreglamentaciones nacionales y locales que se han superpuesto con elpaso del tiempo. Algunas disposiciones, aún en vigor, tienen susorígenes antes incluso de la unificación del Estado (1870). Es por elloque se hace necesario renovar, pero sobretodo de unificar en el marcode “textos únicos”, las diferentes normas en materia de territorio.Durante el último decenio, se ha intentado tender hacia unasimplificación de las reglamentaciones, introduciendo determinadasreformas que, a menudo, más bien han creado problemas a nivel dela gestión y la organización, especialmente por lo que se refiere a lasadministraciones locales y a su relación con los ciudadanos.Por un lado se ha asignado a las administraciones locales nuevas eimportantes responsabilidades, y por el otro, se ha apelado a éstas adar respuestas a problemas antiguos de forma más eficiente.Las diferentes temáticas relativas al nivel cultural y a la innovaciónreglamentaria de los últimos años pueden resumirse en lossiguientes puntos:

Un proceso de reforma relativo al conjunto de los dispositivosreglamentarios en materia de urbanismo y de ordenaciónterritorial, que se ha desarrollado paralelamente a una toma deconciencia creciente sobre las cuestiones de salvaguarda delmedio ambiente en relación a la planificación del uso elterritorio.El desplazamiento del interés por las cuestiones de crecimientourbano hacia las cuestiones de rehabilitación y de recalificaciónurbana y territorial.Una nueva visión del territorio, anteriormente percibido comoun lugar físico independiente y actualmente más bienconsiderado como lugar verdaderamente capaz de serpromovido.

La difícil reforma del sistema de las obras públicas, iniciada conla ley nº 109/94 (ley “Merlony”).

Al lado de estas consideraciones, hay que mencionar algunasoperaciones reglamentarias efectuadas con el ánimo de simplificarprocedimientos.El «texto unificado» en materia de expropiación (DPR n° 327/2001)elimina toda la reglamentación precedente, existente desde 1865, ydefine un “procedimiento único” donde la competencia delprocedimiento en esta materia se atribuye al ejecutante. El “texto unificado”, en materia de edificación (DPR n° 380/2001),reorganiza toda la reglamentación relativa al sector del edificio. Eneste texto se introduce la “ventanilla unificada para laconstrucción” que tiene la función de simplificar y acelerar losprocedimientos de autorización relativos a los edificios privados.Se subraya la importancia de la obtención del “permiso paraconstruir”, pero por otra parte, se incrementa la importancia dela “D.I.A” (declaración de inicio de las obras), que corresponde aun permiso más rápido.Esta autorización comporta una exoneración directa de

En Italia, donde el marco legislativo es muy denso, una nueva ley proteja lasedificaciones y paisajes rurales tradicionales, incluyendo aspectos como los caminos,los sistemas de riego y los bancales y terrazas.

Breves apuntes sobre la actualidad, la legislación patrimonial y el planeamiento en el Mediterráneo3. Italia.Un denso entramado legislativo

Michelangelo DRAGONEArquitectoItalia

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoItalia. Un denso entramado legislativo

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responsabilidades por parte del propietario y de su arquitecto. Esun instrumento destinado a las operaciones de modestaimportancia (poco volumen de intervención y modificación pocosignificativa de las fachadas) ampliándose a la demolición y a la“reconstrucción idéntica”, por un lado, y, del otro, a nuevasconstrucciones, a condición de que sean realizadas en el marco delos planes de ejecución operativos a una escala suficientementeprecisa para garantizar el buen funcionamiento de la obra.En Italia, la tutela del patrimonio cultural y medioambiental estáregida desde hace muchos años, por dos leyes principales:

ley n° 1497/1939 relativa a las maravillas naturales ypaisajísticas ley n° 1089/1939 sobre la protección de los “bienes de interésartístico e histórico, incluidos los enclaves arqueológicos”

Estas dos leyes se han agrupado hoy en día dentro del “textounificado” sobre el patrimonio cultural D. Lgs n° 42/2004), el cualen 166 artículos engloba toda la legislación en materia depatrimonio cultural y medioambiental. El texto precisa y amplía elconcepto de patrimonio sobre la base del principio de que cadabien que representa un “testimonio material que tenga valor decivilización” puede ser calificado como “bien cultural”.Al mismo tiempo, además de las funciones de conservación y detutela asignadas al ministerio y a los gobiernos territoriales, sesubrayan las funciones relativas a la valorización y a la promocióndel patrimonio. El planteamiento de este texto es el de simplificarlos procedimientos y facilitar la relación entre ciudadanos einstituciones implicadas.Los años 50 han visto la evolución negativa de los planesanteriores a la guerra, y han subrayado la necesidad de protecciónde los centros históricos de las ciudades, más allá del conceptoclásico de “monumento” (el conjunto urbano, más allá de la obraexcepcional y aislada).La ley nº 457/1978, que tiene por objeto la recuperación delpatrimonio edificado público y privado, define las diferentes lastipologías de intervención:

intervención ordinariaintervención extraordinariarestauración y rehabilitación conservativareestructuración de lo edificadoreestructuración urbana.

Complementariamente, la ley nº 457/78 introducía la necesidadde elaborar planes de rehabilitación,. La atención de la leyquedaba aún exclusivamente centrada en los sectores edificadosde las ciudades y el espacio rural quedaba regido por criterios deprotección basados exclusivamente en su carácter productivo.Es en los años 90 que se actualiza el concepto de reestructuración

a escala urbana, apoyándose en un nuevo enfoque de larehabilitación, y se introduce una nueva visión de las relaciones entreespacio urbano y espacio rural, en paralelo a una preocupacióncreciente en torno a las cuestiones medioambientales.Finalmente las preocupaciones tienden a cambiar de escala: desectores históricos a ciudades enteras, hasta incluir también losterritorios rurales en su complejidad y las diferentes relaciones quese establecen entre ellos.En último lugar, la arquitectura tradicional se toma en cuenta enel marco de un cierto número de planes complejos

Pueblo en Cerdeña (Italie)

Pueblo de Gangi, Sicilia

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PII - programas integrados de intervenciónPRU - programas de rehabilitación urbanaPRiU - programas de recalificación urbanaCdQ - contratos de barrioPRUSST - programas de recalificación urbana y de desarrollosostenible del territorio.

Estas prácticas se han impuesto estos últimos años, comoalternativa a los instrumentos de urbanismo operativo puntualesque les han precedido sin efecto particular, a excepción de sucarácter extremadamente protector, que ha paralizado lacapacidad de manifestar una posición clara sobre los objetosarquitectónicos y su futuro.Estos planes pueden ser considerados como el resultado deldesplazamiento del interés por el crecimiento de las ciudadeshacia la rehabilitación del patrimonio. Estos planes se llaman“complejos”, ya que se caracterizan por aspectos diversos, comola promoción, la redacción o la acción operacional, que lasadministraciones locales deben considerar, y que corresponden aun cambio de mentalidad; los poderes públicos no puedencontentarse con definir los ejes de un programa general, sino quedeben buscar el acuerdo con los actores privados a través de unaconcertación precisa en términos de plazos, de costes y demodalidades de ejecución de los programas.Todo ello implica una gran capacidad de negociación, antesimpensable por parte de las administraciones públicas, así comoevidentemente una clara visión de desarrollo y, por tanto, de laspolíticas de conservación del patrimonio.También es importante subrayar (y no en último lugar) la ley nº378/2003 - “Disposiciones para la tutela y valorización de laarquitectura rural”, que tiene como objetivo salvaguardar yvalorizar los diferentes tipos de arquitectura rural, tales como lasgranjas agrícolas y las construcciones rurales realizadas entre lossiglos XIII y XIX, que constituyen un testimonio de la economíarural tradicional. Están afectados por esta ley los cercados, losespacios destinados a la residencia y al trabajo, los revestimientostradicionales de espacios exteriores, las formas de transportehistóricas, los sistemas de canalización de aguas y las terrazas.La ley nº ° 378/2003 identifica las intervenciones admisibles,determina las obras técnicas en cuestión (materiales, albañilerías,suelos, cubiertas, fachadas, carpinterías, etc.) e instaura un comitéparitario para su actualización.

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamiento

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La legislación tunecina actual en materia de patrimonio es el frutode una larga evolución comparable a la de otros países, enparticular europeos. La noción de protección y de salvaguarda hadominado hasta época reciente. Durante los últimos años, estalegislación ha evolucionado para tener en cuenta las nociones deemplazamientos naturales y urbanos y hacer un hueco importantea las condiciones de revalorización. Esta orientación haencontrado su expresión en las leyes 86-35 de 9 de mayo 1986 y88-44 de 19 de mayo 1988, y sobretodo en la promulgación delcódigo de patrimonio en 1994. Sin embargo, esta evolución estámarcada por una paradoja, ya que la voluntad claramentemanifestada por los responsables tunecinos de inscribir elpatrimonio cultural en una política dinámica de revalorizacióntropieza con las presiones resultantes de la herencia de unasistema jurídico no adaptado a las exigencias de urgencia de laprotección del patrimonio frente a las agresiones, y dificultado porla ausencia de textos de aplicación.

La situación actual de la legislación

Los principales textos legislativos que organizan la protección y lavalorización del patrimonio cultural de Túnez son los siguientes

Decreto del ley del 7 de marzo de 1886 relativo a la propiedady a la conservación de los monumentos, objetos de arte yantigüedades.Decreto del ley del 8 de enero 1920 relativo a las antigüedadesanteriores a la conquista árabe. Decreto del ley del 3 de junio 1929 garantizando contra todapublicidad los inmuebles clasificados a título de monumentoshistóricos, así como ciertos lugares y zonas protegidas de losnúcleos urbanos.

Desde finales del siglo XIX, se han decretado medidas específicas deprotección de las medinas y de sus tejidos urbanos tradicionales. Elloha permitido a Túnez preservar jurídicamente ciertas zonas urbanasde la evolución de la vida moderna. Estas medidas conciernenesencialmente las siguientes ciudades:

TúnezD. 3 marzo 1920, estableciendo en la ciudad árabe una zona deprotección de los zocos. D. 13 septiembre 1921, extendiendo la zona de protección de loszocos.D. 12 agosto 1923, prohibiendo el cambio de afectación de losinmuebles de viviendas burguesas en las zonas de protección sinautorización previa.

En Túnez, la falta de órganos de gestión se convierte en un importante handicappara llevar a la práctica los nuevos instrumentos de protección.

Calle en Kairouan (Túnez)

Breves apuntes sobre la actualidad, la legislación patrimonial y el planeamiento en el Mediterráneo4. Túnez. La dificultad de aplicar las leyes en la práctica

Mourad RAMMAHSecretario General de la Association de Sauvagarde de la médinade Kairouan. Túnez

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Sidi Bou SaïdD. 6 agosto 1915, sobre la protección de las construccionesárabes.D. 6 abril 1925, sobre la protección de las construcciones árabes. A. 4 septiembre 1996, sosteniendo la creación y delimitación delconjunto histórico tradicional

SfaxD. 27 enero 1925, sobre la conservación de la ciudad antigua.

BizerteD. 20 febrero 1926, sobre la conservación de la ciudad antigua.

KairouanD. 31 marzo 1914, prohibiendo construir y plantar alrededor de laGran Mezquita.D. 18 octubre 1921, protegiendo los zocos y los barriospintorescos.D. 6 mayo 1986, sosteniendo la declaración de ciertas zonas enemplazamientos pendientes de clasificación.

Sin embargo, los primeros textos legales importantes en relacióncon la protección de los emplazamientos urbanos sonrelativamente recientes. Se trata de:

Decreto del ley del 7 de septiembre de 1953 relativo a laprotección de los emplazamientosde la ley 86-35 del 9 de mayo de 1986Esta ley afirma la necesidad de proteger los bienesarqueológicos, los monumentos históricos, los emplazamientosnaturales y urbanos, con objeto de salvaguardar el patrimoniocultural y el de las civilizaciones de Túnez, así como la bellezade sus paisajes herederos de las generaciones que se hansucedido en el país. Su campo de aplicación se extiende a losbienes arqueológicos constituidos, a los edificios y a losmonumentos históricos, a los emplazamientos urbanos concarácter histórico y a los parajes naturales. La ley reconduce elmecanismo de la clasificación instituida por el decreto beylicaldel 7 de marzo de 1886, e introduce el procedimiento deregistro sobre inventario.de la ley 88-44 del 19 de mayo de 1988 relativa a los bienesculturales. Esta ley instituye la categoría jurídica de los “bienesculturales de utilidad pública” que, por lo que se refiere a la ley,son los vestigios arqueológicos, los conjuntos deconstrucciones, los emplazamientos, los documentosmanuscritos e impresos, los bienes de interés artístico y losarchivos. La ley prevé que los bienes culturales que sonpropiedad de personas privadas continuarán siendo de supropiedad y que conservarán el disfrute, excepto la inscripción

Vista aérea de Sousse (Túnez) Sidi Bou Said (Túnez)

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de estos bienes en el registro especial. Esta ley instaura elconsejo superior para la salvaguarda de los bienes culturales, ypromueve la creación de asociaciones de intervención y desalvaguarda.del código del patrimonio - ley 35-94 del 24 febrero de 1994

El código del patrimonio introduce nuevas categorías depatrimonio establecidas desde una perspectiva de la revalorizacióny de coherencia histórica o natural, se trata de “emplazamientosculturales”, de “conjuntos históricos tradicionales”, y de “objetosmobiliarios”.Los emplazamientos culturales son objeto, después dedelimitación de su perímetro, de un procedimiento de instituciónpor decreto así como de un plan de protección y de revalorización(PPMV). La parte reglamentaria del plan define las actividadesautorizadas según las zonas, las condiciones de ejercicio y lasservidumbres propias de cada zona. Una vez aprobado, el plansubstituye de pleno derecho al plan de ordenación territorial.Determinados trabajos, como la instalación de publicidad, estánsometidos al régimen de autorización administrativa previa.Los conjuntos históricos y tradicionales, entre los cuales losconjuntos urbanos y los pueblos « con carácter”, pueden estarinscritos en el perímetro de un sector de salvaguarda. Estossectores son objeto de un plan de salvaguarda y de revalorización

(PSMV), que comprende un parcelario así como prescripcionesreglamentarias indicando los inmuebles a salvaguardar, losinmuebles a rehabilitar y los que se pueden destruir en parte o entotalidad. El PSMV comporta igualmente un pliego de condicionesque determina las normas arquitectónicas, las reglas deacondicionamiento, las actividades prohibidas, las infraestructurasy los equipamientos necesarios. En el perímetro del sectorsalvaguarda, determinados trabajos son sometidos a autorizaciónadministrativa previa.Los monumentos históricos de ahora en adelante son objeto detres niveles de protección: la orden gubernamental de protecciónen circunstancias normales, el decreto de clasificación encircunstancias de urgencia, la orden gubernamental preventivacon objeto de evitar amenazas de ruina, de demolición o dealteración. Los trabajos realizados en un inmueble protegido pororden gubernamental están sometidos a autorizaciónadministrativa previa. En los inmuebles clasificados pro decreto,los trabajos serán asumidos, a un máximo del 50%, por el Estado.Los propietarios pueden beneficiarse de subvenciones y deexoneraciones fiscales. Las disposiciones de la ley relativas a lasrelaciones entre propietarios e inquilinos no son aplicables a lospropietarios que asumen económicamente los trabajos en unmonumento histórico clasificado, a excepción de trabajosconsiderados como “suntuarios”.

Médina de Sfax (Túnez)Invasión de turistas en Sidi Bou Said (Túnez).

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En las zonas que se encuentran en un radio de 200 metros de losinmuebles clasificados o protegidos, los inmuebles edificados, ono, obedecen a las disposiciones de protección definidas por losartículos 26 a 44 del código de patrimonio (autorizaciónadministrativa previa para emprender los trabajos, prohibición decolocar carteles, prohibición de determinadas actividades).El Estado tiene derecho a expropiar por causa de utilidad públicalos monumentos históricos clasificados, y se beneficia de underecho de prioridad en la compra de todo monumento históricoclasificado o protegido.Cabe destacar que el texto del artículo 1 del código confiere unanaturaleza patrimonial a los vestigios legados por las civilizacioneso las generaciones anteriores, datando de épocas protohistóricaso prehistóricas cuyo valor nacional o universal esté probado.La referencia a un valor nacional o universal corre el riesgo demostrarse a veces simplista cuando se trata de bienes culturalescuya significación no excede los límites locales o regionales. Correel riesgo de perjudicar al interés que cabe adjudicar a laarquitectura tradicional y a la edificación modesta.El segundo párrafo del artículo 1 indica que el patrimonioarqueológico, histórico o tradicional forma parte del ámbitopúblico del Estado, a excepción de aquel cuya propiedad privadaha sido legalmente establecida. Esta regla general de la cual seconcibe la necesidad frente a una situación a veces muy incierta(ausencia de identificación de los propietarios, numerosassituaciones de indivisión, fuertes presiones demográficas,

económicas y turísticas), merecería ser matizada precisando, bajouna forma jurídica adaptada o un texto de doctrina, lascondiciones en las cuales el Estado puede, en ciertos casos,transferir al sector público (colectivos territoriales) o al sectorprivado (asociativo y comercial) la gestión de este patrimonio, sinpor ello renunciar a la propiedad.Por otra parte, se constata que actualmente sólo elemplazamiento de Cartago - Sidi Bou Saïd ha sido delimitado poruna orden gubernamental conjunta de los ministros de la Culturay del Equipamiento, firmada el 4 de septiembre de 1996. Hastaahora la decisión sobre el decreto de aprobación del plan deprotección y la revalorización (PPMV) del emplazamiento deCartago - Sidi Bou Saïd no ha sido tomada, aunque el pliego decondiciones ha sido establecido.La carencia en la definición precisa de los procedimientos, losdocumentos y los roles respectivos de los operadores, así como laausencia de estructuras administrativas capaces de hacer elseguimiento de los procedimientos sobre el suelo e inmobiliarios(mutaciones, permiso para destruir y construir, respeto de losreglamentos ligados a la presencia de un plan de protección)constituyen un handicap importantes en la puesta en marcha denuevos instrumentos de protección. En resumen, el hecho de queel procedimiento de delimitación pueda ser tomado por una ordengubernamental de los ministros de la Cultura y del Equipamientosin consulta a los municipios, no facilita la realización de lasoperaciones.

Calle de Sidi bou Said (Túnez)

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Introducción

Este artículo intenta identificar y analizar el sistema legal y losinstrumentos existentes y propuestos, para la protección delpatrimonio cultural en Palestina., que en la actualidad seencuentran obsoletos y fragmentados. Hasta la fecha, tan sólo losyacimientos arqueológicos y los edificios fechados antes de 1700d.C., o 600 d.C. para restos humanos y de animales, estánprotegidos por la Ley de Antigüedades de 1966. Esta ley, aplicableen el territorio de Cisjordania, es una insignificante enmienda de laLey de Antigüedades de 1929, que aún es aplicable en la Franja deGaza. Ambas leyes están anticuadas en buena medida e implican unsistema legal fragmentado. Y en este contexto, se presentan leyesde antigüedades diferentes en los dos territorios palestinos.Por esta razón, se preparó una nueva ley para la protección delpatrimonio cultural en el 2003. Esta propuesta de ley pretendíaproteger, dirigir y mejorar las propiedades de patrimonio cultural enPalestina, cubriendo todos los componentes del patrimoniocultural1. Ello concuerda con las leyes y normas internacionales.Desgraciadamente, esta ley no ha sido aun ratificada por el ConsejoLegislativo palestino.Como resultado, el patrimonio cultural palestino y, másespecíficamente, su patrimonio cultural inamovible, permanece enel umbral de destrucción. Esto se debe también a muchos otrosfactores, como son los procesos de extensión urbana, la escasez desuelo en las zonas A, B2 , o la falta de organismos eficientesdedicados al patrimonio cultural. Además, el patrimonio culturaltodavía no se ha definido como prioridad en la agenda nacional, yes aún vista como una responsabilidad más que como un factor dedesarrollo social y económico.

El sistema legal y los instrumentos existentes

LLas leyes de antigüedades no han sido capaces de proteger losdiferentes componentes y partes del patrimonio cultural, dejandootros componentes desprotegidos, como son los centros históricosy monumentos. Estos instrumentos legales carecen de coherenciacon las leyes internacionales y las convenciones, y están muycentralizados, de ahí que la mayoría de autoridades se encuentranen manos del Director del Departamento de Antigüedades.

En vez de necesitar nuevas leyes y nuevos instrumentos jurídicos,podríamos decir que muchos componentes de patrimonio culturalpueden ser protegidos simplemente mediante la aplicación delrégimen legal existente. En otras palabras, el problema de laprotección del patrimonio cultural no sólo se encuentra en unsistema legal fragmentado y obsoleto, sino también por laincapacidad de sacar el máximo provecho de los instrumentoslegales existentes. A ello se añade el hecho de una falta derecursos humanos y financieros, y de la falta de habilidad paraimplementar dichos mecanismos debido a la falta de jurisdicciónen las áreas que están todavía bajo pleno control militar de Israel.El fracaso en la implantación de los instrumentos legales existentesse puede resumir en los siguientes factores:

Fracaso en la maximización del uso de las leyes deantigüedades1. Desde 1944, ni una sola propiedad de patrimonio cultural

individual ha sido declarada como protegida. Las leyes deantigüedades (la de 1966 y la de 1929) permiten al “Directordel Departamento de Antigüedades declarar [en el Diario

En Palestina, más que los planes de desarrollo y revitalización, el preocupanteestado de abandono de la arquitectura tradicional, demanda instrumentos deprotección urgente.

Breves apuntes sobre la actualidad, la legislación patrimonial y el planeamiento en el Mediterráneo5. Palestina. La protección como prioridad

Farhat MUHAWIArquitecto.Jefe del Departamento de Planteamiento de RIWAQ,Palestina

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Oficial] una lista de los enclaves arqueológicos y edificios ypoder añadir nuevos sitios o enmendar la lista”. La ley tambiénpermite al Director que “delimite las fronteras de estos enclavesy edificios3” . Esta provisión en la ley no ha sido utilizada desdeel año 1944, y aunque el Acuerdo de Oslo (1993) dio a laAutoridad Nacional de Palestina (ANP) una total jurisdicciónsobre las áreas A y B, desafortunadamente la ANP no ha hechouso de ello.

2. Se fracasó al activar el Consultative Board (consejo consultivo)mencionado en ambas leyes de antigüedades (“el Director delDepartamento de Antigüedades consulta al consejo enmaterias relacionadas con el valor arquitectónico4” ). Esteconsejo fue creado por la ley con la intención de dirigir yconsultar la actuación y los planes del Departamento deAntigüedades, y no ha sido activado hasta la fecha. A finalesdel año 2005, el Ministerio de Turismo y Antigüedades haestablecido un nuevo consejo con unas responsabilidades pocodefinidas.

Fracaso al hacer uso de otras leyes relevantes einstrumentos tales como la Ley de planeamiento de 1966La Ley de Planeamiento de 1966 permite la delineación de zonasy la proposición de ordenanzas y reglamentaciones para lostrabajos de urbanismo y de construcción dentro de las áreasdelimitadas por los planes de ordenación urbanística (de lasciudades y pueblos). Tradicionalmente el Departamento deAntigüedades fue, y aún lo es, el organismo oficial responsable dela delimitación de zonas arqueológicas que están protegidas por laLey de Antigüedades. En 2005 el Departamento de Antigüedadesempezó a delimitar los centros históricos de las ciudades ypueblos, aunque esta acción no tenía ninguna referencia legal.Además, no ha habido ningún intento de proponer ningún tipo deordenanza o regulación para la protección de los centros históricosdelimitados.

El sistema legal propuesto e instrumentos

A pesar de la imagen poco prometedora y las deficiencias de lasituación existente, ha habido muchos intentos de mejorar elsistema legal y utilizar nuevos instrumentos legales para protegerel patrimonio cultural en Palestina. Se pueden identificar dos instrumentos legales principales comoejemplos de intentos recientes para preservar el patrimoniocultural inmueble en Palestina:

Primero: propuesta de ley sobre el patrimonio cultural enPalestinaEl proyecto de elaboración de una ley nacional para la proteccióndel patrimonio cultural fue una iniciativa del Ministerio de Turismo

y Antigüedades (MTA) de Palestina (a través del Bethlehem 2000Project Committee). El objetivo del proyecto era la mejora del ladirección de patrimonio cultural y su protección para las futurasgeneraciones. Este proyecto fue dividido en tres fases, todas ellas llevadas a caboen el 2003. En primer lugar, la fase de la preparación de undocumento de marco político que guiara el borrador delproceso de ley; segundo, la elaboración del borrador de la ley; y,finalmente, la preparación de un memorandum deinterpretación de la ley, así como también la preparación de ungráfico de legislaciones secundarias que ya existiesen o nuevasque estuvieran en proceso de borrador. Se formó un equipointerdisciplinario que incluía expertos palestinos y expertos deotros países. Este equipo incluía expertos en el campo delpatrimonio cultural y natural, así como expertos internacionalestanto de patrimonio como jurídicos.La nueva ley para la protección del patrimonio nacional cultural(CNH) proponía un sistema de catalogación que permitía que laautoridad de patrimonio cultural declarara como protegido unactivo de patrimonio cultural durante el transcurso de un año. Estaduración proporcionaba tiempo a la autoridad para estudiar,identificar el significado y delimitar los límites exactos de losactivos de patrimonio cultural con tal de ser incluidos en elNational Register of Declared Cultural Heritage Properties.(Registro Nacional de Propiedades declaradas como PatrimonioCultural). Una vez que una propiedad quedaba catalogada en elregistro nacional, una serie de reglamentos, regulaciones y pautasse le aplicaban. Este sistema de registro está considerado como elprincipal instrumento legal para la protección de dichaspropiedades patrimoniales.

Utensilios domésticos en una casa de Jenin, Nazlat Ash-Sheikh Zeid (Palestina).Archivos Riwaq

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Otros instrumentos y herramientas legales que pueden seridentificados en la propuesta de Ley para la Protección delPatrimonio Cultural, son:

1. Planes de Protección de Desarrollo: la nueva ley para laprotección del patrimonio cultural estipula que la Autoridad dePatrimonio Cultural propuesta deba preparar un plan deprotección y desarrollo para las diferentes propiedades einmuebles declarados como patrimonio cultural a lo largo deun período de cinco años a contar desde la fecha de ladeclaración. Si pasan estos cinco años sin que se hayapreparado un Plan de Protección para las zonas históricas ymonumentos significativos locales, la protección se terminará ylos activos de patrimonio cultural quedarán excluidos del<Registro Nacional de bienes declarados como PatrimonioCultural. La protección permanecerá después de un período decinco años para aquellos yacimientos arqueológicos ymonumentos de importancia nacional. Este instrumento legalse explicará más adelante con mayor detalle.

2. Procedimientos de emergencia para la protección: la leyproporciona al director de la Autoridad de Patrimonio Culturalel poder de tomar una decisión inmediata para declarar unapropiedad como patrimonio cultural protegido, solamentecuando esta propiedad se encuentra en peligro de derrumbarsey/o destruirse. Este instrumento legal, aunque estécondicionado al estado de conservación de una propiedadcultural, proporcionará al organismo al cargo del patrimoniocultural la capacidad de proteger las propiedades depatrimonio cultural en casos de emergencia.

Segundo: la preparación de planes de protección paracentros históricosConviene mencionar en esta etapa que el patrimonio culturalconstruido en Palestina ocupa el 1% de las áreas habitadas (áreasde los Master Plan) en el territorio de Cisjordania y la franja deGaza y alrededor del 0,01% del total del territorio. Esta áreadiminuta está considerada como el tesoro genuino palestino y, porlo tanto, debería ser protegida para las generaciones futuras.Existen más de 422 centros históricos identificados en ciudades ypueblos del Cisjordania y en la franja de Gaza. De acuerdo con elcatálogo de Riwaq para edificios históricos en Palestina, estoscentros históricos contienen 50.230 edificios históricos. Lapreparación de planes de protección y desarrollo para este enormenúmero de centros históricos es una carga enorme para laautoridad de patrimonio cultural, que debería ser responsable deesta tarea.En espera de la ratificación final de la nueva propuesta de ley Parala Protección del Patrimonio Cultural en Palestina y la creación deuna Autoridad de Patrimonio Cultural, el Riwaq Center forArchitectural Conservation (Centro Riwaq para la ConservaciónArquitectónica) empezó a trabajar en la preparación de planes deprotección de centros históricos culturalmente relevantes, sobre labase de las leyes actuales, particularmente las leyes que regulan laplanificación urbanística (Planning and Zoning Law 1966 y 1979).Aunque la nueva ley establece la necesidad de preparar planes deprotección y de desarrollo, la ley existente de urbanismo tan sóloestablece la elaboración de planes de protección.Esta iniciativa de preparación de planes de protección (y enalgunos casos planes de desarrollo y rehabilitación) para centroshistóricos, ha sido no gubernamental. Trabajando a nivel nacional,el centro Riwaq, así como otras organizaciones locales nogubernamentales o semi-gubernamentales como el HebronRehabilitation Committee, el Center for Cultural HeritagePreservation en Belén, el Cultural Heritage Department en NablusMunicipality y la Welfare Association en Jerusalén, han intentadoutilizar todos los medios legales y técnicos posibles a su alcancepara mejorar la protección del patrimonio cultural en Palestina.Mientras las organizaciones gubernamentales relevantes estánlimitadas por el sistema legal, cuyos instrumentos existentes tansólo sirven para proteger los yacimientos arqueológicos.Los principales objetivos de la preparación de planes de protecciónson: identificar, clasificar y delimitar los límites de los centroshistóricos de las ciudades y los pueblos, y proponer reglamentospara su protección. Los planes de protección también establecenque se cree un partenariado entre el Ministro de Gobiernos Localesy las municipalidades existentes, así como dar poder a los gobiernoslocales y los Ayuntamientos implicados en materias relacionadas conla protección, dirección y mejora del patrimonio cultural.La preparación de los planes de protección incluye las siguientestres fases:

La degradación del patrimonio tradiiconal palestino es importante

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la primera: revisar, actualizar y analizar la bibliografìa,documentos, planes y planos disponibles sobre patrimonioarquitectónico la segunda: la segunda: clasificar los edificios históricos eidentificar el significado del centro histórico, edificios históricosy monumentos la tercera: la tercera: elaborar un plan de protección quedefina los límites de centro histórico, grupo de edificioshistóricos y monumentos, y proponga reglamentos para suprotección, basados en su significado (véase plano adjunto).

El equipo responsable de la preparación de estos planes deprotección consiste en expertos de varios campos relacionadoscon el patrimonio cultural, que incluyen disciplinas comoarquitectos, urbanistas, arqueólogos, naturalistas, … así comotambién expertos del Registro de Edificios Históricos de Riwaq.Debido a la complejidad de los modelos de propiedad, el MandatoInglés (1923-1947) excluyó a los “centros antiguos” de losprocesos de colonización del territorio. Esta decisión ocasionó laexclusión de estos centros históricos (centros antiguos) de todoslos Master Plan (planes de ordenación urbanística) de las ciudadesy pueblos de Palestina.

Los planes de protección preparados por el Riwaq, en asociacióncon autoridades locales y organismos municipales deben serpresentados al Alto Consejo de Planeamiento del Ministerio deGobierno Local para su aprobación..

Manual del plan de protección y el borrador de laordenanza de patrimonio arquitectónico en PalestinaEl Riwaq está actualmente en el proceso de preparar un Manualdel plan de protección. Este manual estará basado en lasexperiencias de la Unidad de Urbanismo del Riwaq, concernientesa la preparación de seis planes de protección para Deir Ghassaneh,Deir Istia, Birzeit, Al-Taybeh, Ajjoul, y Mazare' Al Nubani.El manual incluirá los pasos necesarios para la preparación deplanes de protección, que son:

la formación del equipo y la preparación de un plan de trabajola recopilación, actualización y análisis de la información yplanos recogidosla identificación de su importanciaLos procedimientos de trazado de propiedades de patrimoniocultural la mejora de la ordenanza de urbanismo existente

Plano de identificación de las propiedades protegidas como patrimonio cultural enel pueblo de Deir Ghassaneh (Palestina), RIWAQ

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Se espera que este manual sea utilizado por todas las partesimplicadas en la preparación de planes de protección, tales comoel Ministerio de Gobiernos Locales, organizaciones nogubernamentales de patrimonio cultural, así como también enprácticas privadas de arquitectura.El Alto Consejo de Planeamiento ha aprobado recientemente(marzo 2006), y de conformidad con la Ley de Urbanismo, unaserie de ordenanzas generales y específicas para la protección deedificios y centros históricos. Estas ordenanzas han sidopreparadas por el Riwaq en coordinación con el Ministerio deGobiernos Locales. Las ordenanzas generales se aplicarán paratodos los centros históricos y monumentos dentro de los límites delos planes de las ciudades y pueblos, mientras que las ordenanzasespecíficas servirán como referencia para la preparación de planesde protección.

1 Patrimonio cultural mueble e inmueble, que cubre los yacimientos (arqueológicosy naturales), las áreas históricas y los monumentos.

2 Zona A: zona que estaba bajo el control administrativo y de seguridad de laAutoridad Nacional de Palestina (ANP, Autoridad Nacional de Palestina) despuésdel proceso de paz de Oslo. Zona B: sólo bajo control admnistrativo de laAutoridad Nacional Palestina.

3 Ley de Antigüedades de 1966, disposición número 9

4 Ley de Antigüedades de 1966, disposiciones números 4,5 y 6.

5 Decisión número 54 del Alto Consejo de Planeamiento, 11 marzo 2006

Plano de protección del pueblo de Deir Ghassaneh (Palestina), RIWAQ

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Aproximación general

En Turquía, la conservación de los enclaves urbanos históricos esmás reciente que la rehabilitación arquitectónica. La primeradecisión tomada para esta escala de intervención data de 1970. Esuna decisión relacionada con la protección de las casastradicionales ubicadas a orillas del Bósforo en la ciudad Estambul.Y a partir de la primera ley detallada sobre los monumentoshistóricos de 1973, y sobretodo entre 1973 y 1980, que se tomanun conjunto de decisiones de salvaguarda a escala urbana. Hoy endía varios centros históricos están inscritos como enclaves urbanosde interés, de los cuales algunos de ellos disponen de un plan desalvaguarda y de revalorización.Según la legislación actual, estos planes de salvaguarda se hanpreparado teniendo en cuenta los espacios que rodean los límitesdefinidos del emplazamiento. El objetivo de estos planes es lasalvaguarda duradera del patrimonio arquitectónico y natural delemplazamiento. Los planes de salvaguarda están basados en unanálisis profundo del emplazamiento. En este contexto, seemprenden análisis a nivel regional y de la ciudad, así como aescala del emplazamiento a planificar, completadas por estudiosanalíticos a escala de la parcela o del edificio. Estos estudios vanseguidos de una síntesis de las evaluaciones, y luego por unconjunto de decisiones y proposiciones para la salvaguarda delconjunto del emplazamiento. Siempre acompaña al plan uninforme detallado que detalla las condiciones específicas para laconstrucción de elementos tradicionales, así como tipologías dereferencia para la integración de las obras. Además de lasalvaguarda y la rehabilitación física, los planes contemplanactuaciones para el desarrollo social y económico de laspoblaciones residentes. En una zona declarada como “enclaveurbano” toda actividad constructiva queda suspendida hasta laaprobación del plan de salvaguarda. La comisión para losmonumentos históricos del lugar en cuestión está obligada adefinir en un plazo de 3 meses las condiciones provisionales parala salvaguarda y utilización del emplazamiento, hasta laelaboración del plan en un plazo de 2 años.Aunque los planes están, en general, minuciosamente trabajados,el mayor problema proviene de su implementación. Después de laaprobación del plan, la responsabilidad pasa a las comisiones demonumentos históricos de los municipios. Y la mayoría de las

veces, se constatan fricciones durante el proceso de realización deéstos. Los cambios socio-económicos de los centros históricosdebidos a una urbanización acelerada influencian enormementeen la evolución de los núcleos históricos, en los cuales losalquileres de viviendas son bastante bajos. Una parte de loshabitantes autóctonos no desea vivir en el “emplazamientourbano”. Por contra, otros habitantes, que están contentos deresidir allí, no disponen de medios adecuados para rehabilitar suscasas, y al no disponer de ayudas económicas o técnicas delEstado, no pueden hacer nada para garantizar la salvaguarda desus bienes. Es por ello que el turismo se convierte casi en el únicoobjetivo de salvaguarda, especialmente en las ciudades y puebloshistóricos de las costas, lo cual tiene como consecuencia latransformación en gran medida del aspecto físico y socialtradicional de los “enclaves urbanos”. Por otra parte, se plantea elproblema de la actividad estacional de dichos lugares. Estosnúcleos históricos que están extremadamente frecuentadosdurante los meses de verano, quedan casi vacíos en invierno.

En Turquía en las zonas declaradas como “enclaves urbanos”, toda actividad de construcción se suspende hasta la aprobación del Plan de Salvaguardia

Breves apuntes sobre la actualidad, la legislación patrimonial y el planeamiento en el Mediterráneo6. Turquia. Los planes de salvaguarda

Nur AKINArquitectaProfesora en la Universidad Técnica de Istanbul, Turquia

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamientoTurquia. Los planes de salvaguarda

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Antalya

Uno de los primeros planes de salvaguarda desarrollados enTurquía ha sido la rehabilitación del “emplazamiento urbano” deAntalya, ciudad histórica situada en la costa mediterránea. Es unaciudad cuyo puerto y zona intramuros, comprende numerosasedificaciones tradicionales.

Con los trabajos de rehabilitación llevados a cabo, la parteorientada al mar se ha revitalizado por el acondicionamiento de unpuerto deportivo. En 1974 se tomó esta primera decisión, justodespués de la aprobación de la primera ley detallada sobre laconservación y con la firma de un protocolo entre el Ministerio dela Cultura y Turismo, el Ayuntamiento de Antalya y el ConsejoSuperior de los Monumentos Históricos del momento, marcandoasí el inicio de una primera etapa de acción. La mayor parte de losedificios históricos cercanos a la costa, utilizados comoalmacenes, talleres para la construcción, de reparación depequeñas embarcaciones y barcas, restaurantes y cafés depescadores o taxistas, han sido restaurados o reconstruidos con unclara vocación turística. Así por ejemplo, un almacén de algodónde tres pisos, de finales del siglo XIX, se ha reconvertido en unhotel de lujo. Hoy en día, esta zona rehabilitada tiene unacapacidad estival de 4.000 personas.Con los trabajos finalizados en 1984, se inició la segunda etapa desalvaguarda del “emplazamiento urbano” de la ciudad, queconsistió en la renovación de la ciudad histórica intramuros,situada justo al lado del puerto deportivo. Esta fase empezóinmediatamente, completando el proceso de revitalización de laciudad. Esta nueva zona comprendía en gran parte casastradicionales, cuyos propietarios o inquilinos, generalmenteautóctonos, eran personas de ingresos medios. El objetivo esencialde su rehabilitación garantizar la permanencia de los habitantesen el lugar, permitiéndoles participar en el desarrollo del turismo,a través de adaptar sus casas en pensiones de verano. Pero elturismo, objetivo primordial para el primer sector rehabilitado,había influenciado en tal manera el sector intramuros que la vidaya no era como antes, y los habitantes del lugar ya no deseabanvivir en un espacio tan turístico. Algunos de ellos hanprácticamente reconvertido sus casas en favor del turismo,mientras que otros las han vendido a los recién llegadosprovenientes de diferentes ciudades de Turquía.Así, la mayoría de las casas del área han sido destruidas yreconstruidas bajo pretexto de ser restaurada, siendo utilizadascomo hoteles, pensiones, restaurantes, cafés, tiendas turísticas,etc., y han ido cambiado poco a poco el carácter de este sectorintramuros. A parte de estos daños irrecuperables a las casas decarácter tradicional, a causa de la frecuentación estacional de estesector intramuros, las calles, muy animadas en verano, estánprácticamente desiertas en invierno y la mayoría de los edificiosestán cerrados o utilizados a medias.A pesar de todos estos inconvenientes, el plan de salvaguarda del« puerto deportivo” y el de la “zona intramuros” de Antalya sonlos primeros ejemplos de rehabilitación realizados integralmenteen Turquía. Sin embargo, después de treinta años de su inicio, esteplan y su desarrollo están todavía sujetos a discusión.

Casas tradicionales rehabilitadas para un uso turístico Antalya (Turquía)

Casa rehabilitada en Antalya (Turquía)

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En Francia, la principal acción en este sentido consistió en inventaren 1977 las Operaciones Programadas de Mejora de la Vivienda(OPAH). Son programas de rehabilitación lanzados a iniciativa delos colectivos locales. Van precedidas de una fase de estudio (1año) durante la cual se precisarán las necesidades de los barrios ode las zonas rurales afectadas, así como los objetivos esperados.Luego se lanza la OPAH: que dura de 3 a 5 años sobre unperímetro bien definido. Durante la vida de este programa, sereclutará un equipo de animación que jugará un papel esencial: iráal encuentro de los propietarios y habitantes, les informará de lasayudas a las cuales pueden acceder (subvenciones, fiscalidad,etc.). Les aconsejará a nivel técnico, les ayudará a montar losexpedientes de solicitud de subvención, los expedientes deurbanismo, etc. Este equipo también cumplirá misionesespecíficas, en la medida de lo posible tales como: convencer a lospropietarios de volver a poner en el mercado los pisos vacíos,realizar diagnósticos de presencia de pinturas con plomo, darinformaciones útiles para economizar energía, para adaptar lasviviendas a las personas discapacitadas o mayores, etc.Las OPAH son acciones iniciativas: no se trata de imponer trabajos,sino de convencer a los propietarios de la utilidad de llevarlos acabo y de las ayudas para hacerlo. Casi 30 años después de suaparición, este procedimiento continúa siendo una herramienta debase de la rehabilitación en Francia para los poderes públicos, paratratar las viviendas privadas (por supuesto, el derecho depropiedad no se cuestiona). En nuestros días alrededor de 600programas (OPAH y procedimientos comparables) “viven” cadaaño en Francia.Esta política de acciones programadas se ve ampliamentefavorecida por la existencia de ayudas públicas a la rehabilitacióndel parque privado: en primer lugar, la Agencia nacional para lamejora de la vivienda (ANAH) quien subvenciona los trabajos deestos propietarios, así como de los colectivos locales para susnecesidades en ingeniería (estudios, coste de funcionamiento delos equipos de animación).

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamiento

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Pueblo en las Courbières (Francia)

En Francia las OPAH son acciones iniciativas: no se trata de imponer la rehabilitación, sino de convencer a los propietarios de su utilidad.

Breves apuntes sobre la actualidad, la legislación patrimonial y el planeamiento en el Mediterráneo7. Francia. Una política de acciones programadas

Michel POLGEArquitecto y urbanistaDirector técnico de l’Agence nationale pour l’amélioration de l’habitat (ANAH), Francia

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III. EstrategiaHerramienta 13 Definición de instrumentos legales y planeamiento

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Una de las primeras leyes promulgadas por el recientementefundado Estado griego, en el año 1833, después de cuatro siglosde ocupación otomana, fue la “ley arqueológica” que protegíatodos los vestigios griegos antiguos. Esta ley fue codificada mástarde, en 1932, para convertirse en la ley 5351, que tenía comoobjetivo la protección de:

a. todos los trabajos artísticos (incluyendo arquitectura) anteriores alaño 1453 (año de la caída de Constantinopla a manos de losturcos)

b. las estructuras y monumentos históricos medievales y post-medievales, previos al año 1830

Sólo a partir de 1950 la política de conservación se extendió a laprotección del patrimonio cultural cuyo origen era posterior a1830. Esta ley se creó para la conservación de edificios y lugaresdenominados “asentamientos de belleza natural”, haciendoposible, desde un punto de vista legislativo, la protección y laidentificación de lugares y asentamientos tradicionales. Además de estas dos leyes básicas, el Código General deConstrucción de 1973, revisado en 1985, determinó el marcolegislativo para toda la actividad constructiva en Grecia. El códigofue creado por el Ministerio de Medio ambiente, PlanificaciónRegional y Trabajos Públicos, y fue imponiendo limitaciones en lamorfología arquitectónica de los edificios en áreas de “particularcarácter histórico, folclórico, urbanístico, estético o arquitectónico”.Una serie de decretos adicionales (la mayor parte no puestos enpráctica a día de hoy) también proporcionaban cláusulas quedeterminaban la acción de rehabilitación a escala urbana.Finalmente, en una nueva ley de conservación recientemente aprovadaen el año 2002, el Ministerio de Cultura completó la definición de“lugar histórico” y de “asentamiento protegido”, imponiendo nuevascondiciones para su conservación. La nueva ley también propone laelaboración de un catálogo de todos los lugares y monumentos parala implementación de una política de preservación coherente, lo cualaún hoy en día representa una gran laguna.Es evidente que a pesar de los retrasos u omisiones, la legislacióngriega elaboró un cierto marco para regular y conservar el espacioconstruido en los asentamientos tradicionales. Sin embargo, laimposibilidad de su implementación ha sido el resultado de la faltade coordinación entre las diferentes instituciones responsables, así

como también la insuficiencia de personal especializado parallevarla a cabo. También hubiese sido importante para mejorar sudesarrollo la descentralización de los servicios responsables decontrolar las operaciones de conservación a escala urbana.Finalmente, la falta de fondos, puede ser considerada otra razón,puede que la más importante, junto con el hecho de que laprotección del patrimonio tradicional griego nunca ha sido unaprioridad en las políticas urbanas regionales del Estado hastanuestros días. Así pues, la rehabilitación a escala urbana en Greciaha sido siempre fragmentaria, incompleta, limitada e ineficiente.

En Grecia, como en la mayoría de los países del Mediterráneo, la rehabilitación a escala urbana, ha sido fragmentaria, incompleta, limitada e ineficiente

Agios Artemios, Santorini (Grecia)

Breves apuntes sobre la actualidad, la legislación patrimonial y el planeamiento en el Mediterráneo8. Grecia. El patrimonio tradicional no es prioridad

Nikos KALOGIROU y Alkmini PAKKA

ArcquitectosProfesores en la Escuela de arquitectura de TesalónicaGrecia

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