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Municipal Gaceta Año 3 / No. 63-A Especial / 27 de agosto de 2018 Órgano oficial

Gaceta - Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez...C. Claudia Del Rosario Aranda Muela Tercera Regidora C. Ignacio Santiago Cruz ... 46 y 54 fracción III del Bando Municipal vigente

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MunicipalGaceta

Año 3 / No. 63-A Especial / 27 de agosto de 2018 Órgano oficial

Presentación

El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Naucalpan

de Juárez, México, 2016-2018, en cumplimiento a lo dispuesto por los

artículos 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano

de México; 31 fracciones I y XXXVI y 48 fracción III de la Ley Orgánica

Municipal del Estado de México, ha tenido a bien publicar la

Gaceta Municipal, Órgano Oficial informativo de la Administración

Pública, que da cuenta de las disposiciones jurídicas y acuerdos

tomados por el H. Ayuntamiento, así como de los reglamentos,

circulares y demás disposiciones administrativas de observancia

general dentro del territorio municipal.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga

Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga

Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México.

C. María Elena Pérez de Tejada Romero,

Primera Síndico

C. José Luis Gutiérrez Aire,

Segundo Síndico

C. Luisa Elena Gómez Monge,

Tercera Síndico

C. Martha Patricia Calva Camacho

Primera Regidora

C. Bertha Islas Olvera

Novena Regidora

C. Guillermo Rafael Jiménez Zamudio

Segundo Regidor

C. Marisol Cervantes Salvatori

Décima Regidora

C. Claudia Del Rosario Aranda Muela

Tercera Regidora

C. Ignacio Santiago Cruz

Undécimo Regidor

C. Carlos Alberto Trujillo Anell

Cuarto Regidor

C. Pilar Guerrero Rubio

Duodécima Regidora

C. Silvia Ramírez Guzmán

Quinta Regidora

C. Darío Rojas Macías

Decimotercer Regidor

C. Luis Hernández Trejo

Sexto Regidor

C. Gabriela Flores Gutiérrez

Decimocuarta Regidora

C. Alejandra Cuevas Núñez

Séptima Regidora

C. Ranulfo Baraquiel Ruíz García

Decimoquinto Regidor

C. Pablo Rodríguez Becerril

Octavo Regidor

C. Marisol Mayén Mayén

Decimosexta Regidora

C o n t e n i d o

Página

1. F e de E r r a t a s

Respecto del Acuerdo No. 430, aprobado en

el punto Séptimo de la Cuadragésima Sesión

Extraordinaria de Cabildo, Resolutiva

Centésimo Cuadragésimo Primera de fecha

doce de julio de dos mil dieciocho;

Publicado en la Gaceta Año 3/ No.63 de

fecha 9 de agosto de 2018.

1

1

1. F e de E r r a t a s

Respecto del Acuerdo No. 430, aprobado en el punto Séptimo de la

Cuadragésima Sesión Extraordinaria de Cabildo, Resolutiva Centésimo

Cuadragésimo Primera de fecha doce de julio de dos mil dieciocho;

Publicado en la Gaceta Año 3/ No.63 de fecha 9 de agosto de 2018.

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D i c e :

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. A su población hace saber: Acuerdo Número 430. El Honorable Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México, por Acuerdo de

Cabildo de fecha doce de julio de dos mil dieciocho y con fundamento en lo dispuesto por los

artículos 115 fracciones II y III inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, 112, 113, 116, 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de México; 2, 27 párrafo primero, 31 fracciones II, XXXIV y XLVI y 125 fracción III

de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 4 y 47 fracción IX del Reglamento de

Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, 5, 33, 35, 36 fracción

I, 46 y 54 fracción III del Bando Municipal vigente de Naucalpan de Juárez, México, emite el

“Acuerdo Económico por el que se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento

de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan

de Juárez, Estado de México”, y toda vez que el mismo deberá cumplirse mediante contrato

de prestación de servicios de largo plazo y / o asociación público privada para el tratamiento y

aprovechamiento de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, para lo cual se

mandata la realización del trámite correspondiente para obtener la autorización ante la

Legislatura del Estado de México; en consecuencia, llevar a cabo el proceso de licitación

pública internacional presencial para tales efectos, de manera transparente y en términos de

la legislación aplicable; constituir el fideicomiso irrevocable de administración y fuente de

pago, entre el Municipio y el licitante que obtenga la adjudicación; y, otorgar en comodato el

predio de propiedad municipal que reúna las características para ubicar la infraestructura

necesaria para cumplir con el presente Acuerdo, en los siguientes términos:

Acuerdo Económico

Primero.- Se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos

mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México.

Segundo.- Se autoriza al Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, llevar a cabo la

afectación de las participaciones que en ingresos federales o estatales correspondan, como

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garantía para honrar el cumplimiento de los compromisos de contraprestación o aportación

derivada del contrato de prestación de servicios formalizado con el licitante que resulte

ganador de la licitación pública internacional presencial, constituir el fideicomiso irrevocable

de administración y fuente de pago, al menos entre el Municipio y el licitante ganador de la

licitación, entre cuyos fines estará recibir del Fondo los importes provenientes del Apoyo No

Recuperable, para la ejecución del Proyecto, en la proporción, montos y términos

establecidos en el Convenio de Apoyo Financiero suscrito entre el Promotor y el Fiduciario en

el Fondo, para realizar las actividades, “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos

Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado

de México”.

Tercero.- Se instruye al Presidente Municipal de Naucalpan de Juárez, México, solicite

autorización a la Legislatura o a la Diputación permanente en su caso, para suscribir un

contrato de prestación de servicios de largo plazo hasta por 20 años y/o asociación público

privada para el tratamiento y aprovechamiento de la fracción orgánica de los residuos sólidos

urbanos, cuyo plazo excede el período de gestión del Ayuntamiento contratante, lo anterior de

conformidad con las disposiciones federales aplicables.

Cuarto.- Con base en la aprobación de la Legislatura del Estado de México, se autorice al

Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, publicar la Convocatoria de Licitación Pública

Internacional Presencial, con sus apéndices y anexos, que contienen los requisitos y la

información que deberán cubrir los licitantes para la elaboración de su proposición para

participar en la licitación, del “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos

mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de

México”, en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público, Ley de Asociaciones Público Privadas y demás legislación aplicable, para adjudicar

el contrato de prestación de servicios a largo plazo, de conformidad con lo dispuesto en la

fracción VI del artículo 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público.

Quinto.- Se autoriza al Director General de Administración de Naucalpan de Juárez, México,

formalizar e instrumentar un contrato de prestación de servicios a largo plazo con el licitante

que resulte ganador de la licitación pública internacional presencial para realizar las

actividades del “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante

Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México”, bajo los

lineamientos del Programa de Residuos Sólidos Municipales (PRORESOL)” del Fondo

Nacional de Infraestructura (FONADIN).

Transitorios

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.

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Segundo.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta Municipal” del

Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México.

El C. Presidente Municipal, hará que se publique, difunda y se cumpla.

Dado en el Salón del Pueblo del Palacio Municipal, Reciento Oficial de las Sesiones de

Cabildo en Naucalpan de Juárez, México, a los doce días del mes de julio de dos mil

dieciocho, Aprobándose por Mayoría en la Cuadragésima Sesión Extraordinaria de

Cabildo, Resolutiva Centésimo Cuadragésimo Primera.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. (Rúbrica)

Lic. Horacio Enrique Jiménez López Secretario del H. Ayuntamiento

(Rúbrica) En términos de lo ordenado por el artículo 91 fracción V

De la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Esta hoja con firmas forma parte integrante del Acuerdo No. 430, Acuerdo Económico por el que se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México.

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Integrantes del Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México. El Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga, Presidente Municipal de Naucalpan de Juárez, México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 3, 27, 30 Bis, 31 fracciones I, XXXIX y XLVI, 55 fracción V, 66, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 35 y 153 del Bando Municipal vigente; 4, 47 fracción IX del Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; 5, 23 y 24 del Reglamento Interior de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; somete a consideración y en su caso aprobación de los miembros del Cabildo, el “Acuerdo Económico por el que se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México”, y toda vez que el mismo deberá cumplirse mediante contrato de prestación de servicios de largo plazo y / o asociación público privada para el tratamiento y aprovechamiento de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, para lo cual se mandata la realización del trámite correspondiente para obtener la autorización ante la Legislatura del Estado de México; en consecuencia llevar a cabo el proceso de licitación pública internacional presencial para tales efectos, de manera transparente y en términos de la legislación aplicable; y constituir el fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago, entre el municipio y el licitante que obtenga la adjudicación.

Consideraciones de Hecho

Primera.- En los últimos años la contaminación generada por los residuos sólidos representa una gran problemática a nivel mundial y nacional, ya que afecta en gran medida al deterioro del medio ambiente, a la calidad del aire, además de ser un impedimento significativo para lograr la salud, el bienestar y la prosperidad de las personas. En México de acuerdo a datos del Titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), se generan en promedio unas 117 mil toneladas de basura al día1, de las cuales el Estado de México aporta alrededor de 16 mil toneladas de basura, es decir, cada mexiquense aporta en promedio, un kilo por habitante. Por su parte en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, se generan alrededor de mil trescientas toneladas al día.

Segunda.- El Municipio de Naucalpan de Juárez, México, no ha sido ajeno a la problemática generada por los residuos sólidos, pues en febrero de 2015, el Municipio se vio afectado por la clausura del confinamiento de basura operado por la Empresa “Rama’s and Son’s Group

1 SEMARNAT recolecta cinco mil toneladas de basura en jornada de Limpiemos Nuestro México;

disponible en la página web. https://www.gob.mx/semarnat/prensa/semarnat-recolecta-cinco-mil-toneladas-de-basura-en-jornada-de-limpiemos-nuestro-mexico

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Energy”, S. A. de C. V., ubicado en Rincón Verde, derivado de que dicha Empresa incumplió normas ambientales, lo que provocó en su momento una problemática grave para los habitantes naucalpenses.

Tercera.- Derivado de la preocupación e interés por resolver la problemática de los residuos sólidos en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, en un primer momento, en la Sexagésima Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo Resolutiva Octogésima Primera, se autorizó al Director General de Administración y al Secretario Técnico de Presidencia, para que conjunta o separadamente lleven a cabo las gestiones, trámites y demás actos jurídicos, para la obtención y destino del apoyo no recuperable, derivado del Programa de Residuos Sólidos Municipales (PRORESOL), para la firma del Convenio de Apoyo Financiero (CAF), y en su caso, sus convenios modificatorios.

Cuarta.- Posteriormente, en la Centésimo Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, Resolutiva Centésimo Trigésimo Séptima, celebrada 14 de junio de 2018, se aprobó la autorización al Director General de Administración y al Secretario Técnico de Presidencia del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, para que conjunta o separadamente continuaran con las gestiones, trámites, actos jurídicos y demás instrumentos necesarios, que establezca la normatividad aplicable al Fondo Nacional de Infraestructura, en el marco de su programa de Residuos Sólidos Municipales y la Ley de Asociaciones Público Privadas, a fin de que el Ayuntamiento suscriba el Convenio de Apoyo Financiero no recuperable con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, con la finalidad de obtener un apoyo financiero no recuperable el cual se destinará al “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, y que será de hasta el 50% de la inversión total del Proyecto”.

De igual forma en la misma Sesión, se aprobó la creación del Comité Técnico de Seguimiento, en su calidad de Órgano Vigilante de las gestiones a realizar del “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México”.

Quinta.- El día 6 de julio de 2018, se llevó a cabo la sesión de instalación del Comité señalado en la consideración anterior, así como la primera mesa de trabajo del mismo, donde estuvieron presentes representantes de instituciones como la Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo de Alemania, la Agencia de Protección del Medio Ambiente de los Estados Unidos de América (EPA), en dicha mesa se coincidió respecto en que un Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, traería beneficios a Naucalpan y ayudaría a combatir los problemas medioambientales derivados de los altos grados de contaminación que se tienen en el Municipio. Sexta.- El interés de la autoridad municipal, es tener una solución integral de largo alcance, que le permita estar al frente de una gestión eficiente e inteligente de los residuos sólidos, dentro de sus propios límites territoriales y, en consecuencia, constituirse como un modelo estatal y nacional de aprovechamiento, valorización y reconversión de los residuos generados, tanto en su fracción orgánica como inorgánica.

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Séptima.- El Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos, mediante la Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, comprendió y resultó viable en los siguientes estudios y análisis:

I. Estudio de la situación actual de la generación, gestión y disposición final de la

Fracción Orgánica de los Residuos Sólidos Urbanos (FORSU);

II. Análisis de Viabilidad de una Asociación Pública-Privada;

III. Análisis de Rentabilidad Social;

IV. Estudio de Interconexión;

V. Evaluación de Impacto Social; y

VI. Asesoría Estratégica relacionada con el Proyecto.

Octava.- La implementación de Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante la Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, representaría un ahorro al mes de más de cinco millones de pesos, mientras que al año el ahorro sería de más de sesenta millones de pesos. Además con dicho proyecto se evitaría la emisión de 430,000 toneladas de CO2e, lo que es equivalente a que dejaran de circular 140,000 autos compactos anualmente.

Novena.- Resulta importante señalar que para combatir los problemas que afectan al medio ambiente, México ha suscrito diversos instrumentos jurídicos que promueven un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de las personas, pues el 25 de septiembre de 2015 en el marco de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible en Nueva York, México junto con otros 192 Estados miembros de las Naciones Unidas, adoptaron la Agenda: “Transformar Nuestro Mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”. El documento establece los 17 Objetivos del Desarrollo Sostenible, dentro de los cuales los Objetivos trece, catorce y quince, establecen adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos; conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible. Así como proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar los bosques de forma sostenible, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y poner freno a la pérdida de la diversidad biológica.

Ahora bien, con el objetivo de dar cumplimiento a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, el Ayuntamiento, mediante el Acuerdo de Cabildo No. 400, creó el Consejo Municipal para el Cumplimiento de la Agenda 2030 de Naucalpan de Juárez, México, el cual tiene como misión: diseñar, ejecutar y evaluar estrategias, programas, acciones y políticas públicas, que garanticen el cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el Municipio.

Por lo que, con la implementación de un Proyecto de manejo y aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante la valorización energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, se coadyuvaría a cumplir con parte de los objetivos de la Agenda 2030 de Naucalpan de Juárez, México.

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Decima.- Por otra parte a nivel nacional, en el Estado de México y en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, el derecho a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de las personas, constituye un ordenamiento protegido y contemplado, tanto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, leyes secundarias, así como de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y leyes estatales, cuyos mandatos establecen al Estado garantizar el respeto a este derecho.

Al respecto el artículo 26 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), establece que las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con la Federación, deberán elaborar e instrumentar los programas locales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Consideraciones de Derecho

Primera.- El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley; tendrán facultades de aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Segunda.- Asimismo, de acuerdo al inciso c) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos entre otras cuestiones de Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.

Tercera.- Por su parte el artículo 122 de la Constitución Política del Estado Libe y Soberano de México, establece en su párrafo tercero que los municipios tienen a su cargo las funciones y servicios públicos que señala la Constitución Federal.

Cuarta.- De igual forma diversas disposiciones del artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, refiere que son disposiciones de los ayuntamientos, proponer la creación de organismos municipales, así como de convenir, contratar o concesionar, en términos de lo establecido en la ley, la ejecución de obras y la prestación de servicios públicos, con el Estado, con otros municipios de la entidad, o con particulares, recabando la autorización cuando proceda de la legislatura del Estado, así como crear las unidades administrativas necesarias para el adecuado funcionamiento de la administración pública municipal y para la eficaz prestación de los servicios públicos.

Quinta.- El Municipio de Naucalpan de Juárez, México, de conformidad con el artículo 125 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado México, tiene a su cargo la prestación, explotación, administración y conservación de los servicios públicos, entre ellos la limpia y disposición de desechos.

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Sexta.- El artículo 37 del Bando Municipal vigente de Naucalpan de Juárez, México, establece que la Administración Municipal de Naucalpan de Juárez, México, es el conjunto de órganos y autoridades a través de los cuales el Municipio realizará actividades para satisfacer las necesidades generales que constituyen el objeto de los servicios públicos.

Séptima.- El Bando Municipal vigente de Naucalpan de Juárez, México, en el artículo 46 prevé que los servicios públicos municipales se prestarán con la mayor cobertura, calidad y eficiencia posible, considerando las condiciones territoriales y cobertura, calidad y eficiencia posible, considerando las condiciones territoriales y socio-económicas del Municipio, asimismo, el mencionado artículo 46 en su segundo párrafo, menciona que el Gobierno Municipal tendrá a su cargo la ejecución de las obras, instalaciones, funcionamiento, mantenimiento y conservación de los servicios públicos que requieran, ya sea con recursos propios, o en su caso, con la participación de otras entidades públicas de conformidad con la normatividad aplicable.

Octava.- En la Constitución Local, en el artículo 31 fracción XXXVI, establece que la Legislatura puede autorizar la celebración de actos o convenios que trasciendan el período del Ayuntamiento. Por lo anteriormente expuesto y fundado, es viable someter a consideración del H. Cabildo, el Proyecto de Acuerdo Económico que se acompaña al presente Proyecto de Resolución.

Dado en el Palacio Municipal de Naucalpan de Juárez, México a los doce días del mes de julio de 2018.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. (Rúbrica)

Esta hoja con firma forma parte integrante del Proyecto del Acuerdo No. 430, Acuerdo Económico por el que se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México.

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D e b e D e c i r :

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. A su población hace saber: Acuerdo Número 430. El Honorable Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México, por Acuerdo de

Cabildo de fecha doce de julio de dos mil dieciocho y con fundamento en lo dispuesto por los

artículos 115 fracciones II y III inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, 112, 113, 116, 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de México; 2, 27 párrafo primero, 31 fracciones II, XXXIV y XLVI y 125 fracción III

de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 4 y 47 fracción IX del Reglamento de

Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, 5, 33, 35, 36 fracción

I, 46 y 54 fracción III del Bando Municipal vigente de Naucalpan de Juárez, México, emite el

“Acuerdo Económico por el que se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento

de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan

de Juárez, Estado de México”, y toda vez que el mismo deberá cumplirse mediante contrato

de prestación de servicios de largo plazo, para el tratamiento y aprovechamiento de la

fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, para lo cual se mandata la realización del

trámite correspondiente, para obtener la autorización ante la Legislatura del Estado de

México; en consecuencia llevar a cabo el proceso de licitación pública internacional

presencial, para tales efectos de manera transparente y en términos de la legislación

aplicable; constituir el fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago, entre el

Municipio y el licitante que obtenga la adjudicación; y otorgar en comodato el predio de

propiedad municipal que reúna las características, para ubicar la infraestructura necesaria

para cumplir con el presente Acuerdo; en los siguientes términos:

Acuerdo Económico

Primero.- Se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos

mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México.

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Segundo.- Se autoriza al Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, llevar a cabo la

afectación de las participaciones que en ingresos federales o estatales correspondan como

garantía, para honrar el cumplimiento de los compromisos de contraprestación o aportación

derivada del contrato de prestación de servicios formalizado con el licitante que resulte

ganador de la licitación pública internacional presencial, constituir el fideicomiso irrevocable

de administración y fuente de pago al menos entre el Municipio y el licitante ganador de la

licitación, entre cuyos fines estará recibir del Fondo los importes provenientes del Apoyo No

Recuperable, para la ejecución del Proyecto en la proporción, montos y términos establecidos

en el Convenio de Apoyo Financiero suscrito entre el Promotor y el Fiduciario en el Fondo,

para realizar las actividades “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos

mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de

México”.

Tercero.- Se instruye al Presidente Municipal de Naucalpan de Juárez, México, solicite

autorización a la Legislatura o a la Diputación permanente en su caso, para suscribir un

contrato de prestación de servicios de largo plazo hasta por 20 años, para el tratamiento y

aprovechamiento de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, cuyo plazo excede

el período de gestión del Ayuntamiento contratante, lo anterior de conformidad con las

disposiciones federales aplicables.

Cuarto.- Con base en la aprobación de la Legislatura del Estado de México, se autorice al

Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, publicar la Convocatoria de Licitación Pública

Internacional Presencial, con sus apéndices y anexos que contienen los requisitos y la

información que deberán cubrir los licitantes, para la elaboración de su proposición, para

participar en la licitación del “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos

mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de

México”, en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público y demás legislación aplicable, para adjudicar el contrato de prestación de servicios a

largo plazo de conformidad con lo dispuesto en la fracción VI del artículo 1 de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Quinto.- Se autoriza al Director General de Administración de Naucalpan de Juárez, México,

formalizar e instrumentar un contrato de prestación de servicios a largo plazo con el licitante

que resulte ganador de la licitación pública internacional presencial, para realizar las

actividades del “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante

Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México”, bajo los

lineamientos del Programa de Residuos Sólidos Municipales (PRORESOL)” del Fondo

Nacional de Infraestructura (FONADIN).

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Transitorios

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.

Segundo.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta Municipal” del

Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México.

El C. Presidente Municipal, hará que se publique, difunda y se cumpla.

Dado en el Salón del Pueblo del Palacio Municipal, Reciento Oficial de las Sesiones de

Cabildo en Naucalpan de Juárez, México, a los doce días del mes de julio de dos mil

dieciocho, Aprobándose por Mayoría en la Cuadragésima Sesión Extraordinaria de

Cabildo, Resolutiva Centésimo Cuadragésimo Primera.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. (Rúbrica)

Lic. Horacio Enrique Jiménez López Secretario del H. Ayuntamiento

(Rúbrica) En términos de lo ordenado por el artículo 91 fracción V

De la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Esta hoja con firmas forma parte integrante del Acuerdo No. 430, Acuerdo Económico por el que se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México.

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Integrantes del Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Juárez, México. El Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga, Presidente Municipal de Naucalpan de Juárez, México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 3, 27, 30 Bis, 31 fracciones I, XXXIX y XLVI, 55 fracción V, 66, 164 y 165 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 35 y 153 del Bando Municipal vigente; 4, 47 fracción IX del Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; 5, 23 y 24 del Reglamento Interior de las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México; somete a consideración y en su caso aprobación de los miembros del Cabildo, el “Acuerdo Económico por el que se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México”, y toda vez que el mismo deberá cumplirse mediante contrato de prestación de servicios de largo plazo, para el tratamiento y aprovechamiento de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, para lo cual se mandata la realización del trámite correspondiente, para obtener la autorización ante la Legislatura del Estado de México; en consecuencia llevar a cabo el proceso de licitación pública internacional presencial para tales efectos de manera transparente y en términos de la legislación aplicable; y constituir el fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago entre el Municipio y el licitante que obtenga la adjudicación.

Consideraciones de Hecho

Primera.- En los últimos años la contaminación generada por los residuos sólidos representa una gran problemática a nivel mundial y nacional, ya que afecta en gran medida al deterioro del medio ambiente, a la calidad del aire, además de ser un impedimento significativo, para lograr la salud, el bienestar y la prosperidad de las personas. En México de acuerdo a datos del Titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), se generan en promedio unas 117 mil toneladas de basura al día1, de las cuales el Estado de México aporta alrededor de 16 mil toneladas de basura, es decir,

cada mexiquense aporta en promedio un kilo por habitante. Por su parte en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, se generan alrededor de mil trescientas toneladas al día.

Segunda.- El Municipio de Naucalpan de Juárez, México, no ha sido ajeno a la problemática generada por los residuos sólidos, pues en febrero de 2015, el Municipio se vio afectado por la clausura del confinamiento de basura operado por la Empresa “Rama’s and Son’s Group

1 SEMARNAT recolecta cinco mil toneladas de basura en jornada de Limpiemos Nuestro México;

disponible en la página web. https://www.gob.mx/semarnat/prensa/semarnat-recolecta-cinco-mil-toneladas-de-basura-en-jornada-de-limpiemos-nuestro-mexico

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Energy”, S. A. de C. V., ubicado en Rincón Verde, derivado de que dicha Empresa incumplió normas ambientales, lo que provocó en su momento una problemática grave, para los habitantes naucalpenses.

Tercera.- Derivado de la preocupación e interés por resolver la problemática de los residuos sólidos en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, en un primer momento, en la Sexagésima Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo, Resolutiva Octogésima Primera, se autorizó al Director General de Administración y al Secretario Técnico de Presidencia, para que conjunta o separadamente lleven a cabo las gestiones, trámites y demás actos jurídicos, para la obtención y destino del apoyo no recuperable, derivado del Programa de Residuos Sólidos Municipales (PRORESOL), para la firma del Convenio de Apoyo Financiero (CAF), y en su caso, sus convenios modificatorios.

Cuarta.- Posteriormente, en la Centésimo Primera Sesión Ordinaria de Cabildo, Resolutiva Centésimo Trigésimo Séptima, celebrada 14 de junio de 2018, se aprobó la autorización al Director General de Administración y al Secretario Técnico de Presidencia del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México, para que conjunta o separadamente continuaran con las gestiones, trámites, actos jurídicos y demás instrumentos necesarios que establezca la normatividad aplicable al Fondo Nacional de Infraestructura, en el marco de su programa de Residuos Sólidos Municipales, a fin de que el Ayuntamiento suscriba el Convenio de Apoyo Financiero no recuperable con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, con la finalidad de obtener un apoyo financiero no recuperable el cual se destinará al “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México y que será de hasta el 50% de la inversión total del Proyecto”.

De igual forma en la misma Sesión, se aprobó la creación del Comité Técnico de Seguimiento, en su calidad de Órgano Vigilante de las gestiones a realizar del “Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México”.

Quinta.- El día 6 de julio de 2018, se llevó a cabo la sesión de instalación del Comité señalado en la consideración anterior, así como la primera mesa de trabajo del mismo, donde estuvieron presentes representantes de instituciones como la Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo de Alemania, la Agencia de Protección del Medio Ambiente de los Estados Unidos de América (EPA), en dicha mesa se coincidió respecto en que un Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, traería beneficios a Naucalpan y ayudaría a combatir los problemas medioambientales derivados de los altos grados de contaminación que se tienen en el Municipio.

Sexta.- El interés de la autoridad municipal, es tener una solución integral de largo alcance, que le permita estar al frente de una gestión eficiente e inteligente de los residuos sólidos, dentro de sus propios límites territoriales y en consecuencia, constituirse como un modelo estatal y nacional de aprovechamiento, valorización y reconversión de los residuos generados, tanto en su fracción orgánica como inorgánica.

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Séptima.- El Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos, mediante la Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, comprendió y resultó viable en los siguientes estudios y análisis:

I. Estudio de la situación actual de la generación, gestión y disposición final de la Fracción Orgánica de los Residuos Sólidos Urbanos (FORSU);

II. Análisis de Viabilidad de una Asociación Pública-Privada; III. Análisis de Rentabilidad Social; IV. Estudio de Interconexión; V. Evaluación de Impacto Social; y VI. Asesoría Estratégica relacionada con el Proyecto.

Octava.- La implementación del Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante la Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, representaría un ahorro al mes de más de cinco millones de pesos, mientras que al año el ahorro sería de más de sesenta millones de pesos. Además con dicho proyecto se evitaría la emisión de 430,000 toneladas de CO2e, lo que es equivalente a que dejaran de circular 140,000 autos compactos anualmente.

Novena.- Resulta importante señalar que para combatir los problemas que afectan al medio ambiente, México ha suscrito diversos instrumentos jurídicos que promueven un medio ambiente sano, para el desarrollo y bienestar de las personas pues el 25 de septiembre de 2015, en el marco de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible en Nueva York, México junto con otros 192 Estados miembros de las Naciones Unidas, adoptaron la Agenda: “Transformar Nuestro Mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”. El documento establece los 17 Objetivos del Desarrollo Sostenible, dentro de los cuales los Objetivos trece, catorce y quince, establecen adoptar medidas urgentes, para combatir el cambio climático y sus efectos; conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos, para el desarrollo sostenible. Así como proteger, restablecer y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar los bosques de forma sostenible, luchar contra la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y poner freno a la pérdida de la diversidad biológica.

Ahora bien, con el objetivo de dar cumplimiento a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, el Ayuntamiento mediante el Acuerdo de Cabildo No. 400, creó el Consejo Municipal para el Cumplimiento de la Agenda 2030 de Naucalpan de Juárez, México, el cual tiene como misión: diseñar, ejecutar y evaluar estrategias, programas, acciones y políticas públicas, que garanticen el cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el Municipio.

Por lo que, con la implementación de un Proyecto de manejo y aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante la Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, se coadyuvaría a cumplir con parte de los objetivos de la Agenda 2030 de Naucalpan de Juárez, México.

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Decima.- Por otra parte a nivel nacional, en el Estado de México y en el Municipio de Naucalpan de Juárez, México, el derecho a un medio ambiente sano, para el desarrollo y bienestar de las personas constituye un ordenamiento protegido y contemplado, tanto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, leyes secundarias, así como de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y leyes estatales cuyos mandatos establecen al Estado garantizar el respeto a este derecho.

Al respecto el artículo 26 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), establece que las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias y en coordinación con la Federación, deberán elaborar e instrumentar los programas locales, para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Consideraciones de Derecho

Primera.- El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley; tendrán facultades de aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Segunda.- Asimismo, de acuerdo al inciso c) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos entre otras cuestiones de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.

Tercera.- Por su parte el artículo 122 de la Constitución Política del Estado Libe y Soberano de México, establece en su párrafo tercero que los municipios tienen a su cargo las funciones y servicios públicos que señala la Constitución Federal.

Cuarta.- De igual forma diversas disposiciones del artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, refiere que son disposiciones de los ayuntamientos, proponer la creación de organismos municipales, así como de convenir, contratar o concesionar, en términos de lo establecido en la ley, la ejecución de obras y la prestación de servicios públicos con el Estado, con otros municipios de la entidad o con particulares, recabando la autorización cuando proceda de la legislatura del Estado, así como crear las unidades administrativas necesarias, para el adecuado funcionamiento de la administración pública municipal y para la eficaz prestación de los servicios públicos.

Quinta.- El Municipio de Naucalpan de Juárez, México, de conformidad con el artículo 125 fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado México, tiene a su cargo la prestación, explotación, administración y conservación de los servicios públicos, entre ellos la limpia y disposición de desechos.

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Sexta.- El artículo 37 del Bando Municipal vigente de Naucalpan de Juárez, México, establece que la Administración Municipal de Naucalpan de Juárez, México, es el conjunto de órganos y autoridades a través de los cuales el Municipio realizará actividades para satisfacer las necesidades generales que constituyen el objeto de los servicios públicos.

Séptima.- El Bando Municipal vigente de Naucalpan de Juárez, México, en el artículo 46 prevé que los servicios públicos municipales se prestarán con la mayor cobertura, calidad y eficiencia posible, considerando las condiciones territoriales y cobertura, calidad y eficiencia posible, considerando las condiciones territoriales y socio-económicas del Municipio, asimismo, el mencionado artículo 46 en su segundo párrafo, menciona que el Gobierno Municipal tendrá a su cargo la ejecución de las obras, instalaciones, funcionamiento, mantenimiento y conservación de los servicios públicos que requieran, ya sea con recursos propios, o en su caso, con la participación de otras entidades públicas de conformidad con la normatividad aplicable.

Octava.- En la Constitución Local, en el artículo 31 fracción XXXVI, establece que la Legislatura puede autorizar la celebración de actos o convenios que trasciendan el período del Ayuntamiento. Por lo anteriormente expuesto y fundado, es viable someter a consideración del H. Cabildo, el Proyecto de Acuerdo Económico que se acompaña al presente Proyecto de Resolución.

Dado en el Palacio Municipal de Naucalpan de Juárez, México a los doce días del mes de julio de dos mil dieciocho.

Mtro. Víctor Hugo Gálvez Astorga Presidente Municipal de Naucalpan

de Juárez, México. (Rúbrica)

Esta hoja con firma forma parte integrante del Proyecto del Acuerdo No. 430, Acuerdo Económico por el que se autoriza el Proyecto de Manejo y Aprovechamiento de Residuos Orgánicos mediante Valorización Energética en el Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México.

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GACETA MUNICIPAL

Colaboradores

Dirección Técnica

Subdirección de Normatividad y Convenios

Departamento de Acuerdos y Proyectos

Chávez López Juan José

Millán Díaz Omar

Castañeda Vásquez Fernando

Alcántara Guerrero Verónica