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COMISIÓN COORDINADORA DE INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD Fecha de versión: Junio 2015 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE INVESTIGACIÓN EN SALUD GUÍA DE SOMETIMIENTO PARA PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN EN SERES HUMANOS (HOMOCLAVE COFEPRIS 04-010) Versión 1.0 Hoja: 1 de 24 GUÍA DE SOMETIMIENTO PARA PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN EN SERES HUMANOS (HOMOCLAVE COFEPRIS 04-010)

GUÍA DE SOMETIMIENTO PARA PROTOCOLO DE … · versión 1.0 comisiÓn coordinadora de institutos nacionales de salud y hospitales de alta especialidad fecha de versión: junio 2015

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COMISIÓN COORDINADORA DE INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD

Y HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD Fecha de versión: Junio 2015

DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE INVESTIGACIÓN EN SALUD

GUÍA DE SOMETIMIENTO PARA PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN EN SERES HUMANOS (HOMOCLAVE COFEPRIS 04-010)

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Hoja: 2 de 24

La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

1.0. OBJETIVO: Describir los requisitos para la “Solicitud de predictamen de Protocolo de Investigación en Seres Humanos” con la finalidad de homologar los sometimientos.

2.0. ALCANCE: Toda persona física o moral que pretenda someter la “Solicitud de predictamen de Protocolo de Investigación en Seres Humanos” modalidad A y C, ante la COFEPRIS.

3.0. RESPONSABILIDADES: Patrocinadores; Organizaciones de Investigación por Contrato; Investigador Principal y equipo de trabajo; Centros de Investigación; Instituciones de Salud; Comité de Ética en Investigación; Comité de Investigación; Comité de Bioseguridad.

4.0. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES. PRE SOMETIMIENTO A COFEPRIS

4.1. IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE INVESTIGACIÓN

El promovente deberá identificar la modalidad del trámite que le corresponde, de acuerdo al origen del producto o procedimiento objeto de la investigación:

Esta guía puede usarse de referencia para todas las modalidades actualmente publicadas en el Acuerdo de trámites para la homoclave 04-010, sin embargo, tomar en cuenta que hay requisitos que no aplican para “estudios observacionales”.

La homoclave COFEPRIS 04-010 Modalidad A puede incluir pero no está limitada a: Protocolos, durante su valoración a través de las fases I a IV, que involucran:

Medicamentos de Origen Farmacoquímico; Biotecnológicos; Vacunas; Productos biológicos; Hemoderivados; Productos que son remedios herbolarios y pretenden estudiar alguna propiedad terapéutica para comercializarse como medicamentos; Productos que son Suplementos alimenticios y pretenden estudiar alguna propiedad terapéutica para comercializarse como medicamentos. Protocolos que involucren toma de muestras biológicas: Estudios de farmacogenética y/o farmacogenómica; Otros.

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

La Protocolos, durante su valoración a través de las fases I a IV, que involucran: Dispositivos médicos;

Trasplantes; Procedimientos quirúrgicos; Injertos; Terapia celular; Todo aquello que no sea farmacológico.

4.2. PREDICTAMEN POR UHAP

El promovente podrá solicitar la evaluación de pre dictamen con las Unidades Habilitadas de Apoyo al Pre dictamen (ver listado de UHAP habilitadas en la sección de protocolos de investigación de la página web);

El promovente contactará a las UHAP para solicitar la evaluación de su información, a través de la página web o medio de contacto que establezca cada UHAP;

La información a presentar a la UHAP debe incluir el folio a menos que la UHAP establezca otro mecanismo; La evaluación por UHAP es una opción “voluntaria” para el promovente, considerar que incluye un costo; La presentación de pre dictamen por UHAP tiene el beneficio de que una vez sometida la solicitud a COFEPRIS la respuesta se emitirá en máximo

30 días hábiles (siempre y cuando el promovente avise al área de Ensayos Clínicos que su trámite fue sometido con pre dictamen).

4.3. SOLICITUD DE CITA PARA SOMETIMIENTO A COFEPRIS A TRAVÉS DEL CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS (CIS): Para solicitar una cita por internet:

Ingresar al portal de COFEPRIS, a la página de “Cita para el Ingreso de Trámites”: http://www.cofepris.gob.mx/TyS/Paginas/Solicitud-de-Cita-para-el-Ingreso-de-Tr%C3%A1mites.aspx (Acceso únicamente después de las 8:30 AM)

Ingresar datos y seleccionar horario (Las citas se agendan únicamente para el día siguiente, de modo que se tiene que solicitar cita el día anterior al ingreso)

Para solicitar una cita por Teléfono: Marcar al Centro Integral de Servicios CIS al siguiente número:

Para el D.F. y el interior de la República: 01-800 033-50-50 Seleccionar opción 3: Solicitud de citas para el ingreso de trámites al CIS (Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:30 hrs. a 18 hrs.)

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

4.4. SOMETIMIENTO A COFEPRIS

Para trámites con predictamen:

Enviar correo a [email protected] indicando el número de ingreso ante el CIS con predictamen para identificación y seguimiento del mismo. En la presentación de la información incluir una portada que indique que es un TRÁMITE CON PREDICTAMEN POR UHAP. Todos los documentos deben estar foliados y con sellos originales de la UHAP (No se aceptan trámites con copia del expediente evaluado por la UHAP o en su caso

orden de información diferente al establecido por la UHAP). No se puede modificar el orden de los documentos revisados por la UHAP.

Para protocolos que involucran productos Biotecnológicos (biocomparables, vacunas recombinantes y medicamentos huérfanos)

El proceso de evaluación del Subcomité de Evaluación de Productos Biotecnológicos (SEPB) es opcional y voluntario para el promovente. El beneficio de solicitar la reunión con el SEPB es validar el diseño del protocolo, o la información disponible del producto, para facilitar el registro sanitario del

producto haciendo un proceso más eficaz y eficiente. La solicitud de reunión con el SEPB se realiza a través de un Escrito Libre sometido a través del CIS de COFEPRIS, es necesario enviar un correo electrónico a:

[email protected]; En caso de decidir realizar la solicitud de reunión con el SEPB, esta puede llevarse a cabo en paralelo al proceso de revisión por el Comité de Ética en Investigación y

Comité de Investigación o Bioseguridad, o incluso desde el proceso de selección de centros o antes; La respuesta del SEPB debe ser incluida como parte del sometimiento de “Solicitud de Autorización de Protocolo de Investigación en Seres Humanos”. Referir TRÁMITE CON EVALUACIÓN DEL SEPB

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4.5. PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN PARA EL SOMETIMIENTO A COFEPRIS

La presentación de la información de cada módulo deberá incluir una Hoja en Blanco o de Color con el nombre del módulo, por ejemplo: MODULO I: PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN.

MODULO I: PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN

REQUISITO FUNDAMENTO CONSIDERACIONES 1. La información deberá presentarse impresa con folio legible en

cada hoja en el lado superior derecho, iniciando en la última hoja con el folio 000001 y la primera hoja con el último folio.

Acuerdo de trámites. No se aceptaran solicitudes sin folio Deberán colocar un número de folio por hoja, en caso de contener

información solo en una página (de un lado de la hoja) colocar la leyenda “SIN TEXTO” en las páginas que no contengan información

NO APLICA PARA LA UHAP-CCINSHAE

2. Cada sección deberá estar separada únicamente por hoja blanca, hoja de color

N/A En caso de utilizar hojas como separador estas NO DEBERÁN LLEVAR FOLIO, si no llevan información, si llevan el título del Módulo si aplica asignar folio

3. La información deberá presentarse con broche lateral (lado izquierdo), sin engargolado.

N/A Incluir los datos mínimos de identificación del protocolo. Título Número de protocolo Patrocinador del estudio Versión Fecha de versión

4. Presentar toda la documentación en formato electrónico en USB o CD, ADICIONAL A LA PRESENTACIÓN EN FÍSICO; incluir además el formato Word y Excel en electrónico de acuerdo al tipo de sometimiento (versión editable de PDF).

Acuerdo de trámites. Acuerdo a partir de Grupo de Alta Productividad (GAP).

Usar CD o USB

5. Toda la documentación deberá presentarse únicamente en idioma español.

Acuerdo de trámites. LEFEPA. RIS Art. 153.

Para el caso de documentación/información que de origen estén en otro idioma, anexar traducción al español del (os) documento (s); Para documentos legales emitidos en otro idioma deberán ser

acompañados de traducción por perito traductor; No enviar documentación en inglés, por ejemplo: protocolo, manual

del investigador, etc.

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6. Toda copia simple debe ser legible y completa LEFEPA. Copias Ilegibles o incompletas serán motivo de Prevención.

7. Formato de “Solicitud” vigente, debidamente requisitado.

NOM-012 Numeral 6.1

No se aceptan formatos con información incorrecta, ilegible o incompleta.

Descargar formato “vigente” a través de la página web de la UHAP-CCINSHAE http://www.ccinshae.gob.mx/2014/05_tramites_guias.html

MODULO II: PAGO DE DERECHOS

8. Original y dos copias del comprobante de pago de derechos, en términos de la Ley Federal de Derechos.

Acuerdo de trámites. Ley Federal de Derechos.

No aplica para solicitar el trámite ante la UHAP-CCINSHAE

La presentación de la información de cada módulo deberá incluir una Hoja en Blanco o de Color con el nombre del módulo, por ejemplo: MODULO III: INFORMACIÓN

DEL PROMOVENTE

MODULO III: INFORMACIÓN DEL PROMOVENTE (La persona física o moral que ingresa la solicitud a través de la UHAP).

9. Copia simple de la licencia sanitaria o del aviso de funcionamiento del promovente, en su caso, número de ingreso a través del que presentó notificación de datos de la Organización de Investigación por Contrato.

LGS, Art. 47 y 200. LEFEPA, Art. 15A

La autorización de funcionamiento y alta del usuario, deben ser legibles y congruentes a la información contenida en el formato de solicitud.

10. Carta de aceptación expresa del cargo del patrocinador de la investigación, en la que se requiere estén señalados y aceptados las obligaciones y derechos que el proyecto o protocolo de investigación impone al patrocinador. En el caso de personas morales, el cargo deberá ser aceptado por la persona facultada para

NOM-012 Numeral 6.3.2, 6.3.2.4 y 6.3.2.7.

La carta deberá contener como mínimo la siguiente información: Razón Social y dirección del patrocinador; Descripción detallada de las obligaciones y derechos sobre el

protocolo; Firma del representante legal del patrocinador;

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ello o por su representante legal, de acuerdo con su estructura orgánica o régimen constitutivo.

Este documento debe ser firmado por el patrocinador

10.1 Descripción de todas y cada una de las instituciones y/o empresas a las que el patrocinador ha cedido alguna actividad en la conducción de la investigación, citando la razón social y dirección, medio de contacto, responsable y actividad a conducir, por ejemplo: Monitoreo, importación, distribución, análisis de muestras biológicas, y todas las actividades aplicables.

Teléfono y/o correo electrónico de contacto del patrocinador; Número de protocolo involucrado; Anexo 1. Ejemplo de: Carta de Aceptación y delegación de responsabilidades del patrocinador.

Anexo 1 Carta de Aceptación y Delegación de Responsabilidades del Patrocinador_19May2015.doc

11. Descripción detallada de los recursos humanos y materiales que serán destinados para la investigación, y en su caso la forma en que serán proporcionados y distribuidos.

11.1 Carta descriptiva emitida por el patrocinador que especifique los recursos humanos y materiales que serán destinados para la investigación y la forma en que serán proporcionados y distribuidos, refiriendo las instituciones públicas y/o privada que proporcionarían los recursos cuando aplique.

.

NOM-012 Numeral 6.3.2.4 y 7.4.5 RLGSMIA Art.14 Fracción VI, Art. 11.

La carta deberá contener al menos la siguiente información: Nombre del protocolo involucrado; Descripción de los recursos humanos que serán destinados para la

investigación Descripción de equipo que será destinado para la investigación y el

destino final de los mismos Anexo 2. Recursos y materiales que serán destinados para la Investigación.

Anexo 2 Recursos Humanos y Materiales que Serán Destinados para la Investigación_19May2015.doc

12. Carta de No Conflicto de Interés para conducir la investigación, firmada por el patrocinador.

12.1 Deberá garantizarse que el patrocinio no generará conflictos de intereses que puedan provocar la interrupción del tratamiento para el sujeto de investigación

NOM-012 Numeral 7.4.5 Anexo 3. Declaración de No Conflicto de Interés.

Anexo 3 Declaración de No Conflicto de Interes_19May2015.doc

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

13. Seguimiento por parte del patrocinador de la conducción de la investigación.

NOM-012 Numeral 7.2 Descripción del plan de monitoreo y auditorías que efectuara a la investigación, incluyendo al menos la siguiente información: Tipo de plan: Auditoría o Monitoreo; Frecuencia de aplicación; Responsable del seguimiento, en su caso, citar al tercero para llevar

a cabo la actividad; Objetivo y alcance del seguimiento; Herramienta de evaluación; Metodología para realizar el seguimiento científico, técnico y ético; Estrategias de comunicación entre el investigador, patrocinador y

Comités; Perfil del monitor o auditor. Clasificación de hallazgos; Toma de decisión derivada de los hallazgos de acuerdo a su

gravedad; Mecanismo de notificación al investigador principal, a los Comités y

a la Autoridad; Diseño del Plan de Acciones Correctivas, de Mejora o Preventivas. Formato de reporte de resultados a través del Informe Técnico

Parcial Anual. Anexo 4. Plan de monitoreo y auditoría. (Nota. Si el monitoreo es delegado a una CRO, este formato deberá ser firmado por el representante legal de la CRO)

Anexo 4 Plan de Monitoreo y Auditoria_19May2015.doc

La presentación de la información de cada módulo deberá incluir una Hoja en Blanco o de Color con el nombre del módulo, por ejemplo: MODULO IV. INFORMACIÓN

DEL PROTOCOLO

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

MODULO IV. INFORMACIÓN DEL PROTOCOLO

14. Protocolo de investigación que deberá contener un análisis objetivo y completo de los riesgos involucrados comparados con los riesgos de los métodos de diagnóstico y tratamiento establecidos y la expectativa de las condiciones de vida del sujeto con y sin el procedimiento o tratamiento propuesto, en idioma español e indicando versión y fecha del documento. Debe describir con amplitud los elementos y condiciones que permitan a la COFEPRIS, evaluar la garantía de seguridad de los sujetos de investigación, y el cumplimiento de las Buenas Prácticas Clínicas. El proyecto o protocolo de investigación deberá contener como mínimo los siguientes elementos:

14.1 Título del proyecto o protocolo de investigación; 14.2 Marco teórico; 14.3 Definición del problema; 14.4 Antecedentes; 14.5 Justificación; debe incluir: la información y elementos

técnicos suficientes para suponer, que los conocimientos que se pretenden adquirir, no es posible obtenerlos por otro medio.

14.6 Hipótesis (en su caso); 14.7 Objetivo general (en su caso, objetivos específicos); 14.8 Material y métodos; 14.9 Diseño: criterios de inclusión y exclusión, captura,

procesamiento, análisis e interpretación de la información;

14.10 Referencias bibliográficas; 14.11 Nombres y firmas del investigador principal e

investigadores asociados (señalar un máximo de 5, en orden de su participación en la investigación); y

14.12 Otros documentos relacionados con el proyecto o protocolo de investigación.

RLGSMIS Art. 62-I NOM-012 Numeral 5.2, 5.10, 6.2.1 al 6.2.12.

Anexo 5. Requisitos mínimos que debe incluir un protocolo clínico. (Nota. Este documento es un ejemplo y no es necesario que se incluya en el paquete de sometimiento).

Anexo 5 Requisitos Mínimos que Debe Incluir un Protocolo Clínico_19May2015.doc

Cada aseveración citada en el protocolo deberá estar sustentada por

la bibliografía correspondiente y citarse en forma de numeral después de cada aseveración, el numeral deberá coincidir con el listado de referencias bibliográficas.

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

15. Modelo de carta de consentimiento informado por escrito que se le proporcionará al sujeto de investigación o en su caso a su representante legal, en idioma español, e indicando versión y fecha del documento, que deberá contener como mínimo:

15.1 La justificación y los objetivos de la investigación; 15.2 Los procedimientos que vayan a usarse y su propósito,

incluyendo la identificación de los procedimientos que son experimentales;

15.3 Las molestias o los riesgos esperados; 15.4 Los beneficios que puedan observarse; 15.5 Los procedimientos alternativos que pudieran ser

ventajosos para el sujeto; 15.6 La garantía de recibir respuesta a cualquier pregunta y

aclaración a cualquier duda acerca de los procedimientos, riesgos, beneficios y otros asuntos relacionados con la investigación y el tratamiento del sujeto;

15.7 La libertad de retirar su consentimiento en cualquier momento y dejar de participar en el estudio, sin que por ello se creen prejuicios para continuar su cuidado y tratamiento;

15.8 La seguridad de que no se identificará al sujeto y que se mantendrá la confidencialidad de la información relacionada con su privacidad;

15.9 El compromiso de proporcionarle información actualizada obtenida durante el estudio aunque ésta pudiera afectar la voluntad del sujeto para continuar participando;

15.10 La disponibilidad de tratamiento médico y la indemnización a que legalmente tendría derecho, por parte de la institución de atención a la salud, en el caso de daños que la ameriten, directamente causados por la investigación, y

LGS Art. 100 RLGSMIS Art. 14, 20, 21 y 22 Acuerdo de trámites. NOM-012, Numeral 4.3, 6.3.1, 10.6, 11.3 Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación - CONBIOETICA, Sección: Requisitos para la evaluación de protocolos.

Anexo 6. Requisitos mínimos que debe incluir un Informe de Consentimiento Informado. (Nota. Este documento es un ejemplo y no es necesario que se incluya en el paquete de sometimiento).

Anexo 6 Requisitos Mínimos que Debe Incluir un Formato de Consentimiento Informado_19May2015.doc

La “Carta de consentimiento informado” debe incluir los datos de identificación del estudio personalizado para cada Centro de investigación, indicando como mínimo: la razón social y dirección del centro congruente con la autorización de funcionamiento de cada centro, cuando aplique citar la unidad, departamento o servicio donde se conducirá la investigación; la razón social y dirección de los Comités involucrados; título del protocolo; nombre del investigador. Adicional a lo Referido en la Legislación deberá incluir lo siguiente: Tratamiento e Indemnización que corresponda por daños derivados de la investigación; Referir explícitamente que la participación del sujeto es voluntaria; Los requisitos para participar congruentes con los criterios de inclusión y exclusión; Uso de métodos anticonceptivos como requisito para la participación de mujeres en edad fértil; Evitar términos técnicos y/o abreviaturas, o en su caso definirlos en lenguaje entendible para el sujeto; Incluir los grupos de tratamiento; Cegamiento si aplica; Método de asignación al estudio; Obtención de muestras biológicas; A quién contactar en caso de dudas, o si sufre algún evento o reacción adversa;

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

15.11 Que si existen gastos adicionales, éstos serán absorbidos por el presupuesto de la investigación.

Declaración de que las muestras biológicas no serán usadas para líneas celulares o inmortales, y los datos de donde serán obtenidas, almacenadas y procesadas las muestras.

16. Documento en el que se exprese el Asentimiento informado, cuando aplique a población menor de edad, en idioma español e indicando versión y fecha del documento,

RLGSMIS Art. 36 y 37

Anexo 7. Requisitos mínimos que debe incluir un Asentimiento. (Nota. Este documento es un ejemplo y no es necesario que se incluya en el paquete de sometimiento).

Anexo 7 Requisitos Mínimos que Debe Incluir un Asentimiento_19May2015.doc

La “Carta de asentimiento informado” debe estar personalizada para

cada Centro de investigación, indicando al menos la razón social y dirección del centro congruente con la autorización de funcionamiento de cada centro, así como la razón social y dirección de los Comités involucrados.

17. Otros documentos relacionados con el proyecto o protocolo de investigación.

RLGSMIS Art. 69 NOM-012 Numeral 6.2.12

Cuando aplique, enviar las herramientas de recolección de información (encuestas, escalas de medición, etc.) y material de información para el sujeto de investigación (folletos, manuales, etc.).Esta información se presentará únicamente en la solicitud de autorización inicial, las actualizaciones subsecuentes de estos documentos deberán presentarse en el informe parcial anual.

NO INCLUIR fotografías de objetos ni accesorios de obsequio para el sujeto en investigación, como; bolsas, termos, etc….

Estos documentos únicamente se incluyen en el sometimiento inicial.

18. Cronograma del estudio, solo en caso que no esté referido en el documento del protocolo de investigación.

NOM-012 Numeral 6.3.2.2 Acuerdo de trámites.

En caso de que el Cronograma ya se encuentre referido en el protocolo no será necesario incluirlo como un documento aparte.

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Hoja: 12 de 24

La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

19. Cantidad total aproximada de insumos que requieren de importación en cada etapa del estudio. Información que será considerada como acuse de conocimiento más no de autorización.

NOM-012 numeral 6.4 Acuerdo de trámites.

Anexo 8. Descripción de insumos necesarios para la conducción de protocolos de Investigación

Anexo 8 Descripción de Insumos Necesarios para la Conducción de Protocolo de Investigación_19May2015.doc

La información de insumos proporcionada solo se considera de

carácter informativo y no se citará en el oficio de autorización.

20. Copia simple del documento en el que se exprese el fondo financiero o seguro del estudio

NOM-012 Numeral 5.14, 7.2. Como mínimo se requiere copia simple del certificado de la Póliza de Seguro Global.

21. Documento en el que se expresen los mecanismos para garantizar la continuidad del tratamiento médico, en caso que el medicamento sea benéfico para el paciente, hasta que este comercialmente disponible

NOM-012 Numeral 5.14 y 10.6. “Continuidad del tratamiento médico” sólo para aquellos pacientes que se presente un beneficio evidente a juicio del investigador y en aquellos medicamentos que no estén comercialmente disponibles.

Anexo 9. Continuidad del tratamiento médico una vez finalizado el protocolo.

Anexo 9 Continuidad de Tratamiento Médico una vez Finalizado el Protocolo_19May2015.doc

La Secretaría tiene la facultad de solicitar información adicional o el replanteamiento de la investigación, cuando considere que la información proporcionada es insuficiente, no es clara o no cumple con los requisitos que establece la Ley General de Salud, el Reglamento, ésta y otras Normas Oficiales Mexicanas, así como los demás ordenamientos jurídicos aplicables con fundamento en el Numeral 7.4.3 de la NOM-012. Con fundamento en el numeral 6.4 de la NOM-012; La autorización de una investigación para la salud en seres humanos, no autoriza por sí misma la comercialización de los medicamentos, procedimientos o aparatos resultantes, aun cuando se haya oficializado la conclusión de la investigación, mediante la entrega y acuse de recibo del informe final Cuando de la información contenida en los reportes técnico-descriptivos o de la confirmación de algún hecho, se pueda comprobar que la investigación no se ha realizado con apego al proyecto o protocolo de investigación inicial, que sirvió de base para la emisión de la autorización original, la autoridad sanitaria deberá instaurar un procedimiento administrativo en contra del investigador principal y, en su caso, podrá revocar dicha autorización y suspender la investigación, sin perjuicio

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Hoja: 13 de 24

La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

La presentación de la información de cada módulo deberá incluir una Hoja en Blanco o de Color con el nombre del módulo, por ejemplo: MODULO V. INFORMACIÓN

DE LOS COMITÉS

MODULO V. INFORMACIÓN DE LOS COMITÉS

22. Copia simple del Registro vigente del Comité de Ética en Investigación emitido por CONBIOÉTICA, o en su caso copia de la modificación

RLGSMIS Art. 101 y 109 NOM-012 Numeral 6.2.3.5 Acuerdo de trámites.

El Comité de Ética en Investigación es el encargado de evaluar y dictaminar los protocolos de investigación en seres humanos, formulando las recomendaciones de carácter ético procedentes. Asimismo, debe elaborar los lineamientos y guías éticas para la realización

de investigación en seres humanos de la institución de salud a la que pertenecen

La información (razón social y dirección), deberá ser congruente a la contenida en la carta de consentimiento informado y documentos anexos.

El registro deberá ser legible, sin tachaduras, enmendaduras, y deberá presentar el sello legible de la institución emisora;

NO se aceptarán dictámenes de Comités que no cuenten con el registro.

23. Copia simple del Registro del Comité de Investigación emitido por COFEPRIS, o en su caso copia de la modificación

RLGSMIS Art. 101 y 111. NOM-012 Numeral 6.2.3.5.

El Comité de Investigación es el encargado de evaluar la calidad técnica y el mérito científico de la investigación propuesta, formulando la opinión correspondiente, y emitir el dictamen que, en su caso,

Debe contener la opinión de los Comités de Ética en Investigación y de Bioseguridad.

La información (razón social y dirección), deberá ser congruente a la contenida en la carta de consentimiento informado y documentos anexos.

El registro deberá ser legible, sin tachaduras, enmendaduras, y deberá presentar el sello legible de la institución emisora;

NO se aceptarán dictámenes de Comités que no cuenten con el registro.

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

24. Copia simple del Registro de Bioseguridad emitido por COFEPRIS, cuando aplique.

RLGSMIS Art. 99, 101 y 110 NOM-012 Numeral 6.2.3.5

El Comité de Bioseguridad es el encargado de emitir la opinión técnica de los aspectos de

bioseguridad de las investigaciones propuestas, mediante la revisión de las instalaciones, los materiales y métodos involucrados, entre otros elementos, a fin de garantizar el resguardo de la integridad física biológica del personal ocupacionalmente expuesto, así como de los sujetos de investigación, la comunidad y el medio ambiente.

La información (razón social y dirección), deberá ser congruente a la contenida en la carta de consentimiento informado y documentos anexos.

El registro deberá ser legible, sin tachaduras, enmendaduras, y deberá presentar el sello legible de la institución emisora;

NO se aceptarán dictámenes de Comités que no cuenten con el registro.

25. Dictamen favorable emitido por el Comité de Ética en Investigación

(CEI) RLGSMIS Art. 111 NOM-012 Numeral 6.2.3.8 Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación - CONBIOETICA. Manual de Integración y Funcionamiento de los CI, publicado por la CCINSHAE en 2014.

Cada dictamen deberá incluir: Confirmación de la evaluación de aspectos de carácter ético, el

riesgo/beneficio del protocolo así como la garantía y bienestar de los sujetos del CEI;

Confirmación de evaluación de aspectos de bioseguridad mediante la revisión de las instalaciones, los materiales y métodos involucrados, entre otros elementos, a fin de garantizar el resguardo de la integridad física biológica del personal ocupacionalmente expuesto, así como de los sujetos de investigación, la comunidad y el medio ambiente, del CB;

Confirmación de la calidad técnica y merito científico del protocolo por el CI;

Descripción detallada de los documentos evaluados y aprobados en idioma español, citando versión y fecha.

La fecha de dictamen aprobatorio no podrá ser mayor a 1 año; Emitirse en papel membretado; Especificar la razón social y dirección del Comité congruente con su

registro; Fecha de expedición del dictamen (día, mes y año)

26. Dictamen favorable del Comité de Investigación (CI).

27. Dictamen favorable emitido por el Comité de Bioseguridad (CB) (si aplica comité de bioseguridad de acuerdo con el Reglamento de investigación y su modificación)

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

Nombre completo del investigador congruente con su cédula profesional;

Razón social y dirección del centro congruente con su autorización de funcionamiento;

Título completo y número de protocolo congruente con el documento del protocolo;

Especificar el dictamen (aprobado); Vigencia del dictamen; Nombre, cargo y firma de quien avala el dictamen de acuerdo al

registro del Comité. Solo se aceptaran dictámenes con firma del presidente o en su caso

del secretario vocal, adjuntando carta de “NO VOTO” o justificación por ausencia del presidente.

28. Listado de integrantes del Comité de ética en investigación emitido por CONBIOETICA

Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación - CONBIOETICA.

Deberá describirse la función de cada integrante del Comité, solo podrá firmar el dictamen el integrante autorizado para ello

29. Carta de no voto para cada miembro que sea parte del equipo de investigación

RLGSMIS Art. 108 NOM-012 Numeral 9.2.3

Los miembros de los Comités deberán excusarse de participar en la evaluación o emisión de dictámenes de investigaciones en las que hayan participado

30. Seguimiento continuo al estudio por parte del Comité Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación - CONBIOETICA.

N/A

31. Carta expresa de No Conflicto de Interés, firmada por todos y cada uno de los miembros asistentes en la revisión y aprobación del protocolo

Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación - CONBIOETICA.

N/A

32. Carta expresa de Confidencialidad de la información de cada miembro del Comité que evalúa el protocolo

Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación - CONBIOETICA.

N/A

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La presentación de la información de cada módulo deberá incluir una Hoja en Blanco o de Color con el nombre del módulo, por ejemplo: MODULO VI.

INFORMACIÓN DE LA INSTITUCIÓN O ESTABLECIMIENTO DONDE SE REALIZA INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD

MODULO VI. INFORMACIÓN DE LA INSTITUCIÓN O ESTABLECIMIENTO DONDE SE REALIZA INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD

33. El número de la licencia sanitaria; aviso de funcionamiento y/o registro del Centro de Investigación.(preferentemente copia del documento en caso de ser expedido por Entidad Federativa)

RLGSMIS, Art. 62 II NOM-012 Numeral 6.3.2.6 Acuerdo de trámites.

N/A

34. Carta de autorización firmada por el titular de la unidad o institución donde se efectuará la investigación.

RLGSMIS, Art. 62 II NOM-012 Numeral 6.3.2.6 Acuerdo de trámites.

Deberá incluir como mínimo: Nombre y número de protocolo; Nombre del investigador principal Nombre, firma y cargo del Titular de la Unidad.

35. El documento en donde se exprese la descripción de los recursos disponibles de la unidad o institución donde se efectuará la investigación, incluyendo áreas, equipos, servicios auxiliares de laboratorio y gabinetes, número de personal, todo lo anterior única y específicamente para el desarrollo del estudio.

RLGSMIS Art. 62 IV y V NOM-012 Numeral 6.3.2.9 Acuerdo de trámites.

La carta deberá incluir como mínimo: Nombre y número de protocolo Nombre del Investigador Principal Recursos humanos (Número de personas) Áreas Equipos Servicios auxiliares de laboratorio y gabinete.

36. Para el caso de centros de investigación que celebren convenios para atención de urgencias médicas con otras instituciones, podrá incluir copia simple del convenio vigente, preferentemente copia simple de la Licencia Sanitaria, cuando el centro de investigación presente aviso de funcionamiento.

NOM-012 Numeral 8.6 Acuerdo de trámites.

La carta deberá incluir como mínimo: Nombre y número de protocolo Nombre del Investigador Principal Alcance Convenio (no formato carta). Firma de ambas partes

37. Copia Simple de la Licencia sanitaria de la Institución para atención de urgencias.

LGS Art. 45, 47, 198. N/A

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

La presentación de la información de cada módulo deberá incluir una Hoja en Blanco o de Color con el nombre del módulo, por ejemplo: MODULO VII.

INFORMACIÓN DEL INVESTIGADOR PRINCIPAL Y EQUIPO DE TRABAJO

MODULO VII. INFORMACIÓN DEL INVESTIGADOR PRINCIPAL Y EQUIPO DE TRABAJO

38. Carta de aceptación, confidencialidad y compromiso de reporte de sospechas de reacciones y eventos adversos, fechada y firmada por el investigador principal.

LGS Art. 102 V. NOM-012 Numeral 10.9, 12.1.

La carta deberá incluir como mínimo: Nombre y número de protocolo Nombre del Investigador Principal Aceptación del Investigador Principal para conducir el Protocolo de

Investigación. Compromiso del investigador Principal de mantener la

confidencialidad de la información del protocolo Seguimiento del protocolo de acuerdo a las Buenas Prácticas

clínicas. Compromiso de Reporte de sospechas de reacciones y eventos

adversos

39. Resumen del historial profesional del investigador principal (quién deberá ser un profesional de la salud y tener la formación académica y experiencia adecuada para la dirección del estudio a conducir), que incluya su preparación académica, producción científica representativa y práctica clínica enfocada al estudio a conducir. Historial actualizado, firmado y fechado, además presentar copia simple de la documentación legalmente expedida y registrada por las autoridades educativas competentes.

RLGSMIS 62 VI Acuerdo de trámites.

Anexo 10. Ejemplo de formato de Currículo vitae

Anexo 10 Ejemplo de Curriculum Vitae (CV) Abreviado_19May2015.doc

El resumen del historial profesional del investigador principal no

deberá exceder 10 páginas La experiencia del Investigador Principal y Especialidad deberán ser congruentes con el padecimiento a estudiar en el Protocolo.

40. Resumen de la preparación académica y experiencia del personal médico, paramédico y otros expertos que participarán en las actividades de la investigación, además presentar copia simple de la documentación legalmente expedida y registrada por las autoridades educativas competentes.

RLGSMIS Art. 62 VII Acuerdo de trámites.

Ver Anexo 10. Ejemplo de formato de Currículum vitae El resumen del historial profesional del Personal que participará en

la investigación no deberá exceder 10 páginas. La experiencia y perfil del equipo de trabajo debe ser congruente con

la actividad delegada

41. Carta descriptiva de la delegación de responsabilidad de cada integrante, firmada e indicando la actividad (es) delegada

RLGSMIS NOM-012 Numeral 10.4.1

Carta de donde se describa la delegación de las actividades del estudio al equipo de investigación.

Firmada por cada integrante del equipo.

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La información contenida en el presente documento es de carácter informativo, más no limitativo. Por lo que la UHAP podrá solicitar mayor información a fin de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los insumos para la salud.

La presentación de la información de cada módulo deberá incluir una Hoja en Blanco o de Color con el nombre del módulo, por ejemplo: MODULO VIII.

INFORMACIÓN DEL PRODUCTO EN INVESTIGACIÓN

MODULO VIII. INFORMACIÓN DEL PRODUCTO EN INVESTIGACIÓN

42. Resumen de la información preclínica y clínica previamente obtenida, que justifique el uso del producto, la dosis, forma farmacéutica, vía de administración, velocidad de administración, población de estudio, etc. (Manual del investigador o documento equivalente).

LGS Art. 102 II y III RLGSMIS Art. 69 y 73 Acuerdo de trámites.

El resumen deberá contener para cada referencia citada mínimo la siguiente información: Características del producto (forma farmacéutica, características

fisicoquímicas, formula, vía e intervalo de administración, etc.); Información respecto a fabricación, etiquetado, almacenamiento,

envase, estabilidad, si aplica; Información preclínica y clínica disponible respecto a: a) Absorción,

distribución, metabolismo y eliminación; b) Toxicología, genotoxicidad, carcinogenecidad, teratogénesis, etc.

Información clínica disponible respecto a: Seguridad, datos de reacciones y eventos adversos; Eficacia, Interacciones con medicamentos, Interacciones con alimentos, Determinación de dosis, resumen de estudios clínicos previos, etc.

43. El documento en el que se exprese la información necesaria para asegurar que los medicamentos usados en investigación clínica cumplen las Buenas Prácticas de Fabricación y tienen las características de calidad esperadas

NOM-059-SSA1-2013 Art. 10.7.1.2 Anexo 11. Compromiso cumplimiento con Buenas Prácticas de Manufactura

Anexo 11 Compromiso de Cumplimiento con Buenas Prácticas de Manufactura_19May2015.doc

44. Especificaciones, certificado, orden de producción, instrucciones de

fabricación o documento equivalente que establezca el proceso de fabricación del producto en investigación y de placebo en su caso, así como las especificaciones, referencia a los métodos analíticos utilizados, instrucciones de producción y acondicionamiento, control en proceso y proyecto de etiqueta

NOM-059-SSA1-2013 Art. 10.7.2.2 y 10.7.1.4

Ver Anexo 11. Compromiso cumplimiento con Buenas Prácticas de Manufactura

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45. Expediente del producto en investigación NOM-059-SSA1-2013 Art. 10.7.2.2.3 Ver Anexo 11. Compromiso cumplimiento con Buenas Prácticas de Manufactura Debe incluir : Especificaciones; Referencia a los métodos analíticos utilizados; Instrucciones de producción y acondicionamiento; Control en proceso; Etiquetas, Referencia de los protocolos previamente autorizado; Acuerdos técnicos de los servicios contratados; Resultados de estabilidad; Condiciones de almacenamiento; Registros de distribución

46. Estatus de los estudios de estabilidad NOM-059-SSA1-2013, 10.7.2.3 Ver Anexo 11. Compromiso cumplimiento con Buenas Prácticas de Manufactura

47. El número de licencia del almacén (preferentemente copia del documento).

N/A Nota: Cuando haya almacén en México, se deberá definir cuál es y su uso es requerido únicamente para biológicos, biotecnológicos y estupefacientes.

48. Los demás que señale la Regulación Sanitaria vigente en Materia de Investigación para la Salud en Seres Humanos.

LGS Art. 100 Fracción VIII. N/A

EVALUACIÓN INTERNA DE SU SOLICITUD

Una vez sometida la solicitud, la UHAP le asignará un “número de ingreso” con su respectiva papeleta impresa que deberán conservar para cualquier seguimiento y para recoger su respuesta. El área técnica que evalúa su solicitud pertenece a la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, y para cualquier seguimiento deberá comunicarse con el área técnica al teléfono 5481-1178 Ext. 51045# o vía correo electrónico [email protected]

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4.4 Emisión de la resolución por la UHAP-CCINSHAE:

El Área de Predictamen podrá emitir un oficio (Informe Técnico) de respuesta a su solicitud como “Favorable”, como “No idóneo” o "Rechazado" de acuerdo a la evaluación de la información sometida;

4.5 Recepción de la resolución por el promovente: 4.5.1 Si ha recibido un “oficio Favorable” recibirá el expediente completo sellado por la UHAP-CCINSHAE y con una NOTA donde se reporta que el protocolo

fue evaluado por una UHAP. Igualmente se le proporcionarán los correos electrónicos a los cuales deberá informar que el protocolo que ha ingresado a COFEPRIS, cuenta con predictamen.

4.5.2 Si ha recibido un "oficio como No Idóneo" deberá dar respuesta a lo citado en dicho oficio en un tiempo no mayor a 30 días naturales a partir de la recepción

de su oficio; si supera el tiempo establecido en el oficio de resolución y no solicitó una prórroga, se dará por concluido su trámite con un oficio como "Rechazado".

4.5.3 Usted podrá someter trámites vinculados a la solicitud inicial tales como enmienda o inclusión de centro, aun cuando no cuente físicamente con el oficio

de autorización, siempre y cuando refiera el número de ingreso de la solicitud inicial en los trámites subsecuentes.

4.5.4 Recuerde que los únicos casos que aplica el predictamen a “solicitud de Autorización de enmienda o modificación” a través de la HOMOCLAVE 09-012, son los abajo citados:

Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación.

Modalidad.- Inclusión de nuevo centro

Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación. Modalidad- Enmienda de protocolo

Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación.

Modalidad.- Enmienda de seguridad Solo por seguridad del paciente y es de aplicación inmediata, aplicación tardía implica hallazgo crítico que puede invalidar los datos del

estudio.

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Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación.

Modalidad.- Modificación de oficio de autorización por cambio de razón social o dirección del solicitante inicial Únicamente en esta modalidad se presenta el oficio en original con firma autógrafa del que requiere modificación Cambios por titularidad del promovente (Cesión, venta o equivalente a otra compañía) solo aplican para estudios con reclutamiento y/o

tratamiento activo, y en su caso inclusión de centros y deberá presentar el respectivo oficio de autorización inicial en original con firma autógrafa.

Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación.

Modalidad.- Enmienda a información clínica y/o preclínica previa (manual del investigador).

Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación. Modalidad.- Cambios asociados a los comité(s) (Cambio de Comité; Cambio de razón social y/o dirección; Cambio por integrantes, etc.).

Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación. Modalidad.- Enmienda a formato de consentimiento y/o asentimiento informado.

Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación. Modalidad.- Cambio de investigador principal.

Solicitud de Modificación o Enmienda a la Autorización de Protocolo de Investigación. Modalidad.- Cambios asociados a la Institución o establecimiento donde se realiza la investigación (Cambio de licencia sanitaria y/o aviso de funcionamiento)

4.5.5 Cualquier otro documento que no fue referido arriba deberá someterlo a través del Informe Técnico Parcial (se presenta una vez al año) y/o Informe

Técnico Final.

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4.6 Documentos de referencia

Documentos Código (cuando aplique) Versión

Ley Federal de Procedimiento Administrativo. LEFEPA 09/04/2012

Ley Federal Derechos. LFD 30/12/2014

Ley General de Salud. LGS 20/04/2015

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud.

RLGSMIS 02/04/2014

Norma Oficial Mexicana NOM-012-SSA3-2012, que establece los criterios para la ejecución de proyectos de investigación para la salud en seres humanos.

NOM-012-SSA3-2012 04/01/2013

Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, ins critos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Acuerdo de trámites 01/07/2013

Lineamientos de Buena Práctica Clínica. Lineamientos 31/05/2012

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N/A Tercera edición 2012

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4.7 Control de cambios

4.8 Terminología y Definiciones

4.8.1 Acuerdo de Trámites: El Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica

la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado el 28 de enero de 2011, publicado en D.O.F. el 01/07/2013.

4.8.2 Buenas Prácticas Clínicas: Estándares internacionales de calidad ética y científica relacionados con el diseño, conducción, monitorización, auditoría, recolecta y análisis de los datos de un Ensayo Clínico en humanos, para salvaguardar los derechos de los pacientes y asegurar la calidad de los datos.

4.8.3 CAS: Comisión de Autorización Sanitaria de COFEPRIS. 4.8.4 CIS: Centro Integral de Servicios de COFEPRIS. 4.8.5 COFEPRIS: Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 4.8.6 CRO: Organización de Investigación por Contrato 4.8.7 EC (Ensayos Clínicos): Área de dictamen técnico que resuelve solicitudes de autorización de protocolos de investigación en seres humanos, depende

de la CAS. 4.8.8 LGS: Ley General de Salud. 4.8.9 NOM-012: Norma Oficial Mexicana NOM-012-SSA3-2012, que establece los criterios para la ejecución de proyectos de investigación para la salud en

seres humanos. 4.8.10 Promovente: Persona física o moral que requiere una solicitud o servicio a la COFEPRIS en el ámbito de su competencia. 4.8.11 Protocolo de Investigación: Es el documento que describe los objetivos, diseño, metodología, consideraciones estadísticas y organización de un estudio.

Generalmente proporciona los antecedentes, fundamentos y justificación de la investigación, así como su factibilidad. 4.8.12 RIS.: Reglamento de Insumos para la Salud.

Número de Revisión Fecha de la actualización

Descripción del cambio

0 N/A N/A

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4.8.13 RLGSMIS: Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud, publicado en D.O.F. el 02/04/2014

4.8.14 SEPB: Subcomité de Evaluación de Productos Biotecnológicos. 4.8.15 Sujeto de investigación: Individuo que otorga su consentimiento informado, por sí mismo o por conducto de su representante legal, para que en su

persona sean practicados determinados procedimientos con fines de investigación para la salud en seres humanos.

4.9 ANEXOS Los anexos son únicamente ejemplos de los formatos que ustedes pueden presentar que tienen el objetivo de homologar los sometimientos

Anexo 1. Carta de Aceptación y delegación de responsabilidades del patrocinador.

Anexo 2. Recursos y materiales que serán destinados para la Investigación.

Anexo 3. Declaración de no Conflicto de interés.

Anexo 4. Plan de monitoreo y auditoría. (Nota. Si el monitoreo es delegado a una CRO, este formato deberá ser firmado por el representante legal de la CRO)

Anexo 5. Requisitos mínimos que debe incluir un protocolo clínico.

Anexo 6. Requisitos mínimos que debe incluir un Informe de Consentimiento Informado.

Anexo 7. Requisitos mínimos que debe incluir un Asentimiento.

Anexo 8. Descripción de insumos necesarios para la conducción de protocolos de Investigación

Anexo 9. Continuidad del tratamiento médico una vez finalizado el protocolo.

Anexo 10. Ejemplo de formato de Currículo vitae

Anexo 11. Compromiso cumplimiento con Buenas Prácticas de Manufactura

[PAPEL MEMBRETADO DEL PATROCINADOR]

ANEXO 1

CARTA DE ACEPTACIÓN Y DELEGACIÓN DE RESPONSABILIDADES DEL

PATROCINADOR

<FECHA>

Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios

Comisión de Autorización Sanitaria

Ensayos Clínicos

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

<Nombre del Patrocinador>, una compañía debidamente constituida y localizada en <Dirección

del Patrocinador> planea conducir el protocolo <Número de Protocolo> en México y tendrá la

responsabilidad del financiamiento y del desarrollo del mismo.

Para la conducción del mismo, otorga a la empresa:

<Nombre de la CRO/Otro Particular> y a su filial <Nombre de la Filial> (cuando aplica)

localizada en <Dirección de la CRO/Otro Particular>, colectivamente nombrado como

<”CRO/Otro Particular”> el poder para <representar, firmar y actuar en representación> a

<Nombre del Patrocinador> para la conducción del estudio clínico <Número de Protocolo> en

México en cumplimiento con las regulaciones locales y delega las siguientes actividades:

ACTIVIDAD /

RESPONSABILIDAD

PATROCINADOR CRO (según

aplique)1

OTRAS EMPRESAS

(cuando aplique)2

Selección del investigador y equipo de investigación

Reporte de eventos y reacciones adversas

Monitoreo

[PAPEL MEMBRETADO DEL PATROCINADOR]

Importación de producto y/o insumos para la investigación

Sometimientos al Comité de Ética en Investigación, Comité de Investigación y Comité de Bioseguridad (cuando aplique)

Sometimientos a COFEPRIS

Distribución de Insumos

Análisis de las muestras biológicas

Auditorías

Almacén

<Agregar actividades según corresponde>

<Vigencia>

Firma: <Representante Legal del Patrocinador>

Nombre del Patrocinador:

Nombre:

Cargo:

Teléfono y/o correo electrónico:

1 Localizado en <incluir dirección completa> 2 Localizado en <incluir dirección completa>

[PAPEL MEMBRETADO DEL PROMOVENTE (Patrocinador o CRO)]

ANEXO 2

RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES QUE SERÁN DESTINADOS PARA LA

INVESTIGACIÓN

<FECHA>

Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios

Comisión de Autorización Sanitaria

Ensayos Clínicos

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

Por medio de la presente, se enlistan los recursos humanos y materiales necesarios para la

conducción del protocolo <Número de Protocolo>:

Tipo de Recurso Descripción del Recurso Necesario Comentarios

Recursos

Humanos

Ejemplo:

1 Investigador Principal

2 Sub-Investigadores

1 Coordinadora de Estudio

<Incluir si hay algún requisito

de especialidad>

Materiales Ejemplo:

Espirómetro, Refrigerador, glucómetros,

diarios electrónicos, centrífuga,

ultracongelador etc…

<Definir si algún material

será importado o

proporcionado por el

Patrocinador>

[PAPEL MEMBRETADO DEL PROMOVENTE (Patrocinador o CRO)]

Durante la selección de los sitios, se garantizará que cuenten con los recursos mínimos

necesarios para la conducción adecuada del protocolo.

Una vez que sea finalizado el estudio, los insumos sobrantes (medicamento, kits de laboratorio,

etc.) serán destruidos y/o retornados con base en el siguiente proceso:

<Incluir proceso>

Se podrá [no podrá] donar los recursos sobrantes al sitio (En caso de que no se puedan donar

aclarar si se regresan y a quién).

Atentamente,

Firma: <Representante Legal del Promovente (Patrocinador o CRO)>

Nombre del Promovente (Patrocinador o CRO):

Nombre:

Cargo:

[PAPEL MEMBRETADO DEL PATROCINADOR]

ANEXO 3

DECLARACIÓN DE NO CONFLICTO DE INTERES

<FECHA> Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios

Comisión de Autorización Sanitaria

Ensayos Clínicos

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

Por medio de la presente, el patrocinador <Nombre del Patrocinador>se deja constancia

que como patrocinador localizado en <Dirección del Patrocinador>, conduciré el protocolo

<Número de Protocolo> y declaro que no hay conflicto de interés que pueda afectar la

continuidad del adecuado tratamiento del paciente durante su participación en el

protocolo.

Atentamente, Firma: <Representante Legal del Patrocinador>

Nombre del Patrocinador:

Nombre:

Cargo:

[PAPEL MEMBRETADO DEL PROMOVENTE (Patrocinador o CRO de acuerdo a la delegación Anexo 1)]

ANEXO 4

PLAN DE MONITOREO Y AUDITORIA

<FECHA>

Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios

Comisión de Autorización Sanitaria

Ensayos Clínicos

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

Por medio de la presente, se define el plan de monitoreo y auditoría para el protocolo <Número

de Protocolo>:

Tipo de Plan Monitoreo Auditoria*

Frecuencia de aplicación

Ejemplo: visitas presenciales cada 3 meses

Responsable del seguimiento, en su caso, citar al tercero para llevar a cabo la actividad

Ejemplo: Roche Ejemplo: Covance

Herramienta de evaluación

Ejemplo: Infraestructura Insumos Cumplimiento BPC Personal Etc.

Metodología para realizar el seguimiento científico, técnico y ético

Ejemplo: se revisaran HCs, formularios de dipensacion de medicacion, etc.

Estrategias de comunicación entre el investigador, patrocinador y Comités

Ejemplo: Cartas de seguimiento de visitas de monitoreo. Correo electronico Cartas de sometimiento de documentacion a comites de etica Visitas en centro con comunicación cara a cara Etc.

Perfil del monitor/auditor

Ejemplo: Carrera medico o paramedico 2 años o mas de experiencia en investigacion clinica Etc.

Clasificación de hallazgos

Ejemplo: Criticos No criticos Menores Etc.

Toma de decisión derivada de los hallazgos de acuerdo a su gravedad

Ejemplo: describir como se procedera en cada caso según la clasificación anterior

Mecanismo de notificación al investigador principal, a los Comités y a la Autoridad

Ejemplo: Investigador; via correo electronico, por escrito via cartas de seguimiento Comites; por escrito via cartas Autoridad; via escrito libre

Diseño del Plan de Acciones Correctivas, de Mejora o Preventivas

Ejemplo: descripcion de modelo de Acciones Correctivas, de Mejora o Preventivas

* En caso de no contar con la informacion de auditoria por favor registrar NA en todos los campos

Firma: <Representante Legal del Promovente (Patrocinador o CRO de acuerdo a la delegación Anexo 1)>

Nombre del Promovente (Patrocinador o CRO):

Nombre:

Cargo:

ANEXO 5

REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBE INCLUIR UN PROTOCOLO CLÍNICO

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

VERSIÓN DEL PROTOCOLO A REVISAR:

NÚMERO DE PÁGINAS:

Requisitos Comentarios

1. Título de protocolo

2. Marco Teórico

3. Definición del problema

4. Antecedentes

5. Justificación (información y elementos suficientes

para suponer, que los conocimientos que se

pretenden adquirir, no es posible obtenerlos por otro

medio)

6. Hipótesis (en su caso)

7. Objetivos (general y específicos según aplique)

8. Material

9. Métodos

Diseño:

10. Criterios de Inclusión y exclusión

11. Captura, Procesamiento, Análisis e Interpretación de

la información

12. Referencias bibliográficas

13. Página de firmas (según aplique)

14. Otros documentos (Ejemplo: anexos)

NOTAS:

Este documento es para referencia y no es necesario incluir el anexo como parte del paquete de sometimiento para

la evaluación del protocolo de investigación.

Este anexo incluye los requisitos mínimos de acuerdo a la regulación vigente (NOM-012-SSA3-2012, numeral 5.2,

5.10, 6.2.1 y 6.2.12).

La denominación de los campos del protocolo puede variar

ANEXO 6

REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBE INCLUIR UN FORMATO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

VERSIÓN DEL FORMATO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO A REVISAR:

NÚMERO DE PÁGINAS:

Requisitos Cumple Comentarios

1. Indica que es un estudio de investigación.

2. La información en el Consentimiento Informado es consistente con el protocolo de investigación (por ejemplo, título del estudio, visitas y procedimientos)

3. El lenguaje usado es apropiado para la comprensión de los pacientes.

4. Propósito del estudio y justificación de la Investigación

5. Tratamiento(s) del estudio y la probabilidad de ser incluido en cada uno de los tratamientos del estudio.

6. Procedimientos del estudio (experimentales y no experimentales) incluyendo todos los procedimientos invasivos.

7. Responsabilidad de los pacientes.

8. Descripción de los riesgos o molestias esperados para los pacientes y/o cuando aplique, para el embrión, feto o lactante.

9. Beneficios esperados que pueden observarse. Cuando no existan beneficios esperados los pacientes deben ser informados.

10. Procedimiento(s) alternativo (s) durante el curso del tratamiento que puedan estar disponibles para el paciente y sus potenciales beneficios y riesgos.

11. Compensación y/o tratamiento disponible para el paciente en caso de lesión (es) relacionadas con el estudio.

12. Póliza del seguro del estudio clínico, cuando sea requerido.

13. Los pagos anticipados prorrateados que recibirán los sujetos de investigación, cuando aplique.

14. Información donde se asegure que si existen gastos adicionales, éstos serán absorbidos por el presupuesto de la investigación.

15. Participación del paciente en el estudios es voluntaria y que el paciente puede negarse a participar o retirar su consentimientos en cualquier momento sin sanción o pérdida de beneficios a los que el paciente tiene derecho.

16. Autorización del paciente al patrocinador, al Comité de Ética en Investigación/ Comité de Investigación y a las autoridades regulatorias para acceder a sus registros médicos originales para la verificación de los procedimientos y/o datos del estudio, sin violar la confidencialidad del paciente.

17. El médico de atención primaria puede ser informado acerca de la participación del paciente en el estudio si el paciente está de acuerdo con informarle.

18. Los registros o información que identifican al paciente se mantendrán como confidenciales. Si los resultados del estudio son publicados, la identidad del paciente permanecerá confidencial en la medida permitida por las leyes y regulaciones de cada país.

19. Los pacientes serán informados de manera oportuna sobre toda nueva información que pudiera ser relevante y que pudiera modificar su decisión de continuar participando en el estudio.

20. Garantía de recibir respuestas a cualquier pregunta y aclaración acerca de los

procedimientos, riesgos, beneficios y otros asuntos relacionados con la investigación y el tratamiento del paciente.

21. Nombre y dirección de las personas de contacto para información adicional relacionadas con el estudio, como son, los derechos de los pacientes en el estudio y en caso de daños relacionados con el mismo.

22. Circunstancias y /o razones predecibles por las que la participación del paciente en el estudio pueden ser finalizadas.

23. La duración prevista de la participación del paciente en el estudio.

24. Número aproximado de pacientes involucrados en el estudio.

25. Espacio para el nombre y apellido del paciente. Así como espacio para fecha y firma.

26. Espacio para el nombre, firma y fecha del Investigador o persona delegada.

27. Nombre (s) y dirección (es) de los testigos y relación con el paciente.

28. Declaración en el consentimiento informado de que el paciente o su representante legal han recibido una copia del consentimiento informado firmado y fechado.

NOTAS:

Este documento es para referencia y no es necesario incluir el anexo como parte del paquete de sometimiento para la

evaluación del protocolo de investigación.

Este anexo incluye los requisitos mínimos de acuerdo a la regulación vigente (REGLAMENTO y NOM-012-SSA3-

2012).

La denominación de los campos del formato de consentimiento informado puede variar.

ANEXO 7

REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBE INCLUIR UN ASENTIMIENTO

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

VERSIÓN DEL ASENTIMIENTO A REVISAR:

NÚMERO DE PÁGINAS:

Requisitos Cumple Comentario

1. Indica que es un estudio de investigación.

2. La información en el Consentimiento Informado es consistente con el protocolo de investigación (por ejemplo, título del estudio, visitas y procedimientos)

3. El lenguaje usado es apropiado para la comprensión de los pacientes.

4. Propósito del estudio y justificación de la Investigación

5. Tratamiento(s) del estudio y la probabilidad de ser incluido en cada uno de los tratamientos del estudio.

6. Procedimientos del estudio (experimentales y no experimentales) incluyendo todos los procedimientos invasivos.

7. Responsabilidad de los pacientes.

8. Descripción de los riesgos o molestias esperados para los pacientes y/o cuando aplique, para el embrión, feto o lactante.

9. Beneficios esperados que pueden observarse. Cuando no existan beneficios esperados los pacientes deben ser informados.

Requisitos Cumple Comentario

10. Procedimiento(s) alternativo (s) durante el curso del tratamiento que puedan estar disponibles para el paciente y sus potenciales beneficios y riesgos.

11. Compensación y/o tratamiento disponible para el paciente en caso de lesión (es) relacionadas con el estudio.

12. Póliza del seguro del estudio clínico, cuando sea requerido.

13. Los pagos anticipados prorrateados que recibirán los sujetos de investigación, cuando aplique.

14. Información donde se asegure que si existen gastos adicionales, éstos serán absorbidos por el presupuesto de la investigación.

15. Participación del paciente en el estudios es voluntaria y que el paciente puede negarse a participar o retirar su consentimientos en cualquier momento sin sanción o pérdida de beneficios a los que el paciente tiene derecho.

16. Autorización del paciente al patrocinador, al Comité de Ética en Investigación/ Comité de Investigación y a las autoridades regulatorias para acceder a sus registros médicos originales para la verificación de los procedimientos y/o datos del estudio, sin violar la confidencialidad del paciente.

17. El médico de atención primaria puede ser informado acerca de la participación del paciente en el estudio si el paciente está de acuerdo con informarle.

18. Los registros o información que identifican al paciente se mantendrán como confidenciales. Si los resultados del estudio son publicados, la identidad del paciente permanecerá confidencial en la medida permitida por las leyes y regulaciones de cada país.

19. Los pacientes serán informados de manera oportuna sobre toda nueva información que pudiera ser relevante y que pudiera modificar su decisión de continuar participando en el estudio.

Requisitos Cumple Comentario

20. Garantía de recibir respuestas a cualquier pregunta y aclaración acerca de los procedimientos, riesgos, beneficios y otros asuntos relacionados con la investigación y el tratamiento del paciente.

21. Nombre y dirección de las personas de contacto para información adicional relacionadas con el estudio, como son, los derechos de los pacientes en el estudio y en caso de daños relacionados con el mismo.

22. Circunstancias y /o razones predecibles por las que la participación del paciente en el estudio pueden ser finalizadas.

23. La duración prevista de la participación del paciente en el estudio.

24. Número aproximado de pacientes involucrados en el estudio.

25. Espacio para el nombre y apellido del paciente. Así como espacio para fecha y firma.

26. Espacio para el nombre, firma y fecha del Investigador o persona delegada.

27. Nombre (s) y dirección (es) de los testigos y relación con el paciente.

28. Declaración en el consentimiento informado de que el paciente o su representante legal han recibido una copia del consentimiento informado firmado y fechado.

29. Espacio para nombre (s) y firma (s) de la(s) persona(s) que ejerza(n) la patria potestad del menor.

30. Espacio para que el menor ponga su firma y fecha.

NOTAS:

Este documento es para referencia y no es necesario incluir el anexo como parte del paquete de sometimiento para la

evaluación del protocolo de investigación.

La denominación de los campos del asentimiento puede variar.

[PAPEL MEMBRETADO DEL PROMOVENTE (Patrocinador o CRO)]

ANEXO 8

DESCRIPCIÓN DE INSUMOS NECESARIOS PARA LA CONDUCCIÓN DE

PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN

<FECHA>

Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios

Comisión de Autorización Sanitaria

Ensayos Clínicos

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

Por medio de la presente se envía la lista de insumos necesarios para el protocolo

<Número de Protocolo> arriba mencionado:

Medicamentos

Medicamento Cantidad Presentación Cantidad Total

<Insertar

nombre del

medicamento

de acuerdo a la

documentación

>

<Cada

caja/frasco,

etc…

contiene X

tabletas/cáps

ulas/viales,

etc.. de

<nombre del

medicamento

>

<Cantidad Total>

<Agregar la cantidad de medicamentos necesarios de acuerdo al protocolo>

[PAPEL MEMBRETADO DEL PROMOVENTE (Patrocinador o CRO)]

Justificación de las Cantidades:

Se espera que en el protocolo participen <Número> sitios en México, y que cada uno

enrole <Número> pacientes.

Cada paciente recibirá un total de <Número> <Presentación (viales/ tabletas/cajas,

etc.)> de <Insertar nombre del medicamento> durante el protocolo. Por lo tanto, la

cantidad total que se requiere para México es:

<Número> sitios x <Número> pacientes por sitio x <Número> <Presentación

(viales/ tabletas/cajas, etc.)> por paciente = <Cantidad Total> de <Medicamento>

Kits de Laboratorio

Se espera que en el protocolo participen <Número> sitios en México, y que cada uno

enrole <Número> pacientes.

Cada paciente recibirá un total de <Número> kits de laboratorio durante el protocolo.

Por lo tanto, la cantidad total que se requiere para México es:

<Número> sitios x <Número> pacientes por sitio x <Número> kits de laboratorio

por paciente> = <Cantidad Total> kits de laboratorio

<Agregar detalle del insumo (Ejemplo: kits de laboratorio) según aplique>

Otros insumos

Se espera que en el protocolo participen <Número> sitios en México, y que cada uno

enrole <Número> pacientes.

Cada paciente recibirá un total de <Número> <Nombre del insumo> durante el

protocolo. Por lo tanto, la cantidad total que se requiere para México es:

<Número> sitios x <Número> pacientes por sitio x <Número> <Nombre del

insumo> por paciente = <Número><Nombre del insumo>

<Agregar detalle de otros insumos (Ejemplo: electrocardiográfo) según aplique>

Atentamente,

Firma: <Representante Legal del Promovente (Patrocinador o CRO)>

Nombre del Promovente (Patrocinador o CRO):

Nombre:

Cargo:

[PAPEL MEMBRETADO DEL PROMOVENTE (Patrocinador o CRO)]

ANEXO 9

CONTINUIDAD DE TRATAMIENTO MÉDICO UNA VEZ FINALIZADO EL

PROTOCOLO

<FECHA>

Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios

Comisión de Autorización Sanitaria

Ensayos Clínicos

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

Por el presente conducto deseamos solicitar atentamente a ustedes la autorización para

llevar a cabo la extensión de tratamiento del medicamento para el protocolo <Número de

Protocolo> para lo cual manifestamos lo siguiente:

Con respeto al protocolo <Número de Protocolo>, titulado “<Título de Protocolo>”, el

equipo internacional encargado del estudio ha decidido cerrar el estudio el <Fecha>,

debido a que <Razón por la que se estará dando la droga, como cierre de estudio,

finalización del estudio, etc…>. El ciego del estudio se abrió el <Fecha> (según aplique).

En dicho estudio la/los paciente(s) activa(os) con número de selección <Número> de

<años> años de edad, mostró(aron) una reacción favorable al tratamiento con

<Medicamento>, motivo por el cual solicitamos la autorización para continuar dando el

medicamento del estudio (nombre de la droga).

Al respecto citaremos que el centro <Nombre del centro> es el único que está participando

en México en el protocolo <Número de protocolo>. El protocolo fue aprobado por el

Comité de Ética en Investigación de este centro el <Fecha> y su Honorable Autoridad el

<Fecha>, con número de oficio <Número de oficio>.

La extensión de tratamiento después del fin del estudio fue aprobada por el Comité de

Ética en Investigación y el Comité de Investigación el <Fecha>.

[PAPEL MEMBRETADO DEL PROMOVENTE (Patrocinador o CRO)]

El/La paciente activo (a), con número de selección <Número>, está recibiendo

<Medicamento>, desde el <Fecha>. Su dosis actual es de <Número con gramaje>/día. El

tratamiento será administrado por un período de <Número> meses, por lo que el/la

paciente recibirá <Número> frascos con <Número> tabletas de <Número con

gramaje>mg en cada <Frasco u otra presentación>. En caso de que su médico tratante

lo prescriba, el tratamiento continuará por periodos similares.

Al respecto citaremos a ustedes que el medicamento se recibirá con las leyendas de

origen.

Su médico tratante seguirá siendo el actual investigador principal, Dr. <Nombre del

Investigador Principal>. Ver en anexo la carta de responsabilidad en la cual el investigador

principal justifica la continuación del tratamiento con <Medicamento> y lista los eventos

adversos presentados por el/la paciente desde el inicio del tratamiento en <Año>.

La “extensión de tratamiento después del término del estudio” está considerada en la

Norma Oficial Mexicana NOM-012-SSA3-2012, artículos 10.6 y 11.2.2, y es equivalente

al término “uso compasivo” utilizado por el patrocinador.

<Nombre del Patrocinador> no tiene la obligatoriedad de seguir suministrando

<Medicamento>, sin embargo, en éste caso particular, y con la finalidad de seguir

manteniendo la calidad de vida de ésta paciente, se está llevando a cabo la presente

extensión. Dicha consideración puede suspenderse bajo las siguientes circunstancias:

mientras la paciente sigua recibiendo beneficio clínico a juicio de su médico

tratante, el Dr. <Nombre del Investigador Principal>. En el presente caso, el

término “beneficio clínico” quiere decir que la enfermedad <Indicación> está

estable y sin signos de avances; que los eventos adversos provocados por el

fármaco son menores o moderados, y no ponen en riesgo la vida de la paciente.

Al momento que <Medicamento> esté disponible comercialmente en México o

en otro mercado mundial, <Nombre del Patrocinador> ayudará al centro para

transferir a la/el paciente del programa de extensión de tratamiento al

medicamento comercial.

El tratamiento será otorgado sin costo alguno para la/el paciente y/o el investigador

principal.

Durante la extensión de tratamiento, <Nombre del Patrocinador> no cubrirá los gastos

relacionados a eventos adversos serios o no serios. Además de cualquier tratamiento

específico, relacionado o no con la enfermedad del estudio, este queda bajo la

responsabilidad del investigador principal y no será cubierto por <Nombre del

Patrocinador>.

[PAPEL MEMBRETADO DEL PROMOVENTE (Patrocinador o CRO)]

Durante la extensión del tratamiento después del fin del estudio, ninguna información será

solicitada por <Nombre del Patrocinador>, haciendo excepción de los eventos adversos

serios o no serios que deberán ser reportados a farmacovigilancia1.

Encuentre para su referencia:

1. Oficio de la COFEPRIS de aprobación del protocolo con número de oficio

<Número de oficio>, de fecha <Fecha>.

2. Carta de responsabilidad del Dr. <Nombre del Investigador Principal> con fecha

<Fecha>.

3. Carta de aprobación del Comité de Ética en Investigación del <Fecha>.

4. Carta de aprobación del Comité de Investigación del <Fecha>.

5. Copia de la etiqueta que se utilizará en la extensión de tratamiento.

Agradezco de antemano su atención al presente, esperando una respuesta positiva a lo

antes solicitado, por favor no dude en contactarnos en caso de requerir información

adicional.

Atentamente,

Firma: <Representante Legal del Promovente (Patrocinador o CRO)>

Nombre del Promovente (Patrocinador o CRO):

Nombre:

Cargo:

1 Según aplique

ANEXO 10

Ejemplo de Currículum Vítae (CV) Abreviado

Nombres: Apellidos: Profesión: Nombre de la afiliación: Dirección: Ciudad: Colonia: Código postal: Estado/Región/ provincia: País: Teléfono: Fax: Correo electrónico: Nombre de la ubicación del estudio (en caso de ser diferente):

EDUCACIÓN

Universidad Título Año en el que se completó

EDUCACIÓN MÉDICA

Universidad Título Año en el que se completó

EXPERIENCIA PROFESIONAL/ OTRA CAPACITACIÓN RELACIONADA

Institución Campo médico

Año en el que se completó

Número de cedula profesional: Área(s) de investigación de interés: Fases del estudio clínico: I II III IV

Enumere su investigación clínica más actual a continuación:

Área terapéutica: Tipo de estudio Fase: Finalizado: En curso

Industria

Iniciado por el investigador

Académico

Ninguno

Industria

Iniciado por el investigador

Académico

Ninguno

Industria

Iniciado por el investigador

Académico

Ninguno

Industria

Iniciado por el investigador

Académico

Ninguno

Industria

Iniciado por el investigador

Académico

Ninguno

Industria

Iniciado por el investigador

Académico

Ninguno

Industria

Iniciado por el investigador

Académico

Ninguno

Documentación de capacitación sobre las Buenas Prácticas Clínicas (Good

Clinical Practices, GCP) (proveedor del curso/año en el que se completó):

Al firmar esta forma, confirmo que la información proporcionada en este CV

abreviado es precisa y refleja mi empleo actual:

Firma: Fecha:

[PAPEL MEMBRETADO DEL PATROCINADOR]

ANEXO 11

COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO CON BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA

<FECHA>

Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios

Comisión de Autorización Sanitaria

Ensayos Clínicos

PATROCINADOR:

NÚMERO DE PROTOCOLO:

TÍTULO DE PROTOCOLO:

A quien corresponda:

Por medio de la presente, con el objeto de cumplir con los requisitos regulatorios relacionados al medicamento

de investigación <Medicamento> del protocolo <Número de Protocolo>, declaro formalmente y bajo protesta

de decir verdad, que todos los procesos y controles de fabricación, producción, almacenamiento, del

<Medicamento> para el protocolo mencionado cumplen con las buenas prácticas de fabricación de acuerdo

al marco regulatorio vigente.

Los documentos disponibles que sustentan lo anterior son:

Información

Características del producto:

a) Forma farmacéutica, características fisicoquímicas.

b) Fabricación, etiquetado, almacenamiento, envase.

c) Datos de estabilidad.

Información preclínica y clínica disponible respecto a:

a) Absorción, distribución, metabolismo y eliminación.

b) Toxicología, genotoxicidad, carcinogenocidad, teratogénesis.

c) Seguridad, datos de reacciones y eventos adversos.

d) Eficacia, Interacciones con medicamentos, Interacciones con alimentos.

e) Determinación de dosis, resumen de estudios clínicos previos

El documento en el que se exprese la información necesaria para asegurar

que los medicamentos usados en investigación clínica cumplen las Buenas

Prácticas de Fabricación y tienen las características de calidad esperadas.

*Nota: En caso de que exista un almacen para la distribución del medicamento en México, incluir la licencia

de almacén.

Asuminos la responsabilidad de mantener disponible dicha información en cualquier momento para consulta

y verificaciones posteriores, asi como para cualquier requerimiento especifico.

Atentamente,

Firma: <Representante Legal del Patrocinador>

Nombre del Patrocinador:

Nombre:

Cargo: