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0 Gaceta Municipal Órgano Oficial 02 de diciembre de 2016 Número 092 Año 01 H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA 2016-2018

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Gaceta Municipal

Órgano Oficial

02 de diciembre de

2016 Número 092 Año 01

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

ATIZAPÁN DE ZARAGOZA 2016-2018

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PRESENTACIÓN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, 2016-2018, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 124 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 31 FRACCIONES I Y XXXVI Y 48 FRACCIÓN III DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, HA TENIDO A BIEN PUBLICAR LA PRESENTE GACETA MUNICIPAL, COMO ÓRGANO OFICIAL INFORMATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, QUE DA CUENTA DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR EL AYUNTAMIENTO EN SESIONES DEL H. CABILDO, ASÍ COMO DE LOS REGLAMENTOS, CIRCULARES Y DEMÁS DISPOSICIONES JURÍDICAS Y ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL, DENTRO DEL TERRITORIO MUNICIPAL.

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CONTENIDO ACUERDOS DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, PERÍODO DE GOBIERNO DOS MIL DIECISÉIS – DOS MIL DIECIOCHO, TOMADOS EN LA TRIGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. 1.- PROPUESTA DE DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL ACTA DE LA TRIGÉSIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 2016. (PÁGINAS 6-6). 2.- ACUERDO POR EL QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 81 DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, APRUEBA DE FORMA NOMINAL EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR, EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN PRESENTADO EN EL DESAHOGO DEL PUNTO 6.7 DE LA TRIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA EN FECHA 21 DE OCTUBRE DE 2016; RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. ROBERTO DÍAZ MANRÍQUEZ, DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICEN LAS REFORMAS AL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL, EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO DEL H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/097/CABILDO/2016). (PÁGINAS 6-24). 3.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA QUE LA ACTUAL SUBDIRECCIÓN DE CONCERTACIÓN, INSPECCIÓN, ANUNCIOS, VÍA PÚBLICA Y MERCADOS, SE DENOMINE COMO “SUBDIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD”, A SOLICITUD DEL LIC. MANUEL DE LA VEGA SUÁREZ, TESORERO MUNICIPAL. (PÁGINAS 24-25). 4.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA EL DICTAMEN DE RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL, PRESENTADO POR EL LICENCIADO FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA, SEXTO REGIDOR. (PÁGINAS 25-27).

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5.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EMITE VOTO AL PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA TRES ÚLTIMOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 5 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO. (PÁGINAS 28-28). 6.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE ARRENDAMIENTOS, ADQUISICIONES DE INMUEBLES Y ENAJENACIONES, APROBADO EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018, CELEBRADA EL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2016. (PÁGINAS 29-29). 7.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA LA REVOCACIÓN DEL ACUERDO REFERENTE A LA CONFORMACIÓN DEL FIDEICOMISO PLAN DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDADES DE TRABAJO (PIET), APROBADO EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018, CELEBRADA EL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2016. (PÁGINAS 30-30). 8.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. MAURICIO MANUEL BAEZA, PARA QUE SE AUTORICE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE RESTAURANTE BAR CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS MAYORES A 12 GRADOS DEL ESTABLECIMIENTO “COMICX QUÉRETARO, 2, S.A. DE C.V.” (COMICX ATIZAPÁN), UBICADO EN BLVD. ADOLFO RUÍZ CORTINES NO.255, LOMAS DE ATIZAPÁN, GALERÍAS ATIZAPÁN, LOCAL 337. (EXPEDIENTE SHA/182/CABILDO/2016). (PÁGINAS 31-31). 9.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS TREJO ESTRADA, SUBDIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA BAJA PATRIMONIAL Y CONTABLE, POR CONCEPTO DE ROBO DE UN RADIO MARCA SEPURA, MODELO STP8038, SERIE 2PNC01208G4M0TT, CON NÚMERO DE INVENTARIO ATI 0 100 Q00 32635. (EXPEDIENTE SHA/183/CABILDO/2016). (PÁGINAS 31-32). 10.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS TREJO ESTRADA, SUBDIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA QUE SE

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AUTORICE LA BAJA PATRIMONIAL Y CONTABLE DE 26 BIENES MUEBLES NO LOCALIZADOS. (EXPEDIENTE SHA/184/CABILDO/2016). (PÁGINAS 32-32). 11.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS TREJO ESTRADA, SUBDIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA BAJA PATRIMONIAL Y CONTABLE, POR OBSOLESCENCIA DE 598 BIENES MUEBLES INFORMÁTICOS. (EXPEDIENTE SHA/185/CABILDO/2016). (PÁGINAS 33-33). 12.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS TREJO ESTRADA, SUBDIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA BAJA PATRIMONIAL Y CONTABLE, POR BIEN NO LOCALIZADO, DE UN TALADRO ROTO MARTILLO, MARCA BOSCH, MODELO GSD13RE, CON NÚMERO DE INVENTARIO ATI 0 100 H00 31666. (EXPEDIENTE SHA/186/CABILDO/2016). (PÁGINAS 33-34). 13.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS TREJO ESTRADA, SUBDIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA BAJA PATRIMONIAL Y CONTABLE, POR ROBO DE DOS BIENES CORRESPONDIENTES A UNA COMPUTADORA MARCA HP, MODELO 550, SERIE CNU9225R69, CON NÚMERO DE INVENTARIO ATI 0 100 C09 26395 Y UNA COMPUTADORA MARCA HP, MODELO PROBOOK 4440S, SERIE CE34001BQ, CON NUMERO DE INVENTARIO ATI 0 100 C09 30682. (EXPEDIENTE SHA/187/CABILDO/2016). (PÁGINAS 34-35). 14.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS TREJO ESTRADA, SUBDIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL, PARA QUE SE AUTORICE LA BAJA PATRIMONIAL Y CONTABLE, POR ROBO DE UN DISCO DURO, MARCA LACE, MODELO PORSHE DESIGN P9320, SERIE 16031309233576ZHB, CON NÚMERO DE INVENTARIO ATI 0 100 C12 2591. (EXPEDIENTE SHA/188/CABILDO/2016). (PÁGINAS 35-35). 15. ACUERDO POR EL QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE GOBERNACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA C. MAURA MARCELA PANIAGUA BUELNAS, PARA QUE SE LE AUTORICE EL GIRO COMERCIAL DE RESTAURANTE CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS MAYOR A 12 GRADOS EN LOS ALIMENTOS,

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EN EL INMUEBLE UBICADO EN AVENIDA RESIDENCIAL CHILUCA NO.1, LOCAL 8C3, FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL CHILUCA, EN ESTE MUNICIPIO, CON EL NOMBRE COMERCIAL “LE BISTRO”. (EXPEDIENTE SHA/189/CABILDO/2016). (PÁGINAS 36-36). 16.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. EDGAR RAINIER PALACIOS LANDEROS, DIRECTOR DE CULTURA, ARTE Y RECREACIÓN, PARA QUE SEA REVISADO Y VALIDADO EL REGLAMENTO PARA EL ARRENDAMIENTO Y USO DE LAS INSTALACIONES DEL TEATRO ZARAGOZA, CENTRO CULTURA LUIS NISHIZAWA Y CENTRO MUNICIPAL DE CULTURA Y ARTE DEL H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/190/CABILDO/2016). (PÁGINAS 36-37). 17.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. J. JESÚS MENDOZA RIVERA, DIRECTOR DE GOBIERNO, PARA QUE SE AUTORICE UN DICTAMEN DE RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL. (EXPEDIENTE SHA/191/CABILDO/2016). (PÁGINAS 37-37). 18.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL LIC. MANUEL DE LA VEGA SUÁREZ, TESORERO MUNICIPAL, PARA QUE SE APRUEBE EL ACUERDO CONCERNIENTE A LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO ESTATAL DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL (FEFOM 2016), POR UN MONTO DE $30,091,687.54 (TREINTA MILLONES NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS 54/100 M.N.), DE CONFORMIDAD CON LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN SEÑALADOS EN SU OFICIO NÚMERO TM/STE/PFE/5159/2016. (EXPEDIENTE SHA/192/CABILDO/2016). (PÁGINAS 38-38). 19.- ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, ENVÍA A LA COMISIÓN EDILICIA DE PROTECCIÓN CIVIL, PARA ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN, LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. CARLOS MANUEL RODRÍGUEZ DELGADO, DIRECTOR DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS, PARA QUE SE APRUEBE EL ATLAS MUNICIPAL DE RIESGOS. (EXPEDIENTE SHA/193/CABILDO/2016). (PÁGINAS 38-39).

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20.- DICTAMEN QUE EMITE LA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA, RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. ROBERTO DÍAZ MANRÍQUEZ, DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICE LA RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL PARA RESULTADOS, CONTENIDA EN EL OFICIO NÚMERO DDU/CA/2983/2016 DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DEL 2016. (EXPEDIENTE SHA/161/CABILDO/2016). (PÁGINAS 39-48).

PROPUESTA DE DISPENSA DE LECTURA Y APROBACIÓN EN SU CASO DEL ACTA LEVANTADA CON MOTIVO DE LA TRIGÉSIMA

SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018, DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO

2016. Se dispensa la lectura y se aprueba por unanimidad el Acta levantada con motivo

de la Trigésima Sexta Sesión Ordinaria de Cabildo de la Administración Municipal

2016 – 2018, de fecha 14 de noviembre del año 2016.

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO

PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

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ACUERDO POR EL QUE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 81 DEL REGLAMENTO DE CABILDO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, APRUEBA DE FORMA NOMINAL EN LO GENERAL Y EN LO PARTICULAR, EL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN PRESENTADO EN EL DESAHOGO DEL PUNTO 6.7 DE LA TRIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA EN FECHA 21 DE OCTUBRE DE 2016; RELATIVO AL ESTUDIO, ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL C. ROBERTO DÍAZ MANRÍQUEZ, DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICEN LAS REFORMAS AL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL, EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO DEL H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO. (EXPEDIENTE SHA/097/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor en lo general y en lo particular. DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN EDILICIA DE REGLAMENTACIÓN

RELATIVO AL ESTUDIO ANÁLISIS Y DICTAMINACIÓN DE LA SOLICITUD

PRESENTADA POR EL C. ROBERTO DÍAZ MANRÍQUEZ, DIRECTOR DE

DESARROLLO URBANO, PARA QUE SE AUTORICEN LAS REFORMAS AL

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE PLANEACIÓN

PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL, EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO DEL

H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA, MÉXICO (EXPEDIENTE

SHA/097/CABILDO/2016).

A la Comisión Edilicia de Reglamentación integrada por los CC. Leopoldo Corona Aguilar,

Segundo Regidor y Presidente de la Comisión, Francisco Rodolfo Solorza Luna Sexto

Regidor y Secretario de la Comisión, Rosalba Navarrete Cerón Tercer Regidor y Vocal

de la Comisión, Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal y Vocal de la Comisión, Jorge

Luis Portillo Salgado Décimo Tercer Regidor y Vocal de la Comisión, le fue turnado

durante la Vigésima Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo, el Expediente número

SHA/097/CABILDO/2016, relativo al Estudio, Análisis y Dictaminación de la solicitud

presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, para que

se autoricen las reformas al Reglamento para el Funcionamiento de la Comisión de

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Planeación para el Desarrollo Municipal, en materia de desarrollo urbano del H.

Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, México, por lo que con fundamento en lo

dispuesto por los artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, 112, 113, 116, 123 y 124 de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de México; 1, 2, 15, 30 bis párrafo tercero incisos a), b) c) y d), 31 fracción I 55

fracción IV, 64 fracción I, 66, 69 fracción I inciso r) 163 y 165 de la Ley Orgánica Municipal

del Estado de México y 72 del Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de

Atizapán de Zaragoza; somete a la consideración de los integrantes del Honorable

Cabildo, el siguiente Dictamen de Comisión , al tenor de los siguientes

A N T E C E D E N T E S

PRIMERO.- Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza,

Estado de México por acuerdo Cabildo de fecha 01 de enero del año 2016, aprobó la

propuesta de la C. Ana María Balderas Trejo Presidenta Municipal Constitucional y

conformó las Comisiones para el periodo de gobierno 2016-2018, estando entre ellas la

denominada Comisión Edilicia de Reglamentación, con los siguiente integrantes:

Mtro. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Presidente de la Comisión. C. Francisco Rodolfo Solorza Luna Sexto Regidor y Secretario de la Comisión. C. Rosalba Navarrete Cerón Tercer Regidor y Vocal de la Comisión. C. Carlos Jesús Leyva Mora Síndico Municipal y Vocal de la Comisión. Lic. Jorge Luis Portillo Salgado Décimo Tercer Regidor y Vocal de la Comisión.

SEGUNDO.- Que con fecha 14 de julio del año 2016, para dar cumplimiento a la

instrucción del H. Ayuntamiento tomado en el punto 6.3. de la Vigésima Quinta Sesión

Ordinaria de Cabildo, el Secretario del Ayuntamiento, Lic. Juan Mauro Granja Jiménez,

remitió mediante oficio Número S.H.A./TUR./COM/097/2016 al Mtro. Leopoldo Corona

Aguilar, Segundo Regidor y Presidente de la Comisión Edilicia de Reglamentación, la

solicitud presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano,

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para que se autoricen las reformas al Reglamento para el Funcionamiento de la Comisión

de Planeación para el Desarrollo Municipal, en materia de Desarrollo Urbano del H.

Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, México.

TERCERO.- Que en términos de lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Orgánica

Municipal vigente en la entidad, los Ayuntamientos como órganos deliberantes, deberán

resolver colegiadamente los asuntos de su competencia.

CUARTO.- Que en término del artículo 30 bis de la citada Ley Orgánica Municipal, el

Ayuntamiento para atender en su caso resolver los asuntos de su competencia,

funcionará en Pleno y mediante Comisiones.

QUINTO.- Que previa convocatoria quienes integramos la Comisión Edilicia de

Reglamentación el día 10 de Octubre del presente año, nos reunimos en la Sala de

Juntas de la Secretaría del H. Ayuntamiento, los C.C. Integrantes de la Comisión de

Reglamentación con la intención de proceder al estudio análisis y dictaminación del

expediente que nos fue turnado para tal efecto.

SEXTO.- Que la Comisión Edilicia de Reglamentación es competente para conocer y

resolver en sus términos, el expediente número SHA/CABILDO/097/2016.

CONSIDERACIONES DE HECHO

PRIMERA.- Que el régimen constitucional contempla al Municipio como la base de la

división territorial y de la organización política y administrativa de los Estados de la

Federación. El municipio es la sociedad política primordial y la expresión institucional del

Estado Mexicano más inmediata a la población.

SEGUNDA.- Que se cuenta con un ordenamiento normativo que establece las bases para

la organización y funcionamiento de la autoridad legalmente constituida como

Ayuntamiento, en los términos de la Ley Orgánica Municipal de Estado de México.

TERCERA.- Que quienes integramos la presente Administración de Gobierno, creemos

que es indispensable proceder a realizar una revisión detallada de la Reglamentación

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Municipal y que ésta se ajuste y actualice a las disposiciones legales que rigen la

actuación de quien somos servidores públicos.

CUARTO.- Que el Reglamento para el Funcionamiento de la Comisión de Planeación

para el Desarrollo Municipal de Atizapán de Zaragoza, México fue aprobado en la

Administración 2013-2015, en la Décima Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha

17 de Mayo del año dos mil trece publicado en la Gaceta Municipal número 32, del día 17

de Mayo del año 2013.

CONSIDERACIONES DE DERECHO

PRIMERA.- El Ayuntamiento tiene la facultad de emitir disposiciones administrativas de

carácter general en base a lo dispuesto por el artículo 115 fracción II párrafo segundo de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano que señala:

“Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar de acuerdo a las leyes en materia

municipal los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia

general dentro de sus respectivas jurisdicciones que organicen la administración pública

municipal, regulen las materias, los procedimientos funciones y servicios públicos de su

competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal”.

SEGUNDA.- La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su

artículo 123 establece que los Ayuntamientos en el ámbito de su competencia

desempeñaran, facultades normativas para el régimen de gobierno y administración del

Municipio, así como funciones de inspección, concerniente al cumplimiento de las

disposiciones de observancia general aplicables.

TERCERA.- La Ley Orgánica Municipal vigente en la entidad establece en su artículo

primero que el Municipio Libre es la base de la división territorial y de la organización

política del Estado investido de personalidad jurídica propia, integrado por una comunidad

establecida en un territorio, con un gobierno autónomo en su régimen interior y en la

administración de la hacienda pública, en términos del Artículo 115 de la Constitución

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Política de los Estados Unidos Mexicanos; y en su artículo 32 fracción I señala que son

atribuciones de los Ayuntamientos, expedir y reformar reglamentos, circulares y

disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del Municipio,

que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y en

general para el cumplimiento de sus atribuciones.

CUARTA.- La integración del presente dictamen, tiene su fundamento en el ejercicio de

las atribuciones conferidas a las Comisiones Edilicias del Ayuntamiento por el artículo 66

de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Así, por lo anteriormente expuesto y fundado, la Comisión de Reglamentación, tiene a

bien proponer los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se abroga el anterior Reglamento para el Funcionamiento de la Comisión de

Planeación para el Desarrollo Municipal, en materia de Desarrollo Urbano, del H.

Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, México publicado en la Gaceta Municipal

número 32, del día 17 de mayo del año 2013.

SEGUNDO.- Se autoriza el Reglamento para el Funcionamiento de la Comisión de

Planeación para el Desarrollo Municipal, en materia de Desarrollo Urbano del H.

Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, México.

TERCERO.- Publíquese y difúndase en la Gaceta Municipal del Honorable Ayuntamiento

Constitucional de Atizapán de Zaragoza.

CUARTO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento para los efectos de que

proceda a dar de baja el expediente en el que se actúa de los asuntos pendientes de la

Comisión de Reglamentación.

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REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL, EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO,

DEL H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA, MÉXICO.

TITULO PRIMERO OBJETO Y NATURALEZA JURÍDICA

CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las bases para la organización, estructura y funcionamiento de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal de Atizapán de Zaragoza, México, en materia de Desarrollo Urbano. Artículo 2.- Para los efectos del Presente Reglamento, se entenderá por: I. Ayuntamiento.- El Honorable Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, México. II. Cabildo.- El Honorable Ayuntamiento en sesión. III. Comisión. - La comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal

(COPLADEMUN). IV. Miembro de la Comisión. - Cualquiera de los Integrantes de la Comisión. V. Municipio.- El Municipio de Atizapán de Zaragoza, México. VI. Presidenta Municipal.- La Presidenta Municipal Constitucional de Atizapán de

Zaragoza, México. VII. Reglamento.- El Reglamento para el Funcionamiento de la Comisión de

Planeación para el Desarrollo Municipal en materia de Desarrollo Urbano.

CAPITULO SEGUNDO DE LA NATURALEZA JURÍDICA, MISIÓN Y OBJETIVOS

DE LA COMISIÓN EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO

Artículo 3.- La Comisión es un órgano colegiado de consulta, deliberante, de análisis y dictaminación, que auxiliará al Ayuntamiento en el ejercicio de sus actuaciones en materia de Desarrollo Urbano; por lo que sus determinaciones tendrán el carácter de acuerdos, en concordancia plena con las normas y reglamentos aplicables a los casos que le sean solicitados. Artículo 4.- La Comisión tiene como misión, ser un órgano de consulta, opinión y dictaminación para contribuir a la equidad en la participación de los sectores público, social y privado, en materia de planeación para el crecimiento y el desarrollo urbano ordenado del municipio. Artículo 5.- Son objetivos de la Comisión los siguientes:

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I.- Promover y fomentar la participación de los sectores público, social y privado en la planeación del crecimiento y desarrollo urbano municipal. II.- Emitir opinión en estricto apego a derecho, mediante el procedimiento correspondiente, según las circunstancias, en los temas y asuntos de su injerencia o aquellos que le sean turnados por la autoridad competente, allegándose para ello los elementos técnicos y jurídicos que le sean necesarios.

CAPÍTULO TERCERO

DE LAS FACULTADES, ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN

Artículo 6.- La Comisión tendrá las siguientes facultades y atribuciones: I.-Establecer y aplicar los procedimientos, medios o acciones en concordancia con la normatividad aplicable para emitir la opinión que corresponda sobre las solicitudes referentes a los cambios de uso y aprovechamientos del suelo en los términos que establece el artículo 5.57 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; II.-Asimismo, para dichas solicitudes de cambio de uso y aprovechamiento del suelo, observar lo que establece el Código Administrativo del Estado de México Libro Quinto en sus artículos 5.33 y 5.34; III.-Colaborar con el Ayuntamiento en la elaboración, análisis y seguimiento del Plan Municipal de Desarrollo Urbano en los términos que establece el artículo 31 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, mediante la formulación de sugerencias para el método de análisis del Plan Municipal de Desarrollo Urbano y propuestas de adecuación y mejoras al mismo a través de foros y otros procedimientos que determine la propia Comisión; IV.-Proponer al Ayuntamiento, la elaboración o revisión de reglamentos y otras disposiciones administrativas, que regulen el funcionamiento del Plan Municipal de Desarrollo Urbano; V.-Proponer al Ayuntamiento las modificaciones que considere necesarias al presente reglamento; VI.-Efectuar estudios y análisis de la información necesaria para realizar las actividades propias de la Comisión; y VII.-Las demás que le señalen otras disposiciones jurídicas de carácter federal, estatal o municipal o las necesarias para su adecuado funcionamiento. Artículo 7.- La Comisión tendrá las siguientes obligaciones:

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I.-Establecer, consolidar y mantener un sistema permanente de participación responsable de los sectores público, social y privado en la planeación urbana a corto, mediano y largo plazo. II.-Desahogar las consultas que legalmente procedan, en materia de creación y establecimiento de nuevos asentamientos humanos dentro del municipio, así como de solicitudes de opinión para cambio del uso y aprovechamiento del suelo conforme al artículo 5.57 del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

CAPÍTULO CUARTO DE LOS CAMBIOS DE USO DEL SUELO, DE DENSIDAD,

DEL COEFICIENTE DE OCUPACIÓN, DEL COEFECIENTE DE UTILIZACIÓN Y DE ALTURA DE EDIFICACIONES DE UN LOTE O PREDIO.

Artículo 8.- La Comisión emitirá la opinión que corresponda en un término que no exceda de treinta días naturales a partir de que le sea turnado el expediente por la autoridad competente, para que ésta a su vez pueda otorgar en su caso la autorización sobre el cambio de uso del suelo a otro que se determine sea compatible, el cambio de uso del suelo, densidad e intensidad, del coeficiente de utilización u ocupación de un predio o inmueble e incremento de altura que se encuentre ubicado en áreas urbanas o urbanizables del municipio previstas en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, siempre y cuando el cambio no altere las características de la estructura urbana prevista, vial, hidráulica y sanitaria, ambiental y las de su imagen. Así mismo, para dichas solicitudes de cambio de uso del suelo, observar lo que establece el Código Administrativo del Estado de México Libro Quinto en sus artículos 5.33 y 5.34. Artículo 9.- El propietario interesado o solicitante facultado en obtener autorización para el cambio de Uso y aprovechamiento del suelo a que se refiere esta Sección, deberá presentar solicitud a la Comisión con los requisitos establecidos en el propio ordenamiento. La opinión técnica que emita la Comisión deberá ser expedida, mediante acuerdo fundado y motivado, para que, a través de la dependencia administrativa competente, se emita, en su caso, la autorización o negativa de la solicitud de que se trate. La Comisión en todo momento podrá asistirse del apoyo de las dependencias y entidades del Ayuntamiento, así como las de índole federal y estatal para normar criterios y emitir el dictamen correspondiente. Artículo 10.- Bajo ninguna circunstancia se podrá emitir opinión favorable para cambiar el uso del suelo de terrenos de dominio público destinados a vías públicas. Artículo 11.- El expediente materia de análisis para emitir la opinión para el cambio de uso del suelo, densidad o intensidad de su aprovechamiento o el cambio de altura máxima permitida de un predio o inmueble deberá de ser acompañada de: I.-Solicitud ante la dependencia encargada del Desarrollo Urbano.

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II.-Memoria descriptiva del proyecto pretendido, que contendrá las características físicas del predio o inmueble, de su superficie, accesos viales, colindancias y nombre de las calles circundantes, así como los procesos de producción o servicios que genera, integrando a esta, función de la magnitud y características del proyecto un estudio de condiciones similares y proporcionales o en su caso un estudio de impacto urbano, respecto al cambio de uso de suelo compatible solicitado, que deberá expresar metódica y comparativamente, una vez determinada su compatibilidad, las variables de densidad e intensidad, coeficiente de utilización y ocupación del predio o incremento de altura, el cual deberá estar firmado por perito responsable de Obra del Estado de México. Los estudios deberán plantear los impactos que el cambio pretendido generaría y la propuesta puntual de su mitigación. III.- Factibilidad de dotación de servicios expedido por el Organismo Descentralizado del Servicio de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Atizapán de Zaragoza denominado SAPASA. IV.-Croquis de localización del predio o inmueble con sus medidas y colindancias y el respectivo alineamiento, para verificar la existencia de posibles restricciones que pueden afectar su aprovechamiento. V.-Licencia del uso del suelo para verificar las normas de aprovechamiento del predio o inmueble. VI.-Documento que acredité la propiedad debidamente inscrito en el Instituto de la Función Registral del Estado de México. VII.-Anteproyecto arquitectónico. VIII.-Acta Constitutiva que acredite la constitución de la sociedad o asociación, tratándose de personas Jurídico Colectivas, así como poder notarial del representante legal. IX.-Cuando se trate de condominios habitacionales de 10 o más viviendas deberá presentar la constancia de viabilidad de acuerdo a lo señalado en el Art. 5.33 del Libro Quinto de Código Administrativo del Estado de México. X- Cuando se trate del cambio de uso del suelo a otro que genere impacto regional, se acompañará además el Dictamen de Impacto Regional correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México en su artículo 5.35, así como los señalados en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Atizapán de Zaragoza vigente.

CAPÍTULO QUINTO DEL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN

Artículo 12.- Para la emisión de la opinión para el cambio de uso del suelo, de densidad, del coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización y de altura de edificaciones de un lote o predio, se observará lo siguiente: I.- El interesado presentará su solicitud, acompañada de los documentos previstos en el artículo precedente, ante la dependencia municipal encargada del desarrollo urbano,

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quien dentro de los cinco días hábiles siguientes la remitirá a la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal, conforme lo establece el artículo 5.57 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. II.- La Comisión, emitirá su respuesta dentro de los diez días hábiles siguientes de la fecha de recepción de la solicitud, y de ser ésta favorable, la dependencia municipal encargada del desarrollo urbano, emitirá dentro del término de los diez días hábiles siguientes , la autorización correspondiente previo pago de derechos.

TITULO SEGUNDO DE LA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN

CAPITULO PRIMERO

DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN Artículo 13.- La Comisión se integrará con ciudadanos distinguidos del municipio que por su experiencia profesional o cualidades puedan hacer aportaciones valiosas para cumplir con los objetivos de la Comisión. Artículo 14.- La Presidenta Municipal convocará dentro del período constitucional del gobierno que corresponda, a las organizaciones sociales y ciudadanía en general del municipio para que se integren a la Comisión. Artículo 15.- La Comisión estará integrada por: 1.-Presidenta y Suplente 2.-Coordinador Operativo y Suplente 3.-Secretarío Técnico y Suplente 4.-1er Vocal y Suplente 5.-2do Vocal y Suplente 6.-3er Vocal y Suplente 7.-4to Vocal y Suplente Artículo 16.- Para ser miembro de la Comisión se requiere: I.-Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II.- Ser vecino del Municipio de Atizapán de Zaragoza, en términos de lo establecido en el artículo 21 fracción II del Bando Municipal y Artículo 17.- La Presidenta analizará y en su caso, propondrá a los miembros que integrarán la Comisión. Artículo 18.-El Ayuntamiento por causa debidamente justificada podrá remover o sustituir a los miembros de la Comisión, escuchando previamente la opinión de ésta.

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Artículo 19.-La Comisión podrá proponer al Ayuntamiento la sustitución del o los miembros de los que hayan causado baja, quienes deberán reunir los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Artículo 20.- Los cargos de Presidente, Coordinador Operativo, Secretario Técnico, Vocales y sus suplentes que conforman la Comisión son honoríficos.

CAPITULO SEGUNDO DE LAS CAUSAS DE REMOCIÓN Y PROHIBICIONES

DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN

Artículo 21.- El carácter de miembro de la Comisión se pierde: I.-Por renuncia expresa; II.-Por ejecutar actos contrarios a la ley; III.-Por desinterés o desatención de los asuntos a su cargo; IV.-Por haberse separado del cargo que ostentaba al momento de integrarse la Comisión; y V.-Por faltar, sin causa justificada a tres sesiones en forma consecutiva o a cuatro en forma discontinua en el término de un año. La justificación será presentada por escrito y calificada por la Comisión. Artículo 22.- En ningún caso los miembros de la Comisión podrán ostentarse como tales, en actividades que no están debidamente programadas o autorizadas por la propia Comisión. Artículo 23.-Los vocales suplentes sólo sesionarán en ausencia de los vocales propietarios contando con voz y voto y serán tomados en cuenta para la integración del quórum. Artículo 24.-En los casos que el vocal propietario renuncie o sea sustituido, el suplente asumirá la titularidad del cargo. La Presidenta Municipal someterá dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la renuncia o baja la propuesta a Cabildo del nuevo suplente.

CAPÍTULO TERCERO DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN

SECCIÓN PRIMERA DE LA PRESIDENTA

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Artículo 25.-Corresponde a la Presidenta de la Comisión, el desempeño de las siguientes facultades y atribuciones: I.-Presidir las sesiones de la Comisión, los foros de consulta ciudadana y cualquier otra reunión oficial de la Comisión; II.-Participar con voz y voto en las sesiones de la Comisión; III.-Dirigir los debates de las sesiones de la Comisión; IV.-Firmar los documentos que expida la Comisión; V.-Conocer e informar en sesión, de las excusas de intervención de los miembros de la Comisión; VI.-Representar a la Comisión en los casos de que ésta forme parte de una controversia jurisdiccional o administrativa; VII.- Fungir como enlace de la Comisión con los entes de los sectores público, privado y social; VIII.-Las demás que el Ayuntamiento o la Comisión le encomienden. Para el mejor funcionamiento de la Comisión, la Presidenta podrá delegar en el Coordinador Operativo las facultades y atribuciones que considere pertinentes.

SECCION SEGUNDA DEL COORDINADOR OPERATIVO

Artículo 26.-El Coordinador Operativo tendrá las funciones y atribuciones siguientes: I.-Convocar de manera conjunta con el Secretario Técnico, a los miembros de la Comisión a las sesiones; II.-Participar con voz y voto en las sesiones de la Comisión; III. Invitar por acuerdo del Ayuntamiento o de la Comisión a las sesiones de esta última, cuando así se acuerde, a los Consejos de Participación Ciudadana, a los integrantes de organizaciones civiles representativas del sector social y a ciudadanos en general, involucrados en asuntos turnados a la Comisión o que sean del interés general de la población del Municipio; IV.-Pasar lista de asistencia a las sesiones y constatar que existe quórum; V.-Conceder el uso de la palabra en las sesiones de la Comisión; VI.-Firmar los documentos que expida la Comisión;

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VII.-Realizar los citatorios y las notificaciones de los acuerdos y demás documentación pertinente que deba remitirse a las diferentes partes involucradas para cada asunto; VIII.-Elaborar las certificaciones correspondientes de las actuaciones de la Comisión cuando se requieran; IX.-Suplir a la Presidenta de la Comisión, en sus facultades y atribuciones en ausencia de ésta y de su suplente; X.- Elaborar el Orden del Día con base en los documentos que le sean turnados por la autoridad competente a las solicitudes de los miembros de la Comisión. XI.-Elaborar los proyectos de punto de apoyo de los asuntos que se sometan a consideración de la Comisión. XII.-Vigilar que se realice el seguimiento y se cumplan los acuerdos y resoluciones de la Comisión; XIII.-Presentar a consideración del Ayuntamiento, a través de la Presidenta de la Comisión, los acuerdos y las resoluciones de la Comisión cuando sea procedente; XIV.-Comparecer ante el Cabildo cuantas veces sea requerido por este. XV.-Llevar el registro de los integrantes de la Comisión y de quienes participen en sus trabajos; XVI.-Llevar el archivo de la Comisión; XVII.- Vigilar que la documentación y la correspondencia recibida, sea debidamente registrada e informar de ello a la Presidenta y al Secretario Técnico de la Comisión; XVIII.-Poner a disposición de los miembros de la Comisión, el acceso a la documentación que obre en sus archivos para el mejor desempeño de sus facultades y atribuciones; XIX.-Vigilar el desempeño operativo y administrativos de la Comisión; XX.-Informar al Ayuntamiento sobre los miembros que hayan causado baja de acuerdo a lo establecido en este reglamento para que se resuelva lo conducente; XXI.- Presentar cuando le sea requerido, un informe anual de las actividades y gestión de la comisión al Ayuntamiento; y XXII.-Las demás que el Ayuntamiento o la Comisión le encomienden.

SECCION TERCERA DE LOS VOCALES

Artículo 27.- Los vocales de la Comisión serán designados en número ascendente, conforme a la lista aprobada por el Ayuntamiento y tendrán las siguientes obligaciones, atribuciones y facultades:

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I.-Participar con voz y voto en las sesiones de la Comisión; II.-Informar en caso de no poder asistir, a su suplente de las sesiones que hayan sido convocados; III.-Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias y a los actos oficiales de la Comisión; IV.-Cumplir diligentemente con los encargos que le sean asignados; V.-Acompañar al Coordinador Operativo, cuando la Comisión así lo determine en las comparecencias ante el Cabildo cuantas veces sean requeridos por este. VI.-Las demás que el Ayuntamiento o la Comisión le encomiende.

SECCION CUARTA DEL SECRETARIO TÉCNICO

Artículo 28.- El Secretario Técnico de la Comisión tendrá las siguientes obligaciones, atribuciones y facultades: I.-Convocar de manera conjunta con el Coordinador Operativo a los miembros de la Comisión a las sesiones; II.-Participar con voz en las sesiones, únicamente a petición de la Presidenta o del Coordinador Operativo; III.-Elaborar las actas de las sesiones de la Comisión; IV.-Auxiliar al Coordinador Operativo en los asuntos que se sometan a consideración de la Comisión; V.-Realizar las visitas de campo necesarias para integrar debidamente los expedientes de los asuntos que se sometan a consideración de la Comisión; y VI.-Las demás que el Ayuntamiento o la Comisión le determine.

TÍTULO TERCERO DEL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN

CAPÍTULO PRIMERO DE LAS SESIONES

Artículo 29.-Las sesiones de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal, podrán ser públicas, previo acuerdo de la Comisión y a solicitud de cualquiera de sus miembros. Artículo 30.-La Comisión sesionará ordinariamente por lo menos una vez al mes, en el día, hora y lugar que se designe dentro del Municipio de Atizapán de Zaragoza.

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El Coordinador Operativo junto con el Secretario Técnico deberá convocar a los miembros propietarios de la Comisión para la celebración de las sesiones ordinarias al menos con cuarenta y ocho horas de anticipación, anexando la propuesta de orden del día. Artículo 31.- Cuando fuere necesario, la Comisión realizará sesiones extraordinarias para lo cual el Coordinador Operativo junto con el Secretario Técnico convocará a sus miembros en cualquier momento, anexando la propuesta de la orden del día. Artículo 32.-Los miembros de la Comisión podrán solicitar a través del Secretario Técnico y del Coordinador Operativo, con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la celebración de la sesión, los temas que incluirán en el orden del día, acompañando la documentación que sustente dicha petición. Artículo 33.- El quórum para la celebración de las sesiones de la Comisión se conformará con el 50% más uno de sus integrantes, a quienes se les dará una tolerancia de quince minutos para la integración del quórum, en caso de que no suceda, se emitirá una segunda convocatoria a todos los integrantes, para dar inicio a la sesión en un término no mayor a treinta minutos. En las sesiones derivadas de una segunda convocatoria el quórum se integrará con los miembros de la Comisión que se encuentren presentes, siempre y cuando entre ellos este la Presidenta o el Coordinador Operativo y al menos dos vocales. En los casos que sesionen por segunda convocatoria, los miembros presentes podrán acordar el diferimiento de los asuntos que se consideren que, por su importancia, se deba contar con el quórum señalado en el párrafo primero del presente artículo. Artículo 34.- Una vez que se cuente con el quórum necesario, el Coordinador Operativo quien, procederá a pasar lista de asistentes y declaración del quórum, para que la sesión la declare formalmente instalada e instruirá al Secretario Técnico para que continúe con el desahogo de la misma, procediendo para tal efecto a dar lectura a la propuesta del orden del día y someterlo a aprobación de la Comisión. Aprobado el orden del día el Secretario Técnico procederá a su desahogo. Artículo 35.- Para la discusión de los asuntos a tratar en las sesiones de la Comisión se registrará una primera ronda de oradores que se ordenará de acuerdo con las solicitudes de los integrantes, una vez que el Coordinador Operativo haya expuesto el asunto correspondiente. En esta primera ronda las intervenciones no excederán de cinco minutos. Al agotarse las intervenciones, el Secretario Técnico preguntará si el asunto está suficientemente discutido, en caso contrario se registrará una segunda ronda de oradores. En esta ronda las intervenciones tendrán una duración de tres minutos y se seguirán las mismas reglas que para la primera. Desahogada la segunda ronda, el Secretario Técnico preguntará si el punto está suficientemente discutido, en caso de no ser así, el Secretario Técnico planteará los consensos y las divergencias y de ser necesarios se registraran dos oradores para

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argumentar a favor o en contra de la propuesta discutida. La intervención en esta ronda tendrá una duración máxima de un minuto. En caso de que se pretendan registrar más de dos oradores, quien presida la sesión los conminara a que se decidan quienes intervendrán, en caso contrario, éste determinara quienes serán los que intervengan. Agotadas todas las intervenciones, el que presida la sesión resumirá la propuesta e instruirá al Secretario Técnico para que someta inmediatamente a votación el asunto discutido. Artículo 36.- El orador que esté haciendo uso de la palabra no podrá ser interrumpido, salvo por medio de una moción, que podrá ser solicitada por cualquier miembro de la Comisión en los casos siguientes: I.-Cuando se requiera preguntar o solicitar una aclaración sobre algún punto de su intervención; II.-Cuando se necesite aplazar la discusión del asunto debatido por tiempo determinado o indeterminado a petición de algún miembro de la Comisión; III.-Cuando por mayoría de la Comisión se solicite algún receso durante la sesión; IV.-Cuando se solicite la resolución sobre un aspecto del debate en lo particular; V.-Cuando se solicite la suspensión de la sesión por alguna de las causas establecidas en el presente Reglamento; VI.-Cuando se pida la suspensión de una intervención que no se ajuste al orden, que se aparte del punto o debate o que sea ofensiva o calumniosa para algún miembro de la Comisión; VII.-Cuando la exposición del orador no se refiera al tema en ocurso; y VIII.-Cuando se pida la aplicación del presente Reglamento. Toda moción se dirigirá a quien presida la sesión, quien la aceptará o la negara. En caso que la acepte tomara las medidas pertinentes para que se lleve a cabo; de no ser así la sesión seguirá su curso. De estimarlo conveniente o a solicitud de algún miembro de la Comisión, quien preside podrá someter a votación la moción solicitada, en la que se decidirá su admisión o rechazo. Artículo 37.-No todos los miembros de la Comisión tendrán voz y voto; las decisiones se tomarán por mayoría simple, en caso de empate, solo tendrá voto de calidad la Presidenta de la Comisión. Las votaciones se realizarán generalmente de manera económica, contando el número de votos a favor, en contra y en su caso abstenciones.

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Será nominal cuando así lo determine la Comisión.; los miembros de la Comisión que tienen derecho a voto, dirán en voz alta su nombre completo; expresando el sentido de su voto. Artículo 38- Las sesiones sólo podrán suspenderse por las siguientes causas: I.-Cuando no exista el quórum necesario, en los términos que establecen los artículos 33 y 36 fracción V del presente Reglamento; II.-Cuando exista alteración al orden; III.-Cuando así lo acuerde la Comisión propuesta de la Presidenta; y Artículo 39.-Una vez concluidos los asuntos a debate se procederá a desahogar los asuntos generales, mismos que únicamente serán de carácter informativo, por lo que no habrá pronunciamiento al respecto y únicamente en su exposición podrán ocuparse hasta tres minutos. Artículo 40.-Las actas de las sesiones de la Comisión serán firmadas por la Presidenta, el Coordinador Operativo y el Secretario Técnico en dos tantos, uno que se integrará al expediente de la Comisión, en tanto que el otro se utilizará para las notificaciones y los efectos legales que correspondan. En las actas se hará mención de los asistentes, anexando la documentación que compruebe haberse hecho la convocatoria correspondiente. Los miembros de la Comisión podrán solicitar que se incluyan en el acta los razonamientos del sentido de la emisión de su voto. Deberán anexarse también los documentos y demás elementos relativos a los asuntos tratados en la sesión. Artículo 41-En los casos de estudio, modificación y procedimiento de aprobación de planes y programas de desarrollo o interés general, se podrán realizar sesiones con la participación de los miembros de los Consejos de Participación Ciudadana, de organizaciones representativas de los sectores sociales o privados, así como de ciudadanos especializados en la materia, a fin de recabar su opinión o informarles de las decisiones que la Comisión y el Ayuntamiento hayan tomado al respecto, previa invitación que les extienda la Comisión. Artículo 42.- Los miembros de la Comisión se abstendrán de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, o por adopción, así como para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte. Para cumplir con lo establecido en el párrafo anterior, se deberá presentar la excusa por escrito a la Presidenta o al Coordinador Operativo de la Comisión, quien tomará las

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previsiones necesarias, informando lo conducente la Comisión ya que en caso de no hacerlo se le iniciará el o los procedimientos correspondientes.

CAPÍTULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA OPERATIVO

DE APOYO DE LA COMISIÓN. Artículo 43- La Comisión podrá contar para la ejecución de programas específicos, con personal técnico, operativo y administrativo que la auxilie en sus funciones, a propuesta de la Presidenta.

TRANSITORIOS PRIMERO.- Se abroga el anterior Reglamento para el funcionamiento de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal, en materia de Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, México, publicado en la Gaceta Municipal número 32, del día 17 de Mayo del año 2013. SEGUNDO.-Publíquese en la Gaceta Municipal del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México. TERCERO.- Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal.

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO

PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA QUE LA ACTUAL SUBDIRECCIÓN DE CONCERTACIÓN, INSPECCIÓN, ANUNCIOS, VÍA PÚBLICA Y MERCADOS, SE DENOMINE COMO “SUBDIRECCIÓN DE

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NORMATIVIDAD”, A SOLICITUD DEL LIC. MANUEL DE LA VEGA SUÁREZ, TESORERO MUNICIPAL.

Aprobado por unanimidad de votos a favor.

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PRIMERO.- EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA QUE LA ACTUAL

SUBDIRECCIÓN DE CONCERTACIÓN, INSPECCIÓN, ANUNCIOS, VÍA

PÚBLICA Y MERCADOS, SE DENOMINE COMO “SUBDIRECCIÓN DE

NORMATIVIDAD”, A SOLICITUD DEL LIC. MANUEL DE LA VEGA SUÁREZ,

TESORERO MUNICIPAL.

SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE EL ACUERDO QUE ANTECEDE, AL TITULAR DE

LA TESORERÍA MUNICIPAL PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA

LUGAR.

TERCERO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA MUNICIPAL.

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO

PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE

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MÉXICO, APRUEBA EL DICTAMEN DE RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL, PRESENTADO POR EL LICENCIADO FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA, SEXTO REGIDOR.

Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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PRIMERO.- EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA EL DICTAMEN

DE RECONDUCCIÓN Y ACTUALIZACIÓN PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL,

PRESENTADO POR EL LICENCIADO FRANCISCO RODOLFO SOLORZA

LUNA, SEXTO REGIDOR, EL CUAL FORMA PARTE DEL PRESENTE

ACUERDO, ANEXÁNDOSE AL APÉNDICE DE LA PRESENTE ACTA.

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SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE EL ACUERDO QUE ANTECEDE, AL LICENCIADO FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA, SEXTO REGIDOR Y AL TITULAR DE LA TESORERÍA MUNICIPAL, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA MUNICIPAL.

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

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ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EMITE VOTO AL PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA TRES ÚLTIMOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 5 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO.

Aprobado por unanimidad de votos a favor.

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PRIMERO.- EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, EMITE VOTO

APROBATORIO AL PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA TRES

ÚLTIMOS PÁRRAFOS AL ARTÍCULO 5 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO.

SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE EL ACUERDO QUE ANTECEDE A LOS

CIUDADANOS DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA H. “LIX” LEGISLATURA DEL

ESTADO DE MÉXICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

TERCERO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA MUNICIPAL.

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO

PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

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ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE ARRENDAMIENTOS, ADQUISICIONES DE INMUEBLES Y ENAJENACIONES, APROBADO EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018, CELEBRADA EL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2016. Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PRIMERO.- EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE

ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, AUTORIZA LA

MODIFICACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE ARRENDAMIENTOS,

ADQUISICIONES DE INMUEBLES Y ENAJENACIONES, DE LA SIGUIENTE

MANERA:

PRESIDENTE: LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO.

SEGUNDO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA MUNICIPAL.

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO

PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

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ACUERDO POR EL QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA LA REVOCACIÓN DEL ACUERDO REFERENTE A LA CONFORMACIÓN DEL FIDEICOMISO PLAN DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDADES DE TRABAJO (PIET), APROBADO EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018, CELEBRADA EL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2016.

Aprobado por unanimidad de votos a favor.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PRIMERO.- CON FUNDAMENTO EN LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 29 SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA LA REVOCACIÓN DEL ACUERDO REFERENTE A LA CONFORMACIÓN DEL FIDEICOMISO PLAN DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDADES DE TRABAJO (PIET), APROBADO EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2016 – 2018, CELEBRADA EL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2016. SEGUNDO.- NOTIFÍQUESE A LA TESORERÍA MUNICIPAL Y A LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL EL ACUERDO QUE ANTECEDE, PARA LOS EFECTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS A QUE HAYA LUGAR. TERCERO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA MUNICIPAL.

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS

ÁLVAREZ DEL CASTILLO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

RÚBRICA  

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Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Mauricio Manuel Baeza, para que se autorice la licencia de funcionamiento de Restaurante Bar con venta de bebidas alcohólicas mayores a 12 grados del establecimiento “Comicx Quéretaro, 2, S.A. de C.V.” (Comicx Atizapán), ubicado en Blvd. Adolfo Ruíz Cortines No.255, Lomas de Atizapán, Galerías Atizapán, Local 337. (Expediente SHA/182/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Mauricio Manuel Baeza, para que se autorice la licencia de funcionamiento de Restaurante Bar con venta de bebidas alcohólicas mayores a 12 grados del establecimiento “Comicx Quéretaro, 2, S.A. de C.V.” (Comicx Atizapán), ubicado en Blvd. Adolfo Ruíz Cortines No.255, Lomas de Atizapán, Galerías Atizapán, Local 337. (Expediente SHA/182/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS

ÁLVAREZ DEL CASTILLO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

RÚBRICA   Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por concepto de robo de un radio marca Sepura, modelo STP8038, serie 2PNC01208G4M0TT, con número de Inventario ATI 0 100 Q00 32635. (Expediente SHA/183/CABILDO/2016).

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Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por concepto de robo de un radio marca Sepura, modelo STP8038, serie 2PNC01208G4M0TT, con número de Inventario ATI 0 100 Q00 32635. (Expediente SHA/183/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS

ÁLVAREZ DEL CASTILLO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

RÚBRICA   Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable de 26 bienes muebles no localizados. (Expediente SHA/184/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable de 26 bienes muebles no localizados. (Expediente SHA/184/CABILDO/2016

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

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Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por obsolescencia de 598 bienes muebles informáticos. (Expediente SHA/185/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por obsolescencia de 598 bienes muebles informáticos. (Expediente SHA/185/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por bien no localizado, de un taladro roto martillo, marca Bosch, modelo GSD13RE, con número de Inventario ATI 0 100 H00 31666. (Expediente SHA/186/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor.

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C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por robo de dos bienes correspondientes a una computadora marca HP, modelo 550, serie CNU9225R69, con número de Inventario ATI 0 100 C09 26395 y una Computadora marca HP, modelo PROBOOK 4440S, serie CE34001BQ, con numero de Inventario ATI 0 100 C09 30682. (Expediente SHA/187/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por robo de dos bienes correspondientes a una computadora marca HP, modelo 550, serie CNU9225R69, con número de

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Inventario ATI 0 100 C09 26395 y una Computadora marca HP, modelo PROBOOK 4440S, serie CE34001BQ, con numero de Inventario ATI 0 100 C09 30682. (Expediente SHA/187/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por robo de un Disco Duro, marca LACE, modelo PORSHE DESIGN P9320, serie 16031309233576ZHB, con número de Inventario ATI 0 100 C12 2591. (Expediente SHA/188/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Trejo Estrada, Subdirector de Patrimonio Municipal, para que se autorice la baja patrimonial y contable, por robo de un Disco Duro, marca LACE, modelo PORSHE DESIGN P9320, serie 16031309233576ZHB, con número de Inventario ATI 0 100 C12 2591. (Expediente SHA/188/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO

PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

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Acuerdo por el que el H. Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por la C. Maura Marcela Paniagua Buelnas, para que se le autorice el giro comercial de Restaurante con venta de bebidas alcohólicas mayor a 12 grados en los alimentos, en el inmueble ubicado en Avenida Residencial Chiluca No.1, Local 8C3, Fraccionamiento Residencial Chiluca, en este Municipio, con el nombre comercial “LE BISTRO”. (Expediente SHA/189/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Gobernación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por la C. Maura Marcela Paniagua Buelnas, para que se le autorice el giro comercial de Restaurante con venta de bebidas alcohólicas mayor a 12 grados en los alimentos, en el inmueble ubicado en Avenida Residencial Chiluca No.1, Local 8C3, Fraccionamiento Residencial Chiluca, en este Municipio, con el nombre comercial “LE BISTRO”. (Expediente SHA/189/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS

ÁLVAREZ DEL CASTILLO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

RÚBRICA  

Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Reglamentación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Edgar Rainier Palacios Landeros, Director de Cultura, Arte y Recreación, para que sea revisado y validado el Reglamento para el Arrendamiento y Uso de las Instalaciones del Teatro Zaragoza, Centro Cultura Luis Nishizawa y Centro Municipal de Cultura y Arte del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, México. (Expediente SHA/190/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor.

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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Reglamentación, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Edgar Rainier Palacios Landeros, Director de Cultura, Arte y Recreación, para que sea revisado y validado el Reglamento para el Arrendamiento y Uso de las Instalaciones del Teatro Zaragoza, Centro Cultura Luis Nishizawa y Centro Municipal de Cultura y Arte del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, México. (Expediente SHA/190/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS

ÁLVAREZ DEL CASTILLO SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

RÚBRICA   Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. J. Jesús Mendoza Rivera, Director de Gobierno, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal. (Expediente SHA/191/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. J. Jesús Mendoza Rivera, Director de Gobierno, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal. (Expediente SHA/191/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

Page 40: Gaceta Municipal 92.pdf · de atizapÁn de zaragoza, estado de mÉxico, envÍa a la comisiÓn edilicia de gobernaciÓn, para estudio, anÁlisis y dictaminaciÓn, la solicitud presentada

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Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el Lic. Manuel de la Vega Suárez, Tesorero Municipal, para que se apruebe el acuerdo concerniente a la aplicación de los recursos del Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal (FEFOM 2016), por un monto de $30,091,687.54 (Treinta millones noventa y un mil seiscientos ochenta y siete pesos 54/100 m.n.), de conformidad con los proyectos de inversión señalados en su oficio número TM/STE/PFE/5159/2016. (Expediente SHA/192/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión Edilicia de Hacienda, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el Lic. Manuel de la Vega Suárez, Tesorero Municipal, para que se apruebe el acuerdo concerniente a la aplicación de los recursos del Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal (FEFOM 2016), por un monto de $30,091,687.54 (Treinta millones noventa y un mil seiscientos ochenta y siete pesos 54/100 m.n.), de conformidad con los proyectos de inversión señalados en su oficio número TM/STE/PFE/5159/2016. (Expediente SHA/192/CABILDO/2016).

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

Acuerdo por el que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, envía a la Comisión Edilicia de Protección Civil, para estudio, análisis y dictaminación, la solicitud presentada por el C. Carlos Manuel Rodríguez Delgado, Director de Protección Civil y Bomberos, para que se apruebe el Atlas Municipal de Riesgos. (Expediente SHA/193/CABILDO/2016). Aprobado por unanimidad de votos a favor.

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C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

Dictamen que emite la Comisión Edilicia de Hacienda, relativo al estudio, análisis y dictaminación de la solicitud presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, para que se autorice la reconducción y actualización programática presupuestal para resultados, contenida en el oficio número DDU/CA/2983/2016 de fecha 29 de septiembre del 2016. (Expediente SHA/161/CABILDO/2016).

H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA COMISIÓN EDILICIA DE HACIENDA

DICTAMEN

Expediente: SHA/161/CABILDO/2016.

Relativo al estudio, análisis y dictaminación, de la solicitud presentada por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para resultados, contenida en el oficio número DDU/CA/2893/2016 de fecha 29 de septiembre del 2016; lo anterior con fundamento a lo dispuesto por los Artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 122 y 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 27, 31 Fracción X, XVII y XLVI,52, 53 fracción III y XVII, 64 fracción I, 66 y 69 fracción I, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de

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México; 1, 5, 55, 57, párrafos primero y segundo, 58, 63 fracción XIII y 73 del Reglamento de Cabildo del H. Ayuntamiento, al tenor del siguiente Orden: I.- Número de Expediente: SHA/161/CABILDO/2016 II.- El día 25 de octubre del dos mil dieciséis se recibió en la Comisión Edilicia de Hacienda el expediente SHA/161/CABILDO/2016 III.- El C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, presentó la solicitud para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para resultados, contenida en el oficio número DDU/CA/2983/2016. IV.- Relatoría de las Actuaciones realizadas por la comisión para normar su criterio al dictaminar: 1.- Con fecha 21 de octubre del año dos mil dieciséis por medio del oficio número S.H.A./TUR./COM./161/2016, emitido por la Secretaría del H. Ayuntamiento, fue turnado a la Comisión Edilicia de Hacienda a efecto de dar cumplimiento a lo acordado en el punto cinco punto uno, de la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 21 de octubre del año en curso, para su estudio, análisis y dictaminación de la solicitud realizada por el C. Roberto Díaz Manríquez, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para resultados, contenida en el oficio número DDU/CA/2983/2016. 2.- Con fecha 25 de octubre del año dos mil dieciséis el C. Carlos Jesús Leyva Mora, en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia de Hacienda, convocó a los miembros de dicha Comisión, de nombres C. Carlos Alberto Rayo Sánchez, Noveno Regidor y Secretario de la Comisión Edilicia de Hacienda, mediante oficio SM/CJ/1275/2016; C. María Inés Saucedo Reséndiz, Quinta Regidora y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1276/2016; C. David Ávalos González, Cuarto Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1277/2016; C. Leopoldo Corona Aguilar, Segundo Regidor y Vocal de la Comisión Edilicia de Hacienda, con oficio SM/CJ/1278/2016, a la décima quinta sesión de trabajo efectuada el día viernes 28 de octubre del dos mil dieciséis en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada integrante expuso sus comentarios y puntos de vista.

3.- Los integrantes de la Comisión Edilicia de Hacienda nos reunimos en pleno el día 28 de octubre del año 2016, para llevar a cabo el estudio, análisis y dictaminación del

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expediente SHA/161/CABILDO/2016, en donde se planteó a los integrantes de la Comisión el asunto en cuestión y cada edil expuso sus comentarios y puntos de vista.

V.- Elementos que formaron convicción en la Comisión para emitir su dictamen en el sentido propuesto:

A).- Es facultad del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, dictaminar las

propuestas que se formulen, en cuanto al presupuesto.

B).- En la primera sesión solemne de Cabildo celebrada el día primero de enero del año 2016 en el punto número seis quedó conformada la comisión edilicia de Hacienda con los siguientes integrantes:

• C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL Y PRESIDENTE

• C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ

NOVENO REGIDOR Y SECRETARIO

• C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTA REGIDORA Y VOCAL

• DAVID ÁVALOS GONZÁLEZ

CUARTO REGIDOR Y VOCAL

• C. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR Y VOCAL

C).- La Comisión Edilicia de Hacienda tiene dentro de sus atribuciones el elaborar los dictámenes relacionados con el presupuesto del H. Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

D).- Que mediante oficio DDU/CA/2983/2016, el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano, y en términos a lo dispuesto por el Artículo 20 fracción V, inciso "C" del reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios solicitó al Secretario del Ayuntamiento que se turnara el asunto a la Comisión Edilicia de Hacienda, para que se autorice un Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para resultados; mismo que se agrega como anexo y se incorpora como imagen al presente dictamen para proceder a su autorización:

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Sustentándose este dictamen en los siguientes: VI.- Fundamentos Legales: CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. Artículo 288.- Las iniciativas de ley o decreto del Gobernador que impliquen afectación al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal que corresponda, deberán estar sustentadas en un dictamen de reconducción y actualización programática presupuestal realizado por el área que sometió la propuesta y aprobado por la Secretaría, cuyos aspectos más importantes se incluirán en la exposición de motivos de la iniciativa y su texto completo se anexará a la misma. Artículo 317 Bis.- Los traspasos presupuestarios externos serán aquellos que se realicen entre programas o capítulos de gasto, debiendo la unidad ejecutora solicitar autorización de la Secretaría, en términos de las disposiciones aplicables. La solicitud deberá contener la justificación necesaria, así como el dictamen de reconducción y actualización programática presupuestal, correspondiente que deberá incluir los montos, programas y 25 proyectos afectados, la descripción del ajuste en sus metas y objetivos, así como las unidades ejecutoras afectadas y los capítulos de gasto que comprenden. Para el caso de las entidades públicas, adicionalmente a la solicitud de traspasos externos, deberán contar con la aprobación del órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría. Los traspasos presupuestarios autorizados deberán informarse dentro de los primeros diez días del mes siguiente en el que se realicen para ser integrados al informe que el Poder Ejecutivo rinda al Poder Legislativo, el que invariablemente deberá contener montos, fuentes de financiamiento, programas, unidades ejecutoras y capítulos afectados por cada uno de los traspasos realizados. El monto total de traspasos presupuestarios externos que autorice la Secretaría no podrá exceder del 5% del presupuesto total autorizado anual, exceptuando de este capítulo los ajustes por incrementos salariales de carácter general, los ajustes derivados de la firma de convenios específicos con otros ámbitos de gobierno y las contingencias derivadas de desastres naturales y siniestros. En caso de que se requiera la realización de traspasos presupuestarios externos que rebasen el porcentaje señalado en este artículo, el Ejecutivo deberá solicitar la autorización a la Legislatura o a la Diputación Permanente cuando aquella se encuentra en receso, quien deberá aprobarlo en un plazo no mayor de quince días.

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La Secretaría deberá informar a la Legislatura de aquellos traspasos externos que realice. No se podrán realizar traspasos presupuestarios del gasto de inversión en obras y acciones a los capítulos de gasto corriente. En el caso de los municipios, la tesorería autorizará los traspasos presupuestarios externos con la revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, o bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad. Artículo 318.-… Segundo párrafo En el caso de los municipios, los Ayuntamientos podrán autorizar la adecuación solicitada, la cual emitirá la Tesorería previa revisión de la Unidad de Información, Planeación, Programación Evaluación o Bien de la Unidad Administrativa o los servidores públicos de los municipios que tengan encomendada esta responsabilidad. Artículo 319.- Las adecuaciones presupuestarias deberán justificarse plenamente así como contar con dictamen de reconducción y actualización, que presenten a la Secretaría o a la Tesorería, según corresponda, cuando modifiquen las metas de los proyectos autorizados o impliquen la cancelación de proyectos y la reasignación de sus recursos a otros proyectos prioritarios. El dictamen debe reunir los requisitos planteados para el dictamen de reconducción en el artículo 317 Bis de este Código. Las adecuaciones que impliquen una disminución de recursos serán viables siempre y cuando las metas programadas hayan sido cumplidas y se registren economías presupuestarias. Para el caso de las Entidades Públicas, adicionalmente la solicitud de adecuaciones presupuestarias deberá contar con la aprobación de su órgano de gobierno y presentarla a la Secretaría o a la Tesorería en el ámbito de sus respectivas competencias, por conducto de la dependencia coordinadora de sector.

Las dependencias y entidades públicas que lleven a cabo adecuaciones presupuestarias internas, deberán informar de las mismas a la Secretaría, en el formato correspondiente, anexo al reporte mensual de avance presupuestal.

REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.

Artículo 18.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley, los Ayuntamientos de los municipios del Estado realizarán las siguientes acciones: V. Presentar con sus planes de desarrollo y sus programas, y en su caso, con los dictámenes de reconducción, el análisis de congruencia con las estrategias de desarrollo,

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las políticas y los objetivos del Plan de Desarrollo del Estado. Igualmente, será para el caso de las actualizaciones o adecuaciones generadas en la programación anual. Artículo 55.- Cuando los programas deban modificarse, entre otras causas, como consecuencia de la publicación, modificación o actualización del Plan Nacional de Desarrollo o en su caso, del Plan de Desarrollo del Estado de México, las dependencias y entidades responsables, a través de sus unidades de información, planeación, programación y evaluación u órganos administrativos que cumplan esas funciones, deberán emitir el dictamen de reconducción y actualización respectivo y enviarlo a la Secretaría para su aprobación. Artículo 56.- Los dictámenes de reconducción y actualización a que se refiere al artículo 24 de la Ley, deberán ser elaborados por las Unidades de Información, Planeación, Programación y Evaluación de las dependencias, unidades administrativas, organismos auxiliares y entidades del gobierno estatal y municipal, debiendo sustentar la justificación en términos de los planteamientos del Plan de Desarrollo y sus programas vigentes y de la situación que justifique los cambios en la fecha en que se presente el dictamen. Los dictámenes serán sometidos a consideración de la Secretaría durante el primer semestre de cada año y la revisión periódica a la que se refiere el artículo 28 de la citada Ley, será anual; en el caso de los municipios, los referidos dictámenes los harán en los períodos que determinen los Ayuntamientos. Artículo 57.- Corresponderá al Gobernador del Estado a través de la Secretaría, y al Ayuntamiento, autorizar la procedencia del dictamen de reconducción y actualización, así como las modificaciones en las estrategias contenidas en los planes y programas cuando así procedan. Artículo 58.- La Secretaría deberá emitir el comunicado de procedencia o improcedencia del dictamen de reconducción y actualización, una vez que sea autorizado por la Secretaría y los Ayuntamientos en el momento que así lo determinen. Si el comunicado es de procedencia, la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación u órgano administrativo que cumpla esas funciones, deberá notificar al COPLADEM de tal circunstancia enviando copia del dictamen de reconducción y actualización, y en el caso de los Ayuntamientos también lo remitirán al COPLADEMUN, para su registro y seguimiento.

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VII.- PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para resultados, contenida en el oficio número DDU/CA/2893/2016, presentado por el C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano; mismo que se incorpora al presente dictamen. SEGUNDO. Se instruya al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de la Reconducción y Actualización Programática Presupuestal para resultados, contenida en el oficio número DDU/CA/2983/2016, para su registro y seguimiento. TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento a efectos de que se notifique al C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano y a la Tesorería Municipal, el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su cumplimiento. CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal. QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé de baja de los asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda. Aprobado por unanimidad de votos a favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A C U E R D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PRIMERO.- Se autoriza la procedencia del Dictamen de Reconducción y

Actualización Programática Presupuestal para resultados, contenida en el oficio

número DDU/CA/2893/2016, presentado por el C. Roberto Díaz Manríquez,

Director de Desarrollo Urbano; mismo que se incorpora al presente dictamen.

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SEGUNDO. Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, a efecto de remitir por

medio del área correspondiente el Dictamen autorizado de la Reconducción y

Actualización Programática Presupuestal para resultados, contenida en el oficio

número DDU/CA/2983/2016, para su registro y seguimiento.

TERCERO.- Instrúyase al Secretario del H. Ayuntamiento, a efectos de que se

notifique al C. Roberto Díaz Manríquez, Director de Desarrollo Urbano y a la

Tesorería Municipal, el contenido del presente acuerdo para llevar a cabo su

cumplimiento.

CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal.

QUINTO.- Se tenga por concluido el presente expediente y se dé de baja de los

asuntos pendientes de la Comisión Edilicia de Hacienda.

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

RÚBRICA

LIC. FRANCISCO ESPINOSA DE LOS MONTEROS ÁLVAREZ DEL CASTILLO

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO RÚBRICA  

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INTEGRANTES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA 2016-2018

C. ANA MARÍA BALDERAS TREJO PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL C. CARLOS JESÚS LEYVA MORA SÍNDICO MUNICIPAL C. BÁRBARA IVETTE RODRÍGUEZ TIJERINA PRIMER REGIDOR C. P. LEOPOLDO CORONA AGUILAR SEGUNDO REGIDOR C. ROSALBA NAVARRETE CERÓN TERCER REGIDOR C. DAVID AVALOS GONZÁLEZ CUARTO REGIDOR C. MARÍA INÉS SAUCEDO RESÉNDIZ QUINTO REGIDOR C. FRANCISCO RODOLFO SOLORZA LUNA SEXTO REGIDOR C. ELIA BRICEÑO MENDOZA SÉPTIMO REGIDOR C. MARÍA LUISA GUDIÑO AGUILAR OCTAVO REGIDOR C. CARLOS ALBERTO RAYO SÁNCHEZ NOVENO REGIDOR C. MARÍA ELVIRA REYES SANTILLÁN DÉCIMO REGIDOR C. ANTONIO PACHECO VILLEDA DÉCIMO PRIMER REGIDOR C. FERNANDO DANEL VILLARREAL DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR C. JORGE LUIS PORTILLO SALGADO DÉCIMO TERCER REGIDOR