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GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES DECRETO Nº 002/012

GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

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Page 1: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

GUÍA DEL RÉGIMENGENERAL DE PROMOCIÓNDE INVERSIONESDECRETO Nº 002/012

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GUÍA DEL RÉGIMENGENERAL DE PROMOCIÓNDE INVERSIONESDECRETO Nº 002/012

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Índice

0.1. Unidad de Apoyo al Sector Privado ........................................................... 07 Apoyo al sector privado UnASeP

2. Incentivos y promoción de la inversión, Decreto Nº 002/012 ....... 08 ¿Por qué el nuevo régimen? ¿Cuáles son los objetivos del nuevo régimen?

3. Beneficios fiscales ............................................................................................... 09 ¿Cuáles son los beneficios a obtener?

4. Proyectos de Inversión ..................................................................................... 10 ¿Cuál es el criterio de elegibilidad de los proyectos? ¿Cuáles son los requisitos de presentación del proyecto? ¿Dónde se presenta el proyecto?

5. Evaluación de los proyectos de inversión ............................................... 12 Criterios de asignación del beneficio de IRAE Cálculo del beneficio de IRAE Plazo de exoneración de IRAE Topes aplicables en la deducción el beneficio de IRAE Indicadores Generales Indicadores Sectoriales Beneficios adicionales

6. Ampliación de proyectos promovidos...................................................... 24

7. Control y Seguimiento ...................................................................................... 25

8. Notas de Interés ................................................................................................... 26

Page 6: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

Rincón 518 Planta [email protected]/unasep.php

Impresión Abril 2012Montevideo, Uruguay

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Unidad de Apoyoal Sector Privado

1.La Unidad de Apoyo al Sector Privado (UnASeP) perteneciente al Minis-terio de Economía y Finanzas (MEF) fue creada para asesorar, proponer, implementar y facilitar la coordinación de políticas y acciones que mejo-ren el clima de negocios y favorezcan el desarrollo del sector privado y la inversión productiva.

Apoyo al sector privado

La estrategia política del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se basa en la necesidad de promover la confianza y la estabilidad en la economía uruguaya y la sociedad. Para esto se considera esencial dar prioridad a la inversión tanto en el capital humano como en el capital físico.Desde el MEF se pretende establecer un vínculo de confianza entre el sector público y privado. Con este objetivo se creó la Unidad de Apoyo al Sector Privado (UnASeP).

UnASeP

• Brinda la información necesaria para el desarrollo de un proyecto de inversión.

• Asesora sobre los beneficios que el Estado brinda para estimular la im-plementación de un proyecto.

• Acompaña en el proceso de presentación del proyecto, facilitando el contacto con organismos públicos y privados, realizando el seguimiento de los trámites y los plazos estipulados.

• Promueve la inversión estudiando e investigando el mercado y ponien-do a disposición la información que interese al inversor.

• Asesora al Ministro de Economía, respecto a inversiones y competitivi-dad en nuestro país.

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Incentivos yPromociónde la Inversión.Decreto Nº 002/012

2.¿Por qué el nuevo régimen?

Actualmente existen en el Estado uruguayo, diversos programas que es-timulan y ayudan al desarrollo del Sector Privado: programas de finan-ciamiento, de asociatividad, capacitación, entre otros. Así mismo existen diferentes regímenes promocionales destinados a la promoción de la inversión.

El régimen de promoción de inversiones (Ley Nº 16.906) constituye una política activa de particular importancia por lo que resulta de relevante interés preservar y perfeccionar el instrumento.Se trata de un esquema de incentivos flexible, que permite adaptarse a cambios en las prioridades de las políticas, opera en forma transparente, simple y no arbitraria, induce resultados a corto plazo fácilmente moni-toreables y es exitoso, permitiendo aumentar significativamente las in-versiones.Constituye un instrumento fundamental para la transformación de la ma-triz productiva, incentivar el empleo de calidad, promover los proyectos innovadores y con más valor agregado, y para avanzar en la integración productiva y social.

Tras 4 años de experiencia con la puesta en práctica del régimen imple-mentado a través del Decreto Nº 455/007, y ante una nueva realidad eco-nómica-social, resultó necesario ajustar algunos aspectos del régimen, haciendo más estrecha la relación entre los objetivos a promover y los beneficios a otorgar.

El 2 de febrero de 2012 se publica en el Diario Oficial el Decreto Nº 002/012 fecha a partir de la cual entra en vigencia la nueva metodología de evaluación de los proyectos de inversión.

¿Cuáles son los objetivos del Nuevo Régimen?

Los principales objetivos del cambio son los siguientes:

1- Perfeccionar el régimen de promoción de inversiones, haciendo más es-trecha la relación entre los objetivos a promover y los beneficios a otorgar.

2- Atender las consideraciones de “calidad” en el empleo generado y las oportunidades de empleo para los colectivos que tienen más dificultades de integración en el mercado laboral formal.

3- Incentivar la localización de inversiones en zonas de menor desarrollo relativo, tanto en Montevideo como en el interior del país.

4- Aumentar los incentivos para las inversiones en Investigación, Desarro-llo e Innovación, utilización de Tecnologías más Limpias y eficiencia ener-gética, potenciando las externalidades que dichas inversiones generan.

5- Promover en forma específica el desarrollo de emprendimientos de las micro y pequeñas empresas.

6- Fomentar los procesos de concentración geográfica de la producción en parques industriales, zonas turísticas, etc.

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Beneficios fiscales

3.¿Cuáles son los beneficios a obtener?

Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE)

Exoneración que se definirá en función de la aplicación de la matriz de indicadores y el puntaje obtenido en ella (ver sección 5). El impuesto exo-nerado no podrá exceder el 100% del monto efectivamente invertido en los activos detallados en el proyecto, ni el 60% de impuesto a pagar en cada uno de los ejercicios comprendidos en la declaratoria promocional.

Impuesto al Patrimonio (IP)

Exoneración sobre los bienes muebles que no gocen de exoneración al amparo de otros beneficios, por toda su vida útil. En el caso de bienes inmuebles, la exoneración comprenderá las obras civiles realizadas, por el término de 8 años si el proyecto está ubicado en Montevideo, y por el término de 10 años si está radicado en el interior del país.

Tasas y tributos a la importación

Exoneración de tasas y tributos a la importación, incluido el I.V.A de bie-nes muebles de activo fijo y materiales destinados a la obra civil, que no gocen de exoneración al amparo de otros beneficios, siempre que sean declarados no competitivos con la industria nacional por la Cámara de Industria en conformidad por la Dirección Nacional de Industria.

Impuesto al Valor Agregado Nacional (IVA)

Devolución de I.V.A por las adquisiciones en plaza de materiales y servi-cios destinados a la obra civil.

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Proyectosde Inversión

4.¿Cuál es el criterio de elegibilidad de los proyectos?

Podrán acceder a los beneficios previstos en el marco de la Ley Nº 16.906, los sujetos pasivos de IRAE que presenten proyectos con inversiones comprendidas en la siguiente definición:

a) Bienes corporales muebles. Excluidos los vehículos no utilitarios y los bienes muebles destinados a casa habitación.

b) Mejoras fijas, excluidas las destinadas a casa habitación.

c) Bienes incorporales que determine el Poder Ejecutivo.

d) Plantines y los costos de implantación de árboles y arbustos fruta-les plurianuales, en tanto se incurran en el primer año del cronograma de inversiones. La COMAP definirá los montos máximos de inversión por hectárea y las condiciones pertinentes.

A efectos del monto computable para la obtención de los beneficios, se tomarán en cuenta, como parte del proyecto, aquellas inversiones rea-lizadas a partir de los 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.Las inversiones efectivamente realizadas en el período comprendido en-tre el inicio del ejercicio y el plazo establecido para la presentación de la declaración jurada de IRAE, se podrán considerar efectuadas en dicho ejercicio a efectos de los beneficios establecidos en el presente Decreto.

¿Cuáles son los requisitos de presentación del proyecto?

Para la solicitud de la declaración promocional las empresas deberán pre-sentar documentos formales expedidos por otros organismos, por la pro-pia empresa y/o los profesionales correspondientes, como así formularios estandarizados expuestos en la página web de la COMAP:http://www.mef.gub.uy/comap_nuevo_reg.php

Los documentos a presentar son:

• Tres últimos balances con sus respectivos informes (en caso de empresa en marcha)

• Certificado notarial

• Certificación de DINAMA, si corresponde, o Declaración Jurada en caso de no estar comprendidos en el Art. 2 del Dec. 349/005

• Certificado Único de DGI y BPS vigentes

• Constancia del Banco Central

• Constancia de la Cámara de Industrias del Uruguay

• Constancia Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

• Memoria constructiva y Anteproyecto de arquitectura

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Proyectosde Inversión

4.Respecto a los formularios estándar expuestos en la página web, los da-tos a presentar serán:

• Datos formales de la empresa (giro, nombre, domicilio, teléfonos, e-mail, fax, Nº BPS, Nº RUT, Nº MTSS, datos de los propietarios o directores y del responsable por la sociedad)

• Identificación de empresas del mismo grupo económico

• Objetivo del proyecto

• Los indicadores elegidos

• Compromisos que se asumen en el proyecto de inversión

• Otros

En ningún caso será necesario presentar la situación económico -finan-ciera y social de la empresa.

¿Dónde se presenta el proyecto?

El proyecto debe presentarse en Rincón 518, planta baja.El trámite no tiene costo.

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Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Criterios de asignación del beneficio de IRAE. ¿Cómo puntúan los objetivos?

Una vez presentado el proyecto, la COMAP lo evalúa según los siguientes objetivos: Generación de Empleo, Descentralización, Aumento de Expor-taciones, Producción más Limpia, Investigación y Desarrollo e innovación y objetivos sectoriales, los que se ponderarán de acuerdo a la matriz de indicadores:

OBJETIVOS INDICADORES PONDERACIÓN PUNTAJE

Generaciónde Empleo

Descentralización

Aumentode Exportaciones

Indicador Sectorial

Producción más limpia (P+L), o Investigación y Desarrollo einnovación (I+D+i)

UCE´s (IEUI)1/2

IPD InteriorIDH Montevideo

Exportaciones

(0.2* (IEU$S)2/3 )

Anexo IV

1 punto= 5% de P+L en el total invertido

1 punto= 5% de I+D+i en el total invertido o incremento del personal en I+D+i del 5% de los trabajadores.

30%

15%

15%

20%

20%

0 a 10

0 a 10

0 a 10

0 a 10

0 a 10

IEUS$: Inversión Elegible en millones de dólares.

IEUI: Inversión Elegible en millones de Unidades Indexadas.

UCE´s: Unidad de Cuenta del Empleo

IDP: Índice de Pobreza Departamental

IDH: Índice de Desarrollo Humano

Exportaciones: Incremento de exportaciones en millones de dólares

Se deberá obtener como mínimo 0.5 puntos en el total de los indicadores Empleo, Exportaciones, P+L ó I+D+i e Indicador Sectorial. Así mismo se deberá alcanzar como mínimo 1 punto en el total de la matriz.

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Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Cálculo del beneficio de IRAE

Al alcanzar el mínimo de puntos requeridos la empresa se asegura un 20% de exoneración de IRAE. La exoneración final de IRAE surge del siguiente procedimiento:

1) Se realiza la sumatoria del puntaje total ponderado.

2) Al puntaje obtenido se le restará 1.

3) Al resultado anterior se le dividirá entre 9.

4) Se le multiplicará por 80% y se le suma el 20% establecido como piso.

De esta forma se obtiene la exoneración final, la cual nunca podrá ser menor al 20% y no podrá superar el 100% del monto invertido.

Plazo de exoneración de IRAE

Los plazos en los que la empresa podrá gozar de la exoneración de IRAE se establecen de acuerdo a la siguiente fórmula:

Empresa Nueva: 2 * % Exoneración otorgado * (8 + (IEUI)1/5 )

Donde: IEUI: Inversión Elegible en millones de Unidades Indexadas.

Empresa en Marcha: 2 * % Exoneración otorgado * (5 + (IEUI)1/5 )

Donde: IEUI: Inversión Elegible en millones de Unidades Indexadas.

En ningún caso el período de exoneración de IRAE podrá ser menor a 3 años.

Topes aplicables en la deducción del benefi-cio de IRAE

El impuesto exonerado no podrá exceder el 100% del monto efectiva-mente invertido en cada ejercicio económico.

La exoneración del IRAE no podrá superar el 60% del impuesto a pa-gar para los ejercicios comprendidos en la declaratoria promocional.

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Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.La siguiente tabla muestra el Valor de Cuenta que corresponde a 1 puesto de trabajo creado en cada una de las Categorías de Ocupación:

Se establecen puntajes adicionales para cada uno de los colectivos con-siderados con mayores problemas de empleo. Éstos serán de 0,25 para cada uno de los grupos, pudiendo sumarse por más de un concepto:

- Contratación de mujeres.

- Contratación de trabajadores de 24 años o menos y/o de 50 años o más.

- Contratación de trabajadores rurales.

La Unidad de Cuenta del Empleo se conformará por la suma de los valores de cuenta de cada categoría salarial del personal incremental así como por los puntos adicionales obtenidos si dichos trabajadores pertenecie-ran a los colectivos con mayores problemas que se definieron más arriba.

Indicadores Generales

Generación de Empleo

Fórmula de cálculo:

Donde:

UCE´s: Unidad de Cuenta del Empleo

IEUI : Inversión Elegible en millones de unidades indexadas.

UCE´s (IEUI)1/2

CATEGORÍA NIVEL DECALIFICACIÓN

SALARIOPAGADO

VALOR DE CUENTA

A

C

B

D

1.5

0.75

1

0.5

Calificación Alta

Calificación Media

Calificación Media Alta

Calificación Baja

S.Nominal > 20 BPC

5 BPC< S.N <= 10 BPC

10 BPC < S.N <= 20 BPC

S. Nominal <= 5 BPC

BPC: Base de Prestaciones y Contribuciones

Page 15: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

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Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Para actividades evaluadas en el Ministerio de Turismo y Deporte (MIN-TUR) y el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), deberán tomarse en cuenta las situaciones especiales definidas para exportacio-nes:

Aumento de exportaciones para actividades turísticas:Se tomarán como exportaciones aquellas asimiladas como tales de acuerdo a la legislación tributaria vigente. Dichas exportaciones se multi-plicarán por un coeficiente de 2.55.

Aumento de exportaciones para actividades agropecuarias:Las empresas cuyo giro sea la producción agropecuaria y/o la foresta-ción, podrán computar como Exportaciones Indirectas, un porcentaje de las ventas en plaza incrementales del producto/s agropecuario/s producido/s por la empresa respecto a la situación sin proyecto, porcen-taje que definirá el MGAP para cada uno de los productos que este con-sidere.

Aumento de las Exportaciones

Fórmula de cálculo:

Donde:

IEU$S : Inversión Elegible en millones de dólares.

Exportaciones: incremento de exportaciones en millones de U$S de acuerdo al marco tempo-

ral que se plantea en la Circular Nº 2/09.

Producción más Limpia

Uno de los objetivos que se valora en los proyectos es la inversión en Producción Más Limpia definida de acuerdo al PNUMA (Programa de las Naciones Unidas para el medio ambiente) como: “aplicación continua de una estrategia ambiental, preventiva e integrada a los procesos produc-tivos a los productos y servicios, para incrementar la eficiencia global y reducir riesgos a los humanos y al medio ambiente”. Se asigna 1 punto cada 5% de participación de la inversión en P+L en el total.

Investigación y Desarrollo e innovación

A fin de evaluar el componente de progreso técnico de los proyectos de inversión se considera si el mismo prevé el desarrollo de la “Investigación y Desarrollo Experimental” ó “Innovaciones tecnológicas en productos o procesos” (según la definición expuesta por la Agencia Nacional de Inves-tigación e innovación), al menos en el ámbito del sector de actividad en el que se inscriba el proyecto postulado.Se asigna 1 punto cada 5% de participación de la inversión más costos en I+D+i o del empleo en I+D+i respecto al total.

Exportaciones (0.2* (IEU$S)2/3)

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Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Descentralización

Se asigna el puntaje en función del Índice de Pobreza Departamental para el Interior del país e Índice de Desarrollo Humano para Montevideo de acuerdo a la localización del proyecto de inversión.

Descentralización para Interior del país:

Los puntajes se aplicarán directamente en el caso de proyectos localiza-dos en el medio rural disperso o en las localidades urbanas de menos de 5.000 habitantes. En el caso de proyectos localizados en las capitales departamentales o en ciudades de más de 5000 habitantes se deducirá un punto.

DEPARTAMENTOCIUDAD CON MENOS DE

5.000 HABITANTES O MEDIO RURAL DISPERSO

CAPITAL DEPARTAMENTAL O CIUDAD CON MÁS DE

5.000 HABITANTES

Artigas

Cerro Largo

Salto

Durazno

10

10

9

9

9

9

8

8

Soriano

Rocha

Paysandú

Florida

8

8

8

8

7

7

7

7

Tacuarembó

Rivera

Treinta y Tres

Lavalleja

9

9

9

8

8

8

8

7

Canelones

Río Negro

San José

Flores

7

7

7

6

6

6

6

5

Colonia

Maldonado

6

6

5

5

Page 17: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

17

Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.

Para actividades turísticas y del sector lácteo deberán tomarse en cuenta las situaciones especiales definidas para estas:

Descentralización – Actividades turísticas:Se distinguen seis centros turísticos: Montevideo, Punta del Este y zonas de influencia, costa Atlántica del departamento de Rocha, Costa de Oro, Ciudad de Colonia y Termas. Se asignan 10 puntos a los establecimientos turísticos radicados en alguno de los anteriores centros, categorizados como 5 estrellas, 9 puntos para aquellos categorizados como 4 estrellas, y 8 puntos para aquellos de 3 estrellas ubicados en la costa Atlántica del departamento de Rocha y Costa de Oro.

Descentralización – Sector lácteo:Establecimientos primarios de producción lechera (tambos):

Empresas industrializadoras de productos lácteos:

Se otorgarán 10 puntos si la industria cumple alguna de las siguientes condiciones:- 40% o más del volumen de leche recibida en planta proviene de esta-blecimientos ubicados fuera de la Zona Sur (Canelones, Colonia, Florida, San José y Montevideo). - 40% del volumen de leche recibida en planta proviene de “nuevos re-mitentes a la industria”, sin tomar en cuenta su localización.

Descentralización para Montevideo:

IDH PUNTAJE

mayor a 0,6

entre 0,4 y 0,6

entre 0,3 y 0,4

menor a 0,3

0

3

6

9

Centro-Norte y Sur-Este

Sur

Litoral

10 puntos

Puntaje establecido en Anexo V de Criterios COMAP

10 puntos, si es un “nuevo remitente a la industria” ó puntaje establecido en Anexo V de Criterios COMAP si es un productor ya existente

IDH mayor a 0,6

IDH entre 0,4 y 0,6

IDH entre 0,3 y 0,4

IDH menor a 0,3

Page 18: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

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Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Indicadores Sectoriales

De acuerdo al sector de actividad del proyecto de inversión las empresas podrán optar por un indicador sectorial.

Todos los sectores

Desarrollo del mercado de valores

Aplicable a todos los sectores en forma pura o combinado con otro indi-cador sectorial, no pudiendo en ningún caso superar 10 puntos.

Las empresas podrán obtener puntos por este indicador al financiar su proyecto mediante la utilización de alguno de los siguientes instrumen-tos:

Emisión de acciones o certificados de participación a través del mer-cado local de valores: se otorgará un punto con un máximo de diez por cada 5% de financiamiento de la inversión del proyecto a través de esta herramienta.Emisión de títulos de deuda en el mercado local: se otorgará un punto con un máximo de cinco por cada 10% de financiamiento de la inversión del proyecto a través de esta herramienta.

Es requisito imprescindible que tales emisiones se hayan efectuado me-diante suscripción pública y que dichos instrumentos tengan cotiza-ción bursátil local.

Page 19: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

19

Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Sector Comercio y Servicios

Proyectos evaluados por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Desarrollo del mercado de valores

Contratación de colectivos vulnerables

Se premiará la contratación de trabajadores que hayan participado en programas especiales tales como: Trabajo por Uruguay (Ministerio de Desarrollo Social -MIDES), Objetivo Empleo (Ministerio de Trabajo y Se-guridad Social- MTSS), Pro joven, Proimujer y Procladis (Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional - INEFOP), Programa de capacitación para trabajadores rurales (INEFOP), Programa de capacitación para traba-jadores desempleados (INEFOP), entre otros.

Los trabajadores protegidos computarán en base a 40 hs. semanales si son mensuales, ó 173 hs. al mes si son jornaleros.

Estabilidad de las relaciones laborales

Promoción de acuerdos laborales que contengan cláusulas especiales avaladas por el MTSS. Se valorarán aquellas cláusulas que tengan relación por ejemplo con licencias especiales para cuidados a terceros, licencias especiales para estudios, cláusulas específicas de acciones de formación profesional, etc. El puntaje variará de 0 a 3 puntos en función de las carac-terísticas del convenio vigente.

Mejora calidad de los servicios brindados / Diferencia-ción de productos y procesos

Certificaciones oficiales o de reconocimiento internacional que den cuen-ta de atributos del producto o de su proceso productivo, obteniendo 3 puntos por dicha certificación. Ejemplos de este tipo de certificaciones son: Certificaciones de Sistemas de la Calidad ISO 9000, Certificaciones de Sistemas de Gestión Ambiental ISO 14000, etc.

Donde:

IEUI : Inversión Elegible en millones de UI

Trabajadores protegidos: aquellos que han participado en algún programa especial de em-

pleo.

3* Trabajadores protegidos

(IEUI) ½ Fórmula de cálculo:

Page 20: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

20

Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Sector Industrial

Proyectos evaluados por el Ministerio de Industria, Energía y Minería

Desarrollo del mercado de valores

Nivel tecnológico del producto elaborado

Tiene como objetivo la promoción del desarrollo de procesos producti-vos con alto valor agregado, estableciendo así la siguiente escala de pun-tajes en función de la clasificación que el producto obtenga de acuerdo a la Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional (CUCI, versión 2):

Donde:

IEUI : Inversión Elegible en millones de UI

Donde:

IEUI : Inversión Elegible en millones de UI

Formación continua y capacitación

El objetivo principal de este indicador es promover la capacitación de los trabajadores, mediante la incorporación de nuevos conocimientos, destrezas, habilidades y aptitudes, que permitan una mejor gestión del trabajo.

Formación continua y capacitación

El objetivo principal de este indicador es promover la capacitación de los trabajadores, mediante la incorporación de nuevos conocimientos, destrezas, habilidades y aptitudes, que permitan una mejor gestión del trabajo.

CLASIFICACIÓN PUNTAJE

Productos Primarios

Manufacturas basadas en recursos naturales

Manufacturas de baja tecnología

Manufacturas de tecnología media

Manufacturas de tecnología alta

0

2

4

7

10

0,25* Trabajadores capacitados

(IEUI) ½ Fórmula de cálculo:

0,25* Trabajadores capacitados

(IEUI) ½ Fórmula de cálculo:

Page 21: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

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Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Sector Agropecuario

Proyectos evaluados por el Ministerio de Ganade-ría, Agricultura y Pesca.

Desarrollo del mercado de valores

Inversiones en adaptación y/o mitigación del cambio cli-mático (A+M)

Adaptación al cambio climático comprenderá inversiones que tengan como objetivo ajustar los sistemas productivos agropecuarios en res-puesta a estímulos climáticos. Inversiones en mitigación serán las desti-nadas a reducir el forzamiento humano del sistema climático. Se asignará 1 punto con un máximo de diez por cada 5% de participación de la inversión en A+M en el total invertido.

Diferenciación de productos y procesos

Se considerarán las certificaciones oficiales o de reconocimiento interna-cional que den cuenta de atributos del producto o de su proceso pro-ductivo pudiendo obtener 5 puntos con la existencia de al menos una de este tipo de certificaciones. Algunos ejemplos de certificaciones que serán tenidas en cuenta son las siguientes: Buenas Prácticas Agrícolas, Producción Forestal Sustentable, Producción de carne orgánica, etc.

Capacitación de trabajadores rurales

Se asignarán puntos en función de la capacitación efectuada a trabajado-res rurales que participen en determinados programas para su desarrollo técnico como: Programas de capacitación para trabajadores rurales por el programa INEFOP, Cursos para técnicos agropecuarios proporcionados por la UTU, etc.

Donde:

IEUI : Inversión Elegible en millones de UI

0,25*trabajadores capacitados

(IEUI) ½ Fórmula de cálculo:

Page 22: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

22

Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Sector Turismo

Proyectos evaluados por el Ministerio de Turismo y Deporte

Desarrollo del mercado de valores

Formación continua y capacitación

Se ponderará la capacitación del personal en idiomas y en Institutos Téc-nicos de formación turística. El MINTUR establecerá el nivel de capacita-ción y los Cursos Específicos que puntuarán por esta opción.

Servicios e infraestructura

Se ponderará la inversión en servicios en distintas áreas que complemen-tan el servicio de alojamiento (salas de evento, canchas deportivas, pisci-nas, gimnasio, spa, sauna, locales comerciales, etc.). Se dará un punto por cada 5% de inversión en servicios adicionales en el total invertido.

Donde:

IEUI : Inversión Elegible en millones de unidades indexadas.

Trabajadores capacitados: número de trabajadores que obtendrán la formación suficiente, se-

gún la evaluación que realizará el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Donde:

IE: inversión elegible en Unidades Indexadas.

Si una persona realizara más de una capacitación se computará como un trabajador capacitado.

0,25* Trabajadores capacitados

(IEUI) ½ Fórmula de cálculo:

Inversión en infraestructura adicional

(IE*0,05)Fórmula de cálculo:

Page 23: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

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Evaluaciónde los Proyectosde Inversión

5.Beneficios adicionales

Beneficios adicionales para Micro y Pequeñas Empresas:

Las empresas micro y pequeñas de acuerdo a lo establecido en el Decre-to 504/007 que presenten, dentro del ejercicio fiscal, proyectos por un total acumulado de hasta UI 3,5 millones, podrán optar por los siguientes criterios:

1- Matriz general de indicadores: recibirán un 10% adicional de benefi-cio de IRAE y se adicionará un año al plazo de exoneración.

2- Matriz simplificada: Utilizando para el cómputo del puntaje el indi-cador empleo se asignará cada 3 empleos 1 punto con un máximo de 10 puntos equivalente a la generación de 30 empleos, recibiendo una exoneración que variará de 25% a 70% de IRAE en un plazo de 3 a 5 años.

Beneficios adicionales para empresas que se localicen en Parques Industriales:

El puntaje total obtenido se incrementará en un 15 % para aquellas em-presas que revistan la calidad de usuarios de parques industriales, como también dispondrán de un crédito fiscal por los aportes patronales aso-ciados a los puestos de trabajo incrementales por el proyecto promovido durante un período de 5 años.

Page 24: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

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Las empresas que cuenten con proyectos promovidos podrán presentar una ampliación de los mismos, hasta el segundo ejercicio económico si-guiente a la aprobación del proyecto original.

Se categorizan de acuerdo al monto de inversión:

a) Hasta 20% de la inversión promovida elegible: no se exigirá la ge-neración de más externalidades.

b) Entre 20% y 50% de la inversión promovida elegible: se exigirá un incremento proporcional de los indicadores propuestos en el proyecto original.

c) Las que superen el 50% de la inversión promovida elegible: serán con-sideradas como un proyecto nuevo.

Ampliaciónde proyectopromovidos

6.

Page 25: GUÍA DEL RÉGIMEN GENERAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES

25

Una vez presentado el proyecto de inversión ante Ventanilla Única de Inversiones, aún sin contar con la aprobación de la declaratoria promo-cional, los beneficiarios dispondrán de cuatro meses posteriores al cierre de cada ejercicio económico, incluido el de la presentación del proyecto, para la presentación de sus estados contables con sus respectivos infor-mes de Compilación, Revisión limitada o Auditoria, según corresponda de acuerdo a los criterios de DGI, y una declaración jurada donde conste la ejecución de la inversión, los beneficios utilizados y el cumplimiento sobre los indicadores elegidos.

Se considerará configurado el incumplimiento de la entrega de la infor-mación cuando transcurran treinta días hábiles desde el vencimiento del plazo otorgado para tal fin.

Dicha presentación se realizará ante la Comisión de Aplicación (COMAP) y en forma simultáneamente al Ministerio evaluador de su sector.

Las causales de incumplimiento son:

a) EI incumplimiento en la entrega de información a la COMAP necesaria para el seguimiento del proyecto.

b) Incumplimiento en la ejecución de la inversión

c) Incumplimiento de las metas comprometidas en la operación del pro-yecto de inversión.

Margen de tolerancia

Se admitirá un margen de tolerancia respecto a la matriz de indicadores antes de que la empresa recaiga en incumplimiento, siendo este de un 20% respecto a la obtención del puntaje proyectado. Este margen se apli-cará al puntaje total de la matriz en 2 de los 5 años del cronograma de los compromisos asumidos.Adicionalmente, en el caso del indicador empleo se considerará un mar-gen particular.

Control ySeguimiento

7.

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26

Cotización

Cotización para la presentación del proyecto de inversión: para deter-minar el monto de inversión del proyecto se aplicará el valor de la Unidad Indexada del último día del mes anterior al momento en que se presenta el proyecto y la cotización del dólar billete interbancario comprador del último día hábil del mes anterior a dicho momento.

Cotización para la utilización del beneficio: A los efectos de deter-minar el monto del beneficio al que puede acceder la empresa en cada ejercicio se aplica la cotización de la Unidad Indexada del último día del mes anterior al momento en que se invirtió efectivamente en los bienes comprendidos en la declaratoria. Para el tipo de cambio se considerará el criterio fiscal.

Definición del año 1

Indicador: el primer ejercicio a los efectos de la evaluación del cumpli-miento de los indicadores varía en función de si se trata de un contribu-yente que inicia actividad o uno que se encuentra con la actividad en marcha. Para aquellas empresas que al momento de la presentación del proyecto no tengan un cierre de ejercicio económico con ingresos grava-dos, el año 1 será aquel en el que se generen los primeros ingresos grava-dos. Tratándose de un contribuyente que haya tenido ingresos gravados en su ejercicio anterior (empresa en marcha), el año 1 será el ejercicio siguiente al de la presentación del proyecto.

Inversiones y beneficio: el primer ejercicio a efectos de la deducción de los beneficios fiscales será el ejercicio fiscal en el cual la empresa presen-ta el proyecto de inversión (salvo el caso en el que a partir de dicho ejer-cicio no se generara Renta Neta Fiscal en cuyo caso el comienzo del plazo para la utilización del beneficio podrá diferirse hasta por cuatro ejercicios económicos). El cronograma de ejecución de la inversión iniciará a partir del ejercicio económico en el que recaigan las inversiones realizadas en los seis meses anteriores a la presentación del proyecto.

Desafectación

Los bienes de activo fijo que fueron objeto de exoneraciones tributarias, deberán mantenerse por el término de su vida útil, considerando a tales efectos los criterios fiscales, o 10 años en el caso de que la vida útil sea mayor.

Notas de Interés

8.

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La Unidad de Apoyo al Sector Privado del MEF, no puede hacerse responsable por futuros cambios de las reglamentaciones o disposiciones posteriores a la publicación de este material. Por consultas dirigirse a: [email protected] , atención telefónica 29158167, atención personalizada Rincón 518 Planta Baja.

Dep. Legal Nº 358.108 - 1000 - 04/12 - Imprenta Rojo

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