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Guía para la ejecución, monitoreo, seguimiento y control a los recursos del Sistema General de Par9cipaciones
Dirección General de Apoyo FiscalOctubre 2013
Ministerio de Hacienda y Crédito Públicowww.minhacienda.gov.co
Ministro de Hacienda y Crédito PúblicoMauricio Cárdenas Santamaría
Viceministra GeneralCarolina Soto Losada
Viceministro TécnicoAndrés Restrepo Montoya
Secretaria GeneralClaudia Isabel González Sánchez
Directora General de Apoyo FiscalAna Lucía Villa Arcila
Subdirector de Fortalecimiento Ins@tucional TerritorialLuis Fernando Villota Quiñones
Subdirector de Apoyo al Saneamiento Fiscal TerritorialNéstor Mario Urrea Duque
Coordinación Grupo Estrategia 028Fernando Olivera Villanueva
Par@ciparon en la elaboración de este documentoAna Isabel Aguilar RugelesMiller Ehrhardt ArzuzaRichard Valery Jaimes BonillaJairo Mauricio Mendoza Cadena
Edición y DiagramaciónCarlos Andrés Mendoza Ávila
ColaboraronJuan Camilo Murillo RamírezHerman Javier Ocampo Salgado
4 Presentación Dirección General de Apoyo Fiscal 5
Nuestro objetivo con esta Cartilla es que el Lector
se acerque al Sistema General de Participaciones,
importante fuente de financiación de los servicios
públicos que prestan los Departamentos y
Municipios de Colombia, explicando la estrategia
desarrollada por el Gobierno Nacional para
garantizar el correcto uso de los recursos que lo
componen.
Para dar una idea de la importancia y magnitud de
los recursos del Sistema, se comienza presentando
los sectores de inversión a los cuales van dirigidos
y la evolución de su monto desde el año 2002.
Luego, se explica el funcionamiento de dichos
sectores de inversión (Educación, Salud, Agua
Potable y Saneamiento Básico y aquellos
denominados Propósito General); se hace una
presentación de los actores que participan en su
prestación, se explica la distribución de sus
competencias y se identifican fuentes de
financiación diferentes al Sistema.
Finalmente, se presenta la Estrategia de monitoreo,
seguimiento y control con un recorrido por cada
una de sus actividades y se exponen los aspectos
institucionales y administrativos en los que se
centran las labores de fortalecimiento que
promueve la Dirección General de Apoyo Fiscal del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Presentación
Estructura de contenido
Tema 1Sistema General de Participaciones
Descripción del Sistema, distribución y crecimiento
Tema 2Distribución sectorial
Descripción de los sectores, particularidades, funcionamiento, actores y competencias
Tema 3Recursos del Sistema General de Participaciones
Ejecución, monitoreo, seguimiento y control a los recursos
Guía para la ejecución, monitoreo, seguimiento y control a los recursos del Sistema General de Par<cipaciones
Descripción
Sistema General de Participaciones
Tema 1
Acto Legislativo 04 de 2007Distribución
10 Sistema General de Participaciones Dirección General de Apoyo Fiscal 11
Sistema General de Participaciones
Para asumir las responsabilidades asignadas a las
entidades territoriales, estas cuentan con diversas
fuentes de ingresos, como los recursos propios
procedentes del recaudo de impuestos,
contribuciones, tasas y multas; de los recursos
propios procedentes del Sistema General de
Participaciones – SGP; de los recursos de
cofinanciación; de las Regalías; de los Recursos del
Crédito; de los Excedentes Financieros y de la venta
de activos. En esta Cartilla vamos a referirnos
específicamente a los recursos procedentes del
Sistema General de Participaciones – SGP.
12 Sistema General de Participaciones Dirección General de Apoyo Fiscal 13
Sistema General de
Participaciones
El Sistema General de Participaciones integra los recursos que el Gobierno Nacional transfiere a las entidades territoriales en cumplimiento de los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, reformados por los Actos Legislativos 01 de 2001 y 04 de 2007.
Estos recursos provienen de los Ingresos Corrientes de la Nación y se ejecutan en el Presupuesto General de la Nación como Gasto de Funcionamiento a través del rubro Transferencias Corrientes. Son incorporados en los presupuestos de los Departamentos, Distritos y Municipios como Ingresos no Tributarios y se destinan a nivel territorial para financiar:
Asignaciones Especiales
4%
Resguardos Indígenas
0,52%
Municipios Ribereños
0,08%
Alimentación Escolar
0,5%
FONPET
2,9%
Educación
58,5%
Salud
24,5%
Agua Potable y Saneamiento Básico
5,4%
Propósito General
11,6%
Puntos Adicionales
Primera
Infancia
Los recursos del Sistema General de Participaciones se asignan para financiar los servicios a cargo de las entidades territoriales en Educación, Salud, Agua Potable y Saneamiento Básico y para otros sectores denominados de Propósito General , definidos actualmente en el Artículo 76 de la Ley 715 de 2001 y en la Ley 1176 de 2007.
Así mismo para financiar las llamadas Asignaciones Especiales (Alimentación Escolar; Resguardos Indígenas; Municipios Ribereños del Río Grande de la Magdalena y la provisión del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales - FONPET). Adicionalmente, si el crecimiento de la economía supera el 4% anual se asignan recursos para la Atención Integral a la Primera Infancia.
proyectos de
inversión
el servicio de la deuda en los
casos que la Ley lo permite
Gastos de Funcionamiento de los municipios de categoría 4ª, 5ª y 6ª con el 42% de la asignación total para el sector Propósito General
Descripción Distribución
Distribución sectorial
96%
14 Sistema General de Participaciones Dirección General de Apoyo Fiscal 15
0
7,5
15
22,5
30
11,712,7
13,814,8
15,917,2
19,2
21,5
23
24,4
26,4
27,7
2002 2003 2004 2005 20062007
20082009
20102011
20122013
Para garantizar recursos crecientes a nivel territorial, el Acto
Legislativo 04 de 2007 estableció las reglas para el crecimiento de
la base del Sistema General de Participaciones, señalando: “Entre
el año 2011 y el año 2016 el incremento será igual a la tasa de
inflación causada, más una tasa de crecimiento real de 3%”.
También quedó definido un crecimiento anual adicional exclusivo
para Educación, que para la vigencia 2013 equivale a uno punto
ocho por ciento (1.8%) sobre el monto asignado en la vigencia
anterior.
Con base en estas disposiciones constitucionales, el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público, establece el monto total del Sistema
General de Participaciones para cada vigencia y el valor específico
de cada uno de sus componentes y asignaciones especiales. El total
de las doce doceavas del Sistema General de Participaciones para el
2013 es de $27.7 billones.
El Acto Legislativo 04 de 2007 estableció además que si el tamaño
de la economia crece por encima del 4% en la vigencia, se asignarán
recursos adicionales a las entidades territoriales para que financien
actividades y programas que beneficien a la Primera Infancia.
Acto Legislativo 04 de 2007
Valores en billones de pesos
Fuente: Elaboración propia sobre datos del Departamento Nacional de Planeación
Crecimiento del Sistema General de Participaciones
Participación para Educación
Distribución Sectorial
Participación para Agua Potable y Saneamiento
BásicoParticipación para
SaludParticipación de
Propósito General
Actores Competencias Fuentes Destinación
Tema 2
18 Distribución Sectorial - Educación Dirección General de Apoyo Fiscal 19
Participación para Educación
La Constitución Política establece la educación como un derecho de
todos los colombianos. Es una responsabilidad compartida entre el
Estado, la sociedad y la familia. El Estado ofrece educación gratuita a
los niños y niñas entre cinco y quince años de edad.
El 58,5% del Sistema General de Participaciones se destina al sector
Educación, haciendo de la Participación para Educación la de mayor
magnitud dentro del Sistema. Con estos recursos se financia el servicio
educativo a nivel departamental, distrital y municipal.
La descentralización en el sector educativo busca que el Gobierno
Nacional y las entidades territoriales coordinen esfuerzos para dirigir,
financiar y administrar los servicios educativos estatales.
Actores
Nación
Entidades Territoriales Certificadas en Educación
Entidades Territoriales No Certificadas en Educación
Instituciones Educativas
20 Distribución Sectorial - Educación Dirección General de Apoyo Fiscal 21
Competencias de la Nación
Las competencias del Gobierno Nacional en Educación preescolar, básica
y media están incluidas en el artículo 5 de la Ley 715 de 2001. Los ejes de
la política pública que rigen el sector son:
La Atención Integral a la Primera Infancia que se basa en la educación inicial, la nutrición y el cuidado del niño.
El acceso al sistema educativo para la población vulnerable; la permanencia en el sistema educativo; la infraestructura educativa; y la educación básica para jóvenes y adultos.
La formulación y socialización de estándares de calidad; el fortalecimiento del Sistema Nacional de Evaluación y el uso de
sus resultados; y el fortalecimiento de programas para el desarrollo de competencias de los docentes y directivos.
La educación hacia la competitividad.
El fortalecimiento de la gestión de la tecnología y la información; de la gestión de las Secretarías de Educación de las entidades certificadas; y del fortalecimiento del Ministerio de Educación
como cabeza del sector.
Ejes de la política pública en educación preescolar, básica y media
Nación
Atención Integral a la Primera Infancia
Pertinencia Eficiencia del Sector
Calidad
Ley 715 Artículo 5para saber más
Dictar normas para organizar criterios
pedagógicos y técnicos para todos los niveles educativos
Impulsar, coordinar y financiar programas
nacionales de mejoramiento educativo
Formular la Política Nacional en Educación
Cobertura
Trazar lineamientos generales para la
prestación del servicio
Coordinar todas las acciones educativas del
Estado
Velar por el cumplimiento de las leyes y normas que
rigen al Sector
Preparar y proponer los planes de desarrollo del
Sector
22 Distribución Sectorial - Educación Dirección General de Apoyo Fiscal 23
Competencias de las Entidades Territoriales
Detalles sobre estos temas pueden ser consultados en los Decretos 2355 de 2009; 4791 de 2008 y 4807 de 2011. Para la prestación del servicio a la población indígena a través de contratación, puede consultarse el Decreto 2500 de 2010. Las definiciones relacionadas con instituciones educativas y las competencias de los rectores se encuentran en los artículos 9 y 10 de la Ley 715 de 2001. Las Directivas Ministeriales dan orientaciones sobre los procedimientos que deben surtir las entidades territoriales en materia educativa.
La certificación en educación implica para la entidad territorial el manejo autónomo de los
recursos del Sistema, la gestión de los recursos humanos del Sector, y en general las actividades
asociadas a la prestación del servicio.
DEPARTAMENTOS(32)
Amazonas, Antioquia, Arauca, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare, Cauca, Cesar, Chocó, Córdoba, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Huila, La Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés y Providencia, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca, Vaupés, Vichada
MUNICIPIOS(57)
Apartadó*, Armenia, Barrancabermeja, Bello, Bucaramanga, Buga, Cali, Cartago, Chia*, Ciénaga, Cúcuta, Dosquebradas, Duitama, Envigado, Facatativá*, Florencia,
Floridablanca, Fusagasugá, Girardot, Girón, Ibagué, Ipiales*, Itaguí, Jamundí*, Lorica, Magangué, Maicao, Malambo*, Manizalez, Medellín, Montería, Mosquera*, Neiva,
Palmira, Pasto, Pereira, Piedecuesta*, Pitalito*, Popayán, Quibdó*, Riohacha*, Rionegro*, Sabaneta*, Sahagún, Sincelejo, Soacha, Sogamoso, Soledad, Tuluá, Tumaco,
Tunja, Turbo, Uribia*, Valledupar, Villavicencio, Yopal*, Zipaquirá*
DISTRITOS(5)
Bogotá, Barranquilla, Buenaventura, Cartagena y Santa Marta
En los artículos 20 y 41 de la Ley 715 de 2001 se estableció que a partir de 2002 fueran certificados
automáticamente los Municipios con más de 100.000 habitantes. Posteriormente, en el Decreto 2700 de 2004
se establecieron los criterios de certificación de Municipios menores de 100.000 habitantes al momento de la expedición de la Ley 715 de 2001. Desde 2002 se
han certificado 16 Municipios en Educación.
*Municipios Certificados en Educación posterior a la vigencia 2002
Fuente: Ministerio de Educación Nacional, Octubre de 2013
El servicio educativo público es básicamente competencia de las entidades territoriales certificadas y puede prestarse en instituciones educativas oficiales o a través de terceros
contratados.
Las entidades territoriales certificadas prestan el servicio educativo a través de empleados públicos (docentes, directivos
docentes y el personal administrativo).
El servicio educativo público prestado por terceros es contratado por las entidades territoriales certificadas ante la
insuficiencia de cupos en las instituciones estatales.
Los rectores, las instituciones educativas y los Fondos de Servicios Educativos también tienen responsabilidades respecto a la ejecución de los recursos públicos a su cargo; funciones de
inspección y vigilancia; administración de los recursos de gratuidad; y el suministro de información al Municipio y al
Departamento sobre la ejecución de los recursos asignados.
para saber más
24 Distribución Sectorial - Educación Dirección General de Apoyo Fiscal 25
Entidades Territoriales Certificadas
Realizar concursos para promover personal docente, directivo
docente y administrativo
Consolidar información para
remitir a la Nación
Competencias de Política y Planeación
Competencias de Inspección y Vigilancia
Competencias de Administración
Supervisar el Servicio Educativo
prestado por entidades oficiales
y/o privadas
Dirigir la Evaluación de la Calidad de los
municipios no certificados y de las
instituciones educativas
Administrar los recursos de Matrícula Ordinaria,
Gratuidad, Primera Infancia y Alimentación
Escolar
Realizar traslado de personal entre
establecimientos educativos
Planear capacitaciones y aplicar incentivos y
sanciones a las instituciones educativas
Aprobar la creación de instituciones de
educación para el Trabajo
Establecer políticas y programas de
Educación
Organizar el Servicio Educativo
Diseñar y poner en marcha acciones para
mejorar la Calidad, Cobertura y Eficiencia
Dar asistencia técnica a los
municipios y/o instituciones
Ley 715 Artículos 6 y 7Ley 4791 de 2008
para saber más
Entidades Territoriales No Certificadas
Realizar en coordinación con los
Departamentos traslados de docentes
Competencias de Política y Planeación
Competencias de Inspección y Vigilancia
Competencias de Administración
Contribuir en el desarrollo de funciones
de inspección y vigilancia determinadas por otros
niveles de gobierno
Administrar y distribuir los recursos de Calidad por
Matrícula Ordinaria, Gratuidad, Primera Infancia
y Alimentación Escolar
Ley 715 Artículo 8Ley 4791 de 2008
para saber más
Ejecutar las Políticas Nacionales y
Departamentales en Educación
Suministrar información al
Departamentos y a la Nación
Participar con Recursos Propios en la financiación de
infraestructura y dotación
26 Distribución Sectorial - Educación Dirección General de Apoyo Fiscal 27
Fuentes
Educación
Recursos Propios de las Entidades Territoriales
Rendimientos financieros del SGP Educación
Recursos del Balance por manejo financiero del SGP Educación
Sistema General de Participaciones
Proyectos de inversión en Cobertura, Calidad y Eficiencia
Mejoramiento de la Calidad
Libre Destinación en Proyectos de Cobertura, Calidad y Eficiencia
Proyectos de Inversión en Calidad, Cobertura y Eficiencia
Formación Bruta de Capital generalmente infraestructura educativa y
proyectos de permanencia
Proyectos Especiales del Sector
Deudas Laborales
Subsidios para Cupos Escolares
Proyectos de Inversión en Calidad, Cobertura y Eficiencia
Proyectos de Inversión en Calidad y Cobertura adelantados por las
Entidades Territoriales
La Participación para Educación del Sistema General de Participaciones es la principal fuente de financiación de la educación preescolar, básica y media en Colombia. La participación de las demás fuentes en los ingresos y los gastos de inversión es muy reducida, lo que evidencia una alta dependencia de las transferencias de la Nación para financiar la prestación del servicio educativo en los territorios.
Recursos del Crédito Interno y Externo
Fondo del Sistema General de Regalías
Recursos de Cooperación (internacional o privados)
Presupuesto General de la Nación
Fuentes del Sector Solidario
Pasivo Laboral del Sector
28 Distribución Sectorial - Educación Dirección General de Apoyo Fiscal 29
Destinación
Nación
Gratuidad
Calidad Matrícula Oficial
Cancelaciones de prestaciones sociales
Prestación del Servicio
Participación para
Educación
La destinación, distribución y reglas de administración de los recursos del Sistema General de Participaciones asignadas al Sector Educación se establecen en los artículos 15 y 18 de la Ley 715 de 2001, así como en la Ley 1176 de 2007.
para saber más
Entidades Territoriales Certificadas en Educación
Entidades Territoriales No Certificadas en Educación
Fondos de Servicios Educativos de las Instituciones
Educativas
Prestación del Servicio
Prestación del Servicio
Calidad Matrícula Oficial
Calidad Matrícula Oficial
Para orientaciones sobre el manejo de la asignación de gratuidad, la cual es girada directamente a los rectores para que sea ejecutada bajo las normas que regulan los Fondos de Servicios Educativos, se recomienda la lectura de los Decretos 4791 de 2008 y 4807 de 2011, las directivas ministeriales y guías derivadas al respecto.
para saber más
Departamentos
Municipios
Distritos
Municipios
Instituciones Educativas
Asignación por Niveles de Gobierno
Los recursos del Sistema se destinan principalmente a financiar los salarios y
prestaciones sociales del recurso humano que presta sus
servicios en las Instituciones Educativas Oficiales.
30 Distribución Sectorial - Educación Dirección General de Apoyo Fiscal 31
Las entidades territoriales
certificadas reciben recursos del
Sistema General de Participaciones
para financiar la prestación del
servicio según la matrícula oficial y
la ampliación de la cobertura.
En el primer caso, el monto de
recursos girado a cada entidad
territorial es determinado por el
Ministerio de Educación Nacional
teniendo en cuenta el número de
estudiantes oficiales matriculados
multiplicado por un valor
determinado por las características
de la prestación del servicio según
niveles, zonas y modalidades.
En el segundo caso, se reconoce el
incremento de la matrícula oficial
de un año a otro.
Sin perjuicio de lo anterior, hay un
Complemento a la asignación por
alumno atendido que se asigna a las
entidades territoriales certificadas
que no alcanzan a cubrir el costo del
personal docente y administrativo
que le ha sido autorizado por el
Ministerio de Educación.
Una parte de la Participación para Educación denominada Cancelaciones, se transfiere a las cajas de previsión social o a las entidades que hagan sus veces en los Departamentos y Distritos, para atender las prestaciones del personal nacionalizado por la Ley 43 de 1975, que en virtud de la Ley 91 de 1989 no quedaron a cargo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
Pensiones docentes nacionalizados por la Ley 43 de
1973
Destinación de los Recursos
Matrícula Oficial
Infraestructura Educativa
Dotación de Instituciones Educativas
Pago de Servicios Públicos
Funcionamiento Básico de establecimientos educativos
estatales
Capacitación a Docentes y Directivos
Complemento de Transporte y/o Alimentación Escolar
Gratuidad
Dotación y mantenimiento de los establecimientos
Costos y gastos para proyectos educativos productivos
Bienes que ayudan a producir otros bienes
Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles
Impresiones y publicaciones
Seguros para los bienes de los establecimientos educativos
Transporte Escolar
Costo de viajes de los estudiantes
Acciones incluidas en los Planes de Mejoramiento Institucional
Jornadas extendidas y complementarias para los
estudiantes
Pagos del Personal del Sector
Construcción mantenimiento, pago de servicios públicos y
funcionamiento de instituciones educativas
Provisión de la Canasta Educativa
Calidad Educativa
Contratación de la Prestación del Servicio Educativo
Necesidades Educativas Especiales, Internados y
Conectividad
Una vez cubiertas las anteriores, para financiar Transporte Escolar y
Alimentación Escolar
Po
bla
ció
n A
tend
ida
Po
bla
ció
n p
or
Ate
nder
Co
mp
lem
ento
CalidadPrestación del
Servicio
Educación
Cancelaciones
Los recursos para Calidad se
distribuyen entre los Distritos y
Municipios certificados y no certificados y las áreas no
municipalizadas de los
Departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés para que
complementen el financiamiento de las actividades que contribuyan al
mejoramiento de la calidad
educativa.
Los recursos de Gratuidad son
asignados y girados directamente a
los Fondos de Servicio Educativo de las instituciones educativas oficiales
para que no cobren derechos
académicos y servicios complementarios a los estudiantes.
32 Distribución Sectorial - Salud Dirección General de Apoyo Fiscal 33
Participación para Salud
La Unidad de Pago por Capitación – UPC es el valor por usuario que reconoce el Sistema de Seguridad Social en Salud a cada EPS por la
organización y garantía de la prestación de los servicios de salud contenidos en el Plan Obligatorio de Salud.
Los Municipios y Distritos determinan los potenciales beneficiarios del régimen subsidiado mediante diversos instrumentos: la encuesta del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales – SISBEN; el listado censal de las comunidades indígenas; la
certificación de la población infantil abandonada expedida por el ICBF; y la identificación de la población indigente, desplazada y reinsertada.
El Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) es el modelo a través del cual se garantiza un seguro que cubre los gastos de salud de
todos los habitantes del territorio colombiano. Para entrar a formar parte del Sistema, el usuario se afilia a una Empresa Promotora de Servicios de
Salud - EPS, la que contrata la prestación de los servicios de salud con Instituciones Prestadoras de Servicios - IPS, de naturaleza pública y privada.
El Sistema funciona con dos regímenes de afiliación:
Régimen Contributivo
al cual se deben afiliar las
personas que tienen una
vinculación laboral, como
los trabajadores formales
y los independientes, que
tienen la capacidad de
pagar por su afiliación.
Régimen Subsidiado
en el que el Estado subsidia la afiliación a la población sin empleo o ingresos económicos. Quienes ingresan a este régimen reciben subsidios totales o parciales que se financian con dos
fuentes fundamentales: la Participación para Salud de los Departamentos y Municipios del Sistema General de
Participaciones y el Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA.
34 Distribución Sectorial - Salud Dirección General de Apoyo Fiscal 35
Sistema de Seguridad Social en Salud
Régimen Contributivo Régimen Subsidiado
EPS - Aseguradores
Unidad de Pago por Capitación - Plan de Beneficios
Aportes Empleados
Aportes Trabajadores
Independientes
Aseguramiento
Aportes Pensionados
Recursos SGP FOSYGA
Rentas CedidasRecursos
Propios y otros
IPS - Prestadores de Servicios de Salud
Privados MixtosClínicas y Hospitales
Servicios de Salud
Hospitales y Empresas Sociales
del Estado
Públicos
Promoción y Prevención
Primer Nivel de
Complejidad
Diagnóstico, tratamiento y rehabilitación
Segundo y Tercer Nivel de
Complejidad
Diversos actores y competencias convergen en el Sistema de Seguridad Social en Salud. El Ministerio de Salud y Protección Social coordina y dirige el Sistema, mientras la Superintendencia Nacional de Salud realiza inspección,
vigilancia y control. Las entidades territoriales dirigen y administran la prestación de servicios de salud en los territorios; cofinancian el régimen
subsidiado de su población; y hacen uso de los recursos del Sistema General de Participaciones para financiar prestación de servicios, asegurar la
población pobre y vulnerable al régimen subsidiado y prestar Salud Pública. Las Empresas Promotoras de Salud administran los planes de beneficios y contratan la prestación del servicio con las Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud públicas y privadas.
Actores y Competencias
Dirección del Sector Salud y del Sistema General de Seguridad Social
en Salud en el territorio Nacional
Inspección, vigilancia y control a las EPS, IPS, Entidades Territoriales, Compañías SOAT, loterías y otras
entidades generadoras de recursos
Administradoras de planes de beneficios, contratan con IPS la
prestación de servicios de salud de los usuarios, reciben la Unidad Per Cápita -
UPC
Prestadores de Servicios de Salud, Hospitales públicos y privados,
Clínicas y Centros de Diagnóstico
Gestión de Servicios de Salud a población pobre no cubierta por
subsidios a la demanda; administración, seguimiento y
auditoría del régimen subsidiado; acciones de Salud Pública
IPSPrestadores
EPSAseguradores
Superintendencia Nacional de Salud
Ministerio de Salud y Protección Social
EntidadesTerritoriales
Actores
36 Distribución Sectorial - Salud Dirección General de Apoyo Fiscal 37
Competencias de las entidades territoriales
Recursos con Situación de Fondos
Prestación de Servicios de salud
incluidos los servicios de urgencias de la
población pobre no cubierta por subsidios a la
demanda
Aportes Patronales
Prestación del Servicio
Prestación de Servicios de salud no incluidos en el plan de beneficios de la
población afiliada al Régimen Subsidiado
Ejecución de las sumas giradas directamente a
los Fondos de Pensiones y Cesantías, EPS y Administradoras
de Riesgos Profesionales
correspondientes a los recursos que las
entidades territoriales y sus Hospitales Públicos deben
destinar como Aportes Patronales de los
empleados del Sector Salud
SaludPública
Cofinanciación de la UPC de las personas pobres y vulnerables atendidas mediante
subsidios a la demanda, de acuerdo
con la identificación de los afiliados en la base
única de afiliación - BDUA. Concurren para
la financiación de la UPC otras fuentes:
FOSYGA, rentas cedidas
departamentales, recursos propios y
otros
Seguimiento y auditoría del
aseguramiento a través de las EPS, giro de recursos propios a
las EPS y/o IPS
Ejecución de acciones de promoción y
prevención
Programación y ejecución del Plan de
Intervenciones Colectivas
Desarrollo de acciones de
Inspección, Vigilancia y Control del riesgo en el ambiente y la
salud
Régimen Subsidiado
Salud
Los Departamentos administran la Prestación de Servicios de salud
en sus territorios a través de la red de prestación de servicios de
carácter público; tienen a su cargo funciones de inspección, vigilancia
y control de riesgos en el ambiente y Salud Pública; son los
encargados del desarrollo del sistema de habilitación y verificación
de condiciones de los Prestadores de Servicios de salud tanto
públicos como privados. Tienen a su cargo importantes competencias
de asistencia técnica a los Municipios y los Prestadores Públicos.
Adicionalmente, acompañan la gestión de los hospitales públicos o
Empresas Sociales del Estado - ESE de carácter departamental, a
través de su participación en las Juntas Directivas.
Los Municipios se concentran en promover estrategias de
aseguramiento universal y administrar el Régimen Subsidiado a
través del seguimiento y la auditoría a las labores de
intermediación y administración de recursos a cargo de las EPS que
operan en sus territorios y en las cuales está afiliada la población
pobre y vulnerable. Desarrollan también acciones de Salud Pública
y acompañan la gestión de los hospitales públicos – ESE de
carácter municipal con su participación en sus Juntas Directivas.
Competencias por Componente
38 Distribución Sectorial - Salud Dirección General de Apoyo Fiscal 39
Fuentes
Sistema General de Regalías
Recursos Presupuesto Nacional
Sistema General de Participaciones
Construcción y mantenimiento de la infraestructura
pública hospitalaria
Acciones de Salud Pública
Apoyo a losHospitales
Públicos
Otros proyectos
Régimen Subsidiado
SaludPública
Prestación de Servicios de Salud a población pobre no cubierta con
subsidios de demanda
Construcción y mantenimiento de la infraestructura
pública hospitalaria
Régimen Subsidiado
Funcionamiento de las Secretarías de Salud
Prestación de Servicios de Salud a población
pobre no cubierta con subsidios de demanda
Aseguramiento Régimen Subsidiado
IVA sobre cervezas y bebidas
alcohólicas
Recursos de Juegos de Suerte
y Azar
Esfuerzos Propios
Rentas Cedidas
Recursos de las Entidades Territoriales
Compensación interna del Régimen
Contributivo
Solidaridad del Régimen Subsidaddo
Promoción de la Salud
Seguro de Riesgos
Catastróficos y Accidentes de Tránsito
FOSYGA
También existen recursos del orden territorial:
Rentas Cedidas son recursos transferidos por la Nación a las
entidades territoriales con destinación específica para el Sector Salud, como los recursos de Juegos de Suerte y Azar y el Impuesto al Valor Agregado - IVA cedido por la venta de cervezas, licores, vinos, aperitivos y cigarrillos. Financian el aseguramiento del Régimen Subsidiado; la Prestación de Servicios
de salud a población pobre no cubierta por subsidios a la demanda; y los gastos de
funcionamiento de las Secretarías de Salud.
Recursos de esfuerzo propio con los cuales los Municipios
cofinancian el Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable.
Además, tanto Departamentos como Municipios financian con sus recursos
propios la construcción y mejoramiento de la infraestructura
pública hospitalaria.
Los recursos del Sistema de Regalías pueden dirigirse a través de los planes bienales de inversión a construcción y mejoramiento de la infraestructura pública
hospitalaria.
Salud
El 24,5% del Sistema General de Participaciones se destina al Sector Salud, haciendo de la participación para Salud la segunda en magnitud dentro del Sistema. Estos recursos se destinan a financiar la afiliación de los más pobres y vulnerables
al Régimen Subsidiado, la Salud Pública y la Prestación de Servicios de salud a población pobre no cubierta por subsidios a la demanda.
El Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, es una cuenta adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social administrada por encargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta de personal propia, cuyos recursos se destinan a la inversión en
salud. Se divide en subcuentas para cubrir todos los ámbitos del Sistema de Seguridad Social en Salud: de compensación interna del régimen contributivo; de
solidaridad del régimen de subsidios en salud; de promoción de la salud; y del seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito (ECAT). Este fondo se
alimenta de aportes de la Nación y de los afiliados al Sistema.
El Gobierno Nacional destina recursos del Presupuesto Nacional a través del Ministerio de Salud y Protección Social para financiar acciones de Salud Pública y
financiar proyectos de inversión sectoriales específicos, como el programa de redes de servicio y mejoramiento hospitalario.
40 Distribución Sectorial - Salud Dirección General de Apoyo Fiscal 41
Destinación
Régimen Subsidiado Corregimientos
Departamentales
Prestación del Servicio y Aportes Patronales
Participación para Salud
Entidades Territoriales No Certificadas en Salud
Departamentos
Distritos
Municipios
Asignación por Niveles de Gobierno
Salud Pública
Régimen Subsidiado
Prestación del Servicio y Aportes Patronales
Salud Pública
Régimen Subsidiado
Prestación del Servicio y Aportes Patronales
Salud Pública
Salud Pública
Régimen Subsidiado
Nación
Entidades Territoriales Certificadas en Salud
42 Distribución Sectorial - Salud Dirección General de Apoyo Fiscal 43
Así mismo, el Sistema General de
Participaciones financia los
aportes patronales de los
empleados del Sector Salud de las
entidades territoriales y sus
hospitales públicos.
El Sistema General de Participaciones financia La
Prestación de Servicios de salud (incluidos los
servicios de urgencias) de la población pobre no
cubierta por subsidios a la demanda los servicios
de salud no incluidos en el plan de beneficios de
la población afiliada al Régimen Subsidiado. Se
debe recordar que desde el 1 de julio de 2012 los
planes del Régimen Contributivo y del Régimen
Subsidiado se encuentran homologados.
De igual manera financia una parte
de los subsidios que garantizan a las
personas pobres y vulnerables la
afiliación del Sistema de Salud. Estas
personas se identifican en la Base de
Datos Única de Afiliados - BDUA.
Sufraga las acciones de promoción y
prevención dirigidas a la población,
mediante la programación y ejecución
del Plan de Intervenciones Colectivas y
el desarrollo de acciones de
Inspección, Vigilancia y Control de
riesgo en el ambiente y en la salud.
44 Distribución Sectorial - Agua Potable y Saneamiento Básico Dirección General de Apoyo Fiscal 45
Participación para Agua Potable y Saneamiento Básico
El sector está conformado por la prestación de los servicios
públicos domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo.
Actividades que requieren de una gran inversión en
infraestructura instalada como factor determinante para la
prestación de los servicios y la determinación del precio.
La prestación del servicio se realiza en condiciones de
competencia de mercado, la cual está regulada y exige que entre
los prestadores y el Municipio existan reglas claras,
materializadas en contratos o convenios, respecto del traslado de
recursos para la financiación de los subsidios otorgados por el
Municipio.
Con los recursos recaudados por facturación el prestador de los
servicios deberá cubrir sus costos y realizar la inversión,
reposición y mantenimiento que se señaló en el estudio tarifario
que presentó a la Comisión de Regulación de Agua Potable y
Saneamiento Básico – CRA.
Los prestadores de servicios públicos deben ofrecer un servicio
en condiciones uniformes a todos los usuarios y recaudar los
aportes o contribuciones que pagan los estratos 5 y 6 y los
predios de uso industrial y comercial, para con estos recursos
financiar los subsidios otorgados por el Municipio. Si esos
recursos no son suficientes, el Municipio aportará el faltante
utilizando un porcentaje del Sistema General de Participaciones.
La inversión, reposición y mantenimiento a la infraestructura
instalada, que realizan tanto el Municipio como los prestadores
de servicios, son fundamentales para mantenerla en óptimas
condiciones y poder así mejorar el servicio.
46 Distribución Sectorial - Agua Potable y Saneamiento Básico Dirección General de Apoyo Fiscal 47
Agua Potable y Saneamiento Básico
1Infraestructura
Instalada
Teniendo en cuenta los números de cada etapa del ciclo de la página anterior, podemos identificar en el siguiente cuadro las acciones de los
distintos actores en cada una de las etapas:
5
Facturación
3Prestación de
Servicios
7Cobro
Subsidios
2Determinación
Tarifa
4Consumo de
Servicios
6
Recaudo
8Inversión, Reposición
y Mantenimiento
Ministerio de ViviendaCiudad y Territorio
Superintendencia de Servicios Públicos
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
1 2 3 4 5 6 7 8
Infraestructura Instalada
Determinación de la tarifa
Prestación de los servicios
Consumo de los servicios
Facturación RecaudoCobro de subsidios
Inversión, reposición y
mantenimiento de (1)
Actores Nacionales
La Nación y las Corporaciones
Autónomas Regionales
pueden invertir en
infraestructura, siempre y cuando no
financien lo ya financiado con
la tarifa.
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) establece la metodología
tarifaria para la prestación de
los servicios del sector.
El Instituto Nacional de Salud coordina los laboratorios que miden
la calidad del agua.
El Instituto Nacional de Salud coordina los laboratorios que miden
la calidad del agua.
FINDETER establece líneas de crédito para financiar estas
actividades.
Actores Nacionales
La Nación y las Corporaciones
Autónomas Regionales
pueden invertir en
infraestructura, siempre y cuando no
financien lo ya financiado con
la tarifa.
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) establece la metodología
tarifaria para la prestación de
los servicios del sector.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios vigila y controla
a los prestadores de servicios
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios vigila y controla
a los prestadores de servicios
Actores Nacionales
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, La Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Apoyo Fiscal) comparten competencias en la aplicación de la Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos del SGP - APSB de acuerdo con el Decreto 028 de
2008 y sus decretos reglamentarios.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, La Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Apoyo Fiscal) comparten competencias en la aplicación de la Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos del SGP - APSB de acuerdo con el Decreto 028 de
2008 y sus decretos reglamentarios.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, La Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Apoyo Fiscal) comparten competencias en la aplicación de la Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos del SGP - APSB de acuerdo con el Decreto 028 de
2008 y sus decretos reglamentarios.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, La Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Apoyo Fiscal) comparten competencias en la aplicación de la Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos del SGP - APSB de acuerdo con el Decreto 028 de
2008 y sus decretos reglamentarios.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, La Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Apoyo Fiscal) comparten competencias en la aplicación de la Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos del SGP - APSB de acuerdo con el Decreto 028 de
2008 y sus decretos reglamentarios.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, La Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Apoyo Fiscal) comparten competencias en la aplicación de la Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos del SGP - APSB de acuerdo con el Decreto 028 de
2008 y sus decretos reglamentarios.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, La Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Apoyo Fiscal) comparten competencias en la aplicación de la Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos del SGP - APSB de acuerdo con el Decreto 028 de
2008 y sus decretos reglamentarios.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, La Superintendencia de Servicios Públicos y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Dirección de Apoyo Fiscal) comparten competencias en la aplicación de la Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos del SGP - APSB de acuerdo con el Decreto 028 de
2008 y sus decretos reglamentarios.
Actores Regionales
Los Departamentos pueden invertir
en infraestructura,
siempre y cuando no
financien lo ya financiado con
la tarifa.
Para Municipios de categorías tercera a sexta, las Secretarías de Salud
departamentales miden la calidad del agua.
Para Municipios de categorías tercera a sexta, las Secretarías de Salud
departamentales miden la calidad del agua.
Actores Locales
Los Distritos y Municipios
pueden invertir en
infraestructura, siempre y cuando no
financien lo ya financiado con
la tarifa.
El prestador especializado fija la tarifa
atendiendo la metodología
tarifaria establecida por la Comisión de Regulación de Agua Potable, teniendo en cuenta los
costos medios de
administración, operación, tasas ambientales e
inversión.
Prestadores especializados autorizados o residualmente el Municipio.
Usuarios residenciales, industriales o
comerciales. La micro medición
la realiza el prestador del
servicio.
El prestador factura el valor
del servicio adicionando el
aporte a los sujetos pasivos
del mismo y restando el
subsidio a los usuarios
subsidiados por el Municipio.
El prestador recauda el valor del servicio mas
los aportes solidarios, los
cuales destina a financiar los
subsidios otorgados por el
Municipio.
Si los aportes no son suficientes para cubrir los
subsidios, presenta cuenta
de cobro al Fondo de
Solidaridad y Redistribución
de Ingresos (FSRI).
Los prestadores de servicios
deben financiar no solo los
costos medios de
administración, operación y
tasas ambientales
sino la inversión, reposición y
mantenimiento establecido en
la tarifa.
Actores Locales
Los Distritos y Municipios
pueden invertir en
infraestructura, siempre y cuando no
financien lo ya financiado con
la tarifa.
El prestador especializado fija la tarifa
atendiendo la metodología
tarifaria establecida por la Comisión de Regulación de Agua Potable, teniendo en cuenta los
costos medios de
administración, operación, tasas ambientales e
inversión.
Para Municipios de categorías especial a segunda, las Secretarías de Salud distritales y municipales miden
la calidad del agua.
Para Municipios de categorías especial a segunda, las Secretarías de Salud distritales y municipales miden
la calidad del agua.
El prestador factura el valor
del servicio adicionando el
aporte a los sujetos pasivos
del mismo y restando el
subsidio a los usuarios
subsidiados por el Municipio.
El prestador recauda el valor del servicio mas
los aportes solidarios, los
cuales destina a financiar los
subsidios otorgados por el
Municipio.El Municipio
realiza auditoría a las cuentas de
cobro presentadas al
FSRI
Los prestadores de servicios
deben financiar no solo los
costos medios de
administración, operación y
tasas ambientales
sino la inversión, reposición y
mantenimiento establecido en
la tarifa.
Fuente: Elaboración propia - Dirección General de Apoyo Fiscal 2013
48 Distribución Sectorial - Agua Potable y Saneamiento Básico Dirección General de Apoyo Fiscal 49
Competencias
En materia de Agua Potable y Saneamiento Básico concurren una serie de competencias que están en cabeza de los tres sectores de gobierno.
En el nivel local son muy importantes las competencias del Municipio, quien tiene la obligación de garantizar la prestación de los servicios y en caso de asignar subsidios, tiene la obligación de
aplicar los mecanismos de búsqueda del equilibrio entre el valor de los subsidios asignados y los recursos disponibles para su
financiación.
En el nivel departamental concurren competencias de Corporaciones Autónomas regionales en el ámbito ambiental
regulando y controlando la captación de agua y el vertimiento de residuos; los Departamentos son competentes para asesorar
técnicamente a los Municipios, para administrar sus recursos y asumir sus competencias en caso de descertificación y para diseñar
y ejecutar planes regionales tendientes a la optimización de la prestación de los servicios.
El nivel nacional tiene competencia para la regulación, el establecimiento y ejecución de política, el cálculo y giro de
recursos del Sistema General de Participaciones, la determinación de las características del agua potable, la inspección, vigilancia,
monitoreo, seguimiento y control al uso de los recursos.
Competencias de las entidades territoriales
Nivel Local
Distritos Municipios
Proyectos de Inversión para mejorar calidad,
cobertura y continuidad en la Prestación del
Servicio
Vigilancia de la calidad del agua en Municipios de categorías especial,
1ª y 2ª
Garantizar la Prestación de los Servicios Públicos
Dominiciarios
Prestación del Servicio de
manera directa
Otorgar Subsidios y establecer las tarifas
de los aportes solidarios
Administrar los Fondos de Solidaridad
y Redistribución del Ingreso
Nivel Regional
DepartamentosCorporaciones
Autónomas Regionales
Proyectos Regionales
de Inversión
Vigilancia de la Calidad del Agua en los Municipios
de 3ª a 6ª categoría
Vigilancia de la Calidad del Agua en los Municipios
de 3ª a 6ª categoría
Asesoría técnica a los Municipios
Competencias Ambientales
a Nivel Regional
Recaudo de Tasas de
Captación
Dirección General de Apoyo Fiscal 51
Fuentes
Agua Potable y
Saneamiento Básico
El sector cuenta con fuentes de financiación suficientes para
hacerlo autosostenible, siempre y cuando los usuarios cumplan con el pago de la facturación de cada uno de los prestadores especializados.
Cada prestador factura el servicio de acuerdo con la metodología
tarifaria, lo que le permite recuperar los costos medios de
administración, operación, inversión y pago de tasas
ambientales. El precio del servicio también incluye la utilidad.
Los usuarios de los estratos 1, 2 y 3 pueden recibir subsidios que se
materializan en reducciones expresamente señaladas en la
factura. Esos subsidios se financian con los pagos que hacen los
usuarios de estratos 5, 6 y usuarios cuyos predios son de uso industrial
y comercial. Si estos recursos no son suficientes, el Municipio
concurre al pago con recursos del Sistema General de Participaciones y con recursos propios. El sistema de subsidios también puede ser financiado por la Nación y por el
Departamento.
Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos
50 Distribución Sectorial - Agua Potable y Saneamiento Básico
Servicio de
Deuda
Macro y
Micromedición
Equipos para
la Operación
Vinculación a
Esquemas Regionales
Pago de
Subsidios
Preinversión
en diseños e interventorías
El Prestador del Servicio recupera los costos medios de
administración, operación, inversión, tasas ambientales, con
el recaudo por facturación que liquida de conformidad con lo
establecido en la metodogogía tarifaria
Control de
Pérdidas
Los recauda el Prestador y los destina
exclusivamente a financiar subsidios
otorgados en el Municipio
Recursos Propios del Municipio
Inversión
Sectorial
Pago de
Subsidios
Inversión
Sectorial
Pago de
Subsidios
Tranferencias Nacionales o Departamentales
Excedentes
Recaudo de recursos por facturación con Tarifa
Aportes pagados por los Sujetos Pasivos del Aporte
Solidario
Sistema General de Participaciones
Construcción, ampliación y
mejoramiento de la Prestación
del Servicio
Dirección General de Apoyo Fiscal 53
Participación de Propósito General y Asignaciones Especiales
52 Distribución Sectorial - Propósito General
Los Municipios, los Distritos y el Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina reciben la Participación de Propósito General en el Sistema General de
Participaciones. El 17% del total de los recursos asignables de Propósito General se destina a los Municipios menores de 25.000 habitantes siguiendo criterios de
pobreza relativa y población. El 83% restante se distribuye entre todas las entidades territoriales que participan de los recursos del Sector, incluyendo los
Municipios menores de 25.000 habitantes, siguiendo criterios de pobreza relativa; población; eficiencia fiscal, entendida como crecimiento sostenido de ingresos tributarios; y eficiencia administrativa, entendida como aumento sucesivo de la
inversión con ingresos corrientes de libre destinación.
Los Municipios de categorías Especial, 1ª, 2ª y 3ª, deben destinar de los recursos de
Propósito General como mínimo el 8% a Deporte y Recreación,
6% a Cultura, además de la transferencia del 10% al Fondo
Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales –
FONPET, mientras el remanente se destina a inversión en otros
sectores.
La Ley contempla que los Municipios de categorías 4ª, 5ª y 6ª pueden destinar hasta el 42%
de los recursos de Propósito General a inversiones o gasto de
funcionamiento de la administración municipal. De
los recursos remanentes, estos Municipios deben destinar un
8% a Deporte y Recreación, 6% a Cultura y la transferencia del 10% al FONPET, destinando a inversión en otros sectores los
recursos que queden disponibles.
De otra parte, hay posibilidad legal para todos los Municipios y Distritos de
destinar estos recursos al pago de la deuda adquirida por proyectos de
inversión física o pignorar estos recursos como garantía.
Dirección General de Apoyo Fiscal 55
Plan de Desarrollo Local
Corresponde a los Municipios y Distritos, con recursos propios, del Sistema General de Participaciones y otros recursos, promover y financiar proyectos de interés municipal en otros sectores, además de asumir tareas en sectores
específicos, particularmente en:
Servicios Públicos. Construcción y mejoramiento de la infraestructura de los servicios públicos.
Vivienda. Subsidios en proyectos de vivienda de interés social.
Fortalecimiento Institucional. Procesos de evaluación y capacitación para mejorar la gestión administrativa para el desarrollo eficiente de sus competencias. Se destaca el destino de recursos del Sistema General de Participaciones para financiar los programas de Saneamiento Fiscal y Financiero, incluyendo pasivos anteriores al año 2000, cumpliendo con los términos de la Ley 617 de 2000.
Sector Agropecuario. Proyectos de desarrollo rural y asistencia técnica al Sector Agropecuario y a las asociaciones de pequeños productores.
Transporte. Construcción y conservación de la infraestructura de transporte terrestre, aéreo, fluvial y marítimo, propiedad del Municipio.
Medio Ambiente. Programas de vigilancia y mantenimiento del medio ambiente, descontaminación de aguas, disposición de residuos, uso adecuado de cuencas y cauces y asistencia técnica ambiental.
Centros de reclusión. Gestión de cárceles en coordinación con el INPEC.
Deporte y Recreación. Proyectos de fomento del deporte y de construcción y mantenimiento de escenarios deportivos.
Cultura. Acceso, innovación, creación y producción artística; construcción, dotación y mantenimiento de la infraestructura cultural y las redes de información cultural
Prevención de desastres. Cofinanciación con la Nación y los Departamentos en la prevención y atención de desastres en su jurisdicción.
Promoción del Desarrollo. Desarrollo de actividades generadoras de empleo, capacitación y tecnológica avanzada.
Atención a grupos vulnerables. Programas de apoyo integral a grupos como ancianos, desplazados, madres cabeza de hogar o población infantil.
Equipamiento Municipal. Construcción y mantenimiento de bienes de uso público.
Desarrollo comunitario. Participación comunitaria y capacitación de la comunidad.
Justicia. Financiación de inspecciones de policía y comisarías de familia.
Restaurantes Escolares. Servicio de alimentación escolar.
Empleo. Promoción del empleo y protección de desempleados.
54 Distribución Sectorial - Propósito General
Participación de Propósito General
Sistema General de
Participaciones
Proyecto de Inversión
DeporteMínimo 8%
CulturaMínimo 6%
Libre DestinaciónMunicipios categorías
4, 5 y 642%
Libre InversiónOtros Sectores
Propósito General11,6% del 96% del Sistema General de Participaciones
plasmado en
aumentar el Bienestar de la Población
Dirección General de Apoyo Fiscal 57
Destinación
Participación de Propósito
General
Cultura
Deporte y Recreación
56 Distribución Sectorial - Propósito General
El Plan Nacional de Cultura establece políticas para la
construcción de ciudadanía democrática cultural basada en la participación, la memoria y la creación, y el diálogo cultural;
establece la cultura como base del desarrollo y crea el Sistema
Nacional de Cultura. El documento CONPES 3659
propone una estrategia para reducir la concentración regional de las industrias
culturales mediante el aprovechamiento del potencial
local. El fomento al emprendimiento; la creación y difusión cultural; la formación
cultural; la dotación e infraestructura cultural; y la protección del patrimonio
material e inmaterial centran la inversión.
El artículo 52 de la Constitución Política reconoce el derecho de
todos los colombianos a la recreación, el deporte y al
aprovechamiento del tiempo libre. Desarrollando este
principio, la Ley del Deporte, Ley 181 de 1995, clasifica al deporte
como un derecho social y un factor básico en la formación
integral de la persona. El fomento, desarrollo y práctica de las actividades deportivas y
de recreación están regidos por los principios de universalidad;
participación comunitaria; participación ciudadana;
integración funcional; democratización; y ética
deportiva.
Sistema General de
Participaciones
Construcción, mantenimiento y adecuación de la infraestructura
artística y cultural
Formación, capacitación e investigación artística y cultural
Fomento, apoyo y difusión de eventos y expresiones artísticas y
culturales
Protección del patrimonio cultural
Dotación de escenarios deportivos e implementos para la práctica del
deporte
Construcción, mantenimiento y/o adecuación de los escenarios
deportivos y recreativos
Preinversión en infraestructura
Fomento, desarrollo y práctica del deporte y el aprovechamiento del
tiempo libre
Mantenimiento y dotación de bibliotecas
Dirección General de Apoyo Fiscal 59
Aseo y combustible para la preparación de los
alimentos
Prestación directa del servicio
Asignaciones Especiales
Alimentación Escolar
Municipios Ribereños del Magdalena
Contratación con terceros para la provisión
integral del servicio
Contratación de personal para la preparación de
alimentos
Compra de alimentos, menaje, dotación y su
reposición para la prestación del servicio
Transporte de alimentos
Reforestación
Protección de microcuencas
Tratamiento de aguas residuales
58 Distribución Sectorial - Propósito General
Manejo de caudales
El Programa de Alimentación Escolar entrega desayuno o almuerzo a niños, niñas y
adolescentes escolarizados, prioritariamente entre los 5 y 9 años, para mejorar su capacidad de aprendizaje; contribuir a mejorar su estado
nutricional; prevenir la deserción escolar; y promover hábitos alimentarios saludables,
cumpliendo su papel de proyecto estratégico. Funciona a través de convenios con los entes
territoriales y contratos con operadores, tales como Asociaciones de Padres de Familia,
Cooperativas y Fundaciones. Por otro lado, la focalización de los recursos es responsabilidad
de los Distritos y los Municipios, que deben distribuir el 95% de los recursos por equidad y
el 5% por eficiencia.
Los recursos de la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones para Municipios Ribereños del Río Grande de la
Magdalena serán destinados siguiendo el artículo 20 de la Ley
1176 de 2007 para financiar, promover y ejecutar proyectos
relacionados con la reforestación que incluye la revegetalización,
reforestación protectora y el control de erosión; el tratamiento de aguas
residuales; el manejo artificial de caudales, incluyendo recuperación
de la navegabilidad del río, hidrología, manejo de inundaciones,
canal navegable y estiaje; y la compra de tierras para protección de
las microcuencas asociadas al Río Magdalena.
El Sistema General de Participaciones
tiene cuatro Asignaciones
Especiales, que corresponden al 4%
del total de los recursos del
Sistema.
Sistema General de
Participaciones
20%
80%Asignaciones Especiales
Dirección General de Apoyo Fiscal 61
Asignaciones Especiales
Atención Integral a la Primera Infancia
Contrato de Administración firmado
entre la Entidad Territorial y el Representate Legal
del Resguardo
Proyectos de InversiónPlan de Vida
Usos y Costumbres
Rendición de Cuentas
Adecuación de infraestructuras existentes para la Atención Integral a
la Primera Infancia
Desarrollo de obras priorizadas
Construcción de nuevos Centros de Desarrollo Infantil
60 Distribución Sectorial - Propósito General
Dotación de Centros de Desarrollo Infantil
El artículo 13 de la Ley 1450 de 2011 establece que “…los recursos de la participación asignados a los resguardos indígenas serán de libre
destinación para la financiación de proyectos de inversión debidamente formulados, e incluidos en los planes de vida o de acuerdo con los usos y costumbres de los pueblos indígenas”. Para la ejecución de los recursos
debe celebrarse un contrato entre la entidad territorial y la autoridad del resguardo, antes del 31 de diciembre de cada año, en la que se determine
el uso de los recursos en el año siguiente. Si no se celebra el respectivo contrato, el Alcalde o el Gobernador, según sea el caso, no puede ejecutar
la Asignación. En dicha situación, los recursos y sus rendimientos financieros deben estar consignados en la cuenta registrada por el
Municipio o Gobernación en la Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la administración de los recursos.
El Acto Legislativo 04 de 2007 determina que los recursos adicionales del Sistema General de Participaciones generados por efecto del crecimiento de la economía en una cifra superior al 4%,
deben destinarse al Programa de Atención Integral de la Primera Infancia - PAIPI. En este sentido, la Ley establece que los recursos se
destinarán a la financiación de acciones en Primera Infancia, definidas como prioritarias por el Consejo Nacional de Política Social - CONPES,
siempre que dichas acciones no generen gastos recurrentes. Estas acciones deberán tener en cuenta las prioridades que cada entidad
territorial determine en sus planes de desarrollo.
Los recursos del Sistema General de Participaciones para la Atención Integral a la Primera Infancia se han asignado a los Distritos y
Municipios, con base en la población de 0 a 5 años, teniendo en cuenta los indicadores de Necesidades Básicas Insatisfechas. Para las áreas no municipalizadas de Amazonas, Guainía y Vaupés, el giro de
estos recursos se realizará al respectivo Departamento.
Libre InversiónResguardos Indígenas
Atención del Parto Integral
Estrategias ambulatorias, hospitalarias y comunitarias para la Atención Integral del Recién Nacido
Promoción de la salud, prevención de la enfermedad y el desarrollo integral
Atención ambulatoria , de urgencias y hospitalización pediátrica
Ámbitos culturales para la Primera Infancia
Finalización de las obras inconclusas de Centros de
Desarrollo Infantil
Entornos para la Educación Inicial
Estrategia de Atención en Salud para la Primera Infancia
Atenciones educativas y culturales
Cualificación de recurso humano en Educación Inicial para
la Atención Integral
Sistema General de
Participaciones
CONPES 115 de 2008, CONPES 123 de 2009,CONPES 152 de 2012, CONPES 162 de 2013
para saber más
Asignaciones Especiales
Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control al uso
de recursos del Sistema General de Participaciones
Monitoreo ControlSeguimiento
Tema 3
64 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 65
Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control al uso
de recursos del Sistema General de Participaciones
La tercera parte de esta Cartilla presenta la
Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al
uso de los recursos del Sistema General de
Participaciones. En primer lugar se exponen sus
antecedentes y su fundamento normativo,
haciendo énfasis en la naturaleza jurídica del
Decreto-Ley 028 de 2008, norma fundamental en
la estructuración de la Estrategia.
Frente a su aplicación a nivel territorial, es
necesario enfatizar el papel de cada uno de sus
actores, así como en las etapas que la componen:
el monitoreo, el seguimiento y el control. La
ejecución de la Estrategia es coordinada desde el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público por la
Dirección General de Apoyo Fiscal.
Finalmente se presentan los procesos mínimos
internos que debe realizar una administración
territorial para garantizar la adecuada prestación
de los servicios financiados por el Sistema
General de Participaciones y en los cuales se
enfocan las actividades de la Estrategia.
66 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 67
El Congreso de la República ordenó al Gobierno Nacional definir una Estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto ejecutado por las entidades territoriales con recursos del Sistema General de Participaciones, para
asegurar el cumplimiento de metas de cobertura y calidad.
Siguiendo este mandato, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 028 de 2008.
Antecedentes y objetivos de la Estrategia Problemática a nivel territorial
Constitución Política 1991
Artículo 1 Estado Social de Derecho,
Descentralizado con autonomía de las
Entidades Territoriales
1997Ley 358
Regulación del Endeudamiento
2007Acto Legislativo 04
Ley 1176Creación del sector Agua Potable y Saneamiento Básico y determina la
aplicación de la Estrategia al sector1999
Ley 549 Provisión del pasivo
pensional
Ley 550 Reestructuración de
Pasivos
2000Ley 617
Racionalización del Gasto
2001Acto Legislativo 01
Ley 643 y 715Creación del Sistema
General de Participaciones. Fijación del monopolio de suerte y azar. Garantía del
crecimiento del SGP y definición de competencias
2002Ley 788
Reforma tributaria licores y cigarrillos, fortaleciendo
los ingresos departamentales
2003Ley 819
Responsabilidad Fiscal
2006Ley 1066
Normalización de Cartera
La Constitución aceleró la
Descentralización entregándole a las
entidades territoriales el 49%
de los Ingresos Corrientes de la
Nación
Situación Fiscal Década de 1990s
El incremento del gasto por encima de los Ingresos Corrientes
de Libre Destinación y el aumento de la deuda para
financiar gastos de funcionamiento generan una
Gran Crisis Fiscal
Como consecuencia
Inadecuada utilización de los recursos del Sistema General de Participaciones e ineficiencia en su uso.
Debilidades en el control nacional y regional al uso de los recursos del Sistema General de Participaciones.
Incumplimiento de las metas de cobertura y baja calidad en la prestación de los servicios con cargo a los recursos asignados.
Desarticulación entre los planes sectoriales y su puesta en operación a nivel territorial.
68 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 69
Constitución Política 1991
Artículos 356 y 357
Financiación de las Entidades Territoriales por
Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación
Ley 715 2001
Competencias de entidades territoriales frente a servicios a su
cargo
Acto Legislativo 01
2001
Reforma del modelo de financiación
Fundamento Normativo
Ley 1176 2007
Competencias de entidades territoriales frente a servicios a su
cargo
Resolución 18722011
Asigna funciones de seguimiento y control a la DAF sobre Agua Potable y
Saneamiento Básico
Acto Legislativo 042007
Artículo 3Reforma del modelo de financiación. Crea la
Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al
Sistema General de Participaciones
Decreto 29112009
Actividades de control y adopción de medidas de
control
Decreto 1682009
Actividades de monitoreo y seguimiento y la
calificación de eventos de riesgo
Decreto 26132009
Asunción temporal de
competencias
Decreto 10402012
Desarrolla competencias para el Sector Agua
Potable y Saneamiento Básico
Decreto 39792009
Asunción temporal de
competencias
Decreto 7912009
Transfiere funciones al
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto 0282008
Define la estrategia y otorga facultades al
Departamento Nacional de Planeación
Ley 1450 2011
Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014
Competencias y otros
aspectos sectoriales
Resolución 7942009
El Ministerio de Hacienda asigna funciones a la Dirección General de
Apoyo Fiscal
70 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 71
La Corte Constitucional concluye en la
sentencia C-1145 de 2008 que “el Decreto 028 de
2008, “por medio del cual se define la Estrategia de
monitoreo, seguimiento y
control integral al gasto que se realice con
recursos del Sistema General
de Participaciones”, constituye una
norma con fuerza material de ley”.
Naturaleza Jurídica
Decreto 028 de 2008
En uso de las facultades especiales previstas en el
Acto Legislativo 04 de 2007, el Presidente de la
República expidió el Decreto 028 de 2008 “por medio del cual se define la Estrategia de monitoreo,
seguimiento y control integral al gasto que se realice con recursos del
Sistema General de Participaciones”.
Argumentó la necesidad de utilizar el criterio material
del que hablan los numerales 4 y 5 del artículo Superior 241, dado que con
un criterio formal no es posible determinar la
naturaleza del Decreto 028 de 2008.
El artículo 3º del Acto Legislativo 04 de 2007 autorizó al Gobierno Nacional para
definir una Estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto
ejecutado por las entidades territoriales con recursos del Sistema General de
Participaciones, adicionalmente le otorgó facultades para que en un término no
mayor a seis meses, contados a partir de la expedición de dicho acto, regulara los
eventos de riesgo en la prestación de los servicios financiados y algunos otros
aspectos.
El Acto Legislativo 04 de 2007 no definió expresamente el alcance (legal o
reglamentario) de las facultades otorgadas al Gobierno Nacional. Esta falencia formal
generó dificultades para establecer la naturaleza jurídica del Decreto 028 de
2008, por eso la Corte Constitucional en la sentencia C-1154 de 2008 se ocupó de
analizar esta norma, señalando lo siguiente:
El criterio material es analizado por la Corte
desde tres ópticas, buscando en el contenido
del Decreto 028 de 2008 la fuerza material de una ley, en la materia regulada, la
fuerza jurídica y la reglamentación del decreto
mismo.
La materia regulada. El Decreto 028 de 2008 establece controles a recursos exógenos de las entidades territoriales los cuales, de acuerdo con el artículo 287 Superior, se administrarán autónomamente en el marco de la Constitución y la Ley, de tal forma que está regulando una materia reservada a la Constitución y la Ley, con lo que se confirma la fuerza material de ley.
La fuerza jurídica. El Decreto 028 tiene la capacidad de adicionar o modificar regulaciones de orden legal, tal y como sucede con su artículo 21, el cual tiene incidencia directa sobre los artículos 18 y 91 de la Ley 715 de 2001 (inembargabilidad de los recursos del Sistema General de Participaciones). Esa potencialidad normativa es atribuible únicamente a una norma con fuerza de ley.
La reglamentación del decreto. La existencia misma de decretos reglamentarios, los cuales están reservados (numeral 11 del artículo 189 Superior) para la cumplida ejecución de las leyes, confirma la fuerza de ley.
72 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 73
Responsables institucionales para la aplicación de la Estrategia
Departamentos
Salud
Servicios Públicos
SociedadesProduraduría General de la
Nación
Fiscalía General de la Nación
Contraloría General de la
República
Las decisiones de control son tomadas con la participación
de los Ministerios Sectoriales y/o el Departamento
Nacional de Planeación.
Dentro de la Estrategia, los Departamentos actúan prestando la
colaboración necesaria al Ministerio de Hacienda y a los
Municipios de su jurisdicción para superar las deficiencias
administrativas e institucionales que sustentaron la aplicación de
las medidas.
Responsables Sectoriales
Ministerio de Educación Nacional
Ministerio de Vivienda, Ciudad
y Territorio
Ministerio de Salud y
Protección Social
Ministerio del Interior
Departamento Nacional de Planeación
Organismos deControl
Superintendencias
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público DAF
Para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el objetivo de
la aplicación de la Estrategia es el fortalecimiento
institucional de las administraciones territoriales sujetas a las
medidas preventivas y/o correctivas.
74 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 75
Son sujetos de aplicación de la Estrategia de monitoreo,
seguimiento y control los Departamentos, Distritos, Municipios
y demás entidades responsables de la administración y
ejecución de los recursos de las Participaciones y Asignaciones
del Sistema General de Participaciones en los Sectores de
Educación, Salud, Agua Potable y Saneamiento Básico, Propósito
General y las Asignaciones Especiales para Alimentación Escolar,
Municipios Ribereños del Río Grande de la Magdalena,
Resguardos Indígenas y la participación para la Atención
Integral a la Primera Infancia.
Sujetos de Aplicación
Departamentos
Sujetos de Aplicación
Municipios Distritos Otras entidades responsables de la
administración y ejecución de
recursos del Sistema General de
Participaciones
Aplicación de la Estrategia a nivel territorial
Monitoreo
Estrategia de monitoreo, seguimiento y control al Sistema General de Participaciones
Seguimiento Control
Ministerio de Educacion Nacional
Ministerio de Salud y
Proteccion Social
Ministerio de Vivienda, Ciudad
y Territorio
Departamento Nacional de Planeación
Organismos de Control
ProcuraduríaContraloría
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público
Dirección General
de Apoyo Fiscal
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público
Dirección General
de Apoyo Fiscal
Etapas de la Estrategia
Entidades Responsables
76 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 77
La actividad de Monitoreo se define como la recopilación sistemática de
información para su consolidación, análisis y verificación, que sirve para
calcular indicadores específicos y estratégicos en cada sector, que
permiten identificar acciones u omisiones por parte de las entidades
territoriales que puedan poner en riesgo la adecuada utilización de los
recursos del Sistema General de Participaciones.
La identificación de omisiones por parte de las entidades territoriales en el uso de los recursos del Sistema General de Participaciones, cuenta con fuentes adicionales. Estas
pueden ser: solicitudes expresas por parte de los responsables sectoriales, como los Ministerios de Salud; de Vivienda, Ciudad y Territorio; de Educación Nacional; y el
Departamento Nacional de Planeación; denuncias ciudadanas previamente evaluadas por los responsables sectoriales; solicitudes de los organismos de control y/o en el marco de la
aplicación de las normas de disciplina fiscal.
La información recopilada es la base para la priorización de las entidades en las que se dará inicio a las actividades de seguimiento.
Monitoreo Priorización de Entidades
Responsables Sectoriales
Indicadores de cada sector para identificar acciones y omisiones de la entidad territorial
que puedan poner en riesgo:
Adecuada utilización de recursos del
Sistema General de
Participaciones
Ministerio del Interior
Cumplimiento de metas de calidad,
cobertura y continuidad en los
servicios financiados con Sistema General
de Participaciones
Ministerio de Educacion Nacional
Ministerio de Salud y
Proteccion Social
Ministerio de Vivienda, Ciudad
y Territorio
Departamento Nacional de Planeación
Monitoreo
Actividad Dirección General de Apoyo Fiscal
Identificar entidades en riesgo basados en información contenida en:
Informes de monitoreo sectorial
Solicitudes expresas de los Responsables
Sectoriales
Aplicación de Normas de
Disciplina Fiscal por la DAF
Informes de Organismos de
Control
Denuncias Ciudadanas
Priorización de Entidades
Generan
78 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 79
La actividad de Seguimiento se define como la evaluación y análisis de
los procesos administrativos, institucionales, fiscales, presupuestales,
contractuales y sectoriales de las entidades territoriales priorizadas
que permitan evidenciar y calificar la existencia de eventos de riesgo
que afecten o puedan afectar la ejecución de los recursos del Sistema
General de Participaciones y el cumplimiento de las metas de
continuidad, cobertura y calidad en la prestación de servicios.
La actividad de seguimiento generalmente se desarrolla a través de
visitas de reconocimiento institucional realizadas por la Dirección
General de Apoyo Fiscal, y/o de monitoreo en campo por parte de los
Ministerios Sectoriales, en las que se identifica la ocurrencia de eventos
de riesgo que afectan la ejecución de los recursos del Sistema General
de Participaciones.
Seguimiento
Procesos Institucionales
Procesos fiscales
Procesos de Apoyo
Informe de Diagnóstico
Reconocimientos Institucionales
Auditorías
Evaluación y Análisis
Evidencia y calificación de Eventos de Riesgo
Los Eventos de Riesgo
Decreto 028 de 2008
Artículo 9º - Identificables en las actividades de monitoreo y seguimiento
No envío de la informaciónNo entregar información en la auditoríaPresupuestos no ajustado a las normasCambio en la destinación de los recursosAdministración de recursos en cuentas no autorizadasOperaciones financieras y/o tesorería no autorizadasInadecuado registro contable de los recursosProcesos de selección contractual inadecuadosContratos sin interventoría o supervisiónNo publicar los actos administrativos, contratos, convenios e informes según la leyNo disponer del Sistema de Identificación de Beneficiarios - SISBENNo cumplimiento de las condiciones de identificación de beneficiarios de programas socialesNo disponer de los mecanismos de participación ciudadana y de rendición de cuentasSanciones impuestas por organismos de control por uso de recursos del Sistema General de ParticipacionesMedidas cautelares que afectan recursos del Sistema General de ParticipacionesIncumplimiento de metas de continuidad, cobertura y calidad de los serviciosSuscripción, modificación o ejecución de contratos cuyo objeto no aseguren la prestación del servicioAquella situación que resulte de inminente riesgo para la prestación adecuada del servicio
80 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 81
La actividad de Control se define como la adopción de
medidas preventivas y/o correctivas tendientes a
superar los eventos riesgo identificados, de tal
manera que se superen las deficiencias
administrativas e institucionales que los generaron.
La Evaluación de las medidas adoptadas comprende el análisis
periódico de las actividades y productos que evidencien el
cumplimiento de las condiciones establecidas para su levantamiento.
Los resultados de la evaluación permiten tomar decisiones
relacionadas con el levantamiento o extensión de las medidas o la
adopción de medidas adicionales.
Control
Adopción de medidas
preventivas
Giro directo Suspensión de giros
Suspensión de procesos
contractuales
Asunción temporal de la competencia
Plan de Desempeño
Adopción de medidas
correctivas
Adopción de medidas
adicionales
Ajuste de competencias
Declaratoria de ineficacia de los
contratos
Evaluación
Medida Preventiva
Medida Correctiva
Evaluación de las Medidas de Control
Extensión Levantamiento ExtensiónReformulación Levantamiento
Si hay incumplimiento
Control
82 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 83
Actividades de la Estrategia desarrolladas por la DAF
Planeación de la Estrategia
Solicitudes Responsables
Sectoriales
Informes de Monitoreo Sectoriales
Denuncias Organismos de
Control
Evaluación de la Información
Planeación y programación
previa de visitas
Priorización de entidades objeto de seguimiento
Desarrollo de reconocimientos
institucionales (auditorías)
Notificación de la medida a la
entidad
Consulta a responsables
sectoriales sobre la decisión de la
medida a adoptar, formalización de la medida y archivo de la información
de visita
Envío de la Resolución a
Organismos de Control y
Responsables Sectoriales
Ejecución de la medida
Análisis de la continuidad de
la medida
Evaluación (seguimiento) de las obligaciones y
actividades previstas para que
las medidas adoptadas sean
levantadas
Notificación de la medida al Alcalde
o Gobernador
Archivo de la información
Envío notificación a Ministerios
Sectoriales o DNP
Seguimiento y adopción de
medidas de control
Evaluación de las medidas adoptadas
84 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 85
Con base en el monitoreo, los responsables sectoriales (Ministerios de
Salud; Educación; Vivienda, Ciudad y Territorio y/o el Departamento
Nacional de Planeación) determinan las entidades territoriales en las
cuales se encuentra en alto riesgo la prestación de uno o varios de los
servicios financiados con cargo a los recursos del Sistema General de
Participaciones.
La Dirección General de Apoyo Fiscal aplica una metodología de
priorización, da inicio a la actividad de seguimiento y programa
acciones de reconocimiento institucional en las que se analizan los
procesos internos de dichas entidades territoriales relacionadas con el
uso de los recursos del Sistema.
De cada una de las entidades y por cada sector se produce un informe que
incluye un diagnóstico sectorial, la relación de los eventos de riesgo
evidenciados y la recomendación de la medida a adoptar. Dicho informe se
pone a consideración de los Responsables Sectoriales según sea el caso y
se recogen sus comentarios y observaciones, particularmente sobre la
definición de la medida de control a aplicar.
Cumplido este procedimiento, la Dirección General de Apoyo Fiscal
produce una Resolución adoptando la medida, la cual se notifica
personalmente al representante legal de la entidad siguiendo los
procedimientos administrativos.
Las medidas son de aplicación inmediata y contra ellas sólo
procede el recurso de reposición en el efecto devolutivo.
En adelante, se realizan las actividades propias de cada medida
(preventiva y/o correctiva) según sus propios procedimientos, su
naturaleza y sus características. Las definiciones y procedimientos
propios de cada medida se encuentran en los Decretos 028 y 2911 de
2008 y 168, 2613 y 3979 de 2009.
86 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 87
Procesos Mínimos que debe realizar una Entidad Territorial
Formulación y Seguimiento del Plan de Desarrollo Local
Contabilidad Tesorería
Ejecución Presupuestal
Registro Contable
Formulación y Ajuste del PAC
Formulación y Seguimiento al
MFMP
Formulación y Seguimiento al POAI y Planes Indicativos
Programación Presupuestal
Formulación y Seguimiento a Proyectos de
Inversión
Cierre Presupuestal
Cierre de Tesorería
Liquidación de Liquidez
Planeación Estratégica
Formulación y Seguimiento Proyectos de
Inversión
Procesos Institucionales
Presupuesto
Procesos de Apoyo
Procesos MínimosEntidad Territorial
Procesos Fiscales
Contratación Reporte de Información
ContractualGestión de
Reportes de Información
Análisis de estructura
organizacional y de planta
Vinculación y Desvinculación de
Personal
Liquidación de Nómina
EvaluaciónRecursosHumanos
Recurso Humano
Asistencia Técnica Jurídica
Defensa y Representación
Judicial
Recepción y Distribución de
Peticiones, Quejas y Reclamos
Archivo
JurídicoAtención al Ciudadano
Gestión Documental
88 Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Dirección General de Apoyo Fiscal 89
La Dirección General de Apoyo Fiscal, dentro de su función de evaluar
los procesos relacionados con la ejecución de recursos por parte de las
entidades territoriales y con base en un ejercicio de análisis aplicando su
experiencia en materia territorial, ha identificado y enmarcado en tres
categorías los procesos mínimos y relevantes que de manera general las
administraciones departamentales, municipales y distritales deben
realizar en materia sectorial, siendo consistente con la clasificación
presentada por el artículo 3º del Decreto 028 de 2008 para los procesos
que deben ser revisados en la aplicación de la Estrategia. Los procesos institucionales incluyen todas las actividades y
acciones que se ejecuten en el marco de procesos de planeación
estratégica y de formulación y seguimiento a proyectos de
inversión. Los procesos fiscales enmarcan todas las actividades
relacionadas con el presupuesto, la contabilidad y la tesorería.
Finalmente, los procesos de apoyo están conformados por las
actividades administrativas que fundamentan los procesos
institucionales y fiscales, tales como talento humano; contratación;
jurídico; atención al ciudadano; gestión documental; y reportes de
información.
Estos procesos mínimos son comunes a todos los sectores, algunos en
mayor medida que otros, dependiendo de las particularidades de cada
uno y son revisados por la Dirección General de Apoyo Fiscal en los
reconocimientos institucionales o auditorias que realiza en las entidades
priorizadas por la Estrategia para evidenciar en ellas la ocurrencia de
eventos de riesgo para los recursos del Sistema General de
Participaciones en un determinado sector.