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Gaceta Municipal
Órgano Oficial
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA 2016-2018
15 de diciembre de 2016
Número 094 Año 01
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PRESENTACIÓN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, 2016-2018, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 124 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 31 FRACCIONES I Y XXXVI Y 48 FRACCIÓN III DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN PUBLICAR LA PRESENTE GACETA MUNICIPAL, COMO ÓRGANO OFICIAL INFORMATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, QUE DA CUENTA DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR EL AYUNTAMIENTO EN SESIONES DEL H. CABILDO, ASÍ COMO DE LOS REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DEMÁS DISPOSICIONES JURÍDICAS Y ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL, DENTRO DEL TERRITORIO MUNICIPAL.
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CONTENIDO ACUERDOS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, PERÍODO DE GOBIERNO DOS MIL DIECISÉIS – DOS MIL DIECIOCHO, TOMADOS EN LA TRIGÉSIMA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA CATORCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. 1.- PROPUESTA DE DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL ACTA DE LA TRIGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016, DEL ACTA DE LA DÉCIMO SEXTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA 30 DE NOVIEMBRE DE 2016 Y DEL ACTA DE LA SEGUNDA SESIÓN SOLEMNE DE CABILDO, DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2016. (PÁGINAS 6-7). 2.- INFORME DEL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 91 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. (PÁGINAS 7-8). 3.- ACUERDO POR EL QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 18 FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL SEXTO CABILDO ABIERTO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018 Y AUTORIZA SU EMISIÓN. (PÁGINAS 8-11). 4.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, AUTORIZA LOS LINEAMIENTOS SARE, EL FORMATO ÚNICO SARE, EL CATÁLOGO DE GIROS SARE Y EL MANUAL DE OPERACIÓN SARE, EN LOS TÉRMINOS SOLICITADOS POR EL ARQ. ENRIQUE MORENO MARTINEZ, DIRECTOR DE DESARROLLO ECONÓMICO Y ASUNTOS METROPOLITANOS. (PÁGINAS 12-59). 5.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. JAHIR ALEXIS VALENZUELA FRANCO, PARA QUE SEA AUTORIZADA LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO COMO RESTAURANTE BAR DEL ESTABLECIMIENTO UBICADO EN CIRCUITO RUÍZ CORTINES, MANZANA 1, LOTE 8, LOCAL 10, COLONIA LAS MARGARITAS (LOMAS
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DE ATIZAPÁN), EN ESTE MUNICIPIO, DENOMINADO “YAYOS”, RESTAURANTE BAR CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS MAYORES A 12 GRADOS, CON UN HORARIO DE DOMINGO, LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES Y SÁBADO, HASTA LAS 02:00 HORAS, DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE COMPETITIVIDAD Y ORDENAMIENTO COMERCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/194/CABILDO/2016). (PÁGINAS 60-60). 6.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. DAVID ALBERTO SERRANO VILLAFÁN, PARA QUE SE AUTORICE A SANBORN HERMANOS, S.A., EL GIRO COMERCIAL DE RESTAURANTE BAR TIENDA DEPARTAMENTAL MÚSICA AMBIENTAL, CON UN HORARIO DE 07:00 A.M. A LAS 01:00 HORA DEL DÍA SIGUIENTE, DE LUNES A DOMINGO, AL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DENOMINADO “SANBORNS GALERIAS ATIZAPÁN, UBICADO EN AVENIDA RUÍZ CORTINES MZ. 2, LT. 1, LOCAL 108, FRACCIONAMIENTO LOMAS DE ATIZAPÁN, PREDIO LAS MARGARITAS, EN ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/195/CABILDO/2016). (PÁGINAS 61-61). 7.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL MTRO. EDGAR ISRAEL FORTANEL SOTO, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE PARA QUE SE AUTORICE OTORGAR UN APOYO ECONÓMICO, POR LA CANTIDAD DE $7,500.00 (SIETE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), A FAVOR DEL C. HÉCTOR MAURICIO MARTÍNEZ LÓPEZ, CON EL OBJETO DE DAR UN APOYO ECONÓMICO A LOS FAMILIARES DEL BOXEADOR JORGE “CHATO” MARTÍNEZ PARA LA REALIZACIÓN DE UNA MISA Y EVENTO DE PELEAS DE BOX EN SU HONOR, EL CUAL HA SIDO PROPUESTO LLEVAR A CABO EL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO. (EXPEDIENTE SHA/196/CABILDO/2016). (PÁGINAS 62-62). 8.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL MTRO. EDGAR ISRAEL FORTANEL SOTO, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, PARA QUE DE SER PROCEDENTE SE OTORGUE UN APOYO ECONÓMICO POR LA CANTIDAD DE $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.), AL ATLETA DE ALTO RENDIMIENTO LUIS ARMANDO CEJA PEDROZA, QUIEN PARTICIPARÁ EN LA DISCIPLINA DE BOX, EN PUERTO RICO, EL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL 2016. (EXPEDIENTE SHA/133/CABILDO/2016). (PÁGINAS 63-67). 9.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL MTRO. EDGAR ISRAEL FORTANEL SOTO, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, PARA QUE AUTORICE OTORGAR UN APOYO ECONÓMICO POR LA CANTIDAD DE $8,000.00 (OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), A FAVOR DEL C. HÉCTOR MAURICIO MARTÍNEZ LÓPEZ, QUIEN PARTICIPARA EN EL EVENTO DE BOX, A REALIZARSE EL PRÓXIMO DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL
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PRESENTE AÑO, ES ESTE MUNICIPIO. (EXPEDIENTE SHA/145/CABILDO/2016). (PÁGINAS 67-71). 10.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL MAESTRO EDGAR ISRAEL FORTANEL SOTO, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE, PARA QUE SE AUTORICE OTORGAR UN APOYO ECONÓMICO, POR LA CANTIDAD DE $6,000.00 (SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), A FAVOR DEL C. JESÚS ALEXANDER BARAHONA CAMILO, QUIEN PARTICIPARÁ EN LA DISCIPLINA DE MMA (ARTES MARCIALES MIXTAS), A REALIZARSE EL PRÓXIMO DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, EN LEÓN, GTO. (EXPEDIENTE SHA/146/CABILDO/2016). (PÁGINAS 72-76). 11.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA C. LILIANA MENDOZA GUERRERO, ANTERIOR DIRECTORA DE DESARROLLO SOCIAL, PARA QUE SE AUTORICEN SEIS DICTÁMENES DE RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL, PARA DAR SUFICIENCIA PRESUPUESTAL AL EVENTO DENOMINADO “CLAUSURA DE ESCUELAS 2016”. (EXPEDIENTE SHA/169/CABILDO/2016). (PÁGINAS 76-95). 12.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. JAIME ARTURO RAMÍREZ CABELLO, DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA Y OBRA PÚBLICA, PARA QUE SE AUTORICE UN DICTAMEN DE RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL. (EXPEDIENTE SHA/170/CABILDO/2016). (PÁGINAS 95-104). 13.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA C. MARÍA LUISA GUDIÑO AGUILAR, OCTAVA REGIDORA, PARA QUE SE AUTORICE UN DICTAMEN DE RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL. (EXPEDIENTE SHA/176/CABILDO/2016). (PÁGINAS 105-119). 14.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE LA PETICIÓN DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE MÉXICO NUEVO 2016-2018, CONSISTENTE EN LA CANCELACIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EVITAR QUE NO SURTAN EFECTO LEGAL ALGUNO EN CONTRA DE LOS PROPIETARIOS Y NO SEAN ACTUALIZADOS Y EN CONSECUENCIA ELEVADOS LOS VALORES CATASTRALES DE LOS PREDIOS DE ESTA COLONIA, A INICIATIVA DEL LIC. MANUEL DE LA VEGA SUÁREZ, TESORERO MUNICIPAL. (EXPEDIENTE SHA/141/CABILDO/2016). (PÁGINAS 119-128).
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15.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL PÁRROCO HONORIO SANTANA GARCÍA, PARA QUE SE AUTORICE EL DONATIVO EN ESPECIE POR LA CANTIDAD DE 50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), PARA LA IMPERMEABILIZACIÓN DE TECHO, PINTURA EXTERIOR, PINTURA INTERIOR Y REMODELACIÓN DEL ALTAR DE LA PARROQUIA DE NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE DE LA COLONIA CERRO GRANDE, MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/162/CABILDO/2016). (PÁGINAS 128-133). 16.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. ROBERTO DÍAZ MANRÍQUEZ, DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE EMITA ACUERDO FAVORABLE RESPECTO A LA CERTIFICACIÓN DE LA SUBDIVISIÓN (LIBERACIÓN) DEL LOTE 07, MANZANA 128, ZONA 01 DEL EX EJIDO SANTIAGO TEPALCAPA III. (EXPEDIENTE SHA/153/CABILDO/2016). (PÁGINAS 133-138). 17.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. ROBERTO DÍAZ MANRÍQUEZ, DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE EMITA ACUERDO FAVORABLE RESPECTO A LA CERTIFICACIÓN DE LA SUBDIVISIÓN (LIBERACIÓN) DEL LOTE 07, MANZANA 06, ZONA 05 DEL EX EJIDO ATIZAPÁN III. (EXPEDIENTE SHA/154/CABILDO/2016). (PÁGINAS 138-143). 18.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. ROBERTO DÍAZ MANRÍQUEZ, DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE EMITA ACUERDO FAVORABLE RESPECTO DE LA FUSIÓN DEL LOTE 03 DE LA MANZANA 11, ZONA 02, EX EJIDO ATIZAPÁN II, CON LOTE 03 DE LA MANZANA E.A. 11, DE LA ZONA 01 DEL EX EJIDO ATIZAPÁN IV, DE LA CUAL RESULTA EL LOTE 03 DE LA MANZANA E.A. 11, ZONA 01 DEL EX EJIDO ATIZAPÁN IV. (EXPEDIENTE SHA/155/CABILDO/2016). (PÁGINAS 144-149). 19.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE PROTECCIÓN CIVIL, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ DELGADO, DIRECTOR DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS, PARA QUE SE APRUEBE EL ATLAS MUNICIPAL DE RIESGOS. (EXPEDIENTE SHA/193/CABILDO/2016). (PÁGINAS 149-155). 20.- ASUNTOS GENERALES. (PÁGINAS 156-156).
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PROPUESTA DE DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN EN SU
CASO, DEL ACTA DE LA TRIGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016, DEL ACTA DE LA DÉCIMO SEXTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE
CABILDO, DE FECHA 30 DE NOVIEMBRE DE 2016 Y DEL ACTA DE LA SEGUNDA SESIÓN SOLEMNE DE CABILDO, DE FECHA 01 DE
DICIEMBRE DE 2016.
Se hace constar que se dispensa la lectura y se aprueba por unanimidad el Acta
levantada con motivo de la Trigésima Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo de la
Administración Municipal 2016 – 2018, de fecha 24 de noviembre del año 2016.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
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Se hace constar que se dispensa la lectura y se aprueba por unanimidad el Acta
levantada con motivo de la Décimo Sexta Sesión Extraordinaria de Cabildo de la
Administración Municipal 2016 – 2018, de fecha 30 de noviembre del año 2016.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Se hace constar que se dispensa la lectura y se aprueba por unanimidad el Acta
levantada con motivo de la Segunda Sesión Solemne de Cabildo de la
Administración Municipal 2016 – 2018, de fecha 01 de diciembre del año 2016.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
INFORME DEL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 91 DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. DURANTE EL MES DE NOVIEMBRE SE TURNARON 19 EXPEDIENTES:
• COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN: 03 EXPEDIENTES. • COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA: 03 EXPEDIENTES. • COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL: 11 EXPEDIENTES.
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• COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN: 01 EXPEDIENTE. • COMISIÓN EDILICIA DE PROTECCIÓN CIVIL: 01 EXPEDIENTE.
DURANTE EL MES DE NOVIEMBRE SE RESOLVIERON 8 EXPEDIENTES: • COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA: 05 EXPEDIENTES.
• COMISIÓN EDILICIA DE S.A.P.A.S.A.: 03 EXPEDIENTES.
QUEDAN PENDIENTES DE DICTAMINAR 46 EXPEDIENTES: • COMISIÓN DE REGLAMENTACIÓN: 05 EXPEDIENTE. • COMISIÓN DE MEJORA REGULATORIA Y GOBIERNO DIGITAL: 01
EXPEDIENTE. • COMISIÓN DE GOBERNACIÓN: 14 EXPEDIENTES.
• COMISIÓN DE DESARROLLO SOCIAL: 01 EXPEDIENTE.
• COMISIÓN DE PATRIMONIO MUNICIPAL: 18 EXPEDIENTES. • COMISIÓN DE HACIENDA: 5 EXPEDIENTES.
• COMISIÓN DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO: 01 EXPEDIENTE.
• COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA: 01
EXPEDIENTE.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
ACUERDO POR EL QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO
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A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 18 FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, APRUEBA LA
CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL SEXTO CABILDO ABIERTO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016-2018 Y
AUTORIZA SU EMISIÓN. Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
PRIMERO.- EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL
ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y
18 FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL REGLAMENTO DE CABILDO
DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, APRUEBA
LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL SEXTO CABILDO ABIERTO
DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016–2018 Y AUTORIZA SU EMISIÓN.
SEGUNDO.- LA CONVOCATORIA PARA LA CELEBRACIÓN DEL SEXTO
CABILDO ABIERTO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016–2018,
DEBERÁ PUBLICARSE Y DIFUNDIRSE EN LOS LUGARES DE MAYOR
AFLUENCIA DEL MUNICIPIO, CORRESPONDIENDO A LA SECRETARÍA DEL
AYUNTAMIENTO SU CABAL CUMPLIMIENTO.
TERCERO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA MUNICIPAL.
CONVOCATORIA PÚBLICA
SEXTA SESIÓN DE CABILDO ABIERTA
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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 -2018 EL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 18 FRACCIÓN II, 19 BIS, 22 BIS Y 29 BIS DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA:
CONVOCA
A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS DE QUE EL PRÓXIMO DÍA MIÉRCOLES DIECIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, EN PUNTO DE LAS DOCE HORAS, PARTICIPEN EN LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, SEXTA ABIERTA DE LA ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO MUNICIPAL 2016-2018, QUE TENDRÁ VERIFICATIVO EN EL SALÓN DE CABILDO DEL PALACIO MUNICIPAL, UBICADO EN EL BLVD. ADOLFO LÓPEZ MATEOS NÚMERO 91, COLONIA EL POTRERO. LA PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA SE REALIZARÁ BAJO LAS SIGUIENTES BASES: PRIMERA.- LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO PARTICIPARÁN EN LA SESIÓN DE CABILDO CON DERECHO A VOZ, PERO SIN VOTO. SEGUNDA.- LOS HABITANTES QUE TENGAN EL INTERÉS PERSONAL DE TRATAR ALGÚN ASUNTO DE LA COMPETENCIA DEL HONORABLE CABILDO EN PLENO, DEBERÁN PRESENTAR SU SOLICITUD DE REGISTRO COMO PARTICIPANTES EN LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, A MÁS TARDAR 72 HORAS ANTES DEL INICIO DE LA SESIÓN ABIERTA, EN UN HORARIO DE LUNES A VIERNES DE LAS 09:00 HORAS A LAS 18:00 HORAS. TERCERA.- EN CASO DE QUE EL PETICIONARIO PRESENTE SU SOLICITUD DE REGISTRO FUERA DEL PLAZO ANTERIORMENTE ESTABLECIDO, LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PROGRAMARÁ SU PARTICIPACIÓN EN LA PRÓXIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO ABIERTA. CUARTA.- LOS PARTICIPANTES DEBERÁN PRESENTAR SU SOLICITUD POR ESCRITO, ACOMPAÑANDO COPIA DE UNA IDENTIFICACIÓN OFICIAL, COMPROBANTE DE DOMICILIO Y EL EXPEDIENTE QUE CONTENGA LOS ELEMENTOS PARA EL ESTUDIO Y CONOCIMIENTO DEL ASUNTO DE SU INTERÉS. QUINTA.- EL CABILDO EN PLENO DETERMINARÁ, EN SU CASO, EL TRÁMITE QUE LEGALMENTE PROCEDA PARA LA DEBIDA ATENCIÓN DEL ASUNTO PRESENTADO.
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INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL C. BÁRBARA IVETTE RODRÍGUEZ TIJERINA PRIMERA REGIDORA C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR C. ROSALBA NAVARRETE CERÓN TERCERA REGIDORA C. DAVID AVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA C. FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA SEXTO REGIDOR C. ELIA BRICEÑO MENDOZA SÉPTIMA REGIDORA C. MARÍA LUISA GUDIÑO AGUILAR OCTAVA REGIDORA C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR C. MARÍA ELVIRA REYES SANTILLÁN DÉCIMA REGIDORA C. ANTONIO PACHECO VILLEDA DÉCIMO PRIMER REGIDOR C. FERNANDO DANEL VILLARREAL DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR C. JORGE LUIS PORTILLO SALGADO DÉCIMO TERCER REGIDOR
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C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, AUTORIZA LOS LINEAMIENTOS SARE, EL FORMATO ÚNICO SARE, EL CATÁLOGO DE GIROS SARE Y EL MANUAL DE OPERACIÓN SARE, EN LOS TÉRMINOS SOLICITADOS POR EL ARQ. ENRIQUE MORENO MARTINEZ, DIRECTOR DE DESARROLLO ECONÓMICO Y ASUNTOS METROPOLITANOS Aprobado por unanimidad de votos a favor.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
PRIMERO.- EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, AUTORIZA LOS
LINEAMIENTOS SARE, EL FORMATO ÚNICO SARE, EL CATÁLOGO DE GIROS
SARE Y EL MANUAL DE OPERACIÓN SARE, EN LOS TÉRMINOS
SOLICITADOS POR EL ARQ. ENRIQUE MORENO MARTINEZ, DIRECTOR DE
DESARROLLO ECONÓMICO Y ASUNTOS METROPOLITANOS.
SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE EL ACUERDO QUE ANTECEDE, A LA DIRECCIÓN
DE DESARROLLO ECONÓMICO Y ASUNTOS METROPOLITANOS, PARA LOS
EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
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TERCERO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA MUNICIPAL.
LINEAMIENTOS PARA LA APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS
ANEXO I.- En relación al Acuerdo Delegatorio de Facultades de fecha 1° de marzo del presente año (anexo), la Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos, integrará y operará el SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS (SARE) así como LA VENTANILLA ÚNICA, la cual se ubicará en las instalaciones del Centro de Atención Empresarial. II.- La Ventanilla Única tendrá como finalidad la simplificación de trámites y requisitos que le sean solicitados por las Unidades Económicas, tendrá la más amplia facultad de gestión ante las autoridades estatales y municipales para el cumplimiento de sus funciones, así como incorporar trámites relacionados a la apertura de empresas en el Registro Municipal de Trámites y Servicios. III.- La Ventanilla Única será el único lugar para informar, revisar, ingresar y recoger los tramites de Licencia de Uso de Suelo, Cedula informativa de Zonificación, Visto Bueno de Protección Civil y Licencia de Funcionamiento de las Unidades Económicas establecidas en la Jurisdicción del territorio Municipal. IV.- El servidor público que esté a cargo de las ventanillas informará al solicitante o representante legal todo el procedimiento que se debe llevar a cabo, los requisitos y el costo legal necesario para la obtención de la autorización, así mismo, integrará los expedientes de forma electrónica, una vez que haya cumplido con todos los requisitos . V.- El solicitante o representante legal deberán anotar en la solicitud una leyenda que diga que los datos proporcionados, así como la documentación, son fidedignos. VI.- En caso que el solicitante o representante legal no cumpla con los requisitos el servidor público encargado de la ventanilla deberá prevenirlo para que a más tardar en tres días hábiles, entregue la documentación. VII.- En ningún caso se podrá negar la recepción de documentos o solicitudes que cumplan con los requisitos del trámite solicitado, mismos que serán canalizados al área correspondiente para que se determine lo conducente. VIII. El Centro de Atención Empresarial, conocerá de los trámites de las unidades económicas de alto y mediano impacto. IX. La Ventanilla Única conocerá de los trámites de las unidades económicas de bajo impacto. X. Las ventanillas, en los diferentes ámbitos de su competencia, gestionarán los trámites siguientes: 1. Permisos. 2. Licencias. 3. Dictámenes. 4. Cédula informativa de zonificación.
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XI. Las demás que sean necesarias para la apertura de las unidades económicas. XII. La ventanilla Única entregará al solicitante o representante legal de las unidades económicas de bajo impacto y bajo riesgo que se encuentran dentro del Catálogo de Giros del Sistema de Apertura Rápida de Empresas, la respuesta de su trámite en y/o Licencia de Funcionamiento en un lapso no mayor a 72 horas. Trascurridos los plazos de referencia y ante la omisión de respuesta de las autoridades, las ventanillas informarán al solicitante o representante legal que las unidades económicas podrán funcionar de manera inmediata, excepto las de mediano o alto impacto, en las que operará la negativa ficta. XIII. El responsable de la ventanilla Única tendrá la obligación de denunciar, ante el órgano de control respectivo, cuando haya transcurrido en exceso el plazo otorgado para que la autoridad requerida dé respuesta a las solicitudes que se le formulen en términos de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México. XIV. La operación y debido funcionamiento de la ventanilla Única estará a cargo de la Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos, las infracciones que se den en el funcionamiento de las ventanillas serán sancionadas en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. XV. Las áreas involucradas (Desarrollo Urbano, Protección Civil y Bomberos, Subdirección de Normatividad y SAPASA) enviarán a las instalaciones de la Ventanilla Única con un horario de Lunes a Viernes de 9:00AM a 2:30 PM un enlace que cuente con los conocimientos y experiencia necesaria en el área a efecto de brindar información, orientación y elaboración de documentos, lo cual traerá como resultado que se otorgue un servicio más rápido y eficiente a las unidades económicas que acuden diariamente a la Ventanilla Única. FORMATO UNICO: Es el único documento que deberá requisitar la unidad económica y cumplir solo con los requisitos aquí estipulados. Así mismo incluye los datos de los encargados de las áreas, los costos así como el fundamentos legales y ningún servidor público podrá solicitar requisitos que no se encuentren estipulados en dicho documento, así mismo contiene horario de atención, ubicación, teléfonos y correo electrónico para dudas, quejas y/o sugerencias, Aviso de Privacidad e instrucciones de llenado. Para la Apertura de Giros SARE es obligatorio contar con la Licencia de Funcionamiento y los requisitos para su trámite son: 1.- Llenar el Formato Único 2.- Licencia de Uso de suelo y/o Cedula Informativa de zonificación; esta última únicamente para giros de Bajo Impacto. Para giros contenidos en el CATALOGO DE GIROS SARE 3.- Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble 4.- Acta Constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, en el caso de personas jurídico colectivas 5.- Vo. Bo. De la Dirección de Protección Civil y Bomberos del Municipio cuando se trate de giros de alto impacto
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* Autorización expedida por la Secretaria de Gobernación en la cual se permita llevar a cabo la actividad de que se trate, cuando el solicitante sea extranjero. 6.-La Licencia de Funcionamiento es totalmente Gratuita y tendrá vigencia de enero a diciembre del año fiscal corriente en que se tramite, se revalidará durante los tres primeros meses de cada año A.- Tendrá carácter personal e intransferible B.- La Licencia de Funcionamiento no sufrirá ningún cambio siempre y cuando no cambien las condiciones en que fue expedida, ya que de lo contrario será nula de pleno derecho C..- Se otorgará de acuerdo a los usos de suelo permitidos en la zonificación contenida en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano vigente. Los giros que se encuentren contemplados dentro del CATALOGO DE GIROS SARE, el cual contiene 563 giros, será la única fuente que determine, los giros de bajo Impacto y bajo riesgo, tendrán los beneficios que marca el Sistema de Apertura Rápida de Empresas, es decir el llenado de Un solo formato y de cumplir solo con los requisitos solicitados en el Formato Único y podrán Aperturar en 72 horas, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS: Las áreas involucradas en la Apertura de Unidades Económicas deberán cumplir y apegarse a los procesos y procedimientos, previamente analizados, elaborados y autorizados en el Manual de Procedimientos por las áreas de (Desarrollo Urbano, Protección Civil y Bomberos, Tesorería y la Subdirección de Normatividad) Para la operación optima del Sistema de Computo Compartido cada una de las áreas involucradas en la Apertura Rápida de Empresas (Desarrollo Urbano, Protección Civil y Bomberos, Tesorería, Subdirección de Normatividad y Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos) alimentaran de forma diaria e inmediata el Sistema, para contar con los datos y registros que nos permitan identificar y conocer de manera real y exacta la etapa o proceso en el cual se encuentra cada uno de los procesos de la Apertura Rápida de Empresas.
CATÁLOGO GIRO SARE
NO. GIRO
1 CULTIVO DE SOYA
2 CULTIVO DE CÁRTAMO
3 CULTIVO DE GIRASOL
4 CULTIVO ANUAL DE OTRAS SEMILLAS OLEAGINOSAS
5 CULTIVO DE FRIJOL GRANO
6 CULTIVO DE GARBANZO GRANO
16
7 CULTIVO DE OTRAS LEGUMINOSAS
8 CULTIVO DE TRIGO
9 CULTIVO DE MAÍZ GRANO
10 CULTIVO DE MAÍZ FORRAJERO
11 CULTIVO DE ARROZ
12 CULTIVO DE SORGO GRANO
13 CULTIVO DE AVENA GRANO
14 CULTIVO DE CEBADA GRANO
15 CULTIVO DE SORGO FORRAJERO
16 CULTIVO DE AVENA FORRAJERA
17 CULTIVO DE OTROS CEREALES
18 CULTIVO DE JITOMATE O TOMATE ROJO
19 CULTIVO DE CHILE
20 CULTIVO DE CEBOLLA
21 CULTIVO DE MELÓN
22 CULTIVO DE TOMATE VERDE
23 CULTIVO DE PAPA
24 CULTIVO DE CALABAZA
25 CULTIVO DE SANDÍA
26 CULTIVO DE OTRAS HORTALIZAS
27 CULTIVO DE NARANJA
28 CULTIVO DE LIMÓN
29 CULTIVO DE OTROS CÍTRICOS
30 CULTIVO DE CAFÉ
31 CULTIVO DE PLÁTANO
32 CULTIVO DE MANGO
33 CULTIVO DE AGUACATE
34 CULTIVO DE UVA
35 CULTIVO DE MANZANA
36 CULTIVO DE CACAO
37 CULTIVO DE COCO
17
38 CULTIVO DE OTROS FRUTALES NO CÍTRICOS Y DE NUECES
39 CULTIVO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS EN INVERNADEROS
40 FLORICULTURA A CIELO ABIERTO
41 FLORICULTURA EN INVERNADERO
42 CULTIVO DE ÁRBOLES DE CICLO PRODUCTIVO DE 10 AÑOS O MENOS
43 OTROS CULTIVOS NO ALIMENTICIOS EN INVERNADEROS Y VIVEROS
44 CULTIVO DE TABACO
45 CULTIVO DE ALGODÓN
46 CULTIVO DE CAÑA DE AZÚCAR
47 CULTIVO DE ALFALFA
48 CULTIVO DE PASTOS
49 CULTIVO DE AGAVES ALCOHOLEROS
50 CULTIVO DE CACAHUATE
51 ACTIVIDADES AGRÍCOLAS COMBINADAS CON EXPLOTACIÓN DE ANIMALES
52 OTROS CULTIVOS
53 BENEFICIO DEL ARROZ
EXPLOTACIÓN DE ANIMALES
NO. GIRO
54 ACTIVIDADES AGRÍCOLAS COMBINADAS CON EXPLOTACIÓN DE ANIMALES
55 EXPLOTACIÓN DE BOVINOS PARA LA PRODUCCIÓN DE CARNE
56 EXPLOTACIÓN DE BOVINOS PARA LA PRODUCCIÓN DE LECHE
57 EXPLOTACIÓN DE BOVINOS PARA LA PRODUCCIÓN CONJUNTA DE LECHE Y CARNE
58 EXPLOTACIÓN DE BOVINOS PARA OTROS PROPÓSITOS
59 EXPLOTACIÓN DE PORCINOS EN GRANJA
60 EXPLOTACIÓN DE GALLINAS PARA LA PRODUCCIÓN DE HUEVO FÉRTIL
61 EXPLOTACIÓN DE GALLINAS PARA LA PRODUCCIÓN DE HUEVO PARA PLATO
62 EXPLOTACIÓN DE POLLOS PARA LA PRODUCCIÓN DE CARNE
63 EXPLOTACIÓN DE GUAJOLOTES O PAVOS
64 PRODUCCIÓN DE AVES EN INCUBADORA
18
65 EXPLOTACIÓN DE OTRAS AVES PARA PRODUCCIÓN DE CARNE Y HUEVO
66 EXPLOTACIÓN DE OVINOS
67 EXPLOTACIÓN DE CAPRINOS
68 CAMARONICULTURA
69 PISCICULTURA Y OTRA ACUICULTURA, EXCEPTO CAMARONICULTURA
70 EXPLOTACIÓN DE ÉQUIDOS
71 CUNICULTURA Y EXPLOTACIÓN DE ANIMALES CON PELAJE FINO
72 EXPLOTACIÓN DE OTROS ANIMALES
73 SILVICULTURA
74 DESPEPITE DE ALGODÓN
75 BENEFICIO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS
76 OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LA AGRICULTURA
77 SERVICIOS RELACIONADOS CON LA CRÍA Y EXPLOTACIÓN DE ANIMALES
78 SERVICIOS RELACIONADOS CON EL APROVECHAMIENTO FORESTAL
SERVICIOS Y COMERCIOS BASICOS
NO. GIRO
79 ACUARIOS Y VENTA DE ACCESORIOS
80 ARTÍCULOS DE USO PERSONAL
81 ARTÍCULOS USADOS
82 BARBERÍA
83 BOUTIQUES DE ROPA Y ACCESORIOS
84 CAFÉ INTERNET
85 BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS EN BOTELLAS CERRADA
86 BOTANAS Y FRITURAS
19
87 CERRAJERÍAS
88 CLASES DE MANUALIDADES
89 CLASES DE MÚSICA
90 CLASES DE PINTURA
91 CLASES DE YOGA
92 COCINAS ECONÓMICAS
93 COMERCIO AL POR MENOR DE DULCES Y MATERIAS PRIMAS PARA REPOSTERÍA
94 CONSERVAS ALIMENTICIAS
95 CREMERÍA
96 CREPERÍA
97 DISEÑO DE RÓTULOS
98 DISTRIBUIDORA DE POLLOS
99 DULCERÍAS
100 DULCES Y MATERIAS PRIMAS PARA REPOSTERÍA
101 ESTÉTICAS
102 ESTÉTICAS CANINAS
103 ESTÉTICAS DE UÑAS
104 FLORERÍA
105 PURIFICADORA
106 EXPENDIO DE HUEVO
107 EXPENDIO DE PAN
108 EXPENDIO DE ALIMENTOS SIN PREPARAR Y DE COMIDA
109 FARMACIAS
110 INTERNET
111 JOYERÍA Y BISUTERÍA
112 LAVANDERÍAS Y TINTORERÍAS
113 LAVANDERÍAS
20
114 LECHE Y OTROS PRODUCTOS LÁCTEOS
115 LENCERÍA Y CORSETERÍA
116 LIBRERÍAS
117 LONJAS MERCANTILES
118 MERCERÍAS
119 MINISÚPER
120 MISCELÁNEAS
121 MOLINOS DE CHILES
122 MOLINOS DE NIXTAMAL
123 ÓPTICAS
124 ORFEBRERÍA
125 JOYERÍA
126 PAILERIA
127 PANADERÍA Y PASTELERÍA
128 PANADERÍAS
129 PANIFICACIÓN TRADICIONAL
130 PAPELERÍAS
131 PELUQUERÍAS
132 PERFUMERÍAS Y COSMÉTICOS
133 PESCADERÍAS
134 PLANCHADURÍA
135 POLLERÍAS
136 PRONÓSTICOS
137 PRODUCTOS NATURISTAS, MEDICAMENTOS HOMEÓPATAS Y COMPLEMENTOS
138 RECAUDERÍA
139 ROSTICERÍA
140 REPARADORA DE APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS
21
141 REPARADORA DE APARATOS ELECTRÓNICOS
142 REPARADORA DE CALZADO
143 SANITARIOS PÚBLICOS Y BOLERÍAS
144 TALABARTERÍAS
145 TATUAJES
146 TINTORERÍAS
147 TIENDAS NATURISTAS
148 TOMA DE MUESTRAS (MEDICAS)
149 DISEÑO DE MODAS
150 DISEÑO Y RÓTULOS
151 TIENDA DE ABARROTES
152 TLAPALERÍAS
ELABORACION DE ALIMENTOS
NO. GIRO
153 ELABORACIÓN DE TORTILLAS
154 ELABORACION DE HELADOS Y PALETAS
155 ELABORACION DE CAFÉ INSTANTANEO
156 ELABORACION DE GELATINAS Y OTROS POSTRES EN POLVO
157 ELABORACION DE ALIMENTOS FRESCOS PARA CONSUMO INMEDIATO
158 ELABORACION DE HIELO
159 ELABORACION DE CEREALES PARA EL DESAYUNO
160 ELABORACION DE CHOCOLATES Y PRODUCTOS DE CHOCOLATE
161 ELABORACION DE OTROS AZUCARES
162 CONSERVACIÓN DE GUISOS Y OTROS ALIMENTOS PREPARADOS POR PROCESOS DISTINTOS A LA CONGELACIÓN
163 ELABORACIÓN DE BOTANAS
22
164 PREPARACIÓN Y ENVASADO DE TE
165 ELABORACIÓN DE CONDIMENTOS Y ADEREZOS
166 ELABORACIÓN DE ALIMENTOS FRESCOS P/ CONSUMO INMEDIATO
167 ELABORACIÓN DE OTROS ALIMENTOS
168 EMBUTIDOS
169 PURIFICACIÓN Y EMBOTELLADO DE AGUA
170 CONSERVAS ALIMENTICIAS
171 CREMERÍA Y SALCHICHONERIA
LOCALES COMERCIALES
NO. GIRO
172 VENTA DE DULCES (DULCERÍA)
173 VENTA DE ARTESANÍAS
174 VENTA DE ARTÍCULOS DE ALFARERÍA, PORCELANA Y LOZA
175 VENTA DE ARTÍCULOS DE ARTE
176 VENTA DE ARTÍCULOS ELECTRODOMÉSTICOS
177 VENTA DE ARTÍCULOS DE JARCERÍA Y PLÁSTICO
178 VENTA DE ARTÍCULOS DE JARDINERÍA Y VIVERO
179 VENTA DE ARTÍCULOS DE LIMPIEZA
180 VENTA DE ARTÍCULOS DE ORTOPEDIA Y PRÓTESIS
181 VENTA DE ARTÍCULOS DE PIEL
182 VENTA DE ARTÍCULOS DE PLÁSTICO
183 VENTA DE ARTÍCULOS DE PLOMERÍA
184 VENTA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS
185 VENTA DE ARTÍCULOS FOTOGRÁFICOS
186 VENTA DE ARTÍCULOS PARA BEBÉS
187 VENTA DE ARTÍCULOS PARA DECORACIÓN
23
188 VENTA DE ARTÍCULOS RELIGIOSOS
189 VENTA DE BISUTERÍA Y NOVEDADES
190 VENTA DE BOMBAS DE AGUA
191 VENTA DE BORDADOS Y COSTURAS
192 VENTA DE BOTANAS Y FRITURAS
193 VENTA DE CAFÉ Y SUS DERIVADOS
194 VENTA DE CHURROS
195 VENTA DE COCINAS INTEGRALES
196 VENTA DE COMPUTADORAS Y SOFTWARE
197 VENTA DE DISCOS Y VIDEOS ORIGINALES
198 VENTA DE ELEVADORES DE VEHÍCULOS
199 VENTA DE EMPLOMADOS (VITRALES)
200 VENTA DE EQUIPOS DE REHABILITACIÓN
201 VENTA DE INSTRUMENTOS MUSICALES
202 VENTA DE LENTES
203 VENTA DE MAQUINAS DE COSER
204 VENTA DE MATERIAL QUIRÚRGICO
205 VENTA DE MATERIALES ELÉCTRICOS
206 VENTA DE MATERIAS PRIMAS
207 VENTA DE PISOS Y AZULEJOS
208 VENTA DE ALIMENTOS PARA MASCOTAS
209 VENTA DE ARTÍCULOS DE TEMPORADA
210 VENTA DE ARTÍCULOS PARA FIESTAS
211 VENTA DE BLANCOS
212 VENTA DE CARNE DE AVES
213 VENTA DE CARNES FRÍAS
214 VENTA DE COLCHONES
24
215 VENTA DE DISFRACES Y TRAJES TÍPICOS
216 VENTA DE DISFRACES Y UNIFORMES
217 VENTA DE HIELO
218 VENTA DE LÁCTEOS
219 VENTA DE LONAS
220 VENTA DE MARCOS Y CUADROS
221 VENTA DE MIEL
222 VENTA DE MOCHILAS Y MALETAS
223 VENTA DE SEMILLAS
224 VENTA DE TELÉFONOS CELULARES Y ACCESORIOS
225 VENTA DE TOSTADAS
226 COMERCIO AL POR MENOR DE VESTIDOS DE NOVIA
227 VENTA DE ZAPATOS Y ARTÍCULOS DE PIEL
228 VENTA DE REPARACIÓN DE EQUIPO DE COMPUTO Y ACCESORIOS
229 VIDRIERÍA
230 VIDRIERÍA Y ALUMINIO
COMERCIO AL POR MENOR
NO. GIRO
231 COMERCIO AL POR MENOR EN TIENDAS DE ABARROTES ULTRAMARINOS Y MISCELÁNEAS SIN VENTA DE CERVEZA
232 COMERCIO AL POR MENOR DE CARNES ROJAS
233 COMERCIO AL POR MENOR DE CARNE DE AVES
234 COMERCIO AL POR MENOR DE PESCADOS Y MARISCOS
235 COMERCIO AL POR MENOR DE FRUTAS Y VERDURAS FRESCAS
236 COMERCIO AL PORMENOR DE SEMILLAS Y GRANOS ALIMENTICIOS, ESPECIAS Y CHILES SECOS
25
237 COMERCIO AL PORMENOR DE LECHE, OTROS LÁCTEOS Y EMBUTIDOS
238 COMERCIO AL POR MENOR DE DULCES Y MATERIAS PRIMAS PARA REPOSTERÍA
239 COMERCIO AL POR MENOR DE PALETAS DE HIELO Y HELADOS
240 COMERCIO AL POR MENOR DE OTROS ALIMENTOS
241 COMERCIO AL POR MENOR DE BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS Y HIELO
242 COMERCIO AL POR MENOR DE CIGARROS ,PUROS Y TABACO
243 COMERCIO AL POR MENOR EN SUPERMERCADOS S/VTA DE BEBIDA ALCOHOLICA
244 COMERCIO AL POR MENOR EN MINISÚPER SIN VENTA DE CERVEZA
245 COMERCIO AL POR MENOR DE TELAS
246 COMERCIO AL POR MENOR DE BLANCOS
247 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DE MERCERÍA Y BONETERÍA
248 COMERCIO AL POR MENOR DE ROPA, EXCEPTO DE BEBÉ Y LENCERÍA
249 COMERCIO AL POR MENOR DE ROPA DE BEBÉ
250 COMERCIO AL POR MENOR DE LENCERÍA
251 COMERCIO AL POR MENOR DE DISFRACES, VESTIMENTA REGIONAL Y VESTIDOS DE NOVIA
252 COMERCIO AL POR MENOR DE BISUTERÍA Y ACCESORIOS DE VESTIR
253 COMERCIO AL POR MENOR DE ROPA DE CUERO Y PIEL Y DE OTROS ARTÍCULOS DE MATERIALES
254 COMERCIO AL POR MENOR DE PAÑALES DESECHABLES
255 COMERCIO AL POR MENOR DE SOMBREROS
256 COMERCIO AL POR MENOR DE CALZADO
257 COMERCIO AL POR MENOR DE LENTES
258 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS ORTOPÉDICOS
259 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DE PERFUMERÍA Y COSMÉTICOS
260 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DE JOYERÍA Y RELOJES
261 COMERCIO AL POR MENOR DE DISCOS Y CASETES
26
262 COMERCIO AL POR MENOR DE JUGUETES
263 COMERCIO AL POR MENOR DE BICICLETAS
264 COMERCIO AL POR MENOR DE EQUIPO Y MATERIAL FOTOGRÁFICO
265 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS Y APARATOS DEPORTIVOS
266 COMERCIO AL POR MENOR DE INSTRUMENTOS MUSICALES
267 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DE PAPELERÍA
268 COMERCIO AL POR MENOR DE LIBROS
269 COMERCIO AL POR MENOR DE REVISTAS Y PERIÓDICOS
270 COMERCIO AL POR MENOR DE REGALOS
271 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS RELIGIOSOS
272 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS DESECHABLES
273 COMERCIO AL POR MENOR DE TIENDAS DE ARTESANÍAS
274 COMERCIO AL POR MENOR DE OTROS ARTÍCULOS DE USO PERSONAL
275 COMERCIO AL POR MENOR DE MUEBLES PARA EL HOGAR
276 COMERCIO AL POR MENOR DE ELECTRODOMÉSTICOS MENORES Y APARATOS DE LÍNEA BLANCA
277 COMERCIO AL POR MENOR DE MUEBLES PARA JARDÍN
278 COMERCIO AL POR MENOR DE CRISTALERÍA, LOZA UTENSILIOS DE COCINA
279 COMERCIO AL POR MENOR DE MOBILIARIO, EQUIPO Y ACCESORIOS DE COMPUTO
280 COMERCIO AL POR MENOR DE TELÉFONOS Y OTROS APARATOS DE COMUNICACIÓN
281 COMERCIO AL POR MENOR DE ALFOMBRAS, CORTINAS, TAPICES Y SIMILARES
282 COMERCIO AL POR MENOR DE PLANTAS Y FLORES NATURALES
283 COMERCIO AL POR MENOR DE ANTIGÜEDADES Y OBRAS DE ARTE
284 COMERCIO AL POR MENOR DE LÁMPARAS ORNAMENTALES Y CANDILES
285 COMERCIO AL POR MENOR DE OTROS ARTÍCULOS PARA LA DECORACIÓN DE INTERIORES
286 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS USADOS
27
287 COMERCIO AL POR MENOR EN FERRETERÍAS Y TLAPALERÍAS
288 COMERCIO AL POR MENOR DE PISOS Y RECUBRIMIENTOS CERÁMICOS
289 COMERCIO AL POR MENOR DE PINTURA
290 COMERCIO AL POR MENOR DE VIDRIOS Y ESPEJOS
291 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS PARA LA LIMPIEZA
292 COMERCIO AL POR MENOR DE ARTÍCULOS PARA ALBERCAS Y OTROS ARTÍCULOS
293 COMERCIO AL POR MENOR EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE INTERNET Y CATÁLOGOS IMPRESOS, TELEVISIÓN Y SIMILARES
294 TIENDA DE PINTURAS Y/O IMPERMEABILIZANTES
295 CONSULTORIO VETERINARIO
296 CRISTALERÍAS
297 BANQUETES A DOMICILIO
298 CRISTALERÍA, LOZA Y UTENSILIOS DE COCINA
299 DESPACHOS CONTABLES
300 DESPACHOS DE DISEÑO GRAFICO Y ARQUITECTURA
301 DESPACHOS FISCALES
302 DESPACHOS DE INVESTIGACIÓN DE SOLVENCIA FINANCIERA
AGENCIAS (OFICINAS)
NO. GIRO
303 AGENCIAS DE COBRANZA
304 AGENCIA DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS
305 AGENCIAS DE PUBLICIDAD
306 AGENCIAS DE EMPLEO TEMPORAL
307 BUFETES JURÍDICOS
308 OFICINAS DE ASOCIACIONES Y ORGANIZACIONES CIVILES
309 ORGANIZACIÓN DE EXCURSIONES Y PAQUETES TURÍSTICOS PARA AGENCIAS DE VIAJES
28
310 INMOBILIARIAS Y CORREDORES DE BIENES RAÍCES
311 SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES RAÍCES
312 AGENCIAS DE VIAJES
313 OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS SERVICIOS INMOBILIARIOS
314 AGENCIA DE RELACIONES PUBLICAS
315 AGENCIAS DE COMPRA DE MEDIOS A PETICIÓN DEL CLIENTE
316 AGENCIAS DE REPRESENTACIÓN DE MEDIOS
317 AGENCIA DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS
318 AGENCIAS DE CORREO DIRECTO
319 AGENCIAS FINANCIERAS
320 AGENCIAS COMERCIALES
321 AGENCIAS DE COLOCACIÓN A PERSONAL
322 AGENCIAS DE REPRESENTACIONES EXTRANJERAS
323 SUCURSALES BANCARIAS
324 SERVICIOS DE LIMPIEZA DE INMUEBLES
325 SERVICIOS DE INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES
326 SERVICIOS DE LIMPIEZA DE TAPICERÍAS, ALFOMBRAS Y MUEBLES
327 OTROS SERVICIOS DE LIMPIEZA
328 ORGANIZACIÓN DE CONVENCIONES Y FERIAS COMERCIALES E INDUSTRIALES
329 OTROS SERVICIOS DE APOYO A LOS NEGOCIOS
330 OFICINAS DE ASOCIACIONES, ORGANIZACIONES DE CÁMARAS DE PRODUCTORES, COMERCIANTES Y PRESTADORES DE SERVICIOS
331 OFICINAS DE ASOCIACIONES Y ORGANIZACIONES CIVILES
332 NOTARIAS PUBLICAS
SERVICIOS PROFESIONALES
29
NO. GIRO
333 SERVICIOS DE ALQUILER DE MARCAS REGISTRADAS ,PATENTES Y FRANQUICIAS
334 SERVICIOS DE APOYO P/ EFECTUAR TRAMITES LEGALES
335 SERVICIOS DE CONTABILIDAD Y AUDITORIAS
336 SERVICIOS DE ARQUITECTURA
337 SERVICIOS DE ARQUITECTURA DE PAISAJE Y URBANISMO
338 SERVICIOS DE INGENIERÍA
339 SERVICIOS DE DIBUJO
340 SUPERVISIÓN DE EDIFICACIÓN RESIDENCIAL
341 SUPERVISIÓN DE EDIFICACIÓN DE NAVES Y PLANTAS INDUSTRIALES
342 SUPERVISIÓN DE EDIFICACIÓN DE INMUEBLES COMERCIALES Y DE SERVICIOS
343 SUPERVISIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA EL TRATAMIENTO, DISTRIBUCIÓN Y SUMINISTRO DE AGUA, DRENAJE Y RIEGO
344 SUPERVISIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA PETRÓLEO Y GAS
345 SUPERVISIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PARA PETRÓLEO Y CONDUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y DE OBRAS PARA TELECOMUNICACIONES
346 SUPERVISIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE OTRAS OBRAS DE INGENIERÍA CIVIL
347 TRABAJOS DE PINTURA Y OTROS CUBRIMIENTOS DE PAREDES
348 COLOCACIÓN DE PISOS FLEXIBLES Y DE MADERA
349 COLOCACIÓN DE PISOS CERÁMICOS Y AZULEJOS
350 REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE CARPINTERÍA EN EL LUGAR DE LA CONSTRUCCIÓN
351 DISEÑO Y DECORACIÓN DE INTERIORES
352 DISEÑO INDUSTRIAL
353 DISEÑO GRAFICO
354 OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LA CONTABILIDAD
355 OTROS SERVICIOS DE CONSULTORÍA CIENTÍFICA Y TÉCNICA
356
SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO EN CIENCIAS NATURALES Y EXACTAS, INGENIERÍA Y CIENCIAS DE LA VIDA ,PRESTADOS POR EL SECTOR PRIVADO
30
357 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO EN CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES, PRESTADOS POR EL SECTOR PRIVADO
358 AGRUPACIONES DE AUTOAYUDA PARA ALCOHÓLICOS Y PERSONAS CON ADICCIONES SIN ESTANCIA
359 CANTANTES GRUPOS MUSICALES
360 EQUIPOS DEPORTIVOS PROFESIONALES
361 PROMOTORES DE ESPECTÁCULOS ARTÍSTICOS, CULTURALES, DEPORTIVOS Y SIMILARES QUE NO CUENTAN CON INSTALACIONES PARA PRESENTARLOS
362 ARTISTAS, ESCRITORES Y TÉCNICOS INDEPENDIENTES
363 VENTA DE BILLETES DE LOTERÍA, PRONÓSTICOS DEPORTIVOS Y OTROS BOLETOS DE SORTEO
364 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE OTRO EQUIPO ELECTRÓNICO DE USO DOMESTICO
365 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE APARATOS ELÉCTRICOS PARA EL HOGAR Y PERSONALES
366 REPARACIÓN DE TAPICERÍA DE MUEBLES PARA EL HOGAR
367 REPARACIÓN DE CALZADO Y OTROS ARTÍCULOS DE PIEL Y CUERO
368 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE BICICLETAS
369 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE OTROS ARTÍCULOS PARA EL HOGAR Y PERSONALES
SERVICIOS Y COMERCIOS ESPECIALIZADOS
NO. GIRO
370 SERVICIOS DE FOTOCOPIADO, FAX Y AFINES
371 SERVICIOS DE PROTECCIÓN Y CUSTODIA MEDIANTE EL MONITOREO DE SISTEMAS DE SEGURIDAD
372 SERVICIOS DE LIMPIEZA DE INMUEBLES
373 SERVICIOS DE INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES
374 OTROS SERVICIOS DE LIMPIEZA
375 SERVICIOS DE EMPACADO Y ETIQUETADO
31
376 SERVICIOS FUNERARIOS
377 SERVICIOS DE REVELADO E IMPRESIÓN FOTOGRÁFICA
378 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN DE MERCADOS Y ENCUESTAS DE OPINIÓN PUBLICA
379 SERVICIOS DE ROTULACIÓN Y OTROS SERVICIOS DE PUBLICIDAD
380 SERVICIOS DE ORTOGRAFÍA Y VIDEOGRABACIÓN
381 SERVICIOS DE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN
382 SERVICIOS VETERINARIOS PARA MASCOTAS PRESTADOS POR EL SECTOR PRIVADO
383 SERVICIOS VETERINARIOS PARA LA GANADERÍA PRESTADOS POR EL SECTOR PRIVADO
384 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS
385 SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS
386 SERVICIOS COMBINADOS DE APOYO EN INSTALACIONES
387 SERVICIOS DE PREPARACIÓN DE DOCUMENTOS
388 SERVICIOS DE CASETAS TELEFÓNICAS
389 SERVICIOS DE RECEPCIÓN DE LLAMADAS TELEFÓNICAS Y PROMOCIÓN POR TELÉFONO
390 SERVICIOS DE PROFESORES PARTICULARES
391 SERVICIOS DE APOYO A LA EDUCACIÓN
392 SERVICIOS DE ORIENTACIÓN Y TRABAJO SOCIAL PARA LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD PRESTADOS POR EL SECTOR PRIVADO
393 OTROS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN Y TRABAJO SOCIAL PRESTADOS POR EL SECTOR PRIVADO
394
SERVICIOS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO PRESTADOS POR EL SECTOR PRIVADO PARA PERSONAS DESEMPLEADAS, SUBEMPLEADAS O DISCAPACITADAS
395 SERVICIOS DE DISEÑOS DE SISTEMAS DE COMPUTO Y SERVICIOS RELACIONADOS
396 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN ADMINISTRACIÓN
397 SERVICIOS DE CONSULTORÍA EN MEDIO AMBIENTE
398 SERVICIOS DE ELABORACIÓN DE MAPAS
399 SERVICIOS DE INSPECCIÓN DE EDIFICIOS
400 SERVICIOS DE LEVANTAMIENTO GEOFÍSICO
32
401 SUPERVISIÓN DE EDIFICACIÓN RESIDENCIAL
402 SUPERVISIÓN DE EDIFICACIÓN DE INMUEBLES COMERCIALES Y DE SERVICIOS
403 SUPERVISIÓN DE CONSTRUCCIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE OBRAS
404 TRATAMIENTOS FACIALES
CONFECCIÓN DE PRENDAS
NO. GIRO
405 CONFECCIÓN EN SERIE DE ROPA INTERIOR Y DE DORMIR
406 CONFECCIÓN EN SERIE DE CAMISAS
407 CONFECCIÓN EN SERIE DE UNIFORMES
408 CONFECCIÓN EN SERIE DE DISFRACES Y TRAJES TÍPICOS
409 CONFECCIÓN DE PRENDAS DE VESTIR SOBRE MEDIDA
410 CONFECCIÓN EN SERIE DE OTRA ROPA EXTERIOR DE MATERIALES TEXTILES
411 CONFECCIÓN DE SOMBREROS Y GORRAS
412 DISEÑO DE MODAS Y OTROS DISEÑOS ESPECIALIZADOS
CONFECCIÓN DE DIVERSOS PRODUCTOS
NO. GIRO
413 ACABADO DE PRODUCTOS TEXTILES
414 CONFECCIÓN DE CORTINAS, BLANCOS Y SIMILARES
415 CONFECCIÓN DE COSTALES
416 CONFECCIÓN DE PRODUCTOS DE TEXTILES RECUBIERTOS Y DE MATERIALES SUCEDÁNEOS
417 CONFECCIÓN, BORDADO Y DESHILADO DE PRODUCTOS TEXTILES
EDICIÓN
NO. GIRO
33
418 EDICIÓN DE PERIÓDICOS
419 EDICIÓN DE PERIÓDICOS INTEGRADA CON LA IMPRESIÓN
420 EDICIÓN DE REVISTAS Y OTRAS PUBLICACIONES PERIÓDICAS
421 EDICIÓN DE REVISTAS Y OTRAS PUBLICACIONES PERIÓDICAS INTEGRADA CON LA IMPRESIÓN
422 EDICIÓN DE LIBROS
423 EDICIÓN DE LIBROS INTEGRADA CON LA IMPRESIÓN
424 EDICIÓN DE DIRECTORIOS Y DE LISTAS DE CORREO
425 EDICIÓN DE OTROS MATERIALES
426 EDICIÓN DE OTROS MATERIALES INTEGRADA CON LA IMPRESIÓN
427 EDICIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDO EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE INTERNET Y SERVICIOS DE BÚSQUEDA EN LA RED
428 EDICIÓN DE SOFTWARE Y EDICIÓN DE SOFTWARE INTEGRADA CON LA REPRODUCCIÓN
PRODUCCIÓN DE RADIO, TELEVISIÓN Y CINEMATOGRAFÍA
NO. GIRO
429 PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS
430 PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS PARA LA TELEVISIÓN
431 PRODUCCIÓN DE VIDEOCLIPS, COMERCIALES Y OTROS MATERIALES AUDIOVISUALES
432 DISTRIBUCIÓN DE PELÍCULAS Y DE OTROS MATERIALES AUDIOVISUALES
433 EXHIBICIÓN DE PELÍCULAS Y OTROS MATERIALES AUDIOVISUALES
434 SERVICIOS DE POSTPRODUCCIÓN Y OTROS SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA FÍLMICA Y DEL VIDEO
435 PRODUCTORAS DISCOGRÁFICAS
436 PRODUCCIÓN DE MATERIAL DISCOGRÁFICO INTEGRADA CON SU REPRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN
437 EDITORAS DE MÚSICA
34
438 GRABACIÓN DE DISCOS COMPACTOS (CD), DE VIDEO DIGITAL (DVD) Y CASETES MUSICALES
439 OTROS SERVICIOS DE GRABACIÓN DEL SONIDO
440 PRODUCCIÓN DE PROGRAMACIÓN DE CANALES PARA SISTEMAS DE TELEVISIÓN POR CABLE O SATÉLITES
441 PROCESAMIENTO ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN, HOSPEDAJE Y OTROS SERVICIOS RELACIONADOS
442 EDICIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDO EXCLUSIVAMENTE A TRAVES DE INTERNET Y SERVICIOS DE BÚSQUEDA EN LA RED
443 AGENCIAS NOTICIOSAS
ESTABLECIMIENTOS CON SERVICIOS DE ALIMENTOS SIN BEBIDAS ALCOHÓLICAS
NO. GIRO
444 CAFETERÍAS
445 EXPENDIO DE ANTOJITOS
446 FONDAS
447 FUENTE DE SODAS
448 LONCHERÍAS
449 MARISQUERÍAS
450 MERENDEROS
451 NEVERÍAS
452 OSTIONERÍAS
453 OTROS ALIMENTOS PREPARADOS
454 PALETERAS
455 PIZZERÍAS
456 REFRESQUERÍAS
457 RESTAURANTES
458 TAQUERÍAS
35
459 TORTERIAS
460 VENTA DE JUGOS
CONSULTORIOS SIN ENCAMADOS
NO. GIRO
461 CONSULTORIOS DENTALES
462 CONSULTORIOS MÉDICOS
463 CONSULTORIOS ORTOPÉDICOS
464 DISPENSARIOS
465 UNIDADES MEDICAS DE PRIMER CONTACTO
466 CONSULTORIOS DE NUTRIÓLOGOS Y DIETISTAS DEL SECTOR PRIVADO
467 CONSULTORIOS DE OPTOMETRÍA
468 CONSULTORIOS DE PODOLOGÍA
469 CONSULTORIOS DE PSICOLOGÍA DEL SECTOR PRIVADO
470 CONSULTORIOS QUIROPRÁCTICOS
471 CONSULTORIOS DEL SECTOR PRIVADO DE AUDIOLOGÍA Y DE TERAPIA OCUPACIONAL, FÍSICA Y DE LENGUAJE
472 OTROS CONSULTORIOS DE SECTOR PRIVADO PARA EL CUIDADO DE LA SALUD
473 TOMA DE MUESTRAS
474 TRATAMIENTOS CORPORALES
NO. GIRO
475 ALMACENAMIENTO CON REFRIGERACIÓN
36
476 ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS QUE NO REQUIERE REFRIGERACIÓN
477 BAÑOS PÚBLICOS
478 BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN BOTELLA CERRADA
479 CENTROS DEL SECTOR PRIVADO DEDICADOS A LA ATENCIÓN Y CUIDADO DIURNO DE ANCIANOS Y DISCAPACITADOS
480 COMERCIO AL POR MAYOR DE CEMENTO, TABIQUE Y GRAVA
481 COMERCIO AL POR MAYOR DE DESECHOS DE VIDRIO
482 COMERCIO AL POR MAYOR DE DESECHOS METÁLICOS
483 COMERCIO AL POR MAYOR DE ENVASES EN GENERAL, PAPEL Y CARTÓN PARA LA INDUSTRIA
484 COMERCIO AL POR MAYOR DE MADERA PARA LA CONSTRUCCION Y LA INDUSTRIA
485 COMERCIO AL POR MAYOR DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA CONSTRUCCIÓN Y LA MINERÍA
486 COMERCIO AL POR MAYOR DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA INDUSTRIA MANUFACTURERA
487 COMERCIO AL POR MAYOR DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA OTROS SERVICIOS Y PARA ACTIVIDADES COMERCIALES
488 COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIALES METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y LA MANUFACTURA
489 COMERCIO AL POR MAYOR DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN, EXCEPTO DE MADERA Y METÁLICOS
490 COMERCIO AL POR MENOR DE EQUIPO PARA ALBERCAS Y OTROS ARTÍCULOS
491 COMERCIO AL POR MENOR DE AUTOMÓVILES Y CAMIONES NUEVOS (SIN TALLER)
492 COMERCIO AL POR MENOR DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION EN TIENDAS DE AUTOSERVICIO ESPECIALIZADAS
493 COMERCIO AL POR MENOR DE TIENDAS DEPARTAMENTALES
494 COMERCIO AL POR MENOR DE VINOS Y LICORES (VINATERIAS)
37
495 COMPAÑÍAS DE DANZA DEL SECTOR PRIVADO
496 COMPAÑÍAS DE TEATRO DEL SECTOR PRIVADO
497 ESTACIONAMIENTO Y PENSIONES PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES
498 FABRICACIÓN DE APARATOS E INSTRUMENTOS PARA PESAR
499 FABRICACIÓN DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS
500 FABRICACIÓN DE ARTÍCULOS Y UTENSILIOS DE MADERA PARA EL HOGAR
501 FABRICACIÓN DE ATAÚDES
502 FABRICACIÓN DE BANDERAS Y OTROS PRODUCTOS TEXTILES NO CLASIFICADOS EN OTRA PARTE
503 FABRICACIÓN DE CALCETINES Y MEDIAS DE TEJIDO DE PUNTO
504 FABRICACIÓN DE CALZADO CON CORTE DE TELA
505 FABRICACIÓN DE ESCOBAS, CEPILLOS Y SIMILARES
506 FABRICACIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES
507 FABRICACIÓN DE JUGUETES|
508 FABRICACIÓN DE LÁMPARAS ORNAMENTALES
509 FABRICACIÓN DE OTROS INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN, CONTROL, NAVEGACIÓN, Y EQUIPO MÉDICO ELECTRÓNICO
510 FABRICACIÓN DE RELOJES
511 FABRICACIÓN DE ROPA EXTERIOR DE TEJIDO DE PUNTO
512 FABRICACIÓN DE ROPA INTERIOR DE TEJIDO DE PUNTO
38
513 FABRICACIÓN DE TELAS ANGOSTAS DE TEJIDO DE TRAMA Y PASAMANERÍA
514 FABRICACIÓN DE TELAS DE TEJIDO DE PUNTO
515 GRUTAS, PARQUES NATURALES Y OTROS SITIOS DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
516 JOYERÍA DE METALES Y PIEDRAS NO PRECIOSAS Y DE OTROS MATERIALES
517 MANEJO DE DESECHOS NO PELIGROSOS Y SERVICIOS DE REMEDIACIÓN A ZONAS DAÑADAS POR DESECHOS NO PELIGROSOS
518 MUSEOS DEL SECTOR PRIVADO
519 ORFEBRERÍA Y JOYERÍA DE METALES Y PIEDRAS PRECIOSOS
520 REFUGIOS TEMPORALES COMUNITARIOS DEL SECTOR PRIVADO
521 REPARACIÓN MENOR DE LLANTAS
522 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO Y FORESTAL
523 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO COMERCIAL Y DE SERVICIOS
524 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL
525 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA MOVER, LEVANTAR Y ACOMODAR MATERIALES
526 REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE OTRO EQUIPO ELECTRÓNICO Y EQUIPO DE PRECISIÓN
527 SERVICIOS DE MUDANZAS
528 TAPICERÍA DE AUTOMÓVILES Y CAMIONES
529 VENTA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN
39
NO. GIRO
530 COMERCIO AL POR MAYOR DE CALZADO
531 COMERCIO AL POR MAYOR DE ARTÍCULOS DE JOYERÍA
532 COMERCIO AL POR MAYOR DE DISCOS Y CASETES ORIGINALES
533 COMERCIO AL POR MAYOR DE JUGUETES Y BICICLETAS
534 COMERCIO AL POR MAYOR DE ARTÍCULOS Y APARATOS DEPORTIVOS
535 COMERCIO AL POR MAYOR DE PAPELERÍA
536 COMERCIO AL POR MAYOR DE LIBROS
537 COMERCIO AL POR MAYOR DE REVISTAS Y PERIODICOS
538 COMERCIO AL POR MAYOR DE ELECTRODOMESTICOS MENORES Y APARATOS DE LÍNEA BLANCA
539 COMERCIO AL POR MAYOR DE EQUIPO Y MATERIAL ELECTRICO
540 COMERCIO AL POR MAYOR DE PINTURA
541 COMERCIO AL POR MAYOR DE VIDRIOS Y ESPEJOS
542
COMERCIO AL POR MAYOR DE OTRAS MATERIAS PRIMAS PARA OTRAS INDUSTRIAS
543
COMERCIO AL POR MAYOR DE ARTÍCULOS DESECHABLES
544
COMERCIO AL POR MAYOR DE EQUIPO DE TELECOMUNICACIONES, FOTOGRAFIA Y CINEMATOGRAFIA
545
COMERCIO AL POR MAYOR DE ARTÍCULOS Y ACCESORIOS PARA DISEÑO Y PINTURA ARTISTICA
546
COMERCIO AL POR MAYOR DE MOBILIARIO, EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO
40
547
COMERCIO AL POR MAYOR DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA
548
COMERCIO AL POR MAYOR DE FIBRAS, HILOS Y TELAS
549
COMERCIO AL POR MAYOR DE BLANCOS
550
COMERCIO AL POR MAYOR DE CUEROS Y PIELES
ALQUILER
GIRO
551 ALQUILER SIN INTERMEDIACION DE VIVIENDAS AMUEBLADAS
552 ALQUILER SIN INTERMEDIACION DE VIVIENDAD NO AMUEBLADAS
553 ALQUILER SIN INTERMEDIACION DE SALONES PARA FIESTAS Y CONVENCIONES
554 ALQUILER SIN INTERMEDIACION DE OFICINAS Y LOCALES COMERCIALES
555
ALQUILER SIN INTERMEDIACION DE EDIFICIOS INDUSTRIALES DENTRO DE UN PARQUE INDUSTRIAL
556 ALQUILER SIN INTERMEDIACION DE OTROS BIENES RAICES
557
ALQUILER DE APARATOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS PARA EL HOGAR Y PERSONALES
558 ALQUILER DE PRENDAS DE VESTIR
559 ALQUILER DE VIDEOCASETES Y DISCOS
560 ALQUILER DE MESAS, SILLAS, VAJILLAS Y SIMILARES
561 ALQUILER DE INSTRUMENTOS MUSICALES
562 ALQUILER DE OTROS ARTICULOS PARA EL HOGAR Y PERSONALES
563 ALQUILER DE EQUIPO DE COMPUTOI Y DE OTRAS MAQUINAS Y MOBILIARIO DE OFICINA
FORMATO UNICO SARE
PARA SER LLENADO POR EL SOLICITANTE FOLIO CAE: _______________
H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, a de de Día Mes Año
CONSIDERACIONES INICIALES
41
* El trámite para solicitar la Licencia de Funcionamiento bajo el esquema del Sistema de Apertura Rápida de Empresas, aplica sólo para locales previamente construidos. TRAMITE GRATUITO
* Si usted ya identificó el local donde pretende establecer su negocio y determinó la actividad económica que desea iniciar, se sugiere no arrendar o remodelar el local hasta conocer la factibilidad de uso de suelo o contar con la autorización del mismo.
* Se realizarán inspecciones para verificar que los establecimientos cumplan con la normatividad Municipal. Requisitos para Obtener la Licencia de Funcionamiento:
1. Cédula Informativa de Zonificación. En caso de NO contar con Cedula Informativa de Zonificación ó Licencia de Uso de Suelo deberá realizar el trámite de la Cedula Informativa (costo de la Cédula $207.45 en base al Código Financiero del Estado de México, en su artículo 144 fracción XII), este se pagará en la Tesorería Municipal. Conformar la información en un Folder tamaño Oficio color beige
2. Visto Bueno de Protección Civil (se dictaminará en paralelo con la Licencia de Funcionamiento). Anexos: factura ó nota y Carta Responsiva vigentes de extintor con capacidad mínima de 4.5 kg. Si el giro solicitado cuenta con tanque estacionario mayor de 300 litros, anexar estudio isométrico. Constancias de Capacitación y/o agendar cita con personal de Protección Civil, ubicado en las instalaciones del Centro de Atención Empresarial. TRAMITE GRATUITO
3. Documento que acredite la titularidad del inmueble y/o posesión del establecimiento (boleta predial, contrato de arrendamiento o carta comodato).
4. Identificación oficial (IFE, cartilla, pasaporte o cédula profesional) y/o Carta poder o poder notarial e identificaciones si se gestiona a nombre del titular.
5. Acta constitutiva (en caso de personas morales). Entrega de Licencia de Funcionamiento (exclusivamente giros del catálogo SARE en 72 horas) Nota: Toda la documentación deberá presentarse en original para su digitalización.
_________________________________________________________________________________________________
Datos del titular del establecimiento Nombre del propietario o Razón Social: __________________________________________________________________________________ R.F.C. _____________________________________Promovente.______________________________________________________________
Datos generales del inmueble donde se pretende ubicar el establecimiento
Calle:_____________________________________________________________No._________________Mz.___________
________Lt.________________Local____________.
Colonia o Fraccionamiento__________________________________________________________________
Clave Catastral: ____________________________________________________________________Superficie del
terreno:___________________________________________.
Superficie del local: ______________________________ Superficie construida (en caso de
existir):________________________________________________________________________________________.
Especifique el tipo de
construcción:________________________________________________________________________.
42
Especificar la actividad empresarial El Local comercial se encuentra en zona de Condominio Habitacional:
SI________________ NO_____________
No. De Trabajadores: ___________________ Monto de la Inversión: _______________ Inicio de Operaciones: _________________
Domicilio para oír y recibir Notificaciones Calle:_____________________________________________________________________________________________
Colonia o Fraccionamiento:___________________________________________________________________________
No. ______________ Mz. ________________________ Lt. _____________________________ .
Código Postal: _____________________________________
Correo electrónico: _______________________________ Telefono(s) _______________________.
Datos Generales del establecimiento
Nombre comercial del establecimiento ___________________________________________________________________ Inversión estimada $ __________________________Número de empleados __________M_______F_______________ No. De empleados residentes de Atizapán ________________________________________________ Población flotante : _____________________ Hora de trabajo : de las ___________ a las ______________ horas.
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO
Me comprometo a dar cumplimiento a las normas y medidas de seguridad que se señalan en materia de Protección Civil, en el entendido de que la Dirección de Protección Civil y Bomberos, practicará verificaciones a inmuebles, instalaciones, Materiales y señalización donde se realiza la actividad comercial, industrial o de servicio, con el objeto de constatar que
se han acatado las medidas de seguridad como son:
SEÑALAMIENTOS:
a) Que hacer en caso de sismo o
incendio
b) Ruta de emergencia
c) Salida de emergencia
d) No fumar
e) Extintor
f) Delimitación de áreas restringidas o
de uso especifico
g) Botiquín
h) Zonas de seguridad
MATERIALES: a) Extintor recargado y responsiva
b) Botiquín de primeros auxilios
c) Material antiderrapante (escaleras, escalones y pisos)
Puerta(s) y salidas de emergencia (de libre
acceso)
NOTA: Deberán cumplir con el Plan de Emergencia, aquellos
establecimientos con más de 10 trabajadores y con una
superficie mayor de 500 m2.
43
CROQUIS DE GOOGLE MAPS Y FOTOGRAFIA DEL LOCAL DE FACHADA EXTERIOR E INTERIORES
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos y documentos que presento, son los verdaderos y por lo tanto, me hago sabedor de las penas en que incurra por
falsedad en términos del artículo 157, fracc. 1 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de México, y se dará por cancelado el trámite solicitado
FIRMA DEL PROPIETARIO, PROMOVENTE O REPRESENTANTE LEGAL Sus datos personales se encuentran debidamente protegidos por la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de México, para ello se encuentran formalmente registrados en el Sistema de Datos Personales con número CBDP10213BTCR003 en el cual dispone de su respectivo Aviso de Privacidad, mismo que puede consultar en su versión actualizada en el portal de internet del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza WWW.atizapán.gob.mx. Cualquier duda puede consultar a la Unidad de Transparencia e información, mediante el correo [email protected] o al teléfono 36222700 ext. 3070, donde con gusto le atenderemos de lunes a viernes de 9:00 a 18:00horas. INSTRUCCIONES DE LLENADO: El presente formato no deberá presentar tachaduras, abreviaturas ni enmendaduras
1.- * Favor de llenar con letra de molde, de acuerdo a los datos del recibo predial o del documento que acredite la propiedad. 2.- En el apartado de “Promovente” es la persona que realiza el trámite 3.-La “Clave Catastral” se puede localizar en el recibo del Pago del Impuesto Predial 4.-La Superficie del Terreno; es el área total del Inmueble donde se desea establecer la actividad comercial y aparece en la Boleta Predial 5.- La Superficie del local, es el área que se utilizará para desarrollar la actividad comercial 6.- La Población Flotante: es el número total de personas que por lo general se encuentran en el establecimiento contando, proveedores, visitantes, clientes, trabajadores, administrativos etc. 7.- Domicilio para oír y recibir notificaciones: es el lugar donde se autoriza para recibir todo tipo de invitaciones, avisos, notificaciones, citatorios etc. Unidad Administrativa que Gestiona el Trámite: Ventanilla Única Domicilio de la Unidad administrativa: Blvd. Adolfo López Mateos No. 91 Col. El Potrero (a un costado de la entrada principal del Palacio Municipal). Días y Horario de Atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas Para dudas, sugerencias, o información favor de comunicarse a los teléfonos 36 22 29 08, 36 22 2909 y 36 22 29 97 Responsable del Área: Coordinador del Centro de Atención Empresarial Correo Electrónico: [email protected]
Índice
44
Página Objetivo 2 Alcance 2 Políticas y Normas 3 Fundamento Legal 4 y 5 Responsabilidades 6 y 7 Funcionamiento y Operación de la Ventanilla Única SARE-PROSARE y el Módulo SAT 8 y 9 Atribuciones de la Ventanilla Única SARE-PROSARE 9 La Integración de la Ventanilla Única SARE.PROSARE 10 La Licencia de Funcionamiento 11 La Dictaminación de Uso de Suelo 12 El Visto Bueno 13 Las Visitas de Inspección 14 Sistema de Computo (compartido) 15 y 16 Descripción de Actividades 17,18,19 Anexos 20 Glosario 21 y 22 Diagrama de Flujo 23, 24,25 y 26
45
1. Ofrecer al contribuyente un servicio integral, eficaz y eficiente para realizar sus trámites que le permitan aperturar de manera ágil, sencilla y Objetivo. transparente una empresa de bajo impacto considerada en el Catálogo de Giros SARE, en un tiempo máximo de 72 horas y los de alto impacto en máximo 5 días hábiles, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, creando un marco regulatorio de certidumbre y seguridad jurídica a los inversionistas que deseen establecerse en el territorio Municipal, reduciendo requisitos, tramites, costos y tiempos de respuesta. 2. Alcance.
2.1 Con la implementación de la Ventanilla Única basada en los artículos 12 al 20 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
2.2 Con la Ventanilla Única del Módulo SARE, se logrará que los tiempos de resolución para la apertura de un negocio de bajo impacto sean expeditos, de esta manera lograr que las micro, pequeñas y medianas empresas (MPyME), puedan constituirse y abrir en un máximo de 3 días hábiles.
2.3 Ventanilla de Gestión: se encargara de todos aquellos negocios de alto y mediano impacto y que requieren de algún dictamen emitido por el Gobierno del Estado de México.
2.4 Módulo SAT establecido para brindar asesoría y apoyar al contribuyente en los trámites que se gestionan ante el SAT.
2.5 Con una operación eficiente y sencilla combinada con la realización de trámites en un sólo lugar, no solo se promoverá la inversión privada, sino la transparencia y honestidad en el servicio público, brindando al contribuyente una mayor certeza jurídica en la transparencia para la realización de sus trámites.
2.6 Aplica a las áreas involucradas en la expedición de: 2.6.1 Visto Bueno que emite la Dirección de Protección Civil y Bomberos. 2.6.2 Cédula Informativa de Zonificación que expide la Dirección de Desarrollo Urbano. 2.6.3 La Licencia de Funcionamiento que otorga la Tesorería Municipal a través de la Subdirección de Normatividad.
2.7 Aplica al Director de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos. 2.8 Aplica al contribuyente que solicita el apoyo para la realización de un
trámite.
3. Políticas y Normas.
3.1 Las presentes disposiciones son de orden e interés público y tienen por objeto regular el proceso de solicitud, dictamen, autorización y entrega de la Licencia de Funcionamiento para giros de bajo impacto, considerados dentro del catálogo de giros SARE., el Visto Bueno de Protección Civil y Bomberos y en su caso la Cédula Informativa de Zonificación. El catálogo de giros SARE será la única fuente que determinará los giros que se pueden aperturar bajo esta modalidad.
3.2 Las áreas involucradas para la aplicación del presente Manual de Procedimientos son:
46
3.2.1 Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos, área encargada de la instalación, operación y vigilar el debido funcionamiento de la Ventanilla Única. 3.2.1.1 Coordinar los procedimientos necesarios para la expedición de
Licencias de Funcionamiento que deben realizarse a través de la Ventanilla Única ubicada en el Centro de Atención Empresarial.
3.2.1.2 Tiene como función orientar y llevar de la mano al contribuyente de principio a fin para tramitar los documentos requeridos para la apertura de una empresa.
3.2.1.3 Tiene la facultad de aplicar el contenido de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, así como del Reglamento correspondiente en materia de Unidades Económicas, en todas las acciones realizadas dentro de la Ventanilla Única.
3.2.2 Dirección de Desarrollo Urbano, área encargada de expedir la Cédula Informativa de Zonificación.
3.2.3 La Tesorería Municipal a través de la Subdirección de Normatividad expedirá la Licencia de Funcionamiento, la cual tiene una vigencia de un año calendario y deberá ser renovada en los meses de enero, febrero y marzo del año siguiente.
3.2.4 Dirección de Protección Civil y Bomberos área encargada de expedir el Visto Bueno, el cual debe renovarse en los meses de enero, febrero y marzo del año siguiente.
3.3 El contribuyente deberá realizar sus trámites de manera presencial en las oficinas que ocupa el Centro de Atención Empresarial, e independientemente podrá consultar los trámites y requisitos en la página de Internet del Honorable Ayuntamiento, en el apartado de Trámites y Servicios – Centro de Atención Empresarial. Además de poder imprimir el Formato Único de Trámites para tramitar la Licencia de Funcionamiento.
4. Fundamento Legal.
4.1. Leyes. 4.1.1 Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos (Art. 115, fracción
II, IV y V, incisos a, b y d). 4.1.2 Constitución del Estado Libre y Soberano de México (Art. 125). 4.1.3 Ley Orgánica Municipal del Estado de México, Art. 12, Art. 31, Inc. I, I
Bis, Inc. XXV, XLIV, Art. 48, Inc. III, XIII Ter, XIII Quáter, XVI, XVI Bis, XVI Ter y Art. 96 Quáter.
4.1.4 Ley de Fomento Económico para el Estado de México, Artículos 54 y 56. 4.1.5 Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México,
Art. 5, Inc. I, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X, Art. 7, Inc. I, II, III, IV y V, Art. 8 y 9, Inc. I, II, III, Art. 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20.
4.1.6 Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios, Artículos 5, Inc. I y II, 35, 36, 37 y 38.
4.1.7 Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, Art. 132.
4.2. Reglamentos y Acuerdos.
47
4.2.1 Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.
4.2.2 Código Financiero del Estado de México y Municipios. 4.2.3 Código Administrativo del Estado de México. 4.2.4 Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Atizapán de Zaragoza
(Publicado en Gaceta de Gobierno del Estado de México, número 121 de fecha 26 de junio del 2003).
4.2.5 Reglamento Orgánico Municipal de Atizapán de Zaragoza. 4.2.6 Bando Municipal de Atizapán de Zaragoza 2016, Artículos 45, 64 y 66.
4.3 Convenios.
4.3.1 Convenio de Coordinación celebrado entre el Grupo Estatal de Mejora Regulatoria del Gobierno del Estado de México y el Municipio de Atizapán de Zaragoza, en fecha 09 de Febrero de 2007.
4.3.2 Convenio de Coordinación para el establecimiento del Sistema de Apertura Rápida de Empresas, celebrado entre la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, Gobierno del Estado de México y el Municipio de Atizapán de Zaragoza, en fecha 05 de Marzo de 2007.
4.3.3 Convenio de Coordinación en Materia de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa, celebrado entre el Grupo Estatal de Mejora Regulatoria y el Municipio de Atizapán de Zaragoza, en fecha 25 de Enero de 2010.
4.3.4 Convenio de coordinación para impulsar la agenda común en materia de Mejora Regulatoria entre la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, el Gobierno del Estado y el Municipio de Atizapán de Zaragoza, en fecha 20 de Agosto de 2013.
5 Responsabilidades. 5.1 Director de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos.
5.1.1 Acudir a reuniones de trabajo con empresarios y con los diferentes niveles de Gobierno vinculados con esta dependencia.
5.1.2 Firmar los oficios de ingresos y egresos de trámites de Cédulas Informativas de Zonificación, Vistos Buenos de Protección Civil y Licencias de Funcionamiento (previa verificación de los trámites y rubricados por el encargado de la VU).
5.1.3 Presidir y conducir las reuniones del Comité de la Ventanilla única (CAE).
5.1.4 Promover mediante facilidades administrativas las actividades de las unidades económicas.
5.1.5 Procurar mayores beneficios para la sociedad, con los menores costos posibles mediante la formulación normativa de reglas e incentivos que estimulen la innovación, la confianza en la económica, la productividad, la eficiencia y la competitividad a favor del crecimiento, bienestar general y desarrollo humano.
5.1.6 Implementar mecanismos y programas especiales para la apertura rápida de unidades económicas.
5.2 Subdirector de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos
48
5.2.1 Acudir en representación del Director de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos a reuniones de trabajo con empresarios y con los diferentes niveles de Gobierno vinculados con esta dependencia.
5.3 Coordinador del Centro de Atención Empresarial.
5.3.1 Coordinar los trabajos del Centro de Atención Empresarial (CAE). 5.3.2 Verificar que se lleve a cabo el buen funcionamiento del Centro de
Atención Empresarial (CAE). 5.3.3 Revisar y rubricar las órdenes de pago de las Cédulas Informativas de
Zonificación. 5.3.4 Verificar los expedientes de ingresos diarios de Cédulas Informativas de
Zonificación, Vistos Buenos de Protección Civil y Licencias de Funcionamiento.
5.3.5 Acudir a reuniones de trabajo con empresarios y con los diferentes niveles de Gobierno vinculados con esta dependencia.
5.3.6 Atender de manera personalizada a contribuyentes. 5.3.7 Brindar información y asesoría a empresarios y personal del
Ayuntamiento. 5.3.8 Elaborar reportes semanales, mensuales, trimestrales y anuales.
5.4 Jefe del Centro de Atención Empresarial. 5.4.1 Elaborar diagnósticos sobre el funcionamiento y operación de la
Ventanilla Única. 5.4.2 Revisar el marco jurídico y regulatorio de los trámites, requisitos y
tiempos de respuesta para la Apertura de Empresas. 5.4.3 Aplicar y verificar los procesos y procedimientos para la Apertura Rápida
de Empresas. 5.4.4 Implementar controles para brindar un servicio de calidad y satisfacción
de los usuarios. 5.4.5 Ejecutar sistemas, formatos y seguimiento para la tramitación y
obtención de la certificación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
5.5 Auxiliar Administrativo (Asesor).
5.5.1 Auxiliar 1: Encargado de Cédulas Informativas de Zonificación y Licencias de Uso de Suelo. Informa, asesora, revisa, ingresa trámites, elaborando oficios diarios de ingresos y egresos de trámites de Cédulas Informativas de Zonificación, recibe, descarga en sistema, escanea y archiva documentos liberados para su entrega.
5.5.2 Auxiliar 2: Encargado de Vistos Buenos de Protección Civil, Informa, asesora, revisa e ingresa trámites, elabora oficios diarios de ingresos y egresos de trámites de Vistos Buenos de Protección Civil, recibe, descarga en sistema, escanea y archiva documentos liberados para su entrega.
5.5.3 Auxiliar 3: Encargado de Licencias de Funcionamiento. Informa, asesora, revisa e ingresa trámites, elabora oficios diarios de ingresos y egresos de trámites de Licencias de Funcionamiento, recibe, descarga en sistema, escanea y archiva documentos liberados para su entrega.
5.5.4 Auxiliar 4: Informa, asesora, ingresa trámites y se encarga de realizar llamadas telefónicas al contribuyente en cuanto se tiene la resolución al
49
trámite solicitado y se encuentre en el CAE para que reciba su documento.
5.5.5 Auxiliar 5: Informa, asesora, ingresa tramites, se encarga de realizar llamadas telefónicas al contribuyente en cuanto se tiene la resolución al trámite solicitado y se encuentre en el CAE.
6. Funcionamiento y Operación de la Ventanilla Única SARE-PROSARE y el
Módulo SAT.
6.1 El funcionamiento y operación de la Ventanilla Única SARE-PROSARE y el Módulo SAT estarán a cargo de la Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos a través del Centro de Atención Empresarial (CAE).
6.2 La Ventanilla Única SARE-PROSARE contará con personal adscrito a la Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos, así como los enlaces de las áreas involucradas en los trámites empresariales, como son: La Tesorería Municipal a través de la Subdirección de Normatividad, Dirección Desarrollo Urbano y Dirección de Protección Civil y Bomberos.
6.3 Las instalaciones del Centro de Atención Empresarial (CAE), la operación de la Ventanilla Única SARE-PROSARE y el Módulo SAT correrán a cargo de las partidas presupuestarias de la Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos.
6.4 La Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos establecerá la coordinación de acciones con las dependencias del Ayuntamiento involucradas con la operación de la Ventanilla Única SARE-PROSARE, así mismo previo acuerdo del H. Ayuntamiento se podrán coordinar acciones y suscribir convenios con instancias Federales y Estatales para el mismo fin.
6.5 La Ventanilla Única será el único lugar para informar, revisar, ingresar y recoger los tramites de Licencia de Uso de Suelo, Cedula Informativa de Zonificación, Visto Bueno de Protección Civil y Licencia de Funcionamiento de las Unidades Económicas establecidas en el territorio Municipal de Atizapán de Zaragoza.
6.6 Otorgar un Formato Único. 6.7 El Catalogo de giros SARE se encontrará en la página web del Centro de
Atención Empresarial, así como de forma física para la consulta de sector empresarial en el área de informes del Centro de Atención Empresarial.
6.6 La Ventanilla Única dará respuesta y/o entrega de la Licencia de Funcionamiento en un término no mayor a 72 horas a las solicitudes que realicen las Unidades Económicas de Bajo Impacto y establecidas en el Catalogo de giros SARE.
6.7 A través del Comité del Centro de Atención Empresarial conformado por las áreas de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos, Dirección de Desarrollo Urbano, La Tesorería Municipal a través de la Subdirección de Concertación e Inspección de Anuncios, Vía Pública y Mercados y Dirección de Protección Civil y Bomberos, realizarán reuniones mensuales para acordar conjuntamente las acciones y procedimientos que se llevarán a cabo para eficientar la operación y funcionamiento de la Ventanilla Única.
6.8 La Ventanilla Única SARE-PROSARE estará ubicada a un costado de la entrada principal del Palacio Municipal de Atizapán de Zaragoza, Primer Piso en las instalaciones del Centro de Atención Empresarial (CAE).
6.9 El horario de atención será de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
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6.10 Los trámites que ingresen después de las 13:00 horas, serán tomados en consideración como ingreso del día siguientes
6.11 Dentro de las instalaciones de la Ventanilla Única se cuenta con dos buzones: 6.11.1 Uno para Sugerencias y Comentarios. 6.11.2 Uno para “No a la Corrupción”.
7. Atribuciones de la Ventanilla Única SARE-PROSARE.
7.1 Informar y orientar en un sólo lugar al contribuyente de los trámites y requisitos para obtener: 7.1.1 La Licencia de Uso de Suelo, 7.1.2 La Cédula Informativa de Zonificación, 7.1.3 El Visto Bueno de Protección Civil y 7.1.4 La Licencia de Funcionamiento.
7.2 Apoyar y orientar al contribuyente sobre los procedimientos, requisitos y costos necesarios para la obtención de la Licencia de Funcionamiento sobre la actividad económica deseada.
7.3 Integrar el expediente del contribuyente. 7.4 Ingresar los trámites a las áreas correspondientes. 7.5 Entregar al contribuyente la Cédula Informativa de Zonificación, el Visto Bueno
de Protección Civil y la Licencia de Funcionamiento. 7.4 Dar de alta en el “Sistema de Proyectos de Inversión” las solicitudes de
Apertura. 7.5 Elaborar el padrón de unidades económicas establecidas en el territorio
municipal. 7.6 Actualizar el registro de trámites ingresados y Licencias entregadas a través
del Programa SARE. 7.7 Elaborar la orden de pago de la Cédula Informativa de Zonificación y llevarla a
la Dirección de Desarrollo Urbano para su autorización, con la finalidad que el contribuyente realice el pago en la Tesorería Municipal y poder anexar el acuse al expediente.
7.8 Entregar la Licencia de Funcionamiento en un máximo de 72 horas. 7.9 Canalizar a la Ventanilla de Gestión los trámites de las unidades económicas
de alto y mediano impacto, que requieran de algún dictamen de orden Estatal. 7.9.1 Dictamen de Factibilidad de Impacto Sanitario, o 7.9.2 Dictamen de Factibilidad Comercial Automotriz. 7.9.3 Dictamen de la Secretaría de Finanzas (para casas de empeño)
8. La integración de la Ventanilla Única SARE-PROSARE.
La Ventanilla Única SARE-PROSARE estará integrada con personal adscrito a la Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos de manera enunciativa, más no limitativa de la manera siguiente:
8.1 Un responsable de la unidad SARE. 8.2 Diez asesores para atender, apoyar, asesorar, recibir, entregar formatos y
documentos requeridos para la puesta en marcha de unidades económicas. 8.3 Personal de enlace de las áreas involucradas en el programa SARE-
PROSARE: 8.3.1 Dirección de Desarrollo Urbano,
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8.3.2 La Tesorería Municipal y 8.3.3 Dirección de Protección Civil y Bomberos.
8.4 Mobiliario de oficina y equipo de cómputo. 8.5 En caso que las necesidades de servicio demanden mayores recursos para
mejorar la operación de la Ventanilla Única SARE-PROSARE, el Ayuntamiento proporcionará los recursos humanos necesarios e infraestructura para eficientar la operación de la misma.
9. La Licencia de Funcionamiento.
9.1 Con fundamento en los artículos 86, 89, 93, 94 y 95 de la Ley Orgánica Municipal; artículo 18 inciso C, 24 y 25 Frac. III y XXX, del Reglamento Orgánico Municipal; artículos13, 14 15, 17 y 19 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Publica de Atizapán de Zaragoza.
9.2 El plazo máximo de respuesta para la Licencia de Funcionamiento será de 72 horas a partir de su recepción en el Centro de Atención Empresarial a través de la Ventanilla Única SARE-PROSARE.
9.3 Para realizar el trámite de Licencia de Funcionamiento se deberán presentar los requisitos siguientes: 9.3.1 Llenar Formato Único para apertura de empresas. 9.3.2 Cédula Informativa de Zonificación (en caso de no contar con ella, ésta
se dictaminará junto con la Licencia de Funcionamiento) o Licencia de Uso de Suelo.
9.3.3 Comprobante que acredite la posesión legal del local (Boleta de Impuesto Predial, Escritura, Contrato de Arrendamiento o Carta Comodato).
9.3.4 Copia de Identificación oficial (Credencial del INE, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte Vigente o Cédula Profesional), en su caso Carta Poder o Poder Notarial (en caso de personas morales), sí se gestiona a nombre del titular.
9.3.5 Visto Bueno de Protección Civil (trámite en paralelo con la Licencia de Funcionamiento), debiendo presentar el formato de Auto-Verificación.
9.3.6 En el caso de Personas Jurídico Colectivas deberá acompañar: Acta Constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad,
9.3.7 La Vigencia de la Licencia de Funcionamiento es de enero a diciembre año calendario y su revalidación será en los meses de enero, febrero y marzo.
9.3.8 Trámite gratuito.
52
10. La Dictaminación de Uso del Suelo.
10.1 Con fundamento en los artículo 137 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
10.2 El representante de la Dirección de Desarrollo Urbano, autorizará de forma inmediata el recibo de pago por concepto de la Cédula Informativa de Zonificación, cuyo costo está establecido en el artículo 144, Fracción XII del Código Financiero del Estado de México y Municipios, con el cuál procederá a emitir su visto bueno del Uso de Suelo para el giro solicitado por el interesado, entregándose al personal de la Ventanilla Única SARE-PROSARE de forma inmediata.
10.3 El trámite de Cédula Informativa de Zonificación para los giros SARE, se efectuará únicamente por medio del Centro de Atención Empresarial, a través de la Ventanilla Única SARE-PROSARE en los horarios establecidos y en días hábiles.
10.4 La Dirección de Desarrollo Urbano deberá entregar en un plazo no mayor de 24 horas la Cédula Informativa de Zonificación, a la Ventanilla Única SARE-PROSARE con la finalidad de dar total cumplimiento a lo estipulado por la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, con el propósito de entregar la Licencia de Funcionamiento en el tiempo marcado por la ley en la materia.
10.5 Para la emisión de la Cédula Informativa de Zonificación, deben tomarse en cuenta los siguientes criterios: 10.5.1 Cumplir con los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo
Urbano Municipal vigente. 10.5.2 El local no deberá exceder los 300 M2. 10.5.3 No podrán ser susceptibles del SARE-PROSARE, los locales
comerciales ubicados en vivienda plurifamiliar (departamentos habitacionales), en zonas habitacionales bajo el Régimen de Propiedad en Condominio o bien que rebasen los 300 M2 de comercio, así como aquellos que no se encuentren en el catálogo de giros SARE.
11. El Visto Bueno.
11.1 De conformidad con lo que establecen los artículos 6.1, 6.2, 6.3, 6.4, 6.7 fracción XXI, 6.32 y demás relativos y aplicables del Código Administrativo vigente para el Estado de México, así como lo establecido en los artículos 62 y 63 del Reglamento Orgánico Municipal, artículo 1, 2, 5, 22, 23, 27, 28, 29 30, 32, 54, 55, 56 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Protección Civil y Bomberos del Municipio de Atizapán de Zaragoza.
11.2 Para realizar el trámite del Visto Bueno deberán presentar los requisitos siguientes: 11.2.1 Cédula Informativa de Zonificación o Licencia de Uso de Suelo. 11.2.2 Identificación oficial del propietario y/o representante legal, puede ser:
(Credencial del INE, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte Vigente o Cédula Profesional).
11.2.3 Para el caso de que el propietario o representante legal no realice el trámite, anexar copia del poder notarial en caso de persona jurídico
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colectiva o carta poder tratándose de personas físicas, así como la identificación oficial de quien otorga y acepta el poder.
11.2.4 Factura y responsiva del extintores vigentes (no mayor a un año). 11.2.5 Constancias de capacitación vigentes (no mayor a un año). 11.2.6 Plano isométrico del tanque de gas estacionario (mayor a 300 litros). 11.2.7 Plan de emergencia (Apartado de auto-verificación). 11.2.8 Programa específico de protección civil (Apartado de auto-
verificación). 11.2.9 Nota: Los establecimientos con menos de 10 trabajadores y con una
superficie menor de 500 m2, no presentará los requisitos de Plan de emergencia o Programa específico de Protección Civil.
11.3 El trámite se realiza en paralelo con la Licencia de Funcionamiento. 11.4 La Vigencia del Visto Bueno es de enero a diciembre año calendario y su
revalidación será en los meses de enero, febrero y marzo del año siguiente. 11.5 El plazo máximo de respuesta para el Visto Bueno que expide la Dirección de
Protección Civil será de 72 horas a partir de su recepción en el Centro de Atención Empresarial a través de la Ventanilla Única SARE-PROSARE.
11.6 Tramite gratuito.
12. Las visitas de inspección. 12.1 Las visitas de inspección serán realizadas por el servidor público asignado por
la dependencia involucrada que corresponda en el ámbito de su competencia. 12.2 Se efectuarán visitas de inspección a efecto de verificar el cabal cumplimiento
de los requisitos señalados en el “Formato Único de Solicitud”, antes, durante o después de la entrega de la Licencia de Funcionamiento o del Visto Bueno de Protección Civil.
12.3 El usuario deberá prever que el local permanezca abierto en el horario permitido y cumplir con las especificaciones de seguridad e higiene que el personal de la Dirección de Protección Civil y Bomberos hayan encomendado derivado de la inspección y del giro a operar, pudiendo solicitar requerimientos específicos adicionales.
12.4 Una vez otorgada la Licencia de Funcionamiento (únicamente giros SARE) las áreas operativas y normativas (Desarrollo Urbano, Protección Civil y Bomberos y la Subdirección de Normatividad) dentro del proceso realizarán las visitas de inspección en el ámbito de su competencia verificando que se cumpla con la información y documentación proporcionados por el solicitante en la Ventanilla Única ubicada en el Centro de Atención Empresarial (CAE), en caso de que se detecte que no cumplen con la normatividad o requisitos solicitados en el Formato Único de solicitud y los demás que con fundamento legal le sean señalados en las visitas de inspección subsecuentes, se le apercibirá para que se corrija la anomalía detectada, independientemente de que se le aplique la sanción a la que se haya hecho acreedor siguiendo el procedimiento establecido en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México o bien se procederá a la cancelación, revocación y/o nulidad de acuerdo al Capítulo VI (De la Cancelación, Revocación y Nulidad de los Permisos) art. 70 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, La Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza.
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16.- Sistema Compartido
Contar con un Sistema integrado por los registros de las unidades económicas que se atienden e ingresan diariamente a través de la Ventanilla Única ubicada en el Centro de Atención Empresarial. Los registros tienen como finalidad contar con una base de datos confiable, actualizada y sobre todo que cada uno de los Titulares de Área (Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano, Protección Civil y Bomberos, Tesoreria, Subdirección de Normatividad, la Contraloría, Enlaces y personal involucrado en la Apertura de Empresas conozca de manera exacta el status en el cual se encuentra el procedimiento de cada una de las unidades económicas ingresadas. Así mismo que el personal de forma coordinada requisite cada una de sus responsabilidades o actividades realizadas.
De acuerdo al art. 11 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, deberá cumplir por lo menos con los siguientes datos:
I.- Clave Única, que se integrara de una serie alfanumérica. (Ventanilla Única)
II.- Nombre del Municipio (Ventanilla Única)
III.- Nombre del Titular (Ventanilla Única)
IV.- Actividad económica (Ventanilla Única)
V.- Tipo de Impacto (Desarrollo Urbano)
VI.- Fecha de inicio de actividades (Ventanilla Única)
VII.- Domicilio de la Unidad Económica (Ventanilla Única)
VIII. Visitas y Procedimientos de verificación en su caso (Desarrollo Urbano, Protección Civil, Tesorería)
IX Sanciones en su caso (Tesorería)
X. Las demás que le confiera esta Ley y otras disposiciones aplicables
X.I Firma de Oficios de Tramites Ingresados (Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano, Protección Civil, Tesorería y Subdirección de Normatividad
X.II Días Transcurridos (Ventanilla Única)
X.III Elaboración y Armado de Documentos (Desarrollo Urbano, Protección Civil y Tesorería)
X.IV Firma de Oficios de Elaboración de Cedulas Informativas, Vo. Bo. De Protección Civil y Licencia de Funcionamiento
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X.V. Scaneo de Cedulas Informativas, Vo. Bo. De Protección Civil y Licencia de Funcionamiento en el Sistema de Proyectos de Inversión (Ventanilla Única)
X.V Trámite concluido de Cedulas Informativas, Vo. Bo. De Protección Civil y Licencia de Funcionamiento (Ventanilla Única)
12.1 Licencia de Funcionamiento para las actividades económicas consideradas en el catálogo de Giros SARE.
No. Descripción de la Acción Puesto y área Insumo Salida
1. Inicio de procedimiento 2. Solicita informes para la apertura de una
empresa y obtener la licencia de funcionamiento, informando el giro, ubicación y metros.
Contribuyente Solicita asesoría
Recibe asesoría.
3. Verifica si el giro se encuentra dentro del catálogo de giros SARE
A) Sí: pasa a la actividad 5. B) No: pasa a la actividad 4.
Auxiliar del CAE Verifica Catálogo de giros SARE.
4. (1) Termina el procedimiento informando al contribuyente que deberá realizar el trámite de Giro Especializado.
Auxiliar del CAE Informa Procedimiento a seguir.
5. Otorga el Formato Único de Requisitos. Auxiliar del CAE Entrega Formato Único de Requisitos SARE
6. ¿Requiere Cédula Informativa de Zonificación?
A) Sí: pasa a la actividad 7. B) No: Llena el formato, reúne los
requisitos y regresa al CAE. pasa a la actividad 15.
Contribuyente Reúne requisitos
Entrega
7. El asesor revisa la documentación y genera la orden de pago para la C.I.Z y la rubrica.
Auxiliar del CAE Genera Orden de pago
8. El Subdirector de D.U. o el Jefe de Uso de Suelo verifican en el Plan de Desarrollo Urbano, que el tipo de uso de suelo solicitado sea compatible con el giro requerido.
El Subdirector de D. U.
Verifica Plan de Desarrollo Urbano
9. ¿Es compatible? A) Sí: pasa a la actividad 10. B) No: pasa a la actividad 4.
El Subdirector de D. U.
Verifica Plan de Desarrollo Urbano
10. El Subdirector de D.U. o el Jefe de Uso de Suelo, autorizan y firman la orden de pago al instante.
El Subdirector de D.U.
Firma Orden de pago.
11. Entrega al contribuyente la orden de pago para obtener la C.I.Z.
Auxiliar del CAE Entrega Orden de pago
12. Realiza el pago en la Tesorería Municipal. El Contribuyente Paga En Tesorería
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14. Realiza el cobro y expide el comprobante. Tesorería Municipal
Cobra Entrega comprobante
15. Regresa al CAE con su comprobante. El Contribuyente Entrega Comprobante de pago
16. Ingresa los trámites para obtener el Visto Bueno, la C. I. Z. en su caso y la Licencia de Funcionamiento.
Auxiliar del CAE Ingresa Trámites
17. Entrega al contribuyente el comprobante de su trámite (Proyecto de Inversión).
Auxiliar del CAE Entrega Comprobante Proyecto de Inversión.
18. Elabora los documentos para ingresar los trámite ante las Direcciones de: Desarrollo Urbano, Tesorería y P. C., los rubrica, así como el Coordinador del CAE para que el Director de DEyAM firme el documento.
Auxiliar del CAE Elabora documentos
Documentos firmados
19. Elabora la C.I.Z. y la remite al CAE para su entrega al contribuyente (24 hrs.) en paralelo al Visto Bueno y la Licencia de Funcionamiento.
El Subdirector de D.U.
Elabora y remite
C.I.Z.
20. Elabora el Visto Bueno y lo remite al CAE para su entrega al contribuyente (24 hrs.) paralelo a la C.I.Z. y la Licencia de Funcionamiento.
Protección Civil Elabora y remite
Visto Bueno
No. Descripción de la Acción Puesto y área Insumo Salida
21. Elabora la Licencia de Funcionamiento y la remite al CAE para su entrega al contribuyente (24 hrs.) en paralelo a la C.I.Z. y el Visto Bueno.
Tesorería (Subdirección de Normatividad
Elabora y remite
Licencia de Funcionamiento
22. Recibe y registra los documentos: C.I.Z., Visto Bueno y Licencia de Funcionamiento e informa al contribuyente que puede pasar por sus documentos.
Auxiliar del CAE Recibe, registra documentos e informa al contribuyente
Documentos
23. El contribuyente recibe sus documentos: En su caso la C.I.Z., el Visto Bueno y la Licencia de Funcionamiento.
El Contribuyente Recibe Documentos
24. Escanea las copias de los documentos entregados y remite los acuses a las áreas correspondientes a través de oficio.
Auxiliar del CAE Entrega Documentos
25. D.U. Acusa de recibida la documentación. El Subdirector de D.U.
Acusa de recibo
Documento
26. P.C. y B. Acusa de recibida la documentación.
Protección Civil Acusa de recibo
Documento
27. Tesorería Acusa de recibida la documentación.
Tesorería (Subdirección de Normatividad
Acusa de recibo
Documento
28. Archiva oficios con sellos de recibido. Auxiliar del CAE Archiva Documentos 29. Aplica el cuestionario de satisfacción del Auxiliar del CAE Aplica Documento
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servicio al contribuyente. cuestionario
30. Fin del procedimiento.
13. Anexos.
13.1 Catálogo de Giros SARE. 13.2 Minuta de Acuerdos entre la Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos
Metropolitanos, la Tesorería Municipal, Dirección de Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano y Dirección Protección Civil, Ecología y Bomberos.
13.3 Catálogo de Giros SARE (Ampliado de 154 a 304 giros, aprobado por el H. Cabildo celebrado el 13 de noviembre del año 2015).
13.4 Convenio de Coordinación celebrado entre el Grupo Estatal de Mejora Regulatoria del Gobierno del Estado de México y el Municipio de Atizapán de Zaragoza, en fecha 09 de Febrero de 2007.
13.5 Convenio de Coordinación para el establecimiento del Sistema de Apertura Rápida de Empresas, celebrado entre la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, Gobierno del Estado de México y el Municipio de Atizapán de Zaragoza, en fecha 05 de Marzo de 2007.
13.6 Convenio de Coordinación en Materia de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa, celebrado entre el Grupo Estatal de Mejora Regulatoria y el Municipio de Atizapán de Zaragoza, en fecha 25 de Enero de 2010.
13.7 Convenio de coordinación para impulsar la agenda común en materia de Mejora Regulatoria entre la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, el Gobierno del Estado y el Municipio de Atizapán de Zaragoza, en fecha 20 de Agosto de 2013.
14. Glosario
14.1 CAE. Centro de Atención Empresarial 14.2 SARE. Sistema de Apertura Rápida de Empresas: Sistema creado para
realizar las aperturas de empresas de bajo impacto de manera ágil en un tiempo máximo de 72 horas.
14.3 DU. Dirección de Desarrollo Urbano. 14.4 C.I.Z. Cédula Informativa de Zonificación. 14.5 Vo. Bo. Visto Bueno de Protección Civil y Bomberos. 14.6 L.U.S. Licencia de Uso de Suelo. 14.7 L.E.U.S. Licencia Estatal de Uso de Suelo. 14.8 V.U. Ventanilla Única. 14.9 V.G. Ventanilla de Gestión. 14.10 S.A.T. Sistema de Administración Tributaria. 14.11 DEyAM. Dirección de Desarrollo Económico y Asuntos Metropolitanos. 14.12 PC. Protección Civil. 14.13 Formato Único de Apertura, contiene los requisitos para realizar todos los
trámites que se requieren para la Apertura de giros SARE y ningún servidor público puede solicitar requisitos que no se encuentren estipulados en dicho documento.
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14.15 Giro SARE: Son los que no representan riesgo por sus implicaciones para la salud humana, animal y vegetal, la seguridad y el medio ambiente.
14.16 Catalogo de Giros SARE: Es el concentrado que enlista las actividades económicas de bajo impacto y que su Licencia de Funcionamiento debe entregárseles en un lapso no mayor a 72 horas.
14.17 Gestión empresarial: Al conjunto de acciones que debe realizar el particular, con base en la legislación aplicable, a efecto de cumplir con las obligaciones a su cargo para obtener las autorizaciones, permisos, licencias, dictámenes, cédulas, constancias y otras resoluciones que emitan las dependencias, para la instalación, apertura, operación y ampliación de empresas.
14.18 Servicio: A la actividad que realizan las dependencias en acatamiento de algún ordenamiento jurídico, encaminado a satisfacer las necesidades de los ciudadanos, una vez cumplidos los requisitos que el ordenamiento respectivo establece.
15.19 Trámite: A la solicitud o gestión que realizan las personas físicas o jurídicas colectivas, con base en un ordenamiento jurídico, ya sea para cumplir una obligación que tienen a su cargo, o bien para obtener información, un beneficio, un servicio o una resolución, y que la autoridad a que se refiere el propio ordenamiento está obligada a resolver en los términos del mismo.
1. Diagrama de Flujo para obtener la Licencia de Funcionamiento bajo la modalidad de Giros SARE.
2.
No. Protección Civil y
Bomberos Desarrollo Urbano
Centro de Atención Empresarial CAE
Contribuyente Tesorería
(Subdirección de Normatividad)
1.
2.
No
Inicio
Solicita informes para la apertura de una empresa y obtener la licencia de funcionamiento,
informando el giro, ubicación y metros
Verifica si el giro se encuentra dentro del catálogo de giros SARE
Catálogo SARE
¿Es giro SARE y menor a 300 mts
2.?
Si
Termina el procedimiento informando al
contribuyente que deberá realizar el trámite de Giro
Especializado 1
Fin A
59
No. Protección Civil y
Bomberos Desarrollo Urbano
Centro de Atención Empresarial CAE
Contribuyente
Tesorería (Subdirección de Normatividad)
No. Protección Civil y
Bomberos Desarrollo Urbano
Centro de Atención Empresarial CAE
Contribuyente Tesorería
(Subdirección deNormatividad)
No
Si
Otorga el Formato Único de Requisitos, Solicitud de Visto Bueno y Programa de Auto-‐verificación
¿Requiere C.I.Z.?
Llena el formato, reúne los requisitos y regresa al
CAE
El asesor revisa la documentación y genera la orden de pago para la CIZ y
la rubrica
El Subdirector de D. U o el Jefe de Uso de Suelo verifican en el Plan de Desarrollo Urbano, que el tipo de uso de suelo solicitado sea compatible con el giro
requerido
2
Si
No ¿Es compatible?
Termina el procedimiento informando al contribuyente que deberá realizar el trámite
de Giro Especializado
B
1
A
B El Subdirector de D. U o el Jefe de Uso de Suelo, autorizan y firman la orden de pago al instante
Entrega al contribuyente la orden de pago para obtener
la C.I.Z. Realiza el pago en la Tesorería Municipal
Realiza el cobro y expide el comprobante
Regresa al CAE con su comprobante
Ingresa los trámites para obtener el Visto Bueno, la Licencia de Funcionamiento y la C. I. Z. en su caso
Entrega al contribuyente el comprobante de su trámite (Proyecto de Inversión)
Elabora los documentos para ingresar los trámite ante las
Direcciones de: Desarrollo Urbano, Tesorería y P. C., los rubrica, así
como el Coordinador del CAE para que el Director de DEyAM firme el
documento Elabora la CIZ y la remite al CAE para su entrega al contribuyente (24 hrs.)
Elabora el Visto Bueno y lo remiten al CAE para su entrega al contribuyente (24 hrs.)
60
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
No. Protección Civil y
Bomberos Desarrollo Urbano
Centro de Atención Empresarial CAE
Contribuyente Tesorería
(Subdirección de Normatividad)
Elabora la Licencia de Funcionamiento y la remite al CAE para su entrega al contribuyente (24 hrs.)
C C C
C
Recibe y registra los documentos: CIZ, Visto Bueno y Licencia de
Funcionamiento e informa al contribuyente que puede pasar por sus
documentos
El contribuyente recibe sus documentos
Escanea las copias de los documentos entregados y remite
los acuses a las áreas correspondientes a través de oficio
Acusa de recibida la documentación
Acusa de recibida la documentación Acusa de recibida la
documentación
Archiva oficios con sellos de recibido
Aplica el cuestionario de satisfacción del servicio al contribuyente
Fin
61
Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Jahir Alexis Valenzuela Franco, para que sea autorizada la Licencia de Funcionamiento como Restaurante Bar del establecimiento ubicado en Circuito Ruíz Cortines, Manzana 1, Lote 8, Local 10, Colonia Las Margaritas (Lomas de Atizapán), en este Municipio, denominado “YAYOS”, Restaurante Bar con venta de bebidas alcohólicas mayores a 12 grados, con un horario de domingo, lunes, martes, miércoles, jueves, viernes y sábado, hasta las 02:00 horas, de conformidad con la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México. (Expediente SHA/194/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Jahir Alexis Valenzuela Franco, para que sea autorizada la Licencia de Funcionamiento como Restaurante Bar del establecimiento ubicado en Circuito Ruíz Cortines, Manzana 1, Lote 8, Local 10, Colonia Las Margaritas (Lomas de Atizapán), en este Municipio, denominado “YAYOS”, Restaurante Bar con venta de bebidas alcohólicas mayores a 12 grados, con un horario de domingo, lunes, martes, miércoles, jueves, viernes y sábado, hasta las 02:00 horas, de conformidad con la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México. (Expediente SHA/194/CABILDO/2016).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
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Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. David Alberto Serrano Villafán, para que se autorice a SANBORN HERMANOS, S.A., el giro Comercial de Restaurante Bar Tienda Departamental Música Ambiental, con un horario de 07:00 a.m. a las 01:00 hora del día siguiente, de lunes a domingo, al establecimiento comercial denominado “SANBORNS GALERIAS ATIZAPÁN, ubicado en Avenida Ruíz Cortines Mz. 2, Lt. 1, Local 108, Fraccionamiento Lomas de Atizapán, predio las Margaritas, en Atizapán de Zaragoza, Estado de México. (Expediente SHA/195/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. David Alberto Serrano Villafán, para que se autorice a SANBORN HERMANOS, S.A., el giro Comercial de Restaurante Bar Tienda Departamental Música Ambiental, con un horario de 07:00 a.m. a las 01:00 hora del día siguiente, de lunes a domingo, al establecimiento comercial denominado “SANBORNS GALERIAS ATIZAPÁN, ubicado en Avenida Ruíz Cortines Mz. 2, Lt. 1, Local 108, Fraccionamiento Lomas de Atizapán, predio las Margaritas, en Atizapán de Zaragoza, Estado de México. (Expediente SHA/195/CABILDO/2016).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
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Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte para que se autorice otorgar un apoyo económico, por la cantidad de $7,500.00 (siete mil quinientos pesos 00/100 m.n.), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, con el objeto de dar un apoyo económico a los familiares del Boxeador Jorge “Chato” Martínez para la realización de una Misa y evento de peleas de Box en su honor, el cual ha sido propuesto llevar a cabo el día 23 de diciembre del presente año. (Expediente SHA/196/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte para que se autorice otorgar un apoyo económico, por la cantidad de $7,500.00 (siete mil quinientos pesos 00/100 m.n.), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, con el objeto de dar un apoyo económico a los familiares del Boxeador Jorge “Chato” Martínez para la realización de una Misa y evento de peleas de Box en su honor, el cual ha sido propuesto llevar a cabo el día 23 de diciembre del presente año. (Expediente SHA/196/CABILDO/2016
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
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Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al
estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo
económico por la cantidad de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 m.n.), al Atleta de Alto Rendimiento Luis Armando Ceja Pedroza, quien
participará en la disciplina de Box, en Puerto Rico, el día 04 de Noviembre del 2016. (Expediente SHA/133/CABILDO/2016).
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
DICTAMEN
Expediente: SHA/133/CABILDO/2016 Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N), al Atleta de Alto Rendimiento Luis Armando Ceja Pedroza, quien participará en la disciplina de Box, en Puerto Rico, el día 04 de noviembre del 2016; lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI, 52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/133/CABILDO/2016 II.- El día veintisiete de septiembre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/133/CABILDO/2016. III. El Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, envió la solicitud para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N), al Atleta de Alto Rendimiento Luis Armando Ceja Pedroza, quien participará en la disciplina de Box, en Puerto Rico, el día 04 de noviembre del 2016. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar. 1.- Con fecha veintiséis de septiembre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número S.H.A./TUR./COM./133/CABILDO/2016 emitido por la Secretaria del H.
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Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto seis punto cinco, de la Trigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día veintiséis de septiembre del año dos mil dieciséis, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N), al Atleta de Alto Rendimiento Luis Armando Ceja Pedroza, quien participará en la disciplina de Box, en Puerto Rico, el día 04 de noviembre del 2016. 2.- Con fecha 08 de noviembre de octubre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1311/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1312/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1313/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1314/2016, a la Décima Sexta sesión de trabajo efectuada el día 11 de Noviembre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 11 de noviembre del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/133/CABILDO/2016.
V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en el sentido propuesto:
A).-La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones la
elaboracion de dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero
del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA
SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL
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C).- A dicho oficio se adjunta la siguiente documentación en copia simple, que obra en el presente expediente: 1.- Solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte con numero de oficio ICDF/1656/2016 a efecto que de que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N), al Atleta de Alto Rendimiento Luis Armando Ceja Pedroza, quien participará en la disciplina de Box, en Puerto Rico, el día 04 de noviembre del 2016. 2.- A dicho expediente se anexa petición expresa por parte del C. Luis Armando Ceja Pedraza así como su currículum. 3.- Una vez analizados los documentos que constan en el expediente, se declara improcedente la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N), al Atleta de Alto Rendimiento Luis Armando Ceja Pedroza, quien participará en la disciplina de Box, en Puerto Rico, el día 04 de noviembre del 2016, debido a que falta la partida y la suficiencia presupuestal como lo establece la propia ley. Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales: a).- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, estando facultados los Ayuntamientos, para emitir normas acordes a las necesidades de la Administración Pública Municipal, que tengan por objeto optimizar la prestación del servicio público en beneficio de los gobernados. b).- De conformidad en lo previsto en los artículos 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los Ayuntamientos de los Municipios tienen las atribuciones que establecen la Constitución Federal, la Local y demás disposiciones legales aplicables, facultándolos para generar normas relativas al régimen de gobierno y administración del Municipio. c).- En términos del Código Financiero del Estado de México y Municipios:
Artículo 305.- El presupuesto de egresos se ejercerá de acuerdo con lo que determine el Decreto de Presupuesto de Egresos y demás disposiciones que establezca la Secretaría y la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias. El egreso podrá efectuarse cuando exista partida específica de gasto en el presupuesto de egresos autorizado y saldo suficiente para cubrirlo y no podrán cubrir acciones o gastos fuera de los programas a los que correspondan por su propia naturaleza.
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VII.- PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se acuerda denegar la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad por la cantidad de 10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N), al Atleta de Alto Rendimiento Luis Armando Ceja Pedroza, quien participará en la disciplina de Box, en Puerto Rico, el día 04 de noviembre del 2016; en términos de lo que establece el contenido del presente dictamen así como lo que establece el Artículo 97. Inciso d) de los Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México. SEGUNDO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que notifique al Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte para que se notifique al C. Luis Armando Ceja Pedraza el contenido del presente acuerdo. TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. CUARTO.- Dese de baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser
procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad por la cantidad de
10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N), al Atleta de Alto Rendimiento Luis
Armando Ceja Pedroza, quien participará en la disciplina de Box, en Puerto Rico,
el día 04 de noviembre del 2016; en términos de lo que establece el contenido del
presente dictamen así como lo que establece el Artículo 97. Inciso d) de los
Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades
Fiscalizables Municipales del Estado de México.
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SEGUNDO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que
notifique al Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física
y Deporte para que se notifique al C. Luis Armando Ceja Pedraza el contenido del
presente acuerdo.
TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
CUARTO.- Dese de baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de
Hacienda.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS
ÁLVAREZ DEL CASTILLO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que autorice otorgar un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 m.n.), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, quien participara en el evento de box, a realizarse el próximo día 13 de noviembre del presente año, es este Municipio. (Expediente SHA/145/CABILDO/2016).
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA
COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA DICTAMEN
Expediente: SHA/145/CABILDO/2016
Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N.), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, quien participará en el evento de Box, a realizarse el próximo día 13 de Noviembre del 2016, en este Municipio;
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lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI, 52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/145/CABILDO/2016 II.- El día diez de octubre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/145/CABILDO/2016. III. El. Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte turna la solicitud presentada por el C. Héctor Mauricio Martínez López, para que se le otorgue un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N), quien participará en el evento de Box, a realizarse el próximo día 13 de Noviembre del presente año, en este Municipio. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar. 1.- Con fecha diez de Octubre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número SHA/145/CABILDO/2016 emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto seis punto tres, de la Trigésima segunda Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día diez de Octubre del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud realizada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, quien participará en el evento de Box, a realizarse el próximo día 13 de Noviembre del presente año, en este Municipio. 2.- Con fecha 08 de noviembre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1311/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1312/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1313/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1314/2016, a la Décima Sexta Sesión de trabajo efectuada el día viernes 11 de noviembre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 11 de noviembre, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/145/CABILDO/2016.
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V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en el sentido propuesto:
A).-La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar
los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero
del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA
SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL C).- A dicho oficio se adjunta la siguiente documentación en copia simple, que obra en el presente expediente: 1.-Solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, quien participará en el evento de Box, a realizarse el próximo día 13 de Noviembre del presente año, en este Municipio. 2.- Petición presentada por el C. Héctor Mauricio Martínez López. 3.- Una vez analizados los documentos que constan en el expediente, se declara improcedente la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, quien participará en el evento de Box, a realizarse el próximo día 13 de Noviembre del presente año, en este Municipio; debido a que no se cuenta con la partida y suficiencia presupuestal como lo establece la propia ley. Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales:
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a).- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, estando facultados los Ayuntamientos, para emitir normas acordes a las necesidades de la Administración Pública Municipal, que tengan por objeto optimizar la prestación del servicio público en beneficio de los gobernados. b).- De conformidad en lo previsto en los artículos 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los Ayuntamientos de los Municipios tienen las atribuciones que establecen la Constitución Federal, la Local y demás disposiciones legales aplicables, facultándolos para generar normas relativas al régimen de gobierno y administración del Municipio. c).- En términos del Código Financiero del Estado de México y Municipios:
Artículo 305.- El presupuesto de egresos se ejercerá de acuerdo con lo que determine el Decreto de Presupuesto de Egresos y demás disposiciones que establezca la Secretaría y la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias. El egreso podrá efectuarse cuando exista partida específica de gasto en el presupuesto de egresos autorizado y saldo suficiente para cubrirlo y no podrán cubrir acciones o gastos fuera de los programas a los que correspondan por su propia naturaleza.
VII.- PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se acuerda denegar la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, quien participará en el evento de Box, a realizarse el próximo día 13 de Noviembre del presente año, en este Municipio; en términos de lo que establece el contenido del presente dicten así como lo que establece el Artículo 97. Inciso d) de los Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México. SEGUNDO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que notifique al Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte para que se notifique al C. Héctor Mauricio Martínez López el contenido del presente acuerdo. TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. CUARTO.- Dese de baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda.
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Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser
procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil
pesos 00/100 M.N), a favor del C. Héctor Mauricio Martínez López, quien
participará en el evento de Box, a realizarse el próximo día 13 de Noviembre del
presente año, en este Municipio; en términos de lo que establece el contenido del
presente dicten así como lo que establece el Artículo 97. Inciso d) de los
Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades
Fiscalizables Municipales del Estado de México.
SEGUNDO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que
notifique al Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física
y Deporte para que se notifique al C. Héctor Mauricio Martínez López el contenido
del presente acuerdo.
TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
CUARTO.- Dese de baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de
Hacienda.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
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Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al
estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Maestro Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que se autorice otorgar un apoyo económico,
por la cantidad de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 m.n.), a favor del C. Jesús Alexander Barahona Camilo, quien participará en la disciplina de
MMA (Artes Marciales Mixtas), a realizarse el próximo día 30 de noviembre del presente año, en León, Gto. (Expediente
SHA/146/CABILDO/2016).
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
DICTAMEN
Expediente: SHA/146/CABILDO/2016 Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.), a favor del C. Jesús Alexander Barahona Camilo, quien participará en la disciplina MMA ( Artes Marciales Mixtas), a realizarse el próximo 30 de Noviembre del 2016, en León, Gto; lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI, 52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/146/CABILDO/2016 II.- El día diez de octubre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/146/CABILDO/2016. III. El. Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte turna la solicitud presentada por el C. Jesús Alexander Barahona Camilo, para que se le otorgue un apoyo económico por la cantidad de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N), quien participará en la disciplina de MMA (Artes Marciales Mixtas), a realizarse el próximo día 30 de Noviembre del presente año, en León, Gto. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar.
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1.- Con fecha diez de Octubre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número SHA/146/CABILDO/2016 emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto seis punto cuatro, de la Trigésima segunda Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día diez de Octubre del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud realizada por él. Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N), a favor del C. Jesús Alexander Barahona Camilo, quien participará en la disciplina de MMA (Artes Marciales Mixtas), a realizarse el próximo día 30 de Noviembre del presente año, en León, Gto. 2.- Con fecha 08 noviembre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1311/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1312/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1313/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1314/2016, a la Décima Sexta Sesión de trabajo efectuada el día viernes 11 de noviembre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 11 de noviembre, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/146/CABILDO/2016.
V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en el sentido propuesto:
A).-La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar
los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero
del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA
SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
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• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL C).- A dicho oficio se adjunta la siguiente documentación en copia simple, que obra en el presente expediente: 1.-Solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N), a favor del C. Jesús Alexander Barahona Camilo, quien participará en la disciplina de MMA (Artes Marciales Mixtas), a realizarse el próximo día 30 de Noviembre del presente año, en León, Gto. 2.- Petición presentada por el C. Jesús Alexander Barahona Camilo, en la cual se anexa copia de la credencial de elector, currículum, así como fotos. 3.- Una vez analizados los documentos que constan en el expediente, se declara improcedente la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N), a favor del C. Jesús Alexander Barahona Camilo, quien participará en la disciplina de MMA (Artes Marciales Mixtas), a realizarse el próximo día 30 de Noviembre del presente año, en León, Gto; debido a que falta la partida y la suficiencia presupuestal como lo establece la propia ley. Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales: a).- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, estando facultados los Ayuntamientos, para emitir normas acordes a las necesidades de la Administración Pública Municipal, que tengan por objeto optimizar la prestación del servicio público en beneficio de los gobernados. b).- De conformidad en lo previsto en los artículos 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los Ayuntamientos de los Municipios tienen las atribuciones que establecen la Constitución Federal, la Local y demás disposiciones legales aplicables, facultándolos para generar normas relativas al régimen de gobierno y administración del Municipio. c).- En términos del Código Financiero del Estado de México y Municipios:
Artículo 305.- El presupuesto de egresos se ejercerá de acuerdo con lo que determine el Decreto de Presupuesto de Egresos y demás disposiciones que establezca la Secretaría y la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias. El egreso podrá efectuarse cuando exista partida específica de gasto en el presupuesto de egresos autorizado y saldo suficiente para cubrirlo y no podrán cubrir acciones o gastos fuera de los programas a los que correspondan por su propia naturaleza.
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VII.- PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- Se acuerda denegar la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N), a favor del C. Jesús Alexander Barahona Camilo, quien participará en la disciplina MMA (Artes Marciales Mixtas), a realizarse el próximo día 30 de Noviembre del presente año, en León, Gto.; en términos de lo que establece el contenido del presente dicten así como lo que establece el Artículo 97. Inciso d) de los Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México. SEGUNDO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que notifique al Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte para que se notifique al C. Jesús Alexander Barahona Camilo el contenido del presente acuerdo. TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. CUARTO.- Dese de baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Se acuerda denegar la solicitud presentada por el Mtro. Edgar Israel
Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física y Deporte, para que de ser
procedente se otorgue un apoyo económico por la cantidad de $6,000.00 (seis mil
pesos 00/100 M.N), a favor del C. Jesús Alexander Barahona Camilo, quien
participará en la disciplina MMA (Artes Marciales Mixtas), a realizarse el próximo
día 30 de Noviembre del presente año, en León, Gto.; en términos de lo que
establece el contenido del presente dicten así como lo que establece el Artículo
97. Inciso d) de los Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las
Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México.
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SEGUNDO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que
notifique al Mtro. Edgar Israel Fortanel Soto, Director del Instituto de Cultura Física
y Deporte para que se notifique al C. Jesús Alexander Barahona Camilo el
contenido del presente acuerdo.
TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
CUARTO.- Dese de baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de
Hacienda.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS
ÁLVAREZ DEL CASTILLO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al
estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la C. Liliana Mendoza Guerrero, anterior Directora de Desarrollo Social, para que se autoricen seis Dictámenes de Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al evento denominado “Clausura de Escuelas 2016”.
(Expediente SHA/169/CABILDO/2016).
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
DICTAMEN
Expediente: SHA/169/CABILDO/2016
Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la C. Liliana Mendoza Guerrero, Directora de Desarrollo Social para que se autoricen seis Dictámenes
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de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al evento denominando “Clausura de Escuelas 2016”; lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI,52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/169/CABILDO/2016 II.- El día 01 de noviembre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/169/CABILDO/2016 III.- La C. Liliana Mendoza Guerrero, Directora de Desarrollo Social, presentó la solicitud para que se autoricen seis Dictámenes de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al evento denominado “Clausura de Escuelas 2016”. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar: 1.- Con fecha 01 de noviembre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número S.H.A./TUR./COM./169/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto seis punto cinco, de la Trigésima Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 28 de octubre del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud realizada por la C. Liliana Mendoza Guerrero, para que se autoricen seis Dictámenes de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al evento denominado “Clausura de Escuelas 2016”. 2.- Con fecha 08 de noviembre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1311/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1312/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1313/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1314/2016, a la Décima Sexta sesión de trabajo efectuada el día viernes 11 de noviembre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 11 de noviembre del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación
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del expediente SHA/169/CABILDO/2016, en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada edil expuso sus comentarios y puntos de vista.
V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en
el sentido propuesto: A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las
propuestas que se formulen, en cuanto al presupuesto.
B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA
SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL
C).- La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
D).- Que mediante oficio DDS/CA/3828/2016, la C. Liliana Mendoza Guerrero, Directora de Desarrollo Social, y en términos a lo dispuesto por el Artículo 20 fracción V, inciso "C" del reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios solicitó al Secretario del Ayuntamiento que se turnara el asunto a la Comisión Edilicia de Hacienda, para que se autoricen seis Dictámenes de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al evento denominado “Clausura de Escuelas 2016”; mismos que se agregan como anexo y se incorporan como imagen al presente dictamen para proceder a su autorización:
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Basándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales: CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. Artículo 288.- Las iniciativas de ley o decreto del Gobernador que impliquen afectación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal que corresponda, deberán estar sustentadas en un dictamen de reconducción y actualización programática presupuestal realizado por el área que sometió la propuesta y aprobado por la Secretaría, cuyos aspectos más importantes se incluirán en la exposición de motivos de la iniciativa y su texto completo se anexará a la misma. Artículo 317 Bis.- Los traspasos presupuestarios externos serán aquellos que se realicen entre programas o capítulos de gasto, debiendo la unidad ejecutora solicitar autorización de la Secretaría, en términos de las disposiciones aplicables. La solicitud deberá contener la justificación necesaria, así como el dictamen de reconducción y actualización programática presupuestal, correspondiente que deberá incluir los montos, programas y 25 proyectos afectados, la descripción del ajuste en sus metas y objetivos, así como las unidades ejecutoras afectadas y los capítulos de gasto que comprenden. Para el caso de las entidades públicas, adicionalmente a la solicitud de traspasos externos, deberán contar con la aprobación del órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría. Los traspasos presupuestarios autorizados deberán informarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente en el que se realicen para ser integrados al informe que el Poder Ejecutivo rinda al Poder Legislativo, el que invariablemente deberá contener montos, fuentes de financiamiento, programas, unidades ejecutoras y capítulos afectados por cada uno de los traspasos realizados. El monto total de traspasos presupuestarios externos que autorice la Secretaría no podrá exceder del 5% del presupuesto total autorizado anual, exceptuando de este capítulo los ajustes por incrementos salariales de carácter general, los ajustes derivados de la firma de convenios específicos con otros ámbitos de gobierno y las contingencias derivadas de desastres naturales y siniestros. En caso de que se requiera la realización de traspasos presupuestarios externos que rebasen el porcentaje señalado en este artículo, el Ejecutivo deberá solicitar la
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autorización a la Legislatura o a la Diputación Permanente cuando aquella se encuentra en receso, quien deberá aprobarlo en un plazo no mayor de quince días. La Secretaría deberá informar a la Legislatura de aquellos traspasos externos que realice. No se podrán realizar traspasos presupuestarios del gasto de inversión en obras y acciones a los capítulos de gasto corriente. En el caso de los municipios, la tesorería autorizará los traspasos presupuestarios externos con la revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, o bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad. Artículo 318.-… Segundo párrafo En el caso de los municipios, los Ayuntamientos podrán autorizar la adecuación solicitada, la cual emitirá la Tesorería previa revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación Evaluación o Bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad. Artículo 319.- Las adecuaciones presupuestarias deberán justificarse plenamente así como contar con dictamen de reconducción y actualización, que presenten a la Secretaría o a la Tesorería, según corresponda, cuando modifiquen las metas de los proyectos autorizados o impliquen la cancelación de proyectos y la reasignación de sus recursos a otros proyectos prioritarios. El dictamen debe reunir los requisitos planteados para el dictamen de reconducción en el artículo 317 Bis de este Código. Las adecuaciones que impliquen una disminución de recursos serán viables siempre y cuando las metas programadas hayan sido cumplidas y se registren economías presupuestarias. Para el caso de las Entidades Públicas, adicionalmente la solicitud de adecuaciones presupuestarias deberá contar con la aprobación de su órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría o a la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias, por conducto de la dependencia coordinadora de sector.
Las dependencias y entidades públicas que lleven a cabo adecuaciones presupuestarias internas, deberán informar de las mismas a la Secretaría, en el formato correspondiente, anexo al reporte mensual de avance presupuestal.
REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.
Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes acciones:
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V. Presentar con sus planes de desarrollo y sus programas, y en su caso, con los dictámenes de reconducción, el análisis de congruencia con las estrategias de desarrollo, las políticas y los objetivos del Plan de Desarrollo del Estado. Igualmente, será para el caso de las actualizaciones o adecuaciones generadas en la programación anual. Artículo 55.- Cuando los programas deban modificarse, entre otras causas, como consecuencia de la publicación, modificación o actualización del Plan Nacional de Desarrollo o en su caso, del Plan de Desarrollo del Estado de México, las dependencias y entidades responsables, a través de sus unidades de información, planeación, programación y evaluación u órganos administrativos que cumplan esas funciones, deberán emitir el dictamen de reconducción y actualización respectivo y enviarlo a la Secretaría para su aprobación. Artículo 56.- Los dictámenes de reconducción y actualización a que se refiere al artículo 24 de la Ley, deberán ser elaborados por las Unidades de Información, Planeación, Programación y Evaluación de las dependencias, unidades administrativas, organismos auxiliares y entidades del gobierno estatal y municipal, debiendo sustentar la justificación en términos de los planteamientos del Plan de Desarrollo y sus programas vigentes y de la situación que justifique los cambios en la fecha en que se presente el dictamen. Los dictámenes serán sometidos a consideración de la Secretaría durante el primer semestre de cada año y la revisión periódica a la que se refiere el artículo 28 de la citada Ley, será anual; en el caso de los municipios, los referidos dictámenes los harán en los períodos que determinen los Ayuntamientos. Artículo 57.- Corresponderá al Gobernador del Estado a través de la Secretaría, y al Ayuntamiento, autorizar la procedencia del dictamen de reconducción y actualización, así como las modificaciones en las estrategias contenidas en los planes y programas cuando así procedan. Artículo 58.- La Secretaría deberá emitir el comunicado de procedencia o improcedencia del dictamen de reconducción y actualización, una vez que sea autorizado por la Secretaría y los Ayuntamientos en el momento que así lo determinen. Si el comunicado es de procedencia, la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación u órgano administrativo que cumpla esas funciones, deberá notificar al COPLADEM de tal circunstancia enviando copia del dictamen de reconducción y actualización, y en el caso de los Ayuntamientos también lo remitirán al COPLADEMUN, para su registro y seguimiento.
VII.- PUNTOS DE ACUERDO
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PRIMERO.- Se autoriza la procedencia de los Dictámenes de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al evento denominado “Clausura de Escuelas 2016”, presentado por la C. Liliana Mendoza Guerrero, Directora de Desarrollo Social; mismo que se incorpora al presente dictamen. SEGUNDO. Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio del área correspondiente los Dictámenes autorizados de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al evento denominado “Clausura de Escuelas 2016”, para su registro y seguimiento. TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique a la C. Liliana Mendoza Guerrero, Directora de Desarrollo Social, y a la Tesorería Municipal el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. Aprobado por unanimidad de votos a favor.
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Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al
evento denominado “Clausura de Escuelas 2016”, presentado por la C. Liliana
Mendoza Guerrero, Directora de Desarrollo Social; mismo que se incorpora al
presente dictamen. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Basándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales: CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
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SEGUNDO. Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio del área correspondiente los Dictámenes autorizados de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para dar suficiencia presupuestal al evento denominado “Clausura de Escuelas 2016”, para su registro y seguimiento. TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique a la C. Liliana Mendoza Guerrero, Directora de Desarrollo Social, y a la Tesorería Municipal el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS
ÁLVAREZ DEL CASTILLO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al
estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Jaime Arturo Ramírez Cabello, Director de Infraestructura y Obra
Pública, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal. (Expediente SHA/170/CABILDO/2016).
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
DICTAMEN
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Expediente: SHA/170/CABILDO/2016
Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Jaime Arturo Ramírez Cabello, Director de Infraestructura y Obra Pública, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal; lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI,52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/170/CABILDO/2016 II.- El día 01 de noviembre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/170/CABILDO/2016 III.- El C. Jaime Arturo Ramírez Cabello, Director de Infraestructura y Obra Pública, presentó la solicitud para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar: 1.- Con fecha 01 de noviembre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número S.H.A./TUR./COM./170/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto seis punto seis, de la Trigésima Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 28 de octubre del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud realizada por el C. Jaime Arturo Ramírez Cabello, Director de Infraestructura y Obra Pública, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal. 2.- Con fecha 08 de noviembre de octubre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1311/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1312/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1313/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1314/2016, a la Décima Sexta sesión de trabajo efectuada el día viernes 11 de noviembre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de
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la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 11 de noviembre, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/170/CABILDO/2016, en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada edil expuso sus comentarios y puntos de vista.
V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en el sentido propuesto:
A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las
propuestas que se formulen, en cuanto al presupuesto.
B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL
C).- La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
D).- Que mediante oficio DIOP/SPYE/4073/2016, el C. Jaime Arturo Ramírez
Cabello, Director de Infraestructura y Obra Pública, y en términos a lo dispuesto por el Artículo 20 fracción V, inciso "C" del reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios solicitó al Secretario del Ayuntamiento que se turnara el asunto a la Comisión Edilicia de Hacienda, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal; mismo que se agrega como anexo y se incorpora como imagen al presente dictamen para proceder a su autorización:
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Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales:
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CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. Artículo 288.- Las iniciativas de ley o decreto del Gobernador que impliquen afectación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal que corresponda, deberán estar sustentadas en un dictamen de reconducción y actualización programática presupuestal realizado por el área que sometió la propuesta y aprobado por la Secretaría, cuyos aspectos más importantes se incluirán en la exposición de motivos de la iniciativa y su texto completo se anexará a la misma. Artículo 317 Bis.- Los traspasos presupuestarios externos serán aquellos que se realicen entre programas o capítulos de gasto, debiendo la unidad ejecutora solicitar autorización de la Secretaría, en términos de las disposiciones aplicables. La solicitud deberá contener la justificación necesaria, así como el dictamen de reconducción y actualización programática presupuestal, correspondiente que deberá incluir los montos, programas y 25 proyectos afectados, la descripción del ajuste en sus metas y objetivos, así como las unidades ejecutoras afectadas y los capítulos de gasto que comprenden. Para el caso de las entidades públicas, adicionalmente a la solicitud de traspasos externos, deberán contar con la aprobación del órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría. Los traspasos presupuestarios autorizados deberán informarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente en el que se realicen para ser integrados al informe que el Poder Ejecutivo rinda al Poder Legislativo, el que invariablemente deberá contener montos, fuentes de financiamiento, programas, unidades ejecutoras y capítulos afectados por cada uno de los traspasos realizados. El monto total de traspasos presupuestarios externos que autorice la Secretaría no podrá exceder del 5% del presupuesto total autorizado anual, exceptuando de este capítulo los ajustes por incrementos salariales de carácter general, los ajustes derivados de la firma de convenios específicos con otros ámbitos de gobierno y las contingencias derivadas de desastres naturales y siniestros. En caso de que se requiera la realización de traspasos presupuestarios externos que rebasen el porcentaje señalado en este artículo, el Ejecutivo deberá solicitar la autorización a la Legislatura o a la Diputación Permanente cuando aquella se encuentra en receso, quien deberá aprobarlo en un plazo no mayor de quince días. La Secretaría deberá informar a la Legislatura de aquellos traspasos externos que realice. No se podrán realizar traspasos presupuestarios del gasto de inversión en obras y acciones a los capítulos de gasto corriente.
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En el caso de los municipios, la tesorería autorizará los traspasos presupuestarios externos con la revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, o bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad. Artículo 318.-… Segundo párrafo En el caso de los municipios, los Ayuntamientos podrán autorizar la adecuación solicitada, la cual emitirá la Tesorería previa revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación Evaluación o Bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad. Artículo 319.- Las adecuaciones presupuestarias deberán justificarse plenamente así como contar con dictamen de reconducción y actualización, que presenten a la Secretaría o a la Tesorería, según corresponda, cuando modifiquen las metas de los proyectos autorizados o impliquen la cancelación de proyectos y la reasignación de sus recursos a otros proyectos prioritarios. El dictamen debe reunir los requisitos planteados para el dictamen de reconducción en el artículo 317 Bis de este Código. Las adecuaciones que impliquen una disminución de recursos serán viables siempre y cuando las metas programadas hayan sido cumplidas y se registren economías presupuestarias. Para el caso de las Entidades Públicas, adicionalmente la solicitud de adecuaciones presupuestarias deberá contar con la aprobación de su órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría o a la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias, por conducto de la dependencia coordinadora de sector.
Las dependencias y entidades públicas que lleven a cabo adecuaciones presupuestarias internas, deberán informar de las mismas a la Secretaría, en el formato correspondiente, anexo al reporte mensual de avance presupuestal.
REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.
Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes acciones: V. Presentar con sus planes de desarrollo y sus programas, y en su caso, con los dictámenes de reconducción, el análisis de congruencia con las estrategias de desarrollo, las políticas y los objetivos del Plan de Desarrollo del Estado. Igualmente, será para el caso de las actualizaciones o adecuaciones generadas en la programación anual. Artículo 55.- Cuando los programas deban modificarse, entre otras causas, como consecuencia de la publicación, modificación o actualización del Plan Nacional de
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Desarrollo o en su caso, del Plan de Desarrollo del Estado de México, las dependencias y entidades responsables, a través de sus unidades de información, planeación, programación y evaluación u órganos administrativos que cumplan esas funciones, deberán emitir el dictamen de reconducción y actualización respectivo y enviarlo a la Secretaría para su aprobación. Artículo 56.- Los dictámenes de reconducción y actualización a que se refiere al artículo 24 de la Ley, deberán ser elaborados por las Unidades de Información, Planeación, Programación y Evaluación de las dependencias, unidades administrativas, organismos auxiliares y entidades del gobierno estatal y municipal, debiendo sustentar la justificación en términos de los planteamientos del Plan de Desarrollo y sus programas vigentes y de la situación que justifique los cambios en la fecha en que se presente el dictamen. Los dictámenes serán sometidos a consideración de la Secretaría durante el primer semestre de cada año y la revisión periódica a la que se refiere el artículo 28 de la citada Ley, será anual; en el caso de los municipios, los referidos dictámenes los harán en los períodos que determinen los Ayuntamientos. Artículo 57.- Corresponderá al Gobernador del Estado a través de la Secretaría, y al Ayuntamiento, autorizar la procedencia del dictamen de reconducción y actualización, así como las modificaciones en las estrategias contenidas en los planes y programas cuando así procedan. Artículo 58.- La Secretaría deberá emitir el comunicado de procedencia o improcedencia del dictamen de reconducción y actualización, una vez que sea autorizado por la Secretaría y los Ayuntamientos en el momento que así lo determinen. Si el comunicado es de procedencia, la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación u órgano administrativo que cumpla esas funciones, deberá notificar al COPLADEM de tal circunstancia enviando copia del dictamen de reconducción y actualización, y en el caso de los Ayuntamientos también lo remitirán al COPLADEMUN, para su registro y seguimiento.
VII.- PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, presentado por el C. Jaime Arturo Ramírez Cabello, Director de Infraestructura y Obra Pública; mismo que se incorpora al presente dictamen. SEGUNDO. Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de la Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para su registro y seguimiento.
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TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique al C. Jaime Arturo Ramírez Cabello, Director de Infraestructura y Obra Pública, y a la Tesorería Municipal el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, presentado por el C. Jaime Arturo Ramírez Cabello, Director de Infraestructura y Obra Pública; mismo que se incorpora al presente dictamen.
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SEGUNDO.- Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de la Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para su registro y seguimiento. TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique al C. Jaime Arturo Ramírez Cabello, Director de Infraestructura y Obra Pública, y a la Tesorería Municipal el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
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Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la C. María Luisa Gudiño Aguilar, Octava Regidora, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal. (Expediente SHA/176/CABILDO/2016).
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
DICTAMEN
Expediente: SHA/176/CABILDO/2016 Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por la C. María Luisa Gudiño Aguilar, Octava Regidora, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI,52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/176/CABILDO/2016. II.- El día 07 de noviembre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/176/CABILDO/2016. III.- La C. María Luisa Gudiño Aguilar, Octava Regidora, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar: 1.- Con fecha 07 de noviembre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número S.H.A./TUR./COM./176/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto seis punto dos, de la Trigésima Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día tres de noviembre del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud realizada por la C. María Luisa Gudiño Aguilar, Octava Regidora, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal. 2.- Con fecha 08 de noviembre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los
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miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1311/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1312/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1313/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1314/2016, a la Décima Sexta sesión de trabajo efectuada el día jueves 29 de septiembre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 11 de noviembre del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/176/CABILDO/2016, en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada edil expuso sus comentarios y puntos de vista.
V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en
el sentido propuesto: A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las
propuestas que se formulen, en cuanto al presupuesto.
B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDORY SECRETARIO
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORAY VOCAL
• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDORY VOCAL
• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDORY VOCAL
C).- La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
D).- Que mediante oficio 8RG//551/2016, la C. María Luisa Gudiño Aguilar, Octava Regidora, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización
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Programática Presupuestal, mismo que se agrega como anexo y se incorpora como imagen al presente dictamen para proceder a su autorización:
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Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales: CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. Artículo 288.- Las iniciativas de ley o decreto del Gobernador que impliquen afectación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal que corresponda, deberán estar sustentadas en un dictamen de reconducción y actualización programática presupuestal realizado por el área que sometió la propuesta y aprobado por la Secretaría, cuyos aspectos más importantes se incluirán en la exposición de motivos de la iniciativa y su texto completo se anexará a la misma. Artículo 317 Bis.- Los traspasos presupuestarios externos serán aquellos que se realicen entre programas o capítulos de gasto, debiendo la unidad ejecutora solicitar autorización de la Secretaría, en términos de las disposiciones aplicables. La solicitud deberá contener la justificación necesaria, así como el dictamen de reconducción y actualización programática-presupuestal, correspondiente que deberá incluir los montos, programas y 25 proyectos afectados, la descripción del ajuste en sus metas y objetivos, así como las unidades ejecutoras afectadas y los capítulos de gasto que comprenden. Para el caso de las entidades públicas, adicionalmente a la solicitud de traspasos externos, deberán contar con la aprobación del órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría. Los traspasos presupuestarios autorizados deberán informarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente en el que se realicen para ser integrados al informe que el Poder Ejecutivo rinda al Poder Legislativo, el que invariablemente deberá contener montos, fuentes de financiamiento, programas, unidades ejecutoras y capítulos afectados por cada uno de los traspasos realizados. El monto total de traspasos presupuestarios externos que autorice la Secretaría no podrá exceder del 5% del presupuesto total autorizado anual, exceptuando de este capítulo los ajustes por incrementos salariales de carácter general, los ajustes derivados de la firma de convenios específicos con otros ámbitos de gobierno y las contingencias derivadas de desastres naturales y siniestros. En caso de que se requiera la realización de traspasos presupuestarios externos que rebasen el porcentaje señalado en este artículo, el Ejecutivo deberá solicitar la autorización a la Legislatura o a la Diputación Permanente cuando aquella se encuentra en receso, quien deberá aprobarlo en un plazo no mayor de quince días.
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La Secretaría deberá informar a la Legislatura de aquellos traspasos externos que realice. No se podrán realizar traspasos presupuestarios del gasto de inversión en obras y acciones a los capítulos de gasto corriente. En el caso de los municipios, la tesorería autorizará los traspasos presupuestarios externos con la revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, o bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad. Artículo 318.-… Segundo párrafo En el caso de los municipios, los Ayuntamientos podrán autorizar la adecuación solicitada, la cual emitirá la Tesorería previa revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación Evaluación o Bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad. Artículo 319.- Las adecuaciones presupuestarias deberán justificarse plenamente así como contar con dictamen de reconducción y actualización, que presenten a la Secretaría o a la Tesorería, según corresponda, cuando modifiquen las metas de los proyectos autorizados o impliquen la cancelación de proyectos y la reasignación de sus recursos a otros proyectos prioritarios. El dictamen debe reunir los requisitos planteados para el dictamen de reconducción en el artículo 317 Bis de este Código. Las adecuaciones que impliquen una disminución de recursos serán viables siempre y cuando las metas programadas hayan sido cumplidas y se registren economías presupuestarias. Para el caso de las Entidades Públicas, adicionalmente la solicitud de adecuaciones presupuestarias deberá contar con la aprobación de su órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría o a la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias, por conducto de la dependencia coordinadora de sector.
Las dependencias y entidades públicas que lleven a cabo adecuaciones presupuestarias internas, deberán informar de las mismas a la Secretaría, en el formato correspondiente, anexo al reporte mensual de avance presupuestal.
REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.
Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes acciones:
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V. Presentar con sus planes de desarrollo y sus programas, y en su caso, con los dictámenes de reconducción, el análisis de congruencia con las estrategias de desarrollo, las políticas y los objetivos del Plan de Desarrollo del Estado. Igualmente, será para el caso de las actualizaciones o adecuaciones generadas en la programación anual. Artículo 55.- Cuando los programas deban modificarse, entre otras causas, como consecuencia de la publicación, modificación o actualización del Plan Nacional de Desarrollo o en su caso, del Plan de Desarrollo del Estado de México, las dependencias y entidades responsables, a través de sus unidades de información, planeación, programación y evaluación u órganos administrativos que cumplan esas funciones, deberán emitir el dictamen de reconducción y actualización respectivo y enviarlo a la Secretaría para su aprobación. Artículo 56.- Los dictámenes de reconducción y actualización a que se refiere al artículo 24 de la Ley, deberán ser elaborados por las Unidades de Información, Planeación, Programación y Evaluación de las dependencias, unidades administrativas, organismos auxiliares y entidades del gobierno estatal y municipal, debiendo sustentar la justificación en términos de los planteamientos del Plan de Desarrollo y sus programas vigentes y de la situación que justifique los cambios en la fecha en que se presente el dictamen. Los dictámenes serán sometidos a consideración de la Secretaría durante el primer semestre de cada año y la revisión periódica a la que se refiere el artículo 28 de la citada Ley, será anual; en el caso de los municipios, los referidos dictámenes los harán en los períodos que determinen los Ayuntamientos. Artículo 57.- Corresponderá al Gobernador del Estado a través de la Secretaría, y al Ayuntamiento, autorizar la procedencia del dictamen de reconducción y actualización, así como las modificaciones en las estrategias contenidas en los planes y programas cuando así procedan. Artículo 58.- La Secretaría deberá emitir el comunicado de procedencia o improcedencia del dictamen de reconducción y actualización, una vez que sea autorizado por la Secretaría y los Ayuntamientos en el momento que así lo determinen. Si el comunicado es de procedencia, la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación u órgano administrativo que cumpla esas funciones, deberá notificar al COPLADEM de tal circunstancia enviando copia del dictamen de reconducción y actualización, y en el caso de los Ayuntamientos también lo remitirán al COPLADEMUN, para su registro y seguimiento.
VII.- PUNTOS DE ACUERDO
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PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, presentado por la C. María Luisa Gudiño Aguilar, Octava Regidora, mismo que se incorpora al presente dictamen. SEGUNDO. Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de la Reconducción y Actualización Programática Presupuestal, para su registro y seguimiento. TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique a la C. María Luisa Gudiño Aguilar, Octava Regidora y a la Tesorería Municipal el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal, presentado por la C. María Luisa
Gudiño Aguilar, Octava Regidora, mismo que se incorpora al presente dictamen. -
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SEGUNDO. Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por
medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de la Reconducción y
Actualización Programática Presupuestal, para su registro y seguimiento.
TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se
notifique a la C. María Luisa Gudiño Aguilar, Octava Regidora y a la Tesorería
Municipal, el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento.
CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los
asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al
estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud de autorización de la
petición del Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo
2016-2018, consistente en la cancelación de los requerimientos de
pago del impuesto predial para evitar que no surtan efecto legal
alguno en contra de los propietarios y no sean actualizados y en
consecuencia elevados los valores catastrales de los predios de esta
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colonia, a iniciativa del Lic. Manuel de la Vega Suárez, Tesorero
Municipal. (Expediente SHA/141/CABILDO/2016).
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA
DICTAMEN
Expediente: SHA/141/CABILDO/2016
Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud de autorización de la petición del Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo 2016-2018, consistente en la cancelación de los requerimientos de pago del impuesto predial para evitar que no surtan efecto legal alguno en contra de los propietarios y no sean actualizados y en consecuencia elevados los valores catastrales de los predios de esta colonia, a iniciativa del Lic. Manuel de la Vega Suarez, Tesorero Municipal; lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 31 fracción IV 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122, 123 y 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 16, 20 Bis Fracción I, 30, 31, 48 Fracción X, 107 al 110, 175 bis, 177, 178 y del 376 al 432 del Código Financiero del Estado de México; 1, numeral 1.1.1., y 23 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio Fiscal del año 2016; 24, al 31 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, VXIII y XLVI, 52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66, 69 fracción I, inciso c) y 95 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/141/CABILDO/2016 II.- El día 27 de septiembre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/141/CABILDO/2016 III.- El Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo 2016-2018, presentó la solicitud para que se autorice un Dictamen consistente en la cancelación de los requerimientos de pago del impuesto predial para evitar que no surtan efecto legal alguno en contra de los propietarios y no sean actualizados y en consecuencia elevados los valores catastrales de los predio de esta colonia. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar: 1.- Con fecha 26 de septiembre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número S.H.A./TUR./COM./141/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto seis punto trece, de la Trigésima Primera Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 26 de septiembre del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la
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solicitud de autorización de la petición del Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo 2016-2018, consistente en la cancelación de los requerimientos de pago del impuesto predial para evitar que no surtan efecto legal alguno en contra de los propietarios y no sean actualizados y en consecuencia elevados los valores catastrales de los predios de esta colonia, a iniciativa del Lic. Manuel de la Vega Suarez, Tesorero Municipal. 2.- Con fecha 07 de octubre del presente año se solicitó mediante oficio emitido por esta Sindicatura Municipal con número SM-CJ-1182-2016 a través del Tesorero Municipal una opinión de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y la Procuraduría Fiscal a cerca de la petición realizada por los miembros el Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo. 3.- Con fecha 31 de octubre del presente año se recibió contestación al oficio SM-CJ-1182-2016 en donde se establece lo siguiente; "Se llevaron las diligencias correspondientes ante las instancias en materia fiscal del Estado de México, las cuales nos han hecho saber que no es viable atender nuestra consulta de manera formal o escrita, toda vez que la norma jurídica por sí sola expresa las obligaciones del gobernado". 4.- Con fecha 08 de noviembre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1311/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1312/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1313/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1314/2016, a la décima sexta sesión de trabajo efectuada el día viernes 11 de noviembre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
5.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 11 de noviembre del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/141/CABILDO/2016, en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada edil expuso sus comentarios y puntos de vista.
V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en
el sentido propuesto: A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las
propuestas que se formulen, en cuanto a los ingresos y egresos.
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B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL
C).- La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar los dictámenes relacionados con el ingreso del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
D).- Que mediante escrito de parte del Consejo de Participación Ciudad de México Nuevo 2016-2018, ingresado en esta oficialía piden la autorización consistente en la cancelación de los requerimientos de pago del impuesto predial para evitar que no surtan efecto legal alguno en contra de los propietarios y no sean actualizados y en consecuencia elevados los valores catastrales de los predios de esta colonia, a iniciativa del Lic. Manuel de la Vega Suarez, Tesorero Municipal. E).- Esta comisión determina por unanimidad que no es viable el expediente con número SHA/141/CABILDO/2016, toda vez que contraviene a la norma jurídica en materia catastral y fiscal; ya que se pierden los principios de equidad y proporcionalidad mandatados por nuestra Carta Magna, en consecuencia se deja en estado de indefensión a los contribuyentes cumplidos.
Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
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Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Artículo 125.- Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que la ley establezca.
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Artículo 95.- Son atribuciones del tesorero municipal: I. Administrar la hacienda pública municipal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables; II. Determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrar las contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables y, en su caso, aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables;
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Artículo 16.- Son autoridades fiscales, el Gobernador, los ayuntamientos, los presidentes, síndicos y tesoreros municipales, así como los servidores públicos de las dependencias o unidades administrativas, y de los organismos públicos descentralizados, que en términos de las disposiciones legales y reglamentarias tengan atribuciones de esta naturaleza. Artículo 20 Bis.- Cuando los contribuyentes obligados a realizar el pago de contribuciones y/o a presentar declaraciones, avisos y demás documentos, no lo hagan dentro de los plazos señalados en este Código, las autoridades fiscales exigirán por escrito su presentación ante las oficinas rentísticas o recaudadoras, procediendo conforme a lo siguiente: I. Requerir hasta en dos ocasiones la presentación del documento con el que acredite el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, otorgando al contribuyente un plazo de tres días para el cumplimiento de cada requerimiento. En caso de no atenderse los requerimientos en la fecha de su vencimiento, surtirán efectos las multas correspondientes que en los mismos se refieran, teniéndose, en estos supuestos, por determinadas las mismas, las cuales se tendrán por notificadas en la fecha en que venza el plazo de tres días a que refiere este párrafo. Tratándose de declaraciones, será una multa por cada obligación requerida. La autoridad, después del primer requerimiento, podrá aplicar lo dispuesto en la siguiente fracción.
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El ingreso que se perciba por concepto de las multas referidas en el párrafo anterior, así como de aquellas que deriven de los programas de vigilancia de obligaciones que se ejecuten en el ejercicio de facultades derivadas de los convenios de coordinación o colaboración administrativa en materia fiscal, se destinará al establecimiento de un programa de estímulos a la productividad en materia de control de obligaciones, conforme a las reglas de carácter general que al efecto emita la Secretaría. Artículo 30.- La falta de pago de un crédito fiscal en la fecha o dentro del plazo fijado por este Código, dará lugar a que sea exigible mediante el procedimiento administrativo de ejecución. Cuando no se cubran las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, su monto se actualizará por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios aplicando la tasa que resulte de sumar el porcentaje mensual de actualización que fije la correspondiente Ley de Ingresos, por cada mes o fracción que transcurra desde el día siguiente al vencimiento del plazo para pagar la contribución o aprovechamiento, hasta que el mismo se efectúe. Además deberán pagarse recargos en concepto de indemnización al fisco por la falta de pago oportuno. Dichos recargos se calcularán aplicando a la contribución o aprovechamiento actualizado, la tasa que resulte de sumar la tasa mensual que fije la correspondiente Ley de Ingresos para cada uno de los meses en cada uno de los años que transcurran en el periodo referido en el presente artículo, excluyendo los propios recargos, la indemnización a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 26 de este Código, los gastos de ejecución y las multas por infracciones a las disposiciones fiscales. La causación de la actualización y los recargos inicia a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo para realizar el pago de la contribución o aprovechamiento de que se trate. Los recargos se causarán hasta por cinco años por cada mes o fracción que transcurra a partir del día siguiente a la fecha del vencimiento del periodo de pago del plazo para pagar y hasta que el mismo se efectúe, salvo en los casos a que se refiere el artículo 53 de este Código; supuestos en los cuales los recargos se causarán hasta en tanto no se extingan las facultades de la autoridad para determinar las contribuciones o aprovechamientos omitidos y sus accesorios, y se calcularán sobre el total del crédito fiscal. Cuando el contribuyente pague en forma espontánea las contribuciones o aprovechamientos omitidos, dichos recargos no excederán del 50% del monto de las contribuciones o aprovechamientos omitidos actualizados. Cuando se hayan ejercido las facultades de revisión o comprobación fiscal que se establecen en este Código o se instrumente el procedimiento administrativo de ejecución, los recargos no podrán exceder del 100% del monto de las contribuciones o aprovechamientos omitidos actualizados. El monto actualizado de la contribución o el aprovechamiento conserva la naturaleza jurídica que tenía antes de su actualización. No causarán recargos las multas impuestas por autoridades no fiscales, ni las responsabilidades administrativas.
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Las responsabilidades administrativas y las multas impuestas por autoridades no fiscales en su caso, se actualizarán de acuerdo con las disposiciones de este Código.
Artículo 107.- Están obligadas al pago del Impuesto Predial las personas físicas y jurídicas colectivas que sean propietarias o poseedoras, según se trate, de inmuebles en el Estado. Los propietarios y poseedores a que se refiere el párrafo anterior, deberán calcular anualmente el impuesto predial a su cargo y manifestarlo, en el mismo formato utilizado para determinar y declarar el valor catastral de sus inmuebles.
Artículo 108.- La base del impuesto predial será el valor catastral declarado por
los propietarios o poseedores de inmuebles, mediante manifestación que presenten ante la Tesorería Municipal de la jurisdicción que le corresponda y que esté determinado conforme a las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones publicadas en el periódico oficial.
Artículo 109.- El impuesto a pagar será la cantidad que resulte de aplicar al valor catastral la siguiente:
T A R I F A
RANGO LIMITE
INFERIOR LIMITE
SUPERIOR CUOTA FIJA (en pesos)
FACTOR PARA APLICARSE A CADA RANGO
1 1 180,970 170.00 0.000331 2 180,971 343,840 230.00 0.001350 3 343,841 554,420 450.00 0.001400 4 554,421 763,890 745.00 0.001788 5 763,891 973,930 1,120.00 0.002283 6 973,931 1,188,880 1,600.00 0.002673 7 1,188,881 1,403,840 2,175.00 0.003371 8 1,403,841 1,618,840 2,900.00 0.003905 9 1,618,841 1,854,060 3,740.00 0.004228
10 1,854,061 2,100,310 4,735.00 0.004506 11 2,100,311 2,433,150 5,845.00 0.004670 12 2,433,151 2,780,990 7,400.00 0.004943 13 2,780,991 En adelante 9,120.00 0.003500
El monto anual del impuesto a pagar, será el resultado de sumar a la cuota fija que corresponda de la tarifa, el resultado de multiplicar el factor aplicable previsto para cada
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rango, por la diferencia que exista entre el valor catastral del inmueble de que se trate y el valor catastral que se indica en el límite inferior del rango relativo. Cuando se trate de terrenos baldíos mayores de 200 metros cuadrados, se aplicará una tasa adicional del 15%, sobre el monto total a pagar. Artículo 175 Bis.- Cuando se modifique la superficie de terreno o de construcción, cualquiera que sea la causa, los propietarios o poseedores de esos inmuebles deberán declarar ante la autoridad catastral municipal dichas modificaciones, mediante manifestación catastral que presenten en los formatos autorizados. Artículo 177.- La autoridad catastral municipal está facultada para constatar la veracidad de los datos declarados en la manifestación catastral por los propietarios o poseedores de inmuebles, mediante la realización de los estudios técnicos catastrales que sean necesarios. Artículo 178.- Cuando de las manifestaciones y del resultado de los estudios técnicos que realice la autoridad catastral municipal, se desprenda que la información no corresponde a lo manifestado por el propietario o poseedor, se harán las correcciones procedentes, notificándose de las mismas dentro del término de veinte días al interesado, y a la autoridad fiscal competente. Artículo 376.- Las autoridades fiscales estatales y municipales exigirán el pago de los créditos fiscales que no hubieren sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos señalados por la ley, mediante el procedimiento administrativo de ejecución, conforme a las normas de esta sección. En ningún caso se aplicará este procedimiento para el cobro de productos. No se iniciará el procedimiento administrativo de ejecución, hasta que venza el plazo de diez días siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de los actos administrativos que determinen un crédito fiscal. La actualización a que se refiere el artículo 30 de éste Código y los accesorios a que se refiere el artículo 12 de este mismo ordenamiento que se causen durante el procedimiento administrativo de ejecución, se harán efectivos con el crédito inicial, sin necesidad de ninguna formalidad especial, pero será necesario que la autoridad funde y motive el procedimiento utilizado para determinar la actualización y los accesorios que se causen durante la aplicación de dicho procedimiento. Ley de ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio Fiscal del
año 2016.
Artículo 23.- Para el ejercicio fiscal del año 2016, el importe anual a pagar por los contribuyentes del Impuesto Predial, no podrá exceder del 20% de incremento respecto al monto que se debió pagar en el ejercicio fiscal del año 2015, conforme a las disposiciones legales aplicables. Para determinar el porcentaje de incremento aludido en el párrafo anterior, será en base al impuesto que le correspondía pagar en el ejercicio inmediato anterior, sin considerar la aplicación de algún subsidio, descuento o beneficio fiscal. Se exceptúan los casos en que se observe alguna modificación de la superficie de terreno y/o construcción, así como de la tipología de construcción, conforme a lo manifestado por el contribuyente o verificado por la autoridad.
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VII.- PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se acuerda denegar el Dictamen de la solicitud de autorización de la petición del Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo 2016-2018, consistente en la cancelación de los requerimientos de pago del impuesto predial para evitar que no surtan efecto legal alguno en contra de los propietarios y no sean actualizados y en consecuencia elevados los valores catastrales de los predios de esta colonia, a iniciativa del Lic. Manuel de la Vega Suarez, Tesorero Municipal. SEGUNDO. Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio del área correspondiente el Dictamen denegado de la de la solicitud de autorización de la petición del Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo 2016-2018, para su registro y seguimiento. TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique al Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo, y a la Tesorería Municipal el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
PRIMERO.- Se acuerda denegar el Dictamen de la solicitud de autorización de la
petición del Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo 2016-2018,
consistente en la cancelación de los requerimientos de pago del impuesto predial
para evitar que no surtan efecto legal alguno en contra de los propietarios y no
sean actualizados y en consecuencia elevados los valores catastrales de los
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predios de esta colonia, a iniciativa del Lic. Manuel de la Vega Suarez, Tesorero
Municipal.
SEGUNDO.- Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por
medio del área correspondiente el Dictamen denegado de la de la solicitud de
autorización de la petición del Consejo de Participación Ciudadana de México
Nuevo 2016-2018, para su registro y seguimiento.
TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se
notifique al Consejo de Participación Ciudadana de México Nuevo, y a la
Tesorería Municipal el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su
cumplimiento.
CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los
asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Párroco Honorio Santana García, para que se autorice el donativo en especie por la cantidad de 50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la impermeabilización de techo, pintura exterior, pintura interior y remodelación del altar de la Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de la colonia Cerro Grande, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México. (Expediente SHA/162/CABILDO/2016).
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H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA
COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA DICTAMEN
Expediente: SHA/162/CABILDO/2016
Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el Párroco Honorio Santana García, para que se autorice el donativo en especie por la cantidad de 50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la impermeabilización de techo, pintura exterior, pintura interior y remodelación del altar de la Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de la colonia Cerro Grande, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México; lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI, 52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/162/CABILDO/2016 II.- El día veinticinco de octubre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/162/CABILDO/2016. III. El. Lic. Francisco Espinosa de los Monteros Álvarez del Castillo, Secretario del H. Ayuntamiento turnó la solicitud presentada por el Párroco Honorio Santana García, para que se autorice el donativo en especie por la cantidad de 50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la impermeabilización de techo, pintura exterior, pintura interior y remodelación del altar de la Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de la colonia Cerro Grande, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar. 1.- Con fecha veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número S.H.A/TUR./COM./162/2016 emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto cinco punto dos, de la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día veintiuno de Octubre del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud realizada por el Párroco Honorio Santana García, para que se autorice el donativo en especie por la cantidad de 50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la impermeabilización de techo, pintura exterior, pintura interior y remodelación del altar de la Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de la colonia Cerro Grande, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México. 2.- Con fecha 08 de noviembre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1311/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la
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Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1312/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1313/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1314/2016, a la Décima Sexta Sesión de trabajo efectuada el día viernes 11 de noviembre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 11 noviembre del dos mil dieciséis, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del expediente SHA/162/CABILDO/2016.
V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en el sentido propuesto:
A).-La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar
los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero
del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:
• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA
SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE
• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL
• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR Y VOCAL
• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL C).- A dicho oficio se adjunta la siguiente documentación en copia simple, que obra en el presente expediente: 1.- Solicitud presentada por el Párroco Honorio Santana García, para que se autorice el donativo en especie por la cantidad de 50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la impermeabilización de techo, pintura exterior, pintura interior y remodelación del altar de la Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de la colonia Cerro Grande, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México. 2.- Una vez analizados los documentos que constan en el expediente, se declara improcedente la solicitud presentada por el Párroco Honorio Santana García, para que se autorice el donativo en especie por la cantidad de 50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100
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m.n.), para la impermeabilización de techo, pintura exterior, pintura interior y remodelación del altar de la Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de la colonia Cerro Grande, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México; debido a que no se cuenta con la partida y suficiencia presupuestal como lo establece la propia ley; sin embargo esta Comisión considera que la instancia correcta para atender estas solicitudes es la Dirección de Infraestructura y Obras Públicas, por medio de la Secretaría del H. Ayuntamiento y/o la Secretaría Técnica de la Presidencia Municipal. Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales: a).- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, estando facultados los Ayuntamientos, para emitir normas acordes a las necesidades de la Administración Pública Municipal, que tengan por objeto optimizar la prestación del servicio público en beneficio de los gobernados. b).- En términos de los Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades Fiscalizables del Estado de México: Artículo 97 inciso d) : Los comprobantes originales relativos al otorgamiento de donativos deberán cumplir con los requisitos fiscales que marcan los artículos 29, 29-A y 29-B del Código Fiscal de la Federación.
c).- De conformidad en lo previsto en los artículos 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los Ayuntamientos de los Municipios tienen las atribuciones que establecen la Constitución Federal, la Local y demás disposiciones legales aplicables, facultándolos para generar normas relativas al régimen de gobierno y administración del Municipio. c).- En términos del Código Financiero del Estado de México y Municipios:
Artículo 305.- El presupuesto de egresos se ejercerá de acuerdo con lo que determine el Decreto de Presupuesto de Egresos y demás disposiciones que establezca la Secretaría y la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias. El egreso podrá efectuarse cuando exista partida específica de gasto en el presupuesto de egresos autorizado y saldo suficiente para cubrirlo y no podrán cubrir acciones o gastos fuera de los programas a los que correspondan por su propia naturaleza.
VII.- PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- Se acuerda denegar la solicitud presentada por el Párroco Honorio Santana García, para que se autorice el donativo en especie por la cantidad de 50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la impermeabilización de techo, pintura exterior, pintura interior y remodelación del altar de la Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de la colonia Cerro Grande, Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México; en términos de lo que establece el contenido del presente dictamen así como lo que
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establece el Artículo 97. Inciso d) de los Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México. SEGUNDO.- Esta Comisión considera que la instancia correcta para atender estas solicitudes es la Dirección de Infraestructura y Obras Públicas, por medio de la Secretaría del H. Ayuntamiento y/o la Secretaría Técnica de la Presidencia Municipal; por lo que se le instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a canalizar esta información a las áreas correspondientes. TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que notifique al Párroco Honorio Santana García el contenido del presente acuerdo. CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Se acuerda denegar la solicitud presentada por el Párroco Honorio
Santana García, para que se autorice el donativo en especie por la cantidad de
50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.), para la impermeabilización de techo,
pintura exterior, pintura interior y remodelación del altar de la Parroquia de Nuestra
Señora de Guadalupe de la colonia Cerro Grande, Municipio de Atizapán de
Zaragoza, Estado de México; en términos de lo que establece el contenido del
presente dictamen así como lo que establece el Artículo 97. Inciso d) de los
Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades
Fiscalizables Municipales del Estado de México.
SEGUNDO.- Esta Comisión considera que la instancia correcta para atender estas
solicitudes es la Dirección de Infraestructura y Obras Públicas, por medio de la
Secretaría del H. Ayuntamiento y/o la Secretaría Técnica de la Presidencia
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Municipal; por lo que se le instruye al Secretario del H. Ayuntamiento a canalizar
esta información a las áreas correspondientes.
TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que
notifique al Párroco Honorio Santana García el contenido del presente acuerdo.
CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud
presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, para que se emita acuerdo favorable respecto a la certificación de la subdivisión (liberación) del lote 07, manzana 128, Zona 01 del Ex
Ejido Santiago Tepalcapa III. (Expediente SHA/153/CABILDO/2016).
DICTAMEN
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA, SIENDO LAS 12:00 HORAS DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL 2016,
REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SINDICATURA MUNICIPAL DEL
AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL
PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO
PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR
Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA;
135
LIC. FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA, SEXTO REGIDOR Y SECRETARIO DE
LA COMISIÓN; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA
COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA
COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y
VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA
COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL
ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/153/CABILDO/2016 DE
CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/153/2016, recibido el 10 de octubre del 2016, el
Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente
SHA/153/CABILDO/2016 para su estudio y análisis.
II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/2821/2016 de
fecha 19 de septiembre del año en curso signado por el Director de Desarrollo Urbano, a
efecto de que emita acuerdo favorable respecto a la certificación de la subdivisión
(liberación) del lote 07, manzana 128, zona 01 del ex ejido Santiago Tepalcapa III, así
como la certificación y regularización de las vías públicas existentes y su
incorporación al casco urbano. (Expediente SHA/153/CABILDO/2016)
III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio de solicitud por parte de la comisión para la regularización de la tenencia de
la tierra (CORETT) con número de folio 1.8.15.1/1113/2016 de fecha 15 de agosto del
2016.
B) Propuesta de plano de relotificación.
C) Dictamen de riesgo con número de folio DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/1447/2016 de
fecha 8 de Junio del 2016.
D) Sección del plano VM-DT-1705, emitido por la CONAGUA en mayo del 2013.
136
E) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha, del que se desprende que el uso de
suelo que le corresponde es H.200.B (habitacional de densidad media con comercio de
productos y servicios básicos hasta 30.00 m2).
F) Sección del plano de lotificación autorizado por el Gobierno del Estado de México.
V.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión
Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación de la
Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), en el Estado de
México, verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la
conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las
autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de
Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra
Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento
el día 16 de noviembre del año 2016, encontrando que se trata de un predio totalmente
consolidado.
VI.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto
derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de
gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división
territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las
bases siguientes:
Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los
términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y
vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra
urbana.
Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en
su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y
administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el
137
control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales;
intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y
permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y
coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas.
Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código
Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus
atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos
humanos incorporación al desarrollo urbano.
VII.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo
Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 25 de noviembre del 2016, a fin de
que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y
comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente,
la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la
certificación de la subdivisión (liberación) del lote 07, manzana 128, zona 01 del ex
ejido Santiago Tepalcapa III, así como la certificación y regularización de las vías
públicas existentes y su incorporación al casco urbano. (Expediente
SHA/153/CABILDO/2016).
EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- SE ACUERDA AUTORIZAR LA CERTIFICACIÓN DE LA SUBDIVISIÓN
(LIBERACIÓN) DEL LOTE 07, MANZANA 128, ZONA 01 DEL EX EJIDO SANTIAGO
TEPALCAPA III, ASÍ COMO LA CERTIFICACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE LAS VÍAS
PÚBLICAS EXISTENTES Y SU INCORPORACIÓN AL CASCO URBANO.
SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE
A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y A LA COMISIÓN PARA LA
138
REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT), LA AUTORIZACIÓN
DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO
DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DE LA COMISIÓN PARA
LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT) EN EL ESTADO
DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE
LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H.
AYUNTAMIENTO Y EL DIRECTOR DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN
POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS
TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- SE ACUERDA AUTORIZAR LA CERTIFICACIÓN DE LA
SUBDIVISIÓN (LIBERACIÓN) DEL LOTE 07, MANZANA 128, ZONA 01 DEL EX
EJIDO SANTIAGO TEPALCAPA III, ASÍ COMO LA CERTIFICACIÓN Y
REGULARIZACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES Y SU
INCORPORACIÓN AL CASCO URBANO.
SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO,
NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y A LA
COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA
(CORETT), LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS
EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
139
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A
EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DE LA
COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA
(CORETT) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE
REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y EL
DIRECTOR DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE
FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE
ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra
Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, para que se emita acuerdo favorable respecto a la certificación
de la subdivisión (liberación) del lote 07, manzana 06, Zona 05 del Ex Ejido Atizapán III. (Expediente SHA/154/CABILDO/2016).
DICTAMEN
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
140
EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA, SIENDO LAS 12:00 HORAS DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL 2016,
REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SINDICATURA MUNICIPAL DEL
AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL
PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO
PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR
Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA;
LIC. FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA, SEXTO REGIDOR Y SECRETARIO DE
LA COMISIÓN; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA
COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA
COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y
VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA
COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL
ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/154/CABILDO/2016 DE
CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/154/2016, recibido el 10 de octubre del 2016, el
Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente
SHA/154/CABILDO/2016 para su estudio y análisis.
II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/2823/2016 de
fecha 19 de septiembre del año en curso signado por el Director de Desarrollo Urbano, a
efecto de que emita acuerdo favorable respecto a la certificación de la subdivisión
(liberación) del lote 07, manzana 06,zona 05 del ex ejido Atizapán III. (Expediente
SHA/154/CABILDO/2016)
III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio de solicitud por parte de la comisión para la regularización de la tenencia de
la tierra (CORETT) con número de folio 1.8.15.1/1121/2016 de fecha 15 de agosto
del 2016.
141
B) Propuesta de plano de relotificación.
C) Dictamen de riesgo con número de folio DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/1803/2016 de
fecha 5 de Julio del 2016.
D) Oficio DDU/STT/2640/2016, de fecha 26 de agosto de 2016, dirigido a la
Secretaria del Ayuntamiento.
E) Sección del plano VM-GT-973 (1/3), emitido por la CONAGUA en agosto del 2006.
F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha, del que se desprende que el uso de
suelo que le corresponde es H.100.B (habitacional de alta densidad con comercio de
productos y servicios básicos hasta 30.00 m2).
G) Sección del plano de lotificación autorizado por el Gobierno del Estado de México.
V.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión
Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación de la
Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), en el Estado de
México, verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la
conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las
autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de
Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra
Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento
el día 16 de noviembre del año 2016, encontrando que se trata de un predio totalmente
consolidado.
VI.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto
derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de
gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división
142
territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las
bases siguientes:
Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los
términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y
vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra
urbana.
Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en
su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y
administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el
control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales;
intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y
permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y
coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas.
Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código
Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus
atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos
humanos incorporación al desarrollo urbano.
VII.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo
Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 25 de noviembre del 2016, a fin de
que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y
comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente,
la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la
certificación de la subdivisión (liberación) del lote 07, manzana 06,zona 05 del ex
ejido Atizapán III. (Expediente SHA/154/CABILDO/2016)).
EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
143
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE SOBRE LA CERTIFICACIÓN DE LA
SUBDIVISIÓN (LIBERACIÓN) DEL LOTE 07, MANZANA 06, ZONA 05 DEL EX EJIDO
ATIZAPÁN III.
SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE
A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y A LA COMISIÓN PARA LA
REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT), LA AUTORIZACIÓN
DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO
DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DE LA COMISIÓN PARA
LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT) EN EL ESTADO
DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE
LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H.
AYUNTAMIENTO Y EL DIRECTOR DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN
POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS
TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
144
PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE SOBRE LA CERTIFICACIÓN DE
LA SUBDIVISIÓN (LIBERACIÓN) DEL LOTE 07, MANZANA 06, ZONA 05 DEL
EX EJIDO ATIZAPÁN III.
SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO,
NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y A LA
COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA
(CORETT), LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS
EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A
EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DE LA
COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA
(CORETT) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE
REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y EL
DIRECTOR DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE
FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE
ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
145
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra
Pública, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, para que se emita acuerdo favorable respecto de la fusión del
lote 03 de la manzana 11, zona 02, Ex Ejido Atizapán II, con lote 03 de la manzana E.A. 11, de la zona 01 del Ex Ejido Atizapán IV, de la cual
resulta el lote 03 de la manzana E.A. 11, zona 01 del Ex Ejido Atizapán IV. (Expediente SHA/155/CABILDO/2016).
DICTAMEN
COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA
EN LA CIUDAD LÓPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA, SIENDO LAS 12:00 HORAS DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL 2016,
REUNIDOS EN LA SALA DE JUNTAS DE LA SINDICATURA MUNICIPAL DEL
AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EN EL
PALACIO MUNICIPAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO, ESTANDO
PRESENTES LOS CC. LIC. CARLOS ALBERTO RAYO SANCHEZ, NOVENO REGIDOR
Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA;
LIC. FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA, SEXTO REGIDOR Y SECRETARIO DE
LA COMISIÓN; C. ELIA BRICEÑO MENDOZA, SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL DE LA
COMISIÓN; C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ, CUARTO REGIDOR Y VOCAL DE LA
COMISIÓN; LIC. ANTONIO PACHECO VILLEDA, DECIMO PRIMER REGIDOR Y
VOCAL DE LA COMISIÓN; SE PROCEDIÓ A DAR INICIO A LA SESIÓN DE LA
COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA, PARA LLEVAR A CABO EL
ANALISIS Y DICTAMINACIÓN DEL EXPEDIENTE SHA/155/CABILDO/2016 DE
CONFORMIDAD CON LAS CONSIDERACIONES SIGUIENTES
CONSIDERANDO
I.- Mediante Oficio S.H.A./TUR/COM/155/2016, recibido el 10 de octubre del 2016, el
Secretario del Ayuntamiento hace llegar a esta comisión el expediente
SHA/155/CABILDO/2016 para su estudio y análisis.
146
II.- En el oficio antes señalado se acompañó copia del oficio DDU/STT/2859/2016 de
fecha 19 de septiembre del año en curso signado por el Director de Desarrollo Urbano, a
efecto de que emita acuerdo favorable respecto a la fusión del lote 03 de la manzana
11, zona 02 del ex ejido Atizapán II, con el lote 03 de la manzana E.A.11, zona 01 del
ex ejido Atizapán IV de la cual resulta el lote 03 de la manzana E.A.11, zona 01 del
ex ejido Atizapán IV, así como el reconocimiento, certificación de la vías públicas
existentes y su incorporación al casco urbano. (Expediente
SHA/155/CABILDO/2016)
III.- A ese expediente se anexó la siguiente documentación:
A) Oficio de solicitud por parte de la comisión para la regularización de la tenencia de
la tierra (CORETT) con número de folio 1.8.15.1/488/2014 de fecha 1 de abril del
2014.
B) Propuesta de plano de relotificación.
C) Dictamen de riesgo con número de folio DPCYB/SPC/CRNYA/GIR/1448/2016 de
fecha 8 de Junio del 2016.
D) Oficio DDU/STT/284/2016, de fecha 9 de febrero de 2016, dirigido a la Secretaria
del Ayuntamiento.
E) Oficio SHA/333/2015, de fecha 6 de febrero de 2016 de la Secretaría del
Ayuntamiento, en el cual informa que los predios objeto del presente dictamen no se
encuentran en el catálogo de Inmuebles propiedad del H. Ayuntamiento.
F) Sección del plano E-2 de Estructura Urbana y Usos de Suelo, integrante del Plan
Municipal de Desarrollo Urbano vigente a la fecha, del que se desprende que el uso de
suelo que le corresponde es H.200.B (habitacional de media densidad con comercio de
productos y servicios básicos hasta 30.00 m2).
G) Sección del plano de lotificación autorizado por el Gobierno del Estado de México.
147
V.- De la documentación que obra en el expediente que fuera turnado a la Comisión
Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra Pública se desprende que la delegación de la
Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), en el Estado de
México, verificó en su oportunidad las modificaciones antes mencionadas, llegando a la
conclusión de que resulta procedente consolidar dicho trámite, promoviendo las
autorizaciones administrativas necesarias con relación a dicha petición, la Dirección de
Desarrollo Urbano y los integrantes de la Comisión Edilicia de Desarrollo Urbano y Obra
Pública, previa convocatoria, llevaron a cabo la visita correspondiente al lote en comento
el día 16 de noviembre de 2016, encontrando que se trata de un predio totalmente
consolidado.
VI.- El Ayuntamiento cuenta con las facultades para conocer y resolver el presente asunto
derivado de los artículos artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, establece que los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de
gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división
territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre conforme a las
bases siguientes:
Los incisos d) y e) de la fracción V del artículo en cita disponen que los municipios, en los
términos de las leyes federales y estatales, estarán facultados para autorizar, controlar y
vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales, así como para intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra
urbana.
Asimismo, el artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, previene en
su fracción XXIV que es atribución del Ayuntamiento participar en la creación y
administración de sus reservas territoriales y ecológicas; convenir con otras autoridades el
control y vigilancia sobre la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales;
intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y
permisos para construcciones privadas; planificar y regular de manera conjunta y
coordinada el desarrollo de las localidades conurbadas.
148
Finalmente, el artículo 5.10 en sus fracciones XVII Y XVIII del Libro Quinto Del Código
Administrativo del Estado de México, establece que los municipios tendrán entre sus
atribuciones, las de establecer medidas y ejecutar acciones para evitar asentamientos
humanos incorporación al desarrollo urbano.
VII.- Que previa convocatoria, quienes integramos la Comisión Edilicia de Desarrollo
Urbano y Obra Pública, nos reunimos en pleno el día 25 de noviembre del 2016, a fin de
que en el ámbito de sus atribuciones, cada integrante expusieran sus sugerencias y
comentarios al respecto, y una vez hecha la revisión, análisis y estudio correspondiente,
la Comisión consideró procedente autorizar se emita acuerdo favorable respecto a la
fusión del lote 03 de la manzana 11, zona 02 del ex ejido Atizapán II, con el lote 03
de la manzana E.A.11, zona 01 del ex ejido Atizapán IV de la cual resulta el lote 03
de la manzana E.A.11, zona 01 del ex ejido Atizapán IV, así como el reconocimiento,
certificación de las vías públicas existentes y su incorporación al casco urbano
(Expediente SHA/155/CABILDO/2016.
EN ATENCIÓN A LO ANTERIOR LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA DETERMINA LOS SIGUIENTES:
PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE RESPECTO A LA FUSIÓN DEL LOTE
03 DE LA MANZANA 11, ZONA 02 DEL EX EJIDO ATIZAPÁN II, CON EL LOTE 03 DE
LA MANZANA E.A.11, ZONA 01 DEL EX EJIDO ATIZAPÁN IV DE LA CUAL RESULTA
EL LOTE 03 DE LA MANZANA E.A.11, ZONA 01 DEL EX EJIDO ATIZAPÁN IV, ASÍ
COMO EL RECONOCIMIENTO, CERTIFICACIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS
EXISTENTES Y SU INCORPORACIÓN AL CASCO URBANO.
SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO, NOTIFÍQUESE
A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y A LA COMISIÓN PARA LA
REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT), LA AUTORIZACIÓN
DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
149
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A EFECTO
DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DE LA COMISIÓN PARA
LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA (CORETT) EN EL ESTADO
DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE
LA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H.
AYUNTAMIENTO Y EL DIRECTOR DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN
POSIBILIDAD DE FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE ASUNTOS
TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA PÚBLICA.
Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- SE EMITE ACUERDO FAVORABLE RESPECTO A LA FUSIÓN DEL
LOTE 03 DE LA MANZANA 11, ZONA 02 DEL EX EJIDO ATIZAPÁN II, CON EL
LOTE 03 DE LA MANZANA E.A.11, ZONA 01 DEL EX EJIDO ATIZAPÁN IV DE
LA CUAL RESULTA EL LOTE 03 DE LA MANZANA E.A.11, ZONA 01 DEL EX
EJIDO ATIZAPÁN IV, ASÍ COMO EL RECONOCIMIENTO, CERTIFICACIÓN DE
LAS VÍAS PÚBLICAS EXISTENTES Y SU INCORPORACIÓN AL CASCO
URBANO.
SEGUNDO.- A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO,
NOTIFÍQUESE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y A LA
COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA
(CORETT), LA AUTORIZACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA LOS
EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
150
TERCERO.- INSTRÚYASE A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO, A
EFECTO DE QUE SOLICITE POR ESCRITO AL DELEGADO FEDERAL DE LA
COMISIÓN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA
(CORETT) EN EL ESTADO DE MÉXICO, EL PLANO OFICIAL DEL LOTE
REFERIDO, CON LA FINALIDAD DE QUE LA PRESIDENTA MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL, EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y EL
DIRECTOR DESARROLLO URBANO, SE ENCUENTREN EN POSIBILIDAD DE
FIRMAR EL MISMO.
CUARTO.- DESCÁRGUESE EL PRESENTE DICTAMEN DE LA LISTA DE
ASUNTOS TURNADOS A LA COMISIÓN EDILICIA DE DESARROLLO URBANO
Y OBRA PÚBLICA.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Protección Civil, relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C.
Carlos Manuel Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil y Bomberos, para que se apruebe el Atlas Municipal de Riesgos.
(Expediente SHA/193/CABILDO/2016).
H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA
COMISIÓN EDILICIA DE PROTECCIÓN CIVIL
DICTAMEN
Expediente: SHA/193/CABILDO/2016
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Relativo al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el C. Carlos
Manuel Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil Y Bomberos, para que se
apruebe el Atlas Municipal de Riesgos,lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los
Artículos 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122
y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31
Fracción XXI Quátery XLVI,64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso a) de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de México; 1, 5, 55, 57,58, y 73 del Reglamento de Cabildo del H.
Ayuntamiento, al tenor del siguiente Orden:
I.- Número de Expediente: SHA/193/CABILDO/2016
II.- El día 28 de noviembre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia
de Protección Civil el expediente SHA/193/CABILDO/2016
III.-El C. Carlos Manuel Rodríguez Delgado,Director de Protección Civil y
Bomberos, presento la solicitud para que se apruebe el Atlas Municipal de Riesgos.
IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio
al dictaminar:
1.- Con fecha 24 de noviembre del año dos mil dieciséis por medio del oficio
número S.H.A./TUR./COM./193/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue
turnado a la Comisión Edilicia de Protección Civil a efecto de dar cumplimiento a lo
acordado en el punto seis punto doce, de la TrigésimaSéptima Sesión Ordinaria de
Cabildo celebrada el día 24 de noviembre del año en curso, para su estudio, análisis y
dictaminación de la solicitud realizada por el C. Carlos Manuel Rodríguez Delgado,
Director de Protección Civil y Bomberos, para que se autorice el Atlas Municipal de
Riesgos.
2.- Con fecha 28 de noviembre del año dos mil dieciséis el C. David Ávalos
González, en su carácter de Secretario de la Comisión Edilicia de Protección Civil
convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Ana María Balderas Trejo,
Presidenta Municipal Constitucional y Presidenta de la Comisión Edilicia de Protección
Civil, mediante oficio 4REG//595/2016; C. Elia Briseño Mendoza, Séptima Regidora y
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Vocal de la Comisión Edilicia de Protección Civil, con número de oficio4REG//595/2016;
C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de
Protección Civil, con oficio 4REG//595/2016; C. Francisco Rodolfo Solorza Luna, Sexto
Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Protección Civil, con oficio 4REG//595/2016; a
la primera sesión de trabajo efectuada el día miércoles 30 de noviembre del dos mil
dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y
cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.
3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Protección Civil nos reunimos en
pleno el día 30 de noviembre del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y
dictaminación del expediente SHA/193/CABILDO/2016, en donde se planteó a los
integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada edil expuso sus comentarios y
puntos de vista.
V.-Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en
el sentido propuesto:
A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las
propuestas que se formulen, en cuanto al Atlas de Riesgos Municipal.
B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero
del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de
Protección Civil con los siguientes integrantes:
• C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL COSNTITUCIONAL Y PRESIDENTA
• C. DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ
CUARTO REGIDORY SECRETARIO
• C. ELIA BIRSEÑO MENDOZA
SÉPTIMA REGIDORA Y VOCAL
• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ
QUINTA REGIDORAY VOCAL
153
• FRANCISCO RODOLGO SOLORZA LUNA
SEXTO REGIDORY VOCAL
C).- La Comisión Edilicia deProtección Civil tiene dentro de sus atribuciones el
elaborar los dictámenes relacionados con el Atlas de Riesgos, ya que es una herramienta
que integra información cartográfica y estadística, útil en la elaboración de planes de
prevención y auxilio, oportuna toma de decisiones en caso de desastre, así como auxiliar
en la integración de otro tipo de trabajos, encaminados al desarrollo municipal,
procuración de justicia y seguridad pública.
D).- Que mediante oficio DPCYB/SPC/CJ/3550/2016, el C. Carlos Manuel
Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil solicitó al Secretario del Ayuntamiento
que se turnara el asunto a la Comisión Edilicia de Protección Civil, para que se autorice
un Dictamen sobre el Atlas Municipal de Riesgos, mismo que se agrega como anexo en
un C’D al presente dictamen para proceder a su autorización.
Sustentándose este dictamen en los siguientes:
VI.- Fundamentos Legales:
CÓDIGO ADMINISTRATIVO
Artículo 6.14.- Los ayuntamientos determinarán la estructura y funcionamiento de
sus respectivos sistemas y consejos municipales.
Los ayuntamientos promoverán la creación, desarrollo y actualización permanente,
de los atlasmunicipales de riesgos; debiendo difundirlos cuando menos tres veces al año;
dichos instrumentos deberán ser tomados por las autoridades competentes como base en
la definición de los usos de suelo que produzcan un impacto regional, así como para la
autorización y construcción de obras de infraestructura o asentamientos humanos.
La información sobre las regiones o zonas geográficas vulnerables a los efectos
adversos del cambio climático deberá ser considerada por los ayuntamientos en la
elaboración de los planes de desarrollo urbano y reglamentos de construcción.
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Artículo 5.2.- En el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el
desarrollo urbano de los centros de población, se deberán observar los principios
siguientes:
I. El ordenamiento territorial de los asentamientos humanos atenderá:
g) La información sobre las regiones o zonas geográficas vulnerables a los efectos
adversos del cambio climático contenida en los Atlas de Riesgos del Estado de México y
en los Atlas municipales de riesgos.
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
Artículo 81 TER.- Cada Ayuntamiento constituirá un consejo municipal de
protección civil que encabezará el presidente municipal, con funciones de órgano de
consulta y participación de los sectores público, social y privado para la prevención y
adopción de acuerdos, ejecución de acciones y en general, de todas las actividades
necesarias para la atención inmediata y eficaz de los asuntos relacionados con
situaciones de emergencia, desastre, o calamidad pública que afecten a la población.
Son atribuciones de los Consejos Municipales de Protección Civil:
I. Identificar en un Atlas de Riesgos Municipal, que deberá actualizarse permanentemente
y publicarse en la Gaceta Municipal durante el primer año de gestión de cada
ayuntamiento, sitios que por sus características específicas puedan ser escenarios
desituaciones de emergencia, desastre o calamidad públicas;
II. Formular, en coordinación con las autoridades estatales de la materia, planes
operativos para fomentar la cultura de la prevención, detección de riesgos, auxilio,
protección a la población, restablecimiento a la normalidad y conocimientos básicos que
permitan el aprendizaje de medidas de autoprotección y de auxilio, con la oportunidad y
eficacia debidas.
III. Definir y poner en práctica los instrumentos de concertación que se requieran entre los
sectores del municipio, con otros municipios y el Gobierno del Estado, con la finalidad de
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coordinar acciones y recursos para la mejor ejecución de los programas y planes
operativos.
IV. Coordinar sus acciones con los sistemas nacional y estatal de protección civil;
V. Crear y establecer los órganos y mecanismos que promuevan y aseguren la
participación de la comunidad municipal, las decisiones y acciones del Consejo,
especialmente a través de la formación del Voluntariado de Protección Civil;
VI. Operar, sobre la base de las dependencias municipales, las agrupaciones sociales y
voluntariado participantes, un sistema municipal en materia de prevención, información,
capacitación, auxilio y protección civil en favor de la población del municipio.
VII.- PUNTOS DE ACUERDO
PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de la solicitud presentada por el
C. Carlos Manuel Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil y Bomberos, para que
se autorice el Atlas Municipal de Riesgos, mismo que se incorpora al presente dictamen
en un C´D.
SEGUNDO.- Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio
del área correspondiente el Dictamen autorizado del Atlas Municipal de Riesgos, para su
registro y seguimiento.
TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique la
C. Carlos Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil y Bomberos, el contenido del
presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento.
CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los asuntos
pendientes de la Comisión Edilicia de Protección Civil.
Aprobado por unanimidad de votos a favor.
156
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de la solicitud presentada
por el C. Carlos Manuel Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil y
Bomberos, para que se autorice el Atlas Municipal de Riesgos, mismo que se
incorpora al presente dictamen en un C´D.
SEGUNDO. Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por
medio del área correspondiente el Dictamen autorizado del Atlas Municipal de
Riesgos, para su registro y seguimiento.
TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se
notifique la C. Carlos Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil y Bomberos,
el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento.
CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.
QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé baja de los
asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Protección Civil.
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO
PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
157
ASUNTOS GENERALES.
Aprobado por mayoría de votos a favor.
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Patrimonio, para estudio,
análisis y dictaminación, la solicitud para que se autorice la desincorporación
del predio ubicado en la Calle Privada Edward Ellen B, manzana 1, lote de
donación de la Colonia México Nuevo en este Municipio, con la clave catastral
1000131118000000 a su solicitud de Lic. Manuel de la Vega Suárez, Tesorero
Municipal (Expediente SHA/197/CABILDO/2016).
C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
RÚBRICA
LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA
158
INTEGRANTES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA 2016-2018 C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL C. BÁRBARA IVETTE RODRÍGUEZ TIJERINA PRIMER REGIDOR C. P. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR C. ROSALBA NAVARRETE CERÓN TERCER REGIDOR C. DAVID AVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTO REGIDOR C. FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA SEXTO REGIDOR C. ELIA BRICEÑO MENDOZA SÉPTIMO REGIDOR C. MARÍA LUISA GUDIÑO AGUILAR OCTAVO REGIDOR C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR C. MARÍA ELVIRA REYES SANTILLÁN DÉCIMO REGIDOR C. ANTONIO PACHECO VILLEDA DÉCIMO PRIMER REGIDOR C. FERNANDO DANEL VILLARREAL DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR C. JORGE LUIS PORTILLO SALGADO DÉCIMO TERCER REGIDOR