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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 25 DE FEBRERO DE 2009 No. 534 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO DECLARATORIA DE “PROTECCIÓN DE LAS RAZAS DE MAÍZ DEL ALTIPLANO DE MÉXICO” CULTIVADAS Y PRODUCIDAS EN SUELO DE CONSERVACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL 4 SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO 8 CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, QUE CON CARÁCTER DE OBLIGATORIO DEBEN ASUMIR Y APLICAR LAS DIRECCIONES GENERALES DE CONTRALORÍAS INTERNAS Y SUS ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO, EN EL DESEMPEÑO DE SUS INTERVENCIONES DE FISCALIZACIÓN DE GASTO PÚBLICO 11 CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS IGNACIO SOTO SOBREYRA Y SILVA, TITULAR DE LA NOTARÍA 13 DEL DISTRITO FEDERAL Y PEDRO BERNARDO BARRERA CRISTIANI, TITULAR DE LA NOTARÍA 82 DEL DISTRITO FEDERAL 21 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL DOMICILIO Y HORARIO DE LA NOTARÍA 82 DEL DISTRITO FEDERAL, CUYO TITULAR ES EL LICENCIADO PEDRO BERNARDO BARRERA CRISTIANI 22 AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS LUIS ANTONIO MONTES DE OCA MAYAGOITIA, TITULAR DE LA NOTARÍA 29 DEL DISTRITO FEDERAL E IÑIGO XAVIER REYNOSO DE TERESA, TITULAR DE LA NOTARÍA 58 DEL DISTRITO FEDERAL 23 DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO LISTADO DE PROCEDIMIENTOS 24 Continúa en la Pág. 2 “2008-2010. Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”

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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Órgano del Gobierno del Distrito Federal

DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 25 DE FEBRERO DE 2009 No. 534

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO

♦ DECLARATORIA DE “PROTECCIÓN DE LAS RAZAS DE MAÍZ DEL ALTIPLANO DE MÉXICO” CULTIVADAS Y PRODUCIDAS EN SUELO DE CONSERVACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL 4

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

♦ RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO 8

CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL

♦ ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, QUE CON CARÁCTER DE OBLIGATORIO DEBEN ASUMIR Y APLICAR LAS DIRECCIONES GENERALES DE CONTRALORÍAS INTERNAS Y SUS ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO, EN EL DESEMPEÑO DE SUS INTERVENCIONES DE FISCALIZACIÓN DE GASTO PÚBLICO 11

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

♦ AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS IGNACIO SOTO SOBREYRA Y SILVA, TITULAR DE LA NOTARÍA 13 DEL DISTRITO FEDERAL Y PEDRO BERNARDO BARRERA CRISTIANI, TITULAR DE LA NOTARÍA 82 DEL DISTRITO FEDERAL 21

♦ AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL DOMICILIO Y HORARIO DE LA NOTARÍA 82 DEL DISTRITO FEDERAL, CUYO TITULAR ES EL LICENCIADO PEDRO BERNARDO BARRERA CRISTIANI 22

♦ AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS LUIS ANTONIO MONTES DE OCA MAYAGOITIA, TITULAR DE LA NOTARÍA 29 DEL DISTRITO FEDERAL E IÑIGO XAVIER REYNOSO DE TERESA, TITULAR DE LA NOTARÍA 58 DEL DISTRITO FEDERAL 23

DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

♦ LISTADO DE PROCEDIMIENTOS 24

Continúa en la Pág. 2

“2008-2010. Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”

2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

ÍNDICE Viene de la Pág. 1

DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ

♦ MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ TÉCNICO DE PROGRAMAS SOCIALES 25

♦ MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ MIXTO DE CAPACITACIÓN 37

♦ MANUAL ESPECIFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS 48

DELEGACIÓN IZTACALCO

♦ PROGRAMA DE OBRA PÚBLICA EJERCICIO 2009 57

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

♦ REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DELEGACIONAL DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009 58

♦ REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009 60

♦ REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL, A CARGO DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, A TRAVÉS DE LA COORDINACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009 85

♦ REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DE LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009 87

INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL

♦ PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS AÑO 2009 92

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL

♦ ACUERDO GENERAL NÚMERO 20-08/2009, EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, EN SESIÓN DE FECHA CUATRO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES Y EL PROCEDIMIENTO QUE DEBERÁN OBSERVARSE PARA EL OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE PERMISOS ADMINISTRATIVOS TEMPORALES REVOCABLES, POR LOS CUALES EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, OTORGUE A LOS PARTICULARES EL USO TEMPORAL DE ESPACIOS FÍSICOS EN LOS INMUEBLES QUE TIENE ASIGNADOS 93

TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

♦ REFORMA A LOS LINEAMIENTOS SOBRE LA ADQUISICIÓN, CONTROL, USO, MANTENIMIENTO Y RESGUARDO DEL PARQUE VEHICULAR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL 99

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

♦ SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA.- LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.- CONVOCATORIA: 002.- SERVICIO DE “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE LOGÍSTICA PARA CUBRIR LOS EVENTOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA 103

♦ DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN.- LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.- CONVOCATORIA: 002/2009.- ADQUISICIÓN DE MATERIAS PRIMAS (VARA PERLILLA) 105

♦ INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL.- LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.- CONVOCATORIA 3.- SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BIENES INFORMÁTICOS 106

SECCIÓN DE AVISOS

♦ RC DIRECTO DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 108

♦ VISION CENTER, S.A. DE C.V. 109

♦ SKANSKA PROYECTOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 110

♦ AVISO 110

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 3

4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

JEFATURA DE GOBIERNO DECLARATORIA DE “PROTECCIÓN DE LAS RAZAS DE MAÍZ DEL ALTIPLANO DE MÉXICO” CULTIVADAS Y PRODUCIDAS EN SUELO DE CONSERVACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) LIC. MARCELO LUÍS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1,7, 8 fracción II, 12 fracción I, II, IV, V y IX, 16, 67 fracción II, XXVI, XXXI, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1,2, 5, 7, 12, 15 fracción IV y XX, 16 fracción IV, 17, 23 Quintus y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1 fracción III, 2 fracción IV, V, VII, XI, 3 fracción II, IV, VI, IX, 5, 6 fracciones I, II, 7, 8 fracciones I, III, XI, XII, V, XI, 9 fracciones I, IV, XII, XV, XVIII, XIX, XIX Bis, XIX Bis 1, XX, XXIX, XXIX Bis, 13 fracción III, 14, 15, 18 fracciones I, V, VII, VIII, IX; X, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 85, 86 de la Ley Ambiental del Distrito Federal; 2, 3, 5 fracciones IV, V, VI, 6, 12, 20, 178, 186 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable para el Distrito Federal; 7 fracción IV, numeral 5, XIX numerales 1 y 2, 14, 15, 16, 19, 22, 26, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO Que en México se encuentran los centros de origen, domesticación y diversidad del maíz y su historia se extiende durante miles de años con las culturas prehispánicas de Mesoamérica. Que el altiplano del centro de México es uno de esos centros de domesticación y que es aquí donde las culturas teotihuacanas, tolteca y mexica tuvieron su esplendor, contribuyendo a la integración de la cultura y agricultura mesoamericana. Que se han catalogado cerca de 60 razas de maíz mexicano de las que se resguardan más de 9,000 colectas y a la fecha se han identificado otras 4,000 más, sin contar las que se colecten en algunas regiones de México que aún quedan por explorar y estudiar. Que en términos cuantitativos México posee la mayor diversidad de maíz en el mundo con una magnífica variedad de sabores y colores distintos, adaptados a condiciones ambientales diversas, y que se preservan en el presente gracias a los pueblos y culturas indígenas y campesinas que han resguardado el maíz, después de la conquista, como un elemento clave de resistencia y supervivencia. Que el derecho internacional en diversos instrumentos jurídicos establece el “principio de precaución”, como uno de los principios fundamentales en materia de protección y preservación de los recursos naturales. Que el Convenio sobre la Diversidad Biológica, define como "conservación in situ", la conservación de los ecosistemas y los hábitats naturales y el mantenimiento y recuperación de poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y, en el caso de las especies domesticadas y cultivadas, en los entornos en que hayan desarrollado sus propiedades específicas”. Que es una preocupación a nivel mundial el “prever, prevenir y atacar en su fuente las causas de reducción o pérdida de la diversidad biológica” así como “conservar y utilizar de manera sostenible la diversidad biológica en beneficio de las generaciones actuales y futuras”.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 5

Que es de interés del Gobierno del Distrito Federal, establecer los instrumentos e implementar las acciones encaminadas a proteger las razas de maíz del altiplano mexicano, para preservar esta especie y sus variedades locales, garantizando su conservación y utilización sostenible. Que dentro de los instrumentos de planeación y política ambiental del Gobierno del Distrito Federal se encuentra el “Plan Verde”, el cual dentro de su estructura contempla como parte de sus temas centrales el rescate del suelo de conservación, como espacio clave del equilibrio ecológico de la ciudad, y que en su estrategia dos y cuatro prevé: “E2 Restauración y conservación de ecosistemas de alto valor ambiental, “E4 Impulso a los agroecosistemas y manejo sustentable de los recursos naturales”, estableciendo dentro de esta ultima el “conservar el germoplasma de la razas de maíz nativo del altiplano central”. Que el Gobierno del Distrito Federal, se encuentra facultado para promover en forma coordinada y corresponsable las acciones encaminadas a la conservación del ambiente, la protección ecológica y la restauración del equilibrio ecológico, promover programas para el desarrollo de técnicas ecológicas y procedimientos que permitan prevenir, controlar y abatir el deterioro ambiental, propiciar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la conservación de los ecosistemas, y es prioridad instrumentar acciones que favorezcan el conocimiento y la modificación de los ciclos y sistemas ambientales en beneficio de la salud y calidad de vida de la población, compatibilizando el desarrollo económico y la protección de sus recursos naturales fundamentales. Que la Ley Ambiental del Distrito Federal regula y fomenta las prácticas tradicionales de cultivo que sean amigables con el medio ambiente en suelo de conservación. Que en el Distrito Federal se cultivan anualmente alrededor de 3,000 hectáreas de maíz principalmente para autoconsumo de la población rural en el suelo de conservación. Asimismo, se han identificado 4 razas de maíz del altiplano con aproximadamente 40 variedades, las cuales no han sido estudiadas ni protegidas adecuadamente. Que diversos estudios han determinado que los transgenes pueden integrarse al maíz nativo y los parientes silvestres de la región lo que pondría en riesgo la conservación del germoplasma, por los posibles efectos negativos en las razas de maíz y sus ecosistemas agrícolas, además de que pudieran incorporarse a la cadena alimentaria y potencialmente generar problemas a la salud humana. Que el deterioro de las razas del maíz y otras especies, ha sido provocado por la falta de políticas adecuadas en el sector agropecuario en nuestro país y una política de abandono de los objetivos de la soberanía alimentaria; y a nivel internacional se explica por las políticas que han llevado a la destrucción de la base productiva en comunidades en muchas regiones del mundo, así como a la concentración del poder de mercado de alimentos y semillas en unas cuantas corporaciones. Que la conservación de las razas de maíz del altiplano mexicano es una tarea que corresponde a todos los actores de los sectores público, privado y social, y que los agricultores necesitan estímulo para continuar usando las razas de maíz de la región y los procesos de producción ecológica de esas semillas, siendo menester asignar un valor claro y prioritario a esta actividad. Que ante la necesidad de preservar y conservar las razas y variedades de maíz por la introducción de semillas híbridas y transgénicas, he tenido a bien emitir la presente:

6 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

DECLARATORIA DE “PROTECCIÓN DE LAS RAZAS DE MAÍZ DEL ALTIPLANO DE MEXICO” CULTIVADAS Y PRODUCIDAS EN SUELO DE CONSERVACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

PRIMERO.- El Gobierno del Distrito Federal declara la “Protección de las Razas del Maíz del Altiplano de México”, cultivadas y producidas en suelo de conservación del Distrito Federal. SEGUNDO.- El Gobierno del Distrito Federal por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente, implementará y fomentará acciones correspondientes para evitar el uso de semilla transgénica en la producción de maíz en suelo de conservación, fomentando y fortaleciendo el cultivo y mejoramiento de las razas de maíz del Altiplano Mexicano, estableciendo un área geográfica libre de maíz genéticamente modificado o transgénico. TERCERO.- El Gobierno del Distrito Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente convocará a los pueblos, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, grupos de trabajo y organizaciones en el suelo de conservación para instrumentar conjuntamente los mecanismos y acciones tendientes a contribuir a garantizar la utilización sostenible de los recursos naturales, específicamente de la preservación de la diversidad de las razas de maíz del Altiplano Mexicano y sus ecosistemas asociados. CUARTO.- El Gobierno del Distrito Federal establecerá las acciones correspondientes para fortalecer la preservación de razas de maíz a través de prácticas ecológicas y la puesta en marcha de estrategias ambiental y ecológicamente adecuadas para su protección. QUINTO.- El Gobierno del Distrito Federal fortalecerá los vínculos con Instituciones Académicas, Colegios y Centros de Investigación para realizar estudios para el desarrollo, aprovechamiento y conservación de las razas de maíz del Altiplano Mexicano. SEXTO.- La Secretaría del Medio Ambiente establecerá mecanismos de coordinación institucional con las demás dependencias de la administración pública del Distrito Federal, relacionadas con la conservación y protección de la diversidad de las razas de maíz y su cultura, incluyendo a los actores de la sociedad y demás instancias gubernamentales y no gubernamentales interesadas. SÉPTIMO.- Cualquier programa, proyecto o acción que se desarrolle en el Distrito Federal con relación al maíz deberá garantizar el mantenimiento, preservación y conservación de la diversidad de las razas de maíz del altiplano, así como de la continuidad e integridad de los ecosistemas asociados a éste. OCTAVO.- La Secretaría del Medio Ambiente formulará un “Programa de Protección de las razas de maíz del Altiplano Mexicano”, el cual contemplará las siguientes acciones. 1. Investigación y estudios para el desarrollo de técnicas y prácticas adecuadas y sustentables en la producción y mejoramiento de las razas de maíz y las especies asociadas al policultivo en sistemas tipo milpa.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 7

2. Financiamiento y estímulos económicos para los agricultores que se dediquen al cultivo de las razas de maíz ó que se conviertan en nuevos productores de éstas. 3. Producción y utilización de abono orgánico y biofertilizantes. 4. Infraestructura para la creación de un banco de semillas de las razas de maíz del altiplano. 5. Sistema de monitoreo de los predios de productores que destinen y se dediquen al cultivo de las razas de maíz y al uso de prácticas agroecológicas y de agricultura orgánica, que permita dar seguimiento a la adopción de prácticas sustentables y ecológicamente amigables. NOVENO.- La Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal establecerá instrumentos de política ambiental que permitan contribuir a conservar el germoplasma de las razas de maíz del altiplano mexicano en suelo de conservación del Distrito Federal.

TRANSITORIOS PRIMERO.- La presente declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación. SEGUNDO.- La Secretaría del Medio Ambiente publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Programa de Protección de las razas de maíz del Altiplano Mexicano” en congruencia con la presente Declaratoria dentro de los sesenta días naturales siguientes a la fecha de su publicación. TERCERO.- La Secretaría del Medio Ambiente dará seguimiento a las acciones derivadas de la presente declaratoria. Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México a los veintitrés días del mes de Febrero de dos mil nueve.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE DEL DISTRITO FEDERAL, MARTHA DELGADO PERALTA.- FIRMA.

8 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO

(Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento.- Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda)

Expediente: DMC-01-2008-74

Ubicación: Av. Luis Cabrera No. 74, Colonia San Jerónimo Aculco, Delegación La Magdalena Contreras

En la Ciudad de México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil ocho. ----------------------- EL ARQ. J. ARTURO AISPURO CORONEL, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en el Artículo 15 fracción II, Artículo 16 fracción IV, Artículo 24 fracciones I y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; además del Artículo 11 fracciones XIII, XXII y XLI; Artículo 74 fracción II incisos g) y h), de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, emite la siguiente: ---------------------------

RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EL CAMBIO DE USO DEL SUELO CONFORME A LO DISPUESTO EN

EL ARTÍCULO 74 DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL -------------------------------------------------------------ANTECEDENTES---------------------------------------------------------------- I.- Con fecha 25 de julio del año 2008, la ciudadana Rocío Milagros Herrera Torres como propietaria, acreditada mediante escritura 33,441, Primer Testimonio Adjudicación y Contrato de Compraventa de fecha 04 de abril del 2003, elevado a escritura pública, identificada con Credencial para Votar, número de folio 107663151 expedida por el Instituto Federal Electoral, solicitó el cambio de uso del suelo para el predio ubicado en Av. Luis Cabrera No. 74, colonia San Jerónimo Aculco, Delegación La Magdalena Contreras, Distrito Federal, registrada con el número de expediente DMC-01-2008-74, con una superficie de terreno de 670.00 m², para uso de “Farmacia” en 250.00 m2, proporcionando 12 cajones de estacionamiento.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.- Que con fecha 23 de julio del año 2008, ingresó a través de la Ventanilla Única de la Delegación la solicitud, presentando la siguiente documentación: Solicitud de Cambio de Uso del Suelo por el Artículo 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; Certificado de Zonificación para Uso del Suelo Específico con folio número JUAL2709108; Constancia de Alineamiento con folio número CANO/330/08; identificación mediante Credencial para Votar (IFE) con folio número 107663151; Contrato de Compra-Venta elevado a Escritura Pública número 33,441 de fecha 04 de abril del 2003; Memoria Descriptiva y reporte fotográfico del predio, así mismo cumplió con la colocación del letrero y periodo de Consulta Pública del 7 al 20 de agosto del 2008.------------------------------------------------------------------------------------------- La Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, verificó que la solicitud reuniera los requisitos señalados y cumpliera con el procedimiento establecido en la normatividad vigente.------------------------------------------------------------------------------------ -----------------------------------------------------------------CONSIDERANDO------------------------------------------------------------ ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- I.- Que de conformidad y con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 8 y 14 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24 fracciones X y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículo 49 fracción XV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículo 6 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, IX y X; 7 fracciones I, II, III y IV; 11, 30, 31, 32, 52, 54 y 55 de la Ley del Procedimiento Administrativo; 8 fracción III y del Artículo 11 fracción XXXVIII; 74 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 14, 15 y 16 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, es competente para resolver la solicitud de autorización de cambio de uso del suelo para el predio señalado.------------------------------------------------------------------------ II.- Que mediante Comité Técnico sesión número 25 (2008) de fecha 22 de octubre del año en curso, las dependencias que se presentaron, emitieron sus opiniones, quedando asentadas en la Cédula del Dictamen correspondiente, tomando en consideración los documentos que obran en el expediente, conforme a la competencia y atribuciones de cada una de las autoridades que intervinieron en él, resultando una mayoría de opiniones positivas, como a continuación se describe:---------

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 9

III.- Que la Instancia de Representación Vecinal de la Unidad Territorial de San Jerónimo Aculco, emitió opinión positiva, mediante escrito de fecha 8 de septiembre del 2008, suscrito por el Ing. Damián Robledo Gómez, Coordinador del Comité Vecinal de la U.T. San Jerónimo Aculco.---------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.- Que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, ratificó opinión positiva condicionada a su similar favorable que emitan todas y cada una de las Dependencias que integran el Comité Técnico, emitida mediante oficio No. CDIU/186/08 de fecha 20 de octubre de 2008, suscrito por el Dip. Edy Ortiz Piña, Presidente de la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana del Distrito Federal.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- V.- Que la Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO), emitió opinión positiva.------------------------------------------------ VI.-Que la Secretaría de Transportes y Vialidad, ratificó opinión positiva, emitida mediante oficio No. DGPV-3538 DV-SE-2467/08 de fecha 22 de octubre de 2008, suscrito por el Arq. Sergio Aníbal Martínez Sánchez, Director General de Planeación y Vialidad.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- VII.- Que la Secretaría de Protección Civil del Distrito Federal, mediante oficio número DGDU/1221/08 de fecha 8 de octubre del presente año, se citó a la reunión del Comité Técnico sesión número 25 de fecha 22 de octubre del año en curso, a la cual no asistió representante alguno y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, es aplicable lo establecido en el último párrafo de dicho artículo, por lo que se considera que no existe objeción a lo solicitado.-------------------------------------------------------------------------------------------- VIII.- Que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, ratificó opinión positiva, emitida mediante oficio No. SMA/SACM/DESU/DVDC/2008 de fecha 4 de noviembre de 2008, suscrito por el Ing. Bernardo Hurtado Mejía, Director de Verificación Delegacional y Conexiones, condicionada a adaptarse al servicio que existe en la zona. ------------------------- IX.- Que la Secretaria del Medio Ambiente, ratificó opinión positiva, emitida mediante oficio No. SMA/DGRA/DEIA/5938/2008 de fecha 22 de octubre de 2008, suscrito por el Ing. Alejandro Rafael Nyssen Ocaranza, Director General de Regulación Ambiental.------------------------------------------------------------------------------------------------- X.- Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, emitió opinión positiva.----------------------------------------------------- XI.- Que la Delegación La Magdalena Conteras; ratificó opinión negativa, emitida mediante oficio No. BD10-1.3/381/2008 de fecha 23 de septiembre de 2008, señalando que: “Conforme al Plano de Alineamientos, Números Oficiales y Derechos de Vía lámina No. 264, el predio de referencia esta ubicado sobre una Vialidad Primaria delante de una curva un tanto pronunciada que debido a la pendiente descendiente hacia la Avenida Contreras, lo vecinos que salen de ella, circulan a gran velocidad lo que aumenta el riesgo de provocar un accidente automovilístico con los vehículos que se encuentren estacionados, cuyos propietarios tengan que acudir a dicha farmacia.” “…si el acceso del predio en cuestión se da sobre Avenida Luis Cabrera, ya que sus servicios están sobre la Calle Huauchinango que desemboca a la Avenida Luís Cabrera, generaría un conflicto vial pero no por la Calle Huauchinango motivo por el cual, esta Delegación emite opinión negativa y no está de acuerdo en que se modifique el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para el uso pretendido con frente a la Avenida Luís Cabrera.”(sic)---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ------------------------------------------------------------------RESUELVE------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero.- Que se autoriza y se permite el cambio de uso del suelo para Comercio /Comercio al por menor/ Comercio vecinal de productos básicos, de uso personal y doméstico/ Farmacia en 250.00 m2, única y exclusivamente en planta baja con acceso directo a la vía pública, además de los usos permitidos por la zonificación vigente, para el predio ubicado en Av. Luis Cabrera No. 74, colonia San Jerónimo Aculco, Delegación La Magdalena Contreras, Distrito Federal; solicitado por la ciudadana Rocío Milagros Herrera Torres como propietaria, acreditada mediante escritura 33,441, Primer Testimonio Adjudicación y contrato de compraventa de fecha 04 de abril del 2003, elevado a escritura pública, en la solicitud registrada con el número de expediente DMC-01-2008-74, con una superficie de terreno de 670.00 m²; condicionado a cumplir con el número de cajones de estacionamiento requeridos por la normatividad vigente; a que el acceso y salida sean exclusivamente por la calle Huachinango quedando prohibidos por la Avenida Luís Cabrera; no obstruir la vía pública; no provocar congestionamiento vial; no arrojar al drenaje sustancias o desechos tóxicos ni utilizar materiales peligrosos; no emitir humos ni ruidos perceptibles por los vecinos; para el abastecimiento de agua potable debe adaptase al servicio que existe en la zona; y a lo dispuesto por el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal, la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles y con las demás Leyes y Reglamentos en la materia.----------------------------------------------- Segundo.- La presente deja sin efectos la Resolución de fecha 31 de agosto del año 2007 y no exime del cumplimiento de las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia; por lo que, el incumplimiento de las mismas se considera violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, a su Reglamento y a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, haciéndose acreedores, en su caso, a las sanciones que las autoridades competentes impongan al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo, por el funcionamiento y/o ejercicio de una actividad comercial

10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

y/o de servicios en el mismo, anterior a la vigencia de la presente Resolución. Por ello, en caso de que actualmente se esté violentando cualquiera de las disposiciones legales citadas, corresponderá al Órgano Político-Administrativo, imponer las sanciones correspondientes al propietario del predio motivo del cambio de uso del suelo.------------------------------------------- Tercero.- Notifíquese personalmente o por correo certificado al propietario mediante copia certificada de la presente Resolución.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Cuarto.- Publíquese la presente Resolución en la Gaceta Oficial del Distrito Federal e inscríbase en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, previo pago de derechos a que se refiere el Artículo 264 del Código Financiero del Distrito Federal. Si el interesado no acredita dicho pago en un término de tres meses contados a partir de la notificación señalada en el numeral anterior, quedará sin efectos esta Resolución.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Quinto.- Una vez inscrita la presente Resolución y pagados los derechos correspondientes, el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano expedirá a petición del interesado, el Certificado de Zonificación para Usos del Suelo, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 257 fracción I del Código Financiero para el Distrito Federal.------------------------------ Sexto.- Notifíquese mediante oficio al Órgano Político-Administrativo de esta Resolución y en consecuencia, una vez cumplidos los numerales Tercero, Cuarto y Quinto, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.---------------- C Ú M P L A S E ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. J. ARTURO AISPURO CORONEL

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11

CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL ACUERDO; POR EL QUE SE EMITEN LAS NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA, DE LA

CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, QUE CON CARÁCTER DE OBLIGATORIO DEBEN ASUMIR Y APLICAR LAS DIRECCIONES GENERALES DE CONTRALORÍAS INTERNAS Y SUS ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO, EN EL DESEMPEÑO DE SUS INTERVENCIONES DE FISCALIZACIÓN DE GASTO PÚBLICO.

Ricardo García Sáinz Lavista, Contralor General del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34 fracciones IV y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 106, 107, 108, 110, 111 y 113 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que el modelo de administración asumido por la Contraloría General, se instrumenta en la ejecución de cinco ejes estratégicos consistentes en: mejora regulatoria y cumplimiento de la legalidad; evaluación del desarrollo gubernamental; profesionalización del gobierno; vigilancia y control; e innovación y buen gobierno. Que frente al compromiso de dar cumplimiento a dichos ejes, la Contraloría General ha reordenado y redistribuido funciones orientándolas a la obtención de resultados oportunos, sustentables, transparentes, honestos y desde luego, soportados legalmente, dando con ello respuesta a las expectativas que de ella tiene la sociedad. Que las funciones de vigilancia y control que la Contraloría General debe coordinar y ejercer en forma integral y eficiente en las Unidades de Gobierno, deben asegurar resultados que respondan a las categorías anteriormente mencionadas. Que para alcanzar los propósitos anteriores, la Contraloría General ha fortalecido su institucionalidad asumiendo las siguientes acciones: emitir las Bases Generales para la Planeación, Elaboración y Presentación de sus Programas de Auditoría para los ejercicio 2008 y 2009; editar y difundir, hacia el interior del Órgano Fiscalizador y las áreas que tienen a su cargo el ejercicio de los recursos públicos, la Guía para Vigilar el Gasto de la Administración Pública del Distrito Federal; actualizar instrumentos y herramientas de trabajo como la Guía General de Intervenciones 2009 y la Guía de Supervisión de Auditoría, las que orientan, facilitan y estandarizan el desempeño de sus auditores. Que para la Contraloría General resulta imprescindible, en el propósito de fortalecer la calidad de sus resultados y obtener la mejor actuación de sus colaboradores, difundir sus Normas Generales de Auditoría de aplicación obligatoria y que constituyen paradigmas que deben tener presentes en sus intervenciones los Directores Generales, Director Ejecutivo, titulares de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, los Contralores Internos, mandos medios, los auditores y el personal de apoyo; ello con el propósito de orientar sus trabajos bajo principios de observancia que responden a las prácticas, que los entes fiscalizadores llevan a cabo, a nivel internacional y de los que no se ha apartado la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal. Que por lo anteriormente expuesto es que se formula el:

ACUERDO; POR EL QUE SE EMITEN LAS NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA, DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL, QUE CON CARÁCTER DE OBLIGATORIO DEBEN ASUMIR Y APLICAR LAS DIRECCIONES GENERALES DE CONTRALORÍAS INTERNAS Y SUS ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO, EN EL DESEMPEÑO DE SUS INTERVENCIONES DE FISCALIZACIÓN DE GASTO PÚBLICO. l. ANTECEDENTES Definición de Auditoría El concepto de Auditoría, en la doctrina y en la práctica, ha tenido diversas definiciones, originadas por la naturaleza propia de su ejercicio, sea de orden privado o público o por sus propios tipos. En el ámbito de la Administración Pública, en la que la Contraloría General del Distrito Federal ejerce sus funciones, la define obedeciendo a las tendencias modernas y a los ejes estratégicos, en que se encuentra involucrada, en el desarrollo de sus atribuciones, bajo los siguientes conceptos:

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Auditoría: Es un proceso independiente con enfoque sistemático y disciplinario, cuyo objetivo es agregar valor preventivo y correctivo, al desempeño de los sistemas operativos de la Administración Pública del Distrito Federal, y obtener evidencia del grado en que cumple su gestión pública. En este sentido para la Contraloría General del Distrito Federal, la auditoría interna es el examen crítico, sistemático y detallado del grado de eficacia, eficiencia y efectividad de los procesos sustantivos y de apoyo de las Unidades de Gobierno, que realizan servidores públicos sin vínculos laborales con ellas, utilizando técnicas determinadas, con el objeto de emitir informes y formular sugerencias para el mejoramiento de su Gestión Pública. La auditoría interna constituye un servicio que reporta a la superioridad y a la titularidad de las Unidades de Gobierno sus resultados, y tiene características de actividad asesora de control, por tanto no puede ni debe tener autoridad de línea sobre ningún funcionario de las Unidades de Gobierno, a excepción de los que forman parte de la plantilla de la oficina de auditoría interna, ni debe en modo alguno involucrarse o comprometerse con sus operaciones, pues su atribución es evaluar y opinar sobre los mismos, para que su titularidad tome las medidas necesarias para su mejor funcionamiento. El Auditor de la Contraloría General del Distrito Federal (Auditor) El Auditor es un servidor público que tiene la oportunidad de servir a la sociedad en un espacio de importancia suprema, vigilando la legalidad, honestidad, oportunidad y transparencia del comportamiento de los servidores públicos que intervienen en la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal. El Auditor con ello se convierte en garante de que los procesos y procedimientos administrativos, se lleven a cabo bajo las categorías arriba enunciadas, y en caso de detectar desviaciones o posibles comisiones de delitos proponer medidas correctivas o promover las responsabilidades administrativas y encausar las penales que procedan. Responsabilidad del Auditor El ejercicio de la Auditoría, tiene como sustento la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes: Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Estos ordenamientos disponen y orientan el sentido con que la Administración Pública del Distrito Federal debe operar los recursos económicos, a través de su organización centralizada, desconcentrada y paraestatal, ejerciéndolos con eficiencia, eficacia y honradez, y cumplir con los objetivos de la Gestión Pública. El Auditor tiene a su cargo la evaluación permanente del control de las transacciones y operaciones de la Administración Pública del Distrito Federal. El Auditor debe preocupar por sugerir el mejoramiento de los métodos y procedimientos de control interno que redunden en su operación más eficiente y eficaz. El Auditor constata, a través de sus intervenciones, que los recursos se hayan aplicado en base a preceptos y procedimientos en cumplimiento estricto de la normatividad aplicable. El Auditor, su labor la orientará preferentemente a asumir actitudes preventivas, pero de ser el caso aplicar las correctivas. El Auditor, en sus intervenciones, basará su actuación en la aplicación de las Normas Generales de Auditoría. II.- NORMAS GENERALES DE AUDITORÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL (NORMAS) Las Normas confieren a los auditores de las Unidades de Apoyo Técnico-Operativo de la Contraloría General y de los Órganos Internos de Control en las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, la responsabilidad de garantizar que preserven su independencia mental; que cada auditoría sea ejecutada por personal que posea los conocimientos técnicos y la capacidad profesional necesarios para el caso particular; que cumplan con la aplicación de las Normas relativas a la ejecución del trabajo, del informe y del seguimiento de auditoría; se sujeten a un programa de capacitación y auto evaluación, buscando la excelencia en su trabajo.

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Las Normas representan los requisitos mínimos de calidad relativos a la personalidad del auditor, el trabajo que desarrolla y la información que obtiene como resultado de las revisiones que practica; clasificándose en personales, de ejecución del trabajo y sobre el informe de auditoría y su seguimiento. Las Normas, se presentan con el agregado de algunas consideraciones que amplían sus conceptos, entendiéndose esto de carácter enunciativo y no limitativo, por lo que los Auditores, podrán aplicar su criterio al respecto. Ellas se integran en los siguientes grupos: Normas personales Primera. Independencia. El Auditor en el desarrollo de su trabajo debe actuar con integridad de juicio, autonomía y objetividad, para planear sus revisiones, seleccionar sus muestras, aplicar las técnicas y procedimientos de auditoría, así como emitir sus conclusiones, opiniones y recomendaciones con firmeza, desde el punto de vista organizacional y totalmente imparcial. El Auditor al ejercer su independencia: Debe estar libre de interferencias que incidan para eliminar o modificar alguna parte de su intervención, a la vez de la falta de cooperación en la aplicación de sus procedimientos selectivos o de cualquier intento externo por modificar su trabajo. Debe gozar de una independencia investigadora que le permita el acceso a todas las fuentes de información que deba llegarse en el desarrollo de su intervención. Debe contar con la cooperación de sus superiores en el curso de su investigación. Debe de ejercer una libertad frente a intereses personales que puedan afectar su imparcialidad. Debe mantenerse ajeno a cualquier tipo de relación con el personal de las Unidades que tenga responsabilidad de auditar. Debe conservarse ajeno a cualquier posibilidad de involucrarse en intereses económicos o de especie con el área auditada. Debe superar cualquier obstáculo al que se encuentre en la aplicación de sus técnicas y procedimientos de auditoría. Debe procurar contar siempre con los recursos materiales y humanos necesarios que no limiten la posibilidad de realización de su cometido. Segunda. Conocimiento Técnico y Capacidad Profesional. El Auditor debe situarse en condiciones de prestar satisfactoriamente sus servicios. El Auditor preferentemente, debe ser un profesional ya que su función es emitir opiniones de esta calidad. El Auditor debe tener un entrenamiento técnico y habilidad adecuada que lo ubique en condiciones de prestar satisfactoriamente sus servicios. El Auditor debe actualizar permanentemente sus conocimientos. El Auditor debe tener una visión integral de los procesos y procedimientos que maneja la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal. El Auditor debe aprovechar la oportunidad que ofrece la Contraloría General, a través de sus Direcciones Generales de Contralorías Internas, de incorporarse a programas de capacitación que permitan la actualización de sus conocimientos en aspectos técnicos, contables, administrativos y financieros.

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Los Auditores motu-proprio, deben tener disposición, permanente, de capacitarse a través de lecturas respecto de todas las áreas en que se ven involucrados. Tercera. Cuidado y Diligencia Profesionales. El Auditor debe actuar de manera tal que su criterio sea adecuado en las auditorías que practique. El Auditor debe ejercer su vocación profesional, cristalizándose en un trabajo pulcro y profesional, ejerciendo al máximo sus conocimientos, experiencia y capacidad profesional bajo el criterio de la responsabilidad de carácter público que tiene. El Auditor debe aplicar los métodos, técnicas, procedimientos de auditoría, mecanismos de prueba, etc., que sean los idóneos para alcanzar los objetivos en sus intervenciones en forma clara y transparente. El Auditor debe aplicar los instrumentos normativos externos públicos que regulan su actuación, así como los internos consistentes en las Bases Generales para la Elaboración, Planeación y Presentación de Programas de Auditoría, Guía General de Intervenciones, Guía de Supervisión de Auditoría y otros instrumentos y herramientas elaborados y difundidos y que con carácter obligatorio deben aplicarse en las intervenciones. El Auditor debe observar que el personal que lo apoya, adscrito a las Direcciones Generales de Contralorías Internas, Director Ejecutivo y Contralorías Internas, actúen con: Integridad Objetividad Confidencialidad

Competencia y Calidad Profesional Independencia de Criterio Responsabilidad Moralidad Lealtad Retribución económica Relaciones interpersonales Dignificación de la imagen con base en la calidad Normas de Trabajo Cuarta. La Planeación. El Auditor previo a la ejecución del trabajo de Auditoría, deberá realizar una investigación para definir sus objetivos, alcances, procedimientos, recursos, tiempo y oportunidad de los mismos, precisándolos en sus programas de trabajo. Las Direcciones Generales de Contralorías Internas, los Titulares de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo y Contralores Internos, deben elaborar para cada ejercicio un programa de Auditoría. El programa de Auditoría debe tener como sustento las “Bases Generales para la Planeación, Elaboración y Presentación del Programa de Auditoría” que cada ejercicio emite la Contraloría General del Distrito Federal. Los Auditores deben observar que las Bases, en lo que corresponde a la Planeación, especifican lo que deben tener en cuenta, en cada una de las etapas de la Planeación del Programa del Ejercicio. Por rubros generales, la planeación se integran por: Investigación Previa, Documental y de Campo. Evaluación de Riesgos. Objetivo de la Metodología. Resultados de la Investigación Previa.

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Aspectos a considerar en el Programa de Auditorías y Calendario del Programa de Auditoría. Este contenido se soporta en formatos e instructivos debidamente catalogados. El Auditor debe soportar su quehacer para la planeación de sus auditorías, en base a la Guía General de Intervenciones, que contiene los elementos que a continuación se listan, específicamente detallados y soportados con formatos e instructivos. Planeación de la Auditoría: Investigación Preliminar Visita Física Marco Legal Planeación Detallada: Carta de Planeación Cronograma de Actividades Ejecución de la Auditoría:

Oficio de Inicio de Auditoría Oficio de Requerimiento Documental Acta de Inicio de Auditoría Trabajo de auditoría: Recopilación de Datos Registro de Datos Análisis de la Información Evaluación de los Resultados Técnicas de Auditoría Papeles de Trabajo: Reglas para la elaboración de los Papeles de Trabajo Cédulas Índices, Referencias y Marcas Informe: Reuniones de presentación de hallazgos durante el proceso Reporte de Observaciones de Auditoría Reunión para Firma de Observaciones y Acta de Cierre de Auditoría Informe de Observaciones de Auditoría Oficio de envío Auditoría de Seguimiento:

Reporte de Auditoría de Seguimiento de Observaciones Oficio de Informe de Auditoría de Seguimiento de Observaciones Informe de Auditoría Concluida Promoción de Fincamiento de Responsabilidades

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Quinta. Examen y Evaluación de los Sistemas de Control. El Auditor deberá efectuar un adecuado exámen del control interno operativo y contable establecido en la Unidad de Gobierno a Auditar. El Auditor debe conocer el Sistema de Control Interno operante en la Unidad de Gobierno, el que debe de tener como propósito promover que razonablemente se cumplan los objetivos de la Unidad. El Auditor debe hacer una evaluación, en relación a la Auditoría que va a desarrollar, que refleje los controles internos que operan en los procesos o procedimientos administrativos a auditar, valorando su suficiencia o insuficiencia, así como el grado de confianza que ellos representan. El Auditor debe hace una discriminación clara y precisa de las diversas clases de Controles Internos operantes en el proceso o procedimientos auditados, determinando sus características de prevención, proceso o comprobación que asumen, así como las pruebas sustantivas y de cumplimiento que puedan soportar. El Auditor habrá de interiorizarse de la estructura de la organización o área auditada de sus programas políticas y procedimientos que aplica. Por otra parte deberá valorar la viabilidad y confiabilidad de sus sistemas de comunicación e información y si operan adecuadamente. El Auditor deberá hacer un exámen pormenorizado del marco legal al que se sujeta la Unidad de Gobierno, en el cumplimiento de sus atribuciones y la correlación que existe entre ellas y el desarrollo de sus atribuciones. El Auditor deberá tener muy presente los aspectos financieros que inciden en el área o proceso auditado y su confiabilidad. El Auditor deberá tomar conocimiento de los resultados de auditorías anteriores y las observaciones que de ellas emanen realizadas por Órganos externos o internos. El Auditor deberá conocer el comportamiento de la organización auditada, con relación a las quejas y denuncias en que hayan incurrido sus servidores, particularmente en las áreas o procesos auditados. Finalmente, el Auditor deberá tener con precisión, una visión de los riesgos que afronta el área auditada respecto del flagelo de la corrupción en que puede incidir por factores internos o externos. El Auditor en el análisis y conocimiento del Sistema de Control Interno, podrá desprender la realización de un trabajo de auditoría que lleve a conclusiones lo más aproximadas a la realidad para corrección en su caso de las irregularidades detectadas. Sexta. Supervisión del Trabajo de Auditoría. El Auditor en esta actividad asegura que se hayan seguido todos los procedimientos idóneos aplicados en las Auditorías, para ello es esencial supervisar a los auditores, por lo que el directivo de mayor jerarquía en un grupo de auditores, deberá delegar esta tarea en el rango inmediato inferior para establecer mecanismos adecuados de vigilancia. Los Auditores para ejercer la supervisión, deberán aplicar la Guía de Supervisión de Auditoría de la Contraloría General, que contiene todos y cada uno de los pasos a supervisar desde su planeación hasta culminar con la Auditoría de Seguimiento de sus resultados. Los Auditores responsables deben ejercer la supervisión de los trabajos de auditoría, en forma oportuna. Los Auditores deben ejercer la supervisión a todos los niveles jerárquicos que intervienen en las distintas etapas del proceso, desde la planeación, la ejecución en los distintos puntos físicos en que se realicen los trabajos, en la generación de los resultados previos y hasta su conclusión. Los Auditores deberán corroborar la calidad profesional de sus colaboradores, la que debe evidenciarse en los resultados de la auditoría y en la integración de los papeles de trabajo.

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Los Auditores deberán ejercer la supervisión en proporción inversa a la experiencia, preparación técnica y capacidad profesional del auditor sobre el que se ejerce. Los Auditores deben dejar evidencia de la supervisión de la siguiente manera: Poner sus iniciales sobre los papeles preparados por los auditores o supervisores, cuando la importancia lo amerite. Hacer anotaciones en papeles de trabajo, complementando las efectuadas por los auditores de menos experiencia para describir de mejor manera el trabajo efectuado y las conclusiones. Preparar informes sobre la actuación de los auditores en donde se indiquen los trabajos efectuados, la efectividad con que se hicieron, el grado de preparación técnica y el grado de capacidad. El Auditor encargado de la auditoría designará en la fase de planeación, las actividades a realizar por cada integrante del equipo en función a su experiencia y la capacidad profesional con que cuente, con lo que define la supervisión que ejercerá a cada integrante del grupo de trabajo. Es conveniente la existencia de un mecanismo permanente, en todas las etapas de la auditoría, de contacto directo con el responsable del área, procedimiento o sistema a revisar, que permita establecer lazos que ofrezcan utilidad en las distintas etapas de su desarrollo hasta su conclusión, ello a efecto de estar en condiciones de proponer acciones de mejoras y no, de principio, se orienten las actividades a buscar sanciones o responsabilidades. Con la supervisión, en todas las etapas de la auditoría se debe corroborar que los trabajos se lleven a cabo conforme a lo establecido en la Guía General de Intervenciones y sus formatos anexos y estén respaldados en los Papeles de Trabajo. La supervisión implica la coordinación de los recursos durante la planeación, ejecución y comunicación de resultados de la auditoría, a fin de vigilar, revisar y verificar el correcto cumplimiento de metas y objetivos planteados al inicio de la auditoría, así como la debida aplicación de las normas y procedimientos establecidos. Séptima. Evidencia. El Auditor debe contar con las pruebas suficientes competentes y relevantes para fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones que formule, comprobando la información y datos con respecto a los que examinó y que determinan su opinión. El Auditor obtiene la evidencia a través de los procedimientos que aplica y puede presentar varios niveles de competencia, que determina el grado de fiabilidad. El Auditor debe establecer una relación entre la cantidad de evidencia (cantidad de muestras) y su competencia o fiabilidad. Los principales tipos de evidencia que reconoce la doctrina y que se mencionan, son enunciativos y no limitativos, por lo que el Auditor debe aplicar su criterio. Ellas son: El sistema de contabilidad y control interno, ya que influyen en los saldos resultantes de las cuentas del balance Evidencia física justificativa. Evidencia documental justificativa:

Que se origina fuera de la Unidad de Gobierno. Que se origina fuera de la Unidad de Gobierno pero que está en posesión del auditado. Que se origina dentro de la Unidad de Gobierno pero que circula entre terceros. Interna sometida a un buen control interno Interna sometida a un control interno mínimo

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Libros Mayor y Diario, incluyendo los registros procesados por ordenador. Análisis global o conjunto Evidencia Oral Acontecimientos o hechos posteriores. Evidencia circunstancial. Cálculos Independientes Particularmente la evidencia sobre cuentas debe someterlas el Auditor a pruebas sustantivas para asegurarse que se atienden los siguientes requisitos: Suficiencia.- Para sustentar los hallazgos, conclusiones y recomendaciones. Competencia.- Para que sea consistente, convincente, confiable y validada. Relevancia.- Para demostrar o refutar un hecho en forma lógica y patente. Pertinencia.- Que haga congruencia entre las observaciones, conclusiones y recomendaciones. El Auditor deberá aplicar los procedimientos y técnicas de auditoría de acuerdo con los objetivos de la Auditoría, su amplitud y circunstancias del trabajo para hacerse de elementos de juicio. Por regla general las pruebas deben operar por muestreo soportando las conclusiones del informe. Octava. Papeles de Trabajo. El Auditor, en su actividad los utiliza como registros de los procedimientos seguidos, las pruebas efectuadas, la información obtenida y las conclusiones alcanzadas. Los papeles de trabajo pueden contener programas, análisis, memorándums, cartas de confirmación y representación, extractos y/o copias de documentos y tablas o comentarios preparados u obtenidos por el Auditor. Parte de esta información puede presentarse en forma de datos impresos en cinta magnética, película u otros medios. Los papeles de trabajo son elementos útiles para que el Auditor realice su trabajo en sus diferentes fases, ellos se describen en la Guía General de Intervenciones y pueden servir para: La ejecución de los procedimientos Supervisar el avance de los trabajos Constituir fuente de información para evaluación del personal Material en la revisión final Información para soportar la emisión de informes Provisión de registros permanentes Guía para exámenes posteriores Los tipos de Papeles de Trabajo podrán ser utilizados por los Auditores en función del universo y alcance de su auditoría y pueden ser: Balance de comprobación Papeles resumen Asientos de ajuste y reclasificación Lista de cuentas o partidas

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Papeles de trabajo analíticos Papeles de trabajo de conciliación Papeles de trabajo de calculo Papeles de trabajo descriptivos y de memorándums Papeles de trabajo de extractos Diagramas de flujo Papeles de trabajo consolidado Papeles de trabajo cuando sea ordenado Otros papeles de trabajo Los papeles de trabajo debe formularse claramente, con pulcritud y exactitud; contener los datos del análisis, comprobación, opinión y conclusiones sobre los hechos, transacciones o situaciones específicos examinados. Los papeles de trabajo del auditor son exclusivos de la Contraloría General y su información es confidencial. El Auditor solo podrá proporcionarlos, por mandato judicial. El Auditor mantendrá en custodia segura los papeles de trabajo por el período que marca la normatividad aplicable. Novena. Tratamientos de Irregularidades. El Auditor deberá orientar siempre su auditoría a que alcance una razonable seguridad en su resultado, por ello al detectar actos o hechos que presenten situaciones o transacciones que presumiblemente impliquen actos ilegales o extralimiten la normatividad, deberá hacerlo del conocimiento de sus superiores. En el ejercicio de trabajo de auditoría, resulta muy importante, que al evaluar el Sistema de Control Interno en la Unidad de Gobierno – en medida del alcance de su intervención-, detecte circunstancias como ya antes se apuntó que pudieran significar riesgos de incurrencia de desviaciones, observaciones con diverso alcance de consecuencias, como pueden representar: El grado de integridad o competencia de la Unidad de Gobierno. Las estructuras organizacionales y en su caso la complejidad operativa. La rotación excesiva en sus áreas claves financieras. La operación de registros incompletos, desordenados, sin controles normativos, documentos carentes de soporte. La incongruencia entre registros contables documentados y compulsa con terceros. La utilización de un sistema informático deficiente o sesgado. El Auditor al dar seguimiento a los indicios de ilícitos, no interferirá en su caso, en las investigaciones y/o procedimientos legales que estén en proceso. Cuando sea necesario consultará, previamente a su superior, y con autorización de éste, a los asesores legales y/o a las autoridades, a las que competa aplicar las leyes correspondientes. El Auditor deberá documentar en sus papeles de trabajo, la forma en que los hizo del conocimiento de sus superiores, la existencia o posibilidad de errores o irregularidades, y las conclusiones a que se llegó.

Normas Sobre el Informe de Auditoría Décima.- Informe de Auditoría. El Auditor elaborará el informe que es el documento firmado por el, que contiene los hallazgos, conclusiones y recomendaciones a que llegó en razón a los objetivos propuestos.

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El Auditor en la redacción de su Informe debe cuidar sea completo, que cumpla con sus objetivos, que comprenda con precisión los asuntos que se informan y que satisfaga los requisitos del contenido. El Auditor en su Informe debe ofrecer la calificación de la magnitud e importancia de sus hallazgos y cumplir con los siguientes elementos: Objetivo.- Deberá elaborarse sin interpretaciones erróneas y con resultados imparciales y concretos. Exacto.- Debe contener evidencia verdadera y hallazgos expuestos correctamente. Solo incluirá la información de los hallazgos y conclusiones que sean sustentados por evidencia competente y relevante, documentada en sus papeles de trabajo. Convincente.- Debe responder a sus objetivos, con hallazgos, presentarlos y sus recomendaciones y conclusiones fundamentadas en los hechos y normatividad aplicable. Claro.- Se redactará con un lenguaje sencillo desprovisto de tecnicismos que dificulten su comprensión. Útil.- Debe, en sus recomendaciones, orientar al razonable mejoramiento de la administración. El Auditor confrontará su Informe con el Titular del área y responsables de las áreas auditadas, antes de su presentación final. El Auditor elaborará el Informe de Observaciones de Auditoría en los términos consignados en las hojas 34 a 36 y 110 a 113 de la Guía General de Intervenciones. Onceava.- Auditoría de Seguimiento de las Observaciones y Recomendaciones. El Auditor deberá llevar un control del seguimiento de las medidas aceptadas por el auditado a fin de que en las fechas señaladas en el informe de Auditoría, se visite al área y se verifique el cumplimiento en los términos establecidos El propósito fundamental de la Auditoría de Seguimiento de Observaciones y Recomendaciones, consiste en corroborar que se hayan tomado, respecto de las recomendaciones, las acciones preventivas y correctivas por los Auditados en el tiempo pactado en el sentido siguiente: Que las recomendaciones, preventivas y correctivas que implican importes a recuperar, de no subsanarse en los términos y fechas acordadas, deriven en el fincamiento de responsabilidades civiles, penales o administrativas. Que las recomendaciones preventivas tengan como finalidad de evitar la recurrencia de las observaciones detectadas cuando su incidencia no sea grave. Que el no tomarse en cuenta las medidas recomendadas para el logro de objetivos o eficiencia, en las operaciones de las áreas auditadas, se hagan constar en los informes que el Auditor presente a las autoridades superiores. Que del resultado del análisis razonable del porqué no se atendieron las recomendaciones formuladas, en su caso, se proceda a cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Que con autorización de la superioridad, proceda a replantear las recomendaciones de las observaciones, cuando existan cambios justificados de las condiciones que les dieron origen. Que solo podrá reprogramarse con autorización de la superioridad, de común acuerdo con el titular o responsable del área auditada, las fechas compromiso para atender las recomendaciones, en los casos en que se atendieron parcialmente. Que de detectarse en este proceso, irregularidades o actos ilícitos nuevos, ampliar el alcance de la auditoría para fincar al titular o responsable del área, las observaciones y sus recomendaciones para establecer conjuntamente fechas de compromiso para su solventación. La aplicación de las presentes Normas se efectuará sin prejuicio de las diversas disposiciones que regulan la fiscalización del Gasto Público de la Administración Pública del Distrito Federal.

México Distrito Federal a 26 de Enero de 2009

El Contralor General

(Firma) Ricardo García Sáinz Lavista

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CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS IGNACIO SOTO SOBREYRA Y SILVA, TITULAR DE LA NOTARÍA 13 DEL DISTRITO FEDERAL Y PEDRO BERNARDO BARRERA CRISTIANI, TITULAR DE LA NOTARÍA 82 DEL DISTRITO FEDERAL. (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento.- CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES.- DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.- DIRECCIÓN CONSULTIVA Y DE ASUNTOS NOTARIALES.- SUBDIRECCIÓN DE NOTARIADO.- JEFATURA DE UNIDAD DE NOTARIADO) DRA. F. ERÉNDIRA SALGADO LEDESMA, DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2º, fracción VI, de la Ley del Notariado para el Distrito Federal y 114, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, emite el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS IGNACIO SOTO SOBREYRA Y SILVA, TITULAR DE LA NOTARÍA 13 DEL DISTRITO FEDERAL Y PEDRO BERNARDO BARRERA CRISTIANI, TITULAR DE LA NOTARÍA 82 DEL DISTRITO FEDERAL. Único.- Se comunica que los Licenciados Ignacio Soto Sobreyra y Silva, titular de la Notaría 13 del Distrito Federal y Pedro Bernardo Barrera Cristiani, titular de la Notaría 82 del Distrito Federal, celebran convenio de suplencia, lo anterior con fundamento en lo dispuesto en los artículos 182, 189 y 67 fracción ll de la Ley del Notariado para el Distrito Federal.

TRANSITORIOS.

Primero. El presente aviso surte efectos, a partir del diez de febrero del dos mil nueve, fecha en la que se dio cabal cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 182, 189 y 67 fracción ll de la Ley del Notariado para el Distrito Federal. Segundo. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

LA DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS

(Firma)

DRA. F. ERÉNDIRA SALGADO LEDESMA Ciudad de México a 13 de febrero de 2009

22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL DOMICILIO Y HORARIO DE LA NOTARÍA 82 DEL DISTRITO FEDERAL, CUYO TITULAR ES EL LICENCIADO PEDRO BERNARDO BARRERA CRISTIANI. (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento.- CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES.- DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.- DIRECCIÓN CONSULTIVA Y DE ASUNTOS NOTARIALES.- SUBDIRECCIÓN DE NOTARIADO.- JEFATURA DE UNIDAD DE NOTARIADO) DRA. F. ERÉNDIRA SALGADO LEDESMA, DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2º, fracción VI, de la Ley del Notariado para el Distrito Federal y 114, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, emite el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL DOMICILIO Y HORARIO DE LA NOTARÍA 82 DEL DISTRITO FEDERAL, CUYO TITULAR ES EL LICENCIADO PEDRO BERNARDO BARRERA CRISTIANI. Único.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 67 fracciones III y IV de la Ley del Notariado para el Distrito Federal, se comunica que el Licenciado Pedro Bernardo Barrera Cristiani, titular de la Notaría 82 del Distrito Federal, informa que a partir del día 16 de febrero del año en curso, su domicilio para atender el desempeño de su función es el ubicado en Río Marne número 6, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06500 con horario de atención al público, de lunes a jueves de 8:00 a 16:00 horas y viernes de 8:00 a 15:00 horas, con número telefónico 55 46 21 35.

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

LA DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS

(Firma)

DRA. F. ERÉNDIRA SALGADO LEDESMA

Ciudad de México a 16 de febrero de 2009

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS LUIS ANTONIO MONTES DE OCA MAYAGOITIA, TITULAR DE LA NOTARÍA 29 DEL DISTRITO FEDERAL E IÑIGO XAVIER REYNOSO DE TERESA, TITULAR DE LA NOTARÍA 58 DEL DISTRITO FEDERAL. (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento.- CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES.- DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.- DIRECCIÓN CONSULTIVA Y DE ASUNTOS NOTARIALES.- SUBDIRECCIÓN DE NOTARIADO.- JEFATURA DE UNIDAD DE NOTARIADO) DRA. F. ERÉNDIRA SALGADO LEDESMA, DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 2º, fracción VI, de la Ley del Notariado para el Distrito Federal y 114, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, emite el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CONVENIO DE SUPLENCIA QUE CELEBRAN LOS LICENCIADOS LUIS ANTONIO MONTES DE OCA MAYAGOITIA, TITULAR DE LA NOTARÍA 29 DEL DISTRITO FEDERAL E IÑIGO XAVIER REYNOSO DE TERESA, TITULAR DE LA NOTARÍA 58 DEL DISTRITO FEDERAL. Único.- Se comunica que los licenciados Luis Antonio Montes de Oca Mayagoitia, titular de la Notaría 29 del Distrito Federa e Iñigo Xavier Reynoso de Teresa, titular de la Notaría 58 del Distrito Federal, celebran convenio de suplencia, lo anterior con fundamento en lo dispuesto en los artículos 182, 189 y 67 fracción ll de la Ley del Notariado para el Distrito Federal.

TRANSITORIOS

Primero. El presente aviso surte efectos a partir del 27 de enero del dos mil nueve, fecha en la que se dio cabal cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 182, 189 y 67, fracción ll, de la Ley del Notariado para el Distrito Federal. Segundo. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

LA DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS

(Firma)

DRA. F. ERÉNDIRA SALGADO LEDESMA

Ciudad de México a 18 de febrero de 2009

24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

LISTADO DE PROCEDIMIENTOS Lic. María de los Ángeles Huerta Villalobos, Directora General Jurídico y de Gobierno, Encargada del Despacho de la Jefatura Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 107 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 18, 25 Fracción I y Noveno transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y de conformidad con el número de registro MA-02D02-12/08 emitido por el Coordinador General de Modernización Administrativa del Gobierno del Distrito Federal, ha tenido a bien expedir la siguiente:

LISTADO DE PROCEDIMIENTOS DE LA DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

Transitorios

Primero. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para dar cumplimiento al numeral 4.4.10 de la Circular Uno Bis. Segundo. La Dirección Ejecutiva de Evaluación y Mejora Continua, una vez publicado el presente listado de procedimiento, deberá reproducirlo y distribuirlo entre los titulares que conforman la estructura organizacional, con el propósito de que estén adecuada y permanentemente informados de la organización y los procedimientos internos aplicables en su área de adscripción.

México, Distrito Federal a 18 de Enero de 2009

LIC. MARÍA DE LOS ÁNGELES HUERTA VILLALOBOS

(Firma)

DIRECTORA GENERAL JURÍDICO Y DE GOBIERNO ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA JEFATURA DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 107 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 25 Fracción I del Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal

Oficina de la Jefatura Delegacional

Número de Procedimiento

Nombre del Procedimiento

150 Apoyo Económico a Policías Destacados por Acciones Relevantes, de las Distintas Corporaciones Policíacas de la Demarcación Azcapotzalco

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25

DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ TÉCNICO DE PROGRAMAS SOCIALES

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ TÉCNICO DE PROGRAMAS SOCIALES

Lic. N. René Aridjis Vázquez, Director General de Desarrollo Delegacional del Órgano Político-Administrativo en la Demarcación Territorial de Benito Juárez, con fundamento en el artículo 39, fracción XLV y LIV y LV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 18, 122 Y 122-Bis, fracción III, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, ha tenido a bien expedir el siguiente: MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ TÉCNICO DE PROGRAMAS SOCIALES

NUMERO DE REGISTRO ME-02D03-01/09

INDICE

1 PRESENTACIÓN

2 ANTECEDENTES

3 MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO

4 OBJETIVO GENERAL

5 INTEGRACIÓN

6 ATRIBUCIONES

7 FUNCIONES

8 POLITICAS DE OPERACIÓN

9 PROCEDIMIENTO

1.-PRESENTACIÓN

El presente manual describe la Integración, funciones y operación del Comité Técnico de Programas Sociales de la Delegación Benito Juárez de conformidad con el Marco Jurídico correspondiente, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las funciones de los integrantes del Comité, buscando contribuir al objetivo de la Delegación Benito Juárez de proporcionar a las personas de escasos recursos de la demarcación opciones para elevar su calidad de vida en los aspectos de dignificación, nutrición, salud, educación, cultura física y desarrollo humano.

Definiciones:

Para el manejo y aplicación de este Manual se entenderá por:

I. Comité Técnico: El Comité Técnico de Programas Sociales de la Delegación Benito Juárez II. Desarrollo Social: El proceso de realización de los derechos de la población mediante el cual se fomenta el mejoramiento integral de las condiciones y calidad de vida;

III. Desigualdad Social: El resultado de una distribución in equitativa del ingreso, la propiedad, el gasto público, el acceso a bienes y servicios, el ejercicio de los derechos, la práctica de las libertades y el poder político entre las diferentes clases y grupos sociales;

IV. Ley: La Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal;

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V. Política de Desarrollo Social: La que realiza la delegación Benito Juárez y está destinada al conjunto de los habitantes de la demarcación política con el propósito de construir una ciudad con igualdad, equidad, justicia social, reconocimiento de la diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de los derechos, creciente elevación de la calidad de vida y acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos urbanos; mediante la cual se erradican la desigualdad y la exclusión e inequidad social entre individuos, grupos y ámbitos territoriales con el fin de lograr su incorporación plena a la vida económica, social y cultural y construirse como ciudadanos con plenos derechos;

VI. Pobreza: La incapacidad de un individuo o un hogar de satisfacer de manera digna y suficiente sus necesidades básicas en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, transporte, recreación, servicios y tiempo libre; y VII. Grupos Vulnerables: Lo constituye la población que debido a su situación económica o social cuentan con un nivel de vida por debajo de los estándares mínimos indispensables de subsistencia.

2.- ANTECEDENTES.

En cumplimiento a lo establecido en la Ley de Desarrollo Social y su Reglamento, respecto de los programas destinados al desarrollo social el 9 de febrero de 2007 el Jefe Delegacional en Benito Juárez el M.V.Z. Germán De la Garza Estrada publico en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social a cargo de la Delegación Benito Juárez para el ejercicio fiscal 2007, posteriormente el 20 de agosto de 2007 fueron publicados en la Gaceta Oficial los Lineamientos y mecanismos de operación para los programas sociales en la Delegación Benito Juárez.

En 2008 el Jefe Delegacional publicó los siguientes documentos en la Gaceta Oficial del Distrito Federal: el 1 de febrero se publicaron los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa de apoyo para el Mejoramiento de la Vivienda en la Delegación Benito Juárez ; el 7 de febrero se publicaron los Lineamientos y Mecanismos de Operación para los Programas Sociales en la Delegación Benito Juárez ; el 27 de junio se publicaron los Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas de Desarrollo Social a cargo de la Delegación Benito Juárez, para el ejercicio fiscal 2008 y el 1 de agosto se publicó la Adenda de los Lineamientos y Mecanismos de Operación para los Programas Sociales en la Delegación Benito Juárez publicados el 07 de febrero de 2008. Disposiciones que dieron origen al Comité:

El fundamento Jurídico en torno a la aplicación de programas sociales su Consejo o Comité y otras actividades derivadas del mismo dentro del ámbito de los Órganos Político Administrativos del Distrito Federal, se encuentra en lo dispuesto por los artículos 11 párrafo primero fracción XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39 fracciones LVI y LXXXIII de la Ley Orgánica para la Administración Pública del Distrito Federal; 20 de la Ley de Asistencia e Integración Social para el Distrito Federal; 3 fracciones II, X y 11; 4 fracciones V, VII, X y XII; 18, 19, 32, 33 inciso i), Cuarto Transitorio de fecha catorce de abril de dos mil cinco, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 5 y 24 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, Lineamientos, Mecanismos de Operación y demás normas aplicables. 3.- MARCO JURÍDICO - ADMINISTRATIVO: • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (07/05/2008)

• Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. (28-04-2008)

• Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. (24/01/2008)

• Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. (13/03/2002)

• Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. (13/03/2002)

• Ley de Coordinación Fiscal (21-12-2007)

• Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal (14/01/2008)

• Ley de Planeación (13-06-2007)

• Ley de Desarrollo Social (06/02/2007)

• Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal. (15/05/2007)

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• Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la A.L.D.F. (02/02/2007)

• Ley de Ingresos del Distrito Federal para Ejercicio Fiscal vigente. (27-12-2007)

• Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal. (30/12/2003)

• Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. (07/01/2008)

• Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. (31/03/2008)

• Código Financiero del Distrito Federal (18-12-2007)

• Reglamento de la Ley de Desarrollo Social (01-11-2006)

• Reglamento Interior de la Administración Pública del D.F. (20-05-2008)

• Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal (26-12-2007)

• Circular por la que se Establecen los Lineamientos que debe observar la Administración Pública del Distrito Federal para dar cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del D.F. (30-09-2003)

• Circular Uno Bis,”Normatividad en Materia de Administración de Recursos”, vigente.(13-08-2007).

• Lineamientos y Mecanismos de Operación para los Programas Sociales en la Delegación Benito Juárez. (01/08/08).

4.- OBJETIVO GENERAL: Contribuir al cumplimento de las acciones que en materia de Programas Sociales se implementen por la Delegación Benito Juárez en relación a los programas, actividades, metas y objetivos encomendados a esta, así como promover la observancia de la normatividad aplicable en la materia y orientar la planeación, programación, presupuestación, ejecución, control e información del proceso de otorgamiento de apoyos, para el cumplimiento de los Programas Sociales, apoyando la transparencia en el otorgamiento de los beneficios sociales. 5- INTEGRACIÓN. El Comité Técnico de Programas Sociales de la Delegación Benito Juárez, se integrará de la siguiente manera:

• Presidente:

Dirección General de Desarrollo Social y Participación Ciudadana o el suplente designado por él.

• Secretario Técnico :

Coordinación de Participación Ciudadana

• Vocales:

Dirección de Desarrollo Humano. Dirección de Cultura Física y Deporte. Dirección de Programas DIF. Dirección de Servicios Médicos y Sociales Subdirección de Integración Familiar Jefatura de Unidad Departamental de Programas Sociales Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales Contraloría Ciudadana: dos Contralores Ciudadanos

• Asesores:

El titular del Órgano de Control Interno de la Delegación o el representante designado por la Contraloría Interna; Dirección Jurídica;

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Dirección de Finanzas.

• Invitados:

Presidencia del Patronato-DIF o quien designe como suplente; Dirección General de Prevención del Delito y Protección Civil o quien designe como suplente.

6.- ATRIBUCIONES:

De acuerdo a la Adenda de los Lineamientos y Mecanismos de Operación para los Programas Sociales en la Delegación Benito Juárez publicados en 07 de febrero de 2008 las atribuciones de los integrantes del Comité a la letra son las siguientes:

Del Presidente:

a) Asistir puntualmente a las Sesiones a las que sea convocado;

b) Tendrá derecho voz y voto en todas las sesiones;

c) Presidir las sesiones del Comité Técnico y emitir voz y voto de calidad, en caso de empate;

d) Autorizar el orden del día para la celebración de Sesiones ordinarias y extraordinarias;

e) Suscribir las convocatorias de las sesiones a celebrarse;

f) Someter a consideración del Pleno, el orden del día de las Sesiones a celebrarse;

g) Conducir el desarrollo de las sesiones;

h) De ser el caso, designar a los invitados del Comité Técnico;

i) Protocolizar las actas derivadas de las sesiones llevadas a cabo por el Comité Técnico y dar validez a los documentos complementarios del mismo;

j) Vigilar el cumplimiento de los programas sociales y de las metas establecidas, procurando que las acciones del Comité Técnico contribuyan al cumplimiento del programa anual;

k) Cerciorarse que se dé cumplimiento a los acuerdos emitidos;

l) Proponer el Calendario Anual de Sesiones;

m) Nombrar a su suplente;

n) Someter a consideración y a votación del Pleno del Comité los casos o asuntos a tratarse en la sesión respectiva; y

o) Firmar las actas y listas de asistencia de las sesiones a las que se convoque y asista.

Del Secretario Técnico:

a) Asistir puntualmente a las Sesiones a las que sea convocado;

b) Convocar de forma oficial a los integrantes del Comité Técnico para la realización de Sesiones con cinco días de anticipación para las sesiones ordinarias y con 24 horas de anticipación para las sesiones extraordinarias.

c) Presentar al Presidente el orden del día de las sesiones a que se convoquen, previamente al envío de las convocatorias para su

revisión;

d) Integrar la carpeta de trabajo de las sesiones a celebrarse;

e) Difundir entre los miembros del Comité Técnico los requisitos que deben cumplir los solicitantes para la obtención de los beneficios de los Programas Sociales;

f) Vigilar la ejecución de los acuerdos establecidos por el Comité Técnico;

g) Verificar que se cumplan los objetivos y metas propuestas en el Comité Técnico;

h) Evaluar el avance de los Programas Sociales, elaborando los informes correspondientes;

i) Firmar las actas y listas de asistencia de las sesiones a las que sea convocado y asista;

j) Resguardar la documentación que avale los trabajos, resoluciones y acciones del Comité Técnico;

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k) Elaborar las actas de las Sesiones que se realicen. Para la integración y redacción del acta correspondiente y según lo amerite el

caso, podrá auxiliarse de medios de grabación en audio para almacenar los comentarios vertidos respecto de los asuntos puestos a consideración del Pleno del Comité;

l) Elaborar el Calendario Anual de las Sesiones Ordinarias del Comité Técnico;

m) Enviar con la debida anticipación a cada uno de los miembros del Comité Técnico, la carpeta de trabajo correspondiente a cada

sesión de que se trate;

n) Recibir para su incorporación en el orden del día, los asuntos que se someterán a la consideración y resolución del Comité Técnico con cinco días de anticipación;

o) Informar al Comité Técnico de los avances o retrasos en la ejecución de las acciones determinadas en los acuerdos;

p) Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que se tomen en el Comité Técnico;

q) Resguardar la documentación que avale los trabajos, resoluciones y acciones del Comité Técnico; y

r) Los demás que expresamente le asigne el Presidente o el pleno del Comité Técnico

De los Vocales:

a) Asistir puntualmente a las sesiones a las que sean convocados;

b) Enviar oportunamente al Secretario Técnico la documentación correspondiente a los casos que sea necesario someter a consideración del Comité Técnico;

c) Analizar el contenido del orden del día y de los documentos contenidos en el expediente, correspondiente a los asuntos que se

tratarán en cada sesión;

d) Dar seguimiento a los acuerdos que se tomen en las sesiones del Comité Técnico;

e) Ejercer, en su caso, su derecho de voz y voto en todos los asuntos que se traten en el Comité;

f) Firmar las actas y listas de asistencia de las sesiones a las que se les convoque y asistan;

g) Entregar con oportunidad al Secretario Técnico la documentación de los asuntos que requieran ser sometidos a la atención del Comité Técnico;

h) Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a la consideración del Pleno del Comité, de

acuerdo a la normatividad aplicable en la materia; y

i) Las demás que le encomiende el Presidente o el Pleno del Comité y que les corresponda conforme a sus atribuciones;

De los Asesores:

Corresponde a los asesores:

a) Asistir puntualmente a las Sesiones a las que sean convocados;

b) Analizar los asuntos que sean sometidos a la consideración del Comité Técnico y en su caso, expresar sus comentarios en el desarrollo de las sesiones;

c) Opinar y formular recomendaciones respecto de los asuntos que se presenten a la consideración del Comité Técnico;

d) Participar en las diferentes sesiones que se celebren con derecho a voz pero no a voto;

e) Firmar las actas y listas de asistencia de las sesiones a las que se les convoque y asistan; y

f) Las demás que le encomiende el Presidente o el Pleno del Comité y que les corresponda conforme a sus atribuciones;

30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

De los invitados:

a) Asistir puntualmente a las Sesiones a las que sean convocados;

b) Asesorar en la interpretación y aplicación de la normatividad vigente y aplicable a la materia de Desarrollo Social, así como observar y asesorar los planteamientos de programas o proyectos por parte de las áreas solicitantes;

c) Apoyar al Comité Técnico para la mejor administración y operación de las tareas asignadas; y

d) Firmar las actas y listas de asistencia de las sesiones a las que se les convoque y asistan.

De las Sesiones del Comité Técnico:

Las Sesiones del Comité Técnico serán de dos tipos:

a) Ordinarias: las que se realizarán cada tres meses de acuerdo con el programa anual de sesiones que se establezca previo a la primera sesión de cada año.

b) Se procederá a la invitación por escrito con cinco días de anticipación a la fecha y hora programada, enviando en forma anexa la

carpeta de trabajo respectiva.

c) El caso de excepción se considera en el supuesto que no existan asuntos de relevancia que tratar o alguno de importancia para el desahogo correspondiente, en este caso la sesión podrá posponerse o en su caso cancelarse.

d) Extraordinarias.- El Secretario Técnico, convocará a sesión fuera del programa ordinario, cuando el Presidente así lo solicite,

debiéndose tratar únicamente el asunto por el que fue convocada. En este caso se invitará de forma oficial con 24 horas de anticipación a la fecha y hora prevista para la sesión, enviando en forma anexa la carpeta de trabajo respectiva.

7.- FUNCIONES: Funciones de los Integrantes del Comité Técnico:

En materia de normas:

a) Difundir entre los miembros del Comité, las normas vigentes en materia de Desarrollo Social;

b) Realizar propuestas sobre normas que regulen los programas sociales, observando las disposiciones legales y normativas en materia de Desarrollo Social, y coadyuvar a su debido cumplimiento;

c) Opinar sobre los procedimientos de otorgamiento de programas sociales en favor de los habitantes de la demarcación política que se sometan a su consideración;

d) Emitir su opinión con respecto a proyectos sociales cuando les sea solicitada;

e) Cumplir con las políticas y lineamientos que defina el Comité Técnico relativas a proyectos específicos;

f) Aclarar las dudas que se presenten por parte de las áreas operativas y dar solución a las consultas relacionadas con los programas sociales; y

g) Crear y publicar de acuerdo a la normatividad vigente aplicable, los Padrones de Beneficiarios de los programas sociales.

En materia de Organización:

h) Coordinar las acciones y atribuciones de los grupos de trabajo creados dentro del Comité Técnico y vigilar el cumplimiento de sus funciones;

i) En su organización observar las normas y disposiciones legales vigentes; y

j) Promover la integración de equipos de trabajo de conformidad a los lineamientos establecidos por el Comité, para la atención de

asuntos que requieran soluciones detalladas.

En materia de Programación y Presupuesto:

a) Conocer, analizar y revisar el programa operativo anual, así como su congruencia con el programa a mediano plazo, en materia de programas sociales;

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31

b) Definir y difundir los lineamientos para la formulación e integración de programas sociales.

c) Verificar que se mantengan actualizados los Programas Sociales;

d) Promover acciones para la ampliación, en la medida del presupuesto disponible el Padrón de Beneficiarios de Programas

Sociales;

e) Verificar que en la presentación de los casos estos cuenten con la suficiencia presupuestal correspondiente; y

f) Evaluar el avance y cumplimiento de las metas programadas.

En materia de Control y Supervisión

a) Supervisar el ejercicio del presupuesto de Programas Sociales;

b) Promover que se establezcan sistemas de control e información de los Programas Sociales adecuados a las políticas que defina el Comité;

c) Establecer mecanismos para verificar que el otorgamiento de los beneficios de los Programas Sociales se realice conforme a la Ley de Desarrollo Social y su Reglamento, así como de conformidad con los Lineamientos y Mecanismos de Operación para los Programas Sociales en la Delegación Benito Juárez;

d) Cuidar la administración honesta, transparente, eficiente y responsable de los recursos asignados para los Programas Sociales;

e) Verificar que se tenga actualizado el Padrón de Beneficiarios de Programas Sociales;

f) Establecer los mecanismos necesarios para que el seguimiento de los acuerdos emitidos y de los compromisos que se adquieran sean cumplidos oportunamente; y

g) Evaluar las acciones encaminadas para conocer la operación y resultados de los Programas y Proyectos de Desarrollo Social con la finalidad de formular nuevas acciones, para identificar los problemas en la implementación de programas y en su caso reorientar y reforzar los mismos.

En materia de Información:

a) El Comité Técnico deberá verificar que se informe con oportunidad de los Programas Sociales a los residentes de la Delegación;

b) El Comité Técnico recibirá la información detallada respecto a aquellos Programas Sociales que presenten problemática en la ejecución de los mismos, a efecto de solucionarla o hacer las recomendaciones que considere procedentes;

c) Informar al Pleno del Comité de aquellas personas que no se ubiquen en los supuestos necesarios para hacerse acreedoras a los

beneficios o protección social;

d) Poner a disposición de los interesados el programa anual de Programas Sociales, e informar al Pleno del Comité.

e) Comunicar de manera formal al Pleno del Comité, sobre la incorporación de nuevos integrantes con la modificación de los que se encontraban acreditados; y

f) El Comité Técnico aprobará los términos y la temporalidad de las convocatorias de los Programas Sociales.

En materia de Capacitación:

a) Difundir y hacer participar al personal de las áreas que corresponden en los programas de capacitación necesarios para el buen

funcionamiento de los Programas Sociales. 8.-POLÍTICAS DE OPERACIÓN:

Integrantes con derecho a voz y voto: • El Presidente del Comité Técnico tendrá voz y voto y en caso de empate, le corresponde el voto de calidad.

• Los Vocales del Comité Técnico tendrán derecho a voz y voto.

32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

• El Secretario Técnico solo tendrá derecho a voz. • Los Asesores e invitados del Comité Técnico solo tendrán derecho a voz.

De las Suplencias:

• El Presidente del Comité Técnico podrá designar a su suplente, quien será un vocal del propio Comité y en ausencia del Presidente del Comité asumirá sus funciones y responsabilidades.

• No se permitirá la suplencia en ningún caso de los Vocales, el Secretario Técnico y de los Asesores del Comité y su participación será personalísima e insustituible.

• Los invitados designaran a sus respectivos suplentes, debiendo formalizar el nombramiento por escrito al Presidente del Comité correspondiendo al Secretario Técnico, realizar las presentaciones correspondientes ante el Pleno del Comité en la sesión inicial.

Presentación de casos que se someterán ante el Comité Técnico.

Se someterán a consideración y aprobación del Comité Técnico los siguientes casos:

La aprobación, asignación, vigilancia y funcionamiento del otorgamiento de becas de los programas sociales en la demarcación política se hará de la siguiente forma:

a) El Secretario Técnico presentara al Comité la relación de la totalidad de las solicitudes dividida en casos favorables, desfavorables ó lista de espera. Este listado contendrá:

1.- Número progresivo.

2.- Nombre del solicitante

3.- Domicilio

4.- Escolaridad del solicitante

5.- Estado civil del solicitante

6.- Teléfono

7.- Tipo de vivienda (casa, departamento, condominio, vecindad, o cuarto de azotea)

8.- Número de personas que duermen por dormitorio

9.- Calidad de la vivienda (prestada, rentada, propia u otra)

10.- Condiciones de la vivienda (buenas regulares o malas)

11.- Tipo de asistencia médica con el que cuenta

12.- Señalar si existen enfermos crónicos

13.- Señalar si existen personas con discapacidad

14.- Señalar el número de integrantes que conforman la familia

15.- Señalar si es madre soltera

16.- Señalar si existen adultos mayores

17.- Señalar el número de hijos que se encuentran estudiando

18.- Mencionar como son las relaciones familiares (armoniosas, calidas, frías, violentas o inexistentes)

19.- Señalar ingreso mensual familiar

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20.- Clasificación A, B, C, o ninguna

21.- Puntaje

22.- Registro Federal de Causantes

23.- Folio Interno

24.- Edad

Cuando se trate de casos desfavorables o en lista de espera, aparecerá la columna de observaciones:

b) Los casos favorables son todos aquellos que cumplen con los siguientes requisitos:

1. Presentación de solicitud por escrito al CESAC.

2. Asistir personalmente a la entrevista donde llenaran formato, entregando copia de su identificación oficial y comprobante de domicilio.

3. Aplicación de estudio socioeconómico y presentación de los siguientes documentos:

• Comprobante de ingresos y/o carta de bajo protesta de decir verdad según lo amerite el caso, para el supuesto de que el solicitante

o esposo(a) o pareja del solicitante sea chofer de taxi o microbús deberá de presentar original y copia, para cotejo de la licencia tarjetón correspondiente, mismo que deberá tener una vigencia no mayor a tres meses.

• Comprobante de luz, comprobante de agua, comprobante de renta o pago de predial, • Copia del acta de nacimiento de los hijos o en su caso identificaciones o boleta de calificación de la escuela. • En caso de que el solicitante o algún miembro de su familia tenga alguna discapacidad, presentar documento probatorio. • Si el solicitante o alguno de sus familiares es adulto mayor, presentar la documentación que acredite tal hecho. • En caso de que el solicitante o un miembro de su familia padezca alguna enfermedad presentar documento probatorio.

Además de cumplir con los puntos anteriormente citados, deberá encontrarse en condición de pobreza, de acuerdo con la documentación solicitada y la investigación que se realice para cada caso.

c) El tipo de beca que se va a otorgar sea A, B, o C será determinado conforme al resultado del estudio socioeconómico realizado. Las bases para la asignación de puntos en estudio socioeconómico serán aprobadas por el Comité Técnico de Programas Sociales.

d) Los casos desfavorables, son todos aquellos que se encuentren en los siguientes supuestos:

1.-No cumplan con alguno de los requisitos señalados en el inciso b).

2.-Los casos que no acrediten una residencia mínima de seis meses dentro de la Delegación Benito Juárez.

3.-Los casos considerados especiales.

Los supuestos 2 y 3 deberán someterse para su validación y aprobación al Comité Técnico de Programas Sociales en Benito Juárez.

Tratándose de casos desfavorables, deberá especificarse en el listado correspondiente, el motivo por el cual se encuentran en este supuesto.

Se entenderá como lista de espera, la relación que contenga aquellos casos en el que el solicitante cumpla con los requisitos del inciso b) y se presente el siguiente supuesto: se hayan agotado los recursos presupuestales para otorgar una beca. El listado deberá contener la misma información señalada en el anterior inciso a).

Programa Brindar Apoyo a Maestros Jubilados y Pensionados:

En relación a este programa se aplicaran los siguientes requisitos:

a) Currículum Vitae

b) Titulo o comprobante de estudios de Maestro Normalista

c) Comprobante de Domicilio

34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

d) Comprobante de Jubilación o de pensión

e) Comprobante del CURP

f) Credencial del ISSSTE

g) Credencial de Elector

h) Cedula de datos básicos

El tipo de apoyo que se otorgará será económico mediante la entrega de un cheque.

Integración de casos a someter ante el Comité Técnico:

a) Se presentará el avance del ejercicio presupuestal para la asignación de becas de la Dirección de Finanzas;

b) Los casos que se someterán a consideración del Comité Técnico, deberán presentarse utilizando el “formato de relación de casos favorables, relación de casos desfavorables y lista de espera”, deberán presentar la firma autógrafa de la titular de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, de la Directora de Servicios Médicos y Sociales y del Director General de Desarrollo Social y Participación Ciudadana;

c) Los expedientes de cada caso particular contendrán en su exterior una ficha técnica única del expediente, que contendrá lo siguiente:

I.- Datos del Expediente:

• No. de Caso

• No. de Folio

• No. de Folio CESAC

• Fecha

II.- Datos Generales del Solicitante:

• Nombre

• Edad

• Sexo

• Estado Civil

• Escolaridad

• Ocupación

• Domicilio

• Teléfono

III.- Documentación anexa:

• Tabla de puntaje

• Estudio socioeconómico

• Solicitud de ingreso al programa

• Credencial de elector

• Comprobante de domicilio

• Comprobante de ingresos y/o carta de bajo protesta de decir

• Comprobante de luz

• Comprobante de agua

• Comprobante de pago de predio o renta

• Comprobante de hijos

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35

• Comprobantes médicos

• Otros documentos

• No. de fojas

IV.- Clasificación

Firma autógrafa de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales La ficha técnica deberá presentar la firma autógrafa de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales; y los expedientes deberán permanecer durante el desarrollo de la sesión a la vista de los integrantes del Comité y estar a disposición de los mismos.

De la entrega de las becas y la vigencia del derecho de los beneficiarios a reclamarlas:

a) Después de que el Comité Técnico de Programas Sociales analiza y valida el padrón de beneficiarios este instruye al Secretario Técnico se proceda a verificar y dar seguimiento a la asignación de becas de apoyo social así como la comunicación a los beneficiarios, y la publicación del padrón de beneficiarios en la página Web de Transparencia de la Delegación Benito Juárez, de conformidad con la normatividad vigente en la materia.

El Secretario Técnico del Comité informa a la Dirección de Programas DIF, preferentemente mediante la Subdirección de Integración Familiar, de los resultados del Comité con el fin de que ésta prepare la entrega de becas de apoyo social y cartillas a los beneficiarios.

Las áreas encargadas del otorgamiento y seguimiento de las becas de apoyo social informarán de manera semanal a la JUD de Programas Sociales el estatus de avance y grado de cumplimiento de los beneficiarios.

La Subdirección de Integración Familiar del DIF realizará el canje de las cartillas para la evaluación del cumplimiento y avance del beneficio del programa y remite resultados a la JUD de Programas Sociales. La JUD de Programas Sociales informará mensualmente el estatus de avance y grado de cumplimiento al Secretario Técnico del Comité.

a) Los beneficiarios de las becas tendrán un plazo de treinta días naturales, contados a partir de la comunicación de la aprobación de su solicitud, para reclamar el apoyo; transcurrido este lapso perderán su derecho a la beca. Los Apoyos Sociales no reclamados serán informados por la JUD de Programas Sociales al Secretario Técnico del Comité para que este someta a su consideración la asignación a nuevos beneficiarios.

De no ser posible la asignación a nuevos beneficiarios, por cualquier causa, de los apoyos sociales no reclamados se procederá de la siguiente manera: el apoyo económico otorgado mediante cheques será cancelado y en cuanto a las despensas de complemento nutricional el Secretario Técnico someterá a consideración del Comité su donación a la Institución de Beneficencia que este determine, siempre y cuando los productos de las despensas no hayan caducado.

Desarrollo de las Sesiones:

a) Se desarrollaran en la fecha, hora y lugar señalado, previo al inicio de la sesión, los integrantes del Comité Técnico se registrarán en la lista de asistencia que se incluye en la carpeta original de trabajo;

b) El Secretario Técnico, verificará la lista de asistencia e informara al presidente si existe quórum para llevar a cabo la sesión, este se determinará cuando se presenten mas de la mitad de los Vocales;

c) En el caso de no llevarse a efecto la sesión programada por la falta de quórum, se dará por cancelada. El Presidente determinara la fecha y hora para la nueva sesión. En cuyo caso la siguiente sesión se celebrará el día acordado y con el número de integrantes que se encuentren;

d) El presidente declarará formalmente el inicio de la sesión respectiva, dándose lectura a la orden del día;

e) El presidente someterá a consideración de los integrantes del Comité Técnico el acta de la sesión anterior, y de no haber observaciones a su forma o contenido, se procederá a formalizar su aprobación mediante las firmas correspondientes;

f) De presentarse observaciones, el Presidente solicitará al Secretario Técnico se realicen las adecuaciones respectivas para su posterior formalización;

g) El Secretario Técnico, hará la presentación del formato de relación de casos favorables, relación de casos desfavorables y lista de espera conforme a la orden del día, una vez que el formato de relación de casos favorables, relación de casos desfavorables y lista de espera, sea analizado se someterá a la votación respectiva;

h) Los casos se integraran a la carpeta que el Secretario Técnico enviará a los miembros del Comité Técnico con anticipación;

i) Las resoluciones tomadas en la sesión tendrán el carácter de acuerdo;

36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

j) Las resoluciones emanadas del Pleno del Comité serán irrevocables y solo éste podrá suspenderla, modificarla o cancelarla, tanto en su contenido como en sus efectos;

Una vez que “El Listado de Casos” sea analizado y dictaminado la votación, este deberá ser firmado antes de concluir la sesión por cada uno de los integrantes con derecho a voz y voto.

k) Las inasistencias de los vocales a las sesiones deberán de justificarse por escrito ante el Secretario Técnico el que notificara del hecho al Comité en las sesiones y por escrito al Jefe Delegacional.

9.-PROCEDIMIENTO

La Delegación Benito Juárez emitirá la convocatoria para las becas de apoyo social mediante canales preferentemente de difusión masiva en la demarcación, aprovechando para ello la infraestructura social, cultural, de fomento a la cultura física, así como de comunicación social.

Se informa de manera particular acerca de la Convocatoria a los integrantes del padrón de beneficiarios del año inmediato anterior, tratándose de personas que con interés en recibir una beca, y que han cumplido satisfactoriamente con los requisitos y procedimientos de acceso, sin que por ello signifique su exclusión.

Los interesados en obtener una beca de apoyo social deberán acudir personalmente al CESAC a presentar su solicitud.

El CESAC hace llegar la solicitud a la Dirección General de Desarrollo Social y Participación Ciudadana, preferentemente vía la Jefatura de Unidad Departamental (JUD) de Programas Sociales.

La JUD de Programas Sociales tramita una cita con cada interesado para que proporcione identificación oficial (credencial de elector o pasaporte o cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional), un comprobante de domicilio (comprobantes de pago de agua, luz o teléfono; no mayor a tres meses de antigüedad); y proporcione los datos necesarios que serán incorporados en el cuestionario correspondiente.

Se llenará un cuestionario electrónico que contendrá los datos principales del solicitante, incorporando los de la identificación oficial y del comprobante de domicilio.

La JUD de Programas Sociales asigna número de folio por cada solicitud de beca de apoyo social a todos los solicitantes.

La JUD de Programas Sociales entregará en primera instancia de forma electrónica y posteriormente impresa; el cuestionario e identificación oficial y comprobante de domicilio de los solicitantes, a la JUD de Servicios Sociales para que efectúe los estudios socioeconómicos respectivos y la verificación de los mismos, contra estudio socioeconómico y/o visita de verificación domiciliaria.

La JUD de Servicios Sociales efectúa el estudio socioeconómico de todos los solicitantes, presentará la evaluación socioeconómica de forma impresa y electrónica al Comité Técnico de Programas Sociales de acuerdo a la Tabla de Puntaje de Calificación de los resultados de los estudios socioeconómicos.

La JUD de Servicios Sociales prepara expedientes de los solicitantes y elabora la propuesta de padrón presentándola al Comité Técnico de Programas Sociales por tipo de beca y puntaje para su entrega impresa y electrónica al Secretario Técnico del Comité.

El Secretario Técnico del Comité Técnico de Programas Sociales prepara el informe-resumen y materiales necesarios para convocar a sesión a los miembros de éste.

Éstos se presentan al Comité Técnico de Programas Sociales para su validación y análisis.

El Comité instruye al Secretario Técnico se proceda a verificar y dar seguimiento a la asignación de becas de apoyo social así como la comunicación a los beneficiarios, y la publicación del padrón de beneficiarios en la página Web de Transparencia de la Delegación Benito Juárez, de conformidad con la normatividad vigente en la materia.

El Secretario Técnico del Comité informa a la Dirección de Programas DIF, preferentemente mediante la Subdirección de Integración Familiar, de los resultados del Comité con el fin de que ésta prepare la entrega de becas de apoyo social y cartillas a los beneficiarios.

Las áreas encargadas del otorgamiento y seguimiento de las becas de apoyo social informarán de manera semanal a la JUD de Programas Sociales el estatus de avance y grado de cumplimiento de los beneficiarios.

La Subdirección de Integración Familiar del DIF realizará el canje de las cartillas para la evaluación del cumplimiento y avance del beneficio del programa y remite resultados a la JUD de Programas Sociales.

La JUD de Programas Sociales informará mensualmente el estatus de avance y grado de cumplimiento al Secretario Técnico del Comité, quien será responsable de convocar al Comité de acuerdo al Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico de Programas Sociales.

La JUD de Programas Sociales prepara y presenta informe para el Consejo de Desarrollo Social.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico de Programas Sociales en Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo. El presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Técnico de Programas Sociales entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal, 18 de Febrero de 2009.

(Firma)

Lic. N. René Aridjis Vázquez Director General de Desarrollo Delegacional

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ MIXTO DE CAPACITACIÓN

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITE MIXTO DE CAPACITACIÓN

Lic. N. René Aridjis Vázquez, Director General de Desarrollo Delegacional del Órgano Político-Administrativo en la Demarcación Territorial de Benito Juárez, con fundamento en el artículo 39, fracción XLV y LIV y LV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 18, 122 Y 122-Bis, fracción III, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, ha tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITE MIXTO DE CAPACITACIÓN

NUMERO DE REGISTRO ME-02D03-03/09

INDICE 1 PRESENTACIÓN

2 ANTECEDENTES

3 MARCO JURIDICO-ADMMINISTRATIVO

4 OBJETIVO GENERAL

5 INTEGRACIÓN

6 ATRIBUCIONES

7 FUNCIONES

8 POLITICAS DE OPERACIÓN

9 PROCEDIMIENTO

1.- PRESENTACIÓN:

El Subcomité Mixto de Capacitación es el encargado de atender de manera general los procedimientos relativos a los siguientes programas:

Anual de Capacitación Enseñanza Abierta Servicio Social y Prácticas Profesionales

38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

El propósito del Subcomité Mixto de Capacitación es evaluar los avances, logros y diseñar estrategias para la operación de los programas de su competencia. De tal manera que se elaboren líneas estratégicas para que se logre una mayor participación de asistentes tanto a los cursos de capacitación como a los círculos de enseñanza abierta. La capacitación proporciona a los trabajadores el desarrollo de aptitudes, habilidades y actitudes tendientes a mejorar su desempeño laboral con el fin de brindar una mejor atención de los servicios públicos que este Órgano Político Administrativo otorga al ciudadano, lo cual redunda en la imagen institucional de esta Delegación. Con respecto a Enseñanza Abierta tiene como función sustantiva erradicar el analfabetismo y que los trabajadores inicien y/o concluyan los niveles educativos básico y medio superior. Con respecto a Servicio Social y Prácticas Profesionales permite proporcionar prestadores que colaboren con esta Delegación, para brindar un servicio más eficiente a la ciudadanía, así como que ellos mismos tengan una formación profesional.

2.- ANTECEDENTES: Con fecha 30 de marzo de 2001 la Gaceta Oficial del Distrito Federal emitió el Acuerdo por el que se establece el Comité Mixto de Capacitación y Desarrollo de Personal, en la Administración Pública del Distrito Federal. El Comité fue creado como un órgano de ejecución, consulta, difusión, evaluación, coordinación y seguimiento para la capacitación que se imparta a los trabajadores de base y estructura. Se encontraba integrado por:

Un Presidente, Presidentes Adjuntos que serán titular de la Oficialía Mayor y el representante que designe el Sindicato Único de

Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal. Miembros Directivos, Secretarios de las Dependencias y titulares de la Contraloría General. Secretario Técnico, Titular de la Dirección General de Política Laboral y de Servicio Público de Carrera.

Dentro de las funciones del Comité esta la de otorgar las facilidades necesarias para la integración y funcionamientos de los Subcomités Mixtos de Capacitación. Asimismo evaluará las actividades en materia de capacitación de los Subcomités. Los Subcomités Internos estarán integrados de la siguiente manera:

Presidente, titular de la Dependencia. Los representantes de las áreas administrativas Representante Sindical Secretario Técnico, titular de Recursos Humanos

Cada integrante podrá nombrar un suplente, este último debidamente registrado ante el Subcomité Mixto de Capacitación correspondiente. Actualmente el Subcomité Mixto de Capacitación, esta integrado por.

Presidente, titular de la Delegación. Presidentes Adjuntos, Director General de Administración y representante sindical. Vocales, titulares de las Unidades Administrativas Secretario Técnico, titular de Recursos Humanos

El suplente del Secretario Técnico debe ser el responsable de Capacitación, asimismo cada vocal deberá designar un suplente mediante oficio que avale su encomienda. 3.- MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO:

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (5 de febrero 1917). • Estatuto de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal. (Publicación inicial 26 de julio 1994; vigente al 31 de

marzo de 2008).

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39

• Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal (29 de diciembre de 1998).

• Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento (28 de septiembre de 1998).

• Ley General de Educación (2 de noviembre de 2007).

• Ley de Educación para el Distrito Federal (2 de noviembre de 2007).

• Ley de Federal de Derechos (2 de noviembre de 2007).

• Condiciones Generales de Trabajo del Gobierno del Distrito Federal (6 de Julio 2007).

• Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal (28 de diciembre de 2000).

• Reglamento de la Ley del Artículo 5º. Constitucional relativo al ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal (22 de

diciembre de 1993). • Reglamento para la presentación del Servicio Social de los estudiantes de Instituciones de Educación Superior en la República

Mexicana (30 de marzo de 1981).

• Reglamentos Internos de Servicio Social de las Instituciones Educativas (dependiente de cada Institución).

• Reglamento de Control para el Subsistema de Preparatoria Abierta (2 de noviembre de 2007).

• Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal (31 de diciembre 2000). • Acuerdo por el que se establece el Comité Mixto de Capacitación y Desarrollo de Personal en la Administración Pública del

Gobierno del Distrito Federal, (Gaceta Oficial del Distrito Federal 30 de marzo de 2001).

• El acuerdo por el que se establecen las bases para la prestación de Servicio Social educativo para alumnos de educación medio superior y superior (30 de enero de 1976).

• El acuerdo para la prestación del Servicio Social en la educación para adultos (2 de agosto de 1990).

• Normatividad en Materia de Administración de Recursos 2007, emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal. Circular Uno, Numerales 2.2 al 2.5 (Gaceta Oficial del Distrito Federal 27 de junio y 13 de agosto de 2007).

• Normatividad en Materia de Administración de Recursos 2007, emitida por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, Circular Uno-bis, Numerales 2.2 al 2.5 (Gaceta Oficial del Distrito Federal 27 de junio y 13 de agosto de 2007).

• Lineamientos para la Operación del Proceso de Capacitación en las Dependencias, Unidades Administrativas y Órganos

Desconcentrados del Gobierno del Distrito Federal, (Gaceta Oficial del Distrito Federal 26 de agosto de 1996).

• Lineamientos Básicos para el Funcionamiento de los Subcomités Mixtos de Capacitación, emitidos por la Secretaría Técnica del Comité Mixto de Capacitación (DGADP)

• Lineamientos Generales en Materia de Informática, en el apartado concerniente a Capacitación en Informática (2007).

• Manual Administrativo de la Oficialía Mayor (28 de junio de 2004), Artículos concernientes a la Dirección General de

Administración de Personal.

• Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Informática de la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal (2007).

• Disposiciones Técnicas para la Operación de los Servicios de Gestoría de Trámites y Asesoría para el Aprendizaje que del

subsistema de Preparatoria Abierta se ofrece a los Centros de Asesoría, emitida por la Secretaría de Educación Pública (2 de noviembre de 2007).

• Circulares y Lineamientos emitidos por la Oficialía Mayor y la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal.

40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

4.- OBJETIVO GENERAL:

Llevar a cabo los procedimientos relativos al Programa Anual de Capacitación, Programa de Enseñanza Abierta y Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales, siguiendo los lineamientos, metodología y criterios que sean emitidos por la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal (DGADP).

Los Subcomités Mixtos de Capacitación tiene los siguientes objetivos:

• Elaboración y actualización del Diagnóstico de Necesidades de Capacitación, (DNC). • Autorizar el Programa Anual de Capacitación. • Llevar a cabo la operación de sus programas. • Evaluar el logro de las metas alcanzadas. • Autorizar el Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales. • Autorizar el Programa Anual de Enseñanza Abierta

5.- INTEGRACIÓN:

EL SUBCOMITÉ ESTARA INTEGRADO POR: UN PRESIDENTE:

• Jefe Delegacional.

PRESIDENTES ADJUNTOS:

• Director General de Administración. • Representantes del Sindicato.

SECRETARIO TÉCNICO

• Director de Recursos Humanos.

VOCALES:

• Dirección General Jurídico y de Gobierno. • Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano. • Dirección General de Servicios Urbanos. • Dirección General de Desarrollo Social y Participación Ciudadana. • Dirección General de Desarrollo Delegacional. • Dirección General de Prevención del Delito y Protección Civil.

INVITADOS.

• Contraloría Interna en Benito Juárez; • Dirección de Finanzas; • Dirección General de Administración del Gobierno del Distrito Federal • Subdirección de Desarrollo de Personal.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 41

Quedando la estructura de la siguiente manera :

T I T U L A R S U P L E N T E

PRESIDENTE JEFE DELEGACIONAL

PRESIDENTE ADJUNTO DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

SUBDIRECCION DE DESARROLLO DE PERSONAL

PRESIDENTE ADJUNTO SECRETARIO GENERAL DE LA SECCIÓN No. 4 DEL

S.U.T.G.D.F. DELEGADO SINDICAL

SECRETARIO TÉCNICO DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

JEFATURA DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE CAPACITACIÓN Y SELECCIÓN DE PERSONAL

V O C A L E S

T I T U L A R E S S U P L E N T E S

DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE GOBIERNO

DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DELEGACIONAL

JEFATURA DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE PLANEACION

DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS URBANOS SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTACIÓN DE SERVICIOS

DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO COORDINADORA DE CONTROL DE SEGUIMIENTO

DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA COORDINADORA DE PREVENCIÓN DEL DELITO

6.- ATRIBUCIONES

De acuerdo a lo establecido en los Lineamientos para el Funcionamiento de los Subcomités Mixtos de Capacitación, emitidos por la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Personal, los Subcomités tendrán las atribuciones que a la letra dicen:

“CUARTO.- El Subcomité atenderá de manera general los procedimientos relativos a los Programas: Anual de Capacitación, de Enseñanza Abierta y de Servicio Social y Prácticas Profesionales, así como las atribuciones específicas siguientes:

1.- Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Dirección. 2.- Validar el Diagnóstico de Necesidades de Capacitación. 3.- Validar el Programa Anual de Capacitación. 4.- Validar el Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales. 5.- Validar el Programa Anual de Enseñanza Abierta. 6.- Validar el acta resultante de las sesiones ordinarias y extraordinarias.

42 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

7.- Enviar a la Dirección, para su aprobación, el Programa Anual de Capacitación, Programa de Enseñanza Abierta y Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales. 8.- Sugerir, para su contratación a los Prestadores de Servicios de Capacitación. 9.- Apoyar la operación de los Programas de Capacitación, Enseñanza Abierta y Servicio Social y Prácticas Profesionales, con apego a la normatividad en la materia. 10.- Diseñar y desarrollar, en tiempo y forma, las estrategias de difusión de sus diferentes programas. 11.- Vigilar que sus programas se lleven a cabo de acuerdo a lo autorizado. 12.- Dar seguimiento y realizar la evaluación de sus programas, en forma continua y permanente, así como reportar a la Dirección cualquier tipo de eventualidad durante el proceso de operación.

13.- Evaluar el logro de las metas alcanzadas.

7.- FUNCIONES:

DEL PRESIDENTE.

• Presidir las sesiones del Subcomité.

• Convocar, a través de la Secretaria Técnica del Subcomité, a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

• Propiciar la participación de todas las Direcciones Generales que integran el subcomité en el cumplimiento de las atribuciones del mismo.

• Firmar las constancias de acreditación o participación que se emitan en los cursos de capacitación.

PRESIDENTES ADJUNTOS

• Participar en las sesiones del Subcomité.

• En ausencia del Presidente, el representante de la autoridad, podrá convocar, a través del Secretario Técnico del Subcomité, a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

• El representante de la autoridad, podrá presidir las sesiones del Subcomité, en ausencia del Presidente o de su Suplente.

• El representante de la autoridad, podrá firmar las constancias de acreditación o participación que se emitan en los cursos de

capacitación.

• Apoyar los programas de capacitación.

• Proponer modificaciones a los programas de capacitación.

• Auxiliar en los objetivos del Subcomité.

VOCALES

• Participar en las sesiones del Subcomité.

• Coordinar las acciones necesarias, con el propósito de que se cumplan las disposiciones concernientes a los programas.

• Proponer acciones en materia de Capacitación, Enseñanza Abierta y Servicio Social y Prácticas Profesionales que satisfagan las necesidades de su Unidad Administrativa.

• Otorgar las facilidades necesarias para que el personal adscrito a su área asista puntualmente a los cursos de capacitación y

asesorías de enseñanza abierta.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 43

SECRETARIO TÉCNICO.

• Participar en las sesiones del Subcomité.

• Convocar a solicitud del Presidente o del Presidente Adjunto de la autoridad, a las sesiones ordinarias o extraordinarias.

• Preparar el informe que se presentará en sesión.

• Elaborar y someter a consideración del Subcomité el acta de sesión y enviarla a la Dirección General de

Administración y Desarrollo de Personal dentro de los cinco días posteriores a la fecha en que se reunió el Subcomité.

• Integrar con apoyo de los Vocales el Diagnóstico de Necesidades de Capacitación, su actualización y la demanda de Enseñanza Abierta y Servicio Social y Prácticas Profesionales.

• Presentar al Subcomité en sesión plenaria los resultados del Diagnóstico de Necesidades de Capacitación de la demanda de

Enseñanza Abierta y Servicio Social y Prácticas Profesionales.

• Integrar en coordinación con los vocales del Subcomité los Programas, en base a la metodología establecida por la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal.

• Evaluar la calidad del desempeño de los Prestadores de Servicios de Capacitación.

• Enviar a los integrantes del Subcomité el informe que se analizará en la sesión, cuando menos tres días antes.

• Informar a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, en caso de cambio de titulares y suplentes.

• Las demás que le asigne el propio Subcomité.

8.- POLITICAS DE OPERACIÓN:

DE LOS TITULARES:

• Cada una de las dependencias instalará el Subcomité y deberá sesionar cuando menos tres veces al año, en sesiones ordinarias, conforme al calendario que para tal efecto emita la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal. Podrán sesionar en forma extraordinaria, las veces que sean necesarias, notificando a dicha Dirección, por lo menos cinco días hábiles antes de su celebración.

• Para la representación sindical, el Secretario Técnico del Subcomité, deberá solicitar al Comité Ejecutivo Seccional del

Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal (SUTGDF) que cuente con mayor número de miembros en la Delegación, que nombre un representante quien fungirá como Presidente Adjunto, y se integrará una copia del oficio en el acta de la primera sesión.

SUPLENCIA:

• Ser personal de estructura.

• Contar con capacidad de decisión

• No ser integrante del Subcomité

• Se deberá evitar la rotación de los titulares y suplentes, con la finalidad de dar debido seguimiento a los programas. SESIONES:

• La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal designará un representante, quien asistirá a las sesiones y

tendrá voz, pero no voto.

• En caso de necesidad, se podrá invitar a personas ajenas a la estructura del Subcomité, mismas que tendrán voz, pero no voto.

44 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

• Son causales de cancelación de una sesión:

Que no este presente, ya sea, el Presidente, el Presidente Adjunto (autoridad) o el Secretario Técnico o sus

suplentes.

No contar con el quórum requerido.

Que los suplentes de los titulares no acrediten su personalidad.

• El informe que remita el Secretario Técnico a los integrantes del Subcomité antes de cada sesión deberá contener la siguiente información:

PRIMERA SESIÓN: Presentación de los Programas.

SEGUNDA SESIÓN: Presentación de modificación de los diferentes programas, avance cuantitativo y

propuestas de acciones específicas para los compromisos.

TERCERA SESIÓN: Evaluación del desarrollo de los Programas, comparación de resultados de los diferentes programas y desarrollo de los mismos.

ACTA:

• En cada sesión del Subcomité se iniciará con un acta que debe contener.

• La verificación del quórum.

• Las intervenciones de cada uno de los asistentes a la sesión.

• El seguimiento de acuerdos de la sesión anterior. • Análisis y discusión del informe de la sesión. • De ser necesario incluir el punto de asuntos generales.

• Acuerdos y compromisos emanados de la sesión.

• Cierre del acta, verificando que las personas que participaron asienten su firma al calce.

En caso de que no se cubra el quórum, deberá realizarse un acta en la que se deje constancia de los hechos. Nombre del Procedimiento: Subcomité Mixto de Capacitación OBJETIVO GENERAL: Es un órgano de ejecución, consulta difusión, evaluación, coordinación y seguimiento de los procedimientos relativos al Programa Anual de Capacitación, Programa de Enseñanza Abierta y Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales, siguiendo los lineamientos, metodología y criterios que sean emitidos por la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal (DGADP). NORMAS Y/O POLÍTICAS DE OPERACIÒN:

El Subcomité Mixto de Capacitación sesionará de manera ordinaria tres veces al año, de acuerdo a lo establecido por la Dirección General de Capacitación y Desarrollo de Personal.

La convocatoria la emite el Secretario Técnico de acuerdo al calendario y/o por instrucciones del Presidente o Presidente

Adjunto representante de la autoridad.

Para poder dar inicio a la sesión deberá estar presenta el cincuenta por ciento más uno de los miembros del Subcomité.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 45

Será motivo de cancelación de la sesión si no asiste el Presidente, el Presidente Adjunto, representante de la Autoridad, o el

Secretario Técnico, o sus suplentes. Asimismo no contar con la asistencia del número mínimo de miembros del Subcomité.

En cada sesión del Subcomité se iniciará con el Acta, la cual debe contener la verificación del quórum, las intervenciones de cada uno de los presentes, el seguimiento de los acuerdos de las sesión anterior, análisis y discusión del informe de la misma.

En caso de que no se cubra el quórum, deberá realizarse un acta en la que se deje constancia de los hechos.

Nombre del Procedimiento: Subcomité Mixto de Capacitación

Integrante del Subcomité Mixto de

Capacitación No. Descripción de la Actividad Tiempo

Presidente 1 Solicita se Convoque a través de la Secretaria Técnica del Subcomité a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias.

1 día

Secretario Técnico 2 Convoca a solicitud del Presidente o del Presidente Adjunto representante de la autoridad a las sesiones por medio de oficio.

2 días

3 Prepara el informe que se presentará en la

sesión 10 días

4 Envía con anticipación el informe que se

presentará en la reunión del Subcomité. 5 días

Presidente, Presidente Adjunto de la Autoridad y del Sindicato, Secretario Técnico y Vocales.

5 Reciben informe y asisten a la reunión del Subcomité para verificar avances de los programas, así como sugerir estrategias según convocatoria.

1 día

Secretario Técnico 6 Expone los avances, planeación, desarrollo de los programas de capacitación, enseñanza abierta y servicio social y prácticas profesionales.

1 día

Secretario Técnico 7 Elabora Acta, minuta y acuerdos de la sesión.

5 días

Presidente, Presidente Adjunto de la Autoridad y del Sindicato, Secretario Técnico y Vocales.

8 Firman el Acta correspondiente. 1 día

Secretario Técnico 9 Cierra la sesión e informa de la próxima reunión.

1 día

Nombre del Procedimiento: Subcomité Mixto de Capacitación

Integrante del Subcomité Mixto de

Capacitación No. Descripción de la Actividad Tiempo

10 Envía Acta, Minuta y Acuerdo a la Dirección General de Administración y

Desarrollo de Personal (DGADP) y archiva acuse

Variable

Fin del Procedimiento

46 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Nombre del Procedimiento: Subcomité Mixto de Capacitación

Presidente Secretario Técnico Presidente, Presidente Adjunto de la Autoridad y del Sindicato, Secretario

Técnico y Vocales.

Oficio

Inicio

Solicita se Convoque a sesión

ordinaria o extraordinaria

1

Convoca por medio de oficio

2

Informe

Prepara informe para la sesión

3

Informe

Envía con anticipación informe para la

sesión

4

Reciben y asisten a sesión según

convocatoria

5

A

Expone avances, planeación y desarrollo

de los programas

6

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 47

Nombre del Procedimiento: Subcomité Mixto de Capacitación

Secretario Técnico Presidente, Presidente Adjunto de la Autoridad y del Sindicato, Secretario Técnico y Vocales.

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Mixto de Capacitación en Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo. El presente Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Mixto de Capacitación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal, 18 de Febrero de 2009.

(Firma) Lic. N. René Aridjis Vázquez

Director General de Desarrollo Delegacional

Acuse

A

8

Acuerdos

Minuta

Acta

Elabora Acta, Minuta y Acuerdos de la sesión

7

Acta firmada

Firman Acta correspondiente

9

Cierra la sesión e informa de la próxima

reunión

10

Envía Acta, Minuta y Acuerdo a la

(DGADP) y archiva acuse

Fin

A

48 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

MANUAL ESPECIFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ MANUAL ESPECIFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE

DOCUMENTOS

Lic. N. René Aridjis Vázquez, Director General de Desarrollo Delegacional del Órgano Político-Administrativo en la Demarcación Territorial de Benito Juárez, con fundamento en el artículo 39, fracción XLV y LIV y LV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 18, 122 Y 122-Bis, fracción III, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, ha tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL ESPECIFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS

NUMERO DE REGISTRO ME-02D03-02/09

INDICE 1

PRESENTACION

2

ANTECEDENTES

3

MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO

4

DEFINICIONES

5

OBJETIVO GENERAL

6

INTEGRACION

7

ATRIBUCIONES

8

FUNCIONES

9 POLITICAS DE OPERACIÓN

1.- PRESENTACION

La Oficialía Mayor, en ejercicio de sus atribuciones como dependencia reguladora en materia de administración de recursos, actualiza año con año las Circulares Uno y Uno Bis “Normatividad en Materia de Administración de Recursos”, en las cuales se encuentran incluidas, entre otras, las disposiciones específicas sobre administración de documentos y archivística.

Con la finalidad de actualizar de manera ordenada, coordinada y eficaz la forma en que se administran los archivos en las dependencias, órganos desconcentrados, órganos político-administrativos y entidades, se hizo necesario un cambio radical en la normatividad que los rige, por tal motivo la Circular Uno y Uno Bis 2007, incorporaron el numeral 7, denominado Administración de Documentos y Archivística”.

Dichos instrumentos, definen la obligación de crear, por conducto de las direcciones generales de administración u homólogas para las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, sistemas de archivos institucionales que contemplen y resuelvan las necesidades particulares de cada una de ellas.

El numeral 7.3. de ambos ordenamientos establece la existencia en cada dependencia, órgano desconcentrado, delegación y entidad, de un Órgano Colegiado, integrado por los funcionarios responsables de las unidades administrativas que las componen, cuya finalidad es, entre otras, diseñar, proponer, desarrollar, instrumentar y evaluar los planes, programas y proyectos de desarrollo archivístico.

Para actualizar esta instrucción, es necesaria la conformación de una estructura normativa que prevea la creación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos (COTECIAD), considerando que se trata del órgano técnico consultivo de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en materia de archivos, para la implementación de las normas y acciones archivísticas institucionales, tendientes a la mejora integral de los archivos.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 49

En base a lo anterior, con el objeto de dar cumplimiento a las disposiciones normativas mencionadas, se emite el presente Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Delegación Benito Juárez.

2.- ANTECEDENTES

En la actualidad, el archivo se encuentra compuesto por tres tipos de archivo: Trámite, Concentración e Histórico.

Desde su constitución, el archivo con que cuenta éste Órgano Político Administrativo, ha venido trabajando para la ubicación de expedientes, con un sistema de relaciones escritas e impresas (no electrónicas) generadas por el área de que se trate, procedimiento que provoca lentitud para la ubicación de expedientes.

En el lapso en que estuvo vigente un COTECIAD en este órgano político administrativo, y mismo que fue desintegrado aproximadamente en el año de 1996. Como acción relevante fue la aportación en el año de 1991, de un catalogo de vigencias documentales, mismo que se sigue utilizando hasta el momento.

Como participación por parte de la oficialía mayor del ahora GDF, el manejo del acervo documental, se viene realizando a través de cuatro formatos denominados UCAD de los cuales, sólo continúan vigentes los UCAD 01 y UCAD 03. Es de señalarse que derivado de la ausencia de perfiles archivísticos, así como de directivas precisas en lo referente al manejo del acervo documental. Con la inclusión del numeral 7 en la circular uno bis, se establecen las primeras directivas de manejo del acervo documental, así como con la expedición de los primeros lineamientos de catalogación de ubicación de documentos.

3.- MARCO JURIDICO ADMINISTRATIVO

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Arts. 44 y 122)

• Estatuto de Gobierno del Distrito Federal (Art. 115)

• Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal

• Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público (Arts. 7, 9 fracción IV, 16 fracción IX, 17, 55 y 57)

• Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (Arts. 47 fracción IV y Segundo Transitorio)

• Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (Arts. 4° Fracción V, 13, 14, 37-44).

• Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal (Art. 44)

• Código Penal del Distrito Federal (Art. 259 fracción III).

• Código Financiero del Distrito Federal (Arts. 78, 93, 376 y 546)

• Reglamento Interior de la Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal.

• Lineamientos que deben observar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública, para la integración y remisión electrónica de carpetas, información o documentos con relación a los Órganos Colegiados, Comisiones o Mesas de Trabajo.

• Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la instalación y funcionamiento de las Oficinas de Información Pública al interior de la Administración Pública del Distrito Federal

• Circular Uno Bis 2007, Normatividad en Materia de Administración de Recursos. (Numeral 7)

• Oficio Circular suscrito por la Oficialía Mayor y la Contraloría General Nº OM/CG/1597/2007 de fecha 22 de agosto de 2007.

• Oficio Circular del Oficial Mayor No. OM/1696/2007 de fecha 10 de septiembre de 2007.

4.- DEFINICIONES

Para efectos del presente manual, se entenderá por:

APDF Administración Pública del Distrito Federal.

COTECIADBEJU

Comité Técnico Interno de Administración de Documentos de la Delegación Benito Juárez

CGMA Coordinación General de Modernización Administrativa

50 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Contraloría Contraloría General del Distrito Federal

Órgano Interno de Control

Contraloría Interna en la Delegación Benito Juárez

Órgano Administrativo

Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del DF

DGABEJU Dirección General de Administración de la Delegación Benito Juárez

DGRMSGOM

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal

DRMSG Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Delegación Benito Juárez

GDF

Gobierno del Distrito Federal

5.- OBJETIVO GENERAL.

El Manual Específico de Operación del COTECIAD tiene por objeto establecer los lineamientos, políticas y procedimientos para regular su integración, funcionamiento y los procesos de operación. Por lo anterior, el objetivo es facilitar a los integrantes del COTECIAD la observancia de las normas y disposiciones aplicables en materia de archivos, de administración y resguardo de documentos y de custodia de datos personales, para hacer posible la creación del Sistema de Archivos en el órgano de la administración al que pertenecen, y con ello, facilitar la localización oportuna de la información y los documentos, así como garantizar su conservación.

6.- INTEGRACION En concordancia con lo que dispone el numeral 7.3.6 de la Circulares Uno Bis y para el debido cumplimiento de sus objetivos, funciones y atribuciones, el COTECIADBEJU estará integrado de la siguiente forma:

CARGO ANTE EL COTECIADBEJU CARGO POR ESTRUCTURA ORGANICA

PRESIDENTE DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

SECRETARIO EJECUTIVO JUD DE INFORMACIÓN PUBLICA

SECRETARIO TECNICO DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

VOCAL RESPONSABLE DE CONTROL DE GESTION POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION

JUD DE SERVICIOS GENERALES

VOCAL RESPONSABLE DE ARCHIVO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION

JEFE DE OFICINA DE ARCHIVO, CORRESPONDENCIA Y OFICIALIA DE PARTES

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 51

ASESOR POR LA DIRECCIÓN GENERAL JURIDICO Y DE GOBIERNO

COORDINADOR TÉCNICO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL JURIDICA Y DE GOBIERNO

ASESOR POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION DIRECTOR DE FINANZAS

REPRESENTANTE DEL ORGANO DE CONTROL INTERNO CONTRALOR INTERNO

ASESOR POR LA COORDINACIÓN DE INFORMATICA COORDINADOR DE INFORMATICA

CARGO ANTE EL COTECIADBEJU CARGO POR ESTRUCTURA ORGANICA

VOCAL JUD DE PROGRAMAS DE COAYUVANCIA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y PROTECCIÓN CIVIL

VOCAL ASESOR TÉCNICO POR LA DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE GOBIERNO

VOCAL COORDINADOR DE CONTROL Y SEGUIMIENTO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO

VOCAL JUD DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

VOCAL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DELEGACIONAL

VOCAL SUBDIRECTOR DE DESARROLLO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS URBANOS

VOCAL JUD DE PLANEACION POR LA COORDINACIÓN DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA

7.- ATRIBUCIONES. Las atribuciones del COTECIADBEJU son: I Constituirse como el Órgano Técnico Consultivo, de instrumentación y retroalimentación de la normatividad interna en la materia de archivos del Órgano Administrativo. II Propiciar el desarrollo de medidas y acciones permanentes de coordinación y concertación entre sus miembros, que favorezcan la implantación de las normas archivísticas institucionales, para el mejoramiento integral de los archivos;

52 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

III Emitir el manual específico de operación del COTECIAD, remitiéndolo a la DGRMSG y a la CGMA para su registro, así como su Programa Institucional de Desarrollo Archivístico, el cual deberá enviarse también a la primera dentro de los primeros 30 días del mes de enero del año que corresponda para su registro y seguimiento. IV. Coordinar, organizar, modernizar y promover la instrumentación de las disposiciones en materia de archivos y de administración de documentos. V. Efectuar los estudios requeridos para diagnosticar sobre la problemática de los sistemas documentales y de archivo y las necesidades internas de las áreas que los administran. VI. Promover y evaluar la implantación sistemática de la normativa en materia de administración de documentos y archivo. VII. Fungir como órgano de enlace entre las áreas encargadas del manejo de la correspondencia y archivos, hasta la integración del Sistema de Archivos. VIII. Homogeneizar la operación de las áreas responsables de la administración de documentos. IX. Propiciar la capacitación por medio de cursos, talleres o seminarios, dirigidos al personal encargado del manejo de los archivos X. Aplicar lo establecido en los ordenamientos que regulan la materia de administración de documentos y archivos, entre los que

destacan: • Oficio Circular N° OM/CG/1597/2007 de fecha 22 de agosto de 2007 que suscriben conjuntamente la Oficialía Mayor y Contraloría

General relativo a la obligatoriedad de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de cumplir lo dispuesto en el numeral 7 de las Circulares Uno y Uno Bis en materia de archivos y la aclaración de que no es competencia del Instituto de Acceso a la Información Pública del DF la emisión de lineamientos o disposiciones en materia de archivos.

• Oficio Circular del Oficial Mayor Nº OM/1696/2007 de fecha 10 de septiembre de 2007. XI. Integrar, coordinar y evaluar a los grupos de apoyo que son necesarios para el mejor desempeño de las tareas en materia de archivos, entre los que de manera enunciativa se mencionan:

• Grupo de planeación de estrategias • Grupo de normatividad y políticas • Grupo de capacitación y enlace • Grupo de suministros para los servicios archivísticos

8.- FUNCIONES

8.1 DEL PRESIDENTE I. Presidir las sesiones del Comité. II. Autorizar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias. III. Coordinar y dirigir las sesiones del Comité. IV. Ejercer el voto de calidad en caso de empate en la votación de resoluciones. V. Presentar a la consideración y resolución del Comité, los casos y asuntos a tratar. VI. Dar a conocer los acuerdos y acciones del Comité y procurar su cabal y estricto cumplimiento. VII. Asegurar que las resoluciones y acciones del Comité, sean para el mejoramiento de la normatividad y organización de los

archivos. VIII. Promover las medidas para dar operatividad a los acuerdos que adopte el COTECIADBEJU. IX. Instrumentar las acciones necesarias para la integración y operación de los grupos de apoyo.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 53

X. Proveer los medios, recursos necesarios y suficientes para mantener en operación regular, constante y permanentemente al

Comité.

8.2 DEL SECRETARIO EJECUTIVO I. Suplir al Presidente. II. Convocar a las sesiones ordinarias y cuando sea necesario a sesiones extraordinarias. III. Evaluar que las acciones del Comité, sean en apego a la normatividad y para el mejoramiento y organización de los archivos. IV. Vigilar la correcta expedición del orden del día y de los listados de los asuntos a tratar, incluyendo los documentos de apoyo

necesarios, que se señalan en el párrafo cuarto del punto 9.1 V. Levantar el acta de cada sesión celebrada. VI. Registrar los acuerdos del Comité y verificar e informar de su cumplimiento. VII. Realizar y registrar el conteo de la votación los proyectos de acuerdo. VIII. Realizar acciones necesarias para que el archivo de documentos del Comité esté completo y se mantenga actualizado, cuidando

su conservación por el tiempo mínimo establecido por las disposiciones de la materia. IX. Efectuar las funciones que le correspondan de acuerdo con la normatividad aplicable y aquellas que le encomiende el Presidente

o el Comité en pleno. X. Presentar al Presidente el Orden del Día que contiene los asuntos que se someterán al pleno. XI. Apoyar a los grupos de apoyo en la ejecución de los proyectos que se aprueben. 8.3. DEL SECRETARIO TÉCNICO I. Suplir al Secretario Ejecutivo. II. Integrar los asuntos que serán abordados en cada una de las sesiones. III. Remitir a los integrantes del Comité, la convocatoria, Orden del Día y carpeta conteniendo los asuntos de la reunión. IV. Recibir y revisar de cada unidad administrativa técnica operativa las propuestas para, en su caso, proponer su integración al

Orden del Día de los asuntos a tratar en cada sesión. V. Recabar la firma de los integrantes del Comité en el Acta de cada sesión VI. Programar y proveer la logística de las reuniones del Órgano Colegiado VII. Solicitar y registrar la designación de los funcionarios representantes de los titulares VIII. Auxiliar al Secretario Ejecutivo para el mejor desempeño de sus funciones y responsabilidades. IX. Informar al Secretario Ejecutivo los avances en los trabajos de los diversos grupos de apoyo. X. Elaborar y presentar al pleno un informe anual respecto de los resultados obtenidos derivados de la actuación del Comité. 8.4 DE LOS VOCALES I. Enviar al Secretario Técnico la propuesta de asuntos, acompañada de la documentación soporte, para incluirlos en el orden del

día. II. Proponer estrategias de trabajo y propuestas para la mejoría en los trabajos archivísticos. III. Integrarse a los grupos de apoyo.

54 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

IV. Vigilar que se aplique la normativa archivística en los procesos y actuaciones del Comité 8.5 DE LOS ASESORES I. Brindar asesoría al Comité y a los grupos de apoyo en el ámbito de su respectiva competencia, respecto de los asuntos que se

traten en las sesiones. II. Coordinar los trabajos de los grupos de apoyo. 8.6 DE LOS INVITADOS Exponer comentarios y experiencias respecto de los puntos del orden del día al que son convocados. 9.- POLITICAS DE OPERACIÓN 9.1 DE LAS SESIONES En la Primera Sesión deberá instalarse el Órgano Colegiado (COTECIAD) y aprobarse el Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos. En la Primera Sesión del ejercicio correspondiente, se presentará el Calendario de Sesiones Ordinarias, las cuales se efectuarán mensualmente. Se podrán realizar sesiones extraordinarias cuando el Presidente, el Secretario Ejecutivo o algún miembro vocal lo soliciten. El Orden del Día y la documentación soporte de cada sesión, se entregarán a los integrantes del Comité, cuando menos con tres días hábiles de anticipación para reuniones ordinarias y de un día hábil para las extraordinarias, de preferencia a través de medios magnéticos o Intranet, de conformidad a los “Lineamientos que deben observar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la Administración Pública, para la integración y remisión electrónica de carpetas, información o documentos con relación a los Órganos Colegiados, Comisiones o Mesas de Trabajo”. El envío de las propuestas de inclusión de puntos al Orden del Día por parte de los miembros se hará con 10 días hábiles previos a la celebración de las reuniones, acompañadas de la documentación soporte que lo justifique. Las sesiones se llevarán a cabo cuando asistan como mínimo el 50% de los miembros con derecho a voto. Las decisiones se tomarán por mayoría. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Las sesiones ordinarias podrán ser canceladas cuando no existan asuntos a tratar, notificando a los miembros titulares con tres días hábiles antes de la fecha programada. En casos extraordinarios o circunstancias no previstas, la fecha de las sesiones podrá ser modificada por el Secretario Ejecutivo, sin que la misma sea cancelada o considerada como sesión extraordinaria. Se levantará un acta de cada sesión, la cual será firmada por los asistentes. El Secretario Técnico elaborará informe anual respecto de los resultados obtenidos derivados de la actuación del Comité y lo presentará al pleno en la Primera Sesión Ordinaria del ejercicio siguiente, debiendo remitir copia a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor. 9.2 DE LA CALIDAD DE LOS MIEMBROS Los miembros del Comité en su calidad de titulares (Presidente, Secretario Ejecutivo, Secretario Técnico y Vocales) tendrán derecho a voz y voto. Los representantes de los miembros del Comité, así como los Invitados que asistan, tendrán derecho a voz pero no a voto. 9.3 DE LOS MECANISMOS DE SUPLENCIA En ausencia del Presidente, el Secretario Ejecutivo tendrá la facultad para presidir las sesiones. En el caso de ausencia de ambos, del Presidente y del Secretario Ejecutivo, se tendrá por cancelada la Sesión.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 55

Los miembros titulares del Comité podrán nombrar a sus representantes, designando, de preferencia al Servidor Público jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas. En ausencia de los miembros titulares del Comité, los suplentes asumirán las facultades, funciones y responsabilidades que a los primeros correspondan. Los representantes serán copartícipes y corresponsables en las decisiones y acciones tomadas por el Comité. Cuando asista el representante y se incorpore también el titular, el suplente podrá seguir participando en la sesión en la calidad que le corresponda, pero solo con derecho a voz. 9.4 DEL PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN En las Sesiones del Comité se observará formal y cabalmente el siguiente procedimiento: Los miembros presentes registrarán su asistencia en una lista que contenga los siguientes datos: Número y fecha de la sesión, nombre y firma del funcionario que asiste, cargo y área que representa, calidad con la que asiste, El Secretario Ejecutivo levantará acta de la sesión, en la que se registrarán todas y cada una de las consideraciones vertidas, así como los acuerdos. En el caso de receso de la sesión por causas ajenas y esta se continúe el mismo día, se levantará una sola acta en la que consten de las causas de éste. En el caso de que sea necesario continuar con la sesión otro día, se levantará acta por cada una de las reuniones del Comité, en las que se asentará el motivo por el cual se hizo necesario continuar la sesión en día distinto al establecido. En el caso de que la sesión no pueda llevarse a cabo por circunstancias excepcionales o casos no previstos, el Secretario Ejecutivo del Comité notificará por escrito la fecha de realización de la sesión, asentando en el acta respectiva las causas que dieron lugar a su diferimiento. Quien presida la sesión, será el único facultado para conducir las sesiones y establecer el formato de participación y exposiciones de los miembros del Comité. Las propuestas de asuntos, deberán hacerse en forma individual y ser presentadas al Secretario Ejecutivo, presentando, en su caso, antecedentes, justificación, fundamento legal. Una vez incluidas en el Orden del Día, serán objeto de análisis, evaluación y deliberación por parte de los miembros del Comité, quienes aportarán su opinión y, en su caso, propuesta de solución o mejora. Quien presida la sesión, es el único facultado para compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas, acuerdos que se suscriban en las sesiones. Sólo mediante consenso del propio Comité, los acuerdos podrán suspenderse, modificarse o cancelarse. Una vez desahogados todos los puntos del orden del día, y registrados los hechos, opiniones y acuerdos, se procederá a declarar formalmente terminada la sesión para efectos de registrar en el acta la hora en que termina. Solamente podrán tratarse los asuntos que se hubieren incluido y aprobado en el orden del día de la sesión. El Secretario Ejecutivo consignará en el acta con toda claridad y precisión los acuerdos tomados por el Comité. El Secretario ejecutivo deberá remitir para su análisis u observaciones y, en su caso, para su firma, el acta de la sesión respectiva dentro de los 3 días hábiles posteriores a su celebración. Los participantes en las sesiones cuentan con 2 días hábiles posteriores a la recepción del acta, para devolver las observaciones y comentarios o, en su caso, el acta debidamente firmada. En el caso de que no remitan ninguna observación o aclaración, en el plazo antes mencionado se entenderá como aprobado su contenido. El Secretario Ejecutivo deberá anexar al orden del día y a la documentación de las sesiones, copia del acta de la sesión inmediata anterior, debidamente validada y de las observaciones que en su caso hubiere recibido de los participantes. El Secretario Técnico informará a los miembros del desahogo de los acuerdos.

56 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese el presente Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos en Gaceta Oficial del Distrito Federal. Segundo. El presente Manual Específico de Operación del Comité Técnico Interno de Administración de Documentos entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

México, Distrito Federal, 18 de Febrero de 2009.

(Firma)

Lic. N. René Aridjis Vázquez Director General de Desarrollo Delegacional

Administración Pública del Distrito Federal Delegación Iztacalco

Dirección General de Obras, Servicios y Desarrollo Urbano Programa de Obra Pública

En cumplimiento a lo señalado en el articulo 21 de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal se pone a disposición de los interesados el Programa Anual de Obra Publica de la Delegación Iztacalco.

Ejercicio 2009

No. O b r a Unidad de medida Cantidad Monto Autorizado

1 CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL DELEGACIONALES. PERSONA 1,425 3,140,860.00

2 CONSTRUCCIÓN DELEGACIONAL DE INFRAESTRUCTURA DE DESARROLLO SOCIAL. PROYECTO 1 738,305.00

3 MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DESCONCENTRADA DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL. PROYECTO 13 7,486,334.00

4 PROGRAMA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO DE ESCUELAS. PROYECTO 1 35,954,317.00

5 AMPLIACIÓN DELEGACIONAL DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL DESCONCENTRADA. PROYECTO 1 1,602,780.00

6 MANTENIMIENTO DESCONCENTRADO DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL. PROYECTO 12 3,738,055.007 MANTENIMIENTO DESCONCENTRADO DE ESPACIOS DEPORTIVOS. PROYECTO 1 1,378,209.008 AMPLIACIÓN DELEGACIONAL DE INFRAESTRUCTURA CULTURAL DEPORTIVA. PROYECTO 1 2,190,644.009 CONSERVACIÓN DELEGACIONAL DE IMAGEN URBANA. ACCIÓN 8 1,143,864.00

10 PROGRAMAS DELEGACIONALES DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA URBANA. PROYECTO 1 1,306,000.00

11 PROGRAMAS DELEGACIONALES DE RENOVACIÓN DE BANQUETAS. M2 22,681 9,396,000.0012 MANTENIMIENTO DE CARPETA ASFÁLTICA EN RED SECUNDARIA. M2 34,700 13,145,987.00

13 PROGRAMAS DESCONCENTRADOS DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA DE AGUA POTABLE. PROYECTO 1 5,874,765.00

14 PROGRAMAS DELEGACIONALES DE MANTENIMIENTO AL SISTEMA DE DRENAJE. PROYECTO 1 5,127,317.00

15 ATENCIÓN DELEGACIONAL DEL SISTEMA DE MERCADOS PÚBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL. ---------------- ------------ 5,950,684.00

16 AMPLIACIÓN DELEGACIONAL DE INFRAESTRUCTURA COMERCIAL PÚBLICA. OBRA 1 13,113,719.00

17 MANTENIMIENTO DELEGACIONAL DE INFRAESTRUCTURA COMERCIAL PÚBLICA. OBRA 19 8,293,015.00

Inversion total : $119,580,855.00 Nota: Estas obras se realizaran en el perímetro delegacional, conforme al citado artículo, este documento es de carácter informativo y no implica compromiso alguno de contratación y podrá modificarse, adicionarse, diferirse o cancelar sin responsabilidad para el Gobierno del Distrito Federal.

México, Distrito Federal 25 de Febrero de 2009 (Firma)

C. Martín Ortega Villanueva Director General de Obras, Servicios y Desarrollo Urbano

58 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DELEGACIONAL DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009. C. Gabriela Cuevas Barron, Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en los artículos 87, 112, segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 32, 33 y 35 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y 501, 501-A, 502-A, 502-B, 502-C del Código Financiero del Distrito Federal 2009 y

CONSIDERANDO Que la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y su Reglamento, respecto de los programas destinados al desarrollo social, requiere, lineamientos y mecanismos de operación en los que se incluya, al menos: “La dependencia o entidad responsable del programa; los objetivos y alcances; sus metas físicas; su programación presupuestal; los requisitos y procedimientos de acceso; los procedimientos de instrumentación; el procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; los mecanismos de exigibilidad; los mecanismos de evaluación y los indicadores; las formas de participación social y la articulación con otros programas sociales”. Que por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo, establece los lineamientos y mecanismos de operación del siguiente programa social: Nombre del Programa: Recorridos Turisticos

a) Responsable del Programa Dirección Geneal de Desarrollo Delegacional / Direccion de Empleo, Desarrollo Económico e Inversiones a través de la Jefatura de Unidad Departamental de Turismo.

b) Objetivos y Alcances: Fomentar el Turismo Social, mediante recorridos turísticos, culturales o de diversión para quienes por razones económicas, sociales o culturales no tienen acceso a disfrutar del patrimonio cultural y los servicios turísticos.

c) Metas Físicas 2009 300 Recorridos a diferentes sitios de interés turístico y cultural del Distrito Federal.

d) Temporalidad Enero a Diciembre

e) Programa presupuestal (partida presupuestal 4105) $697,000.00 (Seiscientos mil novecientos noventa y siete pesos 00/100)

f) Requisitos y procedimientos de acceso al programa

• Solicitud por escrito de la Institución Educativa Pública, así como Instituciones Sociales y de Asistencia sin fines de lucro, mediante un oficio dirigido al Área de Turismo de la Delegación con quince días naturales de anticipación a la fecha programada. (Será obligatorio la presentación de credenciales y/o gafetes de cada uno de los asistentes.)

• Listado de asistentes. • Grupos de 35 personas mínimo y 45 máximos por autobús. • Solicitud a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) al menos con 15 días de anticipación al

recorrido. Nota: Para garantizar el acceso al programa con perspectiva de género, se establecerán horarios preferenciales para mujeres trabajadoras y adultos mayores.

g) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 59

El procedimiento de queja o inconformidad se realiza a través de los siguientes medios:

• Portal informativo Delegacional “Quejanet” www.miguelhidalgo.gob.mx • Servicio de telefonía gratuita (Call Center) 01800 00 24827 eligiendo el servicio de quejas, sugerencias, información y

orientación vía telefónica. • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional. • Ventanilla Única. • Miércoles Ciudadano. • Recorridos Vecinales. • Formato encuesta de opinión que se aplica al término de cada recorrido turístico. • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo.

Procede la queja ciudadana en contra de los actos de los servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

h) Mecanismos de Evaluación y los indicadores El programa se encuentra certificado bajo las cláusulas de la norma ISO9001:2000 por lo cual su desempeño es evaluado mediante los siguientes indicadores: Satisfacción del usuario mediante el llenado del formato encuesta de opinión que se aplica al término de cada recorrido turístico. Eficiencia, mediante el análisis del número de recorridos realizados contra número de recorridos solicitados. Eficacia mediante el análisis de las encuestas realizadas a los asistentes de los recorridos.

i) Formas de participación social

• Miércoles Ciudadano • Fin de Semana en Miguel Hidalgo • Brigadas en diferentes colonias • Promoción del Unidad Departamental de Turismo.

j) Articulación con otros programas sociales

Este programa no se encuentra vinculado con otros Programas Sociales

k) Evaluaciones Por medio de encuestas de satisfacción, realizadas al final de cada recorrido se determinará la importancia de continuar periodicamente con estas actividades que coadyuvarán a la ampliacion cultural y educativa de la población beneficiada.

l) Consideraciones Finales El incumplimiento de este programa se podrá dar en virtud de la oportunidad y suficiencia de los recursos asignados así como de la falta de solicitudes ciudadanas para este programa. El cumplimento del presente programa puede modificarse, debido a que pueden existir niños o niñas que cambian de plantel educativo, o bien existe la posibilidad de que niños y niñas de otras entidades o delegaciones se inscriban en los asentados en la circunscripción territorial de Miguel Hidalgo. “Este programa es de carácter público no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el D.F. será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.

Gabriela Cuevas Barron

(Firma) Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo

60 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009. C. Gabriela Cuevas Barron, Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en los artículos 87, 112, segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 32, 33 y 35 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y 501, 501-A, 502-A, 502-B, 502-C del Código Financiero del Distrito Federal 2009 y

CONSIDERANDO Que la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y su Reglamento, respecto de los programas destinados al desarrollo social, requiere, lineamientos y mecanismos de operación en los que se incluya, al menos: “La dependencia o entidad responsable del programa; los objetivos y alcances; sus metas físicas; su programación presupuestal; los requisitos y procedimientos de acceso; los procedimientos de instrumentación; el procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; los mecanismos de exigibilidad; los mecanismos de evaluación y los indicadores; las formas de participación social y la articulación con otros programas sociales”. Que por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo, establece los lineamientos y mecanismos de operación de los programas sociales siguientes: Nombre del Programa: Servicios de orientación. a) Unidad responsable del programa Dirección General de Desarrollo Social b) Objetivos y alcances Objetivos. Contribuir a construir una sociedad con pleno goce de sus derechos económicos, sociales y culturales. Alcances. Coadyuvar en la promoción de acciones encaminadas a elevar el nivel de vida de la población a través de orientaciones en materia social y legal, las cuales se llevarán a cabo en las instalaciones delegacionales o en jornadas especiales, en este último caso, se proveerá de ayudas en especie con la entrega de un box lounch a los asistentes c) Metas físicas 2009: 2 ferias de salud/ personas aproximadas a beneficiar 3600 d) Monto por beneficiario. $ 71.01 (Setenta y un pesos 01/100 M.N.) e) Temporalidad. Más de cuatro jornadas de marzo a noviembre de 2009 f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 255,655.00 (Doscientos cincuenta y cinco mil seiscientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa: El acceso es abierto y gratuito mediante convocatoria a participar en las jornadas. También se podrá solicitar la orientación requerida a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana, ubicado en Parque Lira número 94, primer piso, colonia Observatorio. h) Procedimientos de instrumentación.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 61

El desarrollo y aplicación de este programa se basa en la demanda ciudadana y en acercar a la población que vive principalmente en las colonias con marginación socioeconómica, los servicios de orientación. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección. •

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad.

• Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Ley de Cultura Cívica para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Persona Adultas Mayores para el Distrito Federal. • Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar. • Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal. • Ley de las y los Jóvenes en el Distrito Federal. • Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

• Número de orientaciones proyectadas entre el número de orientaciones realizadas. l) Formas de participación social. Las formas de participación y coordinación intergubernamental se realizan fundamentalmente con personas morales en especial caso con asociaciones civiles como es el caso de Alianza Cívica, A.C m) Articulación con otros programas sociales La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Atención a la violencia intrafamiliar. • Programas de desarrollo social y comunitario. • Salud Integral. • Apoyo escolar.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social.

62 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

o) Consideraciones finales. Existen variables y variantes no controlables en la ejecución de este programa, como es el caso de la asistencia de la ciudadanía a las jornadas, o bien, puede también cambiar el número de jornadas o la ubicación de las mismas, ya que estas están supeditadas a la demanda ciudadana. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Promoción de equidad de género. a) Unidad rresponsable del programa Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Social y Servicios Educativos. b) Objetivos y alcances Objetivos. Promover la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres, al tiempo de generar la integralidad de los Derechos Humanos como mecanismo para lograr la equidad de género. Alcances. Promover los derechos de las mujeres a través de eventos, talleres y pláticas c) Metas físicas 2009: 3 acciones/ personas beneficiadas 660 d) Monto por beneficiario. $ 21.81 (Veintiún pesos 81/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 e) Temporalidad. Más de cuatro eventos de marzo a noviembre de 2009 f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 14,400.00 (Catorce mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa: El acceso es abierto y gratuito mediante convocatoria a participar en los eventos, talleres y demás acciones realizadas para alcanzar la equidad de género. h) Procedimientos de instrumentación. El desarrollo y aplicación de este programa se basa en el trabajo realizado en campo por personal adscrito a la Subdirección de Servicios Sociales y Comunitarios y/o a solicitud expresa de la comunidad. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 63

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad.

• Ley del Educación del Distrito Federal. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Ley de Cultura Cívica para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Persona Adultas Mayores para el Distrito Federal. • Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar. • Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal. • Ley de las y los Jóvenes en el Distrito Federal. • Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

Número de talleres, eventos o pláticas proyectadas entre el número de talleres, eventos o pláticas realizadas. l) Formas de participación social. Las formas de participación se realizan con personas morales en especial caso con asociaciones civiles como es el caso de Equidad de Género, Ciudadanía, Trabajo y Familia A.C., CALMECAC Alianza ciudadana AC m) Articulación con otros programas sociales: La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Atención a la violencia intrafamiliar. • Apoyos alimenticios complementarios en educación básica. • Programas de desarrollo social y comunitario. • Gestión de centros deportivos. • Salud Integral • Apoyo escolar. • Programas de cultura

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. Existen variables y variantes no controlables en la ejecución de este programa, como es el caso de la asistencia de la ciudadanía a los talleres, pláticas y eventos. Esto se debe fundamentalmente a que las actividades están sujetas al interés y participación de las personas a quienes se dirigen este programa. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas.

64 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Nombre del Programa: Centros de desarrollo infantil. a) Unidad rresponsable del programa:

Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Social y Servicios Educativos. b) Objetivos y alcances: Objetivos. Promover el desarrollo de las capacidades físicas, afectivo-sociales y cognoscitivas de niñas y niños de 1 año 7 meses hasta 5 años 11 meses, dentro de un ambiente de relaciones humanas que le permita adquirir autonomía y confianza. Alcances. Proporcionar una alimentación balanceada, atención médica, psicológica y educativa, además de diversas actividades culturales a 1400 niñas y niños en dieciocho Centros de Desarrollo Infantil, para lo cual se proporcionará ayudas en especie que ayude a los menores a desarrollar sus capacidades físicas, afectivo-sociales y cognoscitivas. c) Metas físicas 2009: 1400 niñ@s d) Monto por beneficiario. $ 20.00 (Veinte pesos 00/100 M.N.) e) Temporalidad. Más de cuatro veces al año de marzo a noviembre de 2009 f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 28,000.00 (Veintiocho mil pesos 00/100M.N.) Partida presupuestal 4105 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa.

Solicitud expresa del padre o tutor, quien debe de presentar la siguiente documentación:

• Acta de Nacimiento del niño. • Cartilla de vacunación. • Cédula de información debidamente llenada. • CURP. • 4 fotografías tamaño infantil del niño o niña, 4 fotografías tamaño infantil de la madre y 4 de las personas autorizadas para

recoger al niño. • Carta patronal y/o recibo de pago de madre o tutor. • IFE de madre o tutor. • Comprobante de domicilio. • Resultados exámenes clínicos.

h) Procedimientos de instrumentación. El desarrollo y aplicación de este programa se basa en la consideración de las condiciones familiares de los infantes, calificando las necesidades de apoyo a través de la aplicación de distintas metodologías psicomédicas. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 65

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad.

• Ley del Educación del Distrito Federal. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Mecanismos de evaluación y los indicadores.

• Número de niños y niñas inscritos en Centros de Desarrollo Infantil entre el número de niños y niñas atendidos l) Formas de participación social. Las formas de participación se realizan fundamentalmente con la Asociación de Padres de Familia de cada Centro de Desarrollo Infantil m) Articulación con otros programas sociales.

• Atención a la violencia intrafamiliar. • Gestión de centros deportivos. • Apoyo a la salud. • Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Apoyo a la juventud. • Servicios complementarios a personas con discapacidad. • Fomento a la cultura. • Programas de desarrollo social y comunitario.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. La atención brindada se tasa por la capacidad de cobertura que existe en cada CENDI, la cual es de 1400 lugares. Sin embargo, existen variables y variantes no controlables en la ejecución de este programa, debido a la movilidad de niños y niñas, ya que muchos de ellos no los reinscriben sus padres por diversas circunstancias. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Atención a la violencia intrafamiliar. a) Unidad responsable del programa.

66 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Social y Servicios Educativos. b) Objetivos y alcances Objetivos. Prevenir y disminuir la violencia física y emocional en los núcleos familiares a través del fomento del respeto entre parejas, padres, hijos, hermanos y familias Alcances. Contrarrestar las secuelas de la violencia intrafamiliar a través de la sensibilización de los miembros de aquellos núcleos familiares que tienen esta problemática, para lo cual se generarán acciones y eventos en el que se traten tópicos enfocados a la nocividad de estos actos, proporcionando box lunch a los y las asistentes. c) Metas físicas 2009: 6 eventos / 660 personas a beneficiar. d) Monto por beneficiario. $ 192,36 (Ciento noventa y dos mil pesos 36/100 M.N.) e) Temporalidad. Más de cuatro eventos de marzo a noviembre de 2009 f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 126,960.00 (Ciento veintiséis mil novecientos sesenta pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa: El acceso es abierto y gratuito mediante convocatoria a participar en los eventos realizados para erradicar la problemática derivada del maltrato hacia las mujeres, niñas y niños. h) Procedimientos de instrumentación. El desarrollo y aplicación de este programa se basa en el trabajo realizado en campo por personal adscrito a la Subdirección de Servicios Sociales y Comunitarios o a solicitud expresa de la mujer maltratada. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad.

• Ley del Educación del Distrito Federal.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 67

• Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009. • De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere

indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento.

k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

• Número de eventos proyectados entre el número de eventos realizados. l) Formas de participación social. Las formas de participación y coordinación intergubernamental se realizan fundamentalmente con PGJ-DF, Secretaria de Seguridad Pública,IMUJERES Miguel Hidalgo, UAPVIF, además con la Asociación Mexicana Contra la Violencia a las Mujeres, A.C. (COVAC) m) Articulación con otros programas sociales. La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Apoyos alimenticios complementarios en educación básica. • Programas de desarrollo social y comunitario. • Gestión de centros deportivos. • Programas de apoyo a la salud. • Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Servicios de apoyo social a personas adultas mayores. • Servicios complementarios a personas con discapacidad. • Programas de cultura.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. Existen variables y variantes no controlables en la ejecución de este programa, como es el caso de la asistencia de la ciudadanía a los eventos, o bien, puede también cambiar el número de eventos o la ubicación de las mismos, en virtud de que estas tareas están supeditadas a la demanda ciudadana, por lo que el apoyo conferido puede ser sujeto a cambios. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Servicios de apoyo social a adultos mayores. a) Unidad responsable del programa Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Social y Servicios Educativos. b) Objetivos y alcances Objetivos. Contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas de la tercera edad. Alcances. Generar eventos, talleres, pláticas, paseos recreativos y culturales enfocadas a impulsar el desarrollo físico, mental, e intelectual de los adultos mayores para que accedan a una vida más plena, recibiendo siempre el apoyo y respeto por parte de la sociedad. c) Metas físicas 2009:

68 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

3 acciones / 2000 personas a beneficiar. d) Monto por beneficiario. $ 72.00 (Setenta y dos mil pesos 36/100 M.N.) e) Temporalidad. Más de cuatro eventos y/o paseos recreativos y culturales de marzo a noviembre de 2009 f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 144,000.00 (Ciento cuarenta y cuatro mil pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa: Tener más de 60 años de edad para participar en los eventos, talleres, pláticas paseos culturales que se realizarán previa convocatoria. h) Procedimientos de instrumentación. El desarrollo y aplicación de este programa se basa en el trabajo realizado en campo, por personal adscrito la Subdirección de Servicios Sociales y Comunitarios, y por la presentación de demandas vecinales captadas a través del Centro de Atención a la demanda ciudadana que permiten detectar y brindar apoyo a las personas con capacidades diferentes. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad.

• Ley de los Derechos de las Persona Adultas Mayores. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de Salud para el Distrito Federal. • Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal. • Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito .Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

• Número de personas proyectadas entre el número de personas beneficiadas. l) Formas de participación social.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 69

Las formas de participación y coordinación intergubernamental se realizan fundamentalmente con DIF-DF "XLlXL", Secretaría de Salud del Distrito Federal, Jurisdicción Sanitaria en Miguel Hidalgo, Procuraduría Social del Distrito Federal, Sistema de Desarrollo Integral de la Familia en el Distrito Federal, y por distintas ciudadanas con más de 60 años de edad, quienes forman parte de diversas comisiones del “Consejo de Adultos Mayores” m) Articulación con otros programas sociales. La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Apoyos alimenticios complementarios en educación básica. • Programas de desarrollo social y comunitario. • Gestión de centros deportivos. • Programas de apoyo a la salud. • Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Servicios complementarios a personas con discapacidad. • Programas de cultura.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. Existen variables y variantes no controlables en la ejecución de este programa, como es el caso de la asistencia de la ciudadanía a los eventos y paseos, o bien, puede también cambiar el número de eventos o la ubicación de las mismos, ya que estos dependen de las peticiones ciudadanas, por lo que el apoyo conferido puede ser sujeto a cambios. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Servicios complementarios a personas con discapacidad. a) Responsable del Programa:

Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Social y Servicios Educativos. b) Objetivos y alcances Objetivos. Promover y fortalecer el desarrollo de las personas con discapacidad para facilitar su integración plena en todos los ámbitos de la vida Alcances. Impulsar la equidad e igualdad de oportunidades a través de mejores alternativas, capacitación, recreación, entretenimiento, calidad de servicios y espacios. Asimismo se realizaran concursos de distinta índole para fomentar el desarrollo social de las personas con capacidades diferentes en donde se otorgará una medalla a los primeros lugares de las diversas competencias a realizar. c) Metas físicas 2009: 3 acciones / 200 personas a beneficiar. d) Monto por beneficiario.

$ 135.07 (Ciento treinta y cinco pesos 07/100 M.N.) e) Temporalidad. Más de dos eventos de marzo a diciembre de 2009

70 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 27,014.00 (Veintisiete mil catorce pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4107 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa: Ser una persona con capacidades diferentes y residir en la Delegación Miguel Hidalgo. h) Procedimientos de instrumentación. El desarrollo y aplicación de este programa se basa en el trabajo realizado en campo, por personal adscrito la Subdirección de Servicios Sociales y Comunitarios, y por la presentación de demandas vecinales captadas a través del Centro de Atención a la demanda ciudadana que permiten detectar y brindar apoyo a las personas con capacidades diferentes. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad:

• Ley de los Derechos de las Persona Adultas Mayores. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de Salud para el Distrito Federal. • Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal. • Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

• Número de personas proyectadas entre el número de personas beneficiadas. l) Formas de participación social. Las formas de participación y coordinación intergubernamental se realizan fundamentalmente con Secretaría de Salud del Distrito Federal, Jurisdicción Sanitaria en Miguel Hidalgo, Procuraduría Social del Distrito Federal, Sistema de Desarrollo Integral de la Familia en el Distrito Federal, así como por la Fundación El Hogar del Ciego. m) Articulación con otros programas sociales. La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Apoyos alimenticios complementarios en educación básica. • Programas de desarrollo social y comunitario.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 71

• Gestión de centros deportivos. • Programas de apoyo a la salud. • Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Programas de cultura.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. Existen variables y variantes no controlables en la ejecución de este programa, como es el caso de la asistencia de la ciudadanía a los eventos. También pueden existir cambios en el número de eventos, en virtud de que estas tareas están supeditadas a la demanda ciudadana, por lo que el apoyo conferido puede ser sujeto a cambios. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Apoyos alimenticios complementarios en educación básica. a) Responsable del Programa: Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Social y Servicios Educativos. b) Objetivos y alcances Objetivos. Impulsar el desarrollo educativo de los niños y niñas que viven en condiciones de vulnerabilidad y continúen con sus estudios básicos y se evite la deserción. Alcances. Otorgar 500 despensas y becas a los educandos que realicen sus estudios en escuelas públicas dentro de la jurisdicción territorial en Miguel Hidalgo, con el fin de impulsar el desarrollo educativo de aquellos niños y niñas con vulnerabilidad social y escasa capacidad económica, para que en un futuro inmediato sean personas que tengan mayores oportunidades de desarrollo y puedan ser la solución no sólo de sus propios problemas, sino también de aquellos que se presentan y enfrentan en el conglomerado social.

c) Metas físicas 2009: 400 Personas d) Monto por beneficiario. $ 4,313.25 (Cuatro mil trescientos trece pesos 25/100) d) Temporalidad. Se entregará una beca y una despensa bimestralmente durante el 2009 e) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 1’725,289.00 (Un millón setecientos veinticinco mil doscientos ochenta y nueve pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 f) Requisitos y procedimientos de acceso al programa: I. Para los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) se proporcionarán 150 becas para lo cual se tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:

72 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

• Estar inscritos en alguno de los dieciocho CENDI, que administra la Delegación Miguel Hidalgo. • Cursar al momento de solicitar la beca, maternal 1 y 2 ó preescolar 1 y 2. • Ser residente de la Delegación. (Comprobante de domicilio vigente) • Acta de Nacimiento del niño o niña. • Certificado médico. • Tener escasa capacidad económica. (Estudio socioeconómico). • Comprobante de ingresos. • Credencial de elector del padre, madre o tutor.

II. Para los Centros de Atención Múltiple (CAM) se proporcionarán 23 becas para lo cual se tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:

• Estar inscritos en alguno de los CAM ubicados en el perímetro delegacional y que presenta temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, intelectuales, o sensoriales que le limitan realizar una actividad normal

• Ser residente de la Delegación. (Comprobante de domicilio vigente) • Preferentemente ser hijo de madre o padre soltero. • Tener escasa capacidad económica. (Estudio socioeconómico). • Comprobante de ingresos. • Acta de Nacimiento del niño, niña o joven. • Credencial de elector del padre, madre o tutor.

III. Para las Primarias se proporcionarán 247 becas para lo cual se tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:

• Estar estudiando en alguna de las escuelas primarias públicas inscritas al programa de apoyo escolar que se ha otorgado en ejercicios fiscales anteriores.

• Cursar al momento de solicitar la beca, 1ero., 2do., 3er., 4to., o 5to. grado. • Ser residente de la Delegación. (Comprobante de domicilio vigente) • Preferentemente ser hijo de madre o padre soltero. • Tener escasa capacidad económica. (Estudio socioeconómico). • Comprobante de ingresos. • Acta de Nacimiento del niño o niña • Certificado médico. • Credencial de elector del padre, madre o tutor • Mantener un mínimo de calificación 8.4, a excepción del primer año, en cuyos casos se evaluará el desempeño académico. • Boleta de calificaciones.

IV. Para las Secundarias se proporcionarán 80 becas para lo cual se tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:

• Estar inscritos en alguna de las escuelas primarias públicas inscritas al programa de apoyo escolar que se ha otorgado en ejercicios fiscales anteriores.

• Cursar al momento de solicitar la beca, 1ero. ó 2do. grado. • Ser residente de la Delegación. (Comprobante de domicilio vigente) • Preferentemente ser hijo de madre o padre soltero. • Tener escasa capacidad económica. (Estudio socioeconómico). • Comprobante de ingresos. • Acta de Nacimiento del educando. • Certificado médico. • Credencial de elector del padre, madre o tutor • Tener un promedio mayor a 6.5 • Boleta de calificaciones.

En caso de que la cobertura de alumnos, de CENDI, de CAM, de Primarias y/o Secundarias, sea mayor al número de becas a entregar, y estos con los requisitos para ser apoyados, se realizará un sorteo para determinar la persona a beneficiar. Este sorteo se hará en presencia de padres de familia, directivos de los planteles educativos, funcionarios de la Dirección de Desarrollo Social y Servicios Educativos, así como por personal de la Contraloría Interna en Miguel Hidalgo a quines se les invitará para que en el marco de sus atribuciones constaten que el proceso se desarrolle de acuerdo a los mecanismos de operación. g) Procedimientos de instrumentación.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 73

La desarrollo y aplicación de este programa se basa en la consideración de las condiciones familiares del becado, calificando las necesidades de apoyo a través de la aplicación de distintas metodologías socioeconómicas para proporcionarles una beca bimestral durante todo el año. h) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del DF, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. i) Mecanismos de exigibilidad:

• Ley del Educación del Distrito Federal. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal. • Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. j) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

• Número de becas y despensas proyectadas entre el número de becas y despensas entregadas. k) Formas de participación social. Asociación de Padres de Familia de cada una de lasa escuelas en donde se aplica el programa. l) Articulación con otros programas sociales La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Atención a la violencia intrafamiliar. • Programas de desarrollo social y comunitario. • Gestión de centros deportivos. • Programas de apoyo a la salud. • Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Programas de apoyo a la juventud. • Servicios complementarios a personas con discapacidad. • Programas de cultura.

m) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social.

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n) Consideraciones finales. Existen variables y variantes no controlables en la ejecución de este programa, como es el caso en donde el beneficiario(a) cambien de plantel educativo. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Desarrollo social y comunitario. a) Unidad responsable del programa. Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Social y Servicios Educativos. b) Objetivos y alcances. Objetivos. Contribuir a minimizar la desigualdad social a través de la construcción de acciones encaminadas a fortalecer la equidad social y el desarrollo comunitario. Alcances. Elevar las expectativas de bienestar humano, social y comunitario, sobre todo de los niños y niñas que se encuentran cursando la educación preescolar y la primaria en escuelas públicas, para lo cual se proporcionaran 55,744 pares de zapatos tenis, para estimular la práctica de la educación física, ya que éste es un eficaz instrumento de pedagogía que ayuda a desarrollar las cualidades básicas del hombre como unidad bio-sico-social. Contribuir al desarrollo social y comunitario a través de la realización de eventos, concursos, exposiciones o certámenes enfocados a la promoción de los derechos sociales, premiando con medallas a los primeros lugares. c) Metas físicas 2009. 55,744 Personas beneficiadas con la entrega de zapatos tenis. 1, 880 Personas beneficiadas con el otorgamiento de medallas. d) Monto por beneficiario.

$ 159.00 (costo del par del zapatos tenis para niños y niñas de nivel primaria) $ 129.00 (costo del par de zapatos para Centros de Desarrollo Infantil) $ 53.76 (Cincuenta y tres mil pesos 76/100 M.N) (pre y premios)

e) Temporalidad. Entrega de tenis: Una vez al año. Premios: Cada vez que se realice eventos, concursos, exposiciones o certámenes f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado.

$ 8’317,774.00 (Ocho millones trescientos diecisiete mil setecientos setenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105

$ 101,081.00 (Ciento un mil ochenta y un pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4107 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa. Para el otorgamiento de zapatos tenis se considera la equidad de género, es decir, se realizan acciones sin discriminación, con valores de universalidad y de igualdad entre niñas y niños, para lo cual se debe:

Estar inscritos en alguno de los Centros de Desarrollo Infantil que administra la delegación. Cursar la primaria en escuelas públicas dentro de la jurisdicción territorial de Miguel Hidalgo. Ser residente de la demarcación territorial en Miguel Hidalgo.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 75

Para los eventos, concursos, exposiciones o certámenes se generan mecanismos de igualdad de género, por lo que las acciones se dirigen para mujeres y hombres, sin distinción de raza, sexo o posición social, el único requisito es:

Ser residente de la demarcación territorial en Miguel Hidalgo. h) Procedimientos de instrumentación. El procedimiento para el otorgamiento de zapatos tenis se basa en el padrón de educandos que están inscritos en escuelas primarias y Centros de Desarrollo Infantil, por lo que deberán de comprobar su inscripción a los mismos. En cuanto a la participación de eventos, concursos, exposiciones o certámenes, el acceso es abierto y dirigido al público en general mediante convocatoria a participar en dichas modalidades, las cuales se difundieran principalmente en los distintos centros sociales y culturales que administra la delegación. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del D.F, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad.

• Ley del Educación del Distrito Federal. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

Padrón de niños de escuelas primarias y CENDI entre el número de zapatos tenis entregados. Número de personas que obtuvieron medallas por concursos, certámenes o exposiciones entre el número de medallas entregadas

l) Formas de participación social. Las formas de participación se realizan con personas morales y personalidades de la sociedad civil, empresarial y académica como son los casos de Fundación Preayuda "Origen", Club Rotario, Francesca de Organización Adopte una Obra de Arte, Centros de Integración Juvenil, Oceánica, Grupo CINEMARK, Universidad Tecnológica de México, Universidad del Valle de México, CONALEP, Alianzas Estratégicas, Comunicación y Relaciones Institucionales de TELMEX m) Articulación con otros programas sociales. La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Atención a la violencia intrafamiliar. • Gestión de centros deportivos. • Apoyo a la salud.

76 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

• Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Apoyo a la juventud. • Servicios complementarios a personas con discapacidad. • Fomento a la cultura.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. Existen variables y variantes no controlables en la ejecución de este programa, como es el caso del costo/beneficio de cada niño o niña que es apoyado con calzado deportivo, ya que dependiendo del número de calzado, el costo del mismo variará. Sin embargo, el mencionado en párrafos anteriores representa el coste promedio. De igual manera la plantilla de educando puede variar, ya que pueden existir niños o niñas que cambian de plantel educativo, o bien existe la posibilidad de que niños y niñas de otras entidades o delegaciones se inscriban en las escuelas asentadas en la circunscripción territorial de Miguel Hidalgo. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Programas de apoyo a la salud. a) Responsable del Programa: Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Humano b) Objetivos y alcances Objetivos. Promover dentro de la población de Miguel Hidalgo la prevención de enfermedades Alcances. Proporcionar servicios médicos, pláticas y acciones que coadyuven a crear una cultura del cuidado de salud preventiva, a través de ferias de salud que se desarrollan en las colonias populares de la demarcación con lo que se pretende prevenir y evitar las enfermedades más frecuentes como son: diabetes mellitus, hipertensión, cáncer de mama, cáncer cervicouterino, obesidad, entre otras. Ante este hecho y como medida de alimentación se proporcionaran box lounch a las personas físicas y morales que proporciones algún servicio en las Ferias de Salud.

c) Metas físicas 2009. Ferias de salud 4. d) Monto por beneficiario. $ 404.35 (Cuatrocientos cuatro pesos 35/100 M.N.) e) Temporalidad. 4 veces de marzo a diciembre de 2009. f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 40,435.00 (Cuarenta mil cuatrocientos treinta y cinco pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 77

El programa está abierto para todo el público que acuda a las “Ferias de Salud” h) Procedimientos de instrumentación. La instrumentación del programa se gesta en base a la demanda de asistencia médica que requiera la población y que es externada a través de peticiones ciudadanas. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del D.F, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad:

• Ley de Salud para el Distrito Federal. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal. • Ley de Asistencia e Integración Social para el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

• Número de ferias de salud proyectadas entre el número de ferias de salud realizadas l) Formas de participación social. Las formas de participación se realizan con personas morales y personalidades de la administración pública como son los casos de Centro de Salud Ángel Brioso Vasconcelos, ISSSTE, IMSS, Hospital Español, Hospital de la Mujer, Hospital Escandón, Facultad de Odontología UNITEC, Facultad de Medicina de la Salle, Instituto Nacional de Perinatología, Hospital Ängeles de México, Hospital Infantil Legaria, Escuela de Medicina de la Universidad Anahuac.

m) Articulación con otros programas sociales. La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Atención a la violencia intrafamiliar. • Gestión de centros deportivos. • Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Apoyo a la juventud. • Servicios complementarios a personas con discapacidad. • Fomento a la cultura.

78 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. Pueden existir cambios en el número de ferias de salud, en virtud de que estas tareas están supeditadas a la demanda ciudadana, por lo que el apoyo conferido puede ser sujeto a cambios. En cuanto al apoyo que brindan otras dependencias en la ejecución de las jornadas médicas, también pueden variar en virtud de que estamos sujetos al apoyo externo de las dependencias gubernamentales y demás entes académicos o económicos. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Servicios para personas con problemas de adicción. a) Responsable del Programa: Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Humano b) Objetivos y alcances Objetivos. Informar y prevenir a la comunidad de Miguel Hidalgo sobre las adicciones y los problemas causados por el consumo de sustancias psicotrópicas Alcances. Llevar a cabo concursos bajo diferentes modalidades para niños, niñas y jóvenes con problemas de adicción. Además de operar una campaña de difusión acerca de las sustancias adictivas y los problemas que genera su consumo, principalmente en escuelas secundarias y de educación media superior, con ello se pretende sensibilizar a estos núcleos de población sobre los trastornos que originan los enervantes a la salud y las secuelas que se originan por estas practicas nocivas. c) Metas físicas 2009. Eventos y/o concursos/ personas a beneficiar 300 d) Monto por beneficiario. $ 513.33 (Quinientos trece pesos 33/100 M.N.) e) Temporalidad. 2 veces al año en el perío de marzo a diciembre de 2009. f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado.

$ 54,000.00 (Cincuenta y cuatro mil pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105

$ 100,000.00 (Cien mil pesos mil pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4107 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa. El programa está abierto para todo el público. h) Procedimientos de instrumentación.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 79

La instrumentación del programa se gesta en base a la demanda de asistencia que requiera la población y que es externada a través de peticiones ciudadanas. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del D.F, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad:

• Ley de Salud para el Distrito Federal. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal. • Ley de Asistencia e Integración Social para el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada. Número de eventos o concursos proyectadas entre el número de concursos o eventos realizados

l) Formas de participación social. Las formas de participación se realizan con personas morales y personalidades de la administración pública como son los casos de Fiscal Desconcentrado de la PGJ-DF en Miguel Hidalgo, Unidad Mixta de Atención al Narcomenudeo en Miguel Hidalgo, Centros De Integración Juvenil, Fundación Ama la Vida, Juventud Luz y Esperanza. m) Articulación con otros programas sociales. La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Atención a la violencia intrafamiliar. • Gestión de centros deportivos. • Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Apoyo a la juventud. • Fomento a la cultura.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social.

80 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

o) Consideraciones finales. Pueden existir cambios en el número de eventos y/o concursos, en virtud de que estas tareas están supeditadas a la demanda ciudadana, por lo que el apoyo conferido puede ser sujeto a cambios. De igual manera el número de beneficiarios puede cambiar debido al interés que de la población. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Programas de cultura. a) Responsable del Programa: Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Fomento Cultural b) Objetivos y alcances Objetivos. Promover y difundir entre la población de la Delegación Miguel Hidalgo las distintas manifestaciones artísticas y culturales Alcances. Efectuar 4 concursos para impulsar el desarrollo artístico de los residentes de la demarcación territorial en Miguel Hidalgo, así como realizar eventos y/o paseos culturales como medida de promocionar la cultura nacional.

c) Metas físicas 2009. 10 acciones culturales (concursos y paseos culturales)/ personas a beneficiar 900 d) Monto por beneficiario. $ 387.26 (Trescientos ochenta y siete pesos 26/100 M.N.) e) Temporalidad. Las acciones se realizarán de marzo a diciembre de 2009. f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado.

$ 275,540.00 (Doscientos setenta y cinco mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105

$ 73,000.00 (Setenta y tres mil pesos mil pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4107 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa. El programa está abierto para ciudadanos, asociaciones culturales involucrados con las distintas manifestaciones artísticas y culturales que deseen participar. h) Procedimientos de instrumentación. Publicación de convocatorias abiertas a la comunidad de Miguel Hidalgo, invitándolos a participar en eventos que fomenten el rescate y promoción de las tradiciones mexicanas, bellas artes e historia de la demarcación i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 81

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del D.F, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad:

• Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley del Educación del Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada.

• Número de eventos o concursos proyectados entre el número de concursos o eventos realizados. l) Formas de participación social. Las formas de participación se realizan con personas físicas y morales como son los casos de Altarte, Asociación Mexicana de Arte y Cultura Popular m) Articulación con otros programas sociales. La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Apoyo a la juventud. • Programas de desarrollo social y comunitario. • Servicios de apoyo social a personas adultas mayores. • Servicios complementarios a personas con discapacidad.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. Pueden existir cambios en el número de eventos y/o concursos, en virtud de que estas tareas están supeditadas a la demanda ciudadana, por lo que el apoyo conferido puede ser sujeto a cambios. De igual manera el número de beneficiarios puede cambiar debido al interés que presente la ciudadanía. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. Nombre del Programa: Servicios de apoyo educativo en infraestructura cultural. a) Responsable del Programa: Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Fomento Cultural

82 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

b) Objetivos y alcances Objetivos. Coadyuvar en la consolidación del sistema de derechos sociales asociados a la educación a través del impulso educativo. Alcances. Fortalecer la oferta de actividades en todos los faros del saber y bibliotecas con la finalidad de impulsar el potencial educativo de la población a través de eventos y/o paseos culturales. c) Metas físicas 2009. 84 acciones culturales (eventos y/o paseos culturales)/ personas a beneficiar 2000 d) Monto por beneficiario. $ 180.00 (Ciento ochenta pesos 00/100 M.N.) e) Temporalidad. Las acciones se realizarán de marzo a diciembre de 2009. f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 360,004.00 (Trescientos sesenta mil cuatro pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa. El programa está abierto para niños, niñas, jóvenes y adultos que deseen participar en los distintas modalidades educativas que se imparten para fortalecer la educación. h) Procedimientos de instrumentación. Publicación de convocatorias abiertas a la comunidad de Miguel Hidalgo, invitándolos a participar en eventos y/o paseos que fomenten la educación. i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del D.F, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de exigibilidad:

• Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal. • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. • Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. • Ley del Educación del Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 83

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la persona que se considere indebidamente excluida de este programa social podrá llevar a cabo ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, o a través del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) de conformidad con los artículos 72 y 73 del citado Reglamento. k) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada. Número de eventos o paseos proyectados entre el número de eventos o paseos realizados. l) Formas de participación social. Las formas de participación se realizan con personas físicas y morales como son los casos de padres de familia de escuelas públicas de educación básica. m) Articulación con otros programas sociales. La articulación de este programa se tasa por la acción transversal de otros programas como son:

• Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Apoyo a la juventud. • Programas de desarrollo social y comunitario. • Servicios complementarios a personas con discapacidad. • Apoyo a la juventud.

n) Evaluaciones Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. o) Consideraciones finales. Pueden existir cambios en el número de eventos y/o paseos culturales, en virtud de que estas tareas están supeditadas a la demanda ciudadana, por lo que el apoyo conferido puede ser sujeto a cambios. De igual manera el número de beneficiarios puede cambiar debido al interés que presente la ciudadanía. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas Nombre del Programa: Mantenimiento delegacional de espacios deportivos (Gestión de centros deportivos.) a) Responsable del Programa: Dirección General de Desarrollo Social / Dirección de Desarrollo Humano. b) Objetivos y Alcances:

Objetivos. Impulsar la práctica del deporte en los 12 centros deportivos con que cuenta la Delegación Miguel Hidalgo. Alcances. Brindar apoyo especial a los deportistas que tienen desempeño sobresaliente y que entrenan en alguno de los 12 deportivos con que cuenta la delegación Miguel Hidalgo, a través del otorgamiento en especie de insumos deportivos. c) Metas físicas 2009. 500 personas d) Monto por beneficiario. $ 195.00 (Ciento noventa y cinco pesos 00/100 M.N.)

84 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

e) Temporalidad. Las acciones se realizarán de marzo a diciembre de 2009. f) Otorgamiento presupuestal. Presupuesto asignado. $ 195,000.00 (Ciento noventa y cinco mil pesos 00/100 M.N.) Partida presupuestal 4105 g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa: Solicitud de los deportistas que realizan alguna practica en los distintos centros deportivos administrados por la Delegación Miguel Hidalgo, a través de la Subdirección de Promoción Deportiva o de la Subdirección del Plan Sexenal, además de ser deportistas activos en el ámbito del deporte asociado, estudiantil o promotores del deporte. Participar en Juegos Deportivos del Distrito Federal o en la Olimpiada Nacional Infantil y Juvenil, Elite y Paralímpica, representando a la Delegación Miguel Hidalgo en la disciplina que practica. h) Procedimientos de instrumentación. El desarrollo y aplicación de este programa se basa en los logros y el desempeño de los deportistas sobresalientes de Miguel Hidalgo y su participación en competencias y eventos especiales donde representen a la delegación i) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana. Los procedimientos de queja se dan bajo las siguientes vertientes:

• Portal Informativo Delegacional "Quejanet" www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional, localizado en Parque Lira número 94 primer piso, colonia Observatorio. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana ubicado en Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio. • Miércoles Ciudadano, sito en la Plaza Ciudadana, Parque Lira número 94 planta baja, colonia Observatorio • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo. Av. de los Alpes y Monte Altai, colonia Lomas de Chapultepec V sección

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad. (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del D.F, 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el Artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Indicadores para evaluación de objetivos e impacto en población beneficiada. Número de deportistas proyectados entre el número de deportistas beneficiados. k) Formas de participación social. Asociaciones Deportivas en la Delegación Miguel Hidalgo. l) Articulación con otros programas sociales:

• Promoción de equidad de género. • Atención a la violencia intrafamiliar en delegaciones. • Programas de apoyo a la salud. • Apoyo escolar. • Promoción de la equidad de género. • Servicios complementarios a personas con discapacidad. • Servicios de rehabilitación a personas con adicción. • Programas de cultura. • Programas de apoyo a la juventud.

m) Evaluaciones

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 85

Las modalidades de evaluación se realizan bajo dos vertientes:

• Evaluación Interna. La cual se lleva a cabo a través del Informe de Avances y Resultados, y del Cuadro de Mando Integral de la Delegación Miguel Hidalgo.

• Evaluación Externa. Es la practicada por la Contraloría Interna y la Contraloría Social. n) Consideraciones finales. Pueden existir cambios en el número de deportistas beneficiados, en virtud de que estas tareas están supeditadas a la demanda ciudadana, por lo que el apoyo conferido puede ser sujeto a cambios. Asimismo pueden existir afectaciones presupuestarias derivadas de modificaciones a las metas físicas. “Este programa es de carácter público no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el D.F. será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.

Gabriela Cuevas Barron (Firma)

Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL, A CARGO DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, A TRAVES DE LA COORDINACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009. C. Gabriela Cuevas Barron, Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en los artículos 87, 112, segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 32, 33 y 35 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y 501, 501-A, 502-A, 502-B, 502-C del Código Financiero del Distrito Federal 2009 y

CONSIDERANDO Que la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y su Reglamento, respecto de los programas destinados al desarrollo social, requiere, lineamientos y mecanismos de operación en los que se incluya, al menos: “La dependencia o entidad responsable del programa; los objetivos y alcances; sus metas físicas; su programación presupuestal; los requisitos y procedimientos de acceso; los procedimientos de instrumentación; el procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; los mecanismos de exigibilidad; los mecanismos de evaluación y los indicadores; las formas de participación social y la articulación con otros programas sociales”. Que por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo, establece los lineamientos y mecanismos de operación del siguiente programa social: Nombre del programa: Apoyo a Viviendas 2009

a) Responsable del Programa:

Coordinación de Participación Ciudadana y Gestión Social / Subdirección de Coordinación Territorial Regional.

b) Objetivos:

Dar un mantenimiento necesario a viviendas en condiciones de riesgo, ofreciendo ayuda a los vecinos que así lo requieran, a través de la donación de material.

c) Alcances:

• Seleccionar las viviendas que requieren mayor atención de acuerdo con criterios objetivos. • Difundir los logros que se alcanzan con este programa. • Validar que el material se utilice mediante una carta compromiso que firma el ciudadano donde se compromete a utilizar el

material que se le dona. • Beneficiar al mayor número de personas posible en relación a la meta física 2009 del programa.

86 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

d) Metas Físicas 2009:

1,100 viviendas.

e) Temporalidad:

Enero-Diciembre de 2009.

f) Programa presupuestal (partida presupuestal 4105):

$2,705,285.00 (Dos millones setecientos cinco mil doscientos ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.)

g) Requisitos y procedimientos de acceso al programa:

Solicitud expresa de la persona que requiere donación de material, quien deberá presentar la siguiente documentación:

• Credencial de elector. • Comprobante de domicilio. • Comprobante de ingresos menores a 5 salarios mínimos • Si el ciudadano no cuenta con comprobante de ingresos llenará un formato de Declaración de Percepción de Ingresos

(F16P-CPCGS-01). • Habitar viviendas precarias, vecindades o unidades de interes social que se encuentren en situación de alto riesgo y que

por su condición deteriorada requieran de material de construcción. • Se realizara estudio socioeconómico para dictaminar si el solicitante realmente requiere del apoyo.

h) Perspectiva de género: Acceder a los apoyos otorgados, buscando contribuir a la disminución de la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres.

i) Procedimientos de implementación: El desarrollo y aplicación de este programa se basa en la captación de las demandas ciudadanas a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) de la Delegación o de las Juntas vecinales, que permiten detectar y brindar apoyo a las personas con necesidades de esta ayuda social.

j) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana:

El procedimiento de queja o inconformidad se realiza a través de los siguientes medios:

• Portal informativo Delegacional “Quejanet” www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana. • Ventanilla Única. • Miércoles Ciudadanos. • Recorridos Vecinales. • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo.

Procede la queja ciudadana en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La imposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Art. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del D. F., 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

k) Mecanismos de exigibilidad:

• Código financiero del Distrito Federal • Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 87

• Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2009.

l) Mecanismos de Evaluación y los Indicadores:

Los mecanismos de evaluación se presentan bajo los siguientes instrumentos de control:

• Comité de Control y Auditoria. • Informe de Avances y Resultados. • Cuenta Pública. • Tablero de Control en Miguel Hidalgo. Indicadores: • Cantidad de viviendas atendidas • Cantidad de solicitudes para donación de material para vivienda Periodicidad: • Trimestral • Anual

m) Formas de Participación Social:

• Miércoles Ciudadano • Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) • Reuniones Vecinales • Recorridos Delegacionales • Asambleas Vecinales

n) Articulación con otros programas sociales:

Este programa no se encuentra vinculado con otros programas sociales.

o) Consideraciones finales:

Las presentes Reglas de Operación entrarán en vigor a partir del día siguiente a su publicación en la Gaceta oficial del Distrito Federal Los rezagos en la entrega de apoyos (materiales) que llegaran a existir por causas o factores ajenos al ente público, no implican que la institución incurra deliberadamente en la suspensión de las actividades establecidas en este programa. “Este programa es de carácter público no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el D.F. será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.

Gabriela Cuevas Barron (Firma)

Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL, A CARGO DE LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009. C. Gabriela Cuevas Barron, Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en los artículos 87, 112, segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 32, 33 y 35 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y 501, 501-A, 502-A, 502-B, 502-C del Código Financiero del Distrito Federal 2009 y

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CONSIDERANDO Que la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y su Reglamento, respecto de los programas destinados al desarrollo social, requiere, lineamientos y mecanismos de operación en los que se incluya, al menos: “La dependencia o entidad responsable del programa; los objetivos y alcances; sus metas físicas; su programación presupuestal; los requisitos y procedimientos de acceso; los procedimientos de instrumentación; el procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; los mecanismos de exigibilidad; los mecanismos de evaluación y los indicadores; las formas de participación social y la articulación con otros programas sociales”. Que por lo anterior, la Delegación Miguel Hidalgo, establece los lineamientos y mecanismos de operación del siguiente programa social: Nombre del Programa: Delegación Segura (Lo más Seguro: es Prevenir) a) Responsable del Programa: Coordinación de Seguridad Pública. b) Objetivos y Alcances: Fomentar la cultura de la prevención comunitaria del delito a través de eventos dramatizados, socio dramatizados y animados, que permitan a los grupos más vulnerables obtener información veraz y confiable sobre diversos temas para prevenir delitos y conductas antisociales, propiciar medidas de autoprotección y resolución de conflictos. c) Metas Físicas 2009: 24 Eventos dramatizados, socio dramatizados y/o animados, en cuestiones preventivas. d) Temporalidad El tiempo de duración de este programa es de 12 meses 2 eventos por mes. e) Programa Presupuestal (Partida Presupuestal 4105): $ 674,718.00 (Seiscientos setenta y cuatro mil setecientos dieciocho pesos 00/100 M.N) Partida 4105 f) Requisitos y procedimientos de acceso: El desarrollo y aplicación de este programa se basa en zonas de riesgo, los espacios públicos y educativos con mayor índice delictivo así como del análisis de la demanda ciudadana a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) de la Delegación y de las Juntas Vecinales, en las cuales se reporta falta de seguridad y la necesidad de atender a grupos vulnerables. g) Procedimientos de Instrumentación: Los eventos se programan de acuerdo al índice delictivo registrado en el atlas fenomenológico del delito, criminalidad y por la cantidad de folios que ingresan al CESAC, donde reportan incremento en el índice delictivo, actividades criminógenas, conductas antisociales y por un diagnóstico realizado por personal de la Coordinación de Seguridad Pública, este programa esta dirigido principalmente a jóvenes, niños y grupos mas vulnerables de ambos sexos sin hacer distinción de géneros y en donde se tocan temas como: violencia familiar, prevención de adicciones y medidas de auto protección. Las zonas y colonias donde se programen los eventos, deberán estar dentro del perímetro delegacional. Las personas asistentes a los eventos se registrarán en una lista de asistencia para control interno. h) j ) procedimiento de queja o inconformidad ciudadana: El procedimiento de queja o inconformidad se realiza a través de los siguientes medios:

• Portal Informativo Delegacional “Quejanet” www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana. • Ventanilla Única. • Recorridos Vecinales. • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 89

Procede la queja ciudadana en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Publica de D. F., 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. i) Mecanismos de Exigibilidad:

• Ley de Desarrollo Social. • Ley de Participación Ciudadana. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009. • Índice Delictivo. • Calendario de eventos dramatizados.

j) Indicadores para evaluación de Objetivos:

• Se aplicarán evaluaciones de proceso y de resultados aplicándolo a través de encuestas a la población asistente a cada uno de los eventos programados y se elaborará un reporte mensual.

• En la evaluación de proceso se tomarán en cuenta los eventos que se llevaron a cabo contra los eventos programados, obteniendo la eficiencia.

• En la evaluación de resultados se identificará la percepción que tiene la población beneficiada sobre los talleres proporcionados para combatir la inseguridad.

• La aplicación de estas encuestas será por evento. • Se elaborará una memoria fotográfica y listas de asistencia.

k) Formas de Participación Social:

• Denuncias ciudadanas • Reportes de actos delictivos y / o conductas antisociales • Solicitudes de la ciudadanía a través del CESAC para la programación de dichos eventos.

l) Articulación con otros Programas Sociales: Más Luz más Seguridad. m) Evaluaciones: Las evaluaciones de este programa serán realizadas a través de un cuestionario de satisfacción del ciudadano en el que el asistente proporcionara información referente a la utilidad y beneficios del programa, estas evaluaciones serán aplicadas a todos los asistentes a los eventos dramatizados y/o sociodramatizados y se realizará un reporte por evento. n) Consideraciones finales: El posible incumplimiento de este programa para la aplicación, desarrollo y funcionamiento no es responsabilidad exclusiva de la Coordinación de Seguridad Pública de la Delegación Miguel Hidalgo ya que se encuentra directamente ligado a la demanda ciudadana. Nombre del Programa Delegación Segura (Prevenir, en Buena Medida) a) Unidad responsable del Programa: Coordinación de Seguridad Pública. b) Objetivos y Alcances: Con el fin de propiciar un entorno más seguro, este programa busca disuadir la comisión de Delitos mediante el incremento de iluminación a través de la instalación de luminarias de pared en calles en las cuales el índice de percepción de inseguridad, victimal y delictivo es alto.

90 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Las luminarias se colocan en las fachadas de los domicilios de los vecinos de la Delegación Miguel Hidalgo que lo solicitan, principalmente en colonias donde existe o se ha identificado mayor percepción de inseguridad, victimal y de comisión de conductas antisociales. Tanto las luminarias de fachada como los materiales para su instalación son totalmente gratuitas, el ciudadano solamente cubre el costo del consumo de electricidad y mantenimiento de dicho bien. c) Metas Físicas 2009: 200 Luminarias de pared

d) Montos por beneficiario: El monto por beneficiario es de aproximadamente de 2 luminarias, este monto puede variar de acuerdo al tamaño de las fachadas de los domicilios ya que en ocasiones puede tratarse de una unidad habitacional, un edificio, una escuela o un centro deportivo. e) Temporalidad: El tiempo de duración de este programa es de dos meses de abril a mayo de 2009 f) Programación Presupuestal (Partida Presupuestal 4105): $ 162,242.00 (Ciento sesenta y dos mil doscientos cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.) g) Requisitos y Procedimientos de Acceso al Programa: El acceso al programa es a población abierta atendiendo indistintamente del género y estará definido y aplicado en aquellas zonas y colonias donde el índice de percepción de inseguridad, victimal y delictivo es alto; una vez determinado se procederá a instalar las luminarias de pared en las fachadas de las casas para mejorar la iluminación de las calles. El número de luminarias a instalar por casa no podrá exceder de dos luminarias por fachada salvo las excepciones que determine el personal de la Coordinación de Seguridad Pública, previo diagnóstico, además de que deberá cumplir con todos los requisitos siguientes:

• Requisitar debidamente la solicitud de luminaria • Tramitar el folio ante el Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) • Anexar copia de la credencial de elector • Firma del convenio respectivo

h) Procedimientos de instrumentación: Para el desarrollo y aplicación de este programa, la Coordinación de Seguridad Pública realizará un análisis del índice de percepción de inseguridad, victimal y delictivo que le permitirá determinar qué zonas y qué colonias son las de mayor riesgo y en las que se requiere reforzar la iluminación. Cabe aclarar que la instalación de las luminarias de pared en fachadas es un programa complementario y en ningún momento pretende sustituir las funciones del alumbrado público i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana:

• El procedimiento de queja o inconformidad se realiza a través de los siguientes medios: • Portal Informativo Delegacional “Quejanet” www.miguelhidalgo.gob.mx • Buzón de quejas de Jefatura Delegacional. • Centro de Servicios y Atención Ciudadana. • Ventanilla Única. • Recorridos Vecinales. • Órgano de Control Interno en Miguel Hidalgo.

Procede la queja ciudadana en contra de los actos de los servidores públicos que en ejercicio de sus funciones, incurran en faltas de probidad (Art. 47 fracciones I y V de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos LFRSP). La interposición de la queja se debe presentar ante la Contraloría Interna de la Delegación Miguel Hidalgo, por escrito o de manera verbal. (Arts. 113 fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Publica de D. F., 49 y 60 de la LFRSP). Tratándose de la queja verbal, se levanta un acta circunstanciada a fin de ratificar su dicho. También, el interesado podrá llevar a cabo lo establecido en el artículo 71 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. j) Mecanismos de Exigibilidad:

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• Ley de Desarrollo Social. • Ley de Participación Ciudadana. • Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio Fiscal 2009. • Atlas de fenomenología. • Programación de Entrega. • Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.

k) Mecanismos de Evaluación y los indicadores: El indicador estará enfocado al número de solicitudes de luminarias ingresadas a través del CESAC contra el número de solicitudes atendidas hacia los ciudadanos, lo que nos refleja el porcentaje de atención. (número de solicitudes / número de solicitudes atendidas) = % de atención Si la zona o la colonia donde se solicitó la instalación de la luminaria no es susceptible de la colocación o el ciudadano solicitó luminarias de más de acuerdo al diagnóstico realizado por personal de la Coordinación de Seguridad Pública como lo indican los puntos f) y g) de este apartado, ese folio no podrá ser atendido y se procederá al cierre del mismo. l) Formas de Participación Social: El ciudadano podrá solicitar los beneficios que proporciona este programa a través de los diferentes programas que ha implementado la delegación para tener acceso a ellos y que son:

• Miércoles Ciudadano. • Recorridos Delegacionales. • Asambleas Vecinales. • Casa por Casa. • Atención directa a la ciudadanía en la oficinas de la Coordinación de Seguridad Pública.

m) Articulación con otros Programas Sociales: Enlace inmediato, que es la entrega de alarmas vecinales a los ciudadanos (Prevenir, en Buena Medida). n) Evaluaciones: Para las evaluaciones del programa se tiene contemplado aplicar un cuestionario de satisfacción del ciudadano haciendo referencia a la percepción que tiene el ciudadano de la inseguridad. o) Consideraciones Finales: El posible incumplimiento de este programa para su aplicación, desarrollo y funcionamiento no es responsabilidad exclusiva de la Coordinación de Seguridad Pública de la Delegación Miguel Hidalgo ya que se encuentra directamente ligado a la actitud y compromiso de la participación ciudadana. “Este programa es de carácter público no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el D.F. será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.

Gabriela Cuevas Barron

(Firma) Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo

INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

C.P. Salvador Pérez Briones, Director de Administración y Servicios del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, en cumplimiento a la dispuesto en el artículo 19, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, tengo a bien dar a conocer el siguiente: PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS AÑO 2009

CLAVE: 03PDIV UNIDAD COMPRADORA: INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL

RESUMEN PRESUPUESTAL Importes Capítulo 1000 Servicios Personales $3,102,360.00 Capítulo 2000 Materiales y Suministros $8,735,597.00 Capítulo 3000 Servicios Generales $117,437,667.00 Capítulo 5000 Bienes Muebles e Inmuebles $11,394,499.00

Total $140,670,323.00

Resumen de Procedimiento de Adquisición Programados De conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

Artículo 1 $19,658,203.00 Artículo 30 $39,112,039.00 Artículo 54 $57,412,936.00 Artículo 55 $24,487,145.00

Sumas iguales $140,670,323.00

Transitorios ÚNICO. Publíquese el presente Programa en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. México, Distrito Federal, 17 de febrero de 2009

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL (Firma)

C.P. SALVADOR PÉREZ BRIONES

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 93

CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL

ACUERDO GENERAL NÚMERO 20-08/2009, EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, EN SESIÓN DE FECHA CUATRO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES Y EL PROCEDIMIENTO QUE DEBERÁN OBSERVARSE PARA EL OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE PERMISOS ADMINISTRATIVOS TEMPORALES REVOCABLES, POR LOS CUALES EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, OTORGUE A LOS PARTICULARES EL USO TEMPORAL DE ESPACIOS FÍSICOS EN LOS INMUEBLES QUE TIENE ASIGNADOS En cumplimiento al Acuerdo General 20-08/2009 emitido por el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en sesión ordinaria de fecha 4 de febrero del año en curso, para los efectos legales y administrativos correspondientes, se hace del conocimiento, el contenido de dicho Acuerdo, mismo que en su parte conducente dice: “ACUERDO GENERAL NÚMERO 20-08/2009, EMITIDO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, EN SESIÓN DE FECHA CUATRO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL NUEVE, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES Y EL PROCEDIMIENTO QUE DEBERÁN OBSERVARSE PARA EL OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE PERMISOS ADMINISTRATIVOS TEMPORALES REVOCABLES, POR LOS CUALES EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL, OTORGUE A LOS PARTICULARES EL USO TEMPORAL DE ESPACIOS FÍSICOS EN LOS INMUEBLES QUE TIENE ASIGNADOS. Al margen superior izquierdo el escudo nacional que dice, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL.-MÉXICO.

CONSIDERANDO Que conforme al artículo 122, párrafos quinto y sexto, Apartado C, Base Cuarta, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal tiene a su cargo las funciones de administración, vigilancia y disciplina del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, para cuyo ejercicio cuenta con independencia técnica y de gestión. Que en congruencia con nuestra Carta Magna, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en su artículo 83, párrafo primero, igualmente establece las funciones de administración, vigilancia y disciplina del Consejo de la Judicatura respecto del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Que el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal está facultado para expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y en la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Que la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público del Distrito Federal, reconoce al Gobierno del Distrito Federal, la facultad de dar en uso temporal a particulares que lo soliciten espacios físicos ubicados en los inmuebles que tiene asignados. Que el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal en su calidad de Órgano de Gobierno Local y autoridad del Distrito Federal, cuenta con plena autonomía para administrar los bienes y recursos que le han sido asignados para el cumplimiento de sus funciones y que integran el patrimonio del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, por lo que está facultado para disponer y otorgar en uso temporal a particulares, cuando así lo crea conveniente, espacios físicos ubicados en bienes inmuebles de los cuales ejerza el control, administración y dominio. Que el otorgamiento a particulares del uso temporal de espacios físicos ubicados en los inmuebles a que se refiere el párrafo anterior, debe en todos los casos constar en acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura y comunicarse por escrito al particular, para lo cual se requiere que el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal emita la normatividad respectiva.

94 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Por lo que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 122, párrafo sexto, Apartado C, Base Cuarta, fracciones II y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 83, párrafo quinto, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 195 y 200, párrafo primero, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; y, 3 y 10, fracciones I, XIX, XXXI y XXXVIII, del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, se emite el presente

ACUERDO

CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales

Artículo 1.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos generales a que deberá sujetarse el otorgamiento y prórroga de permisos administrativos temporales revocables, a favor de particulares, para el uso temporal de espacios físicos ubicados en los inmuebles integrantes del patrimonio del Distrito Federal, y que le han sido asignados al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal para el cumplimiento de sus funciones, en los cuales ejerce el control, administración y dominio. Artículo 2.- Este Acuerdo es de observancia obligatoria para todos los servidores públicos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal. Artículo 3.- Para los efectos del presente acuerdo se entenderá por: I. Consejo: el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal; II. Espacio físico: la superficie dentro de los inmuebles del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, susceptible de

ser otorgada en uso a particulares, mediante un permiso administrativo temporal revocable; III. Inmueble(s): el o los inmuebles en los que el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal ejerza el control,

administración y dominio, integrantes del patrimonio del Distrito Federal, y que le han sido asignados para el cumplimiento de sus funciones;

IV. Oficialía Mayor: la Oficialía Mayor del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; V. Particulares: toda persona física o moral de derecho privado, que pretenda usar temporalmente uno o mas espacios

físicos de un inmueble del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; VI. Permisionario: el particular titular de un permiso administrativo temporal revocable; VII. Permiso Administrativo: el permiso administrativo temporal revocable, que se otorga para el uso de espacios físicos en

los inmuebles que tiene asignados el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; y

VIII. Tribunal: el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Artículo 4.- Los permisos administrativos que otorgue el Consejo a los particulares para el uso temporal de espacios físicos, estarán sujetos al presente Acuerdo y a las disposiciones y principios generales del derecho administrativo. Artículo 5.-Los espacios físicos que conforme al presente acuerdo sean dados en uso temporal a los particulares, serán destinados a fines lícitos, ya sea para el ejercicio del comercio o para la prestación de algún servicio de carácter social. El Consejo contará con plena libertad de decidir respecto al otorgamiento o no del uso temporal de espacios físicos, debiendo tomar en cuenta para ello los planteamientos contenidos en las solicitudes de los particulares y los beneficios que le representaría al Tribunal, a sus integrantes en su conjunto y, en su caso, a los justiciables, de forma tal que el uso del espacio físico contribuya a la prestación de los servicios públicos a cargo del Tribunal. Artículo 6.- Los permisos administrativos para el uso temporal de espacios físicos, no podrán celebrarse con servidores públicos del Tribunal o del Consejo, ni con personas que tengan parentesco con aquellos en línea recta hasta el cuarto grado, o en forma colateral o por afinidad hasta el segundo grado.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 95

Artículo 7.- Por virtud del presente Acuerdo se delega en el titular de la Oficialía Mayor del Tribunal, la suscripción de los permisos administrativos y demás documentación necesaria para formalizar con los particulares el otorgamiento del uso temporal de espacios físicos.

CAPÍTULO SEGUNDO De los permisos para el uso temporal de espacios físicos

Artículo 8.- El permiso administrativo es un acto unilateral en virtud del cual el Pleno del Consejo otorga a una persona física o moral el uso de un espacio físico. Artículo 9.-En el permiso administrativo deberá establecerse que se trata del otorgamiento del uso temporal de un espacio físico, la denominación del inmueble, en caso de tenerla, y el domicilio en el que se localiza el inmueble, la denominación completa del Tribunal y del Consejo, el número de Acuerdo del Pleno del Consejo en el que se autoriza el otorgamiento del permiso administrativo, así como el nombre completo de los particulares y de sus representantes legales o apoderados, en caso de ser éstos quienes actúen y suscriban la solicitud en representación de aquellos. Se agregará un croquis de la ubicación del inmueble y, en su caso, una descripción del espacio físico dado en uso, que contenga las medidas, linderos y colindancias. Artículo 10.- El permiso administrativo contendrá un apartado en el que se establezca la fecha de la solicitud del particular, los fines para los cuales solicita el uso del espacio físico y las razones por las cuales considera que la actividad a desarrollar en dicho espacio contribuye a la prestación de los servicios a cargo del Tribunal. Asimismo, deberá señalar su domicilio legal y el (los) nombre(s) de la(s) persona(s) que actúa(n) como representante(s). El Tribunal y el Consejo deberán consignar los datos del título de propiedad o instrumento jurídico por virtud del cual le ha sido atribuido el control, administración y dominio del inmueble, consignando los datos relativos al Registro Público de la Propiedad, en caso de haberlos. Artículo 11.- En los permisos administrativos para el uso temporal de espacios físicos, se deberán incluir, al menos, condiciones relativas a los siguientes aspectos: I. Objeto del permiso administrativo, especificando el uso y destino que habrá de darse al espacio físico; II. Si es oneroso o no y en caso de serlo, el monto de la contraprestación; III. Plazo, lugar y forma para la entrega de la contraprestación; IV. Vigencia del permiso administrativo, la cual no podrá exceder de un año; V. Condiciones de entrega del espacio físico; VI. Condiciones para el uso del espacio físico; VII. Obligaciones del permisionario; VIII. Condiciones para la conservación del inmueble y del espació físico; IX. Condiciones para las mejoras, adaptaciones y modificaciones del espacio físico; X. Responsabilidades en caso de siniestros, para lo cual el permisionario deberá otorgar al Tribunal una póliza por

responsabilidad civil; XI. Otorgamiento de fianzas o garantías de cumplimiento; XII. Prohibición de transmisión por cualquier forma, de derechos y obligaciones contenidas en el permiso administrativo; XIII. Pago de los servicios públicos; XIV. Relaciones laborales; XV. Revocación del permiso administrativo; XVI. Terminación anticipada del permiso administrativo; XVII. Contraprestación en caso de revocación o terminación anticipada del permiso administrativo; XVIII. Devolución del espacio físico; XIX. Disposiciones aplicables en los casos no previstos; y XX. Jurisdicción e interpretación del contenido del permiso administrativo. Artículo 12.-En cada una de las condiciones del permiso administrativo que se señalan en el artículo anterior, se definirán los conceptos, condiciones, restricciones, tiempo, forma, lugar, monto, naturaleza, etc., que en cada caso corresponda.

96 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Artículo 13.- En el apartado de firmas de los permisos administrativos, se deberán asentar los nombres completos del Oficial Mayor del Tribunal, el del particular, en su carácter de permisionario de los espacios físicos, así como el del titular de la Dirección Jurídica, en su calidad de revisor del permiso administrativo.

CAPÍTULO TERCERO Del procedimiento para el otorgamiento de permisos administrativos

Artículo 14.- Los particulares interesados en obtener el uso temporal de espacios físicos, deberán presentar solicitud por escrito ante el Oficial Mayor del propio Tribunal. En el escrito de solicitud los interesados deberán asentar su nombre o razón social completos, domicilio y registro federal de contribuyentes. Asimismo, la dirección del inmueble en que se localiza el espacio físico, la ubicación de éste, las medidas y colindancias y el uso que se le pretende dar a dicho espacio, explicando cómo contribuye a la prestación de los servicios a cargo del Tribunal. Artículo 15.- El Oficial Mayor del Tribunal recibirá y analizará la solicitud presentada y, de considerarla viable, notificará al interesado los requisitos y condiciones que deberá cumplir, así como la documentación legal y administrativa que deberá presentar. Artículo 16.- Una vez que el interesado presente la documentación legal y administrativa que se le haya requerido y manifieste su conformidad con las condiciones para su otorgamiento, el Oficial Mayor remitirá copia de la solicitud y la documentación, tanto a la Dirección Jurídica como a la Contraloría del Tribunal, a fin de que expresen, por escrito, su opinión sobre la procedencia o no de dicho permiso administrativo. Artículo 17.- En caso de ser a título oneroso el permiso administrativo y si las opiniones de la Dirección Jurídica y de la Contraloría son favorables, la Oficialía Mayor procederá a realizar un estudio de mercado inmobiliario de la zona geográfica en que se ubica el inmueble donde se localiza el espacio físico solicitado, a fin de conocer los parámetros existentes al respecto y poder elaborar y respaldar la propuesta de monto de la contraprestación que deberá presentar al Consejo para que éste emita su resolución. Artículo 18.- La Oficialía Mayor integrará un expediente con la solicitud del particular, la documentación legal y administrativa entregada por éste, las opiniones emitidas por la Contraloría y la Dirección Jurídica del Tribunal sobre la procedencia de la autorización y el estudio de mercado inmobiliario; en su caso, procederá a la elaboración de permiso y lo presentará a la consideración del Pleno del Consejo, con el expediente respectivo, para su autorización. Artículo 19.- El Pleno del Consejo recibirá y analizará el proyecto de permiso administrativo con el expediente relativo a la solicitud de uso temporal de espacios físicos en inmuebles, que le presente la Oficialía Mayor, y emitirá su resolución al respecto. La Secretaría General del Consejo hará del conocimiento de la Oficialía Mayor del Tribunal la resolución emitida por el Pleno del Consejo para los efectos que procedan. Artículo 20.- Si la resolución del Pleno del Consejo es favorable a la solicitud, el Oficial Mayor lo notificará al solicitante y le requerirá la presentación de las garantías respectivas para asegurar la formalización del permiso administrativo. Asimismo, le solicitará la información adicional que se requiera y la documentación legal, en original, que acredite la personalidad de su representante legal. Artículo 21.- Una vez presentadas las garantías por el interesado, la Oficialía Mayor solicitará la intervención de la Dirección Jurídica del Tribunal para la revisión y, en su caso, validación del permiso administrativo respectivo, haciéndole llegar copia del expediente que contiene la solicitud, la autorización del Pleno del Consejo, la documentación legal y administrativa recabada y la demás información necesaria para tal efecto. Artículo 22.- La Dirección Jurídica del Tribunal, con base en el acuerdo del Pleno del Consejo y la demás información y documentación contenida en el expediente proporcionado por la Oficialía Mayor, procederá a revisar el respectivo permiso administrativo, observando para ello las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo y las demás que resulten aplicables en la materia.

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Artículo 23.- Concluida la revisión del permiso administrativo, el titular de la Dirección Jurídica enviará sus observaciones, si las hubiera, al Oficial Mayor para su incorporación, de lo contrario, lo validará con su firma y lo remitirá a la Oficialía Mayor para que proceda a su formalización. Artículo 24.- Una vez que el Oficial Mayor reciba el permiso administrativo validado por la Dirección Jurídica del Tribunal, procederá a la formalización del mismo, firmando en representación del Consejo y recabará la firma del particular o de su representante legal, previa identificación que lo acredite como tal. Firmado el permiso administrativo por el Oficial Mayor del Tribunal y el particular, por cuadruplicado, un ejemplar del mismo quedará en poder del permisionario y lo tres restantes en poder del Oficial Mayor. Los permisos administrativos que no cuenten con la previa autorización del Pleno del Consejo y la validación de la Dirección Jurídica, serán nulos de pleno derecho. Artículo 25.- La contraprestación por el uso de espacios físicos ubicados en inmuebles del Tribunal, será cubierta por los particulares en el tiempo y la forma en que se establezca en el permiso administrativo respectivo. Los pagos de la contraprestación se harán en las cajas dependientes de la Dirección Ejecutiva de Recursos Financieros del Tribunal.

CAPÍTULO CUARTO De la extinción y revocación de los permisos administrativos

Artículo 26.- Los permisos administrativos para el uso temporal de espacios físicos que otorgue o prorrogue el Consejo a los particulares, se extinguirán por cualquiera de las siguientes causas:

a) Vencimiento de la vigencia por la que se hayan otorgado; b) Terminación anticipada; c) Revocación; d) Nulidad; e) Las que se especifiquen en el propio permiso administrativo; y f) Cualquiera otra que a juicio del Pleno del Consejo haga imposible o inconveniente su continuación.

Artículo 27.- Los permisos administrativos para el uso temporal de espacios físicos que otorgue o prorrogue el Pleno del Consejo a los particulares, podrán ser revocados, sin responsabilidad para el Tribunal o para el Consejo, en los casos siguientes:

a) Por el incumplimiento por parte del permisionario de cualquiera de las obligaciones fijadas en las correspondientes bases del permiso administrativo;

b) Por utilizar el permisionario los espacios físicos para fines distintos a los que se estipulan en el permiso administrativo respectivo;

c) Por realizar el permisionario obras, trabajos o instalaciones no autorizadas en los espacios físicos objeto del permiso administrativo; y

d) Por cometer el permisionario algún delito en los espacios físicos objeto del permiso administrativo, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones penales que contemplan las disposiciones jurídicas de la materia.

Artículo 28.- De estimarse la actualización de alguno de los supuestos de revocación previstos en los incisos a), b) o c) del artículo anterior, la Oficialía Mayor verificará y prevendrá, mediante notificación personal y por una sola ocasión, al permisionario para que exponga por escrito ante dicha instancia, en un término no mayor a tres días hábiles, los alegatos justificatorios de su conducta y, en su caso, las pruebas y la propuesta de enmienda del daño material causado. Artículo 29.- De considerar justificados los alegatos y, en su caso, suficiente la propuesta y términos de resarcimiento del daño, la Oficialía Mayor declarará, en un término no mayor a ocho días hábiles, la continuidad del permiso en los términos originalmente establecidos en el permiso administrativo correspondiente, con la prevención de revocación automática en caso de reincidencia. La Dirección Jurídica prestará a la Oficialía Mayor la asesoría jurídica necesaria para la substanciación del procedimiento de revocación.

98 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Artículo 30.- Si los alegatos no resultan suficientes para justificar la conducta del permisionario o éste no comparece en tiempo y forma, así como de verificarse el supuesto previsto en el inciso d) del artículo 27 de este Acuerdo, la Oficialía Mayor declarará la revocación del permiso administrativo y las respectivas sanciones que se impongan por el daño patrimonial causado al Tribunal. En su caso, las mejoras efectuadas a las instalaciones del Tribunal, quedarán a favor de éste. Artículo 31.- La Oficialía Mayor notificará al permisionario y a la Contraloría del Tribunal la resolución que corresponda, en un plazo que no exceda los tres días hábiles. Artículo 32.- La revocación surtirá efectos a partir del día de la declaratoria correspondiente y deberá notificarse inmediatamente al permisionario, quien contará con un plazo de ocho días para la desocupación y entrega del espacio físico.

CAPÍTULO QUINTO De la prórroga de los permisos administrativos para el uso temporal de espacios físicos

Artículo 33.- La Oficialía Mayor del Tribunal revisará periódicamente las actividades que los particulares realicen en los espacios físicos otorgados para su uso temporal, a fin de asegurar que se destinen efectivamente para los fines estipulados en los permisos administrativos respectivos. Artículo 34.- Cuando en el primer año los permisionarios cumplan satisfactoriamente con las condiciones establecidas en los permisos para el uso de espacios físicos, éstos podrán solicitar a la Oficialía Mayor la prórroga del permiso cada dos años. Artículo 35.- Los permisionarios de espacios físicos interesados en la prórroga de los correspondientes permisos administrativos, deberán manifestarlo por escrito a la Oficialía Mayor, en un lapso no menor a treinta días naturales, anteriores a la fecha de vencimiento de la vigencia del permiso administrativo. Artículo 36.-La Oficialía Mayor recibirá las solicitudes de prórroga de permisos administrativos y procederá a la integración de los expedientes respectivos, observando los pasos que se establecen para el efecto en el procedimiento contenido en el Capítulo Tercero del presente Acuerdo. Artículo 37.- La Oficialía Mayor someterá a la consideración del Pleno del Consejo la prórroga del permiso administrativo, acompañando un informe que elabore sobre el grado de cumplimiento del permiso administrativo anterior por parte del permisionario. La contraprestación que la Oficialía Mayor proponga en el caso de la prórroga de permisos administrativos, se formulará de conformidad con lo que al respecto se haya establecido en el permiso administrativo anterior, no siendo necesario, por tanto, el estudio de mercado a que se hace referencia en el Capítulo Tercero del presente Acuerdo. Artículo 38.- Si la resolución del Pleno del Consejo es favorable a la solicitud de prórroga del permiso administrativo, el Oficial Mayor procederá a la formalización del mismo, observando los pasos que para tal efecto se establecen en el Capítulo Tercero del presente Acuerdo.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Judicial y para su mayor difusión se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. ARTÍCULO SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones administrativas internas que se opongan al presente Acuerdo.”

LA SECRETARÍA GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma)

LIC MARÍA DEL SOCORRO RAZO ZAMORA.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 99

TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL REFORMA A LOS LINEAMIENTOS SOBRE LA ADQUISICIÓN, CONTROL, USO, MANTENIMIENTO Y RESGUARDO DEL PARQUE VEHICULAR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL. México, Distrito Federal a nueve de febrero de dos mil nueve. EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 182, FRACCIÓN III, INCISO a) DEL CÓDIGO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, ACORDÓ EN REUNIÓN PRIVADA DE TRECE DE ENERO DE DOS MIL NUEVE, APROBAR LA REFORMA A LOS LINEAMIENTOS SOBRE LA ADQUISICIÓN, CONTROL, USO, MANTENIMIENTO Y RESGUARDO DEL PARQUE VEHICULAR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, CUYO CONTENIDO COMPLETO Y DEFINITIVO ES DEL TENOR SIGUIENTE: REFORMA A LOS LINEAMIENTOS SOBRE LA ADQUISICIÓN, CONTROL, USO, MANTENIMIENTO Y RESGUARDO DEL PARQUE VEHICULAR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. … La Secretaría Administrativa vigilará el cumplimiento de los presentes Lineamientos. Artículo 2. Los presentes Lineamientos aplican para las áreas del Tribunal a las que se asigne temporal o definitivamente vehículos de servicio. Artículo 3. Para el debido cumplimiento de los presentes Lineamientos, la Secretaría Administrativa estará facultada para: I. a IV. … V. Realizar en forma oportuna y conveniente, las gestiones referentes a la obtención del seguro para los vehículos de servicio propiedad del Tribunal; VI. Enviar el reporte a los resguardantes de los vehículos de servicio, en caso de uso indebido de ellos, y dar vista a la Contraloría, en su caso; VII. Guardar y controlar todos los vehículos de servicio, los que estén en proceso de reasignación y los que se encuentren en trámite de baja; VIII. Autorizar la baja de los vehículos de servicio por deterioro o uso normal, siniestro, robo, incosteabilidad de su reparación o venta, atendiendo a lo dispuesto en este ordenamiento y en los Lineamientos para la Administración de Bienes Muebles del Tribunal Electoral del Distrito Federal; IX. Expedir resguardos de los vehículos de servicio; X. Proveer lo necesario para que siempre se tenga dentro de los vehículos de servicio del Tribunal, la póliza de seguro vigente y una lista de los ajustadores correspondientes; XI. Tramitar oportunamente, el pago de las obligaciones fiscales, el cumplimiento del programa de verificación vehicular y otros que resulten; XII. Abrir un expediente por cada vehículo propiedad del Tribunal;

100 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

XIII. Asignar de manera temporal los vehículos de servicio a las áreas del Tribunal, a efecto de garantizar los requerimientos operativos e institucionales de cada una de ellas; XIV. Asignar los vehículos de servicio, previo requerimiento que realicen las áreas; y XV. Las demás que le señalan estos Lineamientos y los ordenamientos internos vigentes y aplicables en la materia. Artículo 5. El expediente que elabore la Secretaría Administrativa por cada vehículo, deberá contener por lo menos: ... Artículo 6. El Pleno, el Presidente, la Secretaría Administrativa y la Contraloría, estarán facultados para interpretar estos lineamientos. En todo caso, se entenderá lo siguiente: I. Áreas del Tribunal: Presidencia, Ponencias de Magistrados, Secretaría General, Secretaría Administrativa, Contraloría, Dirección General Jurídica, Coordinaciones de Área, Centro de Capacitación Judicial Electoral y Dirección de Tecnologías de la Información. II. … III. Contraloría: La Contraloría General del Tribunal Electoral del Distrito Federal; IV. Titulares de las Áreas: Los titulares de las áreas de Presidencia, Ponencias, Secretaría General, Secretaría Administrativa, Contraloría, Dirección General Jurídica, Coordinaciones de Área, Centro de Capacitación Judicial Electoral y Dirección de Tecnologías de la Información; V. a X. … XI. Resguardante: Servidor público que tenga asignado un vehículo de servicio para el desempeño de las actividades institucionales del Tribunal; XII. a XVI. … XVII. Se deroga. XVIII a XIX. … Artículo 7. Conforme a las disponibilidades presupuestales se adquirirán nuevas unidades cuando se trate de sustituir los vehículos de servicio siniestrados y dictaminados como pérdida total por la compañía aseguradora; los que proceda su baja de acuerdo con los criterios que establecen los Lineamientos para la Administración de Bienes Muebles del Tribunal; y para ampliar el parque vehicular. Las adquisiciones de vehículos de servicio que se lleven a cabo, no deberán incluir los clasificados como de lujo. En ningún caso, se autorizará el arrendamiento de vehículos de servicio. Artículo 8. … En todo caso, dicha adquisición se sujetará a las políticas de austeridad que fije para ello el Tribunal, así como a los recursos disponibles; excepto en el caso de que los vehículos de servicio sean adquiridos con recursos que provengan de partidas o proyectos específicos o similares y que establezcan particularidades en la compra de los mismos

CAPÍTULO II ASIGNACIÓN Y RESGUARDO DE LOS VEHÍCULOS DE SERVICIO

Artículo 10. En todo caso, para autorizar el uso de vehículos de servicio, deberán tomarse en cuenta las funciones y los requerimientos operativos e institucionales de las áreas del Tribunal.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 101

Artículo 12. Se deroga. Artículo 13. Los vehículos de servicio como automóviles, camionetas, motocicletas propiedad del Tribunal, serán destinados únicamente para el cumplimiento de las actividades sustantivas del área a la que están asignados. La asignación de vehículos de servicio se realizará por conducto del titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios, previo requerimiento que mediante oficio realicen las áreas. La asignación de vehículos de servicio se realizará en dos formas: a) Permanente.- Serán proporcionados a las áreas que, para el correcto cumplimiento de sus actividades sustantivas, requieran de manera constante de la utilización del vehículo; y b) Temporal.- Serán proporcionados a las áreas que de manera eventual requieran de la utilización del vehículo, en los términos señalados en el artículo 16 de los presentes Lineamientos. Los vehículos de servicio bajo el resguardo de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios de la Secretaría Administrativa, serán destinados única y exclusivamente a las actividades sustantivas de esa área y a satisfacer las necesidades institucionales de otras áreas del Tribunal cuando así lo requieran. Todo vehículo de servicio deberá portar en lugar visible de su exterior el logotipo que lo identifique como tal. La Secretaría Administrativa será la responsable de proporcionar a las áreas por conducto de los resguardantes de los vehículos de servicio asignados temporalmente, vales para la realización de sus actividades ordinarias por el equivalente a $1,000.00 mensuales y la cantidad de $2,000.00 adicionales durante un proceso electoral o de participación ciudadana para garantizar los requerimientos operativos e institucionales que no puedan ser atendidos por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios. Las cantidades anteriores no podrán ser rebasadas y en su caso, los excesos en que se incurran no serán objeto de reintegro. Las cantidades anteriores podrán ser actualizadas periódicamente por la Secretaría Administrativa conforme al comportamiento del costo de los combustibles y las disponibilidades presupuestales. A los servidores que tengan vehículos de servicio resguardados por asignación temporal en términos del artículo 16 de estos Lineamientos, se les proporcionarán vales de gasolina conforme a la bitácora que al efecto se elabore. Artículo 15. Se deroga. Artículo 16.- Cuando así lo exijan las necesidades institucionales, los titulares de las áreas del Tribunal que no tengan asignado vehículo de servicio de manera permanente, podrán solicitar la asignación temporal de una unidad de los vehículos de servicio bajo resguardo de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios para el desempeño de las actividades institucionales a su cargo, mediante los formatos dispuestos para el efecto y previo oficio dirigido al titular de la Secretaría Administrativa. Este oficio deberá contener el concepto del servicio o actividad a realizar, el periodo a utilizar especificando la fecha y horario, y la ruta a seguir, en caso de que de que sea fuera del Distrito Federal se estará a lo que dispone el artículo 22. Artículo 19. Se deroga. Artículo 21. Los vehículos de servicio podrán usarse solamente para fines institucionales, y concentrarse en el estacionamiento del Tribunal, una vez concluido el horario de trabajo o cumplidas las comisiones especiales para los que sean utilizados. De igual forma, los fines de semana deberán permanecer bajo resguardo en el Tribunal, excepto por causas de trabajo. Artículo 22. Los vehículos de servicio no podrán circular fuera de los límites del Distrito Federal, salvo por razones de servicio y mediante autorización expresa del titular del área de trabajo. La violación de esta disposición será motivo de responsabilidad administrativa, independientemente de otras que se deriven de las leyes respectivas.

102 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

Artículo 23. En caso de que se compruebe que los usuarios de vehículos de servicio transitaron fuera del Distrito Federal sin mediar comisión oficial, el titular del área lo hará del conocimiento de la Contraloría, a fin de que ésta proceda de acuerdo a sus atribuciones. Artículo 26. Los servidores públicos que tengan asignados o utilicen vehículos de servicio, bajo ninguna circunstancia podrán ceder el uso de los mismos a personas ajenas al organismo. Además dichos servidores públicos deberán cumplir con las siguientes obligaciones: ... Artículo 33. Se deroga. Artículo 34. Los servidores públicos que infrinjan los presentes Lineamientos, incurrirán en responsabilidad administrativa haciéndose acreedores a las sanciones correspondientes.

TRANSITORIOS PRIMERO. Las presentes reformas a los Lineamientos sobre la Adquisición, Control, Uso, Mantenimiento y Resguardo del Parque Vehicular del Tribunal Electoral del Distrito Federal entrarán en vigor al día hábil siguiente de su publicación en los estrados del Tribunal. SEGUNDO. Se abrogan y se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a las presentes reformas a los Lineamientos sobre la Adquisición, Control, Uso, Mantenimiento y Resguardo del Parque Vehicular del Tribunal Electoral del Distrito Federal. TERCERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en los estrados y en el sitio de Internet del Tribunal.

C E R T I F I C A: Que el presente documento constante de dos fojas por el anverso y reverso, concuerda fielmente con el texto original de la “REFORMA A LOS LINEAMIENTOS SOBRE LA ADQUISICIÓN, CONTROL, USO, MANTENIMIENTO Y RESGUARDO DEL PARQUE VEHICULAR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”, aprobado por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional el trece de enero de dos mil nueve. Lo que certifico en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 188, inciso k) del Código Electoral del Distrito Federal, y 28, fracción XVI del Reglamento Interior de este Tribunal, para ser publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento a lo ordenado en el punto Tercero Transitorio de la normatividad interna en cita. México, Distrito Federal, a nueve de febrero de dos mil nueve. DOY FE.

(Firma)

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Convocatoria: 002 El Lic. Diógenes Ramón Carrera, Director de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la Secretaría de Seguridad Pública en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, convoca a los interesados a participar en la(s) licitación(es) para la prestación del servicio de “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE LOGÍSTICA PARA CUBRIR LOS EVENTOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA”, de conformidad con lo siguiente:

Licitación Pública Nacional

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite

para adquirir

bases

Junta de aclaraciones Visita a instalaciones

Recepción del sobre Único de la Documentación Legal,

Administrativa y Propuestas Técnicas y

Económicas

Lectura de Dictamen

30001066-002-09

$ 5,000.00 Costo en compranet:

$ 4,800.00

27/02/2009 03/03/2009 11:00 horas

de acuerdo a lo establecido en Bases

05/03/2009 11:00 horas

12/03/2009 11:00 horas

Partida Clave CABMS Descripción

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Unidad de medida

3 C811005000 TABLONES, RECTANGULARES DE 1.22 X 2.44 MTS CON PATAS ABATIBLES 30 150 PIEZA

4 C811005000 TEMPLETES DE DIVERSAS MEDIDAS CON BASE DE MADERA 200 5000 M2

5 C811005000 LONAS DE DIVERSAS MEDIDAS DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DEL ÁREA SOLICITANTE 800 85000 M2

6 C811005000 CARPA DE DIVERSAS MEDIDAS 800 20000 M2 9 C811005000 SILLAS PLEGABLES 8000 67000 PIEZA

• Convoca a: A Prestadores de Servicios de arrendamiento de bienes muebles y cuya actividad este relacionado con el objeto de la presente Licitación. • Las bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en: Av. José Ma. Izazaga

Número 89 - 9no. Piso, Colonia Centro, C.P. 06080, Cuauhtémoc, Distrito Federal, teléfono: 57-16-77-98, los días 25, 26 y 27 de Febrero del 2009; con el siguiente horario: 09:00 a 15:00 horas. La forma de pago es: Con Cheque Certificado o de Caja a nombre de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. En compranet mediante los recibos que genera el sistema.

• La Junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 03 de Marzo del 2009 a las 11:00 horas en: Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la Secretaría de Seguridad Pública, ubicada en: Av. José Ma. Izazaga Número 89 – 9º. Piso, Colonia Centro, C.P. 06080, Cuauhtémoc, Distrito Federal.

• La Recepción del Sobre Único de la Documentación Legal, Administrativa; Propuesta Técnica y Económicas se efectuará el día 05 de Marzo del 2009 a las 11:00 horas, en: Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la Secretaría de Seguridad Pública, Av. José Ma. Izazaga, Número 89 – 9º. piso, Colonia Centro, C.P. 06080 Cuauhtémoc, Distrito Federal.

• La Lectura de Dictamen se efectuara el día 12 de Marzo del 2009 a las 11:00 horas, en: Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes y Aseguramiento de la Secretaría de Seguridad Pública., Av. José Ma. Izazaga, Número 89 – 9º. Piso. Colonia Centro, C.P. 06080, Cuauhtémoc, Distrito Federal.

• El(los) idioma(s) en que deberá(n) presentar (se) la(s) proposición(es) será(n): Español. • Los plazos señalados en la convocatoria se computaran a partir de su publicación en la GODF. • La(s) moneda(s) en que deberá(n) cotizarse la(s) proposición(es) será(n): Peso mexicano. • No se otorgará anticipo. • Lugar de entrega: de acuerdo a lo establecido en Bases, los días de Lunes a Viernes en el horario de entrega: 9:00 a 15:00 hrs. • Plazo de entrega: de acuerdo a lo establecido en Bases. • El pago se realizará: dentro de los 20 (veinte) días hábiles posteriores de recibidos cada uno de los bienes a entera satisfacción de "LA

CONVOCANTE" , presentando la factura para su cobro, debidamente recibida, y con sellos de la Dirección de Servicios autorizadas y avaladas. • Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.

MÉXICO, D.F., A 25 DE FEBRERO DEL 2009. LIC. DIÓGENES RAMÓN CARRERA

DIRECTOR ADQUISICIONES, ALMACENES Y ASEGURAMIENTO (Firma)

GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Delegación Álvaro Obregón

Convocatoria: 002/2009

El Lic. Juan Francisco Serafín Fuentes Director de Recursos Materiales en la Delegación Álvaro Obregón; en cumplimiento a las disposiciones que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y con lo dispuesto en los artículos 26, 27 inciso A, 28 párrafo I, 30 fracción I y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 36 de su Reglamento, se convoca a los productores de Materias Primas (Vara Perlilla), con la finalidad de conseguir mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores a participar en la Licitación Pública Nacional No. 30001016-002-09 para la Adquisición de Materias Primas (Vara Perlilla), de conformidad con lo siguiente:

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaraciones Primera Etapa

Apertura de ofertas Presentación de

Muestras Segunda Etapa

Fallo

30001016-002-09

En la Convocante $ 1,500.00

26 de febrero de 2009 27 de febrero de 200911:00 Hrs.

03 de marzo de 2009 11:00 Hrs.

04 de marzo de 2009 09:00 a 14:00 Hrs.

06 de marzo de 2009

11:00 Hrs. en Comprante: $ 1,250.00

Partida Descripción de los bienes Cantidad Unidad de medida

1 Vara perlilla de 0.90 a 1.10 mts. en bultos de 200 varas c/u 10,000 Bulto2 Vara perlilla de 0.90 a 1.10 mts. en bultos de 200 varas c/u 30,000 Bulto

Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta: en Internet: http://compranet.gob.mx o bien en la Dirección de Recursos Materiales de la

Convocante: calle 10 esq. Canario s/n colonia Tolteca, C.P. 01150 teléfono: 5276 6939 los días 24, 25 y 26 de febrero de 2009 en un horario de 10:00 a 15:00 Hrs. La forma de pago es: mediante cheque certificado o de caja a nombre de la Secretaria de Finanzas del Distrito Federal y presentarse a pagar en cualquier

Administración Tributaria local del Distrito Federal, a través del llenado de la orden de cobro: botón 33 función de cobro 3411, en Compranet (compranet.gob.mx) mediante los recibos que genera el sistema y presentarse a pagar en cualquiera de las sucursales de Santander Serfin, S.A., con cargo a la cuenta No 6550112346-7. En ambos casos se expedirá la orden de cobro correspondiente que deberá presentar en la Dirección de Recursos Materiales de la Convocante para recibir sus bases.

Costo de las Bases: será de $ 1,500.00 (mil quinientos pesos 00/100 m.n.) y/o en Compranet por la cantidad de $ 1,250.00 (mil doscientos cincuenta pesos 00/100 m.n.) Lugar en que se llevarán a cabo los eventos: en la Sala de Proyecciones ubicada en el Edificio Delegacional calle 10 esq. Canario s/n colonia Tolteca, C.P. 01150,

México D.F . Fecha de la firma de los contratos: se llevará a cabo de 5 a 15 días hábiles posteriores a la emisión del Fallo de 09:00 a 15:00 Hrs. en la Coordinación de Adquisiciones

ubicada en el domicilio arriba señalado. El idioma en que deberán presentarse las propuestas será: en español. La moneda en que deberán cotizarse las propuestas serán: Peso Mexicano. Vigencia de los precios: será hasta la terminación del contrato. Pagos serán: 20 días hábiles posteriores a la presentación de la facturas debidamente requisitadas en la Dirección de Recursos Financieros. Anticipos: en la presente licitación no se otorgaran anticipos. Lugar de entrega de bienes: en el Almacén General, ubicado en Av. Escuadrón 201, S/N, a un costado del Gimnasio Modular G-3, Col. Cristo Rey, en un horario de

09:00 a 14:00 horas. Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las Propuestas Técnicas presentadas por los licitantes podrán ser negociadas, salvo la Propuesta

Económica ya que podrán ofertar un precio más bajo, una vez que la Convocante haya comunicado el resultado del Dictamen.

México, Distrito Federal a 24 de febrero de 2009

(Firma) _________________________________________

Lic. Juan Francisco Serafín Fuentes Director de Recursos Materiales en la Delegación Álvaro Obregón

INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL CONVOCATORIA 3

C.P. Salvador Pérez Briones, Director de Administración y Servicios del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 30 y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, se convoca a los interesados en participar en la Licitación relativa al “Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Bienes Informáticos” de conformidad con lo siguiente:

No. de Licitación Costo de las bases Fecha Límite para adquirir bases Junta de aclaraciones Visita a instalaciones

Presentación de propuestas y acto de

apertura de las mismas

30109001-003-09 $1,600.00

Costo en Compranet $1,500.00

02/MARZO/2009 03/MARZO/2009 11:00 horas

No habrá visita a instalaciones

10/MARZO/2009 11:00 horas

Partida Clave CAMBS Descripción Cantidad Unidad de Medida

1 C811200022 Mantenimiento preventivo y correctivo de bienes informáticos 1 Contrato

Las bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien, en Morelos 104, Tercer Piso, Colonia Juárez, C.P. 06600, Delegación Cuauhtémoc, Unidad Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales, Distrito Federal, teléfono 51410300 Ext. 2203, los días 26, 27 de febrero y 02 de marzo de 2009, con el siguiente horario: 10:00 a 14:30 y de 16:30 a 18:00 horas. La forma de pago es: cheque certificado o de caja a favor del Instituto de Vivienda del Distrito Federal. En Compranet, mediante los recibos que genere el sistema.

El servidor público responsable de la Licitación: Lic. Saida Argelia González Carrillo, J.U.D. de Recursos Materiales y Servicios Generales. La junta de aclaraciones se llevará a cabo el 03 de marzo de 2009 a las 11:00 horas en: Sala de Juntas de la convocante, ubicado en: Morelos 104, tercer piso, Colonia Juárez, C.P. 06600, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal. El acto de presentación de documentación legal y administrativa, propuestas técnicas y económicas, se efectuará el 10 de marzo de 2009 en punto de las 11:00 horas en Morelos 104, tercer piso, Colonia Juárez, C.P. 06600, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal. La emisión de dictamen y acto de fallo se efectuará el día 18 de marzo de 2009 a las 11:00 hrs. en Morelos 104, tercer piso, Col. Juárez, C.P. 06600, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal. El idioma en que se presentarán las propuestas será en Español. La moneda en que deberá cotizarse la propuesta será: en Pesos Mexicanos. No se otorgará anticipo. Lugar de Prestación del Servicio: de conformidad con lo establecido en anexo técnico uno que integra las bases de esta licitación. Periodo de la prestación del servicio: de conformidad con lo establecido en anexo técnico uno que integra las bases de esta licitación. El pago se realizará: 20 días naturales a la presentación de la factura, a través de transferencia electrónica. Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

MÉXICO, D.F. A 25 DE FEBRERO DE 2009

(Firma) C.P. SALVADOR PÉREZ BRIONES

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 107

108 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

SECCIÓN DE AVISOS

RC DIRECTO DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

CONVOCATORIA PAUL GARNIER R., en mi carácter de Administrador Único de la Sociedad RC DIRECTO DE MÉXICO, S.A. DE C.V. y con fundamento en el Artículo Décimo Cuarto de los Estatutos Sociales, convoco a los Accionistas de la Empresa, por medio de sus representantes legales a participar en la

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA Que se llevará a cabo en el domicilio de la Sociedad ubicado en la calle de Leibnitz Número 11, Piso 6, oficina 603, Colonia Anzures, delegación Miguel Hidalgo, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, el próximo día 6 de marzo de 2009, a las 12:00 horas, conforme al siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Informe de Administrador Único con relación al Ejercicio Social del 2008. 2. Discusión y en su caso aprobación de los Estados Financieros de la Sociedad con relación al Ejercicio Social

del 2008. 3. Informe del Comisario por el ejercicio 2008, y la adopción de las medidas que se consideran oportunas. 4. Distribución de Utilidades. 5. Ratificación del Administrador Único de la Sociedad y del Secretario no miembro de la Administración. 6. La Reforma al Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales. 7. La Reforma al Artículo Octavo de los Estatutos Sociales. 8. La Reforma al Artículo Décimo Cuarto de los Estatutos Sociales. 9. La Ratificación del Comisario de la Sociedad. 10. El Aumento en el Capital Variable de la Sociedad. 11. Clausura de la Asamblea y designación de Delegados Especiales.

A. La Asamblea se considerará legalmente instalada cuando exista el Quórum señalado en el Artículo Décimo Sexto

de los Estatutos Sociales. Si no hay quórum transcurridos treinta minutos de la hora fijada en esta Convocatoria para la celebración de la Asamblea, se podrá instalar en Segunda o ulterior Convocatoria, si fuera el caso, en las que sólo se requerirá el quórum señalado en el citado Artículo Décimo Sexto.

B. Los representantes legales de los Accionistas, deberán acreditar previamente sus facultades para tener derecho a acudir y a votar en la Asamblea. Para ello deberán acudir con el Secretario de la Asamblea media hora antes de que inicie para acreditar su personalidad. Dicho procedimiento de acreditación se cerrará cinco minutos antes de que inicie la Asamblea.

A T E N T A M E N T E (Firma)

PAUL GARNIER R. Administrador Único de

RC DIRECTO DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

México, D.F. a dieciséis de febrero de dos mil nueve

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 109

VISION CENTER, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACIÓN)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN al 31 diciembre del 2008

Por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Vision Center, S.A. de C.V. (“Vision Center”), celebrada el 1º de diciembre de 2008, se aprobó la disolución de Vision Center, con efectos a partir de esa misma fecha. En virtud de lo anterior, en cumplimiento de la fracción II del Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se publica el balance final de liquidación de Vision Center al 31 de diciembre de 2008.

(CIFRAS EN PESOS)

ACTIVO

Bancos (BBVA Bancomer) 18,233 TOTAL ACTIVO 18,233 CAPITAL CONTABLE Capital Social 11,728,965 Reserva Legal 2,345,793 Resultados Acumulados (14,049,147) Resultado del Ejercicio (7,378) TOTAL CAPITAL CONTABLE 18,233

======= De conformidad con el presente balance final de liquidación, se determina que el accionista mayoritario reciba por sus acciones el importe total de $18,051.00 Pesos, y el accionista minoritario la cantidad de $182.00 Pesos, ambos en proporción a su participación en el capital social de Vision Center.

México, D.F. a 11 de febrero de 2009.

Vision Center, S.A. de C.V.

(En liquidación)

Liquidadores

(Firma) (Firma) _________________________ _________________________ José Carlos Villegas Martínez Juan Carlos Gómez de la Rosa

110 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

SKANSKA PROYECTOS DE MEXICO, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2008

(Cantidades en Pesos) Activo

Circulante 0.00 Fijo 0.00

Total Activo 0.00 Pasivo

Otros Cuentas por Pagar 0.00 Total Pasivo 0.00 Capital

Capital Social 0.00 Pérdidas Acumuladas 0.00

Total Capital 0.00 Total Pasivo más Capital 0.00 El presente balance se publica en cumplimiento y para los efectos de la fracción II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Este balance, los papeles y libros de la Sociedad, quedan a disposición de los accionistas para todos los efectos legales a que haya lugar.

México, Distrito Federal, a 31 de Diciembre de 2008. (Firma)

JAVIER MENDOZA GARCIA Liquidador

AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio. SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al siguiente procedimiento:

I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas;

II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito Federal.

III. El documento a publicar se presentará en original legible y debidamente firmado (nombre y cargo) por quien lo emita. TERCERO. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, procederá cuando se solicite por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud, en el horario de 9:00 a 13:30 horas. CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:

I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;

III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra CG Times, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre párrafos;

VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y

VIII. Etiquetar el disco con el título que llevará el documento.

SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

25 de Febrero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 111

112 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25 de Febrero de 2009

DIRECTORIO

Jefe de Gobierno del Distrito Federal MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON

Consejera Jurídica y de Servicios Legales

LETICIA BONIFAZ ALFONZO

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos DRA. FRANCISCA ERÉNDIRA SALGADO LEDESMA

INSERCIONES

Plana entera ........................................................................... $ 1,330.00 Media plana ................................................................................ 715.00 Un cuarto de plana ...................................................................... 445.00

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet

http://www.consejeria.df.gob.mx/gaceta/index.

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,

CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80

(Costo por ejemplar $42.00)