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En vigor el decreto sobre neumáticos fuera de uso LOS PRODUCTORES, almacenadores y gestores de neumáticos fuera de uso cuentan con nuevas obligaciones. Un Real De- creto establece los objeti- vos de prevención de gene- ración de residuos y del re- ciclado de los neumáticos. El nuevo reglamento regula la gestión de neumáticos fuera de uso. ●●● ACABA DE ENTRAR en vigor el Real Decreto 1619/2005, de 30 de di- ciembre, sobre la gestión de neumá- ticos fuera de uso. Su principal obje- to es el de prevenir la generación de neumáticos fuera de uso, establecer el régimen jurídico de su producción y gestión, y fomentar, por este orden, su reducción, reutilización, recicla- do y otras formas de valorización, con la finalidad de proteger el me- dio ambiente. El Real Decreto diferencia clara- mente las figuras del productor, ge- nerador, poseedor y gestor de neu- EL TEXTO ÍNTEGRO del Real Decreto puede consultarse en la página web del Servicio de Medio Am- biente de la Cámara de Comercio, en el apartado de legislación vi- gente de la pestaña de informa- ción. La ‘web’ es www.camaraza- ragoza.com/medioambiente. LA LISTA de gestores también está disponible dentro de esta ‘web’. El listado de gestores autorizados por el Gobierno de Aragón está en el apartado de residuos no pe- ligrosos A DESTACAR máticos, y establece una serie de obligaciones específicas para cada uno de ellos. El productor queda obligado a hacerse cargo de la ges- tión de los residuos derivados de sus productos y a garantizar su re- cogida y gestión de acuerdo con los principios de jerarquía estableci- dos en la Ley 10/1998, de Residuos. Esta obligación se puede afron- tar mediante la organización de sis- temas propios o mediante acuer- dos que lleven a la participación en sistemas organizados de gestión de neumáticos fuera de uso, autoriza- dos por las correspondientes co- munidades autónomas. Estas obligaciones del productor serán exigibles cuando las Ccomu- nidades Autónomas hayan autori- zado los sistemas integrados de gestión pertinentes y, en todo caso, doce meses después de la entrada en vigor de este Real Decreto. Las actividades de almacena- miento estarán sometidas a los re- quisitos técnicos específicos que se recogen en el anexo del Real De- creto, y obligadas a notificar su ac- tividad; lo mismo sucederá en el ca- so de las actividades de recogida y transporte. Para el caso de las acti- vidades de valorización y elimina- ción, seguirán en vigor las obliga- ciones que recoge la Ley 10/1998 en su capítulo II. Otro punto a tener en cuenta es que a partir del 16 de julio de 2006 se establece la prohi- bición de depósito en vertedero de neumáticos usados troceados. ●●● LA CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA ela- bora esta información a través de su servicio de Me- dio Ambiente. ● ● ● LÍNEA DE CONSULTA AMBIENTAL...

HERALDO DE ARAGON INVESTIGAR ciclado de los neumáticos. · 2007-12-29 · La Comisión Internacional de Irrigación y Drenaje (ICID) ... nerador, poseedor y gestor de neu- ... preguntas

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● ● ● LIBROS Y ‘WEBS’...

Nuestropatrimonionaturalcomún

VÍNCULOS EN ELPAISAJEMEDITERRÁNEOCONSEJERÍA DE MEDIOAMBIENTE.JUNTA DE ANDALUCÍA.(En Librería Central)

El libro trata del papel delos espacios protegidos enel contexto territorial, temapor tanto de gran actuali-dad. Se exponen de formaclara y rotunda las necesi-dades, retos y oportunida-des que van a determinaren un próximo futuro lagestión de las áreas prote-gidas y la necesaria preser-vación de sus recursos. Secuentan las principales ini-ciativas que ha habido a nivel internacional en estecampo. Y desde la obra sedeja claro que en estosasuntos no caben fronteras,sólo vínculos con nuestropatrimonio ambiental co-mún.

Actualidad empresarialy del medio ambiente

BOLETÍN INFORMATIVOPARA LA EMPRESACEPYME ARAGÓN.Nº 40, DICIEMBRE 2005.

La Confederación de la Pe-queña y Mediana EmpresaAragonesa y la Federaciónde Empresarios del Metalde Zaragoza editan esteBoletín que reúne notas yartículos de actualidad einterés y no sólo para em-presarios y técnicos sinoen general para toda la so-ciedad aragonesa. Este nú-mero incluye un reportajesobre la aprobación delnuevo reglamento de resi-duos peligrosos, dentro delplan GIRA del Gobiernode Aragón. Además, se ex-plican las acciones de la

Confederación en colabo-ración con las empresaspara reducir la emisión decompuestos orgánicos vo-látiles a la atmósfera.Cuenta también con sec-ciones sobre novedadeslegislativas y ayudas y sub-venciones. Una página dereferencias bibliográficascompleta la publicación.

Desarrollo de las cienciasen la gestión del agua

COMISIÓN INTERNACIONALHTTP://WWW.ICID.ORG/La Comisión Internacional de Irrigación y Drenaje(ICID) se creó en 1950 como una organización no gu-bernamental científica y técnica. Tiene como fin el es-tímulo y promoción del desarrollo y la aplicación delas ciencias y las técnicas de la ingeniería, agricultura,ecología y ciencias sociales en la gestión del agua y elsuelo para el regadío y el drenaje.

ALBERTO VIRTO ES DECANO DEL COLEGIO DE FÍSICOS DE ARAGÓN

FAHERALDO DE ARAGONSUPLEMENTO DE MEDIO AMBIENTE

6 INVESTIGARLUNES, 9 de enero de 2006

Legislación... Qué obligaciones implica el Convenio de Estocolmo

En vigor el decretosobre neumáticosfuera de uso

LOS PRODUCTORES, almacenadores y gestoresde neumáticos fuera deuso cuentan con nuevasobligaciones. Un Real De-creto establece los objeti-vos de prevención de gene-ración de residuos y del re-ciclado de los neumáticos.

El nuevo reglamento regula la gestión de neumáticos fuera de uso.

● ● ● ACABA DE ENTRAR en vigor elReal Decreto 1619/2005, de 30 de di-ciembre, sobre la gestión de neumá-ticos fuera de uso. Su principal obje-to es el de prevenir la generación deneumáticos fuera de uso, establecerel régimen jurídico de su produccióny gestión, y fomentar, por este orden,su reducción, reutilización, recicla-do y otras formas de valorización,con la finalidad de proteger el me-dio ambiente.

El Real Decreto diferencia clara-mente las figuras del productor, ge-nerador, poseedor y gestor de neu-

EL TEXTO ÍNTEGRO del Real Decretopuede consultarse en la páginaweb del Servicio de Medio Am-biente de la Cámara de Comercio,en el apartado de legislación vi-gente de la pestaña de informa-ción. La ‘web’ es www.camaraza-ragoza.com/medioambiente.

LA LISTA de gestores también estádisponible dentro de esta ‘web’.El listado de gestores autorizadospor el Gobierno de Aragón estáen el apartado de residuos no pe-ligrosos

A DESTACAR

El Convenio contempla un total de12 grupos contaminantes, entrecompuestos químicos industrialescomo los PCB, plaguicidas como elDDT o subproductos industriales,no deseados como las dioxinas. Su

objetivo es eliminar, donde sea po-sible, los intencionales, restringiraquellos cuyo uso sea todavía nece-sario y reducir los subproductos nodeseados hasta su eliminación, conposibilidad de sumar nuevos com-

puestos a la lista. Para cumplir estosobjetivos, las partes firmantes estánobligadas a elaborar un Plan Nacio-nal en dos años. Además, la UniónEuropea aprobó del Reglamento850/2004, relativo a los COP.

Dirija suspreguntasa Laura Zaro. Au-ditora de Ingenie-ría, Medio Ambien-te y de Sistemasde Gestión I + G

máticos, y establece una serie deobligaciones específicas para cadauno de ellos. El productor quedaobligado a hacerse cargo de la ges-tión de los residuos derivados desus productos y a garantizar su re-cogida y gestión de acuerdo con losprincipios de jerarquía estableci-dos en la Ley 10/1998, de Residuos.

Esta obligación se puede afron-tar mediante la organización de sis-temas propios o mediante acuer-dos que lleven a la participación ensistemas organizados de gestión deneumáticos fuera de uso, autoriza-

dos por las correspondientes co-munidades autónomas.

Estas obligaciones del productorserán exigibles cuando las Ccomu-nidades Autónomas hayan autori-zado los sistemas integrados degestión pertinentes y, en todo caso,doce meses después de la entradaen vigor de este Real Decreto.

Las actividades de almacena-miento estarán sometidas a los re-quisitos técnicos específicos que serecogen en el anexo del Real De-creto, y obligadas a notificar su ac-tividad; lo mismo sucederá en el ca-

so de las actividades de recogida ytransporte. Para el caso de las acti-vidades de valorización y elimina-ción, seguirán en vigor las obliga-ciones que recoge la Ley 10/1998 ensu capítulo II. Otro punto a teneren cuenta es que a partir del 16 dejulio de 2006 se establece la prohi-bición de depósito en vertedero deneumáticos usados troceados.

● ● ●LA CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA ela-bora esta información a través de su servicio de Me-dio Ambiente.

● ● ● LÍNEA DE CONSULTA AMBIENTAL...